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Indicadores de progreso para la medición de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Los Estados parte deben “…. Garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás información pertinente sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas para prevenir, sancionar y eliminar la violencia contra la mujer y de formular y aplicar los cambios necesarios.” (art 8, h, Convención Belem do Pará)

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Indicadores de progreso para la medición de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y

Erradicar la Violencia contra la Mujer

Los Estados parte deben “…. Garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás información pertinente sobre las causas,

consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas para prevenir, sancionar y eliminar

la violencia contra la mujer y de formular y aplicar los cambios necesarios.” (art 8, h, Convención Belem do Pará)

MESECVI

• Define a la violencia contra las mujeres como una violación de susderechos humanos.

• Establece por primera vez el desarrollo de mecanismos de proteccióny defensa de los derechos de las mujeres.

En 2004 se creó el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará - MESECVI.

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar

y Erradicar la Violencia contra la Mujer

Secretaría Técnica

• CIM

• Enlace entre Estados y

Expertas

• Enlace entre MESECVI y

sociedad civil

Comité de Expertas (CEVI)

• Evalúa informes de los

Estados y emite

recomendaciones

• Elabora Informes Hemisféricos

• Seguimiento de las

recomendaciones

Sociedad Civil

• Participa en procesos

implementados por los

Estados

• Presenta informes sombra

por países ante el Comité de

Expertas

Conferencia de Estados

Parte (CEP)

• Implementan la Convención

• Preparan informes sobre las

políticas implementadas

• Implementan las

recomendaciones

¿Quiénes conforman el MESECVI?

• Analiza avances en la implementación de la Convención por sus Estados Parte.

• Analiza desafíos persistentes en las respuestas Estatales ante la violencia contra lasmujeres.

1a Ronda

(2008-2010)

2a Ronda

(2010-2013)

¿Como funciona el MESECVI?

• Por Rondas de Evaluación Multilateral (REM), que incluyen:

1.Etapa de Evaluación Informes por país.

Informe Hemisférico (2008 y 2012)

2.Etapa de Seguimiento Informe de Seguimiento (2010 y 2013)

INTRODUCCIÓN

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) (1994) :

- Primer instrumento del sistema interamericano de derechos humanos que reconoce que cualquier tipo de violencia ejercida contra las mujeres constituye una violación de los derechos humanos fundamentales y una forma de discriminación contra las mujeres

- Art. 5: Toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y contará con la total protección de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Los Estados partes reconocen que la violencia contra la mujer impide y anula el ejercicio de esos derechos

INTRODUCCIÓN (II)

Obligaciones estatales:

- Obligación de respetar, proteger y garantizar los Derechos

Humanos de las Mujeres

- Establecer instrumentos de seguimiento que permitan medir el

cumplimiento de las obligaciones en materia de Derechos

Humanos. Art. 10 de la Convención.

- Deber de aportar información desagregada -con distintos niveles

de disponibilidad según los países- que permite identificar los

avances y retrocesos en relación con los indicadores sociales

tradicionales aplicados a la situación de las mujeres, sean éstas

adultas, adultas mayores o niñas y adolescentes. Art. 8 h

INTRODUCCIÓN (III)

Seguimiento a las Obligaciones estatales:

- Últimas décadas: debate académico y político en el marco de la

ONU y de la OEA sobre la necesidad de medir el grado de

cumplimiento de los Estados en satisfacer y hacer efectivos los

derechos humanos a través de la creación de indicadores

específicos, especialmente en materia de DDHH con el objetivo

de avanzar en el seguimiento de las obligaciones positivas de los

Estados

INDICADORES DE DERECHOS HUMANOS

FUNCIÓN INDICADORES: - Evaluar el cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos por

parte de los Estados- Comparar, analizar progresos y consolidar los esfuerzos generando y

utilizando información cuantitativa y cualitativa sobre el cumplimiento de los derechos humanos

CIDH (2008b: 15):- Define indicadores de derechos estableciendo su relación con las

normas y su objetivo de verificar el cumplimiento de obligaciones suscritas en un tratado internacional de derechos humanos

