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CONTRATO IMPE/RM/17120I9 CONTRATO ABIERTO PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS MÉDICO QUIRÚRG|COS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO MUNICIPAL DE PENSIONES, A QUIEN EN LO SUCESTVO SE LE DENOMINARA COi¡IO'EL INSTITUTO", LEGALMENTE REPRESENTADO POR EL ING. JUAN ANTONIO GONZALEZ VILLASEÑOR, EN SU CARACTER DE DIRECTOR; Y POR LA OTRA PARTE LA C. ALMA JEANNETTE RAMÍREZ SALAZAR, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE OENOMINARA COMO "EL PROVEEDOR", AL TENOR DE LA§ SIGUIENTES OECLARACIONES Y CLAUSULAS: DECLARAGIONES: I.. EL INSTITUTO l.' Declara EL INSTITUTO, ser un Organismo Públ¡co Descenlralizado de la Administración Pública Municipat, con personalidad jurídica y patrimonio prop¡o, creado med¡ante Decreto No. 87 +83-10P.E., publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 69 del sábado 27 de agosto de 1983 y que en la actualidad se rige por la Ley del lnstituto Munic¡pal de Pensiones publicada mediante decreto POE 2015.12.26/No.103 en el Per¡ódico Ofic¡al det Estado el 26 de Diciembre de 2015. 2'- Que el lNG. JUAN ANTONIO GONZALEZ VILLASEÑOR acredita su personalidad con nombramiento hecho por la C. Presidente Municipal la LlC. MARIA EUGENIA CAMPOS GALVAN, 6l día 1O de sept¡embre de 2018. 3.' Que de conformidad con el artículo 8 frácc¡on€s Vlll, lX, XV y demás reletivas y aplicables d€ la Ley del lnstituto Municipal de Pensiones, el lNG. JUAN ANTONIO GONZALU VILLASEÑOR, en su carácter de Director, tiene capacidad ,urídice para convenir y obligarse en los términos de este instrumento, así como real¡zar los actos necesarios para el debido funcionamiento del organismo, manifestando baio protesta de decir verdad que a la fecha no le han sido revocadas, restringidas o modificadas en forma alguna las faqrltades confendas. 4.- Que tiene por objeto otorgar prestac¡ones de segur¡dad social a los trabajadores al servicio del Municipio de Chihuahua y de los organismos Oescentralizados qe la Administración Pública Mun¡cipal, gue se ¡ncorporen. 5" Que tiene su domic¡lio para todos los efectos iegales que se deriven o pudieran derivarse del presente ¡nstrumento, ubicado en calle Río Sena #1100, Colonia Alfredo Chávez, en esta c¡udad de Chihuehua. 6.- Que celebra el presente contrato de derecho público en plena concordanc¡a y total apego a lo establecido en la Ley de Adqu¡s¡c¡ones Arrendamientos y Contratación de Servic¡os del Estado de Chihuahua, así como Ie planeación, programación, presupuestación, gasto y ejecución a las que se ref¡ere el plan Mun¡ Desarrollo al Presupuesto del lnst¡tuto Municipal de pens¡ones respeclivamente. 7.' Que el presente contrato es celebrado considerando la disponibilidad de recursos del mtsmo, y la de adquir¡r los bienes objeto del presenle, por lo que una vez estudiada la esencia y el del m¡smo, se ver¡f¡ca y just¡f¡ca la neces¡dad d6 su creación atendiendo a la existenc¡a de ntes contractuales con EL PROVEEOOR, y se reconoc€ la v¡abilidad y l6gal procedencia de hacerlo med¡ante adjudiceción directa con fundamento en lo establecido en los artículos 29 fracción lY y 74 fracciín I de la Ley de Adquis¡ciones, Anendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Chihuahua, por lo que en éste caso en particular es apl¡cable el caso de excepción a la licitación pública Estud¡ada en el precepto antes aludido. 8.- Que "EL PROVEDOR" ofrec€ las meiores condiciones para el lnstituto basándose en criterios d€ economía, ef¡cacia, eficiencia, imparcialidad, legalidad, honradez y transparencia. coNrRATo DE ADeu¡stcró¡{ DE rNsuMos eutRljRolcos, cELEaRAoo poR EL tNSTtTUTo Mut{tctpaL DE pfllsto Es y aLMA JEAI{ EÍTE RA IREZ saLÁzañ, EL 02 DE ENERO DE 201 Pág.l'l \ §

