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1 Manual para la Elaboración y Modificación de Reglamentos Internos y Estatutos Comunales Gerencia de Silvicultura Comunitaria COMISION NACIONAL FORESTAL COORDINACIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN Y PRODUCTIVIDAD GERENCIA DE SILVICULTURA COMUNITARIA MANUAL PARA LA ELABORACIÓN, MODIFICACIÓN DE REGLAMENTOS INTERNOS Ó ESTATUTOS COMUNALES

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Manual para la Elaboración y Modificación de Reglamentos Internos y Estatutos Comunales

Gerencia de Silvicultura Comunitaria

COMISION NACIONAL FORESTAL

COORDINACIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN Y PRODUCTIVIDAD

GERENCIA DE SILVICULTURA COMUNITARIA

MANUAL PARA LA ELABORACIÓN, MODIFICACIÓN DE REGLAMENTOS INTERNOS Ó ESTATUTOS COMUNALES

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Manual para la Elaboración y Modificación de Reglamentos Internos y Estatutos Comunales

Gerencia de Silvicultura Comunitaria

CONTENIDO

ANTECEDENTES .................................................................................................................. 3

I. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................... 4

II. OBJETIVOS DEL MANUAL................................................................................................ 5

III. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO Ó ESTATUTO .................................................................. 5

IV. METODOLOGIA DE TRABAJO ......................................................................................... 6

V. ELABORACIÓN Y ENTREGA DEL INFORME .................................................................... 12

VI. PERFIL DEL CONSULTOR .............................................................................................. 13

VII. SUPERVISIÓN Y MONITOREO ..................................................................................... 13

VIII. BIBLIOGRAFIA CONSULTADA------------------------------------------------------------------------14

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Manual para la Elaboración y Modificación de Reglamentos Internos y Estatutos Comunales

Gerencia de Silvicultura Comunitaria

ANTECEDENTES El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, señala que el desarrollo de las actividades de los distintos sectores productivos, en su mayoría, no toma en cuenta el valor de los ecosistemas como los espacios donde se dan los procesos naturales que sostienen la vida y proveen los bienes y servicios que satisfacen las necesidades de la sociedad. El cambio de uso de suelo para la expansión de la superficie agropecuaria, así como para actividades extractivas y de infraestructura, a expensas de la vegetación natural, son variables importantes en el proceso de deforestación y conlleva una reducción del valor ecológico, social y económico de los bienes y servicios que los bosques y selvas proveen. Por este motivo, es fundamental la coordinación intersectorial para la formulación de políticas sustentables de desarrollo que disminuyan la degradación de los ecosistemas forestales y, por tanto, los bienes y servicios que proporcionan. En el marco de las nuevas políticas del Gobierno Federal, el manejo sustentable de los recursos naturales es un eje rector para el desarrollo de las actividades productivas en las zonas forestales, por lo que en la toma de decisiones sobre inversión, producción y políticas públicas en la sustentabilidad de la Biodiversidad, se incorporarán consideraciones y acciones para aminorar los impactos y riesgos ambientales, así como el uso eficiente y racional de los recursos naturales. Asimismo, se promueve una mayor participación de todos los órdenes de gobierno y de la sociedad urbana y rural en su conjunto en este esfuerzo. La consideración del tema ambiental es un eje de la política pública que está presente en todas las actividades de gobierno. A nivel nacional se continúan construyendo y consolidando mejores políticas para el manejo y conservación de los recursos forestales que están contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los habitantes de las áreas rurales, pero es necesario que estas políticas se generen desde los mismos ejidos y comunidades. La Ley agraria establece, como una responsabilidad de los núcleos agrarios, entre otras, organizarse, aunque la Ley les da la libertar de organizarse de acuerdo a sus necesidades y las características de sus predios, a la vez los hace responsables de las decisiones esenciales que lleguen a tomar. En este sentido la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), apoya la instrumentación de estrategias que fortalecen a ejidos y comunidades en procesos de desarrollo autogestivos, mediante la elaboración y actualización de sus reglamentos internos y estatutos comunales que tienen como fundamento, la toma de decisiones bajo el principio de usos y costumbres sobre los terrenos y recursos naturales de propiedad colectiva, así como la planeación del uso y manejo de los recursos naturales de manera sustentable. Derivado de lo anterior y dada la importancia de aplicar este tipo de instrumentos que fomentan e impulsan la organización y planeación comunitaria, la Gerencia de Silvicultura Comunitaria ha diseñado el presente “MANUAL PARA LA ELABORACIÓN Ó MODIFICACIÓN DE REGLAMENTOS INTERNOS Y ESTATUTOS COMUNALES” en apoyo de la población rural e indígena de los bosques, selvas y zonas áridas de México.

