lactancia trabajo

17
MATERNIDAD Y TRABAJO Red de Genero del ITESO. Abril 27 de 2016 Rosalina Márquez. Líder de la Liga de la Leche

Upload: cinthia-ramirez

Post on 19-Jan-2017

172 views

Category:

Healthcare


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Lactancia trabajo

MATERNIDAD Y TRABAJO

Red de Genero del ITESO.

Abril 27 de 2016Rosalina Márquez. Líder de la Liga de la Leche

Page 2: Lactancia trabajo

el porcentaje de las mujeres que no amamantan es de 85.6% quedando sólo un 14.4% que amamantan a sus hijos de forma exclusiva los primeros seis meses de vida, en 2006 esta cantidad era del 22.3%. En áreas rurales la caída de lactancia materna exclusiva en menores de seis meses fue de 36.9% en 2006 hasta 18.5% en 2012 Este drástico descenso se dio en el último sexenio, lo cual se puede atribuir a la ausencia de regulaciones en la materia que existen en el país.

Page 3: Lactancia trabajo

Mediana duración de cualquier tipo de lactancia 1999: 9.7 meses 2006: 10.4 meses 2012: 10.2 meses

En nuestro país una familia gasta aproximadamente de $700 a $1 mil 700 pesos al mes (equivalente al 36% – 87% del ingreso total de un trabajador/a con un salario mínimo), dependiendo de la edad y tipo de fórmula.

Fuente ENSANUT 2012

Page 4: Lactancia trabajo

LEYES QUE PROTEGEN LA LACTANCIA MATERNA EN MEXICO

- Ley General de Salud (art. 64)- Ley Federal del Trabajo (art. 170)- Ley para la Protección de los Derechos de los Niños,

las Niñas y Adolescentes (art.28)- Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado

(art. 28)- Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco

y sus Municipios.- Ley del Seguro Social (art. 94)- Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de

los Trabajadores del Estado ( art. 39)- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre

de Violencia (Art. 11)

Page 5: Lactancia trabajo

Ley General de Salud ARTÍCULO 64. En la organización y

operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias competentes establecerán:

I… II. Acciones de orientación y vigilancia

institucional, fomento a la lactancia materna y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno-infantil

Page 6: Lactancia trabajo

Ley Federal del TrabajoArtículo 170. Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos: I… II… III…IV. En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado.

Page 7: Lactancia trabajo

Ley para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Artículo 28. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la salud. Las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinados a fin de:

A… B… C. Promover la lactancia materna. D…* LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL ESTADO DE

JALISCO.- Artículo 9. Las autoridades correspondientes deben implementar los programas necesarios a fin de: I. Reducir la mortalidad infantil;… III. Promover la alimentación directa de la madre al recién nacido;

Page 8: Lactancia trabajo

LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO

Artículo 28.- Las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha que aproximadamente se fije para el parto, y de otros dos después del mismo. Durante la lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia y tendrán acceso a la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad.

Page 9: Lactancia trabajo

Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus

MunicipiosArtículo 43.‑ Las mujeres …Durante los primeros cinco meses a partir de la fecha de reanudación de labores, las madres tendrán derecho a un descanso extraordinario por cada tres horas de trabajo, en la inteligencia de que aquellas, con jornadas de seis horas y media o menos, disfrutarán de un solo descanso de media hora, para alimentar a sus hijos.

Page 10: Lactancia trabajo

Ley del Seguro SocialArtículo 94. En caso de maternidad, el Instituto otorgará a la asegurada durante el embarazo, el alumbramiento y el puerperio, las prestaciones siguientes: I. Asistencia obstétrica; II. Ayuda en especie por seis meses para lactancia y capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida; Fracción reformada DOF 02-04-2014

III. Durante el período de lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para efectuar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia, y Fracción adicionada DOF 02-04-2014

Page 11: Lactancia trabajo

Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Artículo 39. La mujer Trabajadora, la pensionada, la cónyuge del Trabajador o del Pensionado o, en su caso, la concubina de uno u otro, y la hija del Trabajador o Pensionado, soltera, menor de 18 años que dependa económicamente de éstos, según las condiciones del artículo siguiente, tendrán derecho : I. Asistencia obstétrica necesaria a partir del día en que el Instituto certifique el estado de embarazo… II. A la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida y ayuda para la lactancia cuando, según dictamen médico, exista incapacidad física o laboral para amamantar al hijo. Esta ayuda será proporcionada en especie, hasta por un lapso de seis meses con posterioridad al nacimiento, y se entregará a la madre o, a falta de esta, a la persona encargada de alimentarlo;Fracción reformada DOF 02-04-2014

 

Page 12: Lactancia trabajo

III. Durante el período de lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia, yFracción adicionada DOF 02-04-2014 IV. Con cargo al seguro de salud, una canastilla de maternidad, al nacer el hijo, cuyo costo será señalado periódicamente

Page 13: Lactancia trabajo

Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia

ARTÍCULO 11. Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la Víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género. Artículo reformado DOF 02-04-2014

Page 14: Lactancia trabajo

Banco de Leche HumanaExtracción, Conservación y Almacenamiento.

Page 15: Lactancia trabajo
Page 16: Lactancia trabajo
Page 17: Lactancia trabajo

CALCULO DE LO QUE TOMA UN BEBE

Peso del bebé multiplicado por 5 cinco y el resultado se divide entre 8.EJEMPLO: Bebé pesa 5,400kg.5.4 X 5 = 27/8 = 3.37Este bebé tomaría 27 oz en 24 horas; si come cada 3 horas son 8 tomas de casi 4 oz aproximadamente.