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Manual Electoral Elecciones Generales y de Parlamento Andino 2011

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Page 1: Manual Electoral 2011

Manual Electoral

Elecciones Generales y de

Parlamento Andino 2011

Con el auspicio de:

Page 2: Manual Electoral 2011

ÍNDICE

Capítulo 1:¿Qué vamos a elegir este 10 de abril?

Capítulo 2:Actores electorales

Capítulo 3:Campaña electoral

Capítulo 4:El material electoral

Capítulo 5:El acto electoral

Capítulo 6:¿Cómo se cuentan los votos?

Capítulo 7:Delitos electorales

Capítulo 8:Nulidad de las elecciones

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1 1 ¿QUÉ VAMOS A ELEGIR ESTE 10 DE ABRIL?¿QUÉ VAMOS A ELEGIR ESTE 10 DE ABRIL?

“Los peruanos tenemos el derecho de elegir a nuestras autoridades, así como, el deber de informarnos acerca de quiénes son los candidatos y cuáles son sus propuestas para votar con

responsabilidad.”

El 10 de abril de 2011 se realizarán las elecciones del Presidente y Vicepresidentes del Perú, de los Congresistas de la República y de los representantes ante el Parlamento Andino.

El Presidente de la República del Perú es el Jefe de Estado. El mandato presidencial es de cinco años y NO HAY REELECCIÓN INMEDIATA.

¿Quién puede ser presidente?

Todo peruano de nacimiento, que haya cumplido los 35 años al momento de la postulación, que goce del derecho de sufragio y que sea postulado por una organización política debidamente inscrita.

PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES DEL PERÚPRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES DEL PERÚ

Las principales funciones del Presidente son:

Representar al Estado, dentro y fuera del Perú.Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y demás normas, así como las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales.Dirigir la política del gobierno. Nombrar al Presidente del Consejo de Ministros y, con acuerdo de éste, a los demás ministros.Proponer leyes al Congreso.Administrar la economía del país.Dirigir las relaciones internacionales.Ser el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y, como tal, dirigir el Sistema de Defensa Nacional.

Page 4: Manual Electoral 2011

¿Por qué motivos cesa en su cargo?

Por muerte. Por incapacidad moral o física, declarada por el Congreso. Por aceptación de su renuncia por el Congreso. Por salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro

del plazo fijado. Por destitución, tras haber sido sancionado por: traición a la patria, impedir las

elecciones, disolver el Congreso o impedir el funcionamiento de los organismos del sistema electoral.

Los actos del Presidente (a través de decretos legislativos, decretos supremos o resoluciones supremas) deben estar refrendados (firmados) por uno o más ministros.

Es la elección de los 130 representantes al Congreso de la República. Son elegidos a través de tu voto por un período de 5 años, con posibilidad de reelección inmediata. El Congreso ejerce el poder legislativo.

¿Quién puede ser congresista?

Puede postular todo peruano de nacimiento que haya cumplido 25 años al momento de presentar su candidatura, que goce del derecho de sufragio y que sea postulado por una organización política debidamente inscrita.

¿Qué actividades o cargos no puede ejercer mientras sea congresista?

Cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso.

Cualquier otra función pública, excepto la de Ministro de Estado. Gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista

mayoritario o miembro del Directorio de empresas que contratan con el Estado.

CONGRESISTAS DE LA REPÚBLICACONGRESISTAS DE LA REPÚBLICA

Las principales funciones de los Congresistas son:

Debatir y aprobar leyes;Fiscalizar los actos de la administración y autoridades del Estado;Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General de la República.

PARLAMENTO ANDINOPARLAMENTO ANDINO

Page 5: Manual Electoral 2011

El Parlamento Andino es un órgano que propone y discute normas con la finalidad de integrar económica y jurídicamente a los cuatro países que forman parte de la Comunidad Andina (Perú, Colombia, Ecuador y Bolivia). Está compuesto por 20 representantes en total, cinco miembros por cada país integrante.

El 10 de abril, elegirás a los 5 representantes peruanos, y 2 suplentes por cada titular, ante el Parlamento Andino, por un período de 5 años.

¿Quién puede ser representante ante el Parlamento Andino?

Puede ser candidato todo peruano de nacimiento, que haya cumplido los 25 años al momento de su postulación, que goce del derecho de sufragio y que sea postulado por una organización política debidamente inscrita.

Los candidatos a la Presidencia no pueden integrar la lista de candidatos al Congreso de la República ni al Parlamento Andino.

Los candidatos a las Vicepresidencias pueden, simultáneamente, integrar alguna lista de candidatos al Congreso de la República.

Los candidatos a congresistas pueden ser, simultáneamente, candidatos a representantes ante el Parlamento Andino.

Las principales responsabilidades de los parlamentarios andinos son:

Promover y orientar la integración andina;Solicitar información periódica a los órganos e instituciones de la Comunidad Andina;Proponer proyectos de normas sobre temas de interés común;Promover la armonización de legislaciones de los cuatro países miembros;Promover relaciones de cooperación y coordinación entre los parlamentos de los cuatro países.

Page 6: Manual Electoral 2011

2 2 ACTORES ELECTORALESACTORES ELECTORALES

Durante la jornada electoral de este 10 de abril de 2011 encontrarás una serie de personas que, junto a los representantes de los organismos electorales, desempeñan funciones importantes y distintas para el desarrollo de la elección como los electores, personeros, miembros de mesa, Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.

Están encargados de garantizar que las elecciones traduzcan la expresión auténtica y libre de los ciudadanos a través de la votación.

Los organismos electorales son autónomos. No dependen de ningún poder del Estado o institución pública y lo conforman las siguientes instituciones:

Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE Jurado Nacional de Elecciones - JNE

Estructura operativa de los organismos electorales

Órganos permanentes

JNE

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

ONPE

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

RENIEC

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL

Administrar justicia electoralOrganizar y ejecutar los procesos

electorales

Preparar y mantener actualizado el padrón electoral en

coordinación con la ONPE

Fiscalizar la legalidad del proceso electoral

Dictar disposiciones para mantener el orden y la protección de las personas

Entregar el Documento Nacional de Identidad

ORGANISMOS ELECTORALESORGANISMOS ELECTORALES

Page 7: Manual Electoral 2011

durante los comicios

Crear los Jurados Electorales Especiales cada vez que exista un proceso electoral

Capacitar a los miembros de mesa y a la ciudadanía en general

Proclamar los resultados o declarar la nulidad del proceso electoral.

Obtener los resultados de los procesos electorales y remitirlos al JNE

Órganos Temporales

JEE

JURADO ELECTORAL ESPECIAL

ODPE

OFICINA DESCENTRALIZADA DE PROCESOS ELECTORALES

RENIEC

OFICINAS REGIONALES PERMANENTES

Administrar justicia electoral en primera instancia

Ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos

electorales Solucionar los problemas relacionados con la pérdida, robo o

deterioro de los documentos de identidad

Declarar en primera instancia la nulidad de un proceso electoral

Designar a los miembros de mesa, entregarles sus

credenciales y capacitarlos

Fiscalizar la legalidad del ejercicio del voto y de la realización de los procesos

electorales

Determinar los locales de votación y distribución de las

mesas de sufragio

Inscribir las listas de candidatos al Congreso de la República.

Proclamar los resultados de un proceso electoral en su jurisdicción

Entregar las actas y demás materiales necesarios para el acto

electoral

Procesar los resultados electorales

ELECTORESELECTORES

Page 8: Manual Electoral 2011

Todos los ciudadanos en goce de su capacidad civil, que tengan Documento Nacional de Identidad (DNI) tienen el deber de votar en las elecciones del 10 de abril.

A partir de los 70 años el voto es voluntario.

¿Qué pasa si el elector no vota este 10 de abril?

En nuestro país, el voto es obligatorio. Si no votas, deberás pagar una multa.

