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INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL INFORME DE OBSERVANCIA DE TRABAJO INFANTIL

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INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

INFORME DE OBSERVANCIA

DE TRABAJO INFANTIL

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CRÉDITOSRepública del EcuadorConsejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional

Berenice Cordero Molina Presidenta del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional

Nicolás Reyes Morales Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional

Consejeros delegados por la sociedad civilYomara Vega Hidalgo, Consejera por Niñas, Niños y AdolescentesLuis Pachala Cañas, Consejero por Niñas, Niños y AdolescentesYolanda Hernández Mosquera, Consejera por JóvenesJuan Carlos Peñafiel RuÍz, Consejero por JóvenesNorberta Mina Nazareno, Consejera por Personas Adultas Mayores

Consejeros delegados por las funciones del EstadoSonia Acevedo Palacio, Consejera por la Función JudicialGalo Paredes Arcos, Consejero por la Función LegislativaCarla Jarrín Saavedra, Consejera por la Función ElectoralKatherine Soto Baquero, Consejera por la Función de Transparencia y Control Social

Elaboración del Informe Observancia de Trabajo Infantil

Equipo directivoNatalia Arias Rendón, AsesoraEnrique Torres Castro, AsesorGrace Vásquez Paredes, Directora TécnicaIsabel Chanataxi Vaca, Directora de Planificación y Gestión EstratégicaPaulina Haro Ruiz, Directora de Asesoría JurídicaVanessa Zurita Fuertes, Directora de Comunicación SocialGladys Suárez López , Directora Administrativa Financiera

Equipo TécnicoSandra Ruiz Gavilanes, Sandra Báez Montenegro, Tamara Andy Cerda, Catalina Espinosa Gudiño, Omar Proaño Morales, María Antonieta Garcés López y Eliana Cruz Pillajo.

Se extiende el reconocimiento y agradecimiento a los equipos técnicos del Ministerio de Educación, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este documento. También a los consejos consultivos de niñas, niños y adolescentes, a las organizaciones de la sociedad civil, a las niñas y niños que con sus experiencias, propuestas y compromisos contribuyeron significativamente al contenido del Informe de Observancia de Trabajo Infantil.

Informe de Observancia de Trabajo Infantil© Consejo Nacional para la Igualdad IntergeneracionalQuito – Ecuador

Este material puede ser utilizado siempre que se cite la fuente.

Consejo Nacional para la Igualdad IntergeneracionalEloy Alfaro N28-105 y 10 de AgostoQuito – EcuadorTeléfono: (593) 2 254-6623 / 2 223-0245www.igualdad.gob.ec

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INFORME DE OBSERVANCIA DE TRABAJO INFANTIL

OCTUBRE 2018

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INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

CONTENIDOÍndice de tablas 111. Introducción 182. Proceso de observancia para la justiciabilidad de derechos 22

2.1 Procedimiento aplicado para el proceso de observancia a la política pública para la erradicación del trabajo infantil 26

3. Definición del trabajo infantil 304. Marco normativo que protege a las niñas, niños y adolescentes del trabajo infantil 36

4.1 Ratificación de instrumentos internacionales con relación al trabajo infantil en el Ecuador 36

4.2 Normativa nacional con relación al trabajo infantil en el Ecuador 465. Estado de situación del trabajo infantil en el Ecuador 60

5.1 Causas del trabajo infantil de las niñas, niños y adolescentes 755.2 Consecuencias del trabajo infantil en el desarrollo de las niñas,

niños y adolescentes 76

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6. Políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador 80

6.1 Período 1990-2007 806.1.1 Presupuesto periodo 2000-2007 82

6.2 Período 2007-2017 836.2.1 Presupuesto periodo 2009-2017 86

6.3 Actores públicos y privados en la prevención y erradicación 87 del trabajo infantil

6.4 Planes, programas y servicios para la erradicación del trabajo infantil 98 del Ministerio de Inclusión Económica y Social-MIES

6.4.1 Logros y desafíos del Ministerio de Inclusión Económica y Social en la erradicación del trabajo infantil 101

6.5 Planes, programas y servicios para la erradicación del trabajo infantil del Ministerio del Trabajo 104

6.5.1 Logros y desafíos del Ministerio de Trabajo en la erradicación del trabajo infantil 110

6.6 Planes, programas y servicios para la erradicación del trabajo infantil del Ministerio de Educación 115

6.6.1 Logros y desafíos del Ministerio de Educación en la erradicación del trabajo infantil 116

6.7 Planes, programas y servicios para la erradicación del trabajo infantil de los Gobiernos Autónomos Descentralizados 121

6.8 Políticas públicas para la prevención y erradicación del trabajo infantil del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional 123

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7. Logros y desafíos del Estado Ecuatoriano en la erradicación del trabajo infantil 1308. Recomendaciones para la mejor implementación de la política pública

1378.1 Estrategias generales para la erradicación del trabajo infantil 138 8.2 Recomendaciones interinstitucionales, estrategia intersectorial 1408.3 Recomendaciones a la normativa de prevención y erradicación del trabajo infantil 1488.4 Recomendaciones para las instituciones públicas con responsabilidades y competencias en la erradicación del trabajo infantil 1528.5 Propuestas y recomendaciones de las niñas, niños y adolescentes a las políticas públicas para la erradicación del trabajo infantil 162

8.5.1 Dejar la escuela para trabajar 1628.5.2 Actividades laborales realizadas por niñas y niños que no son visibles 1638.5.3 La noche y la violencia 1648.5.4 Las enfermedades 1658.5.5 Campañas de sensibilización 166

9. Conclusiones 17010. Anexos 174Siglas 189Referencias Bibliográficas 191

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ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1: Proceso de observancia a las políticas públicas 23Tabla 2: Marco normativo, instrumentos internacionales para la erradicación del trabajo infantil 36Tabla 3: Normativa nacional para la prevención y erradicación del trabajo infantil 48Tabla 4: Ecuador. Estimación del trabajo infantil de personas entre 5 a 17 años, a diciembre de 2017 74Tabla 5: Matriz de los roles y competencias de las instituciones públicas y privadas, a nivel nacional y local, en la prevención y erradicación del trabajo infantil 87Tabla 6: Logros y desafíos del MIES en la erradicación del trabajo infantil 101Tabla 7: Compromisos e indicadores de seguimiento de la Red de Empresas por un Ecuador Libre de Trabajo Infantil 106 Tabla 8: Logros y desafíos del MDT en la erradicación del trabajo infantil 110Tabla 9: Logros y desafíos del MINEDUC en la erradicación del trabajo infantil 116Tabla 10: Propuestas de políticas públicas para la prevención y erradicación del trabajo infantil. Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional 2017-2021 125Tabla 11: Propuestas de políticas públicas para la prevención y erradicación del trabajo en adolescentes. Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional 2017–2021 127 Tabla 12: Logros y desafíos del Estado Ecuatoriano en la erradicación del trabajo infantil 130

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Tabla 13: Factores causales del trabajo infantil y estrategias para prevenirlo y eliminarlo 138Tabla 14: Recomendaciones interinstitucionales, estrategia intersectorial 141Tabla 15: Recomendaciones para las instituciones públicas con responsabilidades y competencias en la

erradicación del trabajo infantil 152Tabla 16: Políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador, periodo 1990-2007 174Tabla 17: Políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador, período 2007-2017 180

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INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL 13

TABLA DE ILUSTRACIONES

Ilustración 1: Ecuador. Incidencia del trabajo infantil por provincia 62Ilustración 2: Ecuador. Distribución del trabajo infantil por provincia 62Ilustración 3: Ecuador. Incidencia del trabajo adolescente por provincia 63Ilustración 4: Ecuador. Distribución del trabajo infantil por provincia 63Ilustración 5: Ecuador. Incidencia del trabajo infantil por auto identificación étnica 64Ilustración 6: Ecuador.: Ramas de actividad de empleo de niños, niñas y adolescentes 65Ilustración 7: Ecuador. Evolución de la pobreza y trabajo infantil/adolescente 68Ilustración 8: Tareas Domésticas según provincias 69Ilustración 9: Ecuador. Evolución del trabajo infantil entre los años 2012 y 2017 71Ilustración 10: Ecuador. Evolución del trabajo infantil por grupos de edad, entre los años 2012 y 2017 en porcentaje 72 Ilustración 11: Ecuador. Trabajo infantil y pobreza y extrema pobreza por ingresos entre los años 2012 y 2017 en porcentaje 73 Ilustración 12: Ecuador. Evolución presupuestaria y tasas varios años 83Ilustración 13: Evolución presupuestaria del Programa de erradicación del trabajo infantil del Ministerio de Trabajo 86

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PRESENTACIÓNLas atribuciones de participar en la formulación, transversalización, observancia seguimiento y evaluación de la política pública, asignadas constitucionalmente al Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional (en adelante CNII), apuntan a asegurar la vigencia y el ejercicio de derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores.

La atribución de observancia, en ese contexto, define con una importante especificidad el quehacer del Consejo, pues permite dar indicaciones a las entidades del gobierno central y descentralizado para el perfeccionamiento continuo de sus intervenciones, sobre la base del análisis de las situaciones de amenaza y violación de derechos que ponen en riesgo la integridad y el desarrollo pleno de los grupos de atención prioritaria desde la temática generacional.

El ejercicio de la atribución de observancia de la política pública pone en juego, de esa forma, la función de coordinación del Consejo, combinando la información provista por las instituciones con la valoración ciudadana sobre la acción estatal en una temática específica. La observancia consiste, entonces, en un ejercicio de encuentro entre la institucionalidad pública y la ciudadanía para buscar soluciones conjuntas a la persistencia de desigualdades y a la vulneración de derechos.

La problemática del trabajo infantil ha sido parte de la agenda de políticas para la garantía de derechos de niñas, niños y adolescentes. Así, la Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional 2017-2021 (ANII) incluye a esta política entre las prioridades del periodo para niñez y adolescencia, como respuesta a la evidencia de que todavía la vinculación al mundo del trabajo afecta a una porción importante de niñas y niños y que el trabajo

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adolescente no ha sido lo suficientemente monitoreado para resguardar la integridad y las expectativas de vida de este grupo de edad.

Con la suscripción de la Convención sobre los Derechos del Niño en 1992,1 la ratificación de instrumentos internacionales sobre derechos humanos2 y protección frente al trabajo infantil3 y la entrada en vigencia de la Constitución de la República del Ecuador 2008, el país asume la responsabilidad de asegurar el ejercicio de derechos y de establecer mecanismos para su protección y restitución, con atención especial a los grupos humanos que por sus condiciones de inequidad, desigualdad y discriminación se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad y exclusión.

De esa forma, el proceso de observancia que desarrolló el CNII se dirigió a analizar el cumplimiento de la responsabilidad que tiene el Estado en su conjunto con la garantía del principio de igualdad y no discriminación de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil.

Para alcanzar este objetivo, el CNII coordinó el levantamiento y análisis de información de la gestión institucional en relación con las políticas públicas para erradicar el trabajo infantil con el Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y Ministerio de Educación y con otros actores de instituciones públicas relacionados al tema, evidenciando la presencia de nudos críticos en la implementación de

1 La Convención sobre los Derechos del Niño, publicada en el Registro Oficial No. 31 de 22 de septiembre de 1992. 2 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, publicado en el Registro Oficial No. 101 de 24 de enero de 1969; Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales, publicado en el Registro Oficial 101 de 24 de enero de 1969; Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, publicado en el Registro Oficial No. 101 de 24 de enero de 1969; Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, publicada en el Registro Oficial No. 132 del 2 de diciembre de 1981; La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Convención de Belem Do Para, publicada en el Registro Oficial No. 728 de 30 de junio de 1995; Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura, publicada en el Registro Oficial No. 360 de 13 de enero de 2000. 3 Convenio sobre la edad mínima (C 138), 1973 y Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil (C 182), 1999, en vigor en el Ecuador desde el 19 de septiembre de 2000.

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la política pública que amenaza o vulnera los derechos de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil.

Asimismo, el CNII realizó consultas a niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil y a los actores de la sociedad civil vinculados con servicios de atención en esta temática, con la finalidad de conocer su opinión, experiencias y aportes para la implementación eficiente de la política pública.En el proceso de observancia se identificaron logros, avances y desafíos de la política pública, normativa, servicios sociales, institucionalidad y recursos humanos necesarios para prevenir, disminuir y erradicar el trabajo infantil en el país, lo que permitió elaborar recomendaciones de manera conjunta para el perfeccionamiento de mecanismos de protección, servicios de atención, programas y estrategias de implementación de la política pública e incidencia en las instituciones del Estado con el objetivo de asegurar el ejercicio de derechos, el desarrollo integral y la protección especial frente a la amenaza o vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes.

Presentamos este informe con la firme expectativa de impulsar estos esfuerzos conjuntos y concretar el acompañamiento y cumplimiento de las recomendaciones propuestas, con el compromiso puesto en la erradicación progresiva del trabajo infantil y el afianzamiento de la protección integral de niñas, niños y adolescentes en el Ecuador.

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INTRODUCCIÓN1Con la suscripción de la Convención sobre los Derechos del Niño en 1992,4 la ratificación de instrumentos internacionales sobre derechos humanos5 y protección frente al trabajo infantil6 y la aprobación de la Constitución de la República del Ecuador en 2008, el país asume la responsabilidad de asegurar el ejercicio de derechos y de establecer mecanismos para su protección y restitución, con atención especial a los grupos humanos que por sus condiciones de inequidad, desigualdad y discriminación se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad y exclusión.

4 La Convención sobre los Derechos del Niño, publicada en el Registro Oficial No. 31 de 22 de septiembre de 1992. 5 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, publicado en el Registro Oficial No. 101 de 24 de enero de 1969; Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales, publicado en el Registro Oficial 101 de 24 de enero de 1969; Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, publicado en el Registro Oficial No. 101 de 24 de enero de 1969; Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, publicada en el Registro Oficial No. 132 del 2 de diciembre de 1981; La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Convención de Belem Do Para, publicada en el Registro Oficial No. 728 de 30 de junio de 1995; Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura, publicada en el Registro Oficial No. 360 de 13 de enero de 2000. 6 Convenio sobre la edad mínima (C 138), 1973 y Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil (C 182), 1999, en vigor en el Ecuador desde el 19 de septiembre de 2000.

La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 156, define a los consejos nacionales para la igualdad como “(…) órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos (…)” respondiendo a las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, de discapacidades y movilidad humana, a partir de una mirada integral del ejercicio y protección de derechos.

Los consejos nacionales, integrados paritariamente por representantes del Estado y de la sociedad civil, de acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad (LOCNI), tienen atribuciones en la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas de igualdad con la finalidad de asegurar los derechos de toda la población (LOCNI, Art. 9).

El Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional (CNII) es una entidad de la función ejecutiva que tiene la finalidad

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de asegurar los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores, en todos los niveles de gobierno, en coordinación con las entidades rectoras y ejecutoras y con los organismos especializados en la protección de derechos (LOCNI, Art. 3).

El Consejo, de acuerdo con su rol y atribuciones, observó el cumplimiento de la responsabilidad que tiene el Estado en su conjunto con la garantía del principio de igualdad y no discriminación de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil.

En el proceso de observancia se identificaron los logros, avances y desafíos de la política

pública con relación a la normativa, servicios sociales, institucionalidad y recursos humanos necesarios para prevenir, disminuir y erradicar el trabajo infantil en el país con el objetivo de incidir en las instituciones del Estado para que garanticen los derechos.

Este Consejo solicitó información de la gestión institucional en relación con las políticas públicas para erradicar el trabajo infantil al Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), Ministerio del Trabajo (MDT) y Ministerio de Educación (MINEDUC). Además, realizó consultas a niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil y a los actores de la sociedad civil vinculados con la problemática.

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Proceso de observancia para la justiciabilidad de derechos

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Proceso de observancia para la justiciabilidad de derechos72

El Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional tiene entre sus atribuciones la observancia para la justiciabilidad de los derechos humanos. En este marco, el objetivo de la observancia es realizar un control administrativo a la implementación de la política pública, y “exigir la autocorrección administrativa cuando las decisiones

7 Criterios basados en el documento “La justiciabilidad como asunto fundamental de los Derechos Humanos. Aproximaciones para el debate sobre justiciabilidad y exigibilidad administrativa y social de los Derechos Humanos” de Yuri Buaiz Valera. Junio de 2018.

presupuestarias y/o técnicas de planes, programas y políticas sociales básicas no se corresponden con la situación de los derechos” (Buaiz, 2018).

Para la observancia de las políticas públicas, el Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional desarrolla el siguiente proceso:

7 Criterios basados en el documento “La justiciabilidad como asunto fundamental de los Derechos Humanos. Aproximaciones para el debate sobre justiciabilidad y exigibilidad administrativa y social de los Derechos Humanos” de Yuri Buaiz Valera. Junio de 2018.

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INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL 23

Proceso de

observanciaAcciones de observancia

Identificación de la situación de vulneración de derechos

• Conocimiento de casos recurrentes individuales o colectivos, donde se verifica la amenaza y/o violación de derechos.

Formulación de objetivo

de observancia

y levantamiento

de información

• Formulación de objetivo de observancia, en el que se identifica el ámbito de la política pública a observar.

• Conformación de equipos de trabajo con las instituciones responsables de las políticas públicas observadas.

• Construcción de un plan de trabajo interinstitucional para el desarrollo del proceso de observancia a la política pública.

• Levantamiento de información en los siguientes ámbitos:

» Definiciones conceptuales de la temática observada. » Diagnóstico con información cuantitativa y cualitativa

de la temática observada. » Marco normativo nacional e internacional. » Política pública existente en el nivel estratégico y

programático.

Tabla 1: Proceso de observancia a las políticas públicas.

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Análisis

de la información

• Relación y correspondencia entre la normativa nacional e internacional.

• Identificación de avances en la política pública a nivel estratégico y programático que implica la valoración de la efectividad de la implementación de la política, en relación con el objetivo planteado y el cumplimiento de los derechos de los sujetos.

• Establecimiento de logros y desafíos en la política pública:

» Identificación de amenazas o vulneración de derechos por posible incumplimiento de la política, regresividad en las medidas adoptadas, o desconocimiento de éstas.

» Identificación de mecanismos administrativos de autocorrección. En el informe de observación este Consejo establece conclusiones y recomendaciones, efectivas y realizables para que la entidad/organismo responsable incorpore en sus acciones de manera inmediata. Estos mecanismos constituyen medidas administrativas de control de políticas públicas.

Elaboración y validación

• Consulta y revisión del informe de observancia con actores claves, públicos y privados, vinculados a la problemática.

• Incorporación en el informe de las observaciones y recomendaciones del proceso de consulta.

Tabla 1: Proceso de observancia a las políticas públicas.

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INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL 25

Difusión

• Socialización de los resultados y recomendaciones del informe con las instituciones públicas con responsabilidad en la política pública observada.

• Difusión pública del informe de observancia.

Seguimiento

• Seguimiento a la incorporación de las recomendaciones del informe de observancia en las instituciones públicas. Este Consejo ofrecerá asistencia técnica a las instituciones pú-blicas para la implementación de recomendaciones, poste-riormente exigirá los cambios que sean necesarios en las políticas y servicios públicos.

• De no incorporarse las recomendaciones, este Consejo pue-de ejercer recursos administrativos y/o judiciales para la pro-tección, restitución y reparación en casos de violación de derechos colectivos o difusos. En ejercicio de sus atribucio-nes previstas en la LOCNI, el CNII podrá:

» Poner en conocimiento de las autoridades competentes casos de amenaza o violación de derechos.

» Solicitar, a través del Defesor del Pueblo, el planteamiento de medidas cautelares antes las juezas y jueces de garantias constitucionales.

Tabla 1: Proceso de observancia a las políticas públicas.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: CNII, 2018

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Procedimiento aplicado para el proceso de observancia a la política pública para la erradicación del trabajo infantil

En el proceso de observancia a las políticas públicas para erradicar el trabajo infantil se realizaron las siguientes acciones entre julio de 2016 y agosto de 2018:

Cronograma Acciones

Julio de 2016

El proceso de observancia inició con la definición de mecanismos de coordinación interinstitucional para la obtención de la información de la gestión institucional. Se conformó en cada institución MIES, MDT y MINEDUC un equipo de trabajo para el proceso de observancia y el levantamiento de información referente a la política pública, normativa, referencias conceptuales y datos estadísticos relacionados al trabajo infantil.

Agosto 2016

octubre de 2017

Con la información recopilada de fuentes primarias y fuentes secundarias (desde 1966 hasta la actualidad), se realizó un primer análisis de la correspondencia o relación entre la normativa nacional e internacional; posteriormente se analizó la normativa nacional en relación con la política pública implementada, de manera cronológica.

Con base en este análisis, se establecieron los logros y desafíos de la implementación de la política pública de manera general para el Estado ecuatoriano y específicamente para el MIES, MDT y MINEDUC.

2.1

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INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL 27

Noviembre

y diciembre de 2017

Este Consejo elaboró y validó con los equipos técnicos de las instituciones públicas mencionadas, una matriz de logros y desafíos en la erradicación del trabajo infantil. A partir de los desafíos identificados, el CNII propone las recomendaciones para la mejor implementación de la política pública.

Diciembre de 2017

mayo de 2018

Para la validación y retroalimentación final del informe de observancia se realizaron las siguientes acciones:

• Presentación del documento a los equipos técnicos del MIES, MDT y MINEDUC para su revisión y retroalimentación.

• Socialización del informe con instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil para su validación y retroalimentación: Foro “A sumar propuestas para erradicar el trabajo infantil”; y, envío del informe de observancia, mediante oficio a instituciones públicas y privadas.

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• Taller con niñas, niños y adolescentes de los consejos consultivos y de los servicios de erradicación del trabajo infantil del MIES para analizar las causas y consecuencias del trabajo infantil, así como sus recomendaciones y aportes a la política pública para su prevención y erradicación.

• Incorporación de las observaciones y aportes de las instituciones públicas y privadas: Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES); Fiscalía General del Estado (FGE); Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC); Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos (MJDHC); Centro Internacional de Estudios Superiores de Comunicación para América Latina (CIESPAL); Organización Internacional del Trabajo (OIT); Plan Internacional Ecuador.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: CNII, 2017 - 2018

Los siguientes pasos luego de la revisión y aprobación del informe de observancia, comprenden su socialización con instituciones públicas del nivel desconcentrado y descentralizado del Estado ecuatoriano y organizaciones de

la sociedad civil, y el seguimiento a la implementación y cumplimiento de las recomendaciones en las instituciones públicas con competencias y atribuciones directas en la prevención y erradicación del trabajo infantil.

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DEFINIcIÓN

DEL TRABaJO INFANTIL

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DEFINICIÓN DEL TRABAJO INFANTIL3La definición estandarizada de trabajo infantil, que es aceptada a nivel mundial por más de 150 países, se encuentra contenida básicamente en los Convenios internacionales 138 y 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En este sentido, se reconoce el trabajo infantil como una subcategoría de la actividad económica, que incluye:

• Las niñas, niños y adolescentes ocupados en la producción económica que no han alcanzado la edad mínima de admisión al empleo establecida en la legislación nacional de cada país en concordancia con la normativa internacional. En el Ecuador, el Código de Niñez y Adolescencia (Art. 83) establece como la edad mínima para trabajar los 15 años.

• Aquellas niñas, niños y adolescentes entre 5 y 17 años que realizan actividades peligrosas determinadas por la legislación nacional de cada país en concordancia con la normativa internacional.

Se entiende entonces por trabajo infantil a las actividades económicas de bienes y servicios que realizan las niñas y niños menores de 18 años, cualquiera sea su condición: asalariado, por cuenta propia o como trabajador familiar no remunerado. Se excluye del concepto a las actividades reproductivas y las actividades domésticas que realizan las niñas, niños y adolescentes en el propio hogar8 (Organización Internacional del Trabajo, 2017).

El Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) define el trabajo infantil como “cualquier trabajo que supere una cantidad mínima de horas, dependiendo de la edad del niño o niña y de la naturaleza del trabajo” y reconoce que tal tipo de trabajo se considera perjudicial para la infancia y por tanto debería eliminarse. (Montalvo, 2012, p.15).

Específicamente, se considera que una niña o niño está en trabajo infantil bajo la siguiente clasificación: 1) niñas y niños entre 5 y 11 años que trabajaron al menos

8 En: http://www.iniciativa2025alc.org/es/info/trabajoinfantil

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31INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

una hora semanal en alguna actividad económica o al menos 28 horas semanales en trabajo doméstico; y 2) niñas y niños entre 12 y 14 años que trabajan al menos 14 horas semanales en actividades remuneradas, o al menos 28 horas semanales en actividades domésticas. Adicionalmente, se incluye en el trabajo infantil a la población entre 15 y 17 años que dedica al menos 43 horas a actividades remuneradas o al trabajo doméstico.

Aportando a esta definición, la OIT menciona además que el trabajo infantil es toda actividad que priva a los niños, niñas y adolescentes de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es por tanto perjudicial para su desarrollo físico y psicológico. Se refiere por tanto al trabajo que:• Es peligroso y perjudicial para su

bienestar físico, mental o moral;

• Interfiere con su escolarización puesto que:

» les priva de la posibilidad de asistir a clases;

» les obliga a abandonar la escuela de forma prematura, o

» les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que consume mucho tiempo.

Si las actividades que realizan las niñas, niños y adolescentes consideradas formativas se realizan por más de 23 horas a la semana o implican alguna de las condiciones descritas anteriormente, deberán ser consideradas como trabajo infantil y, por lo tanto, serán objeto de erradicación. Para establecer en la práctica la distinción entre trabajo formativo y trabajo infantil, es necesario contar con instrumentos que permitan recoger información sobre el número de horas que las niñas y niños “trabajan” así como los riesgos a los que están expuestos.

La Convención de los Derechos del Niño (CDN), también incorpora artículos específicos relativos al trabajo infantil desde una mirada amplia e integral sobre la protección y promoción de los derechos de las niñas y niños (personas menores de 18 años). Como lo menciona Barreiro y Montero (2015):

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32

En relación con el trabajo de los niños, la

Convención pone el énfasis en la protección a los

niños de la explotación económica, así como de

realizar cualquier trabajo que pueda ser peligroso

o que interfiera con su educación o que pueda ser dañino para su salud física o mental, su

espiritualidad, moral o desarrollo social, artículo

32 literal 1. Aparecería así, que el énfasis de la

Convención es el prevenir el daño en el trabajo

antes que el trabajo en sí mismo. El artículo 32,

en su segundo literal, sugiere además maneras

de proveer esa protección, incluyendo una

edad mínima (no especificada) para el ingreso al empleo. La inclusión de esta cláusula coloca a la

Convención en una confusión en la definición del problema como uno relativo al trabajo peligroso

o de explotación (artículo 32: 1) o definirlo como cualquier trabajo debajo de cierta edad (artículo

31:2).

En resumen, a nivel mundial se identifican dos conceptualizaciones respecto de la comprensión y abordaje del trabajo infantil: la primera hace énfasis en la erradicación de todas las actividades económicas por debajo de la edad mínima, a través del establecimiento de regulaciones y normativa; la segunda se enfoca en la promoción y protección de derechos de las niñas y niños, en este caso, específicamente la explotación laboral, a través de medidas de protección especial.

Respecto de la definición de trabajo infantil expresada en la Convención de los Derechos del Niño y en los convenios internacionales de la OIT, suscritos por el Ecuador, el CNII, identifica algunos temas con implicaciones en la magnitud del problema y en el abordaje para su erradicación.

