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MUNICIPAUDAO PROVINCIAL DE CHICLAYO RESOLUCiÓN DE ALCALDíA N 5 91. - 2017 - MPCH/A. Chiclayo, &"1 ASO 2011 VISTO: El Memorando N" 0065-2017-PCH/GPP de fecha' 20 de junto-de 2017, a través del cual el Gerente de Planeamiento de y Presupuesto, solicita la elaboración del Informe Legal del proyecto de la Resolución de Alcaldía sobre conformación del "Comité de Gestión de Inversiones de la Municipalidad Provincial de Chiclayo".; e Informe Legal N" 300 - 2017 -MPCH-GAJ; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 194· de nuestra Carta Magna, modificado mediante Ley N" 27680, concordante con el Artículo 11 del Título Preliminar de la Ley N" 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Articulo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N" 27972 prescribe como finalidad "Los Gobiernos Locales representan al vedndario, prom.ueven la adecuada prestación de los servicios locales y de desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción". Que, conforme al artículo 188 0 de la misma norma legal, respecto a la descentralización, las Regiones y las municipalidades, "La descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapa, en ,..."~_ " forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de ~~P.(J -~~competencias y transferencia de recursos de! gobierno nacional hada los gobiernos regionales y locales . .~u G~¡RENCIA ~ s Poderes del Estado y 10. s Organismos Autónomos así como el Presupuesto de la Repúbl1ca se ~ Mv IIC\PAl escentralizan de acuerdo a la ley" . •e "ICl~-{() I Que, de acuerdo al artículo 189· de la Constitución vigente, señala "EI territorio de la República está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a nivel nacional, regional y local, en los términos que establece la Constitución y la ley, preservando la unidad e integridad del Estado y la Nación. El ámbito del nivel local de gobierno son las provincias, distritos y los centros poblados". Que, tal y como lo estipula el artículo 9·, inciso 2 de la Ley N" 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a las atribuciones del Concejo Municipal, señala "Aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertado y sus Presupuestos Participativos". Que, con Decreto Legislativo N" 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N" 27293, Ley del SNP (publicado el 01 de diciembre del 2016). Modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del DL N" 341, que modifica la Ley N" 30225 - Ley de Contrataciones del Estado.

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MUNICIPAUDAO PROVINCIAL DE CHICLAYO

RESOLUCiÓN DE ALCALDíA N591. -2017 - MPCH/A.

Chiclayo,

&"1 ASO 2011VISTO:

El Memorando N" 0065-2017-PCH/GPP de fecha' 20 de junto-de 2017, a través del cual el

Gerente de Planeamiento de y Presupuesto, solicita la elaboración del Informe Legal del proyecto de la

Resolución de Alcaldía sobre conformación del "Comité de Gestión de Inversiones de la Municipalidad

Provincial de Chiclayo".; e Informe Legal N" 300 - 2017 -MPCH-GAJ; y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 194· de nuestra Carta Magna,

modificado mediante Ley N" 27680, concordante con el Artículo 11 del Título Preliminar de la Ley N"

27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política,

económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política

establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y

de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el Articulo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N" 27972

prescribe como finalidad "Los Gobiernos Locales representan al vedndario, prom.ueven la adecuada

prestación de los servicios locales y de desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción".

Que, conforme al artículo 1880 de la misma norma legal, respecto a la descentralización,

las Regiones y las municipalidades, "La descentralización es una forma de organización democrática y

constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo

fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapa, en

,..." ~_ " forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de

~~P.(J -~~competencias y transferencia de recursos de! gobierno nacional hada los gobiernos regionales y locales .

.~uG~¡RENCIA ~ s Poderes del Estado y 10.s Organismos Autónomos así como el Presupuesto de la Repúbl1ca se~ Mv IIC\PAl escentralizan de acuerdo a la ley" .

•• e "ICl~-{()

I Que, de acuerdo al artículo 189· de la Constitución vigente, señala "EI territorio de la

República está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones

se constituye y organiza el gobierno a nivel nacional, regional y local, en los términos que establece la

Constitución y la ley, preservando la unidad e integridad del Estado y la Nación. El ámbito del nivel local

de gobierno son las provincias, distritos y los centros poblados".

