los Ángeles, g hoct- 2011 - servicio de salud biobío · dificultades en la aplicación de los...

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Salud BlobTo «z^ilníirtew**» •Sitiaú MCA/ettP/iqR/jdr RESOLUCION EXENTAN' Qum / LOS ÁNGELES, gH OCT- 2011 VISTOS: Correo electrónico del Jefe de Depto. de Planificación Sanitaria del Servicio de Salud Biobío, que solicita hacer un llamado público de antecedentes para proveer el cargo de Profesional para la Unidad de Epidemiología de este Servicio de Salud; la Resolución NS1600/2008 de la Contraloría General de la República, los arts. 20, 21, 22 y 23 del D.L. N22763 de 1979 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL 01/2005 del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N5 20.209/2007; el art. 8 y 9 del D.S. NS140 del 2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto Supremo N°196 del 11.12.2014 del Ministerio de Salud, que me designa en el cargo de Directora de este Servicio de Salud, dicto la siguiente: RESOLUCION: APRUÉBASE el Perfil de Selección de antecedentes para provisión del cargo de Profesional para la Unidad de Epidemiología (reemplazo post natal aprox. 6 meses), Depto. de Planificación Sanitaria del Servicio de Salud Biobío, cuyos antecedentes se evaluarán de acuerdo a lo siguiente: Perfil del Cargo Nombre del Cargo: Profesional de apoyo Unidad Epidemiología Establecimiento: Servicio de Salud Biobío Grado E.U.S.; 15 Planta: Profesionales Dependencia Jerárquica: Jefe Depto. Planificación Sanitaria, Servicio de Salud Biobío Cargo supervisado por: Encargada Unidad de Epidemiología, Servicio de Salud Biobío Grado (asimilado): 15 que equivale a $1.052.862. total haberes. Calidad Jurídica Contrata íreemolazo oost natal, aorox. 6 meses) Subordinación a su cargo: No tiene Estructura del equipo de trabajo La unidad está compuesta por la Encargada de Unidad, dos profesionales (1 Ing. Estadístico y 1 Enfermera) 44 hrs. y un Médico por 11 hrs. Requisitos legales del cargo Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado 0 reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente. Requerimientos deseables: a) Formación educacional, especialización y capacitación: De preferencia título profesional Ingeniero en Estadística, del área de la Ingeniería, Administración o Salud. Conocimiento y dominio avanzado de MS Office y programas estadísticos (STATA, SPSS, EPI-INFO). Conocimiento en Epidemiología básica. b) Experiencia laboral: De preferencia 2 años a partir de la obtención del título profesional. De preferencia haber trabajado en instituciones de salud. U. Reclutamiento y Selección de Personas • Departamento Subdirección Recursos Humanes 55.BB. Avda. RicardoVicuña LosAngeles E-mail; selección.personai(S)ssbiobio.cl Página 1 de 10

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Salud BlobTo«z^ilníirtew**»

•Sitiaú

MCA/ettP/iqR/jdr

RESOLUCION EXENTAN'

Qum/

LOS ÁNGELES, g HOCT- 2011

VISTOS: Correo electrónico del Jefe de Depto. de

Planificación Sanitaria del Servicio de Salud Biobío, que solicita hacer un llamado público de

antecedentes para proveer el cargo de Profesional para la Unidad de Epidemiología de esteServicio de Salud; la Resolución NS1600/2008 de la Contraloría General de la República, los arts.

20, 21, 22 y 23 del D.L. N22763 de 1979 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuefijado por el DFL N°01/2005 del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N5 20.209/2007; el art.8 y 9 del D.S. NS140 del 2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios deSalud; el Decreto Supremo N°196 del 11.12.2014 del Ministerio de Salud, que me designa en elcargo de Directora de este Servicio de Salud, dicto la siguiente:

RESOLUCION:

APRUÉBASE el Perfil de Selección de antecedentes para provisióndel cargo de Profesional para la Unidad de Epidemiología (reemplazo post natal aprox. 6 meses),Depto. de Planificación Sanitaria del Servicio de Salud Biobío, cuyos antecedentes se evaluarán deacuerdo a lo siguiente:

