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Mc. Kelly M. Casana Jara MEDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA LEGAL
AUDITOR MEDICO
CMP: 55875 – RNE: 25775
METODO MEDICO LEGAL
Manera de decir o hacer con un orden una cosa;
procedimiento que se sigue en la ciencia para hallar la
verdad y enseñarla.
ELEMENTOS :
1. El Perito
2. La investigación de la verdad pericial
3. Elaboración del Informe Pericial
METODO MEDICO LEGAL
1.- EL PERITO:
Cualidades Intrínsecas:
1.- Posesión de condiciones éticas
2.- Otras cualidades:
a. Objetividad
b. Reflexión y sentido común
c . Juicio
d. Prudencia
e. Imparcialidad
f. Veracidad
PERITO
El “perito médico legista” es un profesional experimentado,
hábil, que cuenta con la pericia para poder emitir un
dictamen pericial sobre cuestiones relacionadas con su
especialidad y que es reconocido por la sociedad por su
“autoridad científica y moral”.
LOPEZ MESA, Marcelo. TRATADO DE RESPONSABILIDAD MEDICA – Argentina 2007
METODO MEDICO LEGAL
1.- EL PERITO:
B.- Formación básica teórica y
practica de la Medicina Legal y de
las Ciencias Forenses.
C.- Conocimientos Jurídicos.
METODO MEDICO LEGAL
2.- LA INVESTIGACION DE LA VERDAD PERICIAL:
Método Científico: deducción, inducción y analogía.
3.- ELABORACION DEL INFORME PERICIAL:
Lenguaje claro, sencillo, preciso porque va a ser utilizado por un
profesional no relacionado con las ciencias de la salud.
CONCLUSIONES: Afirma, Niega, Lleva a la duda.
Post - FACTO
facto
(Del lat. factum)
1. m. desus. El hecho, en contraste con el dicho o con lo pensado.
2. m. desus. Negocio, provecho.
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PROCEDIMIENTO MÉDICO LEGAL PARA EL ESTUDIO POST-FACTO
7.1.- DOCUMENTOS MÉDICO LEGALES EN EXAMEN DE LESIONES
1) El Informe Pericial, comprende:
a. Reconocimiento Médico Legal de Lesiones Recientes:
b. Reconocimiento Médico legal de Lesiones Antiguas:
c. Visitas Médicas
2) El Dictamen Pericial, comprende:
a. Estudio Post-Facto de Historia Clínica
b. Estudio de Responsabilidad Profesional
PROCEDIMIENTO MÉDICO LEGAL PARA EL ESTUDIO POST-FACTO
… la víctima a examinar no pueda comparecer ante la Autoridad
Fiscal, …, se solicitará al nosocomio la remisión de la Historia Clínica o
copia certificada de ésta, correspondiente a la atención del (la)
lesionado(a), dentro de las 48 horas de recepcionado el Oficio
solicitante suscrito por el Fiscal Provincial interviniente.
Recibida la HCL, el Fiscal la remitirá por Oficio para el estudio
médico legal y la emisión del Informe o Dictamen Pericial.
PROCEDIMIENTO MÉDICO LEGAL PARA EL ESTUDIO POST-FACTO
Los Médicos Legistas, procederán al estudio respectivo y
emitirán el Informe o Dictamen Pericial, devolviendo el(los)
documento(s) médico(s) …., al Fiscal Provincial solicitante.
En caso de que la víctima se encuentre impedida de asistir …, el
Fiscal oficiará al médico legista indicando el lugar e identidad
del que se deberá practicar el reconocimiento médico legal en
la modalidad de Visita Médica.
4.1.13.- POST-FACTO DICTAMEN DE HISTORIAS CLINICAS (R.M.L.-D.H.C.)
REQUISITOS.-
Cuando fueran clínicas deben presentar: informe médico acompañado
por radiografías, Firma y Post-Firma del Director General responsable
de la Clínica, así como la firma del médico que realizó el examen.
En el caso de área de salud: Informe Médico firmado y sellado por el
Director del Área de Salud y médico examinador.
Constancia de Pago al Banco de la Nación …
4.1.13.- POST-FACTO DICTAMEN DE HISTORIAS CLINICAS (R.M.L.-D.H.C.)
ETAPAS.-
Informe Médico en Mesa de Partes acompañado de Oficio, solicitando RML de HCL …
El médico recepciona HCL y previo estudio elabora informe y entrega a administración … elevado a la Dirección para su firma y post-firma.
Mesa de Partes recepciona documento final para ser remitido a Juzgado y Fiscalía o Policía …
FINALIDAD.-
Emitir pronunciamiento por parte del médico legista examinador, en base al estudio de evaluación de los informes médicos (Historias Clínicas).
DURACIÓN.- 10 días.