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Manual para la Elaboración y Modificación de Reglamentos Internos y Estatutos Comunales

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Dicho manual propone una metodología sencilla y práctica para la elaboración de reglamentos ó estatutos de manera general.

I. INTRODUCCIÓN En el marco de La Ley Agraria, se establece como responsabilidad de los núcleos agrarios, entre otras, la de organizarse, por expresión de la propia ley, se replantean y atribuyen de facultades a los núcleos agrarios, que los hacen absolutamente libres pero enormemente responsables de las decisiones esenciales que lleguen a tomar. Una de ellas es su forma de organización. El ejido y la comunidad son formas de organización social en donde la tierra juega un papel esencial, por lo que el reglamento interno y estatutos comunales de los ejidos y comunidades regula el uso, aprovechamiento, acceso y conservación de las tierras de uso común, incluyendo los derechos y obligaciones de ejidatarios, comuneros y avecindados. En la Ley también se señala que el reglamento interno ó estatuto comunal debe ser formulado y aprobado por la máxima autoridad del núcleo agrario, que es la asamblea general de ejidatarios ó comuneros. Por lo anterior, la identificación de la problemática forestal en ejidos y comunidades se orienta inicialmente a desarrollar un proceso interno para definir y consensuar en asambleas generales, las normas y reglas que constituyen el Reglamento Interno ó Estatuto Comunal, para el usufructo de los recursos forestales y en general, la regulación de la vida cotidiana. Así mismo, se deben definir, acordar e incorporar el uso de mecanismos de aplicación de reglas que rigen la vida institucional de los núcleos agrarios. El conocimiento del marco jurídico que norma las actividades del ejido ó la comunidad permite fortalecer las relaciones con particulares, núcleos agrarios, instituciones gubernamentales y no gubernamentales. Por lo tanto, la elaboración ó modificación del Reglamento Interno ó Estatuto Comunal, proporciona un instrumento que regula todos los principios y acciones sobre el uso y acceso a los recursos naturales de propiedad común, permitiendo una distribución equitativa de los bienes y servicios, además de fortalecer la integración social del ejido ó comunidad, la toma decisiones consensuada y la capacidad de organización y planeación de sus actividades productivas en apego a la normatividad agraria y ambiental.

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II. OBJETIVOS DEL MANUAL 1. Apoyar y orientar a los Asesores Técnicos que brindan servicios de consultoría a los

ejidos y comunidades forestales de México, en la preparación, desarrollo, ejecución y modificación de reglamentos internos y estatutos comunales con la finalidad de fortalecer la organización y planeación comunitaria.

2. Proporcionar lineamientos generales para la elaboración ó modificación de reglamentos internos y estatutos comunales, que permita acceder al manejo de los recursos naturales de una manera sustentable y regulada.

3. Orientar a los ejidos y comunidades forestales de la importancia que origina el contar

con un instrumento que regule el uso de suelo y el aprovechamiento de recursos naturales de propiedad colectiva.

4. Obtener un documento único que regule el uso del suelo así como otras reglas y

normas aplicables al ejido ó la comunidad, y que pueda ser registrado ante el RAN con el objeto de tener un reglamento ó estatuto comunal, único para el ejido ó la comunidad.

III. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO Ó ESTATUTO Objetivo general Apoyar a ejidos y comunidades forestales para que establezcan un control efectivo sobre los recursos forestales de propiedad colectiva mediante la celebración de acuerdos, que permitan el diseño de reglas que fortalezcan la vida comunitaria y permitan hacer un manejo sustentable de los recursos naturales del ejido ó comunidad, a través de un documento legal que regule su aprovechamiento. Objetivo específicos 1. Buscar el fortalecimiento y formalización de las reglas internas que tienen los ejidos y

comunidades, así como de sus procesos de desarrollo forestal comunitario;

2. Propiciar que los diferentes grupos de usuarios de los recursos forestales de uso común en ejidos y comunidades fortalezcan su capacidad para la toma de decisiones; 3. Elaborar reglas internas para la definición y manejo de áreas de conservación comunitaria que permitan diseñar estrategias de aprovechamiento de recursos naturales bajo un esquema sustentable, así como regular las unidades económicas y productivas, de los núcleos agrarios para su incorporación en los reglamentos internos ó estatutos comunales;

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4. Inscribir en el Registro Agrario Nacional (RAN), los reglamentos internos/estatutos comunales elaborados ó sus modificaciones.

IV. METODOLOGIA DE TRABAJO Una vez concluido el proceso de asignación de apoyos por parte de la CONAFOR, el ejido ó la comunidad que haya resultado beneficiario para elaborar ó modificar su reglamento ó estatuto, en conjunto con el Asesor Técnico propuesto por el ejido ó la comunidad, deberá tomar en cuenta el cumplimiento de las siguientes responsabilidades y obligaciones:

1. Responsabilidades y obligaciones a) Del Ejido ó Comunidad que recibe el apoyo:

• Cumplir con todas las condiciones que dieron origen al otorgamiento del apoyo; • Firmar un convenio de adhesión con la CONAFOR a fin de recibir y destinar los

recursos económicos recibidos para los cuales le fue otorgado; • Firmar un contrato de servicios de consultoría con el Asesor Técnico que haya sido

propuesto para la elaboración/modificación del reglamento/estatuto; • Participar activamente en talleres, reuniones y asambleas generales que se celebren

durante el desarrollo del trabajo contraído; • Nombrar los grupos de trabajo que participarán directamente con el asesor técnico

durante el desarrollo del trabajo; • Evaluar el trabajo del consultor de acuerdo a los lineamientos y/ó procedimientos que

le sean indicados por la CONAFOR; • Pagar los servicios de Asesoría Técnica al consultor que prestó sus servicios

profesionales, tal como se especifique en el contrato que se firma entre ambas partes; • Aceptar la realización de auditorías técnicas, así como visitas de supervisión e

inspección, cuando así lo solicite CONAFOR, a través del Órgano Interno de Control ó cualquier otra instancia autorizada, para verificar la correcta aplicación del apoyo otorgado.

b) Del Asesor Técnico que elabora ó modifica el reglamento/estatuto:

• Firmar un contrato de servicios de consultoría con el ejido/comunidad beneficiario que

recibió el apoyo de la CONAFOR; • Brindar atención oportuna y adecuada a la asamblea general y a los grupos de

personas que participan en el desarrollo del reglamento/estatuto; • Brindar las condiciones y facilidades para el desarrollo de actividades tanto teóricas

como prácticas; • Recibir por parte del ejido ó comunidad beneficiario, el monto acordado con la

CONAFOR, a fin de cubrir los costos y gastos necesarios durante el desarrollo del trabajo;

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• Es el responsable de la organización y logística para la ejecución del trabajo en campo y de los talleres participativos en coordinación con los representantes agrarios y los grupos de trabajo;

• Propiciar y facilitar discusiones de trabajo tanto al interior de las asambleas generales como de los talleres participativos;

• Elaborar y entregar productos de calidad, en ese caso el informe final del evento, en versión original, tanto al beneficiario como a la CONAFOR;

• Dar acompañamiento y asesoramiento oportuno y racional al ejido ó comunidad en todo el desarrollo de la elaboración ó modificación del reglamento ó estatuto, así como promover la motivación e interés en la revisión y actualización de su reglamento interno/estatuto comunal;

• Asesorar al ejido/comunidad en la inscripción del reglamento ó estatuto en el Registro Agrario Nacional (RAN).

