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1 SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE USO EXCEPCIONAL PARA 12 VIVIENDAS EN SRC. “DEHESA DE MORA”. LAS VEGUILLAS. SALAMANCA. Promueve: Arquitectos: Ángel Ganivet Vara_ Carlos Sánchez Gracia C/ Gaspar Méndez 17B oficinas 4-5 06011 Badajoz Tel. Fax: 924238718 [email protected] octubre de 2011

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SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE USO EXCEPCIONAL PARA 12 VIVIENDAS EN SRC.

“DEHESA DE MORA”. LAS VEGUILLAS. SALAMANCA.

Promueve:

Arquitectos:

Ángel Ganivet Vara_ Carlos Sánchez Gracia

C/ Gaspar Méndez 17B oficinas 4-5 06011 Badajoz Tel. Fax: 924238718 [email protected]

octubre de 2011

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INDICE DEL DOCUMENTO

I.- MEMORIA PARA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE USO PARA DOCE VIVIENDAS EN SRC. I.0. AGENTES DE LA SOLICITUD.

I.1. OBJETO.

I.2. ACTUACIONES COMUNES PREVISTAS E INFRAESTRUCTURAS DE TODAS LAS VIVIENDAS.

I.3. CARACTERÍSTICAS DE LAS VIVIENDAS DE SEGUNDA RESIDENCIA CUYA AUTORIZACIÓN DE USO SE SOLICITA EN BASE A ESTA DOCUMENTACIÓN.

I.4. RIESGO DE FORMACIÓN DE NÚCLEO DE POBLACIÓN. JUSTIFICACIÓN DE QUE NO HAY RIESGO DE FORMACIÓN DE NÚCLEO DE POBLACIÓN. I.5. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EXIGIDOS POR EL ARTÍCULO 308 RUCYL.

II.- ANEJOS. CONDICIONES URBANÍSTICAS PROPUESTAS PARA LAS PARCELAS.

II.1.- CONDICIONES URBANÍSTICAS PROPUESTAS PARA LAS PARCELAS: 8.1; 8.2; 8.3; 8.6; 8.7; 8.8; 8.11; 8.12; 8.13; 9.1; 9.2; 9.3; II.2.- CUADRO COMPARATIVO PLANEAMIENTO Y SOLICITUD DE AUTORIZACION 12 VIVIENDAS. II.3.- FICHA RESUMEN CONDICIONES URBANÍSTICAS POR CADA PARCELA.

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I.- MEMORIA PARA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE USO PARA DOCE VIVIENDAS EN SRC.

I.0. AGENTES DE LA SOLICITUD.

La presente está promovida a por D. Demetrio Cáceres Murillo, con DNI 91731115-W, en

representación de la entidad BOSQUES CIVILIZADOS S.L., con C.I.F. B06445316 y con domicilio social

en calle Adelardo Covarsí nº 7, 06005- Badajoz que encarga su redacción a los Arquitectos: D. Ángel

Ganivet Vara, con nº de colegiado COADE 285528 y D. Carlos Sánchez Gracia, con nº de colegiado

COADE 286672, con domicilio social en calle Gaspar Méndez nº 17-B, oficinas 4 y 5, 06011- Badajoz.

Documentación de partida:

Para el desarrollo de la presente se parte de la documentación facilitada por la propiedad:

planimetría de estado actual y Plan Especial de zona rústica “Dehesa de Mora” redactado por el

Arquitecto D. Lorenzo Fernández Ordóñez.

I.1. OBJETO

Se redacta el presente documento para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 307

RUCyL, en tanto que documentación necesaria a acompañar a una autorización de uso excepcional en

suelo rústico, subrayando la peculiaridad de que dicha autorización, en este caso, no podría ser posible

si previa o simultáneamente no se aprobara el denominado Plan Especial de Zona rústica “Dehesa de

Mora”, constituyendo la entera documentación de éste completo de la presente Memoria, que pretende

resaltar las partes de aquel Plan Especial en lo que afecta a las doce viviendas previstas. A dicho efecto

la presente documentación reúne los datos que dicha Normativa recoge en dicho artículo, que pasamos

a citar literalmente:

Artículo 307. Procedimiento

1.- La autorización de uso excepcional se tramita y resuelve dentro del procedimiento para el otorgamiento de licencia urbanística regulado en el art. 293 y siguientes, si bien respetando las particularidades señaladas en los siguientes apartados.

2.- Con la solicitud de licencia debe acompañarse la documentación necesaria para conocer el objeto y características esenciales del uso excepcional, incluyendo al menos:

a) Planos del emplazamiento propuesto, que reflejen la situación, límites y accesos de la parcela, así como las construcciones e instalaciones existentes y propuestas.

b) Memoria en la que conste:

1º- La descripción del emplazamiento propuesto y en su caso de los usos, construcciones e instalaciones ya existentes, indicando la superficie de la parcela.

2º- La descripción de las características esenciales del uso solicitado y de las construcciones e instalaciones asociadas.

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3º- La justificación del cumplimiento de las condiciones señaladas en el artículo siguiente.

3.- Una vez completa la documentación, el Ayuntamiento debe abrir un plazo de información pública de veinte días, mediante la publicación de anuncios en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en uno de los diarios de mayor difusión en la provincia, aplicando las reglas establecidas en el art. 432. Transcurrido un mes desde la presentación de la solicitud sin que el Ayuntamiento haya publicado dichos anuncios, puede promoverse la información pública por iniciativa privada conforme al art. 433.

4.- En los Municipios citados en el art. 306.2.a), una vez que haya terminado el plazo de información pública:

a) A la vista del resultado del trámite de información pública, el Ayuntamiento debe resolver de forma motivada sobre la autorización de uso excepcional, otorgándola simplemente o con condiciones o bien denegándola. La resolución debe notificarse al interesado y a la Comisión Territorial de Urbanismo .

b) La resolución puede dictarse de forma conjunta con la correspondiente al otorgamiento de la licencia, o bien previamente a la misma.

c) Transcurridos tres meses desde la presentación de la solicitud sin que el Ayuntamiento haya notificado la resolución al interesado, se entiende obtenida por silencio la autorización de uso excepcional, sin perjuicio de la interrupción de dicho plazo en los supuestos previstos en el art. 296.2.

5.- En los Municipios citados en el art. 306.2.b), una vez que haya terminado el plazo de información pública:

a) A la vista del resultado del trámite de información pública, el Ayuntamiento debe emitir informe sobre las alegaciones recibidas y sobre la propia solicitud, proponiendo su autorización simple o con condiciones o su denegación, y remitir el expediente completo a la Comisión Territorial de Urbanismo antes de un mes desde que finalice la información pública.

b) Transcurrido el plazo citado en la letra anterior, el interesado puede dirigirse a la Comisión para instar la continuación del procedimiento, presentando al efecto:

1º- Copia de la solicitud y demás documentación presentada en el Ayuntamiento.