La definición de trabajo infantil caracteriza situaciones muy diversas, que incluyen tanto las niñas, niños y adolescentes que trabajan una hora semanal, en actividades que incluso pueden no ser peligrosas; como niños y niñas que por el contrario están expuestos a situaciones de explotación por la naturaleza misma de la actividad que desarrollan (como por ejemplo en minas) o por la intensidad (elevado número de horas) o por las condiciones en que se realiza (en la noche, o madrugada, en confinamiento, en la calle).

El concepto de trabajo infantil no toma en cuenta las actividades reproductivas en el propio hogar, al basarse en la definición de empleo adulto y hacer una extrapolación de la definición al trabajo de las niñas y niños, se deja de lado las actividades que éstos realizan en el propio hogar.

En términos generales, el concepto de

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33INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

trabajo infantil reconoce que la infancia es un concepto culturalmente específico y que los contextos particulares en los que se asigna y organiza el trabajo de las niñas y niños tienden a determinar tanto sus costos como sus beneficios (Ennew, Myers y Plateau, 2005).

En el informe de observancia, el CNII llama la atención sobre el trabajo doméstico infantil que es una forma no visibilizada de trabajo que afecta ante todo a las niñas y que de acuerdo con la OIT, hace referencia a las actividades realizadas por niñas, niños y adolescentes en el sector doméstico9, con o sin remuneración, en hogares de terceros o empleadores. Aun cuando niñas y niños están normalmente involucrados en las actividades reproductivas, este trabajo recae predominantemente en las niñas.

En la práctica, el trabajo reproductivo puede consumir una importante proporción del tiempo de niñas y niños, suelen ser además tareas con muy poca flexibilidad,

9 De acuerdo con el Convenio núm. 189 «trabajo doméstico» designa el trabajo realizado en un hogar u hogares o para los mismos y «trabajador doméstico» designa a toda persona, de género femenino o género masculino, que realiza un trabajo doméstico en el marco de una relación de trabajo. El término «trabajo doméstico» abarca una amplia diversidad de tareas y servicios que varían de un país a otro.

puesto que la preparación de los alimentos, la limpieza y mantenimiento del hogar, el acarreo de agua, tienen que hacerse todos los días irremediablemente y, sin embargo, no son actividades consideradas como trabajo infantil, aun cuando puedan estar interfiriendo con su educación, impliquen largas jornadas de trabajo, sean riesgosas o se realicen en condiciones adversas (como el acarreo de cargas pesadas, contacto con fuego, confinamiento, etc.).Las tareas domésticas efectuadas por niñas, niños y adolescentes en sus propios hogares, en condiciones razonables y bajo la supervisión de personas cercanas, pueden ser formativas y constituyen una parte integral de la vida familiar y de su desarrollo identitario y cultural. Sin embargo, en algunos casos, las cargas de trabajo interfieren con la educación de esas niñas, niños y adolescentes o pueden ser excesivas, o pueden estar relacionadas con actividades que ponen en peligro su integridad, en cuyo caso esas situaciones son consideradas trabajo infantil. De acuerdo con la Convenio 182 de la OIT, se considera que una niña, niño o adolescente realiza tareas domésticas excesivas, cuando participa de lunes a viernes tareas dentro del mismo hogar por 14 horas o más.

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El concepto de trabajo infantil tiene implícito el supuesto de que es fácilmente diferenciable lo que es una tarea productiva/económica de lo que es una actividad destinada a la reproducción familiar. Sin embargo, especialmente en contextos

rurales y agrícolas, el trabajo productivo en la familia está relacionado con el trabajo reproductivo y en donde lo más común es que una parte de la producción esté destinada al autoconsumo y otra a la venta.

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Marco normativo que protege

a las niñas, niños y adolescentes

del trabajo infantil

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36

Marco normativo que protege a las niñas, niños y adolescentes del trabajo infantil

4

Ratificación de instrumentos internacionales con relación al trabajo infantil en el Ecuador

4.1

Para el cumplimiento de los derechos humanos en general, así como de aquellos específicos de las niñas, niños y adolescentes como grupo de atención prioritaria, y en particular de quienes

se encuentran en condiciones de vulnerabilidad por la vinculación al trabajo infantil, el Ecuador ha suscrito instrumentos internacionales de derechos humanos que se resumen a continuación:

Tabla 2: Marco normativo, instrumentos internacionales para la erradicación del trabajo infantil.

Instrumentos

internacionalesDescripción Acciones realizadas

por el Ecuador

Pacto Internacional

de Derechos

Económicos, Sociales y

Culturales (1966)

Reconoce que los derechos humanos se desprenden de la dignidad inherente a la persona humana por lo que

En esa época, el Estado ecuatoriano se comprometió a reformar su normativa interna en función de garantizar los derechos

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37INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

los Estados están obligados a crear las condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos (CONEPTI, 2008).

En el artículo 10 se reconoce el derecho a medidas especiales de protección a favor de niñas, niños y adolescentes y en contra de la explotación económica, trabajos nocivos que pongan en riesgo su desarrollo y el establecimiento de límites de edad para el trabajo.

de las personas que trabajan fortaleciendo el acceso a la seguridad social.

Convención sobre los Derechos

del Niño (1989)

La Convención sobre los Derechos del Niño reconoce los derechos humanos de las niñas y los niños, definidos como personas menores de 18 años.

El Ecuador fue el primer país en ratificar la Convención en el año 1989. A partir de la ratificación y en coordinación con los organismos públicos

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38

Convención sobre los Derechos

del Niño (1989)

La Convención establece, en forma de ley internacional, que los Estados Partes deben asegurar que todas las niñas y niños —sin ningún tipo de discriminación— se beneficien de una serie de medidas especiales de protección y asistencia; tengan acceso a servicios como la educación y la atención de la salud; puedan desarrollar plenamente sus personalidades, habilidades y talentos; crezcan en un ambiente de felicidad, amor y comprensión; y reciban información sobre la manera en que pueden alcanzar sus derechos y participar en el proceso de una forma accesible y activa.

En el artículo 32, reconoce el derecho de niñas y niños a estar protegido contra los

y privados que trabajaban por y con la infancia, en 1992 se aprobó el Código de Menores encaminado a fortalecer la aplicación de los postulados doctrinarios y jurídicos de la Convención.

Específicamente en trabajo infantil, el Código de Menores estableció la edad mínima para el trabajo (14 años y 12 con autorización del Tribunal de Menores) y se establecieron los lugares o formas prohibidas de trabajo para menores de edad.

A pesar de los avances, no se prohibió en sí el trabajo infantil por cuenta propia, dado que solamente se regularon las relaciones de la persona menor de edad trabajadora en relación de dependencia.

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39INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

trabajos peligrosos para su salud desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social, o que le impidan ir a la escuela. Los Estados Partes adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales fijando una edad o edades mínimas para trabajar; disponiendo la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo; y estipulando las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar protección de niñas y niños contra el trabajo infantil.

Tampoco se puntualizó la necesidad de atender la vulneración y limitación del ejercicio de derechos que conlleva el trabajo infantil desde una mirada de la niña y el niño como objeto de protección y de la “situación irregular” en la que se encontraban con frecuencia.

Finalmente, no se aseguró la intervención sistémica de las instancias públicas para proteger a la niña o niño y a su familia a fin de superar las condiciones que generan trabajo infantil (Código de Menores. Art. 154-164, 1993).

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40

Convenio

138 y 182

de la Organización Internacional

del Trabajo -OIT

(2000)

Ecuador suscribió en 1976, el Convenio 138 que establece la edad mínima para el trabajo, la misma que “no deberá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar, o en todo caso, los quince años”; y en el año 2000, el Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo infantil a través del cual se compromete a “adoptar medidas inmediatas y eficaces para conseguir la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil con carácter de urgencia” (Art. 1); dentro de las peores formas de trabajo infantil se encuentran:

Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y la trata, la servidumbre por deudas y la condición de

A fin de hacer efectivos los convenios 138 y 182, el Estado ecuatoriano designó al Ministerio de Trabajo como la autoridad competente para la aplicación de disposiciones tales como: implementación de acciones jurídicas que permitan la aplicación de sanciones penales o de otra índole; fortalecimiento de las medidas educativas para la eliminación del trabajo infantil con el fin de impedir que niñas, niños y adolescentes estén sometidos a las peores formas de trabajo infantil; oferta de asistencia directa necesaria y adecuada; implementación de mecanismos para la rehabilitación e inserción social de las niñas, niños y

a.

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41INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio para utilizarlos en conflictos armados;

Su utilización, reclutamiento u oferta para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas;

Su utilización, reclutamiento u oferta para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes, y

El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe su salud, seguridad o moralidad de los niños (Art. 3).

adolescentes en situación de trabajo infantil; acceso a la enseñanza básica gratuita y a la formación profesional; identificación de niñas y niños que están particularmente expuestos a riesgos y entrar en contacto directo con ellos; finalmente, tener en cuenta la situación particular de las niñas.

Posteriormente se diseñó el Plan Nacional de Acción para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil 2001-2002, a fin de establecer y concretar políticas, programas y proyectos para erradicar progresivamente el trabajo infantil con la participación activa de la sociedad civil y priorizando la intervención sobre las seis peores formas identificadas en el país: minería, recolección de desechos sólidos, floricultura, banano, explotación sexual y construcción (OIT, 2003).

b.

c.

d.

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42

Convenio

138 y 182

de la Organización Internacional

del Trabajo -OIT

(2000)

Otros acuerdos referentes al trabajo infantil firmados y ratificados por Ecuador:

• Recomendación 80 sobre su trabajo nocturno (trabajos no industriales), ratificación 1946.

• Convenio 77 sobre el examen médico (industria), ratificación 1946.

• Convenio 78 sobre el examen médico (trabajos no industriales), ratificación 1946.

• Convenio 79 sobre el trabajo nocturno (trabajos no industriales), ratificación 1950.

• Convenio 112 sobre la edad mínima (pescadores), ratificación 1959.

En este periodo el Ecuador incorporó en sus intervenciones para la erradicación del trabajo infantil: reformas de la normativa, la sanción a responsables, la articulación de los servicios de otras instituciones públicas como educación y salud para garantizar el ejercicio de derechos y proteger a niñas, niños y adolescentes del círculo de la pobreza, desigualdad y discriminación.

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43INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

• Convenio 115 sobre la protección contra las radiaciones ionizantes y las vibraciones ratificación 1962.

• Convenio 126 sobre el alojamiento de la tripulación (pescadores), ratificación 1966.

• Convenio 129 sobre la inspección del trabajo (agricultura), ratificación 1972.

• Recomendación 146 sobre edad mínima de admisión al empleo, ratificación 1973.

• Recomendación 190 sobre las peores formas de trabajo infantil, ratificación 1999.

Agenda

hemisférica

para generar

trabajo decente, 2006-2015

La Agenda reconoce al trabajo decente como un objetivo global, pues se entiende que toda

El Ecuador se alinea a los ins-trumentos internacionales y las directrices globales que en con-junto proponen estrategias

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Agenda

hemisférica

para generar

trabajo decente, 2006-2015

persona aspira a un trabajo en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad, lo cual implica asegurar los derechos fundamentales en el trabajo, generar oportunidades para hombres y mujeres, y ampliar la protección social de manera que se aporte a la reducción de la pobreza y la violencia y consecuentemente al goce de los derechos humanos.

Entre las metas planteadas en esta agenda, se encuentra la eliminación de las peores formas de trabajo infantil hasta el 2015; erradicación del trabajo infantil a más tardar hasta el 2020; definición de una lista de trabajos peligrosos en cada país e identificación de los lugares donde se practican para priorizar la intervención; incorporación

de intervención para asegurar trabajo digno a las personas en edad de trabajar y, por otro lado, definir mecanismos para proteger a niñas, niños y adolescentes del trabajo infantil.

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45INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

de la erradicación del trabajo infantil en las políticas y programas sociales y económicos; fomento de las políticas de apoyo a la formalización de sectores en los que se concentra un alto número de niñas y niños trabajadores; medición periódica de la situación de trabajo infantil. (Acuerdo Ministerial No. MDT-2015-131. Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2008-2013).

Objetivos

de Desarrollo

Sostenible (ODS)

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) incluyen en el objetivo 8 sobre promoción del crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos como meta

En el año 2018, Ecuador adopta la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible como políticas de Estado.

La inclusión de la estrategia de erradicación del trabajo infantil en los Objetivos de Desarrollo Sostenible demuestra la priorización de la temática en la agenda global de cara a los próximos 15 años.

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número 7: “Adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas modernas de esclavitud y la trata de seres humanos y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, a más tardar en 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas” (ONU, 2000).

orientados a poner fin a la pobreza en todas sus formas, reducir la desigualdad y luchar contra el cambio climático.

Más allá de la referencia específica declarada en el objetivo 8.7, la erradicación del trabajo infantil constituye un objetivo transversal que se vincula a otros ODS como: el fin de la pobreza, hambre cero, educación de calidad, reducción de desigualdades y paz, justicia e instituciones sólidas.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Normativa Internacional.

Normativa nacional con relación al trabajo infantil en el Ecuador

La normativa vigente en Ecuador recoge la Convención de los Derechos del Niño y los convenios internacionales de la OIT

sobre edad mínima de ingreso al empleo (138) y peores formas de trabajo infantil (186). Parte del precepto constitucional

4.2

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47INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

establecido en el artículo 46, que prohíbe el trabajo infantil para las niñas y niños

menores de 15 años; lo establece como

situación excepcional para adolescentes entre 15 y 17 años y dispone como una

obligación del Estado la implementación de programas de erradicación progresiva.

La Constitución de la República del Ecuador define al país como un Estado constitucional de derechos y justicia, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico y se dispone a garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales.

El Estado ecuatoriano pasa de ser tutor de personas a constituirse en garante de derechos. En este nuevo enfoque, el Estado reconoce a la niña, niño o adolescente como un sujeto de derechos y como un ciudadano/a con capacidades para relacionarse, manifestar su voluntad y distinguir progresivamente sus derechos y los de las demás personas; donde la responsabilidad de garantizarlos está compartida entre el Estado, la familia y la sociedad en su conjunto.

La erradicación del trabajo infantil y la protección de las niñas, niños y adolescentes frente a esta vulneración se encuentra en varios cuerpos legales: Código de la Niñez y Adolescencia (200310); Código del Trabajo (200511); Constitución de la República del Ecuador (2008); Código Orgánico Integral Penal (2014).

En la normativa específica se incorporan mecanismos para la protección de niñas, niños y adolescentes frente al trabajo infantil, articulando la responsabilidad de diferentes actores sociales y estableciendo sanciones para el incumplimiento de la legislación.

A continuación, realizamos una breve descripción de la normativa interna del país que regula el tema de trabajo infantil.

10 Última modificación 07 de julio de 2014 11 Última modificación 09 de noviembre de 2017

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Tabla 3: Normativa nacional para la prevención y erradicación del trabajo infantil.

Disposiciones Normativa

Protección integral de la niñez

y adolescencia

CONSTITUCIÓN Art. 341: El Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución. La protección integral funcionará a través de sistemas especializados. El sistema nacional descentralizado de protección integral de la niñez y la adolescencia será el encargado de asegurar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

El Estado Nacional, los gobiernos autónomos descentralizados, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos.

COOTAD Art. 54, 57, 148, 249: Los gobiernos autónomos descentralizados municipales tienen entre sus funciones la implementación de los sistemas de protección integral de niñas, niños y adolescentes que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de los grupos de atención prioritaria. Además, garantizará la organización y participación protagónica de niñas, niños, adolescentes, padres, madres y sus familias, como los titulares de estos derechos y destinará presupuesto suficiente y oportuno para grupos de atención prioritaria.

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49INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Código de la Niñez y Adolescencia: Entra en vigor en 2003 y entre sus postulados integra la concepción de las diferencias entre niñez y adolescencia, el posicionamiento de sujeto de derechos, los principios fundamentales como el interés superior, progresividad, prioridad absoluta, corresponsabilidad del Estado, familia y sociedad en relación con el cuidado, protección y garantía de derechos de niñas, niños y adolescentes.

Erradicación progresiva del

trabajo infantil, edad mínima

de admisión al empleo y trabajo

prohibido

para niñas, niños y adolescentes

Constitución Art. 46 y Código de la Niñez y Adolescencia Art. 83: El Estado adoptará medidas que aseguren a las y los adolescentes, protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de personas menores de 15 años y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil.

Código del Trabajo Art. 138 y Código de la Niñez y Adolescencia Art. 87: Se definen los trabajos prohibidos para niñas, niños y adolescentes.

Código de la Niñez y Adolescencia Art. 82: La edad mínima de admisión al empleo establecida en el país es de 15 años, las niñas, niños y adolescentes por debajo de esa edad no pueden realizar actividades laborales.

Trabajo formativo:

Código de la Niñez y Adolescencia Arts. 86 y 92: No toda actividad realizada por las niñas, niños y adolescentes es trabajo infantil. Se reconoce el trabajo formativo y los trabajos realizados como prácticas culturales.

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Estas actividades incorporan el trabajo como un elemento importante para la formación y educación integral de niñas, niños y adolescentes; deben realizarse en condiciones adecuadas para su edad, capacidad, estado físico y desarrollo intelectual; respetando los valores morales y culturales y el derecho al descanso, recreación y juego. También tienen que desarrollarse en y para el beneficio de la comunidad, priorizando el aprendizaje, por sobre los objetivos productivos. Estas actividades no son remuneradas ni tienen una finalidad económica. No pueden transgredir los límites horarios ni las condiciones establecidas en la legislación (no se realizan en horarios extremos, no utilizan sustancias químicas, no implican traslado de cargas, manejo de maquinarias o herramientas cortantes, etc.). Se realizan bajo la supervisión de una persona adulta responsable.

Para establecer en la práctica la distinción entre trabajo formativo y trabajo infantil, es necesario contar con instrumentos que permitan recoger información sobre el número de horas que trabajan así como los riesgos a los que están expuestos.

Medidas

de protección

Código de la Niñez y Adolescencia Art. 215: Las medidas de protección son acciones adoptadas por la autoridad competente, mediante resolución judicial o administrativa, en favor del niño, niña o adolescente, con el objeto de hacer cesar el acto de amenaza, restituir el derecho que ha sido vulnerado y asegurar el respeto permanente de sus derechos. Las medidas de protección son impuestas al Estado, sus funcionarios o empleados o cualquier particular, incluidos los progenitores,

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51INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

parientes, personas responsables de su cuidado, maestros, educadores y el propio niño, niña o adolescente. Las medidas de protección son administrativas y judiciales.

Medidas

de protección frente al trabajo

infantil

Código de la Niñez y Adolescencia Art. 94: En los casos de violación de derechos de las niñas, niños y adolescentes por trabajo infantil, los jueces y autoridades administrativas competentes podrán ordenar una o más medidas de protección.

1. La orden de separar al niño, niña o adolescente de la actividad laboral;

2. La inserción del niño, niña o adolescente y/o su familia, en un programa de protección; y,

3. La separación temporal del medio familiar del niño, niña, adolescente o agresor, según sea el caso.

Sanciones frente

al trabajo infantil

Código de la Niñez y Adolescencia Art. 95:

1. Amonestación a los progenitores o a las personas encarga-das del cuidado del niño, niña o adolescente; y a quienes los empleen o se beneficien directamente con su trabajo;

2. Multa de cincuenta a trescientos dólares, si los infractores son los progenitores o responsables del cuidado del niño, niña o adolescente;

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3. Multa de doscientos a mil dólares, si se trata del empleador o cualquier persona que se beneficie directa o indirectamente del trabajo del niño, niña o adolescente; y,

4. Clausura del establecimiento donde se realiza el trabajo, en caso de reincidencia.

Trabajo

excepcional de los/as

adolescentes

Constitución. Art. 46, Código del trabajo Arts. 19, 35, 79 y 150 y el Código de la niñez y adolescencia Arts. 84, 88, 89, 90: El trabajo de adolescentes a partir de los 15 años será excepcional y no podrá conculcar su derecho a la educación ni realizarse en situaciones nocivas o peligrosas para su salud o su desarrollo personal. Se receptará, reconocerá y respaldará su trabajo y las demás actividades siempre que no atenten a su formación y a su desarrollo integral.

Se han determinado normas expresas respecto a jornadas de trabajo, remuneración y contrato para adolescentes, establecidas en el Código del Trabajo (Arts. 19, 35, 79 y 150) y el Código de la Niñez y Adolescencia (Arts. 84, 88, 89, 90):

• Se establece una jornada laboral no mayor de 6 horas diarias y un máximo de 30 horas a la semana que se organizarán de manera que no se limite su educación, ni se realice en jornadas nocturnas, fines de semana o días feriados;

• A trabajo igual, corresponde igual remuneración y condiciones laborales, sin discriminación debido a nacimiento, edad, sexo, etnia, entre otros.

• Las y los adolescentes que trabajan bajo relación de dependencia, disfrutan de todos los derechos y beneficios que contemplan las leyes más los derechos específicos.

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53INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

En el Código del Trabajo, se reconoce la capacidad legal de las personas a partir de los 15 años de edad para suscribir contratos de trabajo sin que sea necesaria autorización alguna, por lo cual recibirán directamente su remuneración (Art. 35).

También señala que “las autoridades de trabajo, los jueces de la niñez y adolescencia y las juntas cantonales de protección de derechos podrán inspeccionar en cualquier momento el medio y las condiciones en que se desenvuelven las labores de adolescentes menores de 15 años y disponer el reconocimiento médico de éstos y el cumplimiento de las normas protectivas” (Art. 151).

Trabajos peligrosos

y prohibidos

para personas

menores

de 18 años

El concepto de trabajo peligroso y prohibido es definido en el Convenio Nº 182 de la Organización Internacional del Trabajo –OIT en su Artículo 3, Literal d) como: “el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños”.

Existen cuatro tipos de trabajo infantil y explotación laboral que la comunidad internacional ha declarado particularmente inadmisibles (Convenio 182, Art.3 de la OIT) y que son considerados delitos en el Ecuador, (Código Orgánico Integral Penal –COIP, Arts. 82, 89, 91, 92, 100, 101 y 102).

Esclavitud.Trata de personas menores de edad. Captar, transportar, trasladar, entregar, acoger o receptar a una niña, niño o adolescente de un lugar —dentro o fuera del país— para explotarla es un delito. La explotación es toda actividad

1.2.

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54

a la que se somete una persona menor de 18 años y de la que resulte un provecho material o económico, una ventaja inmaterial o cualquier otro beneficio, para otra persona. Servidumbre por deudas. Otras formas de trabajo que incluyen el reclutamiento forzoso de niñas, niños y adolescentes para utilizarlos en conflictos armados, explotación sexual comercial y pornografía, delitos y actividades fuera de la ley.

En el país se han definido en el Código del Trabajo –CDT Art.138, “Trabajos Prohibidos a Menores”, y el Código de la Niñez y Adolescencia –CNA. Art. 87, “Trabajos Prohibidos”, los trabajos peligrosos y prohibidos debido a su naturaleza, condiciones y riesgo para la vida e integridad personal, salud, educación, seguridad y desarrollo para cualquier persona menor de 18 años. Estos trabajos son aquellos que se realizan en camales, botaderos de basura y otros espacios similares; en minas, canteras, subterráneos o bajo el agua; implican contacto o exposición a químicos o agentes biológicos; manejo de sustancias explosivas; utilización de equipo pesado, máquinas aplastantes o cortantes; exposición a ruidos y temperaturas extremas; labores de vigilancia uso de armas de fuego o trabajo en la calle.

Trata para

la explotación laboral y el trabajo

infantil

Código de la Niñez y Adolescencias Art. 81: Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que el Estado, la sociedad y la familia les protejan contra la explotación laboral y económica y cualquier forma de esclavitud, servidumbre, trabajo forzoso o nocivo para su salud, su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social, o que pueda entorpecer el ejercicio de su derecho a la educación.

3.4.

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55INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

COIP Arts. 82, 89, 91, 92, 100, 101, 102: Se consideran delitos con penas de privación de libertad, la esclavitud, la trata de personas menores de edad, que implica la captación, transporte, traslado, entrega, acogimiento o recepción de un niño, niña o adolescente de un lugar —dentro o fuera del país— para explotarla. La explotación es toda actividad a la que se somete una persona menor de 18 años y de la que resulte un provecho material o económico, una ventaja inmaterial o cualquier otro beneficio, para otra persona; la servidumbre por deudas.; otras formas de trabajo que incluyen el reclutamiento forzoso de niñas, niños y adolescentes para utilizarlos en conflictos armados, explotación sexual comercial y pornografía, delitos y actividades fuera de la ley.

Con las disposiciones del COIP, y al establecer sanciones concretas para las personas que de una u otra manera intervienen para que niñas, niños y adolescentes realicen actividades de trabajo infantil en el contexto del delito de trata y tráfico de personas para la explotación laboral, el Ecuador ejecuta pasos firmes para combatir y erradicar la explotación laboral de las personas menores de 18 años.

De esta manera, se completa el círculo de incluir en la normativa nacional todos los aspectos relacionados a la erradicación del trabajo infantil y la explotación laboral, su prevención, la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como la sanción a todas las personas responsables a través de las instancias judiciales correspondientes que impida la impunidad en este tipo de delitos.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Normativa nacional.

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56

En resumen, el Código de la Niñez y Adolescencia contiene una extensa normativa relacionada con el trabajo infantil que empieza por recoger el concepto de explotación laboral. Así, el artículo 81 del Código establece que: “Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que el Estado, la sociedad y la familia les protejan contra la explotación laboral y económica y cualquier forma de esclavitud, servidumbre, trabajo forzoso o nocivo para su salud, su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social, o que pueda entorpecer el ejercicio de su derecho a la educación”.

Los siguientes artículos se refieren en cambio a la edad mínima de ingreso al trabajo, estableciendo los quince años como edad mínima para todo tipo de trabajo. Incluye así mismo, disposiciones sobre la erradicación del trabajo infantil priorizando para este efecto, la edad mínima (Artículo 83). Los artículos del 84 al 95, regulan el trabajo de adolescentes: jornada, registro, contratos y actividades prohibidas; así como las medidas de protección y sanciones para empleadores que incumplan con la normativa.

El Código de la Niñez y Adolescencia también regula las responsabilidades de los patronos en relación con el trabajo

de adolescentes. El artículo 88 establece que: “El patrono tiene la obligación de registrar el contrato de trabajo en el plazo de treinta días, sin perjuicio del derecho del adolescente para solicitar por sí mismo dicho registro. A falta de contrato escrito, el adolescente podrá probar la relación laboral por cualquier medio, incluso el juramento deferido. Siempre que una persona se beneficie del trabajo de un adolescente; se presume, para todos los efectos legales, la existencia de una relación laboral”.

Adicionalmente, el Código de la Niñez y la Adolescencia establece que los patronos de adolescentes contratados como aprendices deberán garantizar especialmente el ejercicio de los derechos de educación, salud y descanso de sus aprendices. Así mismo establece que los patronos que empleen adolescentes para el servicio doméstico deberán velar por su integridad física, psicológica y moral, y que deberán garantizar sus derechos a la alimentación, educación, salud, descanso y recreación.

En cuanto al trabajo de adolescentes que lo hacen por cuenta propia, el Código de la Niñez y la Adolescencia establece que cada municipio deberá otorgar permisos de trabajo para los adolescentes en

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57INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

su jurisdicción, siempre y cuando las actividades que realicen no sean peligrosas o nocivas y que adicionalmente deberán llevar un registro de estas autorizaciones y controlar el desarrollo de las actividades autorizadas. El Código establece que el incumplimiento de la normativa descrita es objeto de multas y sanciones (Artículo 95).

