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MINISTERIO DE HACIENDA OFICINA DE PARTES RECIBIDO 7 5 5 CONTRALORIA GENERAL TOMA DE RAZON RECEPCION DEPART. JURIDICO DEP T.R. Y REGISTRO DEPART. CONTABIL. SUB. DEP. C. CENTRAL SUB. DEP. E. CUENTAS SUB. DEP C. P Y BIENES NAC. DEPART. AUDITORIA DEPART, V.O.P, U y T SUB, DEP. MUNICIP. REFRE N DACION REF. POR $ IMPUTAC ANOT. POR $ IMPUTAC DEDUC. DTO APRUEBA MODIFICACIÓN DE CONVENIO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS DEL ECUADOR Y GENDARMERÍA DE CHILE. jtoo., Gendannerfa de Chtte Meledenn de ite•tE: y Der,,,h, Hneve'n od JRF/ S/ /V 1 V/ /D6vg No 5387 /EXENTA SANTIAGO, 3 U JUN 2017 Hoy se resolvió lo que sigue: VISTOS: Estos antecedentes, y teniendo presente lo dispuesto en 1) El Decreto con Fuerza de Ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; 2) La Ley N° 19.880, de 2003, que Establece Bases de los Procedimiento Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; 3) La facultad que me confiere los artículos 5° y 6° N° 1, 2, 10 y 11, todos del D.L. N° 2.859, de 1979, del Ministerio de Justicia, que aprobó la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; 4) El Decreto Supremo N° 578, de fecha 15 de Julio de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que nombra Director Nacional de Gendarmería de Chile; 5) La Resolución Exenta N° 1750, de fecha 13 de febrero del año 2014, que aprobó el Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile; 6) Lo contemplado en la Resolución Exenta N° 1600, del 30 de octubre de 2008 y Resolución N° 10 del 27 de febrero de 2017, ambas de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón; REF: Aprueba Modificación de Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile. Dirección Nacional Unidad de Fiscalía Rosas N°1264, Santiago Fono 29163490. www.gendarnieria.c1 111111~11111111111111~111~1

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Page 1: jtoo., APRUEBA MODIFICACIÓN DE CONVENIO DE ...NA ONAL ARMERÍA E CHILE II.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA: La presente Modificación de Convenio no tiene asignación presupuestaria por

MINISTERIO DE HACIENDA OFICINA DE PARTES

RECIBIDO

7 5 5

CONTRALORIA GENERAL TOMA DE RAZON

RECEPCION

DEPART. JURIDICO

DEP T.R. Y REGISTRO

DEPART. CONTABIL.

SUB. DEP. C. CENTRAL

SUB. DEP. E. CUENTAS

SUB. DEP C. P Y

BIENES NAC.

DEPART. AUDITORIA

DEPART, V.O.P, U y T

SUB, DEP. MUNICIP.

REFRE N DACION

REF. POR $ IMPUTAC ANOT. POR $ IMPUTAC

DEDUC. DTO

APRUEBA MODIFICACIÓN DE CONVENIO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS DEL ECUADOR Y GENDARMERÍA DE CHILE.

jtoo., Gendannerfa de Chtte Meledenn de ite•tE:∎ y Der,,,h, H■neve'n

od

JRF/ S/ /V 1 V/ /D6vg

No 5387 /EXENTA

SANTIAGO, 3 U JUN 2017

Hoy se resolvió lo que sigue:

VISTOS:

Estos antecedentes, y teniendo presente lo dispuesto en 1) El Decreto con Fuerza de Ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; 2) La Ley N° 19.880, de 2003, que Establece Bases de los Procedimiento Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; 3) La facultad que me confiere los artículos 5° y 6° N° 1, 2, 10 y 11, todos del D.L. N° 2.859, de 1979, del Ministerio de Justicia, que aprobó la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; 4) El Decreto Supremo N° 578, de fecha 15 de Julio de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que nombra Director Nacional de Gendarmería de Chile; 5) La Resolución Exenta N° 1750, de fecha 13 de febrero del año 2014, que aprobó el Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile; 6) Lo contemplado en la Resolución Exenta N° 1600, del 30 de octubre de 2008 y Resolución N° 10 del 27 de febrero de 2017, ambas de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón;

