medios de defensa fiscal ante el imss

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Conozca los Medios de Defensa que se tienen ante el IMSS

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Page 1: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 1

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Lic. Viviano Figueroa Peña 2

MEDIOS DE DEFENSA ANTE EL IMSS

MEDIOS DE DEFENSA ANTE EL IMSS

CAMARA NACIONAL DE CAMARA NACIONAL DE COMERCIO, CD. OBREGÓN.COMERCIO, CD. OBREGÓN.

Expositor:

Lic. Viviano Figueroa Peña

Cd. Obregón, Sonora a 18 de Junio de 2013.

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INDICE

1.- Antecedentes

2.- Consulta Patronal

3.- Escrito Patronal Manifestando Desacuerdo.

4.- Condonación de Multas.

5.- Aclaración Administrativa

6.- Recurso de Inconformidad

7.- Recurso de Revocación

8.- Juicio de Nulidad.

9.- Generalidades sobre el Juicio de Amparo.

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Lic. Viviano Figueroa Peña 4

ANTECEDENTES DEANTECEDENTES DE LA LA SEGURIDAD SEGURIDAD SOCIAL. SOCIAL. ANTECEDENTES DEANTECEDENTES DE LA LA SEGURIDAD SEGURIDAD SOCIAL. SOCIAL.

ANTECEDENTES HISTORICOS DEL ANTECEDENTES HISTORICOS DEL SEGURO SOCIAL EN MÉXICO.SEGURO SOCIAL EN MÉXICO.ANTECEDENTES HISTORICOS DEL ANTECEDENTES HISTORICOS DEL SEGURO SOCIAL EN MÉXICO.SEGURO SOCIAL EN MÉXICO.

1.- ANTECEDENTES1.- ANTECEDENTES1.- ANTECEDENTES1.- ANTECEDENTES

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Ley Federal del Trabajo

Reglamentos de la Ley del Seguro Social

Ley del Seguro Social

Constitución de los Estados Unidos Mexicanos

 

 

Rreglamento de la Ley del Seguro

en Materia de Afiliación,

Clasificación de Empresas,

Recaudación y Fiscalización

Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado.

Reglamento de la LSS en lo relativo a la Inscripción de Patrones Y Trabajadores, Funcionamiento de la Dirección Del Instituto y Sesiones del Consejo Técnico

Reglamento para el Tramite y Resolución de las Quejas Administrativas ante el IMSS.

 

Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería.

Reglamento del Recurso de Inconformidad

Reglamento de Servicios Médicos.

MARCO JURIDICO

Código Fiscal

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ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, FRACCION XXIX.FRACCION XXIX.

Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

MARCO JURIDICO

Page 7: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 7

LEY DEL SEGURO SOCIALLEY DEL SEGURO SOCIAL (PUBLICADA EN EL (PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 1995)DICIEMBRE DE 1995)

REGLAMENTO DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD REGLAMENTO DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD DEL ARTICULO 294 DE LA LEY DEL SEGURO DEL ARTICULO 294 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL SOCIAL ((PUBLICADO EL LUNES 30 DE JUNIO DE PUBLICADO EL LUNES 30 DE JUNIO DE 1997 EN EL D.O.F1997 EN EL D.O.F))..

REGLAMENTO DE LA LSS EN MATERIA DE REGLAMENTO DE LA LSS EN MATERIA DE AFILIACIÓN CLASIFICACION DE EMPRESAS, AFILIACIÓN CLASIFICACION DE EMPRESAS, RECAUDACION Y FISCALIZACIÓN (EN VIGOR A RECAUDACION Y FISCALIZACIÓN (EN VIGOR A PARTIR DEL 2 DE NOVIEMBRE DE 2002)PARTIR DEL 2 DE NOVIEMBRE DE 2002)

MARCO JURIDICO

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CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓNCODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILESCIVILES

LEY FEDERAL DEL TRABAJOLEY FEDERAL DEL TRABAJO

JURISPRUDENCIAJURISPRUDENCIA

MARCO JURIDICO

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ACTOS EMITIDOS POR EL INSTITUTO

COMO ÓRGANO FISCALIZADOR

Cédulas de liquidación de cuotas obrero-patronales, capitales constitutivos, recargos y multas;

Resoluciones:

de rectificación de clase y/o prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, y

negativas de devolución de cuotas obrero-patronales enteradas sin justificación legal;

Page 10: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 10

Continuación ...

