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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
INFORME DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA LA SUPERVISIÓN DE RIESGOS
OFICINA DE CONTROL INTERNO
Bogotá, D. C., MARZO de 2.017
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CONTENIDO
1. OBJETIVO ........................................................................................................................................3
2. ALCANCE .........................................................................................................................................3
3. MÉTODOLOGÍA ..............................................................................................................................3
4. JUSTIFICACIÓN ..............................................................................................................................4
5. INFORME ..........................................................................................................................................4
5.1 CUMPLIMIENTO FUNCIONES: ..................................................................................................5
5.2 VERIFICACIÓN CUMPLIMIENTO PROCEDIMIENTOS: ..................................................... 10
5.4 SEGUIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES PRESENTADAS ..................................... 16
6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: .......................................................................... 21
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1. OBJETIVO
La Oficina de Control Interno de la Superintendencia Nacional de Salud, en cumplimiento de sus funciones de seguimiento y evaluación a la gestión institucional, y su Plan Anual de Gestión (PAG) – Plan Anual de Auditorías y Seguimientos (PAAS), aprobado para la vigencia 2016 mediante Resolución 2639 de diciembre de 2015, realizó a través de una nueva estratégica, consistente en asignar funcionarios de la misma a cada una de las Dependencias de la Entidad, bajo la figura denominada “Padrinos”, la cual pretende un mejor acercamiento a las unidades de la Superintendencia Nacional de Salud y así de manera “personalizada” lograr el mejoramiento continuo en cada uno de los procesos que se ejecutan en la Entidad y por ende, el cumplimiento de las metas y objetivos Institucionales; en donde prevalezca el trabajo en equipo conforme a las funciones asignadas por ley a la Oficina de Control Interno.
2. ALCANCE
La Oficina de Control Interno, realizará seguimiento Superintendencia Delegada para la
Supervisión de Riesgos con el fin de verificar:
1. Cumplimiento de las Funciones legalmente otorgadas a través de la normatividad
tanto Externa como Interna.
2. Seguimiento a los Riesgos Operativos y de Corrupción
3. Verificación cumplimiento de Procedimiento.
4. Evaluación Recomendaciones / derivados de seguimientos realizados por la Oficina
de Control Interno.
3. MÉTODOLOGÍA
Para el seguimiento a la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos se
seguirán los siguientes criterios:
Solicitud de información
verificación tendiente a establecer el acogimiento de los procedimientos establecidos
en la Resolución No. 4086 de 2015 por la cual se adoptó el Manual de Procesos y
Procedimientos institucional.
Visita In Situ
Presentación del Informe de Seguimiento al Despacho del Señor Superintendente
Nacional de Salud.
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4. JUSTIFICACIÓN
De conformidad con las funciones contenidas en la Ley 87 de 1993, la Ley 1474 de 2011
y los Decretos Reglamentarios 1826 de 1994 y 1537 de 2001, entre otras, corresponde
a la Oficina de Control Interno, verificar que el Sistema de Control Interno esté
formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al
desarrollo de las funciones de todos los cargos; así como también, verificar que los
controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización estén
adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo
con la evolución de ésta; por lo tanto se justifica efectuar el presente ejercicio debido a
la necesidad de realizar control posterior, donde se pueda dar cuenta de la gestión
realizada en el lapso de tiempo definido como alcance del presente ejercicio de
monitoreo.
5. INFORME
En cumplimiento al Plan Anual de Gestión de la Oficina de Control Interno, en el mes de
Marzo de 2017, se llevó a cabo el Seguimiento a la Superintendencia Delegada para la
Supervisión del Riesgo, con Vigencia 01 de Enero de 2.017 a 28 de Febrero de 2.017;
dado el Proceso: Evaluación Integral de Riesgos de Sujetos Vigilados
Por lo anterior expuesto la Oficina de Control Interno de la Superintendencia Nacional de
Salud, con el propósito de cumplir con el objetivo propuesto para el seguimiento a la
Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos remitió a ésta Delegada
correo electrónico el día 07 de Marzo de 2017, en el cual hace solicitud de información
para llevar a cabo el respectivo seguimiento en la presente vigencia, y la
Superintendencia Delegada Para la Supervisión de Riesgos aportó la respectiva
información a través de correo electrónico remitido a la Oficina de Control Interno día 16
de Marzo de 2017; por medio del enlace designado: Dra. Libia Bohorquez, así como la
información aportada en la visita In situ.
