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UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO SECRETARIA DE GESTIÓN Y DESARROLLO DIRECCIÓN DE LA RED MÉDICA Fecha de Emisión: 15-Enero-2015 Revisión: 01 Página: 1 de 55 Manual de Proveedor

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SECRETARIA DE GESTIÓN Y DESARROLLO DIRECCIÓN DE LA RED MÉDICA

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Manual de Proveedor

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Índice

Contenido Página

1. Bienvenida 3

2. Objetivo 4

3. Antecedentes Históricos 4-5

4. Base Legal, Atribuciones y Función Genérica de la Red Médica 6

5. Misión, visión y valores 7-9

6. Documento de identificación 10-14

7. Políticas Generales 15-17

8. Médicos 18-20

9. Medicina del Trabajo 21-25

10. Promoción a la Salud y Prevención de Enfermedades 25

11. Surtimiento de Medicamentos 26-28

12. Hospitalización 28-31

13. Terapia Física y Rehabilitación 31-32

14. Estudios de Laboratorio y Gabinete 33-34

15. Exclusiones Generales y Particulares 35-37

16. Pago a Proveedores 37-41

17. Directorio 42-43

18. Definiciones 44

19. Anexos 45-55

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1. Bienvenida

Estimados Médicos y Proveedores:

En la Dirección de la Red Médica trabajamos para proveer los mejores servicios de

salud de manera integral y de calidad a nuestro alcance, con el compromiso de

mejorar día a día y procurar mejores servicios a nuestros trabajadores Universitarios y

sus beneficiarios, teniendo como premisa principal el uso racional de los recursos

institucionales, aplicados correctamente en el área médica.

Agradecemos su interés en formar parte del equipo de trabajo para integrar la Red

Médica Universitaria, con la misión de trabajar en forma conjunta, además de

promover actividades que ayuden a prevenir enfermedades en la comunidad

universitaria; logrando con ello elevar su calidad de vida.

El modelo establece una mezcla de funciones que incorpora la experiencia del sector

Público y la calidez e infraestructura del sector Privado, elementos claves para

garantizar la calidad de la atención.

Estamos seguros que con el apoyo de profesionales como usted lograremos los

objetivos trazados para esta importante tarea y esperamos que este manual sea de

utilidad, guía y orientación en la ejecución de los servicios que tiene a bien

proporcionar.

Le damos la más cordial bienvenida y le reiteramos nuestro agradecimiento por la

valiosa atención que brinda a nuestros derechohabientes.

Daniel Pérez Cervantes

Director de la Red Médica

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2. Objetivo

El presente Manual pretende ser una guía para el Médico y Prestador del servicio

Médico, sobre las responsabilidades, derechos y funciones que se adquieren al ser

partícipes del modelo de Atención a la Salud que la Red Médica lleva a cabo, cuyo

objetivo es el de fomentar, mantener y reestablecer la salud de los Universitarios y

sus beneficiarios con oportunidad, eficiencia, calidad y calidez.

3. Antecedentes Históricos

El 12 de septiembre de 1996 la Universidad de Guanajuato creó la RED MEDICA UNIVERSITARIA en común acuerdo con la Asociación Sindical de Personal Académico y Administrativo (ASPAAUG) y la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos (ASTAUG), como un sistema de prevención y atención a la salud organizado para beneficio integral de sus trabajadores y beneficiarios de los mismos. Nuestro modelo médico se basa en la consulta de primer contacto, la cual debe tener capacidad resolutiva del 80% de los casos que se presenten, refiriéndose a un segundo o tercer nivel de atención si se requiere, respetado las instancias normativas de la Secretaría de Salud. Actualmente se tiene convenio con 308 médicos, de los cuales 117 son de primer contacto y 191 de especialidad. Los servicios de laboratorio, gabinete y otros apoyos diagnósticos son proporcionados por 62 proveedores, y el surtimiento de medicamentos se realiza a través de 3 cadenas de farmacias. Una parte importante en el esquema de la Red Médica lo constituyen los hospitales con los que se tienen 24 convenios, además de contar con 7 Institutos Nacionales de Salud en convenio (Cardiología, Cancerología, Neurología y Neurocirugía, Enfermedades Respiratorias, Pediatría, Ciencias Médicas y Nutrición, Rehabilitación), así como con el Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío, el Hospital “Miguel Hidalgo” en la ciudad de Aguascalientes, Ags., y el Hospital General de México, además del servicio médico proporcionado por la Asociación para Evitar la Ceguera en México. Asimismo, se ofrece como un programa fundamental el Programa Conjunto de Autocuidado y Prevención en Salud (UG-ASPAAUG-ASTAUG) para fomento de estilos de vida saludables, y proporcionar herramientas que promuevan la consciencia del cuidado de la propia salud.

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La cobertura de servicios de Red Médica se lleva a cabo en los municipios donde tiene presencia la Universidad de Guanajuato a través de sus Coordinaciones Médico-Administrativas en Campus distribuidas en las cinco ciudades con mayor densidad poblacional universitaria e infraestructura de servicios de salud: Guanajuato, León, Irapuato, Celaya y Salamanca. Se cuenta con Unidades de Primer Contacto en las ciudades de Guanajuato y León, a fin de proporcionar atención médica integral de primer contacto, de forma oportuna y personalizada, con apoyo para la realización de trámites administrativos a los usuarios en las mismas instalaciones, bajo la búsqueda de la mejora continua y satisfacción por la calidad de los servicios, la disminución de saturación en los servicios de urgencias y de los gastos hospitalarios que éstos conllevan. Desde el año 2006 la Red Médica Universitaria cuenta con la Certificación de Establecimientos de Atención Médica Ambulatoria ante el Consejo de Salubridad General como una evidencia de la mejora de los servicios de salud y la seguridad de los derechohabientes, basándose en parámetros establecidos en Normas Oficiales Mexicanas y estándares nacionales e internacionales de atención en salud así como en los estándares de seguridad en la atención a los pacientes. Creemos que es nuestra responsabilidad hacer posible el incrementar y mejorar la atención de la salud en la comunidad universitaria y sus beneficiarios. Para lograr este reto, estamos comprometidos a trabajar en el cuidado de la salud de las personas a las cuales servimos, con la responsabilidad de pugnar por la excelencia en nuestro trabajo y promover la actitud entre el personal de enfoque al cliente.

La Dirección de la Red Médica busca que la calidad del servicio médico prestado cumpla con las expectativas y necesidades del trabajador universitario y sus beneficiarios, logrando la satisfacción al mismo.

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4. Base Legal, Atribuciones y Funciones Genéricas

Base Legal

Ley Federal del Trabajo (LFT) 2012.

Ley Orgánica de la Universidad de Guanajuato. 2007

Ley Orgánica de la Universidad de Guanajuato.

Convenio en el que ambas asociaciones sindicales manifiestan su conformidad para la terminación y desincorporación del régimen del ISSSTE y bases generales de la Red Médica. 1996

Políticas para el Otorgamiento de Servicios Médicos, a través de la Red Médica Universitaria.1998.

Convenio suscrito por el Rector General y el Director General del ISSEG en el que reconocen a la Red Médica como la instancia oficial para la calificación de estados de invalidez y profesionalidad de accidentes y enfermedades. 1996.

Atribuciones

Ley Orgánica de la Universidad de Guanajuato. Esta ley es de orden público y de interés social. Contiene las normas fundamentales de la misión, organización, funcionamiento y gobierno de la Universidad de Guanajuato. La Universidad de Guanajuato es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio. Por ello tiene la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí misma. El gobierno de la Universidad se ejerce por el Consejo General Universitario, la Junta Directiva, el Rector General, los Consejos Universitarios de Campus, Los Rectores de Campus, Los Consejos Divisionales, los Directores de División, los Directores de Departamento, Consejo Académico del Nivel Medio Superior, El Director del Colegio del Nivel Medio Superior, las Academias de las Escuelas que ofrezcan estudios de nivel medio superior, los Directores de las Escuelas de Nivel Medio Superior y el Patronato.

Políticas para el Otorgamiento de Servicios Médicos, a través de la Red Médica Universitaria. Documento en el cual se encuentran plasmadas las premisas y condiciones bajo las cuales la Red Médica habrá de prestar sus servicios a los trabajadores universitarios y sus beneficiarios.

Convenio Suscrito por el Rector General y el Director General del ISSEG en el que reconocen a la Red Médica como la instancia oficial para la calificación de estados de invalidez y profesionalidad de accidentes y enfermedades.

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Funciones Genéricas

I. Proporcionar servicios de salud integrales a los trabajadores universitarios y sus beneficiarios con oportunidad, eficiencia, calidad y calidez;

II. Promover estilos de vida saludables en los trabajadores universitarios y sus beneficiarios a través de la detección oportuna de enfermedades y actividades que ayuden a prevenirlas, fomentando la corresponsabilidad en el cuidado de su salud;

III. Controlar y evaluar las incapacidades médicas de trabajo; IV. Supervisar la calidad y el buen uso de los servicios para lograr contener o reducir

los costos de operación y asegurar una mejor atención médica; V. Proponer nuevas acciones o mejorar las existentes que permitan alcanzar la

sustentabilidad de la Red Médica; VI. Asegurar la aplicación de las políticas, estrategias y procedimientos

administrativos para la toma de decisiones;

Analizar, evaluar y dar seguimiento a la información médica y administrativa para establecer las medidas de corrección pertinentes

5. Visión, Misión y Valores

Visión Ser una institución reconocida por la excelencia en servicios de salud. Misión Ofrecer a la comunidad universitaria y a sus beneficiarios atención de salud de vanguardia con oportunidad, eficiencia, calidad y calidez.

