libro bases fondos 2015 creacion

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  • Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura Lnea de Creacin

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    I. ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO

    1. IntroduccinLas presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a Concurso de Proyectos, convocatoria 2015, en la Lnea de Creacin del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura. El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) y Consejo Nacional del Libro y la Lectura, en adelante el Consejo invitan a presentar proyectos para su financiamiento, segn los gastos y montos financiables y la disponibilidad presupuestaria.

    El procedimiento para concursar consta de las siguientes etapas:

    Postulacin Admisibilidad Evaluacin Seleccin Firma del Convenio de Ejecucin

    2. Objetivo de la convocatoriaEsta Lnea de concurso tiene por objetivo entregar financiamiento total para la finalizacin de proyectos de obras de creacin literaria y grfica, para autores emergentes y con trayectoria.

    No se considerarn proyectos correspondientes a materias reguladas por las leyes N 19.928, N 19.891 y N 19.981, relativas al Fondo para el Fomento de la Msica Nacional; al Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes (FONDART) y al Fondo de Fomento Audiovisual.

    Asimismo, sern considerados fuera de concurso los proyectos que correspondan principalmente a otras disciplinas artsticas no cubiertas por este Fondo.

    3. Modalidades y CategorasLas modalidades comprendidas en esta Lnea son:

    Modalidad de PoesaLibro o conjunto potico (mnimo de extensin de la obra: 20 carillas).

    Modalidad de CuentoLibro o conjunto de cuentos (mnimo de extensin de la obra: 25 carillas).

    Modalidad de EnsayoEscrito que consiste en la defensa de un punto de vista personal y subjetivo sobre un tema sin aparato documental, de forma libre y asistemtica y con voluntad de estilo (mnimo de extensin de la obra: 25 carillas).

    Modalidad de Literatura InfantilPuede ser de cualquier gnero. El rasgo diferenciador es el destinatario o lector. Puede incorporar ilus-traciones. La obra se valorar en su conjunto (mnimo de extensin de la obra: 10 carillas).

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    Modalidad de NovelaMnimo de extensin de la obra: 25 carillas.

    Modalidad de ReferencialDebern ser obras de autor, investigaciones (no considera recopilaciones), tales como cartas, diario ntimo, crnica, testimonios, autobiografa, memorias (mnimo de extensin de la obra: 25 carillas).

    Modalidad de Comics y Obra IlustradaNarrativa mediante secuencia de imgenes dibujadas (mnimo de extensin de la obra: 15 carillas).

    Modalidad de DramaturgiaMnimo de extensin de la obra: 15 carillas.

    Las categoras comprendidas en esta Lnea son:

    Categora de EmergentesAquellos que no cuentan con obra publicada del gnero al cual postula.

    Categora con TrayectoriaAquellos que cuentan con al menos una obra publicada del gnero al cual postula.

    4. Total de recursos y montos Esta Lnea cuenta con un presupuesto estimado de recursos de $600.000.000.- (seiscientos millones de pesos chilenos), para el financiamiento de proyectos seleccionados y respecto de los cuales se suscriba el correspondiente Convenio de Ejecucin. Los recursos aprobados para esta convocatoria se encuentran sujetos a disponibilidad presupuestaria.

    Del total estimado, las modalidades de la presente Lnea tendrn la siguiente distribucin de recursos:

    ModalidaddePoesa:$105.000.000.- (ciento cinco millones de pesos chilenos). ModalidaddeCuento:$85.000.000.- (ochenta y cinco millones de pesos chilenos). ModalidaddeEnsayo:$83.000.000.- (ochenta y tres millones de pesos chilenos). ModalidaddeLiteraturaInfantil:$82.000.000.- (ochenta y dos millones de pesos chilenos). ModalidaddeNovela:$100.000.000.- (cien millones de pesos chilenos) ModalidaddeReferencial:$48.000.000.- (cuarenta y ocho millones de pesos chilenos) ModalidaddeComicyObraIlustrada: $72.000.000.- (setenta y dos millones de pesos chilenos) ModalidaddeDramaturgia:$25.000.000.- (veinticinco millones de pesos chilenos)

    El monto a financiar por proyecto para cada categora es: Categora de Emergentes: $2.222.222.- (dos millones doscientos veintids mil doscientos

    veintids pesos chilenos). CategoradeTrayectoria:$4.444.444.- (cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil

    cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos chilenos).

    5. CofinanciamientoNo aplica.

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    6. Duracin y ejecucin de los proyectosLos proyectos postulados a la lnea no podrn superar los 12 meses de duracin.

    La ejecucin de los proyectos deber realizarse en la cantidad de meses contemplada en el cronograma especfico de cada proyecto postulado, de acuerdo a lo establecido en el respectivo Convenio de Ejecucin. Asimismo los proyectos postulados debern tener principio de ejecucin durante el ao 2015.

    VISTAGENERALDELCAPTULOI:ANTECEDENTESGENERALES

    Modalidad/Categora

    DescripcinMonto

    porproyectoCofinanciamiento

    obligatorioDuracinmxima

    Poesa/Emergente

    Libro o conjunto potico (mnimo de extensin de la obra: 20 carillas).

    2.222.222.- (dos millones doscientos veintids mil doscientos veintids pesos chilenos).

    No se exige 12 meses

    Cuento/Emergente

    Libro o conjunto de cuentos (mnimo de extensin de la obra: 25 carillas).

    Ensayo/Emergente

    Escrito que consiste en la defensa de un punto de vista personal y subjetivo sobre un tema sin aparato documental, de forma libre y asistemtica y con voluntad de estilo (mnimo de extensin de la obra: 25 carillas).

    Literatura Infantil/Emergente

    Puede ser de cualquier gnero. El rasgo diferenciador es el destinatario o lector. Puede incorporar ilustraciones. La obra se valorar en su conjunto (mnimo de extensin de la obra: 10 carillas).

    Novela/Emergente

    Mnimo de extensin de la obra: 25 carillas.

    Referencial/Emergente

    Debern ser obras de autor, investigaciones (no considera recopilaciones), tales como cartas, diario ntimo, crnica, testimonios, autobiografa, memorias) (mnimo de extensin de la obra: 25 carillas).

