manual de procedimientos laborales

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  • 7/23/2019 Manual de Procedimientos Laborales

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    UNIVERSIDAD AUTNOMA DETAMAULIPAS

    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

    LABORALES

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    "

    PrlogoLa Ley Federal del Trabajo le impone al patrn, por un lado la obligacin de llevar y conservarciertos documentos durante y despus de terminada la relacin de trabajo, aunado a lo anteriortambin el patrn estar obligado en un juicio, entre otras cosas a acreditar las condiciones detrabajo en que prest sus servicios el trabajador, como lo es el horario, salario y la categora, ascomo el pago de las prestaciones devengadas en el tiempo en que el empleado se encontrsubordinado a la Universidad Autnoma de Tamaulipas.

    Por lo anterior, el objetivo del presente Manual de Procedimientos Laborales es que el personal queconozca de los documentos que contiene el mismo, deban de ser utilizados para cada caso

    especfico, los cuales adems se han elaborado con la finalidad de que se tenga un solo formatopara tal efecto dentro de la Universidad Autnoma de Tamaulipas, motivo por el cual surge lanecesidad de poder contar con un Manual de Procedimientos Laborales, con el fin primordial decumplir con las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo y prevenir los conflictos dendole laboral.

    Ahora bien, cuando surja algn conflicto de naturaleza laboral con el personal administrativo oacadmico, necesariamente deber de darse el aviso inmediato al rea jurdica de la UniversidadAutnoma de Tamaulipas, para su intervencin y a fin de que los trabajadores busquen unaconciliacin al conflicto para lo cual se proporciona al final de este documento un directoriotelefnico de las reas involucradas dentro de la misma.

    La conciliacin o solucin extrajudicial del conflicto contribuye al buen clima laboral, evitando que elconflicto tenga que ser dirimido mediante resolucin judicial, de tal manera que debern solicitaraudiencia o en su caso presentar por escrito su queja o reclamo, con el objeto de reconocer y definirla naturaleza del problema y poder analizarlo y evaluarlo, para despus dar una solucin a dichoconflicto, evitando con ello un conflicto laboral, privilegiando los arreglos conciliatorios y dndole

    seguimiento a los mismos.

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    Igualmente no podemos dejar de pasar de lado el hecho que las resoluciones de las Juntas deConciliacin y Arbitraje, siempre buscan favorecer al trabajador, al utilizar criterios internos,arrojando por lo general la carga probatoria en juicio al patrn, motivo por el cual resulta importanteque la Universidad Autnoma de Tamaulipas cuente con toda la documentacin administrativalaboral a fin de que tenga elementos necesarios para poder oponer sus excepciones y defensas en

    juicio y resultar absuelta de las acciones y prestaciones reclamadas por parte de los trabajadoresque lleguen a interponer demanda ante dicha autoridad.

    Lo anterior es as, tomando en consideracin el hecho de que en el Artculo 784 de la Ley Federal

    del Trabajo establece lo siguiente:

    La Junta eximir de la carga de la prueba al trabajador, cuando por otros medios est enposibilidad de llegar al conocimiento de los hechos, y para tal efecto requerir al patrn para queexhiba los documentos que, de acuerdo con las leyes, tiene la obligacin legal de conservar en laempresa, bajo el apercibimiento de que de no presentarlos, se presumirn ciertos los hechosalegados por el trabajador. En todo caso, corresponder al patrn probar su dicho cuando existacontroversia sobre:

    I. Fecha de ingreso del trabajador;

    II. Antigedad del trabajador;

    III. Faltas de asistencia del trabajador;

    IV. Causa de rescisin de la relacin de trabajo;

    V. Terminacin de la relacin o contrato de trabajo para obra o tiempo determinado, en los

    trminos del artculo 37 fraccin I y 53 fraccin III de esta Ley;

    VI. Constancia de haber dado aviso por escrito al trabajador de la fecha y causa de su despido;VII. El contrato de trabajo;

    VIII. Duracin de la jornada de trabajo;

    IX. Pagos de das de descanso y obligatorios;

    X. Disfrute y pago de las vacaciones;

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    XI. Pago de las primas dominical, vacacional y de antigedad;

    XII. Monto y pago del salario;

    XIII. Pago de la participacin de los trabajadores en las utilidades de las empresas;XIV. Incorporacin y aportacin al Fondo Nacional de la Vivienda.

    El anterior precepto tiene ntima relacin con el Artculo 804 del ordenamiento en comento queestablece lo siguiente:

    El patrn tiene obligacin de conservar y exhibir en juicio los documentos que a continuacin seprecisan:

    I. Contratos individuales de trabajo que se celebren, cuando no exista contrato colectivo ocontrato Ley aplicable;II. Listas de raya o nmina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo; o recibos depagos de salarios;III. Controles de asistencia, cuando se lleven en el centro de trabajo;IV. Comprobantes de pagos de participacin de utilidades, de vacaciones, de aguinaldos, ascomo las primas a que se refiere esta Ley; yV. Los dems que sealen las leyes.

    Los documentos sealados por la fraccin I debern conservarse mientras dure la relacin laboral yhasta un ao despus; los sealados por las fracciones II, III y IV durante el ltimo ao y un aodespus de que se extinga la relacin laboral, y los mencionados en la fraccin V, conforme losealen las leyes que los rijan.

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    Al respecto Alberto Trueba Urbina y Jorge Trueba Barrera en la 87 edicin actualizada de la LeyFederal del Trabajo Comentarios, Prontuario, Jurisprudencias y Bibliografa, sealan respecto dedicho precepto lo siguiente: Este artculo es una innovacin procesal y confirma la naturaleza social

    del proceso laboral como un derecho que tiene por fin garantizar una igualdad real en el proceso,mediante la tutela y proteccin de los trabajadores. En trminos generales la carga de la pruebaincumbe a la parte que dispone de mejores elementos para la comprobacin de los hechos o elesclarecimiento de la verdad, en este sentido la Ley estima que el patrn tiene los elementos paraesclarecer los hechos de ah que se seale claramente, 14 casos, en los que indubitablementecorre a su cargo la carga de la prueba cuando exista controversia sobre ellos, independientementede que el patrn haya hecho alguna afirmacin o no sobre los mismos. Debe destacarse quecuando exista controversia sobre horas extras el patrn tendr la obligacin de comprobar laduracin de la jornada de trabajo, terminando as la injusta interpretacin que la Suprema Corte deJusticia haba sostenido en esta materia en perjuicio de los trabajadores y que con base en la

    misma siempre se exima al patrn del pago de dichas horas extras, pues era prcticamenteimposible para el trabajador comprobarlas de momento a momento como se le exiga. Atendiendoa lo anterior los patrones, para evitarse perjuicios debern de llevar listas de asistencia o tarjetas detiempo o asistencia o cualquier otro documento, para comprobar la hora de entrada y salida de lostrabajadores adems, las Juntas estn facultadas para eximir de la carga de la prueba a lostrabajadores cuando a su juicio existan otros medios de llegar a los conocimientos de los hechoscontrovertidos y para tal efecto podrn requerir al patrn para que exhiba los documentos de queacuerdo con los leyes tiene obligacin de conservar en la empresa, bajo el apercibimiento que deno presentarlos se tendrn por ciertos los hechos alegados por el trabajador.

    Tambin, queda eximido el trabajador de probar en el proceso laboral correspondindole la cargade la prueba al patrn, cuando el demandado no rechace la existencia de la relacin laboral, paraacreditar y demostrar el salario que perciba el trabajador, el horario o jornada de trabajo, lacategora y si le fueron pagadas las prestaciones legales o contractuales.

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    Instructivo

    Este manual cuenta con la explicacin y generalidades de cada uno de los documentos, los cualesse encuentran elaborados para ser llenados fcilmente y poder utilizarlos en el centro de trabajo,para que tengan validez.

    Para tener acceso al contenido del documento usted deber colocar el cursor en el archivo quedesee consultar, posteriormente deber de oprimir el botn derecho del mousse y con el botnizquierdo del mismo abrir hipervnculo.

    Cuando el documento contenga ms de una hoja debern de suscribirse al margen las primerashojas y la ltima al calce para constancia.

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    NDICE

    Prlogo (pginas 2-5).Instructivo (pgina 6).ndice (pginas 7 a 8).

    Captulo 1 Documentos para la pre contratacin.

    1.1 Solicitud de empleo (pginas 9-11)

    1.2 Hoja de datos para elaborar contrato de trabajo (pginas 12 a 14).

    Captulo 2 Documentos para la Contratacin.

    2.1 Contrato Individual de Trabajo (pginas 15 a 17).2.1.1 Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Determinado para Personal Acadmico deHorario Libre (pginas 18 a 24).2.1.2 Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Determinado para Auxiliar Acadmico yVisitantes (pginas 25 a 31).2.1.3 Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Determinado para Personal en General y

    Administrativo (pginas 32 a 39).2.1.4 Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Indeterminado para Personal en General yAdministrativo (pginas 40 a 47).2.1.5 Contrato Individual de Trabajo para Obra Determinada (pginas 48 a 54).

    2.2 Contrato de Prestacin de Servicios Profesionales por Tiempo Determinado(pginas 55 a 60).

    Captulo 3 Documentos Obligatorios

    3.1 Control de asistencia individual y colectivo (pginas 61 a 63).

    3.2 Citatorios

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    3.2.1 Citatorio previo para entregar al Trabajador Infractor el Oficio para comparecencia

    del Acta Administrativa (pginas 64 a 65).3.2.2 Citatorio para el Trabajador Infractor (pgina 66).3.2.3 Citatorio para el Testigo de Cargo (pgina 67).3.2.4 Citatorio para el Representante Sindical (pgina 68).

    3.3 Acta administrativa (pginas 69 a 75).

    3.4 Carta renuncia (pginas 76 a 77).

    3.5 Recibo finiquito (pginas 78 a 79).

    3.6 Convenio de terminacin de la relacin de trabajo (pginas 80 a 84).

    3.7 Aviso de rescisin de la relacin de trabajo (pginas 85 a 87).3.7.1 Causales de rescisin de la relacin de trabajo (pginas 88 a 96).

    3.8 Procedimiento Paraprocesal (pginas 97 a 101).

    3.9 Resumen de Recomendaciones de Observacin Obligatoria (pgina 102)

    Directorio telefnico (pgina 103).

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    Captulo 1Documentos para la pre contratacin.

    1.1 Solicitud de empleo.

    Es importante que utilicen formatos de solicitud de empleo dentro de la poltica de ingreso delpersonal que lleguen a contratar, para la debida integracin de los expedientes de todo el personalque labora para la Universidad Autnoma de Tamaulipas, mismo que se deber de entregar a laDireccin de Recursos Humanos de la Universidad Autnoma de Tamaulipas.

