mayo de 2017 i - inicio

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DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA MAYO DE 2017 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 I OF. UDAI-DGAC- 002-2017 64468-1-2017 64469-1-2017 64472-1-2017 64473-1-2017 64474-1-2017 64475-1-2017 64476-1-2017 64479-1-2017 64481-1-2017 64483-1-2017 PERMANENTE lOe Gestión I Financiera IFinanciera lOe Gestión lOe Gestión lOe Gestión .• de 1""''''YIYQ\o;n¡;i1:.J "'. ". " de 1"'-'\·"'1,\0.1110- Financiera SEGUIMIENTO RECOMENDACIONES I 02/01/2017 I 31/03/2017 I PERMANENTE DE INFORMES UDAI-DGAC de AsesorfalARRENDADORAS DE AUTOS. 01/01/2016 IGerencia Financiera. EJECUCION DEL PRESUPUESTO 01/01/2016 2016. Gerencia INGRESOS POR ARRENDAMIENTO 01/01/2016 I 31/03/2017 IEJECUCIÓN I UCI, Asesona Jundlca DE HANGARES Y otras Gerencias. Sección de Gafetes de COMUNICACiÓN lIa Gerencia de GAFETES (TIA) 01/01/2017 31/03/2017 Seauridad v Gerencia DE RESULTADOS IGerencia Financiera y ACTIVOS FIJOS Depto. de Inventarios 01/01/2017 31/03/2017 EJECUCiÓN Unidad de Acceso a la ILEY DE ACCESO A LA Información Público INFORMACION PUBLICA 01/01/2017 31/03/2017 Gerencia Financiera SOLVENCIAS FINANCIERAS 30/06/2015 31/05/2017 IGerencia Financiera ARQUEO AL FONDO ROTATIVO Y CAJAS CHICAS I Unidad de Com pras EVALUACION DE PROCEDIMIENTO 01/05/2016 I 30/04/2017 I PLANEACIÓN DE COMPRAS 7 PLANEACIÓN Efectuar seguimiento a informes realizados en la Unidad de Auditoría Interna (hallazgos, descripción, estado, unidad responsable del cumplimiento). z ( ",' C'\ -, 'o. e \,,0 \. U4TÉH,r-.\.

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MAYO DE 2017
IGerencia Financiera. EJECUCION DEL PRESUPUESTO
01/01/20162016.
Y otras Gerencias.
lIa Gerencia de GAFETES (TIA) 01/01/2017 31/03/2017 Seauridad v Gerencia
DE RESULTADOS
01/01/2017 31/03/2017 EJECUCiÓN
Unidad de Acceso a la ILEY DE ACCESO A LA Información Público INFORMACION PUBLICA 01/01/2017 31/03/2017
Gerencia Financiera SOLVENCIAS FINANCIERAS 30/06/2015 31/05/2017
IGerencia Financiera ARQUEO AL FONDO ROTATIVO Y CAJAS CHICAS
IUnidad de Com pras EVALUACION DE PROCEDIMIENTO
01/05/2016 I 30/04/2017 I PLANEACIÓN DE COMPRAS
7 PLANEACIÓN
Efectuar seguimiento a informes realizados en la Unidad de Auditoría Interna (hallazgos, descripción, estado, unidad responsable del cumplimiento).
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MAYO DE 2017
VERIFICACiÓN DE MANUALES
VERIFICACiÓN DE PUESTOS LABORALES (CUMPLIMIENTO T~RMINOS DE REFERENCIA)
Guatemala, 08 de junio de 2017 ~. "'-. \:lE 1\(;1""+ ~/// r.;i "fv~.:,
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AUDITORIA DE GESTION
Revision de expedientes de arrendadoras
DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
GUATEMALA, MAYO DE 2017 I~III
INDICE
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA 4
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS 13 Y RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
ENTIDAD AUDITADA DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE LA 15
COMISION DE AUDITORIA 16
La Dirección General de Aeronáutica Civil de Guatemala.
Es la Dirección creada mediante la Ley de Aviación Civil Decreto No. 93~2000, la que en las disposiciones generales, en el artículo 1. Objeto establece lo siguiente: la presente ley tiene como objetivo normar el ejercicio de las actividades de aeronáutica civil, en apoyo al uso racional, eficiente y seguro del espacio aéreo, con fundamento en lo preceptuado en la Constitución Política de la República, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, los reglamentos emitidos para el efecto y demás normas complementarias.
Acuerdo Gubernativo No. 384~2001, Reglamento de la Ley de Aviación Civil, en el capítulo 11 de la Dirección General en el artículo 2° establece: "La Dirección General de Aeronáutica Civil, por conducto de su Director General, los subdirectores, unidades técnicas y administrativas deberán velar por el fiel cumplimento de la Ley de Aviación Civil, leyes de observancia general que contengan preceptos relacionados con la actividad aeronáutica, acuerdos y tratados internacionales ratificados por Guatemala, del presente Reglamento, regulaciones y disposiciones complementarias".
Unidad de Asesoría Jurídica
Encargada de proporcionar asesoría jurídica específica requerida por las actuaciones internas del Despacho Superior en la gestión de la DGAC. También tiene encomendado proporcionar la asesoría jurídica por las actuaciones internas del personal de la DGAC.
Gerencia Financiera.
Es una unidad del área administrativa encargada de administrar los recursos financieros propios de la DGAC y los otorgados por el Estado. Fiscaliza y contabiliza todos los fondos asignados a la DGAC por las distintas fuentes de ingreso existentes. Prepara el proyecto de presupuesto general de la DGAC, y los proyectos de ejecución presupuestaria en coordinación con las unidades administrativas y técnico-operativas, y supervisa la ejecución de los proyectos y controla las inversiones realizadas.
Unidad de Control de Ingresos. ~«;,.'OE'~ \E~,I\ ~~'~ ~ p~ .,
Es la unidad administrativa encargada del control, monitoreo, análisis 1:. ,.~. ~
seguimiento de los ingresos de la DGAC, especialmente los realizados en e~ ~~i~:~ ~.':" o. v
QÚ,.q1 ,,\.1"
AUDiTORIA DE GESTION CUA 64465 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 ~I~II
O!RECCION GENERAL DE AERONAUTlCl
sistema bancario y genera la información pertinente para la proyección y cobro de los mismos.
Del Examen de Auditoría
Se emitió el nombramiento de Auditoría 64468-1-2017 de fecha 16 de enero de 2017, en el cual se nombra al Lic. Víctor Hugo Duarte Fabián, para realizar la auditoría de Gestión a los Ingresos por Arrendamiento de arrendadoras de autos, por el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016.
OBJETIVOS
. GENERALES
1. Se verificó el adecuado y oportuno cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas contenidas en las Leyes, Reglamentos y Normativas Internas Vigentes, relacionadas e inherentes al área objeto de esta auditoría.
2. Contribuir con el Plan Anual de Auditoría aprobado para el año 2017.
ESPECIFICOS
1. Se verificó la legalidad de la cesión de derechos. 2. Se determinó, si existe modificación de las cláusulas de los contratos de
arrendamiento. 3. Se determinó si las arrendadoras de autos se encuentran al día en todos sus
compromisos financieros ante la DGAC. 4. Se evalúo la estructura organizativa de la DGAC para establecer si existe
coordinación de actividades entre las diferentes áreas (Unidad de Asesoría Jurídica, Sección de Ingresos de la Gerencia Financiera, y Unidad de Control de Ingresos -UCI-), para la toma de decisiones.
5. Se verificó si la DGAC ha adoptado procedimientos de control interno apropiados, para asegurar que todas las operaciones que procesan, estén documentadas satisfactoriamente.
6. Se confirmó que los ingresos por concepto de arrendamiento de las arrendadoras se depositen íntegros y oportunamente en las cuentas de la DGAC en el Banco de Desarrollo Rural, S.A.(BANRURAL).
7. Se verificó que se hayan aplicado las tarifas establecidas en el Acuerdo Gubernativo No. 939-2002, Reglamento Tarifarío de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento en los Aeródromos del Estado y sus
AUDtTORIA DE GESTiON - CUA 64468 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 II~II
DIHEGC¡ON GENERAL DE P..ERONAUTiCL
modificaciones. 8. Se verificaron otros aspectos que se consideraron importantes y que afectan
los intereses del Estado. 9. Presentar el informe que contenga las recomendaciones para el
fortalecimiento de las áreas respectivas.
ALCANCE
La auditoría comprendió la verificación integra y oportuna de los ingresos percibidos por concepto de arrendamiento de las arrendadoras de autos, así como la evaluación del control interno, registros, operaciones y seguimiento a recomendaciones, por el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del 2016.
INFORMACION EXAMINADA
Se examinó la información proporcionada por la Unidad de Asesoría Jurídica, Gerencia Financiera, Unidad de Control de Ingresos de las arrendadoras de autos que se encuentran ubicadas en el tercer nivel del Aeropuerto Internacional La Aurora, por los periodos de enero a diciembre 2015 y 2016. La Gerencia de Infraestructura Aeroportuaria, no presentó los planos de las áreas arrendadas solicitados en dos oportunidades, según oficios DGAC-UDAI-64468-007-17/vhdf y DGAC-UDAI-64468-008-17/vhdf, de fechas 2 y 16 de febrero de 2017.
La Unidad de Asesoría Jurídica, presentó 12 expedientes de arrendadoras de autos con toda la documentación de los arrendatarios incluyendo los contratos suscritos por arrendamiento de las áreas de oficinas, counters y parqueos. La Unidad de Control de Ingresos, la Gerencia Financiera y Sanrural, presentaron los estados de cuenta de seis arrendadoras de autos que se encuentran activas, dándole cumplimiento a los objetivos de la auditoría, revisando lo siguiente: Número de contrato; fecha del contrato; identificación de las áreas; nombre del arrendatario; plazo del contrato de arrendamiento; cantidad total de metros cuadrados arrendados, especificando cuántos metros corresponden a cada área (oficinas, counter, parqueos, etc.); valor del metro cuadrado por área arrendada; vencimiento de las fianzas de cumplimiento; que los pagos se hicieron de conformidad con la fecha establecida en los contratos; la cartera morosa al 31 de diciembre de 2016; los registros de ingresos por arrendamiento de las áreas según estados de cuenta e informe mensual de Sanrural.
Se solicitó información por medio de los oficios UDAI-DGAC-64468-17-009, 010, 011, 012, 013 Y 014/vhdf a las seis arrendadoras de autos que se encuentran ubicadas en el tercer nivel del Aeropuerto Internacional La Aurora, sobre los
AUD!TORlr~ DE GEST10N - eUA 644611 PE¡{IODO DEL Oi DE ENEF\ü DE 2010 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016l~tll
DIRECCION GENERAL OEAERONAUTíCt\
ingresos mensuales por los periodos de enero a diciembre 2015 y 2016.
