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JURISPRUDENCIA ELECTORAL SOBRE DERECHO PROCESAL Y SU IMPACTO EN EL ACCESO A LA JUSTICIA DE LAS MUJERES Dra. Roxana Silva Ch. Msc. Consejera Electoral Nacional

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Esta es una presentación para la reunión de Magistrados en Panamá a realizarse en busca de un análisis en transparencia, en ella encontrarán el caso de ecuador, casos de jurisprudencia con respecto al tema de género, datos de la realidad de Ecuador

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Page 1: Jurisprudencia electoral sobre derecho procesal y su impacto en el acceso a justicia de mujeres

JURISPRUDENCIA ELECTORAL SOBRE DERECHO PROCESAL Y SU IMPACTO EN EL ACCESO A LA JUSTICIA DE LAS MUJERES

Dra. Roxana Silva Ch. Msc.Consejera Electoral Nacional

Page 2: Jurisprudencia electoral sobre derecho procesal y su impacto en el acceso a justicia de mujeres

• Relegadas al especio privado• División del trabajo: productivo y reproductivo• Administración del hogar y crianza de los hijos

Como consecuencia, hemos dejado la esfera pública libre para que los hombres trabajen y se desarrollen invisibilizando a las mujeres

Rol tradicional de la mujer

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• El principio de igualdad ante la ley, se concreta en una igualdad formal y abstracta

• La ley no considera las diferencias entre hombres y mujeres

• Las diferencias están en el día a día de las mujeres, causando:• Exclusión• Impedimento al ejercicio de sus derechos

La ley y las mujeres

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Evolución normativa en Ecuador

En 1997 se promulga la primera ley de cuotas

En la Constitución de 1998 se introduce la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, el enfoque de género y la participación política de las mujeres con un mínimo porcentaje

En el 2000 la Ley de Cuotas fijó un 30% de candidatas mujeres en las listas, que incrementaría el 5% en cada proceso electoral hasta llegar a la representación equitativa del 50%

En la Constitución del 2008 se exige que las organizaciones políticas se organicen y funcionen democráticamente, garantizando la alternabilidad y paridad entre hombres y mujeres

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Precedentes de jurisprudencia con

enfoque de género en el Ecuador

• CASO: Myriam Patricia Pérez Santillán• Tesorera de campaña del Movimiento Rumiñahui Tierra Sagrada• Sancionada por no haber presentado el expediente de gasto

electoral • El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió acoger la

apelación de Myriam en base a:• Que era el único sustento para su familia y no pudo presentar

el expediente por situaciones laborales• La familia se debe desarrollar en forma integral• Ponderación de derechos y obligaciones Prima el derecho a

alimentación, educación, salud y vivienda de sus hijos, frente a la obligación de presentar las cuentas de campaña en la contienda electoral

Esta sentencia resalta una interpretación de la normativa jurídica con enfoque de género en el país.

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• CASO: Pastor Nelson Zavala Avellán• Candidato a la Presidencia de la República del Ecuador por el

Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE)• Sancionado por declaraciones discriminatorias en contra de la

comunidad GLBTTI• El Consejo Nacional Electoral (CNE) adoptó medidas preventivas

e instó al candidato de abstenerse de dar declaraciones ofensivas.

• El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) suspendió los derechos de participación política, así como una multa, por incumplimiento de la resolución del CNE.

• Las declaraciones del candidato Zavala incitaban al odio, a la discriminación e incluso a la violencia.

Esta sentencia resalta que la sola protección de los derechos de participación, no es suficiente para promover una democracia inclusiva y equitativa.

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Conclusiones

1. Ecuador ha tomado las medidas legislativas necesarias, para garantizar a las mujeres el derecho a la participación política, así como también a acceder a la justicia electoral como sujetos políticos

2. La acción afirmativa ha contribuido para que las mujeres ejerzan su derecho a la participación, pero falta un largo camino por recorrer

3. La fórmula paritaria, alternada y secuencial, para la integración de las directivas de las organizaciones políticas y para la conformación de listas para todas las elecciones pluripersonales, fue prevista en el artículo 65 de la Constitución ecuatoriana

4. Estamos trabajando en el diseño de un sistema electoral que facilite la representación paritaria en el resultado

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…Los últimos 5 años…Constitución del 2008

Art. 65: El Estado promoverá la representación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de nominación o designación de la función pública,

en sus instancias de dirección y decisión, y en los partidos y movimientos políticos. En las

candidaturas a las elecciones pluripersonales se respetará su participación alternada y secuencial. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa para garantizar la participación de los sectores

discriminados.

Art. 343: La estructura y funcionamiento de las

organizaciones políticas serán democráticos y garantizarán la alternabilidad, y conformación

paritaria entre mujeres y hombres en sus directivas. Aplicarán estos

principios en su conducta permanente

Código de la DemocraciaArt.160: Las listas de las candidaturas deben ser: equitativas, paritarias, alternadas y secuenciales.

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Conformación de las mujeres en los Congresos y Asamblea Nacional

1998 13.2% de mujeres 2000 20 % de mujeres 2002 17% de mujeres 2009 34% de mujeres 2013 46% de mujeres

 

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Política de inclusión del CNE

Por primera vez en la historia del Ecuador, se ha creado la Comisión Especial de Inclusión, mediante la Resolución PLE-CNE-4-1-11-2012 emitida por el Pleno del CNE, con fecha 1 de noviembre del 2012.

- Objetivo Generar insumos para adoptar medidas que garanticen la incorporación en igualdad de derechos a sectores tradicionalmente marginados, con un enfoque de paridad de género.

- Resultado El proceso electoral  de febrero de 2013 resalta como el más incluyente de la historia electoral del país, teniendo un 75% de personas con discapacidad que votaron.

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CANDIDATOS PRINCIPALES POR SEXO

SEGÚN TIPO DE DIGNIDAD

Page 13: Jurisprudencia electoral sobre derecho procesal y su impacto en el acceso a justicia de mujeres

AUTORIDADES ELECTAS 17 FEBRERO 2013 SEGÚN

DIGNIDADES Y SEXO

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PORCENTAJE DE PERSONAS QUE EJERCIERON EL DERECHO AL VOTO EL

17 FEBRERO 2013SEGÚN SEXO

Page 15: Jurisprudencia electoral sobre derecho procesal y su impacto en el acceso a justicia de mujeres

Conformación de la Asamblea Nacional 2013

Fuente: Indicadores de Género, Consejería de la Dra. Roxana Silva, Consejo Nacional Electoral

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Dra. Roxana Silva Ch. MSc.

GRACIAS

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