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GUÍA OPERATIVA Y DE GESTIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA COSALUD VITAL / COSALUD VITAL MIXTO 1. Coberturas 1.1. Asistencia Sanitaria 1.2. Reembolso ginecológico, pediátrico y farmacéutico 1.3. Servicios adicionales incluidos en la Tarjeta Cosalud 2. Modalidades de contratación 2.1. Sin copago 2.2. Copago 5 2.3. Copago 20 2.4. Funcionamiento de los copagos 2.5. Cambios en la modalidad de copago 3. Documentación entregada al cliente 4. Consulta del Cuadro Médico 5. Acceso a los servicios médicos 5.1. Pasos a seguir para acceder a los servicios médicos concertados 5.2. Pasos a seguir para solicitar una autorización 5.3. Consultas médicas y pruebas diagnósticas básicas 5.4. Pruebas de diagnóstico avanzado, hospitalización y tratamientos avanzados 5.5. Posibles incidencias durante el acceso a los servicios médicos concertados 6. Plazos de carencia 6.1. Carencias generales 6.2. Asegurados que provengan de otra compañía 7. Patologías preexistentes 8. Normativa técnica para la emisión de pólizas 8.1. Documentación a aportar por el Tomador 8.2. Documentación complementaria 8.3. Plazo de validez de la solicitud 8.4. Descuentos por Unidad Familiar 8.5. Selección de riesgos de suscripción APÉNDICE: Cosalud Vital Mixto (Asistencia Sanitaria + Reembolso de gastos) 1. Descripción de la cobertura 2. Combinación de prestación asistencia con prestación de reembolso 3. Reembolso de gastos 3.1 Reembolso de gastos extrahospitalarios 3.2 Reembolso de gastos hospitalarios 4. Garantía complementaria de Gran Cobertura 5. Descuentos de Unidad Familiar

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GUÍA OPERATIVA Y DE GESTIÓN DE

ASISTENCIA SANITARIA

COSALUD VITAL / COSALUD VITAL MIXTO

1. Coberturas

1.1. Asistencia Sanitaria

1.2. Reembolso ginecológico, pediátrico y farmacéutico

1.3. Servicios adicionales incluidos en la Tarjeta Cosalud

2. Modalidades de contratación

2.1. Sin copago

2.2. Copago 5

2.3. Copago 20

2.4. Funcionamiento de los copagos

2.5. Cambios en la modalidad de copago

3. Documentación entregada al cliente

4. Consulta del Cuadro Médico

5. Acceso a los servicios médicos

5.1. Pasos a seguir para acceder a los servicios médicos concertados

5.2. Pasos a seguir para solicitar una autorización

5.3. Consultas médicas y pruebas diagnósticas básicas

5.4. Pruebas de diagnóstico avanzado, hospitalización y tratamientos avanzados

5.5. Posibles incidencias durante el acceso a los servicios médicos concertados

6. Plazos de carencia

6.1. Carencias generales

6.2. Asegurados que provengan de otra compañía

7. Patologías preexistentes

8. Normativa técnica para la emisión de pólizas

8.1. Documentación a aportar por el Tomador

8.2. Documentación complementaria

8.3. Plazo de validez de la solicitud

8.4. Descuentos por Unidad Familiar

8.5. Selección de riesgos de suscripción

APÉNDICE: Cosalud Vital Mixto (Asistencia Sanitaria + Reembolso de gastos) 1. Descripción de la cobertura 2. Combinación de prestación asistencia con prestación de reembolso 3. Reembolso de gastos

3.1 Reembolso de gastos extrahospitalarios 3.2 Reembolso de gastos hospitalarios

4. Garantía complementaria de Gran Cobertura 5. Descuentos de Unidad Familiar

1. COBERTURAS 1.1. Asistencia Sanitaria

Los asegurados podrán acceder a la cobertura médica asistencial disponible en el Cuadro Médico de Cosalud, que comprende:

• Medicina primaria

• Asistencia sanitaria de urgencia

• Especialidades médicas

• Medios de diagnóstico

• Hospitalización

• Tratamientos Especiales

• Medicina preventiva

• Medicina alternativa

• Asistencia obstétrica y al neonato 1.2. Reembolso ginecológico, pediátrico y farmacéutico

Adicionalmente, los asegurados podrán disponer de una cobertura de reembolso de facturas para los honorarios de profesionales no adscritos al Cuadro Médico, y que comprende:

• Reembolso ginecológico y pediátrico: reembolso del 80% de la factura de ginecólogo o pediatra ajeno al Cuadro Médico, hasta un límite de 50 euros por factura y 3 visitas al año por especialidad.