- Entiende que el proceso de construcción de indicadores en derechos humanos busca utilizar los datos sobre la situación social y económica como referentes para el análisis de las obligaciones progresivas de los Estados frente a derechos sociales

Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador:- Documento de indicadores de progreso (OEA, 2011), guía sobre la cual

los Estados partes deben informar sobre los avances en los derechos incluidos en el instrumento DDHH del sistema regional

INDICADORES DE DERECHOS HUMANOS

Indicadores de Derechos [1]

- Principios de interdependencia, indivisibilidad y universalidad de los

derechos humanos fundamentales

- Cuantifican y cualifican la conducta de los Estados y establecen

interrelaciones en los avances en la satisfacción de los DESC en

relación con los derechos civiles y políticos

Enfoque de derechos, tanto el sistema universal deprotección de derechos humanos como el interamericano, hanoptado por clasificar los indicadores diferenciando entre:

- Indicadores de progreso: Estructurales o De proceso- Indicadores de resultados

[1] Paul Hunt, recomendó esta clasificación que fue adoptada en el documento de Indicadores para la medición de las obligaciones

contempladas en el Protocolo de San Salvador Indicadores de progreso para medición de derechos contemplados en el Protocolo de

San Salvador (OEA/Ser. L/XXV.2.1.GT/PSSI/doc.2/11), GTPSS, Washington D.C., diciembre 2011

FUENTES DE INFORMACIÓN E INICIATIVAS DE MEDICIÓN EXISTENTES

MESECVI:

- Papel preponderante a la producción y sistematización deinformación vinculada con el seguimiento de la Convención deBelém do Pará, (artículo 8 inciso (h))

- En sus Rondas de Evaluación, la revisión de la informaciónempírica que elaboran y proveen los Estados es uno de los ejesfundamentales de la revisión que incluyen, además, un panorama normativo, los planes de violencia, la condiciones de acceso a la justicia, la asignación presupuestaria y los servicios especializados existentes[2]

[2] En la primera ronda de evaluación los cuatro temas centrales alrededor de los cuales se organizaba el

instrumento de recolección de información eran: legislación, acceso a la justicia, presupuesto e información y

estadísticas

Indicadores de Seguimiento – 2da RS

Para la 2da RS se tomaron en cuenta las siguientes iniciativas existentes

1.En el Sistema Interamericano de Derechos Humanos:

•“Lineamientos para la Elaboración de Indicadores de progreso en materia de derechos Económicos, Sociales y Culturales”. Desarrollado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.http://www.cidh.org/pdf%20files/LlineamientoS%2019%20DE%20OCTUBRE.pdf

•“Indicadores de Progreso para medición de derechos contemplados en el Protocolo de San Salvador”. Desarrollado por el Grupo de Trabajo y aprobado por los 35 Estados miembros de la OEA en la Asamblea General de Cochabamba, Bolivia, de junio de 2004.http://scm.oas.org/pdfs/2011/CP25807-II.pdf

Indicadores de Seguimiento – 2da REM

• “Indicadores sobre violencia contra las mujeres. Sistematización y evaluación crítica”. Instituto Interamericano de Derechos Humanos.

http://www.iidh.ed.cr/BibliotecaWeb/Varios/Documentos/BD_1455227803/indicadores/Informeindicadores.pdf

Indicadores de Seguimiento – 2da REM

2. En el Sistema Universal de Derechos Humanos:

Se dieron iniciativas que se tomaron en cuenta para la construcción de los indicadores.

- “Guía de asistencia técnica para la producción y el uso de indicadores de género”. Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Naciones Unidas, 2006.

http://www.eclac.cl/publicaciones/xml/1/26731/Guia%20asistencia.pdf

- Indicadores de Derechos Humanos. Guía para la medición y la aplicación. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2012.

http://www.ohchr.org/Documents/Publications/Human_rights_indicators_sp.pdf

Indicadores de Seguimiento – 2da REM

3. Otras iniciativas:- “¿Cómo medir la violencia contra las mujeres en México?”.

Iniciativa desarrollada por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), 2011.

