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INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2013 TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS VOLUMEN 7/18

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INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2013

TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS

VOLUMEN 7/18

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ÍNDICE

VOLUMEN 7/18

II.8. DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO 5

II.8.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 5

II.8.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO

DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS

Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES

DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF) 1 5

Auditoría ASCprofcasf/102/13

II.8.1.2. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS

Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES

DEL DISTRITO FEDERAL (SUBSEMUN) 2 81

Auditoría ASCprofcasf/103/13

II.8.1.3. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 171

Auditoría AFLB/133/13

II.8.1.4. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 217

Auditoría AFLB/134/13

II.9. DELEGACIÓN IZTACALCO 285

II.9.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 285

II.9.1.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 285

Auditoría AFLB/135/13

II.9.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 343

Auditoría AFLB/136/13

II.9.2. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA 408

II.9.2.1. VERTIENTES DE GASTO 13 “DESARROLLO Y ASISTENCIA SOCIAL”

Y 20 “URBANIZACIÓN” 408

Auditoría AOPE/105/13

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II.10. DELEGACIÓN IZTAPALAPA 475

II.10.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 475

II.10.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO

DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS

Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES

DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF) 3 475

Auditoría ASCprofcasf/104/13

II.10.1.2. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS

Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES

DEL DISTRITO FEDERAL (SUBSEMUN) 4 559

Auditoría ASCprofcasf/105/13

II.10.1.3. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 638

Auditoría AFLB/137/13

II.10.1.4. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 690

Auditoría AFLB/138/13

* Auditoría practicada a las Secretarías de Finanzas y de Transportes y Vialidad. 1 Auditoría realizada a la Delegación Gustavo A. Madero y a la Secretaría de Finanzas.

2 Auditoría realizada a la Delegación Gustavo A. Madero y a las Secretarías de Seguridad Pública y de Finanzas.

3 Auditoría realizada a la Delegación Iztapalapa y a la Secretaría de Finanzas.

4 Auditoría realizada a la Delegación Iztapalapa y a las Secretarías de Seguridad Pública y de Finanzas.

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5 VOLUMEN 7/18

II.8. DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO

II.8.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS

II.8.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO DE APORTACIONES

PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES

TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF)

Auditoría ASCprofcasf/102/13

ANTECEDENTES

El 15 de febrero de 2010, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF),

celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de los

Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación

al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus Demarcaciones

Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral, Pública o Privada,

que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como de los

correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS),

que celebran la Auditoría Superior de la Federación y la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea legislativa del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 4 de marzo de 2010.

El 31 de marzo de 2014, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de

Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio

Fiscal 2014. La séptima regla establece: “En los Convenios de Coordinación y Colaboración

suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas

Locales] se establecen las bases generales para la fiscalización de los recursos federales

transferidos a las entidades federativas, los municipios y los órganos político-administrativos

de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal”.

Por medio del oficio núm. OASF/0474/2014 del 13 de marzo de 2014, la Oficina del

Auditor Superior de la Federación remitió a esta entidad de fiscalización el listado de las

auditorías que la ASF consideró realizar en el Distrito Federal, en coordinación con la

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CMHALDF, para la revisión de la Cuenta Pública de 2013. Entre ellas se encontraban

las revisiones de los recursos del FORTAMUNDF transferidos a la Delegación Gustavo A.

Madero.

El 27 de diciembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto del

Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, el cual en su

anexo 21 consideró para el Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas

y Municipios” un monto de 513,903,532.0 miles de pesos, de los cuales 54,413,838.1 miles

de pesos (10.6%) correspondieron al FORTAMUNDF.

Asimismo, en el Decreto por el cual se expide la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal de 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre

de 2012, se establecieron en el inciso d), Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de

los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal; numeral 1,

“Aportaciones Federales”; apartado XI, “Transferencias Federales”, recursos para el

FORTAMUNDF, por un importe de 4,508,472.0 miles de pesos.

En el Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2013, se publicó el Acuerdo por el

que se da a conocer a los Gobiernos de las Entidades Federativas la Distribución

y Calendarización para la Ministración durante el Ejercicio Fiscal 2013, de los Recursos

Correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y

Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios. En dicho

documento se señaló un total de transferencias federales por ejercer del Ramo 33

“Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”, lo que correspondió al

FORTAMUNDF un monto de 54,413,838.1 miles de pesos, de los cuales 4,508,472.0 miles

de pesos (8.3%) se asignaron para ser ejercidos por las 16 Delegaciones del Distrito Federal.

La asignación original de recursos federales al Distrito Federal, por concepto del

FORTAMUNDF, fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2013,

la cual ascendió a 4,508,472.0 miles de pesos, importe superior en 7.2% (304,994.9 miles

de pesos) en relación con el presupuesto asignado en 2012 (4,203,477.1 miles de pesos).

El total de los recursos originales registrados en 2013 en el Decreto por el cual se expide

el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio Fiscal 2013, publicado

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7 VOLUMEN 7/18

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012, consideró para la

Delegación Gustavo A. Madero 2,884,123.7 miles de pesos; de ellos, 603,995.5 miles de

pesos (20.9%) provinieron de los fondos federales que le fueron transferidos con cargo

al FORTAMUNDF.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por

la Delegación Gustavo A. Madero derivado de los recursos federales ministrados por la

Secretaría de Finanzas, correspondientes al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento

de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF),

se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado

de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Mediante el oficio núm. OASF/0474/2014 del 13 de marzo de 2013, la ASF solicitó a la

CMHALDF efectuar una auditoría orientada a revisar los recursos federales correspondientes

al FORTAMUNDF, ejercidos por la Delegación Gustavo A. Madero durante 2013.

Con base en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de los

Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación

al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus Demarcaciones

Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral, Pública o Privada,

que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como de los

correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS),

que celebran la Auditoría Superior de la Federación y la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea legislativa del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 4 de marzo de 2010, se realizó de manera coordinada con la ASF.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74,

fracción VI; y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del

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Distrito Federal; 2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX,

XII, XIII y XIX, de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal; y 1o.; 13; y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

La muestra de auditoría se determinó con base en los trabajos realizados en la fase de

planeación de la auditoría, y fue resultado del estudio y evaluación del sistema de control

interno y del presupuesto ejercido en el rubro sujeto a revisión.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración (DGA) de la

Delegación Gustavo A. Madero, en específico, en las siguientes áreas: Dirección de

Recursos Financieros, que es la encargada de coordinar la elaboración del anteproyecto

de presupuesto y del Programa Operativo Anual (POA), la presentación de la información

para su incorporación a la Cuenta Pública, de coordinar el registro, control y análisis de los

recursos asignados a la Delegación, de revisar y analizar los estados financieros de

manera mensual, y de tramitar las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) emitidas;

y Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, que se encarga de supervisar

que las adquisiciones de los recursos materiales de la Delegación se realicen de acuerdo

con la normatividad vigente y de integrar el Programa Anual de Adquisiciones de

conformidad con el presupuesto autorizado.

Las acciones de fiscalización se realizaron principalmente conforme a los criterios

normativos y a los procedimientos de auditoría establecidos en las Reglas de Operación

del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio Fiscal 2013,

publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2014.

Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero vigente en 2013,

para verificar que su apartado de organización fuera acorde con la estructura orgánica

dictaminada y que, conjuntamente con los procedimientos aplicables al rubro en revisión,

estuvieran autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).

Se aplicaron cuestionarios de control interno a la DGA y a sus unidades administrativas

(Dirección de Recursos Financieros y a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios

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Generales) y a la Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública, áreas

relacionadas con el ejercicio de los recursos del FORTAMUNDF.

Se analizaron 26 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos

asignados al FORTAMUNDF, se verificaron las causas por las cuales se modificó el

presupuesto y se constató que contaran con la documentación soporte.

Las pruebas sustantivas consistieron en verificar que las cifras reportadas por el sujeto

fiscalizado coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal; integrar, por partida, el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión;

e identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el

presupuesto original del rubro revisado.

Se efectuaron pruebas de controles para comprobar que los procedimientos correspondientes

hubieran estado en operación durante el período auditado y que la normatividad se haya

aplicado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:

1. Si los recursos del FORTAMUNDF registrados por la Delegación Gustavo A. Madero

correspondieron a los reportados en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2013.

2. Se verificó la publicación, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los montos que

correspondían a cada demarcación territorial por concepto del FORTAMUNDF y el

calendario de ministraciones; la distribución de los intereses por la Secretaría

de Finanzas (SEFIN) a la Delegación Gustavo A. Madero, el depósito de los recursos

en una cuenta bancaria específica para este fin, el registro contable de las operaciones

de conformidad con el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal, y la

publicación de los informes sobre el ejercicio y destino de los recursos provenientes

del FORTAMUNDF.

3. Se verificó sí la documentación comprobatoria contó con la leyenda que la identificara

como recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF.

4. Se verificó el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

aplicable para la Cuenta Pública de 2013 respecto al registro contable de los recursos

del FORTAMUNDF.

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10 VOLUMEN 7/18

5. Se constató sí la Delegación Gustavo A. Madero envió el reporte de su pasivo

circulante a la SEFIN.

6. Se comprobó el envío, a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales (DGRMSG) de la Oficialía Mayor (OM), del Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) autorizado para el ejercicio

de 2013 y sus modificaciones, correspondientes a la Delegación Gustavo A. Madero.

7. Se verificó que en los expedientes de las licitaciones públicas nacionales y de las

adjudicaciones directas se contara con la aprobación del Subcomité de Adquisiciones

Arrendamientos y Prestación de Servicios, así como con el oficio de autorización.

8. Se verificó sí las adquisiciones estuvieron soportadas con las requisiciones

respectivas, en las cuales constara la firma de autorización del personal que tuvo

atribuciones para ello; sí contaron con suficiencia presupuestal; sí se formalizaron

mediante los contratos correspondientes; y sí los procedimientos de adjudicación se

ajustaron a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento.

9. Se verificó sí los contratos de adquisiciones fueron firmados por el personal facultado

para ello, sí se contó con suficiencia presupuestal, sí se cumplieron las cláusulas

contractuales y sí los procedimientos de adjudicación se ajustaron a la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal.

10. Se constató sí los bienes fueron recibidos de conformidad con las cláusulas

estipuladas en los contratos y sí los proveedores entregaron comprobantes de pago

(facturas) a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Gustavo A. Madero.

11. Se verificó sí la Delegación Gustavo A. Madero conservó la documentación

justificativa y comprobatoria original de los pagos realizados, y sí los gastos se

registraron en las partidas que correspondían a la naturaleza del gasto.

En cuanto a los procedimientos analíticos, éstos consistieron en integrar, por partidas

y por capítulo de gasto, el presupuesto ejercido; verificar que las cifras reportadas por el

sujeto de fiscalización a la SEFIN coincidieran con las registradas en la Cuenta Pública

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11 VOLUMEN 7/18

del Gobierno del Distrito Federal de 2013; examinar los registros presupuestarios y el

importe contabilizado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN; comprobar que se

contara con evidencia del pago de los bienes adquiridos; y revisar que se contara con los

expedientes de las adquisiciones debidamente integrados.

Se seleccionaron como muestra 4 de 37 partidas de gasto correspondientes a los

recursos del FORTAMUNDF que integraron el presupuesto ejercido en 2013 por la

Delegación Gustavo A. Madero, con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”,

3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, por un total

de 603,995.5 miles de pesos.

A continuación se describen, por capítulos y partidas, las actividades realizadas:

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

El presupuesto ejercido por la Delegación Gustavo A. Madero en el capítulo ascendió

a 98,197.3 miles de pesos. El 1.2% de ese monto (7,102.2 miles de pesos) afectó a la

partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”. Al respecto, se revisaron tres CLC, por un

monto de 6,148.3 miles de pesos.

Se constató sí las tres CLC contaron con su respectiva documentación justificativa

y comprobatoria.

Se revisaron dos contratos, que correspondieron a dos proveedores, para la adquisición

de material eléctrico y electrónico, sus requisiciones; sus procesos de adjudicación y su

formalización con sus respectivas garantías.

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

Partida 3131 “Agua Potable”

El presupuesto ejercido en el capítulo por la Delegación Gustavo A. Madero ascendió a

497,548.7 miles de pesos; el 7.1% de ese monto afectó a la partida 3131 “Agua Potable”.

Al respecto, se revisaron seis CLC, por un monto de 35,284.1 miles de pesos, que

corresponde al 99.9% de los recursos ejercidos en esta partida (35,287.2 miles de pesos).

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12 VOLUMEN 7/18

Se revisaron las boletas de cobro emitidas por el Sistema de Aguas de la Ciudad de

México (SACMEX) para el pago por el suministro de agua en las diversas instalaciones

e inmuebles propiedad de la Delegación Gustavo A. Madero.

Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”

El monto ejercido por la Delegación con cargo a esta partida fue de 213,447.9 miles

de pesos, que representaron el 42.9% del presupuesto ejercido en el capítulo. Al respecto, se

revisaron 10 CLC, por un monto de 107,662.3 miles de pesos, que corresponden al 50.4%

de los recursos erogados en esta partida.

Se verificó el cumplimiento de las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios

de Seguridad y Vigilancia Intramuros y Extramuros; se verificaron las fatigas de los

servicios de vigilancia intramuros y extramuros y se revisaron los Informes Presupuestales

de Liquidaciones a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto.

Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

Partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”

El monto ejercido por la Delegación Gustavo A. Madero con cargo a esta partida fue de

6,700.0 miles de pesos, que representaron el 52.5% del presupuesto ejercido en el capítulo

(12,753.4 miles de pesos). Al respecto, se revisó una CLC, por un monto de 6,700.0 miles de

pesos, que corresponden al 100.0% de los recursos ejercidos en esta partida.

Asimismo, se revisó un contrato suscrito por la Delegación y un proveedor, así como los

documentos comprobatorios del gasto, consistentes en contratos, factura y notas de

entrada al almacén, así como la documentación relativa a la instalación y puesta en

marcha del equipo adquirido.

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

en la Delegación Gustavo A. Madero con cargo al FORTAMUNDF, se realizó lo siguiente:

1. Por tratarse de una auditoría financiera, se integró el universo de los recursos del

FORTAMUNDF ejercidos en 2013 por la Delegación Gustavo A. Madero, por cada

capítulo y partida presupuestal, y se determinó el porcentaje que representan cada una

de ellas en relación con el total de los recursos ejercidos, con la finalidad de identificar

los importes y partidas más significativos, como se muestra a continuación:

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(Miles de pesos y por cientos)

Partida Original Ejercido Variación

Participación en el gasto

con recursos FORTAMUNDF

(%)

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”* 65,747.2 65,060.8 (686.4) 10.7

2321 “Insumos Textiles Adquiridos como Materia Prima” 7,000.0 8,785.6 1,785.6 1.4

2461 “Material Eléctrico y Electrónico”** 5,543.3 7,102.2 1,558.9 1.2

2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción y Reparación” 2,500.0 7,082.4 4,582.4 1.2

Otras 14 partidas con importes menores a 7,000.0 miles de pesos 6,500.0 10,166.4 3,666.4 1.7

Total capítulo 2000 "Materiales y Suministros" 89,094.2 98,197.4 9,103.1 16.1

3381 “Servicios de Vigilancia”* 211,082.5 213,447.9 2,365.5 35.1

3112 “Servicio de Energía Eléctrica”* 203,524.8 203,524.8 0.0 33.4

3131 “Agua Potable”* 48,601.2 35,287.2 (13,314.1) 5.8

3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 24,592.7 21,282.3 (3,310.4) 3.5

3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos”** 5,800.0 7,327.3 1,527.3 1.2

Otras 5 partidas con importes menores a 7,000.0 miles de pesos 12,500.0 16,679.1 4,179.1 2.7

Total capítulo 3000 "Servicios Generales" 506,101.3 497,548.6 (8,552.6) 81.8

5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” 0.0 6,700.0 6,700.0 1.1

Otras 8 partidas con importes menores a 6,000.0 miles de pesos 8,800.0 6,053.4 (2,746.6) 1.0

Total capítulo 5000 "Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles" 8,800.0 12,753.4 3,953.4 2.1

Sumas 603,995.5 608,499.4 4,503.9 100.0

* Partidas centralizadas. ** Partidas que ejercieron recursos derivados de los intereses generados por el fondo.

2. Se seleccionaron cuatro de las partidas más representativas por su monto y peso

específico, y se determinó el número de Cuentas por Liquidar Certificadas, documentos

múltiples y contratos o convenios que fueron emitidos y suscritos en 2013 por la Delegación

Gustavo A. Madero con cargo a los recursos del FORTAMUNDF, a fin de identificar el

universo de documentos susceptibles de revisar cómo se ilustra en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Partida

Número de documentos Presupuesto

ejercido % CLC DM Contratos

o convenios

2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 5 4 3 7,102.2 1.2

3131 “Agua Potable” 12 0 1* 35,287.2 5.8

3381 “Servicios de Vigilancia” 23 0 1* 213,447.9 35.1

5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” 1 1 1 6,700.0 1.1

Total 41 5 6 262,537.3 43.2

Otras 33 partidas que ejercieron recursos 301 10 60 345,962.1 56.8

Sumas 342 15 66 608,499.4 100.0

* Convenios centralizados. CLC: Cuentas por Liquidar Certificadas. DM: Documentos Múltiples.

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14 VOLUMEN 7/18

3. Las cuatro partidas fueron seleccionadas para su revisión considerando el destino de los

recursos especificados en el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal y en el numeral

5 de los Procedimientos para la Revisión y Fiscalización del FORTAMUNDF de las

Reglas de Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el

Ejercicio Fiscal 2013. Dichos preceptos jurídicos indican que los destinos de gasto de los

recursos del FORTAMUNDF serán el cumplimiento de obligaciones financieras, pago de

derechos y aprovechamientos por concepto de agua (partida 3131 “Agua Potable”),

seguridad pública (partida 3381 “Servicios de Vigilancia”) y otras prioridades del municipio

(partidas 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, la cual incluye recursos de los intereses

generados por el fondo y la partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”).

4. De acuerdo con los criterios anteriores, se integró una muestra auditoría de las cuatro

partidas referidas por un monto de 155,794.7 miles de pesos, que representan el

25.6% del presupuesto ejercido en 2013 por la Delegación Gustavo A. Madero con

recursos del FORTAMUNDF. Dicha muestra quedó conformada por 19 CLC,

2 Documentos Múltiples, 3 contratos y 2 convenios centralizados, como se observa en

el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Partida Número de CLC

DM Número

de contratos o convenios

Ejercido

2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 2 1 2 6,148.3

3131 “Agua Potable” 6 0 1* 35,284.1

3381 “Servicios de Vigilancia” 10 0 1* 107,662.3

5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” 1 1 1 6,700.0

Total de la muestra de auditoría 19 2 5 155,794.7

Total recursos ejercidos del FORTAMUNDF 608,499.4

% de la muestra 25.6

* Convenios centralizados. CLC: Cuenta por Liquidar Certificada. DM: Documentos Múltiple.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

A continuación se exponen los procedimientos de auditoría realizados para la evaluación

preliminar del control interno, los cuales fueron aplicados en la revisión del control interno

como se describe a continuación:

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15 VOLUMEN 7/18

1. Se identificaron y analizaron las atribuciones de la DGA para la Delegación Gustavo

A. Madero, establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito

Federal y en su Reglamento Interior.

2. Se analizó la estructura orgánica autorizada, así como el manual administrativo, en su

apartado de organización.

3. Se realizaron pruebas sustantivas o de detalle, las cuales consistieron en integrar por

partida el presupuesto ejercido con cargo al FORTAMUNDF; verificar que las cifras

reportadas a la SEFIN por el sujeto fiscalizado coincidieran con las asentadas en la

Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y verificar los registros

presupuestarios e importes contabilizados por la Subsecretaría de Egresos.

Con el fin de constatar el registro y control de las adquisiciones efectuadas por la

Delegación Gustavo A. Madero con cargo al FORTAMUNDF en 2013, se practicaron

las pruebas que se indican en seguida:

a) Verificar sí la SEFIN ministró mensualmente los recursos del FORTAMUNDF a la

Delegación de manera ágil y directa, conforme al calendario de ministraciones

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

b) Comprobar sí los recursos del FORTAMUNDF se destinaron preferentemente al

financiamiento de obligaciones financieras, pago de derechos y aprovechamientos

por concepto de agua, seguridad pública y otras prioridades de la Delegación.

c) Confirmar que se hayan presentado de manera oportuna a la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público (SHCP) la información trimestral relacionada con

el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos del fondo.

d) Constatar sí la Delegación hizo del conocimiento de sus habitantes, el monto de los

recursos recibidos, las obras, acciones e inversiones a realizar, el costo de cada una,

su ubicación, metas y beneficiarios, y al término del ejercicio los resultados

alcanzados.

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16 VOLUMEN 7/18

Requisiciones de compra u órdenes de servicios:

a) Comprobar que se hayan elaborado las requisiciones de compra u órdenes de

servicios, que estén debidamente formuladas o estén firmadas por personal autorizado.

b) Verificar sí las requisiciones de compra contaron con autorización presupuestal.

Procedimientos de adquisición o contratación de bienes o servicios:

a) Confirmar que existió la aprobación del Comité o Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Delegación en los casos procedentes y

que se hayan ajustado a los montos de actuación para la celebración de procedimientos

de adquisición de bienes y servicios establecidos en la normatividad aplicable.

b) Confirmar que los procedimientos de adquisición realizados por la Delegación con

recursos del FORTAMUNDF, se hayan ajustado a la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal.

Formalización de pedidos o contratos de adquisición de bienes y servicios:

Constatar que se hayan formalizado los contratos en los plazos establecidos en la

normatividad y que los proveedores o prestadores de servicios haya presentado

las garantías correspondientes en los plazos establecidos.

Recepción de los bienes y servicios:

Comprobar que se hayan recibido los bienes o servicios en tiempo y que correspondan

a las especificaciones establecidas en los contratos celebrados y que se contara con

evidencia de la recepción de los bienes, servicios.

Control de los bienes y servicios:

Verificar sí los bienes estaban incluidos en el inventario de la Delegación o sí se contó

con “Registros de Asistencia del Personal de la Policial Auxiliar” y que se hayan

conciliado los turnos de servicios de vigilancia.

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17 VOLUMEN 7/18

Pago de adquisición de bienes y contratación de servicios:

a) Comprobar que los proveedores hayan entregado comprobantes de pago y que

estén a nombre del Gobierno del Distrito Federal Delegación Gustavo A. Madero

y que cumplieran los requisitos fiscales del Código Fiscal de la Federación.

b) Constatar sí se aplicaron las sanciones a los proveedores de bienes o prestadores de

servicios cuando correspondiera y que se hubieran hecho efectivas las garantías

correspondientes.

Salvaguarda de los bienes y de la información:

Confirmar que los expedientes de los procesos de adquisición relativos a los

proveedores adjudicados se encontraran debidamente integrados y que se haya

conservado la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados.

Registro presupuestal y contable:

Verificar sí se registró el gasto en la partida que le corresponde y que las cifras reportadas

por el sujeto de fiscalización coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública.

Los resultados relativos al control interno se describen en el apartado de resultados

del presente informe.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. CG/535/2012 del 27 de noviembre de 2012, la Contraloría General

del Distrito Federal (CGDF), por conducto de la CGMA, autorizó a la Delegación Gustavo

A. Madero el dictamen de estructura orgánica núm. 12/2012, vigente a partir del

16 de noviembre de 2012, dejando sin efectos el dictamen anterior (21/2009).

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18 VOLUMEN 7/18

Con el oficio núm. JDGAM/DGA/1126 del 24 de mayo de 2013, el Director General de

Administración de la Delegación Gustavo A. Madero remitió a la CGMA el manual

administrativo, en su apartado de organización, para su dictaminación y registro.

En respuesta, mediante el oficio núm. CG/CGMA/1327/2013 del 12 de julio de 2013, la

CGMA comunicó a la Delegación Gustavo A. Madero que su manual administrativo

apartado de organización fue dictaminado y quedó registrado con el núm. MA-307-12/12.

Dicho documento se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de agosto de 2013.

De la revisión al manual administrativo, Apartado de Organización se observó lo siguiente:

1. El Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero, apartado de organización,

no fue enviado a la CGMA conjuntamente con la solicitud de reestructuración orgánica,

por lo que se incumplió el numeral 2.4.2, del subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen

y Registro de Manuales Administrativos”, apartado “Modernización Administrativa”, de

la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el

Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención

Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011, que dispone lo siguiente:

“2.4.2. Los titulares de […] las delegaciones y entidades son los responsables de la

actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de

un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la

estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas, para ello,

deberán remitir conjuntamente con la solicitud de reestructura el proyecto del Manual

de Organización, para que se apruebe simultáneamente con la estructura…”

Cabe señalar, que dicho manual incluyó los apartados de antecedentes; marco

jurídico-administrativo; atribuciones, objetivo y funciones por área; y se ajusta a la

estructura orgánica autorizada con el dictamen núm. 12/2012.

2. De acuerdo con la estructura orgánica autorizada con el dictamen núm. 12/2012, la

plantilla autorizada de la Delegación Gustavo A. Madero pasó de 342 a 340 plazas

de estructura y la Dirección Ejecutiva de Seguridad Pública cambió su denominación

por Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública. Dicho cambio surtió

efecto a partir del 15 de agosto de 2013.

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19 VOLUMEN 7/18

3. Se verificó que la difusión del manual administrativo, en su apartado de organización,

fue realizada por la Coordinación de Planeación y Modernización Administrativa

(adscrita a la Dirección Ejecutiva de Mejora Continua a la Gestión Gubernamental),

por medio del oficio-circular núm. DEMCGG/CPMA/002/2013 del 14 de agosto de 2013,

remitido para su difusión al personal de mandos medios y superiores de las unidades

administrativas de la Delegación.

4. En el caso de la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero, no fueron modificadas las

plazas que se tenían autorizadas bajo el dictamen núm. 21/2009 (32 plazas) y se

determinó que las áreas encargadas del registro y control de las operaciones del

FORTAMUNDF fueron las siguientes:

a) La Dirección de Recursos Financieros encargada, entre otras actividades,

de coordinar la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto, el POA, la

presentación de la información para su incorporación en la Cuenta Pública,

coordinar el registro, control y análisis de los recursos asignados a la Delegación,

así como de tramitar las CLC emitidas para su pago.

b) La Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales encargada de

supervisar que las adquisiciones de bienes y servicios se realicen de conformidad

con la normatividad vigente; de integrar el Programa Anual de Adquisiciones

conforme al presupuesto autorizado y la instrumentación del modelo de contrato

de adquisiciones y contratos.

c) La Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública encargada de

coordinar el intercambio de información, planes y programas en materia jurídica

con las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia, así como

gestionar y dar respuesta a los asuntos en materia de seguridad pública que sean

de competencia de dicha Dirección.

Manual Administrativo, Apartado de Procedimientos

1. En relación con los procedimientos contenidos en el manual administrativo que se

aplicaron en 2013, para el registro y control de las operaciones realizadas, con cargo

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20 VOLUMEN 7/18

al FORTAMUNDF, relativos a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”, 3000

“Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, la

Delegación Gustavo A. Madero proporcionó evidencia documental, mediante la cual

se constató lo siguiente:

El manual administrativo, en su apartado de procedimientos, se conformó por

286 de éstos, los cuales fueron remitidos por la Jefatura Delegacional a la CGMA,

mediante los oficios núms. JDGAM/DGA/1126 del 24 de mayo (264 procedimientos)

y JDGAM/DGA/2488 del 28 de octubre, ambos del 2013 (22 procedimientos). En

respuesta, con el oficio núm. CG/CGMA/2037/2013 del 31 de octubre de 2013, la

CGMA comunicó a la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero que 264 procedimientos

fueron dictaminados y registrados con el núm. MA-307-12/12 y los restantes 22 fueron

devueltos para su corrección, ya que se realizaron observaciones; la totalidad de los

264 procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 16 de diciembre de 2013.

Al respecto, se observó que los 286 procedimientos fueron enviados a la CGMA en

fecha posterior (24 de mayo y 28 octubre de 2013) al plazo establecido de 60 días

posteriores a la entrada en vigor del dictamen de reestructuración orgánica

núm. 12/2012 (16 de noviembre de 2012), por lo que la Delegación Gustavo A. Madero

no dio cumplimiento al numeral 2.4.2, del subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen

y Registro de Manuales Administrativos”; apartado, “Modernización Administrativa”, de

la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública;

el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención

Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal”, publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011, que dispone lo siguiente:

“2.4.2. […] La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la

CGMA por medio de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada,

a más tardar en 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación

efectuada, para que está proceda a su análisis y, en su caso, al registro…”

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21 VOLUMEN 7/18

2. De los 264 procedimientos, 20 se relacionaron con las partidas de la muestra

de auditoría, a saber:

Número Denominación Partidas

106 “Corrección, Cancelación, Comprobación o Reintegro de las Cuentas por Liquidar Certificadas mediante el Documento Múltiple”

Todas*

107 “Proceso de Elaboración, Registro y Pago de las Cuentas por Liquidar Certificadas”

Todas*

110 “Registro de Compromisos Adquiridos por éste Órgano Político Administrativo” Todas*

119 “Adquisición mediante compra o contratación de bienes o servicios a través de Adjudicación Directa”

Todas*

120 “Adquisición mediante compra o contratación de Bienes o Servicios a través de una Invitación Restringida”

Todas*

121 “Adquisición mediante Compra o Contratación de Bienes o Servicios a través de Licitación Pública Nacional o Internacional”

Todas*

127 “Inventario Físico de Existencias en Almacén” 2461 y 5311

128 “Levantamiento de Inventario Físico de Bienes Muebles Instrumentales” 5311

130 “Recepción, Registro y Control de Bienes Muebles en el Almacén” 2461 y 5311

131 “Recepción, Registro y Control de Bienes Muebles Recibidos en los Almacenes Territoriales o en las Áreas Usuarias”

2461 y 5311

132 “Sustitución de Bienes Muebles Instrumentales” 5311

187 “Suministro de Agua en Carro Tanque” 3131

190 “Instalación de Alumbrado Público” 5311

191 “Reparación de Alumbrado Público” 5311

230 “Atención a Solicitudes en materia de Seguridad Pública, Transporte y Vialidad” 3381

231 “Atención a Llamadas de Auxilio por medio de Base CRIMA Plata” 3381

233 “Otorgamiento de Incentivos a la Eficiencia Policial” 3381

235 “Prestación del Servicio de Vigilancia” 3381

243 “Solicitud del Programa ‘Gente alerta Maderense’” 3381

244 “Solicitud del Programa ‘Hagamos un Regreso Seguro a Clase’” 3381

* 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, 3131 “Agua Potable”, 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”.

La difusión del manual administrativo, en su apartado de procedimientos, fue realizada por

la Coordinación de Planeación y Modernización Administrativa, por medio del oficio-circular

núm. DEMCGG/CPMA/004/2013 del 17 de diciembre de 2013, remitido al personal de

mandos medios y superiores de las unidades administrativas de la Delegación.

Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero cumplió el numeral 2.4.7.2 del

subapartado 2.4.7, “Efectos de la Dictaminación, Registro y Difusión de los Manuales”,

del apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, apartados

“Modernización Administrativa”, de la Circular Contraloría General para el Control

y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y

Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública

del Distrito Federal, emitida por la CGDF, vigente en 2012 y publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011.

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Evaluación del Control Interno:

3. Los resultados de la evaluación del control interno mostraron fortalezas y debilidades

en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes:

1. Fortalezas

a) La Delegación Gustavo A. Madero dispuso en 2013 de una estructura operativa

actualizada y registrada ante la CGMA, la cual permite el correcto desarrollo y

diferenciación de sus actividades, ámbito de control y delegación de autoridad.

b) La Delegación Gustavo A. Madero contó con los procedimientos para el registro

de las operaciones, la generación de la información presupuestal y contable y

control de los recursos del FORTAMUNDF, lo que permite la elaboración de los

informes contables y presupuestales, así como la toma de decisiones con base

en información precisa y oportuna.

c) La SEFIN y la Delegación Gustavo A. Madero cuentan con áreas específicas

responsables de la gestión del fondo, que coadyuvan en el cumplimiento de la

normatividad aplicable y realización de los objetivos del fondo.

2. Debilidades

La Delegación Gustavo A. Madero no remitió oportunamente el PAAAPS del

ejercicio 2013 a la OM y publicó dicho programa en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal con desfase de 11 días; asimismo, envió los informes del seguimiento de las

adquisiciones fuera del período establecido, lo que ocasiona el incumplimiento de la

normatividad aplicable.

La observación señalada anteriormente, se encuentra en el resultado núm. 12 del

presente informe.

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A.

Madero proporcionó la siguiente información:

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23 VOLUMEN 7/18

1. Respecto a que el manual administrativo, en su apartado de organización, no fue

remitido a la CGMA junto con el proyecto de reestructuración orgánica, proporcionó el

oficio núm. DEMCGG/CPMA/108/2014 del 28 de agosto de 2014, por medio del cual

el Coordinador de Planeación y Modernización Administrativa de la Dirección Ejecutiva

de Mejora Continua a la Gestión Gubernamental, le informa al Director General de

Administración que “debido al cambio de gestión no se contó con el tiempo suficiente

para recabar y turnar en el tiempo establecido toda la información necesaria para

requisitar los formatos Cuestionario para la Descripción de Puestos; Entorno de Trabajo por

Puestos y Descripción de Perfil, de acuerdo a la Nueva Guía para las Reestructuraciones

Orgánicas y a la Guía para elaboración del Manual de Organización”.

Conforme a lo manifestado por el sujeto fiscalizado, se confirma la observación

respecto de la falta de oportunidad en el envío del manual administrativo, en su

apartado de organización.

2. En relación con la observación de que 286 procedimientos fueron enviados a la

CGMA en fecha posterior (24 de mayo y 28 octubre de 2013) al plazo establecido

de 60 días posteriores a la entrada en vigor del dictamen de reestructuración

orgánica núm. 12/2012 (16 de noviembre de 2012), proporcionó el oficio

núm. DEMCGG/CPMA/108/2014 del 28 de agosto de 2014, mediante el cual el Coordinador

de Planeación y Modernización Administrativa de la Dirección Ejecutiva de Mejora

Continua a la Gestión Gubernamental, le informa al Director General de

Administración que “debido al cambio de gestión y a la reciente llegada de cada

funcionario, no se contó con el tiempo suficiente para el establecimiento y

actualización de todos los procedimientos en el caso de algunas áreas, por lo que se

retrasó el tiempo para integrar la totalidad del manual en su parte de procedimientos”.

La respuesta del sujeto fiscalizado confirma la observación, en el sentido de que la

Delegación no remitió en forma oportuna a la CGMA los 286 procedimientos junto con

el proyecto de reestructuración orgánica.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-08-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

para que, cuando haya una modificación a su estructura orgánica, el manual administrativo,

apartado de organización, se envíe a la Coordinación General de Modernización

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24 VOLUMEN 7/18

Administrativa conjuntamente con la solicitud de reestructuración orgánica como indica la

Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal, vigente a la fecha de la modificación.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-09-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control para

que, cuando haya una modificación a su estructura orgánica, el manual administrativo, en su

apartado de procedimientos se envíe de manera oportuna a la Coordinación General de

Modernización Administrativa, como lo prevé la Circular Contraloría General para el Control y

Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal.

Presupuesto Autorizado

2. Resultado

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN comunicó a la Delegación Gustavo A. Madero, el techo presupuestal aprobado por

la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por un monto de 2,884,123.7 miles de

pesos. En la sección “Fuente de Recurso”, se estableció para el FORTAMUNDF un importe

de 603,995.5 miles de pesos, que representa el 20.9% del presupuesto aprobado.

Posteriormente, con el oficio núm. SFDF/SE/490/2013 del 29 de enero de 2013, el

Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Gustavo A. Madero

el calendario presupuestal y POA definitivos para el ejercicio fiscal 2013. Ambos documentos

correspondieron a los montos aprobados e informados en el techo presupuestal comunicado por

la ALDF y establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013.

Transferencia de Recursos

3. Resultado

Con el fin de verificar si los recursos federales relativos al FORTAMUNDF se transfirieron en el

plazo que estable el artículo 36, incisos a) y b) penúltimo párrafo, de la Ley de Coordinación

Fiscal vigente en 2013, que dispone lo siguiente:

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25 VOLUMEN 7/18

“El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se determinará anualmente en el

Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales, por un monto

equivalente, sólo para efectos de referencia, como sigue:

”a) Con el 2.35% de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de

esta Ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con

base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese

ejercicio. Este Fondo se enterará mensualmente por partes iguales a los Municipios, por

conducto de los Estados, de manera ágil y directa sin más limitaciones ni restricciones,

incluyendo aquellas de carácter administrativo, que las correspondientes a los fines que

se establecen en el artículo 37 de este ordenamiento […]

”Al efecto, los Gobiernos Estatales y del Distrito Federal deberán publicar en su respectivo

Periódico Oficial las variables y fórmulas utilizadas para determinar los montos que

correspondan a cada Municipio o Demarcación Territorial por concepto de este Fondo, así

como el calendario de ministraciones, a más tardar el 31 de enero de cada año.”

Esta entidad de fiscalización requirió a la SEFIN la información y documentación que

acreditara en 2013 la transferencia de dichos recursos, así como la publicación en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal de los importes de los recursos del FORTAMUNDF asignados

al Gobierno del Distrito Federal (GDF), las variables y fórmulas utilizadas para determinar

el monto de los recursos que correspondieron a cada demarcación territorial del Distrito

Federal; y que comprobara que dichos recursos se enteraron mensualmente, de manera ágil

y directa, sin limitaciones ni restricciones, conforme al calendario de ministraciones publicado.

En respuesta, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública (DGCNCP)

de la SEFIN proporcionó el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 20 de julio de 2014 de

la Dirección General de Contabilidad Normatividad y Cuenta Pública, y el oficio

núm. SFDF/DGAF/DCCF/2989/2014 del 30 de junio de 2014, con el cual la Dirección de

Concentración y Control de Fondos de la Dirección General de Administración Financiera

informó: “De acuerdo con las facultades de esta Dirección, se aperturó una cuenta

bancaria con el Banco Santander para la recepción de los recursos provenientes del

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26 VOLUMEN 7/18

FORTAMUNDF; asimismo, se remite documentación que acredita las ministraciones

depositadas en la cuenta bancaria específica”.

Al respecto, se verificaron los recibos de entero emitidos por la Tesorería de la Federación

y se constató que las ministraciones fueron realizadas a la SEFIN de conformidad con el

calendario publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2013

(Acuerdo por el que se dan a conocer a los Gobiernos de las Entidades Federativas la

Distribución y Calendarización para la Ministración durante el Ejercicio Fiscal 2013 de los

Recursos Correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades

Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y

Municipios). Dichos depósitos fueron efectuados como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Recibo de Entero de la TESOFE Período Cubierto

Fecha límite Número Fecha Importe

2013-036 3/I/13 375,706.0 Enero 31/I/13

2013-061 28/II/13 375,706.0 Febrero 28/II/13

2013-097 27/III/13 375,706.0 Marzo 27/III/13

2013-131 30/IV/13 375,706.0 Abril 30/IV/13

2013-220 31/V/13 375,706.0 Mayo 31/V/13

2013-321 28/VI/13 375,706.0 Junio 28/VI/13

2013-391 31/VII/13 375,706.0 Julio 31/VII/13

2013-462 30/VIII/13 375,706.0 Agosto 30/VIII/13

2013-502 30/IX/13 375,706.0 Septiembre 30/IX/13

2013-601 31/X/13 375,706.0 Octubre 31/X/13

2013-667 29/XI/13 375,706.0 Noviembre 29/XI/13

2013-693 13/XII/13 375,706.0 Diciembre 13/XII/13

Sumas 4,508,472.0

Respecto a la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de las variables

utilizadas para determinar el monto de los recursos que correspondieron a cada

demarcación territorial del Distrito Federal, la SEFIN proporcionó, mediante el oficio

núm. SFDF/DGAF/DCCF/2989/2014 del 30 de junio de 2014, el “Acuerdo por el que se

dan a conocer las Variables y Fórmulas para determinar los Montos que corresponden a

Cada Demarcación Territorial del Distrito Federal por Concepto del Fondo de Aportaciones

para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito

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27 VOLUMEN 7/18

Federal, así como el Calendario de Ministraciones”, publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 30 de enero de 2013.

Conforme a lo dispuesto por la Ley de Coordinación Fiscal, la SEFIN publicó las variables

y fórmulas para determinar los montos de los recursos que correspondieron a cada

demarcación territorial por concepto del FORTAMUNDF, así como el calendario de

ministraciones para el ejercicio fiscal 2013.

Con base en la documentación proporcionada por la SEFIN, se comprobó el cumplimiento del

artículo 36, inciso a) y párrafo penúltimo, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013.

Esta entidad de fiscalización solicitó a la SEFIN que informara si, en el ejercicio de 2013,

los recursos del FORTAMUNDF fueron embargados, grabados o afectados en garantía.

En respuesta, con el oficio núm. SFDF/DGAF/DCCF/2989/2014 del 30 de junio de 2014,

la Dirección de Concentración y Control de Fondos de la Dirección General de

Administración Financiera, informó que, “con relación a este tipo de recursos no existen

cargos por concepto de embargo, no se afectaron en garantía ni se gravaron”.

Registro e Información Contable y Presupuestaria

4. Resultado

Con el propósito de verificar si la SEFIN realizó la apertura de la cuenta bancaria

específica para la ministración y control de los recursos y sus rendimientos financieros

del FORTAMUNDF, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal, se

solicitó a la dependencia la información relacionada con dicha cuenta bancaria. En respuesta,

con el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la SEFIN

proporcionó el oficio núm. SFDF/SPF/DGAF/6140/2012 del 27 de diciembre de 2012, con

el cual el Director General de Administración Financiera comunicó al Director General de

Enlace Interinstitucional de la SEFIN que, con relación a los recursos de FORTAMUNDF,

aperturó la cuenta bancaria núm. 65-50355927-9 en el banco Santander (México), S.A.

Además, proporcionó copia de los estados de cuenta bancarios relativos a los recursos

del FORTAMUNDF y el cuadro de integración de los intereses generados por el manejo de la

cuenta bancaria, reflejados en los estados de cuenta respectivos.

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28 VOLUMEN 7/18

Derivado de la revisión de los estados de cuenta bancarios y del cuadro de integración

de productos financieros, se determinó lo siguiente:

La cuenta bancaria reportó al 1o. de enero de 2013 un saldo de inicial de cero pesos, y se

registraron 12 transferencias en el año, por importes fijos de 375,706.0 miles de pesos,

efectuadas por la SHCP, por conducto de la Tesorería de la Federación, que al final

del ejercicio representaron 4,508,472.0 miles de pesos, de los cuales 603,995.5 miles de

pesos (13.4%) correspondieron a la Delegación Gustavo A. Madero.

En el análisis a los movimientos correspondientes a los intereses producto de la inversión

de los recursos del FORTAMUNDF, se verificó que el banco los hubiera calculado de

acuerdo con la tasa pactada en el contrato respectivo. Dichos intereses, ascendieron a

33,619.0 miles de pesos, por el período de enero a diciembre, distribuidos mensualmente,

como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Mes Depósito Intereses

Enero 375,706.0 51.5

Febrero 375,706.0 1,489.5

Marzo 375,706.0 3,194.4

Abril 375,706.0 3,867.9

Mayo 375,706.0 3,879.9

Junio 375,706.0 4,172.4

Julio 375,706.0 4,304.4

Agosto 375,706.0 3,189.9

Septiembre 375,706.0 2,728.4

Octubre 375,706.0 2,438.4

Noviembre 375,706.0 2,147.6

Diciembre 375,706.0 2,154.7

Total 4,508,472.0 33,619.0

De la totalidad de los intereses generados por la cuenta bancaria, le correspondieron a la

Delegación Gustavo A. Madero un importe de 4,503.9 miles de pesos, que representaron

el 13.4% (misma proporción de los recursos asignados a la Delegación).

Por lo anterior, se concluye que la SEFIN registró en la cuenta bancaria específica para

recibir y administrar los recursos del FORTAMUNDF los rendimientos financieros y que

éstos se calcularon de acuerdo con la tasa y el período establecido en el contrato de apertura.

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29 VOLUMEN 7/18

Al analizar la información de la cuenta bancaria específica en la que se depositaron los

recursos del FORTAMUNDF y sus rendimientos financieros, se verificó que dichos recursos

hubiesen sido ejercidos en su totalidad o, en su caso, que al 31 de diciembre de 2013

los remanentes se hubieran reintegrado a la Federación, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 71 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Al respecto,

se conoció que el presupuesto original del FORTAMUNDF asignado a la Delegación

Gustavo A. Madero por 603,995.5 miles de pesos, se incrementó en 4,503.9 miles de

pesos, por lo que el total ejercido por la Delegación fue de 608,499.4 miles de pesos.

Asimismo, mediante el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP

de la SEFIN indicó que “los oficios de los reintegros solicitados por las Unidades

Responsables del Gasto a la Dirección General de Administración Financiera durante el

ejercicio de 2013, correspondieron a recursos no ejercidos por concepto del Programa

de Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y de las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal del ejercicio 2013”. De acuerdo con lo informado, se

confirma que los recursos provenientes del FORTAMUNDF fueron ejercidos en su

totalidad por la Delegación.

Por lo anterior, se concluye que la SEFIN abrió una cuenta bancaria específica para el

manejo de los recursos FORTAMUNDF, en cumplimiento del artículo 49, párrafo segundo,

de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013, y el artículo 62 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que indican lo siguiente:

Artículo 49, párrafo segundo, de la Ley de Coordinación Fiscal:

“Las aportaciones federales serán administradas y ejercidas por los Gobiernos de las

Entidades Federativas y, en su caso, de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales

del Distrito Federal que las reciban, conforme a sus propias leyes…”

Artículo 62 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal:

“La Secretaría atenderá las solicitudes de pago o de fondos que las Dependencias,

Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades autoricen con cargo a sus presupuestos

para el financiamiento de sus vertientes de gasto, en razón de sus disponibilidades

financieras y conforme al calendario presupuestal previamente aprobado…”

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30 VOLUMEN 7/18

Modificación del Presupuesto

5. Resultado

En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero reportó un presupuesto ejercido con cargo al

FORTAMUNDF de 608,499.4 miles de pesos, el cual, respecto al presupuesto original

de 603,995.5 miles de pesos, significó un incremento de 4,503.9 miles de pesos (7.5%).

La modificación neta se realizó mediante 26 afectaciones programático-presupuestarias

autorizadas por la SEFIN que generaron los movimientos presupuestales que se muestran a

continuación:

(Miles de pesos)

Resumen de Afectaciones Presupuestarias

Descripción Importes

Presupuesto original

603,995.5

Ampliación líquida (1) 1,596.9

Total de ampliaciones

1,596.9

Adiciones líquidas (2) 2,907.0

Total de adiciones

2,907.0

Modificación al presupuesto

4,503.9*

Presupuesto ejercido

608,499.4

* Corresponde al monto de los intereses generados de los recursos del FORTAMUNDF.

Se analizaron las afectaciones presupuestarias y se determinó que las justificaciones

por las que se modificó el presupuesto original fueron las siguientes:

(Miles de pesos)

Número de afectación

Fecha Ampliaciones y Adicciones

Justificación

C 02 CD 07 09927 C 02 CD 07 07036

20/IX/2013 24/VII/2013

1,596.9 634.4

Adición y Ampliación líquida de recursos en la partida 3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinados a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos”, con la finalidad de aplicarlo en el parque vehicular que presta diversos servicios públicos a la comunidad, así como de su mantenimiento.

C 02 CD 07 19074* 31/XII/2013 2,272.6 Adición líquida de recursos en la partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, con la finalidad de cubrir el pago por la adquisición de material eléctrico para el alumbrado público de la Delegación Gustavo A. Madero.

Subtotal 4,503.9

23 Afectaciones con efecto cero 0.0

Sumas 4,503.9

* Esta afectación se vincula con una de las partidas de la muestra de auditoría.

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31 VOLUMEN 7/18

Las afectaciones compensadas fueron autorizadas por la Dirección General de Egresos

“B” y las afectaciones líquidas, por la Subsecretaría de Egresos, ambas de la SEFIN,

conforme a los artículos 34, fracción IX; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal.

Registros Contables

6. Resultado

Para verificar el registro contable de las operaciones relacionadas con los recursos

federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF efectuadas por la Delegación Gustavo A.

Madero en 2013, se solicitaron a la SEFIN los registros correspondientes.

En respuesta, la DGCNCP de la SEFIN, proporcionó los registros contables respecto a los

recursos provenientes del FORTAMUNDF, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Clave Concepto Importe

5123123211 2321 “Insumos y Textiles Adquiridos como Materia Prima” 8,785.6

5124124412 2441 “Madera y Productos de Madera” 669.6

5124124612 2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 7,102.2

5124124812 2481 “Materiales Complementarios” 859.7

5124124912 2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción y Reparación” 7,082.4

5125125111 2511 “Productos Químicos Básicos” 132.2

5126126111 2611 “Combustibles, Lubricantes Aditivos” 16,189.3

5126126112 2611 “Combustibles, Lubricantes Aditivos” 48,871.5

5127127111 2711 “Vestuario y Uniformes” 902.9

5127127211 2721 “Prendas de Seguridad y Protección Civil” 2,000.0

5127127212 2721 “Prendas de Seguridad y Protección Civil” 4,500.0

5129129112 2911 “Herramientas Menores” 1,102.0

5131131121 3112 “Servicio de Energía Eléctrica” 79,197.9

5131131122 3122 “Servicio de Energía Eléctrica” 124,326.9

5131131311 3131 “Agua Potable” 35,287.2

5133133811 3381 “Servicios de Vigilancia” 213,447.9

5134134511 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 21,282.3

5134134712 3471 “Fletes y Maniobras” 2,334.2

5135135521 3552 “Reparación y Mantenimiento del Equipo de Transporte de Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 7,327.3

5135135532 3553 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinado a Servidores Públicos” 2,079.7

Continúa…

Page 32: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

32 VOLUMEN 7/18

… Continuación

Clave Concepto Importe

5135135712 3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y Herramientas” 3,166.3

5135135812 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” 6,142.9

5136136111 3611 “Difusión en Radio, Televisión y Otros Medios sobre Programas y Actividades Gubernamentales” 2,956.0

1242211000 5221 “Aparatos Deportivos” 2,637.6

1243111000 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” 6,700.0

1244111000 5411 “Vehículos y Equipo de Transporte para la Ejecución de Programas y Seguridad Pública” 1,618.4

1244911000 5491 “Otros Equipos de Transporte” 378.9

1246511000 5651 “Equipo de Comunicación y Telecomunicaciones” 1,418.5

Totales

608,499.4

Al respecto, se verificó si el registro contable de las operaciones se efectuó en cumplimiento,

de las cuentas que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal,

vigente en 2013.

Leyenda de Difusión

7. Resultado

Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1126/13 del 8 de julio de 2014, la DGA de la

Delegación Gustavo A. Madero proporcionó las 19 CLC seleccionadas como muestra

de auditoría relativas a las partidas 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, 3131 “Agua

Potable”, 3381 “Servicios de Vigilancia” y 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”.

En la revisión de la documentación comprobatoria del gasto que amparan las 19 CLC de

la muestra de auditoría, se constató que la misma carece de la leyenda “operado

con FORTAMUNDF” o alguna otra leyenda que identifique los recursos ejercidos con cargo

al FORTAMUNDF. Por ellos la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el artículo 70, fracción II,

de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2013, que establece lo siguiente:

“Artículo 70.- Los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y demarcaciones

territoriales del Distrito Federal, deberán observar lo siguiente para la integración de la

información financiera relativa a los recursos federales transferidos: […]

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33 VOLUMEN 7/18

”II. Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o

como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo

de aportaciones, programa o convenio respectivo.”

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero

proporcionó lo siguiente:

1. Oficio núm. DGAM/DGA/DRF/1023/2014 del 29 de agosto de 2014, mediante el cual

el Director de Recursos Financieros le comunica al Director General de Administración

que le envía dos CLC como muestra de que la información se está cancelando con la

leyenda de “Operado FORTAMUN”.

2. Cuentas por Liquidar Certificadas núms. 11 CD 02 100018 y 11 CD 0 102341 del

13 de febrero y 13 de noviembre de 2013, así como la documentación comprobatoria

del gasto que acompañan a dichas CLC con la leyenda de “Operado FORTAMUN”.

Cabe señalar, que dichas CLC fueron proporcionadas en el transcurso de la etapa de

ejecución de la auditoría y se constató que éstas no contaban con la leyenda referida;

asimismo, de acuerdo con lo manifestado por el sujeto fiscalizado en su respuesta,

se desprende que no procedió a cancelar la documentación relativa a los recursos del

FORTAMUNDF en dicho ejercicio 2013, hasta la fecha de confronta (2 de septiembre

de 2014), por lo que la observación del presente resultado no se modifica.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-10-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

para que toda la documentación generada en el ejercicio de los recursos del Fondo de

Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal se cancele con la leyenda “Operado con FORTAMUNDF”,

de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Armonización Contable

8. Resultado

El 31 de diciembre de 2008, fue publicada la Ley General de Contabilidad Gubernamental en

el Diario Oficial de la Federación, vigente a partir del 1o. de enero de 2009, con el propósito

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34 VOLUMEN 7/18

de establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión

de información financiera de los entes públicos, y lograr su adecuada armonización.

De acuerdo con el artículo 4°., fracción I, de la citada ley, la armonización consiste en “la

revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel

nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las

rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que

deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y

contenido de los principales informes de rendición de cuentas”.

Con el fin de revisar el cumplimiento de las normas emitidas por el Consejo Nacional de

Armonización Contable (CONAC), este órgano fiscalizador requirió a la SEFIN

información respecto del cumplimiento de dichas normas. En respuesta, con el oficio

núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la SEFIN proporcionó

copia del oficio núm. DC/194/2014 del 30 de junio de 2014 y nota informativa firmada por

la Dirección de Contabilidad, con la que se informó lo siguiente:

“… en atención a los requerimientos del Consejo Nacional de Armonización Contable

(CONAC) para que los entes públicos proporcionen una información contable debidamente

armonizada, deberán apegarse a las normas y lineamientos que ha emitido, por lo que en

forma directa e indirecta, se han aplicado para el registro y control de las operaciones con

cargo a los recursos asignados al Distrito Federal del FORTAMUNDF a excepción de los

‘Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para

los Municipios con menos de 25 mil habitantes’, ‘El Plan de Cuentas que formará parte del

Manual de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con menos

de 25 mil Habitantes’ y los ‘Lineamientos que deberán observar los entes públicos para

registrar en las Cuentas de Activo los Fideicomisos sin estructura orgánica y Contratos

análogos, incluyendo Mandatos’.”

Respecto a si el Gobierno del Distrito Federal ha publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal las 32 normas que el CONAC publicó en el Diario Oficial de la Federación,

en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Dirección de

Contabilidad informó que “por parte del Gobierno del Distrito Federal fueron publicadas las

normas emitidas por el CONAC en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la cual es de

observancia obligatoria para toda la Administración Pública del Distrito Federal…”.

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35 VOLUMEN 7/18

Dichas normas son las siguientes:

Norma Fecha

de publicación

Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09

Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09

Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos 11/IX/09

Clasificador por Rubros de Ingresos 25/I//10

Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos 25/I/10

Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas

25/I/10

Plan de Cuentas 25/I/10

Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros relacionados con los Recursos Públicos Federales

25/I/10

Clasificador por Objeto del Gasto 1/VII/10

Clasificador por Tipo de Gasto 1/VII/10

Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto 31/XII/10

Manual de Contabilidad Gubernamental 31/XII/10

Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales) 31/XII/10

Marco Metodológico sobre la Forma y Términos en que deberá orientarse el Desarrollo del Análisis de los Componentes de las Finanzas Públicas con relación a los Objetivos y Prioridades que, en la materia, establezca la Planeación del Desarrollo, para su Integración a la Cuenta Pública

31/XII/10

Clasificador Funcional del Gasto 31/XII/10

Lineamientos Mínimos Relativos al Diseño y Metodología de Registro de los Libros de Diario Mayor e Inventarios y Balances

22/VII/11

Clasificación Administrativa 22/VII/11

Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y del Financiamiento de los Entes Públicos 22/VII/11

Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

28/XII/11

Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de Veinticinco Mil Habitantes

28/XII/11

Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos

28/XII/11

Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio 28/XII/11

Lineamientos para el Registro Auxiliar Sujeto a Inventario de Bienes Arqueológicos, Artísticos e Históricos bajo Custodia de los Entes Públicos

11/X/12

Parámetros de Estimación de Vida Útil 11/X/12

Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la Interrelación Automática con el Clasificador Por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

11/X/12

Clasificador por Fuentes de Financiamiento 15/I/13

Plan de Cuentas que formará Parte del Manual de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de 25 Mil Habitantes

15/I/13

Mejoras a los Documentos Aprobados por el CONAC 15/I/13

Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos para registrar en las Cuentas de Activo los Fideicomisos sin Estructura Orgánica y Contratos Análogos, incluyendo Mandatos

15/I/13

Términos y Condiciones para la Distribución del Fondo Previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, para el Otorgamiento de Subsidios a las Entidades Federativas y a los Municipios para la Capacitación y Profesionalización, así como para la Modernización de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

23/IV/13

Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal

Pendiente de publicar

Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño Mediante la Metodología de Marco Lógico

27/V/13

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36 VOLUMEN 7/18

Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó acciones encaminadas al cumplimiento

de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de las normas y lineamientos

publicados por el CONAC, excepto por la falta de la publicación, en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal, de la “Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales

de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal. Respecto a la información

contable y presupuestal, el cumplimiento será a más tardar el 30 de junio de 2014, de

conformidad con el acuerdo 1 aprobado por el CONAC, en la reunión del 3 de mayo de 2013,

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio

núm. DGCNCP/3735/2014 de la misma fecha, la DGCNCP adscrita a la SEFIN proporcionó

la información y documentación siguiente:

Oficio núm. DC/267/2014 del 29 de agosto de 2014, por medio del cual el Director de

Contabilidad le comunica al Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta

Pública que dentro del ámbito de competencia de dicha Dirección, anexa “Cédula de

atención al resultado”, en la que informó lo siguiente:

“Es conveniente precisar que los documentos emitidos por el Consejo Nacional de

Armonización Contable (CONAC) se presentaron en una relación numérica, sin embargo,

el número asociado a la metodología indicada no se puede considerar como norma 31,

toda vez que el CONAC no los tiene identificados por números sino por la fecha de su

publicación.

”En lo que respecta a la publicación del acuerdo mediante el cual se emitió la ‘Metodología

que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios

Fiscales del Ámbito Federal’, es de señalarse que [la SEFIN] adoptó el acuerdo en la

primera reunión de trabajo del CONAC 2012, celebrada el 29 de febrero de 2012. En el

texto de dicho acuerdo se establece:

”El titular del CONAC instruyó a la Secretaría Técnica del CONAC para que en cumplimiento a

lo establecido en el Artículo 7 de la Ley y la regla 20 de sus Reglas de Operación,

disponga lo conducente para publicar la metodología del ámbito federal que permita hacer

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37 VOLUMEN 7/18

comparables las cifras presupuestales de los últimos seis ejercicios fiscales, en el Diario

Oficial de la Federación y en la página de Internet del CONAC. Asimismo, solicitó a la

Secretaría Técnica para que comunique oficialmente el acuerdo tomado a los representantes

de los Consejos de Armonización Contable Estatales o Secretarios de Finanzas de las

entidades federativas para que realicen lo propio en los medios oficiales escritos

y electrónicos de difusión local, una vez que hayan adaptado la metodología a sus

necesidades, respetando en lo esencial sus fundamentos.

”Estos hechos asociados a las reformas efectuadas a la Ley General de Contabilidad

Gubernamental del 12 de noviembre de 2012, en sus artículos Cuarto y Quinto transitorios

del decreto de reforma establecen:

”Cuarto. El Consejo Nacional de Armonización Contable emitirá las normas y formatos

para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Título Quinto de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental incluido en el presente Decreto a más tardar el último día hábil de febrero

de 2013, con el objeto de que los entes públicos, presenten de manera progresiva la

información financiera en los términos establecidos y cumplan en su totalidad con

la presentación de la información, a más tardar el 31 de diciembre de 2013.

”Quinto. La obligación de incluir la información financiera correspondiente a los seis años

previos al ejercicio fiscal en curso, a que se refiere el artículo 58 de la Ley General de

Contabilidad Gubernamental, iniciará a partir de las fechas previstas en el artículo

transitorio anterior, y así sucesivamente hasta incluir la información de los seis años.

En este sentido, el acuerdo por el que se dio a conocer la ‘Metodología que permita hacer

Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito

Federal’, se encuentra en proceso de aprobación del Consejo de Armonización Contable

del Distrito Federal (CONSAC-DF) requisito indispensable para su publicación.

”Por lo antes expuesto y considerando la temporalidad establecida en las reformas de la

Ley, así como la condición que estableció el CONAC para su publicación, es de señalar

que la Secretaría de Finanzas no incumplió el Artículo 7 de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental, derivado de que en el cuerpo del lineamiento no establece su publicación

inmediata, el cual se verá reflejado en la presentación de Cuenta Pública 2014.

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38 VOLUMEN 7/18

”En relación a lo establecido en el Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de

Armonización Contable en la reunión del 3 de mayo de 2013 publicado en el Diario Oficial

de la Federación del 16 de mayo de 2013, es de precisar que dicho acuerdo considera que la

fecha límite para el registro contable presupuestal es el 30 de junio del 2014, no siendo el

caso el documento ‘Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales

de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal’, el cual tiene como propósito

establecer el método para generar la estadística presupuestal del gasto para los seis años por

lo cual no le es aplicable la fecha que establece el mencionado acuerdo”.

De acuerdo con la publicación de 31 de las 32 normas del CONAC y lo manifestado por la

DGCNCP de la SEFIN, con relación a la Metodología que permita hacer Comparables las

Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal,

la SEFIN dio cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 7o. de la Ley

General de Contabilidad Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación,

el 12 de noviembre de 2012, vigente en 2013, que dispone lo siguiente:

“Los gobiernos federal y de las entidades federativas publicarán en el Diario Oficial de la

Federación y en los medios oficiales escritos y electrónicos de difusión locales,

respectivamente, las normas que apruebe el consejo y, con base en éstas, las demás

disposiciones que sean necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley.”

Destino de los Recursos

9. Resultado

Con el fin de verificar que el presupuesto ejercido, con cargo al FORTAMUNDF se

hubiese aplicado conforme al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente en

2013, se solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero que describiera el número de obras y

acciones realizadas, el monto de los recursos utilizados y la participación de los recursos

ejercidos, con cargo al FORTAMUNDF en 2013, destinados al cumplimiento de obligaciones

financieras, al pago de derechos y aprovechamientos, por concepto de agua, seguridad

pública y otros requerimientos. En respuesta, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/14 del

24 de junio de 2014, la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó nota

informativa del 19 de junio de la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la DGA,

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39 VOLUMEN 7/18

en la que se describen los montos ejercidos en los conceptos señalados en la Ley de

Coordinación Fiscal como a continuación se describen:

(Miles de pesos)

Rubro Recursos asignados

Recursos ejercidos

Número de obras o acciones realizadas

Satisfacción de sus Requerimientos 344,311.8 359,764.3 19

Obligaciones Financieras 0.0 0.0 0

Pago de Derechos y Aprovechamientos por Concepto de Agua

48,601.2 35,287.2 24

Seguridad Pública 211,082.5 213,447.9 199,9651

Otros 0.0 0.0 0

Total 603,995.5 608,499.4

1 Corresponde al número de servicios por concepto de vigilancia.

Al respecto, se desprende que la Delegación Gustavo A. Madero cumplió lo dispuesto en

el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente en 2013 que establece lo siguiente:

“Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el

Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito

Federal, reciban los Municipios a través de las Entidades y las Demarcaciones

Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus

requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago

de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las

necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes...”

Informes Trimestrales del Ejercicio y Destino de los Recursos

10. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/13/1258 del 26 de junio de 2013, la ASCM solicitó a la

DGCNCP de la SEFIN la información trimestral relacionada con el ejercicio, destino y

resultados obtenidos de los recursos del fondo, y de manera pormenorizada, el avance

físico reportados a la SHCP, y si efectuó las publicaciones correspondientes. En respuesta,

mediante el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la

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40 VOLUMEN 7/18

SEFIN, al cual se anexó el oficio núm. DICP/173/2014 del 27 de junio de 2014 emitido por

la Dirección de Integración de Cuenta Pública, informó lo siguiente:

“La información trimestral sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de los

recursos del FORTAMUN 2013 fue reportada en el Portal Aplicativo de la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público (PASH) por la Delegación Gustavo A. Madero y fue enviada

de manera oportuna a esa Secretaría conforme a los plazos y lineamientos establecidos.

Asimismo, dicha información fue publicada de manera oportuna en la página web de la

Secretaría de Finanzas del Distrito Federal y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

como lo establece la normatividad.”

Adicionalmente, proporcionó copia simple de los avisos que se publicaron en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal de los Informes sobre el Ejercicio, Destino y Resultados

Obtenidos, respecto a los Recursos Federales Transferidos al Distrito Federal enero-marzo,

enero-junio, enero-septiembre y enero-diciembre de 2013; así como los oficios por los que la

Dirección de Desarrollo e Innovación Tecnología comunica que fueron puestos a disposición del

público los informes de referencia en la página web www.finanzas.df.gob.mx. La publicación

de los avisos fue de la siguiente manera:

Trimestre del informe Fecha de publicación

Enero-marzo 7/V/2013

Enero-junio 5/VIII/2013

Enero-septiembre 5/XI/2013

Enero-diciembre 5/II/2014

En la revisión de la documentación relativa a los informes trimestrales relacionados con el

ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos del fondo, y de manera pormenorizada,

el avance físico proporcionados por la SEFIN, se concluye que se dio cumplimiento al

artículo 48, primer y último párrafo, de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente en 2013 que

dispone lo siguiente:

“Los Estados y el Distrito Federal enviarán al Ejecutivo Federal, por conducto de la

Secretaria de Hacienda y Crédito Público, informes sobre el ejercicio y destino de los

recursos de los Fondos de Aportaciones Federales a que se refiere este Capítulo.

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41 VOLUMEN 7/18

”Los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del

Distrito Federal, publicarán los informes a que se refiere el párrafo primero de este artículo

en los órganos locales oficiales de difusión y los pondrá a disposición del público en

general a través de sus respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios

locales de difusión, a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en

el párrafo anterior.”

Avisos de las Acciones Realizadas

11. Resultado

La ASCM solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero la documentación que acreditara

que hizo del conocimiento de sus habitantes los montos que recibirían las obras y acciones a

realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios financiados con los

recursos del FORTAMUNDF 2013. En respuesta, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/2014

del 24 de junio de 2014, se proporcionó nota informativa sin número del 19 de junio de 2014,

mediante la cual la Dirección de Recursos Financieros informó lo siguiente:

“En cumplimiento del artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, el 24 de mayo de 2013

se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el ‘Aviso por el cual se da a conocer

la apertura de los Recursos de Origen Federal FORTAMUN’, en donde se detallan los

montos de las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas

y beneficiarios.

“Por otra parte, se encuentra en proceso la integración de la información del ‘Aviso de

término 2013, resultados alcanzados con recursos del FORTAMUN’ realizando la gestión

en el mes de julio para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal’.”

Además, la Delegación proporcionó copia de la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

24 de mayo de 2013, en la que publicó el Aviso por el Cual se da a Conocer el Informe

de Acciones Realizadas, Relativo a los Recursos de Origen Federal (FORTAMUNDF);

asimismo, proporcionó el “Aviso por el Cual se da a Conocer las Acciones Realizadas con

Recursos de Origen Federal (FORTAMUN 2013 Cuenta Pública)”.

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42 VOLUMEN 7/18

Al respecto, se pudo constatar que dichos avisos contienen la información de unidad

de medida, monto destinado para la obra, costo de la obra, ubicación de la obra,

meta de la obra, población beneficiada y acciones realizadas. También proporcionó

el oficio núm. DGAM/DGA/1378/2014 del 5 de agosto de 2014, por medio del cual el

segundo aviso fue remitido a la Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos de la

Consejería Jurídica y de Servicios Legales para su publicación en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero cumplió el artículo 33,

fracciones I y III, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013, que dispone lo siguiente:

“Artículo 33 […] los Estados y Municipios deberán:

”I. Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras y acciones

a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios […]

”III. Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados…”

PAAAPS e Informes del Seguimiento de las Adquisiciones

12. Resultado

Con el fin de comprobar si las adquisiciones de bienes y servicios efectuadas por la

Delegación Gustavo A. Madero, con recursos del FORTAMUNDF, fueron consideradas en

el PAAAPS, se solicitó a la Delegación el PAAAPS del ejercicio de 2013, así como sus

oficios de envío a la SEFIN para su validación y a la DGRMSG de la OM para su

conocimiento. En respuesta, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/2014 del 24 de junio de 2014,

la DGA de la Delegación proporcionó el programa anual y la documentación solicitados.

En la revisión del PAAAPS, se constató que la DGA de la Delegación envió a la SEFIN su

PAAAPS por el ejercicio de 2013, con el oficio núm. DGAM/DGA/0149/2013 del 23 de enero

de 2013. En respuesta, la Dirección General de Política Presupuestal de la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN, le comunicó a la Delegación la validación presupuestal de su

PAAAPS (por un monto de 697,067.8 miles de pesos).

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43 VOLUMEN 7/18

Respecto del envío a la DGRMSG de la OM la copia de la versión definitiva del PAAAPS 2013,

mediante el oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/0187/2014 del 8 de febrero de 2014, el

Subdirector de Recursos Materiales y Archivo de la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la Delegación remitió a la DGRMSG de la OM el

PAAAPS y el oficio de su validación. Al respecto, se constató que el oficio de envío

ostenta el sello de recibido de la DGRMSG del 11 de febrero de 2014, lo que muestra un

desfase de 11 días respecto a la fecha límite establecida en el numeral 4.2.1, apartado

4.2, “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013 que dispone lo siguiente:

“4.2.1. Las Delegaciones deberán elaborar sus PAAAPS con estricto apego al

presupuesto autorizado para el ejercicio correspondiente y a los lineamientos y formatos

que establezca la DGRMSG para el ejercicio correspondiente, observando lo establecido

en el artículo 16 de la LADF.

”La versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por la SF,

se deberá enviar copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio

presupuestal reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le corresponde que

emita la SF.”

Adicionalmente, la DGA de la Delegación proporcionó la publicación del PAAAPS 2013 en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 de febrero de 2013, por lo que se observa un

desfase de 11 días respecto a la fecha establecida en la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal. Por lo anterior, la Delegación no cumplió el artículo 19, segundo párrafo,

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal que dispone:

“Las […] delegaciones y entidades a más tardar el 31 de enero de cada año, publicaran

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus Programas Anuales de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios.”

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44 VOLUMEN 7/18

También se solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero los informes del seguimiento

de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios elaborados durante el

ejercicio de 2013. En respuesta, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/2014 del 24 de junio

de 2014, la DGA de la Delegación proporcionó la documentación solicitada. De la revisión

a los informes, se constató que fueron enviados a la DGRMSG de la OM con desfases

de 2 hasta 39 días, como se muestra en el cuadro siguiente:

Período Oficios

Fecha de recibido

Oficialía Mayor*

Fecha en que debió entregarse**

Días de desfase

Número Fecha

1er. Trimestre DGAM/0731/2013 10/IV/13 12/IV/13 10/IV/13 2

Abril DGAM/DRMSG/SRMyA/718/2013 6/V/13 10/V/13 10/V/13 0

Mayo DGAM/DGA/1210/2013 7/VI/13 10/VI/13 10/VI/13 0

Junio DGAM/DGA/1519/2013 9/VII/13 10/VII/13 10/VII/13 0

Julio DGAM/DRMSG/SRMyA/1347/2013 22/VIII/13 28/VIII/13 10/VIII/13 18

Agosto DGAM/DRMSG/SRMyA/1453/2013 9/IX/13 10/IX/13 10/IX/13 0

Septiembre DGAM/DGA/2266/2013 9/X/13 10/X/13 10/X/13 0

Octubre DGAM/DRMSG/SRMyA/2028/2013 9/XII/13 10/XII/13 10/XI/13 30

Noviembre DGAM/DRMSG/SRMyA/2030/2013 9/XII/13 10/XII/13 10/XII/13 0

Diciembre DGAM/DRMSG/SRMyA/226/2014 14/II/14 18/II/14 10/I/14 39

* Fecha del sello de acuse. ** A más tardar dentro de los 10 días naturales de cada mes, de conformidad con el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal y 45 de su Reglamento, vigente en 2013.

Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el numeral 4.14.2 del apartado

4.14, “Informes”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013,

que indica:

“Las [Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área encargadas de la Administración en las

Delegaciones] serán las responsables de la debida formulación y entrega oportuna de

los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez días hábiles siguientes al

período que se reporte […] salvo causa debidamente justificada, las Delegaciones

deberán solicitar por escrito a la DGRMSG prórroga en el plazo de entrega de dichos

informes.”

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45 VOLUMEN 7/18

También incumplió el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y 45 de su Reglamento vigentes en 2013 que disponen:

“Artículo 53. […] las delegaciones y entidades, a más tardar dentro de los primeros diez

días naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la

Contraloría y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de

conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato

anterior…”

“Artículo 45. Las […] Delegaciones y Entidades que contraten adquisiciones,

arrendamientos o prestación de servicios bajo los supuestos previstos en el artículo 54 de

la ley, enviarán dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes a la Secretaría, con

copia a la Contraloría y otra a la Oficialía, un informe sobre las operaciones realizadas

en el mes calendario inmediato anterior, acompañado de la documentación soporte.”

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A.

Madero proporcionó la siguiente documentación:

1. Respecto al desfase observado en el envío a la OM del PAAAPS del ejercicio 2013,

conjuntamente con el oficio de su validación, por parte de la SEFIN, la Delegación

Gustavo A. Madero no proporcionó evidencia documental que aclarara dicho desfase.

2. Con relación al desfase en la publicación del PAAAPS del ejercicio 2013, la DGA

proporcionó el oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1124/2014 del 1o. de septiembre

de 2014, por medio del cual el Subdirector de Recursos Materiales y Archivos

le informa al Director General de Administración que “a través del oficio

núm. DGAM/DGA/149/2013, se solicitó a la Secretaria de Finanzas del Gobierno del

Distrito Federal la validación del PAAAPS; asimismo, la Dirección General de Política

Presupuestal, entregó a esta Subdirección la validación del PAAAPS 2013 mediante

el oficio núm. DGPP/242/2013 hasta el 31 de enero de 2013, situación que derivó

en el desfase.

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46 VOLUMEN 7/18

Debido a lo anterior, se tomó la medida de programar con el personal de la Dirección

General de Política Presupuestal la revisión del PAAAPS 2014 para su validación con

más tiempo de anticipación, dando como resultado la publicación de éste en tiempo

y forma.

3. Respecto al desfase de los informes de las operaciones autorizadas de conformidad

con los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones (informes sobre el seguimiento de

las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios), mediante el oficio

núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1124/2014 del 1o. de septiembre de 2014, el Subdirector

de Recursos Materiales y Archivos le informa al Director General de Administración

que “el desfase fue generado por la descompostura y optimización del equipo de

cómputo vinculado al área responsable de dichas entregas”.

Lo manifestado por la Subdirección de Recursos Materiales y Archivos, adscrita a la DGA

de la Delegación Gustavo A. Madero en su respuesta de confronta, confirma las

observaciones del presente resultado.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-11-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero adopte medidas de control para

que el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y su

respectivo oficio de validación se remitan oportunamente a la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor y sean publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el plazo establecido en la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-12-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control,

para que los Informes del Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios se presenten en tiempo a la Dirección General de Recursos Materiales y

Servicios Generales de la Oficialía Mayor, de conformidad con la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal.

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47 VOLUMEN 7/18

Presupuesto Comprometido

Pasivo Circulante

13. Resultado

Con la finalidad de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero reportó a la SEFIN, en

tiempo y forma, el monto y características del pasivo circulante constituido al 31 de diciembre

de 2013, correspondiente a los recursos del FORTAMUNDF, esta entidad de fiscalización

solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero el oficio correspondiente a dicho pasivo.

En respuesta, la Delegación Gustavo A. Madero envió copia del oficio

núm. DGAM/DGA/0004/2014 del 6 de enero de 2013, mediante el cual el Director General

de Administración en Gustavo A. Madero envió a la Subsecretaría de Egresos de la

SEFIN “el Reporte de Recursos Comprometidos no ejercidos al 31 de diciembre de 2013,

Pasivo Circulante”, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013.

En formato B1 “Pasivo Circulante, Detalle por Clave y Proveedor o Contratista” al

31 de diciembre de 2013, la DGA reportó un “Pasivo Circulante Ejercido de 39,701.4 miles

de pesos, relativos a los recursos del FORTAMUNDF de los que 1,150.8 miles de pesos

corresponden a la partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico” (una de las partidas de la

muestra de auditoría), importe relacionado con el contrato núm. 02 CD 07 2P0251 1 13,

suscrito entre la Delegación Gustavo A. Madero y un proveedor.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero cumplió en tiempo y forma

con el envío del reporte de su pasivo circulante, por lo que no se desprende ninguna

observación.

Presupuesto Ejercido

Partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”

14. Resultado

En 2013, a la Delegación Gustavo A. Madero le fue asignado un presupuesto de recursos

del FORTAMUNDF, por 603,995.5 miles de pesos y ejerció un monto de 608,499.4 miles

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48 VOLUMEN 7/18

de pesos, de los cuales 7,102.2 miles de pesos (1.2% del total) fueron ejercidos en la

partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”.

Del importe ejercido en la partida, por 7,102.2 miles de pesos, fueron seleccionados

para su revisión 6,148.3 miles de pesos, erogados con recursos del FORTAMUNDF que

representan el 86.5% de lo ejercido. El importe de la muestra se encuentra amparado por

dos CLC y dos contratos (núms. 02 CD 07 2P0232 1 13 y 02 CD 07 2P0251 1 13)

suscritos con igual número de proveedores. Las dos CLC sujetas a revisión y sus

contratos respectivos se muestran a continuación:

(Miles de pesos)

Proveedor Cuenta por Liquidar Certificada Número de contrato

Procedimiento Importe pagado

Número Fecha

Euroeléctrica, S.A. de C.V. 102738 20/XII/2013 2P0251 Adjudicación

directa 1,150.8

Coel Iluminación, S.A. de C.V. 102341 14/V/2013 2P0232 Invitación restringida

2,724.9

2,272.6

Sumas 6,148.3

La adquisición de material eléctrico con recursos del FORTAMUNDF que afectaron la partida

fue llevada a cabo por la DGA de la Delegación, mediante dos procesos de adquisición, para

el contrato núm. 02 CD 07 2P0251 1 13, se realizó el procedimiento de adjudicación directa;

y para el contrato núm. 02 CD 07 2P0232 1 13, se realizó el de invitación restringida a cuando

menos tres proveedores. Dichos procedimientos contaron con los antecedentes siguientes:

Adjudicación Directa

1. El 2 de agosto de 2013, la Unidad Departamental de Adquisiciones presentó a la Dirección

de Recursos Materiales y Servicios Generales, adscrita a la DGA, la requisición de compra

núm. 283, mediante la cual justificó la adquisición de material eléctrico argumentando que

“el material será utilizado para dar cumplimiento al presupuesto participativo de 2013, en los

26 comités vecinales integrados en la Delegación Gustavo A. Madero en sus diez

Direcciones Territoriales en coordinación con la Unidad Departamental de Alumbrado

Público”.

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49 VOLUMEN 7/18

2. El 25 de septiembre de 2013, le fueron presentadas a la Subdirección de Recursos

Materiales y Archivo las cotizaciones relativas al material eléctrico por tres

proveedores participantes.

3. El 2 de octubre de 2013, fue elaborada la “Tabla Comparativa de Cotizaciones”, la

cual contiene los costos unitarios presentados por los tres proveedores, así como

el tiempo de entrega y las condiciones de pago. Dicho documento fue firmado por el

Subdirector de Recursos Materiales y Archivo y la Jefa de Unidad Departamental de

Adquisiciones.

4. Con esa misma fecha fue elaborado el “Dictamen” en el cual se consideró que la

propuesta del proveedor Euroeléctrica, S.A. de C.V. presentaba las mejores

condiciones de precio, calidad, la propuesta más baja y garantizaba el cumplimiento

del contrato, con fundamento en el artículo 27, inciso c); 28; 52 y 54, fracción II Bis, de

la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

5. Con folio núm. Oct-9 del 2 de octubre de 2013, la Dirección de Recursos Financieros

de la DGA otorgó a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales la

suficiencia presupuestal, por 9,866.7 miles de pesos para la adquisición de luminarias

con lámpara y balastros de 250 Watts, con cargo a la partida 2461 “Material Eléctrico

y Electrónico”.

6. En la primera sesión extraordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de la Delegación, celebrada el 15 octubre de 2013, se

autorizó llevar a cabo la adquisición del material eléctrico por el procedimiento

de adjudicación directa, por un monto de 9,866.0 miles de pesos.

Al respecto, se comprobó que el monto, por el cual fue autorizado adquirir el material

eléctrico en dicha sesión, rebasa el monto máximo de actuación establecido en

el artículo 37 del decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal 2013. En dicho artículo, establece que los montos máximos para

adjudicación están en función de los montos del Presupuesto Autorizado de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios que, en el caso de la Delegación, fue de

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50 VOLUMEN 7/18

697,067.8 miles de pesos, por lo que correspondía un monto máximo para

adjudicación directa de 340.0 miles de pesos.

Dicha adquisición rebasó en 7,105.1 miles de pesos (sin IVA) el monto máximo

referido, ya que el contrato (02CD072P0251113) se formalizó, por 7,445.1 miles de

pesos, más 1,191.2 miles de pesos correspondiente al IVA, para un monto total

de 8,636.3 miles de pesos.

Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero no cumplió los montos máximos

de actuación para adjudicación directa establecidos en el artículo 37 del Decreto del

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012; asimismo, no observó

el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal que dispone lo siguiente:

“Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo anterior, las […] delegaciones y entidades,

bajo su responsabilidad, podrán llevar a cabo adquisiciones, arrendamientos y prestación

de servicios, a través del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres

proveedores o por adjudicación directa, cuando el importe de cada operación no

exceda de los montos máximos que al efecto se establezcan en el Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal correspondiente al ejercicio fiscal respectivo, siempre

que las operaciones no se fraccionen para quedar comprendidas en los supuestos de

excepción a la licitación pública a que se refiere este artículo.”

Asimismo, incumplió el antepenúltimo párrafo del artículo 54, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal que dispone:

“Articulo 54. Cuando la licitación pública no sea idónea para asegurar a la

Administración Pública del Distrito Federal las mejores condiciones disponibles en

cuanto a calidad, oportunidad, financiamiento, precio y demás circunstancias pertinentes,

bajo su responsabilidad, las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones

y entidades, podrán contratar Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios, a

través de un procedimiento de invitación a cuando menos tres proveedores o por

adjudicación directa, siempre que: […]

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51 VOLUMEN 7/18

”Para efectos de lo dispuesto en este artículo, deberá obtenerse previamente la

autorización del titular de la dependencia, […], delegación o entidad, para lo cual

deberá elaborarse una justificación firmada por el titular del área usuaria o requirente

de los bienes o servicios, en la que se funden y motiven las causas que acrediten

fehaciente y documentalmente el ejercicio de la preferencia.”

7. El 16 de octubre de 2013, fue suscrito el contrato núm. 02CD072P0251113 con la

empresa Euroeléctrica, S.A. de C.V., por un importe de 7,445.1 miles de pesos más

1,191.2 miles de pesos correspondiente al IVA, por lo que el monto total a pagar fue

de 8,636.3 miles de pesos. Dicho contrato estipula la adquisición de 3,720 luminarias

con lámpara y balastro de 250 Watts de aditivos metálicos, 104 rollos de cable

calibre 10 de 100 metros, 28 rollos de cable calibre 12 de 100 metros, 350 piezas de

ménsulas galvanizadas de 2 pulgadas y 910 piezas de cinta de aislar plástica.

8. El 16 de octubre de 2013, para garantizar el cumplimiento del contrato, el proveedor

adjudicado presentó la póliza de fianza núm. DFR003-004490, por un importe de

1,116.8 miles de pesos que corresponden al 15.0% del valor del contrato sin incluir el IVA

(7,445.1 miles de pesos), tal como fue establecido en la cláusula segunda del contrato.

9. El 8 de noviembre de 2013, la Delegación Gustavo A. Madero suscribió el convenio

modificatorio núm. 02CD072P0251113-C1 de ampliación al monto contratado de

8,636.3 miles de pesos (IVA incluido), por 1,229.4 miles de pesos (IVA incluido), para

un total a liquidar de 9,865.7 miles de pesos.

10. Del monto por liquidar al proveedor, sólo fueron aplicados 1,150.8 miles de pesos

con recursos del FORTAMUNDF, mediante la CLC núm. 102738, y el resto fueron

liquidados con recursos fiscales (8,714.9 miles de pesos). Al respecto, se solicitó a la

Delegación Gustavo A. Madero los criterios, mediante los cuales se determinó pagar

los 1,150.8 miles de pesos con recursos del FORTAMUNDF, ya que no fue posible

identificar cuál de las tres facturas que ampara la CLC fue liquidada con ese importe o

que material fue liquidado con los recursos del FORTAMUN. En respuesta, mediante

el oficio núm. DGM/DGA/1365/14 del 6 de agosto de 2014, la DGA proporcionó nota

informativa sin número del 30 de julio de 2014, en la que indica “debido a que los

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52 VOLUMEN 7/18

recursos fiscales no fueron suficientes para el pago del contrato 02CD072P0251113

con la empresa Euroeléctrica, S.A. de C.V., y con la finalidad de no generar ADEFAS

se determinó pagar el resto del importe de las facturas con recursos del FORTAMUN”.

Sin embargo, de acuerdo con la respuesta del sujeto fiscalizado y la documentación

proporcionada, la Delegación no identificó qué bienes fueron liquidados con los

recursos del FORTAMUNDF (1,150.8 miles de pesos). Por lo anterior, la Delegación

Gustavo A. Madero no cumplió el artículo 16, Cuarto Lineamiento, “Información y

Comunicación”, numeral III, inciso a) del “Acuerdo por el que se establecen los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal”, que dispone:

“III. Asimismo, los titulares referidos en el presente lineamiento, deberán mantener los

medios de comunicación con los servidores públicos de las Unidades de Gobierno de

la Administración Pública del Distrito Federal, relacionados con la preparación de la

información necesaria para la integración de los estados financieros o presupuestales,

y la necesaria para la auditoría externa o interna, para conocer hechos que pudieran

implicar omisiones o imprecisiones que afecten potencialmente su veracidad e integridad.

”Un adecuado flujo de información y comunicación debe considerar:

”a) Contenido y flujo de la información. Los titulares de las Unidades de Gobierno de

la Administración Pública del Distrito Federal, y los servidores públicos de mandos

medios y superiores, en el ámbito de sus atribuciones, deberán identificar y comunicar

la información relevante en la forma y en los plazos establecidos en la normatividad

aplicable, misma que deberá ser clara y con un grado de detalle ajustado al nivel de la

toma de decisiones, asimismo con un contenido apropiado, oportunidad, actualización,

exactitud y accesibilidad. El Flujo de la información debe versar en todos los sentidos

ascendente, descendente, horizontal y transversal.”

11. Se verificó si la entrega de la totalidad del material eléctrico adquirido bajo el

procedimiento de adjudicación directa se registró en las notas de entrada al almacén

núms. 0316, 0317 y 0318 elaboradas por la Unidad Departamental de Almacenes

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53 VOLUMEN 7/18

e Inventarios de la DGRMSG de la Delegación; los días 31 de octubre, y 1o., 2, 6, 7, 8

y 11 de noviembre de 2013.

Invitación Restringida a cuando menos Tres Proveedores

1. El 1o. de julio de 2013, la Unidad Departamental de Adquisiciones presentó a la DGA

la requisición de compra núm. 197 para la adquisición de diverso material eléctrico

con la justificación siguiente: “el material será utilizado para dar cumplimiento

al ‘Programa Delegacional de Alumbrado Público’, en las diferentes colonias que

integran la delegación Gustavo A. Madero en sus diez direcciones territoriales […]”.

2. El 7 de agosto de 2013, le fue otorgada la suficiencia presupuestal por la Dirección de

Recursos Financieros a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales

(ambas adscritas a la DGA), mediante el “Formato de Suficiencia Presupuestal”, con

núm. de folio AG-1.

3. Con esa misma fecha fueron emitidas las bases de la invitación restringida a cuando

menos tres proveedores núm. IRTP/DGA/16/2013 para la adquisición de 5,360 juegos

de lámpara y balastro de 250 Watts de aditivos metálicos, 100 luminarias completas

con lámpara y balastro de 250 Watts de aditivos metálicos, 11 rollos de cable de aluminio

tipo AAC equivalente al núm. 6, 70 rollos de alambre de 100 metros de calibre 10, 70 rollos

de alambre de 100 metros de calibre 12, cinco rollos de cable del núm. 6 de 100 metros,

18 rollos de cable del núm. 8 de 100 metros, cinco rollos de cable de uso rudo calibre

10 de 100 metros, cinco rollos de cable de uso rudo calibre 12 de 100 metros, 1,200 piezas

de fotoceldas electromagnéticas A220 V y 500 piezas de bases para fotoceldas.

4. Con el oficio núm. DGAM/DGA/DGRMSG/SRMyA/1247/2013 del 9 de agosto de 2013,

la Subdirección de Recursos Materiales y Archivos remitió a tres proveedores una

invitación para participar en dicho proceso de adquisición.

5. El 14 de agosto de 2013, se llevó a cabo la junta de aclaración de bases, a la que

participaron los tres proveedores invitados a participar en el proceso (Coel

Iluminación, S.A., Multiservicios de Construcción Ambiental y Restauración, S.A. de C.V.,

y Visión Ecológica, S.A. de C.V.).

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54 VOLUMEN 7/18

6. El 15 de agosto de 2013, fueron presentadas las propuestas técnicas y económicas,

así como la documentación legal y administrativa requerida en las bases por los

proveedores participantes, para lo cual se elaboró el acta circunstanciada respectiva.

Asimismo, presentaron las fianzas de sostenimiento de su oferta económica.

7. Con esa misma fecha, se elaboró la “Tabla Comparativa de Cotizaciones”, la cual

contiene el costo unitario y el costo total de cada una de las tres propuestas

económicas presentadas por los proveedores.

8. En el acta circunstanciada del 15 de agosto de 2013, se plasmó el dictamen y el fallo

respectivo, en el cual se indicó que la empresa Coel Iluminación, S.A. de C.V. resultó

adjudicada, ya que ofertó el precio más bajo en todas las partidas, por lo que se

le adjudicó el contrato, por un monto de 4,308.2 miles de pesos (sin IVA).

9. El 15 de agosto de 2013, fue suscrito el contrato núm. 02 CD 07 2P0232 1 13 entre

la Delegación Gustavo A. Madero y el proveedor adjudicado, por un importe de

4,308.2 miles de pesos más 689.3 miles de pesos correspondiente al IVA que en

conjunto suma la cantidad de 4,997.5 miles de pesos. Al respecto, se constató que

dicho contrato no rebasó los montos máximos para el caso de invitaciones

restringidas (6,450.0 miles de pesos) contenidos en el Decreto del Presupuesto

de Egresos de la Federación, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

31 de diciembre de 2012.

10. Para garantizar el cumplimiento del contrato, el proveedor presentó la póliza de fianza

núm. DFR003-004469 del 15 de agosto de 2013, por un importe de 646.2 miles de pesos

que representan el 15.0% del valor del contrato (sin IVA), de conformidad con la

cláusula décima del contrato.

11. El pago del material adquirido se realizó, mediante la expedición de la CLC

núm. 02 CD 07 102341 del 13 de noviembre de 2013, la cual ampara las facturas

núms. 0935 y 0936, por importes de 4,759.7 miles de pesos y 237.8 miles de pesos

(IVA incluido) respectivamente. Al respecto, se verificó que dichas facturas cumplen

los requisitos fiscales del Código Fiscal de la Federación.

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55 VOLUMEN 7/18

12. La entrega del material eléctrico fue recibido por la Unidad Departamental de Almacenes

e Inventarios con las notas de entrada al almacén con folios núms. 0244 y 0245, por

importes de 4,759.7 miles de pesos y 237.8 miles de pesos (IVA incluido) respectivamente.

Asimismo, dichas notas indican que los materiales fueron recibidos el 23 de agosto

de 2013, situación que se confirma con las remisiones (elaboradas por los proveedores)

que ostentan el sello de acuse de la Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios

con esa misma fecha.

Del análisis al proceso de invitación restringida a cuando menos tres proveedores y de la

documentación justificativa y comprobatoria del gasto, así como de la entrega y recepción

del material adquirido por la Delegación, se concluye que se realizó de conformidad con la

Ley de Adquisiciones del Distrito Federal, vigente en 2013, por lo que no se realiza

observación alguna.

En la reunión de confronta, celebrada, el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A.

Madero proporcionó la siguiente documentación:

1. Con relación al punto 6 del proceso de la adjudicación directa, la DGA proporcionó el

oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1124/2014 del 1o. de septiembre de 2014, por

medio del cual el Subdirector de Recursos Materiales y Archivos le informa al Director

General de Administración lo siguiente:

“Me permito mencionar que en base a las facultades que confiere la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios, se aprobó la adquisición conforme a los artículos 21, 27, 28, 52, 54,

fracción II, de dicha ley que indican: […]

”Artículo 52. En los supuestos y con sujeción a las formalidades que prevén los

artículos 54 y 55 de esta Ley, las dependencias, órganos desconcentrados,

delegaciones y entidades, bajo su responsabilidad, tendrán preferencia para no llevar

a cabo el procedimiento de licitación pública y celebrar contratos de adquisiciones,

arrendamiento y prestación de servicios, a través de optar por un procedimiento de

invitación restringida a cuando menos tres proveedores o de adjudicación directa.

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56 VOLUMEN 7/18

”La facultad preferente que las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones

y entidades ejerzan, deberá fundarse, según las circunstancias que concurran en

cada caso, en criterios de eficacia, eficiencia, economía, imparcialidad y honradez que

aseguren para la Administración Pública del Distrito Federal las mejores condiciones

de oferta, oportunidad, precio, calidad, financiamiento y demás circunstancias pertinentes.

”Artículo 54. Cuando la licitación pública no sea idónea para asegurar a la

Administración Pública del Distrito Federal las mejores condiciones disponibles

en cuanto a calidad, oportunidad, financiamiento, precio y demás circunstancias

pertinentes, bajo su responsabilidad, las dependencias, órganos desconcentrados,

delegaciones y entidades, podrán contratar Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación

de Servicios, a través de un procedimiento de invitación a cuando menos tres

proveedores o por adjudicación directa, siempre que: […]

”II. Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la

salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del Distrito Federal…”

De acuerdo con lo manifestado por la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero en

su respuesta, se desprende que la adjudicación directa se sujetó fundamentalmente

en los artículos 52 y 54, fracción II, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;

sin embargo no presentó la justificación con la que se demuestre que, en caso de no

llevar a cabo dicha adquisición peligraba el orden social, la economía o los servicios

públicos, etc., como lo dispone la fracción II del artículo 52 referido.

Por lo anterior, la observación relativa a que la Delegación Gustavo A. Madero no

observó los montos de actuación para el caso de la adjudicación directa establecido

en el Decreto del Presupuesto de Egresos para el ejercicio Fiscal 2013, no se

modifica.

2. En relación con la imposibilidad de identificar cuál de las tres facturas que ampara una

de las dos CLC que justifica el pago de material eléctrico y electrónico que se liquidó

con recursos del FORTAMUNDF, la delegación no proporcionó evidencia documental

que precisara qué equipo fue adquirido con los recursos del FORTAMUNDF, por lo

que la observación prevalece.

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57 VOLUMEN 7/18

Recomendación ASCprofcasf-102-13-13-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero implemente mecanismos de control

para que en la adquisición de bienes con recursos del Fondo de aportaciones para el

Fortalecimientos de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,

se observen los montos máximos de actuación para adjudicaciones directas que al efecto se

establezcan en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal del ejercicio que

corresponda y, en su caso, se justifique su excepción, de conformidad con la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-14-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero adopte mecanismos de control para

garantizar que, en la documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos del

Fondo de aportaciones para el Fortalecimientos de los Municipios y las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal, se identifiquen los bienes adquiridos, con el propósito de

que la información financiera y presupuestal, así como la necesaria para la auditoría

externa o interna, cuente con un grado de detalle y contenido apropiado, de conformidad

con los Lineamientos de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal.

Partida 3131 “Agua Potable”

15. Resultado

En 2013, a la Delegación Gustavo A. Madero le fueron asignados recursos con cargo al

FORTAMUNDF por 603,995.5 miles de pesos y ejerció un monto de 608,499.4 miles de

pesos. Del monto ejercido, 35,287.2 miles de pesos (5.8%) se aplicaron con cargo

a la partida 3131 “Agua Potable”.

La muestra de auditoría para la revisión de dicha partida ascendió a 35,284.1 miles de

pesos (5.7% de lo ejercido en dicho fondo) y se integró con seis CLC que la Delegación

emitió en 2013 para el pago de Derechos, por el Suministro de Agua al SACMEX como se

muestra en el cuadro siguiente:

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58 VOLUMEN 7/18

(Miles de pesos)

Bimestre CLC Importe Oficio de cobro del SACMEX

6o. 2012 06 CD 03 100049 6,268.3 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1009204/2013

1o. 2013 06 CD 03 100845 5,668.3 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1022533/2013

2o. 2013 06 CD 03 101330 6,104.8 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1031094/2013

3o. 2013 06 CD 03 102057 5,480.6 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1042953/2013

4o. 2013 06 CD 03 102686 5,555.4 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1052777/2013

5o. 2013 06 CD 03 103736 6,206.7 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1065415/2013

Total 35,284.1

Con el propósito de realizar pruebas específicas para comprobar que los recursos del

FORTAMUNDF se hubiesen ajustado a la normatividad aplicable, la ASCM solicitó al sujeto

fiscalizado, mediante el oficio núm. ASCprofcasf/102/13/GAM-03 del 3 de julio de 2014,

información relativa a la partida 3131 “Agua Potable”. Al respecto, la Delegación Gustavo

A. Madero, mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1126/14 del 8 de julio de 2014,

proporcionó los expedientes originales de seis bimestres de pago de Derechos por

Suministro de Agua, seleccionados como muestra de auditoría. Sobre el ejercicio de los

recursos se observó lo siguiente:

1. La Delegación Gustavo A. Madero contó con los oficios, mediante los cuales el SACMEX

remitió a la Delegación las CLC, el Reporte de Cuentas por Grupo Corporativo 451,

así como las boletas y los formatos denominados “Teleprocesos” correspondiente

a los seis bimestres.

2. En cuanto a si las CLC en que el SACMEX aplicó el pago de los Derechos por

Suministro de Agua correspondientes a los seis bimestres (6o. bimestre de 2012

y cinco bimestres de 2013), estuvieron respaldadas documental y aritméticamente

con las boletas y “Teleprocesos”, franqueados por las cajas de la Subdirección de

Cobranza de ese órgano desconcentrado y que los mismos se encontraran relacionados y

considerados con los importes de pago en las cuentas correspondientes dentro del

Reporte de Cuentas por Grupo Corporativo 451, la información proporcionada reveló

que la Delegación tenía a su cargo 206 inmuebles con 235 números de cuentas,

mediante las cuales pagó los derechos por suministro de agua.

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59 VOLUMEN 7/18

3. El Reporte de Cuentas por Grupo Corporativo 451 presentó cuentas con la leyenda

“Sin Emisión”, por lo que se solicitó la aclaración a la Delegación. Al respecto, mediante el

oficio núm. DGAM/DGA/1325/14 del 31 de julio de 2014, la DGA proporcionó a este

órgano fiscalizador, nota informativa del 6 de agosto de 2014, signada por el Jefe de

Unidad Departamental de Siniestros, Servicios y Mantenimiento, en la que informó que

“los inmuebles que contaron con más de una toma de agua, se les emitieron boletas

de pago con el importe de manera global considerándose el consumo del suministro de

agua en la cuenta o toma principal y las otras se reportaron ‘Sin Emisión’ en el Reporte

de Cuentas por Grupo Corporativo 451, mismo que es generado por el SACMEX”.

4. El sexto bimestre de 2012, pagado con recurso del FORTAMUN 2013, se constató

que el importe del pago de Derechos por Suministro de Agua no fue considerado en el

reporte del pasivo circulante del ejercicio 2012, por lo que la Delegación Gustavo A.

Madero incumplió los artículos 60 y 70, fracciones III y IV, de la Ley del Presupuesto

y Gasto Eficiente, vigente en 2013 que establecen lo siguiente:

“Artículo 60. Las Unidades Responsables del Gasto informarán a la Secretaría, a más

tardar el día 15 de enero de cada año, el monto y características de su pasivo

circulante al fin del año anterior.”

“Artículo 70. Para cubrir los compromisos que efectivamente se hayan cumplido y no

hubieren sido cubiertos al 31 de diciembre de cada año, las Dependencias, Órganos

Desconcentrados, Delegaciones y Entidades deberán atender a lo siguiente para su

trámite de pago: […]

”III. Que se informe a la Secretaría, a más tardar el día 15 de enero de cada año, en los

términos del artículo 60 de esta Ley, el monto y características de su pasivo circulante, y

”IV. Que se radiquen en la Secretaría los documentos que permitan efectuar los pagos

respectivos, a más tardar el último día de enero del año siguiente al del ejercicio al que

corresponda el gasto.”

5. Se encontró que en las seis CLC de la muestra de auditoría se incluyeron los formatos

denominados “Teleprocesos” que corresponden a pagos de créditos fiscales que

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60 VOLUMEN 7/18

el SACMEX aplicó, por importe de 7,888.3 miles de pesos (22.4% de los recursos ejercidos)

correspondientes a los seis bimestres revisados como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Bimestre CLC Derechos Importe

de los créditos fiscales

6o. de 2012 06 CD 03 100049 6,268.3 1,372.9

1o. de 2013 06 CD 03 100845 5,668.3 1,385.8

2o. de 2013 06 CD 03 101330 6,104.8 1,483.8

3o. de 2013 06 CD 03 102057 5,480.6 720.1

4o. de 2013 06 CD 03 102686 5,555.4 695.7

5o. de 2013 06 CD 03 103736 6,206.7 2,230.0

Total 35,284.1 7,888.3

La revisión de los “Teleprocesos”, no permitió comprobar el monto del adeudo original

del cual derivan dichos créditos fiscales; así como los pagos efectuados y la situación

actual de dicho crédito, por lo que se solicitó su aclaración a la Delegación Gustavo A.

Madero. En respuesta, mediante nota informativa del 8 de agosto de 2014, la DGA

proporcionó a este órgano de fiscalización, copia del oficio núm. DESU/2010/130909/2010

del 13 de octubre de 2010, por medio del cual el SACMEX comunicó a la Delegación,

adeudos de Derechos por Suministro de Agua (Determinante de Crédito Fiscal)

correspondientes a los períodos del 1er. bimestre de 2003 al 3er. bimestre de 2005

y del 1er. bimestre de 2005 al 3er. bimestre de 2010, por un adeudo total a esa fecha

de 44,191.6 miles de pesos. Sin embargo, la Delegación no proporcionó evidencia

documental que identificara el origen del adeudo, los pagos a realizar y las

amortizaciones efectuadas antes de 2013, así como el saldo pendiente de pago, lo

que evidencia fallas de control interno en el control de pagos y amortizaciones que

la Delegación Gustavo A. Madero tiene con el SACMEX.

Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero no atendió lo señalado en el artículo 16,

Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I, inciso c) del Acuerdo por el

que se Establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

9 de abril de 2007, vigente en 2013, que señala:

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61 VOLUMEN 7/18

“Tercer Lineamiento. Actividades de Control:

”I. […] las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal son

responsables de establecer los procedimientos para que los servidores públicos

ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para evitarlos

o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno que

garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de

manera razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación

confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como

salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo. […]

”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos

y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe

estar disponible para su verificación.”

Asimismo, no observó los numerales I y III del Cuarto Lineamiento de Control Interno,

que señala lo siguiente:

“Información y Comunicación

”I. […] las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, y

los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán

establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen, sea

adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas,

así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que en

materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones legales

y administrativas aplicables […]

”III. Asimismo, los titulares referidos en el presente lineamiento, deberán mantener los

medios de comunicación con los servidores públicos de las Unidades de Gobierno de

la Administración Pública del Distrito Federal, relacionados con la preparación de la

información necesaria para la integración de los estados financieros o presupuestales,

y la necesaria para la auditoría externa o interna, para conocer hechos que pudieran

implicar omisiones o imprecisiones que afecten potencialmente su veracidad e integridad.”

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62 VOLUMEN 7/18

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación

Gustavo A. Madero no proporcionó información o documentación que solventara

las observaciones formuladas en el presente resultado.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-15-GAM

En la necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

para que los adeudos correspondientes a los Derechos por Suministro de Agua, con

cargo a la partida 3131 “Agua Potable” se registren en el reporte del pasivo circulante

del ejercicio respectivo, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-16-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero adopte mecanismos de control para

que se identifiquen el origen del adeudo que la Delegación tiene con el Sistema de Aguas

de la Ciudad de México, los pagos por realizar, las amortizaciones y el saldo pendiente de

pago, con el propósito de que se documenten todos sus procesos y operaciones,

asegurando de manera razonable la generación de información financiera, presupuestal

y de operación confiable, oportuna y suficiente, de conformidad con los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”

16. Resultado

En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció un importe de 213,447.9 miles de pesos

en la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”, que representa el 35.1% del presupuesto

ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (497,548.7 miles de pesos) con recursos

del FORTAMUNDF.

Esta entidad de fiscalización determinó una muestra correspondiente a 107,662.3 miles de

pesos, ejercidos con recursos del FORTAMUNDF, equivalente al 17.7% del importe total

de la partida, amparados con 10 CLC. Al respecto, se solicitaron a la Delegación Gustavo

A. Madero las CLC relacionadas con la partida y demás documentación e información

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63 VOLUMEN 7/18

complementaria. Asimismo, se solicitó información documental que se generó de los

servicios pagados a la Policía Auxiliar del Distrito Federal (PADF), por los servicios de

vigilancia prestados en las oficinas de dicha Delegación, por el ejercicio de 2013.

En respuesta a las solicitudes de información, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/14

del 23 de junio de 2014, la DGA proporcionó copia de las Bases de Colaboración

para la Prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia, con los folios

núms. PADF:DG/0910/I/65/2/19949/2013, por los servicios con categoría de intramuros y

extramuros del 1o. de enero de 2013, así como los convenios modificatorios con los folios

núms. PADF:DG/0910/I/65/1,3/19949-01, suscritos por la Delegación Gustavo A. Madero

y la PADF del 15 de octubre de 2013, para el servicio de vigilancia en los inmuebles a

cargo de la Administración Pública del Distrito Federal, por el ejercicio de 2013, las

conciliaciones de turnos quincenales y los controles de asistencia diarios (fatigas)

de los servicios de vigilancia prestados por la corporación policiaca.

Al revisar la documentación proporcionada, se determinó que las CLC revisadas amparan el

pago de 39 Informes Presupuestales de Liquidación (facturas) relativos a los meses de

febrero, marzo, abril, julio, agosto, octubre, noviembre y diciembre de 2013, por un importe

de 107,662.3 miles de pesos, por servicios extramuros e intramuros, como se muestra a

continuación:

(Miles de pesos)

CLC Informe Presupuestal de Liquidación

Número Importe Fecha Número Servicio Importe

100018 8,211.1 13/II/13 655029 Extramuros 2,741.0

655030 Intramuros 3,162.7

655031 Extramuros 2,307.4

Sumas 8,211.1

100050 16,700.9 7/III/13 655045 Extramuros 2,846.6

655047 Intramuros 3,357.0

655049 Extramuros 2,471.1

655046 Extramuros 2,660.4

655048 Intramuros 3,072.9

655050 Extramuros 2,292.9

Sumas 16,700.9

100140 16,851.1 23/IV/13 655247 Extramuros 2,702.7

655249 Intramuros 3,137.2

655251 Extramuros 2,312.7

655248 Extramuros 2,890.1

655250 Intramuros 3,345.2

655252 Extramuros 2,463.2

Sumas 16,851.1

Continúa…

Page 64: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

64 VOLUMEN 7/18

… Continuación

CLC Informe Presupuestal de Liquidación

Número Importe Fecha Número Servicio Importe

100204 11,325.4 22/V/13 655403 Intramuros 3,279.2

655405 Extramuros 2,480.2

655401 Extramuros 2,887.7

655402 Intramuros c 1,073.2

655404 Extramuros c 735.3

655400 Extramuros c 869.8

Sumas 11,325.4

100337 8,840.3 15/VII/13 655665 Extramuros 2,933.3

655666 Intramuros 3,357.9

655667 Extramuros 2,549.2

Sumas 8,840.3

100451 9,281.2 20/VIII/13 655794 Extramuros 3,067.1

655795 Intramuros 3,526.9

655796 Extramuros 2,687.2

Sumas 9,281.2

100549 9,332.0 21/IX/13 655945 Extramuros 2,644.4

655944 Intramuros 3,570.8

655943 Extramuros 3,116.8

Sumas 9,332.0

100608 8,905.0 15/X/13 656049 Extramuros 2,962.2

656050 Intramuros 3,399.1

656051 Extramuros 2,543.7

Sumas 8,905.0

100701 9,576.6 15/XI/13 656306 Extramuros 3,152.7

656307 Intramuros 3,645.7

656308 Extramuros 2,778.3

Sumas 9,576.6

100926 9,348.3 31/XII/13 656610 Extramuros 3,123.7

656611 Intramuros 3,519.4

656612 Extramuros 1,995.5*

Sumas 8,638.7

Totales 108,371.9 107,662.3

* El importe del Informe Presupuestal de Liquidación fue de 2,705.1 pero la Delegación sólo liquidó 1,995.5 miles de pesos quedando pendiente de pago la diferencia de 709.6 miles de pesos.

Como parte de la información y documentación proporcionadas por la DGA de la Delegación

Gustavo A. Madero que ampara el servicio de vigilancia, se realizó lo siguiente:

1. Se verificó el Informe Presupuestal de Liquidación núm. 656612, por un importe de

2,705.1 miles de pesos, se pagó sólo con la CLC núm. 100926 un importe de 1,995.5 miles

de pesos, quedando pendiente de pago la diferencia de 709.6 miles de pesos.

Al respecto, se constató que dicho importe no fue registrado en el reporte del pasivo

circulante del ejercicio 2013 remitido por la Delegación Gustavo A. Madero a la

SEFIN. Asimismo, en el oficio núm. PADF/DERHF/DF/SRF/0058/14 del 5 de febrero

de 2014, la Policía Auxiliar del Distrito Federal informó al Director General de

Administración de la Delegación que “no se contó con disponibilidad en la partida 3381,

lo que impidió realizar el cobro de dicho importe”. Lo que confirma que dicho adeudo

no fue registrado en el reporte del pasivo circulante.

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65 VOLUMEN 7/18

Por no registrar los 709.6 miles de pesos en el reporte del pasivo circulante del

ejercicio 2013, la Delegación no observó los artículos 60 y 70, fracciones III y IV, de la

Ley del Presupuesto y Gasto Eficiente, vigente en 2013.

2. Se constató si los convenios modificatorios de las bases referidas contaron con una

vigencia por todo el ejercicio de 2013 como se señaló en cláusula décima sexta del

convenio, que a la letra dice: “‘Vigencia’. Las presentes Bases de Colaboración

surtirán sus efectos a partir del día 01 del mes de enero del año 2013 y hasta el día

31 del mes de diciembre del año 2013”.

3. De las bases de colaboración para la prestación de servicios y vigilancia, a la fecha de

la auditoría (agosto de 2014), la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó copia

de los Anexos I (donde se indica la ubicación de los Bienes Muebles e Inmuebles)

tanto del servicio de intramuros como de extramuros, señalados en la cláusula

primera de las bases.

Por no proporcionar los anexos en los cuales se establecieron los lugares en los

cuales se iba a cumplir el objeto de las bases de colaboración

(PADF:DG/0910/I/65/2/19949/2013 y PADF:DG/0910/I/65/1,3/19949-01), la Delegación

Gustavo A. Madero incumplió el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”,

numeral I, inciso c), del Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos Generales de

Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal que dispone:

“c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos

y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe

estar disponible para su verificación.”

También incumplió el segundo párrafo del artículo 125 de la Ley de Presupuesto y

Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 31 de diciembre de 2009, vigente en 2013, que señala:

“Será responsabilidad de los titulares de las […] Delegaciones y Entidades, así como de

los servidores públicos encargados de su administración, la recepción, guarda, custodia y

Page 66: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

66 VOLUMEN 7/18

conservación de los documentos justificantes y comprobatorios del gasto, así como de los

libros, registros e información relativa, en términos de las disposiciones aplicables.”

4. De acuerdo con la Base Décima Primera “Forma de Pago de los Servicios Presentados”,

“las partes se obligan a realizar trimestralmente conciliaciones presupuestales, mismas que

deberán realizarse dentro de los diez primeros días al término del trimestre”. Al respecto,

este órgano fiscalizador requirió dichas conciliaciones; sin embargo, a la fecha de cierre de

la etapa de ejecución de la auditoría (agosto 2014), la Delegación no había proporcionado

evidencia de haber efectuado éstas, incumpliendo la norma antes citada. Asimismo, no

observó el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I, inciso c), de

los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal.

5. De conformidad con los Informes Presupuestales de Liquidación proporcionados

por la Delegación Gustavo A. Madero, los servicios intramuros se cubrieron con

elementos asignados a los distintos inmuebles de la Delegación Gustavo A. Madero,

por un total de 3,087 turnos de 12x12 horas a un costo unitario de 433.3 pesos, para

un monto de 1,337.5 miles de pesos, y 28,833 turnos de 24x24 horas a un costo

unitario de 371.54 pesos, para una suma de 10,712.5 miles de pesos, pagados a esa

corporación policiaca, mediante 10 CLC, como se muestra a continuación:

(Pesos)

Quincena/Tipo de servicio

Informe presupuestal de liquidación

Total de turnos (24 x 24)

Tarifa Importe Jerarquía Total

por cobrar

Extramuros

1a. de enero 655031 3,420 660.00 2,257,200.00 50,242.00 2,307,442.00

1a. de enero 655029 3,970 660.00 2,620,200.00 120,764.70 2,740,964.70

2a. de enero 655049 3,668 660.00 2,420,880.00 50,242.00 2,471,122.00

1a. de enero 655045 4,130 660.00 2,725,800.00 120,764.70 2,846,564.70

1a. de febrero 655050 3,398 660.00 2,242,680.00 50,242.00 2,292,922.00

1a. de febrero 655046 3,848 660.00 2,539,680.00 120,764.70 2,660,444.70

1a. de marzo 655247 3,912 660.00 2,581,920.00 120,764.70 2,702,684.70

1a. de marzo 655251 3,428 660.00 2,262,480.00 50,242.00 2,312,722.00

2a. de marzo 655252 3,656 660.00 2,412,960.00 50,242.00 2,463,202.00

2a. de marzo 655248 4,196 660.00 2,769,360.00 120,764.70 2,890,124.70

1a. de mayo 655405 3,518 690.00 2,427,420.00 52,750.00 2,480,170.00

1a. de mayo 655401 4,000 690.00 2,760,000.00 127,726.98 2,887,726.98

Complemento de tarifas* 654400 27,370 30.00 821,100.00 48,735.96 869,835.96

Complemento de tarifas* 654404 23,924 30.00 717,720.00 17,556.00 735,276.00

Continúa…

Page 67: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

67 VOLUMEN 7/18

… Continuación

Quincena/Tipo de servicio

Informe presupuestal de liquidación

Total de turnos (24 x 24)

Tarifa Importe Jerarquía Total

por cobrar

2a. de junio 655667 3,618 690.00 2,496,420.00 52,750.00 2,549,170.00

2a. de junio 655665 4,066 690.00 2,805,540.00 127,726.98 2,933,266.98

2a. de julio 655794 4,260 690.00 2,939,400.00 127,726.98 3,067,126.98

2a. de julio 655796 3,818 690.00 2,634,420.00 52,750.00 2,687,170.00

2a. de agosto 655943 4,332 690.00 2,989,080.00 127,726.98 3,116,806.98

2a. de agosto 655945 3,756 690.00 2,591,640.00 52,750.00 2,644,390.00

2a. de septiembre 656049 4,108 690.00 2,834,520.00 127,726.98 2,962,246.98

2a. de septiembre 656051 3,610 690.00 2,490,900.00 52,750.00 2,543,650.00

2a. de octubre 656306 4,384 690.00 3,024,960.00 127,726.98 3,152,686.98

2a. de octubre 656308 3,950 690.00 2,725,500.00 52,750.00 2,778,250.00

2a. de diciembre 656610 4,342 690.00 2,995,980.00 127,726.98 3,123,706.98

2a. de diciembre 656612 3,844 690.00 2,652,360.00 52,750.00 2,705,110.00

Total de servicios extramuros 144,526 64,740,120.00 2,184,664.32 66,924,784.32

Intramuros

1a. de enero 655030 6,089 510.00 3,105,390.00 57,264.00 3,162,654.00

2a. de enero 655047 6,470 510.00 3,299,700.00 57,264.00 3,356,964.00

1a. de febrero 655048 5,913 510.00 3,015,630.00 57,264.00 3,072,894.00

1a. de marzo 655249 6,039 510.00 3,079,890.00 57,264.00 3,137,154.00

2a. de marzo 655250 6,447 510.00 3,287,970.00 57,264.00 3,345,234.00

1a. de mayo 655403 6,017 535.00 3,219,095.00 60,128.00 3,279,223.00

Complemento de tarifas* 654402 42,126 25.00 1,053,150.00 20,048.00 1,073,198.00

2a. de junio 655666 6,164 535.00 3,297,740.00 60,128.00 3,357,868.00

2a. de julio 655795 6,480 535.00 3,466,800.00 60,128.00 3,526,928.00

2a. de agosto 655944 6,562 535.00 3,510,670.00 60,128.00 3,570,798.00

2a. de septiembre 656050 6,241 535.00 3,338,935.00 60,128.00 3,399,063.00

2a. de octubre 656307 6,702 535.00 3,585,570.00 60,128.00 3,645,698.00

2a. de diciembre 656611 6,466 535.00 3,459,310.00 60,128.00 3,519,438.00

Total de servicios intramuros 117,716 40,719,850.00 727,264.00 41,447,114.00

Total pagado 262,242 105,459,970.00 2,911,928.32 108,371,898.32

Adeudo no cubierto en 2013 709,597.17

Muestra de auditoría 107,662,300.17

* Complemento de tarifa aplicado por la PADF a partir de la primera quincena de enero a la primera quincena de abril de 2013, de conformidad con el convenio a las bases del 15 de octubre de 2013.

Se verificaron las “Conciliaciones de Turnos” elaboradas quincenalmente por la PADF

y remitidas a la Delegación Gustavo A. Madero para su validación y autorización. De

la verificación, se constató que éstas corresponden con los importes facturados en los

Informes Presupuestales de Liquidación seleccionados para su revisión (107,662.3 miles

de pesos). Asimismo, se constató que dichas conciliaciones cuentan con las firmas

del personal de la PADF y personal de la Dirección Ejecutiva de Seguridad Pública de

la Delegación Gustavo A. Madero.

En la revisión de los Informes Presupuestales de Liquidación, las CLC y las “Conciliaciones

de Turnos”, no se detectaron diferencias.

Page 68: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

68 VOLUMEN 7/18

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la

Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información o documentación que desvirtuara

las observaciones del presente resultado.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-17-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

para que los adeudos pendientes con cargo a la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”

se registren en el pasivo circulante del ejercicio respectivo, como indica la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-18-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

para que, los documentos establecidos en las Bases de Colaboración para la prestación

de servicios y vigilancia sean elaborados y que estén disponibles para su verificación, de

conformidad con las Bases de Colaboración para la prestación de servicios y vigilancia y

los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal.

Partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”

17. Resultado

En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció recursos por un importe de 608,499.4 miles

de pesos, identificados con la fuente de financiamiento 05 “Fondo de Aportaciones para el

Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal

(FORTAMUNDF)”. En la partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” se ejercieron

recursos, por un importe de 6,700.0 miles de pesos, por medio de una CLC que se

seleccionó para su revisión y representó 52.5% del total del capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles” (12,753.4 miles de pesos) y 1.1% del total ejercido con

recursos del FORTAMUNDF.

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69 VOLUMEN 7/18

En cuanto a la documentación que soporta la CLC, se observó lo siguiente:

1. La CLC fue elaborada y autorizada por los servidores públicos inscritos en la Cédula

de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar y

Autorizar las CLC, Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-

Presupuestarias en 2013.

2. El presupuesto ejercido mediante la CLC núm. 02 CD 07 10010229 del 31 de diciembre

de 2013, se soportó con la documentación comprobatoria respectiva, de acuerdo con

el artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2013.

3. El registro presupuestal de la operación revisada se llevó a cabo conforme

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2013.

4. A fin de verificar la documentación relativa al proceso de adquisición, se solicitó el

expediente del proceso de adjudicación del contrato núm. 02CD075P0293113, cuyo objeto

fue la adquisición de bienes consistente en equipo médico y de laboratorio, formalizado

el 15 de noviembre de 2013. Con el oficio núm. DGAM/DGA/DRMSG/SRMYA/01064/2014,

la DGA proporcionó el expediente mencionado, observándose lo siguiente:

a) Oficio núm. DGAM/DGA/3158/2013 del 31 de octubre de 2013, el Director General

de Administración autorizó, con fundamento en lo establecido en el “Acuerdo por

el que se delegan a los Directores Generales de la Delegación Gustavo A.

Madero, las facultades que se indican”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 4 de enero de 2013, al Subdirector de Recursos Materiales y Archivo,

la adquisición de equipo médico y de laboratorio.

b) “Formato de Suficiencia Presupuestal” núm. OCT-44 del 31 de octubre de 2013,

Requisición sin fecha y sin núm. de folio, con sello (No existencia de almacén)

y firma del Jefe de Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios y con la

descripción de los bienes, de conformidad con la normatividad aplicable.

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70 VOLUMEN 7/18

c) “Tabla Comparativa de Cotizaciones” del 31 de octubre de 2013, expedido por la

Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones, contiene la cotización de tres

empresas (Biomedikal Instruments, S.A. de C.V.; Human Corporis, S.A. de C.V.;

y Logcom México, S.A. de C.V.), con el costo unitario y el desglose del IVA, con

firmas del Subdirector de Recursos Materiales y Archivos y Jefa de Unidad

Departamental de Adquisiciones. Sin embargo faltaron los siguientes datos:

marca y modelo del bien ofertado, domicilio, RFC y teléfono de los ofertantes;

además, no especifica a los servidores públicos encargados de elaborar, revisar y

autorizar la “Tabla Comparativa de Cotizaciones”, como lo indica el numeral 4.8.3,

fracción l, de la Circular Uno Bis 2012.

d) Cotizaciones de tres empresas: Biomedikal Instruments, S.A. de C.V., Human

Corporis, S.A. de C.V., y Logcom México, S.A. de C.V., en papel membretado por

proveedor y que contiene entre otros datos: descripción, marca y modelo

de los bienes que se ofertan, precios unitarios, importe por partida, subtotal de las

partidas cotizadas, IVA y total, condiciones de pago, plazo de entrega, período

de garantía, vigencia de la cotización de los bienes y nombre y firma del

representante legal.

Sin embargo, no se localizaron las solicitudes de cotización, como lo establece

el numeral 4.8.1, fracción ll, de la Circular Uno Bis.

e) Dictamen sin número del 31 de octubre de 2013, el cual establece lo siguiente:

“Tomando en cuenta el importe de la compra y las circunstancias de la misma, se

considera conveniente llevar a cabo una adjudicación directa por los siguientes

motivos: Artículo 54, ll Bis, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y de

acuerdo a las cotizaciones obtenidas se adjudica al (los) proveedor (es) Biomedikal

Instruments, S.A. de C.V.”, contando dicho dictamen con las firmas del Subdirector

de Recursos Materiales y Archivos y Jefa de Unidad Departamental de Adquisiciones.

5. El proveedor presentó la póliza de fianza núm. 1003-03270-8 del 15 de noviembre de 2013,

expedida por Afianzadora ASERTA, S.A. de C.V., por un monto de 288.8 miles de

pesos (5.0% del contrato, sin incluir IVA).

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71 VOLUMEN 7/18

6. El contratista no se encontraba en los listados de proveedores y contratistas

sancionados que publican en sus páginas web, la Secretaría de la Función Pública

(SFP) y la CGDF. Lo anterior, de conformidad con el artículo 39 Bis de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013.

7. El contrato fue formalizado el 15 de noviembre de 2013, con el proveedor Biomedikal

Instruments, S.A. de C.V., cuyo objeto fue la adquisición de bienes consistente en

equipo médico y de laboratorio, y con un plazo de vigencia del 15 de noviembre

al 31 de diciembre de 2013.

8. Para verificar el cumplimiento de la cláusula quinta del contrato “Condiciones

de Entrega”, se revisó la siguiente documental:

a) Remisión del proveedor sin número del 16 de diciembre de 2013, con el concepto

de los bienes consistentes en nueve equipos y con nombre y firma de recibido del

Doctor Jaime Ignacio Bárcenas Trejo.

b) Nota de entrada al almacén folio núm. 0340, con la cantidad, descripción, precio

unitario e importe de los bienes; con fechas de elaboración del 31 de diciembre

de 2013, recepción del 16 de diciembre de 2013, y con sello de “entrada al

almacén” del 29 de enero de 2014.

c) Nota informativa en la que el que, el Director General de Administración

informó que “de acuerdo a la naturaleza de los bienes adquiridos en el contrato

02 CD 07 5P 0293113, la entrega se realizó directamente en la Clínica Integral de

la Mujer, ubicada en Av. FFCC Hidalgo y Av. H. Congreso de la Unión;

Col. Granjas Modernas y fueron recibidos por el Subdirector de Servicios

Médicos” y como evidencia documental proporcionaron remisión del proveedor sin

número, del 16 de diciembre de 2013.

d) Oficio núm. DGAM/DGDS/DSMES/SSM/1042/2014 del 30 de julio de 2014, con el

que el Subdirector de Servicios Médicos de la Dirección General de Desarrollo

Social informó que “dicho equipo se encuentra dentro de la Clínica Integral de la

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72 VOLUMEN 7/18

Mujer, la cual se encuentra ubicada en Av. FFCC Hidalgo y Av. H. Congreso

de la Unión; en la colonia Granjas Modernas”.

e) Oficio núm. DGAM/DGDS/DSMES/SSM/1042/2014 del 30 de julio de 2014, con el

que el Subdirector de Servicios Médicos de la Dirección General de Desarrollo

Social proporcionó listas de asistencia de la “Capacitación del 12 de mayo de 2014

Manejo de Ultra Sonógrafos, Colposcopios” y de “Capacitación para el manejo de

Mastógrafos y Equipo o Área de Trabajo”.

En el análisis de la documentación proporcionada, se observó que el proveedor entregó

los bienes objeto del contrato el 16 de diciembre de 2013, es decir, 10 días hábiles

posteriores respecto de la fecha límite para la entrega de los bienes (2 de diciembre

de 2013), de acuerdo con la nota de remisión sin número del 16 de diciembre de 2013.

Tampoco proporcionó las órdenes de trabajo de la instalación y puesta en marcha de

los equipos médicos y de laboratorio adquiridas como lo establece el penúltimo

y último párrafo del anexo I del contrato, así como la cláusula quinta de éste.

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero

proporcionó lo siguiente:

1. Respecto a la observación relativa a que la Delegación no proporcionó las solicitudes

de cotizaciones relacionadas con la adquisición de equipo médico y de laboratorio,

mediante el oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1224/2014 del 1o. de septiembre

de 2014, la Subdirección de Recursos Materiales y Archivos remitió las solicitudes

respectivas.

2. Por lo que se refiere al desfase de 10 días en la entrega de equipos de mastografía,

mediante el oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1224/2014 del 1o. de septiembre

de 2014, la Subdirección de Recursos Materiales y Archivos informó que “al ser

equipo de manejo e instalación especial, se debió asegurar que el área donde serían

colocados tuviera todas las condiciones necesarias para su funcionamiento, situación

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73 VOLUMEN 7/18

que derivó en el desfase de 10 días hábiles en la entrega de los mismos como se hizo

constar en el oficio núm. DGAM/DGRMSG/SRMyA/1956/2013 del 2013.

3. Respecto a la observación de que el sujeto fiscalizado no proporcionó las órdenes de

trabajo de la instalación y puesta en marcha de los equipos de mastografía, como lo

establecía el penúltimo y último párrafo del anexo I del contrato, la Subdirección de

Recursos Materiales y Archivo remitió como respuesta a la confronta copias

de las órdenes de trabajo respectivas, por lo que la Delegación Gustavo A. Madero

dio cumplimiento a los dispuesto en el penúltimo y último párrafo del anexo I del

contrato respectivo.

4. Por lo que se refiere a que en la “Tabla Comparativa de Adquisiciones” faltaron datos

relacionados con la marca y modelo del bien ofertado, domicilio, RFC y teléfono de los

ofertantes. Asimismo, dicho documento no especifica a los servidores públicos

encargados de elaborar, revisar y autorizar la “Tabla Comparativa de Adquisiciones”,

como lo indica el numeral 4.8.3, fracción l, de la Circular Uno Bis. Tampoco la

Delegación Gustavo A. Madero proporcionó evidencia que precisara que la tabla

referida contara con los datos faltantes, por lo que la observación prevalece.

Recomendación ASCprofcasf-102-13-19-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero adopte medidas de control para que

las cotizaciones, documento que forma parte del expediente del proceso de adjudicación,

cuenten, entre otros datos, con los siguientes requisitos: marca y modelo del bien

ofertado, domicilio, RFC, teléfono de los ofertantes, validación de los servidores públicos

encargados de elaborar, revisar y autorizar las cotizaciones. Lo anterior, de conformidad

con la Circular Uno Bis, vigente en el ejercicio que corresponda.

Presupuesto Devengado

18. Resultado

Con el fin de verificar si los recursos ejercidos por la Delegación Gustavo A. Madero, con

cargo al FORTAMUNDF en el ejercicio 2013, hayan sido devengados, y en específico el

relativo a la muestra de auditoría, fue requerida a la Delegación en el caso de las partidas

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74 VOLUMEN 7/18

2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, 3381 “Servicios de Vigilancia” y 5532 “Equipo

Médico y de Laboratorio”, evidencia documental para constatar que dicho gasto fue devengado.

En el caso de las partidas 3131 “Agua Potable” y 5532 Equipo Médico y de Laboratorio”

se realizaron visitas de inspección física para verificar las tomas de agua y los equipos

médicos adquiridos. En respuesta, la DGA de la Delegación proporcionó junto con la

información solicitada en cada una de las partidas revisadas la documentación siguiente:

Partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”

Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1365/14 del 6 de agosto de 2014, la DGA de la

Delegación proporcionó 26 tarjetas kardex de entradas y salidas de almacén relacionadas

con el material eléctrico adquirido por la Delegación al amparo de los contratos

núms. 02 CD 07 2P0232 1 13 y 02 CD 07 2P0251 1 13. Al respecto, se constató que los

materiales adquiridos que ingresaron al almacén con las notas de entrada núms. 0316,

0317, 0318, 0319 (CLC 102738, por importe de 1,150.8 miles de pesos) y las 0244 y 245

(CLC 102341, por importe de 4,997.5 miles de pesos) se registró en dichas tarjetas su

ingreso y en el transcurso del mes de diciembre de 2013 se registró la salida del almacén

de la totalidad del material que fue destinado para el “Programa Delegacional de

Alumbrado Público”.

Partida 3131 “Agua Potable”

Para la confirmación del gasto devengado, con cargo a esta partida y en especial el

seleccionado para su revisión (35,284.1 miles de pesos), se realizó visita de inspección

física a 11 inmuebles con 19 tomas de agua a cargo de la Delegación (que en su conjunto

suman 8,245.4 miles de pesos, que representa el 23.4% de la muestra), a fin de verificar

que dichas tomas de agua y medidores se encontraran funcionando y sus números de

cuenta correspondieran con los registrados en las boletas de pago de Derechos por el

Suministro de Agua. Al respecto, se elaboró acta administrativa de verificación física del

12 de agosto de 2014. En dicha visita, se constató que 17 de las 19 tomas de agua se

encuentran funcionando y 2 de ellas se encuentran en proceso de reparación, y sus

números de cuenta corresponden con los consignados en las boletas de pago.

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75 VOLUMEN 7/18

Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”

Para corroborar el gasto devengado, se verificaron los registros del control de asistencia

de cada mes (fatigas), por los servicios de extramuros e intramuros (usuarios 19949 y

19949-01) relativas a las CLC y quincenas seleccionadas para su revisión. De la revisión

a las fatigas, se determinó que se registraron 242,245 turnos (133,850 extramuros

y 108395 intramuros), de un total de 262,242 turnos (144,526 servicios extramuros y

117,716 servicios intramuros) que integraron la muestra de auditoría, de los restantes

19,997 turnos (10,676 extramuros y 9321 intramuros), la Delegación Gustavo A. Madero

no proporcionó las fatigas correspondientes como se muestra en el cuadro siguiente:

CLC Número

de usuario Tipo

de servicio Período Hojas de fatigas faltantes

Turnos sin verificar

100050 19949 Intramuros 16 al 31 de enero Hojas del 21 al 27 enero 2,834

100140 19949-01 Extramuros 1o. al 15 de marzo Hojas del 11 al 15 de marzo 1,140

19949-01 Extramuros 16 al 31 de marzo Hojas del 16, 17 y 31 de marzo 662

100337 19949 Intramuros 16 al 30 de junio Hoja del 18 de junio 21

100204 19949-01 Extramuros 1o. al 15 de mayo Hojas del 13 al 15 de mayo 688

100926

19949-03 Extramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 4,342

19949 Intramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 6,466

19949-01 Extramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 3,844

Sumas 19,997

De las fatigas proporcionadas, se verificó que éstas contaron con el nombre y la firma del

personal de vigilancia asignado en cada inmueble; así como los turnos que cubrió

dicho personal, y que presentaran las firmas de quien valida y autoriza, por parte de la

dependencia o unidad administrativa de la Delegación Gustavo A. Madero, así como

la del supervisor o encargado de la PADF.

Partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”

Con objeto de verificar que el recurso ejercido de la muestra de auditoría en esta partida

(6,700.0 miles de pesos) haya sido devengado, se requirió a la Delegación evidencia

documental de la salida del almacén de los equipos adquiridos. En respuesta, la DGA

de la Delegación, con el oficio núm. DGAM/DGA/1365/14 del 6 de agosto de 2014,

proporcionó 4 tarjetas kardex de entradas y salidas de almacén relacionadas con el

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76 VOLUMEN 7/18

equipo. Al respecto, se constató que en dichas tarjetas se registró la entrada y salida de

tres equipos de mastografía analógicos, un equipo de ultrasonido para aplicaciones

generales y de mama, un equipo de video-colposcopía, y dos equipos de colposcopía, un

digitalizador y una estación de revisión para mastografía.

Asimismo, se realizó visita de inspección física el 12 de agosto de 2014 a las

instalaciones de la “Clínica Integral de la Mujer”, ubicada en Avenida FFCC Hidalgo y

Avenida H. Congreso de la Unión, Colonia Granjas Modernas. En dicha visita, se constató

que dichos equipos se encuentran instalados y en funcionamiento.

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A.

Madero, proporcionó la documentación siguiente:

Respecto a que la Delegación no exhibió las fatigas que amparan el registro de

19,997 turnos cubiertos por la PADF, la DGA proporcionó la totalidad de las fatigas

que amparan el pago de los 19,997 turnos (10,676 extramuros y 9321 intramuros),

como sigue:

Tipo de servicio Período Hojas de fatigas Turnos

Intramuros 16 al 31 de enero Hojas del 21 al 27 enero 2,834

Extramuros 1o. al 15 de marzo Hojas del 11 al 15 de marzo 1,140

Extramuros 16 al 31 de marzo Hojas del 16, 17 y 31 de marzo 662

Intramuros 16 al 30 de junio Hoja del 18 de junio 21

Extramuros 1o. al 15 de mayo Hojas del 13 al 15 de mayo 688

Extramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 4,342

Intramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 6,466

Extramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 3,844

Sumas 19,997

De acuerdo con la información proporcionada por la Delegación Gustavo A. Madero

en la respuesta de confronta, se pudo constatar que la totalidad del gasto ejercido de la

muestra de auditoría relativa a la partida 3381 “Servicios de Vigilancia” fue devengado,

por lo que no se desprende observación alguna.

Page 77: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

77 VOLUMEN 7/18

Evaluación del Cumplimiento de los Objetivos e Impactos del FORTAMUNDF

19. Resultado

En cuanto a las metas y objetivos del FORTAMUNDF, la Delegación Gustavo A. Madero

informó lo siguiente:

1. Los recursos del FORTAMUNDF originalmente asignados a la Delegación Gustavo

A. Madero ascendieron a 603,995.5 miles de pesos, con una variación del 0.7%

(4,503.9 miles de pesos) respecto al presupuesto ejercido en dicho rubro (608,499.4 miles

de pesos) derivado de los intereses generados en la cuenta específica para la administración

de los recursos.

2. Los proyectos ejecutados con recursos del fondo se concluyeron y están en operación.

3. De los recursos totales del fondo, el 35.0% se destinó al rubro de seguridad pública,

(211,082.5 miles de pesos) conforme a la asignación original (603,995.5 miles de

pesos), para el pago por Derechos y Aprovechamiento del Agua, se destinó el 8.0%

(48,601.2 miles de pesos) y el 57.0% para el pago en otros requerimientos.

Asimismo, los indicadores para la evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos

correspondientes a la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013 de los

recursos ejercidos del FORTAMUNDF, por la Delegación Gustavo A. Madero fueron

los siguientes:

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78 VOLUMEN 7/18

INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL FORTAMUNDF, CUENTA PÚBLICA DE 2013

Indicador Valor

I. Eficacia en el cumplimiento del Programa de Inversión y sus Metas

I.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre (% Pagado del monto asignado). 100.0

I.2. Nivel de gasto a la fecha de la auditoría (mes agosto 2014) (% pagado del monto asignado). 100.0

I.3. Porcentaje de los recursos pagados del fondo aplicados en seguridad pública (%) (Si fue mayor a 20% cumple con el IEF). 100.0

II. Impacto y Cumplimiento de Objetivos

II.1. Porcentaje de recursos pagado del fondo en otros requerimientos, respecto del monto total pagado del fondo (%).

II.2. Porcentaje de recursos pagados del fondo en el pago de pasivos, respecto del monto total pagado del fondo (%). 0.5

II.3. Proporción de los recursos del fondo destinado al pago del servicio de la deuda, respecto del monto total pagado en el servicio de la deuda en 2013 (%). n.a.

II.4. Porcentaje del monto asignado del fondo al pago del servicio de la deuda, respecto de la deuda pública municipal al 31 de diciembre de 2013 (%). n.a.

II.5. Porcentaje de recursos pagados del fondo en derechos y aprovechamientos de agua en 2013, respecto del monto total del endeudamiento de la Delegación por derechos y aprovechamientos de agua, en 2013 (%). 100.0

II.6. Porcentaje del monto pagado del fondo en seguridad pública, respecto del gasto total de la Delegación en ese concepto (%). 35.0

II.7. ¿La Delegación tiene un programa de Seguridad Pública? Sí o No. n.d.

II.8. Proporción de los policías de la Delegación pagados con el FORTAMUNDF respecto de total de policías de la Delegación o demarcación territorial (%).

II.9. Número de policías por cada mil habitantes en la Delegación (2013). 1.2

III. Transparencia en la aplicación de los recursos

III.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP.

Índice de cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del FORTAMUNDF (Formato Único Nivel de Fondo y Ficha Técnica de Indicadores) [ Bueno = igual a 100%, Regular menor a 100% y mayor de 80% y Bajo menor de 80%] 100.0

III.2. Congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único).

¿La información del reporte del cuarto trimestre del “Formato Único” remitido a la SHCP coincide con los registros contables de la Delegación? Sí o No. Sí

III.3. Calidad de la información remitida a la SHCP.

La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP se reportó de manera pormenorizada (obra por obra, acción por acción) Sí o No o Incompleto. Sí

III.4. Difusión de la información remitida a la SHCP.

¿La Delegación difundió en su página internet, en el órgano local de difusión y en otros medios locales de difusión, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo? (Formato Único, Nivel de Fondo y Ficha Técnica de Indicadores) Sí o No o Parcialmente. Sí

III.5. ¿Se hizo del conocimiento de los habitantes de la Delegación, al inicio del ejercicio el monto de los recursos recibidos, obras y acciones a realizar, ubicación, beneficiarios y costo, al término del ejercicio los resultados alcanzados? Sí, No, Sólo al inicio o Sólo al término. Sí

IV. EVALUACIÓN DEL FONDO

IV.1. ¿La Delegación realizó la evaluación sobre el FORTAMUNDF prevista por la ley? Sí o No No

V. FINANZAS MUNICIPALES

V.1. Porcentaje del monto asignado al fondo en 2013, respecto de los Ingresos Totales. [Ingresos Propios+ Participaciones Fiscales Federales+ Aportaciones Federales+ Otros]. 22.1

V.2. Proporción del monto total de la Deuda Pública en 2013 respecto a Participaciones Totales 2013. (%) n.a.

V.3. Proporción del monto total de la Deuda Pública en 2013 respecto Ingresos Totales en el 2013. (%) 7.4

FUENTE: Cierre del ejercicio 2013, estados financieros e información proporcionada por la Delegación. n.a. No aplicable. n.d. No disponible.

Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero cumplió el artículo 16, III, Tercer Lineamiento,

“Actividades de Control”, fracción I, inciso i) “Indicadores de Desempeño”, de los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2013, el cual dispone:

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79 VOLUMEN 7/18

“Los titulares de las Unidades de Gobierno deben considerar el establecimiento y revisión de

medidas e indicadores de desempeño. Estas medidas deben permitir la comparación entre

diferentes fuentes de información, de modo tal que se compruebe su conexión y se puedan

tomar las medidas correctivas y preventivas necesarias. Estos controles deben contribuir a

validar la propiedad e integridad de los indicadores de las áreas y del desempeño institucional.”

Eficiencia en el Uso de los Recursos

20. Resultado

De acuerdo con el indicador para apoyar la evaluación de los resultados del FORTAMUNDF

de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se asignaron recursos por

603,995.5 miles de pesos, de los cuales el 35.0% (211,082.5 miles de pesos) se destinó

al rubro de seguridad pública; el 8.0% (48,601.2 miles de pesos), al pago de Derechos por

el Suministro de Agua; y el 57.0% (344,311.8 miles de pesos), a la atención de otros

requerimientos como, el abastecimiento combustible y lubricantes, pago de energía eléctrica,

la adquisición de material eléctrico y electrónico, mantenimiento y conservación de inmuebles,

entre otros.

De lo anterior, se desprende que Delegación Gustavo A. Madero destinó los recursos del

FORTAMUNDF a la satisfacción de sus requerimientos y a la atención de las necesidades

vinculadas con la seguridad pública, en cumplimiento del artículo 37 de la Ley de Coordinación

Fiscal.

Seguridad Pública

21. Resultado

La ASCM solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero, por medio del cuestionario de

control interno y del formato de indicadores, el Programa de Seguridad Pública de la

Delegación; sin embargo, a la fecha de cierre de la etapa de ejecución de la auditoría

(agosto de 2014) la Delegación no proporcionó el programa referido.

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la

Delegación Gustavo A. Madero, mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma

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80 VOLUMEN 7/18

fecha, proporcionó el oficio núm. DGAM/DEPCSP/1973/14 del 11 de agosto de 2014, por

medio del cual el Director Ejecutivo de Protección Civil y Seguridad Pública le remite al

Subsecretario de Operación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito

Federal copia del formato de indicadores a fin de estar en posibilidad de subsanar la

solicitud de la información requerida por la ASCM.

Cabe señalar que la observación del presente resultado se refiere a que la Delegación

Gustavo A. Madero no proporcionó a este órgano fiscalizador el Programa de Seguridad

Pública, y no a la falta de entrega de información de indicadores relacionados con

seguridad pública.

La falta de evidencia documental que indique que la Delegación Gustavo A. Madero contó

en 2013 con un Programa de Seguridad Pública determina que la Delegación y en

específico la Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública no dieron

cumplimiento a las fracciones II y III del artículo 156 Bis, del Reglamento Interior de la

Administración pública del Distrito Federal que disponen:

“Artículo 156 BIS. Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad

Pública: […]

”II. Establecer, formular, ejecutar y vigilar el Programa de Seguridad Pública Delegacional

en coordinación con las dependencias competentes,

”III. Conjuntar el esfuerzo de las diversas corporaciones que inciden en Gustavo A.

Madero para el desarrollo del Programa de Seguridad Pública de la Delegación, con base

en los estudios sobre los Índices de Delincuencia, tomando en consideración las

propuestas de grupos sociales, organizaciones y ciudadanos en general.”

Recomendación ASCprofcasf-102-13-20-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

para que formule, ejecute y vigile un programa de seguridad pública en su jurisdicción, en

coordinación con las dependencias competentes, de conformidad con el Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

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81 VOLUMEN 5/18

II.8.1.2. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS

Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL

(SUBSEMUN)

Auditoría ASCprofcasf/103/13

ANTECEDENTES

El 15 de febrero de 2010, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por conducto

de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

(CMHALDF), y la Cámara de Diputados, mediante la Auditoría Superior de la Federación

(ASF), celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de

los Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación

al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus

Demarcaciones Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral,

Pública o Privada; que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así

como de los correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado

(PROFIS). El convenio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2010.

El 31 de marzo de 2014, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de

Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio

Fiscal 2014. La regla séptima señala que “en los Convenios de Coordinación y Colaboración

suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior de las

Legislaturas Locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal] se establecen

las bases generales para la fiscalización de los recursos federales transferidos a las entidades

federativas, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones

territoriales del Distrito Federal”.

Respecto a los recursos federales que se transfieren al Gobierno del Distrito Federal

(GDF), la regla octava de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios

y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su Cargo la Función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

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82 VOLUMEN 5/18

Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, publicadas en el Diario Oficial de

la Federación el 31 de enero de 2013 vigentes para ese año, dispone lo siguiente:

“I. En la planeación del ejercicio de los recursos federales que se otorguen mediante el

SUBSEMUN [Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal] se deberá considerar el cumplimiento de los

Programas con Prioridad Nacional, que serán la base para que cada beneficiario

asigne los recursos del SUBSEMUN, de conformidad con el artículo 4 de los Ejes

Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, aprobados por el Consejo

Nacional mediante acuerdos 10/XXXI/11 en su Trigésima Primera Sesión celebrada el

31 de octubre de 2011, y 02/II-SE/2012 en su Segunda Sesión Extraordinaria celebrada

el 17 de diciembre de 2012.

”II. Particularmente los beneficiarios destinarán los recursos del SUBSEMUN para

profesionalizar y equipar sus cuerpos de seguridad pública, mejorar la infraestructura

de sus corporaciones, así como desarrollar y aplicar políticas públicas para la

prevención social del delito con participación ciudadana, de conformidad con los

Programas con Prioridad Nacional, siguientes:

”A. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana;

”B. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza;

”C. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública;

”D. Red Nacional de Telecomunicaciones;

”E. Sistema Nacional de Información (Bases de Datos), y

”F. Servicios de llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089.”

Los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias productivas específicas

serán utilizados exclusivamente para alcanzar o ampliar las metas programadas

y las acciones previstas en el Anexo Técnico.

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83 VOLUMEN 5/18

En el Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio a los

Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, celebrado el 28 de febrero de 2013

entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP)

y el GDF, y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2013, se

estipuló que el total de las transferencias federales del SUBSEMUN asignadas a los

órganos político-administrativos del Distrito Federal sería de 338,553.0 miles de pesos.

De ese monto, 270,842.4 miles de pesos (80.0%) serían ejercidos por la Secretaría de

Seguridad Pública (SSP), en beneficio de las 16 Delegaciones del Distrito Federal, y

67,710.6 miles de pesos (20.0%), directamente por éstas.

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se informó que el total de

las transferencias federales ejercidas con cargo al SUBSEMUN fue de 332,685.8 miles

de pesos, de los cuales 267,722.9 miles de pesos (80.5%) correspondieron a la SSP,

y 64,962.9 miles de pesos (19.5%), a las 16 Delegaciones del Distrito Federal.

En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP erogaron un total de 3,331,515.8 miles

de pesos y 15,551,963.2 miles de pesos, respectivamente; de ellos, 9,593.9 miles de

pesos (0.3%) y 37,119.9 miles de pesos (0.2%), en ese orden, fueron fondos federales

del SUBSEMUN (fuente de financiamiento 28) que en conjunto ascienden a 46,713.8 miles

de pesos para Gustavo A. Madero.

En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejercicio 46,713.8 miles de pesos, monto

menor en 2.6 (1,255.6 miles de pesos) en relación con la asignación original de recursos

federales del SUBSEMUN para el órgano político-administrativo (47,969.4 miles de pesos).

OBJETIVO

El Objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la

Delegación Gustavo A. Madero y la SSP derivado de los recursos federales ministrados

por la Secretaría de Finanzas (SEFIN), correspondientes al SUBSEMUN, se hubiesen

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registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad

con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Mediante el oficio núm. OASF/0539/2014 del 6 de junio de 2014, la ASF solicitó

a la CMHALDF, actualmente Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM), efectuar

una auditoría al ejercicio durante 2013 de los recursos federales transferidos a la Delegación

Gustavo A. Madero provenientes del SUBSEMUN.

La auditoría se realizó de manera coordinada con ese órgano de fiscalización,

con fundamento en el convenio de coordinación y colaboración suscrito por la ASF y la

CMHALDF el 15 de febrero de 2010, publicado en el Diario Oficial de la Federación del

4 de marzo de 2010.

Esta entidad de fiscalización auditó a la Delegación Gustavo A. Madero por lo que respecta

a los recursos federales ejercidos con cargo al SUBSEMUN en la revisión de la Cuenta

Pública de 2010, mientras que en la SSP y en la SEFIN se realizaron auditorías a dicho

rubro en las Cuentas Públicas de los ejercicios de 2010, 2011 y 2012.

En la revisión, se incluyeron también la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas y las

Direcciones Generales de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y de Recursos

Materiales, adscritas a la Oficialía Mayor de la SSP, por ser las encargadas de

administrar, operar y registrar los recursos presupuestales asignados a la SSP, así como

de custodiar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto; además, las

Direcciones Generales de Egresos “A” y “B”, y de Contabilidad, Normatividad y Cuenta

Pública, adscritas a la Subsecretaría de Egresos; y la Dirección General de Administración

Financiera, adscrita a la Subsecretaría de Planeación Financiera de la SEFIN. Las dos

primeras, por ser las encargadas de registrar el ejercicio del presupuesto, de analizar

y, en su caso, autorizar las adecuaciones programático-presupuestales compensadas, y

de efectuar conciliaciones programático-presupuestales mensuales con las dependencias

del GDF; la tercera, porque se encarga de normar e integrar la información programático-

presupuestal remitida por las dependencias, unidades administrativas, Delegaciones,

órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública para la elaboración del

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85 VOLUMEN 5/18

Informe de Avance Trimestral sobre la ejecución y cumplimiento de los presupuestos y

programas aprobados, de efectuar el registro contable de la Administración Pública

Centralizada, de acuerdo con la Normatividad Contable de la Administración Pública del

Distrito Federal, y de instrumentar la normatividad e integrar la evaluación del ejercicio

del gasto de las dependencias, unidades administrativas, delegaciones, Órganos

Desconcentrados y entidades de la Administración Pública; y la cuarta, por encargarse de

concentrar, custodiar y administrar los ingresos provenientes de transferencias federales

y de efectuar los pagos derivados del ejercicio del Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal, de conformidad con el calendario de gasto aprobado.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX, de la Ley

Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Durante 2013, la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP ejercieron recursos federales

del SUBSEMUN por un monto de 46,713.8 miles de pesos mediante 59 Cuentas por

Liquidar Certificadas (CLC) y 5 documentos múltiples. Derivado de los trabajos que se

llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría y del estudio y evaluación del

sistema de control interno, se determinó revisar un monto de 23,548.6 miles de pesos,

ejercidos en los Programas con Prioridad Nacional: Prevención Social de la Violencia

y la Delincuencia con Participación Ciudadana, Fortalecimiento de las Capacidades de

Evaluación en Control de Confianza, Profesionalización de las Instituciones de Seguridad

Pública y Red Nacional de Telecomunicaciones, mediante 28 CLC y 2 Documentos

Múltiples expedidos con cargo a las partidas 2711 “Vestuario y Uniformes”, 2831 “Prendas

de Protección para Seguridad Pública y Nacional”, 3993 “Subrogaciones”, 5151 “Equipo de

Cómputo y de Tecnologías de la Información”, 5411 “Automóviles y Camiones para la

Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” y 6221

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86 VOLUMEN 5/18

“Edificación no Habitacional”. Dicho monto representa el 49.1% del total ejercido en el

SUBSEMUN, como se observa a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Programa con prioridad nacional / Concepto

Universo Monto ejercido

Muestra

Cantidad Monto asignado

% Cantidad Presupuesto ejercido

%

CLC DM CLC DM

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana

Desarrollo y aplicación de políticas públicas para la prevención social del delito con participación ciudadana 8 0 9,593.9 18.4 9,593.9 6 0 5,394.6 11.1

Subtotal 8 0 9,593.9 18.4 9,593.9 6 0 5,394.6 11.1

Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza

Evaluación de Control de Confianza 10 0 2,190.7 4.2 2,189.2 7 0 2,189.2 4.6

Subtotal 10 0 2,190.7 4.2 2,189.2 7 0 2,189.2 4.6

Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública

Profesionalización 5 0 385.0 8.7 384.8 0 0 0.0 0.0

Equipamiento 19 5 33,109.2 63.5 32,866.1 10 2 14,716.7 30.7

Infraestructura 5 0 500.0 1.0 499.5 4 0 499.5 1.0

Subtotal 29 5 33,994.2 73.2 33,750.4 14 2 15,216.2 31.7

Red Nacional de Telecomunicaciones

Equipamiento 12 0 2,190.6 4.2 2,180.3 1 0 748.6 1.5

Subtotal 12 0 2,190.6 4.2 2,180.3 1 0 748.6 1.5

Total del SUBSEMUN 59 5 47,969.4 100.0 46,713.8 28 2 23,548.6 49.1

DM: Documento Múltiple.

Para determinar la muestra de Programas con Prioridad Nacional sujetos a revisión,

se consideraron los siguientes criterios:

1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2013 y en la base de datos de las CLC que la SEFIN proporcionó a esta entidad de

fiscalización.

2. Seleccionar por lo menos un procedimiento de adquisición de cada uno de los

efectuados en 2013 (adjudicación directa, invitación a cuando menos tres personas

y licitación pública) con cargo a las partidas del rubro en revisión.

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87 VOLUMEN 5/18

3. Seleccionar aquellas partidas del rubro en revisión que, de acuerdo con el estudio

y evaluación del sistema de control interno, presentaron riesgos de operación.

4. Seleccionar, en su caso, las erogaciones más representativas realizadas con cargo

a cada partida seleccionada del rubro en revisión.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración

y en la Coordinación de Control y Seguimiento de Protección Civil y Seguridad Pública de

la Delegación Gustavo A. Madero. La primera, por ser la encargada de administrar

los recursos humanos, materiales y financieros, conforme a las políticas, lineamientos,

criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor y la SEFIN; y la segunda, por ser la

encargada de integrar y procesar la información relativa a los proyectos, acciones

y medidas relacionadas con las funciones de seguridad pública, que le son inherentes

a la Dirección Ejecutiva de Seguridad Pública, y de coadyuvar con las áreas internas en el

desarrollo integral de los proyectos específicos de seguridad pública y protección civil.

En la revisión, se incluyeron también la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas y las

Direcciones Generales de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y de Recursos

Materiales, adscritas a la Oficialía Mayor de la SSP, por ser las encargadas de administrar,

operar y registrar los recursos presupuestales asignados a la SSP, y de custodiar la

documentación justificativa y comprobatoria del gasto; así como la Dirección General de

Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN,

por ser la unidad administrativa encargada de efectuar el registro contable de la administración

pública centralizada, y de emitir, actualizar, difundir y aplicar la Normatividad Contable de

la Administración Pública del Distrito Federal.

Las pruebas sustantivas consistieron en verificar que las cifras reportadas por el sujeto

fiscalizado coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal; integrar, por partida, el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión;

e identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el

presupuesto original del rubro revisado.

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Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos

correspondientes hubieran estado en operación durante el período auditado y que la

normatividad se hubiera aplicado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:

Procedimientos Generales

1. Evaluación de control interno

Se verificó que la Delegación Gustavo A. Madero, la SSP y la SEFIN contaran con

actividades de control suficientes para garantizar la adecuada administración de los

principales riesgos, el logro de los objetivos del subsidio, la observancia de la normativa

y la transparencia en el ejercicio de los recursos.

2. Transferencia de recursos

Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP cumplieron el procedimiento para

acceder a los recursos del SUBSEMUN de 2013 y suscribieron el convenio específico de

adhesión y su Anexo Técnico, conforme a la normativa aplicable.

Se comprobó si el órgano político-administrativo y la SSP cumplieron las disposiciones

para la asignación y entrega de las ministraciones de los recursos del SUBSEMUN, así

como con el cierre del ejercicio.

Se verificó si la SEFIN transfirió de manera ágil y directa al órgano político-administrativo y

a la SSP los recursos presupuestarios del SUBSEMUN en una cuenta bancaria productiva

específica en la que se manejen exclusivamente los recursos del fondo y sus rendimientos

financieros, en la que no se podrán incorporar remanentes de otros ejercicios ni aportaciones

que realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones.

3. Registro e información contable y presupuestaria

Se comprobó que las operaciones del subsidio estuviesen identificadas y registradas en la

contabilidad y amparadas con los documentos comprobatorios y justificativos correspondientes.

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89 VOLUMEN 5/18

Se verificó que la documentación original comprobatoria y justificativa del gasto se

canceló con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013”, o como se estableció en las

disposiciones federales, identificándose con el nombre del subsidio.

4. Destino de los recursos

Se verificó que el órgano político-administrativo y la SSP destinaron los recursos del

SUBSEMUN y sus rendimientos financieros, para profesionalizar y equipar sus cuerpos

de seguridad pública, mejorar la infraestructura de sus corporaciones, así como

desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención social del delito con participación

ciudadana, de conformidad con los Programas con Prioridad Nacional.

5. Transparencia del ejercicio

Se constató que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP reportaron trimestralmente al

Consejo Nacional de Seguridad Pública la información sobre el ejercicio y destino de los

recursos del SUBSEMUN y de los resultados obtenidos.

Se verificó que el órgano político-administrativo y la SSP reportaron a la Dirección

General de Vinculación y Seguimiento, mediante la entrega de informes mensuales

y trimestrales sobre el ejercicio y destino de los recursos del SUBSEMUN y de los

resultados obtenidos, las disponibilidades financieras con las que en su caso hubiesen

contado, y el presupuesto comprometido, devengado y pagado; y se verificó la congruencia

de los distintos reportes generados.

Se constató que el órgano político-administrativo y la SSP enviaron a la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante el Sistema del Formato Único (SFU),

los informes sobre el ejercicio, destino, subejercicios y reintegros que, en su caso, se

generaron y los resultados obtenidos de los recursos federales transferidos vía subsidios;

los publicaron a través de los medios oficiales de difusión y los pusieron a disposición del

público mediante sus portales de Internet, con el apoyo de las funcionalidades del SFU.

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Procedimiento para Programas con Prioridad Nacional

1. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana

Se verificó si el órgano político-administrativo, en caso de haber aplicado para el programa

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana, cumplió los

rubros establecidos en las reglas de operación; asimismo, se comprobó si destinó por lo

menos el 20.0% de los recursos asignados al desarrollo y aplicación de políticas públicas

para la prevención social del delito con participación ciudadana.

2. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza

Se verificó si la SSP destinó recursos para efectuar las evaluaciones de control de confianza.

3. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública

Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa Profesionalización de las

Instituciones de Seguridad Pública, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.

4. Red Nacional de Telecomunicaciones

Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa Red Nacional de

Telecomunicaciones, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.

5. Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos)

Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa Sistema Nacional de

Información de Seguridad Pública, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.

6. Servicios de llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089

Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa Servicios de Llamadas

de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089, cumplió los rubros establecidos en las

reglas de operación.

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7. Equipamiento y profesionalización

Se verificó si las adquisiciones de bienes y contratación de servicios se adjudicaron de

acuerdo con los montos máximos y mínimos establecidos en las disposiciones jurídicas

vigentes; si, en los casos de adjudicaciones directas por excepción a la licitación pública

se acreditaron de manera suficiente los criterios en los que se sustentó tal excepción; si

las operaciones se formalizaron mediante contratos que cumplieran los requisitos mínimos

establecidos en la normatividad aplicable; y si los proveedores de bienes o prestadores de

servicios garantizaron, en su caso, los anticipos recibidos y el cumplimiento de las

condiciones pactadas en los contratos celebrados.

Se verificó si los proveedores o prestadores de servicios entregaron los bienes o

prestaron los servicios en los plazos establecidos en los pedidos o contratos y, en caso de

incumplimiento, les aplicaron las penas convencionales correspondientes y las sanciones

respectivas.

Se constató, mediante visitas de inspección física, si los bienes adquiridos y las obras

efectuadas con recursos del SUBSEMUN se resguardaron, se encontraban en operación

y fueron destinados a funciones directamente vinculadas con la seguridad pública.

8. Infraestructura

Se verificó si las obras públicas realizadas, se licitaron y adjudicaron de acuerdo con la

normatividad aplicable; si se ampararon con un contrato debidamente formalizado; y si

las contratistas garantizaron, en su caso, los anticipos recibidos y el cumplimiento de las

condiciones pactadas; si las obras se finiquitaron y recibieron dentro de los plazos convenidos;

y, en los casos de incumplimiento, si se aplicaron las penas convencionales correspondientes

de acuerdo con la normativa aplicable.

Se comprobó si los pagos realizados se soportaron con las estimaciones respectivas,

si corresponderían a los plazos contractuales y si contaron con su documentación soporte;

y se constató la amortización total del anticipo otorgado.

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92 VOLUMEN 5/18

Se constató, mediante visitas de inspección física, si las obras fueron concluidas, y recibidas,

y si se encuentran en correcto funcionamiento y cumplen las especificaciones del proyecto.

9. Cumplimiento de objetivos y metas del SUBSEMUN

Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP realizaron la evaluación sobre el

impacto de los resultados alcanzados en materia de seguridad pública, con los recursos

del SUBSEMUN 2013.

Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones

relacionadas con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron

desviaciones o deficiencias o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los

procedimientos consistieron en integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto

a revisión por partida de gasto y por Programa con Prioridad Nacional, verificar que las

cifras presupuestarias reportadas por el órgano político-administrativo y la SSP a la SEFIN

coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2013, y revisar que el importe contabilizado por la SEFIN correspondiera al establecido

en la Normatividad Contable de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

También se verificó que el órgano político-administrativo y la SSP hubiesen conservado la

documentación original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y contado

con expedientes debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los

proveedores, prestadores de servicios y contratistas a los que fueron adjudicados contratos

o convenios. Además, se constató que las adquisiciones de bienes, la contratación de

servicios y la ejecución de las obras se hubiesen efectuado en cumplimiento de los

programas, acciones y atribuciones del órgano político-administrativo y de la SSP; y se

confirmaron operaciones con los proveedores, prestadores de servicios y contratistas

a quienes se les efectuaron pagos, con la finalidad de verificar los procesos de adquisición,

contratación y pago.

El alcance a nivel Programa con Prioridad Nacional se señala a continuación:

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93 VOLUMEN 5/18

Prevención Social de la Violencia

y la Delincuencia con Participación Ciudadana

Se revisó la adjudicación directa del contrato núm. 02CD073P0212113 formalizado el

17 de julio de 2013, por la contratación de los proyectos de capacitación especializada

en seguridad ciudadana a funcionarias y funcionarios del órgano político-administrativo,

con cargo a la partida 3341 “Servicios de Capacitación”, con la justificación de mejorar

la atención ciudadana bajo la perspectiva de seguridad, enfocándose cada día más en la

prevención del delito y de la violencia contra las mujeres mediante un programa integral, y

contribuir al fortalecimiento de la integridad física, psíquica y moral de las mujeres, por

medio de un centro especializado con personal capacitado.

Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza

Se seleccionó el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas

núm. SSP/ITPS/04/13, que derivó en la celebración del contrato núm. SSP/BE/S/080/2013

con Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., el 30 de enero de 2013, por la

contratación del servicio de aplicación de exámenes químico-toxicológicos a elementos

policiacos de la Delegación Gustavo A. Madero, con cargo a la partida 3993 “Subrogaciones”,

con la justificación de cumplir las metas establecidas por el Centro Nacional de Certificación

y Acreditación y atender las funciones encomendadas a la Dirección de Evaluación

Médico Social.

De un universo de 33,022 exámenes toxicológicos aplicados a igual número de elementos

policíacos, mediante muestreo estadístico, con un nivel de confianza del 90.0% y un

margen de error de 0.10, se seleccionaron para su revisión 66 expedientes, lo anterior,

con la finalidad de verificar que incluían el examen químico-toxicológico realizado, en

cumplimiento de las funciones, atribuciones y servicios públicos que tiene encomendado

la dependencia y que están vinculados con la seguridad pública de la Delegación Gustavo

A. Madero.

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94 VOLUMEN 5/18

Profesionalización de las Instituciones

de Seguridad Pública

Equipamiento

Se revisaron la adjudicación directa del convenio administrativo núm. SSP/BE/CI/A/295/2013,

celebrado el 10 de septiembre de 2013 con la Secretaría de la Defensa Nacional

(SEDENA) para la adquisición de diversas prendas para conformar uniformes entregados

a elementos policiacos de la SSP, con cargo a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes”,

con objeto de atender las necesidades del personal operativo que cubre servicios de

policía de proximidad; y su convenio modificatorio núm. SSP/BE/CI/A/CM/057/2013

del 20 de diciembre del 2013, con el cual se amplió la vigencia del convenio original.

Se revisó la adjudicación directa de los convenios administrativos interinstitucionales

núms. SSP/BE/CI/A/191/2013 y SSP/BE/CI/A/452/2013 del 20 de junio y 30 de octubre de 2013,

respectivamente, celebrados con la SEDENA para la adquisición de chalecos balísticos,

nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera, nivel IV; fundas para chalecos de las mismas

características; y cascos antimotines, con cargo a la partida 2831 “Prendas de Protección

para Seguridad Pública y Nacional”, con objeto de ampliar y fortalecer los servicios

operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.

Asimismo, se revisó la adjudicación directa del contrato núm. SSP/BE/A/321/2013

del 30 de septiembre de 2013, celebrado con Armoning Equipament, S.A. de C.V., por

la adquisición de corazas antimotines, marca Armoring-E, modelo 09100, con objeto de

reforzar el equipamiento del personal policial de la SSP, encargados de salvaguardar

el orden y la integridad física de la población.

Por otra parte, se seleccionó la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013

que derivó en la celebración del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 con Comercial

Crymex, S.A. de C.V., el 16 de julio de 2013, para la adquisición de vehículos sedán y

pick-up doble cabina, destinados para actividades vinculadas con la seguridad pública de

la Delegación Gustavo A. Madero, con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo

Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres

Naturales”, con la justificación de contar cuando menos con una unidad por zona de

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95 VOLUMEN 5/18

patrullaje, en perfectas condiciones y de modelo reciente, independientemente de las

unidades que se destinen a la supervisión operativa o actividades administrativas, para

lograr una adecuada operación de los servicios de protección en la Ciudad de México.

Además, se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de verificar que las prendas

de protección para seguridad pública y nacional se hubiesen destinado al cumplimiento de

los programas, acciones y atribuciones de la dependencia; y que los vehículos sedán

y pick-up doble cabina se encontraran operando en actividades de seguridad pública de la

Delegación Gustavo A. Madero.

Infraestructura

Se seleccionó el procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres personas

núm. IO-909010998-N2-2013, que derivó en la celebración del contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013

con Construcciones Castilla, S.A. de C.V., el 26 de abril de 2013, para los trabajos de

mejoramiento de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac, con cargo a la partida

6221 “Edificación no Habitacional”.

Se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de constatar que los trabajos de

mejoramiento fueron concluidos y recibidos y que se encontraban en funcionamiento.

Red Nacional de Telecomunicaciones

Se seleccionó la adjudicación directa del contrato núm. SSP/BG/A/346/2013 del 28 de

octubre de 2013, celebrado con Soporte y Capacitación, S.A. de C.V., para la adquisición

de computadoras de escritorio, impresoras láser (monocromáticas, volumen medio) y

escáneres, con la justificación de dotar de bienes informáticos a las diversas áreas

operativas de la SSP, con cargo a la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías

de la Información”.

Cabe señalar que en este Programa con Prioridad Nacional se incluyó la adquisición de

radios para patrulla, los cuales formaron parte del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013

de fecha 16 de julio de 2013.

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96 VOLUMEN 5/18

Se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de constatar que los bienes

adquiridos estuvieran resguardados, en operación y que se hubiesen destinados a

actividades de seguridad pública para el cumplimiento de los programas, acciones

y atribuciones de la Delegación Gustavo A. Madero.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y

oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el apartado

de organización de los manuales administrativos de la Delegación Gustavo A. Madero, la

SSP y la SEFIN vigentes en 2013. Lo anterior, con el propósito de identificar las estructuras

orgánicas, así como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas

que las integran y, especialmente, de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.

También, se revisaron los manuales de procedimientos, con el propósito de, por un lado,

conocer los que fueron aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar,

aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar los recursos del SUBSEMUN

y, por otro, constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes,

reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Se aplicaron cuestionarios de evaluación del control interno en el ejercicio de los recursos

del SUBSEMUN, de cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de

cumplimiento del Esquema Normativo 2013, así como una encuesta sobre acciones

de coordinación en materia de armonización contable a servidores públicos de la Delegación

Gustavo A. Madero, de la SSP y de la SEFIN, quienes participaron en las actividades

inherentes al registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago

de las operaciones realizadas con cargo al SUBSEMUN. Además, se verificó que los gastos

hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello y se identificaron

los riesgos de las operaciones revisadas y de los objetivos específicos de control.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los

mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar

si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de

irregularidades e ineficiencias, y disminuyeron las debilidades detectadas.

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97 VOLUMEN 5/18

Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno del registro,

aprobación, modificación, compromiso, devengado y ejercicio del presupuesto, así como

del pago de operaciones con cargo al SUBSEMUN, se determinó que las unidades

administrativas de la Delegación Gustavo A. Madero, de la SSP y de la SEFIN, están

estructuradas conforme a las funciones asignadas en sus manuales de organización

y que establecieron de manera formal mecanismos y actividades de control suficientes

para administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que las afectan; para

promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos;

para registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos del

SUBSEMUN; para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia

de la información y documentación generada; y para propiciar la comunicación e interacción de

las áreas involucradas en dichas actividades, lo que garantizó que, en términos generales,

se cumpliera la normatividad y se generara también un razonable ambiente de control.

No obstante lo anterior, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan

de manera específica en el apartado de resultados.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Los resultados de la evaluación del control interno establecido por la Delegación Gustavo

A. Madero, la SSP y la SEFIN mostraron fortalezas y debilidades en la gestión del

SUBSEMUN, entre las que destacan las siguientes:

Fortalezas

1. El Gobierno del Distrito Federal cuenta con el Código de Ética de los Servidores

Públicos para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 9 de julio de 2014, que constituye un catálogo de valores y principios aplicables a

todos los servidores públicos de la administración pública que participan o que

coadyuvan en la función del ejercicio público.

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98 VOLUMEN 5/18

2. La SSP cuenta con un Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del

Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de octubre

de 2008.

3. Mediante la firma de la “Carta de Obligaciones de los Servidores Públicos” se

encuentran documentadas las responsabilidades y atribuciones del personal de mando

que integra la administración.

4. La Delegación Gustavo A. Madero, la SSP y la SEFIN promueven un comportamiento

ético en su personal, mediante cursos impartidos por la Contraloría General del

Distrito Federal (CGDF), la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, así

como el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales

del Distrito Federal.

5. La Delegación Gustavo A. Madero, la SSP y la SEFIN contaron con estructuras

orgánicas autorizadas por la Coordinación General de Modernización Administrativa

(CGMA), y sus manuales de organización, autorizados y registrados por esa instancia,

son congruentes con las estructuras orgánicas autorizadas, delimitan la autoridad

y responsabilidad del personal involucrado en la operación del SUBSEMUN, fueron

difundidos entre las unidades administrativas que integran las dependencias y el

órgano político-administrativo y publicados como lo dispone la Circular Contraloría

General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 25 de enero 2011, vigente en 2013, como se señala a continuación:

Área Número de estructura

orgánica

Manual de organización

Número de oficio de registro Fecha Número de registro

Fecha de publicación

Delegación Gustavo A. Madero 12/2012 CG/CGMA/1327/2013 12/VII/13 MA-307-12/12 14/VIII/13

Secretaría de Seguridad Pública 16/2010 CG/CGMA/DDO/2231/2011 9/V/11 MA-11001-16/10 30/VI/11

Secretaría de Finanzas

Dirección General de Egresos “A” 3/2008 CGMA/DDO/0299/2010 29/I/10 MA-09303-3/08 29/VII/11

Dirección General de Egresos “B” 3/2008 CGMA/DDO/1442/2009 29/V/09 MA-09304-3/08 27/V/11

Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

3/2008 CG/CGMA/DDO/1269/2011 7/III/11 MA-09302-3/08 13/IV/11

Dirección General de Administración Financiera 3/2008 CG/CGMA/DEDDEO/4151/2011 27/IX/11 MA-09600-3/08 25/X/12

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99 VOLUMEN 5/18

A partir del 22 de marzo de 2013, la SEFIN dispuso de un solo manual de

organización que considera todas las unidades administrativas del dictamen de estructura

orgánica núm. 3/2008.

6. La Delegación Gustavo A. Madero contó con 4 procedimientos, la SSP con 11 y la

SEFIN con 18, todos relativos a las áreas sustantivas que intervienen en la justificación,

autorización, registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y

pago de erogaciones con recursos del SUBSEMUN. Dichos procedimientos fueron

elaborados de conformidad con las estructuras orgánicas vigentes en 2013,

autorizados por la CGMA y difundidos en las unidades administrativas que integran

las dependencias y el órgano político-administrativo, y la relación de éstos fue publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, como lo establecen los numerales 2.4.6.7 y

2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión

Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la

Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2013,

como se indica a continuación:

Área Número de estructura

orgánica

Manual de procedimientos

Número de oficio de registro Fecha Número

de registro

Fecha

de publicación

Delegación Gustavo A. Madero 12/2012 Varios Varias MA-307-12/12 16/XII/13

Secretaría de Seguridad Pública 16/2010 Varios Varias MA-11001-16/10 8/VII/11

Secretaría de Finanzas

Dirección General de Egresos “A” 3/2008 CGMA/DDO/0299/2010 29/I/10 MA-09303-3/08 29/VII/11

Dirección General de Egresos “B” 3/2008 CGMA/DDO/1442/2009 29/V/09 MA-09304-3/08 27/V/11

Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

3/2008 CG/CGMA/DDO/1269/2011 7/III/11 MA-09302-3/08 13/IV/11

Dirección General de Administración Financiera

3/2008 CG/CGMA/DEDDEO/4151/2011 27/IX/11 MA-09600-3/08 25/X/12

7. Los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable

que emana de los registros del órgano político-administrativo y de la SSP son

consolidados por la SEFIN mediante el sistema denominado Sistema Informático de

Planeación de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP), a fin de lograr una adecuada

homologación.

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100 VOLUMEN 5/18

8. La SEFIN cuenta con una matriz de conversión dentro del sistema informático, la cual

tiene una relación entre el Plan de Cuentas y el Clasificador por Objeto del Gasto, que

permite que toda transacción se transforme en un asiento de partida doble en la

contabilidad general, lo que garantiza que la información incorporada sea registrada

con oportunidad. De conformidad con los artículos 44, 125 y 126 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, es responsabilidad

de los titulares de las unidades responsables del gasto, así como de los servidores

públicos encargados de su administración, la recepción, guarda, custodia y conservación

de los documentos justificantes y comprobatorios del gasto, además de la confiabilidad de

las cifras consignadas en la contabilidad.

9. Para identificar los recursos del SUBSEMUN, entre los diferentes fondos y programas

ejecutados por el Gobierno del Distrito Federal, cada CLC emitida en la Delegación

Gustavo A. Madero y en la SSP consigna la clave presupuestal, en la cual se señala

la fuente de financiamiento que indica el tipo de recurso con que deberá pagarse al

beneficiario.

10. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP destinaron los recursos del SUBSEMUN

a los conceptos establecidos por la normatividad, los cuales fueron registrados en los

anexos técnicos y sus avances informados a detalle al SESNSP en los Informes sobre

el Cumplimiento de Metas del Recurso Federal.

11. Las obras financiadas con recursos del SUBSEMUN fueron registradas en los anexos

técnicos e informadas a detalle al SESNSP por medio de los expedientes técnicos,

por lo cual no se ejercieron recursos en obras no contempladas en dichos anexos.

12. Para evitar que se realicen pagos por conceptos de obra no ejecutados o por

conceptos de obra no autorizados, se establecieron controles por medio de los números

generadores por conceptos de obra terminada que integran las estimaciones, que son

conciliados entre la residencia de supervisión y la contratista; así como un reporte

fotográfico que da constancia de que las obras se realizaron.

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101 VOLUMEN 5/18

13. El Gobierno del Distrito Federal cuenta con un sistema informático mediante el cual se

elaboran las CLC; la información que genera se concilia con la SEFIN para elaborar

los informes trimestrales y el cierre del ejercicio presupuestal.

14. Existen canales de comunicación para difundir las acciones del SUBSEMUN, como

carteles, la página de internet de la SSP y, vía telefónica, el Centro de Atención

del Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal.

15. El Gobierno del Distrito Federal estableció el Manual de Contabilidad del Gobierno del

Distrito Federal Sector Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 24 de mayo de 2012, que prevé que las unidades responsables del gasto son los

centros de registro donde ocurren las transacciones económico/financieras y, por

tanto, desde donde se introducen datos al sistema, el cual registra las operaciones

presupuestales y contables de la Administración Pública del Distrito Federal.

16. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP tienen mecanismos de control para

asegurarse de que la documentación soporte del gasto cuente con la información

suficiente y relevante del ejercicio del SUBSEMUN.

Debilidades

1. La Delegación Gustavo A. Madero no contó con procedimientos específicos para

verificar que los rubros en los que se ejercen recursos para el Programa de Prevención

Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana reúnan los requisitos

establecidos en las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su

caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública

en sus Demarcaciones Territoriales (Reglas para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013),

publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el titular de la

Dirección General de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero, en su

carácter de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó

información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

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102 VOLUMEN 5/18

Por no contar con procedimientos específicos que regulen las actividades y

operaciones sustantivas del órgano político-administrativo que muestren secuencial

y ordenadamente la forma en que se realizan dichas actividades para el control del

SUBSEMUN, la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el artículo 16, “Primer

Lineamiento: Ambiente de Control”, fracción III, inciso e), del Acuerdo por el que se

establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

9 de abril de 2007, vigente en 2013, que establece lo siguiente:

“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno

son los siguientes:

”Primer Lineamiento: Ambiente de Control […]

”III. Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración

Pública del Distrito Federal establecer, actualizar y exigir la observancia del código de

conducta institucional, haciendo hincapié en los valores compartidos y el trabajo

en equipo para conseguir sus objetivos, y que los servidores públicos se conduzcan en el

desempeño de sus funciones con una actitud de compromiso y apoyo hacia el control

interno, la transparencia y los valores éticos.

”Un adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes aspectos.

”e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de

Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los

manuales de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura

organizacional y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes

y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y

procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información que se

genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento

de los servidores públicos.”

Page 103: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

103 VOLUMEN 5/18

2. La SSP realizó algunas de sus actividades sustantivas relacionadas con la operación del

SUBSEMUN, como se indicó en 12 procedimientos autorizados con base en la estructura

orgánica núm. 18/2008, la cual quedó sin efectos al autorizarse la núm. 16/2010.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo de

Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la

dependencia, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/662/2014 del 18 de agosto de 2014,

presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/003999/2014 del 14 de agosto del mismo año,

por medio del cual el Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento proporcionó

los memorándums núms. DAAA 040/2014, DAAA 041/2014 y DAAA 042/2014, todos

del 30 de junio de 2014, con los cuales instruyó a los Subdirectores de Riesgos y

Aseguramiento, de Adquisiciones y de Almacenes e Inventarios, respectivamente,

actualizar o dejar sin vigencia los procedimientos administrativos y, en su caso, crear

nuevos procedimientos; así como los memorándums núms. DAAA No. 044/2014,

DAAA No. 045/2014 y DAAA No. 046/2014 todos del 8 de julio de 2014, con los cuales

instruyó nuevamente a los Subdirectores de Riesgos y Aseguramiento, de Almacenes e

Inventarios y de Adquisiciones, en ese orden, actualizar los procedimientos

administrativos conforme a los objetivos y funciones del manual administrativo de la

SSP en su parte de organización, con lo que se confirma la presente observación.

Por no haber actualizado 12 procedimientos autorizados con base en la estructura

orgánica núm. 18/2008, la cual quedó sin efectos al autorizarse la núm. 16/2010, la

SSP incumplió el artículo 16, “Primer Lineamiento: Ambiente de Control” fracción III,

inciso e), del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2013.

3. La SSP no contó con procedimientos específicos para regular el cumplimiento de los

requisitos del SUBSEMUN, previo a la entrega de los recursos, ni para entregar

los informes mensuales y trimestrales al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por

conducto de la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, y a la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP),mediante el Sistema del Formato

Único (SFU), sobre el ejercicio, destino, subejercicios, resultados obtenidos y reintegros

de los recursos federales transferidos vía subsidios.

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104 VOLUMEN 5/18

En el informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf/107/13, practicada a la

Delegación Tlalpan, a la SSP y a la SEFIN resultado núm. 2, recomendación

ASCprofcasf-107-13-01-SSP y ASCprofcasf-107-13-02-SSP, se propone llevar a cabo

acciones para que la SSP remita a la CGMA los proyectos de los procedimientos

“Adhesión del Gobierno del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios

Otorgados por la Federación” y “Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales

y Trimestrales de Avance de los Recursos Federales” de la SSP se remita a la CGMA

para su revisión y, en su caso, dictamen y registro; de conformidad con la normatividad

y para que la SSP elabore procedimientos específicos para regular la entrega a la

SHCP de los informes sobre el ejercicio, destino, subejercicios, resultados obtenidos y

reintegros de los recursos federales transferidos vía subsidios, mediante el sistema

que ella establezca, en cumplimiento del Acuerdo por el que se establecen los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal, por lo que se dará tratamiento a dichas circunstancias como parte del

seguimiento de las recomendaciones citadas.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo

de Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la

dependencia, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/662/2014 del 18 de agosto de 2014,

presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/125/2014 del 15 de agosto del mismo año,

con el que la Directora de Planeación y Evaluación Financiera, sobre la SSP informó

lo siguiente:

“… entrega los informes mensuales y trimestrales a la Dirección General de

Vinculación y Seguimiento del [SESNSP] Por otra parte, la disposición Décima

Séptima del Capítulo III, ‘Del Acceso, Asignación y Ministración de los Recursos’, de

las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los

Estados cuando tengan a su Cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con

los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en

sus Demarcaciones Territoriales establece el procedimiento para acceder a este subsidio.

”Aunado a lo anterior, y derivado de la autorización de la reestructuración de la

Dirección General de Recursos Financieros, a través del oficio número CGDF/798/2013

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105 VOLUMEN 5/18

[del 28 de junio de 2013] se propusieron los procedimientos ‘Adhesión del Gobierno

del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la Federación’

y ‘Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de Avance de

los Recursos Federales’ enviados a la Dirección Ejecutiva de Organización y

Administración Territorial con los oficios números SSP/OM/DGRF/DP/1061/2014 [del

30 de mayo de 2014] y SSP/OM/DGRF/3055/2013 [del 12 de diciembre de 2013]

con la finalidad de que se procediera con el registro […] ante la Coordinación General

de Modernización Administrativa.”

Asimismo, se remitieron los proyectos de los procedimientos “Adhesión del Gobierno

del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la

Federación” y “Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de

Avance de los Recursos Federales”, cuyos objetivos consisten en “generar en forma

oportuna la documentación que permita que la Secretaría de Seguridad Pública sea

beneficiaria de los recursos federales, a partir de la publicación de las reglas de

operación, lineamientos y normatividad que emita el Gobierno Federal”, y “elaborar los

informes mensuales, bimestrales y trimestrales y avance físico-financiero, del ejercicio

de los recursos federales, a través del formato Sistema Informático o mecanismo que

determine el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

(SESNSP), con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la

normatividad aplicable”, respectivamente.

Dichos procedimientos incluyen actividades específicas para regular el cumplimiento

de los requisitos del SUBSEMUN, previo a la entrega de los recursos y para entregar

los informes mensuales y trimestrales a la Dirección General de Vinculación y

Seguimiento del SESNSP; sin embargo, no contienen las actividades específicas para

la entrega de los informes a la SHCP mediante el SFU, sobre el ejercicio, destino,

subejercicios, resultados obtenidos y reintegros de los recursos federales transferidos

vía subsidios.

Por no contar con los procedimientos “Adhesión del Gobierno del Distrito Federal para

ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la Federación” y “Elaboración de los

Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de Avance de los Recursos Federales”,

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106 VOLUMEN 5/18

autorizados y registrados por la CGMA ni con un procedimiento específico que regule

la entrega de los informes a la SHCP mediante el SFU, la SSP incumplió el artículo 16,

“Primer Lineamiento: Ambiente de Control” fracción III, inciso e), , del Acuerdo por el

que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

No obstante que no se contó con algunos procedimientos específicos, la ASCM considera

que el control interno para la gestión del SUBSEMUN en el Gobierno del Distrito Federal,

en beneficio de la Delegación Gustavo A. Madero, es suficiente, ya que existen estrategias

y mecanismos de control sobre el comportamiento de las actividades que garantizan, de

manera razonable, el cumplimiento de los objetivos del subsidio, la eficiencia y eficacia

de las operaciones, el aseguramiento de la información, la observancia de la normativa

y la transparencia en su operación.

Recomendación ASCprofcasf-103-13-01-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero elabore procedimientos específicos

para regular que los rubros en que ejercerá el Subsidio para la Seguridad Pública de los

Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal reúnan los requisitos que

señalan las reglas de operación fijadas para tal efecto, en cumplimiento del Acuerdo por el

que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

Transferencia de Recursos

2. Resultado

El apartado “Marco Legal”, numeral 9, del Convenio Específico de Adhesión para el

Otorgamiento del Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan

a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al

Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales,

celebrado el 28 de febrero de 2013 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

8 de agosto de 2013, señala que el 31 de enero del mismo año se publicó en el Diario

Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se da a conocer la Lista de Municipios

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107 VOLUMEN 5/18

y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, Elegibles para el Otorgamiento del

Subsidio a que se refiere el Artículo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para

el Ejercicio Fiscal 2013, y la Fórmula utilizada para su Selección”, en cuyo acuerdo

segundo se señaló que como resultado de la aplicación de la fórmula utilizada para la

selección de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, el SESNSP, determinó

como elegible, entre otras, a la Delegación Gustavo A. Madero, asignándole un monto de

47,969.4 miles de pesos, de los cuales 9,593.9 miles de pesos serían ejercidos por la

Delegación Gustavo A. Madero y 38,375.5 miles de pesos por la SSP.

Adicionalmente, la regla decimoséptima, fracciones II, letra A, incisos c) y d), y V, capítulo III,

“Del Acceso, Asignación y Ministración de los Recursos”, Sección I, “Del acceso al

SUBSEMUN”, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su

caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en

sus Demarcaciones Territoriales, establece lo siguiente:

“Décima Séptima. Procedimiento […]

”II. Los beneficiarios potenciales deberán presentar a dicha Dirección General [de

Vinculación y Seguimiento] en un plazo no mayor a 7 (siete) días hábiles a partir de la

publicación de las Reglas, lo siguiente:

”A. Escrito donde manifiesten su aceptación al SUBSEMUN, el cual deberá estar firmado

por los siguientes funcionarios […]

”c) Para el caso de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, salvo los conceptos

de prevención social del delito con participación ciudadana, el Jefe de Gobierno del Distrito

Federal o quien cuente con facultades en términos de las disposiciones locales, y

”d) Para el caso de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal en los conceptos de

prevención social del delito con participación ciudadana, los Jefes Delegacionales o quien

cuente con facultades en términos de las disposiciones locales […]

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108 VOLUMEN 5/18

”V. Las demarcaciones territoriales del Distrito Federal darán cumplimiento a lo previsto

en la presente regla refiriéndose únicamente a los conceptos de prevención social del

delito con participación ciudadana.”

Sobre el particular, con los oficios núms. ASCprofcasf/SSP/14/002 y ASCprofcasf/GAM/14/005

del 27 de junio y 15 de julio de 2014, respectivamente, la ASCM solicitó a la SSP y a la

Delegación Gustavo A. Madero, en ese orden, copia del documento que acredite el

cumplimiento de los requisitos para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.

En respuesta, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/SES/057/2014 del 2 de julio de 2014,

la SSP remitió el oficio núm. DGRF/OM/SSP/000294/2013 del 7 de febrero de 2013, por

medio del cual el titular de la SSP manifestó, en tiempo y forma, la aceptación del monto

asignado a la SSP por parte del SESNSP, con lo que la dependencia cumplió con los

requisitos para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.

Por lo que respecta a la Delegación Gustavo A. Madero, a la fecha de conclusión de la

fase de ejecución de la auditoría (4 de agosto de 2014), no se había proporcionado evidencia

de haber cumplido los requisitos para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, la Delegación Gustavo A.

Madero no proporcionó información ni documentación al respecto, por lo que se confirma

que el órgano político-administrativo incumplió la regla trigésima quinta, fracción I, inciso N,

letra c), capítulo 7, “De los Derechos y Obligaciones”, sección I, “De los Beneficiarios”, de

las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados

cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así

como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones

Territoriales, que establece lo siguiente:

“Trigésima quinta. Obligaciones de los beneficiarios.

”I. Son obligaciones de los Beneficiarios […]

”N. En caso de revisión por parte de una autoridad auditora, deberá […]

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109 VOLUMEN 5/18

”c) Dar total acceso a la información documental, contable y de otra índole, relacionada

con los recursos del SUBSEMUN.”

Por lo anterior, se concluye que la SSP cumplió los requisitos para acceder a los recursos

del SUBSEMUN 2013, mientras que la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó

evidencia de haber manifestado, en tiempo y forma, la aceptación del monto asignado al

órgano político-administrativo.

Recomendación ASCprofcasf-103-13-02-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero tome medidas para garantizar que, en

caso de revisión por parte de una autoridad auditora, se dé acceso a la información

documental, contable y de otra índole relacionada con los recursos del Subsidio para la

Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,

en cumplimiento de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en

su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.

3. Resultado

Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/0542/2013 del 15 de marzo de 2013, el Director

General de Administración del órgano político-administrativo solicitó al Director General de

Vinculación y Seguimiento del SESNSP; la primera ministración del SUBSEMUN 2013, la

cual acompañó del comprobante de Acta de Cierre 2012 y copia del depósito del reintegro

de los recursos del SUBSEMUN a la Tesorería de la Federación.

Por otra parte, mediante el oficio núm. OM/SSP/0052/2013 del 1o. de marzo de 2013, el

Oficial Mayor de la SSP solicitó al Director General de Vinculación y Seguimiento del

SESNSP, la primera ministración correspondiente al SUBSEMUN 2013. Al respecto,

remitió la documentación siguiente:

1. Oficio núm. DGRF/OM/SSP/0050/2013 del 14 de enero de 2013, mediante el cual

el Director General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió al

Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP el comprobante de acta

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de cierre definitiva con corte al 31 de diciembre de 2012, correspondiente al ejercicio de

los recursos asignados a la Delegación Gustavo A. Madero por conducto de la SSP.

2. Documentación que acreditó la propiedad o disposición legal de la Subcomandancia

Tepeyac correspondiente a las acciones de infraestructura convenidas.

3. Oficio núm. SF/SPF/DGAF/0556/2013 de fecha 13 de marzo de 2013, mediante

el cual el Director General de Administración Financiera de la Subsecretaría de

Planeación Financiera de la SEFIN informó al Director General de Vinculación y

Seguimiento del SESNSP que se estableció la cuenta para la recepción de los

recursos federales y detalló los datos correspondientes a dicha cuenta.

4. Oficio núm. SFDF/SE/2599/2012 del 27 de marzo de 2012, mediante el cual el

Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió al Director General de Vinculación y

Seguimiento del SESNSP copia certificada del “Reporte de Evolución del Presupuesto

por Clave Presupuestal”, correspondiente a los recursos presupuestarios de la aportación

del Distrito Federal (coparticipación).

Adicionalmente, mediante los oficios núms. DGAM/DGA/1403/2013 y DGAM/DGA/1697/2013

del 28 de junio y 2 de julio de 2013, respectivamente, el Director General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero solicitó, en tiempo y forma, la segunda ministración del

SUBSEMUN 2013 y remitió al Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP

copia de los reportes mensuales de abril, mayo y junio de 2013, mediante los cuales

el órgano político-administrativo informó el avance de la aplicación de los recursos del

SUBSEMUN 2013; y, con el oficio núm. SSP/OM/201/2013 del 27 de junio de 2013,

el Oficial Mayor de la SSP solicitó al Director General de Vinculación y Seguimiento del

SESNSP la segunda ministración correspondiente al SUBSEMUN 2013. Al respecto, se

proporcionó la siguiente documentación:

1. Oficio núm. SFDF/SE/767/2013 del 28 de febrero de 2013, mediante el cual el

Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió al Director General de Vinculación

y Seguimiento del SESNSP, copia certificada del “Reporte de Evolución del Presupuesto

por Clave Presupuestal”, correspondiente a los presupuestos modificado y disponible

de la aportación del Distrito Federal (coparticipación).

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2. Contratos, CLC y facturas que acreditaron que la SSP comprometió, devengó y pagó

los recursos federales (39.3%) y de coparticipación (37.9%) asignados.

3. Oficios núms. SSP/OM/DGRF/1030/2013 y SSP/OM/DGRF/1278/2013 del 6 de mayo

y 6 de junio de 2013, mediante los cuales el Director General de Recursos Financieros de

la Oficialía Mayor de la SSP envió al Director General de Vinculación y Seguimiento

del SESNSP, los reportes mensuales de avance en la aplicación de los recursos

SUBSEMUN 2013, tanto del monto federal como de la coparticipación, en los

formatos establecidos.

4. Oficio núm. DCM/DGMS/OM/SSP/656/2013 del 23 de abril de 2013, mediante el cual

el Director de Construcción y Mantenimiento de la Dirección General de Mantenimiento

y Servicios de la SSP envió al Director General de Apoyo Técnico del SESNSP, la

información relativa al expediente técnico correspondiente a la Subcomandancia Tepeyac

(croquis, predio, planos, presupuesto y programa), que formó parte del programa con

prioridad nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública.

5. Copia del estado de la cuenta bancaria en la que se recibieron los recursos federales,

por el período comprendido entre el 1o. de marzo y el 18 de junio de 2013.

6. Oficios núms. DGSPyPSO/905/2013 y DGPEC/338/2013 del 10 y 11 de junio de 2013,

respectivamente, mediante los cuales el titular de la Dirección General de Seguridad

Privada y Procedimientos Sistemáticos de Operación de la SSP remitió al Director

General de Política y Estadística Criminal de la Procuraduría General de Justicia del

Distrito Federal, y éste a su vez al Centro Nacional de Información del SESNSP, las

bases de datos criminalísticas y de personal de Plataforma México, consistentes en el

listado nominal, y de armamento, vehículos oficiales y radios al mes de mayo de 2013.

7. Oficio núm. SDI/DGCCC/033678/2013 del 27 de junio de 2013, mediante el cual

la Directora General del Centro de Control de Confianza de la SSP hizo del

conocimiento de la Encargada del Despacho del Centro Nacional de Certificación

y Acreditación del SESNSP que el Secretario de Seguridad Pública cuenta con

evaluaciones en materia de control de confianza.

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8. Nómina de elementos operativos, en la que se desglosa la información relativa al

grado y percepciones por integrante.

Lo anterior, en cumplimiento de las reglas vigésima primera y vigésima segunda, Sección III,

“De la Asignación y Ministración de Recursos”, de las Reglas para el Otorgamiento de

Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la

Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito

Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales , en las que se

establece que la primera ministración se solicitará a más tardar el 15 de marzo de 2013 y

corresponderá al 40.0% del total de los recursos federales convenidos, y la segunda

ministración a más tardar el 28 de junio de 2013 y corresponderá al 60.0% de los recursos

federales convenidos.

Se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP solicitaron, en tiempo y forma, la

primera y segunda ministraciones correspondientes al SUBSEMUN 2013, que, previo

a las citadas ministraciones, contaron con la documentación que acreditó el cumplimiento

de las obligaciones establecidas en las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los

Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales; y que contaron con el acta de cierre

definitivo del ejercicio.

4. Resultado

El artículo 8, fracción VIII, tercer párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación

para el Ejercicio Fiscal 2013 señala: “El Consejo Nacional de Seguridad Pública, al

aprobar los criterios para la distribución de los recursos de los fondos de ayuda federal

para la seguridad pública, promoverá y vigilará que su erogación y aplicación se realice

dentro del presente ejercicio fiscal y se alcancen los objetivos para los que están

destinados. Para tales efectos, los convenios relativos a estos fondos establecerán

mecanismos que contribuyan a agilizar la recepción y el ejercicio de los recursos que

reciban las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del

Distrito Federal”.

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113 VOLUMEN 5/18

Además, la cláusula primera, “Objeto”, numeral I, del Convenio Específico de Adhesión

para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (SUBSEMUN), publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2013, vigente en 2013, señala: “El presente

Convenio Específico de Adhesión tiene por objeto otorgar recursos presupuestarios

federales del SUBSEMUN a ‘El Distrito Federal’, por conducto de la Secretaría de

Finanzas de ‘El Distrito Federal’, de manera ágil y directa, con la finalidad de fortalecer

el desempeño de las funciones de ‘El Distrito Federal’ en materia de seguridad pública:

profesionalizar y equipar a sus cuerpos de seguridad pública en ‘Las Demarcaciones’, así

como mejorar la infraestructura de sus corporaciones, en el marco de las disposiciones

legales aplicables, para salvaguardar los derechos e integridad de sus habitantes

y preservar las libertades, el orden y la paz públicos, atendiendo los Programas con

Prioridad Nacional”.

Se determinó que la ministración de los recursos del SUBSEMUN se efectuó de manera

ágil y directa por conducto de la SEFIN, mediante CLC elaboradas y autorizadas por los

servidores públicos competentes de la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, y la

dependencia recibió los recursos en favor de los proveedores de bienes, prestadores

de servicios y contratistas, en cumplimiento de los compromisos establecidos en los

instrumentos jurídicos celebrados.

Por lo anterior, se concluye que los recursos del SUBSEMUN fueron ministrados de la

SEFIN a la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP de manera ágil y directa, de conformidad

con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 y el

Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad

Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

5. Resultado

Los artículos 9, fracción IV, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio

Fiscal 2013 y 69, párrafos tercero y cuarto, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

vigente en 2013, así como la cláusula novena, fracción I, inciso B, del Convenio

Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de

los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, establecen lo siguiente:

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“Artículo 9. […]

”El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a más tardar el

último día hábil de febrero, deberá suscribir convenios específicos […] en los cuales

deberá preverse lo siguiente […]

”IV. El establecimiento por parte de las entidades federativas y los municipios de cuentas

bancarias específicas para la administración de los recursos federales que les sean

transferidos, para efectos de su fiscalización.”

“Artículo 69. […]

”Para efectos de la presentación de la información financiera y la cuenta pública, deberá

existir una cuenta bancaria productiva específica por cada fondo de aportaciones

federales, programa de subsidios y convenio de reasignación, a través de los cuales se

ministren recursos federales.

”En las cuentas bancarias productivas específicas se manejarán exclusivamente

los recursos federales del ejercicio fiscal respectivo y sus rendimientos, y no podrá

incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios

de las obras y acciones.”

“Cláusula Novena. Obligaciones y Derechos de ‘El Distrito Federal’ y las ‘Demarcaciones’.

”I. Son obligaciones de ‘El Distrito Federal’ y ‘Las Demarcaciones’, en el ámbito de sus

competencias, además de las señaladas en las ‘Reglas’ y otras previstas en los

ordenamientos jurídicos aplicables, las siguientes […]

”B. Establecer cuentas bancarias productivas específicas para la administración de los

recursos federales del ‘SUBSEMUN' que le sean transferidos y los de coparticipación,

para efectos de su fiscalización.”

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115 VOLUMEN 5/18

Se constató que la SEFIN aperturó una cuenta bancaria productiva en BBVA Bancomer, S.A.,

para radicar las ministraciones de los recursos federales efectuadas por la SHCP por

concepto del SUBSEMUN y para el manejo exclusivo de dichos recursos.

Registro e Información Contables y Presupuestarios

6. Resultado

El artículo 38, fracción I, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2013,

establece lo siguiente:

“El registro de las etapas del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas

contables que, para tal efecto, establezca el consejo, las cuales deberán reflejar:

”I. En lo relativo al gasto, el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado.”

Gasto Aprobado

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó a la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero el techo

presupuestal aprobado ALDF, que ascendió a 2,938,822.2 miles de pesos. En dicho

monto autorizado se consideraron recursos federales del SUBSEMUN, por un importe de

8,394.6 miles de pesos.

Asimismo, con el oficio núm. SFDF/SE/117/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal que

el techo presupuestal aprobado por la ALDF para la SSP ascendió a 13,107,593.9 miles de

pesos, el cual consideró recursos federales del SUBSEMUN por un importe de 236,987.1 miles

de pesos, para que los ejerciera en beneficio de las 16 Delegaciones del Distrito Federal.

El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, por

medio de los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio y

15 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó las pólizas de diario con números de

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116 VOLUMEN 5/18

evento 1000000616 y 1000000384, ambas con fecha 2 de febrero de 2013, por medio

de las cuales realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias de los

techos presupuestales aprobados a la Delegación Gustavo A. Madero y a la SSP,

respectivamente. Dicho registro presupuestal se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 2,938,822.2

Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 2,938,822.2

SSP 8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 13,107,593.9

SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 13,107,593.9

Total 16,046,416.1 16,046,416.1

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.1.1 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector

Central” y 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central”, así como el

asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos

aprobado, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2013.

Se constató que lo reportado en la Cuenta Pública de 2013 coincide con el techo

presupuestal, con el Programa Operativo Anual, el Calendario Presupuestal y el Analítico

de Claves autorizados por la SEFIN en 2013, en cumplimiento del artículo 9, fracción V, del

Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.

Gasto Modificado

En 2013, a la Delegación Gustavo A. Madero se le asignaron recursos federales del

SUBSEMUN por un importe de 8,394.6 miles de pesos. Mediante tres afectaciones

presupuestarias, dicho monto se incrementó en 1,199.2 miles de pesos; para quedar en

un presupuesto por ejercer que ascendió a 9,593.8 miles de pesos.

Las tres afectaciones presupuestarias tuvieron por objeto readecuar los recursos autorizados,

contar con el total de los recursos asignados y reorientar el monto de las economías

obtenidas en los procedimientos de adjudicación y contratación realizados en 2013.

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117 VOLUMEN 5/18

Por otra parte, a la SSP se le asignaron recursos federales del SUBSEMUN por un

importe de 236,987.1 miles de pesos. Mediante 24 afectaciones presupuestarias, dicho

monto fue modificado en 30,735.8 miles de pesos, para quedar en un presupuesto por

ejercer de 267,722.9 miles de pesos, el cual no incluye rendimientos.

Las 24 afectaciones presupuestarias tuvieron por objeto complementar el 80.0% de los

recursos del SUBSEMUN originalmente autorizados en el Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013; adquirir vestuario, papelería,

computadoras, impresoras, escáner, vehículos tipo sedán y pick-up, chalecos antibalas,

calzado tipo choclo, espinilleras, escudos antimotines, máscaras antigás y chalecos antibalas;

rehabilitar y dar mantenimiento a las instalaciones del stand de tiro; contratar al laboratorio

que realizaría los exámenes toxicológicos y las pruebas de gabinete; reprogramar el

destino “profesionalización” al de “equipamiento”, del programa profesionalización de las

instituciones de seguridad pública; reprogramar recursos del concepto “capacitación”

al de “equipamiento”; adecuar los recursos a las necesidades reales de operación de la

dependencia; recalendarizar los recursos del fondo a las necesidades reales de la dependencia

y en razón del cierre del ejercicio presupuestal, con fundamento en los artículos 71 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, y el oficio circular

de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 del 10 de octubre de 2013, emitido por la SEFIN.

El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014, DGCNCP/3228/2014 y DGCNCP/3295/2014

de fechas 19 de junio, y 15 y 18 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó 27 pólizas de

diario, 3 correspondientes a la Delegación Gustavo A. Madero y 24 a la SSP, por medio

de las cuales realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias de las

modificaciones a los Presupuestos de Egresos Aprobados (recursos federales SUBSEMUN)

de la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP. El registro presupuestal se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta

Importe Saldo (1) - (2)

(3) Debe

(1) Haber

(2)

Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 9,593.9 8,394.7 1,199.2

Delegación 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 8,394.7 9,593.9 (1,199.2)

SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 300,715.0 269,979.2 30,735.8

SSP 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 269,979.2 300,715.0 (30,735.8)

Total 588,682.8 588,682.8 0.0

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118 VOLUMEN 5/18

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer

Sector Central” y 8.2.3.1 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector

Central”, así como los asientos con los cuales se realizó el registro presupuestal de las

modificaciones al presupuesto de egresos aprobado (recursos federales SUBSEMUN) de

la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, son los que señala el Manual de Contabilidad

del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Asimismo, las 27 afectaciones programático-presupuestarias se tramitaron en cumplimiento

de lo dispuesto en los artículos 78 y 81 del Manual de Reglas y Procedimientos para el

Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

Gasto Comprometido

Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 de fechas 19 de

junio y 15 de julio de 2014, respectivamente, el Director General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 15 pólizas de diario, de la

Delegación Gustavo A. Madero y 9 de la SSP, por medio de las cuales realizó el registro

presupuestal en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos

comprometido relativo a los instrumentos jurídicos sujetos a revisión suscritos

directamente por la Delegación Gustavo A. Madero y por la SSP para la adquisición de

bienes y contratación de obras y servicios en beneficio del órgano político-administrativo.

El registro presupuestal se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 5,394.6

Delegación 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 5,394.6

SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 18,154.0

SSP 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 18,154.0

Total 23,548.6 23,548.6

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector

Central” y 8.2.4.1 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central”, así como el

asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos

comprometido, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito

Federal Sector Central vigente en 2013.

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119 VOLUMEN 5/18

Se verificó que los 10 instrumentos jurídicos seleccionados como muestra, 1 suscrito por

la Delegación Gustavo A. Madero y 9 por la SSP, por un monto de 23,548.6 miles de pesos,

representan el reconocimiento de las obligaciones contraídas con cargo al SUBSEMUN.

Gasto Devengado

El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio y

15 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó 25 pólizas de diario, 6 correspondientes

a la Delegación Gustavo A. Madero y 19 a la SSP, por medio de las cuales se realizaron

los registros contable y presupuestal del presupuesto de egresos devengado por concepto

de los bienes, servicios y obras sujetos a revisión, que fueron recibidas de conformidad

por la Delegación Gustavo A. Madero y por la SSP, para utilizarse en beneficio del órgano

político-administrativo.

En la revisión de las 25 pólizas de diario proporcionadas, se constató que el registro

contable del presupuesto de egresos devengado por concepto de los bienes, servicios

y obras de la muestra sujeta a revisión se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 5133100000 “Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos y Otros Servicios Sector Centra” 5,394.6

Delegación 2112100000 “Proveedores por pagar a Corto Plazo Sector Central” 5,394.6

SSP 1236210000 “Edificación No Habitacional en Proceso Sector Central” 499.5

SSP 1241310000 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información Sector Central” 148.6

SSP 1244110000 “Automóviles y Equipo Terrestre Sector Central” 5,764.5

SSP 5127100000 “Vestuario, Blancos, Prendas de Protección y Artículos Deportivos Sector Central” 3,499.6

SSP 5128100000 “Materiales y Suministros para Seguridad Sector Central” 6,052.6

SSP 5139100000 “Otros Servicios Generales Sector Central” 2,189.2

SSP 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 18,135.5

SSP 2117100000 “Retenciones y Contribuciones por pagar a Corto Plazo Sector Central” 18.5

Total 23,548.6 23,548.6

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120 VOLUMEN 5/18

Las cuentas 1 (Activo), 2 (Pasivo) y 5 (Gastos y Otras Pérdidas), en las cuales se realizó

el registro contable del presupuesto de egresos devengado directamente por la

Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, son las señaladas en el Manual de Contabilidad

del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Respecto del monto registrado en la cuenta de pasivo 2.1.1.2.1 “Proveedores por pagar a

Corto Plazo Sector Central”, por 18,135.5 miles de pesos, que “representa los adeudos

con proveedores derivados de operaciones del Sector Central, con vencimiento menor o

igual a doce meses”, considera recursos por un monto de 481.0 miles de pesos que

derivan del contrato de obra núm. 11-C0-01-2O-02/2013; sin embargo, de acuerdo con lo

señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2013, los 481.0 miles de pesos debieron contabilizarse en la cuenta de pasivo

2.1.1.3.1 “Contratistas por Obras Públicas por pagar a Corto Plazo Sector Central”, la cual

“representa los adeudos con contratistas derivados de obras, proyectos productivos y

acciones de fomento, en un plazo menor o igual a doce meses”.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director General de

Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN

no proporcionó información respecto de la presente observación.

Por lo anterior, la SEFIN incumplió el cuarto párrafo de los “Aspectos Generales” del “Plan

de Cuentas” del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2013; y el artículo 16, “Tercer Lineamiento: Actividades de Control”, fracción I,

inciso e), del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2013, que

establecen lo siguiente:

“Aspectos Generales […]

”El Plan de Cuentas que se presenta comprende la enumeración de cuentas ordenadas

sistemáticamente e identificadas con nombres para distinguir un tipo de partida de otras,

para los fines del registro contable de las transacciones.”

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121 VOLUMEN 5/18

“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son

los siguientes: […]

”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control.

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal son responsables de […] la generación de información financiera, presupuestal y

de operación confiable, oportuna y suficiente […]

”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y otros

eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible

para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que

puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles,

facilitando a los titulares la toma de decisiones.”

Por otra parte, el registro presupuestal del presupuesto de egresos devengado por concepto

de los bienes, servicios y obras de la muestra sujeta a revisión, que fueron recibidos de

conformidad por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 5,394.6

Delegación 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 5,394.6

SSP 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 18,154.0

SSP 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 18,154.0

Total 23,548.6 23,548.6

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.4.1 “Presupuesto de Egresos Comprometido

Sector Central” y 8.2.5.1 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central”, así como

el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos

devengado, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito

Federal Sector Central vigente en 2013.

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122 VOLUMEN 5/18

Se verificó que los proveedores, prestadores de servicio y contratistas seleccionados

como muestra entregaron los bienes, servicios y obras en cumplimiento de los

instrumentos jurídicos celebrados.

Gasto Ejercido

Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 de fechas 19 de junio

y 15 de julio de 2014, respectivamente, el Director General de Contabilidad, Normatividad y

Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 25 pólizas de diario, 6 correspondientes a la

Delegación Gustavo A. Madero y 19 a la SSP, por medio de las cuales se realizó el

registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos

ejercido directamente por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP en beneficio del

órgano político-administrativo, por medio de las CLC seleccionadas como muestra.

El registro presupuestal se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 5,394.6

Delegación 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 5,394.6

SSP 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 18,154.0

SSP 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 18,154.0

Total 23,548.6 23,548.6

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.5.1 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector

Central” y 8.2.6.1 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central”, así como el asiento

con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos ejercido, son los

que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente

en 2013.

Se verificó que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP emitieron CLC debidamente

autorizadas por los servidores públicos facultados para ello, y que las soportaron con

documentación comprobatoria del gasto que cumple los requisitos establecidos en el Código

Fiscal de la Federación vigente en 2013.

Page 123: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

123 VOLUMEN 5/18

Gasto Pagado

Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014, DGCNCP/3228/2014 y DGCNCP/3356/2014

de fechas 19 de junio, 15 de julio y 28 de julio de 2014, respectivamente, el Director

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 55 pólizas

de egresos, 6 correspondientes a la Delegación Gustavo A. Madero y 49 a la SSP, por

medio de las cuales se realizaron los registros contable y presupuestal del presupuesto

de egresos pagado con recursos de la Delegación Gustavo A. Madero y de la SSP en

beneficio del órgano político-administrativo para cancelar las obligaciones de pago contraídas.

En la revisión de las 55 pólizas de egresos proporcionadas, se constató que el registro

contable del presupuesto de egresos pagado de las operaciones sujetas a revisión se realizó

como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 5,394.6

Delegación 1112100000 “Bancos/Tesorería Sector Central” 5,394.6

SSP 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 18,154.0

SSP 1112100000 “Bancos/Tesorería Sector Central” 18,154.0

Total 23,548.6 23,548.6

Las cuentas 1 (Activo) y 2 (Pasivo), en las cuales se realizó el registro contable del

presupuesto de egresos pagado por las operaciones sujetas a revisión llevadas a cabo

por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP en beneficio del órgano político-

administrativo, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito

Federal Sector Central vigente en 2013.

El registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 5,394.6

Delegación 8271000000 Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central 5,394.6

SSP 8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 18,154.0

SSP 8271000000 Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central 18,154.0

Total 23,548.6 23,548.6

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124 VOLUMEN 5/18

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.6.1 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector

Central” y 8.2.7.1 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central”, así como el asiento

con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado, son los

que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2013.

Se verificó que con los pagos realizados a los proveedores, prestadores de servicios y

contratistas se cancelaron totalmente las obligaciones a cargo de la Delegación Gustavo

A. Madero y de la SSP.

En conclusión, la SEFIN identificó y registró en la contabilidad las operaciones de la

Delegación Gustavo A. Madero y de la SSP con cargo al SUBSEMUN. Dichas

operaciones se encontraron amparadas con los documentos justificativos y comprobatorios

del gasto; sin embargo, por lo que se refiere al registro del gasto devengado, la SEFIN

registró un monto de 481.0 miles de pesos en la cuenta de pasivo 2.1.1.2.1 “Proveedores

por pagar a Corto Plazo Sector Central”, en lugar de afectar la cuenta de pasivo 2.1.1.3.1

“Contratistas por Obras Públicas por pagar a Corto Plazo Sector Central”, sin atender los

Aspectos Generales del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del

Distrito Federal Sector Central vigente en 2013, y los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación ASCprofcasf-103-13-01-SEFIN

Es necesario que la Secretaría de Finanzas lleve a cabo acciones para que el registro

contable de los compromisos contraídos con contratistas, por la celebración de contratos

de obra, se realice en las cuentas contables que correspondan a la naturaleza de las

operaciones, en cumplimiento del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito

Federal Sector Central y los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal.

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125 VOLUMEN 5/18

7. Resultado

La Delegación Gustavo A. Madero no canceló la documentación comprobatoria del gasto

con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013”, por lo cual incumplió la regla trigésima quinta,

fracción I, letra L, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en

su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública

en sus Demarcaciones Territoriales, la cual establece que son obligaciones de los

beneficiarios “Cancelar la documentación comprobatoria del gasto con la leyenda

‘Operado SUBSEMUN 2013’”.

Por su parte, la documentación comprobatoria de la SSP se encuentra identificada con el

sello “Operado SUBSEMUN 2013”, por lo que la dependencia cumplió la regla trigésima

quinta, fracción I, letra L, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los

Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales y la cláusula vigésima tercera del

Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad

Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

En conclusión, cuanto a la documentación original comprobatoria del gasto realizado

por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, únicamente la de la dependencia se

encuentra cancelada con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013” e incluye otra leyenda

que indica: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido

el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.

En la reunión de confronta, la Dirección General de Administración en la Delegación

Gustavo A. Madero no informó ni proporcionó documentación respecto a la observación,

por lo cual no se modifica.

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126 VOLUMEN 5/18

Recomendación ASCprofcasf-103-13-03-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero lleve a cabo acciones para que la

documentación comprobatoria sea cancelada con la leyenda “Operado SUBSEMUN e

incluye la leyenda “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda

prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, de conformidad

con las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso,

a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los

Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus

Demarcaciones Territoriales y la cláusula vigésima tercera del Convenio Específico de

Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios

y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal del ejercicio que corresponda.

Destino de los Recursos

8. Resultado

Al cierre del ejercicio de 2013, la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP ejercieron

47,713.8 miles de pesos (99.5% del total de recursos asignados al SUBSEMUN), los

cuales se aplicaron en 1 obra y 260,588 acciones correspondientes a los Programas con

Prioridad Nacional siguientes:

(Miles de pesos y por cientos)

Programa

Recursos ejercidos

al 31 de diciembre de 2013

Ejercido al 31 de diciembre de 2013 respecto

de lo asignado (%)

Recursos ejercidos a la fecha

de la auditoría

Ejercido a la fecha de auditoría

(31 de diciembre de 2013) respecto

de lo asignado (%)

Número de obras

o acciones realizadas

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana

9,593.9 100.0 9,593.9 100.0 11

Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza

2,189.2 99.9 2,189.2 99.9 5,473

Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública

33,750.4 99.3 33,750.4 99.3 255,071

Red Nacional de Telecomunicaciones

2,180.3 99.5 2,180.3 99.5 34

Total 47,713.8 99.5 47,713.8 99.5 260,589

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127 VOLUMEN 5/18

De los 47,713.8 miles de pesos ejercidos con recursos del SUBSEMUN, la Delegación

Gustavo A. Madero ejerció 9,593.9 miles de pesos y la SSP 38,119.9 miles de pesos;

además, la única unidad responsable del gasto que ejerció intereses generados en la

cuenta específica del subsidio fue la SSP, por un monto de 254.5 miles de pesos en los

Programas con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad

Pública y Red Nacional de Telecomunicaciones, en particular, en el concepto equipamiento.

Se comprobó que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP destinaron los recursos del

SUBSEMUN y, en su caso, sus rendimientos financieros, para profesionalizar, equipar y

evaluar sus cuerpos de seguridad pública, mejorar la infraestructura de sus corporaciones,

así como desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención social del delito con

participación ciudadana, de conformidad con los Programas con Prioridad Nacional.

Transparencia del Ejercicio

9. Resultado

De conformidad con la regla decimoctava, fracción II, inciso H, de las Reglas para el

Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan

a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al

Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones

Territoriales, y la cláusula novena, fracción I, letra E, del Convenio Específico de Adhesión

para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, la Delegación Gustavo A. Madero

y la SSP debieron reportar mensual y trimestralmente a la fecha de corte del período, al

Consejo Nacional de Seguridad Pública, por conducto del SESNSP, y a la Dirección

General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, lo siguiente:

1. La información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos

del SUBSEMUN.

2. Las disponibilidades financieras del SUBSEMUN con las que cuenten.

3. El presupuesto comprometido, devengado y pagado correspondiente.

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128 VOLUMEN 5/18

En respuesta al oficio núm. ASCprofcasf/GAM/14-05 del 15 de julio de 2014, mediante el

oficio núm. DGAM/1223/2014 del 21 del mismo mes y año, la Delegación Gustavo A.

Madero proporcionó copia de los oficios mediante los cuales el Director General de

Administración del órgano político-administrativo remitió al titular de la Dirección General

de Vinculación y Seguimiento del SESNSP los informes mensuales y trimestrales

relacionados con el ejercicio y destino y resultados de los recursos del SUBSEMUN 2013.

El órgano político-administrativo presentó 11 informes mensuales no presentó el informe

correspondiente al mes de octubre de 2013, y 4 informes trimestrales, con desfases de

5 a 75 días hábiles.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, la Delegación Gustavo A.

Madero no proporcionó información ni documentación al respecto, por lo que se confirma

que el órgano político-administrativo incumplió la regla trigésima quinta, numeral I, inciso

B, capítulo VII, “De los Derechos y Obligaciones”, Sección I, “De los Beneficiarios”, de las

Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados

cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,

así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus

Demarcaciones Territoriales, que establece lo siguiente:

“Trigésima Quinta. Obligaciones de los beneficiarios.

”I. Son obligaciones de los beneficiarios […]

”B. Presentar los informes trimestrales y mensuales de avance físico-financiero, en un

plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la conclusión del período

correspondiente, a través del formato, sistema informático o mecanismo que determine

el Secretariado Ejecutivo.”

Por otra parte, en respuesta al oficio núm. ASC/14/1213 del 9 de junio de 2014, por medio

del oficio núm. SSP/OM/DERC/SES/046/2014 del 20 de junio de 2014, la SSP

proporcionó copia de los oficios mediante los cuales la Dirección General de Recursos

Financieros, adscrita a la Oficialía Mayor de la dependencia, remitió al titular de la

Page 129: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

129 VOLUMEN 5/18

Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP los informes mensuales

y trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y resultados de los recursos del

Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales

del Distrito Federal.

La dependencia presentó 11 informes mensuales, no proporcionó el informe del mes

de junio, y los 4 informes trimestrales, con desfases que van de 1 a 38 días hábiles.

En el Informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf-105-13, practicada a la Delegación

Iztapalapa, resultado 9, recomendación ASCprofcasf-105-13-04-SSP se contempla llevar

a cabo acciones para que la SSP envíe los informes mensuales y trimestrales

relacionados con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos del

Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales

del Distrito Federal, que se presentan al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por

conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, dentro

del plazo establecido, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del

seguimiento de la recomendación citada.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, en representación del

titular de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/664/2014 del 15 de agosto de 2014,

el Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas proporcionó copia del oficio

núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/127/2014 del 15 de agosto de 2014, con el cual la Dirección

de Planeación y Evaluación Financiera de la SSP informó que, “en cuanto a los informes

mensuales correspondientes a los meses de marzo y abril del ejercicio 2013, mismos que

fueron reportados en ceros […] no es aplicable el desfase, en virtud de que fue hasta el

día 13 de mayo de 2013 que se notificó por parte de la Secretaría de Finanzas a la Dirección

General de Recursos Financieros de la Secretaría de Seguridad Pública, la procedencia

de la primera ministración de recursos de este subsidio”; sin argumentar nada respecto a

los nueve informes mensuales restantes y a los cuatro informes trimestrales de 2013.

En el análisis de la respuesta proporcionada por la SSP, se determinó que el hecho

de que en marzo y abril se fueran a reportar saldos y avances en ceros, no eximía a la

dependencia del cumplimiento del plazo establecido en la regla trigésima quinta de las

Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados

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130 VOLUMEN 5/18

cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,

así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus

Demarcaciones Territoriales, por lo que se confirma la observación del presente resultado.

Por haber remitido 11 informes mensuales y 4 trimestrales con desfases a la Dirección

General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, la SSP incumplió la regla trigésima

quinta, numeral I, inciso B, capítulo VII, “De los Derechos y Obligaciones”, Sección I,

“De los Beneficiarios”, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios

y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP reportaron

mensual y trimestralmente al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por conducto del

SESNSP, la información sobre el ejercicio y destino de los recursos del SUBSEMUN

y los resultados obtenidos, las disponibilidades financieras con las que contaron y el

presupuesto comprometido, devengado y pagado correspondiente; sin embargo, salvo los

informes correspondientes a los meses de octubre y junio de 2013, del órgano político-

administrativo y la dependencia, respectivamente, el resto de los informes mensuales y

todos los trimestrales se presentaron con desfases que van de 5 a 75 días hábiles y de

1 a 38 días hábiles, en ese orden.

Recomendación ASCprofcasf-103-13-04-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero lleve a cabo acciones para garantizar

que los informes mensuales y trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y

resultados de los recursos del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se remitan al Consejo Nacional de Seguridad

Pública, por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública,

en el plazo que fijan las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en

su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en

sus Demarcaciones Territoriales.

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131 VOLUMEN 5/18

10. Resultado

Se constató que la Delegación Gustavo A. Madero envió a la SHCP la información

trimestral del ejercicio de los recursos provenientes del SUBSEMUN 2013 por medio del

SFU y publicó en su portal de internet las cifras trimestrales, así como los programas en

los que se erogaron los recursos del subsidio, en cumplimiento de los lineamientos

undécimo, capítulo II, “Información que se deberá reportar a través del Sistema del

Formato Único”, Sección II, “Subsidios”; y vigésimo cuarto, capítulo III, “Delimitación de

Responsabilidades y Flujos de Trabajo en el Sistema del Formato Único”, Sección IV

“Reporte de Información sobre los Resultados y su Evaluación” de los Lineamientos para

Informar sobre los Recursos Federales Transferidos a las Entidades Federativas,

Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, y de Operación de los

Recursos del Ramo General 33.

Se constató que la Delegación Gustavo A. Madero envió a la SHCP la información

trimestral del ejercicio de los recursos provenientes del SUBSEMUN 2013, por medio del

SFU y publicó en su portal de internet las cifras trimestrales, así como los programas

en los que se erogaron los recursos del subsidio.

Sin embargo, las cifras de los presupuestos comprometido, devengado, ejercido y pagado

presentaron diferencias respecto a las cifras de cierre del ejercicio 2013 reportadas al

SESNSP y a la SHCP, por un monto de 4,199.3 miles de pesos.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, la Delegación Gustavo A.

Madero no proporcionó información ni documentación al respecto, por lo que se confirma

que el órgano político-administrativo incumplió los lineamientos undécimo y vigésimo cuarto,

capítulo II, “Información que se deberá reportar a través del Sistema del Formato Único”,

sección II, “Subsidios”, de los Lineamientos para informar sobre los Recursos Federales

Transferidos a las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales del

Distrito Federal, y de Operación de los Recursos del Ramo General 33, que establecen

lo siguiente:

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132 VOLUMEN 5/18

“Undécimo. Las entidades federativas, municipios y Demarcaciones enviarán a la

Secretaría, mediante el SFU informes sobre el ejercicio, destino, los subejercicios y

reintegros que, en su caso, se generen y los resultados obtenidos de los recursos

federales transferidos vía subsidios […]

”Vigésimo Cuarto. La información que remitan las entidades federativas, municipios y

Demarcaciones mediante el SFU deberá ser la misma que dichas instancias publiquen a

través de los medios oficiales de difusión y que pongan a disposición del público mediante

sus portales de Internet, con el apoyo de las funcionalidades del SFU.”

Por su parte, la SSP también envió a la SHCP la información trimestral del ejercicio de los

recursos provenientes del SUBSEMUN 2013, por medio del SFU; sin embargo, no público

en su portal de internet las cifras ni los programas en los que se erogaron los recursos del

subsidio.

En el informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf-105-13, practicada a la

Delegación Iztapalapa, resultado 10, recomendación ASCprofcasf-105-13-05-SSP, se

contempla que la Secretaría de Seguridad Pública lleve a cabo acciones para garantizar

que la información sobre el ejercicio y destino de los recursos federales transferidos

mediante el Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal y sus resultados se publique en su página de Internet, por

lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la

recomendación citada.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, en representación del

titular de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/664/2014 del 15 de agosto

de 2014, el Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas proporcionó copia del oficio

núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/127/2014 del 15 de agosto de 2014, con el cual la Dirección

de Planeación y Evaluación Financiera de la SSP informó lo siguiente:

“… no corresponde atender a la Secretaría de Seguridad Pública en términos del artículo 85,

fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que señala

que: ‘Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del

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133 VOLUMEN 5/18

Distrito Federal, publicarán los informes a que se refiere esta fracción en los órganos

locales oficiales de difusión y los pondrán a disposición del público en general, a través de

sus respectivas páginas electrónicas de internet o de otros medios locales de difusión’, es

decir, dichas acciones son reservadas a las entidades federativas y demarcaciones

territoriales, supuesto en el que no se considera a la Secretaría de Seguridad Pública del

Distrito Federal.

”Siendo la Secretaría de Finanzas la competente de atender este hallazgo, en virtud de

que es el área responsable de consolidar la información de las delegaciones beneficiarias

de este Subsidio así como de la Secretaría de Seguridad Pública.”

En el análisis de los argumentos de la SSP, se determinó que sí correspondía a la

dependencia publicar en su portal de internet las cifras y los programas en los que se

erogaron los recursos del SUBSEMUN, toda vez que dichos recursos le fueron

transferidos para ejercerlos en beneficio de la demarcación territorial y, por tanto, debió

atender las disposiciones normativas que regulan su otorgamiento, por lo que la

observación del presente resultado no se modifica, por lo que la observación del presente

resultado no se modifica.

Por no haber publicado en su portal de internet las cifras ni los programas en los que se

erogaron los recursos del SUBSEMUN, la SSP incumplió el artículo 85, fracción II, primero

y último párrafos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente

en 2013, que señala lo siguiente:

“Artículo 85. Los recursos federales aprobados en el Presupuesto de Egresos para ser

transferidos a las entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y las

demarcaciones territoriales del Distrito Federal se sujetarán a lo siguiente:

”II. Las entidades federativas enviarán al Ejecutivo Federal, de conformidad con los

lineamientos y mediante el sistema de información establecido para tal fin por la

Secretaría, informes sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, respecto

de los recursos federales que les sean transferidos […]

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134 VOLUMEN 5/18

”Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito

Federal, publicarán los informes a que se refiere esta fracción en los órganos locales

oficiales de difusión y los pondrán a disposición del público en general a través de sus

respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios locales de difusión, a más

tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior.”

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP reportaron

a la SHCP, mediante el SFU, la información sobre el ejercicio y destino de los recursos

federales transferidos mediante SUBSEMUN y los resultados obtenidos, sin embargo, la

información reportada por la SSP no fue publicada en su página de internet.

Recomendación ASCprofcasf-103-13-05-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

que garanticen que la información que remite al Secretariado Ejecutivo del Sistema

Nacional de Seguridad Pública mediante el Sistema de Formato Único coincida con el que

reporte a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con los Lineamientos

para informar sobre los Recursos Federales Transferidos a las Entidades Federativas,

Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, y de Operación de los

Recursos del Ramo General 33.

Programas con Prioridad Nacional

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana

11. Resultado

De conformidad con el acuerdo segundo del Acuerdo por el que se da a conocer la Lista

de Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, elegibles para el Otorgamiento

del Subsidio a que se refiere el artículo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación

para el Ejercicio Fiscal 2013, y la Fórmula utilizada para su Selección, y la cláusula tercera,

“Monto de los Recursos”, del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento

de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la

Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del

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135 VOLUMEN 5/18

Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, a la

Delegación Gustavo A. Madero se le asignó un monto de 47,969.4 miles de pesos, de los

cuales el órgano político-administrativo ejerció 9,593.9 miles de pesos (20.0%) y la SSP

los restantes 38,375.5 miles de pesos (80.0%).

Al respecto, se observó que la Delegación Gustavo A. Madero destinó un monto de

9,593.9 miles de pesos, equivalentes al 20.0% de los 47,969.4 miles de pesos asignados

al órgano político-administrativo con cargo al SUBSEMUN 2013, a los proyectos siguientes:

Capacitación Especializada en Seguridad Ciudadana a Funcionarias y Funcionarios,

Programa Integral de Prevención de la Violencia contra las Mujeres, y Unidades

Especializadas de la Policía para la Prevención de la Violencia Familiar y de Género, los

cuales se encuentran considerados en el Catálogo de Programas y Proyectos para la

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013, publicado por

el Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana en la página de

internet del SESNSP el 18 de febrero de 2013.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero destinó el 20.0% de los

recursos asignados al órgano político-administrativo con cargo al SUBSEMUN 2013 a

proyectos considerados en el Catálogo de Programas y Proyectos para la Prevención

Social de la Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013.

Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza

12. Resultado

En la regla novena, fracción I, inciso B, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios

a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la

ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal

para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales se estableció como una de

las opciones de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional

Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza, para llevar a cabo

las evaluaciones de control de confianza que se aplicarían para el ingreso y permanencia

de los elementos institucionales policiales.

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136 VOLUMEN 5/18

Al respecto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa con

Prioridad Nacional Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza

para realizar exámenes químico-toxicológicos de drogas de abuso, como parte de la

aplicación de evaluaciones de control de confianza a elementos policiacos y servidores

públicos para su ingreso y, en su caso, permanencia en la dependencia en 2013.

Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública

13. Resultado

En la regla novena, fracción I, letra C, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a

los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la

ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal

para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales se estableció como una de

las opciones de destino del gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional

Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, para llevar a cabo trabajos

de profesionalización, equipamiento e infraestructura.

Al respecto, se constató que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el concepto de

profesionalización, en particular, en los rubros: fortalecimiento de la actuación policial;

evaluaciones de habilidades, destrezas y conocimientos de la función; y evaluación del

desempeño en el servicio, los cuales no fueron sujetos de revisión.

En el concepto de equipamiento se ejercieron recursos, principalmente, para adquirir

vehículos pick-up y sedán; chalecos balísticos, nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera,

nivel IV; fundas para chalecos con las mismas características; cascos y corazas antimotines;

y vestuario, los cuales fueron sujetos de revisión. Se constató que el equipo adquirido

está contemplado en el Catálogo de Bienes del SUBSEMUN 2013, publicado en la página

de internet del SESNSP, con excepción de los cascos y las corazas antimotines, respecto

de los cuales, con el oficio núm. DGAT/0472/2013 del 25 de marzo de 2013, la Dirección

General de Apoyo Técnico del SESNSP informó a la Dirección General de Vinculación y

Seguimiento que consideró que las fichas técnicas de dichos bienes reúnen los requisitos

establecidos en la regla duodécima de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los

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137 VOLUMEN 5/18

Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para

la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.

En el concepto de infraestructura, la SSP llevó a cabo los trabajos de mejoramiento

de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac y con los oficios

núms. DCM/DGMS/OM/SSP/656/2013 y DGAT/1297/2013 del 23 de abril y 28 de junio de 2013,

respectivamente, la SSP remitió al Director General de Apoyo Técnico del SESNSP y

éste, a su vez, a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, en ese

orden, los expedientes técnicos de las acciones por realizar en la Delegación Gustavo A.

Madero, en cumplimiento de la regla decimotercera de las Reglas para el Otorgamiento

de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la

Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del

Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.

Por lo expuesto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa

con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, en

los conceptos establecidos en las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los

Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.

Red Nacional de Telecomunicaciones

14. Resultado

En la regla novena, fracción I, inciso D, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios

a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la

ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal

para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, se estableció como una de

las opciones de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional Red

Nacional de Telecomunicaciones, para llevar a cabo los trabajos relativos a profesionalización,

equipamiento e infraestructura.

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138 VOLUMEN 5/18

Al respecto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa con

Prioridad Nacional Red Nacional de Telecomunicaciones para adquirir radios móviles,

computadoras, impresoras, red central, router (dispositivos de interconexión de redes

informáticas), telefonía central y no break, de los cuales los tres primeros tipos de bienes

fueron sujetos de revisión. El equipo adquirido está contemplado en el Catálogo de Bienes

del SUBSEMUN 2013, publicado en la página de Internet del SESNSP, de conformidad

con las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a

los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los

Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus

Demarcaciones Territoriales.

Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos)

15. Resultado

En la regla novena, fracción I, letra E, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a

los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la

ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal

para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, se estableció como una de

las opciones de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional Sistema

Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos), para llevar a cabo

trabajos de profesionalización, equipamiento e infraestructura.

Al respecto, la SSP no ejerció recursos en el Programa con Prioridad Nacional Sistema

Nacional de Información de Seguridad Pública, ya que su operación corresponde a la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Servicios de Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089

16. Resultado

En la regla novena, fracción I, letra F, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a

los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la

ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal

para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, se estableció como una de

Page 139: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

139 VOLUMEN 5/18

las opciones de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional

Servicios de Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089, para llevar a

cabo trabajos de profesionalización, equipamiento e infraestructura.

Al respecto, la SSP no ejerció recursos en el Programa con Prioridad Nacional Servicios de

Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089 ya que su operación corresponde

al Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México.

Equipamiento y Profesionalización

Delegación Gustavo A. Madero

17. Resultado

En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció recursos del SUBSEMUN por un

monto de 9,593.8 miles de pesos, como parte del Programa con Prioridad Nacional

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana, con

cargo a las partidas 3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en

Tecnologías de la Información” (1,199.2 miles de pesos), 3341 “Servicios de Capacitación”

(6,894.6 miles de pesos) y 3821 “Espectáculos Culturales” (1,500.0 miles de pesos), por

medio de 8 CLC. Se seleccionaron para su revisión 6 CLC por un importe de 5,394.6 miles de

pesos (56.2% del total ejercido con recursos del SUBSEMUN), expedidas con cargo a la

partida 3341 “Servicios de Capacitación” para pagar los proyectos Capacitación Especializada

en Seguridad Ciudadana a Funcionarias y Funcionarios del Órgano Político-Administrativo,

Programa Integral de Prevención de la Violencia contra las Mujeres, y Unidad Especializada

de la Policía para la Prevención de la Violencia Familiar y Violencia de Género, objeto del

contrato de prestación de servicios núm. 02CD073P0212113, formalizado el 17 de julio

de 2013 y adjudicado de manera directa al Centro de Estudios para la Seguridad

Ciudadana y la Justicia, S.C. En su análisis, se determinó lo siguiente:

1. Por medio de las solicitudes de servicio o arrendamiento núms. 46, 47 y 48, todas del

20 de junio de 2013, la Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública

de la Delegación Gustavo A. Madero solicitó los servicios sujetos a revisión, con las

justificaciones siguientes:

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140 VOLUMEN 5/18

Solicitudes de servicio o arrendamientos Justificación

Número Fecha

46 20/VI/13 Mejorar la atención ciudadana bajo la perspectiva de seguridad, enfocándose cada día más en la prevención del delito.

47 20/VI/13 Prevenir la violencia contra las mujeres a través de mediante un programa integral.

48 20/VI/13 Contribuir al fortalecimiento de la integridad física, psíquica y moral, por medio de un centro especializado con personal capacitado.

Las solicitudes de servicio o arrendamiento cuentan con las firmas de elaboración del

Jefe de Unidad Departamental de Programas de Prevención (área requirente), de visto

bueno del Director Ejecutivo de Protección Civil y Seguridad Pública, y de autorización

del Director General de Administración; además, contienen anexos los formatos de

suficiencia presupuestal núms. JN-45, JN-46 y JN-47, todos emitidos el 28 de junio de 2013,

con los que la Subdirección de Planeación, Programación y Presupuesto de la

Dirección de Recursos Financieros otorgó suficiencia presupuestal a la partida 3341

“Servicios de Capacitación”.

Adicionalmente, el Director Ejecutivo de Protección Civil y Seguridad Pública del

órgano político-administrativo emitió la justificación para la contratación de los

servicios de capacitación sujetos a revisión bajo el procedimiento de adjudicación

directa, con la cual acreditó el criterio en el que se fundaron y justificaron las razones

en las que se sustentó el ejercicio de dicha opción de adjudicación directa, en

cumplimiento del artículo 40, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.

2. El contrato se adjudicó de manera directa, con fundamento en los artículos 27, inciso c);

28; y 54, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en

2013, como lo aprobó el Comité Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y

Prestación de Servicios en su sexta sesión ordinaria celebrada el 17 de junio de 2013,

con la justificación de que “los procedimientos de licitación pública e invitación

restringida no se consideran idóneos en virtud de que sería necesario difundir

públicamente datos e información de acceso restringido en su modalidad de

reservada y el procedimiento de adjudicación directa es el más adecuado porque no

expone dicha información”.

Page 141: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

141 VOLUMEN 5/18

Por no realizar la contratación de los servicios de capacitación con fundamento en la

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013,

la Delegación Gustavo A. Madero incumplió la regla cuarta, “Naturaleza de los

Recursos”, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su

caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad

Pública en sus Demarcaciones Territoriales, que establece: “Los recursos federales

del SUBSEMUN no son regularizables, son parcialmente concursables y no pierden

su carácter federal al ser transferidos a los beneficiarios; por lo tanto, su asignación,

ejercicio, aplicación, vigilancia y control, se sujetará a las disposiciones de […] la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento”.

También incumplió la cláusula decimoquinta, “Control, Vigilancia y Evaluación”,

fracción I, del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento de Subsidios a

los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la

ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito

Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, que indica:

“I. ‘El Distrito Federal’ y ‘Las Demarcaciones’ realizarán todas las acciones necesarias

para ejercer los recursos del ‘SUBSEMUN’ conforme a la legislación federal”.

En la reunión de confronta, la Dirección General de Administración en la Delegación

Gustavo A. Madero no informó ni proporcionó documentación respecto a la observación,

por lo cual ésta no se modifica.

3. Con el oficio núm. ASCprofcasf/103/13/GAM/14-04 del 15 de julio de 2014, se requirió

a la Delegación Gustavo A. Madero que proporcionara la investigación de mercado y

las cotizaciones realizadas previo a la contratación de los servicios de capacitación, sin

que a la fecha de conclusión de la fase de ejecución de la auditoría (4 de agosto de 2014)

hubiesen sido remitidas, por lo que el órgano político-administrativo incumplió la regla

trigésima quinta, fracción I, letra N, inciso c), Capítulo 7, “De los Derechos y

Obligaciones”, sección I, “De los Beneficiarios”, de las Reglas para el Otorgamiento de

Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo

la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno

del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.

Page 142: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

142 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, la Dirección General de Administración en la Delegación

Gustavo A. Madero no informó ni proporcionó documentación respecto a la observación,

por lo cual ésta no se modifica.

4. El contrato núm. 02CD073P0212113 se formalizó el 17 de julio de 2013 con el prestador

de servicios Centro de Estudios para la Seguridad Ciudadana y la Justicia, S.C., por un

monto de 5,394.6 miles de pesos (IVA incluido); sin embargo se suscribió con fundamento

en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013, y no obstante que

reunió los requisitos previstos en dicha disposición jurídica, debió sujetarse a la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento.

5. El prestador de servicios presentó una póliza de fianza de fecha 17 de julio de 2013,

por 232.5 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por Afianzadora Aserta,

S.A. de C.V., para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas

del contrato núm. 02CD073P0212113, suscrito el 17 de julio de 2013. Dicha fianza

correspondió al 5.0% del valor del contrato, sin considerar impuestos.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero realizó la contratación

de los servicios de capacitación por medio del procedimiento de adjudicación directa,

acreditó de manera suficiente los criterios en los que sustentó el ejercicio de dicha opción

de adjudicación y garantizó el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato;

sin embargo, no realizó la contratación con fundamento en la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, sino en la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal.

Recomendación ASCprofcasf-103-13-06-GAM

Es necesario que la Dirección General de Administración en la Delegación Gustavo A.

Madero realice acciones para que la contratación de los servicios se efectúe con fundamento

en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de

conformidad con las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su

caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública

en sus Demarcaciones Territoriales.

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143 VOLUMEN 5/18

Recomendación ASCprofcasf-103-13-07-GAM

Es necesario que la Dirección General de Administración en la Delegación Gustavo A.

Madero realice acciones para que se cuente con investigaciones de mercado y

cotizaciones previo a la contratación de los servicios, de conformidad con las Reglas para

el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan

a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al

Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones

Territoriales.

18. Resultado

En la cláusula primera, “Objeto del Contrato”, y en el Anexo I, del contrato

núm. 02CD073P0212113 suscrito el 17 de julio de 2013, por un monto de 5,394.6 miles

de pesos (IVA incluido), se estableció que el prestador de servicios Centro de Estudios

para la Seguridad Ciudadana y la Justicia, S.C., proporcionaría a la Delegación Gustavo

A. Madero los proyectos de consultoría y capacitación en los programas siguientes:

Programa Integral de Prevención de la Violencia contra las Mujeres, Unidades

Especializadas de la Policía para la Prevención de la Violencia Familiar y de Género y

Capacitación Especializada en Seguridad Ciudadana a Funcionarias y Funcionarios”.

Se constató que la Delegación Gustavo A. Madero recibió los proyectos de consultoría y

capacitación objeto del contrato sujeto a revisión, toda vez que el prestador de servicios le

entregó los siguientes productos: memoria fotográfica, video, diagnóstico participativo

sobre la violencia contra las mujeres, curso y programa de capacitación para la

sensibilización, manual de capacitación, lista de asistencia, material de apoyo y

documento final del programa; conforme a lo previsto en el contrato; además, el Director

Ejecutivo de Protección Civil y Seguridad Pública del órgano político-administrativo firmó

de recibido en las facturas emitidas por el prestador de servicios.

Se constató que el prestador de servicios entregó a la Delegación Gustavo A. Madero los

proyectos de consultoría y capacitación, por lo que no se aplicaron penas convencionales

ni sanciones.

Page 144: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

144 VOLUMEN 5/18

Secretaría de Seguridad Pública

19. Resultado

En 2013, la SSP erogó un monto de 32,866.1 miles de pesos provenientes del SUBSEMUN

en el Programa con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad

Pública, con cargo a las partidas 2711 “Vestuario y Uniformes” y 2831 “Prendas de

Protección para Seguridad Pública y Nacional”. Se seleccionaron para su revisión

una CLC, por un importe de 3,499.6 miles de pesos, por la adquisición de 5,546 prendas

para conformar uniformes entregados a elementos policiacos de la dependencia; y cuatro

CLC, por 6,052.5 miles de pesos, por la adquisición de 800 fundas para chalecos

balísticos, 366 cascos antimotines, 258 corazas antimotines y 1 chaleco balístico, nivel III-A,

con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV.

1. En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos

realizados por la SSP a la SEDENA mediante una CLC del 14 de octubre de 2013,

por 9,499.1 miles de pesos, con cargo a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes”, de

los cuales 3,499.6 miles de pesos fueron por la adquisición de 5,546 prendas para

conformar uniformes entregados a elementos policiacos de la SSP en sectores

ubicados en la Delegación Gustavo A. Madero, se determinó lo siguiente:

a) Por medio de la requisición de compra núm. 707 del 4 de septiembre de 2013, el

Subsecretario de Operación Policial de la SSP solicitó la adquisición de diversas

prendas para conformar uniformes, con la justificación de atender “las

necesidades del personal operativo que cubre servicios de policía de proximidad”.

La requisición de compra cuenta con los nombres, cargos y firmas de elaboración

y visto bueno del Subsecretario de Operación Policial (área requirente) y de

autorización del Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento; además,

está sellada con la leyenda “Artículos sin existencia en almacén general” y

soportada con el oficio de otorgamiento de suficiencia presupuestal núm. 4798

del 9 de septiembre de 2013, con el que la Dirección General de Recursos

Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP otorgó suficiencia presupuestal por

9,500.0 miles de pesos a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes”.

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145 VOLUMEN 5/18

El 4 de septiembre de 2013, el Subsecretario de Operación Policial de la SSP

emitió la justificación para la adquisición de vestuario para el personal operativo

que cubre servicios de policía de proximidad bajo el procedimiento de adjudicación

directa, con la cual acreditó los criterios en los que se sustentó el ejercicio de

dicha opción de adjudicación directa, en cumplimiento del artículo 40, segundo

párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2013.

b) El artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2013 establece que no están dentro del ámbito de su aplicación

los contratos que celebre alguna dependencia o entidad de la Administración

Pública Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una

entidad federativa.

El 10 de septiembre de 2013, la SEDENA y la SSP celebraron el convenio de

colaboración institucional núm. SSP/BE/CI/A/295/2013, por 9,499.1 miles de pesos,

cuyo objeto fue la adquisición de diversas prendas para conformar vestuario

y uniformes.

c) El 20 de diciembre de 2013, la SEDENA y la SSP celebraron el convenio

modificatorio núm. SSP/BE/CI/A/CM/057/2013, con la finalidad de modificar la

cantidad de prendas para vestuario y uniformes pactada en el convenio de

colaboración institucional original, pero sin cambiar el monto.

2. Se analizó la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados por

la SSP a la SEDENA mediante tres CLC por 33,820.4 miles de pesos, y a Armoning

Equipament, S.A. de C.V., mediante una CLC por 6,000.0 miles de pesos, que en

conjunto importan 39,820.4 miles de pesos, con cargo a la partida 2831 “Prendas de

Protección para Seguridad Pública y Nacional”, de los cuales 6,052.6 miles de pesos

fueron por la adquisición de 800 fundas para chalecos balísticos, 366 cascos

antimotines, 258 corazas antimotines y 1 chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas,

frontal y trasera, nivel IV, suministrados a sectores ubicados en la Delegación

Gustavo A. Madero. Al respecto, se determinó lo siguiente:

Page 146: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

146 VOLUMEN 5/18

a) La adquisición de los bienes sujetos a revisión fue solicitada mediante las

requisiciones de compra que se enlistan a continuación:

Descripción Requisición de compra

Justificación Número Fecha

Fundas para chalecos balísticos

385 7/V/13 Ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.

Cascos antimotines 454 5/VI/13 Otorgar equipo de protección a los elementos adscritos a la Dirección General de Policía Metropolitana.

Corazas antimotines 652 5/VIII/13 Reducir incidencia delictiva en la ciudad y mejorar el control de supervisión de la policía capitalina.

Chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV

842 21/X/13 Ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.

Las requisiciones de compra núms. 385 y 842 cuentan con el nombre, cargo y

firma del Director de Armamento de la SSP, como responsable de su elaboración;

y las núms. 454 y 652, con el nombre, cargo y firma del Subsecretario de

Operación Policial de la SSP, como responsable de su elaboración. Las cuatro

están firmadas de autorización por el Director de Adquisiciones, Almacenes y

Aseguramiento, están selladas con la leyenda “Artículos sin existencia en almacén

general” y están soportadas con los oficios de otorgamiento de suficiencia

presupuestal con los que la Dirección General de Recursos Financieros de la

Oficialía Mayor de la SSP otorgó suficiencia presupuestal a la partida 2831

“Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional”.

El Director de Armamento de la SSP emitió las justificaciones para la adquisición

de las prendas de protección para seguridad pública y nacional bajo

procedimientos de adjudicación directa, con las cuales acreditó los criterios en los

que se fundaron y justificaron las razones en las que se sustentó el ejercicio de

dicha opción de adjudicación directa, en cumplimiento del artículo 40, segundo

párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2013.

Page 147: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

147 VOLUMEN 5/18

b) El artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2013 establece que no están dentro del ámbito de su aplicación

los contratos que celebre alguna dependencia o entidad de la Administración Pública

Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa.

La SEDENA y la SSP celebraron los convenios administrativos interinstitucionales

siguientes:

(Miles de pesos)

Número de convenio Fecha Objeto Importe

Contratado Pagado

SSP/BE/CI/A/191/2013 20/VI/13 Adquisición de fundas para chaleco balístico, nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera, nivel IV. 12,021.7 1,461.6

SSP/BE/CI/195/2013 21/VI/13 Adquisición de cascos antimotines. 20,638.1 3,549.6

SSP/BE/CI/A/452/2013 30/X/12 Adquisición de chalecos balísticos, nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera, nivel IV 1,160.6 9.4

Total 33,820.4 5,020.6

En dichos convenios administrativos interinstitucionales quedó establecido que la

SEDENA entregaría a la SSP los bienes con toda oportunidad, y le informaría de

la disponibilidad en los almacenes, así como del peso y volumen aproximado de éstos.

c) El procedimiento de la adjudicación directa del contrato administrativo

núm. SSP/BE/A/321/2013, celebrado el 30 de septiembre de 2013 con Armoning

Equipament, S.A. de C.V., por un importe de 6,000.0 miles de pesos (IVA incluido),

de los cuales 1,032.0 miles de pesos correspondieron a la adquisición de 258 corazas

antimotines entregadas a elementos policiacos de la SSP en sectores ubicados en

la Delegación Gustavo A. Madero, se desarrolló de la siguiente manera:

● El contrato se adjudicó de manera directa con fundamento en el artículo 41,

fracciones II y V, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público vigente en 2013, por lo cual el Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios no tuvo que dictaminar el caso

previo a su contratación; además, reunió los requisitos mínimos establecidos

en dicha ley y su Reglamento vigentes en 2013.

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148 VOLUMEN 5/18

El Director de Armamento de la SSP emitió la justificación para la adquisición

de las prendas de protección para seguridad pública y nacional bajo el

procedimiento de adjudicación directa, con la cual acreditó los criterios en los

que se sustentó el ejercicio de dicha opción, en cumplimiento del artículo 40,

segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público vigente en 2013.

● Se contó con el formato “Sondeo de Mercado de Precios” del 26 de septiembre

de 2013, el cual contiene el nombre, cargo y firma de los responsables de su

elaboración, supervisión (Subdirector de Adquisiciones) y autorización (Director

de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento) e incluye las cotizaciones de

tres proveedores, de los cuales, quien ofreció el precio más bajo fue Armoning

Equipament, S.A. de C.V., empresa a la que se le adjudicó el contrato, en

cumplimiento del artículo 42, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.

● El proveedor presentó una póliza de fianza de fecha 30 de septiembre de 2013,

por 1,034.5 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por Afianzadora

Sofimex, S.A., para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo

derivadas del contrato administrativo núm. SSP/BE/A/321/2013 del 30 de septiembre

de 2013. Dicha fianza correspondió al 20.0% del valor del contrato, sin

considerar impuestos.

Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la adquisición de 5,546 prendas para

conformar uniformes, 800 fundas para chalecos balísticos, 366 cascos antimotines, 258

corazas antimotines y 1 chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera,

nivel IV, con fundamento en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público y su Reglamento, vigentes en 2013; acreditó de manera suficiente los

criterios en los que sustentó el haber realizado la adjudicación de la adquisición de forma

directa; y garantizó el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato y el convenio

modificatorio celebrados.

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149 VOLUMEN 5/18

20. Resultado

En los convenios de colaboración institucional e interinstitucionales seleccionados como

muestra se estableció que la SEDENA entregaría los bienes a la SSP con toda

oportunidad y que le informaría de la disponibilidad en los almacenes, y del peso y

volumen aproximado de las prendas; y en el contrato suscrito con Armoning Equipament,

S.A. de C.V., se estipuló que los bienes se entregarían entre el 30 de septiembre y

el 31 de diciembre de 2013.

Al respecto, se constató que mediante cinco notas de entrada al almacén, las cuales

cuentan con los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos responsables de su

elaboración y de la recepción de los bienes en el almacén general, así como con el

nombre y firma del Jefe de Unidad Departamental de Almacén Central, la SSP registró la

efectiva y oportuna recepción de los bienes adquiridos, de conformidad con lo siguiente:

Número de convenio o contrato

Nota de entrada al almacén general

Número Fecha Fecha de recepción en el almacén general

SSP/BE/CI/A/295/2013 y SSP/BE/CI/A/CM/057/2013

201400068 13/VI/13 10/VII/14

SSP/BE/CI/A/191/2013 201400026 18/II/14 23/XII/13

SSP/BE/CI/195/2013 201400030 13/III/14 20/XII/13

SSP/BE/CI/A/452/2013 201400073 25/VI/14 24/VI/14

SSP/BE/CI/A/321/2013 201300165 25/X/13 9/X/13 10/X/13 15/X/13

Por lo anterior, se concluye que la SEDENA entregó a la SSP los bienes adquiridos

conforme a lo establecido en los convenios administrativos interinstitucionales celebrados,

por lo que no fue necesaria la aplicación de penas convencionales o sanciones.

21. Resultado

El 31 de julio de 2014, se llevaron a cabo visitas de inspección física a las instalaciones

de seis sectores de la SSP en donde se verificó que el vestuario, los uniformes y las

prendas de protección para seguridad pública y nacional fueron adquiridas para el

cumplimiento de las funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que

tiene encomendadas la dependencia y están vinculadas con la seguridad pública, según

las relaciones y los resguardos proporcionados por la SSP que acreditan que los

uniformes y las prendas de protección les fueron entregados a los elementos policiacos.

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150 VOLUMEN 5/18

22. Resultado

En 2013, la SSP erogó un monto de 2,189.2 miles de pesos provenientes del SUBSEMUN

en el Programa con Prioridad Nacional Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en

Control de Confianza, en particular, en el concepto Evaluación de Control de Confianza,

con cargo a la partida 3993 “Subrogaciones”. Se seleccionaron para su revisión siete CLC

por el 100.0% del presupuesto ejercido en dicho concepto, expedidas para pagar la

prestación del servicio de aplicación de 5,473 exámenes químico-toxicológicos de drogas

de abuso para elementos policiacos de la Delegación Gustavo A. Madero.

En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados

por la SSP a Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:

1. Por medio de las solicitudes de servicios o arrendamientos núms. 88 del 31 de diciembre

de 2012, y 103 y 882 del 4 de enero y 11 de noviembre de 2013, respectivamente, el

Director de Evaluación Médica y Toxicológica y el Director General del Centro

de Control de Confianza de la SSP solicitaron la aplicación de 33,022 exámenes

químico-toxicológicos de drogas de abuso, con la justificación de “dar cumplimiento

a las metas establecidas por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación y

atendiendo las funciones encomendadas a la Dirección de Evaluación Médico Social,

una vez determinado el compromiso de la revalidación de la Licencia Oficial Colectiva

para la Portación de Arma de Fuego del Personal Operativo de esta Secretaría, y toda

vez que no se cuenta con la infraestructura técnica y humana suficiente para la

práctica de los exámenes respectivos, se requiere subrogar este servicio a una empresa

debidamente constituida y que cumpla con las normas oficiales en la materia, que se

ajuste a las necesidades del Centro de Control de Confianza y cumpla los requisitos

marcados para tal fin, por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación”. Las

solicitudes de servicios o arrendamientos cuentan con los nombres, cargo y firmas del

Director de Evaluación Médica y Toxicológica, como área requirente; del Director

General del Centro de Control de Confianza, como responsable de otorgar el visto

bueno; y del Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento, como responsable

de autorizarlas. Asimismo, con los oficios de otorgamiento de suficiencia presupuestal

núms. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/089/2013 y SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/090/2013

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151 VOLUMEN 5/18

ambos del 23 de enero de 2013 y SMP/DP/DGRF/OM/SSP/1083/2013 del 14 de

noviembre de 2013, la Subdirección de Programación y Presupuesto autorizó y la

Dirección de Programación y Presupuesto dio el Vo. Bo. a la suficiencia presupuestal

por 13,209.2 miles de pesos para la partida 3993 “Subrogaciones”.

2. La contratación del servicio se realizó por medio del procedimiento de invitación a

cuando menos tres personas, con fundamento en el artículo 41, fracción IV, de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013,

por lo que el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios lo dictaminó favorable en su decimotercera sesión ordinaria celebrada

el 21 de diciembre de 2012.

3. El procedimiento de la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITPS/04/13

se desarrolló de la siguiente manera:

a) Mediante tres oficios sin número de fecha 15 de enero de 2013, el Director de

Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento invitó a Laboratorio Químico Clínico

Azteca, S.A. de C.V.; Biogéminis, S.A. de C.V.; y Laboratorio Médico Polanco,

S.A. de C.V., a participar en la invitación a cuando menos tres personas

núm. SSP/ITPS/04/13, apegándose dicho prestador de servicios a las especificaciones

de condiciones de venta, precios unitarios, marca y modelo de los bienes

ofertados, importe por partida, subtotal de la partida, IVA y total, vigencia de la

cotización de los bienes o prestación de los servicios, plazo de entrega y período

de prestación del servicio, y anexó la solicitud de servicio.

b) El expediente de la invitación a cuando menos tres personas se integró con la

siguiente documentación: solicitud de servicio; suficiencia presupuestal; justificación;

oficios de autorización y de invitación; cotizaciones; estudios de precios de mercado;

bases de invitación a cuando menos tres personas; actas de junta de aclaración

de bases, de recepción de propuestas, de recepción de documentación legal y

administrativa, y de apertura de las propuestas técnicas y económicas; dictámenes

de evaluación de propuestas y de fallo; y listas de asistencia de los participantes,

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152 VOLUMEN 5/18

de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.

c) Derivado del fallo de la invitación a cuando menos tres personas

núm. SSP/ITPS/04/13 del 30 de enero de 2013 y conforme al plazo establecido

en las bases de la citada invitación a cuando menos tres personas, en esa misma

fecha se formalizó el contrato núm. SSP/BE/S/080/2013 con Laboratorio Químico

Clínico Azteca, S.A. de C.V., por un monto de 11,007.7 miles de pesos (IVA

incluido), de los cuales 2,189.2 miles de pesos fueron para la prestación

del servicio de aplicación de 5,473 exámenes químico-toxicológicos de drogas de

abuso para elementos policiacos de la Delegación Gustavo A. Madero, toda vez

que cumplió los requisitos técnicos, administrativos, legales y económicos, de

conformidad con lo establecido en el artículo 36 BIS de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013. El contrato reunió

los requisitos mínimos establecidos en dicha ley y su reglamento, vigentes en 2013.

d) El 10 de junio de 2013, la SSP y Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,

celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/014/2013 con la finalidad

de modificar la fecha de la prestación del servicio, para quedar del 22 de febrero

al 31 de diciembre de 2013.

e) El 15 de noviembre de 2013, la SSP y Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,

celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/053/2013 con la finalidad

de modificar la cláusula segunda, “Valor Total del Servicio”, de 11,007.7 miles de

pesos (IVA incluido) a 13,208.9 miles de pesos, lo cual representó un incremento

del 20.0% en relación con el monto del contrato original, con ello dio cumplimiento del

artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público vigente en 2013.

f) El prestador de servicios presentó una póliza de fianza de fecha 22 de febrero

de 2013, por 948.9 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por

Afianzadora Aserta, S.A. de C.V.; con fecha 15 de noviembre de 2013, la

incrementó a 1,138.7 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de las

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153 VOLUMEN 5/18

obligaciones a su cargo derivadas del contrato núm. SSP/BE/S/080/2013 del

22 de febrero de 2013 y de su convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/053/2013

del 15 de noviembre de 2013. Dichas fianzas correspondieron al 10.0% del valor del

contrato y del convenio modificatorio, sin considerar impuestos.

Por lo anterior, se concluye que la SSP realizó la contratación del servicio para la

aplicación de exámenes químico-toxicológicos conforme a la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento vigente en 2013; acreditó

de manera suficiente los criterios en los que sustentó el haber adjudicado el contrato por

medio de una invitación a cuando menos tres personas; y garantizó el cumplimiento de las

condiciones pactadas en el contrato y convenios modificatorios celebrados.

23. Resultado

En la cláusula primera, “Objeto del Contrato”, y en el Anexo del contrato

núm. SSP/BE/S/080/2013 del 22 de febrero de 2013 y de su convenio modificatorio

núm. SSP/BE/CM/053/2013 del 15 de noviembre de 2013, por un monto modificado de

13,208.9 miles de pesos (IVA incluido), se estableció que el prestador de servicios Laboratorio

Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., aplicaría 33,022 exámenes químico-toxicológicos, de

los cuales 5,473 se aplicarían a elementos de la Delegación Gustavo A. Madero.

Se suscribieron siete actas circunstanciadas de diferentes fechas, entre el Director de

Evaluación Médica Social de la SSP y el representante legal del prestador de servicios, y

la Directora General del Centro de Control de Confianza de la SSP firmó las facturas

núms. FAREY3512 del 27 de mayo, FAREY4902 y FAREY4903 del 29 de julio, FAREY5574

del 30 de agosto, FAREY6872 del 5 de noviembre y FAREY7294 del 27 de noviembre,

todas de 2013; y FAREY008036 y FAREY008037, ambas del 8 de enero de 2014, con lo

que la SSP hizo constar la recepción de 5,473 exámenes a su entera satisfacción y el

cumplimiento del objeto del contrato celebrado.

Por lo anterior, se concluye que el prestador de servicios entregó a la SSP los resultados

de los exámenes químico-toxicológicos de drogas en los plazos establecidos en el

contrato, por lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.

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154 VOLUMEN 5/18

24. Resultado

El 1o. de agosto de 2014, en la Dirección Ejecutiva de Planeación, Resguardo y Control

de la Información de la SSP se revisó una muestra de 66 expedientes de elementos

policiacos y se verificó que incluían el examen químico-toxicológico realizado en

cumplimiento de las funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que

tiene encomendadas la dependencia y que están vinculadas con la seguridad pública

de la Delegación Gustavo A. Madero.

25. Resultado

En 2013, la SSP erogó un monto de 32,866.1 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN

en el Programa con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de

Seguridad Pública, en particular, en el concepto Equipamiento, con cargo a la partida

5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública

y Atención de Desastres Naturales”. Se seleccionaron para su revisión tres CLC por

5,764.5 miles de pesos, emitidas para la adquisición de nueve vehículos sedán y tres pick-up

doble cabina destinados para actividades vinculadas a la seguridad pública de la Delegación

Gustavo A. Madero.

En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados

por la SSP a Comercial Crymex, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:

1. Por medio de las requisiciones de compra núms. 359 y 360 del 2 de mayo de 2013, el

Director de Transportes de la SSP solicitó la adquisición de vehículos con la justificación

de contar “cuando menos con una unidad por zona de patrullaje, en perfectas

condiciones y de modelo reciente, independientemente de las unidades que se

destinen a la supervisión operativa o actividades administrativas […] para lograr una

adecuada operación de los servicios de protección en el área que conforma la Ciudad

de México”. Las requisiciones cuentan con los nombres, cargos y firmas del Jefe de

Unidad Departamental de Servicios Generales, como responsable de su elaboración;

de la Dirección Ejecutiva de Sistemas, como área requirente; y del Subdirector de

Recursos Materiales y Servicios Generales, como responsable de autorizarlas.

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155 VOLUMEN 5/18

Asimismo, con los oficios de otorgamiento de suficiencia presupuestal núms.

SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/511/2013 y SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/512/2013, ambos del

17 de mayo de 2013, la Subdirectora de Programación y Presupuesto y la Directora

de Presupuesto autorizaron y otorgaron, en ese orden la suficiencia presupuestal, por

57,473.5 miles de pesos para la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la

Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”.

2. La adquisición de los vehículos se realizó por medio del procedimiento de licitación

nacional presencial, con fundamento en los artículos 25; 26, fracción I; 26 Bis, fracción I;

y 28, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2013.

3. El procedimiento de licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013

se desarrolló de la siguiente manera:

a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía

Mayor del Gobierno del Distrito Federal autorizó la adquisición mediante el formato

DAABR “Autorización de Adquisiciones de Bienes Restringidos” del 17 de junio

de 2013.

b) Las bases para la adquisición de vehículos tipo pick-up y sedán se emitieron de

conformidad con el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público vigente en 2013.

c) Las bases de la licitación se publicaron en Compranet, de conformidad con el

artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2013.

d) El expediente de la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013 se

integró con la siguiente documentación: cotización de diversos licitantes y cuadro

comparativo; actas de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura de

proposiciones técnicas y económicas y de fallo; documentación legal y administrativa

de los licitantes; análisis cualitativo de la documentación legal y administrativa; y

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156 VOLUMEN 5/18

tabla comparativa de precios más bajos, de conformidad con los artículos 33 Bis,

35, fracción; III; 36; y 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público vigente en 2013.

e) Derivado del fallo de la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013

y conforme al plazo establecido en las bases, se formalizó el contrato

núm. SSP/BE/A/230/2013 con el proveedor Comercial Crymex, S.A. de C.V., por

un monto de 97,255.3 miles de pesos (IVA incluido), de los cuales 5,764.5 miles

de pesos correspondieron a la adquisición de los bienes sujetos a revisión, toda

vez que cumplió todos requisitos técnicos, administrativos, legales y económicos

de conformidad con lo establecido en los artículos 25; 26, fracción I; 28, fracción I;

y 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

vigente en 2013. El contrato reunió los requisitos previstos en dicha ley y su

reglamento, vigentes en 2013.

f) El 15 de noviembre de 2013, la SSP y el proveedor Comercial Crymex, S.A. de C.V.,

celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013 con la finalidad

de modificar el monto original de 97,255.3 miles de pesos a 101,916.5 miles de

pesos (4.8% respecto del monto original); la fecha de la entrega de los bienes del

16 de julio al 14 de agosto de 2013; y la vigencia del contrato del 16 de julio

al 20 de agosto de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 91 del

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2013.

g) El proveedor presentó dos pólizas de fianza expedidas a nombre de la SEFIN

por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., una de fecha 16 de julio de 2013 por

16,768.2 miles de pesos y otra del 13 de agosto de 2013 por un monto de

17,751.8 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a

su cargo derivadas de la celebración del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 y de su

convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013. Dichas fianzas correspondieron

al 20.0% del monto del contrato y convenio sin considerar el IVA.

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157 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo una licitación nacional presencial

para la adquisición de vehículos conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público vigente en 2013, formalizó la adquisición por medio de un

contrato que reunió los requisitos que establece dicha ley, y contó con las fianzas para

garantizar el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato y convenio

modificatorio celebrados.

26. Resultado

En la cláusula cuarta, “Lugar y Fecha de la Entrega de los Bienes” del convenio

modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013 se estableció que la fecha de entrega de nueve

vehículos sedán y tres pick-up doble cabina sería el 14 de agosto de 2013.

Se suscribió una acta de entrega-recepción de fecha 14 de agosto de 2013 para hacer

constar la recepción, de conformidad, de los vehículos en el plazo y con las

características establecidas en el instrumento jurídico celebrado, la cual está firmada por

el Subdirector de Transporte Terrestre y el Jefe de la Unidad Departamental de Control

Vehicular, adscritos a la Dirección de Transportes de la SSP, y por el representante legal

del proveedor, así como por el Jefe de la Unidad Departamental de Transportes

Especiales y el Jefe de la Oficina de Altas, Bajas y Cambios de Adscripción de la SSP en

calidad de testigos. Además, las facturas presentadas por el proveedor para cobro

cuentan con la firma del Director de Transportes, lo que avala la recepción de los

vehículos.

Por lo anterior, se concluye que el proveedor entregó a la SSP los vehículos en los plazos

establecidos en el convenio modificatorio celebrado, por lo que no se aplicaron penas

convencionales ni sanciones.

27. Resultado

El 1o. de agosto de 2014, se llevó a cabo una visita de inspección física en el Sector

Oasis de la SSP, en donde se verificó la existencia de nueve vehículos sedán y tres pick-up

doble cabina y se constató que se encontraban operando en actividades vinculadas a la

seguridad pública de la Delegación Gustavo A. Madero.

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158 VOLUMEN 5/18

28. Resultado

En 2013, la SSP erogó un monto de 2,180.3 miles de pesos provenientes del SUBSEMUN

en el Programa con Prioridad Nacional Red Nacional de Telecomunicaciones, en

particular, en el concepto Equipamiento, con cargo, a las partidas 5151 “Equipo de

Cómputo y de Tecnologías de la Información” y 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para

la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”. Se

seleccionaron para su revisión cinco CLC, por un importe de 748.6 miles de pesos, para

pagar la adquisición de 6 computadoras, 2 impresoras y 12 radios para patrulla instalados

en vehículos tipo sedán, destinados a actividades vinculadas a la seguridad pública en

beneficio de la Delegación Gustavo A. Madero.

1. En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos

realizados por la SSP a Soporte y Capacitación, S.A. de C.V., por la adquisición de

seis computadoras y dos impresoras, se determinó lo siguiente:

a) Por medio de la requisición de compra o solicitud de servicio núm. 531 del

8 de mayo de 2013, la Dirección Ejecutiva de Sistemas solicitó la adquisición de

716 computadoras de escritorio, 148 impresoras láser monocromáticas volumen

medio y 64 escáneres, con la justificación de “dotar de bienes informáticos a las

áreas operativas de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en

cumplimiento a lo dispuesto por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de

Seguridad Pública, para la aplicación de los Recursos SUBSEMUN”. La requisición

cuenta con los nombres, cargos y firmas del Jefe de Unidad Departamental de

Servicios Generales, como responsable de su elaboración y requirente; y del

Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales, como responsable

de autorizarla. Además, está sellada con la leyenda “No existencia del material

solicitado” del almacén general y soportada con el oficio de otorgamiento de

suficiencia núm. SMP/DP/DGRF/OM/SSP/829/2013 del 10 de septiembre de 2013,

con el que el Director General de Recursos Financieros de la SSP otorgó

suficiencia presupuestal, por 17,921.3 miles de pesos, para la partida 5151 “Equipo

de Cómputo y Tecnologías de la Información”.

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159 VOLUMEN 5/18

b) La adquisición de los bienes se realizó por medio de un procedimiento de

adjudicación directa por excepción, con fundamento en los artículos 26, fracción III;

40, segundo párrafo; y 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

y Servicios del Sector Público y 71 y 72 de su Reglamento, vigentes en 2013,

por lo que el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

lo dictaminó favorable en su quinta sesión extraordinaria celebrada el 24 de octubre

de 2013.

c) El procedimiento de la adjudicación directa por excepción se desarrolló de la siguiente

manera:

● Mediante oficios sin número de fecha 9 de octubre de 2013, la SSP

solicitó la cotización de 176 computadoras de escritorio, 148 impresoras y

64 escáneres a los proveedores Innovación Milenium, S.A. de C.V.; Soporte

y Capacitación, S.A. de C.V.; y Aplicación y Organización Tecnológica en

Administración, S.A. de C.V., quienes mediante oficios sin número de fecha

14 de octubre de 2013 remitieron las cotizaciones solicitadas.

● El expediente de la adjudicación directa por excepción se integró con la

siguiente documentación: requisición; suficiencia presupuestal; justificación;

anexo técnico; oficios de solicitud de cotizaciones y cuadro comparativo; listas

de asistencia de los proveedores; documentación legal y técnica y económica

del ganador; dictamen del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y

Prestación de Servicios; notificación al proveedor adjudicado; recepción de

documentación legal y administrativa; y contrato y factura, en cumplimiento

del artículo 57 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público vigente en 2013.

● Derivado de la adjudicación directa por excepción, se formalizó el contrato

núm. SSP/BG/A/346/2013 del 28 de octubre de 2013, con Soporte y

Capacitación, S.A. de C.V., por un monto de 17,901.0 miles de pesos (IVA

incluido), toda vez que ofreció el precio más bajo y las mejores condiciones

disponibles, en cumplimiento del artículo 40 de la Ley de Adquisiciones,

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160 VOLUMEN 5/18

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013. El contrato reunió

los requisitos mínimos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

y Servicios del Sector Público y su reglamento, vigentes en 2013.

● El proveedor presentó una póliza de fianza de fecha 28 de octubre de 2013,

por 2,314.8 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por CHUBB de

México Compañía Afianzadora, S.A. de C.V., para garantizar el cumplimiento

de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato núm. SSP/BG/A/346/2013

del 28 de octubre de 2013. Dicha fianza correspondió al 15.0% del valor total del

contrato sin considerar impuestos.

2. La adquisición de los 12 radios para patrulla instalados en los vehículos tipo sedán

que se compraron con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la

Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” se

formalizó en el contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 suscrito con Comercial Crymex,

S.A. de C.V., el cual se adjudicó mediante el procedimiento de licitación nacional

presencial, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público y su reglamento, vigentes en 2013, pero por corresponder al

Programa con Prioridad Nacional Red Nacional de Telecomunicaciones se incluyeron

en el presente numeral.

Se concluye que la SSP llevó a cabo la adquisición de 6 computadoras, 2 impresoras

y 12 radios para patrulla conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público y su reglamento, vigentes en 2013; acreditó de manera suficiente los

criterios en que sustentó haber adjudicado los contratos bajo el procedimiento seleccionado;

y garantizó el cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos celebrados.

29. Resultado

En la cláusula primera, “Objeto del Contrato”, y en el Anexo I del contrato

núm. SSP/BG/A/346/2013 del 28 de octubre de 2013 se estableció que el proveedor

Soporte y Capacitación, S.A. de C.V., entregaría seis computadoras y dos impresoras del

28 de octubre al 28 de noviembre de 2013, y en la cláusula cuarta “Lugar y fecha de la

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161 VOLUMEN 5/18

entrega de los bienes” del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 se estipuló que el proveedor

Comercial Crymex, S.A. de C.V., entregaría 12 radios para patrulla instalados en igual

cantidad de vehículos tipo sedán del 16 de julio al 20 de agosto de 2013, para ser utilizados

en actividades vinculadas con la seguridad pública de la Delegación Gustavo A. Madero.

Mediante acta circunstanciada del 16 de diciembre de 2013 y acta de entrega-recepción

del 14 de agosto de 2013, se dejó evidencia de la recepción de 6 computadoras,

2 impresoras y 12 radios para patrulla instalados en los vehículos tipo sedán para ser

utilizados en beneficio de la Delegación Gustavo A. Madero.

En conclusión, los proveedores entregaron las computadoras, impresoras y radios para

patrulla en los plazos establecidos en los contratos y convenios modificatorios celebrados,

por lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.

30. Resultado

El 1o. de agosto de 2014, se llevaron a cabo dos visitas de inspección física, una de ellas

en la Unidad de Protección Ciudadana de la Delegación Gustavo A. Madero, donde se

verificó la existencia de las seis computadoras y las dos impresoras que la SSP le entregó

para su resguardo mediante ocho cédulas de registro de bienes informáticos, todas de

fecha 27 de marzo de 2014; y otra, en el Sector Oasis de la SSP, donde se verificó la

existencia de los 12 radios para patrullas instalados en igual número de vehículos tipo

sedán, entregados mediante 12 documentos denominados “Vehículos asignación y/o

cambio de adscripción, resguardados e inventario de vehículos tipo automóvil”, emitidos

entre el 20 y el 27 de marzo de 2014. Dichos bienes se encuentran operando en

actividades de seguridad pública de la Delegación Gustavo A. Madero.

Cabe señalar que las cédulas de registro de bienes informáticos y los documentos de

asignación de vehículos, mediante los cuales se documentó el resguardo de los bienes,

cuentan con los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos responsables de su

recepción y resguardo.

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162 VOLUMEN 5/18

Infraestructura

31. Resultado

En 2013, la SSP erogó 499.5 miles de pesos del SUBSEMUN en el programa con

prioridad nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, en particular

en el concepto Infraestructura, con cargo a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”.

Se seleccionaron para su revisión cuatro CLC por el 100.0% del presupuesto ejercido en

dicho concepto, expedidas para pagar trabajos de obra pública para el mejoramiento de las

instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac, ubicada en la Delegación Gustavo A. Madero.

En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados

por la SSP a Construcciones Castilla, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:

1. El Programa Anual de Obra Pública de 2013, publicado en la página de internet de la

SSP, incluyó la programación de la obra seleccionada para su revisión.

2. En la tercera sesión ordinaria del Subcomité de Obras de la SSP, celebrada el

4 de abril de 2013, se sometió a dictaminación el caso núm. 16 relativo al mejoramiento

de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac, el cual contó con la justificación

elaborada por la Dirección de Construcción y Mantenimiento, adscrita a la Dirección

General de Mantenimiento y Servicios de la SSP, en la que se detalló la necesidad

de realizar los trabajos de obra; y con la autorización para adjudicarlo por medio del

procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres personas.

3. Por medio del formato “Otorgamiento de Suficiencia Presupuestal”

núm. SSP/DPP/DGRF/OM/SSP/286/2013 del 11 de marzo de 2013, la Subdirección

de Programación y Presupuesto, adscrita a la Oficialía Mayor de la SSP, otorgó

suficiencia presupuestal a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”.

4. El mejoramiento de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac no consideró

trabajos que modificaran los entornos ambiental, urbano y social, por lo que no fue

necesario contar con los estudios de impacto ambiental que prevén los artículos 20 de

la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 24 de su

reglamento, vigentes en 2013.

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163 VOLUMEN 5/18

5. La invitación restringida a cuando menos tres personas núm. IO-909010998-N2-2013

se desarrolló de la siguiente manera:

a) Con los oficios núms. DCM/DGMS/OM/SSP/466/2013, DCM/DGMS/OM/SSP/467/2013

y DCM/DGMS/OM/SSP/468/2013, todos de fecha 1o. de abril de 2013, la SSP

invitó a Zylac Construcciones, S.A. de C.V.; Grepa Construcciones, S.A. de C.V.;

y Construcciones Castilla, S.A. de C.V., en ese orden, a participar en la invitación

a cuando menos tres personas objeto de la revisión.

En la tercera sesión ordinaria del Subcomité de Obras de la SSP, la dependencia

solicitó a la Contraloría Interna la designación de un representante para el

desarrollo del procedimiento, en cumplimiento del artículo 41 de la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas vigente en 2013.

b) El expediente de la invitación a cuando menos tres personas se integró con la

documentación derivada del proceso: requisición; oficios de invitación; presupuesto

base (de referencia) y catálogo de conceptos; bases; estudios de precios de mercado;

actas de aclaración de bases, de recepción de propuestas, de fallo, de recepción

de documentación legal y administrativa, y de apertura de las propuestas técnicas

y económicas; dictámenes técnico y económico de adjudicación; documentación

legal; y ofertas técnicas y económicas de los participantes, elaboradas y entregadas

conforme lo dispone la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas vigente en 2013.

c) Derivado del fallo de la invitación restringida a cuando menos tres personas

núm. IO-909010998-N2-2013 del 23 de abril de 2013 y en el plazo establecido en

las bases de la citada invitación restringida, el 26 de abril de 2013 se formalizó el

contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013, por un monto de 1,299.2 miles de pesos

(IVA incluido), con Construcciones Castilla, S.A. de C.V., toda vez que ofreció las

mejores condiciones disponibles, en cumplimiento de los artículos 38, quinto párrafo;

y 44, fracción III, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas vigente en 2013. De dicho importe, 499.5 miles de pesos correspondieron

a los trabajos de obra pública para mejoramiento de las instalaciones de la

Subcomandancia Tepeyac, ubicada en la Delegación Gustavo A. Madero.

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164 VOLUMEN 5/18

El período de ejecución de los trabajos quedó comprendido del 2 mayo al

15 de julio de 2013, plazo previsto en las bases del concurso.

La adjudicación fue soportada con dictamen de adjudicación, de acuerdo con los

artículos 39 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

y 68, primer párrafo, de su Reglamento, vigentes en 2013.

d) Respecto a la entrega de las garantías de anticipo y de cumplimiento de las

obligaciones, de la póliza de responsabilidad civil y de la fianza de vicios ocultos

pactadas en el contrato, se constató lo siguiente:

● La SSP no pactó otorgar anticipos al contratista, según lo establecido en la

cláusula quinta “Anticipos” del contrato celebrado.

● En los plazos establecidos en las bases del concurso y el contrato, la contratista

presentó póliza de fianza del 24 de abril de 2013, expedida a nombre de la

SEFIN por Afianzadora Sofimex, S.A., por un importe de 129.9 miles de

pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo

derivadas del contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013. Dicha fianza correspondió

al 10.0% del valor del contrato incluyendo el IVA.

● El 10 de mayo de 2013, en los plazos establecidos en las bases del concurso

y el contrato, la contratista presentó la póliza de responsabilidad civil de la

misma fecha, expedida por Axa Seguros, S.A. de C.V., por un importe de

112.0 miles de pesos.

● En los plazos establecidos en las bases del concurso y el contrato, la

contratista presentó póliza de vicios ocultos del 15 de julio de 2013, expedida

a nombre de la SEFIN por Afianzadora Sofimex, S.A., por un importe de

13.0 miles de pesos.

6. El 1o. de julio de 2013, la Dirección General de Mantenimiento y Servicios suscribió

el convenio modificatorio del contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013, para modificar el

catálogo de conceptos, con base en el dictamen técnico de la misma fecha emitido

por el titular de la Dirección General de Mantenimiento y Servicios y por el Director de

Construcción y Mantenimiento, ambos adscritos a la SSP.

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165 VOLUMEN 5/18

7. La SSP designó a la supervisión interna y notificó la residencia de obra con

anterioridad al inicio de las obras, conforme al artículo 53 de la Ley de Obras Públicas

y Servicios Relacionados con las Mismas vigente en 2013.

8. La verificación de la terminación de los trabajos se llevó a cabo el 23 de julio de 2013 y

la suscripción del acta de entrega-recepción de los trabajos el 19 de agosto de 2013,

dentro de los plazos establecidos en el contrato celebrado (30 de julio y 21 de septiembre

de 2013, respectivamente).

Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la contratación de los trabajos para el

mejoramiento de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac conforme dispone la

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento,

vigentes en 2013; recibió en tiempo y forma las garantías de cumplimiento y de vicios

ocultos, así como la póliza de responsabilidad civil presentadas por la contratista; y recibió

y finiquitó los trabajos dentro del plazo convenido, por lo que no fue necesaria la

aplicación de penas convencionales.

32. Resultado

Se verificó que los pagos por el mejoramiento de las instalaciones de la Subcomandancia

Tepeyac con cargo a la partida 6221 “Edificación no Habitacional” están soportados con

las estimaciones de obra derivadas de los trabajos realizados, las cuales están firmadas

por el Director de Construcción y Mantenimiento, quien las autorizó, por el Jefe de Unidad

Departamental de Supervisión, quien fungió como residente de obra, y por el supervisor

interno, con lo que se comprobó que el presupuesto asignado a las obras públicas

contratadas fue devengado conforme al artículo 66 del Reglamento de la Ley Federal de

Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente en 2013.

Las estimaciones de obra fueron soportadas con los números generadores originales

autorizados por el Subdirector de Obras, el Jefe de Unidad Departamental de Supervisión

y el Supervisor Interno.

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166 VOLUMEN 5/18

En los pagos de las estimaciones se aplicaron las deducciones referentes al 1.5%, por

derechos de supervisión y revisión de las obras públicas por contrato de los trabajos del

GDF (SRCOP-DF); al 2.0%, por servicios de auditoría de los contratos de obras o de

servicios relacionados con éstas (SACOP-CG); al 0.20%, para el Instituto de Capacitación

de la Industria de la Construcción (ICIC); al 0.10%, del Colegio de Ingenieros Civiles de

México (CICM) y al 0.005%, por derechos por el servicio de vigilancia, investigación y

control (DSVICSFP).

Por dichas deducciones, la SSP emitió las CLC de operaciones ajenas correspondientes,

en cumplimiento del numeral 49 del apartado D, “Cuenta por Liquidar Certificada de

Operaciones Ajenas”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

Por lo expuesto, se concluye que los pagos por los trabajos de obra de mejoramiento de

las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac con cargo a la partida 6221 “Edificación

no Habitacional” se soportaron con las estimaciones derivadas de los trabajos realizados y

con los números generadores autorizados por los servidores públicos facultados para ello.

33. Resultado

El 15 de julio de 2013, se llevó a cabo una visita de inspección a la obra ejecutada al

amparo del contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013 y se constató que los trabajos de

mejoramiento a las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac fueron concluidos

y recibidos, y que las instalaciones se encuentran en funcionamiento.

Cumplimiento de Objetivos y Metas del SUBSEMUN

34. Resultado

Con los oficios núms. SSP/OM/DGRF/2539/2013 del 21 de octubre de 2013 y

SSP/OM/DGRF/DP/100/2014 del 12 de febrero de 2014, la Dirección General de

Recursos Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió a la Dirección General

de Vinculación y Seguimiento del SESNSP dos formatos “Ficha de Avance Semestral de

Resultados SUBSEMUN 2013” de la Delegación Gustavo A. Madero, correspondientes a

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167 VOLUMEN 5/18

los períodos de enero a junio y de julio a diciembre de 2013, respectivamente, con

desfases de 83 y 13 días naturales, respectivamente.

En la reunión de confronta celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo de

Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la SSP,

presentó el oficio núm. SSP/OM/DERC/662/2014 del 18 de agosto de 2014, por medio del

cual proporcionó copia del oficio núm. SESNSP/DGVS/6721/2013 del 2 de agosto de 2013,

con el que la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP solicitó

al Director General de Recursos Financieros de la SSP la “Ficha de Avance Semestral de

Resultados SUBSEMUN 2013”, correspondiente al primer semestre de 2013, y le indicó

que el plazo para entregarlo había vencido el 30 de julio del mismo año.

También proporcionó copia de los oficios núms. SSP/OM/DGARF/1900/2013 y

terminaciones 1901/2013 1902/2013, 1903/2013, 2082/2013 y 2083/2013, los tres

primeros del 15 de agosto de 2013 y los dos últimos del 2 de septiembre del mismo año;

y SSP/OM/DGARF/198/2014 y SSP/OM/DGARF/199/2014, ambos del 28 de enero de 2014,

por medio de los cuales el Director General de Recursos Financieros de la SSP solicitó a

las áreas encargadas del ejercicio de los recursos del SUBSEMUN (Direcciones

Generales del Centro de Control de Confianza, de Seguridad Privada y Procedimientos

Sistemáticos de Operación, de Carrera Policial y de Mantenimiento y Servicios) el

requisitado de los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN

2013” de la Delegación Gustavo A. Madero, correspondientes a los períodos de enero a

junio y de julio a diciembre de 2013. Lo anterior denota que, no obstante que el Director

General de Recursos Financieros de la SSP gestionó ante las áreas de la SSP el

requisitado de los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013”,

no los remitió oportunamente al SESNSP, por lo que la observación no se modifica.

Por no haber enviado oportunamente a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento

del SESNSP dos formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013”

de la Delegación Gustavo A. Madero, la SSP incumplió el lineamiento décimo de los

Lineamientos Generales de Diseño y Ejecución de los Programas de Evaluación,

Subsidios a los Municipios y en su caso, a los Estados cuando tengan a su Cargo la

Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del

Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales

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168 VOLUMEN 5/18

(SUBSEMUN) 2013, que establece: “Los beneficiarios del SUBSEMUN deberán remitir

a la DGVS [Dirección General de Vinculación y Seguimiento] debidamente requisitada la

‘Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013’, en formato impreso

y electrónico (Excel) durante los primeros 30 días naturales posteriores al término del

semestre correspondiente.

En conclusión, la SSP remitió de forma desfasada a la Dirección General de Vinculación

y Seguimiento del SESNSP los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados

SUBSEMUN 2013” correspondientes a la Delegación Gustavo A. Madero.

Recomendación ASCprofcasf-103-13-03-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública establezca mecanismos de control

para garantizar que los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN” se

entreguen oportunamente a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del

Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en cumplimiento de la

normatividad aplicable.

35. Resultado

La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP cumplieron en la demarcación territorial,

los objetivos del SUBSEMUN de conformidad con lo siguiente:

1. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP recibieron del SUBSEMUN un total de

47,969.4 miles de pesos en 2013, que representan el 0.3% de total del presupuesto

en materia de seguridad pública reportado por dichas unidades responsables del

gasto (15,561,557.1 miles de pesos).

2. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP ejercieron en conjunto el 99.5% (47,713.8

miles de pesos) de los recursos federales asignados del SUBSEMUN (47,969.4 miles

de pesos).

3. El control interno del SUBSEMUN es suficiente para mitigar los riesgos de control.

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169 VOLUMEN 5/18

4. Las actividades de inversión con mayor impacto en atención a la política pública del

SUBSEMUN 2013 se dieron en el Programa con Prioridad Nacional

Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, en particular, en el

concepto Equipamiento, en el que destaca la adquisición de armas cortas, armas

largas, municiones, vehículos pick-up y sedán, chalecos balísticos, máscaras antigás,

fundas para chalecos antibalas, escudos y cascos antimotines, espinilleras, corazas

antimotines, vestuario y calzado; y en el concepto Infraestructura, donde destacan los

trabajos de mejoramiento a las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac, lo que

denota un esfuerzo del Gobierno del Distrito Federal hacia la mejora de instalaciones

para la mejor atención de la ciudadanía en materia de seguridad.

5. La obra pública realizada en la Subcomandancia Tepeyac se encuentra concluida

al 100.0% y permite que opere adecuadamente.

6. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP cumplieron al 100.0% con la entrega de

los informes trimestrales a la SHCP, y en la misma proporción la información remitida

es congruente con sus registros contables; sin embargo, se remitieron con desfases a

las instancias competentes.

7. Los índices delictivos en la Delegación Gustavo A. Madero presentaron en general

una disminución del 2.0%, en tanto, las actividades para la prevención del delito se

llevaron a cabo, pero todavía no se tiene un impacto significativo en la sociedad.

De acuerdo con el balance de los elementos anteriores, se concluye que la Delegación

Gustavo A. Madero cumplió los objetivos y metas establecidas del SUBSEMUN en 2013.

Con el fin de apoyar la evaluación de los resultados del subsidio, se consideró un conjunto

de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente:

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170 VOLUMEN 5/18

INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL SUBSEMUN, CUENTA PÚBLICA DE 2013

Indicador Valor

1. Evaluación del Control Interno

I.1. El control interno del municipio resultó: (Suficiente, Insuficiente o Deficiente) Suficiente

2. Eficacia en el Cumplimiento del Programa de Inversión

II.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (Importe ejercido/Monto asignado). 99.5%

II.2. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (Importe pagado/Monto asignado). 99.5%

II.3. Nivel de gasto al 30 de mayo de 2014 (Importe ejercido/Monto asignado). 99.5%

II.4. Nivel de gasto al 30 de mayo de 2014 (Importe pagado/Monto asignado). 99.5%

II.5. Se recibieron todas las ministraciones del subsidio (Sí o No). Sí

II.6. Se recibieron oportunamente todas las ministraciones (Sí o No). Sí

3. Operación Policial

III.1. Número de personal policial con que cuenta el municipio. 2,084

III.2. Proporción de policías por cada habitante en 2012. 0.2%

III.3. Proporción de policías por cada habitante en 2013. 0.2%

III.4. Existe en el municipio el servicio de emergencia 066 (Sí o No). n.a.

III.5. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2012 (minutos) n.a.

III.6. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2013 (minutos) n.a.

III.7. Existe en el municipio el servicio de llamadas de emergencia 089 (Sí o No). n.a.

III.8. Cuántas denuncias se formalizaron a través del 089. n.a.

4. Importancia de la Aplicación del Subsidio en los Programas de Prioridad Nacional (%).

IV.1. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana (Importe aplicado/Monto total asignado). 20.1%

IV.2. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza (Importe aplicado/Monto total asignado). 4.6%

IV.3. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública (Importe aplicado/Monto total asignado). 70.7%

IV.4. Red Nacional de Telecomunicaciones (Importe aplicado/Monto total asignado). 4.6%

IV.5. Sistema Nacional de Información (Bases de Datos) (Importe aplicado/Monto total asignado). 0.0%

5. Eficiencia en el Uso de los Recursos

V.1. Índice de profesionalización de los elementos policiales con respecto al total de policías en la entidad fiscalizada en 2013 (%) 12.4%

V.2. Destino de gasto en equipamiento de los cuerpos de seguridad pública respecto a los programas con prioridad en 2013 (%). 73.1%

V.3. Índice del destino de gasto en infraestructura de instalaciones de seguridad pública respecto a los programas con prioridad en 2013 (%) 1.0%

6. Transparencia en la Aplicación de los Recursos

VI.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP (% de informes remitidos). 100.0%

VI.2. El municipio difundió en su página de internet, órgano local oficial de difusión y otros medios locales de comunicación, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del subsidio (Formato Único y Formato de Nivel Subsidio) (Sí, No, Parcialmente). Sí

7. Impacto y Cumplimiento de Metas y Objetivos

VII.1. Importancia del SUBSEMUN respecto del presupuesto total asignado al municipio en materia de seguridad pública (%). 0.3%

VII.2. Se cumplieron las metas convenidas en el Anexo Técnico del Convenio de Adhesión (Sí, No o Parcialmente). Sí

VII.3. Variación % de la incidencia delictiva en el municipio o en la demarcación territorial del Distrito Federal en 2013 respecto a 2012. 2.0%

VII.4. Se realizaron reprogramaciones al recurso del SUBSEMUN 2013 en el municipio (Sí o No) Sí

VII.5. Porcentaje del recurso del SUBSEMUN 2013 que fue reprogramado a otras obras o acciones (%). 51.5%

8. Evaluación del Subsidio

VIII.1. El municipio realizó al cierre del ejercicio la evaluación sobre los resultados del SUBSEMUN prevista por la normativa (Sí o NO) Sí

FUENTES: Expedientes del SUBSEMUN, resultados de la auditoría e información proporcionada por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP.

n.a. No aplicable.

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171 VOLUMEN 5/18

II.8.1.3. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”

Auditoría AFLB/133/13

ANTECEDENTES

La Delegación Gustavo A. Madero ocupó el segundo lugar respecto al presupuesto ejercido

en 2013 por los 16 órganos político-administrativos del Gobierno del Distrito Federal

(30,703,020.8 miles de pesos), con un monto de 3,331,515.8 miles de pesos, de acuerdo

con lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del año sujeto

a revisión. Ese importe representó el 10.8% del total erogado por dichos entes de la Administración

Pública Centralizada y fue superior en 13.4% (392,693.6 miles de pesos) al presupuesto

asignado originalmente (2,938,822.2 miles de pesos).

Con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

la Delegación Gustavo A. Madero ejerció 110,198.0 miles de pesos (3.3% de su presupuesto

total), lo cual significó un incremento de 75.3% (47,340.1 miles de pesos) en relación con

el presupuesto original de dicho capítulo (62,857.9 miles de pesos) y una disminución de

17.1% (22,749.9 miles de pesos) respecto de su presupuesto ejercido en 2012 (132,947.9 miles

de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Gustavo A. Madero en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado, de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

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172 VOLUMEN 5/18

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los criterios generales de selección

siguientes: “Importancia Relativa”, toda vez que el presupuesto ejercido en el capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” (110,198.0 miles de pesos), superó

en 75.3% (47,340.1 miles de pesos) su asignación original (62,857.9 miles de pesos); y “Exposición

al Riesgo”, por tratarse de un capítulo de gasto propenso a desperdicios, irregularidades,

ineficiencias e incumplimiento de objetivos y metas. Dichos criterios se encuentran contenidos

en el Manual de Selección de Auditorías vigente.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

y 1o.; 2o., fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, VI, VII, VIII, IX y XIX;

9o.; 10o., incisos a) y b); 14; fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30,

fracciones I, II, III y IV; 32; 33; 34; 35; y 36 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad

de México.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El gasto de la Delegación Gustavo A. Madero con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, por 110,198.0 miles de pesos, se ejerció en tres

partidas de gasto, mediante 95 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y un documento

múltiple. Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la

auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar

un monto de 38,260.6 miles de pesos, ejercido mediante cuatro CLC con cargo a las partidas

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y 4421 “Becas y Otras

Ayudas para Programas de Capacitación”, que representa el 34.7% del universo total ejercido

en dicho capítulo, como se observa a continuación:

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173 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido

% Cantidad Presupuesto ejercido

%

CLC DM* CLC DM*

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” 59 1 61,543.8 55.8 3 0 15,760.6 14.3

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 33 0 10,254.2 9.4 0 0 0.0 0.0

4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación” 3 0 38,400.0 34.8 1 0 22,500.0 20.4

Total capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 95 1 110,198.0 100.0 4 0 38,260.6 34.7

* Documento Múltiple.

Para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes

criterios:

1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2013 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN), proporcionó

a esta entidad de fiscalización.

2. Considerar aquellas partidas de gasto que presentaron las variaciones absolutas y relativas

más significativas entre los presupuestos original y ejercido en 2013, así como riesgos

de operación durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.

3. Seleccionar, en su caso, las erogaciones más representativas realizadas con cargo

a las partidas seleccionadas del rubro en revisión.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en las Direcciones General de Administración

y de Desarrollo Social de la Delegación Gustavo A. Madero. La primera, por ser la encargada

de administrar los recursos humanos, materiales y financieros del órgano político-administrativo,

conforme a las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor

del Gobierno del Distrito Federal (OM) y la SEFIN; y la segunda, por ser la encargada de

planear, organizar, dirigir, controlar y ejecutar las políticas, programas y proyectos orientados

al desarrollo social del órgano político-administrativo.

Evaluación del Control Interno

1. Se verificó que la Delegación Gustavo A. Madero hubiese contado con mecanismos

de control suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pueden afectar

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174 VOLUMEN 5/18

la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable

y oportuna, el cumplimiento de la normatividad y la consecución de los objetivos.

2. Se analizó el manual administrativo del órgano político-administrativo vigente en 2013,

para verificar que sus apartados correspondieran a la estructura orgánica aprobada

y dictaminada, y que, junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado, hubiesen

sido autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).

3. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al titular de la

Dirección General de Administración en el órgano político-administrativo, quien intervino

en las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,

devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con

cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó que los mecanismos establecidos

hicieran factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias

a las que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

Gasto Aprobado

Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal, el Analítico de

Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado, correspondientes

al ejercicio fiscal de 2013, con la finalidad de verificar si el techo presupuestal reportado se

ajustó al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por

la SEFIN.

Gasto Modificado

Se revisaron 23 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto asignado

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; se verificaron

las causas por las cuales se incrementó el presupuesto y se constató que se contara

con la documentación soporte de los cambios presupuestales efectuados.

Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad

que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado,

durante el período auditado. Las pruebas consistieron en lo siguiente:

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175 VOLUMEN 5/18

Gasto Comprometido

1. Se verificaron los reportes mensuales de los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales que se erogaron con cargo al rubro revisado, para conocer

el presupuesto comprometido del órgano político-administrativo en el ejercicio de 2013,

y verificar que los recursos correspondieran a obligaciones de pago respaldadas

con documentos legales.

2. Se revisó que la Delegación Gustavo A. Madero contara con la autorización expresa

de su titular para el otorgamiento de ayudas y donativos, así como para llevar a cabo

la adquisición de bienes mediante procedimientos distintos a la licitación pública; que las

Reglas de Operación de los Programas Sociales a cargo del sujeto de fiscalización hayan

contenido la estructura de los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación

de los Programas Sociales, los requisitos de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito

Federal y que se hayan publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar

el 31 de enero del ejercicio sujeto a revisión; que los programas sociales, a cargo del órgano

político-administrativo, se hayan sujetado a los criterios de solidaridad social, equidad

de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad;

que la Delegación Gustavo A. Madero haya informado al Comité de Planeación

del Desarrollo Social del Distrito Federal, a más tardar el 31 de enero del ejercicio

en revisión, sobre la relación de programas o acciones que tuvieron el propósito de

otorgar transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas; que la adquisición

de bienes estuviera prevista en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios (PAAAPS) y soportada con requisiciones, debidamente

justificadas y firmadas por el personal con atribuciones para autorizarlas; y que se hubiese

contado con suficiencia presupuestal y, en su caso, con la aprobación del Comité

Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.

3. Se verificó que la adquisición de bienes se hubiese ajustado a los procedimientos que

prevé la normatividad aplicable (adjudicación directa, invitación restringida a cuando

menos tres proveedores y licitación pública nacional o internacional), y formalizado mediante

contrato con proveedores que no estuvieran inhabilitados por la Contraloría General

del Distrito Federal (CGDF) o por la Secretaría de la Función Pública (SFP); que, en

su caso, se hubieran celebrado convenios de terminación anticipada, en los plazos establecidos;

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176 VOLUMEN 5/18

que se hubiesen realizado estudios de precios de mercado; que los proveedores hubiesen

presentado las garantías aplicables en los plazos establecidos; que las operaciones

autorizadas de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2013 se hubiesen informado a la SEFIN, a la CGDF

y a la OM; y que los procedimientos de contratación seleccionados como muestra

se hubiesen ajustado a los montos de actuación autorizados.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento;

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis); de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y del Manual Administrativo de la Delegación Gustavo

A. Madero, todos vigentes en 2013.

Gasto Devengado

1. Se comprobó que de cada uno de los programas sociales a cargo del órgano político-

administrativo que se realizaron en 2013, hayan contado con un padrón de participantes

o beneficiarios actualizado y que éste se hubiese publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año del ejercicio en revisión.

2. Se verificó que los bienes adquiridos hubiesen sido recibidos por la Delegación Gustavo

A. Madero y que la entrega estuviera soportada con documentación en la que constara

la firma de recepción a satisfacción del órgano político-administrativo, conforme

a las especificaciones establecidas en las requisiciones y en los contratos respectivos.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

y del manual administrativo del órgano político-administrativo, ambos vigentes en 2013.

Gasto Ejercido

1. Se verificó que se hayan presentado a la ALDF los informes trimestrales de la evaluación

y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indicara de forma analítica

el monto y destino de los recursos por programa social; que la Delegación Gustavo

A. Madero haya informado a la CGDF sobre el monto global y los beneficios de las ayudas,

apoyos y donativos otorgados; y que la información de los montos pagados durante

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177 VOLUMEN 5/18

el período sujeto a revisión, por concepto de ayudas y subsidios a los sectores económicos

y sociales de la Delegación Gustavo A. Madero, haya contado con la estructura

del formato que los entes obligados deben publicar en Internet, para que la información

financiera que generen y publiquen sea con base en estructuras y formatos armonizados.

2. Se constató que los proveedores hubiesen presentado comprobantes de pago (facturas

o, en su caso, comprobantes fiscales digitales) a nombre del Gobierno del Distrito Federal,

por bienes entregados a la Delegación Gustavo A. Madero, y que éstos cumplieran

los requisitos fiscales correspondientes; que los pagos, por concepto de adquisición

de bienes se hubiesen liquidado de acuerdo con las condiciones pactadas en los contratos

y por su efectiva recepción; que los gastos se hubiesen registrado en las partidas

acordes con su naturaleza; que se hubiera reportado a la SEFIN, en tiempo y forma,

el pasivo circulante del ejercicio de 2012 o de ejercicios anteriores, pagados en 2013,

así como el del ejercicio de 2013, pagado en 2014, correspondientes a las partidas

del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y que,

en su caso, los recursos no ejercidos al 31 de diciembre de 2013 se hubieran enterado

a la SEFIN en los plazos señalados.

3. Se verificó que, en su caso, se hubiesen aplicado correctamente las sanciones

o descuentos a los proveedores por proporcionar de manera incompleta o extemporánea

los bienes adquiridos, que se hubieran aplicado los descuentos procedentes en los pagos

efectuados; y que, en caso de incumplimiento de los contratos, se hubiesen hecho efectivas

las garantías correspondientes.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal y del Código Fiscal de la Federación, todos vigentes en 2013.

Gasto Pagado

1. Se aplicaron cuestionarios y entrevistas a beneficiarios de programas sociales para comprobar

la entrega efectiva de las transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas.

2. Se confirmaron operaciones con los proveedores de bienes para verificar los procesos

de contratación, facturación y pago.

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178 VOLUMEN 5/18

Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas

con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones

o deficiencias o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los procedimientos

consistieron en verificar que los beneficiarios de ayudas y programas sociales hayan cumplido

los requisitos de acceso a los programas sociales, establecidos en las reglas de operación;

que el órgano político-administrativo haya integrado expedientes de beneficiarios con

la documentación que acredite la correcta asignación de transferencias, asignaciones,

subsidios y otras ayudas; que hubiese contado con un mecanismo de comprobación que

evidenciara la entrega de las ayudas a los beneficiarios; integrar el presupuesto ejercido

con cargo al rubro sujeto a revisión, por partida de gasto, verificar que las cifras presupuestarias

reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN coincidieran con las asentadas en la Cuenta

Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, y revisar que el importe contabilizado

por la SEFIN correspondiera a la estructura del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad

del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

También se verificó que el órgano político-administrativo hubiese conservado la documentación

original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y que contara con expedientes

debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los proveedores de

bienes a los que les fueron adjudicados los contratos; y que los bienes adquiridos hubiesen

sido necesarios para el cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones de la Delegación

Gustavo A. Madero.

El alcance a nivel partida de gasto se señala a continuación:

Partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”

Se revisaron las entregas de ayudas económicas otorgadas al amparo de los programas

sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, “Madres

Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas con Discapacidad” por 10,680.0 miles de pesos;

además de 5,080.6 miles de pesos por la entrega de 2,378 pants escolares por concepto

de ayudas en especie otorgadas al amparo del programa social “Hagamos Juntos la Tarea”.

Por las ayudas en especie otorgadas, se revisó el procedimiento de adjudicación directa

del contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo de 2013, por un monto mínimo de

1,015.9 miles de pesos (IVA incluido) y uno máximo de 5,080.6 miles de pesos (IVA incluido),

celebrado con MHG Servicios, S.A. de C.V.

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179 VOLUMEN 5/18

Para verificar que las ayudas económicas se hayan dirigido a dar cumplimiento a los programas,

acciones y atribuciones de la Delegación Gustavo A. Madero, se realizó un muestreo estadístico,

con un nivel de confianza de 90.0% y una tasa de error esperada no mayor de 0.15%.

Se seleccionaron las muestras para la revision de expedientes y la realización de una

entrevista a los beneficiarios de las ayudas otorgadas, de conformidad con lo siguiente:

Programa social / Vertiente Universo de beneficiarios Muestra seleccionada

Grupos Vulnerables

Adultos Mayores de 60 a 67 años 3,000 28

Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años 200 26

Personas con Discapacidad 500 27

Asimismo, de manera incidental, de los 18,598 juegos de pants escolares adquiridos, se

seleccionó para su revisión la entrega de 2,378 a igual número de beneficiarios, en 10 escuelas

(una por cada dirección territorial) ubicadas en el perimetro de la Delegación Gustavo

A. Madero.

Partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”

Se revisaron las entregas de ayudas económicas otorgadas al amparo de los programas

sociales “Hagamos Estudiantes de Excelencia” y “Sigamos apoyando tu Educación”,

en los que se entregaron 22,500.0 miles de pesos.

Para verificar que las ayudas económicas se hayan dirigido a dar cumplimiento a los programas,

acciones y atribuciones de la Delegación Gustavo A. Madero, mediante muestreo estadístico,

con un nivel de confianza de 90.0% y una tasa de error esperada no mayor de 0.15%,

se seleccionaron las muestras para la revision de expedientes y la realización de una entrevista

a los beneficiarios de las ayudas otorgadas, según lo siguiente:

Programa social Universo de beneficiarios Muestra seleccionada

Hagamos Estudiantes de Excelencia 500 28

Sigamos apoyando tu Educación 12,000 29

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180 VOLUMEN 5/18

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad

de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el apartado de organización del

Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero, ambos vigentes en 2013.

Lo anterior, con el propósito de identificar la estructura orgánica, así como los objetivos, funciones

y atribuciones de las unidades administrativas que la integran y, especialmente, de las

que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se analizaron los procedimientos,

con el propósito de, por un lado, conocer los que fueron aplicados por las unidades administrativas

responsables de registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar

los recursos asignados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”; y, por otro, constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento

de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al titular de la Dirección

General de Administración del órgano político-administrativo, quien intervino en las actividades

relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio

del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los

mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar

si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades

e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó

que las unidades administrativas de la Delegación Gustavo A. Madero están estructuradas

conforme a las funciones asignadas en el apartado de organización del manual administrativo

del sujeto fiscalizado y que establecieron, de manera formal, mecanismos y actividades de

control suficientes para administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias

que las afectan; para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos

establecidos; para registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos;

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181 VOLUMEN 5/18

para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información

y documentación generada; y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas

involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio

del presupuesto, incluyendo el pago de operaciones, con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Los mecanismos de control que hicieron factible la administración de riesgos relativos

a irregularidades e ineficiencias se establecieron de manera formal; por ello, se garantizó

que, en términos generales, se diera cumplimiento a la normatividad y se generara un razonable

ambiente de control.

RESULTADOS

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1625/14 del 15 de septiembre de 2014, el Director

General de Administración proporcionó los manuales administrativos de la Delegación Gustavo

A. Madero, vigentes durante el ejercicio de 2013, los cuales se integraron por los apartados

de organización y de procedimientos, y fueron elaborados conforme a los dictámenes de

estructura orgánica núms. 21/2009 y 12/2012, de conformidad con lo siguiente:

Estructura Orgánica

Mediante el oficio núm. CG/535/2012 del 27 de noviembre de 2012, la Contraloría General

del Distrito Federal (CGDF) autorizó a la Delegación Gustavo A. Madero el dictamen de

estructura orgánica núm. 12/2012, vigente a partir del 16 de noviembre de ese año. En dicho

dictamen, se previeron la Jefatura Delegacional en el órgano político-administrativo, siete

Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno, de Administración, de Obras y Desarrollo

Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Desarrollo Delegacional e Integración

Territorial, y de Participación Ciudadana y Gestión Social) y cinco Direcciones Ejecutivas

(de Protección Civil y Seguridad Pública, de Desarrollo Económico, de Fomento Cooperativo,

de Planeación y Evaluación de Proyectos y Programas, y de Mejora Continua a la Gestión

Gubernamental).

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182 VOLUMEN 5/18

Cabe señalar que el dictamen núm. 12/2012 dejó sin efectos al núm. 21/2009, comunicado

mediante el oficio núm. CG/562/2009 del 30 de octubre de 2009.

Manual Administrativo

1. Los manuales administrativos de la Delegación Gustavo A. Madero fueron actualizados

en sus apartados de organización y de procedimientos, de acuerdo con los dictámenes

de estructura orgánica núms. 21/2009 y 12/2012. De su análisis, se desprende que el

órgano político-administrativo realizó el trámite de registro conforme a lo siguiente:

Concepto Dictamen número 21/2009 Dictamen número 12/2012

Número Fecha Número Fecha

Oficio de envío a la CGMA del apartado de organización del manual administrativo. JDGAM/VHLR/050/2010 26/VII/10 JDGAM/DGA/1126/2013 24/V/13

Oficio de autorización y registro de la CGMA del apartado de organización del manual administrativo. CG/CGMA/DDO/2876/2010 28/IX/10 CG/CGMA/1327/2013 12/VII/13

Cabe señalar que el apartado de organización del Manual Administrativo de la Delegación

Gustavo A. Madero correspondiente al dictamen núm. 21/2009, con el número

de registro MA-02D07-21/09, estuvo vigente hasta el 14 de agosto de 2013, mientras

que el del dictamen núm. 12/2012, con el número de registro MA-307-12/12, inició su vigencia

a partir del 15 de agosto del mismo año.

2. La Delegación Gustavo A. Madero publicó el apartado de organización de su manual

administrativo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en las fechas siguientes:

Dictamen número 21/2009 Dictamen número 12/2012

16/XI/10 14/VIII/13

3. Los apartados de organización del Manual Administrativo de la Delegación Gustavo

A. Madero, de ambos dictámenes, consideran las unidades administrativas que integran

el órgano político-administrativo. Asimismo, en los dos se establecen los objetivos, funciones,

facultades y responsabilidades de los servidores públicos de mandos medios y superiores;

y se encuentran integrados según lo siguiente:

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183 VOLUMEN 5/18

Dictamen número 21/2009 Dictamen número 12/2012

Presentación Presentación

Antecedentes Antecedentes

Marco jurídico-administrativo Marco jurídico

Objetivo general Atribuciones

Estructura orgánica Misión, Visión y Objetivos

Atribuciones Estructura orgánica

Funciones Descripción de funciones

Organogramas Glosario

Organograma

4. En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero contó con 528 procedimientos (264 por

cada uno de los dictámenes de estructura orgánica aprobados), los cuales fueron autorizados

y registrados por la CGMA. Las relaciones de éstos fueron publicadas en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal y se determinó que 29 procedimientos estuvieron relacionados

con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengado y ejercicio del presupuesto,

así como con el pago de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”.

5. El Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero (apartados de organización

y procedimientos) fue difundido a las unidades administrativas que integran el órgano

político-administrativo mediante los oficios circulares núms. DEMCGG/CPMA/266/2010,

del 18 de noviembre de 2010 (dictamen núm. 21/2009) y DEMCGG/CPMA/004/2013, del

17 de diciembre de 2013 (dictamen núm. 12/2012).

De lo expuesto, se concluye que en 2013 la Delegación Gustavo A. Madero contó con dos

manuales administrativos, los cuales fueron elaborados conforme a los dictámenes de estructura

orgánica autorizados por la CGDF. Además, se establecieron de manera formal mecanismos

y actividades de control suficientes para administrar los riesgos relativos a irregularidades

e ineficiencias que afectan las operaciones, para promover y supervisar el cumplimiento

efectivo de los procedimientos establecidos, para registrar y controlar la información generada

en la operación de los recursos, para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia

y consistencia de la información y documentación generada; y para propiciar la comunicación

e interacción de las áreas involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso,

devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

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184 VOLUMEN 5/18

Gasto Aprobado

2. Resultado

Con objeto de verificar el presupuesto autorizado para la Delegación Gustavo A. Madero

en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013,

se analizó el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, el POA, el Calendario

Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado, correspondientes

al ejercicio sujeto a revisión, con lo que se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/5284/2012 del 13 de noviembre de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SEFIN), comunicó al titular de la Delegación

Gustavo A. Madero el techo presupuestal, por un monto de 2,741,609.9 miles de pesos,

para efectos de la formulación de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para

el Ejercicio Fiscal de 2013. Además, le informó que los recursos “deberán ser destinados

en primer término a cubrir los conceptos estrictamente indispensables para su operación,

tales como Servicios Personales (nómina) y Servicios Básicos (agua, energía, teléfono,

combustible, vigilancia, entre otros)” y que la fecha de envío para el módulo de integración

de resultados sería a más tardar el 22 de noviembre, para el módulo de integración financiera,

el 26 de noviembre y para el envío de los reportes que genere el SAP-GRP, la fecha

limite sería el 27 de noviembre de 2012.

2. Por medio del oficio núm. DGAM/DGA/0613/2012 del 27 de noviembre de 2012,

el Director General de Administración presentó a la SEFIN los formatos generados

en el sistema de planeación de recursos gubernamentales para la demarcación territorial,

relativos al Guion del Programa Operativo Anual y el Marco de Política Presupuestal

de la Delegación Gustavo A. Madero.

3. Por medio del oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Gustavo A. Madero el Analítico de Claves,

el POA y el Calendario Presupuestal, correspondientes al presupuesto autorizado

y le comunicó que el techo presupuestal aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (ALDF) para el ejercicio de 2013 sería de 2,884,123.7 miles de pesos.

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185 VOLUMEN 5/18

4. El 31 de diciembre de 2012 fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto

por el que se expide el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio

fiscal 2013 que consideró un monto de 2,884,123.7 miles de pesos para la Delegación

Gustavo A. Madero y que corresponde al monto autorizado por la ALDF.

Asimismo, el artículo 9o. estableció que “las erogaciones previstas para el Fondo

de Inversión en Delegaciones importan la cantidad de 500,000,000 de pesos distribuidos

entre las Delegaciones, conforme al Anexo II del Decreto”; para el caso del órgano político-

administrativo, se asignó un presupuesto adicional de 54,698.5 miles de pesos.

En consecuencia, el presupuesto de egresos autorizado para la Delegación Gustavo

A. Madero ascendió a 2,938,822.2 miles de pesos.

En el Analítico de Claves se asignaron recursos a seis partidas de gasto que suman

el presupuesto original del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas” (62,857.9 miles de pesos); se verificó que éste fue reportado en el Informe

de Cuenta Pública de 2013 de la Delegación Gustavo A. Madero. Cabe mencionar que

las partidas 4311 “Subsidios a la Producción”, 4411 “Premios” y 4451 “Ayudas Sociales

a Instituciones sin Fines de Lucro”, que en su conjunto tenían un presupuesto asignado

de 2,650.0 miles de pesos, al final del año no lo ejercieron.

Lo anterior demuestra que la Delegación Gustavo A. Madero estimó originalmente recursos

para seis partidas del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

y terminó ejerciéndolos en tres. Asimismo, el sujeto fiscalizado se ajustó al techo presupuestal

autorizado (62,857.9 miles de pesos) y, posteriormente, mediante afectaciones programático-

presupuestales, incrementó su presupuesto en 47,340.1 miles de pesos para quedar

con un presupuesto modificado de 110,198.0 miles de pesos, el cual fue ejercido en su totalidad,

según el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 4 de diciembre

de 2012, vigente en 2013.

3. Resultado

El artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013,

establece: “La Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales

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186 VOLUMEN 5/18

a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago,

además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración

Pública”.

Las normas quinta y sexta de las Normas y Metodología para la Determinación de los

Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el Consejo de Armonización

Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF), establecen lo siguiente: Quinta “El registro

de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública

central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas contables que se prevean

en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán reflejar

los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Sexta “El momento contable del gasto

aprobado considera el registro de las asignaciones presupuestarias anuales en el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”.

Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto aprobado de la Delegación

Gustavo A. Madero se hubiese realizado conforme a la normatividad aplicable, por medio

del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó la póliza de diario con número

de evento 1000000616 del 2 de febrero de 2013, por medio de la cual realizó el registro

presupuestal en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos aprobado

a la Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8211000000 Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central 2,938,822.2

8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 2,938,822.2

Total 2,938,822.2 2,938,822.2

Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó

el registro contable del presupuesto de egresos aprobado, son los que señala el Manual

de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

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187 VOLUMEN 5/18

Gasto Modificado

4. Resultado

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación Gustavo

A. Madero reportó en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

un presupuesto original de 62,857.9 miles de pesos, el cual fue incrementado en 47,340.1 miles

de pesos, para quedar en 110,198.0 miles de pesos. Dicho importe fue ejercido en su totalidad

por el sujeto fiscalizado, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto Número

de movimientos

Importe

Parcial Subtotal Total

Presupuesto original 62,857.9

Más:

Ampliaciones compensadas 14 78,615.1

Adiciones compensadas 3 10,208.0

Ampliaciones líquidas 2 853.8

Adiciones líquidas 2 803.2 90,480.1

Menos:

Reducciones compensadas 31

Reducciones líquidas (39,390.0) (43,140.0)

Modificación neta 6 (3,750.0) 47,340.1

Total presupuestos modificado y ejercido

110,198.0

Los 58 movimientos se soportaron con 23 afectaciones presupuestarias autorizadas por la SEFIN,

por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató de afectaciones

líquidas; y por medio de la Dirección General de Egresos “B”, de la Subsecretaría de Egresos,

en el caso de las afectaciones compensadas. Lo anterior, conforme a los artículos 77 y 78

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 68, fracción V, y 71, fracción VI, del

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, así como a la Sección

Tercera “Adecuaciones Presupuestarias”, numeral 72, último párrafo, Apartado A, “Adecuaciones

Presupuestarias Compensadas”, numeral 79, y Apartado B “Adecuaciones Presupuestarias

Líquidas”, numeral 83, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal, todos vigentes en 2013.

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188 VOLUMEN 5/18

Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó

que las principales causas por las que fue modificado el presupuesto original asignado

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, fueron las siguientes:

1. Las ampliaciones compensadas, por 78,615.1 miles de pesos, se realizaron esencialmente

para contar con recursos suficientes para la operación de los programas sociales

a cargo del órgano político-administrativo, así como para diversas actividades institucionales

que tienen por objeto entregar ayudas.

2. Las adiciones compensadas, por 10,208.0 miles de pesos, tuvieron por objeto, contar

con recursos suficientes para operar los programas sociales a cargo del órgano político-

administrativo, además de diversas actividades institucionales que tienen por objeto entregar

ayudas; así como para asignar recursos al Programa de Recuperación de Espacios Públicos.

3. Las ampliaciones y adiciones líquidas, por 853.8 miles de pesos y 803.2 miles de pesos,

respectivamente, tuvieron por objeto, pagar a instructores voluntarios que prestan

servicios en diversos centros sociales, artísticos y culturales.

4. Las reducciones compensadas, por 39,390.0 miles de pesos, se realizaron para adecuar

recursos a las necesidades reales de operación del órgano político-administrativo.

5. Las reducciones líquidas, por un monto de 3,750.0 miles de pesos, se efectuaron como

resultado de disponibilidades, producto de que no se realizó la entrega de la totalidad de apoyos

sociales. Lo anterior, a fin de dar cumplimiento a los artículos 71 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, así como al numeral 5

del oficio circular de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 del 10 de octubre de 2013. Dichos

ordenamientos establecen que, cuando al término del ejercicio fiscal que corresponda,

las delegaciones conserven fondos presupuestales y, en su caso, rendimientos obtenidos,

deberán enterar a la SEFIN, los recursos federales dentro de los 10 días naturales siguientes

al cierre del ejercicio y los recursos fiscales dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre

de éste.

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189 VOLUMEN 5/18

Por lo expuesto, se concluye que las modificaciones del presupuesto asignado al capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se sujetaron a los montos

aprobados y contaron con las justificaciones correspondientes; que las cifras de los presupuestos

autorizado, modificado y ejercido por la Delegación Gustavo A. Madero, coinciden con

las reportadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, y que las

partidas de gasto en que se ejercieron los recursos del citado capítulo, contaron con la suficiencia

presupuestal correspondiente.

5. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el CONSAC-DF,

vigentes en 2013, la norma séptima de dichas normas establece: “El gasto modificado

es el momento contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar

el registro de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas

y que afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.

Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto modificado de la Delegación

Gustavo A. Madero se realizara de conformidad con la normatividad aplicable, por medio

del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 23 pólizas de diario, por medio

de las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias de

las modificaciones al presupuesto de egresos modificado al órgano político-administrativo,

según lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Saldo Debe Haber

8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 90,480.1 (43,140.0) 47,340.1

8231000000 Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central 43,140.0 (90,480.1) (47,340.1)

Total 133,620.1 (133,620.1) 0.0

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190 VOLUMEN 5/18

Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó

el registro contable del presupuesto de egresos modificado, son los que señala el Manual

de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Gasto Comprometido

6. Resultado

El órgano político-administrativo proporcionó copia de los oficios con los que remitió

a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, los formatos “Presupuesto Comprometido” de

enero a diciembre de 2013, los cuales contaron con las firmas que acreditan su elaboración

por el Director de Recursos Financieros, así como la autorización a cargo del Director

General de Administración. Mediante dichos formatos se reportó el presupuesto comprometido

por la Delegación Gustavo A. Madero en las fechas establecidas en la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en el Manual de Reglas y Procedimientos para

el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2013.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero presentó a la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN, en tiempo y forma, el informe de su presupuesto comprometido

correspondiente al ejercicio de 2013, específicamente en lo que se refiere a los compromisos

en que hubo documentos legales que determinaron una obligación de pago.

7. Resultado

Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1625/14 del 15 de septiembre de 2014, el Director

General de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó el Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) de 2013

del órgano político-administrativo. De su análisis, se desprende lo siguiente:

1. En respuesta del oficio núm. DGAM/DGA/0149/2013 del 23 de enero de 2013, mediante

el oficio núm. DGPP/242/2013 del 31 de enero de 2013, el Director General de Política

Presupuestal comunicó al Director General de Administración de la Delegación

Gustavo A. Madero, la validación presupuestal del PAAAPS de 2013 para el órgano político-

administrativo, por un importe de 697,067.8 miles de pesos en virtud de que “se apega

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191 VOLUMEN 5/18

a los importes autorizados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a través

del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el presente ejercicio

fiscal”; además, precisó que “dicha validación no influye en los alcances de las contrataciones

de servicios, adquisiciones y arrendamientos derivados del citado programa, por lo

que es decisión de esa unidad responsable del gasto adherirse a las compras consolidadas

de bienes o servicios de uso generalizado. Para lo cual deberá sujetarse a la Ley de

Adquisiciones [para el Distrito Federal], la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y demás disposiciones jurídicas aplicables”.