    Comic y Obra Ilustrada/Emergente

    Narrativa mediante secuencia de imgenes dibujadas (mnimo de extensin de la obra: 15 carillas).

    Dramaturgia/Emergente

    Mnimo de extensin de la obra: 15 carillas.

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    Poesa/con Trayectoria

    Libro o conjunto potico (mnimo de extensin de la obra: 20 carillas). .

    $4.444.444.- (cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos chilenos)

    No se exige 12 meses

    Cuento/ con Trayectoria

    Libro o conjunto de cuentos (mnimo de extensin de la obra: 25 carillas).

    Ensayo/conTrayectoria

    Escrito que consiste en la defensa de un punto de vista personal y subjetivo sobre un tema sin aparato documental, de forma libre y asistemtica y con voluntad de estilo (mnimo de extensin de la obra: 25 carillas).

    Literatura Infantil/ con Trayectoria

    Puede ser de cualquier gnero. El rasgo diferenciador es el destinatario o lector. Puede incorporar ilustraciones. La obra se valorar en su conjunto (mnimo de extensin de la obra: 10 carillas).

    Novela/ con Trayectoria

    Mnimo de extensin de la obra: 25 carillas.

    Referencial/ con Trayectoria

    Debern ser obras de autor, investigaciones (no considera recopilaciones), tales como cartas, diario ntimo, crnica, testimonios, autobiografa, memorias (mnimo de extensin de la obra: 25 carillas).

    Comic y Obra Ilustrada/ con Trayectoria

    Narrativa mediante secuencia de imgenes dibujadas (mnimo de extensin de la obra: 15 carillas).

    Dramaturgia/ con Trayectoria

    Mnimo de extensin de la obra: 15 carillas.

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    II. POSTULACIN DE LOS PROYECTOS

    1. Quines pueden postularPodrn postular a esta Lnea:

    Personas NaturalesDe nacionalidad chilena o extranjeros con cdula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificacin de Chile, que sean mayores de 18 aos.

    2. Aceptacin de condiciones del concurso y deber de veracidadPor la sola presentacin de proyectos a esta convocatoria se entiende para todos los efectos legales que el postulante conoce y acepta el contenido ntegro de las presentes bases. Los postulantes debern dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, especficamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecucin del proyecto.

    Al momento de presentar el proyecto, el postulante declara bajo juramento que toda la informacin contenida en su proyecto es verdica y da fe de su autenticidad. El CNCA se reserva el derecho de verificar dicha informacin, y en caso que constate que contiene elementos falsos, la postulacin ser declarada fuera de concurso. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que un proyecto presentase informacin que pudiese revestir caracteres de delito, el CNCA remitir los antecedentes al Ministerio Pblico.

    3. InhabilidadesSe encuentran inhabilitados(as) para postular las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

    Autoridades y trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contra-ta, contratados(as) bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios);

    Personas naturales, siempre que en los proyectos presentados tengan como equipo de trabajo a autoridades y/o trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata, o contratados(as) por el CNCA bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios). Al momento de postular, deber individualizarse al equipo de trabajo del proyecto;

    Ser cnyuge; o tener parentesco por consanguinidad hasta segundo grado en lnea recta y hasta segundo grado en lnea colateral, con cualquiera de los integrantes del Directorio Nacional del CNCA, de los miembros del Consejo, o con funcionarios directivos del CNCA, hasta el nivel de Jefe de Departamento o su equivalente grado ocho (8) en la escala funcionaria.

    Si durante el periodo de presentacin de postulaciones, cesa la inhabilidad que afecta a alguna persona, sta se considerar hbil para concursar, pudiendo presentar su postulacin mientras se encuentre abierto el periodo de recepcin de postulaciones, siempre y cuando no haya postulado con antelacin al cese de la inhabilidad.

    El CNCA revisar durante todo el proceso concursal y hasta la firma del Convenio de Ejecucin inclusive, que los postulantes no estn afectos a ninguna de las causales de inhabilidad sealadas. En caso de incumplimiento de lo anterior, es decir, que los postulantes estn afectos a alguna inhabilidad, sus proyectos quedarn fuera de concurso.

    Sin perjuicio de lo anterior, tampoco podrn suscribir Convenios aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones mencionadas en el nmero 2 del captulo V Restricciones para la firma del Convenio.

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    4. Formulario nico de Postulacin (FUP)El FUP es el nico formato vlido para la formulacin de proyectos, el cual permite una disposicin ordenada y unificada de la informacin requerida al proveer al postulante de los campos necesarios para la exposicin de su proyecto. Es obligatorio completar todos los campos del FUP, salvo cuando ste los contemple como opcionales.

    El FUP se encuentra disponible en la pgina web institucional: www.fondosdecultura.gob.cl.

    5. De la postulacin en generalLas postulaciones podrn realizarse a travs de dos medios:

    5.1. Postulacin va plataforma digital Los proyectos postulados a travs de este medio debern ser enviados a travs de la pgina web www.fondosdecultura.gob.cl.

    El postulante deber seguir los siguientes pasos:

    1. Registrarse como postulante;2. Seleccionar el fondo, lnea, modalidad o gnero, y sub-modalidad correspondientes en cada caso;3. Completar el FUP segn requisitos y condiciones establecidas en l y en las presentes bases, lo

    que incluye adjuntar los Antecedentes Obligatorios de Evaluacin y los Antecedentes Comple-mentarios de Evaluacin (opcional); y

    4. Validar el envo del proyecto.Tras completar estos pasos el postulante podr enviar su proyecto a travs de la plataforma digital dispuesta en la pgina web. Antes del envo, el portal revisar que los campos obligatorios del FUP hayan sido completados, para luego exigir al postulante que valide y consienta el envo.

    Ser de exclusiva responsabilidad del postulante efectuar su postulacin en conformidad con los requisitos y condiciones de las bases.

    Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la postulacin va plataforma digital deber ser adjuntado en algunas de las siguientes extensiones de archivo:

    doc/docx xls/xlsx ppt/pptx Pdf Jpeg

    Png Mp3 Mov Avi Jpg

    El tamao individual de cada archivo adjuntado no podr exceder los 100 MB, y deber ser acompaado sin clave y sin comprimir en ficheros de archivos, como Zip, Rar, Tar, Dmg, 7z, etc.

