invitaciÓn de licitacion no. o5-2,017. · 2017. 5. 31. · del decreto número 57-92 emitido por...

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Municipalidad de Palín Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla Guatemala, C.A. Telefax: 7956-8888 BASES DE LICITACION. 1 INVITACIÓN DE LICITACION No. O5-2,017. La Municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, de conformidad con lo regulado en el artículo 23 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas, por este medio INVITA a toda persona individual o jurídica que esté legalmente establecida y registrada en la República de Guatemala, cuyo giro o naturaleza mercantil esté relacionado con el objeto del presente evento, para que participe en el proceso de cotización del proyecto denominado: CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO AGUAS RESIDUALES DEL MUNICIPIO DE PALIN, ESCUINTLA, conforme a las bases que se adjuntan. Los oferentes interesados en participar en el proceso de licitación, podrán obtener los documentos de licitación por medio electrónico, a través de la página de Internet en la dirección www.guatecompras.gt, consultando el número de operación Guatecompras- NOG 6366643. Toda empresa individual o jurídica participa bajo su propio riesgo, sin ningún prejuicio para esta institución. Atentamente. Municipalidad de Palín.

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Page 1: INVITACIÓN DE LICITACION No. O5-2,017. · 2017. 5. 31. · del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la República de Guatemala, la Ley de Contrataciones del Estado y

Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

1

INVITACIÓN DE LICITACION No. O5-2,017.

La Municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, de conformidad con lo regulado en el artículo 23 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas, por este medio INVITA a toda persona individual o jurídica que esté legalmente establecida y registrada en la República de Guatemala, cuyo giro o naturaleza mercantil esté relacionado con el objeto del presente evento, para que participe en el proceso de cotización del proyecto denominado: CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO AGUAS RESIDUALES DEL MUNICIPIO DE PALIN, ESCUINTLA, conforme a las bases que se adjuntan. Los oferentes interesados en participar en el proceso de licitación, podrán obtener

los documentos de licitación por medio electrónico, a través de la página de Internet en la

dirección www.guatecompras.gt, consultando el número de operación Guatecompras-

NOG 6366643.

Toda empresa individual o jurídica participa bajo su propio riesgo, sin ningún prejuicio para esta institución. Atentamente.

Municipalidad de Palín.

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Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

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I N D I C E

BASES DE LICITACION 05-2017

S E CC I Ó N I 3

BASES DE LICITACION 3

1 DEFINICIONES: 3

2 OBJETO DE LA PRESENTE LICITACION: 4

3 LOCALIZACIÓN 4

4 DERECHOS E IMPUESTOS 4

5 DE AUTENTICIDAD DE LAS FIANZAS 5

6 DE LOS OFERENTES: 5

7 PREPARACIÓN DE LA PLICA 5

8 REQUISITOS QUE SE CONSIDERAN FUNDAMENTALES 12

9 INCUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FUNDAMENTALES 12

10 PREGUNTAS Y RESPUESTAS 12

11 ERRORES U OMISIONES 12

12 MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LICITACION 13

13 RECEPCIÓN DE PLICAS 13

14 PROCEDIMIENTO PARA LA CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS 13

15 SOLICITUD DE ACLARACIONES. 16

16 ACREDITACIÓN DE LA IDONEIDAD DE MIEMBROS DE LA JUNTA DE LICITACION. 16

17 CONFIDENCIALIDAD 16

18 ADJUDICACIÓN 17

19 NOTIFICACIÓN 17

20 PROPIEDAD DE LAS OFERTAS Y DEMÁS DOCUMENTOS PRESENTADOS POR EL OFERENTE

17

21 GARANTÍAS A CONSTITUIR POR EL ADJUDICATARIO 17

22 CONTRATO 19

23 RESCISIÓN DEL CONTRATO 20

24 CALENDARIZACIÓN PARA EL INICIO DE LA OBRA

21

25 DE LA EJECUCIÓN 21

26 PRORROGA CONTRACTUAL 23

27 REMOCIÓN DE TRABAJO MAL HECHO Y MATERIALES INADECUADOS 23

28 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL TRABAJO 24

29 FORMA DE PAGO 24

30 FACTURACIÓN 25

31 ENTREGA 25

32 TIEMPO DE RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 25

33 SANCIONES PECUNIARIAS 25

34 CONTROVERSIAS 26

35 DIFERENCIAS EN LOS DOCUMENTOS DE LICITACION 26

36 DERECHO DE PRESCINDIR 26

SECCION II 26

ESPECIFICACIONES TECNICAS 26

A P É N D I C E 1 30

A P É N D I C E 2 31

A P É N D I C E 3 32

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Municipalidad de Palín

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BASES DE LICITACION.

3

S E CC I Ó N I

BASES DE LICITACION 05-2,017.

1. DEFINICIONES:

Para efectos de esta cotización, los términos que se consignan en estas bases, se

interpretarán de la siguiente forma:

Municipalidad: Municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, ubicada

en Avenida central 2-31, Zona 1, Palín

Departamento de Escuintla.

Autoridad Superior: La Corporación Municipal o Concejo Municipal de acuerdo con el

artículo 9 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus

reformas.

Autoridad Administrativa Superior: Es la autoridad no colegiada que ocupa el orden

jerárquico superior en la municipalidad (Alcalde).

Junta de Licitación: Único órgano competente para recibir, calificar y adjudicar la

licitación.

Supervisor: Persona que designe la Municipalidad de Palín para que

supervise la ejecución de los trabajos.

Invitación a Licitar: Solicitud girada por la Municipalidad de Palín, departamento de

Escuintla, para que se coticen los trabajos de ejecución del

proyecto.

Documentos de Licitación: Los documentos de licitación son los siguientes: bases de

licitación, especificaciones generales, especificaciones técnicas,

disposiciones especiales y planos de construcción.

Oferente: Persona Individual o Jurídica que presenta oferta a Licitar.

Plica: Sobre cerrado, sellado y debidamente identificado que contiene

los documentos solicitados en los documentos de licitación.

Oferta: Propuesta presentada por una persona Individual o Jurídica

ofreciendo los trabajos de ejecución del proyecto.

Contratista: Adjudicatario con quien se suscribe un contrato para la ejecución

del proyecto.

Addendum: Documento adicional a las bases de licitación, el cual se emite

con posterioridad y sirve para ampliar o corregir a los mismos.

Adjudicatario: Oferente a quien se ha adjudicado la negociación.

Adjudicación definitiva: Es la adjudicación aprobada.

Contrato: Documento legal suscrito entre la municipalidad de Palín,

departamento de Escuintla y el adjudicatario, en el que constan

las obligaciones y derechos de la municipalidad y del contratista

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BASES DE LICITACION.

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para la ejecución del proyecto, del cual forman parte todos los

documentos que puedan derivarse de este proceso de licitación.

Ley: Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas. Decreto

número 57-92 Del Congreso de la República y sus reformas.

Reglamento: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus

reformas. Acuerdo Gubernativo No. 122-2016 y sus reformas.

Licitacion Pública: Es un procedimiento formal y competitivo de adquisiciones,

mediante el cual se solicitan y reciben públicamente y se evalúan

confidencialmente ofertas para la adquisición de bienes y

servicios conexos y se adjudica el contrato correspondiente al

oferente cuya propuesta resulte ganador y que cumple

sustancialmente con los documentos de cotización y obtenga el

punteo más alto.

2. OBJETO DE LA PRESENTE LICITACION:

El presente evento de Cotización tiene por objeto la contratación de la ejecución del proyecto

denominado CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO AGUAS RESIDUALES DEL

MUNICIPIO DE PALIN, ESCUINTLA. El proyecto consiste en la ejecución de la obra completa,

descrita en los planos, especificaciones técnicas y documentos componentes de La

especificaciones técnicas, asumiendo el Oferente toda la responsabilidad laboral y civil que de

la ejecución de la obra dependa, incluyendo los materiales, equipo, mano de obra y otros

necesarios para la terminación de la obra.

