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.j1' 11 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL N" ·2015/MPCH/GM. ¡1 8 AGO 2015 Chiclayo, EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO VISTO: Decreto Legislativo N° 1057, modificado por la Ley 29849, Decreto Supremo N a 075 - 2008 - PCM modificado por el Decreto Supremo N° 065 - 2011 - PCM y; CONSIDERANDO: \0/>.0 p. o~ Que, mediante Decreto Legislativo N° 1057, modificado por la Ley ,;¡-v. t: ~ . % 9849, Decreto Supremo N° 075 - 2008 - PCM modificado por el Decreto Supremo N° 065 - GE~~; <..lA ;: 011 _ PCM se regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, el cual • \'l.EOOI· OS ~ ene por objeto garantizar los principios de mérito y capacidad, igualdad de oportunidades y ~~ H. ~. rofesionalismo de la Administración Publica. . . ~I,tICL~ ---...: Que, el Decreto Legislativo N° 1057, en su artículo 8° incorporado por la Ley N° 29849, establece que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso público. La convocatoria se realiza a través del portal institucional convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información. Que, el Decreto Supremo N° 075 - 2008 - PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 065 - 2011 - PCM, en su artículo 3° desarrolla el procedimiento de Contratación Administrativa de Servicios, en cual consta de las siguientes etapas: 1.- Preparatoria: Comprende el requerimiento del órgano o unidad , orgánica usuaria, que incluye la descripción del servicio a realizar y los requisitos mínimos y las competencias que debe reunir el postulante así como, la descripción de las etapas del procedimiento, la justificación de la necesidad de contratación y la disponibilidad presupuestaria determinada por la Oficina de Presupuesto la que haga sus veces. No son exigibles los requisitos derivados de procedimientos anteriores a la vigencia del Decreto Legislativo N° 1057 Y de su Reglamento. 2.- Convocatoria: Comprende la publicación de la convocatoria en el Portal Institucional, en un lugar visible de acceso público del local o de la sede central de la entidad convocante, sin perjuicio de utilizarse a criterio de la entidad convocante. otros medios de información adicionales para difundir la convocatoria. La publicación de la convocatoria debe hacerse y mantenerse cuando menos, cinco (05) días hábiles previos al inicio de la etapa de selección. Debe contener el cronograma y etapas del procedimiento de contratación, los mecanismos de evaluación, los requisitos mínimos a cumplir por el postulante y las condiciones esenciales del contrato, entre ellas, el lugar en el que se prestara el servicio, el plazo de duración del contrato y el monto de la retribución a pagar, conforme a la Segunda Disposición Complementaria Final del presente Reglamento. 3.- Selección: Comprende la evaluación objetiva del postulante, dada la especialidad del régimen, se realiza mediante evaluación curricular y entrevista, siendo opcional para las entidades aplicar otros mecanismos como la evaluación psicológica, la evaluación técnica o la evaluación de competencias específicas, que se adecuen a las características del servicio materia de la convocatoria. En todo caso la evaluación, se realiza tomando en consideración los requisitos relacionados con las necesidades del servicio y garantizando los principios de mérito. Capacidad e igualdad de oportunidades. El resultado de la evaluación, en cada una de las etapas se publica a través de los mismos medios utilizados para publicar la convocatoria, en forma de lista por orden de mérito debe contener los nombres de los postulantes y los puntajes obtenidos por cada uno de ellos.

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.j1' 11MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO

GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL N" ·2015/MPCH/GM.

¡1 8 AGO 2015Chiclayo,EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE

CHICLAYOVISTO:Decreto Legislativo N° 1057, modificado por la Ley 29849, Decreto

Supremo Na 075 - 2008 - PCM modificado por el Decreto Supremo N° 065 - 2011 - PCM y;

CONSIDERANDO:\0/>.0 p. o~ Que, mediante Decreto Legislativo N° 1057, modificado por la Ley

,;¡-v. t: ~ .% 9849, Decreto Supremo N° 075 - 2008 - PCM modificado por el Decreto Supremo N° 065 -GE~~; <..lA ;: 011 _ PCM se regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, el cual

• \'l.EOOI·OS ~ ene por objeto garantizar los principios de mérito y capacidad, igualdad de oportunidades y~~ H. ~. rofesionalismo de la Administración Publica.. .~I,tICL~---...: Que, el Decreto Legislativo N° 1057, en su artículo 8° incorporado por

la Ley N° 29849, establece que el acceso al régimen de Contratación Administrativa deServicios se realiza obligatoriamente mediante concurso público. La convocatoria se realiza através del portal institucional convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo y en el portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, acriterio de la entidad convocante, otros medios de información.