    Los documentos en Pdf podrn contener ms de una pgina siempre y cuando todas sean parte de un mismo archivo.

    Si los archivos no cumplieran con los requisitos mencionados, se considerarn como no presentados. Ser responsabilidad del postulante verificar que stos cumplan con los requisitos exigidos, liberando de toda responsabilidad al CNCA.

    La postulacin se entender completada con su envo a travs de la plataforma digital. Para ello, el sistema emitir un certificado de recepcin, indicando la fecha, hora y nmero de Folio correspondien-te. Se deja constancia que este certificado de recepcin no constituye admisibilidad.

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    5.2. Postulacin en soporte materialAtendiendo a las distintas condiciones de acceso para los postulantes que por razones geogrficas tengan dificultades para postular va plataforma digital, el CNCA pone a disposicin un mecanismo de postulacin va soporte material.

    Los proyectos postulados va soporte material debern ser formulados en la versin descargable del FUP, que se encuentra disponible para descarga en www.fondosdecultura.gob.cl.

    Aquellas personas que no puedan acceder a Internet y descargar el FUP podrn retirarlo en la sede de la Direccin Regional del CNCA correspondiente.

    Los proyectos debern ser entregados cumpliendo las siguientes formalidades:

    1. Acompaar el FUP al comienzo del proyecto con sus campos completados de forma correcta, clara y legible. En caso que se haga en manuscrito se ruega hacerlo en letra imprenta.

    2. El proyecto impreso debe incorporar los antecedentes obligatorios exigidos y los antecedentes complementarios de evaluacin que se estimen convenientes.

    3. Las pginas deben estar numeradas.4. Se debe entregar 3 copias del proyecto anilladas por separado, con todos sus antecedentes.

    Los documentos en archivos de sonido o video u otros que por su naturaleza no sean impresos debern adjuntarse en CD, DVD o USB. Estos medios de respaldo de informacin debern acompaarse en cada una de las copias anilladas. En el caso de CD o DVD deber indicarse el nombre del postulante y del proyecto en sus respectivas cartulas.

    El postulante deber preocuparse de que los soportes de informacin y las copias anilladas no se separen, utilizando mecanismos de resguardo que eviten su extravo, tales como fundas archivadoras para documentos y/o sobres tamao carta u oficio anillados.

    Los proyectos podrn ser entregados personalmente, por medio de terceros o mediante envo por correo certificado en las sedes de las Direcciones Regionales del CNCA. El costo de envo deber ser cubierto por el postulante, de manera que las postulaciones que hayan sido enviadas por pagar se con-siderarn como no presentadas.

    Se considerar como fecha de presentacin de la postulacin fsica la fecha de envo estampada en el sobre por la oficina de correos de origen.

    6. Idioma de los AntecedentesTanto en la postulacin digital como material, los antecedentes debern ser presentados en idioma espaol. Los documentos presentados en otro idioma, y que no se encuentren acompaados por traduccin, sern considerados como no presentados.

    7. Antecedentes Obligatorios de EvaluacinSon aquellos documentos indispensables para la postulacin de proyectos. La lista de anteceden-tes por categora tiene carcter taxativo, de manera tal que, en caso de faltar cualquiera de ellos, la postulacin ser declarada inadmisible. Asimismo, los documentos que no se encuentren conforme a las formalidades exigidas, se considerarn como no presentados.

    Para la categora de Emergentes, junto con el FUP, se exigirn los siguientes Antecedentes Obligatorios de Evaluacin:

    a. Propiedadintelectual(si corresponde): Si el proyecto comprende la utilizacin de derechos de autor de terceras personas, protegidos por la Ley N 17.336 de Propiedad Intelectual, los postulan-

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    tes debern adjuntar una autorizacin simple y expresa del autor o de la entidad que administra los respectivos derechos, conforme previenen los artculos 20 y siguientes de la Ley N 17.336.

    b. Muestradelaobra:Deber acompaarse en formato digital al menos un 50% de la obra medi-do en cantidad de pginas, con un mnimo de carillas conforme al gnero que postula, incluyendo el ndice de los captulos, si es pertinente al mismo, y la extensin aproximada del proyecto. El formato del documento deber realizarse en hoja tamao carta, letra Arial tamao 12, a espacio 1,5. Para el caso del gnero libro infantil, si el proyecto contempla ilustraciones, debern tambin acompaarse. En el caso del gnero cmic y obra ilustrada, este ltimo requisito consiste en un boceto y texto de la obra que corresponda al menos al 50% del total.

    Para la categora con Trayectoria, junto con el FUP, se exigirn los siguientes Antecedentes Obligato-rios de Evaluacin:

    a. Propiedadintelectual (si corresponde): Si el proyecto comprende la utilizacin de derechos de autor de terceras personas, protegidos por la Ley N 17.336 de Propiedad Intelectual, los postulan-tes debern adjuntar una autorizacin simple y expresa del autor o de la entidad que administra los respectivos derechos, conforme previenen los artculos 20 y siguientes de la Ley N 17.336.

    b. Muestradelaobra: Deber acompaarse en formato digital al menos un 50% de la obra medi-do en cantidad de pginas, con un mnimo de carillas conforme al gnero que postula, incluyendo el ndice de los captulos, si es pertinente al mismo, y la extensin aproximada del proyecto. El formato del documento deber realizarse en hoja tamao carta, letra Arial tamao 12, a espacio 1,5. Para el caso del gnero libro infantil, si el proyecto contempla ilustraciones, debern tambin acompaarse. En el caso del gnero cmic y obra ilustrada, este ltimo requisito consiste en un boceto y texto de la obra que corresponda al menos al 50% del total.

    c. Obraspublicadasconanterioridad:Fotocopia de portada que d cuenta de libros publicados con anterioridad.

    8. Antecedentes Complementarios de EvaluacinEl postulante podr aportar la informacin adicional que estime conveniente, adjuntndolos en forma de antecedentes complementarios a su proyecto, por ejemplo, Programa de actividades de versiones anteriores del proyecto; Diseo preliminar de afiches y papelera; etc.