    En la solicitud de empleo sugerimos revisen pormenorizadamente los siguientes puntos:a. Buscar espacios en blanco u omisiones.b. Detectar periodos de tiempo sin ninguna actividad productiva.c. Identificar lapsos de tiempo y trabajos.d. Examinar los nombres de los puestos desempeados anteriormente.

    Adicionalmente debern de requerirle al solicitante los comprobantes que avalen la informacin queasienten en la solicitud que para tal efecto lleguen a presentar, a fin de poder constatar la veracidad

    y la autenticidad de la informacin y experiencia que aparecen en dicho formato.

    Cabe mencionar que la solicitud de empleo no es un documento obligatorio por ley, tambin suutilidad es indiscutible para mltiples casos.

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    Solicitud de EmpleoFavor de llenar los espacios de manera completa, as como la informacin requerida para la presentacin adecuada de suscapacidades. Es indispensable mantener actualizados sus datos para lograr una mejor promocin. En el momento de sercontratado (a) deber hacerlo saber de inmediato a la Direccin de Recursos Humanos.

    FECHA_________________________

    Datos EscolaresCarrera:

    Generacin de: a: Promedio General:Institucin:

    Pasante: ( ) Titulado: ( )

    Otros EstudiosGrado Especialidad Institucin Periodo Ttulo ObtenidoMaestra

    Diplomado

    OtrosOtros

    Habilidades en Computacin: reas de inters para trabajar:

    Disponibilidad Idioma (s) Conversacin % Escritura % Lectura % Documento lo acredite

    De viaje !s ! NoDe automvil !s ! NoDe cambio de residencia !s ! NoHABILIDADES (sealar con X las habilidades con las que se identifica)

    ! Anlisis! Comunicacin! Coordinacin de Grupos! Creatividad! Don de Mando! Liderazgo! Negociacin! Orientacin a resultados! Proactividad! Relaciones Interpersonales

    ! Trabajo en equipo! Actitud de Servicio! Artes Grficas! Coordinacin de Personal! Delegacin de funciones! Dibujo! Docencia! Entrevista! Hablar en Pblico! Investigacin

    ! Redaccin! Relaciones Pblicas! Toma de decisiones! Trabajo bajo presin! Versatilidad

    Otros:____

    Datos PersonalesNombre Completo:

    Lugar y fecha de Nacimiento:Estado Civil:

    Domicilio:Colonia Ciudad C.P

    Tel. (1) casaTel. (2) recados Fax:

    E-mail:

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    Experiencia Profesional. Seale los ltimos tres empleos en los que se ha desempeado:Experiencia Laboral

    Empresa:___________________________________

    Telfono:_______________ Duracin__________________

    Periodo: ____________________ Puesto:_______________

    Jefe Inmediato:___________________________________

    Describa brevemente las actividades y responsabilidades en el desempeodel puesto:

    Experiencia Laboral

    Empresa:___________________________________

    Telfono:_______________ Duracin__________________

    Periodo: ____________________ Puesto:_______________

    Jefe Inmediato:___________________________________

    Describa brevemente las actividades y responsabilidades en el desempeodel puesto:

    Experiencia Laboral

    Empresa:___________________________________

    Telfono:_______________ Duracin__________________

    Periodo: ____________________ Puesto:_______________

    Jefe Inmediato:___________________________________

    Describa brevemente las actividades y responsabilidades en el desempeodel puesto:

    Ingresos mnimos deseados para su promocin $

    Anote dos referencias personales

    Nombre____________________________________________________ Telfono____________________________________

    Nombre ____________________________________________________ Telfono___________________________________

    Observaciones especiales del entrevistador:___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

    Documentacin:No. de afiliacin al IMSS: __________________________

    Registro Federal de Contribuyentes : _________________No. de Cdula profesional: _________________________No. de Licencia de manejo: ________________________Certificado Escolar: ______________________________

    Comprobante de domicilio: ________________________

    No. de Pasaporte: ___________ Fecha de vencimiento ______

    Cartilla Militar: __________________ Liberada _____________Otros : ________________________________________________________________________________________________

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    1.2 Hoja de datos para elaborar contrato de trabajo.

    Este documento tiene por objeto que se entregue a la persona que se va a contratar para su llenadoy firma, el cual deber de proporcionar los datos completos y correctos. Con esta informacintendremos lo necesario para la elaboracin del contrato respectivo.

    Es muy importante recomendar que los datos sean completos y sobre todo correctos, pues esmuy comn que los trabajadores olviden los datos y consecuentemente los inventen, estando a

    cargo la supervisin de dicho documento por parte de la Direccin de Recursos Humanos de laUniversidad Autnoma de Tamaulipas.

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    Hoja de Datos para Elaborar Contrato de TrabajoFECHA_________________________

    Datos Personales

    Nombre Completo:

    Lugar y fecha de Nacimiento: Estado Civil:Domicilio: Colonia Ciudad C.PTel. (1) casa Tel. (2) recados Fax:E-mail:

    Datos EscolaresCarrera: Generacin de: a: Promedio General:Institucin: Pasante: ( ) Titulado: ( )

    Otros EstudiosGrado

    Especialidad Institucin Periodo Ttulo Obtenido

    MaestraDiplomadoOtrosOtros

    Habilidades en Computacin: reas de inters para trabajar:

    Disponibilidad Idioma (s) Conversacin % Escritura % Lectura % Documentos

    De viaje !s ! NoDe automvil !s ! NoDe cambio de residencia !s ! No

    HABILIDADES (sealar con X habilidades con las que se identifica)! Anlisis ! Trabajo en equipo ! Redaccin! Comunicacin ! Actitud de Servicio ! Relaciones Pblicas! Coordinacin de Grupos ! Artes Grficas ! Toma de decisiones! Creatividad ! Coordinacin de Personal ! Trabajo bajo presin! Don de Mando ! Delegacin de funciones ! Versatilidad! Liderazgo ! Dibujo ! Otros:_________________________! Negociacin ! Docencia! Orientacin a resultados ! Entrevista! Proactividad ! Hablar en Pblico! Relaciones Interpersonales ! Investigacin

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    Experiencia Laboral

    Empresa:___________________________________

    Telfono:_______________ Duracin__________________

    Periodo: ____________________ Puesto:_______________

    Jefe Inmediato:___________________________________

    Describa brevemente las actividades y responsabilidades en el desempeodel puesto:

    Experiencia Laboral

    Empresa:___________________________________

    Telfono:_______________ Duracin__________________

    Periodo: ____________________ Puesto:_______________

    Jefe Inmediato:___________________________________

    Describa brevemente las actividades y responsabilidades en el desempeodel puesto:

    Experiencia Laboral

    Empresa:___________________________________

    Telfono:_______________ Duracin__________________

    Periodo: ____________________ Puesto:_______________

    Jefe Inmediato:___________________________________

    Describa brevemente las actividades y responsabilidades en el desempeodel puesto:

    Ingresos mnimos deseados para su promocin $

    Observaciones especiales del entrevistador._____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

    DocumentacinNo. de afiliacin al IMSS: __________________________Registro Federal de Contribuyentes : _________________No. de Cdula profesional: _________________________No. de Licencia de manejo: ________________________Certificado Escolar: ______________________________Comprobante de domicilio: ________________________

    No. de Pasaporte: _____________________________________Fecha de vencimiento _________________________________Cartilla Militar: ________________________________________Liberada ____________________________________________Otros : ______________________________________________

    ____________________________________________________

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    CAPITULO 2Documentos para la Contratacin

    2.1 Contrato Individual de Trabajo.

    El contrato de trabajo slo podr celebrarse por tiempo determinado cuando as lo exija sunaturaleza, lo que se desprende de las siguientes circunstancias:

    a. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;b. Cuando tenga por objeto sustituir a otro trabajador; yc. En los dems casos previstos por la Ley Federal del Trabajo.

    Tiene capital importancia lo estipulado en el Artculo 39 de la Ley Federal del Trabajo, en el sentidode que si vencido el trmino que se hubiera fijado subsiste la materia del trabajo, la relacinquedar prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia.

    De lo antes expuesto vemos que la ley ha simplificado la clasificacin de los contratos respecto desu duracin para incluir solamente dos tipos de contrato o relacin de trabajo:

    a) Por tiempo indeterminado; y

    b) Para obra o tiempo determinado.

    El contrato de trabajo por tiempo determinado tiene su explicacin por la naturaleza de los mismostrabajos que van a realizarse, no debiendo de olvidar que en este caso, aunque vencido el trminodel contrato a tiempo fijo, si subsisten las causas que le dieron origen o la materia de trabajo,deber de prorrogarse el contrato.

    El Artculo 24 de la Ley Federal del Trabajo establece que las condiciones laborales deben hacerseconstar por escrito. Se harn dos ejemplares del contrato por lo menos uno para cada parte. Lafalta de contrato escrito es imputable al patrn. Los contratos individuales no tienen que registrarseante las Juntas de Conciliacin y Arbitraje, salvo en casos excepcionales. Aun cuando exista uncontrato colectivo se recomienda la elaboracin de contratos individuales.

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    Los contratos individuales de trabajo por tiempo determinado constituyen una excepcin a laestabilidad en el empleo contemplada por la Ley Federal del Trabajo y en forma general deber deaplicarse al trabajador eventual o al substituto de otro, debindose especificar el porqu de laeventualidad, de igual manera deber ser aplicado a los trabajadores de nuevo ingreso sinexcepcin alguna, no pudiendo prestar sus servicios a la Universidad Autnoma de Tamaulipas,en ningn caso, sin la firma previa de ste contrato.

    Los contratos a prueba no existen en nuestra legislacin pero la ley autoriza la rescisin delcontrato individual de trabajo en los primeros treinta das de servicio cuando el trabajador haya

    engaado al patrn o carezca de facultades para el desempeo del trabajo, esta causal debe dedemostrarse en juicio y corresponde al patrn la carga de la prueba.

    En la contratacin del personal acadmico se deben de respetar los periodos de su duracin, y sedeben de tomar en consideracin todos los requisitos que establece el Artculo 25 de la Ley Federaldel Trabajo y los artculos 6, 7, 9, 11 y 12 del Reglamento de Personal Acadmico.

    El personal acadmico se clasifica en: (I) De Horario Librees quien desempea su trabajo docente

    por horas habiendo demostrado capacidad, aptitudes y los conocimientos suficientes en unaespecialidad; (II) De Tiempo Completo es quien realiza de manera regular y permanenteactividades acadmicas de docencia e investigacin y extensin y difusin de la cultura; (III) DePersonal Auxiliar Acadmico es quien coadyuva con el personal acadmico de tiempo completo,con el fin de capacitarse para el desempeo de las actividades acadmicas y en ningn caso sertotalmente responsable del grupo, ni podr impartir ms del 40% del curso o realizar todas lasfunciones que correspondan a un profesor; (IV) Visitanteses quien proviene de otras Institucionesde educacin superior del pas o del extranjero invitado por la Universidad con motivo de susreconocidos mritos en su labor docente o de investigacin; (V) Los dems que en el futuro secrearen.