La respuesta de las seis (6) Empresas Arrendadoras fue lo siguiente:
Que se encuentran en la total disponibilidad de colaborar y cumplir con cualquier requerimiento derivado de su relación contractual con la DGAC, siempre y cuando sea dentro de los términos acordados en el contrato de arrendamiento de áreas en el Aeropuerto Internacional la Aurora.
No obstante lo anterior, el requerimiento enviado no se enmarca dentro de las condiciones contractuales pactadas y por lo tanto no estamos obligados a cumplir con su requerimiento.
Lo expuesto por las arrendadoras, en virtud que en los contratos fue excluida la cláusula CUARTA: RENTA: Las literales b) Renta Variable y c) La Renta Variable estará sujeta a fiscalización.
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA
Como resultado de la auditoría practicada a los expedientes de ingresos por arrendamiento de áreas para oficina, counter y parqueos a cargo de la Unidad de Asesoría Jurídica, se establecieron irregularidades, como se muestra continuación:
1) Irregularidades establecidas en los contratos rescindidos a las arrendadoras de automóviles
En el cálculo de la renta de las áreas de parqueo de los contratos rescindidos en el año 2015, de seis (6) arrendadoras de autos, únicamente establecieron como renta fija la cantidad de $ 2,000.00 más un incremento del 5% anual. Esta situación fue objeto de recomendaciones en el informe anterior de auditoría 2016.
2) Arrendadoras de Automóviles en mora
En la revisión a los contratos de las arrendadoras de autos, se logró establecer que cinco arrendadoras de autos se encuentran en mora, verificando que la Unidad de Asesoría Jurídica ya traslado los expedientes de cuatro arrendadoras a la Procuraduría General de la Nación para que inicie las acciones legales ~ correspondientes, solo está pendiente que Asesoría Jurídica emita su opinión en :tW'lO:~ relación al oficio No. DAJ-886-2015-HVCG de fecha 18/05/2015, si procede ~0<''i' .~1'''-1,
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aprobar el proyecto de resolución de prescripción de la deuda de la arrendadora &~~ Payles Car Rental/Fuente de Autos, S. A. ~ AI~!"'OR", .~
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11~~~l"II. (J",,"~Y~l;' . :al ".,"','.lo? AUDlTORIA DE GESTION • CUA 64468 . PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL DE DICIEM8RE DE 2016
3) Arrendadoras con fianzas vencidas
Tres arrendadoras tienen vencida la fianza de cumplimiento; 1) Auto Continental, S. A; 2) Rentalsa, S. A; y 3) Payles Car Rental/Fuente de Autos, S. A.
4) Irregularidades de arrendamiento en los contratos
En la revisión de los contratos de seis (6) arrendadoras de automóviles que operan en el parqueo del tercer nivel del edificio de la termina1, se estableció lo siguiente:
1. Para el cálculo de la renta fija de los siete (7) parqueos de automóviles que tienen asignados las arrendadoras de autos, interpretaron y aplicaron la tarifa establecida en el artículo No. 5 literal h) del Acuerdo Gubernativo No. 939-2002, Reglamento Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento de los Aeródromos del Estado, de Q 168.00 por unidad (Según criterio de Asesoría jurídica). Según criterio de auditoría, el cálculo correcto es la tarifa de Q 168.00 por metro cuadrado (18M2 y 24 M2 por cada vehículo, según planos anteriores de Infraestructura).
2. El área en donde construyeron la oficina es un área de parqueo de 18 M2 sin embargo tomaron la tarifa de la literal g) del artículo No. 5 del Acuerdo Gubernativo No. 939-2002 Q 134.40 área de oficina, siendo lo correcto la tarifa para parqueo de la literal h) de Q 168.00 por 18M2.
3. En los contratos de las seis arrendadoras de autos no incluyeron la renta variable del cinco por ciento (5%) sobre la participación de las ventas mensuales, que contienen los contratos de las arrendadoras Auto Continental, S.AlDollar Rent a Car y Payles Car Rental/Fuente de Autos, S. A Esta renta variable también está contemplada en la minuta del contrato en la literal b) de la cláusula CUARTA: RENTA:. También la literal b) de renta variable fue excluida en la Resolución No. RES-DGAC-DS-1000-2014 de la Dirección General.
4. Asimismo en los contratos vigentes de las arrendadoras de autos, no incluyeron la cláusula de las pólizas de seguros del área arrendada, que estaba contemplada en los contratos rescindidos de $ 50,000.00, que cubría la vigencia de los contratos.
Como consecuencia de la aplicación de la tarifa de renta 'fija por unidad, la Dirección General de Aeronáutica Civil ha criterio de la Unidad de Auditoría Interna ha dejado de percibir la cantidad Q 2,750,855.42 por concepto de renta 'fija mensual, correspondiente a los años 2015 y 2016.
Base legal
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IIM• AUDITORIA DE GESTION· eUA 64468 • I~' ~ PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2010 AL ! DE DICIEMBRE DE 201t1 ../, ~~II~------------------~==~~==~~~--------------------~~'" Q~~~~~~,~.~.
El Manual de Normas y Procedimientos para otorgar en Arrendamiento Áreas: 1.­ Adyacentes y de Influencia. 2.- Locales Comerciales, establece los procedimientos que debe realizar la Asesoría jurídica y la Dirección General de Aeronáutica Civil.
EL ACUERDO GUBERNATIVO NO. 939-2002, REGLAMENTO TARIFARIO DE LOS SERVICIOS AEROPORTUARIOS Y DE ARRENDAMIENTO EN LOS
AERÓDROMOS DEL ESTADO, establece:
"En el artículo No. 5. Las tarifas mensuales para el arrendamiento de áreas se aplicaran conforme las siguientes categorías:
AERODROMOS DE PRIMERA CATEGORíA
ZONA TERMINAL, por metro cuadrado (El subrayado es nuestro L
1. En el edificio terminal y áreas comerciales a) ...... . g) Counter y oficinas otras empresas .............................. Q 120.00. h) Espacio taxis y rentadoras, por vehículo, mensual.. ....... Q 150.00.
"El Artículo No. 12. Reformado por el Acuerdo Gubernativo No. 455-2007, en el segundo párrafo del artículo 1. Indica que ........ Dicha invitación deberá indicar también que las ofertas pueden componerse de un valor fijo por metro cuadrado en concepto de renta, un monto variable, un pago por derecho de explotación o bien una combinación de las anteriores".
"ARTICULO 13. Las minutas de los contratos que deban otorgarse en aplicación
del presente Reglamento, serán redactadas y analizadas por la Asesoría Jurídica de la Dirección. Los contratos serán otorgados por el Director General y el interesado, en Contrato Administrativo o Escritura Pública".
"El artículo No. 15. El Arrendatario deberá presentar fianza de cumplimiento, por una cantidad igual al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, calculado conforme el plazo pactado ...... ".
La minuta del contrato de arrendamiento de las arrendadoras de automóviles indica en la cláusula CUARTA: RENTA: a) Renta Fija: ... b) Renta Variable: que es un porcentaje de participación sobre las ventas mensuales del cinco por ciento (5%), menos el Impuesto al Valor Agregado -IVA-; la arrendataria trasladará en forma mensual y consecutiva, declaración contable debidamente firmada y sellada ~~~~,.1.0E·~~'i'O~
C:i ~ ~ '5 f" :,.. g !2 ~ AUOITORIA ~ 1>. 1t.:7iRN~ •
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PERIODO DEL 01 DE ENERO. DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 II~II
OlRECCION GENERAL DE AERONAUT1Ct\
por contador público, quien deberá estar inscrito en la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, la cual hará constar las ventas mensuales".
La Resolución RES-DGAC-DS-1000-2014, en el título RESUELVE: Artículo No. 2. En el contrato de arrendamiento deberá hacerse constar las condiciones siguientes: a) Plazo: ..... b) Renta Fija: ..... e) Forma de Pago: La renta fija se cancelará dentro de los primeros cinco días de cada mes, contados a partir de la fecha del acta de entrega del área", asimismo en la resolución se testó el párrafo siguiente:
"Testado: y la renta variable se cancelará dentro de los primeros cinco días de cada mes, a partir de la fecha del acta de acondicionamiento de área y el acta de aceptación de planos de diseño emitidas por la Gerencia de Infraestructura. Omítase". d)...... (El subrayado es nuestro)
Los contratos de arrendamiento de las 6 arrendadoras de autos rescindidos en el 2015, en la cláusula "Decimaoctava de un contrato y en cinco contratos en la cláusula Decimanovena: De las pólizas de seguros: Por el presente acto el arrendatario contrae la obligación de asegurar el Área Arrendada durante toda la vigencia del contrato mediante un seguro de daños de obra civil hasta por un monto de cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América ($50,000.00)".
COMENTARIOS DE LOS RESPONSABLES
UNIDAD DE ASESORíA JURíDICA
La reunión programada para el día quince de marzo de 2017, se realizó hasta el día lunes veinte a solicitud del Jefe de Asesoría Jurídica por estar integrando la Junta de Licitación en -COVIAL-.
En la reunión el Jefe de Asesoría Jurídica presentó el oficio No. UAJ-596-2017/CT con fecha 20/03/2017, en donde expone sus comentarios respecto al posible hallazgo de auditoría, los que se trascriben a continuación: Me permito dar respuesta al oficio UDAI-DGAC-64468-17-15/vhdf de fecha 10 de marzo de 2017 por medio del cual se establece la existencia de posible hallazgo en contratos vigentes, derivado de la auditoría que se realiza a las empresas arrendadoras de autos, por lo que para desvanecer las supuestas deficiencias y el posible, me permito manifestar lo siguiente:
1. Se establece como deficiencia, en el apartado de Condición en el numeral 1 que: <t",~t.~1.0E,~~"tOi- u ~.::.
se utilizó y aplico la tarifa establecida en la literal h) del numeral 1 del artículo 5 del?' . ~ (l ,.
Reglamento Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento d~ AUDITORIA' ~
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PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016II~
DIRECC!ON GENERAL DE AERONAUTICA
Aeródromos del Estado, Acuerdo Gubernativo 939-2002 del Presidente de la República de Q 168.00 por Unidad, siendo lo correcto por metro cuadrado. Al respecto me permito manifestar que en el Artículo cinco establece: "AERÓDROMOS DE PRIMERA CATEGORíA... ZONA TERMINAL, por metro cuadrado: "yen numeral 1 literal h): "1. En el edificio terminal y áreas comerciales ... h) Espacio taxis y rentadoras, por vehículo (el resaltado es propio), mensual------ Q 150.00" por lo tanto NO EXISTE APLICACiÓN ERRÓNEA DE lA TARIFA establecida ya que si bien es cierto en el encabezado se establece que la tarifa debe ser aplicada por metro cuadrado, en la literal especifica en la cual se hace referencia al valor que se debe cobrar en concepto de renta por parqueo de automóviles a las arrendadoras indica que debe ser por "POR VEHíCULO", En tal sentido de conformidad con lo expuesto no existe aplicación errónea de la tarifa en concepto de renta, teniendo por lo tanto con lo expuesto, desvanecer el mismo.