Bajas de oficio de trabajadores y patrones en el Régimen Obligatorio del Seguro Social.

Acuerdos sobre la sufuciencia de garantías otorgadas por los patrones, y

COMO PRESTADOR DE SERVICIOS DE SEGURIDAD SOCIAL:

Calificación de enfermedades profesionales o riesgos de trabajo;

Dictámenes de invalidez, incapacidad permanente parcial o total, y defunción, y

Resoluciones de otorgamiento de pensiones por invalidez, riesgos de trabajo, cesantía en edad avanzada o vejez.

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INSTANCIAS ANTE QUIEN SE IMPUGNA

El propio Seguro Social vía recurso de inconformidad;

El Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa a través del juicio de nulidad;

La Junta de Conciliación y Arbitraje mediante un juicio ordinario laboral;

Los Triunales Colegiados de Circuito vía amparo directo, o

Los Jueces de Distrito, a través de amparo indirecto.

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Lic. Viviano Figueroa Peña 12

INSTANCIAS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO

Aclaración Administrativa.

Escrito de Desacuerdo.

Queja Administrativa.

Page 13: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 13

ACLARACIÓN ADMINISTRATIVA

• La cual puede ser utilizada por los patrones, con antelación a cualquier medio de defensa formal, siempre y cuando, no se trate de una controversia de fondo

(es decir, de interpretación jirídica).

Page 14: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

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ESCRITO DE DESACUERDO

• Suceptible de empleo por los patrones inconformes con alguna resolución de rectificación de clase o prima de Seguro de Riesgos de Trabajo emitida por el IMSS, y

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QUEJA ADMINISTRATIVA

• Para ser interpuesta por los trabajadores y sus beneficiarios cuando no estén de acuerdo con la prestación negligente o ineficiente de los servicios médicos del IMSS, de conformidad con el instructivo de la materia.

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2. CONSULTA PATRONAL

Art. 17 Al dar los avisos a que se refiere la fracción I del artículo15 de esta Ley, el patrón puede expresar por escrito los motivos en que funde alguna excepción o duda acerca de sus obligaciones, sin que por ello quede relevado de pagar las cuotas correspondientes. El Instituto, dentro de un plazo de 45 días hábiles, notificará al patrón la resolución que dicte y, en su caso, procederá a dar de baja al patrón, al trabajador o a ambos así como al reembolso correspondiente.

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Lic. Viviano Figueroa Peña 17

Con la reforma del 30 de diciembre del 2001 se modificó el citado artículo y se le adicionaron dos párrafos, a fin de contemplar la facultad para el Instituto de que, con base a la resolución que dicte sobre la consulta planteada, proceda a dar de baja al patrón, al trabajador o ambos, así como al reembolso correspondiente.

Como puede apreciarse, la respuesta a una consulta constituye, efectivamente, una resolución definitiva y ahora con la reforma puede traer como consecuencia una acción por parte del Instituto que definitivamente puede causar perjuicio al patrón, ya que significa su baja o la de sus trabajadores, razón por la cual podrá interponer el recurso de inconformidad

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3.- ESCRITO 3.- ESCRITO PATRONAL PATRONAL

MANIFESTANDO MANIFESTANDO DESACUERDODESACUERDO

3.- ESCRITO 3.- ESCRITO PATRONAL PATRONAL

MANIFESTANDO MANIFESTANDO DESACUERDODESACUERDO

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ESCRITO PATRONAL MANIFESTANDO DESACUERDO

Importancia:El tema de la clasificación de las empresas y determinación de la prima en el seguro de riesgo de trabajo reviste importancia para el Contador Público,puesto que es la única rama de la cuota obrero patronal factible de ser controlada y, en su caso, disminuir el monto por pagar “legalmente”.

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Los artículos 33, fracción IV, 41, 42, y 43 relacionados del RACERFI establece un medio de defensa que no constituye instancia en materia de clasificación de empresas, que los patrones presentan ante EL ÁREA DE CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS.