4.1.14. POST-FACTO AMPLIACIÓN DE RECONOCIMIENTO (R.M.L.-A.R.)
REQUISITOS ...
ETAPAS …
… será entregado al Médico Legista que se encargará de notificar al agraviado para realizar un nuevo reconocimiento o se realice algún examen auxiliar si fuera necesario.
FINALIDAD.- Emitir nuevo pronunciamiento médico del ya realizado en base a nuevos exámenes auxiliares practicados al agraviado.
DURACIÓN.- De 08 a 10 días.
Aspectos medico legales de la Responsabilidad médica
La RM se originará a partir de la concurrencia de
determinados presupuestos:
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ANTIJURIDICIDAD
EL DAÑO
ATRIBUCIÓN DE RESPONSABILIDAD
RELACIÓN DE CAUSALIDAD
Urrutia et al. PRESUPUESTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. 2003
PRUEBA PERICIAL
PRUEBA: (RAE)
Acción y efecto de probar.
Razón, argumento, instrumento u otro medio con que se pretende
mostrar y hacer patente la verdad o falsedad de algo.
HECTOR MOLINA: “Es una actividad procesal encaminada a la
demostración de la existencia de un hecho o acto, o de su inexistencia”.
LOPEZ MESA, Marcelo. TRATADO DE RESPONSABILIDAD MEDICA – Argentina 2007
REDACCION DEL PERITAJE MÉDICO
LACASSAGNE
1. El Preámbulo o Protocolo. 2. Conmemoración de los Hechos. (Reseña) 3. Descripción de los Hechos. 4. Discusión de los Hechos. 5. Conclusiones.
BONNET
ENCABEZAMIENTO: aquí consta la autoridad judicial a quien se
dirige la experticia.
1. PROEMIO: datos del perito, antecedentes y títulos,
domicilio legal y datos impositivos y provisionales.
2. ANTECEDENTES DE AUTOS DE INTERES
MEDICOLEGAL: Reseña.
3. ESTUDIO MEDICO LEGAL DEL CASO.
4. CONSIDERACIONES MEDICO LEGALES: Discusión.
5. CONCLUSIONES. NERIO ROJAS
Preámbulo, introducción o encabezamiento. 1. EXPOSICION: describe todo lo comprobado expuesto con detalle y método. 2. DISCUSIÓN: se analiza los hechos, los somete a la crítica, interpreta y expone las razones científicas de su opinión. 3. CONCLUSIONES: síntesis de la opinión pericial, se responde concretamente a las preguntas que se han formulado al perito.
GISBERT CALABIUG
1. Preámbulo. 2. Relación y descripción de los objetos de los cuales debe emitirse el informe. 3. Operaciones practicadas. 4. Valoración. 5. Conclusiones. 6. Fórmula final.
FORMALIDAD DEL DICTAMEN PERICIAL
Introducción:
- N° de causa pena.
- N° expediente.
- Identificación de la persona.
-El delito en investigación.
- Lugar y fecha.
- Destinatario.
- Preámbulo (nombre del o los peritos, profesión, N° cédula, carácter de su intervención).
- Materia a investigar (medicina legal, toxicología forense, patología forense u otro).
- Motivo del peritaje (transcripción literal del escrito de petición).
LOPEZ MESA, Marcelo. TRATADO DE RESPONSABILIDAD MEDICA – Argentina 2007
Descripción:
Método utilizado (científico).
Material de estudio utilizado (dictámenes, pruebas, declaraciones,
denuncias, HCl, fotografías, etc.).
* Dichos elementos de juicio médico pueden mencionarse solamente,
pero también pueden ir acompañados de un breve resumen,
transcribiéndose lo que resulte relevante para el caso.
LOPEZ MESA, Marcelo. TRATADO DE RESPONSABILIDAD MEDICA – Argentina 2007
FORMALIDAD DEL DICTAMEN PERICIAL
Consideraciones:
Suele transcribirse fundamentación de tipo científica, cuando se
considera necesario partir de bases teóricas científicas y/o técnicas
para explicar un fenómeno o proceso.
Discusión:
Se transcribe el análisis, la crítica, la interpretación y la opinión de
lo estudiado; se exponen las razones científicas, el fundamento, las
bases razonadas.
LOPEZ MESA, Marcelo. TRATADO DE RESPONSABILIDAD MEDICA – Argentina 2007
FORMALIDAD DEL DICTAMEN PERICIAL
Conclusión:
Relación causa-efecto.
Daño originado al paciente.
Firma y nombre completo. ( 2 ó +)
Bibliografía utilizada.
Anexos.
Opiniones técnico científicas, evaluaciones médicas al
paciente, estudios de laboratorio, material fotográfico, etc.
