mapa acción resolutoria

6

Upload: camilacespedes

Post on 21-Nov-2015

39 views

Category:

Documents


6 download

DESCRIPTION

Mapa Acción Resolutoria

TRANSCRIPT

  • Caso Pacto comisorio

    Art. 1880: El pacto comisorio prescribe al plazo prefijado por las partes, si no pasare de cuatro aos, contados desde la fecha del contrato. Transcurridos estos cuatro aos, prescribe necesariamente,

    sea que se haya estipulado un plazo ms largo o ninguno.

    COMPARACION: Accin Resolutoria y otras acciones:

    PRESCRIPCION Cond. Resolutoria Tcita Pacto comisorio

    Se aplica tanto al simple (1878) como al

    calificado (1879)

    Se aplica solamente en la compraventa por

    el no pago del precio, y no en otros pactos

    comisorios en la misma compraventa o en

    otros contratos

    Se aplica en la compraventa por no pago

    del precio siempre que se haya estipulado

    pacto comisorio, pero no si est operando

    la condicin resolutoria tcita.

    Plazos 5 aos 4 aos

    Desde cundo se

    cuentan

    Desde que la Obligacin Se

    hace Exigible

    Desde la celebracin del contrato

    Largo y corto plazo

    es de largo tiempo comn, y se

    suspende, en favor de las

    personas enumeradas en el

    Art. 2509

    Es especial o de corto tiempo, y de acuerdo

    al Art. 2524 no se suspende.

  • PPaarraalleelloo ddee llaa AAcccciinn RReessoolluuttoorriiaa ccoonn oottrraass aacccciioonneess..

    Resolucin Nuldad (absoluta) y rescisin (relativa) Resciliacin (1567)

    Efectos Es el efecto de la accin resolutoria,

    consiste en la privacin de la existencia

    de un contrato (hacerlo desaparecer a

    los ojos del d), por el incumplimiento

    de una de las partes de una obligacin

    del contrato. Es un efecto jurdico

    emanado del ejercicio de la accin

    resolutoria, se entiende que nunca se

    celebr y las partes vuelven al E

    anterior a la celebracin del acto o

    contrato.

    El acto es perfectamente vlido, en s

    mismo es un hecho posterior, el

    incumplimiento de una obligacin, el

    que permite al acreedor solicitar que se

    deje sin efecto el contrato

    Rescisin: Suponen alguna infraccin a

    los requisitos de validez del acto o

    contrato, que ha nacido viciado, y por

    ello se le deja sin efecto.

    Se trata de un acto con vicio de validez.

    Toda obligacin puede extinguirse por una convencin en que las partes

    interesadas, siendo capaces de disponer

    libremente de lo suyo, consienten en

    darla por nula Consiste en que las partes, de comn

    acuerdo, dejan sin efecto un contrato

    que en s es perfectamente vlido; en

    esto se diferencia de la nulidad, y de la

    resolucin en que sta procede por

    sentencia judicial, por RG, y a peticin

    de una de las partes

    En la resciliacin basta el acuerdo de las

    partes. Y en la resolucin Es requisito de

    ella el incumplimiento imputable

    En ambas se producen efectos radicales

    pero aqu son ms atenuados porque se

    produce en ciertos casos.

    La resolucin cuando hay un

    incumplimiento, para accionar contra

    3s tienen que cumplirse ciertas

    condiciones (1490 y 1491)

    La nulidad y rescisin producen efectos

    radicales; borran totalmente el acto o

    contrato;

    la nulidad de acuerdo al Art. 1.689 da

    accin contra 3s inmediatamente. Si fue

    celebrado por un incapaz, ese contrato

    es rescindible para cualquiera que sea el

    poseedor de la cosa.

    La resciliacin no puede afectar a los 3s

    ajenos al acto, y en principio carece de

    efecto retroactivo, a menos que las

    partes se lo confieran.

    Tipos Procede nicamente en contratos

    bilaterales

    La nulidad procede en toda clase de

    actos y contratos.

    Prescripcin Por RG la accin resolutoria en 5 aos

    que pueden ser 4 en el pacto comisorio;

    La accin de nulidad absoluta prescribe

    en 10 aos; la rescisoria en 4.

    Prestaciones

    mutuas

    Los frutos no se devuelven, y no se

    pagan las mejoras necesarias. Por ello

    se ha resuelto que no procede declarar

    resuelto un contrato si l es nulo.1

    En la nulidad y rescisin el deudor de

    mala fe debe restituir los frutos.

    11 RRDDJJ,, TT.. 4466,, sseecc.. 22,, ppgg.. 7799,, ppeerroo ppuueeddee ddeemmaannddaarrssee llaa rreessoolluucciinn eenn ssuubbssiiddiioo ddee llaa rreesscciissiinn:: RRDDJJ,, TT.. 1199,, sseecc.. llaa--,, ppgg.. 224411.. VVaassee AAlleessssaannddrrii,, DDee llaa ccoommpprraavveennttaa........ TT.. 2222,, NN.. 11..663355,, ppgg.. 449988..