FUNDAMENTO LEGAL Y AUTORIDAD COMPETENTE

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ESCRITO PATRONAL MANIFESTANDO DESACUERDO

Art. 33 el Instituto podrá rectificar o determinar la prima de un patrón,mediante resolución,que se notificará a este o a su representante legal, cuando:I.....II.....III.....IV. Exista escrito patronal manifestando desacuerdo con su prima y ésta sea procedente.

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Lic. Viviano Figueroa Peña 22

De conformidad con el artículo 41 del RACERFI procede respecto de la resoluciónque rectifique su declaración, su prima o bien determine esta última.

PROCEDENCIA DEL ESCRITO PROCEDENCIA DEL ESCRITO DE DESACUERDODE DESACUERDO

Page 23: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

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Término: De conformidad con el articulo 41del RACERFI, el patrón podrá presentar elescrito manifestando su desacuerdo, dentrode los quince días siguientes a su notificación.Siempre y cuando no haya hecho valer algún medio de defensa en contra de la mencionadaresolución.En términos del artículo 44 se puede hacer valer

hasta antes del 31 de enero del año siguiente a la vigencia de la prima, o prima media según se trate cuando se derive de erros institucional

PROCEDENCIA DEL ESCRITO PROCEDENCIA DEL ESCRITO DE DESACUERDODE DESACUERDO

Viviano Figueroa:

Viviano Figueroa:Viviano

Figueroa:

Viviano Figueroa:Viviano

Figueroa:

Viviano Figueroa:

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SUBSTANCIACIÓN DEL ESCRITO DE DESACUERDO

• Escrito libre (original y copia)• Autoridad: Área de clasificación de empresas de

la subdelegación correspondiente.• Plazo para resolver: Tres meses.• Negativa Ficta: En caso de no resolver en el

plazo de tres meses operará la negativa ficta y el patrón podrá optar por promover el juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Page 25: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

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INTERRUPCION DE LA PRESCRIPCION

De acuerdo con el artículo 43 del RACERFI la presentación del escrito interrumpe el plazo para interponer el medio de defensa elegido por el particular.

Page 26: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

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NO SE REQUIERE GARANTIZAR EL INTERES FISCAL

Dado que el artículo 43 del RACERFI establece que no se suspenderá o interrumpirá el plazo establecido para efectuar el pago de cuotas en el seguro de riesgo de trabajo, por lo que el patrón deberá continuar pagando las cuotas como lo venía haciendo en tanto se resuelve el escrito patronal de desacuerdo, o en su caso el medio de defensa interpuesto.

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4.-ACLARACION ADMINISTRATIVA

LA LEY PREVEE LA FIGURA DE LA “ACLARACIÓN ADMINISTRATIVA” EN RELACION A: LOS CREDITOS EMITIDOS POR CONCEPTO DE CUOTAS OBRERO PATRONALES, CAPITALES CONSTITUTIVOS, ACTUALIZACION, RECARGOS Y MULTAS.

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FUNDAMENTO LEGAL DE LA ACLARACION ADMINISTRATIVA

• El artículo 39 D de la LSS y el artículo 151 del Racerfi en su párrafo segundo establece que el patrón podrá formular aclaraciones en relación con los creditos emitidos por concepto de cuotas obrero patronales, capitales constitutivos, actualizacion, recargos y multas .

Page 29: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 29

1.- Las aclaraciones deben formularse en relación con:

a) Créditos emitidos por concepto de cuotas obrero patronales.

b) Capitales constitutivos.c) Actualización, Recargos y Multas.

2.- Solicitarse en un plazo de cinco días hábiles.

SUBSTANCIACION DE LA SUBSTANCIACION DE LA ACLARACION ACLARACION

ADMINISTRATIVAADMINISTRATIVA

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Continuación....

3.- Solicitarse ante la oficina de ajustes y aclaraciones dependiente del área de conbranza.

SUBSTANCIACION DE LA SUBSTANCIACION DE LA ACLARACION ADMINISTRATIVAACLARACION ADMINISTRATIVA

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4.- La aclaración estara debidamente sustentada y versará sobre:

•Errores aritméticos,•Errores mecanográficos•Avisos afiliatorios presentados previamente por el patrón•Certificados de incapacidad expedidos por el Instituto

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CONTENIDO DEL ESCRITO Y DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR Nombre, denominación o razón social;

Registro patronal;

Número de crédito;

Período de cotización de que se trate;

Crédito fiscal motivo de aclaración;

Nombre y firma del patrón, o de su representante legal;

Tarjeta de identificación patronal;

Poder notarial del representante legal, y

Cédula de liquidación sujeta a aclaración.