El Código de la Niñez y Adolescencia introduce una salvedad a la normativa relacionada con la edad mínima de admisión al empleo en lo que denomina “trabajo formativo”, estableciendo en los artículos 86 y 92 que: “Los niños, niñas y adolescentes podrán realizar actividades de formación que incorporen al trabajo como un elemento importante en su formación integral. Estas actividades deberán realizarse en condiciones adecuadas para su edad, capacidad, estado físico y desarrollo intelectual, respetando sus valores morales y culturales, sus derechos al descanso, recreación y juego”.

El Código de Trabajo del 2005 fue modificado para alinearse a la legislación establecida en el Código de Niñez y Adolescencia e incorpora algunas restricciones adicionales al empleo adolescente. Específicamente establece un periodo mayor para el goce de vacaciones: veinte días para adolescentes

de quince años y dieciocho días para quienes tengan entre dieciséis y diecisiete años. Establece así mismo, una prohibición expresa para el trabajo de adolescentes en fines de semana y feriados y un máximo de 30 horas para la jornada laboral semanal, con igual remuneración que la establecida para personas adultas. Fija en dos horas diarias las que el empleador debe liberar para que adolescentes que no han terminado la educación básica puedan estudiar y establece como parte de los requisitos contractuales, la obligatoriedad de los empleadores que contraten adolescentes a llevar un registro que incluya la certificación de que ha cumplido o se encuentra asistiendo a la educación básica.

El Código de Trabajo establece algunas condiciones adicionales que deben ser cumplidas para que una actividad laboral pueda ser desempeñada por adolescentes como por ejemplo el peso máximo de cargas, con una diferenciación entre hombres y mujeres. Establece también la obligatoriedad de realizar exámenes médicos periódicos y las sanciones para el incumplimiento de la legislación.

Finalmente, en el Código Integral Penal (2014) se sanciona el delito de la trata

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con fines de explotación con pena privativa de la libertad. El Código Penal define explotación como “toda actividad de la que resulte un provecho material o económico, una ventaja inmaterial o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, mediante el sometimiento de una persona o la imposición de condiciones de vida o de trabajo” e incluye las siguientes modalidades: la explotación laboral, incluido el trabajo forzoso, la servidumbre por deudas y el trabajo infantil, la mendicidad, el reclutamiento forzoso para conflictos armados o para el cometimiento de actos penados por la ley y “cualquier otra modalidad de explotación”.

Como puede observarse, la normativa

vigente en Ecuador recoge los acuerdos internacionales de la OIT a los que el país se ha comprometido y los plasma en los cuerpos legales que regulan tanto la actividad laboral, como los aspectos relacionados con la protección integral de la niñez y adolescencia y los ámbitos en los que el trabajo infantil pasa a convertirse en un delito sujeto de legislación penal. Probablemente se trata de la legislación más completa y exhaustiva sobre trabajo infantil en la región, con una clara apuesta por la eliminación de toda forma de trabajo infantil, debajo de la edad mínima de admisión al empleo y regulaciones estrictas sobre el trabajo de adolescentes.

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Estado de situación del trabajo

infantil en el Ecuador

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60

Estado de situación del trabajo infantil en el Ecuador5

Las fuentes oficiales de información para el seguimiento del trabajo infantil provienen de los Censos de Población y Vivienda, las Encuestas Nacionales de Empleo, Subempleo y Desempleo (ENEMDU) y la Primera Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI 2012).

En el año 2006 el INEC aplicó el módulo específico de trabajo infantil como parte la Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo Urbana y Rural (ENEMDUR), con el apoyo del Ministerio del Trabajo y Empleo, el Instituto Nacional de la Niñez y la Familia-INNFA- y la Organización Internacional del Trabajo -OIT. Según esta encuesta, en el Ecuador cerca de 728 mil niños, niñas y adolescentes entre 5 y 17 años constituían parte de la población económicamente activa del país, lo cual representaba el 11.6% de esta población. De este grupo, 260.845 se encontraban en el área urbana, y 466.580

en el sector rural12. Por grupos de edad, 213.752 adolescentes entre 15 y 17 años realizaban trabajos peligrosos, a lo que se suma el trabajo realizado por 367.137 niños, niñas y adolescentes que no habían cumplido 15 años de edad. Es decir, en total 580.889 niños, niñas y adolescentes realizaban trabajo infantil por abolir, lo que constituye el 88% del total del trabajo realizado por niños, niñas y adolescentes.

De manera específica, y con el objetivo de caracterizar a la población de niños, niñas y adolescentes entre 5 y 17 años de edad que trabajaba en el territorio ecuatoriano y formular políticas públicas para la prevención y erradicación del trabajo infantil, el INEC realizó la Primera Encuesta

Nacional de Trabajo Infantil –ENTI- en el

año 2012 que fue una investigación a nivel nacional, sobre la situación y condiciones en la que trabajaban niñas, niños y adolescentes, y cómo estas condiciones

12 Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2008-2013

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61INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

afectaban el cumplimiento de sus derechos.

Para el levantamiento de la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil, el INEC consideró parámetros como la definición de trabajo infantil, la edad mínima legal para trabajar, la jornada de trabajo y educación, los trabajos peligrosos y las tareas domésticas. La encuesta tuvo una cobertura de 31.687 hogares de las 23 provincias del territorio continental, en hogares con niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años.

En la aplicación de la ENTI 2012 se consideró a niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que trabajaban al menos una hora durante la semana, de preferencia en actividades de producción económica. También, se consideró el trabajo infantil peligroso como aquel que pone en peligro la salud o la seguridad de un niño o niña, ya sea por su naturaleza o por las condiciones en las que lo realiza y

las tareas domésticas cuando un niño o niña participa dentro del mismo hogar por 14 horas o más de lunes a viernes13.

De acuerdo con los resultados de la encuesta, de todos los niños/as y adolescentes de 5 a 17 años de edad, el 8,56% realiza actividades de trabajo infantil, y de éstos, el 56% realizan actividades que son consideradas peligrosas y por lo tanto prohibidas (ENTI, 2012).

Incidencia y magnitud del trabajo infantil14: La incidencia del trabajo infantil en niñas y niños menores a 15 años es mayor en los varones, con una participación laboral de 10,6%, frente a las niñas cuya participación es de 6,5%. En el caso de adolescentes entre 15 y 17 años, el 15,7% realiza actividades laborales, y la diferencia entre hombres y mujeres es mayor: 21,5% de los hombres y 9,9% de las mujeres realizan estas actividades (ENTI, 2012).

13 INEC, 2013 Presentación ENTI, www.ecuadorencifras.org 14 En las cifras detalladas puede haber un subregistro del trabajo infantil doméstico de niñas y adolescentes.

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Intensidad del trabajo infantil: En personas menores a 15 años la mayor intensidad se ubica, en la zona centro sur de la Sierra ecuatoriana con alrededor del 20% de niñas y niños en esta situación. En términos absolutos, las provincias con mayor concentración de población infantil trabajadora son Guayas con el 12,8%, Cotopaxi con el 10,3%, Chimborazo 9,7%, Azuay 9,3% y Pichincha con el 9,1%, que contribuyen con cerca del 50% de la población infantil trabajadora a nivel nacional

(ENTI, 2012).

Por lugar de residencia, 1 de cada 10 niñas, niños y adolescentes trabajadores, entre 5 y 14 años, se localiza en Guayas. No obstante, Cotopaxi, Chimborazo y Azuay presentan alta incidencia y concentración, ya que representan el 30% de la población infantil trabajadora a nivel nacional y, a la vez, presentan una incidencia promedio de 19% de niñas y niños que trabajan (ENTI, 2012) .

Santa Elena

Carchi

Sto. Domingo

Los Ríos

El Oro

Imbabura

Manabí

Esmeraldas

Cañar

Tungurahua

Bolívar

Loja

Pichincha

Azuay

Chimborazo

Cotopaxi

Amazonía

Guayas

Los Ríos

Manabí

El Oro

Santa Elena

Guayas

Pichincha

Sto. Domingo

Esmeraldas

Imbabura

Carchi

Tungurahua

Amazonía

Azuay

Loja

Cañar

Chimborazo

Bolívar

Cotopaxi 21,9

20

19,3

14,1

13,8

12,7

11,8

8,8

7,1

6,4

5

4,2

3,6

3,5

3,4

3,3

2,2

2,2

Ilustración 2: Ecuador. Incidencia del trabajoinfantil por provincia

Santa Elena

Carchi

Sto. Domingo

Los Ríos

El Oro

Imbabura

Manabí

Esmeraldas

Cañar

Tungurahua

Bolívar

Loja

Pichincha

Azuay

Chimborazo

Cotopaxi

Amazonía

Guayas 12,8

11,5

10,3

9,7

9,3

9,1

6,7

4,3

4,3

3,7

3,4

3,3

2,8

2,1

2

1,8

1,2

1,2

Ilustración 1: Ecuador. Distribución del trabajoinfantil por provincia

Fuente: INEC – ENTI, 2012 Fuente: INEC – ENTI, 2012

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63INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Santa Elena

Carchi

Bolívar

El Oro

Sto. Domingo

Cañar

Imbabura

Tungurahua

Esmeraldas

Loja

Chimborazo

Los Ríos

Amazonía

Cotopaxi

Manabí

Azuay

Pichincha

Guayas

Santa Elena

El Oro

Pichincha

Guayas

Manabí

Esmeraldas

Sto. Domingo

Tungurahua

Los Ríos

Amazonía

Imbabura

Carchi

Loja

Azuay

Chimborazo

Cañar

Bolívar

Cotopaxi 36,4

30,4

28,7

26,5

24

22,9

21,3

18,9

17,3

17,1

16,6

16

15,1

11,8

11,7

11

10,6

10,1

Ilustración 3: Ecuador. Incidencia del trabajoadolescente por provincia

Santa Elena

Carchi

Bolívar

El Oro

Sto. Domingo

Cañar

Imbabura

Tungurahua

Esmeraldas

Loja

Chimborazo

Los Ríos

Amazonía

Cotopaxi

Manabí

Azuay

Pichincha

Guayas 18,1

11

8,2

7,3

6,9

6,3

6,1

5,7

4,9

3,9

3,6

3,3

3,1

2,9

2,8

2,6

1,5

1,4

Ilustración 4: Ecuador. Distribución del trabajoadolescente por provincia

Fuente: INEC – ENTI, 2012 Fuente: INEC – ENTI, 2012

En el caso del trabajo de adolescentes entre 15 y 17 años, las mayores incidencias se registran en las provincias de Cotopaxi (36%), Bolívar (30%), y Cañar (29%), mientras que la menor incidencia de trabajo infantil y adolescente se ubica en

la región Costa Sur del país. Por otro lado, cerca del 30% de los y las adolescentes trabajadores se ubica entre Guayas y Pichincha y las provincias con mayor incidencia (Sierra Centro) concentran el 20% de esta población (ENTI, 2012).

Si bien la mayor parte de la población comprendida entre los 5 y los 17 años vive en las áreas urbanas, el trabajo infantil se concentra en las áreas rurales donde los niños y niñas trabajan cerca de 5 veces más

que en las zonas urbanas. En el caso de las personas de 5 a 12 años (12,5% frente a 2,7%), y 3 veces más en adolescentes (26,3% frente a 9,5%) (ENTI, 2012).

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El alto índice de trabajo infantil en la zona rural tiene relación directa con la incidencia de trabajo infantil en niños y niñas indígenas, cuya incidencia alcanza el 26%, y en el

caso de la población adolescente 39%. También hay una alta incidencia del trabajo en la población adolescente montubia, del 29% (ENTI, 2012).

39

%

26

%

15

%

4%

14

%

5%

14

%

5%

29

%

4%

INDÍGENA MESTIZO MONTUBIO OTROAFROECUATORIANO

5 A 14 años 15 A 17 años

Ramas de actividad: La agricultura y ganadería son las actividades que más emplean mano de obra infantil y adolescente. En el caso de niñas y niños, la gran mayoría trabaja en este sector y la totalidad se ubica como mano de obra no calificada. Un dato para destacar es la importancia que tiene el sector comercio,

especialmente en el caso de las y los adolescentes (ENTI, 2012).

En esta misma línea, el trabajo mayoritario de las niñas y niños está en los sectores primarios a nivel nacional; no obstante, las actividades primarias son mayoritarias en las áreas rurales, mientras que los

Fuente: INEC – ENTI, 2012

Ilustración 5: Ecuador. Incidencia del trabajo infantil por auto identificación étnica.

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65INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Fuente: INEC – ENTI, 2012

50,4

0%66,0

0%

16,4

0%

15,5

0%

10,0

0%

7,40

%

3,90

%

3,40

%

2,30

%

0,90

% 8,40

%

5,20

%

8,60

%

1,60

%

AGRICULTURA MANOFACTURA CONSTRUCCIÓN OTROSSERVICIODOMÉSTICO

HOTELES YRESTAURANTES

COMERCIO

Niñas/os Adolescentes

trabajadores y trabajadoras urbanas se dedican más a tareas del sector terciario. Esta tendencia es similar para hombres y mujeres, así como para ambos rangos de edad.

Ingresos económicos: Desde el punto de vista de la retribución al trabajo, las condiciones de las niñas y niños trabajadores son bastante precarias y se aprecian brechas que ponen en desventaja a las niñas y a quienes trabajan en zonas rurales. Del total de niñas, niños y adolescentes que trabajan, apenas el 30,5% declara que tienen ingresos: la mayor incidencia de ocupados que no

tienen ingresos se da en las niñas y niños del área rural, donde el 91% declara no tener ingresos y aún mayor es la incidencia para las mujeres, entre quienes el 94% declara no tener ingresos (ENTI, 2012).

En definitiva, la mayoría de niñas, niños y adolescentes trabajadores no reciben remuneraciones, y que quienes sí la reciben, lo hacen en niveles bajos.

Horas dedicadas al trabajo infantil: En el caso de las niñas y niños menores a 15 años, el promedio de horas trabajadas por semana (lunes a domingo) es de 15,2; y, en el caso de adolescentes, 30,2 horas a

Ilustración 6: Ecuador. Ramas de actividad de empleo de niños, niñas y adolescentes.

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la semana. No hay diferencia significativa entre niñas y niños; mientras que las adolescentes (entre 15 y 17 años) tienen una dedicación de 3 horas menos que sus pares varones. En el caso de las diferencias por área, se expresan ante todo en el caso de adolescentes que trabajan en promedio 1 hora más en el área rural que en la urbana (ENTI, 2012).

Educación y trabajo infantil: Del total de la población menor a 17 años que trabaja, el 75% también estudia. Por grupo etario, entre las niñas y niños menores a 15 años que trabajan, el 89% también estudia; en el caso de adolescentes de entre 15 y 17 años, este porcentaje se reduce a 56% (ENTI, 2012).

De acuerdo con el sexo, la mayor incidencia entre las niñas, niños y adolescentes trabajadores en situación de “solo trabajo” se ubica entre varones, en cuyo caso el 27,3% de los niños y adolescentes hombres (5-17 años) trabaja y no estudia, frente al 20,7% de las mujeres. Si analizamos el área de residencia, las niñas, niños y adolescentes de las zonas rurales son quienes más incidencia de “solo trabajo” tienen, llegando a 27%. Desde el punto de vista del grupo étnico, las niñas, niños y adolescentes auto identificados como

montubios y afrodescendientes son quienes más proporción de trabajo y no estudio presentan: 57% y 40% respectivamente. A nivel territorial, las provincias con mayor incidencia del trabajo sin estudio son: Los Ríos, Manabí, Imbabura, Carchi y Guayas (ENTI, 2012).

Por otro lado, si bien se declara que hay asistencia a clases, en el 14% de los casos esta asistencia es irregular. Igualmente, al indagar sobre restricciones específicas del trabajo, se declara que el trabajo limita el tiempo de estudios (6,2% de niñas y niños menores a 15 años y 18,3% de mayores de 15 años) y provoca reducción de calificaciones (15% de los casos declara este problema) o inasistencia (ENTI, 2012).

En cuanto al ejercicio del derecho a la educación por parte de las niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil, la mayoría accede a este derecho; sin embargo, están invirtiendo tiempo de su descanso, ocio, recreación y deportes para distribuir en estas dos actividades, generando efectos en su salud general y afectación al rendimiento escolar, que puede concluir en rezago y abandono escolar y, por tanto, puede incrementar el trabajo infantil.

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67INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Según los datos analizados, la reducción del trabajo infantil ha acompañado también el incremento en la asistencia a la educación básica. Sin embargo, la realidad es que en muchos casos existe una “sustitución” del tiempo de trabajo por el de estudio en las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en actividades de trabajo infantil, de acuerdo con los datos proporcionados por las encuestas de uso del tiempo libre.

Trabajo infantil peligroso: 5 de cada 10 trabajadoras y trabajadores infantiles (del grupo de edad comprendido entre 5 y 14 años) están expuestos al menos a una forma de trabajo peligroso. En general, en todas las provincias el trabajo infantil peligroso es de alrededor de 47%, pero preocupa la incidencia de estos casos en la provincia de Cotopaxi, donde llega al 76% de niñas y niños trabajadores. La mayor parte de los casos se debe a exposición al frío o calor intenso (61,3% menciona enfrentar este riesgo), exposición a productos químicos (65,8% de casos), fuego (28,9%), ruido (12%) y confinamiento (12%) (ENTI, 2012).Desde el punto de vista de su bienestar, resulta preocupante que el 11,8% de las niñas y niños entre 5 y 14 años y el 18% de adolescentes entre 15 y 17 años sufra de agotamiento por el trabajo; el 23% declara

tener problemas de salud. Estos problemas se manifiestan con mayor intensidad en el caso de los hombres. En relación con los problemas de salud, la ENTI muestra que estos se relacionan mayoritariamente con lesiones traumatológicas, fiebres o problemas de la piel.

Por otro lado, la incidencia de maltrato (físico y emocional) es cercana al 18% (al menos un tipo de maltrato). El 12,6% de niñas y niños menores a 15 años recibe maltrato, al igual que el 15,4% de adolescentes entre 15 y 17 años.

Pobreza y trabajo infantil: Realizando un análisis de la información Tasa de trabajo infantil - PIB, se evidencia que la disminución del trabajo infantil ocurre paralelamente a la recuperación de la economía, reflejada en un incremento del empleo adulto, con lo cual se puede deducir que el trabajo infantil es inversamente proporcional al crecimiento de las oportunidades de trabajo para la población adulta (ENTI, 2012).

En el cuadro de datos se puede observar las tasas anuales de crecimiento económico (PIB) frente a las tasas de incidencia del trabajo de niñas, niños y adolescentes menores a 17 años15.

15 INEC UNICEF, 2015 Trabajo infantil en el Ecuador.

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Incidencia de pobreza por ingresos Tasa de trabajo infantil (5 a 17 años)

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

20,7

54,949,9

44,6 42,237,6 37,6 35,1 36,0

32,8 28,6 27,3 25,6

13,0 16,313,3

17,012,5 10,3 9,8 5,8 6,3 4,97,5

Ilustración 7: Ecuador. Evolución de la pobreza y trabajo infantil/adolescente

Fuente: INEC – ENEMDU, diciembre 2001 - 2012

Los principales desafíos en la erradicación de trabajo infantil son:

Trabajo infantil no visible. De acuerdo con el INEC en el año 2010, 181.948 niñas, niños y adolescentes mencionaron que no trabajan y no estudian (5,04%), de los cuales el 55,01% son mujeres y el 44,99% hombres. Cerca del 70% de todas las niñas y niños que no estudian ni trabajan (aparentemente) se encuentran realizando tareas domésticas (ENTI, 2012).

Un porcentaje importante de niñas, niños y adolescentes realizan tareas domésticas, siendo la mayoría mujeres, lo que evidencia la persistencia de desigualdades por temas de género, manteniendo roles asignados socialmente a las mujeres, como son el cuidado de hermanos menores o personas adultas mayores, ocupaciones para las cuales no están preparadas y que interfieren con su tiempo para acceder a educación, recreación, descanso y ocio.

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69INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Fuente: INEC – ENTI, 2012

17

,4%

15

,8%

15

,6%

15

,2%

14

,1%

14

,0%

13

,9%

13

,7%

13

,6%

13

,5%

13

,5%

13

,0%

12

,8%

12

,6%

12

,3%

12

,1%

11

,7%

11

,5%

9,6

%

Ch

imb

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Ilustración 8: Tareas Domésticas según provincias

El mayor porcentaje de niñas, niños y adolescentes que desarrollan tareas domésticas en el hogar se encuentran en las provincias de la Sierra Centro, del Oriente y de la Costa, es decir repartido en todo el país, para complementar ingresos, como actividades preparatorias para asumir responsabilidades de adultos, como apoyo a la familia, entre otros factores.

Empleo adolescente protegido. Condiciones y cumplimiento de derechos laborales: población entre 15 y 17 años. En cuanto a las condiciones laborales para adolescentes entre 15 y 17 años, la ENTI muestra que el 40% de los trabajadores está en la categoría de no remunerado. De este total, la mayoría (82%) son trabajadores no remunerados del hogar. La incidencia del trabajo no remunerado es mayor para el caso de las mujeres: más de la mitad de

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70

las adolescentes trabajadoras se ubica como trabajadoras no remuneradas del hogar. Igualmente, en el trabajo doméstico adolescente casi todas son mujeres.

El 27,6% de las y los adolescentes (15 a 17 años) realiza trabajos para apoyar económicamente a su familia y el 33% lo hace para “ayudar en el trabajo” (aparte de la opción económica), sin generación particular de ingresos. No obstante, cerca del 29% también afirma que trabaja para la adquisición de destrezas y habilidades para el futuro. En cuanto a la protección laboral, el 80,4% de las y los adolescentes trabajadores no está afiliado a la seguridad social; el 8,3% está afiliado al Seguro Social General, y el 11,3%, al seguro campesino.

Dada la alta participación en la agricultura, casi la mitad de adolescentes trabaja por jornal. En el trabajo no agrícola, el 22% trabaja con modalidades temporales y a destajo. Adicionalmente, el 12% trabaja por hora, a pesar de ser una modalidad que ha sido prohibida por la legislación ecuatoriana. La mayoría trabaja durante todo el día, aunque una cuarta parte lo hace solamente por la mañana, y cerca de un 23% por la tarde; adicionalmente, cerca de 4% declara que su trabajo se realiza desde la mañana hasta la noche, inclusive.

Encuesta nacional de empleo, desempleo y subempleo (ENEMDU)

Con el objetivo de estimar el porcentaje y observar la evolución del trabajo infantil, dar seguimiento y evaluar la política pública de erradicación del trabajo infantil y tomar decisiones para fortalecerla, se utilizan datos provenientes de la Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo (ENEMDU) levantada trimestralmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

La ENEMDU tiene una cobertura geográfica nacional, urbana y rural, con 5 ciudades autorepresentadas, se aplica a personas de 5 años y más (informante directo y calificado). Los datos de la ENEMDU no son comparables con los datos de la encuesta ENTI, dado que tienen objetivos y formas de medición específicas y distintas entre sí. De acuerdo con la ENEMDU, el trabajo infantil, entre el 2012 (6.27%) y el 2017 (8,41%) creció en 2,14%, teniendo primero una disminución de 1,36% entre el año 2012 (6,27%) y 2013 (4,91%), para luego aumentar progresivamente desde ese año hasta el 2017.

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71INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Trabajo InfantilTrabajo Infantil

0,00%2012 2013 2014 20172015 2016

1,00%

2,00%

3,00%

4,00%

5,00%

6,00% 6,27%

4,91%5,53%

5,91%

1,36% 0,62%

7,00%

8,00%

9,00%

7,65%8,41%

0,38% 1,74%

0,76%

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: INEC – ENEMDU, diciembre 2012 – 2017

Al analizar la evolución del porcentaje de trabajo infantil en el Ecuador por grupos de edad, podemos observar que la tendencia de crecimiento entre el año 2013 y el año 2017 se evidencia en todos los grupos de edad: 5 a 11 años; 12 a 14 años; 15 a 17 años.

En este sentido, llama la atención que en el grupo de edad de 12 a 14 años, se haya duplicado el trabajo infantil en el periodo

analizado, pasando del 5% en el año 2013, al 10,60% en el año 2017 lo que evidencia un crecimiento del 5,60%. Respecto de los otros grupos de edad, si bien el crecimiento fue menor, este se incrementó en 1,19% en el grupo de edad de 5 a 11 años pasando de 1,76% en el año 2013 a 2,95% en el año 2017. Y, en 6,21%, en el grupo de edad de 15 a 17 años, pasando de 12,82% en el año 2013 a 19,03% en el año 2017.

Ilustración 9: Ecuador. Evolución del trabajo infantil entre los años 2012 y 2017

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72

15,51%

6,03%

1,76% 1,34% 1,41%

5,00%

12,82%

de 5 a 11 de 12 a 14 de 15 a 17

0,00%2012 2013 2014 20172015 2016

2,00%

4,00%

6,00%

8,00%

10,00%

12,00%

14,00%

16,00%

18,00%

20,00%

14,04% 14,21%

16,49%19,03%

6,36% 6,62%

9,73%10,60%

2,12% 3,00% 2,95%

Ilustración 10: Ecuador. Evolución del trabajo infantil por grupos de edad, entre los años 2012 y 2017 en porcentaje.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: INEC – ENEMDU, diciembre 2 012 – 2 017

De acuerdo con la ENEMDU, a diciembre de 2017, un total de 71.352 niñas y niños de 5 a 11 años trabajaban, lo que representa el 2,95% de la población en ese rango de edad, constituyéndose en una vulneración que afecta el ejercicio de los derechos a la educación, salud, recreación, vida saludable, integridad personal, entre otros.

A medida que aumenta la edad, el involucramiento de las niñas y niños en actividades laborales crece, por lo que, en el grupo de los y las adolescentes de 12 a 14 años, 106.236 trabajaban lo que corresponde al 10,60% de la población en este rango de edad.

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73INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Trabajo Infantil Pobreza por ingresos Pobreza extrema por ingresos

27,30%

11,20%

6,27%4,91% 5,53% 5,91%

7,65% 8,41%

8,60%7,70%

8,50% 8,70% 7,90%

25,60%

22,50%

0,00%2012 2013 2014 20172015 2016

5,00%

10,00%

15,00%

20,00%

25,00%

30,00%

23,30%22,90% 21,50%

Ilustración 11: Ecuador. Trabajo infantil y pobreza y extrema pobreza por ingresos entre los años 2012 y 2017 en porcentaje.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: INEC – ENEMDU, diciembre 2 012 – 2 017

De acuerdo con la ENEMDU, 197.754 adolescentes de 15 a 17 años trabajaban a diciembre de 2017, lo que representa el 19,03% del total de la población en ese rango de edad. Si bien esta población se

encuentra en edad legal para trabajar, es necesario analizar las condiciones en las que realizan estas actividades a fin de identificar si las mismas están afectando su desarrollo integral.

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74

Rango de edad

(años)

En situación de trabajo

Total de la

Población Porcentaje

de 5 a 11 71 352 2 420 060 2,95%

de 12 a 14 106 236 1 002 519 10,60%

de 15 a 17 197 754 1 039 095 19,03%

Total 375 342 4 461 674 8,41%

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: INEC – ENEMDU, diciembre 2017. Proyecciones poblacionales.

Tabla 4: Ecuador. Estimación del trabajo infantil de personas entre 5 a 17 años, a diciembre de 2017

Finalmente, de acuerdo con datos proporcionados por el Ministerio de Trabajo en el año 2017, se realizaron 66 inspecciones de trabajo infantil, localizando 13 casos de los cuales 11 correspondían a hombres y 2 a mujeres. En ese año se registraron 145 contratos de trabajo de adolescentes mayores de 15 años. Durante el primer

semestre del año 2018, se realizaron 83 inspecciones de trabajo infantil localizando 25 casos de los cuales 22 correspondían a hombres y 3 a mujeres. En lo que va del año 2018, se encuentran registrados 73 contratos de trabajo de adolescentes mayores de 15 años.

