ley de menores

33
LEY DE LEY DE MENORES DE MENORES DE 1986 1986 SI LA INCUMPLES... CUMPLES!!! CUMPLES!!! PROGRAMA PRO-BONO PROGRAMA PRO-BONO SEDECH SEDECH

Upload: awilda-perez

Post on 27-Jun-2015

2.285 views

Category:

Education


2 download

DESCRIPTION

Conferencia de ley de menores por estudiantes de derecho de la Universidad Pontificia de Ponce

TRANSCRIPT

Page 1: Ley de Menores

LEY DE LEY DE MENORES MENORES DE 1986DE 1986

SI LA INCUMPLES...

CUMPLES!!!CUMPLES!!!

PROGRAMA PRO-BONOPROGRAMA PRO-BONOSEDECHSEDECH

Page 2: Ley de Menores

LEY DE MENORES DE 1986PROPOSITOPROPOSITO:

(a) Cuidado, protección, desarrollo, habilitación y rehabilitación (b) Proteger interés público (c) Garantizar a menor un trato justo, el debido procedimiento de ley.

DEFINICIONESDEFINICIONES: "Causa probable" "Causa probable" - determinación hecha por un Juez, sobre la

ocurrencia de una violación a una ley u ordenanza municipal, en cuya comisión es vinculado como autor o coautor un menor.

"Centro de tratamiento" "Centro de tratamiento" - institución residencial que brinda al menor servicios de protección, evaluación, y diagnóstico, más tratamiento rehabilitador, luego de disposición del caso.

Page 3: Ley de Menores

LEY DE MENORES DE 1986DEFINICIONESDEFINICIONES:

"Centro de tratamiento" "Centro de tratamiento" - institución residencial que brinda al menor servicios de protección, evaluación, y diagnóstico, más tratamiento rehabilitador, luego de disposición del caso.

"Centro de detención" "Centro de detención" - institución donde será recluido el menor, mientras se dispone o de cualquier otro procedimiento.

"Custodia" "Custodia" - acto de poner al menor bajo la responsabilidad del Secretario de Servicios Sociales o de cualquier otro organismo publico o privado mediante orden del Tribunal y sujeto a la jurisdicción de éste.

““Desvío" Desvío" - decisión del Tribunal suspendiendo el procedimiento judicial en interés del menor y refiriéndose a una agencia o institución público o privada para que reciba servicios.

Page 4: Ley de Menores

LEY DE MENORES DE 1986DEFINICIONESDEFINICIONES:

"Detención" "Detención" - cuidado provisional del menor en institución o centro provisto para tales fines, pendiente de la decisión del Tribunal sobre los hechos que se le imputan.

"Falta" "Falta" - infracción o tentativa de infracción por un menor de las leyes penales, especiales u ordenanzas municipales de Puerto Rico, excepto las infracciones o tentativas que por disposición expresa de esta Ley esté excluidas.

"Menor" "Menor" - persona que no ha cumplido la edad de dieciocho (18) años de edad, o que habiéndola cumplido, sea llamada a responder por una falta cometida antes de cumplirlos.

Page 5: Ley de Menores

LEY DE MENORES DE 1986DEFINICIONESDEFINICIONES:

"Procurador para Asuntos de Menores " "Procurador para Asuntos de Menores " - Fiscal Auxiliar designado exclusivamente para ejercer sus funciones en los asuntos cubiertos por esta Ley.

"Querella" "Querella" - escrito sometido al Tribunal describiendo la falta que se alega cometió el menor.

"Transgresor" "Transgresor" - menor a quien se le ha declarado responsable de la comisión de una falta.

Page 6: Ley de Menores

Jurisdiccion del Tribunal de Menores

(a) Cuando se le impute a un menor conducta que constituya falta, incurrida antes de éste haber cumplido dieciocho (18) años de edad. La autoridad del Tribunal esta sujeto a los términos prescriptivos.

(b) Asuntos relacionados con menores que mediante ley se le confiere facultad para entender en dichos asunto.