Page 33: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

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PLAZO DE LA RESOLUCIÓN Y SENTIDO DE LA MISMA

• Como resultado de la valoración de los elementos y documentales, el Instituto dentro de los 20 días hábiles siguientes a la presentación de la aclaración, emitirá y notificará a los interesados la resolución correspondiente, en cualquiera de los siguientes términos.

Page 34: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 34

RESOLUCIONES CONTRA LAS QUE PROCEDE Y CONSECUENCIAS DE LA

ACLARACIÓN

• Procede para todo tipo de créditos fiscales, salvo los relativos a los gastos por inscripciones improcedentes, e

• Interrumpe el plazo para interponer el recurso de inconformidad, y

• Esta vía administrativa no impacta a las finanzas de las empresas, porque no exige garantizar el interés fiscal

De resultat improcedente se confirma el crédito fiscal a cubrir.

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5.- RECURSO DE 5.- RECURSO DE INCONFORMIDAINCONFORMIDA

DD

5.- RECURSO DE 5.- RECURSO DE INCONFORMIDAINCONFORMIDA

DD

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Lic. Viviano Figueroa Peña 36

Medio de impugnación establecido contra los actos de la administración pública y utilizable por los administrados cuando a su juicio les causen algún agravio.

RECURSO ADMINISTRATIVORECURSO ADMINISTRATIVO

Page 37: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 37

Conjunto de normas obligatorias de carácter general emanadas del poder ejecutivo, dictadas para el cumplimiento de los fines de la administración pública.

REGLAMENTOREGLAMENTO

Page 38: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 38

ARTÍCULO 294.ARTÍCULO 294.

Cuando los patrones y demás sujetos obligados, así como los asegurados o sus beneficiarios consideren impugnable algún acto definitivo del Instituto, podrán recurrir en inconformidad , en la forma y términos del artículo siguiente.

Las resoluciones, acuerdos o liquidaciones del Instituto que no hubiesen sido impugnados en la forma y términos que señale el reglamento correspondiente, se entenderán consentidos.

MEDIOS DE DEFENSA (LEY IMSS)MEDIOS DE DEFENSA (LEY IMSS)

Page 39: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 39

ARTÍCULO 295ARTÍCULO 295

Las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto sobre las prestaciones que estas Ley otorga , deberán tramitarse ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en tanto que las que se presenten entre el Instituto y los patrones y demás sujetos obligados, se tramitarán ante el tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

MEDIOS DE DEFENSA (LEY MEDIOS DE DEFENSA (LEY IMSSIMSS)

Page 40: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 40

ARTÍCULO 296ARTÍCULO 296

Los derechohabientes podrán interponer ante el Instituto queja administrativa la cual tendrá la finalidad de conocer las insatisfacciones de los usuarios por actos u omisiones del personal institucional vinculados con la prestación de los servicios médicos, siempre que los mismos no constituyan un acto definitivo impugnable a través del recurso de inconformidad.

MEDIOS DE DEFENSA (LEY MEDIOS DE DEFENSA (LEY IMSSIMSS))

Page 41: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 41

ARTÍCULO 296ARTÍCULO 296

Continuación .....

El procedimiento administrativo de queja deberá agotarse previamente al conocimiento que deba tener otro órgano o autoridad de algún procedimiento administrativo, recurso o instancia jurisdiccional.

MEDIOS DE DEFENSA (LEY MEDIOS DE DEFENSA (LEY IMSS)IMSS)

Page 42: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 42

¿QUÉ ES EL RECURSO DE INCONFORMIDAD?

Page 43: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 43

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA DEFENDERSE CON UN

RECURSO DE INCONFORMIDAD?

Page 44: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 44

¿ANTE QUIEN SE DEBE DE PRESENTAR EL RECURSO DE

INCONFORMIDAD?

Page 45: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 45

¿CONTRA QUE ACTOS PROCEDE EL RECURSO DE

INCONFORMIDAD?