11. Se establece como deficiencia, en el apartado de Condición en el numeral 2 que: en el área donde se construyó oficina por parte de las empresas arrendadoras de autos se aplicó la tarifa establecida en la literal g) del numeral 1 del Artículo 5 del Reglamento Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento de Aeródromos del Estado, Acuerdo Gubernativo 939-2002 del Presidente de la República de Q 134.40 por metro cuadrado, siendo lo correcto la tarifa establecida en la literal h) de Q 168.00 por metro cuadrado. Al respecto me permito manifestar que en el artículo cinco se establece: "AERÓDROMOS DE PRIMERA CATEGORíA" ... ZONA TERM~NAL, por lo tanto NO EXISTE APLICACiÓN ERRÓNEA DE LA TARIFA establecida ya que el cobro no se realiza en virtud de la ubicación del área, si no, por el uso que se le da a la misma, no pudiendo aplicar la tarifa establecida en la literal h) como establece la condición ya que la misma hace referencia específica a "POR VEHíCULO", en tal sentido de conformidad con lo expuesto no existe aplicación errónea de la tarifa o de norma que establezca la misma, en concepto de renta, teniendo por lo tanto con lo expuesto, desvanecido el mismo.
111. Se establece como deficiencia, en el apartado de Condición en el numeral 3 que: en los contratos de las seis arrendadoras no incluyeron la renta variable del 5% sobre la participación de las ventas mensuales. Al respecto me permito indicar que tanto el pago de renta variable, como el porcentaje que se cobre de la misma, no es un imperativo legal o reglamentario y queda a criterio de la autoridad de turno el cobro de la misma y el porcentaje de cobro, ya que el Reglamento Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento de Aeródromos del Estado, Acuerdo Gubernativo 939-2002 del Presidente de la República, no establece norma alguna que de manera imperativa,
..,.f:.'f.Al OE.~~ el cobro de la misma asi como su porcentaje, y la única norma que regula algo al ~f.Í' '!'c!f:.
C' 7C;
respecto es el segundo párrafo del artículo 12 el cual establece "La Dirección y ~ ~ AlJarr: r. o. 1N"i¡~~t4 .i
II~~~.1t-------'-----:-:Al-:-::ID-:-::IT~OR=IA:-:D~E-:::-G::-:ES=TI-::-:ON~--:'C-:-:-UA~6-:-44~68-:-·----------::-p,-:-'¡g-:-. Q""l'o%¡"'l~,,:C1 ~~ PERIODO DEl 01 DE ENERO OE201GAl31 DE DICIEMBRE DE 2016
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X-t
OtRECC,ON GENERAL DE AERONAUTICf,.
General de Aeronáutica Civil podrá invitar a personas individuales o jurídicas de reconocido prestigio nacional y/o internacional para ser arrendatarias de áreas dentro de los aeródromos. Esta invitación deberá realizarse por medio escrito, indicando las condiciones y requisitos a cumplir, así como los criterios de calificación que se aplicarán. Dicha invitación deberá indicar también que las ofertas pueden componerse de un valor fijo por metro cuadrado en concepto de renta, un monto variable, un pago por derecho de explotación o bien una combinación de las anteriores. "El resaltado de las palabras podrá y pueden corresponder a mi persona, y es debido a que son las palabras que establecen las posibilidad del cobro de renta variable como una facultad y no como una obligación, en tal sentido de conformidad con lo expuesto no existe error o exclusión de obligación que genere hallazgo, teniendo por lo tanto con ·10 expuesto, desvanecido el mismo.
IV. Se establece como deficiencia, en el apartado de Condición en el numeral 4 que: En los contratos no se incluyó la cláusula de las pólizas de seguro de las áreas arrendada. Al respecto me permito indicar que la contratación de seguro por el área arrendada, no puede ser una deficiencia que genere hallazgo, en virtud de que ~I Reglamento Tarifa riode los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento de Aeródromos del Estado, Acuerdo Gubernativo 939-2002 del Presidente de la República, no contiene norma alguna que establezca la obligatoriedad de la contratación ningún tipo de seguro, únicamente establece que como garantía del cumplimiento del contrato se deberá contratar fianza de cumplimiento, por una cantidad igual al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, en tal sentido de conformidad con lo expuesto no existe incumplimiento legal que genere hallazgo alguno y que deba de confirmarse en dicho sentido, teniendo por lo tanto con lo expuesto, desvanecido el mismo.
Es entonces estimado Lic. Carlos Aroldo González Barrera, que de conformidad con lo expuesto en los numerales romanos precedentes, en la realización de los contratos de arrendamiento de las empresas arrendadoras de autos, no se deben tener como deficiencias para la generación de hallazgos, las posibles condiciones determinadas por el Auditor Gubernamental Lic. Víctor Hugo Duarte Fabián, ya dos de ellos son sustentados en aplicación errónea de Ley y otros dos sin ningún fundamento de Ley que genere la existencia de los mismos.
En la reunión del 20/03/2017 el Jefe de Asesoría Jurídica informo que en el oficio No. UAJ-596-2017/CT, únicamente presentó los comentarios del posible hallazgo No. 1 Irregularidades de arrendamiento en los contratos, quedando pendientes los
~~e.f'.Al DI: puntos relacionados a las irregularidades en los contratos rescindidos a las C'~(:>' ~<f-i> arrendadoras de automóviles, arrendadoras de automóviles en mora y tres § ';
cr: oarrendadoras tienen la fianza vencida. •
'1 IiUt,¡ IN~toll14 •
l'"i\.t4jJtA'C. AUDITORIA DE GESTION . CUA 64468
,1'PERiODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEM8RE DE 2016 IIMfll .
DIRECCION GENER¡\L DE AERONAUTICA
Con fecha 27/03/2017 según oficio No. UAJ-627-2017/CT presentó los comentarios que se encontraban pendientes de la reunión del 20/03/2017, siendo los siguientes:
Ampliar la respuesta del oficio UAJ-596-2017/CT el cual se originó para dar respuesta al requerimiento contenido en el oficio UDAI-DGAC-64468-17-15/vhdf mismo que establece la existencia de posible hallazgo en contratos vigentes, derivado de la auditoría que se realiza a las empresas arrendadoras de autos; por lo que para desvanecer las respuestas deficiencias y el posible hallazgo, me permito manifestar lo siguiente:
Arrendadoras de Automóviles en Mora: ..... Esta pendiente que Asesoría Jurídica emita opinión en relación al oficio No. DAJ-886-2015-HVCG de fecha 18/05/2015, si procede aprobar el proyecto de resolución de prescripción de la deuda de la arrendadora Payles Car Rental/Fuente de Autos, S. A
Tres arrendadoras tienen vencida la fianza de cumplimiento; 1) Auto Continental, S. A; 2) Rentalsa, S. A; y 3) Payles Car RentallFuente de Autos, S. A
Al respecto hago de su conocimiento que esta Unidad de Asesoría Jurídica en efecto traslado los expedientes de cuatro arrendadoras a la Procuraduría General de la Nación, entidad a cargo de iniciar acciones judiciales ante las autoridades competentes a efecto de conseguir el desalojo y cobro de rentas atrasadas de dicha entidad, Así mismo manifiesto que en relación al caso particular de la entidad Payles Car Rental, sobre la suscripción de una Resolución de prescripción esta Dirección no posee la calidad y facultad para resolver de oficio sobre la misma, tal como lo indica el Artículo 1501 del Código Civil, la Prescripción como acción debe de ser planteada por el deudor (en este caso la entidad Payles Car Rental) en la vía que para el efecto señale la ley de la materia.
Así mismo en relación a las tres arrendadoras que tienen vencida la fianza de cumplimiento me permito adjuntar la circular No. Uaj-004-2016 que para el efecto se remitió a Las arrendadoras para el cumplimiento de dicha obligación. En relación a lo anteriormente indicado, hago de su conocimiento que con el oficio No. UAJ-176-2017/CT de fecha 25/01/2017 se remitieron a la Unidad a su cargo la totalidad de los expedientes de arrendadoras, incluyéndose dentro de estos los relacionados a las arrendadoras con fianzas vencidas, situación que no ha permitido que esta Unidad continué con el diligenciamiento de las acciones legales t. pertinentes.
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OIREcelON GENERr~,L DE AERONAUTlCi'
En la reunión el Gerente Financiero presentó el oficio No. UAJ-596-2017/CT con fecha 20/03/2017, en donde expone sus comentarios respecto a las deficiencias y posible hallazgo de auditoría, los que se trascriben a continuación:
En la revisión de los contratos de seis (6) arrendadoras de automóviles que operan en el parqueo del tercer nivel del edificio de la terminal, se estableció lo siguiente:
Para el cálculo de la renta 'fija de los siete (7) parqueos de automóviles que tienen asignados las arrendadoras de autos, interpretaron y aplicaron tarifa establecida en el artículo No. 5 literal h) del Acuerdo Gubernativo No. 939-2002, Reglamento Tarifaría de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento de los Aeródromos del Estado, de Q 168.00 por unidad. Siendo el cálculo correcto la tarifa de Q 168.00 por metro cuadrado (18M2 y 24M2 por cada vehículo, según los planos anteriores de infraestructura~ Comentario El cobro que se le ha aplicado es conforme a los espacios que tiene cada contrato y con fundamento en lo que para el efecto establece el Acuerdo Gubernativo 939-2002 en el artículo No. 5 inciso h) " Espacio taxis y rentadoras, por vehículo, mensual". No por metro cuadrado como se menciona anteriormente. Condición El área en donde construyeron la oficina es un área de parqueo de 18 M2 sin embargo tomaron la tarifa de la literal g) del artículo No. 5 del Acuerdo Gubernativo No. 939-2002 Q 134.40 área de oficina, siendo lo correcto la tarifa para parqueo de la literal h) de Q 168.00 por 18 M2. Comentario En los contratos la extensión de 18.00 metros cuadrados está destinada para el uso de oficina por lo cual se le está cobrando como indica el Acuerdo Gubernativo 939-2002, el cobro que se realiza es conforme lo indica el contrato ya que no se cuenta con los documentos de modificación en el cual se deba cobrar como parqueo. Condición En los contratos de las 6 arrendadoras de autos no incluyeron la renta variable del cinco por ciento (5%) sobre la participación de las ventas mensuales, que contienen los contratos de las arrendadoras Auto Continental, S. A./Dollar Rent a Car y Payles Car RentallFuente de Autos, S. A. Esta renta variable también está contemplada en la minuta contrato en la literal b) de la cláusula CUARTA: RENTA También la literal b) de renta variable fue excluida en la Resolución No. RES-DGAC-DS-1000-2014 de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Comentario El cobro de renta variable dependerá de lo que indica el contrato ya que este Departamento no tiene autorización para determinar cuánto de renta variable podrá pagar el arrendatario, el cobro se efectuara según el porcentaje que indica
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D!RECCION GENERAL DE AERONAUTlCA
en cada contrato, en relación a los 6 contratos de arrendadoras estos no incluyen dicha renta, por lo tanto no se le hace cobro de renta variable.