2º- Copia de los anuncios de información pública publicados.

3º- Certificación del Secretario del Ayuntamiento sobre las alegaciones presentadas durante la información pública, o en su defecto acreditación de haber solicitado dicha certificación al Ayuntamiento sin haber sido obtenida dentro de un plazo de diez días.

c) La Comisión Territorial de Urbanismo debe resolver de forma motivada sobre la autorización de uso excepcional, otorgándola simplemente o con condiciones o bien denegándola. No obstante, si se observan deficiencias de procedimiento debe optarse previamente entre devolver el expediente al Ayuntamiento para su subsanación, o bien disponer la subsanación directa de dichas deficiencias. La resolución debe notificarse al interesado y al Ayuntamiento.

d) Transcurridos dos meses desde la recepción del expediente completo o en su caso de la documentación señalada en la letra b), sin que la Comisión Territorial de Urbanismo haya notificado su resolución al Ayuntamiento y al interesado, se entiende obtenida por silencio la autorización de uso excepcional, sin perjuicio de la interrupción de dicho plazo en los supuestos previstos en el art. 296.2.

En definitiva y tal y como se deduce de la presente solicitud de su memoria, anejos y planos se adecua a las condiciones y requerimientos expresados en dicho articulado.

I.2. ACTUACIONES COMUNES PREVISTAS E INFRAESTRUCTURAS DE TODAS LAS VIVIENDAS

Se ha previsto la ejecución de accesos y la dotación de servicios necesarios para el uso

solicitado, así como para su mejor integración en el entorno. Son los siguientes:

1.- Caminos

El acceso a cada una de las parcelas se realizará a través de una pista que discurre por la finca

9.4, y a la que las demás parcelas tienen servidumbre de paso. Se trata de una pista de zahorra

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compactada de 3,5 metros de anchura con 2 cunetas laterales. La traza discurre en su mayor parte por

la pista existente.

El camino de acceso a la finca deberá mantener la orla de vegetación autóctona existente en la

actualidad y la actuación sobre la misma será de carácter puntual y con el objetivo de adecuar el mismo

para facilitar el acceso al tráfico rodado y para garantizar el mantenimiento de dicho camino como una

de las vías centrales de evacuación en caso de incendios. El camino central de acceso a las parcelas se

realizara por el trazado del los actualmente existentes acondicionándose de forma que se realice la

mínima afección al arbolado. Asimismo para los caminos radiales que llegan a cada vivienda se elegirá

aquella alternativa que suponga una menor afección al arbolado.

2.- Red eléctrica

Actualmente la finca cuenta con una red de M.T., que corta la parcela en su parte más baja.

Como se ha indicado se prevé la instalación de una planta de energía solar fotovoltaica que

genera una parte importante de la energía que se pueda consumir en las viviendas, y que permita vender

el excedente a la red eléctrica. Se dispondrá una red enterrada con varios centros de transformación

desde los que se servirá a las diferentes viviendas. Se prevé realizar la red enterrada discurriendo por el

camino privado que recorre la parcela 9.4 Sur. Se han previsto 2 CT en la zona Sur y un CT en la zona

Norte. Todas las viviendas contarán asimismo con una pequeña instalación de energía solar térmica y

fotovoltaica.

3.- Telecomunicaciones, domótica y seguridad

Uno de los objetivos del Plan Especial es permitir que desde un rincón aparentemente aislado de

la naturaleza se pueda acceder a la información con la tecnología más avanzada disponible. Para ello se

preverá un servidor de acceso a internet con sistema wi-fi para que, desde cualquier vivienda, se pueda

acceder a internet o a servicios de cable.

Asimismo, el control por domótica de las viviendas permitirá reducir el consumo de las mismas

y su control (encendido de la caldera desde larga distancia, apertura de persianas, etc.)

4.- Abastecimiento de agua

1) Para el abastecimiento de agua potable para consumo humano, se ha previsto las siguientes

opciones que se plantean compatibles:

a) Depósitos Independientes en cada vivienda servidos por camión cisterna.

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b) Depósitos servidos por red procedente del aprovechamiento de los pozos existentes.

Ambas opciones se plantean compatibles, decantándose en el futuro por la que resulte posible

en función de las condiciones del Plan Especial así como de las autorizaciones y requisitos que hayan de

recabarse. Las viviendas demandan aproximadamente 0,13 l/s (calculado conjuntamente).

numero de viviendas

numero de personas por vivienda

litros dia por persona litros dia

litros segundo de caudal necesario

Dias al año m3/año

12 4 225 10.800 0,13 365 3.942 m3/año

La red de agua prevista parte de los pozos. Previamente el caudal de ambos pozos se conectará

a ambas potabilizadoras, y se controlará mediante dos contadores. Se servirá desde un depósito situado

en la parte superior del Plan Especial desde el que se establece la presión de servicio por gravedad a la

red general privada, que discurrirá por los caminos de la parcela 9.4. Las parcelas tienen su acometida

directa a esta red. Se trata de una red privada enterrada que discurre por el camino de la parcela 9.4 en

paralelo a la red eléctrica enterrada. La red en cada parcela discurre por el camino de acceso

permitiendo así colocar contadores individuales en cada acceso a cada parcela. Se posiciona un

depósito en la parte más alta del Plan Especial para regular la presión del sistema y garantizar el

abastecimiento en los picos de demanda.

Demanda estimada de Agua en las viviendas (12 viviendas)

Casa de verano (litros por persona)

Máx Mín Eco

225 165 120

Supuesto unas 4 personas por vivienda de media, en verano o fines de semana, tenemos una

población de 12x4 = 48 personas. Estimamos 225 litros día aunque las viviendas se han diseñado con

comportamientos ecológicos de aprovechamiento de agua de lluvia, aprovechamiento y reutilización de

aguas grises, que disminuirán en un 50% la estimación de demanda. Así mismo, dado que el uso

estimado de las viviendas es de fin de semana, y no de uso continuado, y están dotadas de un depósito

independiente en cada una de ellas, no suponen una sobre carga en la red. Además se ha limitado las

superficies de riego de las parcelas a 300 m2 por vivienda. Por ello se estima que 48 es un número que

cubre con holgura una posible sobrecarga de la red. 48x225 l/día = 10.800 l/día para consumo, unos

10,80 m3 día, lo que representa un caudal medio de 0,125 l/segundo, que es un caudal que representa

el 2,5% del caudal existente en la suma de ambos pozos (entre 5 y 6 l/segundo). El uso autorizado de

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agua procedente del pozo sur es de 3.197 m3, y el del pozo norte es de 2.336 m3. Sumando ambos

5.533,4 m3 anuales.