    Estos antecedentes sern evaluados en el criterio que corresponda a su contenido y naturaleza.

    9. Periodo de convocatoriaLos postulantes podrn postular sus proyectos de conformidad con lo establecido en las presentes bases, desde la publicacin de stas en el sitio web, hasta la fecha de cierre de la Convocatoria. No se aceptarn postulaciones presentadas fuera de plazo.

    Las postulaciones digitales podrn ser enviadas hasta las 17 horas (Chile Continental) del da 12deseptiembrede2014.

    Las postulaciones en soporte material podrn ser entregadas hasta las 17.00 horas del da 12deseptiembrede2014. Esta misma regla aplica para los proyectos enviados por correo certificado, la cual se acreditar segn fecha de envo estampada en el sobre, por parte de la oficina de correos de origen.

    10. Constatacin del cumplimiento de BasesLa constatacin del cumplimiento de los requisitos de postulacin ser realizada por la Secretara del Fondo o por el/la Directora(a) Regional, segn corresponda, desde la recepcin de las postulaciones hasta la firma de Convenio de Ejecucin inclusive, es decir, operan durante todo el concurso.

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    De constatarse algn incumplimiento con posterioridad a la etapa de admisibilidad, la postulacin quedar inmediatamente fuera de concurso. Dicha circunstancia operar a travs de:

    La Secretara del Fondo, si se comprueba antes de la seleccin del proyecto. Se dejar constan-cia de esto en la Ficha nica de Evaluacin, lo que ser formalizado a travs del respectivo acto administrativo dictado por el Jefe del Departamento de Fomento de las Artes e Industrias Crea-tivas. Dicho acto administrativo se notificar a los interesados en conformidad a la ley.

    La autoridad competente, si fuera con posterioridad a la seleccin, a travs de la dictacin de la respectiva resolucin administrativa, previa audiencia del interesado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artculo 53 de la Ley N19.880.

    Si se constata alguna conducta de un postulante que a juicio del CNCA atenta contra el correcto fun-cionamiento de cualquiera de los concursos pblicos de los Fondos de Cultura administrados por el CNCA, los proyectos quedarn fuera de concurso de forma automtica a travs del mismo proceso arriba sealado. A modo ejemplar, si se constata la postulacin de proyectos que evidencien el mismo contenido (aun cuando existan diferencias formales en distintas lneas o Fondos, con el solo objeto de obtener financiamientos mltiples) quedarn fuera del proceso concursal.

    Conforme al artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administra-tivos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado, a los postulantes declarados fuera de concurso les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca esta Ley.

    11. NotificacionesEl responsable del proyecto deber indicar en el FUP el medio preferente de notificacin de las distintas etapas concursales, esto es, para la declaracin de inadmisible, la seleccin o no seleccin, los recursos interpuestos y la declaracin de fuera de concurso. Para esto, podr sealar como forma de notifica-cin el envo del respectivo acto administrativo atravsdecorreoelectrnicoomediantecartacertificada. En caso que nada indique, se entender que optan por notificacin por carta certificada.

    Para efectos de asegurar la debida comunicacin de los resultados de la postulacin, si el responsable del proyecto opta por notificacin va correo electrnico deber indicar dos direcciones: una propia y otra de algn integrante del equipo de trabajo o de un tercero designado para estos fines, siendo su responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepcin. Asimismo, si opta por notificacin va carta certificada, deber indicar su domicilio, siendo su responsabilidad el informar cualquier cambio del mismo.

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    III. ADMISIBILIDAD

    1. Examen de admisibilidadRecibida la postulacin, ya sea digital o en soporte material, la Secretara del Fondo proceder a determinar:

    Que el concursante sea del tipo de persona que puede postular; Que el postulante no se encuentra inhabilitado para postular; Que el Fondo, Lnea, modalidad y categora elegida sea pertinente con el proyecto postulado; Que el FUP se haya acompaado y llenado correctamente, cumpliendo con los requisitos y con-

    diciones establecidos en las presentes Bases; Que se adjuntan los Antecedentes Obligatorios de Evaluacin; Que el proyecto haya sido enviado o presentado dentro del plazo establecido; y Que el proyecto presentado en soporte material, cumpla con las formalidades indicadas en el

    numeral 5.2 del Captulo II Postulacin de los proyectos.

    2. Declaracin de inadmisibilidadLa inadmisibilidad del proyecto ser certificada por la Secretara del Fondo, lo que ser formalizado en una resolucin administrativa dictada por la Jefatura del Departamento de Fomento de las Artes e Industrias Creativas. Esta resolucin ser notificada a los interesados en conformidad a la ley.

    3. Recursos administrativosConforme al artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administra-tivos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado, a los postulantes declarados inadmisibles les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca esta Ley.

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    IV. EVALUACIN Y SELECCIN

    1. Aspectos generalesLas postulaciones que cumplan con los requisitos y condiciones de convocatoria sern oportunamente puestas a disposicin de las instancias de evaluacin y seleccin por parte de la Secretara del Fondo. Esto no impide que el proyecto pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento concursal, en caso de detectarse o sobrevenir una causal de inadmisibilidad.

    Se deja constancia que aquellos proyectos que tras ser declarados inadmisibles hayan presentado recursos en contra de dicha resolucin posteriormente acogidos, sern incluidos dentro del proceso concursal por la Secretara del Fondo para ser evaluados junto con los dems proyectos admisibles del concurso, en forma simultnea.

    2. De las etapas de evaluacin y seleccinEste concurso contar con el siguiente esquema de evaluacin y seleccin:

    El proceso de evaluacin ser llevado a cabo en forma annima en cada modalidad por una Comisin de Asesores para los proyectos de la Regin Metropolitana y del Extranjero, y una Co-misin de Asesores para los proyectos de otras regiones del pas, integradas por personas de destacada trayectoria nombradas segn la normativa vigente del Fondo. El nmero definitivo de personas que la integrarn, ser determinado por la Secretara del Fondo, segn la cantidad de proyectos recibidos. En todo caso, se deja constancia que su nmero de integrantes siempre debe ser impar.