Finalmente La Auditoría debe de dirigirse a la Unidad de Asesoría Jurídica en caso de que exista incumplimiento legal, en la suscripción de contratos, pues el Despacho Superior es quien avala los cobros a realizar y los contratos se convierten en ley entre las partes, una vez suscritos firmados y aprobados por el representante legal de la DGAC.
Artículo 1880. El arrendamiento es el contrato por el cual una de las partes se obliga a dar el uso o goce de una cosa por cierto tiempo, a otra que se obliga a pagar por ese usó o goce un precio determinado. (Código civil)
Todos los bienes no fungibles pueden ser objeto de este contrato, excepto aquellos que la ley prohíbe arrendar y los derechos estrictamente personales. La renta o precio del arrendamiento debe consistir en dinero o en cualquiera otra cosa equivalente, con tal que sea cierta y determinada.
Artículo 1517
Hay contrato cuando dos o más personas convienen en crear, modificar o Extinguir una obligación. (Código Civil)
Artículo 1518 Los contratos se perfeccionan por el simple consentimiento delas partes, excepto cuando la ley establece determinada formalidad como requisito esencial para su Validez. (Código Civil)
Artículo 1519. Desde que se perfecciona un contrato obliga a los contratantes al cumplimiento de lo convenido, siempre que se estuviere dentro de las disposiciones legales relativas al negocio celebrado, y debe ejecutarse de buena fe y según la común intención de las partes. (Código Civil)
CONCLUSiÓN DE AUDITORíA
La Unidad de Auditoría Interna, después de escuchar los comentarios y las bases legales que expuso el Jefe de la Asesoría Jurídica DGAC, quién es la máxima autoridad en materia legal. dentro de la Institución y la Gerencia Financiera y Unidad de Control de Ingresos de esta Dirección, quienes también expusieron, estar de acuerdo con las bases legales y argumentos expuestos por el Jefe de la Asesoría Jurídica, mismas que constan en los oficios No. UAJ-S96-2017/CT y
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DIRECCiON GENERAL DE AERONAUTICA
GF-TES-JM/EC-081-2017 en la reunión de discusión de hallazgos del 20/03/2017, da por desvanecido el posible hallazgo No. 1 IRREGULARIDADES DE ARRENDAMIENTO EN LOS CONTRATOS.
No obstante, lo anterior la Unidad de Auditoría Interna DGAC, para el fortalecimiento del control interno y evitar futuros inconvenientes, por medio de Nota de Auditoria, hará las recomendaciones a las siguientes unidades:
A la Comisión que está elaborando el nuevo Reglamento Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento en los Aeródromos del Estado, para que se redacte de forma clara y precisa los artículos del nuevo Reglamento Tarifario. Así mismo, evalué si la renta variable y derecho de explotación, debe ser obligatorio o no; y que se establezcan tarifas o porcentajes exactos.
Para la Unidad de Asesoría Jurídica, para que verifique el cumplimiento del plazo y monto de la fianza de cumplimiento en los contratos que están vigentes.
A la Unidad de Asesoría Jurídica, para que informe sobre el seguimiento de las acciones legales en el caso de la Empresa Payles Car Rental/Fuente de Autos, S. A.
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
Del seguimiento a los hallazgos de la auditoría anterior según CUA 58119, se pudo establecer que hay tres recomendaciones que están pendientes a la fecha y son las que se describen:
Que la Unidad de Asesoría Jurídica realice un estudio y análisis del procedimiento realizado en la recisión y otorgamiento de nuevos contratos firmados entre la Dirección General de Aeronáutica Civil y las seis (6) arrendadoras.
Que la Unidad de Asesoría Jurídica realice una nueva negociación de los contratos entre la Dirección General de Aeronáutica Civil y las seis (6) arrendadoras de autos, a efecto de evaluar si procede rescindir los contratos actuales o modificarlos.
Que la Subdirección Técnico Operativa proceda a integrar una comlslon multidisciplinaria que evalué si los precios que actualmente la Dirección General \
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de Aeronáutica Civil, cobra a terceros por los diferentes servicios que presta de li<o~ acuerdo al Reglamento Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de fJ ,.'1
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DlRECCION GENERJ>.I, DE AERONAUTICA
Comentarios de Auditoría
La Unidad de Auditoría Interna, con base en los comentarios y las bases legales planteadas por el Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica DGAC, quién es la máxima autoridad dentro de la Institución en aspectos legales, da por desvanecidas las dos primeras recomendaciones, que se enuncian en el apartado anterior y que están contempladas en el informe de auditoría anterior, CUA 58119.
Respecto, a la tercera recomendación del informe anterior CUA 58119, referente a evaluar los precios que actualmente la DGAC cobra a terceros, se considera en proceso, considerando que existe una comisión encargada de elaborar el nuevo Reglamento T arifario de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento en los Aeródromos del Estado, que contempla la revisión de las nuevas tarifas, por lo que se recomienda al Encargado de Seguimiento de Recomendaciones de Auditoria de esta Unidad, continuar con el seguimiento respectivo.
AUDlTORlA Dc, GESTION CUA 64468 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 201G ,A,L 31 DE::DlCIE:MBRE DE 2Ü16
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DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE LA ENTIDAD AUDITADA
No. Nombre Cargo Del Al
CARLOS FERNANDO VALASQUEZ DIRECTOR GENERAL 04/02/2016 31/12/2016 MONGE
2 CRISTOPHER ALEXANDER JEFE DE LA UNIDAD DE ASESORIA 07/05/2016 31/12/2016 TOLEDO AGUILAR JURIDICA
3 JORGE ALBERTO MONTENEGRO GERENTE FINANCIERO 01/03/2016 31/12/2016 NAJERA
4 JAVIER FRANCISCO PALENCIA COORDINADOR DE LA UNIDAD DE 16/03/2016 31/12/2016 FONCEA CONTROL DE INGRESOS
AUDlTOFUA DE GESTION • CUA 64468 PEmODO DEL Di DE ENERO DE 2016 AL DE DICIEMBRE DE 20 1611~i@1
DlRECCION GENERAL DE AERONAUTICA
COMISION DE AUDITORIA
AUDiTOR.IA DE GESTlON .. CUA 64468 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 I~II
CUA No.: 64469
Ejecucion del Presupuesto de Egresos
DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
GUATEMALA, MAYO DE 2017
HALLAZGOS MONETARIOS Y DE INCUMPLIMIENTO DE ASPECTOS 8 LEGALES
Y RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
ENTIDAD AUDITADA
13
ANTECEDENTES
De acuerdo con información obtenida del Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-, se confirmó que el presupuesto general de ingresos y egresos de la DGAC aprobado para el año 2016 ascendió a 0181,257,000.00 (la asignación original correspondía únicamente para Funcionamiento y debido a modificaciones internas, el presupuesto vigente estuvo compuesto por 0179,793,000.00 para Funcionamiento y 01,464,000.00 para Inversión); la ejecución del presupuesto de egresos al 31 de diciembre 2016 alcanzó 0152,713,369.94 equivalentes al 84.25%.
La integración y ejecución del presupuesto de egresos se muestra a continuación:
EJECUCiÓN POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Fuente: Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-
EJECUCiÓN POR GRUPOS DE GASTO
Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-
Observaciones:
AUDITORIA FINANCIERA - CUA 64469 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 1111
A través del Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN- se comprobó:
• Que en el Grupo de Gasto 4 "Transferencias Corrientes", se registró el pago de vacaciones e indemnización de 49 peronsas que se incorporaron al programa de retiro voluntario de la DGAC y que estuvieron contratados en los renglones presupuestarios 011 "personal permanente" y 031 "Jornales" .
• Que en el Grupo de Gasto 9 "Asignaciones Globlales", se registró el pago de sentencias judiciales, derivados de juicios ordinarios laborales de 8 extrabajadores.
OB..IETIVOS
GENERALES
Evaluar el Control Interno aplicado por la Gerencia Financiera en la ejecución del presupuesto y sus modificaciones presupuestarias.
Dar cumplimiento al Plan Anual de Auditoría aprobado para el año 2017.
ESPECIFicas
Verificar el cumplimiento de leyes, reglamentos, normas y otros aspectos legales aplicables en la ejecución de ingresos y egresos.
Establecer si los comprobantes únicos de registro contienen la documentación original de soporte.
Comprobar la razonabilidad de la ejecución del presupuesto de egresos.
Confirmar la existencia de renglones presupuestarios sobregirados.
Emitir el informe de auditoría correspondiente con las recomendaciones necesarias para el fortalecimiento del área evaluada.
ALCANCE
Revisión de las operaciones, registros y documentación de respaldo de los comprobantes únicos de registro -CURS-, verificar el cumplimiento de la legislación aplicable, comprobar si se regularizaron oportunamente los renglones sobregirados y determinar el monto de ingresos recaudados, por el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre 2016, así como, informar sobre el estado actual de las recomendaciones de la auditoría anterior.
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DIRECCION GENERfI.L AERONAUTICA CIVIL
Como muestra de auditoría se seleccionó selectivamente 83 comprobantes únicos de registro con montos iguales o superiores a 028,000.00 cada uno (en consecuencia, la muestra no contempló la evaluación de gastos efectuados por medio del Fondo Rotativo que registró una ejecución de 01,520,440.08 equivalente al 1 % del total del presupuesto), los cuales totalizan 043,825,593.03 equivalente al 28.70% del total del presupuesto ejecutado. Sin embargo, debido a las limitaciones en el alcance que se exponen a continuación, la revisión comprendió únicamente 20 comprobantes únicos de registro, cuya sumatoria asciende a 08,295,885.21.
