l09 los auditores sometidos a auditoría jurídica

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LECTURA “LOS AUDITORES SOMETIDOS A AUDITORIA JURIDICA” Lectura Nº 9 CURSO : Derecho Empresarial DOCENTE : Ing. Pedro Villavicencio Guardia ALUMNO : GONZALES ALVARADO, Christian HUANUCO-2013

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los auditores sometidos a auditoría jurídica

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Page 1: L09 los auditores sometidos a auditoría jurídica

LECTURA “LOS AUDITORES SOMETIDOS A AUDITORIA JURIDICA”

Lectura Nº 9

CURSO : Derecho Empresarial

DOCENTE : Ing. Pedro Villavicencio Guardia

ALUMNO : GONZALES ALVARADO, Christian

HUANUCO-2013

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Cuando el 8 de setiembre de 1991 se publicó en el diario el Peruano el DecretoLegislativoNº635 que promulgaba un nuevo Código Penal en el Perú, este conteníalos artículos 198 y 245 con los siguientes textos:“Artículos 198, Administración Fraudulenta”Sera reprimida con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatroaños el que ,en su condición de fundador, miembro del directorio o del consejo deadministración o del consejo de vigilancia, gerente, administrador o liquidador deuna persona jurídica, realiza, en perjuicio de ella cualquiera de los siguientes actos.

La Norma Originaria

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1. Ocultar a los accionistas, socios, asociados la verdadera situación de la personajuridica,falseando los balances reflejando u omitiendo en los mismos beneficios yperdidas.

2. Proporcionar datos falsos relativos a la situación de una persona jurídica3. Proponer por cualquier medio fraudulentos, falsas cotizaciones de acciones

títulos.4. Aceptar, estando prohibido hacerlo acciones o títulos de la misma persona jurídica

como garantía de crédito5. Fraguar Balances para reflejar y distribuir utilidades inexistentes6. Omitir comunicar al directorio, consejo de administracion,consejo directivo u otro

organo similar,acerca de la existencia de intereses propios7. Asumir prestamos para la persona juridica8. Usar,en provecho propio o de otro el patrimono de la persona“Artículo 245, Ocultamiento, omisión o falsedad de información”El director, gerente, administrador, representante legal o funcionario de unainstitución bancaria, financiera u otra que opere con fondos públicos, que con elpropósito de ocultar situaciones de iliquidez o insolvencia de la institución, omitao niegue proporcionar información o proporcione datos falsos a las autoridadesde control y regulación será reprimido con pena privativa de la libertad no menorde dos ni mayor de seis años.

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Caso Enron

El 2 de Diciembre del 2001, el mundo corporativo se estremecía con lasolicitud de sometimiento a la legislación de protección por bancarrota hastala entonces la compañía monstruosa estadounidense Enron; se ha sustentadoun fraude financiero en prácticas ilegales contables, como el maquillaje de lasperdidas y la exageración de los beneficios.

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El caso Enron y relación Arthur AndersenEl escandalo de Enron si no que se extendió fuera de ella y alcanzo a la que porentonces era la mayor empresa de auditoria del mundo: Arthur Andersen, unaorganización de servicios profesionales integrados, con cerca de 90 años de historia ypresencia en mas de 100 ciudades en el mundo, se había encargado de auditar lainformación contable de Enron.

Fue condenado por los delitos de obstrucción a la justicia y de destrucción y alteraciónde documentos relacionados con la quiebra de Enron y las irregularidades cometidaspor dicha compañía.

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El caso Enron fue una lección de aprendizaje con sangre. Recién a partir deentonces se presto atención a la teoría de corporate governance, a la supervisiónestatal de las empresas cotizadas ,a la función de los administradores, al rol delos auditores y a la importancia de la contabilidad.En Estados Unidos de América se dicto el 30 de Julio del 2002 la ley de reformade la Contabilidad Publica de empresas y de protección al inversionistas.