• Reembolso gastos farmacéuticos: reembolso del 50% de gastos farmacéuticos, siempre que se trate de medicamentos genéricos y hayan sido prescrito por un médico del Cuadro, y hasta un límite de 100 euros por año. Los reembolsos se realizarán siempre para importes superiores a 25 euros, acumulándose los pagos de menor cantidad hasta llegar al referido importe para hacerse efectivo.

1.3. Servicios adicionales incluidos en la Tarjeta Cosalud

Llamando al número de la tarjeta (902 25 10 25), el asegurado dispondrá de los siguientes servicios adicionales:

• Orientación médica telefónica (Opción 1) o Atención permanente 24 horas para consultas o dudas médicas o Orientación psicológica o Orientación dietética o Orientación pediátrica

• Cosalud Dental (Opción 2) Principales actos gratuitos:

o Diagnósticos orales o Radiografías o Extracciones simples o Higienes bucal

• Segunda Opinión Médica de enfermedades graves e intervenciones quirúrgicas (Opción 3)

• Asistencia en viaje en el extranjero (Teléfono 91 393 90 84)

2. MODALIDADES CONTRATACIÓN 2.1. Sin copago

El Asegurado no participa en el coste de los servicios asistenciales, siendo éstos a cargo de la Compañía.

2.2. Copago 5

• El Asegurado abona 5 € por cada acto médico en pruebas de diagnóstico básico, consultas de medicina primaria, asistencia sanitaria de urgencia, medicina preventiva o consultas de especialidades médicas.

• El Asegurado abona 25 € por cada acto médico en pruebas de diagnóstico avanzado, hospitalizaciones, intervenciones quirúrgicas o tratamientos especiales avanzados. (Ver punto

5.4. sobre los actos médicos de carácter avanzado a efectos de copago).

• El Asegurado abona 0,50 € por cada sesión de rehabilitación y fisioterapia. 2.3. Copago 20

• El Asegurado abona 20 € por cada acto médico en pruebas de diagnóstico básico, consultas de medicina primaria, asistencia sanitaria de urgencia, medicina preventiva o consultas de especialidades médicas.

• El Asegurado abona 100 € por cada acto médico en pruebas de diagnóstico avanzado, hospitalizaciones, intervenciones quirúrgicas o tratamientos especiales avanzados. (Ver punto

5.4. sobre los actos médicos de carácter avanzado a efectos de copago).

• El Asegurado abona 2 € por cada sesión de rehabilitación y fisioterapia. 2.4. Funcionamiento de los copagos

Los copagos se emitirán al cobro de forma mensual, independientemente del fraccionamiento de prima que tenga la póliza. Si la emisión del cobro del copago coincide con la fracción de prima, éste estará incluido en el mismo recibo. En cualquiera de los casos, el Asegurado recibirá en su domicilio el correspondiente aviso de cobro que incluirá el desglose de los actos médicos efectuados y su copago correspondiente.

2.5. Cambios en la modalidad de copago

La modificación de un nivel de copago a otro de mayor importe (de 0€ a 5€, de 0€ a 20€ y de 5€ a 20€) se realizará a vencimiento con la emisión de una nueva póliza, por representar una disminución de prima y no poder hacer extornos. El asegurado mantendrá su antigüedad a efectos de preexistencias y carencias. Por contra, se evitará al máximo la reducción o eliminación de copagos por implicar un mayor uso y por desconocer cuántos copagos se pueden haber generado sin conocimiento aun por parte de Cosalud y estar pendientes de pago al momento en que se solicita el cambio de modalidad. Caso de solicitarse, no se aceptará en aquellas pólizas que, de no haber tenido copago, hubieran sido deficitarias.

