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Libro obra casa de la misión San Juan Eudes

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Presentación

“ ¡ Señor qué buenos sería quedarnos aquí ¡ Si quieres, haremos tres chozas, una para Ti, otra para Moisés y otra para Elías ”.

(Del Texto de la Fiesta de La Transfiguración, Mt, 14, 26)

A los queridos miembros de la Obra de LA CASA DE LA MISIÓN SAN JUAN EUDES, hijos del Carisma Misionero de La Casita: I N S T I T U T O M I S I O N E R O S A N J U A N E U D E S Y MISIONEROS KARDIMISSIO DE SAN JUAN EUDES.

Hoy en la fiesta litúrgica de LA TRANSFIGURACIÓN DEL SEÑOR he tomado como lema de esta carta abierta a todos los hijos del CARISMA DE LA CASITA las palabras de Pedro “¡ qué bueno es estar con Jesús ¡” y para ello, hay que abrir los espacios: “Si quieres haremos tres chozas”. Tres chozas en plena comunión: Jesús (El Señor), Moisés (la Ley de Dios) y Elías (el profetismo).

La Casita de la Misión, surgió humilde y sencilla y, así debe ser. Esta Casa, es decir SU CARISMA MISIONERO AD GENTES, va creciendo y formándose en tres realidades a modos de chozas de amor, humildad, celo misionero, profetismo, servicio a los sectores más pobres y abandonados: EL INSTITUTO MISIONERO SAN JUAN EUDES, LOS MISIONEROS KARDIMISSIO y si Dios en su bondad infinita, y si es su santísima voluntad, la rama femenina, la que solo esperamos INICIAR , CUANDO EL SEÑOR NOS REGALE el signo fehaciente que manifieste que Él lo quiere y lo ve necesario para la extensión de su Reino y, la Iglesia lo confirme.

Dios me regaló, y de eso estoy convencido , la vocación misionera y, me escogió como fundador, no solo para “soñar” sino a vivir en la realidad de

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mi vocación sacerdotal, esa vocación tan cautivante, que me llevó a llenar también los deseos de otros por la misión, a fundar con esta intuición y carisma LA CASITA DE LA MISIÓN, que hoy día a día crece EN LAS DOS SOCIEDADES MASCULINAS.

Me dirijo como Fundador de las dos sociedades y como director general de los Misioneros Kardimissio para recordar a todos los HIJOS DE LA CASITA: MISIONEROS EUDISTAS Y MISIONEROS KARDIMISSIO, con la autoridad moral que me da la Iglesia en el canon 578 que dice: “TODOS HAN DE OBSERVAR CON FIDELIDAD LA VOLUNTAD E INTENCIONES DE LOS FUNDADORES CORROBORADAS POR LA AUTORIDAD E C L E S I Á S T I C A C O M P E T E N T E , A C E R C A D E L A NATURALEZA, FIN, ESPÍRITU Y CARÁCTER DE CADA I N S T I T U T O , A S Í C O M O T A M B I É N S U S S A N A S T R A D I C I O N E S, TO D O L O C U A L C O N S T I T U Y E E L PATRIMONIO DEL INSTITUTO”, para RECORDAR que debemos ser misioneros “AD VITAM” no por raticos, ni como turistas misioneros, ni tampoco como ideólogos de la misión desde el escritorio, sino como AUTÉNTICOS MISIONEROS AL ESTILO DE SAN JUAN EUDES nuestro padres espiritual .

Que María nuestra Madre Reina y Señora de LA OBRA DE LA CASITA, nos ayude a cumplir y ser fieles a nuestra vocación misionera.

Que el Buen Dios, en el Espíritu Santo, por su Hijo, vivo, glorioso y TransfiguraDO EN LA RESURRECCIÓN NOS BENDIGA Y ACOMPAÑE SIEMPRE .

En el retiro espiritual en MI CASA DE LAS HERMANITAS DE LOS POBRES DE SANTA JUANA JUGAN, CHAPINERO. BOGOTÁ COLOMBIA, AGOSTO 6 DE 2014 .

Mons. Humberto Lugo ArguellesFundador de la Casa de la Misión san Juan EudesMisioneros Eudistas y Misioneros Kardimissio de san Juan Eudes.

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1. JALONES HISTÓRICOS

La Casa de la Misión San Juan Eudes nace por intuición del P.

Humberto Lugo Argüelles el 2 de febrero de 1979 en la parroquia

de monte Carmelo Convención Norte de Santander, Diócesis de

Ocaña Colombia.

2. El carisma fundacional, desde su origen se orientó exclusivamente

para el servicio de la misión ad gentes en la “planta�o Ecclesiae “ y

para asistencia pastoral en los lugares más abandonados de

promoción humana.

3. Como criterio esencial, mas no exclusivo, se optó por la

promoción de las vocaciones en los ambientes y zonas

campesinas, donde por falta de medios, especialmente los de

promoción educa�va, se podrían perder.

4. Entre 1983 a 1991 que el P. Lugo sale de la Diócesis de Ocaña a

realizar sus estudios en Roma y Jerusalén ( 1984-1988) y su servicio

en la Conferencia Episcopal, la obra entró en receso y sus

aspirantes fueron enviados en nombre de la Diócesis de Ocaña al

Seminario de Cristo Sacerdote en la Ceja An�oquia.

5. A su regreso a la Diócesis de Ocaña (1991), por llamamiento de

Monseñor Ignacio Gómez Aris�zábal para el cargo pastoral de

cura de la Parroquia de La Inmaculada Concepción en Ocaña y

formador del seminario Mayor, se reinicia la obra.

6. Entre Enero y junio de 1.992, varios jóvenes, todos provenientes

del campo y sin educación media terminada, se preparan

espiritualmente para el inicio de la vida comunitaria.

7. El 29 de junio de 1992, por bondad de Monseñor Ignacio Gómez

Aris�zábal , en una casa abandonada dentro de los predios del

Seminario Mayor de Ocaña , se re- inicia la obra. En 1992,

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Monseñor Ignacio es elegido Arzobispo de Santa Fe de An�oquia y

en 1993 llega Monseñor Jorge Enrique Lozano Zafra, que apoya la

obra grandemente. Es él quien le da por primera vez el nombre de

“SEMINARIO DIOCESANO SAN JUAN EUDES”.

8. De 1994 a 1998 la obra crece grandemente con vocaciones. En

1998, Mons. Jorge Enrique Lozano Zafra en visita Ad Límina en

Roma, consulta a la Congregación de la Evangelización de los

Pueblos sobre el estatuto jurídico para APROBACIÓN DEL

CARISMA .

9. La Congregación, por tratarse de un carisma específico para LA

MISIÓN AD GENTES, sugirió que EL CARISMA SE organizase como

SOCIEDAD DE VIDA APOSTÓLICA.

10. Entre los meses de mayo a agosto de 1998, el P. Lugo, con las

debidas consultas en Roma, a donde viajó con este fin, redacta las

PRIMERAS CONSTITUCIONES.

11. El 15 de agosto de 1998 por decreto No 092/98 Monseñor Jorge

Enrique lozano Zafra aprueba LA OBRA CASA DE LA MISION SAN

JUAN EUDES COMO SOCIEDAD DE VIDA APOSTÓLICA DE DERECHO

DIOCESANO, fundada por el P. HUMBERTO LUGO ARGUELLES (Art.

No 2 del decreto) y con las siguientes palabras, reafirma SU

CARISMA Y SU OBJETIVO: “… el carisma y el obje�vo de la casa de

la misión como asociación eclesial, plasmados en las normas que

rigen su vida, corresponde a las exigencias que el Derecho

Universal exige para la erección de las sociedades de vida

apostólica (No. 3 de considerandos).

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12. El ar�culo 3 del Decreto 092/98 aprobó LAS PRIMERAS

CONSTITUCIONES por un período de 6 años.

13. Entre 1998 a 2002 la OBRA DE LA CASA DE LA MISIÓN sale del país,

con los primeros presbíteros ordenados, pero por Carecer de

suficientes presbíteros, el FUNDADOR ASOCIA A VARIOS

SACERDOTES como apoyo a la obra naciente, entre ellos los padres,

Luis Carlos Lopera, Jesús Hemel González Jiménez, Linersi León de

la Diócesis de Ocaña y a Manuel Vicente Ramírez Rojas, con

acuerdo con el Superior General de Los Misioneros de Yarumal,

para algunas obras nacientes en el exterior y para la atención en

las casas de formación. Esta INTUICIÓN DEL FUNDADOR PARA LA

SOCIEDAD DE SACERDOTES NO INCARDINADOS AL INSTITUTO Y

DE LAICOS, QUE MÁS TARDE, LLEVANDO VIDA común y regidos por

las mismas Cons�tuciones se dedican a LA OBRA MISIONERA AD

GENTES. Es lo que actualmente se llaman MISIONEROS

KARDIMISSIO DE SAN JUAN EUDES.

14. Para cumplir lo prescrito por ar�culo 3° del Decreto de erección,

entre 1998 a 2012, se revisan las cons�tuciones y conforme a las

indicaciones y sugerencias de la Congregación para la

Evangelización de los Pueblos.

15. Por Protocolo No. 184/02 del 19 de febrero de 2012 La

Congregación para la Evangelización de los Pueblos “ afilia ” LA

OBRA DE LA CASA DE LA MISION SAN JUAN EUDES, de acuerdo a lo

mandado por la Cons�tución Pastor Bonus, No. 90,2.

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16. El 19 de marzo de 2012, Monseñor Jorge Enrique Lozano Zafra

para dar cumplimiento al Protocolo No. 184/02 de La Congregación

de la Evangelización de los Pueblos con Decreto 145/2002,

APRUEBA LAS NUEVAS CONSTITUCIONES PARA LA OBRA DE LA

CASA DE LA MISIÓN SAN JUAN EUDES.

17. En Julio de 2005 se realiza EN LA CASA MADRE DE OCAÑA la

primera asamblea general; dentro de las decisiones tomadas en

ella, se decidió el traslado de LA CASA GENERAL A LA DIOCESIS DE

FACATATIVA.

18. En Junio de 2012 se celebra la SEGUNDA ASAMBLEA GENERAL EN

LA CASA GENERAL Y TEOLOGADO EN MOSQUERA

CUNDINAMARCA, EL FUNDADOR CEDE EL Gobierno General DEL

INSTITUTO MISIONERO SAN JUAN EUDES A UN NUEVO SUPERIOR

GENERAL, que apoyado por su Consejo General con�núan con

esfuerzo dedicación y fidelidad al Evangelio y las Cons�tuciones la

tarea de Su Fundador .

19. Mons. Lugo, COMO FUNDADOR, SE DEDICA A LA DIRECCIÓN

GENERAL DE LA SOCIEDAD DE MISIONEROS KARDIMISSIO DE SAN

JUAN EUDES, que SUME EN FORMA INDEPENDIENTE EL

CONVENCIO DE SERVICIO MISIONERO CON EL VICARIATO

APOSTÓLICO DE BLUEFIELDS, con el personal de sacerdotes y

hermanos que laboraban en ese vicariato, Enero de 2013.