Valores

Verdad

En la búsqueda de este valor, los miembros de la comunidad universitaria deberán:

Garantizar que la búsqueda de la verdad sea una premisa de su actuar.

Expresar sus ideas con honestidad

Difundir el conocimiento con apego a la investigación científica

Evitar todo prejuicio disciplinar o social

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Libertad

En la búsqueda de este valor, los miembros de la comunidad universitaria deberán:

Permitir y facilitar el ejercicio de las libertades que las distintas normas reconocen a los individuos

Ejercer las libertades que la ley concede a todos los individuos

Ejercer plenamente la libertad de cátedra, con apego a la norma y al modelo educativo de la Institución.

Ejercer la libertad de investigación y el reconocimiento de las aportaciones y conocimientos previamente existentes.

Ejercer la libertad de expresión en cualquiera de sus modalidades.

Respeto

En la búsqueda de este valor, los miembros de la comunidad universitaria deberán:

Actuar y conducirse con apego a los ordenamientos legales.

Actuar y conducirse con dignidad y respeto hacia la sociedad en general, con independencia de género, raza, capacidades especiales, edad, credo, filiación, preferencia sexual, convicción política o nivel jerárquico.

Brindad a todas las personas un trato justo, cordial y equitativo; orientado por un espíritu de servicio y compromiso social.

Mantener nuestra integridad personal y de la sociedad en general, evitando poner en riesgo la de los demás.

Promover la libre manifestación de las ideas.

Hacer uso correcto de los bienes institucionales, garantizando con ello la preservación del patrimonio universitario.

Respetar en todo momento la propiedad intelectual que genere cualquier miembro de la comunidad universitaria y de la sociedad en general, reconociendo siempre a sus creadores, autores e inventores

Responsabilidad

En la búsqueda de este valor, los miembros de la comunidad universitaria deberán:

Tomar las decisiones relativas a su encargo o actividad, con base en la Ley, en la

normativa y en la filosofía institucional para salvaguardar la vida de la institución.

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Asistir a sus actividades universitarias con puntualidad, disponibilidad y preparación

necesarias para cada actividad

Rendir cuentas de sus acciones y omisiones

No generar conflicto de intereses con la Universidad y ser leales y confidentes con la

Institución

Promover y actuar en pro del medio ambiente y la salud pública

Mantener una actitud proactiva y de superación permanente

Facilitar por parte del personal docente el aprendizaje y la adquisición de

conocimientos por los alumnos para el desarrollo personal durante el proceso educativo

y para toda la vida.

Difundir el conocimiento científico partiendo de su carácter universal, evitando caer

en la nacionalización o regionalización del mismo.

Justicia

En la búsqueda de este valor, los miembros de la comunidad universitaria deberán:

Reconocer los méritos académicos, artísticos, de superación social y administrativa que

desarrollen los miembros de la comunidad universitaria y de la sociedad en general.

Evitar que cuestiones ajenas a las estrictamente académicas y profesionales interfieran

positiva o negativamente para que una persona reciba una resolución favorable o

desfavorable en el ámbito universitario.

Garantizar la equidad en los procesos de selección o ingreso de los futuros integrantes

de la comunidad universitaria, absteniéndose de realizar acciones que alteren los

mismos.

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6. Documento de identificación

La Red Médica Universitaria expedirá a todos los beneficiarios un documento de

identificación previa la afiliación individual correspondiente, a fin de que puedan hacer

uso de los servicios de la Red.

La Credencial que otorga la Red Médica Universitaria acredita a la persona como

derechohabiente del servicio médico, ésta se expide en original, su uso es personal e

intransferible.

Existen tres tipos de credenciales otorgadas por la Universidad de Guanajuato para

identificar al trabajador universitario:

1. Trabajador Universitario con definitividad, Jubilado o Pensionado CON derecho a

los servicios que ofrece la Red Médica.

2. Trabajador Universitario con nombramiento temporal y CON derecho a los servicios que ofrece la Red Médica.

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3. Trabajador Universitario con Contrato de Prestación de Servicios Profesionales SIN derecho a los servicios que ofrece la Red Médica.

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Solo dos de estas credenciales acreditan al trabajador con derecho a los servicios

médicos que otorga la Red Médica (aquellas de color azul y color anaranjado). Estas

credenciales contienen la fotografía del derechohabiente, Nombre completo, Número

de empleado, Tipo de sangre, Unidad de adscripción, Dirección, Teléfono y Firma del

titular.

Es importante identificar los siguientes campos dentro de las credenciales:

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BENEFICIARIO (SERVICIO MÉDICO)

Verificar resello semestral y

leyenda de que SI se cuenta

con Servicio Médico

Plasmar ID DE EMPLEADO en

formatos, NO EL ID Beneficiario

El ID EMPLEADO puede estar al frente

o a la vuelta favor de verificar.

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SOLICITAR SIEMPRE CREDENCIAL VIGENTE Y VERIFICAR

QUE EL PACIENTE CORRESPONDA A LA CREDENCIAL.

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7. Políticas Generales

Las Políticas para el Otorgamiento de Servicios Médicos a través de la “Red Médica”,

fueron publicadas en febrero de 1998, en este documento se establecen los servicios

médicos que se prestarán a los trabajadores y sus beneficiarios, directamente por la

Red Médica (UPC), o a través de las instituciones o particulares, las cuales son

entregadas a los trabajadores para su conocimiento y Normatividad.

SERVICIOS QUE BRINDA LA RED MEDICA

• Diagnóstico, asistencia médico-quirúrgica y

farmacéutica.

• Servicios de hospitalización.

• Servicios de rehabilitación.

• Exámenes o evaluaciones de la salud de

trabajadores universitarios.

2. Atención médica para accidentes de

trabajo y enfermedades profesionales.

• Todas las especialidades y subespecialidades

médicas no incluidas en el primer contacto,

incluyendo Medicina del Trabajo.

• Servicios de hospitalización.

• Servicios auxiliares de diagnóstico y

tratamiento.

•Servicios de rehabilitación.

• Traslados en ambulancia en caso de urgencia

médica y/o quirúrgica.

• Asistencia médica y farmacéutica

B. Medicina de

segundo contacto o

especialidad.

• Promoción a la salud y prevención de

enfermedades.

•Control de embarazo.

• Vigilancia y control del crecimiento y

desarrollo del niño sano.

• Trabajo Social.

• Consulta externa para el trabajador y sus

beneficiarios en las siguientes ramas de la

medicina: Medicina General, Pediatría,

Ginecología, Medicina Interna y Homeopatía.

• Atención médica de urgencia y curaciones.

• Asistencia médica y farmacéutica.

A. Medicina de

Primer Contacto

1. Atención para la salud y atención médica

para enfermedades no profesionales y

maternidad.

Servicios que brinda la Red Médica

• Diagnóstico, asistencia médico-quirúrgica y

farmacéutica.

• Servicios de hospitalización.

• Servicios de rehabilitación.

• Exámenes o evaluaciones de la salud de

trabajadores universitarios.

2. Atención médica para accidentes de

trabajo y enfermedades profesionales.

• Todas las especialidades y subespecialidades

médicas no incluidas en el primer contacto,

incluyendo Medicina del Trabajo.

• Servicios de hospitalización.

• Servicios auxiliares de diagnóstico y

tratamiento.

•Servicios de rehabilitación.

• Traslados en ambulancia en caso de urgencia

médica y/o quirúrgica.

• Asistencia médica y farmacéutica

B. Medicina de

segundo contacto o

especialidad.

• Promoción a la salud y prevención de

enfermedades.

•Control de embarazo.

• Vigilancia y control del crecimiento y

desarrollo del niño sano.

• Trabajo Social.

• Consulta externa para el trabajador y sus

beneficiarios en las siguientes ramas de la

medicina: Medicina General, Pediatría,

Ginecología, Medicina Interna y Homeopatía.

• Atención médica de urgencia y curaciones.

• Asistencia médica y farmacéutica.

A. Medicina de

Primer Contacto

1. Atención para la salud y atención médica

para enfermedades no profesionales y

maternidad.

Servicios que brinda la Red Médica

FIGURA 1.2: Servicios que brinda la RMU

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Los servicios médicos se prestarán a los trabajadores y sus beneficiarios a través de los

proveedores médicos que la Red Médica establezca en términos de convenio.

a) Consulta Externa: Medicina de primer y segundo contacto. b) Control del Embarazo. a) Vigilancia y control del crecimiento y desarrollo del niño sano. b) Promoción de la salud y prevención de enfermedades: Autocuidado de la salud,

planificación familiar y vacunación. c) Asistencia Farmacéutica. d) Análisis y estudios de Laboratorio. e) Estudios de Gabinete. f) Hospitalización: Atención médica, cirugías, urgencias y curaciones. g) Terapias de Rehabilitación.

A. Consulta Externa (Medicina de Primer Contacto)

Se considerará Medicina de Primer Contacto lo siguiente:

Medicina General

Pediatría

Ginecología

Medicina Interna

Homeopatía

Consulta Externa (Medicina de Segundo Contacto.

Se considerará Medicina de Segundo Contacto todas las especialidades y sub-

especialidades médicas no incluidas en el primer contacto, incluyendo Medicina del

Trabajo, el derechohabiente deberá ser canalizado a la especialidad, sí así se

requiere a través de un Médico de Primer Contacto.