El valor de la multa va a depender del distrito en donde vives:

- En distritos considerados “NO POBRES”: S/. 72.00

- En distritos considerados “POBRE NO EXTREMO”: S/. 36.00

- En distritos considerados “POBRE EXTREMO”: S/. 18.00

Para saber el valor de la multa que deberás pagar si no votas, consulta a la ODPE más cercana (correspondiente a tu distrito).

Además, todo elector debe revisar la lista de miembros de mesa que publica la ONPE para verificar si fue elegido en el sorteo para asumir el cargo.

Los miembros de mesa son ciudadanos elegidos mediante un sorteo público, y el día de las elecciones son la máxima autoridad de la mesa de votación. Tienen un rol fundamental durante el proceso electoral: son los encargados de instalar la mesa de votación, manejar todo el material electoral y conducir el proceso de votación. Además, deben ser los primeros en votar.

¿Quiénes integran la mesa electoral?

Está integrada por tres miembros titulares: presidente, secretario y tercer miembro, y tres suplentes quienes reemplazan a los titulares ausentes. Si al instalarse la mesa no se completa con sus titulares o suplentes, los electores de esa mesa de sufragio son llamados a formar parte de la mesa, sin poder negarse.

Deberes y funciones

Para saber si tu DNI tiene multas pendientes, consúltalo en:

http://www.web.onpe.gob.pe/omisos/e_omisos_web.php

MIEMBROS DE MESAMIEMBROS DE MESA

Page 9: Manual Electoral 2011

Antes de las elecciones:

o Recoger su credencial en la sede de la ODPE correspondiente al domicilio consignado en su DNI, y capacitarse.

Esto es importante para la celeridad de la jornada electoral

En la instalación de la mesa:

o Llegar a las 7:30 a.m. al local de votación y firmar la lista de asistencia (titulares y suplentes).

o Revisar el material electoral y asegurarse de que están en perfecto estado. o Instalar la mesa de sufragio y acondicionar el local de votación.o Llenar el Acta de Instalación.

Sólo los miembros de mesa pueden manipular el material electoral

Durante la votación:

o Los miembros de mesa (titulares y suplentes) deben ser los primeros en votar.o Conducir el desarrollo de la votación. o Llenar el Acta de Sufragio.

Durante el escrutinio:

o Realizar el escrutinio o conteo de votos.o Llenar el Acta de Escrutinio y firmar las actas.o Registrar los resultados y pegarlos fuera del local de votación.o Hacer entrega de las actas y los materiales al coordinador de la ONPE.

Los miembros de mesa deben:

Estar presentes durante toda la jornada electoral. Resolver cualquier asunto por mayoría y con autonomía. Brindar trato preferencial a los adultos mayores, las mujeres

embarazadas y las personas con discapacidad. Brindar facilidades a los miembros de las FFAA y la PNP en actividad

para el voto rápido.Inasistencia de miembro de mesa

Page 10: Manual Electoral 2011

No cumplir o resistirse a asumir el cargo de miembro de mesa, también se encuentra sancionado con una multa.

Inasistencia o negativa a integrar la mesa de sufragio:

Multa de S/. 180.00 (5% de la UIT).

El miembro de mesa sorteado que tiene más de 70 años de edad y no asiste:

No debe pagar multa

Elector (no sorteado) de la cola se niega a integrar la mesa de sufragio:

Multa de S/. 180.00 (5% de la UIT).

El personero es el ciudadano que vela y representa los intereses de determinada organización política en el desarrollo de un proceso electoral. Están encargados de presenciar y fiscalizar todos los actos del proceso y de la jornada electoral. Para ello, deben presentar su credencial cuando les sea solicitada.

Las organizaciones políticas deben procurar que la convocatoria de sus personeros sea lo más inclusiva posible: hombres, mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, de toda clase social y raza, y si es necesario idioma. Debido a que es una oportunidad para promover la participación ciudadana.

Tipos de personeros

Personero: Es…

Legal (Titular o Alterno)… el máximo representante de la organización política ante el JNE y los JEE.

Técnico… el especialista en informática; fiscaliza los programas electorales y el cómputo de los resultados.

De local de votación… el encargado de coordinar las actividades con los personeros de mesa, dentro del centro de votación.

De Mesa de Sufragio… el que presencia y fiscaliza todos los actos de la jornada electoral en la mesa de sufragio.

Deberes y funciones de los personeros de Mesa de sufragio:

PERSONEROSPERSONEROS

Page 11: Manual Electoral 2011

En la instalación:

o Verificar que el material electoral esté completo, sin tocarlo.o Asistir a la preparación y acondicionamiento de la cámara secreta.o Verificar la firma del presidente de mesa en todas las cédulas de sufragio, y

firmarlas si así lo desea.o Firmar el Acta de Instalación.

Durante el sufragio:

o Verificar que los electores ingresen solos a la cámara secreta, salvo el caso de personas con discapacidad que soliciten estar acompañadas.

o Impugnar la identidad del elector.o Firmar el Acta de Sufragio.

Durante el escrutinio:

o Presenciar el conteo de votos y el registro de los resultados.

o Examinar el contenido de las cédulas leídas.o Impugnar la validez de uno o varios votos luego de

su revisión por los miembros de mesa.o Apelar las decisiones de la mesa para que sean

resueltas por el JEE.o Formular algún reclamo y anotarlo en el formato

de observación o reclamos al escrutinio.o Recibir un ejemplar del Acta Electoral (su principal

derecho).

Los personeros de mesa pueden acreditarse y vigilar más de una mesa de sufragio el día de la elección, pero no puede haber más de un personero de la misma organización política por mesa.

Los personeros de mesa pueden hacer constar cualquier irregularidad, debiendo anotarla en el Acta Electoral, de lo contrario se considera inexistente.

Las impugnaciones realizadas en mesa deben ser suscritas por el personero que las realice. En caso de que sean declaradas improcedentes el personero deberá pagar una multa de S/. 72.00 (2% de la UIT)

Prohibiciones

Los personeros no pueden:

Interrogar a los electores sobre sus preferencias electorales. Manipular material electoral. Realizar propaganda política dentro o fuera del local de votación. Interrumpir el escrutinio o solicitar la revisión de decisiones adoptadas por la mesa de

sufragio cuando no se encontraba presente.

Page 12: Manual Electoral 2011

En cualquiera de los casos antes mencionados, los miembros de mesa, unánimemente, pueden retirar al personero de la mesa.

Desde la promulgación de la Resolución Nº 317-2005-JNE, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú tienen derecho a voto, pero no pueden ser candidatos ni participar en actividades proselitistas.

Deberes y funciones el día de las elecciones:

Prestar el auxilio que garantice el normal funcionamiento de las mesas de sufragio. Mantener el libre tránsito de los electores desde el día anterior a la elección y durante las

horas de sufragio. Impedir que haya presión, disuasión, sometimiento, soborno u otra acción que tienda a

coactar la libertad del elector. Facilitar el ingreso de los personeros a los locales de votación. Custodiar los locales donde funcionen los órganos electorales y las oficinas de correos. Hacer cumplir las disposiciones que adopten las autoridades electorales (ONPE, JNE, miembros

de mesa)

Prohibiciones

o Detener a electores, miembros de mesa y personeros desde 24 horas antes hasta 24 horas después del día de la elección, salvo flagrante delito.

o Proporcionar cualquier tipo de información del proceso electoral.o Ser designados miembros de mesa.o Portar armas. La ONPE habilitará un ambiente en cada local de votación donde se custodiarán

armas.o No pueden votar más de 20 miembros de las FFAA o PNP en un mismo grupo de votación.

Los miembros de las FFAA y la PNP:

Pueden vestir uniforme cuando van a votar. Tienen derecho al voto “rápido”: no hacen cola. Se identifican con el DNI.

