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La Emisión legislativa de la Seguridad Ciudadana Arabeska Sánchez Consultora Independiente

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La Emisión legislativa de la Seguridad Ciudadana

Arabeska Sánchez

Consultora Independiente

Fase I. El Problema

INDICADOR #1: TASA DE HOMIDICIOS POR CIEN MIL HABITANTES

35

43 43 41

49.92 53.72 55.89

33.57 30.7 37

46.2 49.9

57.9

66.8

77.5

86.5 85.5 79

68

60

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

100

Año1996

Año1997

Año1998

Año1999

Año2000

Año2001

Año2002

Año2003

Año2004

Año2005

Año2006

Año2007

Año2008

Año2009

Año2010

Año2011

Año2012

Año2013

Año2014

Año2015

TASA NACIONAL DE HOMICIDIOS HONDURAS, C.A.

PERIODO: 1996-2015

Fuente: PNH, MP , UNAH

INDICADOR #2: HOMICIDIOS POR ARMA DE FUEGO

1836 2359 2472

3514 4288

5201 6009 5980

5626

4626 3863

580 659 790 959 977 1038 1095 1192 1131 1310 1283

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

7000

año 2005 año 2006 año 2007 año 2008 año 2009 año 2010 año 2011 año 2012 año 2013 año 2014 año 2015

DISTRIBUCIÓN DE FRECUENCIA HOMICIDIOS POR ARMA DE FUEGO VRS. OTROS MECANISMOS DE LESIÓN

PERIODO 2005-2015 N=45774 VÍCTIMAS DE HOMICIDIO PAF

Homicidios por Arma deFuego otros mecanismos

Fuente:UNAH-2005/2014

INDICADOR #3: SUICIDIO

30 39 67 72

100

49 52 54 35 31 37

80

215 185

244

322

275 264 268 247 230

293

0

50

100

150

200

250

300

350

año 2005 año 2006 año 2007 año 2008 año 2009 año 2010 año 2011 año 2012 año 2013 año 2014 año 2015

DISTRIBUCIÓN DE FRECUENCIA SUICIDIO POR ARMA DE FUEGO VRS. OTROS MECANISMOS DE LESIÓN

PERIODO 2005-2015 N=2,623

Suicidios paf otros mecanismos

Fuente: UNAH-2005/2014

INDICADOR #4: INCIDENCIA DELICTIVA

96153

142477

4223

15102

21995

81674

10367

2941

53798

0 20000 40000 60000 80000 100000 120000 140000 160000

INCIDENCIA DELITOS CONTRA INTEGRIDAD CORPORAL

INCIDENCIA DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD

MENORES MALTRATADOS

MUJER AGREDIDA

VICTIMAS DE ABUSO SEXUAL

LESIONES CONFLICTO INTERPERSONAL

MUERTES TRÁNSITO VIAL

SUICIDIOS

HOMICIDIOS

DISTRIBUCIÓN DE FRECUENCIA INCIDENCIA DELICTIVA EN HONSURAS

PERIODO 2004-2014 N= 428,730

Fuente:UNAH-2005/2014

INDICADOR #5: CENSO MIEMBROS ACTIVOS EN MARAS Y PANDILLAS

4728 6000

12000

25000

36000

PNPRS JHA-JA ONUDC PNH USAID

CENSO MIEMBROS ACTIVOS M&P HONDURAS, C.A.

Fuente: InsigthCrime-2015

Georreferencia de Maras & Pandillas

Fuente: InsigthCrime-2015

DISTRITO CENTRAL SAN PEDRO SULA

INDICADOR # 6: MIGRACIÓN EN ÑINEZ Y ADOLESCENCIA

4254

2681

703

178

52

46

37

RAZONES ECONÓMICAS

RAZONES FAMILIARES

VIOLENCIA O INSEGURIDAD

ESTUDIOS

SALUD

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

VIOLENCIA DOMESTICA

0 500 1000 1500 2000 2500 3000 3500 4000 4500

Motivaciones de migración en niñez y adolescencia hondureña retornada 2015

N=7951

Fuente: CENISS 2015

Indicador #7: MIGRANTES HONDUREÑOS RETORNADOS

41,244 40,341 36,240

52,599 62,460 59,473

35,212

5,638 4,463 3,339 5,591 9,522 13,276

7,263 1,434 1,148 902 1,394 3,051 4,977 3,380 314 233 246 419 1,057 3,225 2,049 0

10,000

20,000

30,000

40,000

50,000

60,000

70,000

2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 (a julio)

HONDUREÑOS RETORNADOS DE MEXICO Y EEUU ENERO 2009 - JULIO 2015

N= 400,490

HOMBRES (N= 327,569) MUJERES (N=49,092) NIÑOS (N= 16,286) NIÑAS (N= 7,543)

Fuente: Centro de Atención al Migrante Retornado (CAMR) e Instituto Nacional de Migración (INM)

INDICADOR #6: EFECTIVIDAD INSTITUCIONAL (MP)

41689 52965 59561 62463 56070 61999 68049 68846 72271

38449

23644 26104

35094 48507

45824 48924

52975 56089 53555

26445

4987

8005

8697

7825 8631

11174 11749 12154 11492

5395 18657

18099

26397 4682 37193

37750 41226 43935 42063

21050

0

20000

40000

60000

80000

100000

120000

140000

160000

180000

200000

AÑO 2002 AÑO 2003 AÑO 2004 AÑO 2005 AÑO 2006 AÑO 2008 AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012