20. El 19 de Agosto de 2013 en MISA SOLEMNE EN LA SEDE GENERAL

DE SAN MATEO EN LA CIUDAD DE BLUEFIELDS EN CELEBRACIÓN

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EUCARÍSTICA PRESIDIDA POR Mons. Paulo Schmitz Simon, Ofm.

Cap, Obispo Vicario Apostólico de Bluefields Nicaragua y su Obispo

Auxiliar David zywieck, Ofm. Cap, LA SOCIEDAD KARDIMISSIO DE

San Juan Eudes inicia vida misionera y jurídica en Nicaragua.

21. Con Oficio eclesiás�co del 14 de Noviembre de 2013, del

Eminen�simo Señor Cardenal Leopoldo José Brenes Solórzano,

Arzobispo de Managua, se abre la sede de la delegación general en

la ciudad de Managua.

22. El 19 de agosto de 2014 en la sede de la Delegación General en

Managua se realiza LA PRIMERA ASAMBLEA GENERAL NO ELECTIVA

DE LOS MISIONEROS KARDIMISSIO DE SAN JUAN EUDES para

proyectar su estatuto propio en Nicaragua.

Managua Nicaragua, 22 de Agosto de 2014, día de María Reina y Madre de la obra Casa de la Misión San Juan Eudes .

Monseñor Humberto Lugo Arguelles,FUNDADOR DE LA OBRA DE LA CASA DE LA MISIÓN SAN JUAN EUDESINSTITUTO MISIONERO SAN JUAN EUDES – MISIONEROS EUDISTAS SOCIEDAD MISIONERA KARDMISSIO DE SAN JUAN EUDES .

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PRESENTACIÓN

Queridos Misioneros KARDIMISSIO,

El 8 de febrero de 2008, solemnidad del Corazón Inmaculado de María, en el calendario particular de la gran Familia Eudista, “echamos a rodar el proyecto” de los Misioneros Laicos del Instituto Misionero San Juan Eudes.

En un primer momento era una simple propuesta para aunar fuerzas al proyecto de los Misioneros Eudistas. Las primeras normas de este proyecto se consignaron en el folleto “Laicos Misioneros Eudistas – Itinerario de Vida Espiritual y Servicio Misionero”, que publicamos gracias al auspicio del Subcomité de Obispos para América Latina de la Conferencia Episcopal de los Estados Unidos.

Hoy, sin la connotación laical exclusiva, los Laicos Misioneros Eudistas, se llaman MISIONEROS KARDIMISSIO, en razón que desde los orígenes del Instituto, hubo Sacerdotes que, sin pertenecer a él, se unieron a nuestras misiones.

Los MISIONEROS KARDIMISSIO, Sociedad de Vida Apostólica que acoge Sacerdotes “fidei donum”, en consonancia con la Encíclica Redemptoris Missio N°s. 67, 68 y 71, nos dedicamos a la específica Misión Ad Gentes, ayudando a las Iglesias y los territorios misioneros, haciendo vivo el querer de la Iglesia Universal.

La historia de la Casa de la Misión no puede olvidar el apoyo que recibí, como Fundador, de Monseñor Luis Carlos Lopera Barrera, que se unió, sin perder su identidad diocesana, al Proyecto Misionero en Apata, Perú, en 1999, Carpineto Romano en 2000 y todo el acompañamiento desde 1992 en laCasita de la Misión en Ocaña.

En este mismo sentido, consignamos el paso fructuoso por la Casita de la Misión, en Ocaña, cuna de nuestro carisma, del Padre Manuel Vicente Ramírez Rojas, misionero de Yarumal,

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que con permiso de su Superior General nos acompañó en los años 1996 y 1997; del Padre Jesús Emel González Jiménez, que nos apoyó desde Diácono y Sacerdote entre los años 1998 y 2000; y de su sucesor el Padre Linersi León, entre los años 2001 y 2002.

Llamarnos MISIONEROS KARDIMISSIO es entrar en la dinámica teológica de la espiritualidad de San Juan Eudes. Significa, ante todo, “ser corazones abiertos a la misión en el mundo”.

Los MISIONEROS KARDIMISSIO son corazones que arden por la misión y que, seguros de su alianza bautismal con la Santísima Trinidad, presencializan el amor misericordioso de Dios en los ambientes más abandonados y más necesitados del Evangelio, gastándose en perenne llama como el Corazón de Jesús que, para San Juan Eudes, es una hoguera de amor.

Los presentes Estatutos los hemos renovado y actualizado a norma del Derecho y del sentir de la Iglesia, “ad portas” del inicio del Año de la Fe, como lo ha querido Su Santidad Benedicto XVI, para que los MISIONEROS KARDIMISSIO sean instrumentos en la evangelización y para que, impulsados por las palabras de Pablo: “caritas - christi urget nos” (II Cor. 5, 14), contribuyamos a que muchos entren a la Iglesia por la puerta de la fe; de este modo, nuestros Estatutos serán, para todos los que constituimos la Sociedad, la guía firme y segura para actuar con amor, fidelidad y obediencia a nuestro Señor Jesucristo y a sus legítimos Pastores, en la persona del Santo Padre y los Obispos donde seamos llamados a servir con “corazón grande e intrepidez”.

Invocamos, para el cumplimiento de este propósito, la venturosa protección de la Santísima Virgen María, nuestra Madre, Reina y Señora, el auxilio de San José, San Marino de Cesarea y San Juan Eudes, nuestro Padre Espiritual.

Casa Madre, Ocaña, Colombia, 1° de Mayo de 2012, Día de San José Obrero.

MONS. HUMBERTO LUGO ARGÜELLES,FUNDADOR DE LOS MISIONEROS EUDISTAS Y MISIONEROS KARDIMISSIO.

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I. IDENTIDAD

1. Los MISIONEROS KARDIMISSIO DE SAN JUAN EUDES es una Sociedad de Vida APOSTÓLICA, fundamentada, como camino de perfección cristiana, en la espiritualidad del “Verbo Encarnado” predicada por San Juan Eudes, cuyo carisma fue aprobado por el Obispo de Ocaña, Norte de Santander. (Decreto 092 / 98).

2. Para que los M.K.** puedan actuar y ejercer su apostolado y carisma en una Iglesia Particular deben ser instalados por su propio fundador, requiere del consentimiento escrito del Obispo Diocesano.

3. Sólo el fundador, mientras goce de sus capacidades físicas y mentales, ejerce la dirección general y el domicilio de la sede general es siempre donde el fundador tenga su domicilio eclesiástico (C.C. 102 – 103).

Notas explicativas:LOGOTIPOIdentifica los MISIONEROS en los documentos oficiales y en los sellos. Está formado por dos corazones sobrepuestos. El más grande, coronado por la Cruz, representa, según la doctrina teológica de San Juan Eudes, el Corazón de Jesús “HOGUERA DE AMOR”.

El pequeño, con una lengua de fuego, representa el corazón Inmaculado de María que, en el místico decir del Padre Eudes, con el Corazón Adorable de su Hijo, forman “UN SOLO CORAZÓN”. La cruz es el signo fehaciente del AMOR MISERICORDIOSO DE JESÚS en la máxima expresión sacrificial de la redención, fuente salutífera de vida eterna y razón de ser del ANUNCIO MISIONERO.

KARDIMISSIO expresa el sentido teológico de ese AMOR MISERICORDIOSO DE JESÚS predicado por San Juan Eudes, que los MISIONEROS hacen vivo, razón de su alianza y triple misión bautismal.

** Léase de ahora en adelante MISIONEROS KARDIMISSIO.

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4 . Los p resen tes Es ta tu tos de los M I S I O N E R O S KARDIMISSIO, pueden ser reformados, pero sólo después de la dimisión o muerte del fundador y en Asamblea General. Para su validez se requiere de la aprobación del Obispo Diocesano del domicilio de la sede principal.

5. Para todos los asuntos del régimen general de los M.K., excepto, la sujeción al gobierno, incardinación, bienes temporales, que pertenecen a la autonomía de la sociedad misionera Kardimissio, se rigen por las Constituciones del Instituto Misionero San Juan Eudes, redactadas como patrimonio esencial y Constitutiva del CARISMA del fundador según los cánones 725 y 578.

II. DEL CARISMA, APOSTOLADO Y MISIÓN

6. El carisma, apostolado y misión de los MISIONEROS tiene su esencia Fontal en la misma misión misericordiosa de Jesús expresada por el Evangelista San Lucas: “El espíritu del Señor está sobre mí, porque me ha ungido. Me envió a llevar la Buena Noticia a los pobres, a anunciar la liberación a los cautivos y la vista a los ciegos, a dar la libertad a los oprimidos y a proclamar un año de gracia del Señor”. (Lc. 4, 18 – 19).

7. La misión misericordiosa de Jesús hace pleno el amor de Dios, por ello, los misioneros no se limitan a un sólo apostolado. A ejemplo de Jesús, “que pasó haciendo el bien” (Hechos 10, 38), hacen viva la caridad misericordiosa de Dios en todas las necesidades del hombre y en todas sus circunstancias (Mt. 25, 31 – 45), pero sobre todo, en los lugares y situaciones sociales de la específica misión Ad Gentes y entre los más pobres.

8. El anuncio de la Buena Nueva por medio de la Evangelización (Nueva Evangelización) se vivencia el apostolado de la Palabra, la catequesis, las misiones populares y la promoción de la Sagrada Escritura.

9. Trabajar por la liberación de los oprimidos abarca las múltiples formas de apostolado social que concretizan las obras de misericordia en el acompañamiento de grupos marginados y la promoción humana integral en general.

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10. La proclamación del año de gracia del Señor es la expresión redentora de la condición oblativa, sacrificial y santificadora de los misioneros, vivida en la participación activa y fructífera en la Liturgia y en los sacramentos de la Iglesia.

III. DE LOS MIEMBROS

11. Los M.K., además de los propios sacerdotes incardinados a la sociedad y hermanos laicos incorporados, según el Canon 316 acogen a laicos y clérigos (Cánones 278, 307 parágrafo 3), que deseen participar de su espiritualidad, apostolado y misión y que, conscientes de su deber misionero Ad Gentes, viven en comunión plena con los Pastores y asumen como camino de perfección cristiana y santidad la espiritualidad Eudista del Verbo Encarnado, que brota de la alianza bautismal con la Augusta, Santa e Indivisible Trinidad: Padre, Hijo y Espíritu Santo. Los Clérigos se pueden vincular por un tiempo determinado en calidad de “fidei donum”, para ejercer el apostolado misionero, orientados por la Sociedad y bajo la autoridad del Director General, para lo cual es necesario un acuerdo entre el Obispo de la Diócesis y el Director General. (C.C. 278: 738 par.3, por analogía).

12. Estos miembros se vinculan a los MISIONEROS por medio de la PROMESA JURADA DE FIDELIDAD, que se renueva cada año, pero que no crea ningún vínculo jurídico – religioso.