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SERVICIOS MEDICOS NO CUBIERTOS POR LA RED MÉDICA

a) Cirugía estética y tratamientos cosméticos en todas sus formas. b) Tratamientos psiquiátrico, psicológico o de educación especial. c) Atención y hospitalización para tratamiento de adicción a drogas y alcohol. d) Los que se deriven de cualquier intento de suicidio. e) Prótesis y aparatos ortopédicos. f) Tratamientos dentales y compra de anteojos. g) Diagnóstico y tratamiento de infertilidad y esterilidad. h) Gastos de servicios de: tratamiento médico y/o quirúrgico, diagnóstico,

rehabilitación, traslado de ambulancia y servicio de farmacia generados en instituciones o con profesionales de la medicina no convenida o autorizada por la Red Médica.

i) Material de curación para pacientes no hospitalizados. j) Alimentos de acompañantes.

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8. Médicos

Objetivo

Normar los procesos para el otorgamiento del Servicio Médico, con la finalidad de que se proporcione a los trabajadores universitarios y sus beneficiarios un servicio de calidad en la protección de su salud, identificando y controlando aquellos factores que incidan en costos innecesarios, garantizando que el servicio que se le brinde al paciente sea de calidad, calidez y oportunidad. 8.1 De la Atención Médica

a) El derechohabiente selecciona a su Médico de Primer Contacto, de manera preferente deberá programar su cita, lo cual permite tener una atención más ordenada y disminuir el tiempo de espera.

b) Es requisito indispensable que cada vez que el paciente acuda a consulta

presente su Credencial de Red Médica vigente. Es responsabilidad del médico tratante

Elaborar la historia clínica completa del derechohabiente, por lo que se deberá dedicar el tiempo necesario a cada paciente, así como llevar el registro de notas médicas en el expediente físico o electrónico que designe la Dirección de la Red Médica por cada paciente atendido de acuerdo a los lineamientos y normas técnicas de elaboración contempladas en la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010 Del Expediente Clínico Electrónico y/o NOM-004-SSA3-2012 Del Expediente Clínico, o las que surjan con posterioridad.

La información contenida en los expedientes clínicos, pases médicos, de laboratorio, de gabinete y en general cualquier dato, hecho, o circunstancia asentada en cualquier documento, escrito, expediente o base de datos referente a los derechohabientes de la Red Médica será considerada para ambas partes como confidencial, por lo que no está permitido divulgarla por ningún medio a un tercero.

Realizar un diagnóstico preciso y en forma integral.

Informar al derechohabiente en forma clara y precisa:

- Las medidas preventivas de su padecimiento. - La causa de la enfermedad y sus consecuencias. - El tratamiento y sus efectos. - El tiempo estimado de tratamiento y sus probables efectos colaterales.

Fomentar la promoción y el autocuidado de la salud.

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Referir a sus pacientes a otro nivel de atención o especialidad, siempre y cuando lo considere médicamente necesario.

Médico de segundo contacto (especialista o subespecialista) al que se envían pacientes con enfermedades crónico-degenerativas como diabetes Mellitus, hipertensión arterial, osteoartrosis, epilepsia, entre otros, deberá regresar el paciente al Médico de primer contacto (Médico General o Internista) una vez que alcance el control de su padecimiento procurando esto sea dentro de las primeras cuatro consultas. Deberá registrar en la receta médica la fecha de la próxima cita.

Pacientes con enfermedades crónico-degenerativas de difícil control además de los que cursen con complicaciones tardías o en padecimientos de alta complejidad como neoplasias, esclerosis múltiple, etc. deberán permanecer con el Médico de segundo contacto, retroalimentando al Médico de primer contacto a través de un resumen clínico de manera periódica (mínimo cada 3 meses).

Se acatará al tabulador de honorarios de procedimientos quirúrgicos vigentes.

Deberá suscribir las recetas médicas bajo el esquema del Catálogo de Medicamentos establecido por la Dirección de la Red Médica, anotando en la misma el tiempo de la prescripción del medicamento.

En los pacientes sin diagnóstico preciso, evite prescribir más de una presentación o unidad por medicamento.

Mantener vigente un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales por tiempo determinado con la Universidad de Guanajuato.

Proporcionar información administrativa y clínica cuando la Dirección de la Red Médica lo requiera, con el objeto de dar seguimiento a los eventos médicos.

La Dirección de la Red Médica recibirá la documentación médica para trámite de pago de manera mensual y con una fecha no mayor de 45 días posteriores a la fecha del evento médico (receta médica, pase de servicio de apoyo y solicitud de hospitalización), de igual manera deben considerarse 45 días naturales anteriores a la fecha de pago para la fecha de emisión del recibo de honorarios o factura correspondiente.

En caso de que el titular requiera Incapacidad Médica, lo anota en el apartado correspondiente dentro del formato de “Incapacidad Temporal para el trabajo”, o bien en el formato de “Receta Médica”. Los formatos se encuentra foliados en orden consecutivo de acuerdo al tipo de documento y el Médico es el responsable del buen uso y manejo de los mismos.

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8.2 De la Atención de Maternidad y Lactancia

La atención por maternidad considera

Atención del parto o cesárea

Atención pediátrica y cuna al recién nacido

Puerperio

Medicamentos

Tamiz Metabólico

Estudios de Laboratorio y Gabinete

Control de Embarazo y Complicaciones Obstétricas

Lactancia

El médico pediatra será el único facultado para prescribir fórmula al recién nacido y se

realizará basado en lo siguiente: 4 botes de leche en polvo de 454 gr. por mes, durante

seis meses a partir del alumbramiento. Lo anterior estará en función de la fecha de alta

del recién nacido, ya que no podrán expedirse vales retroactivos; en total se otorgarán

60 botes como máximo, en caso de cambios de tipo de leche, se deberá prescribir un

solo bote de leche para verificar la tolerancia y posteriormente indicar la dotación

completa.

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9. Medicina del Trabajo

Definición y Políticas

Es un proceso médico – administrativo - legal para el monitoreo y desarrollo de programas tendientes a mejorar la calidad de vida del trabajador universitario, incidiendo en riesgos y enfermedades de trabajo, así como el control del goce de incapacidades médicas. Incapacidad Médica.- Es el periodo en el que el trabajador se encuentra imposibilitado parcial o permanentemente para el desempeño de sus actividades laborales, a causa de una Enfermedad General (no profesional), Gravidez o Riesgos de Trabajo (Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales).

Riesgos de Trabajo Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del mismo (art. 473, LFT). Accidente de Trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior a la muerte, producido repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Quedan incluidos los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente a su domicilio, al lugar de trabajo y de éste a aquel. (474). Elementos del accidente de trabajo para considerarlo como tal: Que el trabajador sufra una lesión. Que le origine en forma directa la muerte o perturbación permanente o temporal. Que dicha lesión se ocasione durante, en ejercicio o con motivo de su trabajo; o Que el accidente se produzca al trasladarse el trabajador directamente de su

domicilio al lugar del trabajo, y de éste aquél. Enfermedad de Trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios (475). Los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a: Asistencia médica y quirúrgica Rehabilitación Hospitalización, cuando el caso lo requiera Medicamentos y material de curación Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios La indemnización fijada.

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No se consideran riesgos de trabajo: Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez. Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún narcótico

o droga enervante, salvo que exista prescripción médica y que el trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del jefe inmediato presentándole la prescripción suscrita por el médico.

Si el trabajador por sí mismo o con ayuda de otros se ocasiona intencionalmente una lesión.

Los que sean resultado de un intento de suicidio o efecto de riña en que hubiera participado intencionalmente el trabajador u originados por algún delito cometido por éste.

POLÍTICAS PARA LA EXPEDICIÓN DE INCAPACIDADES TEMPORALES PARA EL TRABAJO.

PRIMERA. Se considera Incapacidad Temporal a la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo. (Art. 478 Ley Federal del Trabajo)

SEGUNDA. Las incapacidades se clasificarán de la siguiente manera:

Enfermedad General Accidente de Trabajo Maternidad

Certificación de las Incapacidades

TERCERA. Los médicos de Primer Contacto y Especialidad de la Red Médica otorgarán Incapacidad Médica mediante el formato de “Incapacidad Temporal para el Trabajo”. El trabajador estará obligado en todo tiempo a someterse a los reconocimientos, tratamientos y exámenes médicos que determine la Red Médica Universitaria.

CUARTA. Recordar al trabajador que es el responsable de entregar la “Incapacidad Temporal para el Trabajo” dentro de los tres (3) días siguientes al de la expedición de la misma, debiendo comunicarlo a su jefe inmediato dentro de las primeras 24 horas a la ausencia.

QUINTA. Se deberán proporcionar estrictamente los días que sean necesarios para el restablecimiento de la patología a tratar y el trabajador esté en condiciones para reincorporarse a sus actividades laborales. Lo anterior con referencia en las “Políticas para el Otorgamiento de Incapacidades Médicas”, de la Coordinación de Medicina del Trabajo de la Red Médica, con observancia general en documentos legales (Ley Federal del Trabajo, Ley Orgánica de la Universidad de Guanajuato, Contratos Colectivos de las Asociaciones Sindicales de la Universidad)

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El médico al expedir la “Incapacidad Temporal para el Trabajo” actuará bajo absoluta responsabilidad y con estricto apego a los reglamentos, las normas institucionales y ética profesional. La expedición de estos certificados únicamente la podrá efectuar el médico tratante de acuerdo y en ejercicio de sus funciones. No se deberán otorgar incapacidades por causas que no sean exclusivamente para la recuperación de la salud y la función. No se justifica, entre otros motivos, el otorgamiento de licencias médicas por práctica de estudios de laboratorio o gabinete. SEXTA. Los días otorgados por el médico tratante serán invariablemente días naturales, independientemente si son días festivos o inhábiles. En el caso de Enfermedad General o Riesgo de Trabajo, deberá expedirse atendiendo los siguientes criterios:

El médico de primer contacto, a excepción de las especialidades de Medicina Interna y Ginecología, podrá expedir certificados de incapacidad por el término de uno (1) a siete (7) días.

