marcasy patentes.docx

10
La persona jurídica La persona, legalmente hablando, es todo ser capaz de tener y contraer derechos y obligaciones. Cuando unos individuos se unen con el fin de lograr un objetivo en común, dispuestos a cumplir obligaciones y ejercer derechos, se habla de persona jurídica o moral, un ente ficticio creado por la ley. Como requisito para la creación de una persona jurídica es necesario que surja como una entidad independiente y distinta de los miembros individuales que la forman y que a esta entidad le sean reconocidas por el Estado sus derechos y obligaciones. Existen dos tipos de personas jurídicas: Importancia: Crean un ambiente adecuado para las inversiones en sus diversas modalidades de personas jurídicas. Además normalmente es más serio contratar con una persona jurídica que con una persona natural. Permite que los socios elijan la que se ajusta a sus posibilidades y necesidades. La importancia de las personas jurídicas no es igual en el derecho de todos los Estados, en tal sentido las personas jurídicas no existen de igual manera o en todos sus tipos en el derecho de todos los Estados. Clases de personas jurídicas:

Upload: dayana-clarisa-hernandez-escalante

Post on 12-Nov-2015

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

La persona jurdicaLa persona, legalmente hablando, es todo ser capaz de tener y contraer derechos y obligaciones. Cuando unos individuos se unen con el fin de lograr un objetivo en comn, dispuestos a cumplir obligaciones y ejercer derechos, se habla depersona jurdica o moral, un ente ficticio creado por la ley.Como requisito para la creacin de una persona jurdica es necesario que surja como una entidad independiente y distinta de los miembros individuales que la forman y que a esta entidad le sean reconocidas por el Estado sus derechos y obligaciones. Existen dos tipos de personas jurdicas:Importancia:Crean unambienteadecuado para lasinversionesen sus diversas modalidades de personas jurdicas. Adems normalmente es ms serio contratar con una persona jurdica que con una persona natural. Permite que los socios elijan la que se ajusta a sus posibilidades y necesidades.La importancia de las personas jurdicas no es igual en el derecho de todos los Estados, en tal sentido las personas jurdicas no existen de igual manera o en todos sus tipos en el derecho de todos los Estados.

Clases de personas jurdicas:Personas Jurdicas deDerecho Pblico: Aqullas que representan a la autoridad en sus funciones administrativas.El Estado reconoce como personas jurdicas a:El Estado, las comunidades autnomas, los gobiernos regionales y otros organismos regionales. Se clasifican las Personas jurdicas de Derecho pblico:-ElEstado.-Comunidades autnomas-Gobiernos Regionales-Otros organismos estatales.

Personas Jurdicas de Derecho Privado: Aqullas que dependen de la iniciativa particular.El derecho peruano, reconoce como tales, a: asociaciones, fundaciones, comits, comunidades campesinas y nativas, y las creadas porley.Se clasifican las Personas jurdica de Derecho privado:-Sociedades-Sociedades colectivas-Sociedades comanditarias-Sociedades deresponsabilidadlimitada-Sociedades annimas-Cooperativas-Asociaciones-Fundaciones

Las personas jurdicas Reguladas por elCdigoCivil Peruano:Personas Jurdicas Inscritas y Personas Jurdicas no inscritas