LIMITACIONES EN EL ALCANCE
De conformidad con lo manifestado por la Gerencia Financiera por medio del oficio GF-DC-0053-2017 JOP/JAMN/mycg de fecha 24 de febrero 2017; los 21 comprobantes únicos de registro -CURS- que se citan a continuación, no se tuvieron a la vista debido a que se encontraban en la delegación de la Contraloría General de Cuentas, según oficios: a) AGF-OF-87-2016 de fecha 21 de diciembre 2016 (Cur No. 928); b) AGF-OF-88-2016 de fecha 21 de diciembre 2016 (Curs Nos. 484, 641, 642, 667, 769 Y 776) y, e) AGF-OF-89-2016 de fecha 28 de diciembre 2016 (Curs Nos. 499, 656,843, 1021, 1022, 1152, 1157, 1160, 1190, 1273, 1288, 1289, 1378 Y 1383).
La Gerencia Financiera incumplió con entregar 42 comprobantes únicos de
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DIRECCION GENEHAL DE AERONAlJTICA CIVil
registro -CURS- con su respectiva documentación de soporte y, durante el desarrollo de la auditoría no presentó justificación por la falta de entrega de los mismos. El detalle de estos es el siguiente:
Aunado a lo anterior, la Gerencia Financiera no presentó la Certificación de los ingresos propios recaudados por la DGAC durante el año 2016, situación que
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DIRECCION GENERAL DE AERONAUTiCA CIVIL
dificulta establecer si existe conciliación contra los ingresos registrados en la fuenta 31 por medio del Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-, los cuales ascienden a Q102,664,359.76 al31 de diciembre 2016.
INFORMACION EXAMINADA
a) Por medio del reporte número R00804489, se verificaron las disponibilidades presupuestarias de 36 Comprobantes Únicos de Registro -CUR- emitidos, correspondientes a los meses de enero, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre 2016, confirmando que se emitieron algunos CUR sin disponibilidad presupuestaria suficiente, los cuales se regularizaron (a excepción del CUR No. 632) hasta en el mes de diciembre 2016, siendo estos los siguientes:
b) En las hojas móviles desde el número 922 hasta el 929, se suscribió en el respectivo "Libro de Actas Varias" del Departamento de Tesorería, el acta administrativa número 003-2017 de fecha 04 de enero 2017, la cual describe la integración de los expedientes pendientes de pago al 31 de diciembre 2016 (cuya información fue ampliada a través del acta 005-2017 de fecha 05 de abril 2017, según hojas del número 934 hasta el 943), que ascienden a Q9, 135,654.78; de esta cifra Q1 ,428,135.85 corresponden a la adquisición de bienes, suministros y servicios y el saldo restante Q7,707,518.93 a pagos pendientes de realizar a entidades que la Dirección General de Aeronáutica Civil les presentó denuncia (descritas en el punto cuarto del acta 003-2017) y se está a la espera de la resolución jurídica.
e) En la revisión de la documentación de soporte, se estableció que las bases de compra directa adjuntas a los Comprobantes Únicos de Registro números 736 de fecha 19/08/2016 por un monto de Q62,988.50 y 974 de fecha 27/10/2016 por un monto de Q43,864.53, ambos emitidos a favor de Juan Manuel Llamas García, establecen que para calificar las ofertas se tomará en cuenta criterios tales como: precio, tiempo de entrega, garantía y experiencia; asignándole una puntuación individual a cada rubro y final a cada oferente, sin embargo, cada "Cuadro comparativo" emitido por la Unidad de Compras, no describe la puntuación individual y final que recibió cada oferente, adjudicando cada compra al proveedor que no presentó la oferta más económica para la institución.
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D!RECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Asimismo, como procedimiento alterno se verificaron en el portal del Sistema de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Guatemala -GUATECOMPRAS- los NPG (número de publicación en Guatecompras), E24739995 (CUR 1357), E24971138 (CUR 1360), E24578959 (CUR 1379), E25008684 (CUR 1381, E24967009 (CUR 1386) , E25051504 (CUR 1389), E25244833 (CUR 1486), E25043773 (CUR 1515) y E25039598(CUR 1516) publicados en el mes de diciembre 2016, cuyos montos de las adquisiciones corresponden a la modalidad de compra directa, observando que las mismas no se adquirieron a través de la oferta electrónica que establece la literal b) del artículo 43 de la Ley de Contrataciones del Estado.
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA
a) Por medio del requerimiento 64469-1-2017-10/ihzg de fecha 23 de mayo 2017, se solicitó al Jefe del Departamento de Presupuesto que informara sobre las razones que originaron los sobregiros durante la ejecución del presupuesto 2016, sin embargo, al cierre del presente informe, no se obtuvo la respuesta correspondiente. En consecuencia, se emitió Nota de Auditoría NA-DGAC-AI-002-2017 dirigida al Gerente Financiero, a efecto de que gire instrucciones al Jefe del Departamento de Presupuesto, para que realice oportunamente las modificaciones presupuestarias, con el fin evitar sobregiros en la ejecución del presupuesto 2017 y respaldar adecuadamente los diferentes compromisos de la institución.
b) Debido a la presentación de denuncia, a continuación se muestra la integración de los pagos pendientes al 31 de diciembre 2016 que ascienden a 07,707,518.93:
1. 04,376,291.25 corresponden a la entidad Banco de Desarrollo Rural, S.A.; en concepto de comisiones bancarias de los meses de enero a diciembre 2016, derivado de la administración y cobranza de la cartera de la DGAC, según contrato administrativo número 75-2014.
2. 03,331,227.68 corresponden a la entidad Suministros Internacionales de Mercaderías, S.A.; de los cuales 0734,300.00 se originan del arrendamiento de 20 impresoras multifuncionales durante los meses de enero a septiembre 2016, según contrato administrativo número 67-2014 y, 02,596,927.68 por el arrendamiento de 340 computadoras durante los meses de enero a septiembre 2016, según contrato administrativo número 71-2014.
e) En virtud de que lo expuesto en la literal c) de la sección "INFORMACION EXAMINADA" del presente informe, guarda relación con los procesos de adquisición, compra y contratación de bienes y servicios y considerando que
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· DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
actualmente se está realizando una auditoría para verificar los procedimientos de compras y el cumplimiento de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento según nombramiento 64481-1-2017, por medio del oficio UDAI-DGAC-164-2017/CAGB/ihzg de fecha 26 de mayo 2017, se trasladó la información a la persona nombrada, con el fin de que sea considerada dentro del alcance de esa auditoría.
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DIRECCION GENEPAl DE AERONAUTICA CIVIL
HALLAZGOS MONETARIOS Y DE INCUMPLIMIENTO DE ASPECTOS LEGALES
Hallazgo No.1
FALTA DE ELABORACiÓN DE CUENTAS CORRIENTES PARA EL CONTROL DE SALDOS EN LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO 31 Y 32
Condición Se estableció que durante el ejercIcIo fiscal 2016, el Departamento de Contabilidad no elaboró mensualmente las cuentas corrientes para el registro y control de los ingresos, gastos y saldo final de cada mes, correspondientes a las fuentes de financiamiento 31 "Ingresos Propios" y 32 "Disminución de caja y
bancos de ingresos propios".
Criterio El Oficio-Circular UDAF-003-2016 emitido por la Unidad de Administración Financiera del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, contiene las disposiciones generales a observar en la Ejecución Presupuestaria durante el ejercicio 'fiscal 2016, la que establece en el ÁREA DE CONTABILIDAD numeral 11 "Las Unidades Ejecutoras que operan ingresos propios, se les informa que son responsables de ejercer un control diario del saldo disponible de las Fuentes 31 y 32, por lo que deben llevar la cuenta corriente de los Ingresos, Gastos y Saldo Final de cada mes, la cual debe estar Firmada con Visto Bueno del Director (a) y Jefe o Gerente Financiero de la Unidad Ejecutora. Luego debe ser enviada a esta Unidad de Administración Financiera en los primeros cinco días hábiles siguientes cada mes que finalice para la elaboración de la conciliación Institucional contra los registros del Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-."
Causa Inobservancia por parte del Departamento de Contabilidad, sobre el cumplimiento del numeral 11 del Oficio-Circular UDAF-003-2016 emitido por la Unidad de Administración Financiera del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda
Falta de supervisión por parte del Gerente Financiero sobre las funciones que realiza el Jefe de Contabilidad.
Efecto Incertidumbre sobre el saldo disponible de forma diaria, mensual y anual en las fuentes de financiamiento 31 y 32.
AUDITORtl\ FINANCIERA - GUA 64469 Pág. El PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 11
DIRECCION GENER}\L DE AERONAUT!CP. CML
Riesgo de que existan rechazos de Comprobantes Únicos de Registro por parte de la Unidad de Administración Financiera, debido a la falta de disponibilidad de recursos en el Sistema de Contabilidad Integrada.
Probabilidad de cuestionamientos y sanciones económicas por parte de la Contraloría General de Cuentas.
Recomendación Se recomienda que el Director gire instrucciones al Gerente Financiero y esté a su vez al Jefe del Departamento de Contabilidad, a efecto de realizar inmediatamente las acciones necesarias para establecer el saldo disponible al 01 de enero 2017 en las fuentes de financiamiento 31 "Ingresos Propios" y 32 "Disminución de caja y bancos de ingresos propios" y elaborar las cuentas corrientes para el control de los ingresos, gastos y saldos correspondientes al ejercicio fiscal 2017.
Comentario de los Responsables El día 25 de mayo 2017 se notificó el requerimiento 64469-1-2017-11/ihzg al Gerente Financiero, convocándolo para el día 26 de mayo 2017 a las quince horas, a una reunión con el fin de discutir acerca del posible hallazgo establecido en la auditoría y recibir sus comentarios por escrito y las pruebas documentales para el desvanecimiento del mismo. La reunión se llevó a cabo en la oficina que ocupa la Gerencia Financiera con el Gerente, Jefe de Contabilidad y una Asistente de Contabilidad, sin embargo, los pronunciamientos únicamente fueron verbales y al cierre de este informe no presentaron sus comentarios por escrito.
Comentario de Auditoría Se confirma el hallazgo, en virtud de que no presentaron los reportes citados en la condición del presente hallazgo, los cuales fueron solicitados desde el 28 de marzo 2017 según requerimiento 64469-1-2017-08/ihzg y por segunda ocasión por medio del requerimiento 64469-1-2017-11/ihzg, evidenciando que durante el periodo sujeto a fiscalización los mismos no fueron elaborados.
Acciones Correctivas Que el Director gire instrucciones a la Gerencia Financiera, para el cumplimiento de la recomendación correspondiente al presente hallazgo.