Para el caso de que la enfermedad requiera que se expida un certificado que exceda de siete (7) pero no de veintiocho (28) días será necesaria la autorización del Coordinador Médico-Administrativo correspondiente.

El médico de especialidad podrá expedir incapacidades temporales hasta por el término de uno (1) a veintiocho (28) días.

Al agotar el máximo beneficio médico y/o establecer un mal pronóstico funcional derivar al paciente a la Coordinación de Medicina del Trabajo de la Red Médica para elaboración del dictamen correspondiente. SEPTIMA. Deberá suspenderse la expedición de “Incapacidad Temporal para el Trabajo” cuando el trabajador incapacitado por riesgo de trabajo o recaída del mismo se encuentre en condiciones de reintegrarse a su trabajo y es dado de alta a través del documento institucional correspondiente, en el que deberá especificarse la fecha de reincorporación a su trabajo. OCTAVA. De igual manera se suspenderá la expedición de “Incapacidad Temporal para el Trabajo” a partir de que se dictamine por parte de la Coordinación de Medicina del Trabajo de la Red Médica, la incapacidad total o parcial permanente, en los términos de este documento y con observancia en la Ley Federal del Trabajo, o cuando ocurra la muerte del trabajador. NOVENA. No se deberán expedir incapacidades temporales para el trabajo con efecto retroactivo, en especial cuando se acudió a recibir atención médica por parte de médicos no convenidos con la Red Médica, en tal caso deberá referirse al paciente con el Coordinador Médico-Administrativo para que con los elementos presentados certifique los días de incapacidad. DÉCIMA. En el caso de que el trabajador solicite “Incapacidad Temporal para el Trabajo” con efecto retroactivo cuando no acudió a recibir atención médica por parte de médicos convenidos a la Red Médica, debe presentar obligatoriamente para su trámite: resumen médico, estudios clínicos, antecedentes y demás elementos que comprueben su padecimiento y el tratamiento recibido. Deberá ser canalizado con un

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médico en convenio con Red Médica para que certifique y valide los días que amerita incapacidad. DECIMO PRIMERA. Con base en lo anterior, el médico tratante de la Red Médica determinará si clínicamente resultó procedente admitir que tuvo incapacidad temporal para el trabajo, y de ser así determinará la fecha de inicio de la enfermedad y los días de incapacidad que amparará el certificado de incapacidad con efecto retroactivo. Así mismo se sujetará a las reglas siguientes:

El médico tratante expedirá “Incapacidad Temporal para el Trabajo” con efecto retroactivo, hasta por dos (2) días anteriores a la fecha en que se solicita su expedición, contando con el visto bueno del Jefe Médico de la Red Médica.

Si se solicita que la “Incapacidad Temporal para el Trabajo” con efecto retroactivo ampare entre tres o más días de incapacidad temporal para el trabajo, deberá someterse su expedición al acuerdo y resolución del Jefe Médico y Coordinador de Medicina del Trabajo.

DÉCIMO SEGUNDA. Si a juicio de la Red Médica no es procedente la solicitud de expedición de incapacidad temporal para el trabajo con efecto retroactivo, se deberá informar por escrito al trabajador sobre las razones en que se fundamente la negativa. DÉCIMO TERCERA. En caso de encontrarse ante un probable riesgo de trabajo o enfermedad laboral, será necesario notificar al Coordinador de Medicina del Trabajo de la Red Médica para la dictaminación correspondiente. En los casos de Accidente de Trabajo, la “Incapacidad Temporal para el Trabajo” inicial se expedirá a título de probable riesgo de trabajo para la calificación del mismo por la Dirección de Recursos Humanos de la Universidad de Guanajuato; al comprobarse y calificarse el riesgo de trabajo como tal, la incapacidad que proceda se certificará como accidente de trabajo o enfermedad profesional según corresponda. MATERNIDAD. Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

Durante el periodo de embarazo no realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación conforme a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo.

Disfrutarán de una licencia de 90 (noventa) días repartidos de la siguiente manera: 4 (cuatro) a 6 (seis) semanas antes de la posible fecha del parto, y el número restante de días hasta completar 90 después de ocurrido ese. La licencia se prolongará el tiempo necesario en el caso de que se vean imposibilitados para trabajar por causa del embarazo o el alumbramiento, acreditándolo debidamente mediante la presentación de la Incapacidad expedida por la Institución Médica oficial.

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La licencia se prorrogará el tiempo necesario en el caso de que se vean imposibilitadas de trabajar por causa del embarazo o alumbramiento.

Indicar en la “Incapacidad Temporal para el Trabajo” la fecha probable de parto.

Los días contables de incapacidad por maternidad serán naturales, excluyendo los periodos vacacionales oficiales de la Universidad de Guanajuato y días de descanso obligatorios (marcados en la Ley Federal del Trabajo).

10. Promoción a la Salud y Prevención de Enfermedades

Definición y Políticas. Establecer y difundir acciones que agreguen valor a la salud de los derechohabientes. Mediante esta promoción es necesario privilegiar la importancia de la salud logrando el involucramiento de las personas, bajo el siguiente principio: Atención preventiva sobre la curativa, el autocuidado y la corresponsabilidad de la salud con el paciente. Es necesaria la participación de todos a través de un manejo multidisciplinario para la detección, tratamiento y educación según el factor de riesgo:

a) Detección de enfermedades crónico degenerativas b) Salud materno – infantil c) Detección oportuna de Cáncer d) Grupos de Atención de: Diabetes, Obesidad, Asma, Hipertensión, Cáncer.

Estas clínicas funcionan bajo un esquema de educación médica, terapias grupales e individuales, nutrición y control de medicamentos prescritos por el médico tratante.

Políticas de administración de inmunizaciones. Se aplicarán las vacunas de acuerdo al cuadro básico comprendidas en la cartilla Nacional de vacunación, revisar durante la consulta que el paciente cuente con esquema completo que indica la Secretaría de Salud. Las vacunas complementarias a la Cartilla Nacional de Vacunación podrán ser solicitadas a Red Médica (Influenza y Neumococo para niños de 2 meses a 4 años 11 meses, así como personas mayores de 65 años. Verificar que no existan contraindicaciones médicas y realizar Resumen Médico para ser evaluado por el coordinador Médico-Administrativo. La solicitud de otras vacunas (ejemplo: hepatitis A, B, varicela, tifoidea, etc.) NO se autorizará a petición del paciente. En casos clínicos ESPECIALES, previo resumen clínico por médico tratante especialista (Pediatra, Médico Internista u otro especialista) en donde justifique de manera

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razonada el motivo de aplicación de las mismas, se valorará la autorización de la vacuna por el Coordinador Médico-Administrativo y/o Jefe Médico. Las vacunas serán aplicadas única y exclusivamente por personal de enfermería de la Red Médica.

11. Surtimiento de Medicamentos

Objetivo

Normar los procedimientos para el surtido de recetas médicas a los derechohabientes, con la finalidad de que se les proporcione un servicio de calidad, controlando aquellos factores que incidan en costos innecesarios. El servicio que se ofrecerá al trabajador y derechohabiente es la atención en las farmacias en convenio con la Red Médica, surtimiento de medicamentos indicados por el médico tratante, con las especificaciones y cantidades prescritas en la receta médica, utilizando estrictamente los contemplados en el cuadro básico de medicamentos de la red ponderando ante una misma sal el uso de medicamentos genéricos intercambiables. Políticas para la prescripción de medicamentos

La prescripción de medicamentos se hará exclusivamente a través del formato de “Receta Médica” establecido por la Dirección de la Red Médica.

Solo se podrá ordenar en un formato tres tipos de medicamentos.

La prescripción deberá estar plenamente relacionada con el diagnóstico y el estado clínico del paciente, cuidando de no invadir otra especialidad médica.

No transcribir órdenes o recetas de otros médicos.

No deberán prescribirse medicamentos a solicitud de los pacientes, sino únicamente como consecuencia del diagnóstico elaborado por el médico y bajo criterio del mismo

No recetar a pacientes por terceras personas

Se deberá especificar en forma clara el nombre del medicamento, el número de unidades, presentación, dosificación y el tiempo de cada tratamiento, con el fin de proporcionar solo lo estrictamente necesario, más no excedentes

En caso de utilizar más de un formato para la expedición de la receta médica, se deberá poner la misma fecha en todos los formatos para evitar confusiones y retrasos en el trámite de pago

A los pacientes con enfermedades crónico degenerativas solo se prescribirá lo correspondiente para un mes y se registrará la fecha de la próxima cita. Los pacientes controlados pueden solicitar vale de medicamentos mensualmente en Red Médica, presentando una receta con vigencia no mayor a 6 meses

A los pacientes con enfermedades crónico degenerativas solo se prescribirá lo correspondiente para un mes y se registrará la fecha de la próxima cita. Los pacientes controlados pueden solicitar vale de medicamentos mensualmente en Red Médica, presentando una receta con vigencia no mayor a 6 meses

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Se deberán prescribir los medicamentos que se encuentran en el Catálogo Básico de Medicamentos. Evitar la prescripción de medicamentos cuyo costo es notablemente alto, si existiera el producto en forma genérica intercambiable ó una presentación con mejor precio

En los pacientes sin diagnóstico preciso, evite prescribir más de una presentación o unidad por medicamento, hasta valorar tolerabilidad del paciente al mismo

El médico deberá concienciar al paciente para que cumpla con el tratamiento establecido

Medicamentos de alto costo o aquellos de alta especialidad deberán ser prescritos por el médico especialista correspondiente, y autorizarse por la Coordinación Médico Administrativa y/o Jefatura Médica.