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5.1 CUMPLIMIENTO FUNCIONES:
Mediante Decreto No. 2462 de 2013, por medio de la cual se modificó la estructura de la
Superintendencia Nacional Salud, artículo No. 5 Estructura, numeral 2, se creó la
Superintendencia Delegada para la Supervisión del Riesgo. la cual en la actualidad está
bajo la Dirección del Doctor Jose Oswaldo Bonilla Rincón [email protected].
Dado el cumplimiento de funciones mediante Decreto No. 2462 de 2013, la Oficina de Control Interno solicitó a la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos informar de qué manera desarrollan las siguientes funciones:
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RESPUESTA Y EVIDENCIAS DE LA SUPERINTENDENICA DELEGADA PARA LA
SUPERVISIÓN DE RIESGOS:
“Dando respuesta a su solicitud de información correspondiente al periodo 01 de Enero
a 28 de Febrero de 2017, relacionada con la gestión de la Superintendencia Delegada
para la Supervisión del Riesgo, respecto del proceso Evaluación Integral de Riesgos de
Sujetos Vigilados, me permito dar respuesta en el orden propuesto:
1. En relación con el cumplimiento del numeral 1 del artículo 15 del Decreto 2462 de
2013, “1. Ejercer la inspección y vigilancia sobre los riesgos inherentes al Sistema
General de Seguridad Social en Salud, incluidos los riesgos sistémicos, de
conformidad con el modelo de supervisión adoptado por el Superintendente
Nacional de Salud, y las metodologías e instrumentos diseñados y adoptados por
la Oficina de Metodologías y Análisis de Riesgos. Entre los riesgos cuya
administración se inspeccionará y vigilará se encuentran los relacionados con los
procesos estratégicos de las entidades vigiladas, los procesos estructurales, tanto
de salud como de operación y los riesgos originados en los procesos de apoyo de
las entidades vigiladas de tipo técnico y financiero”. Nos permitimos informar las
actividades que actualmente desarrolla la Superintendencia Delegada para la
Supervisión de Riesgos:
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Dirección de Riesgos Económicos.
Desde la competencia de ésta Dirección, se están ejecutando las siguientes actividades:
Seguimiento Decreto 2702 de 2014 en EPS- Reservas Técnicas. (Resolución 412
de 2015).
Durante el bimestre evaluado, respecto a la verificación de la adecuada aplicación de
la metodología para el cálculo de las reservas técnicas definidas por la Supersalud,
se evaluaron las siguientes entidades:
Asmet Salud, Ecoopsos, Mutual Ser, Convida, Capresoca, Cafesalud, Cajacopi,
Comfaguajira, Comfahuila, Comfacartagena y Savia.
Seguimiento Decreto 2702 de 2014 en EPS- Cumplimiento Condiciones Financieras y de Solvencia
Respecto de las actividades adelantadas en seguimiento a lo dispuesto en el Decreto
2702 de 2014 (compilado en el Decreto 780 de 2016), cuyo objetivo es la actualización
y unificación de las condiciones financieras y de solvencia de las EPS autorizadas para
operar el aseguramiento, así como los criterios para que la información financiera reúna
condiciones de veracidad, consistencia y confiabilidad para el eficaz cumplimiento de la
función de IVC, señalando las condiciones de habilitación y permanencia de las EPS; así
como también, la normatividad aplicable a las EPS indígenas, la gestión de la Delegada
para la Supervisión de Riesgos durante el bimestre evaluado estuvo orientada a la
socialización a nivel nacional de la Circular 016 de 2016 cuyo objetivo es emitir
instrucciones relacionadas con el reporte de información financiera por parte de las
entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud. Este reporte de
información se encuentra alineado con los nuevos marcos técnicos normativos de
información financiera y contable reglamentarios de la Ley 1314 de 2009.