Son ciudadanos mayores de 18 años, expertos electorales, encargados de vigilar la jornada electoral y de orientar y dar información a los ciudadanos que lo requieran.

No podrán ser observadores electorales los candidatos, personeros, militantes o afiliados a organizaciones políticas, o funcionarios de los organismos electorales.

OBSERVADORES ELECTORALESOBSERVADORES ELECTORALES

FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL DEL PERÚFUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

Page 13: Manual Electoral 2011

Deberes de los observadores electorales

Respetar Constitución Política del Perú, los tratados internacionales, leyes y demás disposiciones en materia electoral.

Respetar las funciones y la autoridad de los funcionarios electorales. Actuar de manera independiente, transparente, objetiva e imparcial durante el

desempeño de sus funciones. Informar a las autoridades competentes de todas las actividades delictivas relacionadas

con el proceso electoral, así como de las violaciones a la ley electoral que fueran de su conocimiento.

Informar a las autoridades electorales de cualquier anomalía o queja que observaran o recibieran durante el proceso electoral.

Documentar sus observaciones.

Derechos de los observadores electorales

Los observadores electorales tienen derecho a presenciar, respecto al acto concreto de la elección, los siguientes actos:

a. Instalación de la mesa de sufragio. b. Acondicionamiento de la cámara secreta. c. Verificación de la conformidad de las cédulas de votación, las actas, las ánforas, los sellos

de seguridad y cualquier otro material electoral.d. Verificación de los programas de cómputo.e. Desarrollo de la votación.f. Escrutinio y cómputo de la votación.g. Colocación de los resultados en lugares accesibles al público.h. Traslado de las actas electorales por el personal correspondiente.

Prohibiciones Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones. Hacer proselitismo a favor o en contra de una organización política, alianza electoral o

candidato. Ofender, difamar o calumniar a las instituciones o autoridades electorales,

organizaciones políticas o candidatos. Declarar el triunfo de organización política alguna. Manipular el material electoral.

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3 3 CAMPAÑA ELECTORALCAMPAÑA ELECTORAL

Es el conjunto de actividades (reuniones, manifestaciones públicas, elaboración de planes o materiales, propaganda electoral, etc.) que las organizaciones políticas realizan durante un período electoral determinado

Propaganda electoral

Es toda acción destinada a persuadir a los electores para que voten a favor de una determinada organización política, candidato, lista u opción en consulta, con la finalidad de conseguir un resultado electoral. Solo puede ser efectuada por las organizaciones políticas o terceros.

Formas de propaganda electoral

Mensajes exhibidos o distribuidos a través de los siguientes medios:

Letreros, carteles, paneles, pancartas, banderas, anuncios luminosos, altoparlantes, boletines, folletos, afiches, pósteres, volantes, panfletos, camisetas u otra indumentaria, calendarios, pines llaveros, lapiceros u otros útiles, diarios, revistas periódicas o no, televisión de señal abierta o cerrada, radiodifusión, internet y cualquier otro.

¿Cuándo termina la campaña electoral?

7 de abril (a las 11:59 p.m. del

jueves)Para toda reunión o manifestación pública de carácter político y electoral.

8 de abril (a las 11:59 p.m. del

viernes)

Para toda clase de propaganda electoral, inclusive el uso de banderas, vestimenta, divisas u otros distintivos o indumentaria conteniendo propaganda electoral, hasta un día después.

¿Dónde no es posible difundir

propaganda

a. Locales de las FF.AA. y P.N.P.b. Colegios y escuelas estatales y particulares.c. Locales de colegios profesionales.

Page 15: Manual Electoral 2011

electoral?

d. Oficinas públicas y entidades oficiales.e. Locales de sociedades públicas de beneficencia.f. Iglesias de cualquier credo.g. Locales u oficinas de municipalidades.h. Cualquier entidad pública

Propaganda electoral prohibida

a. Emplear pintura en las calzadas y muros de predios públicos ni se puede usar postes de alumbrado público.

b. Usar propaganda sonora desde el espacio aéreo.

c. Invocar temas religiosos de cualquier credo

d. Usar estructuras arqueológicas o monumentos históricos prehispánicos.

e. Usar o apelar a actos o palabras que atenten contra la dignidad de los candidatos patrocinados por las organizaciones políticas.

f. No pueden utilizar los inmuebles considerados bienes culturales, salvo que se instalen paneles con la autorización del INC.

g. Aquella dirigida a provocar la abstención electoral

La destrucción, anulación, interferencia, deformación o alteración de la propaganda electoral también se encuentra prohibida y sancionada como un delito electoral.

Límite a la publicidad diaria de cada organización

política

Cada partido sólo puede contratar hasta cinco minutos de publicidad en cada estación de radio y televisión.

La publicidad de este tipo sólo puede ser contratada por el tesorero de cada partido o alianza.

Los informes de gastos de campaña electoral deben ser presentados en el plazo de 60 días contados desde la proclamación de resultados oficiales del proceso electoral.

¿Qué recursos otorgan las

municipalidades para la campaña

electoral?

Las municipalidades provinciales y distritales procuran establecer lugares hábiles para instalar en sus jurisdicciones, paneles, carteles, convenientemente ubicados para la difusión o exhibición de propaganda electoral con iguales espacios para todas las opciones.

Las municipalidades procurarán establecer los lugares públicos donde las opciones políticas podrán realizar reuniones o mítines.

¿Qué recursos otorga el Estado para la campaña

Desde los 30 días anteriores y hasta dos días previos al acto electoral, el Estado otorga a cada una de ellas una FRANJA ELECTORAL, es decir, espacios

Page 16: Manual Electoral 2011

electoral? gratuitos en los medios de comunicación públicos y privados.

¿Qué pueden hacer los partidos políticos y las alianzas electorales en materia de propaganda, sin tener que solicitar permiso a las autoridades políticas o municipales ni pagar tasas o arbitrios?

Exhibir letreros, carteles, paneles, pancartas, anuncios luminosos y banderas en las fachadas de los inmuebles o locales de propiedad o posesión de organizaciones políticas.

Instalar altoparlantes en locales políticos y en vehículos especiales que gozan de libre tránsito en todo el territorio nacional, de propiedad o posesión de las organizaciones políticas, siempre y cuando no funcionen entre las 8:00 p.m. y 8:00 a.m. La autoridad municipal respectiva regula la intensidad del sonido de los mismos.

Distribuir en la vía pública boletines, folletos, afiches, pósteres, volantes, camisetas, calendarios, llaveros, lapiceros u otros útiles e instrumentos similares. La colocación de carteles en la vía pública sólo podrá hacerse en los sitios que determine la autoridad municipal. La colocación de o pegamento de afiches, pósteres, panfletos y otras imágenes en la vía pública SÓLO está permitida en los paneles especiales ubicados por las autoridades municipales.

Exhibir carteles o avisos colocados en predios públicos y privados, previa autorización del propietario y registrándose ante la PNP del lugar. En locales públicos es necesaria la autorización del órgano representativo de la entidad propietaria.

Emitir publicidad en los medios de comunicación escritos, audiovisuales e internet. Deben regir iguales condiciones para todos los partidos y candidatos.

¿Qué requisitos deben cumplir las manifestaciones

políticas en lugares públicos?

Se debe avisar por escrito con 48 horas de anticipación a la autoridad política del lugar.

Se debe indicar en el aviso: lugar, hora, recorrido y objeto de la manifestación.

No pueden realizarse frente a cuarteles de las FFAA, PNP o locales de agrupaciones políticas distintas.

¿... y en lugares privados? Las reuniones dentro de una propiedad privada no requieren de ningún

tipo de aviso

¿Y cuando acaben las elecciones?

Los partidos políticos y las alianzas electorales tienen hasta 60 días para retirar o borrar su propaganda electoral, por cuenta y gastos propios, bajo pena de multa fijada por la autoridad municipal.