LOPEZ MESA, Marcelo. TRATADO DE RESPONSABILIDAD MEDICA – Argentina 2007
FORMALIDAD DEL DICTAMEN PERICIAL
NUEVO CODIGO
PROCESAL PENAL
DECRETO LEGISLATIVO Nº 957
LIBRO SEGUNDO : LA ACTIVIDAD PROCESAL SECCIÓN II : La Prueba (Art. 155 al 252) Capítulo III: LA PERICIA (Art. 172 al 181)
Artículo 178 Contenido del informe pericial oficial
El informe de los peritos oficiales contendrá:
a) Nombre, apellido, domicilio y DNI del perito, así como el Nº de registro
profesional.
b) Descripción de la situación o estado de hechos, sea persona o cosa, sobre
los que se hizo el peritaje.
c) Exposición detallada de lo comprobado en relación al encargo.
d) Motivación o fundamentación del examen técnico.
e) Indicación de criterios científicos o técnicos, médicos y reglas de los que
se sirvieron para hacer el examen.
f) Conclusiones.
g) Fecha, sello y firma.
NUEVO CODIGO
PROCESAL PENAL
Artículo 178.- Contenido del informe
pericial oficial
2. El informe pericial no puede contener
juicios respecto a la responsabilidad o no
responsabilidad penal del imputado en
relación con el hecho delictuoso materia del
proceso.
Responsabilidad ética
Artículo 21°.- “El médico que realiza labores médico-legales,
periciales o de auditoría, debe ceñirse a las normas establecidas en
el presente Código, pues tales labores son verdaderos actos
médicos”.
Art. 97° .- “En sus informes, los médicos legistas, peritos y
auditores, deberán ser veraces, prudentes y limitarse a establecer
causas, hechos y conclusiones de orden científico-técnico,
absteniéndose de formular opiniones o juicios de valor sobre la
probable responsabilidad legal de sus colegas”.
Responsabilidad en la Ley General de Salud
LEY Nº 26842
Art . 4°: Ninguna persona puede ser
sometida a tratamiento médico o
quirúrgico, sin su consentimiento
previo …... Se exceptúa … las EMG.
La negativa a recibir tratamiento médico o
quirúrgico exime de responsabilidad
al médico tratante y al establecimiento
de salud, en su caso.
Art.29: “El acto médico debe estar sustentado en
una historia clínica veraz y suficiente que
contenga las prácticas y procedimientos
aplicados al paciente para resolver el problema de
salud diagnosticada”.
Art. 36: “Los profesionales, técnicos y auxiliares
del campo de la salud, son responsables por los
daños y perjuicios que ocasionen al paciente por
el ejercicio negligente, imprudente e imperito de
sus actividades”.
4.3.4. NEGLIGENCIA MEDICA (Responsabilidad Médica)
REQUISITOS.-
Oficio del Juzgado y/o Fiscalía solicitando RML sobre negligencia
médica.
HCL completa: hoja de filiación, hoja enfermería (días hospitalización
con FV y/o biológicas), Epicrisis (requisitos), nota ingreso, evaluación
médica reporte operatorio con requisitos, exámenes auxiliares con
resultados (Rx, TAC, etc.), interconsultas evolución de enfermería con
notas de ingreso (Microscopía, películas y láminas).
4.3.4. NEGLIGENCIA MEDICA (Responsabilidad Médica)
Si fueran copias deben estar certificadas.
Protocolo de Necropsia en caso de fallecido.
Constancia de Pago al Banco de la Nación …
ETAPAS.-
Mesa de Partes … Si la HCL cuyo contenido en su totalidad o por partes
no son legibles se deben sacar fotostáticas para el archivo y solicitar en
oficio a través de la autoridad competente se realice la transcripción del
documento ...
4.3.4. NEGLIGENCIA MEDICA (Responsabilidad Médica)
La Dirección conforma a una Junta de Médicos y en presencia de ellos
el médico que realizó el estudio y resumen del caso, da su disertación
para su discusión u elaboración del dictamen y remite a la parte
administrativa …
El R.M.L.-R.M., debidamente firmado (3 firmas) más visado de
Dirección es enviado a Mesa de partes parra su envío inmediato al
Juzgado y/o Fiscalía solicitante.
DURACIÓN.-Una semana.
LA RESPONSABILIDAD MÉDICA EN LA
DIVISIÓN CLÍNICO FORENSE DEL IML
“LAU”. REVISIÓN DE 12 AÑOS
(2000 – 2011)
OBJETIVOS GENERAL:
Analizar los casos de presunta responsabilidad médica evaluados en
la División Clínico Forenses del IML del año 2000 al 2011.
ESPECÍFICOS:
Describir características de variables analizadas (sexo, institución,
servicio, defunción, mal praxis).
Describir las diversas conclusiones médico legales en los CMLs de
RM analizados.