Con el fin de cumplir este objetivo, la Circular Externa 016 de 2016 define para efectos
de supervisión a los preparadores de información financiera clasificados en los Grupos
1, 2 y 3, la estructura de conceptos financieros de reporte mediante catálogos. Respecto
de las entidades que aplican el régimen de contabilidad pública, clasificadas en los
marcos técnicos normativos expedidos por la Contaduría General de la Nación, se
aplicará la estructura definida por la referida entidad.
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La Circular Externa 016 plantea una frecuencia mayor de reporte para las IPS según su
importancia sistémica, de acuerdo a los criterios establecidos por la Circular Externa 018
de 2015.
De igual forma, define archivos de información financiera complementaria, necesarios
para realizar las primeras mediciones de Riesgo de Liquidez, Riesgo de Crédito y Riesgo
de Mercado, según las definiciones contenidas en el documento de Lineamientos de
Política de Supervisión Basada en Riesgos.
Complementario a su expedición se realizó el diseño y publicación de varias piezas de
apoyo al proceso:
ABECÉ de la Circular Externa 016 de 2016, publicado en la página web de la SNS,
link:
https://docs.supersalud.gov.co/PortalWeb/Comunicaciones/MemoriasEventos/ab
ece-circular-externa-0016-de-2016.pdf
Presentación Socialización Circular Externa 016 de 2016, publicado en la página
web de la SNS, link:
https://www.supersalud.gov.co/vigilados/comunicaciones/memorias-de-los-
eventos
Formatos Circular Externa 016 de carácter didáctico, publicado en la página web
de la SNS, link:
https://www.supersalud.gov.co/vigilados/comunicaciones/memorias-de-los-
eventos
Instructivo para el diligenciamiento de los formatos de la Circular Externa 016,
disponibles en la página web de la SNS, link:
https://www.supersalud.gov.co/vigilados/Noticias/listanoticias/conozca-los-
instructivos-para-el-diligenciamiento-de-los-formatos-de-la-circular-externa-016-
de-2016
Adicionalmente se brindó atención telefónica, por correo y presencial, a las consultas
formuladas por las entidades vigiladas.
Evaluación Notas Técnicas de Planes voluntarios de Salud PVS (Circular Externa
020 de 2015
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Respecto al análisis de las notas técnicas de los planes voluntarios de salud remitidas
a la Supersalud, se evaluaron las Notas Técnicas de las siguientes entidades:
SaludMia, Medplus y Salud Total.
Adicionalmente se trabajó en el procedimiento de evaluación de las Notas Técnicas
de los PAS.
Elaboración de Conceptos Técnicos
Durante el periodo evaluado se emitieron conceptos técnicos de los siguientes
vigilados:
Cafesalud, Savia, Asmet, Ambuq, Comparta, Emssanar, Manexka, Comfacartagena,
Comfachoco, Salud vida, Capital Salud, Ecoopsos, Comfamiliar Huila, Nueva EPS
S.A.
Dirección de Riesgos en Salud.
Desde la competencia de ésta Dirección, se están ejecutando las siguientes actividades:
Programación de 10 auditorías integradas de riesgo para la vigencia 2017
Revisión de resultado de piloto de MSBR para IPS
Revisión criterios de priorización de EPS
Ajuste de papeles de trabajo para desarrollo de auditoría o Papeles de trabajo para auditoria de gestión de riesgo para IPS -
actualizados a versión 2 o Papeles de trabajo para auditoria de gestión de riesgo para EPS -
actualizados a versión 3 o Diseño del formato de alistamiento de Auditoria
Alistamiento de pre auditoria a EPS
2. En relación con el cumplimiento del numeral 7 del artículo 15 del Decreto 2462 de
2013, “7. Ejercer inspección y vigilancia de los riesgos asociados a la generación,
flujo, administración, recaudo y pago oportuno y completo de los aportes y
aplicación de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de
conformidad con el modelo, las metodologías e instrumentos diseñados y
adoptados por la Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo”,
nos permitimos informar las actividades que actualmente desarrolla la
Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos:
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Cálculo CAMEL
Seguimiento Decreto 2702 de 2014 en EPS
Evaluación Nota Técnica para Planes voluntarios de Salud
Evaluación cálculo reservas técnicas
En virtud de lo anterior; la Oficina de Control Interno procedió a realizar visita In situ, y en conjunto con el enlace de la dependencia Doctora Libia Bohorquez de la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos, se verificó la ejecución de actividades tendientes a materializar el cumplimiento de las funciones correspondientes a los Numerales 1 y 7 del Articulo 15 contenidas en el Decreto 2462 de 2013; escogidas como muestra; evidencia que se verifica a través de los papeles de trabajo que aporta la Delegada objeto de seguimiento.