http://www.equidad.scjn.gob.mx/IMG/pdf/Libro_Indicadores_VcM_Final.pdf

FUENTES UTILIZADAS POR LOS MECANISMOS NACIONALES

- Encuestas representativas de población: Permiten conocer la dimensión del problema (incidencia y prevalencia) estimando los diversos hechos de violencia en sus distintas manifestaciones

- Registros administrativos de las instituciones prestadoras dediversos servicios: Permiten capturar la información de los hechos de violencia efectivamente registrados, ya sea por haber sido denunciados (e ingresados en los sistemas de información de la policía o fuerzas de seguridad, clasificados bajo un tipo penal o figura contravencional específica, según sea el caso) o porque sus víctimas hubieran buscado asistencia

- Causas ingresadas al sistema de justicia. Por la denuncia de la propia mujer involucrada o por denuncias de terceras personas en los casos en que esto está habilitado por la legislación vigente

INDICADORES PARA EL SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ: INDICADORES ESTRUCTURALES

Reflejan la ratificación o aprobación de instrumentos jurídicos internacionales básicos para facilitar la realización de un derecho humano fundamental

Relevan información para evaluar cómo se organiza el aparato institucional y el sistema legal del Estado para cumplir las obligaciones de la Convención

Identifican si existen o se han adoptado medidas, normas jurídicas, estrategias, planes, programas o políticas o se han creado agencias públicas, destinadas a implementar esos derechos

Se concentran en las leyes internas de los países relacionadas con el derecho a vivir una vida libre de violencia y los mecanismos institucionales que promueven y protegen las normas

INDICADORES PARA EL SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ: INDICADORES DE PROCESO

Medir la calidad y magnitud de los esfuerzos del Estado para implementar los derechos, a través de la medición del alcance, la cobertura y el contenido de las estrategias, planes, programas, o políticas u otras actividades e intervenciones específicas encaminadas al logro de metas que corresponden a la realización de un determinado derecho

Estos indicadores ayudan a vigilar directamente la aplicación de las políticas públicas en términos de la realización progresiva de derechos

Pueden ofrecer información sobre la variación en los niveles de calidad o cobertura de programas o servicios sociales en un determinado período de tiempo

INDICADORES PARA EL SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ: INDICADORES DE RESULTADO

Reflejan los logros individuales y colectivos que indican el estado de realización de un derecho humano en un determinado contexto

Buscan medir el impacto real de las estrategias, programas, intervenciones del Estado

Constituyen un indicio de cómo impactan esas acciones públicas sobre aquellos aspectos que definen el grado de efectividad de un derecho de la Convención

INDICADORES: RECEPCIÓN DEL DERECHO

Forma en que los derechos protegidos en la Convención se encuentran incorporados en el sistema normativo doméstico y en las políticas públicas

Relevar el nivel, las normas que lo reconocen, así como la operatividad y la jerarquía normativa

Obtener información sobre el alcance de ese reconocimiento, esto es el grado de precisión con que se definen las obligaciones básicas del Estado o los estándares mínimos exigibles, al mismo tiempo que se solicita la indicación de quienes son los titulares individuales o colectivos de ese derecho y las condiciones para su ejercicio

Por último, las garantías o vías de reclamo disponibles (tanto administrativas como judiciales) en caso de incumplimiento de las obligaciones respectivas como también la jurisprudencia relevante

INDICADORES: CONTEXTO FINANCIERO BÁSICO Y COMPROMISOS PRESUPUESTARIOS

Disponibilidad efectiva de recursos del Estado para ejecutar el Gasto Público Social

Distribución medida de la manera usual (porcentaje del Producto Bruto Interno para cada sector social) o por otros indicadores

Compromisos presupuestarios que permiten evaluar la importancia que el propio Estado le está asignando al derecho en cuestión

Garantías o vías de reclamo disponibles (tanto administrativas como judiciales) en caso de incumplimiento de las obligaciones respectivas como también la jurisprudencia relevante

INDICADORES: CAPACIDADES ESTATALES O INSTITUCIONALES

Describe un aspecto técnico instrumental y de distribución de recursos de poder al interior del aparato estatal

Un aspecto relevante para medir las capacidades estatales es la existencia de organismos de control, monitoreo y evaluación de los programas y servicios sociales dentro de la estructura estatal

