ley_009_24.06.2015

Upload: angel-caido

Post on 21-Feb-2018

215 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/24/2019 Ley_009_24.06.2015

    1/5

    Ley. Artculo 9. Registro Nacional de Proveedores

    1

    Opinin 093-20!"#$N

    El OSCE no podr emitir la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado a un proveedor cuyainscripcin en el RNP fue declarada nula por la presentacin de documentacin falsa e informacin inexacta, ni podrhacerlo durante los dos !" a#os si$uientes al momento en %ue %ued administrativamente firme la resolucin %uedeclar la nulidad, toda ve& %ue en dicho periodo de tiempo el citado proveedor no podr cumplir con uno de losre%uisitos %ue el '(P) exi$e para la emisin de la constancia, esto es, mantener la inscripcin vi$ente en el RNP enel re$istro %ue corresponda al ob*eto de la convocatoria+ cabe precisar %ue, en el presente caso el OSCE no podrexpedir la constancia, independientemente de si el 'ribunal de Contrataciones le hubiese impuesto, o no, la sancinde inhabilitacin al proveedor

    Opinin 0%%-20!"#$N

    Si un proveedor present documentacin falsa o informacin inexacta para reali&ar el trmite de aumento decapacidad mxima de contratacin, ampliacin de especialidad o cual%uier otro %ue se realice ante la -ireccin delRe$istro Nacional de Proveedores y en virtud de ello se hubiese declarado nula su inscripcin, dicho proveedor nopodr inscribirse, renovar su inscripcin, aumentar su capacidad mxima de contratacin ni ampliar su especialidadpor un pla&o de dos !" a#os computados a partir de %ue la Resolucin %ue declar la nulidad %uedadministrativamente firme

    Opinin 03&-20!"#$N

    .a obli$acin de contar con un capital asi$nado depositado en una Entidad financiera del sistema financiero nacional /el mismo %ue no puede ser inferior al cinco por ciento 01" de su capacidad mxima de contratacin / no seraplicable a las sucursales de personas *ur2dicas extran*eras %ue proven$an de pa2ses %ue tuvieran vi$ente un tratadoo compromiso internacional %ue incluya disposiciones en materia de contratacin p3blica a la fecha en %ue estasinicien su trmite de inscripcin o renovacin de esta ante el RNP

    Acuerdo de 'ala Plena 00-20!

    En los casos %ue, como consecuencia de una fiscali&acin posterior, la -ireccin del Re$istro Nacional de

    Proveedores del Or$anismo Supervisor de las Contrataciones del Estado -RNP4OSCE" declare la nulidad de untrmite por la presentacin de un documento falso y4o informacin inexacta, y apli%ue el impedimento previsto en elnumeral 56 del art2culo 5 de la .ey, en virtud del Principio de Non 7is in 8dem, re$ulado en el numeral 9: del art2culo!;: de la .ey N< !=666, .ey del Procedimiento )dministrativo >eneral, no corresponder iniciar el procedimientoadministrativo sancionador sino el archivo del expediente respectivo

    Opinin 0&2-20("#$N

    .a resolucin %ue declara la nulidad de oficio de la inscripcin en el RNP por haber presentado documentacin falsa oinformacin inexacta y %ue dispone %ue la reinscripcin en el referido Re$istro solo pueda reali&arse lue$o de

    transcurrido dos !" a#os desde %ue %ued administrativamente firme dicha resolucin, no constituye una sancin de

    SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    http://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones_2015/093-15%20-%20PRE%20-%20RANSA%20COMERCIAL%20S.A..docxhttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/066-15%20-%20PRE%20-%20CAEMP.docxhttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/037-15%20-%20PRE%20-%20ASTALDI%20S.P.A-SUCURSAL%20DEL%20PERU.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/Tribunal/AcuerdosSalaPlena/Acuerdo%20de%20Sala%20Plena%20N%C2%B0%201-2015.pdfhttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones_2014/072-14%20-%20PRE%20-%20HORIZONS%20GEOFIANCIAL%20SERVICES%20S.A.C..docxhttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones_2015/093-15%20-%20PRE%20-%20RANSA%20COMERCIAL%20S.A..docxhttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/066-15%20-%20PRE%20-%20CAEMP.docxhttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/037-15%20-%20PRE%20-%20ASTALDI%20S.P.A-SUCURSAL%20DEL%20PERU.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/Tribunal/AcuerdosSalaPlena/Acuerdo%20de%20Sala%20Plena%20N%C2%B0%201-2015.pdfhttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones_2014/072-14%20-%20PRE%20-%20HORIZONS%20GEOFIANCIAL%20SERVICES%20S.A.C..docx
  • 7/24/2019 Ley_009_24.06.2015