5.2 VERIFICACIÓN CUMPLIMIENTO PROCEDIMIENTOS:
La Superintendencia Nacional de Salud, mediante Resolución No. 4086 del 19 de
Diciembre de 2.014, adoptó el Proceso Evaluación Integral de Riesgos de Sujetos
Vigilados, que origina el Procedimiento: Seguimiento Indicadores de Permanencia y
Solvencia: Formato RIPD02; ejecutado por la Superintendencia Delegada para la
Supervisión de Riesgos.
La Oficina de Control Interno solicitó informar el paso a paso del formato del
procedimiento acorde al Subsistema Integrado de Gestión con sus respectivos soportes
digitales en la vigencia 01 de Enero de 2.017 a 28 de Febrero de 2.017.
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RESPUESTA Y EVIDENCIAS DE LA SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA LA
SUPERVISIÓN DE RIESGOS:
En el anexo 1, se describe el paso a paso del procedimiento aplicado por la Dirección de
Riesgos Económicos.
Solo se registraron actividades correspondientes al paso 1, consistente en el desarrollo
por parte de la Oficina de Tecnologías de la Información de la nueva plataforma de
cargue de información RVCC.
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ID
ACTIVIDAD /
TAREA DESCRIPCIÓN ÁREA
RESPONSABLE REGISTRO
¿QUÉ? ¿CÓMO?
1
Recibir la
información
mensual por parte
de las EPS.
En la plataforma de
Recepción de Datos Vigilados
se tendrá dispuesto el
espacio, funcionalidades y
mallas validadoras del caso
para que las EPS transmitan
la información solicitada en
los Archivos Tipo 001 y 166 al
172 a más tardar el día
calendario 20 de cada mes;
relacionada con sus cuentas y
subcuentas financieras,
reservas técnicas e
inversiones del mes
inmediatamente anterior.
Oficina de
Tecnologías de
la Información
Informes
de cargue
en
plataforma
Los vigilados pueden acceder a dicha plataforma por el Portal Vigilados en la página web
de la Superintendencia Nacional de Salud, como se presenta en la siguiente imagen:
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Durante el mes de enero y febrero se enviaron usuarios y contraseñas a las entidades
para que pudieran acceder a la nueva plataforma y se resolvieron dudas técnicas sobre
su funcionamiento y las características de la información y los archivos que debían
cargar.
Ejemplo de los mecanismos empleados para resolver estas dudas técnicas, están
contenidos en los instructivos desarrollados conjuntamente entre la Delegada para la
Supervisión de Riesgos, la Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgos
y la Oficina de Tecnologías de la Información y puestos a disposición de las entidades
en el siguiente link: https://www.supersalud.gov.co/vigilados/Noticias/listanoticias/conozca-
los-instructivos-para-el-diligenciamiento-de-los-formatos-de-la-circular-externa-016-de-2016
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Los restantes pasos del procedimiento no se realizaron pues los datos base para el
cálculo de condiciones financieras provienen del requerimiento de la información
financiera solicitada a través de Circular Única, modificada por la Circular Externa 016
de noviembre de 2016, cuyo plazo para el primer cargue de información fue aplazado del
20 de febrero de 2017 al 15 de marzo del 2017 por medio de la Circular Externa 001 de
2017.
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Se generaron múltiples inquietudes técnicas en los vigilados, al incluir todos los principios
bajo normas internacionales de información financiera, en el marco de la Ley 1314 de
2009 lo cual debió mitigarse.