2. Por medio del oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMYA/0187/2013 del 8 de febrero de 2013,

el Subdirector de Recursos Materiales y Archivo del órgano político-administrativo

envió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG)

de la OM, el PAAAPS de 2013 de la Delegación Gustavo A. Madero junto con

su validación presupuestal. El citado oficio contiene el sello de recepción por parte

de la DGRMSG de la OM, de fecha 11 de febrero de 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación del titular

del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración y entregó

el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha. Sin embargo, no presentó información

que modifique la observación del presente numeral, por lo que se confirmó que la

Delegación Gustavo A. Madero incumplió el apartado 4, “Adquisiciones”, subapartado 4.2,

“Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”, numeral 4.2.1,

segundo párrafo, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis)

vigente en 2013, que establece lo siguiente:

“De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido

por la SF, se deberá enviar copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio

presupuestal reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le corresponde,

que emita la SF.”

3. La Delegación Gustavo A. Madero publicó su PAAAPS de 2013 en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 11 de febrero de 2013, no obstante que en el artículo 19, párrafo segundo,

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192 VOLUMEN 5/18

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013, se estableció

que se debía publicar a más tardar el 31 de enero de 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación

del titular del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración

y entregó el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha. Sin embargo, no presentó

información ni documentación que modifique la observación del presente numeral, por

lo que se confirmó que la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el artículo 19, párrafo

segundo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013 que establece

lo siguiente:

“Las […] delegaciones […] a más tardar el 31 de enero de cada año, publicarán en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios.”

4. La Delegación Gustavo A. Madero capturó de manera extemporánea las modificaciones

del PAAAPS de 2013, correspondientes al primer trimestre (8 de julio de 2014), segundo,

tercero y cuarto trimestre del año (14 de julio de 2014).

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación

del titular del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración

y entregó el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha. Sin embargo, no presentó

información que modifique la observación del presente numeral, por lo que se confirmó

que la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el numeral 4.2.1, párrafo quinto, de

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), que señala: “Las modificaciones de

cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos efectuados, deberán capturarse

en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro de los primeros

quince días naturales posteriores del mes inmediato al periodo que se reporta”.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero elaboró su PAAAPS de 2013,

incluyendo las asignaciones correspondientes al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”; obtuvo su validación y autorización presupuestal por parte de la SEFIN;

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sin embargo, no los envió a la DGRMSG de la OM, a más tardar el 31 de enero de 2013,

ni lo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo establecido en la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013; además de que no capturó

las versiones modificadas del PAAAPS de 2013, correspondientes a los cuatro trimestres del año.

Recomendación AFLB-133-13-39-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero lleve a cabo acciones para que

la versión definitiva del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios del órgano político-administrativo, junto con la validación presupuestal emitida

por la Secretaría de Finanzas, se remitan a la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal en el plazo que

establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).

Recomendación AFLB-133-13-40-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero emprenda acciones para que

su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios se publique

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo que fija la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal.

Recomendación AFLB-133-13-41-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero realice acciones para garantizar que

las modificaciones de su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos efectuados

se capturen en el sitio web establecido por la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal en cada ejercicio

fiscal, dentro de los primeros quince días naturales posteriores del mes inmediato al período

que se reporta, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).

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8. Resultado

En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció un monto de 99,943.8 miles de pesos

con cargo a las partidas 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”

(38,400.0 miles de pesos) y 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de

Capacitación” (61,543.8 miles de pesos), por medio de 62 CLC y un documento múltiple.

Se seleccionaron para su revisión cuatro CLC por un importe de 38,260.6 miles de pesos

(38.3% del total ejercido en las partidas), expedidas para pagar el otorgamiento de ayudas

económicas al amparo de los programas sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes

de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, “Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas

con Discapacidad”; “Hagamos Estudiantes de Excelencia”; y “Sigamos apoyando tu Educación”,

así como las ayudas en especie otorgadas al amparo del programa social “Hagamos

la Tarea Juntos”.

Con la finalidad de verificar si los recursos ejercidos por la Delegación Gustavo A. Madero

son resultado de la aprobación de un contrato u otro instrumento jurídico que formalizara

una relación jurídica con terceros para el otorgamiento de las ayudas, así como la adquisición

de bienes, se analizó el marco normativo que regula el rubro en revisión y se determinó

lo siguiente:

1. La Delegación Gustavo A. Madero proporcionó copia del acta de la primera sesión

extraordinaria del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, celebrada

el 25 de enero de 2013, en la cual, de conformidad con el acuerdo SE/I/10/2013,

fueron aprobados por unanimidad, los programas sociales objeto de la revisión.

2. La Delegación Gustavo A. Madero elaboró las Reglas de Operación de los programas

sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”,

“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas con Discapacidad”, “Hagamos

Estudiantes de Excelencia”, “Sigamos apoyando tu Educación” y “Hagamos la Tarea Juntos”,

considerando la estructura y contenido señalados en los Lineamientos para la elaboración

de Reglas de Operación de los Programas Sociales 2011 que serán aplicables para

el ejercicio 2013 y en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, vigentes en 2013.

Dichas reglas las publicó el 31 de enero de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

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195 VOLUMEN 5/18

y se sujetaron a los criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia,

accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad señalados en el artículo 97

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

3. Mediante los oficios núms. DGAM/DGA/AUT/68/2013 del 25 de febrero, JDGAM/NCBAC/147/2013

y JDGAM/151/2013 del 3 y 5 de diciembre de 2013, todos de 2013, y JDGAM/NCBAC/046/2013

del 31 de enero de 2013, la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero autorizó

las erogaciones de los programas sociales objeto de la revisión.

Las autorizaciones emitidas por el Jefe Delegacional en Gustavo A. Madero contaron

con los acuerdos mediante los cuales se estableció la autorización de la Jefa Delegacional

del órgano político-administrativo para el Director General de Desarrollo Social por

el ejercicio de los recursos con cargo a los programas sociales.

Cabe señalar que las autorizaciones y las Reglas de Operación, se sujetaron a los

criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad,

corresponsabilidad y temporalidad señalados en el artículo 97 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

De lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero sometió a la aprobación

del Comité de Planeación del Desarrollo la información relativa a los programas sociales de

nueva creación o modificaciones en los alcances o modalidades de los ya existentes,

los cuales serían ejecutados por el órgano político-administrativo durante el ejercicio de 2013;

además, formalizó su compromiso de otorgar las ayudas económicas y en especie con

la elaboración y publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de las reglas de operación

de los programas sociales a su cargo.

9. Resultado

Para el otorgamiento de ayudas en especie, con cargo a la partida 4412 “Ayudas Sociales

a Personas u Hogares de Escasos Recursos”, la Delegación Gustavo A. Madero realizó

el procedimiento de adjudicación directa del contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo

de 2013, por un monto mínimo de 1,015.9 miles de pesos (IVA incluido) y uno máximo

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196 VOLUMEN 5/18

de 5,080.6 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con MHG Servicios, S.A. de C.V.

En la revisión del expediente se observó lo siguiente:

1. Los bienes fueron solicitados mediante la requisición de compra núm. 96 sin fecha

con la cual, la Dirección General de Desarrollo Social solicitó la adquisición de 18,598 juegos

de pants escolar (uniforme deportivo). La requisición cuenta con la justificación de ser

bienes necesarios para el programa “Hagamos la Tarea Juntos”; tiene el nombre, cargo

y firma de los servidores públicos encargados de su elaboración, visto bueno y autorización;

además de contar con el sello de no existencia en el almacén general.

Mediante el formato de suficiencia presupuestal folio FE-12 del 25 de febrero de 2013,

el Subdirector de Planeación, Programación y Presupuesto otorgó la suficiencia presupuestal

al gasto con cargo a la partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos

Recursos”.

2. El procedimiento de adjudicación directa se realizó de acuerdo con lo siguiente:

a) Autorización expresa de la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero, contenida

en el oficio núm. DGAM/DGA/AUT/68/2013 del 25 de febrero de 2013, citada en

el resultado núm. 8 del presente informe. A dicha autorización se anexó la justificación

firmada por quienes autorizaron y en las que se fundaron y motivaron las causas

que acreditaron fehaciente y documentalmente el ejercicio de la adjudicación directa

del contrato sujeto a revisión.

b) El contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo de 2013, por un monto

mínimo de 1,015.9 miles de pesos (IVA incluido) y uno máximo de 5,080.6 miles

de pesos (IVA incluido), fue celebrado conforme a los artículos 27, inciso c), 28, primer

párrafo, 54, fracción II Bis, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2013, por lo cual, el Comité Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios, en su segunda sesión ordinaria efectuada el 7 de marzo

de 2013, aprobó por unanimidad la adquisición de los 18,598 juegos de pants escolar,

objeto de la revisión.

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197 VOLUMEN 5/18

c) Se contó con la tabla comparativa de cotizaciones sin número del 25 de febrero

de 2013, en la cual se incluyeron las cotizaciones de tres proveedores. Dicho formato

contiene nombres, cargos y firmas de los servidores públicos responsables de su

elaboración, así como de su revisión y autorización. Cabe señalar que los precios

más bajos fueron los presentados por la empresa MHG Servicios, S.A. de C.V.

a quien se adjudicó de manera directa el contrato sujeto a revisión.

d) Se realizaron consultas a las páginas de Internet de la CGDF, así como de la SFP,

y se verificó que el proveedor seleccionado como muestra no se encontraba inhabilitado

en 2013.

e) El proveedor presentó póliza de fianza del 7 de marzo de 2013, expedida por

Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. a nombre de la SEFIN, por un importe

de 657.0 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo,

derivadas del contrato núm. 02CD074P0100113. La garantía correspondió al 15.0%

del monto máximo del contrato sin considerar impuestos.

f) El órgano político-administrativo presentó el oficio núm. DGAM/0731/2013 del 10 de abril

de 2013, por medio del cual remitió a la SEFIN, a la DGRMSG de la OM y a la CGDF,

el informe correspondiente al primer trimestre del año de las adjudicaciones realizadas

con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2013. Entre las adquisiciones que se reportaron estaba la relativa

al contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo de 2013.

3. El contrato sujeto a revisión se formalizó previo a la adquisición de los bienes, conforme

al artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013; e incluye

las cláusulas mínimas requeridas en el artículo 56 de su Reglamento vigente en ese mismo

año y tuvo por objeto la adquisición de pants escolar y tenis, estos últimos no fueron

parte de la revisión.

De lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero efectuó la adquisición

de los bienes sujetos a revisión conforme a la normatividad vigente y aplicable en 2013.

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198 VOLUMEN 5/18

10. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la

Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas

por el CONSAC-DF, vigentes en 2013, la norma octava establece: “El gasto comprometido

es el momento contable que refleja el registro de los documentos que consideran la aprobación

de la autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza

una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras.

En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios,

el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio

fiscal”.

Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto comprometido de la Delegación

Gustavo A. Madero, se hubiera realizado de conformidad con la normatividad aplicable,

por medio del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó cuatro pólizas de diario,

por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias,

así como de los compromisos formalizados mediante los instrumentos jurídicos seleccionados

como muestra para su revisión, según lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 38,260.6

8241000000 Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central 38,260.6

Total 38,260.6 38,260.6

Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó

el registro contable del presupuesto de egresos comprometido, son los que señala el Manual

de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

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199 VOLUMEN 5/18

Gasto Devengado

11. Resultado

Con la finalidad de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero contó con un mecanismo

de comprobación, por el otorgamiento de las ayudas económicas y en especie, en favor de

los beneficiarios de las ayudas sociales, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento

de las reglas de operación de los programas sociales y el procedimiento de entrega de los

pants escolares, como se indica a continuación:

1. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa social

“Grupos Vulnerables”, en su vertiente “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, por 9,000.0 miles

de pesos, seleccionados como muestra, se efectuaron mediante transferencia bancaria

a 3,000 beneficiarios por un monto de 3.0 miles de pesos cada una, conforme a lo

establecido en las reglas de operación.

2. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa social

“Grupos Vulnerables”, en su vertiente “Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”, por

480.0 miles de pesos, seleccionados como muestra, se efectuaron mediante transferencia

bancaria a 200 beneficiarias por un monto de 2.4 miles de pesos cada una, conforme

a lo establecido en las reglas de operación.

3. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa

social “Grupos Vulnerables”, en su vertiente “Personas con Discapacidad”, por 1,200.0 miles

de pesos, seleccionados como muestra, se efectuaron mediante transferencia bancaria

a 500 beneficiarias por un monto de 2.4 miles de pesos cada una, conforme a lo establecido

en las reglas de operación.

4. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa

social “Hagamos Estudiantes de Excelencia”, por 21,000.0 miles de pesos, seleccionados

como muestra, se efectuaron mediante transferencia bancaria a 7,000 beneficiarios por

un monto de 3.0 miles de pesos cada una, conforme a lo establecido en las reglas

de operación.

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200 VOLUMEN 5/18

5. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa social

“Sigamos apoyando tu Educación”, por 1,500.0 miles de pesos, seleccionados como

muestra, se efectuaron mediante transferencia bancaria a 300 beneficiarios por un monto

de 5.0 miles de pesos cada una, conforme a lo establecido en las reglas de operación.

La Delegación Gustavo A. Madero entregó las tarjetas bancarias a los beneficiarios,

mediante el formato denominado “Comprobante de Entrega de Tarjeta Electrónica”,

el cual cuenta con la información relativa a la Dirección Territorial del beneficiario, folio,

programa social y, en el caso, vertiente, número de tarjeta, así como el nombre y firma

de recepción por parte del beneficiario.

6. Finalmente, para el programa social “Hagamos la Tarea Juntos”, la Delegación Gustavo

A. Madero entregó 2,378 pants escolares a igual número de niños, de un total

de 3,780 alumnos inscritos en 10 escuelas ubicadas dentro del perímetro de la demarcación

territorial, seleccionadas como muestra, mediante 135 formatos denominados “Registro

de Asistencia de Alumnos”, los cuales cuentan con la firma de recibido del padre

o tutor del beneficiario, así como la información relativa al número de niños inscritos

en el ciclo escolar 2013-2014, grado escolar y turno, clave asignada por la Secretaría

de Educación Pública, domicilio de la escuela, nombre y firma de su director y el sello

oficial del colegio.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero comprobó la entrega

de las ayudas económicas y en especie conforme a las Reglas de Operación de los programas

sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”;

“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”; “Personas con Discapacidad”, “Hagamos Estudiantes

de Excelencia”, “Sigamos apoyando tu Educación” y “Hagamos la Tarea Juntos”, y a la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

12. Resultado

La Delegación Gustavo A. Madero contó con padrones de beneficiarios actualizados

que incluyen la totalidad de los beneficiarios a quienes se les entregaron ayudas y con los

montos otorgados al amparo de los programas sociales a su cargo. No obstante, los padrones

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201 VOLUMEN 5/18

correspondientes a los programas “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores

de 60 a 67 años”, “Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”, y “Personas con Discapacidad”,

“Hagamos Estudiantes de Excelencia”, “Sigamos apoyando tu Educación” los publicó en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de marzo de 2014, en tanto el padrón del programa

“Hagamos la Tarea Juntos” se dio a conocer hasta el 22 de diciembre de 2014; es decir,

con 365 y 631 días naturales de desfase, respectivamente.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación del titular

del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración y mediante

el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha, proporcionó copia del oficio

núm. DGAM/DGDS/858/2015 del 18 de mayo de 2015 con el cual el Director General

de Desarrollo Social informó lo siguiente:

“Respecto al mencionado desfase en la publicación de los padrones de beneficiarios

de los programas sociales en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se considera pertinente

mencionar que […] resulta operativamente imposible, ya que para el 31 de marzo de cada

ejercicio, en el mejor de los casos, los programas sociales van iniciando su operación correspondiente

a ese ejercicio fiscal; por tal motivo no se cuenta, para entonces, con la información de los

que serán beneficiarios, ya que el proceso de operación de los programas sociales constituye

una serie de pasos tales como la recepción de documentos de los solicitantes, revisión

de los mismos, selección de los beneficiarios, entrega de los apoyos y armado de padrón de

beneficiarios.

”A razón de lo anterior y haciendo la interpretación de la fracción II del artículo 34

en comento según los tiempos reales de operación de programas, la Delegación Gustavo

A. Madero publica los padrones de beneficiarios de los programas sociales a su cargo

a más tardar el 31 de marzo del año inmediato siguiente a la operación del mismo, como

sucedió con la publicación de los padrones de los programas auditados denominados ‘Grupos

Vulnerables’, ‘Sigamos Apoyando tu Educación’ y ‘Hagamos Estudiantes de Excelencia’.

”En ese sentido se reconoce sólo el desfase de la publicación del padrón de beneficiarios

del programa ‘Hagamos la Tarea Juntos’ 2013, puesto que fue dado a conocer en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal en fecha posterior al 31 de marzo de 2014.”

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202 VOLUMEN 5/18

En el análisis de la información y documentación presentada en la reunión de confronta

por el sujeto fiscalizado, la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) determinó

que el hecho de que los programas sociales inicien su operación de cada ejercicio fiscal

sin contar con la información de los candidatos a ser beneficiarios, no exime a la Delegación

Gustavo A. Madero del cumplimiento del marco legal que rige la publicación de los padrones;

además, el artículo 34, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal

vigente en 2013, no es sujeto ni da pauta para su interpretación, por lo que, en virtud

de que se reconoció el desfase en la publicación de los padrones de beneficiarios de los programas

sociales, el presente resultado no se modifica y, se confirmó que el órgano político-administrativo

incumplió el citado ordenamiento jurídico, que establece lo siguiente:

“Artículo 34. Cada uno de los programas sociales de la Administración Pública del Distrito

Federal deberá tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. Dichos programas

serán auditables en términos de la legislación por los órganos facultados para ello.

”Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en los artículos 33 y 35

de esta ley, las […] Delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal

que tengan a su cargo programas destinados al desarrollo social, deberán:

”II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año

de ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombres, edad, sexo, unidad territorial

y delegación de los beneficiarios de los programas sociales. Dichos padrones deberán

ser entregados en el mismo plazo a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en medio

electrónico e impreso.”

Recomendación AFLB-133-13-42-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero emprenda acciones para que los padrones

de beneficiarios de los programas sociales operados por el órgano político-administrativo

cumplan los requisitos que establece la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal

y se publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal a más tardar el 31 de marzo del

año a que correspondan, en cumplimiento de dicho ordenamiento jurídico.

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203 VOLUMEN 5/18

13. Resultado

Con la finalidad de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero reconoció las obligaciones

de pago en favor del proveedor, por la recepción de conformidad de los bienes adquiridos,

se revisó la documentación que soporta el cumplimiento del contrato núm. 02CD074P0100113

del 7 de marzo de 2013, como se indica a continuación:

La cláusula quinta “Condiciones de Entrega”, del instrumento jurídico en revisión, estipuló

que el proveedor se obligó a entregar los bienes objeto en el almacén general del órgano

político-administrativo, durante el período comprendido del 7 de marzo al 31 de mayo de 2013,

que fue la vigencia del contrato establecida en la cláusula cuarta “Vigencia”.

En la verificación de su cumplimiento, se constató que por medio de una nota de remisión

sin número ni fecha, el proveedor entregó los bienes objeto de la revisión. La remisión

cuenta con el nombre, firma y sello del responsable del almacén general del órgano político-

administrativo dentro del plazo establecido en el contrato celebrado (26 de marzo de 2013).

Por otra parte, el órgano político-administrativo, mediante la nota de entrada núm. 017

del 5 de abril de 2013, registró el ingreso al almacén de pants escolares adquiridos al amparo del

contrato núm. 02CD074P0100113, por lo que no fue necesaria la aplicación de sanciones

ni hacer efectiva la garantía de cumplimiento.

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero reconoció las obligaciones

de pago en favor del proveedor por la recepción de conformidad de los bienes adquiridos.

14. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el CONSAC-DF,

vigentes en 2013, la norma novena establece: “El gasto devengado es el momento contable

que refleja el registro de la solicitud de la cuenta por liquidar certificada o documento equivalente

debidamente aprobado por la autoridad competente de las Unidades Responsables del Gasto,

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204 VOLUMEN 5/18

mediante el cual reconocen una obligación de pago a favor de terceros por la recepción

de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las

obligaciones que deriven de leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas”.

Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto devengado de la Delegación

Gustavo A. Madero, se hubiera realizado conforme la normatividad aplicable, por medio

del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó cuatro pólizas de diario, por medio de

las cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos devengado,

por concepto de las ayudas económicas y en especie que fueron otorgadas por la Delegación

Gustavo A. Madero, así como la recepción de los bienes adquiridos, según lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

5241144121 Ayudas Sociales a Personas/Hogares de Escasos Recursos 15,760.6

5242144211 Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación 22,500.0

2112100001 Proveedores Nacionales 38,260.6

8241000000 Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central 38,260.6

8251000000 Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central 38,260.6

Total 76,521.2 76,521.2

Las cuentas de balance y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos

con los cuales se hizo el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos devengado,

son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2013.

Gasto Ejercido

15. Resultado

En el análisis del cumplimiento relativo a que si la Delegación Gustavo A. Madero formuló

y presentó los informes y reportes relacionados con el ejercicio de recursos, con cargo

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se determinó

lo siguiente:

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205 VOLUMEN 5/18

1. Mediante los oficios núms. SG/6967/2013, SG/13319/2013 y SG/18801/2013 del 15 de mayo,

14 de agosto y 14 de noviembre de 2013, respectivamente, y SG/1784/2014 del

13 de febrero de 2014, el Secretario de Gobierno del Distrito Federal remitió al Presidente

de la Comisión de Gobierno de la ALDF los informes de avance trimestral de los

16 órganos político-administrativos, correspondientes a los cuatro trimestres de 2013.

2. La Delegación Gustavo A. Madero proporcionó copia del oficio núm. DGAM/DGA/1425/2014

del 12 de agosto de 2014, con el cual hizo del conocimiento de la CGDF, la información

relativa al monto global y los beneficios de las ayudas, apoyos y donativos otorgados,

los cuales contaron con las firmas que acreditan su elaboración por parte del Director

de Recursos Financieros, así como la autorización a cargo del Director General de

Administración.

3. Por medio de los oficios núms. DGAM/DGA/0754/2013, DGAM/DGA/1597/2013

y DGAM/DGA/2409/2013 del 15 de abril, 15 de julio y 15 de octubre de 2013, respectivamente, y

DGAM/DGA/160/2014 del 15 de enero de 2014, la Delegación Gustavo A. Madero remitió

a la SEFIN los Informes de Avance Trimestral correspondientes a los cuatro trimestres

de 2013, en los cuales incluyó la información relativa al ejercicio de recursos con cargo

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Las cifras contenidas en los informes de avance trimestral, correspondientes a los cuatro

trimestres de 2013, entregados a la ALDF, así como las reportadas a la Contraloría Interna

en el órgano político-administrativo, son congruentes con la información contenida en la Cuenta

Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013. Lo anterior, en cumplimiento de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y de la Ley de Desarrollo Social para

el Distrito Federal vigentes en 2013.

16. Resultado

Con la finalidad de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero emitió las CLC debidamente

elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello; y soportadas

con la documentación comprobatoria del gasto, se revisaron cuatro CLC por 38,260.6 miles

de pesos, las cuales se pagaron con recursos fiscales.

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206 VOLUMEN 5/18

Programa “Grupos Vulnerables”, vertientes “Adultos Mayores de 60 a 67 años”,

“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas con Discapacidad”

En la revisión de la CLC núm. 02 CD 07 102639 emitida el 13 de diciembre de 2013

por 10,680.0 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Director de Recursos Humanos

y autorizada por el Director General de Administración, servidores públicos facultados para

ello; y que se encuentran soportadas con la documentación siguiente:

1. Oficio núm. JDGAM/NCBAC/147/2013 del 3 de diciembre de 2013 mediante el cual,

la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero autorizó las erogaciones de los programas

sociales objeto de la revisión.

2. Oficio núm. DGCNCP/4593/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante el cual

el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN autorizó

la elaboración de la CLC con cargo a la partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas

u Hogares de Escasos Recursos”.

3. Padrones de beneficiarios definitivos del programa social “Grupos Vulnerables”, con

los registros relativos a 3,000 adultos mayores, 200 madres solas y 500 personas

con discapacidad.

Programas Sociales “Hagamos Estudiantes de Excelencia”

y “Sigamos apoyando tu Educación”

En la revisión de la CLC núm. 02 CD 07 100886 emitida el 21 de mayo de 2013

por 22,500.0 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Director de Recursos

Humanos y autorizada por el Director General de Administración, servidores públicos facultados

para ello; y que se encuentra soportada con la documentación siguiente:

1. Oficio núm. DGCNCP/1316/2013 del 16 de mayo de 2013, mediante el cual el Director

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN autorizó la elaboración

de la CLC con cargo a la partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de

Capacitación”.

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207 VOLUMEN 5/18

2. Padrones de beneficiarios definitivos de los programas sociales “Hagamos Estudiantes

de Excelencia” y “Sigamos apoyando tu Educación”.

Contrato núm. 02CD074P0100113

En la revisión de las CLC núms. 02 CD 07 100646 y 02 CD 07 100732 del 22 de abril,

por 3,908.5 miles de pesos (IVA incluido) y 3 de mayo de 2013 por 1,172.1 miles de pesos

(IVA incluido), respectivamente, se comprobó que fueron elaboradas por el Director

de Recursos Humanos y autorizadas por el Director General de Administración, servidores

públicos facultados para ello; y que se encuentran soportadas con la documentación siguiente:

1. Oficio núm. DGAM/DGA/AUT/68/2013 del 25 de febrero de 2013, relativo a la autorización

expresa de la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero para la adjudicación directa

del contrato sujeto a revisión.

2. Requisición de compra núm. 096 sin fecha.

3. Formato de suficiencia presupuestal folio FE-12 del 25 de febrero de 2013.

4. Póliza de fianza del 7 de marzo de 2013, expedida por Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V.

a nombre de la SEFIN.

5. Contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo del 2013 celebrado con MHG Servicios,

S.A. de C.V.

6. Nota de remisión sin número ni fecha, con la cual el proveedor entregó los bienes

objeto de la revisión.

7. Oficio núm. DGAM/DGA/0800/2013 del 16 de abril de 2013, con el cual el Director

General de Administración remitió al Director de Recursos Financieros la factura núm. 99,

del 4 de abril de 2013, presentada a cobro por el proveedor.

8. Factura núm. 99, emitida el 4 de abril de 2013 por 5,080.6 miles de pesos (IVA incluido),

a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Gustavo A. Madero, la cual cumple

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208 VOLUMEN 5/18

con los requisitos fiscales y administrativos establecidos en el Manual de Reglas

y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

Federal y el Código Fiscal de la Federación, ambos vigentes en 2013.

9. Nota de Entrada al Almacén núm. 017 del 5 de abril de 2013.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero emitió las CLC debidamente

elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello y que

fueron soportadas con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, en cumplimiento

del Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

17. Resultado

La Delegación Gustavo A. Madero incluyó en el formato denominado “Comprobante

de Entrega de Tarjeta Electrónica” de los programas sociales “Grupos Vulnerables”, en

sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, “Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”,

“Personas con Discapacidad”, “Hagamos Estudiantes de Excelencia” y “Sigamos apoyando

tu Educación”, así como en el “Formato de Solicitud” de ingreso al programa social

“Hagamos Juntos la Tarea”, la leyenda siguiente:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político

alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.

Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros

distintos a los establecidos.

”Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado

de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”

Lo anterior, en cumplimiento del artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito

Federal vigente en 2013.

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209 VOLUMEN 5/18

18. Resultado

En la revisión de los expedientes de beneficiarios de ayudas económicas y en especie,

otorgadas por la Delegación Gustavo A. Madero, se determinó lo siguiente:

1. Los 29 expedientes de beneficiarios del programa social “Grupos Vulnerables”, vertiente

“Adultos Mayores de 60 a 67 años”, seleccionados para su revisión, cuentan con la

documentación requerida en las reglas de operación del programa; sin embargo, en dos

casos, la dirección del comprobante de domicilio no coincidió con la dirección

de la identificación oficial, un expediente no contó con el comprobante de domicilio, en otro,

el comprobante de domicilio excedió la vigencia de tres meses, así como un beneficiario

que rebasó la edad de 67 años establecida, por lo que al otorgar 12.0 miles de pesos

a beneficiarios que no cumplieron con todos los requisitos de acceso al programa,

el órgano político-administrativo incumplió el apartado 4, “Grupos Vulnerables”, subapartado V.

“Los Requisitos y Procedimientos de Acceso”, apéndice “Requisitos para Adultos Mayores

de 60 a 67 años”, tercer punto, del Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de

Operación de los Programas de Desarrollo Social a cargo de la Delegación Gustavo

A. Madero para el ejercicio fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 31 de enero de 2013 la cual establece lo siguiente:

“Los beneficiarios serán los solicitantes Adultos Mayores de 60 a 67 años […]

de escasos recursos económicos y que radiquen en la Delegación Gustavo A. Madero.

”Los ciudadanos deberán acudir personalmente a solicitar el apoyo en las fechas,

horarios y lugares establecidos en la convocatoria y entregar la siguiente documentación:

”Requisitos para Adultos Mayores de 60 a 67 años

”• Original y copia de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua o luz) vigente.

(Tres meses anteriores a la fecha de la recepción de la documentación). Mismo que

debe coincidir con la identificación oficial con fotografía (IFE).”

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210 VOLUMEN 5/18

2. Los 26 expedientes de beneficiarios del programa social “Grupos Vulnerables”, vertiente

“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”, seleccionados para su revisión, cuentan

con la documentación requerida en las reglas de operación del programa; sin embargo,

en dos casos, se otorgó la ayuda aun y cuando el hijo de la beneficiaria excedió

el límite de edad (5 y 17 años cumplidos a la fecha del beneficio), dos expedientes

no contaron con el acta de nacimiento del menor, y en dos casos el comprobante de

domicilio no coincidió con la dirección de la identificación oficial, por lo que al otorgar

12.0 miles de pesos a beneficiarios que no cumplieron con todos los requisitos de acceso

al programa, el órgano político-administrativo incumplió el apartado 4, “Grupos Vulnerables”,

subapartado V. “Los Requisitos y Procedimientos de Acceso”, apéndice “Requisitos para

madres Solas con hijos de 0 a 4 años”, segundo y cuarto punto, del Aviso por el que

se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social a cargo

de la Delegación Gustavo A. Madero para el ejercicio fiscal 2013, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal del 31 de enero de 2013, la cual establece lo siguiente:

“Los beneficiarios serán […] madres Solas con hijos de 0 a 4 años cumplidos, de escasos

recursos económicos y que radiquen en la Delegación Gustavo A. Madero.

”Los ciudadanos deberán acudir personalmente a solicitar el apoyo en las fechas,

horarios y lugares establecidos en la convocatoria y entregar la siguiente documentación:

”Requisitos para madres Solas con hijos de 0 a 4 años

”• Original y copia de actas de nacimiento del hijo(a) o hijos(as) de 0 a 4 años cumplidos […]

”• Original y copia de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua o luz) vigente.

(Tres meses anteriores a la fecha de la recepción de la documentación). Mismo que debe

coincidir con la identificación oficial con fotografía (IFE).”

3. Los 28 expedientes de beneficiarios del programa social “Grupos Vulnerables”, vertiente

“Personas con Discapacidad”, seleccionados para su revisión, cuentan con la documentación

requerida en las reglas de operación del programa; sin embargo, en tres casos, el expediente

no contó con el documento que acreditará la Clave Única de Registro de Población,

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211 VOLUMEN 5/18

10 expedientes no contaron con certificado médico reciente que especificara la discapacidad

permanente, en 11 expedientes no se contó con el comprobante de domicilio cuya

vigencia no excediera de tres meses, y en un caso no se localizó la carta donde

el beneficiario manifestó su vulnerabilidad por bajo nivel de ingreso, por lo que al otorgar

31.2 miles de pesos a beneficiarios que no cumplieron con todos los requisitos de acceso

al programa, el órgano político-administrativo incumplió el apartado 4, “Grupos Vulnerables”,

subapartado V. “Los Requisitos y Procedimientos de Acceso”, apéndice “Requisitos

para Personas con Discapacidad”, primer, segundo, cuarto y quinto punto, del Aviso por

el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social

a cargo de la Delegación Gustavo A. Madero para el ejercicio fiscal 2013, publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de enero de 2013, la cual establece lo siguiente:

“Los beneficiarios serán […] personas con discapacidad […] de escasos recursos

económicos y que radiquen en la Delegación Gustavo A. Madero.

”Los ciudadanos deberán acudir personalmente a solicitar el apoyo en las fechas,

horarios y lugares establecidos en la convocatoria y entregar la siguiente documentación:

”Requisitos para personas con discapacidad

”• Original y copia de CURP.

”• Certificado médico donde especifique discapacidad permanente emitido por institución

oficial reciente. (No se aceptarán diagnósticos, hojas y/o recetas médicas.)

”• Original y copia de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua o luz) vigente.

(Tres meses anteriores a la fecha de la recepción de la documentación). Mismo que

debe coincidir con la identificación oficial con fotografía (IFE).

”• Carta donde manifieste bajo protesta de decir verdad su vulnerabilidad por bajo nivel

de ingreso.”

4. Los 27 expedientes de beneficiarios del programa social “Hagamos Estudiantes

de Excelencia”, seleccionados para su revisión, cuentan con la documentación requerida

en las reglas de operación del programa, excepto por un caso en el que el comprobante

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212 VOLUMEN 5/18

de domicilio no coincide con la dirección de la identificación oficial, por lo que al otorgar

5.0 miles de pesos a beneficiarios que no cumplieron con todos los requisitos de acceso

al programa, el órgano político-administrativo incumplió el apartado 2, “Hagamos Estudiantes

de Excelencia”, subapartado V. “Los Requisitos y Procedimientos de Acceso”, noveno requisito, del

Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo

Social a cargo de la Delegación Gustavo A. Madero para el ejercicio fiscal 2013,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de enero de 2013, la cual

establece lo siguiente:

“Requisitos […]

”• Original y copia de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua o luz) reciente

(tres meses anteriores a la fecha de la recepción de la documentación). Mismo que

debe coincidir con la identificación oficial con fotografía (IFE).”

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación

del titular del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración

y, mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha proporcionó copia

del oficio núm. DGAM/DGDS/858/2015 del 18 de mayo de 2015, mediante el cual

el Director General de Desarrollo Social informó que “con el propósito de asegurar

que en lo sucesivo se realice la correcta integración de los expedientes de los beneficiarios

de los programas sociales a cargo de la Delegación Gustavo A. Madero, a través de

la Dirección General de Desarrollo Social se implementarán las medidas de control

y supervisión pertinentes”, lo que confirma las observaciones de los numerales 1 a 4

del presente resultado.

5. Los 29 expedientes de beneficiarios del programa social “Sigamos apoyando tu Educación”,

seleccionados para su revisión, cuentan con la documentación requerida en las reglas

de operación del programa.

6. La Delegación Gustavo A. Madero integró los 2,378 expedientes de beneficiarios

del programa social “Hagamos Juntos la Tarea”, seleccionados para su revisión, con

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213 VOLUMEN 5/18

la documentación que acredita el cumplimiento por parte de los beneficiarios del apartado 1,

“Hagamos Juntos la Tarea”, subapartado V, “Los requisitos y procedimientos de acceso”

de las reglas de operación del programa social.

Por lo anterior, se concluye que, por una parte, los expedientes de los beneficiarios de los

programas sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”,

“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas con Discapacidad”; “Hagamos Estudiantes

de Excelencia”; “Sigamos apoyando tu Educación”, y “Hagamos Juntos la Tarea”, se integraron

con la documentación que avala que los beneficiarios cumplieron con los requisitos

de acceso; excepto por lo ya señalado en el resultado.

Recomendación AFLB-133-13-43-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero emprenda acciones para que los expedientes

de los beneficiarios de los programas sociales a cargo del órgano político-administrativo

se integren con la totalidad de la documentación que señala las reglas de operación de éstos

y, en su caso, para que se vigile que dicha documentación vaya de acuerdo con los requisitos

establecidos.

19. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el CONSAC-DF,

vigentes en 2013, la norma décima establece: “El gasto ejercido es el momento contable

que refleja el registro de una cuenta por liquidar certificada o documento equivalente

debidamente aprobado por la autoridad competente”.

Con el propósito de verificar que el registro contable del presupuesto ejercido de la Delegación

Gustavo A. Madero se hubiese realizado, de conformidad con la normatividad aplicable,

por medio del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó cuatro pólizas de

diario, en las cuales se hizo el registro presupuestal del presupuesto de egresos ejercido,

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214 VOLUMEN 5/18

por concepto de las CLC tramitadas para pago a los beneficiarios y al proveedor seleccionados

para su revisión, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8251000000 Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central 38,260.6

8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 38,260.6

Total 38,260.6 38,260.6

Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó

el registro contable del presupuesto de egresos ejercido, son los que señala el Manual

de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Gasto Pagado

20. Resultado

El 14, 15 y 16 de abril de 2015, se realizaron 20 entrevistas (tres del programa social “Grupos

Vulnerables”, vertiente “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, cuatro del programa “Hagamos

Estudiantes de Excelencia”, nueve de “Sigamos apoyando tu Educación” y cuatro

de “Hagamos Juntos la Tarea”). Como resultado, de manera general, los beneficiarios señalaron

que el programa social y la acción institucional sí cumplen los objetivos para los que fueron

creados; asimismo, señalaron que el órgano político-administrativo otorgó las ayudas

económicas y que no se condicionó su entrega.

Por lo expuesto, se concluye que los recursos ejercidos y pagados por el órgano político-

administrativo, con cargo a las partidas 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares

de Escasos Recursos” y 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”,

se realizaron en cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones de la Delegación

Gustavo A. Madero.

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215 VOLUMEN 5/18

21. Resultado

Con la finalidad de verificar que los pagos hechos al proveedor hayan sido para cancelar

total o parcialmente las obligaciones, a cargo de la Delegación Gustavo A. Madero, mediante

el oficio núm. ACF-B/15/0412 del 16 de abril de 2015, la ASCM solicitó al proveedor seleccionado

como muestra, entre otra información y documentación, que indicara la forma como fueron

pagados los bienes adquiridos por el órgano político-administrativo y el monto de éstos

(números de cheques, transferencias bancarias, notas de crédito [indicando concepto]),

por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2013; y que informara de sus saldos

al 31 de diciembre de 2013 y a la fecha de la recepción del oficio emitido, por las operaciones

mencionadas, con la precisión de las fechas de todos los documentos y el saldo total.

En respuesta, mediante el oficio sin número del 22 de abril de 2015, el proveedor informó

lo relativo a la celebración del instrumento jurídico, la modalidad y el número del procedimiento

de adjudicación; además remitió copias de éste, de la factura que detalla la fecha de

expedición, conceptos y montos cobrados, así como de las remisiones con las que acreditó

el cumplimiento del contrato celebrado. Lo anterior, con motivo de las operaciones realizadas

con la Delegación Gustavo A. Madero durante 2013.

La información proporcionada por el proveedor de bienes, coincide con la presentada

por el órgano político-administrativo.

Finalmente, se constató que los pagos relativos a las ayudas otorgadas, así como del contrato,

seleccionados como muestra, se registraron en la partida de gasto que correspondió

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.

22. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el CONSAC-DF,

vigentes en 2013, la norma undécima establece: “El gasto pagado es el momento contable

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216 VOLUMEN 5/18

que refleja el registro de la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago documentadas

mediante cuenta por liquidar certificada o documento equivalente, que se concreta mediante

el desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago”.

Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto pagado de la Delegación

Gustavo A. Madero se hubiese realizado, de acuerdo con la normatividad aplicable, por medio

del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, proporcionó cuatro pólizas de diario, en las

cuales se hizo el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado, por concepto

de la cancelación de las obligaciones de pago a los beneficiarios y al proveedor de bienes

seleccionados para su revisión, según lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

2112100001 Proveedores Nacionales 38,260.6

1112106073 Egresos Transferencias 38,260.6

8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 38,260.6

8271000000 Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central 38,260.6

Total 76,521.2 76,521.2

Las cuentas de balance y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos con

los cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos pagado,

son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central vigente en 2013.

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217 VOLUMEN 5/18

II.8.1.4. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”

Auditoría AFLB/134/13

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se informó que el total de

los recursos ejercidos por las 16 Delegaciones del Distrito Federal con destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo” ascendió a 704,782.9 miles de pesos, monto inferior en

11,406.2 miles de pesos (1.6%) al original asignado de 716,189.1 miles de pesos.

El artículo Sexto Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre

de 2012, establece que “la asignación de los recursos por concepto de Presupuesto

Participativo conforme al artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

corresponde al 3 por ciento del presupuesto anual de las Delegaciones, en cumplimiento

a ello, los recursos aprobados por dicho concepto a ejercerse en el ejercicio fiscal 2013,

importan la cantidad de 751,595,100 pesos y se distribuyen de acuerdo a lo establecido

en el Anexo I del presente Decreto”.

De conformidad con el Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, a la Delegación Gustavo A. Madero se le asignó un

presupuesto anual de 2,884,123.6 miles de pesos, de los cuales 86,523.7 miles de pesos

correspondieron al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y representaron

el 3.0% del monto asignado a la Delegación. Dicho presupuesto se distribuiría entre los

228 Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de la Delegación Cuauhtémoc,

a razón de 379.5 miles de pesos para cada uno.

La Delegación Gustavo A. Madero ejerció un presupuesto de 66,699.8 miles de pesos,

que respecto al presupuesto participativo original (86,523.7 miles de pesos) representó

una disminución de 22.9% (19,823.9 miles de pesos).

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218 VOLUMEN 5/18

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la

Delegación Gustavo A. Madero con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado

de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

De acuerdo con el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización,

para la selección de esta auditoría se aplicaron los criterios generales “Exposición al Riesgo”,

“Interés General” y “Presencia y Cobertura”, por las razones que se exponen en seguida:

“Exposición al Riesgo”, porque dicho destino de gasto es de reciente creación y está

expuesto a irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas.

“Interés General”, porque debido a la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito

social, las actividades y funciones del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” son

de trascendencia para la ciudadanía.

“Presencia y Cobertura”, porque esta entidad de fiscalización había practicado dos

auditorías financieras a la Delegación Gustavo A. Madero con relación al destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”, en los ejercicios de 2011 y 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 74, fracción VI; y 122,

apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción XXI, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX,

de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1o., 14 y 15 del Reglamento

Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

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219 VOLUMEN 5/18

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos llevados a cabo en

la fase de planeación, incluyendo el estudio y evaluación del sistema de control interno.

La auditoría se practicó en la Dirección General de Administración, a la Dirección General

de Participación Ciudadana y en la Dirección General de Servicios Urbanos de la

Delegación Gustavo A. Madero. Asimismo, para obtener evidencia suficiente, competente

y relevante, se aplicaron pruebas y procedimientos de auditoría en los entes y áreas

administrativas del Gobierno del Distrito Federal que intervinieron en las operaciones del

rubro sujeto a revisión.

Se verificó que el Programa Operativo Anual (POA) se hubiese sujetado al presupuesto

de egresos; se revisaron los informes mensuales que se enviaron a la Secretaría de

Finanzas (SEFIN); se constató que la determinación de los techos presupuestales

de las unidades administrativas ejecutoras del gasto se hubiesen efectuado con base en

el presupuesto original autorizado; y se verificó que se hubiese contado con las autorizaciones

de suficiencia presupuestal, con las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y su respectivo

soporte documental.

Se revisó el soporte documental de dos procesos de licitación pública nacional de los

cuales se derivó un contrato para cada proceso.

Se identificaron y analizaron las atribuciones de la Delegación Gustavo A. Madero

establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en el

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes

en 2013.

Se analizó el dictamen de la estructura orgánica de la Delegación Gustavo A. Madero,

para identificar las áreas que intervinieron en el manejo y control de los recursos ejercidos

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Asimismo, se verificó que

la estructura orgánica estuviera dictaminada, autorizada y registrada ante la Coordinación

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220 VOLUMEN 5/18

General de Modernización Administrativa (CGMA), de la Contraloría General del Distrito

Federal (CGDF).

También se identificó el marco legal que regula el ejercicio presupuestal del destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

Asimismo, se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero

vigente en 2013, en sus apartados de organización y procedimientos, a fin de identificar

las áreas que participaron en los procesos operativos relacionados con el ejercicio,

registro y control de los recursos erogados con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”.

Se verificó la existencia de mecanismos de control que hubiesen garantizado la adecuada

administración de los principales riesgos, el logro de los objetivos del presupuesto

participativo, la observancia de la normatividad y la transparencia en el ejercicio de los

recursos.

Se realizaron pruebas de cumplimiento en cuanto al registro y control de las operaciones

relacionadas con los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Dichas

pruebas consistieron en verificar que no se hubiera excluido alguna de las colonias de la

demarcación; revisar que los recursos del presupuesto participativo se hubiesen

destinado a los rubros generales de obras y servicios, equipamiento, infraestructura

urbana y prevención del delito; verificar si los integrantes de los Comités Ciudadanos de la

Delegación recibieron asesoría y capacitación en materia de presupuesto participativo por

parte del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF); y revisar si el personal de la

Delegación se encontraba debidamente capacitado en materia de presupuesto participativo

por parte del IEDF.

Además, se realizaron pruebas de control consistentes en comprobar que las actividades

relacionadas con el control de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” se hayan sujetado a los procedimientos y demás normatividad administrativa

aplicable. Principalmente, se verificó que los pagos realizados por la Delegación hayan

cumplido las condiciones pactadas en los contratos o convenios, que los comprobantes

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221 VOLUMEN 5/18

de pago se hayan emitido a nombre del GDF/Delegación Gustavo A. Madero, que hayan

cumplido los requisitos fiscales, que los recursos ejercidos hayan sido registrados de

acuerdo con su naturaleza y que las contrataciones se hayan ajustado a los procedimientos

de adjudicación aplicables.

Los procedimientos sustantivos consistieron en validar las cifras de los egresos de la muestra

seleccionada; realizar confirmaciones de operaciones con los contratistas; comprobar

que el presupuesto modificado del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se

encontrara respaldado con las afectaciones presupuestarias correspondientes, y que

éstas hubieran sido requisitadas y autorizadas conforme a la normatividad aplicable;

verificar que el presupuesto autorizado a la Delegación Gustavo A. Madero correspondiera

al establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal de 2013 y que el ejercido correspondiera a las operaciones realizadas

y a lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y revisar

que las CLC se hubiesen elaborado, tramitado y autorizado de acuerdo con la normatividad

aplicable, y que contara con el soporte documental que justifique y compruebe el ejercicio

del gasto.

Asimismo, la revisión se dirigió a constatar que los procedimientos realizados para las

contrataciones de obra se hubieran sujetado a la normatividad en la materia y que los

procesos de adjudicación hubiesen observado lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal, en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

y demás normatividad aplicable y vigente en 2013; verificar que en caso de incumplimiento

de los contratos y convenios, se hubiesen hecho efectivas las garantías establecidas;

constatar que exista evidencia documental de la recepción de las obras y que éstas

correspondan a las especificaciones establecidas en los contratos y convenios celebrados;

y llevar a cabo la inspección física de las obras que fueron pagadas con recursos del

destino de gasto auditado.

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

por la Delegación Gustavo A. Madero con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, se realizó lo siguiente:

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222 VOLUMEN 5/18

Se consideró lo dispuesto en la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo de Auditoría”

de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios Relacionados, emitidas

por la International Federation of Accountants y adoptadas por el Instituto Mexicano de

Contadores Públicos, A.C.

En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció recursos del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo” con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”

por 9,865.7 miles de pesos (14.8%); 3000 “Servicios Generales” por 379.4 miles de pesos

(0.6%); 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras Ayudas” por 4,859.4 miles

de pesos (7.3%); 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por 1,517.4 miles de

pesos (2.3%); y 6000 “Inversión Pública” por 50,077.9 miles de pesos (75.1%), que en

conjunto sumaron 66,699.8 miles de pesos, por lo que para la muestra de auditoría

se consideraron los siguientes criterios:

1. Se estratificó el universo (destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un importe

de 66,699.8 miles de pesos) por partida.

2. Se analizó el apartado PPD “Presupuesto Participativo para las Delegaciones” del

Informe de Cuenta Pública 2013, en el que se identificaron los proyectos específicos

de obras y servicios determinados mediante la consulta ciudadana, así como el monto

ejercido con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” (66,699.8 miles

de pesos).

3. La selección del proyecto se realizó de conformidad con el método de muestreo

por unidad monetaria, que considera la selección ponderada por el valor monetario.

a) Se determinó que al tener representatividad porcentual no significativa dentro del

rubro sujeto a revisión, no se seleccionaron partidas incluidas en los capítulos

2000 “Materiales y suministros”; 3000 “Servicios Generales”; y 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”.

b) Respecto al capítulo 4000 “Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas”,

éste no forma parte de la muestra debido a que se le está realizando una

auditoría específica, de conformidad con el Programa General de Auditoría 2013.

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223 VOLUMEN 5/18

Como resultado de lo anterior, se determinó seleccionar para su revisión una partida

incluida en el capítulo 6000 “Inversión Pública” con un importe de 50,077.9 miles de

pesos, la que representó el 75.1% del presupuesto ejercido con cargo al Destino de Gasto

65 “Presupuesto Participativo” en 2013. En función de ello, se determinó revisar una

muestra inicial de 13,617.9 miles de pesos, que representó el 20.4% del total de recursos

ejercidos (66,699.8 miles de pesos) en el Destino de Gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, integrada como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Importe % Importe % sobre la partida

% sobre el

presupuesto

6241 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización” 20,936.2 31.4 13,617.9 65.0 20.4

Otras partidas no seleccionadas del capítulo 6000 “Inversión Pública” 29,141.7 68.6 0.0 0.0 0.0

Importe de capítulo 6000 “Inversión Pública” 50,077.9 75.1 13,617.9 65.0 20.4

Importe de capítulos no seleccionados 16,621.9 24.9

Total ejercido en el presupuesto participativo 66,699.8 100.0

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del control interno relacionado con el manejo y administración

de los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se llevaron a cabo

actividades de conformidad con los componentes del control interno (entorno de control

y valoración de riesgos).

A fin de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad

de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el Manual Administrativo de la

Delegación Gustavo A. Madero (apartados de organización y de procedimientos) vigente

en 2013, para identificar la estructura orgánica, así como los objetivos, funciones y

atribuciones de las unidades administrativas que las integran, específicamente aquellas que

intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Asimismo, se verificaron los procedimientos

aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar,

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224 VOLUMEN 5/18

comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con recursos del destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; y se constató si éstos garantizaron razonablemente

el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de

observancia obligatoria.

Adicionalmente, se aplicó un cuestionario de control interno a los servidores públicos

adscritos a la Dirección General de Administración y a la Dirección General de Participación

Ciudadana de la Delegación Gustavo A. Madero que tuvieron relación con el ejercicio de

recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se verificó que los gastos

hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello, y se identificaron

los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos de control.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en cuanto al ejercicio

del presupuesto del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se determinó que la

Delegación Gustavo A. Madero no cuenta con mecanismos que, en general, hagan

factible la administración de riesgos de irregularidades e ineficiencias.

Se observaron debilidades en sus sistemas de control interno, toda vez que no le

permiten vincular la administración de riesgos de irregularidades e ineficiencias, con la

obligación de informar y publicar en los términos señalados en la normatividad y

ordenamientos aplicables, sobre las operaciones que realiza con cargo al rubro sujeto a

revisión. Las deficiencias de control detectadas y las recomendaciones que se emiten

para subsanarlas, se detallan en los resultados núms. 1, 4, 7, 8 y 10 del presente informe.

Control Interno

1. Resultado

Estructura Orgánica

En el numeral 2.3.5.1 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la

Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013,

se establece lo siguiente:

Page 225: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

225 VOLUMEN 5/18

“2.3.5.1. Una vez que la dictaminación surta efectos, las dependencias, órganos

desconcentrados, delegaciones y entidades de la APDF, deberán operar con estricto

apego al dictamen de estructura orgánica que emita y autorice la CG. En consecuencia,

las plazas vigentes de servidores públicos superiores, mandos medios, homólogos,

puestos de líder coordinador de proyectos y enlace, deberán coincidir y ocuparse

conforme al dictamen en número de puestos, plazas, niveles, nomenclaturas, áreas de

adscripción y funciones.”

A efecto de verificar el cumplimiento de dicha disposición, se revisó el oficio núm.

CG/535/2012 del 27 de noviembre de 2012, mediante el cual la CGDF, comunicó a la Jefa

Delegacional en Gustavo A. Madero la aprobación de la estructura orgánica del órgano

político-administrativo con el dictamen núm. 12/2012 y organigramas. Dicha estructura

entró en vigor a partir del 16 de noviembre de 2012 y fue aplicable durante el ejercicio

2013.

De acuerdo con el dictamen núm. 12/2012, la Delegación Gustavo A. Madero está

integrada por la oficina de la Jefatura Delegacional, siete Direcciones Generales y cuatro

Direcciones Ejecutivas, que en su conjunto considera un total de 339 puestos de

estructura, distribuidos como se muestra en seguida:

Número de puestos Área

1 Jefe Delegacional

12 Oficina de la Jefatura Delegacional

39 Dirección General Jurídica y de Gobierno

32 Dirección General de Administración

22 Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

28 Dirección General de Servicios Urbanos

41 Dirección General de Desarrollo Social

93 Dirección General de Desarrollo Delegacional e Integración Territorial

18 Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública

8 Dirección Ejecutiva de Desarrollo Económico

13 Dirección General de Participación Ciudadana y Gestión Social

13 Dirección Ejecutiva de Fomento Cooperativo

19 Dirección Ejecutiva de Mejora Continua a la Gestión Gubernamental

339 Total

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226 VOLUMEN 5/18

Manual Administrativo

El apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Circular

Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, entre otras disposiciones,

establece las siguientes:

“2.4.1 Para efectos de revisión, dictamen y registro ante la CG, los Manuales

Administrativos de las […] delegaciones […] de la APDF se componen de:

”• Manual de Organización, y

”• Manual de Procedimientos.

”2.4.2 Los titulares de las […] delegaciones […] son los responsables de la actualización

de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso

rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica

[…] La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio

de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en 60

días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta

proceda a su análisis y, en su caso, al registro. […]

”2.4.6.2 La solicitud de registro de Manuales Administrativos o Específicos de Operación

deberá presentarse a la CGMA, mediante oficio firmado con firma autógrafa o firma

electrónica avanzada por el titular de […] órganos político-administrativo […]

”2.4.6.7 Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos y Manuales

Específicos de Operación ante la CGMA, los titulares de las […] unidades administrativas

[…] serán los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la CJySL […]

”2.4.7.2 Los titulares de las […] delegaciones […] deberán hacer del conocimiento del

personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén

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227 VOLUMEN 5/18

adecuada y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos

internos aplicables en su área de adscripción.”

Con objeto de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones, se identificaron las áreas

administrativas relacionadas con el registro, control, ejercicio y seguimiento de los

recursos provenientes del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

específicamente del capítulo 6000 “Inversión Pública”, en virtud de que la Delegación

Gustavo A. Madero ejerció la mayor parte de los recursos en dicho capitulo; así como sus

atribuciones, funciones y los datos referentes a la autorización y difusión del citado

Manual. Al respecto, se constató lo siguiente:

1. Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2876/2010 del 28 de septiembre de 2010, la

CGMA comunicó al Jefe Delegacional en Gustavo A. Madero la autorización y registro

del Manual Administrativo en su parte de organización y procedimientos, con el

registro núm. MA-02D07-21/09, el que fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 16 de noviembre de 2010 y estuvo vigente a partir del día siguiente de su

publicación y hasta el 14 de agosto de 2013.

2. Mediante el oficio núm. CG/CGMA/1327/2013 del 12 de julio de 2013, la CGMA

comunicó a la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero la autorización y registro del

Manual Administrativo en su parte de organización, con el registro núm. MA-307-12/12,

el que fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de agosto de 2013 y

estuvo vigente a partir del día siguiente de su publicación y durante el resto de año.

3. El Manual Administrativo estableció las funciones de los titulares de las unidades

administrativas que la integran y contó con los apartados de presentación,

antecedentes, marco jurídico, atribuciones, misión, visión y objetivos, estructura

orgánica, descripción de funciones, glosario y organograma.

4. Mediante las circulares núms. DEMCGG/CPMA/266/2010 y DEMCGG/CPMA/004/2013

del 18 de noviembre de 2010 y 17 de diciembre de 2013, en ese orden, la

Coordinación de Planeación y Modernización Administrativa de la Dirección Ejecutiva

de Mejora Continua a la Gestión Gubernamental en la Delegación Gustavo A. Madero,

informó a las Direcciones Generales y Ejecutivas de ese órgano político-administrativo

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228 VOLUMEN 5/18

la autorización y registro del Manual administrativo en su parte de organización

y procedimientos, con el registro núm. MA-02D07-21/09 y MA-307-12/12, en ese

orden, con objeto de dar a conocer y difundir los mismos entre el personal.

En relación con el Manual Administrativo, en el apartado de procedimientos, la 88

comunicó a la Delegación Gustavo A. Madero el registro de 264 procedimientos con el

dictamen núm. 21/2009 y 264 para el dictamen núm. MA-307-12/12, todos vigentes en

2013; de los cuales 30 tienen relación con el ejercicio de recursos provenientes del

destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Asimismo, se constató que dichos

procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y difundidos

entre el personal del órgano político-administrativo.

Se realizaron cuestionarios y entrevistas a los servidores públicos adscritos a las diversas

áreas involucradas en el registro, control, ejercicio y seguimiento de los recursos

provenientes del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en la Delegación

Gustavo A. Madero, como son las Direcciones Generales de Administración, de Obras y

Desarrollo Urbano, y de Participación Ciudadana, así como las Direcciones de Finanzas

y de Recursos Materiales y Servicios Generales, a afecto de conocer los mecanismos,

procedimientos, actividades y controles con los que cuenta, a afecto de minimizar los

riesgos relativos al ejercicio de los recursos.

Por lo expuesto, se determinó que la Delegación Gustavo A. Madero no contó con

mecanismos y actividades de control para atender y mitigar los riesgos que afectaron las

operaciones del órgano político-administrativo y propiciar la comunicación e interacción de

las áreas involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo y

ejercicio del presupuesto, así como el pago de operaciones con cargo al destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”, lo que garantizaría en términos generales que se diera

cumplimiento a la normatividad aplicable durante 2013.

Adicionalmente, se observaron deficiencias de control interno en el cumplimiento efectivo

de los procedimientos establecidos para registrar y controlar la información generada en

la operación de recursos; y para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia

y consistencia de la información y documentación generada; toda vez que no le permite

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229 VOLUMEN 5/18

asegurarse de informar y publicar en los términos señalados en la normatividad

y ordenamientos aplicables, sobre las operaciones que realiza con recursos con cargo al rubro

sujeto a revisión, situación que se detalla en el resultado núm. 4 del presente apartado.

Recomendación AFLB-134-13-29-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero fortalezca su sistema de control interno,

a efecto de que en la aplicación de sus procedimientos se asegure la presentación de

informes y reportes, así como su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal ante

las instancias que establece la normatividad y ordenamientos aplicables, en los términos

que establecen las mismas.

Consulta Ciudadana

2. Resultado

El artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece que “en

el Distrito Federal existe el presupuesto participativo que es aquel sobre el cual los

ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos

específicos en las colonias y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito

Federal. […] Los rubros generales a los que se destinará la aplicación de dichos recursos

serán los de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención del delito,

además de los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales

de las colonias o pueblos del Distrito Federal”.

El 28 de agosto de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Convocatoria

a la ciudadanía del Distrito Federal para participar en la Consulta Ciudadana que se realizaría

en noviembre de 2012, para definir los proyectos específicos en los que se aplicarían los

recursos del presupuesto participativo correspondiente al ejercicio de 2013, en las

colonias y pueblos originarios en los que se divide el Distrito Federal; dicha convocatoria

fue emitida y aprobada el 15 de agosto de 2012 por el Consejo General del IEDF.

A fin de verificar que las obras realizadas por la Delegación Gustavo A. Madero

correspondieran a los proyectos específicos ganadores mediante la consulta ciudadana

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230 VOLUMEN 5/18

y que se haya aplicado el presupuesto participativo en cada una de ellas, se verificó

lo siguiente:

Mediante los acuerdos con claves ACU-839-12 y ACU-840-12 de fechas 15 de agosto

y 19 de septiembre de 2012, en ese orden, el Consejo General del IEDF aprobó la

convocatoria dirigida a la ciudadanía para participar en la consulta ciudadana. Asimismo,

aprobó el uso del Sistema Electrónico por Internet como mecanismo adicional para

recabar las opiniones de la Consulta en Materia de Presupuesto Participativo mediante el

acuerdo con clave ACU-838-12 del 15 de agosto de 2012.

El 21 de septiembre de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo

del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se modifica la

Convocatoria para participar en la Consulta Ciudadana en Materia de Presupuesto

Participativo que se realizará en noviembre de 2012”, para modificar los plazos

establecidos en las reglas operativas de la base segunda que se menciona a continuación:

3. “Registro de proyectos específicos ante los órganos de representación ciudadana

o Dirección Distrital”; 3. inciso a, “Remitir a los órganos de representación ciudadana, según

corresponda, los proyectos específicos que se reciban en la Dirección Distrital”;

5. “Presentar por escrito a la Delegación Política respectiva, los proyectos recibidos, para

solicitar a los responsables por área designados por dicha instancia, la opinión sobre la

viabilidad física, técnica, financiera y legal de los mismos”; y 6. “La Jefatura Delegacional

remitirá a la Dirección Distrital cabecera de Delegación la relación de todos los proyectos

específicos opinados, misma que publicará al día siguiente en los estrados de la

Direcciones Distritales correspondientes para conocimiento de los Comités Ciudadanos,

Consejos de los Pueblos y Consejos Ciudadanos Delegacionales según corresponda”.

Lo anterior, en virtud de que los Jefes Delegacionales electos en el proceso electoral

ordinario 2011-2012 entrarían en funciones el 1o. de octubre de 2012, acorde a la etapa

de transición en la Administración Pública del Distrito Federal, para que una vez que

estuviesen instalados en sus cargos, designaron a las personas encargadas.

En la consulta ciudadana celebrada los días 4, 5, 7, 8 y 11 de noviembre de 2012,

se eligieron un total de 228 proyectos específicos en los que se aplicaron los recursos

con cargo al presupuesto participativo de la Delegación Gustavo A. Madero, por un importe

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231 VOLUMEN 5/18

de 86,523.7 miles de pesos, distribuidos entre los 228 Comités Ciudadanos de dicha

demarcación territorial, correspondiendo a cada uno 379.5 miles de pesos. Dichos proyectos

consistieron en obras y servicios (construcción de banquetas y guarniciones, reencarpetamiento

y pavimentación, espacios deportivos, construcción de muros de contención de alto riesgo y

escalinatas, y barandales); equipamiento e infraestructura urbana (juegos infantiles,

espacios públicos, mantenimiento a áreas verdes, camellones e inmuebles públicos);

y prevención del delito (alumbrado público y vehículos de seguridad).

De conformidad con la base sexta “De la Entrega de Resultados de la Consulta”

de la convocatoria respectiva, la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó copia de

218 constancias de validación de resultados de la consulta ciudadana de fecha

12 de noviembre de 2012, emitidas por la Coordinación Distrital del IEDF, en las que se

hicieron constar los resultados para elegir los proyectos prioritarios por colonia y pueblo

originario.

Mediante el oficio núm. AFLB/14/092 del 4 de septiembre de 2014, se solicitó al órgano

político-administrativo el Acta Circunstanciada de la Sesión Extraordinaria del Consejo

Ciudadano Delegacional en Gustavo A. Madero, en la que se hace constar la selección

de proyectos específicos para la aplicación del presupuesto participativo 2013, donde se

determinaron los proyectos específicos de las 10 colonias (en las que por cualquier motivo

no se celebró la consulta ciudadana en noviembre de 2012 o en el que se registró un

empate) Lindavista II, Providencia Ampliación, Acueducto de Guadalupe (Residencial),

Constitución de la Republica, Ferrocarrilera Insurgentes, Gabriel Hernández, Martín

Carrera, Rosas del Tepeyac, San Juan II (Unidad Habitacional) y Torres de San Juan

(Unidad Habitacional).

La Delegación Gustavo A. Madero proporcionó 218 constancias de validación de resultados

que corresponden a los proyectos votados en la citada consulta ciudadana que se sumaron a

los 10 proyectos seleccionados en la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano

Delegacional. Lo anterior significa que se realizaron 228 proyectos con recursos del

presupuesto participativo de la Delegación Gustavo A. Madero durante el ejercicio 2013,

de los cuales se cuenta con evidencia de que se observó lo establecido en el al artículo 83 de

la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2013.

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232 VOLUMEN 5/18

Capacitación

3. Resultado

El párrafo segundo del artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal establece que “las autoridades están obligadas a promover entre los servidores

públicos cursos de formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de

participación ciudadana y los órganos de representación ciudadana; la cooperación

y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la participación ciudadana en general,

como un espacio cívico de convivencia social y de una mejor gobernanza”.

Con relación a la obligación del sujeto fiscalizado de promover entre los servidores públicos

que lo integran cursos de formación y sensibilización en materia de presupuesto participativo,

en sus respuestas al cuestionario aplicado con el oficio núm. AFLB/134/13-01 del 3 de

marzo de 2015 a la Dirección General de Participación Ciudadana, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/0846/15 del 20 de abril de 2015, la Delegación informó que la capacitación

por parte del IEDF se realiza de manera semestral y proporcionó constancias del personal

que asistió a dicho curso, por lo que proporcionó evidencia documental de la capacitación

en materia de presupuesto participativo brindada a los servidores públicos.

Sin embargo, no proporcionó evidencia de la capacitación impart ida a los integrantes

de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, de la promoción de cursos

entre los servidores públicos de formación y sensibil ización en 2013, para dar a conocer

los instrumentos de participación ciudadana, los órganos de representación ciudadana,

así como la cooperación y acercamiento con la ciudadanía. Asimismo, el órgano

político-administrativo proporcionó el oficio núm. DGAM/DGPSGS/1069/2012 del 21 de

agosto de 2012, con el que la Jefatura Delegacional remitió al IEDF los nombres y cargos

del personal responsable de dar el apoyo técnico requerido a los ciudadanos interesados

en recibir asesoría, así como los datos de los funcionarios que emitirían la opinión sobre

la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los proyectos propuestos.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General de

Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no acreditó con evidencia documental,

haber impartido capacitación a los integrantes de los Comités Ciudadanos y Consejos

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233 VOLUMEN 5/18

de los Pueblos, de la promoción de cursos entre los servidores públicos de formación

y sensibilización en 2013 para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana,

los órganos de representación ciudadana, así como la cooperación y acercamiento con la

ciudadanía, por lo que la deficiencia de control prevalece.

Por lo expuesto, el órgano político-administrativo incumplió lo señalado en el artículo 15

de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2013.

Recomendación AFLB-134-13-30-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

para promover entre los servidores públicos del órgano político-administrativo, cursos de

capacitación en materia de participación ciudadana, en cumplimiento de la normatividad y

ordenamientos aplicables.

Presentación de Programas, Informes y Reportes

4. Resultado

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

A fin de comprobar si la Delegación Gustavo A. Madero cumplió en 2013 las

disposiciones jurídico-normativas respecto de la publicación y presentación de programas,

informes y reportes, se revisó la documentación que el órgano político-administrativo

proporcionó acerca de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) y sus

modificaciones. Al respecto, se observó lo siguiente:

1. La Delegación Gustavo A. Madero remitió a la SEFIN el PAAAPS de 2013 con el

oficio núm. DGAM/DGA/0149/2013 del 23 de enero de 2013. Para su validación.

2. Con el oficio núm. DGPP/242/2013 del 31 de enero de 2013, la Dirección General de

Política Presupuestal de la SEFIN comunicó a la Dirección General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero la validación del PAAAPS.

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234 VOLUMEN 5/18

3. Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/0258/2013 del 1o. de febrero de 2013, la Dirección

General de Administración remitió a la Dirección General Jurídica y de Estudios

Legislativos el PAAAPS 2013 validado, a efecto de que se publicara en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, lo cual se realizó el 11 de febrero de 2013.

Por lo anterior, el órgano político-administrativo incumplió lo establecido en el segundo

párrafo del artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en 2013, que establece: “Las […] delegaciones, […] a más tardar el 31 de enero de

cada año publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”.

4. La Delegación Gustavo A. Madero presentó el informe del primer trimestre de las

modificaciones del PAAAPS, mediante el oficio núm. DGAM/0731/2013 del 10 de abril

de 2013, no obstante, no se cuenta con evidencia de la presentación de los informes

relativos a los trimestres restantes. Por lo anterior, el órgano político-administrativo no

observó lo establecido en el numeral 4.2.1 de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 8 de agosto de 2012 vigente durante el ejercicio de 2013, que establece:

“Las Delegaciones deberán elaborar sus PAAAPS […]

“Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos

efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada

ejercicio fiscal, dentro de los primeros quince días naturales posteriores del mes

inmediato al periodo que se reporta.”

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no acreditó contar con dichos

informes, por lo que la deficiencia de control prevalece.

En el informe final de la auditoría con clave AFLB/133/13, practicada a la Delegación Gustavo

A. Madero, Resultado 7, recomendaciones núms. AFLB-133-13-40-GAM y AFLB-133-13-41-GAM,

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235 VOLUMEN 5/18

se propuso que la Delegación emprenda acciones para el cumplimiento de obligaciones

relacionadas con su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios, y que se publique en los plazos y términos que establece la normatividad

aplicable, por lo que se dará tratamiento a dichas circunstancias como parte del seguimiento

de la recomendación citada.

Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos o Prestación

de Servicios autorizadas por el Procedimiento de Invitación

a cuando menos tres Proveedores o por Adjudicación Directa

El artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal establece que “los

titulares de las […] delegaciones […], a más tardar dentro de los primeros diez días

naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la Contraloría y

otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de conformidad con

los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato anterior.” Por su

parte, el artículo 45 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

señala que “las […] Delegaciones […] que contraten adquisiciones, arrendamientos o

prestación de servicios bajo los supuestos previstos en el artículo 54 de la ley, enviarán

dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes a la Secretaría, con copia a la

Contraloría y otra a la Oficialía, un informe sobre las operaciones realizadas en el mes

calendario inmediato anterior, acompañado de la documentación soporte”.

Con relación a dichos informes, mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1625/14 del 15 de

septiembre de 2014, la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó diversos oficios

dirigidos a la SEFIN, con copia a la OM y a la Contraloría Interna en ese órgano

político-administrativo, conforme se detalla en el siguiente cuadro:

Período que reporta Número de oficio

de remisión del informe

Fecha límite de

entrega del informe

Fecha de sello

de recepción

Días

de desfase

Abril DGAM/DRMSG/SRMyA/718/2013 10/V/13 10/V/13 0

Mayo DGAM/DGA/1210/2013 10/VI/13 10/VI/13 0

Junio DGAM/DGA/1519/2013 10/VII/13 10/VII/13 0

Julio DGAM/DRMSG/SRMyA/1347/2013 10/VIII/13 28/VIII/13 18

Agosto DGAM/DRMSG/SRMyA/1453/2013 10/IX/13 10/IX/13 0

Septiembre DGAM/DGA/2266/2013 10/X/13 10/X/13 0

Octubre DGAM/DRMSG/SRMyA/2028/2013 10/XI/13 10/XII/13 30

Noviembre DGAM/DRMSG/SRMyA/2030/2013 10/XII/13 10/XII/13 0

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236 VOLUMEN 5/18

Como se observa, la Delegación Gustavo A. Madero presentó desfases de 18 y 30 días

en la presentación del informe de las adquisiciones, arrendamientos y servicios contratados

durante el ejercicio de 2013; asimismo, se observó que no presentó los informes

correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y diciembre, por lo que el órgano

político-administrativo incumplió los artículos 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal y 45 del Reglamento de Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, ambos

vigentes en 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no acreditó contar con dichos

informes, por lo que la deficiencia de control prevalece.

Programa Anual de Obra Pública por contrato para el ejercicio 2013

El artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, señala

lo siguiente:

“Las […] delegaciones […] a más tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción

de la autorización presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de obra pública, salvo que medie

causa debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo…”

Al revisar la documentación proporcionada por la Delegación Gustavo A. Madero, se

constató que mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la SEFIN,

comunicó al órgano político-administrativo la autorización presupuestal de 2013. Asimismo,

se constató que el sujeto fiscalizado publicó su Programa Anual de Obra Pública para

el año 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1560 del 11 de marzo de 2013,

por lo que incumplió el ordenamiento referido.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información

ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.

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237 VOLUMEN 5/18

Reportes de los Recursos Comprometidos sobre los Recursos Fiscales

La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en su artículo 56, establece

que “las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría, dentro de los primeros diez días

de cada mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de

transferencias federales, que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato

anterior. La Secretaría podrá solicitar a la Contraloría la verificación de dichos compromisos

y en el caso de que éstos no se encuentren debidamente formalizados, la Secretaría

podrá reasignar los recursos que no se encuentren comprometidos”.

Asimismo, el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal señala:

“Es responsabilidad de las […] delegaciones […] establecer los registros necesarios para

el adecuado control y seguimiento del presupuesto comprometido, sobre el cual existe la

obligación de efectuar cargos presupuestales y pagos derivados de la contratación de

adquisiciones, arrendamientos y servicios, obras públicas, así como por servicios personales

y fondo revolvente […]

”La información relativa al reporte de presupuesto comprometido deberá ser elaborada

y autorizada por los servidores públicos de nivel de estructura designados por los titulares

de las […] delegaciones.”

A su vez, el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la

Administración Pública del Distrito Federal, en su numeral 133, Título Tercero “Registro

de Otras Erogaciones”, Capítulo VI, “Presupuesto Comprometido”, enuncia lo siguiente:

“Las ur’s deberán enviar en forma analítica y por clave presupuestal a la Secretaría dentro

de los siguientes primeros diez días del cierre de cada mes un reporte mensual sobre

el total de los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que

se encuentren comprometidos al cierre del mes que se reporte…”

Al respecto, la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó copia de 12 oficios mediante

los cuales presentó a la SEFIN los informes referidos, ajustándose a los términos que

establece la normatividad aludida.

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238 VOLUMEN 5/18

Informe de Pasivo Circulante del Ejercicio 2013 pagado en 2014

y Rendimientos Obtenidos y Enterados a la SEFIN

La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal establece en su artículo 60

que “las Unidades Responsables del Gasto informarán a la Secretaría, a más tardar el día

15 de enero de cada año, el monto y características de su pasivo circulante al fin del año

anterior”.

Sobre el particular, con el oficio núm. DGAM/DGA/0004/2014 del 6 de enero de 2014,

la Dirección General de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero comunicó

a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante los formatos “B” y “B1” denominados

“Resumen por Clave de Saldos por Ejercer 2013” y “Detalle por Clave y Proveedor

o Contratista 2013”, el monto y características del pasivo circulante delegacional.

De acuerdo con lo anterior, el órgano político-administrativo reportó su pasivo circulante

en los términos señalados en la normatividad citada.

Al revisar la documentación proporcionada por la Delegación Gustavo A. Madero, se

constató que realizó de manera desfasada la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal de su PAAAPS y no presentó las modificaciones trimestrales del mismo; presentó

con desfase en los meses de julio y octubre, y no presentó los informes sobre las

adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicios autorizadas por el procedimiento

de invitación a cuando menos tres proveedores o por adjudicación directa correspondientes

a los meses de enero, febrero, marzo y diciembre; y publicó con desfase el Programa

Anual de Obra Pública para el año 2013, con lo que incumplió los ordenamientos legales

ya citados.

Respecto a la presentación de los reportes mensuales sobre los recursos fiscales,

crediticios y provenientes de transferencias federales, que se encuentren comprometidos

al cierre de mes inmediato anterior y el informe de pasivo circulante del ejercicio 2013,

pagado en 2014 y rendimientos obtenidos y enterados a la SEFIN, se observó que fueron

presentados en los términos que establece la normatividad previamente señalada.

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239 VOLUMEN 5/18

Recomendación AFLB-134-13-31-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca medidas de control para

que los informes sobre las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios

autorizadas por adjudicaciones directas e invitaciones a cuando menos tres proveedores

que remite a la Secretaría de Finanzas, con copia a la Contraloría General del Distrito

Federal y a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, sean presentados conforme

a lo dispuesto a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento, vigentes.

Recomendación AFLB-134-13-32-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca medidas de control para

que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Programa Anual de Obra

Pública, conforme a la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente.

Gasto Aprobado

5. Resultado

El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012, establece

en diversos artículos el origen del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, de

conformidad con lo siguiente:

“Artículo 8. Las erogaciones previstas para las Delegaciones, importan la cantidad de

25,053,170,036 pesos y se distribuyen de la siguiente manera: […]

”Gustavo A. Madero 2,884,123,676 …”

Adicionalmente, en su Anexo II el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2013 considera recursos del Fondo de Inversión en Delegaciones

por un total de 500,000.0 miles de pesos, de los cuales 54,698.5 miles de pesos

correspondieron al ente fiscalizado, por lo que el total asignado a la Delegación ascendió

a 2,938,822.2 miles de pesos.

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240 VOLUMEN 5/18

De acuerdo con el Anexo I de dicho decreto, a la Delegación Gustavo A. Madero se le asignó

un presupuesto total anual de 2,884,123.7 miles de pesos, de los cuales 86,523.7 miles de

pesos correspondieron al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y representaron

el 11.5% del monto asignado a las 16 Delegaciones. Dicho presupuesto se distribuiría

entre los 228 Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de la Delegación Gustavo

A. Madero, asignándose un monto de 379.5 miles de pesos para cada uno.

A fin de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero contó con la aprobación de la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN para los recursos del presupuesto participativo,

conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, mediante el oficio núm. AFLB/14/092 del 4 de

septiembre de 2014, se solicitó al sujeto fiscalizado que proporcionara copia del oficio del

techo presupuestal autorizado por la SEFIN.

En respuesta, mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó a la Jefa Delegacional en Gustavo

A. Madero el techo presupuestal aprobado. En el apartado “Recursos Etiquetados en el

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”, se señala que la Delegación

deberá “etiquetar con el destino de gasto 65 [Presupuesto Participativo] los recursos del

Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos, conforme al artículo sexto transitorio”.

Asimismo, con el oficio mencionado la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó

a la Delegación el Calendario Presupuestal y el POA aprobado y definitivos para el ejercicio

fiscal 2013, donde se incluyen los proyectos de inversión con recursos del destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

Por lo expuesto, se determinó que la Delegación Gustavo A. Madero contó con la

aprobación de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN respecto de los recursos con

destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, de conformidad con el anexo I del Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013.

Al revisar una póliza de diario proporcionada por la Dirección General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. DGCNCP/0917/2015

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241 VOLUMEN 5/18

del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal del momento contable

del gasto aprobado se realizó en las pólizas de diario respectivas, como lo señala el Manual

de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente a la Delegación Gustavo

A. Madero, en cumplimiento del artículo 7, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal, vigente en 2013 y las normas quinta y sexta de las “Normas y Metodología

para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,

emitidas por el Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF).

Gasto Modificado

6. Resultado

En los numerales 80 y 82 del apartado B “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas” del

Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal, se establece que “las adecuaciones presupuestarias líquidas

son aquellas que aumentan o reducen el monto del presupuesto autorizado”, y que “las

AP’s líquidas, se deberán elaborar y enviar por el Sistema a la DGPP, señalando en la

justificación, si es el caso, los documentos que las soportan”.

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de los recursos de destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”, se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias

autorizadas, se realizó lo siguiente:

Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto asignado al destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2013.

Se comparó el presupuesto asignado con el presupuesto ejercido y, de la variación reflejada,

se solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero, que explicara las razones a dicho decremento

del presupuesto.

Se observó que en la Cuenta Pública de 2013, apartado “ECG Análisis de Egresos por

Capítulo de Gasto”, en relación con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, capítulo

6000 “Inversión Pública” que la Delegación Gustavo A. Madero informó lo siguiente:

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242 VOLUMEN 5/18

“A) Al cierre del ejercicio 2013 se registra una variación negativa […] del presupuesto

ejercido respecto a la asignación original. La explicación de esta diferencia es multisituacional

y cada uno de estos elementos que se comentan a continuación explica del porqué la

diferencia […]

”Ámbito de operación e ingreso de estimaciones de obra. Para la aplicación oportuna del

recurso existen factores básicos a cumplir: que la normatividad en la materia se aplique

correctamente, que las obras y trabajos que se concluyan en tiempo y forma,

considerando las salvedades de convenios aplicados […]

”Inviabilidad de la obra, de los 20 proyectos originales que se señalan en el Anexo IV del

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2013, tres

de ellas no fueron viables de realizar en este ejercicio …”

Al analizar el apartado “PPD Presupuesto Participativo para las Delegaciones” de la

Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal correspondiente al ejercicio de 2013, se

observó que la Delegación Gustavo A. Madero reportó una asignación original de

86,523.7 miles de pesos, la cual fue modificada mediante tres afectaciones programático-

presupuestarias con igual número de reducciones líquidas. El presupuesto modificado

significó un decremento de 19,823.9 miles de pesos (22.9% respecto a la asignación

original), para quedar con un presupuesto ejercido de 66,699.8 miles de pesos, como se

detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Tipo de movimiento presupuestal Total

Presupuesto asignado 86,523.7

Menos:

Reducciones líquidas (19,823.9)

Presupuesto modificado 66,699.8

Presupuesto ejercido 66,699.8

Diferencia 0.0

Asimismo, se constató que las afectaciones son impresiones del Sistema de Planeación

de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP) y se encuentran debidamente autorizadas,

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243 VOLUMEN 5/18

registradas y soportadas con la documentación correspondiente, de conformidad con lo

establecido en el Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de

la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

Al revisar 24 pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. DGCNCP/0917/2015

del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal del momento

contable del gasto modificado se realizó en las pólizas de diario respectivas, como lo

señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente a la

Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, y las normas quinta y séptima de

las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos

del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.

Gasto Comprometido

7. Resultado

El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,

en su Anexo I, “Presupuesto Participativo por Delegaciones”, establece que a la Delegación

Gustavo A. Madero le asignaron 86,523.7 miles de pesos para el destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”; dicho importe se distribuyó entre 228 Comités Ciudadanos

y Consejos de los Pueblos, por lo que a cada uno le correspondieron 379.5 miles de pesos.

Luego de analizar los montos que integran los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”;

3000 “Servicios Generales”; 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”; 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”; y 6000 “Inversión Pública”, todos

incluidos en el presupuesto participativo de 2013, se determinó una muestra de 14,926.5 miles

de pesos que representa el 20.4% del presupuesto ejercido por concepto de destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo” (66,699.8 miles de pesos). La partida seleccionada para

su revisión fue la 6241 “División de Terrenos Construcción de Obras de Urbanización” y se

analizó que las operaciones realizadas por el órgano político-administrativo contaran con

la documentación justificativa y comprobatoria, conforme a la normatividad y ordenamientos

aplicables.

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244 VOLUMEN 5/18

Se revisaron dos procesos de licitación pública nacional, los que derivaron en un contrato

para cada proceso.

Como resultado de la consulta ciudadana realizada en noviembre de 2012, uno de los

proyectos ganadores fue el denominado “Banquetas y Guarniciones”. Al revisar la

documentación justificativa y comprobatoria del gasto de la muestra sujeta a revisión

(14,926.5 miles de pesos), se observó lo siguiente:

Licitación pública nacional núm. 30001127-008-13

1. La Delegación Gustavo A. Madero contó con el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de

enero de 2013, mediante el cual la SEFIN le otorgó la autorización presupuestal por

un monto de 86,523.7 miles de pesos, del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”; por lo que a cada comité vecinal o consejo de los pueblos le

correspondieron 379.5 miles de pesos.

2. Mediante el formato de suficiencia presupuestal con folio AB-19 del 30 de abril

de 2013, la Subdirección de Planeación, Programación y Presupuesto otorgó a la Dirección

General de Servicios Urbanos la suficiencia presupuestal para la reconstrucción

y mantenimiento de banquetas y guarniciones, derivado del proyecto ganador

“Guarniciones y Banquetas” en 27 Comités Ciudadanos de la Delegación Gustavo

A. Madero y con cargo a la partida 6241 “División de Terrenos y Construcción de

Obras de Urbanización” por un monto de 15,541.6 miles de pesos.

3. Se realizó el concurso de licitación pública nacional núm. 30001127-008-13, con

fundamento en los artículos 23; 24, apartado A; 25, apartado A, fracción I; 26; y 28,

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, con objeto de

ejecutar la obra de reconstrucción y mantenimiento de banquetas y guarniciones en

diferentes colonias y Comités Ciudadanos dentro del perímetro delegacional Zona “A”.

Dicho concurso fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1606 del

17 de mayo de 2013.

4. El 28 de mayo de 2013, se realizó la junta de aclaraciones y se levantó el acta

correspondiente, conforme a lo establecido en los artículos 26, 29, 31 y 33 de la Ley

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245 VOLUMEN 5/18

de Obras Públicas del Distrito Federal; artículo 2, fracción VIII; y artículo 6 del Reglamento

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, ambas vigentes en 2013.

5. El 3 de junio de 2013 se realizó la primera sesión para la presentación de propuestas

y apertura del sobre único de la licitación pública nacional núm. 30001127-008-13,

donde se llevó a cabo la recepción de propuestas técnicas y económicas de las empresas

participantes, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 24, apartado A;

28; 33, apartados A y B; y 39, fracción I, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2013.

6. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39, el 6 de junio de 2013 se llevó a

cabo el dictamen de fallo de la licitación pública nacional núm. 30001127-008-13;

dicho dictamen cuenta con la reseña cronológica de los actos del procedimiento licitatorio,

el resultado de la revisión cuantitativa, cualitativa, propuesta técnica y económica y fue

avalado con la firma de la Dirección de Servicios Públicos y la Dirección General de

Servicios Urbanos.

No obstante, el órgano político-administrativo no cuenta con evidencia de la

publicación del fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, por lo que incumplió el

artículo 34 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los

resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios

Urbanos, en la que se informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento

donde se incluye la publicación del fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

conforme lo señala la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, mismo que será sometido

a la aprobación de la Oficialía Mayor. -Adjudicación de Obra mediante el Procedimiento

de Licitación Pública”. Lo expuesto por el órgano político-administrativo no subsana la

deficiencia de control, por lo que la presente observación prevalece.

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246 VOLUMEN 5/18

7. En el acta de fallo de adjudicación del concurso de licitación pública nacional

núm. 30001127-008-13 del 7 de junio de 2013, se hace constar que la persona física

con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi reúne las condiciones legales,

técnicas, económicas, financieras y administrativas fijadas por la Delegación,

por lo que se le adjudicó el contrato respectivo, de conformidad con lo establecido en

el artículo 29, fracción VIII de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente

en 2013.

8. Se celebró el contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13 del 10 de junio de 2013 con la

persona física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, por un importe

de 9,582.4 miles de pesos (IVA incluido); dicho contrato se realizó en función del

criterio de economía y cumple con lo establecido en el artículo 46 de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

9. Dicho contrato incluye, entre otras, las siguientes cláusulas:

“Primera.- Objeto del contrato: ‘La A.P.D.F’ encomienda a ‘El Contratista’ la realización

de la obra consistente en la: ‘Reconstrucción y Mantenimiento de Banquetas y

Guarniciones en Diferentes Colonias y Comités Ciudadanos dentro del Perímetro

Delegacional. Zona A.’ y éste se obliga a realizarla hasta su total terminación,

acatando para ello lo establecido por los diversos ordenamientos, normas y anexos

señalados en los incisos ‘F’, ‘G’, ‘H’, ‘I’, ‘J’ y ‘K’ de las declaraciones de ‘El Contratista’,

mismos que se tienen por reproducidos como parte integrante de este contrato, así

como la bitácora de los trabajos, pues son instrumentos que vinculan a las partes en

sus derechos y obligaciones.

”Segunda.- Monto del contrato: El monto del presente contrato es de $8´260,670.57

(Ocho millones doscientos sesenta mil seiscientos setenta pesos 57/100 M.N.) más

la cantidad de $1´321,707.29 (Un millón trescientos veintiún mil setecientos siete

pesos 29/100 M.N.) que corresponde al Impuesto al Valor Agregado (IVA), el importe

total del contrato es de $9´582,377.86 (Nueve millones quinientos ochenta y dos mil

trescientos setenta y siete pesos 86/100 M.N.).

Page 247: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

247 VOLUMEN 5/18

”Tercera.- Plazo de ejecución: ‘El Contratista’ se obliga a iniciar la obra objeto de este

contrato el día 10 de Junio de 2013 y a terminarla el día 07 de Octubre de 2013,

período que comprende 120 días calendario, de conformidad con el programa de los

trabajos que forma parte de este contrato. […]

”Sexta.- Representantes de las partes en la obra: ‘El Contratista’ se obliga a establecer

anticipadamente a la iniciación de los trabajos, en el sitio de realización de los mismos, un

representante permanente que fungirá como su superintendente de construcción, el cual

deberá tener poder amplio y suficiente para tomar decisiones en todo lo relativo al

cumplimiento de este contrato. […] A su vez ‘La A.P.D.F.’ de conformidad con lo

previsto por los artículos 50 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 61 y 62

de su Reglamento, designará por escrito a los Residentes de Obra y de Supervisión

con anterioridad al inicio de la obra. […]

”El residente de obra de ‘La A.P.D.F.’ será el responsable directo de vigilar y controlar

la ejecución de la obra e instruir al Residente de Supervisión o a ‘El Contratista’ a través

de la Bitácora, las acciones necesarias para la correcta ejecución de los trabajos.

”El residente de supervisión de ‘La A.P.D.F.’ será el responsable directo de la supervisión,

vigilancia, inspección, control, revisión y valuación de los trabajos efectuados por

‘El Contratista’, de tal forma que verificará detalladamente que los trabajos se realicen

conforme al presente contrato, en cuanto a calidad, apego al proyecto, a los términos

de referencia en su caso, a los tiempos de ejecución y a los presupuestos autorizados.

”Séptima.- Forma de pago: Las partes convienen que los trabajos objeto del presente

contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones que abarcarán los

conceptos de trabajos ejecutados mensualmente como máximo, las que serán

presentadas por ‘El Contratista’ acompañadas de la documentación que acredite la

procedencia del pago a la Residencia de Supervisión de ‘La A.P.D.F.’ para su

aprobación a más tardar dentro de los 4 (cuatro) días hábiles siguientes a la fecha

de corte, teniendo como máxima 30 (treinta) días para estimar; dicha Residencia

de Supervisión dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes deberá revisar,

y en su caso, recabar la autorización del Residente de la Obra de ‘La A.P.D.F.’,

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248 VOLUMEN 5/18

según lo establecido en los artículos 50 y 52 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal y 59 de su Reglamento. […]

”Octava: Garantías: Para garantizar el cumplimiento de los términos de este contrato,

‘El Contratista’ deberá presentar a ‘La A.P.D.F.’, una póliza de fianza, expedida por

una afianzadora autorizada para operar en el Distrito Federal equivalente al 10% (diez

por ciento) del importe total de este contrato (sin incluir el I.V.A.).

”‘El Contratista’ deberá presentar dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes a la

firma de este contrato la póliza y contrato de seguro de responsabilidad civil por daños

a terceros por el equivalente del 20% (veinte por ciento) del importe total del

contrato, caso contrario, este contrato quedará sin efecto. La vigencia de la póliza y

del contrato de seguro, abarcará desde el período de ejecución de los trabajos, hasta

la recepción formal de los mismos por parte de ‘La A.P.D.F.’

”Para responder por defectos que resultaren de los trabajos realizados, de vicios

ocultos, de cualquier otra responsabilidad, así como lo señalado en el segundo

párrafo de la Cláusula Sexta del presente contrato, ‘El Contratista’ garantizará

mediante fianza desde los 10 (diez) días hábiles previos a la recepción formal de los

trabajos. O antes del pago del 10% (diez por ciento). La póliza de fianza deberá

expedirse a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, por una

afianzadora autorizada para operar en el Distrito Federal, equivalente al 10% (diez por

ciento) del monto total (con I.V.A) ejercido a la fecha de la entrega-recepción. Dicha

fianza estará vigente durante un plazo de un año a partir de la fecha de entrega-

recepción. […]

”Décima quinta.-Recepción de los trabajos: ‘El Contratista’ comunicará por escrito

a la ‘La A.P.D.F.’ dentro de los 10 (diez) días hábiles previos a la terminación de la

vigencia del contrato, la conclusión de los trabajos que le fueron encomendados,

y ésta a partir de la fecha de terminación de los trabajos, dentro de los 10 (diez) días

hábiles siguientes verificará la debida terminación de los mismos conforme a las

condiciones establecidas en este contrato, debiendo levantar minuta de recepción

física de los trabajos.

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249 VOLUMEN 5/18

”Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos ‘La A.P.D.F.’ contará

con un plazo de 20 (veinte) días hábiles para proceder al levantamiento de Acta

de Entrega-Recepción de trabajos, quedando los trabajos bajo su responsabilidad.

Al concluir dicho plazo sin que ‘La A.P.D.F’ haya recibido los trabajos, éstos se tendrán

por recibidos.

”La recepción de los trabajos ya sean totales o parciales se realizará conforme a lo

señalado en los lineamientos, requisitos, plazos que para tal efecto establece la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal, así como las modalidades que la misma prevé […]

”‘La A.P.D.F.’ comunicará a la Contraloría Interna y a ‘El Contratista’ en un plazo de 10

(diez) días hábiles previos a la fecha en que se instrumente el Acta de Entrega-Recepción

de trabajos e informará la fecha señalada para su recepción a fin de que, si lo estima

conveniente, nombren representantes que asistan al acto […]

”En la fecha señalada ‘La A.P.D.F.’, recibirá bajo su responsabilidad los trabajos y

levantará el Acta correspondiente […]

”La recepción de los trabajos por parte de ‘La A.P.D.F.’ se hará bajo su exclusiva

responsabilidad. No se recibirá trabajo alguno sin cumplir previamente con el requisito

de que ‘El Contratista’ no entregue la fianza en las condiciones establecidas en este

contrato y la entrega recepción no se pueda llevar a cabo por este motivo, se considerarán

los trabajos terminados, como no entregados y se penalizará por la prolongación de la

entrega en la misma forma que se estableció en el presente contrato para los retrasos

en la terminación de los mismos.

”La liquidación de los trabajos deberá efectuarse en un período que no excederá de

100 (cien) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de los trabajos, para lo cual

‘La A.P.D.F.’ notificará con la debida anticipación a ‘El Contratista’ para los efectos

procedentes […]

”El finiquito de los trabajos se realizará a más tardar a los 20 (veinte) días hábiles

posteriores a la fecha de la liquidación […]

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250 VOLUMEN 5/18

”La entrega recepción de los trabajos, la liquidación y el finiquito del presente contrato

se efectuarán de acuerdo a lo estipulado en esta cláusula de conformidad con lo

dispuesto por los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal […]

”Décima octava.- Penas Convencionales: ‘La A.P.D.F.’ verificará periódicamente si los

trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por ‘El Contratista’ de acuerdo

con el programa de obra comprometido. Las penas convencionales se sujetarán a lo

establecido en el artículo 55 fracción V del Reglamento de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal y en la Sección 4 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos

en materia de Obra Pública del Gobierno del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 7 de noviembre del 2000; las cuales no podrán rebasar

en su conjunto el monto total de la fianza otorgada para garantizar el cumplimiento

del contrato.

”Si como consecuencia de la verificación se observa que el importe de la obra

realmente ejecutada es menor en términos absolutos de lo que debió realizarse,

‘La A.P.D.F.’ retendrá el 2% (dos por ciento) con el I.V.A. de la diferencia de dichos

importes en las estimaciones del periodo de evaluación. Mensualmente se hará la

verificación y en dichas estimaciones se agregarán los importes correspondientes

a los adelantos o atrasos relativos con respecto de la evaluación del mes anterior.

Este procedimiento se aplicará hasta el término del plazo de ejecución señalado en el

contrato o convenio de plazo imputable a ‘La A.P.D.F.’. El importe retenido será

devuelto a ‘El Contratista’ en el momento en que éste recupere el atraso o una

proporción del mismo. Al elaborar el finiquito de los trabajos, todas las retenciones se

le abonarán a ‘El Contratista’, haciéndole los cargos que correspondan por el atraso

en la entrega de los trabajos.

”Para el caso de incumplimiento por causas imputables a “El Contratista” en la entrega

de la obra en los plazos establecidos, la pena que se aplicará será del 0.2% (cero

punto dos por ciento) por cada día de natural de atraso, calculándose conforme

al programa convenido sobre el monto total del contrato con el I.V.A. […]

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251 VOLUMEN 5/18

”De no presentar ‘El Contratista’ sus estimaciones a la Residencia de Supervisión

dentro de los 4 (cuatro) días hábiles posteriores a las fecha de corte, se le aplicará

una pena convencional del 2% (dos por ciento) del monto de la estimación con IVA,

que se aplicará por cada periodo que se omita la presentación de la estimación de

acuerdo a la periodicidad estipulada en este contrato.

”El importe de las penalizaciones a que se haga acreedor ‘El Contratista’, que no sean

aplicadas en las estimaciones durante la vigencia del contrato, deberá liquidarlo a ‘La

A.P.D.F.’ mediante cheque certificado a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito

Federal en el acto de entrega-recepción de los trabajos o bien se le descontará en la

estimación finiquito.

”Vigésima segunda.- Deducciones específicas: ‘El Contratista’ acepta que de las

estimaciones que se le cubran, se hagan las siguientes deducciones: 2.0% (dos por

ciento) para Servicios de Auditoría de los Contratos de Obras (SACOP-CG) y el 1.5%

(uno punto cinco por ciento) Supervisión y Revisión de las Obras Públicas por

Contrato (SRCOP-DF).”

10. El expediente del contrato contó con la fianza núm. 1621889 del 10 de junio de 2013,

expedida por Afianzadora Sofimex, S.A., por un monto de 826.0 miles de pesos que

representa el 10.0% del valor del contrato sin IVA, para garantizar el cumplimiento del

contrato. Así el sujeto fiscalizado dio cumplimiento a los artículos 35, fracción III; y 36

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

11. La Delegación Gustavo A. Madero también contó con la póliza de responsabilidad civil

general núm. 2960, expedida por Seguros Banorte-Generali, S.A. de C.V., del 10 de

junio del 2013, por un monto de 1,916.5 miles de pesos, que representa el 20.0%

del valor del contrato con IVA, en la que se consideran los sitios de los trabajos y se

garantiza la reparación total de los daños y perjuicios que se llegaran a ocasionar

a terceros en sus bienes y/o personas, durante la ejecución de todos los trabajos

realizados por la persona física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi,

siempre y cuando resulte civilmente responsable, en cumplimiento a lo establecido

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252 VOLUMEN 5/18

en el artículo 47, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

vigente en 2013.

12. Asimismo, el órgano político-administrativo contó con la fianza núm. 1691441 del 7 de

octubre de 2013 (el mismo día que fue entregada la obra), expedida por Afianzadora

Sofimex, S.A., por un monto de 958.2 miles de pesos, que representa el 10.0% del

valor del contrato con IVA, en la que garantiza la responsiva por mala ejecución,

defectos o vicios ocultos u otra responsabilidad resultante de los trabajos ejecutados,

por un período de un año posterior a la recepción de los trabajos.

Ya que en el cuarto párrafo de la cláusula octava del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13

establece la obligación de la presentación de esta fianza con diez días de

anticipación a la entrega de la obra, el sujeto fiscalizado incumplió lo establecido en el

artículo 58, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en

2013, que señala:

“Concluidos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista quedará

obligado a responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos y de

cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en

el contrato respectivo y conforme lo dispuesto en él. […]

”Para garantizar durante un plazo de doce meses, en el caso de la obra y de los

servicios relacionados con la obra pública, el cumplimiento de las obligaciones a que

se refiere el párrafo a anterior, previamente a la recepción de los trabajos, el contratista

constituirá garantía por el equivalente del diez por ciento del monto total ejercido en la obra.

En lugar de esta garantía, podrá conservar la de cumplimiento de contrato ajustado al diez

por ciento del monto total ejercido, siempre y cuando se haya obligado a responder

además, por los defectos o vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad que llegara

a surgir en la obra durante el año posterior a su recepción.”

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información

ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.

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253 VOLUMEN 5/18

Licitación pública nacional núm. 30001127-004-13

1. La Delegación Gustavo A. Madero contó con el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 07 de

enero de 2013, mediante el cual la SEFIN le otorgó la autorización presupuestal por un

monto de 86,523.7 miles de pesos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

de los cuales le correspondieron 379.5 miles de pesos a cada uno de los Comités

Ciudadanos.

2. Mediante el formato de suficiencia presupuestal núm. AB-19 del 30 de abril de 2013,

la Subdirección de Planeación, Programación y Presupuesto, otorgó a la Dirección

General de Servicios Urbanos la suficiencia presupuestal para la reconstrucción y

mantenimiento de banquetas y guarniciones en diferentes colonias y Comités Ciudadanos,

por un monto de 15,141.6 miles de pesos con cargo a la partida 6241 “División

de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”.

3. Se realizó el concurso de licitación pública nacional núm. 30001127-004-13, con

fundamento en los artículos 23; 24, apartado A; 25, apartado A, fracción I; 26; y 28 de

la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, con objeto de ejecutar la

obra de reconstrucción y mantenimiento de banquetas y guarniciones en diferentes

colonias y Comités Ciudadanos dentro del perímetro delegacional Zona “B”; dicho

concurso fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1596 del 3 de

mayo de 2013.

4. Con el oficio núm. DGAM/DGSU/0626-3/13 del 3 de mayo de 2013, la Dirección

General de Servicios Urbanos invitó a la Dirección General de Participación Ciudadana

y Gestión Social a asistir al evento correspondiente a la convocatoria núm. 001-2013,

para el concurso de licitación pública nacional núm. 30001127-004-13.

5. El 16 de mayo de 2013, se realizó la junta de aclaraciones y se levantó el acta

respectiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 26, 29, 31 y 33 de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal; y artículo 2, fracción VIII; y artículo 6 del Reglamento

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, ambas vigentes en 2013.

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254 VOLUMEN 5/18

6. El 22 de mayo de 2013, se realizó la primera sesión para la presentación de propuestas

y apertura del sobre único de la licitación pública nacional núm. 30001127-004-13, en la cual

se recibieron las propuestas técnicas y económicas de las empresas participantes,

en cumplimiento de lo establecido en los artículos 24, apartado A; 28; 33, apartados A y B;

y 39, fracción I, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

7. En el acta de fallo y adjudicación del 28 de mayo de 2013, se hace constar que “con

fundamento en el artículo 29, fracción VIII de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal; así como el artículo 51 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal, la Delegación comunica a los presentes, que la empresa Reactor Ingeniería,

S.A. de C.V., reúne las condiciones legales, técnicas, económicas, financieras

y administrativas requeridas, por lo que se determina otorgar el fallo del concurso

a la Proposición de la empresa: Reactor Ingeniería, S.A. de C.V.”.

No obstante, el órgano político-administrativo no cuenta con evidencia de la publicación

del fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Por lo que incumplió el artículo 34

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero presentó una cédula de seguimiento de los

resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios

Urbanos, en la que se informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento

donde se incluye la publicación del fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal conforme

lo señala la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, mismo que será sometido a la

aprobación de la Oficialía Mayor. -Adjudicación de Obra mediante el Procedimiento

de Licitación Pública”. Lo expuesto por el órgano político-administrativo no subsana

la deficiencia de control, por lo que la presente observación prevalece.

8. El 29 de mayo de 2013, se celebró el contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13 con la

empresa Reactor Ingeniería S.A. de C.V., por un importe de 5,344.1 miles de pesos

(IVA incluido); dicho contrato se realizó en función del criterio de economía y cumple

con lo establecido en el Artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

vigente en 2013.

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255 VOLUMEN 5/18

9. El contrato incluye, entre otras, las siguientes cláusulas:

“Primera.- objeto del contrato: ‘La A.P.D.F’ encomienda a ‘el contratista’ la realización

de la obra consistente en la: ‘reconstrucción y mantenimiento de banquetas y

guarniciones en diferentes colonias y comités ciudadanos dentro del perímetro

delegacional. zona b’ […]

”Segunda.- monto del contrato: El monto del presente contrato es de $4’607,016.61

(Cuatro millones seiscientos siete mil dieciséis pesos 61/100 M.N.) más la cantidad de

$737,122.66 (Setecientos treinta y siete mil ciento veintidós pesos 66/100 M.N.) que

corresponde al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), el importe total del contrato es de

$5’344,139.27 (Cinco millones trescientos cuarenta y cuatro mil ciento treinta y nueve

pesos 27/100 M.N.)

”Tercera.- plazo de ejecución: ‘el contratista’ se obliga a iniciar la obra objeto de este

contrato el día 30 de Mayo de 2013 y a terminarla el día 27 de Agosto de 2013,

período que comprende 90 días calendario, de conformidad con el programa de los

trabajos que forma parte de este contrato […]

”Séptima.- forma de pago: Las partes convienen que los trabajos objeto del presente

contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones que abarcarán los

conceptos de trabajos ejecutados mensualmente como máximo, las que serán

presentadas por ‘El contratista’ acompañadas de la documentación que acredite la

procedencia de su pago a la Residencia de Supervisión de ‘La A.P.D.F.’ para su

aprobación a más tardar dentro de los 4 (cuatro) días hábiles siguientes a la fecha

de corte, teniendo como máximo 30 (treinta) días para estimar; dicha Residencia de

Supervisión dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes deberá revisar, y en su

caso, recabar la autorización del Residente de la Obra de ‘La A.P.D.F.’ […]

”Octava.- garantías: para garantizar el cumplimiento de los términos de este contrato,

‘el contratista’ deberá presentar a ‘La A.P.D.F’, una póliza de fianza a favor de la

Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, expedida por una afianzadora autorizada

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256 VOLUMEN 5/18

para operar en el Distrito Federal equivalente al 10% (diez por ciento) del importe total

de este contrato (sin incluir el I.V.A.).

”La fianza anterior se entregará en un plazo no mayor de 10 (diez) días hábiles

contados a partir de la fecha en que ‘El Contratista’ haya recibido copia del fallo de

adjudicación […]

”‘El Contratista’ deberá presentar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la

fecha de firma del presente contrato la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad

civil por daños a terceros por el equivalente del 20% (veinte por ciento) del importe

total del contrato, caso contrario, este contrato quedará sin efecto […]

”Para responder por defectos que resultaren de los trabajos realizados, de vicios ocultos,

de cualquier otra responsabilidad, así como de lo señalado en el segundo párrafo de la

cláusula sexta del presente contrato, ‘El Contratista’ garantizará mediante fianza desde los

10 (diez) días hábiles previos a la recepción de los trabajos, o antes del pago del 10%

(diez por ciento) final de ellos, en cuyo caso deberá entregar la garantía en forma adjunta

a la primera estimación de ese 10% (diez por ciento). La póliza de fianza deberá

expedirse a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, por una afianzadora

autorizada para operar en el Distrito Federal, equivalente al 10% (diez por ciento) del

monto total (con I.V.A.) ejercido a la fecha de entrega-recepción […]

”Décima quinta.- recepción de los trabajos: ‘El Contratista’ comunicará por escrito a

‘La A.P.D.F.’ dentro de los 10 (diez) días hábiles previos a la terminación de la

vigencia del contrato, la conclusión de los trabajos que le fueron encomendados, y

ésta a partir de la fecha de terminación de los trabajos, dentro de los 10 (diez) días

hábiles siguientes verificará la debida terminación de los mismos conforme a las

condiciones establecidas en este contrato, debiendo levantar minuta de recepción

física de los trabajos.

”Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos ‘La A.P.D.F.’ contará

con un plazo de 20 (veinte) días hábiles para proceder al levantamiento del Acta de

Entrega-Recepción de trabajos, quedando los trabajos bajo su responsabilidad […]

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257 VOLUMEN 5/18

”La liquidación de los trabajos deberá efectuarse en un periodo que no excederá de 100

(cien) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de los trabajos, para lo cual ‘La

A.P.D.F.’ notificará con la debida anticipación a ‘El Contratista’ para los efectos

procedentes. De no llegar a una liquidación acordada entre las partes, ‘La

A.P.D.F. ’ procederá a realizarla unilateralmente.

”El finiquito de los trabajos se realizará a más tardar a los 20 (veinte) días hábiles

posteriores a la fecha de la liquidación; si para este término ‘El Contratista’ no se ha

presentado a finiquitar, ‘La A.P.D.F.’ deberá requerir por escrito a ‘El Contratista’ que

se presente a finiquitar. Una vez notificado debidamente ‘El Contratista’ se tendrán 20

(veinte) días hábiles para que se presente y finiquite; […]

”Décima octava.- penas convencionales: ‘La A.P.D.F.’ verificará periódicamente si los

trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por ‘El Contratista’ de acuerdo

con el programa de obra comprometido […]

”Si como consecuencia de la verificación se observa que el importe de la obra realmente

ejecutada es menor en términos absolutos que el importe de lo que debió realizarse,

‘La A.P.D.F.’ retendrá el 2% (dos por ciento) con el I.V.A. de la diferencia de dichos

importes en las estimaciones del periodo de la evaluación. […]

”Para el caso de incumplimiento por causas imputables a ‘El Contratista’ en la entrega

de la obra en los plazos establecidos, la pena que se aplicará será del 0.2% (cero

punto dos por ciento) por cada día natural de atraso, calculándose conforme al

programa convenido sobre el monto total del contrato con el I.V.A. […]

”De no presentar ‘El Contratista’ sus estimaciones a la Residencia de Supervisión

dentro de los 4 (cuatro) días hábiles posteriores a las fechas de corte, se le aplicará

una pena convencional del 2% (dos por ciento) del monto de la estimación sin IVA,

que se aplicará por cada periodo que se omita la presentación de la estimación de

acuerdo a la periodicidad estipulada en este contrato…”

10. El expediente del contrato contó con la fianza núm. 1435030 del 29 de mayo de 2013,

expedida por Ace Fianzas Monterrey, S.A., por un monto de 460.7 miles de pesos,

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258 VOLUMEN 5/18

que representa el 10.0% del monto total del contrato, sin incluir IVA, para garantizar

el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Con lo anterior, se dio

cumplimiento a los artículos 35, fracción III; 36; y 58, párrafo segundo, de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

11. Asimismo, el sujeto fiscalizado contó con la póliza de responsabilidad civil general

núm. NT33002954 expedida por ABA Seguros, S.A. de C. V., del 30 de mayo de

2013, por un monto de 1,068.8 miles de pesos, que representa el 20.0% del monto

total del contrato, en la que se consideran los sitios de los trabajos y las afectaciones

posibles que se presentaran y se garantiza la responsabilidad absoluta por parte del

contratista por la reparación total de los daños y perjuicios que se llegaran a ocasionar

a terceros, en su persona o inherentes a los trabajos objeto del contrato, en cumplimiento

a lo establecido en el artículo 47, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2013.

12. De igual forma, la Delegación Gustavo A. Madero se contó con la fianza núm. 1493411

del 27 de agosto de 2013, expedida por Afianzadora Ace Fianzas Monterrey, S.A.,

por un monto de 534.4 miles de pesos, que representa el 10.0% del valor del contrato,

incluyendo IVA, para garantizar la responsiva por mala ejecución, defectos o vicios

ocultos u otra responsabilidad resultante de los trabajos. Con lo que dio cumplimiento

a los artículos 36 y 58 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; sin embargo,

incumplió lo establecido en el cuarto párrafo de la cláusula octava del contrato

núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los

resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios

Urbanos en la que se informa que esa dirección general “tiene como prioridad la

recepción de la obra conforme a lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal y a lo señalado en el contrato 02 CD 07 2O 0023 1 13, sin menoscabo de la

debida integración de los expedientes únicos de la obra conforme a la sección 27 del

Decreto por el que se expide las Políticas Administrativas Bases y Lineamientos en

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259 VOLUMEN 5/18

materia de obra pública […] el documento señalado cumple íntegramente con lo

marcado en la cláusula octava del contrato en mención, por lo que se remite la fianza

número 14793411 de fecha 27 de agosto de 2015”.

No obstante, lo expuesto por el órgano político-administrativo no subsana el retraso en

la presentación de la póliza de responsabilidad civil, por lo que la deficiencia de control

prevalece.

La Delegación Gustavo A. Madero cuenta con la documentación e información que

respaldan las diversas etapas relacionadas con el proceso de licitación pública nacional

núm. 30001127-008-13, para dar cumplimiento al proyecto ganador denominado

“Banquetas y Guarniciones”, lo que dio or igen a la formalización del contrato

núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13 del 10 de junio de 2013 con la persona física con actividad

empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, por un importe de 9,582.4 miles de pesos.

Asimismo, derivado de la licitación pública nacional núm. 30001127-004-13 se formalizó el

contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13 del 29 de mayo de 2013 con la empresa Reactor

Ingeniería, S.A. de C.V., por un importe de 5,344.1 miles de pesos, pagados con recursos

del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a la partida 6241 “División de

Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”. Dicho contrato se sujetó a la

normatividad y ordenamientos señalados, salvo en lo que se informa en los numerales

6 y 12 del proceso de licitación pública nacional núm. 30001127-008-13 y en los

numerales 7 y 12 de la licitación pública nacional núm. 30001127-004-13, procedimientos

licitatorios descritos en el presente resultado.

Al revisar dos pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. DGCNCP/0917/2015

del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal del momento contable del

gasto comprometido se realizó en las pólizas de diario respectivas, de conformidad con lo

señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal, correspondiente a la

Delegación Gustavo A. Madero, y en cumplimento del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, y de las normas quinta y octava de

las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos

del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.

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260 VOLUMEN 5/18

Recomendación AFLB-134-13-33-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

que le permitan garantizar que se publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los

fallos de los procesos de licitaciones públicas que realiza, en cumplimiento de la normatividad

y ordenamientos aplicables.

Recomendación AFLB-134-13-34-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

que le permitan garantizar que se reciba por parte del contratista, la fianza por vicios

ocultos u otra responsabilidad en que hubiere incurrido el contratista, derivado de los

contratos de obra pública que suscribe, en los plazos y términos que establece la normatividad

y ordenamientos aplicables.

Gasto Devengado

8. Resultado

Los artículos 44; 69, fracciones I y III; y 125 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2013, establecen lo siguiente:

“Artículo 44.- Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores

públicos encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación

de los recursos, […] de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del

gasto; de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados;

de la guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de

los medios de identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme

a las disposiciones aplicables en la materia […]

”Artículo 69.- Las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad, que los

pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción

a los siguientes requisitos:

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261 VOLUMEN 5/18

”I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción de los

anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables; […]

”III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos

originales respectivos, entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen

la obligación de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la

entrega de las sumas de dinero correspondientes […]

”Artículo 125.- La contabilidad de las operaciones deberá estar respaldada por los

documentos justificantes y comprobatorios originales.

”Será responsabilidad de los titulares de las […] Delegaciones […] así como de los

servidores públicos encargados de su administración, la recepción, guarda, custodia y

conservación de los documentos justificantes y comprobatorios del gasto, así como de los

libros, registros e información relativa, en términos de las disposiciones aplicables.”

Para verificar si la Delegación Gustavo A. Madero ejerció recursos correspondientes al

destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en particular con cargo al capítulo 6000

“Inversión Pública”, y si dio cumplimiento a los compromisos establecidos en los instrumentos

jurídicos respectivos, se analizó lo siguiente:

Contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13

El proyecto específico ganador denominado “Banquetas y Guarniciones”, comprende la

realización de los trabajos en 27 Comités Ciudadanos o Consejo de los Pueblos, en igual

número de colonias de la Delegación Gustavo A. Madero. Para verificar que se hubieran

cumplido el clausulado del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13, se revisó la

documentación e información proporcionadas por la Delegación Gustavo A. Madero mediante

el oficio núm. DGAM/DGA/0720/15 del 24 de marzo de 2015, consistente en el expediente del

proceso de licitación, contrato, estimaciones, bitácoras, liquidación de obra, finiquito de obra

y acta entrega de obra, entre otras; asimismo, se realizaron diversas inspecciones oculares

a los sitios en donde se realizaron las obras públicas señaladas en el presente resultado.

En dichas inspecciones de se observó lo siguiente:

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262 VOLUMEN 5/18

1. Con un escrito del 10 de junio de 2013, la persona física con actividad empresarial

Ing. Francisco Jorge Genchi, informó a la Dirección de Servicios Públicos de la

Delegación Gustavo A. Madero del inic io de los trabajos relat ivos al contrato

núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13.

Dicho escrito no cuenta con sello o firma de recepción por parte de la Delegación, lo

cual denota deficiencias de control.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de

Administración de la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó una cédula

de seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección

General de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá

un procedimiento de recepción de documentación oficial para integrarse en el expediente

único de obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano

político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual

cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

2. Con el oficio núm. DGAM/DGSU/DSP/1301/13 del 10 de junio de 2013, la Dirección

de Servicios Públicos de la Delegación Gustavo A. Madero informó a la persona física

con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, que la empresa ARS 259

Arquitectos, S.A. de C.V., estaría a cargo de la residencia de supervisión, de conformidad

con lo establecido en el artículo 50, primer párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2013.

3. Mediante el oficio núm. DGAM/DGSU/DSP/1403/13 del 12 de julio de 2013, la Dirección

de Servicios Públicos de la Delegación Gustavo A. Madero informó a la Contraloría

Interna del inicio de los trabajos relativos al contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13.

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263 VOLUMEN 5/18

4. La Delegación proporcionó el oficio núm. DGAM/DGSU/DSP/1266/13 del 3 de junio

de 2013, con el que se informa de la designación del supervisor interno de la obra

relacionada con el contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13, por lo que cumplió con lo

establecido en el artículo 50 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente

en 2013.

5. El sujeto fiscalizado no proporcionó escrito con el cual la persona física con actividad

empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, informara a la Delegación Gustavo A.

Madero el nombre de su representante, por lo que incumplió lo establecido en el primer

párrafo de la cláusula sexta del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de

Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de

seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General

de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un

procedimiento de recepción de documentación oficial para integrarse en el expediente

único de obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano

político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual

cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

6. Se revisaron las estimaciones de obra firmadas por el contratista y el supervisor interno,

en las que se detalla la obra realizada, unidad, cantidad, periodo de la estimación,

importe, deducciones, monto total y porcentaje de avance de obra acumulado.

Los periodos de las estimaciones se describen en el cuadro siguiente:

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264 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos y porcentajes)

Estimación Período de la

estimación Importe IVA Subtotal Deducciones* Total

% de obra acumulado

1 10/VI/13 al 30/VI/13 1,529.9 244.8 1,774.7 53.6 1,721.1 18.5

2 1/VII/13 al 15/VII/13 2,446.9 391.5 2,838.4 85.6 2,752.8 48.1

3 16/VII/13 al 31/VII/13 915.6 146.5 1,062.1 32.0 1,030.1 59.2

4 1/VIII/13 al 15/VIII/13 919.1 147.1 1,066.2 32.2 1,034.0 70.5

5 16/VIII/13 al 31/VIII/13 611.1 97.8 708.9 21.4 687.5 77.7

6 1/IX/13 al 15/IX/13 919.9 147.2 1,067.1 32.2 1,034.9 88.9

7 16/IX/13 al 30/IX/13 303.4 48.5 351.9 10.6 341.3 92.5

8 1/X/13 al 3/X/13 308.7 49.4 358.1 10.8 347.3 96.3

9F 4/X/13 al 7/X/13 306.0 49.0 355.0 10.7 344.3 100.0

Total 8,260.6 1,321.8 9,582.4 289.1 9,293.3

* Las deducciones corresponden al 1.5% para supervisión y revisión por contratos de obra pública y 2.0% para servicios de inspección, control y vigilancia de los contratos, de conformidad con el artículo 184 del Código Fiscal del Distrito

Federal.

Las estimaciones no presentaron sanciones y su elaboración se ajustó a lo

establecido en la cláusula sexta del contrato, la cual menciona que la formulación de

estimaciones abarcará los conceptos de trabajo terminados, con una periodicidad no

mayor de un mes y se presentarán dentro de los cuatro días naturales siguientes a la

fecha de corte.

7. La Bitácora de obra cuenta con las firmas de los responsables de la supervisión

interna, la supervisión externa y el representante de la persona física con actividad

empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi. En estas se describen los trabajos

realizados por día, durante el periodo del 10 de junio al 7 de octubre de 2013.

8. Con un escrito sin número del 23 de septiembre de 2013, la persona física con

actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi informó a la Dirección de Servicios

Públicos que los trabajos objeto del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13 quedarían

concluidos en tiempo y forma el día 7 de octubre de 2013, de acuerdo con lo

estipulado en el contrato.

Dicho escrito no cuenta con sello o firma de recepción por parte de la Delegación, lo

cual denota deficiencias de control.

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265 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó una cédula de seguimiento de los

resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios

Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento

de recepción de documentación oficial para integrarse en el expediente único de obra,

el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano político-

administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual cuenta

con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

9. Mediante un escrito sin número del 7 de octubre de 2013, la persona física con

actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi informó a la Dirección de Servicios

Públicos que los trabajos objeto del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13 se daban

por concluidos, en cumplimiento de la cláusula décimo quinta, primer párrafo, del

contrato, y del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Dicho escrito no cuenta con sello o firma de recepción por parte de la Delegación.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó una cédula de seguimiento de los

resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios

Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento

de recepción de documentación oficial para integrarse en el expediente único de obra,

el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano político-administrativo

proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual cuenta con sello de

recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

Page 266: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

266 VOLUMEN 5/18

10 Como parte del expediente del contrato en análisis, se observaron las minutas de

verificación física de los trabajos; dichas minutas se realizaron por comité y cuentan

con la firma de la Dirección de Servicios Públicos, supervisión interna, supervisión

externa y del contratista. Sin embargo, de las 27 colonias que se especifican en el

contrato en análisis, solo cuenta con nueve minutas de verificación física.

A efecto de aclarar dicha situación, mediante el oficio AFLB/134/13-04 del 22 de abril

de 2015, se solicitaron 11 minutas de verificación física de los trabajos realizados en

las colonias (o comités) siguientes: Ejidos de San Juan de Aragón 1ª Sección (Unidad

Habitacional), San Rafael Ticomán (Barrio), Villa Gustavo A. Madero, Triunfo de la

República, Santa Rosa, Rosas del Tepeyac, Magdalena de las Salinas, Panamericana

(Ampliación), Revolución IMSS (Unidad Habitacional), La Forestal, La Purísima Ticomán

y El Arbolillo 2 (Unidad Habitacional). Sin embargo, el órgano político-administrativo no

proporcionó información o documentación al respecto.

En virtud de lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero no observó el artículo 57 de

la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los

resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios

Urbanos, en la que esa dirección general “exhibe copia certificada de las minutas de

verificación física de los trabajos de los comités ciudadanos Panamericana (Ampl.),

Magdalena de las Salinas y Revolución IMSS”. También, el órgano político-administrativo

proporcionó copia certificada de los documentos que menciona.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

11 La Delegación Gustavo A. Madero, no proporcionó el oficio con el que informó a la

Contraloría Interna de la terminación de los trabajos, así como la fecha y hora donde

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267 VOLUMEN 5/18

se realizaría la recepción de los mismos, por lo que no observó lo establecido en el

tercer párrafo del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente

en 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de

Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula

de seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección

General de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general “tiene

como prioridad la recepción de la obra conforme a lo establecido en la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal y a lo señalado en el contrato 02 CD 07 2O 0032 1 13,

sin menoscabo de la debida integración de los expedientes únicos de la obra

conforme a la sección 27 del Decreto por el que se expide las Políticas

Administrativas Bases y Lineamientos en materia de obra pública […] mediante oficio

no. DGAM/DGSU/DSP/0768/2015 de fecha 29 de abril de 2015, se solicitó a la

empresa para que se exhiba los soportes documentales necesarios para la correcta

integración del expediente único de obra del contrato en mención”.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo no subsana la no

presentación del oficio de referencia, que es su responsabilidad y no del contratista

como lo manifiesta, y confirma la no observancia de la normatividad señalada, por lo

que la deficiencia de control prevalece.

12. Con un escrito sin número del 7 de octubre de 2013, la persona física con actividad

empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi hizo entrega del cuadro de “Liquidación” a la

Dirección de Servicios Públicos. Dicha liquidación cuenta con las firmas de la persona

física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, de la supervisión

externa a cargo de ARS 259. Arquitectos S.A. de C.V., y de la supervisión interna.

Sin embargo, dicho escrito no cuenta con sello de recepción o firma del personal de la

Delegación, por lo que no se observó lo establecido en el artículo 57 de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

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268 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los

resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios

Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento

de recepción de documentación oficial para integrarse al expediente único de obra, el

cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Además, El órgano político-administrativo

proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual cuenta con sello de

recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

13. Por medio de un escrito sin número del 7 de octubre de 2013, la persona física con

actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi hizo entrega de la “Cancelación de

Monto del Contrato” a la Dirección de Servicios Públicos de la Delegación Gustavo

A. Madero, por un monto de 2.06 pesos.

Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,

lo cual denota deficiencias de control.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 de 21 de mayo de 2015, la Dirección General de

Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula

de seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección

General de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general

“establecerá un procedimiento de recepción de documentación oficial para integrarse

al expediente único de obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente,

el órgano político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención,

el cual cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

Page 269: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

269 VOLUMEN 5/18

14. Mediante un escrito del 7 de octubre de 2013, la persona física con actividad

empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi hizo entrega de la “Sábana Finiquito” a la

Dirección de Servicios Públicos, por un monto total líquido de 9,293.3 miles de pesos.

Dicha “Sábana Finiquito” cuenta con las firmas de la persona física con actividad

empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, de la supervisión externa a cargo de la empresa

de supervisión externa ARS 259, Arquitectos S.A. de C.V., y de la supervisión interna.

Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,

por lo que no dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 57 de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de

Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula

de seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección

General de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá

un procedimiento de recepción de documentación oficial para integrarse al expediente

único de obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano

político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual

cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

15. De una muestra aleatoria, se seleccionaron cinco colonias a efecto de realizar la

verificación física respectiva. Derivado de ello, personal de éste órgano superior de

fiscalización en compañía de personal de la Delegación Gustavo A. Madero, realizó

visitas de inspección el 24 de abril de 2015, en las cuales se constató que la ejecución

de las obras se realizó de conformidad con lo establecido en el contrato y actualmente

se encuentran en funcionamiento, lo cual consta en el acta respectiva y en fotografías.

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270 VOLUMEN 5/18

Contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13

El proyecto específico ganador denominado “Banquetas y Guarniciones”, para los Comités

Ciudadanos Martín Carrera II, San Juan de Aragón 1ª Sección, Providencia I, Gertrudis

Sánchez, Providencia II, Estanzuela, Del Obrero, Villa Hermosa, Aragón la Villa, Ampliación

Gabriel Hernández, Cuchilla la Joya, El Olivo, Nueva Atzacoalco I, Martín Carrera I y Nueva

Atzacoalco II, comprenden “La Reconstrucción y Mantenimiento de Banquetas y

Guarniciones”. Para verificar que se hubiese dado cumplimiento al clausulado del contrato

núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13, se revisó la documentación e información proporcionada por la

Delegación Gustavo A. Madero mediante el oficio núm. DGAM/DGA/0720/15 del 24 de marzo

de 2015, consistente en el original del expediente 02 CD 07 2O 0023 1 13, así como el

original de las CLC con sus respectivos soportes documentales; asimismo, se realizaron

diversas inspecciones oculares a los sitios en que se realizaron las obras públicas señaladas

en el presente resultado. De lo anterior, se informa lo siguiente:

1. Con el oficio núm. DGAM/DSP/1240/13 del 29 de mayo de 2013, la Dirección de Servicios

Públicos comunicó a la empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V.,

que la empresa JYN Ingenieros Constructores, S.A. de C.V., sería la responsable de

la supervisión externa, vigilancia, control y revisión detallada de los trabajos y de las

estimaciones presentadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal y 62 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal, ambas vigentes en 2013.

2. Con un escrito sin número del 29 de mayo de 2013, la empresa JYN Ingenieros

Constructores, S.A. de C.V., informó a la Dirección de Servicios Públicos del nombre

del representante técnico nombrado por la empresa contratista Reactor Ingeniería,

S.A. de C.V.

Dicho escrito no cuenta con sello o firma de recepción por parte de la Delegación, lo

cual denota deficiencias de control.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración

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271 VOLUMEN 5/18

de la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó una cédula de seguimiento de los

resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios

Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento

de recepción de documentación oficial para integrarse al expediente único de obra, el

cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano político-administrativo

proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual cuenta con sello de

recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

3. Con un escrito sin número de fecha 30 de mayo de 2013, la empresa contratista

Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., informó a la Dirección de Servicios Públicos, del

inicio de los trabajos relativos al contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.

Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,

lo cual denota deficiencias de control.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración

de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los

resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios

Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento

de recepción de documentación of icial para integrarse al expediente único de

obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adic ionalmente, el órgano

político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el

cual cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.

Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia

de control, por lo que la presente observación prevalece.

4. Mediante el of icio núm. DGAM/DGSU/DSP/1469/2013 del 26 de junio de

2013, la Dirección de Servic ios Públ icos de la Delegación Gustavo A. Madero

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272 VOLUMEN 5/18

informó a la Contraloría Interna acerca del inicio de los trabajos relativos al contrato

núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.

5. En las estimaciones de obra firmadas por el contratista, el supervisor externo y el

supervisor interno, en las que se detalla la obra realizada, unidad, cantidad, precio

unitario, periodo de la estimación e importe. Los periodos de las estimaciones se

describen a continuación:

(Miles de pesos)

Estimación Periodo de la

estimación Importe IVA Subtotal Deducciones* Total

% de obra acumulado

1 30/V/13 al 15/VI/13 537.0 85.9 622.9 18.8 604.1 11.66

2 16/VI/13 al 30/VI/13 783.2 125.3 908.5 27.4 881.1 28.66

3 1/VII/13 al 15/VII/13 843.9 135.0 978.9 29.5 949.4 46.98

4 16/VII/13 al 31/VII/13 654.9 104.8 759.7 22.9 736.8 61.19

5 1/VIII/13 al 15/VIII/13 594.3 95.1 689.4 20.8 668.6 74.09

6 16/VIII/13 al 22/VII/13 680.3 108.9 789.2 23.8 765.4 88.86

7F 23/VIII/13 al 27/VIII/13 513.4 82.1 595.5 18.0 577.5 100.0

Total 4,607.0 737.1 5,344.1 161.2 5,182.9

* Las deducciones corresponden al 2.0% para Servicios de Auditoría de los Contratos de Obras (SACOP-CG) y al 1.5% para Supervisión y Revisión de las Obras Públicas por Contrato (SRCOP-DF).

La elaboración de las estimaciones se ajustó a lo establecido en la cláusula séptima

del contrato, la cual menciona que la formulación de estimaciones abarcará los

conceptos de trabajo terminados con una periodicidad no mayor de un mes y se

presentará dentro de los cuatro días naturales siguientes a la fecha de corte.

6. En las bitácoras de obra firmadas por el contratista, la supervisión interna y externa, la

Dirección de Servicios Públicos y el representante técnico, se describen los trabajos

realizados por día del periodo del 30 de mayo al 27 de agosto de 2013.

7. Por medio de un escrito sin número del 13 de agosto de 2013, la empresa contratista

Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., comunicó a la Dirección de Servicios Públicos de la

Delegación Gustavo A. Madero, que los trabajos se concluirán en tiempo y forma

el 27 de agosto de 2013.

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273 VOLUMEN 5/18

Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,

lo cual denota deficiencias de control.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información

ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.

8. Mediante un escrito sin número del 27 de agosto de 2013, la empresa contratista

Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., informó a la Dirección de Servicios Públicos de la

Delegación Gustavo A. Madero, que se daban por terminados los trabajos, solicitando

la recepción física de los mismos.

Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,

lo cual denota deficiencias de control.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información

ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.

9. Por medio del oficio núm. DGAM/DGSU/1009/14 del 16 de junio de 2014, dirigido

a la empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., la Dirección General de

Servicios Urbanos de la Delegación Gustavo A. Madero, notif icó la fecha, lugar

y hora para llevar a cabo la verificación de los trabajos correspondientes al contrato

núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.

10. Con el oficio núm. DGAM/DGSU/1008/14 del 16 de junio de 2014, dirigido a la

Contraloría Interna, la Dirección General de Servicios Urbanos de la Delegación

Gustavo A. Madero notificó la fecha, lugar y hora para llevar a cabo la verificación de

los trabajos correspondientes al contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.

11. De acuerdo con la minuta de constatación de los trabajos, la verificación de los

trabajos terminados se llevó a cabo el día 27 de junio de 2014; dicha minuta cuenta

con la firma de la empresa contratista, la supervisión externa, la supervisión interna

y la Dirección General de Servicios Urbanos.

Page 274: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

274 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero incumplió lo establecido en el

artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y en la cláusula décima

quinta, primer párrafo, del contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13. Dicha cláusula

indica lo siguiente:

“‘El Contratista’ comunicará por escrito a ‘La A.P.D.F.’ dentro de los 10 (diez) días

hábiles previos a la terminación de la vigencia del contrato, la conclusión de los

trabajos que le fueron encomendados y ésta a partir de la fecha de terminación de

los trabajos, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes verificará la debida

terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en este contrato,

debiendo levantar minuta de recepción física de los trabajos.”

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información

ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.

12. Mediante el oficio núm. DGAM/DGSU/1157/14 del 27 de junio de 2014, dirigido a la

empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., la Dirección General de Servicios

Urbanos informó de la verificación de la debida conclusión de los trabajos, así como

la fecha, lugar y hora de la recepción de los trabajos correspondientes al contrato

núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.

13. Con el oficio núm. DGAM/DGSU/1130/14 del 27 de junio de 2014, la Dirección

General de Servicios Urbanos informó a la Contraloría Interna la fecha, lugar y hora

de la recepción de los trabajos del contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13, con lo que

dio cumplimiento a los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

y 64 de su Reglamento.

14. El 15 de julio del 2014, se celebró el acto entrega-recepción, en el cual se hace

constar que la dependencia o entidad dentro de los términos del contrato, recibe los

trabajos descritos reservándose el derecho de hacer posteriormente, las reclamaciones

que estime conveniente por obra faltante, mal ejecutada, mala calidad de los materiales

empleados, pagos indebidos o vicios ocultos. Lo anterior de conformidad con el Acta

Page 275: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

275 VOLUMEN 5/18

de Entrega-Recepción, que cuenta con la firma de la empresa contratista, la supervisión

externa, supervisión interna, la Contraloría Interna y la Dirección General de Servicios

Urbanos.

15. Mediante las actas de entrega-recepción, todas del 27 de agosto de 2013, la Dirección

de Servicios Públicos, la Supervisión Interna y la Jefatura de Unidad Departamental

de Obras de la Dirección Territorial, hizo entrega de los trabajos realizados en los

siguientes comités: Martín Carrera II, San Juan de Aragón 1a Sección, Providencia I,

Gertrudis Sánchez, Providencia II, Estanzuela, Del Obrero, Villa Hermosa, Aragón

la Villa, Ampliación Gabriel Hernández, Cuchilla la Joya, El Olivo, Nueva Atzacoalco I,

Martín Carrera I y Nueva Atzacoalco II, de los trabajos de obra consistentes en

reconstrucción y mantenimiento de banquetas y guarniciones en diferentes colonias

y comités ciudadanos dentro del perímetro delegacional Zona “B”. Dichas cuentan

con las firmas de conformidad del Presidente de cada uno de los Comités Ciudadanos,

la empresa contratista y la supervisión externa.

16. Con un escrito del 27 de agosto de 2013, la empresa Reactor Ingeniería, S.A. de C.V.,

informó a la Dirección de Servicios Públicos la forma en la cual se terminó el contrato

núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13, para lo cual envió la liquidación del mismo por

un importe total de 5,344.1 miles de pesos; dicha liquidación cuenta con las firmas

de la empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., de la supervisión externa

y la supervisión interna.

17. El sujeto fiscalizado contó con una “sábana finiquito” sin fecha, por un importe total de

5,344.1 miles de pesos; dicha “sábana finiquito” cuenta con las firmas del representante

de la empresa Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., de la supervisión interna y la supervisión

externa. Por lo expuesto, no se pudo constatar el cumplimiento de la cláusula

decimoquinta, penúltimo párrafo, del contrato correspondiente.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información

ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.

Page 276: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

276 VOLUMEN 5/18

18. De una muestra aleatoria, se seleccionaron cinco colonias a efecto de realizar la

verificación física respectiva. Derivado de ello, personal de este órgano superior

de fiscalización en compañía de personal de la Delegación Gustavo A. Madero,

realizó visitas de inspección el 24 de abril de 2015, en las cuales se constató que la

ejecución de las obras se realizó de conformidad con lo establecido en el contrato y

actualmente se encuentran en funcionamiento, lo cual consta en el acta respectiva

y en fotografías.

La Delegación Gustavo A. Madero atendió las disposiciones legales vigentes para asegurarse

de que los compromisos de ambos contratos estuvieran efectivamente devengados y cuenta

con la documentación comprobatoria de las obras contratadas. Sin embargo, se detectaron

irregularidades e inobservancias a la normatividad, las mismas que se señala en los

numerales 1, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13

y en los numerales 2, 3, 7, 8, 11 y 17 para el contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.

Asimismo, de la revisión de 13 pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General

de Contabi l idad, Normatividad y Cuenta Públ ica de la SEFIN, mediante el of icio

núm. DGCNCP/0917/2015 del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal

del momento contable del gasto devengado se realizó en las pólizas de diario respectivas,

como lo señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente

a la Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, y con las normas quinta

y novena de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables

de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.

Recomendación AFLB-134-13-35-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

que le permitan garantizar, que los expedientes únicos de obra derivado de los

contratos que suscribe, contengan la documentación original y que ésta, sea recibida por

el órgano político-administrativo, en los plazos y términos que establece la normatividad

y ordenamientos aplicables.

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277 VOLUMEN 5/18

Recomendación AFLB-134-13-36-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

que le permitan garantizar que se levante la minuta de verificación física de las obras

realizadas con cargo a su presupuesto, durante los 10 días posteriores a la terminación

de éstos, en cumplimiento a la normatividad y ordenamientos aplicables.

Recomendación AFLB-134-13-37-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control

que le permitan garantizar que se comunique a la Contraloría Interna la terminación de los

trabajos de obra pública que contrata, e informe la fecha señalada para su recepción, en

cumplimiento de la normatividad y ordenamientos aplicables.

Gasto Ejercido

9. Resultado

A efecto de comprobar si el órgano político-administrativo contó con evidencia documental

de que la emisión de las CLC se encontraba debidamente aprobada por la autoridad

competente, específicamente en el caso del ejercicio de recursos por el pago de bienes y

servicios con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se verificó el monto

otorgado, la justificación del gasto y la documentación justificativa y comprobatoria. Al revisar

dicha documental, se observó lo siguiente:

Contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13

Se revisaron siete CLC por un importe bruto de 8,869.3 miles de pesos, que representó

el 42.4% del presupuesto ejercido en esa partida (20,936.2 miles de pesos), como se

muestra en el siguiente cuadro:

Page 278: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

278 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

CLC Fecha Importe bruto Deducciones* Monto

10003041 20/X/13 1,774.7 53.6 1,721.1

10003042 22/X/13 2,838.4 85.6 2,752.8

10003043 22/X/13 1,062.1 32.0 1,030.1

10003044 22/X/13 1,066.2 32.2 1,034.0

10003045 22/X/13 708.9 21.4 687.5

10003046 22/X/13 1,067.1 32.2 1,034.9

10003548 5/XI/13 351.9 10.6 341.3

Total

8,869.3 267.6 8,601.7

* Las deducciones corresponden al 1.5% para supervisión y revisión por contratos de obra pública y 2.0% para servicios de inspección, control y vigilancia de los contratos, de conformidad con el artículo 184 del Código Fiscal del Distrito Federal.

Como se observa, el importe total de las CLC proporcionadas por la Delegación no cubre

el importe del contrato (9,582.4 miles de pesos); es decir, se observa una diferencia por

713.1 miles de pesos, por lo que con el oficio núm. AFLB/134/13-04 del 22 de abril de

2015, se le solicitó aclarar dicha situación; sin embargo, el órgano político-administrativo

no acreditó con evidencia documental el pago.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información

ni documentación al respecto, por lo que se determinó que el órgano político-administrativo

incumplió la cláusula decimoquinta, del contrato respectivo, que establece lo siguiente:

“… La liquidación de los trabajos deberá efectuarse en un período que no excederá de 100

(cien) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de los trabajos, para lo cual ‘La A.P.D.F.’

notificará con la debida anticipación a ‘El Contratista’ para los efectos procedentes […]

”El finiquito de los trabajos se realizará a más tardar a los 20 (veinte) días hábiles

posteriores a la fecha de la liquidación […]

”La entrega recepción de los trabajos, la liquidación y el finiquito del presente contrato se

efectuarán de acuerdo a lo estipulado en esta cláusula de conformidad con lo dispuesto

por los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal...”.

Por lo expuesto, la deficiencia de control prevalece.

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279 VOLUMEN 5/18

Se verificó que el registro de las CLC en auxiliares presupuestales correspondiera al

presupuesto ejercido y reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal 2013; que contaron con las autorizaciones de suficiencia presupuestal

correspondientes, así como con la documentación justificativa y comprobatoria, y que fueron

registradas presupuestalmente en la partida que les corresponde, conforme a la naturaleza del

gasto, en atención del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2013.

Mediante el oficio núm. DGAM/DGA0710/2015 del 17 de marzo de 2015, el sujeto

fiscalizado proporcionó la documentación comprobatoria de la aplicación de recursos

respectiva, consistente en facturas emitidas por la persona física con actividad empresarial

Ing. Francisco Jorge Genchi, por un importe de 9,293,3 miles de pesos, como se detalla

en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Facturas

Número Fecha Importe

10 23/VII/13 1,721.1

12 8/VIII/13 2,752.8

16 20/VIII/13 1,030.1

17 23/VII/13 1,034.0

18 17/IX/13 687.5

21 26/IX/13 1,034.9

26 17/X/13 341.3

36 5/XII/13 347.3

46 20/XII/13 344.3

Total

9,293.3

El importe de las facturas cubre los trabajos realizados en los comités ciudadanos

de San Juan de Aragón 7ª Sección (Unidad Habitacional) II, Ejidos de San Juan de

Aragón 1a. Sección (Unidad Habitacional), Gertrudis Sánchez 1a. Sección, San Juan

de Aragón 7a. Sección (Unidad Habitacional) I, Héroes de Nacozari, San Rafael Ticomán

(Barrio), Villa Gustavo A. Madero, Triunfo de la República, Fovissste Río Guadalupe

(Unidad Habitacional), Mártires del Río Blanco (Ampliación), Vallejo I, Guadalupe Tepeyac,

Santa Rosa, Rosas del Tepeyac, Magdalena de las Salinas, Panamericana (Ampliación),

Revolución IMSS (Unidad Habitacional), La Forestal, La Purísima Ticomán, Colonia Unidad

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280 VOLUMEN 5/18

Habitacional PEMEX Lindavista, El Arbolillo 2 (U.H.), La Cruz (Barrio), Vallejo Poniente,

Santiago Atepetlac, Progeso Nacional (Ampliación), Siete Maravillas y Zona Escolar II.

Se verif icó en la página de Internet del Sistema de Administración Tributaria (SAT)

la emisión de los comprobantes fiscales y se constató que las facturas emitidas por la

persona física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, se encuentran

registradas en los controles del SAT. Adicionalmente, se constató que dichas facturas

reunieron los requisitos fiscales que se indican en los artículos 29 y 29-A del Código

Fiscal de la Federación vigente en 2013.

Contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13

Se revisaron seis CLC por un importe de 4,605.3 miles de pesos, que representó el 22.0%

del presupuesto ejercido en esa partida (20,936.2 miles de pesos), como se muestra en el

siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

CLC Fecha Importe bruto Deducciones* Monto

10002988 21/X/2013 622.9 18.8 604.1

10002989 21/X/2013 908.5 27.4 881.1

10002990 21/X/2013 978.9 29.5 949.4

10002991 21/X/2013 759.6 22.9 736.7

10003032 22/X/2013 689.4 20.8 668.6

10003034 22/X/2013 789.2 23.8 765.4

Total 4,748.5 143.2 4,605.3

* Las deducciones corresponden al 2% para Servicios de Auditoría de los Contratos de Obras (SACOP-CG) y al 1.5% para Supervisión y Revisión de las Obras Públicas por Contrato (SRCOP-DF).

Como se observa, en el cuadro anterior, el importe de las CLC proporcionadas por la

Delegación no cubre el importe total del contrato; es decir, se observa una diferencia

de 595.5 miles de pesos, por lo que con el oficio núm. AFLB/134/13-04 del 22 de abril de 2015,

se solicitó al sujeto fiscalizado que aclarara dicha situación, sin embargo, el órgano

político-administrativo no acreditó con evidencia documental el pago.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General

de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información

Page 281: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

281 VOLUMEN 5/18

ni documentación al respecto, por lo que se determinó que incumplió la cláusula décima

quinta, del contrato respectivo, que establece:

“… La liquidación de los trabajos deberá efectuarse en un periodo que no excederá

de 100 (cien) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de los trabajos, para lo cual

‘La A.P.D.F.’ notificará con la debida anticipación a ‘El Contratista’ para los efectos

procedentes. De no llegar a una liquidación acordada entre las partes, ‘La A.P.D.F.’

procederá a realizarla unilateralmente.

”El finiquito de los trabajos se realizará a más tardar a los 20 (veinte) días hábiles

posteriores a la fecha de la liquidación; si para este término ‘El Contratista’ no se ha

presentado a finiquitar, ‘La A.P.D.F.’ deberá requerir por escrito a ‘El Contratista’ que se

presente a finiquitar. Una vez notificado debidamente ‘El Contratista’ se tendrán 20 (veinte)

días hábiles para que se presente y finiquite…”.

Por lo expuesto, la deficiencia de control prevalece.

Se verificó que el registro de las CLC en auxiliares presupuestales correspondiera al

presupuesto ejercido y reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2013; que contaron con las autorizaciones de suficiencia presupuestal

correspondientes, así como con la documentación justificativa y comprobatoria, y que fueron

registradas presupuestalmente en la partida que les corresponde, conforme a la naturaleza

del gasto, en atención del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente

en 2013.

Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/0720/15 del 24 de marzo de 2015, el órgano político-

administrativo proporcionó la documentación comprobatoria de la aplicación de recursos

respectiva, consistente en facturas emitidas por la empresa contratista Reactor Ingeniería,

S.A. de C.V., por un importe de 5,182.9 miles de pesos, como se detalla en el cuadro

siguiente:

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282 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

Facturas

Número Fecha Importe

7 15/VII/2013 604.1

9 18/VII/2013 881.1

13 9/VIII/2013 949.4

20 22/VIII/2013 736.7

29 13/IX/2013 668.7

32 23/IX/2013 765.3

62 20/XI/2013 577.5

Total

5,182.9

El importe de las facturas cubre los trabajos realizados en los comités ciudadanos Martín

Carrera II, San Juan de Aragón 1ª Sección, Providencia I, Gertrudis Sánchez, Providencia

II, Estanzuela, Del Obrero, Villa Hermosa, Aragón la Villa, Ampliación Gabriel Hernández,

Cuchilla la Joya, El Olivo, Nueva Atzacoalco I, Martín Carrera I y Nueva Atzacoalco II.

Se verificó en la página de Internet del Sistema Integral de Comprobantes Fiscales

(SICOFI) la emisión de los comprobantes fiscales y se constató que las facturas emitidas

por la empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., se encuentran registradas

en los controles del SAT. Adicionalmente, se observó que dichas facturas reunieron los

requisitos fiscales que se indican en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación

vigente en 2013.

Asimismo, al revisar 13 pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, mediante el oficio

núm. DGCNCP/0917/2015 del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal

del momento contable del gasto ejercido se realizó en las pólizas de diario respectivas,

como lo señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente

a la Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013 y con las normas

quinta y décima de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.

Page 283: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

283 VOLUMEN 5/18

Recomendación AFLB-134-13-38-GAM

Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca medidas de control que le

permitan asegurarse de que se cubran los compromisos y se dé cabal cumplimiento

de las cláusulas de los contratos que suscriba con los contratistas de obra pública, de

conformidad en cumplimiento a la normatividad y ordenamientos aplicables.

Gasto Pagado

10. Resultado

Con objeto de verificar el gasto que refleja la cancelación total o parcial de las

obligaciones de pago, concretado mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro

medio, en este caso para los bienes y servicios recibidos, se realizaron los siguientes

procedimientos de auditoría:

Mediante los oficios núms. ACF-B/15/0340 y ACF-B/15/0341, ambos del 27 de marzo de

2015, se notificó a la empresa Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., y a la persona física con

actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, la práctica de una compulsa para que

proporcionaran la documentación relacionada con las operaciones que realizaron

relacionadas con el contrato antes mencionado y con recursos aplicados por la Delegación al

destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, durante el ejercicio de 2013.

En respuesta, los prestadores de servicios remitieron escritos fechados el 6 de abril de 2015.

Al analizar la documentación en comento, en el caso de la empresa Reactor Ingeniería, S.A.

de C.V., no se detectaron diferencias con la proporcionada por el sujeto fiscalizado.

En el caso de la persona física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi,

se informó lo siguiente:

En relación con las estimaciones: “… no omito mencionar que aún no se nos han pagado

las dos últimas estimaciones […] desconocemos los motivos por los cuales no se nos han

pagado toda vez que la Delegación no emite respuesta alguna”.

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284 VOLUMEN 5/18

Referente al acta de entrega-recepción: “… no contamos todavía con el acta de entrega

recepción final de los trabajos, por causas ajenas a nuestra voluntad, argumenta la

Dependencia que hasta que la empresa de supervisión externa complete su expediente,

hasta entonces se recibirá la obra”.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración de

la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los resultados

del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios Urbanos, en la que

informa que esa dirección general “tiene como prioridad la recepción de la obra conforme

a lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y a lo señalado en el

contrato 02 CD 07 2O 0032 1 13, sin menoscabo de la debida integración de los

expedientes únicos de la obra conforme a la sección 27 del Decreto por el que se expide

las Políticas Administrativas Bases y Lineamientos en materia de obra pública. Así mismo,

mediante oficio No. DGAM/DGSU/DSP/0768/2015 de fecha 29 de abril de 2015, se solicitó

a la empresa para que se exhiba los soportes documentales necesarios para la correcta

integración del expediente único de obra del contrato en mención…”.

Lo expuesto por el órgano político-administrativo no subsana el hecho de no haber cubierto

el pago correspondiente con el contratista, por lo que se confirma la no observancia de la

cláusula del contrato señalada y la deficiencia de control prevalece.

Asimismo, al revisar 13 pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio

núm. DGCNCP/0917/2015 del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal

del momento contable del gasto pagado se realizó en las pólizas de diario respectivas,

como lo señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente

a la Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013 y con las normas

quinta y undécima de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.

Page 285: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

285 VOLUMEN 5/18

II.9. DELEGACIÓN IZTACALCO

II.9.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS

II.9.1.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”

Auditoría AFLB/135/13

ANTECEDENTES

La Delegación Iztacalco ocupó el duodécimo lugar respecto del presupuesto ejercido en 2013

por los 16 órganos político-administrativos del Gobierno del Distrito Federal (GDF)

(30,703,020.8 miles de pesos), con un monto de 1,458,219.4 miles de pesos, de acuerdo con lo

reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del año sujeto a revisión.

El gasto de la Delegación Iztacalco representó el 4.7% del total erogado por dichos entes de la

Administración Pública Centralizada y fue superior en 18.7% (229,803.7 miles de pesos) a su

presupuesto asignado originalmente (1,228,415.7 miles de pesos).

Con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, en 2013,

la Delegación Iztacalco ejerció 54,318.5 miles de pesos (3.7% de su presupuesto total),

lo que significó una variación de 171.6% (34,318.5 miles de pesos) en relación con el

presupuesto asignado originalmente a dicho capítulo (20,000.0 miles de pesos) y un incremento

de 100.6% (27,247.2 miles de pesos) respecto al presupuesto que ejerció en 2012

(27,071.3 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Iztacalco en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado

de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización:

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286 VOLUMEN 5/18

“Importancia Relativa”. Se eligió dicho capítulo debido a que el presupuesto ejercido,

de 54,318.5 miles de pesos representó un incremento de 171.6% (34,318.5 miles de pesos)

en relación con el presupuesto original (20,000.0 miles de pesos).

“Exposición al Riesgo”. Dicho capítulo se seleccionó por estar propenso a desperdicios,

irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas, como se ha observado

en auditorías de ejercicios anteriores a otros sujetos de fiscalización.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;

10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o., 2o.,

fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX;

9o.; 10o., incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XIV, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33;

34; 35; 36, segundo párrafo; 55; 56; 59; 61; y 64 de la Ley de Fiscalización Superior de

la Ciudad de México; y artículos 1o.; 6o., fracciones VI, IX y XXI; 12; 14; y 15 del Reglamento

Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El gasto de la Delegación Iztacalco con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, por 54,318.5 miles de pesos, se ejerció en cinco partidas

presupuestales, mediante 133 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 12 documentos

múltiples (DM). Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación

de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó

revisar un monto de 14,499.8 miles de pesos, ejercido mediante nueve CLC en las

partidas 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y 4419 “Otras

Ayudas Sociales a Personas”, que representa el 26.7% del total ejercido en el capítulo, como

se muestra a continuación:

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287 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos y por cientos)

Partida presupuestal

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido

% Cantidad de CLC

Presupuesto ejercido

% CLC DM

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” 38 7 12,134.6 22.4 5 4,500.0

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 81 1 31,304.2 57.6 4 9,999.8

Otras tres partidas presupuestales 14 4 10,879.7 20.0 0 0.0

Total capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 133 12 54,318.5 100.0 9 14,499.8 26.7

Para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes

criterios:

1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2013 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN)

proporcionó a esta entidad de fiscalización.

2. Considerar aquella partida presupuestal que presentó las variaciones absolutas y relativas

más significativas, entre los presupuestos original y ejercido en 2013 y que presentó riesgos

de operación durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.

3. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas, con cargo a las partidas

seleccionadas del rubro en revisión.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración de la

Delegación Iztacalco, por ser la encargada de administrar los recursos humanos, materiales y

financieros del órgano político-administrativo, conforme a las políticas, lineamientos, criterios

y normas establecidas por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal (OM) y la

SEFIN; y en la Dirección General de Desarrollo Social, por ser la encargada de formular

y ejecutar programas de apoyo a la ciudadanía en los diversos ámbitos del desarrollo social,

en coordinación con otras instituciones públicas o privadas.

Evaluación del Control Interno

1. Se verificó que la Delegación Iztacalco hubiese contado con mecanismos de control

suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pueden afectar

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288 VOLUMEN 5/18

la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable

y oportuna, el cumplimiento de la normatividad y la consecución de los objetivos.

2. Se analizó el manual administrativo del órgano político-administrativo que estuvo

vigente en 2013 para verificar que sus apartados correspondieran con la estructura

orgánica aprobada y dictaminada, y que, junto con los procedimientos aplicables

al rubro revisado, hubiesen sido autorizados por la Coordinación General de

Modernización Administrativa (CGMA).

3. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al titular de la

Dirección General de Administración del órgano político-administrativo, quien intervino

en las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,

devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con

cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos

hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias

a las que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

Gasto Aprobado

1. Se analizaron el Analítico de Claves, el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario

Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado,

correspondientes al ejercicio fiscal de 2013, con la finalidad de verificar si el techo

presupuestal reportado se ajustó al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.

2. Se verificó el asiento contable del registro presupuestal del momento contable del gasto

aprobado de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.

Gasto Modificado

1. Se revisaron 20 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto

asignado para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

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289 VOLUMEN 5/18

se determinaron las causas por las cuales se incrementó el presupuesto, se constató que se

contara con la documentación soporte de los movimientos presupuestales efectuados

y que las modificaciones hubiesen sido autorizadas por el personal facultado para ello.

2. Se verificó el asiento contable del registro presupuestal del momento contable del gasto

modificado de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.

Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad

que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado

durante el período auditado. Las pruebas consistieron en lo siguiente:

Gasto Comprometido

1. Se verificó que se hubiesen remitido a la SEFIN los reportes mensuales sobre los recursos

fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales comprometidos, para, por

una parte, conocer el presupuesto comprometido del rubro sujeto a revisión del órgano

político-administrativo correspondiente al ejercicio de 2013; y, por otra, verificar que los

recursos correspondieran a obligaciones de pago respaldadas con documentos legales.

2. Se revisó que el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios (PAAAPS) de la Delegación Iztacalco del ejercicio de 2013 se hubiese

validado, tramitado y publicado de acuerdo con la normatividad aplicable.

3. Se verificó que los lineamientos de operación del programa social a cargo del sujeto

de fiscalización correspondiente a la muestra sujeta a revisión, se hayan publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de enero del ejercicio en revisión;

que se hayan incluido los requisitos establecidos en la Ley de Desarrollo Social para

el Distrito Federal; que hayan contenido la estructura de los Lineamientos para

la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales 2011, vigentes

en 2013; y que se hayan sujetado a los criterios de solidaridad social, equidad de género,

transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad; además,

que se contara con la autorización expresa de la Jefa Delegacional para el otorgamiento

de los subsidios y las ayudas sujetos a revisión.

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290 VOLUMEN 5/18

4. Se verificó que la adquisición de bienes, correspondiente a la muestra sujeta

a revisión, se hubiese ajustado a los procedimientos que prevé la normatividad

aplicable (adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres

proveedores y licitación pública nacional o internacional); que estuviera soportada

con requisiciones debidamente justificadas y firmadas por el personal con atribuciones

para autorizarlas; que contara con suficiencia presupuestal; que estuviera prevista

en el PAAAPS; que se hubiese formalizado, mediante contratos, con proveedores que

no se encontraran inhabilitados por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF)

o por la Secretaría de la Función Pública (SFP), y que, en su caso, se hubieran

celebrado convenios de terminación anticipada en los plazos establecidos; que

contara con estudios de precios de mercado y se hubiese ajustado a los montos

de actuación autorizados.

Además, se constató que el proveedor hubiese presentado las garantías aplicables

en los plazos establecidos; y que se contara, en su caso, con la autorización expresa

de la titular del órgano político-administrativo para llevar a cabo la adquisición de

bienes mediante procedimientos distintos de la licitación pública y con la aprobación

del Comité Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.

También, se verificó que el órgano político-administrativo contara con expedientes

debidamente integrados con la documentación legal y administrativa del proveedor de

bienes al que fue adjudicado el contrato de la muestra; y que los bienes adquiridos

hubiesen sido necesarios para el cumplimiento de los programas, acciones

y atribuciones de la Delegación Iztacalco.

5. Se verificó el asiento contable del registro presupuestal del momento contable del gasto

comprometido de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.

Gasto Devengado

1. Se revisó que el programa social sujeto a revisión hubiese contado con un padrón

de participantes o beneficiarios actualizado y que éste se hubiese publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año del ejercicio en revisión.

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291 VOLUMEN 5/18

2. Se verificó que los bienes adquiridos, correspondientes a la muestra sujeta a revisión,

hubiesen sido recibidos por la Delegación Iztacalco y que la entrega estuviera soportada

con documentación en la que conste la firma de recepción a satisfacción del órgano

político-administrativo, conforme a las especificaciones establecidas en las requisiciones

y en los contratos respectivos.

3. Se verificó el asiento contable del registro contable y presupuestal del momento

contable del gasto devengado de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.

Gasto Ejercido

1. Se verificó que la Delegación Iztacalco hubiese informado a la SEFIN el monto

y características de su pasivo circulante en el plazo establecido en la normatividad

aplicable.

2. Se verificó que se hubiesen presentado a la ALDF los informes trimestrales de

la evaluación y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indicara

de forma analítica el monto y destino de los recursos por programa social.

3. Se verificó que la Delegación Iztacalco hubiese informado a la CGDF el monto global

y los beneficios de las ayudas, apoyos y donativos otorgados en 2013.

4. Se constató que el proveedor, de la muestra sujeta a revisión, hubiese presentado

comprobantes de pago (facturas o, en su caso, comprobantes fiscales digitales)

a nombre del GDF/Delegación Iztacalco, por los bienes entregados a la Delegación

Iztacalco, y que éstos cumplieran los requisitos fiscales correspondientes; que los

pagos por concepto de adquisición de bienes se hubiesen liquidado de acuerdo con

las condiciones pactadas en los contratos y por la recepción de los bienes; que las

CLC revisadas, mediante las cuales se otorgaron ayudas en efectivo o en especie,

estuvieran soportadas con las pólizas de egresos, los recibos de recepción de

las ayudas y copia de la identificación de los beneficiarios; que, en su caso, los

recursos no ejercidos al 31 de diciembre de 2013 se hubiesen remitido a la SEFIN

en los plazos señalados; y que los gastos se hubiesen registrado en las partidas

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292 VOLUMEN 5/18

acordes a su naturaleza. Además, se verificó que, en su caso, se hubiesen aplicado

correctamente las sanciones o descuentos al proveedor de bienes por proporcionar

de manera incompleta o extemporánea los bienes adquiridos; que se hubieran aplicado

los descuentos procedentes en los pagos efectuados; y que, en caso de incumplimiento

de los contratos, se hubiesen hecho efectivas las garantías correspondientes.

5. Se verificó que los beneficiarios de ayudas en efectivo o en especie, de la muestra sujeta

a revisión, hubieran cumplido los requisitos de acceso al programa social y la actividad

institucional establecidos en los lineamientos de operación correspondientes; que el órgano

político-administrativo hubiera integrado expedientes de beneficiarios con la documentación

que acredite la correcta asignación de las ayudas revisadas; y que se hubiese contado

con mecanismos para comprobar la entrega de las ayudas a los beneficiarios finales.

6. Se verificó el asiento contable del registro presupuestal del momento contable del gasto

ejercido de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.

Gasto Pagado

1. Se aplicaron cuestionarios a beneficiarios del programa social “Apoyo Económico para

Adultos Mayores de 61 a 64 años”, para comprobar la entrega de las ayudas en efectivo

sujetas a revisión.

2. Se confirmaron operaciones con el proveedor de bienes contratado para verificar los

procesos de contratación, facturación y pago.

3. Se verificó el asiento contable del registro contable y presupuestal del momento

contable del gasto pagado de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión

y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual

administrativo, en su apartado de organización, de la Delegación Iztacalco, vigentes en 2013.

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293 VOLUMEN 5/18

Lo anterior, con el propósito de identificar la estructura orgánica, así como los objetivos,

funciones y atribuciones de las unidades administrativas que la integran y, especialmente,

de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisaron los

procedimientos, con el propósito de, por un lado, conocer los que fueron aplicados por

las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar, comprometer,

devengar, ejercer y pagar los recursos asignados al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y, por otro, constatar si éstos garantizaron

razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras

disposiciones de observancia obligatoria.

Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al titular de la

Dirección General de Administración del órgano político-administrativo, quien intervino

en las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,

devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los

mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar

si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos

de irregularidades e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó que

las unidades administrativas de la Delegación Iztacalco están estructuradas conforme a las

funciones asignadas en el apartado de organización del manual administrativo

y que establecieron, de manera formal, mecanismos y actividades de control suficientes para

administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que las afectan; para promover

y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para registrar y

controlar la información generada en la operación de los recursos; para garantizar la integridad,

calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación generada;

y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas en el registro,

aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto, y en el

pago de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”.

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294 VOLUMEN 5/18

Los mecanismos de control que hicieron factible la administración de riesgos relativos

a irregularidades e ineficiencias se establecieron de manera formal, por ello, se garantizó

el cumplimiento de la normatividad; no obstante, la Delegación Iztacalco presentó

deficiencias de control interno que, de manera específica, se señalan en el apartado

de resultados.

RESULTADOS

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. DGA/107/2014 del 23 de septiembre de 2014, el Director General

de Administración proporcionó el Manual Administrativo de la Delegación Iztacalco

vigente en 2013, el cual se integró por los apartados de organización y de procedimientos,

elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 5/2010 vigente durante

el período comprendido del 1o. de mayo de 2010 al 15 de mayo de 2013, respecto al período

del 16 de mayo al 31 de diciembre de 2013, únicamente proporcionó el oficio

núm. CGDF/694/2013, de aprobación de la CGDF, conforme al dictamen núm. 09/2013.

De su análisis, se desprende lo siguiente:

Estructura Orgánica

1. Mediante el oficio núm. CG/202/2010 del 30 de abril de 2010, la CGDF informó

a la Delegación Iztacalco la aprobación de la reestructura orgánica con dictamen

núm. 5/2010. En dicho dictamen, se previó la oficina de la Jefatura Delegacional

y seis Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno, de Administración, de Obras y

Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, y de Participación

Ciudadana), integradas por 185 plazas.

2. Asimismo, mediante el oficio núm. CGDF/694/2013 del 15 de mayo de 2013, la CGDF

informó a la Delegación Iztacalco sobre la aprobación de la reestructura orgánica y los

organigramas con el dictamen núm. 09/2013. Dicha reestructura orgánica entró en vigor

a partir del 16 de mayo de 2013. En dicho dictamen, se previó la oficina de la Jefatura

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295 VOLUMEN 5/18

Delegacional y siete Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno y Protección Civil,

de Administración, de Obras y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo

Social, de Participación Ciudadana, y de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito),

integradas por 184 plazas.

Manual Administrativo

1. El Manual Administrativo de la Delegación Iztacalco vigente en 2013 fue actualizado

en sus apartados de organización y procedimientos, conforme al dictamen de estructura

orgánica núm. 5/2010, de acuerdo con lo siguiente:

a) El apartado de organización considera las unidades administrativas que integran

la estructura orgánica de la citada Delegación, establece los objetivos y funciones;

facultades y responsabilidades de los servidores públicos de mando medio y superior;

está integrado por los apartados siguientes: Presentación; Antecedentes; Marco

Jurídico-Administrativo; Objetivo General; Estructura Orgánica; Atribuciones; Funciones

y Organogramas; fue autorizado y registrado por la CGMA, mediante el oficio

núm. CG/CGMA/DDO/3546/2010 del 9 de diciembre de 2010, con el número de

registro MA-02D08-05/10, y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 27 de enero de 2011. Con el oficio núm. CMAC/004/2011 del 9 de marzo de 2011,

fue difundido entre los servidores públicos responsables de su aplicación.

b) Respecto al dictamen núm. 09/2013, mediante el oficio núm. JDI/1093/2014 del

14 de noviembre de 2014, la Delegación remitió a la CGMA el manual administrativo,

en su apartado de organización, para efectos de revisión, análisis y, en su caso,

registro. En respuesta, con el oficio núm. OM/CGMA/1675/2014 del 10 de diciembre

de 2014, la CGMA comunicó a la Jefa Delegacional en Iztacalco que “no es posible

efectuar el registro del mismo […] la propuesta […] debe contar con la misión, visión

y objetivo general del Ente Público”.

c) Durante 2013, el órgano político-administrativo contó con 251 procedimientos,

de los cuales 75 corresponden al dictamen de estructura orgánica núm. 12/2002;

149 al núm. 14/2004 y 27 al núm. 05/2010, autorizados y registrados por la CGMA

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296 VOLUMEN 5/18

de conformidad con los oficios proporcionados por la Delegación Iztacalco, como

se muestra a continuación:

Número de oficio Fecha Procedimientos

registrados Número de registro

CGMA/2742/03 conforme al dictamen núm. 12/2002 30/IX/03 75 MA/02D08-12/02

CGMA/0045/05 13/I/05 9 MA/02D08-14/04

CGMA/0430/06 16/II/06 55 MA/02D08-14/04

CGMA/1686/06 27/VI/06 23 MA/02D08-14/04

CGMA/DDO/2110/07 13/VII/07 13 MA/02D08-14/04

CGMA/DDO/2454/07 15/VIII/07 14 MA/02D08-14/04

CGMA/DDO/2913/07 18/IX/07 18 MA/02D08-14/04

CGMA/DDO/4086/07 14/XII/07 14 MA/02D08-14/04

CGMA/DDO/1032/09 19/XI/09 1 MA/02D08-14/04

CG/CGMA/DDO/2787/10 30/IX/10 1 MA/02D08-14/04

CG/CGMA/DDO/2716/10 5/X/10 1 MA/02D08-14/04

Subtotal conforme al dictamen núm. 14/2004 149

CG/CGMA/DDO/0359/2011 31/I/11 8 MA/02D08/05/10

CG/CGMA/3203/2011 4/VII/11 3 MA/02D08/05/10

CG/CGMA/DEDDEO/2119/2012 6/VIII/12 16 MA/02D08/05/10

Subtotal conforme al dictamen núm. 05/10 27

Total 251

De lo anterior se desprende que la Delegación Iztacalco no actualizó su manual

administrativo en lo relativo a sus apartados de organización y de procedimientos

conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 09/2013 autorizado por la CGMA,

vigente a partir del 16 de mayo de 2013. Cabe mencionar que, al no haber registro de

su actualización, tampoco contó con la publicación ni la difusión, con lo que incumplió

el apartado 2, “Modernización Administrativa”, subapartado 2.3, “Estructuras Orgánicas”,

numeral 2.3.5.2 y el subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales

Administrativos”, numeral 2.4.2, de la Circular Contraloría General para el Control

y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y

Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública

del Distrito Federal vigente en 2013, que establece lo siguiente:

“2.3.5.2. Conforme al último dictamen emitido por la CG, […] delegaciones […], deberán

tramitar ante la CGMA la actualización y registro de su Manual Administrativo, en apego

a lo dispuesto en el numeral 2.4. de la presente Circular.”

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297 VOLUMEN 5/18

“2.4.2. Los titulares de las […] delegaciones […] son los responsables de la actualización

de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso

rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura

orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas […] deberán remitir

conjuntamente con la solicitud de reestructura el proyecto de Manual de Organización,

para que se apruebe simultáneamente con la estructura. La actualización del Manual

de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio de oficio firmado con firma

autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en 60 días hábiles posteriores

a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta proceda a su análisis

y, en su caso, al registro.”

2. El órgano político-administrativo no proporcionó evidencia de la publicación en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal ni de la difusión de su manual administrativo en las

unidades administrativas que lo integran, por lo que incumplió el apartado 2,

“Modernización Administrativa”, subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de

Manuales Administrativos”, numerales 2.4.6.7 y 2.4.7.2, de la Circular Contraloría General

para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2013, que establecen lo siguiente:

“2.4.6.7. Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos y Manuales

Específicos de Operación ante la CGMA, los titulares de las […] unidades administrativas

[…] serán los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la CJySL.”

“2.4.7.2. Los titulares de las […] delegaciones […] deberán hacer del conocimiento del

personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén

adecuada y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos

internos aplicables en su área de adscripción.”

Además, la Delegación Iztacalco no observó el artículo 16, fracción III, inciso e),

del Primer Lineamiento, “Ambiente de Control”, de los Lineamientos Generales de

Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la

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298 VOLUMEN 5/18

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 y vigentes durante el ejercicio

fiscal auditado, que establece: “Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos

de Control Interno son los siguientes: Primer Lineamiento: Ambiente de Control […]

Un adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes aspectos:

[…] e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades

de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los

manuales de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura

organizacional y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes

y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y

procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información que se

genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento

de los servidores públicos”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio núm. JDI/0327/2015

del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de la Jefatura Delegacional

en la Delegación Iztacalco proporcionó el oficio núm. CMAC/287/2015 del 10 de marzo de 2015,

mediante el cual el Coordinador de Modernización y del Centro de Servicios y Atención

Ciudadana informó lo siguiente:

“En lo correspondiente al Manual de Organización, se ha dado atención con lo dispuesto

por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), toda vez que han

sido atendidas todas y cada una de las correcciones que han sido señaladas, sin embargo

es importante precisar que el 30 de diciembre de 2014 en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal con el número 2017, se publicaron los nuevos lineamientos por parte de la CGMA

para la integración del Manual Administrativo, lo cual implica una nueva elaboración

del instrumento normativo en comento, toda vez que conforme a los nuevos lineamientos

publicados […] esta Coordinación de Modernización se encuentra en el proceso

de actualización en la parte estructural del instrumento normativo en tiempo y forma

y esta Delegación se encuentra inmersa en este proceso.

”Cabe hacer mención que para la Actualización del Manual Administrativo en el apartado

de Procedimientos esta Unidad Administrativa ha girado oficios [...] en los cuales

se solicita a las distintas áreas que sean actualizados, ratificados o en su caso elaborados

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299 VOLUMEN 5/18

los distintos procedimientos según corresponda al área, con objeto de cumplir con lo

establecido con la CGMA.”

En la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, en el informe

final de la auditoría con clave ASC/158/12, practicada a la Delegación Iztacalco, resultado

núm. 1, recomendación ASC-158-12-01-IZC, se contempla el mecanismo de control para que

el manual administrativo (apartado de procedimientos), sea actualizado de conformidad con

la estructura organizacional vigente. Dicha recomendación se dio por atendida, mediante

el oficio núm. ASCM/14/0415 del 23 de octubre de 2014, basado en que el sujeto fiscalizado

inició la elaboración de diversos procedimientos, los cuales envió a la CGMA para su revisión

y registro procedente.

Sin embargo, del análisis de la información proporcionada por el sujeto fiscalizado en

la reunión de confronta, se desprende que la Delegación Iztacalco, está actualizando

su manual administrativo (en sus apartados de organización y de procedimientos) conforme

al dictamen de reestructura orgánica núm. 09/2013 y a los Lineamientos Generales para

el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración

Pública del Distrito Federal emitidos por la CGMA y publicados en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, por lo que la observación prevalece.

Por lo expuesto, se concluye que en 2013 la Delegación Iztacalco desempeñó sus funciones

con base en el manual administrativo (apartado de organización) elaborado conforme

al dictamen de estructura orgánica núm. 5/2010, autorizado por la CGDF; asimismo, se

establecieron de manera formal mecanismos y actividades de control suficientes para

administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que afectan las operaciones;

para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para

registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos; para garantizar la

integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación

generada; y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas en

el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto,

así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, elaborados conforme a los dictámenes de estructura orgánica

núms. 12/2002, 14/2004 y 5/2010.

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300 VOLUMEN 5/18

Sin embargo, el órgano político-administrativo no actualizó su manual administrativo

(apartados de organización y de procedimientos) conforme al dictamen de reestructura

orgánica núm. 09/2013, autorizado por la CGMA, y, por tanto, no lo publicó en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal ni lo difundió entre los servidores públicos adscritos a esa

Delegación, conforme a lo establecido en la Circular Contraloría General para el Control

y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2013.

Recomendación AFLB-135-13-18-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento

a las instrucciones giradas por la Coordinación de Modernización y del Centro de Servicios

y Atención Ciudadana, adscrita a la misma, para que su manual administrativo, apartados de

organización y procedimientos, se actualice y se envíe a la Coordinación General

de Modernización Administrativa para su registro, en cumplimiento de lo establecido en

la normatividad aplicable.

Recomendación AFLB-135-13-19-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento

de las instrucciones giradas por la Coordinación de Modernización y del Centro de Servicios

y Atención Ciudadana, adscrita a la misma, para que su manual administrativo, apartados

de organización y de procedimientos, una vez actualizado conforme a la última estructura

orgánica autorizada y registrado por la Coordinación General de Modernización

Administrativa, se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento de

lo establecido en la normatividad aplicable.

Recomendación AFLB-135-13-20-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento

de las instrucciones giradas por la Coordinación de Modernización y de Centro de Servicios

y Atención Ciudadana adscrita a la misma, para que su manual administrativo, apartados

de organización y de procedimientos, una vez actualizado conforme a la última estructura

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301 VOLUMEN 5/18

orgánica autorizada y registrada por la Coordinación General de Modernización Administrativa,

se difunda entre los servidores públicos responsables de su aplicación, en cumplimiento

de lo establecido en la normatividad aplicable.

Gasto Aprobado

2. Resultado

Con objeto de verificar el presupuesto autorizado para la Delegación Iztacalco en el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013, se analizaron

el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, el Programa Operativo Anual, el

Calendario Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del ente fiscalizado,

correspondientes al ejercicio sujeto a revisión, y se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/5285/2012, del 13 de noviembre de 2012, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó a la titular de la Delegación Iztacalco el techo

presupuestal, por un monto de 1,141,280.5 miles de pesos, para la formulación de su

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio de 2013.

2. La Delegación Iztacalco presentó a la SEFIN, por medio del Sistema de Planeación

de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP), el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos

para el ejercicio de 2013, en cumplimiento del subapartado VII.1, “Formulación General”,

incisos a), “Módulo de Integración por Resultados”, y b), “Módulo de Integración

Financiera”, del apartado VII, “Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos 2013”, del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación

del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013, publicado en el portal electrónico de

la SEFIN.

Asimismo, mediante el oficio núm. DF/504/2012 del 27 de noviembre de 2012, el Director

de Finanzas remitió a la Subsecretaría de Egresos los formatos correspondientes

al Guion del Programa Operativo Anual y al Marco de Política Presupuestal de la

Delegación, presupuestalmente identificados por las unidades, de acuerdo, con el techo

presupuestal mencionado y el Manual de Programación-Presupuestación para

la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2013.

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302 VOLUMEN 5/18

3. Por medio del oficio núm. SFDF/SE/89/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Iztacalco el Analítico de Claves, el POA

y el Calendario Presupuestal, correspondientes al presupuesto autorizado, y le comunicó

que el techo presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio de 2013 era

de 1,204,350.0 miles de pesos.

4. El Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2013 fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

31 de diciembre de 2012, y corresponde al monto aprobado por la ALDF. En su artículo 9o.,

se estableció que “las erogaciones previstas para el Fondo de Inversión en Delegaciones

importan la cantidad de 500,000,000 de pesos distribuidos entre las Delegaciones

conforme al Anexo II del Decreto”; para el caso del órgano político-administrativo, se asignó

un presupuesto adicional de 24,065.7 miles de pesos.

En consecuencia, el presupuesto de egresos autorizado para la Delegación Iztacalco

ascendió a 1,228,415.7 miles de pesos.

5. En el Analítico de Claves, se asignaron recursos al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” por 20,000.0 miles de pesos, en la partida

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, monto que coincide con lo reportado en el

Informe de Cuenta Pública de 2013 de la Delegación Iztacalco. Cabe mencionar que las

partidas 4411 “Premios”, 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”

y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” no fueron presupuestadas

originalmente; sin embargo, en ellas se ejercieron recursos por 23,014.2 miles de pesos.

Al respecto, se constató que el sujeto fiscalizado se ajustó al techo presupuestal autorizado

(20,000.0 miles de pesos) y, posteriormente, mediante 20 afectaciones programático-

presupuestales, incrementó su presupuesto en 34,318.5 miles de pesos (171.6%), para

quedar con un presupuesto modificado de 54,318.5 miles de pesos, que fue ejercido en su

totalidad, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

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303 VOLUMEN 5/18

3. Resultado

El artículo 7o., párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2013, establece que “la Secretaría operará un sistema informático de

planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar y simplificar las operaciones

de registro presupuestal y de trámite de pago, además de concentrar la información

presupuestaria, financiera y contable de la Administración Pública”.

Las normas quinta y sexta de las Normas y Metodología para la Determinación de los

Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el Consejo

de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF), establecen lo siguiente: Quinta

“El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran

la administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas

contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales

deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”; y sexta “El momento contable

del gasto aprobado considera el registro de las asignaciones presupuestarias anuales

contenidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”.

Se verificó que el registro presupuestal del momento contable del gasto aprobado para la

Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.

Al respecto, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014,

el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN

proporcionó la póliza de diario con número de evento 1000000406 de fecha 2 de febrero

de 2013, con la cual realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias

del presupuesto de egresos aprobado para la Delegación Iztacalco, de conformidad

con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,228,415.7

8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 1,228,415.7

Total 1,228,415.7 1,228,415.7

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304 VOLUMEN 5/18

Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de orden presupuestarias afectadas

y el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos

aprobado son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

24 de mayo de 2012.

Gasto Modificado

4. Resultado

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación Iztacalco

reportó en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” un

presupuesto original de 20,000.0 miles de pesos, el cual fue incrementado en 34,318.5

miles de pesos, para quedar en 54,318.5 miles de pesos, importe que fue ejercido en su

totalidad por el sujeto fiscalizado.

Las modificaciones se efectuaron de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto Número

de movimientos

Importe

Parcial Subtotal Total

Presupuesto original 20,000.0

Más:

Adiciones compensadas 12 27,228.6

Ampliaciones compensadas 32 3,756.7

Ampliaciones líquidas 2 983.9

Adiciones líquidas 5 3,686.1 35,655.3

Menos:

Reducciones líquidas 13 (1,091.0)

Reducciones compensadas 28 (245.8) (1,336.8)

Modificación neta 34,318.5

Total del presupuesto modificado y ejercido

54,318.5

Los 92 movimientos se soportaron con 20 afectaciones presupuestarias autorizadas por la

SEFIN, por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató

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305 VOLUMEN 5/18

de afectaciones líquidas; y por medio de la Dirección General de Egresos “B”, de la

Subsecretaría de Egresos, en el caso de las afectaciones compensadas. Lo anterior,

conforme a los artículos 68, fracción V; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de

la Administración Pública del Distrito Federal; y a la Sección Tercera “Adecuaciones

Presupuestarias”, numeral 72, último párrafo, Apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias

Compensadas”, numeral 79, y Apartado B, “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”,

numeral 83, del Capítulo III. “Registro de Operaciones Presupuestarias” del Manual de Reglas

y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012,

vigentes en 2013.

Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó

que las principales causas por las que fue modificado el presupuesto original asignado

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” fueron las

siguientes:

1. Las adiciones compensadas, por 27,228.6 miles de pesos, se realizaron esencialmente

para llevar a cabo programas delegacionales, entre los cuales se encuentran el programa

social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” y la acción institucional

de desarrollo social “Caminando por la Educación”.

2. Las ampliaciones compensadas, por 3,756.7 miles de pesos, se efectuaron principalmente

para realizar programas delegacionales de servicios y ayudas de asistencia social,

entre los que se incluyó la acción institucional de calzado escolar “Caminando por

la Educación”.

3. Las ampliaciones líquidas, por 983.9 miles de pesos, se efectuaron con el propósito

de regularizar las erogaciones realizadas durante el período octubre-diciembre de 2013

por los centros generadores (casas de cultura, centros sociales, centro de desarrollo

infantil, reordenamiento de comercio en vía pública, desarrollo sustentable, espacio de

mercados, ferias y juegos mecánicos y en el Centro Deportivo Siglo XXI Magdalena

Mixhuca), para cumplimiento de sus programas sociales en el marco de los ingresos

de aplicación automática.

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306 VOLUMEN 5/18

4. Las adiciones líquidas, por 3,686.1 miles de pesos, se realizaron con el propósito

de regularizar las erogaciones realizadas durante el período abril-septiembre del

ejercicio fiscal auditado por los centros generadores del órgano político-administrativo,

para cumplir sus programas sociales correspondientes a los ingresos de aplicación

automática.

5. Las reducciones líquidas, por 1,091.0 miles de pesos, se efectuaron en razón de las

economías obtenidas al cierre del ejercicio fiscal de 2013 y para adecuar el presupuesto

al cierre del ejercicio, a fin de cumplir los artículos 71 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, así como el numeral 5 del oficio

circular de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 de fecha 10 de octubre de 2013. Dichos

ordenamientos establecen que cuando, al término del ejercicio fiscal que corresponda,

las Delegaciones conserven fondos presupuestales y, en su caso, rendimientos

obtenidos, deberán enterarlos a la SEFIN dentro de los 10 días naturales siguientes al

cierre del ejercicio.

6. Las reducciones compensadas, por 245.8 miles de pesos, se llevaron a cabo

principalmente para adecuar el presupuesto a las necesidades reales de operación

del órgano político-administrativo.

Por lo expuesto, se concluye que las modificaciones del presupuesto asignado al

capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se sujetaron a los

montos aprobados y contaron con las justificaciones correspondientes; que las cifras de

los presupuestos autorizado, modificado y ejercido de la Delegación Iztacalco coinciden con

las reportadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y que las

partidas de gasto en que se ejercieron los recursos del citado capítulo de gasto contaron

con la suficiencia presupuestal correspondiente.

5. Resultado

Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los

Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF

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307 VOLUMEN 5/18

y vigentes en 2013, la norma séptima establece: “El gasto modificado es el momento

contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar el registro

de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas y que

afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.

Se verificó que el registro presupuestal del momento contable del gasto modificado de

la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.

Al respecto, con el oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014, el Director

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 20 pólizas

de diario, correspondientes a la Delegación, por medio de las cuales realizó el registro

presupuestal en las cuentas de orden presupuestarias de las modificaciones al Presupuesto

de Egresos Aprobado de la Delegación, las cuales se muestran a continuación:

(Miles de pesos)

Cuenta

Importe Saldo (1) ˗ (2)

(3) Debe

(1) Haber

(2)

8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 35,655.3 35,655.3

8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,336.8 (1,336.8)

Total 35,655.3 1,336.8 34,318.5

Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de orden presupuestarias afectadas

y el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos

modificado son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

24 de mayo de 2012.

Gasto Comprometido

6. Resultado

Mediante el oficio núm. ACF-B/135/13/IZ/14-01 del 18 de diciembre de 2014, la Auditoría

Superior de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la Delegación Iztacalco los reportes

mensuales relativos a los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias

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308 VOLUMEN 5/18

federales, destinados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” que se encontraban comprometidos a la fecha de su presentación.

Con el oficio núm. DF/096/2015 del 15 de enero de 2015, el Director de Finanzas

de la Delegación Iztacalco proporcionó copia de los oficios con los que el órgano político-

administrativo remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los formatos “Presupuesto

Comprometido” de enero a diciembre de 2013, los cuales contaron con las firmas que

acreditan que fueron elaborados por el Subdirector de Programas y Presupuesto

y autorizados por el Director de Finanzas. Mediante dichos formatos se da cuenta

del presupuesto comprometido por el órgano político-administrativo en las fechas siguientes:

Mes

Oficio de envío Fecha Días

naturales de desfase Número Fecha

De recepción

en la SEFIN

Límite según

la LPyGE

Enero DF/296/2013 11/II/13 12/II/13 10/II/13 2 Febrero DF/432/2013 1/III/13 4/III/13 10/III/13 0

Marzo DF/641/2013 4/IV/13 9/IV/13 10/IV/13 0

Abril DF/851/2013 7/V/13 8/V/13 10/V/13 0

Mayo DF/1028/2013 7/VI/13 7/VI/13 10/VI/13 0

Junio DF/1183/2013 1/VII/13 3/VII/13 10/VII/13 0

Julio DF/1412/2013 8/VIII/13 9/VIII/13 10/VIII/13 0

Agosto DF/1643/2013 8/IX/13 9/IX/13 10/IX/13 0

Septiembre DF/1910/2013 8/X/13 9/X/13 10/X/13 0

Octubre DF/2254/2013 11/XI/13 12/XI/13 10/XI/13 2

Noviembre DF/2544/2013 13/XII/13 18/XII/13 10/XII/13 8

Diciembre DF/056/2014 9/I/14 10/I/14 10/I/14 0

LPyGE: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Debido a que los informes correspondientes a enero, octubre y noviembre de 2013, relativos

al presupuesto comprometido del órgano político-administrativo, fueron presentados con

desfases que van de dos a ocho días naturales, la Delegación Iztacalco incumplió el artículo 56,

párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente

en 2013, que establece:

“Las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría [de Finanzas] dentro de los primeros diez

días de cada mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes

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309 VOLUMEN 5/18

de transferencias federales, que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato

anterior. La Secretaría podrá solicitar a la Contraloría la verificación de dichos compromisos

y en el caso de que éstos no se encuentren debidamente formalizados, la Secretaría podrá

reasignar los recursos que no se encuentren comprometidos.”

Además, se infringió el Título Tercero, “Registro de Otras Erogaciones”, capítulo VI,

“Presupuesto Comprometido”, numeral 133, del Manual de Reglas y Procedimientos para

el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012, que señala: “Las

ur’s deberán enviar en forma analítica y por clave presupuestal a la Secretaría [de Finanzas]

dentro de los siguientes primeros diez días del cierre de cada mes un reporte mensual sobre

el total de los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que se

encuentren comprometidos al cierre del mes que se reporte, el cual deberá ser congruente

con la información que se haya registrado en el Sistema informático”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio

núm. JDI/0327/2015 del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de la Jefatura

Delegacional en la Delegación Iztacalco proporcionó el oficio núm. DGA/306/2015

del 6 de marzo de 2015, con el cual el Director General de Administración instruyó al

Director de Finanzas lo siguiente:

“Al respecto, [...] lo instruyo para que, en lo relativo a los reportes mensuales de los recursos

fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales, destinadas al capítulo 4000

‘Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas’ los formatos denominados

‘Presupuesto Comprometido’ sean entregados ante la Subsecretaría de Egresos dentro

de los primeros diez días de cada mes, tal y como lo establece el artículo 56 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente.”

La documentación proporcionada por el órgano político-administrativo confirma que los

reportes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias

federales, que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato anterior, de 2013

fueron remitidos a la SEFIN fuera del plazo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, por lo que la observación prevalece.

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310 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco presentó sus informes

de presupuesto comprometido de 2013 a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN,

específicamente por lo que se refiere a los compromisos que se contrajeron a raíz de los

documentos legales que determinaron una obligación de pago; sin embargo, los informes

correspondientes a los meses de enero, octubre y noviembre de 2013, relativos

al presupuesto comprometido del órgano político-administrativo, fueron presentados con

desfases que van de dos a ocho días naturales.

Recomendación AFLB-135-13-21-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento

a las instrucciones giradas relativas a que los reportes mensuales sobre los recursos fiscales,

crediticios y provenientes de transferencias federales, comprometidos al cierre del mes

inmediato anterior, se presenten en los términos que establece la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal y el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes.

7. Resultado

Con el oficio núm. DGA/107/2014 de fecha 23 de septiembre de 2014, el Director General

de Administración de la Delegación Iztacalco proporcionó el PAAAPS de 2013 del órgano

político-administrativo. De su análisis, se desprende lo siguiente:

1. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de

la OM, mediante el oficio circular núm. OM/DGRMSG/072/2012 del 26 de diciembre

de 2012, dirigido, entre otros, a los órganos político-administrativos y entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal, solicitó se requisitaran y enviaran a la SEFIN

del Distrito Federal, para su validación, el PAAAPS 2013; y les instruyó que el PAAAPS

validado por la SEFIN debía enviarse a esa Dirección General a más tardar el

31 de enero de 2013.

En respuesta, la Delegación Iztacalco remitió a la Dirección General de Política

Presupuestal de la SEFIN, para su validación, el PAAAPS de 2013, con el oficio

núm. DGA/0114/2013 del 25 de enero de 2013.

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311 VOLUMEN 5/18

2. Mediante el oficio núm. DGPP/238/2013 del 30 de enero de 2013, la Dirección General

de Política Presupuestal de la SEFIN comunicó a la Dirección General de Administración de

la Delegación Iztacalco la validación presupuestal del PAAAPS de 2013 para el órgano

político-administrativo, por un importe de 244,275.7 miles de pesos, en virtud de que “se

apega a los importes autorizados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a través

del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el presente ejercicio

fiscal”; además, precisó que “la referida validación no influye en los alcances de las

contrataciones de servicios, adquisiciones y arrendamientos derivados del citado

programa, por lo que es decisión de esa [área] a su cargo, adherirse a las compras

consolidadas de bienes o servicios de uso generalizado, para lo cual deberá sujetarse

a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, así como a la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás legislación aplicable”.

3. Por medio del oficio núm. JDI/0064/2013 del 1o. de febrero de 2013, la Jefa Delegacional

de la Delegación Iztacalco remitió a la Dirección General Jurídica y de Estudios

Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales el PAAAPS 2013, para su

publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. El cual fue publicado el 8 de febrero

de 2013, es decir, ocho días después del plazo establecido. Por lo anterior, la Delegación

incumplió el artículo 19 párrafo segundo de la Ley Adquisiciones para el Distrito Federal

que señala: “Las […] delegaciones y entidades a más tardar el 31 de enero de cada año,

publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus Programas Anuales de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios…”.

4. Con el oficio núm. SRM/011/2013 del 21 de febrero de 2013, la Subdirección

de Recursos Materiales de la Delegación Iztacalco remitió a la DGRMSG de la OM

el PAAAPS 2013 validado por la SEFIN; sin embargo, de acuerdo con el sello de recibido

de la OM, el documento se presentó con fecha 25 de febrero de 2013.

Por lo anterior, se determinó que la Delegación envió con desfase de 25 días hábiles

la versión definitiva del PAAAPS 2013 a la DGRMSG de la OM, por lo que incumplió

el apartado 4, “Adquisiciones”, subapartado 4.2, “Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios”, numeral 4.2.1, segundo párrafo, de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones

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312 VOLUMEN 5/18

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal del 8 de agosto de 2012, que establece: “… de la versión

definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por la SF, se deberá

enviar copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio presupuestal

reportado…”.

5. El órgano político-administrativo proporcionó copia de los oficios núms. DGA/105/2014

y DGA/1117/2014 del 7 de enero y 1o. de octubre, respectivamente, ambos de 2014,

mediante los cuales la Dirección General de Administración remitió a la DGRMSG de la

OM las versiones modificadas del PAAAPS correspondientes a los cuatro trimestres

de 2013. También proporcionó copia de los reportes capturados en el sitio web

correspondiente, los cuales presentan la fecha de impresión del 27 de diciembre de 2013,

para el primer y segundo trimestres, del 3 de enero de 2014, para el tercer trimestre

y del 30 de septiembre de 2014, para el cuarto trimestre, con desfases de 267, 176, 84 y

259 días naturales, respectivamente, en relación con el término, establecido en la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), vigente en 2013.

Por no capturar las modificaciones al PAAAPS correspondientes a los cuatro trimestres

de 2013 dentro de los 15 días posteriores al mes reportado, el órgano político-

administrativo contravino el quinto párrafo del numeral 4.2.1 del apartado 4, “Adquisiciones”,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013, que establece:

“Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos

efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada

ejercicio fiscal, dentro de los primeros quince días naturales posteriores del mes

inmediato al período que se reporta.”

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio núm. JDI/0327/2015

de la misma fecha, el Encargado del Despacho de la Jefatura Delegacional en la Delegación

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313 VOLUMEN 5/18

Iztacalco proporcionó el oficio núm. DRMSG/234/2015 del 10 de marzo de 2015, mediante

el cual el Director de Recursos Materiales y Servicios Generales informó lo siguiente:

“Se instruyó al Subdirector de Recursos Materiales, para que a partir de hoy se envíe

en tiempo y forma el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios, con el fin de cumplir con el numeral 4.2.1, apartado 4.2. ‘Programa Anual de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios’ (Circular Uno Bis), el numeral 4.3,

inciso c), de los Lineamientos para la Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios y el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, donde se dispone que las modificaciones de cada trimestre y la

síntesis que identifique los movimientos efectuados, deberán capturarse en el sitio web

que establezca la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la

Oficialía Mayor, dentro de los 10 días naturales posteriores del mes inmediato al período

que se reporta.”

En la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, en el informe

final de la auditoría con clave ASC/158/12, practicada a la Delegación Iztacalco, resultado

núm. 6, recomendación ASC-158-12-04-IZC, se contempla el mecanismo de control para

que el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, sea

elaborado y enviado en forma oportuna, conjuntamente con la documentación requerida,

a las autoridades administrativas competentes, y sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal en los plazos y términos que establece la normatividad aplicable.

Cabe señalar que dicha recomendación se dio por atendida, mediante el oficio

núm. ASCM/14/0093 del 21 de agosto de 2014, fundamentado en las instrucciones giradas por

la Delegación Iztacalco; sin embargo, del análisis de la información proporcionada por el sujeto

fiscalizado en la reunión de confronta, se desprende que al 12 de marzo de 2015 persistía el

incumplimiento de la normatividad por el envío extemporáneo de las versiones modificadas

del PAAAPS a la DGRMSG de la OM, la captura de las modificaciones de cada trimestre,

y la síntesis que identifique los movimientos efectuados, en el sitio web establecido por dicha

Dirección General, que debió efectuarse dentro de los 10 primeros días naturales del mes

inmediato al período que se reporta, ya que no se proporcionó evidencia documental de

su cumplimiento, por lo que la observación prevalece.

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314 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco elaboró el PAAAPS 2013 incluyendo

las asignaciones correspondientes al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”; obtuvo su validación y autorización presupuestal por parte de la SEFIN

dentro del plazo establecido por la normatividad; no obstante, lo envió a la DGRMSG de

la OM y lo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal fuera del plazo establecido en la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013; asimismo, las versiones

modificadas correspondientes a los cuatro trimestres de 2013 fueron enviadas a la DGRMSG

de la OM fuera del término fijado en la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular

Uno Bis), vigente en 2013.

Recomendación AFLB-135-13-22-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento

a las instrucciones giradas, relativas a que su Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios sea enviado para su validación a la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Materiales de la Oficialía Mayor en los términos

que establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).

Recomendación AFLB-135-13-23-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento

a las instrucciones giradas, para que su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en los términos

que establece la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Recomendación AFLB-135-13-24-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento

a las instrucciones giradas, para que las versiones modificadas de su Programa Anual

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios sean enviadas a la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor en los términos

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315 VOLUMEN 5/18

que establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).

Recomendación AFLB-135-13-25-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento

a las instrucciones giradas, para que las versiones modificadas de su Programa Anual

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios sean capturadas en el sitio web

en los términos que establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).

8. Resultado

En 2013, la Delegación Iztacalco ejerció un monto de 54,318.5 miles de pesos con cargo

a las partidas 4411 “Premios”, 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos

Recursos”, 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, 4421 “Becas y Otras Ayudas para

Programas de Capacitación” y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”,

por medio de 148 CLC y 8 Documentos Múltiples. Se seleccionaron para su revisión

nueve CLC por un importe de 14,499.8 miles de pesos (26.7% del total ejercido en el

capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”), expedidas para

pagar el otorgamiento de ayudas económicas del programa de desarrollo social “Apoyo

Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”, para el Ejercicio Fiscal 2013,

por 4,500.0 miles de pesos, y la adquisición de calzado escolar de la Actividad

Institucional “Caminando por la Educación”, por 9,999.8 miles de pesos.

El programa social tuvo como objetivo otorgar apoyo económico a personas adultas mayores

de 61 a 64 años de escasos recursos, mientras que el objetivo de la actividad institucional

fue otorgar un par de zapatos escolares por ciclo escolar a todos los alumnos inscritos

en escuelas primarias públicas y Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) que dependen

administrativamente de la Delegación Iztacalco.

Con la finalidad de verificar si los recursos ejercidos por la Delegación Iztacalco son resultado

de la aprobación de un contrato u otro instrumento jurídico que formalizara una relación

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316 VOLUMEN 5/18

jurídica con terceros para el otorgamiento de ayudas, la adquisición de bienes o la contratación

de servicios, se analizó el marco normativo que regula el otorgamiento de ayudas y se

determinó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. ACF-B/135/13/IZ/14-03 del 3 de noviembre de 2014, la ASCM

solicitó al ente fiscalizado la información relativa a los programas sociales nuevos o a las

modificaciones en los alcances o modalidades de los ya existentes, que fueron

sometidos a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo Social del Distrito

Federal.

En respuesta, con el oficio núm. DGA/0099/2015, del 27 de enero de 2015, la Dirección

General de Administración de la Delegación Iztacalco proporcionó copia del acta

de la primera sesión extraordinaria del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito

Federal, llevada a cabo el 25 de enero de 2013, en la cual la Delegación Iztacalco

presentó para aprobación de comité, entre otros, el programa de desarrollo social “Apoyo

Económico para Adultos Mayores de 64 y 67 años”, para el Ejercicio Fiscal 2013, el cual

fue aprobado por mayoría de votos, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 102,

primer y tercer párrafos, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2013.

2. La Delegación Iztacalco publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 19 de marzo

del 2013, el “Aviso por el cual se da a conocer la nota aclaratoria de los lineamientos

de operación de los programas de desarrollo social, a cargo de la Delegación Iztacalco para

el Ejercicio Fiscal 2013. Con dicho aviso, se modificó el rango de edad de los beneficiarios

del programa “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 64 a 67”, como sigue:

“Dice: tener de 64 a 67 años

”Debe decir: tener de 61 a 64 años.”

3. Mediante el oficio núm. SDPS/029/2015, del 5 de febrero de 2015, la Subdirectora

de Programas de Desarrollo Social de la Delegación Iztacalco, informó que, respecto

a la modificación del programa de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos

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317 VOLUMEN 5/18

Mayores de 64 a 67 años”, se realizó la búsqueda exhaustiva en los archivos de esa

subdirección, sin que se localizara evidencia de la aprobación del Comité de Planeación

del Desarrollo del Distrito Federal, que fue solicitada.

Por no haber presentado al Comité de Planeación del Desarrollo Social del Distrito

Federal la información relativa a la modificación del rango de edad del programa

de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 64 a 67 años”, el sujeto

fiscalizado incumplió el artículo 102, primer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que establece lo siguiente:

“Artículo 102. Con el propósito de elevar el impacto de los recursos, evitar

duplicidades en las acciones y en el otorgamiento de beneficios, las […] Delegaciones

[…] deberán someter a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo,

previsto en la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal […]. De igual

forma, deberán someter a su aprobación cualquier modificación en el alcance

o modalidades de sus programas, cambios en la población objetivo, o cualquier otra

acción que implique variaciones en los criterios de selección de beneficiarios, montos

o porcentajes de subsidios, apoyos y ayudas…”

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco no

proporcionó información que modifique las observaciones expuestas en el presente

resultado, por lo que éstas prevalecen.

4. La Delegación Iztacalco elaboró los lineamientos de operación del programa social

“Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”, así como de la actividad

institucional “Caminando por la Educación”, considerando la estructura y contenido

establecidos en los Lineamientos para la Elaboración de Reglas de Operación

de los Programas Sociales 2011, aplicables para el ejercicio de 2013, publicados

el 31 de octubre de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en la Ley de Desarrollo

Social para el Distrito Federal vigente en 2013.

5. El órgano político-administrativo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

31 de enero de 2013 el “Aviso por el cual se dan a conocer los lineamientos

de operación de los programas de desarrollo social a cargo de la Delegación Iztacalco

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318 VOLUMEN 5/18

para el ejercicio fiscal 2013”, en el que incluye el “Apoyo Económico para Adultos

Mayores de 64 a 67 años”, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 34, fracción I,

de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2013.

6. Los lineamientos de operación del programa de desarrollo social “Apoyo Económico para

Adultos Mayores de 64 a 67 años”, modificado mediante la nota aclaratoria señalada en

el numeral 2 del presente resultado, así como los de la actividad institucional “Caminando

por la Educación”, se sujetaron a los criterios de solidaridad social, equidad de género,

transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad señalados en el

artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

7. Para la adquisición de 34,815 pares de calzado escolar otorgados mediante la actividad

institucional “Caminando por la Educación” y el pago de 1,000 apoyos mensuales de

0.5 miles de pesos mensuales de abril a diciembre de 2013 correspondientes al

programa de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”,

el sujeto fiscalizado contó con la autorización expresa por parte de la Jefa Delegacional,

de conformidad con lo siguiente:

Programa de Desarrollo Social / Actividad institucional

Oficio de autorización

Número Fecha

Programa de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”

DGDS/1385/13 31/VII/13

DGDS/1745/13 17/IX/13

DGDS/2121/13 17/X/13

DGDS/2120/13 17/X/13

Actividad institucional “Caminando por la Educación” DGDS/1162/13 3/VII/13

De lo anterior se concluye que la Delegación Iztacalco formalizó su compromiso de otorgar

las ayudas económicas y en especie, mediante la elaboración de los lineamientos de

operación del programa de desarrollo social y de la actividad institucional a su cargo,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; para lo cual consideró la estructura,

contenido y criterios establecidos en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal,

y contó con la autorización expresa de la titular del órgano político-administrativo. Sin

embargo, no contó con la autorización del Comité de Planeación del Desarrollo Social del

Distrito Federal para modificar el rango de edad del programa de desarrollo social “Apoyo

económico para Adultos Mayores de 64 a 67 años”.

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319 VOLUMEN 5/18

Recomendación AFLB-135-13-26-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo

Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que para cualquier modificación

en el objetivo y alcance de los programas sociales a su cargo se cuente con la aprobación del

Comité de Planeación del Desarrollo, en los términos de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal.

9. Resultado

Para la adquisición de 34,815 pares de zapatos escolares, que se repartirían entre los

alumnos inscritos en escuelas primarias públicas y los CENDI que dependen

administrativamente de la Delegación Iztacalco, por un importe de 9,999.8 miles de pesos,

con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, el sujeto fiscalizado llevó

a cabo el procedimiento de licitación pública nacional y formalizó el contrato respectivo

mediante la modalidad de contrato abierto, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Contrato núm. LPNB/008/13 de fecha 30 de julio de 2013 Importe contratado y pagado Vigencia Proveedor Objeto

Hasta que se hayan concluido todas las obligaciones estipuladas en el contrato y/o hasta agotar el plazo de entrega de los bienes: los que tengan cantidad y talla deberán entregarse a más tardar el 25 agosto de 2013, para los que no se cuente con tallas, será dentro de los 30 días naturales a partir de que la Delegación notifique por escrito la relación de tallas y cantidades.

Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V.

Compra de 34,815 pares de calzado escolar

9,999.8

En la revisión del expediente del contrato núm. LPNB/008/13, seleccionado como muestra,

se obtuvo lo siguiente:

1. Los bienes fueron solicitados mediante la requisición de adquisiciones, arrendamientos

y servicios núm. 040 del 3 de julio de 2013, para la adquisición de 34,815 pares de

zapatos escolares para primaria, color negro, la cual está firmada por la Directora General

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320 VOLUMEN 5/18

de Desarrollo Social, como área solicitante; cuenta con las autorizaciones del Director de

Finanzas y del Director General de Administración del órgano político-administrativo, por

lo que respecta al monto y clave presupuestal; y contiene los sellos de “No existencia

en el almacén”, por parte del Jefe de Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios,

y de “suficiencia presupuestal”, por parte del Director de Finanzas.

2. La adquisición de bienes se llevó a cabo mediante procedimiento de licitación pública

nacional, como se señala a continuación:

a) La Delegación Iztacalco llevó a cabo el proceso de licitación pública nacional

núm. LPNB-30001023-002-13, cuyo expediente contiene la documentación derivada

del proceso: requisición; convocatoria; oficios de invitación para asistir a la “Revisión de

Bases”, dirigidos a la Dirección General de Desarrollo Social, Dirección Jurídica,

Subdirección de Recursos Materiales y Jefatura de Unidad Departamental de

Almacenes e Inventarios; bases; estudio de precios de mercado; muestras y actas

de aclaración de bases, documentación legal y administrativa; acta de visita a las

instalaciones de los participantes; presentación y apertura de propuestas; fallo

y cheque de garantía de propuesta presentada por el proveedor ganador.

b) En el análisis de las bases de la licitación pública nacional núm. LPNB-30001023-002-13,

se constató que reúnen los requisitos y condiciones establecidos como mínimo en

el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.

c) El fallo se otorgó el 26 de julio de 2013.

d) El contrato abierto se formalizó con el proveedor de conformidad con lo señalado

en el artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.

e) El proveedor presentó en tiempo y forma la garantía de cumplimiento de contrato,

establecida en la cláusula Undécima, mediante cheque certificado a favor de la SEFIN

por 1,293.1 miles de pesos (15.0%, sin incluir IVA, del monto del contrato abierto).

f) Con la finalidad de verificar que la Delegación Iztacalco no hubiera adjudicado

el contrato a proveedor que se encontrara inhabilitado en 2013, el 10 de febrero

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321 VOLUMEN 5/18

de 2015, se consultaron las páginas de internet de la CGDF y de la Secretaría de la

Función Pública (SFP), sin que se localizaran registros relativos a la inhabilitación del

proveedor seleccionado como muestra. Adicionalmente, se revisaron los documentos

anexos a las CLC pagadas al proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V., entre

los que se encuentran copias de las consultas realizadas por el sujeto fiscalizado

el 22 de agosto, 22 de octubre y 18 de diciembre de 2013, respectivamente, en los

cuales no se observaron registros relativos a su inhabilitación en el ejercicio de 2013,

en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39 Bis, primer párrafo, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco llevó a cabo la adquisición de

los bienes que integraron la muestra conforme a la normatividad vigente en 2013; que la

compra se formalizó mediante el instrumento jurídico que representa el reconocimiento

de las obligaciones contraídas con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales

a Personas”; y que el proveedor a quien se le adjudicó el contrato no se encontraba

inhabilitado por la CGDF o por la SFP en 2013.

10. Resultado

Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en la

norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF y vigentes

en 2013, la norma octava establece: “El gasto comprometido es el momento contable que

refleja el registro de los documentos que consideran la aprobación de la autoridad competente

de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica

con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las

obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso

será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio fiscal”.

Se verificó que el registro presupuestal del momento contable del gasto comprometido de

la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.

Al respecto, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014,

el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó

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322 VOLUMEN 5/18

ocho pólizas de diario, con las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas de orden

presupuestarias, de los compromisos formalizados mediante los instrumentos jurídicos

seleccionados como muestra para su revisión, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 14,499.8

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 14,499.8

Total 14,499.8 14,499.8

Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de orden presupuestarias afectadas

y el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos

comprometido son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito

Federal Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 24 de mayo de 2012.

Gasto Devengado

11. Resultado

Con la finalidad de verificar si la Delegación Iztacalco contó con un mecanismo

de comprobación por el otorgamiento de las ayudas económicas y en especie en favor de

los beneficiarios de los programas sociales, se revisó la documentación que soporta

el cumplimiento de los lineamientos de operación del programa de desarrollo social “Apoyo

Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” y de la actividad institucional “Caminando

por la Educación”, como se indica a continuación:

Programa de Desarrollo Social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”

Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa de

desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” ascendieron

a 4,500.0 miles de pesos, los cuales fueron pagados por medio de cheques nominativos

que avalan la entrega de los recursos. Las pólizas-cheque se encuentran soportadas

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con el documento que avaló la liberación del cheque, y copia de la credencial de elector

del beneficiario; asimismo, contienen la información referente al concepto de pago, firma

de recibido, nombre del banco, número de cuenta, importe, y las iniciales de los funcionarios

responsables de su elaboración, revisión y autorización.

A fin de comprobar que la Delegación Iztacalco contara con un procedimiento para el control

de la cuenta bancaria en la cual se manejaron los recursos asignados al programa social,

se revisaron las conciliaciones bancarias proporcionadas por la Dirección General de

Administración de la Delegación Iztacalco, correspondientes a las CLC núms. 02 CD 08,

con terminaciones 101052, 101419, 101748, 101874, 101883, emitidas entre el 23 de agosto

y el 13 de diciembre de 2013, seleccionadas como muestra de auditoría. En su análisis,

se obtuvo lo siguiente:

1. Las conciliaciones bancarias fueron elaboradas por un auxiliar administrativo, revisadas

por el Subdirector de Tesorería y cuentan con la autorización del Director de Finanzas.

2. En las conciliaciones se muestran los importes no devengados al 31 de diciembre

de 2013, por los cuales se realizó un reintegro parcial a la SEFIN, mediante cinco

depósitos a favor de la Tesorería del Distrito Federal, enviados el 12 de febrero de 2014,

como sigue:

(Miles de pesos)

Número de CLC Número

de cheque Importe Fecha

Número de oficio de envío

a la Tesorería

02 CD 08 101052 47622 64.5 12/II/14 DF/363/14

02 CD 08 101419 47617 4.0 12/II/14 DF/360/2014

02 CD 08 101748 47624 110.0 12/II/14 DF/367/2014

02 CD 08 101874 47618 28.0 12/II/14 DF/366/2014

02 CD 08 101883 47620 29.0 12/II/14 DF/365/2014

Total 235.5

3. Las conciliaciones bancarias correspondientes a la cinco CLC de la muestra incluyen

40.5 miles de pesos correspondientes a 37 cheques pendientes de cobro al 10 de

febrero de 2015, sin que se haya efectuado el reintegro correspondiente a la SEFIN,

como se muestran a continuación:

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(Miles de pesos)

Número de CLC Cantidad

de cheques Importe

02 CD 08 101052 13 19.5

02 CD 08 101419 9 9.0

02 CD 08 101748 9 9.0

02 CD 08 101874 2 1.0

02 CD 08 101883 4 2.0

Total 37 40.5

Por haber reintegrado a la SEFIN 235.5 miles de pesos fuera de plazo, y por no reintegrar

40.5 miles de pesos, correspondientes a cheques expedidos en 2013 y no cobrados por

los beneficiarios, la Delegación Iztacalco incumplió el cuarto párrafo del artículo 71 de

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que establece:

“Las unidades responsables del gasto que por cualquier motivo al término del ejercicio fiscal

que corresponda conserven fondos presupuestales o recursos que no hayan sido

devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos, los enterarán a la Secretaría dentro de

los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio

núm. JDI/0327/2015 del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de la Jefatura

Delegacional en la Delegación Iztacalco proporcionó el oficio núm. DGA/307/2015 del

6 de marzo de 2015, con el cual el Director General de Administración instruyó al Director

de Finanzas lo siguiente:

“Con motivo de la revisión […] referente a la Auditoría clave AFLB/135/13 […] practicada

a esta Delegación y el Informe de Resultados emitido por la Auditoría Superior de la Ciudad

de México.

”Al respecto, en función del Resultado 11, lo instruyo, para que de manera subsecuente

se establezcan mecanismos de control para enterar a la Secretaría de Finanzas dentro de

los 15 días naturales al cierre del ejercicio […] como lo estipula el artículo 71 de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.”

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325 VOLUMEN 5/18

Lo expuesto por el órgano político-administrativo confirma que en 2014 enteró a la SEFIN

en forma extemporánea los recursos no devengados al cierre del ejercicio 2013, con

lo que incumplió lo señalado en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2013, por lo que la observación prevalece.

Actividad Institucional “Caminando por la Educación”

A fin de verificar la entrega de los 34,815 pares de zapatos adquiridos por un monto

de 9.999.8 miles de pesos, se revisó el padrón proporcionado por la Delegación Iztacalco en

el cual se consignan las escuelas primarias y los CENDI, y la cantidad de pares de calzado

entregada en 2013.

Al respecto, se determinó que, de los 34,815 pares de calzado adquiridos por el órgano político-

administrativo en 2013, únicamente se entregaron a los beneficiarios finales 23,249 pares,

de los cuales 23,172 fueron entregados a alumnos inscritos en las 71 escuelas primarias

y 15 CENDI ubicados en la demarcación territorial de Iztacalco y 77 pares se entregaron a la

Casa Alianza, A.C. Cabe señalar que de los 11,566 pares de calzado pendientes de entrega

al 31 de diciembre de 2013, la Jefatura de Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios

de la Delegación Iztacalco reportó, en el documento denominado “Concentrado de entradas

y salidas de zapatos”, como existencia en el almacén 10,158 pares de calzado; y la

Subdirectora de Educación reportó 1,408 pares de calzado, como existencia en el área a

su cargo. Lo anterior comprueba que del total de calzado adquirido en 2013 (34,815 pares

de calzado), la Delegación realizó la entrega de 23,172 pares de calzado en escuelas

primarias y CENDI, según lo establecido en los lineamientos de operación de la actividad

institucional “Caminando por la Educación”; 11,566 pares se encontraban en existencia al

cierre del ejercicio fiscal de 2013; y los 77 pares restantes fueron entregados a la casa hogar

Casa Alianza, A.C. por lo que se incumplió lo establecido en los objetivos y alcances de

los lineamientos de operación señalados.

Al respecto, el órgano político-administrativo proporcionó copia de acta circunstanciada

del 16 de agosto de 2014, emitida en la Subdirección de Educación de la Delegación

Iztacalco por la Subdirectora de Educación en virtud del cambio de titular en la Jefatura

de Unidad Departamental de Proyectos Educativos, para informar sobre el estatus que

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326 VOLUMEN 5/18

guardaba la actividad institucional “Caminando por la Educación 2013” a esa fecha, en

la que se señala lo siguiente:

“De los 23,249 pares de calzado entregados, 77 fueron donados a la casa hogar ‘Alianza’

[…] el documento comprobatoria de la donación obra en el archivo de la Dirección

General de Desarrollo Social.

”En virtud de lo anterior y tomando en cuenta los lineamientos de operación publicados en

la Gaceta Oficial No. 1670 de fecha 15 de agosto de 2013, que a la letra dice: ‘La Delegación

Iztacalco tiene la facultad de interpretar los presentes lineamientos y mecanismos de

operación incluyendo los aspectos no previstos en las mismas’. Se procede a realizar el cierre

formal de la actividad institucional Caminando por la Educación para el ejercicio fiscal 2013.

”Cabe señalar que para el ejercicio fiscal 2014, se tomarán en cuenta los pares restantes

que se encuentran en el almacén y sólo se solicitará el complemento de acuerdo a la

suficiencia presupuestal con la finalidad de que en 2014, se incluya en el beneficio,

a los alumnos de los planteles educativos de nivel preescolar y los centros de atención

múltiple. […]

”Es importante señalar que no se entregaron los 34,815 pares de calzado, debido

al término del ciclo escolar en las escuelas, a la falta de personal operativo de la JUD de

Proyectos Educativos […] teniendo como pendiente en el mes de octubre reanudar dicha

entrega para el ciclo escolar 2014-2015.”

Con la finalidad de verificar la entrega de los zapatos a los beneficiarios finales, se

seleccionaron la escuela primaria “Profesor Claudio Cortés Castro” y el CENDI “Danza

Mágica”, en los que se reportó la entrega de 195 pares y 88 pares de calzado escolar,

respectivamente. En el análisis, se constató que las 283 entregas de calzado están

soportadas con comprobantes de liberación para la entrega del calzado escolar emitidos

por la Dirección General de Desarrollo Social, el cual contiene datos del alumno; nombre de

la escuela; talla del calzado entregado; datos del padre, madre o tutor; número de folio

de la entrega; y nombre y firma del padre o tutor que recibió.

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327 VOLUMEN 5/18

Por otra parte, en los lineamientos de operación de la actividad institucional de desarrollo

social “Caminando por la Educación”, a cargo de la Delegación Iztacalco para el ejercicio

Fiscal 2013, se señalan como objetivos y alcances “Otorgar un par de zapatos escolares

por ciclo escolar a todos los alumnos inscritos en escuelas primarias públicas

(de 1o. a 6o. grado) y Cendis que dependen administrativamente de la Delegación Iztacalco”.

Sin embargo, el sujeto fiscalizado entregó 77 pares de calzado escolar en la casa hogar

Casa Alianza, A.C., incumpliendo lo señalado en los lineamientos de operación de dicha

actividad institucional.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio

núm. JDI/0327/2015 del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de la Jefatura

Delegacional de Iztacalco proporcionó copia de diversa documentación, la cual ya había

sido suministrada a esta entidad de fiscalización durante la etapa de ejecución de la

presente auditoría.

Adicionalmente, proporcionó copia de los oficios núms. DRMSG/371/2014,

DGA/890/2014, DGDS/1482/2014 y DGS/1490/2014 del 14 de abril, y 5, 7 y 8 de agosto

de 2014, respectivamente, mediante los cuales el Director General de Administración

solicitó a la Dirección General de Desarrollo Social retirar del almacén 10,564 pares

de calzado, o bien, justificar su existencia en el almacén; sin embargo, respecto a

los 77 pares de calzado entregados a la casa hogar Casa Alianza, A.C., la Delegación

Iztacalco no proporcionó documentos respecto de la modificación del objetivo de la

actividad institucional “Caminando por la Educación”, por lo que la observación expuesta

en el presente resultado prevalece.

Recomendación AFLB-135-13-27-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento

a las instrucciones giradas, para que los fondos presupuestales o recursos que no hayan sido

devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos se enteren a la Secretaría

de Finanzas dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, conforme a

lo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente

en 2013.

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328 VOLUMEN 5/18

Recomendación AFLB-135-13-28-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo

Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar el cumplimiento de lo señalado en

los objetivos y alcances de los lineamientos de operación de las actividades institucionales

a su cargo, conforme a lo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

12. Resultado

La Delegación Iztacalco contó con un padrón de beneficiarios actualizado del programa social

“Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” para el ejercicio fiscal de 2013,

el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 19 de marzo de 2014, con

353 días naturales de desfase respecto al plazo establecido en la Ley de Desarrollo Social

para el Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2013.

Asimismo, con el oficio núm. JDI/0257/14 del 21 de marzo de 2014, con fecha de acuse

de recibo del 25 de marzo del mismo año, se envió dicho padrón al presidente de la Comisión

de Gobierno de la ALDF en medio magnético, con un desfase de 359 días naturales

respecto al plazo establecido en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su

Reglamento, vigentes en 2013.

Por publicar su padrón de beneficiarios del “Apoyo Económico para Adultos Mayores

de 61 a 64 años” para el ejercicio fiscal de 2013 con desfase de 353 días naturales

y enviarlo a la ALDF con un desfase de 359 días naturales, la Delegación Iztacalco

incumplió el artículo 34, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal;

y el artículo 58, último párrafo, de su Reglamento, vigentes en 2013, que establecen:

“Artículo 34. Cada uno de los programas sociales de la Administración Pública del Distrito

Federal deberá tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. Dichos

programas serán auditables en términos de la legislación por los órganos facultados para ello.

”Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en los artículos 33 y 35 de esta

ley, las […] Delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal que tengan

a su cargo programas destinados al desarrollo social deberán: […]

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329 VOLUMEN 5/18

”II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año

de ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombres, edad, sexo, unidad territorial

y delegación de los beneficiarios de los programas sociales. Dichos padrones deberán ser

entregados en el mismo plazo a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en medio

electrónico e impreso.”

“Artículo 58. […] Las […] delegaciones […] deberán publicar en la Gaceta Oficial y en el

Sistema, a más tardar el 31 de marzo de cada año, una versión pública del padrón de

beneficiarios de los programas sociales que tengan a su cargo […]. La misma versión

pública deberán enviarla en la misma fecha, de manera impresa y en archivo electrónico,

a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.”

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco

no proporcionó información que modifique las observaciones expuestas en el presente

resultado, por lo que éstas prevalecen.

Recomendación AFLB-135-13-29-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo

Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que los padrones de los

programas sociales a su cargo se publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

dentro de los plazos que establece la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

13. Resultado

Con la finalidad de verificar si la Delegación Iztacalco reconoció las obligaciones de pago

en favor del proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V., por la recepción de conformidad

de los bienes adquiridos, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento del contrato

suscrito por el órgano político-administrativo, como se indica a continuación:

Contrato Abierto núm. LPNB/08/13 del 30 de julio de 2013

“Cláusula Cuarta: ‘El Proveedor’ se obliga a realizar la entrega del calzado escolar

Lab-Destino (Libre Abordo Destino), en el Almacén Central General de ‘La Delegación’ […]

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330 VOLUMEN 5/18

conforme a las especificaciones contenidas en su Propuesta Técnica, cotización definitiva

y a los tipos de calzado por modelo […]

”Cláusula Novena: Plazo de la entrega de los bienes, en lo que respecta a los bienes que

se cuenta con cantidad y talla, deberán ser entregados con fecha máxima 25 de agosto

de 2013. Para los bienes que no se cuenta con talla y/o cantidad, la fecha máxima de

entrega será dentro de los 30 días naturales a partir de que la ‘Delegación’, notifique por

escrito la relación de tallas, modelos y cantidades a ‘El Proveedor’.”

Se constató que la entrega de los 34,815 pares de calzado, adquiridos al amparo del contrato

abierto núm. LPNB/08/13, por parte del proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V.,

se realizó mediante cuatro entregas, según las entradas de almacén núms. 3, por 9,866 pares

y 4, por 7,767 pares de calzado, que suman 17,633 pares de calzado, con sello de recibido

del 14 y 21 de agosto de 2013 respectivamente; y las núms. 6, por 11,621 pares, y 13,

por 5,561 pares de calzado, lo que da un total de 17,182 pares de calzado, con sello de

recibido del 10 de octubre y 19 de noviembre de 2013 (posteriores al 25 de agosto de 2013).

Dichas entregas cuentan con los oficios núms. UDLYC/306bis/13 y JUDLC/097/2013 del

25 de septiembre de 2013 y 11 de noviembre de 2013, respectivamente, mediante los cuales

el Jefe de Unidad Departamental de Licitaciones y Contratos de la Delegación Iztacalco

notificó al proveedor las tallas y cantidad de calzado por entregar, de acuerdo con

lo establecido en la cláusula novena contractual, por lo que no fue necesaria la aplicación

de sanción alguna respecto a la fecha de entrega de los bienes contratados.

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztacalco reconoció las obligaciones

de pago en favor del proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V., por la recepción de

los bienes adquiridos y recibidos de conformidad con lo contratado.

14. Resultado

Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF y vigentes en 2013,

la norma novena establece: “El gasto devengado es el momento contable que refleja el registro

de la solicitud de la cuenta por liquidar certificada o documento equivalente debidamente

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331 VOLUMEN 5/18

aprobado por la autoridad competente de las Unidades Responsables del Gasto, mediante

el cual reconocen una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad

de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que

derivan de leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas”.

Se verificó que el registro contable presupuestal del momento contable del gasto devengado

de la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.

Al respecto, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014, el

Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó

nueve pólizas de diario, con las cuales se realizó el registro contable y presupuestal

del presupuesto de egresos devengado por concepto de las ayudas económicas y en especie

que fueron otorgadas por la Delegación Iztacalco, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

5241144121 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” 14,499.8

2112100001 “Proveedores Nacionales” 14,499.8

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 14,499.8

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 14,499.8

Total 28,999.6 28,999.6

Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de balance y de orden presupuestarias

afectadas y los asientos con los cuales se realizó el registro contable y presupuestal del

presupuesto de egresos devengado son los que señala el Manual de Contabilidad

del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012.

Gasto Ejercido

15. Resultado

Se verificó si la Delegación Iztacalco formuló y presentó los informes y reportes relacionados

con el ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”. Al respecto se obtuvo lo siguiente:

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332 VOLUMEN 5/18

Mediante los oficios núms. SG/6967/2013, SG/13319/2013 y SG/18801/2013 de fechas

15 de mayo, 14 de agosto y 14 de noviembre de 2013, respectivamente; y SG/1784/2014

del 13 de febrero de 2014, el Secretario de Gobierno del Distrito Federal remitió al Presidente

de la Comisión de Gobierno de la ALDF los informes de avance trimestral correspondientes

a los cuatro trimestres de 2013. Por lo tanto, se constató que la Delegación Iztacalco

presentó, en forma trimestral a la ALDF, los informes pormenorizados de la evaluación

y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indica de forma analítica el

monto y destino de los recursos por programa social, por conducto del Secretario de

Gobierno del Distrito Federal.

1. En respuesta al oficio núm. AFL-B/14/080 del 3 de septiembre de 2014, la Delegación

Iztacalco proporcionó copia de los 12 oficios mediante los cuales el Director de Finanzas

de la Delegación Iztacalco, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 101,

tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente

en 2013, envió al contralor interno en dicho órgano político-administrativo los reportes de

los montos ejercidos por concepto de ayudas y donativos en 2013.

2. Con el oficio núm. DGDS/1248/2014 del 9 de julio de 2014, la Directora General de

Desarrollo Social de la Delegación Iztacalco remitió a la Secretaría de Desarrollo Social

del Distrito Federal copia de la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 4 de julio de 2014,

en la cual se publicó el aviso por el que se da a conocer la Evaluación Interna de los

Programas de Desarrollo Social correspondientes a la Delegación Iztacalco para

el ejercicio fiscal de 2013, y le solicitó fueran publicados en el Sistema de Información del

Desarrollo Social (SIDESO), por lo tanto, el sujeto fiscalizado incumplió el plazo señalado

en el sexto párrafo del artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal

vigente en 2013, que establece lo siguiente:

“Artículo 42. Las evaluaciones constituyen procesos de aplicación de un método

sistemático que permite conocer, explicar y valorar al menos, el diseño, la operación, los

resultados y el impacto de la política y programas de Desarrollo Social. Las evaluaciones

deberán detectar sus aciertos y fortalezas, identificar sus problemas y en su caso,

formular las observaciones y recomendaciones para su reorientación y fortalecimiento.

Page 333: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

333 VOLUMEN 5/18

”La evaluación será interna y externa.

”La evaluación interna es la que deben efectuar anualmente y conforme a los lineamientos

que emita el Consejo de Evaluación, las […] Delegaciones […] de la Administración Pública

del Distrito Federal que ejecuten programas sociales. […]

”Los resultados de las evaluaciones internas y externas serán publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, incluidos en el Sistema de Información del Desarrollo Social

y entregados a la Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal […] los resultados de las evaluaciones internas serán publicados y entregados en

un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.

”El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo será sancionado

en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.”

En cuanto a la evaluación interna, se constató que cumple los requisitos establecidos por

el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal del 26 de abril de 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco no

proporcionó información que modifique las observaciones expuestas en el presente

resultado, por lo que éstas prevalecen.

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztacalco no envió la Evaluación Interna de los

Programas de Desarrollo Social del ejercicio fiscal de 2013, a la Comisión de Desarrollo Social

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, no la publicó en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal y tampoco solicitó a la Secretaría de Desarrollo Social su publicación en el Sistema

de Información del Desarrollo Social, dentro del plazo señalado en el sexto párrafo del

artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; los informes pormenorizados

de la evaluación y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indica de forma

analítica el monto y destino de los recursos por programa social, fueron enviados por conducto

del Secretario de Gobierno del Distrito Federal, a la ALDF dentro del plazo señalado

en el artículo 34 fracción III de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

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334 VOLUMEN 5/18

Recomendación AFLB-135-13-30-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo

Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que la Evaluación Interna de los

Programas de Desarrollo Social a su cargo, sean enviados a la Comisión de Desarrollo Social

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, dentro del plazo que establece la Ley de

Desarrollo Social para el Distrito Federal.

Recomendación AFLB-135-13-31-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo

Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que la Evaluación Interna de los

Programas de Desarrollo Social a su cargo, se publique en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal dentro del plazo que establece la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

Recomendación AFLB-135-13-32-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo

Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que se tramite la publicación de la

Evaluación Interna de los Programas de Desarrollo Social a su cargo, en el Sistema

de Información del Desarrollo Social dentro del plazo que establece la Ley de Desarrollo

Social para el Distrito Federal.

16. Resultado

Con la finalidad de verificar si la Delegación Iztacalco emitió las CLC debidamente

elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello;

y soportadas con la documentación comprobatoria del gasto, se revisaron nueve CLC,

por 14,499.8 miles de pesos, los cuales se pagaron con recursos fiscales.

Programa Social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”

En la revisión de las CLC núms. 02 CD 08, con terminaciones 101052, 101419, 101748,

101874, y 101883, del 23 de agosto, 17 de octubre, 2 de diciembre, 12 de diciembre y 13 de

diciembre de 2013, respectivamente, por 4,500.0 miles de pesos, se comprobó que fueron

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335 VOLUMEN 5/18

elaboradas por la Jefa de Unidad Departamental de Cuentas por Pagar y autorizadas por los

Subdirectores de Tesorería y de Programas y Presupuestos, servidores públicos facultados

para ello; y que se encuentran soportadas con la documentación siguiente:

1. Registros presupuestales soportados con los compromisos núms. 3400060160,

3400066810, 3400073694 y 3400076431 del 6 de agosto, 2 de octubre, 12 de noviembre

y 2 de diciembre de 2013, respectivamente, por 4,500.0 miles de pesos, los cuales

cuentan con las firmas de elaboración del Jefe de Unidad Departamental de Control

Presupuestal, de visto bueno del Subdirector de Presupuesto, de autorización del Director

de Finanzas, además de contar con el sello de tramitado por la Unidad Departamental de

Cuentas por Pagar.

2. Oficios núms. DGDS/1385/13, DGDS/1745/13, DGDS/2121/13 y DGDS/2120/13 del

31 de julio, 17 de septiembre, y los últimos dos del 17 de octubre de 2013,

respectivamente, mediante los cuales la Jefa Delegacional en Iztacalco autorizó la

liberación de recursos para otorgar los apoyos del programa de desarrollo social “Apoyo

Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” para el ejercicio de 2013, por el

período de abril a diciembre de 2013.

3. Oficios núms. DGCNCP/3009/2013, DGCNCP/3627/2013, DGCNCP/4420/2013

y DGCNCP/4444/2013 del 20 de agosto, 4 de octubre, 21 de noviembre y

25 de noviembre de 2013, respectivamente, por medio de los cuales la Dirección

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública emitió su opinión favorable respecto

a la tramitación de las CLC destinadas a cumplir el objetivo de beneficiar a 1,000 adultos

mayores por medio del programa de desarrollo social “Apoyo Económico para

Adultos Mayores de 61 a 64 años” para el ejercicio fiscal de 2013.

4. Relación de 1,000 beneficiarios del programa, para la elaboración de los cheques con

cargo al programa de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de

61 a 64 años 2013”.

Actividad Institucional “Caminando por la Educación”

En la revisión de las CLC núms. 02 CD 08, con terminaciones 101101, 101102, 101444

y 101032, los dos primeras de fecha del 3 de septiembre de 2013 y las dos restantes

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336 VOLUMEN 5/18

con fechas del 22 de octubre y 18 de diciembre de 2013, respectivamente, por 9,999.8 miles

de pesos, se comprobó que fueron elaboradas por la Jefa de Unidad Departamental de Cuentas

por Pagar y autorizadas por el Subdirector de Programas y Presupuestos y el Subdirector

de Tesorería, servidores públicos facultados para ello; y que se encuentran soportadas

con la documentación siguiente:

1. Oficio núm. DGDS/1162/2013 del 3 de julio de 2013, por medio del cual la Directora

General de Desarrollo Social solicitó la adquisición de 34,815 pares de calzado

escolar a fin de cumplir el objetivo de la actividad institucional. El oficio cuenta con la

firma de autorización de la Jefa Delegacional en Iztacalco.

2. Requisición de adquisiciones, arrendamientos y servicios núm. 040 del 3 de julio de 2013,

con sello de “no existencia en almacén”, firmada por el Director de Finanzas, la Directora

General de Desarrollo Social y el Jefe de Unidad Departamental de Adquisiciones,

y autorizada por el Director General de Administración, todos servidores públicos de la

Delegación Iztacalco.

3. Compromiso presupuestal del 30 de julio de 2013, el cual señala la clave programática

autorizada por afectar y el importe de 9,999.8 miles de pesos, con cargo a la

partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, revisada por el Jefe de Unidad

Departamental de Control Presupuestal, con visto bueno del Subdirector de Programas

y Presupuesto y autorizada por el Director de Finanzas del sujeto fiscalizado.

4. Contrato abierto núm. LPNB/008/13 del 30 de junio de 2013, celebrado entre la Delegación

Iztacalco y el proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V., por un monto mínimo

de 5,744.6 miles de pesos (20,000 pares de zapatos) y un máximo de 9,999.8 miles de

pesos (34,815 pares de zapatos). La formalización del contrato fue previa a la entrega

de los bienes y reunió los requisitos establecidos en la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2013.

5. Entradas al almacén general con folios núms. 3 y 4, del 14 y 21 de agosto, y 6 y 13,

del 10 y 19 de noviembre de 2013, en ese orden, que amparan la entrada al almacén

general del órgano político-administrativo, de 34,815 pares de calzado escolar para niñas

y niños de los CENDI y primarias de la demarcación de la Delegación Iztacalco, firmadas

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337 VOLUMEN 5/18

de recibido por el responsable de almacén y de visto bueno del Jefe de Unidad

Departamental de Almacenes e Inventarios.

6. Facturas núms. F101101 y F101102; del 13 y 20 de agosto; F10630 y F11050, del

9 de octubre y 18 de noviembre de 2013, respectivamente, emitidas por el proveedor

Fábrica de Calzado Rilo S.A. de C.V., por 9,999.8 miles de pesos, expedidas a nombre

del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Iztacalco, las cuales cumplen los requisitos

fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Por lo anterior, se concluye que las CLC sujetas a revisión fueron elaboradas por los

servidores públicos facultados para ello, y que se encuentran soportadas con documentación

que cumple los requisitos fiscales y administrativos establecidos en el Código Fiscal

de la Federación y el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de

la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2013.

17. Resultado

En la revisión de la convocatoria del programa “Apoyo Económico para Adultos Mayores

de 61 a 64 años”; publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2013, de los

lineamientos de operación de la actividad institucional “Caminando por la Educación”,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 15 de agosto de 2013 y de la

documentación que ampara la entrega del calzado escolar a primarias y CENDI de la Delegación

Iztacalco, incluyó la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político

alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.

Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros

distintos a los establecidos.

”Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será

sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”

Lo anterior, en cumplimiento del artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito

Federal vigente en 2013.

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338 VOLUMEN 5/18

18. Resultado

Programa Social “Apoyos Económicos a Adultos Mayores de 61 a 64 años”

En el análisis de 80 expedientes de beneficiarios del programa social “Apoyos Económicos

a Adultos Mayores de 61 a 64 años”, para el ejercicio fiscal de 2013, se constató que todos

cuentan con solicitud de ingreso al programa, dirigida a la Jefa Delegacional en Iztacalco;

copia del acta de nacimiento, de la Clave Única de Registro de Población (CURP), de la

identificación oficial (credencial de elector) y del comprobante de domicilio del beneficiario;

y estudio socio-económico, el cual incluye las firmas de visto bueno de la Jefa de Unidad

Departamental de Atención Grupos Vulnerables y de la trabajadora social que lo aplicó,

sellado por la Dirección General de Desarrollo Social; además, cuentan con el documento

de asignación que los acreditó como beneficiarios del programa social, de acuerdo con los

lineamientos de operación del programa y su convocatoria, que fueron publicados en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero y el 9 de abril de 2013, respectivamente.

Actividad Institucional “Caminando por la Educación”

En el análisis de 195 entregas de calzado escolar en la escuela “Profesor Claudio Cortés

Castro” y 88 en el CENDI “Danza Mágica”, seleccionados para su revisión, se constató

que cuentan con el comprobante de entrega que contiene información relativa al alumno

como son: nombre, dirección, escuela, turno y talla de los zapatos; datos del padre, madre

o tutor; y número de folio asignado a cada uno de los alumnos; constancia de estudios

en original; copia de boleta escolar (cartilla de educación básica); copia de la credencial

que acredita al menor como integrante de la plantilla escolar del CENDI; y copia de la

identificación oficial del padre, madre o tutor.

Con base en lo anterior, se concluye que los expedientes revisados contienen la documentación

establecida en el aviso por el cual se da a conocer el programa social “Apoyo Económico

para Adultos Mayores de 61 a 64 años” y la actividad institucional “Caminando por la

Educación”, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero y el 15 de agosto

de 2013, respectivamente.

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339 VOLUMEN 5/18

19. Resultado

Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF y vigentes

en 2013, la norma décima establece: “El gasto ejercido es el momento contable que refleja

el registro de una cuenta por liquidar certificada o documento equivalente debidamente

aprobado por la autoridad competente”.

Con objeto de verificar que el registro presupuestal del momento contable del gasto ejercido

de la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de conformidad con la normatividad

aplicable, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014,

el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó

nueve pólizas de diario, por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal

del presupuesto de egresos ejercido por concepto de las CLC tramitadas para pago a los

beneficiarios y al proveedor de bienes seleccionados para su revisión, de conformidad

con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 14,499.8

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 14,499.8

Total 14,499.8 14,499.8

Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de orden presupuestarias afectadas

y el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos

ejercido son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de

mayo de 2012.

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340 VOLUMEN 5/18

Gasto Pagado

20. Resultado

Programa Social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”

Los días 9, 10, 11, 12 y 13 de febrero de 2015, se llevaron a cabo 51 entrevistas con

beneficiarios del programa social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”.

En dichas entrevistas, los beneficiarios opinaron que el programa social sí cumple los objetivos

para los que fue creado; asimismo, señalaron que el órgano político-administrativo otorgó

las ayudas económicas y que no se condicionó su entrega.

Por lo expuesto, se concluye que los recursos ejercidos y pagados por el órgano

político-administrativo con cargo a la partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de

Escasos Recursos” se aplicaron en cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones

de la Delegación Iztacalco.

21. Resultado

Con la finalidad de verificar que los pagos realizados al proveedor Fábrica de Calzado Rilo,

S.A. de C.V., se hubiesen efectuado para cancelar total o parcialmente las obligaciones

a cargo de la Delegación Iztacalco, mediante el oficio núm. ACF-B/15/0095 del 4 de febrero

de 2015, la ASCM solicitó a dicho proveedor, seleccionado como muestra, entre otra

información y documentación, que indicara la modalidad y el número del procedimiento

de adjudicación, la forma en que fueron pagados los bienes adquiridos por el órgano político-

administrativo (los números, fechas de expedición, concepto, montos, vigencias y copia

de los contratos celebrados); y que proporcionara la documentación que compruebe que los

servicios fueron efectivamente recibidos por la Delegación Iztacalco, en su caso, de

los convenios modificatorios y las fianzas otorgadas, las facturas u otros documentos que

amparen las operaciones realizadas de referencia; que se señalara la forma y monto con

que fueron pagados (copia del estado de cuenta, de las transferencias bancarias) y los saldos

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341 VOLUMEN 5/18

pendientes de pago al 31 de diciembre de 2013; y que indicara la fecha de la recepción

del oficio emitido por las operaciones mencionadas, con la precisión de las fechas de todos

los documentos y el saldo total.

En respuesta, mediante oficio sin número del 11 de enero de 2015, el proveedor informó que

la adquisición de calzado escolar fue mediante el procedimiento de licitación pública nacional,

y remitió copia de las facturas, contrato, estados de cuenta bancarios y cuatro entradas

en el almacén general del órgano político-administrativo. Lo anterior, en relación con las

operaciones llevadas a cabo con la Delegación Iztacalco en 2013.

La información proporcionada por el proveedor coincide con la presentada por el órgano

político-administrativo.

Se constató que los pagos seleccionados relativos a las ayudas económicas de la muestra se

registraron en las partidas correspondientes, de conformidad con el Clasificador por Objeto

del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

22. Resultado

Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF y vigentes en 2013,

la norma undécima establece: “El gasto pagado es el momento contable que refleja el registro

de la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago documentadas mediante cuenta

por liquidar certificada o documento equivalente, que se concreta mediante el desembolso

de efectivo o cualquier otro medio de pago”.

Se verificó que el registro contable presupuestal del momento contable del gasto pagado

de la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.

Al respecto, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014,

Page 342: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

342 VOLUMEN 5/18

el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó

nueve pólizas de diario, por medio de las cuales se realizó el registro contable presupuestal

del presupuesto de egresos pagado por concepto la cancelación de las obligaciones de pago

a los beneficiarios y al proveedor de bienes seleccionados para su revisión, de conformidad

con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

2112100001 “Proveedores Nacionales” 14,499.8

1112106073 “Egresos Transferencias” 14,499.8

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 14,499.8

8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 14,499.8

Total 28,999.6 28,999.6

Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de balance y de orden presupuestarias

afectadas y los asientos con los cuales se realizó el registro contable y presupuestal

del presupuesto de egresos pagado son los que señala el Manual de Contabilidad del

Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012.

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343 VOLUMEN 5/18

II.9.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”

Auditoría AFLB/136/13

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se informó que el total de los

recursos ejercidos por las 16 Delegaciones del Distrito Federal con destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”, ascendió a 704,782.9 miles de pesos, monto inferior en 46,812.2 miles

de pesos (6.2%) al asignado originalmente, de 751,595.1 miles de pesos.

El artículo sexto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre

de 2012, establece que “la asignación de los recursos por concepto de presupuesto

participativo conforme al artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

corresponde al 3 por ciento del presupuesto anual de las Delegaciones, en cumplimiento

a ello, los recursos aprobados por dicho concepto a ejercerse en el ejercicio fiscal 2013,

importan la cantidad de 751,595,100 pesos y se distribuyen de acuerdo a lo establecido en

el Anexo I del presente Decreto”.

De conformidad con el Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2013, a la Delegación Iztacalco le corresponderían 36,130.5 miles

de pesos del presupuesto participativo, que se distribuirían entre los 55 Comités Ciudadanos

y Consejos de los Pueblos, a razón de 656.9 miles de pesos para cada uno de ellos.

Los recursos asignados para el presupuesto participativo en 2013 a la Delegación Iztacalco

(36,130.5 miles de pesos) representaron el 4.8% de los presupuestados para las 16 Delegaciones

(751,595.1 miles de pesos) y significaron un incremento del 6.8%, respecto de los 33,665.1 miles

de pesos que le fueron asignados en 2012.

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344 VOLUMEN 5/18

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Iztacalco, con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

De acuerdo con el Manual de Selección de Auditorías vigente, para la selección de esta

auditoría se aplicaron los criterios generales de “Exposición al Riesgo”, “Interés General”

y “Presencia y Cobertura”.

“Exposición al Riesgo”. Dicho destino del gasto se seleccionó por ser de reciente creación

y estar expuesto a riesgos de irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas.

“Interés General”. Por la naturaleza del gasto y la importancia de éste en el ámbito social, sus

actividades y funciones tienen un mayor impacto social y trascendencia para la ciudadanía.

“Presencia y Cobertura”. A la fecha, esta entidad de fiscalización ha practicado a la Delegación

Iztacalco dos auditorías financieras al destino del gasto con clave 65 “Presupuesto

Participativo”, en los ejercicios 2011 y 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 74, fracción VI; y 122, apartado

C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI,

de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o.; 2o., fracciones XIII

y XXI, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX; 9; 10, incisos

a) y b), 14 fracciones I, VIII, XIV, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36,

segundo párrafo; 55; 56; 59; 61; y 64 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de

México; y 1o.; 6, fracciones VI, IX y XXI; 9, fracción IV; 12; 14; y 15 del Reglamento Interior

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

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345 VOLUMEN 5/18

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes, incluyendo el estudio y evaluación del sistema de control interno.

La auditoría se practicó en las Direcciones Generales de Administración y de Obras y Desarrollo

Urbano, así como en la Dirección General Participación Ciudadana de la Delegación Iztacalco.

Para la obtención de evidencia suficiente, competente y relevante, se aplicaron pruebas

y procedimientos de auditoría en los entes y áreas administrativas del Gobierno del Distrito

Federal que intervinieron en las operaciones del rubro sujeto a revisión.

En la Dirección de Finanzas adscrita a la Dirección General de Administración, se revisó el

Programa Operativo Anual (POA) ajustado al presupuesto de egresos; los informes mensuales

y trimestrales que son enviados a la Secretaría de Finanzas (SEFIN); la determinación de

los techos presupuestales de las unidades administrativas ejecutoras del gasto, con base en el

presupuesto original autorizado; la autorización de la suficiencia presupuestal por parte de

la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano para los casos presentados al Comité de Obra

Pública; los informes trimestrales de avances y resultados programático-presupuestales; y

la coordinación de la formulación y actualización de los registros sobre la disponibilidad de los

recursos.

En la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales se revisó el soporte documental

de un expediente de contrato de adquisición de bienes y servicios referentes a la adquisición

vehículos equipados como patrullas y motopatrullas, los procedimientos de adjudicación,

los contratos, las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) con su respectivo soporte documental

y los informes de la aplicación del presupuesto participativo desglosado por Comités

Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.

En la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztacalco se revisó el

soporte documental de dos expedientes de contratos de obras, los procedimientos de adjudicación,

los contratos, el pago de las estimaciones, los avances físicos-financieros de las obras, las actas

de constatación, las CLC con su respectivo soporte documental y los informes de la aplicación del

Presupuesto Participativo desglosado por Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.

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346 VOLUMEN 5/18

En la Dirección General de Participación Ciudadana, se revisaron las constancias de validación

de los proyectos específicos ganadores resultado de la consulta ciudadana.

Se identificaron y analizaron las atribuciones de la Delegación Iztacalco establecidas en la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en el Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.

Se analizó el dictamen de la estructura orgánica de la Delegación Iztacalco para identificar

las áreas que intervinieron en los procesos operativos que manejan y controlan los recursos

ejercidos, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Asimismo, se verificó que

la estructura orgánica estuviera dictaminada, autorizada y registrada ante la Coordinación General

de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

Se identificó el marco legal que regula el ejercicio presupuestal destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”.

También se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztacalco, vigente en 2013,

en sus apartados de organización y de procedimientos, con el fin de identificar las áreas

que participaron en los procesos operativos relacionados con el ejercicio, registro y control

de los recursos erogados, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

De igual forma, se verificó la existencia de mecanismos de control que garanticen la adecuada

administración de los principales riesgos, el logro de los objetivos del Presupuesto Participativo,

la observancia de la normatividad y la transparencia en el ejercicio de los recursos.

Se realizaron pruebas de cumplimiento relativas al registro y control de las operaciones

relacionadas con los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Dichas

pruebas consistieron en lo siguiente:

1. Verificar que la distribución de recursos entre las colonias fuera proporcional, y de

conformidad con los criterios establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal, y que no se hubiese excluido a alguna de las colonias que conforman la

demarcación.

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347 VOLUMEN 5/18

2. Constatar que los recursos del Presupuesto Participativo se hayan destinado a los rubros

generales de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención

del delito; además de los relativos a actividades recreativas, deportivas y culturales de las

colonias o pueblos del Distrito Federal.

3. Revisar que se haya enviado a los Comités Ciudadanos y a los Consejos de los Pueblos

el informe pormenorizado sobre el ejercicio del Presupuesto Participativo en el plazo

establecido.

4. Verificar si los integrantes de los Comités Ciudadanos del órgano político-administrativo

recibieron asesoría y capacitación en materia de Presupuesto Participativo por parte

del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF). Asimismo, determinar si el personal de la

Delegación Iztacalco, se encuentra debidamente capacitado en materia de Presupuesto

Participativo por parte del IEDF.

Se realizaron pruebas de cumplimiento consistentes en comprobar que las actividades

relacionadas con el control de los egresos del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”

se hubieran llevado a cabo, de conformidad con los procedimientos y demás normatividad

administrativa aplicable. Principalmente, consistieron en lo siguiente:

1. Verificar si los pagos realizados por el sujeto fiscalizado cumplieron las condiciones

pactadas en los contratos y convenios, ajustándose a la normatividad aplicable.

2. Verificar que los comprobantes de pago se hayan emitido a nombre del Gobierno

del Distrito Federal/Delegación Iztacalco y que hubiesen cumplido los requisitos fiscales

establecidos en la normatividad aplicable.

3. Comprobar que los recursos ejercidos hayan sido registrados de acuerdo con su naturaleza,

de acuerdo con la normatividad aplicable.

4. Verificar que la adquisición de bienes y la contratación de obras e inversiones públicas,

se hayan ajustado a los procedimientos de adjudicación, conforme a la normatividad

aplicable.

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348 VOLUMEN 5/18

5. Verificar que los proveedores y los contratistas con los que se hayan formalizado los

contratos y convenios no se encontraran inhabilitados por la CGDF y por la Secretaría

de la Función Pública (SFP).

Como parte de los procedimientos sustantivos para validar las cifras de los egresos

sujetos a revisión de la muestra seleccionada, se encuentran los siguientes:

1. Realizar confirmaciones de operaciones con los proveedores y contratistas.

2. Revisar si el presupuesto modificado del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”

se encuentra respaldado con las afectaciones presupuestarias correspondientes, y que

éstas hayan sido debidamente requisitadas y autorizadas, de acuerdo con la normatividad

aplicable.

3. Verificar que el presupuesto autorizado a la Delegación Iztacalco corresponda al

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2013; y que el ejercido corresponda a las operaciones realizadas y a lo reportado

en la Cuenta Pública de 2013.

4. Verificar que las CLC se hayan elaborado, tramitado y autorizado de conformidad con la

normatividad vigente, y que contaran con el soporte documental que justifique y compruebe

el ejercicio del gasto.

5. Constatar que los procedimientos realizados para la adquisición de bienes y la contratación

de obra e inversión pública se hayan ajustado a la normatividad correspondiente.

6. Revisar que los procesos de adjudicación de obras se hayan realizado de conformidad con

la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento y demás normatividad

aplicable.

7. Verificar que en caso de incumplimiento de los contratos y convenios, se hubiesen hecho

efectivas las garantías, conforme a la normatividad aplicable.

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349 VOLUMEN 5/18

8. Constatar si existe evidencia documental de la recepción de los bienes y de las obras

y que éstas correspondan a las especificaciones establecidas en los contratos y convenios

celebrados, y con el propuesto en la Consulta Ciudadana como proyecto ganador con

cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

9. Realizar una inspección física a las obras que fueron pagadas con recursos del destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

por la Delegación Iztacalco con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

se observó lo siguiente:

1. La muestra se definió conforme a la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo

de Auditoría” de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios

Relacionados, emitidas por la International Federation of Accountants y adoptadas por

el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

2. En 2013, la Delegación ejerció recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, con cargo a los capítulos 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”,

por 1,299.7 miles de pesos; y 6000 “Inversión Pública”, por 34,813.3 miles de pesos,

que representan el 3.6% y 96.4%, respectivamente, del total ejercido por ese concepto

(36,112.9 miles de pesos), por lo que para la muestra de auditoría se consideraron

los siguientes criterios:

a) Se estratificó el universo (destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un

importe de 36,112.9 miles de pesos), por capítulo y por partida.

b) La selección de las CLC y partidas se realizó de conformidad con el método de muestreo

por unidad monetaria que considera la selección ponderada por el valor monetario.

c) Cabe mencionar que de cada una de las partidas se seleccionaron a los proveedores

y contratistas con los cuales la Delegación llevó a cabo las operaciones

más representativas y que fueron pagadas con recursos del destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”.

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350 VOLUMEN 5/18

Como resultado de lo anterior, la muestra de auditoría determinada es de 7,768.8 miles

de pesos, que representa el 21.8% del total de recursos ejercidos (36,112.9 miles de pesos)

en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y se integra de acuerdo con el siguiente

cuadro:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Importe % Importe Número de CLC

% sobre la partida

% sobre el presupuesto

participativo

5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 1,299.7 3.6 1,299.7 1 100.0 3.6

6141 “División de terrenos y construcción de obras de urbanización” 34,813.3 96.4 6,565.7 15 18.9 18.2

Total ejercido en el presupuesto participativo 36,112.9 100.0 7,865.4 16 21.8

La auditoría se llevó a cabo en las Direcciones Generales de Administración y de Obras

y Desarrollo Urbano, así como en la Dirección General de Participación Ciudadana, todas

adscritas a la Jefatura Delegacional de Iztacalco, y las que participaron en el ejercicio de

los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Se aplicaron procedimientos

de auditoría en las áreas que intervinieron en la operación del rubro revisado, con objeto de que

los resultados obtenidos permitieran conocer la razonabilidad del uso y destino de los recursos.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del control interno relacionado con el manejo y administración

de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se llevaron a cabo

actividades relativas a los componentes del control interno (entorno de control y valoración

de riesgos).

Con la finalidad de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión

y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el Manual

Administrativo, en sus apartados de organización y de procedimientos, de la Delegación

Iztacalco, vigentes en 2013, para identificar la estructura orgánica; asimismo, se revisaron

los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas que las integran,

específicamente aquellas que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Se verificaron

los procedimientos aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar,

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351 VOLUMEN 5/18

aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con

recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y se constató si dichos

procedimientos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos,

normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Adicionalmente, se aplicó un cuestionario de control interno a los servidores públicos adscritos

a la Dirección General de Administración en la Delegación Iztacalco que tuvieron relación

con el ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; se verificó

que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello; y se

identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos de control.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en relación con el ejercicio

del presupuesto del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se determinó que la

Delegación Iztacalco cuenta con mecanismos que, en general, hacen factible la administración

de riesgos de irregularidades e ineficiencias. Asimismo, se constató que las áreas están

estructuradas conforme a las funciones asignadas en el Manual Administrativo en sus

apartados de organización y de procedimientos del órgano político-administrativo, lo cual

contribuye al cumplimiento de la normatividad, así como a la supervisión y control de las

operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez

permite delimitar las responsabilidades de los servidores públicos. Sin embargo, el sujeto

fiscalizado presentó deficiencias de control interno que, de manera específica, se señalan

en el apartado de resultados de este informe.

RESULTADOS

1. Resultado

Control Interno

En el numeral 2.3.5, “Efectos de la Dictaminación de las Estructuras Orgánicas”, de la Circular

Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en

la Administración Pública del Distrito Federal publicada el 25 de enero de 2011, vigente

en 2013, se establece lo siguiente:

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352 VOLUMEN 5/18

“2.3.5.1. Una vez que la dictaminación surta efectos, las […] delegaciones [...] de la APDF,

deberán operar con estricto apego al dictamen de estructura orgánica que emita y autorice

la CG. En consecuencia, las plazas vigentes de servidores públicos superiores, mandos

medios, homólogos, puestos de líder coordinador de proyectos y enlace, deberán coincidir

y ocuparse conforme al dictamen en número de puestos, plazas, niveles, nomenclaturas,

áreas de adscripción y funciones.”

Con la finalidad de conocer las funciones de las unidades administrativas encargadas

del control de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se analizó el

dictamen de la estructura orgánica, y el manual administrativo, en sus apartados de

organización y de procedimientos, relacionados con el rubro sujeto a revisión, vigentes

en 2013 de la Delegación Iztacalco.

Mediante el oficio núm. DGA/107/2014 del 23 de septiembre de 2014, la Dirección General

de Administración de la Delegación Iztacalco proporcionó los dictámenes de estructura

orgánica y el manual administrativo, en sus apartados de organización y de procedimientos,

vigentes en 2013. En el ejercicio de 2013, la Delegación Iztacalco contó con dos dictámenes

de estructura orgánica como se detalla a continuación:

1. Con el oficio núm. CG/202/2010 del 30 de abril de 2010, la CGDF informó a la Delegación

Iztacalco el dictamen de estructura orgánica núm. 05/2010 vigente del 1o. de mayo

de 2010 al 15 de mayo de 2013. En dicho dictamen se previó la Oficina de la Jefatura

Delegacional y seis Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno; de Administración;

de Obras y Desarrollo Urbano; de Servicios Urbanos; de Desarrollo Social; y Participación

Ciudadana), con un total de 185 puestos de estructura autorizados.

2. Mediante el oficio núm. CGDF/694/2013 del 15 de mayo de 2013, la CGDF autorizó al

órgano político-administrativo el dictamen de estructura orgánica núm. 09/2013, con vigencia

a partir del 16 de mayo de 2013.

Con base en el dictamen núm. 09/2013, la Delegación Iztacalco previó la Oficina de

la Jefatura Delegacional y siete Direcciones Generales, con un total de 184 puestos

de estructura autorizados, distribuidos como sigue:

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Puestos de estructura Unidad administrativa

37 Oficina del Jefe Delegacional

32 Dirección General Jurídica, de Gobierno y de Protección Civil

32 Dirección General de Administración

22 Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

12 Dirección General de Servicios Urbanos

25 Dirección General de Desarrollo Social

14 Dirección General de Participación Ciudadana

10 Dirección General de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito

184 Total

Las áreas administrativas que participaron en el ejercicio de los recursos del destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron la Dirección General de Administración,

por ser la unidad administrativa encargada de registrar las operaciones financieras;

así como la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, la Dirección General de

Participación Ciudadana y la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Prevención

del Delito, adscritas a la Jefatura Delegacional en la Delegación Iztacalco, estas últimas

por ser las encargadas de conservar la documentación justificativa y comprobatoria

del gasto.

Manual Administrativo.

El apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Circular

Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en

la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, establece, entre otras

disposiciones, las siguientes:

“2.4.1 Para efectos de revisión, dictamen y registro ante la CG, los Manuales Administrativos

de las […] delegaciones […] de la APDF se componen de:

”• Manual de Organización, y

”• Manual de Procedimientos.

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354 VOLUMEN 5/18

”2.4.2 Los titulares de las […] delegaciones […], son los responsables de la actualización de

los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado,

de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica […].

La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio de

oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en 60 días

hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta

proceda a su análisis y, en su caso, al registro. […]

”2.4.6.2 La solicitud de registro de Manuales Administrativos o Específicos de Operación

deberá presentarse a la CGMA, mediante oficio firmado con firma autógrafa o firma

electrónica avanzada por el titular de […] órganos político-administrativo […]

”2.4.6.7 Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos y Manuales

Específicos de Operación ante la CGMA, los titulares de las […] unidades administrativas

[…] serán los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la CJySL.

”2.4.7.2 Los titulares de las […] delegaciones […] deberán hacer del conocimiento del

personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén

adecuada y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos

internos aplicables en su área de adscripción.”

Con la finalidad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones, se identificaron las áreas

administrativas relacionadas con el registro, control, ejercicio y seguimiento de los recursos

provenientes del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”, capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles” y capítulo 6000 “Inversión Pública”, sus atribuciones

y sus funciones, así como los datos referentes a la autorización y difusión del citado manual

administrativo del órgano político-administrativo. Al respecto, se constató lo siguiente:

Manual de Organización

1. Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/3546/2010 del 9 de diciembre de 2010, la CGMA

comunicó al Jefe Delegacional en Iztacalco la autorización y registro del manual

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355 VOLUMEN 5/18

administrativo, en su parte de organización, con el número de registro MA-02D08-05/10,

correspondiente al dictamen núm. 05/2010, que estuvo vigente del 1o. de mayo de 2010

al 15 de mayo de 2013; y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 27 de enero de 2011. Con el oficio núm. CMAC/004/2011 del 9 de marzo de 2011,

fue difundido entre los servidores públicos responsables de su aplicación.

Dicho manual estableció las funciones de los titulares de las unidades administrativas

que la integran, contó con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo,

atribuciones, organigrama y objetivo.

2. Respecto al dictamen núm. 09/2013, mediante el oficio núm. JDI/1093/2014 del 14 de

noviembre de 2014, la Delegación remitió a la CGMA el manual administrativo, en su

apartado de organización, para efectos de revisión, análisis y, en su caso, registro;

en respuesta con el oficio núm. OM/CGMA/1675/2014 del 10 de diciembre de 2014,

la CGMA comunicó a la Jefatura Delegacional en Iztacalco que “no es posible

efectuar el registro del mismo […] la propuesta […] debe contar con la misión, visión

y objetivo general del Ente Público”.

Derivado de lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco no remitió su manual

administrativo, en su apartado de organización, conjuntamente con la reestructuración

orgánica; además, no contó con el registro ante la CGMA de dicho manual en el

ejercicio 2013. Cabe mencionar que, al no haber registro del manual, tampoco contó

con la publicación, ni con la difusión.

Por no actualizar su manual administrativo, en su apartado de organización, la Delegación

Iztacalco incumplió el numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para el Control y

Evaluación de la Gestión Pública, el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito

Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011,

vigente en 2013, que establece: “Los titulares de las […] delegaciones […] son los

responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de

la aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la

modificación de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas,

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356 VOLUMEN 5/18

para ello, deberán remitir conjuntamente con la solicitud de reestructura el proyecto

de Manual de Organización, para que se apruebe simultáneamente con la estructura.

La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio

de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en

60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para

que ésta proceda a su análisis y, en su caso, al registro…”.

También incumplió el artículo 16, inciso e), del Primer Lineamiento, “Ambiente

de Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de

abril de 2007, vigentes en 2013, que dispone lo siguiente: “Manuales de organización

y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración

Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales de organización

y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura organizacional y a las

atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes y reglamentos que en cada

caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y procedimientos para todos los

procesos sustantivos, así como la información que se genere; asimismo, deberán

de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento de los servidores públicos”.

Cabe mencionar, que en el Informe Final de Auditoría con clave núm. ASC/135/13

practicada a la Delegación Iztacalco, en el resultado número 1, recomendación

núm. ASC-135-13-18-IZC, se contempla el mecanismo para prevenir la deficiencia de

control referente a que el manual administrativo en sus apartados de organización

y procedimientos, sea actualizado y aprobado por la Coordinación General

de Modernización Administrativa de conformidad con la estructura orgánica vigente, por

lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la

recomendación citada.

Manual de Procedimientos

1. Con relación al apartado de procedimientos, vigente en 2013, la Dirección General de

Administración de la Delegación Iztacalco proporcionó un listado de 251 procedimientos

inherentes a las actividades realizadas por las áreas que la integran, los cuales

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357 VOLUMEN 5/18

se encuentran incorporados a su manual administrativo, por medio de los registros

núms. MA-02D08-12-02, MA-02D08-14-04 y MA-02D08-05/10.

2. De la revisión al manual administrativo, en su apartado de procedimientos, se observó

que éste no se encuentra actualizado de acuerdo con el dictamen núm. 09/2013 que

entró en vigor a partir del 16 de mayo de 2013. Los procedimientos utilizados por la

Delegación Iztacalco en el ejercicio 2013 corresponden a los dictámenes de estructura

orgánica núms. 12/2002 (75 procedimientos), 04/2004 (149 procedimientos) y 05/2010

(27 procedimientos); los dos primeros quedaron sin efecto mediante el dictamen núm.

05/2010, el cual tenía una vigencia hasta el 15 de mayo 2013.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco incumplió el numeral 2.4.2 de la Circular

Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en

la Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 25 de enero de 2011; y el artículo 16, inciso e), del Primer Lineamiento,

“Ambiente de Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2013.

Cabe mencionar que en el Informe Final de Auditoría con clave núm. ASC/135/13

practicada a la Delegación Iztacalco, en el resultado número 1, recomendaciones

núms. ASC-135-13-18-IZC, ASC-135-13-19-IZC y ASC-135-13-20-IZC, se contemplan

los mecanismos para prevenir la deficiencia de control referente a que el manual

administrativo en sus apartados de organización y de procedimientos, sea actualizado

y aprobado por la Coordinación General de Modernización Administrativa de conformidad

con la estructura orgánica vigente; posteriormente, la publicación en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal y la difusión entre el personal del órgano político-administrativo, por

lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de las

recomendaciones citadas.

3. De los 251 procedimientos utilizados en 2013, se revisaron 17 relacionados directamente

con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos

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ejercidos, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y se verificó

que contaran con los elementos básicos del control interno, relativos a la autorización,

procesamiento y clasificación de las transacciones; a la verificación y evaluación;

y a la salvaguarda física de los activos. Los procedimientos revisados fueron los siguientes:

a) “Asignación de Suficiencia Presupuestal”

b) “Elaboración de Afectaciones Programático-Presupuestal”

c) “Elaboración de Documento Múltiple”

d) “Elaboración del Programa Operativo Anual”

e) “Elaboración y Registro de Cuentas por Liquidar Certificadas”

f) “Invitación Restringida”

g) “Licitación de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, mediante

Adjudicación Directa”

h) “Licitación de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, mediante

Invitación Restringida”

i) “Licitación de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, mediante

Licitación Pública Nacional”

j) “Licitaciones Públicas”

k) “Registro de Contratos de Obra Pública”

l) “Registro de Estimaciones”

m) “Registro de Facturas”

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n) “Supervisión de Obras por Contrato”

ñ) “Recepción y Guarda de Bienes en el Almacén”

o) “Registro Entrada de Bienes en el Almacén”

p) “Registro de Salida de Bienes del Almacén”

4. Los procedimientos correspondientes al dictamen de estructura orgánica núm. 05/2010

fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de marzo de 2011,

el 17 de agosto de 2011, el 6 de noviembre de 2012 y el 12 de agosto de 2013.

5. La Coordinadora de Modernización y el Centro de Servicios y Atención Ciudadana de la

Delegación Iztacalco difundieron, entre los servidores públicos responsables, el contenido

de su manual administrativo, en sus apartados de organización y de procedimientos,

mediante las circulares núms. CMAC/004/2011, CMAC/007/2011 y CMAC/008/2011,

del 9 y 31 de marzo y 12 de septiembre, todas de 2011, respectivamente.

Adicionalmente, les notificó que el documento se encontraba disponible en el sitio de

internet www.iztacalco.df.gob.mx.

Se aplicó un cuestionario de control interno a la Dirección General de Administración; del

análisis a la información proporcionada en respuesta, se determinó que la Delegación

Iztacalco presentó lo siguiente:

1. Para el registro y control de las operaciones con destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, la Delegación Iztacalco cuenta con áreas específicas responsables de la

gestión; sin embargo, no dispone de una estructura operativa actualizada y registrada

ante la CGMA.

2. El personal cuenta con conocimientos específicos acerca de la normatividad que le aplica

al Presupuesto Participativo.

3. Asimismo, disponen de los procedimientos necesarios para generar la información

presupuestal y contable.

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360 VOLUMEN 5/18

4. La Delegación Iztacalco incorporó al Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(GRP-SAP) los documentos presupuestales (CLC, adecuaciones programático-

presupuestarias y Documentos Múltiples) y con ello proporcionó los elementos

necesarios para que la SEFIN realizara el registro presupuestal y contable del gasto,

mediante las pólizas de diario y egresos correspondientes, en cumplimiento de la Ley

General de Contabilidad Gubernamental.

En razón de lo expuesto, se considera que, a pesar de las debilidades señaladas, el control

interno establecido por la Delegación Iztacalco para la administración de los recursos

ejercidos, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” es satisfactorio, ya

que existen estrategias y mecanismos de control sobre el desarrollo de las actividades que

aseguran la salvaguarda de los recursos de manera razonable; la obtención de la información

suficiente, oportuna y confiable; el cumplimiento de las metas y objetivos; y la observancia

de la normatividad en materia del presupuesto participativo, de adquisiciones y en materia de

obra pública. Lo anterior se determinó tomando como base el análisis de los procedimientos

administrativos, la documentación generada en cada momento contable descrita en los

resultados del presente informe, y los resultados de la aplicación del cuestionario de control

interno.

2. Resultado

Consulta Ciudadana

El artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal establece que

“en el Distrito Federal existe el presupuesto participativo que es aquel sobre el cual los

ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos específicos

en las colonias y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal. […]

Los rubros generales a los que se destinará la aplicación de dichos recursos serán los

de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención del delito, además de

los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales de las colonias

o pueblos del Distrito Federal”.

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de agosto de 2012, fue publicada la convocatoria

a la ciudadanía del Distrito Federal para participar en la Consulta Ciudadana que se realizaría

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361 VOLUMEN 5/18

en noviembre de 2012, para definir los proyectos específicos en los que se aplicarían los

recursos del Presupuesto Participativo correspondiente al ejercicio fiscal 2013, en las colonias

y pueblos originarios en los que se divide el territorio del Distrito Federal. Dicha convocatoria fue

emitida el 15 de agosto de 2012, por el Consejero Presidente y por el Secretario Ejecutivo,

ambos del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF).

Con el fin de cerciorar que las obras y servicios realizados por la Delegación Iztacalco

correspondieran a los proyectos específicos ganadores, por medio de la consulta ciudadana

y que hayan aplicado el Presupuesto Participativo en cada una de ellas, se verificó lo siguiente:

El Consejo General del IEDF, mediante los acuerdos con claves núm. ACU-839-12

y ACU-840-12 del 15 de agosto y 19 de septiembre, ambos de 2012, aprobó la convocatoria

dirigida a la ciudadanía para participar en la Consulta Ciudadana. Asimismo, aprobó

el uso del sistema electrónico por internet, como mecanismo adicional para recabar las

opiniones de la consulta en materia de Presupuesto Participativo, mediante el acuerdo

con clave núm. ACU-838-12 del 15 de agosto de 2012.

Asimismo, el 21 de septiembre de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se modifica la

Convocatoria para participar en la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto Participativo

que se realizará en 2012”, para modificar los plazos establecidos en las reglas operativas de

la base segunda que se menciona a continuación: “3. Registro de proyectos específicos ante los

órganos de representación ciudadana o Dirección Distrital; inciso a. ‘Remitir a los órganos

de representación ciudadana, según corresponda, los proyectos específicos que se reciban en

la Dirección Distrital’; 5. ‘Presentar por escrito a la Delegación Política respectiva, los proyectos

recibidos, para solicitar a los responsables por área designados por dicha instancia, la opinión

sobre la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los mismos’; y 6. ‘La Jefatura Delegacional

remitirá a la Dirección Distrital cabecera de Delegación la relación de todos los proyectos

específicos opinados, misma que publicará al día siguiente, en los estrados de las Direcciones

Distritales correspondientes para conocimiento de los Comités Ciudadanos, Consejos de los Pueblos

y Consejos Ciudadanos Delegacionales según corresponda’; lo anterior en virtud de que

los Jefes Delegacionales electos en el proceso electoral ordinario 2011-2012 entrarían en

funciones el 1o. de octubre de 2012, acorde a la etapa de transición en la Administración

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362 VOLUMEN 5/18

Pública del Distrito Federal; para que una vez que dichos servidores públicos estén instalados

en sus cargos, lleven a cabo la designación de las personas encargadas”.

El acuerdo de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, con clave

alfanumérica CPC/05/2013, y mediante la Circular núm. 08 del 5 de marzo de 2013, de la

Secretaría Ejecutiva, ambos del IEDF, por medio de la cual se solicita “en coordinación con las

Direcciones Distritales cabecera de Delegación, entablar comunicación con los Consejos

Ciudadanos Delegacionales con la finalidad de exhortarlos a realizar las acciones conducentes

a fin de seleccionar los proyectos para el Presupuesto Participativo en aquellas colonias en donde

no se realizó la consulta ciudadana sobre presupuesto participativo para el ejercicio fiscal 2013,

celebrada en noviembre de 2012, así como en las que se presentó como resultado de la referida

Consulta, un empate entre dos o más proyectos en primer lugar”. Lo anterior de conformidad con

el artículo 204, fracción II, párrafo segundo de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal, el cual señala que “... En aquellas colonias donde no exista Comité Ciudadano, bien

porque no se haya realizado la jornada electiva o por cualquier otra causa, los Consejos

Ciudadanos Delegacionales en coordinación con las organizaciones ciudadanas debidamente

registradas correspondientes al ámbito territorial en cuestión, designarán a una comisión

encargada de realizar todos los trámites tendientes a dar cumplimiento a lo establecido en los

artículos 83 y 84, el presente artículo y demás disposiciones aplicables”.

De acuerdo con la Consulta Ciudadana celebrada los días 4, 5, 7, 8 y 11 de noviembre de 2012,

se eligieron 52 proyectos específicos en la demarcación territorial, y por medio de acta

circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco,

celebrada el 23 de febrero de 2013, la cual señala como uno de los puntos del orden del día,

el “registro y publicación de propuestas para decidir el proyecto específico a ejecutarse en

aquellas colonias que por cualquier motivo no se celebró la consulta ciudadana de noviembre

de 2012 y la elección del mismo”; fueron votados y seleccionados tres proyectos dentro de

su ámbito territorial, correspondientes a las colonias Cuchilla Ramos Millán, Reforma

Iztaccíhuatl Sur y Pantitlán II.

En 2013, la Delegación Iztacalco contó con un total de 55 proyectos específicos en los que

se aplicaron los recursos con cargo al Presupuesto Participativo, por un importe de

36,112.9 miles de pesos, dicho presupuesto se distribuiría entre los 55 Comités Ciudadanos

que integran la Delegación, a razón de 656.9 miles de pesos, para cada uno.

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De acuerdo con las constancias de validación y el acta circunstanciada de la sesión

extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco, celebrada el 23 de febrero

de 2013, proporcionadas por la Delegación Iztacalco, los proyectos específicos en forma

genérica quedaron distribuidos de la siguiente manera:

1. Seis proyectos específicos corresponden a obras y servicios (pavimentación, guarniciones

y banquetas; remodelación de espacios públicos y drenaje).

2. Cuarenta y tres proyectos a prevención del delito (lámparas, luminarias, patrullas

y motopatrullas).

3. Cuatro proyectos a infraestructura urbana (remozamiento y renivelación; rehabilitación

de espacios públicos y pasamanos o barras de apoyo).

4. Dos proyectos a equipamiento (juegos Infantiles).

De conformidad con la base sexta “de la Entrega de Resultados de la Consulta” de dicha

convocatoria, la Delegación Iztacalco proporcionó copia de 52 constancias de validación

de resultados de la Consulta Ciudadana del 11 de noviembre de 2012 emitidas por la

Secretaría Técnica Jurídica de la Dirección Distrital XV del IEDF, en las que se hicieron

constar los resultados de los proyectos específicos seleccionados; y por medio de acta

circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco,

celebrada el 23 de febrero de 2013, fueron seleccionados tres proyectos más, de conformidad

con el Acuerdo de la Comisión permanente de Participación Ciudadana, con clave

alfanumérica CPC/05/2013, y mediante la circular núm. 8 del 5 de marzo de 2013, de la

Secretaría Ejecutiva, ambos del IEDF, y en cumplimiento del artículo 204, fracción II, párrafo

segundo, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, vigente en 2013.

Del análisis a las constancias de validación de resultados de la Consulta Ciudadana en materia

de Presupuesto Participativo realizada en noviembre de 2012, y del acta circunstanciada de

la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco, celebrada

el 23 de febrero de 2013, se concluye que los 55 proyectos específicos en los que se aplicaron

los recursos, con cargo al Presupuesto Participativo del ejercicio 2013 de la Delegación

Iztacalco, se destinaron los recursos a los rubros generales de obras y servicios, equipamiento,

infraestructura urbana y prevención al delito, en atención al artículo 83 de la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal.

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3. Resultado

Capacitación

Con el objeto de verificar que los servidores públicos del órgano político-administrativo, así

como los integrantes de los Comités Ciudadanos hayan recibido la capacitación en materia de

Presupuesto Participativo, con el oficio núm. ALFB/136/13-01 del 19 de noviembre

de 2014, se solicitó a la Dirección General de Administración de la Delegación Iztacalco

evidencia documental de la capacitación en materia de Presupuesto Participativo a los

servidores públicos de la Delegación y de los integrantes de los Comités Ciudadanos;

evidencia documental de la promoción de cursos entre los servidores públicos de formación

y sensibilización; y evidencia documental de que la Delegación envió al IEDF, la relación de

los nombres y cargos del personal responsable de dar el apoyo técnico a los ciudadanos

interesados de recibir asesoría, así como los datos de los funcionarios que emitirán la opinión

sobre la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los proyectos propuestos por la

Delegación.

En respuesta, con el oficio núm. SEAPA/002/2015 del 5 de enero de 2015, la Subdirección

de Evaluación de Programas Administrativos y de Sistemas de la Delegación Iztacalco

proporcionó Copia del oficio núm. IEDF/DD/XV/118/2013 del 11 de junio de 2013, signado por

la Coordinación de la XV Dirección Distrital Cabecera de Delegación en Iztacalco dirigido a la

Jefatura Delegacional en Iztacalco, con copia para la Dirección General de Participación

Ciudadana en dicha Delegación, comunicándoles que “el Instituto Electoral del Distrito Federal

a partir del 1o. de junio del presente, inició los cursos de capacitación […] por lo anterior informo a

usted que a la fecha no se ha contado con la asistencia esperada, por lo que nuevamente solicito

de su colaboración para hacer llegar una atenta invitación a todos los Funcionarios Públicos de

la Delegación a su cargo, a efecto de capacitarse […] a) Preferentemente de manera presencial

en las oficinas de esta Dirección Distrital XV […] b) En línea a través de la siguiente dirección

electrónica http:/www.iedf.org.mx/index.php/index.php?option=com_content&view=article&id=1940”.

Sin embargo, la Delegación no proporcionó a la Auditoría Superior de la Ciudad de México

documentación alguna que evidencie la capacitación en materia de Presupuesto Participativo

a los servidores públicos del órgano político-administrativo ni a los integrantes de los Comités

Ciudadanos, así como de la difusión de la capacitación en línea.

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365 VOLUMEN 5/18

Además, no proporcionó evidencia del envío a la Dirección Distrital Cabecera de Delegación

el listado de funcionarios responsables encargados de proporcionar asesoría y apoyo técnico,

derivado de la convocatoria a la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto Participativo.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco incumplió el párrafo segundo del artículo 15 de la

Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que establece “las autoridades están

obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación y sensibilización

para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los órganos de representación

ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la participación

ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia social y de una mejor

gobernanza”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco

no proporcionó información o documentación que desvirtúe la observación del presente

resultado, por lo que éste no se modifica.

Recomendación AFLB-136-13-33-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar la difusión

de los cursos de participación ciudadana en materia de Presupuesto Participativo que imparta

el Instituto Electoral del Distrito Federal y la participación de los servidores públicos del

órgano político-administrativo en dichos cursos, así como de los integrantes de los Comités

Ciudadanos, así como la asignación de servidores públicos encargados de proporcionar

asesoría y apoyo técnico en materia de Presupuesto Participativo, de conformidad con

lo establecido en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.

4. Resultado

Presentación de Programas, Informes y Reportes

1. Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.

Con la finalidad de comprobar que la Delegación Iztacalco, durante el ejercicio de 2013,

dio cumplimiento a las disposiciones jurídico-normativas respecto a la publicación

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366 VOLUMEN 5/18

y presentación de programas, informes y reportes, se revisó la documentación

presentada por ese órgano político-administrativo, la cual se relaciona con la publicación

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), y sus respectivas modificaciones,

al respecto se determinó lo siguiente:

a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG)

de la Oficialía Mayor (OM), con el oficio circular núm. OM/DGRMSG/072/2012 del

26 de diciembre de 2012, dirigido entre otros a los órganos político-administrativos

y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, con el cual solicita

requisiten y envíen a la SEFIN del Distrito Federal para su validación el PAAAPS

de 2013. Asimismo, les instruye que el PAAAPS validado por la SEFIN deberá

enviarse a esta Dirección General a más tardar el 31 de enero de 2013.

b) La Delegación Iztacalco remitió a la Dirección General de Política Presupuestal de la

SEFIN para su validación, el PAAAPS de 2013, con el oficio núm. DGA/0114/2013

del 25 de enero de 2013.

c) Mediante el oficio núm. DGPP/238/2013 del 30 de enero de 2013, la Dirección

General de Política Presupuestal de la SEFIN, comunicó a la Dirección General

de Administración de la Delegación Iztacalco la validación presupuestal de su

PAAAPS de 2013.

d) Mediante el oficio núm. JDI/0064/2013 del 1o. de febrero de 2013, la Jefa

Delegacional de la Delegación Iztacalco remitió a la Dirección General Jurídica y

de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR),

el PAAAPS de 2013, a efecto de que realizara su publicación en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal. El programa anual en comento fue publicado el 8 de febrero

de 2013, es decir ocho días después del plazo establecido. Por lo anterior, la

Delegación incumplió el artículo 19, segundo párrafo, de la Ley Adquisiciones para el

Distrito Federal que menciona que “las […] delegaciones y entidades a más tardar

el 31 de enero de cada año, publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus

programas anuales de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios…”.

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367 VOLUMEN 5/18

e) Con el oficio núm. SRM/011/2013 del 21 de febrero de 2013, la Subdirección

de Recursos Materiales de la Delegación Iztacalco remitió a la DGRMSG de la OM

el PAAAPS de 2013 validado por la SEFIN; sin embargo, de acuerdo con el sello

de recibido por la OM, éste se presentó el 25 de febrero de 2013.

Por lo anterior, se observó que la Delegación envió con desfase de 25 días hábiles

la versión definitiva del PAAAPS de 2013 a la DGRMSG de la OM, por lo que

incumplió el numeral 4.2.1, segundo párrafo, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 8 de agosto de 2012, que establece: “… la versión definitiva del PAAAPS

acompañada del oficio de validación emitido por la SF, se deberá enviar copia a

la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio presupuestal reportado…”.

f) El órgano político-administrativo proporcionó copia de los oficios núms. DGA/105/2014

y DGA/1117/2014 del 7 de enero y 1o. de octubre, ambos de 2014, mediante los cuales

la Dirección General de Administración remitió a la DGRMSG de la OM, las versiones

modificadas del PAAAPS correspondientes a los cuatro trimestres de 2013. También

proporcionó copia de los reportes capturados en el sitio web correspondiente, los cuales

presentan la fecha de impresión del 27 de diciembre de 2013, para el primer y segundo

trimestres; del 3 de enero de 2014, para el tercer trimestre; y del 30 de septiembre

de 2014, para el cuarto trimestre, con desfases de 267, 176, 84 y 259 días naturales

respectivamente, respecto al plazo establecido en la Circular Uno Bis, vigente en 2013.

Por no capturar las modificaciones al PAAAPS correspondientes a los cuatro

trimestres de 2013, dentro de los primeros 15 días posteriores al mes reportado,

el órgano político-administrativo incumplió el numeral 4.2.1, quinto párrafo, de

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), vigente en 2013,

el cual establece que “las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que

identifique los movimientos efectuados, deberán capturarse en el sitio web

que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro de los primeros quince

días naturales posteriores del mes inmediato al período que se reporta”.

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368 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio

núm. JDI/0327/2015 del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de

la Jefatura Delegacional de la Delegación Iztacalco proporcionó el oficio

núm. DRMSG/234/2015 del 10 de marzo de 2015 mediante el cual el Director de

Recursos Materiales y Servicios Generales, informó lo siguiente:

“Se instruyó al Subdirector de Recursos Materiales, para que a partir de hoy se envíe

en tiempo y forma el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios, con el fin de cumplir con el numeral 4.2.1, apartado 4.2. ‘Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios’ (Circular Uno Bis),

el numeral 4.3, inciso c) de los Lineamientos para la Elaboración del Programa Anual

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y el artículo 19 de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, donde se dispone que las

modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos

efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la Dirección General

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, dentro de los

10 días naturales posteriores del mes inmediato al período que se reporta.”

Cabe mencionar que en el Informe Final de Auditoría con clave núm. ASC/135/13

practicada a la Delegación Iztacalco, en el resultado número 7, recomendaciones

núms. ASC-135-13-22-IZC, ASC-135-13-23-IZC, ASC-135-13-24-IZC y ASC-135-13-25-IZC se

contemplan los mecanismos para prevenir las deficiencias de control referentes al envío

del PAAAPS a la autoridad administrativa competente para su validación en tiempo

a efecto de que realice su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; que las

modificaciones al PAAAPS, se envíe a la autoridad administrativa competente; así mismo

que sean capturadas en el sitio web correspondiente, por lo que se dará tratamiento

a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

2. De la revisión a los Informes mensuales sobre las adquisiciones, arrendamientos

o prestación de servicios autorizadas por el procedimiento de invitación a cuando menos

tres proveedores o por adjudicación directa, que con base en el artículo 53 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal y en el 45 del Reglamento de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal, se observó que mediante diversos oficios dirigidos

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369 VOLUMEN 5/18

a la SEFIN, con copia a la OM y a la Contraloría Interna de ese órgano político-

administrativo, se observó que los informes fueron enviados con desfases de 5 a 68 días

naturales, como se muestra a continuación:

Trimestre de 2013

Oficio Mes

informe Días

de desfase Número Fecha Fecha

recepción (sello)

Primero DRMSG/259/2013 9/IV/2013 9/IV/2013 Enero 57

Febrero 29

Marzo 0

Segundo DRMSG/592/2013 16/VII/2013 17/VII/2013 Abril 67

Mayo 36

Junio 5

Tercero DRMSG/944/2013 18/X/2013 18/X/2013 Julio 68

Agosto 37

Septiembre 7

Cuarto DRMSG/027/2014 14/I/2014 17/I/2014 Octubre 67

Noviembre 37

Diciembre 6

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco contravino los artículos 53 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal y 45 de su Reglamento, que disponen lo siguiente:

“Artículo 53.- Los titulares […] delegaciones […] a más tardar dentro de los primeros

diez días naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a

la Contraloría y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas

de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario

inmediato anterior…”

“Artículo 45. Las […] Delegaciones […] que contraten adquisiciones, arrendamientos

o prestación de servicios bajo los supuestos previstos en el artículo 54 de la ley,

enviarán dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes a la Secretaría, con

copia a la Contraloría y otra a la Oficialía, un informe sobre las operaciones realizadas

en el mes calendario inmediato anterior, acompañado de la documentación soporte.”

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco

no proporcionó información o documentación que desvirtué la observación relacionada

con las deficiencias de control descritas en el presente numeral, por lo que éste

prevalece.

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370 VOLUMEN 5/18

Programa Anual de Obra Pública

Para verificar que las obras que en 2013 contrató la Delegación Iztacalco, con cargo

al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se realizaran conforme la normativa

aplicable, se analizó el Programa Anual de Obra Pública 2013 de la Delegación, y de

su análisis se constató lo siguiente:

El 19 de febrero de 2013, la Delegación Iztacalco recibió el oficio núm. SFDF/SE/89/2013

del 7 de enero de 2013, mediante el cual la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó

el techo presupuestal, el Calendario Presupuestal y el POA del Ejercicio Fiscal de 2013.

Con base en ello, el órgano político-administrativo elaboró su Programa Anual de Obra

Pública 2013, ajustándose al monto autorizado para ejercer, mediante el techo presupuestal.

La Delegación Iztacalco publicó el Programa Anual de Obra Pública en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 25 de marzo de 2013, con un desfase de cuatro días naturales posteriores

al plazo previsto en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, por lo que

incumplió dicho ordenamiento, el cual establece que “las […] Delegaciones […] a más tardar

dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal, darán

a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus programas

anuales de obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada para no hacerlo

en dicho plazo”.

En el análisis del Programa Anual de Obra Pública 2013 de la Delegación Iztacalco, se

observó que no incluye el lugar de realización de las obras y zonas beneficiadas. Por ello,

la Delegación incumplió el artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal, vigente en 2013 que establece que: “las […] delegaciones […] al publicar

sus programas anuales de obra pública, darán a conocer las características fundamentales de

las obras públicas correspondientes, como: tipo de obra, costo estimado, lugar de realización

y zonas beneficiadas, de conformidad con el Código Financiero del Distrito Federal”.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco elaboró su Programa Anual

de Obra Pública 2013 ajustándose al monto autorizado para ejercer mediante el techo

presupuestal; sin embargo, no gestionó su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito

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371 VOLUMEN 5/18

Federal en el plazo establecido, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal; así como, en el Programa Anual de Obra Pública 2013

no incluye el lugar de realización de la obra ni zonas beneficiadas.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco

no proporcionó información o documentación que desvirtué la observación relacionada con

las deficiencias de control descritas en el presente numeral, por lo que éste prevalece.

Recomendación AFLB-136-13-34-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que los

Informes sobre las adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicios autorizadas por

procedimiento de invitación a cuando menos tres proveedores o por adjudicación directa,

se envíen a la autoridad administrativa competente dentro del plazo establecido, de

conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y el Reglamento de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal.

Recomendación AFLB-136-13-35-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca las acciones pertinentes que garanticen

que el Programa Anual de Obra Pública se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

en el plazo establecido en la normatividad aplicable; asimismo, que en dicho programa

se contemple el lugar de realización de la obra y zonas beneficiadas, además de las

características fundamentales de las obras públicas correspondientes, de conformidad con la

Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

5. Resultado

Gasto Aprobado

El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,

establece en diversos artículos el origen del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

de conformidad con lo siguiente:

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372 VOLUMEN 5/18

“Artículo 8. Las erogaciones previstas para las Delegaciones, importan la cantidad de

25,053,170,036 pesos y se distribuyen de la siguiente manera:

”Delegación Iztacalco 1,204,350,007 pesos.”

Adicionalmente, el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2013 en su Anexo II, establece recursos correspondientes al Fondo de Inversión

distribuido entre las Delegaciones; a la Delegación Iztacalco le corresponden 24,065.7 miles

de pesos por lo que el monto total asignado a ésta asciende a 1,228,415.7 miles de

pesos.

El anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal

2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, señala

que a la Delegación Iztacalco le corresponderían recursos del Presupuesto Participativo

por 36,130.5 miles de pesos.

1. Con el fin de verificar si la Delegación Iztacalco contó con la aprobación de la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN para los recursos del Presupuesto Participativo,

conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, mediante el oficio núm. AFL-B/14/080 del 3 de

septiembre de 2014, se solicitó a la Delegación proporcionara copia del oficio del techo

presupuestal autorizado por la SEFIN. En respuesta, la Dirección General de

Administración, con el oficio núm. DGA/107/2014 del 23 de septiembre de 2014,

proporcionó lo siguiente:

En la revisión de la información proporcionada se constató que:

a) Con el oficio núm. SFDF/SE/5285/2012 del 13 de noviembre de 2012, la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó a la Jefatura Delegacional en

Iztacalco el techo presupuestal para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2013. Con relación a lo mencionado,

la Delegación Iztacalco proporcionó nota informativa sin número ni signada por la

Dirección de Finanzas, por medio de la cual informa que:

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373 VOLUMEN 5/18

“… mediante el oficio número SFDF/SE/5285/2012 de fecha 13 de noviembre de 2012,

la […] Secretaría de Finanzas del Distrito Federal remitió a la Delegación Iztacalco

el Techo Presupuestal asignado […] para la elaboración del Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013, el cual ascendió a la cantidad

de $1,141,280,496.00, del cual se debería de destinar el 3% a Presupuesto

Participativo con de DG ’65’, lo cual fue llevado a cabo a través del Sistema

Presupuestal SAP-GRP, incorporado para dicho destino de gasto 34,238.4 miles

de pesos, en el proyecto O.02D8.3001, tal como fue establecido en el Manual de

Programación-Presupuestación para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos 2013 […]

”Sin embargo, con el oficio SFDF/SE/89/2013 del 7 de enero de 2013 y, posteriormente

con el oficio SFDF/SE/491/2013, con el que fue comunicado el Programa Operativo

Anual y Calendario Definitivo 2013, el importe que finalmente se autorizó de inicio

a Iztacalco fue de 34,330.5 miles de pesos, no siendo determinada dicha cantidad

por este Órgano Político Administrativo. Por ello, fue necesario realizar las gestiones

presupuestales pertinentes, a través de afectación compensada número B02CD0813089,

con el propósito de contar con los recursos establecidos en el Decreto de presupuesto

de Egresos del año 2013.”

b) Con el oficio núm. SFDF/SE/89/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN le comunicó al Jefe Delegacional en Iztacalco el techo

presupuestal aprobado. Dentro del apartado “Recursos Etiquetados en el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal” se señala que la Delegación deberá

“etiquetar con el destino de gasto 65 [Presupuesto Participativo] los recursos del Anexo I

del Decreto de Presupuesto de Egresos, conforme al artículo sexto transitorio”.

2. Con el oficio núm. SFDF/SE/491/2013 del 29 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Iztacalco el POA

y Calendario Presupuestal definitivos para el Ejercicio Fiscal 2013.

Derivado del análisis a la información contenida en el POA y en el Calendario Presupuestal,

se concluye que la Delegación contempló el proyecto de inversión núm. O.02D8.3001,

por un monto de 34,330.5 miles de pesos, y mediante la afectación compensada

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374 VOLUMEN 5/18

número B02CD0813089 realizó las gestiones presupuestarias pertinentes con el propósito

de contar con los recursos establecidos en el Decreto de Presupuesto de Egresos del

año 2013.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco dio atención al tercer párrafo del apartado

“Presupuesto autorizado para el Ejercicio Fiscal 2013” del oficio núm. SFDF/SE/89/2013

del 7 de enero de 2013, que dispone lo siguiente:

“Es importante señalar, que en caso de ser necesario esa Delegación deberá realizar

las adecuaciones a su presupuesto aprobado por el Órgano Legislativo, que le permitan

ajustar al monto establecido en el mencionado Anexo I [del Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013]…”

3. Mediante la revisión de una póliza de diario proporcionada con el oficio núm. DC/352/2014

del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita a la Dirección

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, se comprobó

el registro presupuestal del momento contable del gasto aprobado de la Delegación

Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, vigente en 2013, el cual establece que “la Secretaría operará

un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar

y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago, además

de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración

Pública”.

Asimismo, dio cumplimiento a las Normas Quinta y Sexta de las “Normas y Metodología

para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,

emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente “el registro de las etapas del

presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública central

y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuenta contables que se prevean

en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán reflejar

los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Sexta “El momento contable del gasto

aprobado considera el registro de las asignaciones presupuestarias anuales en

el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”.

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375 VOLUMEN 5/18

6. Resultado

Gasto Modificado

En los numerales 80 y 82 del apartado B “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”

del Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal se establece que “las adecuaciones presupuestarias líquidas

son aquellas que aumentan o reducen el monto del presupuesto autorizado”; y que “las AP’s

líquidas, se deberán elaborar y enviar por el Sistema a la DGPP, señalando en la justificación,

si es el caso, los documentos que las soportan”.

1. Con objeto de verificar que el presupuesto modificado a los recursos de destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo” se encontrara soportado con las afectaciones

presupuestarias autorizadas, se realizaron las siguientes pruebas sustantivas para revisar

las modificaciones al presupuesto:

a) Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto asignado

al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en el 2013.

b) Se comparó el presupuesto asignado con el presupuesto ejercido y de la variación

reflejada, se solicitó a la Delegación Iztacalco una explicación a dicho decremento

del presupuesto.

c) Se analizó la respuesta proporcionada por la Delegación Iztacalco respecto a

la variación del presupuesto en 2013 y la variación presentada en la Cuenta Pública

de 2013. Se realizó el comparativo con las justificaciones presentadas en el texto de

las afectaciones presupuestarias para verificar la congruencia de la información

proporcionada. De lo anterior, se determinó que la variación del presupuesto ejercido

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en relación con

el presupuesto original, se debe principalmente a los procesos de licitación de

trabajos que se ejecutan por contrato dentro del capítulo 6000 “Inversión Pública”,

ya que las empresas ganadoras cotizaron por debajo de lo programado, lo que trajo

como resultado la variación dentro de este concepto de gasto. Es importante aclarar

que la programación de los recursos dentro del programa operativo anual

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376 VOLUMEN 5/18

es de acuerdo con el presupuesto aprobado, y las economías se generan porque

los costos de los trabajos pocas veces son exactos al monto destinado a los

proyectos ganadores.

De la aplicación de las pruebas de auditoría, se concluye que en el apartado “PPD

Presupuesto Participativo para las Delegaciones” de la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal correspondiente al ejercicio de 2013, la Delegación Iztacalco

reportó una asignación original de 36,130.5 miles de pesos, la cual fue modificada

mediante una afectación programático-presupuestaria con siete reducciones líquidas.

El presupuesto modificado significó un decremento de 17.6 miles de pesos, para

quedar en un presupuesto ejercido de 36,112.9 miles de pesos, como se detalla a

continuación:

(Miles de pesos)

Tipo de movimiento presupuestal Total

Presupuesto asignado 36,130.5

Menos:

Reducciones líquidas (17.6)

Presupuesto modificado 36,112.9

Presupuesto ejercido 36,112.9

Diferencia 0.0

Asimismo, se constató que las afectaciones son impresiones del SAP-GRP y se

encuentran debidamente autorizadas, registradas y soportadas con la documentación

correspondiente, de conformidad con el Manual de Reglas y Procedimientos para

el ejercicio presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigente

en 2013.

2. Mediante la revisión de siete pólizas de diario proporcionada con el oficio

núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita

a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, se

comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto modificado de

la Delegación Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, la cual establece que “la Secretaría

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377 VOLUMEN 5/18

operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin

de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago,

además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la

Administración Pública”.

Asimismo, dio cumplimiento a las Normas Quinta y Séptima de las “Normas y Metodología

para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,

emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “El registro de las etapas del

presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública central

y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuenta contables que se prevean en

el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán reflejar los

momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Séptima “El gasto modificado es

el momento contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar el

registro de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas

y que afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.

7. Resultado

Gasto Comprometido

El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012, Anexo I

“Presupuesto Participativo por Delegaciones”, establece que a la Delegación Iztacalco le

fueron asignados 36,130.5 miles de pesos, para el destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, el cual se distribuyó entre 55 Comités Ciudadanos, por lo que a cada comité

le correspondió ejercer 656.9 miles de pesos.

En 2013, la Delegación Iztacalco ejerció recursos por 36,112.9 miles de pesos del destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles” (1,299.6 miles de pesos) y 6000 “Inversión Pública” (34,813.3 miles de

pesos). Del total de los recursos ejercidos, se determinó una muestra de 7,865.4 miles de pesos

(21.8% del total ejercido), con los cuales se atendieron los requerimientos de 12 proyectos

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378 VOLUMEN 5/18

ganadores, mediante la Consulta Ciudadana y de la sesión extraordinaria del Consejo

Ciudadano Delegacional en Iztacalco, celebrada el 23 de febrero de 2013, correspondiente

a la partida presupuestal 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de

Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” (dos proyectos), que

tuvo como procedimiento de adjudicación una invitaciones restringidas a cuando menos

tres proveedores, y mediante la partida 6221 “Edificación No Habitacional” (10 proyectos),

que tuvo como procedimientos de adjudicación una invitación restringida a cuando menos

tres concursantes y una adjudicación directa por obra pública.

Procedimientos de Adjudicación

Con la finalidad de constatar que los procedimientos de adjudicación se hubiesen ajustado

a la normatividad aplicable, se revisaron los expedientes únicos de las dos invitaciones

restringidas (a cuando menos tres proveedores o concursantes) y una adjudicación directa,

correspondientes a los contratos de obra pública a base de precios unitarios y por unidad

de concepto de trabajo terminado; así como, la adquisición de vehículos equipados como

patrullas y motopatrullas.

1. Tras revisar la documentación contenida en el expediente del procedimiento

de adjudicación, mediante invitación restringida a cuando menos tres concursantes

núm. IR-012-13, se determinó lo siguiente:

a) Mediante las autorizaciones 094 y 095 presentadas con el formato “Solicitud de

autorización para compromiso presupuestal” del 16 de octubre de 2013, se dio

la autorización para comprometer el presupuesto para contratar la colocación

de malla ciclónica en “Parque Seguro”; asimismo, cuenta con la justificación técnica de

dicha obra.

b) Mediante los oficios núms. DGODU/1853/13; DGODU/1854/13 y DGODU/1855/13 del

17 de octubre de 2013, se invitó a los contratistas a participar en el procedimiento

de invitación restringida a cuando menos tres concursantes núm. IR-012-13.

c) La venta de bases se realizó los días 21 y 22 de octubre de 2013; a fin de garantizar

la seriedad de las propuestas, los contratistas presentaron cheques cruzados

a nombre de la SEFIN, expedidos por institución bancaria nacional por un importe

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379 VOLUMEN 5/18

equivalente al 8.0% del monto total de las propuestas económicas (sin IVA)

de conformidad con las bases del concurso.

Cabe mencionar, que la Delegación entregó las garantías de sostenimiento a los

contratistas que no resultaron ganadores de los procedimientos de adjudicación en

el acto de apertura de propuestas; además de no haber localizado en los expedientes

de los procedimientos de adjudicación las solicitudes por escrito de los contratistas.

Por lo anterior, la Delegación incumplió el artículo 39, último párrafo, de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013, que establece: “La documentación

de carácter devolutivo y las propuestas desechadas, así como las garantías de

sostenimiento, será devuelta a los concursantes una vez transcurridos quince días

hábiles contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo de la licitación,

previa solicitud por escrito y entrega del recibo correspondiente, debiendo conservar

las áreas copia certificada de dicha documentación. No procederá la devolución de la

documentación cuando se tenga conocimiento de la interposición de un recurso

de inconformidad u otro medio de impugnación ante un órgano administrativo

o jurisdiccional”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco

no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones

relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral,

por lo que la observación prevalece.

d) La presentación de propuestas y la apertura del sobre único con las propuestas

técnica y económica se realizó el 29 de octubre de 2013 y en los términos

del artículo 33 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013.

A dicho acto asistieron los tres contratistas invitados y se constató la presencia

del representante de la Contraloría Interna en la Delegación Iztacalco.

e) El expediente de la invitación restringida a cuando menos tres concursantes

núm. IR-012-13 contó con la documentación soporte siguiente: objetivo de los trabajos;

catálogo de conceptos; presupuesto de referencia; bases; comprobante de compra de

las bases; actas relativas a la junta de aclaración de bases, presentación y apertura

de la documentación legal y administrativa; y dictamen del análisis comparativo.

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380 VOLUMEN 5/18

f) El 30 de octubre de 2013, la Delegación notificó al contratista el fallo, mediante el cual

se adjudicó el contrato respectivo. El contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13

fue firmado el 30 de octubre de 2013. Por lo anterior, se comprobó que el contrato de

obra pública se suscribió en los plazos previstos en las bases de concurso, es decir,

dentro de los 10 días hábiles siguientes a partir de la fecha de notificación del fallo.

g) Mediante la revisión de los directorios de los proveedores y contratistas impedidos

emitidos por la CGDF y la SFP, se verificó que el contratista, al cual se le adjudicó

el contrato, no se encontraba inhabilitado.

Por lo anterior, se concluyó que el procedimiento de adjudicación de obra pública

contratada con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, mediante

procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres concursantes dio

cumplimiento a la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. Asimismo, se constató

que cada una de las etapas de la invitación restringida se realizó de conformidad con

el plazo establecido en las bases de ésta, y que el contratista, al cual se adjudicó la obra

pública, no se encontraba inhabilitado, de conformidad con la normatividad en materia

de obra pública. Sin embargo, se entregaron las garantías de sostenimiento a los

contratistas que no resultaron ganadores en el acto de apertura de propuestas; además

de no haber localizado en los expedientes de los procedimientos de adjudicación

las solicitudes por escrito de los contratistas.

2. De la revisión a la documentación contenida en el expediente del procedimiento

de adjudicación, mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores

núm. AIR/DI-026-13 para la adquisición de vehículos equipados como patrullas

y motopatrullas, se determinó lo siguiente:

a) Por medio de los oficios núms. DGPC/01565/2013 y DGPC/1567/2013 del 21 de

octubre de 2013, se realizó la autorización previa del titular de la Delegación,

con justificaciones firmadas por la Directora General de Participación Ciudadana

(titular del área requirente de los bienes), en cumplimiento del artículo 54, penúltimo

párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013.

b) Se realizaron las requisiciones núms. 088 y 089 del 21 de octubre de 2013, por

el área solicitante, Dirección General de Participación Ciudadana, con sellos

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381 VOLUMEN 5/18

de suficiencia presupuestal para la adquisición de bienes y de no existencia en

el almacén del 21 de octubre de 2013.

c) Mediante tres oficios con núm. DRMSG/1025/2013, todos de fecha 1o. de noviembre

de 2013, se formalizó la invitación a los proveedores a participar en el procedimiento de

invitación restringida a cuando menos tres proveedores núm. AIR/DI-026-13.

d) A fin de garantizar la formalidad de las propuestas, los contratistas presentaron

cheques de caja (cruzado) a nombre de la SEFIN, expedidos por institución bancaria

nacional, por un importe equivalente al 5.0% del monto total de su propuesta

económica (sin IVA).

Cabe mencionar, que la Delegación entregó las garantías de sostenimiento a los

participantes que no resultaron ganadores de los procedimientos de adjudicación

en el acto de apertura de propuestas; además de no haber localizado en el expediente

del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores las

solicitudes por escrito de los participantes. Por lo anterior, la Delegación incumplió

el artículo 43, fracción I, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal, vigente en 2013, que establece: “La documentación de carácter

devolutivo como las garantías de la formalidad de las propuestas, las pruebas

de laboratorio y/o las muestras presentadas en el acto de presentación y apertura de la

propuesta, serán devueltas por la dependencia, órgano desconcentrado, delegación

o entidad; transcurridos quince días hábiles contados a partir de la fecha en que

se dé a conocer el fallo de la licitación, previa solicitud por escrito”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación

Iztacalco, mediante el oficio núm. JDI/326/2015 del 12 de marzo de 2015, proporcionó

lo siguiente:

Copia de oficio núm. DRMSG/236/2015 del 10 de marzo de 2015, mediante el cual

la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales instruyó al Subdirector de

Recursos Materiales, con la finalidad de que se “generen mecanismos de control

y de supervisión a fin de dar cumplimiento a la establecido en el artículo 43 fracción I,

segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal”.

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382 VOLUMEN 5/18

Del análisis a la información y documentación proporcionada por la Delegación Iztacalco,

se constató que se han emprendido acciones con la finalidad de que la documentación de

carácter devolutivo como las garantías de la formalidad de las propuestas, sean devueltas

por la Delegación o entidad, transcurridos quince días hábiles contados a partir de la fecha

en que se dé a conocer el fallo de la licitación, previa solicitud por escrito. Sin embargo, no

proporcionó información y documentación que desvirtúe o aclare la observación, por lo que

ésta no se modifica.

e) La presentación de propuestas y la apertura del sobre único con las proposiciones

técnica y económica se realizó en los términos del artículo 43 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013. A dicho acto asistieron los

tres proveedores invitados y se constató la presencia del representante de la

Contraloría Interna en la Delegación Iztacalco.

f) El expediente de la invitación restringida a cuando menos tres proveedores

núm. AIR/DI-026-13 contó con la documentación soporte siguiente: autorización

previa del titular de la Delegación; requisición y suficiencia presupuestal; descripción

completa de los bienes; presupuesto de referencia; bases; actas relativas a la junta

de aclaración de bases, presentación y apertura de la documentación legal

y administrativa; y dictamen del análisis comparativo.

g) El 12 de noviembre de 2013, la Delegación notificó al contratista el fallo, mediante

el cual se adjudicó el contrato respectivo, firmado el 15 de noviembre de 2013. Por

lo anterior, se comprobó que el contrato para la adquisición de vehículos equipados

como patrullas y motopatrullas se suscribió en los plazos previstos en las bases

de concurso, es decir, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de la

emisión del fallo.

h) Mediante la revisión de los directorios de los proveedores y contratistas impedidos,

emitidos por la CGDF y la SFP, se verificó que el proveedor al cual se le adjudicó

el contrato no se encontraba inhabilitado.

Por lo anterior, se concluyó que el procedimiento de adjudicación para la adquisición de

vehículos equipados como patrullas y motopatrullas contratado con recursos del destino

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383 VOLUMEN 5/18

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, mediante procedimiento de invitación restringida

a cuando menos tres proveedores, dio cumplimiento a los artículos 28, 43 y 55 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal. Asimismo, se constató que cada una de las

etapas de la invitación restringida (aclaración de bases, presentación y apertura de

las propuestas técnicas y económica, emisión del fallo y la firma del contrato), se realizó

de conformidad con el plazo establecido en las bases de ésta; y que el proveedor al cual

se adjudicó la adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas no se

encontraba inhabilitado, de conformidad con la normatividad, con excepción del artículo 43,

fracción I, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, ya que

la Delegación entregó las garantías de sostenimiento a los participantes que no resultaron

ganadores de los procedimientos de adjudicación en el acto de apertura de propuestas.

3. De la revisión a la documentación contenida en el expediente del procedimiento de

adjudicación directa, mediante el cual se adjudicó el contrato núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13,

se determinó lo siguiente:

a) Por medio del oficio núm. DGODU/2050/13 del 29 de octubre de 2013, se invitó

la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V., a llevar a cabo

trabajos de obra en la modalidad de adjudicación directa. La empresa constructora,

por medio de oficio sin número del 30 de octubre de 2013, acepta la realización

de los trabajos.

b) La selección de la empresa constructora se realizó con base en el registro de concursantes

de empresas contratistas que se tiene en los archivos de la Delegación Iztacalco.

c) Mediante el dictamen de adjudicación directa del 30 de octubre de 2013, con base

en el tabulador de precios unitarios, el sujeto fiscalizado adjudicó en favor de

la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V., el contrato

núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13. Dicho dictamen se basó en los criterios de

eficacia, eficiencia, economía, imparcialidad y honradez, de manera que aseguren

las mejores condiciones para la Administración Pública del Distrito Federal, de

conformidad con el artículo 61, tercer párrafo, de la Ley de Obras del Distrito Federal.

Cabe mencionar, que el dictamen cuenta con los nombres, cargos y firmas del

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384 VOLUMEN 5/18

Director General de Obras y Desarrollo Urbano; Director de Obras y Mantenimiento;

Subdirector de Control y Seguimiento, y del Jefe de Unidad Departamental de

Concursos y Contratos.

d) El expediente de la adjudicación directa contó con la documentación soporte

siguiente: términos y presupuesto de referencia, oficio de invitación para participar

en el procedimiento de contratación por adjudicación directa, documentación legal

y administrativa, evaluación cuantitativa y cualitativa de la proposición, dictamen

de adjudicación directa, contrato; garantía de cumplimiento de contrato y de vicios

ocultos; y póliza de responsabilidad civil. Dichos eventos se ajustaron a la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013.

e) Mediante la revisión de los directorios de los proveedores y contratistas impedidos

emitidos por la CGDF y la SFP, se verificó que el proveedor al cual se le adjudicó

el contrato no se encontraba inhabilitado.

Por lo anterior, se concluyó que el procedimiento de adjudicación de obra pública

contratada con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, mediante

procedimiento de adjudicación directa dio cumplimiento a la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal, y que el contratista al cual se adjudicó la obra pública no se

encontraba inhabilitado, de conformidad con la normatividad en materia de obra

pública.

Ejecución de los Contratos

La Delegación Iztacalco determinó los procedimientos de adjudicación con recursos

asignados, mediante el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, entre los que

se encuentran una invitación restringida a cuando menos tres concursantes y una

adjudicación directa para la realización de obras públicas; así como, una invitación

restringida a cuando menos tres proveedores para la adquisición de vehículos

equipados como patrullas y motopatrullas, los cuales se determinaron como parte de

la muestra de auditoría, por un monto de 7,865.4 miles de pesos, y que se desglosan

a continuación:

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385 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

Contratista Contratos

Número Fecha Importe Concepto

Contrato de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado

Grupo KUF, S.A. de C.V.

DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 30/IX/13 3,281.2 “Colocación de malla ciclónica en Parque Seguro, de pasamanos en espacio público de la U. H. Infonavit Iztacalco I y de juego infantil no metálico en el Barrio San Francisco Xicaltongo, suministro y colocación de juego infantil en Pantitlán V y construcción de gimnasio al aire libre en Pantitlán II…”

Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V.

DI-AD-L-REMOZREH-063-13 30/IX/13 3,284.6 “Remozamiento de la Plaza Raíz de Agua, rehabilitación y reconstrucción del camellón sin nombre, reconstrucción de banquetas y guarniciones de concreto hidráulico en las Colonias Nueva Santa Anita y Militar Marte, drenaje y banquetas (mantenimiento y sustitución) en la Colonia Campamento 2 de octubre…”

Contrato de adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas

RADAMANTHIS, S.A. de C.V.

AIRB/022/13 15/XI/13 1,299.6 Dos “vehículos compactos tipo sedán equipados para patrulla…”, modelo 2014.

Cuatro “Motocicletas equipados para motopatrulla…”, modelo 2013.

Total 7,865.4

Se verificó el cumplimiento de las principales cláusulas de los contratos respectivos, sobre el

particular, se determinó lo siguiente:

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/89/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN autorizó los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”.

1. Contratos de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo

terminado.

a) En la tercera sesión extraordinaria del 28 de octubre de 2013 del Subcomité de

Obras de la Delegación de Iztacalco, se aprobó la contratación de obra pública,

como sigue:

Mediante los casos del Subcomité de Obras de la Delegación de Iztacalco

núms. 094 y 095, correspondientes a los proyectos para la “colocación de malla

ciclónica en Parque Seguro, de pasamanos en espacio público de la U. H. Infonavit

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386 VOLUMEN 5/18

Iztacalco I y de juego infantil no metálico en el Barrio San Francisco Xicaltongo,

suministro y colocación de juego infantil en Pantitlán V y construcción de gimnasio

al aire libre en Pantitlán II”.

Por medio de los casos núms. 096, 097, 097A y 097B, correspondientes a los

proyectos para el “remozamiento de la Plaza Raíz de Agua, rehabilitación

y reconstrucción del camellón sin nombre, reconstrucción de banquetas y guarniciones

de concreto hidráulico en las Colonias Nueva Santa Anita y Militar Marte, drenaje y

banquetas (mantenimiento y sustitución) en la Colonia Campamento 2 de octubre”.

b) En la cláusula segunda de los contratos, se señala el precio a pagar por las obras,

la cantidad que corresponde al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el monto total

del contrato; en la cláusula tercera se establece el plazo de ejecución de los trabajos;

y en la cláusula novena se establece los plazos y formas de pago, así como la

incorporación en las estimaciones siguiente de las diferencias técnicas o numéricas

pendientes, como se establece en el cuadro siguiente:

Contrato número Cláusula segunda Cláusula tercera* Cláusula novena*

DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 “El importe por los trabajos […] es de $ 2’828,622.68 […] más la cantidad de $ 452,579.63 […] que corresponde al Impuesto al Valor Agregado, lo cual suma un importe total de $ 3’281,202.31…”

“Se obliga a ejecutar la obra […] en 50 días naturales […] iniciar los trabajos […] el día 31 de octubre de 2013 y a terminarlos totalmente a entera satisfacción […] el día 19 de diciembre de 2013…”

“… que los trabajos objeto del presente contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones, que abarcaran […] períodos máximos mensuales […] ‘el contratista’ deberá entregar […] la estimación […] dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte, que será el último día de cada mes […] en el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas, ‘las partes’ tendrán dos días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo señalado para la revisión, que servirá para conciliar dichas diferencias…”

DI-AD-L-REMOZREH-063-13 “El importe por los trabajos […] es de $ 2’831,543.88 […] más la cantidad de $ 453,047.02 […] que corresponde al Impuesto al Valor Agregado, lo cual suma un importe total de $ 3’284,590.90…”

* Los dos contratos establecen lo mismo en las cláusulas tercera y novena.

c) Las obras estuvieron a cargo de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

de la Delegación Iztacalco. Para el inicio de los trabajos, la Delegación no otorgó

anticipos (cláusula sexta de los contratos).

d) Las “Penas convencionales” se establecieron en la cláusula décima sexta de los

contratos.

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387 VOLUMEN 5/18

e) Es importante señalar que en los contratos de obra pública, en la declaración II.6,

se establece: “…se compromete a acatar el contenido y los requisitos que establece

la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, el Reglamento de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal […] el contenido de los anexos (proyectos, planos,

especificaciones, programa de obra y presupuesto) se encuentran debidamente

integrados en las bases de concurso…”; sin embargo, no fueron integrados como

parte de los contratos, correspondientes.

Por lo anterior, el sujeto fiscalizado incumplió el artículo 46, fracción X, inciso a), de

la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013, que señala:

“Artículo 46.- Los contratos de obra pública contendrán como mínimo, las declaraciones

y cláusulas referentes a: […] X. La descripción pormenorizada de los trabajos que se

deban ejecutar, debiendo acompañar, como parte integrante del contrato: a) En el

caso de obra, los proyectos, planos, especificaciones, programas y presupuestos

correspondientes.”

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación

Iztacalco no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones

relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral,

inciso e), por lo que ésta prevalece.

f) Se constató que el residente de obra realizó la elaboración, control y seguimiento

de las bitácoras de los contratos núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13

y DI-AD-L-REMOZREH-063-13, las cuales se llevaron por medios convencionales

(libro de bitácora foliados), de conformidad con las cláusulas quinta y séptima, cuarto

párrafo; y en cumplimiento al artículo 46, fracción X, inciso a), de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013.

g) La cláusula décima tercera de los contratos, “Recepción de los Trabajos”, se

establecieron los plazos para que el contratista comunicara por escrito a la

Delegación la terminación de los trabajos que le fueron encomendados; la delegación

verifique la debida terminación de éstos, para la recepción física por parte de

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388 VOLUMEN 5/18

la Delegación mediante el levantamiento del acta; de conformidad con el artículo 57

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013.

h) La cláusula décima primera, “Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil”, establece:

“… el contratista se obliga a entregar […] dentro de los cinco días hábiles siguientes a la

fecha de firma del presente contrato, original de la póliza de seguro de responsabilidad

civil que garantice la reparación total de daños que se pudieran ocasionar a terceros

en sus bienes o personas, derivados de las actividades inherentes a los trabajos que

realicen […] límite mínimo de la póliza de responsabilidad que deberá contratar será

del 10% […] del importe total del contrato […] la vigencia mínima de la póliza […] deberá

corresponder al período de duración de los trabajos y hasta la recepción formal de la

obra…”, en congruencia con lo que establece el artículo 47, último párrafo, de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal y 63, último párrafo, de su reglamento, vigentes en 2013.

i) En la cláusula décima, apartado “Garantías”, establece: “el contratista se obliga

a garantizar el debido y estricto cumplimiento del contrato que formaliza, mediante

póliza de fianza […] por el 10% (diez por ciento) incluyendo el Impuesto al Valor

Agregado […] la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes

a la fecha en que ‘el contratista’ reciba copia del dictamen de adjudicación…”.

Lo anterior, de conformidad con los artículos 35, fracción III; y 36 de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 de su Reglamento, vigentes en 2013.

En la misma cláusula, párrafo cuarto, se agrega: “…para responder de los […] vicios

ocultos y de cualquier otra responsabilidad, ‘el contratista’ deberá presentar dentro

los diez días hábiles previos a la recepción formal de las obligaciones establecidas en

el contrato […] una fianza a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

[…] esta sustituirá a la o a las garantías de cumplimiento de contrato y será por un

monto equivalente al 10% […] el cual incluirá el importe […] del impuesto al Valor

Agregado […] la vigencia de esta garantía será de un año contado a partir de la fecha

en que oficialmente se dé recepción de los trabajos, la que se hará constar en el acta

de recepción formal de los mismos”, lo cual es congruente con el artículo 58 de la

Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 36 de su Reglamento, vigentes en 2013.

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389 VOLUMEN 5/18

Al respecto, se comprobó que los contratistas presentaron en tiempo y forma la póliza

de fianza para garantizar el cumplimiento del contrato, las fianzas de vicios ocultos

y una póliza de responsabilidad civil; sin embargo, la póliza de seguros de

responsabilidad civil, correspondiente al contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13,

fue elaborada el 8 de noviembre de 2013, y presentada con desfase de tres días

hábiles.

Por lo anterior, la Delegación incumplió el artículo 27, primer párrafo, de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal que establece: “Las […] delegaciones […] podrán

rescindir administrativamente los contratos en caso de incumplimiento de las

obligaciones a cargo del contratista”.

También incumplió el artículo 47, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal y 63, último párrafo, de su Reglamento. El primero dispone que

“los contratistas están obligados a presentar la póliza y el contrato de seguro

de responsabilidad civil por daños a terceros, dentro de los cinco días hábiles

siguientes a la fecha de la firma del contrato”; y el segundo, que “la vigencia de

la póliza y del contrato de seguro, abarcará desde el período de ejecución de los

trabajos, hasta la recepción formal de los mismos por la […] delegación”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco

no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones

relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral, inciso i),

por lo que ésta prevalece.

2. Contrato de la adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas.

a) En el acta de la séptima sesión ordinaria del 24 de julio de 2013, el Comité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Delegación Iztacalco,

aprobó la adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas,

mediante el caso núm. 26/2012, para la adquisición de motocicletas equipados como

motopatrullas, y por medio del caso núm. 27/2012, para adquirir vehículos SEDAN

acondicionados como patrullas.

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390 VOLUMEN 5/18

b) La cláusula segunda del contrato señala el precio a pagar por la adquisición

de bienes, la cantidad que corresponde al IVA y el monto total del contrato.

c) En la cláusula novena, “Plazo de entrega de los bienes”, se establece que los bienes

deberán ser entregados del 15 de noviembre al 20 de diciembre de 2013; y la

cláusula cuarta, párrafo primero, dispone que la entrega de los bienes se realizará

en las instalaciones del Almacén General de la Delegación Iztacalco.

Los vehículos equipados como patrullas (dos) y motopatrullas (cuatro) ingresaron

en el Almacén General de la Delegación Iztacalco dentro de los plazos establecidos;

ya que los vehículos se recibieron por medio del formato “Entrada de Almacén”

del 20 de diciembre de 2013, con el folio 4, y de acuerdo con los acuses de entrega-

recepción sin número de la misma fecha.

d) En la cláusula séptima del contrato, que dispone: “los bienes que proporcione

‘el proveedor’, serán supervisados por ‘la delegación’, con el objeto de verificar el

control y la calidad de los mismos, a través de […] Directora General de

Participación Ciudadana […] J.U.D. de Enlace con Representaciones Sociales

y Vecinales […] Directora General de Seguridad Ciudadana y Prevención del

Delito y por […] J.U.D. de Almacenes e Inventarios, así como por el personal que

éstos designen para tales efectos, siendo los servidores públicos responsables

del cabal cumplimiento del contrato”.

Por no contar con evidencia de la verificación del control y la calidad de los bienes

entregados por el proveedor, la Delegación infringió la cláusula séptima del contrato.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco

no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones

relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral, inciso d),

por lo que ésta prevalece.

e) En la cláusula décima primera, apartado “Garantía de cumplimiento de contrato”,

establece: “…el proveedor se obliga a garantizar el cumplimiento del presente contrato

con un importe mínimo del 15% […] sin incluir el Impuesto al Valor Agregado […]

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391 VOLUMEN 5/18

‘el proveedor’ constituye […] como garantía una póliza de fianza […] a favor de la

Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal”.

f) En la cláusula cuarta, párrafo tercero, se establece: “el período de garantía de

los bienes será de 12 meses a partir de la aceptación de los mismos conforme a las

especificaciones técnicas contados a partir de la recepción”.

Al respecto, se verificó que el proveedor presentó en tiempo y forma la póliza de fianza

para garantizar el cumplimiento del contrato, fianza a favor de la SEFIN del Gobierno

del Distrito Federal, con una vigencia a partir de la firma del contrato y hasta un año

después de la conclusión del objeto del contrato, por un monto que asciende a 15.0%

del importe (sin IVA), a fin de responder por defectos, vicios ocultos o deficiencia en

la calidad de los bienes entregados, en cumplimiento del artículo 70 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013.

3. Mediante la revisión de dos pólizas de diario proporcionadas con el oficio

núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014 de la Dirección de Contabilidad adscrita

a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto comprometido de

la Delegación Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013, el cual establece “la Secretaría

operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin

de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago,

además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la

Administración Pública”.

Asimismo, dio cumplimiento a las Normas Quinta y Octava de las “Normas y Metodología

para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,

emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “Quinta. El registro de las

etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública

central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas contables que se

prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán

reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Octava “El gasto comprometido

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392 VOLUMEN 5/18

es el momento contable que refleja el registro de los documentos que consideran la

aprobación de la autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento

jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes

y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y

servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte

que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio fiscal”.