COMPARATIVO DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE DOS QUINQUENIOS (2002 -2006) - (2008-2012)

N= 582,362 DENUNCIAS RECIBIDAS

Denuncias Recibidas Denuncias Remitidas a la DGIC para Investigación

Denuncias Devueltas de la DGIC con Informe Investigativo Denuncias Sin Retorno

FASE II.- El Diagnóstico

EL PARLAMENTO PROBLEMA IDENTIFICADO PROPUESTA

Ausencia de formación. Desarrollar un programa permanente de capacitación en materia de

seguridad ciudadana, orientado a parlamentarios, que opere al inicio de cada

legislatura.

Ausencia de una unidad de gestión del

conocimiento.

Desarrollar investigaciones parlamentarias sobre temas de seguridad

ciudadana. Para ello es necesario:

‐ Montar una unidad de gestión del conocimiento, integrada por los asesores de la

Comisión de Seguridad Pública.

‐ Estandarizar la fiscalización parlamentaria del Sistema Nacional de Seguridad

Ciudadana por medio de protocolos de procedimientos.

‐ Ampliar la interlocución del Parlamento con todos los subsistemas, con base en

los protocolos de procedimientos.

Dificultad para dar seguimiento al

cumplimiento de las leyes. Ninguna

Complicación para aplicar las técnicas de

fiscalización parlamentaria.

Ampliar los objetivos de fiscalización parlamentaria. En términos

generales, el Parlamento debe preocuparse de cuatro focos de interés:

‐ Control de las políticas

‐ Control de la organización.

‐ Control del desempeño.

‐ Control de la ejecución presupuestaria

Vinculaciones escasas y poco

institucionalizadas. Ninguna

Fuente: OEA- 2012

Diagnóstico #1: “Diagnóstico a la Policía Nacional de Honduras”

LÍNEAS PROBLEMAS FRECUENCIA

ASPECTOS ORGANIZACIONALES DE LA PNH 25

SEGURIDAD CIUDADANA 9

TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL 22

ORGANIZACIONES 8

VÍA AÉREA 4

VÍA MARÍTIMA

PRECURSORES, SUSTANCIAS QUÍMICAS Y DROGAS DE SÍNTESIS 1

PRODUCCIÓN Y CULTIVOS ILÍCITOS 0

NARCOMENUDEO 6

ANTISECUESTRO Y ANTIEXTORSIÓN 6

INVESTIGACIÓN CRIMINAL 16

DELITOS TRANSNACIONALES 8

INTELIGENCIA POLICIAL 21

SISTEMA EDUCATIVO POLICIAL 9

TOTAL 135 Fuente: Policía Nacional de Colombia (Junio, 2010). “Diagnóstico a la Policía Nacional de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C.; Honduras, C .A.: República de Colombia.

Diagnóstico #2: “Lineamientos Generales de Asistencia Técnica para el Fortalecimiento de la Policía Nacional de Honduras”

“Policía con un marco legal y reglamentario deficiente, con urgentes necesidades de diseñar e implementar un plan estratégico y otro de desarrollo institucional. Institución que funciona en un contexto de crecientes demandas y criticas ciudadanas ante los elevados niveles de corrupción, criminalidad y

violencia, y una capacidad técnica disfuncional a la necesidad de dar respuesta al combate del delito. Organismo con importantes necesidades de mejora en:

administración y gestión interna, promoción y remoción de personal, formación y doctrina institucional.” (Ministerio del Interior y Seguridad

Pública de Chile, 2012).

Fuente: Carabineros de Chile (Marzo, 2012). “Lineamientos Generales de Asistencia Técnica para el fortalecimiento de la Policía Nacional de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C; Francisco Morazán, Honduras, C.A.: Apoyo de la República de chile a la república de Honduras.

Diagnóstico #3: Informe Síntesis Sobre el sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de

Honduras

Sis

tem

a d

e S

eg

uri

dad

Ciu

dad

an

a d

e H

on

du

ras

Subsistema 1:

Secretaría de Seguridad

Subsistema 2:

Policía Nacional

Subsistema 3:

Sistema Penitenciario

Subsistema 4:

Poder Judicial

Subsistema 5:

Ministerio Público

Subsistema 6:

Seguridad Privada

Subsistema 7:

Parlamento

Fuente: Organización de los Estados Americanos (Marzo, 2012). “Un Examen del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C.; Honduras, C.A.: OEA. S

ub

secto

res d

e S

eg

uri

dad

:

MInisterio de Seguridad Pública

Ministerio de Justicia

Ministerio de Defensa

Policía

Fuerzas Armadas

Sistema Penitenciario

Seguridad Privada

Parlamentos

Gobiernos Locales

Juntas, Consejos, comités del Poder Ejecutivo

Autoridades Administrativas

Su

bsecto

res d

e D

esarr

oll

o:

MInisterio de Salud

MInisterio de Desarrollo Económico

MInisterio de Desarrollo Social

MInisterio de Educación

Ministerio de Vivienda

Sociedad Civl Organizada

Empresa Privada

Diagnóstico #3: Informe Síntesis Sobre el sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de Honduras