Perfil del Cargo

Nombre del Cargo: Profesional de apoyo Unidad EpidemiologíaEstablecimiento: Servicio de Salud Biobío

Grado E.U.S.; 15

Planta: Profesionales

Dependencia Jerárquica: Jefe Depto. Planificación Sanitaria, Servicio de Salud BiobíoCargo supervisado por: Encargada Unidad de Epidemiología, Servicio de Salud Biobío

Grado (asimilado): 15 que equivale a $1.052.862. total haberes.Calidad Jurídica Contrata íreemolazo oost natal, aorox. 6 meses)

Subordinación a su

cargo:

No tiene

Estructura del equipo detrabajo

La unidad está compuesta por la Encargada de Unidad, dosprofesionales (1 Ing. Estadístico y 1 Enfermera) 44 hrs. y un Médicopor 11 hrs.

Requisitos legales del

cargo

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres deduración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional delEstado 0 reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdocon la legislación vigente.

Requerimientos

deseables:

a) Formación educacional, especialización y capacitación:De preferencia título profesional Ingeniero en Estadística, del áreade la Ingeniería, Administración o Salud.Conocimiento y dominio avanzado de MS Office y programasestadísticos (STATA, SPSS, EPI-INFO).Conocimiento en Epidemiología básica.

b) Experiencia laboral:

De preferencia 2 años a partir de la obtención del títuloprofesional.De preferencia haber trabajado en instituciones de salud.

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Objetivo del Cargo:

Principales funciones del

cargo:

Ubicación en el

organigrama

Condiciones Generales

del cargo

Apoyar la gestión sanitaria del Servicio de Salud Biobío a través de laentrega de informaciónepidemiológica oportuna y actualizada.

Mantener el sistema de vigilancia epidemiológica deenfermedades respiratorias y de otros problemas de saludemergentes.

Crear herramientas estandarizadas para la gestión sanitaria quefaciliten el análisis de datos y la elaboración de informes de salud.Entregar periódicamente a la Dirección del Servicio de Salud yEstablecimientos de la Red información oportuna para optimizarla toma de decisiones.

Auditar y validar la información producida tanto en su recoleccióncomo procesamiento.

Participar en reuniones en las que se traten temas que serelacionan directa o indirectamente con manejo de información.Apoyar a los demás departamentos y unidades del Servicio deSalud Biobío.

Otras funciones que le solicite su Jefatura Superior.

Opto. SabdireccMn^fUÓn Atlst«ncbil

Opto, de Redes

Unidad deCootdlnacldn de

Redes yEspecialidades

Unidad de

CalldadyAcreditaci&n

Opto. AtenciónPrimarla

Unidad de

Planificación

UnidadCoordinación

Terrllotlal

Unidad

de Continuidadde los cuidado»

Dpto.dePlanitkacidn

Sanltatla

Unidad de

Epldetnlologfa

Unidad deGloettadístlca

Unidad de Carandas

Explícitas en SaludÍ6ES)

Opto, de Desar tolloy Gestión

Clinfea Integrada

El primer mes estará a prueba y se contempla una evaluación dedesempeño a fin de establecer su permanencia en el cargo.Reemplazo de oost natal íaorox. 6 meses).

Déjese establecido que la persona seleccionada será nombrada enun empleo a contrata que dura como máximo hasta el 31 dediciembre de cada año, y la persona que lo sirva expira en susfunciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo quese proponga una prórroga con a lo menos treinta días deanticipación.

Deberá cumplir con los requisitos para ingresar a laAdministración del Estado, contenidos en los artículos 12 y 13 delDFL N°29/2004 del Ministerio de Hacienda, que fija texto

U.Reclutamiento y Selecciónde Personas - Departamento SubdirecciónRecursosHumanosSS.BB.Avda.Ricardo VicuñaN°i47 LosAngelesE-mail: selecció[email protected]

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refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobreEstatuto Administrativo (ver Anexo 1).No deberá estar afecto a las inhabilidades e incompatibilidadescontenidas en los artículos 54 y 56 del DFL N°l-19653/2000 delMinisterio Secretaría General de la Presidencia, que fija el textorefundido, coordinado y sistematizado de la ley N® 18.575,Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administracióndel Estado (ver Anexo 2).