4 4

Page 17: Manual Electoral 2011

EL MATERIAL ELECTORALEL MATERIAL ELECTORAL

Es el conjunto de documentos y materiales elaborados por la ONPE con la finalidad de asegurar el buen funcionamiento de las mesas de sufragio.

¿Cuándo distribuye la ONPE el material

electoral?

A partir del 11 de marzo

(dentro de los 30 días anteriores a la fecha de las elecciones)

ONPE

ODPE

Coordinadores de ONPE

Mesas de Sufragio

El material electoral es propiedad de la ONPE y de uso exclusivo para el proceso electoral.

ESTÁN PROHIBIDOS su uso y comercialización. En caso se trate de material sobrante después de las elecciones, la ONPE decide su destino.

Lista de Materiales Electorales de la ONPE

Materiales Uso

Hojas de identificación de la mesa

Para pegar en la entrada del local de votación y en la mesa.

Relación de electoresPara pegar en la entrada del local de votación y para que los miembros de mesa ubiquen a los electores antes de darles la cédula.

Listas de ElectoresPara que los electores firmen e impriman su huella digital luego de votar.

Actas Electorales Documentos donde se registran los datos de la instalación, sufragio y escrutinio.

Page 18: Manual Electoral 2011

Paqu

ete

de in

stal

ació

n

Acta

Padr

óHojas Borrador para el escrutinio

Para realizar el conteo de votos.

Cédulas de sufragio Documento donde se emite el voto.

Cartilla de instrucciones para miembros de mesa

Material de instrucción de la ONPE.

Cartilla de HologramasCalcomanías para pegar sobre los DNI como constancia de sufragio.

Etiquetas autoadhesivas para cierre de cédulas

Para cerrar las cédulas.

Paqu

ete

de Tampón para huella digital Para poner la huella del dedo índice derecho al lado de la firma.

Lapiceros Todos los electores votan y firman con ellos.

Cinta adhesiva de seguridad Para cerrar el ánfora y pegar los carteles.

Paqu

ete

de E

scru

tinio

Etiquetas autoadhesivas para protección de resultados de actas electorales.

Para pegar sobre las actas de escrutinio.

Sobres plásticos con letras de distintos colores

Para introducir y remitir actas y otros documentos a los distintos organismos

Etiquetas de seguridad para el cierre de sobres plásticos.

Para asegurar las actas y el contenido de cada sobre.

Sobres de impugnación de cédula o voto.

Donde se guardarán las cédulas impugnadas.

Cartel de resultados Se pega en un lugar visible luego del escrutinio.

Verifi

car

Cartel de Candidatos Para pegar dentro de la cámara secreta.

Cabina de votaciónSe coloca en la cámara secreta, para asegurar la confidencialidad del voto.

Mat

eria

l ÁnforaDonde se depositan los votos y donde es entregado todo el material electoral.

Sobres de impugnación de identidad Contendrá el DNI de electores cuya identidad sea impugnada.

Page 19: Manual Electoral 2011

Adic

iona

lCargos de retención de DNI Se entregan a los electores cuya identidad ha sido impugnada.

Hojas de observaciones Para anotar irregularidades.

Sobres de observaciones Donde se guardan las hojas de observaciones.

Constancia de asistencia al sufragio Para electores que no figuren en la lista.

Cargo de entrega de material electoral y sobres plásticos de

colores

Certifica la entrega de documentos por el presidente de mesa al coordinador de la ODPE.

Desde que el material es entregado a los miembros de mesa, sólo éstos pueden manipularlo hasta su entrega al coordinador de la ODPE al terminar la jornada electoral.

Las cabinas de votación y los carteles de candidatos son dispuestos por los coordinadores de la ODPE la noche anterior al acto electoral. Los miembros de mesa sólo deben verificar que estén implementados y, de no estarlo, solicitar a los coordinadores su acondicionamiento.

Los materiales que no se encuentren en el ánfora y que precisen los miembros de mesa a lo largo de la jornada, deben ser solicitados a los coordinadores de la ODPE.

Carteles de candidatos Son aquellos documentos que contienen la relación de todas las fórmulas presidenciales, listas de candidatos al Congreso y listas de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino.

¿Dónde son colocados?Se distribuyen en todo el país, y se fijan en las oficinas y lugares públicos, desde 15 días antes de la fecha de elecciones.El día de las elecciones son fijados obligatoriamente en los locales de votación y dentro de las cámaras secretas, bajo responsabilidad de los miembros de mesa.

¿Todos los carteles son iguales?No, los carteles de las planchas presidenciales y de los representantes ante el Parlamento Andino serán los mismos en todo el país. En el caso de los carteles de listas de candidatos al Congreso, éstos serán de acuerdo a los candidatos y partidos que se presenten por cada Distrito Electoral.

Acta ElectoralEs el documento más importante del proceso electoral, donde se registran los hechos y actos que ocurren en cada mesa de sufragio, desde la instalación hasta el cierre de la votación. Habrá un acta electoral por cada elección y deberán llenarse 5 ejemplares de cada una.

Page 20: Manual Electoral 2011

¿Cuántas partes tiene el Acta Electoral?Consta de tres partes o secciones: Acta de Instalación, Acta de Sufragio y Acta de Escrutinio.

Cédula de SufragioEs el documento a través del cual el elector expresa su voto. Contiene la lista de partidos políticos y alianzas electorales con sus respectivos signos distintivos (nombres, símbolos y/o fotos de los candidatos a la presidencia).

¿Cómo será la cédula este 10 de abril?En las elecciones del 10 de abril habrá una sola cédula de sufragio, que estará dividida en tres cuerpos: Uno será para la elección presidencial, otro para la elección de congresistas, y otro para la elección de representantes ante el Parlamento Andino.

Modelo cédula primera vuelta

Puedes marcar por una organización política para Presidente y Vicepresidente, por una distinta para Congresista y por otra distinta para el representante del Parlamento Andino (VOTO CRUZADO).

En las elecciones del Congreso y del Parlamento Andino podrás colocar el número de uno o dos candidatos de tu preferencia de una sola lista para cada elección (VOTO PREFERENCIAL).Si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta, habrá una segunda elección, dentro de los treinta días siguientes a la proclamación de los resultados oficiales, entre los candidatos que han obtenido las dos primeras votaciones.

Page 21: Manual Electoral 2011

Modelo cédula segunda vuelta

5 5 EL ACTO ELECTORALEL ACTO ELECTORAL

Es el conjunto de actividades que se realiza el día de las elecciones en las mesas de sufragio. Comprende los siguientes momentos:

INSTALACIÓN DE MESAINSTALACIÓN DE MESA

Page 22: Manual Electoral 2011

Conformación de la mesa

7:30 a.m. Llegada de los miembros de mesa (titulares y suplentes) al local de votación. Deben identificarse con su DNI y su credencial de miembros de mesa.Instalación de la mesa con los 3 miembros presentes: presidente, secretario y tercer miembro.

8:00 a.m. Se abre el local de votación y se da inicio al sufragio.8:30 a.m. Tiempo máximo de espera para los miembros de mesa designados por la ONPE.12:00 a.m. Hora máxima de instalación

Revisión de los materiales electorales

El presidente con ayuda de los otros miembros de mesa abre el ánfora y verifica los materiales electorales. Si algún material falta o se encuentra deteriorado, se debe solicitar el faltante o su reemplazo al coordinador de la ONPE.

Verificación de los hologramas

Los observadores y los personeros deben acreditarse ante los miembros de mesa y el coordinador de la ONPE.

Los observadores y los personeros deben acreditarse ante los miembros de mesa y el coordinador de la ONPE.

¿Qué pasa si después de las 8:30 no llegan los miembros de mesa titulares?