Page 46: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 46

¿QUÉ DATOS DEBERÁ DE LLEVAR EL RECURSO DE

INCONFORMIDAD?

Page 47: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 47

¿QUÉ DOCUMENTOS ADICIONALES DEBEMOS DE ACOMPAÑAR AL RECURSO

DE INCONFORMIDAD?

Page 48: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 48

¿CÓMO SE DEBERÁN LLEVAR A CABO LAS

NOTIFICACIONES DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS?

Page 49: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 49

¿CONTRA QUE ACTOS ADMINISTRATIVOS NO ES

POSIBLE INTENTAR UN RECURSO DE

INCONFORMIDAD?

Page 50: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 50

¿QUÉ ES EL SOBRESEIMIENTO Y EN QUÉ CASOS PROCEDE?

Page 51: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 51

¿QUÉ SUCEDE SI LA RESOLUCIÓN QUE RECAIGA AL RECURSO DE INCONFORMIDAD

INTERPUESTO NO LE ES FAVORABLE AL RECURRENTE (SE DESECHA EL RECURSO DE

INTENTADO)?

Page 52: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 52

¿ES NECESARIO GARANTIZAR EL INTERÉS FISCAL CUANDO INTENTEMOS UN RECURSO

DE INCONFORMIDAD?

Page 53: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 53

¿MEDIANTE QUE FORMAS SE PUEDE GARANTIZAR EL

INTERÉS FISCAL?

Page 54: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 54

¿QUÉ PASA SI UNA VEZ INTENTADO EL RECURSO DE

INCONFORMIDAD Y EL DE REVOCACIÓN, LA

RESOLUCIÓN NO NOS ES FAVORABLE?

Page 55: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 55

DISPOSICIONES GENERALESDISPOSICIONES GENERALES

RECURSO DE RECURSO DE INCONFORMIDADINCONFORMIDAD

Requisitos para su interposición:Requisitos para su interposición:

Autoridad Competente Documentos que se acompañan al Escrito de Interposición.

Término para su Interposición

Notificaciones

Casos de Improcedencia

Casos de Sobreseimiento

Page 56: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 56

DE LA TRAMITACIÓNDE LA TRAMITACIÓN

AdmisiónAdmisión

Reglas para las PruebasReglas para las Pruebas

Proyecto de ResoluciónProyecto de Resolución

Decisión y Votación de la Decisión y Votación de la Resolución por el Consejo Resolución por el Consejo Consultivo.Consultivo. Derecho de VetoDerecho de Veto

Ejecución de la ResoluciónEjecución de la Resolución

RECURSO DE INCONFORMIDADRECURSO DE INCONFORMIDAD

Page 57: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 57

6.- RECURSO 6.- RECURSO DE DE

REVOCACIONREVOCACION

6.- RECURSO 6.- RECURSO DE DE

REVOCACIONREVOCACION

Page 58: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 58

DE LA REVOCACIÓNDE LA REVOCACIÓN

DE LA SUSPENSIÓN DEL DE LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓNDE EJECUCIÓN

Page 59: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 59

RECURSO DE REVOCACIÓN

•Exijan en pago de créditos fiscales, y contra los que se argumente que éstosse han extinguido o que su monto reales inferior,

•Dicten en el procedimiento de administrativode ejecución,

•Afecten el interés jurido de terceros que aleguen la propiedad de bienes embargados por la autoridad y,

•Determinen un valor incorrecto de losbienes ambargados para su enjenación

Determinen contribuciones, accesorios o aprovechamientos.

•Nieguen la devolución de cantidades,

•Dicten las autoridades aduaneras, y

•Causen agravió al contribuyente

•resulevan o pongan fin al expediente,•Sean personales y concretas,•Causen agravio o lesionen el interés legitimo del contribuyente•Consten por escrito o,•Se trate de una nueva resolución.

Actos de autoridades federales que:

Actos de autoridades federales que:

Resoluciones definitavas que:

Resoluciones definitavas que:

Page 60: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 60

Acuerdos que recaen a la presentación del recurso

Acuerdos que recaen a la presentación del recurso

Prevención

No presentado

Desechamiento

Admisión

Si falta algún requisito o documento *

No acompañar la resolución impugnada

Si no se formulan los agravios

Si se reúnen todos los requisitos y documentos

•Se cuenta con un plazo de cinco días para desahogar la prevención, y en caso de no hacerlo, puede tenerse como no presentada, desecharlo, tener por no afrecidas las pruebas o perder el derecho a señalar los hechos.

