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Balcones de Servicio de las Administraciones Zonales
NOMBRE DEL TRÁMITE Modificaciones Menores A Los Planos Arquitectónicos
Inmediato
Pago del 5 x 1000 del costo de las modificaciones menores a los planosarquitectónicos a realizarse
REQUISITOS GENERALES1. Formulario normalizado determinado, mediante Resolución Administrativa, por el Municipio del DistritoMetropolitano de Quito 2. Cuando por requerimientos funcionales, técnicos o formales durante la ejecución del proceso constructivode las edificaciones, se deban realizar modificaciones menores internas o externas que no superen los 40 m2del área planificada en planos; y, rectificaciones a los cuadros de áreas en los proyectos arquitectónicos, sinque se violenten las normas urbanísticas y constructivas, ni implique aumento de áreas de construcción oincremento de las unidades constructivas ni se hayan dado cambios estructurales, sujetándose a las ReglasTécnicas vigentes, se podrá convalidar los mismos dentro del control de Finalización del Proceso Constructivo,debiendo registrarse dichas reformas, a través de la LMU-20, procedimiento administrativo simplificado,previa a la obtención del Certificado de Conformidad de Finalización del proceso constructivo.3. Las modificaciones y/o ampliaciones menores a los Planos Arquitectónicos en el proceso constructivo serátramitado en la Administración Zonal competente; estas modificaciones no requieren la presentación de planosmodificatorios y/o ampliatorios.
Previo el ingreso del trámite en la Administración Zonal competente, el Administrado deberáobtener con antelación informes que el caso en particular lo amerite tales como:1. Cuando exista diferencias y/o excedentes de áreas en los lotes donde se implantarán lasedificaciones, se debe realizar la correspondiente actualización catastral en base a la Resoluciónotorgada por la Dirección Metropolitana de Bienes Inmuebles, conforme a la Ordenanza 269.2. Definición de replanteo y afectación vial emitido por la Administración Zonal competente.3. Borde superior de quebrada emitido por la Dirección Metropolitana deCatastros.4. Delimitación de Zonificaciones (Doble zonificación).5. La LMU-20 Simplificada autoriza al administrado la ejecución de las intervencionesconstructivas menores.Para el efecto se deberán verificar los datos que constan en el IRM (Informe de RegulaciónMetropolitana).
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