3. DOCUMENTACIÓN ENTREGADA AL CLIENTE La documentación que se entrega al cliente una vez formalizado el contrato está compuesta de:

• Libro que incluye las Condiciones Particulares (partes contratantes, fecha de efecto y condiciones de pago, relación de asegurados, cuadro de coberturas y cláusulas), las Condiciones Especiales (glosario de términos, coberturas, carencias, riesgos excluidos y explicación de la prestación) y las Condiciones Generales.

• Guía del Cuadro Médico donde están relacionados todos los profesionales y centros médicos concertados en la provincia donde el Tomador tiene fijada su residencia.

• Tarjeta Cosalud para poder acceder a los diferentes servicios contratados. Las tarjetas son personales e intransferibles entregándose una por cada asegurado.

4. CONSULTA DEL CUADRO MÉDICO El asegurado puede escoger libremente cualquier facultativo o centro de especialidades médicas o quirúrgicas que figure en el Cuadro Médico.

Puede realizar la consulta de profesionales y centros concertados mediante la guía que se entrega junto con la documentación del contrato, o a través de la página web de Cosalud y acceder al mismo seleccionando la opción “Acceso a cuadro médico” En el mismo existen dos opciones para la búsqueda: por proximidad o por especialidad. Asimismo, dentro de la misma ventana existe la opción de descargar el Cuadro Médico en formato PDF, previa selección de una localidad.

5. ACCESO A LOS SERVICIOS MÉDICOS 5.1. Pasos a seguir para acceder a los servicios médicos concertados

En caso de requerir alguna prestación médica, el asegurado deberá proceder de la siguiente forma:

• Consultas de medicina primaria o especialidades médicas El asegurado puede acudir directamente a la consulta del profesional o centro médico concertado de su elección. Para ello deberá llamar al profesional para concertar la cita, y presentarse acompañado de su Tarjeta de Cosalud.

• Realización de pruebas de diagnósticas o tratamientos Existen pruebas de diagnóstico y tratamientos que no requieren autorización (ver punto 5.3), en cambio existen otras que sí la requieren (ver punto 5.4). En caso que el profesional del cuadro médico le haya prescrito alguna prueba de diagnóstico que no requiera autorización, el asegurado podrá acudir al centro médico concertado de su elección para la realización dicha prueba o tratamiento. Para ello deberá acudir con su Tarjeta Cosalud y la correspondiente prescripción médica emitida por el especialista del cuadro médico. En caso que la prueba o el tratamiento a realizarse requiera autorización, el asegurado deberá solicitarla llamando al teléfono de su tarjeta (902 25 10 25). Si el asegurado requiere de ingreso hospitalario y/o intervención quirúrgica, siempre será necesario solicitar autorización.

5.2. Pasos a seguir para solicitar una autorización

En caso que el asegurado tenga que realizarse una prueba diagnóstica, un tratamiento o una intervención quirúrgica que requiera autorización, deberá solicitarse llamando al teléfono 902 25 10 25. Dicha solicitud de autorización la puede realizar tanto el asegurado como el profesional médico que la prescriba. Importante: La autorización es una garantía de pago que emite la compañía al profesional o centro médico, y su emisión implica una declaración de siniestro. Por ello, conlleva una gestión y una valoración previa por parte de la compañía a fin de garantizar que el acto solicitado tiene cobertura, descartando plazos de carencia y patologías preexistentes. Asimismo, es posible que para valorar correctamente la petición se necesite solicitar un informe médico. Todo ello puede provocar que la petición de autorización requiera del tiempo necesario para su correcta gestión, por lo que no es recomendable solicitarla el mismo día o el anterior al día en que se tiene concertada la prueba o el tratamiento. Se aconseja que, tan pronto el asegurado tenga la prescripción para realizarse dicha prueba o tratamiento, se solicite ese mismo día llamando al teléfono mencionado, o bien que la solicite el propio profesional médico por cuenta del asegurado en el momento de extenderle la prescripción. En caso que la autorización haya sido solicitada por el profesional médico, si hace falta informe adicional se pedirá directamente al profesional. Si por el contrario la autorización fuera solicitada por el asegurado, el informe médico se solicitará al asegurado. Sin embargo, no será necesario que éste vuelva a pedir cita, simplemente pidiéndole al médico el informe por teléfono será suficiente. Es importante destacar que el informe médico deberá hacer constar la fecha de inicio de la patología o bien de sus síntomas.

