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Indice Revista Derecho de Familia

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  • REVISTA DE DERECHO DE FAMILIA

    N 2 - 2014

  • Revista de deRecho de Familia N 2 (2014)

    DIRECTOR

    cRistiN lepiN moliNa Profesor de la Universidad de Chile

    SECRETARIO DE REDACCIN

    david vaRgas aRaveNaProfesor de la Universidad Catlica de la Santsima Concepcin

    CONSEjO DE REDACCIN

    FRaNcisco FeRRadaUniversidad de Chile

    dRa. daNiela JaRuFeUniversidad Catlica del Norte, Antofagasta

    dR. ivN huNteRUniversidad Austral, Valdivia

    Joel goNzlezUniversidad Catlica de Chile

    JoRge laRRoucau Universidad Alberto Hurtado

    alexis moNdaca Universidad Catlica del Norte

    FRaNcisco estRada Universidad Autnoma

    eduaRdo picaNd Universidad de Chile

    daNiela hoRvitzEx-Presidenta Abogados de Familia

    RodRigo moyaDirector CAj

    gloRia NegRoNijueza de Familia

  • maRa paz gutiRRezjueza Familia

    igNacio aRaya paRedesProfesor de la Universidad de Chile

    COMIT EDITORIAL NACIONAL

    susaN tuRNeRProfesora de la Universidad Austral

    cRistiN matuRaNaProfesor de la Universidad de Chile

    claudia schmidtProfesora de la Universidad de Chile

    lvaRo vidalProfesor de la Universidad Catlica de Valparaso

    maRicRuz gmez de la toRReProfesora de la Universidad de Chile

    maRa saRa RodRguezProfesora de la Universidad de los Andes

    miguel cilleRoProfesor de la Universidad Diego Portales

    JoRge del picProfesor de la Universidad de Talca

    COMIT EDITORIAL INTERNACIONAL

    JuliN gitRNProfesor de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Mxico

    Rmy cabRillacProfesor de la Universit Montpellier, Francia

    salvatoRe pattiProfesor de la Universit di RomaSapienza, Italia

    caRlos lasaRteProfesor de la Universidad Nacional de Educacin a Distancia, Espaa

    gRaciela mediNaProfesora de la Universidad de Buenos Aires, Argentina

    louRdes WillsProfesora de la Universidad Central, Venezuela

  • beatRiz RamosProfesora de la Universidad La Repblica, Uruguay

    viRgiNia zambRaNoProfesora de la Universidad Di Salerno, Italia

    ada KemelmaJeRProfesora de la Universidad Nacional de Cuyo, Argentina

    eNcaRNa Roca tRiasProfesora de la Universidad de Barcelona, Espaa

    leoNaRdo pRez gallaRdoProfesor de la Universidad de La Habana, Cuba

    caRlos villagRasa alcaideProfesor de la Universidad de Barcelona, Espaa

  • NoRmas de RedacciN Revista deRecho de Familia

    a) Los artculos debern escribirse en hoja tamao carta y cada pgina debe ser numerada al pie.

    b) Los textos debern ser presentados en formato .doc. o .docx.

    c) El tamao y tipo de la letra en el cuerpo del texto es Garamond 12, justificado, y debe haber un espacio y medio entre cada lnea. Para las notas se usar letra Garamond, tamao 10, espacio simple, justificado.

    d) La extensin mxima permitida ser de 30 pginas (incluyendo notas al pie y bibliografa).

    e) Las colaboraciones debern indicar: nombre completo del autor; los grados acadmicos que posea, con indicacin de la universidad que los otorg; ttulo profesional; filiacin institucional; direcciones de correo postal, correo electr-nico y nmero de telfono de contacto; mencin o agradecimientos a personas o instituciones, en el caso de incluirlas.

    f) Los artculos debern contener, adems, un breve resumen, que no sobrepase las 120 palabras. junto con ello, deben contener de 3 a 5 palabras claves o des-criptores generales.