La Oficina de Control Interno cotejó el Procedimiento: “Seguimiento Indicadores de
Permanencia y Solvencia” conforme a las actividades que lo componen y se evidenció
que el Procedimiento está en implementación; y durante los meses de Enero y Febrero
de 2017, sólo se ejecutó la primera actividad; y no se logró desarrollar las demás
actividades del procedimiento, debido a que los datos base para el cálculo de
condiciones financieras provienen del requerimiento de la información financiera
solicitada a través de Circular Única, modificada por la Circular Externa 016 de
Noviembre de 2016, cuyo plazo para el primer cargue de información; el cual fue
aplazado del 20 de Febrero de 2017 al 15 de Marzo del 2017 por medio de la Circular
Externa 001 de 2017.
5.3 SEGUIMIENTO MAPA DE RIESGOS DEL PROCESO
La Oficina de Control Interno con el fin de establecer si la dependencia objeto de
seguimiento, ha tenido en cuenta las acciones previstas en el procedimiento:
Seguimiento a Indicadores de Permanencia y Solvencia - RIPD02; con el fin de
mitigar y evitar la materialización de riesgos, en la presente vigencia, se solicitó a la
Superintendencia Delegada Para la Supervisión de Riesgos informar si han sido
identificados Riesgos de procesos y Riesgos de corrupción.
RESPUESTA Y EVIDENCIAS DE LA SUPERINTENDENICA DELEGADA PARA LA
SUPERVISIÓN DE RIESGOS:
“En la Guía Práctica para la Consolidación del Componente de Administración de Riesgo
(ASGU03) se determinó que los riesgos son identificados para cada uno de los procesos
de la Entidad.
El procedimiento al que hace referencia su solicitud fue aprobado el 31 de Diciembre de
2016.
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Teniendo en cuenta lo anterior, el personal de la dependencia se encuentra en la revisión
de la documentación del proceso con el fin de asegurar su simplificación y mejoramiento,
así como la articulación con los demás procesos de la Entidad. Dicha revisión culminará
en el mes de Abril, tiempo en el cual iniciará la verificación de la coherencia de los riesgos
de procesos y corrupción actualmente definidos con los ajustes realizados en la
caracterización, procedimientos y demás documentación del proceso que lidera esta
Superintendencia Delegada”.
La Oficina de Control Interno recomienda de manera respetuosa que finalizada la revisión
de la documentación del proceso “Evaluación Integral de Riesgos de Sujetos Vigilados”
y su articulación con los demás procesos de la Entidad, basada en el Procedimiento:
Seguimiento Indicadores de Permanencia y Solvencia: Formato RIPD02; la
Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos; solicite el apoyo de la
Oficina Asesora de Planeación, con el fin de iniciar la verificación de la coherencia de los
riesgos de procesos y corrupción, de tal manera que en el próximo seguimiento que se
realizará en el mes de Julio de 2017, se hayan identificado y generado puntos de control
y actividades que permitan evitar y mitigar los riesgos en mención.
5.4 SEGUIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES PRESENTADAS
La Oficina de Control Interno solicitó informar el acogimiento o no de las
recomendaciones del seguimiento realizado en Diciembre de 2.016, con sus respectivos
soportes digitales, recomendaciones que consistieron en lo siguiente:
“La Oficina de Control Interno evidenció las acciones adelantadas por parte de la
Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos para el acogimiento de las
recomendaciones realizadas por parte de ésta oficina, la cual presenta evidencias de ello
según se indica en las imágenes anteriores de éste Item; ellas reflejan las solicitudes a
la Oficina Asesora de Planeación; en cuanto la creación de la Guía en el Sistema
Integrado de Gestión y la creación del Procedimiento en el Sistema Integrado de Gestión
basados en la evaluación de los proyectos preliminares y sus respectivos ajustes del
proceso, presentados por la Delegada.
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En virtud de lo anterior de manera respetuosa se solicita que se continúe y finalice lo
pertinente, y se presente a la Oficina de Control Interno en el mes de Febrero de 2.017
un informe final al respecto y se socialice lo logrado de los proyectos y la inclusión formal
de éstos temas dentro del Sistema Integrado de Gestión, en procura de hacerlos
pertinentes al seguimiento que se realiza a esta Delegada en la Vigencia del año 2.017”.