13. Existen dos categorías de miembros: LOS ACTIVOS Y LOS CONTEMPLATIVOS, que desde su estado de vida, se consagran al Señor como apóstoles y misioneros. Los que por vocación y carisma desean vivir la virginidad hacen voto de castidad consagrada por medio del voto privado (Canon 1192).

14. LOS ACTIVOS son los que testimonian, en el trajín diario y en la realidad social su condición de apóstoles misioneros y ofrecen su tiempo libre para ejercer el apostolado.

15. LOS CONTEMPLATIVOS son los que por situaciones personales, enfermedad o condiciones particulares y especiales ofrecen su apostolado oblativo, sacrificial y de oración a favor de la obra misionera de la Iglesia.

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16. Tanto unos como otros, pueden vivir en comunidad para realizar en común los apostolados asumidos por los misioneros.

Estas comunidades, cuya sede toma el nombre de “CASA DE LA MISIÓN” que son llamadas, en general, Fraternidades, que no serán jamás mixtas.

17. Las fraternidades están bajo la autoridad del Director General.

18. Los MISIONEROS que viven en fraternidades se rigen por un Reglamento Interno propuesto por ellos mismos y aprobado por el Director General. La coordinación de la Fraternidad la ejerce siempre un miembro que haya emitido la promesa jurada y será por dos años. E l Coord inador toma e l nombre de “FRATERNITAS” que, apoyado por un Ecónomo, maneja los recursos de la fraternidad.

19. Los MISIONEROS que descubran que el Señor los llama a la vida religiosa o sacerdotal y están revestidos de las cualidades humanas, cristianas y morales, se les orientará en el discernimiento y se les apoyará, aún económicamente, para que se vinculen, según su vocación, a una Congregación Religiosa o Seminario Diocesano; sin embargo, aquellos que deseen seguir perteneciendo a la Sociedad, sin menoscabo de su incardinación en una Iglesia Particular, podrán dedicarse totalmente al apostolado misionero, orientados por la Sociedad; para lo cual es necesario un acuerdo entre el Obispo de la Diócesis y el Director General. (C.C. 278: 738 par. 3, por analogía).

20. Los miembros de derecho, según las constituciones se incorporan e incardinan, -- caso de los clérigos --, a la Sociedad conforme al derecho universal y las constituciones.

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IV. ITINERARIO ESPIRITUAL Y FORMATIVO

21. El eje espiritual, la razón de ser de los M.K. es Jesucristo, El Verbo Encarnado. Esta encarnación mística, “a modo de la encarnación del Verbo en Nuestra Señora”, se realiza en nosotros en la alianza bautismal con la Santísima Trinidad, fuente de todo carisma y servicio en la Iglesia.

22. La vocación a la santidad, común a todos los bautizados (LG 32 y 39) exige un itinerario espiritual y un crecimiento formativo, que se percibe en la fe, se desarrolla en la formación constante de discípulos del Señor y se expresa vivamente en el apostolado como acción concreta de la fe (I Cor. 13).

23. Las palabras del Apóstol Pedro: “Estad siempre dispuestos a dar razón de vuestra esperanza a aquellos que os la pidan”(I Pedro 3, 15) son el acicate para que todo misionero entre en proceso de madurez en la fe, en el conocimiento de la persona adorable de Jesucristo para amarlo, servirlo y anunciarlo a todos y para que en “Él tengamos vida en su nombre” (Jn. 20, 31).

24. La formación doctrinal de cada misionero tiene como único fin constituirlo en adulto en la fe para que dé razón de su fe y de su esperanza en la vida eterna al anunciar la Buena Nueva del Reino con la palabra, el ejemplo de vida; por eso nutren su vida espiritual y apostólica en el Magisterio de la Iglesia, la Palabra de Dios y en la doctrina espiritual de San Juan Eudes.

25. Los MISIONEROS, que por decisión libre y voluntaria disposición en la caridad, desean hacer vida en común, asumen como modelo y estilo de esta vida, la de la primitiva comunidad cristiana (Hechos 2, 42); al compartir los bienes, viven los sacramentos, sobre todo la Eucaristía, la oración y la asidua meditación de la Palabra de Dios.

26. Todos los MISIONEROS acogen como San Juan a la Santísima Virgen María como Madre, Reina y Señora (Jn. 19, 25 – 27) y la veneran solemnemente, bajo la advocación del Corazón Inmaculado, según el calendario particular de la Familia Eudista, el 8 de febrero.

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27. Se preparan en la Doctrina Social de la Iglesia para dignificar al hombre en su condición humana, según el modelo de Cristo, el Hombre Perfecto.

28. Anuncian la Palabra de Dios desde su sacerdocio bautismal, viven el misterio salvífico en la liturgia de las horas, en los sacramentos y en las prácticas piadosas.

29. Cada MISIONERO sabe que el proceso espiritual y el camino de santidad es un “itinerario” que dura toda la vida; por eso, está en continua apertura para el conocimiento de las ciencias sagradas y aprovecha todos los medios, cursos, congresos y demás actividades organizadas por la sociedad y las que ofrecen las diócesis, las universidades, las facultades de teología y las conferencias episcopales.

30. Los retiros mensuales (un día) y los anuales (cinco días) son los medios eficaces para el crecimiento en la santidad y fortalecimiento en el apostolado de todos los misioneros.

V. DE LA DIRECCIÓN Y GOBIERNO

31. Los MISIONEROS asociados a “fidei donum” no pueden ejercer cargos de gobierno en la sociedad.

32. EL DIRECTOR GENERAL: en los presentes estatutos, es el Fundador de los MISIONEROS funge de director general hasta cuando dimita voluntariamente o fallezca. Su sucesor es elegido conforme con el derecho universal referente a las sociedades de vida apostólica y las constituciones.

El Director General, a norma del Derecho Canónico, es el representante legal de los MISIONEROS y el ordenador del gasto.

33. EL SECRETARIO: Es nombrado por el Director General. Debe ser una persona de inmensa confianza, leal y fiel. Está encargado de las actas y del manejo de todos los asuntos de comunicaciones, correspondencia y archivo.

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Funge en su cargo por el mismo tiempo del Director General o cuando éste lo remueva.

34. EL ECÓNOMO O TESORERO: Es el encargado de manejar los recursos bajo la guía y dirección del Director General, ordenador del gasto. Mancomunadamente manejan las cuentas bancarias; asesorados por el contador llevan la contabilidad, los balances, los inventarios y demás asuntos relacionados con la economía.

VI. DE LOS BIENES Y PATRIMONIO

35. Los MISIONEROS consideran los bienes temporales NO UN FIN DE SU EXISTENCIA, sino el medio para realizar con mayor eficacia su apostolado y misión. 36. Forman parte del patrimonio y bienes de los MISIONEROS, el legado del Fundador y su familia, el aporte voluntario de sus miembros, las ofrendas y limosnas, los auxilios y donaciones de entidades del exterior, de personas y entidades benefactoras y los bienes raíces que se adquieran por cualquier medio para los fines de su apostolado y misión.

37. En caso que los MISIONEROS se supriman, los bienes se regulan según lo prescrito en las constituciones y en el derecho universal.

VII. DEL DERECHO PROPIO

38. Estos Estatutos, conforme al Canon 725, son los elementos constitutivos de los M.K., que han nacido del carisma del Fundador de los Misioneros Eudistas como parte esencial del patrimonio y voluntad del Fundador y en el espíritu del Canon 578 que l a l e t ra d i ce : “Todos han de observar con fidelidad la voluntad e intenciones de los fundadores corroboradas por la autoridad eclesiástica competente, acerca de la naturaleza, fin, espíritu y carácter de cada instituto, así como también sus sanas tradiciones, todo lo cual constituye el patrimonio del Instituto”.

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= Evangelio de San Lucas= Hechos de los Apóstoles= Evangelio de San Juan= Evangelio de San Mateo

= Código de Derecho Canónico (25-1-1983).= Redemptoris Missio

= Pastor Bonus= Marialis Cultus= Populorum Progressio= Evangelii Nuntiandi= Vita Consacrata

= Ad Gentes.= Sacrosanctum Concilium.= Perfectae Caritatis= Lumen Gentium

A.G. S.C. P.C. L.G.

C.I.C.

R.M.

P.B.M.C.P.P. E.N. V.C.

Lc. Hch. Jn.Mt.

ABREVIATURAS O SIGLAS

DOCUMENTOS DEL CONCILIO

OTROS DOCUMENTOS DEL MAGISTERIO

DE LA SAGRADA ESCRITURA

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CAPÍTULO I

IDENTIDAD

INSTITUTO MISIONERO SAN JUAN EUDES

1. El Instituto Misionero San Juan Eudes es una Sociedad Clerical de Vida Apostólica de Derecho Diocesano (C. 589) que acoge también a hermanos laicos (C. 588) para vivir el carisma de la Misión Ad Gentes y el servicio de la nueva evangelización.

2. Los miembros del Instituto viven el carisma de la misión y como buenos servidores del evangelio colaboran con la Iglesia Universal, los obispos e Iglesia particulares, especialmente en las zonas más abandonadas y pobres, en la plantatio ecclesiae y en la específica Misión Ad Gentes.

3. El Instituto tiene como guía y modelo en el seguimiento de Cristo a San Juan Eudes, -de quien recibe su espiritualidad e impulso misionero,- en la adoración de la Augusta y Santa Trinidad, en la Persona del Padre con quien se ha hecho alianza eterna y perpetua en el bautismo. En la Persona del Hijo asumiendo su Cruz y en imitarlo y seguirlo en la práctica de los consejos evangélicos. En la Persona del Espíritu Santo que ilumina y santifica a la Iglesia.

1D. San Juan Eudes es el Modelo Espiritual del Instituto. De él se sume el Lema: “SERVIR A CRISTO Y A SU IGLESIA CON CORAZÓN GRANDE YANIMO DECIDIDO”.

Todo miembro debe conocer su vida Durante el Postulantado y el Noviciado o Período Propedéutico hay una cátedra de espiritualidad Eudista.

El Instituto adopta como Logotipo para la Documentación Oficial y los sellos, a los Sagrados Corazones entrelazados. El Corazón con las llamas representa el Corazón de Cristo abrazado por su amor a la Humanidad; y el Corazón con la Cruz representa a María unida al Plan Salvífico de su Hijo Jesús.

Quienes han hecho la Promesa, sea Temporal o Perpetua, añaden a su nombre en toda firma la Sigla M.E. (Misionero Eudista) como identificación de pertenencia al Instituto.

Son titulares del Instituto: el Sagrado Corazón, el Corazón Inmaculado de María y San Juan Eudes.

La fiesta de San Juan Eudes tiene carácter de Solemnidad.

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4. Los miembros consideran a la Santísima Virgen María como Reina, Señora y Madre del Instituto, en la advocación del Corazón Inmaculado de María.