    g) Las colaboraciones debern hacerse llegar por correo electrnico al mail, maria.deferrari@ thomsonreuters.com

    h) Los trabajos podrn presentarse en cualquier poca del ao.

    i) Para las listas de bibliografa, normas y jurisprudencia, consignadas al final del documento y a pie de pgina, debern respetarse las siguientes reglas:Las citas debern figurar al pie de la pgina respectiva y tendrn el siguiente

    formato: (Apellido del autor, Nombre del Autor, Ao, Ttulo (en letra cursiva), Lugar de edicin, Editorial, y Pgina): Rodrguez Pinto, Mara Sara (2010), El cuidado personal de nios y adolescentes en el nuevo derecho chileno de familia, Santiago de Chile, AbeledoPerrot-LegalPublishing, pp. 87 y ss.

    Si se hacen dos citas seguidas de la misma obra, puede utilizarse la palabra Ibd. y luego el nmero de pginas: Ibd. 61. Si se cita la misma pgina, slo se usa la palabra Ibd..

    Si el autor y su obra ya han sido citados previamente, pero no en la cita inme-diatamente anterior, deber mencionarse de la siguiente forma: Rodrguez Pinto, 2010, 31.

    En los casos en que el texto corresponda a un artculo, el ttulo de este ser mencionado entre comillas, seguido del nombre de la publicacin o revista en letra

  • cursiva: Lepin Molina, Cristin (2013), El principio de proteccin del cnyuge ms dbil en el moderno derecho de familia, Revista Chilena de Derecho, vol. 40 N 2, p. 513.

    En caso de citarse un captulo de un libro, deber hacerse del siguiente modo: Gmez de la Torre Vargas, Maricruz (2013), La compensacin econmica en la Ley de Matrimonio Civil, Compensacin econmica. Doctrinas esenciales, Cristin Lepin (dir.), Santiago de Chile, LegalPublishing-Thomson Reuters, p. 85.

    Las citas indirectas debern ajustarse a la forma que se indica: Manuel Soma-rriva, citado por Vodanovic Haklicka, Antonio (2004), Derecho de alimentos, 4 edicin, Santiago de Chile, LexisNexis, pp. 177 y 178.

    La jurisprudencia se citar de modo de incluir la fecha de la resolucin, el RUC, RIT, rol o nmero que la identifica, y el Tribunal u organismo que la dict: Resolucin de fecha 24/07/2008, en causa rol 3159-2008, de la Corte Suprema.

    Cuando se refiera a una norma, es conveniente incluirla como nota al pie.La bibliografa deber ir al final y ordenarse por orden alfabtico segn el

    apellido del autor: Referencias bibliogrficas

    Bnabent, Alain (2012), Droit de la famille, 2 edicin, Pars, Montchrestien.

    Corral Talciani, Hernn (2007), Bienes familiares y participacin en los gananciales, 2 edicin, Santiago de Chile, Editorial jurdica de Chile.

    Gmez de la Torre Vargas, Maricruz (2007), El sistema filiativo chileno, Santiago de Chile, Editorial jurdica de Chile.

    Roca, Encarna (1999), Familia y cambio social, Madrid, Civitas.

    Vodanovic Haklicka, Antonio (2004), Derecho de alimentos, 4 edicin, Santiago de Chile, LexisNexis. Si en la bibliografa se repite un autor, deber incluirse de esta forma:

    Gmez de la Torre Vargas, Maricruz (2013), La compensacin econmica en la Ley de Matrimonio Civil, Compensacin econmica. Doctrinas esenciales, Cristin Lepin (dir.), Santiago de Chile, LegalPublishing-Thomson Reuters.

    Gmez de la Torre Vargas, Maricruz (2007), El sistema filiativo chileno, Santiago de Chile, Editorial jurdica de Chile.