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    Asimismo el personal acadmico se clasifica atendiendo la duracin de su contratacin en:I. Por tiempo determinado, es quien ingresa a la Universidad a laborar en forma temporal ointerina, y su contratacin ser hasta por un ao, podr prorrogarse si subsiste la necesidad y no sehubiera cubierto an la plaza;

    II. Por obra determinada, es quien ingresa a la Universidad en forma temporal, para la realizacinde una obra o actividad acadmica especfica, relacionada con la docencia o la investigacin, deacuerdo con los planes y programas aprobados por la Asamblea Universitaria y su contratacinpodr prorrogarse hasta por dos veces consecutivas;

    III.Por tiempo indeterminado, es quien ingresa de tiempo completo a la Universidad para realizarde manera regular y permanente actividades acadmicas que tengan ese carcter, previapresentacin y aprobacin del concurso de oposicin, de acuerdo con los planes y programasaprobados por la Asamblea Universitaria.

    Estos contratos deben de estar suscritos por el Rector o en su caso por el Secretario General y afalta de ste por el Director General de Recursos Humanos de la Universidad Autnoma deTamaulipas, asimismo el personal acadmico visitante deber de tener la autorizacin suscrita por

    el Rector para su contratacin, previa solicitud que dirijan los Directores de las Escuelas,Facultades y Unidades Acadmicas a la Direccin de Recursos Humanos de la UniversidadAutnoma de Tamaulipas.

    Los contratos individuales de trabajo por tiempo indeterminado deben ser aplicados al personal quecumpla con la normatividad interna de la Universidad Autnoma de Tamaulipas, o bien, cuandoobtenga la planta dentro de la misma.

    A continuacin damos a conocer los contratos para el personal acadmico; en la contratacin delpersonal en general y administrativo se puede utilizar los contratos por tiempo determinado o por

    tiempo indeterminado, segn el caso concreto.Adicionalmente, presentamos el contrato individual de trabajo para obra determinada, el cual esapto para los trabajos que se encuentran previstos en los artculos 35 y 36 de la Ley Federal delTrabajo y slo puede celebrarse este tipo de contrato cuando la obra que se va a ejecutar as loexija, y debe de manifestarse expresamente esta circunstancia, as como la duracin de la obra,pues esta circunstancia viene a corroborar la necesidad de los servicios de dicho personal.

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    *(

    2.1.1 Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Determinado para Personal Acadmico deHorario Libre

    CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO PARA PERSONAL ACADMICO DE HORARIOLIBRE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTNOMA DE TAMAULIPAS, (EN LO SUCESIVODENOMINADA COMO LA U.A.T.), REPRESENTADA POR EL LICENCIADO _______________________________________,Y POR LA OTRA _________ ____________________________ (EN LO SUCESIVO DENOMINADO COMO ELTRABAJADOR), POR SU PROPIO DERECHO, SEALANDO LOS CONTRATANTES QUE CUANDO ACTEN EN FORMACONJUNTA SE LES IDENTIFICAR COMO LAS PARTES, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES YCLUSULAS:

    DECLARACIONES

    I. La U.A.T., a travs de su representante legal, declara:

    a) Es un organismo pblico descentralizado del Estado, con autonoma, personalidad jurdica y patrimonio propios,creada por Decretos 156 y 157, publicados en el Peridico Oficial del Estado, con fecha 11 de febrero de 1956, quecontiene su Ley constitutiva y su Ley orgnica; Decreto 145, publicado en el Peridico Oficial del Estado, de fecha 15de marzo de 1967, que reforma la constitucin de la Universidad, otorgndole su autonoma, y con Decreto 33,publicado en el Peridico Oficial del Estado, con fecha 4 de octubre de 1972, que modifica el Decreto 145, y se rige entrminos de lo dispuesto por el artculo 3 fraccin VII Constitucional al establecer que las universidades y las demsinstituciones de educacin superior a las que la ley otorgue autonoma, tendrn la facultad y la responsabilidad degobernarse a s mismas, normndose por el apartado A del artculo 123 de la Constitucin y en los trminos y con lasmodalidades que establece la Ley Federal del Trabajo conforme a las caractersticas propias de un trabajo especial,como lo establecen los artculos 353 J, 353, 353 L, de manera que concuerden con la autonoma, la libertad de

    ctedra e investigacin;b) Posee la capacidad jurdica para la celebracin de este contrato, y ostenta la personera necesaria para obligar a surepresentada en los trminos que se establezcan a travs del presente acuerdo de voluntades, facultades que le hansido conferidas y no le han sido limitadas ni revocadas en forma alguna;

    c) Para efectos del presente Contrato, seala como domicilio convencional, el Edificio de Rectora ubicado en CalleMatamoros entre 8 y 9, Zona Centro, Cdigo Postal 87000 en Ciudad Victoria, Tamaulipas;

    d) Cuenta con el personal de planta necesario para satisfacer sus necesidades ordinarias de trabajo en la actividad aque se dedica, pero que sin embargo en forma espordica y por circunstancias extraordinarias requiere de personalajeno a la misma y con carcter de eventual del ____ de ________________ de ______ al ____ de ______________de ______, es decir, se trata de un trabajo especial, eventual, con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37fraccin I relacionado con el artculo 353-L de la Ley Federal del Trabajo, en relacin con lo establecido en elReglamento de Personal Acadmico vigente de la U.A.T., en la inteligencia de que terminar el presente contrato en

    forma natural, sin necesidad de aviso ni de ningn otro requisito y sin responsabilidad para la U.A.T., cuando hayaconcluido el trmino de su duracin de conformidad con lo dispuesto por la fraccin III del artculo 53 del citadoordenamiento legal; y

    e) Que es su deseo contratar los servicios del TRABAJADOR, por tiempo determinado y con carcter eventual, en lostrminos descritos en el presente Instrumento.

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    II. El TRABAJADOR, por su propio derecho, declara:

    a) Es mayor de edad, de nacionalidad mexicana, y que cuenta con la capacidad jurdica necesaria para celebrar elpresente Contrato y obligarse en los trminos del mismo;

    b) Es su deseo ser contratado(a) por la U.A.T., por tiempo determinado, en los trminos del presente Contrato;c) Posee la experiencia, capacidad, aptitud, conocimiento, cualidades, habilidades y requisitos necesarios para

    desempear adecuadamente el trabajo contratado en el presente Instrumento;d) Est enterado de que la U.A.T., requiere de sus servicios por tiempo determinado y con carcter de eventual del

    ______ de ___________ de ______ al ______ de ___________ de ______, es decir, se trata de un trabajo especial,eventual, con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37 fraccin I relacionado con el artculo 353-L de la LeyFederal del Trabajo, en relacin con lo establecido en el Reglamento de Personal Acadmico vigente de la U.A.T., enla inteligencia de que terminar el presente contrato en forma natural, sin necesidad de aviso ni de ningn otrorequisito y sin responsabilidad para la U.A.T., cuando haya concluido el trmino de su duracin de conformidad con lodispuesto por la fraccin III del artculo 53 del citado ordenamiento legal; y

    e) Es su voluntad desarrollar actividades como trabajador ACADMICODE HORARIO LIBRE, consistiendo su trabajo,en preparar, impartir y evaluar a los alumnos en la (s) asignatura (s) que se especifica (n) en el presente contrato,siendo su centro de labores la Facultad de ___________ __________________________________________, consede en ____________________, con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37 y 53 fraccin III relacionados conlos artculos 353-J, 353-K y 353-L de la Ley Federal del Trabajo.

    III. LasPARTES, declaran:

    a) Que se reconocen expresamente la personalidad con que se ostentan y la capacidad legal para obligarse en lostrminos del presente Contrato, para todos los efectos legales a que haya lugar;

    b) Que el presente Contrato Individual de Trabajo deja sin efecto legal cualquier otro contrato que hayan celebrado conanterioridad entre s, ya sea por escrito o en forma verbal;

    c) Que el presente Contrato lo celebran de manera libre, espontnea y deliberada voluntad, sin que medie coaccin

    fsica o moral de cualquier especie y en consecuencia no existe error, dolo o mala fe de algunas de las PARTES; yd) Que en virtud de las declaraciones que anteceden, las PARTES otorgan las siguientes:

    CLUSULAS

    PRIMERA.El TRABAJADOR se obliga a prestar a la U.A.T. sus servicios personales y subordinados, con las instruccionesque la U.A.T. le proporcione en cuanto a la forma, lugar y tiempo en que deba prestar su trabajo, debiendo atender todaactividad conexa o relacionada como trabajador ACADMICO DE HORARIO LIBRE con la categora ___________ paraimpartir la asignatura denominada _______________________ del grupo ________ de la Facultad de________________________________________ con sede en ___________________________ por tiempo determinado del

    ____ de ____________ de ______ al _____ de _________ de _______, en un horario de labores de las ______ a las________ de lunes a viernes de cada semana, para el periodo escolar ______________________, es decir, se trata de untrabajo eventual, con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37 fraccin I relacionado con el artculo 353-L de la LeyFederal del Trabajo, en relacin con lo establecido en el Reglamento de Personal Acadmico vigente de la U.A.T., en lainteligencia de que terminar el presente contrato en forma natural, sin necesidad de aviso ni de ningn otro requisito y sinresponsabilidad para la U.A.T., cuando haya concluido el trmino de su duracin de conformidad con lo dispuesto por lafraccin III del artculo 53 del citado ordenamiento legal.

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    SEGUNDA.El Trabajo contratado ser realizado por el TRABAJADOR, bajo la direccin, dependencia y subordinacin de laU.A.T. En consecuencia, el TRABAJADOR se constrie al cumplimiento absoluto de las rdenes e instrucciones que reciba dela U.A.T., en lo relativo al trabajo encomendado a su cargo.

    TERCERA.La duracin mxima de la jornada de trabajo que deber de prestar el TRABAJADOR ser de _______ horas a lasemana. La U.A.T. repartir las horas de trabajo a fin de permitir al TRABAJADOR el reposo total de un da de descanso a lasemana.

    La U.A.T. podr modificar la jornada y el horario de trabajo sin exceder los lmites legales, en cualquier momento, y slo tendrque comunicarlo al TRABAJADOR por escrito y con cinco das hbiles de anticipacin.