5.- Red de incendios

Se establece una red de hidrantes que mejora notablemente el servicio de extinción y la

capacidad de respuesta ante un posible incendio. Dispondrá de hidrantes Ø 80 cada 200 metros,

situados preferentemente en las entradas de las parcelas donde se sitúan las viviendas.

6.- Red de saneamiento y pluviales

El saneamiento se resuelve de forma autónoma mediante minidepuradoras enterradas, situadas

junto a cada vivienda (una por vivienda). Las minidepuradoras cumplen la legislación UE, española y de

Castilla y León. Previamente a su utilización se deberá solicitar permiso al órgano de la cuenca.

En cada vivienda se ha previsto la siguiente red:

Se establece una red separativa, de forma que las “aguas grises” se aprovechen mediante

tratamiento y mezcla con agua procedente de la lluvia para el riego.

Tratamiento de “aguas grises”

El funcionamiento básicamente consiste en que las “aguas grises” procedentes de la ducha, bañera,

lluvia, y sobrante de piscina si la hubiera, se recogen y pasan por un filtro de gruesos que retiene objetos

como la arena, hojas e impurezas, enviándolos directamente a la red de “aguas negras”. Libre de objetos

gruesos, el “agua gris” se acumula en un depósito de aireadores que mantienen el agua en unas

condiciones organolépticas aceptables y oxigenadas. Al salir del depósito, el “agua gris” pasa por un

prefiltro de gruesos y se bombea hacia un filtro de silex antracita automático, y desde allí a otro filtro de

seguridad de 150 micras. El agua filtrada pasa a un depósito de contacto con una dosificación de

hipoclorito y un sistema de rayos ultravioletas que lo desinfecta y se tinta el agua mediante un colorante

no tóxico para indicar su NO POTABILIDAD.

a) Se plantea una depuración de las “aguas negras” mediante una minidepuradora para cada

vivienda.

Las nuevas minidepuradoras compuestas prefabricadas sustituyen a las antirreglamentarias y

obsoletas fosas sépticas.

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Las minidepuradoras no necesitan productos químicos y funcionan automáticamente mediante un

programador. El agua depurada puede ser utilizada para riego. En nuestro caso si hay excedente se vierte

a unas zanjas drenantes situadas más abajo.

Las características principales de las minidepuradoras son las siguientes:

- Depuración conforme a la actual legislación de la UE y la legislación vigente española y

autónomas

- Estación depuradora que no es vista eliminando la obra civil sobre el terreno

- Simplicidad de funcionamiento y de mantenimiento

- Extracción de los fangos excedentarios en espacio de tiempos largos

- Ausencia total de olor

7.- Reciclado de residuos

Se establece un sistema de reciclado de residuos que permita su aprovechamiento posterior: de

los 4 tipos de residuos convencionales que se obtienen: orgánicos, papel y cartón, vidrio, y envases y

metales, los 2 primeros podrán recuperarse en parte mediante tratamiento y re-uso en la propia

actuación. Los vidrios podrán clasificarse, en una parte elevada, para su reutilización, una vez

higienizados, para una multiplicidad de usos: vino, aceite, envases de productos elaborados con

mermeladas, etc. Envases y metal se llevarán a la planta correspondiente. Se dispondrá de unos

depósitos de clasificación. Este depósito está situado junto al CT y al aparcamiento. Tiene fácil acceso.

I.3. CARACTERÍSTICAS DE LAS VIVIENDAS DE SEGUNDA RESIDENCIA CUYA AUTORIZACIÓN DE USO SE SOLICITA EN BASE A ESTA DOCUMENTACIÓN

En cada una de las 12 parcelas de al menos 6 Has cuyo uso se pretende sea vivienda simple se

propone una edificación de 250 m2 de superficie construida, con los condicionantes que marca la ficha

de las NNSS NU VIVEN debiendo integrarse paisajísticamente en su entorno, a los que se han añadido

otros condicionantes más estrictos en cuanto a ocupación del suelo, distancia entre edificaciones,

vallados, etc.

Se ha verificado que la posición de cada futura vivienda se encuentra situada de forma poco

visible, o no visible, desde las otras viviendas y desde el entorno cuidando especialmente que su

impacto paisajístico sea nulo. Las viviendas se han situado de forma que no se afecte a casi ninguna

encina. Dada la pendiente de algunas zonas es necesaria la creación de bancales. Éstos se han previsto

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igualmente afectando lo menos posible a las encinas. Cuando se afecta a una encina o un carrasco se

procederá a su traslado o la reposición de 10 ejemplares por cada uno afectado.

1.- Tipologías de las viviendas

Dado el carácter paisajístico de la actuación, que trata de generar el mínimo impacto posible en

el entorno, y que se busca la mayor accesibilidad, todas las viviendas se plantean de una sola planta. Se

han planteado varias tipologías que se ajustan a cada posición específica. En todos los casos las

viviendas se conforman dejando un ala de salón comedor, otro de cocina y servicios y otro de

dormitorios. Todas las viviendas se vuelcan al exterior mediante “patios abiertos” que, a su vez se

prolongan por un pequeño jardín.

Para la realización de las viviendas, buscando la integración con el paisaje circundante, se ha

trabajado con los elementos que conforman actualmente estos lugares: praderas, muros de piedra,

madera, vistas y pequeñas inserciones en el terreno. Estos elementos se usan para construir la imagen

final, predominando los muros de piedra y las cubiertas de pradera. En los gestos básicos de la

implantación, y en los materiales de las viviendas, hay una búsqueda de la expresión de la vinculación de

la obra del hombre con el lugar.

La Arquitectura aparece con una doble lectura:

o Por un lado, es un resto preexistente, o una huella arqueológica. El lugar se establece

abrazándose a los gestos de la topografía, y asociados a lo estereotómico, a la manipulación

de la tierra. Ello nos dará una sensación de integración a través del tiempo, y la vegetación que

comparte hará que se cree un lazo inequívoco de pertenencia común al lugar de tanto lo

construido como lo natural. El terreno se modula y crea un juego de planos que constituye la

base sobre la que se asienta la vivienda. Se perciben los planos y terrazas horizontales de la

vivienda como una continuación artificial del paisaje, una topografía que se amolda suavemente

al servicio del hombre. De esta forma las casas se anclan al terreno específico en el que se

asientan, y se acoplan a cada gesto del terreno, a cada árbol existente y, al mismo tiempo,

miran al hermoso paisaje circundante.

o Por otro lado, la Arquitectura aparece como una construcción de pieles. Sobre la base de ese

resto preexistente, de muros y plataformas, que generan la división espacial primaria, se

dispone una estructura, que se apoya, rítmica y líricamente, y unos cerramientos de vidrio y

madera, que conforman el volumen fundamental del edificio (lo habitado). Los cerramientos de

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vidrio y madera se unen entre muros de piedra, matizando los grandes espacios establecidos

entre muros, segregándolos en zonas al aire libre e interiores, pero manteniendo la continuidad

espacial y visual entre ambas.