La magnitud de la obra y sus características, se encuentran definidas en los planos de

construcción, especificaciones técnicas y demás documentos de las Bases.

Los trabajos a ejecutarse se presentan en la “SECCION II” de este documento de licitación.

3. LOCALIZACIÓN:

El proyecto CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO AGUAS RESIDUALES DEL

MUNICIPIO DE PALIN, ESCUINTLA, tendrá como lugar de ejecución, en la colonia María

Matos, que se encuentra ubicado a un kilómetro de carretera CA-9 kilómetro 39 de Palín

escuintla.

4. DERECHOS E IMPUESTOS:

No se considerará ninguna exoneración de derechos e impuestos y las ofertas que se

presenten, deben incluir todos los impuestos correspondientes.

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5. DE AUTENTICIDAD DE LAS FIANZAS

De conformidad con lo indicado en el artículo 59 del acuerdo Gubernativo No. 122-2016,

Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, todas las fianzas que se solicitan en

estas bases, tanto a los oferentes como al adjudicatario y contratista, se verificará mediante la

certificación de autenticidad que emita la entidad afianzadora, misma que deberá anexarse a

la póliza respectiva, en donde se hará constar que la fianza se ha emitido en cumplimiento a la

Ley que rige la emisión de fianzas y que el firmante de la póliza posee las facultades y

competencias respectivas..

6. DE LOS OFERENTES:

Podrán participar en la presente licitación todas aquellas personas Individuales o Jurídicas

quienes no incurran en ninguna de las circunstancias señaladas como prohibiciones del

Artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas. BASE LEGAL: Artículo 80

del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la República de Guatemala, la Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas.

Los oferentes deben estar inscritos en el Registro General de Adquisiciones del Estado

(Registro de Precalificados). BASE LEGAL: Artículos 18 numeral 5 y 77 del Acuerdo

Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus

reformas.

7. PREPARACIÓN DE LA PLICA:

Los oferentes deberán examinar la totalidad de los documentos de Licitación, las condiciones

y las especificaciones que rigen para esta licitación y cumplir con lo requerido en ellos.

La plica debe contener 2 juegos, un original y una copia. Cada juego deben estar sujetados

(fólder con gancho, etc. a excepción de la fianza de sostenimiento de oferta). Una (1) original y

una (1) copia, debiendo cada uno de los documentos (original y copia) estar debidamente

foliados y en orden, firmado por el oferente o representante legal, sellado y presentado en el

mismo orden en cada juego. BASE LEGAL: Artículo 19 numeral 4 del Decreto Número 57-92

emitido por el Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y

sus reformas y Artículo 18 numeral 1 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de

la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

Observaciones:

i. No se aceptarán documentos que presenten contradicciones, borrones, tachaduras,

raspaduras, enmiendas, omisiones, entrelineados o adiciones, que no estén

debidamente salvados o que estén manchados.

ii. Las copias que se presenten deben ser legibles en su totalidad.

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Telefax: 7956-8888

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iii. En ningún caso se admitirán en la oferta condiciones que modifiquen o tergiversen las

bases de contratación.

a) Rotulación del Sobre:

La plica se debe entregar en sobre cerrado y sellado, colocándole la etiqueta de identificación

proporcionada en el “APÉNDICE 2” MODELO DE ETIQUETA.

b) Índice:

El índice debe ser realizado utilizando para ello el foliado de cada uno de los documentos

detallados en las siguientes literales.

c) Oferta:

I. El oferente deberá llenar y presentar la carta de presentación de oferta de acuerdo con

el modelo sección II del apéndice 1.

II. La oferta debe ser escrita en idioma español y contener el precio unitario de cada uno de

los renglones que integran el cuadro de cantidades de trabajo a ejecutar contenido en la

“SECCION II”, expresado en quetzales, tanto en números como en letras, los cuales

deben ser fijos, inalterables, calculados tomando en cuenta las disposiciones estipuladas

en los documentos de licitación. BASE LEGAL: Artículo 6 del Decreto Número 57-92

emitido por el Congreso de la República de Guatemala, la Ley de Contrataciones del

Estado y sus reformas.

III. Los precios unitarios deben incluir el pago de cada uno de los gastos en que se incurra

para la ejecución y entrega del proyecto (transporte; suministro, almacenaje, manejo y

disposición de todos los materiales).

IV. El precio total de la oferta debe estar expresado en quetzales tanto en números como en

letras. BASE LEGAL: Artículo 6 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de

la República de Guatemala, la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

V. La oferta se elaborará de acuerdo con el "Modelo de Oferta" (SECCIÓN II, APENDICE

3) e irá debidamente firmada por el oferente o su representante legal. BASE LEGAL:

Artículo 18 numeral 1 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas.

VI. Solo se aceptará una (1) oferta por persona Individual o Jurídica, caso contrario los

oferentes involucrados serán descalificados y rechazadas sus ofertas. BASE LEGAL:

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BASES DE LICITACION.

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Artículo 25 y 25 Bis del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la República

de Guatemala, la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

VII. No se aceptarán ofertas que tomen en cuenta sólo una parte de lo licitado.

VIII. Únicamente se tomarán en cuenta las ofertas que se ajusten a las disposiciones

establecidas por la Ley de Contrataciones del Estado y lo estipulado en los documentos

de licitación.

d) Características de lo ofrecido:

El oferente debe indicar claramente las características de lo que ofrece y todas las que

considere convenientes para una mejor calificación por parte de la Junta de Licitación

designada para el efecto. Todo debe ser redactado en idioma español.

e) Declaraciones Juradas:

i. Declaración Jurada ante Notario, en original, emitido con no más de 15 días previo a

la fecha de recepción de las ofertas del presente evento, de que el oferente no es

deudor moroso del Estado ni de las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la

Ley de Contrataciones del Estado, o en su defecto, compromiso formal de que, en

caso de adjudicársele la negociación, previo a la suscripción del contrato acreditará

haber efectuado el pago correspondiente. BASE LEGAL: Artículo 19 numeral 10 de

la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas, así como el Artículo 18 numeral

2 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016,Reglamento de la Ley de Contrataciones

del Estado y sus reformas.

ii. Declaración Jurada ante Notario, en original, emitido con no más de 15 días previo a

la fecha de recepción de las ofertas del presente evento, de que el oferente no está

comprendido en ninguno de los casos a que se refiere el Artículo 80 de la Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas. Si se descubriere falsedad en la

declaración, la autoridad a que corresponda la adjudicación descalificará a aquel

oferente, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de los Tribunales de

Justicia. BASE LEGAL: Artículo 26 del Decreto Número 57-92 emitido por el

Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus

reformas, así como el Artículo 18 numeral 2 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016,

Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

En caso de que la falsedad de la declaración fuere descubierta estando en ejecución el

proyecto o terminado el mismo, el adjudicatario responderá por los daños o perjuicios que

se produzcan por tal causa, aplicándole las sanciones previstas en la Ley de

Contrataciones del Estado y trasladando lo conducente a los Tribunales de Justicia.

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BASES DE LICITACION.