Si falta uno o más titularesLa mesa se completa con suplentes. Si falta el presidente, lo reemplaza el secretario; si falta éste, lo reemplaza el tercer miembro, y así

sucesivamente.Si faltan miembros para completar la mesaQuien asuma la presidencia la completa designando a los electores de la cola, de preferencia quienes tengan mayor

grado de instrucción. Para ello cuenta con el apoyo de las FFAA y la PNP.Si no hay miembros titulares ni suplentesEl presidente de la mesa que antecede o sigue en numeración designa a los miembros entre los electores de la cola de la mesa no

instalada.Si no hay presidentes de mesa que designenEl coordinador de la ONPE designa entre los electores de la cola quiénes conformarán la mesa.

Page 23: Manual Electoral 2011

El presidente de mesa, en presencia del coordinador de la ONPE, debe contar y anotar en las cartillas de hologramas la cantidad de hologramas recibidos, y firmar la conformidad de recepción de hologramas.

a. Si faltan hologramas: Se deberá solicitar el faltante al coordinador de ONPE y anotar el hecho en el Acta de Instalación

b. Si sobran hologramas: Se deberá anotar el hecho en el Acta de Instalación.

Acondicionamiento del salón de votación y de la cámara secreta

A. De la cámara secreta

Los miembros de mesa deben:

Ubicar la cámara secreta de manera que se encuentre aislada de cualquier interferencia externa, para garantizar el voto libre y secreto. Debe haber una cámara por cada mesa de sufragio.

Asegurarse que el cartel de candidatos se encuentre colocado dentro de la cámara secreta.

B. Del salón de votación

Los miembros de mesa deben:

Armar el (las) ánfora(s) de votación y colocarla(s) en la mesa. Pegar la primera hoja de identificación de la mesa y la relación de electores fuera del salón

de votación. Pegar otra hoja de identificación de la mesa delante de ésta.

Registro de Asistencia

Los miembros titulares y suplentes, que llegaron hasta las 8:30 a.m., deben llenar la Hoja de Control de Asistencia.

Si la mesa estuviera conformada por electores de la cola, éstos deben registrar su asistencia en la Relación de miembros de mesa no sorteados.

Se coloca la palabra FALTÓ en la Hoja de Asistencia, al lado de los nombres de los miembros de mesa sorteados que no asistieron hasta las 8:30 a.m.

Firma de Cédulas

Cada una de las cédulas deben ser firmadas por el presidente de mesa. La firma garantizará la validez de las cédulas.

Los observadores y los personeros pueden presenciar este acondicionamiento.

Page 24: Manual Electoral 2011

Los personeros también pueden firmarlas.

Llenado del Acta de Instalación

Se debe tener en cuenta lo siguiente:

La hora de instalación Las personas que conforman la mesa El estado del material electoral La cantidad de cédulas recibidas Observaciones a la instalación (motivos que la hayan retrasado, etc.)

Inicio del sufragio

Una vez instalada la mesa, los primeros en votar son los miembros de mesa (titulares y suplentes).

Los miembros suplentes, después de votar, pueden retirarse. Pueden votar los personeros que hayan estado presentes en la instalación y cuyo grupo de

votación pertenece a la mesa.

Pasos que sigue el elector durante el sufragio:

1. Llega al local de votación entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.2. Muestra su DNI para ingresar.3. Ubica su mesa de votación y se dirige a ella.4. Verifica su nombre en la Relación de Electores situada a la entrada del salón de votación.5. Se acerca a la mesa de sufragio y se identifica con su DNI.6. El presidente de mesa comprueba que los datos del elector figuren en la Lista de Electores

de la mesa.7. El elector recibe su(s) cédula(s) de sufragio y revisa su buen estado: que tenga la firma del

presidente de mesa, que no esté marcada ni deteriorada.8. Se dirige a la cámara secreta y emite su voto. Tiene 1 minuto para hacerlo.

Pueden firmar el Acta de Instalación los personeros que deseen.Antes de empezar el sufragio, deben llenar las 5 Actas de Instalación.

Los electores invidentes y discapacitados pueden ingresar a la cámara secreta acompañados por una persona de su confianza.

INSTALACIÓN DE MESAINSTALACIÓN DE MESA

Page 25: Manual Electoral 2011

9. Deposita su voto en el (las) ánfora(s).10. Firma y coloca su huella digital de su dedo índice derecho en la Lista de Electores. Si no

sabe firmar coloca su huella también en el espacio correspondiente a la firma.11. Verifica la colocación del holograma en su DNI.

RECUERDA

Los adultos mayores, discapacitados y mujeres embarazadas tienen atención preferente para votar.

Los miembros de las FFAA y la PNP (uniformados o identificados) tienen derecho al voto rápido (no hacen cola).

Situaciones especiales durante el sufragio

¿Qué pasa si… Solución

… los datos del elector no aparecen en la Lista de Electores?

El elector NO VOTA. El presidente de mesa solicita al coordinador de la

ONPE una Constancia de Asistencia, que se le entrega al elector, para que pida al JEE una dispensa por no votar.

Se anota el hecho en Observaciones de la Lista de Electores.

… el elector no fue identificado plenamente por el presidente de mesa por un error en la Lista de Electores?

… el número de DNI aparece como cancelado en la Lista de Electores?

… el elector pretende votar por otro, presentando un DNI que no le

corresponde?

El elector NO VOTA. El presidente de mesa retiene el DNI, lo introduce en el

Sobre de Impugnación de Identidad por supuesta Suplantación, y se envía al Fiscal Provincial de turno.

Entrega al elector el cargo por retención de DNI por supuesta suplantación.

Comunica al personal de la PNP o de las FFAA para que lo detenga.

Registra el hecho en Observaciones del Acta de Sufragio.

… otro elector ha votado con el mismo número de DNI?

El elector SÍ VOTA. El presidente de mesa comprueba la identidad del

elector. Escribe el nº de DNI y el nombre en el espacio de

Observaciones, al final de la Lista de Electores, y en ese lugar el elector coloca su firma y su huella digital.

Page 26: Manual Electoral 2011

Impugnación de identidad

Si un personero tiene dudas sobre la identidad de un elector, porque los datos de su DNI no corresponden con sus características físicas, éste puede impugnar la identidad del elector.

En ese caso, los miembros de mesa deben resolver inmediatamente, por mayoría:

Si resuelven que no hay dudas sobre la identidad del elector y el personero no rechaza la decisión de la mesa:

El elector VOTA normalmente.

Si el personero insiste en impugnar, o

Los miembros de mesa aceptan la impugnación:

El elector VOTA La cédula de sufragio con el DNI del elector se

introduce en el Sobre de Impugnación de Identidad*, de color celeste.

El sobre se coloca en el ánfora y se considera como voto impugnado.

Se le da al elector una constancia de retención de DNI.

Se anota el hecho en las Observaciones del Acta de Sufragio.

Término de la votación

La votación termina cuando:

Todos los electores de la mesa han votado. Cuando a las 4:00 p.m., se cierra el local de votación, y sólo votan los electores que ya se

encuentran dentro del local.

Finalizada la votación, el presidente de mesa:

Cuenta el número de votantes en la Lista de Electores y consigna el total de ciudadanos que votaron en el Acta de Sufragio.

Se escribe NO VOTÓ en cada espacio de la Lista de Electores, donde debió ir la firma de electores que no votaron.

*El sobre de Impugnación de Identidad debe estar firmado por el personero que realizó la impugnación.

Si el JEE declara infundada la impugnación, el personero tendrá que pagar una multa de S/. 72.00 (2% de la UIT)

Page 27: Manual Electoral 2011

Verifica que la cantidad de hologramas sobrantes sea igual al número de electores que no votaron, y los pega en la cartilla de hologramas.

Firma al final de la última página de la Lista de Electores y la guarda en el sobre plástico de color naranja.