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CONTRATO IMPE/RM/17120I9

CONTRATO ABIERTO PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS MÉDICO QUIRÚRG|COS, QUE CELEBRANPOR UNA PARTE EL INSTITUTO MUNICIPAL DE PENSIONES, A QUIEN EN LO SUCESTVO SE LEDENOMINARA COi¡IO'EL INSTITUTO", LEGALMENTE REPRESENTADO POR EL ING. JUAN ANTONIOGONZALEZ VILLASEÑOR, EN SU CARACTER DE DIRECTOR; Y POR LA OTRA PARTE LA C. ALMAJEANNETTE RAMÍREZ SALAZAR, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE OENOMINARA COMO "ELPROVEEDOR", AL TENOR DE LA§ SIGUIENTES OECLARACIONES Y CLAUSULAS:

DECLARAGIONES:

I.. EL INSTITUTO

l.' Declara EL INSTITUTO, ser un Organismo Públ¡co Descenlralizado de la Administración Pública Municipat,con personalidad jurídica y patrimonio prop¡o, creado med¡ante Decreto No. 87 +83-10P.E., publicado en elPeriódico Oficial del Estado No. 69 del sábado 27 de agosto de 1983 y que en la actualidad se rige por la Ley dellnstituto Munic¡pal de Pensiones publicada mediante decreto POE 2015.12.26/No.103 en el Per¡ódico Ofic¡al detEstado el 26 de Diciembre de 2015.

2'- Que el lNG. JUAN ANTONIO GONZALEZ VILLASEÑOR acredita su personalidad con nombramiento hechopor la C. Presidente Municipal la LlC. MARIA EUGENIA CAMPOS GALVAN, 6l día 1O de sept¡embre de 2018.

3.' Que de conformidad con el artículo 8 frácc¡on€s Vlll, lX, XV y demás reletivas y aplicables d€ la Ley dellnstituto Municipal de Pensiones, el lNG. JUAN ANTONIO GONZALU VILLASEÑOR, en su carácter deDirector, tiene capacidad ,urídice para convenir y obligarse en los términos de este instrumento, así como real¡zarlos actos necesarios para el debido funcionamiento del organismo, manifestando baio protesta de decir verdadque a la fecha no le han sido revocadas, restringidas o modificadas en forma alguna las faqrltades confendas.

4.- Que tiene por objeto otorgar prestac¡ones de segur¡dad social a los trabajadores al servicio del Municipio deChihuahua y de los organismos Oescentralizados qe la Administración Pública Mun¡cipal, gue se ¡ncorporen.

5" Que tiene su domic¡lio para todos los efectos iegales que se deriven o pudieran derivarse del presente¡nstrumento, ubicado en calle Río Sena #1100, Colonia Alfredo Chávez, en esta c¡udad de Chihuehua.

6.- Que celebra el presente contrato de derecho público en plena concordanc¡a y total apego a lo establecido enla Ley de Adqu¡s¡c¡ones Arrendamientos y Contratación de Servic¡os del Estado de Chihuahua, así como Ieplaneación, programación, presupuestación, gasto y ejecución a las que se ref¡ere el plan Mun¡Desarrollo al Presupuesto del lnst¡tuto Municipal de pens¡ones respeclivamente.

7.' Que el presente contrato es celebrado considerando la disponibilidad de recursos del mtsmo, y lade adquir¡r los bienes objeto del presenle, por lo que una vez estudiada la esencia y el delm¡smo, se ver¡f¡ca y just¡f¡ca la neces¡dad d6 su creación atendiendo a la existenc¡a de ntescontractuales con EL PROVEEOOR, y se reconoc€ la v¡abilidad y l6gal procedencia de hacerlo med¡anteadjudiceción directa con fundamento en lo establecido en los artículos 29 fracción lY y 74 fracciín I de la Ley deAdquis¡ciones, Anendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Chihuahua, por lo que en éste caso enparticular es apl¡cable el caso de excepción a la licitación pública Estud¡ada en el precepto antes aludido.

8.- Que "EL PROVEDOR" ofrec€ las meiores condiciones para el lnstituto basándose en criterios d€ economía,ef¡cacia, eficiencia, imparcialidad, legalidad, honradez y transparencia.

coNrRATo DE ADeu¡stcró¡{ DE rNsuMos eutRljRolcos, cELEaRAoo poR EL tNSTtTUTo Mut{tctpaL DE pfllsto Es y aLMA JEAI{ EÍTE RA IREZ saLÁzañ, EL 02 DEENERO DE 201

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CONTRATO IMPEIRM/I7120I9

9.' Que con fecha 02 de enero del año dos mil diocinueve, el Com¡té de Adquis¡cionos, Arrendam¡entos yContratacrón de Servic¡os del lnst¡tuto Municipal de Pens¡ones, autorizó celebrar el presente @ntrato,acreditando lo anterior con el acta emitida por el citado Com¡té.