2.- Volumen

El volumen del edificio es el resultante del fraccionamiento de la edificación para conseguir su

implantación en el terreno adaptándose al lugar, cumpliendo aplicación de las NNSS y los parámetros

relativos a habitabilidad y funcionalidad.

3.- Fachadas

Los cerramientos del edificio se han resuelto mediante dos sistemas: Fabricas de piedra y

paramentos de madera.

Las fábricas de piedra son de tipo pizarra, que es la utilizada en las vallas del lugar, de 30 cm.

de espesor, tomados con mortero 1:6 de cemento u arena y con un sistema de refuerzo mediante

armaduras tipo MURFOR. Se dispone en el intradós del muro una cámara de aire de 5 cms, un aislante

de 10 cms, y un acabado de pladur ocupando 5 cms (entre rastreles y tablero) con lo que nos da un

total de 50 cms de fachada.

Los paramentos de madera se colocan en los espacios entre muros, con la idea de ofrecer una

continuidad visual con las mamparas que cierran los huecos de vidrio, cuando estos se cierran. Los

paramentos de madera están compuestos por rastreles de madera de 2 cms de espesor, cámara de aire

de 5 cms, tablero hidrófugo de 2 cms, aislante de 10 cms, ½ pie de fábrica de ladrillo, y acabado.

Los huecos vidriados son tipo climalit. Las mamparas móviles de madera permiten generar un

ahorro térmico considerable al cerrarse. Las mamparas están domotizadas y automatizadas para

conseguir su apertura desde la distancia.

Para conseguir una mimetización con el paisaje circundante se ha establecido una geometría

partida o rota, que no deja entender el edifico como un solo bloque, sino como una continuación de

vallas de piedra. Se distinguen tres piezas por su funcionamiento, divididas por patios y muros: el salón,

la zona de comedor y servicio y los dormitorios.

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La entrada y el recibidor establecen la separación entre las zonas de dormitorio y las de uso

diurno. Los “espacios servidores” (vinculados a los servicios, armarios, cocinas, y baños) se han

estructurado en grandes cubos de madera, dejando el resto del espacio, como “espacio servido”, entre

los muros de piedra y los cerramientos de madera y vidrio.

La zona de entrada se compone de un pequeño zaguán de madera, pensado para cambiarse el

calzado embarrado y/o sucio. Dispone de un banco y unas perchas para dejar las prendas de abrigo,

bastones y sombreros que usan los dueños de la casa cuando salen a pasear.

Los dormitorios tienen acceso directo al exterior. Se establece una relación visual y espacial

directa entre los espacios exteriores de las habitaciones y estas. Estos espacios exteriores se

constituyen en la continuación de los muros, al aire libre, y por la arboleda de encinas que cierra las

perspectivas.

Los dormitorios no son meramente lugares para dormir, sino grandes cuartos en los que cada

miembro de la familia puede estar independientemente. Como todos ellos están dotados de grandes

“patios exteriores”, pueden disfrutar del exterior en los meses en que la climatología lo permite,

prolongándose de forma orgánica los cuartos hacia el exterior.

Todos los baños tienen luz natural. La cocina y el office se abren normalmente al mediodía (aunque hay

casos en que se aprovecha la vista hacia el noroeste) y, bajo una pérgola, se dispone un comedor al aire

libre. Se ha primado por la realización de grandes espacios sobre la realización de muchos (calidad

sobre cantidad).

Por la noche, o cuando sus visitantes dejan de habitarlas, la casas se cierran como un arca,

mediante mamparas en los frentes de madera y vidrio.

Los edificios estarán domotizados de forma que desde la distancia (por medios informáticos y

telemáticos) se pueda producir la apertura automática de contraventanas, aumentando la ganancia

térmica en invierno y disminuyéndola en verano. Así como cámaras de control.

4.- Agua para riego

Para el riego se utilizará el criterio de recogida de todo el agua de lluvia que caiga en la vivienda

y sus patios, actuando éstos como captadores, para llevar esta agua a una serie de depósitos (al aire

libre y enterrados).

Para el abastecimiento de agua potable se prevé aprovechar dos pozos existentes dentro del

Plan Especial y dado que las actuales concesiones no cubre la demandas calculas en el proyecto y en el

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E.I.A. se ha solicitado la modificación de las características de los aprovechamientos existentes al

Organismo de Cuenca con el fin de ampliar los caudales concedidos así como la finalidad de la

derivación.

Para garantizar un uso responsable y sostenible del recurso hídrico y en aras a evitar afecciones

a la vegetación autóctona por excesos de riego, dentro de las superficies valladas de 1 Ha. de cada

vivienda no se permitirá el riego de superficies que superen los 300 m2, a tal fin se ha definido en cada

vivienda la zona regable.

5.- Jardines

En caso de la creación en cada parcela de superficies ajardinadas estas se realizarán

preferentemente con especies autóctonas que requieran poco consumo de agua y bajo el criterio de

limitación del riego a 300 m2 y no se permitirá en ningún caso la utilización de especies consideradas

como invasoras según el Atlas y Libro Rojo de la Flora Vascular Amenazada de España.

Además se opta por un sistema separativo de forma que las aguas “grises” se traten y se mezclen con

el agua limpia (obtenida de la lluvia), para su aprovechamiento una vez tratada para el riego.

Salubridad: Protección contra la humedad

Para la adopción de la parte del sistema envolvente correspondiente a la fachada, se ha tenido

en cuenta especialmente la zona pluviométrica en la que se ubicará (Sierra de Mora, Las Veguillas,

Salamanca), las características del terreno, y el grado de exposición al viento.

6.- Cubiertas

Distinguimos dos tipologías cubiertas.

Cubierta verde y cubierta plana

La cubierta verde es una cubierta con una pendiente de entre el 10 y el 46%, que esta situada

normalmente sobre el salón y sobre los dormitorios.

La cubierta plana está situada normalmente encima de la zona de entrada comedor y servicio.