No se prescribirá en el formato material de curación, jeringas, anestesia o medios de contraste

Toda receta deberá estar firmada por el médico tratante y el paciente

No se autorizan complementos alimenticios, productos cosméticos, medicamentos para obesidad, disfunción eréctil, bloqueadores solares, shampoos, medicamentos u otro producto que no esté relacionado con el diagnóstico

De conformidad con la disposición Octava de las Políticas para el Otorgamiento de Servicios Médicos a través de la Red Médica Universitaria, no se cubren medicamentos indicados para padecimientos de origen psicológico ó psiquiátrico. En el caso de que medicamente se justifique la prescripción medicamentos controlados, se deberá adjuntar la receta particular del médico tratante, conteniendo los siguientes datos: Nombre del paciente, Medicamento, Número de Cajas, Presentación, Dosificación, Tiempo de tratamiento, Firma y Número de Cedula Profesional del Médico

Consideraciones para otorgar el servicio:

El derechohabiente deberá presentar al proveedor Farmacéutico, el formato oficial de

“Receta Médica” y/o “Vale de Medicamentos” debidamente llenados, así como la

Credencial de Identificación vigente que lo acredita como derechohabiente de Red

Médica.

Las recetas médicas o vales de medicamentos tendrán una vigencia de 7 días

naturales a partir de su fecha de expedición.

El proveedor deberá verificar que el formato “Receta médica” y/o “Vale de

Medicamento” contenga los siguientes datos:

Nombre del trabajador.

Nombre del paciente.

Número de empleado.

Nombre y firma del médico tratante.

Fecha de expedición de la receta.

Fecha de servicio.

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Códigos de padecimiento (CIE-10) y/o Clave de Procedimiento

Medicamentos prescritos.

En caso de que el formato no contenga alguno de los datos anteriores NO podrán

surtirse los medicamentos y el proveedor deberá indicar al derechohabiente que acuda

con su médico tratante para que se efectúen las correcciones.

Medicamentos controlados:

En caso de medicamentos controlados, el proveedor deberá solicitar la receta particular impresa del médico conteniendo los siguientes datos: nombre del paciente, número de cajas, presentación, dosificación, firma y cédula profesional del médico. El proveedor deberá recabar la firma del derechohabiente en el espacio correspondiente al momento de entregar el medicamento, así como firmar los ticket’s correspondientes. En caso de no existir medicamentos al momento de la presentación del vale o receta, la farmacia apoyará al derechohabiente para localizar el medicamento en otra farmacia de su cadena. El médico deberá concientizar al paciente para que cumpla con el tratamiento establecido.

12. Hospitalización

Objetivo Proporcionar a los derechohabientes la estancia hospitalaria más adecuada para resolver el problema de salud, con el propósito de que el plan de Alta Hospitalaria logre sus objetivos: disminuir los días de estancia hospitalaria y elevar la calidad de atención médica. Políticas Los derechohabientes tendrán acceso a la Atención Médica y/o Quirúrgica en todos los hospitales afiliados a la Red Médica, con cuarto privado de Nivel Estándar, estudios de laboratorio, gabinete y Auxiliares de Diagnóstico para pacientes hospitalizados, terapia intensiva, intermedia medicamentos e Insumos hospitalarios, sala de recuperación, Quirófano y atención de Servicios de Urgencia. Ingreso por Cirugía Programada El derechohabiente deberá presentar al proveedor el formato “Solicitud de Hospitalización” debidamente requisitado y autorizado, así como la Credencial de

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Identificación vigente que lo acredita como derechohabiente de Red Médica. Si el derechohabiente no se identifica NO se proporcionará el servicio. La cirugía deberá efectuarse en la fecha establecida y autorizada para el derechohabiente. El proveedor deberá verificar que los formatos recibidos contengan los siguientes datos:

Nombre del Trabajador

Nombre del paciente

Número de afiliación del trabajador

Nombre del médico tratante

Firma de autorización de atención médica programada (no urgencias) por el Coordinador Médico-Administrativo correspondiente.

Una vez otorgada la atención médica dentro del hospital, el Proveedor deberá preparar la factura del hospital para el pago de los servicios, anexando copia de la misma, copia del pase de hospital, relación detallada de medicamentos y material de curación y otros servicios, con conceptos e importes debidamente requisitados y firmado por el paciente o familiar del mismo (Ticket´s), así como archivos XML y PDF del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) Honorarios Médico-Quirúrgicos Cirujano: 1. Los Honorarios médico quirúrgicos serán cubiertos al 100% y en base a los tabuladores vigentes. 2. Cuando alguna intervención quirúrgica no se encuentre incluida en el tabulador, el Coordinador Médico-Administrativo tabulará, por similitud, aplicando el valor correspondiente. 3. Cuando se efectúe más de una intervención quirúrgica, por un solo cirujano en el mismo campo quirúrgico se pagará al 100% la de mayor arancel y la siguiente al 50% y de existir una tercera, ésta se pagará al 25%. Esto aplica siempre y cuando las intervenciones quirúrgicas sean distintas y no formen parte del procedimiento de la principal. 4. Si se requiere de otra intervención quirúrgica de diferente especialidad en la misma sesión, los honorarios del otro cirujano se cubren al 100 %. No se cubrirán el retiro de puntos, ya que están incluidas dentro del honorario quirúrgico. Ayudante: 1. Se cubrirá el 20 % sobre la base quirúrgica tabulada al cirujano, No se pagará el segundo ayudante a menos que esté autorizado y plenamente justificado; en caso de proceder, se le cubrirá el 10% sobre la base del cirujano. 2. No se autorizarán ayudantías para partos, legrados, suturas, y algunas cirugías de oftalmología (en caso de duda acudir con el coordinador médico de Campus).

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Anestesista 1. Se cubrirá el 30% sobre la base quirúrgica del cirujano, o se valorará por el Coordinador Médico-Administrativo, de acuerdo al riesgo de la cirugía. Instrumentista 1. No se encuentra cubierto, salvo condición especial con plena justificación del cirujano; dicha autorización se realizará a través del Coordinador Médico-Administrativo. Consideraciones Generales Los recibos deberán de ser expedidos por cada contribuyente (médico) de acuerdo al importe autorizado y en base al tabulador de procedimientos médico-quirúrgicos, haciendo mención del concepto de su participación y agregando el nombre del paciente, resumen de hospitalización (solamente lo agrega el médico tratante). En el caso que se realicen dos o más cirugías en un mismo tiempo quirúrgico y una de éstas se encuentren excluida de las coberturas de la prestación, no se autorizará la procedencia del evento; por lo que los gastos quedarán a cargo del derechohabiente. Ingreso por Urgencia Las situaciones de urgencia son aquellas que ponen en peligro la vida o la función de un órgano de una persona, por lo que de manera inmediata requieren la atención médica. El derechohabiente deberá presentar al proveedor la Credencial de identificación que lo acredita como derechohabiente del Servicio Médico de Red Médica. El proveedor informará al Coordinador-Médico Administrativo que corresponda. POLÍTICAS

Los servicios médicos se otorgarán exclusivamente con los médicos y clínicas convenidas con Red

Cuando los beneficiarios, por extrema urgencia o tránsito temporal, requieran de atención médica en otra parte del país fuera del estado de Guanajuato, deberán pagar los honorarios médicos del servicio recibido (gasto médico menor), para posteriormente tramitar el reembolso correspondiente ante Red Médica, para lo cual es necesario solicitar resumen médico, recibo de honorarios a nombre del trabajador y/o factura a nombre de la Universidad de Guanajuato.

Si el evento médico fuera mayor se deberá comunicar a la Red Médica a fin de gestionar el trámite de apoyo al traslado, con la salvedad de que el pago de servicios hospitalarios tendrá como parámetro el costo promedio de lo establecido en las clínicas convenidas en el estado de Guanajuato.

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Traslados Este servicio se proporcionará cuando las condiciones del paciente así lo requieran y será a petición del médico tratante y previa autorización del Coordinador Médico-Administrativo o del Jefe Médico. El servicio de ambulancia sólo se proporcionará cuando el paciente no pueda trasladarse por cuenta propia, por enfermedad, cuando la situación amerite el traslado o por urgencia médica real.

Alta hospitalaria Es el proceso de monitoreo intrahospitalario con el objeto de disminuir los días de estancia hospitalaria y evaluar la calidad médica y del servicio. POLÍTICAS

Se debe proporcionar a los derechohabientes la estancia hospitalaria más adecuada para resolver el problema de salud

Asegurarse que los recursos destinados a resolver el problema sean estrictamente los necesarios

El monitoreo de Alta Hospitalaria es para realizar las gestiones necesarias para que el derechohabiente tenga todo lo necesario para facilitar su recuperación fuera del hospital

El Coordinador Médico-Administrativo estará en contacto con el médico tratante con el propósito de que el plan de Alta Hospitalaria logre sus objetivos

Llenado de la Encuesta de Satisfacción al egreso

13. Terapia Física y Rehabilitación

Objetivo

El proveedor deberá ofrecer los siguientes servicios a los derechohabientes:

Atención personal en todas sus sesiones de terapia.

Control de citas y sesiones autorizadas.

Políticas

Cuando el derechohabiente a consecuencia de un accidente o enfermedad cubierta en

los términos y condiciones del contrato requiera tratamientos de terapia, estarán

cubiertas sólo si son prescritas por el médico tratante.