10.- Que la erogación del presente contrato será cub¡erta conforme a su disponib¡lidad presupuestal con recursospropios correspondientes a su presupuesto de egresos para el ejercicio f¡scal del año 2019, por lo que cuentacon los recursos, solvenc¡a y liquidez necesarios a f¡n de dar cumplimiento a las obligaciones que contrae porvirtud de la suscripc¡ón del presente instrumento.

II.- EL PROVEEDOR.

l.- Que es de nacionalidad mexicana, mayor de edad, en pleno ejercicio de sus derechos y que tiene capacidadjurídica sufic¡ente y bastante para obligarse en los térm¡nos del presente contrato.

2.' Que la c. ALMA JEANNETTE RAMíREZ SALAZAR, cuenta con facultades para contratar y obllgarse en elpresente ¡nstrumento.

3.' Que para los efectos de este contrato, su cumplimiento, así como para oír y recibir notificaciones ydocumentos señale, tiene su domicilio ubicado en Calle Monte Elbert número 2225 Colonia Cumbres lV Etapa deesta Ciudad de Chihuahua.

5.- Que su registro Federal de Conlr¡buyentes (RFC) es RASA73OíO5CK8, estando al coniente del pago de tascontribuc¡ones e impuestos que le han conespond¡do a la fecha.

5.' Que se encuentra ¡nscrito en el Padrón de Proveedores del lnstituto Municipal de Pensiones baio el número051/19.

8.- Que bajo protesta de dec¡r verdad, manifiesta que conoce el contrato y los requisitos que establecen la Leyde Adquisiciones, Arrendam¡entos y Contratación de Servicios dél Estado de Chihuahua, y que no Ee encuentraen n¡nguno de los supuestos contemplados por los artículos g6 y 103 de la citada ley.

III.- AMBAS PARTES.

l.' Ambas partes se reconocen mutuamente la personalidad con ra que se osrentan y conviecelobración del presente @ntrato, y en obl¡garse conforme al contenido del presente instrumento.

2.' Que concunen a la suscripcíón del presente contrato de buena fe, encontrándose libres de dolo, v¡olencia,error, lesón o cualesquiera otros vic¡os en su consentimiento, con el propós¡to de obl¡garse al tenor de lassiguientes:

CLÁUSULAS:

\

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- EL PROVEEDOR, se obl¡ga a proporcionar ta entrega de toda clasemater¡ales qu¡rúrgicos en la rama de urología e ¡nstrumental y equipo médico, ya sea en compra venta o

deen

col\¡ÍRAlo oE aDQUt§tc¡óN DE rNSUi,tOS QU¡RI,ROICOS, CEIEBRADO POR EL INSTITUfO IIUNICIPAL DE PENS¡O'IES Y AIMA JEA'INETTE ñ^üIREZ SAL.AZA& EL 02 DEENERO OE 2Of

P4.12

7.- Que cuenta con los recursos f¡nancieros y técnicos necesarios, así c¡mo el equipo, material y henámientarequeridos para el objeto del presente contrato, lo que le permite garantizar a EL INSTITUTO el cumplimiento de Ilas obligaclon€s contraídas en el presente. ,{\

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CONTRATO IMPE/RM/I7120I9

arrendamiento, que §ean necesar¡os para otorgar las atenciones médicas proporc¡onadas para ojmplir con elobjeto de EL INSTITUTO en los térm¡nos y cond¡ciones de este inslrumento.

SEGUNDA.- MONTO. La adquisición de los bi6nés señalados por la cláusula anterior, cuenta con unpresupuesto mínimo para ejercer como pago por los citados bienes por un importe de $1OO,OOO,OO (CIEN MILPESOS 00/100 MONEDA NACIONALI y un presupuesto máximo susceptibte de ser eiercido por la cantidad det250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS OO/1OO MONEDA NACIONAL) más el IVA que sóto serealizará en los conceptos que sean suscept¡bles del cobro de este impuesto.TERCERA. VIGENCIA. El presente contrato tendrá vigencia del 02 de enero al 31 de diciembre de 20.19, salvoque se notifique la terminac¡ón anticipada del m¡smo, según Io d¡spuesto en este contrato.

CUARTA' CONDICIONES DE ENTREGA. La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descargaen lugar de entrega serán a cergo de EL PROVEEDOR, así como el aseguramiento de los bienes, hasta queestos sean recib¡dos de conformidad por EL INSTITUTO.

Los bienes que se entreguen deberán apegarse eslrictamente á las especificaciones, descripciones,presentac¡ones y demás caracterÍsticas que se ind¡can en las Normas Oficiales, disposiciones legales,reglamentarias y admin¡strativas que emita la autoridad competente.

