ley de seg_salud trabajo exposicion
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Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo“Prevención de Riesgos Laborales·
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ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY DE SEGURIDAD Y S ALUD EN EL TRABAJO
Todos los sectores económicos y de servicios.
Comprende a todos los trabajadores:
- Régimen laboral privado;- Régimen laboral publico;- Fuerzas Armadas y Policía Nacional; y
- Trabajadores independientes o por cuentapropia.
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OBJETO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y S ALUD EN EL TRABAJO
Promover una cultura de prevención de riesgoslaborales:
“Reducir al mínimo, los riesgos inherentes al medioambiente laboral”
Con:- la participación de los empleadores y
trabajadores o de las organizaciones desindicales.
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SISTEMA N ACIONAL DE SEGURIDAD Y S ALUD EN EL TRABAJO (SST)
Garantizar la protección de todos los trabajadoresen el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
Conformado por el :- Consejo Nacional de SST.- Consejo Regional de SST.
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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SSTEnfoque del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo:
- Instrumentos y directrices internacionales y la
legislación vigente en materia de SST.- La función y/o actividades del tipo de empresa
(minería, servicios, etc).
- Nivel de exposición a peligros y riesgos;
- La cantidad de trabajadores expuestos.- Contratar procesos de acreditación de sus Sistema de
Gestión de la SST. Proyecto de Reglamento de SST: Artículo 25.
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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SST Principios que rigen el Sistema de Gestión de la SST:
- Asegurar un compromiso visible del empleador con laseguridad y seguridad de los trabajadores.
- Mejoramiento continuo a través de una metodología que
garantice esa mejora.- Fomentar cultura de prevención de riesgos promoviendo
comportamientos seguros.
- Asegurar la existencia de medios de retroalimentación desdelos trabajadores al empleador en SST.
- Evaluar los principales riesgos que puedan ocasionar losmayores perjuicios a la salud y seguridad de los trabajadores.
- Fomentar y respetar la participación de las organizacionessindicales o representantes de los trabajadores en lasdecisiones sobre la seguridad y salud en el trabajo.
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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SST Metodología de mejoramiento continuo:
estructuras y procedimientos:
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Identificación de la desviación de las practicas y condicionesaceptadas como seguras
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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SST
Metodología de mejoramiento continuo:estructuras y procedimientos:
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Establecimiento de estándares de seguridad
Medición periódica del desempeño con respecto a losestándares.
Evaluación periódica del desempeño con respecto a los
estándares.
Corrección y reconocimiento del desempeño.
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POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SST
¿Cómo debe de ser la política del Sistema de Gestión dela SST?
Especifica para cada organización. Concisa y clara. Difundida y fácilmente accesible. Actualizada periódicamente. Integrado a otros sistemas de gestión.
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POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SST
¿Cómo debe de ser la política del Sistema de Gestión dela SST?
Preponderancia en la participación de los trabajadores
- Consulta;- Informados;- Capacitados;- Destinar recursos, entre otros.
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ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DEL SST
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Liderazgo del empleador:-Delega las funciones y autoridad al personal para el desarrollo yaplicación del Sistema de SST.
-Definición de los requisitos de competencia por cada puesto detrabajo.
Registros y documentación del Sistema de SST, físicos oelectrónicos.
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ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DEL SST
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Registros y documentación del Sistema de SST, físicos oelectrónicos.
Actualizados por el empleador; A disposición de los trabajadores y de la autoridad competente;Respeto al derecho de confidencialidad.
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ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DEL SST
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Registros y documentación del Sistema de SST, físicos o electrónicos.
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ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DEL SSTLey de Seguridad y Salud en el Trabajo
Comités de seguridad y salud en el trabajo
-Comité de SST: Empresas con + 20 w. (Parietario). Sindicato mayoritarioparticipa con un miembro como observador.
- Supervisor de SST: Empresas con – 20 w.-Elección: a cargo de los trabajadores.- Facilidades a los representantes:Licencia con goce de haber para la realización de sus funciones.Protección contra el despido incausado y de facilidades para la realización desus funciones.
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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
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- Entregar un copia del RITSST.
- Capacitaciones en la empresa: 4 al año.
Capacitación y entrenamiento en SST por puesto de trabajo o funciónespecífica:
Al momento de la contratación, cualquiera sea la modalidad o duración.
Durante el desempeño de la labor.
Cuando se produzcan cambios en la función o puesto de trabajo o en latecnología.
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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
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- Brindar facilidades económicas y licencias con goce de haber para lacapacitación de los trabajadores.- Elaborar un mapa de riesgos.
Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en su labor.- Disponer lo necesario para su adopción de medidas de prevención de losriesgos laborales: Diseño de los puestos de trabajo, ambientes de trabajo, selección de equipos:
garantizar la SST. Eliminar las situaciones y agentes peligrosos o sustituirlos. Integrar los planes y programas de prevención de riesgos laborales con nuevos
conocimientos científicos, técnicos, organización del trabajo y evaluación dedesempeño.
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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Deber de prevención abarca:
Durante la ejecución de órdenes.
Durante la ejecución de la una labor.
Desplazamiento para la ejecución de una labor aun cuando sea fuera dellugar y horas de trabajo.
-Deber de información:
Grupal: razones para los exámenes de salud ocupacional, investigaciones sobreriesgos para la SST.Personal: Resultado de exámenes médicos previos a la asignación del puesto detrabajo. Información es confidencial. No pueden ser utilizados para ejercerdiscriminación en ninguna circunstancia o momento.
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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Practicar exámenes médicos (A-D-T).
- Garantizar que la elección democrática de los representantes de lostrabajadores.
- Garantizar el real y efectivo trabajo del Comité o Supervisor deSST.
-Garantizar la capacitación y entrenamiento en SST.- Entregar los EPP según el riesgo.
- Interrupción de las actividades en caso de peligro inminente.
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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
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- Evaluación de riesgos:
Una vez al año;Cambien las condiciones de trabajo;Se haya producido daños a la salud y seguridad en el trabajo
-Investigación de daños a la salud:Cuando se haya producido un daño y/o indicios de que las medidas
de prevención son insuficientes. Adoptar e implementar las medidas correctivas .
S S T
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SEGURIDAD Y S ALUD EN EL TRABAJO:CONTRATAS, SUBCONTRATAS, EMPRESAS DE SERVICIOS Y COOPERATIVAS
El empleador en cuyas instalaciones sus trabajadores desarrollen actividadesconjuntamente con trabajadores de: i) contratistas, ii) subcontratistas, iii)empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores, o iv) quien asumael contrato principal de la misma, es quien garantiza:
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El diseño, la implementación y evaluación de un sistema de gestión en seguridad yen el trabajo para todos los trabajadores.
- El deber de prevención en seguridad y salud de los trabajadores en seguridad ysalud de los trabajadores de todo el personal que se encuentran en susinstalaciones.
- La verificación de la contratación de los seguros de acuerdo a la normativa vigente
efectuada por cada empleador durante la ejecución del trabajo.- La vigilancia del cumplimiento de las normas sobre seguridad y salud en el
trabajo.
Responsabilidad solidaria: - Si los terceros no contratan las pólizas de seguros.
- No se cumplen con las normas internas de SST.
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DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
- Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de
seguridad y salud en el trabajo.
- Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así comolos equipos de protección personal y colectiva, siempre y cuando hayansido previamente informados y capacitados sobre su uso.
- No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otroselementos para los cuales no hayan sido autorizados.
- Someterse a los exámenes médicos a que estén obligados por normaexpresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad del actomédico.
- Los trabajadores que, habiendo sufrido un accidente de trabajo y comoconsecuencia de ello, se encuentren con descanso médico debidamenteacreditado; participarán de las utilidades que pueda generar elempleador en igualdad de condiciones que el resto de trabajadores.
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DEL DEBER DE INFORMAR SOBRE LOS ACCIDENTES Y /O ENFERMEDADES PROFESIONALES Todo empleador debe informar al Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo lo siguiente:
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Empleador:Todo accidente de trabajo mortal. Los incidentes peligrosos que pongan en riesgo la salud y la integridad física de lostrabajadores o a la población.Cualquier otro tipo de situación que altere o ponga en riesgo la vida, integridadfísica y psicológica del trabajador suscitado en el ámbito laboral.
- Centro asistencial: Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
D
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DEL DEBER DE INFORMAR SOBRE LOS ACCIDENTES Y /O ENFERMEDADES PROFESIONALES
Todo empleador debe informar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo losiguiente:
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
-La entidad empleadora es responsable de notificar al MINTRA:
Accidentes de trabajo;Incidentes peligrosos; yEnfermedades profesionales.
Cuando contrate obras, servicios o mano de obra provenientes de:
-Cooperativas de trabajadores, de empresas de servicios (intermediación otercerización)
- Contratistas y subcontratistas.
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DE LA LABOR INSPECTIVA DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Funciones del Inspector de Trabajo
- Verificación del cumplimiento:
De las diversas normas de SST: Ley de SST, suReglamento y normas sectoriales.
De las medidas de prevención de riesgoslaborales.