5. El Instituto ofrece a sus miembros el modelo apostólico (Hch. 2,42) para vivir en común la vida de hermanos, compartir la vida delos sacramentos, sobre todo la Eucaristía, en la asidua lectura de laPalabra de Dios, en un ambiente de oración (C.602).

Nutren su vida espiritual y apostólica en la doctrina y el Magisterio de la Iglesia y en las raíces de la espiritualidad de San Juan Eudes.

6. Los miembros se vinculan al Instituto por medio de la Promesa de Fidelidad, sea esta temporal o perpetua y por los votos privados, para cumplir los consejos evangélicos (CC. 575, 598 y 731 § 2). Esto crea entre los miembros y el Instituto derechos y deberes recíprocos, definidos, determinados y regulados más adelante en estas Constituciones.

3D. Para profundizar la Doctrina de San Juan Eudes, en el Tiempo del Escolasticado se estudian sus obras Escogidas.Los Retiros están fundamentados en la Sagrada Escritura y en uno de los aspectos de La Doctrina de San Juan Eudes.Se adopta el Manual de Oraciones de la Congregación de Jesús y María (Padres Eudistas).El Minuto Eudista después del almuerzo se practica como un momento de Oración de tradición Eudista.Tiene carácter de Solemnidad las Fiestas de: el Corazón Inmaculado de María (08 de Febrero) y la del Sagrado Corazón de Jesús.

4D. En sus servicios de Evangelización y Misión, permanecen fieles al Carácter Mariano del Instituto. Se promueve todo lo que haga posible un Culto Mariano, acorde con el Concilio Vaticano II.

5D. La vida comunitaria es siempre prioritaria. En ella hay siempre una hora de la mañana para la Lectio Divina.

6D. Los votos Privados y la promesa temporal de Fidelidad se emiten en la Fiesta de San Juan Eudes. Para los clérigos la promesa perpetua en la víspera de la ordenación diaconal. Los Votos y la Promesa, como signo de piedad y amor al Instituto se renuevan el 08 de Febrero. (Ver anexos 6 y 7).

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7. Los miembros del Instituto profesan al Romano Pontífice, al Obispo de la Sede Principal y a los demás Obispos donde ejerzan la misión, filial reverencia y obediencia para actuar en plena comunión con la voluntad de Cristo, Fundador de la Iglesia (C. 590).

8. El Instituto consciente de la noble tarea de la Misión Ad Gentes, está sujeto a la Congregación para la Evangelización de los Pueblos, con el fin de cumplir mejor su carisma fundacional en la Iglesia Universal. (P.B. 90 parágrafo 2).

CAPÍTULO II

CARISMA

LA MISIÓN AD GENTES Y LA NUEVA EVANGELIZACIÓN

9. La misión del Instituto en la Iglesia es la de propagar el Evangelio tanto en ambientes ya cristianos como en la específica Misión Ad Gentes (E.N. 11, R.M .77, A.G. 27 ; V.C.79).

10. Trabaja incansablemente para hacer posible que todas las gentes conozcan a Cristo, Camino, Verdad y Vida y se salven por medio de Él (Jn. 14,6).

11. Los miembros del Instituto viven en comunidad haciendo vivo el sentido de la Iglesia Apostólica (Hch. 2, 42) y para cumplir el mandato de Jesús de “Ir de dos en dos” a llevar la buena nueva (Lc.10, 1; C. 731 §1).

9D. La Predicación del Evangelio y la Misión se ejercen exclusivamente enTerritorios poco Evangelizados y en la específica Misión Ad Gentes.Se asume la Pastoral Parroquial en las zonas más alejadas y abandonadas.

10D. Teniendo como modelo de misionero popular a San Juan Eudes, se dedica un Equipo para la animación de Misiones populares en Parroquias e Iglesias particulares.11D. Ver 9D.

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12. La buena noticia del reino es su fundamental misión, anunciando la buena nueva a los pobres, la liberación a los cautivos, la vista a los ciegos y la libertad a los oprimidos (Lc. 4, 18). 13. Cada miembro por su incorporación al Instituto vive, en primer lugar, la íntima alianza bautismal, eje y origen de todo carisma en la Iglesia.

14. Los miembros del Instituto desarrollan su carisma fundacional en los ambientes donde no se conoce el evangelio o Específica Misión Ad Gentes y en los lugares donde todavía no es plenamente conocido (R.M.42, 60; V.C. 77).

15. Anuncian el evangelio desde su sacerdocio bautismal y su carisma misionero de acuerdo a su estado de vida, su testimonio de fe, vida de oración y vida comunitaria (C. 577, R.M. 78).

16. Conviven en medio de los sectores más pobres, sin olvidar que pobre es también aquel que está vacío de Dios y del evangelio. (V.C. 78).

17. Trabajan para dignificar al hombre y constituirlo en el hombre nuevo, según el modelo de Cristo el Hombre Perfecto (P.P. 6, A.G. 23).

18. Son hombres de la Palabra de Dios con un grande amor a la Sagrada Escritura manifestado en su profundo conocimiento y en la digna exposición y predicación (L.G. 42, C: 663 § 3; V.C. 94).

19. Viven a plenitud el misterio salvífico celebrado en la Liturgia, los Sacramentos, la Liturgia de las Horas y sobre todo en la Eucaristía signo de unidad, vínculo de caridad, Banquete Pascual en la cual se recibe a Cristo como alimento. (C. 663 § 2, S .C. 47).

20. Honran con especial devoción a la Santísima Virgen María, vinculada en el misterio de Cristo y de la Iglesia y la aman como Madre, Reina y Señora del Instituto (M.C. 21, C. 663 § 4, L.G. 52-53).

17D. La Dignificación de la Persona Humana se podrá realizar asumiendo Obras de carácter social a favor de la Niñez y la Juventud, exclusivamente en los sectores más pobres.

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CAPÍTULO III

LA VIDA EN COMÚN

21. Los miembros del Instituto: hermanos laicos, diáconos y sacerdotes viven en comunidad; asumiendo esta particular forma de vida como un “yugo suave y una carga ligera” (Mt. 11, 30) para llevar a cabo la obra misionera con mayor eficacia. (V.C.61-62).

22. Como miembros del Cuerpo de Cristo son conscientes que por ellos corre la savia de la vida espiritual y de la gracia, por eso se esfuerzan en vivir la oración mental y comunitaria, sobre todo el oficio divino (C. 577).

23. Es para los miembros del Instituto, la Eucaristía, la fuente de la gracia donde “cual ciervo que a la fuente” calman la sed del Dios vivo (C. 663 § 2, S .C. 47).

24. Son para los miembros del Instituto los retiros, mensuales y anuales, los medios eficaces para un crecimiento en santidad y celo misionero (C. 663 § 5).

21D. Los miembros del Instituto tienen los mismos derechos y deberes. Lasdiferencias que puedan existir son aquellas derivadas de su Estado Laical o Clerical.

22D. El Oficio Divino de acuerdo al deseo de la Iglesia, se reza Comunitariamente y es obligatorio para los que tienen Promesa Temporal o Perpetua de Fidelidad. Los Clérigos, de acuerdo a la Norma del Derecho Universal.

23D. El Culto Eucarístico tiene el día Jueves un carácter especial.

En el lugar donde hay suficiente personal, se expone a la Adoración durante todo el día.

En las Casas donde hay poco personal, se busca en el horario el espacio de tiempo más conveniente para que todos los miembro s puedan participar.

24D. El retiro mensual es el último viernes de cada mes en las horas de la tarde o se busca el espacio conveniente de acuerdo a la situación de cada Comunidad. El retiro anual es de 8 días completos durante la novena de San Juan Eudes.

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25. Es para cada miembro la caridad el ceñidor que entrelaza las relaciones diarias para que hasta el mínimo detalle se convierta en signo del amor de Dios para sus hermanos (P.C. 1, 15). Viven la reconciliación en la asidua frecuencia al sacramento del perdón (C.630 §1).

26. Esta vida en común es incompleta si no se vive en todos los niveles. Por ello, los miembros del Instituto ponen todo en común como el fruto de sus trabajos, las ofrendas y otros emolumentos, y no reclaman jamás parte de ellos como propiedad (P.C. 15).

27. El Instituto proporciona a cada miembro lo que necesita para ejercer su acción misionera, el sustento y la asistencia social.

28. El Instituto cada año tendrá un gesto de equitativa caridad con todos sus miembros para que manifiesten la comunión de bienes con sus familiares o los pobres, de acuerdo a su justo y recto obrar.

29. El Instituto no tiene otro distintivo que la vida fraterna; sin embargo, se tiene un uniforme sencillo para los hermanos laicos. Los clérigos se someten a las obligaciones comunes que regula el derecho universal (CC. 282, 284, 669 y 739).

25D. Se tiene todo en común. La cuota personal mensual es la tercera parte del Salario Mínimo legal, calculado en Dólares.

27D. Para la seguridad social, salud y pensión de jubilación de todo el personal que haya hecho la Promesa temporal o perpetua, se afilia a una entidad que preste este servicio.

28D. El aporte anual para cada miembro corresponde a dos cuotas mensuales.

29D. El distintivo para los clérigos será el Clerigman Negro, acompañado de Pantalón Negro.Los hermanos laicos usarán un pantalón del mismo color con camisa negra, modelo especial. Se llevará un escudo con los Sagrados Corazones.

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30. Los miembros del Instituto conservan sus propiedades y bienes y las administran de acuerdo al recto juicio de personas consagradas y en completo espíritu de pobreza evangélica (C. 600).

31. El miembro del Instituto consciente de su pertenencia al cuerpo de Cristo, en donde por carisma ha asumido su vocación misionera, sabe que debe seguir a Jesús Maestro en la obediencia a su propuesta de vida. Obediencia que se manifiesta en la adhesión al magisterio del Santo Padre, de los Obispos donde se ejerce la misión, a las normas, prescripciones, directorio y constitucionesdel Instituto (C. 591).

32. Con religioso obsequio entiende la obediencia como la aceptación de la voluntad de Dios en los ministerios y servicios que le son confiados por los superiores, en las normas y decisiones tomadas en comunidad y en el Consejo del Instituto (C. 601, P.C. 14).

33. En la dinámica del seguimiento de Cristo, el miembro del Instituto, sea clérigo o hermano laico, asume la castidad perfecta en el celibato. Sabe que es un don de Dios y lo pide con insistencia para vivirlo en la sana prudencia, en el ascetismo y en la adhesión a Cristo casto y puro (C. 599, P.C. 12).

34. La vida comunitaria tiene su ámbito especial en la comunidad local donde un mínimo de tres miembros tienen el carisma de la misión, según lo especificado en el numeral 11 de estas constituciones, guiados por Cristo Maestro, bajo la autoridad y tutela del Superior y su Consejo (C.602, P.C. 159).

30D. Antes de la Promesa Temporal de Fidelidad, el miembro debe hacer un acto testamentario donde expone s u voluntad sobre los bienes que posee o recibirá en herencia. Este testamento puede ser revisado y renovado antes de la promesa perpetua de fidelidad. Para algún cambio o decisión sobre el testamento debe contar con la autorización del Superior General.