    La evaluacin se realizar en un plazo mximo de cuarenta y cinco (45) das hbiles, a contar de la fecha de cierre de concurso.

    El proceso de seleccin ser llevado a cabo por el Consejo en cada modalidad. Se podr designar a las mismas personas para distintas Comisiones, segn la especialidad re-

    querida en cada una de ellas y la cantidad de postulaciones recibidas, considerndoseles inde-pendientes entre s.

    En las sesiones de evaluacin se requerir un qurum de mayora absoluta de sus miembros para sesionar y adoptar acuerdos. En las sesiones de seleccin, se requerir un qurum de mayora absoluta de sus miembros para sesionar y de mayora absoluta de los asistentes para adoptar acuerdos. Sus decisiones debern contener los fundamentos de la evaluacin, seleccin o no seleccin y de la asignacin de recursos, segn la etapa de que se trate.

    La evaluacin de cada proyecto ser certificada por la Secretara. Al finalizar la etapa de seleccin se levantar un acta del Consejo que incluir la individualizacin de los proyectos seleccionados y la determinacin del monto asignado para su ejecucin. sta tendr validez con la sola firma de su presidente y del Secretario. En caso de empate resolver su presidente. Las decisiones que adopte el Consejo sern inapelables y se expresarn en una resolucin que el CNCA dictar para tal efecto.

    3. EvaluacinUna vez finalizado el proceso de admisibilidad, la Secretara del Fondo deber remitir a las Comisiones los proyectos admisibles para iniciar la etapa de evaluacin. Las Comisiones evaluarn slo el proyecto postulado, sin conocer los antecedentes personales del postulante.

    El proceso de evaluacin implica una valoracin tcnica y cualitativa del proyecto, el cual supone dos etapas:

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    a. Primeraetapa:evaluacin individual por parte de los integrantes de la Comisin de Asesores.Los integrantes de la Comisin realizan individualmente un anlisis preliminar y general de fortalezas y debilidades de los proyectos asignados, segn la disciplina y mbitos a los que corresponda la postulacin, para luego exponerlos a la instancia colectiva de evaluacin.

    b. Segundaetapa:evaluacin colectiva.Los integrantes de la Comisin se reunirn como instancia colectiva para llevar a cabo una revisin tcnica y cualitativa de todos los proyectos previamente analizados de manera individual, con el fin de consensuar y asignar el puntaje correspondiente a cada criterio de evaluacin para los distintos proyectos.

    4. Criterios de evaluacinLa evaluacin de los proyectos ser realizada en funcin de la escala de puntajes, los criterios de evaluacin y su ponderacin, dependiendo de la lnea, modalidad o submodalidad especfico, segn se expone a continuacin:

    Cada criterio ser puntuado de acuerdo al siguiente rango de puntuacin:

    Deficiente Regular Bueno MuyBueno

    0 39 puntos 40 74 puntos 75 89 puntos 90 100 puntos

    La ponderacin del puntaje obtenido en cada criterio se aplicar segn la tabla correspondiente:

    CRITERIOS PONDERACIN

    CalidadLiteraria

    Se evala la originalidad bsica del texto, la capacidad de mantener la tensin propia del gnero y la atencin del lector y la coherencia interna de la obra (entre otras cosas, la construccin armnica del texto y el manejo de los recursos retricos).

    65%

    Calidadlingstica

    Se tendr en cuenta que se trata de un texto bien redactado (con un lxico adecuado al tema, una sintaxis razonable, buena puntuacin y ortografa)

    20%

    Relevanciasociocultural

    Evala el aporte a la diversidad cultural y la bibliodiversidad. 15%

    El puntaje final de evaluacin corresponder a la suma ponderada de las calificaciones obtenidas para cada criterio.

    Sern elegibles todos aquellos proyectos que obtengan un puntaje igual o superior a 75 puntos. Estos pasarn a la etapa de seleccin.

    Las decisiones que se adopten estarn debidamente fundamentadas en la FUE, proporcionando a los postulantes argumentos justificados que faciliten la comprensin de stas.

    5. SeleccinEl proceso de seleccin consiste en la definicin de proyectos ganadores a partir de la lista de proyectos elegibles en funcin de la disponibilidad presupuestaria del Fondo y de los criterios de seleccin respectivos, en cada modalidad o submodalidad, segn corresponda.

    En virtud de lo anterior, en cada una de ellas, se elaborar una nmina de todos los proyectos con su respectivo puntaje, en orden de mayor a menor, y se proceder a realizar el proceso de seleccin de acuerdo a los criterios establecidos en el punto 6, dejando constancia del fundamento de la decisin para cada proyecto en la FUE, basndose en una opinin fundada y consensuada.

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    6. Criterios de seleccinCorresponder al Consejo, en el marco de la disponibilidad presupuestaria, seleccionar los proyectos ganadores y determinar la asignacin de recursos del Fondo considerando los siguientes criterios de seleccin:

    a. De mayor a menor puntaje obtenido en la evaluacin; y b. A lo menos un 60% de los recursos disponibles para la modalidad, a proyectos de regiones del

    pas distintas a la Regin Metropolitana.

    El Consejo deber ceirse a los montos disponibles en estas bases por lnea, modalidad o submo-dalidad, segn corresponda. En caso que en alguna de ellas, sobren recursos y no existan proyectos elegibles, o cuando no hayan suficientes proyectos elegibles para cumplir con el porcentaje de cuota regional establecido como criterio de seleccin en una de estas lneas, modalidades o submodalidades, dichos recursos se considerarn remanentes.

    Previo a formalizar la seleccin, la Secretara del Fondo revisar que los proyectos cumplan con los requisitos y condiciones de postulacin y asignacin de recursos conforme a las presentes bases. De constatarse algn incumplimiento a estos requisitos, anterior o sobreviniente a la etapa de admisibilidad, la postulacin quedar inmediatamente fuera de bases, dejndose constancia en la respectiva FUE.