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DE LA LABOR INSPECTIVA DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Origen de las actuaciones inspectivas
De parte: - A solicitud del empleador.
- Denuncia del trabajador y/orepresentantes.
De oficio: - Orden de las autoridades del
MINTRA.- Solicitud de otras entidades del sectorpúblico o jurisdiccional.
- Iniciativa del inspector de trabajo.
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DE LA LABOR INSPECTIVA DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Facultades del Inspector de Trabajo:
- Practicar cualquier diligencia de investigación.
- Aconsejar y recomendar la adopción de medidas para promover elmejor cumplimiento de las normas de SST.
- Requerir, en un plazo determinado, las modificaciones en materiade SST (instalaciones, equipos, etc).
- Organizar la paralización o prohibición inmediata de labores por
incumplimiento de las normas de SST.- Requerir la intervención del Ministerio Público si se presentan
indicios de la comisión de un delito por el incumplimiento de lasnormas de SST.
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DE LA LABOR INSPECTIVA DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Algunos inspectores de trabajo han participado en cursos deespecialización en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Las fiscalizaciones no se centran únicamente en aspectos formales(contar con RISST, registros obligatorios, evaluación de riesgos,
etc), sino en aspectos de fondo (en particular, la adecuación delpuesto al estado de salud del trabajador).
Al tratarse de un asunto sensible, los inspectores tienden aasumir una postura más tuitiva del trabajador (las probabilidades
de obtener un resultado favorable son muy reducidas).
Algunas inspecciones se centran en temas muy concretos como losriesgos ergonómicos.
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INCUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN
El incumplimiento del empleador de prevenir todasituación que ponga en riesgo la vida del trabajador, suintegridad física y psicológica, lo obliga a pagar lasindemnizaciones a las víctimas o a sus
derechohabientes. En el caso de que producto de una inspección se hayacomprobado fehacientemente el daño al trabajador, elMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleodeterminará el pago de la indemnización respectiva.
PRLSST: La imputación de la responsabilidad alempleador requiere la acreditación de que la causadeterminante del daño es consecuencia directa laborrealizada por el trabajador.
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CRITERIO JURISPRUDENCIAL DEL D AÑO EN SEDE JUDICIAL
Existe el criterio uniforme de que los trabajadores sípueden exigir el pago de una indemnización por los dañosque sufren por el trabajo (más allá de la cobertura de unseguro).
Los daños se valorizan mejor, existiendo casos en los que seimpone el pago de indemnizaciones iguales o superiores alos S/. 80,000
Al tratarse de un asunto sensible, los jueces tienden aasumir una postura más tuitiva del trabajador (lasprobabilidades de obtener un resultado favorable son muyreducidas).
Los casos de incumplimiento de la normativa sobre SSTcomprometen seriamente la imagen de las empresa, frentea los órganos jurisdiccionales y consumidores.
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RESPONSABILIDAD PENAL DEL EMPLEADOR EN
CASO DE INCUMPLIMIENTO La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo incorpora al CódigoPenal el artículo 168-A que tipifica el delito de atentado contralas condiciones de seguridad e higiene industriales, en lossiguientes términos:
“ El que, infringiendo las normas de seguridad y salud enel trabajo y estando legalmente obligado, no adopte las medidas
preventivas necesarias para que los trabajadores desempeñen suactividad, poniendo en riesgo su vida, salud o integridad física,será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dosaños ni mayor de cinco años.
Si, como consecuencia de una inobservancia de lasnormas de seguridad y salud en el trabajo, ocurre un accidente detrabajo con consecuencias de muerte o lesiones graves, para lostrabajadores o terceros, la pena privativa de libertad será nomenor de cinco años ni mayor a diez años”
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¿QUIÉN ES EL LEGALMENTE OBLIGADO PARA ADOPTAR LAS MEDIDAS PREVENTIVAS NECESARIAS PARA QUE LOS TRABAJADORES DESEMPEÑEN SU
ACTIVIDAD?
-El empleador
- Esta obligación legal del empleador está especificada en:
El Principio de prevención (art I Título Preliminar): el empleadores quien está obligado a garantizar las condiciones de seguridad delcentro de trabajo que protejan la vida y salud de los trabajadores.
El Principio de responsabilidad (art II Título Preliminar): elempleador es quien asume las implicancias legales de la infracciónde las normas de seguridad pues él tiene la obligación de prevenir.
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PRESUPUESTOS LEGALES NECESARIOS PARA QUE SE PUEDA ATRIBUIR RESPONSABILIDAD
PENAL AL EMPLEADOR IMPORTANTE: Según los principios del Derecho penal y de la ley,no se puede atribuir responsabilidad penal al empleador“automáticamente” por el sólo hecho de que ocurra un accidente enel centro de trabajo.