34D. La comunidad local puede estar compuesta por un miembro con promesa perpetua de Fidelidad, que siempre será un Presbítero y dos miembros en formación o en experiencia.

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CAPÍTULO IV

LA FORMACIÓN MISIONERA

35. El Instituto es consciente de su no fácil tarea de la misión. Por ello se esfuerza por formar en el rico patrimonio doctrinal de la Iglesia, en el Magisterio y en sus directrices misioneras a buenos ysantos obreros del evangelio (CC.784, 786 y 791, R.M. 83).

36. Cada miembro se esfuerza por promover, formar y hacer fructificar las vocaciones para el Instituto en un proceso formativo en el propio centro de formación llamado Casa de la Misión que regula su vida como un verdadero y propio seminario, cumpliendo lo que prescribe el Derecho Universal (CC. 232 y 239).

37. El Misionero del Instituto sabe que siempre estará en un proceso de formación y maduración que dura toda la vida. La formación en sus diversas etapas: Inicial, específica y permanente le ayuda a verificar y profundizar su tarea y a adaptarse a las exigencias de la historia y de la Iglesia (V.C. 65)

AGENTES DE FORMACIÓN

38. Todos los miembros, no importa su puesto en el Instituto, deben contribuir en la formación de los nuevos miembros con su testimonio de vida, su celo misionero, la oración y las sugerencias, fruto de su experiencia misionera para una adecuada preparación integral. (V.C. 66).

35D. La formación misionera tiene un espacio de 8 días cada año para estudiar la doctrina actual del magisterio en el campo de la misión. Es la semana anterior al domingo de la jornada mundial por las misiones.

36D. El Instituto tiene un promotor vocacional que junto con el superior general y los superiores regionales, orienta esta pastoral tan importante y necesaria .

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39. Los formadores inician a los candidatos en los valores de la específica misión Ad Gentes, haciendo juntos un camino de fe que los estimule y los sostenga en el proceso formativo bajo la acción del Espíritu Santo.

DISCERNIMIENTO VOCACIONAL

40. La vocación misionera Ad Gentes es una vocación especial (A.G. 23, R.M. 79) que el candidato percibe en la fe, acoge libremente, desarrolla durante la formación en constante verificación con sus formadores y realiza mediante la acción concreta del servicio misionero en el Instituto.

FORMACIÓN INICIALEL POSTULANTADO

41. El llamado postulantado es un periodo en el cual el aspirante en mínimo un año y máximo tres, conoce la vida y el carisma fundacional bajo la guía del equipo de formación y el maestro de postulantes.

39D. Quienes son asignados al trabajo de formación, desempeñan un verdadero servicio misionero; se deben entregar con disponibilidad y alegría, viviendo su propia vocación Misionera (CC. 236 y 239).Los formadores deben poseer una clara identidad vocacional, habilidad en el trato con los jóvenes, una preparación adecuada y una positiva experiencia misionera.Los Formadores se reúnen periódicamente, bajo la dirección del Superior General o su Delegad o, para trazar y promover líneas comunes de acción.

40D. Son designios de la vocación misionera ad gentes: el deseo y la disponibilidad de evangelizar según la finalidad del Instituto, deseo de vivir y asumir el estilo de vida de la sociedad y en un ambiente cultural diferente.

41D. El postulantado no se computa para la admisión a la promesa perpetua deFidelidad.

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42. Para admitir a un aspirante al postulantado, éste debe manifestar el deseo profundo de ser ante todo un buen cristiano, una generosa disposición al servicio apostólico y misionero, tener mínimo 17 y no más de 25 años, buena salud, tanto física como mental, dotes intelectuales, morales y las virtudes humanas y cristinas propias de un buen servidor del evangelio (C. 642). Quien es admitido al Postulantado pronuncia la siguiente fórmula (ver anexo 1).

43. Es competencia del Superior General del Instituto, previa presentación de los superiores regionales admitir a un candidato al postulantado, como también después de oír su consejo, despedir a un postulante o permitirle el paso al noviciado o período propedéutico, al que ha superado el postulantado.

FORMACIÓN ESPECÍFICAEL NOVICIADO O PERÍODO PROPEDÉUTICO

44. La formación específica comienza en el noviciado o período propedéutico, que corresponde a dos años. Este se propone lograr el progreso intelectual de la personalidad del candidato dentro de una coherencia cada vez mayor entre fe y vida para favorecer la plena realización de la vocación según los dones dados por Dios en el bautismo (CC. 643, 645 y 646). Quien ingresa al noviciado pronuncia la siguiente fórmula (ver anexo 2).

45. De acuerdo con el Derecho Universal (C.I.C. 643) no puede ser válidamente admitido al noviciado o período propedéutico a un candidato que:- No sea Católico.- No tenga 17 años cumplidos.- Tenga más de 25 años.- Esté ligado por matrimonio.

45D. Como norma general no se admiten al noviciado personas mayores de 25 años, excepcionalmente puede ser admitido un candidato mayor de esta edad, previo consenso del Consejo General.

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- Esté ligado por el vínculo de la profesión religiosa en otro Instituto o haya ocultado su admisión en él o haya sido despe- dido.- Provenga de un seminario diocesano sin la respectiva presenta- ción del Rector o su Obispo. .- Esté afectado por temor, miedo grave o dolo o aquel a quien el Superior admite inducido de ese mismo modo.- Esté comprometido en asuntos temporales difíciles de regular.

46. Terminado el Noviciado o Período Propedéutico se emiten votos privados de castidad, pobreza y obediencia para unirse más al seguimiento de Cristo en el fiel cumplimiento de los consejos evangélicos. Esta profesión privada de los votos tiene validez por 3 (tres) años y no crea todavía un vínculo jurídico con el Instituto. Esta etapa se llama probación. En ella, además de adelantar los estudios correspondientes a (1) un año de Filosofía; en el caso de los aspirantes al sacerdocio, u otra formación para los hermanos laicos, pueden ser asignados a una obra misionera que no obstaculice su proceso intelectual. Terminada la probación, se hace la promesa temporal de fidelidad a la misión y se continúan emitiendo los votos privados anualmente. El admitido a los votos pronuncia la siguiente fórmula (ver anexo 3).

EL ESCOLASTICADO

47. Terminada la probación, se inicia el escolasticado; que corresponde para los clérigos, a mínimo un año de filosofía y a los tres primeros años de teología. Los hermanos laicos, en el mismo período de tiempo reciben su formación propia y específica de su carácter de consagrados como también la preparación intelectual y técnica que los capacita para servir mejor a la misión.

46D. Los Votos Privados son una Vinculación Mayor al cumplimiento de los Consejos Evangélicos. Tienen su Preparación en los Retiros Espirituales Generales . Son requisitos fundamentales para entrar al Escolasticado.

47D. El Escolasticado coincide con último año de Filosofía y los tres primeros años de Teología.

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48. La promesa temporal de Fidelidad a la Misión se emite por tres años. Para la validez de la profesión, quienes han sido aprobados, deben haber cumplido los siguientes requisitos (C.l.C.656)- Haber cumplido al menos 18 años de edad.- Admisión del Superior General, según las constituciones y el voto de su Consejo.- Que haya hecho válidamente el Noviciado o Período Prope- déutico.- Que se exprese de acuerdo a la fórmula prevista y emitida sin violencia, miedo grave o dolo.- Que la reciba el Superior General o su Delegado, que debe tener dicha delegación por escrito.

50. Terminado los tres últimos años del Escolasticado, que corresponden al tiempo de la promesa temporal de fidelidad a la misión, tanto los hermanos laicos, como los aspirantes al presbiterado, emiten la promesa perpetua de fidelidad a la misión que se renueva cada año con los votos privados.

51. Para los hermanos laicos la promesa perpetua de fidelidad a la misión constituye el acto jurídico con el cual se incorporan en forma definitiva al Instituto.

52. Al terminar el Escolasticado, quienes por vocación acceden al presbiterado, emiten la promesa de fidelidad perpetua a la misión y reciben la Sagrada Orden del Diaconado. El cuarto año de Teología, a norma del Derecho Universal, es requisito indispensable para acceder a la Sagrada Orden del Presbiterado (C. 1032).

48D. Con la promesa temporal a la misión el miembro queda oficialmente incorporado al Instituto.

50D. La Renovación de la Promesa junto con los votos privados es el 08 de febrero en la celebración del Corazón Inmaculado de María. (Ver anexos 6 y 7).

52D. El que hace promesa temporal o perpetua de fidelidad a la misión, firma el acta, cuyos dos libros se guardan en el Archivo del Instituto.El último año se puede hacer fuera de la Casa de la Misión como experiencia pastoral diaconal o profundización y especialización de la pastoral misionera.

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53. Para los clérigos, la promesa de fidelidad perpetua a la misión y la recepción de la Sagrada Orden del Diaconado constituyen el acto jurídico de incardinación al Instituto (CC. 265, 266, § 2 y 736).

54. Por la Promesa de Fidelidad sea Temporal o Perpetua a la Misión se establece entre el incorporado y el Instituto los siguientes derechos y compromisos que se manifiestan en:

- Elegir y ser elegido según lo regulado en estas Constituciones y según la condición del incorporado (Laical o Clerical).- El cumplimiento de las constituciones, el directorio y las nor- mas que regulan la vida en el Instituto.- La aceptación de las tareas misioneras que le son confiadas.- Compartir un mismo estilo de vida comunitaria.- Vivir e n la región o comunidad local que se le asigne.- Velar por la buena marcha del Instituto.- Trabajar con celo por la misión.- Promover las vocaciones para el Instituto.

55. Por la promesa, sea temporal o perpetua de fidelidad a la misión, se establece entre el Instituto y el miembro una pertenencia manifestada en las siguientes obligaciones del Instituto mientras esté válidamente unido al Instituto:

- El apoyo en la caridad fraterna.- Los medios para su santificación.- Proveer sus necesidades temporales, como seguridad social, salud.- Preparación espiritual, humana, intelectual y misionera para cumplir mejor su ministerio.- Tiempo para vacaciones.- El Año Sabático.

56. La promesa perpetua de fidelidad a la misión es un compromiso por toda la vida, pero que el superior general, con el voto deliberativo de su consejo (No. 122), puede dispensar. Para el miembro clérigo no es sólo necesaria la dispensa de la promesa,

55 D. Ver 27D .

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sino también el acto de excardinación o de la pérdida del estado clerical de acuerdo a la Ley Universal (CC. 742 , 743 , 744 , 745 y 746).

57. Para que un candidato sea admitido a la promesa perpetua de fidelidad, debe haber hecho las etapas de postulantado, noviciado o período propedéutico y el escolasticado. En caso de un candidato que haya realizado su formación en otra institución, como seminarios diocesanos, universidades católicas, casas de formación de institutos religiosos o sociedades de vida apostólica y no haya adquirido ningún vínculo jurídico, deberá pasar al menos cinco años, dos de los cuales corresponden obligatoriamente al Noviciado, en una obra del Instituto bajo la guía de un moderador. Los casos de miembros de institutos religiosos y sociedades de vida apostólica, con profesión de votos o incorporación, además de lo prescrito en el Derecho Universal, se deben cumplir las normas del derecho particular que están regulados en los números 130- 131 de estas constituciones.