I!. Comité de Selección

El Comité de Selección se define como una instancia de colaboración técnica responsable dediseñar y ejecutar todos los pasos y procedimientos que correspondan para el buen desarrollo delproceso de selección, considerando los objetivos estratégicos de la Institución y la normativa legalvigente.

Está compuesto por los siguientes integrantes en calidad de titulares:

a) Con derecho a voto:• Subdirector de Recursos Humanos, Servicio de Salud Biobío.• Jefe del Departamento de Planificación Sanitaria, Servicio de Salud Biobío.• Representante de la asociación de funcionarios del Establecimiento que tenga mayor

representatividad de acuerdo al cargo a proveer.

b) Con derecho a voz:• Encargada de la Unidad de Epidemiología del Serviciode Salud Biobío, Referente Técnico.• Encargada de la Unidad de Reclutamiento y Selección del Servicio de Salud Biobío, quien

actuará como ministro de fe y coordinador del comité.

El funcionamiento del Comité de Selección podrá funcionar siempre que concurran más del 50%de sus integrantes con derecho a voto, excluyendo de este porcentaje al representante gremial. Encaso de ser necesario y para asegurar el óptimo funcionamiento de dicho Comité, el Servicio deSalud Biobío se reserva la facultad de designar a otros integrantes en reemplazo de los miembrostitulares que no asistan a una o más de las sesiones de trabajo citadas.

íll. Criterios de Selección

La Evaluación se llevará a cabo de forma sucesiva, por lo que para pasar a la etapa siguiente esnecesario aprobar laanterior. Todas las instancias se llevarán a cabo en laciudad de Los Ángeles.

PUNTAJE MÁXIMO

FACTOR

1. Análisis Curricular

i. Formación Educacional y Capacitación 20

ii. Experiencia Laboral 20

2. Adecuación al perfil de competencias 20

3. Apreciación global del candidato 40

TOTAL 100

4. Entrevista con la Directora del Servicio de Salud No asigna puntaje ya

(en caso que io solicite). que selecciona aipostulante.

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•UIU

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Importante: Para la asignación de puntajes en el Factor 1 se considerará sólo aquello que hayasido debidamente respaldado.

Factor 1. Análisis Curricular '

Subfactor 1.1: Análisis de Formación Educacional y Capacitación: Esta etapa tiene como objetivoverificar los antecedentes educacionales y de capacitación de los candidatos planteados en elperfil.

i) Subfactor: Estudios de EspecializaciónSe evaluarán las especializaciones que tengan relación con las áreas de desempeño del cargo. Losestudios de especialización del postulante se cuantificarán según el puntaje indicado en lasiguiente tabla, considerándose solamente la categoría más alta (no son sumatorias).

Criterio Puntaje

Diplomado relacionado con el perfil del cargo 10

Estudios de especialización no relacionados con el cargo 0

En caso de que el postulante presente más de un diplomado, a partir del segundo se consideraráncomo horas de capacitación y serán evaluados de acuerdo a lo especificado en el punto iii.Subfactor Capacitación.

Se considerarán los diplomados cuya duración sea igual o mayor a 100 hrs. pedagógicas.

Se sugiere adjuntar la malla de contenidos, a fin de determinar con mayor precisión la pertinenciade la formación.

i!) Subfactor: CapacitaciónSe evaluarán los cursos de capacitación que tengan relación con las áreas de desempeño delcargo. Incluye actividades de capacitación realizadas y aprobadas durante el período comprendidodesde el año 2013 a la fecha y que se hayan realizado posteriores a la obtención del títuloprofesional.

Criterio Puntaje

Poseer más de 150 horas de capacitación relacionadas con el cargo 10

Poseer entre 100 y 149 horas de capacitación relacionadas con el cargo 8

Poseer entre 50 y 99 horas de capacitación relacionadas con el cargo 6

Poseer entre 10 y 49 horas de capacitación relacionadas con el cargo 4

Poseer capacitaciones no relacionadas con el cargo 0

Se considerarán los cursos cuya duración sea igual o superior a 10 hrs. pedagógicas.