    7. Ajustes al presupuesto solicitadoEn la instancia de seleccin de este concurso se determinar la asignacin de recursos a los proyectos seleccionados hasta agotar los recursos disponibles para la modalidad. Asimismo, al momento de seleccionar proyectos, se tendr la facultad de rebajar la asignacin de cada proyecto hasta en un 10% (diez por ciento) por debajo del total de recursos solicitados al Fondo, cuando ello resulte factible conforme al plan de financiamiento presentado en el proyecto respectivo.

    Los responsables de los proyectos seleccionados con rebajas al monto solicitado debern presentar una readecuacin presupuestaria que se ajuste al financiamiento adjudicado al momento de la firma del Convenio de Ejecucin.

    8. Lista de espera En caso que se hayan asignado todos los recursos disponibles para la modalidad y existan proyectos elegibles, el Consejo podr elaborar una lista de espera con un mximo de 20 proyectos elegibles, ordenados de acuerdo a los criterios de seleccin sealados en estas bases. De aprobarse un aumento en los recursos disponibles, stos sern asignados a los proyectos que se encuentran en dicha lista, en orden de prioridad.

    En caso que operen las listas de esperas, slo se financiarn proyectos cuya formulacin permita dar cabal cumplimiento a las obligaciones que se establezcan en los convenios de ejecucin de proyectos, esto es, a modo ejemplar, cumplir con las fechas de ejecucin cuando stas deban ser en un periodo determinado segn la naturaleza del proyecto, dar crdito al CNCA en las respectivas actividades (uso de logo), cumplir con la rendicin de recursos, etc., lo que ser revisado caso a caso por el CNCA en conjunto con los postulantes.

    9. Recursos remanentesSe generarn recursos remanentes de una lnea, modalidad o submodalidad segn corresponda, cuando no existan proyectos elegibles o bien, cuando stos no sean suficientes para agotar los recursos disponibles, declarndose por la instancia de seleccin desierto todo o parte del concurso, sin que exista obligacin de indemnizar.

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    El Consejo podr reasignar estos recursos remanentes a listas de espera o a los fines que estime pertinentes, de conformidad con lo establecido en la respectiva normativa legal.

    10. Aumento de disponibilidad presupuestaria Se deja constancia que el Consejo podr aumentar la disponibilidad presupuestaria del presente concurso con la finalidad de financiar una mayor cantidad de proyectos elegibles o proyectos en lista de espera.

    11. Publicacin y notificacin de resultadosLa nmina de proyectos seleccionados se publicar en la pgina web institucional www.fondosdecultura.gob.cl, indicando el nombre del proyecto, las personas u organizaciones respon-sables de los mismos y los montos asignados. Dicha publicacin se realizar en el plazo mximo de 10 (diez) das hbiles, contados desde la fecha de la tramitacin total del acto administrativo que selecciona los proyectos. Asimismo, el CNCA notificar los resultados del concurso dentro de los 5 (cinco) das hbiles siguientes a la dictacin de la resolucin respectiva, a los postulantes que hayan sido seleccionados y no seleccionados.

    12. Recursos administrativosUna vez publicados los resultados de la etapa de seleccin, a los postulantes les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo, el recurso de reposicin ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca el artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las bases de los procedimientos admi-nistrativos que rigen los actos de los rganos de la administracin del Estado.

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    V. CONVENIO DE EJECUCIN

    1. Firma del ConvenioLos responsables de cada proyecto seleccionado debern suscribir dentro del plazo de 30 (treinta) das hbiles contados desde la fecha de publicacin de los resultados de la convocatoria, un Convenio de Ejecucin con el CNCA. En ste se estipularn los derechos y obligaciones de ambas partes y los trminos y condiciones para la ejecucin de proyectos seleccionados. El responsable deber acompaar la documentacin legal correspondiente y hacer entrega de la debida garanta, segn corresponda.

    En el Convenio se acuerda la entrega de recursos al responsable del proyecto y se establecen los mecanismos de supervisin por parte del CNCA para asegurar la correcta ejecucin del proyecto. Mientras no se suscriba el Convenio y se tramite totalmente la resolucin administrativa que lo apruebe, no se entregar recurso alguno al responsable.

    2. Restricciones para la firma de ConvenioPrevio a la firma del Convenio, se deber revisar que los proyectos cumplan con los requisitos y condiciones sealados en estas Bases. En caso de que se constate alguna inhabilidad para postular u otro incumplimiento de los requisitos de postulacin, el proyecto quedar fuera del concurso, a travs de la dictacin de la respectiva resolucin administrativa de la autoridad competente, previa audiencia del interesado. Esto en conformidad con el procedimiento establecido en el artculo 53 de la Ley N19.880.

    No podrn suscribir Convenio aquellos responsables de proyecto que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones respecto de recursos entregados previamente por el CNCA (ya sea por concepto de fondos concursables u otro tipo de programas o acciones de los que hayan sido beneficiarios con anterioridad a la presente convocatoria):

    Morosos en la rendicin de cuenta ntegra de recursos concedidos con anterioridad, segn ante-cedentes que maneje el CNCA; y

    Rendiciones rechazadas sin reintegro de los recursos correspondientes o sin que se hayan co-rregido las respectivas observaciones en el plazo otorgado para ello, segn antecedentes que maneje el CNCA.

    Si no se da solucin a lo anterior en el plazo establecido para la suscripcin de Convenio, se entiende que el postulante renuncia automticamente a la seleccin de su proyecto. Las restricciones mencionadas sern aplicadas a personas naturales seleccionadas que, a su vez, sean representantes legales de personas jurdicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones sealadas.

    3. Contenido del ConvenioDentro del Convenio se deben consignar los derechos y obligaciones de las partes respecto a:

    1. Forma de entrega de los recursos;2. Destino de los recursos;3. Actividades;4. Plazos de duracin y ejecucin del proyecto;5. Deber de reconocimiento al CNCA;6. Informe(s) de avance (si corresponde) e informe final del proyecto;7. Rendicin de recursos;8. Mecanismos de supervisin;

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    9. Sanciones por incumplimiento; y10. Certificado de ejecucin total.