La cubierta verde está apoyada sobre una losa de hormigón de 20+10 (nervios de la chapa

colaborante) y está compuesta de abajo a arriba de las siguientes capas:

Pintura impermeabilizante, geotextil, aislante térmico, lámina impermeabilizante, geotextil, lámina

drenante, geotextil, tierra vegetal, y plantación.

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La cubierta plana está apoyada sobre la losa de hormigón y está compuesta por las siguientes

capas:

Pintura impermeabilizante, geotextil, lámina impermeabilizante, aislante térmico, cámara de aire, y

rastreles, y acabado de pavimento flotante de rastreles de madera.

Salubridad. Evacuación de aguas

La evacuación de las aguas de la cubierta se produce mediante canalones y bajantes. La zona

de cubierta verde tiene un dren enterrado y un canalón que permite recoger el agua del chaparrón

instantáneo.

Las bajantes se han dimensionado suficientemente y conducen el agua hasta un colector y éste

a su vez a un depósito para el riego. En la zona de cubierta plana y rastreles flotantes de madera se

produce la captación y recogida de agua de forma convencional, mediante canalón y bajante, que

conduce el agua al colector.

7.- Sistema de servicios

Se entiende por sistema de servicios el conjunto de servicios externos al edificio necesarios

para el correcto funcionamiento de éste.

Abastecimiento de agua

Se recibe agua de la red de agua prevista en la parcela 9.4 (parcela turística) que une 2 pozos

existentes con un depósito situado en la parte alta de dicha parcela. Desde la red privada de dicha

parcela se servirá el agua que reciben las 16 edificaciones de vivienda unifamiliar.

Se ha previsto la instalación de un depósito de 30 m3 junto a la entrada de cada vivienda, que

permitirá el abastecimiento de la vivienda durante un mínimo de 30 días. Dado que el uso previsto es de

vivienda de fines de semana, este depósito garantiza una renovación suficiente.

Evacuación de agua de lluvia

La evacuación del agua de lluvia se ha previsto mediante cubiertas inclinadas y planas a

canalones, y de allí a un depósito de almacenamiento para riego, que se nutre también del agua recogida

en las terrazas.

El sobrante, de darse de este tipo de agua iría a parar a una charca de agua prevista en la

proximidad.

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Suministro eléctrico

Para el suministro eléctrico se ha previsto la realización de un sistema de instalación fotovoltaica

en cada vivienda, y de una conexión a la red existente en la parcela vecina (9.4) en la que se dispondrá

una red de MT enterrada y los correspondientes centros de transformación. Dicha red es de media

tensión y dispone de varios centros de transformación desde los que se sirve a las viviendas, así como

para volcar el sobrante fotovoltaico a la red.

Telefonía

La red de telefonía se ha previsto mediante telefonía móvil. Existe una buena cobertura fruto de

una antena visible desde el Plan Especial.

Telecomunicaciones

Se han proyectado los edificios de tal manera, que se garanticen los servicios de

telecomunicación, así como de telefonía y audiovisuales.

Recogida de basura

La recogida de basuras, al ser viviendas unifamiliares aisladas corre a cargo de los propios

habitantes, quienes la llevarán al punto de recogida más próximo, situado a aproximadamente 2 KM. Se

ha previsto el reciclaje del material orgánico y papel. El reciclaje del vidrio mediante reuso y/o

clasificación. Y la retirada de los elementos metálicos. Habrá un punto de recogida junto a la entrada a la

parcela de uso turístico.

I.4. RIESGO DE FORMACIÓN DE NÚCLEO DE POBLACIÓN Justificación de que no hay riesgo de formación de núcleo de población

Normativa de aplicación

Respecto al riesgo de formación de núcleo de población son de aplicación las NNSS de

Planeamiento Municipal, con ámbito Provincial de Salamanca y el Reglamento de Urbanismo de Castilla

y León (RUCyL)

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NNSS

Según establece el Artículo 36, Disposiciones Generales de las NNSS de Planeamiento

Municipal con ámbito provincial de Salamanca, que son de aplicación a la presente solicitud, en su

apartado a) se define:

a) Riesgo de Formación de Núcleo de población. Existe riesgo de formación de núcleos de

población en cualquiera de los siguientes casos:

1) Cuando se infrinjan las condiciones establecidas en las fichas reguladoras en uso

y volumen

2) Cuando se infrinjan las condiciones de parcelación rústica

3) Cuando se de cualquier acción que tiende a fomentar la creación de una

ocupación del territorio con las características descritas en el artículo 4, apartado

a) de la presente Normativa de Suelo No Urbanizable

El artículo 4.a) define que:

“Existe una clara diferenciación entre los espacios públicos y privados, separando y ordenando

los primeros a los segundos, así como diversidad de propiedades”

RUCyL

Según el artículo único Disposición adicional primera del RUCyL se define que:

Núcleo de población es una “agrupación de construcciones bien identificable e individualizada en el

territorio que se caracteriza por su proximidad entre sí, por la consolidación de una malla urbana y por

necesitar el mantenimiento adecuado de dotaciones urbanísticas comunes”

Justificación de la NO existencia de Riesgo de formación de Núcleo de Población

Se justifica a continuación detalladamente el cumplimiento de la Normativa de aplicación (NNSS y

RUCyL) respecto a la NO existencia de riesgo de formación de Núcleo de población:

Normas Subsidiarias

Art. 36 apartado a.1) Infringir condiciones de las fichas reguladoras en cuanto a uso y

volumen

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Como se acredita en el Plan Especial en tramitación, no se infringe ninguna condición de las

fichas reguladoras de vivienda simple, cumpliéndolas todas ellas ampliamente.

En concreto las fichas reguladoras, que definen uso y aprovechamiento de la unidad parcelaria,

definen para la actividad de vivienda unifamiliar aislada los siguientes parámetros.

planeamiento NNSS PLAN ESPECIAL

PROPUESTO

ordenanza zonal

Referencia a Parámetro / Valor Parámetro / Valor

N U Común NNSS Provinciales de

Salamanca

Ámbito de

aplicación Suelo NO URBANIZABLE

COMUN

Obras y Usos

AUTORIZABLES

Son obras y Usos

AUTORIZABLES todas las

contempladas en el

ARTÍCULO 37 de las

NNSS.

Vivienda Unifamiliar aislada

no vinculada a otra

actividad

Vivienda Unifamiliar aislada

no vinculada a otra

actividad

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Parámetros tipológicos: Condiciones de las parcelas para las obras de nueva planta usos

planeamiento plan especial

Referencia a

Parámetro / Valor Parámetro / Valor

ACTIVIDAD

Artículo 37

NNSS, y Ficha

NU VIVEN

VIVIENDA UNIFAMILIAR VIVIENDA UNIFAMILIAR

Condiciones de

Localización.