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75INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Causas del trabajo infantil de las niñas, niños y adolescentes

El trabajo infantil en el Ecuador tiene múltiples causas que se relacionan principalmente con:

La desigualdad social y la pobreza, que se asocia con factores como el analfabetismo, la falta de trabajo decente y la ausencia de opciones viables. Si la

Elaboración: CNII 2018. Fuente: DYA, 2016

familia tiene dificultades económicas, puede considerar que los ingresos a corto plazo y las habilidades que adquirirán las niñas y niños en el trabajo superan las ventajas de la educación a largo plazo. El trabajo infantil contribuye a reproducir la pobreza.

5.1

01

Como trabaja, no puede estudiar.

Como su nivel de estudios es incompleto, no puede acceder a trabajos bien remunerados y sus ingresos son bajos

Como es pobre,

e hijos a trabajar.

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76

Sin embargo, la pobreza no es el único factor que influye en el trabajo infantil ni justifica todos los tipos de trabajo. Otra causa son los patrones culturales que consideran que el trabajo infantil es positivo para la formación de las niñas, niños y adolescentes. Se cree que el trabajo infantil contribuye a su formación, que los hace responsables y les ayuda a prevenir problemáticas sociales como la delincuencia. Se considera que el trabajo infantil les ayuda a prepararse para la vida adulta. El trabajo infantil es visto como algo natural que contribuye al desarrollo personal.

Demanda de mano de obra barata y de mano de obra infantil dado que las niñas y niños son percibidos como personas dóciles, obedientes, además de que el salario es menor por su trabajo, o simplemente no se les reconoce un salario. Así mismo, se puede prescindir fácilmente de su trabajo si las necesidades de personal fluctúan. No es necesario realizar inversiones a largo plazo en seguridad social.Otras causas asociadas al trabajo infantil se relacionan con la migración, la deserción escolar y las violencias en todas sus formas.

Consecuencias del trabajo infantil en el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes

El trabajo infantil tiene consecuencias en todos los ámbitos de desarrollo de las niñas, niños y adolescentes y sus familias, profundizando la desigualdad, violando los derechos humanos fundamentales de la infancia y la adolescencia, acelerando los procesos de maduración, impidiendo o limitando el adecuado proceso educativo, restringiendo el futuro acceso a un trabajo decente, enfrentando a las niñas y niños a un ambiente adulto y a veces hostil y produciendo pérdida de la autoestima.

La niñez y adolescencia son etapas del curso de la vida donde la estabilidad emocional, sin ansiedad, sin violencia, sin miedo, permiten un saludable desarrollo de la personalidad de niñas, niños y adolescentes al estar protegidos contra los malos tratos y la explotación (Acuña, 2014).En las niñas, niños y adolescentes en condición de trabajo infantil, se evidencia afectaciones a las capacidades físicas, de lenguaje, intelectuales y psicológicas,

5.2

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77INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

que producen retrasos de desarrollo. En el ámbito escolar es común verlos retrasados en sus estudios, somnolientos, cansados, sin lograr asimilar ningún conocimiento (Burgoa, 1995), lo que se evidencia en bajo rendimiento y abandono escolar (Kirchner, 2007). Las evidencias muestran que el trabajo infantil provoca los siguientes impactos:• Bajo rendimiento escolar debido a la

combinación de jornadas de estudio con largas jornadas de trabajo, lo que ocasiona que estén cansados por las largas jornadas de trabajo, así mismo, no tienen tiempo para realizar las tareas escolares.

• Retraso escolar y repetición de años, algunos no ingresan a la escuela a la edad que les corresponde, muchas veces esta situación les desmotiva para mantenerse en la escuela.

• Abandono escolar, a medida que aumenta la edad el trabajo va ganando espacio al estudio a lo que se suma la repetición de años escolares y la inasistencia. Abandonan la escuela para dedicarse por completo al trabajo.

Al estar expuestos a situaciones laborables de alta exigencia, no acordes a su edad, se debilita y afecta su normal desarrollo,

su autoestima, crecimiento intelectual y su creatividad; experimenta sentimientos como la angustia, el dolor, la indecisión, el desánimo, la pereza, la vergüenza. El trabajo infantil puede poner en riesgo su salud mental y física, pues existen labores que entorpecen el normal crecimiento o atrofian su cuerpo (Branden, 1995). Las actividades laborales exponen a las niñas, niños y adolescentes a varios riesgos y enfermedades. Por ejemplo, se ha identificado afectaciones en el crecimiento, dolores en las articulaciones y deformaciones óseas en las niñas, niños y adolescentes que trabajan en los mercados debido al sobre esfuerzo que realizan al cargar objetos pesados. También se han registrado heridas, cortes, laceraciones e infecciones, por el uso de herramientas corto punzantes y maquinaria pesada, infecciones en la piel, enfermedades estomacales y respiratorias por la realización de actividades en minas, basurales, camales y otros espacios de alto riesgo, enfermedades crónicas, dependencia de fármacos, retraso en el crecimiento, agotamiento físico, abusos físicos y psíquicos, picaduras de insectos y animales ponzoñosos, infecciones a causa de químicos, heridas, quemaduras y amputaciones.

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La afectación psicológica más relevante es la pérdida de la niñez y el acelerado proceso de maduración y desarrollo psicosocial en función de la exposición a una realidad ajena al mundo infantil, lo que les exige saltarse etapas o pasarlas rápidamente (Rodríguez, 2011). El trabajo infantil introduce a las niñas, niños y adolescentes al mundo de la violencia, el abuso, la soledad y produce alteraciones emocionales, como la ansiedad, problemas de comportamiento y de aprendizaje, bajo rendimiento escolar, depresión, aislamiento social y podría estar relacionada también con el incremento del suicidio entre adolescentes.

La afectación en el ámbito social de esta población al ingresar al mundo laboral, a una temprana edad, hace que la niña, niño o adolescente se relacione con personas que no pertenecen a su grupo de pares, lo que altera su socialización y su proceso de construcción de la identidad. Esto generaría apatía, precocidad, emancipación prematura, hostilidad, etc. (Rodríguez, 2011). Esto conlleva además la pérdida de un trato adecuado a la edad y de desatención de necesidades que efectivizan el cumplimiento de sus derechos a la salud, educación, ocio, participación, entre otros.

Las niñas, niños y adolescentes que trabajan no logran completar sus estudios básicos o de bachillerato y no pueden acceder cuando son adultos a un empleo remunerado siendo víctimas del desempleo, subempleo y explotación, lo que los mantiene junto con sus familias en la pobreza y extrema pobreza. El trabajo infantil no solo es un problema en sí mismo, sino, ante todo, es una restricción para el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes. La pérdida promedio de 2 años de escolaridad a largo plazo significa un 20% menos de salario durante toda su vida adulta y pérdida de poder adquisitivo del mercado nacional. La pérdida de años de educación se traduce en una calidad inferior del capital humano disponible en una sociedad, además de una incidencia negativa en el PIB y la mantención de la pobreza (DYA, 2014).Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la protección frente al trabajo infantil y cualquier actividad que pueda ser peligrosa o que entorpezca su educación, que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, moral o social. El trabajo infantil les priva de su infancia, y limita y afecta seriamente su derecho a jugar, a estudiar, a estar protegidos.

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Políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador

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Políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador

6

El proceso de observancia cuenta con aportes del Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo, Ministerio de Educación, gobiernos autónomos descentralizados municipales, entre otros que tienen competencias y

atribuciones en la prevención y erradicación del trabajo infantil.

De la información recopilada, es posible identificar logros y desafíos para alcanzar la erradicación del trabajo infantil:

6.1 Período 1990-2007Durante este periodo las políticas para la niñez y adolescencia, que eran parte de las políticas sociales, se caracterizaban por su discontinuidad, segmentación, predominio del criterio asistencial de protección, un limitado financiamiento y escasa dotación de recursos. Estas políticas se encontraban sujetas a los ciclos políticos y económicos por los que atravesó la sociedad ecuatoriana con la ausencia de una instancia estatal responsable que integre, ejecute, dé seguimiento, evalúe -en varios escenarios- las políticas públicas de atención a este sector, considerado ya en

ese entonces de prioridad absoluta para el Estado ecuatoriano.

Sin embargo, en la década de los noventa el Estado ecuatoriano tuvo importantes iniciativas de política pública relativas al trabajo infantil tales como: el Plan de Acción para la Supervivencia, Protección, Desarrollo y Participación del Niño en el Decenio del 90; en el Decreto No. 564 del 16 de marzo de 1993; en el Plan de Acción del Gobierno Nacional 1993-1996; y, en el Plan Nacional de Desarrollo Social 1996-2005 elaborado por la Secretaría Técnica

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81INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

del Frente Social con el objetivo de proteger sus derechos y promover acciones de intervención interinstitucional ligadas a la provisión de servicios para las familias en condiciones de pobreza16. Estas acciones se constituyen en hitos importantes en el ámbito social para ofrecer repuestas desde la institucionalidad a problemáticas sociales como el trabajo infantil.

En este contexto, la OIT con el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC por sus siglas en inglés), destinado al fortalecimiento de las capacidades de los estados nacionales para enfrentar el trabajo infantil, con el gobierno del Ecuador, desarrolla acciones conjuntas para su prevención y erradicación. Se suman en este esfuerzo organizaciones de empleadores y de trabajadores, organizaciones no gubernamentales, medios de comunicación y otros grupos sociales. El grupo destinatario y prioritario de las acciones fueron las niñas y niños sometidos al trabajo en régimen de servidumbre, aquellos que trabajaban en condiciones u ocupaciones peligrosas, y personas menores de 12 años en cualquier trabajo (OIT, 2003).

16 Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2008-2013

Las principales políticas públicas implementadas entre los años 1990 y 2007 que abordaron el trabajo infantil fueron:

• Comité Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), el Estado ecuatoriano suscribió en 1997 el Memorando de Entendimiento con la OIT, para la ejecución del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC). En este marco, se creó el Comité Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), integrado por representantes de instancias públicas, empresarios, trabajadores, cooperación internacional y sociedad civil; fue un espacio de articulación que buscaba crear acuerdos en la institucionalidad pública para el tratamiento especializado del trabajo infantil y el cumplimiento de la política pública para su prevención y erradicación.

• Frente Social, en el año 2002, el Ecuador desarrolló los siguientes programas relacionados de forma general con niñez, adolescencia y trabajo infantil: Unidad Ejecutora de Operación Rescate Infantil (ORI); Programa Nuestros Niños; Programas

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82

de Protección Social (PPS); Protección y educación para niños que trabajan; Chicos de la calle; Programa del Muchacho Trabajador (PMT); proyectos desarrollados por el Programa IPEC de la OIT.

• Plan Nacional Decenal de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes 2004-2014, fue una herramienta que orientó la construcción y organización del Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia (SNDPINA), a través del desarrollo y fortalecimiento de procesos y acciones articuladas que buscaban asegurar a niñas, niños y adolescentes el ejercicio y pleno disfrute de sus derechos. En la problemática específica de trabajo infantil, el plan proponía las siguientes políticas y estrategias: Política 17: Garantizar servicios públicos destinados a restituir derechos y protección frente al maltrato, el abuso, el trabajo infantil,

privación del medio familiar y pérdida de niños y niñas; Política 18: Erradicar progresivamente el trabajo infantil nocivo, peligroso o de riesgo; Política 27: Erradicación del trabajo prohibido y peligroso; protección frente al trabajo y la explotación laboral.

• Proyecto de Erradicación del Trabajo Infantil 2005 (PETI) fue un instrumento de política pública del Ministerio del Trabajo orientado a la “…prevención y erradicación progresiva del trabajo infantil, a través de un conjunto articulado de políticas, programas y acciones tendientes a enfrentar sus causas y efectos, desde una perspectiva de co-responsabilidad social y restitución de derechos a los niños, niñas y adolescentes”17.

En el Anexo 1 se amplía la descripción de las políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador.

17 Ministerio de Trabajo y Empleo, 2005 Plan Nacional para la Prevención y Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil en el Ecuador PETI

6.1.1 Presupuesto periodo 2000-2007

De acuerdo con el Resumen Ejecutivo de Trabajo Infantil en el Ecuador, una evaluación; elaborado por el MIES-INFA, en el año 2012 la inversión presupuestaria

para las actividades de trabajo infantil,

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83INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

$-2000 2001 2002 2006 20072003 2004

$ 1.000

$ 2.000

$ 3.000

$ 4.000

$ 5.000

$ 6.000

0%

144% 9%

22%

$ 7.000

$ 8.000

$ 9.000

$ 10.000

-60%

-10%

40%

90%

140%

190%

89%

-15%

58%

Fuente: Resumen Ejecutivo de Trabajo Infantil en el Ecuador, una evaluación. 2012

6.2 Período 2007-2017A partir del año 2007 el país inicia un proceso de revisión y reestructuración profunda del Estado. Se impulsó la definición del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2010 con la participación de los actores y sectores más diversos, recogiendo las políticas y planes trabajados en el país para definir

los objetivos que orientarían la acción del Estado los próximos años. Este Plan señaló el camino que el Ecuador debía seguir para asegurar transformaciones profundas como, por ejemplo, la disminución y erradicación del trabajo infantil.

ejecutadas por el INNFA y MIES hasta el 2007, demostraban un incremento

periódico importante, salvo en el año 2006, como se evidencia en el siguiente gráfico:

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El sostenimiento de condiciones de desigualdad para los grupos vulnerables y la debilidad en la aplicación y articulación de políticas públicas que atendieran la problemática específica de erradicación del trabajo infantil hizo necesaria la construcción de una política que permitiera visualizar y atender los desequilibrios temporales y estructurales de la economía.

En este proceso, el Estado que en su conjunto debe actuar como garante de derechos, propone -a través de la articulación intersectorial- la generación de empleo y trabajo digno y justo, que permita un horizonte sostenible de la relación entre empleados y empleadores, y que se traduzca en mayor bienestar para la población.

Durante esta época, en el Ecuador se fortaleció la organización de la institucionalidad responsable de la prevención y erradicación del trabajo infantil; no solo el CONEPTI, sino también el Consejo Nacional del Trabajo-CNT-. Por su parte, el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia -CNNA- había priorizado el tema.

El CONEPTI además fue parte de la institucionalidad creada para la promoción del trabajo decente en el Ecuador, siendo

entonces un organismo de “Diálogo Social” orientado a la erradicación del trabajo infantil en el marco de la defensa y promoción de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y de los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo. Los principales lineamientos políticos desarrollados en este periodo se resumen en:

i. Promover la erradicación progresiva del trabajo infantil en todas sus formas;

ii. Garantizar la protección integral a los niños, niñas y adolescentes trabajadores o en riesgo de trabajar;

iii. Lograr la co-responsabilidad entre el gobierno, los trabajadores y los empleadores, en la definición de políticas y planes;

iv. Garantizar la centralidad de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho en todas las políticas y acciones;

v. Promover la coordinación interinstitucional entre los organismos gubernamentales, organizaciones de trabajadores y de empleadores, organismos no gubernamentales, organismos internacionales y de más organizaciones

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85INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

sociales, para establecer acuerdos y realizar acciones tendientes a alcanzar el pleno cumplimiento de los derechos laborales de los adolescentes trabajadores de 15 años en adelante y el retiro total de niñas y niños menores de 15 años de las actividades laborales;

vi. Impulsar acciones orientadas a generar pleno empleo y trabajo decente de las personas adultas como medida imprescindible para la erradicación del trabajo infantil.

Las principales propuestas de política pública en este período relacionadas con la prevención y erradicación del trabajo infantil se recogieron en los siguientes instrumentos:

• Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2010

• Agenda Social de la Niñez y Adolescencia 2007-2010

• Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2008-2013

• Plan Nacional del Buen Vivir 2009-2013

• Plan Nacional para el Buen Vivir (PNBV)

2013-2017

• Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional (ANII) 2013-2017

• Proyecto de Erradicación del Trabajo Infantil (PETI) 2013-2017

• Plan Nacional de Desarrollo Toda una Vida (PND) 2017-2021

• Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional (ANII) 2017-2021

En el Anexo 1 se amplía la descripción de las políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador.

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86

6.2.1 Presupuesto periodo 2009-2017

En la ejecución presupuestaria consolidada del Ministerio de Trabajo, se puede observar que entre el 2009 y el 2017 la inversión presupuestaria para el Programa

de Erradicación del Trabajo Infantil tuvo importantes variaciones, como se evidencia en el siguiente gráfico:

-

2009 2010 2011 2014 2015 2016 20172012 2013

100.000,00

200.000,00

300.000,00

400.000,00

500.000,00

600.000,00

250

85% 43% 46%

9%622

700.000,00

800.000,00

18

18%

DÓLARES

Ilustración 13: Evolución presupuestaria del Programa de erradicación del trabajo infantil del Ministerio de Trabajo

Elaboración: CNII – 2018. Fuente: Ministerio de Finanzas - Ejecución presupuestaria consolidada.

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87INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Actores públicos y privados en la prevención y erradicación del trabajo infantil

En el año 2018 Ecuador cuenta con una institucionalidad pública y privada que cumple roles específicos y especializados para la prevención y erradicación del trabajo infantil de acuerdo con sus competencias. Para efectos del presente informe de

observancia se establece una matriz de los roles y competencias generales de las instituciones públicas y privadas, a nivel nacional y local, en la prevención y erradicación del trabajo infantil:

Organismos de definición, planificación, control, ejecución y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos

Competencias Actores Roles

Definir y ejecutar políticas, estrategias, planes, programas, proyectos y servicios de

calidad y con calidez, en su área de competencia

y de acuerdo con sus

roles para la atención de la población, en el marco de defensa y protección de derechos.

Ministerio de Inclusión Económica y Social

Inclusión económica y social, con énfasis en los grupos de atención prioritaria y la población que se encuentra en situación de pobreza y vulnerabilidad.

Tabla 5: Matriz de los roles y competencias de las instituciones públicas y privadas, a nivel nacional y local, en la prevención

y erradicación del trabajo infantil

6.3

Page 86: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

88

Ministerio del Trabajo

Ejecución de modelos de gestión integral para conseguir un sistema de trabajo digno, de calidad y solidario.

Ministerio de Educación

Garantía del acceso y calidad de la educación inicial, básica y bachillerato a los y las habitantes del territorio nacional.

Ministerio de SaludPública

Garantía del derecho a la salud a través de la provisión de servicios de atención individual, prevención de enfermedades, promoción de la salud e igualdad, la gobernanza de salud, investigación y desarrollo de la ciencia y tecnología; articulación de los actores del sistema.

Diseñar e implementar

políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias

constitucionales y

legales.

Gobiernos AutónomosDesentralizados

Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;

• Elaborar y ejecutar el plan cantonal de desarrollo, el de ordenamiento ordenamiento territorial y las políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial, de manera coordinada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, y realizar

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89INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

en forma permanente, el seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas;

Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de los grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas rurales coordinará con los gobiernos autónomos parroquiales y provinciales. COOTAD. Art. 54 y 84 Funciones

Incorporar el enfoque de igualdad y no

discriminación generacional e

intergeneracional en

la política pública y

prácticas institucionales

y sociales.

Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional

Formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de políticas públicas para asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos de los grupos generacionales, con prioridad en niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores.

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90

Consejos Cantonales de Protección de Derechos

Formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de políticas públicas municipales de protección de derechos articuladas a las políticas públicas de los consejos nacionales para la igualdad.

Coordinación con las entidades así como con las redes interinstitucionales especializadas la atención de niñas, niños, adolescentes y sus familias, en protección de derechos dentro del ámbito de sus competencias relacionadas con las temáticas de género, generacional, movilidad humana, discapacidades, pueblos y nacionalidades.

Organismos de administración de justicia y protección, defensa y exigibilidad de derechos

Competencias Actores Roles

Proteger desde su

ámbito de competencia

a las niñas, niños y adolescentes, en casos de amenaza o violación

Juntas Cantonales de Protección de Derechos (Código de la Niñez y Adolescencia, Arts. 206 y 207)

Son órganos del Sistema de Protección a la Niñez y Adolescencia que están facultados a disponer las medidas admi-nistrativas de protección previstas en el Código de la Niñez y Adolescencia.

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91INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

de sus derechos

individuales o colectivos.

Juntas Cantonales de Protección de Derechos (Código de la Niñez y Adolescencia, Arts. 206 y 207)

Tienen entre sus funciones:

Conocer casos de amenazas o violaciones de derechos individuales y colectivos de las niñas, niños y adolescentes y disponer medidas administrativas de protección que sean necesarias para proteger el derecho amenazado o restituir el derecho violentado.

Vigilar la ejecución de medidas.

Interponer las acciones necesarias ante los órganos judiciales competentes en los casos de incumplimiento de sus decisiones.

Requerir de los funcionarios públicos de la administración central y seccional, la información y documentos que requieran para el cumplimiento de sus funciones.

Llevar el registro de las familias, adultos, adolescentes, niños y niñas del respectivo Municipio a quienes se haya aplicado medidas de protección.

a.

b.c.

d.

e.

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92

Denunciar ante las autoridades competentes la comisión de infracciones administrativas y penales en contra de niñas, niños y adolescentes.

Vigilar que los reglamentos y prácticas institucionales de las entidades de atención no violen los derechos de la niñez y adolescencia; y,

Las demás que señale la ley.

Unidades Judiciales de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia

Organismos judiciales que tienen la facultad de administrar justicia en los casos de violación de derechos de las niñas, niños y adolescentes.

• Conocer y resolver los asuntos relacionados con la protección de los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes.

• Dictar medidas de protección, resoluciones y sentencias.

f.

g.

h.

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93INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Policía Especializada de Niños, Niñas y Adolescentes (DINAPEN)Policía Nacional- Judicial

• Abordar pacífica y adecuadamente- sin conculcar sus derechos- a las niñas, niños y adolescentes trabajadores y sus familias.

• Apoyar la intervención de las instituciones (MIES, MDT, JCPD, OS), en el abordaje y atención de niñas, niños y adolescentes trabajadores.

• Atender denuncias de vulneración de derechos de las niñas, niños y adolescentes.

• Realizar operativos para controlar la aplicación de la normativa de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

• Elevar parte policial a la autoridad competente.

• Investigar posibles casos de trata por motivos de explotación laboral y coordinar con actores estratégicos los operativos de inspección en lugares donde se presume existencia de trata con fines de explotación laboral o trabajo infantil.

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94

• Ejecutar medidas de protección dictadas por las juntas de protección de derechos, juzgados de la niñez y adolescencia y juzgados de lo civil.

• Intervenir inmediatamente en casos de violación de derechos, brindar protección al niño, niña o adolescente.

Defensa y patrocinio

de la sociedad cuando

se han cometido ilícitos

en su contra

Fiscalía General del Estado

Es la institución del Estado encargada de asumir la defensa y el patrocinio de la sociedad cuando se han cometido ilícitos en su contra; está regulada por la Constitución, su Ley Orgánica y Reglamento, el Código Orgánico Integral Penal.

• Recibe denuncias o informes sobre delitos cometidos, descritos y sancionados en el COIP.

• Promueve investigaciones de oficio por delitos que conozcan.

• Coordina y dirige la investigación pre-procesal y procesal penal.

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95INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

• Dirige y coordina las actuaciones de la policía judicial.

• Comparece en los juicios de acción penal pública representando a las víctimas.

• Vela por la protección de las víctimas y testigos.

• Coordina y dirige la lucha contra la corrupción, en relación con otras instancias estatales.

(Consejo Metropolitano de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, 2009).

Organismos de ejecución del sistema nacional de protección

Competencias Actores Roles

Ejecutar políticas, planes, programas, proyectos, acciones y medidas de protección y sanción, de acuerdo con las políticas

y planes definidos por

Entidades de atención a niñas, niños y adolescentes. (CNA, Arts. 209, 200 y 211)

Son todas las instituciones públicas o privadas que prestan un servicio directo o ejecutan un programa o proyecto para la protección o restitución de derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Page 94: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

96

organismos

competentes

y a las instrucciones

de la autoridad

que legitimó su funcionamiento.

Entidades de atención a niñas, niños y adolescentes. (CNA, Arts. 209, 200 y 211)

Los centros educativos, unidades de salud, centros de desarrollo infantil, albergues, etc.

Ejecutan las medidas de protección, definidas por las juntas cantonales de protección de derechos, los juzgados de la niñez, la Fiscalía, u otros organismos de administración de justicia, para proteger a las niñas, niños y adolescentes cuyos derechos han sido vulnerados.

Servicio de Erradicación de Trabajo Infantil

Son servicios debidamente autorizados por el Ministerio de Inclusión Económica y Social bajo las siguientes modalidades (Ministerio de Inclusión Económica y Social, 2017):

De atención directa: Administrados directamente por el MIES;

Bajo convenio: Administrados por gobiernos autónomos descentralizados, organizaciones religiosas,

1.

2.

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97INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

organizaciones de la sociedad civil, con quienes el MIES suscribe convenios de cooperación;

Públicos sin fondos del MIES: Administrados por otras instancias del sector público que cuentan con financiamiento propio y no dependen económicamente del MIES;

Privados: Administrados por personas naturales, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones religiosas u otras instancias del sector privado, con quienes el MIES no ha suscrito convenios de cooperación.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Instituciones públicas.

3.

4.

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98

Planes, programas y servicios para la erradicación del trabajo infantil del Ministerio de Inclusión Económica y Social -MIES18

La Subsecretaría de Protección Especial del MIES19, a través de sus instancias desconcentradas y las unidades de atención de erradicación del trabajo infantil, es la encargada de proteger y restituir los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de amenaza o vulneración de derechos y en condiciones de desprotección históricas y estructurales como son las de género, étnicas, económicas e interculturales.

El servicio de erradicación del trabajo infantil busca promover y restituir los derechos de las niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil, mediante la implementación de una estrategia integral de intervención en corresponsabilidad con la familia y la comunidad.

Los servicios se ofrecen en las siguientes modalidades: (i) servicios de atención directa, administrados por el MIES; (ii)

18 Información proporcionada por el Ministerio de Inclusión Económica y Social19 MIES 2017, Norma Técnica Protección Especial Centro de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil

convenios para prestación de servicios, administrados por los gobiernos autónomos descentralizados, organizaciones religiosas y organizaciones de la sociedad civil, con fondos del MIES; (iii) servicios públicos sin fondos del MIES, administrados por otras instancias públicas; (iv) servicios privados, administrados por personas naturales, sin convenio con el MIES.

La población objetivo para la atención en estos servicios son niñas, niños y adolescentes entre 5 y 14 años que se encuentran en actividades de trabajo infantil. Las unidades de atención son aquellas entidades públicas o privadas que tienen a su cargo la ejecución de los planes, programas, proyectos, servicios y medidas de protección dispuestas por las instancias competentes para la protección y restitución de derechos de las niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil.

Estas unidades entregan servicios de manera integral, incorporando en sus procesos a la familia y a la comunidad, a partir de un diagnóstico situacional que

6.4

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99INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

dé cuenta de las condiciones del territorio en el que se realiza el trabajo infantil, a fin de establecer una planificación de intervención con el grupo poblacional en su conjunto.

Se ha definido una ruta de atención, articulación, derivación, seguimiento y evaluación para los casos de niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil que ingresan a los servicios de erradicación de trabajo infantil públicos o privados, y en el caso del MIES, los centros de prevención y erradicación del trabajo infantil CETIs (MIES, 2017).

Una vez que la niña, niño o adolescente ingresa al servicio, se realiza un Plan de Atención Individual PAI, que comprende atención psicológica, social, en salud, nutrición, educación, recreación e identificación; se realiza además el fortalecimiento familiar a través del Plan de Apoyo Familiar –PAF y el Plan de Fortalecimiento Comunitario PFC, con procesos de concientización y sensibilización para la protección de la niñez y adolescencia en el marco de la

corresponsabilidad.