Page 7: Ley de Menores

Cuando el Tribunal de Menores no tendrá Jurisdicción sobre ti:

Cuando un menor que hubiere cumplido (15) años de edad realice delito un asesinato en primer grado mediante deliberación y premeditación.

Todo caso en que se impute a un menor que hubiere cumplido quince (15) años de edad hechos constitutivos de delito que surjan de la misma transacción o evento constitutivo de asesinato en primer grado mediante deliberación y premeditación.

.

Page 8: Ley de Menores

Cuando el Tribunal de Menores no tendrá Jurisdicción sobre ti:

(c) Todo caso en que se impute a un menor que hubiere cumplido quince (15) años de edad hechos constitutivos de delito cuando se le hubiese adjudicado previamente un asesinato como adulto.

En estos casos mencionados anteriormente el menor sera procesado como adulto.

Page 9: Ley de Menores

El Tribunal tambien puede renunciar a jurisdiccion cuando:El Procurador mediante un escrito renuncia a la

jurisdicción sobre un menor que sea mayor de catorce (14) años y menor de dieciocho (18) años, a quien se le impute la comisión de cualquier falta Clase II o III.

Cuando se determine causa probable y se le impute al menor una de las siguientes faltas:

-violación -robo -secuestro -mutilación -sodomía -escalamiento agravado -agresión agravada en su modalidad de delito grave

Page 10: Ley de Menores

¿Quién es el Procurador?El Procurador será un Fiscal Auxiliar del Tribunal

Superior.

Efectuará la investigación de los hechos en todos los casos en que se alegue la comisión de una falta.

Representará al Estado en todo procedimiento de naturaleza adversativa y presentará la evidencia que sustenta la querella.

Page 11: Ley de Menores

¿Quién es el Procurador?

Si se determina causa probable radicará la querella correspondiente.

Solicita el archivo de la querella si la misma no es legalmente suficiente para iniciar el proceso.

Podrá efectuar acuerdos con el menor, su abogado y sus padres o encargados para solicitar del Tribunal un programa de desvío.

Page 12: Ley de Menores

Procedimientos PosterioresVista Adjudicativa:Luego de la aprehensión del menor:

Determinar la custodia del menor hasta la vista de determinación de causa probable para la radicación de la querella, se celebrará dentro de los sesenta (60) días siguientes

O si ordena su detención provisional, se celebrara dentro de veinte (20)

Se puede contrainterrogar los testigos y presentar prueba a su favor.

Se aplicarán las Reglas de Evidencia

Page 13: Ley de Menores

Vista Dispositiva:Aquí se decide que se va a hacer con el menor...se dispone de

él.

Imposición de medidas dispositivas al menor incurso en falta.

(a) Nominal(a) Nominal. . - Orientar al menor, haciéndole conocer de lo reprobable de su conducta pero sin imponer condiciones a su libertad y las posibles consecuencias de continuar con esa conducta.

(b) Condicional(b) Condicional. - Colocar al menor en libertad a prueba en el hogar de sus padres o en el de otra persona adecuada exigiéndole cumplir con una o más de las siguientes condiciones:

Procedimientos Posteriores

Page 14: Ley de Menores

(1) Reportarse periódicamente al Técnico en Relaciones de Familia y cumplir con el programa de rehabilitación preparado por éste.

(2) Prohibirle ciertos actos o compañías.

(3) Ordenarle la restitución a la parte afectada, de acuerdo al reglamento que a esos efectos se promulgue.

(4) Ordenarle al menor realizar servicio comunitario.

Procedimientos Posteriores

Page 15: Ley de Menores

(c) Custodia. (c) Custodia. El Administrador de Instituciones Juveniles.

Una organización o institución pública o privada adecuada.

El Secretario de Salud en los casos en que el menor presente problemas de salud mental.

Procedimientos Posteriores

Page 16: Ley de Menores

PreguntasPreguntas

yy

RRespuestas espuestas

Ley de MenoresLey de Menores

Page 17: Ley de Menores

¿Hasta qué edad ¿Hasta qué edad

se es menor? se es menor?

