grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)

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UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRES BELLO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA CÁTEDRA: DERECHO TRIBUTARIO II PROFESOR: LIC. YENINY RODRIGUEZ RIESGOS TRIBUTARIOS EN OPERACIONES INTERNACIONALES Integrantes: Basciani, Andrea Carrasquero, Katherine Gouveia, Ana

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Page 1: Grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)

UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRES BELLOFACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES

ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍACÁTEDRA: DERECHO TRIBUTARIO II

PROFESOR: LIC. YENINY RODRIGUEZ

RIESGOS TRIBUTARIOS EN

OPERACIONES INTERNACIONALES

Integrantes:Basciani, Andrea

Carrasquero, KatherineGouveia, AnaIsamit, MiguelLárez, Cared

Moreno, Marcos

Caracas, Mayo 2012

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RESUMEN EJECUTIVO

Existen muchos riesgos tributarios al momento de realizar operaciones internacionales, entre los cuales tenemos:

1) El establecimiento permanente de plazo se basa en el Modelo de Convenio Fiscal de la OCDE sobre la Renta. Una empresa de un país generalmente tiene un establecimiento permanente en el otro país si tiene un lugar fijo de negocios.

2) La subcapitalización es aquella situación en la que la proporción entre el volumen de recursos propios y ajenos procedentes directa o indirectamente de sociedades del grupo supera aquella proporción que podría considerarse normal en una situación de libre concurrencia en el ámbito de comercio nacional, los tributos se reducen por carácter de préstamo o por insuficiencia de responsabilidad ante el ente recaudador, pero de ninguna manera queda exonerado del pago de la misma.

3) Las operaciones carrusel es un convenio entre varias entidades para comprar y vender, durante períodos de tiempo sucesivos y por valores de transacción fijadas de antemano, un título de renta fija. En términos financieros, consiste en una secuencia de operaciones de compra y venta de un título a futuro los precios establecidos para comprar y vender el título determinan la rentabilidad de la operación en cada uno de los períodos de tenencia del título, denominado tramos

4) El rule shopping - treaty shopping constituyen las principales técnicas de planificación fiscal para lograr el resultado más beneficioso desde este punto de vista: obtener la menor tributación en el Estado de la fuente. Ambas técnicas tienen la misma finalidad y pueden utilizarse conjuntamente.

5) La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona transfiere a título gratuito un bien de su propiedad o una suma de dinero a favor de un tercero. Una liberalidad es un acto voluntario por el cual una persona dispone de parte de su patrimonio transfiriéndolo gratuitamente a favor de un tercero. Existen reglas, las cuales están dadas justamente al advertirse donaciones o liberalidades que guardan como propósito mediato la generación de rentas gravadas y el mantenimiento de la fuente en estado de explotación.

6) La doble tributación internacional ocurre en los siguientes tres casos: a) cuando dos Estados someten a tributación a la misma persona por su renta mundial o patrimonio mundial, b) cuando una persona es residente de un Estado y recibe renta, o es propietario de patrimonio en otro Estado y ambos Estados imponen tributos sobre dicha renta o patrimonio, c) cuando cada Estado somete a la misma persona, la cual no es residente de ninguno de los dos Estados, a tributación sobre rentas provenientes o patrimonio situado en uno de los Estados.

7) El gravamen al dividendo tiene por objetivo someter a gravamen aquella renta obtenida por la sociedad pagadora del dividendo, que no haya sido gravada en cabeza de ella y que se pondría a disposición de sus accionistas, considerando que al percibir estas rentas, los mismos incrementarían sus capacidades económicas.

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DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL

Definición

Doble Tributación Internacional es el fenómeno que consiste en que dos o más estados tienen o pretenden tener potestad tributaria sobre una misma renta.

Métodos y convenios implementados para la eliminación de la Doble Tributación Internacional

Los métodos de eliminación son fundamentalmente dos. El primero de ellos el método de la Imputación, El Estado de residencia, como hemos mencionado somete a gravamen todas las rentas de la persona, incluidas las que obtiene en el extranjero, tiene en cuenta los impuestos que el residente ha pagado en el país donde ha invertido, permitiéndole que se los deduzca del impuesto a pagar en su país. Este método sólo elimina parcialmente la doble imposición, porque la deducción del impuesto pagado en el extranjero se permite sólo hasta el límite del impuesto que le habría correspondido pagar de haberse realizado la inversión en el Estado de residencia. El otro método es llamado Exención, en donde el Estado de residencia permite que no se incluyan las rentas obtenidas en el extranjero. Con este sistema, la inversión realizada tributa sólo en el estado donde se hace la inversión.

Efectos de la doble imposición sobre el comercio internacional

Es un obstáculo para el comercio internacional, pues que encarece las inversiones exteriores. De ahí que los Estados tiendan a la neutralidad fiscal e intenten eliminarla, mediante la aprobación de convenios o tratados. Para desarrollar una buena operación de inversión en el exterior, es necesario que el inversor conozca las alternativas que le permitan minimizar la carga tributaria, o al menos, diferir en el tiempo el pago del impuesto.