Para considerar que una niña, niño o adolescente se encuentra desvinculado del trabajo infantil, se debe haber cumplido con el siguiente proceso:

• Atención en cualquiera de sus modalidades.

• Inclusión y permanencia en el sistema educativo.

• Implementar y culminar el PAI y el PAF.

• Retiro de la actividad de trabajo infantil.

• Contar con un plan de seguimiento y post desvinculación.

La intervención integral requiere de una articulación y coordinación de servicios interinstitucionales que permitan que las niñas, niños y adolescentes puedan acceder al ejercicio de sus derechos y las familias y comunidades puedan recibir el apoyo necesario para que, de manera corresponsable, protejan sus derechos y promuevan su desarrollo integral.

Page 98: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

100

En el 2017, el MIES suscribió 74 convenios interinstitucionales, a nivel nacional, para prestar servicios en la modalidad de erradicación del trabajo infantil y un centro administrado directamente por el MIES en Cuenca. Los convenios generalmente se los realizó con gobiernos autónomos descentralizados municipales y parroquiales, organizaciones de la sociedad civil y organizaciones religiosas entre las más frecuentes. El MIES invirtió 4’873. 781,47 de dólares al año para dar cobertura a 8.544 niñas, niños y adolescentes que se encontraban en actividades de trabajo infantil.

En junio de 2018, el MIES suscribió con el Ministerio de Comercio Exterior, el Ministerio de Industrias y Productividad y las Cámaras de la Producción y Comercio, el Pacto del Gobierno Nacional con Niñas, Niños y Adolescentes y la creación del Sello Empresarial por Productos Libres de Violencia y Trabajo Infantil. Las instituciones que suscribieron el Pacto se comprometieron a:

• Constituir un equipo de trabajo interinstitucional para implementar la adopción de un “Sello zona libre de violencia y trabajo infantil” que certifique

que las mercancías que se producen y comercializan en el Ecuador son libres de violencia y trabajo infantil.

• Además, el equipo de trabajo interinstitucional deberá realizar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en el presente pacto a nivel nacional y capítulos provinciales.

• Se formulará en el plazo de sesenta días un Plan de Acción, debidamente cofinanciado, contra el trabajo infantil y la violencia a niñas, niños y adolescentes que será difundido entre todos los miembros de las cámaras, asociaciones y ministerios firmantes.

• Publicar anualmente un ranking nacional de cumplimiento de los compromisos del pacto entre las empresas asociadas a las Cámaras de la Producción y de Comercio, los ministerios firmantes y los testigos de honor que suscriben el Pacto.

• Capacitar a los miembros asociados de las Cámaras para adoptar el “Sello zona libre de violencia y trabajo infantil” certificación de cumplimiento de derechos que certifique que las

Page 99: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

101INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

mercancías que se expenden en Ecuador son libres de trabajo infantil y de violencia.

• Aplicar conjuntamente con los representantes del MIES, Ministerio de Industrias y Productividad, Ministerio de Comercio Exterior, Cámaras de la Producción y de Comercio, la matriz de seguimiento al presente Pacto.

• Convocar a las organizaciones de la sociedad civil, medios de comunicación y organismos internacionales para que hagan acompañamiento y control social periódicos en los informes de rendición de cuentas.

Logros y desafíos del Ministerio de Inclusión Económica y Social en la erradicación del trabajo infantil20:

20 Los logros y desafíos fueron identificados en talleres de trabajo conjunto con el equipo técnico del Ministerio de Inclusión Económica y Social.

Tabla 6: Logros y desafíos del MIES en la erradicación del trabajo infantil.

LOGROS DESAFÍOS

Protocolo intersectorial para la prevención y erradicación del trabajo infantil en el Ecuador.

Capacitación a los equipos técnicos de las entidades públicas y privadas para la aplicación del Protocolo en territorio.

6.4.1

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102

Norma Técnica para la Protección Especial en Centros de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil.

Seguimiento, monitoreo y evaluación del servicio prestado por el MIES directamente y mediante convenios.

Modelo de Atención Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil, y todas las herramientas para la atención a niñas, niños y adolescentes en actividades de

trabajo infantil, su familia y comunidad.

Homologación de instrumentos técnicos para ser utilizados a nivel nacional.

Implementación de todas las herramientas y metodologías para la atención de niñas, niños y adolescentes en actividades de tra-bajo infantil, su familia y comunidad.

Servicio de erradicación del trabajo infantil desarrollado en sus modalidades: Centro de Erradicación del Trabajo Infantil (CETI) y Erradicación del Trabajo Infantil Extramural (ETIE).

Capacitación y asistencia técnica permanente para el personal técnico que ejecuta el servicio en sus dos modalidades.

Coordinación de la atención dirigida a familias en capacitación para emprendimientos productivos, salud, rehabilitación por consumo de drogas y alcohol, vivienda, ofertas laborales, reconversión laboral.

74 convenios interinstitucionales a nivel

nacional (año 2017), con GAD municipales, parroquiales, organizaciones de la sociedad

Sostenibilidad del servicio de erradicación del trabajo infantil, garantizando la firma

Page 101: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

103INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

civil y organizaciones religiosas, para prestar servicios en la modalidad de

erradicación del trabajo infantil.

Servicio directo del MIES con personal e

infraestructura adecuada para brindar el

servicio.

de convenios con organizaciones cooperantes para el año 2018.

Mejorar e innovar el modelo de gestión y realizar un análisis de impacto de los servicios de erradicación del trabajo infantil.

Compromiso Presidencial No. 41 para erradicación del trabajo infantil en limpieza y lustrado de calzado a nivel

nacional: Aprobación de la campaña de sensibilización e información por parte de la SECOM y elaboración del material educomunicacional.

Aseguramiento del presupuesto para el cumplimiento del compromiso presidencial hasta noviembre de 2018.

Integración del enfoque intercultural en la campaña de sensibilización e información del Compromiso Presidencial No. 41.

Ofrecer asistencia y capacitación a los equipos técnicos de las organizaciones cooperantes para medir los avances sobre los procesos de intervención, con miras a la desvinculación definitiva de trabajo infantil en limpieza y lustrado de calzado y cumplir la meta.

Línea base nacional de niñas, niños y adolescentes en actividades de limpieza y

lustrado de calzado. Convenio específico desarrollado para Quito. Presupuesto general del compromiso.

Focalización de la población objetivo en el territorio en base a estudios realizados.

Jerarquización y priorización de las modalidades de trabajo infantil para erradicarlas progresivamente.

Page 102: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

104

Planes, programas y servicios para la erradicación del trabajo infantil del Ministerio del Trabajo21

21 Información proporcionada por el Ministerio del Trabajo.

Activación de la mesa interinstitucional para la ejecución del compromiso presidencial de erradicar el trabajo infantil

en limpieza y lustrado de calzado, con liderazgo del MIES.

Incidencia con SENPLADES para la ejecución de la ENTI 2018 y/o 2019.

Aseguramiento de la participación de un delegado permanente por cada institución en la mesa de coordinación.

Propuesta de intervención en territorio para prevenir la expulsión de niñas, niños y adolescentes al trabajo infantil y abandono de su núcleo familiar.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Ministerio de Inclusión Económica y Social.

propone declararlo como emblemático en la estructura del Ministerio del Trabajo e implementar el Plan Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil.

A lo largo de 10 años del proyecto, ha entregado asistencia técnica a más de 121 municipios con la definición de 48 ordenanzas, 2 resoluciones administrativas y 20 hojas de ruta para la erradicación del trabajo infantil a nivel local.

6.5

El Ministerio del Trabajo, que lidera además el Comité Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil –CONEPTI-, coordina acciones de sensibilización, control y seguimiento del trabajo infantil en Ecuador. La Gerencia del Proyecto de Erradicación del Trabajo Infantil (PETI), perteneciente al Ministerio del Trabajo, como instancia ejecutora de las actividades de esta entidad, tiene vigencia desde el año 2007 hasta el año 2021. Con el fin de continuar con el objetivo propuesto, se

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105INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Red de Empresas contra el Trabajo Infantil: El PETI desarrolló alianzas estratégicas para la conformación de la Red en la que participan más de 82 organizaciones públicas y privadas. Se organiza a través de un Consejo directivo y coordinaciones locales en Azuay, Pichincha, Guayas, El Oro y Manabí.

La red tiene como objetivo general desarrollar un programa que fomente las alianzas público-privadas en las que se articulen acciones y servicios de ambos sectores para alcanzar la meta de un Ecuador Libre de Trabajo Infantil. Así mismo, las empresas han generado alianzas entre sí a fin de mejorar su eficacia y repercusión y acelerar los progresos en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, específicamente el 8.7. (...) asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, a más tardar en 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas.La red tiene como misión, ser una “(…) alianza público-privada que promueve, genera, articula y ejecuta buenas prácticas e iniciativas en las empresas y su cadena de valor para contribuir a la prevención y erradicación del trabajo infantil en el país, en el marco de los derechos de la niñez y

adolescencia.” Sus objetivos específicos incluyen:

• Fomentar una participación activa del sector empresarial como un aliado estratégico en la prevención y erradicación del trabajo infantil en el país.

• Fortalecer el desarrollo de sistemas de gestión para prevenir el trabajo infantil y garantizar su erradicación en las empresas con especial énfasis en su cadena de valor.

• Facilitar el establecimiento de acuerdos y alianzas estratégicas entre sector público y privado, nacional e internacional, tendiente poner en marcha acciones conjuntas para erradicar el trabajo infantil.

• Difundir las buenas prácticas emprendidas por estas empresas a favor de la prevención y erradicación del trabajo infantil en el Ecuador.

• Generar alianzas estratégicas entre los miembros de la Red con miras a desarrollar acciones de remediación a los casos de trabajo infantil identificados en sus cadenas de valor.

• Fortalecer la implementación de políticas públicas relacionadas con la prevención y erradicación del trabajo infantil en el país.

Page 104: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

106

Para ser miembro de la Red, las empresas y organizaciones suscriben una carta en la que asumen compromisos estratégicos para prevenir y erradicar el trabajo infantil en sus cadenas de valor. Los compromisos

deben ser implementados en los dos primeros años y se deben reportar avances periódicos sobre los indicadores de seguimiento.

Tabla 7: Compromisos e indicadores de seguimiento de la Red de Empresas por un Ecuador Libre de Trabajo Infantil.

Compromiso Key Performance Indicators (KPI’s):

Cumplir

con la normativa legal

nacional e internacional

con el fin de erradicar toda forma

de trabajo infantil

en la cadena de valor.

Auditoría interna anual desarrollada. 50 % de los colaboradores han sido capacitados en normativas nacionales e internacionales el primer año. 50 % de la cadena de proveedores ha sido capacitada en normativas nacionales e internacionales el primer año.

Apoyar la creación de una red pública-

privada amplia que permita cumplir con este

objetivo.

Designar a un representante permanente de la empresa en la Red.

Participar en el 60 % de las reuniones de la Red.

Haber incorporado a dos empresas más a la Red anualmente.

Publicación de la iniciativa en su plan de medios (sólo a empresas que tengan esta posibilidad).

a.

a.

b.

b.

c.

d.

1.

2.

Page 105: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

107INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Informe de iniciativas o proyectos desarrollados por la empresa y socializados con la Red.

Incorporar como

objetivo empresarial

el garantizar

la ETI en la cadena

de valor.

50 % de proveedores capacitados en la política de Cero Tolerancia, el 1er año.

Política de sanciones desarrollada.

Política de sanciones comunicada a todos los proveedores de las empresas miembros de la Red.

Canal de denuncias habilitado en las empresas miembros de la Red.

Implementar un sistema

de gestión interna para monitorear y evaluar la

ETI en sus cadenas

de valor.

Definir los responsables de la gestión en la empresa.

KPI`s definidos para los responsables de la gestión interna.

Metodología desarrollada para medir y evaluar cumplimiento.

Auditorías implementadas al segundo año.

Educar, sensibilizar y capacitar de manera

constante y permanente

a todos los

colaboradores directos

e indirectos acerca del

compromiso

de erradicar todo tipo

de trabajo infantil en la

cadena de proveedores.

50 % de colaboradores capacitados y sensibili-zados en la Política de Cero Tolerancia al trabajo Infantil.

50 % de proveedores capacitados y sensibilizados en la Política de Cero Tolerancia.

a.

a.

a.

b.

b.

b.

c.

c.

d.

d.

e.

3.

4.

4.1

Page 106: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

108

Incorporar en las

Políticas de Compra

de las empresas

participantes

la obligación de garantizar el

cumplimiento legal

nacional e internacional

en esta materia a todos

sus proveedores

Política desarrollada.

Contratos legales con la incorporación de cláusula/s sobre política de cero tolerancia al trabajo Infantil.

Monitorear y evaluar

el cumplimiento de

estos compromisos

internamente y en su

cadena

de proveedores hasta

el nivel de sub-

proveedor.

Declaración de auditoría desarrollada en el segundo año.

Un informe de evaluación desarrollado cada año sobre el cumplimiento de al menos tres de los compromisos señalados.

Comunicar

la implementación de estos compromisos y

planes de acción a sus grupos de interés.

Publicación de reporte de desempeño que refleje los avances de las acciones desarrolladas y cumplimiento de al menos 3 compromisos en el 1er año.

Incorporar en los COPs del Pacto Global la iniciativa de la Red o en los indicadores del Global Reporting Initiative (GRI).

Difusión a través de medios internos y medios de comunicación masiva las buenas prácticas y avances de la Red.

Fuente: Ministerio del Trabajo, 2012

a.

a.

a.

b.

b.

b.

c.

4.2

4.3

5.

Page 107: INFORME OUT con guardas...Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo y otros organismos del sector público que se involucraron en la elaboración de este

109INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

El Ministerio de Trabajo también realizó alianzas internacionales para la transferencia del Modelo de Gestión de la Red de Empresas a Brasil, Colombia y Costa Rica, la construcción del Protocolo Binacional en Ecuador y Perú en relación con trabajo infantil, el Memorando de entendimiento para la coordinación de acciones en minería entre Ecuador y Colombia y un estudio con el INEC sobre trabajo infantil y trabajo juvenil, con el apoyo de OIT.

El Proyecto de Erradicación del Trabajo Infantil (PETI) cuenta con el Sistema Único de Registro del Trabajo Infantil (SURTI) que posibilita la articulación interinstitucional para remitir a cada niña, niño o adolescente que se encuentran en trabajo infantil, a los servicios que requiere para proteger y restituir sus derechos y promover su desarrollo integral.

De otra parte, el Ministerio de Trabajo ha realizado una actualización del listado de actividades peligrosas para adolescentes que trabajan, controlando y sancionando el incumplimiento de las disposiciones de ley. Actualmente se está proponiendo el Proyecto Trabajo Adolescente Protegido como mecanismo para asegurar la protección y el cumplimiento de derechos de este grupo poblacional.

Los datos proporcionados por el Ministerio de Trabajo para la década 2007-2017 evidencian la reducción de los índices de trabajo infantil y de trabajo adolescente. En este sentido, de acuerdo con los datos procesados de las encuestas ENEMDU, el trabajo infantil de niñas, niños y adolescentes entre 5 y 14 años disminuyó en 3,06% en la década mencionada, reduciéndose de 7,99% a 4,93%. Así mismo, el trabajo de adolescentes entre 15 y 17 años disminuyó en 12,06%, reduciéndose de 28,55% a 16,49%.

En resumen, el trabajo infantil de niñas, niños y adolescentes entre 5 y 14 años de acuerdo con los datos proporcionados por el Ministerio del Trabajo disminuyó en el periodo 2007-2017 en 4,82%, reduciéndose de 12,47% en el año 2007 a 7,65% en el año 2017.

De acuerdo con los datos proporcionados por el Ministerio del Trabajo, a marzo de 2017, en números absolutos, 268.824 niñas, niños y adolescentes entre 5 y 14 años se encontraban realizando trabajo infantil y 253.832 adolescentes entre 15 y 17 años trabajaban (INEC-ENEMDU marzo 2017, procesamiento Ministerio del Trabajo).

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110

Logros y desafíos del Ministerio de Trabajo en la erradicación del trabajo infantil:22

22 Trabajado con el Ministerio del Trabajo, Matriz de Logros y Desafíos

Tabla 8: Logros y desafíos del MDT en la erradicación del trabajo infantil.

Logros Desafíos

En el 2017, 30.102 niñas, niños y adolescentes fueron derivados a servicios

de instituciones públicas y privadas para

ser retirados del trabajo infantil y para la

restitución de sus derechos.

Un total de 311 niñas, niños y adolescentes de entre 5 y 17 años de edad fueron

desvinculados del trabajo infantil gracias a

la coordinación del Ministerio del Trabajo y la articulación con instituciones públicas y privadas durante el periodo de junio

a diciembre del 2017, en comparación con el periodo enero a mayo 2017 que fueron desvinculado 152 niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil y remitidos al sistema de protección.

Liderar el Consejo Nacional Intersectorial para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Regularización del Trabajo Adolescente.

Seguimiento de los acuerdos establecidos.

6.5.1

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111INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

En el 2017, 56 GAD municipales priorizados participaron de un modelo de gestión que incluyó indicadores para la aplicación de estrategias seccionales de prevención y erradicación de trabajo infantil en sus territorios.

Asistencia técnica de PETI a los

Gobiernos Autónomos Descentralizados. Elaboración de un diagnóstico conjunto y acompañamiento en las acciones

realizadas. Como resultado del trabajo con GAD, a nivel nacional se elaboraron 41 Ordenanzas de Erradicación del Trabajo Infantil aprobadas hasta diciembre de

2017.

Se cuenta con 77 Mesas Interinstitucionales

de Erradicación del Trabajo Infantil instauradas en los cantones del territorio

nacional, 3 de estas son provinciales.

A nivel nacional se integraron a las mesas

de ETI la Fiscalía y el Consejo de la

Judicatura

Continuar con la asistencia técnica a los GAD Municipales para la prevención y erradicación del trabajo infantil.

Seguimiento a la implementación de las Ordenanzas Municipales para erradicar el trabajo infantil.

Acompañamiento al desarrollo de las mesas interinstitucionales de erradicación de trabajo infantil y seguimiento a los acuerdos.

A diciembre del 2017, al menos el 80% de las empresas participantes de la Red

de Empresas cuentan con sistemas de

gestión corporativos para la prevención

Establecer una coordinación de la Red en Manabí en el primer semestre de 2018.

Establecer coordinaciones de la Red en otras provincias o regiones como Chimborazo, Los Ríos y la Amazonía.

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112

y erradicación de trabajo infantil en sus cadenas de valor.

Presentación de iniciativas exitosas en erradicación de trabajo infantil: DYA: Situación trabajo infantil, Operación sonrisa, Patronato de Lago Agrio, Niños con Destino.

Iniciativas en conjunto entre los miembros

de la Red, Mercado Mayorista de Quito, Baúles Pedagógicos: UNACEM, HOLCIM y UNICEF, Escuela Plus: OCP y DIRECTV TV.

Intercambio de experiencias con Gobierno Autónomo Descentralizado de Otavalo y Patronato de Lago Agrio.Con el apoyo de Holcim, un Guagua Centro inaugurado, en el Mercado Mayorista de Quito.

Intervención de aliados estratégicos en las reuniones de la Red: OIT Presentación Situación Trabajo Infantil, Pacto Global- Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS, Ministerio del Trabajo-teletrabajo-iniciativa

regional Latinoamérica y El Caribe

libre de Trabajo Infantil-Herramientas de capacitación con SECAP, Ministerio de Educación - empleo adolescente, consejería estudiantil, Bachillerato Técnico Productivo.

Gestionar la incorporación de actores estratégicos en la Red como Desarrollo y Autogestión, Ministerio de Agricultura Ganadería Acuacultura y Pesca, Ministerio de Inclusión Económica y Social y Ministerio de Salud Pública.

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113INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Desde el 2012, se cuenta con un Acuerdo Binacional Ecuador–Colombia y un

Memorándum de entendimiento para el

intercambio de experiencias políticas y técnicas para la erradicación del trabajo infantil.

Desarrollar eventos comunicacionales e informativos en la frontera para prevenir y erradicar el trabajo infantil.

Capacitación de instituciones públicas y privadas en el lado ecuatoriano, para prevenir y erradicar el trabajo infantil.

Proceso de entendimiento para desarrollar

un diagnóstico situacional.

Plan binacional de prevención y erradicación del trabajo infantil en la zona de frontera Ecuador - Perú.

Socialización del diagnóstico binacional y sistematización de la experiencia.

Establecer Hoja de Ruta Colombo - Ecuatoriano para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en zonas de minería.

Conformación de Mesas de Diálogo.

Fortalecer la política binacional y su implementación.

Información sobre el porcentaje y la incidencia del trabajo infantil en el Ecuador: a diciembre de 2016, el trabajo infantil en Ecuador afectó a alrededor de 290.325 niños, niñas y adolescentes de 5-17 años, más del seis por ciento de ese grupo de

edad. Aproximadamente el cinco por ciento de los menores de 15 años están

en trabajo infantil (168.530); el porcentaje sube hasta el 11,6 por ciento en el grupo de adolescentes de 15-17 años (121 795)

Promover la realización de la Encuesta de ENTI 2018 con el apoyo del INEC.

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114

Sistema Único de Registro de Trabajo

Infantil (SURTI), construido y en revisión, como herramienta desarrollada por el

Ministerio del Trabajo.

55 casos de niñas, niños y adolescentes desvinculados de trabajo infantil

registrados al SURTI, acumulado desde enero 2017 hasta diciembre 2017.

Capacitaciones con apoyo de la OIT a

los actores intersectoriales (Ministerio de

Inclusión Económica, Social, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Educación, Registro Civil), en el uso y aplicación del SURTI (herramienta tecnológica con interconectividad de datos), para el registro de casos de trabajo infantil y la

restitución de derechos.

Establecer al Sistema Único de Registro de Trabajo Infantil como una Plataforma Gubernamental que permita la intervención intersectorial para la atención, protección, restitución, observancia y derivación de casos de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil.

Fortalecer las inspecciones a las empresas para erradicar el trabajo infantil en el ámbito empresarial.

Listado de Actividades Peligrosas en

el trabajo de adolescentes, con 27 categorías de actividades, publicado en el Acuerdo Ministerial MDT-2015-131.

Establecer Guías Metodológicas de Aplicación del Acuerdo Ministerial con las Empresas.

Implementación del Sello libre de trabajo infantil y los acuerdos del Pacto con los niños y niñas.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Ministerio de Trabajo, 2017.

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115INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Planes, programas y servicios para la erradicación del trabajo infantil del Ministerio de Educación23

El Ministerio de Educación tiene la responsabilidad de ampliar las modalidades educativas que posibiliten el pleno cumplimiento del derecho a la educación. Actualmente se encuentra diseñando una propuesta metodológica de atención al rezago educativo, situación que se evidencia en un alto número de niñas y niños que cursan niveles escolares con al menos dos años de retraso en función de su edad; esta situación, en muchos casos es consecuencia del vínculo temprano de niñas y niños con actividades laborales y, de otra parte, también puede ser propiciadora del abandono del sistema educativo y del incremento de los indicadores de trabajo infantil. Cabe señalar que esta propuesta se implementa con la participación de los departamentos de consejería estudiantil (DECE), de las unidades de apoyo a la inclusión (UDAI) y de equipos docentes, específicamente responsables de esta modalidad.

23 Información proporcionada por el Ministerio de Educación.

Los DECE generan respuestas de apoyo socioeducativo al interior de las unidades educativas; este departamento actualmente se encuentra operando en diferentes entidades educativas a nivel nacional.

Durante el año 2016, se coordinó la capacitación ejecutada por el Ministerio del Trabajo, que fue dirigida a personal técnico de los distritos educativos, para la administración y seguimiento del SURTI (una persona por cada distrito educativo, son 140).

El personal técnico de las 140 unidades de apoyo a la inclusión se capacitó durante los primeros meses del 2017, en el Curso de Certificación en Erradicación del Trabajo Infantil que lleva adelante el SECAP; esto como una estrategia que facilita el reconocimiento de la problemática y el incremento de acciones de apoyo a la inclusión al sistema educativo de las niñas, niños y adolescentes que lo requieran.

6.6

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116

El Ministerio de Educación es parte de la Comisión de Proyectos de la Red de Empresas por un Ecuador Libre del Trabajo Infantil y mantiene sistemática participación de coordinación en la Red.

A partir del funcionamiento del SURTI

(2016), el Ministerio de Educación realiza el seguimiento y atención a los casos que requieren respuestas en el ámbito educativo; se puede reportar el registro de alerta y atención de 38 casos durante el año 2016; en el año 2017, se reportan 8 casos.

Logros y desafíos24 del Ministerio de Educación en la erradicación del trabajo infantil

24 Información proporcionada por el Ministerio de Educación.

Logros Desafíos

Programa de atención al rezago educativo de niñas, niños y adolescentes de 8 a 14 años:

• 18 circuitos a nivel nacional, con 465 niñas, niños y adolescentes que participan actualmente de esta modalidad de atención.

• 26 docentes en los circuitos que se implementa el Programa.

• Integrar la participación de la familia en el modelo de atención.

• Integrar los enfoques de inclusión educativa y componentes socio familiares tales como: género, interculturalidad, pobreza, analfabetismo, por ser algunos de los factores que generan el rezago educativo.

• Garantizar el derecho a la educación.

Tabla 9: Logros y desafíos del MINEDUC en la erradicación del trabajo infantil.

6.6.1

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117INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

• Guías didácticas para los equipos docentes, con adaptaciones curriculares para la nivelación de las y los estudiantes del Programa.

• Ampliar la cobertura a nivel nacional, extendiendo esta modalidad de atención a la Región Costa.

• Institucionalizar esta modalidad de oferta educativa.

• Reforma normativa para incorporar esta modalidad de atención.

• Establecer asignaciones presupuestarias destinadas a incrementar la implementación del modelo de gestión y atención al rezago educativo a nivel nacional.

• Ofertas educativas extraordinarias intensivas para jóvenes de 15 años en adelante con rezago educativo de tres años - Proyecto Educación Básica para Jóvenes y Adultos (EBJA):

• Presupuesto de 10 millones, para contratar docentes, técnicos, textos, horas extras, para la implementación de las ofertas educativas.

• Inclusión de la contratación de los docentes del Proyecto Educación Básica para Jóvenes y Adultos (EBJA) en el gasto corriente del Ministerio de Educación y mantener la estabilidad del personal un año más.

• Institucionalizar las ofertas extraordinarias intensivas.

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118

• Atención para personas con escolaridad inconclusa de 15 años en adelante, con 3 años de rezago escolar:

• Implementación del Bachillerato Virtual.

• Jóvenes y adultos han culminado sus estudios obteniendo el título de bachiller.

• Visitas en territorio para constatar el funcionamiento técnico y administrativo de ofertas educativas de esta modalidad de atención.

• Ejecución de los convenios de cooperación entre el MINEDUC y organizaciones educativas.

• Apoyo y fortalecimiento del funcionamiento de instituciones educativas con jornada nocturna extraordinarias.

• Ampliar la cobertura de la modalidad de Bachillerato Virtual para 2018.

• Disponer de módulos educativos para la educación de personas con escolaridad inconclusa.

• Formación y profesionalización educativa de docentes en especialidad de andragogía-heutagogía.

• Implementación del proceso de acreditación educativa para personas con escolaridad inconclusa.

Dirección Nacional de Bachillerato conforme al Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio de Educación:

Incidencia en las instancias pertinentes públicas y privadas para fortalecer el Bachillerato Técnico, Bachillerato Técnico Productivo y Unidades Educativas de Producción.