Que, el Decreto Supremo N° 075 - 2008 - PCM, modificado por elDecreto Supremo N° 065 - 2011 - PCM, en su artículo 3° desarrolla el procedimiento deContratación Administrativa de Servicios, en cual consta de las siguientes etapas:

1.- Preparatoria: Comprende el requerimiento del órgano o unidad, orgánica usuaria, que incluye la descripción del servicio a realizar y los requisitos mínimos y las

competencias que debe reunir el postulante así como, la descripción de las etapas delprocedimiento, la justificación de la necesidad de contratación y la disponibilidadpresupuestaria determinada por la Oficina de Presupuesto la que haga sus veces. No sonexigibles los requisitos derivados de procedimientos anteriores a la vigencia del DecretoLegislativo N° 1057 Y de su Reglamento.

2.- Convocatoria: Comprende la publicación de la convocatoria en elPortal Institucional, en un lugar visible de acceso público del local o de la sede central de laentidad convocante, sin perjuicio de utilizarse a criterio de la entidad convocante. otros mediosde información adicionales para difundir la convocatoria. La publicación de la convocatoriadebe hacerse y mantenerse cuando menos, cinco (05) días hábiles previos al inicio de la etapade selección. Debe contener el cronograma y etapas del procedimiento de contratación, losmecanismos de evaluación, los requisitos mínimos a cumplir por el postulante y las condicionesesenciales del contrato, entre ellas, el lugar en el que se prestara el servicio, el plazo deduración del contrato y el monto de la retribución a pagar, conforme a la Segunda DisposiciónComplementaria Final del presente Reglamento.

3.- Selección: Comprende la evaluación objetiva del postulante, dada laespecialidad del régimen, se realiza mediante evaluación curricular y entrevista, siendoopcional para las entidades aplicar otros mecanismos como la evaluación psicológica, laevaluación técnica o la evaluación de competencias específicas, que se adecuen a lascaracterísticas del servicio materia de la convocatoria. En todo caso la evaluación, se realizatomando en consideración los requisitos relacionados con las necesidades del servicio ygarantizando los principios de mérito.

Capacidad e igualdad de oportunidades. El resultado de la evaluación,en cada una de las etapas se publica a través de los mismos medios utilizados para publicar laconvocatoria, en forma de lista por orden de mérito debe contener los nombres de lospostulantes y los puntajes obtenidos por cada uno de ellos.

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" 4.- Suscripción y Registro del Contrato: comprende la suscripción delcontrato dentro de un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados a partir del día siguientede la publicación de los resultados. Si vencido el plazo, el seleccionado no suscribe el contratopor causas objetivas imputables a él, se debe declarar seleccionada a la persona que ocupa elorden de mérito siguiente, para que proceda a la suscripción del respectivo contrato dentro delmismo plazo, contado a partir de la respectiva notificación. De no suscribirse el contrato con lasmismas consideraciones anteriores, la entidad convocante puede declarar seleccionadas a lapersona que ocupa el orden de mérito siguiente o declarar desierto el proceso. Una vezsuscrito el contrato, la entidad tiene cinco días hábiles para ingresarlo al registro de ContratosAdministrativos de Servicios de cada entidad y a la planilla electrónica regulada por el DecretoSupremo N° 018 - 2007 - TR.

En consecuencia, es necesario que la Municipalidad Provincial deChiclayo disponga la conformación de una Comisión Evaluadora Especial que se encargue del-----~

O"~P'YO. roceso de Contratación Administrativa de Servicios para el personal que requiera la entidad,~0 cuerdo a la disponibilidad económica.

;~ GE NCIA o'..:> - 'S.\ ~ REO, r- Estando a lo expuesto y en uso de las facultades delegadas con laW,. HUM 00 olución de Alcaldía N° 478 - 2015 - MPCH/A de fecha 18.MAY.2015 y designada con\"~~?)'fCL.¡\~ solución de Alcaldía N° 475 - 2015 - MPCH/A de fecha 14.MAY.2015.

"- SE RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO: CONFORMAR lA COMISION EVAlUADORAde la Municipalidad Provincial de Chiclayo, para la Contratación Administrativa de Serviciospara el periodo 2015, la misma que estará integrada de la siguiente manera:

MIEMBROS TITULARES:

Presidente:

Abog. CÉSAR GUZMÁN OASTILLO

Secretario:

Abog. JHON DANDY VEGA SANCHEZ

Miembro:

Abog. SUSANA ESTHER CULQUI PACAYA

Gerente de Recursos Humanos

Gerente de Asesoría Jurídica

Sub Gerente de Coordinación de Alcaldía

MIEMBROS SUPLENTES:

Presidente:Abog. ZELMY MARINA ROSARIO CAMACHO DE MACEDO

Secretario:

Sr. HERMES GUIMOYE CADENAS

Miembro:

CPC. SllVIA ANTONIETA ESTRADA GARCIA

ARTíCULO SEGUNDO: HACER DE CONOCIMIENTO a losinteresados y a las dependencias administrativas pertinentes y publicada en el portal web de laMunicipalidad Provincial de Chiclayo.

REGISTRESE,

~~-............

ESE, CUMPlASE y

Distribución:Dependencias Administrativasque correspondan.

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