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ADMINISTRACIN Y FINANZAS
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SSeessiioonneess 2200 yy 2211
TTeemmaa:: LLiiqquuiiddaacciinn ddeell IIGGVV,, RReeggiissttrroo ddee OOppeerraacciioonneess ddee
CCoommpprraass yy VVeennttaass ccoonn IIGGVV ee IInntteerreesseess
IINNTTRROODDUUCCCCIIOONN Ahora que ya conocemos el manejo del Libro Diario Simplificado y que hemos registrado operaciones de compras y ventas de mercaderas considerando en ellas el registro del Impuesto General a las Ventas, la siguiente pregunta es Cmo se liquida el IGV? Cmo hago para saber cunto tengo que pagar?
Como hemos visto el registro del Impuesto General a las
Ventas ser realiza en una sola cuenta denominada TRIBUTOS
POR PAGAR y que recibe el IGV de compras y el IGV de ventas,
si comparamos ambos movimientos podemos obtener la
respuesta a la interrogante planteada.
CCOONNTTEENNIIDDOO
Cmo se Liquida o calcula del IGV a pagar?: Se debe de comparar el IGV de ventas con el IGV de
compras.
Si el IGV Ventas es MAYOR IGV de compras y consumos, debemos pagar a la SUNAT. Si el IGV
Ventas es MENOR IGV de compras y consumos, NO PAGAMOS nada y tenemos un saldo a nuestro
favor para el siguiente mes (Crdito Fiscal).
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AACCTTIIVVIIDDAADDEESS-- CCAASSOOSS YY EEJJEERRCCIICCIIOOSS
1. La empresa Diseos Andinos SAC compra Mercaderas por S/. 10,000 (Valor de Venta (pagndose 10% con cheque y el saldo lo pagar en letras con un 2% de inters).
Solucin: Si se compran mercaderas, significa que aumentan nuestras existencias porque las estoy adquiriendo. (AUMENTA EL ACTIVO) Como slo se paga el 10% con cheque, disminuye S/ 1,180 de la cuenta corriente. (DISMINUYE EL ACTIVO) y como debemos dinero, aparece una cuenta por pagar comercial (es decir, aumentan nuestras deudas- Letras por pagar) por S/. 10,620. (AUMENTA EL PASIVO). Debemos tambin registrar el inters que deberemos de pagar por el crdito que dio el proveedor entonces se generan Intereses por pagar (AUMENTA EL PASIVO) contra el GASTO FINANCIERO que se est ocasionando, calculamos el 2% de 10,620 y nos da S/. 212.40. No olvidemos de registrar el IGV como est a nuestro favor por ser una compra calculamos el 18% del valor de venta que siendo 1,800 reducir la cuenta pasiva Tributos por Pagar (DISMINUYE EL PASIVO).
ACTIVO PASIVO
Efectivo y Eq. Efectivo -1,180 Tributos por pagar -1800
Mercaderias 10000 Cuentas por pagar com 10620
Intereses por pagar 212.4
PATRIMONIO
Resultado -212.4
TOTALES 8,820 TOTALES 8,820
2. Vende mercaderas por un Precio de Venta de S/. 15,000, 70% se cobra en efectivo y el saldo en letras. El costo de la mercadera que vendi fue por S/. 10 000. Por el crdito otorgado se cobrar un inters del 3%.
Solucin: Con el registro de ventas hay que tener especial atencin. Se vende por S/ 15.000, significa que tengo Ventas por S/ 15,000, si es el PRECIO DE VENTA, tiene incluido el IGV por ello debemos de dividir entre 1.18 para extraer el IGV. Entonces la Venta es por S/. 12,712 y el IGV por pagar ser de S/.2,288 (12,712 + 2,288 = 15,000) .Como se cobra el 70% de ello (70%*15000= 10,500) en donde aumenta mi efectivo, (AUMENTA EL ACTIVO) y el resto queda pendiente, entonces aparece una cuenta por cobrar comercial (letras) por la diferencia ( S/. 4,500 ). (AUMENTA EL ACTIVO). Como hemos estudiado cada vez que se vende debo de hacer otro registro por el costo de ventas. En este caso el costo de la mercadera fue de S/ 10, 000. Significa que cuando una empresa vende, entrega la mercadera, y entonces sta disminuye y afecta el costo de ventas. (DISMINUYE EL ACTIVO Y AUMENTA EL GASTO). Debemos tambin registrar el inters que deberemos de cobrar por el crdito otorgado al cliente entonces se generan Intereses por cobrar (AUMENTA EL ACTIVO) contra el INGRESO FINANCIERO que se est ocasionando, calculamos el 3% de S/. 4,500 y nos da S/. 135 soles.