RESPUESTA Y EVIDENCIAS DE LA SUPERINTENDENICA DELEGADA PARA LA
SUPERVISIÓN DE RIESGOS:
“Tal como se informó en su momento, el Grupo de Riesgos Financieros de la Dirección
de Riesgos Económicos de la Superintendencia Delegada para la Supervisión de
Riesgos, elaboro el procedimiento denominado "SEGUIMIENTO A INDICADORES DE
PERMANENCIA Y SOLVENCIA”, el cual se remitió a la Oficina Asesora de Planeación
mediante NURC-3-2016-023351 del 20 de diciembre de 2016, con el fin que se realizara
el trámite de revisión y posterior creación en el Sistema Integrado de Gestión.
Dicho procedimiento está asociado al proceso "EVALUACIÓN INTEGRAL DE RIESGOS
DE SUJETOS VIGILADOS"
Mediante NURC 3-2016-024200 del 30 de diciembre de 2016, la Oficina Asesora de
Planeación aprobó la creación del procedimiento denominado "SEGUIMIENTO A
INDICADORES DE PERMANENCIA Y SOLVENCIA" de conformidad con lo establecido
en el Procedimiento de Elaboración y Control de Documentos y Registros (ASPD01).
El documento creado está relacionado en la siguiente tabla:
CÓDIGO DEL
DOCUMENTO
TIPO DE
SOLICITUD DESCRIPCIÓN DEL AJUSTE REALIZADO
RIPD02 CREACIÓN Creación Procedimiento "Seguimiento a
indicadores de permanencia y solvencia".
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De otra parte, el Grupo de Riesgos Financieros de la Dirección de Riesgos Económicos
de la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos, elaboro la Guía
denominada "EVALUACIÓN DE RIESGOS EN SALUD, OPERATIVOS Y
ECONÓMICOS DE LOS SUJETOS VIGILADOS”, el cual se remitió a la Oficina Asesora
de Planeación, mediante NURC 3-2016-023350 del 20 de diciembre de 2016, con el fin
se realizará el trámite de revisión y posterior creación en el Sistema Integrado de Gestión.
Dicha guía está asociada al procedimiento SUPD01 "HABILITACIÓN Y
MODIFICACIONES DE VIGILADOS", del proceso "SUPERVISIÓN A LOS SUJETOS
VIGILADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD”, el cual deberá
ajustarse en su actividad 13.
Mediante NURC :3-2016-024199 del 30 de diciembre de 2016, la Oficina Asesora de
Planeación aprobó la creación de la guía denominada "EVALUACIÓN DE RIESGOS
EN SALUD, OPERATIVOS Y ECONÓMICOS DE LOS SUJETOS VIGILADOS", de
conformidad con lo establecido en el Procedimiento de Elaboración y Control de
Documentos y Registros (ASPD01).
El documento creado está relacionado en la siguiente tabla:
CÓDIGO DEL
DOCUMENTO
TIPO DE
SOLICITUD DESCRIPCIÓN DEL AJUSTE REALIZADO
SUGU01 CREACIÓN
Creación Guía "Evaluación de riesgos en salud,
operativos y económicos de los sujetos
vigilados".
Los citados documentos pueden ser consultados en la página web de la SNS.
Ver Anexos 2, 3, 4 y 5 que contienen los documentos mencionados.
Es de aclarar que la aplicación de la citada guía, corresponde a las dos direcciones que
componen la Delegada para la supervisión de Riesgos, ya que los conceptos que se
emiten son integrales (salud, operativos y económicos), de los sujetos vigilados”.
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Acorde a lo expuesto, y específicamente en cuanto a la solicitud de “Creación de Guía
en el SIG” realizada por la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos a
la Oficina Asesora de Planeación mediante Memorando Nurc 3-2016-023350; el Jefe de
la Oficina de Control Interno remitió Correo Electrónico al Doctor Oscar Hernandez C.
Profesional Especializado de la Oficina Asesora de Planeación; solicitando que:
“En desarrollo de las actividades del Plan Anual de Gestión (PAG) de la Oficina de
Control Interno correspondiente al mes de Marzo de 2.017, y ejecutando las actividades
incorporadas por la legislación vigente, se está adelantando ejercicio de Seguimiento a
la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos; y uno de los Ítems del
presente seguimiento obedece a Seguimiento realizado por la Oficina de Control Interno
en la Vigencia del 2016 a ésta Delegada y en el cual se evidencia la Aprobación de
Documentos por parte de la Oficina Asesora de Planeación NUR 3-2016-024200 / 3-
2016-024188 y 3-2016-023350.