Cuenta la cantidad de cédulas no utilizadas y anota el número en el Acta de Sufragio. De haber ocurrido algún problema, anota las observaciones. Anota la hora de término de la votación. Los miembros de mesa firman el Acta de Sufragio, colocando su nombre y DNI. Los

personeros que deseen firmar el Acta, pueden hacerlo.

Es un acto público, por lo que puede ser presenciado por cualquier ciudadano. Una vez iniciado, no puede ser interrumpido.

Pasos a seguir durante el escrutinio

Los pasos del 1 al 4, se realizan una sola vez y al inicio de todos los actos de escrutinio:

1. Se abre el ánfora y se sacan las cédulas y los Sobres de Impugnación de Identidad (si los hubiera).

2. Se cuentan las cédulas usadas, sin abrirlas, verificando que tengan la firma del presidente de mesa. Se comprueba que el total de cédulas sea igual al número de electores que votaron. Se cuentan los sobres con los votos impugnados, si hubieran.

3. Se separan los Sobres de Impugnación de Identidad.

4. Se retiran las etiquetas de las cédulas y se abren una por una.

Los siguientes pasos, del 5 al 18 se repiten para cada una de las elecciones:

¿Qué sucede si….

… hay más cédulas que votantes? Se separa al azar el excedente y se destruyen. El hecho se anota en las Observaciones del Acta de Escrutinio.

… hay menos cédulas que votantes? Se continúa con el escrutinio y el hecho se anota en las Observaciones del Acta de Escrutinio.

Antes de iniciar el escrutinio, los miembros de la mesa deben llenar las 5 Actas de Sufragio

ESCRUTINIO O CONTEO DE VOTOSESCRUTINIO O CONTEO DE VOTOS

Page 28: Manual Electoral 2011

5. Se revisa el contenido de cada cédula, leyendo en voz alta cada uno de los votos y permitiendo que los personeros observen su validez. En este momento los personeros pueden poner en duda la validez de los votos, e impugnar.

6. Se anota en la Hoja Borrador (según sea el caso: Presidencial, Congresal o Parlamento Andino) el contenido de cada uno de los votos de cada agrupación política con un palote hasta formar grupos de cinco.

7. Se suma y coloca el total de votos en el recuadro Total de votos emitidos de la Hoja Borrador que corresponda.

8. Se verifica que el Total de votos emitidos sea igual a la suma de votos válidos, votos en blanco, votos nulos y Sobres de Impugnación.

9. Se escribe en la Hoja Borrador el Total de ciudadanos que votaron, que figura en el Acta de Sufragio, y que debe ser igual al Total de votos emitidos.

10. Terminado el conteo se trasladan los resultados al Acta de Escrutinio, según el lado que corresponda (Presidencial, Congresal o Parlamento Andino).

Llenado del Acta de Escrutinio

El presidente de mesa debe:

Escribir la hora de inicio del escrutinio.Anotar el Nº de votos por cada organización política, el Nº

de votos en blanco, votos nulos, votos impugnados, y por último el total de votos emitidos,

De haber ocurrido algún hecho o problema, se anota en las Observaciones.

IMPUGNACIÓN DE VOTOS O CÉDULAS

¿Qué sucede si…Solución… un personero o miembro de mesa impugna un voto?Se sigue el criterio que adopte la mesa por

mayoría.… el personero insiste en impugnar el voto, o los miembros de mesa aceptan la impugnación?

Se guarda el voto en el Sobre de Impugnación de voto (sobre celeste).

Se cuenta como voto impugnado.Se anota el hecho en las Observaciones del Acta de Escrutinio.

Page 29: Manual Electoral 2011

Los siguientes pasos, del 11 al 18, se realizan al finalizar todos los conteos:

11. Se escribe la hora de término del escrutinio.

12. Los miembros de mesa firman el Acta de Escrutinio, anotando sus nombres, DNI y huella digital.

13. Los personeros que lo deseen firman el Acta de Escrutinio.

14. Se coloca la etiqueta autoadhesiva transparente para proteger los resultados del Acta de Escrutinio.

15. Se llenan las Actas Electorales que serán dirigidas a la ODPE (sobre plomo), ONPE (sobre rojo), JEE (sobre celeste), JNE (sobre verde) y al representante de organizaciones políticas (sobre morado) y se colocan en los sobres plásticos respectivos, cerrándolos con las etiquetas correspondientes.

16. Se destruyen las cédulas utilizadas y se colocan en el ánfora las que no se usaron.

17. Se registran los datos en los Carteles de Resultados (según la elección) y se pegan afuera del salón de votación.

18. Se entrega un Acta Electoral sin sobre al personero que lo solicite.

Finalizado el escrutinio, los miembros de mesa hacen entrega al coordinador de la ONPE los 5 sobres plásticos con las Actas Electorales, el sobre plástico naranja y el material electoral.

El presidente de mesa y el coordinador de la ONPE deben firmar un Cargo de Entrega de Actas, material electoral y Cartilla de Hologramas, en señal de conformidad de recepción y entrega.

Recibidos los sobres, el coordinador de la ONPE los clasifica en el Centro de Acopio y los traslada al Centro de Cómputo para su procesamiento.

¿CUÁNDO UN VOTO ES VÁLIDO?

¿CÓMO VOTAR CORRECTAMENTE?

Para votar correctamente, tienes que marcar con un aspa (x) o una cruz (+) dentro del recuadro que simboliza la opción de tu preferencia. Ejemplos de votos válidos:

Los personeros y observadores pueden acompañar el traslado de las Actas que realice el coordinador de la ONPE. Si éste se niega, dicha conducta constituye una irregularidad electoral.

Page 30: Manual Electoral 2011

Si marcas la cédula más de una vez o con otros símbolos que no sean el aspa (X) o la cruz (+), tu voto no contará como válido y será considerado un voto nulo. Tampoco será válido si tu cédula está dañada. Ejemplos de votos inválidos:

No marques dos opciones No garabatos o marcas fuera del recuadro

No escribas nada, solo vale la cruz (+) o el aspa (x) dentro del recuadro

Si no haces ninguna marca en tu cédula, tu voto será considerado como voto en blanco.

6 6 ¿CÓMO SE CUENTAN LOS VOTOS?¿CÓMO SE CUENTAN LOS VOTOS?

ELECCIONES PRESIDENCIALES

Presidente y Vicepresidentes de la República

El Presidente es elegido por sufragio universal, directo, secreto y obligatorio.

Page 31: Manual Electoral 2011

¿Cómo se presentan las candidaturas?Los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República solicitan su inscripción en una sola lista (fórmula presidencial) ante el JNE. La fórmula está integrada por el candidato a la Presidencia y por dos candidatos a las Vicepresidencias (quienes también pueden integrar la lista de candidatos al Congreso de la República).

Para esta votación el territorio del Perú se constituye como un solo distrito electoral (distrito único)El territorio del Perú es considerado como una sola circunscripción. Ello significa que todos los votos se

suman para determinar la fórmula ganadora.¿Cómo votan los electores?

Cada ciudadano vota por una sola plancha o fórmula presidencial.¿Quién gana?

Mayoría absolutaEs elegido el candidato que obtiene más de la mitad de los votos válidos. Los votos nulos y en blanco no se computan.

¿Si nadie gana?Segunda vuelta

Si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta, habrá una segunda elección, dentro de los treinta días siguientes a la proclamación de los resultados oficiales, entre los candidatos que han obtenido las dos más altas votaciones.

¿Quién gana en segunda vuelta?En la segunda elección ganará el candidato que obtenga más votos a su favor.

ELECCIONES PARLAMENTARIAS

Congresistas de la República

Los 130 congresistas son elegidos por sufragio directo, secreto y obligatorio.

Para esta votación se aplica el Distrito Electoral Múltiple

El territorio del Perú se divide en 25 circunscripciones que se denominan distritos electorales, una por cada departamento y la Provincia Constitucional del Callao. Los electores residentes en el extranjero votan por los candidatos de Lima.