5.3. Consultas médicas y pruebas diagnósticas básicas La consulta a médicos y especialistas del Cuadro Médico no precisan autorización por parte de la compañía, así como las siguientes pruebas diagnósticas:

• Aerosolterapia

• Análisis clínicos

• Audiometrías

• Citologías

• Colposcopia

• Ecografía ginecológica, obstétrica y mamaria

• Electrocardiograma

• Espirometría

• Estudios anatomopatológicos

• Infiltraciones

• Pruebas alérgicas

• Radiología convencional

• Toma de biopsia en consulta

• Tratamiento ortopédico con escayola 5.4. Pruebas de diagnóstico avanzado, hospitalización y tratamientos avanzados

Las siguientes pruebas diagnósticas y tratamientos, además de ser prescritas por un médico del Cuadro, requerirán autorización por parte de la compañía, llamando al teléfono que aparece en la tarjeta (902 25 10 25). Son actos médicos que están identificados en las Condiciones Especiales de la póliza como “de carácter avanzado a efectos de participación del asegurado en el coste”.

Se trata de una relación enunciativa

y no delimitativa respecto a todos los

actos y/o patologías que podrían

encuadrarse dentro de este perfil.

• Ambulancias

• Amnioscopia - Amniocentesis

• Angiofluoresceingrafía

• Densitometría ósea

• Doppler

• Ecocardiograma

• Ecografía (excepto ginecológica, obstétrica y mamaria)

• Electroencefalograma

• Electromiograma

• Endoscopia

• Ergometría

• Estudio del sueño

• Extracción de cordales

• Gammagrafía

• Hemodiálisis

• Hemodinámica

• Hemoterapia

• Holter

• Hospitalización (de cualquier tipo)

• Láser oftálmico

• Litotricia

• Logofoniatría

• Mamografía

• Marcapasos

• Medicina nuclear

• Médicos consultores

• Monitorizaciones basales de embarazo

• Ortóptica y pleóptica

• Oxigenoterapia

• Podología (no requiere prescripción)

• Preparación al parto (no requiere prescripción)

• Quimioterapia

• Radiología digestiva de contraste

• Radiología urológica de contraste

• Radiología maxilofacial

• Radiología vascular, intervencionista o invasiva

• Radioterapia

• Rehabilitación y fisioterapia

• Segunda opinión

• Resonancia magnética nuclear (RMN)

• Tomografía axial computerizada (TAC)

• Urodinámica 5.5. Posibles incidencias durante el acceso a los servicios médicos concertados

• Se rechaza la autorización por carencia no superadas. Es importante recordar que, salvo aquellas personas que hayan acreditado provenir de la competencia y hayan pasado el proceso de Teleselección, todas las pólizas están sujetas a los plazos de carencia descritos en el punto 6.

• Se solicita un informe médico para valorar autorización solicitada. Antes emitir una autorización la compañía puede considerar necesario detectar enfermedades preexistentes y asegurar que la prestación solicitada tiene cobertura. Por ello es importante solicitar la autorización con tiempo suficiente para asegurarse que no existen incidencias.

Se trata de una relación enunciativa

y no delimitativa respecto a todos los

actos y/o patologías que podrían

encuadrarse dentro de este perfil.

• El profesional del cuadro no acepta o no reconoce la Tarjeta Cosalud como válida. En caso que el profesional no acepte la tarjeta, es importante llamar inmediatamente al teléfono 902 25 10 25, que aparece en el dorso de su tarjeta, antes de salir de la consulta o de pagar ninguna factura. El asegurado le puede indicar al profesional médico que llame a dicho teléfono, donde los operadores de Cosalud solventarán la incidencia de forma inmediata.

