la industria y el comercio son actividades económicas por lo tanto

2
LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO son actividades económicas por lo tanto, cuando una persona con capacidad legal hace del comercio su actividad ordinaria o habitual en busca de un lucro o una especulación mercantil en ocasiones se une con otras personas para el logro de un fn común licito. EL CODIGO DE COMERCIO VIGENTE CONSIDERA COMERCIANTES A LAS SIGUIENTES PERSONAS: Quienes tienen la capacidad legal para ejercer el comercio y hacen de él su ocupación ordinaria. Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles Las sociedades extranjeras o las sucursales de estas dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio OBLIGACIONES DE TODO COMERCIANTE e con!ormidad con el código de comercio todo comerciante, por el hecho de serlo, tiene las siguientes obligaciones" La publicidad a través de la prensa de su calidad mercantil. # la inscripción en el registro público de comercio, esto con el fn de $ue se dé la protección a terceros. %antener un sistema de contabilidad con!orme al art. && 'onservar la correspondencia $ue tenga relación con el giro del comerciante. SOCIEDADES MERCANTILES La unión entre comerciantes da lugar a las personas morales se alude al art. ( de L)*%" SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO: según el art + es a$uella $ue existe bajo la razón social y en la $ue todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente de obligaciones sociales. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE: según el art ( es la $ue existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados $ue responden de manera subsidiaria, $ue únicamente est-n obligados al pago de sus aportaciones. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES: según el art + / es la $ue existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados $ue responden de manera subsidiaria, $ue únicamente est-n obligados al pago de sus acciones SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: según el art 0 se constituye entre socios $ue solamente est-n obligados al pago de sus aportaciones, sin $ue las partes sociales puedan estar representadas por t1tulos negociables a la orden del portador. SOCIEDAD ANONIMA: según el art 0/ es la $ue existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. SOCIEDAD DE CAPITAL VARIABLE: cual$uier sociedad puede adoptar la modalidad excepto las cooperativas, cuenta dos capitales fjo y variable. SOCIEDAD COOPERATIVA: se !orman a iniciativa de los trabajadores de una empresa $ue unen sus capacidades para dar origen a la sociedad. FUSION, TRANSFORMACION Y ESCISION DE LAS SOCIEDADES: LA FUSION: cuando dos o m-s empresas se unen para ser una sola. TRANSFORMACION: surge cuando alguna de las sociedades mercantiles reconocidas por la ley puede adoptar cual$uier otro tipo legal ESCISION: se da cuando la sociedad decide extinguirse y se divide la totalidad de activo, pasivo y capital social en dos o m-s partes DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LAS SOCIEDADES: L# *2'34# *4 3*54L647 8or expiración del término fjado en el contrato social 8or imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de las sociedades o por $uedar este consumido 8or acuerdo de los socios tomado de con!ormidad con el contrato social y con la ley 8or$ue el numero de accionista llegue a ser in!erior al m1nimo $ue esta ley establece 8or la pérdida de las dos terceras partes del capital social

Upload: dianilla123456

Post on 05-Oct-2015

219 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

LA INDUSTRIA

TRANSCRIPT

LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO son actividades econmicas por lo tanto, cuando una persona con capacidad legal hace del comercio su actividad ordinaria o habitual en busca de un lucro o una especulacin mercantil en ocasiones se une con otras personas para el logro de un fin comn licito.EL CODIGO DE COMERCIO VIGENTE CONSIDERA COMERCIANTES A LAS SIGUIENTES PERSONAS: Quienes tienen la capacidad legal para ejercer el comercio y hacen de l su ocupacin ordinaria. Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles Las sociedades extranjeras o las sucursales de estas dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercioOBLIGACIONES DE TODO COMERCIANTE De conformidad con el cdigo de comercio todo comerciante, por el hecho de serlo, tiene las siguientes obligaciones: La publicidad a travs de la prensa de su calidad mercantil. A la inscripcin en el registro pblico de comercio, esto con el fin de que se d la proteccin a terceros. Mantener un sistema de contabilidad conforme al art. 33 Conservar la correspondencia que tenga relacin con el giro del comerciante.SOCIEDADES MERCANTILES La unin entre comerciantes da lugar a las personas morales se alude al art. 1 de LGSM: SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO: segn el art 25 es aquella que existe bajo la razn social y en la que todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE: segn el art 51 es la que existe bajo una razn social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, que nicamente estn obligados al pago de sus aportaciones. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES: segn el art 207 es la que existe bajo una razn social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, que nicamente estn obligados al pago de sus acciones SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: segn el art 58 se constituye entre socios que solamente estn obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por ttulos negociables a la orden del portador. SOCIEDAD ANONIMA: segn el art 87 es la que existe bajo una denominacin y se compone exclusivamente de socios cuya obligacin se limita al pago de sus acciones. SOCIEDAD DE CAPITAL VARIABLE: cualquier sociedad puede adoptar la modalidad excepto las cooperativas, cuenta dos capitales fijo y variable. SOCIEDAD COOPERATIVA: se forman a iniciativa de los trabajadores de una empresa que unen sus capacidades para dar origen a la sociedad.FUSION, TRANSFORMACION Y ESCISION DE LAS SOCIEDADES: LA FUSION: cuando dos o ms empresas se unen para ser una sola. TRANSFORMACION: surge cuando alguna de las sociedades mercantiles reconocidas por la ley puede adoptar cualquier otro tipo legal ESCISION: se da cuando la sociedad decide extinguirse y se divide la totalidad de activo, pasivo y capital social en dos o ms partesDISOLUCION Y LIQUIDACION DE LAS SOCIEDADES: LA SOCIEDAD SE DISUELVEN Por expiracin del trmino fijado en el contrato social Por imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de las sociedades o por quedar este consumido Por acuerdo de los socios tomado de conformidad con el contrato social y con la ley Porque el numero de accionista llegue a ser inferior al mnimo que esta ley establece Por la prdida de las dos terceras partes del capital social