Atributos de personalidad de las personas jurdicasAtributos de personalidad son aquellas propiedades o caractersticas propias a la persona y que son nicas a cada una de ellas. Estos atributos son:1) Nombre:Denominacin con la cual se distinguen las personas morales. Normalmente corresponde a larazn social.2) Domicilio:Corresponde al lugar donde la persona jurdica tiene la administracin de su sociedad.3) Nacionalidad:Se encuentra regulada por el ordenamiento jurdico.4) Patrimonio:Son los recursos o medios que les permiteDiferencia entre empresa y persona jurdica:El termino persona jurdica no es lo mismo que empresa .es necesario dejar constancia, que aparentemente la persona jurdica es el gnero y la empresa la especia lo que no es correcto, porque la empresa en algunos casos abarca al empresario individual como persona natural, que no es una persona jurdica.En algunas ocasiones los entes no personificados no corren inscritos pero son empresas, como las sociedades no inscritas o la empresa individual de responsabilidad limitada no inscrita.La persona jurdica de derecho privado en muchos supuestos corre inscrita en el registro de personas jurdicas, a diferencia de la empresa que solo en algunos supuestos corre inscrita. Esto es muy visto en los establecimientos comerciales de propiedad de personas naturales, que para efectos comerciales, de marketing o mercadeo, le colocan un nombre comercial atractivo a su establecimiento, pero la razn social del establecimiento es el nombre de la persona natural propietaria del mismo.El nombre comercial o razn comercial es optativo, mientras que la razn social es obligatoria, y como ya se dijo, los dos pueden o no ser diferentes, aunque si la razn social y el nombre comercial son lo mismo, no tiene objeto alguno el nombre comercial, puesto que sobrara.Articulado de persona jurdica:Artculo 76.- Normas que rigen la persona jurdicaLa existencia, capacidad, rgimen, derechos, obligaciones y fines de la persona jurdica, se determinan por las disposiciones del presente Cdigo o de las leyes respectivas.La persona jurdica de derecho pblico interno se rige por la ley de su creacin.Artculo 77.- Inicio de la persona jurdicaLa existencia de la persona jurdica de derecho privado comienza el da de su inscripcin en el registro respectivo, salvo disposicin distinta de la ley.La eficacia de los actos celebrados en nombre de la persona jurdica antes de su inscripcin queda subordinada a este requisito y a su ratificacin dentro de los tres meses siguientes de haber sido inscrita.Si la persona jurdica no se constituye o no se ratifican los actos realizados en nombre de ella, quienes los hubieran celebrado son ilimitada y solidariamente responsables frente a terceros.Artculo 78.- Diferencia entre persona jurdica y sus miembrosLa persona jurdica tiene existencia distinta de sus miembros y ninguno de estos ni todos ellos tienen derecho al patrimonio de ella ni estn obligados a satisfacer sus deudas.Artculo 79.- Representante de la persona jurdica miembro de otraLa persona jurdica miembro de otra debe indicar quien la representa ante esta.Denominacin o razn social:La denominacin o razn social es el medio a travs del cual una sociedad se identifica, bsicamente por ser titular de derechos y obligaciones (que es lo que denominamos personera jurdica). Por ende, la sociedad tendr la forma societaria que corresponda en atencin con la denominacin o razn que le sirva para diferenciarse.La denominacin social es un concepto de las sociedades de responsabilidad limitada, en las cuales los socios responden hasta por el total de sus aportes. En este caso pueden incluir los socios, pero no acarrea mayor responsabilidad de la que les corresponde por sus aportes. Adems, estas sociedades pueden usar un nombre abreviado En cambio, la razn social se usa para sociedades de responsabilidad ilimitada y es obligatorio que aparezcan el o los nombres de los socios que asumen la responsabilidad ilimitada. Si una persona cualquiera, no siendo socio, aceptara la figuracin de su nombre tambin asume la misma responsabilidad ilimitada.No se puede adoptar alguna denominacin, abreviada o completa, o una razn social que sean iguales o semejantes a la de la otra sociedad preexistente, salvo que se demuestre ttulo legitimo para efectuarlo.Todo aquel que se considere afectado puede iniciar un proceso que lleve a la modificacin del nombre de la sociedad que se presume infractora. La ley de sociedades establece algunos mecanismos de proteccin para las denominaciones y razn sociales, entre los cuales citamos los siguientes: Prohibicin de semejanzas con otras denominaciones preexistentes. Prohibicin de uso de nombres de organismos o instituciones pblicas o protegidos por los derechos de propiedad industrial y de autor. Prohibicin de adoptar una razn social o denominacin protegida por la reserva de preferencia registral. Conservacin del nombre del socio separado o fallecido.Siempre que el socio separado o los sucesores del socio fallecido acepten, sus nombres pueden permanecer en la sociedad .la razn social debe indicar esa circunstancia.Qu diferencia existe entre marca y nombre o razn social?La marca comercial permite a una persona distinguir en el mercado producto y/o servicios. La razn social por su parte es el nombre con que se identifica a una persona jurdica. En el hecho, puede que una persona jurdica, en su vida o ejercicio comercial, ocupe su nombre o razn social como marca, pero si la inscribe para identificar productos o servicios en el mercado lo har en razn de que dicho trmino acta como marca comercial.Nombre Comercial:El nombre comercial es cualquier signo que sirve para identificar a una persona natural o jurdica en el ejercicio una actividad econmica. Una empresa o establecimiento podr tener ms de un nombre comercial. Puede constituir nombre comercial de una empresa o establecimiento, entre otros, su denominacin social, razn social u otra designacin inscrita en un registro de personas o sociedades mercantiles. Los nombres comerciales son independientes de las denominaciones o razones sociales de las personas jurdicas, pudiendo ambas coexistir. El derecho exclusivo sobre un nombre comercial se adquiere por su primer uso en el comercio y termina cuando cesa el uso del nombre o cesan las actividades de la empresa o del establecimiento que lo usa.Cualquier persona podr solicitar el registro del nombre comercial que emplea para distinguir la actividad econmica que realiza. En la solicitud de registro deber consignarse y demostrarse la fecha en que el nombre comercial se utiliz por primera vez y especificarse la actividad econmica. La Oficina competente, al conceder el registro, reconocer a favor del solicitante la fecha del primer uso del nombre comercial.El registro de un nombre comercial se conceder por un perodo de diez aos renovables, contados a partir de la resolucin que concede el derecho.Diferencias entre La razn social y el nombre comercialLa razn social y el nombre comercial son dos conceptos diferentes, aunque a veces la razn social y el nombre comercial sean los mismos.Cuando se crea una empresa, esta debe tener una razn social o nombre, la cual ser la que identifique a la empresa junto con el Nit o nmero de identificacin tributaria.Igualmente, la empresa puede optar por un nombre alternativo a la razn social, el cual se conoce como nombre comercial, el cual puede ser diferente a la razn social y al igual que la razn social, debe figurar en el respectivo registro mercantil.Es comn encontrar empresas que se identifican por un nombre comercial, que no es el nombre oficial o la razn social de la misma.Hemerografa:

http://www.crecenegocios.comhttp://www.bcn.clhttp://www.abogadoperu.comhttp://www.monografias.comhttp://www.tuempresa.gob.mx/http://www.modelofactura.nethttp://www.henson-co.comhttp://www.ramirez.com.pe