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    1Revista de Derecho de FamiliaN 2 - 2014, Pginas 1 - 10

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    NDICE GENERAL

    editoRial ......................................................................................... 13

    doctRiNa NacioNal

    Herramientas de gestin judicial para los juzgados de Familia ...... 17Pedro Garca Muoz

    La importancia de la identidad. Significado de la verdad en ma-teria de filiacin ......................................................................... 41Maricruz Gmez de la Torre VargasResponsabilidad civil y matrimonio en el ordenamiento jurdico espaol ...................................................................................... 69David Vargas Aravena

    Potestad cautelar del juez de familia ............................................ 103Cristin Lepin Molina - Ignacio Araya Paredes

    doctRiNa iNteRNacioNal

    Naturaleza jurdica y autonoma del Derecho Familiar ................. 133Julin Gitrn Fuentevilla

    La igualdad de los cnyuges en el Derecho francs ....................... 165Rmy Cabrillac

    La gestacin tras el diagnstico neurolgico de muerte: Gesta-cin post mortem? ....................................................................... 175Leonardo B. Prez Gallardo

    aNlisis legislativo

    La reforma del derecho de los alimentos. Cdigo Civil y Ley N 14.908. Boletn N 7.765-07 ................................................... 201Pablo Cornejo Aguilera

    comeNtaRios de JuRispRudeNcia

    Ley N 20.680 de 2013 en los tribunales ...................................... 249Mara Sara Rodrguez Pinto

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    2 Revista de Derecho de FamiliaN 2 - 2014, Pginas 1 - 10

    De la prescripcin de las pensiones alimenticias devengadas ......... 257Alejandro Krausz Bitrn

    JuRispRudeNcia

    deRecho de Familia coRte de apelacioNes

    1. Cumplimiento de alimentosAplicacin de las normas comunes a todo procedimiento en el procedimiento de cumplimiento de alimentos ............................. 263Rol N 270-2014, de 9 de abril de 201

    2. Declaracin de susceptibilidad de adopcinProcede susceptibilidad de adopcin si se verifica imposibili-dad de mantener al nio dentro de su familia de origen. Deber de fortalecimiento de la familia por parte del Estado. Rechazo de la susceptibilidad de adopcin si existe un miembro de la familia que desea y puede tener la proteccin y cuidado del nio .......................................................................................... 266Rol N 549-2013, de 4 de abril de 2014

    3. Indemnizacin de perjuicios por divorcio culpableI. Aplicacin de la normativa general de responsabilidad civil en el mbito de las relaciones de familia. II. Alcance del artculo 54 de la Ley de Matrimonio Civil. Indemnizacin de daos derivados de hechos causales del divorcio sancin se rige por las normas de la responsabilidad extracontractual. III. Factores para determinar el monto de la indemnizacin ..................................................... 272Rol N 507-2013, de 3 de abril de 2014

    4. Cumplimiento de alimentosAccin de cobro de pensiones alimenticias devengadas o atrasadas es prescriptible .......................................................................... 293Rol N 571-2013, de 2 de abril de 2014

    5. Divorcio y compensacin econmicaProcedencia de la compensacin econmica requiere la existencia de menoscabo en el cnyuge que la solicita .................................. 298Rol N 141-2013, de 28 de marzo de 2014

    6. Rebaja de AlimentosLlamado a conciliacin en audiencia preparatoria es trmite esencial en procedimiento de familia. Omisin de llamado a las partes a conciliacin constituye causal de casacin en la forma de oficio .................................................................................... 302Rol N 899-2013, de 28 de marzo de 2014

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    3Revista de Derecho de FamiliaN 2 - 2014, Pginas 1 - 10

    7. Cuidado personalNotificacin por carta certificada se entiende practicada al tercer da de su expedicin. Cmputo plazo para recurrir de apelacin ..... 306Rol N 2516-2013, de 14 de febrero de 2014

    8. Recurso de hechoProcedencia de la apelacin en contra de la resolucin que rechaza solicitud de rebaja de alimentos provisorios ................................. 308Rol N 90-2014, de 14 de febrero de 20149. Imputacin de pagos a pensin alimenticiaTramitacin como medida cautelar sin mediar objeciones. Pro-cedencia del recurso de apelacin ............................................... 310Rol N 25-2014, de 7 de febrero de 2014