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BASE LEGAL: Artículo 26 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la

República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

f) Garantía de Sostenimiento de la Oferta:

La firmeza de la oferta la caucionará el oferente mediante fianza por el uno por ciento (1%) del

valor de su oferta, cubrirá el período comprendido desde la recepción de plicas, hasta la

aprobación de la adjudicación y, en todo caso, tendrá una vigencia de ciento veinte (120) días,

sin embargo, el adjudicatario deberá prorrogar la fianza hasta que sea sustituida por la

garantía de Cumplimiento. La fianza deberá formalizarse mediante póliza emitida a favor de la

Municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, por una afianzadora de reconocida

solvencia financiera autorizada para operar en la República de Guatemala. BASE LEGAL:

Artículos 64 y 59 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la República de

Guatemala, la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas y Artículos 53 y 69 del

Acuerdo Gubernativo No 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Los oferentes están obligados a sostener sus ofertas hasta que se les notifique la aprobación

de la adjudicación, con esta notificación, los oferentes que ocupen el tercer lugar y los

siguientes podrán cancelar la fianza de Sostenimiento de Oferta y el calificado en segundo

lugar deberá mantenerla vigente hasta que se le notifique la aprobación del contrato por la

Autoridad Superior correspondiente. BASE LEGAL: Artículo 54 del Acuerdo Gubernativo No.

122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

La fianza de Sostenimiento de Oferta se hará efectiva por cualquiera de las razones

siguientes:

Si el adjudicatario no sostiene su oferta.

Si no concurre a suscribir el contrato respectivo dentro del plazo que determina el artículo

47 de la Ley o, si habiéndolo hecho no presenta la garantía de Cumplimiento dentro del

plazo de quince (15) días siguientes a la firma del contrato.

BASE LEGAL: Artículo 54 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley

de Contrataciones del Estado y sus reformas.

La fianza no debe perforarse y para evitar cualquier deterioro se solicita colocarla en una

bolsa plástica para sujetarla, siendo éste el único documento que no debe ser firmado ni

sellado por el oferente.

g) Programa preliminar de inversión y ejecución de los trabajos

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El oferente deberá adjuntar el programa preliminar de inversión y ejecución de los trabajos que

incluya la calendarización, de acuerdo con el cuadro de cantidades estimadas de trabajo a

ejecutar, contenido en la Sección II de estas bases. BASE LEGAL: Artículo 18 numeral 5 del

Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus

reformas.

h) Cantidades estimadas de trabajo:

Cuadro de cantidades estimadas de trabajo de acuerdo con el cuadro de cantidades

estimadas de trabajo a ejecutar contenido en la “SECCION II”. BASE LEGAL: Artículo 18

numeral 7 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones

del Estado y sus reformas.

i) Análisis detallado de la integración de costos.

El oferente deberá presentar el análisis detallado de la integración de costos de todas y cada

uno de los precios unitarios que se aplicarán a los diferentes o renglones de trabajo.

j) Condiciones de Contratación.

La contratación con el adjudicatario será a precio cerrado. Fundamento legal Artículo 7

Del decreto número 57-92 emitido por el Congreso de la República de Guatemala y sus

reformas.

k) Documentos de la oferta:

I. Fotocopia legalizada de la Patente de Comercio de Empresa en el caso de ser persona

Individual; Patente de Comercio de Empresa y de Sociedad en el caso de ser persona

Jurídica.

II. Si el oferente es persona Jurídica, deberá presentar fotocopia legalizada del testimonio

de la Escritura Constitución de la Sociedad y de sus ampliaciones y/o modificaciones si

las tuviere debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

III. Fotocopia legalizada de los documentos que acrediten la personalidad jurídica del

oferente y la personería jurídica de su representante.

IV. Documentos legales adicionales a los que obligatoriamente deben cumplirse ante el

Registro General de Adquisiciones del Estado. BASE LEGAL: Artículo 18 numeral 9

del Acuerdo Gubernativo 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado y sus reformas.

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V. Quien participe en representación de una persona, Individual o Jurídica, deberá

presentar fotocopia legalizada del nombramiento del Representante Legal

debidamente inscrito en el (los) Registro(s) correspondiente(s) que acrediten la

representación que se ejercita en nombre de persona Jurídica o Individual, según el

caso.

VI. Fotocopia legalizada de Documento Personal de Identificación del propietario o del

Representante Legal de la persona Individual o Jurídica, según el caso.

VII. Fotocopia legalizada del carné del Número de Identificación Tributaria -NIT-.

VIII. Constancia de inscripción patronal al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social

(IGSS) y Certificación contable del último pago realizado.

IX. Fotocopia legalizada de la constancia de inscripción y modificación al registro tributario

unificado de la Superintendencia de Administración Tributaria. (actualizada 2017).

X. Solvencia fiscal extendida por la dependencia respectiva de la Superintendencia de

Administración Tributaria –SAT-, con fecha de emisión no mayor de 20 días hábiles de

la fecha de recepción de plicas;

XI. Fotocopia legalizada de la última declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA);

Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el ISO.

XII. Fotocopia legalizada del precalificación general (vigente) extendida por el Ministerio de

Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.

XIII. Constancia de Inscripción en el Registro de Proveedores del Sistema de

Guatecompras, con fecha de emisión 2017;

XIV. Precalificación específica para el proyecto objeto de licitación en original, extendida por

el Registro de Precalificados adscrito al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura

y Vivienda, en la cual debe constar la fecha de precalificación o actualización de la

misma, sus especialidades y el grupo de capacidad económica en que se encuentre

registrado. BASE LEGAL: Artículo 76 de la Ley de Contrataciones del Estado.

XV. El oferente debe presentar la constancia de la especialidad, y su capacidad

econômica.

XVI. Declaración jurada donde haga constar el oferente que toda la información y

documentos anexos proporcionados por el oferente al registro de proveedores adscrito

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al Ministerio de Finanzas Públicas está actualizado y de fácil acceso. BASE LEGAL:

Artículo 1, Literal a) del Acuerdo Ministerial 24-2010 del Ministerio de Finanzas

Públicas.

XVII. Certificación que enumere e identifique a los accionistas directivos o socios que

conforman la entidad según corresponda. En el caso de las sociedades mercantiles,

únicamente podrán participar las que emitan acciones nominativas. BASE LEGAL:

Artículo 1, literal b) del Acuerdo Ministerial 24-2010 del Ministerio de Finanzas

Públicas.

XVIII. Certificación bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones

bancarias que posee el oferente. Para el efecto deberá contener la información

siguiente: 1) identificación del cuentahabiente; 2) tipo de cuentas que posee en la

entidad bancaria; 3) promedio de cifras antes del punto decimal de los saldos que

posee; 4) Tiempo de manejo de la cuenta, 5) clase de cuentahabientes, 6)

determinación si posee créditos, 7) saldo del deudor y 8) clasificación o categoría del

deudor de conformidad con la normativa correspondiente. BASE LEGAL: Artículo 1

literal c) del Acuerdo Ministerial 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.

XIX. Declaración jurada sobre la inexistencia de conflicto de interés entre el oferente y el

banco que acredite la titularidad de sus cuentas bancarias. BASE LEGAL: Artículo 1

literal d) del Acuerdo Ministerial 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.

XX. Carta de crédito bancario que garantice y/o respalde financieramente a la empresa y/o

constructora oferente.

XXI. Fotocopia legalizada de los Estados financieros del periodo fiscal 2017, debidamente

auditados.

XXII. CONSTANCIA DE VISITA DE CAMPO donde se ejecutarán los trabajos, la cual será

otorgada de la siguiente manera: el oferente debe presentarse a la Dirección Municipal

de Planificación de la municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, EL DÍA DE

VISITA DE CAMPO SERA EL 14 DE JUNIO del año en curso a las 10:00 horas,

para que lo acompañe una persona designada por dicha dirección a la ubicación

donde se ejecutará el proyecto, para luego regresar a la oficina antes mencionada

donde se le hará entrega de la respectiva Constancia. En la visita se deberán conocer

las condiciones en que se ejecutará el proyecto. Se considerará que el oferente ha

inspeccionado y examinado el área de trabajo y sus alrededores y ha quedado

satisfecho antes de presentar su oferta.

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Municipalidad de Palín

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BASES DE LICITACION.