Recomendación AFLB-136-13-36-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que

la documentación de carácter devolutivo, como las garantías de sostenimiento a los

contratistas y las garantías de la formalidad a los proveedores, sean devueltas por

la Delegación, en los plazos y términos que establecen la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal y la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Recomendación AFLB-136-13-37-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que

se integren a los contratos de obra el proyecto, planos, especificaciones, programas y normas

de calidad de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Recomendación AFLB-136-13-38-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que se

recaben las fianzas de garantía de cumplimiento; de vicios ocultos y las pólizas de

responsabilidad civil de los contratos y convenios celebrados para la contratación de obra,

en los plazos que fija la normatividad aplicable.

Recomendación AFLB-136-13-39-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar

el cumplimiento de las cláusulas de los contratos y convenios formalizados por la Delegación,

respecto a dejar constancia de la verificación del control y la calidad de los bienes entregados

por los proveedores, de acuerdo con la normatividad aplicable.

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393 VOLUMEN 5/18

8. Resultado

Gasto Devengado

El artículo 44, primer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente establece que “los

titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos encargados de

su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán los responsables

del manejo y aplicación de los recursos, del cumplimiento de los calendarios presupuestales

autorizados, metas y de las vertientes de gasto contenidas en el presupuesto autorizado;

de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto; de que

los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la guarda

y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de los medios de

identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme a las disposiciones

aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del clasificador por

objeto del gasto que expida la Secretaría”.

En el artículo 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, se hace referencia

a que “las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad, que los pagos que

autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes

requisitos: I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción

de los anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables”.

Derivado de lo anterior, con la finalidad de verificar que los pagos emitidos por los trabajos

de obra pública y las adquisiciones de bienes, con recursos del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”, efectivamente se encontraran devengados y que éstos se

hubieran recibido por los usuarios finales (Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos),

se constató lo siguiente:

1. Se celebró un convenio de colaboración entre la Secretaría de Seguridad Pública

del Distrito Federal (SSP) y el órgano político-administrativo, con objeto de colaborar

y coadyuvar entre ambas para abatir la delincuencia y otorgar una mayor protección a

la ciudadanía de esa demarcación territorial, así como dar el servicio de manera directa

a la ésta con una mayor prontitud.

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394 VOLUMEN 5/18

En el convenio de colaboración, numeral dos, de la cláusula segunda, “compromisos

de la Secretaría”, se establece: “Destinar las unidades vehiculares recibidas en comodato

[…] para actividades de seguridad pública en calles y colonias de la población que eligió

ejercer su presupuesto participativo […] en el rubro de prevención al delito…”.

a) Se corroboró la existencia del “Acta de entrega-recepción de los vehículos equipados

como patrullas y motopatrullas en convenio de colaboración, por parte de la Delegación

Iztacalco, a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal”, por medio de

la que el 28 de enero de 2014, se hizo entrega de los seis vehículos equipados como

patrullas (dos) y motopatrullas (cuatro) que fueron otorgadas en comodato a la SSP.

b) Por otro lado, se observó que no se llevó a cabo la formalización de la entrega-

recepción, mediante el levantamiento de acta, minuta, etc., de las obras públicas

y bienes adquiridos de los proyectos específicos ganadores entre la Delegación y

los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos. Cabe mencionar, que las obras

se concluyeron y se formalizó su entrega, mediante las respectivas actas entrega-

recepción entre las empresas contratistas y la Delegación. Por no formalizar

la entrega-recepción a los usuarios finales (Comités Ciudadanos o Consejos de los

Pueblos), la Delegación Iztacalco incumplió el artículo 16, III Tercer Lineamiento,

“Actividades de Control”, fracción I, inciso c), de los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2013, que

dispone lo siguiente:

“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los

siguientes: […]

”Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]

”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos

y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe

estar disponible para su verificación.”

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395 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación

Iztacalco no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones

relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral,

por lo que ésta prevalece.

c) El personal de la ASCM, de la Dirección General de Seguridad Ciudadana

y Prevención del Delito de la Delegación Iztacalco, y de la SSP; realizaron

inspecciones físicas a los vehículos equipados como patrullas (dos) y motopatrullas

(cuatro), seleccionados como parte de la muestra, con los resultados siguientes:

Los vehículos equipados como patrullas y motopatrullas adquiridos se sujetaron

al monto establecido en la cláusula segunda del contrato.

Se verificó en los vehículos equipados como patrullas, que los números de

serie y de motor correspondieran con los que se asientan en el contrato y en

las facturas.

Las modificaciones que presentan los vehículos (patrullas y motopatrullas)

correspondieran a la ficha técnica de especificaciones que forman parte

del contrato; así como a las características señaladas en las facturas respectivas.

Los vehículos equipados como patrullas (dos) y las motopatrullas (cuatro)

revisados están balizados con los colores e insignias reglamentarias de acuerdo

con la ficha técnica de especificaciones mínimas.

Se constató que las adquisiciones de los vehículos equipados como patrullas

y motopatrullas se derivan de los proyectos ganadores seleccionados como

prioritarios en la Consulta Ciudadana 2013, según las constancias de validación

de resultados.

La Delegación tramitó ante la SEFIN el pago de los vehículos equipados como

patrullas y motopatrullas, por medio de las respectivas CLC, cubriéndolos en

su totalidad.

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396 VOLUMEN 5/18

Se comprobó la existencia de los vehículos equipados como patrullas

y motopatrullas, los cuales corresponden a dos proyectos específicos, de

conformidad con las especificaciones indicadas en el contrato núm. AIRB/022/13.

Se corroboró la existencia del “Acta de entrega-recepción de vehículos en convenio de

colaboración y coadyuvancia, equipados como patrullas y motopatrullas [...] por parte

de la Delegación Iztacalco, a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal”,

con la cual el 28 de mayo de 2014, se hizo entrega de los seis vehículos equipados

como patrullas y motopatrullas que fueron otorgadas en comodato a la SSP.

Se elaboraron las minutas de inspección física, firmándolas el personal que

asistió por parte de la ASCM, de la Delegación Iztacalco y de la SSP.

Por lo anterior, se concluye que los vehículos adquiridos, corresponden a dos proyectos

ganadores seleccionados como prioritarios en la Consulta Ciudadana 2013, se encuentran

en operación, y que cumplen las especificaciones técnicas establecidas en el contrato.

2. Con objeto de verificar que las obras contratadas estuvieran concluidas, en operación,

y que cumplieran las especificaciones establecidas en los contratos respectivos; así

como, que los bienes adquiridos cumplieran las especificaciones establecidas en el

contrato y que estuvieran en funcionamiento, pagadas con recursos del destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

a) Las obras realizadas por los contratistas y los bienes adquiridos se sujetaron

al monto y plazo establecido en las cláusulas de los contratos respectivos.

b) Personal de esta entidad de fiscalización y de la Dirección General de Obras

y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztacalco, realizaron inspecciones físicas

a las obras públicas determinadas como parte de la muestra, determinándose

lo siguiente:

Las obras realizadas por los contratistas se sujetaron al monto y plazo establecido

en las cláusulas de los contratos y convenios modificatorios respectivos.

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397 VOLUMEN 5/18

Las inspecciones físicas se realizaron tomando como base las actas de verificación

física de terminación de los trabajos, en la cual se desglosan y describen los

conceptos de obra pagados por la Delegación.

Se constató que las obras realizadas derivan de los proyectos ganadores

seleccionados como prioritarios en la Consulta Ciudadana 2013, según

las constancias de validación de resultados y del acta circunstanciada de la

sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco,

celebrada el 23 de febrero de 2013.

El pago de las obras se realizó tomando como base las estimaciones de obras

elaboradas por los contratistas y que fueron presentadas a la Delegación Iztacalco.

La Delegación tramitó ante la SEFIN el pago por dichos trabajos, por medio

de las respectivas CLC, cubriéndolos en su totalidad.

Se comprobó la realización de las dos obras públicas, correspondientes a cinco

proyectos específicos cada una, de conformidad con las especificaciones

indicadas en los contratos núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13

y DI-AD-L-REMOZREH-063-13.

Se elaboraron las minutas de inspección física, las cuales fueron firmadas por

el personal que asistió, por parte de la ASCM y de la Delegación Iztacalco.

Por lo anterior, se concluye que las obras derivadas de los proyectos ganadores

seleccionados como prioritarios en la Consulta Ciudadana 2013, se encuentran concluidas,

en operación, y que cumplen con las especificaciones establecidas en los contratos

respectivos.

Recomendación AFLB-136-13-40-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que

se lleve a cabo la formalización de la entrega-recepción de las obras públicas y bienes

Page 398: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

398 VOLUMEN 5/18

adquiridos con recursos del presupuesto participativo, de la Delegación a los usuarios

finales (Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos), mediante el levantamiento de

acta, minuta o acta de entrega-recepción, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

9. Resultado

Ejecución de la Obra y Adquisición de Vehículos

En el primer párrafo del artículo 50 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece

que “las […] delegaciones […] establecerán la residencia de supervisión con anterioridad a

la fecha de iniciación de la obra […] y esta residencia será la responsable directa de la

supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, así como de la previa autorización

de los programas detallados de ejecución, suministros de materiales y equipo de instalación

permanente, utilización de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción de los

trabajos, mismos que deberán ser acordes a los alcances de los trabajos por ejecutar

conforme a los procedimientos constructivos y a los tiempos de las actividades solicitadas

y propuestos en la licitación, por lo que en ningún caso podrá variarse significativamente

el programa con montos de la misma; de igual manera será responsable de la aprobación de

las estimaciones presentadas por los contratistas, de acuerdo con los alcances específicos

del trabajo solicitado”.

En atención a lo dispuesto, se constató que la Delegación llevó a cabo la designación

de la supervisión interna, mediante los oficios núms. DOM/811/2013 y DOM/822/2013,

ambos del 31 de octubre 2013.

Los trabajos formalizados, por medio de los contratos núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13

y DI-AD-L-REMOZREH-063-13, fueron pagados por la Delegación Iztacalco con base en la

emisión de ocho estimaciones (cuatro y cuatro, respectivamente), que abarcaron los conceptos

de trabajo ejecutados con una periodicidad de entre 8 a 17 días y de 5 a 15 días,

respectivamente; de las cuales, las ocho fueron presentadas por los contratistas a la residencia

de supervisión dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte para realizar

el trámite de pago; las estimaciones cuentan con su documentación soporte como es el “control

acumulativo de estimaciones”, “hoja generadora”, croquis de localización y “reporte fotográfico”,

en cumplimiento de la cláusula novena de los contratos.

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399 VOLUMEN 5/18

Los contratos de obra y adquisición de vehículos formalizados por la Delegación Iztacalco

objeto de revisión, se describen a continuación:

(Miles de pesos)

Contrato Importe por proyecto

Número Fecha Importe Concepto Contrato

y convenio Total

Contrato de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado

DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 30/IX/13 3,281.2 Colocación de malla ciclónica en “Parque Seguro” en colonia Granjas México II. 656.4

“Pasamanos en espacio público de la U.H. Infonavit Iztacalco I”. 656.3

“Juego infantil no metálico en el Barrio San Francisco Xicaltongo”. 656.0

“Suministro y colocación de juego infantil en Pantitlan V”. 656.4

“Construcción de gimnasio al aire libre en Pantitlan II”. 656.1 3,281.2

DI-AD-L-REMOZREH-063-13 30/IX/13 3,284.6 “Remozamiento y renivelación de la Plaza Raíz de Agua, Col. Infonavit Iztacalco (U.HAB) II”. 656.9

“Rehabilitación y reconstrucción del camellón sin nombre, Eduardo Jenner en la Col. INPI Picos”. 656.9

“Reconstrucción de banquetas y guarniciones de concreto hidráulico, Col. Nueva Santa Anita”. 656.9

“Reconstrucción de banquetas y guarniciones de concreto hidráulico, Col. Militar Marte”. 656.9

“Drenaje y banquetas (mantenimiento y sustitución), Col. Campamento 2 de Octubre I” 657.0 3,282.6

Contrato de adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas

AIRB/022/13 15/XI/13 1,299.6 Vehículos equipados como patrullas y motopatrullas (SEDAN modelo 2014 y dos motocicletas modelo 2013), Agrícola Oriental III. 649.8

Vehículos equipados como patrullas y motopatrullas (SEDAN modelo 2014 y dos motocicletas modelo 2013), Tlazintla. 649.8 1,299.6

Total 7,865.4 7,865.4

En relación con la documentación que ampara la recepción de las obras y de los vehículos

equipados como patrullas y motopatrullas contratados, se verificó que el órgano político-

administrativo contara con la evidencia documental respectiva. Al respecto, se observó

lo siguiente:

Contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13

1. El contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-1 del 30 de octubre de 2013,

y de conformidad con la ejecución de las obras contratadas que iniciaron el 31 de octubre y

concluyó el 19 de diciembre de 2013; se comprobó que la Delegación Iztacalco cuenta

con los siguientes:

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400 VOLUMEN 5/18

a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 19 de diciembre

de 2013, suscrito por la constructora; acta de verificación de terminación de los

trabajos del 15 de enero de 2014, por medio de la cual se manifiesta la “aprobación

y conformidad con los trabajos ejecutados, verificando que éstos se han realizado

con buena calidad”; y el concentrado de estimaciones sin número ni fecha en la cual

se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una de las partes,

describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante.

b) Minuta de constatación de terminación de los trabajos del 15 de enero de 2014,

por medio de la cual queda establecido que los trabajos encomendados del

contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 quedaron concluidos; oficios

núms. SCS/102/14 y SCS/103/14 del 19 de marzo de 2014, por medio del cual

la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano informa a la constructora y a la

Contraloría Interna en la Delegación Iztacalco que se realizará la formalización de

la entrega-recepción el día 25 de marzo de 2014; Acta Entrega-Recepción de Obra

del 25 de marzo de 2014, en la cual se hace constar que “los trabajos

encomendados fueron concluidos, en su totalidad”. El documento está firmado por

el personal de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, de la Contraloría

Interna, por el contratista.

Contrato núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13

2. Por lo que corresponde al contrato núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13 del 30 de octubre

de 2013, los trabajos iniciaron el 31 de octubre y concluyeron el 19 de diciembre de 2013;

la Delegación Iztacalco dispone de lo siguiente:

a) Oficio sin número del 19 de diciembre de 2013, por medio del cual el contratista

informa a la Delegación que fueron concluidos los trabajos; acta de verificación

de terminación de los trabajos del 4 de enero de 2014, por medio de la cual se le

otorga al contratista un período de cuatro días naturales a partir de esta fecha para

limpieza final de la obra; concentrado de estimaciones sin número ni fecha, en la cual

se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una de las partes,

describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante.

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401 VOLUMEN 5/18

b) Minuta de constatación de terminación de los trabajos del 29 de enero de 2014, por

medio de la cual queda establecido que los trabajos encomendados del contrato

núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13 quedaron concluidos; oficios núms. SCS/061/14

y SCS/062/14, del 3 de marzo de 2014, por medio de los cuales la Dirección

General de Obras y Desarrollo Urbano informó a la constructora y a la Contraloría

Interna en la Delegación Iztacalco la formalización de la entrega recepción de la

obra que se realizara el día 10 de marzo de 2014; y Acta Entrega-Recepción de

Obra del 10 de marzo de 2014, en la cual se hace constar que los trabajos fueron

realizados conforme a las condiciones establecidas en el contrato y a entera

satisfacción de la Delegación. El documento está firmado por el personal de la

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, por el contratista y por la empresa

encargada de la supervisión externa.

3. Las cláusulas cuarta y novena del contrato núm. AIRB/022/13 del 15 de noviembre de 2013,

establecen, respectivamente: “Entregar los bienes […] en: las instalaciones del Almacén

General de la Delegación Iztacalco…” y el “... los bienes deberán ser entregados del

15 de noviembre al 20 de diciembre de 2013…”.

Al respecto, se constató que mediante el formato “Entrada al Almacén” con folio 4

del 20 de diciembre de 2013, la Delegación dio entrada a vehículos equipados como

patrullas (dos) y motopatrullas (cuatro), los cuales corresponden con las fichas

técnicas de especificaciones que forman parte del contrato y con la descripción de

los bienes en las facturas. Cabe mencionar, que dicha acta cuenta con las firmas

de autorización, recibido el responsable de almacén, proveedor y Vo. Bo. del Jefe de

Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios.

10. Resultado

Gasto Ejercido

El artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2013, establece que “las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su

responsabilidad, que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados

se realicen con sujeción a los siguientes requisitos: […] III. Que se encuentren

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402 VOLUMEN 5/18

debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos,

entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen la obligación de

hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de las

sumas de dinero correspondientes”.

Asimismo, el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación establece que “los comprobantes

fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes

requisitos: I. La clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida y el régimen

fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta […]; II. El número de folio

y el sello digital del Servicio de Administración Tributaria […]; III. El lugar y fecha

de expedición […]; IV. La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de

quien se expida […]; V. La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías

o descripción del servicio o del uso o goce que amparen […]; VI. El valor unitario consignado

en número […]; VII. El importe total consignado en número o letra […]; IX. Los contenidos en

las disposiciones fiscales, que sean requeridos y dé a conocer el Servicio de Administración

Tributaria, mediante reglas de carácter general”.

1. Derivado de lo anterior, con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación

Iztacalco estuvieran respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria de la obra;

y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, se analizó

la documentación soporte de la muestra, por un importe de 7,865.47 miles de pesos, contenida

en las 16 CLC que se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

CLC núm. 02 CD 08, con terminaciones

Importe Deducciones Total Contratos y convenios Importe

Contrato de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado

10006396, 10006397, 10010962, 10011150 y 10012752 3,281.2 104.7 3,176.5 DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 3,281.2

10006873, 10006875, 10006876, 10007192, 10007197, 10007202, 10007209, 10007302, 10007305 y 10013126 3,284.6 102.0 3,182.6 DI-AD-L-REMOZREH-063-13 3,284.6

Contrato de adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas

10010035 1,299.6 1,299.6 AIRB/022/13 1,299.6

Total 7,865.4 206.7 7,658.7 7,865.4

Page 403: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

403 VOLUMEN 5/18

2. Del análisis a la documentación que soporta los pagos realizados, se observó lo

siguiente:

a) La Delegación Iztacalco contó con la documentación comprobatoria de 14 facturas,

en cumplimiento del artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013; asimismo, las facturas cumplieron

los requisitos fiscales del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

b) Se constató que las facturas están registradas en el Sistema Integral de Comprobantes

Fiscales (SICOFI), realizando su verificación con el Servicio de Verificación

de Comprobantes Fiscales Impresos del Servicio de Administración Tributaria de la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

c) Las facturas fueron expedidas a nombre del Gobierno del Distrito

Federal/Delegación Iztacalco.

d) Los pagos realizados correspondieron efectivamente al pago de obras y adquisición

de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas, éstos se sujetaron a las

condiciones pactadas en los contratos respectivos y a la normatividad aplicable.

e) Se observó que el registro presupuestal de la operación revisada se llevó a cabo

conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2013.

f) Se constató que las 16 CLC, mediante las cuales la Delegación Iztacalco efectuó

los pagos a los contratistas, fueron elaboradas y autorizadas por los servidores

públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos

Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC y contaron con su documentación

soporte siguiente:

15 CLC de Obra Pública:

Factura, verificación del comprobante fiscal, control de estimaciones, estimación,

croquis de localización, reporte fotográfico y Bitácora de la obra (solo soporte de la

estimación), de conformidad con el artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013.

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404 VOLUMEN 5/18

Una CLC por la adquisición de vehículos:

Factura, verificación del comprobante fiscal, anexo de especificaciones y equipamiento

por factura, contrato, entrada de almacén, compromiso presupuestal, requisición

de bienes (con sellos de suficiencia presupuestal y de no existencia en almacén),

cotización definitiva y ficha técnica de especificaciones mínimas para adquisición

de vehículos, de conformidad con el artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013.

g) Se constató que los recursos ejercidos, corresponden a obras y adquisición de

vehículos equipados como patrullas y motopatrullas, para los proyectos ganadores

que se indican en las constancias de validación emitidas como resultado de la Consulta

Ciudadana, celebrada el 11 de noviembre de 2012 y del acta circunstanciada de

la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco, celebrada el

23 de febrero de 2013.

Por lo anterior, se concluye que la documentación justificativa y comprobatoria del

gasto da cumplimiento a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente y del Código Fiscal

de la Federación; y que las CLC, mediante las cuales se tramitó el pago a los

contratistas, fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en

la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar

y Autorizar las CLC.

3. Asimismo, mediante la revisión de 16 pólizas de diario proporcionadas con el oficio

núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita

a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto ejercido de la

Delegación Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013, el cual establece que “la

Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales

a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite

de pago, además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la

Administración Pública”.

Page 405: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

405 VOLUMEN 5/18

Asimismo, dio cumplimiento a las Normas Quinta y Décima de las “Normas y Metodología

para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,

emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “Quinta. El registro de las

etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública

central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuenta contables que

se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán

reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Décima “El gasto ejercido es

el momento contable que refleja el registro de una cuenta por liquidar certificada

o documento equivalente debidamente aprobado por la autoridad competente”.

11. Resultado

Mediante el oficio núm. AFL-B/14/080 del 3 de septiembre de 2014, la ASCM solicitó a

la Delegación Iztacalco información sobre las sanciones aplicadas a los proveedores

y contratistas por el incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en los

contratos formalizados, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2013;

en respuesta, con oficio núm. DGA/107/2014 del 23 de septiembre de 2014, proporcionó

el oficio núm. UDLC/258/2014 del 18 de septiembre de 2014, mediante el cual la Jefatura

de Unidad Departamental de Licitaciones y Contratos informó los siguiente: “con relación a los

contratos de obra núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 y DI-AD-L-REMOZREH-063-13,

y de adquisiciones núm. AIRB/022/13 formalizados en 2013, no hubo sanciones en los

procedimientos de licitaciones públicas, invitaciones restringidas y adjudicaciones directas […]

así como en el destino del gasto 65 ‘Presupuesto Participativo’”.

12. Resultado

Gasto Pagado

1. Con objeto de verificar que la Delegación Iztacalco contara con la documentación que

reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas, mediante los contratos

números. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13, DI-AD-L-REMOZREH-063-13 y AIRB/022/13,

correspondientes a la muestra de auditoría; con los oficios núms. AFL-B/15/69, AFL-B/15/70

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406 VOLUMEN 5/18

y AFL-B/14/71 y AFL-B/14/0271 del 29 de febrero de 2015, se realizó la confirmación

de operaciones con las empresas con quienes la Delegación celebró los contratos.

La información solicitada fue la siguiente:

a) Acta constitutiva de la empresa.

b) Documentación técnica, económica, financiera, administrativa y legal.

c) Cotizaciones presentadas a la Delegación.

d) Contratos núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13, DI-AD-L-REMOZREH-063-13

y AIRB/022/13 celebrados con la Delegación Iztacalco durante el ejercicio 2013.

e) Documentación que acredite los trabajos realizados y entrega de los vehículos equipados

como patrullas (dos) y motopatrullas (cuatro), respectivamente.

f) Estados de cuenta bancarios en los cuales se hayan efectuado el o los depósitos

del importe facturado y cobrado a la Delegación Iztacalco, por la contratación de

los trabajos y la adquisición de bienes.

g) Ficha de depósito o el comprobante de transferencia electrónica de la Delegación

Iztacalco. Asimismo, las sanciones que, en su caso, le fueron aplicadas por

el incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en el contrato

formalizado con la Delegación; proporcionando en su caso, fotocopia de los documentos

comprobatorios.

h) Copia de las facturas generadas a nombre del Gobierno del Distrito Federal o de la

Delegación Iztacalco.

i) Evidencia de que la Delegación Iztacalco recibió los servicios adquiridos, así como

el visto bueno, indicando nombre y fecha de quien y cuando se recibieron.

Con tres oficios sin número del 13 de febrero de 2015, los contratistas y el proveedor remitieron

la documentación referente a los contratos núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13,

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407 VOLUMEN 5/18

DI-AD-L-REMOZREH-063-13 y AIRB/022/13. En su análisis, se constató que los

importes consignados en las facturas, control de estimaciones y acta de entrega-

recepción, coincidieron con los importes proporcionados por la Delegación Iztacalco;

asimismo, en el estado de cuenta bancario, se consignaron los importes de referencia

que corresponden a las CLC.

2. Mediante la revisión de 16 pólizas de diario proporcionadas con el oficio

núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita

a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto pagado de la

Delegación Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o., primer párrafo, de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013, el cual establece

que “la Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos

gubernamentales a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal

y de trámite de pago, además de concentrar la información presupuestaria, financiera y

contable de la Administración Pública”; y las Normas Quinta y Undécima de las “Normas

y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del

Distrito Federal”, emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “El registro

de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración

pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuenta contables que

se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán

reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Undécima “El gasto pagado

es el momento contable que refleja el registro de la cancelación total o parcial de las

obligaciones de pago documentadas mediante cuenta por liquidar certificada o documento

equivalente, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio

de pago”.

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408 VOLUMEN 5/18

II.9.2. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA

II.9.2.1. VERTIENTES DE GASTO 13 “DESARROLLO Y ASISTENCIA SOCIAL”

Y 20 “URBANIZACIÓN”

Auditoría AOPE/105/13

ANTECEDENTES

La Delegación Iztacalco es un órgano político-administrativo de la Administración Pública

del Distrito Federal, su titular tiene la facultad de celebrar, otorgar y suscribir contratos,

convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo.

A dicha Delegación le corresponden, en materia de obras públicas, entre otras atribuciones,

rehabilitar y mantener escuelas, así como construir, rehabilitar y mantener bibliotecas, museos

y demás centros de servicio social, cultural y deportivo a su cargo, entre otros, así como

atender y vigilar su adecuado funcionamiento. Lo anterior, de acuerdo con los artículos 39,

fracción XXXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 120

y 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y 117,

fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y la Cláusula Tercera de las Normas

para el Mantenimiento de Escuelas en el Distrito Federal.

De acuerdo con la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación

Iztacalco erogó 227,209.0 miles de pesos, monto que representa el 5.2% del total ejercido

por las Delegaciones del Distrito Federal en el capítulo 6000 “Inversión Pública”, conceptos

6100 “Obra Pública en Bienes de Dominio Público” y 6200 “Obra Pública en Bienes

Propios”, por un importe de 4,350,926.4 miles de pesos. De ello, en la vertiente de gasto

13 “Desarrollo y Asistencia Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 6 “Protección

Social”, subfunción 9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y en la vertiente de

gasto 20 “Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios

a la Comunidad”, subfunción 1 “Urbanización”, se ejercieron 91,010.0 miles de pesos,

que representan el 40.0% del monto ejercido en obra pública por la Delegación. De dichos

montos, corresponden a la primera vertiente 40,943.0 miles de pesos y a la segunda

50,067.0 miles de pesos, que representan el 18.0% y 22.0%, respectivamente.

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409 VOLUMEN 5/18

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en comprobar que la planeación, licitación adjudicación,

contratación, ejecución, pago, supervisión y, en su caso, liquidación, finiquito y entrega-

recepción de las obras públicas contratadas por la Delegación Iztacalco con cargo al

capítulo 6000 “Inversión Pública”, conceptos 6100 “Obra Pública en Bienes de Dominio

Público” y 6200 “Obra Pública en Bienes Propios”, en la vertiente de gasto 13 “Desarrollo

y Asistencia Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 6 “Protección Social”, subfunción

9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y la vertiente 20 “Urbanización”,

finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”; subfunción

1 “Urbanización”, se hayan ajustado a lo dispuesto por la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal, su Reglamento y demás normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

De acuerdo con los criterios institucionales de la Auditoría Superior de la Ciudad de México

(ASCM), contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente, se seleccionaron las

vertientes de gasto 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función

6 “Protección Social”, subfunción 9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”;

y 20 “Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios

a la Comunidad”, subfunción 1 “Urbanización”, con base en los criterios “Importancia Relativa”,

ya que presentaron variaciones significativas, la primera vertiente registró una variación de

27.5% entre el presupuesto original (56,496.0 miles de pesos) y el ejercido (40,943.0 miles

de pesos); y la segunda reportó una diferencia de 341.5% entre el presupuesto original

(11,340.0 miles de pesos) y el ejercido (50,067.0 miles de pesos); “Exposición al Riesgo”, en

razón de que, en auditorías practicadas anteriormente, se determinó que las obras están

expuestas a riesgos de ineficiencias, desperdicios e irregularidades; “Interés General”, por

tratarse de obras de trascendencia para la ciudadanía; y “Presencia y Cobertura”, por involucrar

asignaciones presupuestales significativas y obras susceptibles de auditarse.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Primera,

fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

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410 VOLUMEN 5/18

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1; 2, fracciones XIII y XXI, letra a; 3; 8, fracciones I, II, VI, VII, VIII, IX, XII, XIV y XIX; 9; 10,

incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 16; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35;

y 36 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 2, fracción XXVII, inciso a);

3, fracción III, inciso g); 6, fracciones V y VII; 12; y 18 del Reglamento Interior de la Auditoría

Superior de la Ciudad de México.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

La auditoría se efectuó a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano (DGODU) en

la Delegación Iztacalco.

Entre los 16 órganos político-administrativos, la Delegación Iztacalco ocupó el octavo lugar

en cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, conceptos

6100 “Obra Pública en Bienes de Dominio Público” y 6200 “Obra Pública en Bienes Propios”,

ya que el importe erogado ascendió a 227,209.0 miles de pesos, 5.2% del total ejercido

por las Delegaciones del Distrito Federal en dicho rubro (4,350,926.4 miles de pesos).

En las vertientes de gasto 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”,

función 6 “Protección Social”, subfunción 9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y 20

“Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”,

subfunción 1 “Urbanización”, la Delegación Iztacalco celebró 39 contratos en el ejercicio

de 2013, correspondientes a un importe ejercido de 91,010.0 miles de pesos.

Para la revisión normativa, se tomó una muestra de tres contratos de obra pública a cargo de

la DGODU en la Delegación Iztacalco, que suman un importe ejercido de 30,319.5 miles

de pesos, el cual representa el 33.3% del presupuesto ejercido en obra pública por dicha

Delegación (91,010.0 miles de pesos), como se describe en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Número de contrato Objeto del contrato Importe ejercido

(IVA incluido) Normatividad

aplicable

DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para las Mujeres 16,640.0 LOPDF

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411 VOLUMEN 5/18

en la colonia Agrícola Oriental”.

DI-LP-L-CENDI-076-13 “Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo ubicado en av. Central y calle 1 colonia Agrícola Pantitlán (segunda vuelta)”. 4,824.7 LOPDF

DI-LP-L-PCCADULTM-078-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el parque de las Rosas (segunda vuelta)”. 8,854.8 LOPDF

Suma 30,319.5

NOTA: Los importes pueden no coincidir debido al redondeo. LOPDF: Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

La revisión normativa consistió en verificar los procesos de planeación, licitación adjudicación,

contratación, ejecución, pago, supervisión y, en su caso, liquidación, finiquito y entrega-

recepción de las obras públicas relacionadas con los contratos de la muestra, y los de integración

de los expedientes técnicos respectivos; y constatar la existencia física de las obras y su

equipamiento.

Una vez concluida la revisión normativa, se llevó a cabo la revisión del gasto ejercido en

inversión pública mediante los dos contratos siguientes:

(Miles de pesos)

Número de contrato Objeto del contrato Importe ejercido

(IVA incluido) Normatividad

aplicable

DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”. 16,640.0 LOPDF

DI-LP-L-PCCADULTM-078-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el parque de las Rosas (segunda vuelta)”. 8,854.8 LOPDF

Suma 25,494.8

NOTA: Los importes pueden no coincidir debido al redondeo. LOPDF: Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Para la revisión del gasto ejercido en inversión pública, se seleccionó un monto ejercido

de 20,395.8 miles de pesos, correspondiente a los dos contratos de obra pública

seleccionados, lo que representa el 22.4% respecto del total (91,010.0 miles de pesos)

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412 VOLUMEN 5/18

erogado por la Delegación Iztacalco en las vertientes de gasto 13 “Desarrollo y Asistencia

Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 6 “Protección Social”, subfunción 9 “Otros

de Seguridad Social y Asistencia Social”; y 20 “Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo

Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, subfunción 1 “Urbanización”.

La revisión del gasto ejercido en inversión pública consistió en comprobar, mediante pruebas

sustantivas y de cumplimiento, tanto documentales como físicas (visitas de verificación al sitio

de ejecución), si las obras públicas se realizaron en los plazos establecidos en los contratos;

si los precios unitarios aplicados en las estimaciones coincidieron con los estipulados

en los contratos; si se cumplieron las especificaciones estipuladas en los contratos;

si los anticipos otorgados a los contratistas se amortizaron en su totalidad; si se controló la

calidad de los materiales y equipos utilizados; en su caso, si los precios unitarios de los conceptos

de obra extraordinarios y los ajustes de costos se autorizaron, calcularon y aplicaron de

acuerdo con la normatividad aplicable; si los volúmenes de obra estimados y pagados

correspondieron a los ejecutados; y, en su caso, si se aplicaron las deducciones específicas

y las penas convencionales pactadas.

Además, se verificó que la residencia de supervisión haya llevado la bitácora de la obra,

rendido los informes periódicos y final del cumplimiento de los trabajos del contratista en los

aspectos legales, técnico-económico, financiero y administrativo; comprobado la ejecución de

los trabajos y del proyecto con base en la actualización de los planos de la obra; y efectuado,

en su caso, la liquidación, finiquito y entrega-recepción de las obras, así como la correcta

integración de los expedientes.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del control interno correspondiente al ejercicio presupuestal 2013,

se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztacalco, en sus apartados

de organización y procedimientos, vigentes en 2013, con el fin de conocer los objetivos, las

políticas, funciones, estructura orgánica, atribuciones y marco jurídico-administrativo, así como,

las normas de operación que utilizó el sujeto fiscalizado para el desarrollo de sus actividades,

con la finalidad de evaluar la suficiencia y efectividad de los controles internos establecidos

y que funcionen en los procesos de planeación, licitación, adjudicación, contratación, ejecución,

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413 VOLUMEN 5/18

pago, supervisión, entrega-recepción y, en su caso, liquidación y finiquito de los contratos de

obra seleccionados, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Además, se revisaron la documentación y los registros de las Cuentas por Liquidar

Certificadas (CLC), Documentos Múltiples y afectaciones presupuestarias líquidas,

correspondientes al ejercicio presupuestal de 2013, de las vertientes de gasto 13 “Desarrollo

y Asistencia Social”, finalidad 2 "Desarrollo Social”, función 6 “Protección Social”, subfunción 9

“Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y 20 “Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo

Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, subfunción 1 “Urbanización”,

relacionadas con el proceso de pago del anticipo y estimaciones, con objeto de conocer

los procedimientos instaurados para su registro, control y trámite, en relación con lo reportado

en la Cuenta Pública respecto al ejercicio presupuestal de 2013.

Asimismo, se recabó información relativa a los contratos relacionados con las vertientes

de gasto 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, finalidad 2 "Desarrollo Social”, función 6 “Protección

Social”, subfunción 9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y 20 “Urbanización”,

finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, subfunción 1

“Urbanización”, en las que se observó que se ejecutó obra pública mediante 39 contratos,

de los cuales se consideró la documentación integrada en los expedientes únicos de finiquito de

3 contratos de obra pública.

También se llevaron a cabo entrevistas con los servidores públicos y se aplicó un cuestionario

con la finalidad de conocer el ambiente y elementos de control que la Delegación Iztacalco

tiene instaurados, así como, la administración de riesgos en los procesos señalados,

y la realización de visitas previas a las obras seleccionadas.

En la evaluación del control interno, referente al gasto en obra pública por parte del sujeto

fiscalizado, y con base en el análisis de la documentación proporcionada por la Dirección

General de Obras y Desarrollo Urbano en la Delegación Iztacalco, así como la constatación de

la existencia de las obras mediante visitas, se observó lo siguiente:

La Delegación Iztacalco contó con el manual administrativo, en su apartado de organización,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1021 del 27 de enero de 2011, y en su

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414 VOLUMEN 5/18

parte de procedimientos, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1476

del 6 de noviembre de 2012, autorizados por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA) con el registro núm. MA-02D08-05/10, en este último se publicó

un listado de 16 procedimientos de la Dirección de Finanzas, los cuales no están relacionados

directamente con la obra pública.

Se efectuó la verificación de las constancias documentales de las CLC, las cuales se

encontraron, en forma general, ordenadas y clasificadas, y se constató que el gasto

corresponde con el reportado en la Cuenta Pública.

En cuanto a la suficiencia y capacitación del personal que labora en la DGODU en la

Delegación Iztacalco, en el cuestionario se indicó que la estructura organizacional requiere

la creación de algunas áreas para apoyar a aquellas que se encuentran saturadas y contar

con personal profesional calificado; asimismo, se señaló que se impartieron los cursos

de: Bitácora Electrónica de Obra Pública, Ley de Protección de Datos Personales, Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Ética Pública.

Sobre la integración y resguardo de los expedientes únicos de finiquito de los contratos

de obra pública, se determinó que la Delegación Iztacalco no los integró de acuerdo con

la Sección 27 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra

Pública, debido a que la documentación que se generó en los diferentes procesos no se

resguardó ni se integró de forma completa en los expedientes únicos.

En relación con el cumplimiento de calidad en las obras ejecutadas, el sujeto fiscalizado,

mediante el cuestionario citado, informó que se realizaron pruebas radiográficas y de líquidos

penetrantes en uniones de soldadura de estructura metálica, de resistencia de los concretos

y de compactación de rellenos en las obras.

Se efectuaron visitas a las obras seleccionadas correspondientes al ejercicio de 2013,

y se constató la ejecución de las obras “Proyecto integral de construcción de la Casa para

las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”, “Proyecto integral de construcción de la Casa

para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”, y “Construcción de CENDI a un costado

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415 VOLUMEN 5/18

del mercado José López Portillo ubicado en av. Central y calle 1 colonia Agrícola Pantitlán

(segunda vuelta)”, las dos primeras, a la fecha en que se llevó a cabo la visita de verificación

física de las obras (25 de febrero de 2015), se encontraban en proceso de construcción;

y la tercera, aunque se encontraba terminada, no se había puesto en servicio.

Por lo anterior, se considera que aunque el sujeto fiscalizado contó con un Manual

Administrativo, con sus apartados de organización y procedimientos, éstos no se encuentran

actualizados, toda vez que los procedimientos relacionados con la obra pública presentados

por la Delegación corresponden al ejercicio de 2003, por tanto, no corresponden a la actual

estructura del sujeto fiscalizado; además, no se contó con personal suficientemente

capacitado y actualizado, entre otros elementos de control, por lo que su sistema de control

interno presenta debilidades que limitan la administración eficiente de los riesgos inherentes

al desarrollo de sus actividades. Las deficiencias de control se describen en el apartado

de resultados de este informe.

RESULTADOS

En cuanto a los procesos de planeación, licitación, adjudicación, contratación, ejecución,

pago, supervisión y, en su caso, liquidación, finiquito y entrega-recepción de las obras públicas

contratadas, se revisaron los contratos cuyos datos se describen a continuación:

(Miles de pesos)

Licitación pública Número de contrato/

Importe ejercido Objeto

30001123-024-2013 DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para las Mujeres, en la colonia Agrícola Oriental.” 16,640.0

30001123-026-2013 DI-LP-L-CENDI-076-13 “Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo, ubicado en Av. Central y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán, (segunda vuelta).”

4,824.7

30001123-028-2013 DI-LP-L-PCCADULTM-078-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor, en el Parque de las Rosas (segunda vuelta).”

8,854.8

Al respecto, se verificó el cumplimiento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

y el Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigentes durante el proceso

de los trabajos.

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416 VOLUMEN 5/18

Revisión Normativa

De la Planeación, Programación y Presupuestación

1. Resultado

En la planeación de las obras públicas, la Delegación Iztacalco, no consideró que

el predio donde se ejecutó la obra pública al amparo del contrato núm. DI-LP-L-CENDI-076-13,

consistente en la “Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo

ubicado en av. Central y calle 1 colonia Agrícola Pantitlán (segunda vuelta)”, de acuerdo

con las tablas de Usos del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para

la Delegación Iztacalco, se encuentra clasificado como Espacio Abierto (EA), cuyo uso se

establece como “prohibido” para los servicios de educación preescolar y cuidado de menores,

que incluyen a los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI), por lo que, de acuerdo con

la Norma núm. 5 de las Normas Generales de Ordenación, que forman parte de la Ley

de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y del Programa General de Desarrollo Urbano

del Distrito Federal, se requería del dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

y de la opinión de la Delegación, en donde se justifique y fundamente la ejecución de la

obra pública en cuestión.

Por lo anterior, se incumplió el artículo 16, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal, en relación con el artículo 9, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal; los artículos 11 y 43 de la Ley de Desarrollo

Urbano del Distrito Federal; así como lo dispuesto en el último párrafo “Espacios Abiertos” del

subapartado 4.1 “Estructura Urbana” del apartado IV “ORDENAMIENTO TERRITORIAL”

del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco; y la Norma

núm. 5, “Área construible en zonificación denominada Espacios Abiertos (EA)”, de las Normas

Generales de Ordenación, vigentes en 2013.

El artículo 16, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece:

“En la planeación de la obra pública […] las delegaciones y entidades deberán sujetarse

a los objetivos y prioridades de: […]

”IV. Los Programas Delegacionales y Parciales de Desarrollo Urbano.”

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417 VOLUMEN 5/18

El artículo 9, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,

dispone: “Para la planeación a que se hace referencia, se deberá tener en consideración que la

obra pública que se pretende ejecutar sea congruente con los Programas de Desarrollo

Vigentes”.

El artículo 11, de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, establece: “Las inscripciones

contenidas en el registro de planes y programas de desarrollo urbano son obligatorias para

autoridades y particulares y sólo podrán ser modificadas por determinación de las autoridades

competentes para autorizar modificaciones a los programas y aquellos actos o programas

incidan en el territorio del Distrito Federal”.

El artículo 43, de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, establece: “Las personas

físicas o morales, públicas o privadas, están obligadas a la exacta observancia de los programas

y de las determinaciones que la administración pública dicte en aplicación de esta ley”.

El último párrafo del subapartado 4.1 “Estructura Urbana”, del Programa Delegacional de

Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco, establece: “Espacios Abiertos. Debido al

déficit de espacios abiertos en la Delegación, la estrategia promueve el mejoramiento de estos

elementos como jardines, plazas o deportivos con el fin de que en ellos se apliquen programas

de conservación y mejoramiento”.

La Norma núm. 5, de las Normas Generales de Ordenación, establece lo siguiente:

“En la zonificación denominada Espacios Abiertos (EA), el área total construida podrá ser

de hasta el 10% de la superficie del predio y el área de desplante podrá ser de hasta el 5%.

”En dichas áreas, se permitirá la instalación de bibliotecas, centros de información, librerías

y demás espacios públicos destinados a la educación, cultura, esparcimiento y recreación,

previo dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y opinión de la Delegación

correspondiente.”

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

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418 VOLUMEN 5/18

“La Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano situó dentro del Programa Delegacional

de Desarrollo Urbano en Iztacalco, una zona clasificada como EA espacio abierto

y de conformidad con los artículos 11 y 43 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal;

así como lo dispuesto en el último párrafo ‘Espacios Abiertos’ del subapartado 4.1 ‘Estructura

Urbana’ del apartado IV ‘ORDENAMIENTO TERRITORIAL’ del Programa Delegacional

de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco; y la Norma número 5 ‘Área construible

en zonificación denominada Espacios Abiertos (EA)’ de las Normas Generales de Ordenación,

vigentes.

”La Norma número 5, de las Normas Generales de Ordenación establece que: ‘En la zonificación

denominada Espacios Abiertos (EA), el área total construida podrá ser de hasta el 10% de la

superficie del predio y el área de desplante podrá ser de hasta el 5%’.

”En dichas áreas, se permitirá la instalación de bibliotecas, centros de información, librerías

y demás espacios públicos destinados a la educación, cultura, esparcimiento y recreación,

previo al dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y opinión de la Delegación

correspondiente:

”Derivado del levantamiento realizado en la zona, se tiene una superficie de la clasificación

como EA (espacio abierto) de 12,676.90 m2 y considerando que la norma número 5, manifiesta

que se podrá desplantar hasta un 5% el cual equivale a 633.84 m2, el área de desplante con

la que cuenta la obra denominada construcción de CENDI, a un costado del mercado José

López Portillo es de 327.20 m2, por lo que es menor a los metros cuadrados estipulados

por la norma número 5 de 633.84 m2.

”Si bien es cierto que técnicamente se cumple con lo solicitado en la normatividad, faltó

realizar las diligencias administrativas para dar cumplimiento a la normatividad en su totalidad,

por lo que se instruyó a las áreas involucradas a dar cumplimiento en el ámbito de sus

responsabilidades.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que no presentó la opinión de la

Delegación ni el dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en donde

Page 419: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

419 VOLUMEN 5/18

se justifique y fundamente la construcción del CENDI en una zona clasificada como Espacio

Abierto, no proporcionó la documentación que compruebe y justifique que el área de

desplante de la obra en cuestión está dentro del rango permitido en la Norma núm. 5 de las

Normas Generales de Ordenación, que forman parte de la Ley de Desarrollo Urbano

del Distrito Federal y del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.

Asimismo, la irregularidad se confirma con la instrucción del sujeto fiscalizado a las áreas

involucradas de cumplir, en el ámbito de sus responsabilidades, la normatividad, como

consecuencia del requerimiento que esta entidad de fiscalización realizó al sujeto fiscalizado.

Recomendación AOPE-105-13-41-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que, en la planeación de las obras públicas, se verifique que los predios en donde

se ejecutarán las obras correspondan a la clasificación de uso del suelo establecida en el

Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente, y que, en su caso, previo a su ejecución,

se cuente con el dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y con la opinión

de la Delegación, en la que se justifique y fundamente la ejecución de la obra pública

correspondiente, de acuerdo con la normatividad aplicable.

2. Resultado

En la elaboración del programa de obras públicas, la Delegación Iztacalco no previó los

plazos necesarios para la ejecución de los trabajos referentes a la construcción de la Casa

para las Mujeres, en la colonia Agrícola Oriental; la construcción de CENDI, a un costado

del mercado José López Portillo; y la construcción de la Casa para el Adulto Mayor, en el

parque de las Rosas, debido a que consideró en su contratación plazos de ejecución de

40, 11 y 25 días naturales, respectivamente, sin contemplar que, de acuerdo con el volumen

de obra, y los procedimientos constructivos de los trabajos por desarrollar, entre otros,

y con base en los criterios establecidos en las Normas de Construcción de la Administración

Pública del Distrito Federal, era imposible ejecutarlos en esos plazos, como se describe

a continuación:

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420 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

Número de contrato/Objeto Importe

contratado

Plazo

(días

naturales)

Trabajos

DI-LP-L-PROYMUJ-073-13

Proyecto Integral de Construcción

de la Casa para las Mujeres

en la colonia Agrícola Oriental.

16,640.0 40 Proyecto ejecutivo, Preliminares, Cimentación,

Estructura metálica (Planta Baja y 2 niveles),

Albañilería, Instalaciones Especiales, Aluminio,

Herrería y Acabados.

DI-LP-L-CENDI-076-13

Construcción de CENDI

a un costado del mercado

José López Portillo ubicado

en Av. Central y calle 1, colonia

Agrícola Pantitlán (segunda

vuelta).

4,824.7 11 Muros, registros, instalaciones hidráulicas

sanitarias, eléctricas y de gas, muebles

y accesorios sanitarios, cancelería, herrería,

impermeabilización en muros y azotea, cisterna

de concreto armado, tanques, contenedores de

basura, cuarto de máquinas, piso en patio,

asta bandera, barda perimetral, banquetas,

guarniciones y andadores, jardinería, acabados,

entre otros.

DI-LP-L-PCCADULTM-078-13

Proyecto integral de Construcción

de la Casa para el Adulto Mayor

en el Parque de las Rosas,

(segunda vuelta).

11,068.5 25 Proyecto ejecutivo, preliminares, cimentación,

estructura metálica (Planta Baja y Planta Alta),

obra negra, instalaciones, obras exteriores,

acabados y equipamiento.

NOTA: Los importes pueden no coincidir debido al redondeo.

Por lo anterior, se incumplieron los artículos 16 y 30, párrafo segundo, del Reglamento

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

El artículo 16 establece: “La Administración Pública al determinar el programa de realización

de cada obra pública por contrato, deberá prever los plazos necesarios para la elaboración de

las investigaciones, los estudios y proyectos específicos, así como […] y los propios para

ejecutar los trabajos conforme a lo dispuesto en la Ley y este Reglamento”.

El artículo 30 dispone: “…Para fijar las fechas de inicio y terminación de los trabajos deben

considerarse el Programa Operativo Anual autorizado así como los procedimientos constructivos

que permitan en los programas calendarizados de trabajos, la asignación de recursos

de mano de obra conforme a las jornadas laborales indicadas en la Ley Federal del Trabajo,

y a los criterios establecidos en las Normas de Construcción de la Administración Pública

del Distrito Federal”.

Page 421: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

421 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“Con relación a los contratos Nos. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 referente a los trabajos

de Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola

Oriental, DI-LP-L-CENDI-076-13 Construcción de CENDI a un costado del mercado José

López Portillo ubicado en Av. Central y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán, (segunda vuelta)

y DI-LP-L-PCCADULTM-078-13 Proyecto Integral de construcción de la Casa para el Adulto

Mayor en el Parque de las Rosas, (segunda vuelta). En los cuales quedaron plazos

de ejecución de 40, 11 y 25 días naturales respectivamente.

”Al respecto me permito informar que esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

consideró lo estipulado en los artículos 16 y 30, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley

de Obras Publicas del Distrito Federal, en virtud de que las notas técnicas se empezaron

a enviar a la Dirección de Finanzas de la Delegación Iztacalco con mucho tiempo de anticipación,

para que ésta a su vez las enviara a la Secretaría de Finanzas para su revisión

y/o autorización y registro ante la Unidad de Inversiones de la SHCP de los proyectos que

cumplen con los requisitos establecidos en los lineamientos para el registro en la citada cartera,

de las obras contempladas en el presupuesto de egresos del Distrito Federal a ser financiadas

con endeudamiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Ingresos

de la Federación para el ejercicio fiscal 2013.

”Derivado de lo anterior esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, estuvo dando

seguimiento a las notas técnicas enviadas para hacer las correcciones que fueran necesarias

para lograr el registro correspondiente.

”Al mes de octubre de 2013, no se cuenta con la notificación de la autorización de los

registros en la cartera de proyectos de la SHCP, la Dirección General de Obras y Desarrollo

Urbano, envía a la Dirección de Finanzas oficio No. DGODU/1778/2013, solicitando

se asignen las suficiencias presupuestales condicionadas, para iniciar los trámites de los

procesos licitatorios e iniciar el período de ejecución, para poder realizar el cierre en tiempo

y forma.

Page 422: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

422 VOLUMEN 5/18

”Con oficio No. DF/1992/2013 y DF/2001/2013 de fecha 16 y 17 de octubre de 2013

respectivamente, la Dirección de Finanzas otorga las suficiencias presupuestales, lo que

permitió iniciar con la programación de las convocatorias No. 004-13 y 005-13, mediante

el cual se publicaron los trabajos de Construcción de CENDI a un costado del mercado José

López Portillo ubicado en Av. Central y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán (30001123-022-13),

Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental

(30001123-024-13) y Proyecto Integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor

en el Parque de las Rosas (30001123-025-13).

”Como resultado del proceso licitatorio se adjudicaron los trabajos referentes al Proyecto

Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental

(30001123-024-13), y se declararon desiertos los trabajos de Construcción de CENDI

a un costado del mercado José López Portillo ubicado en Av. Central y calle 1, colonia

Agrícola Pantitlán (30001123-022-13) y Proyecto Integral de construcción de la Casa para el

Adulto Mayor en el Parque de las Rosas (30001123-025-13). Motivo por el cual se programaron

las convocatorias No. 006-13 y 007-13, mediante el cual se publicaron los trabajos de

Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo ubicado en Av. Central

y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán (segunda vuelta) (30001123-026-13) y Proyecto Integral

de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas (segunda vuelta)

(30001123-028-13). Adjudicándose los trabajos en esta segunda vuelta.

”Cabe mencionar que las autorizaciones de los trabajos antes mencionados fueron notificadas

por la Subsecretaría de Planeación Financiera con los oficios No. SFDF/SPF/277/2013 de

fecha 12 de noviembre de 2013 para el Proyecto Integral de construcción de la Casa para

el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas, con oficio No. SFDF/SPF/273/2013 de fecha

12 de noviembre de 2013 para el Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las

Mujeres de Iztacalco y con oficio No. SFDF/SPF/372/2013 de fecha 09 de diciembre de 2013,

para la Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo ubicado en

Av. Central y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán. Asimismo me permito comentarle que de no

contar con las autorizaciones, no se tendría la certeza de los recursos para el pago

de las estimaciones que se llegaran a generar de las empresas que se hubieran contratado,

si se hubieran adelantado los procesos de contratación, motivo por el cual esta Dirección

General de Obras y Desarrollo Urbano, se tuvo que esperar para poder hacer la programación

Page 423: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

423 VOLUMEN 5/18

de los eventos licitatorios y derivado de los antecedentes antes descritos se fueron reduciendo

los plazos de ejecución de los trabajos.

”Por todo lo anterior suplico sean tomados en cuenta los argumentos antes expuestos como

aclaración de lo observado.”

Derivado del análisis a la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,

se concluye que la observación persiste, debido a que los plazos considerados para la

ejecución de las obras referidas, de 40, 11 y 25 días naturales, son insuficientes, ya que no se

consideraron los volúmenes de obra por ejecutar, los procedimientos constructivos de los

trabajos por desarrollar y, en su caso, los estudios y proyectos específicos, entre otros;

además, en las justificaciones técnicas elaboradas por la Jefatura de Unidad Departamental

de Mantenimiento de Edificios (la primera y tercera) y la Jefatura de Unidad Departamental de

Mantenimiento de Escuelas (la segunda) para ser consideradas por el Subcomité de Obras,

se contemplaban 120, 60 y 150 días naturales, respectivamente, para su ejecución.

Recomendación AOPE-105-13-42-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para que en los

programas de obras que elabore se prevean los plazos necesarios para ejecutar las obras,

de acuerdo con la normatividad aplicable.

De la Presentación, Apertura y Evaluación de Propuestas de Obras Públicas

3. Resultado

En cuanto a la evaluación cuantitativa de las propuestas técnicas y económicas

presentadas por los concursantes en las licitaciones públicas núms. 30001123-024-13,

correspondiente al “Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres

en la colonia Agrícola Oriental”; 30001123-026-13, para la “Construcción de CENDI a un

costado del mercado José López Portillo ubicado en av. Central y calle 1 colonia Agrícola

Pantitlán, (segunda vuelta)”; y 30001123-028-13, correspondiente al “Proyecto Integral de

Construcción de la Casa Para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”, se detectó

lo siguiente:

Page 424: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

424 VOLUMEN 5/18

En la licitación pública núm. 30001123-024-13:

1. El servidor público designado por la Delegación Iztacalco como responsable de la

licitación no rubricó el catálogo de actividades y subactividades en que se consignan los

precios alzados, importes parciales y totales propuestos, así como el programa de

ejecución de actividades. Por lo que incumplió el artículo 39, fracción I, párrafo segundo,

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y lo establecido en la primera sesión

pública “Presentación y apertura del sobre único”, numeral I, párrafo segundo, incisos a)

y b), de las bases de la licitación pública.

El artículo 39, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece lo siguiente:

“El procedimiento para la contratación de la obra pública por licitación pública, en el que

podrán intervenir los interesados que hayan pagado el costo de las bases del concurso;

se llevará a cabo en dos sesiones públicas, conforme a lo siguiente: I. Se realizará una

sesión pública de presentación y apertura del sobre único, en el que cada concursante

entregará un sobre cerrado que deberá contener la documentación legal, administrativa,

técnica y económica, mostrando que no ha sido violado; una vez que todos los

concursantes hayan entregado sus sobres, éstos se abrirán en el orden en que fueron

presentados, procediendo a revisar cuantitativa y sucesivamente la documentación

legal, administrativa, técnica y económica. Al término de la revisión se desecharán

las que hubieren omitido algún documento o requisito solicitado en las bases.

”El servidor público designado por la convocante como responsable de la licitación

o su suplente, conjuntamente con cualquier concursante distinto del que presentó la

propuesta, rubricarán la documentación legal, administrativa, técnica y el catálogo de

conceptos o actividades en que se consignen los precios, importes parciales y totales

propuestos en la documentación económica, las que quedarán en custodia de la

convocante, la que deberá salvaguardar su confidencialidad e integridad. Acto seguido,

se levantará el acta correspondiente de dicha sesión, en la que se harán constar las

propuestas recibidas y las que cumplen con los requisitos fijados en las bases, así como

las que se hubiesen desechado, incluyendo las causas que lo motivaron, debiendo

señalarse la fecha de celebración de la sesión de emisión del fallo; dicha acta se firmará

Page 425: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

425 VOLUMEN 5/18

por los concursantes que así deseen hacerlo, debiendo entregarse copia de la misma

a cada uno de los concursantes.”

La primera sesión pública “Presentación y apertura del sobre único”, numeral I,

párrafo segundo, de las bases de la licitación pública, establece: “El servidor público

designado por la convocante como responsable de la licitación conjuntamente

con cualquier concursante distinto del que presento la propuesta, rubricaran la documentación

legal, administrativa, técnica, así como: a) El catálogo de actividades y subactividades

en que se consignen los precios alzados, importes parciales y totales propuestos, b) Programa de

ejecución de actividades y subactividades por mes con importes y representación gráfica

del plazo de ejecución de cada actividad…”.

En la licitación pública núm. 30001123-026-13:

1. El servidor público designado por la Delegación Iztacalco como responsable de la

licitación no rubricó los documentos: “B.9.1 Datos básicos de todos los materiales que

intervengan en el concurso puestos en obra; B.9.2 Datos básicos de toda la maquinaria

y equipo que intervengan en el concurso puestos en obra; B.9.3 Datos básicos de

personal profesional, técnico administrativo y obrero; B.11.3 Planeación estratégica

incluyendo (procedimiento constructivo); B.28.1 Programa calendarizado de montos

semanales de ejecución de los trabajos por conceptos; y B.29 Catálogo de conceptos”.

Por lo anterior, se incumplió el artículo 39, fracción I, párrafo segundo, de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal; y lo establecido en la primera sesión pública “Presentación

y apertura del sobre único”, numeral II, incisos a), b), c), d), e) y f), de las bases

de licitación.

En la primera sesión pública “Presentación y apertura del sobre único”, numeral II, de las

bases de licitación, se establece: “El servidor público designado por la convocante como

responsable de la licitación o su suplente conjuntamente con cualquier concursante

distinto del que presentó la propuesta, rubricarán a) B.9.1 Datos básicos de todos

los materiales que intervengan en el concurso puestos en obra; b) B.9.2 Datos

básicos de toda la maquinaria y equipo que intervengan en el concurso puestos en

obra; c) B.9.3 Datos básicos de personal profesional, técnico administrativo y obrero;

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426 VOLUMEN 5/18

d) B.11.3 Planeación estratégica incluyendo (procedimiento constructivo); e) B.28.1

Programa calendarizado de montos semanales de ejecución de los trabajos por conceptos;

f) B.29 Catálogo de conceptos”.

En la licitación pública núm. 30001123-028-13:

1. El servidor público designado por la Delegación Iztacalco como responsable de la

licitación no rubricó los documentos: “T-III, Relaciones de materiales, maquinaria y mano

de obra; T-IV, Programas Calendarizados sin montos; T-V, Manifestación escrita de

no Subcontratación y T-IX Descripción de la planeación estratégica de la forma en que

el concursante va a realizar los trabajos, así como el Catálogo de actividades principales”.

Por lo anterior, se incumplió el artículo 39, fracción I, párrafo segundo, de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal; y lo establecido en el apartado III “Procedimiento de la

licitación”, numeral I, párrafo segundo, de las bases de licitación.

El apartado III “Procedimiento de la licitación”, numeral I, párrafo segundo, de las bases de

licitación establece: “El servidor público designado por la delegación como responsable

de la licitación o su suplente, conjuntamente con cualquier concursante distinto del que

presentó la propuesta, rubricarán la documentación de la propuesta técnica: T-III,

Relaciones de materiales, maquinaria y mano de obra; T-IV, Programas Calendarizados

sin montos; T-V, Manifestación escrita de no Subcontratación, de no asociación […]

y T-IX Descripción de la planeación estratégica de la forma en que el concursante va

a realizar los trabajos, así como el Catálogo de actividades principales…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“El área contratante en las licitaciones comentadas, manifiesta que al ser un solo participante

en cada una de ellas, omitió sin dolo alguno, la rúbrica de las documentales mencionadas,

y que para regularizar y dar cumplimiento a lo establecido en las bases de licitación y al

artículo 39, fracción I, párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,

rubricará los documentos citados. Y tomará las consideraciones necesarias para que en lo

subsecuente se dé cumplimiento al artículo 39 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

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427 VOLUMEN 5/18

”Se anexa oficio girado por el Director General de Obras y Desarrollo Urbano donde instruye

se de cabal cumplimiento al Artículo 39 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se confirma la observación, debido a que la Delegación informó que tomará

las consideraciones necesarias para que en lo subsecuente se cumpla la normatividad aplicable

en materia de obra pública.

Recomendación AOPE-105-13-43-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que en las licitaciones públicas e invitaciones a cuando menos tres concursantes,

durante la etapa de evaluación cuantitativa de las propuestas técnicas y económicas

presentadas, el servidor público designado por la Delegación o su suplente, conjuntamente

con cualquier concursante distinto al que presentó su propuesta, rubriquen la documentación

legal, administrativa y técnica, y el catálogo de conceptos o actividades en que se consignen

los precios, de acuerdo con la normatividad aplicable.

4. Resultado

La Delegación Iztacalco no hizo del conocimiento general a través de la publicación en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, los datos de los participantes ganadores en las licitaciones

públicas núms. 30001123-024-13, 30001123-026-13 y 30001123-028-13, así como el objeto,

monto, fecha de inicio y conclusión del contrato por suscribirse, y el lugar donde podrían

consultarse las razones de asignación y las de rechazo de los demás concursantes.

Por lo anterior, se incumplió el artículo 34 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,

el cual establece: “Las […] delegaciones y entidades harán del conocimiento general

a través de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, al menos lo siguiente:

I. Nombre, denominación o razón social del ganador; II. Número y concepto de la licitación;

III. Objeto del contrato a suscribirse; IV. Monto del contrato; V. Fecha de inicio y conclusión

de la obra; VI. El lugar donde podrán consultarse las razones de asignación y de rechazo”.

Page 428: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

428 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“… se presenta copia de la publicación en Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha

12 de noviembre de 2014. En donde se da a conocer el aviso de fallo de Licitaciones,

donde se incluyó los fallos de las licitaciones públicas, 30001123-024-13, 30001123-026-13

y 30001123-028-13, asimismo se instruye para que en el subsecuente se publique a la

brevedad los fallos de licitación.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se confirma la observación, debido a que la Delegación instruyó a las áreas

correspondientes para que en lo subsecuente se publiquen a la brevedad los fallos de las

licitaciones; además, si bien el sujeto fiscalizado presentó la Gaceta Oficial del Distrito Federal

de fecha 12 de noviembre de 2014, en la que se publicaron los datos de los concursantes

ganadores, esto no fue de manera espontánea, sino que fue derivado del requerimiento

de esta entidad de fiscalización mediante minuta de Trabajo de fecha 30 de octubre de 2014.

Recomendación AOPE-105-13-44-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que se publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los datos de los participantes

ganadores de las licitaciones públicas que realice, así como el objeto, monto, fecha de inicio

y conclusión del contrato por suscribirse, y el lugar donde podrán consultarse las razones de la

asignación y del rechazo de los demás concursantes, de acuerdo con la normatividad aplicable.

De los Contratos de Obras Públicas

5. Resultado

La Delegación Iztacalco no verificó que el contratista presentara la póliza y contrato del

seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por un monto del 10.0% del monto total

de su propuesta económica en la licitación pública núm. 30001123-028-2013, mediante la cual

se adjudicó el contrato de obra núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, el 6 de diciembre de 2013.

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429 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, se incumplieron los artículos 47, párrafos primero y último, de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal; y 63, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal; así como la cláusula undécima contractual “Póliza de seguros de responsabilidad

civil”.

El artículo 47, párrafos primero y último, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

establece que “la adjudicación del contrato obligará a la dependencia, órgano desconcentrado,

delegación o entidad y al concursante en quien hubiera recaído dicha adjudicación,

a formalizar el documento respectivo […] Los contratistas están obligados a presentar la

póliza y el contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, dentro de los

cinco días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato, por el monto que se establezca

en las bases correspondientes”.

El artículo 63, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece

lo siguiente:

“El contratista será el único responsable de la ejecución de los trabajos y deberá sujetarse

a todos los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de

construcción y afines, así como a los de seguridad y uso de la vía pública. Las responsabilidades

y los daños y perjuicios que resulten por su inobservancia, serán a cargo del contratista.

”Para determinar en las bases, el monto de la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad

civil por daños a terceros, a que se refiere el último párrafo del artículo 47 de la Ley,

las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades contratantes deben

considerar los elementos de la obra para determinar dicho monto, tales como magnitud

de la obra, monto del contrato, temporalidad para la realización de los trabajos, características

técnicas y entorno donde se realizarán los trabajos y del suelo, así como los aspectos

de carácter técnico que determinen el grado de dificultad, entre otros.

”La vigencia de la póliza y del contrato de seguro, abarcará desde el período de ejecución de

los trabajos, hasta la recepción formal de los mismos por la dependencia, órgano desconcentrado,

delegación o entidad; con independencia de la garantía por vicios ocultos, cuya vigencia

y duración se sujetará a lo que establece el artículo 36 del presente Reglamento.”

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430 VOLUMEN 5/18

La cláusula undécima “Póliza de seguros de responsabilidad civil” del contrato establece:

“… ‘EL CONTRATISTA’ se obliga a entregar a ‘LA DELEGACIÓN’ dentro de los 5 (cinco) días

hábiles siguientes a la fecha de firma del presente contrato, original de la póliza de seguro

de responsabilidad civil que garantice la reparación total de daños que se pudieran ocasionar

a terceros en sus bienes o personas, derivados de las actividades inherentes a los trabajos

que realicen”.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“El área contratante manifiesta: la contratista presentó la póliza de responsabilidad civil

por daños a terceros, pero le fue devuelta para que realizara correcciones, no obstante de

estarle solicitando la entrega de la misma, posteriormente presentó la póliza. Por lo anterior,

y para evitar retrasos se giró la instrucción a través del oficio DGODU/455/2015, para que

se establezca en el área un registro de los ingresos y devoluciones de las fianzas así como

de la póliza, con esto se llevará un estricto control de los tiempos que marca la normatividad.

Se anexa copia del oficio, copia de la hoja de control, y oficios de instrucción.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,

se confirma la observación, debido a que el sujeto fiscalizado giró instrucciones al área

correspondiente para llevar un registro de los ingresos y devoluciones de las fianzas,

así como de la póliza, a fin de mantener un estricto control de los tiempos que marca la

normatividad; además, si bien la Delegación presentó la póliza de responsabilidad civil por

daños a terceros de fecha de expedición 8 de abril de 2014, ésta carece de datos

que identifiquen que corresponde a la obra en cuestión, asimismo, no presentó información que

acredite que se contrató el seguro correspondiente.

Recomendación AOPE-105-13-45-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que los contratistas a los que se les adjudiquen los contratos presenten la póliza y contrato

del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y que la misma se vincule de manera

directa a las obras contratadas, de acuerdo con la normatividad aplicable.

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431 VOLUMEN 5/18

De la Ejecución de los Contratos de Obras Públicas

6. Resultado

La Delegación Iztacalco omitió designar al servidor público que fungiría como residente

de obra en la ejecución de los trabajos al amparo de los contratos de obra pública

núms. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, DI-LP-L-CENDI-076-13 y DI-LP-L-PCCADULTM-078-13,

por lo que durante la ejecución de dichos trabajos no se contó con un representante acreditado

ante los contratistas como responsable directo de que la obra se efectuara en tiempo y forma,

conforme al programa de avance físico-financiero; y encargado de la supervisión, vigilancia,

control y revisión de los trabajos, incluyendo la recepción de solicitudes formuladas por el

superintendente; así como la autorización de las estimaciones presentadas por los contratistas.

Por lo anterior, se incumplió el artículo 61, fracción IX, del Reglamento de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal, de conformidad con el artículo 2o., fracción XXVI, de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal.

El artículo 2o., fracción XXVI, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal establece:

“Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: […] XXVI. Residencia de Obra: Servidor(es)

público(s) de la estructura de la organización de las dependencias, órganos desconcentrados,

delegaciones y entidades, con los conocimientos, capacidad y experiencia necesarios, designado(s)

por el titular de las mismas, para llevar a cabo la dirección, coordinación y supervisión

de la obra pública”.

El artículo 61, fracción IX, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

establece: “La […] delegación o entidad a través del titular de la Unidad Técnico-Operativo

responsable de ejecutar la obra pública de que se trate, designará por escrito y con

anticipación al inicio de los trabajos, al servidor público que fungirá como residente de obra,

cuyas funciones serán las siguientes: […] IX. Constatar que la realización de la obra se lleve

en tiempo y forma conforme al programa de avance físico financiero…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

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432 VOLUMEN 5/18

“Derivado del incumplimiento por parte de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,

de no designar al servidor público que fungiría como residente de obra en la ejecución de

los trabajos al amparo de los contratos de obra pública núms. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13,

DI-LP-L-CENDI-076-13 Y DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, lo que motivó que no se contara

durante la ejecución de dichos trabajos con un representante acreditado ante los contratistas

como responsable directo de que la realización de la obra se lleve en tiempo y forma conforme

al programa de avance físico financiero, de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los

trabajos, incluyendo la recepción de solicitudes formuladas por el superintendente; así como

la autorización de las estimaciones presentadas por los contratistas.

”Se instruyó a las áreas involucradas de apegarse cabalmente a dar cumplimiento al artículo 61,

fracción IX, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, de conformidad

con el artículo 2o., fracción XXVI, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal…”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,

se confirma la observación por lo que esta persiste, debido a que la Delegación instruyó

al área correspondiente, para que se dé cumplimiento a la normatividad aplicable.

Recomendación AOPE-105-13-46-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de designar por escrito y con anticipación al inicio de los trabajos al servidor público que fungirá

como residente de obra durante la ejecución de los trabajos, de conformidad con la

normatividad aplicable.

7. Resultado

En la revisión del expediente del contrato núm. DI-LP-L-CENDI-076-13, cuyo objeto fue la

“Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo en la Delegación

Iztacalco”, se constató que la Delegación no entregó el inmueble en condiciones de

operación al área que debía operarlo, con los planos, manuales e instructivos de operación,

conservación y mantenimiento, y los certificados de garantía de calidad de los bienes instalados;

asimismo, no dio de alta el inmueble y bienes instalados para su registro en el Patrimonio

del Gobierno del Distrito Federal.

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433 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, se incumplió el artículo 6, párrafos primero y segundo, de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal, el cual establece lo siguiente:

“Concluida la obra pública, o recibida parte utilizable de la misma, será obligación de la […]

delegación o entidad vigilar que el área que debe operarla reciba oportunamente, de la

responsable de su realización, el inmueble en condiciones de operación, con planos

actualizados, normas y especificaciones que fueron aplicadas durante su ejecución, así como

los manuales e instructivos de operación, conservación y mantenimiento correspondientes,

y los certificados de garantía de calidad de los bienes instalados.

”Será responsabilidad de las […] delegaciones o entidades dar de alta los bienes con que

cuenten en patrimonio del gobierno, a fin de que sean asegurados; asimismo […] deberán

mantener adecuada y satisfactoriamente en condiciones de uso óptimo estos bienes.”

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“La Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y la Dirección General de Desarrollo

Social, están en coordinación para la obtención del visto bueno por parte de la Secretaría

de Educación Pública para la puesta en operación del CENDI, cumpliendo con todas las

recomendaciones que nos marquen y poder hacer la entrega en su totalidad al área

responsable de su operación, con respecto a la alta del inmueble y bienes instalados

para su registro en el Patrimonio del Gobierno del Distrito Federal, con oficio número

DGJG y PC/338/14 de fecha 28 de mayo de 2014, la Dirección General de Jurídico,

de Gobierno y Protección Civil, informa que se encuentra en proceso de asignación ante

el comité de patrimonio inmobiliario.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se confirma la observación, debido a que la Delegación informó que se encuentra

en trámite la entrega del inmueble al área encargada de operarlo y que está en proceso el alta

del inmueble ante el Comité de Patrimonio Inmobiliario.

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434 VOLUMEN 5/18

Recomendación AOPE-105-13-47-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que el área encargada de la ejecución de las obras entregue el inmueble al área que debe

operarla, en condiciones de operación, con planos actualizados, normas y especificaciones

que fueron aplicadas durante su ejecución, así como los manuales e instructivos de operación,

conservación y mantenimiento correspondientes, y los certificados de garantía de calidad

de los bienes instalados; y dé de alta el inmueble y bienes instalados para su registro

en el Patrimonio del Gobierno del Distrito Federal, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Revisión del Gasto Ejercido en Inversión Pública

Contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13

8. Resultado

En relación con el contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, cuyo objeto fue el “Proyecto

Integral de construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”,

el sujeto fiscalizado autorizó el pago de 14,344.8 miles de pesos (sin IVA), mediante las

estimaciones de obra núms. 1, 2 y 3 final, los días 21, 20 y 31 de enero de 2014, respectivamente,

con cargo al ejercicio presupuestal de 2013, no obstante que la obra no fue concluida

en la fecha contractual (27 de diciembre de 2013), lo cual se constató en las visitas de verificación

realizadas los días 19 y 20 de febrero de 2015, en las que participó personal de la ASCM,

de la Delegación y de las empresas encargadas de la obra y la supervisión.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco deberá recuperar 1,452.6 miles de pesos (sin IVA),

por los intereses generados por autorizar el pago anticipado de trabajos no devengados, en el

período contractual.

Cabe señalar que el importe de los intereses a reintegrar se calcularon conforme a la tasa

establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal para los casos de prórroga para

el pago de créditos fiscales, publicados mensualmente en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, aplicada a los 396 días calendario computarizados a partir del 21 de enero de 2014,

fecha en que se pagó la estimación núm. 1 parcial, hasta el 20 de febrero de 2015, fecha

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435 VOLUMEN 5/18

en que se llevó a cabo la visita de verificación física al lugar en donde se ejecutaron los trabajos

y se constató que la obra no estaba concluida.

La Delegación deberá actualizar el importe de los intereses una vez que informe la fecha real

de terminación de los trabajos, por ser la responsable del manejo y aplicación de los recursos

en el ejercicio del gasto público de acuerdo con las disposiciones legales, del cumplimiento de

los calendarios presupuestales autorizados, y de que los compromisos sean efectivamente

devengados, comprobados, justificados y determinen la obligación de hacer un pago, para

que se cumplan los requisitos fiscales y administrativos aplicables.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero; y 69,

fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con

los artículos 44, fracción II, y 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal y 58 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula

decimosexta, párrafo segundo, del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución

de la obra.

El artículo 44, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

establece: “Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos

encargados de su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán

los responsables del manejo y aplicación de los recursos, del cumplimiento de los calendarios

presupuestales autorizados, metas y de las vertientes de gasto contenidas en el presupuesto

autorizado; de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto;

de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la

guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control

de los medios de identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme

a las disposiciones aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas

del clasificador por objeto del gasto que expida la Secretaría”.

El artículo 69, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, establece:

“Las […] Delegaciones y Entidades, deberán cuidar bajo su responsabilidad, que los pagos que

autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes

requisitos: I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados”.

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436 VOLUMEN 5/18

El artículo 44, fracción II, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece:

“Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres tipos: […]

II. A precio alzado, en cuyo caso el importe del pago total fijo que deba cubrirse al contratista

será por ministraciones que se establecerán en el contrato, en función de avances o actividades

terminadas. Las propuestas que presenten los contratistas en este caso, tanto en los aspectos

técnicos como económicos, deberán estar desglosados por actividades principales.

El artículo 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece:

“Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el contratista […] éste deberá reintegrarlos,

más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será igual a la establecida por la

Ley de Ingresos del Distrito Federal […] Los cargos se calcularán sobre las cantidades

pagadas en exceso o anticipos excedentes, y se computarán por días calendario desde la

fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición

de la […] delegación o entidad”.

El artículo 58, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, señala: “Para

los efectos del reintegro en dinero a que hace referencia el segundo párrafo del artículo 55

de la Ley, los intereses por concepto de pagos en exceso dados al contratista, deberán de

entregarse a la unidad administrativa correspondiente […] para que a su vez los enteren

a la Secretaría de Finanzas…”.

La cláusula contractual decimosexta “Interés por demora o reintegro de pagos”, párrafo

segundo, dispone: “Tratándose de pagos en exceso que haya recibido ‘el contratista’, éste

deberá reintegrarlos, más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será igual

a la establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal […] Los cargos se calcularán sobre

las cantidades pagadas en exceso, se computarán por días calendario desde la fecha

de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la

Secretaria de Finanzas del Distrito Federal…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

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437 VOLUMEN 5/18

“En relación a este resultado la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la

Delegación Iztacalco analizó y evaluó la información y documentación que justifica y soporta

los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 y en relación al mismo, nos permitimos

señalar las siguientes consideraciones:

”A. De inicio mediante las estimaciones números 1, 2 y 3 final, se comprueba y se

demuestra que fueron ejecutados los trabajos (actividades) por $14’344,830.64 que ese

Órgano Fiscalizador determinó que no fueron devengados por la empresa contratista.

”Dichas estimaciones contienen los números generadores y fotografías que señalan

las actividades por lo que no procede recuperar importe alguno por concepto de intereses

ya que sí se realizaron los trabajos.

”B. Con base en el punto anterior, se puede comprobar que la Contratista anexó en cada

una de las estimaciones las pruebas de que las actividades contratadas, fueron realizadas.

”C. Los generadores que sirvieron como soporte de pago de las estimaciones 1, 2 y 3 final,

cuentan con los argumentos de que los compromisos por parte del contratista,

efectivamente fueron devengados, comprobados y justificados dentro del período

contractual, los cuales fueron autorizados y aprobados por la supervisión interna

y externa; por lo que consideramos que ese Órgano Fiscalizador, señale que la obra

objeto del contrato no fue devengada es inexistente. Ya que de lo contrario ese Órgano

Fiscalizador, tendría que haber determinado que la obra objeto del contrato de referencia,

no se encontraba en el lugar que se indica en el contrato.

”Por lo anterior, se cumplieron cabalmente los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55,

párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; así como la cláusula Décima Sexta,

párrafo segundo del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.

”Derivado de lo anterior, se solicita a ese órgano Fiscalizador que considere que los trabajos

fueron realizados y en conclusión dé por solventada y justificada esta observación, ya que

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438 VOLUMEN 5/18

se proporcionó la información que acredita que los compromisos efectivamente fueron

devengados, comprobados y justificados dentro del período contractual.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación

informó que con las estimaciones núms. 1, 2 y 3 final se comprueba que fueron ejecutados

los trabajos por 14,344.8 miles de pesos (sin IVA), pagados los días 21, 20 y 31 de enero

de 2014, respectivamente, con cargo al ejercicio presupuestal de 2013, durante la visita

previa a la obra realizada el 26 de septiembre de 2014, en la que participaron personal de la

Delegación y de esta entidad de fiscalización, se constató que la obra no estaba concluida,

como se señaló en la minuta de visita previa núm. PL-7-4/01, en la que se indican, entre

los trabajos pendientes de ejecutar, los trabajos de instalación eléctrica, acometida de energía

eléctrica, suministro y colocación de muebles sanitarios, piso de madera, barandales

en rampas y en cubo de luz, suministro e instalación de elevador, acabados en piso de rampas,

pintura en fachada principal, limpieza general, así como el retiro de los materiales de desecho

producto de la construcción.

Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas los días 19 y 20 de febrero

de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas

encargadas de la obra y la supervisión, se constataron nueve conceptos de trabajo

no realizados, cinco conceptos de trabajo no concluidos, y cuatro conceptos de trabajo

cuyo alcance no corresponde al presupuesto contratado, entre otros, como se asentó en

la minuta núm. RT-7-1/01. Por lo que se concluye que el hecho de haber pagado los trabajos

no comprueba su ejecución.

Recomendación AOPE-105-13-48-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que, previo a la autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas

y servicios relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades

se hayan ejecutado, y en caso, de que éstos concluyan en fecha posterior a su pago, se

calculen y apliquen los intereses correspondientes, de acuerdo con la normatividad

aplicable.

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439 VOLUMEN 5/18

9. Resultado

La Delegación Iztacalco realizó un pago en exceso por 1,250.4 miles de pesos (sin IVA)

en el contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, por tres conceptos de obra que no cumplían

las especificaciones estipuladas en el alcance de los conceptos contratados, por dos conceptos

que no se concluyeron, y por tres conceptos que no se ejecutaron, tal y como se describe

a continuación:

1. Un importe de 387.3 miles de pesos (sin IVA), debido a que se instaló un elevador

para cuatro personas, según la factura presentada por el contratista; sin embargo,

dicho elevador no cumple con las especificaciones estipuladas en el alcance del concepto

contratado, en el que se indica un elevador para ocho personas.

2. Un importe de 40.6 miles de pesos (sin IVA), debido a que se instaló un interruptor

marca Siemens de 125 A, 600 v.c.d. máxima, sin embargo, éste no cumple con las

especificaciones estipuladas en el alcance del concepto contratado, en el que se indica

un tablero general marca Eaton, capacidad máxima 600 A, alimentación de 3 fases

y 4 hilos.

3. Un importe de 171.3 miles de pesos (sin IVA), debido a que se instaló un plafón corrido

con cajillos, sin embargo, éste no cumple con las especificaciones estipuladas en

el alcance del concepto contratado, en el que se indica falso plafón en módulos de

60 cm x 60 cm.

4. Un importe de 579.3 miles de pesos (sin IVA), por el proyecto de instalación de “Voz

y Datos”, que incluye “Circuito Cerrado”, trabajos que a la fecha de la visita de verificación

física a la obra (19 y 20 de febrero de 2015), se constató que no se encontraban

concluidos dichos trabajos.

5. Un monto de 19.1 miles de pesos (sin IVA), por la instalación de gas, que a la fecha

de la visita de verificación física a la obra, se constató que no se encontraba concluida.

6. Un importe de 31.6 miles de pesos (sin IVA), por el sistema de apartarrayos polimérico

de 15 kV, 10 kA, marca IUSA, que incluye base de fijación para pararrayos, aislador para

la base (para pararrayos), terminales (nema de cuatro agujeros, de acero inoxidable),

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440 VOLUMEN 5/18

arrancador magnético, paro de emergencia y tablero de acero inoxidable, el cual durante

la visita de verificación física a la obra, se constató que no se colocó.

7. Un monto de 5.1 miles de pesos (sin IVA), por un tanque estacionario, el cual durante

la visita de verificación física a la obra, se constató que no se colocó.

8. Un importe de 16.1 miles de pesos (sin IVA), por dos estufas, las cuales durante la visita

de verificación física a la obra, se constató que no se colocaron.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero; y 69,

fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con

los artículos 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del

Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula decimosexta,

párrafo segundo, del contrato en revisión.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“En relación con esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la

Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión detallada de la información y documentación

que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13.

”Con la finalidad y propósito de aclarar y solventar esta observación a continuación,

se somete a su consideración lo siguiente: […]

”D. De forma precautoria se notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril

de 2015 a la afianzadora […] que la empresa contratista […] con el contrato

núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de

Construcción de la Casa para las Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’, con un

plazo de ejecución del 18 de noviembre al 27 de diciembre de 2013, se habían detectado

vicios ocultos en los trabajos objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera

efectiva la fianza de vicios ocultos núm. 1493604 e Inclusión 0 y línea de validación

091548505F de fecha 27 de diciembre de 2013 mismo que se encuentra a su disposición

en la Dirección General Obras y Desarrollo Urbano.

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441 VOLUMEN 5/18

”E. Sin embargo, la empresa contratista […] al notificarlo por parte de esta Delegación

Iztacalco de los resultados de la Auditoría núm. AOPE/105/13 que llevó a cabo

la Auditoría Superior de la Ciudad de México, comunicó que con la finalidad de no se

hiciera efectiva la fianza de vicios ocultos antes mencionada o cualquier acción legal,

en la cual tuviera que reintegrar los montos determinados por ese Órgano Fiscalizador,

informó que todos aquellos vicios ocultos serían reparados o en su caso concluirlos.

”F. Por lo anterior, se le informa a ese Órgano Fiscalizador, que la empresa contratista […]

llevó a cabo los trabajos faltantes y realizó la reparación de los que se encontraron

con vicios ocultos, que a continuación se indican:

”● La instalación de ‘Voz y Datos’ que incluye ‘Circuito Cerrado’ trabajos que se

encuentran concluidos.

”● La instalación de gas, se encuentra concluida.

”● El sistema de apartarrayos polimérico 15 kV, marca IUSA, que incluye: base de

fijación para pararrayos, aislador para la base (para pararrayos), terminales

(nema de 4 agujeros de acero inoxidable, un arrancador magnético, paro de

emergencia, tablero de acero inoxidable, ya se encuentra instalado.

”● El tanque estacionario, ya se encuentra instalado.

”● Las dos estufas, ya se encuentran instaladas.

”G. También se hacen las aclaraciones respecto a los conceptos que a continuación

se indican:

”1.- Observación de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

”● El elevador para 4 personas según factura presentada por el contratista, sin

embargo, dicho elevador no corresponde al considerado en el presupuesto que

es un elevador para 8 personas; al respecto, se aclara que efectivamente

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el presupuesto indica que el elevador es para 8 personas, sin embargo, se omitió

que en dicho elevador de inicio se ajustó para una capacidad de 4 personas

y en el momento que se requiera se puede ajustar a una capacidad de 8 personas,

esto último se puede comprobar, si ese Órgano Fiscalizador determina llevar a cabo

una visita de verificación para corroborar lo señalado por esta Delegación.

”Asimismo, en la propuesta de la contratista, se consideró en su explosión

de insumos el ‘Suministro e instalación de Elevador de pasajeros modelo PHC-3-4,

con un costo unitario de $316,000.00’ el cual corresponde al monto total de las

facturas que observó ese Órgano Fiscalizador en la auditoría que llevó a cabo

para este contrato, por lo que no existe pago en exceso alguno al ser el adecuado,

ya que sí se hubiera instalado uno con la capacidad para ocho personas, este

sería por un importe mayor.

”2.- Observación de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

”● El tablero general marca Eaton, capacidad máxima 600 A, alimentación 3 fases

y 4 hilos; y en la obra se constató que se encuentra instalado un tablero marca

Siemens de 125 A, 600 v.c.d. máxima.

”En relación con esta observación, se aclara que también tiene razón ese Órgano

Fiscalizador, respecto al tablero general marca Eaton, capacidad máxima 600 A,

alimentación 3 fases y 4 hilos, por lo que necesario informarle que dicho tablero,

cuando la empresa determinó adquirirlo, se encontró con que era un tablero

descontinuado y ya no existe en el mercado, por lo que determinó la supervisión

externa, sustituirlo por uno similar o de mayor calidad al propuesto por lo que

se concluyó que el que cumplía con este requisito, era el tablero marca Siemens

de 125 A, 600 v.c.d. máxima, mismo que se encuentra instalado.

”3.- Observación de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

”● El falso plafón en módulos de 60 x 60 cm y en la obra se constató que se

encuentra instalado un plafón corrido con cajillos.

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443 VOLUMEN 5/18

”Referente a esta observación, se hace la aclaración de que los módulos de 60 x 60 cm,

para el plafón corrido que se encuentra instalado en la obra, corresponden a instalación

en que se colocan las Canaletas de carga 410 galvanizada para soportar los paneles de yeso

de 12.7 mm en hojas de 122 x 244 cm, la cual incluye: tornillos cabeza corneta, tipo S de

25 mm Perfacinta refuerzo para juntas y compuesto redimix para juntas, todo esto se demuestra

con la explosión de insumos que se integró en la propuesta de la empresa contratista.

”Por lo anterior, se está dando cumplimiento cabal a los artículos 44, párrafo primero y 69,

fracción I de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con

los artículos 55, párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del

Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; así como la cláusula Décima

Sexta, párrafo segundo del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.

”Es necesario, mencionar que este contrato que fue fiscalizado es un contrato a precio alzado,

ya que el objeto del mismo, es un Proyecto Integral, es decir, tal y como lo establece el

artículo 44, fracción II, último párrafo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal:

”‘Artículo 44.- Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres tipos:

”’II. A precio alzado, en cuyo caso el importe del pago total fijo que deba cubrirse al contratista

será por ministraciones que se establecerán en el contrato, en función de avances

o actividades terminadas. Las propuestas que presenten los contratistas en este caso, tanto

en los aspectos técnicos como económicos, deberán estar desglosados por actividades

principales.

”’Los contratos a precio alzado no podrán ser modificados en monto o plazo, ni estarán

sujetos a ajustes de costos.

”’Los proyectos integrales, siempre deberán contratarse a base de precio alzado.’

”Esto último se puede verificar en el cuerpo de las estimaciones 1, 2 y 3 final, (ministraciones)

autorizadas y pagadas; y no como lo señala ese órgano Fiscalizador que fue de conformidad

con lo que establece el artículo 44, fracción I, inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal:

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444 VOLUMEN 5/18

”‘Artículo 44.- Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres tipos:

”’I. A base de precios unitarios, en cuyo caso el importe de la remuneración que deba cubrirse

al contratista se hará:

”’a) En el caso de obra, por unidad de concepto de trabajo terminado;’

”En conclusión se le solicita a ese Órgano Fiscalizador dé por solventada y justificada esta

observación, ya que se ha proporcionado información que acredita que los compromisos

efectivamente ya fueron devengados, comprobados y justificados, por lo que se invita

a esa instancia fiscalizadora a realizar una visita de verificación física de lo mencionado

anteriormente.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación

informó que la empresa contratista llevó a cabo la terminación de algunos de los trabajos

faltantes y la reparación de los que se encontraron con vicios ocultos, la Delegación no

presentó la documentación suficiente que demuestra que los conceptos que indicó fueron

concluidos de conformidad con las especificaciones contratadas; en cuanto al elevador

instalado, la Delegación aceptó que se colocó uno con capacidad para cuatro personas en

lugar de uno para ocho personas; además, no demostró que el tablero instalado fuese similar

al considerado en el presupuesto; y no acreditó por qué no ejecutó el falso plafón en módulos

de 60 x 60 cm.

Recomendación AOPE-105-13-49-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que, previo a la autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas

y servicios relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades

estén ejecutados y, que éstos cumplan las especificaciones y alcances de los conceptos

del catálogo, y correspondan a las cantidades de trabajo contratados, de acuerdo con

la normatividad aplicable.

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445 VOLUMEN 5/18

10. Resultado

La Delegación Iztacalco no aplicó una penalización por 6,024.8 miles de pesos

(importe que no causa IVA ni intereses), a la contratista encargada del contrato

núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, cuyo objeto fue el “Proyecto Integral de construcción de

la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”, por el incumplimiento en la entrega

de los trabajos, cuya fecha de término contractual fue el 27 de diciembre de 2013, toda

vez que en las visitas de verificación física al lugar de los trabajos que se llevaron a cabo

del 19 al 20 de febrero de 2015, con personal de la ASCM, de la Delegación, y de las empresas

encargadas de la obra y la supervisión, se constató que no se habían concluido los trabajos.

Tampoco se hizo efectiva la fianza de cumplimiento núm. 1482282, por 1,664.0 miles

de pesos (incluye IVA), en relación con el contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13.

Cabe señalar que el importe de la penalización se calculó de acuerdo con la cláusula

decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartado A, párrafo segundo, del

contrato analizado, es decir, aplicando el uno al millar por cada día natural de atraso sobre

el monto del contrato (14,344.8 miles de pesos), considerando 421 días naturales de atraso,

del 28 de diciembre de 2013 al 20 de febrero de 2015 (fecha en que se concluyó la visita de

verificación física al lugar en donde se ejecutaron los trabajos); sin embargo, la Delegación

deberá actualizar el importe de la penalización, una vez que se informe la fecha real de

terminación de los trabajos.

Por lo anterior, se incumplió lo establecido en la Sección 4, inciso 4.1.1, de las Políticas

Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública; así como, la cláusula

decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartados A, párrafo segundo,

y K, del contrato en revisión, vigentes durante la ejecución de la obra.

El inciso 4.1.1, de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra

Pública establece: “Por la mora en la entrega de la obra, que sea imputable al contratista,

se aplicará pena convencional conforme a los párrafos siguientes: La pena será equivalente

a un porcentaje sobre el monto total del contrato y se aplicará por cada día natural de retraso

en la entrega de la obra. En todo caso, dicha pena y el respectivo porcentaje deberán

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446 VOLUMEN 5/18

señalarse de manera expresa dentro del clausulado del contrato. El porcentaje a que se

refiere el párrafo anterior se determinará de modo individual para cada contrato, tomándose

en consideración para tal efecto los criterios de importancia, complejidad y monto de la obra”.

La cláusula contractual decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartados

A, párrafo segundo, y K, establece:

“‘LA DELEGACIÓN’ tendrá la facultad de verificar si los trabajos objeto de este contrato

se están ejecutando por ‘EL CONTRATISTA’ de acuerdo con el programa comprometido.

Las penas convencionales se sujetarán a lo establecido por el artículo 55, fracción V

del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, así como en la Sección

4 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública.

”Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance

físico de la obra real es menor que el avance programado, ‘LA DELEGACIÓN’ sancionará

a ‘EL CONTRATISTA’ en los siguientes términos: A […] Para el caso de incumplimiento

por causas imputables a ‘EL CONTRATISTA’ en la entrega de la obra en los plazos

establecidos, la pena que se aplicará será del (UNO AL MILLAR) por cada día natural de

atraso, calculándose sobre el monto total del contrato […] K. Para el caso de incumplimiento

por parte de ‘EL CONTRATISTA’ a cualquiera de las obligaciones señaladas en el presente

contrato, se harán efectivas las garantías otorgadas con motivo de la celebración del

presente contrato de acuerdo al procedimiento establecido para tal efecto en el Código

Fiscal del Distrito Federal y en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en los artículos 95,

118 y 118 Bis, sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales a que se haga

acreedor conforme a lo establecido en el presente contrato, con fundamento en el artículo 36,

párrafo segundo, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal”.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

en la Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la

información que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13.

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447 VOLUMEN 5/18

”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica

y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]

”H. No procede aplicar la penalización por $6’024,828.87 (Seis millones veinticuatro mil

ochocientos veintiocho pesos 87/100 M.N.) importe que no causa IVA ni intereses,

por el incumplimiento en la entrega de los trabajos cuya fecha de término contractual

fue el 27 de diciembre de 2013, debido a que la empresa contratista […] concluyó en

tiempo y forma los trabajos objeto del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13,

cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las

Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’ el 27 de diciembre de 2013.

”Para justificar lo anterior, se remite el oficio sin número de fecha 27 de diciembre

de 2013, mediante el cual el Representante Legal de la empresa contratista […] informa

que los trabajos objeto del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 se concluyeron

el día 27 de diciembre de 2013. Este oficio es el que por normatividad debe generar el

contratista, de conformidad con lo que establece el artículo 57, párrafo primero de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal, el cual señala lo siguiente:

”‘El contratista comunicará por escrito a la dependencia, órgano desconcentrado,

delegación o entidad, la terminación de los trabajos que le fueron encomendados,

y ésta verificará que los trabajos estén debidamente concluidos dentro del plazo que

se pacte expresamente en el contrato.’

”Es necesario, mencionar que se omitió llevar a cabo el Acta de Entrega-Recepción

de los trabajos, que establece el artículo 57, párrafo segundo de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal, el cual señala lo siguiente:

”‘Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos en los términos del

párrafo anterior, la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, procederá

a su recepción dentro del plazo que para tal efecto se haya establecido en el propio

contrato. Al concluir dicho plazo, sin que la dependencia, órgano desconcentrado,

delegación o entidad, haya recibido los trabajos, éstos se tendrán por recibidos’.

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448 VOLUMEN 5/18

”I. Asimismo, otro elemento de juicio que acredita que los trabajos objeto del multicitado

contrato se concluyó el día 27 de diciembre de 2013, es la expedición de la Fianza

de Vicios Ocultos núm. 1493604e Inclusión 0 y línea de validación 091548505F de

fecha 27 de diciembre de 2013, por parte de la Afianzadora […]

”J. También, se envían las notas de bitácora de obra números 101 y 102 de fechas

22 y 26 de diciembre de 2013, respectivamente, donde se especifican que las

actividades objeto del contrato de referencia se encuentran concluidas al 100%.

”K. Además de que en las estimaciones (ministraciones) del contrato y en la bitácora

de obra no se señalaron atrasos de obra, ni se aplicaron retenciones y sanciones por

incumplimiento al programa de obra.

”L. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,

notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015 a la afianzadora […]

que debido a que la empresa contratista […] en el contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13,

cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las

Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’, con un plazo de ejecución del 18 de noviembre

al 27 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los trabajos objeto

del contrato, por lo que se solicitaba que se hiciera efectiva la fianza de vicios ocultos

núm. 1493604e Inclusión 0 y línea de validación 091548505F de fecha 27 de diciembre

de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección General Obras

y Desarrollo Urbano.

”Por lo anterior, no se incumplió lo establecido en la Sección 4, inciso 4.1.1 de las Políticas

Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública; así como, la cláusula

Décima Quinta ‘Penas convencionales’ párrafo primero Apartados A, párrafo segundo y K del

contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.

”En conclusión se le solicita a ese Órgano Fiscalizador dé por solventada y justificada esta

observación, ya que se ha proporcionado información que acredita que los compromisos

efectivamente ya fueron devengados, comprobados y justificados, por lo que se invita

a esa instancia fiscalizadora a realizar una visita de verificación física de lo mencionado

anteriormente.”

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449 VOLUMEN 5/18

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,

se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación informó que

los trabajos se terminaron el 27 de diciembre de 2013, de conformidad con escrito sin número

de esa fecha, mediante el cual el representante legal de la empresa contratista informó que

los trabajos objeto del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 se concluyeron en la fecha

señalada y con la expedición de la fianza de vicios ocultos, las notas de bitácora y las

estimaciones no demuestran que los trabajos fueron concluidos en la fecha contractual (27 de

diciembre de 2013) y en la visita previa realizada, en la que participó personal de la Delegación

y de esta entidad de fiscalización, se constató que, entre otros trabajos pendientes de ejecutar,

estaban: instalación eléctrica, acometida de energía eléctrica, suministro y colocación

de muebles sanitarios, piso de madera, barandales en rampas y en cubo de luz, suministro

e instalación de elevador, acabados en piso de rampas, pintura en fachada principal, limpieza

general, así como el retiro de los residuos producto de la construcción, como quedó asentado

en la minuta de visita previa núm. PL-7-4/01 de fecha 26 de septiembre de 2014.

Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas los días 19 y 20 de febrero de 2015,

en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación Iztacalco y de las empresas

encargadas de la obra y la supervisión, se constataron nueve conceptos de trabajo

no realizados, cinco conceptos de trabajo no concluidos y cuatro conceptos de trabajo cuyo

alcance no corresponde al presupuesto contratado, entre otros, como se asentó en la minuta

núm. RT-7-1/01.

Recomendación AOPE-105-13-50-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que, en caso de mora en la entrega de la obra que sea imputable al contratista,

se aplique la pena convencional establecida en el contrato y, en su caso, se haga efectiva

la garantía de cumplimiento otorgada, de acuerdo con la normatividad aplicable.

11. Resultado

En relación con el contrato núm. DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13, cuyo objeto consistió en el

“Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de construcción de la Casa

para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”, el sujeto fiscalizado autorizó el pago

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450 VOLUMEN 5/18

de 397.3 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones de obra núms. 1, 2 y 3 parciales,

los días 27 de enero la primera y 7 de febrero de 2014 la segunda y tercera, con cargo al

ejercicio presupuestal de 2013, no obstante que los servicios de supervisión no fueron

concluidos en la fecha contractual (31 de diciembre de 2013), lo cual se constató en las

visitas de verificación realizadas del 19 al 20 de febrero de 2015, en las que participó personal

de la ASCM, de la Delegación y de las empresas encargadas de la obra y la supervisión.

Por lo anterior la Delegación Iztacalco deberá recuperar 40.2 miles de pesos (sin IVA),

por los intereses generados por autorizar el pago anticipado de servicios de supervisión

no devengados, en el período contractual.

Cabe señalar que el importe de los intereses a reintegrar se calcularon conforme a la tasa

establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal para los casos de prórroga para

el pago de créditos fiscales, publicados mensualmente en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, aplicada a los 390 días calendario computarizados a partir del 27 de enero de 2014,

fecha en que se pagó la estimación núm. 1 parcial, hasta el 20 de febrero de 2015, fecha

en que se llevó a cabo la visita de verificación física al lugar en donde se ejecutaron los

trabajos y se constató que la obra no estaba concluida; y por consiguiente, la supervisión

tampoco concluyó sus servicios en la fecha contractual.

La Delegación deberá actualizar el importe de los intereses una vez que informe la fecha real

de terminación de los trabajos, por ser la responsable del manejo y aplicación de los recursos

en el ejercicio del gasto público de acuerdo con las disposiciones legales, del cumplimiento

de los calendarios presupuestales autorizados, y de que los compromisos sean efectivamente

devengados, comprobados, justificados y determinen la obligación de hacer un pago, para

que se cumplan los requisitos fiscales y administrativos aplicables.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero;

y 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación

con los artículos 44, fracción I, inciso b), y 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;

y la cláusula decimoquinta, párrafo segundo, del contrato en revisión, todos vigentes durante

la ejecución de la obra.

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451 VOLUMEN 5/18

El artículo 44, fracción I, inciso b), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece:

“Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres tipos: I. A base

de precios unitarios, en cuyo caso el importe de la remuneración que deba cubrirse al contratista

se hará: […] b) En el caso de servicios relacionados con la obra pública, por unidad de

concepto de servicio realizado”.

La cláusula contractual decimoquinta “Interés por demora o reintegro de pagos”, párrafo

segundo, dispone: “Tratándose de pagos en exceso que haya recibido ‘EL CONTRATISTA’,

éste deberá reintegrarlos, más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será

igual a la establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal […] Los cargos se calcularán

sobre las cantidades pagadas en exceso, se computarán por días calendario desde la fecha

de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la

Secretaria de Finanzas del Distrito Federal…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

en la Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la

información que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13.

”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica

y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]

”M. No procede aplicar la recuperación de $40,178.87, por los intereses generados por el

pago de los servicios no devengados, debido a que los servicios fueron devengados

al 100% y la autorización de pago mediante las estimaciones de obra

núms. 1, 2 y 3 parciales, de fechas 27 de enero la primera y 7 de febrero de 2014

la segunda y tercera, con cargo al ejercicio presupuestal de 2013, por $397,310.25

(Trescientos noventa y siete mil trescientos diez pesos 25/100 M.N.), fueron

correctamente pagados ya que la empresa de supervisión externa cumplió con los

alcances de su contrato.

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452 VOLUMEN 5/18

”Ya que las estimaciones números 1, 2 y 3 final, se comprueba y se demuestra que

fueron ejecutados los trabajos (actividades) por $14’344,830.64 que aparentemente

ese Órgano Fiscalizador no fueron devengados por la empresa contratista […]

correspondiente al contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 cuyo objeto consistió en

el ‘Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres, en la Colonia Agrícola

Oriental’ y por lo tanto la empresa de supervisión externa devengó los servicios

contractuales.

”Por otra parte, se desconoce qué servicios, en su caso no devengó la empresa

de supervisión externa […] si éste cumplió con el contrato.

”N. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,

notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, solicita a la

afianzadora […] haga efectiva la misma, debido a que la empresa contratista […] en el

contrato de servicios número DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13 cuyo objeto consistió

en el ‘Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de Construcción de la

Casa para las Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’, con un plazo de ejecución del

12 de noviembre al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los

servicios objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera efectiva la fianza

de cumplimiento núm. 1483294e Inclusión 0 y línea de validación 091533F8F3 de fecha

11 de noviembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección

General Obras y Desarrollo Urbano.

”Ya que de lo contrario ese Órgano Fiscalizador, tendría que haber determinado que

los servicios objeto del contrato de referencia, no se realizaron tal como se indica en

el contrato.

”Por lo anterior, no se incumplieron los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I, de la

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55,

párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 58 del Reglamento

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; así como la cláusula Décima Quinta, párrafo

segundo del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.

Page 453: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

453 VOLUMEN 5/18

”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano

Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado la

información que acredita de que los compromisos efectivamente ya fueron devengados,

comprobados y justificados.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación

informó que los servicios fueron devengados y pagados mediante las estimaciones

núms. 1, 2 y 3 parciales, los días 27 de enero la primera y 7 de febrero de 2014 la segunda

y tercera, por un monto de 397.3 miles de pesos (sin IVA), con cargo al ejercicio presupuestal

de 2013, y que la empresa de supervisión externa cumplió los alcances de su contrato,

durante la visita previa a la obra que supervisó, realizada el 26 de septiembre de 2014,

en la que participó personal de la Delegación y de esta entidad de fiscalización, se constató

que la obra no ha sido concluida, como se señaló en la minuta de visita previa

núm. PL-7-4/01, en la que se indicó que existían trabajos pendientes de ejecutar, como:

instalación eléctrica, acometida de energía eléctrica, suministro y colocación de muebles

sanitarios, piso de madera, barandales en rampas y en cubo de luz, suministro e instalación

de elevador, acabados en piso de rampas, pintura en fachada principal, limpieza general, así

como el retiro de los materiales de desecho producto de la construcción.

Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas del 19 al 20 de febrero de 2015,

en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación Iztacalco y de las empresas

encargadas de la obra y la supervisión, se constataron nueve conceptos de trabajo no

realizados, cinco conceptos de trabajo no concluidos y cuatro conceptos de trabajo cuyo alcance

no corresponde al presupuesto contratado, entre otros, como se asentó en la minuta

núm. RT-7-1/01. Por lo que se concluye que el hecho de haber pagado los servicios

de supervisión no comprueba su ejecución.

En el resultado núm. 8, del presente informe, recomendación núm. AOPE-105-13-48-IZC,

se contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que, previo a la

autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas y servicios

relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades se hayan

ejecutado, y, en caso, de que éstos concluyan en fecha posterior a su pago, se calculen

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454 VOLUMEN 5/18

y apliquen los intereses correspondientes, de acuerdo con la normatividad aplicable, por lo que

se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación

citada.

12. Resultado

La Delegación Iztacalco no aplicó una sanción por los daños ocasionados a la hacienda

pública de la Ciudad de México, por 77.3 miles de pesos (importe que no causa IVA

ni intereses), a la empresa encargada del “Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto

Integral de construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”,

al amparo del contrato núm. DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13, como consecuencia de no

haber verificado que los trabajos ejecutados correspondieran a las cantidades de obra

que se tramitaron para pago, así como, la correcta y completa terminación de los trabajos

objeto del contrato, lo que ocasionó daños por 1,250.4 miles de pesos (sin IVA).

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco incumplió el libro 9A, parte 01, sección 01,

capítulo 006, cláusula C, inciso 02, párrafos primero y segundo, de las Normas de Construcción

de la Administración Pública del Distrito Federal, el cual señala lo siguiente:

“En el caso de que el contratista de supervisión omita realizar un concepto de los

comprometidos y con ello se ocasionen daños al Gobierno del Distrito Federal, se aplica

una pena al contratista cuyo monto se calcula multiplicando el monto del daño ocasionado,

por un factor igual a dos veces la relación monto del contrato de la supervisión entre

el monto del contrato de la obra.

”El monto del daño ocasionado debe ser calculado por la Residencia de Obra, tomando

en consideración el concepto de trabajo o servicio omitido y la repercusión dentro del programa,

su relación o interacción con otros conceptos de trabajo; asimismo, el costo de oportunidad

que esto pueda representar por el atraso en la puesta en servicio de la obra pública.”

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

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455 VOLUMEN 5/18

“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la

Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la información

que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13.

”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que

justifica y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones:

[…]

”O. Una vez analizada la información, se determinó que no procede aplicar la sanción por

los daños ocasionados a la Hacienda Pública de la Ciudad de México por $77,348.67,

como consecuencia de no haber verificado que los trabajos ejecutados correspondieran

a las cantidades de la obra que se tramitaron para pago; así como la correcta y completa

terminación de los trabajos objeto del contrato […] no se causó ningún daño por

$1,250,388.26 ya que los trabajos objeto del contrato fueron terminados y concluidos

al 100%.

”P. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,

notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, solicita a la

afianzadora […] haga efectiva la misma, debido a que la empresa contratista […]

en el contrato de servicios número DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13 cuyo objeto consistió en

el ‘Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de Construcción de la Casa

para las Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’, con un plazo de ejecución del

12 de noviembre al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los

servicios objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera efectiva la fianza

de cumplimiento núm. 1483294e Inclusión 0 y línea de validación 091533F8F3 de fecha

11 de noviembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección

General Obras y Desarrollo Urbano.

”Por lo anterior, la DELEGACIÓN no incumplió lo establecido en el libro 9A, parte 01,

sección 01, capítulo 006, cláusula C, inciso 02, párrafos primero y segundo, de las Normas

de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal, al omitir aplicar la sanción

señalada en el mismo.

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456 VOLUMEN 5/18

”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano

Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado

la información que acredita que no hubo daños ocasionados a la Hacienda Pública de la

Ciudad de México ya que los compromisos efectivamente fueron devengados, comprobados

y justificados.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que no presentó la documentación

que acredite que la supervisión ejecutó eficientemente sus actividades, toda vez que dicha

supervisión no verificó que las cantidades de la obra que se tramitaron para pago

correspondieran con los trabajos ejecutados, ni constató la correcta y completa terminación

de los trabajos objeto del contrato, lo que ocasionó daños por 1,250.4 miles de pesos

(sin IVA), por lo que se hizo acreedora a una sanción por los daños ocasionados a la

hacienda pública de la Ciudad de México por 77.3 miles de pesos (importe que no causa

IVA ni intereses).

Recomendación AOPE-105-13-51-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que las empresas de supervisión externa que contrate cumplan sus obligaciones

contractuales, y que, en caso de que dicha supervisión omita realizar actividades de las

comprometidas y con ello ocasione daños a la hacienda pública de la Ciudad de México, se

apliquen las penalizaciones estipuladas en los contratos respectivos, de acuerdo con la

normatividad aplicable.

Contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13

13. Resultado

En relación con el contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, cuyo objeto fue el “Proyecto

Integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”,

el sujeto fiscalizado autorizó el pago de 7,633.5 miles de pesos (sin IVA), mediante las

estimaciones de obra núms. 1 y 2 parciales, el 21 de enero de 2014, con cargo al ejercicio

presupuestal de 2013, no obstante que la obra no fue concluida en la fecha contractual

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457 VOLUMEN 5/18

(31 de diciembre de 2013), lo cual se constató en las visitas de verificación física realizadas

del 23 al 25 de febrero de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación

y de las empresas encargadas de la obra y la supervisión.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco deberá recuperar 781.0 miles de pesos (sin IVA),

por los intereses generados por autorizar el pago anticipado de trabajos no devengados, en el

periodo contractual.

Cabe señalar que el importe de los intereses a reintegrar se calcularon conforme a la tasa

establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal para los casos de prórroga para

el pago de créditos fiscales, publicados mensualmente en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, aplicada a los 401 días calendario computarizados a partir del 21 de enero de 2014,

fecha en que se pagó la estimación núm. 1 parcial, hasta el 25 de febrero de 2015, fecha

en que se llevó a cabo la visita de verificación física al lugar de los trabajos y se constató que

la obra no se había concluido.

La Delegación deberá actualizar el importe de los intereses una vez que informe la fecha real

de terminación de los trabajos, por ser la responsable del manejo y aplicación de los recursos

en el ejercicio del gasto público de acuerdo con las disposiciones legales, del cumplimiento de

los calendarios presupuestales autorizados, y de que los compromisos sean efectivamente

devengados, comprobados, justificados y determinen la obligación de hacer un pago, para

que se cumplan los requisitos fiscales y administrativos aplicables.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero; y 69,

fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con

los artículos 44, fracción II, y 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal y 58 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula

decimosexta, párrafo segundo, del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución

de la obra.

La cláusula contractual decimosexta “Interés por demora o reintegro de pagos”, párrafo

segundo, establece: “Tratándose de pagos en exceso que haya recibido ‘EL CONTRATISTA’,

éste deberá reintegrarlos, más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será

igual a la establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal, […]. Los cargos se calcularán

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458 VOLUMEN 5/18

sobre las cantidades pagadas en exceso, se computarán por días calendario desde la fecha

de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la

Secretaria de Finanzas del Distrito Federal…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

”Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

en la Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la

información que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13.

”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica

y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]

”Q. De inicio mediante las estimaciones números 1 y 2 parciales, se comprueba y se

demuestra que fueron ejecutados los trabajos (actividades) por $7’633,453.32 que

aparentemente ese Órgano Fiscalizador determinó que no fueron devengados por la

empresa contratista.

”Dichas estimaciones contienen los números generadores y fotografías que señalan

las actividades por lo que no procede recuperar importe alguno por concepto de

intereses ya que sí se realizaron los trabajos.

”R. Con base en el punto anterior se puede comprobar que la Contratista anexó en cada una

de las estimaciones las pruebas de que las actividades contratadas fueron realizadas.

”S. Los generadores que sirvieron como soporte de pago de las estimaciones 1 y 2 parciales,

cuentan con los argumentos de que los compromisos por parte del contratista,

efectivamente fueron devengados, comprobados y justificados dentro del período

contractual, los cuales fueron autorizados y aprobados por la supervisión interna y externa;

por lo que consideramos que ese Órgano Fiscalizador, señale que la obra objeto del

contrato no fue devengada es inexistente. Ya que de lo contrario ese Órgano Fiscalizador,

tendría que haber determinado que la obra objeto del contrato de referencia, no se

encontraba en el lugar que se indica en el contrato.

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459 VOLUMEN 5/18

”Por lo anterior, se cumplieron cabalmente los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55,

párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la

Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; así como la cláusula Décima Sexta, párrafo

segundo del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.

”Derivado de lo anterior, se solicita a ese órgano Fiscalizador que considere que los trabajos

fueron realizados y en conclusión dé por solventada y justificada esta observación, ya que se

proporcionó la información que acredita que los compromisos efectivamente fueron devengados,

comprobados y justificados dentro del período contractual.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación

informó que con las estimaciones núms. 1 y 2 parciales se comprueba que fueron ejecutados

los trabajos por 7,633.5 miles de pesos (sin IVA), pagados el 21 de enero de 2014, con cargo

al ejercicio presupuestal de 2013, durante la visita previa a la obra realizada el 30 de septiembre

de 2014, en la que participó personal de la Delegación y de esta entidad de fiscalización,

se constató que la obra no había sido concluida, como se señaló en la minuta de visita previa

núm. PL-7-4/03, en la que se indican entre los trabajos pendientes de ejecutar los siguientes:

desplante de muro, cancelería, herrería, instalaciones eléctricas e hidrosanitarias, voz y datos,

acabados en general, equipamiento del inmueble y zona de velaría.

Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas los días 23, 24 y 25 de febrero

de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas

encargadas de la obra y la supervisión, se constató que cuatro conceptos de trabajo

se encontraban en ejecución, dieciocho conceptos de trabajo no fueron realizados y dos

conceptos de trabajo presentan alcances que no corresponden al presupuesto contratado,

entre otros, como se asentó en la minuta núm. RT-7-1/02. Por lo que se concluye que

el hecho de haber pagado los trabajos no comprueba su ejecución.

En el resultado núm. 8 del presente informe, recomendación núm. AOPE-105-13-48-IZC

contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que, previo a la

autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas y servicios

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460 VOLUMEN 5/18

relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades se hayan

ejecutado, y, en caso, de que éstos concluyan en fecha posterior a su pago, se calculen

y apliquen los intereses correspondientes, de acuerdo con la normatividad aplicable, por lo que

se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación

citada.

14. Resultado

La Delegación Iztacalco no aplicó una penalización por 4,017.1 miles de pesos (importe

que no causa IVA ni intereses) a la contratista encargada de la ejecución del contrato

núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, cuyo objeto fue el “Proyecto Integral de construcción de la

Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”, por el incumplimiento en la entrega de

los trabajos, cuya fecha de término contractual fue el 31 de diciembre de 2013, toda vez

que en las visitas de verificación física al lugar de los trabajos que se llevaron a cabo del

23 al 25 de febrero de 2015, con personal de la ASCM, de la Delegación, y de las empresas

encargadas de la obra y la supervisión, se constató que no se habían concluido los trabajos.

Tampoco se hizo efectiva la fianza de cumplimiento núm. 0031300012370, por 1,106.8 miles

de pesos (incluye IVA), en relación con el contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13.

Cabe señalar que el importe de la penalización se calculó de acuerdo con lo establecido

en la cláusula decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartado A, párrafo

segundo, del contrato analizado, es decir, aplicando el uno al millar por cada día natural de

atraso sobre el monto del contrato (9,541.8 miles de pesos), considerando 422 días naturales

de atraso, del 1o. de enero de 2014 al 25 de febrero de 2015 (fecha en que se concluyó

la visita de verificación física al lugar en donde se ejecutaron los trabajos); sin embargo, la

Delegación deberá actualizar el importe de la penalización, una vez que se informe la fecha

real de terminación de los trabajos.

Por lo anterior, se incumplió lo establecido en la Sección 4, inciso 4.1.1, de las Políticas

Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública; así como, la cláusula

decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartados A, párrafo segundo,

y K, del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.

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461 VOLUMEN 5/18

La cláusula contractual decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartados A,

párrafo segundo, y K, establecen:

“‘LA DELEGACIÓN’ tendrá la facultad de verificar si los trabajos objeto de este contrato

se están ejecutando por ‘EL CONTRATISTA’ de acuerdo con el programa comprometido.

Las penas convencionales se sujetarán a lo establecido por el artículo 55, fracción V

del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, así como en la Sección

4 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública.

”Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance físico

de la obra real es menor que el avance programado, ‘LA DELEGACIÓN’ sancionará a

‘EL CONTRATISTA’ en los siguientes términos: A […] Para el caso de incumplimiento por

causas imputables a ‘EL CONTRATISTA’ en la entrega de la obra en los plazos establecidos,

la pena que se aplicará será del (UNO AL MILLAR) por cada día natural de atraso, calculándose

sobre el monto total del contrato […] K. Para el caso de incumplimiento por parte de

‘EL CONTRATISTA’ a cualquiera de las obligaciones señaladas en el presente contrato, se

harán efectivas las garantías otorgadas con motivo de la celebración del presente contrato

de acuerdo al procedimiento establecido para tal efecto en el Código Fiscal del Distrito

Federal y en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en los artículos 95, 118 y 118 Bis,

sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales a que se haga acreedor conforme

a lo establecido en el presente contrato, con fundamento en el artículo 36, párrafo segundo

del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.”

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la

Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la información

que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13.

”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica

y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]

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462 VOLUMEN 5/18

”T. No procede aplicar la penalización por $4’017,106.59 importe que no causa IVA

ni intereses por el incumplimiento en la entrega de los trabajos cuya fecha de término

contractual fue el 31 de diciembre de 2013, debido a que la empresa contratista

[…] concluirá los trabajos objeto del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13,

cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de Construcción de la Casa para el Adulto

Mayor en el Parque de las Rosas’, el 24 de junio de 2015.

”U. Para comprobar lo anterior, la empresa contratista […] notificó a esta Dirección General

de Obras y Desarrollo Urbano, mediante oficio sin número de fecha 8 de abril de 2015,

que con la finalidad de que no fuera penalizada o en su caso se le solicitara el reintegro

de pagos en exceso, así como se le fuera a inhabilitar por parte de la Secretaría de Obras

y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, se comprometía y garantizaba terminar

la obra objeto del contrato de referencia a más tardar el 24 de junio del año en curso.

”V. Es necesario, mencionar que la empresa contratista efectivamente está cumpliendo con

el compromiso adquirido y señalado en el oficio del inciso anterior, por lo que se invita

a ese Órgano Fiscalizador, en el momento que así lo disponga a una visita de verificación

física para que compruebe que la misma se encuentra proceso de terminación.

”W. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,

notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, se le solicitó

a la Aseguradora […] que debido a que la empresa contratista […] en el contrato

núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral

de Construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas’, con un

plazo de ejecución del 7 al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos

en los trabajos objeto del contrato, así como el incumplimiento al mismo, por lo que se

requería que se hiciera efectiva la fianza de cumplimiento núm. 0031300012370 de fecha

6 de diciembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección General

Obras y Desarrollo Urbano.

”X. Es necesario, mencionar que la ASCM, asentó el número de la fianza que

señala en este resultado por el de la fianza de cumplimiento del contrato

núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13.

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463 VOLUMEN 5/18

”Por lo anterior, se cumplió con lo establecido en la Sección 4, inciso 4.1.1 de las Políticas

Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública; así como,

la cláusula Décima Quinta ‘Penas convencionales’ párrafo primero, Apartados A, párrafo

segundo y K del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.

”Consecuentemente, únicamente faltaría aplicar la sanción por el monto faltante por

la obra por ejecutar posterior a la fecha contractual por los días que correspondan en la

entrega de la obra por el uno al millar, el cual se recuperará en cuanto la Aseguradora

[…] nos notifique que ya procedió hacer efectiva la fianza.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se confirma la observación, debido a que, aun cuando la Delegación informó

que no procede la aplicación de la penalización por el incumplimiento en la entrega

de los trabajos, cuya fecha de término contractual fue el 31 de diciembre de 2013, señaló

que la obra se concluirá el 24 de junio de 2015.

En el resultado núm. 10 del presente informe, la recomendación núm. AOPE-105-13-50-IZC

contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que, en caso

de mora en la entrega de la obra que sea imputable al contratista, se aplique la pena

convencional establecida en el contrato y, en su caso, se haga efectiva la garantía

de cumplimiento otorgada, de acuerdo con la normatividad aplicable, por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación

citada.

15. Resultado

La Delegación Iztacalco realizó un pago en exceso por 2,764.6 miles de pesos (sin IVA)

por trabajos no ejecutados, debido a que el sujeto fiscalizado contrató la ejecución del “Proyecto

Integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas” al amparo

del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, por un importe de 9,541.8 miles de pesos

(sin IVA), para la ejecución de los trabajos en un área de 806.0 m2, es decir, con un costo de

11.8 miles de pesos por metro cuadrado. Sin embargo, durante las visitas de verificación física

al lugar donde se ejecutaron los trabajos, que se llevaron a cabo del 23 al 25 de febrero

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464 VOLUMEN 5/18

de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas

encargadas de la obra y la supervisión, se constató que la obra sólo cuenta con un área

construida de 587.53 m2 (incluye 509.16 m2 del edificio y 78.37 m2 de la zona de velaría), por lo

que, si se considera el costo de 11.8 miles de pesos por metro cuadrado, se obtiene un importe

para esta obra por 6,955.5 miles de pesos (sin IVA). Y, de las visitas de verificación física se

determinó que los trabajos presentan un avance físico aproximado del 70.0%, de acuerdo con

lo asentado en la minuta de verificación física referida, equivalente a un importe de

4,868.8 miles de pesos (sin IVA), el cual al ser restado de los 7,633.5 miles de pesos (sin IVA),

autorizados para su pago con las estimaciones núms. 1 y 2 parciales, da una diferencia

de 2,764.6 miles de pesos (sin IVA).

Por lo anterior, se incumplieron los artículos 44, párrafo primero; y 69, fracción I, de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55, párrafo

segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula decimosexta, párrafo segundo, del contrato

en revisión.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la

Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la información

que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13.

”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica

y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]

”Y. No procede recuperar el pago en exceso por $2’764,626.75 (Dos millones setecientos

sesenta y cuatro mil seiscientos veintiséis pesos 75/100 M.N.) sin IVA, por la diferencia

entre lo contratado y lo realmente ejecutado, debido a que los trabajos objeto del contrato,

se encuentran en proceso de ejecución y terminación por parte de la empresa

contratista […] y los concluirá el 24 de junio del año en curso.

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465 VOLUMEN 5/18

”Z. Para comprobar lo anterior, la empresa contratista […] notificó a esta Dirección General

de Obras y Desarrollo Urbano, mediante oficio sin número de fecha 8 de abril de 2014,

que con la finalidad de que no fuera penalizada o en su caso se le solicitará el reintegro

de pagos en exceso, así como se le fuera a inhabilitar por parte de la Secretaría de

Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, en las dependencias y delegaciones

del Gobierno del Distrito Federal, se comprometía y garantizaba terminar la obra objeto del

contrato de referencia a más tardar el 24 de junio del año en curso.

”AA. Es necesario, mencionar que la empresa contratista efectivamente está cumpliendo con

el compromiso adquirido y señalado en el oficio del inciso anterior, por lo que se invita

a ese Órgano Fiscalizador, en el momento que así lo disponga a una visita de verificación

física para que compruebe que la misma se encuentra proceso de terminación.

”BB. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,

notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, se le solicitó

a la Aseguradora […] que debido a que la empresa contratista […] en el contrato

núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de

Construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas’, con un plazo

de ejecución del 7 al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los

trabajos objeto del contrato, así como el incumplimiento al mismo, por lo que se requería

que se hiciera efectiva la fianza de cumplimiento núm. 0031300012370 de fecha

6 de diciembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección

General Obras y Desarrollo Urbano.

”Por lo anterior, se está cumpliendo con los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I, de la

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55,

párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la

Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula Décima Sexta, párrafo segundo del

contrato en revisión.

”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano

Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado la

información que acredita que los compromisos efectivamente serán devengados, comprobados

y justificados.”

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466 VOLUMEN 5/18

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,

se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación informó

que no procede recuperar el pago en exceso determinado, debido a que los trabajos objeto

del contrato se encuentran el proceso de ejecución y terminación por parte de la empresa

contratista, los cuales se concluirán el 24 de junio del año en curso, no se acreditó que se haya

ejecutado el área total contratada de 806.0 m2, toda vez que durante las visitas de verificación

física al lugar de los trabajos, del 23 al 25 de febrero de 2015, en las que participó personal

de la ASCM, de la Delegación y de las empresas encargadas de la obra y la supervisión, se

constató que la obra se encontraba con un avance físico aproximado del 70.0% sobre un área

construida de 587.53 m2 (incluye 509.16 m2 del edificio y 78.37 m2 de la zona de velaría).

Recomendación AOPE-105-13-52-IZC

Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse

de que, previo a la autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras

públicas que realice, se verifique que los trabajos se hayan ejecutado, para que sus pagos

sean efectivamente devengados, comprobados y justificados, de acuerdo con la normatividad

aplicable.

16. Resultado

En relación con el contrato núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13, cuyo objeto consistió

en el “Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de construcción de la

Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”, el sujeto fiscalizado autorizó

el pago de 266.2 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones de obra núms. 1 y 2

parciales el 7 de febrero de 2014, con cargo al ejercicio presupuestal de 2013, no obstante

que los servicios de supervisión no fueron concluidos en la fecha contractual (31 de diciembre

de 2013), lo cual se constató en las visitas de verificación física realizadas del 23 al 25 de

febrero de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas

encargadas de la obra y supervisión.

Por lo anterior la Delegación Iztacalco deberá recuperar 26.9 miles de pesos (sin IVA), por los

intereses generados por autorizar el pago anticipado de servicios de supervisión no devengados,

en el período contractual.

Page 467: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

467 VOLUMEN 5/18

Cabe señalar que el importe de los intereses a reintegrar se calcularon conforme a la tasa

establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal para los casos de prórroga para

el pago de créditos fiscales, publicados mensualmente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

aplicada a los 384 días calendario computarizados a partir del 7 de febrero de 2014, fecha

en que se pagó la estimación núm. 1 parcial, hasta el 25 de febrero de 2015, fecha en que se

llevó a cabo la visita de verificación física al lugar de los trabajos y se constató que la obra

no se había concluido y por consiguiente, la supervisión tampoco terminó sus servicios

en la fecha establecida en el contrato.

La Delegación deberá actualizar el importe de los intereses una vez que se informe la fecha

real de terminación de los trabajos, por ser la responsable del manejo y aplicación de los

recursos en el ejercicio del gasto público de acuerdo con las disposiciones legales, del

cumplimiento de los calendarios presupuestales autorizados, y de que los compromisos sean

efectivamente devengados, comprobados, justificados y determinen la obligación de hacer

un pago, para que se cumplan los requisitos fiscales y administrativos aplicables.

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero; y 69,

fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los

artículos 44, fracción I, inciso b), y 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;

y la cláusula decimoquinta, párrafo segundo, del contrato en revisión, todos vigentes durante

la ejecución de la obra.

La cláusula contractual decimoquinta “Interés por demora o reintegro de pagos”, párrafo

segundo, estipula: “Tratándose de pagos en exceso que haya recibido ‘EL CONTRATISTA’,

éste deberá reintegrarlos, más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será

igual a la establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal […] Los cargos se calcularán

sobre las cantidades pagadas en exceso, se computarán por días calendario desde la fecha

de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la

Secretaría de Finanzas del Distrito Federal…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

Page 468: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

468 VOLUMEN 5/18

“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

en la Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la

información que justifica y soporta los pagos del contrato documentación que justifica

y soporta los pagos del contrato multicitado núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13.

”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica

y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]

”CC. No procede aplicar la recuperación de $26,869.16 por los intereses generados por el

pago de los servicios no devengados, debido a que los servicios fueron devengados

al 100% y la autorización de pago mediante las estimaciones de obra núms. 1 y 2

parciales, el día 7 de febrero de 2014, con cargo al ejercicio presupuestal de 2013,

por $266,210.17, fueron correctamente pagados ya que la empresa de supervisión

externa cumplió con los alcances de su contrato.

”Ya que las estimaciones números 1 y 2 parciales, se comprueba y se demuestra

que fueron ejecutados los trabajos (actividades) por $266,210.17, que aparentemente

ese Órgano Fiscalizador no fueron devengados por la empresa supervisora […]

correspondiente al contrato núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13.

”DD. Por otra parte, se desconoce qué servicios, en su caso no devengó la empresa

de supervisión externa […] si este cumplió con el contrato.

”EE. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo

Urbano, notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, solicita

a la afianzadora […] haga efectiva la misma, debido a que la empresa contratista

[…] en el contrato de servicios número DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13 cuyo objeto

consistió en el ‘Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de Construcción

de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas, (Segunda Vuelta)’,

con un plazo de ejecución del 6 al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado

vicios ocultos en los servicios objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera

efectiva la fianza de cumplimiento núm. 1489649e Inclusión 0 y línea de validación

091540EFB4 de fecha 5 de diciembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición

en la Dirección General Obras y Desarrollo Urbano.

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469 VOLUMEN 5/18

”Ya que de lo contrario ese Órgano Fiscalizador, tendría que haber determinado que los

servicios objeto del contrato de referencia, no se realizaron tal como se indica en el contrato.

”Por lo anterior, no se incumplieron los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I, de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55, párrafo

segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal y la cláusula Décima Quinta, párrafo segundo del

contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.

”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano

Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado

la información que acredita de que los compromisos efectivamente ya fueron devengados,

comprobados y justificados.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto

fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación

informó que los servicios fueron devengados y pagados mediante las estimaciones núms. 1 y 2

parciales el 7 de febrero de 2014, por un monto de 266.2 miles de pesos (sin IVA), con cargo

al ejercicio presupuestal de 2013, y que la empresa de supervisión externa cumplió con los

alcances de su contrato, durante la visita previa a la obra que se supervisó, realizada el

30 de septiembre de 2014, en la que participó personal de la Delegación y de la entidad de

fiscalización, se constató que la obra no ha sido concluida, como se señaló en la minuta

de visita previa núm. PL-7-4/03, en la que se indicó que entre los trabajos pendientes de

ejecutar estaban las siguientes actividades: desplante de muros, cancelería, herrería, instalaciones

eléctricas e hidrosanitarias, voz y datos, acabados en general, equipamiento del inmueble

y zona de velaría.

Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas los días 23, 24 y 25 de febrero

de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas

encargadas de la obra y supervisión, se constató que dieciocho conceptos de trabajo no

estaban realizados, cuatro conceptos de trabajo no concluidos y dos conceptos de trabajo

cuyo alcance no corresponde al presupuesto contratado, además, se constató que la obra

se encontraba con un avance físico aproximado del 70.0% sobre un área construida

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470 VOLUMEN 5/18

de 587.53 m2 (incluye 509.16 m2 del edificio y 78.37 m2 de la zona de velaría), tal y como se

asentó en la minuta núm. RT-7-1/02. Por lo que se concluye que el hecho de haber pagado

los servicios de supervisión no comprueba su ejecución.

En el resultado núm. 8, del presente informe, la recomendación núm. AOPE-105-13-48-IZC,

contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que, previo a la

autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas y servicios

relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades se hayan

ejecutado, y, en caso, de que éstos concluyan en fecha posterior a su pago, se calculen

y apliquen los intereses correspondientes, de acuerdo con la normatividad aplicable,

por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la

recomendación citada.

17. Resultado

La Delegación Iztacalco no aplicó una sanción por los daños ocasionados a la hacienda

pública de la Ciudad de México, por 171.4 miles de pesos (importe que no causa IVA

e intereses), a la empresa encargada de los “Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto

Integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas” al

amparo del contrato núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13, como consecuencia de no haber

verificado que los trabajos ejecutados correspondieran a las cantidades de obra que se

tramitaron para pago, lo que ocasionó daños por 2,764.6 miles de pesos (sin IVA).

Por lo anterior, la Delegación Iztacalco incumplió lo establecido en el libro 9A, parte 01,

sección 01, capítulo 006, cláusula C, inciso 02, párrafos primero y segundo, de las Normas

de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio

núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación

relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:

“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la

Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la información

que justifica y soporta los pagos del […] multicitado núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13.

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471 VOLUMEN 5/18

”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica

y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]

”FF. Una vez analizada la información, se determinó que no procede aplicar la sanción

por los daños ocasionados a la Hacienda Pública de la Ciudad de México por

$171,402.60 como consecuencia de no haber verificado que los trabajos ejecutados,

correspondieran con las cantidades de la obra que se tramitaron para pago, así como,

la correcta y completa terminación de los trabajos objeto del contrato, […] descrito

anteriormente, lo que ocasionó daños por $2’764,626.75.

”Ya que los trabajos objeto del contrato del resultado núm. 16 serán terminados

y concluidos al 100% el 24 de junio del año en curso.

”GG. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,

notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, solicita a la afianzadora

[…] haga efectiva la misma, debido a que la empresa contratista […] en el contrato de

servicios número DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13 cuyo objeto consistió en el ‘Servicio

de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de Construcción de la Casa para el

Adulto Mayor en el Parque de las Rosas, (Segunda Vuelta)’, con un plazo de ejecución

del 6 al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los servicios

objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera efectiva la fianza de cumplimiento

núm. 1489649e Inclusión 0 y línea de validación 091540EFB4 de fecha 5 de diciembre

de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección General Obras

y Desarrollo Urbano.

”HH. Es necesario, mencionar que este contrato, que fue auditado por ese Órgano Fiscalizador

es un contrato a precio alzado, ya que el objeto del mismo, es un Proyecto Integral, es

decir, tal y como lo establece el artículo 44, fracción II, último párrafo de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal:

”‘Artículo 44.- Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres

tipos:

”’II. A precio alzado, en cuyo caso el importe del pago total fijo que deba cubrirse

al contratista será por ministraciones que se establecerán en el contrato, en función

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472 VOLUMEN 5/18

de avances o actividades terminadas. Las propuestas que presenten los contratistas

en este caso, tanto en los aspectos técnicos como económicos, deberán estar desglosados

por actividades principales.

”’Los contratos a precio alzado no podrán ser modificados en monto o plazo, ni estarán

sujetos a ajustes de costos.

”’Los proyectos integrales, siempre deberán contratarse a base de precio alzado, y’

”Esto último se puede verificar en el cuerpo de las estimaciones (ministraciones) de obra

núms. 1 y 2 parciales, el día 21 de enero de 2014, autorizadas y pagadas.

”Por lo tanto, al concluirse la obra no procede aplicar la sanción por un monto de $171,402.60

como lo determinó ese Órgano Fiscalizador por metro cuadrado, ya que de lo contrario

las estimaciones (ministraciones) se hubieran pagado por metro cuadrado y no con base

en el avance de cada una de las actividades que corresponden a los metros cuadrados

de avance.

”Por lo que la Delegación no incumplió lo establecido en el libro 9A, parte 01, sección 01,

capítulo 006, cláusula C, inciso 02, párrafos primero y segundo, de las Normas de Construcción

de la Administración Pública del Distrito Federal, al omitir aplicar la sanción señalada en el

mismo.

”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano

Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado

la información que acredita de que no hubo daños ocasionados a la hacienda pública de la

Ciudad de México ya que los compromisos efectivamente fueron devengados, comprobados

y justificados.”

Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,

se concluye que la observación persiste, debido a que no se presentó la documentación

que acredite que la supervisión ejecutó eficientemente sus actividades, toda vez que

dicha supervisión no verificó que las cantidades de la obra que se tramitaron para pago

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473 VOLUMEN 5/18

correspondieran a los trabajos ejecutados, lo que ocasionó daños por 2,764.6 miles de pesos

(sin IVA), por lo que se hizo acreedora a una sanción por los daños ocasionados a la hacienda

pública de la Ciudad de México por 171.4 miles de pesos (importe que no causa IVA

ni intereses).

En el resultado 12 del presente informe, la recomendación núm. AOPE-105-13-51-IZC

contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que las empresas de

supervisión externa que contrate cumplan sus obligaciones contractuales, y que, en caso

de que dicha supervisión omita realizar actividades de las comprometidas y con ello ocasione

daños a la hacienda pública de la Ciudad de México, se apliquen las penalizaciones estipuladas

en los contratos respectivos, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte

del seguimiento de la recomendación citada.

Recomendación General AOPE-105-13-53-IZC

Es conveniente que la Delegación Iztacalco, por conducto de la Dirección General de

Obras y Desarrollo Urbano, informe al órgano interno de control sobre las irregularidades

mencionadas en los resultados núms. 8 al 17, así como de las recomendaciones contenidas

en los resultados núms. 1 al 17 del presente informe, a efecto de que en el ámbito de su

competencia les dé seguimiento, hasta su solventación y atención, respectivamente,

e informe a la Auditoría Superior de la Ciudad de México al respecto.

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475 VOLUMEN 5/18

II.10. DELEGACIÓN IZTAPALAPA

II.10.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS

II.10.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO DE APORTACIONES

PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES

TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF)*3

Auditoría ASCprofcasf/104/13

ANTECEDENTES

El 15 de febrero de 2010, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Contaduría Mayor

de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), actualmente

Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM), celebraron el Convenio de Coordinación

y Colaboración para la Fiscalización de los Recursos Públicos Federales Transferidos para

su Administración, Ejercicio y Aplicación al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos

Político-Administrativos de sus Demarcaciones Territoriales; y en general, a cualquier Entidad,

Persona Física o Moral, Pública o Privada; que se prevén en el Presupuesto de Egresos

de la Federación, así como de los correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto

Federalizado (PROFIS), que celebran la Auditoría Superior de la Federación y la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea legislativa del Distrito Federal. Este convenio se publicó

en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2010.

Con fecha 31 de marzo de 2014, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las

Reglas de Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio

Fiscal 2014. La regla séptima dispone: “En los Convenios de Coordinación y Colaboración,

suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas

Locales se establece la forma y términos para la fiscalización de los recursos federales

transferidos a las entidades federativas, los municipios y los órganos político-administrativos

de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal”.

El 27 de diciembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto del

Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, el cual en el anexo 21

consideró para el Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”

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476 VOLUMEN 5/18

un monto de 513,903,532.0 miles de pesos, de los cuales 54,413,838.1 miles de pesos (10.6%)

correspondieron al FORTAMUNDF.

Asimismo, en el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal de 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre

de 2012, el inciso d) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, numeral 1 “Aportaciones Federales”,

apartado XI “Transferencias Federales”, consideró recursos para el FORTAMUNDF por

un importe de 4,508,472.0 miles de pesos.

En el Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2013 se publicó el Acuerdo por el que

se da a conocer a los Gobiernos de las Entidades Federativas la Distribución y Calendarización

para la Ministración durante el Ejercicio Fiscal 2013, de los Recursos correspondientes a los

Ramos Generales 28 “Participaciones a Entidades Federativas y Municipios” y 33 “Aportaciones

Federales para Entidades Federativas y Municipios”. En dicho documento se señaló un total

de transferencias federales por ejercer del Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades

Federativas y Municipios” un monto de 54,413,838.1 miles de pesos, de los cuales

4,508,472.0 miles de pesos (8.3%) correspondieron al FORTAMUNDF para ser ejercidos

por las 16 Delegaciones del Distrito Federal.

La asignación original de recursos federales al Distrito Federal por concepto del FORTAMUNDF

fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2013, la cual

ascendió a 4,508,472.0 miles de pesos, importe superior en 7.2% (304,994.9 miles de pesos)

en relación con el presupuesto asignado en 2012 (4,203,477.1 miles de pesos).

El total de los recursos originales registrados en 2013 en el Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de

diciembre de 2012, para la Delegación Iztapalapa fue de 3,390,443.6 miles de pesos; de ellos,

924,908.5 miles de pesos (27.3%) provinieron de los fondos federales que le fueron transferidos

con cargo al FORTAMUNDF.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Iztapalapa, derivado de los recursos federales ministrados por la Secretaría de Finanzas

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477 VOLUMEN 5/18

correspondientes al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de

las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF), se haya registrado,

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con

la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN.

Mediante el oficio núm. OASF/0474/2014 del 13 de marzo de 2013, la ASF solicitó a la CMHALDF

(actualmente ASCM) efectuar una auditoría orientada a revisar los recursos federales

correspondientes al FORTAMUNDF, ejercidos por la Delegación Iztapalapa durante 2013.

Con fundamento en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de los

Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación

al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus Demarcaciones

Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral, Pública o Privada, que

se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como de los correspondientes

al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS), que celebran la

Auditoría Superior de la Federación y la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

legislativa del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo

de 2010, la auditoría se realizó de manera coordinada con la ASF.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX, de la Ley

Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

La muestra de auditoría se determinó con base en los trabajos llevados a cabo en la fase

de planeación de la auditoría, según se señala en el reporte de planeación (Apartado 2,

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478 VOLUMEN 5/18

“Determinación de las Muestras”), que se presentó de conformidad con el Manual del Proceso

General de Fiscalización. De la misma manera, la muestra de auditoría fue resultado del estudio

y evaluación del sistema de control interno y del presupuesto ejercido en el rubro sujeto

a revisión.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración (DGA) de la Delegación

Iztapalapa, en específico, en la Coordinación de Recursos Financieros, que es la encargada

de coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto; el programa operativo anual;

la presentación de la información para su incorporación a la Cuenta Pública; de coordinar

el registro, control y análisis de los recursos asignados a la Delegación; de revisar y analizar

los estados financieros de manera mensual; y de tramitar las Cuentas por Liquidar

Certificadas (CLC) emitidas; la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales,

que se encarga de supervisar que las adquisiciones de los recursos materiales de la Delegación

se realicen de acuerdo con la normatividad vigente, de integrar el Programa Anual de

Adquisiciones conforme al presupuesto autorizado.

Las acciones de fiscalización se realizaron principalmente conforme a los criterios normativos

y a los procedimientos de auditoría establecidos en las Reglas de Operación del Programa

para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio Fiscal 2013, publicadas en el Diario

Oficial de la Federación del 31 de marzo de 2014.

Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa vigente en 2013, para verificar

que el apartado de organización fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que,

conjuntamente con los procedimientos aplicables al rubro en revisión, estuvieran autorizados

por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).

Se aplicaron cuestionarios de control interno a la DGA y sus unidades administrativas

(Coordinación de Recursos Financieros y a la Coordinación de Recursos Materiales y Servicios

Generales), así como a la Coordinación General de Seguridad Pública, áreas relacionadas

con el ejercicio de los recursos del FORTAMUNDF.

Se analizaron 101 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos

asignados al FORTAMUNDF, se verificaron las causas por las cuales se modificó el

presupuesto y se constató que contaran con la documentación soporte.

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479 VOLUMEN 5/18

Las pruebas sustantivas consistieron en verificar que las cifras reportadas por el sujeto

fiscalizado coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal 2013; en integrar, por partida, el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión;

y en identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el presupuesto

original del rubro revisado.

Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos

correspondientes hubieran estado en operación durante el período auditado y que la

normatividad se hubiera aplicado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:

1. Se verificó que los recursos del FORTAMUNDF registrados por la Delegación Iztapalapa,

correspondieran a los reportados en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2013.

2. Se verificó la publicación, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de los montos que

correspondían a cada demarcación territorial por concepto del FORTAMUNDF y del

calendario de ministraciones; la distribución de los intereses por la SEFIN a la Delegación

Iztapalapa, el depósito de los recursos en una cuenta bancaria específica para este fin,

el registro contable de las operaciones de conformidad con el Manual de Contabilidad

del Gobierno del Distrito Federal; y la publicación de los informes sobre el ejercicio y destino

de los recursos provenientes del FORTAMUNDF.

3. Se verificó que la documentación comprobatoria contara con el sello que la identificara

como recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF.

4. Se verificó el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental respecto

al registro contable de los recursos del FORTAMUNDF.

5. Se constató que la Delegación Iztapalapa hubiese enviado el reporte de su pasivo

circulante a la SEFIN.

6. Se comprobó el envío a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales (DGRMSG) de la Oficialía Mayor (OM) del Programa Anual de Adquisiciones,

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480 VOLUMEN 5/18

Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) autorizado para el ejercicio de 2013

y sus modificaciones, correspondientes a la Delegación Iztapalapa.

7. Se verificó que en los expedientes de las licitaciones públicas nacionales y adjudicaciones

directas se contara con la aprobación del Subcomité de Adquisiciones Arrendamientos

y Prestación de Servicios, así como el oficio de autorización.

8. Se verificó que las adquisiciones estuvieran soportadas con las requisiciones respectivas,

en las cuales constara la firma de autorización del personal que tuvo atribuciones para ello,

que hubiesen contado con suficiencia presupuestal, y que se hubieran formalizado

mediante los contratos correspondientes; y que los procedimientos de adjudicación se

hubiesen ajustado a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento.

9. Se verificó que los contratos de adquisiciones estuvieran firmados por el personal facultado

para ello, que se hubiese contado con suficiencia presupuestal; que se hubiesen cumplido

las cláusulas contractuales, y que los procedimientos de adjudicación se hubiesen sujetado

a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

10. Se constató que los bienes hubieran sido recibidos de conformidad con las cláusulas

estipuladas en los contratos y que los proveedores hubiesen entregado comprobantes

de pago (facturas) a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Iztapalapa.

11. Se verificó que la Delegación Iztapalapa hubiera conservado la documentación original

justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y que los gastos hubieran sido

registrados en las partidas correspondientes a la naturaleza del gasto.

En cuanto a los procedimientos analíticos, éstos consistieron en integrar, por partidas y por

capítulo de gasto, el presupuesto ejercido; en verificar que las cifras reportadas por el sujeto

de fiscalización a la SEFIN coincidieran con las registradas en la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2013; en examinar los registros presupuestarios y el importe

contabilizado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN; en comprobar que se contara con

evidencia del pago de los bienes adquiridos; y en revisar que se contara con los expedientes

de las adquisiciones debidamente integrados.

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481 VOLUMEN 5/18

Se seleccionaron como muestra 4 de 87 partidas de gasto correspondientes a los recursos del

FORTAMUNDF, que integraron el presupuesto ejercido en 2013 por la Delegación Iztapalapa

con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”,

3000 “Servicios Generales”, 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y 6000 “Inversión Pública”, por un total

de 924,995.5 miles de pesos.

Las partidas seleccionadas como muestra fueron la 2611 “Combustibles, Lubricantes

y Aditivos”, la 3381 “Servicios de Vigilancia”, la 5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías

de la Información” y la 6121 “Edificación no Habitacional”.

Con la finalidad de tener una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad

de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual administrativo,

apartado de organización de la Delegación vigentes en 2013, con el fin de identificar su

estructura orgánica, los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas

que las integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.

Se revisó el manual administrativo, apartado de procedimientos, para identificar los que fueron

aplicados por las unidades administrativas responsables de justificar, aprobar, modificar,

comprometer, devengar, comprobar, ejercer, registrar y pagar las erogaciones efectuadas

con cargo al FORTAMUNDF.

En forma adicional, se aplicaron cuestionarios de control interno a las diversas unidades

administrativas de la Delegación, que tuvieron relación con el ejercicio del FORTAMUNDF;

y se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados

para ello.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la Delegación

Iztapalapa contó con un manual administrativo, en su parte organización, actualizado conforme

al último dictamen de reestructuración orgánica (núm. 11/2011) aplicable para la Cuenta

Pública 2013; asimismo, contó con procedimientos actualizados, dictaminados y registrados

por la CGMA.

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482 VOLUMEN 5/18

A continuación se describen, por capítulos y partidas, las actividades realizadas:

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

El presupuesto ejercido por la Delegación Iztapalapa en el capítulo ascendió a 235,245.1 miles

de pesos, el 54.46% de ese monto (128,124.7 miles de pesos) afectó a la partida 2611

“Combustibles, Lubricantes y Aditivos”. Al respecto, se revisaron 10 CLC, por un monto de

31,152.1 miles de pesos (24.3%) y se constató que las 10 CLC contaran con su respectiva

documentación justificativa y comprobatoria.

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”

El monto ejercido por la Delegación con cargo a esta partida fue de 660,323.00 miles de

pesos, que representaron el 37.0% del presupuesto ejercido en el capítulo (244,572.8 miles

de pesos). Al respecto, se revisaron nueve CLC, por un monto de 103,019.3 miles de pesos,

que corresponden al 42.1% de los recursos ejercidos en esta partida.

Se verificó el cumplimiento de las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios de

Seguridad y Vigilancia por los servicios de Intramuros y Extramuros, para lo cual se verificaron

las fatigas de los servicios y se revisaron los Informes Presupuestales de Liquidaciones a cargo

de las Unidades Ejecutoras del Gasto.

Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

Partida 5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información”

El monto ejercido por la Delegación con cargo a esta partida fue de 3,670.0 miles de pesos.

Al respecto, se revisó una CLC, por un monto de 2,474.9 miles de pesos, que corresponden

al 67.4% de los recursos ejercidos en esta partida.

Se revisó un convenio de colaboración suscrito por la Delegación y un proveedor, así como

los documentos comprobatorios del gasto consistentes en facturas, actas circunstanciadas

de entrega-recepción de equipo y mobiliario.

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483 VOLUMEN 5/18

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

Partida 6121 “Edificación no Habitacional”

El monto ejercido por la Delegación con cargo a esta partida fue de 26,925.4 miles de pesos.

Al respecto, se revisaron 26 CLC, por un monto de 18,734.6 miles de pesos, que corresponden

al 57.5% de los recursos ejercidos en esta partida.

Se revisaron nueve contratos suscritos entre la Delegación y dos proveedores, así como

los documentos comprobatorios de los gastos consistentes en contratos, facturas, estimaciones

y actas entrega-recepción de la obras.

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

con cargo al FORTAMUNDF en la Delegación Iztapalapa, se realizó lo siguiente:

1. Por tratarse de una auditoría financiera, se integró el universo de los recursos ejercidos

en 2013 por la Delegación Iztapalapa por capítulo y se determinó el porcentaje que

representó cada una de ellas en relación con el total de los recursos ejercidos por

el FORTAMUNDF, con la finalidad de identificar los importes más significativos como

se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Presupuesto

% Original Modificado Ejercido

2000 “Materiales y Suministros” 247,773.3 (12,528.2) 235,245.1 25.2

3000 “Servicios Generales” 607,881.1 52,442.0 660,323.0 70.9

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 0.0 0.0 0.0 0.0

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 0.0 3,670.6 3,670.6 0.4

6000 “Inversión Púbica” 69,254.1 (36,687.4) 32,566.7 3.5

Totales 924,805.5 6,897.0 931,805.4 100.0

2. De los cinco capítulos que integraron el total ejercido del FORTAMUNDF, se seleccionaron

las partidas más representativas por su monto y peso específico de cada capítulo y se

determinó el número de CLC y documentos múltiples que fueron emitidos en 2013 por

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484 VOLUMEN 5/18

la Delegación, a fin de identificar el universo de documentos susceptibles de revisar,

como se establece en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Partida Presupuesto

ejercido

CLC DM

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 128,124.7 97 0

3381 “Servicios de Vigilancia” 244,572.8 32 0

5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” 3,670.6 3 0

6121 “Edificación no Habitacional” 26,925.4 26 26

Subtotal 403,293.5 158 26

Otras partidas no seleccionadas 528,511.9 1,192 12

Totales 931,805.4 1,350 38

DM Documentos múltiples.

3. Se determinó el número de contratos y convenios de cada una de las cuatro partidas

seleccionadas, así como la modalidad de adquisición de los bienes y servicios, como

se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partida Presupuesto

ejercido

Procesos de adquisición Contratos

LPN IR AD

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 128,124.7 n.a. n.a. 1

3381 “Servicios Vigilancia” 244,572.8 n.a. n.a. 1

5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” 3,670.6 2 2

6121 “Edificación no Habitacional” 26,925.4 0 10 10

Subtotal 403,293.5 0 2 10 14

Otras partidas no seleccionadas 528,511.9

Total 931,805.4

* Corresponde a partida centralizada. ** Corresponde a Convenio de Colaboración. AD Adjudicación directa. IR Invitación restringida LPN Licitación pública nacional. n.a. No aplica.

4. De conformidad con lo expuesto en los numerales anteriores, se seleccionó una muestra

de 155,380.90 miles de pesos, que representó el 16.7% del total ejercido por la Delegación

(931,805.40 miles de pesos) como se muestra en el cuadro siguiente:

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485 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Presupuesto

ejercido

Muestra de auditoría %

*

CLC Contratos Importe

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”” 128,124.7 10 n.a. 31,152.1 3.3

3381 “Servicios de Vigilancia” 244,572.8 9 n.a. 103,019.3 11.1

5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” 3,670.6 1 2 2,474.9 0.3

6121 “Edificación no Habitacional” 26,925.4 26 10 18,734.6 2.0

Subtotal 403,293.5 46 12 155,380.9 16.7

Otras partidas no seleccionadas 528,511.9 0 0 0 0.0

Totales 931,805.4 26 12 155,380.9 16.7

* Porcentaje en relación con el presupuesto total ejercido de FORTAMUNDF n.a. No aplica.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Conforme a la fracción IV, inciso B), subapartado 1, del Manual del Proceso General de

Fiscalización, se informan los procedimientos de auditoría realizados para la evaluación

preliminar del control interno, los cuales fueron aplicados en la revisión del Control Interno

como se describe a continuación:

1. Para el estudio general del área, se identificaron y analizaron las atribuciones establecidas

en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en su Reglamento

Interior de la Dirección General de Administración de la Delegación Iztapalapa.

2. Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa vigente en 2013, apartados

de organización y de procedimientos, con el fin de verificar que correspondiera a la

estructura orgánica aprobada y dictaminada, y que los procedimientos aplicables al rubro

revisado hubieran sido dictaminados y registrados por la CGMA.

3. Se realizaron pruebas sustantivas o de detalle, las cuales consistieron en integrar por

partida el presupuesto ejercido con cargo al FORTAMUNDF; en verificar que las cifras

reportadas a la SEFIN por el sujeto fiscalizado coincidieran con las asentadas en la Cuenta

Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y verificar los registros presupuestarios

e importes contabilizados por la Subsecretaría de Egresos. Con el fin de constatar

el registro y control de las adquisiciones efectuadas por la Delegación Iztapalapa con cargo

al FORTAMUNDF en 2013, se practicaron las pruebas que se indican en seguida:

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486 VOLUMEN 5/18

a) Verificar que la transferencia de recursos del FORTAMUNDF a la Delegación

y el destino de éstas se haya sujetado a la normatividad aplicable.

b) Verificar que la adquisición de bienes y la contratación de servicios y de obra se hayan

celebrado mediante los contratos respectivos y que se hubieran formalizado en los

plazos establecidos.

c) Revisar que la adquisición de bienes y la contratación de servicios y de obra se

hayan ajustado a los procedimientos de contratación (licitación pública, invitación

restringida a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa), establecidos

en la normatividad aplicable.

d) Verificar que se hayan formalizado contratos con proveedores de bienes y prestadores

de servicio, que no se encontraran inhabilitados por la Contraloría General del Distrito

Federal (CGDF) o por la Secretaría de la Función Pública (SFP).

e) Constatar que se haya dado cumplimiento a los contratos celebrados respecto

a la adquisición de bienes y prestación de servicios.

f) Revisar que los proveedores y los prestadores de servicios hayan entregado

comprobantes de pago a nombre del GDF/Delegación Iztapalapa y que cumplan

con los requisitos fiscales del Código Fiscal de la Federación, vigente en 2013.

g) Verificar que los procesos de adjudicación de obras se hayan sujetado a la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento; vigentes en 2013.

h) Revisar que las obras se hayan entregado de conformidad con lo establecido

en los contratos.

i) Comprobar que los recursos ejercidos hayan sido registrados de acuerdo con su

naturaleza y conforme a la partida presupuestal establecida en el Clasificador

por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal.

j) Verificar que los pagos de pasivo se hayan registrado y reportado a la SEFIN, de

conformidad con la normatividad aplicable.

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487 VOLUMEN 5/18

k) Integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión por partida.

l) Identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron

el presupuesto original, y verificar que se encuentren debidamente registradas

y soportadas con la documentación correspondiente.

m) Verificar que los expedientes de la documentación legal y administrativa de los

contratistas, proveedores y prestadores de servicios de los contratos adjudicados

se encuentren debidamente integrados.

n) Verificar la aplicación de las penas convencionales en los casos procedentes

y formular oficios de confirmación de operaciones con los proveedores de bienes y

servicios, con los cuales se hayan realizados operaciones con cargo al rubro sujeto

a revisión en 2013.

Con el fin de constatar el registro y control de las adquisiciones efectuadas por la Delegación

Iztapalapa con cargo al FORTAMUNDF en 2013, se practicaron las pruebas siguientes:

1. Que se hayan elaborado las requisiciones de compra u órdenes de servicios, y que

estén debidamente formuladas y firmadas por personal autorizado.

2. Que las requisiciones de compra hubiesen contado con autorización presupuestal.

3. Que exista aprobación del Comité o Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de la Delegación en los casos procedentes.

4. Que las adquisiciones se hayan ajustado a los montos de actuación para la celebración

de procedimientos de adquisición de bienes y servicios establecidos en la normatividad

aplicable.

5. Que los procedimientos de adquisición realizados por la Delegación con recursos

del FORTAMUNDF, y que se hayan sujetado a la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal.

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488 VOLUMEN 5/18

6. Verificar que la SEFIN haya ministrado mensualmente los recursos del FORTAMUNDF

a la Delegación, de manera ágil y directa, conforme al calendario de ministraciones

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

7. Constatar que los recursos del FORTAMUNDF se hubiesen destinado preferentemente

al financiamiento de obligaciones financieras, pago de derechos y aprovechamientos

por concepto de agua, seguridad pública y otras prioridades de la Delegación.

8. Confirmar que se haya reportado de manera oportuna a la Secretaría de Hacienda

y Crédito Público (SHCP), la información trimestral relacionada con el ejercicio,

destino y los resultados obtenidos de los recursos del fondo.

9. Comprobar que la Delegación haya hecho del conocimiento de sus habitantes el monto

de los recursos recibidos, las obras, acciones e inversiones a realizar, el costo de cada

una, de su ubicación, metas y beneficiarios; y al término del ejercicio los resultados

alcanzados.

10. Confirmar que la SEFIN haya realizado la apertura de una cuenta bancaria específica

para el manejo de los recursos del FORTAMUNDF en 2013.

11. Constatar que los bienes se encontraran incluidos en el inventario de la Delegación.

12. Confirmar que se contara con “Registros de Asistencia del Personal de la Policial Auxiliar”

y que no se hayan conciliado los turnos de servicios de vigilancia.

13. Confirmar que los proveedores hayan entregado comprobantes de pago, que éstos

estén a nombre de Gobierno del Distrito Federal Delegación Iztapalapa y que cumplan

los requisitos fiscales del Código Fiscal de la Federación.

14. Comprobar que los expedientes de los procesos de contratación relativos a los proveedores

adjudicados, se encuentren debidamente integrados.

Los resultados relativos al control interno se describen en el apartado de resultados del

presente informe.

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489 VOLUMEN 5/18

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. DGA/1003/2014 del 18 de junio de 2014, la DGA de la Delegación

Iztapalapa proporcionó a la esta entidad de fiscalización el Manual Administrativo de la

Delegación vigente en 2013. Dicho documento se integró por los apartados de organización

y procedimientos, y se elaboró conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011,

con vigencia a partir del 1o. de diciembre de 2011 y durante 2013.

Derivado de su análisis, se desprende lo siguiente:

Con el oficio núm. CG/569/2011 del 1o. de diciembre de 2011, la CGDF autorizó a la Delegación

Iztapalapa el dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011 vigente a partir del 1o. de diciembre

de 2011, el cual dejó sin efecto el dictamen núm. 11/2006. Dicha estructura se integró de

la siguiente manera: 1 Jefatura Delegacional, 1 Coordinación de Asesores, 1 Coordinación

General de Seguridad Pública, 1 Coordinación de Comunicación Social, 1 Dirección de

Protección Civil, 1 Secretaria Particular de la Jefatura de Gobierno, 1 Asesor, 6 Direcciones

Generales, 10 Direcciones de Área, 37 Coordinaciones, 3 Subdirecciones (Central), 73 Jefaturas

de Unidad Departamental (Central), 27 Líderes Coordinadores de Proyecto (Centrales),

4 Enlaces (Centrales), 8 Direcciones Territoriales, 24 Jefaturas de Unidad Departamental

(Territoriales), 40 Líderes Coordinadores de Proyecto (Territoriales).

La Delegación Iztapalapa atendió el oficio de solicitud núm. ASC/14/1231 del 12 de junio

de 2014, emitido por esta entidad de fiscalización en relación con la solicitud de proporcionar

los procedimientos contenidos en su manual administrativo, que se aplicaron en 2013

para las operaciones realizadas con cargo al FORTAMUNDF. Al respecto, proporcionó ocho

procedimientos: “Adquisición de Bienes y Servicios mediante el Procedimiento de Adjudicación

Directa”, “Adquisición de Bienes y Servicios mediante el Procedimiento de Invitación Restringida

a cuando menos Tres Proveedores”, “Adquisición de Bienes y Servicios mediante el

Procedimiento de Licitación Pública”, “Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas para

el Pago de Proveedores y Prestadores de Servicio”, “Trámite de Cuentas por Liquidar

Certificadas por Anticipo y Estimaciones de obra pública”, “Trámite de Recibo Oficial (Entero)

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490 VOLUMEN 5/18

ante la Secretaría de Finanzas”, “Levantamiento Físico de Inventario de Bienes Muebles

Instrumentales” y “Recepción, Control y Registro de Bienes Muebles en Almacén”.