    CUARTA.El control de asistencia se sujetar a las siguientes reglas:

    a) La hora de entrada ser de manera estricta y puntual;b) No existe tolerancia en la hora de entrada a trabajar;c) Para mantener un adecuado control en el cumplimiento de la jornada y el horario de trabajo, la U.A.T. implementar

    los controles de asistencia u horario que considere pertinentes al TRABAJADOR, el cual deber de llevar a cabo,conforme a las instrucciones suministradas para tal fin;

    d) El TRABAJADOR tendr derecho a tener 2 retardos injustificados en un lapso de treinta das, a partir del tercero sercomputada una falta, y una falta adicional por cada tres retardos ms; y

    QUINTA. Se considerar como una falta injustificada de asistencia del TRABAJADOR, y se sancionar conforme a lodispuesto en este contrato, cualquiera de los siguientes casos:

    a) Si el TRABAJADOR injustificada e intencionalmente no registra su entrada;b) Si el TRABAJADOR intencionalmente no registra la salida; yc) Si el TRABAJADOR registra intencionalmente la tarjeta de otro TRABAJADOR, lo cual se considerar como causal de

    rescisin de la relacin de trabajo.

    SEXTA. Cuando el TRABAJADOR no pueda concurrir a sus labores por enfermedad, deber informar de su falta de asistencia,salvo que justifique la imposibilidad de hacerlo. Al presentarse para reanudar sus labores deber proporcionar a la U.A.T. laincapacidad correspondiente, ya que de lo contrario ser considerado dicha falta como injustificada y se proceder a efectuarlos descuentos y sanciones correspondientes.

    SPTIMA. El TRABAJADOR percibir un salario mensual de acuerdo a la categora con la que es contratado y deconformidad con el tabulador de salarios que rija en la U.A.T. en el periodo que es contratado el TRABAJADOR, el cual le sercubierto quincenalmente en das laborales, los das 15 y ltimo de cada mes, en el transcurso de la jornada laboral, en monedade curso legal, en el lugar de trabajo, por medio de cheque o transferencia electrnica a la cuenta nominal que para este efectoabra la U.A.T. a nombre del TRABAJADOR. En el caso de caer el da de pago en un da no laboral, el pago se realizar conanticipacin el da laboral inmediato anterior. La U.A.T., adems de efectuar las retenciones, deducciones o descuentos a queest obligada por ministerio de ley o por orden de autoridad competente, podr hacer dichas retenciones, descuentos o

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    deducciones al salario del TRABAJADOR cuando se trate de deudas contradas con la U.A.T. por concepto de anticipo desalarios, pagos hechos con excesos, errores o prdidas debidamente comprobadas.

    OCTAVA. El TRABAJADOR se obliga a los reconocimientos mdicos que determine la U.A.T. de conformidad con la LeyFederal del Trabajo, ya sea por mdicos oficiales o particulares, sin perjuicio de que la U.A.T. le realice reconocimientos yexmenes mdicos en los siguientes casos:

    a) Cuando se requiera para la comprobacin de una enfermedad, y la resolucin de licencia e incapacidad;b) Cuando se presuma que el TRABAJADOR ha contrado alguna enfermedad contagiosa o que se encuentra

    incapacitado fsica o mentalmente para el trabajo; yc) Cuando se observe que algn TRABAJADOR concurre a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de

    narcticos o drogas enervantes.

    NOVENA. El TRABAJADOR slo podr laborar tiempo extraordinario con la autorizacin previa y por escrito de la U.A.T.

    DCIMA. En el caso de que el TRABAJADOR decida por voluntad propia dar por terminada la relacin de trabajo, deber daraviso a la U.A.T. con un mnimo de 15 (quince) das hbiles de anticipacin.

    DCIMA PRIMERA. Son causas de rescisin del Contrato de Trabajo, sin responsabilidad para la U.A.T., adems de las queestablece el artculo 47 de la Ley Federal del Trabajo y las propias del trabajo especial encomendado conforme lo dispone elReglamento de Personal Acadmico de la U.A.T., cuando:

    a) El TRABAJADOR presente certificados falsos o referencias en las que se le atribuyan capacidades, aptitudes ofacultades de las cuales carezca;

    b) El TRABAJADOR incumpla con los programas de capacitacin y adiestramiento que le sean asignados por la U.A.T.;c) El TRABAJADOR incurra en faltas de probidad u honradez en perjuicio de la U.A.T. o de sus directivos, as como

    incurrir en actos de violencia, amenazas, injurias o malos tratamientos en contra del personal directivo oadministrativo de la U.A.T. o de los familiares de stos. La U.A.T. podr considerar como falta de probidad la

    acumulacin por parte del TRABAJADOR de once retardos en un lapo de treinta das;d) El TRABAJADOR cometa contra alguno de sus compaeros los actos enumerados en la fraccin inmediata anterior,

    alterando la disciplina del lugar en el que se desempee el trabajo;e) El TRABAJADOR ocasione intencionalmente perjuicios materiales durante el desempeo de las labores o con motivo

    de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, Instrumentos, materias primas y dems objetos relacionados con eltrabajo;

    f) El TRABAJADOR cometa actos inmorales en el lugar de trabajo;g) El TRABAJADOR revele los secretos o asuntos de carcter confidencial en perjuicio de la U.A.T., ocasionando la

    prdida total o parcial de confianza por parte de sta a juicio del Director General;h) El TRABAJADOR falte a su trabajo, entendiendo esto como la ausencia a las labores por ms de tres das en un

    periodo de treinta das, sin permiso de la U.A.T. o sin causa justificada, aun cuando el TRABAJADOR retorne a susactividades;

    i) El TRABAJADOR desobedezca a sus superiores jerrquicos, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajocontratado;

    j) El TRABAJADOR se niegue a adoptar las medidas preventivas, o a seguir los procedimientos indicados queestablezca la U.A.T., para evitar accidentes o enfermedades;

    k) El TRABAJADOR concurra a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algn narctico o drogaenervante, salvo que, en este ltimo caso, exista prescripcin mdica y el TRABAJADOR, antes de iniciar su servicio,haga esta situacin del conocimiento de su Jefe inmediato, y presente la prescripcin suscrita por el mdico;

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    l) Exista sentencia ejecutoriada que imponga al TRABAJADOR una pena de prisin que le impida el cumplimiento de larelacin de trabajo;

    m) El TRABAJADOR incumpla con cualquier disposicin contractual, del Reglamento de Personal Acadmico de laU.A.T. o de la Ley;

    n) El TRABAJADOR abandone sus labores antes de la hora de salida reglamentaria sin autorizacin de su jefeinmediato;

    o) El TRABAJADOR si habiendo abandonado sus labores antes de la hora de salida, regresa a la U.A.T. para registrarsu salida; y

    p) Las anlogas a las establecidas, y las dems que seale la Ley.

    DCIMA SEGUNDA. Queda prohibido al TRABAJADOR, adems de lo que prev el artculo 39 del Contrato Colectivo deTrabajo suscrito entre la U.A.T. y el SINDICATO NICO DE TRABAJADORES ACADMICOS DE LA UNIVERSIDADAUTNOMA DE TAMAULIPAS en lo sucesivo S.U.T.A.U.A.T.:

    a) Desatender el trabajo en horas de labores, distrayndose con lecturas o actividades que no tengan relacin con elmismo;

    b) Hacer uso indebido o excesivo de los telfonos y de las computadoras;c) Distraer de las labores a sus compaeros;d) Obstaculizar o entorpecer las labores productivas de la U.A.T.;e) Formar grupos durante las horas de trabajo en las instalaciones o fuera de ellas;f) No acatar las normas que establezca la U.A.T. sobre seguridad e higiene;g) Hacer uso indebido o desperdiciar el material de oficina, de aseo o sanitario que suministre la U.A.T.;h) Ejecutar actos que afecten el decoro de la U.A.T, a la consideracin del pblico o de sus compaeros y superiores del

    personal, o permitir que otro las haga;i) Hacer deliberadamente anotaciones inexactas o alteraciones en cualquier documento;j) Destruir, sustraer o traspapelar intencionalmente cualquier documento o expediente;k) Aprovechar los servicios de sus subalternos en actos ajenos a las labores de trabajo;l) Hacer prstamos con inters a sus compaeros de trabajo;m) Retener salarios por encargo o por comisin de otras personas, sin que se medie orden de autoridad competente;

    n) Solicitar o insinuar gratificaciones u obsequios para dar preferencia en los asuntos que se le encomienden, o paraobstaculizar cualquier trmite, o por motivos anlogos;

    o) Penetrar en las instalaciones de trabajo o permanecer en ellas, fuera de la jornada laboral ordinaria o extraordinaria,sin contar con la debida autorizacin de la U.A.T.;

    p) Introducir a la U.A.T. a personas ajenas a la misma;q) Proporcionar sin la debida autorizacin, documentos, datos e informacin de los productos, servicios y secretos de la

    U.A.T.; yr) Conducirse de tal forma que con su accin u omisin vulneren una disposicin legal, contractual o reglamentaria, o

    que su accin u omisin implique la violacin de una prohibicin derivada de dichas disposiciones.

    DCIMA TERCERA. El TRABAJADOR se obliga a observar la ms estricta confidencialidad respecto de la informacin a quetenga acceso como consecuencia del trabajo contratado bajo el presente Instrumento.

    DCIMA CUARTA. Cualquier modificacin al presente Contrato deber hacerse por acuerdo expreso y por escrito entre lasPARTES.

    DCIMA QUINTA. Cualquier notificacin entre las PARTES relacionada con el presente Contrato, deber realizarse por escritoen los siguientes domicilios:

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    El de la U.A.T.: En el Edificio de Rectora, ubicado en Calle Matamoros entre 8 y 9, Zona Centro, Cdigo Postal 87000 enCiudad Victoria, Tamaulipas.

    El del TRABAJADOR: En ________________________________________________________________________________

    El TRABAJADOR se obliga a notificar a la U.A.T. cualquier cambio de domicilio que realice, debiendo dar aviso por escrito enun lapso de cinco das a partir de que el cambio opere, en caso contario las notificaciones que efecte la U.A.T. en el domicilioantes mencionado tendrn plena validez y no estarn viciadas de nulidad alguna.

    DCIMA SEXTA. La U.A.T. cubrir al TRABAJADOR, a ms tardar el da 20 de diciembre de cada ao una gratificacin oaguinaldo equivalente a 15 das de sueldo. Cuando no haya trabajado el ao completo, se le cubrir la parte proporcional altiempo trabajado.

    DCIMA SPTIMA. EL TRABAJADOR disfrutar de vacaciones con goce de sueldo y el pago de la prima vacacional entrminos de lo establecido en la clusula 25 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre la U.A.T. y el S.U.T.A.U.A.T.