Page 61: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 61

ESCRITO

•Nombre, denominación o razón social, RFC y dimicilio fiscal,•Autoridad a la cual se dirige (Administración Local o genral Juridíca),•Domicilio praoír notificciones y person autorizada para ello,•Resolución o acto impugnado,•Hechos,•Agravíos, y•Pruebas

Requisitos:Requisitos:

•Aquellos que acrediten la personalidad,•Acto impugnado,•Constancia de notificación,•Pruebas, y•Dictamen pericial

Documentos que deberán anexarseDocumentos que deberán anexarse

Page 62: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 62

AgraviosAgravios

Forma.- son aquellos que versan sobre los requisitos de procedencia del actoDe autoridad.- se recomineda su análisisY eleaboración antes de los llamados De fondo.- Ejemplo:

•Competencia de autoridad,•Formalidades en la notificación, y•Visitas domiciliarias: - identificador de visitadores - formulación de actas

Fondo son aquellos que versanSobre:

•Aplicación, no aplicación o interpretación Erronea de alguna disposición legal, y

•cualquier acto u omisión de la autoridad

Page 63: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 63

PruebasPruebas

•Se admitirán toda clase de pruebas, salvo la confesional otestimonial de las autoridades,

•Podrán presentarse en fotocopia simple, si obran en poderdel recurrente los originales, pero la autoridad podrá solicitarestas últimas, si tiene indicios que no existan o sean falsas, y

•En caso de pruebas documentales que hubieran podido obtenersemediante solicitud de copia certificada, deberá señalar el archivo o lugar donde se encuantran, identificando el documentoo la copia de la solicitud.

Page 64: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 64

7.- JUICIO DE 7.- JUICIO DE NULIDADNULIDAD7.- JUICIO DE 7.- JUICIO DE NULIDADNULIDAD

Page 65: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 65

ESQUEMA DE JUICIO DE NULIDADESQUEMA DE JUICIO DE NULIDAD

JUICIO DE NULIDADJUICIO DE NULIDAD

Se presenta anteLa S.R.

CorrespondienteT.F.J.F.A (45 o 15 días)

Se admite Se contesta por la autoridad

La sala dicta sentencia

Favorable Desfavorable

Se nulifican los actosO la resolución. (concluido)

El actor puede promoverJuicio de Amparo Directo (T.C.C)

Nota: La autoridad Puede promover

Se formulan alegatospor las partes

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Lic. Viviano Figueroa Peña 66

8.- 8.- GENERALIDADES GENERALIDADES

DEL JUICIO DE DEL JUICIO DE AMPAROAMPARO

8.- 8.- GENERALIDADES GENERALIDADES

DEL JUICIO DE DEL JUICIO DE AMPAROAMPARO

Page 67: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 67

1.- Definición2.- procedencia Pago de parcialidades (art. 66 CFF) Suspensión PAE (Art. 144 CFF) Condonación de multas (Art. 74 CFF)

3.- Monto Art. 141 Monto de contribuciones adeudadas y actualizadas Accesorios causados, así como lo que se cause en los 12 meses siguientes (tasa en vigor al momento de otorgar la garantía)

GARANTÍA DE INTERES FISCAL

Page 68: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 68

...Continuación

4.- PLAZOLa garantía deberá constituirse dentro de : 5 meses siguientes a la interposición del recurso de revocación 45 días tratándose de solicitudes de condonación de multas y juicios de nulidad, incluso la autoridad no puede ejecutar el acto sino transcurre ese término (art. 65 del CFF) 30 días siguientes, en el caso de los juicios de amparo (art. 141 CFF) y 30 días siguientes a la fecha en que hubiese sido autorizada la solicitud de pago en parcialidades (Art. 66 , fracc. II)

Page 69: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 69

...Continuación5.- Formas de garantíaLos contribuyentes podrán garantizar el interés fiscal en las formas siguientes:

Depósito en dinero u otra forma de garantía financiera Prenda e hipoteca Obligación solidaria asumida por terceros Embargo en la vía administrativa (Art. 9, segundo parrafo LSS y 141 y 144 CFF, 62 y 66 RCFF) Títulos valor o cartera del crédito del propio contribuyente.