Busca captar información relativa a la accesibilidad de los servicios y programas sociales organizados por el Estado, considerando por ejemplo el acceso físico, la publicidad de los servicios y la pertinencia cultural, que en este último caso suele actuar como un obstáculo para el acceso de cierta parte de la población a los servicios

PROPUESTA PARA EL SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ

Art. 1 de la Convención de Belém do Pará: “Para los efectos de esta Convención, debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como privado”

Art. 2 establece: “Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica:

a. que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual;

b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y

c. que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra”

PROPUESTA PARA EL SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ (II)

Art. 3 que establece:“Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en elámbito público como privado.”

Art. 7 dispone: “Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra lamujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sindilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicardicha violencia y en llevar a cabo lo siguiente:(…)

c. incluir en sus legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra lamujer

(…)h. Adoptar las disposiciones legislativa o de otra índole que sean

necesaria para hacer efectiva esta Convención.”

Estándares de DDHHDesde el corpus de producción de las distintas instancias del sistema de

derechos humanos se han definido los siguientes estándares:

• contenido mínimo y universalidad de los derechos, • utilización al máximo de los recursos disponibles; • progresividad y no regresividad; • igualdad y no discriminación; • acceso a la justicia y mecanismos de reclamo; • producción y acceso a la información; y • participación de los sectores afectados en el diseño de las políticas

públicas[1]. •

[1] Pautassi (2010).

PROPUESTA PARA EL SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ (III)

En base a la metodología y marco teórico descrito en los apartados anteriores y tomando en cuenta los derechos contemplados en la Convención de Belém do Pará, en la siguiente tabla se avanza en la descripción detallada de la propuesta de indicadores para la medición de la violencia contra la mujer, de un modo que permita capturar los progresos y avances de los Estados Parte

Para ilustrar la forma en que los indicadores presentamos una parte de los indicadores de legislación, los tres tipos de indicadores vinculados en las tres dimensiones en las que participan.

Indicadores de Seguimiento – 2da REM• Indicadores de progreso para la medición de la violencia contra la mujer

LEGISLACIÓN

ESTRUCTURAL PROCESO RESULTADO

RECEPCIÓN DEL DERECHOIndicador Incorporación de Belém do Pará en el

ordenamiento jurídico nacional (con rango constitucional, supralegal o legal) R1Incorporación del concepto de violencia basada en género de acuerdo con la definición de la Convención, en la legislación de violencia. R1Incorporación de la violencia psicológica, física, sexual, patrimonial, económica, institucional, política y otras en la legislación de violencia, considerando niñas y adolescentes, mujeres adultas y adultas mayores, de diversidad étnica, afrodescendientes, rurales, con discapacidades, embarazadas, en situación socioeconómica desfavorable, con opciones sexuales diversas, por su identidad sexual, en situación de migrantes o afectadas por situaciones de conflictos armados, refugiadas, desplazadas, privadas de la libertad. R1

Procesos de ratificación de la Convención de Belém do Pará. Leyes específicas sobre violencia en el país y a nivel federal, estadual o provincial o local, de acuerdo a su división legislativa. R1Cantidad de informes presentados por el país a los órganos de supervisión internacional en relación con el derecho a la vida libre de violencia.Cantidad de contrainformes presentados por la sociedad civil a los órganos de supervisión internacional en relación con el derecho a la vida libre de violencia.Número de oficinas, secretarías o mecanismos estatales especializados en violencia contra la mujer. Cobertura por jurisdicciones (nacional, estadual,provincial, local).