Artículo 37

NNSS, y Ficha

NU VIVEN

Distancia Mínima de Núcleo de Población

500 m.

Distancia Mínima de

Núcleo de Población

500 m.

En un círculo de 300 m

de diámetro con centro

en el círculo A sólo

puede haber una

vivienda.

En un círculo de 400 m

de diámetro sólo puede

haber 2 viviendas: La

que se usa como centro

del círculo A, y otra.

Condiciones de

ocupación

Parcela Mínima

Artículo 37

NNSS, y

Decreto 76/84

Superficie de parcela

(Unidad mínima de cultivo)

(60.000 m2)

Superficie de parcela

60.000 m2

% de ocupación

Artículo 37

NNSS, y Ficha

NU VIVEN

No se Fija

1 Ha de jardín en torno a

la vivienda, vallada para

evitar la entrada de

ganado.

Retranqueos Artículo37

NNSS

Retranqueo mínimo

20 m

20 m entre parcelas de

igual uso

20 m al límite de PE y

entre parcelas de

distinto uso

Área max.

afectada

Artículo 37

NNSS, y Ficha

NU VIVEN

No se Fija

La superficie construida

de la vivienda quedará

inscrita en un círculo de

40 m de diámetro

(círculo A)

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Condiciones de

Edificación.

Tipo/ organización

interna

Artículo 37

NNSS, y Ficha

NU VIVEN

Vivienda Unifamiliar hasta 250 m2

construidos

Vivienda Unifamiliar

250,00 m2 construidos

Edificabilidad

Artículo 37

NNSS, y Ficha

NU VIVEN

No se Fija No se fija

Altura Artículo 37

NNSS 2 plantas y 6,5 m. 2 plantas y 6,5 m.

Condiciones

Especiales

Artículo 37

NNSS, y Ficha

NU VIVEN

Materiales y Diseño Libres

Fachadas de piedra.

Carpintería y mamparas

de madera. Vidrios tipo

climalit. Cubierta verde

ligeramente inclinada,

formadas por losas de

hormigón y/o cubiertas

planas invertidas

revestidas de tarima de

madera para exterior

Forjado sanitario.

Vallado

Artículo 37

NNSS, y Ficha

NU VIVEN

No se fijan

- Vallado entre parcelas

de igual uso mediante

mojones y estacas.

- Vallado entre parcelas

de distinto uso mediante

vallado ganadero

- Vallado alrededor de 1

Ha de jardín en torno a

la vivienda de vallado

ganadero

Art. 36, apartado a.2) Infringir las condiciones de parcelación rústica

No se infringen las condiciones de parcelación rústica, ya que cada vivienda, de conformidad

con lo previsto en el Plan Especial, se sitúa en una parcela de al menos 60.000 m2 que cumple con la

superficie mínima de cultivo. Una vez que el Plan Especial esté aprobado y la “segregación” que el

mismo implica tenga plena virtualidad jurídica, se comunicará a la CTU la referencia catastral asignada a

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cada una de las 12 parcelas en que se ubican las 12 viviendas cuyo uso se solicita, para una más

completa y definitiva referenciación.

Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

Según el artículo único Disposición adicional primera del RUCyL:

Núcleo de población es una “agrupación de construcciones bien identificable e individualizada

en el territorio que se caracteriza por su proximidad entre sí, por la consolidación de una malla urbana y

por necesitar el mantenimiento adecuado de dotaciones urbanísticas comunes”

Como se ve, en esta autorización se plantea que las viviendas estén separadas por al menos 150 metros

respecto de la más próxima y que en un radio de 200 metros en torno a cada vivienda solo puede haber

otra vivienda, por lo que no se puede afirmar que hay característica de proximidad, sino todo lo

contrario.

La distancia media entre cualquier vivienda y la más cercana es de 173 metros. La distancia

media entre cualquier vivienda y la segunda más cercana es de 234 metros. La distancia media entre

cualquier vivienda y la tercera más cercana es de casi 312 metros. Es decir, con la distribución y

condicionantes que marca el Plan Especial, en un círculo centrado en cualquier vivienda y de 700 metros

de diámetro de media sólo hay otras 2 viviendas a parte de la que centra el círculo.

Para visualizar que no se establece ningún núcleo de población, en el Plan Especial se aporta la

“Tabla de distancia a las viviendas más próximas”, en la que se ha grafiado la distancia entre las 3

viviendas más cercanas entre sí, respecto de cada vivienda.

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DISTANCIA EN METROS A LAS VIVIENDAS MÁS PRÓXIMAS

DESDE A 1ª más cercana A 2ª más cercana A 3ª más cercana

8.1 8.12 198 m 8.2 257 m 8.3 341 m 8.2 9.1 220 m 8.1 257 m 8.3 270 m 8.3 8.2 270 m 8.1 341 m 8.12 363 m 8.6 8.7 167 m 8.8 301 m 8.11 358 m 8.7 8.6 167 m 8.8 306 m 8.11 524 m 8.8 8.6 301 m 8.7 306 m 8.11 504 m

8.11 8.13 264 m 8.12 342 m 8.6 358 m 8.12 8.1 198 m 8.11 342 m 8.3 363 m 8.13 9.3 224 m 8.11 264 m 8.12 379 m 9.1 8.2 220 m 8.1 223 m 9.2 519 m 9.2 9.3 326 m 8.1 479 m 9.1 519 m 9.3 8.13 224 m 9.2 326 m 8.12 508 m

TOTAL 2.779 m 3.744 m 5.006 m MEDIA 173,69 m 234,00 m 312,88 m

MÁXIMA 326 m 479 m 524 m

MÍNIMA 167 m 223 m 270 m OBLIGACIÓN MAYOR DE 150 m 200 m

DISTANCIA EN METROS A LAS VIVIENDAS MÁS PRÓXIMAS

VIVIENDA 8.1 8.2 8.3 8.6 8.7 8.8 8.11 8.12 8.13 9.1 9.2 9.3

8.1 257 341 198

8.2 257 270 220

8.3 341 270 363

8.6 167 301 358

8.7 167 306 524

8.8 301 306 504

8.11 358 342 264

8.12 198 363 342

8.13 264 379 224

9.1 223 220 519

9.2 479 519 326

9.3 508 224 326

Por todo ello es fácilmente comprensible que no se genera riesgo de formación de núcleo de

población según establece la normativa vigente, y que establece unas reglas claras de cara a la

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obtención de las autorizaciones pertinentes al mismo tiempo que garantiza el mantenimiento de la

naturaleza rústica de los terrenos.