58. Cuando un candidato hace la solicitud para la promesa perpetua de fidelidad a la misión, además de tener en cuenta las normas relativas de ingreso al noviciado, se debe realizar el siguiente proceso:

- Voto favorable de la Comunidad Local o del Consejo de For- madores de la Casa de Formación.- Voto de todos los miembros incorporados del Instituto según consulta del Superior.- Presentación del Superior regional y su consejo.- Aceptación del Superior General.

59. El que ha sido admitido a la promesa perpetua de fidelidad a la misión pronuncia la siguiente fórmula (anexo 5).

LA FORMACIÓN PERMANENTE

60. El Instituto se empeña en formar buenos servidores de la misión en un continuo ambiente de estudio y vida espiritual. De acuerdo

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con el tiempo de vida en el Instituto, se tendrán diversos niveles de dicha formación. (V.C. 69).

61. El Año Sabático, cada siete años, será el momento especialpara que el miembro del Instituto pueda, en un ambiente de oración y estudio, prepararse mejor para las tareas misioneras.

62. La formación para la misión Ad Gentes es prioritaria para el Instituto. El Centro de Animación Misionera es el Instrumento para mantener en continua formación a todos los miembros.

63. Los misioneros del Instituto, para mantenerse fieles a su vocación y responder convenientemente a las nuevas exigencias de la Iglesia y de la sociedad civil en las que día a día deben afrontar nuevos retos, están llamados a un continuo crecimiento en Cristo e identificación con el carisma del Instituto. Por eso tienen necesidad constante de ser evangelizados, convertirse y de renovar los contenidos y los métodos teológicos (A.G. 24, E.N. 15, CC. 661), como también culturales y profesionales de su labor misionera.

64. La renovación espiritual, misionera e intelectual tiende a ser al Instituto y al misionero aptos para responder de una manera siempre nueva a la llamada del Señor en orden a conservar su identidad vocacional y la capacidad de proclamar el Evangelio con credibilidad y originalidad.

65. La renovación teológica, cultural y profesional, implica la necesidad de poner al día los contenidos, métodos y lenguaje de la evangelización de acuerdo al servicio misionero y a las condiciones del hombre en continuo cambio y actualización.

66. Los Estudios Especializados deben estar en armonía con la naturaleza específica misionera del Instituto y se planifiquen en vista a sus compromisos, sobre todo para la formación de sus miembros, única garantía de una efectiva labor misionera.

67. La organización de los diversos programas de formación permanente deben contar con una clara visión de las necesidades de la labor misionera y de las actitudes de los misioneros.

67D. S e aprovecha los cursos que ofrecen las Obra s Misionales Pontificias.

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CAPÍTULO VGOBIERNO DEL INSTITUTO

6 8. Toda organización humana y más aún una Institución que nace de principios cristianos y católicos de acuerdo al Derecho Universal tiene sus normas y estructuras para un recto y justo funcionamiento.

69. Los misioneros del Instituto viven en comunidades locales regidas por un Superior Local. Estas comunidades están agrupadas en regiones bajo la autoridad de un Superior Regional asistido por su Consejo. Las regiones unidas forman el Instituto que es regido por el Superior General asistido por su Consejo.

70. El gobierno en el Instituto se entiende como la animación y co- ordinación que ejercen algunos miembros delegados o nombrados por los mismos miembros para que haya un justo y recto orden en la vida comunitaria y en el cumplimiento del carisma fundacional.

71. Para asuntos que se regulan por el Directorio se tiene como medio para explorar la voluntad de Dios, el Voto Colegiado, el Voto Deliberativo (Consenso) y por último el Voto Consultivo.

LA COMUNIDAD LOCAL72. La vida común, obligatoria para los miembros del Instituto (C.740) tiene su ambiente natural en la comunidad local, donde debe haber un mínimo de tres miembros. Su representación legal recae en un animador de comunidad, que toma el nombre de Servidor oSuperior Local.

73. Es competencia de la Asamblea General la creación de regio-nes; sólo en casos excepcionales lo puede hacer el Superior Gene-ral, con el voto colegial del Consejo General. De igual modo es competencia del Superior General, habiendo recibido el consenso

71D. Para que sea válido el voto colegiado (el superior general y el consejo general) deben estar reunidos todos sin excepción. El voto deliberativo exige la reunión del Consejo. Para que su decisión sea válida se requiere la mitad más uno. El voto consultivo no obliga para la validez y no requiere de reunión del Consejo.

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de su Consejo, erigir casas y comunidades locales, teniendo en cuenta el consentimiento, dado por escrito, del Obispo Diocesano a quien también se le comunicará en caso de supresión de la misma (C.733§1).

74. Corresponde al Superior General del Instituto aprobar las ausencias de la Comunidad Local.

75. Toda comunidad local, además de los elementos comunes de vida del Instituto puede establecer un plan de vida que contemple todos los aspectos de la vida misionera.

76. Toda Comunidad local nombra a un asistente para que apoye alServidor Local y lo reemplace en su ausencia.

77. Toda comunidad local tendrá un Consejo para llevar a cabo el plan de vida.

78. El Servidor Local debe ser clérigo y tener como mínimo dos años de haber emitido la promesa perpetua de fidelidad a la misión: lo nombra el Superior Regional, con el consenso del Consejo Regional para un período de tres años que pueden ser renovables por una sola vez en la misma casa.

79. Quien haya sido Superior Local por dos períodos seguidos en una misma casa, puede ser Superior Local en otra comunidad y de igual manera ser elegido por segunda vez, previo el consenso del Consejo Regional. (C.C.734, 624 § 2, 625 § 3).

80. El Superior Local para explorar la voluntad de Dios hace uso del voto colegial, del voto deliberativo o consenso y el voto consultivo en los siguientes casos:

- El examen y adopción de medidas importantes, cuya urgencia impide comunicarlas al Superior Regional o al Superior General. Se debe comunicar posteriormente a ellos y seguir fielmente sus instrucciones en lo que convenga continuar o modificar.

- El reparto de los trabajos y quehaceres misioneros.

80D. Ver 71D.

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81. En toda Comunidad Local hay un Ecónomo, elegido por la comunidad por un período no superior al del Servidor Local.

LA REGIÓN

82. El Instituto se divide en regiones. Una región está constituida al menos por tres comunidades locales y un mínimo de quince miembros que hayan profesado sea la Promesa de Fidelidad Temporal o Perpetua. La autonomía y la organización de la región están determinadas por las normas de estas constituciones.

83. El Superior General, con el voto colegial del Consejo General (No. 121), o por mandato de la Asamblea General erige nuevas regiones.

84. La Asamblea General por sí misma, o el Superior General con el voto colegiado pueden modificar o suprimir una región cuando las condiciones así lo requieran.

85. Quedando siempre a salvo el derecho y el deber de la Dirección General en todo lo que concierne a la unidad del Instituto y al bien supremo de la actividad misionera, pueden establecerse relaciones jurídicas especiales entre una región y otra cuando lo aconsejan las circunstancias consideradas tales por la Asamblea General y lo pide o al menos lo acepta la mayoría de los miembros interesados. Tales relaciones jurídicas particulares son reguladas por un ordenamiento jurídico especial.

86. Todo miembro del Instituto queda incorporado mediante la primera profesión de la promesa temporal de fidelidad a la misión, a la región que lo ha admitido.

87. La asignación de un misionero a una región es competencia delSuperior General con el voto consultivo de su Consejo.

88. El Superior Regional es nombrado por el Superior General con el consenso de su Consejo, previa consulta de los miembros de la región, incluidos los que se encuentran temporalmente fuera de ella.

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89. Todo sacerdote del Instituto puede ser Superior Regional. Para ser nombrado válidamente el candidato debe tener al menos 30 años de edad y tres de profesión de la promesa perpetua de fidelidad a la misión.

90. En la consulta para el nombramiento del Superior Regional cada miembro vota por un candidato. Esta consulta la hace el Superior General. El que recibe la mayoría de votos válidos en la primera votación es propuesto como nuevo Superior Regional. Si ninguno recibe la mayoría absoluta se efectúa una segunda votación, con los dos que han recibido el número más alto de votos en la votación precedente. El que recibe la mayoría relativa es propuesto como Superior Regional.

91. El Vicesuperior Regional, y el Consejo Regional que está compuesto por cuatro consejeros, ayudan al Superior Regional en el gobierno de la región. Pueden ser elegidos todos los miembros que sean clérigos. Pueden votar todos los miembros de promesa temporal o perpetua de fidelidad a la misión.

92. El Superior Regional permanece en el cargo por un período de tres años, con la posibilidad de ser confirmado para un segundo trienio. No está permitido un tercer periodo consecutivo.

93. Cada región goza de una adecuada autonomía de gobierno ejercida por el Superior Regional y su consejo. El Superior General con su Consejo se reserva las decisiones en los siguientes casos:

- Traslado de personal de una región a otra.- Negociaciones que excedan el tope aprobado por el Consejo General para las regiones.- Envío de personal a estudios en el exterior.- Apertura de nuevas casas y obras.

90 D. La consulta no obliga para la validez del nombramiento.

93D. El tope aprobado es el equivalente a 12000 USD en la moneda nacional de la región.

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94. En calidad de guía de la región, el Superior Regional tiene la tarea de animarla y edificar su espíritu comunitario y misionero, para ello está disponible y debe rechazar todo compromiso que le impida el cumplimiento de este deber. Convoca al Consejo Regional de acuerdo a las normas de estas constituciones.

95. Las materias que se pueden tratar en el Consejo Regional requieren de procedimientos diferentes según su importancia. Para ello se hace uso del voto consultivo y deliberativo.

96. Las materias que requieren el voto consultivo son: nombramiento del ecónomo regional, la presentación del personal para servir en organismos diocesanos, la asignación de personal a las comunidades locales, el cambio del personal dentro de la región, presentación del personal para estudios de especialización, ayuda financiera extraordinaria para un miembro de la región.

97. Las materias que requieren el voto deliberativo son: la presentación al Superior General de aquellos que solicitan la promesa temporal o perpetua, los ministerios laicales y las sagradas órdenes y la autorización de gastos extraordinarios en una comunidad local.

98. La Asamblea Regional es un órgano consultivo que trata los aspectos de la vida y la región. Es una forma de expresión de la solidaridad y de la vida comunitaria, todo misionero, toma parte de ella o personalmente o en los casos previstos por el directorio regional por medio de un delegado.

99. El directorio regional es la codificación de las normas y costumbres existentes en la región, entra en vigor después de haber sido declarado conforme a las constituciones y al directorio general del Instituto por el Superior General, con el consenso del Consejo General.