EL PROVEEDOR deberá entregar junto con los bienes: copia de la orden de compra y remis¡ón en la queindique el número de p¡ezas y desoipción de los bienes.

QUINTA. PATENTES, ITARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR asumirá h responsabitidad totalpara el caso en que al suministrar los bienes objeto del contrato, infr¡nja patentes, marcas o v¡ole derechos deautor, l¡berando a EL INSTITUTO de toda responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o admin¡strat¡va, queen su cáso se ocas¡one derivado de la infracción de derechos de autor, patentes, mar«ls u otros derechos anivel nacional o internac¡onal.

SEXTA. FORMA DE ENTREGA E IDENTIFICACIÓN DE LOS BÍENES Los bienes serán entregados conforme alas necesidades de EL INSTITUTO durante el periodo de vigencia del contratoj esto mediante la elaborac¡ón deorden de compra a EL PROVEEDOR.

Los b¡enes obJeto de este contrato sérán entregaMaleriales del lnstituto Municipal de pensiones ubila ciudad de Chihuahua, Chih, los dÍas hábites dedonde serán recibidos por el personal des¡gnadocualquier bien que no cumpla con las condic¡oneshaga inutil¡zable, en térmtnos del presente contrato.

dos por EL PROVEEDOR en el Departamento de Recursoscada en la calle Río Sena #l100, Colonia Alfredo Chávez, enlunes a v¡emes en un horario de las 09:00 a las 15:00 horas,por EL INSTITUTO, mismo que podrá rechazar y devolverde calidad, se encuontre dañado u otra circunsta

\

En caso que los bienes od¡rectamente en el hospitalotorgar el serv¡c¡o sol¡citado

serv¡cios que solic¡te EL INSTITUTO a EL PROVEEDOR deban ser e, EL INSTITUTO informará de manera oportuna el día y dirección en la

osdeba

La entrega de los b¡enes objeto del contrato se realizaran por orden d6 compra completa, s¡endo facultad de ELINSTITUTO la aceptación o rechazo de una entrega parcial de dicha orden, en este caso EL PROVEEOORdeberá adjuntar escrito en el cual señale los motivos que ocas¡onan la entrega parc¡al e ¡ncumplimiento de lostiempos y forma de enlrega estipulados en el contrato. En el entend¡do de que EL INSTITUTO de acuerdo a sus

cof{¡RAfo DE aoeutsrc¡ó o€ tNsuirtos OI,IRÚRGICOS, CEIEBRAÍD FOR E! NSllfU'O üUI{ICIPAL DE PEIT§PI{EA Y AIIA JEA¡{NETIE RAüÍREZ SALAZAR EL 02 DEENERO DE 2019,

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necesidades podrá proceder a la subrogac¡ón por 6l remanente de ros b¡en6s no sum¡n¡strados en tiempo yforma, sin responsebilidad para sí.

Los bienes során entregados en su empaque, ceja o pi6za or¡ginal según conesponda. Los envases y empaquesde los medicamentos deberán ident¡ficarse de acuerdo a lJ establecido en la Ley General de salud y susReglamentos, comisión Fedéral Para la Protecc¡ón contra Riesgos sanitar¡os y Normas of¡ciales Mex¡canasapl¡cables.

SEPTIMA" DISPOSICIoNES GENERALES. EL PROVEEDOR se compromete a estabtecer tas accionesnecesarias para que la entrega de los bienes que le sean requer¡dos con la seguridad, calidez, celidad yeféctiv¡dad necesarias para el cumplimiento de lo contratado.

ocTAvA'- EL PROVEEDoR está de acuerdo en otorgar a EL INSTITUTO, una TARTFA PREFERENC|AL

-aplicada en los bienes objeto de¡ presenle contrato y dicha tarifa deberá ser respetada en el ti6mpo de duraciónde este contrato de conformidad con ambas partes.

NOVENA'- PRESENTACIoN DE FACTURAS Y RECIBOS. El INSTITUTO se obt¡ga a cubrir et importe enmoneda nac¡onal de los bienes solicitados y recibidos, a los 20 (veint6) días nábiles posteriores contados a partirde la fecha que el proveedor entregue la factura resp€ctiva y los bienes a entera satisfacción de EL INSTITUTO,los cuales deberán reunir los requis¡tos fiscales en vigor.