REF: Aprueba Modificación de Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile. Dirección Nacional Unidad de Fiscalía Rosas N°1264, Santiago Fono 29163490. www.gendarnieria.c1

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Page 2: jtoo., APRUEBA MODIFICACIÓN DE CONVENIO DE ...NA ONAL ARMERÍA E CHILE II.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA: La presente Modificación de Convenio no tiene asignación presupuestaria por

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile, con fecha 05 de junio del año 2013, firmaron un Convenio de Cooperación Institucional, con el objetivo de realizar actividades de capacitación, intercambio de experiencias en relación a la gestión y administración penitenciaria, desarrollar y promover cursos, seminarios, talleres y otras actividades en torno al sistema penitenciario.

SEGUNDO: Que, el citado acuerdo de voluntades fue aprobado mediante Resolución Exenta N° 1750, de fecha 13 de febrero del año 2014, por el Director Nacional de la época.

TERCERO: Que, la Cláusula Décima de dicho Convenio, establecía que este tendría una vigencia de 4 años a partir del día siguiente de su suscripción. En atención a ello, con fecha 26 de abril de 2017, se suscribió una modificación al Convenio de Cooperación, con la finalidad de cambiar el plazo establecido inicialmente, y permitir la continuación del acuerdo celebrado entre las partes.

CUARTO: Que, considerando lo anteriormente señalado, se procede a dictar el correspondiente acto administrativo aprobatorio de la modificación de Convenio. En consecuencia:

He acordado dictar la siguiente

RESOLUCIÓN

APRUÉBASE la Modificación de Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile, cuyo texto es el siguiente:

MODIFICACIÓN

CONVENIO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE EL

MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS DEL ECUADOR

Y

GENDARMERÍA DE CHILE

REF: Aprueba Modificación de Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile. Dirección Nacional Unidad de Fiscalía Rosas N°1264, Santiago Fono 29163490.

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En Santiago de Chile, a 26 de abril de 2017, entre el MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS DEL ECUADOR, representada por su titular, la Doctora LEDY ANDREA ZIAIGA ROCHA, con cédula de identidad N° 1714916689, ambos domiciliados para estos efectos, en avenida Colón entre Diego de Almagro y Reina Victoria, Quito-Ecuador, y GENDARMERIA DE CHILE, RUT N°61.004.000-4, representada por su Director Nacional don JAIME DAVID ROJAS FLORES, con cédula de identidad N°9.155.944-7, ambos domiciliados en calle Rosas N°1264, comuna de Santiago, se ha acordado lo siguiente:

PRIMERO: Antecedentes. 1. Con fecha 5 de junio de 2013, los representantes de las Instituciones

individualizadas, celebraron un Convenio de Cooperación Institucional. 2. El texto del citado Convenio fue aprobado mediante Resolución Exenta N°

1.750 de 13 de febrero de 2014, del Director Nacional de Gendarmería de Chile de la época.

3. De conformidad a la cláusula décima del referido Convenio, su vigencia se extiende por 4 años a partir del día siguiente de su suscripción, esto es, hasta el día 6 de junio de 2017.

4. Que las partes estiman de suyo relevante y necesario, perseverar en el intercambio interinstitucional generado a partir de la implementación de este Convenio, a fin de consolidar y acrecentar el trabajo conjunto.

SEGUNDO: Modificación cláusula décima. En virtud de lo señalado anteriormente, resulta pertinente efectuar una modificación a la cláusula décima del Convenio suscrito con fecha 5 de junio de 2013, estableciendo que el presente Convenio tendrá una vigencia de cuatro años a partir del día siguiente de su suscripción, plazo que se renovará en forma tácita por un período igual y sucesivo, salvo que alguna de las partes diere aviso escrito a la otra, de su voluntad de poner término al presente Convenio, con una anticipación de a lo menos un mes, a la fecha del término del período original o cualquiera de sus prórrogas.