Promover la apertura de esta modalidad para el régimen Costa en abril 2018 y ampliación de la modalidad para el régimen Sierra y Oriente en septiembre de 2018.

Ampliar la cobertura del Bachillerato Técnico a Bachillerato Técnico Artesanal.

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119INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Departamentos de Consejería Estudiantil DECE:

• Implementar la política pública “Más unidos y más protegidos”, que promueve la convivencia armónica en el sistema educativo.

• Implementación de 14 residencias escolares a nivel nacional, para estudiantes de 12 a 18 años en tres modalidades, a) de lunes a jueves, b) de lunes a viernes; y, c) de manera excepcional, 21 días en la residencia/7 días fuera.

Capacitar y sensibilizar a diferentes actores de la comunidad educativa en la implementación y módulos temáticos del programa “Educando en Familia”:

• Prevención drogas y acoso escolar: 104.302 beneficiarios

• Educación de valores y educación sexual: 312.840 beneficiarios.

En el marco de la estrategia de prevención de drogas: “Misión educación: cero drogas”, se logró: 1.041 instituciones educativas fiscales (con 1.000 o más estudiantes) involucradas a nivel nacional; 37.765 brigadas preventivas conformadas por

• Fortalecer la capacidad de atención y cobertura de los DECE, incrementar el número de profesionales especializados para cubrir la demanda que se requiere por cada estudiante.

• Incrementar las residencias escolares en todo el territorio nacional.

• Fortalecer los cuatro ejes de acción de los DECE que son: promoción, prevención, detección, intervención.

• Difundir con mayor profundidad el programa “Educando a la familia” reforzando los cuatro aspectos contenidos: prevención, consumo de drogas, acoso escolar, educación en valores, educación de la sexualidad.

• Ampliar la cobertura de la “Misión Educación: cero drogas”, la misma que se quiere implementar en 1.218 instituciones educativas fiscales a nivel nacional, a través de tres fases: sensibilización, organización y puesta en marcha.

• Buscar el apoyo interinstitucional, para establecer más convenios en beneficio de las niñas, niños, adolescentes para prevenir la violencia.

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120

padres y madres de familia o representantes legales; 193.231 padres y madres de familia o representantes legales sensibilizados y participando voluntariamente en las brigadas.Con la Estrategia “Prevención de la Violencia” se sensibilizó a 599.989 miembros de la comunidad educativa sobre el acoso escolar (prevención y abordaje). Se construyó un documento con protocolos de actuación frente a situaciones de violencia detectadas o cometidas en el sistema educativo, trabajado y validado con el Consejo de Judicatura y Fiscalía General del Estado. Con UNICEF y Visión Mundial se realizó una publicación con los resultados del primer levantamiento nacional sobre acoso escolar.

• Fortalecer el protocolo para la actuación ante casos de embarazo en el sistema educativo a nivel nacional, con el fin disminuir la tasa de embarazo adolescente.

• Aprobar la “Guía de orientación para manejar casos de diversidad de identidad de género y orientación sexual en el sistema educativo nacional”.

Unidades de Apoyo a la Inclusión (UDAI):

Curso de Certificación en Erradicación del Trabajo Infantil que lleva adelante el SECAP, con la participación de 140 UDAI.

Adolescentes y personas con discapacidad se han titulado, y pueden acceder a educación del nivel superior.

Contar con personal especializado.

Se ha podido acercar a las niñas, niños y adolescentes del área urbana y rural para incluirlos en el sistema educativo.

Promover acciones para concretar el nombramiento del equipo de las UDAI y fortalecer sus capacidades de atención.

Promover la creación de más aulas hospitalarias en el país, por lo menos una en cada provincia.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Ministerio de Educación, 2017.

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121INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Planes, programas y servicios para la erradicación del trabajo infantil de los Gobiernos Autónomos Descentralizados

El Consejo, para elaborar el informe de observancia de la política pública de erradicación del trabajo infantil, levantó información sobre las acciones y estrategias realizadas por los gobiernos autónomos descentralizados municipales para atender la problemática.

Se evidencia la existencia de 50 ordenanzas municipales relacionadas con la erradicación del trabajo infantil a nivel nacional. De ese total, 34 ordenanzas se implementaron desde la fecha de su aprobación y 10 ordenanzas fueron reformadas o están en proceso de reforma.

En las 44 ordenanzas implementas y/o en proceso de reforma, se evidencia la participación del Ministerio del Trabajo, MIES, Educación, Turismo, GAD municipal, parroquial, organismos de protección de derechos, organizaciones de la sociedad civil, entre los principales.

Del total de ordenanzas desarrolladas, 45 mencionan la instancia municipal responsable de hacer cumplir la ordenanza: 24 mencionan a un departamento, jefatura

o dirección del GAD; 10 mencionan al Consejo Cantonal de Protección de Derechos (CCPD) entre las más frecuentes, y las otras 10 mencionan a otras instancias responsables. 21 ordenanzas de trabajo infantil contaron con una línea de base para su implementación. Del total de ordenanzas para la erradicación del trabajo infantil, 12 cuentan con un presupuesto designado para su funcionamiento.

Se cuenta con información sobre trabajo infantil en 170 cantones. En 128 cantones se reporta trabajo de adolescentes. En 156 cantones se reporta instituciones que trabajan para la erradicación del trabajo infantil.

Debido a la incidencia realizada en los GAD municipales, desde la implementación del PETI, se ha sensibilizado a las autoridades para definir políticas y mecanismos que contribuyan a erradicar el trabajo infantil en cada territorio considerando la realidad local, los recursos institucionales, la coordinación de las entidades sectoriales relacionadas al tema y de los organismos locales para la protección de derechos.

6.7

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122

En ese sentido, las ordenanzas para la erradicación del trabajo infantil se convierten en instrumentos de política pública que congrega esfuerzos de diferentes actores, principalmente de los gobiernos locales y que implica un compromiso continuo del Estado y de la sociedad civil.

Sin embargo, de la información analizada, se puede evidenciar que estos instrumentos de control pierden su fuerza y significado cuando se deja de coordinar entre las instituciones o por el cambio de prioridades de las autoridades. También dejan de ser operativas las ordenanzas, porque no se establecieron sobre una base de información real para cada territorio, no se involucró a todos los actores relacionados, no se asignaron presupuestos para abordar la problemática o porque se fijaron expectativas más allá de las capacidades locales.

Por otro lado, es importante reconocer los esfuerzos de articulación y de prestación de servicios que se realizan en algunos GAD que no cuentan con ordenanzas específicas para el tema, a través del cumplimiento de las normativas y políticas públicas nacionales vigentes por parte de las entidades sectoriales, los consejos

cantonales de protección de derechos y las juntas cantonales de protección de derechos y por el apoyo de organizaciones de la sociedad civil que en conjunto establecen una dinámica de atención efectiva para la erradicación del trabajo infantil.

El Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, al momento de recoger información sobre trabajo infantil en cada cantón, evidenció que muchas de las instancias desconcentradas o las entidades sectoriales de las instituciones nacionales corresponsables del trabajo infantil, no cuentan con información relacionada, con personal especializado o no entregan información sobre el tema; lo que obstaculiza el acceso a una información actualizada, oportuna y transparente.

Del análisis de la información recogida, es importante destacar que la intervención de los gobiernos autónomos descentralizados, sus servicios, el sistema local de protección de derechos y los servicios desconcentrados de las entidades sectoriales, son fundamentales para articular acciones sostenidas, efectivas y de amplia cobertura que respondan a la realidad local del trabajo infantil y del trabajo prohibido para adolescentes.

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123INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Políticas públicas para la prevención y erradicación del trabajo infantil del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional

El Pleno del Consejo Nacional para la Igualdad Intergenerancional, en Tercera Sesión Ordinaria de 10 de julio de 2018 a través de la Resolución No. RA-PCNII-002-2018 aprobó la Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional que define el accionar del Consejo hasta el 2021.

La Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional es un instrumento del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa (SNDPP) que, junto con el Plan Nacional de Desarrollo, es parte de la planificación de todas las entidades del sector público en todos los niveles de gobierno, y de referencia para las entidades no estatales.

El cumplimiento de esta Agenda, aporta a la garantía de derechos, reducción de brechas de desigualdad y erradicación de la discriminación hacia los grupos generacionales, con atención especializada a jóvenes y adultos mayores, y con atención especializada y con prioridad absoluta para niñas, niños y adolescentes.

En la construcción de la Agenda se involucraron directamente niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores, con énfasis en el trabajo con los consejos consultivos, nacionales y territoriales, vinculando su actoría en todo el ciclo de la política pública. También participaron secretarias y secretarios técnicos de los consejos cantonales de protección de derechos, representantes de organizaciones sociales y no gubernamentales, personas expertas y/o académicos, consejeros de CNII, y además, recomendaciones de SENPLADES, la Secretaría de la Juventud y la Subsecretaría de Atención Intergeneracional del MIES.

La información cuantitativa para el diagnóstico recopiló datos estadísticos de diversas instituciones estatales, especialmente del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) y del Sistema Integrado de Conocimiento y Estadística Social del Ecuador (SICES). Con respecto a la fuente de la información sobre los planes, programas y proyectos estatales,

6.8

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124

se realizaron talleres con la participación de los representantes de las direcciones de planificación.El marco conceptual que orienta la formulación e implementación de la Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional se sustenta sobre la base del reconocimiento del Ecuador como un Estado constitucional de derechos y justicia, conforme lo establece la Constitución de la República. Ello supone la obligación de garantizar, sin discriminación de ningún tipo, el efectivo goce de los derechos establecidos en la norma constitucional y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, así como de organizar su estructura, acción y gestión para asegurar su pleno ejercicio.

Además, se recogen los enfoques orientadores de derechos humanos, género, interseccionalidad y las temáticas transversales: étnica e intercultural; generacional e intergeneracional, discapacidad y movilidad humana. También se recupera los aportes sobre justiciabilidad y los criterios de priorización de las políticas públicas en el marco de la especificidad de los derechos que deben ser cumplidos por cada uno

de los grupos de población de la agenda (niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores). y, por tanto, las especificidades que se les debe asegurar a cada uno, con el propósito de avanzar hacia la igualdad material.

El abordaje de la Agenda por grupo etario permitió –desde el reconocimiento de las condiciones y las necesidades específicas que tiene cada uno, en razón de su edad– identificar las brechas para el ejercicio de sus derechos y generar las condiciones que aseguren su protección integral y la sostenibilidad de las políticas, construyendo las interrelaciones generacionales necesarias para asegurar la progresividad en la protección de los derechos humanos.

La Agenda Nacional para la igualdad Intergeneracional, plantea políticas específicas y estrtegias de acción para la prevención y erradicación del trabajo infantil y adolescente. También identifica a los actores responsables en implementación de las mismas y la garantía de derechos.

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125INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Tabla 10: Propuestas de políticas públicas para la prevención y erradicación del trabajo infantil.

Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional 2017 - 2021

Propuesta de política para niñez

Erradicar el trabajo infantil, la mendicidad y la situación de calle de niñas y niños.

Líneas de acción Entidades responsables

Diseñar y aplicar un programa intersectorial y con

gobiernos autónomos descentralizados (de todos los niveles) para la prevención y erradicación del trabajo infantil, la mendicidad y la situación de calle de niñas y niños.

MIES / AME / CONGOPE / CONAGOPARE / GAD / MT / MINEDUC

Brindar atención y promover intervenciones específicas para erradicar el trabajo doméstico de niñas y niños.

MIES / MT / GAD cantonales

Dar apoyo técnico a los gobiernos autónomos descentralizados cantonales para fortalecer sus

intervenciones en la erradicación del trabajo infantil, la mendicidad y situación de calle (basurales, camales, mercados, espacio público) y promover la participación social para la prevención.

MIES / AME / GAD cantonales

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Articular los programas y los proyectos para la

generación de capacidades, créditos, emprendimientos productivos y de comercialización, individuales o asociativos de los familiares, de las niñas y los niños como mecanismo para evitar que vuelva a la situación de trabajo infantil, mendicidad y situación de calle.

MIES / IEPS/ BANECUADOR / MIPRO / MAG

Establecer las directrices para la inclusión educativa y permanencia de niñas y niños que han sido retirados de trabajo infantil, mendicidad y situación de calle, territorializada en función del diagnóstico.

MINEDUC / MIES

Estrategia de observancia Entidades responsables

Diseñar estándares para la observancia de los servicios

para erradicación de trabajo infantil implementados. CNII / MIES

Articular el Sistema Único de Información de Trabajo Infantil y el sistema de inspecciones al Sistema de

Gestión de Información para la Igualdad (temática intergeneracional).

CNII / MT

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional 2017-2021.

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127INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Propuesta de política para adolescencia:

Erradicar los trabajos peligrosos y prohibidos, la mendicidad y la situación de calle de las y los adolescentes

Líneas de acción Entidades responsables

Establecer las directrices para la inclusión educativa y permanencia territorializada

(en función del diagnóstico) de las y los adolescentes que han sido retirados de trabajos prohibidos y peligros, mendicidad y situación de calle.

MINEDUC / GAD / MIES

Dar apoyo técnico a los GAD en todos

los niveles, a modo de fortalecer sus intervenciones para prevenir y erradicar

los trabajos peligrosos y prohibidos, la mendicidad y la situación de calle de las y los adolescentes.

MIES / MT / AME / CONGOPE / CONAGOPARE /GAD

Tabla 11: Propuestas de políticas públicas para la prevención y erradicación del trabajo en adolescentes.

Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional 2017 - 2021

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Articular los programas y proyectos

para la generación de capacidades, créditos, emprendimientos productivos y de comercialización (individuales o asociativos) de los familiares de

adolescentes.

MIES / IEPS/ Ban Ecuador / MIPRO

Estrategia de observancia Entidades responsables

Integrar un equipo de trabajo interinstitucional para la evaluación de las políticas implementadas y la formulación del programa articulado.

CNII / MIES / MT

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional 2017-2021.

Para la implementación de la agenda, se cuenta con un Modelo de Gestión que responde a las orientaciones del modelo de gestión institucional y se organiza en tres componentes relacionados con las atribuciones constitucionales del CNII: (1) transversalización de las políticas para la igualdad generacional e intergeneracional; (2) seguimiento y evaluación de estas políticas; y (3) observancia de los

mecanismos de protección de derechos.

El Modelo de Gestión contempla, además, la participación ciudadana para el control social y la exigibilidad de los derechos. También, prevé el fortalecimiento institucional del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, como responsable de la implementación de la ANII.

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Logros y desafíos del Estado

Ecuatoriano en la erradicación

del trabajo infantil

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Logros y desafíos del Estado Ecuatoriano en la erradicación del trabajo infantil7

El Ecuador realizó en los últimos 15 años importantes esfuerzos para erradicar el trabajo infantil a través de la articulación interinstitucional, la puesta en vigencia de normativa específica, la implementación de política pública y de servicios especializados para alcanzar este objetivo.

Se fortaleció la institucionalidad pública

capacitando a sus funcionarios, elaborando instrumentos de seguimiento y control, destinando presupuesto para proteger y reparar los derechos de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil, y sancionando a los responsables del trabajo infantil, administrativa y penalmente.

Tabla 12: Logros y desafíos del Estado ecuatoriano en la erradicación del trabajo infantil

Dimensiones Logros del Estado ecuatorianoDesafíos del Estado

ecuatoriano

Dimensión normativa

Ecuador incorporó en la Constitución, el Código de la Niñez y Adolescencia, el Código del Trabajo y el Código Orgánico Integral Penal las disposiciones de los instrumentos internacionales de derechos humanos relacionadas con:

Considerar alternativas de intervención cuando quién promueve o procura el trabajo infantil es el padre, la madre o la familia, por condiciones de pobreza, escaso acceso a medios de producción y servicios, u otros.

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131INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

• El derecho al trabajo, respeto a la dignidad, remuneraciones y retribuciones justas, desempeño de un trabajo saludable, derecho a la seguridad social;

• Definición de la edad mínima para el trabajo en 15 años;

• Derecho de la niñez y adolescencia a la protección contra la explotación laboral, económica, cualquier forma de esclavitud, servidumbre, trabajo forzoso o nocivo para su salud;

• Determinación de las formas específicas de trabajo peligroso, nocivo o riesgoso que están prohibidos para los adolescentes;

• Definición de trabajo infantil, trabajo formativo, empleo adolescente protegido.

Se destaca el establecimiento de la corresponsabilidad del Estado y la sociedad en la erradicación del trabajo infantil; así como las sanciones para las personas que tienen relación directa con el trabajo de niñas, niños y adolescentes menores de 15 años.

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Dimensión programática

El Estado ecuatoriano incorporó los lineamientos para erradicar el trabajo infantil a ser ejecutados por las entidades nacionales y sectoriales y ofrecer servicios de protección y reparación de derechos de las niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil en los instrumentos de planificación de la política pública a nivel nacional y local: Plan Nacional Decenal de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes; Agenda Social de la Niñez y Adolescencia; Agendas para la Igualdad; Planes Nacionales de Desarrollo.

Incremento del presupuesto para el área social y específicamente asignación presupuestaria para financiar estrategias, acciones y programas para la erradicación del trabajo infantil; lo que se ha traducido en:

• Servicios específicos para abordar la problemática de trabajo infantil;

Realizar incidencia en SENPLADES, a través de la mesa interinstitucional, para la ejecución de la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI) 2018, con el objetivo de contar con información actualizada a nivel nacional que permita construir estra-tegias de intervención obje-tivas para alcanzar las metas de erradicación del trabajo infantil en el Ecuador.

Definir una estrategia para la priorización de las activi-dades de trabajo infantil que serán erradicadas de manera progresiva, que contenga línea de base, metas e indi-cadores a mediano y largo plazo.

Establecer mecanismos para el seguimiento y evaluación de los procesos sobre traba-jo infantil ejecutados por las entidades sectoriales.

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133INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

• Programas específicos para abordar peores formas de trabajo infantil: basurales, camales, minería, pesca, entre otros;

• Generación de información específica para entender y caracterizar el trabajo infantil;

• Desarrollo de protocolos, hojas de ruta y mecanismos de actuación institucional e intersectorial para atender situaciones de trabajo infantil;

• Fortalecimiento institucional para abordar la problemática en territorio desde instancias desconcentradas y descentralizadas del Estado y los gobiernos locales;

• Definición de estructuras de articulación interinstitucional pública y privada, como CONEPTI y Frente Social, que atienden y atendieron respectivamente, las problemáticas de niñez y adolescencia en general y de trabajo infantil de manera específica.

Contar con un sistema de información para el trabajo infantil operativo que articule a todos los servicios relacionados a trabajo infantil, que permita conocer el número de casos atendidos, los servicios recibidos, la situación de cumplimiento de derechos y el apoyo a las familias.

Definir estrategias de intervención intersectorial con las comunidades, incorporando el enfoque intercultural y alternativas para superar la pobreza y el trabajo infantil.

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• Incorporación del módulo de trabajo infantil en los instrumentos de las encuestas nacionales ENEMDU y desarrollo de una encuesta específica sobre trabajo infantil ENTI 2012 a fin de contar con información actualizada a nivel nacional.

Dimensión institucional

• Definición de proyectos interinstitucionales específicos para la erradicación de trabajo infantil, como el PETI, con el fin de ofrecer servicios interinstitucionales articulados e integrales.

• Definición de políticas públicas, planes, programas y servicios intersectoriales de atención general en salud, educación, recreación, deportes, protección de derechos y modalidades de acogimiento para niñez y adolescencia, atendiendo sus requerimientos específicos.

• Contar con una organización interinstitucional con liderazgo, que facilite la participación activa y comprometida de las entidades públicas y privadas para la prestación de servicios que promuevan la prevención y erradicación del trabajo infantil.

• Promover servicios integrales para las familias con niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil a través de programas de emprendimientos

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135INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

• Establecimiento de instancias especializadas en la protección de derechos y medidas de protección específicas para restituir los derechos vulnerados de niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil, a nivel nacional y local.

productivos, capacitación, reconversión laboral y ofertas laborales que permitan superar los niveles de pobreza; satisfacer las necesidades básicas y articularles a programas de salud específicos como rehabilitación por consumo de drogas, dotación de viviendas dignas, sensibilización a las familias sobre los riesgos y consecuencias del trabajo infantil.

• Diseño e implementación de programas específicos para la erradicación de trabajo infantil en el ámbito rural.

• Diseño e implementación de programas específicos de empleo adolescente protegido y/o reconversión laboral de adolescentes que por condiciones excepcionales deben trabajar.

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• Establecer mecanismos de coordinación internacional con Colombia y Perú para prevenir y erradicar el trabajo infantil en las fronteras.

• Desarrollo de estrategias educomunicacionales y campañas comunicacionales para transformar patrones culturales que justifican y naturalizan el trabajo infantil.

Fuente: Instituciones públicas, 2017. Elaboración: CNII, 2018.

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Recomendaciones para la mejor

implementación de la política

pública

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Recomendaciones para la mejor implementación de la política pública8Estrategias generales para la erradicación del trabajo infantil

Las estrategias para la prevención y erradicación del trabajo infantil son múltiples y se ajustan a los recursos técnicos, económicos y humanos con los que cuentan las instituciones. Las respuestas frente al trabajo infantil son

múltiples y deben atender a la discriminación y exclusión que éste produce en las niñas, niños, adolescentes y sus familias, y que se expresa en desigualdades o brechas sociales, culturales y económicas. Las estrategias por tanto deben contemplar:

Tabla 13: Factores causales del trabajo infantil y estrategias para prevenirlo y eliminarlo

Factores o causales del trabajo

infantil

Valoración positiva del trabajo de niñas, niños y adolescentes. El trabajo infantil ha sido naturalizado.

Estrategias

Transformación de valores, actitudes y prácticas a través del desarrollo de actividades de información y sensibilización como campañas, talleres, visitas domiciliarias, charlas y otras.

8.1

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139INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Pobreza de las familias y

condiciones poco dignas para el

trabajo de las personas adultas.

Debilidad de políticas públicas

locales que regulen el trabajo infantil y garanticen la protección especial de niñas, niños y adolescentes.

Efectos

Explotación laboral, mendicidad y trata.Accidentes y enfermedades. Retraso, bajo rendimiento y abandono escolar.Limitado ejercicio de los derechos.

Acercamiento de servicios sociales del Estado: Programas de pro-tección social, de capacitación y formación profesional y de acceso al empleo.

Apoyo a la formulación e implementación de políticas públicas locales: ordenanzas y sistema de control del trabajo infantil.

Participación de actores estratégicos del Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia (SNDPINA) en la formulación de Planes de desarrollo y ordenamiento territorial (PDOTs) para garantizar el desarrollo de programas, proyectos y acciones municipales de prevención y erradicación de trabajo infantil.

Estrategias

Restitución de derechos: Acceso de las niñas, niños, adolescentes y sus familias a servicios de educación, salud, recreación, cuidado diario y servicios de protección especial.

Fuente: DYA, 2016. Elaboración: CNII 2018.

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Recomendaciones interinstitucionales, estrategia intersectorial

El abordaje intersectorial es indispensable para ofrecer una respuesta integral y resolver las carencias que no permiten superar el trabajo infantil. La articulación entre instituciones implica la participación activa, responsable y consciente de cada una en la ejecución de políticas públicas integrales e integradas que ofrezcan respuestas a las necesidades generales y específicas de niñas, niños, adolescentes y sus familias (Protocolo Intersectorial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en el Ecuador, 2017).

El CNII propone las siguientes recomendaciones con la profunda convicción de que la articulación interinstitucional puede dar respuesta a la problemática de trabajo infantil que, como hemos visto, se origina en múltiples causas y, por tanto, su intervención requiere una articulación programática y operativa de alta especialidad.

Así también es importante tomar en cuenta la Estrategia Territorial Nacional planteada en el Plan Nacional de Desarrollo en lo referente a los lineamientos de articulación orientados a fortalecer, mejorar y consolidar la gestión territorial y gobernanza multinivel (nacional, provincial, cantonal y parroquial), así como la gestión desconcentrada y descentralizada de las instituciones de la función ejecutiva, en el territorio.

El CNII recomienda con especial atención al Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Trabajo, Ministerio de Educación y Ministerio de Salud Pública, y a las instituciones públicas participantes de la mesa interinstitucional para la erradicación del trabajo infantil, lo siguiente:

8.2

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141INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Dimensiones Recomendación Articulación25

Dimensión política pública.

Reactivar el Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI) como espacio de articulación político – técnica de los organismos públicos y de la sociedad civil con competencias y atribuciones en la problemática.

Ministerio de Trabajo (MDT), Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), Ministerio de Educación (MINEDUC), Ministerio de Salud Pública (MSP), Ministerio de Agricultura, consejos nacionales para la igualdad, Secretaría Nacional de Planificación y de Desarrollo (Senplades), Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria, Ministerio de la Producción, Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME), Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador (CONGOPE), Consorcio de Juntas Parroquiales Rurales del Ecuador. (CONAJUPARE).

Tabla 14: Recomendaciones interinstitucionales estrategia intersectorial

25 Se refiere al apoyo, coordinación y articulación que las instituciones públicas de acuerdo a sus competencias, deben ejecutar para la erradicación del trabajo infantil.

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organizaciones sociales, no gubernamentales y de cooperación otras.

Formular e implementar políticas públicas específicas para la prevención y atención de la trata y tráfico, para la explotación laboral de niñas, niños y adolescentes.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, empresas públicas y privadas y de la economía popular y solidaria, gobiernos autónomos descentralizados de todos los niveles.

Formular e implementar políticas públicas para la erradicación del trabajo infantil de niñas, niños y adolescentes en contexto de movilidad humana.

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143INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Formular e implementar políticas públicas para la atención del trabajo infantil doméstico de niñas y adolescentes.

Definir y ejecutar una estrategia para priorizar y focalizar los diversos tipos de trabajo infantil y erradicarlos progresivamente en los territorios mediante servicios especializados y atención focalizada, campañas de sensibilización y la articulación interinstitucional.

Dimensión programática

Promover servicios integrales para las familias con niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil, a través de programas de emprendimientos productivos, capacitación, reconversión laboral y ofertas laborales que permitan superar los niveles de pobreza, satisfacer las

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones de cooperación internacional, gobiernos autónomos descentralizados de todos los niveles.

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necesidades básicas y articularles a programas de salud y nutrición específicos, rehabilitación por el consumo de drogas, dotación de viviendas dignas, sensibilización a las familias sobre los riesgos y consecuencias del trabajo infantil, entre las más importantes.

Diseñar e implementar acciones y programas para promover el empleo adolescente protegido, el trabajo de adolescentes mayores 15 años por cuenta propia y la reconversión laboral.

Articular las acciones de promoción de empleo decente y emprendimiento para personas adultas con las políticas de lucha contra la pobreza.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional,

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145INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

consejos nacionales para la igualdad, SENPLADES, Ministerio de Economía y Finanzas.

Diseñar e implementar acciones y programas enfocados en la prevención y erradicación del trabajo infantil en la agricultura y en la prevención y erradicación del trabajo infantil en frontera norte.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad, Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca, Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana

Realizar incidencia en SENPLADES para la ejecución de la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI 2019) con el objetivo de contar con información actualizada a nivel nacional que permita construir estrategias de intervención para alcanzar las metas de erradicación del trabajo infantil en el Ecuador.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil CONEPTI, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad, Instituto Nacional de Estadística y Censos.

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Crear redes multisectoriales y académicas para la generación de información actualizada, detallada, desagregada y desconcentrada que permita contribuir al pleno funcionamiento del sistema único de registro de trabajo infantil (SURTI), y facilite el monitoreo, evaluación y retroalimentación a las acciones de política pública frente a esta problemática.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil CONEPTI, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad, Secretaría Nacional de Educación, Ciencia y Tecnología (SENESCYT).