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
De conformidad con los registros del Encargado de Seguimiento de auditoría anteriores, a continuación se muestra el estado actual de las recomendaciones formuladas en el informe de auditoría siguiente:
AUDiTORIA FINANCIERA· CUA 64469 1111: ~ PERiODO DEL Di DE ENERO 2016 AL DE DICIEMBRE DE 2016
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E..IECUCION DEL PRESUPUESTO PERIODO DEL 01/09/2015 AL 31/12/2015
INFORME: CUA-53861 EMITIDO EN JUNIO 2016 HALLAZGOS MONETARIOS y DE INCUMPLIMIENTO DE ASPECTOS
LEGALES
EP NC OBSERVACIONES
Recomendación
Que el Director General. gire instrucciones al Gerente Financiero, y este a su vez, al Jefe del
! Departamento de Presupuesto, a efecto de que, se genere la información del Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN) en el informe anual y está sea trasladada a la Unidad de Acceso a la Información Pública y se proceda a publicar en la página web de la Institución de conformidad con lo que establece la Ley.
X El Gerente Financiero. no proporcionó respuesta al Oficio Interno del Despacho Superior No. DGAC-DS-A-154-2016 de fecha 29 de agosto de 2016 y al Oficio de la Unidad de Auditoría SEG-REC-UDAI-DGAC-002-2017 de fecha 27 de febrero
de 2017. Se reitera la recomendación como no cumplida.
HALLAZGOS DE DEFICIENCIAS DE CONTROL INTERNO
ESTATUS: RE: REALIZADA; EP: EN PROCESO; NC: NO CUMPLIDA
Hallazgo No. 1 RE EP NC OBSERVACIONES
DIFERENCIAS REGISTRADAS EN EL SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA -SICOIN- CON LOS INGRESOS REPORTADOS
POR EL DEPARTAMENTO DE TESORERIA DE LA DGAC
Recomendación
El Director General, gire instrucciones al Gerente Financiero, y este a su vez, a los Jefes del Departamento de Contabílidad y de Tesorería para que mensualmente concilien los saldos de ingresos propios percibidos de la DGAC, con los del Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN­ y los registros de Tesorería.
X De acuerdo al Oficio No. GF-155-2017/JAMNlirbr de fecha 07 de abril de 2017 y los comentarios que adjunta, solicita la Gerencia Financiera prórroga para el 8 de abril de 2017, a efecto entregar la respuesta al oficio SEG-REC-UDAI-DGAC-007-2017. de fecha 29 de marzo de 2017, dicha prórroga fue concedida segun oficio No. SEG-REC-UDAI-DGAC-010-2017 de fecha 11 de abril
de 2017, sin embargo, al día 08 de mayo de 2017 aún no se ha reCibido respuesta alguna. en ese sentido la recomendación queda con los avances del seguimiento anterior y a la espera que informen al respecto.
Hallazgo No. 2
Recomendación
Que el Director General gire instrucciones al Gerente Financiero, y este a su vez, al Jefe del Departamento de Presupuesto, a efecto de que tomen en cuenta la metodologia presupuestaria uniforme, como lo establece el Acuerdo Gubernativo No. 540-2013 Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto en la formulación del anteproyecto del presupuesto para cada año y se estimen los renglones presupuestarios dentro de la planificación anual -POA- y el Plan Anual de Compras -PACo.
X De acuerdo al Oficio No. GF-155-2017/JAMNlirbr de
fecha 07 de abril de 2017 y los comentarios que adjunta, solicita la Gerencia Financiera prórroga para el 8 de abril de 2017. a efecto entregar la respuesta al oficio SEG-REC-UDAI-DGAC-007-2017 de fecha 29 de marzo de 2017, dicha prórroga fue concedida segun oficio No. SEG-REC-UDAI-DGAC-010-2017 de fecha 11 de abril
de 2017, sin embargo, al día 08 de mayo de 2017 aún no se ha recibido respuesta alguna, en ese sentido la
recomendación queda con el status del seguimiento anterior y a la espera que informen al respecto.
Hallazgo No. 3
AUDITOtl!A FIN¡L\NC1ERA - CUA >344(.:2; PEPIODO DE ENEPO y DE 2!Y5IIIIII~¡ I1111
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
ATRASO EN PAGO POR CONSUMO DE AGUA POTABLE E INTERESES POR MORA
Recomendación
Que el Director General, gire instrucciones al Gerente Financiero, y este a su vez, al Jefe del Departamenlo de Contabilidad, para que se proceda con la regulación del saldo por pagar con la empresa Empagua, y asi determinar el saldo reportado por dicha entidad.
Al momento de conformar el saldo se determinó que la DGAC tiene pendiente por pagar a Empagua, intereses moratorios, deducir responsabilidades de ser necesario al funcionario responsable del período correspondiente, por la falta de pago del servicio básico.
X De acuerdo al Oficio No. GF-155-2017/JAMN/írbr de fecha 07 de abril de 2017 y los comentarios que adjunta, solicita la Gerencia Financiera prórroga para el 8 de abril de 2017, a efecto entregar la respuesta al oficio SEG-REC-UDAI-DGAC..o07-2017 de fecha 29 de marzo de 2017, dicha prórroga fue concedida segun oficio No. SEG-REC-UDAI-DGAC-010-2017 de fecha 11 de abril de 2017, sin embargo, al día 08 de mayo de 2017 aún no se ha recibido respuesta alguna, en ese sentido la recomendación queda con el status del seguimiento anteriory a la espera que informen al respecto.
X De acuerdo al Oficio No. SDA-USA-0159-2017 -LFME de fecha 30 de marzo de 2017 y los comentarios que adjunta, informa la Unidad de Servicios Administrativos de la Subdirección Administrativa, que para atender el requerimiento del oficio SEG-REC-UDAt-DGAC..o07-2017 de fecha 29 de marzo de 2017, solicitó a la Gerencia Financiera por medio del oficio No. SDA-USA-155-2017-NCH de fecha 28 de marzo de 2017, emitir opinión acerca de la deuda reportada por EMPAGUA, de junio 2010 a julio 2013, también solicitó a la Unidad de Asesoría Jurídica por medio del oficio No. SDA-USA-156-2017-NCH de fecha 28 de marzo de 2017 que realice el análisis y sustento legal según expediente que contiene el reclamo de pago presentado por EMPAGUA. En ese sentido la recomendación queda en proceso y a la espera que informen al respecto.
Hallazgo No. 4
FALTANTE DE FORMAS DE TARJETAS DE CONTROL PRESUPUESTARIO A NIVEL DE RENGLÓN
Recomendación
Que el Director General gire instrucciones al Gerente Financiero, y este a su vez, al Jefe de Presupuesto para que: Se proceda con la localización del faltante de las formas de tarjetas de control presupuestario a nivel de renglón y levantar un acta administrativa por el faltante o anulación de las mismas. Realizar las denuncias a las instituciones correspondientes.
X El Gerente Financiero, no proporcionó respuesta al Oficio Interno del Despacho Superior No. DGAC-DS-A-154-2016 de fecha 29 de agosto de 2016 y al Oficio de la Unidad de Auditoría SEG-REC-UDAI-DGAC-002-2017 de fecha 27 de febrero de 2017. Se reitera la recomendación como no cumplida.
Hallazgo No. 5
DIFERENCIAS DE CONTROL INTERNO EN UQUIDACION DE FONDOS DE CAJA CHICA
Recomendación
Que el Director General, Gire instrucciones a la Gerencia Financiera, a efecto de que se le deduzcen responsabilidades a los empleados involucrados en las deficiencias de control
I interno, por la falta de cumplimiento con el Manual de Organización, Puestos y Funciones de la Gerencia Financiera de la DGAC.
X El Gerente Financiero, no proporcionó respuesta al Oficio Interno del Despacho Superior No. DGAC-DS-A-154-2016 de fecha 29 de agosto de 2016 y al Oficio de la Unidad de Auditoría SEG-REC-UDAI-DGAC-002-2017 de fecha 27 de febrero de 2017. Se reitera la recomendación como no cumplida.
AUDITORIA FINANCIERA - CUA 64469
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 20,6 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
D!RECCíON GENERi\L DE AERONAUTICA CiVil
DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE LA ENTIDAD AUDITADA
No. Nombre Cargo Del Al
GUNTHER MOISES LUCERO GERENTE FINANCIERO - DIRECTOR 01/0112016 16/02/2016 RAMIREZ EJECUTIVO IV
JORGE ALBERTO MONTENEGRO GERENTE FINANCIERO 01/03/2016 31/12/2016 NAJERA
2
4 GABRIEL (UNICO NOMBRE) ANDREU DIRECTOR GENERAL 01/01/2016 03/02/2016 ESCOBAR
5 CARLOS FERNANDO VALASQUEZ DIRECTOR GENERAL 04/02/2016 31/12/2016 MONGE
6 SANDRA ELlZABETH REVOLORIO COORDINADORA DE CALlFICACION DEL 01101/2016 30/06/2016 ALEMAN GASTO
7 ELDY LORENA ERICASTILLO MEJIA ASISTENTE CALlFICACION DEL GASTO 01/01/2016 31/12/2016
8 ERICK BENJAMIN GARCIA PORTILLO CONTADOR GENERAL 01/01/2016 01/0412016
9 JAIME OSWALDO PACA y CONTADOR GENERAL - GERENCIA 04/07/2016 31/12/2016 FINANCIERA
AUDITOR lA FINANCIERA 64460 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 Al 31 DE DiCIEMBRE DE 2016
1111
COMISION DE AUDITORIA
AUDITORIA FINANCIERA - CUA 64469 Pág. 13 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DiCIEMBRE DE 2016
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL AUDITORIA INTERNA
CUA No.: 64475
AUDITORIA DE GESTION
Cumplimento a la Ley de Acceso a la Informacion
DEL 01 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE MARZO DE 2017
GUATEMALA, MAYO DE 2017
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA 3
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS 4 Y RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE LA 5 ENTIDAD AUDITADA
COMISION DE AUDITORIA 6
ANTECEDENTES
La Dirección General de Aeronáutica Civil de Guatemala.
La Dirección fue creada mediante la Ley de Aviación Civil Decreto No. 93-2000, la que en las disposiciones generales, en el artículo 1. Objeto establece lo siguiente: la presente ley tiene como objetivo normar el ejercicio de las actividades de aeronáutica civil, en apoyo al uso racional, eficiente y seguro del espacio aéreo, con fundamento en lo preceptuado en la Constitución Política de la República, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, los reglamentos emitidos para el efecto y demás normas complementarias.