DÉclMA" coNFlDENclALlDAD. La informac¡ón y actividades presentes, pasades y futuras que se obtengan yproduzcan en virtud del cumplim¡ento del contrato, serán clasific€das expresamente con el carácter deconfidencial, atendiendo a los princip¡os establecidos en ¡a Ley de Transparénc¡a y Acceso a la lnformaciónPública del Estado de chihuahua así como en la Ley de Protección de Datos personales del Estado deChihuahua, por lo qus las partes se obligan a guardai estricta confidencialidad respedo de la información yr€sultados qu6 se produzcan en virtud del cumplim¡ento del presente instrumento.En particular, la ¡nformac¡ón mnten¡da en ef expediente clínico será mane,ada con discreción y conf¡denc¡alidad,atendiendo a los princip¡os cientÍficos y éticos que orienten la práctica médice y sólo podrá seidada a conocer aterceros mediante orden de la autoridad compet€nte.

EL PROVEEDOR reconoce y acepta que toda la ¡nformación y documentac¡ón puesta bajo su responsabilidad oa la que llegara a tener acceso con motivo del objeto del presente contrato, incluyendo, los sistemas, técn¡cas, \métodos y en general cualquier mecanismo relac¡onado con la tecnologÍa e información de la que eraconocimiento en el desempeño de los servicios contratados 6s propiedad de EL INSTITUTO

AsÍ m¡smo, se obliga a tomar las medidas que sean necesar¡as pare que el personal a su cargo mobserve lo estipulado en esta cláusula, debiendo abstenerse de divulgar o reproducir parcial o tota lainformación de la que pudiera llegar a tsner conocim¡ento. dejando a salvo et derecho de EL INSTIT paraojércitar las acc¡ones legales que pudieran resultarle con motivo del incumplimíento de lo aquí

coñTnaro DE ADeulslcún DE

EL PRovEEooR se obliga a no registrar ningún derecho de autor, marca, paténte o cuelquier derecho deprop¡edad ¡ndustrial o intelectual en relación con la información confidencial proporcionada "

qr" a" ref¡ere elpresente contrato, ya que la información s€rá propiodad exclusiva d6 EL lN§niUTO y en consecuencia, seráexclusivamente este último quien podrá registrar los derechos de autor o ¡ndustriales conespond¡onte.

LAs PARTES conv¡enen que la vigencia de las obligaciones contraÍdas por virtud de la presente cláusulasubs¡stirá indefin¡damente, incruso después de terminadá ra duración de este instrumento.

EI{ERO OE 20'rNsuuos elJtRtlRGrcos, cElEEnaDo FoR E! tNsrlruro

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iIUI{ICIPAL DE PEII§IONE§ Y AIíA JEA'iTE TE RA 'REZ

SA!¡ZA& Er 02 DE

CONTRATO IMPE/RM/I7120I9

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En caso de ¡ncumplim¡ento, LAS PARTES se reservan expresamenle las acc¡ones que conform6 a derecho lescorresponden, tanto administrativas o judiciales, a fin de rec,amar las indemnizac¡ones conducentes por losdaños y perju¡cios causados, esí como fa apricación de las sanciones a que haya lugar.

DEqMA PRIMERA.' Avtso DE pRrvAcrDAD. Er rNslruro MUNrcrpAL DE pENsroNEs, por conducto delDepartamento de Recursos Materiales, con domicil¡o en calle Rio sena #l 1oo de la colon¡a Alfredo chávez deesta ciudad de ch¡huahua, chihuahua, c.P.g1414, es el responsable del tratamiento de sus datos personales ydatos sens¡bles, los cuales serán_protegidos conforme a lo dispuesto en el articulo 67 de la Ley de protección deDetos Personares der Estado do chihuahua. Ar resp€cto re informamos ro siguientei

Los datos personales que recabamos de usted en el Departamento de Recursos Materiales, los ut¡lizaremospara poder dar el alta en como Proveedor d6l lnstituto, y así estar en oportunidad de generar órdenes de compray el respectivo pago de los bienes adqu¡ridos, podrán ser transfer¡dos a les diversas áreas del lnstituto con lafinalidad de que se brinden oportunamente los servicios proporc¡onados por el m¡smo; así como a lasautoridade§ jur¡sd¡ccionales y/o investigadoras que lo soliciten en el ejercic¡o de sus funcion€s, ya que sonrequisitos indispensabtes para: ALTA coMo pRovEEDoR y EL pAGo DE Los BtENEs ADeutRtDos.

Así mismo, serán ¡ntegrados a un expedionte físico que contendrá la información y documentación recabade, alcual se conservará en el archivo fis¡co y capturados en formato Excel, en el Departamento de RecursosMateriales dél lnstituto Munic¡pal de pensiones.

El tratamiento §e real¡ze con base en lo d¡spuo§to por los artículos 6 inc¡so A y 16 segundo párrafo de laconst¡tución Polít¡ca de los Estados unidos Mexicanos, artículo sz de la Ley General de protección de DatosPersoneles en Poses¡ón de suj€tos obligados, artÍculo 4 de la constitución política del Estado de chihuahua,artículos 3, 5, 6, 16, 17, 19 y 20 de la Ley d6 Protecc¡ón de Datos personales del Estado de Chihuahua, y en losartículos 1 y I fracción Vlll de la Ley d6l lnstituto Municipal de pensiones.

