la experiencia mexicana la evaluación de desempeño de la propuesta regulatoria

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La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria MPP FABIOLA PERALES Consultora Independiente

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Page 1: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta

regulatoria

MPP FABIOLA PERALES Consultora Independiente

Page 2: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

2-3 años

COFEMER, APEC (2013). Guía para

evaluar el impacto de la regulación. Vol. I

Métodos y Metodologías. pp 9. México.

Disponible en:

http://www.cofemer.gob.mx/presentacio

nes/Espa%F1ol_Vol%20I.%20Metodos%20y

%20Metodologias_FINAL.pdf

PROCESO DE

EVALUACIÓN DE

IMPACTO REGULATORIO

Page 3: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

¿Por qué es importante la

Evaluación?

Lo que no se mide No se controla | No se gestiona | No se mejora

Evaluación del desempeño Permite identificar

En qué medida se ha dado solución

al problema.

Si los objetivos de la regulación se

cumplieron y en qué grado.

Qué es lo que no está funcionando y

por qué.

Mejoras el marco jurídico

Page 4: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

La MIR mexicana

de alto impacto e

impacto moderado

está conformada

de manera

sistemática por los

siguientes

apartados:

I. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA Y OBJETIVOS GENERALES DE LA REGULACIÓN

II. IDENTIFICACIÓN DE LAS POSIBLES ALTERNATIVAS A LA REGULACIÓN

III. IMPACTO DE LA REGULACIÓN

IV. CUMPLIMIENTO Y APLICACIÓN DE LA PROPUESTA

V. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA

VI. CONSULTA PÚBLICA

VII. ANEXOS

EX ANTE

MIR. Evaluación del desempeño

Page 5: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

V.- EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA

MIR. Evaluación del desempeño

Describir los medios por los

cuáles se evaluará el logro

de los objetivos:

I n d i c a d o r e s

E s t u d i o s

E n c u e s t a s

E s t a d í s t i c a s

Se busca que puedan medir de

forma clara y precisa los

efectos que genera la

regulación para ser

comparados con el objetivo

establecido.

Describa la forma y los medios a través de los cuales se evaluará

el logro de los objetivos de la regulación.

Page 6: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

MIR. Evaluación del desempeño

Analizar de manera Ex ante los

mecanismos de evaluación de

desempeño de la propuesta

permite:

Prever los indicadores con los

que se pretende medir el

desempeño de la regulación

Empreder las acciones

necesarias para recabar la

información y generar los

indicadores

Contar con datos para realizar

Evaluaciones Ex post

Indice de siniestralidad

Indice de reincidencia de

infractores

Estadísticas del sector

Indicadores de carácter

internacional

Tasa de mortalidad

Otros

Mecanismos de Evaluación

Page 7: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

Cumplimiento versus Evaluación

Cumplimiento Evaluación del

Desempeño

¿cuántas

personas

observan la

regulación?

¿cómo ha

mejorado la

regulación el

bienestar de la

sociedad?

Page 8: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

DISPENSORES DE GASOLINA , “litros de a litro”

Caso Práctico

Page 9: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

IV.- CUMPLIMIENTO Y APLICACIÓN DE LA PROPUESTA

16. Describa la forma y/o los mecanismos a través de los cuáles se

implementará la regulación (incluya recursos públicos).

No se necesitan recursos adicionales, pues actualmente el Centro Nacional de

Metrología (CENAM) realiza las pruebas de laboratorio para verificar todos los

componentes de los dispensarios, incluidos los aditamentos de confiabilidad;

mientras que la DGN certifica y aprueba los modelos o prototipos de dispensarios

evaluados por el CENAM.

17. Describa los esquemas de verificación y vigilancia, así como las sanciones

que asegurarán el cumplimiento de la regulación.