El Acuerdo Gubernativo No. 384-2001, Reglamento de la Ley de Aviación Civil, en el capítulo 11 de la Dirección General en el artículo 2° establece: "La Dirección General de Aeronáutica Civil, por conducto de su Director General, los subdirectores, unidades técnicas y administrativas deberán velar por el fiel cumplimento de la Ley de Aviación Civil, leyes de observancia general que contengan preceptos relacionados con la actividad aeronáutica, acuerdos y tratados internacionales ratificados por Guatemala, del presente Reglamento, regulaciones y disposiciones complementarias".
Unidad de Acceso a la Información
Es la Unidad que se encarga del fortalecimiento institucional y la trasparencia al dar a conocer a la población en general toda la información pública relacionada con las actividades que realiza la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), por medio de información de oficio que es publicada en el portal de la página www.dgac.gob.gt.; así como por medio de la atención de solicitudes de información que realizan los ciudadanos.
De conformidad a las actividades programadas en el Plan Anual de Auditoría, según cronograma de actividades para el año 2017, se realizará Auditoría de Gestión orientada a verificar el cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública, por el período comprendido del 01 de enero al31 de marzo 2017.
OBJETIVOS
~. ,')
~ ~ ~ •• <;;,
1. Contribuir con el Plan Anual de Auditoría aprobado para el año 2017. 8 ~ Ul >
2. Evaluar las actividades desarrolladas por la Unidad de Acceso a (t._ AUOITOR" [! ~G IN'SERNA'" !
r-----------;;-;-;;:~;:::;_;:_:~=~-;::-;-;_:_:::_::_:;:;;:_---------__::_:__:' "~,."'I.'''.l't.!1 DE CUA 64475 Pág. 1 ~
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2017 Al 31 DE MARZO DE 2017
DIREcelON GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Información Pública, para comprobar la eficiencia de las operaciones y la confiabilidad de la información generada por los distintas Unidades y Gerencias en la página www.dgac.gob.gt de la DGAC, para el público en general.
ESPECIFICOS
1. Evaluar la estructura de la Unidad de Acceso a la Información Pública, para establecer si existe coordinación entre las diferentes Unidades y las Gerencias de la DGAC, obligadas a presentar la información.
2. Verificar si la Unidad de Acceso a la Información Pública ha adoptado procedimientos de control interno apropiados, para asegurar que toda la información que se procesa sea la indicada para su publicación en la página web de la DGAC.
3. Comprobar si la información que generan las Unidades y Gerencias obligadas a presentar la información a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la DGAC, la trasladan oportunamente.
4. Verificar el seguimiento al atraso de la información solicitada. 5. Evaluar el resguardo y control de la información pública en la Unidad de
Acceso a la Información. 6. Verificar el cumplimiento de los plazos y formalidades legales para la
atención de solicitudes de información que realizan las personas interesadas.
7. Efectuar seguimiento a la implementación de las recomendaciones de las auditorias anteriores.
8. Presentar el informe que contenga las recomendaciones establecidas, para el fortalecimiento de la Unidad de Acceso a la Información Pública.
ALCANCE
La auditoría comprenderá el cumplimiento del Decreto No. 57-2008 Ley de Acceso a la Información Pública y otras Leyes relacionadas. Publicación oportuna de la información pública en el portal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, correspondiente a los períodos del 01 de enero al 31 de marzo de 2017, así como el seguimiento a recomendaciones de auditorías anteriores, de acuerdo a las ~ Normas de Auditoría Gubernamental, emitidas por la Contraloría General de Cuentas.
INFORMACION EXAMINADA :z ~'
r-_________~::;:;::;:::~;::_;::_;::;:::_;;:;::::::_:_;___:::::7:_::_:_:_:_:::::_---------__=:_:~G'l.!,t¡tEt.I~~1 DE GESTION - GUA 64475 Pág, 2
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE MARZO DE 2017
DlREcelON GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Se verificó . que la información pública proporcionada por medio magnético por la Unidad de Compras, Unidad de Asesoría Jurídica, Unidad de Planificación Estratégica, Unidad de Auditoría Interna, Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia Financiera Gerencia de Trasporte Aéreo, Gerencia de Infraestructura y Gerencia de Telecomunicaciones de la DGAC a la Unidad de Acceso a la Información Pública, este registrada y actualizada en la página www.dgac.gob.gt de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y que la información este conforme a lo establecido en los artículos 10 Y 11 de la Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto 57-2008, artículos 25, 36 Y41 de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, Decreto 50-2016, artículos 4, 17 bis, 17 ter, 27 y 41 de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97. Ver anexo 1.
Asimismo se revisaron los expedientes de todas las personas que solicitaron información a la DGAC por el periodo del 1 de enero al 31 de marzo de 2017, para darle cumplimiento a los objetivos de la auditoría, revisando lo siguiente: La estructura y control interno; los plazos establecidos en la Ley; el resguardo de la información, de la Unidad de Acceso a la Información Pública (Ver anexo 2) y se dio seguimiento a los hallazgos de auditorías anteriores.
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA
Derivado de la revisión realizada el 10/05/2017 a la información publicada en la página www.dgac.gob.gtdelaDGACsecomprobóquelainformación.se encuentra actualizada al 30 de abril del año en curso, excepto por la información del numeral 6 del artículo 10 del decreto 57-2008, Ley de Acceso a la Información Pública, en donde indica que se deben publicar los Manuales de procedimientos, tanto administrativos como operativos, verificándose que únicamente se encontraban publicados los Manuales operativos y ninguno administrativo.
El Manual de Organización, Puestos y Funciones Unidad de Acceso a la Información Pública, Código UAIP-MOPF-001-2015, el título del numeral 10 del índice está mal redactado, como se muestra a continuación: "DESCRIPCiÓN DE FUNCIONES DE LOS PUESTOS DE LA GERENCIA financiera", y el título del numeral 10, "DESCRIPCiÓN DE FUNCIONES DE LOS PUESTOS DE LA GERENCIA FINANCIERA", (el subrayado es nuestro).
Las deficiencias antes indicadas se hicieron del conocimiento de la Unidad de Planificación y Acceso a la Información Pública, quiénes realizaron las correcciones correspondientes al Manual de Organización, Puestos y Funciones Unidad de Acceso a la Información Pública y publicaron los Manuales Administrativos en el numeral 6 de la página web de la DGAC, en el trascurso de~~~J'.~L()E~<'1> ~ la auditoría, por lo que no se formula hallazgo en el presente informe. tCj.· 1'~
n ,- -, ~ ~.
¡-------------:-:-::::-::=~:-::::-:==7:"""":::_:_:_~-::----------_..",..,..!:tf~. AUOlTORIA ~~ AUDITaRlA DE GESTION - eUA 64475 Pág~ IN'iRNA ' ..
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE MARZO DE 2017 Gv..¡¡ e \":. . )"f'M.o.LP-· .
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
Del seguimiento a los dos (2) hallazgos de las auditorías anteriores según CUA 44894 y 53920, los que se describen a continuación:
Atraso en el traslado de la información a la unidad de acceso a la información (CUA 84494).
Falta de documentos de respaldo (CUA 53920).
Comentarios de los Responsables
En el numeral 4 del oficio No. UAIP-DGAC-083-2017/BOOPG de fecha 09/05/2017, la unidad de Acceso a la Información Pública informa lo siguiente:
Se envió la circular No. UAIP-DGAC-001-2016 con fecha veinte de septiembre de dos mil dieciséis en la cual se le informa nuevamente a las Gerencias y Unidades de la Dirección General de Aeronáutica Civil el plazo dentro del cual deben de remitir la información pública de oficio a ésta Unidad, y adicional a ello, que aquellas dependencias que remitan la información de manera digital trasladen documento físico que ampare la recepción de la información. Derivado de ello, ya se cuenta con documentos de soporte que amparan la información recibida de manera electrónica.
Comentarios de Auditoría
La Unidad de Auditoría Interna, con base en los comentarios y la documentación presentada por el Jefe de la Unidad de Acceso a la Información Pública y la verificación realizada a la página www.dgac.gob.gt de la DGAC, da por atendidas las recomendaciones de los hallazgos formulados en los informes de auditorías anteriores según CUA 44894 y 53920.
"."l DE '~~h..,.'G. , el
!' (', () ..... ~ AUDITORlA O; INi'ERNA
o;" ",.( ""'i~MAlP..C. (,';'
11r-------------------~A~U~DlT~O~R~~~DE~G~E~ST~IO~N~.~CU~A~64~47~5------------------~pa~·g-,4· ~. PERIODO DEl 01 DE ENERO DE 2017 Al31 DE MARZO DE 2017
DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE LA ENTIDAD AUDITADA
No. Nombre Cargo Del Al
BYRON OTTONIEL PEREZ COORDINADOR UNIDAD DE INFORMACION 01/01/2017 31/03/2017 GODINEZ PUBLICA
2 CARLOS FERNANDO VALASQUEZ DIRECTOR GENERAL 01/01/2017 31/03/2017 MONGE
AUDITORIA DE GEST10N • CUA 64475 Pág. 5 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE MARZO DE 2017
OIREcelON GENERAL DE AERONAUTICA CIVil
COMISION DE AUDITORIA
AUDITORIA DE GESTiON - CUA 64475 Pág. 6 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2017 Al 31 DE ~MRZO DE 2017
ANEXO 1
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
~(~
No. INFORMACION PUBLICADA EN PAGINA www,dgac.gob.gt UNIDAD/GERENCIA RESPONSABLE
Estructura orgánica V funciones de cada una de tas dependencias y UNIDAD DE PLANIFICACiÓN 1
departamentos, incluyendo su marco normativo; ESTRATÉGICA, INFORMACiÓN ANUAL
Direcci6n y teléfonos de la entidad y de todas las dependencias que l. GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA. 2
conforman; INFORMACiÓN ANUAL
Directorio de empleados y servidores públicos, incluyendo
3 números de teléfono y direcciones de correo electrónico oficiales GERENCIA DE TELECOMUNICACIONES,
no privados; quedan exentos de esta obligación los sujetos INFORMACiÓN ANUAL obligados cuando se ponga en riesgo el sistema nacional de
seguridad, la investigación criminal e inteligencia del Estado;
Número y nombre de funcionarios, servidores públicos, empleados
Yasesores que laboran en el sujeto obligadó y todas sus
dependencias, incluyendo salarios que corresponden a cada GERENCIA DE RCURS05 HUMANOS. 4 cargo, honorarios, dietas, bonos, viáticos o cualquier otra
INFORMACiÓN MENSUAL remuneración económica que perciban por cualquier concepto~
Quedan exentos de esta obligación los sujetos obligados cuando
se ponga en riesgo el sistema nacional de seguridad, la
investigación criminal e inteligencia del Estada;
5 La misión y objetivos de la institución, su plan operativo anual y los UNIDAD DE PLANIFICACiÓN
ESTRATÉGICA. INFORMACiÓN ANUAL resultados obtenidos en el cumplimiento de los mismos;
Manuales de procedimientos, tanto administrativos como UNIDAD DE PLANIFICACiÓN 6
ESTRATÉGICA, INFORMACiÓN ANUAL operativos;
asignado para cada ejercicio fiscal; los programas cuya GERENCIA FINANCIERA. INFORMACiÓNelaboración ylo ejecucíón se encuentren a su cargo y todas las7
MENSUALmodificaciones que se realicen al mismo, incluyendo transferencias internas y externas;
Los informes mensuales de ejecución presupuestaria de todos los GERENCIA FINANCIERA. INFORMACiÓN
8 renglones y de todas las unidades, tanlo operativas como MENSUAL
administrativas de la entidad;
9 fondos públicos provenientes de ingresos ordinarios, GERENCIA FINANCIERA, INFORMACiÓN
extraordinarios, impuestos, fondos privativos, empréstitos y MENSUAL
donaciones;
UA!P-DGAC·OO1· 516/2/17 ESTRUCTURA 2016/801>(:) LOS 3
ACUERDO DS-O~2015 UP~OF- ORGANIZACIONAl2014 SI PRIMEROS OlAS DE
Y ACUERDO D5-09-2015 t!MES 0042-17
UAIP-DGAC-001­
DlRFCCION~S y TEUFQNOS SI
PRIMEROS OlAS DE AEf«JÓOOOMo:. y P¡STAS oc Al:RoCloROMOS I'PlslASOlO
CjMES VUHOWt'> VUH02015
UAIP-DGAC-001­ UBICACIÓN, UBICACiÓN.