Se sugiere adjuntar la malla de contenidos, a fin de determinar con mayor precisión la pertinenciade la capacitación.

• Sólo pasarán a la siguiente etapa quienes obtengan un puntaje igual o superior a 6 puntos.

Subfactor 1.2: Análisis de Experiencia laboral:Este factor comprende la evaluación de las siguientes categorías:

• Evaluación del nivel de experiencia laboral relacionada con el careo a proveer, de acuerdo

a lo indicado en el ítem ^^principales funciones del careo". Para el cálculo se aplicará elsiguiente puntaje:

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> 3 años de experiencia laboral 13 puntos

> 2 hasta 3 años de experiencia laboral 8 puntos

> 1 hasta 2 años de experiencia laboral 5 puntos

Hasta 1 año de experiencia laboral 2 puntos

• Evaluacióndel nivel de experiencia profesional ídesde la obtención del título profesional):

> 3 años de experiencia profesional 5 puntos

> 2 hasta 3 años de experiencia profesional 4 puntos

> 1 hasta 2 años de experiencia profesional 2 puntos

Hasta 1 año de experiencia profesional 1 punto

• Experiencia laboral en establecimientos de salud pública:

> 3 años de experiencia laboral 2 puntos

• Sólo pasarán a la siguiente etapa quienes obtengan un puntaje igual o superior a 7 puntos.

NOTA: Se considerará solamente aquella experiencia que contemple actividades de jornadacompleta dentro de una institución (44 horas semanales). Para aquellas experiencias en jornadaparcial, se fraccionará el puntaje según lo que se acuerde con la Comisión de Selección.

Factor 2: Evaluación pslcolaboral:Se evaluará este factor a partir de la aplicación de una entrevista semiestructurada decompetencias, pruebas de rendimiento y otros de carácter complementario con el objeto dedetectar y medir las competencias asociadas al perfil del cargo.

El resultado de la evaluación de competencias tendrá el siguiente puntaje:

Si el Informe Psicolaboral es RECOMENDABLE 20 puntos

Si el Informe Psicolaboral es RECOMENDABLE CON OBSERVACIONES 15 puntos

Si el Informe Psicolaboral es NO RECOMENDABLE 0 puntos

El Departamento Subdirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud Blobío noentregará el informe psicolaboral a los postulantes, independiente del resultado obtenido enesta etapa del proceso (Resolución Exenta N°685/2013 del Consejo para la Transparencia yDictamen N527.104 de la Contraloría General de la República).El lugar y horario se informará oportunamente vía correo electrónico. Losgastos de trasladoson de responsabilidad del postulante.Los postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento odificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán*, deberáninformarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizarla igualdad de condiciones a todos los postulantes que se presenten en este proceso.Consultas en relación a esta parte del proceso dirigirlas a [email protected] (Ley20422/2010 del Ministerio de Planificación, que establece normas sobre igualdad deoportunidades e inclusión social de personas con discapacidad).

*: Dificultades de tipo visual, auditivo, físico, tratamiento psicológico, farmacológico, etc.

Sólo pasarán a la siguiente etapa quienes obtengan un informe psicolaboralRECOMENDABLE o RECOMENDABLE CONOBSERVACIONES (15 puntos).

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Factor 3: Apreciación Globai del candidato: Esta etapa contempla la realización de una Entrevistade Apreciación Global del candidato. Dicha entrevista será realizada por el Comité/Comisión deSelección. Pretende Identificar las habilidades, conocimientos y competencias, de acuerdo al perfildel cargo.Cada uno de los integrantes de la Comisión que participe en las entrevistas calificará a cadaentrevistado con un puntaje entre Oy 40 puntos. El promedio de los puntajes de los integrantesdel Comité se asignará como puntaje final de la entrevista al postulante.

El puntaje de cada postulante corresponderá a la nota promedio de evaluación proporcionada porla Comisión Evaluadora. El lugar y horario se informará oportunamente vía correo electrónico.