Que, tal y como lo estipula el artículo 9·, inciso 2 de la Ley N" 27972 - Ley Orgánica de

Municipalidades, respecto a las atribuciones del Concejo Municipal, señala "Aprobar, monitorear y

controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes

de Desarrollo Municipal Concertado y sus Presupuestos Participativos".

Que, con Decreto Legislativo N" 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema de

Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N" 27293, Ley del SNP (publicado el 01

de diciembre del 2016). Modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del DL N"

341, que modifica la Ley N" 30225 - Ley de Contrataciones del Estado.

Que, mediante Resolución de Alcaldía N" 354-2015/MPCH/A de fecha 13 de abril de

2015, se resuelve conformar el "Comité de Gestión de Lnversiones de la Municipalidad Provincial de

Chlclavo" para la identificación, formu-lación y gestión del proyecto de inversión pública,

Que, a través del Informe N" 30-2017-MPCH/GPP-SGPICTI de fecha 15 de mayo de 2017,

el Sub Gerente de Programación de Inversiones y Cooperación, remite el Proyecto de Resolución de

Alcaldía conformando el "Comité de Gestión de Inversiones de 'la Municipalidad Provincial de Chiclayo-

año 2017", a fin de que sea revisado, y posteriormente, sea suscrito a fin de presentar a los Especialistas

del CONECTAMEF Lambayeque.

Que, con Memorando N" 0065-2017-MPCH/GPP de fecha 20 de junio de 2017, el

Gerente de Planeamiento y Presupuesto solicita la elaboración del informe Legal referente al Proyecto

de la Resolución de Alcaldía para conformar el "Comité de gestión de inversiones de la Municipalidad

Provincial de Chiclayo".

Que, con la finalidad de mejorar la gestión de inversiones y proyectos de inversión, así

como para coordinar en todas las fases del proceso, es necesario conformar el "Comité de gestión de

Inversiones de la Municipalidad Provincial de Chiclayo".

Que, por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en la Ley N" 27972, leyOrgánica de Murucípalídades.

SfRESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO.- CONFORMAR el "Comité de Gestión de Inversiones de la

Municipalidad Provincial de Chiclayo", para la priorización, identificación, formulación y gestión de

Proyectos de Inversión Pública y de Inversiones, que se encargará de verificar los avances de la ejecución

de los proyectos con el fin de que sea coherente y consistente con las condiciones y parámetros

establecidos para proyectos en ejecución según el SNIP y normas vigentes del Sistema de Programación

Multianual y Gestfón de Inversiones; el mismo que está integrado por:

• Presidente

• Secretario Técnico

• Miembros

Alcalde

Sub Gerente de Programación e Inversiones y CTI

Gerente Municipal

Gerente de Planea miento y Presupuesto

Gerente de Infraestructura Pública

Gerente de Administración y Finanzas

Sub Gerente de logística y Servicios Internos

Sub Gerente de estudios y Proyectos

Responsable de la Unidad. Formuladora

Sub Gerente de Obras Públicas y Convenios

Sub Gerente de Presupuesto

Coordinador del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en

Resultados

ARTíCULO SEGUNDO.- DISPONER el funcionamiento permanente del comité indicado en

el artículo precedente, y que se notifique la presente a los interesados y a los órganos competentes de

la Municipalidad Provincial de Chiclayo.

ARTíCULO TERCERO.- COMUNICAR ia presente Resolución a la Dirección General de

Inversión Pública - DGIP del Ministerio de Econo.mía y Finanzas -MEF

ARTfcUlO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones

Públicas y a la Gerencia de Tecnología y Comunicación la difusión y publicación en el portal de la

Munlclpalldad Provincial de Chiclayo, www.munichiclayo.gob.pe.

REGíSTRESE,COMUNíQUESE Y CÚMPLASE •

••• MUNICIPAUD