Para claridad de interpretaciones futuras del Convenio las partes acuerdan reemplazar íntegramente el contenido y tenor de su cláusula décima por la siguiente:

"Cláusula décima: VIGENCIA: El presente Convenio tendrá una vigencia de cuatro años a partir del día siguiente de su suscripción, plazo que se renovará en forma tácita por un período igual y sucesivo, salvo que alguna de las partes diere aviso escrito a la otra, de su voluntad de poner término al presente Convenio, con una anticipación de a lo menos un mes, a la fecha del término del período original o cualquiera de sus prórrogas, sin perjuicio de las causas de extinción indicadas en la siguiente cláusula. El desarrollo de este Convenio marco de realizará en el plan de actuación conjunta que anualmente deberán aprobar los órganos competentes de las partes firmantes."

TERCERO: Modificación cláusula décima primera: Asimismo, resulta pertinente efectuar una modificación a la cláusula décima primera del Convenio suscrito, donde se contienen las causales de terminación.

REF: Aprueba Modificación de Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile. Dirección Nacional Unidad de Fiscalía Rosas N°1264, Santiago Fono 29163490. \S, 51 w.gendarmería,c1

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Por ello, las partes acuerdan reemplazar el contenido y tenor de esta cláusula, por el siguiente:

"Cláusula décima primera: TERMINACIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio Marco se extinguirá por cualquiera de las siguientes causas:

a) Por la manifestación de la voluntad de una de las partes de no perseverar en el presente acuerdo de voluntades al final de cada período.

b) Por mutuo acuerdo de las partes. c) Por decisión de una de las partes, por incumplimiento de las obligaciones

sustanciales, las mismas que deberán ser comunicadas por escrito a la otra parte con noventa (90) días de anticipación.

En cualquier caso de terminación del presente convenio, las partes realizarán una evaluación del mismo. Para ello suscribirán un acta en la que se establecerá el grado de ejecución del convenio, las actividades desarrolladas y las acciones subsecuentes necesarias para el cierre del mismo."

CUARTO: Alcance de la Presente Modificación. Las partes dejan expresa constancia que en todo lo no modificado por el presente instrumento, rige íntegramente el Convenio singularizado en la cláusula primera precedente.

El presente instrumento forma parte integrante del Convenio que por este acto se modifica, para todos los efectos legales.

QUINTO: Personerías. La representación con la que comparece doña Ledy Andrea Zúñiga Rocha, por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador, consta en el Decreto Ejecutivo No. 256 de 13 de marzo de 2014, mediante el cual el Presidente Constitucional de la República del Ecuador, economista Rafael Correa Delgado, nombró a la doctora Ledy Andrea Zúñiga Rocha como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

La personería de don Jaime David Rojas Flores, para representar a Gendarmería de Chile, consta en el Decreto N°578 del 15 de julio del año 2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

SEXTO: Copias. El presente convenio se firma en 2 ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando uno en poder del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y otro en poder de Gendarmería de Chile.

JAIME DAVID ROJAS FLORES, DIRECTOR NACIONAL, GENDARMERÍA DE CHILE; LEDY ANDREA ZÚÑIGA ROCHA, MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS DEL ECUADOR.

Hay timbre de fecha 18 de mayo de 2017 y firmas ilegibles.

REF: Aprueba Modificación de Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile. Dirección Nacional Unidad de Fiscalía Rosas N°1264, Santiago Fono 29163490. WIk w.y,cridarincria.c1

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NA ONAL ARMERÍA E CHILE

II.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA: La presente Modificación de Convenio no tiene asignación presupuestaria por no irrogar gastos para el Servicio.

ANÓTESE Y COMUNÍQUESE.

N° / Aprueba Modificación de Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile. DISTRIBUCIÓN:

Ayudantía Dirección Nacional.

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Subdirección Operativa.

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Subdirección de Administración y Finanzas. Subdirección Técnica.

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Unidad de Fiscalía (Ing. 2876/2017)

-

Oficina de Partes, Archivos y Transcripciones.

REF: Aprueba Modificación de Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos del Ecuador y Gendarmería de Chile. Dirección Nacional Unidad de Fiscalía Rosas N°1264, Santiago Fono 29163490. www.gendarincria,c1

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