El Comité de Selección presentará a la Dirección del Establecimiento del cargo a proveer, en ordendecreciente, una nómina de hasta 5 postulantes que hayan obtenido los más altos puntales en eldesarrollo del proceso v que havan obtenido en la etapa de entrevista de valoración elobal un

púntale Igual o superior a 25 puntos, para que ésta decida respecto del postulante más idóneopara desempeñarse en el cargo a proveer.

Factor 4: Entrevista con la Directora del Servicio de Salud

Los postulantes que hayan sido propuestos a la Directora del Servicio de Salud, deberánentrevistarse con la mencionada Autoridad, de solicitarlo, para que ésta decida respecto delpostulante más idóneo para desempeñarse en el cargo a proveer.

Desde la Unidad de Reclutamiento y Selección del Servicio de Salud Biobío se notificaráposteriormente al o la postulante seleccionado(a) vía telefónica o correo electrónico. Comunicarátambién el resultado final del proceso a los demás postulantes dentro de los 10 días siguientes a laresolución.

Proceso de postulación y recepción de antecedentesLas bases y respectivos formularios de postulación se encontrarán disponibles para descargarlosdesde la página web del Servicio de Salud Biobío, www.ssbiobio.cl. en el link "Trabaje conNosotros".

Documentos requeridos para postularPara formalizar la postulación, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:1) Formulario de Postulación y Curriculum Ciego, en caso que los antecedentes no vengan en

estos formatos quedará fuera de proceso (formato disponible en www.ssbiobio.cl link"trabaje con nosotros").

2) Fotocopia del Certificado de Título Profesional (fotocopia simple).3) Fotocopias de certificados que acrediten capacitación, se sugiere acompañar además la malla

de contenidos.

4) Documentos que acrediten experiencia laboral en las áreas del desempeño del cargo.o Sí es empresa privada, deberá presentar una fotocopia de contrato o finiquito que señale

las funciones desempeñadas. En caso de que el contrato o finiquito no señale la totalidadde las funciones, deberá añadir un certificado emitido por el área de Recursos Humanos oGerencia, señalando las funciones desempeñadas y el período "desde/hasta" (formato decertificado disponible en www.ssbiobio.cl link "trabaje con nosotros").Si es contrato indefinido, deberá adjuntar además un certificado de vigencia a fin dedeterminar situación actual y puntaje en este rubro,

o Si es una institución pública, deberá presentar una relación de servicios o la resolución decontrato y adjuntar un certificado emitido por la Jefatura, Recursos Humanos o laDirección del Establecimiento que indique el cargo y funciones realizadas. Si el contrato esa honorarios, deberá presentar el contrato y un certificado de las mismas característicasindicadas en este punto.

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Losdocumentos deben presentarse corcheteados y por separado de acuerdo al siguiente orden;Formulario de postulación y Curriculum Ciego.Fotocopias de certificados que acrediten título profesional, certificado de inscripción de laSuperintendencia de Salud (para los cargos clínico) y certificados de acreditencapacitaciones.

Documentos que acrediten experiencia laboral.

Los documentos que respalden estudios, capacitaciones v experiencia laboral deben adjuntarse

en el mismo orden en que fueron presentados en el curriculum ciego, siendo de exclusiva

responsabilidad del postulante seeuir con el orden solicitado.

La recepción de postulaciones y antecedentes se extenderá dentro de los plazos estipulados en elcronograma del proceso en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, ubicado en AvenidaRicardo Vicuña N°147 interior, Edificio 7, 4° piso. Los Ángeles; de Lunes a Jueves en horario de08:00 a 17:00 horas y Viernes en horario de 08:00 a 16:00 horas, en un sobre cerrado indicando elnombre del cargo al que postula y apellido paterno y materno del interesado. Dicho sobre puedeentregarlo tanto el interesado como cualquier otra persona. Se pueden enviar documentos porcorreo certificado.

Notas: No se recibirán antecedentes por correo electrónico. Se pueden enviar documentos porcorreo certificado durante el plazo de postulación, en cuyo caso deberá enviar un aviso al Correode Contacto (ver última página) para considerar su postulación en caso de retraso por parte de laempresa de traslados.