De forma general, el teléfono 902 25 10 25 es la vía establecida para comunicarse con la compañía de forma inmediata para solventar cualquier duda, gestionar cualquier petición y solventar cualquier incidencia que puedan tener los asegurados o los profesionales concertados.

6. PLAZOS DE CARENCIAS 6.1. Plazos de carencia generales

Se aplican (de acuerdo con las Condiciones Especiales de la póliza, Art.4) para todos los asegurados de nueva contratación con las excepciones que se indican más adelante.

• Seis meses para medios de diagnóstico que precisen autorización.

• Seis meses para hospitalización e intervenciones quirúrgicas, salvo casos de urgencia vital

• Diez meses para embarazo, parto y sus consecuencias, excepto parto distócico de urgencia vital o parto prematuro (anterior a 28 semanas de gestación). En el supuesto de que la asistencia tanto obstétrica como al neonato se produzca tras realizar tratamientos para superar infertilidad la carencia queda ampliada a 36 meses.

• Doce meses para medicina preventiva, hemodiálisis, riñón artificial, litotricia renal, laserterapia, quimioterapia, cobaltoterapia, acelerador lineal, colocación y coste de las prótesis y tratamientos anticonceptivos.

6.2. Asegurados que provengan de otra compañía

Se eliminan las carencias, excepto para embarazo y parto, siempre que provengan de otra compañía y tuviesen contratado un producto similar. Deberán acreditarlo con la siguiente documentación:

• Último recibo abonado

• Tarjeta Sanitaria o Condiciones Particulares En estos casos, para eliminar las carencias se someterá a los candidatos a un proceso de Teleselección. Se procederá a llamar a todos los candidatos mayores de edad para hacerles un cuestionario de salud telefónico, que servirá a la compañía como valoración adicional del riesgo de suscripción sin carencias. Dicho proceso de Teleselección, y siempre que los candidatos atiendan la llamada, no demorará la emisión de la póliza más de 48 horas, siendo éste el plazo normal para realizar el contacto telefónico, el registro de la llamada y la valoración del resultado.

7. PATOLOGÍAS PREEXISTENTES Una preexistencia es cualquier patología o alteración del estado de salud contraída anteriormente al inicio de la póliza, hayan sido o no declaradas en el cuestionario de salud. La descripción de patologías preexistentes en el cuestionario de salud no implica su cobertura, sino que sirven a la compañía para valorar el riesgo de suscripción del candidato. En el caso de que dicha preexistencia no hubiera sido declarada en el cuestionario de salud, y en función de su gravedad, podría comportar desde la emisión de un suplemento con una cláusula de exclusión expresa para su no cobertura, hasta la anulación de la póliza.

8. NORMATIVA TÉCNICA PARA EMISIÓN DE PÓLIZAS 8.1. Documentación a aportar por el Tomador

• Solicitud póliza, compuesta por dos partes: o Información de la póliza, donde quedan informados los datos relativos a Tomador,

forma de pago, modalidad de producto y Agente. o Información de Asegurados, datos personales de cada uno de los candidatos a

asegurar y Declaración Jurada de Salud individual de los mismos. La solicitud debe presentarse debidamente cumplimentada, firmada por el Tomador en ambas partes y, además por los Asegurados en la Declaración Jurada de Salud.

• DNI/NIE Tomador

• Informe de neonatólogo para menores de 1 año. 8.2. Documentación complementaria

Si el candidato procede de otra compañía, se debe adjuntar el último recibo abonado (siendo éste del mes en curso o del inmediatamente anterior) y las tarjetas sanitarias o condicionado particular. Si la documentación es correcta se puede proceder a eliminar carencias tras realizarse el proceso de Teleselección. Asimismo, en base al estado de salud de los candidatos, Cosalud podrá solicitar documentación médica adicional para la correcta valoración del riesgo de suscripción.