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Consideraciones para otorgar el servicio

Esta prestación se otorgará previa autorización del Coordinador Médico-Administrativo

y/o el Jefe Médico y deberán ser otorgados por los proveedores que tengan convenio

con la Red Médica.

El derechohabiente deberá presentar al proveedor el formato de “Pase de Servicio de

Apoyo” debidamente requisitado, así como la Credencial de Identificación que lo

acredita como derechohabiente de la Red Médica, deberá incluir:

Nombre del Trabajador

Nombre del paciente

Número de afiliación del trabajador

Nombre del médico tratante

Firma y sello de autorización del pase

Fecha de expedición del pase

Código de padecimiento (CIE-10) y/o de procedimiento

Nombre del proveedor

Descripción del servicio

En caso de que el formato no contenga alguno de los datos anteriores NO podrá otorgarse el servicio y el proveedor deberá indicar al derechohabiente que acuda con su médico tratante para que se efectúen las correcciones correspondientes. El proveedor deberá anotar en el formato la fecha en que se está otorgando el servicio y recabar la firma del derechohabiente. El médico tratante efectuará la valoración inicial y propondrá el tratamiento, mismo que deberá ser evaluado y autorizado por el Coordinador Médico-Administrativo y/o Jefe Médico. Si se requieren de sesiones de terapia adicionales a las máximas autorizadas se deberá tramitar la autorización por parte del Coordinador Médico-Administrativo y/o Jefe Médico. Es responsabilidad del proveedor llevar un control de las sesiones otorgadas y recabar en cada una de ellas la firma de conformidad del derechohabiente (este control deberá presentarse anexo a la factura del proveedor).

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14. Estudios de Laboratorio y Gabinete

Objetivo

Los estudios de laboratorio y gabinete deberán ser considerados un instrumento de

apoyo para la confirmación del diagnóstico y deberán basarse en la valoración

profesional, a través de la práctica de una Medicina basada en evidencias, apoyándose

de ser necesario en las guías de práctica clínica por lo que su prescripción debe de ser

razonada, sin sacrificar la calidad e información requerida para obtener un diagnóstico

preciso.

Políticas

Normar los procesos para la realización de Estudios de Laboratorio y de Gabinete a los

derechohabientes de Red Médica, controlando aquellos factores que incidan en riesgo

para el paciente y/o costos innecesarios.

El servicio que se ofrecerá al derechohabiente es el siguiente:

Atención personal en todos los laboratorios y gabinetes afiliados a la red.

Practicar sólo los estudios prescritos por el médico.

Practicar estudios especiales, previa autorización.

Entrega oportuna de resultados al derechohabiente.

Otorgar descuentos pactados en convenio.

Consideraciones para otorgar el servicio

El derechohabiente tendrá la libertad de elegir el laboratorio o gabinete de su preferencia siempre que éste se encuentre en el directorio de red médica, y será responsabilidad del derechohabiente, ponerse en contacto con el proveedor para recibir instrucciones precisas de las condiciones en las que se deberá presentarse para la realización del estudio. El derechohabiente deberá presentar al proveedor el formato “Pase de Servicio de Apoyo” debidamente requisitado, así como la Credencial de Identificación actualizada que lo acredita como derechohabiente de la Red Médica. Los estudios de Laboratorio y Gabinete deberán solicitarse a través del formato “Pase de Servicio de Apoyo”, (vigencia de 15 días naturales), a partir de su expedición. Si los estudios fueron solicitados mediante el formato de “Receta Médica” el trabajador o beneficiario deberá acudir con el Coordinador Médico-Administrativo para que le sea canjeado por dicho formato.

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El proveedor deberá verificar que el formato “Pase de Servicios de Apoyo” contenga los

siguientes datos:

Nombre del Trabajador.

Nombre del paciente.

Número de afiliación del trabajador.

Nombre del médico tratante.

Firma y sello de autorización del pase.

Fecha de expedición del pase.

Código de padecimiento (CIE-10) y/o de procedimiento.

Nombre del proveedor.

Descripción del servicio o estudios.

El proveedor deberá recabar la firma del derechohabiente en el formato “Pase de

Servicio de Apoyo” e indicarle la fecha de entrega de sus resultados.

En caso de que el formato no contenga alguno de los datos anteriores NO podrá

otorgarse el servicio y el proveedor deberá indicar al derechohabiente que acuda a

Red Médica para que se efectúen las correcciones correspondientes.

Los estudios de Gabinete que requerirán autorización previa por parte de la

Coordinación Médica son los siguientes:

Tomografía computarizada

Resonancia magnética

Medicina nuclear

Mastografía

Eco cardiografía

Ecometría de ojo

Laparoscopía diagnóstica

Artroscopía diagnóstica

Electroencefalograma

Potenciales evocados

Electromiografía

Prueba de esfuerzo

Cateterismo cardiaco

Flebografía

Eco-Doppler

Audiometría

Campimetría

Espirometría

Endoscopia

Densitometría Ósea

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15. Exclusiones Generales y Particulares

No Coberturas

Cirugía estética y tratamientos cosméticos en todas sus formas.

Tratamientos contra la calvicie.

Tratamiento psicológico o de educación especial.

Atención y hospitalización para tratamiento de adicción a drogas y alcohol.

Los que se deriven de cualquier intento de suicidio.

Prótesis y aparatos ortopédicos.

Tratamientos dentales, compra de anteojos, cirugías oculares para defectos de refracción.

Diagnóstico y tratamiento de infertilidad y esterilidad.

Gastos de servicios de: tratamiento médico y/o quirúrgico, diagnóstico, rehabilitación, traslado de ambulancia y servicio de farmacia generados en instituciones o con profesionales de la medicina no convenidos con la Red Médica, salvo autorización previa de Red Médica en cuanto a montos y cobertura médica médicamente justificados.

Servicios médicos originados por el consumo de drogas, enervantes, alcohol, o de una riña en la que hubiese participado el paciente.

Material de curación para pacientes no hospitalizados.

Gastos de servicios ajenos al tratamiento del paciente (alimentos de acompañantes, teléfono, estacionamiento, etc.)

Valoraciones médicas para trámites personales y administrativos generados con personas o instituciones fuera de la Universidad de Guanajuato.

Equipos complementarios tales como inhaladores, vaporizadores, tacones, bastones, zapatos ortopédicos, etc.

Gastos por mantenimiento, pérdida o destrucción de aparatos de prótesis y ortopedia.

Hemodiálisis en domicilio.

Tratamiento de acupuntura y otra medicina alternativa.

No se cubren gastos por vacunas extranjeras o no incluidas en el esquema básico de vacunación.

Check ups y tratamientos en vías de experimentación.

Toda complicación de un padecimiento o gasto no cubierto. Maternidad

Circuncisión en el recién nacido, salvo que exista patología.

Perforación de Lóbulos en el recién nacido.

Las hijas mayores de 18 años que se encuentren embarazadas gozarán del servicio médico hasta el momento del parto, siempre y cuando estén realizando estudios de nivel medio superior o en cualquier rama del

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conocimiento en Instituciones del Sistema Educativo Nacional, dependan económicamente del trabajador y permanezcan solteras.

Lactancia

Acumular dotaciones de fórmula de meses anteriores.

Prescribir dotaciones de fórmula que no sean del mes correspondiente

En caso de cambios de tipo de leche, se deberá prescribir un sólo bote de leche para verificar la tolerancia y posteriormente indicar la dotación completa.

Estudios

Estudios prenupciales.

Constancias de salud para el ingreso a escuelas y clubes deportivos.

Radiografías Panorámicas

Estudios, tratamientos o procedimientos de diagnóstico de infertilidad (esterilidad) masculina y femenina.

Estudios de diagnóstico por talla baja. Farmacia.

Gasas

Adhesivos

Alcohol

Soluciones antisépticas

Vendas

Jeringas

Productos para el tratamiento de la calvicie

Tiras reactivas (dextrostix y bililabstix)

Medicamentos en fase de investigación

Productos de tocador

Medias elásticas

Protectores solares

Artículos dentales (pastas, cepillos, enjuagues y gel oral)

Jabones

Cosméticos antialérgicos

Multivitamínicos

Complementos alimenticios

Cremas reductivas Hospitalización

Paquete de Admisión

Cama Extra

Llamadas telefónicas

Alimentos para acompañantes

Artículos personales (shampoo, pasta de dientes, cepillo dental)

Estancia Hospitalaria en suite, junior suite y master suite.

Estacionamiento

Renta de videos, depósito de control remoto, etc. Terapias de Rehabilitación

Terapias de lenguaje

Terapias de foniatría

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Terapias táctiles

Terapias ocupacionales Tratamientos

Queda excluido cualquier tratamiento dental, así como los gastos relacionados con cualquier tratamiento por problemas en la mandíbula o la articulación de la misma, incluyendo el síndrome temporomandibular o cualquier desorden craneomandibular.

También quedan excluidos los siguientes conceptos: - Ortodoncia y sus estudios radiológicos (ortopantomografía y modelos de estudio). - Coronas, incrustaciones, prótesis, guarda oclusal. - Odontopediatría, extracciones seriadas previas a tratamientos de ortodoncia. - Extracciones de terceros molares cuando se presuma que únicamente están empujando otros dientes y que los terceros molares no presentan sintomatología.