2. Lineamientos para el desarrollo de talleres participativos y reuniones de trabajo

a) Taller: Integración y participación comunitaria. Partiendo del reconocimiento de las atribuciones y obligaciones de los órganos de representación ejidal/comunal, en la gestoría, representación en asuntos legales, la titularidad en el aprovechamiento de sus recursos (autoconsumo y comerciales), y la conservación de los mismos y su relación con los tres niveles de gobierno, el asesor técnico debe facilitar y llevar a cabo: • Reuniones preparatorias de consenso con las autoridades ejidales/comunales Comisariados, Consejo de Vigilancia y los grupos existentes (grupos caracterizados ó principales, consejos, etc.), ó que se conformen para tal fin. • Análisis y fortalecimiento de la organización social. • Participación plural e integradora (mujeres, ancianos, grupos minoritarios, etc.) • Definición de grupos de trabajo respaldados por asamblea:

o Definición de actividades y niveles de participación, toma de decisiones. o Nombrar una comisión que estará encargada del seguimiento del

reglamento/estatuto. o Definición de un calendario de trabajo o Contenido de la agenda de trabajo

b) Taller: Introducción a la normatividad y legislación agraria y ambiental: Destacando la importancia del Reglamento Interno ó Estatuto Comunal y su vinculación con la legislación agraria y normatividad ambiental. • Análisis y función de los órganos descentralizados y desconcentrados de la

SEMARNAT. • Análisis y aplicación de normas y leyes:

o Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

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o Ley Agraria y su Reglamento, o Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, o Ley General de Desarrollo Rural Sustentable y su Reglamento, o Ley General para el Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento, o Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, o Convenio No. 169 de la Organización Internacional del Trabajo, o Legislaciones locales (ambientales, forestales y de pueblos indígenas), o Y demás leyes que apliquen, de acuerdo a las características de las actividades

del ejido/comunidad.

c) Taller: Diagnóstico actual del aspecto socioeconómico y ambiental: En este se deben resaltar las condiciones actuales de los recursos naturales y sus formas de manejo las cuales son el eje de análisis para sustentar las bases que regularán su uso y acceso. Elaboración de un diagnóstico de campo y gabinete con base en los siguientes criterios:

o Condición actual de la distribución espacial y temporal de los recursos naturales establecidos en un croquis.

o Identificación y análisis de las actividades productivas y formas de aprovechamiento de sus recursos forestales maderables y no maderables.

o Análisis de las empresas forestales comunitarias con una revisión de su operación y administración, así como de las sociedades constituidas legalmente.

o Análisis y descripción de cada una de sus figuras organizativas y su funcionamiento.

o Análisis de las principales problemáticas ejidales a nivel uso del suelo y aprovechamiento de los recursos naturales, consenso en la definición de soluciones y acciones.

d) Taller: Identificación y priorización de reglas de uso de los recursos forestales. La organización comunitaria, la participación activa de los grupos de trabajo, el consenso en la toma de decisiones y acuerdos sobre las reglas de uso regularán la convivencia del ejido/comunidad. Con una dinámica de participación y materiales de apoyo adecuados se debe trabajar con los grupos comunitarios quienes analizarán cada una de las propuestas de las reglas. o Se nombrará una comisión redactora que se responsabilizará de sistematizar y registrar los acuerdos y propuesta de reglas internas. o Esta comisión redactora será capacitada por el consultor para ejercer con calidad sus funciones. o Exposición final de las reglas para su versión final y consenso del equipo de trabajo. o Definición de estrategias de aplicación y ejecución de las reglas.