Tasa de violencia en base a encuestas: número de niñas y adolescentes, mujeres adultas y adultas mayores, que declaren haber sido víctimas de cualquier forma de violencia, por rango de edad, (psicológica, física, sexual, patrimonial, económica y otras) ejercida por una pareja, exparejaen los últimos doce meses, dividido por el total de mujeres en esas mismas edades, multiplicado por 100.000 y dividido entre el número de mujeres que habita el país.R1, R40Tasa de violencia en base a encuestas: número de niñas y adolescentes, mujeres adultas y adultas mayores, que declaren haber sido víctimas de cualquier forma de violencia, por rango de edad, (psicológica, física, sexual, patrimonial, económica y otras) ejercida por una pareja, expareja a lo largo de la vida, dividido por el total de mujeres en esas mismas edades, multiplicado por 100.000 y dividido entre el número de mujeres que habita el país.R1, R40

Indicadores de Seguimiento – 2da REM• Indicadores de progreso para la medición de la violencia contra la mujer

LEGISLACIÓN

CONTEXTO FINANCIERO BÁSICO Y COMPROMISOS PRESUPUESTARIOS

Indicador Leyes específicas de violencia que incluyen asignación de partidas presupuestarias. R1, R34Ley nacional de presupuesto con gastos etiquetados para la implementación de leyes, programas, planes de violencia.R1, R34, R35Ley nacional de presupuesto con identificación de fondos asignados para los mecanismos de la mujer, oficinas especializadas, sector salud, sector educación, etc. R1,R34

Publicación de informes sobre asignación presupuestaria y su ejecución R35

Porcentaje de ejecución del presupuesto asignado para programas, planes e instituciones vinculadas con distintas formas de violencia contra las mujeres. R35

Señales cualitativas de progreso

Número y características de organizaciones de la sociedad civil que participan en iniciativas de control presupuestario y su ejecución.

Publicidad y difusión de información pública sobre presupuesto y su ejecución R35

Publicación de informes finales sobre presupuesto y su ejecuciónR35

Indicadores de Seguimiento – 2da REM

CAPACIDADES ESTATALES

Indicador Protocolos de atención para garantizar la operatividad de las normas sancionadas en relación con las distintas formas de violencia R10, R11, R15, R27Protocolos de actuación para operadores de justicia, (prestadores de servicios) de salud, educadores/as, funcionarios/as públicos/as en relación con las distintas formas de violencia. R10, R11, R15, R27Personal de infraestructura, equipamiento y prestación de servicios especializados de salud en las comunidades indígenas, rurales. R9

Procesos participativos de elaboración de protocolos de atención para garantizar la operatividad de las normas. R10, R11, R15Publicidad y difusión de los protocolos (procede incluir la publicidad y difusión en los diversos idiomas que se hablen en el país) R10, R11, R15Registros de las acciones realizadas para la difusión y aplicación de los protocolos elaborados R10, R11, R15, R39

Informes de monitoreo del conocimiento, comprensión y aplicación de protocolos y reglamentos específicos en materia de derechos de las mujeres, como parte de evaluaciones periódicas para acceder a incentivos, créditos, escalafones (sectores justicia, salud, educación). R10, R11

Señales cualitativas de progreso

Número y características de organizaciones de la sociedad civil que participan en la elaboración y monitoreo de la aplicación de protocolos, teniendo en cuenta en particular las organizaciones involucradas con las niñas y adolescentes, mujeres adultas y adultas mayores indígenas que son étnicamente diversas, afro-descendientes, rurales, con discapacidad, con diferentes preferencias sexuales, por su identidad sexual, los migrantes, los refugiados, las personas desplazadas o privadas de su libertad. R10

Existencia y funcionamiento de un programa utilizando los conocimientos tradicionales, su difusión y la promoción de la articulación con el sistema general de salud.

Número de mujeres indígenas, ruralessatisfechas con la atención sanitaria recibida. R9Reconocimiento y respeto por el conocimiento tradicional y las prácticas por el sistema general de salud. R9

• Indicadores de progreso para la medición de la violencia contra la mujer

LEGISLACIÓN

Indicadores de Seguimiento – 2da REM• ACCESO A LA JUSTICIA

ESTRUCTURAL PROCESO RESULTADORECEPCIÓN DEL DERECHOIndicador Prohibición explícita en la legislación del

uso de métodos de conciliación, mediación, suspensión del juicio a prueba (probation) aplicación del criterio de oportunidad, conmutación de la pena u otros orientados a resolver extrajudicialmente casos de violencia contra las mujeres R5Existencia de legislación sobre medidas de protección a solicitud de la víctima, de terceras/os o de oficio, antes y durante el proceso administrativo y/o judicial. R26Los procedimientos judiciales contemplan mecanismos para hacer efectivas las medidas de protección y garantizan la seguridad de las mujeres víctimas de violencia, sus hijas/os, y la de sus testigos/as. Entre estos mecanismos se cuentan: R26 Fondos para traslados Mecanismos de rescate de

mujeres Cambio de identidad Protección de testigas/os Salvoconducto para salir del país Redes seguras de referencia Botón de pánico

