historia clínica y

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  • 8/18/2019 Historia Clínica y

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    Historia Clínica y Consentimiento Informado - History and Informed

    Consent

    Por: Dr. Mauricio Pineda Ramos

    Egresado de la Pontifica Universidad JaverianaAbogado Civilista con Especialidad en Seguridad Social de la Pontifica Universidad Javeriana 

     En España más del 80% de las reclamaciones a dentistastienen su origen en –por este orden-: implantes, prótesis yextracción de cordales. Mucas de estas reclamaciones seevitarían con un buen consentimiento informado. !"0#"$

    HISTORIA CLÍNICA Y CONSENTIMIENTOINFORMADO

    HISTORY AND INFORMED CONSENT 

    Defnición: “La historia clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente lascondiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en suatención”. Resolución 1995 de 1999

    Obligatoriedad: Los ro!esionales, "écnicos y #u$iliares queintervienen en la atención del paciente tienen la obligación de registrar en la historia clínica de manera integral lo reali%ado con el paciente. 

    Marco Legal:

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    •  esolución #&&' de #&&& del Ministerio de (alud !M)($

    •  *ey +' de #&8& ódigo de tica del dontólogo olom/iano, en su rt1culo "'. 

    Caracteristicas: 

    &ntegralidad'ecuencialidad(acionalidad )ientí*ca+isponibilidadportunidad

     

    Que debe contener la historia Clínica:

    1.  2ntroducción

    2.  egistro de la ausa

    3.  Examen 3isico

    4.  egistro del 4ratamiento

    5. (eguimiento de la dolencia

    .  egistro de no5edades 6uirurgicas

    !.  egistro de secuelas

    ".  nexos

    Anexos: 'on todos aquellos documentos que sirven como sustentolegal, técnico, cientí*co y-o administrativo de las acciones reali%adas alusuario en los procesos de atención, tales como autori%aciones paraintervenciones quir/rgicas, 0consentimiento in!ormado1, procedimientos,etc.

     

    Artículo 25. 2l odontólogo deberá abrir y conservar debidamente,historias clínicas de sus pacientes, de acuerdo con los cánones

    cientí*cos.

    Artículo 2. 2l odontólogo está obligado a guardar el secreto pro!esional en todo lo que, por ra%ón del ejercicio de su pro!esión, hayavisto, escuchado y comprendido, salvo en los casos en que sea e$imidode él por disposiciones legales. #sí mismo, está obligado a instruir a su personal au$iliar sobre la guarda del secreto pro!esional.

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    Consenti!iento "n#or!ado+e acuerdo con la ley el consentimiento in!ormado es un requisito previo para que el pro!esional de la salud pueda reali%ar un tratamientoo procedimiento. 2s un medio probatorio de alto valor dentro de un proceso de responsabilidad médico legal toda ve% que rati*ca el acto decomunicación e!ectuado entre el médico y el paciente.

    Obligatoriedad

    +e con!ormidad con el articulo 3 de la Ley 43 de 5676, #ctual )ódigo de8tica dontológica, el odontólogo deberá in!ormar al paciente de losriesgos, incertidumbres y demás circunstancias que puedancomprometer el buen resultado del tratamiento.

    $xce%cion'alvo situaciones de urgencia cuando no haya habido la oportunidad dereali%arlo, pues en estos casos prevalece la oportuna atención del paciente.)uando el estado mental del paciente y la ausencia de parientes oallegados se lo impidan.

    &elación Odontólogo 'aciente

    •  elación 7umana

    •  elación )roesional.

    •  elación de e.

    •  elación 9ur1dica

    Que debe contener el consenti!iento in#or!ado(

    1.  3ea

    2.  om/re completo e identiicación del paciente.

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    3. ;na maniestación por medio de la cual el paciente autori

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    •  3ecada y irmada

    ,alor %robatorio de la +istoria ClinicaLa historia clínica go%ará de pleno valor probatorio y tendrá la mismavalide% y e*cacia de un documento original.

    'ro%iedad- Custodia Acceso

    •  Propiedad:  El paciente es titular de la istoria cl1nica.

    • Custodia: =e/e conser5arse por un periodo m1nimo de "0 años.

    •  Acceso:

    •  El paciente

    •  El e6uipo de salud 

    •  utoridades >udiciales y de salud en los casos pre5istos en la ley

    •  *as demás personas 6ue señale la ley.

    Caso:aciente !emenina de 37 a:os de edad, con antecedentes derehabilitación en ma$ilar superior con prótesis parcial *ja en su totalidad y en in!erior resto radicular del 5;. 'e le ordena (adiogra!ía anorámica

     y se prescribe colocar implantes en 4< y =

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    > )omplicación no in!ormada pese a ser un riesgo previsto, manejo parcialmente adecuado> 2$posición a riesgos injusti*cados al someter al paciente a dosintervenciones quir/rgicas y no evaluar la condición clínica solicitandomedios diagnósticos que identi*quen tipo de "#) y el compromiso con el

    nervio.