    2/5

    Ley. Artculo 9. Registro Nacional de Proveedores

    1

    inhabilitacin temporal o definitiva para participar en procesos de seleccin y contratar con el Estado impuesta lue$ode un proceso sancionador conocido y tramitado por el 'ribunal del Contrataciones del Estado

    Cuando la -ireccin del Re$istro Nacional de Proveedores a trav?s de una resolucin administrativamente firmedispon$a %ue una persona *ur2dica %ueda imposibilitada de solicitar su reinscripcin en el RNP por haber presentadodocumentacin falsa o informacin inexacta en el proceso de inscripcin, y sus inte$rantes o ex inte$rantes pasen aser socios, accionistas, participacionistas, titulares, inte$rantes de los r$anos de administracin, apoderados orepresentantes le$ales de otra persona *ur2dica, esta 3ltima no se encontrar impedida de ser participante, postor y4ocontratista se$3n lo dispuesto en el literal @" del art2culo 9: de la .ey

    Opinin 0%-203"#$N

    Para solicitar su inscripcin en el Re$istro de E*ecutores de Obras del RNP, las sucursales de empresas extran*eras%ue no provienen de un pa2s con el cual el Per3 tiene vi$ente un tratado o compromiso internacional %ue incluya uncap2tulo con disposiciones en materia de Contratacin P3blica, deben acreditar el depsito de su capital asi$nado enuna entidad del sistema financiero nacional, el mismo %ue no puede ser inferior al cinco por ciento 01" de sucapacidad mxima de contratacin+ asimismo, deben presentar copia de la escritura p3blica, testimonio, acta o similar,donde su Aunta >eneral de )ccionistas de la empresa extran*era u r$ano anlo$o, de acuerdo a sus estatutos oleyes de su pa2s de ori$en, acuerde el monto %ue ser depositado en una entidad del sistema financiero peruanocomo capital asi$nado

    Opinin 0)(-203"#$N

    .a Para la inscripcin o la renovacin de inscripcin en el RNP de empresas extran*eras, debe observarse el Principiode Reciprocidad+ lo cual no implica, en forma al$una, la omisin del procedimiento previsto en la normativa decontrataciones del Estado, sino %ue a estas empresas se les aplicar el mismo trato %ue se apli%ue en sus pa2ses deori$en a las empresas peruanas para su inscripcin en un re$istro e%uivalente al RNP

    Para solicitar su inscripcin o la renovacin de esta en el Re$istro de E*ecutores de Obras del RNP, las empresasextran*eras %ue provienen de un pa2s con el cual el Per3 tiene vi$ente un tratado o compromiso internacional %ueincluya un cap2tulo con disposiciones en materia de Contratacin P3blica, deben acreditar su capital social inscrito enlos Re$istros P3blicos o autoridad competente de su pa2s de ori$en

    Para solicitar su inscripcin o la renovacin de esta en el Re$istro de E*ecutores de Obras del RNP, las sucursales deempresas extran*eras %ue no provienen de pa2ses con los cuales el Per3 tiene vi$ente un tratado o compromisointernacional %ue incluya un cap2tulo con disposiciones en materia de Contratacin P3blica, deben acreditar eldepsito de su capital asi$nado efectuado en una entidad del sistema financiero nacional, el cual no puede ser inferioral cinco por ciento 01" de su capacidad mxima de contratacin

    Para solicitar su inscripcin o la renovacin de esta en el Re$istro de E*ecutores de Obras del RNP, las empresasextran*eras no domiciliadas matrices" %ue no provienen de pa2ses con los cuales el Per3 tiene vi$ente un tratado ocompromiso internacional %ue incluya un cap2tulo con disposiciones en materia de Contratacin P3blica, deben

    acreditar el depsito dinerario efectuado en una cuenta abierta en una entidad del sistema financiero nacional a

    SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    http://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/106-13%20-%20AZVI%20S.A.%20-%20Sucursal%20del%20Per%C3%BA%20-%20capacidad%20m%C3%A1xima%20de%20contrataci%C3%B3n.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/084-13%20-%20INGENIEROS%20CIVILES%20ASOCIADOS%20-%20Aplicaci%C3%B3n%20del%20Principio%20de%20Reciprocidad%20e%20Inscripcion%20en%20el%20Registro%20de%20Ejecutores%20de%20Obras.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/106-13%20-%20AZVI%20S.A.%20-%20Sucursal%20del%20Per%C3%BA%20-%20capacidad%20m%C3%A1xima%20de%20contrataci%C3%B3n.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/084-13%20-%20INGENIEROS%20CIVILES%20ASOCIADOS%20-%20Aplicaci%C3%B3n%20del%20Principio%20de%20Reciprocidad%20e%20Inscripcion%20en%20el%20Registro%20de%20Ejecutores%20de%20Obras.doc
  • 7/24/2019 Ley_009_24.06.2015

    3/5

    Ley. Artculo 9. Registro Nacional de Proveedores

    1

    nombre de su representante le$al en el Per3 por un monto %ue no puede ser inferior al cinco por ciento 01" de sucapacidad mxima de contratacin

    El re%uisito de acreditar el depsito dinerario o el capital social inscrito en los Re$istros P3blicos o autoridadcompetente de su pa2s de ori$en, se$3n corresponda, exi$ido para la inscripcin de empresas extran*eras en elRe$istro de E*ecutores de Obras, se aplica independientemente de los re%uisitos %ue se soliciten en otros pa2ses a lasempresas peruanas para su inscripcin en un re$istro e%uivalente al RNP

    El depsito dinerario %ue realicen las empresas extran*eras matrices o sucursales" %ue no provienen de pa2ses conlos cuales el Per3 tiene vi$ente un tratado o compromiso internacional %ue incluya un cap2tulo con disposiciones enmateria de Contratacin P3blica, para su inscripcin o renovacin de esta en el Re$istro de E*ecutores de Obras delRNP, debe ser previamente aprobado por su Aunta >eneral de )ccionistas u otro r$ano societario anlo$o

    ;= .as inversiones reali&adas por las empresas extran*eras no domiciliadas matrices" no pueden ser reconocidas

    para la inscripcin o renovacin de la inscripcin de estas en el Re$istro de E*ecutores de Obras del RNP

    Opinin 0)3-203"#$N

    .a capacidad mxima de contratacin de las sucursales de personas *ur2dicas extran*eras se asi$nar en funcin delcapital asi$nado debidamente depositado en una entidad del sistema financiero nacional

    .as sucursales de personas *ur2dicas extran*eras %ue proven$an de un pa2s con el cual el Per3 no ten$a un tratado ocompromiso internacional vi$ente %ue incluya disposiciones en materia de contrataciones p3blicas, %ue soliciten lainscripcin en el Re$istro de E*ecutores de Obras del RNP, la renovacin de su inscripcin en dicho re$istro o el

    aumento de su capacidad mxima de contratacin, deben acreditar el depsito dinerario reali&ado en una entidad delsistema financiero nacional

    .a exi$encia de acreditar el depsito dinerario efectuado en una entidad del sistema financiero nacional aplica a todaslas sucursales %ue hayan iniciado el procedimiento de inscripcin en el Re$istro de E*ecutores de Obras del RNP, elde renovacin de su inscripcin en dicho re$istro o el de aumento de su capacidad mxima de contratacin, desde elocho B" de *unio de !:9;, independientemente de la fecha de inicio de sus operaciones

    Opinin 0)(-202"#$N

    -e conformidad con el art2culo 5 y el literal e" del numeral 099" del art2culo 09 de la .ey, y el art2culo !0! delRe$lamento, la obli$acin del contratista de contar con inscripcin vi$ente en el RNP se circunscribe al momento en el%ue se suscribe el contrato, siendo el incumplimiento de esta obli$acin la %ue constituye infraccin y determina laimposicin de una sancin al contratista por parte del 'ribunal de Contrataciones del Estado, lue$o de la tramitacindel procedimiento administrativo sancionador respectivo

    .a normativa de contrataciones del Estado no ha previsto la obli$acin de %ue el contratista manten$a vi$ente suinscripcin en el RNP ms all del momento en el %ue suscribe el contrato