    El TRABAJADOR tiene como das de descanso obligatorio con goce de salario ntegro los siguientes das: 1 de enero, elprimer lunes de febrero en conmemoracin del 5 de febrero, 3 de marzo, el tercer lunes de marzo en conmemoracin del 21 demarzo, 1 , 5, 10 y 15 de mayo, 16 de septiembre, 13 de octubre, 2 de noviembre, el tercer lunes de noviembre enconmemoracin del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis aos, cuando corresponda a la transmisin del PoderEjecutivo Federal, 25 y 31 de diciembre; y tambin se considerarn das de descanso obligatorio, los que determinen las LeyesFederales y Locales, para efectuar la jornada electoral y los que fije la U.A.T.

    DCIMA OCTAVA. Sin perjuicio de cualquier otra obligacin contenida en el Presente Contrato y en la Ley Federal delTrabajo, el TRABAJADOR se constrie ante la U.A.T., as como ante las personas fsicas o morales con las que la U.A.T.detente o llegare a detentar cualquier relacin jurdica, a lo siguiente:

    a) Desempear el servicio sujetndose a las normas y reglamentos que lo regulen y a la direccin de sus jefes

    inmediatos, con la intensidad, esmero y cuidados apropiados, en la forma, tiempo y lugar convenidos; b) Dar aviso inmediato, salvo caso fortuito o fuerza mayor, de las causas justificadas que les impidan concurrir al trabajo; c) Observar buenas costumbres durante el ejercicio;d) Asistir puntualmente a sus labores;e) Cumplir con las obligaciones que les imponga el Reglamento de Personal Acadmico y dems disposiciones vigentes

    en la U.A.T.;f) Guardar escrupulosamente los secretos de que se tenga conocimiento por razones de trabajo que desempeen, as

    como reserva de los asuntos de que tenga conocimiento, cuya divulgacin pueda causar perjuicio a la U.A.T.; g) Evitar la ejecucin de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compaeros, comunicando a sus Jefes

    inmediatos las observaciones que hagan para evitar daos y perjuicios, observando las medidas preventivas ehiginicas que acuerden las autoridades de la U.A.T. para proteccin y seguridad del personal y prestar el auxilio quese necesite, en cualquier tiempo cuando por siniestro o riesgo, peligren las personas, los inters de la U.A.T. o sus

    compaeros de trabajo;h) Someterse a reconocimiento mdico al solicitar su ingreso al servicio o durante l, si lo requiere la U.A.T., a efecto de

    comprobar que no padecen alguna incapacidad profesional o enfermedad contagiosa o incurable; i) Restituir a la U.A.T los materiales no usados y tiles y conservar en buen estado los instrumentos y tiles que les

    hayan dado para el trabajo, no siendo responsables por el deterioro que origine el uso de estos objetos ni delocasionado por caso fortuito, fuerza mayor o por mala calidad o defectuosa construccin;

    j) Proporcionar los datos que les pida la Direccin General de Recursos Humanos, para la integracin de losexpedientes respectivos;

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    k) Cumplir con todas las dems obligaciones que les imponga este contrato;

    Adems de las anteriores obligaciones que se encuentran establecidas en el artculo 38 del Contrato Colectivo de Trabajocelebrado entre la U.A.T. y el S.U.T.A.U.A.T., el TRABAJADOR se obliga en los trminos que prev el artculo 54 delReglamento de Personal Acadmico de la U.A.T., y que se reproduce en este acto como si a la letra se insertara.

    Como consecuencia de lo anterior el TRABAJADOR acepta la responsabilidad que en su caso se genere a su cargo, para elsupuesto de que contravenga a lo anterior. Sin perjuicio de lo expuesto, la trasgresin por el TRABAJADOR a lo establecido endichos preceptos, ser motivo de rescisin del Contrato, sin responsabilidad alguna para la U.A.T.

    DCIMA NOVENA.El Contrato podr ser modificado, suspendido, rescindido o terminado, segn sea el supuesto, por: (i) elacuerdo expreso de las PARTES; (ii) por las causas establecidas en el Contrato; o, (iii) por las causas que se encuentrancontenidas en la Ley Federal del Trabajo.

    Sin perjuicio de lo anterior, el TRABAJADOR est de acuerdo en que la U.A.T. podr rescindir el Contrato, por elincumplimiento del TRABAJADOR a cualquiera de las obligaciones establecidas a su cargo en el Contrato, sin perjuicio delderecho de la U.A.T. para reclamar los daos y perjuicios que tal incumplimiento ocasione, sin menoscabo de las causas derescisin de la relacin de trabajo imputable al TRABAJADOR, que estable el artculo 47 de la Ley Federal del Trabajo, ascomo cuando el TRABAJADOR no alcance las metas y/o proyectos en la o las fechas de entrega que determine la U.A.T., obien cuandoel TRABAJADOR cometa actos ilcitos que quebranten el patrimonio de la U.A.T., en cuyo caso no solo estarsujeto a la rescisin de la relacin de trabajo, sino a ser sometido a la accin legal, ya sea civil o penal que corresponda, deacuerdo a la violacin cometida.

    VIGSIMA.Las PARTES exponen que conocen las obligaciones, as como las prohibiciones que se generan a sus respectivoscargos, como consecuencia de la celebracin del Contrato, mismas que en lo referente a la U.A.T., se encuentran contenidasen los artculos 132 y 133 de la Ley Federal del Trabajo y en el Contrato, y en lo referente al TRABAJADOR, se encuentrancontenidas en los artculos 134 y 135 de la Ley Federal del Trabajo y en el Contrato.

    VIGSIMA PRIMERA. Si vencido el trmino fijado en el presente contrato, subsistiera la materia del trabajo, la relacinquedar prorrogada nica y exclusivamente por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia y el TRABAJADOR se obliga aprestar sus servicios en estas condiciones y consecuentemente terminada sta, terminar tambin el contrato y/o relacin detrabajo existente entre las partes contratantes.

    VIGSIMA SEGUNDA. Habiendo ledo las PARTES el presente Contrato, y enteradas del alcance y fuerza legal de sucontenido, lo firman por duplicado al calce y al margen para constancia de su voluntad de obligarse recprocamente en todossus trminos, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, a _______ de ______________________ de ___________.

    POR LA U.A.T. POR EL TRABAJADOR

    ________________________________ ________________________________

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    2.1.2.- Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Determinado para Auxiliar Acadmico yVisitantes

    CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO PARA AUXILIAR ACADMICO Y VISITANTESQUE CELEBRAN POR UNA PARTELA UNIVERSIDAD AUTNOMA DE TAMAULIPAS, (EN LO SUCESIVO DENOMINADACOMO LA U.A.T.), REPRESENTADA POR EL LICENCIADO ______________________________________, Y POR LAOTRA __________________________________ (EN LO SUCESIVO DENOMINADO, COMO EL TRABAJADOR), POR SUPROPIO DERECHO, SEALANDO LOS CONTRATANTES QUE CUANDO ACTEN EN FORMA CONJUNTA SE LESIDENTIFICAR COMOLAS PARTES, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLUSULAS:

    DECLARACIONES

    I. La U.A.T., a travs de su representante legal, declara:

    a) Es un organismo pblico descentralizado del Estado, con autonoma, personalidad jurdica y patrimonio propios,

    creada por Decretos 156 y 157, publicados en el Peridico Oficial del Estado, con fecha 11 de febrero de 1956, quecontiene su Ley constitutiva y su Ley orgnica; Decreto 145, publicado en el Peridico Oficial del Estado, de fecha 15de marzo de 1967, que reforma la constitucin de la Universidad, otorgndole su autonoma, y con Decreto 33,publicado en el Peridico Oficial del Estado, con fecha 4 de octubre de 1972, que modifica el Decreto 145, y se rigeen trminos de lo dispuesto por el artculo 3 fraccin VII Constitucional al establecer que las universidades y lasdems instituciones de educacin superior a las que la ley otorgue autonoma, tendrn la facultad y la responsabilidadde gobernarse a s mismas, normndose por el apartado A del artculo 123 de la Constitucin y en los trminos y conlas modalidades que establece la Ley Federal del Trabajo conforme a las caractersticas propias de un trabajoespecial, como lo establecen los artculos 353 J, 353 , 353 L, de manera que concuerden con la autonoma, la libertadde ctedra e investigacin;

    b) Posee la capacidad jurdica para la celebracin de este contrato, y ostenta la personera necesaria para obligar a surepresentada en los trminos que se establezcan a travs del presente acuerdo de voluntades, facultades que le han

    sido conferidas y no le han sido limitadas ni revocadas en forma alguna;c) Para efectos del presente Contrato, seala como domicilio convencional, el Edificio de Rectora ubicado en CalleMatamoros entre 8 y 9, Zona Centro, Cdigo Postal 87000 en Ciudad Victoria, Tamaulipas;

    d) Cuenta con el personal de planta necesario para satisfacer sus necesidades ordinarias de trabajo en la actividad aque se dedica, pero que sin embargo en forma espordica y por circunstancias extraordinarias requiere de personalajeno a la misma y con carcter de eventual del ____ de ________________ de ______ al ____ de ______________de ______, es decir, se trata de un trabajo especial, eventual, con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37fraccin I relacionado con el artculo 353-L de la Ley Federal del Trabajo, en relacin con lo establecido en elReglamento de Personal Acadmico vigente de la U.A.T., en la inteligencia de que terminar el presente contrato enforma natural, sin necesidad de aviso ni de ningn otro requisito y sin responsabilidad para la U.A.T., cuando hayaconcluido el trmino de su duracin de conformidad con lo dispuesto por la fraccin III del artculo 53 del citadoordenamiento legal; y

    e) Que es su deseo contratar los servicios del TRABAJADOR, por tiempo determinado y con carcter eventual, en lostrminos descritos en el presente Instrumento.

    II. El TRABAJADOR, por su propio derecho, declara:

    a) Es mayor de edad, de nacionalidad mexicana, y que cuenta con la capacidad jurdica necesaria para celebrar elpresente Contrato y obligarse en los trminos del mismo;

    b) Es su deseo ser contratado(a) por la U.A.T., por tiempo determinado, en los trminos del presente Contrato;

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    c) Posee la experiencia, capacidad, aptitud, conocimiento, cualidades, habilidades y requisitos necesarios paradesempear adecuadamente el trabajo contratado en el presente Instrumento;

    d) Est enterado de que la U.A.T., requiere de sus servicios por tiempo determinado y con carcter de eventual del______ de ___________ de ______ al ______ de ___________ de ______, es decir, se trata de un trabajo especial,eventual, con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37 fraccin I relacionado con el artculo 353-L de la LeyFederal del Trabajo, en relacin con lo establecido en el Reglamento de Personal Acadmico vigente de la U.A.T., enla inteligencia de que terminar el presente contrato en forma natural, sin necesidad de aviso ni de ningn otrorequisito y sin responsabilidad para la U.A.T., cuando haya concluido el trmino de su duracin de conformidad con lodispuesto por la fraccin III del artculo 53 del citado ordenamiento legal; y

    e) Es su voluntad desarrollar actividades como AUXILIAR ACADMICO Y DE VISITANTES, consistiendo su trabajo, enpreparar, impartir y evaluar a los alumnos en la (s) asignatura (s) que se especifica (n) en el presente contrato, siendosu centro de labores la Facultad de ___________ __________________________________________, con sede en____________________, con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37 y 53 fraccin III relacionados con losartculos 353-J, 353-K y 353-L de la Ley Federal del Trabajo.