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XXIII. Cronograma de Inversión del 20% de Anticipo;

Disposición Especial: En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que

el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los

documentos o declaración presentadas por el oferente o adjudicatario, deberá requerir a este

por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en un plazo que no

exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente

respectivo. Para el efecto la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia por dos

días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar. BASE LEGAL: artículo 2 del Acuerdo

Ministerial 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.

8. REQUISITOS QUE SE CONSIDERAN FUNDAMENTALES:

La totalidad de los documentos mencionados en el numeral 7 de la sección I “PREPARACIÓN

DE LA PLICA” se consideran requisitos fundamentales, por lo que la Junta de licitación

rechazará al momento de apertura de las plicas, sin responsabilidad de su parte, las ofertas

que no se ajusten a estos requisitos fundamentales. BASE LEGAL: Artículo 30 de la Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas.

9. INCUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FUNDAMENTALES:

En caso del incumplimiento de estos requisitos, no obstante haberse requerido o si fueron

presentados sin la totalidad de información o formalidades requeridas, la oferta será

rechazada. BASE LEGAL: Artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado.

10. PREGUNTAS Y RESPUESTAS:

Los interesados podrán realizar preguntas sobre los documentos de licitación y el concurso.

Las preguntas deberán ser formuladas en línea por medio del sitio de Internet

www.guatecompras.gt. La Municipalidad dará respuesta por escrito a las preguntas que le

sean formuladas en el sitio de Internet www.guatecompras.gt antes mencionado a la brevedad

posible. En las respuestas también se consignarán las preguntas. Las respuestas formarán

parte de los documentos de Licitación y pueden aclarar, complementar o corregir el contenido

de los mismos. BASE LEGAL: Artículo 11 inciso e de las Normas para el uso del sistema de

información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado–Guatecompras, Resolución No. 11-

2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.

11. ERRORES U OMISIONES

No se permitirá que algún proveedor pretenda aprovecharse de cualquier error u omisión en

los documentos de Licitación. En el caso que un proveedor encuentre errores u omisiones

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deberá notificarlos a la municipalidad por medio de Internet en la dirección

www.guatecompras.gt., para su análisis y se emita una resolución al respecto.

12. MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LICITACION.

La municipalidad podrá emitir addendums con información adicional a los documentos de

Licitación, los cuales deberán incorporarse a los documentos de Licitación, siempre que sea

beneficioso para el proceso, si es así éstos se publicarán por medio de Internet en la dirección

www.guatecompras.gt.

13. RECEPCIÓN DE PLICAS.

Las plicas serán recibidas en la Dirección Municipal de Planificación, el día 11 de JULIO

de 2,017 a las 10:00 horas. Transcurridos treinta (30) minutos de la última hora señalada

para la presentación y recepción de ofertas, no se aceptará alguna más y se procederá a

levantar el acta correspondiente. BASE LEGAL: Artículo 24 de la Ley de Contrataciones del

Estado y sus reformas.

14. PROCEDIMIENTO PARA LA CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS:

Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con el siguiente procedimiento:

Primera fase:

Revisión documental de carácter excluyente, en la cual se comprobará la existencia completa

y veracidad de la documentación fundamental exigida. La falta de alguno de los

documentos fundamentales indicados en la sección I, numeral 7 “REQUISITOS QUE SE

CONSIDERAN FUNDAMENTALES”, será causa justificada para rechazar la oferta. BASE

LEGAL: Artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

Segunda fase:

Revisión del cumplimiento de las especificaciones técnicas únicamente para las ofertas

aceptadas en la primera fase. Las ofertas que no cumplan con las especificaciones técnicas

serán descalificadas, por lo que solamente las que cumplan con ellas serán evaluadas en la

siguiente fase.

La oferta más conveniente y favorable para los intereses de la municipalidad, de las ofertas

aceptadas según el párrafo anterior, la Junta de Licitación calificará las ofertas siguiendo los

criterios siguientes, pudiendo calificar como máximo en los puntajes indicados: BASE LEGAL:

Artículo 28 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

1. Precio total de la oferta ………………………………………………...……..…....40 pts.

2. Oferta Técnica…………………………………………………….……...…..…..….25 pts.

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3. Tiempo de ejecución…..…………………………………………..….……...……..20 pts.

4. Experiencia y capacidad financiera de la empresa y/o constructora...….…… 15 pts.

TOTAL…………………………….……………………………………..……….100 pts.

El criterio de cada numeral anterior, se detalla a continuación:

1. Precio Total de la oferta = 40 Puntos: El criterio aplicarse será que la oferta que presente

el costo más bajo obtendrá el punteo máximo y el resto en forma inversamente proporcional

a través de la formula siguiente:

Precio más bajo X 40 puntos

Precio N

Precio N= Cada precio total subsiguiente al precio total más bajo.

En caso de que exista una discrepancia entre un precio unitario y el sub-total que resulte de

multiplicar el precio unitario por la cantidad, prevalecerá el precio unitario indicado, a menos

que, a criterio de la Junta de Licitación, exista un error evidente en la colocación del punto

decimal del precio unitario, en cuyo caso el sub-total indicado prevalecerá y se corregirá el

precio unitario.

La Junta de Licitación rechazará, sin responsabilidad de su parte, las ofertas cuando los

precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses de la

municipalidad. BASE LEGAL: Artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus

reformas.

2. Oferta Técnica = 25 Puntos: Para la calificación de este criterio se tomará en

consideración los aspectos siguientes:

a) Preparación de la oferta (15 Puntos)

b) Cronograma de Ejecución Física (5 puntos),

c) Cronograma de Ejecución Financiera (5 puntos),

La Junta de Licitación rechazará, sin responsabilidad de su parte, las ofertas cuando los

precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses de la

municipalidad. BASE LEGAL: Artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus

reformas.

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3. Tiempo de Ejecución = 20 Puntos: La Junta de Licitación asignará una ponderación de

20 puntos a la entidad que oferte el menor tiempo de entrega de la obra, expresado en días

calendario. A todas las demás ofertas calificables se les asignará una ponderación

inversamente proporcional al menor tiempo de entrega a través de la formula siguiente:

ET = 20 x MT

TN

En donde:

ET = Evaluación del tiempo de entrega.

MT = Menor tiempo de entrega.

T N= Cada tiempo subsiguiente al tiempo más bajo.

4. Experiencia y capacidad financiera de la empresa y/o constructora:

4 EXPERIENCIA Y CAPACIDAD FINANCIERA DE LA EMPRESA Y/O

CONSTRUCTORA Pts.

4.1 Experiencia en trabajos de campo (cada uno independiente del otro) 2

Ejecución de trabajos de ingeniería en general 3

Ejecución de trabajos similares al de la presente Licitación (incluir

documentación de soporte) 2

4.2 Especialidad de acuerdo con artículo 77 del Reglamento Ley de

contrataciones del Estado 2

4.3 Capacidad Financiera 2

a) Capacidad económica de acuerdo al Artículo 77 del reglamento Ley de

Contrataciones del Estado 2

b) Solvencia de estados financieros recientes en original. 2

Total criterio 15

EXPUESTO LO ANTERIOR SE ENTENDERÁ QUE TODO PROVEEDOR PARTICIPARÁ

BAJO SU PROPIO RIESGO Y SIN NINGÚN PERJUICIO PARA LA MUNICIPALIDAD DE

PALÍN, DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA.

15. SOLICITUD DE ACLARACIONES:

La municipalidad, a través de la Junta de Licitación, podrá exigir a los oferentes aclaraciones a

cualquier propuesta recibida y las muestras que considere pertinentes. La solicitud de

aclaración y la respuesta serán formuladas por escrito y no se solicitarán, ofrecerán ni

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permitirán cambios en los precios, en el plazo propuesto para la ejecución de los trabajos, ni

en los aspectos substanciales de la oferta. BASE LEGAL: Artículo 27 de la Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas.