    10. AlimentosImprocedencia de no admitir a tramitacin la demanda recon-vencional de divorcio. Acumulacin necesaria en sede de familia. Posibilidad de interponer demanda reconvencional de divorcio por la demandante principal de alimentos ................................... 312Rol N 508-2013, de 4 de febrero de 2014

    11. AlimentosPadre a quien se ha conferido la patria potestad del hijo le corres-ponde su representacin judicial. Madre que no tiene cuidado personal carece de titularidad activa para exigir pago o reajuste alguno de las pensiones alimenticias ya devengadas ...................... 316Rol N 112-2014, de 27 de junio de 2014

    12. Divorcio culpableCausal de transgresin grave de los deberes matrimoniales. Abandono continuo y reiterado del hogar comn ......................... 319Rol N 23-2014, de 26 de junio de 2014

    13. Divorcio culposoI. Adulterio constituye transgresin grave y reiterada del deber de fidelidad. II. Desafectacin de bien familiar. Desafectacin no opera por el solo ministerio de la ley como consecuencia de la sentencia de divorcio. III. Compensacin econmica, acogida. Procede rebaja por tratarse de divorcio por culpa ........................ 323Rol N 90-2013, de 26 de junio de 2014

    14. Recurso de amparoIncumplimiento del rgimen de relacin directa y regular. Me-didas de apremio. Orden de arresto ............................................. 331Rol N 1035-2014, de 13 de junio de 2014

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    4 Revista de Derecho de FamiliaN 2 - 2014, Pginas 1 - 10

    15. Medida de proteccin a favor de menorSimple amenaza de derechos que afecte al nio hace indispensable la intervencin judicial ............................................................... 337Rol N 172-2014, de 12 de junio de 2014

    16. Recurso de amparoReclusin nocturna decretada por la Corte de Apelaciones. Compensacin econmica fijada en una suma nica, sin cuotas, no puede asimilarse a los alimentos ............................................. 340Rol N 102-2014, de 6 de junio de 2014

    17. Cuidado personalI. Frente a informes psicolgicos contradictorios para determi-nar las habilidades parentales de la madre se preferir el que sea ms acorde con el resto de la prueba. II. Rgimen de relacin directa y regular debe establecerse en aras del inters superior del nio .......................................................................................... 344Rol N 887-2013, de 4 de junio de 2014

    18. Cumplimiento de alimentosSuspensin de la prescripcin extintiva no puede ser indefinida. Limitacin del artculo 2520 inciso 2 del Cdigo Civil pretende delimitar a un mximo de diez aos el plazo que pudiera encon-trarse detenido el transcurso de la prescripcin ........................... 350Rol N 459-2014, de 3 de junio de 2014

    19. AlimentosI. Sentenciador est facultado para regular la forma y la cuanta de los alimentos. II. Alimentos que se fijen por el tribunal de-ben permitir al menor subsistir modestamente de acuerdo a su posicin social. Principio del Inters Superior del Nio. Ambos padres son responsables del bienestar del menor .......................... 354Rol N 86-2014, de 20 de mayo de 2014

    20. Impugnacin de filiacin no matrimonialTratamiento de fertilizacin asistida o inseminacin artificial. I. Filiacin no matrimonial. Principio del Inters Superior del Nio. Estado debe respetar el derecho del nio a preservar su identidad y las relaciones familiares. II. Inters de la madre de mantener en el anonimato la identidad del padre de su hija no puede estar por encima del inters superior de la menor de co-nocer la identidad de sus progenitores ......................................... 359Rol N 442-2013, de 20 de mayo de 2014

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    21. Cumplimiento de alimentosI. Derecho a pedir alimentos es imprescriptible; no as las pensiones que han sido determinadas. II. Suspensin de la prescripcin a favor de los menores resulta aplicable slo a la prescripcin ordinaria ... 366Rol N 197-2014, de 2 de mayo de 2014