Fortalecer la articulación público-privada y de cooperación para la implementación de estrategias de sensibilización, servicios especializados y cumplimiento de la normativa para la erradicación del trabajo infantil.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil CONEPTI, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad, empresas públicas y privadas y de economía popular y solidaria, organismos de la sociedad civil y de cooperación.

Promover e implementar una campaña de sensibilización e información enfocada en la desnaturalización, prevención

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil CONEPTI, Consejo Nacional para la

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147INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

y erradicación del trabajo infantil y de los diferentes servicios públicos para atender esta problemática.

Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad, SECOM, medios de comunicación públicos y privados.

Fortalecer los mecanismos locales de identificación, atención, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil. Fortalecer los mecanismos de aplicación de medidas de protección.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil CONEPTI, juntas de protección de derechos, gobiernos autónomos descentralizados, consejos cantonales para protección de derechos, consejos nacionales para la igualdad, servicios de erradicación del trabajo infantil.

Clarificar y fortalecer las rutas de identificación, control y denuncia del trabajo infantil en el sector formal y no formal de la economía.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil CONEPTI, juntas de protección de derechos, empresas públicas y privadas y de la economía popular y solidaria, organismos de la sociedad civil y de cooperación.

Fuente: Instituciones públicas MIES, MINEDUC, MDT, CNII, 2017. Elaboración: CNII, 2018.

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Recomendaciones a la normativa de prevención y erradicación del trabajo infantil

El Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional recomienda incorporar o crear normativas específicas que protejan a las niñas, niños y adolescentes del trabajo infantil y la explotación laboral, en este sentido se requiere: Trabajo adolescente protegido: La legislación del Ecuador contempla en su normativa la protección integral de las personas menores de 18 años. La Constitución es clara en este posicionamiento al establecer el trabajo de adolescentes como una situación “excepcional” en el artículo 46.226, tomando en cuenta que entre los 15 y los 17 años todavía las y los adolescentes están en edad escolar y que la terminación de los estudios debería, en todos los casos ser una prioridad. No obstante no existen regulaciones claras respecto de la

26 Artículo 46. El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes: (…) 2. Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil. El trabajo de las adolescentes y los adolescentes será excepcional, y no podrá conculcar su derecho a la educación ni realizarse en situaciones nocivas o peligrosas para su salud o su desarrollo personal. Se respetará, reconocerá y respaldará su trabajo y las demás actividades siempre que no atenten a su formación y a su desarrollo integral.

situación de “excepcionalidad” ni medidas complementarias que permitan prevenir la vinculación laboral y generar alternativas al trabajo. Así mismo, las regulaciones específicas sobre las condiciones laborales que deben contemplarse para el trabajo de los y las adolescentes solo aplican a los empleos formales, es decir aquellos mejor remunerados, más estables y seguros, que no son accesibles para adolescentes. Trabajo formativo: El Código de la Niñez y Adolescencia, en sus definiciones conceptuales iniciales entiende como niña o niño a toda persona entre los cero y los doce años, y como adolescente a los mayores de doce y menores de dieciocho años. El artículo 86 del CONA, establece que la prohibición del trabajo debajo de la edad mínima de admisión al empleo (15 años) no aplica para los trabajos considerados como “formativos” y establece las condiciones para que un trabajo sea considerado como tal. 1. Que respeten su desarrollo físico y

psicológico del adolescente, en el sentido de asignárseles solamente tareas acordes con sus capacidades y etapa evolutiva;

8.3

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149INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

2. Que contribuyan a la formación y desarrollo de sus destrezas y habilidades del adolescente;

3. Que transmitan valores y normas culturales en armonía con su desarrollo del adolescente; y,

4. Que se desarrollen en el ámbito y beneficio de la comunidad a la que pertenece la o el adolescente o su familia.

En el artículo 92 del CONA, se amplía la definición del trabajo formativo y se menciona que:

“Los niños, niñas y adolescentes podrán realizar

actividades de formación que incorporen al

trabajo como un elemento importante en su

formación integral. Estas actividades deberán

realizarse en condiciones adecuadas para su

edad, capacidad, estado físico y desarrollo

intelectual, respetando sus valores morales y

culturales, sus derechos al descanso, recreación

y juego. Los programas que incorporen al

trabajo con la finalidad señalada en este artículo, darán prioridad a las exigencias pedagógicas

relacionadas con el desarrollo integral del niño,

niña o adolescente, por sobre los objetivos

productivos”.

No obstante la normativa citada, se requieren herramientas específicas que permitan definir con precisión qué es el trabajo formativo, para que no se vuelva discrecional la aplicación de la norma sobre todo en el ámbito rural y en la pequeña producción artesanal.Trabajo por cuenta propia: Es responsabilidad de los gobiernos autónomos descentralizados municipales, artículo 93 del CONA, otorgar permisos de trabajo para adolescentes que trabajan por cuenta propia y llevar un registro de esta medida27. Al tratarse de trabajo por cuenta

27 Art. 93.- Trabajo por cuenta propia.- Los municipios otorgarán, en sus respectivas jurisdicciones, los permisos para que los adolescentes que hayan cumplido quince años ejerzan actividades económicas por cuenta propia, siempre que no sean de aquellas consideradas como perjudiciales o nocivas o que se encuentren prohibidas en este u otros cuerpos legales. Cada Municipio llevará un registro de estas autorizaciones y controlará el desarrollo de las actividades autorizadas a los adolescentes. Los adolescentes autorizados de conformidad con el inciso anterior recibirán del Municipio un carné laboral que les proporcionará los siguientes beneficios: acceso gratuito a los espectáculos públicos que determine el reglamento, acceso preferente a programas de protección tales como comedores populares, servicios médicos, albergues nocturnos, matrícula gratuita y exención de otros pagos en los centros educativos fiscales y municipales. El Ministerio encargado de las Relaciones Laborales dictará el Reglamento para la emisión del carné laboral y la regula-

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150

población de adolescentes trabajadores.

Medición del trabajo infantil: La normativa sobre trabajo infantil se operacionaliza en las mediciones y más concretamente en la metodología para hacerlo. En este sentido, para efecto de medir el trabajo infantil, se considera a una niña o niño como trabajador, si:

i. Se encuentra realizando una actividad económica, de bienes o servicios. Las actividades económicas pueden ser pagadas o no, por tiempo parcial o completo, estacional o no, en el sector formal o informal de la economía.

ii. Lo hace por al menos una hora a la semana si tiene menos de quince años.

iii. Lo hace en condiciones contrarias a la normativa nacional para mayores de quince años.

iv. Se excluyen las actividades reproductivas o los quehaceres domésticos.

En el caso de Ecuador, las encuestas nacionales de trabajo infantil son realizadas por el INEC y se guían por una sintaxis de procesamiento, basada en los lineamientos

propia, la mayor parte de regulaciones establecidas en el Código de la Niñez y Adolescencia, respecto de las condiciones de trabajo quedan insubsistentes (horario, jornadas, contrato de trabajo, seguridad social). Queda entonces a criterio de quien otorga los permisos la consideración de si el trabajo por el que se solicita autorización es o no una actividad peligrosa. En la práctica ésta es una disposición que no se garantiza puesto que los municipios no cuentan con una estructura específica para este fin y un sistema de monitoreo y seguimiento para la renovación de los permisos (si éstos fueran emitidos en primera instancia), de tal manera de garantizar que la condición de no ser una actividad riesgosa o nociva continúe como tal, luego de haber sido otorgado el permiso. En este sentido se recomienda al Estado ofrecer incentivos y asistencia técnica a los GAD municipales a fin de que implementen el registro y el seguimiento de las y los adolescentes que por condiciones excepcionales trabajan. El registro puede ofrecer información para la creación de programas específicos de protección a la

ciones. La ficha metodológica completa puede ser consultada en: http://www.inec.gob.ec/Trabajo%20Infantil2012/FICHA_ME-TODOLOGICATASA%20DE%20TRABAJO%20INFANTIL%205%20A%2017%20ANIOS.pdf

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151INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

anteriormente descritos28. Es así como, el indicador de trabajo infantil, para la última encuesta quedó definido de la siguiente manera:

Número de niños/as y adolescentes

entre 5 y 17 años de edad, que

trabajaron al menos una hora en la

semana de preferencia en actividades

comprendidas dentro de la frontera de

producción del SCN, expresado como

porcentaje del total de la población

en edad de referencia. Se excluye la

población adolescente de 15 a 17

años de edad, que realizan actividades

económicas permitidas por el Código

de Trabajo y el Código de la Niñez

y Adolescencia: Adolescentes que

trabajan 30 horas o menos; que no

impiden a su escolarización; que realizan

actividades no peligrosas.

Como puede observarse, la flexibilización en la conceptualización del trabajo infantil presente en la normativa ecuatoriana que viene dada por la definición de “excepcionalidad” del trabajo de adolescentes mayores de 15 años, presente en la Constitución desde el 2008 es lo que en definitiva orienta la medición

28 La ficha metodológica completa puede ser consultada en: http://www.inec.gob.ec/Trabajo%20Infantil2012/FICHA_METODOLOGICATASA%20DE%20TRABAJO%20INFANTIL%205%20A%2017%20ANIOS.pdf

del trabajo infantil. Dejando en este caso específico fuera de la medición a miles de adolescentes que trabajan en el Ecuador menos de 30 horas, que no han dejado de estudiar por trabajo (tomando en cuenta que la actualidad combinan trabajo con estudio) y que realizan actividades que pueden considerarse permitidas, partiendo de la consideración que en varios espacios donde trabajan es delgada la línea entre actividades permitidas y peligrosas.

Es evidente que el INEC no solo que ha realizado esfuerzos por estandarizar el concepto de trabajo infantil, sino que adicionalmente ha logrado uniformizar su medición. Sin embargo, la metodología es el resultado de un proceso histórico que al momento de operacionalizarse genera dificultades en la medición y en la posibilidad de realizar procesos de comparación en la evolución de las estadísticas. Se recomienda incluir en la métrica del trabajo infantil, indicadores que permitan estimar el trabajo de adolecentes que no han dejado de estudiar, que trabajan menos de 30 horas, y las actividades que realizan.

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Recomendaciones para las instituciones públicas con responsabilidades y competencias en la erradicación del trabajo infantil

A fin de fortalecer la política pública para la prevención y erradicación del

trabajo infantil, el CNII en el marco de sus atribuciones, recomienda:

Tabla 15: Recomendaciones para las instituciones públicas con responsabilidades y competencias en la erradicación del trabajo infantil.

Responsable Recomendación Articulación

Ministerio

de Inclusión Económica y Social

Se recomienda asegurar presupuesto para el año 2019, que permita mantener y ampliar la cobertura de acciones y servicios para erradicar el trabajo infantil de acuerdo con cada territorio, en coordinación con las demás instituciones y organizaciones públicas y privadas relacionadas al tema.

Se vuelve urgente la implementación de modalidades de erradicación de trabajo infantil en el área rural, donde se concentra más de la mitad del trabajo infantil.

Ministerio de Economía y Finanzas.

8.4

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153INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Se recomienda definir y ejecutar una estrategia de levantamiento de líneas base y focalización de la población objetivo en el territorio, que permita distribuir el presupuesto, ampliar la cobertura y llegar con sus servicios a toda la población de niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil, de acuerdo con sus requerimientos.

Gobiernos autónomos descentralizados provinciales y municipales, Ministerio del Interior, gobernaciones.

Se recomienda establecer y ejecutar una propuesta de capacitación y asistencia técnica permanente para el personal técnico en territorio que ejecuta el servicio de erradicación del trabajo infantil de acuerdo con las modalidades de intervención.

Ministerio del Trabajo, Ministerio de Educación, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad.

Se recomienda elaborar metodologías e instrumentos para ejecutar el monitoreo, seguimiento y evaluación del cumplimiento de la implementación de la norma técnica, en los servicios que ejecuta de manera directa o a través de convenios, para de manera periódica identificar logros, dificultades, amenazas, oportunidades y retroalimentar el ciclo de la política pública.

Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES).

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154

Ministerio

del Trabajo

Se recomienda asumir el liderazgo del Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI) y la regularización del trabajo adolescente, convocando a nivel nacional y en territorio a las instituciones responsables e interesadas en el tema, para definir estrategias de intervención conjunta.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Salud Pública, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, gobiernos autónomos descentralizados.

Se recomienda definir una estrategia de incidencia, apoyo técnico y acompañamien-to, con los Gobiernos Autónomos Descen-tralizados para que establezcan acciones concretas en la prevención y erradicación del trabajo infantil, a través de ordenanzas, instancias y servicios del GAD.

Asociación de Municipalidades del Ecuador - AME, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad, consejos cantonales de protección de derechos.

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155INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Ministerio

del Trabajo

Se recomienda fortalecer la gestión de la Red de Empresas, incorporando a más actores estratégicos y ampliando la cobertura a nivel nacional, en provincias como Manabí, Chimborazo, Los Ríos y en la Amazonía, para prevenir y erradicar el trabajo infantil en toda la cadena de valor productiva y de comercialización de las instituciones y empresas públicas y privadas.

Gobiernos autónomos descentralizados municipales y provinciales, consejos cantonales de protección de derechos, Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Salud Pública, Desarrollo y Autogestión- DYA.

Se recomienda fortalecer las alianzas internacionales tales como el Protocolo Binacional con Colombia y el Memorando de Entendimiento con Perú, para desarrollar mecanismos de intervención conjunta, estrategias comunicacionales e informativas y levantamiento de información para prevenir y erradicar el trabajo infantil en las fronteras.

Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, gobiernos autónomos descentralizados municipales, consejos cantonales de protección de derechos.

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Se recomienda fortalecer el Sistema Único de Registro de Trabajo Infantil (SURTI), como una herramienta que permita la intervención intersectorial para la atención, protección, restitución, seguimiento, observancia y de-rivación de casos de niños, niñas y adoles-centes en situación de trabajo infantil.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil CONEPTI, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Salud Pública.

Ministerio

de Educación

Se recomienda fortalecer la propuesta, ampliar la cobertura a nivel nacional e institucionalizar todos los programas de atención del rezago educativo que promueve el Ministerio de Educación para niñas, niños y adolescentes de 8 a 14 años con tres años y más de rezago y para jóvenes de 15 años en adelante con rezago educativo de tres años y más, incorporando en la estrategia general de implementación, los enfoques de igualdad y no discriminación: género, intergeneracional, pueblos y nacionalidades, discapacidad y movilidad humana; considerando además las condiciones de pobreza, analfabetismo de la madre y/o el padre, trabajo infantil, falta de acceso a servicios básicos, con la finalidad de combatir y superar los factores que generan el rezago educativo.

Ministerio de Economía y Finanzas, SENPLADES, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad.

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157INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Ministerio

de Educación

Se recomienda fortalecer y ampliar la cobertura del Bachillerato Técnico y Virtual además de promover la implementación del Bachillerato Técnico Productivo y Artesanal.

Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional SECAP, Universidades, SENESCYT, Ministerios relacionados a los temas de agricultura, industrias.

Se recomienda definir estrategias y campañas de publicidad y socialización masivas, sobre la oferta educativa que dispone el Ministerio de Educación, que pueda llegar especialmente a la población que presenta rezago escolar o dificultades para continuar con su educación.

Secretaría Nacional de Comunicación.

Se recomienda realizar incidencia normativa y presupuestaria para fortalecer todas las modalidades de atención al rezago educativo y las diferentes modalidades para la culminación del bachillerato.

Ministerio de Economía y Finanzas, Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES).

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Ministerio

de Educación

Se recomienda fortalecer la capacidad de atención y cobertura de los Departamentos de Consejería Estudiantil (DECE), a través de incrementar el número de profesionales especializados para cubrir los 4 ejes de acción: promoción, prevención, detección e intervención.

Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, Ministerio del Interior, Ministerio de Inclusión Económica y Social.

Se recomienda establecer convenios interinstitucionales, en beneficio de las niñas, niños, adolescentes para prevenir todas las manifestaciones de violencia.

Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, Ministerio del Interior, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, consejos nacionales para la igualdad.

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159INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Ministerio

de Salud Pública

Se recomienda establecer estrategias de atención específicas y especializadas de salud mental, consumo de alcohol y drogas, enfermedades frecuentes, acceso a inmunizaciones, desnutrición y malnutrición que se presentan en el grupo de niñas, niños, adolescentes vinculados en actividades de trabajo infantil.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Educación, Ministerio del Trabajo.

Se recomienda establecer mecanismos para ofrecer atención prioritaria a los casos de niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil, que se remiten de los servicios sectoriales.

Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Educación, Ministerio del Trabajo, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional.

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160

Asociación de

Municipalidades

del Ecuador

AME, Consejo Nacional

de Gobiernos

Parroquiales del Ecuador

CONAGOPARE

Promover una estrategia en coordinación con el Ministerio del Trabajo, Ministerio de Inclusión Económica y Social y la mesa intersectorial para la erradicación del trabajo infantil, para incidir en que los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Parroquiales establezcan acciones concretas en la prevención y erradicación del trabajo infantil a través de ordenanzas, instancias y servicios del GAD.

Ministerio del Trabajo, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Mesa intersectorial para la erradicación del trabajo infantil.

Ministerio

de Economía

y Finanzas, SENPLADES

Asignar presupuestos necesarios y suficientes para que las instituciones públicas relacionadas al tema de erradicación del trabajo infantil puedan cumplir sus responsabilidades y objetivos.

Ministerio del Trabajo, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Salud Pública, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional.

Asignar presupuestos suficientes a las instituciones públicas, y a los niveles de gobierno relacionados con la protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes.

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161INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Asamblea

Nacional

del Ecuador

Realizar la revisión y reforma a la normativa nacional relacionada con la protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, en especial los que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad como es en actividades de trabajo infantil.

Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, Ministerio del Trabajo, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Salud Pública.

Consejo

de la Judicatura

Se recomienda emitir las medidas de protección de derechos contempladas en el Código de la Niñez para situaciones de trabajo infantil y de violación de derechos relacionados.

DINAPEN, Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional.

Juntas de

Protección de Derechos

Participar de los espacios de coordinación interinstitucional con aportes para la erradicación del trabajo infantil y con el cumplimiento de sus atribuciones.

Fiscalía General

del Estado

Procurar mecanismos y estrategias específicas para el acceso a justicia en los casos relacionados a vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes

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162

Propuestas y recomendaciones de las niñas, niñosy adolescentes a las políticas públicas para la erradicación del trabajo infantil

Dejar la escuela para trabajar:

En el proceso de validación del informe de observancia a la política pública se analizó, conjuntamente con niñas, niños y adolescentes de 8 a 17 años participantes de los consejos consultivos y los servicios de protección especial del MIES, las causas y consecuencias del trabajo infantil y se formularon propuestas y recomendaciones al Estado para prevenir y erradicar el trabajo infantil.

Sobre el trabajo realizado en taller, es importante mencionar que las niñas, niños y adolescentes identificaron muy claramente al trabajo infantil como una de las peores formas de violencia en su contra. Además,

reiteraron en su presentación que una de las soluciones para erradicar el trabajo infantil es proporcionar por parte del Estado y las empresas privadas, trabajos dignos a las personas adultas para que las niñas, niños y adolescentes no tengan que trabajar para llevar dinero a sus hogares.

Las historias y opiniones de las niñas, niños y adolescentes fueron presentadas públicamente en el evento “A sumar propuestas para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador” organizado por el Consejo Nacional para Ia Igualdad Intergeneracional el 22 de mayo de 2018.

Testimonios: “Comencé a trabajar vendiendo frutas y caramelos a los 10 años. Salía de la escuela

y acompañaba a mi mamá y mis dos hermanas a la esquina de las avenidas República y Eloy Alfaro.

Cuando el semáforo estaba en rojo, me acercaba a las ventanillas de los vehículos a ofrecerles

mandarinas, duraznos, chocolates, caramelos. Había días en que la venta era buena y otras en las

que no quería ir a casa por el miedo a que mi mamá me golpee por no llevar suficiente dinero. Cuando

8.5

8.5.1

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163INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

la venta era buena íbamos con mis hermanas a comprar hamburguesas, esos eran los momentos

más alegres que recuerdo. Mi papá no vivía con nosotros y solo nos visitaba los fines de semana para pedirnos el dinero que habíamos ganado con la venta. Cuando cumplí 14 años dejé la escuela

y me dediqué a trabajar en la construcción, donde ganaba más dinero, aunque, por ser adolescente

me pagaban menos que a los adultos. Mi sueño es ser futbolista, luego del trabajo íbamos con unos

panas a jugar fútbol en el parque de La Carolina, era bueno jugando así que me fui a probar en un par

de equipos, en uno me aceptaron, pero no pude continuar en los entrenamientos, porque tenía que

trabajar para que mis hermanos más pequeños no trabajen.”

Actividades laborales realizadas por niñas y niños que no son visibles:

Testimonios: “Trabajamos en actividades forzadas y peligrosas como la recolección de materiales

de reciclaje en la calle, lavando vehículos, vendiendo caramelos y cigarrillos en las noches, cargando

costales en los mercados.” “Mi hermana no trabaja, ella se queda todo el día en la casa cuidando a

mis hermanos pequeños y a su hijo. Ella hace todas las actividades en la casa, porque mi mamá sale

muy temprano a trabajar lavando ropa. Prepara el desayuno, el almuerzo y la merienda para todos,

8.5.2

Recomendaciones de políticas públicas: Las niñas, niños y adolescentes recomiendan al Ministerio de Educación ampliar y fortalecer los programas de educación flexible dirigidos a adolescentes con escolaridad inconclusa y rezago escolar a fin de que en el menor tiempo

posible completen su educación. Se necesita acompañar el proceso educativo con programas de apoyo pedagógico que permitan superar las dificultades de aprendizaje que puedan presentarse a fin de que las niñas, niños y adolescentes no abandonen la escuela.

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les ayuda a mis hermanos hacer los deberes de la escuela, lava la ropa, limpia y arregla la casa. Dejó

la escuela a los 15 años cuando se embarazó.”

“Un día vino una señora muy amable que le dijo a mi mamá que es prohibido que los niños y niñas

trabajen, que hay leyes que nos protegen y que le podían multar si nos tenía trabajando en la calle. Nos

preguntó si queríamos mientras mi mamá trabajaba, ir al Centro del MIES después de la escuela para

jugar, hacer los deberes y aprender sobre nuestros derechos. Mi mamá le dijo que hay muchas leyes,

pero no se cumplen, así que no nos envió al centro. Un día a mi hermano pequeño un señor trato de

subirle a la fuerza a un carro, las personas nos ayudaron a rescatarle y nos asustamos mucho. Al día

siguiente mi mamá nos llevó al Centro del MIES y ya no regresamos a trabajar en la calle.”

8.5.3 La noche y la violencia:

Testimonios: “Cuando trabajas en la noche te expones a la violencia, el consumo de drogas y

bebidas alcohólicas, los golpes por las peleas en la calle. No siempre estás junto con tus padres para

que te protejan, porque ellos también tienen que trabajar, y no siempre alcanza el dinero.”

Recomendaciones de políticas públicas: Las niñas, niños y adolescentes recomiendan al Estado, ampliar la cobertura de los programas y proyectos para prevenir y erradicar el trabajo infantil y que en los mismos se considere a los y

las adolescentes trabajadores en el propio hogar u hogares de tercero, a quienes se tiene que ofrecer alternativas para la generación de ingresos en condiciones seguras y alternativas flexibles para continuar estudiando.

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165INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Testimonios: “Yo le ayudaba a mi mamá recogiendo las botellas de plástico, los metales, los papeles

y cartones en la calle para que luego los venda, yo acomodaba las cosas en el triciclo. Mi mamá ya

no me lleva a reciclar porque me enfermé cuando me corté con una lata mientras buscaba botellas.

Me llevó donde el doctor y me cosieron la mano y me pusieron muchas inyecciones. En el reciclaje

podemos contraer enfermedades como los hongos o el tétano por las bacterias en los materiales

contaminados.”

“Yo estuve hospitalizado una semana, cuando una viga me cayó encima y me fracturó la pierna, me

pusieron unos clavos de acero y estuve seis meses en rehabilitación, esos son los riesgos del trabajo.”

8.5.4 Las enfermedades:

Recomendaciones de políticas públicas: Las niñas, niños y adolescentes recomiendan al Estado, implementar programas de erradicación de trabajo

infantil en horarios flexibles, que propongan alternativas de cuidado en la noche para los niños y niñas, mientras los padres trabajan.

Los niños, niñas y adolescentes identificaron los riesgos a los que están expuestos cuando trabajan:

“Corre peligro tu vida, incluso puedes morir. Tienes que dejar la escuela. Nos enfermamos. Nos

sentimos tristes. Somos maltratados. Estamos en riesgo de consumir drogas. Somos explotados

cuando trabajamos más de 12 horas. No se disfruta la vida, los sueños se rompen. Se afecta la

respiración por inhalar el humo de la calle. Pueden secuestrarte. Nos puede atropellar un bus. Nos

enfermamos con gripe por el mal clima.”

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Recomendaciones de políticas públicas: Las niñas, niños y adolescentes recomiendan al Estado ecuatoriano las siguientes acciones. El Ministerio de Salud Pública debe ofrecer una atención prioritaria a las niñas, niños y adolescentes y detectar en sus servicios enfermedades

producidas por el trabajo infantil a fin de emprender acciones que permitan retirarlos del trabajo infantil. En el caso de los y las adolescentes que trabajan se debe garantizar su afiliación en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para la atención especializada inmediata.

8.5.5 Campañas de sensibilización:

“El trabajo infantil afecta el desarrollo de los niños y niños, mantiene a las familias en la pobreza,

corta su infancia, vulnera derechos, afecta la salud por el smog en la calle y te puede dar gripe por el

mal clima. Las generaciones futuras no pueden salir del problema de trabajo infantil. Afecta el entorno

familiar. Te expones al abuso físico, psicológico, analfabetismo, bajo rendimiento académico, acoso

escolar (discriminación), abuso sexual, bullying.”

Testimonios: “Los gobiernos locales deben difundir mediante campañas públicas, ideas claves para

que las personas se den cuenta que el trabajo infantil es malo para las niñas niños y adolescentes.

Pueden usar frases como:

“No compres productos a las niñas y niños en la calle”.

“Las niñas y niños que trabajan no pueden estudiar”.

“Las niñas y niños que trabajan no pueden ejercer sus derechos”.

“Las niñas y niños que trabajan se sienten tristes porque no tienen tiempo para ser niñas y niños”

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167INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

“Trabajo para nuestros padres, si ellos trabajan las niñas y niños no tenemos porqué trabajar”. “Se tiene que

hacer cumplir la ley contra el trabajo infantil”.

“Nuestros padres tienen que darnos una buena alimentación, para crecer fuertes y no enfermarnos. En la

calle no se come bien”. “Nuestros padres no pueden obligarnos a trabajar, el trabajo es de adultos, no de las

niñas y niños”. “Que las niñas y niños no trabajen”. “Que las niñas y niños tengan más tiempo para jugar.”

“Las niñas y niños que trabajan afectan su salud y no pueden jugar bien”.

“Las niñas y niños que trabajan sufren porque los adultos son violentos con ellos, los maltratan”.

“Las niñas y niños que trabajan no se alimentan bien”.

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Conclusiones

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Conclusiones9Sobre la base de la información recogida en este informe desde diversas fuentes públicas y privadas, los datos oficiales sobre trabajo infantil y la identificación de logros y desafíos se llegó a las siguientes conclusiones:

Disminución del trabajo infantil y caracterización: La primera conclusión que podemos observar del análisis estadístico de la data es que la magnitud del trabajo infantil ha decrecido significativamente en cerca del 50% en el periodo 2001 - 2012. En términos de tendencias, se puede concluir que varias de las características que definían la problemática en el 2001, continuaron inalteradas en el 2012. Es así como el trabajo infantil continúa siendo significativamente mayor en las zonas rurales, entre la población indígena y en las provincias de la Sierra Centro y Sur y la Amazonía; la agricultura continúa concentrando el mayor porcentaje de niños, niñas y adolescentes trabajadores.