LÍNEAS PROBLEMÁTICAS FRECUENCIA

SECRETARÍA DE SEGURIDAD 10

POLICÍA NACIONAL 24

SISTEMA PENITENCIARIO 9

PODER JUDICIAL 6

MINISTERIO PÚBLICO 7

SEGURIDAD PRIVADA 10

EL PARLAMENTO 5

MARCO LEGAL 1

TÉCNICAS ESPECIALES DE INVESTIGACIÓN 1

COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Y EXTRADICIÓN 1

REGLAMENTACIÓN DE INSTRUMENTOS OPERATIVOS 1

INTELIGENCIA POLICIAL 4

GENERAL 0

TOTAL 79

Fuente: Organización de los Estados Americanos (Marzo, 2012). “Un Examen del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C.; Honduras, C.A.: OEA.

Diagnostico #4: Evaluación del Ministerio Público; República de Honduras

LÍNEAS PROBLEMÁTICAS FRECUENCIA

INVESTIGACIÓN Y PERSECUCIÓN CRIMINAL 14

RECLUTAMIENTO Y FORMACIÓN 9

USO EFECTIVO DEL PRESUPUESTO. 1

LA ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN 8

CONTROL Y SANCIÓN 1

TOTAL 33

Fuente: Grupo consultor Embajada EEUU (Enero, 2013). “Evaluación del Ministerio Público República de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C.; Honduras, C.A.

Conclusión #1

• Es evidente, que el reto para el Estado de Honduras quedó bastante claro luego de recibir estos documentos que

significaron en su momento una clara radiografía de la condición y situación de la institucionalidad en materia de seguridad, en

adelante se requiere construir solución concreta a estos problemas como líneas prioritarias de acción.

FASE III .- Emisión Legislativa

Emisión Legislativa en Seguridad Ciudadana Enero 2010-Diciembre2015

5

18

19

17

14

3

6.5

789

473

68

23.6

84

210

53

25

22.3

68

421

05

18.4

2105

263

3.9

473

68

421

AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014 AÑO 2015

CONGRESO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS EMISIONES LEGISLATIVAS

PERIODO ENE2010 -DIC2015 N=76

Emisiones Legislativas Porcentaje

Ley Sobre Privación Definitiva de Dominio de Bienes de Origen Ilícito

Identificación, recaudación y aseguramiento

de Bienes

Procedimiento especial

Facultades y actuaciones de operadores de

justicia

Obligaciones de personas naturales y

jurídicas

Meanismos legales de

protección de derechos de

personas afectadas

Aplicación de técnicas

especiales de investigación

Ley de Disponibilidad Emergente de Activos Incautados

Fuente: Decreto No. 235 - 2010

26 .

6

26 .

7

26 .

6

10

10

0 5 10 15 20 25 30

MINISTERIO PÚBLICO

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL

SECRETARIA DE ESTADO DESPACHO PRESIDENCIAL (BONO 10,000)

SECRETARÍA DE ESTADO DEL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL (PROGRAMA NACIONAL …

GRÁFICO No. 02. - ASIGNACIÓN EMERGENTE DE BIENES INCAUTADOS

DECRETO NO. 235 - 2010 N= 100%

Ley Especial de Órganos Jurisdiccionales con competencia Territorial Nacional en Materia Penal

No. DELITOS DE CRIMEN ORGANIZADO

1 Asesinato

2 Todos los delitos relacionados al tráfico de drogas regulados en la ley de Uso

Indebido y Tráfico Ilícito de drogas y sustancias psicotrópicas

3 Secuestro

4 Robo de vehículo

5 Lavado de activos

6 Trata de personas

7 Explotación sexual comercial

8 Terrorismo

9 Forestales

Ley de Seguridad Poblacional

No. TEMAS DE REGULACIÓN

1 CONTRIBUCIÓN ESPECIAL POR TRANSACCIONES FINANCIERAS

PROSEGURIDAD POBLACIONAL

2 CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE LA TELEFONÍA

3 CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE

4 PORTABILIDAD NUMÉRICA

5 REGULARIZACIÓN DEL REGISTRO Y PORTACIÓN DE ARMAS

6 FIDEICOMISO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE PROTECCIÓN

Y SEGURIDAD POBLACIONAL

Ley de Seguridad Alimentaria o Nutricional Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria

INSTITUCIONES ORGANIZACIONES

1. Secretario de Estado en el Despacho Presidencial

2. Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo

Social

3. Secretario de Estado en el Despacho de Agricultura

y ganadería

4. Secretario de Estado en el Despacho de Recursos

Naturales y Ambiente

1. Secretario de Estado en el Despacho de Salud

2. Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas

3. Secretario Técnico de Planificación y Cooperación

Externa

4. Consejo Nacional de Educación

1. Representante de Organizaciones no

Gubernamentales de Desarrollo

1. Consejo Hondureño de Empresa Privada

2. Confederaciones de

Trabajadores de Honduras (CGT, CTH, CUTH)

1. Organizaciones Campesinas de Honduras

(COCOTH, CTC, CNC,

ANACH)

Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutriciónal

Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria y

Nutricional

Comisión de Vigilancia de Seguriad Alimentaria y

Nutricional

Comité Técnico Interinstitucional d

Seguridad Alimentaria y Nutricional (COTISAN)

Unidad Técnica de Seguridad Alimentaria y

Nutricional (UTSAN) Dependiencia de la

Secretaria de Estado del Despacho Presidencial

Reforma a la Constitución de la República en sus artículos 71 y 92.- extender el plazo de detención e incomunicación de personas que son investigadas por la comisión de un delito, el plazo establecido hasta ese momento eran 24 horas y se extendió a 48 horas para ampliar la

oportunidad a la policía y la fiscalía de obtener los elementos probatorios necesarios

Delitos de

investigación

compleja,

Multiplicidad de

hechos relacionados,

Dificultad en la

obtención de

pruebas,

Elevado número de

imputados o víctimas

Coordinación de Operativos en Estado de Emergencia de Seguridad Pública- HN-2011

ACOMPAÑAMIENTO LEGAL

EJECUCIÓN OPERATIVA

COORDINACIÓN

Presidente de la República

- Secretario de Seguridad

) Estado Mayor (

- Secretario de Defensa

( Estado Mayor )

FFAA Ministerio Público

Policia Nacional

Fiscalia MP

Reformas de la Ley Orgánica de la Policía Nacional de Honduras.

No. REFORMAS

1 La obligación del Secretario de Estado en el Despacho

de Seguridad de convocar al CONASIN cada

trimestre, y se estableció una sanción penal en caso

de incumplir esta función

2 Se agrega la facultad al CONASIN de seleccionar en

audiencia pública, una nómina de 3 a 5 candidatos

dentro de los cuales el Presidente de la República

nombrará al Director de la Dirección de Investigación

y Evaluación de la Carrera Policial (DIECP).

3 La DIECP establecerá mecanismos necesarios para

que la población pueda hacer denuncias contra

miembros de la carrera policial

4 Se incluye la “embriaguez científicamente probada” como falta grave

en el proceso disciplinario policial; al igual que el uso de drogas y

estupefacientes; y los casos de negligencia policial en el manejo de la

cadena de custodia de cualquier evidencia.

5 Requisitos para ser Director de la DIECP

6 Facultar a la DIECP para aplicar las pruebas de confianza y el proceso

de certificación policial

7 Asignación presupuestaria a la DIECP de 30 millones de lempiras anuales

8 Los bienes y empleados (que aprueben sus pruebas de confianza) de la

Dirección de Asuntos Internos de la PNH pasarán a ser parte del patrimonio

de la DIECP

Estructura del Comité Técnico del Fideicomiso de Ley de Seguridad Poblacional

COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICO MISO

Director Técnico

( Designado por el Presidente

de la República)

Director del Comité Técnico

( Designado por el COHEP )

Director Técnico

( Designado por el FONAC )

Ley Especial del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad

• Está compuesto por los otros dos poderes del Estado: el presidente del Congreso Nacional, y El presidente de la corte Suprema de Justicia; además del Ministerio Público a través de su Fiscal General; y los Secretarios de Estado en los Despachos de Seguridad, y Defensa Nacional; y tiene como principal finalidad, diseñar estrategias de prevención, combate, investigación y sanción de las conductas delictivas. Las cinco funciones del consejo, se orientan a diseñar y ejecutar las políticas públicas de seguridad, defensa e inteligencia.

Ley del Voluntariado

• Para fortalecer la participación ciudadana a través del voluntariado comprometido a defender intereses de personas y grupos que se encuentran en situación de vulnerabilidad; el servicio de voluntariado se enmarca en las acciones de asociaciones sin fines de lucro, corporaciones municipales, programas de filantropía empresarial, y en cualquier forma de agrupación no lucrativa, y en organismos estatales.

Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial

• Atribuciones más importantes del Consejo se encuentran:

• a) la organización financiera y administrativa del poder judicial,

• b) nombrar y remover magistrados de cortes de apelaciones y jueces,

• c) ejercer el régimen disciplinario de los miembros de la carrera judicial, y

• d) dirigir la carrera judicial, escuela judicial e inspectoría de tribunales.

Con estas medidas se fortalecería la certificación y depuración del poder judicial que aún está pendiente.

Ley Especial Sobre Intervención de las Comunicaciones Privadas

• Herramienta excepcional de investigación criminal como forma del fortalecimiento de la Lucha contra la criminalidad tradicional y criminalidad organizada y no convencional. Se crea la Unidad de Intervención de Comunicaciones (UIC) como dependencia de la Dirección Nacional e Investigación e Inteligencia.

• La información adquirida por este medio puede ser:

• a) documentos,

• b) cintas de audio y video,

• c) objetos,

• d) sonidos, e

• e) imágenes;

Además se establece la obligación de implementar la respectiva cadena de custodia para procesar estas evidencias; y la respectiva sanción penal a los funcionarios que realicen esta actividad de investigación sin cumplir con todos los requisitos de ley.