16. Pago a Proveedores

OBJETIVO Establecer las Políticas, Requisitos, Lineamientos y Proceso para el pago a proveedores. DEFINICIONES REQUISITOS FISCALES DE LOS RECIBOS DE HONORARIOS: ARTICULO 29. Los contribuyentes a que se refiere deberán: 1) Contar con un certificado de firma electrónica avanzada vigente (FIEL) 2) Tramitar ante el servicio de administración tributaria el Certificado para el uso de los sellos digitales, los contribuyentes podrán optar por el uso de uno ó más certificados de sellos digitales. El sello digital permitirá acreditar la autoría de los comprobantes fiscales digitales que expidan las personas físicas y morales. La tramitación de un certificado de sello digital solo podrá efectuarse mediante formato electrónico que cuente con la firma electrónica avanzada. 3) Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 29-A de este código. 4) Asignar el Folio del comprobante Fiscal Digital. 5) Incorporar el Sello Digital del Servicio de Administración Tributaria. 6) Representación Impresa del comprobante Fiscal Digital Cuando les sea solicitado, mediante reglas de carácter general, las especificaciones que deben reunir. 7) Cumplir con las especificaciones que en materia de Informática determine el servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. 8) Se podrá comprobar la autenticidad consultando en la página de Internet del servicio de administración tributaria si el número de Folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al Emisor y si al momento de la emisión del comprobante fiscal digital el Certificado que ampare el sello digital se encontrara vigente y registrado en dicho órgano desconcentrado.

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El prestador del servicio médico emitirá un documento electrónico que maneja estándares de seguridad internacional que garantizan que el comprobante es auténtico, íntegro y único y que será aceptado igual que el comprobante fiscal impreso (CFDI).

1. Nombre completo del profesionista. 2. La clave del registro federal de contribuyentes 3. Domicilio fiscal del local o establecimiento en el que se expidan los

comprobantes. 4. Contener impreso el número de folio interno. 5. Nombre de la persona a favor de quien se expide. 6. Descripción del servicio que amparen.

7. Importe del IVA que se traslade en su caso. 8. Importe de los honorarios e Impuestos retenidos respectivamente. El Importe

del Impuesto cedular que en su caso corresponda (Alta en el Estado de Guanajuato 1 % y Alta en otro Estado 2%).

9. Importe neto a recibir en número y letra. 10. La leyenda “Este documento es una representación impresa de un CFDI” 11. 11.1 Fecha de la factura.

11.2 Fecha de timbre. 11.3 Folio Fiscal 11.4 Lugar de Expedición 11.5 Número de Certificado del emisor 11.6 Régimen Fiscal

POLÍTICAS Pago de Servicios por Honorarios Médicos:

1. Se realizará de preferencia un solo recibo de honorarios por todas las consultas otorgadas en el periodo del mes en curso, en caso de que se hayan realizado cirugías, tratamientos o procedimientos incluirlas en el mismo recibo para el cobro de honorarios.

2. La Red médica se reserva el derecho de solicitar recibos de honorarios de manera individual o por separado por casos especiales de trámite de pago.

3. Se deberá anexar el recibo de honorarios en dos tantos (original y copia), una relación de todos los pases debidamente requisitados y en orden (concentrado), indicando en la relación el número de empleado, nombre de empleado, nombre del paciente e importe del servicio así como:

“Solicitud(es) de Hospitalización” y “Resumen de Egreso Hospitalario”

“Pase(s) de Servicios de Apoyo” .

En caso de que así se requiera de acuerdo a la Profesión del Médico

El importe a cobrar por parte del Cirujano o Médico Tratante será el establecido en el tabulador de la Red Médica vigente.

En caso de consultas médicas será establecido de acuerdo al convenio o contrato establecido con él Médico.

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No procede en ningún caso que el cirujano expida recibo de honorarios a favor de cualquier miembro de su equipo de cirugía (Ayudante, Anestesiólogo e Instrumentista), el prestador del servicio deberá tener sus propios recibos de honorarios (Alta ante la SHCP/SAT).

Enviar archivos electrónicos XML y PDF del Comprobante Fiscal Digital por Internet correspondiente (indispensable)

REQUISITOS FISCALES DE LAS FACTURAS

1. Debe de estar Impreso el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien lo expida. Si se tiene más de un local o establecimiento se debe señalar el domicilio de aquel en el que se expidan.

2. Número de folio impreso 3. Lugar y fecha de expedición. 4. Nombre del contribuyente a quien se expide, Clave del Registro Federal de

Contribuyentes, domicilio fiscal, código postal, ciudad, estado. 5. Cantidad y/o descripción del servicio que amparen. 6. Valor unitario, en número e importe total, en número o en letra; en su caso, el

monto de los impuestos que deban trasladarse. 7. Cadena Original del timbre, Sello Digital del Emisor y Sello Digital del SAT. 8. Serie del certificado del emisor, folio fiscal, número de serie del certificado del

SAT, fecha y hora de certificación. 9. La leyenda: “Este documento es una representación impresa de un CFDI”. 10. Las personas físicas que tributan en el Régimen de Actividades Empresariales y

Profesionales, o en el Régimen Intermedio, además deben imprimir la leyenda “Efectos fiscales al pago”, de conformidad con lo señalado en el Art. 133, fracc. III, de la Ley de Impuesto sobre la Renta, así como la leyenda “Pago en una sola exhibición”.

11. La fecha de la factura deberá corresponder al año fiscal en curso, a excepción de las facturas recibidas en el mes de enero por eventos del mes de diciembre del ejercicio fiscal anterior.

Trámite para Pago de Servicios:

Se realizará preferentemente una factura por todos los servicios prestados en el

mes en curso, salvo casos que por disposición fiscal-contable se determine factura por servicio prestado.

Deberá anexarse relación de pacientes indicando nombre y número de empleado, nombre del paciente, importe del servicio con descuentos e impuestos correspondientes (IVA) resaltando el importe Neto.

Las facturas de Hospitalización se harán una por paciente, se deberán acompañar con los siguientes formatos debidamente requisitados: “Solicitud de hospitalización”, Expediente Médico, Hoja de ingreso y egreso hospitalario, así como las comandas de enfermería, concentrado o detallado de material de curación y medicamentos y la hoja de servicio en quirófano, otros.

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Las facturas de Laboratorio y/o gabinete se deberán acompañar con los siguientes formatos debidamente requisitados: “Pase de Servicio de Apoyo”, relación o concentrado de los pacientes

atendidos en el mes correspondiente, así como el importe incluyendo descuento e IVA, (Precio Neto).

Relación de eventos con nombre y número de empleado, paciente, importe neto del servicio (después de descuentos e impuestos)

Anotar en el pase de servicio de apoyo el importe neto

En el caso de terapias de rehabilitación, se anota la fecha del servicio y el prestador del mismo anotará las sesiones de Rehabilitación que considere conveniente según el diagnóstico, para su recuperación, el paciente firmará por cada sesión. De no contar con estos requisitos no se realizará el pago del servicio.

Todos los comprobantes Fiscales para trámite de pago deberán ser expedidos de acuerdo a lo siguiente:

Razón Social Universidad de Guanajuato

R.F.C. UGU450325 KY2

Domicilio Fiscal

Lascurain de Retana No. 5

Zona Centro

C.P. 36000

Guanajuato, Gto.

La documentación para trámite de pago en la ciudad se recibirá de acuerdo al Calendario otorgado por cada Coordinación Médico-Administrativa de Zona. Los pagos se realizarán con base al calendario de la Red Médica, se manejará en base a una fecha de referencia (Se consideran 3 días hábiles de acuerdo a la misma para la aplicación y dispersión del depósito). Todos los pagos se realizarán vía electrónica, a la cuenta elegida por el Médico o proveedor, se anexa cuenta de correo www.pagos.ugto.mx/proveedorNuevo.idc, para su alta en el Padrón de proveedores. Se solicita al médico o proveedor al momento de su incorporación a la Red Médica proporcione formato y documentos tales como: a) Solicitud de Alta del beneficiario firmada por el mismo. b) Copia de RFC, expedido por la SHCP, del beneficiario de la cuenta de cheques. c) Constancia del domicilio fiscal del beneficiario (Telmex y C.F.E.)

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d) Para el caso de personas morales copia del poder notarial del representante legal, en el caso de personas físicas, copia de identificación oficial con fotografía y firma. e) Copia de Estado de cuenta bancario del beneficiario que incluya el número de cuenta, así como la Clabe Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 dígitos que permita realizar transferencias electrónicas de fondos a través de los sistemas de pago. f) Copia de la CURP g) Para el caso de Médicos informar el domicilio en el cual otorga consulta. Causas de Devolución de Documentación. Serán causas de devolución de documentación las siguientes:

Facturas y/o recibos que no cumplan con los requisitos fiscales establecidos por S.H.C.P. (Art. 29 y 29-A del C.F.F.)

Documentación incompleta y no requisitada.

Por inconsistencia en la suma de los importes de las consultas y servicios contra el comprobante de pago expedido.

Cuando los honorarios no coincidan o este alterado el tabulador vigente para los servicios de Red Médica, o la autorización previa de Coordinador Médico-Administrativo o Jefe Médico

No se recibirán pases de consulta, hospital y servicio de apoyo con más de 45 días de antigüedad.

En caso de devolución de documentación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), es responsabilidad del proveedor o médico complementar o sustituir la documentación e información requerida por el área de servicios contables y/o Dirección de la Red Médica.

Los CFDI serán devueltos a la coordinación correspondiente para su devolución y entrega al Médico o proveedor a la brevedad posible.

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17. Directorio

COORDINACIONES MÉDICO-ADMINISTRATIVAS EN CAMPUS

NOMBRE DOMICILIO TELÉFONO MUNICIPIOS HORARIO

Dr. Luis Raúl

Pérez Fons

Conjunto

Administrativo Noria

Alta s/n. Col Noria

Alta. Guanajuato,

Gto.