DEPTO. PUESTO SI
EXTENCIÓN EXTENCIÓN
SI 3/2/17
PERSONAL DGAC y 6/2117 Y PERSONAL DGACUAIP-DGAC-QQ1­ 512/3/17 y 2016/BOPG LOS 3 2017. RENGLONES B/2/17Y 2017, RENGLONES
PRIMEROS DIAS DE 011. 021, 022 • 10/2/17 011.021.022 , 3/3/17 Y
C/MES 031 Y 029 GRH-OF­ 031 y 029
28/2/17
30-17
PRiMEROS OlA5 OE VIGENCIA 1/1/17 UP-OF­
VIGENCIA 1/1/17 SI
0042-17 AI:i'Ní'-{l0f.i·2001 on 4/12/07
elMES
PRESUPUESTO DE PRESUPUESTO DE UAIP-DaAC-üOl-
INGRESOS y EGRE~OS 513/2/17 INGRF,SOS y EGRESOS 2016/S0PG lOS 3
A~02017 A!\IOJ017 516/3/17 PRIMEROS DIAS DE y 6/2/17
C/MES Q235,322,724.oo Q 235,322, 724.00
ROO815915rpt R0081591Srpt
UAIP-t)úAC{)Ol-
2016!BOPG LOS 3 INFORM~CIÓN MENSUAl DE 513/2/17 INfORMACiÓN MENSUAL DE
EJlCUCIONl'RESUPUU,TARfA fJ[CUC¡ÓN PRfSUfI'UESTAR1A 516/3/17PRIMEROS OlAS DE POR RlNGLON R0081590S Y6/2/17 POR RENGlO/ll 1KX)$1S90S C/MES
UA¡P~DGAC·OO1~ mcuclóN DE INGRESOS­ UECUCIÓN oC INGRESOS·
2016/BOPG tos 3 REPORTES-INFORMACiÓN 513/2/17 AfrORTEs-.IN~ORMAC!ÓN 516/3/17
- '------~
----­
ESTRUCTURA tsTRUCTURA
ORGANlZACIONAl2014 SI ORGANIZACIONAi 2014 SI y ACUERDO 0$-09·2015 y ACUERDO 05-09·2015
OIRFCCKJN!:S Y1ElEFONOS
AfROÓDROMOSYPlSTAS DC SI VUH02015 VUElO1úl:>
UBICACiÓN. UBICACiÓN,
ACTUAL, ACTUAL,
EXTENCIÓN EXTENClÓN
PERSONAL DGAC PERSONAL DGAC ALGUNAS SECCIONES O DEPARTAMENTOS NO CUMPLEN CON SI2B/4/17
2017. RENGLONES 2017. RENGLONES SI ENVIAR LA INFORMACION EN LOS PRIMEROS 3 DIAS DE CADA
011. 021. 022 • Y 31/3/17
011,021, 022 • 28/4/17 MES. SIN EMBARGO LA LEY ESTABLE 30 OlAS DESPUÉS Del
031 Y 029 y 5/4/17
031 Y029 CAMBIO
NP-005<.lOO1DfI19!lljO/Y SI Nf'.OOS<-1001DEl29/1t/07 y SI Falt. de publicar Manuales opertivos y administrativos, AlS-NP-006-200/ DtL4/12/07 AIS-NP..ooG-2001 DEL 4jl2/07
PRESUPUESTO DE PRESUPUESTO DE ALGUNAS SECCIONES O DEPARTAMENTOS NO CUMPLEN CON INGRESOS Y EGRESOS 514/4/17 Y INGRESOS Y EGRESOS ENVIAR LA INFORMACION EN LOS PRIMEROS 3 DIAS DE CADA
Al'lo 2017 A~O 2017 SI 5/4/17 MES. SIN EMBARGO LA lEY ESTABLE 30 DIAS DESPUÉS DELQ235,322,724,00 Q23S,322,724.00
R0081S91Srpt R0081S91Srpt CAMBIO
EJ!:CVOÓN PRESUPUESTARIA tJltUC!ÓN PRESUPUES1AA\A SI POR ElfNGlON ROOat5905 5/4/17 POR RfNGlON R0081S90S
EJECUCiÓN De INGRESOS. EJECUl::¡ÓN DE INGRfS~ REPORTE5-INFORMAC¡ÓN 514/4/17 Y R(f'ORTtS-1NFonMACiÓN
SI CQNWUDADA ROOS040í!4 Q. 5/4/17 CONSOLlDAOA RQO!lO.<l0l!4 Q
lO,2:4:l,H9.OS 1O,24.~,219m
i
FUENTE: INFORMACiÓN DE LA UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACiÓN PÚBLICA Y PAGINA WEB DE LA DOAC. NOTA: EL ARTicULO No~ 7 DEL DECRETO 51~OO8 ESTABLECE QUE SE DEBE ACTUALIZAR LA INFORMACIÓN EN UM PLAZO NO MAYOR A 30 OlAS, DESPUÉS DE PRODUCIRSE UN CAMBIO
~ ~(1;11 .--'\~~ ~/
No. INFORMACION PUBLICADA EN PAGINA www,dgac.gob.gt UNIDAD/GERENCIA RESPONSABLE FECHA LIMITE ENERO ACTUAtIlAOA FEBRERO ACTUAliZADA MARZO M1\JAUZAOA OBSERVACIONES NO APLICA NOAPUCA NOAPUCA NO APUCA
la Dirección Gef\f!fal de la Directión General de la Dirección Genftrai de la D¡~dón General de
La información relacionada con los procesos de colización y Aeronáutica CIvil por no Aeronáutlea Civil por no Aeronáutica CMI por no Aeronáutica Civil por no
licitación para la adquisición de bienes que son utilizados para los tener aSignae10nes tener asignaciones tener aSignaciones tener asignaciones
presupuestarras para la presupuestarras para la presupuestarlas para la ¡lresupuestiilrlas para la programas de educación, salud, seguridad, desarrollo rural y todos UAIP-DGAC-OOl­ adqu!sición de bienes adquisiCión de bienes adquisición de bienes adquisición de bienes
10 aquellos que tienen dentro de sus características la entrega de NO APLICA 2016/BOPG LOS 3 para los programas de para 105 programilS de pura los programas de para los programas de
dichos bienes a beneficiarios directos o indirectos, indicando las PRIMEROS OlAS DE educaCión, salud, educadón, salud, educación, salud. educadón, salud,
cantidades, precios unitarios, los montos, los renglones C/MES seguridad, desarrollo segurldud, desarrollo seguridad, desarrollo seguridad, deurrollo
social y la entrega de social y la entrega de !>Ccial y la entrega de sociai y la entrega de presupuestarios correspondientes, las caracterlsticas de los brenes a belJefidarios. biefles a beneficiarlos bienes a beneficiar¡o$. bienes a beneficiados.
proveedores, los detalles de los procesos de adjudicación y el contenido de los contratos;
La información sobre contrataciones de todos los bienes y servicios que son utilizados por los sujetos obligados, identificando UAlP-DGAC--OOl~ NINGUNA 5131/1/17 NINGUNA NINGUNA NINGUNA
11 los montos, precios unitarios, costos, los renglones UNIDAD DE COMPRAS, INFORMACiÓN 2016!BOPG LOS 3 CONTRATAClÓN DE UC-Ol- CONTRATACIÓN DE
512/3/17 CONTRATACiÓN DE
515/4/17 CONTRATACiÓN DE
SIpresupuestarios correspondientes, las características de los MENSUAL PRIMEROS OlAS DE BIENES YSERV1CIOS 0039­ B1ENES y SERVICIOS BIENES Y SERVICIOS BIENES Y SERVidOS
proveedores, los detalles de los procesos de adjudicación y el C!MES DURANTE ENERO 2017 2017 DURANTE FEBREAo 2017 DuRANTE MARZO 2017 DURANTE MARZO 2017
contenido de los contratos; ----­
COMISIONES AL COMI510NESAL COMISIONES AL COMISIONES AL Listado de viajes nacionales e internacionales autorizados por los INTERIOR DE LA INTERIOR DE LA INTERIOR DE LA INTERIOR DE LA sujetos obligados y que son financiados con fondos públicos, ya UAlP·DGAC·(XJ:l­
12 sea para funcionarios públicos o para cualquier otra persona, GERENCIA FINANCIERA, INFORMACiÓN 2016/BOPG LOS a REPUBLlCA 513/2/17 REPUBLlCA
516/3/17 REPUBLlCA 514/4/17 y REPUBLlCA
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incluyendo objetivos de los viajes, personal autorizado a viajar, C!MES EXTERIOR EXTERIOR EXTERIOR O EXTERIOR Odestino y costos, tanto de boletos aéreos como de viáticos; QO.OO 00.00 0.00 0.00
La información relacionada al inventario de bienes muebles e UAIP-DGAC..Q01­ FlN-DHORMULARIO FlN·OHORMIJI..ARfO HN DHORMULAAIO flN..Q!+ORMUiAfIlO
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13 GERENCIA FINANCIERA, INFORMACiÓN 2016/BOPG lOS 3 I1ES\JMEN 01:: INV[