A cada distrito electoral le corresponde un número de escaños en proporción al número de electores que tiene.

¿Cómo se presentan las candidaturas?

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Cada partido o alianza presenta una lista de candidatos por cada distrito electoral.Cuota de género:

Cada lista de candidatos al Congreso debe incluir un número no menor del 30% de mujeres u hombres. En las circunscripciones en que se inscriban listas con tres candidatos, por lo menos uno debe ser hombre o mujer.En los distritos electorales a los que le corresponden menos de tres escaños, se presentarán listas de 3 candidatos con el propósito de cumplir la cuota de género.

¿Cómo se vota?

Cada elector puede votar sólo por una lista de candidatos. Voto preferencial: Opcionalmente, los electores pueden votar hasta por dos candidatos de la misma

lista colocando el número del candidato de su preferencia, excepto en Madre de Dios, donde sólo hay un voto preferencial.

¿Cómo se transforman los votos en escaños del Congreso?Sólo participan en la distribución de escaños los partidos o alianzas cuyos votos en todo el país hayan obtenido el 5% de la votación o al menos 7 congresistas en más de un distrito electoral.

Entre los que la hayan superado, se aplica el método de la cifra repartidora

LA CIFRA REPARTIDORA

Se determina el número de votos válidos obtenidos por cada lista de candidatos. El total de votos válidos obtenidos por cada lista se divide, sucesivamente, entre 1, entre 2, entre 3,

etc., según sea el número total de congresistas que corresponda elegir. Los cocientes parciales obtenidos son colocados en orden sucesivo de mayor a menor, hasta tener

un número de cocientes igual al número de los congresistas por elegir según cada distrito electoral; el cociente que ocupe el último lugar constituye la cifra repartidora.

El total de votos válidos de cada lista se divide entre la Cifra Repartidora, para establecer el número de congresistas que corresponda a cada una de ellas.

El número de congresistas de cada lista está definido por la parte entera del cociente obtenido a que se refiere el punto anterior. En caso de no alcanzarse el número total de congresistas previstos, se adiciona la unidad a quien tenga mayor parte decimal.

El caso de empate se decide por sorteo entre los que hubieran tenido igual votación. El nuevo orden de los resultados se determina por el número de votos válidos obtenido por cada

candidato dentro de su lista. Se colocan en forma sucesiva de mayor a menor en cada una de las listas. De esta manera se obtiene el orden definitivo de colocación de cada candidato en su lista. Siguiendo el referido orden, son elegidos congresistas en número igual al obtenido según lo descrito anteriormente. Los casos de empate entre los integrantes de una lista se resuelven por sorteo.

Aplicando la cifra repartidora...

En la circunscripción electoral X de los 600 000 votos válidos, cada lista participante obtuvo los siguientes resultados oficiales:

Page 33: Manual Electoral 2011

Lista A: 120 000 20% de los votos válidos

Lista B: 240 000 40% de los votos válidos

Lista C: 180 000 30% de los votos válidos

Lista D: 60 000 10% de los votos válidos

Primer paso:Se divide el total de votos válidos obtenidos por cada lista entre los números naturales (1, 2, 3, 4, 5, 6, 7,... etc.) empezando por el número 1 y así sucesivamente hasta llegar al número equivalente al número de escaños que corresponda al distrito electoral.

En nuestro caso la división serían entre 1, 2, 3, 4 y 5 porque a la circunscripción electoral X le corresponden 5 escaños.

El resultado de las divisiones sería:

Listas Total Votos/1 Votos/2 Votos/ 3 Votos/4 Votos/5

Lista A 120 000 120 000 60 000 40 000 30 000 24 000

Lista B 240 000 240 000 120 000 80 000 60 000 48 000

Lista C 180 000 180 000 90 000 60 000 45 000 36 000

Lista D 60 000 60 000 30 000 20 000 15 000 12 000

Segundo paso:

Se ordena todos los resultados obtenidos de mayor a menor, sin importar que se repitan, ni la lista a la que correspondan.

De acuerdo a nuestro ejemplo el orden sería el siguiente:

1º 2º 3º 4º 5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º...

240 000

180 000

120 000

120 000

90 000

80 000

60 000

60 000

60 000

60 000

48 000

La cifra repartidora siempre es el resultado que se ubica en el puesto equivalente al número de escaños que corresponden al distrito electoral.

Page 34: Manual Electoral 2011

En el caso del distrito electoral X la cifra repartidora es el quinto resultado: 90 000

Tercer paso:

Se divide el total de los votos válidos obtenidos por cada lista entre la cifra repartidora para saber cuántos escaños se le asigna a cada una:

Lista A: 120 000/ 90 000 = 1.33

Lista B: 240 000/ 90 000 = 2.66

Lista C: 180 000/ 90 000 = 2.00

Lista D: 60 000/ 90 000 = 0.66

Cuarto pasoEl número de representantes es definido por los números enteros obtenidos en la división anterior:

Lista A: 1 representante

Lista B: 2 representantes

Lista C: 2 representantes

Lista D: 0 representantes

Importante:

Si al aplicar el método:

a. Quedan escaños por definir: Se les asigna a las listas que obtuvieron mayor parte decimal.b. Si hay empate entre varias listas: Se resuelve por sorteo.

¿Cuándo asumen el cargo?

A más tardar el 27 de julio del año en que se realiza la elección.

ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ANTE EL PARLAMENTO ANDINO

Son elegidos por sufragio directo, universal, secreto y obligatorio en número de 15 (5 titulares y 2 suplentes por cada titular).

Para esta votación el territorio del Perú se constituye como distrito único

¿Cómo se presentan las candidaturas?Los candidatos a representantes ante el Parlamento Andino solicitan su inscripción en una sola lista de 15 candidatos

Page 35: Manual Electoral 2011

Cuota de género:

Cada lista de candidatos al Parlamento Andino debe incluir un número no menor del 30% de mujeres u hombres (5 candidatos).

¿Cómo se vota?

Cada elector puede votar sólo por una lista de candidatos. Voto preferencial: opcionalmente, los electores pueden votar hasta por dos candidatos de la misma

lista partidaria.

¿Cómo se transforman los votos en escaños del Parlamento Andino?

Se aplica el método de la cifra repartidora.

Barrera de representación o umbral mínimo inicial

Para acceder al procedimiento de distribución de escaños al Parlamento Andino, se requiere haber alcanzado al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional.

¿Cuándo asumen el cargo los Parlamentarios Andinos?

El 27 de julio del año en que se realiza la elección

7 7 DELITOS ELECTORALESDELITOS ELECTORALES

Son los actos u omisiones que afectan la limpieza, libertad y transparencia de un proceso electoral. Tienen una sanción prevista por ley para el autor del delito. En el Perú, los delitos

LOS DELITOSLOS DELITOS

Page 36: Manual Electoral 2011

electorales y sus penas están enumerados en la Ley Orgánica de Elecciones (artículos 382 a 393) y en el Código Penal.

Delitos que afectan la campaña electoral y las candidaturas

DELITO PENA

Perturbar o impedir una reunión convocada con fines electorales.

Pena privativa de libertad no menor de 1 ni mayor de 3 años.

Pena accesoria de inhabilitación para los funcionarios y empleados públicos.

Destruir, impedir u obstaculizar la propaganda electoral de un partido o de un candidato.

Pena privativa de libertad no mayor de 6 meses. Pena de Multa no menor a S/. 300 Pena accesoria de inhabilitación.

Miembros de las FFAA y de la PNP no pueden participar en manifestaciones u otros actos públicos vistiendo uniforme.

Pena privativa de libertad no menos de 1 mes y no mayor de 1 año.