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3. Redacción del Reglamento/Estatuto En todo momento el asesor técnico apoyará la redacción del documento, observando y procurando que cubra los requerimientos jurídicos, y sobre todo, que refleje las necesidades del ejido ó la comunidad de regulación identificadas en el taller.

4. Presentación del Reglamento/Estatuto ante la asamblea general Una vez que el documento ha sido concluido, se deberá presentar ante la asamblea general, para que se socialice y analice el reglamento articulado, en caso de existir observaciones por la asamblea, se hagan las modificaciones correspondientes para presentarlas en otra asamblea y de esta forma se apruebe y constituya formalmente el Reglamento Interno ó Estatuto Comunal. Se propone que el guión (estructura y contenido), del Reglamento Interno ó Estatuto Comunal contenga al menos como base los siguientes componentes, los cuales no son una limitante para aquellos puntos que no sean contemplados en el presente manual y sean de interés común, por lo que pueden ser incluidos de acuerdo a las características particulares de cada ejido ó comunidad.

4.1 Propuesta de guión del Reglamento Interno o Estatuto Comunal ESTRUCTURA:

o TÍTULOS o CAPÍTULOS o SECCIONES o ARTÍCULOS

CONTENIDO PRESENTACION DEL ESTATUTO Ó REGLAMENTO Antecedentes históricos del núcleo agrario de que se trate, objetivos del documento, reseña de su elaboración y contenido del mismo. TÍTULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES

• UBICACIÓN GEOGRÁFICA Y ACCIÓN AGRARIA

Nombre del núcleo agrario, estado y municipio al que pertenece, distrito, número de beneficiarios; Resoluciones y decretos presidenciales; sistema de tenencia de la tierra; inscripción en el Registro Agrario Nacional (RAN).

• DEL REGLAMENTO INTERNO Ó ESTATUTO COMUNAL.

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• DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES: De las facultades de las Autoridades Municipales (de acuerdo al 115 Constitucional), de la coordinación con el Comisariado y Consejo de Vigilancia.

• DE LAS SUBCOMUNIDADES, DE LOS ANEXOS, CONGREGACIONES,

CUADRILLAS, MANZANAS, BARRIOS, RANCHERIAS U OTRO TIPO DE ASENTAMIENTOS HUMANOS.

• DE LOS SECRETARIOS AUXILIARES. TÍTULO SEGUNDO: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE:

• EJIDATARIOS Ó COMUNEROS. • POSESIONARIOS Ó AVECINDADOS. • DE LOS MIGRANTES. • DE LOS ESTUDIANTES, PROFESIONISTAS. • DE LA ACEPTACIÓN DE LOS EJIDATARIOS/ COMUNEROS. • DE LA SEPARACIÓN DE LOS EJIDATARIOS/ COMUNEROS. • DE LOS POSEEDORES DE TIERRAS EJIDALES Ó COMUNALES. • DE LA IGUALDAD DE GÉNERO.

TÍTULO TERCERO: DE LOS ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN

• DE LA ASAMBLEA GENERAL. • DEL COMISARIADO. • DEL CONSEJO DE VIGILANCIA. • DE LAS ASAMBLEAS DE LOS ANEXOS, CUADRILLAS, CONGREGACIONES Ó

RANCHERIAS. • DE LOS SECRETARIOS AUXILIARES Ó REPRESENTANTES DE BIENES

COMUNALES. • DE LOS CARACTERIZADOS, ANCIANOS Ó TATAMANDONES, CONSEJOS,

entre otros. TÍTULO CUARTO: DE LOS ASESORES Ó PRESTADORES DE SERVICIOS

• DE LA APROBACION DE LOS CONTRATOS. • VIGENCIA DE LOS CONTRATOS. • RESPONSABILIDADES. • PERIODICIDAD DE INFORMES. • DE LOS ARCHIVOS Y EXPEDIENTES. • RECISIÓN DE LOS CONTRATOS.