La PROFECO realiza, permanentemente, actividades programadas de vigilancia

para detectar y sancionar prácticas abusivas en perjuicio del consumidor, tales como

el incremento injustificado del precio del combustible (gasolina o diesel), o el

despacho incompleto del mismo. Por otra parte, la verificación metrológica de los

dispensarios corre a cargo de las unidades de verificación en instrumentos de

medición (UVIM) aprobadas por la DGN.

DISPENSORES DE GASOLINA , “litros de a litro”

Page 10: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

…continuación

Las visitas de verificación y vigilancia se realizan conforme a lo establecido por la Regla Décimo

Segunda de la Lista de instrumentos de medición cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria es

obligatoria, así como las reglas para efectuarla (publicada el 21 octubre de 2002 en el Diario Oficial de la

Federación), cuyo proceso se presenta de forma resumida:

1. Cuando la PROFECO o alguna UVIM detecta que el dispensario no cumple con las características metrológicas y

condiciones de funcionamiento que establece la NOM-005-SCFI-2005, proceden a su ajuste.

2. De no lograrse el ajuste del dispensario, se adhieren, en lugar visible del dispensario, sellos con la leyenda

“INSTRUMENTO DE MEDICION NO APTO PARA TRANSACCIONES COMERCIALES”; de tal manera que no sea

posible su utilización. Asimismo, se indica al propietario del dispensario que deberá proceder a su reparación o, en su

caso, al retiro de los sistemas de control a distancia a que se refiere la Regla Segunda de la Lista ya señalada; y una

vez hecha la reparación o el retiro, podrá acudir a la UVIM o a la PROFECO, según sea quien haya colocado el sello,

para solicitar una nueva verificación (verificación extraordinaria).

3. El sello sólo podrá ser retirado por quien realizó la verificación periódica o por la autoridad competente, después de

comprobar, mediante una verificación extraordinaria, que el dispensario cumple con las características metrológicas y

condiciones de funcionamiento establecidas en la NOM-005-SCCFI-2005.

Es de destacar que la PROFECO ha incrementando paulatinamente el número de brigadas y consecuentemente el

número de visitas de vigilancia. Finalmente, el incumplimiento de lo dispuesto por el anteproyecto será sancionado en

términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Ley Federal de Protección al Consumidor y demás

disposiciones aplicables, donde ya está previsto el esquema de sanciones.

Page 11: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

V.- EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA

18. Describa la forma y los medios a través de los cuales se

evaluará el logro de los objetivos de la regulación.

En el laboratorio del Centro Nacional de Metrología, a través de los

informes de pruebas, donde se constate la inclusión de los

aditamentos de confiabilidad en todo modelo de dispensario; y en

campo a través del Programa Nacional de Verificación de

Combustibles Líquidos de la PROFECO, particularmente en el

descenso esperado del número de mangueras inmovilizadas,

como consecuencia de la vigilancia de los aditamentos de

confiabilidad.

DISPENSORES DE GASOLINA , “litros de a litro”

Page 12: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

Regulación basada en desempeño ¿Qué pasó después?

• Con la entrada en vigor de la norma NOM-005-SFCI-2011 se

interpusieron 125 j u i c i o s contencioso administrativos y 43 juicios

de amparo.

• Algunos de estos juicios se han emitido sentencias declarando la

n u l i d a d l i s a y l l a n a de la NOM-005-SFCI-2011.

• En atención al cumplimiento de las sentencias, la Secretaría de Economía

(SE) se ha abstenido de aplicar la norma a aquellos particulares que han

interpuesto juicios y han obtenido sentencia favorable; considerando que

las sentencias emitidas no son efecto erga omnes ("respecto de todos" o

"frente a todos”), sino únicamente para cada caso en particular.

