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LAS NUEVAS FORMAS DE CONTRATACION EN LAS REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1970

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LAS NUEVAS FORMAS DE CONTRATACION EN LAS REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1970

LAS NUEVAS FORMAS DE CONTRATACION EN LAS REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1970RELACIN DE TRABAJOSe entiende por relacin de trabajo, cualquiera que sea el acto que le d origen, la prestacin de un trabajo personal subordinado a una persona , mediante el pago de un salario.Es la prestacin de un servicio personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJOContrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominacin, es aqul por virtud del cual una persona se obliga aprestar a otra un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario.Es un acuerdo de voluntades mediante el cual una persona llamada trabajador, se obliga a prestar un trabajo personal subordinado a otra llamada patrn, mediante el pago de un salario.CONDICIONES DE TRABAJOSon las obligaciones y derechos pactados en el contrato a cargo del patrn y del trabajador.Son las estipulaciones pactadas en el contrato de trabajo que se refieren a la prestacin del servicio personal subordinado y al pago del salario.Son las normas que fijan los requisitos para la defensa de la salud y la vida de los trabajadores en los establecimientos y lugares de trabajo y las que determinan las prestaciones que deban percibir los hombres por su trabajo( M.C)DURACIN DE LAS RELACIONES DE TRABAJOPARA OBRA DETERMINADA (Cuando as lo exija su naturaleza).PARA TIEMPO DETERMINADO (Cuando as lo exija su naturaleza, cuando se pretenda sustituir temporalmente a un trabajador).POR TIEMPO INDETERMINADO (Es la regla general).NUEVAS FORMAS DE CONTRATACINA).-POR TIEMPO INDETERMINADO O QUE EXCEDAN DE 180 DAS, SUJETO A PRUEBA;B).- POR TIEMPO INDETERMINADO SUJETO A CAPACITACIN INICIAL;C).- POR TIEMPO INDETERMINADO PARA LABORES CONTINUAS O DISCONTNUAS.D).-POR TIEMPO INDETERMINADO POR TEMPORADA

CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A PERIODOS DE PRUEBAFINALIDAD

Los contratos celebrados sujetos a perodos de prueba, tienen como finalidad, constatar o comprobar, que el trabajador demuestre que rene los requisitos y tiene los conocimientos, destrezas y habilidades necesarias y requeridas por el patrn, para desempear el trabajo.CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A PERIODOS DE PRUEBAPLAZOS DE LOS PERIODOS DE PRUEBA:

A).- No puede exceder del plazo de 30 das;

B).-El plazo anterior puede ampliarse a 180 das en los casos de trabajadores contratados para puestos de direccin, gerenciales y dems personas que ejerzan funciones de direccin o administracin en la empresa o establecimiento de carcter general o para desempear labores tcnicas o especializadas.CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A PERIODOS DE PRUEBAPRESTACIONES LABORALES DENTRO DE LOS PERIODOS DE PRUEBA:a).- El pago del salario por el servicio prestado;b).- Disfrutar de la garanta de la seguridad social(IMSS, INFONAVIT, SAR-AFORES).C).- Goce de las prestaciones de la categora o puesto que desempee. ( A trabajo igual, salario igual).

CONTRATO DE TRABAJO SUJETOS A PERIODOS DE PRUEBACONSECUENCIAS LEGALES AL TERMINO DEL PERIODO DE PRUEBA:

a).- Si el trabajador no demuestra que rene los requisitos y que posee los conocimientos, habilidades y destrezas requeridas por el patrn para desempear el trabajo solicitado, se dar por terminada la relacin de trabajo sin responsabilidad para el patrn. (Debe tomar en cuenta la opinin de la Comisin Mixta de Productividad, Capacitacin y Adiestramiento)CONTRATO DE TRABAJO SUJETOS A PERIODOS DE PRUEBACONSECUENCIAS LEGALES AL TRMINO DEL PERIODO DE PRUEBA:b).- Si el trabajador demuestra que rene los requisitos y que posee los conocimientos, habilidades y destrezas requeridas por el patrn para desempear el trabajo solicitado, se entender que la relacin de trabajo ser por tiempo indeterminado.

CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A CAPACITACIN INICIALFINALIDAD

Los contratos celebrados sujetos a capacitacin inicial, tienen por objeto de que el trabajador se obligue a prestar sus servicios subordinados, bajo la direccin y mando del patrn, con el fin de que adquiera los conocimientos, habilidades necesarias para desempear la actividad laboral para la que vaya a ser contratado.

CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A CAPACITACIN INICIALPLAZOS DE DURACIN DE LA CAPACITACIN INICIAL:

a).- Tendr una duracin mxima de 3 meses;

b).-Tendr una duracin mxima de seis meses, solamente cuando se trate de trabajadores que van a ser contratados para puestos de direccin, gerenciales y dems personas que ejerzan funciones de direccin o administracin en la empresa o establecimiento de carcter general o para desempear labores que requieran conocimientos profesionales especializados.

CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A CAPACITACIN INICIALPRESTACIONES LABORALES DENTRO DE LOS PERIODOS DE CAPACITACIN INICIAL:a).- El pago del salario por el servicio prestado;b).- Disfrutar de la garanta de la seguridad social(IMSS, INFONAVIT, SAR-AFORES).C).- Goce de las prestaciones de la categora o puesto que desempee. ( A trabajo igual, salario igual).

CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A CAPACITACIN INICIALCONSECUENCIAS LEGALES AL TERMINO DEL PERIODO DE CAPACITACIN INICIAL:

a).- Si el trabajador al finalizar el perodo de capacitacin inicial, no acredita su competencia para desempear el trabajo solicitado, el patrn dar por terminada la relacin de trabajo sin responsabilidad para el patrn. (Debe tomar en cuenta la opinin de la Comisin Mixta de Productividad, Capacitacin y Adiestramiento)

CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A CAPACITACIN INICIALCONSECUENCIAS LEGALES AL TERMINO DEL PERIODO DE CAPACITACIN INICIAL:

b).- Si el trabajador demuestra competencia para desempear el trabajo solicitado, se entender que la relacin de trabajo ser por tiempo indeterminado.

CONTRATOS SUJETOS A PERIODOS DE PRUEBA Y DE CAPACITACIN INICIALCARACTERISTICAS COMUNES A DICHOS CONTRATOS:a).- Deben hacerse constar por escrito. (caso contrario se entender que la relacin de trabajo es por tiempo indeterminado);b).- En el contrato se garantizar la seguridad social del trabajador;c).- Los perodos a prueba y de capacitacin son improrrogablesCONTRATOS SUJETOS A PERIODOS DE PRUEBA Y DE CAPACITACIN INICIALCARACTERISTICAS COMUNES A DICHOS CONTRATOS:

d).- Los perodos a prueba y de capacitacin no podrn aplicarse en forma simultnea o sucesiva al mismo trabajador (dentro de la misma empresa o establecimiento);

e).-Los perodos a prueba y de capacitacin no se podrn aplicar en mas de una ocasin;

CONTRATOS SUJETOS A PERIODOS DE PRUEBA Y DE CAPACITACIN INICIALCARACTERISTICAS COMUNES A DICHOS CONTRATOS:f).- Los perodos a prueba y de capacitacin no se podrn aplicar tratndose de trabajos distintos;

g).- Los perodos a prueba y de capacitacin no se podrn aplicar tratndose de los casos de ascenso o concluida la relacin de trabajo surja otra con el mismo patrn.

SUBSISTENCIA DE LA RELACION DE TRABAJOAl termino de los periodos a prueba y de capacitacin inicial, si subsiste la relacin de trabajo, esta se considerar por tiempo indeterminado y el tiempo de vigencia de dichos periodos de computar para el calculo de la antigedad del trabajador.RELACION DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADOa).- Las relaciones de trabajo celebradas por tiempo indeterminado por regla general son continuas;b).- Puede pactarse para labores discontinuas, cuando los servicios sean para labores fijas y peridicas de carcter discontinuo;c).- Puede pactarse para actividades de temporada o que no exijan la prestacin de servicios toda la semana, el mes o el ao;d).- Los trabajadores contratados bajo esta modalidad, gozan de los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores contratados por tiempo indeterminado, en proporcin al tiempo de servicios prestados.