Para llevar a cabo las finalidades descritas en el presente aviso de privacidad, utilizaremos los s¡gu¡6ntes datospersonalos del representante legal: nombre, RFC, domic¡lio, teléfono part¡cular (celutar) y/o instituc¡onat,correo electrón¡co e ¡dent¡f¡cac¡ón ol¡c¡al con fotografia,

Además de los datos personales menc¡onados anteriormente para las f¡nalidades informadas en el presenteav¡so de privac¡dad, utilizaremos los s¡gu¡entes datos p6rsonal6s qu6 requieren de especial ón: fiautógrafa y firma nibrica.

De conformidad con los artículos 6g y 69 de la Ley d6 protección de Datos Personales del Estado déno deberán conservarse más allá del plazo necesario para el cumplim¡ento d6 la finalidad que just sutratam¡ento, así mismo se informa que no se rcalizarán transferencias de datos personales, salvo las quesean necesarias para atender requerimientos de información de una autoridad com que esténdebidamente fundados y mot¡vados, o bien, se actuali ce alguna de las excepciones previstas en el añículo 70 dela Ley General de proteccjón de Datos personales en Poses¡ón de Sujetos Obligados, así m¡smo en lossupuéstos que contempla el artículo: 9g de la L6y de Protocc¡ón de Oatos personales del Estado de Chihuahua

coNTñAto oE ADeutstctóN

usted t¡ene derecho a conocer que datos personales tenomos de usted, para qué los util¡zamos y lascondiciones del uso que les damos (acceso). Así mismo, es su derecho solicitar le conección de su ¡nformaciónpersonal en caso de que esté desactualizada, sea inexacta o incompleta (r6ctif¡các¡ón); que la eliminemos denuestro§ registros o bases de datos cuando considere que la misma no está siendo utilizada conforme a losprincip¡os, deberes y obligac¡ones previstas en la normativa (cancelación); oponerse al uso de sus datos

EI{ERO DE 201D€ r¡rsulllos autRúRorcos, CEIEERADo poR EL

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CONTRATO IMPE'RM/I 7/2OI 9

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personales para fines específicos (opos¡cion); obtener una copia de los datos obieto de tratamiento en unformato electrónico estructurado y comúnmente ut¡lizado que le permita séguir utilizándolos (portabilidad). Estosderechos se conocen como derechos ARCO y poñabilidad.

Para el ejercicio de cualqu¡era de los derechos ARCo y portabilidad, ust6d deberá presentar la solicitudrespectiva en la Unidad de Transparencia del lnstituto Municipal de Pensiones, o por medio de la plataformaNac¡onal de Transparencia htto:/ ww.olataformadetransoarenc¡a.oro.mx.

Para conocer el procedimiento y requisitos para el ejercicio de los derechos ARCO y de portabilidad, Usted podrállamar al siguiente número telefón¡co 614.200.48.00 extensión 62sg; ingresar a nuestro s¡¡o de internet:hltp:4itr]peweb.mDioch¡h.qob.m/web¡moe/index.html, coneo electrónico [email protected], obien ponerse en contacto con nuestre Unidad de Transparencia, que dará trám¡te a las sol¡citudes para ele.¡erc¡c¡o de estos derechos, y atenderá cualquier duda que pudiera tener respecto al tratamiento de suinformación. Los datos de contacto son los siguientes: lnstituto Munic¡pal de pensiones, calle Rio Sena número'1100, Colonia Atfredo Chávez, 1er piso, C.P. 31414, Chihuahua, Chihuahua, Teléfono Ol2 ylo 614.200.4a.0oextensión 6259.

CONSULTA. CAMBIOS Y ACTUALIZACIONES DEL AVISO DE PRIVACIDAD: Et presente Aviso de privacidadpuede consultarse, cambiar o aclual¡zarse evenlualmente; por lo que se solicita su constante consulta o revisiónen esta d¡recc¡ón electrónicá: http://impeweb. mp¡ochih.oob. mlweb¡moe/¡ndex. html, para estar al tanto delcontenido y/o de la Última versión que rige el tralamiento de sus datos personales. No obstante lo anterior, elAviso de Privac¡dad siempre deberá observar ras d¡spos¡c¡ones iuríd¡cas apr¡cabres.

CONTRATO IMPE/RM/I7l2OI 9

manejo,TUT

TO" hará efect¡va ta garantía otorgadá por ,,EL PROVEEDOR" el

oÉclMA SEGUNDA- MODIFICACIONES. Ambas partes convienen en que cuatquier adición o modificación alo d¡spuesto en el presente contrato se hará por escrito firmado por sus representantes con facultades y seagregará como anexo para formar parte ¡ntegrante del mismo.