    4. Documentacin obligatoria para la firma de ConvenioSi el responsable es persona natural, debe presentar:

    1. Copia de Cdula Nacional de Identidad vigente del postulante seleccionado, del aval de la garan-ta y del representante legal, cuando corresponda;

    2. Documentacin que acredite la representacin vigente, cuando corresponda;3. Documento que acredite el domicilio del responsable, con una antigedad no superior a 60 (se-

    senta) das; y4. Instrumento de caucin o garanta, cuando corresponda.

    Todo lo anterior es sin perjuicio de otros documentos que el propio Convenio de Ejecucin precise. De no presentarse dicha documentacin no podr suscribirse el Convenio, quedando la seleccin sin efecto.

    5. Ejecucin y trmino del ConvenioLas actividades que se sealen en los proyectos debern iniciarse y efectuarse dentro del plazo estipulado en el Convenio, de conformidad con lo expresado en las presentes Bases.

    Se hace presente que, respecto de proyectos hbiles, luego de la suscripcin de convenio y durante la ejecucin del mismo, las autoridades y trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata, contratados(as) por el CNCA bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios), no podrn recibir ningn tipo de beneficio del proyecto, ni participar en forma posterior en l. De no dar cumplimiento a lo anterior, ser rechazada toda actividad y su consiguiente rendicin de recursos, en lo pertinente a dicha persona.

    Asimismo, de no cumplir con lo sealado en las clusulas del Convenio por causas o hechos imputables al responsable del proyecto, la autoridad encargada del seguimiento del proyecto podr poner trmino al Convenio y/o suspender parcial o totalmente los aportes estipulados, junto con ejecutar las garantas comprometidas.

    No obstante lo anterior, el CNCA se reserva los derechos de accionar judicialmente para obtener la restitucin de los fondos adjudicados y entregados.

    Se deja constancia que los postulantes son expresamente responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de la informacin acompaada a la respectiva postulacin y declarada en el FUP; y que el incumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes Bases o la falta de veracidad en la postulacin, ser casual de trmino anticipado del respectivo Convenio de Ejecucin de Proyecto, sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que sean pertinentes por parte del CNCA.

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    VI. ANTECEDENTES COMPLEMENTARIOS DEL CONCURSO

    1. Conceptos y definicionesPara efectos de las presentes Bases, se entender por:

    a. Responsabledelproyecto:Persona natural o jurdica que presenta un proyecto a esta convo-catoria, identificndose como responsable del proyecto en el FUP y que suscribir el convenio de ejecucin del proyecto en caso de ser seleccionado.

    b. Equipodetrabajo: Se refiere a aquellos participantes de un proyecto que cumplen una funcin esencial.

    c. Personasnaturales:Todos los individuos de la especie humana, cualquier sea su edad, sexo, condicin o estirpe.

    d. Personasjurdicas:Son personas ficticias, constituidas conforme a la legislacin vigente, ca-paces de adquirir derechos y contraer obligaciones, y de ser representadas judicial y extrajudi-cialmente.

    e. Representante legal:Quien acta en nombre de una persona jurdica y la representa de un modo reconocido legalmente. Para efectos de la postulacin en digital, el representante legal cumplir las funciones de administrador de la cuenta de la persona jurdica correspondiente.

    f. Sociedadesdehecho:Aquellas sociedades que no han sido constituidas en forma legal, y por tanto carecen de personalidad jurdica.

    g. Parentescoporconsanguinidad: Es el que se funda en la relacin de sangre que existe entre dos personas, cuando una desciende de la otra o ambas descienden de un tronco o antepasado comn. La adopcin tiene el mismo tratamiento que el parentesco por consanguinidad.

    h. Lneadeparentesco:Es la serie de parientes que descienden unos de otros (lnea recta) o de un tronco comn (lnea colateral, transversal u oblicua).

    i. Grado:Es la distancia que existe entre dos parientes. El parentesco en la lnea recta se cuenta por el nmero de generaciones: padre e hijo, primer grado; nieto y abuelo, segundo grado. En el parentesco colateral, para determinar el grado se sube hasta el tronco comn y despus se baja al pariente cuyo grado se desea conocer. As, por ejemplo, los hermanos se encuentran en se-gundo grado en la lnea colateral, porque en el primer grado se sube de uno de los hijos al padre y despus se baja del padre al otro hijo.

    2. tem presupuestario y financieroa. Financiamiento: Los postulantes podrn solicitar financiamiento para la ejecucin del proyecto postulado, debiendo para tal efecto tener presente los gastos y montos financiados por el CNCA para cada proyecto.

    b.Cofinanciamiento.Tipos.Rendicin: No aplica.

    c.TiposdegastosasolicitaralFondoysurendicin: Esta Lnea entregar recursos para financiar slo asignacin del responsable dentro de los gastos de operacin.

    Gastosdeoperacin:Dentro de este tem slo se contempla la asignacin del responsable del proyecto, la que slo aplica para personas naturales y tiene como requisito que sta ejecute una labor en el proyecto.

    La asignacin del responsable del proyecto deber acreditarse mediante la presentacin del respectivo Formulario N 29 del SII.

    El CNCA no solventar ni reembolsar gastos de ninguna naturaleza realizados con anterioridad a la fecha del respectivo acto administrativo que formaliza la seleccin de los proyectos, como tampoco

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    gastos posteriores a la ejecucin del proyecto seleccionado. Asimismo, no se solventarn gastos asociados a la preparacin de un proyecto para ser presentado a este concurso.

    3. Orientacin e informacinEl CNCA, a travs de la Secretara del Fondo y de los respectivos Directores Regionales del CNCA, entregar orientacin e informacin a quienes lo requieran, a objeto de facilitarles su postulacin a la presente Convocatoria y propender a proveer a los(as) postulantes de medios electrnicos que les permitan su postulacin, as como para conocer el estado de avance y evaluacin final del proyecto. Asimismo, podrn realizar sus consultas a travs de los mecanismos que el Consejo informe oportuna-mente (correo electrnico, call center u otros).

    4. Personas a cargo de la evaluacin y/o seleccinLas personas a cargo de la evaluacin y seleccin de los proyectos realizarn dicha labor con absoluta transparencia, independencia y prescindencia de factores externos que puedan restarle imparcia-lidad. Adems, estarn obligados a guardar la debida confidencialidad sobre los proyectos que les corresponda conocer.