    III. LasPARTES, declaran:

    a) Que se reconocen expresamente la personalidad con que se ostentan y la capacidad legal para obligarse en lostrminos del presente Contrato, para todos los efectos legales a que haya lugar;

    b) Que el presente Contrato Individual de Trabajo deja sin efecto legal cualquier otro contrato que hayan celebrado conanterioridad entre s, ya sea por escrito o en forma verbal;

    c) Que el presente Contrato lo celebran de manera libre, espontnea y deliberada voluntad, sin que medie coaccinfsica o moral de cualquier especie y en consecuencia no existe error, dolo o mala fe de algunas de las PARTES; y

    d) Que en virtud de las declaraciones que anteceden, las PARTES otorgan las siguientes:

    CLUSULAS

    PRIMERA.El TRABAJADOR se obliga a prestar a la U.A.T. sus servicios personales y subordinados, con las instruccionesque la U.A.T. le proporcione en cuanto a la forma, lugar y tiempo en que deba prestar su trabajo, debiendo atender toda

    actividad conexa o relacionada como AUXILIAR ACADMICO Y DE VISITANTEScon la categora ___________ para impartirla asignatura denominada _______________________ del grupo ________ de la Facultad de______________________________________________ con sede en __________________________ por tiempo determinado del ____ de ____________ de ______al _____ de _________ de _______, en un horario de labores de las ______ a las ________ del lunes a viernes de cadasemana, para el periodo escolar ______________________, es decir, se trata de un trabajo eventual, con fundamento en lodispuesto por el artculo 37 fraccin I relacionado con el artculo 353-L de la Ley Federal del Trabajo, en relacin con loestablecido en el Reglamento de Personal Acadmico vigente de la U.A.T., en la inteligencia de que terminar el presentecontrato en forma natural, sin necesidad de aviso ni de ningn otro requisito y sin responsabilidad para la U.A.T., cuando hayaconcluido el trmino de su duracin de conformidad con lo dispuesto por la fraccin III del artculo 53 del citado ordenamientolegal.

    SEGUNDA.El Trabajo contratado ser realizado por el TRABAJADOR, bajo la direccin, dependencia y subordinacin de laU.A.T. En consecuencia, el TRABAJADOR se constrie al cumplimiento absoluto de las rdenes e instrucciones que reciba dela U.A.T., en lo relativo al trabajo encomendado a su cargo.

    TERCERA.La duracin mxima de la jornada de trabajo que deber de prestar el TRABAJADOR ser de _______ horas a lasemana. La U.A.T. repartir las horas de trabajo a fin de permitir al TRABAJADOR el reposo total de un da de descanso a lasemana.

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    La U.A.T. podr modificar la jornada y el horario de trabajo sin exceder los lmites legales, en cualquier momento, y slo tendrque comunicarlo al TRABAJADOR por escrito y con cinco das hbiles de anticipacin.

    CUARTA.El control de asistencia se sujetar a las siguientes reglas:

    a) La hora de entrada ser de manera estricta y puntual;b) No existe tolerancia en la hora de entrada a trabajar;c) Para mantener un adecuado control en el cumplimiento de la jornada y el horario de trabajo, la U.A.T. implementar

    los controles de asistencia u horario que considere pertinentes al TRABAJADOR, el cual deber de llevar a cabo,conforme a las instrucciones suministradas para tal fin;

    d) El TRABAJADOR tendr derecho a tener 2 retardos injustificados en un lapso de treinta das, a partir del tercero sercomputada una falta, y una falta adicional por cada tres retardos ms; y

    QUINTA. Se considerar como una falta injustificada de asistencia del TRABAJADOR, y se sancionar conforme a lodispuesto en este contrato, cualquiera de los siguientes casos:

    a) Si el TRABAJADOR injustificada e intencionalmente no registra su entrada;b) Si el TRABAJADOR intencionalmente no registra la salida; yc) Si el TRABAJADOR registra intencionalmente la tarjeta de otro TRABAJADOR, lo cual se considerar como causal de

    rescisin de la relacin de trabajo.

    SEXTA. Cuando el TRABAJADOR no pueda concurrir a sus labores por enfermedad, deber informar de su falta de asistencia,salvo que justifique la imposibilidad de hacerlo. Al presentarse para reanudar sus labores deber proporcionar a la U.A.T. laincapacidad correspondiente, ya que de lo contrario ser considerado dicha falta como injustificada y se proceder a efectuarlos descuentos y sanciones correspondientes.

    SPTIMA. El TRABAJADOR percibir un salario mensual de acuerdo a la categora con la que es contratado y deconformidad con el tabulador de salarios que rija en la U.A.T. en el periodo que es contratado el TRABAJADOR, el cual le sercubierto quincenalmente en das laborales, los das 15 y ltimo de cada mes, en el transcurso de la jornada laboral, en moneda

    de curso legal, en el lugar de trabajo, por medio de cheque o transferencia electrnica a la cuenta nominal que para este efectoabra la U.A.T. a nombre del TRABAJADOR. En el caso de caer el da de pago en un da no laboral, el pago se realizar conanticipacin el da laboral inmediato anterior. La U.A.T., adems de efectuar las retenciones, deducciones o descuentos a queest obligada por ministerio de ley o por orden de autoridad competente, podr hacer dichas retenciones, descuentos odeducciones al salario del TRABAJADOR cuando se trate de deudas contradas con la U.A.T. por concepto de anticipo desalarios, pagos hechos con excesos, errores o prdidas debidamente comprobadas.

    OCTAVA. El TRABAJADOR se obliga a los reconocimientos mdicos que determine la U.A.T. de conformidad con la LeyFederal del Trabajo, ya sea por mdicos oficiales o particulares, sin perjuicio de que la U.A.T. le realice reconocimientos yexmenes mdicos en los siguientes casos:

    a) Cuando se requiera para la comprobacin de una enfermedad, y la resolucin de licencia e incapacidad;

    b) Cuando se presuma que el TRABAJADOR ha contrado alguna enfermedad contagiosa o que se encuentraincapacitado fsica o mentalmente para el trabajo; y

    c) Cuando se observe que algn TRABAJADOR concurre a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia denarcticos o drogas enervantes.

    NOVENA. El TRABAJADOR slo podr laborar tiempo extraordinario con la autorizacin previa y por escrito de la U.A.T.

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    "(

    DCIMA. En el caso de que el TRABAJADOR decida por voluntad propia dar por terminada la relacin de trabajo, deber daraviso a la U.A.T. con un mnimo de 15 (quince) das hbiles de anticipacin.

    DCIMA PRIMERA.Son causas de rescisin del Contrato de Trabajo, sin responsabilidad para la U.A.T., adems de las queestablece el artculo 47 de la Ley Federal del Trabajo y las propias del trabajo especial encomendado conforme lo dispone elReglamento de Personal Acadmico de la U.A.T., cuando:

    a) El TRABAJADOR presente certificados falsos o referencias en las que se le atribuyan capacidades, aptitudes ofacultades de las cuales carezca;

    b) El TRABAJADOR incurra en faltas de probidad u honradez en perjuicio de la U.A.T. o de sus directivos, as comoincurrir en actos de violencia, amenazas, injurias o malos tratamientos en contra del personal directivo oadministrativo de la U.A.T. o de los familiares de stos. La U.A.T. podr considerar como falta de probidad laacumulacin por parte del TRABAJADOR de once retardos en un lapso de treinta das;

    c) El TRABAJADOR cometa contra alguno de sus compaeros los actos enumerados en la fraccin inmediata anterior,alterando la disciplina del lugar en el que se desempee el trabajo;

    d) El TRABAJADOR ocasione intencionalmente perjuicios materiales durante el desempeo de las labores o con motivode ellas, en los edificios, obras, maquinaria, Instrumentos, materias primas y dems objetos relacionados con eltrabajo;

    e) El TRABAJADOR cometa actos inmorales en el lugar de trabajo;f) El TRABAJADOR falte a su trabajo, entendiendo esto como la ausencia a las labores por ms de tres das en un

    periodo de treinta das, sin permiso de la U.A.T. o sin causa justificada, aun cuando el TRABAJADOR retorne a susactividades;

    g) El TRABAJADOR desobedezca a sus superiores jerrquicos, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajocontratado;

    h) El TRABAJADOR se niegue a adoptar las medidas preventivas, o a seguir los procedimientos indicados queestablezca la U.A.T., para evitar accidentes o enfermedades;

    i) El TRABAJADOR concurra a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algn narctico o drogaenervante, salvo que, en este ltimo caso, exista prescripcin mdica y el TRABAJADOR, antes de iniciar su servicio,haga esta situacin del conocimiento de su Jefe inmediato, y presente la prescripcin suscrita por el mdico;

    j) Exista sentencia ejecutoriada que imponga al TRABAJADOR una pena de prisin que le impida el cumplimiento de larelacin de trabajo;

    k) El TRABAJADOR incumpla con cualquier disposicin contractual, del Reglamento o de la Ley;l) El TRABAJADOR abandona sus labores antes de la hora de salida reglamentaria sin autorizacin de su jefe

    inmediato;m) Habiendo abandonado sus labores antes de la hora de salida, regresa a la U.A.T. para registrar su salida; yn) Se den las anlogas a las establecidas, y las dems que seale la Ley.