Sólo se le podrá atribuir responsabilidad penal al empleadorcuando concurran:1) El empleador no haya adoptado las medidas de seguridadprevistas en la ley;
2) El empleador sabía que era su obligación adoptarlas, y que esaomisión podía causar un resultado dañoso; y,3) Se haya producido, o existe el riesgo de que se produzca, unalesión en la vida o en la salud de un trabajador como consecuenciade esa omisión.
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¿CÓMO EVITAMOS LAS CONTINGENCIAS PENALES PARA LOS MIEMBROS DE LA EMPRESA EN GENERAL, Y PARA LOS GERENTES EN PARTICULAR?
1.- La empresa deberá establecer y delimitar claramente ensus reglamentos y manuales internos las responsabilidadesfuncionales en materia de seguridad conforme a la Ley deSeguridad y Salud en el Trabajo.
2.- Se debe dejar constancia expresa en acta de Directorio quese instruye al Gerente General para que ordene al órgano opersona encargada dentro de la empresa para implementar,ejecutar y garantizar el cumplimiento de las medidas de
seguridad previstas en la Ley. Se deberá dejar constanciatambién en algún documento pre-datado (comunicaciónformal de la gerencia), que el Gerente General dispone lopertinente.
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¿CÓMO EVITAMOS LAS CONTINGENCIAS PENALES PARA LOS MIEMBROS DE LA EMPRESA EN GENERAL, Y
PARA LOS GERENTES EN PARTICULAR?
3.- La empresa deberá establecer clara y taxativamentedentro de sus reglamentos y manuales internos aquelórgano o persona que sea el o la competente paraimplementar, ejecutar y supervisar el cumplimiento de lasmedidas previstas en la Ley de Seguridad y Salud en elTrabajo.
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1) Si se realizan las 3
recomendaciones
para evitarcontingencias
penales…
2) … La competencia
de la Gerencia
General estarádelimitada…
3) … Será el
órgano de la
empresa o lapersona encargada
quien asumirá la
competencia…
4) ... Y por tanto
asumirá también la
responsabilidad de
garantizar el
establecimiento de las
medidas de seguridad.
5) En caso ocurra
alguna infracción de
las normas de
seguridad y se
produzca un
resultado lesivocomo consecuencia
de ello…
6) … La
responsabilidad
estará limitada
al órgano
responsable delincumplimiento.
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RECOMENDACIONES
1. Realizar una evaluación periódicasobre los riesgos laborales:
- Contar con una entidad especializada enmedicinal ocupacional.
- Del resultado de esta evaluación:
Recomendaciones por puesto; Diagnostico de SST; Mapa de riesgos.
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RECOMENDACIONES
2. Elaborar un cronograma de capacitación:
- Primero, realizar una evaluación de los
riesgos laborales:- Cumplir con mínimo de capacitaciones.- Llevar un registro de las capacitaciones
impartidas al personal conforme lo indicala ley y su reglamento.
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RECOMENDACIONES
3. Elaborar un política en materia de SST
- En función a cada empresa;
- Con el detalle del nivel de exposición a peligrosy riesgos, y la cantidad de trabajadoresexpuestos.
- Se recomienda que periódicamente se realicenfiscalizaciones a través de empresasespecializadas sobre la correcta aplicación dela política de SST
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RECOMENDACIONES
4. Capacitaciones a los mandos medios
- Minimizar los riesgos por error o imprudencia
de los trabajadores.- Delimitar las responsabilidades de la gerencia
general o del representante de la empresa.- Compromiso con la política de SST de la
empresa.- Conocimiento de riesgos del personal a su
cargo.
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RECOMENDACIONES
5. Contar con la participación de los trabajadores ydel sindicato en los temas de SST
- Identificar al interlocutor.- Negociación permanente (extraproceso).- Legitimación de medidas preventivas.
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RECOMENDACIONES
6. Exhaustiva fiscalización a las contratatas,subcontratas y/o terceros:
- Reevaluar y fortalecer mecanismos defiscalización.
- Coordinación constante con los responsables delpersonal destacado y/o desplazado en lasinstalaciones de la empresa usuaria.
- Solicitar la constancia de presentación de laentrega del RISST y Política de SST al personalde terceros.
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RECOMENDACIONES
7. Contar con los registros sobre lasacciones en materia de SST
- Convocatoria a reuniones contrabajadores.
- Actas de reuniones de planeamiento ocoordinación.
- Investigaciones sobre accidentes detrabajo.