Los procedimientos fueron integrados en su manual administrativo y registrados por la CGMA

con el núm. MA-309-11/11, de acuerdo con los oficios núms. OM/CGMA/1290/2013 del 1 de

agosto de 2013 y OM/CGMA/0276/2014 del 21 de abril de 2014, publicados el 16 de octubre

de 2013 y 4 de junio de 2014, respectivamente, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

y que se elaboraron conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011. Dichos

procedimientos fueron aplicables para el registro y control de las operaciones del ejercicio 2013.

Se llevó a cabo el análisis de los procedimientos contenidos en los manuales de la Delegación

Iztapalapa, de los cuales se constató lo siguiente:

1. La Delegación Iztapalapa utilizó los procedimientos “Adquisición de Bienes y Servicios

mediante el Procedimiento de Adjudicación Directa”, “Adquisición de Bienes y

Servicios mediante el Procedimiento de Invitación Restringida a cuando menos Tres

Proveedores”, “Adquisición de Bienes y Servicios mediante el Procedimiento de Licitación

Pública”, “Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas para el Pago de Proveedores

y Prestadores de Servicio”, “Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas por Anticipo y

Estimaciones de obra pública”, “Trámite de Recibo Oficial (Entero) ante la Secretaría de

Finanzas”, todos elaborados conforme al dictamen núm. 11/2006 con número de registro

MA-02D09-11/06 (publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 3 y 24 de abril

de 2008 y 11 de diciembre de 2009); y los procedimientos “Levantamiento Físico de

Inventario de Bienes Muebles Instrumentales” y “Recepción, Control y Registro de Bienes

Muebles en Almacén”, conforme al dictamen núm. 11/2011 con número de registro

MA-309-11/11.

2. Respecto de los procedimientos aplicables a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”,

3000 “Servicios Generales”, 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y 6000

“Inversión Pública”, que forman parte de la muestra sujeta a revisión, la Delegación

Iztapalapa, en relación con la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, contó

con los procedimientos denominados: “Dotación de combustible del parque vehicular,

maquinaria y equipo en la Delegación Iztapalapa” y “Solicitud de dotación extra de

combustible para el parque vehicular, maquinaria y equipo en la Delegación Iztapalapa”.

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491 VOLUMEN 5/18

En cuanto a las partidas 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5151 “Equipo de Cómputo

y Tecnologías de la Información” y 6121 “Edificación no Habitacional”, no contó con

procedimientos actualizados.

3. Como evidencia de que dichos procedimientos se difundieron entre el personal a su cargo,

la DGA en la Delegación Iztapalapa proporcionó los oficios núms. DGDD/465/2013,

DGDD/466/2013 ambos del 27 de agosto de 2013 y el DGDD/240/2014 del 13 de mayo

de 2014, con acuses de enterado, mediante los cuales se les hace de su conocimiento

y solicita a las direcciones adscritas a dicha Dirección General, difundir entre su personal

los procedimientos. Además, se publicó el manual administrativo en su apartado de

procedimientos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 16 de octubre de 2013

y 4 de junio de 2014.

Por lo anterior, se concluyó que al publicar su manual administrativo, apartado de

procedimientos, la Delegación Iztapalapa cumplió el apartado 2.4, “Revisión, Dictamen

y Registro de Manuales Administrativos”, numeral 2.4.6.7, de la Circular Contraloría

General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2013 y publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 25 de enero de 2011.

Los resultados de la evaluación del control interno mostraron fortalezas y debilidades

en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes:

Fortalezas

La Delegación Iztapalapa dispone de una estructura operativa actualizada y registrada

ante la CGMA, lo cual permite el correcto desarrollo y diferenciación de sus actividades,

ámbito de control y delegación de autoridad.

Debilidades

La Delegación Iztapalapa no contó con procedimientos actualizados para la operación

de recursos con cargo al FORTAMUNDF, lo que convierte en ineficientes los procesos

operativos y administrativos; compromete el cumplimiento y la consecución de los objetivos

de eficacia, eficiencia y calidad, así como la satisfacción de los requerimientos.

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492 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación

Iztapalapa, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1o. de septiembre de 2014 proporcionó

el oficio núm. DGA/CI/634/2014 del 28 de agosto de 2014, con el cual informó lo siguiente:

“… De acuerdo a la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión

Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención

Ciudadana en la Administración Pública Del Distrito Federal, en cumplimiento al numeral

‘3. Tecnologías de la Información y comunicaciones de la APDFD, se establece que la

Dirección de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (DGGTIC)

es la unidad administrativa de la planeación del desarrollo Tecnológico de la APDF, de

acuerdo con los planes estratégicos definidos por la CGMA así como de la operación

de la red de transmisión de datos digitales, sistema de correo electrónico, centro de datos

del GDF y en general de la gestión de los servicios de tecnologías de la información

y comunicaciones de la APDF’. Con base a lo anterior, la Coordinación de Informática se

rige por esta normatividad.”

1. En el numeral “3.4.2. Para los bienes y servicios que se encuentren especificados en

los Estándares Técnicos de Bienes informáticos de la APDF y que cumplen con la

normatividad emitida por la CG, no es necesario el dictamen técnico”. En este caso

no existían equipos de cómputo fuera de los estándares definidos por la DGGTIC.

2. En el numeral “3.4.9. El informe de Adquisición es el documento que deben presentar

las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la APDF

a la DGGTIC cuando se hayan adquirido bienes o servicios informáticos que han

requerido o no dictamen técnico de la DGGTIC conforme a los numerales anteriores”.

Derivado del análisis efectuado a la documentación presentada, se determinó que, aun cuando

no contó con procedimientos actualizados para el control de los recursos del FORTAMUNDF,

la Delegación Iztapalapa para el caso del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles

e Intangibles” argumentó que las operaciones relacionadas con dicho capítulo se rigen por la

normatividad indicada en su respuesta (emitida por la CGDF). Por lo anterior, no se desvirtúa

la observación del presente resultado.

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493 VOLUMEN 5/18

Presupuesto Autorizado

2. Resultado

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 de fecha 07 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Iztapalapa, el techo presupuestal

aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por un monto de

3,390,443.6 miles de pesos, señalándose en la sección de “Fuente de Recurso”

para el FORTAMUNDF un importe de 931,805.0 miles de pesos, que representan el 27.5%

del presupuesto aprobado.

El Subsecretario de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio núm. SFDF/SE/492/2013 del

29 de enero de 2013, remitió a la Delegación Iztapalapa el Calendario Presupuestal y Programa

Operativo Anual definitivos para el ejercicio fiscal 2013; en ambos casos, correspondieron

a los montos aprobados por la ALDF e informados en el techo presupuestal en el Decreto

de Presupuesto de Egresos para el ese ejercicio.

Transferencia de Recursos

3. Resultado

El artículo 36, inciso a) y b), penúltimo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal vigente

en 2013, señala que el FORTAMUN se determinará anualmente en el Presupuesto de

Egresos de la Federación con recursos federales y establece que al Distrito Federal y a sus

Demarcaciones Territoriales, los fondos correspondientes les serán entregados en la misma

forma que al resto de los Estados y Municipios, pero calculados como el 0.2123% de la

recaudación federal participable, las variables y fórmulas para determinar los montos que

corresponden a cada Demarcación Territorial del Distrito Federal por concepto del fondo

de aportaciones para el fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal, así como el calendario de ministraciones 2013, el cual deberá

publicarse a más tardar el 31 de enero de cada año.

Con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0004 del 29 de julio de 2014, esta entidad

de fiscalización solicitó a la SEFIN la información y documentación donde se acreditó

que en 2013 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los importes de los recursos

Page 494: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

494 VOLUMEN 5/18

del FORTAMUNDF asignados al Gobierno del Distrito Federal, así como las variables

y fórmulas utilizadas para determinar el monto de los recursos que correspondieron a cada

demarcación territorial del Distrito Federal; y que comprobara que dichos recursos se

enteraron mensualmente, de manera ágil y directa, sin limitaciones ni restricciones, incluidas

las de carácter administrativo, conforme al calendario de ministraciones publicado.

Con el oficio núm. DGCNCP/3461/2014 del 05 de agosto de 2014, la Dirección General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN proporcionó

a esta entidad de fiscalización copia del oficio núm. SEFINDF/SPF/DGAF/3763/2014

del 4 de agosto de 2014, signado por la Dirección General de Administración Financiera de la

Subsecretaría de Planeación Financiera (SPF), con el cual informó que “se recibieron

mensualmente 11 ministraciones por un importe de $375,706.00 miles de pesos [sic] por

el período comprendido de enero a noviembre de 2013 y una por $375,706.10 miles de

pesos [sic] correspondiente al de diciembre de 2013”, de las cuales a la Delegación

Iztapalapa le correspondieron 12 ministraciones por un importe de 77,075.71 miles de pesos

por el período comprendido de enero a diciembre de 2013.

Respecto a la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la SEFIN proporcionó

el oficio núm. DGPP/2563/2014 del 04 de agosto de 2014, con el que la Dirección General

de Política Presupuestal informó: “Conforme lo dispuesto por la Ley de Coordinación Fiscal,

la Secretaría de Finanzas publicó las variables y fórmulas para determinar los montos de los

recursos que correspondieron a cada Demarcación Territorial por concepto del FORTAMUNDF,

así como el calendario de ministraciones para el ejercicio fiscal 2013. Dicha publicación se

efectuó el día 30 de enero de 2013 […] la cual puede ser consultada en la página de internet

de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales en el apartado de la Gaceta Oficial del Distrito

Federal […] con el número 1533”.

Con base en la respuesta de la SEFIN, se comprobó el cumplimiento del artículo 36,

inciso a) y b), penúltimo párrafo, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013.

Con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0004 del 29 de julio de 2014, esta entidad

de fiscalización solicitó a la SEFIN que informara si en el ejercicio de 2013, los recursos

del FORTAMUNDF fueron embargados, grabados o afectados en garantía. En respuesta,

con el oficio núm. DGCNCP/3461/2014 del 5 de agosto de 2014, la DGCNCP de la SEFIN

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495 VOLUMEN 5/18

anexó el oficio núm. SEFINDF/SPF/DGAF/DCCF/3763/2014 del 4 de agosto de 2014,

mediante el cual la Dirección General de Administración Financiera, por conducto de la

Dirección de Concentración y Control de Fondos, informó: “De acuerdo con los estados

de cuenta bancarios, no existen cargos por concepto de embargo y de conformidad con el

artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal”.

Por lo anterior, se concluye que los recursos del FORTAMUNDF no se afectaron en garantía,

no fueron embargados ni se gravaron.

Registro e Información Contable y Presupuestaria

4. Resultado

El artículo 10, fracción I, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio

Fiscal de 2013, dispone lo siguiente:

“El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación, a más tardar el 31 de

marzo, deberá suscribir convenios específicos con las entidades federativas que deseen

adherirse a estos subsidios, en los cuales deberá preverse lo siguiente:

”I. El establecimiento por parte de las entidades federativas de cuentas bancarias específicas

para la administración de los recursos federales que les sean transferidos, para efectos de

su fiscalización.”

Con el oficio núm. ASC/14/1316 del 24 de junio de 2014, esta entidad de fiscalización solicitó

a la SEFIN la información relacionada con la cuenta bancaria específica en la que se recibieron

y administraron los recursos del FORTAMUNDF y sus rendimientos financieros.

Con el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la SEFIN

proporcionó a esta entidad de fiscalización el oficio núm. SEFINDF/SPF/DGAF/3077/2014

del 17 de diciembre de 2012, con el cual informó: “Por este conducto informo a usted que

la Secretaría de Finanzas del G.D.F. apertura una cuenta bancaria productiva el día 14 de

diciembre del presente año, específicamente para la administración de los recursos federales

destinados para el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios

y las Demarcaciones Territoriales del DF. (FORTAMUNDF 2013) con la institución

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496 VOLUMEN 5/18

bancaria Banco Santander (México), S.A. la Cuenta bancaria núm. 65503559279 con

clave 014180655035592792…”.

Derivado del análisis de la información proporcionada, se determinó que la SEFIN utilizó

la cuenta bancaria núm. 65503559279 para la administración de los recursos del FORTAMUNDF

y sus rendimientos financieros.

La cuenta bancaria reportó un saldo el 1o. de enero de 2013 de 0.0 miles de pesos,

y al 31 de enero de 2013, un saldo de 375,706.0 miles de pesos. La variación del saldo

se debió a la transferencia efectuada por la Federación con recursos del FORTAMUNDF

(dicho monto correspondió al mes de enero de 2013 para distribuirse entre las 16 Delegaciones

del Distrito Federal). Cabe señalar que la Federación realizó 12 transferencias mensuales

por el monto señalado, de los cuales 77,075.7 miles de pesos correspondieron a la Delegación

Iztapalapa, que al final del ejercicio representaron 924,908.5 miles de pesos, a los que se

suman 6,896.9 miles de pesos por concepto de intereses, lo que da un total de 931,805.4 miles

de pesos que corresponden al monto ejercido por el órgano político-administrativo en 2013.

Una vez detectados los movimientos correspondientes a los intereses producto de la inversión

de los recursos del FORTAMUNDF, se verificó que el banco los hubiera calculado de acuerdo

con la tasa y los días correspondientes a cada uno de los meses. Dichos intereses, por

el período de enero a diciembre, ascendieron a 33,619.0 miles de pesos, distribuidos

mensualmente, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Mes Monto ministrado

Interés Acumulado

Enero 375,706.0 51.5 375,757.5

Febrero 375,706.0 1,489.5 377,195.5

Marzo 375,706.0 3,194.4 378,486.5

Abril 375,706.0 3,867.9 379,573.9

Mayo 375,706.0 3,879.9 379,585.9

Junio 375,706.0 4,172.4 379,878.4

Julio 375,706.0 4,304.4 380,010.4

Agosto 375,706.0 3,190.0 378,896.0

Septiembre 375,706.0 2,728.4 378,434.4

Octubre 375,706.0 2,438.4 378,144.4

Noviembre 375,706.0 2,147.6 377,853.6

Diciembre 375,706.0 2,154.7 377,860.7

Total 4,508,472.0 33,619.0 4,542,091.0

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497 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, se concluye que en 2013 la SEFIN registró en la cuenta bancaria específica

para recibir y administrar los recursos del FORTAMUNDF, los rendimientos financieros y que

éstos se calcularon de acuerdo con la tasa y los días correspondientes a cada uno delos

meses de 2013, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10, fracción I, del Presupuesto

de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.

Al analizar la información de la cuenta bancaria en la que se recibieron y administraron los

recursos del FORTAMUNDF y sus rendimientos financieros, se verificó que los recursos

hubiesen sido ejercidos en su totalidad, o en su caso, que al 31 de diciembre de 2013 los

remanentes se hubieran reintegrado a la Federación, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 71 de la Ley de Presupuesto Y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Al respecto,

se tuvo conocimiento de que el presupuesto original del FORTAMUNDF asignado a la

Delegación Iztapalapa, por 924,908.5 miles de pesos, se incrementó en 6,896.9 miles de

pesos, por lo que el total ejercido por la Delegación fue de 931,805.4 miles de pesos.

Asimismo, mediante el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP

de la SEFIN, indicó que “los oficios de los reintegros solicitados por las Unidades Responsables

del Gasto a la Dirección General de Administración Financiera durante el ejercicio de 2013,

correspondieron a recursos no ejercidos por concepto del Programa de Subsidio para la

Seguridad Pública de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal

del ejercicio 2013”. De acuerdo con lo informado, se concluye que los recursos provenientes del

FORTAMUNDF fueron ejercidos en su totalidad por la Delegación.

Por lo anterior, se concluye que la SEFIN abrió una cuenta bancaria específica para el manejo

de los recursos FORTAMUNDF, en cumplimiento del artículo 49, párrafo segundo, de la

Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 62, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013, los cuales indican:

El artículo 49, párrafo segundo, de la Ley de Coordinación Fiscal, refiere: “Las aportaciones

federales serán administradas y ejercidas por los Gobiernos de las Entidades Federativas

y, en su caso, de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal que

las reciban, conforme a sus propias leyes…”.

Por su parte, el artículo 62, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, menciona: “La Secretaría atenderá las solicitudes de pago o de fondos

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498 VOLUMEN 5/18

que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades autoricen con

cargo a sus presupuestos para el financiamiento de sus vertientes de gasto, en razón de sus

disponibilidades financieras y conforme al calendario presupuestal previamente aprobado”.

Modificación del Presupuesto

5. Resultado

En 2013, la Delegación Iztapalapa reportó un presupuesto ejercido con cargo al FORTAMUNDF

por 931,805.4 miles de pesos, el cual, respecto al presupuesto original de 924,805.5 miles

de pesos, significó un incremento de 6,896.9 miles de pesos (0.7%). La modificación neta

se realizó mediante 101 afectaciones programático-presupuestarias autorizadas por la SEFIN,

con los movimientos presupuestales que se muestran a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Subtotal Total

Presupuesto original 924,908.5

Más:

Ampliaciones compensadas 639,752.3

Adiciones compensadas 132,407.4

Adición líquida 7,108.4 833,268.1

Menos:

Reducción compensada (826,159.7)

Reducción Líquida (211.5) (826,371.2)

Presupuesto modificado 931,805.4

Menos:

Presupuesto ejercido 931,805.4

Diferencia 0.0

Las afectaciones presupuestarias incluyeron 34 adiciones compensadas por 132,407.4 miles

de pesos, 5 adiciones líquidas por 7,108.4 miles de pesos, 72 ampliaciones compensadas

por 693,752.3 miles de pesos, 95 reducciones compensadas por 826,159.7 miles de pesos,

y 1 reducción líquida por 211.5 miles de pesos.

Se analizaron las afectaciones presupuestarias anteriormente descritas, y se determinó que

las causas por las que se modificó el presupuesto original. Dichas causas fueron las siguientes:

1. Los recursos de las adiciones compensadas por 132,407.7 miles de pesos, se destinaron

a proyectos delegacionales para la mejora urbana integral (ampliación y mejoramiento

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499 VOLUMEN 5/18

de la infraestructura; construcción de un espacio recreativo en el Cerro de la Estrella),

que permita contar con suficiencia presupuestal con recursos de financiamiento de

FORTAMUNDF.

2. Los recursos de las adiciones líquidas, por 7,108.4 miles de pesos provinieron de los

intereses generados del FORTAMUNDF de 2013 y se destinaron para el pago de servicios

de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información; fletes

y maniobras; refacciones y accesorios menores de equipo de transporte; edificación no

habitacional (mantenimiento a siete unidades de protección civil); y arrendamiento de

equipos de transporte destinados a servicios públicos y la operación de programas

públicos de la Delegación.

3. Las ampliaciones compensadas por 639,752.3 miles de pesos, se destinaron para cubrir

el gasto derivado de acciones relacionadas con el mantenimiento de la carpeta asfáltica;

programas y promoción de cultura; servicios y ayudas de asistencia social; espectáculos

culturales de fin de año que se realizan dentro del programa delegacional de cultura; cubrir

gastos de material de limpieza; refacciones y accesorios menores de equipo de transporte;

fibras sintéticas, hules, plásticos y derivados, así como edificación no habitacional.

4. Las reducciones compensadas por 826,159.7 miles de pesos fueron por contar con

recursos que permitan cubrir el pago de los compromisos adquiridos por la compra

consolidada del vestuario operativo de la Delegación, además de llevar a cabo un

adecuado cierre del ejercicio fiscal 2013.

5. Las reducciones líquidas por 211.5 miles de pesos fueron para cubrir el pago consolidado

de fletes y maniobras, así como el pago de productos alimenticios, agropecuarios y

forestales, adquiridos como materia prima, ya que son recursos derivados de economías

resultado de la adquisición de vara perilla, donde se procuró un uso adecuado en sus

recursos en el proceso de cierre del ejercicio fiscal 2013 de la Delegación.

En conclusión, las afectaciones compensadas fueron autorizadas por la Dirección General

de Egresos “B” y las afectaciones líquidas por la Subsecretaría de Egresos, ambas de la SEFIN,

conforme a los artículos 34, fracción IX; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal.

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500 VOLUMEN 5/18

Registros Contables

6. Resultado

Para verificar el registro contable de las operaciones relacionadas con los recursos federales

ejercidos con cargo al FORTAMUNDF, efectuadas por la Delegación Iztapalapa en 2013, con

el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0004 del 29 de julio de 2014, se solicitaron a la SEFIN

los registros correspondientes.

En respuesta, la DGCNCP de la SEFIN, con el oficio núm. DGCNCP/3461/2014 del 5 de

agosto de 2014, proporcionó a esta entidad de fiscalización los registros contables de la SEFIN

respecto a los recursos provenientes del FORTAMUNDF que se asignaron a la Delegación

Iztapalapa, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Clave presupuestaria

Nombre de la cuenta contable Importe

Cargo Abono

Cargo:

1235211000 “Edificación no habitacional” 25,173.1

1235411000 “División de terrenos y construcción de obras de urbanización” 7,393.5

1241311000 “Equipo de cómputo y tecnologías de la información” 3,670.6

5121121112 “Materiales útiles y equipos menores de oficina” 195.8

5121121611 “Material de limpieza gasto corriente” 4,553.1

5123123111 “Productos alimenticios, agropecuarios y forestales, adquiridos como materia prima gasto corriente” 8,061.6

5124124112 “Mezcla asfáltica gasto de capital” 6,167.1

5124124191 “Otros productos minerales no metálicos gasto corriente” 72.0

5124124192 “Otros productos minerales no metálicos” 100.4

5124124211 “Cemento y productos de concreto gasto corriente” 156.5

5124124212 “Cemento y productos de concreto gasto de capital 533.4

5124124311 “Cal, yeso y productos de yeso gasto corriente” 4.6

5124124312 “Cal, yeso y productos de yeso de capital” 59.1

5124124411 “Madera y productos de madera gasto corriente” 1,449.0

5124124412 “Madera y productos de madera de capital” 164.1

5124124611 “Material eléctrico y electrónico gasto corriente” 2,067.0

5124124612 “Material eléctrico y electrónico gasto de capital” 8,538.5

5124124711 “Artículos metálicos para construcción gasto corriente” 1,231.9

5124124712 “Artículos metálicos para construcción gasto de capital” 5,179.9

5124124811 “Materiales complementarios gasto corriente” 258.2

5124124812 “Materiales complementarios gasto de capital” 1,425.1

5124124911 “Otros materiales artículos de construcción y reparación gasto corriente” 962.9

5124124912 “Otros materiales artículos de construcción y reparación gasto de capital” 10,863.0

5125125211 “Fertilizantes, pesticidas y otros agroquímicos gasto corriente” 324.2

5125125311 “Medicinas y productos farmacéuticos gasto corriente” 792.2

5125125411 “Materiales, accesorios y suministros médicos gasto corriente” 470.7

5125125511 “Materiales, suministros y accesorios de laboratorio gasto corriente” 10.0

5125125611 “Fibras sintéticas, hules y plásticos derivados gasto corriente” 4,526.1

5125125612 “Fibras sintéticas, hules y plásticos derivados gasto de capital” 7,385.1

5126126112 “Combustibles, lubricantes y aditivos” 128,124.7

Continúa…

Page 501: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

501 VOLUMEN 5/18

… Continuación

Clave presupuestaria

Nombre de la cuenta contable Importe

Cargo Abono

5127127111 “Vestuario y uniformes gasto corriente” 633.8

5127127112 “Vestuario y uniformes gasto de capital” 10,394.1

5127127211 “Prendas de seguridad y protección civil gasto corriente” 289.7

5127127212 “Prendas de seguridad y protección civil gasto de capital” 3,384.9

5127127311 “Artículos deportivos gasto corriente” 119.5

5127127411 “Productos textiles gasto corriente” 60.2

5127127412 “Productos textiles gasto de capital” 5.0

5129129111 “Herramientas menores gasto corriente” 3,414.1

5129129112 “Herramientas menores gasto de capital” 2,943.7

5129129211 “Refacciones y accesorios menores de edificios gasto corriente” 134.4

5129129212 “Refacciones y accesorios menores para edificios gasto de capital” 20.6

5129129411 “Refacciones y accesorios menores para equipo de cómputo y tecnologías de la información” 682.5

5129129611 “Refacciones y accesorios menores de equipo de transporte gasto corriente” 8,057.9

5129129612 “Refacciones y accesorios menores para equipo de transporte gasto de capital” 11,178.5

5129129811 “Refacciones y accesorios menores para maquinaria y otros equipos gasto corriente” 250.4

5131131122 “Servicio de energía eléctrica gasto de capital” 167,740.2

5131131211 “Gas gasto corriente” 473.2

5131131312 “Agua potable gasto de capital” 10,765.5

5131131321 “Agua tratada gasto corriente” 287.0

5131131411 “Telefonía tradicional gasto corriente” 6,164.2

5131131711 “Servicio de acceso internet, redes y procesamiento de información” 349.6

5132132211 “Arrendamiento de edificios gasto corriente” 2,173.7

5132132521 “Arrendamiento de equipo de transporte destinado a servicios públicos y la operación de programas públicos” 10,888.7

5132132911 “Otros arrendamientos gasto corriente” 17,570.8

5132132912 “Otros arrendamientos de gasto de capital” 347.4

5133133211 “Servicio de diseño, arquitectura, ingeniería y actividades relacionadas gasto corriente” 1,600.0

5133133311 “Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información gasto corriente” 4,158.5

5133133611 “Servicios de apoyo en administración y fotocopiado gasto corriente” 279.5

5133133621 “Servicios de impresión gasto corriente” 23,760.1

5133133812 “Servicios de vigilancia en gasto capital” 244,572.8

5134134511 “Seguro de bienes patrimoniales gasto corriente” 17,374.4

5134134712 “Fletes y maniobras con gasto capital” 600.6

5135135211 “Instalación, reparación, y mantenimiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo gasto corriente” 2,000.0

5135135311 “Instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio gasto corriente” 2,319.2

5135135411 “Instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio gasto corriente” 199.4

5135135521 “Reparación, mantenimiento y conservación de equipo de transporte destinado a servicios públicos y operación de programas públicos gasto corriente” 42,917.2

5135135522 “Reparación, mantenimiento y conservación de equipo de transporte destinado a servicios públicos y operación de programas públicos gasto de capital” 20,333.2

5135135711 “Instalación, reparación y mantenimiento de maquinaria, otros equipos y herramienta gasto corriente” 10,912.4

5135135712 “Instalación, reparación y mantenimiento de maquinaria, otros equipos y herramienta gasto de capital” 3,199.3

5135135811 “Servicios de limpieza y manejo de desechos gasto corriente” 16,497.0

5135135911 “Servicios de jardinería y fumigación gasto corriente” 3,622.6

5136136111 “Difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales gasto corriente” 7,947.1

5136136611 “Servicios de creación y difusión de contenido exclusivamente a través de internet gasto corriente” 1,480.0

5136136911 “Otros servicios de información gasto corriente” 2,750.0

5138138211 “Espectáculos culturales gasto corriente” 29,937.5

5138138221 “Gastos de orden social gasto corriente” 456.4

5139139111 “Servicios funerarios y de cementerio a los familiares de los civiles y pensionistas directos gasto corriente” 1,188.0

5139139211 “Impuestos y derechos gastos corriente” 4,970.4

5139139911 “Servicios para la promoción deportiva gasto corriente” 487.3

Abono:

2113100001 “Contratistas nacionales”

32,566.7

2112100001 “Proveedores nacionales” 899,238.7

Total: 931,805.42 931,805.42

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502 VOLUMEN 5/18

Al respecto, se verificó que el registro contable de las operaciones se efectuó en cumplimiento

y de conformidad con las cuentas que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del

Distrito Federal Sector Central (publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de

diciembre de 2006) vigente en 2013.

Leyenda de Difusión

7. Resultado

Se verificó el cumplimiento del apartado 3, “Registro e Información Contable y Presupuestaria”,

numeral 3.2, de los Procedimientos para la Revisión y Fiscalización del Fondo de Aportaciones

para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito

Federal (FORTAMUNDF), publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo

de 2014 dentro del Acuerdo por el que se publican las Reglas de Operación del Programa

para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el ejercicio fiscal 2014, que establece:

”3. Registro e información contable y presupuestaria.

”3.2 Verificar la calidad del ejercicio del gasto público, comprobando que las operaciones del

fondo están identificadas y registradas contablemente, incluyendo la patrimonial y Cuenta

Pública del ente auditado y verificar, en la muestra seleccionada, que se cuente con los

documentos comprobatorios y justificativos originales, los cuales deben de estar cancelados

con la leyenda ‘Operado’.”

Mediante el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0001 del 4 de julio de 2014, esta entidad

de fiscalización solicitó a la DGA las CLC determinadas como muestra con su respectiva

documentación comprobatoria del gasto. En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/992/2014

del 11 de julio de 2014, proporcionaron las 46 CLC por un monto de 155,308.9 miles de pesos,

seleccionadas como muestra, correspondientes a las partidas 2611 “Combustibles, Lubricantes

y Aditivos”, 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la

Información” y 6121 “Edificación no Habitacional”.

De la revisión de la documentación comprobatoria del gasto, se observó que no presenta

la leyenda de “Operado” o alguna otra que identifique que se trata de recursos ejercidos

con cargo al FORTAMUNDF.

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503 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 70, fracción II, de la Ley

General de Contabilidad Gubernamental, vigente en 2013, que establece:

“Artículo 70.- Los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y demarcaciones

territoriales del Distrito Federal, deberán observar lo siguiente para la integración de la

información financiera relativa a los recursos federales transferidos: […]

”II. Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda ‘Operado’ o como

se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de

aportaciones, programa o convenio respectivo.”

En la reunión de confronta celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA, de la Delegación

Iztapalapa proporcionó, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1 de septiembre de 2014,

el oficio núm. CRF/1545/2014 del 29 de agosto de 2014, donde la Coordinadora de Recursos

Financieros informó a la Directora General de Administración que en atención al oficio

núm. DGA/1349/2014 donde le comunica que la documentación comprobatoria de gasto

no presenta la leyenda de “Operado” o alguna otra que identifique que se trata de recursos

ejercidos con cargo al FORTAMUNDF, informó que la Coordinación a su cargo ya está

aplicando en la documentación comprobatoria del gasto la leyenda “Operado”.

Asimismo, proporcionó como ejemplo sólo dos CLC canceladas con la leyenda referida,

sin considerar las facturas y el resto de la documentación comprobatoria. Por lo anterior,

el resultado no se modifica.

Recomendación ASCprofcasf-104-13-03-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa implemente mecanismos de control para que

la documentación justificativa y comprobatoria del gasto relativo a sus operaciones con cargo

al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal sea cancelada con la leyenda de “Operado”, conforme

a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

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504 VOLUMEN 5/18

Armonización Contable

8. Resultado

El 31 de diciembre de 2008, fue publicada la Ley General de Contabilidad Gubernamental

en el Diario Oficial de la Federación, con vigencia a partir del 1o. de enero de 2009, con objeto

de establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de

información financiera de los entes públicos, así como lograr su adecuada armonización.

De acuerdo con el artículo 4, fracción I, de dicha ley, la armonización consiste en la revisión,

reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional,

a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las rigen, de

los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que deben

generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y contenido

de los principales informes de rendición de cuentas.

Con fin de revisar el cumplimiento por parte de por la SEFIN de las normas emitidas por el

Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), esta entidad de fiscalización solicitó

evidencia documental a esa dependencia, en respuesta con el oficio núm.

DGCNCP/3082/2014 de fecha 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la SEFIN proporcionó

copia del oficio núm. DC/194/2014 del 30 de junio de 2014 y nota informativa firmada por

la Dirección de Contabilidad, con la que se informó: “Que por parte del Gobierno del Distrito

Federal fueron publicadas y adoptadas las normas emitidas por el CONAC en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, la cual es de observancia obligatoria para la Administración

Pública del Distrito Federal”.

Respecto a si el Gobierno del Distrito Federal ha publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal las 32 normas que el CONAC publicó en el Diario Oficial de la Federación en

cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Dirección de Contabilidad

informó: “Mediante el acuerdo por el que se crea el Consejo de Armonización Contable del

Distrito Federal (CONSAC-DF) se establece que éste será el Órgano de Coordinación para la

armonización de la contabilidad gubernamental, y de conformidad al artículo 7 de la Ley

General de Contabilidad Gubernamental, el CONSAC-DF ha adoptado [ha publicado] las

siguientes normas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”. Dichas normas son las siguientes:

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505 VOLUMEN 5/18

Norma Fecha

de publicación

Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09

Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09

Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos 11/IX/09

Clasificador por Rubros de Ingresos 25/I//10

Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos 25/I/10

Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas 25/I/10

Plan de Cuentas 25/I/10

Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros Relacionados con los Recursos Públicos Federales 25/I/10

Clasificador por Objeto del Gasto 1/VII/10

Clasificador por Tipo de Gasto 1/VII/10

Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto 31/XII/10

Manual de Contabilidad Gubernamental 31/XII/10

Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (elementos generales) 31/XII/10

Marco Metodológico sobre la Forma y Términos en que Deberá Orientarse el Desarrollo del Análisis de los Componentes de las Finanzas Públicas con relación a los Objetivos y Prioridades que, en la materia, Establezca la Planeación del Desarrollo, para su Integración a la Cuenta Pública 31/XII/10

Clasificador Funcional del Gasto. 31/XII/10

Lineamientos Mínimos Relativos al Diseño y Metodología de Registro de los Libros de Diario Mayor e Inventarios y Balances 22/VII/11

Clasificación Administrativa 22/VII/11

Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y del Financiamiento de los Entes Públicos 22/VII/11

Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas 28/XII/11

Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de Veinticinco Mil Habitantes 28/XII/11

Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio 28/XII/11

Lineamientos para el Registro Auxiliar sujeto a Inventario de Bienes Arqueológicos, Artísticos e Históricos bajo Custodia de los Entes Públicos 11/X/12

Parámetros de Estimación de Vida Útil 11/X/12

Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que Permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas 11/X/12

Clasificador por Fuentes de Financiamiento. 15/I/13

Plan de Cuentas que formará parte del Manual de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de 25 Mil Habitantes 15/I/13

Mejoras a los Documentos Aprobados por el CONAC 15/I/13

Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos para registrar en las Cuentas de Activo los Fideicomisos sin Estructura Orgánica y Contratos Análogos, Incluyendo Mandatos 15/I/13

Términos y Condiciones para la Distribución del Fondo Previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, para el Otorgamiento de Subsidios a las Entidades Federativas y a los Municipios para la Capacitación y Profesionalización, así como para la Modernización de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 23/IV/13

Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal

Pendiente de publicar

Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología de Marco lógico 27/V/13

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506 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó acciones encaminadas al cumplimiento

de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de las normas y lineamientos publicados

por el CONAC, excepto por la falta de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

de la Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los

Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal. Respecto a la información contable

y presupuestal, el cumplimiento será a más tardar el 30 de junio de 2014, de conformidad

con el acuerdo 1 aprobado por el CONAC, en la reunión del 3 de mayo de 2013 publicado

en el Diario Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la Dirección General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública adscrita a la SEFIN, con el oficio

núm. DGCNCP/3735/2014 de la misma fecha proporcionó el oficio DC/266/2014 del 29 de

agosto del 2014, donde el Director de Contabilidad informó y proporcionó la “Cédula de atención

al resultado”, en la que se manifiesta lo siguiente:

“Es conveniente precisar que los documentos emitidos por el Consejo Nacional de

Armonización Contable (CONAC) se presentaron en una relación numérica, sin embargo,

el número asociado a la metodología indicada no se puede considerar como norma 31, toda

vez que el CONAC no los tiene identificados por números sino por la fecha de su publicación.

”En lo que respecta a la publicación del acuerdo mediante el cual se emitió la ‘Metodología

que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios

Fiscales del Ámbito Federal’, es de señalarse que el Consejo Nacional de Armonización

Contable [la SEFIN] adoptó el acuerdo en la primera reunión de trabajo del CONAC 2012,

celebrada el 29 de febrero de 2012. En el texto de dicho acuerdo se establece:

”El titular del CONAC instruyó a la Secretaría Técnica del CONAC para que en cumplimiento

a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley y la regla 20 de sus Reglas de Operación,

disponga lo conducente para publicar la metodología del ámbito federal que permita hacer

comparables las cifras presupuestales de los últimos seis ejercicios fiscales, en el Diario

Oficial de la Federación y en la página de Internet del CONAC. Asimismo, solicitó a la

Secretaría Técnica para que comunique oficialmente el acuerdo tomado a los representantes

de los Consejos de Armonización Contable Estatales o Secretarios de Finanzas de las

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507 VOLUMEN 5/18

entidades federativas para que realicen lo propio en los medios oficiales escritos y electrónicos

de difusión local, una vez que hayan adaptado la metodología a sus necesidades, respetando

en lo esencial sus fundamentos.

”Estos hechos asociados a las reformas efectuadas a la Ley General de Contabilidad

Gubernamental del 12 de noviembre de 2012, en sus artículos Cuarto y Quinto transitorios

del decreto de reforma establecen:

”Cuarto. El Consejo Nacional de Armonización Contable emitirá las normas y formatos para

dar cumplimiento a lo dispuesto en el Título Quinto de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental incluido en el presente Decreto a más tardar el último día hábil de febrero

de 2013, con el objeto de que los entes públicos, presenten de manera progresiva

la información financiera en los términos establecidos y cumplan en su totalidad con la

presentación de la información, a más tardar el 31 de diciembre de 2013.

”Quinto. La obligación de incluir la información financiera correspondiente a los seis años

previos al ejercicio fiscal en curso, a que se refiere el artículo 58 de la Ley General

de Contabilidad Gubernamental, iniciará a partir de las fechas previstas en el artículo

transitorio anterior, y así sucesivamente hasta incluir la información de los seis años.

En este sentido, el acuerdo por el que se dio a conocer la ‘Metodología que permita hacer

Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito

Federal’, se encuentra en proceso de aprobación del Consejo de Armonización Contable

del Distrito Federal (CONSAC-DF) requisito indispensable para su publicación.

”Por lo antes expuesto y considerando la temporalidad establecida en las reformas de la

Ley, así como la condición que estableció el CONAC para su publicación, es de señalar que

la Secretaría de Finanzas no incumplió el Artículo 7 de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental, derivado de que en el cuerpo del lineamiento no establece su publicación

inmediata, el cual se verá reflejado en la presentación de Cuenta Pública 2014.

”En relación a lo establecido en el Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional

de Armonización Contable en la reunión del 3 de mayo de 2013 publicado en el Diario

Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2013, es de precisar que dicho acuerdo

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508 VOLUMEN 5/18

considera que la fecha límite para el registro contable presupuestal es el 30 de junio

del 2014, no siendo el caso el documento ‘Metodología que permita hacer Comparables

las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal’, el cual

tiene como propósito establecer el método para generar la estadística presupuestal del gasto

para los seis años por lo cual lo cual no le es aplicable la fecha que establece el mencionado

acuerdo.”

Del análisis a lo anterior, se concluye que de acuerdo con la publicación de 31 de las

32 normas del CONAC y lo manifestado por la DGCNCP de la SEFIN con relación a la

Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis

Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal (Norma 31), la SEFIN dio cumplimiento a lo

dispuesto en el artículo 7, segundo párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,

publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008, vigente en 2013,

que dispone:

“Los gobiernos federal y de las entidades federativas publicarán en el Diario Oficial de la

Federación y en los medios oficiales escritos y electrónicos de difusión locales,

respectivamente, las normas que apruebe el consejo y, con base en éstas, las demás

disposiciones que sean necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley.”

Destino de los Recursos

9. Resultado

Se verificó que el presupuesto ejercido con cargo al FORTAMUNDF se hubiese aplicado

conforme al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013, que establece:

“Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento

de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, reciban los

Municipios a través de las Entidades y las Demarcaciones Territoriales por conducto

del Distrito Federal, se destinarán a la Satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad

al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos

por concepto de agua y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la

seguridad pública de sus habitantes.”

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509 VOLUMEN 5/18

Al respecto, con el oficio núm. ASC/14/1231 del 12 de junio de 2014, se solicitó a la

Delegación Iztapalapa que describiera el número de obras y acciones realizadas, el monto

de los recursos utilizados y la participación de los recursos ejercidos con cargo al

FORTAMUNDF en 2013 destinados al cumplimiento de sus obligaciones financieras,

pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, seguridad pública y otros

requerimientos de la Delegación. En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/885/14 del

30 de junio de 2014, la DGA proporcionó copia del oficio núm. CAOF.356/2014 del 20 de junio,

emitido por la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano; y del oficio núm. AFF/024/2014

de la Jefatura de Unidad Departamental de Avance Físico y Financiero del Programa Operativo

Anual, ambos documentos de 2014.

Con su oficio, la Jefatura de Unidad Departamental de Avance Físico y Financiero

del Programa Operativo Anual, informó que “el pago de los Servicios de Vigilancia fue de

244,572.8 miles de pesos, […] asimismo, se destinaron recursos para cubrir los servicios

de vigilancia, lo cual equivale al 100.0% respecto del total de recursos ejercidos en este rubro,

adicionalmente, se ejercieron recursos en los conceptos de: adquisiciones, arrendamientos

y servicios por un monto de 5,358.1 miles de pesos y obra pública por un monto de

6,975.0 miles de pesos”.

En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció recursos del FORTAMUNDF, por 931,805.4 miles

de pesos, en los rubros que se detallan a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Monto

ejercido %

Seguridad pública 244,572.8 26.2

Pago de derechos y aprovechamientos 178,505.7 19.2

Otros 508,726.9 54.6

Total 931,805.4 100.0

Por lo expuesto, se concluye que el presupuesto del FORTAMUNDF que ejerció la Delegación

Iztapalapa se destinó a la satisfacción de sus requerimientos, conforme a lo dispuesto en

el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013.

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510 VOLUMEN 5/18

Informes Trimestrales del Ejercicio y Destino de los Recursos

10. Resultado

Se verificó si la SEFIN cumplió el artículo 48 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente

en 2013, que establece:

“Los Estados y el Distrito Federal enviarán al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría

de Hacienda y Crédito Público, informes sobre el ejercicio y destino de los recursos de los

Fondos de Aportaciones Federales a que se refiere este Capítulo.

”Para los efectos del párrafo anterior, los estados y el Distrito Federal reportarán tanto

la información relativa a la Entidad Federativa, como aquella de sus respectivos

Municipios o Demarcaciones Territoriales para el caso del Distrito Federal, en los Fondos

que correspondan, así como los resultados obtenidos; asimismo, remitirán la información

consolidada a más tardar a los 20 días naturales posteriores a la terminación de cada

trimestre del ejercicio fiscal.

”La Secretaría de Hacienda y Crédito Público incluirá los reportes señalados en el párrafo

anterior, por Entidad Federativa, en los informes trimestrales que deben entregarse al Congreso

de la Unión en término del artículo 107, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto

y Responsabilidad Hacendaria; asimismo, pondrá dicha información a disposición para

consulta en su página electrónica de Internet la cual deberá actualizar a más tardar en la

fecha en que el Ejecutivo Federal entregue los citados informes.

”Los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito

Federal, publicarán los informes a que se refiere el párrafo primero de este artículo en los

órganos locales oficiales de difusión y los pondrá a disposición del público en general a través

de sus respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios locales de difusión,

a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior.”

Mediante el oficio núm. ASC/14/1316 del 24 de junio de 2014, esta entidad de fiscalización

solicitó a la DGCNCP de la SEFIN que indicara si reportó de manera oportuna a la SHCP

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511 VOLUMEN 5/18

la información trimestral relacionada con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de

los recursos del fondo, y de manera pormenorizada, el avance físico y la aplicación de los

indicadores de desempeño reportados a dicha Secretaría; y si efectuaron las publicaciones

correspondientes.

En respuesta, mediante el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 de fecha 2 de julio de 2014,

al cual se anexó el oficio núm. DICP/173/2014 de fecha 27 de junio de 2014, emitido

por la Dirección de Integración de Cuenta Pública, se informó lo siguiente:

“La información trimestral sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos

FORTAMUN 2013 que fue reportada en el portal aplicativo de la Secretaría de Hacienda (PASH)

por las delegaciones [...] Iztapalapa, fue enviada de manera oportuna a la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público conforme a los plazos y lineamientos establecidos. Asimismo,

dicha información fue publicada de manera oportuna en la página web de la Secretaría de

Finanzas y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, como lo establece la normatividad.

”De igual forma, se anexan los informes trimestrales sobre el ejercicio, destino y resultados

obtenidos del FORTAMUN de las delegaciones […] Iztapalapa, correspondientes al ejercicio

2013, en los cuales, esas Unidades Responsables del Gasto contaron con los recursos

autorizados y que fueron obtenidos de la página www.transparenciapresupuestaria.gob.mx,

debido a que al realizar la consulta sobre esta información en el PASH a nivel de proyectos

indica que la función no se encuentra disponible.”

La publicación se realizó como se muestra a continuación:

Trimestre del informe Fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

Enero-marzo 7/V/13

Enero-junio 5/VIII/13

Enero-septiembre 5/XI/13

Enero-diciembre 6/II/14

Por lo anterior, se determinó que la SEFIN publicó los informes sobre el ejercicio

y destino de los recursos del FORTAMUNDF, de conformidad con lo establecido en el

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512 VOLUMEN 5/18

artículo 48 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013, en relación con el artículo 107,

fracción I, de la Ley Federal de presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Aviso de las Acciones Realizadas

11. Resultado

Para verificar que las adquisiciones de bienes y servicios efectuadas por la Delegación

Iztapalapa con recursos del FORTAMUNDF hayan sido consideradas en el Programa Anual

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), en cumplimiento

de las obligaciones acerca de las aportaciones federales con cargo al FORTAMUNDF

indicadas artículo 33, fracciones I y III, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013,

esta entidad de fiscalización solicito a la Delegación Iztapalapa documentación QUE acreditara

el cumplimiento de éstos preceptos, los cuales disponen:

“Artículo 33 […] los Estados y Municipios deberán:

”I. Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras y acciones

a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios. […]

”III. Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados…”

En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/1064/2014 de fecha 21 de julio de 2014, se

proporcionó nota informativa sin número de la misma fecha, con la cual la Coordinación

de Informática comunicó: “La Coordinación de Informática a través de la Jefatura de Unidad

Departamental del Desarrollo de Sistemas, brinda a la población en general un medio de

comunicación actualizado, con la finalidad de dar a conocer el quehacer de la política

pública Delegacional, mediante el desarrollo y actualización oportuna del sitio web oficial,

con base en los lineamientos que el Gobierno del Distrito Federal establece para sitios web,

y a través de la página de internet delegacional se puede acceder a la información a través

del link http://www.iztapalapa.df.gob.mx/htm/fondos_federales.html…”.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa cumplió lo dispuesto en el artículo 33,

fracciones I y III, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013.

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513 VOLUMEN 5/18

PAAAPS e Informe del Seguimiento de las Adquisiciones

12. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/14/1231 de fecha 12 de junio de 2014, esta entidad de fiscalización

solicitó a la Delegación Iztapalapa el PAAAPS correspondiente al ejercicio de 2013. Con el

oficio núm. DGA/1003/2014 de fecha 18 de junio de 2014, el órgano político-administrativo

proporcionó la documentación respectiva.

Se constató que, con el oficio núm. DGA/108/2013 de fecha 15 de enero de 2013, la DGA

de la Delegación Iztapalapa envió a la DGRSM de la OM, el PAAAPS para su validación.

En respuesta, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio núm. DGPP/150/2013

del 24 de enero de 2013, comunicó a la DGA de la Delegación Iztapalapa lo siguiente: “…

me permito comunicarle la validación presupuestal del PAAAPS 2013 […] en virtud de que

se apega a los importes autorizados […] del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal, para el presente ejercicio fiscal”.

Asimismo, proporcionó copia fotostática de la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1534 Bis,

del 31 de enero de 2013, en la cual se publicó el Aviso por el cual se da a conocer el Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 2013 de la Delegación

Iztapalapa.

Derivado análisis de la información, proporcionada por la delegación y la validada con la

publicación, se concluye que la Delegación Iztapalapa cumplió lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y el numeral 4.2.1 del apartado 4.2. “Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”, de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013.

Adicionalmente, la Delegación Iztapalapa proporcionó los informes trimestrales del seguimiento

de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios elaborados durante el

ejercicio de 2013. De lo anterior, se da a conocer la información siguiente:

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514 VOLUMEN 5/18

Trimestre

Oficio de envío a la Oficialía Mayor Fecha en que debió

enviar

Días de

desfase Número Fecha

del oficio Fecha

de recepción

Primero DGA/571/2013 4/IV/13 9/IV/13 12/IV/13 0

Segundo DGA/1182/2013 11/VII/13 15/VII/13 12/VII/13 3

Tercero DGA/1639/2013 14/X/13 15/X/13 15/X/12 0

Cuarto DGA/400/2013 15/I/14 18/I/14 15/I/14 3

Se observó que los informes correspondientes a los trimestres segundo y cuarto, fueron

enviados con un desfase de tres días hábiles a la DGRMSG de la OM, sin que se proporcionara

evidencia documental que acreditara haber solicitado prorroga, por lo que la DGA de la

Delegación Iztapalapa incumplió el apartado 4.14, numeral 4.14.2, “Informes”, de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente en 2013, que establece:

“Las DGAD [Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área encargadas de la Administración

en las Delegaciones] serán las responsables de la debida formulación y entrega oportuna

de los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez días hábiles siguientes al

período que se reporte […] salvo causa debidamente justificada, las Delegaciones deberán

solicitar por escrito a la DGRMSG prórroga en el plazo de entrega de dichos informes.”

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación

Iztapalapa, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1 de septiembre de 2014 proporcionó el oficio

núm. DGA/1348/2014 del 27 de agosto de 2014, dirigido a la Coordinadora de Adquisiciones,

instruyéndole tomar las medidas necesarias para que en lo subsecuente se dé cumplimiento

al apartado 4.14. “Informes”, numeral 4.14.2, de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno Bis). Por lo anterior, no se modifica la observación del presente resultado.

Recomendación ASCprofcasf-104-13-04-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa, establezca mecanismos de control para garantizar

que los informes trimestrales del seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y prestación

de servicios se remitan a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la Oficialía Mayor en el plazo que señala la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno Bis).

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515 VOLUMEN 5/18

Pasivo Circulante

13. Resultado

Con objeto de verificar que la Delegación Iztapalapa hubiese reportado en tiempo y forma

su pasivo circulante a la SEFIN, mediante el oficio núm. ASC/14/1231 del 12 de junio

de 2014, esta entidad de fiscalización solicitó al Jefe Delegacional los reportes del pasivo

circulante constituido al 31 de diciembre de 2013 por obligaciones contraídas con cargo

a los recursos del FORTAMUNDF, con los cuales remitió dichos informes a la SEFIN.

En respuesta, con el oficio núm. DGA/1003/14 del 18 de junio de 2014, el sujeto fiscalizado

proporcionó el oficio núm. CRF/0075/2014 del 13 de enero de 2014, mediante el cual la

Delegación Iztapalapa envió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, los formatos “B”

y “B1” en forma impresa y en medio magnético. Dicho oficio tiene sello de recepción de la

Subsecretaría de Egresos del 13 de enero de 2014.

Se observó que en el formato “B”, la Delegación Iztapalapa incluyó los pasivos correspondientes

a la fuente de financiamiento FORTAMUNDF, correspondiente a las partidas 2611 “Combustibles,

Lubricantes y Aditivos”, 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5151 “Equipo de Cómputo y de

Tecnologías de la Información” y 6121 “Edificación no Habitacional”, que formaron la muestra

de auditoría.

Lo anterior, en cumplimiento del artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2013, que establece: “Las Unidades Responsables del

Gasto informarán a la Secretaría, a más tardar el día 15 de enero de cada año, el monto

y características de su pasivo circulante al fin del año anterior”.

Con objeto de verificar que la Delegación Iztapalapa haya presentado oportunamente

a la SEFIN en 2013 los reportes mensuales de recursos fiscales, recursos crediticios y recursos

provenientes de transferencias federales que comprometió con cargo al FORTAMUNDF,

mediante el oficio núm. ASC/14/1231 del 12 de junio de 2014, esta entidad de fiscalización

le requirió dicha información. En respuesta, con el oficio núm. DGA/1003/2014 del 18 de junio

de 2014, la DGA de la Delegación Iztapalapa proporcionó copia de los oficios con que envió a la

Dirección General de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los formatos

“Reporte de Compromiso” de enero a diciembre de 2013, conforme a las fechas siguientes:

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516 VOLUMEN 5/18

Oficio de remisión Fecha Desfase

Período Número Fecha Elaboración Recepción

Enero DGA/230/2013 12/II/13 10/II/13 12/II/13 2

Febrero DGA/402/2013 12/III/13 10/III/13 13/III/13 3

Marzo DGA/601/2013 10/IV/13 10/IV/13 11/IV/13 1

Abril DGA/833/2013 15/V/13 10/V/13 16/V/13 6

Mayo DGA/930/2013 11/VI/13 10/VI/13 13/VI/13 3

Junio CRF/1043/2013 11/VII/13 10/VII/13 12/VII/13 2

Julio CRF/1270/2013 13/VIII/13 10/VIII/13 14/VIII/13 4

Agosto CRF/1467/2013 13/IX/13 10/IX/13 18/IX/13 8

Septiembre CRF/1600/2013 10/X/13 10/X/13 15/IX/13 5

Octubre CRF/1786/2013 20/XI/13 10/XI/13 21/XI/13 11

Noviembre CRF/001/2014 09/I/14 10/XII/13 13/I/14 33

Diciembre CRF/367/2014 20/II/14 10/I/14 24/II14 45

Se observó que los formatos “Reporte de Compromiso” de enero a diciembre de 2013, fueron

presentados por la Delegación Iztapalapa con desfases que van desde 2 hasta los 45 días

naturales, por lo que incumplió el artículo 56, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que establece:

“Las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría, dentro de los primeros diez días de cada

mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias

federales, que se encuentren comprometidos al cierre de mes inmediato anterior…”

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación

Iztapalapa, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1o. de septiembre de 2014, informó

y proporcionó lo siguiente:

1. Oficio núm. CRF/1546/2014 del 29 de agosto de 2014, mediante el cual la Coordinación

de Recursos Financieros informó lo que se establece a continuación:

“… por un error involuntario se enviaron los oficios de Conciliación Presupuestal y no

el de Compromisos, anexo al presente envío copia de los oficios correspondientes,

en los cuales se observa que no hubo atraso en la entrega de los mismos.”

2. Oficios núms. DGA/219/2013 y terminaciones 379, 557, 745, 918, 1144, 1587 y 1751,

así como oficios núms. CRF/1191/2013 y CRF/1410/2013, mediante los cuales la

Delegación envío a la Dirección General de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN los formatos “Reporte de Compromiso”.

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517 VOLUMEN 5/18

Derivado del análisis, se constató que el oficio núm. DGA/379/2013 del reporte de

compromisos correspondiente al mes de febrero fue presentado a la SEFIN el 11 de marzo

de 2013, por lo que existió desfase de un día; asimismo, el sujeto fiscalizado no

proporcionó los reportes correspondientes a los meses de noviembre y diciembre.

3. Oficio núm. DGA/1347/2014 del 27 de agosto de 2014, mediante el cual el Director

de la DGA instruyó a la Coordinadora de Recursos Financieros, a tomar las medidas

necesarias para que en lo subsecuente, se dé cumplimiento al artículo 56, párrafo

primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

De acuerdo con lo manifestado en su respuesta y la documentación presentada por el sujeto

fiscalizado la observación prevalece.

Recomendación ASCprofcasf-104-13-05-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa implemente mecanismos de control para garantizar

que los “Reportes de Compromiso” sean remitidos oportunamente a la Dirección General

de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas, de conformidad

con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, o en su caso, con la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Presupuesto Ejercido

Partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”

14. Resultado

En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció un total de 931,805.4 miles de pesos con recursos

del FORTAMUNDF, de los cuales 128,124.7 miles de pesos (13.7%) fueron con cargo a la

partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”; y de estos últimos, 31,152.1 miles de

pesos (3.3%) se seleccionaron como parte de la muestra de auditoría para su revisión, para lo

cual la Delegación Iztapalapa celebró tres contratos abiertos consolidados núms. DAS-10-2013,

DAS-12-2013 y DAS-18-2013, todos del 31 de diciembre de 2012, y un contrato administrativo

núm. IZTP/DGA/IR/158/2013 del 21 de mayo de 2013. El importe correspondiente a la muestra

de la auditoria fue pagado mediante 10 CLC.

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518 VOLUMEN 5/18

A fin de verificar que las CLC seleccionadas hubiesen incluido la documentación justificativa

y comprobatoria de los pagos efectuados, con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002

del 21 de julio de 2014, esta entidad de fiscalización solicitó las CLC y su soporte documental

respectivo.

En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de julio de 2014, la Coordinación

de Planeación e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa proporcionó las CLC

solicitadas, las cuales se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

Número de CLC Beneficiario Fecha Importe

12 C0 01 100401 Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V. 13/II/13 3,140.5

12 C0 01 100412 Puerto Alisas, S.A. de C.V. 13/II/13 3,568.5

12 C0 01 100404 Servicios Estrella, S.A. de C.V. 13/II/13 2,709.7

12 C0 01 102233 Puerto Alisas, S.A. de C.V. 20/V/13 3,642.1

12 C0 01 102465 Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V. 24/V/13 3,787.8

02 CD 09 01163 Professional Technician Services, S.A. de C.V. 5/IX/13 3,460.0

12 C0 01 106521 Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V. 14/XI/13 2,618.9

12 C0 01 107424 Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V. 9/XII/13 2,643.6

12 C0 01 107355 Servicios Estrella, S.A. de C.V. 9/XII/13 2,948.0

12 C0 01 108620 Servicios Estrella, S.A. de C.V. 31/XII/13 2,633.0

Total 31,152.1

De las 10 CLC, 9 corresponden a adquisiciones de forma centralizada con cargo al presupuesto

de la Delegación, con recursos del FORTAMUNDF, las cuales incluyeron facturas y notas de

crédito respectivas en copia fotostática y mediante el oficio núm. DGA/CPII/981/2014 del

10 de julio de 2014, la DGA informó que, “debido a que las operaciones realizadas en la partida

2611 ´Combustibles, Lubricantes y Aditivos` fueron un cargo centralizado, la Delegación

sólo cuenta con las CLC que se imprimen del Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales (GRP)”.

Derivado del análisis de la documentación comprobatoria del gasto, se determinó lo siguiente:

1. Las nueve CLC fueron proporcionadas en copia fotostática, ya que la documentación

original se encuentra resguardada por la unidad administrativa consolidadora (la DGRMSG

de la OM), de conformidad con los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición

o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública

del Distrito Federal, así como para la centralización de pagos.

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519 VOLUMEN 5/18

2. La CLC núm. 12-C0-09-01163 del 5 de septiembre de 2013 fue elaborada y autorizada

por los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los

Servidores Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC, Documentos Múltiples

y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2013.

3. En las 10 CLC revisadas, los comprobantes fiscales se expidieron a nombre del Gobierno

del Distrito Federal/Delegación Iztapalapa, que incluyeron el domicilio, su Registro Federal

de Contribuyentes (RFC), la partida, el concepto, la cantidad, el precio unitario, el importe

total y el IVA por los bienes adquiridos; la denominación social del prestador de servicios,

su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el domicilio y la impresión de la cédula

de identificación fiscal del contribuyente; asimismo, se verificó el cálculo, el IVA,

según factura, el cual es acorde con la tasa del 16%. Por lo anterior, se concluye que

los comprobantes revisados cumplieron con los requisitos fiscales que establecen los

artículos 29 y 29-A, fracciones I, II, III, IV, V y VI, del Código Fiscal de la Federación

vigente en 2013.

4. El presupuesto ejercido mediante la CLC (12-C0-09-01163), se registró conforme

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2013 y se soportó

con la documentación comprobatoria respectiva, de acuerdo con el artículo 69, fracción III,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

5. Para verificar los controles aplicados por la Delegación Iztapalapa relativos al

consumo de combustible, mediante los oficios núms. ASCprofcasf/B/14/104-13/0003

y ASCprofcasf/B/14/104-13/0006 del 24 de julio de 2014 y del 7 de agosto de 2014,

respectivamente, se solicitaron los expedientes de las bitácoras de consumo de

combustible correspondientes a 10 pipas, 10 pick-up y 10 de volteo de los vehículos sujetos

a revisión, así como las solicitudes u órdenes de servicio de dichos vehículos y rutas

de recorrido de los meses marzo, junio, septiembre y diciembre. En respuesta con el

oficio núm. DGA/CPII/1132/2014 del 1o. de agosto de 2014, la Delegación Iztapalapa

proporcionó las bitácoras de consumo, así como los tickets las que respaldan, además de

las órdenes de servicio; y con el oficio núm. CRMSG/1734/2014 del 8 de agosto de 2014,

señalaron que no contaron con las solicitudes u órdenes, ni rutas de los vehículos,

ya que éstos no tienen un destino fijo, según las necesidades de la Delegación.

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520 VOLUMEN 5/18

6. Se analizaron los expedientes de los vehículos que se detallan en la tabla siguiente,

los cuales están integrados por Boucher de Carga emitidos por la gasolinera, formato de

oficina de combustibles, bitácora de control de kilometraje y formato de reporte de vehículo.

De dicho análisis se verificó lo siguiente:

Placa Cantidad Tipo de vehículo

Días en taller

Días no trabajados

Días sin operar

Días operados

Anual operado

(%)

6312-CJ 1 Pipa 49 22 71 294 80.5

9112-CH 2 Pipa 14 0 14 351 96.2

9113-CH 3 Pipa 53 47 100 265 72.6

1664-CF 8 Volteo 0 51 51 314 86.0

7274-CK 9 volteo 4 228 232 133 36.4

1890-CF 10 Volteo 13 247 260 105 28.8

1610 5 Pick-up 0 0 0 365 100.0

1807 6 Pick-up 32 45 77 288 78.9

1805 10 Pick-up 46 5 51 314 86.0

Se observó que la pipa con placa 6312-CJ, el día 24 de abril en la bitácora aparece como

día en taller y en el soporte de Boucher de Carga presenta uno de la misma fecha por un

importe de 1.5 miles de pesos; asimismo, en el total de las pipas de la muestra se identificó

que no funciona el odómetro de kilometraje.

También se verificó que en las bitácoras de los camiones de volteo existen diferencias

de días, en razón de la operación de éstos.

Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, fracción I, inciso e), del Tercer

Lineamiento “Actividades de Control”, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007 vigentes en 2013, que señala:

“Artículo 16.- Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son

los siguientes: […]

”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control

”Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal

son responsables de […]

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521 VOLUMEN 5/18

“e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y otros

eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible,

para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que

puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles,

facilitando a los titulares la toma de decisiones…”

Mediante el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002 del 21 de julio de 2014, se solicitó a la

Delegación Iztapalapa el expediente del contrato administrativo núm. IZTP/DGA/IR/158/2013

del 21 de mayo de 2013, correspondiente a la invitación restringida a cuando menos tres

proveedores núm. PIR/DIZ/DGA/021/2013 para la adquisición de aceites, aditivos y baterías,

el cual proporcionó con el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de julio de 2014. En su

revisión, se determinó lo siguiente:

1. La contratación objeto del proceso revisado se previó en el PAAAPS de 2013, en la partida

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”.

2. La Delegación se ajustó al monto de actuación autorizado para adquisiciones por invitación

restringida que, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos del

Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013, y en concordancia con el PAAAPS

(1,179,835.4 miles de pesos) de la Delegación para ese año, fue de 8,240.0 miles de

pesos por cada operación (sin IVA).

3. La Delegación contó con la documentación comprobatoria de las distintas etapas de dicho

proceso, como requisición de compra; estudio de precios de mercado; suficiencia

presupuestal; oficios de invitación a tres prestadores de servicio; bases de la invitación

restringida; actas de la junta de aclaración de bases, de presentación y de apertura de

documentación legal y administrativa, y de propuestas técnicas y económicas; fianzas

de sostenimiento de ofertas económicas; formato de mejoramiento de precios unitarios;

dictamen técnico; fallo y contrato, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal.

4. Las bases de la invitación restringida se ajustaron a lo dispuesto en los artículos 33 de

la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 37 de su Reglamento.

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522 VOLUMEN 5/18

5. De acuerdo con el acta del fallo del proceso de invitación restringida emitida el 20 de

mayo de 2013, el contrato se adjudicó a la empresa Profesional Technician Services,

S.A. de C.V., que de acuerdo con el acta de fallo, presentó una propuesta técnica

solvente que satisfizo la totalidad de los requerimientos y cuyo precio ofertado fue el menor,

por lo que la Delegación suscribió el contrato núm. IZTP/DGA/IR/158/2013, de fecha 21 de

mayo de 2013, con la empresa mencionada, por un monto de 4,852.2 miles de pesos

(IVA incluido), de los cuales 3,459.1 miles de pesos fueron con cargo a la partida

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, y 1,393.1 miles de pesos fueron con

cargo a la partida 2961 “Refacciones y Accesorios Menores de Equipo de Transporte”.

La vigencia del contrato se pactó del 21 al 31 de mayo de 2013, o hasta el total

cumplimiento de las obligaciones pactadas en éste.

6. El contrato suscrito cumplió los requisitos previstos en el artículo 55 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal, 56 de su Reglamento y el numeral 4.7.3 de

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis); asimismo, se observaron

los montos de actuación establecidos en el artículo 37 del Decreto del Presupuesto de

Egresos para el Distrito Federal, todos vigentes en 2013.

7. En cuanto al cumplimiento de las principales cláusulas del contrato

núm. IZTP/DGA/IR/158/2013, celebrado el 16 de diciembre de 2013, se comprobó

lo siguiente:

a) De acuerdo con la cláusula primera del contrato núm. IZTP/DGA/IR/158/2013,

el prestador de servicios se comprometió a entregar los bienes consistentes en aceites,

aditivos y baterías, cuya descripción, cantidad y precio fijo unitario se indican en la

misma cláusula.

La Delegación Iztapalapa contó con el soporte documental consistente en facturas

validadas por la Jefatura de Unidad Departamental de Control Vehicular y la

Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales, que acreditan

la prestación del servicio durante la vigencia, de acuerdo con las especificaciones

y programación, previstas en los anexos del contrato.

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523 VOLUMEN 5/18

b) En la cláusula segunda, se estipuló que el costo por los bienes objetos del contrato era

por 4,852.2 miles de pesos (IVA incluido). Por tanto, el monto total del contrato

ascendió a 4,852.2 miles de pesos (IVA incluido).

c) En la cláusula tercera se estableció que el importe de los bienes sería liquidado

30 días hábiles después de la aceptación de la factura debidamente requisitada.

Al respecto, se constató que, durante 2013, la Delegación pagó a la empresa prestadora

del servicio un monto de 3,459.1 miles de pesos con la CLC núm. 02 CD 09 01163 del

5 de septiembre de 2013 (correspondientes a la partida 2611), conforme a los

términos de la cláusula segunda.

d) En la cláusula sexta se estableció: “‘EL PROVEEDOR’ se obliga a cumplir con la

entrega de los bienes objeto del presente contrato, durante (o dentro) el período

del día 21 al 31 de mayo de 2013, en el destino (LIBRE A BORDO DESTINO) en

el almacén general de ‘LA DELEGACIÓN’…”.

Para corroborar el cumplimiento de esta cláusula, la Delegación Iztapalapa, proporcionó

la nota de entrada de almacén núm. 63, del 29 de mayo de 2013, relacionada con

los bienes solicitados (aceites y aditivos relacionados con la partida 2611 de la muestra

sujeta a revisión) mediante la requisición núm. 297 del 28 de febrero de 2013, dicha

nota de entrada ampara los productos que se describen a continuación:

(Miles de pesos)

Descripción del bien Cantidad Unidad Precio unitario

Total

Aceite para Motor diésel multigrado API 20 W-50 CH 4 90 Tambos 12.2 1,096.6

Aceite para Motor diésel monogrado API HD SAE-50 SL 8 Tambos 10.9 87.4

Aceite para Motor diésel monogrado APIDEX -SAE-50 CH 4 30 Tambos 11.4 342.5

Aceite para Transmisión estándar engranes universales 85 W-140 GL-5 10 Tambos 14.3 142.7

Aceite para Transmisión automática ATF DEXROM 4 MERCOM 12 Tambos 11.8 141.2

Aceite para Sistema hidráulico gato y pistón ISO-150 90 Tambos 10.4 935.4

Anticongelante radiador 100% concentrado C/verde ASTM-D-3306 207 Cubetas 1.0 211.5

Líquido para frenos disco y tambor DOT. 4 2 Tambos 12.7 25.4

Subtotal

2,982.7

IVA 16% 477.2

Total 3,460.0

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524 VOLUMEN 5/18

Lo anterior, en cumplimiento de la cláusula sexta del contrato

núm. IZTP/DGA/IR/158/2013.

d) Según la cláusula décima primera, el prestador de servicios constituyó póliza de fianza

a favor de la SEFIN con una vigencia desde su expedición y hasta la conclusión

del servicio, como garantía de la calidad, equivalente al 15.0% del monto total del

contrato (sin incluir IVA), a fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una

de las obligaciones contraídas en el contrato.

En atención a lo anterior, el prestador de servicios presentó en tiempo y forma

póliza de fianza de fecha 21 de mayo de 2013, expedida por una empresa

afianzadora, por un importe de 627.4 miles de pesos, equivalente al 15.0% del monto

máximo del contrato sin IVA, conforme a lo establecido en la cláusula décima

primera.

8. El registro contable se ajustó al Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

y el presupuestal se aplicó a las partidas 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” y

2961 “Refacciones y Accesorios Menores de Equipo de Transporte”, conforme al

Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.

9. De la revisión a los procedimientos aplicables a la partida de referencia, se analizó

el denominado “Dotación de combustible del parque vehicular, maquinaria y equipo en

la Delegación Iztapalapa”, del cual, esta entidad de fiscalización solicitó la evidencia

documental de su operación en cuanto al ejercicio de los recursos FORTAMUN.

La respuesta proporcionada con el oficio núm. DGA/CPII/981/2014 del 10 de julio

de 2014, de cuyo análisis se desprende que el órgano político-administrativo contó

entre la documentación a generar por las actividades, con los oficios de envío de las

cédulas de validación de combustible; las cédulas respectivas; y las fichas técnicas para

el pago de las facturas sujetas a revisión; sin embargo, los oficios no contaron con sello

de recibido de la OM; y de la comparación de las cédulas, oficios y facturas se encontraron

diferencias en cuanto a los períodos de suministro de combustible y cifras.

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525 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, fracción I, inciso e),

del Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control

Interno paras la Administración Pública del Distrito Federal que dispone:

“e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos.

“Las operaciones y otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la

Administración Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su

ocurrencia o lo más oportuno posible, para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo,

clasificarse adecuadamente para que puedan ser presentados en informes y estados

financieros confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma de decisiones…”

10. Mediante el oficio núm. AFL-A/14/0006 del 11 de agosto de 2014, esta entidad de

fiscalización solicitó a la empresa Professional Technician Services, S.A. de C.V., con quien

la Delegación Iztapalapa celebró el contrato núm. IZTP/DGA/IR/158/2013, la confirmación

de las operaciones realizadas con el órgano político-administrativo en el ejercicio 2013,

las cuales fueron proporcionadas mediante escrito del 26 de agosto del 2013 por dicha

empresa, de lo que se corroboraron las operaciones realizadas con dicho proveedor.

Recomendación ASCprofcasf-104-13-06-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa implemente mecanismos de control para garantizar

que se cuente con un registro oportuno y adecuado de la dotación de combustible del parque

vehicular, maquinaria y equipo, en cumplimiento del Acuerdo por el que se establecen

los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal.

Recomendación ASCprofcasf-104-13-07-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa implante mecanismos de control para garantizar

que las bitácoras de los vehículos no presenten diferencias en días de la operación de éstos,

en cumplimiento del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Page 526: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

526 VOLUMEN 5/18

Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”

15. Resultado

En el ejercicio de 2013, la Delegación Iztapalapa erogó recursos con cargo a la partida 3381

“Servicios de Vigilancia” por un importe total de 244,572.8 miles de pesos, que significó

el 26.2% con respecto al total de los recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF por

la Delegación Iztapalapa durante 2013 (931,805.4 miles de pesos).

La Delegación Iztapalapa ejerció los 244,572.8 miles de pesos mediante 32 CLC, todas

emitidas por la Policía Auxiliar del Distrito Federal (PADF) y tramitadas en forma centralizada

para su cobro. Las 32 CLC señalan como beneficiario a “GDF/Secretaría de Finanzas/

Tesorería GDF”. Al respecto, se determinó una muestra de nueve CLC por un importe

de 103,019.3 miles de pesos, que equivalen al 42.1% del monto ejercido en la partida

3381 “Servicios de Vigilancia” con recursos del FORTAMUNDF, y el 11.1% respecto del total

de recursos de dicho fondo ejercidos en 2013, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

CLC Fecha Importe

de la muestra

11 CD 02 100072 19/III/13 10,412.2

11 CD 02 100234 6/VI/13 13,574.6

11 CD 02 100384 24/VII/13 9,813.2

11 CD 02 100464 22/VIII/13 9,801.3

11 CD 02 100623 22/X/13 10,410.2

11 CD 02 100624 22/X/13 14,510.6

11 CD 02 100824 19/XII/13 13,053.8

11 CD 02 100907 31/XII/13 9,998.9

11 CD 02 100908 31/XII/13 11,444.5

Total 103,019.3

Se observó que en el apartado “Notas Especiales o Aclaraciones” de las nueve CLC de la

muestra determinada, se presenta información relativa a los pagos realizados con cada una

de ellas, entre otros datos, el informe folio E, tipo de servicio, usuario, período e importe.

Dicha información se muestra a continuación:

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527 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

CLC Informe folio E

Tipo de servicio

Usuario Período Importe

11 CD 02 100072 655113 Intramuros 23929-03 16 al 31 de enero 2013 1,665.1

655114 Extramuros 23929-04 16 al 31 de enero 2013 598.3

655115 Extramuros 23929-05 16 al 31 de enero 2013 164.8

655116 Intramuros 23929 1 al 15 de enero 2013 3,755.4

655117 Intramuros 23929 16 al 31 de enero 2013 4,228.6

11 CD 02 100234 655477 Extramuros 23929-01 16 al 30 de abril de 2013 3,088.3

655478 Intramuros 23929-03 16 al 30 de abril de 2013 1,696.3

655479 Extramuros 23929-04 16 al 30 de abril de 2013 612.0

655480 Extramuros 23929-05 16 al 30 de abril de 2013 119.0

655481 Intramuros 23929 1 al 15 de abril de 2013 4,001.9

655482 Intramuros 23929 16 al 30 de abril de 2013 4,057.0

11 CD 02 100384 655698 Extramuros 23929-01 16 al 30 de junio 2013 3,338.6

655699 Intramuros 23929-03 16 al 30 de junio 2013 1,680.0

655700 Extramuros 23929-04 16 al 30 de junio 2013 598.9

655701 Extramuros 23929-05 16 al 30 de junio 2013 119.0

655702 Intramuros 23929 1 al 15 de junio de 2013 4,076.8

11 CD 02 100464 655815 Intramuros 23929 1 al 15 de julio de 2013 4,079.9

655816 Extramuros 23929-01 1 al 15 de julio de 2013 3,336.2

655817 Intramuros 23929-03 1 al 15 de julio de 2013 1,647.2

655818 Extramuros 23929-04 1 al 15 de julio de 2013 616.7

655819 Extramuros 23929-05 1 al 15 de julio de 2013 121.3

11 CD 02 100623 656109 Extramuros 23929-01 1 al 15 de septiembre de 2013 3,561.1

656110 Intramuros 23929-03 1 al 15 de septiembre de 2013 1,761.1

11 CD 02 100623 656111 Extramuros 23929-04 1 al 15 de septiembre de 2013 624.9

656112 Extramuros 23929-05 1 al 15 de septiembre de 2013 127.4

656113 Intramuros 23929 16 al 31 de agosto de 2013 4,335.8

11 CD 02 100624 656178 Extramuros 23929-01 16 al 30 de septiembre 2013 3,492.5

656179 Intramuros 23929-03 16 al 30 de septiembre 2013 1,723.5

656180 Extramuros 23929-04 16 al 30 de septiembre 2013 604.9

656181 Extramuros 23929-05 16 al 30 de septiembre 2013 125.0

656182 Intramuros 23929 1 al 15 de septiembre de 2013 4,291.6

656183 Intramuros 23929 16 al 30 de septiembre 2013 4,273.0

11 CD 02 100824 656448 Intramuros 23929 1 al 15 de octubre 2013 4,269.7

656449 Intramuros 23929 16 al 31 de octubre 2013 4,512.1

656450 Intramuros 23929 1 al 15 de noviembre de 2013 4,271.9

11 CD 02 100907 656650 Extramuros 23929-01 1 al 15 de diciembre 2013 3,589.7

656651 Intramuros 23929-03 1 al 15 de diciembre 2013 1,728.2

656652 Extramuros 23929-04 1 al 15 de diciembre 2013 909.0

656653 Extramuros 23929-05 1 al 15 de diciembre 2013 125.0

656654 Extramuros 23929-01 16 al 31 de diciembre 2013 3,647.0

11 CD 02 100908 656655 Intramuros 23929-03 16 al 31 de diciembre 2013 1,837.7

656656 Extramuros 23929-04 16 al 31 de diciembre 2013 677.2

656657 Extramuros 23929-05 16 al 31 de diciembre 2013 134.7

656658 Intramuros 23929 1 al 15 de diciembre 2013 4,264.3

656659 Intramuros 23929 16 al 31 de diciembre 2013 4,530.7

Total 103,019.3

Page 528: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

528 VOLUMEN 5/18

Se verificó que mediante las nueve CLC se realizaron pagos por los servicios de vigilancia,

tanto intramuros como extramuros, de 10 quincenas correspondientes a los meses de enero,

abril, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del ejercicio de 2013. Los pagos

por servicios de vigilancia intramuros ascendieron a 72,687.9 miles de pesos y por los servicios

de vigilancia extramuros fueron de 30,331.4 miles de pesos.

Con el objetivo de verificar que la Delegación Iztapalapa contara con la documentación

justificativa y comprobatoria del gasto de las nueve CLC sujetas a revisión, con el oficio

núm. ASCprofcasf/B/14/104/13/0001 del 4 de julio de 2013, esta entidad de fiscalización

solicitó al Director General de Administración de la Delegación Iztapalapa la documentación

correspondiente. Al respecto, mediante el oficio núm. DGA/CPII/1080/2014, del 21 de julio

de 2014 el Coordinador de Planeación e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa

proporcionó la documentación solicitada, en la cual se observó lo siguiente:

1. Las bases de colaboración para regular la cooperación entre la corporación y el órgano

político-administrativo respecto a la seguridad, vigilancia y coadyuvancia en el mantenimiento

del orden público, con folios PADF/DG/1069/III/56/1,2/23929, 23929-01, 23929-03, 23929-04,

23929-05/13, constituyeron la documentación justificativa del gasto relativa a los servicios

de vigilancia intramuros y extramuros, las cuales fueron ratificadas y firmadas de

conformidad el 1o. de enero de 2013 por el Jefe Delegacional en Iztapalapa, por parte

del ente auditado; y por el Director General de la PADF, por parte de la corporación,

en representación de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSP).

Además, firmaron como testigos, por parte de la Delegación Iztapalapa, la Directora

General de Administración y el Coordinador General de Seguridad Publica; y por parte

de la PADF, el Director del Sector 56, el Comandante del Destacamento 1 del Sector 56

y el Comandante del Destacamento 2 del Sector 56.

En la base primera, “Objeto”, de las bases de colaboración, se señala: “Las presentes

bases tienen por objeto regular la colaboración entre ‘La Corporación’ y el órgano político

administrativo, respecto a la seguridad, vigilancia y coadyuvancia en el mantenimiento

del orden público, debe proporcionar ‘La Corporación’, conforme al programa y calendario

que se establece en el anexo técnico número uno, que forma parte del presente

instrumento jurídico, como se integra de la siguiente manera:

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529 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

Tipo de servicio Usuario Total

de turnos Tarifa turno de 12 horas

Importe

Intramuros 23929 181,992 0.546 99,367.6

Vía publica 23929-01 133,150 0.623 82,952.5

Prevención contra el delito 23929-03 51,616 0.782 40,363.7

Operativo pie tierra 23929-04 30,826 0.623 19,204.6

Supervisores especializados 23929-05 3,155 1.202 3,793.5

Total 400,739 245,681.9

Con relación a la vigencia de las bases de colaboración para la prestación de servicios

de seguridad y vigilancia proporcionadas, la base décima sexta “Vigencia”, establece:

“Las presentes bases de colaboración surtirán sus efectos a partir del día 01 del mes

de enero del año 2013 y hasta el día 31 del mes de diciembre del año 2013”.

2. La Delegación Iztapalapa proporcionó la documentación comprobatoria del gasto

de las nueve CLC sujetas a revisión, la cual está conformada por 45 Informes

Presupuestales de Liquidaciones a Cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto,

Usuarias de los Servicios de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, los cuales

se integran como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

CLC Folio del informe presupuestal

Fecha Período de 2013 Usuario Total de turnos

Costo de turnos

Total

100072 E-655113 6/III/13 16 al 31 de enero 23929-03 2,238 744 1,665.1

E-655114 6/III/13 16 al 31 de enero 23929-04 1,009 593 598.3

E-655115 6/III/13 16 al 31 de enero 23929-05 144 1144 164.8

E-655116 6/III/13 1 al 15 de enero 23929 7,222 520 3,755.4

E-655117 6/III/13 16 al 31 de enero 23929 8,132 520 4,228.6

100234 E-655477 28/V/13 16 al 30 de abril 23929-01 5,208 593 3,088.3

E-655478 28/V/13 16 al 30 de abril 23929-03 2,280 744 1,696.3

E-655479 28/V/13 16 al 30 de abril 23929-04 1,032 593 612.0

E-655480 28/V/13 16 al 30 de abril 23929-05 104 1,144 119.0

E-655481 28/V/13 1 al 15 de abril 23929 7,696 520 4,001.9

E-655482 28/V/13 16 al 30 de abril 23929 7,802 520 4,057.0

100384 E-655698 17/VII/13 16 al 30 de junio 23929-01 5,630 593 3,338.6

E-655699 17/VII/13 16 al 30 de junio 23929-03 2,258 744 1,680.0

E-655700 17/VII/13 16 al 30 de junio 23929-04 1,010 593 598.9

E-655701 17/VII/13 16 al 30 de junio 23929-05 104 1,144 119.0

E-655702 17/VII/13 1 al 15 de junio 23929 7,840 520 4,076.80

100464 E-655815 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929 7,846 520 4,079.9

Continúa…

Page 530: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

530 VOLUMEN 5/18

… Continuación

CLC Folio del informe presupuestal

Fecha Período de 2013 Usuario Total de turnos

Costo de turnos

Total

E-655816 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929-01 5,626 593 3,336.2

E-655817 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929-03 2,214 744 1,647.2

E-655818 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929-04 1,040 593 616.7

E-655819 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929-05 106 1,144 121.3

100623 E-656109 14/X/13 1 al 15 de septiembre 23929-01 5,716 623 3,561.1

E-656110 14/X/13 1 al 15 de septiembre 23929-03 2,252 782 1,761.1

E-656111 14/X/13 1 al 15 de septiembre 23929-04 1,003 623 624.9

E-656112 14/X/13 1 al 15 de septiembre 23929-05 106 1,202 127.4

E-656113 14/X/13 16 al 31 de agosto 23929 8,338 520 4,335.8

100624 E-656178 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929-01 5,606 623 3,492.5

E-656179 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929-03 2,204 782 1,723.5

E-656180 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929-04 971 623 604.9

E-656181 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929-05 104 1,202 125.0

E-656182 21/X/13 1 al 15 septiembre 23929 7,860 546 4,291.6

E-656183 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929 7,826 546 4,273.0

100824 E-656448 11/XII/13 1 al 15 de octubre 23929 7,820 546 4,269.7

E-656449 11/XII/13 16 al 31 de octubre 23929 8,264 546 4,512.1

E-656450 11/XII/13 1 al 15 de noviembre 23929 7,824 546 4,271.9

100907 E-656650 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929-01 5,762 623 3,589.7

E-656651 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929-03 2,210 782 1,728.2

E-656652 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929-04 1,459 623 909.0

E-656653 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929-05 104 1,202 125.0

E-656654 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929-01 5,854 623 3,647.0

100908 E-656655 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929-03 2,350 782 1,837.7

E-656656 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929-04 1,087 623 677.2

E-656657 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929-05 112 1,202 134.7

E-656658 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929 7,810 546 4,264.3

E-656659 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929 8,298 546 4,530.7

Total 177,481 103,019.3

Los datos relativos al período de 2013, usuario, total de turnos (de 12 horas) e importe

reportados en los informes presupuestales proporcionados por la Delegación Iztapalapa,

correspondientes a los servicios de vigilancia intramuros y extramuros, correspondientes a

las quincenas 2 de enero, 2 de abril, 1o. y 2 de junio, 1o. de julio, 1o. y 2 de septiembre,

1o. y 2 de octubre, 1o de noviembre y 1o. y 2 diciembre, corresponden con lo señalado en

el anexo uno de las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios de Seguridad

y Vigilancia, tanto de intramuros como de extramuros.

Cabe señalar que, en atención a la solicitud realizada por esta entidad de fiscalización con

el oficio núm. ASCprofcasf/B/104/13-0002 del 21 de julio de 2014, el Director General de

Administración de la Delegación Iztapalapa, mediante el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014

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531 VOLUMEN 5/18

del 25 de julio de 2014, proporcionó 45 conciliaciones de turnos (originales) de los servicios

de vigilancia intramuros y extramuros de las 12 quincenas correspondientes a la muestra.

En la revisión de dicha documentación, se observó que la información de las 45 conciliaciones

de turnos coincide con la información de los 45 Informes Presupuestales de Liquidaciones

a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto, Usuarias de los Servicios de la Policía Auxiliar

del Distrito Federal.

Por contar con la documentación comprobatoria del gasto relativa al pago de los servicios de

vigilancia intramuros y extramuros, la Delegación Iztapalapa cumplió el artículo 69, fracción III,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

Con la finalidad de constatar que el gasto erogado por medio de las CLC

núms. 11 CD 02 100072, y terminaciones 100234, 100384, 100464, 100623,100424, 100824,

100907 y 100908 haya sido devengado, esta entidad de fiscalización solicitó al Director General

de Administración de la Delegación Iztapalapa, con el oficio núm. ASCprofcasf/B/104/13-0002

del 25 de julio de 2014, las fatigas de servicios correspondientes a los servicios de vigilancia

cubiertos con las nueve CLC mencionadas. Mediante el oficio núm. DGA/CPII/1156/2014

del 6 de agosto de 2014, el Director General de Administración de la Delegación Iztapalapa

proporcionó la documentación solicitada.

Cabe señalar que las fatigas de servicios de vigilancia sujetas a revisión, contaron

con las firmas del Comandante del Destacamento 01 de la PADF y del Jefe de Unidad

Departamental de Planeación y Control de Seguridad Pública.

Lo anterior, en cumplimiento de lo señalado en la base séptima, “Control de Asistencias”,

primer párrafo, de las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios de Seguridad

y Vigilancia, que señala: “Las partes se obligan a llevar un control diario de asistencia del

personal de ‘La Corporación’ mismo que deberá validarse con la firma del supervisor

del servicio de ‘La Corporación’ y la(s) persona(s) que para tal efecto sea(n) designada(s)

por ‘Órgano Político Administrativo’, dicho documento recibirá el nombre de conciliación de

turnos y será la base para la elaboración de los informes presupuestales, conforme lo

establecido en el Código Fiscal de la Federación”.

De la revisión a la documentación justificativa y comprobatoria del gasto relacionado con

la partida 3381 “Servicios de Vigilancia” no se desprende observación alguna.

Page 532: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

532 VOLUMEN 5/18

Partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”

16. Resultado

En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció un total de 931,805.4 miles de pesos con recursos

del FORTAMUNDF, de los cuales 3,670.6 miles de pesos (0.4%) fueron con cargo a la partida

5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, y de estos últimos,

2,474.9 miles de pesos (0.3%) se seleccionaron como parte de la muestra de auditoría

para su revisión. Dicho importe se pagó mediante una CLC.

A fin de verificar que la CLC seleccionada incluyera la documentación justificativa

y comprobatoria del pago efectuado, con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002 del

21 de julio de 2014, esta entidad de fiscalización solicitó la CLC y su soporte documental

respectivo.

En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de julio de 2014, la Coordinación

de Planeación e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa proporcionó la CLC

núm. 02 CD 09 10010319, expedida el 31 de diciembre de 2013 a favor de Teléfonos de

México, S.A.B. de C.V., por un importe de 2,474.8 miles de pesos.

Derivado de la revisión de la documentación justificativa y comprobatoria de dicha CLC

se constató lo siguiente:

1. La CLC fue elaborada y autorizada por los servidores públicos inscritos en la Cédula

de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar

las CLC, Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2013.

Se verificaron los requisitos fiscales de su factura y se comprobó que se expidió a nombre

del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Iztapalapa, que incluyó el domicilio del

Gobierno del Distrito Federal y su Registro Federal de Contribuyentes RFC, la partida,

el concepto, la cantidad, el precio unitario, el importe total y el IVA por los bienes adquiridos:

la denominación social del prestador de servicios y su RFC, el domicilio y la impresión de la

cédula de identificación fiscal del contribuyente como lo establecen los artículos 29 y 29-A,

fracciones I, II, III, IV, V y VI, del Código Fiscal de la Federación vigente en 2013

y se verificó el cálculo del IVA según factura, el cual es acorde con la tasa del 16%.

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533 VOLUMEN 5/18

2. El presupuesto ejercido mediante la CLC se registró conforme al Clasificador por

Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2013 y se soportó con la documentación

comprobatoria respectiva, de acuerdo con el artículo 69, fracción III, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.}

3. Mediante el oficio núm. ASC/14/1231 del 12 de junio de 2014, esta entidad de

fiscalización solicitó a la Delegación Iztapalapa relación de pedidos, contratos y

convenios formalizados con el recurso FORTAMUNDF 2013. En respuesta, mediante

el oficio núm. DGA/CPII/990/2014 del 10 de julio de 2014, proporcionó el convenio de

colaboración núm. CONV/IZTP/002/13 del 15 de noviembre de 2013, para el Desarrollo

e Implementación del Proyecto “Biblioteca Digital Telmex”, el cual forma parte de la

muestra, cuyo expediente fue proporcionado mediante el oficio núm. DGA/CPII/981/2014

del 10 de julio de 2014. En su revisión, se comprobó lo siguiente:

a) Contó con la requisición núm. 01018 del 29 de octubre de 2013, para la adquisición del

equipo necesario para implementar Tecnologías de la información en 15 bibliotecas

públicas correspondientes a la partida sujeta a revisión, la cual está firmada por

la Coordinación de Informática, como área solicitante; y la DGA, quien otorgan el

visto bueno, así como por la Jefatura de Unidad Departamental de Presupuesto,

quien autoriza la suficiencia presupuestal por un monto de 2,474.9 miles de pesos.

Dicha requisición contiene la descripción o adquisición de 150 equipos de cómputo

y 150 impresoras, con un monto estimado de cero pesos.

Lo anterior difiere de lo establecido en el anexo 1 del convenio arriba citado, el cual

señala 18 Bibliotecas Digitales Telmex, con 10 computadoras personales y 1 impresora

para cada una de ellas, además de no contar con monto estimado, lo que denota

deficiencias de control en el llenado de la requisición.

b) La justificación para la celebración del convenio de colaboración entre la Delegación

Iztapalapa y Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., de acuerdo con lo establecido

en el convenio respectivo, se debió a que: “Siendo Telmex la única empresa a nivel

nacional que podría implementar un proyecto de tal magnitud”, según nota informativa

sin número del 8 de julio de 2014 de la Coordinación de Informática.

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534 VOLUMEN 5/18

c) Dicho proveedor no se localizó en los listados de proveedores y contratistas

sancionados que publican en sus respectivas páginas web la CGDF y la SFP,

donde resultó que en ningún caso se encontraron antecedentes de que hubiera

sido sancionado por los entes fiscalizadores arriba mencionados, la Delegación

Iztapalapa dio cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 39, fracción X, de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013.

d) El convenio se formalizó el 15 de noviembre de 2013, con la participación del Jefe

Delegacional en Iztapalapa, La Directora General de Administración, el Director

General Jurídico y de Gobierno, así como el Apoderado de Teléfonos de México,

S.A.B. de C.V., el cual entrara en vigor a partir de la fecha de su firma con duración

de un año prorrogable por períodos iguales.

e) La cláusula primera del contrato estipula: “Establecer los términos y condiciones

al tenor de los cuales Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. ejecutará los compromisos

a su cargo previstos en este instrumento, como una forma de contribuir y apoyar

las acciones que ‘La Delegación desarrolla a favor de la población que radica en

esta demarcación’; objeto que corresponde a lo establecido en la línea de acción

de ‘Desarrollo Cultural’ del Programa Delegacional de Desarrollo de Iztapalapa.

Asimismo, estipula ‘Telmex’ y la ‘Delegación’ colaborarán y conjuntarán acciones

y esfuerzos, a fin de que en cada una de las Bibliotecas Públicas y Centros

de Capacitación y Enseñanza, que se localizan en la Delegación identificadas

en el Anexo 1 de éste Convenio, se implemente el proyecto ‘Biblioteca Digital

Telmex’…”.

Al respecto, esta entidad de fiscalización solicitó, mediante el oficio

núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002 del 21 de julio de 2014, información sobre el estatus

de dichas bibliotecas. En respuesta, mediante oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del

25 de julio de 2014, al cual anexó copia fotostática de la nota informativa núm. 99

de la misma fecha, de cuyo análisis se constató lo siguiente:

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Ubicación

Según anexo de convenio Según nota proporcionada por la Delegación

Barrio San Antonio Barrio San Antonio

Cecualli-Ohtli Cecualli-Ohtli

En el Agua de Las Lajas En el Agua de Las Lajas

Frida Kahlo Frida Kahlo

La Era La Era

Melchor Ocampo Melchor Ocampo

Pueblo de San Lorenzo Tezonco Pueblo de San Lorenzo Tezonco

Renovación Renovación

Santiago Acahualtepec Laura Riojas de Colosio

Sección La Cruz Antonio Gómez Rodríguez

Tenorios Consejo Agrarista

Valle de Luces Valle de Luces

Villa Estrella Villa Estrella

Acamapichtli Acamapichtli

Paraje Zacatepec Paraje Zacatepec

Pendiente Tepozcalli

Pendiente Villa Cid

Pendiente Huizachtépetl

Por lo anterior, se observó que seis bibliotecas convenidas en el anexo 1 del convenio,

no corresponden las ubicaciones a las señaladas en el status proporcionado por

la Delegación Iztapalapa, por lo que se contraviene lo indicado en el convenio

de referencia.

f) La cláusula tercera del convenio señala: “‘La Delegación’ se compromete a lo

siguiente: inciso a) Adquirir de TELMEX y pagar el importe de $2,474,873.00 en la

partida presupuestal 5151: Equipo de cómputo y tecnologías de la información

mediante cualquier procedimiento de contratación gubernamental los equipos de

cómputo, licencias de software, equipos periféricos para usuarios con debilidad

visual y mobiliario que se indica en el Anexo 1 que forman parte del presente

instrumento. LA DETERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

GUBERNAMENTAL ES DECISIÓN DE LA DELEGACIÓN”.

Con el fin de verificar su cumplimiento, se constató que con la CLC

núm. 02 CD 09 10010319 del 31 de diciembre de 2013, se pagó el importe convenido

en la cláusula antes señalada, correspondiente a la partida 5151 “Equipo de Cómputo

y de Tecnologías de la Información”, por un importe de 2,474.9 miles de pesos.

g) La cláusula décima establece: “Las partes acuerdan que la entrega de los equipos

de cómputo, mobiliario, la activación del servicio de acceso a internet a través de

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536 VOLUMEN 5/18

infinitum y la capacitación, se efectuaran de conformidad con los programas de trabajo

que se agregan al presente convenio como Anexo 3”, anexo que señala como fechas

para la entrega de kits (equipos y señalización) del 7 al 17 de enero de 2014; y como

como fechas para la instalación de las bibliotecas del 7 al 13 de enero de 2014.

Para comprobar el cumplimiento de lo anterior, se solicitaron las actas circunstanciadas

de entrega-recepción de equipo y mobiliario de cada una de las 18 Bibliotecas

Digitales Telmex, mediante el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002 del 21 de julio

de 2014, proporcionadas mediante el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de

julio de 2014, de cuyo análisis se desglosa lo siguiente:

Entrega de kit (Equipos y señalización)

Desfase

Instalación

Nombre de BDT considerados en anexo 1 del convenio

Fecha Fecha Atraso

Programa Acta Programa Acta

Renovación 10/I/14 9/I/14 0 09/I/14 13/I/14 4

Villa Estrella 15/I/14 9/I/14 0 13/I/14 13/I/14 0

Valle de Luces 14/I/14 9/I/14 0 10/I/14 14/I/14 4

En el Agua de Las Lajas 8/I/14 9/I/14 1 7/I/14 14/I/14 7

Barrio San Antonio 7/I/14 15/I/14 8 7/I/14 17/I/14 10

La Era 9/I/14 15/I/14 6 8/I/14 17/I/14 9

Acamapichtli 15/I/14 16/I/14 1 13/I/14 20/I/14 7

Cecualli-Ohtli 7/I/14 16/I/14 9 7/I/14 20/I/14 13

Pueblo de San Lorenzo Tezonco 10/I/14 17/I/14 7 9/I/14 21/I/14 12

Paraje Zacatepec 16/I/14 22/I/14 6 13/I/14 27/I/14 14

Frida Kahlo 8/I/14 23/I/14 15 8/I/14 28/I/14 20

Melchor Ocampo 9/I/14 24/I/14 15 8/I/14 30/I/14 22

Tepozcalli n.a. 21/I/14 n.a. n.a. 23/I/14 n.a.

Villa Cid n.a. 17/I/14 n.a. n.a. 27/I/14 n.a.

Huizachtépetl n.a. 17/I/14 n.a. n.a. 29/I/14 n.a.

Laura Riojas De Colosio n.a. 17/I/14 n.a. n.a. 30/I/14 n.a.

Antonio Gómez Rodríguez n.a. 28/I/14 n.a. n.a. 31/I/14 n.a.

Consejo Agrarista n.a. 17/I/14 n.a. n.a. 31/I/14 n.a.

n.a. No aplicable.

h) Mediante el oficio núm. AFL-A/14/0007 del 11 de agosto de 2014, se solicitó a la empresa

Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., con quien la Delegación celebró el convenio

núm. CONV/IZTP/002/2013, la confirmación de las operaciones realizadas con la

Delegación Iztapalapa en el ejercicio 2013, que a la fecha de la auditoría (agosto

de 2014) no ha remitido respuesta.

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación

Iztapalapa, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1o. de septiembre de 2014, informó

y proporcionó lo siguiente:

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537 VOLUMEN 5/18

Para dar atención al inciso a):

a) Oficio núm. DGA/CI/634/2014 del 28 de agosto de 2014 mediante el cual el Coordinador

de Informática envía a la Coordinación de Planeación e Integración de Informes,

la información para dar atención al inciso a), que dice:

“… Para el área solicitante y que hace la requisición no es obligatorio presentar montos.

Respecto a por que TELMEX entregó 18 bibliotecas en lugar de las 15 solicitadas en la

requisición, cabe mencionar que fue decisión de esta empresa sin menoscabo del

monto pactado…”

b) Oficio núm. DGA/CI/1023/2013 del 13 de noviembre de 2013 que contiene la cotización

de TELMEX por 18 bibliotecas digitales.

Respecto de la observación en el inciso e):

Convenio modificatorio al convenio de colaboración núm. CONV/IZTP/002/13 donde

se estipula en la cláusula primera lo siguiente: “El objeto del presente convenio

modificatorio es establecer nuevas sedes para la implementación del proyecto ‘Biblioteca

Digital Telmex’, únicamente en las sedes que no cumplen con las características

mencionadas en la cláusula segunda del convenio de colaboración original, así como

determinar las sedes que quedaron pendientes, para quedar como se especifica en el

anexo 1 que se integra a este documento”.

De la observación en el inciso g):

Copia de oficio sin número dirigido al Jefe Delegacional en Iztapalapa, en el cual

la empresa Teléfonos de México S.A.B. de C.V., solicitó una prórroga para la entrega

e instalación de las bibliotecas.

Asimismo, proporcionó copia del oficio núm. DGA/2016/2013 del 12 de diciembre

de 2013, mediante el cual la Delegación Iztapalapa comunica al Apoderado Legal de

Teléfonos de México S.A.B. de C.V., la autorización de 20 días hábiles como prórroga

para dar cumplimiento a la entrega, en cumplimiento del numeral 4.10.1, Apartado 4.10

De las Prórrogas, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013.

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538 VOLUMEN 5/18

Derivado del análisis efectuado a la documentación referente a los desfases en la entrega

e instalación de las bibliotecas digitales, consistente en oficio de solicitud de prórroga por

parte de la empresa y la autorización de 20 días hábiles por parte de la Delegación para la

entrega de equipo e instalación de las bibliotecas, se desprende que la empresa contó

con la autorización de una prórroga para la instalación, por lo que no se observó desfase.

Partida 6121 “Edificación no Habitacional”

17. Resultado

En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció en la partida 6121 “Edificación no Habitacional”

un importe de 26,925.4 miles de pesos con recursos de FORTAMUNDF. Para la revisión

de esa partida, se seleccionó una muestra de 18,734.5 miles de pesos, que corresponde

al 69.6 % del total ejercido. La integración de la muestra se presenta a continuación:

(Miles de pesos)

Proveedor y Número de Contrato Procedimiento

de adjudicación CLC Fecha Importe

Constructora y Servicios Integrales S.A. de C.V. AD-146-13 02-CD-09-03948 31/XII/13 11.6

IZP-DGODU-AD-PN-S-194-13 02-CD-09-03949 31/XII/13 46.6

02-CD-09-03950 31/XII/13 69.8

02-CD-09-03951 31/XII/13 81.4

02-CD-09-03952 31/XII/13 23.3

Subtotal 232.7

Corporativo Veltormart, S.A. de C.V. AD-147-13 02-CD-09-01809 12/XI/13 2,328.0

IZP-DGODU-AD-PN-O-195-13 02-CD-09-02902 20/XII/13 47.0

02-CD-09-03953 31/XII/13 2,150.3

02-CD-09-03954 31/XII/13 528.5

02-CD-09-02903 20/XII/13 2706.2

7,760

Corporativo Veltormart, S.A. de C.V. AD-148-13 02-CD-09-01790 12/XI/13 2,032.1

IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13 02-CD-09-04101 31/XII/13 168.5

02-CD-09-03234 31/XII/13 2,232.6

02-CD-09-03955 31/XII/13 1,919.3

02-CD-09-03956 31/XII/13 421.2

Subtotal 6,773.7

Teyna Ingeniería y Restauración, S.A. de C.V. IZP-DGODU-AD-PN-S-198-13

AD-145-13 02-CD-09-03786 31/XII/13 4.4

02-CD-09-03975 31/XII/13 23.1

02-CD-09-03976 31/XII/13 16.0

02-CD-09-03979 31/XII/13 8.8

02-CD-09-03977 31/XII/13 18.2

02-CD-09-03978 31/XII/13 17.7

88.2

Corporativo Veltormart, S.A. de C.V. AD-140-13 02-CD-09-01793 11/XI/13 1,164.0

IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13 02-CD-09-04096 31/XII/13 274.1

02-CD-09-04097 31/XII/13 1,096.8

02-CD-09-03847 31/XII/13 1,126.8

02-CD-09-03848 31/XII/13 218.3

Subtotal 3,880

Total 18,734.5

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539 VOLUMEN 5/18

1. A fin de verificar que las CLC que correspondieron a los tres contratistas seleccionados

como muestra incluyeran la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos

realizados, con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0001 del 4 de julio de 2014,

esta entidad de fiscalización solicitó las CLC con su respectivo soporte documental.

En respuesta, mediante el oficio núm. DGA/CPII/992/2014 del 11 de julio de 2014, la DGA

en la Delegación Iztapalapa proporcionó las CLC que a continuación se detallan:

(Miles de pesos)

Contratista/ Número de Contrato

Cuenta por Liquidar Certificada Deducciones Importe

bruto Número Fecha Pago de estimación

Monto Amortización de anticipo

IMDT 0.2%

SICV-COP 2.0%

ICIC 0.2%

SRCOP-DF 1.5%

Constructora y Servicios Integrales S.A. de C.V.

02-CD-09-03948 31/XII/13 1 11.6 0.0 0.02 0.2 0.0 0.0 11.6

02-CD-09-03949 31/XII/13 2 46.6 0.0 0.08 0.8 0.0 0.0 46.6

IZP-DGODU-AD-PN-S-194-13 02-CD-09-03950 31/XII/13 3 69.8 0.0 0.1 1.2 0.0 0.0 69.8

02-CD-09-03951 31/XII/13 4 81.4 0.0 0.1 1.4 0.0 0.0 81.4

02-CD-09-03952 31/XII/13 5 finiquito 23.3 0.0 0.0 0.4 0.0 0.0 23.3

Corporativo Veltomart, S.A. de C.V. 02-CD-09-01809 12/XI/13 30% de anticipo 2,328.0 0.0 0.0 0 0.0 0.0 2,328.0

IZP-DGODU-AD-PN-O-195-13 02-CD-09-02902 20/XII/13 1 67.1 20.1 0.0 1.2 0.1 0.9 47.0

02-CD-09-02903 20/XII/13 2 3,866.0 1,159.80 0.0 66.7 6.7 49.9 2,706.2

02-CD-09-03953 31/XII/13 3 3,071.9 921.6 0.0 53.0 5.3 39.7 2,150.3

02-CD-09-03954 31/XII/13 4 755.0 226.5 0.0 13.0 1.3 9.8 528.5

Corporativo Veltomart, S.A. de C.V. 02-CD-09-01790 12/XI/13 30% de anticipo 2,032.1 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 2,032.1

IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13 02-CD-09-04101 31/XII/13 1 240.7 72.2 0.0 4.2 0.4 3.1 168.5

02-CD-09-03234 31/XII/13 2 3,189.5 956.9 0.0 55.0 5.5 41.2 2,232.6

02-CD-09-03955 31/XII/13 3 2,741.8 822.5 0.0 47.3 4.7 35.5 1,919.3

02-CD-09-03956 31/XII/13 4 finiquito 601.7 180.5 0.0 10.4 1.0 7.8 421.2

Teyna Ingeniería y Restauración, S.A. de C.V.

02-CD-09-03786 31/XII/13 1 4.4 0.0 0.0 0.1 0.0 0.0 4.4

02-CD-09-03975 31/XII/13 2 23.1 0.0 0.1 0.4 0.0 0.0 23.0

IZP-DGODU-AD-PN-S-198-13 02-CD-09-03976 31/XII/13 3 16 0.0 0.0 0.3 0.0 0.0 16.0

02-CD-09-03977 31/XII/13 4 18.2 0.0 0.0 0.3 0.0 0.0 18.2

02-CD-09-03978 31/XII/13 5 17.7 0.0 0.0 0.3 0.0 0.0 17.7

02-CD-09-03979 31/XII/13 6 8.8 0.0 0.0 0.2 0.0 0.0 8.8

Corporativo Veltomart, S.A. de C.V. 02-CD-09-01793 11/XI/13 30% de anticipo 1,164.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 1,164.0

IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13 02-CD-09-04096 31/XII/13 1 391.6 117.5 0.0 6.8 0.7 5.1 274.1

02-CD-09-04097 31/XII/13 2 1,566.8 470 0.0 27 2.7 20.3 1,096.8

02-CD-09-03847 31/XII/13 3 1,609.7 482.9 0.0 27.8 2.8 20.8 1,126.8

02-CD-09-03848 31/XII/13 4 finiquito 311.8 93.5 0.0 5.4 0.5 4.0 218.3

Total 24,258.6 5,524.0 0.4 323.4 31.7 238.1 18,734.5

I.M.D.T Ayuda al Instituto Mexicano de Desarrollo Tecnológico. SICV-COP Servicios de Inspección, Control y Vigilancia de los Contratos de Obra o de Servicios Relacionados con las mismas. ICIC Ayuda al Instituto de Capacitación de las Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción. SRCOP-DF Derechos de Supervisión y Revisión de las Obras Públicas por Contrato de los trabajos del Gobierno del Distrito Federal.

Se verificó que todas las CLC referidas incluyeron la documentación justificativa

y comprobatoria siguiente: carátula de estimación, hoja de resumen, facturas,

contratos, suficiencia presupuestal, fianzas de cumplimiento de contrato y de vicios

ocultos, y en su caso, fianzas de anticipo.

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540 VOLUMEN 5/18

Se observó que las CLC fueron elaboradas por servidores públicos de la Jefatura de

Unidad Departamental de Presupuesto y por la Coordinación de Recursos Financieros

y autorizadas por servidores públicos de la DGA, todos facultados para ello.

Por contar con la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados,

la Delegación Iztapalapa dio cumplimiento al artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 31 de diciembre de 2009 y vigente en 2013.

En cuanto a los requisitos fiscales de las facturas, se comprobó que éstas se expidieron

a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Iztapalapa; y que incluyeron

el domicilio del Gobierno del Distrito Federal y su RFC; la descripción, el precio, el importe

de la estimación, el total de deducciones, el importe total e IVA de las obras públicas,

la razón social, el domicilio y la cédula de identificación fiscal del contratista.

Por lo expuesto, el sujeto fiscalizado se ajustó al artículo 29-A, fracciones I, II, III, IV, V y VI,

del Código Fiscal de la Federación vigente en 2013.

2. Mediante el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0003 del 24 de julio de 2014, esta

entidad de fiscalización solicitó a la DGA en la Delegación Iztapalapa los expedientes

de los procedimientos de adjudicación para obra pública, seleccionados como muestra,

los cuales fueron proporcionados mediante oficio núm. DGA/CPII/1180/2014 del 8 agosto

de 2014.

De lo anterior se analizó la documentación del expediente núm. AD-146-13, y se observó

lo siguiente:

a) La inversión de los servicios fue autorizada por la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN mediante el oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero de 2013.

b) Con el oficio núm. 12.200.1595/2013 del 24 de octubre de 2013, la Dirección de Obras

y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztapalapa, con fundamento en los artículos 3,

apartado B, fracción IV; 23; 24, apartado B; 44, fracción I, inciso b); 50; 61 y 62 de

la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal, y 80 de su Reglamento, y debido a que

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541 VOLUMEN 5/18

el monto de los trabajos a prestar resulta menor al monto máximo permitido para

celebrar contratos bajo excepción a la licitación pública, la Delegación Iztapalapa invitó

a participar en la adjudicación directa núm. AD-146-13 a la empresa Constructores

y Servicios Integrales, S.A. de C.V., para la ejecución de los trabajos de rehabilitación y

mantenimiento del sector Oasis en la Dirección Territorial Cabeza de Juárez de la

Delegación Iztapalapa, mediante el contrato de obra pública a precios unitarios

núm. IZP-DGODU-AD-PN-S-194-13, por unidad de concepto de trabajo terminado,

el cual contiene las bases de propuesta (documentación legal, técnica y económica).

La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas

en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,

contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.

c) La empresa Corporativo Veltormart S.A. de C.V., presentó constancia de registro

de concursante vigente, acta constitutiva de la empresa, cédula de identificación del

concursante, alta ante la SHCP, última declaración fiscal anual, currículum de la

empresa, manifestación de aceptación de la invitación, entre otros.

Sin embargo, en el expediente de adjudicación núm. AD-146-13, no se localizó

la propuesta económica de la empresa Corporativo Veltormart, S.A. de C.V.,

indicada en el dictamen de adjudicación, la cual respalda que el contratista ofreció

las condiciones más favorables para la Delegación Iztapalapa en cuanto a calidad

y precio, por lo que no observó lo dispuesto en el artículo 16 Tercer Lineamiento

“Actividades de Control”, numeral I, inciso c), del Acuerdo por el que se establecen

los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal que indica:

“Tercer Lineamiento ‘Actividades de Control’ […]

“c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos

y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe

estar disponible para su verificación.”

3. Como resultado de la adjudicación directa núm. AD-146-13, se celebró el contrato

núm. IZP-DGODU-AD-PN-S-194-13 para la rehabilitación y mantenimiento del Sector Oasis

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en la Dirección Territorial, Cabeza de Juárez de la Delegación Iztapalapa, que se adjudicó

mediante el contrato de servicios relacionados con obra pública con base en precios

unitarios por unidad de concepto de servicio realizado, celebrado con el contratista

Corporativo Veltormart, S.A. de C.V., por un importe total de 7.759.9 miles de pesos

(IVA incluido). Sobre el particular, se observó lo siguiente:

a) El contrato fue formalizado el 30 de octubre de 2013, donde se estableció una

vigencia a partir de la fecha de suscripción y hasta el 31 de diciembre de 2013, con la

participación del Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en representación

de la Delegación Iztapalapa y por otra parte, el contratista Corporativo Veltomart,

S.A. de C.V., por medio de su administrador único. El objeto del contrato consistió

en que el contratista realizaría trabajos de rehabilitación y mantenimiento del Sector

Oasis en la Dirección Territorial Cabeza de Juárez de la Delegación Iztapalapa,

de acuerdo con el anexo número uno.

Asimismo, se estableció un pago total por los trabajos a realizar por un importe

de 7,759.9 miles de pesos (IVA incluido).

El plazo de ejecución del contrato comprendió del día 4 de noviembre de 2013

y con fecha de conclusión a más tardar el día 26 de diciembre del mismo año.

La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas

en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,

contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.

b) La cláusula octava “Garantías”, estableció: “…el contratista deberá entregar a la

delegación en un plazo no mayor de diez días hábiles siguientes a la fecha

en que haya recibido copia del fallo de adjudicación la póliza de fianza a favor

de la SEFIN por el equivalente al 100% de cada uno de los anticipos.

”El contratista deberá de garantizar en todas y cada una de sus obligaciones, mismas

que se consideran indivisibles derivadas de este contrato, una póliza de fianza los

diez días hábiles siguientes a la fecha de notificación fallo, por el valor del 10% del

monto total del contrato.”

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543 VOLUMEN 5/18

Además, en dicha cláusula se estipuló que, “para responder de los vicios ocultos

deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una póliza de fianza

a favor de la SEFIN […] equivalente al 10% equivalente al monto total incluyendo

I.V.A. […] y que estará vigente durante un año”.

Asimismo, estipula que “el contratista presentará en un plazo de cinco días siguientes

a la firma del contrato copia de la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad

civil por daños a terceros por un importe del 10% del monto del contrato antes de I.V.A.

como mínimo”.

La cláusula decima segunda “Recepción de los trabajos”, estableció lo siguiente:

“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá

comunicar a la delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro

de los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de su fecha de

terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente

contrato. La delegación procederá a su recepción física dentro de un término de treinta

días hábiles posteriores a la fecha de verificación debiendo estar previamente

terminada la obra, mediante el levantamiento del acta de entrega recepción y se

notificara a la Contraloría de la terminación de los trabajos…”.

De lo anterior, se observó que la Delegación Iztapalapa no proporcionó los oficios

de recepción de las fianzas siguientes: de anticipo, de cumplimiento de contrato,

de vicios ocultos, y de responsabilidad civil.

Asimismo, no proporcionó los oficios siguientes: de terminación de la obra, acta de

entrega-recepción de la obra, el anexo técnico del contrato, así como las estimaciones

de obra.

Lo anterior evidencia que la Delegación Iztapalapa no integró los expedientes con

la totalidad de la documentación estipulada en el contrato, por lo que incumplió lo

dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I,

inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

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544 VOLUMEN 5/18

4. Al analizar la documentación del expediente de adjudicación directa núm. AD-148-13,

se observó lo siguiente:

a) Con el oficio núm. 12.200.1595/2013 del 24 de octubre de 2013, la Dirección

de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztapalapa invitó a participar

en la adjudicación directa núm. AD-148-13 a la empresa Corporativo Veltormart

S.A. de C.V., para la ejecución de los trabajos de rehabilitación y mantenimiento

del Sector Santa Cruz Meyehualco de la Dirección Territorial Cabeza de Juárez

de la Delegación Iztapalapa, mediante el contrato de obra pública a precios unitarios

núm. IZP-DGODU-AD-PN-S-197-13 por unidad de concepto de trabajo terminado,

el cual contiene las bases de propuesta (documentación legal, técnica y económica).

La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas

en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,

contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.

b) La empresa Corporativo Veltormart, S.A. de C.V., presentó constancia de registro

de concursante vigente, acta constitutiva de la empresa, cédula de identificación del

concursante, alta ante la SHCP, última declaración fiscal anual, currículum de la

empresa, manifestación de aceptación de la invitación, entre otros.

Sin embargo, en el expediente de adjudicación núm. AD-148-13, no se localizó la

propuesta económica de la empresa Corporativo Veltormart, S.A. de C.V., indicada en

el dictamen de adjudicación, la cual respalda que el contratista ofreció las condiciones

más favorables para la Delegación Iztapalapa en cuanto a costos, calidad y precios

por lo que no observó lo dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento Actividades

de Control, numeral I, inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal.

5. Como resultado de la adjudicación núm. AD-148-13, se celebró el contrato

núm. IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13 para los trabajos de rehabilitación y mantenimiento

del Sector Santa Cruz Meyehualco en la Dirección Territorial Cabeza de Juárez de la

Delegación Iztapalapa que se adjudicó mediante el contrato de servicios relacionados

con obra pública con base en precios unitarios por unidad de concepto de servicio,

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realizado con el contratista Corporativo Veltormart, S.A. de C.V., por un importe total

de 6,773.7 miles de pesos (IVA incluido). Sobre el particular, se observó lo siguiente:

a) El contrato fue formalizado el 30 de octubre de 2013, donde se establece una vigencia

a partir del 4 de noviembre al 31 de diciembre de 2013, con la participación del

Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en representación de la Delegación

Iztapalapa y por otra parte, el contratista Corporativo Veltomart, S.A. de C.V., por medio

de su administrador único. El objeto del contrato consistió en que el contratista

realizaría trabajos de rehabilitación y mantenimiento del Sector Santa Cruz Meyehualco

en la Dirección Territorial Cabeza de Juárez de la Delegación Iztapalapa, de acuerdo

con el anexo número uno.

Se estableció un pago total por los trabajos a realizar por un importe de 6,773.7 miles

de pesos (IVA incluido). El plazo de ejecución del contrato comprendió del día 4 de

noviembre de 2013 y con fecha de conclusión a más tardar el 31 de diciembre

de 2013.

La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas

en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,

contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.

b) La cláusula octava “Garantías”, estableció lo siguiente:

“… el contratista deberá entregar a la delegación en un plazo no mayor de diez días

hábiles siguientes a la fecha en que haya recibido copia del fallo de adjudicación la

póliza de fianza a favor de la SEFIN por el equivalente al 100% de cada uno de los

anticipos […]

”El contratista deberá de garantizar en todas y cada una de sus obligaciones,

mismas que se consideran indivisibles derivadas de este contrato, una póliza de fianza

los diez días hábiles siguientes a la fecha de notificación fallo, por el valor del 10%

del monto total del contrato…”

Además, en dicha cláusula se estipuló que, “para responder de los vicios ocultos

deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una póliza de fianza

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546 VOLUMEN 5/18

a favor de la SEFIN […] equivalente al 10% equivalente al monto total incluyendo

I.V.A. […] y que estará vigente durante un año”.

Asimismo, la cláusula octava antes mencionada estipula que “el contratista presentará

en un plazo de cinco días siguientes a la firma del contrato copia de la póliza y el

contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por un importe

del 10% del monto del contrato antes de I.V.A. como mínimo”.

En la cláusula decima segunda, “Recepción de los trabajos”, se estableció lo siguiente:

“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá

comunicar a la Delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro de

los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de su fecha de terminación

de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente contrato.

La Delegación procederá a su recepción física dentro de un término de treinta días

hábiles posteriores a la fecha de verificación debiendo estar previamente terminada

la obra, mediante el levantamiento del acta de entrega recepción y se notificara

a la Contraloría de la terminación de los trabajos…”

De lo anterior, se observó que la Delegación Iztapalapa no proporcionó los oficios

de recepción de las fianzas de anticipo, de cumplimiento de contrato, de vicios ocultos

y de responsabilidad civil; asimismo, no proporcionó los oficios de terminación de la

obra, acta de entrega-recepción de la obra; el anexo técnico del contrato, así como

las estimaciones de obra.

Lo anterior evidencia que la Delegación Iztapalapa no integró los expedientes con

la totalidad de la documentación estipulada en el contrato, por lo que incumplió lo

dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I,

inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

6. Como resultado de la adjudicación núm. AD-145-13, se celebró el contrato

núm. IZP-DGODU-AD-PN-S-198-13 para los trabajos de servicios de supervisión

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del mantenimiento para el sector abasto reforma, ubicado en río Churubusco sin número,

esquina Hualquila, en la Dirección Territorial Aculco de la Delegación Iztapalapa;

supervisión para el mantenimiento a instalaciones del Sector Granjas Esmeralda de la

Secretaría de Seguridad Pública en la Dirección Territorial Aculco de la Delegación

Iztapalapa y supervisión de la rehabilitación; y mantenimiento de la Secretaria de Seguridad

Pública Estrella, en la colonia san Nicolás Tolentino II, en la Dirección Territorial Estrella,

Delegación Iztapalapa, los cuales fueron realizados con el contratista Teyna Ingeniería

y Restauración, S.A. de C.V., por un importe total de 88,116.65 pesos (IVA incluido).

Sobre el particular se observó lo siguiente:

a) El contrato fue formalizado el 30 de octubre de 2013, donde se establece una vigencia

a partir de la fecha de suscripción y hasta el 31 de diciembre de 2013, con la

participación del Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en representación

de la Delegación Iztapalapa y por otra parte el contratista Teyna Ingeniería y

Restauración, S.A. de C.V., por medio de su Presidente del Consejo de Administración.

El objeto del contrato consistió en que el contratista realizaría trabajos de servicios

de supervisión del mantenimiento para el sector Abasto Reforma, ubicado en Rio

Churubusco sin número, esquina Hualquila, en la Dirección Territorial Aculco de la

Delegación Iztapalapa; supervisión para el mantenimiento a instalaciones del Sector

Granjas Esmeralda de la Secretaría de Seguridad Pública en la Dirección Territorial

Aculco de la Delegación Iztapalapa; y supervisión de la rehabilitación y mantenimiento

de la Secretaría de Seguridad Pública Estrella en la colonia san Nicolás Tolentino II,

en la Dirección Territorial Estrella, Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el anexo

número uno.

Se estableció un pago total por los trabajos a realizar por un importe de 88,116.65 miles

de pesos (IVA incluido). El plazo de ejecución del contrato comprendió del día

30 de octubre de 2013 y con fecha de conclusión a más tardar el día 30 de diciembre

del mismo año.

La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas

en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,

contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.

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548 VOLUMEN 5/18

b) En la cláusula octava, “Garantías”, se estableció:

“… el contratista deberá entregar a la Delegación en un plazo no mayor de diez días

hábiles siguientes a la fecha en que haya recibido copia del fallo de adjudicación

la póliza de fianza a favor de la SEFIN por el equivalente al 100% de cada uno de

los anticipos […]

”El contratista deberá de garantizar en todas y cada una de sus obligaciones, mismas

que se consideran indivisibles derivadas de este contrato, una póliza de fianza los diez

días hábiles siguientes a la fecha de notificación fallo, por el valor del 10% del monto

total del contrato.”

Además, en dicha cláusula se estipuló que, “para responder de los vicios ocultos

deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una póliza de fianza

a favor de la SEFIN […] equivalente al 10% equivalente al monto total incluyendo

I.V.A. […] y que estará vigente durante un año”.

Asimismo, la cláusula antes mencionada (octava) estipuló que “el contratista presentará

en un plazo de cinco días siguientes a la firma del contrato copia de la póliza y el

contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por un importe

del 10% del monto del contrato antes de I.V.A. como mínimo”.

En la cláusula decima segunda “Recepción de los trabajos”, estableció lo siguiente:

“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá

comunicar a la delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro de

los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de su fecha de terminación

de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente contrato.

La delegación procederá a su recepción física dentro de un término de treinta días

hábiles posteriores a la fecha de verificación debiendo estar previamente terminada

la obra, mediante el levantamiento del acta de entrega recepción y se notificara

a la Contraloría de la terminación de los trabajos…”.

De lo anterior, se observó que la Delegación Iztapalapa no proporcionó los oficios

de recepción de las fianzas de anticipo, de cumplimiento de contrato, de vicios

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549 VOLUMEN 5/18

ocultos, y de responsabilidad civil; asimismo, no proporcionó los oficios siguientes

de terminación de la obra, acta de entrega-recepción de la obra, el anexo técnico del

contrato, así como las estimaciones de obra.

Lo anterior evidencia que la Delegación Iztapalapa no integró los expedientes con

la totalidad de la documentación estipulada en el contrato, por lo que incumplió lo

dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I,

inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

7. Como resultado de la adjudicación directa núm. AD-140-13, se celebró el contrato

núm. IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13 referente a la ejecución de los trabajos de

rehabilitación y mantenimiento del Edificio de Seguridad Pública de la Delegación, ubicado

en Avenida Rodolfo Usigli esquina Sur 111-A, colonia Escuadrón 201, en la Dirección

Territorial Aculco de la Delegación Iztapalapa, celebrado con el contratista Corporativo

Veltormart S.A. de C.V., por un importe total de 3,880.0 miles de pesos (IVA incluido).

Sobre el particular, se observó lo siguiente:

a) El contrato fue formalizado el 30 de octubre de 2013, donde se estableció una vigencia

a partir del 4 de noviembre al 26 de diciembre de 2013, con la participación del

Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en representación de la Delegación

Iztapalapa; y por otra parte, el contratista Corporativo Veltomart S.A. de C.V., por medio

de su administrador único. El objeto del contrato consistió en que el contratista

realizaría trabajos de rehabilitación del edificio de Seguridad Pública ubicado en

Avenida Rodolfo Usigli, esquina Sur 111-A colonia Escuadrón 201, en la Dirección

Territorial Aculco de la Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el anexo número uno.

Se estableció un pago total por los trabajos a realizar por un importe de 3,880.0 miles

de pesos (IVA incluido). El plazo de ejecución del contrato comprendió del día 30 de

octubre de 2013 y con fecha de conclusión a más tardar el 26 de diciembre de 2013.

La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas

en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,

contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.

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550 VOLUMEN 5/18

b) En la cláusula octava, “Garantías”, se estableció:

“…el contratista deberá entregar a la delegación en un plazo no mayor de diez días

hábiles siguientes a la fecha en que haya recibido copia del fallo de adjudicación

la póliza de fianza a favor de la SEFIN por el equivalente al 100% de cada uno de

los anticipos […]

”El contratista deberá de garantizar en todas y cada una de sus obligaciones, mismas

que se consideran indivisibles derivadas de este contrato, una póliza de fianza los diez

días hábiles siguientes a la fecha de notificación fallo, por el valor del 10% del monto

total del contrato.”

Además, en dicha cláusula se estipuló que, “para responder de los vicios ocultos

deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una póliza de fianza

a favor de la SEFIN […] equivalente al 10% equivalente al monto total incluyendo

I.V.A. […] y que estará vigente durante un año”.

Asimismo, “el contratista presentará en un plazo de cinco días siguientes a la firma

del contrato copia de la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad civil por

daños a terceros por un importe del 10% del monto del contrato antes de I.V.A.

como mínimo”.

En la cláusula decimosegunda, “Recepción de los trabajos”, se estableció lo siguiente:

“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá

comunicar a la delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro de

los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de su fecha de terminación

de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente contrato.

La delegación procederá a su recepción física dentro de un término de treinta días

hábiles posteriores a la fecha de verificación debiendo estar previamente terminada

la obra, mediante el levantamiento del acta de entrega recepción y se notificara a la

Contraloría de la terminación de los trabajos…”

De lo anterior, se observó que la Delegación Iztapalapa no proporcionó los oficios

de recepción de las fianzas de anticipo, de cumplimiento de contrato, de vicios

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551 VOLUMEN 5/18

ocultos y de responsabilidad civil; asimismo, no proporcionó los oficios de terminación

de la obra, acta de entrega-recepción de la obra, el anexo técnico del contrato,

así como las estimaciones de obra.

Lo anterior evidencia que la Delegación Iztapalapa no integró los expedientes con

la totalidad de la documentación estipulada en el contrato, por lo que incumplió lo

dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I,

inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la Dirección General de

Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztapalapa, con oficio núm. 12.200.1102/2014

de la misma fecha, presentó la documentación que se enlista a continuación:

1. Acta de entrega-recepción de fecha 10 de junio del 2014, correspondiente a los trabajos

ejecutados bajo el amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PN-O-195-13, en la cual se

especifica que la entrega de la obra se hizo del conocimiento a la contraloría interna

mediante el oficio núm. DO/545/2014 del 22 de mayo del 2014, turnándose copia

a la CGDF.

2. Acta de entrega-recepción de fecha 10 de junio del 2014, correspondiente a los trabajos

ejecutados al amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13, en la cual se especifica

que la entrega se realizó con el conocimiento de la contraloría interna mediante el

oficio núm. DO/546/2014 del 22 de mayo del 2014, remitiéndose copia a la CGDF.

3. Acta de entrega-recepción de fecha 10 de junio del 2014, referente a los trabajos ejecutados

al amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PN-S-198-13, en la que se especifica que

la entrega se realizó con el conocimiento de la contraloría interna mediante el oficio

núm. DO/555/2014 del 22 de mayo del 2014, turnándose copia a la CGDF. Asimismo,

proporcionó la fianza de garantía de cumplimiento núm. 3194-00691-7 del 30 de octubre

de 2013, y su endoso del 2 de enero de 2014 y las estimaciones de obra de la uno

a la seis finiquito.

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4. Acta de entrega-recepción de fecha 10 de junio del 2014, relativa a los trabajos ejecutados

al amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13, en la que se especifica que se

realizó la entrega con el conocimiento de la contraloría interna mediante el oficio

DO/551/2014 del 22 de mayo del 2014 con copia a la CGDF.

La Delegación Iztapalapa no proporcionó las estimaciones y los oficios de la recepción de

las fianzas de garantía de cumplimiento ni informó que dichos documentos se hubieran

integrado en los expedientes de los contratos de obra núms. IZP-DGODU-AD-PN-O-195-

13, IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13 y IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13; no obstante, en la

etapa de ejecución de la auditoría se constató que, en el caso de las estimaciones no

localizadas en los expedientes de obra, dichas estimaciones se encontraban en la

documentación soporte de las CLC (proporcionados por la DGA) relativas al pago de los

contratos en comento. Por lo que se refiere a los oficios de entrega de las fianzas no

proporcionó información al respecto. Por lo anterior, no se modifica la observación.

De la revisión efectuada a las actas entrega-recepción, entregadas en la reunión de confronta,

se constató que fueron elaboradas hasta 160 días posteriores a la conclusión de los trabajos,

por lo que se incumplió la cláusula décima segunda del contrato de obra celebrado entre

la contratista y la Delegación, la cual establece:

“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá comunicar

a la delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro de los 45 días hábiles

contados a partir del día siguiente de su fecha de terminación de los mismos conforme a las

condiciones establecidas en el presente contrato. La delegación procederá a su recepción

física dentro de un término de treinta días hábiles posteriores a la fecha de verificación

debiendo estar previamente terminada la obra, mediante el levantamiento del acta de

entrega recepción y se notificara a la Contraloría de la terminación de los trabajos…”

Recomendación ASCprofcasf-104-13-08-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa implemente mecanismos de control para garantizar

que la documentación derivada de los contratos y, en específico, las estimaciones y los

oficios de entrega de las fianzas, se integren al expediente de obra respectivo, en cumplimiento

de lo dispuesto en los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

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553 VOLUMEN 5/18

Recomendación ASCprofcasf-104-13-09-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control para garantizar

que se elaboren las actas de entrega-recepción de las obras terminadas en los plazos

señalados en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento.

Presupuesto Devengado

18. Resultado

Con el fin de verificar que los recursos ejercidos por la Delegación Iztapalapa con cargo

al FORTAMUNDF en el ejercicio 2013 se haya devengado, y en específico, el relativo

a la muestra de auditoría, fue requerida a la Delegación en el caso de las partidas

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5151 “Equipo de

Cómputo y de Tecnologías de la Información” y Partida 6121 “Edificación no Habitacional”,

como evidencia documental para constatar que dicho gasto fue devengado.

En respuesta, la DGA en la Delegación proporcionó junto con la información solicitada

en cada una de las partidas revisadas la documentación siguiente:

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”

La DGA de la Delegación con el oficio núm. DGA/CPII/981/2014 del 10 de julio de 2014

proporcionó oficios de envío de las cédulas de validación de combustible, las cédulas

respectivas y las fichas técnicas para el pago de las facturas sujetas a revisión.

También proporcionó la nota de entrada de almacén núm. 63 del 29 de mayo de 2013,

relacionada con los bienes solicitados (aceites y aditivos relacionados con la partida 2611

de la muestra sujeta a revisión) mediante la requisición núm. 297 del 28 de febrero de 2013,

sin que se detectaran diferencias entre los bienes solicitados y los recibidos.

De lo anterior, se desprende que no se determinaron observaciones que reportar.

Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”

En el caso de esta partida, para corroborar el gasto devengado, se verificaron los registros

del control de asistencia de cada mes (fatigas) por los servicios de extramuros e intramuros

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(usuarios 19949 ,19949-01, 19949-03, 19949-04 y 19949-05) relativas a las CLC y quincenas

seleccionadas para su revisión. De la revisión a las fatigas, se determinó que se registraron

un total de 177,481.0 turnos que integraron la muestra de auditoría, de un total de

245,689.0 turnos, sin que se determinaran diferencias.

Partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”

Con el fin de verificar que el recurso ejercido de la muestra de auditoría en esta partida

(2,474.8 miles de pesos) se haya devengado, se requirió evidencia documental a la Delegación

relativa a los equipos adquiridos. En respuesta, la DGA de la Delegación con el oficio

núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de julio de 2014, proporcionó 18 actas circunstanciadas

de la recepción de los equipos de cómputo para cada una de las bibliotecas digitales instaladas.

El 12 de agosto de 2014, se realizó visita de inspección física a las instalaciones de las bibliotecas

que a continuación se enuncian: Biblioteca Pública “Valle de Luces”, ubicada en Nadir

sin número, colonia. Valle de Luces; Biblioteca Pública “En el Agua de las Lajas”, Ramón

López Velarde sin número, colonia. Ampliación Paraje de San Juan, Segunda sección;

Biblioteca Pública “Barrio San Antonio”, Desposorios sin número, colonia. Barrio San

Antonio; Biblioteca Pública “Acamapichtli”, Cerrada Victoria núm. 43, colonia. Barrio San Lucas;

Biblioteca Pública “Frida Kahlo”, Calle Monzón sin número, colonia. Granjas Estrella; Biblioteca

Pública “Antonio Gómez Rodríguez”, Porfirio del Castillo sin núm. colonia. Constitución de 1917.

En dichas visitas se constató que los equipos se encuentran instalados y en funcionamiento

y que el personal operativo fue debidamente capacitado.

Partida 6121 “Edificación no Habitacional”

Con el fin de verificar que el recurso ejercido de la muestra de auditoría en esta partida

se haya devengado, se realizó visita de inspección física el 12 de agosto de 2014 a las

instalaciones del edificio de Seguridad Pública de la Delegación, ubicado en avenida Usigli,

esquina Sur 111-A, colonia Escuadrón 201, en la Dirección Territorial Aculco, contrato

IZP-DGODU-AD-N-O-2007-13. En dicha visita se constató que la obra se ejecutó conforme

a las especificaciones mencionadas en el contrato celebrado entre la Delegación y la empresa

contratista.

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Evaluación del Cumplimiento de los Objetivos e Impactos del FORTAMUNDF

19. Resultado

La Delegación Iztapalapa informó en cuanto a las metas y objetivos del FORTAMUNDF,

lo siguiente:

1. Los recursos del FORTAMUNDF originalmente asignados a la Delegación Iztapalapa

ascendieron a 924,908.5 miles de pesos, con una variación del 0.7% (6,896.9 miles

de pesos) respecto al presupuesto ejercido en dicho rubro (931,805.4 miles de pesos),

derivado de los intereses generados en la cuenta específica para la administración de

éstos.

2. Los proyectos ejecutados con recursos del fondo se concluyeron y están en operación.

3. De los recursos totales del fondo, el 26.6% se destinó al rubro de seguridad pública,

conforme a la asignación original (245,740.0 miles de pesos); y con relación al ejercido,

que incluye los intereses (244,572.7 miles de pesos), se destinó el 26.2% a la seguridad;

para el pago de combustibles lubricantes y aditivos, el 13.7%; para equipos de cómputo

y tecnologías de la información, el 0.4%; para edificación no habitacional, el 2.9%; y el 56.8%

para el pago de otros requerimientos.

4. Los indicadores para la evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos

correspondientes a la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013 de los

recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF fueron los siguientes:

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INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL FORTAMUNDF, CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL DE 2013

Indicador Valor

I. Eficacia en el Cumplimiento del Programa de Inversión y sus Metas

I.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (% pagado del monto asignado). 100.0%

I.2. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (% pagado del monto asignado). 100.0%

I.3. Porcentaje de los recursos pagados del fondo aplicados en seguridad pública (%) (Sí fue mayor a 20% cumple con el IEF). 26.2%

II Impacto y Cumplimiento de Objetivos

II.1. Porcentaje de recursos pagados del fondo en otros requerimientos, respecto del monto total pagado del fondo (%). 72.6%

II.2. Porcentaje de recursos pagados del fondo en el pago de pasivos, respecto del monto total pagado del fondo (%). 10.4%

II.3. Proporción de los recursos del fondo destinados al pago del servicio de la deuda, respecto del monto total pagado en el servicio de la deuda en 2013 (%). 0.0%

II.4. Porcentaje del monto asignado del fondo al pago del servicio de la deuda, respecto de la deuda pública Delegacional al 31 de diciembre de 2013 (%). 0.0%

II.5. Porcentaje de recursos pagados del fondo en derechos y aprovechamientos de agua en 2013, respecto del monto total del endeudamiento de la Delegación o demarcación territorial por derechos y aprovechamientos de agua, en 2013 (%). 1.2%

II.6. Porcentaje del monto pagado del fondo en seguridad pública, respecto del gasto total de la Delegación en ese concepto (%). 100.0%

II.7. ¿La Delegación tiene un programa de Seguridad Pública? Sí o No. Sí

II.8. Proporción de los policías de la demarcación territorial pagados con el FORTAMUNDF respecto de total de policías de la demarcación territorial (%). 56.7%

II.9. Número de policías por cada mil habitantes en la Delegación (2013). 1.11

III. Transparencia en la Aplicación de los Recursos

III.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP.

Índice de cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del FORTAMUNDF.(Formato Único; Nivel de Fondo y Ficha Técnica de Indicadores). [Bueno = igual a 100%, Regular menor a 100% y mayor de 80%; y Bajo menor de 80%] Bueno

III.2. Congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único).

¿La información del reporte del cuarto trimestre del “Formato Único” remitido a la SHCP coincide con los registros contables del municipio o demarcación territorial? Sí o No. Sí

III.3. Calidad de la información remitida a la SHCP.

La información del reporte del cuarto trimestre del “Formato Único” remitido a la SHCP se reportó de manera pormenorizada (obra por obra, acción por acción). Sí o No, o Incompleto. Sí

III.4. Difusión de la información remitida a la SHCP.

¿El municipio o demarcación territorial difundió en su página internet, en el órgano local de difusión y, en otros medios locales de difusión, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo? (Formato Único; Nivel de Fondo y Ficha Técnica de Indicadores). Sí o No o Parcialmente. Sí

III.5. ¿Se hizo del conocimiento de los habitantes de la Delegación, al inicio del ejercicio el monto de los recursos recibidos, obras y acciones a realizar, ubicación, beneficiarios y costo, al término del ejercicio los resultados alcanzados? Sí, No, Sólo al inicio o Sólo al término. Sí

IV. Evaluación del Fondo

IV.1. ¿La Delegación realizó la evaluación sobre el FORTAMUNDF prevista por la ley? Sí o No Sí

V. Finanzas Municipales

V.1. Porcentaje del monto asignado al fondo en 2013, respecto de los Ingresos Totales [Ingresos Propios+ Participaciones Fiscales Federales+ Aportaciones Federales+ Otros]. 23.0%

V.2. Proporción del monto total de la Deuda Pública en 2013 respecto a Participaciones Totales 2013 (%). 0.0%

V.3. Proporción del monto total de la Deuda Pública en 2013, respecto de los Ingresos Totales en el 2013 (%). 0.0%

Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa cumplió lo dispuesto en el artículo 16, fracción III,

Tercer Lineamiento, Actividades de Control, fracción I, inciso i), “Indicadores de Desempeño”,

de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

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Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes

en 2013, el cual dispone:

“Los titulares de las Unidades de Gobierno deben considerar el establecimiento y revisión

de medidas e indicadores de desempeño. Estas medidas deben permitir la comparación entre

diferentes fuentes de información, de modo tal que se compruebe su conexión y se puedan

tomar las medidas correctivas y preventivas necesarias. Estos controles deben contribuir

a validar la propiedad e integridad de los indicadores de las áreas y del desempeño institucional.”

Eficiencia en el Uso de los Recursos

20. Resultado

De acuerdo con el Indicador para Apoyar la Evaluación de los Resultados del FORTAMUNDF

de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció

recursos por 931,805.4 miles de pesos, de los cuales 244,572.8 miles de pesos (el 26.2%)

se destinaron al rubro de seguridad pública; 676,467.1 miles de pesos (el 72.6%), a la

satisfacción de otros requerimientos, que incluyen recursos destinados a obra pública,

servicios públicos y otros requerimientos, que comprendió la adquisición de equipo de cómputo

y tecnologías de la información; combustible, lubricantes y aditivos; edificación no habitacional,

entre otros; y 10,765.5 miles de pesos (el 1.2%) al pago de derechos y aprovechamientos por

concepto de agua.

Lo anterior comprueba que la Delegación Iztapalapa destinó eficientemente los recursos

del FORTAMUNDF a la satisfacción de sus requerimientos y a la atención de las necesidades

vinculadas con la seguridad pública, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 37

de la Ley de Coordinación Fiscal, que dispone:

“Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento

de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, reciban los Municipios

a través de los Estados, y las Demarcaciones Territoriales por conducto del Distrito Federal,

se destinarán exclusivamente a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al

cumplimiento de sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente

vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban

con cargo al Fondo a que se refiere este artículo, los Municipios y las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal tendrán las mismas obligaciones a que se refieren las

fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.”

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Seguridad Pública

21. Resultado

A solicitud formulada por esta entidad de fiscalización, mediante el oficio

núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/008 del 21 de agosto de 2014, solicito el Programa de Seguridad

Pública de la Delegación. En respuesta con el oficio núm. DGA/CPII/13402014 del 26 del

mismo mes y año, la DGA de la Delegación Iztapalapa proporcionó con nota informativa sin

número, su programa de seguridad pública, denominado Programa Integral de Seguridad

Pública; que incluye las acciones preventivas y operativas que se enlistan a continuación:

Acciones preventivas:

1. Instalación del comité de Seguridad Pública de Iztapalapa e instalación de los subcomités

temáticos de Seguridad Pública.

2. Patrulla Infantil

3. Actívate por tu Seguridad

4. Transforma Iztapalapa sin drogas

5. Jornadas de Seguridad y Servicios

6. Transforma y recupera tu Colonia

7. Juventud de Iztapalapa

8. Iztapalapa sin Armas

Acciones operativas:

1. Transformando el entorno liberando vialidades

2. Capacitación, Actualización y Profesionalización de la Policía Delegacional

3. Intervención en Zonas de Alto Riesgo

4. Policía Delegacional

5. Transformando tu Vialidad

De lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa contó con un programa de seguridad

pública para el ejercicio de 2013.

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II.10.1.2. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (SUBSEMUN)

Auditoría ASCprofcasf/105/13

ANTECEDENTES

El 15 de febrero de 2010, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por

conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (CMHALDF), y la Cámara de Diputados, mediante la Auditoría Superior de

la Federación (ASF), celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para la

Fiscalización de los Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración,

Ejercicio y Aplicación al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos

de sus Demarcaciones Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o

Moral, Pública o Privada; que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación,

así como de los correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto

Federalizado (PROFIS). Este convenio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el

4 de marzo de 2010.

El 31 de marzo de 2014, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de

Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio

Fiscal 2014. La regla séptima señala que “en los Convenios de Coordinación y

Colaboración suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior de

las Legislaturas Locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal] se establecen las

bases generales para la fiscalización de los recursos federales transferidos a las entidades

federativas, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones

territoriales del Distrito Federal”.

Respecto a los recursos federales que se transfieren al Gobierno del Distrito Federal

(GDF), la octava de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en

su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública

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en sus demarcaciones territoriales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación

del 31 de enero de 2013 y vigentes para ese año, dispone lo siguiente:

“I. En la planeación del ejercicio de los recursos federales que se otorguen mediante el

SUBSEMUN [Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal], se deberá considerar el cumplimiento

de los Programas con Prioridad Nacional, que serán la base para que cada

beneficiario asigne los recursos del SUBSEMUN, de conformidad con el artículo

4 de los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, aprobados por

el Consejo Nacional mediante acuerdos 10/XXXI/11 en su Trigésima Primera

Sesión celebrada el 31 de octubre de 2011, y 02/II-SE/2012 en su Segunda Sesión

Extraordinaria celebrada el 17 de diciembre de 2012.

”II. Particularmente los beneficiarios destinarán los recursos del SUBSEMUN para

profesionalizar y equipar sus cuerpos de seguridad pública, mejorar la infraestructura

de sus corporaciones, así como desarrollar y aplicar políticas públicas para la

prevención social del delito con participación ciudadana, de conformidad con los

Programas con Prioridad Nacional, siguientes:

”A. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana;

”B. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza;

”C. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública;

”D. Red Nacional de Telecomunicaciones;

”E. Sistema Nacional de Información (Bases de Datos), y

”F. Servicios de llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089.

”III. Los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias productivas específicas,

serán utilizados exclusivamente para alcanzar y/o ampliar las metas programadas

y acciones previstas en el Anexo Técnico.”

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En el Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio a los Municipios

y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en

sus Demarcaciones Territoriales, celebrado el 28 de febrero de 2013 entre el Secretariado

Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y el Gobierno del Distrito

Federal, y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 8 de agosto de 2013,

se estipuló que el total de las transferencias federales del SUBSEMUN asignadas

a los órganos político-administrativos del Distrito Federal ascendería a 338,553.0 miles

de pesos. De ese monto, 270,842.4 miles de pesos (80.0%) serían ejercidos por la

Secretaría de Seguridad Pública (SSP) en beneficio de las 16 Demarcaciones Territoriales

del Distrito Federal, mientras que éstas ejercerían directamente 67,710.6 miles de pesos

(20.0%).

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se informó que el total de

las transferencias federales ejercidas con cargo al SUBSEMUN fue de 332,685.8 miles

de pesos, de los cuales 267,722.9 miles de pesos (80.5%) correspondieron a la SSP, y

64,962.9 miles de pesos (19.5%) a las 16 Delegaciones del Distrito Federal.

En 2013, la Delegación Iztapalapa y la SSP erogaron un total de 4,057,536.8 miles de pesos

y 15,551,963.2 miles de pesos, respectivamente; de ellos, 15,508.5 miles de pesos (0.4%) y

61,302.4 miles de pesos (0.4%), en ese orden, correspondieron a fondos federales del

SUBSEMUN (fuente de financiamiento 28) que en conjunto sumaron 76,810.9 miles de pesos

para la Delegación Iztapalapa.

En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció 76,810.9 miles de pesos, monto menor en 0.3%

(204.4 miles de pesos) en relación con la asignación original de recursos federales del

SUBSEMUN para el órgano político-administrativo (77,549.7 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Iztapalapa y la SSP derivado de los recursos federales ministrados por la Secretaría de

Finanzas (SEFIN) correspondientes al SUBSEMUN se haya registrado, aprobado,

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modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Mediante el oficio núm. OASF/0539/2014 del 6 de junio de 2014, la ASF solicitó

a la CMHALDF, actualmente Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM), efectuar

una auditoría al ejercicio de los recursos federales transferidos a la Delegación Iztapalapa

correspondientes al SUBSEMUN durante 2013.

La auditoría se realizó de manera coordinada entre ambos órganos de fiscalización,

con fundamento en el Convenio de Coordinación y Colaboración suscrito por la ASF

y la entonces CMHALDF el 15 de febrero de 2010, y publicado en el Diario Oficial de la

Federación del 4 de marzo de 2010.

Esta entidad de fiscalización auditó a la Delegación Iztapalapa por lo que respecta a los

recursos federales ejercidos con cargo al SUBSEMUN en la revisión de la Cuenta Pública

de 2010, mientras que en la SSP y en la SEFIN se realizaron auditorías a dicho rubro con

motivo de la revisión de las Cuentas Públicas de 2010, 2011 y 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX, de la Ley

Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Durante 2013, a la Delegación Iztapalapa y a la SSP les asignaron en conjunto recursos

federales del SUBSEMUN por 77,549.7 miles de pesos, de los cuales ejercieron un monto

de 76,810.9 miles de pesos mediante 102 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

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563 VOLUMEN 5/18

y 5 documentos múltiples. Derivado de los trabajos desarrollados en la fase de planeación

de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó

revisar un monto de 34,609.7 miles de pesos ejercidos en los programas con prioridad

nacional: Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana,

Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza, Profesionalización

de las Instituciones de Seguridad Pública y Red Nacional de Telecomunicaciones; mediante

47 CLC y 2 documentos múltiples expedidos con cargo a las partidas 2711 “Vestuario y

Uniformes”, 2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional”, 3331 “Servicios

de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”,

3341 “Servicios de Capacitación”, 3993 “Subrogaciones”, 5411 “Automóviles y Camiones

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

y 6221 “Edificación no Habitacional”, que representa el 44.6% de los recursos asignados y

el 45.0% del total ejercido con fondos del SUBSEMUN, como se observa a continuación

(Miles de pesos y por cientos)

Programa con Prioridad Nacional

Universo Monto

ejercido

Muestra

Cantidad Monto asignado

% Cantidad Presupuesto ejercido

%

CLC DM CLC DM

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana

Desarrollo y aplicación de políticas públicas para la prevención social del delito con participación ciudadana 26 0 15,509.9 20.0 15,508.5 9 0 7,102.0 9.2

Subtotal 26 0 15,509.9 20.0 15,508.5 9 0 7,102.0 9.2

Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza

Evaluación de Control de Confianza 10 0 4,961.5 6.4 4,958.6 7 0 4,957.2 6.4

Subtotal 10 0 4,961.5 1.2 4,958.6 7 0 4,957.2 6.4

Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública

Profesionalización 4 0 4,956.6 6.4 722.9 0 0 0.0 0.0

Equipamiento 19 5 42,371.8 54.7 46,099.6 10 2 16,476.3 21.5

Infraestructura 31 0 7,000.0 9.0 6,772.8 20 0 4,774.2 6.2

Subtotal 54 5 54,328.4 70.0 53,595.3 30 2 21,250.5 27.7

Red Nacional de Telecomunicaciones

Equipamiento 12 0 2,749.9 3.5 2,748.5 1 0 1,300.0 1.7

Subtotal 12 0 2,749.9 3.5 2,748.5 1 0 1,300.0 1.7

Total del SUBSEMUN 102 5 77,549.7 100.0 76,810.9 47 2 34,609.7 45.0

DM: Documento Múltiple.

Para determinar la muestra de Programas de Prioridad Nacional sujetos a revisión,

se consideraron los siguientes criterios:

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1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2012 y en la base de datos de las CLC que la SEFIN proporcionó a esta entidad de

fiscalización.

2. Seleccionar por lo menos un procedimiento de adquisición de cada uno de los que se

hayan efectuado (adjudicación directa, invitación a cuando menos tres personas

y licitación pública) con cargo a las partidas del rubro en revisión durante 2013.

3. Seleccionar aquellos conceptos del rubro en revisión que presentaron riesgos de

operación durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.

4. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas realizadas con cargo

a cada concepto seleccionado del rubro en revisión.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración y

en la Coordinación de Seguridad Pública de la Delegación Iztapalapa. La primera, por ser

la encargada de administrar los recursos humanos, materiales y financieros, conforme a

las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor del

Gobierno del Distrito Federal y la SEFIN; y la segunda, por ser la encargada de formular,

coordinar y evaluar la política de seguridad pública establecida por el GDF y la Delegación

Iztapalapa, así como de establecer acuerdos de colaboración con autoridades locales y

federales para fortalecer la política de seguridad pública y prevención del delito.

En la revisión, se incluyeron también la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas y las

Direcciones Generales de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y de Recursos

Materiales, adscritas a la Oficialía Mayor de la SSP, por ser las encargadas de administrar,

operar y registrar los recursos presupuestales asignados a la SSP, así como de custodiar

la documentación justificativa y comprobatoria del gasto; además, a las Direcciones

Generales de Egresos “A” y “B”, y de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública,

adscritas a la Subsecretaría de Egresos; y la Dirección General de Administración

Financiera, adscrita a la Subsecretaría de Planeación Financiera de la SEFIN. Las dos

primeras, por ser las encargadas de registrar el ejercicio del presupuesto, de analizar y,

en su caso, autorizar las adecuaciones programático-presupuestales compensadas, y de

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565 VOLUMEN 5/18

efectuar conciliaciones programático-presupuestales mensuales con las dependencias

del GDF; la tercera, porque se encarga de normar e integrar la información programático-

presupuestal remitida por las dependencias, unidades administrativas, delegaciones,

Órganos Desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

para la elaboración del Informe de Avance Trimestral sobre la ejecución y cumplimiento de los

presupuestos y programas aprobados, de efectuar el registro contable de la Administración

Pública Centralizada, de acuerdo con la Normatividad Contable de la Administración Pública del

Distrito Federal, y de instrumentar la normatividad e integrar la evaluación del ejercicio

del gasto; y la cuarta, por encargarse de concentrar, custodiar y administrar los ingresos

provenientes de transferencias federales y de efectuar los pagos derivados del ejercicio

del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, de conformidad con el calendario de gasto

aprobado.

Se realizaron pruebas de controles para comprobar que los procedimientos y la

normatividad se hayan atendido durante el período auditado. Particularmente, las pruebas

consistieron en lo siguiente:

Procedimientos Generales

1. Evaluación de control interno

Se verificó si la Delegación Iztapalapa, la SSP y la SEFIN contaron con actividades de

control suficientes que garantizaron la adecuada administración de los principales riesgos,

el logro de los objetivos del subsidio, la observancia de la normatividad y la transparencia

en el ejercicio de los recursos.

2. Transferencia de recursos

Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP cumplieron con el procedimiento

para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013 y suscribieron el Convenio Específico

de Adhesión y su Anexo Técnico, conforme a la normatividad aplicable.

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566 VOLUMEN 5/18

Se comprobó si el órgano político-administrativo y la SSP cumplieron con las disposiciones

previas a la asignación y entrega de las ministraciones de los recursos del SUBSEMUN,

así como con el cierre del ejercicio.

Se verificó si la SEFIN transfirió de manera ágil y directa al órgano político-administrativo y

a la SSP los recursos presupuestarios del SUBSEMUN en una cuenta bancaria productiva

específica en la que se manejen exclusivamente los recursos del fondo y sus rendimientos

financieros, en la que no se pudiesen incorporar remanentes de otros ejercicios ni

aportaciones realizadas, en su caso, por los beneficiarios de las obras y acciones.

3. Registro e información contable y presupuestaria

Se comprobó que las operaciones del subsidio estuviesen identificadas y registradas en la

contabilidad y amparadas con los documentos comprobatorios y justificativos correspondientes.

Se verificó si la documentación original comprobatoria y justificativa del gasto se canceló

con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013”, o como se estableció en las disposiciones

federales, identificándose con el nombre del subsidio.

4. Destino de los recursos

Se comprobó si el órgano político-administrativo y la SSP destinaron los recursos del

SUBSEMUN y sus rendimientos financieros para profesionalizar y equipar sus cuerpos

de seguridad pública, mejorar la infraestructura de sus corporaciones, así como

desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención social del delito con participación

ciudadana, de conformidad con los Programas con Prioridad Nacional.

5. Transparencia del ejercicio

Se constató si la Delegación Iztapalapa y la SSP reportaron trimestralmente al Consejo

Nacional de Seguridad Pública la información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos

con los recursos del SUBSEMUN.

Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP reportaron a la Dirección General

de Vinculación y Seguimiento, mediante la entrega de informes mensuales y trimestrales,

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567 VOLUMEN 5/18

el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del SUBSEMUN, las disponibilidades

financieras con las que en su caso hubiesen contado, el presupuesto comprometido,

devengado y pagado; y se verificó la congruencia de los distintos reportes generados.

Se constató si el órgano político-administrativo y la SSP enviaron a la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante el Sistema del Formato Único (SFU),

los informes sobre el ejercicio, destino, subejercicios y reintegros que, en su caso, se

generaron y los resultados obtenidos de los recursos federales transferidos vía subsidios;

si los publicaron a través de los medios oficiales de difusión; y si los pusieron a disposición del

público mediante sus portales de Internet, con el apoyo de las funcionalidades del SFU.

Procedimientos para Programas con Prioridad Nacional

1. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana

Se verificó si el órgano político-administrativo, en caso de haber aplicado para el programa de

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana, cumplió

los rubros establecidos en las reglas de operación; asimismo, se comprobó si destinó por

lo menos el 20.0% de los recursos asignados al desarrollo y aplicación de políticas

públicas para la prevención social del delito con participación ciudadana.

2. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza

Se verificó si la SSP destinó recursos y cumplió con las evaluaciones de control de confianza.

3. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública

Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa de Profesionalización de las

Instituciones de Seguridad Pública cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.

4. Red Nacional de Telecomunicaciones

Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa de Red Nacional

de Telecomunicaciones, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.

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568 VOLUMEN 5/18

5. Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos)

Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa de Sistema Nacional de

Información de Seguridad Pública, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.

6. Servicios de llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089

Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa de Servicios de

llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089, cumplió los rubros establecidos

en las reglas de operación.

7. Equipamiento y profesionalización

Se verificó si las adquisiciones y la contratación de servicios se adjudicaron de acuerdo

con los montos máximos y mínimos establecidos en las disposiciones jurídicas vigentes;

si en los casos de adjudicaciones directas por excepción a la licitación pública, se

acreditaron de manera suficiente los criterios en los que se sustentó tal excepción; si las

adquisiciones y contratación de servicios se formalizaron mediante contratos que cumplieran

los requisitos mínimos establecidos en la normatividad aplicable, y si los proveedores de

bienes o prestadores de servicios garantizaron, en su caso, los anticipos recibidos y el

cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos celebrados.

Se verificó si los proveedores o prestadores de servicios entregaron los bienes o prestaron los

servicios en los plazos establecidos en los pedidos o contratos y, en caso de incumplimiento,

si les aplicaron las penas convencionales correspondientes y las sanciones respectivas.

Mediante visitas de inspección física, se comprobó si la muestra selectiva de los bienes

adjudicados y servicios y obras contratados con recursos del SUBSEMUN, fueron

resguardados, se encontraban en operación y hubiesen sido destinados a funciones

directamente vinculadas con la seguridad pública.

8. Infraestructura

Se verificó si las obras públicas realizadas se licitaron y adjudicaron de acuerdo con la

normatividad aplicable; si se ampararon con contratos debidamente formalizados; y si las

contratistas garantizaron, en su caso, el o los anticipos recibidos y el cumplimiento

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569 VOLUMEN 5/18

de las condiciones pactadas; si las obras se finiquitaron y recibieron dentro de los plazos

convenidos y, en caso de incumplimiento, si se aplicaron las penas convencionales

correspondientes de acuerdo con la normatividad aplicable.

Se comprobó si los pagos realizados se soportaron con las estimaciones respectivas,

si corresponden al tiempo contractual y si contaron con la documentación soporte; y se

constató la amortización total del anticipo otorgado.

Mediante visitas de inspección física, se constató si las obras fueron concluidas, recibidas

y están en correcto funcionamiento, y si cumplen con las especificaciones del proyecto.

9. Cumplimiento de objetivos y metas del SUBSEMUN

Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP realizaron la evaluación sobre el

impacto de los resultados alcanzados en materia de seguridad pública, con los recursos

del SUBSEMUN 2013.

Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas

con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones

o deficiencias, o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los procedimientos

consistieron en integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión por

concepto y por programa con prioridad nacional, verificar que las cifras presupuestarias

reportadas por el órgano político-administrativo y la SSP a la SEFIN coincidieran con las

asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, y revisar que el

importe contabilizado por la SEFIN correspondiera al establecido en la Normatividad Contable

de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013. También se verificó que

el el órgano político-administrativo y la SSP hubiesen conservado la documentación

original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y contado con expedientes

debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los proveedores,

prestadores de servicios y contratistas a los que fueron adjudicados contratos o convenios.

Además, se constató que las adquisiciones de bienes, la contratación de servicios y la

ejecución de las obras se hubiesen efectuado en cumplimiento de los programas, acciones

y atribuciones del órgano político-administrativo y de la SSP; y se confirmaron operaciones

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570 VOLUMEN 5/18

con los proveedores, prestadores de servicios y contratistas a quienes se les efectuaron

pagos, con la finalidad de verificar los procesos de adquisición, contratación y pago.

El alcance a nivel Programa con Prioridad Nacional se señala a continuación:

Prevención Social de la Violencia

y la Delincuencia con Participación Ciudadana

Se revisaron las adjudicaciones directas de los contratos núms. IZTP/DGA/AD-C33/325/2013

y IZTP/DGA/AD/224/2013, celebrados con Centro de Estudios para la Seguridad Ciudadana y

la Justicia S.C., y CAA Consulting & Advising Group, S.C., el 20 de septiembre y 26 de junio

de 2013, respectivamente, por la contratación de servicios de capacitación en proyectos

considerados en el Catálogo de Programas y Proyectos para la Prevención Social de la

Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013, con cargo a las partidas 3331 “Servicios

de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información” y

3341 “Servicios de Capacitación”, con el propósito de fortalecer el desempeño de las

funciones en materia de seguridad.

Fortalecimiento de las Capacidades

de Evaluación en Control de Confianza

Se seleccionó el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas

núm. SSP/ITPS/04/13 que derivó en la celebracion del contrato núm. SSP/BE/S/080/2013

con Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., el 30 de enero de 2013, por la

contratación del servicio de aplicación de exámenes químico toxicológicos de drogas de

abuso para elementos policiacos de la Delegación Iztapalapa con cargo a la partida

3993 “Subrogaciones”, con la justificación de dar cumplimiento a las metas establecidas

por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, y atendiendo las funciones

encomendadas a la Dirección de Evaluación Médico Social.

De un universo de 33,022 exámenes toxicológicos aplicados a igual número de elementos

policíacos, mediante muestreo estadístico con un nivel de confianza del 90.0% y un

margen de error de 0.10, se seleccionaron para su revisión 66 expedientes. Lo anterior,

con la finalidad de verificar que incluyesen el examen químico toxicológico realizado en

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571 VOLUMEN 5/18

cumplimiento de las funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos

que tiene encomendadas la dependencia, y que están vinculadas con la seguridad pública

de la Delegación Iztapalapa.

Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública

Equipamiento

Se revisó la adjudicación directa del convenio administrativo núm. SSP/BE/CI/A/295/2013

celebrado el 10 de septiembre de 2013 con la Secretaría de la Defensa Nacional

(SEDENA) y su convenio modificatorio núm. SSP/BE/CI/A/CM/057/2013 del 20 de diciembre

del 2013, el cual amplió la vigencia del convenio original, por la adquisición de diversas

prendas para conformar uniformes entregados a elementos policíacos de la SSP con

cargo a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes”, con objeto de atender las necesidades

del personal operativo que cubre servicios de policía de proximidad.

Asimismo, se revisó la adjudicación directa de los convenios administrativos interinstitucionales

núms. SSP/BE/CI/A/191/2013 y SSP/BE/CI/A/452/2013 del 20 de junio y 30 de octubre

de 2013, respectivamente, celebrados con la SEDENA por la adquisición de chalecos

balísticos, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV, y fundas para chalecos de las

mismas características, con cargo a la partida 2831 “Prendas de Protección para Seguridad

Pública y Nacional”, con objeto de ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP.

Por otra parte, se seleccionó la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013

que derivó en la celebración del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 con Comercial

Crymex, S.A. de C.V., el 16 de julio de 2013, por concepto de la adquisición de vehículos

sedán y pick-up doble cabina, destinados para actividades vinculadas a la seguridad

pública de la Delegación Iztapalapa con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo

Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres

Naturales”, con la justificación de contar cuando menos con una unidad por zona de

patrullaje, en perfectas condiciones y de modelo reciente, independientemente de las

unidades que se destinen a la supervisión operativa o actividades administrativas para

lograr una adecuada operación de los servicios de protección en el área que conforma la

Ciudad de México.

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572 VOLUMEN 5/18

Además, se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de verificar que las

prendas de protección para seguridad pública y nacional hayan sido para dar cumplimiento a

los programas, acciones y atribuciones de la dependencia, y que los vehículos sedán

y pick-up doble cabina se encontraran operando en actividades de seguridad pública de la

Delegación Iztapalapa.

Infraestructura

Se seleccionaron los procedimientos de licitación pública nacional núms. LO-909010998-N4-2013

y LO-909010998-N10-2013 que derivaron en la celebración de los contratos

núms. 11 C0 01 2O 10/2013 y 11 C0 01 2O 15/2013 del 26 de junio y 12 de julio de 2013,

respectivamente, celebrados con Grupo Ingeniería, Diseño Arquitectónico y Construcción,

S.A. de C.V., y Grupo Constructor Maglen, S.A. de C.V., por la contratación del mejoramiento

a las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y a la

Subcomandancia Santa Cruz, con cargo a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”.

Se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de constatar que los trabajos

de mejoramiento estuviesen concluidos, hubieran sido recibidos y se encontraran en

funcionamiento.

Red Nacional de Telecomunicaciones

En este programa con prioridad nacional se incluyó la adquisición de 26 radios para patrulla,

los cuales formaron parte del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 de fecha 16 de julio de 2013.

Se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de constatar que los bienes adquiridos

estuvieran resguardados y en operación, y fuesen utilizados en actividades de seguridad pública;

y que hayan sido para dar cumplimiento a los programas, acciones y atribuciones de la SSP.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad

de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el apartado de organización de

los manuales administrativos de la Delegación Iztapalapa, de la SSP y de la SEFIN,

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573 VOLUMEN 5/18

vigentes en 2013. Lo anterior, con el propósito de identificar las estructuras orgánicas, así

como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas que las integran

y, especialmente, de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Asimismo, se

revisaron los manuales de procedimientos, con el propósito de conocer los que fueron

aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar,

comprometer, devengar, ejercer y pagar los recursos del SUBSEMUN, y constatar si

éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas,

políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Se aplicaron cuestionarios de evaluación del control interno en el ejercicio de los recursos

del SUBSEMUN, del cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, del

cumplimiento al Esquema Normativo 2013, así como una encuesta sobre acciones de

coordinación en materia de armonización contable a servidores públicos de la Delegación

Iztapalapa, de la SSP y de la SEFIN, quienes participaron en las actividades inherentes

al registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de las

operaciones realizadas con cargo al SUBSEMUN. Además, se verificó que los gastos

hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello y se identificaron los

riesgos de las operaciones revisadas y de los objetivos específicos de control.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los

mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar

si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de

irregularidades e ineficiencias, y disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno en el registro,

aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto, así como

en el pago de operaciones con cargo al SUBSEMUN, se determinó que las unidades

administrativas de la Delegación Iztapalapa, de la SSP y de la SEFIN, están estructuradas

conforme a las funciones asignadas en su manual de organización y que establecieron

de manera formal mecanismos y actividades de control suficientes para administrar los

riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que las afectan; para promover y supervisar

el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para registrar y controlar la

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574 VOLUMEN 5/18

información generada en la operación de los recursos del SUBSEMUN; para garantizar

la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación

generada; y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas en dichas

actividades, lo que garantizó que, en términos generales, se cumpliera la normatividad

y se generara un razonable ambiente de control.

No obstante lo anterior, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan

de manera específica en el apartado de resultados.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Los resultados de la evaluación de control interno de la Delegación Iztapalapa, de la SSP

y de la SEFIN mostraron fortalezas y debilidades en la gestión del SUBSEMUN, entre las

que destacan las siguientes:

Fortalezas

1. El GDF cuenta con el Código de Ética de los Servidores Públicos para el Distrito

Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de julio de 2014, que

constituye un catálogo de valores y principios aplicables a todos los servidores

públicos de la administración pública que participan o que coadyuvan en la función del

ejercicio público.

2. La SSP cuenta con un Reglamento Interior publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 16 de octubre de 2008.

3. Mediante la firma de la “Carta de Obligaciones de los Servidores Públicos” se

encuentran documentadas las responsabilidades y atribuciones del personal de mando

que integra la administración.

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575 VOLUMEN 5/18

4. La Delegación Iztapalapa, la SSP y la SEFIN, promueven un comportamiento ético en

su personal mediante cursos impartidos por la Contraloría General del Distrito Federal

(CGDF), la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, y el Instituto de Acceso

a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

5. La Delegación Iztapalapa, la SSP y la SEFIN, contaron con estructuras orgánicas

autorizadas por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA); y sus

manuales de organización, autorizados y registrados por esa instancia, son congruentes

con las estructuras orgánicas autorizadas, delimitan la autoridad y responsabilidad del

personal involucrado en la operación del SUBSEMUN, fueron difundidos entre las unidades

administrativas que integran las dependencias y el órgano político-administrativo, y se

publicaron como lo dispone la Circular Contraloría General para el Control y evaluación

de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011 vigente en

2013, como se señala a continuación:

Área Número

de estructura orgánica

Manual de organización

Número de oficio de registro Fecha Número de registro

Fecha de publicación

Delegación Iztapalapa 11/2011 CG/CGMA/0767/2013 23/IV/13 MA-309-11/11 18/VI/13

Secretaría de Seguridad Pública 16/2010 CG/CGMA/DDO/2231/2011 9/V/11 MA-11001-16/10 30/VI/11

Secretaría de Finanzas

Dirección General de Egresos “A” 3/2008 CGMA/DDO/0299/2010 29/I/10 MA-09303-3/08 29/VII/11

Dirección General de Egresos “B” 3/2008 CGMA/DDO/1442/2009 29/V/09 MA-09304-3/08 27/V/11

Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

3/2008 CG/CGMA/DDO/1269/2011 7/III/11 MA-09302-3/08 13/IV/11

Dirección General de Administración Financiera

3/2008 CG/CGMA/DEDDEO/4151/2011 27/IX/11 MA-09600-3/08 25/X/12

A partir del 22 de marzo de 2013, la SEFIN dispuso de un solo manual de organización

que considera todas las unidades administrativas del Dictamen de Estructura Orgánica

núm. 3/2008.

6. La Delegación Iztapalapa contó con 9 procedimientos, la SSP con 11 y la SEFIN con 18,

todos relativos a las áreas sustantivas que intervienen en la justificación, autorización,

registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de erogaciones

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576 VOLUMEN 5/18

con recursos del SUBSEMUN. Dichos procedimientos fueron elaborados de conformidad con

las estructuras orgánicas vigentes en 2013, autorizados por la CGMA, difundidos entre las

unidades administrativas que integran las dependencias y el órgano político-administrativo;

y la relación de éstos se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal como lo

establecen los numerales 2.4.6.7 y 2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para

el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación

y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del

Distrito Federal vigente en 2013, como se indica a continuación:

Área Número

de estructura orgánica

Manual de procedimientos

Número de oficio de registro Fecha Número de registro

Fecha de publicación

Delegación Iztapalapa 11/2011 CG/CGMA/0767/2013 23/IV/13 MA-309-11/11 18/VI/11

Secretaría de Seguridad Pública 16/2010 Varios Varias MA-11001-16/10 8/VII/11

Secretaría de Finanzas

Dirección General de Egresos “A” 3/2008 CGMA/DDO/0299/2010 29/I/10 MA-09303-3/08 29/VII/11

Dirección General de Egresos “B” 3/2008 CGMA/DDO/1442/2009 29/V/09 MA-09304-3/08 27/V/11

Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

3/2008 CG/CGMA/DDO/1269/2011 7/III/11 MA-09302-3/08 13/IV/11

Dirección General de Administración Financiera

3/2008 CG/CGMA/DEDDEO/4151/2011 27/IX/11 MA-09600-3/08 25/X/12

7. Los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable que

emana de los registros del órgano político-administrativo y de la SSP, son consolidados

por la SEFIN por medio del sistema denominado Sistema Informático de Planeación de

Recursos Gubernamentales, a fin de lograr una adecuada homologación.

8. La SEFIN cuenta con una matriz de conversión dentro del sistema informático, la cual

tiene una relación entre el Plan de Cuentas y el Clasificador por Objeto del Gasto,

lo que permite que toda transacción se transforme en un asiento de partida doble en

la contabilidad general, y garantiza que la información incorporada sea registrada con

oportunidad. De conformidad con los artículos 44, 125 y 126 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, es responsabilidad de los

titulares de las Unidades Responsables del Gasto, así como de los servidores públicos

encargados de su administración, la recepción, guarda, custodia y conservación de

los documentos justificantes y comprobatorios del gasto, además de la confiabilidad

de las cifras consignadas en la contabilidad.

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577 VOLUMEN 5/18

9. Para identificar los recursos del SUBSEMUN entre los diferentes fondos y programas

ejecutados por el GDF, cada CLC emitida en la Delegación Iztapalapa y en la SSP

consigna la clave presupuestal, en la cual se señala la fuente de financiamiento que

indica el tipo de recurso con el cual deberá pagarse al beneficiario.

10. La Delegación Iztapalapa y la SSP destinaron los recursos del SUBSEMUN a los

conceptos establecidos por la normatividad, los cuales fueron registrados en los anexos

técnicos y sus avances informados a detalle al SESNSP en los Informes sobre

el Cumplimiento de Metas del Recurso Federal.

11. Las obras financiadas con recursos del SUBSEMUN fueron registradas en los anexos

técnicos e informadas a detalle al SESNSP mediante los expedientes técnicos,

por lo cual no se ejercieron recursos en obras no contempladas en dichos anexos.

12. Para evitar que se realicen pagos por conceptos de obra no ejecutados, o por

conceptos de obra no autorizados, se establecieron controles por medio de los

números generadores por conceptos de obra terminada que integran las estimaciones,

mismos que son conciliados entre la residencia de supervisión y la contratista; y se

cuenta con un reporte fotográfico en el que consta que las obras se realizaron.

13. Con el Sistema Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales el GDF

elabora las CLC; la información que genera se concilia con la SEFIN para elaborar los

informes trimestrales y el cierre del ejercicio presupuestal.

14. Existen canales de comunicación para difundir las acciones del SUBSEMUN como

carteles, la página de internet de la SSP, y vía telefónica al Centro de Atención del

Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal.

15. El GDF estableció el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central, que prevé que las Unidades Responsables del Gasto son los centros de

registro donde ocurren las transacciones económico/financieras y, por tanto, desde

donde se introducen datos al Sistema Informático de Planeación de Recursos

Gubernamentales, el cual registra las operaciones presupuestales y contables de la

Administración Pública del Distrito Federal.

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578 VOLUMEN 5/18

16. La Delegación Iztapalapa y la SSP tienen mecanismos de control para asegurarse

de que la documentación soporte del gasto cuente con la información suficiente y

relevante del ejercicio del SUBSEMUN.

Debilidades

1. La Delegación Iztapalapa no cuenta con procedimientos específicos para verificar que

los rubros en los que se ejercerá el Programa de Prevención Social de la Violencia

y la Delincuencia con Participación Ciudadana reúna los requisitos establecidos en las

Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados

cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,

así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones

territoriales publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 31 de enero de 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el titular de la

Dirección General de Administración de la Delegación Iztapalapa, en su carácter de

representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó información

relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

Por no contar con procedimientos específicos que regulen las actividades y operaciones

sustantivas del órgano político-administrativo que muestren secuencial y ordenadamente

la forma en que se realizan dichas actividades para el control del SUBSEMUN, la

Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, fracción III, inciso e), “Primer Lineamiento:

Ambiente de Control”, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 vigente en 2013,

que establece lo siguiente:

“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno

son los siguientes:

”Primer Lineamiento: Ambiente de Control […]

”III. Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración

Pública del Distrito Federal establecer, actualizar y exigir la observancia del código

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579 VOLUMEN 5/18

de conducta institucional, haciendo hincapié en los valores compartidos y el trabajo

en equipo para conseguir sus objetivos, y que los servidores públicos se conduzcan en

el desempeño de sus funciones con una actitud de compromiso y apoyo hacia el control

interno, la transparencia y los valores éticos.

”Un adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes aspectos […]

”e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de

Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los

manuales de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura

organizacional y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes

y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y

procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información que se

genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento

de los servidores públicos.”

2. La SSP realizó algunas de sus actividades sustantivas relacionadas con la operación del

SUBSEMUN como se indicó en 12 procedimientos autorizados con base en la estructura

orgánica núm. 18/2008, la cual quedó sin efectos al autorizarse la núm. 16/2010.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo

de Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la

dependencia, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 18 de agosto de 2014,

presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/004000/2014 del 14 de agosto del

mismo año, por medio del cual el Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento

proporcionó los memorándums núms. DAAA 040/2014, DAAA 041/2014 y DAAA 042/2014,

todos del 30 de junio de 2014, con los cuales instruyó a los Subdirectores de Riesgos

y Aseguramiento, de Adquisiciones y de Almacenes e Inventarios, respectivamente,

actualizar los procedimientos administrativos y, en su caso, crear nuevos procedimientos;

así como los memorándums núms. DAAA No. 044/2014, DAAA No. 045/2014 y

DAAA No. 046/2014, todos del 8 de julio de 2014, con los cuales instruyó nuevamente

a los Subdirectores de Riesgos y Aseguramiento, de Adquisiciones y de Almacenes

e Inventarios, en ese orden, actualizar los procedimientos administrativos conforme a los

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580 VOLUMEN 5/18

objetivos y funciones del Manual Administrativo de la SSP en su parte de organización

vigente en 2014, con lo que se confirma la presente observación.

Por no haber actualizado 12 procedimientos autorizados con base en la estructura

orgánica núm. 18/2008, la cual quedó sin efectos al autorizarse la núm. 16/2010, la SSP

incumplió el artículo 16, fracción III, inciso e), del Primer Lineamiento, “Ambiente de

Control”, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

3. La SSP no cuenta con procedimientos específicos para regular el cumplimiento de los

requisitos del SUBSEMUN, previo a la entrega de los recursos ni para entregar

los informes mensuales y trimestrales al Consejo Nacional de Seguridad Pública por

conducto de la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP y a la

SHCP mediante el SFU, sobre el ejercicio, destino, subejercicios, resultados

obtenidos y reintegros de los recursos federales transferidos vía subsidios.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo

de Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la

dependencia, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 18 de agosto de 2014,

presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/126/2014 del 15 de agosto del mismo año,

por medio del cual la Directora de Planeación y Evaluación Financiera informó lo siguiente:

“La SSP entrega los informes mensuales y trimestrales a la Dirección General de

Vinculación y Seguimiento del [SESNSP]. Por otra parte, la disposición Décima

Séptima del Capítulo III, ‘Del Acceso, Asignación y Ministración de los Recursos’, de las

Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados

cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,

así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones

Territoriales SUBSEMUN 2013 establece el procedimiento para acceder a este subsidio.

”Aunado a lo anterior, y derivado de la autorización de la reestructuración

de la Dirección General de Recursos Financieros, a través del oficio número

CGDF/798/2013 [del 28 de junio de 2013] se propusieron los procedimientos

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581 VOLUMEN 5/18

‘Adhesión del Gobierno del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios

Otorgados por la Federación’ y ‘Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y

Trimestrales de Avance de los Recursos Federales’ enviados a la Dirección Ejecutiva

de Organización y Administración Territorial con los oficios números

SSP/OM/DGRF/DP/1061/2014 [del 30 de mayo de 2014] y SSP/OM/DGRF/3055/2013

[del 12 de diciembre de 2013] con la finalidad de que se procediera con el registro […]

ante la Coordinación General de Modernización Administrativa.”

Asimismo, la funcionaria remitió los proyectos de los procedimientos “Adhesión del

Gobierno del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la

Federación” y “Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de

Avance de los Recursos Federales”, cuyos objetivos consisten en “generar en forma

oportuna la documentación que permita que la Secretaría de Seguridad Pública sea

beneficiaria de los recursos federales, a partir de la publicación de las reglas de

operación, lineamientos y normatividad que emita el Gobierno Federal” y “elaborar los

informes mensuales, bimestrales y trimestrales y avance físico-financiero, del ejercicio

de los recursos federales, a través del formato Sistema Informático o mecanismo que

determine el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

(SESNSP), con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la

normatividad aplicable”, respectivamente.

Dichos procedimientos incluyen actividades específicas para regular el cumplimiento

de los requisitos del SUBSEMUN, previo a la entrega de los recursos y para entregar los

informes mensuales y trimestrales a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento

del SESNSP; sin embargo, no contienen las actividades específicas para la entrega de

los informes a la SHCP mediante el SFU, sobre el ejercicio, destino, subejercicios,

resultados obtenidos y reintegros de los recursos federales transferidos vía subsidios.

Por no contar con los procedimientos “Adhesión del Gobierno del Distrito Federal para

ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la Federación” y “Elaboración de los

Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de Avance de los Recursos

Federales” autorizados y registrados por la CGMA, ni con un procedimiento específico

que regule la entrega de los informes a la SHCP mediante el SFU, la SSP incumplió

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582 VOLUMEN 5/18

el artículo 16, fracción III, inciso e), “Primer Lineamiento: Ambiente de Control”, del

Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para

la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

No obstante que careció de algunos procedimientos específicos, la Auditoría Superior de

la Ciudad de México (ASCM) considera que el control interno para la gestión del

SUBSEMUN en el Gobierno del Distrito Federal, en beneficio de la Delegación Iztapalapa,

es suficiente, ya que existen estrategias y mecanismos de control sobre el comportamiento de

las actividades que aseguran de manera razonable el cumplimiento de los objetivos

del subsidio, la eficiencia y eficacia de las operaciones, el aseguramiento de la información, la

observancia de la normatividad y la transparencia en su operación.

En el Informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf/107/13, practicada a la Delegación

Tlalpan, a la SSP y a la SEFIN, resultado núm. 1, recomendaciones ASCprofcsaf-107-13-01-SSP

y ASCprofcsaf-107-13-02-SSP, se propone llevar a cabo acciones para que la SSP remita

a la CGMA los proyectos de los procedimientos “Adhesión del Gobierno del Distrito

Federal para ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la Federación” y

“Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de Avance de los

Recursos Federales” para su revisión y, en su caso, dictamen y registro, así como para

que elabore procedimientos específicos para regular la entrega a la SHCP de los informes

sobre el ejercicio, destino, subejercicios, resultados obtenidos y reintegros de los recursos

federales transferidos vía subsidios, mediante el sistema que ella estableza, en cumplimiento

del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para

la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dichas

circunstancias como parte del seguimiento de las recomendaciones citadas.

Recomendación ASCprofcasf-105-13-01-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa elabore procedimientos específicos para

regular que los rubros en los que ejercerá el Subsidio para la Seguridad Pública de los

Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (SUBSEMUN) reúna

los requisitos establecidos en las reglas de operación establecidas para tal efecto, en

cumplimiento del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

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583 VOLUMEN 5/18

Transferencia de Recursos

2. Resultado

El apartado “Marco Legal”, numeral 9, del Convenio Específico de Adhesión para el

Otorgamiento del Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan

a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al

Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales

(Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013) celebrado el

28 de febrero de 2013 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 8 de agosto

de 2013, señala que el 31 de enero del mismo año se publicó en el Diario Oficial de la

Federación el “Acuerdo por el que se da a conocer la Lista de Municipios y Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal, elegibles para el Otorgamiento del Subsidio a que se refiere

el artículo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013,

y la Fórmula utilizada para su Selección”, en cuyo acuerdo segundo se señaló que como

resultado de la aplicación de la fórmula utilizada para la selección de las demarcaciones

territoriales del Distrito Federal, el SESNSP determinó como elegible, entre otras, a la

Delegación Iztapalapa, asignándole un monto de 77,549.7 miles de pesos, de los cuales

15,509.9 miles de pesos serían ejercidos por la Delegación Iztapalapa y 62,039.8 miles de

pesos por la SSP.

Adicionalmente, el capítulo III, “Del Acceso, Asignación y Ministración de los Recursos”,

Sección I, “Del acceso al SUBSEMUN”, regla décima séptima, fracciones II, letra A,

incisos c) y d); y V, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y,

en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, establece lo siguiente:

“Décima Séptima. Procedimiento […]

”II. Los beneficiarios potenciales deberán presentar a dicha Dirección General [de Vinculación

y Seguimiento] en un plazo no mayor a 7 (siete) días hábiles a partir de la publicación de las

Reglas, lo siguiente:

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584 VOLUMEN 5/18

”A. Escrito donde manifiesten su aceptación al SUBSEMUN, el cual deberá estar firmado

por los siguientes funcionarios […]

”c) Para el caso de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, salvo los conceptos

de prevención social del delito con participación ciudadana, el Jefe de Gobierno del Distrito

Federal o quien cuente con facultades en términos de las disposiciones locales, y

”d) Para el caso de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal en los conceptos de

prevención social del delito con participación ciudadana, los Jefes Delegacionales o quien

cuente con facultades en términos de las disposiciones locales […]

”V. Las demarcaciones territoriales del Distrito Federal darán cumplimiento a lo previsto

en la presente regla refiriéndose únicamente a los conceptos de prevención social del

delito con participación ciudadana.”

Sobre el particular, con los oficios núms. ASCprofcasf/105/13/IZT/001 y ASCprofcasf/SSP/14/002

del 30 de junio y 15 de julio de 2014, respectivamente, la ASCM solicitó a la SSP y a la

Delegación Iztapalapa, en ese orden, copia del documento que acreditara el cumplimiento

de los requisitos para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.

En respuesta, mediante los oficios núms. DGA/CPII/907/2014 y SSP/OM/DERC/SES/057/2014,

ambos del 2 de julio de 2014, los titulares de la Coordinación de Planeación e Integración

de Informes del órgano político-administrativo, y de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de

la SSP, remitieron copias de los oficios núms. JD/031/2013 y DGRF/OM/SSP/000294/2013,

ambos del 7 de febrero de 2013, por medio de los cuales el Jefe Delegacional en Iztapalapa

y el titular de la SSP manifestaron en tiempo y forma, la aceptación del monto asignado

por parte del SESNSP.

Por lo anterior, tanto la Delegación Iztapalapa como la dependencia cumplieron los requisitos

para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.

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585 VOLUMEN 5/18

3. Resultado

Mediante el oficio núm. CGSP/00913/2013 del 14 de marzo de 2013, el Coordinador

General de Seguridad Pública en el órgano político-administrativo solicitó al Director General

de Vinculación y Seguimiento del SESNSP la primera ministración del SUBSEMUN 2013,

la cual acompañó del comprobante de Acta de Cierre 2012 y aclaró que “no se cuenta con

el comprobante del depósito de la tercera ministración de ejercicio 2012, ya que fue

precluida, por no haber realizado la solicitud en tiempo y forma”.

Por otra parte, con el oficio núm. OM/SSP/0052/2013 del 1o. de marzo de 2013, el Oficial

Mayor de la SSP solicitó al Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP

la primera ministración correspondiente al SUBSEMUN 2013, para lo cual remitió la

documentación siguiente:

1. Oficio núm. DGRF/OM/SSP/0050/2013 del 14 de enero de 2013, mediante el cual

el Director General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió al

Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP el comprobante de acta

de cierre definitiva con corte al 31 de diciembre de 2012, correspondiente al ejercicio de

los recursos asignados a la Delegación Iztapalapa por conducto de la SSP.

2. Documentación que acreditó la propiedad o disposición legal de la Subcomandancia

Santa Cruz y de la Unidad de Policía Metropolitana Guelatao, correspondiente a las

acciones de infraestructura convenidas.

3. Oficio núm. SF/SPF/DGAF/0556/2013 del 13 de marzo de 2013, mediante el cual el

Director General de Administración Financiera de la Subsecretaría de Planeación

Financiera de la SEFIN informó al Director General de Vinculación y Seguimiento del

SESNSP, sobre la apertura de una cuenta para la recepción de los recursos federales

y detalló los datos correspondientes a dicha cuenta.

4. Oficio núm. SFDF/SE/2599/2012 del 27 de marzo de 2012, mediante el cual el

Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió al Director General de Vinculación

y Seguimiento del SESNSP, copia certificada del “Reporte de Evolución del

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586 VOLUMEN 5/18

Presupuesto por Clave Presupuestal”, correspondiente a los recursos presupuestarios

de la aportación del Distrito Federal (coparticipación).

Adicionalmente, mediante el oficio núm. JD/0246/2013 del 25 de junio de 2013, el Jefe

Delegacional en Iztapalapa solicitó, en tiempo y forma, la segunda ministración

del SUBSEMUN 2013 y remitió al Director General de Vinculación y Seguimiento del

SESNSP copia de los reportes mensuales de abril, mayo y junio de 2013, con los cuales

el órgano político-administrativo informó del avance en la aplicación de los recursos

del SUBSEMUN 2013; y con el oficio núm. SSP/OM/201/2013 del 27 de junio de 2013, el

Oficial Mayor de la SSP solicitó al Director General de Vinculación y Seguimiento

del SESNSP la segunda ministración correspondiente al SUBSEMUN 2013, para lo cual

adjuntó la documentación siguiente:

1. Oficio núm. SFDF/SE/767/2013 del 28 de febrero de 2013, mediante el cual el

Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió al Director General de Vinculación y

Seguimiento del SESNSP copia certificada del “Reporte de Evolución del Presupuesto

por Clave Presupuestal”, correspondiente a los presupuestos modificado y disponible

de la aportación del Distrito Federal (coparticipación).

2. Contratos, CLC y facturas que acreditaron que la SSP comprometió, devengó y pagó

los recursos federales (39.3%) y de coparticipación (37.9%) asignados.

3. Oficios núms. SSP/OM/DGRF/1030/2013 y SSP/OM/DGRF/1278/2013 del 6 de mayo

y 6 de junio de 2013, en ese orden, mediante los cuales el Director General de Recursos

Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió al Director General de Vinculación y

Seguimiento del Secretariado Ejecutivo del SESNSP los reportes mensuales de avance

en la aplicación de los recursos SUBSEMUN 2013, tanto del monto federal como de la

coparticipación, en los formatos establecidos por el Secretariado Ejecutivo.

4. Oficio núm. DCM/DGMS/OM/SSP/656/2013 del 23 de abril de 2013, mediante el cual

el Director de Construcción y Mantenimiento de la Dirección General de Mantenimiento

y Servicios de la SSP envió al Director General de Apoyo Técnico del SESNSP la

información relativa al expediente técnico correspondiente a la Subcomandancia

Santa Cruz y a la Unidad de Policía Metropolitana Guelatao, las cuales formaron parte

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587 VOLUMEN 5/18

del programa con prioridad nacional, Profesionalización de las Instituciones de Seguridad

Pública, con la información siguiente: croquis, predio, planos, presupuesto y programa.

5. Copia del estado de la cuenta bancaria en la que se recibieron los recursos federales,

por el período comprendido entre el 1o. de marzo y el 18 de junio de 2013.

6. Oficios núms. DGSPyPSO/905/2013 y DGPEC/338/2013 del 10 y 11 de junio de 2013,

respectivamente, mediante los cuales el titular de la Dirección General de Seguridad

Privada y Procedimientos Sistemáticos de Operación de la SSP remitió al Director

General de Política y Estadística Criminal de la Procuraduría General de Justicia del

Distrito Federal, y éste a su vez al Centro Nacional de Información del SESNSP, las

bases de datos criminalísticas y de personal de Plataforma México, consistentes en el

listado nominal, armamento, vehículos oficiales y radios con corte al mes de mayo de 2013,

respectivamente.

7. Oficio núm. SDI/DGCCC/033678/2013 del 27 de junio de 2013, mediante el cual la

Directora General del Centro de Control de Confianza de la SSP hizo del conocimiento

de la Encargada del Despacho del Centro Nacional de Certificación y Acreditación del

SESNSP que el C. Secretario de Seguridad Pública cuenta con evaluaciones en

materia de control de confianza.

8. Nómina de elementos operativos en la que se desglosa la información relativa

al grado y percepciones por integrante.

Lo anterior en cumplimiento de las reglas vigésima primera y vigésima segunda,

de la sección III, “De la Asignación y Ministración de Recursos” de las Reglas para el

Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan

a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al

Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales,

en las que se establece que la primera ministración se solicitaría a más tardar el 15 de

marzo de 2013 y correspondería al 40.0% del monto total de los recursos federales

convenidos, y la segunda ministración a más tardar el 28 de junio de 2013 y correspondería

al 60.0% de los recursos federales convenidos.

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588 VOLUMEN 5/18

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa y la SSP solicitaron en tiempo

y forma la primera y segunda ministraciones correspondientes al SUBSEMUN 2013 y que,

previo a las citadas ministraciones, contaron con la documentación que acreditó el

cumplimiento de las obligaciones establecidas en las Reglas para el Otorgamiento

de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la

función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del

Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales y con el acta

de cierre definitivo del ejercicio con fecha de corte al 31 de diciembre de 2012.

4. Resultado

El artículo 8, fracción VIII, tercer párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación

para el Ejercicio Fiscal 2013 señala: “El Consejo Nacional de Seguridad Pública, al

aprobar los criterios para la distribución de los recursos de los fondos de ayuda federal

para la seguridad pública, promoverá y vigilará que su erogación y aplicación se realice

dentro del presente ejercicio fiscal y se alcancen los objetivos para los que están destinados.

Para tales efectos, los convenios relativos a estos fondos establecerán mecanismos que

contribuyan a agilizar la recepción y el ejercicio de los recursos que reciban las entidades

federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal”.

Además, la cláusula primera, “Objeto”, numeral I, del Convenio Específico de Adhesión

para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 8 de agosto de 2013 vigente en 2013, señala: “El presente Convenio

Específico de Adhesión tiene por objeto otorgar recursos presupuestarios federales del

SUBSEMUN a ‘El Distrito Federal’, por conducto de la Secretaría de Finanzas de ‘El

Distrito Federal’, de manera ágil y directa, con la finalidad de fortalecer el desempeño de

las funciones de ‘El Distrito Federal’ en materia de seguridad pública: profesionalizar y

equipar a sus cuerpos de seguridad pública en ‘Las Demarcaciones’, así como mejorar la

infraestructura de sus corporaciones, en el marco de las disposiciones legales aplicables,

para salvaguardar los derechos e integridad de sus habitantes y preservar las libertades,

el orden y la paz públicos, atendiendo los Programas con Prioridad Nacional”.

Se determinó que la ministración de los recursos del SUBSEMUN se efectuó de manera

ágil y directa por conducto de la SEFIN, mediante CLC elaboradas y autorizadas por los

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589 VOLUMEN 5/18

servidores públicos competentes de la Delegación Iztapalapa y de la SSP, y que la

dependencia recibió los recursos a favor de los proveedores de bienes, prestadores

de servicios y contratistas en cumplimiento de los compromisos establecidos en los

instrumentos jurídicos celebrados.

Por lo anterior, se concluye que los recursos del SUBSEMUN fueron ministrados por la

SEFIN a la Delegación Iztapalapa y a la SSP de manera ágil y directa, de conformidad

con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 y con el

Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013.

5. Resultado

Los artículos 9, fracción IV, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio

Fiscal 2013; y 69, párrafos tercero y cuarto, de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental vigentes en 2013; así como la cláusula novena, fracción I, letra B, del

Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013, establecen

lo siguiente:

“Artículo 9. […]

”El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a más tardar el

último día hábil de febrero, deberá suscribir convenios específicos […] en los cuales

deberá preverse lo siguiente […]

”IV. El establecimiento por parte de las entidades federativas y los municipios de cuentas

bancarias específicas para la administración de los recursos federales que les sean

transferidos, para efectos de su fiscalización.”

“Artículo 69. […]

”Para efectos de la presentación de la información financiera y la cuenta pública, deberá

existir una cuenta bancaria productiva específica por cada fondo de aportaciones

federales, programa de subsidios y convenio de reasignación, a través de los cuales se

ministren recursos federales.

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590 VOLUMEN 5/18

”En las cuentas bancarias productivas específicas se manejarán exclusivamente los recursos

federales del ejercicio fiscal respectivo y sus rendimientos, y no podrá incorporar recursos

locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones.”

“Cláusula Novena. Obligaciones y Derechos de ‘El Distrito Federal’ y las ‘Demarcaciones’.

”I. Son obligaciones de ‘El Distrito Federal’ y ‘Las Demarcaciones’, en el ámbito de sus

competencias, además de las señaladas en las ‘Reglas’ y otras previstas en los ordenamientos

jurídicos aplicables, las siguientes […]

”B. Establecer cuentas bancarias productivas específicas para la administración de los

recursos federales del ‘SUBSEMUN' que le sean transferidos y los de coparticipación,

para efectos de su fiscalización.”

Se constató que la SEFIN aperturó una cuenta bancaria productiva en BBVA Bancomer, S.A.,

para radicar las ministraciones de los recursos federales efectuadas por la SHCP por

concepto del SUBSEMUN y para el manejo exclusivo de dichos recursos.

Registro e Información Contables y Presupuestarios

6. Resultado

El artículo 38, fracción I, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2013,

establece lo siguiente:

“El registro de las etapas del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas

contables que, para tal efecto, establezca el consejo, las cuales deberán reflejar:

”I. En lo relativo al gasto, el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado.”

Gasto Aprobado

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaria de

Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Iztapalapa el techo presupuestal

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591 VOLUMEN 5/18

aprobado por la ALDF que ascendió a 3,447,638.2 miles de pesos. En dicho monto

autorizado se consideraron recursos federales del SUBSEMUN por un importe de

13,571.2 miles de pesos.

Asimismo, con el oficio núm. SFDF/SE/117/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaria

de Egresos de la SEFIN comunicó al Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal

que el techo presupuestal aprobado por la ALDF para la SSP era de 13,107,593.9 miles

de pesos, el cual consideró recursos federales del SUBSEMUN por un importe de

236,987.1 miles de pesos, para que se ejercieran en beneficio de las 16 Delegaciones

del Distrito Federal.

El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, por

medio de los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio

y 15 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó las pólizas de diario con números de

evento 1000000661 y 1000000384, ambas con fecha 2 de febrero de 2013, por medio

de las cuales realizó el registro presupuestal en Cuentas de Orden Presupuestarias de los

techos presupuestales aprobados a la Delegación Iztapalapa y a la SSP, en ese orden.

Dicho registro presupuestal se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 3,447,638.2

Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 3,447,638.2

SSP 8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 13,107,593.9

SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 13,107,593.9

Total 16,555,232.1 16,555,232.1

Las Cuentas de Orden Presupuestarias 8.2.1.1 “Presupuesto de Egresos Aprobado

Sector Central” y 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central”, así como

el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del Presupuesto de Egresos

Aprobado, son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2013.

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592 VOLUMEN 5/18

Se constató que lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013,

coincide con el techo presupuestal, el Programa Operativo Anual, el Calendario

Presupuestal y el analítico de claves autorizados por la SEFIN en 2013, en cumplimiento

del artículo 9, fracción V, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio

Fiscal 2013.

Gasto Modificado

En 2013, a la Delegación Iztapalapa se le asignaron recursos federales del SUBSEMUN

por un importe de 13,571.2 miles de pesos, mediante tres afectaciones presupuestarias,

el cual fue modificado en 1,937.3 miles de pesos para quedar en un presupuesto por

ejercer que ascendió a 15,508.5 miles de pesos.

Las tres afectaciones presupuestarias tuvieron por objeto contar con suficiencia

presupuestal para el desarrollo del ejercicio presupuestal con cargo al SUBSEMUN y para

la prevención social del delito con participación ciudadana.

Por otra parte, a la SSP se le asignaron recursos federales del SUBSEMUN por un

importe de 236,987.1 miles de pesos, mediante 24 afectaciones presupuestarias, el cual

fue modificado en 30,735.8 miles de pesos para quedar en un presupuesto por ejercer de

267,722.9 miles de pesos, mismo que no incluye rendimientos.

Las 24 afectaciones presupuestarias tuvieron como objeto complementar el 80.0% de los

recursos del SUBSEMUN originalmente autorizados en el Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013; adquirir vestuario, papelería,

computadoras, impresoras, escáner, vehículos tipo sedán y pick-up, chalecos antibalas,

calzado tipo choclo, espinilleras, escudos antimotines, máscaras antigás y chalecos

antibalas; rehabilitar y dar mantenimiento a las instalaciones del stand de tiro; contratar

al laboratorio que realizaría los exámenes toxicológicos y las pruebas de gabinete;

reprogramar el destino “profesionalización” al de “equipamiento”, del programa

profesionalización de las instituciones de seguridad pública; reprogramar recursos del

concepto “capacitación” al de “equipamiento”; adecuar los recursos a las necesidades

reales de operación de la dependencia; recalendarizar los recursos del fondo a las

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593 VOLUMEN 5/18

necesidades reales de la dependencia; y en razón del cierre del ejercicio presupuestal,

con fundamento en los artículos 71 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal; y 64 de su reglamento; y el oficio circular de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 del

10 de octubre de 2013, emitido por la SEFIN.

El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014, DGCNCP/3228/2014 y DGCNCP/3295/2014

de fechas 19 de junio, 15 y 18 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó 28 pólizas de

diario, 4 correspondientes a la Delegación Iztapalapa y 24 a la SSP, por medio de las

cuales se realizó el registro presupuestal en Cuentas de Orden Presupuestarias de

las modificaciones a los Presupuestos de Egresos Aprobados (recursos federales

SUBSEMUN) de la Delegación Iztapalapa y de la SSP. El registro presupuestal se realizó

como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta

Importe Saldo

(1) – (2) (3)

Debe (1)

Haber (2)

Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 15,509.9 13,572.6 1,937.3

Delegación 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 13,572.6 15,509.9 (1,937.3)

SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 300,715.0 269,979.2 30,735.8

SSP 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 269,979.2 300,715.0 (30,735.8)

Total 599,776.7 599,776.7 0.0

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer

Sector Central” y 8.2.3.1 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector

Central”, así como los asientos con los cuales se realizó el registro presupuestal de las

modificaciones al presupuesto de egresos aprobado (recursos federales SUBSEMUN) de

la Delegación Iztapalapa y de la SSP, son las que señala el Manual de Contabilidad

del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Asimismo, las 24 afectaciones programático-presupuestarias se tramitaron en cumplimiento

de lo dispuesto en los artículos 78 y 81 del Manual de Reglas y Procedimientos para el

Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

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594 VOLUMEN 5/18

Gasto Comprometido

Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 de fechas 19 de junio

y 15 de julio de 2014, respectivamente, el Director General de Contabilidad, Normatividad y

Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 10 pólizas de diario, 2 correspondientes a la

Delegación Iztapalapa y 8 a la SSP, por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal

en Cuentas de Orden Presupuestarias del presupuesto de egresos comprometido, relativo a los

instrumentos jurídicos sujetos a revisión suscritos directamente por la Delegación Iztapalapa y

por la SSP para la adquisición de bienes y la contratación de obras en beneficio del

órgano político-administrativo. El registro presupuestal se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 7,102.0

Delegación 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 7,102.0

SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 27,507.8

SSP 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 27,507.8

Total 34,609.8 34,609.8

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector

Central” y 8.2.4.1 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central”, así como el

asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos comprometido,

son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central vigente en 2013.

Se verificó que los 9 instrumentos jurídicos seleccionados como muestra, 2 suscritos por

la Delegación Iztapalapa y 7 por la SSP, por un monto total de 34,609.7 miles de pesos,

representan el reconocimiento de las obligaciones contraídas con cargo al SUBSEMUN.

Gasto Devengado

El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, mediante

los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio y 15 de julio

de 2014, respectivamente, proporcionó 42 pólizas de diario, 9 correspondientes a la Delegación

Iztapalapa y 33 a la SSP, por medio de las cuales se realizaron los registros contable

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595 VOLUMEN 5/18

y presupuestal del presupuesto de egresos devengado por concepto de los bienes,

servicios y obras sujetas a revisión, que fueron recibidas de conformidad por la Delegación

Iztapalapa y por la SSP, para utilizarse en beneficio del órgano político-administrativo.

De la revisión realizada a las 42 pólizas de diario proporcionadas, se observó que el

registro contable del presupuesto de egresos devengado por concepto de los bienes,

servicios y obras de la muestra sujeta a revisión se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 5133100000 “Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos y Otros Servicios Sector Central” 7,102.0

Delegación 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 7,102.0

SSP 1236210000 “Edificación No Habitacional en Proceso Sector Central” 4,774.3

SSP 1244110000 “Automóviles y Equipo Terrestre Sector Central” 12,426.2

SSP 5127100000 “Vestuario, Blancos, Prendas de Protección y Artículos Deportivos Sector Central” 2,999.3

SSP 5128100000 “Materiales y Suministros para Seguridad Sector Central” 2,350.8

SSP 5139100000 “Otros Servicios Generales Sector Central” 4,957.2

SSP 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 27,330.8

SSP 2117100000 “Retenciones y Contribuciones por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 177.0

Total 34,609.8 34,609.8

Las cuentas de 1 (Activo), 2 (Pasivo) y 5 (Gastos y Otras Perdidas), en las cuales se realizó

el registro contable de los presupuestos de egresos devengados directamente por la Delegación

Iztapalapa y por la SSP, son las señaladas en el Manual de Contabilidad del Gobierno del

Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Respecto del monto registrado en la cuenta de pasivo 2.1.1.2.1 “Proveedores por Pagar

a Corto Plazo Sector Central” por 27,330.8 miles de pesos, se consideraron recursos por

un monto de 4,597.3 miles de pesos, los cuales se derivan de los contratos de obra

núms. 11-C0-01-2O-10/2013 y 11-C0-01-2O-15/2013; de acuerdo con lo señalado en el Manual

de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013, dicha

cuenta “representa los adeudos con proveedores derivados de operaciones del Sector

Central, con vencimiento menor o igual a doce meses”, por lo que los 4,597.3 miles de pesos

debieron contabilizarse en la cuenta de Pasivo 2.1.1.3.1 “Contratistas por Obras Públicas

por Pagar a Corto Plazo Sector Central” la cual “representa los adeudos con contratistas

derivados de obras, proyectos productivos y acciones de fomento, en un plazo menor o igual

a doce meses”.

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596 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director General de

Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN

no informó ni proporcionó documentación respecto de la presente observación, por lo que no

se modifica.

Por lo anterior, la SEFIN incumplió el cuarto párrafo de los “Aspectos Generales” del “Plan

de Cuentas” del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2013, y el artículo 16, fracción I, inciso e), del Tercer Lineamiento: Actividades

de Control, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, que establecen:

“Aspectos Generales […]

”El Plan de Cuentas que se presenta comprende la enumeración de cuentas ordenadas

sistemáticamente e identificadas con nombres para distinguir un tipo de partida de otras,

para los fines del registro contable de las transacciones.”

“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno

son los siguientes: […]

”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control.

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal son responsables de […] la generación de información financiera, presupuestal

y de operación confiable, oportuna y suficiente […]

”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y otros

eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible

para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que

puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles, facilitando

a los titulares la toma de decisiones.”

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597 VOLUMEN 5/18

Por otra parte, el registro presupuestal del presupuesto de egresos devengado por concepto

de los bienes, servicios y obras de la muestra sujeta a revisión, que fueron recibidos de

conformidad por la Delegación Iztapalapa y por la SSP, se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 7,102.0

Delegación 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 7,102.0

SSP 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 27,507.8

SSP 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 27,507.8

Total 34,609.8 34,609.8

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.4.1 “Presupuesto de Egresos Comprometido

Sector Central” y 8.2.5.1 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central”, así como

el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal de los Presupuestos de Egresos

Devengados, son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito

Federal Sector Central vigente en 2013.

Se verificó que los proveedores, prestadores de servicio y contratistas seleccionados

como muestra entregaron los bienes, servicios y obras en cumplimiento de las cláusulas

de los instrumentos jurídicos celebrados.

Gasto Ejercido

Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio

y 15 de julio de 2014, respectivamente, el Director General de Contabilidad, Normatividad y

Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 42 pólizas de diario, 9 correspondientes a la

Delegación Iztapalapa y 33 a la SSP, por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal

en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos ejercido directamente

por la Delegación Iztapalapa y por la SSP en beneficio del órgano político-administrativo.

El registro presupuestal se realizó como sigue:

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598 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 7,102.0

Delegación 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 7,102.0

SSP 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 27,507.8

SSP 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 27,507.8

Total 34,609.8 34,609.8

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.5.1 “Presupuesto de Egresos Devengado

Sector Central” y 8.2.6.1 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central”, así como el

asiento con el cual se realizó el registro presupuestal de los Presupuestos de Egresos

Ejercidos, son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2013.

Se verificó que la Delegación Iztapalapa y la SSP emitieron CLC debidamente autorizadas

por los servidores públicos facultados para ello, y que las soportaron con documentación

comprobatoria del gasto que cumple los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la

Federación vigente en 2013.

Gasto Pagado

Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014, DGCNCP/3228/2014 y DGCNCP/3356/2014

del 19 de junio, 15 de julio y 28 de julio de 2014, respectivamente, el Director General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 72 pólizas de

egresos, 9 correspondientes a la Delegación Iztapalapa y 63 a la SSP, por medio de las

cuales se realizaron los registros contable y presupuestal del presupuesto de egresos

pagado con recursos de la Delegación Iztapalapa y de la SSP en beneficio del órgano

político-administrativo, para cancelar las obligaciones de pago contraídas.

De la revisión realizada a las 72 pólizas de egresos proporcionadas, se observó que el registro

contable del presupuesto de egresos pagado de las operaciones sujetas a revisión se realizó

como sigue:

Page 599: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

599 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 7,102.0

Delegación 1112100000 “Bancos/Tesorería Sector Central” 7,102.0

SSP 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 27,507.8

SSP 1112100000 “Bancos/Tesorería Sector Central” 27,507.8

Total 34,609.8 34,609.8

Las cuentas de 1 (Activo) y 2 (Pasivo), en las cuales se realizó el registro contable del

presupuesto de egresos pagado de las operaciones sujetas a revisión llevadas a cabo

por la Delegación Iztapalapa y por la SSP en beneficio del órgano político-administrativo,

son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central vigente en 2013.

El registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado, se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Ente Cuenta Importe

Debe Haber

Delegación 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 7,102.0

Delegación 8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 7,102.0

SSP 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 27,507.8

SSP 8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 27,507.8

Total 34,609.8 34,609.8

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.6.1 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector

Central” y 8.2.7.1 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central”, así como el asiento

con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado, son las

que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2013.

Se verificó que con los pagos realizados a los proveedores, prestadores de servicios

y contratistas, se cancelaron totalmente las obligaciones a cargo de la Delegación

Iztapalapa y de la SSP.

Page 600: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

600 VOLUMEN 5/18

En conclusión, la SEFIN identificó y registró en la contabilidad las operaciones de la Delegación

Iztapalapa y de la SSP con cargo al SUBSEMUN. Dichas operaciones se encontraron

amparadas con los documentos justificativos y comprobatorios del gasto; sin embargo,

por lo que se refiere al registro del gasto devengado, la SEFIN registró un monto de

27,507.8 miles de pesos en la cuenta de pasivo 2.1.1.2.1 “Proveedores por Pagar a Corto

Plazo Sector Central”, en lugar de afectar la cuenta de pasivo 2.1.1.3.1 “Contratistas por

Obras Públicas por Pagar a Corto Plazo Sector Central”, sin atender los Aspectos Generales

del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2013, y los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

En el Informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf/103/13, practicada a la Delegación

Gustavo A. Madero, a la SSP y a la SEFIN, resultado núm. 1, recomendación

ASCprofcsaf-103-13-01-SEFIN, se contempla la conveniencia de que la SEFIN lleve

a cabo acciones para que el registro contable de los compromisos contraídos con contratistas,

por la celebración de contratos de obra, se realice en las cuentas contables que correspondan

a la naturaleza de las operaciones, en cumplimiento del Manual de Contabilidad del Gobierno

del Distrito Federal Sector Central y de los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

Destino de los Recursos

7. Resultado

Al cierre del ejercicio 2013, la Delegación Iztapalapa y la SSP ejercieron en conjunto

77,549.7 miles de pesos (97.4% del total de recursos asignados al SUBSEMUN), los

cuales se aplicaron en 3 obras y 1,224,745 acciones correspondientes a los Programas

con Prioridad Nacional siguientes:

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601 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

Programa Recursos ejercidos al 31 de diciembre

de 2013

Ejercido al 31 de diciembre de 2013 respecto

de lo asignado (%)

Recursos ejercidos a la fecha

de la auditoría

Ejercido a la fecha

de la auditoría (31 de diciembre

de 2013) respecto

de lo asignado

Número de obras

o acciones realizadas

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana 15,508.5 100.0 15,508.5 100.0 26

Fortalecimiento de las Capacidades de evaluación en Control de Confianza 4,958.6 99.9 4,958.6 99.9 12,393

Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública 53,595.3 98.6 53,595.3 98.6 1,212,297

Red nacional de Telecomunicaciones 2,748.5 99.9 2,748.5 99.9 32

Total 76,810.9 99.0 76,810.9 99.0 1,224,748

FUENTE: Anexo Técnico e Informe de Cumplimiento de Metas del Recurso Federal Acumulado al 30 de abril de 2014, SUBSEMUN 2013.

De los 76,810.9 miles de pesos correspondientes a recursos del SUBSEMUN, la Delegación

Iztapalapa ejerció 15,508.5 miles de pesos y la SSP 61,302.4 miles de pesos; además, la

única unidad responsable del gasto que ejerció intereses generados en la cuenta específica del

subsidio fue la SSP por un monto de 494.4 miles de pesos, en los programas con prioridad

nacional, Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública y Red Nacional de

Telecomunicaciones, en particular, en el concepto equipamiento.

Se comprobó que la Delegación Iztapalapa y la SSP destinaron los recursos del SUBSEMUN

y, en su caso, sus rendimientos financieros, para profesionalizar, equipar y evaluar sus

cuerpos de seguridad pública, mejorar la infraestructura de sus corporaciones, así como

desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención social del delito con participación

ciudadana, de conformidad con los Programas con Prioridad Nacional.

8. Resultado

La documentación comprobatoria de la Delegación Iztapalapa y la SSP se encuentra

identificada con el sello “Operado SUBSEMUN 2013”, por lo que el órgano político-

administrativo y la dependencia cumplieron la regla trigésima quinta, fracción I, letra L,

de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso,

a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los

Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus

demarcaciones territoriales y la cláusula vigésima tercera del Convenio Específico de Adhesión

para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013.

Page 602: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

602 VOLUMEN 5/18

En conclusión, la documentación original comprobatoria del gasto realizado por la Delegación

Iztapalapa y la SSP se encuentra cancelada con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013” e

incluye otra leyenda que indica: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político.

Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.

Transparencia del Ejercicio

9. Resultado

De conformidad con la regla décima octava, fracción II, letra H, de las Reglas para el

Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a

su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno

del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, y la cláusula

novena, fracción I, letra E, del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento

del SUBSEMUN 2013, a Delegación Iztapalapa y la SSP debieron reportar mensual

y trimestralmente a la fecha de corte del período, al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por

conducto del SESNSP, y a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP,

lo siguiente:

1. La información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos

del SUBSEMUN.

2. Las disponibilidades financieras del SUBSEMUN con las que, en su caso, contaran y

3. El presupuesto comprometido, devengado y pagado correspondientes.

En respuesta al oficio núm. ASCprofcasf/105/13/IZT/001 del 30 de junio de 2014, mediante el

oficio núm. DGA/CPII/907/2014 del 2 de julio del mismo año, la Delegación Iztapalapa

proporcionó copia de los oficios mediante los cuales el Coordinador General de Seguridad

Pública del órgano político-administrativo remitió al titular de la Dirección General de

Vinculación y Seguimiento del SESNSP los informes mensuales y trimestrales relacionados

con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos del SUBSEMUN 2013;

no obstante, el primer trimestre de 2013 fue presentado con 183 días hábiles de desfase.

Page 603: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

603 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Coordinador General de

Seguridad Pública del órgano político-administrativo, en representación del Jefe Delegacional

en Iztapalapa, mediante el oficio núm. CGSP/3113/2014 del 18 de agosto de 2014,

proporcionó una nota informativa sin número ni fecha en la que señaló que la

demarcación territorial se encontraba exenta de presentar el informe correspondiente

al primer trimestre de 2013, toda vez que fue hasta el mes de junio de 2013 cuando fue

recibida la primera ministración del SUBSEMUN de ese año.

Del análisis a la respuesta proporcionada por la Delegación Iztapalapa, se determinó que

el hecho de que recibiera la primera ministración del SUBSEMUN hasta el mes de junio

de 2013, no eximía al órgano político-administrativo del cumplimiento del plazo establecido

en la regla trigésima quinta de las citadas Reglas, por lo que se confirma la observación

del presente resultado.

Por haber remitido a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP

el informe correspondiente al primer trimestre de 2013 con un desfase 183 días hábiles, la

Delegación Iztapalapa incumplió la regla trigésima quinta, numeral I, letra B, capítulo VII,

“De los Derechos y Obligaciones”, Sección I, “De los Beneficiarios”, de las Reglas para el

Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan

a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al

Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales,

que establece lo siguiente:

“Trigésima Quinta. Obligaciones de los beneficiarios.

”I. Son obligaciones de los beneficiarios […]

”B. Presentar los informes trimestrales y mensuales de avance físico-financiero, en un plazo

no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la conclusión del período correspondiente,

a través del formato, sistema informático o mecanismo que determine el Secretariado Ejecutivo.”

Por otra parte, en respuesta al oficio núm. ASC/14/1213 del 9 de junio de 2014, por medio

del oficio núm. SSP/OM/DERC/SES/046/2014 del 20 de junio de 2014, la SSP proporcionó

copia de los oficios mediante los cuales la Dirección General de Recursos Financieros,

Page 604: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

604 VOLUMEN 5/18

adscrita a la Oficialía Mayor de la dependencia, remitió al titular de la Dirección General

de Vinculación y Seguimiento del SESNSP los informes mensuales y trimestrales de avance

físico-financiero relacionados con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los

recursos del SUBSEMUN 2013.

Excepto por el informe del mes de junio, la dependencia presentó los once informes

mensuales restantes y los cuatro informes trimestrales con desfases que van de 1 a 38 días

hábiles.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, en representación del

titular de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 15 de agosto

de 2014, el Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas proporcionó copia del oficio

núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/126/2014 del 15 de agosto de 2014, con el cual la Dirección

de Planeación y Evaluación Financiera de la SSP informó que “en cuanto a los informes

mensuales correspondientes a los meses de marzo y abril del ejercicio 2013, mismos que

fueron reportados en ceros […] no es aplicable el desfase, en virtud de que fue hasta

el día 13 de mayo de 2013 que se notificó por parte de la Secretaría de Finanzas a la Dirección

General de Recursos Financieros de la Secretaría de Seguridad Pública, la procedencia

de la primera ministración de recursos de este subsidio”, sin argumentar nada respecto

a los nueve informes mensuales restantes ni a los cuatro informes trimestrales de 2013.

Del análisis a la respuesta proporcionada por la SSP, se determinó que el hecho de que

en los meses de marzo y abril se reportaran saldos y avances en ceros, no eximía a la

dependencia del cumplimiento del plazo establecido en la regla trigésima quinta de las

citadas Reglas, por lo que se confirma la observación del presente resultado.

Por haber remitido 11 informes mensuales y 4 trimestrales con desfases a la Dirección

General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, la SSP incumplió la regla trigésima

quinta, numeral I, letra B, capítulo VII, “De los Derechos y Obligaciones”, Sección I, “De

los Beneficiarios”, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en

su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en

sus demarcaciones territoriales vigentes en 2013.

Page 605: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

605 VOLUMEN 5/18

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa y la SSP reportaron mensual y

trimestralmente al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por conducto del SESNSP, la

información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del

SUBSEMUN, las disponibilidades financieras con las que contaron y el presupuesto

comprometido, devengado y pagado correspondiente; sin embargo, el informe del primer

trimestre de 2013 del órgano político-administrativo fue presentado con 183 días hábiles

de desfase; y salvo el informe correspondiente al mes de junio de 2013 de la dependencia,

el resto de los informes mensuales y todos los trimestrales se presentaron con desfases

que van de 1 a 38 días hábiles.

Recomendación ASCprofcasf-105-13-02-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa lleve a cabo acciones para garantizar que los

informes mensuales y trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y resultados

de los recursos del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se remitan al Consejo Nacional de Seguridad

Pública, por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública,

en el plazo que fijan las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en

su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en

sus Demarcaciones Territoriales.

Recomendación ASCprofcasf-105-13-04-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública lleve a cabo acciones para garantizar

que los informes mensuales y trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y resultados

de los recursos del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal se remitan al Consejo Nacional de Seguridad Pública,

por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el

plazo establecido en las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en

su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en

sus Demarcaciones Territoriales.

Page 606: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

606 VOLUMEN 5/18

10. Resultado

Se constató que la Delegación Iztapalapa envió a la SHCP la información trimestral del

ejercicio de los recursos provenientes del SUBSEMUN 2013 por medio del SFU y publicó en

su portal de internet las cifras trimestrales, así como los programas en los que se erogaron los

recursos del subsidio, en cumplimiento de los lineamientos undécimo, capítulo II, “Información

que se deberá reportar a través del Sistema del Formato Único”, Sección II, “Subsidios”;

y vigésimo cuarto, capítulo III, “Delimitación de Responsabilidades y Flujos de Trabajo en

el Sistema del Formato Único”, Sección IV “Reporte de Información sobre los Resultados y

su Evaluación” de los Lineamientos para Informar sobre los Recursos Federales Transferidos

a las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,

y de Operación de los Recursos del Ramo General 33.

La SSP también envió a la SHCP la información trimestral del ejercicio de los recursos

provenientes del SUBSEMUN 2013 por medio del SFU; sin embargo, no publicó en su portal

de internet las cifras ni los programas en los que se erogaron los recursos del subsidio.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, en representación

del titular de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 15 de agosto

de 2014, el Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas proporcionó copia del oficio

núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/126/2014 del 15 de agosto de 2014, con el cual la Dirección

de Planeación y Evaluación Financiera de la SSP informó lo siguiente:

“No corresponde atender a la Secretaría de Seguridad Pública en términos del artículo 85,

fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que señala que:

‘Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito

Federal, publicarán los informes a que se refiere esta fracción en los órganos locales oficiales

de difusión y los pondrán a disposición del público en general, a través de sus respectivas

páginas electrónicas de internet o de otros medios locales de difusión’, es decir, dichas

acciones son reservadas a las entidades federativas y demarcaciones territoriales, supuesto

en el que no se considera a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.

”Siendo la Secretaría de Finanzas la competente de atender este hallazgo, en virtud de

que es el área responsable de consolidar la información de las delegaciones beneficiarias

de este Subsidio así como de la Secretaría de Seguridad Pública.”

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607 VOLUMEN 5/18

Del análisis a los argumentos de la SSP, se determinó que sí correspondía a la dependencia

publicar en su portal de internet las cifras y los programas en los que se erogaron los

recursos del SUBSEMUN, toda vez que dichos recursos le fueron transferidos para ejercerlos

en beneficio de la demarcación territorial y, por tanto, debió atender las disposiciones

normativas que regulan su otorgamiento, por lo que la observación del presente resultado

no se modifica.

Por no haber publicado en su portal de internet las cifras ni los programas en los que se

erogaron los recursos del SUBSEMUN, la SSP incumplió el artículo 85, fracción II, primero

y último párrafos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente

en 2013, que señala lo siguiente:

“Artículo 85. Los recursos federales aprobados en el Presupuesto de Egresos para ser

transferidos a las entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y las

demarcaciones territoriales del Distrito Federal se sujetarán a lo siguiente […]

”II. Las entidades federativas enviarán al Ejecutivo Federal, de conformidad con los

lineamientos y mediante el sistema de información establecido para tal fin por la

Secretaría, informes sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, respecto de los

recursos federales que les sean transferidos […]

”Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito

Federal, publicarán los informes a que se refiere esta fracción en los órganos locales oficiales

de difusión y los pondrán a disposición del público en general a través de sus respectivas

páginas electrónicas de Internet o de otros medios locales de difusión, a más tardar a los

5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior.”

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa y la SSP reportaron a la SHCP,

mediante el SFU, la información sobre el ejercicio, destino, subejercicios y reintegros

generados, así como los resultados obtenidos de los recursos federales transferidos por

medio del SUBSEMUN; sin embargo, la información reportada por la SSP no fue publicada

en su página de internet.

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608 VOLUMEN 5/18

Recomendación ASCprofcasf-105-13-05-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública lleve a cabo acciones para garantizar

que la información sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos

por medio del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal se publique en su página de Internet o de otros medios

locales de difusión, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

Programas con Prioridad Nacional

Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

con Participación Ciudadana

11. Resultado

De conformidad con el acuerdo segundo del “Acuerdo por el que se da a conocer la Lista

de Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, elegibles para el Otorgamiento

del Subsidio a que se refiere el artículo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación

para el Ejercicio Fiscal 2013, y la Fórmula utilizada para su selección” y la cláusula tercera,

“Monto de los Recursos”, del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del

SUBSEMUN 2013, a la Delegación Iztapalapa se le asignó un monto de 77,549.7 miles de

pesos, de los cuales el órgano político-administrativo ejercería 15,509.9 miles de pesos (20.0%)

y la SSP los restantes 62,039.8 miles de pesos (80.0%).

Al respecto, se observó que la Delegación Iztapalapa destinó un monto de 15,509.9 miles

de pesos, equivalentes al 20.0% de los 77,549.7 miles de pesos asignados al órgano

político-administrativo con cargo al SUBSEMUN 2013, a la realización de proyectos tales

como los siguientes: Programa de detección y prevención del maltrato infantil en el ámbito

local; programa de prevención de la violencia contra las mujeres; unidades especializadas

de la Policía para la prevención de la violencia familiar y de género; red de escuelas de

prevención social de las violencias; consejos o comités municipales de participación

ciudadana en seguridad y programas de cultura de paz para niñez y juventudes a través

de estrategias creativas; los cuales se encuentran considerados en el Catálogo de Programas

y Proyectos para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013,

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609 VOLUMEN 5/18

publicado por el Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana en la

página de Internet del SESNSP el 18 de febrero de 2013.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa destinó el 20.0% de los recursos

asignados al órgano político-administrativo con cargo al SUBSEMUN 2013 a proyectos

considerados en el Catálogo de Programas y Proyectos para la Prevención Social de la

Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013.

Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza

12. Resultado

En la regla novena, fracción I, letra B, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios

a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de las opciones

de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional Fortalecimiento de las

Capacidades de Evaluación en Control de Confianza, para llevar a cabo las evaluaciones de

control de confianza que se aplicarían para el ingreso y permanencia de los elementos

institucionales policiales.

Al respecto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa con

Prioridad Nacional Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza,

para realizar exámenes químico toxicológicos de drogas de abuso, como parte de la aplicación

de evaluaciones de control de confianza a elementos policíacos y servidores públicos

para su ingreso y, en su caso, permanencia en la dependencia durante 2013.

Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública

13. Resultado

En la regla novena, fracción I, letra C, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los

Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para

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610 VOLUMEN 5/18

la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de las opciones

de destino del gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional Profesionalización de las

Instituciones de Seguridad Pública, para llevarse a cabo en los conceptos de profesionalización,

equipamiento e infraestructura.

Al respecto, se observó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el concepto

de profesionalización, en particular en los rubros fortalecimiento de la actuación policial;

evaluaciones de habilidades, destrezas y conocimientos de la función; y evaluación del

desempeño en el servicio, los cuales no fueron sujetos de revisión.

En el concepto de equipamiento, se ejercieron recursos principalmente para adquirir

vehículos pick-up y sedán; chalecos balísticos, nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera,

nivel IV; fundas para chalecos con las mismas características; y vestuario, los cuales fueron

sujetos de revisión. Se constató que el equipo adquirido está contemplado en el Catálogo

de Bienes del SUBSEMUN 2013, publicado en la página de Internet del SESNSP.

En el concepto de infraestructura, la SSP llevó a cabo los trabajos de mejoramiento

y mantenimiento a instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y

a la Subcomandancia Santa Cruz, ubicadas en el perímetro de la Delegación Iztapalapa.

Al respecto, con los oficios núms. DCM/DGMS/OM/SSP/656/2013 y DGAT/1297/2013 del

23 de abril y 28 de junio de 2013, respectivamente, la SSP remitió al Director General

de Apoyo Técnico del SESNSP y éste a su vez a la Dirección General de Vinculación

y Seguimiento del SESNSP, en ese orden, los expedientes técnicos de las acciones a

realizar en la Delegación Iztapalapa, en cumplimiento de la regla décima tercera de las

Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados

cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así

como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones

territoriales.

Por lo expuesto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa

con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, en

los conceptos establecidos en las Reglas mencionadas.

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611 VOLUMEN 5/18

Red Nacional de Telecomunicaciones

14. Resultado

En la regla novena, fracción I, letra D, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios

a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de las opciones

de destino de gasto del subsidio el programa con prioridad nacional Red Nacional de

Telecomunicaciones, para llevarse a cabo en los conceptos de profesionalización, equipamiento

e infraestructura.

Al respecto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el programa con

prioridad nacional Red Nacional de Telecomunicaciones para adquirir radios móviles,

computadoras, impresoras, red central, router (dispositivos de interconexión de redes

informáticas), telefonía central y no break, de los cuales el primer tipo de bien fue sujeto de

revisión. El equipo adquirido está contemplado en el Catálogo de Bienes del SUBSEMUN 2013,

publicado en la página de Internet del SESNSP, de conformidad con las Reglas para

el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan

a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno

del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales.

Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos)

15. Resultado

En la regla novena, fracción I, letra E, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios

a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la

ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal

para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de

las opciones de destino de gasto del subsidio el programa con prioridad nacional Sistema

Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos), para llevarse a cabo

en los conceptos de profesionalización, equipamiento e infraestructura.

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612 VOLUMEN 5/18

Al respecto, la SSP no ejerció recursos en el programa con prioridad nacional Sistema Nacional

de Información de Seguridad Pública, por corresponder éste a la Procuraduría General de

Justicia del Distrito Federal.

Servicios de Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089

16. Resultado

En la regla novena, fracción I, letra F, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios

a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de las opciones

de destino de gasto del subsidio el programa con prioridad nacional Servicios de Llamadas de

Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089, para llevarse a cabo en los conceptos

de profesionalización, equipamiento e infraestructura.

Al respecto, la SSP no ejerció recursos en el programa con prioridad nacional Servicios de

Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089 por corresponder éste al Centro

de Atención a Emergencia y Protección Ciudadana de la Ciudad de México.

Equipamiento y Profesionalización

Delegación Iztapalapa

17. Resultado

En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció un monto de 15,508.5 miles de pesos como parte

del programa con prioridad nacional Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con

Participación Ciudadana, con cargo a las partidas 3331 “Servicios de Consultoría Administrativa,

Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información” (13,951.1 miles de pesos) y 3341

“Servicios de Capacitación” (1,557.4 miles de pesos), por medio de 26 CLC. Se seleccionaron

para su revisión nueve CLC por un importe de 7,102.0 miles de pesos (45.8% del total

ejercido con recursos del SUBSEMUN), expedidas para pagar dos contratos celebrados

por servicios de capacitación en proyectos considerados en el Catálogo de Programas

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613 VOLUMEN 5/18

y Proyectos para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013,

que se relacionan a continuación:

Partida

Contrato

Número Fecha Prestador del servicio

Objeto

3331 IZTP/DGA/AD-C33/325/2013 20/IX/13 Centros de Estudios para la Seguridad Ciudadana y la Justicia, S.C.

Cursos relativos a cinco proyectos de prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana.

3341 IZTP/DGA/AD/224/2013 26/VI/13 CAA Consulting & Advising Group, S.C.

Capacitación especializada en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias, a efecto de fortalecer el desempeño de las funciones en materia de seguridad.

En la revisión de los expedientes de los contratos seleccionados como muestra, se constató

que la Delegación Iztapalapa llevó a cabo los procedimientos de adjudicación de conformidad

con lo siguiente:

1. Los servicios fueron solicitados mediante las requisiciones que se enlistan a continuación:

Número de contrato Requisición

Suficiencia

presupuestal

Número Fecha Folio Fecha

IZTP/DGA/AD-C33/325/2013 0777 23/VIII/13 009077 22/XII/13

IZTP/DGA/AD/224/2013 0452 15/V/13 050452 24/XI/13

Las requisiciones cuentan con la justificación de “fortalecer el desempeño de las funciones

en materia de seguridad”, y con los nombres, cargos y firmas de visto bueno y autorización

del Coordinador de Seguridad Pública y de la Jefa de Unidad Departamental de

Presupuesto, adscrita a la Dirección General de Administración en la Delegación

Iztapalapa, otorgando suficiencia presupuestal por 6,402.0 miles de pesos a la partida

3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías

de la Información” y 700.0 miles de pesos a la 3341 “Servicios de Capacitación”.

2. Originalmente, la Delegación Iztapalapa llevó a cabo la invitación a cuando menos tres

personas núm. I3P/DIZ/DGA/001/2013, cuyo expediente se integró con la documentación

derivada del proceso: requisiciones; suficiencia presupuestal; estudio de mercado;

justificación; oficios de invitación; bases; y actas de aclaración de bases, de recepción

y de presentación de propuestas.

Page 614: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

614 VOLUMEN 5/18

En la junta de presentación de proposiciones celebrada el 24 de junio de 2013, se declaró

desierto el procedimiento de adjudicación, toda vez que no se contó con un mínimo de

tres propuestas que cumplieran cuantitativamente los requisitos solicitados en las bases

de la invitación, por lo que de conformidad con el artículo 43, último párrafo, de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013, se

adjudicaron de manera directa los servicios sujetos a revisión, objeto del procedimiento

original.

3. Los procedimientos de adjudicación directa de cinco proyectos de prevención social

de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana, y uno de capacitación

especializada en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias, a efecto de fortalecer

el desempeño de las funciones en materia de seguridad, se desarrollaron como sigue:

a) Los contratos núms. IZTP/DGA/AD/224/2013 e IZTP/DGA/AD-C33/325/2013 del

26 de junio y 20 de septiembre de 2013, respectivamente, se adjudicaron de manera

directa con fundamento en el artículo 43, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013, por lo que el

Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios no tuvo

que dictaminar los casos, previo a su adjudicación. Además, la Delegación Iztapalapa

no tuvo que ajustarse a los montos máximos de actuación y no modificó los requisitos

establecidos en las bases del procedimiento.

Cabe señalar que en la novena sesión ordinaria del Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios celebrada el 20 de septiembre de 2013,

se comunicó la adjudicación directa del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C33/325/2013,

para lo cual el Coordinador General de Seguridad Pública del órgano político-

administrativo emitió la justificación autorizada por el Jefe Delegacional en Iztapalapa,

para la contratación de los servicios sujetos a revisión bajo el procedimiento de

adjudicación directa, con la cual acreditó los criterios en los que se fundaron

y justificaron las razones en las que se sustentó el ejercicio de dicha opción de

adjudicación directa, en cumplimiento del artículo 40, segundo párrafo, de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.

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615 VOLUMEN 5/18

b) Los prestadores de servicios presentaron las pólizas de fianza del 26 de junio y 20 de

septiembre de 2013, en ese orden, por 90.5 miles de pesos y 827.8 miles de pesos,

respectivamente, expedidas a nombre de la SEFIN por Fianzas Dorama, S.A.,

y Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., para garantizar el cumplimiento de las

obligaciones a su cargo derivadas del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C33/325/2013

de la misma fecha. Dichas fianzas correspondieron al 15.0% del valor del contrato

sin considerar impuestos.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa llevó a cabo la contratación de cinco

proyectos de prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana

y uno de capacitación especializada en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias,

a efecto de fortalecer el desempeño de las funciones en materia de seguridad, por medio

del procedimiento de adjudicación directa con fundamento en la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2013; acreditó de

manera suficiente los criterios en los que sustentó el ejercicio de la opción; y garantizó

el cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos celebrados.

18. Resultado

En las cláusulas primera, “Objeto del Contrato”, y los Anexos I, de los contratos

núms. IZTP/DGA/AD/224/2013 e IZTP/DGA/AD-C33/325/2013 de fechas 26 de junio

y 20 de septiembre de 2013, respectivamente, por 700.0 miles de pesos y 6,402.0 miles

de pesos, en ese orden, se estableció que los prestadores de servicios Centro de

Estudios para la Seguridad Ciudadana y la Justicia, S.C., y CAA Consulting & Advising

Group, S.C., proporcionarían a la Delegación Iztapalapa los proyectos de consultoría

y capacitación en los programas siguientes: “Programa de detección y prevención del

maltrato infantil en el ámbito local”; “Programa de prevención de la violencia contra las

mujeres”; “Unidades especializadas de la Policía para la prevención de la violencia

familiar y de género”; “Red de escuelas de prevención social de las violencias, consejos

o comités municipales de participación ciudadana en seguridad”; “Programas de cultura de

paz para niñez y juventudes a través de estrategias creativas”; y “Capacitación especializada

en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias, a efecto de fortalecer el desempeño

de las funciones en materia de seguridad”.

Page 616: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

616 VOLUMEN 5/18

Se constató que la Delegación Iztapalapa recibió los 89 entregables, 74 relativos a cinco

proyectos de prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana,

y 15 por la capacitación especializada en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias,

a efecto de fortalecer el desempeño de las funciones en materia de seguridad, objeto de

los contratos sujetos a revisión. La efectiva prestación de los servicios, así como la

recepción de los entregables conforme a lo previsto en el instrumento jurídico, fue avalada

por el Coordinador General de Seguridad Pública en el órgano político-administrativo, por

lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.

Secretaría de Seguridad Pública

19. Resultado

En 2013, la SSP erogó un monto de 53,595.3 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN en

el Programa con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad

Pública. Se seleccionaron para su revisión tres CLC por un importe de 5,350.1 miles de pesos,

expedidas con cargo a las partidas 2711 “Vestuario y Uniformes” y 2831 “Prendas de

Protección para Seguridad Pública y Nacional” para pagar un convenio interinstitucional y tres

convenios institucionales, por la adquisición de 4,756 prendas para conformar uniformes

entregados a elementos policíacos de la dependencia, 800 fundas para chalecos balísticos

y 95 chalecos balísticos, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV, que se relacionan

a continuación:

(Miles de pesos)

Partida

Convenio interinstitucional/institucional

Número Fecha Monto Pagado

Objeto

2711 SSP/BE/CI/A/295/2013 y convenio modificatorio núm. SSP/BE/CI/A/CM/057/2013

10/IX/13 20/XII/13

2,999.3 Prendas para conformar uniformes entregados a elementos policíacos de la dependencia

2831 SSP/BE/CI/A/191/2013 20/VI/13 1,461.6 Adquisición de fundas para chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV

2831 SSP/BE/CI/A/452/2013 30/X/12 889.2 Adquisición de chalecos balísticos, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV

Total 5,350.1

Page 617: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

617 VOLUMEN 5/18

En la revisión de los expedientes de los contratos seleccionados como muestra, se constató

que la SSP llevó a cabo los procedimientos de adjudicación de conformidad con lo siguiente:

1. Los bienes fueron solicitados mediante las requisiciones que se enlistan a continuación:

Descripción Requisición de compra

Justificación Número Fecha

Prendas para conformar uniformes entregados a elementos policíacos de la dependencia

707 4/IX/13 Atender las necesidades del personal operativo que cubre servicios de policía de proximidad.

Fundas para chalecos balísticos 385 7/V/13 Ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.

Chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV

842 21/X/13 Ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.

La requisición núm. 707 cuenta con los nombres, cargos y firmas de elaboración y visto

bueno del Subsecretario de Operación Policial (área requirente), mientras que las

núms. 385 y 842 cuentan con los nombres, cargos y firmas del Director de Armamento de

la SSP como responsable de su elaboración y, en ambos casos, fueron autorizadas

por el Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento, están selladas con la

leyenda “Artículos sin existencia en almacén general” y están soportadas con los oficios

de otorgamiento de suficiencia presupuestal con los que la Dirección General de

Recursos Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP otorgó suficiencia presupuestal a

las partidas 2711 “Vestuario y Uniformes” y 2831 “Prendas de Protección para Seguridad

Pública y Nacional”.

Cabe señalar que el Subsecretario de Operación Policial y el Director de Armamento,

ambos adscritos a la SSP, emitieron las justificaciones para la adquisición de vestuario

para el personal operativo que cubre servicios de policía de proximidad y las prendas

de protección para seguridad pública y nacional bajo procedimientos de adjudicación

directa, con las cuales acreditó los criterios en los que se fundaron y justificaron las

razones en las que se sustentó el ejercicio de dichas opciones de adjudicación directa.

Page 618: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

618 VOLUMEN 5/18

2. El artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

vigente en 2013, establece que no están dentro del ámbito de su aplicación los contratos

que celebren alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal con

alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa.

3. Por lo anterior, la SEDENA y la SSP celebraron el convenio de colaboración institucional,

así como los convenios administrativos interinstitucionales, cuyos objetos ya fueron

señalados en el presente resultado. En dichos instrumentos jurídicos quedó establecido

que la SEDENA entregaría a la SSP los bienes con toda oportunidad, informándole la

disponibilidad en los almacenes, así como el peso y volumen aproximado de los mismos.

Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la adquisición de 4,756 prendas

para conformar uniformes, 800 fundas para chalecos balísticos y 95 chalecos balísticos,

nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV, con fundamento en la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2013;

asimismo, acreditó de manera suficiente los criterios en los que sustentó el haber realizado

las adjudicaciones de las adquisiciones de forma directa.

20. Resultado

En los convenios de colaboración institucional y administrativos interinstitucionales seleccionados

como muestra, quedó establecido que la SEDENA entregaría los bienes a la SSP con toda

oportunidad, informándole la disponibilidad en los almacenes, así como el peso y volumen

aproximado de las prendas. Al respecto, se observó que mediante cinco notas de entrada

al almacén, las cuales cuentan con los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos

responsables de su elaboración y de la recepción de los bienes en el almacén general, así como

con el nombre y firma del Jefe de Unidad Departamental de Almacén Central, la SSP registró

la efectiva y oportuna recepción de los bienes adquiridos, de conformidad con lo siguiente:

Número de convenio Nota de entrada al almacén general

Fecha Fecha real de recepción en almacén general

SSP/BE/CI/A/295/2013 y SSP/BE/CI/A/CM/057/2013

201400068 13/VI/13 10/VII/14

SSP/BE/CI/A/191/2013 201400026 18/II/14 23/XII/13

SSP/BE/CI/A/452/2013 201400073 25/VI/14 24/VI/14

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619 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, se concluye que la SEDENA entregó a la SSP los bienes adquiridos conforme

lo establecido en los instrumentos jurídicos celebrados, por lo que no fue necesaria la aplicación

de penas convencionales o sanciones.

21. Resultado

El 31 de julio de 2014, se llevaron a cabo visitas de inspección física a las instalaciones de seis

sectores de la SSP, en las que se verificó que el vestuario, los uniformes y las prendas de

protección para seguridad pública y nacional adquiridas, fueron para el cumplimiento de las

funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que tiene encomendadas

la dependencia, y están vinculadas con la seguridad pública, según las relaciones y los

resguardos proporcionados por la SSP que acreditan que los uniformes y las prendas de

protección les fueron entregados a los elementos policíacos de la dependencia.

22. Resultado

En 2013, la SSP erogó un monto de 4,957.2 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN

en el programa con prioridad nacional Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en

Control de Confianza, en particular en el concepto Evaluación de Control de Confianza, con

cargo a la partida 3993 “Subrogaciones”. Se seleccionaron para su revisión siete CLC por

el 100.0% del presupuesto ejercido en dicho concepto, expedidas para pagar la prestación

del servicio de aplicación de 12,393 exámenes químico-toxicológicos de drogas de abuso

para elementos policíacos de la Delegación Iztapalapa.

Del análisis a la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados por

la SSP a Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:

1. Por medio de las solicitudes de servicios y/o arrendamientos núms. 88 del 31 de diciembre

de 2012, y 103 y 882 del 4 de enero y 11 de noviembre de 2013, respectivamente,

el Director de Evaluación Médica y Toxicológica y el Director General del Centro de

Control de Confianza de la SSP, solicitaron la aplicación de 33,022 exámenes químico

toxicológicos de drogas de abuso, con la justificación de “dar cumplimiento a las metas

establecidas por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación y atendiendo las

funciones encomendadas a la Dirección de Evaluación Médico Social, una vez determinado

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620 VOLUMEN 5/18

el compromiso de la revalidación de la Licencia Oficial Colectiva para la Portación

de Arma de Fuego del Personal Operativo de esta Secretaría, y toda vez que no se

cuenta con la infraestructura técnica y humana suficiente para la práctica de los exámenes

respectivos, se requiere subrogar este servicio a una empresa debidamente constituida

y que cumpla con las normas oficiales en la materia, que se ajuste a las necesidades

del Centro de Control de Confianza y cumpla los requisitos marcados para tal fin,

por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación”. Las solicitudes de servicios

y/o arrendamientos cuentan con los nombres, cargos y firmas del Director de Evaluación

Médica y Toxicológica como área requirente, del Director General del Centro de Control

de Confianza como responsable de otorgar el visto bueno, y del Director de Adquisiciones,

Almacenes y Aseguramiento como responsable de autorizarlas. Asimismo, con los oficios

de otorgamiento de suficiencia presupuestal núms. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/089

y SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/090/2013 del 23 de enero y SMP/DP/DGRF/OM/SSP/1083/2013

del 14 de noviembre de 2013, la Subdirectora de Programación y Presupuesto y la Directora

de Presupuesto autorizaron otorgaron suficiencia presupuestal por 13,209.2 miles de

pesos a la partida 3993 “Subrogaciones”.

2. La contratación del servicio se realizó por medio del procedimiento de invitación

a cuando menos tres personas, con fundamento en el artículo 41, fracción IV, de la

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013,

por lo que el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

lo dictaminó favorablemente en su décimo tercera sesión ordinaria celebrada el 21 de

diciembre de 2012.

3. El procedimiento de la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITPS/04/13

se desarrolló de la siguiente manera:

a) Mediante tres oficios sin número del 15 de enero de 2013, el Director de Adquisiciones,

Almacenes y Aseguramiento invitó a Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,

Biogéminis, S.A. de C.V., y Laboratorio Médico Polanco, S.A. de C.V., a participar

en la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITPS/04/13, en cumplimiento

de las especificaciones de condiciones de venta, precios unitarios, marca y modelo de

los bienes ofertados, importe por partida, subtotal de la partida, IVA y total,

vigencia de la cotización de los bienes o prestación de los servicios, plazo de entrega

y período de prestación del servicio, y anexó la solicitud de servicio.

Page 621: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

621 VOLUMEN 5/18

b) El expediente de la invitación a cuando menos tres personas se integró con la

siguiente documentación: solicitud de servicio; suficiencia presupuestal; justificación;

oficios de autorización y de invitación; cotizaciones; estudios de precios de mercado;

bases de invitación a cuando menos tres personas; actas de junta de aclaración

de bases, de recepción de propuestas, de recepción de documentación legal y

administrativa y de apertura de las propuestas técnicas y económicas; dictámenes de

evaluación de propuestas y de fallo; y listas de asistencia de los participantes,

de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.

c) Derivado del fallo de la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITPS/04/13

del 30 de enero de 2013, y conforme al plazo establecido en las bases de la citada

invitación a cuando menos tres personas, en esa misma fecha se formalizó el contrato

núm. SSP/BE/S/080/2013 con Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,

por un monto de 11,007.7 miles de pesos (IVA incluido), de los cuales 4,957.2 miles

de pesos fueron para la prestación del servicio de aplicación de 12,393 exámenes

químico toxicológicos de drogas de abuso para elementos policíacos de la Delegación

Iztapalapa, toda vez que cumplió con todos los requisitos técnicos, administrativos,

legales y económicos de conformidad con lo establecido en el artículo 36 BIS de

la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente

en 2013. El contrato reunió los requisitos mínimos establecidos en dicha Ley y su

Reglamento vigentes en 2013.

d) El 10 de junio de 2013, la SSP y Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,

celebraron el Convenio Modificatorio núm. SSP/BE/CM/014/2013, con la finalidad

de modificar la fecha de la prestación del servicio para quedar del 22 de febrero al

31 de diciembre de 2013.

e) El 15 de noviembre de 2013, la SSP y Laboratorio Químico Clínico Azteca,

S.A. de C.V., celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/053/2013,

con la finalidad de modificar la cláusula segunda, “Valor Total del Servicio”, de

11,007.7 miles de pesos (IVA incluido) a 13,208.9 miles de pesos, lo cual

representó un incremento del 20.0% en relación con el monto del contrato original,

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622 VOLUMEN 5/18

en cumplimiento del artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.

f) El prestador de servicios presentó una póliza de fianza de fecha 22 de febrero

de 2013 por 948.9 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por Afianzadora

Aserta, S.A. de C.V., y con fecha 15 de noviembre de 2013 la incrementó

a 1,138.7 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su

cargo derivadas del contrato núm. SSP/BE/S/080/2013 del 22 de febrero de 2013

y de su convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/053/2013 del 15 de noviembre

de 2013. Dichas fianzas correspondieron al 10.0% del valor del contrato y del convenio

modificatorio, sin considerar impuestos.

Por lo anterior, se concluye que la SSP realizó la contratación del servicio para la aplicación

de exámenes químico toxicológicos de drogas de abuso conforme a lo dispuesto en la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes

en 2013; que acreditó de manera suficiente los criterios en los que sustentó el haber adjudicado

el contrato por medio de una invitación a cuando menos tres personas; y que garantizó el

cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato y convenios modificatorios celebrados.

23. Resultado

En la cláusula primera, “Objeto del Contrato”, y en el Anexo del contrato

núm. SSP/BE/S/080/2013 del 22 de febrero de 2013 y de su convenio modificatorio

núm. SSP/BE/CM/053/2013 del 15 de noviembre de 2013 por un monto modificado de

13,208.9 miles de pesos (IVA incluido), se estableció que el prestador de servicios Laboratorio

Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., aplicaría 33,022 exámenes químico toxicológicos de

drogas de abuso, de los cuales 12,393 se aplicarían a elementos de la Delegación Iztapalapa.

Con la suscripción de siete actas circunstanciadas de diferentes fechas por parte del

Director de Evaluación Médica Social de la SSP y del representante legal del prestador de

servicios, y con la firma de la Directora General del Centro de Control de Confianza de la SSP

en las facturas núms. FAREY3512 del 27 de mayo, FAREY4902 y FAREY4903 del 29 de julio,

FAREY5574 del 30 de agosto, FAREY6872 del 5 de noviembre y FAREY7294 del 27 de

noviembre, todas de 2013, y FAREY008036 y FAREY008037 del 8 de enero de 2014,

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623 VOLUMEN 5/18

la SSP hizo constar la recepción de 5,473 exámenes a su entera satisfacción y el cumplimiento

del objeto del contrato celebrado.

Por lo anterior, se concluye que el prestador de servicios entregó a la SSP los resultados

de los exámenes químico-toxicológicos de drogas de abuso en los plazos establecidos en

el contrato, por lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.

24. Resultado

El 1o. de agosto de 2014, se revisó en la Dirección Ejecutiva de Planeación, Resguardo

y Control de la Información de la SSP, una muestra de 66 expedientes de elementos

policíacos y se verificó que incluían el examen químico toxicológico realizado en cumplimiento

de las funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que tiene encomendadas

la dependencia y que están vinculadas con la seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.

25. Resultado

En 2013, la SSP erogó un monto de 46,099.6 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN

en el programa con prioridad nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad

Pública, en particular en el concepto Equipamiento. Se seleccionaron para su revisión tres CLC

por 11,126.2 miles de pesos, con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la

Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, mismas

que fueron para la adquisición de 20 vehículos sedán y 6 pick-up doble cabina, destinados

para actividades vinculadas a la seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.

Del análisis a la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados por

la SSP a Comercial Crymex, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:

1. Por medio de las requisiciones de compra núms. 359 y 360 del 2 de mayo de 2013,

el Director de Transportes de la SSP solicitó la adquisición de vehículos con la justificación

de contar “cuando menos con una unidad por zona de patrullaje, en perfectas

condiciones y de modelo reciente, independientemente de las unidades que se destinen

a la supervisión operativa o actividades administrativas […] para lograr una adecuada

operación de los servicios de protección en el área que conforma la Ciudad de México”.

Page 624: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

624 VOLUMEN 5/18

Las requisiciones cuentan con los nombres, cargos y firmas del Jefe de Unidad

Departamental de Servicios Generales como responsable de su elaboración, de la Dirección

Ejecutiva de Sistemas como área requirente, y del Subdirector de Recursos Materiales

y Servicios Generales como responsable de autorizarlas. Asimismo, con los oficios de

otorgamiento de suficiencia presupuestal núms. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/511/2013

y SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/512/2013, ambos del 17 de mayo de 2013, la Subdirectora

de Programación y Presupuesto y la Directora de Presupuesto autorizaron y otorgaron

suficiencia presupuestal, en ese orden, por 57,473.5 miles de pesos, a la partida 5411

“Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública

y Atención de Desastres Naturales”.

2. La adquisición de los vehículos se realizó por medio del procedimiento de licitación

nacional presencial, con fundamento en los artículos 25; 26, fracción I; 26 Bis, fracción I;

y 28, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

vigente en 2013.

3. El procedimiento de Licitación Nacional Presencial núm. LA-036000993-N4-2013

se desarrolló de la siguiente manera:

a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía

Mayor del Gobierno del Distrito Federal autorizó la adquisición mediante el formato

DAABR “Autorización de Adquisiciones de Bienes Restringidos” del 17 de junio de 2013.

b) Las bases para la adquisición de vehículos tipo pick-up y sedán se emitieron de

conformidad con el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público vigente en 2013.

c) Las bases de la licitación se publicaron por medio de Compranet, de conformidad

con el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2013.

d) El expediente de la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013 se

integró con la siguiente documentación: cotización de diversos licitantes y cuadro

comparativo; actas de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura

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625 VOLUMEN 5/18

de proposiciones técnicas y económicas y de fallo; documentación legal y

administrativa de los licitantes; análisis cualitativo de la documentación legal

y administrativa; y tabla comparativa de precios más bajos, de conformidad con

los artículos 33 Bis; 35 fracción III; 36; y 36 Bis, de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.

e) Derivado del fallo de la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013,

y conforme al plazo establecido en las bases, se formalizó el contrato

núm. SSP/BE/A/230/2013 con el proveedor Comercial Crymex, S.A. de C.V., por un

monto de 97,255.3 miles de pesos (IVA incluido), de los cuales 11,126.2 miles de

pesos correspondieron a la adquisición de los bienes sujetos a revisión, toda vez

que cumplió con todos requisitos técnicos, administrativos, legales y económicos

establecidos en los artículos 25; 26, fracción I; 28, fracción I; y 45, de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.

El contrato reunió los requisitos que señalan la citada ley y su Reglamento vigentes

en 2013.

f) El 15 de noviembre de 2013, la SSP y el proveedor Comercial Crymex, S.A. de C.V.,

celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013 con la finalidad

de modificar el monto original de 97,255.3 miles de pesos a 101,916.5 miles de

pesos (4.8% respecto del monto original); la fecha de la entrega de los bienes

del 16 de julio al 14 de agosto de 2013; y la vigencia del contrato del 16 de julio

al 20 de agosto de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 91 del

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2013.

g) El proveedor presentó dos pólizas de fianza expedidas a nombre de la SEFIN por

Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., una de fecha 16 de julio de 2013 por 16,768.2 miles

de pesos, y otra de fecha 13 de agosto de 2013 por un monto de 17,751.8 miles de

pesos, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a su cargo derivadas

de la celebración del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 y de su convenio modificatorio

núm. SSP/BE/CM/028/2013. Dichas fianzas correspondieron al 20.0% del monto

del contrato y convenio, sin considerar el IVA.

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626 VOLUMEN 5/18

Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo una licitación nacional presencial para la

adquisición de vehículos conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público vigente en 2013; formalizó la adquisición por medio de un contrato que reunió los

requisitos que establece la citada Ley; y contó con las fianzas para garantizar el cumplimiento

de las condiciones pactadas en el contrato y convenio modificatorio celebrados.

26. Resultado

En la cláusula cuarta, “Lugar y Fecha de la Entrega de los Bienes”, del contrato

núm. SSP/BE/A/230/2013 y del convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013, se

estableció que la fecha de entrega de 20 vehículos sedán y 6 pick-up doble cabina sería

el 14 de agosto de 2013.

Se suscribió un acta de entrega-recepción de fecha 14 de agosto de 2013, para hacer

constar la recepción de conformidad de los vehículos en el plazo y con las características

establecidas en el instrumento jurídico celebrado, la cual está firmada por el Subdirector

de Transporte Terrestre y por el Jefe de la Unidad Departamental de Control Vehicular,

ambos adscritos a la Dirección de Transportes de la SSP, y por el representante legal del

proveedor, así como por el Jefe de la Unidad Departamental de Transportes Especiales

y por el Jefe de la Oficina de Altas, Bajas y Cambios de Adscripción de la SSP en calidad

de testigos. Además, las facturas presentadas por el proveedor para cobro cuentan con la

firma del Director de Transportes, avalando la recepción de los vehículos.

Por lo anterior, se concluye que el proveedor entregó a la SSP los vehículos en los plazos

establecidos en el contrato y convenio modificatorio celebrados, por lo que no se aplicaron

penas convencionales ni sanciones.

27. Resultado

El 1o. de agosto de 2014, se realizó una visita de inspección física en el Sector Oasis de

la SSP, en la que se verificó la existencia de 20 vehículos sedán, así como de 20 radios

para patrullas instalados en igual número de vehículos tipo sedán, entregados mediante

20 documentos denominados “Vehículos asignación y/o cambio de adscripción, resguardados

e inventario de vehículos tipo automóvil” emitidos entre el 20 y el 27 de marzo de 2014.

Dichos bienes están operando en actividades de seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.

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627 VOLUMEN 5/18

28. Resultado

En 2013, la SSP erogó un monto de 1,300.0 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN

en el programa con prioridad nacional Red Nacional de Telecomunicaciones, en particular en

el concepto Equipamiento, con cargo a la partida 5411” “Vehículos y Equipo Terrestre

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”.

Se seleccionaron para su revisión tres CLC por un importe de 1,300.0 miles de pesos

para la adquisición de 26 radios para patrulla instalados en sendos vehículos tipo sedán

destinados a actividades vinculadas a la seguridad pública en beneficio de la Delegación

Iztapalapa.

La adquisición de los 26 radios para patrulla instalados en igual número de vehículos tipo

sedán con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de

Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” se formalizó con el

contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 suscrito con Comercial Crymex, S.A. de C.V., el cual

se adjudicó de acuerdo al procedimiento señalado en el resultado núm. 25 del presente

informe de auditoría, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2013, pero por corresponder al programa con

prioridad nacional Red Nacional de Telecomunicaciones se incluyeron en el presente apartado.

Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la adquisición de 26 radios para patrulla

de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

y su Reglamento vigentes en 2013; que acreditó de manera suficiente los criterios en los

que sustentó haber adjudicado el contrato bajo el procedimiento seleccionado; y que

garantizó el cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos celebrados.

29. Resultado

En la cláusula cuarta, “Lugar y fecha de la entrega de los bienes”, del contrato

núm. SSP/BE/A/230/2013, se estableció que el proveedor Comercial Crymex S.A. de C.V.,

entregaría 26 radios para patrulla instalados en igual cantidad de vehículos tipo sedán del

16 de julio al 20 de agosto de 2013, para ser utilizados en actividades vinculadas con la

seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.

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628 VOLUMEN 5/18

Mediante un acta de entrega-recepción del 14 de agosto de 2013, se dejó evidencia de la

recepción de 26 radios para patrulla instalados en sendos vehículos tipo sedán para ser

utilizados en beneficio de la Delegación Iztapalapa.

En conclusión, el proveedor entregó los radios para patrulla en los plazos establecidos

en el contrato celebrado, por lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.

30. Resultado

El 1o. de agosto de 2014, se realizó una visita de inspección física en el Sector Oasis de

la SSP, en la que se verificó la existencia de 20 radios para patrullas instalados en igual

número de vehículos tipo sedán, entregados mediante 20 documentos denominados

“Vehículos asignación y/o cambio de adscripción, resguardados e inventario de vehículos tipo

automóvil” emitidos entre el 20 y el 27 de marzo de 2014. Dichos bienes están operando

en actividades de seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.

Cabe señalar que los documentos de asignación de vehículos mediante los cuales se

documentó el resguardo de los bienes, cuentan con los nombres, cargos y firmas de los

servidores públicos responsables de su recepción y resguardo.

Infraestructura

Secretaría de Seguridad Pública

31. Resultado

En 2013, la SSP erogó un monto de 4,774.3 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN

en el programa con prioridad nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad

Pública, en particular en el concepto Infraestructura, con cargo a la partida 6221

“Edificación no Habitacional”. Se seleccionaron para su revisión 20 CLC por el 100.0% del

presupuesto ejercido en dicho concepto, expedidas para pagar trabajos de obra pública

para el mejoramiento y mantenimiento a instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana

Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz, ubicadas en el perímetro de la

Delegación Iztapalapa.

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629 VOLUMEN 5/18

Del análisis a la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados por

la SSP a Grupo Ingeniería, Diseño Arquitectónico y Construcción, S.A. de C.V., y Grupo

Constructor Maglen, S.A. de C.V, se determinó lo siguiente:

1. El Programa Anual de Obra Pública de 2013, publicado en la página de Internet de la

SSP, incluyó la programación de las obras seleccionadas para su revisión.

2. En la tercera y quinta sesiones ordinarias del Subcomité de Obras de la SSP, celebradas

el 4 de abril y 30 de mayo de 2013, respectivamente, se sometieron a dictaminación los

casos núms. 9 y 20 relativos al mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de

la Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa

Cruz, los cuales contaron tanto con la justificaciones elaboradas por la Dirección de

Construcción y Mantenimiento, adscrita a la Dirección General de Mantenimiento

y Servicios de la SSP, en las que se detalló la necesidad de realizar los trabajos de obra,

como con la autorización para adjudicarlos por medio de procedimientos de licitación

pública nacional.

3. Por medio de los formatos “Otorgamiento de Suficiencia Presupuestal”

núms. SSP/DPP/DGRF/OM/SSP/288/2013 y SSP/DPP/DGRF/OM/SSP/456/2013

del 11 de marzo y 3 de mayo de 2013, en ese orden, la Subdirección de Programación

y Presupuesto, adscrita a la Oficialía Mayor de la SSP, otorgó suficiencia presupuestal

a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”.

4. El mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana

Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz no consideraron trabajos que

modificaran los entornos ambiental, urbano y social, por lo que no fue necesario contar

con los estudios de impacto ambiental que prevén los artículos 20 de la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 24 de su Reglamento vigentes

en 2013.

5. Los procedimientos de licitación pública nacional núms. LO-909010998-N4-2013

y LO-909010998-N10-2013 se desarrollaron de la siguiente manera:

Page 630: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

630 VOLUMEN 5/18

a) Las convocatorias del concurso fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación

el 30 de mayo y 13 de junio de 2013, respectivamente, y contienen los requisitos

que establece el artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados

con las Mismas, y 31 de su Reglamento vigentes en 2013.

En la tercera y quinta sesiones ordinarias del Subcomité de Obras de la SSP,

la dependencia solicitó a la Contraloría Interna la designación de un representante

para el desarrollo de los procedimientos, en cumplimiento del artículo 41 de la Ley

de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas vigente en 2013.

b) Los expedientes de las licitaciones públicas nacionales se integraron con la

documentación derivada del proceso: requisición; presupuesto base (de referencia)

y catálogo de conceptos; bases; estudios de precios de mercado; actas de aclaración

de bases, de recepción de propuestas, de fallo, de recepción de documentación

legal y administrativa, y de apertura de las propuestas técnicas y económicas;

dictámenes técnico y económico de adjudicación; documentación legal; y ofertas

técnicas y económicas de los participantes, elaboradas y entregadas conforme a lo

dispuesto por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

vigente en 2013.

c) Derivado de los dictámenes de fallo de los procedimientos de licitación pública

nacional núms. LO-909010998-N4-2013 y LO-909010998-N10-2013 del 24 de junio

y 10 de julio de 2013, respectivamente, y en el plazo establecido en las bases de las

citadas licitaciones públicas, el 26 de junio y 12 de julio de 2013, en ese orden, se

formalizaron los contratos núms. 11 C0 01 2O 10/2013 y 11 C0 01 2O 15/2013, por un

monto de 2,996.4 miles de pesos (IVA incluido) y 1,967.3 miles de pesos (IVA incluido),

respectivamente, con Grupo Ingeniería, Diseño Arquitectónico y Construcción,

S.A. de C.V. y Grupo Constructor Maglen, S.A. de C.V., en ese orden, toda vez

que ofrecieron las mejores condiciones disponibles, en cumplimiento del artículo 38,

quinto párrafo, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

vigente en 2013.

El 18 de septiembre y 8 de noviembre del 2013, la Dirección General de Mantenimiento

y Servicios de la Delegación Iztapalapa suscribió los convenios modificatorios

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631 VOLUMEN 5/18

a los contratos núms. 11 C0 01 2O 10/2013 y 11 C0 01 2O 15/2013, para modificar

el catálogo de conceptos, reducir el monto contractual de 1,967.3 miles de pesos

(IVA incluido) a 1,777.9 miles de pesos (IVA incluido), y ampliar el plazo de ejecución

de la obra, con base en los dictámenes técnicos de las mismas fechas emitidos

por el titular de la Dirección General de Mantenimiento y Servicios y por el Director

de Construcción y Mantenimiento, ambos adscritos a la SSP.

Los períodos de ejecución modificados de los trabajos quedaron comprendidos

del 1o. julio al 28 de septiembre de 2013 para el contrato núm. 11 C0 01 2O 10/2013;

y del 15 de julio al 11 de noviembre de 2013 para el contrato núm. 11 C0 01 2O 15/2013,

plazos previstos en las bases de los concursos y convenio modificatorio.

Las adjudicaciones están soportadas con los dictámenes de adjudicación que señalan

los artículos 39 de la citada ley, y 68, primer párrafo, de su Reglamento vigentes

en 2013.

d) Respecto a la entrega de las garantías de anticipo y de cumplimiento de las

obligaciones, de la póliza de responsabilidad civil y de la fianza de vicios ocultos

pactadas en los contratos, se observó lo siguiente:

● La SSP no pactó otorgar anticipos a las contratistas conforme a lo establecido

en la cláusula quinta, “Anticipos”, de los contratos celebrados.

● En los plazos establecidos en las bases de los concursos y los contratos, las

contratistas presentaron pólizas de fianza del 26 de junio y 12 de julio de 2013,

expedidas a nombre de la SEFIN por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., y Fianzas

Monterrey, S.A., respectivamente, por importes de 299.6 miles de pesos y

196.7 miles de pesos, en ese orden, para garantizar el cumplimiento de las

obligaciones a su cargo derivadas de los contratos núms. 11 C0 01 2O 10/2013

y 11 C0 01 2O 15/2013. Dichas fianzas correspondieron al 10.0% del valor de

los contratos incluyendo el IVA.

● El 1o. y 12 de julio de 2013, en los plazos establecidos en las bases de

los concursos y los contratos, las contratistas presentaron las pólizas

de responsabilidad civil de las mismas fechas, expedidas por Seguros

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632 VOLUMEN 5/18

Banorte-Generali, S.A. de C.V., y Seguros Afirme, S.A. de C.V., por importes

de 258.3 miles de pesos y 169.6 miles de pesos, respectivamente.

● Dentro de los plazos establecidos en las bases de los concursos y los contratos,

los contratistas presentaron las pólizas de vicios ocultos del 30 de septiembre

y 9 de enero de 2014, expedidas a nombre de la SEFIN por Afianzadora

Aserta, S.A. de C.V., y ACE Fianzas Monterrey, S.A., respectivamente, por importes

de 299.6 miles de pesos y 177.8 miles de pesos, en ese orden.

6. La SSP designó a la supervisión interna y notificó la residencia de obra con anterioridad

al inicio de las obras, conforme a lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas vigente en 2013.

7. La verificación de la terminación de los trabajos se llevó a cabo el 11 de octubre

y 16 de diciembre de 2013, y la suscripcion de las actas de entrega-recepción de los

trabajos el 28 de noviembre de 2013 y 29 de enero de 2014, dentro de los plazos

establecidos en los contratos y convenio modificatorio celebrados (13 de octubre

y 10 de diciembre de 2013 para el contrato núm. 11 C0 01 2O 10/2013 y 25 de

diciembre y 14 de febrero de 2014 para el contrato núm. 11 C0 01 2O 15/2013).

Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la contratación de los trabajos para el

mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana

Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz, de conformidad con lo dispuesto

en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento

vigentes en 2013; que recibió en tiempo y forma las garantías de cumplimiento y de vicios

ocultos, así como las pólizas de responsabilidad civil presentadas por las contratistas;

y que recibió y finiquitó los trabajos dentro de los plazos convenidos, por lo que no fue

necesaria la aplicación de penas convencionales.

32. Resultado

Se verificó que los pagos por el mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de la

Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz,

con cargo a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”, están soportados con las

estimaciones de obra derivadas de los trabajos realizados, las cuales están firmadas por

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633 VOLUMEN 5/18

el Director de Construcción y Mantenimiento quien las autorizó, por el Jefe de Unidad

Departamental de Supervisión, quien fungió como residente de obra, y por el supervisor

interno, con lo que se comprobó que el presupuesto asignado a las obras públicas contratadas

fue devengado conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de la Ley Federal

de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente en 2013.

Las estimaciones de obra fueron soportadas con los números generadores originales

autorizados por el Subdirector de Obras, el Jefe de Unidad Departamental de Supervisión

y el Supervisor Interno.

En los pagos de las estimaciones se aplicaron las deducciones referentes al 1.5%, por

derechos de supervisión y revisión de las obras públicas por contrato de los trabajos del GDF

(SRCOP-DF); al 2.0%, por servicios de auditoría de los contratos de obras o de servicios

relacionados con las mismas (SACOP-CG); al 0.20% Instituto de Capacitación de la Industria

de la Construcción (ICIC); al 0.10% del Colegio de Ingenieros Civiles de México (CICM);

y al 0.005% por derechos por el servicio de vigilancia, investigación y control (D.S.V.I.C.S.F.P.).

Por dichas deducciones, la SSP emitió las CLC de operaciones ajenas correspondientes,

en cumplimiento del numeral 49 del apartado D, “Cuenta por Liquidar Certificada de

Operaciones Ajenas”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

Por lo expuesto, se concluye que los pagos por los trabajos de obra de mejoramiento

y mantenimiento a las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana Montada

Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz con cargo a la partida 6221 “Edificación no

Habitacional”, se soportaron con las estimaciones derivadas de los trabajos realizados y con los

números generadores autorizados por los servidores públicos facultados para ello.

33. Resultado

El 15 de julio de 2014, se realizó una visita de inspección a las obras ejecutadas al amparo

de los contratos núms. 11 C0 01 2O 10/2013 y 11 C0 01 2O 15/2013 y se constató que los

trabajos de mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de la Unidad de Policía

Metropolitana Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz fueron concluidos

y recibidos, y que se encuentran en funcionamiento.

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634 VOLUMEN 5/18

Cumplimiento de Objetivos y Metas del SUBSEMUN

34. Resultado

Con los oficios núms. SSP/OM/DGRF/2539/2013 del 21 de octubre de 2013,

y SSP/OM/DGRF/DP/100/2014 del 12 de febrero de 2014, la Dirección General de Recursos

Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió a la Dirección General de Vinculación

y Seguimiento del SESNSP dos formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados

SUBSEMUN 2013” de la Delegación Iztapalapa, correspondientes a los períodos de enero

a junio y de julio a diciembre de 2013, respectivamente, con desfases de 83 y 13 días naturales,

en ese orden.

En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo de

Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la SSP,

presentó el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 18 de agosto de 2014, por medio del

cual proporcionó copia del oficio núm. SESNSP/DGVS/6721/2013 del 2 de agosto de 2013,

con el que la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP solicitó al Director

General de Recursos Financieros de la SSP la “Ficha de Avance Semestral de Resultados

SUBSEMUN 2013” correspondiente al primer semestre de 2013, toda vez que el plazo

para su entrega había vencido el 30 de julio del mismo año.

También proporcionó copia de los oficios núms. SSP/OM/DGARF/1900/2013 y terminaciones

1901/2013, 1902/2013, 1903/2013, 2082/2013 y 2083/2013, los tres primeros del 15 de agosto

de 2013 y los dos últimos del 2 de septiembre del mismo año; y SSP/OM/DGARF/198/2014

y SSP/OM/DGARF/199/2014, ambos del 28 de enero de 2014, por medio de los cuales

el Director General de Recursos Financieros de la SSP solicitó a las áreas encargadas del

ejercicio de los recursos del SUBSEMUN (Direcciones Generales del Centro de Control

de Confianza, de Seguridad Privada y Procedimientos Sistemáticos de Operación, de

Carrera Policial y de Mantenimiento y Servicios), el requisitado de los formatos “Ficha

de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013” de la Delegación Iztapalapa,

correspondientes a los períodos de enero a junio y de julio a diciembre de 2013, lo cual

denota que no obstante que el Director General de Recursos Financieros de la SSP

gestionó ante las áreas de la SSP el requisitado de los formatos “Ficha de Avance Semestral

de Resultados SUBSEMUN 2013”, no los remitió oportunamente al SESNSP, por lo que

la observación del presente resultado no se modifica.

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635 VOLUMEN 5/18

Por no haber enviado oportunamente a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento

del SESNSP dos formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013”

de la Delegación Iztapalapa, la SSP incumplió el lineamiento décimo de los Lineamientos

Generales de Diseño y Ejecución de los Programas de Evaluación, Subsidios a los

Municipios y en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la

Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales (SUBSEMUN) 2013, que establece:

“Los beneficiario del SUBSEMUN deberán remitir a la DGVS [Dirección General de Vinculación

y Seguimiento] debidamente requisitada la ‘Ficha de Avance Semestral de Resultados

SUBSEMUN 2013’, en formato impreso y electrónico (Excel) durante los primeros 30 días

naturales posteriores al término del semestre correspondiente”.

En conclusión, la SSP remitió de forma desfasada a la Dirección General de Vinculación

y Seguimiento del SESNSP los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados

SUBSEMUN 2013” correspondientes a la Delegación Iztapalapa.

En el Informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf/103/13, practicada a la Delegación

Gustavo A. Madero, a la SSP y a la SEFIN, resultado núm. 34, recomendación

ASCprofcsaf-103-13-03-SSP, se contempla la conveniencia de que la SSP establezca

mecanismos de control para garantizar que los formatos “Ficha de Avance Semestral de

Resultados SUBSEMUN” se entreguen oportunamente a la Dirección General de Vinculación

y Seguimiento del SESNSP, en cumplimiento de los lineamientos que ésta determine,

por lo que se dará tratamiento a dichas circunstancias como parte del seguimiento de las

recomendaciones citadas.

35. Resultado

La Delegación Iztapalapa y la SSP cumplieron con los objetivos del SUBSEMUN, de

conformidad con lo siguiente:

1. La Delegación Iztapalapa y la SSP recibieron del SUBSEMUN un total de 77,549.7 miles

de pesos en 2013, los que representan el 0.5% de total del presupuesto en materia de

seguridad pública reportado por dichas unidades responsables del gasto 15,567,473.1 miles

de pesos).

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636 VOLUMEN 5/18

2. La Delegación Iztapalapa y la SSP ejercieron en conjunto el 99.0% (76,811.0 miles de

pesos) de los recursos federales asignados del SUBSEMUN (77,549.7 miles de pesos).

3. El control interno del SUBSEMUN es suficiente para mitigar los riesgos de control.

4. Las actividades de inversión con mayor impacto en atención a la política pública del

SUBSEMUN 2013 se dieron en el programa con prioridad nacional Profesionalización

de las Instituciones de Seguridad Pública, en particular en el concepto Equipamiento,

en el que destaca la adquisición de armas cortas, armas largas, municiones, vehículos

pick-up y sedán, chalecos balísticos, máscaras antigás, fundas para chalecos antibala,

escudos antimotines, espinilleras, vestuario y calzado; y en el concepto Infraestructura,

donde destacan los trabajos de mejoramiento y mantenimiento a instalaciones de la

Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz,

ubicadas en el perímetro de la Delegación Iztapalapa, con lo que se aprecia un esfuerzo

del GDF para mejorar sus instalaciones y brindar una mejor atención a la ciudadanía

en materia de seguridad.

5. Las obras públicas realizadas en las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana

Montada Guelatao y de la Subcomandancia Santa Cruz se encuentran concluidas

al 100.0% y permiten su adecuada operación.

6. La Delegación Iztapalapa y la SSP cumplieron al 100.0% con la entrega de los

informes trimestrales a la SHCP, y en la misma proporción la información remitida es

congruente con sus registros contables; sin embargo, se remitieron con desfases a las

instancias competentes.

7. Aun cuando los índices delictivos en la demarcación territorial presentaron en general

una disminución del 15.0%, y las actividades para la prevención del delito se llevaron

a cabo, todavía no se tiene un impacto significativo en la sociedad.

De acuerdo con el balance de los elementos anteriores, se concluye que la Delegación

Iztapalapa cumplió con los objetivos y metas establecidas en el SUBSEMUN para 2013.

Con el fin de apoyar la evaluación de los resultados del subsidio, se consideró un conjunto

de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente:

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637 VOLUMEN 5/18

INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL SUBSEMUN, CUENTA PÚBLICA DE 2013

Indicador Valor

1. Evaluación del Control Interno

I.1. El control interno del municipio resultó: (Suficiente, Insuficiente o Deficiente) Suficiente

2. Eficacia en el Cumplimiento del Programa de Inversión

II.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (Importe ejercido/Monto asignado). 99%

II.2. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (Importe pagado/Monto asignado). 99% II.3. Nivel de gasto al 30 de mayo de 2014 (Importe ejercido/Monto asignado). 99% II.4. Nivel de gasto al 30 de mayo de 2014 (Importe pagado/Monto asignado). 99%

II.5. Se recibieron todas las ministraciones del subsidio (Sí o No). Sí

II.6. Se recibieron oportunamente todas las ministraciones (Sí o No). Sí

3. Operación Policial

III.1. Número de personal policial con que cuenta el municipio. 2,576

III.2. Proporción de policías por cada habitante en 2012. 0.1%

III.3. Proporción de policías por cada habitante en 2013. 0.1%

III.4. Existe en el municipio el servicio de emergencia 066 (Sí o No). n.a.

III.5. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2012 (minutos) n.a.

III.6. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2013 (minutos) n.a.

III.7. Existe en el municipio el servicio de llamadas de emergencia 089 (Sí o No). n.a.

III.8. Cuántas denuncias se formalizaron a través del 089. n.a.

4. Importancia de la Aplicación del Subsidio en los Programas de Prioridad Nacional (%).

IV.1. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana (Importe aplicado/Monto total asignado). 20.2%

IV.2. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza (Importe aplicado/Monto total asignado). 6.5%

IV.3. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública (Importe aplicado/Monto total asignado). 69.8%

IV.4. Red Nacional de Telecomunicaciones (Importe aplicado/Monto total asignado). 3.6%

IV.5. Sistema Nacional de Información (Bases de Datos) (Importe aplicado/Monto total asignado). 0.0%

5. Eficiencia en el Uso de los Recursos

V.1. Índice de profesionalización de los elementos policiales con respecto al total de policías en la entidad fiscalizada en 2013 (%) 18.8%

V.2. Destino de gasto en equipamiento de los cuerpos de seguridad pública respecto a los programas con prioridad en 2013 (%). 63%

V.3. Índice del destino de gasto en infraestructura de instalaciones de seguridad pública respecto a los programas con prioridad en 2013 (%) 8.7%

6. Transparencia en la Aplicación de los Recursos

VI.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP (% de informes remitidos). 100.0%

VI.2. El municipio difundió en su página de internet, órgano local oficial de difusión y otros medios locales de comunicación, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del subsidio (Formato Único y Formato de Nivel Subsidio) (Sí, No, Parcialmente). Sí

7. Impacto y Cumplimiento de Metas y Objetivos

VII.1. Importancia del SUBSEMUN respecto del presupuesto total asignado al municipio en materia de seguridad pública (%). 0.5%

VII.2. Se cumplieron las metas convenidas en el Anexo Técnico del Convenio de Adhesión (Sí, No o Parcialmente). Sí

VII.3. Variación % de la incidencia delictiva en el municipio o en la demarcación territorial del Distrito Federal en 2013 respecto a 2012. 15%

VII.4. Se realizaron reprogramaciones al recurso del SUBSEMUN 2013 en el municipio (Sí o No) Sí

VII.5. Porcentaje del recurso del SUBSEMUN 2013 que fue reprogramado a otras obras o acciones (%). 87.4%

8. Evaluación del Subsidio

VIII.1. El municipio realizó al cierre del ejercicio la evaluación sobre los resultados del SUBSEMUN prevista por la normativa (Sí o NO) Sí

FUENTES: Expedientes del SUBSEMUN, resultados de la auditoría e información proporcionada por la Delegación Iztapalapa y la SSP.

n.a. No aplicable.

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638 VOLUMEN 5/18

II.10.1.3. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”

Auditoría AFLB/137/13

ANTECEDENTES

La Delegación Iztapalapa ocupó el primer lugar respecto del presupuesto ejercido en 2013

por los 16 órganos político-administrativos del Gobierno del Distrito Federal (30,703,020.8

miles de pesos), con un monto de 4,057,536.8 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado

en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del año sujeto a revisión. Dicho importe

representó el 13.2% del total erogado por los mencionados entes de la Administración Pública

Centralizada y fue superior en 17.7% (609,898.6 miles de pesos), al presupuesto asignado

originalmente (3,447,638.2 miles de pesos).

Con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

la Delegación Iztapalapa ejerció 409,925.7 miles de pesos (10.1% de su presupuesto total),

que significó un incremento de 47.8% (132,588.3 miles de pesos) en relación con el presupuesto

original de dicho capítulo (277,337.4 miles de pesos) y una disminución de 7.5% (33,428.8 miles

de pesos), respecto de su presupuesto ejercido en 2012 (443,354.5 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Iztapalapa en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, de conformidad

con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los criterios generales de selección siguientes:

“Importancia Relativa”, toda vez que el presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” (409,925.7 miles de pesos), superó en 47.8%

(132,588.3 miles de pesos) su asignación original (277,337.4 miles de pesos); “Exposición

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639 VOLUMEN 5/18

al Riesgo”, por tratarse de un capítulo de gasto propenso a desperdicios, irregularidades,

ineficiencias e incumplimiento de objetivos y metas; y “Presencia y Cobertura”, para garantizar

que, eventualmente, todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles

de ser auditados (por estar incluidos en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal)

se revisen. Dichos criterios se encuentran contenidos en el Manual de Selección de Auditorías

vigente.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1o.; 2o., fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, VI, VII, VIII, IX y XIX; 9o.; 10o.,

incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; y 36

de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El gasto de la Delegación Iztapalapa con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, por 409,925.7 miles de pesos, se ejerció en tres partidas de gasto,

mediante 452 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 32 documentos múltiples (DM).

Derivado de los trabajos realizados en la fase de planeación de la auditoría y del estudio

y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar un monto de 83,445.2 miles

de pesos, ejercido mediante 7 CLC y 2 DM, en la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales

a Personas”, que representó el 20.4% del universo total ejercido en dicho capítulo, como

se observa a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido

% Cantidad Presupuesto

ejercido %

CLC DM CLC DM

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 420 32 392,230.4 95.7 7 2 83,445.2 20.4

Otras dos partidas 32 0 17,695.3 4.3 0 0 0.0 0.0

Total capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 452 32 409,925.7 100.0 7 2 83,445.2 20.4

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640 VOLUMEN 5/18

Para determinar la muestra de la partida sujeta a revisión, se consideraron los siguientes

criterios:

1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2013 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN) proporcionó

a esta entidad de fiscalización.

2. Considerar aquella partida de gasto que presentó la variación absoluta y relativa

más significativa entre los presupuestos original y ejercido en 2013, así como riesgos

de operación durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.

3. Ordenar el importe total ejercido en las actividades institucionales que tuvieron por objeto

ejercer recursos en programas sociales a cargo del órgano político-administrativo

y seleccionar las erogaciones más representativas realizadas, con cargo a cada uno de ellos.

4. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas del rubro en revisión realizadas

con cargo a la partida seleccionada.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración

de la Delegación Iztapalapa, por ser la encargada de administrar los recursos humanos,

materiales y financieros del órgano político-administrativo, conforme a las políticas,

lineamientos, criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal (OM) y la SEFIN; y en la Dirección General de Desarrollo Social y en la Coordinación

General de Seguridad Pública. La primera por ser la encargada de planear, organizar,

dirigir y controlar las políticas, programas y proyectos orientados al desarrollo social del

órgano político-administrativo; y la segunda por ser la encargada de formular, coordinar

y evaluar la política de seguridad pública, a través del establecimiento y organización del

Comité de Seguridad Pública, como instancia colegiada de consulta y participación

ciudadana, así como diseñar, proponer y supervisar programas de participación ciudadana

para la seguridad pública y la prevención del delito en la demarcación territorial.

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641 VOLUMEN 5/18

Evaluación del Control Interno

1. Se verificó que la Delegación Iztapalapa hubiese contado con mecanismos de control

suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pueden afectar

la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna,

el cumplimiento de la normatividad y la consecución de los objetivos.

2. Se analizó el manual administrativo del órgano político-administrativo vigente en 2013,

para verificar que sus apartados correspondieran a la estructura orgánica aprobada

y dictaminada, y que junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado, hubiesen

sido autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).

3. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control a la titular de la

Dirección General de Administración en el órgano político-administrativo, quien intervino

en las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,

devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos

hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias

a las que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

Gasto Aprobado

Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal, el Analítico

de Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado, todos correspondientes

al ejercicio fiscal de 2013, a fin de verificar si el techo presupuestal reportado se ajustó

al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.

Gasto Modificado

Se revisaron 16 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto asignado

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; se verificaron

las causas por las cuales se incrementó el presupuesto; y se verificó que el sujeto fiscalizado

contara con la documentación soporte de los cambios presupuestales efectuados.

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642 VOLUMEN 5/18

Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad

que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado

durante el período auditado. Las pruebas consistieron en lo siguiente:

Gasto Comprometido

1. Se verificaron los reportes mensuales de los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales que se erogaron con cargo al rubro revisado, con objeto de

conocer el presupuesto comprometido del órgano político-administrativo correspondiente

al ejercicio de 2013, y verificar que los recursos correspondieran a obligaciones de pago

respaldadas con documentos legales.

2. Se revisó que la Delegación Iztapalapa contara con la autorización expresa de su titular

para el otorgamiento de ayudas económicas y en especie, y para llevar a cabo la adquisición

de bienes mediante procedimientos distintos de la licitación pública; que las Reglas de

Operación de los Programas Sociales a cargo del sujeto fiscalizado, hayan contenido la

estructura de los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los

Programas Sociales, cubierto los requisitos de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito

Federal y que se hayan publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar

el 31 de enero del ejercicio sujeto a revisión; que los programas sociales a cargo del órgano

político-administrativo se hayan sujetado a los criterios de solidaridad social, equidad

de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad;

que el órgano político-administrativo hubiese informado al Comité de Planeación

del Desarrollo Social del Distrito Federal, a más tardar el 31 de enero del ejercicio en revisión,

la relación de programas o acciones que tuvieron el propósito de otorgar transferencias,

asignaciones, subsidios y otras ayudas; que la adquisición de bienes estuviera prevista en

el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS),

y soportada con requisiciones debidamente justificadas y firmadas por el personal

con atribuciones para autorizarlas; y que se hubiese contado con suficiencia presupuestal

y, en su caso, con la aprobación del Comité Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios.

3. Se verificó que la adquisición de bienes se hubiese ajustado a los procedimientos

que prevé la normatividad aplicable (adjudicación directa, invitación restringida a cuando

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643 VOLUMEN 5/18

menos tres proveedores y licitación pública nacional o internacional), y formalizado

mediante contrato con proveedores que no se encontraran inhabilitados por la Contraloría

General del Distrito Federal (CGDF) o por la Secretaría de la Función Pública (SFP);

que, en su caso, se hubieran celebrado convenios de terminación anticipada, en los

plazos establecidos; que se hubiesen realizado estudios de precios de mercado; que

los proveedores hubiesen presentado las garantías aplicables en los plazos

establecidos; que las operaciones autorizadas de conformidad con los artículos 54 y 55

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013, se hubiesen

comunicado a la SEFIN, a la CGDF y a la OM; y que los procedimientos de contratación

seleccionados como muestra se hubiesen ajustado a los montos de actuación

autorizados.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento;

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis); de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y del Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa,

todos vigentes en 2013.

Gasto Devengado

1. Se comprobó que cada uno de los programas sociales a cargo del órgano político-

administrativo que se llevaron a cabo en 2013, haya contado con un padrón de participantes

o beneficiarios actualizado y que éste, se hubiese publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año del ejercicio en revisión.

2. Se verificó que los bienes adquiridos hubiesen sido recibidos por la Delegación Iztapalapa

y que la entrega estuviera soportada con documentación en la que conste la firma

de recepción a satisfacción del órgano político-administrativo, conforme a las especificaciones

establecidas en las requisiciones y en los contratos respectivos.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

y del manual administrativo del órgano político-administrativo, ambos vigentes en 2013.

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644 VOLUMEN 5/18

Gasto Ejercido

1. Se verificó que se hayan presentado a la ALDF los informes trimestrales de la evaluación

y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indicara de forma analítica

el monto y destino de los recursos por programa social; que la Delegación Iztapalapa

hubiera informado a la CGDF sobre el monto global y los beneficios de las ayudas,

apoyos y donativos otorgados; y que la información de los montos pagados durante

el período sujeto a revisión, por concepto de ayudas y subsidios a los sectores económicos

y sociales de la Delegación Iztapalapa, haya contado con la estructura del formato

que los entes obligados deben publicar en internet para que la información financiera que

generen y publiquen sea con base en estructuras y formatos armonizados.

2. Se revisó que los proveedores hubiesen presentado comprobantes de pago (facturas

o, en su caso, comprobantes fiscales digitales) a nombre del Gobierno del Distrito Federal

por bienes entregados a la Delegación Iztapalapa, y que éstos cumplieran los requisitos

fiscales correspondientes; que los pagos por concepto de adquisición de bienes se hubiesen

liquidado de acuerdo con las condiciones pactadas en los contratos y por su efectiva

recepción; que los gastos se hubiesen registrado en las partidas acordes a su naturaleza;

que se hubiese reportado a la SEFIN, en tiempo y forma, el pasivo circulante del ejercicio

de 2012 o de ejercicios anteriores pagados en 2013, así como el del ejercicio de 2013

pagado en 2014, correspondientes a las partidas del capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y que, en su caso, los recursos no ejercidos al 31

de diciembre de 2013 se hubiesen enterado a la SEFIN en los plazos señalados.

3. Se verificó que, en su caso, se hubiesen aplicado correctamente las sanciones o descuentos

a los proveedores por proporcionar de manera incompleta o extemporánea los bienes

adquiridos, aplicando los descuentos procedentes en los pagos efectuados; así como

que en caso de incumplimiento de los contratos, se hubiesen hecho efectivas las garantías

correspondientes.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal y del Código Fiscal de la Federación, todos vigentes en 2013.

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645 VOLUMEN 5/18

Gasto Pagado

1. Se aplicaron cuestionarios y se entrevistó a beneficiarios de programas sociales, para

comprobar la efectiva entrega de las transferencias, asignaciones, subsidios y otras

ayudas.

2. Se confirmaron operaciones con los proveedores de bienes, para verificar los procesos

de contratación, facturación y pago.

Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas

con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones

o deficiencias o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los procedimientos

consistieron en verificar que los beneficiarios de ayudas y programas sociales hubieran

cumplido los requisitos de acceso a los programas sociales establecidos en las reglas

de operación; que el órgano político-administrativo hubiese integrado expedientes de

beneficiarios con la documentación que acredite la correcta asignación de transferencias,

asignaciones, subsidios y otras ayudas; y que hubiera contado con un mecanismo

de comprobación que evidencie la entrega de las ayudas a los beneficiarios. Asimismo, se

integró el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión por partida de gasto,

se verificó que las cifras presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN

coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2013, y se revisó que el importe contabilizado por la SEFIN correspondiera a la estructura

del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central vigente en 2013.

También se verificó que el órgano político-administrativo hubiese conservado la documentación

original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados; que contara con expedientes

debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los proveedores de

bienes a los que fueron adjudicados los contratos; y que los bienes adquiridos hubiesen sido

necesarios para el cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones de la Delegación

Iztapalapa.

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646 VOLUMEN 5/18

El alcance a nivel partida de gasto se señala a continuación:

Partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

Se revisaron las entregas de ayudas económicas otorgadas al amparo del Programa

de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Futuro” por 37,630.2 miles de pesos, así como

las ayudas extraordinarias y por única ocasión para las acciones institucionales “Vinculación

Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, en la que se entregaron 9,947.0 miles

de pesos; “La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”, a la que se destinaron

9,000.0 miles de pesos; y “Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales

de la Delegación Iztapalapa”, en la que se otorgaron 6,000.0 miles de pesos; además de la entrega de

alarmas vecinales y cámaras de circuito cerrado, por concepto de ayudas en especie en diversas

colonias de la demarcación territorial, a fin de coadyuvar a la prevención del delito.

Con relacion a las ayudas en especie otorgadas, se revisó el procedimiento de adjudicación

directa del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/201 del 23 de septiembre 2013, por 20,868.0 miles

de pesos (IVA incluido), celebrado con Systemtech Sistemas Tecnológicos, S.A. de C.V.

Para verificar que las ayudas económicas se hubiesen dirigido a dar cumplimiento a los

programas, acciones y atribuciones de la Delegación Iztapalapa, mediante muestreo estadístico

con un nivel de confianza de 90.0% y una tasa de error esperada no mayor de 0.15%,

se seleccionaron las muestras para la revision de expedientes y la realización de una entrevista

a los beneficiarios de las ayudas otorgadas, de conformidad con lo siguiente:

Programa social / Acción institucional Universo

de beneficiarios Muestra

seleccionada

Apoyo al Gasto Escolar Transformando tu Educación 55,849 30

Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa 656 28

La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro de Iztapalapa 805 28

Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación Iztapalapa 640 28

Total 57,950 114

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647 VOLUMEN 5/18

Asimismo, mediante el método de muestreo aleatorio, se seleccionaron para su revisión

la entrega de 196 alarmas vecinales y 24 kits de cámaras de circuito cerrado en 6 de las 64 colonias

en las que se entregaron las 2,058 alarmas vecinales y las 237 cámaras de circuito cerrado

objeto del contrato suejto a revisión.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

A fin de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las

pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el apartado de organización

del Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa, ambos vigentes en 2013. Lo anterior

con el propósito de identificar la estructura orgánica, así como los objetivos, funciones

y atribuciones de las unidades administrativas que la integran y, especialmente, de las que

intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisaron los procedimientos

del manual administrativo, con el propósito de conocer los que fueron aplicados por las

unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar,

ejercer y pagar los recursos asignados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”; y constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las

leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control a la titular de la Dirección

General de Administración del órgano político-administrativo, quien intervino en las actividades

relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio

del presupuesto, así como en el pago de las operaciones con cargo al capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los mecanismos

de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar si los

mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades

e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó

que las unidades administrativas de la Delegación Iztapalapa están estructuradas conforme

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648 VOLUMEN 5/18

a las funciones asignadas en el apartado de organización de su manual administrativo y que

establecieron, de manera formal, mecanismos y actividades de control suficientes para administrar

los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que las afectan; para promover y supervisar

el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para registrar y controlar

la información generada en la operación de los recursos; para garantizar la integridad, calidad,

oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación generada; y para

propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas en el registro, aprobación,

modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago

de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”.

Los mecanismos de control que hicieron factible la administración de riesgos relativos

a irregularidades e ineficiencias se establecieron de manera formal; por ello, se garantizó

que en términos generales se diera cumplimiento a la normatividad y se generara un razonable

ambiente de control; sin embargo, la Delegación Iztapalapa presentó deficiencias de control

interno que de manera específica se señalan en el apartado de resultados.

RESULTADOS

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. DGA/1460/2014 del 15 de septiembre de 2014, la Directora General

de Administración proporcionó los manuales administrativos de la Delegación Iztapalapa

vigentes durante el ejercicio de 2013, los cuales se integraron por los apartados de organización

y de procedimientos, y fueron elaborados conforme a los dictámenes de estructura orgánica

núms. 11/2006 y 11/2011, de conformidad con lo siguiente:

Estructura Orgánica

Mediante el oficio núm. CG/569/2011 del 1o. de diciembre 2011, la CGDF autorizó a la Delegación

Iztapalapa el dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011, vigente a partir de esa fecha.

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649 VOLUMEN 5/18

En dicho dictamen, se previeron la Jefatura Delegacional en el órgano político-administrativo

y seis Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno; de Administración; Obras y Desarrollo

Urbano; de Servicios Urbanos; de Desarrollo Social; y de Desarrollo Delegacional).

El dictamen 11/2011 dejó sin efectos al núm. 11/2006, comunicado mediante el oficio

núm. CGMA/DDO/3611/2007.

Manual Administrativo

1. Los manuales administrativos de la Delegación Iztapalapa fueron actualizados en sus

apartados de organización y de procedimientos, conforme a los dictámenes de estructura

orgánica núms. 11/2006 y 11/2011. De su análisis se desprende que el órgano político-

administrativo llevó a cabo el trámite de registro conforme a lo siguiente:

Concepto Dictamen núm. 11/2006 Dictamen núm. 11/2011

Número Fecha Número Fecha

Oficio de envío a la CGMA del apartado de organización del manual administrativo 12.101.1399.07 13/XI/07 DGDD/1882/2012 28/IX/12

Oficio de autorización y registro de la CGMA del apartado de organización del manual administrativo CGMA/DDO/4004/07 7/XII/07 CG/CGMA/0767/2013 23/IV/13

El apartado de organización del manual administrativo de la Delegación Iztapalapa,

correspondiente al dictamen núm. 11/2006 con el número de registro MA-02D09-11/06,

estuvo vigente del 16 de octubre de 2006 al 22 de abril de 2013, mientras que el del dictamen

núm. 11/2011 con el número de registro MA-309-11/11 inició su vigencia a partir

del 23 de abril de 2013.

2. La Delegación Iztapalapa publicó el apartado de organización de su manual administrativo

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 8 de febrero de 2008 (dictamen núm. 11/2006)

y el 18 de junio de 2013 (dictamen núm. 11/2011).

3. La Delegación Iztapalapa difundió el apartado de organización de su manual administrativo

entre las unidades administrativas que la integran, mediante los oficios siguientes:

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650 VOLUMEN 5/18

Unidad administrativa Dictamen núm. 11/2006 Dictamen núm. 11/2011

Número Fecha Número Fecha

Dirección General Jurídica y de Gobierno 12.101.020.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 12.101.021.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección General de Servicios Urbanos 12.101.022.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección General de Administración 12.101.023.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección General de Desarrollo Social 12.101.024.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección Territorial Cabeza de Juárez 12.101.025.08 16/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección Territorial Aculco 12.101.026.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección Territorial Centro 12.101.027.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección Territorial Ermita Zaragoza 12.101.028.08 16/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección Territorial Paraje San Juan 12.101.029.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección Territorial San Lorenzo Tezonco 12.101.030.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección Territorial Santa Catarina 12.101.031.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Coordinación General de Seguridad Pública 12.101.032.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Coordinación de Comunicación Social 12.101.033.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Coordinación de Asesores 12.101.034.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Coordinación de Protección Civil / Dirección de Protección Civil 12.101.035.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Dirección General de Desarrollo Delegacional 12.101.104.08 23/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13

Derivado de la modificación a la estructura orgánica del órgano político-administrativo,

mediante cuatro oficios más (todos con el núm. DGDD/259/2013 del 8 de mayo de 2013),

el Director General de Desarrollo Delegacional difundió el apartado de organización

del Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa a la Dirección Territorial Estrella,

a la Dirección de Promoción y Atención Ciudadana, a la Jefatura de Unidad Departamental

de Información Pública, y a la Líder Coordinadora de Proyectos “A” de Aspectos Sustantivos.

4. Los respectivos apartados de organización del Manual Administrativo de la Delegación

Iztapalapa consideran las unidades administrativas que integran el órgano político-administrativo;

asimismo, establecen los objetivos, funciones, facultades y responsabilidades de los

servidores públicos de mandos medios y superiores; y se encuentran integrados

de conformidad con lo siguiente:

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651 VOLUMEN 5/18

Dictamen 11/2006 Dictamen 11/2011

Presentación Presentación

Antecedentes Antecedentes

Marco jurídico-administrativo Marco jurídico

Objetivos de la delegación Atribuciones

Atribuciones Misión, visión y objetivos

Marco funcional Estructura orgánica

Descripción de funciones

Glosario de términos

5. En 2013, la Delegación Iztapalapa contó con 206 procedimientos (175 correspondientes

al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2006 y 31 al 11/2011), los cuales fueron

autorizados y registrados por la CGMA; fueron difundidos entre las unidades administrativas

que integran el órgano político-administrativo mediante 148 oficios (143 del dictamen

11/2006 y 5 del 11/2011); y las relaciones de éstos fueron publicadas en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal en las fechas siguientes:

Fecha Dictamen

de estructura Procedimientos

publicados

3/IV/08 11/2006 122

24/IV/08 11/2006 17

17/IX/08 11/2006 9

20/II/09 11/2006 6

17/VI/09 11/2006 3

6/VIII/09 11/2006 5

11/XII/09 11/2006 8

19/X/11 11/2006 5

Subtotal 175

16/X/13 11/2011 4

23/I/14 11/2011 27

Subtotal 31

Total 206

Como se observa, la Delegación Iztapalapa no actualizó la totalidad de sus procedimientos

conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011 autorizado por la CGMA;

no obstante, mediante los oficios núms. CG/CGMA/0366/2014, CG/CGMA/0057/2014

y CG/CGMA/0276/2014, de fechas 13 de marzo, 7 y 21 de abril de 2014, respectivamente,

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652 VOLUMEN 5/18

el órgano político-administrativo obtuvo la autorización y registro por parte de la citada

coordinación general de 160 procedimientos, correspondientes al dictamen de estructura

orgánica núm. 11/2011; fueron difundidos entre las unidades administrativas que integran

el órgano político-administrativo mediante 19 oficios emitidos por el Director General

de Desarrollo Delegacional; y las relaciones de éstos fueron publicadas en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal del 16 de octubre de 2013, 23 de enero, 22 de mayo y 4 de junio

de 2014, por lo que se observó que durante el ejercicio de 2014 el apartado de procedimientos del

Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa fue actualizado conforme la estructura

orgánica autorizada por la CGMA.

Por lo expuesto, se concluye que en 2013 la Delegación Iztapalapa contó con dos manuales

administrativos, los cuales fueron elaborados conforme a los dictámenes de estructura orgánica

autorizados por la CGDF; se establecieron de manera formal mecanismos y actividades

de control suficientes para administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias

que afectan las operaciones; para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los

procedimientos establecidos; para registrar y controlar la información generada en la operación

de los recursos; para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de

la información y documentación generada; y para propiciar la comunicación e interacción

de las áreas involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación

y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Gasto Aprobado

2. Resultado

Con objeto de verificar el presupuesto autorizado para la Delegación Iztapalapa en el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013, se analizaron

el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, el POA, el Calendario Presupuestal

y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado. Los resultados se exponen

a continuación:

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/5286/2012 del 13 de noviembre de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la Delegación Iztapalapa el techo

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653 VOLUMEN 5/18

presupuestal, por un monto de 3,218,605.1 miles de pesos, para efectos de la formulación

de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2013, le informó

que los recursos “deberán ser destinados en primer término a cubrir los conceptos

estrictamente indispensables para su operación, tales como Servicios Personales (nómina)

y Servicios Básicos (agua, energía, teléfono, combustible, vigilancia, entre otros)”, y que

la fecha de envío para el módulo de integración de resultados sería a más tardar

el 22 de noviembre, para el módulo de integración financiera el 26 de noviembre

y para los reportes que genere el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(GRP-SAP) la fecha límite sería el 27 de noviembre de 2012.

2. Por medio del oficio núm. DGA-B/257/2012 del 3 de diciembre de 2012, la Directora

General de Administración de la Delegación Iztapalapa presentó a la SEFIN, fuera de los

plazos establecidos, los formatos generados en el GRP-SAP para la demarcación territorial.

En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGA/870/2015 del 30 de abril de 2015, en representación del titular del órgano

político-administrativo, la Directora General de Administración proporcionó copia

de la documentación siguiente:

a) Oficios núms. DGA/860/2015 y CRF/828/2015, ambos del 30 de abril de 2015, mediante

los cuales la Directora General de Administración instruyó al Coordinador de Recursos

Financieros y éste, a su vez, a la Jefa de Unidad Departamental de Presupuesto

“presentar ante la Secretaría de Finanzas los formatos generados en el sistema

de planeación de recursos gubernamentales para la demarcación territorial, en el tiempo

establecido en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación

del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos”.

b) Oficios núms. DGA/1823/2013 del 19 de noviembre de 2013 y DGA/1858/2014

del 20 de noviembre de 2014, mediante los cuales la Directora General de Administración

remitió en tiempo y forma a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN “los formatos

generados por el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales (GRP)

debidamente rubricados y firmados”, para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos del órgano político-administrativo para los ejercicios de 2014 y 2015.

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Al analizar la información y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,

se confirmó que la Delegación Iztapalapa presentó a la SEFIN la información requerida

en el módulo de integración financiera, así como los reportes generados por el GRP-SAP,

fuera de los plazos establecidos, por lo que incumplió el subapartado VII.1, “Formulación

General”, incisos a), “Módulo de Integración por Resultados”, y b), “Módulo de Integración

Financiera”, del apartado VII, “Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013”,

del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos 2013, que establecen lo siguiente:

“a) Módulo de Integración por Resultados

”Se refiere a la generación de la información relativa al GPOA y al MPP de las AI´s

que las Unidades programen operar durante el ejercicio 2013, y su correspondiente integración

al Sistema […]

”La fecha límite para que las Unidades integren y soliciten a través del Sistema

la información requerida en el presente Módulo, será el 22 de noviembre de 2012 […]

”b) Módulo de Integración Financiera

”Se refiere a la generación de la información relativa a la Cartera de Inversión, el Analítico

de Claves y, para el caso de las Entidades, el Flujo de Efectivo, así como su correspondiente

integración al Sistema […]

”La fecha límite para que las Unidades integren y soliciten a través del Sistema

la información requerida en el presente Módulo, será el 26 de noviembre de 2012.”

Sin embargo, con la presentación de los oficios núms. DGA/860/2015 y CRF/828/2015,

ambos del 30 de abril de 2015; DGA/1823/2013 del 19 de noviembre de 2013; y DGA/1858/2014

del 20 de noviembre de 2014, la Delegación Iztapalapa demostró que llevó a cabo

las acciones necesarias para garantizar que la información requerida en el módulo

de integración financiera, así como los reportes generados por el GRP-SAP, se presenten

a la SEFIN conforme a los plazos establecidos en el Manual de Programación-Presupuestación

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655 VOLUMEN 5/18

para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, por lo que no se emite

recomendación al respecto.

3. Por medio del oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Iztapalapa el Analítico de Claves, el POA

y el Calendario Presupuestal correspondientes al presupuesto autorizado y le comunicó

que el techo presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio de 2013 fue de

3,390,443,6 miles de pesos.

4. El Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2013, consideró un monto de 3,390,443,6 miles de pesos para la Delegación

Iztapalapa, fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre

de 2012, y corresponde al monto autorizado por la ALDF.

Asimismo, el artículo 9o. de dicho ordenamiento estableció que “las erogaciones previstas

para el Fondo de Inversión en Delegaciones importan la cantidad de 500,000,000

de pesos distribuidos entre las Delegaciones, conforme al Anexo II del Decreto”; para

el caso del órgano político-administrativo, se asignó un presupuesto adicional de 57,194.6 miles

de pesos.

En consecuencia, el presupuesto de egresos autorizado para la Delegación Iztapalapa

ascendió a 3,447,638.2 miles de pesos.

5. En el Analítico de Claves se asignaron recursos a tres partidas de gasto que suman

el presupuesto original del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” (277,337.4 miles de pesos), el cual se verificó y fue reportado en el

Informe de Cuenta Pública de 2013 de la Delegación Iztapalapa. La partida 4421 “Becas

y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”, que tenía un presupuesto asignado

de 1,600.0 miles de pesos, al final del año no los ejerció; mientras que la partida 4481

“Ayudas por Desastres Naturales y Otros Siniestros”, que no tuvo asignación original,

al final del año ejerció 17,000.0 miles de pesos.

Lo anterior demuestra que la Delegación Iztapalapa estimó originalmente recursos para tres

partidas del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

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656 VOLUMEN 5/18

y terminó ejerciéndolos en tres distintas a las originalmente aperturadas. Asimismo, el sujeto

fiscalizado se ajustó al techo presupuestal autorizado (277,337.4 miles de pesos) y, posteriormente,

mediante afectaciones programático-presupuestales, incrementó su presupuesto en 132,588.3 miles

de pesos, para quedar con un presupuesto modificado de 409,925.7 miles de pesos, que fue

ejercido en su totalidad conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

3. Resultado

El artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013,

establece: “La Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales

a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago,

además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración

Pública”.

Por su parte, las normas quinta y sexta de las “Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el Consejo de

Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF), establecen lo siguiente:

“Quinto. El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran

la administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas

contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales

deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado.

”Sexto. El momento contable del gasto aprobado considera el registro de las asignaciones

presupuestarias anuales en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.”

Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto aprobado de la Delegación

Iztapalapa se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable, por medio

del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director General de

Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó la póliza de diario

con número de evento 1000000661 del 2 de febrero de 2013, por medio de la cual realizó

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el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos

aprobado a la Delegación Iztapalapa, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8211000000 Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central 3,447,638.2

8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 3,447,638.2

Total 3,447,638.2 3,447,638.2

Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó el

registro contable del presupuesto de egresos aprobado, son los que señala el Manual de

Contabilidad Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Gasto Modificado

4. Resultado

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación Iztapalapa

reportó en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

un presupuesto original de 277,337.4 miles de pesos, el cual fue incrementado en 132,588.3 miles

de pesos, para quedar en 409,925.7 miles de pesos. Dicho importe fue ejercido en su totalidad

por el sujeto fiscalizado, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto Número

de movimientos Importe

Parcial Subtotal Total

Presupuesto original 277,337.4

Más:

Ampliaciones compensadas 5 100,917.2

Adiciones compensadas 7 59,043.2 159,960.4

Menos:

Reducciones compensadas 2 (9,240.9)

Reducciones líquidas 14 (18,131.2) (27,372.1)

Modificación neta 132,588.3

Total presupuestos modificado y ejercido 409,925.7

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Los 28 movimientos se soportaron con 16 afectaciones presupuestarias autorizadas

por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató de afectaciones

líquidas; y por medio de la Dirección General de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos,

en el caso de las afectaciones compensadas, ambas adscritas a la SEFIN. Lo anterior, conforme

a los artículos 68, fracción V; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración

Pública del Distrito Federal, así como a la Sección Tercera “Adecuaciones Presupuestarias”,

numeral 72, último párrafo, Apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”, numeral 79,

y Apartado B “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, numeral 83, del Manual de Reglas y

Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

Federal, ambos vigentes en 2013.

Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó que las

principales causas por las que fue modificado el presupuesto original asignado al capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, fueron las siguientes:

1. Las ampliaciones compensadas, por 100,917.2 miles de pesos, se realizaron esencialmente

para llevar a cabo acciones relacionadas con apoyos para el bienestar de la población

considerada en extrema pobreza y alta marginación, mediante acciones institucionales;

y cubrir los apoyos que otorga la Delegación Iztapalapa a la población que es afectada

por daños estructurales en sus casas debido a grietas, hundimientos y minas que se

presentan dentro del perímetro delegacional.

2. Las adiciones compensadas, por 59,043.1 miles de pesos, tuvieron por objeto cumplir con

la voluntad ciudadana, representada por los comités ciudadanos, en los que se determinó

destinar recursos para adquirir cámaras de seguridad y vigilancia y alarmas vecinales,

así como para obras de reparación e instalación de luminarias en áreas comunes,

recuperar áreas verdes, desazolvar la red de drenaje, bacheo y balizamiento de calles,

y acciones de mejoramiento de la imagen urbana en unidades habitacionales de la demarcación

territorial.

3. Las reducciones compensadas, por 9,240.8 miles de pesos, se realizaron para cerrar

el ejercicio fiscal de 2013, de acuerdo al gasto y en razón de un óptimo uso de los

recursos pero sin afectar las metas programadas.

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4. Las reducciones líquidas, por un monto de 18,131.1 miles de pesos, se efectuaron como

resultado de que las áreas administrativas no tramitaron en los tiempos establecidos

las facturas presentadas a cobro por proveedores y prestadores de servicios; y para

adecuar el presupuesto al cierre del ejercicio, a fin de dar cumplimiento a los artículos 71

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento,

así como el numeral 5 del oficio circular de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 del 10 de octubre

de 2013. Dichos ordenamientos establecen que, cuando al término del ejercicio fiscal que

corresponda las delegaciones conserven fondos presupuestales y, en su caso, rendimientos

obtenidos, deberán enterarlos a la SEFIN dentro de los 10 días naturales siguientes

al cierre del ejercicio.

Por lo expuesto, se concluye que las modificaciones del presupuesto asignado al capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se sujetaron a los montos

aprobados y contaron con las justificaciones correspondientes; que las cifras de los presupuestos

autorizado, modificado y ejercido por la Delegación Iztapalapa coinciden con las reportadas

en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y que las partidas de gasto en

que se ejercieron los recursos del citado capítulo de gasto contaron con la suficiencia presupuestal

correspondiente.

5. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF,

ambos vigentes en 2013, la norma séptima de estas últimas establece: “El gasto modificado

es el momento contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar

el registro de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas y

que afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.

Se verificó que el registro contable del presupuesto modificado de la Delegación Iztapalapa

se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto, por medio del

oficio núm. DGCNCP/4568/2014 del 29 de octubre de 2014, el Director General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 24 pólizas de diario, mediante

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660 VOLUMEN 5/18

las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias de las

modificaciones al presupuesto de egresos modificado al órgano político-administrativo,

de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Saldo Debe Haber

8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 159,960.3 (27,371.9) 132,588.4

8231000000 Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central 27,371.9 (159,960.3) (132,588.4)

Total 187,332.2 (187,332.2) 0.0

Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó

el registro contable del presupuesto de egresos modificado, son los que señala el Manual

de Contabilidad Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Gasto Comprometido

6. Resultado

Con el oficio núm. DGA/1460/2014 del 15 de septiembre de 2014, el órgano político-

administrativo proporcionó copia de los oficios con los que remitió a la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN los formatos “Presupuesto Comprometido” de enero a diciembre

de 2013, los cuales contaron con las firmas que acreditan su elaboración por la Coordinadora de

Recursos Financieros, así como la autorización a cargo de la Directora General de Administración.

Mediante dichos formatos, se reportó el presupuesto comprometido por la Delegación Iztapalapa

en el plazo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en el

Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013, excepto los informes correspondientes

a los meses de noviembre y diciembre de 2013, que fueron presentados ante la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN con desfases de siete y tres días naturales, respectivamente.

En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, mediante el oficio núm. DGA/870/2015

del 30 de abril de 2015, en representación del titular del órgano político-administrativo,

la Directora General de Administración proporcionó copia de la documentación siguiente:

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1. Oficios núms. DGA/861/2015 y CRF/829/2015, ambos del 30 de abril de 2015, mediante

los cuales la Directora General de Administración instruyó al Coordinador de Recursos

Financieros y éste, a su vez, a la Jefa de Unidad Departamental de Presupuesto, que

“los formatos ‘Presupuesto Comprometido’ que se envían a la Subsecretaría de Egresos […]

sean entregados en el tiempo establecido por las disposiciones normativas vigentes”.

2. Oficios núms. CRF/635/2014, CRF/794/2014, CRF/992/2014 y CRF/1161/2014 del 7 de abril,

8 de mayo, 6 de junio y 3 de julio de 2014, en ese orden, mediante los cuales la Coordinadora

de Recursos Financieros remitió a la Dirección General de Egresos “B”, adscrita

a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, los informes sobre el presupuesto comprometido

por el órgano político-administrativo dentro de los plazos establecidos en la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en el Manual de Reglas y Procedimientos para

el ejercicio presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal.

Al analizar la información y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado, se confirmó

que los informes sobre el presupuesto comprometido de la Delegación Iztapalapa correspondientes

a los meses de noviembre y diciembre de 2013, fueron presentados ante la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN con desfases de siete y tres días naturales, respectivamente, por lo

que incumplió las disposiciones normativas siguientes:

Artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013,

que establece: “Las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría [de Finanzas] dentro

de los primeros diez días de cada mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales,

crediticios y provenientes de transferencias federales, que se encuentren comprometidos al

cierre del mes inmediato anterior. La Secretaría podrá solicitar a la Contraloría la verificación

de dichos compromisos y en el caso de que estos no se encuentren debidamente formalizados,

la Secretaría podrá reasignar los recursos que no se encuentren comprometidos”.

Título Tercero, “Registro de Otras Erogaciones”, capítulo VI, “Presupuesto Comprometido”,

numeral 133, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, que señala: “Las UR’s deberán

enviar en forma analítica y por clave presupuestal a la Secretaría [de Finanzas], dentro

de los siguientes primeros diez días del cierre de cada mes, un reporte mensual sobre el total de

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los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que se encuentren

comprometidos al cierre del mes que se reporte, el cual deberá ser congruente con la información

que se haya registrado en el Sistema informático”.

Sin embargo, con la presentación de los oficios núms. DGA/861/2015 y CRF/829/2015,

ambos del 30 de abril de 2015; y CRF/635/2014, CRF/794/2014, CRF/992/2014 y CRF/1161/2014

del 7 de abril, 8 de mayo, 6 de junio y 3 de julio de 2014, en ese orden, la Delegación

Iztapalapa demostró que llevó a cabo las acciones necesarias para garantizar que los

informes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias

federales que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato anterior, se presenten

ante la SEFIN conforme los plazos establecidos en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y en el Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de

la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que no se emite recomendación

al respecto.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa presentó los informes de su presupuesto

comprometido a la SEFIN, específicamente en relación a los compromisos que se contrajeron

a raíz de los documentos legales que determinaron una obligación de pago; sin embargo,

los informes correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2013 fueron

presentados ante la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN con desfases de siete y tres días

naturales, respectivamente.

7. Resultado

Mediante el oficio núm. DGA/1460/2014 del 15 de septiembre de 2014, la Directora General

de Administración de la Delegación Iztapalapa proporcionó el PAAAPS de 2013 del órgano

político-administrativo. De su análisis, se desprende lo siguiente:

1. En respuesta al oficio núm. DGA/108/2013 del 22 de enero de 2013, mediante el oficio

núm. DGPP/150/2013 del 24 de enero de 2013, el Director General de Política Presupuestal

comunicó a la Directora General de Administración de la Delegación Iztapalapa la validación

presupuestal del PAAAPS de 2013 para el órgano político-administrativo, por un importe

de 1,179,835.4 miles de pesos, en virtud de que “se apega a los importes autorizados por la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal, a través del Decreto de Presupuesto de Egresos

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del Distrito Federal para el presente ejercicio fiscal”. Además, precisó que “dicha validación

no influye en los alcances de las contrataciones de servicios, adquisiciones y arrendamientos

derivados del citado programa, por lo que es decisión de esa unidad responsable del

gasto adherirse a las compras consolidadas de bienes o servicios de uso generalizado.

Para lo cual deberá sujetarse a la Ley de Adquisiciones [para el Distrito Federal], la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás disposiciones jurídicas

aplicables”.

2. Por medio del oficio núm. DGA/188/2013 del 5 de febrero 2013, la Directora General

de Administración del órgano político-administrativo envió a la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de la OM, el PAAAPS de 2013

de la Delegación Iztapalapa, junto con su validación presupuestal. El citado oficio contiene

el sello de recepción por parte de la DGRMSG de la OM de fecha 7 de febrero de 2013.

En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGA/870/2015 del 30 de abril de 2015, en representación del titular del órgano

político-administrativo, la Directora General de Administración proporcionó copia de la

documentación siguiente:

a) Oficio núm. DIZ/CA/0090/2013 del 23 de enero de 2013, mediante el cual la Coordinadora

de Adquisiciones instruyó a la Jefa de Unidad Departamental de Estadística e Investigación

“se elabore y presente oportunamente el PAAAPS y sus modificaciones trimestrales,

de acuerdo con lo establecido en la Circular Uno Bis y en los lineamientos para

la elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios”.

b) Oficio núm. DGPP/0274/2014 del 22 de enero de 2014, mediante el cual el Director

General de Política Presupuestal de la SEFIN, en respuesta al oficio núm. DGA/074/2014

del 20 de enero de 2014, comunicó a la Directora General de Administración la validación

presupuestal del PAAAPS de 2014 del órgano político-administrativo.

c) Oficio núm. DGA/202/2014 del 24 de enero 2014, con el que la Directora General

de Administración remitió en tiempo y forma a la DGRMSG de la OM, el PAAAPS de 2014 de

la Delegación Iztapalapa, junto con su validación presupuestal.

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664 VOLUMEN 5/18

Al analizar la información y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,

se confirmó que la Delegación Iztapalapa envió fuera del plazo establecido a la DGRMSG

de la OM, su PAAAPS de 2013, junto con su validación presupuestal, por lo que incumplió

el apartado 4, “Adquisiciones”, subapartado 4.2, “Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios”, numeral 4.2.1, segundo párrafo, de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente en 2013, que establece lo siguiente:

“De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por la SF,

se deberá enviar copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio presupuestal

reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le corresponde, que emita la SF.”

No obstante, se determinó que con la presentación de los oficios núms. DIZ/CA/0090/2013

del 23 de enero de 2013; DGA/074/2014, DGPP/0274/2014 y DGA/202/2014 de fechas 20,

22 y 24 de enero de 2014, respectivamente, la Delegación Iztapalapa demostró que llevó

a cabo las acciones necesarias para garantizar que se enviara copia a la DGRMSG

a más tardar el 31 de enero del ejercicio presupuestal reportado y conforme los plazos

establecidos en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), de la versión definitiva

de su PAAAPS, acompañada del oficio de validación emitido por la SEFIN, por lo que no

se emite recomendación al respecto.

3. La Delegación Iztapalapa publicó su PAAAPS de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 31 de enero de 2013, en cumplimiento del artículo 19, párrafo segundo,

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.

4. El órgano político-administrativo informó a la DGRMSG de la OM sobre las versiones

modificadas de su PAAAPS de 2013 correspondientes a los cuatro trimestres del año,

como lo establece el numeral 4.2.1 de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular

Uno Bis) vigente en 2013.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa elaboró su PAAAPS de 2013

incluyendo las asignaciones correspondientes al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

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665 VOLUMEN 5/18

Subsidios y Otras Ayudas”; obtuvo su validación y autorización presupuestal por parte de la SEFIN;

no lo envió a la DGRMSG de la OM a más tardar el 31 de enero de 2013; lo publicó

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo establecido en la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2013; e informó a la DGRMSG de la OM de las versiones

modificadas de su PAAAPS de 2013 correspondientes a los cuatro trimestres del año.

8. Resultado

En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció un monto de 392,230.4 miles de pesos con cargo

a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, por medio de 420 CLC y 32 DM.

Se seleccionaron para su revisión siete CLC y dos DM por un importe de 83,445.2 miles de pesos

(21.3% del total ejercido en la partida), expedidos para pagar el otorgamiento de ayudas

económicas del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”;

de ayudas económicas extraordinarias y por única ocasión para las acciones institucionales

“Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, “La Pasión por el Trabajo,

es el Nuevo Rostro de Iztapalapa” y “Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas

y Culturales de la Delegación Iztapalapa”; así como la entrega de alarmas vecinales y cámaras

de circuito cerrado en diversas colonias de la demarcación territorial, con objeto de coadyuvar

a la prevención del delito.

A fin de verificar que los recursos ejercidos por la Delegación Iztapalapa son resultado

de la aprobación de un contrato u otro instrumento jurídico que formalizara una relación jurídica

con terceros para el otorgamiento de las ayudas y la adquisición de bienes, se analizó

el marco normativo que regula el rubro en revisión y se determinó lo siguiente:

1. En respuesta al oficio núm. AFLB/137/13/IZT/004 del 10 de diciembre de 2014, mediante

el oficio núm. DGA/CPII/2000/2014 del 16 de diciembre de 2014, el Coordinador

de Planeación e Integración de Informes, adscrito a la Dirección General de Administración del

órgano político-administrativo, proporcionó copia del oficio núm. JD/018/2013 del 24 de enero

de 2013, mediante el cual el Jefe Delegacional en Iztapalapa envió a la titular de la Secretaría de

Desarrollo Social del Distrito Federal la información relativa a los programas sociales

de nueva creación o modificaciones en los alcances o modalidades de los ya existentes,

que serían ejecutados por el órgano político-administrativo en el ejercicio de 2013. Lo anterior,

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a fin de que fueran sometidos a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo

Social del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 102, tercer párrafo, de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

2. La Delegación Iztapalapa elaboró las Reglas de Operación del Programa de Apoyo

al Gasto Escolar “Transformando tu Futuro”, considerando la estructura y contenido

señalados en los Lineamientos para la elaboración de Reglas de Operación de los Programas

Sociales 2011 que serán aplicables para el ejercicio 2013 y en la Ley de Desarrollo Social

para el Distrito Federal vigente en 2013; las publicó el 30 de enero de 2013 en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal; y se sujetaron a los criterios de solidaridad social, equidad

de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad,

señalados en el artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente para ese ejercicio fiscal.

El 18 de febrero de 2013, el órgano político-administrativo publicó en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal la nota aclaratoria a las Reglas de Operación del Programa de Apoyo

al Gasto Escolar “Transformando tu Futuro”, en la que lo redefinió para quedar como Programa

de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”.