DÉCIMA TERCERA.- RESCISIÓN." EL INSTITUTO'podrá rescindir administrativamente este contrato en casode ¡ncumplimiento dé las obligac¡ones a c¿lrgo del "PRESTADOR", según d¡spone el artícu,o 90 de ta Ley deAdquisiciones, Arrendam¡entos y contratación de serv¡cios del Estado de chihuahua.

Así mismo, conv¡enen las partes que el "EL INSTITUTO" podrá rescindir totalmente este contrato depresentarse alguna de las siguientes causales:

\'t' Cuando EL PROVEEDOR mod¡fique o altere substancialmente el objeto del presente contrato2. cuando EL PRovEEDoR incurra en farta de veracidad totar o parciar con refación a ra iproporcionada para la celebración del presente contrato.

3.

En tales supuestos, ,'EL INSTITUcumpl¡miento del presente contrato,

Por todos aquellos actos u omisiones que, por responsabiridad, impericia, inexperiencia,deshonestidad, probidad, y otros, EL pRovEEDoR, efecte o resione er interés de EL rNsI

P!9lMo cuARTA.' lndependientemente de la terminación o rescisión det corfrato antes refer¡da, ELPRoVEEDoR asume la responsábilidad civll y en su caso demandas que procedan por los deños y perjuiciosque se puedan derivar por motivo del objeto del presente contráto. EL pRovEEDoR, exime de cuelquierresponsab¡lidad a EL INSTITUTO, haciéndose el mismo responsable de la contratación de seguros o realizar lasactividades y medidas que en su caso eslime convenientes para dichos efectos.

CoNTRATO OE ADaUtStC¡óENERO DE ?01

o€ rNsuitos eurRúRctcos, CELEBR Do poR EL tNs

Pas.l6

?lruro ut{tctpaL oE pE stot{Es y ALita JEA,{íETTE fianlREz saLAzaR EL 02 DE

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CONTRATO IMPE'RM/I7120I9

DÉCIMA QUINTA.- Las partes convienen en ¡ntentar resolver de mutuo acuerdo las situaciones no prev¡stas enel presente contrato, en el entend¡do de que las decis¡ones adoptadas sobre el pert¡cular, deben constar porescrito y ser firmadas por las mismas. Todas las nolifcaciones y @mun¡caciones que sé diriian las partes comoconsocuencia del présente contrato, ¡ncluyendo el camb¡o de domicilio, deberán constar por escrito y serentregadas en los domicilios ya mencionados en el capítulo de "DECLARACIONES" del presente contrato.

DÉCIMA SEXTA.- Para el cumplim¡ento de las obligaciones que cada una de las PARTES contrae por v¡rtud dela suscripción de este contrato man¡fiestan que actuarán como ent¡dades totalm6nte independienles.

En consecuencia, las PARTES bajo ningún supuesto podrán comprometer a la otra en convenio o contrato

alguno, ni contratar empleados o trabajadores en nombre o representación de su contraparte.

En cuanto a sus respectivos trabajadores y empleados, las PARTES manif¡estan que no existe relación laboralalguna entre los trabajadores y empléados de "EL INSTITUTO" con el PROVEEDORR, na entre los propios deésté con aqué¡. Así, las PARTES manif¡estan ser los patrones de sus respectivos traba.¡adores y empleados en

cumplimiento de la législación laboral y de seguridad social v¡gente y aplicable, s¡endo las únicas y exclusivasresponsables por lo que respecta a las obligac¡ones laborales y de seguridad social a ser cumplidas a favor dedichos sujetos.

Consecuentemente, las PARTES se obligan a liberer a la otra de cualquier responsabilidad laboral o do

seguridad social qu6 pudiera imputárseles en contravención a esta Cláusula con relación a sus respectivos

trabajadores y empleados, €n términos de la legislación laboral y de seguridad soc¡al vigente y aplicable.

N¡nguno de los términos y condiciones del presente instrumento deberá interpretarse en el sentido de que las

PARTES han mnstitu¡do alguna relación de soc¡edad o asoc¡ación, por lo que no se conjuntan ni se unen actlvospara efectos d€ responsabilidades fiscales o frente a terceros, n¡ de cualquier otra nalwaleza.

DECIMA SÉPTIMA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL El presente contrato constituye el acuerdo entre laspartes, en relac¡ón con el objeto del mismo, dejando sin efec,to cualquiera otra negociación, obligación, o

comunicac¡ón entre estas, ya see oral o expresamente que se haya dado con anterior¡dad a esta fecha. Laspartes manif¡estan que, en la celebración de este contrato, no ha hab¡do vicio alguno de consentim¡ento que

pudiese rnvalidarlo.