EL TREATY SHOPPING Y EL RULE SHOPPING

El Treaty Shopping es un mecanismo de elusión impositiva, que habitualmente se relaciona con los tratados de doble tributación fiscal, y se le puede definir como la utilización incorrecta o abusiva de los convenios de doble tributación internacional, que se produce cuando residentes de un tercer estado crean una entidad jurídica, en uno de los países contratantes con el objeto de beneficiarse de los tipos reducidos de las retenciones u otros beneficios fiscales, a los que no habrían tenido derecho de actuar directamente.

El Rule Shopping es el de abuso de una norma del Convenio, partiendo del hecho de que hay un Convenio aplicable, se trata de conseguir la aplicación de la norma más favorable, mediante operaciones que permitan recalificar la renta a estos efectos.

El Treaty Shopping y el Rule Shopping constituyen las principales técnicas de planificación fiscal para lograr el resultado más beneficioso desde este punto de vista: obtener la menor tributación en el Estado de la fuente. Ambas técnicas tienen la misma

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finalidad; con la diferencia de que el Rule Shopping es una técnica de planificación más agresiva ya que se realiza para beneficiarse de una norma menos onerosa.

ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

Definición

Se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes.

Riesgos en Establecimientos Permanentes

Es el riesgo de que una empresa esté sujeta al impuesto en otro país como consecuencia de la realización de algunas actividades en ese país. Esto da lugar a la obligación de presentar una declaración de impuestos y pagar los impuestos en ese país. Además, se plantea la posibilidad de que el país de residencia se negará a crédito el impuesto resultante ingresos en el extranjero (o de eximir a que los ingresos del impuesto interno) si considera que un establecimiento permanente no existe.

DONACIONES Y LIBERALIDADES

Se debe definir, si las donaciones califican como renta o no. Es de gran importancia conocer la Ley para cada país para tener claro al momento de realizar donaciones, si las mismas de podrán deducir del pago de los impuestos y en qué condiciones se realizará.

Concepción de la renta propuesta por la teoría del consumo más incremento patrimonial, considera que tanto para el donante como para el donatario el producto de la donación calificará como renta, no existiendo lugar alguno para discutir si la donación representa o no un gasto para el donante, pues un concepto no puede calificar como ingreso y gasto a la vez.

Concepción de la renta de la teoría del flujo de riqueza en los cuales es menester determinar la procedencia o improcedencia de la deducción gasto. Por regla general, en tales sistemas las donaciones son calificadas como gastos no deducibles de la renta bruta, al considerarse que dichos actos no guardan relación con el principio de causalidad, pues en rigor constituyen un empleo de la riqueza y no propiamente un gasto.

GRAVAMEN AL DIVIDENDO

El concepto de dividendo alude a la retribución que efectúan las sociedades de capital a sus accionistas por los aportes que éstos hacen, en función de las utilidades líquidas y recaudadas del respectivo ejercicio.

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Ventajas del Gravamen al dividendo

*Reducción de la retención sobre los dividendos como consecuencia de la aplicación de las disposiciones de un CDT (certificado de depósito a término) y otros tratados multilaterales (normativa UE), que pueden llegar incluso a eliminar la citada retención.

*Utilización de créditos fiscales en razón de la deducción por doble tributación internacional.

*Adicionalmente, las plusvalías que pudieran generarse que no serían sometidas a tributación en la sociedad holding bajo determinadas condiciones.

Desventajas

*La legislación sobre transparencia fiscal internacional que, , permite al Estado de residencia imputar a la sociedad matriz las rentas (dividendos y plusvalías en este caso) retenidas al nivel de la sociedad holding.

*Las medidas contra el “Treaty Shopping” recogidas en los convenios suscritos por el Estado de la sociedad holding.

*La legislación de algunas sociedades holding exige un período mínimo (doce meses en general) de tenencia de las acciones de las subsidiarias para permitir aplicar el régimen fiscal especial sobre dividendos o plusvalías procedentes de las mismas.

SUBCAPITALIZACIÓN

El problema de la subcapitalización está directamente relacionado con las distintas formas de financiación con las que cuenta una sociedad. En este sentido, como es sabido, la financiación de una sociedad puede llevarse a cabo mediante la aportación de recursos propios (capital) o de recursos ajenos (préstamos). Es precisamente el distinto tratamiento fiscal que recibe cada una de estas formas de financiación el que da origen al fenómeno de la subcapitalización.

El tratamiento tributario dispensado a cada una de las formas de financiación determina la elección por un sistema u otro. Así, en el caso de la financiación propia es conocido que la distribución de beneficios o dividendos no minoran el beneficio de la sociedad, mientras que el pago de los intereses como remuneración de los recursos ajenos suponen un gasto deducible para la sociedad deudora, reduciendo en consecuencia su beneficio. Adicionalmente, estos intereses en sede de tributación internacional están sujetos a tipos de gravamen generalmente inferiores a los que gravan los dividendos, lo cual representa a todas luces una ventaja fiscal en el plano internacional.