    Opinin 0!&-202"#$N

    SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    http://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones_2013/083-13%20-%20PRE%20-%20JULIO%20MANUEL%20REYES%20FLORES.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/084-13%20-%20INGENIEROS%20CIVILES%20ASOCIADOS%20-%20Aplicaci%C3%B3n%20del%20Principio%20de%20Reciprocidad%20e%20Inscripcion%20en%20el%20Registro%20de%20Ejecutores%20de%20Obras.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones-2012/057-12%20-%20PRE%20-%20SERV.TEC.ING.%20Consulta-Capital%20social%20m%25EDnimo%20(nuevo%20logo).dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones_2013/083-13%20-%20PRE%20-%20JULIO%20MANUEL%20REYES%20FLORES.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/084-13%20-%20INGENIEROS%20CIVILES%20ASOCIADOS%20-%20Aplicaci%C3%B3n%20del%20Principio%20de%20Reciprocidad%20e%20Inscripcion%20en%20el%20Registro%20de%20Ejecutores%20de%20Obras.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones-2012/057-12%20-%20PRE%20-%20SERV.TEC.ING.%20Consulta-Capital%20social%20m%25EDnimo%20(nuevo%20logo).doc
  • 7/24/2019 Ley_009_24.06.2015

    4/5

    Ley. Artculo 9. Registro Nacional de Proveedores

    1

    .a normativa de contrataciones del Estado no ha previsto una disposicin de carcter $eneral %ue permita estableceren las 7ases de los procesos de seleccin la exi$encia de %ue los proveedores acrediten un capital social m2nimo

    para participar en dichos procesos

    Opinin 0(9-202"#$N

    -urante el periodo en %ue se encuentre vi$ente su inscripcin, los proveedores extran*eros no domiciliados en el pa2sy %ue no cuenten con representante en el Per3, pueden participar en los diferentes procesos de seleccin %ueconvo%uen las Entidades

    Opinin 00-20"#$N

    Resulta procedente la admisin de un postor %ue, lue$o de haberse re$istrado como participante, comunica a laEntidad %ue ha cambiado su denominacin social pero %ue mantiene el mismo n3mero de RNP, toda ve& %ue talhecho confirmar2a %ue existe identidad entre el participante re$istrado y el postor %ue presenta la propuesta

    Opinin 0%0-200"#$N

    .a persona natural o *ur2dica %ue desee participar en un proceso de seleccin deber contar con inscripcin vi$enteen el Re$istro Nacional de Proveedores RNP", no estar impedido, sancionado ni inhabilitado para contratar con elEstado y re$istrarse como participante conforme a las re$las establecidas en las 7ases del proceso

    .a sancin %ue se impone a un determinado proveedor persona natural o *ur2dica", impide %ue ?ste participe y4ocontrate con el Estado En ese sentido, se le restrin$e el acceso al mercado de compras p3blicas evitando %ue lepueda vender u ofertar bienes, servicios y obras a las entidades del Estado

    En virtud del principio de inaplicabilidad por analo$2a de las normas restrictivas o excepcionales, las causales %uerestrin$en derechos de participacin de postores y contratistas en un proceso de seleccin no pueden extenderse asupuestos no contemplados en la .ey+ por lo %ue, la inhabilitacin para %ue determinado proveedor participe y4ocontrate con el Estado, no podr2a afectar la posibilidad de comerciali&ar sus productos en el mbito privado o %ueotros proveedores personas naturales o *ur2dicas", comercialicen dichos productos en el mbito estatal .o expuestono puede soslayar la obli$acin de los participantes, postores y contratistas, as2 como de las Entidades contratantes,de actuar en todos los casos, conforme a los principios %ue ri$en la contratacin p3blica

    Opinin 0&-200"#$N

    Para la celebracin del contrato, el proveedor seleccionado por el or$anismo internacional deber encontrarse inscrito

    en el Re$istro Nacional de Proveedores, como lo re%uiere el art2culo 5 de la .ey, y cumplir con los re%uisitos

    SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    http://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones-2012/049-12%20-%20PRE%20-%20FAP%20-%20Vigencia%20de%20directiva%20proveedores%20extranjeros.dochttp://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/001-11%20-%20SEDALIB%20-%20participante%20cambia%20de%20denominaci%C3%B3n%20social.doc&nom=001-11%20-%20SEDALIB%20-%20participante%20cambia%20de%20denominaci%C3%B3n%20social.dochttp://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/060-10%20-%20ALBIS%20-%20Alcances%20de%20inhabilitaci%C3%B3n.doc&nom=060-10%20-%20ALBIS%20-%20Alcances%20de%20inhabilitaci%C3%B3n.dochttp://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/017-10%20-%20MUN%20PROV%20DE%20CAJAMARCA%20-%20Requisitos%20para%20celebrar%20contrato%20en%20encargo%20a%20OI.doc&nom=017-10%20-%20MUN%20PROV%20DE%20CAJAMARCA%20-%20Requisitos%20para%20celebrar%20contrato%20en%20encargo%20a%20OI.dochttp://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/legislacion/Legislacion%20y%20Documentos%20Elaborados%20por%20el%20OSCE/Opiniones-2012/049-12%20-%20PRE%20-%20FAP%20-%20Vigencia%20de%20directiva%20proveedores%20extranjeros.dochttp://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/001-11%20-%20SEDALIB%20-%20participante%20cambia%20de%20denominaci%C3%B3n%20social.doc&nom=001-11%20-%20SEDALIB%20-%20participante%20cambia%20de%20denominaci%C3%B3n%20social.dochttp://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/060-10%20-%20ALBIS%20-%20Alcances%20de%20inhabilitaci%C3%B3n.doc&nom=060-10%20-%20ALBIS%20-%20Alcances%20de%20inhabilitaci%C3%B3n.dochttp://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/017-10%20-%20MUN%20PROV%20DE%20CAJAMARCA%20-%20Requisitos%20para%20celebrar%20contrato%20en%20encargo%20a%20OI.doc&nom=017-10%20-%20MUN%20PROV%20DE%20CAJAMARCA%20-%20Requisitos%20para%20celebrar%20contrato%20en%20encargo%20a%20OI.doc
  • 7/24/2019 Ley_009_24.06.2015

    5/5

    Ley. Artculo 9. Registro Nacional de Proveedores

    1

    establecidos en los art2culos 969 y 9B; del Re$lamento, entre estos, presentar la Constancia vi$ente de no estarinhabilitado para contratar con el Estado y la Constancia de Capacidad .ibre de Contratacin

    Opinin 02-200"#$N

    Para la celebracin del contrato, el proveedor seleccionado por el or$anismo internacional deber encontrarse inscritoen el Re$istro Nacional de Proveedores, como lo re%uiere el art2culo 5 de la .ey, y cumplir con los re%uisitosestablecidos en los art2culos 969 y 9B; del Re$lamento, entre estos, presentar la Constancia vi$ente de no estarinhabilitado para contratar con el Estado y la Constancia de Capacidad .ibre de Contratacin

    Opinin 0(9-2009"#$N

    En las exoneraciones por situacin de emer$encia, la .ey y el Re$lamento exi$en la re$ulari&acin de una serie deactuaciones correspondientes tanto a los actos preparatorios como a la e*ecucin contractual

    En la medida %ue corresponde a la Entidad verificar %ue el proveedor no se encuentre inscrito en el Re$istro deDnhabilitados del RNP, antes de la e*ecucin de las prestaciones, carece de ob*eto %ue en la re$ulari&acin se lere%uiera la presentacin de la Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado

    SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    http://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/012-10%20-%20PAYET-%20Reriquitos%20para%20celebrar%20contrato%20en%20encargo%20a%20OI.doc&nom=012-10%20-%20PAYET-%20Reriquitos%20para%20celebrar%20contrato%20en%20encargo%20a%20OI.dochttp://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/049-09%20-%20PROVIAS%20NACIONAL%20-%20Regulacion%20de%20exoneraciones%20por%20%20Emergencia.doc&nom=049-09%20-%20PROVIAS%20NACIONAL%20-%20Regulacion%20de%20exoneraciones%20por%20%20Emergencia.dochttp://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/012-10%20-%20PAYET-%20Reriquitos%20para%20celebrar%20contrato%20en%20encargo%20a%20OI.doc&nom=012-10%20-%20PAYET-%20Reriquitos%20para%20celebrar%20contrato%20en%20encargo%20a%20OI.dochttp://www.osce.gob.pe/DescargaHit.asp?dir=userfiles/archivos/049-09%20-%20PROVIAS%20NACIONAL%20-%20Regulacion%20de%20exoneraciones%20por%20%20Emergencia.doc&nom=049-09%20-%20PROVIAS%20NACIONAL%20-%20Regulacion%20de%20exoneraciones%20por%20%20Emergencia.doc