Reforma de cuatro artículos de la Ley de Orgánica de la Policía Nacional

• Se implementan como causales de separación de su cargo a miembros policiales que se encuentren cometiendo delito infraganti o cuando sobre ellos exista auto de formal prisión por delito doloso. También se descarga a la Secretaria de Seguridad la responsabilidad de practicar el proceso de defensa o audiencias de descargo en los casos en que los miembros policiales ya hayan sido investigados por la DIECP por delitos o faltas de las cuales se derive responsabilidad penal

Acuerdo de Cooperación para la Prevención y Represión del Lavado de Activos derivado de cualquier actividad ilícita entre el

gobierno de la República de Honduras y el gobierno de la República de Perú

Prevenir y reprimir el Lavado de activos en

las Instituciones financieras

Prevenir y reprimir el lavado de activos en cualquier

modalidad de Comercialización

Internacional de Bienes, servicios y transferencia de

tecnología

Prevenir y reprimir el lavado de activos a través de

movilidad física de capitales desde o hacia las fronteras

territoriales

Cooperación técnica

Reforma al Código Penal en su artículo 222

• Se incorpora los tipos penales de la “extorsión” y el “chantaje”; y se establece su respectiva sanción; como herramienta legal para que la policía, fiscalía y tribunales de justicia enfrenten esta modalidad criminal de tendencia creciente en el país.

Ley de Disponibilidad Emergente de Bienes Incautados

• Con la finalidad de poner utilizar estos recursos y asignarlos a las instituciones que conforman el sector seguridad-justicia: Ministerio Público, Policía Nacional de Honduras, Secretaría de Defensa, Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, y Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia.

Ley de Especial para la Depuración Policial • Se declaró un “estado de emergencia nacional en materia de seguridad

pública”, con la finalidad de iniciar un proceso expedito y confiable de depuración policial. Para lograr este objetivo se le brindaron facultades excepcionales temporales (6 meses) al Director General de la Policía Nacional de Honduras en coordinación con el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad.

• Estas facultades implementaron como causal de despido inmediato la reprobación de pruebas de confianza por parte de los miembros policiales; la misma medida se aplicará a quienes reprueben las evaluaciones de rendimiento y desempeño. Estas acciones no representan “responsabilidad patrimonial” para el Estado de Honduras, o responsabilidad civil, administrativa o penal para los funcionarios que aplican el presente ley; quedando estos con la sola obligación de notificar en tiempo y forma los despidos al CONASIN.

Reforma a la Ley Especial de Intervención de la Comunicaciones Privadas en sus artículos 37 y 56

• Establece la obligación para las empresas e instituciones que rindan servicios de comunicaciones, para que realicen un registro de todos sus clientes prepago, postpago, y todos sus clientes en general. Se prohibieron las transacciones sin la identificación plena del cliente y se implementó la obligación de establecer un registro numérico de tarjetas SIM con la validación de datos por parte del Registro Nacional de las Personas

Ley Contra la Trata de Personas Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CISESCT)

No. Miembros Integrantes CISESCT

1 Secretaría de Estado en los despachos de Justicia y Derechos Humanos

2 Corte Suprema de Justicia

3 Congreso Nacional (comisión asignada al tema)

4 Ministerio Público

5 Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

6 Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas

7 Secretaría de Estado en el Despacho del Interior y Población

8 Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores

9 Secretaría de Estado en el Despacho de Educación

10 Secretaría de Estado en el Despacho de Salud

11 Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social

12 Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social

13 Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo

14 Secretaría Técnica de Planificación y Cooperación Externa

15 Secretaría de Estado en el Despacho de Pueblos Indígenas y Afrodescendientes

16 Comisionado Nacional de los Derechos Humanos

17 Instituto Hondureño de la Niñez y Familia (ahora DINAF)

18 Instituto Nacional de la Juventud

19 Instituto Nacional de la Mujer

20 Comisionados Regionales Presidenciales

21 Asociación de municipios de Honduras (AMHON)

22 Representante de Organizaciones No Gubernamentales que trabajan en el tema

Prohibición de transportarse dos personas en motocicleta con armas de fuego

• Excepción de Ley: a menos que se trate de una mujer y un menor de 12 años. Además quedan prohibida la portación de armas de fuego en motocicleta; y se implementan las correspondientes infracciones pecuniarias.

Reforma al Código Penal en su artículo 333

• Se incluye el tipo penal del delito de “Desaparición Forzada” con su respectiva sanción. Dado que la legislación interna debe adecuarse a los tratados y convenios internacionales, en este caso la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas.

Convenio de Cooperación entre la República de Honduras y la República de Perú

Combate al Narcotráfico

Intercambio de

Información

Establecer medidas para la prevención y el

control del lavado de activos y

financiamiento del terrorismo y

delitos conexos

Fiscalización sanitaria

Asistencia Técnica

Acciones coordinadas

en materia de Interdicción

Establecimento de Comisión

Mixta Peruano - Hondureña de

Lucha contra las Drogas

Reserva de la Información

Sensible

Reforma a la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Similares

• En casos de irrupción de la paz en espacios públicos; las autoridades correspondientes podrán implementar medidas concernientes a la prohibición de portación de armas en todo el territorio nacional, regiones y subregiones específicas. Con carácter transitorio de prohíbe la portación en lugares públicos o en transporte en vehículos de armas de fuego en el departamento de Colón.

Ley del Sistema Penitenciario Nacional Consejo técnico Interdisciplinario, conformado por profesionales de la medicina, psiquiatría, psicología, derecho,

trabajadores sociales, para hacer evaluación y propuesta permanente al SNP.