    22. Cuidado personalMenor que permanece con su padre desde la salida del colegio hasta que la madre vuelve del trabajo. Padre es quien puede brindarle un mayor equilibrio emocional al menor ....................... 369Rol N 110-2014, de 2 de mayo de 2014

    deRecho de Familia coRte supRema1. Divorcio y compensacin econmicaRequisitos de la compensacin econmica. Carga de la prueba ..... 373Rol N 4647-2014, de 21 de abril de 2014

    2. ExequturFinalidad de la adopcin es proporcionar una familia al adoptado. Aplicacin del principio del inters superior del nio. Solicitantes que estn en condiciones de dar afecto y satisfacer las necesidades espirituales y materiales del menor adoptado ............................... 378Rol N 2843-2014, de 8 de abril de 2014

    3. DivorcioMinisterio Pblico debe ser odo en los juicios sobre el estado civil de las personas. Vicio de procedimiento al faltar un trmite esencial previsto por la ley .......................................................... 383Rol N 7791-2013, de 8 de abril de 2014

    4. Suspensin de patria potestad y designacin de curador generalPerjuicio que exige el artculo 267 del Cdigo Civil para decretar la suspensin de la patria potestad requiere la constatacin de una lesin en los derechos personales o patrimoniales del menor ........ 387Rol N 12917-2013, de 1 de abril de 2014

    5. Declaracin de bien familiarBienes familiares buscan proteger el ncleo familiar. Improce-dencia de declarar bien familiar inmueble ocupado slo por uno de los cnyuges. Concepto de familia no puede extenderse a cada uno de los cnyuges individualmente considerados ...................... 394Rol N 9439-2013, de 31 de marzo de 2014

    6. Reclamacin de filiacinI. Presunto padre que fallece antes de la entrada en vigencia de la Ley N 19.585. Plazo de caducidad para ejercer reclamar la

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    filiacin se computa desde que el hijo demandante alcanza la mayora de edad. II. Transmisibilidad de las acciones de filiacin, excepciones. III. Cosa juzgada no se configura por la sola exis-tencia de un litigio anterior. IV. Voto disidente: Procedencia de la prohibicin de demandar a los herederos del presunto padre fallecido antes de la entrada en vigencia de la Ley N 19.585......... 399Rol N 12551-2013, de 28 de marzo de 20147. AlimentosDeterminacin de la capacidad econmica y la existencia de otras cargas de familia. II. Pensin acordada convencionalmente a favor de otra carga de familia no puede ser considerada al momento de fijar la pensin de alimentos demandada ni al determinar su lmite mximo ........................................................................... 419Rol N 7798-2013, de 18 de marzo de 20148. Liquidacin de sociedad conyugalSentencia que contiene los fundamentos necesarios y la enuncia-cin de las normas que le permiten declarar la improcedencia de la accin deducida. Bienes que componen el patrimonio reservado de la mujer ingresarn a la liquidacin de la sociedad conyugal en la medida que ella no renuncie a los gananciales ...................... 425Rol N 16342-2013, de 11 de marzo de 2014, Corte Suprema9. Secuestro internacional de niosRestitucin internacional de un menor. Aplicacin de la Conven-cin sobre los Aspectos Civiles del Secuestro Internacional de Nios. Excepcin que permite no disponer el regreso del menor. Grave riesgo fsico o psquico, o situacin intolerable en que se coloca al nio. Improcedencia de la autotutela ............................. 431Rol N 9869-2013, de 11 de marzo de 201410. Impugnacin de paternidadI. Derecho a ser odo integra el derecho al debido proceso. Posibi-lidad u oportunidad del menor de ser odo en la sustanciacin de un proceso en que se pretende determinar su identidad constituye un trmite esencial. III. Medios de prueba para determinar la filiacin. Tribunal de segunda instancia no puede desestimar incorporar resultados de la pericia de ADN que haba sido prac-ticada en primera instancia ......................................................... 439Rol N 12057-2013, de 26 de febrero de 201411. Exequtur (divorcio)I. Chile y Argentina suscribieron el Cdigo de Derecho Interna-cional Privado. II. Divorcio unilateral por cese de la convivencia.