16. ACREDITACIÓN DE LA IDONEIDAD DE MIEMBROS DE LA JUNTA DE LICITACION

a) Los miembros de la Junta de Licitación deberán ser servidores públicos, nombrados por la

autoridad competente. La autoridad competente será la responsable de verificar la

idoneidad de los servidores públicos nombrados para integrar las Juntas.

b) La idoneidad deberá acreditarse con los documentos que hagan constar que el servidor

público tiene la experiencia, conocimiento técnico o profesional que corresponda.

c) La Junta de Licitación, deberá estar integrada por miembros titulares y suplentes idóneos

en cada uno de los ámbitos siguientes:

Legal: Estudiante de la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales o ser de

profesión de Abogado y Notario;

Financiero: Perito Contador o estudiante de Ciencias económicas;

Técnico: Bachillerato/perito/técnico en Dibujo de construcción, estudiante de

Arquitectura o Ingeniería Civil o Técnico especializado.

BASE LEGAL: Artículos 10 y 11 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la

República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas, así como los

Artículos 10, 11 y 12 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016 Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas.

17. CONFIDENCIALIDAD:

La actuación de la Junta de Licitación será confidencial durante el período de análisis,

calificación y adjudicación. Todo intento por parte de un oferente de indagar sobre el estado

de la calificación o tratar de influir en el resultado será motivo para la descalificación inmediata

de su oferta.

18. ADJUDICACIÓN:

La Junta podrá adjudicar el mismo día de la recepción de ofertas y apertura de plicas al

oferente que adjuntándose a los requisitos y condiciones de los documentos de Licitación,

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haya hecho la proposición más conveniente para los intereses de la municipalidad. BASE

LEGAL: Artículo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

Si la Junta de Licitación no adjudica el mismo día de la recepción y apertura de plicas, deberá

adjudicar en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de

plicas. BASE LEGAL: Artículo 21 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la

Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

En aplicación de la Legislación vigente, en el plazo legal, la Autoridad Superior de la

municipalidad aprobará o improbará lo actuado por la Junta. BASE LEGAL: Artículo 36 de la

Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

19. NOTIFICACIÓN:

El oferente deberá señalar lugar para recibir notificaciones y allí se harán las que procedan, de

lo contrario se harán por los estrados de la Secretaría Municipal de la municipalidad de Palín,

departamento de Escuintla, dentro del horario de 08:00 a 12:00 horas y de 14:00 a 16:00

horas de lunes a viernes. La notificación de la resolución razonada de la aprobación de la

adjudicación será publicada en el sitio de Internet www.guatecompras.gt por lo que los

proveedores deben estar atentos al mismo.

20. PROPIEDAD DE LAS OFERTAS Y DEMÁS DOCUMENTOS PRESENTADOS POR EL

OFERENTE:

Las ofertas y demás documentos, así como las muestras que sean presentadas al presente

concurso serán propiedad de la municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, quien las

conservará en su poder.

21. GARANTÍAS A CONSTITUIR POR EL ADJUDICATARIO:

a. Garantía de Cumplimiento:

Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el

contrato, el adjudicatario deberá presentar fianza a favor de: Municipalidad de Palín,

departamento de Escuintla, con un monto del 10% del monto del contrato respectivo.

BASE LEGAL: Artículos 65 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la

República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas y 55 del

Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

La constitución y presentación de la fianza de Cumplimiento será requisito previo a la

aprobación del contrato por la Autoridad correspondiente. BASE LEGAL: Artículo 42 del

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Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y

sus reformas.

La municipalidad hará efectiva la fianza de Cumplimiento en los siguientes casos:

Si el contratista no presenta la garantía de Conservación de Obra dentro de los 15 días

siguientes a la entrega de la obra.

Si el contratista no presenta la constancia que extienda la municipalidad de Palín,

departamento de Escuintla, de haber recibido a su entera satisfacción la obra objeto del

contrato.

Si el contratista deja de cumplir con las obligaciones derivadas de la Ley y del contrato.

Si el contratista no cumple con el pago de salarios, prestaciones laborales, cuotas al IGSS

y cualquier otro pago a sus trabajadores al que legalmente estuviera obligado.

b. Garantía de Anticipo:

Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipo, el contratista constituirá garantía

mediante fianza a favor de: municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, por el monto

de un cien por ciento (100%) del mismo. La garantía podrá reducirse en la medida que se

amortice el valor del anticipo cubriendo siempre el máximo del saldo deudor y estará vigente

hasta su total amortización. BASE LEGAL: Artículo 66 del Decreto Número 57-92 emitido por

el Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas

y artículos 51 y 57 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas.

El contratista amortizará el anticipo mediante la deducción que se le haga en cada pago.

BASE LEGAL: Artículo 58 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la República

de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

El descuento del anticipo se calculará multiplicando el monto bruto de cada estimación por el

mismo porcentaje de anticipo que se haya concedido, sin incluir en el monto de la estimación,

el valor de las Órdenes de Trabajo Suplementario y Acuerdos de Trabajo Extra en los cuales

no se haya otorgado anticipo. BASE LEGAL: Artículo 51 del Acuerdo Gubernativo No. 122-

2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

c. Garantía de Conservación de Obra:

Cuando la obra esté terminada, antes de su recepción, el contratista deberá presentar póliza

de fianza de Conservación de Obra. BASE LEGAL: Artículo 55 del Decreto Número 57-92

emitido por el Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y

sus reformas.

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BASES DE LICITACION.

19

El contratista responderá por la conservación de la obra, cuando la obra esté terminada,

mediante fianza a favor de: Palín, departamento de Escuintla, la cual debe estar vigente y

cubrir el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables y que

aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir

de la fecha de recepción de la obra. La fianza de Conservación de Obra deberá otorgarse por

el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo

para la recepción de la obra. BASE LEGAL: Artículo 67 del Decreto Número 57-92 emitido por

el Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

d. Garantía de Saldos Deudores:

Cuando la obra esté terminada, el contratista deberá constituir la fianza de Saldos Deudores.

BASE LEGAL: Artículo 55 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la República

de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de la municipalidad

o de terceros en la liquidación, el contratista deberá presentar fianza a favor de: la

Municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, por el cinco por ciento (5%) del valor

original del contrato. Esta fianza deberá otorgarse simultáneamente con la de Conservación

de Obra como requisito previo para la recepción de la obra. Aprobada la liquidación, si no

hubiere saldos deudores, se cancelará esta fianza. BASE LEGAL: Artículo 68 del Decreto

Número 57-92 emitido por el Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones

del Estado y sus reformas.

22. CONTRATO:

El contrato debe suscribirse dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la

adjudicación definitiva. BASE LEGAL: Artículo 47 del Decreto Número 57-92 emitido por el

Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

El contrato deberá ser aprobado dentro de los diez (10) días calendario contados a partir de la

presentación por parte del contratista de la fianza de Cumplimiento. BASE LEGAL: Artículo 42

del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

y sus reformas.

Si por cualquier causa el adjudicatario de esta Licitación no concurriere a suscribir el contrato

correspondiente dentro de un plazo máximo de diez (10) días contados a partir de la fecha de

la notificación de la adjudicación definitiva, o si habiéndolo hecho no presentase la Fianza de

Cumplimiento en el término fijado, la Autoridad Superior de la municipalidad podrá llevar a

cabo la negociación con solo el subsiguiente clasificado en su orden. BASE LEGAL: Artículo

33 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

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BASES DE LICITACION.