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La norma Modificada

Con la citada Ley Nº28755, los artículos 198 y 245 del código Penal mostraron lossiguientes nuevos textos.“Artículos 198, Administración Fraudulenta”Sera reprimida con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor decuatro años el que ,en su condición de fundador, miembro del directorio o delconsejo de administración o del consejo de vigilancia, gerente, administrador ,auditor interno, auditor externo o liquidador de una persona jurídica, realiza, enperjuicio de ella cualquiera de los siguientes actos.“Artículo 245, Ocultamiento, omisión o falsedad de información”El director, gerente, administrador, representante legal miembro del consejo deadministración, miembro del consejo de vigilancia ,miembro del comité decrédito, auditor interno, auditor externo, liquidador o funcionario de unainstitución bancaria, financiera u otra que opere con fondos públicos, que con elpropósito de ocultar situaciones de iliquidez o insolvencia de la institución, omitao niegue proporcionar información o proporcione datos falsos a las autoridadesde control y regulación será reprimido con pena privativa de la libertad no menorde dos ni mayor de seis años.

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Las reacciones contra la norma modificada; Las reacciones contra lamencionada Ley 28755 no se hicieron esperar. Así por ejemplo el decanodel Colegio de Contadores Públicos de Lima, critico que la norma “sub-examine ”incorpore a los contadores en función de auditores internos yexternos como si fuesen parte o empleados de la empresa que auditan,“agregando en tal sentido” que los auditores podrían ser culpables por losmalos estados financieros de las empresas que auditan lo cual no tienerazón de ser”

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La nueva Norma Los proyectos de ley Nº01332/2006-CRy Nº 02225/2007-CR dieron lugar ala ley Nº 29307 publicadas recientemente en el diario el Peruano el 31 dediciembre del 2008 mediante la cual se modifican los artículos 198 y 245del código penal e incorpore el artículo 198-A al mismo texto legal comosigue:“Artículos 198, Administración Fraudulenta”Sera reprimida con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayorde cuatro años el que, ejerciendo funciones de administración orepresentación de persona jurídica, realiza, en perjuicio de ella o detercero cualquiera de los siguientes actos.“Artículo 245, Ocultamiento, omisión o falsedad de información”El que ejerce funciones de administración o representación de unainstitución bancaria, financiera u otra que opere con fondos públicos, quecon el propósito de ocultar situaciones de iliquidez o insolvencia de lainstitución, omita o niegue proporcionar información o proporcione datosfalsos a las autoridades de control y regulación será reprimido con penaprivativa de la libertad no menor de dos ni mayor de seis años.

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ANALISIS JURIDICO –SOCIETARIO-PENALEl caso Enron significo un llamado de atención para que como afirmamosanteriormente, se preste debida atención a la teoría corporategovernance, la supervisión estatal de las empresas cotizadas, la funciónde los administradores el rol delos auditores y la importancia de lacontabilidad.En tal sentido nos parece equivocada la ley Nº28755 incorporarse, alprimer párrafo del artículo 198 del código penal, como sujetos activosdel delito de administración fraudulenta al auditor interno y al auditorexterno.Articulo 190.Responsabilidad; El gerente es particularmente responsablepor. La existencia, regularidad y veracidad de los sistemas de contabilidad,

los libros que la ley ordena llevar a la sociedad y los demás libros. EL establecimiento y mantenimiento de una estructura de control

interno diseñado para proveer una seguridad razonable de que losactivos de la sociedad estén protegidos contra uso no autorizado.

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Articulo6.Responsabilidad de la empresa en los

exámenes de auditoria externa

El directorio, el comité de auditoria, cuando exista, y la gerencia son directamenteresponsables de proporcionar a la sociedad de auditoria externa contratada, lainformación y facilidades necesarias para que esta pueda realizar su labor de maneraadecuada independiente y oportuna.

Posteriormente se le imputa responsabilidad a la sociedad de auditoria respecto a larotación del socio y el equipo auditor.

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Artículo 3.Responsabilidad de la asamblea general y del consejo de administraciónPor último, en el plano estrictamente de la auditoria existe la NormaInternacional de Auditoria 240 titulada Responsabilidad del auditor deconsiderar fraude y error en una auditoria de estados financieros. Como aquíse sostiene al planear la auditoria, el auditor deberá hacer investigaciones conla administración para obtener una adecuada comprensión de la evaluación dela administración del riesgo de que los estados financieros puedan estarpresentados en forma errónea significativamente.