LA DIRECCIÓN GENERAL

100. Todas las regiones forman un cuerpo unitario y armónico en el amor y la comunión (Hch. 2,42).

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101. La Dirección General del Instituto está asegurada por los siguientes estamentos:

- La Asamblea General.- El Consejo General.- El Superior General.

LA ASAMBLEA GENERAL

102. La Asamblea General (C. 633) goza de la Autoridad Suprema, en la que todos los miembros están representados mediante delegados, unos por derecho propio y otros elegidos, a saber:

- Los Consejeros Generales.- Los Superiores Regionales.- (Un) 1 Delegado por cada Región, que debe ser de Promesa Perpetua de Fidelidad.- (Dos) 2 Delegados por todos los miembros del Instituto de Promesa Perpetua.- (Dos) 2 Delegados por todos los miembros del Instituto de Promesa Temporal.- (Dos) 2 Delegados por los Hermanos Laicos.

103. Se reúne ordinariamente para elegir al Superior General (. 625 § 1). A esta sesión; para la validez de la elección, debe asistir siempre el Obispo de la Sede Principal (C. 622 § 2), y extraordinariamente cuando lo juzgue el Consejo General. La Asamblea General Ordinaria tiene lugar cada siete años o cuando hay vacancia en la Dirección General.

104. El Superior General toma posesión inmediatamente después de ser elegido. Después de su posesión, Juramento y profesión de Fe, el nuevo Superior General continua presidiendo la Asamblea (C. 625).

105. Corresponde al Superior General o su Vicario, convocar y presidir la Asamblea General. El Superior General, oído el Consejo

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General, señala el lugar, fechas y demás datos necesarios para darlos a conocer a todos los demás miembros del Instituto.

106. El miembro que asista a la Asamblea General debe haber emitido la Promesa de Fidelidad Temporal o Perpetua a la Misión, según sea el caso. Aquellos que son escogidos previamente por elección deben haber tenido una votación correspondiente a las 2/3 partes de los electores.

107. La elección a que hace referencia el número anterior, se hace por voto libre y por escrutinio hecho por el Consejo General. La votación debe ser por escrito o por fax, nunca por teléfono.

108. Todos los miembros Clérigos o Hermanos laicos que hayan hecho la Promesa de Fidelidad Temporal o Perpetua, son elegibles, a norma de estas Constituciones. Son electores todos los miembros tanto de Promesa Perpetua como de Temporal.

109. Para el cargo de Superior General y Vicario General deben ser elegidos aquellos, que además de las cualidades exigidas más adelante en estas Constituciones, tengan un mínimo de cinco años de haber emitido la Promesa Perpetua de Fidelidad a la Misión (C. 632).

110. La Asamblea General se desarrolla según las normas fijadas. El Obispo de la Sede principal, aprueba los cambios en las Constituciones si hubiere menester.

111. La Asamblea General cuando lo crea oportuno elige:

- El Superior General.- El Vicario General.- Los Cuatro Consejeros Generales.- El Ecónomo General.

112. El Superior General debe ser Presbítero. Debe además poseer las siguientes cualidades: espíritu de oración, vida ejemplar, celo ardiente por la Gloria de Dios y la salvación de los hombres, amor y

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conocimiento de la Misión, juicio excelente, discreción y prudencia, espíritu tranquilo y moderado, ciencia sólida, dedicación decidida y amor al Instituto y a sus intereses, amor y respeto a la Iglesia en la Persona del Santo Padre y a los Obispos; salud suficiente para soportar las fatigas de su cargo, firmeza y constancia probadas para mantener el Instituto en sus fines y en su espíritu mediante la observancia fiel de las Constituciones.

113. La elección del Superior General se hace por mayoría de las 2/3 partes de los votos válidos. Si después de tres escrutinios no se alcanza esta mayoría, se realiza un cuarto por mayoría absoluta en la que sólo se vota por los dos candidatos que obtuvieron la mayor votación en el tercer escrutinio. Estos dos pierden su voz activa. Si obtuvieron el mismo número de votos se preferirá el de mayor tiempo de incorporación. Si tienen el mismo tiempo de incorporación, se preferirá aquel de mayor edad.

114. La Asamblea General toma las decisiones oportunas y de mayor interés para el Instituto, sin embargo son de su incumbencia:

- Revisión y reforma de las Constituciones.- Aprobar el proyecto del Superior General.- Aprobar el proyecto del Ecónomo General.- Estudiar y aprobar la creación de nuevas Regiones. .

115. La Asamblea Extraordinaria se limita al examen de los temas objeto de la misma. Para incluir otro temario debe hacerse con la aprobación de las 2/3 partes de los Asambleístas.

EL CONSEJO GENERAL

116. El Consejo General (C. 627 § 1), se reúne por convocación del Superior General que lo preside. Está conformado por: el Vicario General y los cuatro Consejeros elegidos en la Asamblea General. Se reúnen al menos una (1) vez por semestre.

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117. En el caso de una materia que requiera sólo el voto consultivo de los Consejeros se admite el parecer por correspondencia o por fax.

118. El periodo del cargo de los Consejeros, del Vicario General, y del Ecónomo General corresponde al mismo período del Superior General (7 años).

119. En caso que sea necesario suplir a un Consejero General por vacancia del cargo o al Vicario General o al Ecónomo General, el Superior General convoca al Consejo General y en forma Colegial se elige con voto secreto a aquel que debe ocupar el cargo de la vacancia.

120. El Consejo General es responsable solidariamente con el Superior General y conforme al Derecho Universal de la Iglesia y de las Constituciones, de la vida del Instituto y de su desarrollo, como el dar impulso al progreso espiritual, apostólico y misionero de cada uno de sus miembros.

121. El Consejo General además de lo previsto en el No. 119 emite voto Colegiado en los siguientes casos:

- Reglamentos del Consejo General. - Reglamentos de la Asamblea General. - Aprobación del presupuesto anual.- Determinación del aporte mensual para los miembros del Insti- tuto.- Creación de nuevas Casas y nuevas Regiones.- Expulsión de un miembro que haya hecho Promesa de Fideli- dad Perpetua a la Misión (CC. 743 y 746).- Decisión de la convocación de la Asamblea General. - Preparación de los temas de la Asamblea General.

117D. Ver nota 71D.

121D. Para que tenga validez deben estar reunidos los Consejeros con la presencia y presidencia del Superior General.

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122. Emite voto Deliberativo en:

- Nombramiento de Superiores de Casas y Regiones.- Admisión a la Promesa de Fidelidad Perpetua a la Misión.- Dispensa de la Promesa de Fidelidad Temporal o Perpetua a la Misión.- Admisión a la Promesa de Fidelidad Temporal a la Misión.- Autorización para realizar experiencias fuera del Instituto.- Autorización al Ecónomo General para hacer alguna negocia- ción económica que sea Superior a lo fijado por la Asamblea General.

EL SUPERIOR GENERAL

123. El Superior General tiene la autoridad sobre todo el Instituto y ejerce según el Derecho Universal y las Constituciones, en espíritu de servicio y de atención solícita, la comunión y la participación en todo el Instituto. Los miembros a su vez le deben respeto y obediencia (CC. 617, 625, 629, 679, 683 y 738 §1).

124. El Superior General preside y convoca el Consejo General. Bajo su propia responsabilidad pone en ejecución las decisiones tomadas en el mismo. Guiado por el Espíritu Santo anima y orienta la vida del Instituto, bajo la fuerza y el impulso del carisma Fundacional (C. 618).

125. El Superior General cuida y promueve relaciones de mutua cordialidad entre todos los miembros del Instituto (C.619).

126. Compete al Superior General admitir a la promesa, sea Temporal o Perpetua de fidelidad a la misión y desligar de éste compromiso a quienes por graves motivos lo solicitan (C. 742, 743). Para la validez de estas actuaciones es necesario el voto deliberativo de su Consejo General.

122D. No es necesaria la reunión de los miembros, se hace por consulta o pueden reunirse sólo los consejeros

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127. El Superior General para un mayor crecimiento en la Misión y fines del Instituto, se pone en contacto con los Organismos de la Iglesia que puedan prestarle la ayuda necesaria para alcanzar dicho fin, especialmente con la Congregación de la Evangelización de los Pueblos de la cual depende directamente (P.B. 90 § 2).

128. Corresponde al Superior General, contando siempre con el consenso de su Consejo General, autorizar a un miembro del Instituto para que viva fuera de éste por un tiempo, no superior a los tres años. En caso de ser clérigo, se debe entrar con el visto bueno y parecer del Ordinario del lugar donde va a tener su residencia (C. 745).

129. Corresponde al Superior General, realizar el proceso de Excardinación, cuando un miembro clérigo, desea pasar a una diócesis. Para la expulsión de un miembro se debe observar las prescripciones del Derecho Universal (C.746).

130. Corresponde al Superior General, con el consenso del Consejo General, conceder la licencia para que un miembro incorporado definitivamente pase a otra sociedad de vida apostólica o viceversa, quedando en suspenso los derechos y obligaciones que tiene en el Instituto mientras está en período de prueba. En caso de volver al Instituto asume de nuevo sus derechos y deberes (C .744 § 1).

131. Corresponde al Superior General con el consenso de su Consejo, presentar a la Santa Sede las solicitudes para el tránsito de un miembro incorporado definitivamente al Instituto a un instituto de vida consagrada o de un miembro de un instituto de vida consagrada a nuestro Instituto. No debe actuar hasta cuando la Santa Sede dé su parecer (C .7 44 § 2).

132. Los Aspirantes aprobados a la incorporación al Instituto de que se habla en los dos números anteriores, tal como lo regula el No.122, deben cumplir los requisitos exigidos por estas Constituciones en los números 57 y 58.

133. El Superior General por sí mismo o por su Delegado visita todas las Comunidades al menos una vez al año (CC. 622 y 628 § 1).

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134. El Superior General no tiene poder alguno sobre las Constituciones, ni para modificarlas ni para interpretarlas unilateralmente. Puede dispensar de algunos puntos de disciplina en casos particulares y temporalmente, cuando la necesidad o la caridad o la consideración del bien común lo exijan. En otras materias debe recurrir a la autoridad del Obispo diocesano donde tiene residencia el miembro.

135. Si los Consejeros Generales consideran por mayoría de votos que el Superior General no se halla ya en condiciones para gobernar el Instituto, lo comunican al Obispo donde está la sede principal ateniéndose a su decisión.

136. En todos los casos en que queda vacante el cargo del Superior General, el Vicario General dirige el Instituto hasta la elección del nuevo Superior.

137. El Superior General no puede ejercer el cargo de Ecónomo General. Puede en alguna eventualidad ser superior de una región o una comunidad local, vista la necesidad.

EL ECÓNOMO GENERAL

138. El Ecónomo General es nombrado por la Asamblea General para un servicio de 7 años, debe tener al menos 25 años de edad y 2 años de Promesa de Fidelidad Perpetua a la Misión. Puede ser clérigo o hermano laico: que tenga conocimientos de economía, administración y algunos elementos de derecho laboral.