SISTEMA PENITENCIARIO NACIONAL

Instituto Nacional

Penitenciario ( INP )

Establecimientos

Penitenciarios

Reforma la Ley Orgánica de la Policía Nacional de Honduras

• Se faculta a la DIECP a practicar las pruebas de confianza a los miembros policiales y amplía la facultad de realizar pruebas socio-patrimoniales a conyugues y familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Se amplían las atribuciones del Director General de la Policía y se establece la suspensión con goce de sueldo en el ejercicio de las funciones o cargo a los miembros policiales que hayan sido sometidos a procedimientos disciplinario o administrativos por cualquier falta grave.

• Por otra parte, fueron enviados a “disponibilidad” todos los funcionarios cuyas promociones son mayores en antigüedad a la del Director General; y a los miembros policiales a quienes se les haya dictado auto de formal prisión por delito doloso, y este fallo adquiera carácter de firme o haya sido confirmado por segunda instancia, quedarán suspendidos sin más trámite.

• Mientras que también se agregaron las causales de despido sin responsabilidad para el Estado, y se estableció el procedimiento de audiencias para esta modalidad de separación definitiva.

Reforma a la Ley de Seguridad Poblacional en su artículo 38

• Sobre la recaudación, fiscalización y cobro de contribuciones especiales, se autoriza a la Dirección Ejecutiva de Ingresos para que realice vigilancia sobre las transacciones del fondo de la Ley de Seguridad Poblacional y evitar así hechos fraudulentos o ilegítimos.

Reforma a la Constitución de la República en su artículo 205

JUICIO POLÍTICO

Etapa II: Discusión y Votación

Etapa I: Investigativa

Atribución del Congreso Nacional la realización del Juicio Político, procedimiento de aplicación a servidores públicos establecido en el artículo 234 de la Constitución de la República; además se establecen causales del juicio político para el Presidente de la República y sus designados presidenciales, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Diputados al Congreso Nacional, Parlamento Centroamericano y Corporaciones municipales, además de todos los servidores públicos electos por el Congreso

Nacional.

Reforma a la Constitución de la República en su artículo 279

• Solo puede ser Secretario de Estado en el Despacho de Defensa será un ciudadano que reúna los requisitos de la Constitución y las leyes, mientras que el Jefe del Estado Mayor Conjunto será un oficial General o Coronel de Armas o su equivalente, en servicio activo con mérito y liderazgo.

• También se ratifica la prohibición de opción a este cargo para los parientes del presidente de la República (o sus sustitutos legales) hasta su cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Reforma a la Constitución de la República en su artículo 189 y 205

• Se establece la prórroga de reuniones del Congreso Nacional en sus reuniones del 25 de enero de cada año, bien sea por petición de uno de sus miembros o a petición del presidente del poder ejecutivo.

• También se extiende al CN la atribución de emitir la Ley Orgánica del poder legislativo, y la aplicación de sanciones disciplinarias para quienes la infrinjan.

Decreto Ejecutivo No. PCM-002-2013

• El Presidente de la República amplia por un año el decreto de “estado de emergencia” en los centros penitenciarios del país.

Convenio de Financiamiento 5192-HN entre el Estado de Honduras y el Banco Mundial

• Por un monto de 9,800 millones de derechos especiales de giro, como fondo especial destinado a ejecutar el “Proyecto Municipios Más Seguros”.

• Las líneas de trabajo a fortalecer son las siguientes:

• a) Mejorar la capacidad de las autoridades nacionales y locales en la prevención de violencia,

• b) Atender los factores de riesgo relacionados con las municipalidades seleccionadas,

• c) Mejorar su capacidad para responder de manera oportuna y efectiva a una emergencia elegible.

• Este convenio permitirá el fortalecimiento de la Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad para la coordinación y seguimiento de policitas locales de seguridad ciudadana y su respectivo seguimiento; además del fortalecimiento del observatorio de la violencia respecto a su sistema de recolección de datos de la violencia que sirven de fundamento para la construcción de políticas publica de prevención de la violencia.

Reforma a la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas en sus artículos 40, 66 y 187

• a) El Jefe del Estado mayor conjunto será nombrado (por un periodo de 2 años) o removido libremente por el presidente de la república,

• b) Se redefinen las atribuciones de la junta de comandantes para el nombramiento de comisiones cívico-militares en el estudio de temas específicos de interés para las FFAA, y

• c) Se establece razón de separación o baja de oficiales, la decisión de la junta de comandantes debidamente justificada.

Emergencia Nacional en los Centros de Atención de la Niñez y la Familia

CO MISIÓN SUPERVISORA DE ASISTENCIA TÉCNICA AL

IHNFA

1 Secretaria de Estado en el Despacho de Justicia y

Derechos Humanos

2 Secretaria de Estado en el Despacho de Salud

3 Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas

4 Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS)

5 Instituto Nacional dela Juventud

6 Asociación de Municipio de Honduras (AMHON)

7 Coordinadora de Instituciones Privadas Pro Niñas, niños

y sus derechos (COIPRODEN)

Fueron 3 las funciones de la comisión: a) El acompañamiento a la dirección del

IHNFA para identificar las prioridades a atender en el marco del decreto de estado de emergencia;

b) Supervisar y emitir recomendaciones al IHNFA, y

c) Participar en la definición de las normas de supervisión, control o intervención para la operación y funcionamiento de los centros de atención a la niñez.

