laminas unidad viii

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Participante: Pedro León. Facilitadora: Oneida Marcano. Universidad Nacional Experimental “Simón Rodríguez” Núcleo: Caricuao Curso: Finanzas e Impuestos Sección: C UNIDAD VIII EQUIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL FINANCIERA

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Participante: Pedro León.

Facilitadora: Oneida Marcano.

Universidad Nacional Experimental “Simón Rodríguez”Núcleo: Caricuao

Curso: Finanzas e ImpuestosSección: C

UNIDAD VIIIEQUIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL FINANCIERA

• 900 UT• 1200 UT• 1400 UT• 1000 UT

•Cada 1 y medio.•Cada 2 años.•Anualmente.

•Un regalo.•Un premio.•Dinero.•Factura.

UNIDAD TRIBUTARIA

DECLARACION DEL ISLR

COMPRAS

1.000 unidades tributarias, o ingresos brutos mayores a 1.500 Unidades Tributarias, están obligadas a declarar el ISLR.

Se paga anualmente

Factura

(U.T.)

DECLARACION DEL ISLR

COMPRAS

1. Relación entre las necesidades financieras del Estado y la justicia económica.

2. Cultura Tributaria.3. Responsabilidad Tributaria.

La equidad se refiere a la igualdad y justicia social que debe existir por Ley en todas las naciones. La equidad debe alcanzarse en diversos ámbitos de la vida.

Igualdad

Justicia

Sociedad

Personas

Leyes

La solidaridad es la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al sistema. Es de tan vital importancia para el buen desarrollo de una colectividad que tiene por eje singular al ser humano en sociedad.

Protección

Menos Favorecidos

Ayudar

Apoyar

Contribuir

Necesidades financieras del estado

Son las actividades financieras que desarrolla el Estado con el objeto de procurarse los medios y recursos necesarios para los gastos destinados a satisfacer de las necesidad social en general.

Sector Salud.Sector Construcción.Sector Educativo.Sector Seguridad.Sector Alimentación

EstadoIngresos

Gastos

Trabajo

Educación

Salud

ViviendaSeguridad

Social

En el aspecto económico o financiero, se conoce como equidad a la distribución justa de la riqueza entre los miembros de una sociedad, a la moderación en los precios y a la justicia en los términos de un contrato.

1. Captación de ingresos públicos (Impuestos).

2. Erogación del gasto público.

1. Regulación de los flujos monetarios.

2. Manipulación del encaje legal.

3. Regulación del mercado de capitales y las tasas de interés.

CULTURA TRIBUTARIA

La cultura tributaria: Según Daysi Díaz en su artículo publicado en la página Web del diario Frontera con fecha abril 09 del presente año,

la cultura tributaria “es el conjunto de valores, creencias y actitudes compartido por una sociedad respecto a la tributación y la observancia de las leyes que la rigen”. Lo que conduce al cumplimiento permanente de los deberes fiscales.

                

RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA

La responsabilidad está en cada uno de nosotros por tal motivo en Venezuela se está tratando de llegar a la conciencia de todos los habitantes para formar el hábito de pago de impuestos voluntarios y no obligados por alguna ley, ya que siempre se ha visto como una imposición, en donde los beneficios que se perciben no compensan los aportados, no sólo económicamente sino socialmente.

1- EQUIDAD

2- SOLIDARIDAD

3- SOCIEDAD

4- FINANCIERA

3

2

1

4

1. Justa distribución de los ingresos públicos y privados.

2. Intereses privados y beneficios colectivos.

3. Desarrollo social y participación financiera.

JUSTA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS PÚBLICOS Y PRIVADOS

La importancia de los ingresos y distribución es evidente, sin los ingresos provenientes de públicos y privados sería imposible efectuar gastos y consumos. Además es preciso tener presente que los ingresos sean un instrumento significativo para la implantación de políticas gubernamentales que se les atribuyan a la población más necesitada y con menos recursos.

La justa distribución de los ingresos tiene como base su origen fiscal o tributario, mientras otros derivan de la prestación de servicios o de la realización de plusvalías. El control de los distintos tipos de ingresos es un asunto sumamente importante para todos los ciudadanos, ya que por medio de la distribución de los ingresos beneficiaría a los sectores con mayor necesidad.

Interés PrivadoSe puede definir el interés privado como índice o porcentaje percibido por la rentabilidad de una inversión o capital de trabajo privado, y que no tenga intervención de ningún ente público, la rentabilidad es producto de un capital determinado proveniente de personas jurídicas o naturales con fines de lucro.

Beneficios ColectivosPodemos definir beneficio colectivo como el resultado de los ingresos o ganancias obtenidas provenientes de alguna actividad económica, dando ingresos a una comunidad o sociedad, estos beneficios son compartidas o repartida de forma igualitariamente entre la comunidad, estos grupos pueden estar formados de forma legal o comunitariamente.

INTERESES PRIVADOS Y BENEFICIOS COLECTIVOS

DESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACIÓN FINANCIERA

Desarrollo SocialEs un esquema a seguir á fin de promover el progreso y desarrollo de un pueblo, es un marco de referencia para los encargados de elaborar las políticas públicas de un país. O sea que el gobierno tiene como objetivo mejorar la situación económica y laboral de la población, garantizar el acceso a la salud, educación y brindar seguridad entre otras prioridades.

Participación financieraLa participación financiera en el desarrollo social de Venezuela es fundamental ya que por medio de los recursos que aporta la banca pública y privada crea beneficios sociales a la comunidad, dándoles a sus habitantes oportunidades de desarrollo tanto personal, como desarrollo al país.

1. La Contraloría General de la República.

2. Los Consejos Comunales.3. Contraloría Social.

Es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa, y orienta su actuación a las funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control.

Es decir, es un organismo constitucionalmente autónomo, al servicio del estado democrático y de la sociedad venezolana, cuyo fin primordial es velar por la correcta y transparente administración del patrimonio público y luchar contra la corrupción.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Los Consejos Comunales es una forma de organización de la comunidad, desarrollada en el ordenamiento jurídico venezolano donde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad.

CONSEJOS COMUNALES

Su Finalidad es la de convertir en la plataforma humana para que alcance el mayor grado de participación, protagonismo y gerencia comunitaria dentro de un ámbito geográfico cuidadosamente delimitado, y sirve para diseñar, realizar, controlar y evaluar la calificación final de proyectos sociales destinados a solucionar problemas de salud, educación, trabajo, deportes, medio ambiente, habitacionales, etc. de la comunidad.Sirve además como centro de información, producción y promoción de procesos participativos y para la identificación de problemas comunitarios.

CONTRALORIA SOCIAL

La contraloría social es la máxima expresión de la democracia participativa. Por medio de ella, las comunidades ejercen acciones de control, vigilancia y evaluación para lograr el cumplimiento de los objetivos de los programas sociales, fomentando así, la responsabilidad ciudadana en la construcción del poder político, y evitando que los recursos se desvíen hacia intereses ajenos a los del pueblo.

La Contraloría Social, es la que ejerce el pueblo mediante su participación cotidiana y directa en ejercicio de la soberanía y de la democracia (que etimológicamente quiere decir gobierno del pueblo; demo: pueblo, cracia: gobierno).