..

139. El Ecónomo General estudia las cuestiones económicas y las presenta al Consejo General cuando requieran su aprobación. Somete a su estudio el presupuesto anual y el plan financiero; cada año presenta el Informe General propuesto en número 150 de estas Constituciones.

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EL SECRETARIO GENERAL

140. El Secretario General es nombrado por el Superior General para un período de servicio de 7 años, con el voto consultivo de su Consejo; puede ser un hermano laico o un clérigo con promesa de fidelidad temporal o perpetua a la misión. Debe ser experto en técnicas de redacción y manejo de los nuevos instrumentos tecnológicos.

141. El Secretario General hace juramento ante el Superior General y su Consejo de guardar secreto y discreción de los asuntos del Gobierno General.

142. Además de las capacidades intelectuales y técnicas exigidas para su cargo, debe ser una persona mesurada, de recto juicio, prudente y capaz de guardar los secretos. No tiene voz ni voto en las sesiones o reuniones del Consejo General a que se invite.

CAPÍTULO VI

LOS BIENES TEMPORALES

143. El Instituto considera los Bienes Temporales no como un fin de su acción pastoral sino como medios para realizar la obra de la Misión.

144. Las Casas y Circunscripciones del Instituto en cuanto Personas Jurídicas tienen capacidad de adquirir, poseer, administrar y enajenar bienes temporales, muebles o inmuebles para los fines que les son propios. Estos bienes por su carácter de bienes eclesiásticos deben administrarse conforme a las normas del Derecho Universal de la Iglesia y de las normas propias del Instituto (CC .634 y741).

145. La Propiedad de los bienes del Instituto es subordinada, de manera que el Superior General y su Consejo tienen el derecho a controlar la administración temporal de cada región y de cada comunidad local. En caso de supresión de una casa, salvo lo que

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prescribe el canon 616, con el consenso de su consejo el Superior General decide sobre su destino inmediato. En caso de disolución del Instituto, los bienes revierten a la Santa Sede, quien tiene la última decisión sobre los mismos (C. 584).

146. El Ecónomo local administra los bienes de una comunidad según el plazo trazado por ella misma y bajo la dirección del Superior Local.

147. Los poderes de los Superiores y del Consejo General, así como del Ecónomo General, los regionales y los locales en el campo de la administración y especialmente en lo concerniente a enajenaciones y préstamos y el compromiso en ciertos gastos, se sitúan dentro de los límites fijados por el Derecho Universal de la Iglesia y por el derecho propio del Instituto, teniendo en cuenta la legislación civil (C.638 § 3).

148. En la fecha fijada, la autoridad competente aprueba el presupuesto elaborado por los Ecónomos Locales, Regionales y el Ecónomo General.

149. Cada año, al final del ejercicio financiero, cada Comunidad aprueba las cuentas presentadas por el Ecónomo Local antes de enviarlas al Superior Regional y a su Consejo Regional para su estudio y aprobación. El Superior Regional informará al superior general el manejo financiero de la región.

150. Para favorecer la comunión y participación en todos los campos, el Superior General solicita al Ecónomo General cada año, un informe general sobre la marcha económica del Instituto, que enviará a todos los miembros.

147D. La Dirección General se acoge a los topes del Derecho Universal. LasRegiones y Comunidades Locales según lo establecido en 93D.

148D. La aprobación se realiza en forma ascendente: Comunidad Local, Comunidad Regional, Casa General.

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151. Las regiones y las comunidades locales se solidarizan con la casa general y las casas de formación enviando el aporte económico mensual que se apruebe para cada año.

152. El Superior General, con el voto consultivo de su Consejo, debe ayudar en caso de necesidad y con toda discreción a las familias de los miembros del Instituto que lo requieran urgentemente.

153. En la preocupación por repartir equitativamente los bienes del Instituto no se debe olvidar la que se debe tener para con los pobres. Las comunidades locales y el gobierno general deberán poner un rubro especial para los más pobres en el momento de hacer el presupuesto anual (C. 640).

DERECHO PARTICULAR

154. El derecho particular del Instituto está constituido por las Constituciones aprobadas, por el Obispo Diocesano de la sede principal y que sólo el Instituto en Asamblea General puede modificar por petición de al menos las dos terceras partes de sus participantes; de igual modo el directorio que es aprobado por la Asamblea General y que a la vez puede modificar; y por último las actas de las Asambleas Generales.

151D. El aporte es el 8% de los ingresos anuales.

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ANEXO 1

PROMESA DE INGRESO AL POSTULANTADO

Yo_______________________________________, por medio del presente compromiso acepto a Nuestro Señor Jesucristo como Superior de este Instituto Misionero, en la persona de mis Superiores. Asumo este tiempo en la adhesión a la Voluntad de Dios, manifestada en la vivencia y cumplimiento de las Normas y Reglamentos para hacerme digno de pertenecer algún día al Instituto.

Declaro que todo lo acepto, libre y voluntariamente. Sé que nada me pertenece y nada reclamaré en caso de retiro.

Para ser fiel a mi Palabra invoco el auxilio de Dios, la protección de la Santísima Virgen, Madre, Reina y Señora de este Instituto y la Intercesión de San José y San Juan Eudes.

Así sea.

Firma del Postulante Firma del Superior o de su Delegado

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ANEXO 2

INGRESO AL NOVICIADO

En nombre de la Santa, Augusta e Indivisible Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo.

Yo ________________________________________ , por medio del presente compromiso acepto a Nuestro Señor Jesucristo como Superior de este Instituto Misionero, en la persona de mis Superiores. Asumo este periodo de Noviciado en la adhesión a la Voluntad de Dios, manifestada en la vivencia y cumplimiento de las Normas y Reglamentos para hacerme digno de profesar los Consejos Evangélicos y pertenecer algún día al Instituto.

Declaro que todo lo acepto, libre y voluntariamente. Sé que nada me pertenece y nada reclamaré en caso de retiro.

Para ser fiel a mi Palabra invoco el auxilio de Dios, la protección de la Santísima Virgen, Madre, Reina y Señora de este Instituto y la Intercesión de San José y San Juan Eudes.

Así sea.

Firma del Novicio Fi1ma del Superior o de su Delegado

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ANEXO 3

FÓRMULA PARA LA PROFESIÓN DE LOS VOTOS PRIVADOS

En nombre de la Santa, Augusta e Indivisible Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo.

Yo _________________________________________ habiendo culminado la Etapa de Noviciado en el Instituto Misionero San Juan Eude, libre y voluntariamente me Consagro a Dios para el Servicio de la Misión Universal de la Iglesia donando todo mi ser en el seguimiento de los Consejos Evangélicos de: CASTIDAD, POBREZA Y OBEDIENCIA, por espacio de 3 (tres) años, para cumplirlos en el Espíritu de Jesucristo Casto y Puro, Pobre y Obediente a la Voluntad del Padre conforme a las Constituciones y normas del Instituto.

Declaro además, que nada me pertenece y nada reclamaré en caso de separarme del Instituto.

Para ser fiel a mi Palabra, te pido ¡Oh! Jesús tu Gracia por Intercesión de la Virgen María, Madre, Reina y Señora de este Instituto, de San José, de San Gabriel , de San Juan Eudes y de todos los Santos.

Así sea.

Firma del Postulante Firma del Superior o de su Delegado

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ANEXO 4

PROMESA TEMPORAL DE INCORPORACIÓN AL INSTITUTO MISIONEROS SAN JUAN EUDES

Yo ____________________________________________ libre y voluntariamente me consagro a Cristo y a su Iglesia para vivir en el Instituto Misionero San Juan Eudes y realizar con Fidelidad total la Obra de la Misión Universal de la Iglesia por tres años a partir de hoy, siguiendo no mi propia voluntad sino la de Dios manifestada en la Obediencia a mis Superiores conforme a las Constituciones y normas del Instituto.

Me entrego a Jesús para que por la Intercesión de San Juan Eudes, de San José, de San Gabriel y de todos los Santos, me concedan la Gracia de guardar esta Promesa.

Me entrego a María, la Reina, madre y Señora del Instituto para que me cuente en el número de sus Hijos y me obtenga la Gracia de la Fidelidad.

Amén.

Firma del Profeso Firma del Superior o de su Delegado

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ANEXO 5

PROMESA PERPETUA DE FIDELIDAD A LA MISIÓNE INCORPORACIÓN DEFINITIVA AL

INSTITUTO MISIONERO SAN JUAN EUDES

“Yo ___________________________________________, libre yvoluntariamente me consagro a Cristo y a su Iglesia para VIVIR y MORIR en el Instituto Misionero San Juan Eudes, realizar conFidelidad Total la Obra de la Misión Universal de la Iglesia, siguiendo, no mi propia voluntad, sino la de Dios manifestada en la Obediencia a mis Superiores conforme a las Constituciones y normas del Instituto.

Me entrego a Jesús para que por la Intercesión de San Juan Eudes, de San José, de San Gabriel y de todos los Santos, me concedan la Gracia de guardar esta Promesa.

Me entrego a María, la Reina, Madre y Señora del Instituto para que me cuente en el número de sus Hijos y me obtenga la Gracia de la Fidelidad.

Amén”.

Firma del Incorporado Firma del Superior o de su Delegado

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ANEXO 6

FÓRMULA - RENOVACIÓN VOTOS CONSEJOS EVANGÉLICOS

En nombre de la Santa, Augusta e Indivisible Trinidad, Padre, Hijoy Espíritu Santo.

Yo ______________________________________, renuevo ante Ti ¡oh! Jesús, Misionero del Padre, en presencia de María la Reina, Madre y Señora de Nuestro Instituto, el compromiso que adquirí cuando por tu misericordia infinita me consagré, asumiendo los Consejos Evangélicos de Pobreza, Obediencia y Castidad para vivirlos al servicio de la misión Ad Gentes en este Instituto.

Para ser fiel a mi Palabra, te pido ¡Oh! Jesús tu Gracia por Intercesión de la Virgen María, de San José, de San Gabriel, de San Juan Eudes y de todos los Santos.

Así sea.

Firma del Profeso Firma del Superior o de su Delegado

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ANEXO 7

RENOVACIÓN PROMESA TEMPORAL Y PERPETUA

Yo ________________________________________, Renuevo ante Ti ¡Oh! Jesús Misionero del Padre, en presencia de María laReina, Madre y Señora de Nuestro Instituto el compromiso que

adquirí cuando por tu misericordia infinita me incorporé a este Instituto (para vivir y morir en Él)*, para servirte y glorificarte con la mayor perfección posible, renunciando a mi propia voluntad para asumir la Tuya, expresada por los Superiores y por las Constituciones de este Instituto.

Para ser fiel a mi Palabra, te pido ¡Oh! Jesús tu Gracia por Intercesión de la Virgen María, de San José, de San Gabriel, de San Juan Eudes y de todos los Santos.

Así sea.

Firma del Profeso Firma del Superior o de su Delegado

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