8.3. Plazo validez solicitud La solicitud tiene una validez de 15 días desde su fecha de ingreso.

8.4. Descuentos por Unidad Familiar

Aplicable a matrimonios o familias de 3 o más miembros cuya relación sea cónyuges, padre y/o hijos, conviviendo en la misma unidad familiar, según los porcentajes siguientes:

• 15% Descuento para matrimonios o matrimonio con un hijo

• 20% Descuento para matrimonios con dos o más hijos Esta modalidad deja de tener efecto cuando uno de los miembros supera los 55 años de edad.

8.5. Selección de riesgos a la entrada

Serán candidatos asegurables todas aquellas personas de 0 a 65 años de edad. Los menores de 14 años no podrán estar solos en póliza, siempre deberán ir acompañados de un adulto.

Los candidatos con nacionalidad extranjera deberán aportar NIE o copia de la solicitud de Tarjeta de Residencia. Este requerimiento es válido tanto para el candidato tomador como para los candidatos asegurados. Si bien para obtener la residencia pueden exigirle tener un seguro de salud privado, para la obtención del NIE no es necesario. El NIE es un documento que expide la Dirección General de la Policía, y que sin él no se puede tramitar la residencia. Para contratar con Cosalud, el resguardo de solicitud de NIE (o "NIE provisional") ya es aceptable.

• No asegurables por patología: No se considerarán riesgo asegurable los candidatos que sufran alguna de las siguientes patologías:

o Diabetes en tratamiento con insulina o Enfermedad de corazón (o candidatos operados de corazón) o SIDA o Afección oncológica o Parkinson o Hemofilia o Hepatitis B o C o Esclerosis múltiple o Enfermedad de Crohn o Lupus eritematoso o Alcoholismo y/o toxicomanía o Obesidad mórbida o Candidatos que tengan prevista intervención quirúrgica o Candidatos que en el momento de realizar la solicitud se encuentren hospitalizados o Además de las citadas, se valorará de manera individual toda patología declarada por

el candidato, determinando en cada caso su asegurabilidad.

• No asegurables por profesión: No se considerarán riesgo asegurable los candidatos que ejerzan o practiquen alguna de las siguientes profesiones o actividades:

o Deporte a nivel profesional o Actividades con pólvora, explosivos, ácidos corrosivos…. o Actividades con toros, reses bravas, vaquillas o animales salvajes o Actividades submarinas o subacuáticas o Actividades aéreas deportivas o Fuerzas y cuerpos de seguridad, vigilantes de seguridad, bomberos o Actividades en circos o ferias o Periodistas o corresponsales de guerra o Manipulación de productos tóxicos que deriven en enfermedades profesionales por

inhalación (mineros, yeseros, pintura industrial…) o Además de las citadas, se valorará de manera individual la profesión y/o actividad

declarada por el candidato, determinando en cada caso su asegurabilidad.

Se trata de unas relaciones

enunciativas y no delimitativas

respecto a las patologías y

profesiones que podrían

encuadrarse dentro de este perfil.

APÉNDICE. COSALUD VITAL MIXTO 1. Descripción de la cobertura

Como cobertura adicional al producto de Asistencia Sanitaria Cosalud Vital, los asegurados pueden contratar la modalidad Cosalud Vital Mixto, que combina en un mismo producto la prestación asistencial dentro del Cuadro Médico, con la de reembolso de gastos de libre elección y cobertura mundial. Importante: Quedará excluido el reembolso de gastos por aquellas asistencias prestadas por facultativos, centros médicos u hospitales que se relacionen en el cuadro médico concertado puesto a disposición del asegurado, por lo que es importante cerciorarse previamente consultando el cuadro médico en vigor.

2. Combinación de prestación asistencial con prestación de reembolso

Los asegurados que así lo necesiten, podrán combinar en un mismo proceso patológico la prestación asistencial de profesionales y centros concertados, con la prestación de reembolso de gastos para profesionales y centros que ajenos al cuadro médico, en función de los tres posibles escenarios siguientes:

* En estos casos, a veces el hospital suele estar concertado pero el cirujano puede ser ajeno al Cuadro Médico.