Calendarízación del proceso

Fase Fechas

Difusión y plazo de postulación 24 de octubre al 03 de noviembre de 2017

Proceso de evaluación y selección del postulante 06 al 17 de noviembre de 2017

Asumo de funciones 20 de noviembre de 2017

Correo de Contacto

[email protected]

Condiciones Generaies

- A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personasinteresadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitossolicitados.

- Los postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan.- En el caso de considerar que los postulantes no se ajustan al perfil definido por la institución, laDirección del Establecimiento del cargo a proveer se reserva el derecho de declarar total oparcialmente desierto el presente proceso.- Las citaciones a la evaluación psicolaboral y entrevista de valoración global se efectuarán a lacasilla electrónica indicada por el postulante.- Las dudas o consultas luego de finalizado el proceso se podrán realizar a la casilla indicada en elpunto anterior.- La Subdirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho a

modificar las fechas del mencionado cronograma, en el caso de estimarlo necesario y convenientepara el mejor desarrollo del proceso.- Los antecedentes presentados por los postulantes podrán ser retirados una vez concluido elproceso de selección, previa coordinación al correo de contacto indicado en el punto anterior,hasta 20 días corridos; en caso contrario se procederá a su eliminación.

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Nota:

El uso de un lenguaje que no discrimine ni marque diferencias entre hombres y mujeres ha sidouna preocupación en la elaboración de este documento, sin embargo, y con el fin de evitar lasobrecarga gráfica que supondría utilizar en español o/a para marcar la existencia de ambos sexos,se ha optado por utilizar el masculino genérico, en el entendido de que todas las menciones en talgénero representan siempre a todos/as, hombre y mujeres, abarcando claramente ambos sexos.

ANÓTESE YCOMUNÍQUESE

DIRECTOR

DRAJV1ARIA.€ATO ANDIA

SERVICIO DE SALUD BIOBlO

Res. Int. 21/2017Distribución

• Subdirección Gestión Asistencial, Recursos Humanos y Recursos Físicos y Financieros, Servicio de SaludBiobío

• Depto. Asesoría Jurídica, Auditoría, Apoyo y Control de Gestión, Participación Ciudadana, RelacionesPúblicas y Comunicaciones, Servicio de Salud Biobío

• Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz• Hospitales: Yumbel, Laja, Huépil, Nacimiento, Santa Bárbara VMulchén• Of. Partes Servicio de Salud Biobío

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ANEXO N" 1

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileTipo Norma : Decreto con Fuerza de Ley29Fecha Publicación : 16-03-2005

Fecha Promulgación : 16-06-2004Organismo : MINISTERIO DE HACIENDATítulo : FIJATEXTOREFUNDIDO, COORDINADOYSISTEMATIZADO DE LA LEY

N9 18.834, SOBRE ESTATUTOADMINISTRATIVO

Tipo VersiónInicio VigenciaÚltima ModificaciónURL

Última Versión De: 19-06-200919-06-2009

19-JUN-2009 Ley 20348http://www.leychile.cl/N?i=2363928tf=2009-06-198ip=

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N9 18.834, SOBRE ESTATUTOADMINISTRATIVO

D.F.L.Núm. 29.- Santiago, 16 de junio de 2004.-

Visto: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me haconferido el artículo décimo transitorio de la ley N919.882. Decreto con fuerza de ley:Fíjese el siguiente texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Administrativo, aprobado por laley N2 18.834:

Artículo 12.- Para ingresar a la Administración del Estado será necesario cumplir los siguientes requisitos:a) Ser ciudadano; no obstante, en casos de excepción determinados por la autoridad llamada a hacer elnombramiento, podrá designarse en empleos a contrata a extranjeros que posean conocimientos científicoso de carácter especial. Los respectivos decretos o resoluciones de la autoridad deberán ser fundados,especificándose claramente la especialidad que se requiere para el empleo y acompañándose el certificadoo título del postulante. Entodo caso, en igualdad de condiciones, se preferirá a los chilenos.b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización,cuando fuere procedente;c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por lanaturaleza del empleo exija la ley;e) No haber cesado en un cargo públicocomo consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, opor medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración defunciones

f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen osimple delito.