3. El sujeto fiscalizado elaboró los Lineamientos de Operación de la acción institucional

“Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, los cuales fueron

publicados el 7 de mayo de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, ajustándose

a los criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad,

objetividad, corresponsabilidad y temporalidad, señalados en el artículo 97 de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

4. Mediante los oficios núms. JD/018/2013, IZT/AI/JD/019/13, JD/658/13 e IZT/AI/JD/030/13

del 24 de enero, 1o. de agosto, 24 de septiembre y 2 de diciembre de 2013, en ese orden,

el Jefe Delegacional en Iztapalapa autorizó las erogaciones de las acciones institucionales

para otorgar una ayuda extraordinaria y por única ocasión de los apoyos delegacionales

siguientes: “Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, “Promoción

de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación Iztapalapa”

y “La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”, así como para el otorgamiento

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de las ayudas económicas del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando

tu Educación” para el ejercicio fiscal 2013.

Las autorizaciones emitidas por el Jefe Delegacional en Iztapalapa también se sujetaron

a los criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad,

objetividad, corresponsabilidad y temporalidad, señalados en el artículo 97 de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

Por otra parte, el órgano político-administrativo contó con el oficio núm. JD/014/2013

del 2 de enero de 2013, mediante el cual el Jefe Delegacional en Iztapalapa, autorizó

la adquisición de bienes y servicios, así como los pagos con cargo al capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, “a fin de dar oportuno

cumplimiento a los programas y metas establecidas” para el ejercicio de 2013.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa formalizó su compromiso de otorgar

las ayudas económicas con la elaboración y publicación en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal de las reglas de operación de los programas sociales a su cargo, así como con la

elaboración de Lineamientos de Operación de la acción institucional “Vinculación Ciudadana

en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, para lo cual consideró la estructura, contenido

y criterios establecidos en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Asimismo, la Delegación Iztapalapa envió a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social

del Distrito Federal la información relativa a los programas sociales de nueva creación

o modificaciones en los alcances o modalidades de los ya existentes, que serían ejecutados

por el órgano político-administrativo en el ejercicio de 2013, y contó con la autorización expresa

del Jefe Delegacional en Iztapalapa para el otorgamiento de las ayudas económicas y en especie.

9. Resultado

La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, artículo 47, vigente en 2013, establece

que la consulta ciudadana “es el instrumento a través del cual el Jefe de Gobierno, los Jefes

Delegacionales, las asambleas ciudadanas, los Comités Ciudadanos, la Autoridad Tradicional

en coordinación con el Consejo del pueblo y los Consejos Ciudadanos, por sí o en colaboración,

someten a consideración de la ciudadanía, por medio de preguntas directas, foros o algún

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668 VOLUMEN 5/18

otro instrumento de consulta, cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos

ámbitos temáticos y territoriales en el Distrito Federal”.

A su vez, el artículo 83 de dicho ordenamiento señala lo siguiente:

“En el Distrito Federal existe el presupuesto participativo que es aquel sobre el cual los

ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos específicos

en las colonias y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal.

”Los recursos del presupuesto participativo corresponderán al 3.0% por ciento del presupuesto

anual de las Delegaciones. Los rubros generales a los que se destinará la aplicación de dichos

recursos serán los de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana y prevención

del delito, además de los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales de

las colonias o pueblos del Distrito Federal.

”Los recursos de presupuesto participativo serán ejercidos en los capítulos 2000, 3000, 4000,

5000 y 6000 conforme a lo dispuesto en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente.”

Al respecto, se observó que mediante seis constancias de validación de los resultados

de la Consulta Ciudadana 2012 para ejercer el presupuesto participativo 2013 de las colonias

La Asunción, Constitución de 1917, Barrio San Pedro, Unidad Habitacional “Margarita Maza

de Juárez”, Unidad Habitacional “Cuchillas del Moral” y Unidad Habitacional “Privada

Gavilán”, todas de fecha 12 de noviembre de 2012, los Comités de Participación Ciudadana

efectuaron la validación de los resultados de la consulta ciudadana llevada a cabo el 11 de noviembre

de 2012, y consideraron como proyectos ganadores la adquisición de las alarmas vecinales

y las cámaras de circuito cerrado. Las constancias contaron con los nombres y las firmas

del Coordinador Distrital y del Secretario Técnico Jurídico, así como los sellos de la Dirección

Distrital correspondiente; asimismo, los proyectos fueron publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012.

10. Resultado

Para el otorgamiento de ayudas en especie, con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas

Sociales a Personas”, la Delegación Iztapalapa llevó a cabo el procedimiento de adjudicación

directa del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013 del 23 de septiembre de 2013

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por 20,868.0 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con Systemtech Sistemas Tecnológicos,

S.A. de C.V. Al revisar el expediente, se observó lo siguiente:

1. Los bienes fueron solicitados mediante las requisiciones siguientes:

Requisición de compra / Solicitud de servicio Alarmas

vecinales

Cámaras de circuito

cerrado Número Fecha

0703 29/VII/13 348

0704 29/VII/13 1,710

0705 30/VII/13 114

0706 30/VII/13 6

0707 30/VII/13 117

Total 2,058 237

Las requisiciones cuentan con la justificación de ser bienes necesarios para “hacer

cumplir la voluntad de la ciudadanía de esta demarcación política y coadyuvar a la prevención

del delito”, derivado de la consulta ciudadana llevada a cabo el 11 de noviembre de 2012;

con el nombre, cargo y firma del titular de la Coordinación General de Seguridad Pública,

como área solicitante y de su autorización; con la clave presupuestaria y los montos

asignados como suficiencia presupuestal otorgada con cargo a la partida 4419 “Otras

Ayudas Sociales a Personas”, por la Jefatura de Unidad Departamental de Presupuesto;

y con el sello de no existencia en el almacén general.

2. El procedimiento de adjudicación directa se llevó a cabo de conformidad con lo siguiente:

a) Autorización expresa del Jefe Delegacional en Iztapalapa citada en el resultado núm. 8

del presente informe, a la cual se anexó la justificación firmada por quienes

autorizaron y en las que se fundaron y motivaron las causas que acreditaron fehaciente

y documentalmente el ejercicio de la adjudicación directa del contrato sujeto a revisión.

b) El contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013 del 23 de septiembre de 2013,

por 20,868.0 miles de pesos (IVA incluido), fue celebrado de conformidad con los

artículos 27, inciso c); 28, primer párrafo; y 54, fracción XIV (por tratarse de bienes

relacionados directamente con la seguridad pública) y penúltimo párrafo, de la Ley

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de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013, por lo cual el Comité Delegacional de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, en su séptima sesión

extraordinaria llevada a cabo el 11 de septiembre de 2013, aprobó por unanimidad

el caso núm. 31/2013, relativo a la adjudicación directa de las 2,058 alarmas

vecinales y las 237 cámaras de circuito cerrado objeto de la revisión, por un monto

de 20,868.0 miles de pesos (IVA incluido).

c) Se contó con un cuadro comparativo de precios ofertados sin número ni fecha, en el

cual se incluyeron las cotizaciones de tres proveedores; dicho formato contiene nombres,

cargos y firmas de los servidores públicos responsables de su elaboración (Jefe

de Unidad Departamental de Concursos), así como de su revisión y de su autorización

(Coordinador de Adquisiciones). Los precios más bajos fueron los presentados por la

empresa Systemtech Sistemas Tecnológicos, S.A. de C.V., a quien se le adjudicó

de manera directa el contrato sujeto a revisión.

d) Se realizaron consultas a las páginas de Internet de la CGDF y de la SFP, y se verificó

que el proveedor seleccionado como muestra no se encontró inhabilitado en 2013.

e) El proveedor presentó póliza de fianza del 23 de septiembre de 2013, expedida

por Mapfre Fianzas, S.A., a nombre de la SEFIN, por un importe de 2,698.4 miles de pesos,

para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato

núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013. La garantía correspondió al 15.0% del monto

del contrato sin considerar impuestos.

f) Mediante las requisiciones núms. 0986 y 0987, ambas del 28 de octubre de 2013,

la Coordinación General de Seguridad Pública solicitó la adquisición de 165 alarmas

vecinales y 22 cámaras de circuito cerrado adicionales a las adquiridas con el contrato

núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/20 del 23 de septiembre de 2013.

Dichas requisiciones presentan la cantidad y descripción de los bienes, la partida

presupuestal por afectar y el sello de “No existencia de materiales”; además, exhiben

las firmas de elaboración y autorización por parte del Coordinador General

de Seguridad Pública; y la suficiencia presupuestal adicional al gasto por parte de la

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Jefatura de Unidad Departamental de Presupuesto. Dichas requisiciones modificaron

los requerimientos originales de las núms. 0703 y 0705.

g) El 15 de noviembre de 2011, el órgano político-administrativo y Systemtech Sistemas

Tecnológicos, S.A. de C.V., celebraron el convenio modificatorio del contrato

núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/20, con objeto de incrementar la cantidad de bienes.

Dicha modificación quedó asentada en cláusula primera del citado convenio,

señalando que la cantidad de bienes pasaría de 348 a 513 alarmas vecinales

y de 114 a 120 cámaras de circuito cerrado, por lo que al monto original de 20,868.0 miles

de pesos (IVA incluido) se sumaron 2,323.6 miles de pesos (IVA incluido), derivados del

convenio modificatorio, totalizaron 23,191.5 miles de pesos (IVA incluido). Lo anterior,

representó un incremento de 11.0% en relación con el monto del contrato original,

por lo que la Delegación Iztapalapa se ajustó a lo establecido en el artículo 65 de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.

h) El proveedor presentó la póliza de fianza del 15 de noviembre de 2013, expedida

a nombre de la SEFIN por Mapfre Fianzas, S.A., por 300.5 miles de pesos, para garantizar

el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas

de la celebración del convenio modificatorio. Dicha fianza corresponde al 15.0% del

monto del convenio, sin considerar impuestos.

i) El órgano político-administrativo proporcionó el oficio núm. DGA/1622/2013

del 9 de octubre de 2013, por medio del cual remitió a la SEFIN, a la DGRMSG de la OM

y a la CGDF, el informe correspondiente al mes de septiembre de las adjudicaciones

realizadas con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2013, junto con los casos aprobados por el Comité Delegacional

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios. Entre las adquisiciones

que se reportaron, se encontraba la relativa al contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013

del 23 de septiembre de 2013.

3. El contrato sujeto a revisión se formalizó previo a la adquisición de los bienes, conforme

al artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013,

e incluye las cláusulas mínimas requeridas en el artículo 56 de su Reglamento también

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vigente en ese año; tuvo por objeto la adquisición de las alarmas vecinales y las cámaras

de circuito cerrado, y una vigencia del 23 de septiembre al 31 de diciembre de 2013.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa llevó a cabo la adquisición de bienes

sujetos a revisión conforme a la normatividad vigente y aplicable en 2013.

11. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF,

ambos vigentes en 2013, la norma octava de estas últimas establece: “El gasto comprometido

es el momento contable que refleja el registro de los documentos que consideran la aprobación

de la autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que

formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o

ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse

durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o

recibirá, durante cada ejercicio fiscal”.

Se verificó que el registro contable del presupuesto comprometido de la Delegación

Iztapalapa se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto,

por medio del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó cinco

pólizas de diario, por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas

de orden presupuestarias de los compromisos formalizados mediante los instrumentos jurídicos

seleccionados como muestra para su revisión, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 83,445.2

8241000000 Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central 83,445.2

Total 83,445.2 83,445.2

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Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó

el registro contable del presupuesto de egresos comprometido, son los que señala el Manual

de Contabilidad Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Gasto Devengado

12. Resultado

Con objeto de verificar que la Delegación Iztapalapa hubiese contado con un mecanismo

de comprobación por el otorgamiento de las ayudas económicas y en especie, en favor de

los beneficiarios de las ayudas sociales, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento

de las reglas de operación de los programas sociales, de los lineamientos emitidos para

las acciones institucionales y del procedimiento de entrega de las alarmas y cámaras de circuito

cerrado, como se indica a continuación:

1. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del Programa de Apoyo

al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”, por 37,630.2 miles de pesos, se llevaron

a cabo mediante transferencia bancaria a 55,849 beneficiarios del programa, conforme a

lo establecido en las Reglas de Operación del “Programa Apoyo al Gasto Escolar

Transformando tu Educación”. La Delegación Iztapalapa entregó las tarjetas bancarias

entre el 19 de marzo y el 18 de octubre de 2013.

2. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo de la acción

institucional “Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, por

9,947.0 miles de pesos, se realizaron mediante la expedición de 656 cheques por diversos

montos a igual número de beneficiarios y se comprobó su entrega por medio de pólizas-

cheque, las cuales contaron con el nombre y la firma de recibido del cheque, así como

copia de la identificación oficial del beneficiario.

3. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo de la acción institucional

“La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”, por 9,000.0 miles de pesos,

se hicieron mediante la expedición de 805 cheques por diversos montos a igual número

de beneficiarios y se comprobó su entrega por medio de pólizas-cheque, las cuales contaron

con el nombre y la firma de recibido del cheque, así como copia de la identificación oficial

del beneficiario.

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4. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo de la acción institucional

“Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación

Iztapalapa”, por 6,000.0 miles de pesos, se realizaron mediante la expedición de 640 cheques

por diversos montos a igual número de beneficiarios y se comprobó su entrega por medio

de pólizas-cheque, las cuales contaron con el nombre y la firma de recibido del cheque,

así como copia de la identificación oficial del beneficiario.

5. La Delegación Iztapalapa entregó las 196 alarmas vecinales y 24 cámaras de circuito

cerrado seleccionadas como muestra mediante seis actas Entrega-Recepción, de conformidad

con lo siguiente:

Tipo de bien / Colonia Fecha Cantidad

Alarmas

La Asunción 12/XI/13 56

Constitución de 1917 15/XI/13 56

Barrio San Pedro 7/I/14 56

Unidad Habitacional “Margarita Maza de Juárez” 18/I/14 28

Subtotal 196

Cámaras de circuito cerrado

Unidad Habitacional “Cuchillas del Moral” 28/XII/13 6

Unidad Habitacional “Margarita Maza de Juárez” 18/I/14 12

Unidad Habitacional “Privada Gavilán” 18/III/14 6

Subtotal 24

Total 220

Las actas mencionadas cuentan con 220 formatos; 196 denominados “Alarmas Vecinales,

Entrega”; y 24 denominados “Cámaras de Vigilancia de Circuito Cerrado 2013, Entrega”,

como soporte adicional, los cuales cuentan con las firmas de recepción de los beneficiarios

de los bienes sujetos a revisión.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa comprobó la entrega de las ayudas

económicas y en especie conforme a las Reglas de Operación del “Programa Apoyo al Gasto

Escolar Transformando tu Educación”, los lineamientos y oficios de autorización de los

programas sociales emitidos por el Jefe Delegacional emitidos para las acciones institucionales,

el procedimiento de entrega de las alarmas y cámaras de circuito cerrado, y la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

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675 VOLUMEN 5/18

13. Resultado

La Delegación Iztapalapa contó con un padrón de beneficiarios actualizado con la totalidad

de los beneficiarios a quienes se les entregaron ayudas, así como con los montos otorgados

al amparo del “Programa Apoyo al Gasto Escolar Transformando tu Educación” a su cargo;

sin embargo, lo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de marzo de 2014;

es decir, con 365 días naturales de desfase.

En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, en representación del titular

del órgano político-administrativo, la Directora General de Administración proporcionó el oficio

núm. DGA/870/2015 del 30 de abril de 2015; sin embargo, no remitió información ni documentación

que modifiquen la observación del presente resultado, por lo que se confirmó que la Delegación

Iztapalapa incumplió el artículo 34, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito

Federal vigente en 2103, que establece lo siguiente:

“Artículo 34. Cada uno de los programas sociales de la Administración Pública del Distrito

Federal deberá tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. Dichos programas

serán auditables en términos de la legislación por los órganos facultados para ello.

”Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en los artículos 33 y 35 de esta

ley, las […] Delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal que tengan

a su cargo programas destinados al desarrollo social, deberán […]

”II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año

de ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombres, edad, sexo, unidad territorial

y delegación de los beneficiarios de los programas sociales. Dichos padrones deberán ser

entregados en el mismo plazo a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en medio

electrónico e impreso.”

Recomendación AFLB-137-13-17-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa emprenda acciones para que los padrones

de beneficiarios de los programas sociales que opera, se publiquen a más tardar

el 31 de marzo del año al que correspondan, en cumplimiento de la Ley de Desarrollo

Social para el Distrito Federal.

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676 VOLUMEN 5/18

14. Resultado

Para comprobar si la Delegación Iztapalapa reconoció las obligaciones de pago en favor

del proveedor por la recepción de conformidad de los bienes adquiridos, se revisó la documentación

que soporta el cumplimiento del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013, como se indica

a continuación:

La cláusula sexta “Lugar, fecha y horario para la entrega de los bienes”, estipuló que el proveedor

se obligó a entregar las alarmas y cámaras de circuito cerrado durante el período comprendido

del 23 de septiembre al 31 de diciembre de 2013, en el almacén general de San Andrés

Tetepilco de la Delegación Iztapalapa.

Al verificar su cumplimiento, se constató que por medio de 14 notas de remisión sin número,

emitidas entre el 14 de octubre y el 5 de diciembre de 2013, el proveedor llevó a cabo

la entrega de los bienes objeto de la revisión. Las remisiones cuentan con el sello y firma

del responsable del Almacén General de San Andrés Tetepilco, dentro del plazo establecido

en el contrato celebrado.

Por otra parte, mediante las notas de entrada núms. 0278 y 0312 del 13 de noviembre

y 5 de diciembre de 2013, respectivamente, el órgano político-administrativo registró el ingreso

al almacén de las alarmas vecinales y las cámaras de circuito cerrado adquiridas al amparo

del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013, por lo que no fue necesaria la aplicación de

sanciones ni hacer efectiva la garantía de cumplimiento.

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa reconoció las obligaciones

de pago en favor del proveedor por la recepción de conformidad de los bienes adquiridos.

15. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF

y vigentes en 2013, la norma novena de estas últimas establece: “El gasto devengado es el

momento contable que refleja el registro de la solicitud de la cuenta por liquidar certificada

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677 VOLUMEN 5/18

o documento equivalente debidamente aprobado por la autoridad competente de las Unidades

Responsables del Gasto, mediante el cual reconocen una obligación de pago a favor de terceros

por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como

de las obligaciones que deriven de leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas”.

Se verificó que el registro contable del presupuesto devengado de la Delegación Iztapalapa,

se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto, por medio

del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director General de

Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó siete pólizas de diario,

por medio de las cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto

de egresos devengado por concepto de las ayudas económicas y en especie que fueron

otorgadas por la Delegación Iztapalapa, así como la recepción de los bienes adquiridos,

de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

5241144191 Otras Ayudas Sociales a Personas, Gasto Corriente 83,445.2

2112100001 Proveedores Nacionales 83,445.2

8241000000 Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central 83,445.2

8251000000 Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central 83,445.2

Total 166,890.4 166,890.4

Las cuentas de balance y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos

con los cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos

devengado, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2013.

Gasto Ejercido

16. Resultado

Luego de analizar el cumplimiento relativo a si la Delegación Iztapalapa formuló y presentó

los informes y reportes relacionados con el ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se determinó lo siguiente:

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678 VOLUMEN 5/18

1. Mediante los oficios núms. SG/6967/2013, SG/13319/2013 y SG/18801/2013 del 15 de mayo,

14 de agosto y 14 de noviembre de 2013, respectivamente; y SG/1784/2014 del 13 de febrero

de 2014, el Secretario de Gobierno del Distrito Federal remitió al Presidente de la Comisión de

Gobierno de la ALDF los informes de avance trimestral correspondientes a los cuatro

trimestres de 2013.

2. La Delegación Iztapalapa proporcionó copia de los oficios con los que remitió a la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN, con copia para la Contraloría Interna en el órgano político-

administrativo, la información relativa al monto global y los beneficios de las ayudas,

apoyos y donativos otorgados, los cuales contaron con las firmas que acreditan su elaboración

por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto, así como el visto bueno a cargo

de la Coordinadora de Recursos Financieros.

3. Por medio de los oficios núms. DGA/751/2013, DGA/1321/2013 y DGA/1766/2013

del 7 de mayo, 7 de agosto y 7 de noviembre de 2013, respectivamente, y DGA/267/2014 del

10 de febrero de 2014, la Delegación Iztapalapa remitió a la SEFIN los Informes de Avance

Trimestral correspondientes a los cuatro trimestres de 2013, en los cuales incluyó

la información relativa al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

4, Las cifras contenidas en los informes de avance trimestral correspondientes a los cuatro

trimestres de 2013 entregados a la ALDF, así como las reportadas a la Contraloría

Interna en el órgano político-administrativo, son congruentes con la información contenida

en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013.

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa formuló y presentó los informes

y reportes relacionados con el ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” y que la información contenida es congruente

con las cifras de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013.

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679 VOLUMEN 5/18

17. Resultado

A fin de verificar si la Delegación Iztapalapa emitió las CLC debidamente elaboradas, revisadas

y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello, y soportadas con la documentación

comprobatoria del gasto, se revisaron siete CLC y dos DM, por 83,445.2 miles de pesos,

los cuales se pagaron con recursos fiscales.

Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”

Al revisar las CLC núms. 02-CD-09-101500 y 02-CD-09-102951 emitidas el 17 de julio

y el 7 de noviembre de 2013, en ese orden, por un total de 37,630.2 miles de pesos, se observó

que fueron elaboradas por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto y autorizadas

por el Coordinador de Recursos Financieros, servidores públicos facultados para ello, y que

se encuentran soportadas con la documentación siguiente:

1. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.

2. Oficios núms. DGCNCP/1115/2013 y DGCNCP/2100/2013, ambos del 26 de junio;

y DGCNCP/3638/2013 del 7 de octubre de 2013, mediante los cuales el Director General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN emitió su opinión favorable

para que los recursos del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”,

fueran con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”.

3. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de enero de 2013, en la cual se dieron a conocer

las reglas de operación del programa social.

4. Nota Aclaratoria a las reglas de operación del “Programa de Apoyo al Gasto Escolar

Transformando tu Futuro” de fecha 18 de febrero de 2013.

Además, la CLC núm. 02 CD 09 101500 del 17 de julio de 2013, contó con la documentación

siguiente:

1. Verificación de comprobantes fiscales.

2. Oficio núm. DGDD/371/2013 del 9 de julio del 2013, mediante el cual el Director General

de Desarrollo Delegacional solicitó la elaboración de la CLC y la dispersión de las ayudas.

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680 VOLUMEN 5/18

En la revisión de la CLC núm. 02 CD 09 100932 del 4 de junio de 2013, por 9,947.0 miles

de pesos, se observó que fue elaborada por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto

y autorizada por el Coordinador de Recursos Financieros, servidores públicos facultados para

ello; y que se encuentra soportada con la documentación siguiente:

1. Oficio núm. DGCNCP/1322/2013 del 17 de mayo de 2013, con el que el Director General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN emitió su opinión favorable

para que los recursos de la acción institucional Vinculación Ciudadana en el territorio

de la Delegación Iztapalapa, fueran con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales

a Personas”.

2. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.

3. Lineamientos Operativos de la acción institucional Vinculación Ciudadana en el territorio

de la Delegación Iztapalapa, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

7 de mayo del 2013.

4. Listas de comprobación de cheques que avalan la entrega de los recursos a los promotores

de la acción institucional de vinculación ciudadana en el territorio de la Delegación Iztapalapa,

correspondiente al ejercicio 2013.

Al revisar la CLC núm. 02 CD 09 104011 del 20 de diciembre de 2013, por 9,000.0 miles

de pesos, se observó que fue elaborada por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto

y autorizada por el Coordinador de Recursos Financieros, servidores públicos facultados para

ello; y que se encuentra soportada con la documentación siguiente:

1. DM “no presupuestal” núm. 02 CD 09 290006 del 31 de diciembre de 2013, expedido

por un error de captura en la CLC sujeta a revisión.

2. Oficio núm. IZT/AI/JD/030/13 del 2 de diciembre de 2013.

3. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.

4. Oficio núm. DGCNCP/4754/2013 del 27 de diciembre de 2013, mediante el cual el Director

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN emitió su opinión

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681 VOLUMEN 5/18

favorable para que los recursos de la Acción Institucional “La Pasión por el Trabajo

es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”, fueran con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales

a Personas”.

5. Listas de comprobación de cheques que avalan la entrega de los recursos a 805 beneficiarios

de la Acción Institucional “La Pasión por el Trabajo es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”,

correspondientes al ejercicio 2013.

Al revisar la CLC núm. 02 CD 09 104012 del 20 de diciembre de 2013, por 9,000.0 miles

de pesos, se observó que fue elaborada por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto

y autorizada, por el Coordinador de Recursos Financieros, servidores públicos facultados para

ello; y que se encuentra soportada con la documentación siguiente:

1. DM “no presupuestal” núm. 02 CD 09 290006 del 31 de diciembre de 2013, expedido

por un error de captura en la CLC sujeta a revisión.

2. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.

3. Oficio núm. IZT/AI/JD/019/13 del 1o. de agosto de 2013, con el que el Jefe Delegacional

emitió la Acción Institucional para otorgar una Ayuda Extraordinaria y por única ocasión

para la promoción de las acciones institucionales, educativas y culturales de la Delegación

Iztapalapa, para el ejercicio fiscal 2013.

4. Oficio núm. DGCNCP/4755/2013 del 27 de diciembre de 2013, mediante el cual el Director

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN emitió su opinión

favorable para que los recursos de la Acción Institucional para otorgar una Ayuda Extraordinaria

y por única ocasión para la promoción de las acciones institucionales, educativas y culturales

de la Delegación Iztapalapa, fueran con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales

a Personas”.

5. Listas de comprobación de cheques que avalan la entrega de los recursos a 640 beneficiarios

de la Acción Institucional “Ayuda Extraordinaria y por Única Ocasión para la Promoción de

las Acciones Institucionales Educativas y Culturales en la Delegación Iztapalapa”,

correspondientes al ejercicio 2013.

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682 VOLUMEN 5/18

Contrato administrativo núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013

En la revisión de las CLC núms. 02 CD 09 103395 y 02 CD 09 103626, ambas del 4 de diciembre

de 2013, por 9,992.1 miles de pesos y 10,875.9 miles de pesos (IVA incluido), en ese orden,

se comprobó que fueron elaboradas por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto

y autorizadas por la Coordinadora de Recursos Financieros, servidores públicos facultados

para ello; y que se encuentran soportadas con la documentación siguiente:

1. Solicitud de trámite de pago núm. 2069, por un importe de 10,875.9 miles de pesos, la cual

fue requisitada con la información relativa al beneficiario y la documentación que la soporta.

2. Facturas núms. 810 y 839 del 6 de noviembre y 5 de diciembre de 2013, respectivamente,

por 9,992.1 miles de pesos (IVA incluido) y 10,875.9 miles de pesos (IVA incluido), en ese

orden, las cuales contaron con los sellos de recepción del almacén general de San Andrés

Tetepilco, así como los sellos con el nombre, cargo y firma de conformidad de la Coordinación

General de Seguridad Pública; fueron expedidas a nombre del Gobierno del Distrito

Federal/Delegación Iztapalapa; y cumplieron los requisitos fiscales establecidos.

3. Notas de entrada al almacén núms. 0278 y 0312 del 5 y 13 de noviembre de 2013, respectivamente,

mediante las cuales la Delegación Iztapalapa llevó a cabo el registro del ingreso de los

bienes sujetos a revisión.

4. Catorce notas de remisión sin número, emitidas entre el 14 de octubre y el 5 de diciembre

de 2013, mediante las cuales el proveedor llevó a cabo la entrega de los bienes objeto

de la revisión. Las remisiones cuentan con el sello y firma del responsable del Almacén

General de San Andrés Tetepilco, dentro del plazo establecido en el contrato celebrado.

5. Contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013 del 23 de septiembre de 2013.

6. Póliza de fianza del 15 de noviembre de 2013, expedida a nombre de la SEFIN

por Mapfre Fianzas, S.A.

7. Oficio núm. UDAI/495/2013 del 10 de diciembre de 2013, por medio del cual el Jefe de Unidad

Departamental de Almacenes e Inventarios envió a la Coordinadora de Recursos Financieros

las facturas presentadas a cobro por el proveedor.

8. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.

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683 VOLUMEN 5/18

Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa emitió las CLC debidamente

elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello; y soportadas

con la documentación justificativa y comprobatoria de los gastos efectuados.

18. Resultado

La Delegación Iztapalapa incluyó en el formato denominado “Solicitud de Ingreso al Padrón

de Beneficiarios” del “Programa Apoyo al Gasto Escolar Transformando tu Educación” la

leyenda siguiente:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político

alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido

el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.

”Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado

de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”

Lo anterior, en cumplimiento del artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito

Federal vigente en 2013.

19. Resultado

En la revisión de los expedientes de beneficiaros de ayudas económicas y en especie, otorgadas

por la Delegación Iztapalapa, se determinó lo siguiente:

1. Los 30 expedientes de beneficiarios del “Programa Apoyo al Gasto Escolar Transformando

tu Educación” seleccionados para su revisión, cuentan con la documentación requerida

en las reglas de operación.

2. Los 28 expedientes de beneficiarios de la acción institucional “Vinculación Ciudadana

en el Territorio de la Delegación Iztapalapa” seleccionados para su revisión cuentan con

la documentación requerida en los lineamientos operativos de la acción institucional,

excepto por cinco casos en los que se observó que la identificación oficial del beneficiario

no se encontraba vigente. Por lo anterior, el órgano político-administrativo incumplió

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684 VOLUMEN 5/18

el apartado VI. “Perfil. Requisitos y Procedimientos de Acceso”, numeral 3, letra c., del Aviso

por el que se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional “Vinculación

Ciudadana” en el Territorio de la Delegación Iztapalapa, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 7 de mayo de 2013, que establece lo siguiente:

“VI. Perfil. Requisitos y Procedimientos de Acceso […]

”3. Presentar la siguiente documentación […]

”c. Identificación Oficial vigente.”

3. Los 28 expedientes de beneficiarios de la acción institucional “La Pasión por el Trabajo,

es el Nuevo Rostro de Iztapalapa” seleccionados para su revisión cuentan con la documentación

requerida en el oficio núm. IZT/AI/JD/030/13, excepto por siete casos en los que se

observó que el expediente del beneficiario no contuvo la fotografía reciente, tamaño infantil.

Por lo expuesto, el órgano político-administrativo incumplió el apartado 6. “Requisitos

y Procedimientos de Acceso”, tercer párrafo, inciso b), del oficio núm. IZT/AI/JD/030/13

del 2 de diciembre de 2013 que establece lo siguiente:

“6. Requisitos y Procedimiento de Acceso […]

”Presentar en original y copia simple los siguientes documentos […]

”b) Una fotografía reciente, tamaño infantil.”

4. Los 28 expedientes de beneficiarios de la acción institucional “Promoción de las Acciones

Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación Iztapalapa” seleccionados para

su revisión cuentan con la documentación requerida en el oficio núm. IZT/AI/JD/019/13,

excepto por ocho casos en los que el expediente no contó con una fotografía infantil;

uno no contó ni con la fotografía tamaño infantil ni con la identificación oficial; y un

expediente no fue proporcionado a esta entidad de fiscalización. Por lo anterior, el órgano

político-administrativo incumplió el apartado 7. “Requisitos y Procedimientos de Acceso”,

tercer párrafo, inciso b) y c), del oficio núm. IZT/AI/JD/019/13 del 1o. de agosto de 2013

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685 VOLUMEN 5/18

y el artículo 16, fracción I, inciso c) del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”,

de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 y vigentes

en 2013, que establecen lo siguiente:

“7. Requisitos y Procedimiento de Acceso […]

”Presentar en original y copia simple los siguientes documentos […]

”b) Una fotografía reciente, tamaño infantil

”c) Identificación oficial con fotografía (Credencial IFE, Cédula Profesional o Pasaporte.”

“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son

los siguientes […]

”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]

”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos

y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe estar

disponible para su verificación.”

En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, en representación del titular

del órgano político-administrativo, la Directora General de Administración, entregó el oficio

núm. DGA/870/2015 del 30 de abril de 2015, al cual adjuntó copia de los oficios núms. DGA/862/2015

y CRF/827/2015, ambos del 30 de abril de 2015, mediante los cuales la Directora General

de Administración instruyó al Coordinador de Recursos Financieros, y éste a su vez a la Jefa de

Unidad Departamental de Presupuesto, “reforzar los mecanismos de control para que

los expedientes de beneficiarios generados a partir de programas implementados con recursos

del capítulo 4000 ‘Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas’, cuenten con

la documentación actualizada y señalada en cada una de las reglas de operación”.

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686 VOLUMEN 5/18

Tras analizar la información y documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado,

se determinó que la Delegación Iztapalapa llevó a cabo acciones para que los expedientes

de los beneficiarios de las ayudas cuenten con la documentación necesaria; sin embargo,

se confirmaron los incumplimientos señalados para cada una de las acciones institucionales.

5. La Delegación Iztapalapa integró los expedientes de los beneficiarios a quienes

se les entregaron alarmas vecinales y cámaras de circuito cerrado conforme lo señalado

en el resultado núm. 11 del presente Informe.

Por lo anterior, se concluye que de manera general, los expedientes de los beneficiarios

del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”; de ayudas económicas

extraordinarias y por única ocasión para las acciones institucionales “Vinculación Ciudadana

en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, “La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro

de Iztapalapa” y “Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación

Iztapalapa”; así como de la entrega de alarmas vecinales y cámaras de circuito cerrado,

se integraron con la documentación que avala que los beneficiarios cumplieron con los requisitos

de acceso, excepto por lo ya señalado en el presente resultado.

Recomendación AFLB-137-13-18-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa emprenda acciones para que los expedientes

de los beneficiarios de los programas sociales a su cargo se integre con la totalidad de la

documentación que señalan las reglas o lineamientos de operación y demás normatividad

aplicable a éstos y, en su caso, para que se vigile que dicha documentación sea acorde

con los requisitos establecidos.

20. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF

vigentes en 2013, la norma décima de estas últimas establece: “El gasto ejercido es el momento

contable que refleja el registro de una cuenta por liquidar certificada o documento equivalente

debidamente aprobado por la autoridad competente”.

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687 VOLUMEN 5/18

Se verificó que el registro contable del presupuesto ejercido de la Delegación Iztapalapa

se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto, por medio

del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó siete pólizas de diario por medio

de las cuales se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos ejercido, por concepto de

las CLC tramitadas para pago a los beneficiarios y al proveedor seleccionados para

su revisión, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8251000000 Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central 83,445.2

8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 83,445.2

Total 83,445.2 83,445.2

Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó

el registro contable del presupuesto de egresos ejercido, son los que señala el Manual

de Contabilidad Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.

Gasto Pagado

21. Resultado

Los días 8 y 9 de abril de 2015, se llevaron a cabo 15 entrevistas en la Delegación Iztapalapa

(ocho a beneficiarios del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”

y siete a beneficiarios de las ayudas extraordinarias y por única ocasión para la acción

institucional “Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”). Como

resultado, los beneficiarios señalaron de manera general que el programa social y la acción

institucional sí cumplen los objetivos para los que fueron creados; asimismo, señalaron que

el órgano político-administrativo otorgó las ayudas económicas y que no se condicionó su

entrega.

El lunes 6 de abril de 2015, se realizaron visitas de inspección física a las colonias La Asunción,

Constitución de 1917, Barrio San Pedro, Unidad Habitacional “Margarita Maza de Juárez”,

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688 VOLUMEN 5/18

Unidad Habitacional “Cuchillas del Moral” y Unidad Habitacional “Privada Gavilán”, en las que

se verificó que las 196 alarmas vecinales y las 24 cámaras de circuito cerrado se encontraron

instaladas en las viviendas de los beneficiarios y en operación mediante centros de monitoreo

ubicados en las colonias visitadas.

Por lo expuesto, se concluye que los recursos ejercidos y pagados por el órgano político-

administrativo con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, fue en cumplimiento

de los programas, acciones y atribuciones de la Delegación Iztapalapa.

22. Resultado

A fin de verificar que los pagos realizados al proveedor hubieran sido para cancelar total

o parcialmente las obligaciones a cargo de la Delegación Iztapalapa, mediante el oficio

núm. ACF-B/15/0332 del 26 de marzo de 2015, se solicitó al proveedor seleccionado como

muestra, entre otra información y documentación, que indicara la forma en que fueron

pagados los bienes adquiridos por el órgano político-administrativo y el monto de éstos

(por números de cheques, transferencias bancarias, notas de crédito [indicando concepto]),

por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2013; y que informara de sus saldos

al 31 de diciembre de 2014 y a la fecha de la recepción del oficio emitido, por las operaciones

mencionadas, con la precisión de las fechas de todos los documentos y el saldo total.

En respuesta, el proveedor informó lo relativo a la celebración del instrumento jurídico, la modalidad

y el número del procedimiento de adjudicación, y remitió copias de éstos; de las facturas

que detallan las fechas de expedición, conceptos y montos cobrados; así como de las remisiones

con las que acreditó el cumplimiento del contrato celebrado. Lo anterior, con motivo de las

operaciones realizadas con la Delegación Iztapalapa durante 2013.

La información proporcionada por el proveedor de bienes coincide con la presentada por el órgano

político-administrativo.

De igual forma, se constató que los pagos relativos a las ayudas otorgadas, así como

del contrato seleccionado como muestra, se registraron en la partida de gasto que correspondió

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.

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689 VOLUMEN 5/18

23. Resultado

Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF

vigentes en 2013, la norma undécima de estas últimas establece: “El gasto pagado es el momento

contable que refleja el registro de la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago

documentadas mediante cuenta por liquidar certificada o documento equivalente, que se

concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago”.

Se verificó que el registro contable del presupuesto pagado de la Delegación Iztapalapa

se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto, por medio

del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director General de

Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó siete pólizas de diario

por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado,

por concepto de la cancelación de las obligaciones de pago a los beneficiarios y al proveedor

de bienes seleccionados para su revisión, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

2112100001 Proveedores Nacionales 83,445.2

1112106073 Egresos Transferencias 83,445.2

8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 83,445.2

8271000000 Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central 83,445.2

Total 166,890.4 166,890.4

Las cuentas de balance y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos con los

cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos pagado,

son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2013.

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690 VOLUMEN 5/18

II.10.1.4. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”

Auditoría AFLB/138/13

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013 se informó que el total de

los recursos ejercidos por las 16 Delegaciones del Distrito Federal con destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”, ascendió a 704,782.9 miles de pesos, monto inferior en

46,812.2 miles de pesos (6.2%) al asignado originalmente, de 751,595.1 miles de pesos.

El artículo sexto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre

de 2012, establece que “ la asignación de los recursos por concepto de presupuesto

participativo conforme al artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

corresponde al 3 por ciento del presupuesto anual de las Delegaciones, en cumplimiento

a ello, los recursos aprobados por dicho concepto a ejercerse en el ejercicio fiscal 2013,

importan la cantidad de 751,595,100 pesos y se distribuyen de acuerdo con lo establecido

en el Anexo I del presente Decreto”.

Conforme al Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2013, a la Delegación Iztapalapa le correspondieron 101,713.3 miles de

pesos del presupuesto participativo, que se distribuirían entre los 285 Comités Ciudadanos

y Consejos de los Pueblos, a razón de 356.9 miles de pesos para cada uno de ellos.

Los recursos asignados para el presupuesto participativo en 2013 a la Delegación Iztapalapa

(101,713.3 miles de pesos) representaron el 13.5% de los presupuestados para las

16 Delegaciones (751,595.1 miles de pesos) y significaron un incremento del 8.3% respecto de

los 93,903.4 miles de pesos asignados en 2012. Cabe mencionar que en 2013, la Delegación

Iztapalapa ejerció 100,551.6 miles de pesos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

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691 VOLUMEN 5/18

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Iztapalapa con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

De acuerdo con el Manual de Selección de Auditorías vigente, para la selección de esta

auditoría se aplicaron los criterios generales de “Exposición al Riesgo”, “Interés General”

y “Presencia y Cobertura”.

“Exposición al Riesgo”. Dicho destino del gasto se seleccionó por ser de reciente creación y

estar expuesto a riesgos de irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos

y metas.

“Interés General”. Por la naturaleza del gasto y la importancia de éste en el ámbito social,

sus actividades y funciones tienen un mayor impacto social y trascendencia para la ciudadanía.

“Presencia y Cobertura”. A la fecha, esta entidad de fiscalización ha practicado a la Delegación

Iztapalapa dos auditorías financieras al destino del gasto con clave 65 “Presupuesto

Participativo”, en los ejercicios de 2011 y 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en el artículo 122, apartado C, Base Primera,

fracción V, incisos c) y e) en relación al artículo 74, fracción VI, ambos de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal; 1o.; 2o., fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, III, IV, V, VI,

VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX; 9; 10, incisos a) y b); 14 fracciones I, VIII, XIV, XVII, XX y XXIV;

22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36, segundo párrafo; 55; 56; 59; 61; y 64 de la Ley de

Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1o.; 6, fracciones VI, IX y XXI; 9, fracción

IV; 12; 14; y 15 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

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692 VOLUMEN 5/18

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes, incluyendo el estudio y evaluación del sistema de control interno.

La auditoría se practicó a las Direcciones Generales de Administración; de Obras y Desarrollo

Urbano, y de Desarrollo Delegacional de la Delegación Iztapalapa.

Para la obtención de evidencia suficiente, competente y relevante, se aplicaron pruebas

y procedimientos de auditoría en el ente y áreas administrativas del Gobierno del Distrito

Federal que intervinieron en las operaciones del rubro sujeto a revisión.

En la Coordinación de Recursos Financieros, adscrita a la Dirección General de Administración

(DGA), se revisaron el Programa Operativo Anual (POA) ajustado al presupuesto de egresos;

los informes mensuales y trimestrales que son enviados a la Secretaría de Finanzas (SEFIN);

la determinación de los techos presupuestales de las unidades administrativas ejecutoras

del gasto, con base en el presupuesto original autorizado, y la autorización de la suficiencia

presupuestal a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano (DGODU), para los casos

presentados al Comité de Obra Pública; los informes trimestrales de avances y resultados

programático-presupuestales; y la coordinación de la formulación y actualización de los

registros sobre la disponibilidad de los recursos.

Se revisó el soporte documental de siete expedientes de contratos de obras, los procedimientos

de adjudicación, los contratos, el pago de las estimaciones, los avances físico-financieros

de las obras, las actas de constatación, las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) con su

respectivo soporte documental y los informes de la aplicación del presupuesto participativo

desglosado por Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, documentación que está

bajo el resguardo de la DGODU de la Delegación Iztapalapa.

Asimismo, se revisaron las constancias de validación de los proyectos específicos ganadores,

resultado de la Consulta Ciudadana, resguardadas por la Dirección General de Desarrollo

Delegacional de la Delegación Iztapalapa.

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693 VOLUMEN 5/18

Se identificaron y analizaron las atribuciones de la Delegación Iztapalapa establecidas en

la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en el Reglamento Interior

de la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.

Se analizó el dictamen de la estructura orgánica de la Delegación Iztapalapa para identificar

las áreas que intervinieron en los procesos operativos que manejan y controlan los recursos

ejercidos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Asimismo, se verificó

que la estructura orgánica estuviera dictaminada, autorizada y registrada ante la Coordinación

General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General del Distrito

Federal (CGDF).

Se identificó el marco legal que regula el ejercicio presupuestal del destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”.

También se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa vigente en 2013,

en sus apartados de organización y de procedimientos, con el fin de identificar las áreas

que participaron en los procesos operativos relacionados con el ejercicio, registro y control

de los recursos erogados con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

De igual forma, se verificó la existencia de mecanismos de control que garanticen la adecuada

administración de los principales riesgos, el logro de los objetivos del presupuesto participativo,

la observancia de la normatividad y la transparencia en el ejercicio de los recursos.

Se realizaron pruebas de cumplimiento relativas al registro y control de las operaciones

relacionadas con los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Dichas

pruebas consistieron en lo siguiente:

1. Verificar que la distribución de recursos entre las colonias fuera proporcional, conforme

a los criterios establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

y que no se hubiese excluido a alguna de las colonias que conforman la Delegación.

2. Constatar que los recursos del presupuesto participativo se hayan destinado a los rubros

generales de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana y prevención

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694 VOLUMEN 5/18

del delito; además de los relativos a actividades recreativas, deportivas y culturales

de las colonias o pueblos del Distrito Federal.

Revisar que se haya enviado a los Comités Ciudadanos y a los Consejos de los Pueblos

el informe pormenorizado sobre el ejercicio del presupuesto participativo en el plazo

establecido

3. Verificar si los integrantes de los Comités Ciudadanos del órgano político-administrativo

recibieron asesoría y capacitación en materia de presupuesto participativo por parte

del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF). Asimismo, determinar si el personal

de la Delegación Iztapalapa fue debidamente capacitado en materia de presupuesto

participativo por parte del IEDF.

Se realizaron pruebas de cumplimiento que consistieron en comprobar si las actividades

relacionadas con el control de los egresos del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”

se llevaron a cabo de acuerdo con los procedimientos y demás normatividad administrativa

aplicable. Principalmente, dichas pruebas consistieron en lo siguiente:

1. Verificar si los pagos realizados por el sujeto fiscalizado cumplieron las condiciones

pactadas en los contratos y convenios, ajustándose a la normatividad aplicable.

2. Verificar que los comprobantes de pago se hayan emitido a nombre del Gobierno del

Distrito Federal/Delegación Iztapalapa y que hubiesen cumplido los requisitos fiscales

establecidos en la normatividad aplicable.

3. Comprobar que los recursos ejercidos hayan sido registrados de acuerdo con su

naturaleza, conforme a la normatividad aplicable.

4. Verificar que la contratación de obras e inversiones públicas se haya ajustado a los

procedimientos de adjudicación, de acuerdo con la normatividad aplicable.

5. Verificar que los contratistas con quienes se hayan formalizado los contratos y convenios

no se encontraran inhabilitados por la CGDF y por la Secretaría de la Función Pública (SFP).

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695 VOLUMEN 5/18

Como parte de los procedimientos sustantivos para validar las cifras de los egresos sujetos

a revisión de la muestra seleccionada, se realizaron los procedimientos siguientes:

1. Realizar confirmaciones de operaciones con los contratistas.

2. Revisar si el presupuesto modificado del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”

se encuentra respaldado con las afectaciones presupuestarias correspondientes, y si éstas

fueron requisitadas y autorizadas de acuerdo con la normatividad aplicable.

3. Verificar que el presupuesto autorizado a la Delegación Iztapalapa corresponda a lo

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2013; y que el ejercido corresponda a las operaciones realizadas y a lo reportado

en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013.

4. Verificar que las CLC se hayan elaborado, tramitado y autorizado conforme a la

normatividad vigente, y que contaran con el soporte documental que justifique y compruebe

el ejercicio del gasto.

5. Constatar que los procedimientos realizados para la contratación de obra e inversión

pública se hayan ajustado a la normatividad correspondiente.

6. Revisar que los procesos de adjudicación de obras se hayan realizado conforme a la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, y demás normatividad aplicable.

7. Verificar que en caso de incumplimiento de los contratos y convenios, se hubiesen

hecho efectivas las garantías, conforme a la normatividad aplicable.

8. Constatar si se cuenta con evidencia documental de la recepción de las obras y que

éstas correspondan a las especificaciones establecidas en los contratos y convenios

celebrados, y al propuesto en la Consulta Ciudadana como proyecto ganador, con cargo

al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

9. Realizar una inspección física a las obras que fueron pagadas con recursos del destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

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696 VOLUMEN 5/18

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

por la Delegación Iztapalapa con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

se consideró la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo de Auditoría” de las Normas

de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios Relacionados, emitidas por la

International Federation of Accountants y adoptadas por el Instituto Mexicano de Contadores

Públicos, A.C.

En 2013, según la relación de CLC proporcionada por la SEFIN, la Delegación Iztapalapa

ejerció recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” con cargo a los capítulos

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras Ayudas”, por 45,318.6 miles de

pesos; y 6000 “Inversión Pública”, por 55,233.0 miles de pesos, que representan el 45.1%

y 54.9%, respectivamente, del total ejercido por ese concepto (100,551.6 miles de pesos),

por lo que para la muestra de auditoría se consideraron los siguientes criterios:

1. Se estratificó el universo (destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un importe

de 100,551.6 miles de pesos) por capítulo.

2. La selección de las CLC se realizó de conformidad con el método de muestreo por unidad

monetaria, que considera la selección ponderada por el valor monetario.

3. El capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” no es sujeto

de revisión, debido a que se está realizando una auditoría específica a dicho capítulo,

de acuerdo con el Programa General de Auditoría 2013, con clave AFLB/137/13.

4. Respecto, al capítulo 6000 “Inversión Pública”, se estratificó el universo (destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo” por un importe de 55,233.0 miles de pesos) por proyecto

y contrato.

5 La selección de los contratos se realizó de conformidad con el método de muestreo

por unidad monetaria, que considera la selección ponderada por el valor monetario.

Como resultado de lo anterior, se determinó una muestra de auditoría de 17,318.0 miles

de pesos, que representa el 17.2% del total de recursos ejercidos (100,551.6 miles de

pesos) en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Cabe mencionar que

el monto de 17,318.0 miles de pesos está integrado por el monto de los contratos

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697 VOLUMEN 5/18

núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13,

IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13

y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13.

La auditoría se l levó a cabo en las Direcciones Generales de Administración, de Obras

y Desarrollo Urbano, y de Desarrollo Delegacional, adscritas a la Delegación Iztapalapa, y

que participaron en el ejercicio de los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”. Se aplicaron procedimientos de auditoría en las áreas que intervinieron en

la operación del rubro revisado, con objeto de que los resultados obtenidos permitieran conocer

la razonabilidad del uso y destino de los recursos.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del control interno relacionado con el manejo y administración

de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se llevaron a cabo

actividades relativas a los componentes del control interno (entorno de control y valoración

de riesgos).

Con la finalidad de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión

y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual

administrativo de la Delegación Iztapalapa, en sus apartados de organización y de

procedimientos vigentes en 2013, para identificar la estructura orgánica; asimismo, se revisaron

los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas que las integran,

específicamente aquellas que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Se verificaron

los procedimientos aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar,

aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas

con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; y se constató si dichos

procedimientos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos,

normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Adicionalmente, se aplicó un cuestionario de control interno a los servidores públicos

adscritos a la Dirección General de Administración (DGA) de la Delegación Iztapalapa,

que tuvieron relación con el ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

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698 VOLUMEN 5/18

Participativo”; se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores

públicos facultados para ello, y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas

y los objetivos específicos de control.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en relación con el ejercicio

del presupuesto del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se determinó que la

Delegación Iztapalapa cuenta con mecanismos que, en general, hacen factible la administración

de riesgos de irregularidades e ineficiencias. Asimismo, se constató que las áreas del

órgano político-administrativo están estructuradas conforme a las funciones asignadas en

el manual administrativo en su apartado de organización, lo cual contribuye al cumplimiento

de la normatividad, así como a la supervisión y control de las operaciones para validar las

erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez permite delimitar las responsabilidades

de los servidores públicos. Sin embargo, el sujeto fiscalizado presentó deficiencias de control

interno que, de manera específica, se señalan en el apartado de resultados de este informe.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

El numeral 2.3.5, “Efectos de la dictaminación de las estructuras orgánicas”, de la Circular

Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, establece: “2.3.5.1. Una vez

que la dictaminación surta efectos, las […] delegaciones [...] de la APDF, deberán operar

con estricto apego al dictamen de estructura orgánica que emita y autorice la CG[DF].

En consecuencia, las plazas vigentes de servidores públicos superiores, mandos medios,

homólogos, puestos de líder coordinador de proyectos y enlace, deberán coincidir y ocuparse

conforme al dictamen en número de puestos, plazas, niveles, nomenclaturas, áreas de

adscripción y funciones”.

Con la finalidad de conocer las funciones de las unidades administrativas encargadas del

control de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se analizaron

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699 VOLUMEN 5/18

el dictamen de la estructura orgánica y el manual administrativo de la Delegación Iztapalapa

(en sus apartados de organización y de procedimientos), relacionados con el rubro sujeto

a revisión, vigentes en 2013.

La DGA de la Delegación Iztapalapa, proporcionó el dictamen de estructura orgánica y el manual

administrativo (en sus apartados de organización y de procedimientos) vigentes en 2013, de

cuya revisión se determinó lo siguiente:

En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció sus funciones y atribuciones con base en el dictamen

de estructura orgánica núm. 11/2011, vigente a partir del 1o. de diciembre de 2011, que dejó

sin efectos al dictamen núm. 11/2006, el cual le fue comunicado por la CGDF mediante el oficio

núm. CG/569/2011 del 1o. de diciembre de 2011. Con base en el dictamen núm. 11/2011,

el órgano político-administrativo contó con 263 plazas autorizadas, distribuidas como sigue:

Puestos de estructura

Unidad administrativa

113 Oficina del Jefe Delegacional

22 Dirección General Jurídica y de Gobierno

29 Dirección General de Administración

25 Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

17 Dirección General de Servicios Urbanos

22 Dirección General de Desarrollo Social

35 Dirección General de Desarrollo Delegacional

263 Total

Las áreas administrativas que participaron en el ejercicio de los recursos del destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron la DGA, por ser la unidad administrativa encargada

de registrar las operaciones financieras; así como la Dirección General de Obras y Desarrollo

Urbano (DGODU) y la Dirección General de Desarrollo Delegacional, por ser las encargadas

de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.

Manual Administrativo

El apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Circular

Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

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700 VOLUMEN 5/18

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, establece, entre otras disposiciones,

las siguientes:

“2.4.1. Para efectos de revisión, dictamen y registro ante la CG[DF], los Manuales

Administrativos de las […] delegaciones […] de la APDF [Administración Pública del Distrito

Federal] se componen de:

”• Manual de Organización, y

”• Manual de Procedimientos.

”2.4.2. Los titulares de las […] delegaciones […], son los responsables de la actualización

de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado,

de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica o de la supresión

o creación de leyes y normas, para ello, deberán remitir conjuntamente con la solicitud de

reestructura el proyecto de Manual de Organización, para que se apruebe simultáneamente

con la estructura. La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA

por medio de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar

en 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta

proceda a su análisis y, en su caso, al registro. […]

”2.4.6.2. La solicitud de registro de Manuales Administrativos o Específicos de Operación

deberá presentarse a la CGMA, mediante oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica

avanzada por el titular de […] órganos político-administrativo […]

”2.4.6.7. Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos y Manuales Específicos

de Operación ante la CGMA, los titulares de las […] unidades administrativas […] serán

los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, gestionando

para tal efecto, los trámites que correspondan ante la CJySL.

”2.4.7.2. Los titulares de las […] delegaciones […] deberán hacer del conocimiento del personal,

el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén adecuada

y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos internos

aplicables en su área de adscripción.”

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701 VOLUMEN 5/18

Con la finalidad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones, se identificaron las áreas

administrativas relacionadas con el registro, control, ejercicio y seguimiento de los recursos

provenientes del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”, sus atribuciones y sus

funciones, así como los datos referentes a la autorización y difusión del citado manual

administrativo del órgano político-administrativo. Al respecto, se constató lo siguiente:

Manual de Organización

Con el oficio núm. 12.101.1399.07 del 13 de noviembre de 2007, el órgano político-administrativo

remitió a la CGMA, el Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa, en su parte

de organización, para efectos de revisión, análisis y, en su caso, registro. En respuesta,

con el oficio núm. CGMA/DDO/4004/07 del 7 de diciembre de 2007, la CGMA comunicó

a la Jefatura Delegacional en Iztapalapa la autorización y registro del manual administrativo,

en su parte de organización, con el registro núm. MA-02D09-11/06, correspondiente al

dictamen núm. 11/2006, vigente del 1o. de diciembre de 2011 al 22 de abril de 2013; y fue

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 8 de febrero de 2008. Con los oficios

núms. 12.101.020.08, 12.101.021.08, 12.101.022.08, 12.101.023.08, 12.101.024.08, 12.101.026.08,

12.101.027.08, 12.101.029.08, 12.101.030.08, 12.101.031.08, 12.101.032.08, 12.101.033.08, 12.101.034.08

y 12.101.035.08, del 10 de enero; 12.101.025.08 y 12.101.028.08, del 16 de enero; y 12.101.104.08,

del 23 de enero, todos de 2013, fue difundido entre los servidores públicos que integran

la estructura de la Delegación.

Asimismo, con el oficio núm. DGDD/1882/2012 del 28 de septiembre de 2012, la Delegación

Iztapalapa remitió a la CGMA, dependiente de la CGDF, el manual administrativo, en su

parte de organización, para efectos de revisión, análisis y, en su caso, registro. En respuesta,

con el oficio núm. CG/CGMA/0767/2013 del 23 de abril de 2013, la CGMA comunicó a la

Jefatura Delegacional en Iztapalapa la autorización y registro del manual administrativo de

la Delegación, en su parte de organización, con el registro núm. MA-309-11/11, correspondiente

al dictamen núm. 11/2011, vigente a partir del 23 de abri l de 2013, y que fue publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1628 del 18 de junio de 2013. Con el oficio

núm. DGDD/259/2013 del 8 de mayo de 2013, fue difundido entre los servidores públicos

responsables de su aplicación.

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702 VOLUMEN 5/18

Con la finalidad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones, se identificaron las áreas

administrativas relacionadas con el registro, control, ejercicio y seguimiento de los recursos

provenientes del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”, sus atribuciones y sus

funciones, así como los datos referentes a la autorización y difusión del citado manual

administrativo del órgano político-administrativo. Al respecto, se constató lo siguiente:

Manual de Procedimientos

El Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa, específicamente el apartado de

procedimientos, se integró por 206 procedimientos aplicables en 2013, formulados con

base en los dictámenes con los registros núms. MA-02D09-11/06 (175 procedimientos)

y MA-309-11/11 (31 procedimientos).

De los 206 procedimientos utilizados en 2013, se revisaron 14 relacionados directamente

con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos

ejercidos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y se verificó

que contaran con los elementos básicos del control interno, relativos a la autorización,

procesamiento y clasificación de las transacciones; a la verificación y evaluación; y a la

salvaguarda física de los activos. Los procedimientos revisados fueron los siguientes:

1. “Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas por Anticipos y Estimaciones de Obra

Pública”.

2. “Atención a Solicitudes de Afectaciones y Trámites de Documentos Múltiples”.

3. “Afectaciones Programático Presupuestales”.

4. “Asignación de Contratos de Obra Pública y Servicios por Licitación Pública”.

5. “Asignación de Contrato de Obra Pública y Servicios por Invitación Restringida a Cuando

Menos Tres Participantes”.

6. “Asignación de Contratos de Obra Pública y Servicios por Adjudicación Directa”.

7. “Seguimiento a la Ejecución de Contratos y Obra Pública y Servicios”.

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703 VOLUMEN 5/18

8. “Elaboración, Registro y Publicación del Manual Administrativo en su parte de

Organización”.

9. “Elaboración, Dictamen y Registro del Proyecto de Reestructuración”.

10. “Procedimientos Administrativos”.

11. “Recepción, Registro, Revisión de Estimaciones”.

12. “Instalación o Cambio de Luminaria”.

13. “Recuperación de Pagos en Exceso a Empresas Contratistas”.

14. “Recuperación de Reintegro de Pagos o Amortizaciones”.

Dichos procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 3 y 24 de

abril, y 17 septiembre, todos de 2008; 20 de febrero, 17 de junio, 6 de julio y 11 de diciembre,

todos de 2009; y del 19 de octubre de 2011, los correspondientes a los formulados con base

en el dictamen con el registro núm. MA-02D09-11/06 (175 procedimientos); el 16 de octubre

de 2013 y el 23 de enero de 2014, los formulados con base en el dictamen con el registro

núm. MA-309-11/11 (31 procedimientos).

Como se observa, la Delegación Iztapalapa no actualizó la totalidad de sus procedimientos

vigentes en 2013 conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011, autorizado

por la CGMA; no obstante, mediante los oficios núms. CG/CGMA/0366/2014,

CG/CGMA/0057/2014 y CG/CGMA/0276/2014 del 13 de marzo, 7 y 21 de abril de 2014,

respectivamente, el órgano político-administrativo obtuvo la autorización y registro por parte

de la citada coordinación general de 160 procedimientos correspondientes al dictamen de

estructura orgánica núm. 11/2011; fueron difundidos entre las unidades administrativas

que integran el órgano político-administrativo mediante 19 oficios emitidos por el Director

General de Desarrollo Delegacional; y las relaciones de éstos fueron publicadas en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 16 de octubre de 2013, 23 de enero, 22 de mayo

y 4 de junio de 2014, por lo que se observó que durante el ejercicio de 2014, el apartado

de procedimientos del Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa fue actualizado

conforme la estructura orgánica autorizada por la CGMA.

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704 VOLUMEN 5/18

Se aplicó un cuestionario de control interno a la DGA, se analizó la información proporcionada

en respuesta y se determinó que la Delegación Iztapalapa presentó lo siguiente:

Para el registro y control de las operaciones con destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, la Delegación Iztapalapa cuenta con áreas específicas responsables de la

gestión, y dispone de una estructura operativa actualizada y registrada ante la CGMA.

El personal cuenta con conocimientos específicos acerca de la normatividad que le aplica

al presupuesto participativo.

La Delegación Iztapalapa incorporó en el Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales (GRP-SAP) los documentos presupuestales (CLC, adecuaciones

programático-presupuestarias y documentos múltiples) y, con ello, proporcionó los elementos

necesarios para que la SEFIN realizara el registro presupuestal y contable del gasto, mediante

las pólizas de diario y de egresos correspondientes, en cumplimiento de lo establecido en la Ley

General de Contabilidad Gubernamental.

En razón de lo expuesto, se considera que, a pesar de las debilidades señaladas, el control

interno establecido por la Delegación Iztapalapa para la administración de los recursos

ejercidos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” es satisfactorio, ya que

se contó con estrategias y mecanismos de control sobre el desarrollo de las actividades que

aseguran la salvaguarda de los recursos de manera razonable; la obtención de la información

suficiente, oportuna y confiable; el cumplimiento de las metas y objetivos; y la observancia

de la normatividad en materia del presupuesto participativo y en materia de obra pública.

Lo anterior se determinó tomando como base el análisis de los procedimientos administrativos,

la documentación generada en cada momento contable descrita en los resultados del presente

informe, y los resultados de la aplicación del cuestionario de control interno.

Consulta Ciudadana

2. Resultado

El artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece que

“en el Distrito Federal existe el presupuesto participativo que es aquel sobre el cual los

ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos específicos

en las colonias y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal.

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705 VOLUMEN 5/18

[…] Los rubros generales a los que se destinará la aplicación de dichos recursos serán

los de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención del delito, […]

además de los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales

de las colonias o pueblos del Distrito Federal”.

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de agosto de 2012 fue publicada la Convocatoria

dirigida a la ciudadanía para participar en la Consulta Ciudadana, que se realizaría en

noviembre de 2012, para definir los proyectos específicos en los que se aplicarían los recursos

del presupuesto participativo correspondiente al ejercicio fiscal de 2013, en las colonias

y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal; dicha Convocatoria

fue emitida el 15 de agosto de 2012 por el Consejero Presidente y por el Secretario Ejecutivo,

ambos del IEDF.

Con el fin de verificar que las obras y servicios realizados por la Delegación Iztapalapa

correspondieran a los proyectos específicos ganadores mediante de la Consulta Ciudadana

y que hayan aplicado el presupuesto participativo en cada una de ellas, se verificó lo siguiente:

El Consejo General del IEDF, mediante los acuerdos núms. ACU-839-12 y ACU-840-12

del 15 de agosto y 19 de septiembre, ambos de 2012, aprobó la Convocatoria dirigida a la

ciudadanía para participar en la Consulta Ciudadana. También aprobó el uso del Sistema

Electrónico por Internet como mecanismo adicional para recabar las opiniones de la Consulta

en materia de Presupuesto Participativo, mediante el acuerdo núm. ACU-838-12 del 15 de

agosto de 2012.

Asimismo, el 21 de septiembre de 2012 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se

modifica la Convocatoria para participar en la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto

Participativo que se realizará en 2012”, para modificar los plazos establecidos en las reglas

operativas de la base segunda, que indica lo siguiente:

3. “Registro de proyectos específicos ante los órganos de representación ciudadana o Dirección

Distrital”.

”3. inciso a. Remitir a los órganos de representación ciudadana, según corresponda,

los proyectos específicos que se reciban en la Dirección Distrital; […]

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706 VOLUMEN 5/18

”5. Presentar por escrito a la Delegación Política respectiva, los proyectos recibidos, para

solicitar a los responsables por área designados por dicha instancia, la opinión sobre

la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los mismos; […]

”6. La Jefatura Delegacional remitirá a la Dirección Distrital cabecera de Delegación la relación

de todos los proyectos específicos opinados, misma que publicará al día siguiente, en los

estrados de las Direcciones Distritales correspondientes para conocimiento de los Comités

Ciudadanos, Consejos de los Pueblos y Consejos Ciudadanos Delegacionales según

corresponda.”

Lo anterior, en virtud de que los Jefes Delegacionales electos en el proceso electoral ordinario

2011-2012, entrarían en funciones el 1o. de octubre de 2012, de acuerdo con la etapa de

transición en la Administración Pública del Distrito Federal; y con objeto de que, una vez

instalados dichos servidores públicos en sus cargos, lleven a cabo la designación de las

personas encargadas.

Mediante el acuerdo de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana

núm. CPC/05/2013 y la circular núm. 08 del 5 de marzo de 2013, de la Secretaría Ejecutiva,

ambos del IEDF, se solicitó, “en coordinación con las Direcciones Distritales cabecera

de Delegación, entablar comunicación con los Consejos Ciudadanos Delegacionales con

la finalidad de exhortarlos a realizar las acciones conducentes a fin de seleccionar los

proyectos para el Presupuesto Participativo en aquellas colonias en donde no se realizó la

Consulta Ciudadana sobre presupuesto participativo para el ejercicio fiscal 2013, celebrada

en noviembre de 2012, así como en las que se presentó como resultado de la referida

Consulta, un empate entre dos o más proyectos en primer lugar”. Lo anterior, conforme

al artículo 204, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal, el cual señala: “En aquellas colonias donde no exista Comité Ciudadano, bien porque

no se haya realizado la jornada electiva o por cualquier otra causa, los Consejos Ciudadanos

Delegacionales en coordinación con las organizaciones ciudadanas debidamente registradas

correspondientes al ámbito territorial en cuestión, designarán a una comisión encargada

de realizar todos los trámites tendientes a dar cumplimiento a lo establecido en los

artículos 83 y 84, el presente artículo y demás disposiciones aplicables”.

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707 VOLUMEN 5/18

De acuerdo con la Consulta Ciudadana celebrada los días 4, 5, 7, 8 y 11 de noviembre de 2012,

se eligieron 276 proyectos específicos; y por medio del acta circunstanciada de la sesión

extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztapalapa, celebrada el 27 de febrero

de 2013, la cual señala como uno de los puntos del orden del día, la “selección de los proyectos

específicos en los que se aplicarán los recursos del presupuesto participativo correspondiente

en las […] colonias que por cualquier motivo, no se realizó la Consulta Ciudadana […]

y colonias en donde se hubiese presentado como resultado de la referida consulta, un empate

entre dos o más proyectos en primer lugar”. Derivado de dicha sesión, fueron votados

y seleccionados cinco proyectos por presentar empate en la Consulta Ciudadana y cuatro

por no realizar ésta, en el ámbito territorial de la Delegación Iztapalapa, correspondientes

a los Comités Ciudadanos de las colonias “Fuerte de Loreto-la Antena (u.hab)”, “Plutarco

Elías Calles”, “Santiago Acahualtepec (pblo)”, el “Santuario” y los “Cipreses”, por empate en la

consulta; así como, las colonias “Leyes de Reforma 2a. Sección”, el “Triunfo”, el “Triángulo”

y “NA HAL TI (u.hab)”, por no realizarse dicha consulta.

En 2013, la Delegación Iztapalapa contó con un total de 285 proyectos específicos en los

que se aplicaron los recursos con cargo al presupuesto participativo, por un importe de

101,713.3 miles de pesos, que se distribuiría entre los 285 Comités Ciudadanos o Consejos

de los Pueblos que integran la Delegación, a razón de 356.9 miles de pesos para cada uno.

1. De acuerdo con las constancias de validación y el acta circunstanciada de la sesión

extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztapalapa, celebrada el 27 de

febrero de 2013, proporcionadas por el órgano político-administrativo, los proyectos

específicos en forma genérica quedaron distribuidos de la siguiente manera:

a) 87 proyectos específicos corresponden a obras y servicios (ampliación de centros

comunitarios, de salud o sociales; construcciones de casas de la cultura, salones de

usos múltiples o canchas; aplanados y pintura en fachadas; pintura y remozamiento

de fachadas de unidades habitacionales; impermeabilizaciones; mantenimientos de

pisos, sótanos, áreas de tinacos y edificios; mejoramiento de áreas verdes; banquetas

y guarniciones; reparación de camellones; cambio de concreto y herrería en escaleras;

muros de contención; construcción, mantenimiento, rehabilitación o recuperación

de espacios públicos; mantenimiento de plazas cívicas; así como techumbres).

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708 VOLUMEN 5/18

b) 125 proyectos relativos a la prevención del delito (alarmas vecinales, cámaras de

seguridad o vigilancia, alumbrado público, colocación de luminarias, luminarias de poste

corto, vehículos de seguridad, módulos de seguridad pública o casetas de vigilancia).

c) 29 proyectos de infraestructura urbana (equipamiento o jardinería, alcantarillado

y drenaje, corredores para discapacitados, escalinatas, barandales o rampas).

d) 44 proyectos relacionados con equipamiento (rehabilitación y equipamiento de canchas

de frontón o futbol, deportivos, centros comunitarios, espacios públicos, gimnasios

al aire libre, juegos infantiles, así como rescate de proyectos comunitarios).

De acuerdo con la base sexta “De la Entrega de Resultados de la Consulta” de dicha

convocatoria, la Delegación Iztapalapa proporcionó copia de 281 constancias de validación

de resultados de la Consulta Ciudadana del 11 de noviembre de 2012 (incluidas cinco

que presentaron empate), emitidas por la Secretaría Técnica Jurídica de las Direcciones

Distritales XIX (35), XXII (32), XXIII (22), XXIV (34), XXVI (22), XXVIII (55), XXIX (31)

y XXXII (50), del IEDF, en las que se hicieron constar los resultados de los proyectos

específicos seleccionados; y por medio del acta circunstanciada de la sesión extraordinaria

del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztapalapa, celebrada el 27 de febrero de 2013,

fueron seleccionados cuatro proyectos nuevos y cinco por presentar empate en la Consulta

Ciudadana, según el acuerdo de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana

núm. CPC/05/2013, y mediante la circular núm. 8 del 5 de marzo de 2013 de la Secretaría

Ejecutiva, ambos del IEDF en cumplimiento del artículo 204, fracción II, párrafo segundo,

de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2013.

Del análisis a las constancias de validación de resultados de la Consulta Ciudadana

en materia de Presupuesto Participativo, realizada en noviembre de 2012, y del acta

circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en

Iztapalapa, celebrada el 27 de febrero de 2013, se concluye que los 285 proyectos

específicos en que se aplicaron los recursos con cargo al presupuesto participativo del

ejercicio de 2013 de la Delegación Iztapalapa, se destinaron los recursos a los rubros

generales de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana y prevención

al delito, en atención a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana

del Distrito Federal vigente durante 2013.

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709 VOLUMEN 5/18

2. Asimismo, se compararon los datos establecidos en el apartado “PPD Presupuesto

Participativo para las Delegaciones,” de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2013, con la información presentada en las constancias de validación;

lo determinado en el acta circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo

Ciudadano Delegacional; así como lo dispuesto en el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, Anexo I “Presupuesto Participativo por

Delegaciones”. Del comparativo, se determinaron diferencias en los datos presentados

en dichos documentos. Por lo anterior, mediante los oficios núms. AFLB/138/13-02

y AFLB/138/13-03, del 6 y 25 de marzo de 2015, respectivamente, la Auditoría Superior

de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la Delegación Iztapalapa que aclarara las

diferencias encontradas (relativas al monto ejercido y a los proyectos votados) y que

proporcionara la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente.

En respuesta, mediante los oficios núms. DGA/CPII/426/2015 y DGA/CPII/637/2015,

del 12 de marzo y 14 de abril de 2015, la Coordinación de Planeación e Integración de

Informes de la Delegación Iztapalapa proporcionó lo siguiente:

a) Nota informativa sin número y fecha, ni nombre, cargo y firma del servidor público

que la elaboró, revisó o autorizó; en hoja membretada de la Jefatura de Unidad

Departamental de Planeación del Desarrollo Urbano de la DGODU, por medio de

la cual se informó lo siguiente:

● En la colonia o pueblo originario “Estrella del Sur”, descripción del proyecto

“Reencarpetamiento”, se ejercieron 595.6 miles de pesos con relación al Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,

es decir, 238.7 miles de pesos más de lo programado. Al respecto, se indicó

que “existió un error en la captura de la información, al ser integrada en la Cuenta

Pública 2013, el monto real aplicado a esta colonia fue $ 311,611.78, como

se hace constar en la sábana finiquito […] se anexa sábana finiquito”.

● En la colonia o pueblo originario “Los Cipreses”, descripción del proyecto

“Construcción, rehabilitación o mejoramiento de espacios públicos”, se ejercieron

713.8 miles de pesos con relación al monto establecido en el Decreto

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710 VOLUMEN 5/18

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,

es decir, 356.9 miles de pesos más de lo programado. Sobre el particular, se

indicó que “las obras correspondientes a esta colonia se llevaron a cabo bajo

el amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PP-047-13, al cual se le hizo un convenio

modificatorio de importe, con No. IZP-DGODU-AD-PP-047-13/3, lo que representó

el incremento de recursos para esta colonia […] la modificación a que se

refiere el presente convenio representa una reforma de metas toda vez que

los comités unieron recursos para terminar satisfactoriamente con la obra […]

se anexó convenio modificatorio…”.

● Las colonias o pueblos originarios “La Planta”, “Los Reyes (pblo)”, “Miravalle”,

“Paraíso”, “Paraje Zacatepec” y “Plutarco Elías Calles”, ejercieron cada una

358.6 miles de pesos con relación al monto establecido en el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,

es decir, ejercieron 1.7 miles de pesos más que lo previsto (el importe total

por las seis colonias o pueblos fue de 10.4 miles de pesos). Al respecto, se informó

lo siguiente:

“… la Unidad Departamental de Infraestructura y Equipamiento Urbano tenía

contemplado pagar el contrato de supervisión completo […]; sin embargo, con

el fin de evitar un daño al erario, se realizó un ajuste al contrato de supervisión

haciéndole la cancelación a la empresa de $10,394.83.

”Se envía Acta de Entrega Recepción en la cual se constata el monto cancelado

del contrato…”

● También proporcionó copia del oficio núm. CPC.0234.2015 del 13 de abril

de 2015, por medio del cual el Coordinador de Participación Ciudadana informó:

“En cuanto a la duplicidad en la Cuenta Pública de la colonia San José Aculco,

encontramos que en la lista de resultados así como en las Actas de Validación,

en ambos casos emitidos por el IEDF están las colonias Aculco (pblo), con

clave 07-001, con el proyecto ganador ‘Construcción, rehabilitación o mejoramiento

de espacios públicos […]’ y San José Aculco, con clave 07-182, con proyecto

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711 VOLUMEN 5/18

ganador ‘Cancha de futbol rápido, construcción o mejoramiento de espacios

deportivos’, concluimos que se trató de un error humano, se anexa copia simple

de lista de resultados, así como de las actas de validación emitidas por el IEDF”.

b) La Delegación Iztapalapa, a la fecha de la elaboración del presente informe,

no proporcionó la evidencia documental referente a la diferencia presentada en la

colonia o pueblo “Plutarco Elías Calles”, ya que en la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2013 se establece el proyecto “Iluminación en todos lados

(luminarias)”, y en el acta circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo

Ciudadano Delegacional se establece como ganador el proyecto “Impermeabilización

de Edificios”.

Asimismo, en el apartado “PPD Presupuesto Participativo para las Delegaciones”

de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se señala que no

fueron ejercidos recursos en las colonias o pueblos “Paraíso Ampliación”, “Santiago

Acahualtepec (pblo)”, “Desarrollo Urbano Quetzalcóatl III”, “Reforma Política II”

y “Consejo Agrarista Mexicano II”; sin embargo, dichas colonias o pueblos cuentan

con constancias de validación emitidas como resultado de la Consulta Ciudadana

celebrada el 11 de noviembre de 2012.

Derivado de que la Delegación no proporcionó la evidencia documental relacionada

con las diferencias por proyecto, derivadas de la comparación del apartado “PPD

Presupuesto Participativo para las Delegaciones”, de la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2013, respecto de las 285 constancias de validación y el acta

circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional,

celebrada el 27 de febrero de 2013; y con el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, Anexo I “Presupuesto Participativo por

Delegaciones”, en el que se establece que a cada comité le correspondió ejercer

356.9 miles de pesos, lo cual impidió determinar la veracidad de lo informando

por el órgano político-administrativo.

Además, la Delegación Iztapalapa incumplió los artículos 135, primer y último párrafo,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y 11 y 16, Cuarto

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Lineamiento, “Información y Comunicación”, fracciones I y II, de los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 vigentes en 2013.

El artículo 135, último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal indica lo siguiente:

“Artículo 135.- Las Unidades Responsables del Gasto deberán remitir a la Secretaría

el Informe Trimestral […] que contenga información cuantitativa y cualitativa sobre

la ejecución de sus presupuestos aprobados y la evaluación de los mismos […]

”La información a la que se refiere este artículo, será responsabilidad del titular, así como

de los servidores públicos encargados de la administración y aplicación de los recursos

asignados…”

Los artículos 11 y 16, Cuarto Lineamiento, “Información y Comunicación”, fracciones I y II,

de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal, señalan lo siguiente:

“Artículo 11. El Control Interno es un proceso llevado a cabo por la Administración Pública:

Titulares, Órganos de Gobierno y el resto del personal cualquiera que sea su naturaleza

laboral, y está diseñado para proporcionar una seguridad razonable en el logro de sus

objetivos, dentro de las siguientes categorías:

”Eficacia y eficiencia de las operaciones

”Confiabilidad de los informes financieros y operativos

”Cumplimiento de las disposiciones legales

”Protección de los bienes gubernamentales […]

”Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno

son los siguientes […]

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713 VOLUMEN 5/18

”IV. Cuarto Lineamiento: ‘Información y Comunicación’

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias,

deberán establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen,

sea adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas,

así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que en

materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones legales

y administrativas aplicables.

”II. Conforme a lo anterior, la información debe ser identificada, capturada, procesada

y comunicada en forma y dentro del tiempo indicado a los servidores públicos

responsables de su atención, para que cumplan con sus responsabilidades. De esta

forma, la información deberá obtenerse, clasificarse y comunicarse oportunamente

a las instancias externas e internas procedentes”.

En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGA/1039/2015 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Iztapalapa proporcionó

copia del oficio núm. CAOF.331/2015 del 27 de mayo de 2015, mediante el cual

la Coordinación de Atención a Órganos Fiscalizadores, adscrita a la DGODU informó

lo siguiente:

“De la colonia Paraíso Ampl. mediante convenio No. IZP-DGODU-AD-PP-O-035-13/3

del cual se anexa copia se desprende que derivado de conflictos vecinales se llevó a cabo

la cancelación del frente Paraíso Ampl. […]

”De la colonia ‘Desarrollo Urbano Quetzalcóatl III’, se manifiesta que mediante convenio

número IZP-DGODU-AD-PP-O-048-13/4 del cual se anexa copia se llevó a cabo

la cancelación del frente […]

”De la colonia ‘Reforma Política II’, se manifiesta que dicho presupuesto sí fue ejercido

mediante contrato [núm.] IZP-DGODU-AD-PP-O-037-13 ejerciéndose el tercer rubro ganador.

Se anexa copia del soporte documental, consistente en oficio número 12.212/733/13,

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de fecha 20 de diciembre de 2013, oficio [núm.] DO/1993/2013, Minuta de Trabajo

inicio de Obra, ambos de fecha 12 de diciembre de 2013 y álbum fotográfico de trabajos

ejecutados.

”Y por último respecto a la colonia ‘Consejo Agrarista Mexicano II’, se manifiesta que dicha

colonia fue ejercida en el contrato número IZP-DGODU-AD-PP-O-019-13, ya que

mediante convenio número IZP-DGODU-AD-PP-O-019-13/3 se adicionó dicha colonia

a este contrato”.

Del análisis a la información y documentación proporcionadas por la Delegación Iztapalapa,

se determinó que ésta no aclara lo correspondiente a las diferencias por proyecto presentados

en el comparativo de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, las

constancias de validación, el acta circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo

Ciudadano Delegacional, con el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2013, por lo cual, la observación prevalece.

Adicionalmente, se observó que en la documentación que se generó durante el proceso

de adjudicación, contratación, ejecución y entrega de las obras, no se estableció el importe

a ejercer o ejercido por cada uno de los proyectos específicos en los que se aplicaron los

recursos con cargo al presupuesto participativo del ejercicio de 2013 (los importes establecidos

son por grupos de proyectos); sin embargo, dicho importe sólo se puede determinar llevando

a cabo las operaciones aritméticas de los montos que se establecen en los generadores

de las estimaciones y en las sábanas “Finiquito de Obra”, donde se establecen las obras

en forma general, y fueron presentadas en hojas oficio y carta, el tipo de letra muy pequeño

y en algunos casos ilegible.

Por lo anterior, la Delegación incumplió el Anexo I “Presupuesto Participativo por Delegaciones”,

del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, en el cual

se establece que a cada comité de la Delegación Iztapalapa le correspondió ejercer 356.9 miles

de pesos.

Tampoco atendió el artículo 16, Cuarto Lineamiento, “Información y Comunicación”,

fracción I, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública

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715 VOLUMEN 5/18

del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril

de 2007, vigentes en 2013, que establece lo siguiente:

“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son

los siguientes […]

”IV. Cuarto Lineamiento: ‘Información y Comunicación’

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal,

y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán

establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen, sea adecuada

para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas, así como para

cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que en materia de información

están sujetas, en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables”.

En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, mediante el oficio

núm. DGA/1039/2015 del 28 de mayo de 2015, la DGA de la Delegación Iztapalapa

proporcionó copia del oficio núm. CAOF.331/2015 del 27 de mayo de 2015, por medio del cual

la Coordinación de Atención a Órganos Fiscalizadores, adscrita a la DGODU, informó:

“… me permito remitir dichas ‘Sábana finiquito" en archivo electrónico para su mejor legibilidad

y de esta manera verificar claramente los montos ejercidos en cada uno de los proyectos

en los que se aplicaron recursos con cargo al presupuesto participativo del ejercicio 2013”.

Del análisis a la información y documentación proporcionada se determinó que la Delegación

Iztapalapa no aclara la observación, por qué no se establece el importe total a ejercer

o ejercido por cada uno de los proyectos específicos en que se aplicaron los recursos con

cargo al presupuesto participativo en la documentación que se generó durante el proceso

de adjudicación (contratos, generadores de las estimaciones, sábanas “Finiquito de Obra”

y actas entrega-recepción); por lo anterior, la observación no se modifica.

Finalmente, por no ejercer la el total de los recursos en los proyectos que resultaron elegidos

de la Consulta Ciudadana, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 83, inciso d), de

la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que dice: “d) Se establecerá que

las autoridades administrativas del Gobierno de la Ciudad y Jefes Delegacionales tienen

la obligatoriedad de ejercerlo”.

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716 VOLUMEN 5/18

En la reunión de confronta del 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa no dio

información o documentación referente a que no se ejerció la totalidad de los recursos en

los proyectos elegidos por la Consulta Ciudadana, así que la observación no se modifica.

Recomendación AFLB-138-13-19-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno

para que las obras y servicios realizados correspondan a los proyectos ganadores, y que

se aplique estrictamente el presupuesto participativo aprobado para cada uno de éstos;

y que en caso de reformar las metas, cambios y cancelaciones de proyectos específicos,

la Delegación tenga evidencia documental de dichos cambios aprobados por los Comités

Ciudadanos o Consejos de los Pueblos, conforme a la Ley de Participación Ciudadana del

Distrito Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.

Recomendación AFLB-138-13-20-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno para

garantizar que en la documentación que se genere durante los procesos de adjudicación

(contratación, ejecución, y entrega de las obras y de los bienes o servicios), se establezca

el importe total a ejercer o ejercido por cada uno de los proyectos específicos donde

se apliquen los recursos con cargo al presupuesto participativo, derivado de que a cada

comité se asigna un presupuesto; asimismo, que la información enviada a la Secretaría de

Finanzas sea identificada, capturada y procesada adecuadamente, permitiendo el logro

de los objetivos, metas y programas, para cumplir las obligaciones y responsabilidades en

materia de transparencia, de acuerdo con el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal y la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Capacitación

3. Resultado

Con objeto de verificar que los servidores públicos del órgano político-administrativo

y los integrantes de los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos hayan recibido

la capacitación en materia de presupuesto participativo, con los oficios núms. ALFB/138/13-01

y ALFB/138/13-03 del 24 de febrero y 25 de marzo de 2015, se solicitó a la Coordinación

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717 VOLUMEN 5/18

de Planeación e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa, evidencia documental

de la capacitación en materia de presupuesto participativo a los servidores públicos de la

Delegación y a los integrantes de los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos;

evidencia documental de la promoción de cursos de formación y sensibilización entre los

servidores públicos; y evidencia documental de que la Delegación envió al IEDF la relación de

los nombres y cargos del personal responsable de dar el apoyo técnico a los ciudadanos

interesados de recibir asesoría, así como los datos de los funcionarios que emitirán la

opinión sobre la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los proyectos propuestos

por la Delegación.

En respuesta, con los oficios núms. DGA/CPII/494/2015 y DGA/CPII/637/2015 del 24 de marzo

y 14 de abril de 2015, la Coordinación de Planeación e Integración de Informes de la Delegación

Iztapalapa, proporcionó la siguiente documentación:

1. Copia del oficio núm. CRH/3066/13 del 29 de abril de 2013, por medio del cual

el Coordinador de Recursos Humanos hace del conocimiento del Director General de

Desarrollo Delegacional la programación de cursos para el mes de mayo de 2013,

entre los que se encuentra el curso “Marco Jurídico-Administrativo en la Coordinación

de Participación Ciudadana para la Actualización de Servidores Públicos”.

2. Copia del oficio núm. IEDF/DD/XXIV/126/2013 del 14 de junio de 2013, signado por

la Coordinación de la XXIV Dirección Distrital Cabecera de la Delegación Iztapalapa,

dirigido a la Jefatura Delegacional, con el cual informa lo siguiente:

“… que el Instituto Electoral del Distrito Federal pone a disposición de los servidores

públicos el ‘Programa de Capacitación, Educación, Asesoría y Comunicación 2013’

[…] en torno a los temas previstos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal.

”Por lo anterior, le hacemos una atenta invitación, para que todos aquellos servidores

públicos que estén interesados en el mismo, puedan acceder al curso en línea […]

o bien acudan a tomar el mismo de manera presencial a la sede de la Dirección

Distrital XXIV.”

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718 VOLUMEN 5/18

3. Copia del oficio núm. DPAC/296/13 del 14 de junio de 2013, mediante el cual la Dirección

de Promoción y Atención Ciudadana de la Delegación Iztapalapa solicitó a la

Coordinación de Participación Ciudadana hacer extensiva la invitación al personal

de estructura de esa área.

4. Copia del oficio núm. CPC.0234.2015 del 13 de abril de 2015, por medio del cual

la Coordinación de Participación Ciudadana informó a la Coordinación de Planeación

e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa lo siguiente:

“En cuanto a la difusión de los cursos impartidos por el Instituto Electoral del Distrito

Federal, le envío el oficio DPA/296/2013 […] en donde hace la invitación al personal

de estructura de esta coordinación para los cursos que el IEDF imparte […] por

cargas de trabajo no se tomaron estos cursos y no se tiene evidencia de que otras

áreas lo hayan cursado.

”Cabe mencionar, que dicha invitación a los citados cursos, es para los servidores

públicos de este órgano político-administrativo, en ninguna parte alude a que se tenga

que hacer extensiva la invitación a los Comités Ciudadanos [dicha obligación no se

establece] en el oficio IEDF-DD-XXIV/126/2013, ni en la Ley de Participación Ciudadana.”

5. Copia del oficio núm. DPAC.947.2012 del 22 de agosto de 2012, mediante el cual

la Dirección de Promoción y Atención Ciudadana de la Delegación Iztapalapa, envió

a la Coordinadora Distrital de la XXIV, Dirección Distrital Cabecera de la Delegación

Iztapalapa, el listado de funcionarios responsables, encargados de proporcionar asesoría

y apoyo técnico derivado de la Convocatoria dirigida a la ciudadanía para participar

en la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto Participativo.

Derivado del análisis de la información y documentación presentadas por la Delegación,

se determinó que el IEDF, por medio de sus Direcciones Distritales, remitió durante

el ejercicio de 2012 oficios dirigidos a los Jefes Delegacionales para dar cumplimiento al

“Plan Anual de Estudios y Acciones 2012, para la Capacitación, Educación, Asesoría y

Comunicación de los integrantes de los Órganos de Representación Ciudadana, Funcionarios

Públicos del Distrito Federal y Organizaciones Ciudadanas”, aprobado durante la sesión

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719 VOLUMEN 5/18

pública del 25 de enero de 2012, mediante el acuerdo núm. ACU-16-12, en torno a la Ley

de Participación Ciudadana del Distrito Federal, en el cual informó sobre los cursos

presenciales que fueron impartidos en las sedes distritales; así como la página de los

cursos en línea que estuvo a disposición de los servidores públicos. La elaboración de dicho

“Plan Anual de Estudios y Acciones 2012” tiene sustento en los artículos 3o., fracción IX;

14 fracciones III y IV; y 15, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente

en 2013, que establecen lo siguiente:

“Artículo 3.- Son principios de la Participación Ciudadana, los siguientes: […]

”IX. Capacitación para la ciudadanía plena. […]

”Artículo 14.- Son autoridades en materia de participación ciudadana las siguientes: […]

”III. Los Jefes Delegacionales;

”IV. El Instituto Electoral […]

”Artículo 15.- […]

”Las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación

y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los órganos

de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y la

cultura de la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia

social y de una mejor gobernanza.

”Las autoridades promoverán entre los habitantes, ciudadanos y vecinos del Distrito

Federal, a través de campañas informativas y formativas, programas de: […] promoción

y desarrollo de los principios de la participación ciudadana, fomento a las organizaciones

ciudadanas, instrumentos de participación ciudadana y órganos de representación ciudadana.”

En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa

proporcionó copia del oficio núm. DPAC.947.2012 del 22 de agosto de 2012, mediante

el cual la Dirección de Promoción y Atención Ciudadana de la Delegación Iztapalapa

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720 VOLUMEN 5/18

envió a la Coordinadora Distrital de la XXIV Dirección Distrital Cabecera de la Delegación

Iztapalapa, el listado de funcionarios encargados de proporcionar asesoría y apoyo técnico

derivado de la Convocatoria dirigida a la ciudadanía para participar en la Consulta Ciudadana

en materia de Presupuesto Participativo.

Del análisis a dicha documentación, se determinó que no se proporcionó evidencia de la

capacitación en materia de presupuesto participativo a los servidores públicos del órgano

político-administrativo ni a los integrantes de los Comités Ciudadanos, por lo cual la observación

prevalece.

Recomendación AFLB-138-13-21-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa implante mecanismos de control interno que

permitan promover entre los servidores públicos la asistencia a los cursos de formación

y sensibilización de participación ciudadana que imparta el Instituto Electoral del Distrito

Federal; así como la promoción entre los habitantes, ciudadanos y vecinos del territorio

delegacional por medio de campañas informativas y formativas, programas de desarrollo

de los principios de la participación ciudadana, fomento a las organizaciones ciudadanas,

instrumentos de participación ciudadana y órganos de representación ciudadana, de acuerdo

con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.

Programa Anual de Obra Pública

4. Resultado

El artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal establece: “Las […] delegaciones

[…], a más tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización

presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad

de sus programas anuales de obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada

para no hacerlo en dicho plazo”.

El 16 de enero de 2013, la Delegación Iztapalapa recibió el oficio núm. SFDF/SE/90/2013

del 7 de enero de 2013, mediante el cual la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó

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721 VOLUMEN 5/18

el Techo Presupuestal, el Calendario Presupuestal y el POA. Derivado de lo anterior, el órgano

político-administrativo elaboró su Programa Anual de Obra Pública 2013 con base en el monto

autorizado para ejercer mediante el Techo Presupuestal.

La Delegación Iztapalapa publicó el Programa Anual de Obra Pública 2013, en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 12 de febrero de 2013.

En el análisis del Programa Anual de Obra Pública 2013, se observó que incluye el tipo de obra,

costo estimado, lugar de realización y zonas beneficiadas. Con ello, la Delegación cumplió

lo establecido en el artículo 8o., del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

vigente en 2013, que establece: “Las […] delegaciones […] al publicar sus programas

anuales de obra pública, darán a conocer las características fundamentales de las obras

públicas correspondientes, como tipo de obra, costo estimado, lugar de realización y zonas

beneficiadas…”.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa elaboró su Programa Anual de Obra

Pública 2013 con base en el monto autorizado para ejercer mediante el Techo Presupuestal,

y gestionó su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo establecido

conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;

dicho programa incluye el tipo de obra, costo estimado, lugar de realización de la obra y zonas

beneficiadas.

Gasto Aprobado

5. Resultado

El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013

establece en diversos artículos, el origen del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

de conformidad con lo siguiente:

“Artículo 8. Las erogaciones previstas para las Delegaciones, importan la cantidad de

25,053,170,036 pesos y se distribuyen de la siguiente manera:

”Delegación Iztapalapa 3,390,443,568 pesos.”

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722 VOLUMEN 5/18

Adicionalmente, en el Anexo II del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2013 contempla recursos correspondientes al Fondo de Inversión

distribuido entre las Delegaciones; a la Delegación Iztapalapa le corresponden 57,194.6 miles

de pesos, por lo que el total asignado a la misma ascendió a 3,447,638.2 miles de pesos.

El Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012,

señala que a la Delegación Iztapalapa le corresponderían recursos del presupuesto participativo

por 101,713.3 miles de pesos.

1. Con el fin de verificar si la Delegación Iztapalapa contó con la aprobación de la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN para los recursos del presupuesto participativo, conforme al

monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal 2013, mediante el oficio núm. AFL-B/14/097 del 5 de septiembre de 2014,

se solicitó a la Delegación que proporcionara copia del oficio del Techo presupuestal

autorizado por la SEFIN. En respuesta, la DGA con el oficio núm. DGA/1460/2014 del

15 de septiembre de 2014, proporcionó el oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero

de 2013, de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el cual se le comunicó

al Jefe Delegacional en Iztapalapa el Techo Presupuestal aprobado; además dentro

del apartado “Recursos Etiquetados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal” se señala que la Delegación deberá “etiquetar con el destino de gasto

65 [Presupuesto Participativo] los recursos del Anexo I del Decreto de Presupuesto

de Egresos, conforme al artículo sexto transitorio”.

2. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/492/2013 del 29 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Iztapalapa POA y el Calendario

Presupuestal definitivos para el ejercicio fiscal de 2013.

Derivado del análisis a la información contenida en el POA y el Calendario Presupuestal,

se observó que la Delegación sólo contempló el proyecto de inversión núm. O.02D9.3001

por un monto de 97,063.3 miles de pesos, y no incorporó proyectos por un importe de

4,650.0 miles de pesos para programar los proyectos por el total del presupuesto

participativo asignado a la Delegación (101,713.3 miles de pesos).

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Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa no atendió el apartado “Presupuesto autorizado

para el Ejercicio Fiscal 2013”, tercer párrafo, del oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de

enero de 2013, que dispone: “Es importante señalar, que en caso de ser necesario

esa Delegación deberá realizar las adecuaciones a su presupuesto aprobado por el

Órgano Legislativo, que le permitan ajustar al monto establecido en el mencionado

Anexo I [del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2013]…”.

En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa

no proporcionó información o documentación relacionada con las adecuaciones que

debe realizar a su presupuesto aprobado por el órgano legislativo, que le permitan

ajustar al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para cada ejercicio, por lo que la observación prevalece.

3. Asimismo, mediante la revisión de una póliza de diario proporcionada con el oficio

núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, por la Dirección de Contabilidad, adscrita

a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto aprobado de la

Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que señala: “La Secretaría operará un

sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar

y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago, además

de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración

Pública”; y las Normas Quinta y Sexta de las “Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitida por el

Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF), que estable:

“El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la

administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las

cuentas contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito

Federal, las cuales deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución

del gasto: el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado […]

El momento contable del gasto aprobado considera el registro de las asignaciones

presupuestarias anuales en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”.

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724 VOLUMEN 5/18

Recomendación AFLB-138-13-22-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa implante mecanismos de control interno para

garantizar que en el Programa Operativo Anual y el Calendario Presupuestal se prevean

los proyectos de inversión con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

o en su caso realizar las adecuaciones a su presupuesto aprobado por el órgano legislativo,

que le permitan ajustar al monto aprobado, de acuerdo con el Manual de Programación-

Presupuestación para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.

Gasto Modificado

6. Resultado

En los numerales 77, 78 y 79 del apartado A “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”,

del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal, se establece lo siguiente:

“77. Las AP’s [Afectaciones Presupuestarias] compensadas serán aquellas que impliquen

la transferencia de recursos de una Clave Presupuestaria a otra, debiendo contar con

disponibilidad presupuestal en las claves a reducir en los meses que se afecten, lo que

implica que las URG’s [Unidades Responsables del Gasto] deberán aplicar las medidas

de control necesarias para que los saldos de las claves se actualicen de conformidad con

los montos y calendarios autorizados.

”78. Cuando el presupuesto de una URG se vea incrementado por la transferencia de

recursos de otra URG, previa autorización de ambas, la adecuación presupuestaria,

programática y justificación la firmará y tramitará la URG que ceda los recursos a través

del Sistema ante la DGE [Dirección General de Egresos] respectiva […]

”79. Las DGE’s al recibir por el Sistema las AP’s compensadas, revisarán su correcto

requisitado y, en su caso, sus titulares las autorizarán mediante su registro”.

Asimismo, en los numerales 80 y 82 del apartado B “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”,

del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

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725 VOLUMEN 5/18

Pública del Distrito Federal, se establece: “80. Las adecuaciones presupuestarias líquidas

son aquellas que aumentan o reducen el monto del presupuesto autorizado […] 82. Las AP’s

líquidas, se deberán elaborar y enviar por el Sistema a la DGPP, señalando en la justificación,

si es el caso, los documentos que las soportan”.

Sobre el particular, se observó lo siguiente:

1. Con objeto de verificar que el presupuesto modificado a los recursos de destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo” se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias

autorizadas, se realizaron las siguientes pruebas sustantivas para revisar las modificaciones

al presupuesto:

a) Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto asignado

al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2013.

b) Se comparó el presupuesto asignado con el presupuesto ejercido y de la variación

reflejada, y se solicitó a la Delegación Iztapalapa una explicación del decremento

del presupuesto.

c) Se analizó la respuesta proporcionada por la Delegación Iztapalapa al cuestionario

de control interno en relación al presupuesto de 2013 y la variación presentada en

la Cuenta Pública de 2013, al respecto, informó que la variación del presupuesto

ejercido con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en relación

con el presupuesto original, “se debe principalmente a los procesos de licitación de

trabajos que se ejecutan por contrato dentro del capítulo 6000 “Inversión Pública”,

ya que las empresas ganadoras cotizaron por debajo de lo programado lo que trajo

como resultado la variación dentro de este concepto de gasto, es importante

aclarar que la programación de los recursos dentro del programa operativo anual

es de acuerdo al presupuesto aprobado, y las economías se generan por que los

costos de los trabajos pocas veces son exactos a los proyectos ganadores”.

De la aplicación de las pruebas de auditoría, se concluye que en el apartado “PPD

Presupuesto Participativo para las Delegaciones” de la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2013, la Delegación Iztapalapa reportó una asignación original

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726 VOLUMEN 5/18

de 101,713.3 miles de pesos, la cual fue modificada mediante 15 afectaciones

programático-presupuestarias con 11 reducciones líquidas. El presupuesto modificado

significó un decremento de 1,161.7 miles de pesos, para quedar en un presupuesto

ejercido de 100,551.6 miles de pesos, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Tipo de movimiento presupuestal Total

Presupuesto asignado 101,713.3

Menos:

Reducciones líquidas (1,161.7)

Presupuesto modificado 100,551.6

Presupuesto ejercido 100,551.6

Diferencia 0.0

Asimismo, las afectaciones son impresiones del GRP-SAP y se encuentran debidamente

autorizadas, registradas y soportadas con la documentación correspondiente, conforme

al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.

2. Se revisaron 11 pólizas de diario proporcionadas con el oficio núm. DC/352/2014 del

12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad, adscrita a la Dirección General

de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN y se comprobó el registro

presupuestal del momento contable del gasto modificado de la Delegación Iztapalapa,

de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2013, que establece: “La Secretaría operará un sistema informático de

planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar y simplificar las operaciones

de registro presupuestal y de trámite de pago, además de concentrar la información

presupuestaria, financiera y contable de la Administración Pública”; y con las Normas

Quinta y Séptima de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitida por el CONSAC-DF, que dice:

“El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la

administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas

contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal,

las cuales deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto:

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727 VOLUMEN 5/18

el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado […] El gasto

modificado es el momento contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de

incorporar el registro de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría

de Finanzas y que afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.

Gasto Comprometido

7. Resultado

El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, señala en

el Anexo I “Presupuesto Participativo por Delegaciones”, que a la Delegación Iztapalapa le

fueron asignados 101,713.3 miles de pesos, para el destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, que se distribuyó entre los 285 Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos,

por lo que a cada comité le correspondió ejercer 356.9 miles de pesos.

En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció recursos por 100,551.6 miles de pesos del destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y otras Ayudas” (45,318.6 miles de pesos) y 6000 “Inversión

Pública” (55,233.0 miles de pesos); del total de los recursos ejercidos se determinó una

muestra de auditoría de 17,318.8 miles de pesos (17.2% del total ejercido), con los cuales

se atendieron los requerimientos de 50 proyectos ganadores mediante la Consulta

Ciudadana y de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztapalapa

celebrada el 27 de febrero de 2013, correspondientes a las partidas presupuestales

6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización” (34 proyectos),

6191 “Trabajos de Acabados en Edificaciones y otros Trabajos Especializados” (nueve

proyectos) y 6221 “Edificación no Habitacional” (siete proyectos), que tuvieron como

procedimientos de adjudicación tres invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes

y cuatro adjudicaciones directas todos por concepto de obra pública.

Procedimientos de Adjudicación

Con la finalidad de constatar que los procedimientos de adjudicación se hubiesen ajustado a

la normatividad aplicable, se revisaron los expedientes únicos de las tres invitaciones

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728 VOLUMEN 5/18

restringidas a cuando menos tres concursantes, y los expedientes de las cuatro adjudicaciones

directas derivadas de invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes declaradas

desiertas, correspondientes a los contratos de obra pública a base de precios unitarios de

concepto de trabajo terminado, y se determinó lo siguiente:

1 La documentación contenida en los expedientes de los tres procedimientos de invitaciones

restringidas a cuando menos tres concursantes, es la siguiente:

a) Mediante los oficios núms. 12.200.423/2013, 12.200.438/2013 y 12.200.439/2013,

del 17 de junio de 2013; 12.200.459/2013, 12.200.460/2013 y 12.200.461/2013, del

18 de junio de 2013; 12.200.611/2013, 12.200.612/2013 y 12.200.613/2013,

del 2 de agosto de 2013, se invitó a las empresas a participar en los procedimientos

de invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes núms. IR-009-13,

IR-016-13 y IR-025-13, respectivamente.

b) Los expedientes únicos de adjudicación de las tres invitaciones restringidas a cuando

menos tres concursantes contaron con las bases, la garantía de entrega de propuesta

y el comprobante de pago de bases.

c) La presentación de propuestas y la apertura del sobre único, con las proposiciones

técnica y económica, se realizaron el 11 de julio de 2013 (IR-009-13), 9 de julio

de 2013 (IR-016-13) y 14 de agosto de 2013 (IR-025-13), en los términos del

artículo 33 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

A cada uno de estos actos asistieron los tres contratistas invitados y se constató

la presencia del representante de la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa.

d) El expediente de la invitación restringida a cuando menos tres concursantes

núm. IR-009-13 tuvo la documentación soporte siguiente: catálogo de conceptos,

actas relativas a la junta de aclaración de bases, acta de apertura de propuesta

técnica y económica, dictamen de fallo y acta de fallo.

e) El 15 de julio de 2013 (IR-009-13 y IR-016-13) y 16 de agosto de 2013 (IR-025-13),

la Delegación notificó a los contratistas el fallo mediante el cual se adjudicaron

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729 VOLUMEN 5/18

los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13

y IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, los dos primeros, firmados el 16 de julio de 2013, y el

último firmado el 16 de agosto de 2013.

f) La Delegación no proporcionó evidencia de la publicación de los fallos en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, correspondientes a los procedimientos de adjudicación

núms. IR-009-13, IR-016-13 e IR-025-13. Por no publicar el fallo, la Delegación

Iztapalapa incumplió el artículo 34, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal, que dispone: “Artículo 34.- […] delegaciones […] harán del conocimiento

general a través de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, al menos

lo siguiente: I. Nombre, denominación o razón social del ganador; II. Número

y concepto de la licitación; III. Objeto del contrato a suscribirse; IV. Monto del contrato;

V. Fecha de inicio y conclusión de la obra, y VI. El lugar donde podrán consultarse

las razones de asignación y de rechazo”.

En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa

no proporcionó información o documentación relacionada con la publicación de los

fallos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, correspondientes a los procedimientos

de adjudicación núms. IR-009-13, IR-016-13 y IR-025-13, por lo que la observación

prevalece.

g) En los Directorios de los Proveedores y Contratistas impedidos, emitidos por la CGDF

y la SFP, se verificó que los contratistas a quienes se adjudicaron los contratos

no se encontraban inhabilitados.

2. En los cuatro expedientes de los procedimientos de adjudicación directa, derivados de

invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes que fueron declaradas

desiertas, se determinó lo siguiente:

a) Por medio de los oficios núms. 12.200.413/2013, 12.200.444/2013 y 12.200.445/2013,

del 14 de junio de 2013; 12.200.415/2013, 12.200.430/2013 y 12.200.431/2013, del

17 de junio de 2013; 12.200.416/2013, 12.200.432/2013 y 12.200.433/2013,

del 17 de junio de 2013; y 12.200.456/2013, 12.200.457/2013 y 12.200.458/2013,

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730 VOLUMEN 5/18

del 18 de junio de 2013, se invitó a las empresas a participar en los procedimientos

de invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes núms. IR-003-13,

IR-005-13, IR-006-13 y IR-015-13, respectivamente.

b) Las ventas de bases se realizaron los días 20 de junio de 2013 para la invitación

núm. IR-003-13 y el 19 de junio de 2013 para las invitaciones núms. IR-005-13,

IR-006-13 y IR-015-13.

c) A fin de garantizar la seriedad de las propuestas, los contratistas presentaron

cheques de caja (cruzado) a nombre de la SEFIN, expedidos por institución bancaria

nacional, por un importe equivalente al 7.0% del total de su propuesta económica

sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

d) La presentación de propuestas y apertura del sobre único con las proposiciones

técnica y económica se realizaron los días 5 de julio para las invitaciones

núms. IR- 003-13 y IR-005-13, el 8 de julio para la invitación núm. IR-006-13 y el 12 de

julio para la invitación núm. IR-015-13, todos de 2013, en los términos del artículo 33

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

e) Los procedimientos de invitación restringida a cuando menos tres concursantes

núms. IR-006-13 e IR-015-13 se declararon desiertos, ya que las proposiciones

presentadas por las empresas participantes no reunieron los requisitos

o la documentación solicitados en las bases de las respectivas invitaciones, lo cual

dio a conocer la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones

de la DGODU, por medio de las “Acta de Apertura de Propuestas Técnicas

y Económicas” del 8 y 12 de julio de 2013, respectivamente; dicho acto contó con

la presencia del representante de la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa.

Respecto a los concursos de invitación restringida a cuando menos tres concursantes

núms. IR- 003-13 e IR-005-13, en las presentaciones de propuestas y la apertura

del sobre único asistieron los tres contratistas invitados y se constató la presencia del

representante de la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa; sin embargo,

dichos concursos fueron declarados desiertos, derivado de que no se contó con

un mínimo de tres propuestas para llevar a cabo las evaluaciones cuantitativas,

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731 VOLUMEN 5/18

por lo cual, la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones de

la DGODU, así lo asentó en las “Actas de Fallo”, ambas del 12 de julio de 2013,

de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63, fracción XV, de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal.

1. Adjudicaciones directas derivadas de invitaciones restringida a cuando menos

tres concursantes núms. IR-003-13 (AD-026-13), IR-005-13 (AD-027-13), IR-006-13

(AD-032-13) y IR-015-13(AD-039-13).

a) Mediante los oficios núms. 12.200.600/2013 y terminaciones 718/2013, 718/2013

y 723/2013 y 730/2013, del 22 de julio de 2013, se invitó a las empresas contratistas,

respectivamente, para llevar a cabo trabajos de obra en la modalidad de adjudicación

directa. Estas empresas, por medio de oficios sin número del 26 de julio de 2013,

aceptaron realizar los trabajos.

b) La selección de la empresa constructora se realizó con base en el registro de

concursantes de empresas contratistas que se tiene en los archivos de la Delegación

Iztapalapa.

c) Mediante los dictámenes de adjudicación directa del 29 de julio de 2013,

con base en el tabulador de precios unitarios, el sujeto fiscalizado adjudicó

en favor de las empresas constructoras a quienes se les adjudicaron los

contratos núms. IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13,

IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, respectivamente.

Dichos dictámenes se basaron en los “Criterios de Economía, Eficacia, Eficiencia,

Imparcialidad y Honradez”, y contaron con los nombres, cargos y firmas del Director

General de Obras y Desarrollo Urbano, del Director de Obras y Mantenimiento,

del Subdirector de Control y Seguimiento y del Jefe de Unidad Departamental de

Concursos y Contratos, de acuerdo con el artículo 61 de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal vigente en 2013.

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732 VOLUMEN 5/18

d) Derivado de que fueron declaradas desiertas las invitaciones restringidas a cuando

menos tres concursantes y de que se optó por la adjudicación directa, los expedientes

de las adjudicaciones directas contaron con la documentación soporte siguiente:

oficio de invitación para participar en el procedimiento de contratación por invitación

restringida a cuando menos tres concursantes; garantía de seriedad de las propuestas;

propuestas técnica y económica, y acta de apertura de propuestas técnicas

y económicas; documentación legal y administrativa; evaluación cuantitativa y

cualitativa de la proposición; dictamen de adjudicación directa; contrato; garantías

de anticipo; cumplimiento de contrato y de vicios ocultos; y póliza de responsabilidad

civil. Dichos expedientes de adjudicación directa se ajustaron a lo dispuesto en la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

e) Mediante la revisión de los Directorios de Contratistas impedidos, emitidos por

la CGDF y la SFP, se verificó que los contratistas a quienes se adjudicaron los

contratos no se encontraran inhabilitados.

Por lo anterior, se concluyó que los procedimientos de adjudicación de obra pública

contratada con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, mediante

procedimiento de adjudicación directa, dieron cumplimiento a lo establecido en los

artículos 61; y 63, fracción XV, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; además

de que los contratistas a quienes se les adjudicaron las obras públicas no se encontraban

inhabilitados, de acuerdo con la normatividad aplicable en materia de obra pública.

Ejecución de los Contratos

La Delegación Iztapalapa determinó los procedimientos de adjudicación con recursos del

destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, entre los que se encuentran tres invitaciones

restringidas a cuando menos tres concursantes y cuatro adjudicaciones directas para

la realización de obras públicas, los cuales se determinaron como parte de la muestra

de auditoría por un monto de 17,318.8 miles de pesos y se desglosan a continuación:

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733 VOLUMEN 5/18

(Miles de pesos)

Contratista Contratos y convenios modificatorios

Número Fecha Importe Concepto

Contrato de Obra Pública a base de precios unitarios por unidad de concepto de trabajo terminado

Drenaje e Infraestructura Urbana, S.A de C.V.

IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 16/VII/13 3,775.3 “… trabajos de mantenimiento y rehabilitación de 11 espacios públicos en las colonias: el Sifón, el Triángulo, el Vergel Triángulo de las Águilas II (u.h), Emiliano Zapata (ampl), Fuego Nuevo, Fuerte de Loreto-la Antena (u.h.), Gama Gavilán (u.h), Guelatao de Juárez I (u.h.), Guelatao de Juárez II (u.h.), Huitzico-la Poblanita y Jardines de San Lorenzo…”

IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13/4 17/VII/13 -1,696.3 “… reducción de cinco frentes que se ubican en las unidades habitacionales: el Vergel Triángulo de las Águilas II (u.h), Fuerte de Loreto-la Antena (u.h.), Gama Gavilán (u.h), Guelatao de Juárez I (u.h.), Guelatao de Juárez II (u.h.)…”

Virginia García Espíndola IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 15/VII/13 4,150.1 “… conservación de 12 espacios de imagen urbana en las colonias: Ejército de Oriente I (u.h.), Ermita Zaragoza I (u.h), Peñón Viejo (u.h.), el Santuario (ampl), Granjas Estrella I, San Juan Xalpa II, San Simón Culhuacán (barr), 8a. de San Miguel (ampl), Buenavista II, Desarrollo Urbano Quetzalcoatl I, San José Aculco y las Peñas…”

IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13/3 16/VII/13 -1,034.5 “… Reducción de tres frentes que se ubican en las unidades habitacionales: Ejército de Oriente I (u.h.), Ermita Zaragoza I (u.h), Peñón Viejo (u.h.)…”

Proyectos, Construcciones y Servicios ISABA, S.A de C.V.

IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 16/VIII/13 1,382.9 “… construcción de una escalinata y 3 muros de contención en las colonias: la Joya, San Andrés Tomatlán (pblo), San Miguel Teotongo III y Xalpa III…”.

IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13/2 11/XI/13 “…ampliación de 20 días naturales…”

Constructora MOHU, S.A de C.V.

IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13 29/VII/13

3,118.4 “… sustitución de 513 luminarias en las colonias: Presidentes de México, Puente Blanco, San Juan Joya (pje), Arboledas, Lomas de San Lorenzo I, Lomas de San Lorenzo II, San Antonio (barr), San Lorenzo Tezonco (pblo) y Lomas de Zaragoza…”

Multiservicios de Construcción Ambiental y Restauración, S.A de C.V.

IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 29/VII/13 2,771.9 “… sustitución de 449 luminarias en las colonias: Purísima Atlazolpa, Granjas San Antonio, San Miguel (barr), Dr. Alfonso Ortíz Tirado, Santa Rosa (barr), el Edén, Sta. Martha Acatitla Nte (ampl) I y San Sebastián Tecoloxtitlan (pblo)…”

Reactor Ingeniería, S.A de C.V.

IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 29/VII/13 2,771.9 “… construcción de 6,691.17 m2 de banquetas y 1,386.35 ml de guarniciones

en las colonias: Cacama, el Triunfo, Granjas Esmeralda, Magdalena Atlazolpa (pblo), Progreso del Sur, San Juanico Nextipac (pblo), Ejército Constitucionalista y Guadalupe (barr)…”

IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13/3 18/IX/13 -346.4 “… reforma de metas al cancelarse el comité denominado Ejército Constitucionalista modificando 591.00 m

2 de banquetas y 268.0 ml de

guarniciones…”

MAGGNO Proyectos y Arquitectos, S.A de C.V.

IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 29/VII/13 2,425.5 “… construcción de 7 inmuebles de infraestructura de desarrollo social en las colonias: San José (barr), San Miguel Teotongo IV, Santa María Tomatlán (pblo), Sideral, Valle de luces I, los Cipreses y Progresista…”

IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/3 30/VIII/13 “… reforma de metas […] quitando el frente de trabajo denominado Aculco (pblo) […] para realizar el frente de trabajo los Cipreses…”.

IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/PEP 22/X/13 “… incrementando el plazo de contrato original 30 días naturales…”

Total 17,318.8

Se verificó el cumplimiento de las principales cláusulas de los contratos respectivos y se

determinó lo siguiente:

1. Contratos de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo

terminado:

a) Mediante el oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN autorizó los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”.

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734 VOLUMEN 5/18

b) En la séptima sesión extraordinaria del 23 de julio de 2013 del Subcomité de Obras

de la Delegación Iztapalapa, se aprobó la contratación de obra pública, como sigue:

Casos núms. 003, 004, 009 y 016, correspondientes a los proyectos de “sustitución

de 513 luminarias en las colonias: Presidentes de México, Puente Blanco, San

Juan Joya (pje), Arboledas, Lomas de San Lorenzo I, Lomas de San Lorenzo II, San

Antonio (barr), San Lorenzo Tezonco (pblo) y Lomas de Zaragoza…”; “… sustitución

de 449 luminarias en las colonias: Purísima Atlazolpa, Granjas San Antonio, San

Miguel (barr), Dr. Alfonso Ortiz Tirado, Santa Rosa (barr), el Edén, Sta. Martha

Acatitla Nte (ampl) I y San Sebastián Tecoloxtitlan (pblo)…”; “… construcción de

6,691.17 m2 de banquetas y 1,386.35 ml de guarniciones en las colonias: Cacama,

el Triunfo, Granjas Esmeralda, Magdalena Atlazolpa (pblo), Progreso del Sur,

San Juanico Nextipac (pblo), Ejército Constitucionalista y Guadalupe (barr)…”

y “… construcción de 7 inmuebles de infraestructura de desarrollo social en las

colonias: San José (barr), San Miguel Teotongo IV, Santa María Tomatlán (pblo),

Sideral, Valle de luces I, los Cipreses y Progresista…”.

c) En la cláusula segunda de los contratos se señalan el precio a pagar por las obras,

la cantidad que corresponde al IVA y el total del contrato; en la cláusula tercera se

indica el plazo de ejecución de los trabajos; y en la cláusula séptima se establecen

los plazos y formas de pago, así como la incorporación en las estimaciones

siguientes de las diferencias técnicas o numéricas pendientes, conforme al cuadro

siguiente:

Número de contrato Cláusula segunda Cláusula tercera Cláusula séptima*

IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 “El monto del contrato asciende a […] $3,254,596.87 […] más […] $520,735.50 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $3,775,332.37 …”

“… vigencia del contrato es de 150 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 17 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 13 de diciembre de 2013…”

“…que los trabajos objeto del contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones, por períodos máximos mensuales, las cuales abarcarán […] los conceptos de trabajos terminados, las que serán presentadas […] a la residencia de la obra dentro de los 4 […] días hábiles siguientes a la fecha de corte que será los días 15 […] y 30 […] de cada mes…”

IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 “El monto del contrato asciende a […] $3,577,685.98 […] más […] $572,429.76 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $4,150,115.74 …”

“… vigencia del contrato es de 150 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 16 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 12 de diciembre de 2013…”

IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 “El monto del contrato asciende a […] $1,192,123.06 […] más […] $190,739.69 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $1,382862.75 …”

“… vigencia del contrato es de 85 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 22 de agosto de 2013 [...] para concluirlos […] el día 14 de noviembre de 2013…”

IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13 “El monto del contrato asciende a […] $2,688,316.84 […] más […] $430,130.69 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $3,118,447.53 …”

“… vigencia del contrato es de 120 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 30 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 26 de noviembre de 2013…”

Continúa…

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735 VOLUMEN 5/18

Continuación…

Número de contrato Cláusula segunda Cláusula tercera Cláusula séptima*

IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 “El monto del contrato asciende a […] $2,389,614.97 […] más […] $382,338.39 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $2,771,953.36 …”

“… vigencia del contrato es de 120 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 30 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 26 de noviembre de 2013…”

IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 “El monto del contrato asciende a […] $2,389,614.97 […] más […] $382,338.39 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $2,771,953.36 …”

“… vigencia del contrato es de 120 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 30 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 26 de noviembre de 2013…”

IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 “El monto del contrato asciende a […] $2,090,913.09 […] más […] $334,546.1 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $2,425,459.19 …”

“… vigencia del contrato es de 120 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 30 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 26 de noviembre de 2013…”

*Los siete contratos establecen lo mismo en la cláusulas séptima.

d) Las obras estuvieron a cargo de la DGODU de la Delegación Iztapalapa. Para el inicio

de los trabajos, la Delegación otorgó anticipos equivalentes al 30.0% de la asignación

aprobada a cada contrato, conforme a la cláusula quinta de los siete contratos,

que establece: “Para el inicio de los trabajos […] otorgará un anticipo equivalente

al 10.0% […] de la asignación aprobada al contrato correspondiente […] Para la

adquisición de materiales y equipos de instalación permanente de los trabajos […]

otorgará un anticipo equivalente al 20.0% […] de la asignación aprobada al contrato

correspondiente…”.

e) Las “Penas convencionales” se establecieron en las cláusulas séptima, tercer párrafo,

y décima quinta de los contratos.

A los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13

y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 se les aplicaron penas convencionales por un total

de 6.2 miles de pesos, por presentar con desfase las estimaciones.

La sanción se aplicó conforme a la cláusula séptima de los contratos “Forma de

Pago”, tercer párrafo, a razón de 0.2% del monto de la estimación que no se presentó,

según la periodicidad establecida, previo al pago de las estimaciones relativas a

las CLC núms.10004148 y 10004751; 10013311, 10013313, 10013316 y 10014039;

y 10013326 y 10013332, respectivamente.

f) En la cláusula primera de los contratos de obra pública, se establece: “‘La Delegación’

encomienda a ‘el contratista’ la realización de los trabajos […] de acuerdo al anexo

número 1 (programa de ejecución de los trabajos, catálogo de conceptos y alcance

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736 VOLUMEN 5/18

de los trabajos [anexos técnicos], que fueron debidamente firmados por las partes

y forman parte integral del contrato…)”; sin embargo, los contratos proporcionados

en las CLC, así como en los originales que se encuentran en los expedientes de

adjudicación, no fueron integrados dichos anexos.

Por lo anterior, el sujeto fiscalizado incumplió lo dispuesto en el artículo 46, fracción X,

inciso a), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, que

señala lo siguiente:

“Artículo 46.- Los contratos de obra pública contendrán como mínimo, las declaraciones

y cláusulas referentes a: […]

”X. La descripción pormenorizada de los trabajos que se deban ejecutar, debiendo

acompañar, como parte integrante del contrato:

”a) En el caso de obra, los proyectos, planos, especificaciones, programas

y presupuestos correspondientes”.

En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la DGA de la Delegación

Iztapalapa no proporcionó información o documentación alguna que modifique la presente

observación, por lo que ésta prevalece.

g) Se constató que el residente de obra de cada contrato elaboró, controló y dio

seguimiento a las bitácoras de los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13,

IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13,

IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13,

las cuales se llevaron por medios convencionales (libro de bitácora foliado).

h) En la cláusula décima segunda de los contratos, “Recepción de los Trabajos”, se

establecieron los plazos para que el contratista comunicara por escrito a la Delegación

la terminación de los trabajos que le fueron encomendados, que el órgano

político-administrativo verifique la debida terminación de los mismos, para la recepción

física por parte de la Delegación mediante el levantamiento del acta, de acuerdo

con el artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

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737 VOLUMEN 5/18

i) La cláusula octava “Garantías”, numerales 1, 2, 3 y 4 establece lo siguiente:

“1. Garantía para la correcta inversión de los anticipos.

”‘El contratista’, deberá entregar a ‘la Delegación" en un plazo no mayor de 10 […]

días hábiles siguientes a la fecha en que haya recibido copia del fallo de adjudicación

póliza de fianza a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, de

conformidad con lo estipulado en los artículos 35 fracción II y 36 de ‘la ley' […]

equivalente al 100.0% […] del importe de cada uno de los anticipos otorgados.

Incluyendo el Impuesto al Valor Agregado […] mismas que se cancelarán al quedar

totalmente amortizados los anticipos otorgados, previa aprobación que por escrito

otorgue ‘la Delegación’.

”2. Garantía para el cumplimiento del contrato.

”‘El contratista’ de conformidad con lo dispuesto por los artículos 35 fracción III de

la Ley, Título Tercero, Capítulo 1 […] deberá de garantizar en todas y cada una

de sus obligaciones, mismas que se considerarán indivisibles derivadas de este

contrato, presentará ante ‘la Delegación’ a más tardar a los 10 […] días hábiles

siguientes a la fecha de notificación del fallo, una póliza de fianza por valor del 10.0%

[…] incluyendo IVA del importe total del mismo […] a favor de la Secretaría de

Finanzas del Distrito Federal […]

”3. Garantía para responder de vicios ocultos.

”De conformidad con los artículos 35 fracción III y 58 de ‘la Ley’ y 36 de ‘el Reglamento’,

para responder de los vicios ocultos saneamiento para el caso de evicción y de los

que resultaren de los trabajos realizados, así como de cualquier otra responsabilidad

civil, penal o administrativa, ‘el contratista’ deberá presentar previamente a la

recepción de los trabajos una póliza de fianza a favor de la Secretaría de

Finanzas del Distrito Federal […] equivalente al 10.0% […] del importe total

incluyendo el IVA […] la cual estará vigente durante un año a partir de la fecha

de entrega recepción.

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738 VOLUMEN 5/18

”4. Garantía de responsabilidad civil.

”‘El contratista presentará en un plazo de 5 […] días hábiles siguientes a la firma

del contrato copia de la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad por daños a

terceros por un importe del 10.0% […] del monto del contrato antes del IVA como

mínimo…”

Respecto a las garantías entregadas por parte de las empresas constructoras

a la Delegación, se observó que las fechas de emisión de las pólizas de fianza para

garantizar el anticipo, el cumplimiento del contrato, siete fianzas de vicios ocultos

y cuatro pólizas de responsabilidad civil, se encuentran dentro del plazo de entrega;

en cuanto a las pólizas de seguros de responsabilidad civil correspondiente

a los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13

e IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13, fueron elaboradas el 29 de julio, 8 de agosto y 23 de

septiembre, todos de 2013, respectivamente, por lo que de acuerdo con las fechas

de entrega a la Delegación, tienen desfases de 5, 8 y 29 días hábiles.

Por no contar con documentación que evidencie las fechas en que fueron entregadas

las garantías de anticipos por parte de las empresas constructoras a la Delegación,

del cumplimiento del contrato, de vicios ocultos y las pólizas de responsabilidad civil,

la Delegación incumplió el artículo 16, inciso c), del Tercer Lineamiento, “Actividades de

Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública

del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril

de 2007 vigentes en 2013, que dispone lo siguiente:

“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los siguientes:

[…]

”Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]

”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos

y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe

estar disponible para su verificación”.

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739 VOLUMEN 5/18

Además, debido a que se recibieron las pólizas de seguros de responsabilidad civil

de los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13

e IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 después del plazo establecido, se incumplieron los

artículos 27, primer párrafo; y 47, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal; y 63, último párrafo, de su reglamento. El primero dispone: “Las […] delegaciones

[…] podrán rescindir administrativamente los contratos en caso de incumplimiento de las

obligaciones a cargo del contratista”; el segundo, que “los contratistas están obligados

a presentar la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a

terceros, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato”;

y el tercero: “La vigencia de la póliza y del contrato de seguro, abarcará desde el período

de ejecución de los trabajos, hasta la recepción formal de los mismos por la […]

Delegación …”.

En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Directora General de

Administración de la Delegación Iztapalapa no proporcionó información o documentación

alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

2. Asimismo, en las siete pólizas de diario proporcionadas con el oficio núm. DC/352/2014

del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita a la Dirección

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, se comprobó

el registro presupuestal del momento contable del gasto comprometido de la Delegación

Iztapalapa, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2013, que establece: “La Secretaría operará un sistema

informático de planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar y simplificar

las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago, además de concentrar

la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración Pública”;

y las Normas Quinta y Octava de las “Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitida por el CONSAC-DF,

establecen lo siguiente:

“Quinta. El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran

la administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las

cuentas contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal,

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740 VOLUMEN 5/18

las cuales deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto:

el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”.

Octava “El gasto comprometido es el momento contable que refleja el registro de los

documentos que consideran la aprobación de la autoridad competente de un acto

administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros

para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras

a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso

será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio fiscal”.

Recomendación AFLB-138-13-23-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno para

garantizar que se realice la publicación de los fallos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

cuando se realicen procedimientos de invitaciones restringidas a cuando menos tres

concursantes de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Recomendación AFLB-138-13-24-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno para

garantizar que se integren a los contratos de obra los proyectos, planos, especificaciones

y normas de calidad, de conformidad con lo dispuesto Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal.

Recomendación AFLB-138-13-25-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno que

garanticen que las pólizas de fianza para garantizar el anticipo, el cumplimiento del contrato,

de vicios ocultos y de responsabilidad civil, cuenten con evidencia de la fecha de recepción

por parte de la Delegación; y que se obtengan las pólizas de responsabilidad civil, de los

contratos y convenios celebrados para la contratación de obra, de acuerdo con la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal y de los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal.

Page 741: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

741 VOLUMEN 5/18

Gasto Devengado

8. Resultado

El artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, establece

que “los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos

encargados de su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán

los responsables del manejo y aplicación de los recursos, del cumplimiento de los calendarios

presupuestales autorizados, metas y de las vertientes de gasto contenidas en el presupuesto

autorizado; de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto;

de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de

la guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control

de los medios de identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme

a las disposiciones aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas

del clasificador por objeto del gasto que expida la Secretaría”.

En el artículo 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

se hace referencia a que “las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad,

que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción

a los siguientes requisitos: I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados

con excepción de los anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos

aplicables…”.

Derivado de lo anterior, con la finalidad de verificar que los pagos emitidos por los trabajos

de obra pública con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se

encontraran devengados y que se hubieran recibido por los usuarios finales (Comités

Ciudadanos o Consejos de los Pueblos), se constató lo siguiente:

1. La Delegación Iztapalapa realizó la formalización del acto de entrega-recepción de las

obras públicas de 13 proyectos de los 50 seleccionados como muestra de auditoría a los

Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos, mediante el formato “Acta Entrega

Recepción Parcial de Presupuesto Participativo Distrito Federal”. Los formatos cuentan

con los apartados para los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos

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742 VOLUMEN 5/18

adscritos a la Delegación Iztapalapa (Coordinador de Construcción y Jefe de Unidad

Departamental de Infraestructura y Equipamiento Urbano), ambos adscritos a la DGODU,

quienes fungieron como responsables directos de la supervisión, vigilancia, control

y revisión de los trabajos para el ejercicio de 2013.

Como resultado de la revisión de los formatos “Acta Entrega-Recepción Parcial de

Presupuesto Participativo Distrito Federal”, del 22 de noviembre y 12 de diciembre

de 2013, se observó que los formatos corresponden a los contratos de obra

núms. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, respectivamente,

para la construcción de 6,100.17 m2 de banquetas y 1,118.34 ml de guarniciones

en las colonias: “Cacama, el Triunfo, Granjas Esmeralda, Magdalena Atlazolpa (pblo),

Progreso del Sur, San Juanico Nextipac (pblo) y Guadalupe (barr)”; y el mantenimiento

y rehabilitación de espacios públicos en las colonias: “el Sifón, el Triángulo, Emiliano

Zapata (ampl), Fuego Nuevo, Huitzico-la Poblanita y Jardines de San Lorenzo”.

Cabe mencionar, que se revisaron 13 formatos relativos a los 13 proyectos entregados

mediante el “Acta Entrega-Recepción Parcial de Presupuesto Participativo Distrito Federal”,

y en cada formato, en el apartado “Hechos”, se anotó el objeto del contrato con todos

los proyectos que se abarcaron.

Asimismo, el contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 contó con un convenio

modificatorio por disminución en el importe, por lo cual los trabajos de obra también

disminuyeron; sin embrago, en las actas el concepto anotado en m2 de banqueta y ml de

guarniciones corresponde al mismo monto presentado como objeto del contrato inicial.

Por lo anterior, no fue posible identificar qué obras públicas fueron entregadas a cada

Comité Ciudadano o Consejo de los Pueblos.

Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, inciso c), del Tercer

Lineamiento, “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 vigentes en 2013, que dispone lo siguiente:

Page 743: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

743 VOLUMEN 5/18

“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los siguientes:

[…]

”Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]

”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos

y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe

estar disponible para su verificación”.

En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa

proporcionó información o documentación relacionada con la observación del presente

numeral; sin embargo, dicha información y documentación ya había sido proporcionada

por el sujeto fiscalizado en la etapa de ejecución de la auditoría, por lo que la observación

prevalece.

2. En el último párrafo del apartado de “Hechos”, del formato “Acta Entrega-Recepción

Parcial de Presupuesto Participativo Distrito Federal”, se encuentra la siguiente leyenda:

“… los Titulares del comité de ciudadanos, luego de haber llevado a cabo un recorrido

en conjunto con las áreas de trabajo para revisar y constatar las condiciones físicas de la

obra realizada, manifiestan su aprobación y conformidad de los trabajos ejecutados,

dando fe de que éstos se encuentran funcionando adecuadamente y se han realizado

con buena calidad…”.

Con objeto de verificar que las obras contratadas estuvieran concluidas, en operación, y que

cumplieran con las especificaciones establecidas en los contratos respectivos, la ASCM

y personal de la DGODU de la Delegación Iztapalapa, realizaron inspecciones físicas a las

obras públicas determinadas como parte de la muestra, y se determinó lo siguiente:

1. Las inspecciones físicas se realizaron tomando como base, lo siguiente:

a) Las inspecciones físicas de las obras correspondientes a los contratos núms.

IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13

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744 VOLUMEN 5/18

se realizaron tomando como base el “Acta de Verificación Física de Término de los

Trabajos” y el “Croquis de Localización” (sembrados de materiales y de las obras),

en la cual se desglosan y describen los conceptos de obra pagados por la Delegación.

b) Las inspecciones físicas de las obras correspondientes a los contratos núms.

IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 e

IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, se realizaron tomando como base la sábana “Finiquito

de Obra” y los generadores de las estimaciones.

● Con relación a dichos contratos, no fue posible determinar con exactitud las obras

terminadas (descripción de los trabajos que se reciben) por lo siguiente:

La cláusula primera de los contratos, establece: “‘La Delegación’ encomienda

a ‘el contratista’ la realización de los trabajos […] de acuerdo al anexo número 1

(programa de ejecución de los trabajos, catálogo de conceptos y alcance de los

trabajos [anexos técnicos], que fueron debidamente firmados por las partes

y forman parte integral del contrato…)”; sin embargo, ni en las copias de los

contratos proporcionados en las CLC, ni en los originales que se encuentran

en los expedientes de adjudicación se cuenta con dichos anexos, tampoco

fueron localizadas en los expedientes o en la documentación proporcionada

por la Delegación.

● En el formato “Acta de Verificación Física de Término de los trabajos” de los

contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 e IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13,

se establece en el apartado “Trabajos”, una descripción de las obras realizadas

en forma general, sin establecer claramente el trabajo terminado ni la ubicación

de la realización de las obras.

● Los expedientes de los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 e

IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, no contaron con el “Acta de Verificación Física

de Término de los trabajos” correspondientes.

● En las sábanas “Finiquito de Obra” se establecen las obras en forma general,

dichas sábanas fueron presentadas en hojas oficio y carta, el tipo de letra muy

pequeño y en algunos casos es ilegible.

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745 VOLUMEN 5/18

c) Las “Actas Entrega-Recepción (recursos locales)” de los siete contratos no contaron

con la Descripción de los trabajos entregados por el contratista a la Delegación, de

acuerdo con el artículo 64, inciso a), fracción III, del Reglamento de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, inciso c), del Tercer

Lineamiento, “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 vigentes en 2013.

También incumplió el artículo 64, inciso a), fracción III, del Reglamento de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, el cual señala lo siguiente:

“Artículo 64.- La Administración Pública constatará la terminación de los trabajos

realizados: […]

”a) Por contrato […] debe instrumentar acta de recepción […] que contendrá

como mínimo: […]

”III. Descripción de los trabajos que se reciben;”

En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa

no proporcionó información o documentación relacionada con la descripción de los trabajos

terminados, entregados mediante “Actas Entrega-Recepción (recursos locales)” a los

Comités Ciudadanos o Consejo de los Pueblos, por lo que la observación prevalece.

2. Se constató que las obras realizadas derivan de los proyectos ganadores seleccionados

como prioritarios en la Consulta Ciudadana 2012, según las constancias de validación

de resultados y del acta circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano

Delegacional en Iztapalapa celebrada el 27 de febrero de 2013.

3. El pago de las obras se realizó tomando como base las estimaciones de obras elaboradas

por los contratistas y que fueron presentadas a la Delegación Iztapalapa.

4. Los anticipos otorgados a los contratistas fueron amortizados en su totalidad.

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746 VOLUMEN 5/18

5. La Delegación tramitó ante la SEFIN el pago por dichos trabajos, por medio de las

respectivas CLC, cubriéndolos en su totalidad.

6. Se elaboraron las minutas de inspección física, las cuales fueron firmadas por el personal

que asistió por parte de la ASCM y de la Delegación Iztapalapa.

Por lo anterior, se concluye que las obras derivadas de los proyectos ganadores

seleccionados como prior itarios en la Consulta Ciudadana 2013, correspondientes

a los contratos núms. IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13

e IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13, se encuentran concluidas y en operación. Por otro lado,

no fue posible determinar con exactitud las obras terminadas de los contratos núms.

IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13

e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, debido a que la documentación comprobatoria

y justificativa, no contó con las anexos correspondientes, son documentos ilegibles y no se tiene

la descripción de los trabajos de las obras públicas realizadas que entrega el contratista a la

Delegación, que a su vez ésta entrega a los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos.

Recomendación AFLB-138-13-26-IZT

Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno para

garantizar que los formatos mediante los cuales se formalice el acto de entrega-recepción

de las obras públicas entre el contratista y la Delegación, y de la Delegación a los Comités

Ciudadanos o Consejos de los Pueblos, se realice por cada Comité Ciudadano, en las

cuales se especifique el proyecto al que corresponde, que cuente con una descripción de la

obra terminada y que se detalle la ubicación de los trabajos realizados, de acuerdo con el

Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Ejecución de la Obra

9. Resultado

El artículo 50, primer párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, señala que

“las […] delegaciones […] establecerán la residencia de supervisión con anterioridad a la fecha

de iniciación de la obra […] y esta residencia será la responsable directa de la supervisión,

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747 VOLUMEN 5/18

vigilancia, control y revisión de los trabajos, así como de la previa autorización de los programas

detallados de ejecución, suministros de materiales y equipo de instalación permanente,

utilización de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción de los trabajos, mismos

que deberán ser acordes a los alcances de los trabajos por ejecutar conforme a los

procedimientos constructivos y a los tiempos de las actividades solicitadas y propuestos

en la licitación, por lo que en ningún caso podrá variarse significativamente el programa

con montos de la misma; de igual manera será responsable de la aprobación de las

estimaciones presentadas por los contratistas, de acuerdo con los alcances específicos

del trabajo solicitado”.

En atención a lo dispuesto, se constató que la Delegación llevó a cabo la designación

de la supervisión interna para los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13,

IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13,

IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13,

mediante los oficios núms. 12.210/269.1/13, del 16 de julio; 12.210/291.1/13, del 17 de julio;

12.210/299.5/13, 12.210/299.6/13, 12.210/294.1/13 y 12.210/292.1/13, del 30 de julio;

y 12.210/333/13, del 22 de agosto, todos de 2013.

Los trabajos formalizados mediante los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13,

IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13,

IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13,

fueron pagados por la Delegación Iztapalapa con base en la emisión de 40 estimaciones

(siete, siete, cuatro, siete, cuatro, cinco y seis, respectivamente), que abarcaron los conceptos

de trabajo ejecutados con una periodicidad en días de entre 3 a 30, 14 a 29 , 20 a 29,

10 a 29, 26 a 30, 11 a 29 y 6 a 29, respectivamente; de las cuales, 2 del contrato

núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13; 4 del contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13; y 2,

del contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, no fueron presentadas por los contratistas

a la residencia de supervisión, dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte

para realizar el trámite de pago, que fueron el 15 y 30 de cada mes, por lo que se aplicaron

sanciones por la entrega extemporánea de las estimaciones de obra (0.2%); las estimaciones

que se encuentran en el expediente único cuentan con su documentación soporte, como

son los “generadores” y el “álbum fotográfico”, en cumplimiento de la cláusula séptima

de los contratos.

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748 VOLUMEN 5/18

Los contratos de obra formalizados por la Delegación Iztapalapa objeto de la revisión,

se describen a continuación:

(Miles de pesos)

* Las sábanas “Finiquito de Obra” fueron presentadas en hojas carta, el tipo de letra muy pequeño y la impresión es ilegible, dicha sábana corresponde al contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13.

Contrato y convenio

Número Fecha Importe Concepto Proyecto Importe por proyecto

Total

Contrato de Obra Pública a base de Precios Unitarios y por Concepto de Trabajo Terminado

IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13/4

16/VII/13 2,079.0 “…mantenimiento y rehabilitación de […] espacios públicos en las colonias:

”El Sifón 346.5

”El Triángulo 346.5

”Emiliano Zapata (ampl) 346.5

”Fuego Nuevo 346.5

” Huitzico-la Poblanita 346.5

”Jardines de San Lorenzo” 346.5 2,079.0

IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13/3

17/VII/13 3,115.6 "Conservación de […] de imagen urbana en las colonias:

”El Santuario (ampl) 355.5

”Granjas Estrella I 349.4

”San Juan Xalpa II 346.3

”San Simón Culhuacán (barr) 353.4

”8a. de San Miguel (ampl) 355.1

”Buenavista II 349.7

”Desarrollo Urbano Quetzalcoatl I 345.0

”San José Aculco 347.9

”Las Peñas” 345.2

No se pagó para no rebasar lo contratado (31.9) 3,115.6

IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13/2

15/VII/13 1,382.9 “Construcción de una escalinata y 3 muros de contención en las colonias:

”La Joya 335.4

”San Andrés Tomatlán (pblo) 349.1

”San Miguel Teotongo III 351.9

”Xalpa III” 346.5 1,382.9

IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13 16/VII/13 3,118.4 "Sustitución de 513 luminarias en las colonias:

”Presidentes de México 346.5

”Puente Blanco 346.5

”San Juan Joya (pje) 346.5

”Arboledas 346.4

”Lomas de San Lorenzo I 346.5

”Lomas de San Lorenzo II 346.5

”San Antonio (barr) 346.5

”San Lorenzo Tezonco (pblo) 346.5

”Lomas de Zaragoza” 346.5 3,118.4

IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 16/VIII/13 2,771.9 "Sustitución de 449 luminarias en las colonias:

”Purísima Atlazolpa 346.5

”Granjas San Antonio 346.5

”San Miguel (barr) 346.5

”Dr. Alfonso Ortiz Tirado 346.5

”Santa Rosa (barr) 346.5

”El Edén 346.5

”Sta. Martha Acatitla Nte (ampl) I 346.5

”San Sebastián Tecoloxtitlan (pblo)

346.4 2,771.9

IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13/3

11/XI/13 2,425.5 "Construcción de 6,100.17 m2

de banquetas y 1,118.34 ml de guarniciones en las colonias:

”Cacama

”El Triunfo 346.5

”Granjas Esmeralda 346.5

”Magdalena Atlazolpa (pblo) 346.5

”Progreso del Sur 346.5

”San Juanico Nextipac (pblo) 346.5

”Guadalupe (barr)” 346.5 2,425.5

*IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/3 IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/PEP

29/VII/13

2,425.5 "Construcción de 7 inmuebles de infraestructura de desarrollo social en las colonias:

”San José (barr)

”San miguel Teotongo IV

”santa María Tomatlán (pblo)

”Sideral

”Valle de luces I

”Aculco (pblo) 2,425.5

Total 17,318.8 17,318.8

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749 VOLUMEN 5/18

Con relación a la documentación que ampara la recepción de las obras contratadas, se verificó

que el órgano político-administrativo contara con la evidencia documental respectiva. Sobre

el particular, se observó lo siguiente:

Contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13

1. Del contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 del 16 de julio de 2013, con su convenio

de adición en importe núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13/4, y de acuerdo con la ejecución de

las obras contratadas que iniciaron el 17 de julio de 2013 y terminaron el 13 de diciembre

de 2013, la Delegación Iztapalapa contó con la siguiente documentación:

a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 19 de diciembre

de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni fecha,

en la cual constan los créditos a favor y en contra para cada una de las partes,

describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante; y “Acta de

constancia y verificación física de terminación de los trabajos”, del 13 de diciembre

de 2013, mediante la cual se manifiesta que “una vez que se constató la terminación

de los trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por ejecutar, éstos son

aceptados a entera satisfacción de la residencia de supervisión, residencia de obra y

demás representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano…”.

b) Oficio núm. DO/481/14 del 24 de abril de 2014, por medio del cual la DGODU informa

a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa que se realizará la formalización

de la entrega-recepción el día 8 de mayo de 2014; acta entrega-recepción de obra

del 8 de mayo de 2014, en la cual se hace constar que, “habiendo realizado la

verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos

encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad

por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.

El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna

y por el contratista.

Contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13

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750 VOLUMEN 5/18

2. Del contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 del 15 de julio de 2013, con su convenio

de adición en importe núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13/3 del 16 de julio 2013, los trabajos

iniciaron con fecha el 16 de julio de 2013 y concluyeron el 12 de diciembre de 2013,

se constató que dispuso la Delegación Iztapalapa de la siguiente documentación:

a) Oficio sin número de notificación de fin de los trabajos del 14 de diciembre de 2013,

suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni fecha, en la

cual constan los créditos a favor y en contra para cada una de las partes, describe

el concepto general que les dio origen y el saldo resultante; y “Acta de constancia

y verificación física de terminación de los trabajos” del 20 de diciembre de 2013,

mediante la cual se manifiesta que “una vez que se constató la terminación de los

trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por ejecutar, éstos son aceptados

a entera satisfacción de la residencia de supervisión, residencia de obra y demás

representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano…”.

b) Oficio núm. DO/302/14 del 21 de marzo de 2014, por medio del cual la DGODU

informa a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa que se realizará la

formalización de la entrega-recepción el día 31 de marzo de 2014; acta entrega-

recepción de obra del 31 de marzo de 2014, en la cual se hace constar que

“habiendo realizado la verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta

ejecución de los trabajos encomendados […] así como de las indicaciones instruidas

en su oportunidad por los representantes de la Delegación se entregan y reciben

a satisfacción…”. El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la

Contraloría Interna y por el contratista.

Contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13

3. Del contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 del 16 de agosto de 2013, con su

convenio modificatorio de plazo núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13/2, y de acuerdo con

la ejecución de las obras contratadas que iniciaron el 22 de agosto de 2013 y concluyeron

el 4 de diciembre de 2013, se comprobó que la Delegación Iztapalapa contó con la siguiente

documentación:

a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 4 de diciembre

de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni fecha,

Page 751: I R C P DEL G D F E 2013 T R A R P V 7/18

751 VOLUMEN 5/18

en la cual se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una de las

partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante;

el expediente no contó con el “Acta de constancia y verificación física de terminación

de los trabajos”.

b) Oficio núm. DO/1016/14 del 18 de agosto de 2014, por medio del cual la DGODU

informó a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa, que se realizará la

formalización de la entrega-recepción el 21 de julio de 2014; acta entrega-recepción

de obra del 21 de julio de 2014, en la cual se hace constar que, “habiendo realizado

la verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos

encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad

por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.

El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna

y por el contratista.

Contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13

4. Del contrato núm. IZP- IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13 del 29 de julio de 2013, y de

acuerdo con la ejecución de las obras contratadas que iniciaron el 30 de julio de 2013

y concluyeron el 26 de noviembre de 2013, se comprobó que la Delegación Iztapalapa

contó con la siguiente documentación:

a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 26 de noviembre

de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni fecha,

en la cual se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una de las

partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante;

y “Acta de constancia y verificación física de terminación de los trabajos”, del 30 de

diciembre de 2013, mediante la cual se manifiesta que “una vez que se constató la

terminación de los trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por

ejecutar, éstos son aceptados a entera satisfacción de la residencia de supervisión,

residencia de obra y demás representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo

Urbano…”.

b) Oficio núm. DO.149/14 del 7 de febrero de 2014, por medio del cual la DGODU informa

a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa que se realizará la formalización

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752 VOLUMEN 5/18

de la entrega-recepción el 25 de febrero de 2014; acta entrega-recepción de obra

del 25 de febrero de 2014, en la cual se hace constar que “habiendo realizado la

verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos

encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad

por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.

El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna

y por el contratista.

Contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13

5. Del contrato núm. IZP- IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 del 29 de julio de 2013, y de

acuerdo con la ejecución de las obras contratadas que iniciaron el 30 de julio de 2013

y concluyeron el 26 de noviembre de 2013, se comprobó que la Delegación Iztapalapa

contó con la siguiente documentación:

a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 26 de noviembre

de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni

fecha en la cual se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una

de las partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo

resultante; y “Acta de constancia y verificación física de terminación de los trabajos”

del 15 de enero de 2014, mediante la cual se manifiesta que, “una vez que se constató

la terminación de los trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por

ejecutar, éstos son aceptados a entera satisfacción de la residencia de supervisión,

residencia de obra y demás representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo

Urbano…”.

b) Oficio núm. DO.151/14 del 7 de febrero de 2014, mediante el cual la DGODU informa

a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa, que se realizará la formalización

de la entrega-recepción el 25 de febrero de 2014; acta entrega-recepción de obra

del 25 de febrero de 2014, en la cual se hace constar que “habiendo realizado la

verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos

encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad

por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.

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753 VOLUMEN 5/18

El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna

y por el contratista.

Contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13

6. Del contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 del 29 de julio de 2013, con su convenio

de adición en importe núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13/3 del 18 de julio 2013, los

trabajos iniciaron el 30 de julio de 2013 y concluyeron el 26 de noviembre de 2013,

se comprobó que la Delegación Iztapalapa dispone de la siguiente documentación:

a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 26 de noviembre

de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni

fecha en la cual constan los créditos a favor y en contra para cada una de las

partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante;

y “Acta de constancia y verificación de terminación de los trabajos” del 9 de

diciembre de 2013, mediante la cual se manifiesta que, “una vez que se constató

la terminación de los trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por

ejecutar, éstos son aceptados a entera satisfacción de la residencia de supervisión,

residencia de obra y demás representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo

Urbano…”.

b) Oficio núm. DO/181/14 del 17 de febrero de 2014, mediante el cual la DGODU informa

a la Contraloría Interna de la Delegación Iztapalapa que se realizará la formalización

de la entrega-recepción el 4 de marzo de 2014; acta entrega-recepción de obra

del 4 de marzo de 2014, en la cual se hace constar que, “habiendo realizado la

verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos

encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad

por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.

El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna

y por el contratista.

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754 VOLUMEN 5/18

Contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13

7. Del contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 del 29 de julio de 2013 con sus

convenios modificatorios de importe y plazo núms. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/3

y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/PEP, y de acuerdo con la ejecución de las obras

contratadas que iniciaron el 30 de julio de 2013 y concluyeron el 26 de diciembre de 2013,

se comprobó que la Delegación Iztapalapa contó con la siguiente documentación:

a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 26 de diciembre

de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni

fecha en la cual se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una

de las partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante;

el expediente no contó con el “Acta de constancia y verificación física de terminación

de los trabajos”.

b) Oficio núm. DO/1009/14 del 15 de agosto de 2014, mediante el cual la DGODU informa

a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa, que se hará la formalización

de la entrega-recepción el 29 de agosto de 2014; acta entrega-recepción de obra

del 29 de agosto de 2014, en la cual se hace constar que “habiendo realizado la

verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos

encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad por

los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.

El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna y

por el contratista.

En las Actas de constancia y ver if icación física de terminación de los trabajos

(IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13,

IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13

e IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13), aun cuando se manifiesta que se constató la terminación

de los trabajos; que no se detectaron faltantes o detalles por ejecutar; y que son aceptados

a entera satisfacción de la residencia de supervisión, residencia de obra y demás

representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano, en el apartado “trabajos”

de las actas, se señala en forma general las obras realizadas y las características de

los materiales, sin aclarar si es trabajo terminado ni la ubicación de la realización de las

obras; y en las actas entrega-recepción de obra en las que se hace constar que se realizaron

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755 VOLUMEN 5/18

las verificaciones en el lugar de la obra y se constató la correcta ejecución de los trabajos,

dichas actas no cuentan con la descripción de los trabajos que se reciben, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 64, inciso a), fracción III, del Reglamento de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.

Por lo anterior, se incumplió el artículo 16, Cuarto Lineamiento, “Información y Comunicación”,

fracción I, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de

abril de 2007 vigentes en 2013, los cuales establecen lo siguiente:

“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno

son los siguientes […]

”IV. Cuarto Lineamiento: ‘Información y Comunicación’

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias,

deberán establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen,

sea adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas,

así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que

en materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones legales

y administrativas aplicables.”

Gasto Ejercido

10. Resultado

El artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2013, establece lo siguiente: “Las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo

su responsabilidad, que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados

se realicen con sujeción a los siguientes requisitos: […] III. Que se encuentren debidamente

justificados y comprobados con los documentos originales respectivos, entendiéndose

por justificantes los documentos legales que determinen la obligación de hacer un pago

y, por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de las sumas de dinero

correspondientes”.

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756 VOLUMEN 5/18

Asimismo, en el artículo 29-A, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y IX, del Código Fiscal de la

Federación se establece: “Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29

de este Código, deberán contener los siguientes requisitos: I. La clave del registro federal de

contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley

del Impuesto sobre la Renta […] II. El número de folio y el sello digital del Servicio de

Administración Tributaria […] III. El lugar y fecha de expedición […] IV. La clave del Registro

Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida […] V. La cantidad,

unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso

o goce que amparen […] VI. El valor unitario consignado en número […] VII. El importe total

consignado en número o letra […] IX. Los contenidos en las disposiciones fiscales, que sean

requeridos y dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter

general”.

1. Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Iztapalapa

estuvieran respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria de la obra;

y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, se analizó

la documentación soporte de la muestra por un importe de 17,318.8 miles de pesos,

contenida en las 47 CLC que se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

CLC núm. 02 CD 09, con terminaciones

Importe Deducciones Sanción Total Contratos y convenios Importe

Contrato de obra pública a base de precios unitarios y por concepto de trabajo terminado

10002660, 10004148, 10004751, 10005015, 10005358, 10012563, 10013020 y 10013021 2,079.0 66.3 1.4 2,011.3

IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13/4

2,079.0

10002662, 10004891, 10004892, 10004893, 10006141, 10006144, 10013029 y 10013381 3,115.6 99.4 3,016.2

IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13/3

3,115.6

10004066, 10013311, 10013313, 10013316 y 10014039 1,382.9 44.1 3.4 1,335.4

IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13/2 1,382.9

10002603, 10002818, 10003049, 10003234, 10003534, 10004652, 10005197 y 10013421 3,118.4 99.5 3,018.9

IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13

3,118.4

10002043, 10005145, 10005391, 10005827 y 10012793 2,771.9 88.4 2,683.5

IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 2,771.9

10001918, 10002615, 10003702, 10004568, 10007779 y 10012906 2,425.5 77.4 2,348.1

IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13/3 2,425.5

10002604, 10013326, 10013332, 10013334, 10013336, 10014110 y 10014111 2,425.5 77.4 1.4 2,346.7

IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/3 IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/PEP 2,425.5

Total 17,318.8 552.5 6.2 16,760.1 17,318.8

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757 VOLUMEN 5/18

2. Se analizó la documentación que soporta los pagos realizados, y se observó lo siguiente:

a) La Delegación Iztapalapa contó con la documentación comprobatoria de 47 facturas,

en cumplimiento del artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013; asimismo, las facturas cumplieron los

requisitos fiscales establecidos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

b) Se constató que las facturas están registradas en el Sistema Integral de Comprobantes

Fiscales (SICOFI), y se realizó su verificación con el Servicio de Verificación de

Comprobantes Fiscales Impresos del Servicio de Administración Tributaria (SAT)

de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

c) Las facturas fueron expedidas a nombre del Gobierno del Distrito Federal- Delegación

Iztapalapa.

d) Los pagos realizados correspondieron efectivamente al pago de obras, éstos se

sujetaron a las condiciones pactadas en los contratos respectivos y a la normatividad

aplicable.

e) Se observó que el registro presupuestal de las obras públicas realizadas se llevó

a cabo conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente

en 2013.

f) Se constató que las 47 CLC mediante las cuales la Delegación Iztapalapa efectuó

los pagos a los contratistas, fueron elaboradas y autorizadas por los servidores

públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos

Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC y contaron con la siguiente

documentación soporte:

Factura, verificación del comprobante fiscal, control de estimaciones; oficio

núm. 12.200/1394/2012 del 14 de diciembre de 2012, por medio del cual la DGODU

hace del conocimiento a la DGA de la Delegación Iztapalapa que, “con fundamento

a lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública

del Distrito Federal, 1o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

y Circular Uno Bis 2012 […] que el trámite de estimaciones para realizar el pago por

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758 VOLUMEN 5/18

parte de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano será, en estricto apego

a lo señalado con anterioridad. Por tal motivo, el resguardo de la documentación

generada para soporte del pago de obra contratada por la administración, quedará

bajo la responsabilidad de la misma, en la integración del expediente único, conforme

a lo señalado en la sección 27 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos

en Materia de Obra Pública, mismo que se encontrará a su disposición para consulta”.

El expediente único cuenta con estimación y como soporte, generadores y reporte

fotográfico, por lo que se considera que se contó con la documentación soporte

de las CLC, de acuerdo con el artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.

g) Se constató que los recursos ejercidos corresponden a obras para los proyectos

ganadores que se indican en las constancias de validación, emitidas como resultado

de la Consulta Ciudadana celebrada el 11 de noviembre de 2012 y del acta

circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional

en Iztapalapa, celebrada el 27 de febrero de 2013.

Por lo anterior, se concluye que la documentación justificativa y comprobatoria del

gasto da cumplimiento a lo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y del Código Fiscal de la Federación; y que las CLC mediante

las cuales se tramitó el pago a los contratistas, fueron elaboradas y autorizadas por

los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores

Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC.

3. Asimismo, mediante la revisión de 47 pólizas de diario proporcionadas con el oficio

núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad, adscrita

a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto ejercido de la

Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, el cual establece: “La Secretaría operará

un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar

y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago, además de

concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración

Pública”; y las Normas Quinta y Décima de las “Normas y Metodología para la

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759 VOLUMEN 5/18

Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitida

por el CONSAC-DF, establecen: “Quinta. El registro de las etapas del presupuesto de

egresos de los entes que integran la administración pública central y paraestatal del Distrito

Federal, se efectuará en las cuentas contables que se prevean en el Plan de Cuentas

que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán reflejar los momentos contables que

observe la evolución del gasto: el aprobado, modificado, comprometido, devengado,

ejercido y pagado”. Décima “El gasto ejercido es el momento contable que refleja el registro

de una cuenta por liquidar certificada o documento equivalente debidamente aprobado

por la autoridad competente”.

11. Resultado

Mediante el oficio núm. ACF-B/15/0283 del 19 de marzo de 2015, la ASCM solicitó

a la Delegación Iztapalapa información sobre las sanciones aplicadas a los contratistas por el

incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en los contratos formalizados

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2013; en respuesta,

con el oficio núm. DGA/CPII/587/2015 del 9 de abril de 2015, proporcionó el oficio

núm. CAOF/0193/2015 del 25 de marzo de 2015, mediante el cual la Coordinación de

Atención a Órganos Fiscalizadores informó: “… informo a usted que […] fueron penalizados

los siguientes contratos: IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13

y DGODU-AD-PP-O-043-13”.

Derivado de lo anterior y del análisis a los contratos, estimaciones y CLC se confirmó

la aplicación de sanciones, derivado de presentar con desfase las estimaciones. La sanción

se aplicó conforme a lo establecido en el tercer párrafo de la cláusula séptima de los contratos

“Forma de Pago”, a razón de 0.2% del monto de la estimación que no se presentó conforme

a la periodicidad establecida.

Gasto Pagado

12. Resultado

1. Con objeto de verificar que la Delegación Iztapalapa contara con la documentación

que reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante

los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13,

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760 VOLUMEN 5/18

IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13,

IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, correspondientes

a la muestra de auditoría, con los oficios núms. ACF-B/15/0303, ACF-B/15/0304,

ACF-B/15/0305, ACF-B/15/0306, ACF-B/15/0307, ACF-B/15/0308 y ACF-B /15/0309,

del 25 de marzo de 2015, se realizó la confirmación de operaciones con las empresas

con quienes la Delegación celebró los contratos; la información solicitada fue la siguiente:

a) Acta constitutiva de la empresa

b) Documentación técnica, económica, financiera, administrativa y legal

c) Cotizaciones presentadas a la Delegación

d) Contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13,

IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13,

IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 celebrados con

la Delegación Iztapalapa durante el ejercicio de 2013.

e) Documentación que acredite los trabajos realizados.

f) Estados de cuenta bancarios en los cuales se hayan efectuado el o los depósitos

del importe facturado y cobrado a la Delegación Iztapalapa, por la contratación de

los trabajos.

g) Ficha de depósito o el comprobante de transferencia electrónica de la Delegación

Iztapalapa. Asimismo, las sanciones que, en su caso, le fueron aplicadas por el

incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en el contrato formalizado

con la Delegación; y, en su caso, fotocopia de los documentos comprobatorios.

h) Copia de las facturas generadas a nombre del Gobierno del Distrito Federal o de

la Delegación Iztapalapa.

i) Evidencia de que la Delegación Iztapalapa recibió los servicios adquiridos, así como

el visto bueno, con el nombre y fecha de quien y cuando se recibieron.

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761 VOLUMEN 5/18

Con seis oficios sin número del 30 y 31 de marzo, 1o., 8 (dos) y 29 de abril,

todos del 2015, los contratistas remitieron la documentación referente a los

contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13,

IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13

e IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13. De su análisis, se constató que los importes

consignados en las facturas, control de estimaciones y acta de entrega-recepción,

coincidieron con los importes proporcionados por la Delegación Iztapalapa; asimismo,

en el estado de cuenta bancario, se consignaron los importes de referencia que

corresponden a las CLC.

2. Aunado a lo anterior, mediante la revisión de cuarenta y siete pólizas de diario

proporcionadas con el oficio núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de

la Dirección de Contabilidad adscrita a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad

y Cuenta Pública de la SEFIN, se comprobó el registro presupuestal del momento

contable del gasto pagado de la Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el artículo 7

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, la cual

establece: “La Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos

gubernamentales a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal

y de trámite de pago, además de concentrar la información presupuestaria, financiera y

contable de la Administración Pública”; y las Normas Quinta y Undécima de las “Normas

y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del

Distrito Federal” emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “El registro

de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración

pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas contables

que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales

deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Undécima “El gasto pagado

es el momento contable que refleja el registro de la cancelación total o parcial de las

obligaciones de pago documentadas mediante cuenta por liquidar certificada o documento

equivalente, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio

de pago”.