    Estas personas, en relacin a aquellas postulaciones realizadas por personas hbiles y respecto al concurso en que les tocare intervenir, estarn sujetos(as) a las normas de probidad y abstencin establecidas en los artculos 52 y 53 de la Ley N 18.575 y en el artculo 12 de la Ley N 19.880, res-pectivamente. En este sentido, no podrn tomar parte en la discusin de asuntos en los que l/ella, su cnyuge, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estn interesados. Se entiende que existe dicho inters cuando su resolucin afecte moral o pecu-niariamente a las personas referidas. En consecuencia, no podrn tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados con ninguno de los postulantes del presente concurso. Tampoco podrn haber participado, a ttulo remunerado o gratuito, en la elaboracin anterior a la postulacin a evaluar y seleccionar.

    Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que afecte la imparcialidad producto de la concurrencia de algn inters directo o indirecto en el proyecto, el involucrado deber informarlo a la Secretara del Fondo y a los dems integrantes del rgano, abstenindose de conocer del asunto, de todo lo cual se deber dejar constancia en el acta respectiva.

    En caso que se constate la existencia de una postulacin que contravenga las normas de probidad establecidas en los prrafos precedentes, dicha postulacin ser eliminada de la Convocatoria, de conformidad con el procedimiento establecido en el prrafo relativo a la Constatacin del Cumpli-miento de Bases. Por ltimo, se prohbe expresamente a las personas a cargo de la evaluacin y/o seleccin de proyectos participar a ttulo remunerado o gratuito en la ejecucin de un proyecto selec-cionado en este concurso.

    5. Catlogo de programacin artstica del CNCALos ganadores de los proyectos cuyo contenido sea apto para la programacin artstica de un Centro Cultural (exposiciones, muestras, presentaciones e intervenciones) tendrn derecho a inscribirse en el Catlogo de Programacin Artstica alojado en la pgina web del programa REDCULTURA del CNCA, siempre que cumplan las especificaciones propias del catlogo.

    A su vez, los ganadores de proyectos que consistan en talleres y/o seminarios del rea de libro, podrn inscribirse en el Catlogo de Servicios Culturales del programa REDCULTURA del CNCA, una vez que este catlogo haya sido creado y posicionado en la pgina web de REDCULTURA y siempre que se cumplan las especificaciones propias definidas para ste.

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    6. GarantasLos recursos que se otorguen al titular del proyecto debern ser caucionados por el/la responsable del mismo mediante una letradecambioautorizadaanteNotario,valevista,boletadegarantaoplizadeseguro, por igual monto y extendida a favor del CNCA, debiendo entregarse al momento de la suscripcin del Convenio. Quedan exceptuadas de otorgar esta caucin las Municipalidades y Estable-cimientos de Educacin Superior Estatales. En caso de presentarse letra de cambio para proyectos que se ejecuten en el extranjero o cuya suma asignada supere el monto de $20.000.000.- (veinte millones de pesos), debern entregar dicho instrumento avalado por un tercero.

    7. Control y supervisin de los proyectosEl CNCA velar por el adecuado control y supervisin de la ejecucin de los proyectos selecciona-dos, verificando el estricto cumplimiento de las bases de concurso, convenios de ejecucin, leyes, reglamentos y las normas sobre rendicin de cuentas.

    8. Reconocimiento al CNCALas obras o actividades originadas por los proyectos seleccionados debern indicar de manera visible y clara que son financiadas con aporte del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, conforme se regule en el respectivo Convenio de Ejecucin.

    9. Normativa legal y reglamentariaLa Ley se presume conocida por todos los habitantes del pas, aplicando especialmente para estos efectos las disposiciones relativas a Derecho de Autor y de Propiedad Intelectual, normas que regulan la Contratacin de Trabajadores de Artes y Espectculos, de Contratacin de Trabajadores Extranjeros, el Convenio N 169 sobre Pueblos Indgenas y Tribales de la OIT, y en general, toda la legislacin relativa a fondos de cultura.

    Para mayor informacin el postulante podr recurrir, entre otras, a las siguientes normativas:

    Ley 19.891, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Ley 19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura. Ley 17.336, de Propiedad Intelectual (Derechos de Autor). Ley 19.889, que Regula las Condiciones de Trabajo y Contratacin de los Trabajadores de Artes y

    Espectculos. Ley 18.985, de Donaciones con fines culturales. Ley 20.285, Sobre Acceso a la informacin pblica. Ley 19.862, que Establece Registros de las Personas Jurdicas Receptoras de Fondos Pblicos. Ley 18.575, Orgnica Constitucional de Bases Generales de la Administracin del Estado. Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de

    los rganos de la Administracin del Estado. Reglamento del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura. Reglamento de la Ley 19.862, que Establece Registros de la Personas Jurdicas Receptoras de

    Fondos Pblicos. Reglamento de la Ley 20.285, Sobre Acceso a la informacin Pblica. Convenio N 169 sobre Pueblos Indgenas y Tribales en Pases Independientes de la OIT.

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    10. Publicidad de las postulacionesLa publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regir de acuerdo a lo establecido en la Ley N 20.285, Sobre Acceso a la Informacin Pblica.

    11. Retiro de documentos materialesLos postulantes de los proyectos no seleccionados podrn retirar personalmente o a travs de un tercero especialmente autorizado para tal efecto, la documentacin fsica de su proyecto, durante los 30 das siguientes a la publicacin de resultados.

    En caso de ser un tercero quien retire el proyecto, deber acompaar un poder simple junto a la fotocopia de la cdula de identidad del mandante y del mandatario. Para la devolucin, deber presentar en la Secretara del Fondo una carta firmada por el postulante, que contenga la respectiva solicitud.

    Una vez publicado los resultados del concurso y transcurridos treinta (30) das hbiles de ello, el CNCA devolver la documentacin relativa a proyectos no seleccionados, inadmisibles o fuera de concurso, a los domicilios que los postulantes informen en su postulacin. En caso de que por alguna razn no sea posible realizar esta devolucin, se proceder al respectivo archivo de la documentacin.