Artículo 13.- Los requisitos señalados en las letras a), b) y d) del artículo anterior, deberán ser acreditadosmediante documentos o certificados oficiales auténticos. El requisito establecido en la letra c) del artículoque precede, se acreditará mediante certificación del Servicio de Salud correspondiente. El requisito detítulo profesional o técnico exigido por la letra d) del artículo anterior, se acreditará mediante los títulosconferidos en la calidad de profesional o técnico, según corresponda, de conformidad a las normas legalesvigentes en materia de Educación Superior.El requisito fijado en la letra e) será acreditado por el interesado mediante declaración jurada simple. Lafalsedad de esta declaración hará incurrir en las penas del artículo 210 del Código Penal será acreditado porel interesado mediante declaración jurada simple. Lafalsedad de esta declaración hará incurrir en las penasdel artículo 210 del Código Penal. La institución deberá comprobar el requisito establecido en la letra f) delartículo citado, a través de consulta al Servicio de Registro Civil e Identificación, quien acreditará este hechomediante simple comunicación. La cédula nacional de identidad acreditará la nacionalidad y demás datosque ella contenga. Todos los documentos, con excepción de la cédula nacional de identidad, seránacompañados al decreto o resolución de nombramiento y quedarán archivados en la Contraloría General dela República, después del respectivo trámite de toma de razón.

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ANEXO N" 2

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileTipo Norma : Decreto con Fuerza de Ley 1; Decreto con Fuerza de Ley1-19653Fecha Publicación : 17-11-2001

Fecha Promulgación : 13-12-2000Organismo : MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIATítulo : FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY NS 18.575,

ORGANICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACION DEL

ESTADO

Tipo Versión : Última Versión De: 20-04-2009Inicio Vigencia : 20-04-2009URL : http://www.leychile.ci/Navegar/?idNorma=191865&idVersion=2009-04-

20&idParte

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N9 18.575, ORGANICACONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

D.F.L. Núm. 1/19.653." Santiago, 13 de diciembre de 2000.-Visto: Lo dispuesto en el Artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me haconferido el Artículo 42 transitorio de la ley N219.653.Decreto con fuerza de ley

Artículo 54.- Sin perjuicio de las inhabilidades especiales que establezca la ley, no podrán ingresar a cargosen la Administración del Estado:

a) Las personas que tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes adoscientas unidades tributarias mensuales o más, con el respectivo organismo de la Administración Pública.Tampoco podrán hacerlo quienes tengan litigios pendientes con la institución de que se trata, a menos quese refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercergrado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Igual prohibición regirá respecto de los directores,administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquierclase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidadestributarias mensuales o más, o litigios pendientes, con el organismo de la Administración a cuyo ingreso sepostule.b) Las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado deconsanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivosdel organismo de la administración civildel Estado al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento osu equivalente, inclusive.c) Las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito.

Artículo 56.- Todos los funcionarios tendrán derecho a ejercer libremente cualquier profesión, industria,comercio u oficio conciliable con su posición en la Administración del Estado, siempre que con ello no seperturbe el fiel y oportuno cumplimiento de sus deberes funcionarios, sin perjuicio de las prohibiciones olimitaciones establecidas por ley. Estas actividades deberán desarrollarse siempre fuera de la jornada detrabajo y con recursos privados. Son incompatibles con la función pública las actividades particulares cuyoejercicio deba realizarse en horarios que coincidan total o parcialmente con la jornada de trabajo que setenga asignada. Asimismo, son incompatibles con el ejercicio de ia función pública las actividadesparticulares de las autoridades o funcionarios que se refieran a materias específicas o casos concretos quedeban ser analizados, informados o resueltos por ellos o por el organismo o servicio público a quepertenezcan; y la representación de un tercero en acciones civiles deducidas en contra de un organismo dela Administración del Estado, salvo que actúen en favor de alguna de las personas señaladas en la letra b) delArtículo 54 o que medie disposición especial de ley que regule dicha representación. Del mismo modo sonincompatibles las actividades de las ex autoridades o ex funcionarios de una institución fiscalizadora queimpliquen una relación laboral con entidades del sector privado sujetas a ia fiscalización de ese organismo.Esta incompatibilidad se mantendrá hasta seis meses después de haber expirado en funciones.

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