Dado lo anterior; le solicitamos su valiosa colaboración aclarando a la Oficina de Control
Interno lo siguiente:
La información suministrada en la vigencia 2.016 por parte de la Superintendencia Delegada Para la Supervisión de Riesgos a la Oficina de Control Interno, era que se había solicitado a la Oficina Asesora de Planeación la aprobación de procedimiento que aplicaría la Dirección de Riesgos en Salud de la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos; sin embargo en estos momentos se informa a esta dependencia que se aprobó una guía; que será aplicada indistintamente por las Dos (2) direcciones de la mencionada Superintendencia Delegada; ante lo cual requerimos su valioso apoyo aclarando por qué el (los) documento(s) aportado(s) por la Superintendencia Delegada Para la Supervisión de Riesgos; no se clasificó como un procedimiento si no como una guía?.
¿La guía anteriormente referida permitirá a la Dirección de Riesgos en Salud de la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos ejecutar sus funciones de acuerdo con el Decreto 2462 de 2013, previa incorporación en el Sistema Integrado de Gestión?”.
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El Doctor Oscar Hernandez contestó la solicitud anteriormente mencionada mediante
Correo Electrónico el día 09 de Marzo de 2017 en el que se aclara lo siguiente:
Relacionó las respuestas a la consulta realizada por este medio. Le solicitó
respetuosamente que para una próxima ocasión éstas sean remitidas mediante
Memorando, de acuerdo a lo establecido en el procedimiento.
“La información suministrada en la vigencia 2.016 por parte de la Superintendencia
Delegada Para la Supervisión de Riesgos a la Oficina de Control Interno, era que se
había solicitado a la Oficina Asesora de Planeación la aprobación de procedimiento que
aplicaría la Dirección de Riesgos en Salud de la Superintendencia Delegada para la
Supervisión de Riesgos; sin embargo en estos momentos se informa a esta dependencia
que se aprobó una guía; que será aplicada indistintamente por las Dos (2) direcciones
de la mencionada Superintendencia Delegada; ante lo cual requerimos su valioso apoyo
aclarando por qué el (los) documento(s) aportado(s) por la Superintendencia Delegada
Para la Supervisión de Riesgos; no se clasificó como un procedimiento si no como una
guía?.
R/: La guía a la que se refiere se denomina Guía de Evaluación de Riesgos en Salud,
Operativos y Económicos de los Sujetos Vigilados Solicitantes y se identificó con el
código SUGU01. Este documento, como consta en el registro del Listado Maestro de
Documentos, disponible en la página web, fue solicitado por la Superintendencia
Delegada para la Supervisión de Riesgos mediante memorando 3-2016-023350, el cual
se adjunta a este correo y en donde se puede corroborar que la solicitud se refería a una
guía y no a un procedimiento.
La guía anteriormente referida permitirá a la Dirección de Riesgos en Salud de la
Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos ejecutar sus funciones de
acuerdo con el Decreto 2462 de 2013, previa incorporación en el Sistema Integrado de
Gestión?.
R/: Es necesario hacer las siguientes precisiones: En primer lugar, la Guía fue adoptada
y se encuentra relacionada en el registro del Listado Maestro de Documentos, disponible
en la página web; En segundo lugar, la guía tiene como objetivo “Identificar los factores
de riesgo, a los que se encuentra expuesta la entidad solicitante de uno de los cinco
trámites listados en el alcance. Lo anterior mediante la recopilación y análisis de la
información disponible acompañado de la aplicación de metodologías e instrumentos de
evaluación de riesgo, teniendo cuenta la normatividad vigente”; En tercer lugar, como se
menciona en el nombre de la Guía y a lo largo del ítem “Lineamientos para la
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Construcción de los Conceptos Técnicos” de la misma, se evaluarán los Riesgos en
Salud de los vigilados solicitantes de los trámites listados en el “Ámbito de aplicación”.