20

EL o LA CONTRATISTA, deberá comprometerse, de conformidad con el artículo 80 segundo

párrafo, de la Ley de Presupuestos General de Ingresos y Egresos del Estado Para el

Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecisiete, Decreto Número 50-2016 del Congreso de la República de

Guatemala, con el objeto de propiciar la auditoria social y coadyuvar a la trasparencia, a

instalar el número de cámaras de conformidad con la magnitud de la obra, que permita

visualizar en línea el desarrollo de la misma a través de internet y el aseguramiento de su

cumplimiento continuo, teniendo la obligación el contratista de solicitar la publicación en

Guatecompras de la Dirección Pública de Protocolo de Internet (IP), del equipo de sistema de

cámaras de cada obra; las coordenadas geográficas: latitud y longitud (código georeferencial)

de cada proyecto registrado en el Sinip, debiendo la Secretaría de Planificación y

Programación de la Presidencia mapear dicha información para su análisis y seguimiento

geoespacial;

El contrato deberá contener una cláusula relativa al COHECHO: en la cual EL o LA

CONTRATISTA, manifieste que reconoce las penas relativas al delito de cohecho así

como las disposiciones contenidas en el capítulo III del Decreto Número 17-73 del

Congreso de la República de Guatemala, Código Penal. Adicionalmente que conoce

las normas jurídicas que facultan a la autoridad superior de la entidad afectada para

aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la

inhabilitación en el sistema de GUATECOMPRAS.

23. RESCISIÓN DEL CONTRATO:

La municipalidad podrá rescindir el contrato sin responsabilidad alguna de su parte, y hacer

efectiva la fianza correspondiente, si el contratista:

No inicia la ejecución de los trabajos dentro del plazo estipulado.

No cumple con proveer suficiente mano de obra, equipo o materiales para asegurar que

terminará la obra en el plazo convenido.

No realiza los trabajos conforme lo convenido en el contrato y no ejecuta de nuevo

satisfactoriamente los trabajos rechazados.

Sufriere embargo de bienes o entablaren algún proceso de ejecución en su contra, u otro

que afecte el normal desarrollo de la ejecución de la obra y que a juicio de la

municipalidad pudiere afectar el desarrollo de los trabajos contratados.

No empleare en la obra la cantidad y calidad de los materiales y equipo estipulados.

Por vencimiento del plazo, siempre que no se hubiere acordado prórroga alguna.

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21

24. CALENDARIZACIÓN PARA EL INICIO DE LA OBRA:

Los trabajos en la obra deberán efectuarse de conformidad con el cronograma de inversión y

ejecución presentado en la plica, el cual únicamente podrá ser modificado por el contratista

con autorización previa y por escrito del supervisor.

El contratista deberá iniciar los trabajos al momento de recibir el pago del anticipo, Con la

suscripción del acta de inicio de los trabajos, se iniciará el cómputo del plazo de ejecución del

proyecto.

25. DE LA EJECUCIÓN:

En las relaciones con el contratista regirá lo siguiente.

Supervisor:

La supervisión y control de los trabajos estarán a cargo del supervisor que sea designado para

el efecto. El supervisor decidirá todas las cuestiones que surjan respecto a la calidad,

cantidad, trabajo ejecutado, prosecución del avance de la obra, interpretación de los planos y

especificaciones y emitirá opinión sobre la forma de ejecución y del correcto y satisfactorio

cumplimiento de los términos del contrato respectivo.

Planos y especificaciones:

El contratista recibirá de la municipalidad un juego de los planos y especificaciones técnicas.

El contratista debe mantener en el lugar de la obra las copias necesarias de los planos y

especificaciones técnicas, así como suministrar por su cuenta copias a su propio personal.

Dirección técnica por el contratista:

La dirección técnica de la obra por el contratista deberá estar a cargo de un Ingeniero Civil

Colegiado Activo de reconocida capacidad.

Obligaciones del contratista:

El contratista acatará las instrucciones y direcciones del supervisor sobre cualquier cuestión,

mencionada o no en el contrato, que se relacione o tenga que ver con la obra. El contratista

permitirá que en cualquier momento el Supervisor inspeccione las instalaciones, actividades y

trabajos que se realicen e instruirá a su personal a fin de que le brinde la atención respectiva,

proporcionándole la información que sea requerida.

El contratista está obligado a proveer un libro (Bitácora), el cual debe estar debidamente

foliado y autorizado por la Dirección de Infraestructura Pública, para llevarse el historial de los

trabajos a realizarse; las anotaciones efectuadas en la bitácora, tendrán carácter actuario para

los efectos legales del contrato. La bitácora deberá proveerse previo al inicio de la ejecución

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22

de la obra. BASE LEGAL: Artículo 37 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría

General de Cuentas, Acuerdo Gubernativo No. 318-2003 del Ministerio de Gobernación.

El contratista está obligado a inscribirse como patrono en el Instituto Guatemalteco de

Seguridad Social y cubrir las cuotas patronales por la ley y a otorgar las prestaciones laborales

a sus trabajadores.

Responsabilidad por las actividades en la ejecución de la obra:

El contratista asumirá la plena responsabilidad por la idoneidad, estabilidad y seguridad de las

actividades y los métodos de ejecución de la obra.

Origen de las instrucciones:

El contratista no procurará ni aceptará instrucciones de otra autoridad que no sea la de la

municipalidad de Palín, departamento de Escuintla.

Cuidado de la obra:

Desde la fecha de comienzo de la obra hasta la fecha de su terminación, el contratista asumirá

plena responsabilidad por el cuidado de la obra y de todas las obras provisionales. En caso de

que la obra o cualquier parte de ésta o cualquiera de las obras provisionales sufriera daño,

pérdida o perjuicio alguno el contratista hará las reparaciones y pondrá la obra en buenas

condiciones por su propia cuenta de manera que al darse por terminada la obra se entregue

como está establecido y en buenas condiciones y de conformidad con todos los requisitos del

contrato y las instrucciones del supervisor.

Condiciones sanitarias:

El contratista debe de proporcionar y mantener en condiciones sanitarias y de limpieza, los

servicios para el uso de sus empleados, cumpliendo con los requisitos del Código de Salud,

incluyendo los servicios de agua potable, sistema de eliminación sanitaria de excretas,

disposiciones adecuadas de desechos sólidos, y la adecuación de lugares destinados al

descanso y alimentación de sus trabajadores. También debe de mantener los campamentos

presentables y en perfectas condiciones de sanidad y limpieza.

Seguridad del personal:

El contratista está obligado a cumplir con las disposiciones del Código de Trabajo de la

República de Guatemala, en el que se hace referencia a la obligatoriedad de adoptar las

precauciones necesarias para proteger eficazmente la vida, la salud y la moralidad de los

trabajadores; además de la prevención y acaecimiento de accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales.

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23

El contratista deberá dotar a todo su personal de campo con los implementos mínimos de

protección personal.

26. PRORROGA CONTRACTUAL

A solicitud del contratista, el plazo contractual para la terminación de la obra podrá prorrogarse

por una sola vez en las mismas condiciones de temporalidad por caso fortuito o causa de

fuerza mayor o por cualquiera otra causa no imputable al contratista. BASE LEGAL: Artículo

51 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la República de Guatemala, Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas, y articulo 43 del Acuerdo Gubernativo No. 122-

2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

En caso la prórroga para la terminación de la obra sea solicitada por el contratista, por las

razones indicadas en el artículo 51 de la Ley, el contratista dentro del plazo de diez (10) días

de ocurrido el hecho, notificará a las personas que conforme al contrajo ejerzan la supervisión

del mismo o su equivalente, en los casos que proceda, indicando las implicaciones en la

ejecución del contrato para que se levante el acta correspondiente. BASE LEGAL: Artículo 43

del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y

sus reformas.

27. REMOCIÓN DE TRABAJO MAL HECHO Y MATERIALES INADECUADOS:

Mientras se realice la obra, el supervisor tendrá facultades para rechazar un trabajo que no

esté en conformidad con lo contratado o materiales inadecuados, siempre que, a su juicio, lo

estime necesario o conveniente para logar la intención de los documentos del contrato, el

Supervisor tendrá facultades para pedir una inspección especial o la nueva ejecución

apropiada de cualquier trabajo u obra que, a juicio del Supervisor, no se ajuste al contrato en

lo que respecta a materiales o calidad requerida.

28. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL TRABAJO:

El supervisor tendrá autoridad para suspender parcial o totalmente el trabajo por los períodos

que considere necesarios, cuando para ello hubiere una causa plenamente justificada.

29. FORMA DE PAGO:

La municipalidad efectuará pagos por la obra objeto de contrato, en la forma siguiente:

Anticipo:

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Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

24

Se concederá al contratista un anticipo del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato. El

porcentaje del anticipo se calculará sobre el valor original del contrato. El contratista

amortizará el anticipo mediante la deducción que se le haga en cada pago. BASE LEGAL:

Artículo 58 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

El anticipo se concederá con destino específico para la ejecución de la obra contratada, de

acuerdo con el programa de inversión del anticipo elaborado por el contratista y aprobado por

la Autoridad Administrativa Superior de la municipalidad. Todos los pagos hechos con el

anticipo deberán ser supervisados por la municipalidad. BASE LEGAL: Artículo 51 del

Acuerdo Gubernativo 122-2016, Reglamento de la Ley de la Ley de Contrataciones del Estado

y sus reformas.

Avance de la obra:

Se harán pagos parciales al contratista a cuenta del contrato por avance de trabajo ejecutado

y aceptado, de acuerdo a estimaciones y medidas revisadas y aceptadas por el supervisor y

aprobadas por la municipalidad. BASE LEGAL: Artículo 59 del Decreto Número 57-92 emitido

por el Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus

reformas y 52 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas.

Liquidación:

Después que la obra haya sido recibida a entera satisfacción de la Comisión Receptora y

Liquidadora, en un plazo de noventa (90) días siguientes a la fecha del acta de recepción

definitiva de la obra, procederá a efectuar la liquidación del contrato y a establecer el importe

de los pagos o cobros que deban hacerse al contratista. BASE LEGAL: Artículo 56 y 57 del

Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la República de Guatemala, Ley de

Contrataciones del Estado y sus reformas.

El saldo que existiera a favor del contratista en la liquidación, se le pagará dentro de los treinta

(30) días siguientes a la fecha en que la Autoridad Administrativa Superior de la Municipalidad

apruebe la liquidación del contrato y se presente la documentación completa que estipule el

contrato y el ordenamiento jurídico correspondiente. BASE LEGAL: Artículo 47 del Acuerdo

Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus

reformas.

Moneda de pago

Los pagos se harán en quetzales. BASE LEGAL: Artículo 49 del Acuerdo Gubernativo No.

122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

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Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

25

Autorización de pagos

Todos los pagos derivados de la ejecución del contrato deberán ser autorizados por la

Autoridad Administrativa Superior de la municipalidad.

30. FACTURACIÓN:

El contratista emitirá su factura en quetzales, cumpliendo con todos los requisitos de ley, a

nombre de: MUNICIPALIDAD DE PALÍN, NIT: 414411-2.

31. ENTREGA:

El contratista deberá ejecutar totalmente y a satisfacción de la municipalidad la obra de la

presente Licitación dentro del plazo estipulado en el contrato, que se contará a partir de la

fecha en que se suscriba el acta de inicio de los trabajos.

Cuando la obra esté terminada, el contratista deberá dar aviso por escrito al Supervisor de la

conclusión de los trabajos y con esta diligencia se interrumpirá el plazo de ejecución. El

Supervisor hará la inspección final dentro de los siguientes quince (15) días hábiles, plazo

dentro del cual si la obra no está conforme a planos y especificaciones, manifestará por escrito

sus observaciones al contratista para que éste proceda a corregir las deficiencias, y si los

trabajos estuvieran correctamente concluidos, el Supervisor rendirá informe pormenorizado a

la Autoridad Administrativa Superior de la municipalidad, la que nombrará la Comisión

Receptora y Liquidadora de la Obra. BASE LEGAL: Artículo 55 del Decreto Número 57-92

emitido por el Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y

sus reformas.

32. TIEMPO DE RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:

El contratista será responsable por la destrucción o deterioro de la obra, debido a dolo o culpa

de su parte, a fallas por deficiencias técnicas y en la calidad de materiales utilizados, durante

un período de cinco (5) años contados a partir de la fecha del acta de recepción definitiva de

la obra. BASE LEGAL: Artículo 67 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la

República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

33. SANCIONES PECUNIARIAS

El retraso del contratista en la entrega satisfactoria de la obra en el plazo convenido según

contrato y por causas imputables a él, se sancionará con el pago de una multa por cada día

laboral de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 0/00) del valor total del

contrato. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento (5%) del valor

del contrato. Si esto ocurre, la entidad contratante podrá rescindir el contrato sin

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Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

26

responsabilidad de su parte y sin perjuicio de aplicar las medidas que establece la Ley de

Contrataciones del Estado y su reglamento. BASE LEGAL: Artículo 85 del Decreto Número

57-92 emitido por el Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del

Estado y sus reformas.

El contratista que contraviniendo total o parcialmente el contrato perjudicare a la municipalidad

variando la calidad o cantidad del objeto del mismo será sancionado con una multa del cien

por ciento (100%) del valor, que, represente la parte afectada de la negociación. BASE

LEGAL: Artículo 86 del Decreto Número 57-92 emitido por el Congreso de la República de

Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

34. CONTROVERSIAS:

Cualquier diferencia, controversia o reclamo que surgiere entre las partes, derivado del

cumplimiento, interpretación, aplicación y efectos del contrato que se suscriba, será resuelto

con carácter conciliatorio a la brevedad posible, pero si no fuera posible llegar a un acuerdo, la

cuestión o cuestiones a dilucidar se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso

Administrativo. BASE LEGAL: Artículos 102 y 103 del Decreto Número 57-92 emitido por el

Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.

35. DIFERENCIAS EN LOS DOCUMENTOS DE LICITACION.

En caso de existir discrepancias en los documentos de Licitación

, la prevalencia de los mismos será en el orden en que se cita a continuación: especificaciones

generales, técnicas y disposiciones especiales, planos y bases de cotización. BASE LEGAL:

Artículo 16 del Acuerdo Gubernativo No. 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones

del Estado y sus reformas.

36. DERECHO DE PRESCINDIR

La municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, puede por intermedio de la Autoridad

Superior, prescindir de la negociación en cualquier fase en que ésta se encuentre, pero antes

de la suscripción del contrato respectivo. BASE LEGAL: Artículo 37 del Decreto Número 57-

92 emitido por el Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado

y sus reformas.

SECCION II

ESPECIFICACIONES TECNICAS.

El proyecto consiste en la ejecución de los siguientes renglones, que describe los trabajos a

realizar.

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Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

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RENGLONES DE TRABAJO DEFINITOVOS

No. RENGLON CANTIDAD UNIDAD

1 REPLANTEO TOPOGRAFICO DE PLANTA GENERAL 2000 Mts².

2 MOVIMIENTO DE TIERRAS 1140 Mts³.

3 RELLENO Y COMPACTACION ESPECIAL 100 Mts³.

4 CAJA DE DEMASIAS 1 Unidad

5 DESARENADOR Y REJAS

5.01 REJA FINA Y GRUESA + ESCURRIDORES

ACCESORIOS 4 Unidad

5.02 CAJA DE REJAS Y DESARENADOR 1 Unidad

5.03 IMPERMEABILIZACION 15 Mts².

5.04 TAPADERAS DE FIBRA DE VIDRIO 3.2 Mts².

5.05 CAJA TRAMPA DE FLOTANTES O GRASAS 1 Unidad

6 SEDIMENTADOR

6.01 FUNDICION DE PISO DE 0.15 DE PROMEDIO 55 Mts²

6.02 FUNDICION DE MURO 130 Mts².

6.03 FUNDICION DE PAÑUELOS 30 Mts².

6.04 VIGAS 10 Ml.

6.05 COLOCACION DE TUBERÍAS ACCESORIOS

INTERNOS (para sedimentador) 1 Global

6.06 LOSA 55 Mts².

6.07 TUBERIA DE BIOGAS 40 Ml.

6.08 TAPADERA DE FIBRA DE VIDRIO 4 Mts².

6.09 REPELLO LUJADO FINO, ALIZADO 130 Mts².

6.10 IMPERMEABILIZACION 167 Mts².

7 BY-PASS 35 Ml.

8 CAJA DE VALVULAS 4 Unidad

9 CAJA DE UNION 6 Unidad

10 TUBERIA DE INTERCONEXION QUE VA A

DIGESTOR Y PATIO DE LODOS 40 Ml.