TÍTULO QUINTO: DE LA ELECCIÒN Y REMOCIÒN DE LOS ÒRGANOS DE REPRESENTACIÒN

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• REQUISITO PARA SER ELECTO EN LOS CARGOS. • PERIODO DE VIGENCIA. • INSTANCIAS FACULTADAS PARA CONVOCAR. • REQUISITOS PARA SOLICITAR LA ELECCIÓN Ó REMOCIÓN.

TITULO SEXTO: DE LAS TIERRAS DEL NÚCLEO

• ZONIFICACIÓN DE USO DEL SUELO (ORDENAMIENTO TERRITORIAL), ÁREA

PARCELADA. • USO COMÚN. • TIERRAS CON DESTINO ESPECÍFICO. • ASENTAMIENTO HUMANO.

TÍTULO SÉPTIMO: DEL USO APROVECHAMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES

• DE LAS MEDIDAS DE CONSERVACION, FOMENTO Y PROTECCIÓN DE LOS

RECURSOS NATURALES. (AGUA, SUELO, FAUNA, FLORA, etc.). o Detección, control y combate de plagas y enfermedades forestales. o Prácticas de conservación y restauración de suelos. o Regulación de desmontes y uso del fuego. o Regulación de los cambios de uso del suelo. o Protección de manantiales y cauces de agua. o Prevención, detección, combate y control de incendios forestales. o Cuidado y mantenimiento de la regeneración natural y reforestación. o Cuidado de la fauna silvestre. o Comités de protección y vigilancia del medio ambiente. o Manejo de basura y residuos sólidos.

• DEL USO Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES.

o Aprovechamientos forestales maderables comerciales y de uso doméstico. o Aprovechamientos forestales no maderables comerciales y de uso

doméstico (palmas, hongos, agua, tierra de monte, orquídeas, etc). o Aprovechamiento de fauna silvestre comercial y de uso doméstico. o Extracción y aprovechamiento de materiales pétreos y minerales (uso

doméstico y comercial).

• DE LAS UNIDADES ECONOMICAS Y PRODUCTIVAS, EMPRESAS COMUNITARIAS, FIGURAS ASOCIATIVAS Ó GRUPOS DE TRABAJO PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES Y/Ó PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

o Conformación y estructura. o Funciones y atribuciones. o Obligaciones. o Formulación y presentación de los estados financieros. o Integración de la Comisión Revisora.

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o Distribución y uso de las utilidades generadas (Inversión al bosque, capacitación. Fortalecimiento de la empresa forestal comunitaria, obras de beneficio social, seguridad social (ancianos, viudas, trabajadores, otros).

• ESTÍMULOS AL BUEN USO DE LOS RECURSOS NATURALES. Queda a cargo de la asamblea general, establecer el mecanismo de reconocimiento a personas ó grupos de ejidatarios/comuneros, que estén realizando trabajos de sustentabilidad en manejo de suelos, fauna silvestre, aprovechamientos forestales maderables ó no maderables, etc. TÍTULO OCTAVO: DE LAS SANCIONES. Las sanciones graduales por incumplimiento de las reglas deben ser determinadas por acuerdo de la asamblea general de ejidatarios y comuneros. TÍTULO NOVENO: TRANSITORIOS.

5. Inscripción ante el Registro Agrario Nacional El asesor técnico se asegurará que el Reglamento Interno o Estatuto Comunal, sea aprobado por la asamblea general de ejidatarios ó comuneros y se inscriba en el Registro Agrario Nacional. Con esta actividad se dará por concluida la formalización del Reglamento Interno ó Estatuto Comunal.

6. Consideraciones Generales Es importante considerar que los procesos aquí descritos deben de ser complementarios mas no sustituyen lo enunciado por las reglas de operación y convocatoria del Programa ProÁrbol, ni de aquellos señalados en los Programas de la CONAFOR.