Por lo demás y como resulta del Plan Especial, no se contempla malla urbana, ni dotaciones

urbanísticas comunes, sino que se sirve del acceso destinado a camino público existente y de una

línea eléctrica de M.T. existente que cruza la actuación.

Resumen y conclusión de la No Formación de Núcleo de Población

No se incurre en riesgo de formación de núcleo de población al NO darse ningún parámetro o

condición de los establecidos por el RUCyL y las NNSS como tal para que se genere dicho riesgo.

Además se ha añadido la condición obligatoria de lejanía (en un círculo de Ø 300 sólo puede haber una

vivienda y en un círculo de Ø 400 sólo puede haber 2 viviendas).

NNSS

- No se infringen las condiciones establecidas en las fichas reguladoras en uso y volumen

- No se infringen condiciones de parcelación rústica

- No existe diferenciación entre espacios públicos y privados, fruto de la actuación, ni se ordenan

los espacios privados con los públicos

RUCyL

- No hay característica de proximidad entre viviendas (En un círculo de 300 metros de diámetro,

con centro en cada vivienda, sólo hay una vivienda y en un círculo de 400 m de diámetro con

centro en cada una de ellas sólo puede haber 2 viviendas).

- No hay malla urbana

- No hay dotaciones urbanísticas comunes ni mantenimiento de servicios

I.5. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EXIGIDOS POR EL ARTÍCULO 308 RUCYL.

Como es sabido, el artículo 308 del vigente RUCyL dispone lo siguiente:

Para autorizar usos excepcionales en suelo rústico mediante el procedimiento establecido en el

artículo anterior, el órgano competente para la autorización debe comprobar el cumplimiento de las

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siguientes condiciones, mediante el cual se entenderá acreditado el interés público que justifica la

autorización:

a) Que se cumplen las condiciones establecidas en los instrumentos de ordenación del territorio

y planeamiento urbanístico para asegurar el carácter aislado de las construcciones, mantener la

naturaleza rústica de los terrenos y asegurar su compatibilidad con los valores protegidos por la

legislación sectorial.

b) Que se resuelve la dotación de los servicios que precise el uso solicitado, y que la misma no

perjudica la capacidad y funcionalidad de los servicios e infraestructuras existentes. Cuando se justifique

la imposibilidad o inconveniencia de conectarse a las redes municipales, las edificaciones de uso

residencial, industrial, turístico o dotacional deben disponer de depuradoras o fosas sépticas

individuales.

c) Que el solicitante se compromete, como condición previa a la obtención de licencia

urbanística , a vincular el terreno al uso una vez autorizado. Dicha vinculación se llevará a efecto

haciendo constar en el Registro de la Propiedad:

1º- La vinculación del terreno al uso autorizado.

2º- Las limitaciones impuestas por la autorización, en su caso.

3º- La condición de parcela indivisible, salvo cuando su superficie sea igual o superior al doble de la

parcela mínima, o en su defecto al doble de la Unidad Mínima de Cultivo.

d) Además de lo dispuesto en las letras anteriores, cuando se trate de viviendas unifamiliares

aisladas debe acreditarse que no existe riesgo de formar un nuevo núcleo de población.

Pues bien, acreditado el cumplimiento y respeto a lo señalado en los apartados a), b) y d) del

transcrito artículo en base a lo ya expuesto así como a lo acreditado en el Plan Especial del que esta

autorización de uso trae causa, desde este acto y para dar cumplimiento a la previsión del apartado c),

se asume la obligación de establecer la vinculación exigida, que será efectiva una vez se formen las

fincas registrales independientes derivadas del Plan Especial.

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II.- ANEJOS. CONDICIONES URBANÍSTICAS PROPUESTAS PARA LAS PARCELAS.

II.1.- CONDICIONES URBANÍSTICAS PROPUESTAS PARA LAS PARCELAS: 8.1; 8.2; 8.3; 8.6; 8.7; 8.8; 8.11; 8.12; 8.13; 9.1; 9.2; 9.3; TODA LA SUPERFICIE EN EL PLAN ESPECIAL DE ZONA RÚSTICA PERMANECE COMO SUELO RÚSTICO COMÚN. SR-C

En las parcelas 8.1; 8.2; 8.3; 8.6; 8.7; 8.8; 8.11; 8.12; 8.13; 9.1; 9.2; 9.3; se permite el uso de vivienda simple con las siguientes condiciones1:

ACTIVIDAD: 1 VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA, NO VINCULADA A OTRA ACTIVIDAD, HASTA 250 m2 CONSTRUIDOS.

PARCELA MÍNIMA: 60.000 m2

20m. ENTRE PARCELAS DEL PLAN ESPECIAL DE IGUAL USO RETRANQUEOS:

20m. A LÍMITE DE PLAN ESPECIAL Y A PARCELAS DEL PLAN ESPECIAL DE DISTINTO USO

ALTURA: 2 PLANTAS, 6.5 m.

LA DISTANCIA MÍNIMA A NÚCLEO DE POBLACIÓN URBANA 500 M.

LA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE LA VIVIENDA DEBE QUEDAR INSCRITA EN UN CÍRCULO DE 40 M. DE DIÁMETRO (CIRCULO A) EN UN CÍRCULO DE 300 M. DE DIÁMETRO (CIRCULO B), CON CENTRO EN EL CÍRCULO A, SÓLO PODRÁ HABER UNA VIVIENDA

CONDICIONES DE LOCALIZACIÓN :

EN UN CÍRCULO DE 400 M. DE DIÁMETRO (CIRCULO C), CON CENTRO EN EL CÍRCULO A SÓLO PODRÁ HABER 2 VIVIENDAS.

CONDICIONES ESPECIALES :

FACHADAS DE PIEDRA, CARPINTERÍA Y MAMPARAS DE MADERA, CUBIERTA VEGETAL LIGERAMENTE INCLINADA Y/O CUBIERTA PLANA INVERTIDA REVESTIDA CON TARIMA DE MADERA PARA EXTERIOR.

EL LÍMITE ENTRE PARCELAS DE IGUAL USO SERÁ AMOJONADO MEDIANTE ESTACAS DE MADERA Y ELEMENTOS PETREOS.

EL LÍMITE ENTRE PARCELAS CON DISTINTO USO SERÁ VALLADO CON CIERRE TIPO GANADERO. VALLADOS:

SE PERMITE EL VALLADO DE UNA HECTÁREA DE TERRENO EN TORNO A LA VIVIENDA CON CIERRE TIPO GANADERO.