Los principales cambios producidos tienen que ver con la relación entre trabajo infantil y educación. La composición del trabajo

infantil se modifica sustancialmente en la medida en que decrece notablemente el número de niñas, niños y adolescentes que se encuentran solamente trabajando, a favor de aquellos que combinan educación y trabajo, o que solo estudian.

Políticas públicas que incidieron en la disminución del trabajo infantil: La reducción en la magnitud del trabajo infantil se debe a la implementación de políticas relacionadas con la reducción de la pobreza y acceso a educación y la aplicación más rigurosa de la normativa vigente. Los datos muestran evidencia contundente de que la política pública que tuvo efecto directo sobre el trabajo infantil fue la ampliación de la cobertura de la educación; especialmente en los primeros años de la básica, o lo que se denominaba anteriormente primaria. La estructura del trabajo infantil se ha modificado sustancialmente en este sentido, reduciéndose significativamente el grupo de niños, niñas y adolescentes que solo trabajan, a favor de aquellos que solo estudian o combinan estudio y trabajo.

Plan para la prevención y erradicación del trabajo infantil: No existe al momento

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171INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

actual una clara orientación en términos de política pública que podría concretarse en un plan nacional (inexistente) o en programas de carácter nacional implementados por las instituciones públicas con rectoría en el tema. La única excepción consiste en la estrategia para reducir la mendicidad infantil y la erradicación del trabajo infantil que anualmente implementa el MIES, en colaboración con varias organizaciones de la sociedad civil y gobiernos locales.

El informe de observancia llama la atención sobre la necesidad de un abordaje intersectorial para ofrecer una respuesta integral y resolver las carencias que no permiten superar el trabajo infantil. En este sentido se requiere que todos los programas y servicios implementados desde las diferentes entidades sectoriales, establezcan objetivos de intervención específicos, el tipo de beneficiarios, las modalidades de atención, metas e indicadores en función de la problemática de trabajo infantil identificada en cada territorio.

Visibilización del trabajo infantil doméstico: Es necesario revisar en detalle el concepto

de trabajo infantil a fin de visibilizar actividades que en este momento no son consideradas como trabajo infantil propiamente dicho pero que afectan las posibilidades educativas de niñas, niños y adolescentes. Como pudo observarse en el análisis estadístico de los datos, uno de los hallazgos fue la importante proporción de niños, niñas y adolescentes que no trabajan, pero tampoco estudian. Vimos también como este fenómeno no ha atraído a la investigación social y muy poco (prácticamente nada) se ha dicho respecto de la situación de estos niños y niñas.

Es así, que los resultados muestran una realidad que el concepto de trabajo infantil oculta: existen niñas, niños y adolescentes que no estudian y no trabajan. La relación de género en este caso es inversamente proporcional a la de trabajo infantil: 60% son niñas y 40% varones. Cerca del 70% de todos los niños y niñas que no estudian ni trabajan (aparentemente) se encuentran realizando tareas domésticas.

Podemos afirmar, en función de la evidencia que muestran los datos, que efectivamente el concepto de trabajo

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infantil, al medir exclusivamente las actividades económicas y dejar a un lado las actividades reproductivas en el propio hogar, invisibiliza la precaria situación de miles de niñas especialmente que se encuentran fuera del sistema escolar.

Medición del trabajo adolescente: El país necesita poner en evidencia la situación de miles de adolescentes que trabajan menos de 30 horas, lo que no se considera trabajo infantil y que no se encuentran reconocidos. En este sentido el país tiene un reto importante en la aplicación de la normativa y la implementación de políticas públicas orientadas a garantizar el empleo adolescente protegido y por cuenta propia y la necesidad de garantizar las condiciones y cumplimiento de derechos laborales de la población entre 15 y 17 años.

Reformas en la normativa: La normativa nacional es el marco de actuación de las diferentes instituciones públicas y privadas para erradicar el trabajo infantil, sin embargo, debe ser revisada e incorporar mecanismos para identificar claramente el trabajo formativo y diferenciarlo del trabajo infantil.

Monitoreo y seguimiento de las políticas públicas para la prevención y erradicación del trabajo infantil: La implementación de programas y servicios en el territorio y a nivel nacional debe partir de líneas base y levantamiento de información que permita identificar el contexto y universo de niñas, niños y adolescentes en actividades de trabajo infantil. Es importante contar con metodologías para determinar el monitoreo y evaluación de planes y programas que buscan establecer mejoras para las familias (MIES-INNFA, 2012). Se evidencia la necesidad de contar con un sistema de información y registro de datos que articule la intervención de todos los involucrados en la erradicación del trabajo infantil.

La institucionalidad pública, incluyendo las competencias, formas de organización administrativa y de planificación, imprimen nuevos desafíos al tratamiento de la problemática que no han logrado instrumentalizarse en orientaciones claras de política pública.

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Anexos

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Anexos10Políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador

Tabla 16: Políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador,

periodo 1990-2007.

Período 1990-2007

Comité

Nacional

para la

Erradicación Progresiva

del Trabajo

Infantil

(CONEPTI)

El Estado ecuatoriano suscribió en 1997 el Memorando de Entendimiento con la OIT, para la ejecución del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC). En este marco, se creó el Comité Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), mediante Decreto Ejecutivo No. 792, publicado en el Registro Oficial el 7 de noviembre de 1997, instancia tripartita, adscrita al Ministerio de Trabajo, que tuvo entre sus principales objetivos:

1. Establecer una política nacional que promueva las condiciones necesarias tendientes a la prohibición, restricción y regulación del trabajo infantil con miras a su progresiva erradicación.

2. Lograr el pleno cumplimiento, tanto legal como práctico, de las normas nacionales e internacionales que regulan el trabajo infantil.

Anexo 1:

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175INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

3. Fomentar la responsabilidad de la comunidad nacional en relación con el trabajo infantil y generar compromisos encaminados a su solución.

En su conformación, el CONEPTI estuvo integrado por representantes de instancias públicas, empresarios, trabajadores, cooperación internacional y sociedad civil. El CONEPTI fue un espacio de articulación que buscaba crear acuerdos en la institucionalidad pública para el tratamiento especializado del trabajo infantil y el cumplimiento de la política pública para su prevención y erradicación.

Frente Social

En el año 2002, el Ecuador a través de la Secretaría Técnica del Frente Social, ofrecía asistencia técnica, sistematizaba, evaluaba, monitoreaba y realizaba acciones de seguimiento a la ejecución de los programas sociales implementados por el Estado. Formaban parte del Frente Social los Ministerios de Salud Pública, Desarrollo Urbano y Vivienda, Educación, Cultura y Deportes, Trabajo y Recursos Humanos y Bienestar Social. En el año 2002, el Frente Social registraba en desarrollo los siguientes programas relacionados de forma general con niñez y adolescencia y trabajo infantil:

• Sector Bienestar Social: Programa Nacional de Alimentación Escolar (PAE); Programa de Comedores Comunitarios; Unidad Ejecutora de Operación Rescate Infantil (ORI); Programa Nuestros Niños; Programas de Protección Social (PPS).

• Trabajo infantil: Protección y educación para niños que trabajan; Chicos de la calle; Programa del Muchacho Trabajador (PMT); Proyectos desarrollados por el Programa IPEC de la OIT.

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Plan Nacional

Decenal

de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes

PNDEPINA

2004 2014

En el año 2004, entra en vigor el Plan Nacional Decenal de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes, dando cumplimiento a lo propuesto por el Código de la Niñez y Adolescencia. El plan fue una herramienta que orientó la construcción y organización del Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia (SNDPINA), a través del desarrollo y fortalecimiento de procesos y acciones articuladas que buscaban asegurar a niños, niñas y adolescentes el ejercicio y pleno disfrute de sus derechos.

El plan proponía 29 políticas de protección integral de niñas, niños y adolescentes, que debían informar, condicionar y orientar de forma obligatoria la distribución de los recursos públicos disponibles, así como el desempeño de los funcionarios, autoridades e instituciones que fueron identificadas como co- responsables de su ejecución.

En la problemática específica de trabajo infantil, el plan proponía las siguientes políticas y estrategias:

Niñas y niños entre 6 y 12 años:

Política 17: Garantizar servicios públicos destinados a restituir derechos y protección frente al maltrato, el abuso, el trabajo infantil, privación del medio familiar y pérdida de niños y niñas.

Política 18: Erradicar progresivamente el trabajo infantil nocivo, peligroso o de riesgo.

Adolescentes hombres y mujeres:

Política 27: Erradicación del trabajo prohibido y peligroso; protección frente al trabajo y la explotación laboral.

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177INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Plan Nacional

Decenal

de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes

PNDEPINA

2004 2014

Las principales estrategias contemplaban:

• Integración en todos los servicios sociales básicos (educación, salud, bienestar y otros) de un componente destinado al fortalecimiento de los vínculos afectivos y el buen trato como pautas de crianza y convivencia familiar con perspectiva de trabajo infantil;

• Fortalecimiento del Comité Nacional de Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil como instancia de coordinación entre la Sociedad Civil y el Estado, con capacidad de gestión y decisión y fortalecimiento del Plan Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil, con la implementación de mecanismos de seguimiento, control y sanción por parte del Estado y la Sociedad Civil;

• Articulación de las políticas de erradicación de trabajo infantil, a las políticas de empleo y de lucha contra la pobreza;

• Vigilancia social para la erradicación progresiva del trabajo infantil;

• Campañas nacionales de sensibilización sobre las consecuencias del trabajo infantil;

• Registro y seguimiento a la población de adolescentes trabajadores mayores de 15 años, para apertura de oportunidades educacionales, de capacitación técnica y formación profesional, seguridad y de bienestar;

• Asistencia a las familias en condiciones de pobreza crítica a través de diferentes mecanismos entre ellos la entrega de créditos para la formación de microempresas familiares y a los y las adolescentes, para proteger su desarrollo y la culminación de los estudios;

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• Concertación social con empleadores, autoridades políticas, medios de comunicación y otros sectores sociales para garantizar el cumplimiento de la ley;

• Promoción de acuerdos y mesas de trabajo entre los diferentes poderes del Estado, los trabajadores y demás instancias de la sociedad para la armonización de los diferentes cuerpos legales existentes sobre trabajo infantil;

• Promoción de la organización de los y las adolescentes trabajadores mayores de 15 años para garantizar sus condiciones laborales.

Proyecto

de Erradicación del Trabajo

Infantil 2005

(PETI)

Mediante Decreto Ejecutivo No. 1220 del 14 de noviembre de 2004, Registro Oficial 266, se decretó la creación de la Secretaria Técnica del Comité Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil como entidad adscrita al Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos (hoy Ministerio del Trabajo), conforme lo determinaba el Art. 6 del Decreto Ejecutivo No. 792.

En el año 2005 fue definido el Proyecto de Erradicación del Trabajo Infantil (PETI), como instrumento de política pública del Ministerio del Trabajo, que oriente la “…prevención erradicación progresiva del trabajo infantil, a través de un conjunto articulado de políticas, programas y acciones tendientes a enfrentar sus causas y efectos, desde una perspectiva de co- responsabilidad social y restitución de derechos a los niños, niñas y adolescentes”29

29 Ministerio de trabajo y Empleo, 2005 Plan Nacional para la Prevención y Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil en el Ecuador PETI

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179INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Los lineamientos políticos del PETI fueron:

• La erradicación progresiva del trabajo infantil en todas sus formas y la protección integral a las niñas, niños y adolescentes trabajadores o en riesgo de trabajar.

• La co-responsabilidad entre el Estado Ecuatoriano, gobierno, los/las trabajadoras y los/las empleadoras, para encarar la problemática del trabajo infantil.

• La centralidad de las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derecho en todas las políticas y acciones.

• El fortalecimiento de todas las políticas y programas, tanto nacionales como locales, así como el incremento y optimización de los recursos del Presupuesto Nacional.

• La coordinación interinstitucional entre los organismos estatales y/o gubernamentales, no gubernamentales, las organizaciones de trabajadores, la empresa privada, los organismos internacionales y otras organizaciones sociales.

• El impulso de acciones orientadas a generar empleo y trabajo decente de las personas adultas con vigilancia plena de sus derechos como medida imprescindible para la erradicación del trabajo infantil.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Instituciones públicas.

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30 SENPLADES, Plan Nacional de Desarrollo 2007-2010

Tabla 17: Políticas, programas y servicios implementados para erradicar el trabajo infantil en el Ecuador,

período 2007-2017.

Período 2007 -2017

Plan Nacional

de Desarrollo

(PND)

2007-2010

El Plan Nacional de Desarrollo propuso dentro del Objetivo 6 “Garantizar el trabajo estable, justo y digno y a través de la Política 6.5. Erradicar el trabajo infantil en las áreas de actividad económica de mayor riesgo”.

Para el cumplimiento de este objetivo se necesitaba de: 1) “El desarrollo de un mapa de riesgo de las principales actividades y empresas que demandan mano de obra infantil. 2) Control de principales sectores y empresas que involucran mano de obra infantil. 3) Desarrollo de un sistema de información nacional. 4) Estímulo a la reinserción de las personas menores de edad en el sistema educativo con programas intensivos. 5) Monitoreo de la salud de las personas menores de edad, especialmente menores de 12 años. 6) Impulso a programas de protección de niñas, niños y adolescentes víctimas y en riesgo de explotación sexual y comercial. 7) Impulso a programas de capacitación al sistema de justicia, DINAPEN, Ministerio Público. 8) Impulso a programas de protección especial para niñas, niños y adolescentes30.

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181INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Agenda Social

de la Niñez

y Adolescencia

2007-2010

La Agenda Social de la Niñez y Adolescencia, Juntos por la equidad desde el principio de la vida, fue presentada el 31 de mayo de 2007, luego de un trabajo conjunto entre el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, los Ministerios de Inclusión Económica y Social, Educación, Salud Pública, Trabajo y Empleo y Turismo, Asociación de Municipalidades del Ecuador e Instituto Nacional del Niño y la Familia, entre las institucionales nacionales. Por otro lado, se recogieron los aportes provenientes de territorio, actividad en la que participaron gobernadores, prefectos, consejeros, alcaldes, concejales, presidentes de juntas parroquiales, secretarios ejecutivos de consejos cantonales de niñez y adolescencia, organizaciones de la sociedad civil y organismos de cooperación internacional entre los más importantes31.

Con el fin de asegurar la protección integral de los derechos y garantías de la niñez y adolescencia frente al trabajo infantil, la agenda contó con los siguientes objetivos:

31 Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, Agenda Social de la Niñez y Adolescencia 2007-2010

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Agenda Social

de la Niñez

y Adolescencia

2007-2010

• Asegurar que ningún niño, niña o adolescente se quede sin educación;

• Protegerlos de cualquier forma de violencia y maltrato;• Conseguir que ningún niño, niña o adolescente realice trabajos

prohibidos o peligrosos;• Fomentar la participación social y construcción de ciudadanía de

niños, niñas y adolescentes.La propuesta de cumplimiento de la agenda se basó en un trabajo articulado del Sistema Nacional Descentralizado de Protección a la Niñez y Adolescencia con presencia en cada localidad, a través de la coordinación de los consejos cantonales de niñez y adolescencia y la propuesta de agendas cantonales cuyo objetivo final fue transformar patrones y prácticas socioculturales para proteger los derechos de niñez y adolescencia, involucrando a la familia, la comunidad y a la sociedad en el ciclo de la política pública.

Plan Nacional

para la

Prevención y Erradicación del Trabajo

Infantil

2008-2013

En el año 2008 se propone la revisión del Plan para la Erradicación del Trabajo Infantil (PETI) post Constitución 2008, que pasó por identificar aquellos objetivos en los cuales los sectores responsables del trabajo infantil necesariamente debían incidir para asegurar el cumplimiento de las políticas públicas para su prevención y erradicación, a partir de la valoración del aporte del PETI a la consecución de los Objetivos y Metas del Plan Nacional de Desarrollo32. Para este propósito, la Secretaría Técnica del CONEPTI promovió espacios y reuniones con los diferentes actores que tenían responsabilidad en el cumplimiento del Plan. Este proceso, concluyó con el Foro Nacional “Erradicando el Trabajo Infantil en el Ecuador” en mayo de 2008.

32 Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2008-2013

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183INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Plan Nacional

para la

Prevención y Erradicación del Trabajo

Infantil

2008-2013

Los principales lineamientos políticos del PETI se resumieron en: Promover la erradicación progresiva del trabajo infantil en todas sus formas y la protección integral a los niños, niñas y adolescentes trabajadores o en riesgo de trabajar; lograr la co-responsabilidad entre el gobierno, los trabajadores y los empleadores, en la definición de políticas y planes; garantizar la centralidad de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho en todas las políticas y acciones; promover la coordinación interinstitucional entre los organismos gubernamentales, organizaciones de trabajadores y de empleadores, organismos no gubernamentales, organismos internacionales y demás organizaciones sociales, para establecer acuerdos y realizar acciones tendentes a alcanzar el pleno cumplimiento de los derechos laborales de los adolescentes trabajadores de 15 años en adelante y el retiro total de niñas y niños menores de 15 años de las actividades laborales; impulsar acciones orientadas a generar pleno empleo y trabajo decente de las personas adultas como medida imprescindible para la erradicación del trabajo infantil.

Plan Nacional

del Buen Vivir 2009 – 2013

Este instrumento de planificación nacional33 e intersectorial, propuesto tras la aprobación de la Constitución del Ecuador en 2008, no se enfocó específicamente en el trabajo infantil, sino a través del Objetivo 1, “Auspiciar la igualdad, cohesión e integración social y territorial en la diversidad”, se dispuso líneas de políticas para la protección y atención integral de niñas, niños y adolescentes, especialmente de aquellos que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad, con la finalidad de garantizar los derechos del Buen Vivir para la superación de todas las desigualdades, en especial en salud,

33 SENPLADES, Plan Nacional del Buen Vivir 2009-2013

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educación, alimentación, agua y vivienda; promover la inclusión social y económica con enfoque de género, intercultural e intergeneracional, para generar condiciones de equidad; democratizar los medios de producción para generar condiciones y oportunidades equitativas; asegurar el desarrollo infantil integral para el ejercicio pleno de sus derechos.

Plan Nacional

para el Buen

Vivir (PNBV) 2013- 2017

En la propuesta Plan Nacional para el Buen Vivir (PNBV) 2013- 201734, se recogen los postulados constitucionales que por un lado prohíben toda forma de trabajo forzoso o condiciones análogas a la esclavitud (Art. 66). Y por otra, prohíbe el trabajo infantil y reconoce el trabajo de los y las adolescentes siempre que no atente a su formación y a su desarrollo integral (Art. 46).

En este sentido el PNBV 2013 - 2017 propuso a través del Objetivo 2, “Auspiciar la igualdad, la cohesión, la inclusión y la equidad social y territorial, en la diversidad y de la política” y 2.6, “Garantizar la protección especial universal y de calidad, durante el ciclo de vida, a personas en situación de vulneración de derechos”, que tiene como línea de acción: a) “Desarrollar y fortalecer los programas de protección especial desconcentrados y descentralizados, que implican amparo y protección a personas en abandono, en particular niños, niñas, adolescentes y adultos mayores, y que incluyen la erradicación de la mendicidad y el trabajo infantil.”

34 SENPLADES, Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017

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185INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Por otro lado, a fin de fortalecer las capacidades de las familias, el PNBV con la política 9.3, buscó “profundizar el acceso a condiciones dignas para el trabajo, la reducción progresiva de la informalidad y garantizar el cumplimiento de los derechos laborales; profundizar y promover las políticas de erradicación de todo tipo de explotación laboral, particularmente el trabajo infantil, el doméstico y de cuidado humano.”

Agenda Nacional

para la Igualdad

Intergeneracional

(ANII) 2013 -2017

El Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, cumpliendo las disposiciones de ley y en coordinación con la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES), construyó la Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional 2013 -2017 que es un instrumento de planificación nacional de obligatorio cumplimiento para las entidades públicas, que tiene como finalidad definir mecanismos de política pública para asegurar el cumplimiento de derechos, especialmente de la población que se encuentra en condiciones de desigualdad y de discriminación.

En la agenda se establecieron 6 ejes de política pública para proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes, entre otros grupos generacionales y lineamientos de políticas públicas específicos para erradicar el trabajo infantil.

En el Eje de Protección, se propuso la Política 1, “Garantizar la prevención, protección, atención, servicios y restitución integral de derechos a los niños y niñas, adolescentes,(…) que se encuentran en contextos o condiciones de vulnerabilidad a través de la corresponsabilidad entre el Estado, la sociedad, la comunidad y la familia”; y el lineamiento de “Fortalecer el programa de erradicación de toda forma de trabajo infantil de manera coordinada y articulada intersectorialmente con la participación de instituciones públicas y empresas privadas”.

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Proyecto de

Erradicación del Trabajo

Infantil -PETI

- 2013-2017

La propuesta del proyecto PETI 2013-2017, contempló la implementación de una estrategia de articulación territorial con la participación de los gobiernos autónomos descentralizados, organizaciones no gubernamentales y empleadores lo que “permitió intervenir sobre los principales factores que alimentan el trabajo infantil peligroso en el Ecuador y que están relacionados con factores de orden económico, cultural, de educación, individuales y familiares que se convierten en los factores expulsores y precipitadores de la inserción temprana de los niños, niñas y adolescentes en las más variadas formas de trabajo infantil peligroso” (MDT, 2013).

Para el cumplimiento de este objetivo, el Ministerio de Relaciones Laborales contó con una organización e infraestructura institucional presente a nivel nacional, que coordinó acciones de soporte técnico para los ejecutores: gobiernos autónomos descentralizados, empresas, unidades económicas, organizaciones no gubernamentales, organizaciones sociales, escuelas); y, la “aplicación oportuna de procesos de control, seguimiento y monitoreo de las actividades en consideración a los planes de acción, al cumplimiento de los cronogramas y al logro de las metas establecidas para el proyecto” (MDT, 2013).

La propuesta se centró en la implementación de protocolos de intervención en trabajo infantil en basurales y camales, agrícola, doméstico, urbano de calle, construcción, ladrilleras, plantaciones florícolas y bananeras, entre otros; contando con sedes de coordinación a través de mesas locales en todas las provincias a nivel nacional. En este objetivo se articularon instituciones públicas, privadas, ONG y organismos de cooperación, tales como la Asociación de Municipalidades del Ecuador, la Fundación Proniño, el Centro de Desarrollo y Autogestión, OIT, UNICEF, entre otras.

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187INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

En el marco de las alianzas público-privadas, se conformó la Red de Empresas por un Ecuador Libre de Trabajo Infantil, coordinada por el Ministerio de Relaciones Laborales (hoy Ministerio del Trabajo) y UNICEF, cuyos miembros son empresas privadas provenientes de diferentes sectores productivos, con el compromiso de “cumplir una serie de indicadores de desempeño construidos en forma participativa, que fomentan la implementación de sistemas de gestión responsables y comprometidos con la erradicación del trabajo infantil, orientada principalmente a sus cadenas de valor, lo cual permite que el impacto y alcance de esta iniciativa sea mucho mayor” (MDT, 2013).

Plan Nacional

de Desarrollo

Toda una Vida -PND-

2017- 2021

En la propuesta del plan de desarrollo Toda una Vida35, el Eje 1, Derechos para todos durante toda la vida; y a través de su Objetivo 1: Garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las personas, se establece la importancia de enfocarse en los hogares en los que viven niñas, niños y adolescentes menores de 15 años, por lo que es importante emprender políticas direccionadas a nivel poblacional y territorial, priorizadas y diferenciadas para los grupos en situación de discriminación o desventaja, tomando en cuenta la diversidad cultural, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el origen étnico, el lugar de nacimiento, condición de discapacidad, edad o situación migratoria (página 48). También se aborda la seguridad ciudadana de manera integral y en relación con la protección especial para los casos de violencia sexual, explotación sexual y laboral, trata de personas, trabajo infantil y mendicidad, abandono, entre otros (página 53).

35 SENPLADES, Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 - Toda una vida, 2017.

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Además, este PND indica que es preciso intervenir en cualquier posibilidad de precarización laboral, proponiendo una gestión corresponsable y transparente de la seguridad social. También se debe priorizar aquellos programas de protección social que tienen el potencial de eliminar la pobreza extrema en el país, generando movilidad social ascendente, intra e intergeneracional, y garantizando una vida libre de trabajo infantil (página 56). Por ello una meta para 2021 es: Erradicar el trabajo infantil de niñas, niños y adolescentes entre 5 a 14 años, reduciendo las cifras del 4,9% al 2,7%.

Agenda Nacional

para la Igualdad

Intergeneracional

ANII 2017-2021

Para la Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional - ANII - 2017-2021, el principal reto del Ecuador es responder a la reparación de derechos de niñas, y adolescentes que requieren de protección especial por maltrato, trabajo infantil, violencia y/o embarazo adolescente.

En ese sentido, la ANII propone “erradicar el trabajo infantil, la mendicidad y la situación de calle de niñas, niños adolescentes y personas adultas mayores” a través del fortalecimiento de programas para la erradicación de toda forma de trabajo infantil de manera coordinada y articulada intersectorialmente, para su aplicación en lo público y en lo privado; fortalecer las intervenciones de los gobiernos autónomos descentralizados para erradicar el trabajo infantil; fortalecer las estrategias interinstitucionales para la restitución de derechos de niñas, niños, adolescentes separados del trabajo infantil, mendicidad y situación de calle; articular los programas y proyectos para la generación de capacidades, créditos, emprendimientos productivos y de comercialización individuales o asociativos de los familiares de las niñas, niños y adolescentes como mecanismo para evitar que vuelvan al trabajo infantil.

Elaboración: CNII, 2018. Fuente: Instituciones públicas.

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189INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

SIGLAS

AME Asociación de Municipalidades del Ecuador

ANII Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional, 2017-2021

CIESPALCentro Internacional de Estudios Superiores de Comunicación para América Latina

CONA Código de la Niñez y Adolescencia

CNII Consejo Nacional para la Igualdad IntergeneracionalCONEPTI Comité Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo InfantilCONEPTI Consejo Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo InfantilDECE Departamento de Consejería EstudiantilENEMDU Encuesta Nacional de Empleo, Subempleo y DesempleoENTI Encuesta Nacional de Trabajo Infantil, 2012FGE Fiscalía General del EstadoGAD Gobierno Autónomo DescentralizadoINEC Instituto Nacional de Estadística y CensosINNFA Instituto Nacional de la Niñez y la FamiliaLOCNI Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la IgualdadMDT Ministerio del TrabajoMIES Ministerio de Inclusión Económica y SocialMINEDUC Ministerio de EducaciónMREMH Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad HumanaMJDHC Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y CultosOIT Organización Internacional del Trabajo

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ONG Organización no gubernamentalPETI Proyecto de Erradicación del Trabajo InfantilPDOT Plan de desarrollo y ordenamiento territorialPNBV Plan Nacional para el Buen VivirSECOM Secretaría de ComunicaciónSENESCYT Secretaría Nacional de Educación, Ciencia y TecnologíaSENPLADES Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo

SNDPINASistema Nacional Descentralizado de Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia

SURTI Sistema Único de Registro de Trabajo Infantil

UDAI Unidad de Apoyo a la Inclusión

UNICEF Fondo de Naciones Unidas para la Infancia

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191INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

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193INFORME DE OBSERVANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

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