Page 18: Ley de Menores

  ¿Hasta qué edad se es ¿Hasta qué edad se es menor?menor?

Una persona se considera menor de edad para fines del sistema de justicia juvenil hasta que cumple 18 años.

Page 19: Ley de Menores

 ¿Qué es una falta?

Page 20: Ley de Menores

 ¿Qué es una falta?

Falta es la palabra que se utiliza en la Ley de Menores para significar delito.

Una falta es cualquier conducta prohibida por la ley que, en el caso de un adulto, se considera delito.

Page 21: Ley de Menores

 ¿Qué es una falta?

Falta es la palabra que se utiliza en la Ley de Menores para significar delito.

Una falta es cualquier conducta prohibida por la ley que, en el caso de un adulto, se considera delito.

Page 22: Ley de Menores

¿Qué es la aprehensión?

Page 23: Ley de Menores

¿Qué es la aprehensión? ¿Qué es la aprehensión?

Es la detención del menor cuando se le vincula con la comisión de una falta.

Page 24: Ley de Menores

¿Tiene derecho a ¿Tiene derecho a estar representado estar representado

un menor ?un menor ?

Page 25: Ley de Menores

¿Tiene derecho a estar ¿Tiene derecho a estar representado un menor ?representado un menor ?Si, puede estar representado por un

abogado ya sea privado o mediante asistencia legal.

Page 26: Ley de Menores

¿ Qué es la vista ¿ Qué es la vista adjudicativa?adjudicativa?

Page 27: Ley de Menores

¿ Qué es la vista ¿ Qué es la vista adjudicativa?adjudicativa?

Es lo que en los procedimientos de adultos se entiende como el juicio.

Page 28: Ley de Menores

¿Cuándo se puede ¿Cuándo se puede renunciar a que la sala renunciar a que la sala

de menores vea el caso?de menores vea el caso?

Page 29: Ley de Menores

¿Cuándo se puede ¿Cuándo se puede renunciar a que la sala de renunciar a que la sala de

menores vea el caso? menores vea el caso?

Es un procedimiento iniciado por el Procurador de Menores -funcionario que representa al Estado en el Tribunal de Menores -mediante el cual puede decidirse que el menor sea trasladado a la jurisdicción de adultos. Esto sólo se puede hacer luego del menor cumplir 14 años y antes de los 18.

Page 30: Ley de Menores

¿Cuándo la sala de ¿Cuándo la sala de menores menores

no tiene autoridad no tiene autoridad para ver el caso?para ver el caso?

Page 31: Ley de Menores

¿Cuándo la sala de menores no ¿Cuándo la sala de menores no tiene autoridad para ver el tiene autoridad para ver el

caso?caso?Todo caso en que se impute a un menor que hubiere

cumplido quince (15) años de edad la comisión de hechos constitutivos de asesinato en primer grado mediante deliberación y premeditación.

Todo caso en que se impute a un menor que hubiere cumplido quince (15) años de edad hechos constitutivos de delito que surjan de la misma transacción o evento constitutivo de asesinato en primer grado.

Todo caso en que se impute a un menor que hubiere cumplido quince (15) años de edad hechos constitutivos de delito cuando se le hubiese adjudicado previamente un asesinato como adulto.

Page 32: Ley de Menores

¿Qué recursos tiene un ¿Qué recursos tiene un menor cuando menor cuando

no está de acuerdo no está de acuerdo

con la determinación con la determinación

en su caso? en su caso?

Page 33: Ley de Menores

¿Qué recursos tiene un menor ¿Qué recursos tiene un menor cuando no está de acuerdo con la cuando no está de acuerdo con la

determinación en su caso? determinación en su caso?

Para ello el menor dispone de los recursos de reconsideración y apelación, es decir, mecanismos ante el Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal del Circuito de Apelaciones o el Tribunal Supremo, respectivamente.