JARDINES MAXIMA SUPERFICIE DE RIEGO DE PRADERA 300 M2

EL CAMBIO EN LA POSICIÓN DE LA VIVIENDA RESPECTO A LA INDICADA EN EL PLAN ESPECIAL, OBLIGARÁ, AL SOLICITAR LA CORRESPONDIENTE LICENCIA, A ACREDITAR QUE SE CUMPLEN LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PLAN ESPECIAL. SE PERMITIRÁ INSTALACIÓN ANEJA AL USO DE VIVIENDA DE PISCINA DE RECREO. ESTA SERÁ CONSONANTE CON LAS CARACTERÍSTICAS, TRAZAS Y DIMENSIONES DE LA VIVIENDA.

1 Las condiciones que aquí se explicitan son las que se establecen en las NNSS y el RUCyL, a las que se han añadido otras más restrictivas para garantizar que se conserve el suelo rústico como tal y que no se establece riesgo de formación de núcleo de población.

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Otras condiciones que deben cumplir las viviendas

- El volumen edificado deberá inscribirse en un círculo de 40 m de diámetro que denominamos círculo A

- No existirá más de una vivienda unifamiliar aislada dentro de un círculo de 300 metros de diámetro con

centro en una de ellas (en el centro del círculo A), que denominamos círculo B

- No existirán más de 2 viviendas unifamiliares aisladas dentro de un círculo de 400 metros de diámetro

con centro en una de ellas (el centro del círculo A) que denominamos círculo C.

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II.2.- CUADRO COMPARATIVO PLANEAMIENTO Y SOLICITUD DE AUTORIZACION 12 VIVIENDAS.

Parámetros tipológicos: Condiciones de las parcelas para las obras de nueva planta usos

planeamiento Solicitud de autorización

12 viviendas

Referencia a

Parámetro / Valor Parámetro / Valor

ACTIVIDAD Artículo 37 NNSS,

y Ficha NU VIVEN VIVIENDA UNIFAMILIAR VIVIENDA UNIFAMILIAR

Condiciones de

Localización. Artículo 37 NNSS,

y Ficha NU VIVEN

Distancia Mínima de Núcleo de Población 500

m.

Distancia Mínima de Núcleo

de Población 500 m.

En un círculo de 300 m de

diámetro con centro en el

círculo A sólo puede haber

una vivienda.

En un círculo de 400 m de

diámetro sólo puede haber

2 viviendas: La que se usa

como centro del círculo A,

y otra.

Condiciones de

ocupación

Parcela Mínima Artículo 37 NNSS,

y Decreto 76/84

Superficie de parcela

(Unidad mínima de cultivo)

(60.000 m2)

Superficie de parcela

60.000 m2

% de ocupación Artículo 37 NNSS,

y Ficha NU VIVEN No se Fija

1 Ha de jardín en torno a la

vivienda, vallada para evitar

la entrada de ganado.

Retranqueos Artículo37 NNSS Retranqueo mínimo

20 m

20 m entre parcelas de

igual uso

20 m al límite de PE y entre

parcelas de distinto uso

Área max. afectada Artículo 37 NNSS,

y Ficha NU VIVEN No se Fija

La superficie construida de

la vivienda quedará inscrita

en un círculo de 40 m de

diámetro (círculo A)

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II.3.- FICHA RESUMEN CONDICIONES URBANÍSTICAS POR CADA PARCELA.

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Parcela Superficie Tipo de suelo Uso permitido Condiciones de localización Condiciones especiales

P. SegregaciónParcela mínima % ocupación Retranqueos Área máx. afectada Tipo/organización

internaEdificabilidad Altura

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

SR-C

8-6 60.000 m2

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija

SR-C

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

Dos plantas6.5 m

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija Dos plantas6.5 m

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

HOJA RESUMEN

8-2 60.000 m2

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

SR-C

8-3 66.539 m2

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

8-1 60.000 m2

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

SR-C

Condiciones de ocupación Condiciones de edificación

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija Dos plantas6.5 m

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

Dos plantas6.5 m

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

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Parcela Superficie Tipo de suelo Uso permitido Condiciones de localización Condiciones especiales

P. SegregaciónParcela mínima % ocupación Retranqueos Área máx. afectada Tipo/organización

internaEdificabilidad Altura

HOJA RESUMEN

Unidad mínima de

Condiciones de ocupación Condiciones de edificación

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de 1 Ha de jardín La superficie Vivienda unifamiliar No se fija Dos plantas20 m entre parcelas Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija Dos plantas6.5 m

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija Dos plantas6.5 m

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

8-12 68.961 m2

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

SR-C

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

8-11 65.100 m2

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

SR-C

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija Dos plantas6.5 m

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

No se fijaLa superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

8-8 69.828 m2

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

8-7 60.000 m2

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

SR-C

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

SR-C

Dos plantas6.5 m

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

Page 29: Memoria para Autorización de uso DEF 2-11-11€¦ · 2.- Con la solicitud de licencia debe acompañarse la documentación necesaria para conocer el objeto y características esenciales

Parcela Superficie Tipo de suelo Uso permitido Condiciones de localización Condiciones especiales

P. SegregaciónParcela mínima % ocupación Retranqueos Área máx. afectada Tipo/organización

internaEdificabilidad Altura

HOJA RESUMEN

Unidad mínima de

Condiciones de ocupación Condiciones de edificación

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de 1 Ha de jardín La superficie Vivienda unifamiliar No se fija Dos plantas20 m entre parcelas Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

Fachadas de piedra. Carpintería y mamparas de madera. Vidrios tipo climalit. Cubierta verde ligeramente inclinada, formada por losas de hormigón y/o cubiertas planas invertidas revestidas de tarima de madera para exterior. Forjado sanitario

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

9-3 60.000 m2 SR-C

Vivienda simple

9-2 65.015 m2 SR-C

Vivienda simple

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija Dos plantas6.5 m

Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija Dos plantas6.5 m

Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

No se fija Dos plantas6.5 m

Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso

Unidad mínima de cultivo según Decreto 76/84 de Consejería de Agricultura. 60.000 m2

9-1 62.047 m2 SR-C

Vivienda simple

SR-C8-13 60.027 m2

Vivienda simple Distancia mínima a núcleo de población urbana 500 m En un círculo de 300 m de diámetro con centro en el círculo A sólo puede haber una vivienda.En un círculo de 400 m de diámetro sólo puede haber 2 viviendas. La que se usa como centro del círculo A, y otra.

No se fija Dos plantas6.5 m

La superficie construida de la vivienda quedará inscrita en un círculo de 40 m de diámetro (círculo A)

Vivienda unifamiliar hasta 250 m2 construidos

1 Ha de jardín entorno a la vivienda vallada para evitar la entrada de ganado

20 m entre parcelas de igual uso. 20 m al límite de PE y entre parcelas de distinto uso