ACTIVO PASIVO
Efectivo y Eq. Efectivo 9,320 Tributos por pagar 488
Cuentas por cobrar 4500 Cuentas por pagar com 10620
Intereses por cobrar 135 Intereses por pagar 212
Mercaderias 0 PATRIMONIO
Resultado 2635
TOTALES 13,955 TOTALES 13,955
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Veamos ahora el registro en el Libro Diario Simplificado procedemos a sumar o restar
(dependiendo de los signos), cada una de las cuentas del activo, pasivo, patrimonio, ingresos y
gastos.
Tal cual estamos revisando el Libro Diario Simplificado obtenido con el caso arriba desarrollado,
observamos que el Activo tiene como total S/. 13,955 soles y el Pasivo y Patrimonio llegan tambien
al mismo importe de S/. 13,955 soles, cumpliendo con el efecto de la partida doble o dualidad
econmica,
Revisemos el saldo de la cuenta EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO, qu significa S/, 9,320 ?,
analicemos: Por la compra ha disminuido la cuenta y por la venta ha aumentado la cuenta
entonces el saldo corresponde al dinero que tenemos a disposicin. Es el dinero que le queda a la
empresa.
Revisemos el saldo de la cuenta MERCADERIAS qu significa S/. 0 ?, analicemos: Por la compra ha
aumentado la cuenta y por la venta ha disminuido la cuenta entonces el saldo 0 nos indica que se
vendi la totalidad de mercaderia adquirida. Ya no tenemos nada en el almacn disponible para la
venta. Es importante concluir este caso con la LIQUIDACIN DEL IGV, para lo cual obervamos la
cuenta TRIBUTOS POR PAGAR que tiene un saldo de S/. 488 soles, lo que significa que tenemos
IGV por pagar ya que el IGV de ventas fue mayor que el IGV de Compras.
AAtteenncciinn:: YY ssii llaa eemmpprreessaa hhuubbiieerraa tteenniiddoo uunn CCrrddiittoo FFiissccaall ddee llaass ooppeerraacciioonneess ddeell ppeerrooddoo
aanntteerriioorr ppoorr 110000 ssoolleess CCmmoo hhaabbrraa iimmppaaccttaaddoo eenn llaa lliiqquuiiddaacciinn ddee eessttee mmeess?? EEssttee ssaallddoo
ddee 110000 ssoolleess ssee ppuueeddee aapplliiccaarr aall ppaaggoo qquuee ssee ttiieennee ppoorr 448888 ssoolleess eennttoonncceess ssoolloo ssee tteennddrriiaa
qquuee ppaaggaarr 338888 ssoolleess..
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EJERCICIO 1: Desarrolla el siguiente caso siguiendo el concepto de Ecuacin Contable y usando
el Libro Diario Simplificado.
1) La empresa Manos del Per SRL, realiza compra de mercaderas por S/. 54,000 (PRECIO DE COMPRA) y paga 10% en efectivo y la diferencia con una letra a 60 das que le genera 2% de intereses.
2) Vende mercaderas por 73,000 (VALOR DE VENTA) y cobra 80% al contado y el resto en letras a 30 dias que generarn 3% de intereses. El costo de ventas es de 35,000 soles.
Prepara el LDS
Liquida el IGV sabiendo que la empresa tienen un saldo a su favor (Crdito Fiscal) de 750 soles.
Explica el saldo de la cuenta Mercaderas
Explica el saldo de al cuenta Efectivo y Equivalente de Efectivo.
EJERCICIO 2: Desarrolla el siguiente caso siguiendo el concepto de Ecuacin Contable y usando
el Libro Diario Simplificado.
1) La empresa Per y sus Manos SRL , realiza compra de mercaderas por S/. 83,000 (VALOR DE COMPRA) y paga 20% en efectivo y la diferencia con una letra a 30 das que le genera 2% de intereses.
2) Vende mercaderas por 73,000 (PRECIO DE VENTA) y cobra 70% al contado y el resto en
letras a 30 das que generarn 3% de intereses. El costo de ventas es de 53,000 soles.
Prepara el LDS
Liquida el IGV sabiendo que la empresa tienen un saldo a su favor (Crdito Fiscal) de 1250 soles.
Explica el saldo de la cuenta Mercaderas
Explica el saldo de al cuenta Efectivo y Equivalente de Efectivo.