    DCIMA SEGUNDA. Queda prohibido al TRABAJADOR, adems de lo que prev el artculo 39 del Contrato Colectivo deTrabajo suscrito entre la U.A.T. y el SINDICATO NICO DE TRABAJADORES ACADMICOS DE LA UNIVERSIDADAUTNOMA DE TAMAULIPAS a quien en adelante se le denominar S.U.T.A.U.A.T.:

    a) Desatender el trabajo en horas de labores, distrayndose con lecturas o actividades que no tengan relacin con elmismo;

    b) Hacer uso indebido o excesivo de los telfonos y de las computadoras;c) Distraer de las labores a sus compaeros;d) Obstaculizar o entorpecer las labores productivas de la U.A.T.;e) Formar grupos durante las horas de trabajo en las instalaciones o fuera de ellas;f) No acatar las normas que establezca la U.A.T. sobre seguridad e higiene;g) Hacer uso indebido o desperdiciar el material de oficina, de aseo o sanitario que suministre la U.A.T.;

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    h) Ejecutar actos que afecten el decoro de la U.A.T, a la consideracin del pblico o de sus compaeros y superiores;i) del personal, o permitir que otro las haga;j) Hacer deliberadamente anotaciones inexactas o alteraciones en cualquier documento;k) Destruir, sustraer o traspapelar intencionalmente cualquier documento o expediente;l) Aprovechar los servicios de sus subalternos en actos ajenos a las labores de trabajo;m) Hacer prstamos con inters a sus compaeros de trabajo;n) Retener salarios por encargo o por comisin de otras personas, sin que se medie orden de autoridad competente;o) Solicitar o insinuar gratificaciones u obsequios para dar preferencia en los asuntos que se le encomienden, o para

    obstaculizar cualquier trmite, o por motivos anlogos;p) Penetrar en las instalaciones de trabajo o permanecer en ellas, fuera de la jornada laboral ordinaria o extraordinaria,

    sin contar con la debida autorizacin de la U.A.T.;q) Introducir a la U.A.T. a personas ajenas a la misma;r) Proporcionar sin la debida autorizacin, documentos, datos e informacin de los productos, servicios y secretos de la

    U.A.T.; ys) Conducirse de tal forma que con su accin u omisin vulneren una disposicin legal, contractual o reglamentaria, o

    que su accin u omisin implique la violacin de una prohibicin derivada de dichas disposiciones.

    DCIMA TERCERA. El TRABAJADOR se obliga a observar la ms estricta confidencialidad respecto de la informacin a quetenga acceso como consecuencia del trabajo contratado bajo el presente Instrumento.

    DCIMA CUARTA. Cualquier modificacin al presente Contrato deber hacerse por acuerdo expreso y por escrito entre lasPARTES en los siguientes domicilios:

    El de la U.A.T.: En el Edificio de Rectora, ubicado en Calle Matamoros entre 8 y 9, Zona Centro, Cdigo Postal 87000 enCiudad Victoria, Tamaulipas.

    El del TRABAJADOR: En __________________________________________________________________.

    El TRABAJADOR se obliga a notificar a la U.A.T. cualquier cambio de domicilio que realice, debiendo dar aviso por escrito en

    un lapso de cinco das a partir de que el cambio opere, en caso contrario las notificaciones que efecte la U.A.T. en el domicilioantes mencionado tendrn plena validez y no estarn viciadas de nulidad alguna.

    DCIMA QUINTA. La U.A.T. cubrir al TRABAJADOR, a ms tardar el da 20 de diciembre de cada ao una gratificacin oaguinaldo equivalente a 15 das de sueldo. Cuando no haya trabajado el ao completo, se le cubrir la parte proporcional altiempo trabajado.

    DCIMA SEXTA.EL TRABAJADOR disfrutar de vacaciones con goce de sueldo y el pago de la prima vacacional en trminosde lo establecido en la clusula 25 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre la U.A.T. y el S.U.T.A.U.A.T.

    El TRABAJADOR tiene como das de descanso obligatorio con goce de salario ntegro los siguientes das: 1 de enero, elprimer lunes de febrero en conmemoracin del 5 de febrero, 3 de marzo, el tercer lunes de marzo en conmemoracin del 21 de

    marzo, 1 , 5, 10 y 15 de mayo, 16 de septiembre, 13 de octubre, 2 de noviembre, el tercer lunes de noviembre enconmemoracin del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis aos, cuando corresponda a la transmisin del PoderEjecutivo Federal, 25 y 31 de diciembre; y tambin se considerarn das de descanso obligatorio, los que determinen las LeyesFederales y Locales, para efectuar la jornada electoral y los que fije la U.A.T.

    DCIMA SPTIMA. Sin perjuicio de cualquier otra obligacin contenida en el Presente Contrato y en la Ley Federal delTrabajo, el TRABAJADOR se constrie ante la U.A.T., as como ante las personas fsicas o morales con las que la U.A.T.detente o llegare a detentar cualquier relacin jurdica, a lo siguiente:

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    a) Desempear el servicio sujetndose a las normas y reglamentos que lo regulen y a la direccin de sus jefesinmediatos, con la intensidad, esmero y cuidados apropiados, en la forma, tiempo y lugar convenidos;

    b) Dar aviso inmediato, salvo caso fortuito o fuerza mayor, de las causas justificadas que les impidan concurrir al trabajo;c) Observar buenas costumbres durante el ejercicio;d) Asistir puntualmente a sus labores;e) Cumplir con las obligaciones que les imponga el Reglamento de Personal Acadmico y dems disposiciones vigentes

    en la U.A.T.;f) Guardar escrupulosamente los secretos de que se tenga conocimiento por razones de trabajo que desempeen, as

    como reserva de los asuntos de que tenga conocimiento, cuya divulgacin pueda causar perjuicio a la U.A.T.;g) Evitar la ejecucin de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compaeros, comunicando a sus Jefes

    inmediatos las observaciones que hagan para evitar daos y perjuicios, observando las medidas preventivas ehiginicas que acuerden las autoridades de la U.A.T. para proteccin y seguridad del personal y prestar el auxilio quese necesite, en cualquier tiempo cuando por siniestro o riesgo, peligren las personas, los inters de la U.A.T. o suscompaeros de trabajo;

    h) Someterse a reconocimiento mdico al solicitar su ingreso al servicio o durante l, si lo requiere la U.A.T., a efecto decomprobar que no padecen alguna incapacidad profesional o enfermedad contagiosa o incurable;

    i) Restituir a la U.A.T los materiales no usados y tiles y conservar en buen estado los instrumentos y tiles que leshayan dado para el trabajo, no siendo responsables por el deterioro que origine el uso de estos objetos ni delocasionado por caso fortuito, fuerza mayor o por mala calidad o defectuosa construccin;

    j) Proporcionar los datos que les pida la Direccin General de Recursos Humanos, para la integracin de losexpedientes respectivos;

    k) Cumplir con todas las dems obligaciones que les imponga este contrato;

    Adems de las anteriores obligaciones que se encuentran establecidas en el artculo 38 del Contrato Colectivo de Trabajocelebrado entre la U.A.T. y el S.U.T.A.U.A.T., el TRABAJADOR se obliga en los trminos que prev el artculo 54 delReglamento de Personal Acadmico de la U.A.T., y que se reproduce en este acto como si a la letra se insertara.

    Como consecuencia de lo anterior el TRABAJADOR acepta la responsabilidad que en su caso se genere a su cargo, para el

    supuesto de que contravenga a lo anterior. Sin perjuicio de lo expuesto, la trasgresin por el TRABAJADOR a lo establecido endichos preceptos, ser motivo de rescisin del Contrato, sin responsabilidad alguna para la U.A.T.

    DCIMA OCTAVA.El presente Contrato podr ser modificado, suspendido, rescindido o terminado, segn sea el supuesto,por: (i) el acuerdo expreso de las PARTES; (ii) por las causas establecidas en el Contrato; o, (iii) por las causas que seencuentran contenidas en la Ley Federal del Trabajo.

    Sin perjuicio de lo anterior, el TRABAJADOR est de acuerdo en que la U.A.T. podr rescindir el Contrato, por elincumplimiento del TRABAJADOR a cualquiera de las obligaciones establecidas a su cargo en el Contrato, sin perjuicio delderecho de la U.A.T. para reclamar los daos y perjuicios que tal incumplimiento ocasione, sin menoscabo de las causas derescisin de la relacin de trabajo imputable al TRABAJADOR, que estable el artculo 47 de la Ley Federal del Trabajo, ascomo cuando el TRABAJADOR no alcance las metas y/o proyectos en la o las fechas de entrega que determine la U.A.T., o

    bien cuandoel TRABAJADOR cometa actos ilcitos que quebranten el patrimonio de la U.A.T., en cuyo caso no solo estarsujeto a la rescisin de la relacin de trabajo, sino a ser sometido a la accin legal, ya sea civil o penal que corresponda, deacuerdo a la violacin cometida.

    DCIMA NOVENA.Las PARTES exponen que conocen las obligaciones, as como las prohibiciones que se generan a susrespectivos cargos, como consecuencia de la celebracin del Contrato, mismas que en lo referente a la U.A.T., se encuentrancontenidas en los artculos 132 y 133 de la Ley Federal del Trabajo y en el Contrato, y en lo referente al TRABAJADOR, seencuentran contenidas en los artculos 134 y 135 de la Ley Federal del Trabajo y en el Contrato.

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    VIGSIMA. Si vencido el trmino fijado en el presente contrato, subsistiera la materia del trabajo, la relacin quedarprorrogada nica y exclusivamente por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia y el TRABAJADOR se obliga a prestarsus servicios en estas condiciones y consecuentemente terminada sta, terminar tambin el contrato y/o relacin de trabajoexistente entre las partes contratantes.

    VIGSIMA PRIMERA. Habiendo ledo las PARTES el presente Contrato, y enteradas del alcance y fuerza legal de sucontenido, lo firman por duplicado al calce y al margen para constancia de su voluntad de obligarse recprocamente en todossus trminos, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, a ____ de ________________ de _________.