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    III. Cumplimiento de sentencias dictadas en pas extranjero. Reconocimiento en Chile de sentencias de divorcio dictadas por tribunales extranjeros ................................................................ 446Rol N 10251-2013, de 26 de febrero de 2014

    12. Cuidado personalExistencia de causa calificada para entregar el cuidado personal al padre. Mantencin de la situacin fctica en la cual el nio goza de estabilidad. Alteracin que podra afectar el desarrollo del nio al desarraigarlo de su ncleo bsico. Ponderacin de los factores del artculo 225-2 del Cdigo Civil .................................. 450Rol N 10358-2013, de 13 de febrero de 2014

    13. Alimentos menoresSituacin acomodada del alimentante. Situacin desmedrada de la madre del menor. Proporcionalidad de los alimentos. Inters superior del nio ....................................................................... 457Rol N 11589-2013, de 11 de febrero de 2014

    14. Declaracin de susceptibilidad de adopcinI. Presupuestos de procedencia de la declaracin de susceptibili-dad de adopcin. II. Menores de edad deben mantener vnculos con su familia extendida ante la inhabilidad temporal de los pa-dres. III. Voto disidente: Subsidiariedad de la adopcin. Familia de origen debe contar con las capacidades y habilidades paren-tales necesarias. Ley de Adopcin privilegia ante todo el interssuperior del menor..................................................................... 462Rol N 6096-2013, de 30 de enero de 2014

    15. Declaracin de susceptibilidad de adopcinI. Nueva ponderacin de los medios de conviccin allegados a la causa es improcedente mediante recurso de casacin en el fondo. II. Voto disidente: Vida y futuro de un menor debe analizarse y proyectarse con los elementos de la realidad que lo circunda ........ 475Rol N 6621-2013, de 29 de enero de 2014

    16. Alimentos menoresConcepto de alimentos y de derecho de alimentos. Rubros que comprende el derecho de alimentos. Consideracin de las reales necesidades del alimentario en la regulacin de los alimentos. Proporcionalidad de los alimentos. Improcedencia de imponer la totalidad de la obligacin alimenticia a un proge-nitor .......................................................................................... 482Rol N 6112-2013, de 22 de enero de 2014

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    17. Nulidad relativa de aval constituido en pagarSlo resultan obligados bienes propios para el caso en que el marido se constituya en aval. Se requiere autorizacin de la mujer cuando se obliguen bienes sociales .............................................. 489Rol N 14246-2013, de 16 de enero de 2014

    18. Denuncia de violencia intrafamiliarNo es suficiente para fundamentar la sentencia la sola afirmacin de la existencia de violencia intrafamiliar. Ausencia de fundamen-tos necesarios que deben servir de base y justificar la decisin adoptada ................................................................................... 492Rol N 6895-2013, de 16 de enero de 2014

    19. DivorcioIncumplimiento del requisito de la sentencia de contener los fundamentos necesarios que sirvan de base y justificacin de decisin adoptada ...................................................................... 497Rol N 6475-2013, de 13 de enero de 2014

    20. Desafectacin de bien familiarI. Casos en que procede desafectar un bien declarado familiar. Desafectacin de un bien familiar, requisitos y formas. II. Fina-lidad de los bienes familiares ...................................................... 501Rol N 4663-2013, de 13 de enero de 2014

    21. Cuidado personalI. Apreciacin de la prueba conforme a las reglas de la sana crtica. II. Casacin en el fondo no permite realizar una nueva ponderacin de los medios de conviccin allegados a la causa ....... 508Rol N 6259-2013, de 6 de enero de 2014

    22. Secuestro internacional de nios .......................................................Restitucin internacional de un menor, acogida. Aplicacin de la Convencin sobre los Aspectos Civiles del Secuestro Interna-cional de Nios. Excepcin que permite no disponer el regreso del menor. Grave riesgo fsico o psquico, o situacin intolera-ble en que se coloca al nio. Principio de inters superior del nio .......................................................................................... 514Rol N 16650-2013, de 16 de junio de 2014