Porcentaje de órdenes de protección otorgadas en casos de violencia contra las mujeres, con respecto al número de órdenes de protección solicitadas, desagregado por tipos de delitos y/o por tipo de violencia denunciada. R25, R40Sentencias y dictámenes que utilizan e incorporan la Convención de Belém do Pará R28, R40Número de sentencias judiciales o dictámenes de violencia intrafamiliar o por cualquier otra forma de violencia (psicológica, física, sexual, patrimonial, económica, institucional, política, violencia laboral, acoso sexual, acoso político, violencia obstétrica etc.) desagregados por sexo, edad, raza y etnia, condición socioeconómica. R40Número de sentencias o resoluciones relativas a la reparación de las víctimas, con tipo de reparación. R40Existencia de una oficina, relatoría u otros tipos de instancia específica a nivel de los tribunales ordinarios, segunda instancia y Cortes supremas de justicia.

Tasa de violencia no denunciada: número de mujeres adultas, adolescentes y niñas, adultas mayores víctimas violencia en sus diversas manifestaciones, en los últimos doce meses, que no denuncian los hechos de violencia, dividido por el total de mujeres en esas mismas edades. R40Número y porcentaje de niñas y adolescentes, mujeres adultas y adultas mayores que acceden al kit de emergencia en centros asistenciales R39Número y porcentaje de casos conocidos por el ente investigador, por violencia contra las mujeres en sus diferentes manifestaciones y por muertes violentas de mujeres, según estado del proceso:R40 Investigación Acusación Sentencias Desestimados ArchivadosNúmero y porcentaje de casos conocidos por órganos jurisdiccionales del ramo penal (ordinarios y especializados) por diferentes delitos: violencia contra la

Indicadores de Seguimiento – 2da REM

• INFORMACIÓN Y ESTADISTICAESTRUCTURAL PROCESO RESULTADO

RECEPCIÓN DEL DERECHO

Indicador Normativa que contempla la obligación del Estado de realizar encuestas periódicas sobre diversas manifestaciones de violencia contra las niñas y adolescentes, mujeres adultas y adultas mayores. Que consideren tanto el ámbito privado como el público como escenario de ocurrencia de la violencia. R1, R38Normativa que contempla la obligación del Estado de llevar registros administrativos (policiales, judiciales, fiscalías, defensorías, de servicios sociales, de salud, etc.) de los diversos casos de violencia contra niñas y adolescentes, mujeres adultas y adultas mayores en sus diversas manifestaciones.R1, R39Normativa que designa la autoridad competente para llevar adelante la coordinación de esfuerzos para contar con registros administrativos completos. R1, R39Normativa que contempla la obligación del Estado de realizar investigaciones y estudios periódicos para monitorear y evaluar las políticas, planes, programas, estrategias y acciones. R1, R37Normativa que contempla el libre acceso a la información de carácter estadístico generada por las instituciones del sector público. R1, R37

Cantidad de informes presentados por el país a los órganos de supervisión internacional en relación con el derecho a la vida libre de violencia, usando información, estudios y estadísticas oficiales R24Cantidad de informes presentados por el país a los órganos de supervisión internacional en relación con el acceso a la justicia para todas las mujeres, especialmente sobre los órganos y los procedimientos disponibles, las ventajas y obstáculos que presentan y las normas tanto nacionales como consuetudinarias usadas para administrar justicia.

Legislación que contempla el acceso público a la información relevada (en base a encuestas y a registros administrativos)R38Publicación periódica de las estadísticas elaboradas y estudios realizados R37Número de encuestas sobre violencia contra las mujeres. R38

GRACIAS

http://www.oas.org/es/mesecvi