    POR LA U.A.T. POR EL TRABAJADOR

    ________________________________ ________________________________

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    2.1.3 Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Determinado para Personal en General yAdministrativo

    CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO PARA PERSONAL EN GENERAL YADMINISTRATIVO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTNOMA DE TAMAULIPAS, (EN LOSUCESIVO DENOMINADA COMO LA U.A.T.), REPRESENTADA POR EL LICENCIADO________________________________________, Y POR LA OTRA _______________________________________ (EN LOSUCESIVO DENOMINADO COMO EL TRABAJADOR), POR SU PROPIO DERECHO, SEALANDO LOS CONTRATANTESQUE CUANDO ACTEN EN FORMA CONJUNTA SE LES IDENTIFICAR COMO LAS PARTES, AL TENOR DE LASSIGUIENTES DECLARACIONES Y CLUSULAS:

    DECLARACIONES

    I. La U.A.T., a travs de su representante legal, declara:

    a) Es un organismo pblico descentralizado del Estado, con autonoma, personalidad jurdica y patrimonio propios,creada por Decretos 156 y 157, publicados en el Peridico Oficial del Estado, con fecha 11 de febrero de 1956, quecontiene su Ley constitutiva y su Ley orgnica; Decreto 145, publicado en el Peridico Oficial del Estado, de fecha 15de marzo de 1967, que reforma la constitucin de la Universidad, otorgndole su autonoma, y con Decreto 33,publicado en el Peridico Oficial del Estado, con fecha 4 de octubre de 1972, que modifica el Decreto 145, y se rige entrminos de lo dispuesto por el artculo 3 fraccin VII Constitucional al establecer que las universidades y las demsinstituciones de educacin superior a las que la ley otorgue autonoma, tendrn la facultad y la responsabilidad degobernarse a s mismas, normndose por el apartado A del artculo 123 de la Constitucin y en los trminos y con lasmodalidades que establece la Ley Federal del Trabajo conforme a las caractersticas propias de un trabajo especial,como lo establecen los artculos 353 J, 353 , 353 L, de manera que concuerden con la autonoma, la libertad de

    ctedra e investigacin;b) Posee la capacidad jurdica para la celebracin de este contrato, y ostenta la personera necesaria para obligar a surepresentada en los trminos que se establezcan a travs del presente acuerdo de voluntades, facultades que le hansido conferidas y no le han sido limitadas ni revocadas en forma alguna;

    c) Para efectos del presente Contrato, seala como domicilio convencional, el Edificio de Rectora ubicado en CalleMatamoros entre 8 y 9, Zona Centro, Cdigo Postal 87000 en Ciudad Victoria, Tamaulipas;

    d) Cuenta con el personal de planta necesario para satisfacer sus necesidades ordinarias de trabajo en la actividad aque se dedica, pero que sin embargo en forma espordica y por circunstancias extraordinarias requiere de personalajeno a la misma y con carcter de eventual del ____ de ________________ de ______ al ____ de ______________de ______, es decir, se trata de un trabajo especial, eventual, con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37fraccin I relacionado con el artculo 353-L de la Ley Federal del Trabajo, en relacin con lo establecido en elReglamento de Personal Acadmico vigente de la U.A.T., en la inteligencia de que terminar el presente contrato en

    forma natural, sin necesidad de aviso ni de ningn otro requisito y sin responsabilidad para la U.A.T., cuando hayaconcluido el trmino de su duracin de conformidad con lo dispuesto por la fraccin III del artculo 53 del citadoordenamiento legal; y

    e) Que es su deseo contratar los servicios del TRABAJADOR, por tiempo determinado y con carcter eventual, en lostrminos descritos en el presente Instrumento.

    II. El TRABAJADOR, por su propio derecho, declara:

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    a) Que es mayor de edad, de nacionalidad mexicana, y que cuenta con la capacidad jurdica necesaria para celebrar elpresente Contrato y obligarse en los trminos del mismo;

    b) Que es su deseo ser contratado(a) por la U.A.T., por tiempo determinado, en los trminos del presente Contrato;c) Que posee la experiencia, capacidad, aptitud, conocimiento, cualidades, habilidades y requisitos necesarios para

    desempear adecuadamente el trabajo contratado en el presente Instrumento; yd) Est enterado de que la U.A.T., requiere de sus servicios por tiempo determinado y con carcter de eventual del

    _____ de ___________ de ______ al _____ de ___________ de ______, es decir, se trata de un trabajo eventual,con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37 fraccin I de la Ley Federal del Trabajo, en la inteligencia de queterminar el presente contrato en forma natural, sin necesidad de aviso ni de ningn otro requisito y sinresponsabilidad para la U.A.T., cuando haya concluido el trmino de su duracin de conformidad con lo dispuesto porla fraccin III del artculo 53 del citado ordenamiento legal.

    III. LasPARTES, declaran:

    a) Que se reconocen expresamente la personalidad con que se ostentan y la capacidad legal para obligarse en lostrminos del presente Contrato, para todos los efectos legales a que haya lugar;

    b) Que el presente Contrato Individual de Trabajo deja sin efecto legal cualquier otro contrato que hayan celebrado conanterioridad entre s, ya sea por escrito o en forma verbal;

    c) Que el presente Contrato lo celebran de manera libre, espontnea y deliberada voluntad, sin que medie coaccinfsica o moral de cualquier especie y en consecuencia no existe error, dolo o mala fe de algunas de las PARTES; y

    d) Que en virtud de las declaraciones que anteceden, las PARTES otorgan las siguientes:

    CLUSULAS

    PRIMERA.El TRABAJADOR se obliga a prestar a la U.A.T. sus servicios personales y subordinados, en un horario de laboresde las ______ a las ________ de lunes a viernes de cada semana con ______________ minutos para descansar o tomar susalimentos, y de acuerdo a las instrucciones que la U.A.T. le proporcione en cuanto a la forma, lugar y tiempo en que debaprestar su trabajo, debiendo atender toda actividad conexa a la categora de ________________, por tiempo determinado del____ de ____________ de ______ al _____ de _________ de _______, por la siguiente causa

    ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________, decir, se trata de un trabajo eventual, con fundamento en lo dispuesto por el artculo 37 fraccin I de laLey Federal del Trabajo, en la inteligencia de que terminar el presente contrato en forma natural, sin necesidad de aviso ni deningn otro requisito y sin responsabilidad para la U.A.T., cuando haya concluido el trmino de su duracin de conformidad conlo dispuesto por la fraccin III del artculo 53 del citado ordenamiento legal.

    SEGUNDA.El Trabajo contratado ser realizado por el TRABAJADOR, bajo la direccin, dependencia y subordinacin de laU.A.T. En consecuencia, el TRABAJADOR se constrie al cumplimiento absoluto de las rdenes e instrucciones que reciba dela U.A.T., en lo relativo al trabajo encomendado a su cargo.

    TERCERA.Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el TRABAJADOR est a disposicin de la U.A.T., para desempearsus labores: Es jornada diurna la comprendida entre las seis y las veinte horas y nocturna la comprendida entre las veinte y lasseis horas, jornada mixta es la que comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodonocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres horas y media o ms, se computar jornada nocturna. Laduracin mxima de la jornada de trabajo diurna, nocturna o mixta, no podr exceder respectivamente, de ocho horas, sietehoras y siete horas y media diarias, si el TRABAJADOR labora jornadas continuas de trabajo, disfrutar de media hora paratomar alimentos dentro de su trabajo, computndose sta como tiempo de jornada efectiva. El TRABAJADOR slo podrlaborar tiempo extraordinario con la autorizacin previa y por escrito de la U.A.T.

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    Por cada cinco das de trabajo, disfrutar el TRABAJADOR de dos das de descanso con goce de salario ntegro, que sernlos sbados y domingos, si el TRABAJADOR, de acuerdo con las exigencias del servicio debe permanecer en turno, disfrutardel descanso semanario en cualquier otro da de la semana, pero en este caso tendr derecho a una prima adicional del 25%cuando menos, sobre el salario de los das ordinarios de trabajo que sean autorizados por la Direccin General de RecursosHumanos de la U.A.T.

    CUARTA.El control de asistencia se sujetar a las siguientes reglas:

    a) La hora de entrada ser de manera estricta y puntual;b) No existe tolerancia en la hora de entrada a trabajar, ni en la hora de entrada despus de comer;c) Para mantener un adecuado control en el cumplimiento de la jornada y el horario de trabajo, la U.A.T. implementar

    los controles de asistencia u horario que considere pertinentes al TRABAJADOR, el cual deber de llevar a cabo,conforme a las instrucciones suministradas para tal fin;

    d) El registro de la entrada a trabajar, de uno hasta treinta minutos despus de la hora de entrada establecida en elContrato de Trabajo, se considerar como un retardo;

    e) El TRABAJADOR tendr prohibido registrar su entrada despus de treinta minutos de la hora establecida para talefecto en su respectivo Contrato del Trabajo. En estos casos, salvo que exista permiso de su jefe inmediato, seconsiderar como falta injustificada de asistencia, y el TRABAJADOR no tendr la obligacin de prestar sus serviciosese da. Tambin se computar como retardo, la entrada un minuto despus de cumplida la hora disponible para lacomida;

    f) El TRABAJADOR tendr derecho a tener 2 retardos injustificados en un lapso de treinta das, a partir del tercero sercomputada una falta, y una falta adicional por cada tres retardos ms; y

    g) Cuando al TRABAJADOR se le haya concedido un permiso para realizar diligencias personales durante la jornadalaboral, deber registrar su entrada o salida, y deber obtener en el control de asistencia u horarios la autorizacin desu jefe inmediato el mismo da o a ms tardar el da siguiente, de lo contrario ser considerado como un retardo o unafalta segn sea el caso. Cuando el TRABAJADOR tenga autorizacin o permiso para entrar despus de la hora deentrada establecida, tanto en la entrada a trabajar como despus de la comida, deber registrar su entrada y solicitarla autorizacin de su jefe inmediato, de lo contrario ser computada como un retardo.

    QUINTA. Se considerar como una falta injustificada de asistencia del TRABAJADOR, y se sancionar conforme a lodispuesto en este contrato, cualquiera de los siguientes casos:

    a) Si el TRABAJADOR injustificada e intencionalmente no registra su entrada; yb) Si el TRABAJADOR intencionalmente no registra la salida.

    SEXTA. Cuando el TRABAJADOR no pueda concurrir a sus labores por enfermedad, deber informar de su falta de asistenciaa su jefe inmediato dentro de las dos horas siguientes a la hora de entrada reglamentaria, salvo que justifique la imposibilidadde hacerlo. Al presentarse para reanudar sus labores deber proporcionar a la U.A.T. la incapacidad expedida nica yexclusivamente por el IMSS, ya que de lo contrario ser considerado dicho retardo o falta como injustificada y se proceder a

    efectuar los descuentos y sanciones correspondientes.

    SPTIMA. El TRABAJADOR percibir un salario mensual de acuerdo a la categora con la que es contratado y deconformidad con el tabulador de salarios que rija en la U.A.T., el cual le ser cubierto quincenalmente en das laborales, losdas 15 y ltimo de cada mes, en el transcurso de la jornada laboral, en moneda de curso legal, en el lugar de trabajo, pormedio de cheque o transferencia electrnica a la cuenta nominal que para este efecto abra la U.A.T. a nombre delTRABAJADOR. En el caso de caer el da de pago en un da no laboral, el pago se realizar con anticipacin el da laboralinmediato anterior. La U.A.T., adems de efectuar las retenciones, deducciones o descuentos a que est obligada por

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    ministerio de ley o por orden de autoridad competente, podr hacer dichas retenciones, descuentos o deducciones al salariodel TRABAJADOR cuando se trate de deudas contradas con la U.A.T. por concepto de anticipo de salarios, pagos hechos conexcesos, errores o prdidas debidamente comprobadas.

    OCTAVA. El TRABAJADOR se obliga a los reconocimientos mdicos que determine la U.A.T. de conformidad con la LeyFederal del Trabajo, ya sea por mdicos oficiales o particulares, sin perjuicio de que la U.A.T. le realice reconocimientos ye