Page 70: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 70

... Continuación

6.- Presentación de la garantía

Se presenta por escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal, excepto cuando se elija como garantía el embargo en la vía admnistrativa ( Forma 48 aviso para garantizar el interes fiscal)

Page 71: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 71

... Continuación

7.- Calificación y aceptación

Revisión de requisitos establecidos en los ordenamientos fiscales

Rechazo de la garantía (art. 68 CFF) Factibilidad de impugnar a través de juicio de nulidad el acuerdo que la rechaza (Art. II, Frac. IV de la Ley Organica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa)

Page 72: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 72

...Continuación

8.- Dispensa de la garantía Art. 141 CFF determina la no dispensa Art. 208 Bis CFF si otorga la dispensa

9.- Cancelación de la garantíaLa cancelación de la garantía procederá por: Sustitución de garantía previa autorización Habiéndose extinguido el crédito garantizado Sentencia o resolución que deje sin efecto la garantía (Art. 70 del RCFF)

*La cancelación es a solicitud del contribuyente mediante escrito libre.

Page 73: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 73

OBLIGACIONES DE DEPOSITARIOS EN

MATERIA DE SEGURO SOCIALArt. 9 Segundo, párrafo de LSSArt. 153 primer párrafo CFFArt. 2522 Código Civil

Bienes Muebles.- Conservación

- Reparar daños, menoscabos y perjuicios causados en los bienes depositados

-En caso de títulos, valores o documentos hacerlos efectivos y realizar los actos necesarios a la conservación de su valor

Page 74: Medios de defensa fiscal  ante el IMSS

Lic. Viviano Figueroa Peña 74

...Continuación

Bienes inmuebles

-El depositario tiene el carácter de administrador -Darlos en arrendamineto en precio no menor al existente en mercado al momento de intervención-Recoger documentación relativa al arrendamiento -Recaudar las rentas-Ejercer las acciones legales que correspondan -Informar al jefe de la oficina para cobros de daños y gravámenes

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9.- CONDONACION DEMULTAS.

9.- CONDONACION DEMULTAS.

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PROCEDENCIA DE LA CONDONACION DE MULTAS

El artículo 304-D de la Ley del Seguro Social regula esta opción al establecer textualmente:

El Instituto podrá dejar sin efectos las multas impuestas por infracción a las disposiciones de ésta Ley y sus reglamentos, cuando a su juicio, con la sola exhibición documental por los interesados se acredite que no se incurrió en la infracción.La solicitud.............

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PROCESO DE INVALIDACION DE MULTAS.

1.- La multa debe haber quedado firme.

2.- La solicitud de condonación suspende el procedimiento de ejecución, si así se solicita.

3.- Deberá garantizarse el interés fiscal al IMSS.

4.-No constituye instancia, la resolución no es impugnable por medio de defensa que preveé la Ley del Seguro Social.

5.- La resolución del Instituto deberá de impugnarse directamente ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

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TÉRMINOS

• Presentación: El Patrón está obligado a presentarlo en un término no mayor de 5 días hábiles a la fecha de notificación de la multa impuesta.

• Dentro del Procedimiento Administrativo de Ejecución antes del remate, debe de garantizar el interés fiscal.

• La Unidad Administrativa deberá resolver en un plazo no mayor de 10 días, notificando al Patrón.

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SUBSTANCIACION DE LA CONDONACIÓN DE LA MULTA

El Racerfi indica que el patrón está obligado a presentar la solicitud por escrito ante la unidad administrativa que impuso la multa debiendo, contener cuando menos:

1.- Nombre, denominacion social o razón social.

2.- Número de Registro Patronal.

3.- Domicilio.

4.- Número de Crédito, período y fecha de la multa.

5.- Justificación de que no cometió la infracción y el documento que acredite.

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Como puede observarse, los medios de defensa en el ámbito de la Seguridad Social cada vez adquieren mayor importancia entre el sector patronal, pues constituyen el instrumento legal ideal para inhibir las actuaciones arbitrarias del IMSS, y obtener la tan ansiada seguridad jurídica prevista en nuestra Carta Magna.