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LLEECCTTUURRAA CCOOMMPPLLEEMMEENNTTAARRIIAA
Para fortalecer los mecanismos de control del crdito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV),
recientemente entr en vigencia el Decreto Supremo N 137-2011-EF que modifica diversos
artculos del reglamento de la Ley del IGV, a fin de adecuarlos a las Leyes Ns 29214 y 29215,
referidas al crdito fiscal.
As, en lo que respecta a las formalidades del comprobante de pago, pueden distinguirse los
siguientes grupos: respecto a la consignacin de la informacin mnima especificada en el artculo
1 de la Ley N 29215; y, en relacin con comprobantes de pago no fidedignos o que incumplen los
requisitos legales y reglamentarios en materia de comprobantes de pago.
En el primero, en principio debe remarcarse que el artculo 1 de la Ley N 29215 seala que
adicionalmente a los requisitos indicados en el inciso b) del artculo 19 de la Ley del IGV, los
comprobantes de pago deben consignar la siguiente informacin mnima: identificacin del emisor,
adquirente o usuario y comprobante de pago; descripcin y cantidad del bien, servicio o contrato;
monto de la operacin.
Los supuestos que pueden darse entonces
seran los siguientes: si esta informacin
mnima "no se consigna", el crdito fiscal es
inaplicable; si se consigna en "forma errnea"
(informacin no coincide con la
correspondiente a la operacin que el
comprobante pretende acreditar), se pierde el
crdito fiscal, salvo que tratndose del
nombre, denominacin o razn social y
nmero de RUC del emisor, no se considerar que dicha informacin ha sido consignada en forma
errnea si a pesar de la falta de coincidencia, su contrastacin con la informacin obtenida a travs
de los medios de acceso al pblico de la Sunat no permite que exista tal confusin.
Igualmente, si existen "datos falsos", es decir, no se acredita de manera fehaciente y objetiva la
descripcin y cantidad del bien, servicio o contrato objeto de la operacin y el valor de venta, se
pierde el crdito fiscal.
En el segundo, respecto de comprobantes de pago "no fidedignos" o que "incumplen los requisitos
legales y reglamentarios en materia de comprobantes de pago", se ha definido al comprobante de
pago "no fidedigno" como aquel documento que contiene irregularidades formales en su emisin
y/o registro, considerndose como tales a los emitidos con enmendaduras, correcciones o
interlineaciones; los que no guardan relacin con lo anotado en el Registro de Compras; los que
contienen informacin distinta entre el original y las copias; aadindose como caso nuevo a "los
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comprobantes emitidos manualmente en los cuales no se hubiera consignado con tinta en el
original la informacin no necesariamente impresa".
Igualmente se ha descrito al comprobante de pago o nota de dbito que "incumpla los requisitos
legales y reglamentarios" a los que no renen las caractersticas formales y requisitos mnimos
establecidos en el reglamento de Comprobantes de Pago, pero que s consignan lo sealado en el
artculo 1 de la Ley N 29215.
Ambos tipos de documentos, de acuerdo con el cuarto prrafo del artculo 19 de la Ley del IGV,
concordante con el artculo 3 de la Ley N 29215, no generarn la prdida del crdito fiscal si el
pago total de la operacin, incluyendo el pago del impuesto y de la percepcin, de ser el caso, se
hubiera efectuado: con los Medios de Pago que seala el numeral 2.3 del artculo 6 del reglamento
del IGV; siempre que se cumpla con los dems requisitos que seale el reglamento de la Ley del
IGV; y, se cumpla tambin con los requisitos del ya reseado artculo 1 de la Ley No. 29215.
Antecedentes legales
Qu es el crdito fiscal? El crdito fiscal es el monto constituido por el IGV consignado
separadamente en los comprobantes de pago que respaldan la adquisicin de bienes, servicios y
contratos de construccin o el pagado en la importacin del bien o con motivo de la utilizacin en
el pas de servicios prestados por no domiciliados .
Qu comprobantes de pago dan derecho a crdito fiscal? Los comprobantes que dan derecho a
crdito fiscal son: facturas, tickets, liquidaciones de compra, y otros documentos sealados en el
numeral 6.1 del Art. 4 del Reglamento de Comprobantes de Pago .
Qu adquisiciones otorgan derecho a usar crdito fiscal? La ley establece que solo otorgan
derecho a crdito fiscal las adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construccin que
renan los requisitos siguientes: que sean permitidos como gasto o costo de la empresa, de
acuerdo con la legislacin del IR; y que se destinen a operaciones por las que se debe pagar el
Impuesto.
Francisco Pantigoso Abogado Miembro de IFA Grupo Peruano
Catedrtico de la Universidad del Pacfico Artculos de Opinin, 27/07/2013