3. Reembolso de gastos

Para acceder al reembolso de gastos el asegurado deberá aportar las facturas originales, debidamente pagadas, junto con el informe médico que indique el diagnóstico de su afección y la fecha de inicio. En caso que la documentación aportada no contenga alguno de los datos mencionados, o bien en el caso que Cosalud necesite ampliar la información de los mismos, se solicitará al asegurado que aporte la documentación adicional que pueda resultar necesaria para la correcta tramitación del reembolso. Asimismo, aquellas facturas que superen los 3.000 euros de importe deberán venir acompañadas del correspondiente recibo, comprobante o extracto bancario que refleje el pago por parte del asegurado al profesional o centro médico que la hubiera extendido.

Cuadro Médico No Cuadro Médico

● Evita participación del 20%● Reembolso hasta el l ímite

establecido en pól iza (80%)

● Será de apl icación el copago

contratado

● Evita la aplicación el copago

contratado

● Evita parPcipación del 10%● Reembolso hasta el l ímite

establecido en pól iza (90%)

● Será de apl icación el copago

contratado

● Evita la aplicación el copago

contratado

HOSPITAL CIRUJANO

● Evita depósito a cuenta y

participación del 10%

● Reembolso hasta el l ímite

establecido en pól iza (90%)

● Será de apl icación el copago

contratado

● Evita la aplicación el copago

contratado

Asistencia extrahospitalaria

Asistencia hospitalaria

Asistencia hospitalaria + Cirujano *

3.1. Reembolso de gastos extrahospitalarios El cliente tendrá derecho al reembolso del 80% del importe de las facturas de carácter extrahospitalario, emitidas por profesionales médicos de su libre elección de cualquier parte del mundo, y hasta un límite anual fijado en las Condiciones Particulares de la póliza. Importante: El reembolso de gastos por pruebas diagnósticas, sesiones de fisioterapia y/o rehabilitación, traslados en ambulancia, así como los gastos por tratamientos de quimioterapia, radioterapia y/o diálisis, quedarán excluidos de esta cobertura, ya que dichas prestaciones solo podrán ser prestadas por los facultativos que se relacionan en el Cuadro Médico puesto a disposición del Asegurado por la garantía de Asistencia Sanitaria. 3.2. Reembolso de gastos hospitalarios El cliente tendrá derecho al reembolso del 90% del importe de las facturas de carácter hospitalario y/o quirúrgico, emitidas por profesionales médicos, centros u hospitales de su libre elección de cualquier parte del mundo. Los límites de reembolso estarán fijados en las Condiciones Particulares de la póliza, en función del tipo de prestación:

• Gastos de estancia

• Hospitalización quirúrgica

• Hospitalización no quirúrgica

• Maternidad y gastos de recién nacido

• Cirugía extrahospitalaria

En los casos de hospitalización quirúrgica, el límite de reembolso vendrá fijado por el Baremo de Operaciones en función del tipo de cirugía. Asimismo, los honorarios médicos del cirujano y ayudantes estarán limitados a 6.000 euros para cualquiera de dichos grupos de intervención.

En caso de que la hospitalización no haya generado ningún coste para el asegurado, tendrá derecho a percibir una indemnización diaria sustitutiva, cuyo importe también vendrá fijado en las Condiciones Particulares de la póliza.

4. Garantía complementaria de Gran Cobertura

Como garantía complementaria al reembolso de gastos, los clientes que lo deseen podrán contratar la Gran Cobertura, que incrementa los límites de prestación en:

• Reembolso de gastos extrahospitalarios: duplica el límite anual fijado en las Condiciones Particulares de la póliza.

• Reembolso de gastos hospitalarios: incrementa la prestación con el importe fijado en las Condiciones Particulares de la póliza.

5. Descuentos de Unidad Familiar

Las pólizas de modalidad Cosalud Vital Mixto podrán beneficiarse de la misma operativa de descuentos descrita en el punto 8.4, correspondiente al Descuento de Unidad Familiar, pero que en este caso estaría fijado en un 15% único para todos los casos de matrimonios con o sin hijos.