01 (473) 73 2 36 87/

732 00 06

Ext. 8245

Nextel: 01 (473)

1410538

ID 52*41624*60

Guanajuato

San Luis de la

Paz

Silao

Lunes/Viernes

12 a 18 hrs. y

Sábado 11 a 14

hrs.

Dr. Jose

Arturo

Mosqueda

Gutierrez

Boulevard Lázaro

Cárdenas No. 3122.

Col La Martinica.

Irapuato, Guanajuato

01 (462) 625 67 53

Ext. 1127

Nextel:01(462)

112.05.97

ID 41624*83

Irapuato

Pénjamo

Lunes/ Viernes

8 a 16 hrs.

Dr. Victor

Manuel

Palacios

Pascoe

Av. Las Rosas 501.

Fracc. Jardines de

Jerez. León,

Guanajuato

Teléfono: 01(477) 7

11 62 23 7 71 30 97

Extensiones 4937 y

4938

Nextel:01(477)16

11273

ID 41624*82

León

Lunes/ Viernes

8 a 16 hrs.

Dra. Hilda

María López

Camacho

Prolongación Río

Lerma S/N. Col Suiza.

C.P. 38060. Celaya,

Guanajuato

Tel. 01 (461) 61 575

09

Ext. 2122

Nextel: 01 (461)

Celaya

Salvatierra

Lunes/Viernes

8 a 16 hrs.

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1330512

ID 41624*86

Dra. Rosa

Guillermina

Bravo Morfin

Unidad 2.

Prolongación Tampico

No 904.

Salamanca,

Guanajuato

Tel. 01 (464) 103

9307

Nextel 01 (464)

121.14.75 ID

41624*84

Salamanca

Yuriria

Lunes/Viernes

8 a 16 hrs.

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18. Definiciones

ASPAAUG: Asociación Sindical de Personal Académico y Administrativo de la Universidad de Guanajuato. ASTAUG: Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Guanajuato. Titular: Empleado en servicio activo, jubilado y pensionado.

Beneficiarios: Familiar de 1er grado del Trabajador universitario, afiliado a la Red Médica: Cónyuge, Hijos, Padres y/o Pareja (concubina). Siempre y cuando reúnan los requisitos solicitados para su afiliación. Calidad del Servicio Médico: Cumplimiento de todas las especificaciones médicas que previamente se han determinado al otorgar la atención médica, que sea capaz de alcanzar un equilibrio favorable entre riesgos de salud y beneficios. Deducible: Aportación que hace el trabajador por los servicios médicos que recibe el mismo y/o sus beneficiarios, calculado por la antigüedad y nombramiento que tenga el trabajador en la Universidad, en base a las Políticas para el Otorgamiento de Servicios Médicos, a Través de la Red Médica Universitaria. Médicos: Es la persona que ejerce la medicina, titulado y con cédula profesional, legalmente autorizado para el ejercicio de su profesión y puede ser médico general o médico especialista en convenio con la Dirección de la Red Médica Proveedores Médicos: Personas físicas y morales que ofrecen servicios médicos, las cuales se encuentran en convenio con la Red Médica: Sanatorios, Clínicas, Hospitales, así como los servicios de Farmacias, Laboratorios, Gabinetes y Servicios de Apoyo. RMU: Red Médica Universitaria UPC: Unidad de Primer Contacto Usuarios: Trabajadores de la Universidad de Guanajuato y sus beneficiarios afiliados a la Red Médica.

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ANEXOS

TABULADOR DE DIAS PROMEDIO DE INCAPACIDAD

PADECIMIENTO DÍAS OBSERVACIONES

Absceso (Abdomen) 5 a 14 Dependiendo del cuadro

Absceso Hepático 5 a 14

Absceso Periamigdalino 2 a 4

Absceso Rectoperianal 15

Amigdalitis Aguda 2

Anastomosis Colorrectal 21 a 30

Angina de Pecho (Cuadro Agudo) 7

Apendicectomía 7 a 14

Artropatía Traumática 3 a 7

Avulsión de Uña 2 a 5

Biopsia de Mama 7 a 14

Biopsia de Útero 5 a 7

Bronquitis 2 a 3

Bursitis 7 a 10

Catarata (Ambos ojos) 7 a 21

Catarata (Un ojo) 7 a 14

Cefalea 1 a 2

Cervicalgia, Tortícolis 2 a 5 Dependiendo de intensidad

Ciática 3 a 7

Cirugía Chalazión 5

Cirugía de Ovarios 21 a 28

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PADECIMIENTO DÍAS OBSERVACIONES

Cirugía Gonartrosis 28

Cirugía Hallux Valgus 28 a 56

Cirugía Hidrocele 14 a 21

Cirugía Miomatosis Uterina 21 a 28

Cirugía Pterigion 7 a 14

Cirugía Quiste Sinovial Mano 10 a 14

Cistouretritis 2 a 7

Colangiografía 3 a 5

Colecistectomía 14 a 21

Colecistectomía Laparoscópica 7 a 10

Cólico Renoureteral 3 a 4

Colpoperineoplastía 14 a 21

Colpoperineoplastía 21

Compresión Radicular 1 a 5

Conjuntivitis Bacteriana 1 a 2

Contusión ocular 5 a 7

Contusión Tórax 7 a 14

Crisis Anafiláctica 1 a 2

Crisis Asmática 2 a 4

Crisis Hipertensiva 1 a 3

Derrame Pleural 7 a 14

Descompensación Diabética 2 a 4

Discoidectomía 28 a 40

Dolor Precordial 3 a 10

Encefalopatía Hipertensiva 5 a 10

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PADECIMIENTO DÍAS OBSERVACIONES

Enfermedad Pélvica Inflamatoria 2 a 5

Enfermedad Vascular Cerebral 60 a 90 Dependiendo de evolución

Erisipela 2 a 4

Esguince Lumbar 7 a 30 Dependiendo de gravedad

Esguince Muñeca 7 a 10

Esgunice Rodilla 15 a 21

Extirpación Fibroadenoma Mamario 15

Extirpación Lipoma 2 a 7 Dependiendo del sitio

Extirpación Uña del Pié 4 a 5

Faringitis Aguda 1 a 2

Fascitis Plantar 14 a 21

Fiebre en Estudio 2 a 3

Fistulectomía Rectal 15

Fisura Ortejo Pié 10

Fracrura Peroné 15 a 30

Fractura Antebrazo 15 a 30

Fractura Carpo/Metacarpo 21 a 42

Fractura Cartílago/Huesos Nariz 3 a 7

Fractura Clavícula 28 a 56

Fractura Falanges 21 a 35

Fractura Fémur 56 a 90

Fractura Húmero 50 a 90

Fractura Maxilar 15 a 20

Fractura Rótula 15 a 40

Gastroenteritis Aguda 1 a 3

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PADECIMIENTO DÍAS OBSERVACIONES

Hemorroidectomía 21 a 28

Hepatitis Viral 30

Hernioplastía Inguinal 7 a 14

Hiperuricemia (Ataque de gota) 3 a 7

Hipoglucemia 1 a 2

Histerectomía Total Abdominal 21 a 28

Infarto Agudo Miocardio 21 a 30

Intoxicación Alimentaria 1 a 2

Laberintitis 2 a 5

Laceración Conjuntiva 3

Laparotomía 21 a 28

Laringitis , Traqueítis 2 a 3

Legrado Uterino 3 a 5

Lesión en Pié Diabético 7 a 14 Dependiendo de la lesión

Lesiones Ligamentosas por Estiramiento 14 a 28

Liberación Nervio Cubital 14

Litiasis Uretral 2 a 3

Lumbalgia Aguda 2 a 3

Luxación Cadera 28 a 56

Luxación Cervical no Quirúrgica 14 a 28

Luxación Codo 7 a 14

Luxación Radio 14 a 21

Luxación Rodilla, Ruptura Meniscos 28 a 42

Migraña 1 a 2

Mioartralgias 1 a 3

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PADECIMIENTO DÍAS OBSERVACIONES

Mordedura Perro 3 a 10 Dependiendo de la(s) lesion(es)

Neumonía, Bronconeumonía 7

Neuritis Intercostal 3 a 7

Osteocondritis 3 a 5

Osteomastoiditis 2 a 5

Otitis Media Aguda 2 a 5

Pancreatitis Aguda 5 a 15

Parotiditis 2

Pielonefritis Aguda 3 a 7

Quemaduras 1er y 2do grado 7 a 10 Menos 10% SCT. Dependiendo de sitio

Quemaduras 1er y 2do grado 10 a 20 10-20% SCT

Quemaduras 2do y 3er grado profundas 15 a 28 Menos 20% SCT

Quemaduras 2do y 3er grado profundas 15 a 30 Más 20% SCT

Quemaduras Leves en Piel 3 a 7

Quemaduras Ojos por Sustancias

Qumícas 3 a 7

Queratoconjuntivitis 3 a 5

Quimioterapia (ciclo) 7 a 21

Resfriado (Catarro común) 2 a 3

Rinoseptumplastía 7 a 14

Ruptura Ligamento Tobillo 14 a 21

Sacroileítis 5 a 7

Safenectomía 21

Sangrado Transvaginal 3 a 5

Sinusitis 2 a 5

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PADECIMIENTO DÍAS OBSERVACIONES

Tendinitis Capsular 5 a 7

Tenosinovitis 5 a 7

Tromboflebitis 7 a 14

Úlcera Corneal 3 a 4

Varicela 3 a 14

Dependiendo de etapa infecto-

contagiosa

Vértigo Paroxístico 2

Vértigo Vascular 3 a 7

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FORMATOS

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