Las autoridades políticas, municipales, militares, policiales, o funcionarios o empleados públicos no pueden, abusando de su cargo: Obligar a un elector a apoyar a determinado

partido, lista o candidato. Favorecer o perjudicar a determinado partido

o candidato. Descontar, multar u ordenar cambios de

colocación de sus subalternos o particulares dependientes, para favorecer o perjudicar los resultados de un candidato.

Pena privativa de libertad no menor de 2 años ni mayor de 6 años.

Pena de Multa no menor a S/. 300 Pena accesoria de inhabilitación

Delitos que afectan a la administración electoral

DELITO PENA

Integrar indebidamente un Jurado Electoral Especial

Pena privativa de libertad no menor de 6 meses no mayor de 3 años.

Instigar a suplantar a un miembro del JEE, u obligar a ello mediante violencia o soborno.

Pena privativa de libertad no menor de 6 meses no mayor de 3 años.

Impedir que un ciudadano pueda ser designado para integrar un JEE.

Pena privativa de libertad no menor de 2 años ni mayor de 5 años.

Abstenerse injustificadamente de integrar un JEE.

Pena de Multa no menor a S/. 300 Pena accesoria de inhabilitación

Delitos en relación con el entorno general al día de la elección

Page 37: Manual Electoral 2011

DELITO PENA

Expender bebidas alcohólicas desde 48 horas antes, hasta 12 horas después del día siguiente a la elección.

Pena privativa de libertad no mayor de 6 meses. Pena de Multa no menor a S/. 300 Pena accesoria de inhabilitación.

Instalar o hacer funcionar locales políticos u oficinas de propaganda u organizar o permitir reuniones y manifestaciones políticas dentro de zonas prohibidas o en plazos en que dicha actividad esté suspendida.

Pena privativa de libertad no menor de 3 meses ni mayor de 2 años.

Pena privativa de libertad no menor de 1 año ni mayor de 3 años, y una pena accesoria de inhabilitación para las autoridades políticas.

Propaganda electoral en horas prohibidas, que atente contra la ley, las buenas costumbres o agravie el honor de un candidato o un partido.

Pena privativa de libertad no menor de 2 años.

Interrumpir mediante violencia o amenaza el acto electoral.

Pena privativa de libertad no menor de 1 año ni mayor de 3 años.

Pena privativa de libertad no menor de 2 años ni mayor de 5 años, de pertenecer a un grupo.

Portar armas de cualquier clase aún con licencia, desde el día anterior hasta 24 horas después de la elección.

Pena privativa de libertad no menor de 1 mes no mayor de 1 año.

Delitos que afectan directamente el desarrollo del acto electoral

Delito Pena

Recepción del voto de una persona no incluida en la lista de electores o rechazo sin causa justa el voto de un elector, por parte de los miembros de mesa.

Pena privativa de libertad no menor de 6 meses no mayor de 3 años.

Votar con DNI ajeno o sin tener derecho de sufragio. Pena privativa de libertad no menor de 6 meses ni mayor de 2 años.

Despojar injustificadamente a una persona de su DNI o retenerlo para que no pueda votar.

Pena privativa de libertad no menor de 1 año ni mayor de 3 años.

Pena privativa de libertad no menor de 1 año ni mayor de 4 años, más pena accesoria de inhabilitación para los funcionarios, empleados públicos y miembros de las FFAA.

Tratar de conocer el voto de un elector u obligarlo a Pena privativa de libertad no menor de 1 mes

Page 38: Manual Electoral 2011

votar por determinado candidato. no mayor de 1 año. Obstruir el desarrollo de los actos electorales o

provocar desórdenes contra éstos. Pena privativa de libertad no menor de 1 mes

no mayor de 1 año. El presidente de mesa que no entrega las ánforas o

las actas electorales. Pena privativa de libertad no menor de 1 año

ni mayor de 3 años. Pena accesoria de inhabilitación.

Violar los sellos, envolturas o cerraduras de las ánforas utilizadas para el acto electoral.

Violar o suplantar comunicaciones oficiales expedidas por los órganos del Sistema Electoral.

Sustituir votos impugnados.

Pena privativa de libertad no menor de 6 meses y no mayor de 3 años.

Pena accesoria de inhabilitación para los funcionarios o empleados públicos.

Detener o demorar los servicios de correos, telégrafos o mensajeros que transporten o conduzcan ánforas, elementos o comunicaciones oficiales referentes a un proceso electoral.

Pena privativa de libertad no menor de 6 meses no mayor de 3 años.

Son otro tipo de infracciones que pueden afectar la limpieza y la transparencia de las elecciones así como el ejercicio libre y auténtico del voto, a pesar que no tienen necesariamente una pena prevista en la ley.

Irregularidades en la instalación de la mesa de sufragio:o Interferir en las decisiones de los miembros de mesao No instalar una mesa de sufragio (multas para los titulares u suplentes de la mesa)o La presencia de miembros de las FFAA o PNP entre los miembros de mesa

Irregularidades con los personeros:o Impedimento o dificultad al trabajo de los personeroso Obstrucción de la labor de los miembros de mesa por los personeroso Presencia de varios personeros de la misma organización política en una sola mesa de

sufragio

Irregularidades con el material electoral:o El uso o la comercialización del material electoral antes del fin del proceso electoral. o La manipulación del material electoral por parte de otra persona que no sean los

miembros de mesa.o La ausencia de los carteles de candidatos en los locales de votación y dentro de las

cámaras secretas

Irregularidades durante la votacióno El voto de más de 20 miembros de las FFAA o PNP en un mismo grupo de votacióno No respetar el secreto del voto

LAS FALTAS E IRREGULARIDADESLAS FALTAS E IRREGULARIDADES

Page 39: Manual Electoral 2011

o Ausencia de facilidades para las personas con discapacidad

Participación indebida de autoridades o funcionarios públicos

Hostigamiento a observadores

Irregularidades durante el Escrutinio:o Impedir a un ciudadano estar presente durante el escrutinioo Interrumpir el escrutinioo Alterar los resultadoso Negar a los personeros y observadores la posibilidad de acompañar el traslado de las actas

que realiza el coordinador electoral de la ONPE.

8 8 NULIDAD DE LAS ELECCIONESNULIDAD DE LAS ELECCIONES

Es la declaración de invalidez de las elecciones

¿Ante quién se solicita? Ante el JNE

¿Quién puede solicitarla? Los personeros legales de los partidos políticos

¿Cómo? A través de recursos de nulidad

¿Cuándo? Dentro de los tres días siguientes a la

Page 40: Manual Electoral 2011

proclamación de resultados

En caso de declararse la nulidad total en un plazo no mayor de 90 días, se realizará nuevas elecciones.Cl

ases

de

nulid

ad

De

una

mes

a de

suf

ragi

oa. Cuando injustificadamente, la mesa se instala en un lugar distinto al señalado.

b. Cuando se impide el libre ejercicio del derecho de sufragio.

c. Cuando, injustificadamente, la mesa se instala después de las 12:00 horas.

d. Cuando, injustificadamente, la mesa se instala en condiciones diferentes de las establecidas por la Ley Orgánica de Elecciones.

e. Cuando exista fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia para inclinar la votación a favor de una lista de candidatos o candidato.

f. Cuando los miembros de mesa hayan ejercido violencia o intimidación sobre los electores para inclinar la votación a favor de una lista de candidatos o candidato.

g. Cuando se compruebe que la admisión de votos de ciudadanos que no figuraban en la lista de electores o el rechazo de votos de ciudadanos que no figuraban en ella sea en número suficiente como para variar los resultados de la elección.

De

una

part

e de

l pa

ís

Cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen las dos terceras partes (2/3) del número de votos emitidos.

De

todo

el p

aís a. Cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen los 2/3

del número de votos emitidos.

b. Cuando se anulen los procesos electorales de una o más circunscripciones electorales que, en conjunto, representen el tercio de la votación nacional válida.