DECIMA OCTAVA.- CESIÓN DE CONTRATO. Ambas partes se obligan a no ceder, traspasar o enajenar por

cualquier título los derechos y/u obligaciones que der¡van del presente contrato, sin previa autorizac¡ón por

escrito de la otra parte.

DÉCIMA NOVENA. GARANTIAS. "EL PROVEEDOR" garantiza ante "EL INSTITUTO":

A) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- 'EL PROVEEDOR" garantizará el debido cumplimiento de las obl

\

del presente cont¡ato, mediante pagare y/o chequ€ cruzado ylo póliza de fianza emit¡da por unaAfianzadora legalmente autorizada y acreditada en el Estado d6 Chihuahua a favor del lnstituto MPens¡ones por un importe equivalente al 10% del monto total contratado, la cual d€bérá entregardentro de los 5 días naturales posteriores a la f¡rma del contrato.

onpal de

más tardar

$

B) GARANTÍA DE SANEAMIENTO PARA EL CASO DE EVICCIÓN, VICIOS OCULTOS, DAÑOS YPERJUICIOS Y CALIDAD DE LOS BIENES.- "EL PROVEEDOR" garantiza la calidad de los bienescontratados med¡ante pagare y/o cheque cruzado yto póliza de fanza emit¡da por una lnstituc¡ón Afianz.ado,a Jlegalmente autorizada y acred¡tada en el Estado de Ch¡huahua a favor del lnstituto Municipal de Pensiones -W

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Page 8: LA POR UNA PARTE EL DE A EN LO SE COi¡IO'ELimpeweb.mpiochih.gob.mx/transparencia/recursos_materiales/2019_… · PROVEEDOR", AL TENOR DE LA§ SIGUIENTES OECLARACIONES Y CLAUSULAS:

CONTRATO IMPE/F{MI 1? I2O1 S

por un importe equ¡valente al 5% del monto total contratado , la cual deberá éntregarse previamente a larecepción de los b¡enes.

vlGÉslMA'- Atend¡endo la naturaleza del presente ¡nstrumento regal, las partes acuerdan con base en loestablecido por el artículo déc¡mo trans¡torio de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y contratac¡ón deserv¡c¡os del Estado de chihuahua, -somelerse

al juició de oposición prevasto en el cód¡go Fiscat del Estado,renunciando por lo tanto EL PRovEEDoR al fuero que pudiere corresponderle en oirón o" su domicillopresente o futuro por cualquier otra causa.

uGÉslMA PRIMERA.- JuRlsDlcclÓN Y coMPETENctA. Las partes man¡fiestan que en este conrrato noexiste ningún vicio del consent¡miento que pudiera invalidarlo y atendiendo a la naturaleze del presente¡nstrumento legal, las partes someterse a la jurisdicc¡ón de los tribunales jud¡ciales con competenc¡a en la ciudadde ch¡huahua, estado de chihuahua, renunciando por lo tanto al fuero qué pudiere conesponderle en razón desu dom¡c¡lio presente o futuro, o por cualquier otra causa.

V|GÉSIMA SEGUNDA.- Las declaraciones otorgadas por las partes y/o los anexos que se c¡tan en el cuerpo delpresente, se t¡enen por incorporadas en las cláusulas, por ser objeto de cumplimiento del mismo.

LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO, Y ENTERADAS LAS PARTES DE LAS OBLIGACIONES QUEPOR VIRTUD DEL MISMO CONTRAEN, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA,CHIH., EL DfA 02 DE ENERO DE 2019.

EL INSTITUTO

ING. JUAN ANTONIO EZ VILLASEÑORDIRECTOR DEL I TITUTO MUNICIPAL

DE PENSIONES

c.A

EL PROVEEDOR

DR. ALFONSOSUBDIRECTOR

MUNICIPAL

DARlzTERIALES

NNETTE RAMíREZ SALAZAR

NTRERASDEL STITUTO

G EZSUBDIRECTO NISTRATIVA

DEL INSTITUTO MU DE PENSIONES

c.P.JEFA DEL EPARTAMENTO DE

TESTIGOS

E

INSTITUTO MUNICIPAL DE SIONES

coNfRATo oE aDeulstc¡óN DE t ur{rctpAt ¡rE pENs¡ottEs y aL A JEAr{rlETyE R ¡t ñEz saraza& Er 02 DEENERO OE 2OI¡NsuMos eutRúRoEos, CELEBRA¿E poR EL ¡Nsr¡ruro

Pas l8

C,P. SILVIA