POLÍTICA PÚBLICA

• Aprobación de la Política Pública y Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos.- para contribuir al goce y ejercicio de los derechos humanos de las personas en honduras, atendiendo las situaciones generadoras de violaciones a derechos humanos particularmente la inseguridad ciudadana.

• Aprobación de la Política Nacional de Prevención de Violencia hacia la Niñez y la Juventud.- para fortalecer las capacidades y acciones del Estado en colaboración con la sociedad civil. De esta forma se pretende prevenir factores de riesgo que generan violencia y su vinculación con delitos, criminalidad y conflictos

Reforma de la Ley Orgánica de la Policía Nacional

• Los grados policiales solo se pueden adquirir de acuerdo a riguroso ascenso; además se reafirma que los policías no pueden ser despojados de sus grados, honores y pensiones conforme a la ley. los oficiales puestos en “disponibilidad” podrán ser retirados luego de 6 meses de estar en esa condición, por petición del Director General de la Policía al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad. También se deroga el decreto

• 202-2012, en parte de su contenido sobre la condición de “disponibilidad de los oficiales de policía.

Ley de Inteligencia Nacional

Ley de Intervención del Ministerio Público Las ocho funciones de la Comisión Interventora incluyen:

• a) realizar el diagnóstico integral de la institución,

• b) realizar evaluación y depuración de todas las estructuras del MP,

• c) definir y ejecutar esquema legal de selección de personal calificado,

• d) ejecutar reordenamiento de las direcciones y fiscalía especiales, regionales, departamentales y cualquier dependencia,

• e) definir las políticas a corto, mediano y largo plazo de la institución,

• f) investigar todo acto o denuncia contra cualquier miembro de la institución,

• g) contratar, nombrar, sustituir, rotar, cancelar cualquier miembro de la institución como resultado de las evaluaciones y requerimientos, y

• h) cualquier acción orientada al cumplimiento de objetivos y metas institucionales.

Ley de Patronatos y Asociaciones Comunitarias

• Se abren espacios de participación comunitaria en la autogestión de sus necesidades.

• Los patronatos son libres en la toma de decisiones y sobre sus “programas de seguridad pública”, pueden celebrar convenios de seguridad pública a favor de su propia comunidad con las municipalidades, con la Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad y otras entidades nacionales.

• Podrán compartir gastos referente a costos por formación de policías municipales o de la policía nacional, además de gastos por la logística que requieren los servicios solicitados

Ley de Protección de los Hondureños Migrantes y sus Familiares

• Establecer normas y condiciones para que los hondureños en el exterior gocen y cumplan sus derechos y obligaciones constitucionales

• Establece el marco legal para que el Estado de Honduras ejerza su acción protectora a derechos, garantía constitucionales y respeto a derechos humanos de hondureños en el exterior

• Apoyar mecanismos para el Combate al tráfico de personas y redes delictivas de migración clandestina y explotación de menores y mujeres

• Cuantificar periódicamente el número de hondureños en el extranjero, condición humana, actividad a la que se dedican y su situación migratoria

• Apoyar legal y económicamente a todo hondureño que haya sido acusado de delito en el extranjero

• Velar por el cumplimiento de la acción protectora del Estado a hondureños en el extranjero en situación de calamidad

• Promover acuerdos bilaterales o multilaterales sobre la regularización de hondureños migrantes, su situación en centros de detención o centros penales, cumplimento de condenas, deportación, repatriación o retorno voluntario.

• Promover reducción significativa de costos de remesas

• Incentivar el uso de remesas en inversión en capital humano, actividades productivas e infraestructura social comunitaria

• Configurar políticas y programas de retorno, a fin de facilitar su integración

• Establecer obligatoriamente la coordinación intergubernamental e intersectorial entre los Organismos con responsabilidad por los migrantes y las ONG´s de DDHH

Ley de Protección de la Soberanía del Espacio Aéreo

• Serán declaradas en violación al Convenio sobre Aviación Civil Internacional y Amenaza a la Seguridad Nacional, por lo que se autoriza la medida de “neutralización definitiva” a todas las aeronaves que luego de la aplicación del procedimiento previo en sus fases de:

• a) indagación,

• b) interceptación,

• c) convencimiento, y

• d) persuasión.

Siempre que persistan actos de violación al convenio

Ley General de la Superintendencia para la Aplicación de Pruebas de Evaluación de Confianza

• Se crea la superintendencia como una dependencia del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, con independencia técnica, funcional, administrativa y presupuestaria, referente a la tarea de aplicar las pruebas de confianza a los servidores públicos de las siguientes instituciones:

• a) Policía Nacional,

• b) Ministerio Público,

• c) Poder Judicial,

• d) Fuerzas Armadas, y

• Otros sujetos a dichas pruebas.

• Con esta ley, también se establece la transición de la Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial (DIECP), funcionará hasta que entre en funciones la Superintendencia creada a la cual le remitirá todos sus registros (físicos, electrónicos, bases de datos), documentos, antecedentes e información y demás pruebas con que cuente en relación a los miembros de la carrera policial.

Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad Nacional65

Toda solicitud de clasificación de información debe dirigirse directamente al Consejo Nacional de Seguridad y Defensa por los titulares de cada institución que lo conforman.

Además se establece temporalidad de 5, 10, 15 y 25 años como límites para la desclasificación.

Ley de Limitación de Telefonía Móvil Celular y Comunicaciones Personales (PCS) en Centros

Penales a Nivel Nacional

• Se prohíbe a los operadores de la telefonía móvil del país prestar servicios en los espacios físicos en donde están ubicados los centros o granjas penales, y los centros de internamiento de menores.

Ley de Protección Especial de Funcionarios y Exfuncionarios en Riesgo Extraordinario

CATEGORÍA UNO CATEGORÍA DOS CATEGORIA TRES

•Presidente y expresidentes de la República

•Presidente y expresidente del Congreso Nacional

•Presidente y expresidente de la Corte Surema de Justicia

•FiscalGeneraldela República, Fiscal General Adjunto y Exfiscales Generales de la República

•Secretarios y Exsecretarios de Estado en el Despacho de Seguridad y Defensa

•Presidente y

Expresidentes de la Comisión

de Seguridad del Congreso

Nacional

•Director y

Exdirectores

Nacionales de la

Dirección Nacional de la

Investigación e

Inteligencia •Jefe y Exjefes del Estado Mayor Conjunto de las FFAA

•Director y Exdirectores de la Policia Nacional

•Jueces con Competencia Nacional

•Fiscales Especiales contra Crimen Organizado

•Otros funcionarios cuyas funciones los coloquen en riesgos extraordinarios y extremos contra su integridad

Reforma a la Ley contra la Violencia Doméstica

• Se establece el derecho de las personas víctimas de violencia domestica a no ser confrontadas con el denunciado sino está en condiciones emocionales para ello.

Reforma al Código Procesal Penal, en su artículo 237

• Sobre la figura penal de la protección de testigos siempre y cuando exista fundamento racional de peligro grave para una persona, (la protección se extiende también a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, cónyuge o compañero de hogar); siempre que intervenga en el proceso penal como:

• a) denunciante,

• b) víctima,

• c) testigo o perito.

• También se determina la participación en juicio de estas personas en situación de vulnerabilidad a través de la cámara unidireccional o cámara gessel para proteger la identidad de estas personas.

Reforma al Código de Familia

• Se establece el “régimen de económico de sociedad ganancial” como régimen económico matrimonial en ausencia de capitulaciones. Esto permite a ambos cónyuges tener acceso a los bienes muebles o inmuebles obtenidos durante el matrimonio, y que serán repartidos exactamente a la mitad en caso de disolución del matrimonio o divorcio.

Ley del Sistema Nacional de Emergencias

Sistemas de Emergencias y coordinaciones de Operaciones de Tegucigalpa

( CECOP - T

G

)

Sede principal

Sistemas de Emergencias y coordinaciones de Operaciones de San Pedro

Sula

( CECOP - SPS )

Respaldo a sede principal

Centro de OPeraciones

Institucionales

( COI )

En cada institución integrante

Bases de Operación

Institucional ( BOI )

Cualquier Instalación a niel nacional

Centro de Control y

Mando Móvil ( CCM )

Vehículo de intervención

rápida

Centro de Excelencia Formativa

Formación y certificación de personal

Otras Unidades de apoyo

ÁREAS DE DESAFÍO Marco Legal.- Legislación para:

a) Persecución Penal de la Corrupción

b) Establecimiento de mecanismos de Prevención de la corrupción

Marco Político.-

a) Política Pública contra la Corrupción

b) Política Pública Integral de Seguridad ciudadana

Reforma Institucional.-

a) Depuración institucional

b) Reducir al mínimo la mora policial, fiscal y judicial

c) Fortalecimiento de Interinstitucionalidad de la prevención,

d) Fortalecimiento de Interinstititucionalidad de la transparencia y el combate a la corrupción

e) Revisión y actualización de protocolos de trabajo

f) Implementación de superintendencia que investigue carrera policial, fiscal y judicial

Esfuerzos Antidroga.-

a) Control y prevención del Narcomenudeo a nivel de barrios y

b) Desmotivación de la demanda

c) Programas de atención de adicciones y rehabilitación

Extradiciones de capos y corruptos.-

a) Fortalecimiento de investigación,

b) Gestión en tribunales y judicialización

Fortalecimiento de Ciudadanía.-

a) Cultura de la prevención de la violencia, el crimen y la corrupción,

b) Auditoria social permanente sobre seguridad ciudadana.

Presupuestos.-

a) Equilibrio presupuestario al Ministerio púbico y la CSJ en relación a Secretaria de Seguridad y Defensa

b) Rendición de cuentas de cinco vías de presupuesto de seguridad: Presupuesto Nacional, Tributo de Seguridad, Cooperación externa, Bienes Incautados y Donaciones.

c) Activar mecanismos permanentes de auditoria sobre Rendición de Cuentas y patrimonios de Servidores Públicos de la seguridad

d) Revisión de procesos de adquisiciones de productos, bienes y servicios para el eje de seguridad

Gracias