• ¿por qué se ampararon los particulares?

http://www.claa.org.mx/cir_pdf/2015/CIR_GJN_MRHL_43_15_TESISYJURISPRUDENCIASMESDEFEBRERO2015.pdf

Page 13: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

De la interpretación sistemática de los artículos 63 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 22 y

11, fracción II de los Lineamientos para la Organización de los Comités Consultivos Nacionales de

Normalización; así como de los diversos artículos 5, 6, 10 y 11 de las Reglas de Operación del Comité

Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de

Comercio, se colige que para la legalidad de las sesiones del Comité Consultivo Nacional de Normalización de

Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, se deben observar las normas previstas

en las Reglas de Operación de dicho Comité, es decir que este celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias

válidamente en primera convocatoria cuando se encuentren representados por lo menos la mitad más uno de

los integrantes del mismo; en caso de segunda o ulterior convocatoria, la sesión se celebrará con los miembros

presentes. Además se levantará un acta que deberá contener lugar, fecha y hora de la sesión, el orden del día

y los acuerdos tomados; asimismo, se señala que las actas, una vez aprobadas deberán ser firmadas por el

Presidente y Secretario Técnico, y de conformidad con el artículo 22 de los Lineamientos para la Organización

de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización (CCNN), el cual ordena que las dependencias y

entidades de la administración pública federal, asociaciones, institutos, cámaras y organismos miembros de los

CCNN, deberán nombrar un representante propietario y de ser el caso un suplente y que dichos

nombramientos deberán ser notificados a la dependencia que presida el CCNN correspondiente. En

consecuencia, cuando esos datos son materia de impugnación en el juicio contencioso administrativo, es

necesario exhibir en este dicha constancia de DESIGNACIÓN y NOTIFICACIÓN ante la dependencia que

presida el CCNN, misma que se emite de forma previa a las sesiones del Comité, a fin de estar en aptitud de

cotejar los registros de asistentes y listas, para verificar que el quórum se integró debidamente por servidores

públicos con nivel de directores o equivalentes, cuya designación como representantes propietarios o suplente

se hubiera notificado a la dependencia que presida el CCNN correspondiente. Es decir, que la debida

representación de las dependencias es un requisito de validez de las

resoluciones de los comités.

NOM-005-SCFI-2011, METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN.- AL NO

RESPETARSE EL PROCEDIMIENTO PARA SU INTEGRACIÓN, NI EL

QUÓRUM REQUERIDO DEL COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE

NORMALIZACIÓN DE SEGURIDAD AL USUARIO, INFORMACIÓN

COMERCIAL Y PRÁCTICAS DE COMERCIO, ES VIOLATORIA DEL

ARTÍCULO 63 DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y

NORMALIZACIÓN.

Page 14: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

El problema persiste:

• En el primer semestre del 2014, se atendieron 780 denuncias en el

área de combustibles, 289 más que las registradas en el 2013.

• Para 2014, el consumo de gasolina y diésel se estimó en 58,737.1

millones de litros (57% de Magna, 30% de diésel y 12% de Premium),

equivalentes a 752,824.28 millones de pesos por concepto de venta al

público;

• Los faltantes de combustible llegan a alcanzar hasta el 9.5% de

los volúmenes despachados.

• Se calcula que el combustible pagado y no entregado representa una

pérdida de 71,518.31 millones de pesos para los propietarios de

vehículos automotores.

• La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en el periodo

comprendido de enero a noviembre del 2014, inmovilizó 3,750

mangueras de 25,317 que verificó (15%), además de las 1,659

estaciones visitadas, en 213 no se pudo realizar verificación ya que el

proveedor se negó.

Fuente: http://www.cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/34275#

Page 15: La experiencia mexicana la Evaluación de Desempeño de la propuesta regulatoria

Es necesario emitir la NOM-005-SFCI-2015 a fin de que la Procuraduría Federal

del Consumidor cuente con un instrumento regulatorio que le permita técnica

y jurídicamente realizar sus tareas de verificación en beneficio de los

consumidores.

Con la reforma

energética, en 2018 se

abre el mercado de

gasolinas y diesel.

Se preparan nuevos

competidores como:

Oxxo, Gulf, Petro seven.

Fuente:

http://www.eluniversal.com.mx/articulo/cart

era/finanzas/2016/07/11/ven-freno-

apertura-en-mercado-de-gasolina

Fuente: http://www.cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/34275#