V. ELABORACIÓN Y ENTREGA DEL INFORME

Una vez concluido el trabajo y de acuerdo con éste manual, el consultor ó Asesor Técnico deberá entregar a la comunidad ó ejido que solicitó el apoyo y a la Gerencia Regional de la CONAFOR, un documento técnico a manera de informe final impreso por duplicado. El informe deberá estar respaldado en formato electrónico usando el procesador de textos Microsoft Word ó cualquier otro compatible. Dicho informe deberá considerar como mínimo el siguiente formato: a) Carátula. Donde se mencione el título del apoyo, fecha de realización, nombre del núcleo agrario y nombre del consultor; b) Resumen ejecutivo. Que describa de manera concreta el proceso para la elaboración ó modificación del reglamento/estatuto considerando resultados, efectos e impactos;

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c) Antecedentes. Este apartado comprenderá una descripción de las características socioeconómicas del ejido/comunidad y del proceso local de desarrollo forestal que sustenta. d) Objetivos. Describir la finalidad que tuvo el elaborar ó modificar el reglamento ó estatuto, así como sus efectos ó impactos esperados. e) Alcances del estatuto ó reglamento. Definir lo que se pretende alcanzar lo que se espera lograr con el reglamento ó estatuto. Anexos del informe

• Ejemplar impreso del reglamento o estatuto; • Actas de acuerdos y compromisos derivados de los diversos talleres realizados; • Memoria fotográfica; • Registro de asistentes; • Acta de aprobación del nuevo reglamento/estatuto por la Asamblea General; • Copia de acuse de inscripción del Reglamento Interno ó Estatuto Comunal en el

Registro Agrario Nacional (al menos copia de documento que certifique que el registro ante el RAN se encuentra en trámite).

VI. PERFIL DEL CONSULTOR Los Asesores Técnicos encargados de la elaboración ó modificación de un Reglamento Interno ó Estatuto Comunal, deben cumplir con los siguientes requisitos:

• Ser una persona moral con registro vigente en el Listado de Asesores Técnicos del

Programa ProÁrbol.

• Contar con un mínimo de tres años de experiencia en aspectos legales agrarios, manejo de recursos naturales y experiencia en la conducción y facilitación de talleres participativos.

VII. SUPERVISIÓN Y MONITOREO Considerando que los recursos que la federación otorga a través de los apoyos de la CONAFOR son de carácter federal, la auditoría, control, supervisión y seguimiento serán realizadas en el ámbito de su competencia por las siguientes instancias: I. La CONAFOR II. El Órgano Interno de Control en la CONAFOR III. La Secretaría de la Función Pública IV. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público V. La Auditoria Superior de la Federación VI. Auditores independientes designados por cualquiera de las autoridades señaladas

en las fracciones anteriores, y

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VII. Demás instancias que en el ámbito de sus respectivas facultades resulten competentes.

Las actividades que podrán realizar las instancias mencionadas anteriormente de acuerdo al ámbito de su competencia son, entre otras: auditorías internas, Externas, contables, técnicas, legales y de campo, así como visitas de verificación, avance, conclusión de obra, investigación e inspección. Las instancias de control y auditoria podrán verificar en el ámbito de su competencia la correcta aplicación de los recursos y promover la transparencia en el manejo de los mismos. Igualmente, derivado de las auditorias, visitas de verificación, avance, conclusión, investigación e inspección en campo que practique, podrán emitir recomendaciones u observaciones dirigidas a los Comités Técnicos y/ó a la CONAFOR, según corresponda. VIII BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA. 1.- Ley Agraria y su Reglamento. 2.- Ley General de Desarrollo Rural Sustentable. 3.- Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento. 4.- Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. 5.- Ley General para el Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento. 6.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 7.- Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento. 8.- Censos de Población y Vivienda de INEGI. 9.- Censo Agrícola, Ganadero y Forestal, INEGI. 10.- Manual del PROCYMAF y TDR para Elaboración ó Modificación de Reglamentos Internos ó Estatutos comunales de Ejidos y Comunidades. 11.- Guía para la Elaboración ó Modificación de Reglamentos ó Estatutos Internos en ejidos ó Comunidades.