Sin perjuicio de lo anterior, es de anotar que la Dirección de Riesgos en Salud tiene
funciones adicionales que no se desarrollan en este documento”.
Dado lo anterior; es necesario referir que mediante dialogo sostenido entre la Ingeniera
Edita Virginia Grisales Montaño, Profesional especializado de la Oficina de Control
Interno y el Dr. Oscar Hernandez C.; se aclaró y concluyó que es procedente la respuesta
emitida por la Oficina Asesora de Planeación a la Superintendencia Delegada para la
Supervisión de Riesgos dado el registro del Listado Maestro de Documentos y a los
Lineamientos para la Construcción de los Conceptos Técnicos y así mismo se precisó
que las funciones que viene desarrollando la Dirección de Riesgos en Salud de la
Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos están en concordancia en
con el Sistema Integrado de Gestión y se incorporan igualmente en la Guía aprobada
anteriormente referida para la Dirección de Riesgos en Salud de la Superintendencia
Delegada Para la Supervisión de Riesgos.
6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:
La Oficina de Control Interno procedió a realizar visita In situ, y en conjunto con el enlace de la dependencia Doctora Libia Bohorquez de la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos, se verificó la ejecución de actividades tendientes a materializar el cumplimiento de las funciones escogidas como muestra; evidencia que se verifica a través de los papeles de trabajo que aporta la Superintendencia Delegada objeto de seguimiento. La Oficina de Control Interno cotejó el Procedimiento: “Seguimiento Indicadores de
Permanencia y Solvencia” conforme a las actividades que lo componen y se evidenció
que el Procedimiento está en implementación; y durante los meses de Enero y Febrero
de 2017, sólo se ejecutó la primera actividad; y no se logró desarrollar las demás
actividades del procedimiento, debido a que los datos base para el cálculo de
condiciones financieras provienen del requerimiento de la información financiera
solicitada a través de Circular Única, modificada por la Circular Externa 016 de noviembre
de 2016, cuyo plazo para el primer cargue de información; el cual fue aplazado del 20 de
febrero de 2017 al 15 de marzo del 2017 por medio de la Circular Externa 001 de 2017.
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Dado que el procedimiento “Seguimiento Indicadores de Permanencia y Solvencia” fue
aprobado el 31 de Diciembre de 2016, y está en implementación, razón por la cual el
personal de la dependencia se encuentra en la revisión de la documentación del proceso
con el fin de asegurar su simplificación y mejoramiento, así como la articulación con los
demás procesos de la Entidad. Dicha revisión culminará en el mes de Abril, tiempo en el
cual iniciará la verificación de la coherencia de los riesgos de procesos y corrupción
actualmente definidos con los ajustes realizados en la caracterización, procedimientos y
demás documentación del proceso que lidera esta Superintendencia Delegada”.
La Oficina de Control Interno recomienda de manera respetuosa que finalizada la revisión
de la documentación del proceso “Evaluación Integral de Riesgos de Sujetos Vigilados”
y su articulación con los demás procesos de la Entidad, basada en el Procedimiento:
Seguimiento Indicadores de Permanencia y Solvencia: Formato RIPD02; la
Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos; solicite el apoyo de la
Oficina Asesora de Planeación, con el fin de iniciar la verificación de la coherencia de los
riesgos de procesos y corrupción, de tal manera que en el próximo seguimiento que se
realizará en el mes de Julio de 2017, se hayan identificado y generado puntos de control
y actividades que permitan evitar y mitigar los riesgos en mención.
Se aclaró y concluyó que es procedente la respuesta emitida por la Oficina Asesora de
Planeación a la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos dado el
registro del Listado Maestro de Documentos y a los Lineamientos para la Construcción
de los Conceptos Técnicos y así mismo se precisó que las funciones que viene
desarrollando la Dirección de Riesgos en Salud de la Superintendencia Delegada para
la Supervisión de Riesgos están en concordancia en con el Sistema Integrado de Gestión
y se incorporan igualmente en la Guía aprobada anteriormente referida para la
mencionada Dirección.
Cordialmente,
JUAN DAVID LEMUS PACHECO Jefe de la Oficina de Control Interno Superintendencia Nacional de Salud
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