    23. Distraccin u ocultacin dolosa de bienes de la sociedad con-yugalCesin de derechos sociales en una sociedad de responsabilidad limitada. Derechos sociales adquiridos a ttulo oneroso y durante la vigencia de la sociedad conyugal. Bienes que ingresan al haber

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    absoluto de la sociedad conyugal. Actuar doloso en la distraccin u ocultacin de bienes de la sociedad conyugal ............................ 520Rol N 345-2013, de 16 de junio de 201424. ExequturSentencia de divorcio dictada en el extranjero por malos tratos e infidelidad se encuadra dentro de las causales legales con-templadas en nuestro ordenamiento jurdico. Procedencia del exequtur al concurrir las circunstancias exigidas en el artculo 245 del Cdigo de Procedimiento Civil ....................................... 531Rol N 7306-2012, de 9 de junio de 201425. Cumplimiento de alimentosRecurso de queja, finalidad y presupuestos de procedencia .......... 535Rol N 6159-2014, de 4 de junio de 201426. Rebaja de alimentosNo se acredit cambio en las circunstancias de las partes. Hechos de la causa son inamovibles a menos que se denuncie quebran-tamiento a las normas reguladoras de la prueba ........................... 543Rol N 8414-2014, de 4 de junio de 201427. Accin de reforma de testamentoLegitimacin activa en la accin de reforma de testamento. I. Disolucin del matrimonio por sentencia de divorcio firme y ejecutoriada. II. Subinscripcin al margen de la inscripcin matrimonial de la sentencia de divorcio es un requerimiento para efectos de oponibilidad de la misma ............................................ 545Rol N 3126-2013, de 28 de mayo de 201428. DivorcioI. Aplicacin de las normas de la nueva Ley de Matrimonio Civil a hechos acaecidos con anterioridad a su entrada en vigencia. II. Compensacin econmica, acogida. Dedicacin de la cnyuge solicitante al cuidado de los hijos y a las labores del hogar comn. Menoscabo econmico producido por la ausencia de cotizaciones previsionales .............................................................................. 551Rol N 10762-2013, de 20 de mayo de 201429. DivorcioCompensacin econmica, acogida. I. Compensacin econmica no requiere que la solicitante se haya visto obligada o forzada a no trabajar remuneradamente. II. Presunciones judiciales. Dedicacin de la cnyuge al cuidado de los hijos y del hogar. III. Principio de desasimiento del tribunal .................................. 561Rol N 14121-2013, de 8 de mayo de 2014

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    30. DivorcioDivorcio culpable, acogido. I. Obligacin de los cnyuges de guar-darse fe. Lealtad sexual no slo se transgrede con la mantencin de relaciones sexuales con una persona de otro sexo o del mismo. II. Causal de divorcio de conducta homosexual. Exigencia de un comportamiento objetivo externo. Sola condicin o tendencia homosexual no configura la causal .............................................. 569Rol N 7795-2013, de 7 de mayo de 2014

    31. DivorcioI. Causal de divorcio de transgresin grave y reiterada del deber de socorro. Marido que hace abandono del hogar comn, pero sigue manteniendo a su mujer. II. Compensacin econmica, rechazada. Solicitante de compensacin que no acredita que por dedicarse a los hijos y al hogar se vio impedida de trabajar ........... 577Rol N 5774-2013, de 7 de mayo de 2014

    ReceNsioNes

    Compendio de Normas de Derecho de Familia. Cristin Lepin Molina (ThomsonReuters, 2014) ................................................ 585Claudia Schmidt Hott

    Compensacin econmica. Doctrinas esenciales. Cristin Lepin Molina (Director) y Karen Muoz Villagra (Coordi-nadora) (Thomson Reuters, 2013) ............................................... 589Gloria Negroni Vera