11 FILTRO ANAEROBICO (FAFA)

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Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

28

11.01 FUNDICION DE PISO PERALTE =0.15 cms +

PAÑUELOS 40 Mts².

11.02 FUNDICION DE MURO DE 0.15 85 Mts².

11.03 VIGAS 5 Ml.

11.04 LOSA DE TECHO 40 Mts².

11.05 COLOCACION DE TUBERÍAS Y ACCESORIOS

INTERNOS Y EXTERNOS 35 Ml.

11.06 COLOCACION DE MATERIAL FILTRANTE

ECOLOGICO 50 Mts³.

11.07 LOSA INTERNA PERFORADA +VIGAS Y MENSULAS 40 Mts².

11.08 REPELLO LUJADO FINO 105 MTS², ALIZADO

105Mts² 105 Mts².

11.09 IMPERMEABILIZACION 105 Mts²

12 CLARIFICADOR O DECANTADOR

12.01 FUNDICION DE PISO 20 Mts² + 20 Mts² PAÑUELOS 20 Mts²

12.02 FUNDICION DE MURO DE 0.15 + REPELLO LUJADO

FINO 74 Mts².

12.03 BAFLE 7 Mts²

12.04 COLOCACION DE CANAL O CANOA DE ACERO

INOXIDABLE 5.5 Ml.

12.05 COLOCACION DE PLANCHAS DE PVC LISAS DE 1.22

X 1.22 a 0.12 35 Unidad

12.06 LOSA DE TECHO

10

Mts².

12.07 TAPADERAS 3 Mts² + IMPERMEABILIZACION 94

Mts² 94 Mts².

13 PATIO DE SECADO DE LODOS

13.01 CIMIENTO CORRIDO 0.40 x 0.15 15.5 Ml.

13.02 LEVANTADO DE BLOCK PINEADO INCLUYE

COLUMNAS Y SOLERAS 18 Mts².

13.03 FUNDICION DE PISO 13.5 Mts².

13.04 REPELLO FINO LUJADO Y ALIZADO E

IMPERMEABILIZANTE 47 Mts².

13.05 COLOCACION DE MATERIAL FILTRANTE

POMEZ,ARENA FINA Y GRUEZA CAPAS DE O.10 8 Mts³

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Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

29

13.06 COLOCACION DE LADRILLO TAYUYO DE CISA

PERDIDA 13.5 Mts².

13.07 TECHO DE METAL DE PATIO DE LODOS 17.65 Mts².

14 FUNDICION DE PAÑUELOS 13 Mts².

15 RECIRCULACION DE LODOS 2 Unidad

16 GRADAS 10 Mts².

17 POZO DE LIXIVIADOS H = 1.20 1 Unidad

18 DIGESTOR DE LODOS +SISTEMA DE BOMBEO DE

LODOS 9 Mts²

19 CIRCULACION DE PREDIO + PORTON

19.01 LIMPIEZA Y CHAPEO (1m de ancho) 1 Global

19.02 CIMIENTO CORRIDO 25 Ml.

19.03 MURO DE CIMENTACION 25 Mts².

19.04 SOLERA DE HUMEDAD TIPO "U" 25 Ml.

19.05 COLUMNA TIPO C-1, 6 UNIDADES 5 Ml.

19.06 COLUMNA TIPO C-2, 6 UNIDADES 5 Ml.

19.07 INSTALACION DE MALLA INCLUYE POSTES Y

MALLA 25 Ml.

19.08 INSTALACION DE PORTON H = 3m de largo x 2m de

alto 1 Unidad

20 GUARDIANIA (4.75m largo por 3.00m de ancho) 1 Unidad

21 CASETA PARA FILTRO DE GAS (h2s) 4 Mts².

22 FILTRO DE GAS (h2s) 1 Unidad

23 BODEGA PROVISIONAL 1 Unidad

24 LIMPIEZA FINAL 1 Global

25 CAJA DE CLORINADOR Y TANQUE DE CONTACTO 8 Mts²

26 ROTULO 1 Unidad

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Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

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A P É N D I C E 1

CARTA DE PRESENTACION DE OFERTAS:

Las ofertas deben ser claras y concretas, utilizando la carta de presentación de oferta que se

presenta a continuación:

Lugar y Fecha

Señores:

Junta de Licitación.

Municipalidad de Palín, departamento de Escuintla

Presente.

Estimados señores:

Yo: _________________________________, por este medio y en mi calidad de

____________________________________________________ de la

________________________________________________, me permito presentar formal oferta para la

ejecución del proyecto denominado: CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO AGUAS

RESIDUALES DEL MUNICIPIO DE PALIN, ESCUINTLA, por un monto de

______________________ quetzales (Q _______). Estamos enterados del contenido de la Invitación a

Licitar, Bases de Licitación y demás documentos, los que hemos examinado, estudiado y analizado

detenidamente y en consecuencia aceptamos y ofrecemos en caso de salir favorecidos con la

adjudicación, cumplir con las condiciones y requisitos. Así mismo que nos sujetamos a los

requisitos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento y demás

leyes de la República y ofrecemos a la municipalidad de Palín, departamento de Escuintla,

ejecutar el presente proyecto en un plazo de ___________________________.(días, semanas o

meses. Indicar con claridad)

Firma y sello del oferente_________________________

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Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

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A P É N D I C E 2

MODELO DE ETIQUETA

MUNICIPALIDAD DE PALIN

DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA

JUNTA DE LICITACION

NOMBRE DEL CONCURSO:_______________________________________

NOG: ______________________

OFERENTE: ___________________________________________________

NIT:____________________________________________________________

PROPIETARIO O REPRESENTANTE: ________________________________

DIRECCIÓN PARA RECIBIR NOTIFICACIONES: _______________________

________________________________________________________________

No. DE TELEFONO Y FAX: ________________________________________

CORREO ELECTRÓNICO: ________________________________________

FIRMA OFERENTE SELLO OFERENTE

FECHA DE ENTREGA: _________________ HORA: _________________

___________________________

FIRMA JUNTA DE LICITACION SELLO JUNTA DE LICITACION

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Municipalidad de Palín

Avenida central 2-31, Zona 1, Palín Departamento de Escuintla

Guatemala, C.A.

Telefax: 7956-8888

BASES DE LICITACION.

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A P É N D I C E 3

MODELO DE OFERTA

FORMULARIO DE LICITACION

Municipalidad de Palín, Escuintla

No. 05 – 2,017

DATOS DEL OFERENTE

Proyecto:

NOG:

Oferente:

Propietario o representante legal:

Dirección para Recibir Notificaciones:

Teléfono y fax: Correo electrónico: N.I.T.

No. Descripción Unidad de

Medida Cantidad

Precio Unitario (Q)

Precio Total (Q)

COSTO TOTAL

Enviar este documento en sobre cerrado adjunto sellado y firmada por el oferente.

Esperamos su oferta el: _________ de _______________ 2017.

Destino y lugar de entrega:

Firma del oferente Sello