grupo 5 otras exacciones parafiscales

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UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRES BELLO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA DÉCIMO SEMESTRE DERECHO TRIBUTARIO II OTRAS EXACCIONES PARAFISCALES Autores: Cachucho, Karina Luque, Manuel Moukhallaleh, Marylin Ramírez, Alejandro

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Page 1: Grupo 5 otras exacciones parafiscales

UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRES BELLO

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES

ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA

DÉCIMO SEMESTRE

DERECHO TRIBUTARIO II

OTRAS EXACCIONES PARAFISCALES

Autores:

Cachucho, Karina

Luque, Manuel

Moukhallaleh, Marylin

Ramírez, Alejandro

Profesora: Rivas, Ángelo

Rodríguez, Yenimy Saad, Karina

Caracas, mayo 2012.

Page 2: Grupo 5 otras exacciones parafiscales

EXACCIONES PARAFISCALES EN VENEZUELA

La Constitución Nacional en su artículo número 307, indica que: “…se crearán

contribuciones parafiscales con el fin de facilitar fondos para financiamiento,

investigación, asistencia técnica, transferencia tecnológica y otras actividades que

promuevan la productividad y la competitividad del sector agrícola. La ley regulará lo

conducente a esta materia.”

Se entiende por exacción parafiscal el aporte monetario exigido por un

organismo autónomo y descentralizado del gobierno para financiar sus actividades,

siendo él mismo el administrador de dichos recursos; es decir, es un tributo creado con

una finalidad concreta y determinada para lograr los objetivos que persiga la

organización.

Dentro de las características de las exacciones parafiscales se encuentran las

siguientes: son establecidas en normas reglamentarias; a diferencia de los tributos no

reconocen el principio de capacidad contributiva; son tratadas por organismos

autónomos del gobierno; los recursos percibidos por las mismas no son ingresados al

tesoro público nacional por lo que tampoco forman parte del presupuesto del país; y

por último dichas contribuciones no se utilizan para cubrir de manera genérica el gasto

público sino que están destinadas a cubrir un gasto determinado.

Si bien las exacciones parafiscales más conocidas son las de carácter laboral,

no son las únicas. A continuación se presentan algunas de ellas y serán explicadas

posteriormente: contribución establecida en la Ley de Cinematografía Nacional, tributo

de Conservación de Cuencas Hidrográficas, aporte de la Ley de Aeronáutica Civil,

Fondo Social PDVSA, aporte para comunas y bancos, contribución de la Ley del

Deporte, Fondo de Desarrollo de espacios acuáticos e insulares, Fondo Nacional de

Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, contribución

de la Actividad Aseguradora, entre otros.

Page 3: Grupo 5 otras exacciones parafiscales

El Tributo de Conservación de Cuencas Hidrográficas, tiene como objetivo

recolectar fuentes de financiamiento del Sistema Económico Financiero para la gestión

integral de las aguas: aportes presupuestarios, del usuario y por donaciones; Fondo

Social PDVSA, que es un fideicomiso constituido por cantidades de dinero aportadas

por PDVSA, y sus empresas filiales y los contratistas suscritos al programa de

empresas de producción social (EPS) de PDVSA con el objeto de contribuir al

desarrollo de las comunidades; Ley de Cinematografía Nacional, el objetivo de esta

ley es el fomento, difusión y protección de la cinematografía nacional y las obras

cinematográficas. Para lograr ese objetivo el Centro Nacional Autónomo de

Cinematografía (CNAC) posee un fondo autónomo sin personalidad jurídica y

patrimonio separado, denominado Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine

(FONPROCINE); Aporte de la Ley Aeronáutica Civil, esta Ley regula el conjunto de

actividades relativas al transporte aéreo, la navegación aérea y otras vinculadas con el

empleo de aeronaves civiles donde ejerza su jurisdicción la República Bolivariana de

Venezuela; Aporte para Comunas y Bancos, establecer a los bancos los mecanismos

de asignación de recursos para el financiamiento de los proyectos de los consejos

comunales u otras formas de organización social; Ley del Deporte, establecer las

bases para la educación física, regular la promoción, organización y administración del

deporte y la actividad física como servicios públicos; Ley de la Actividad

Aseguradora, tiene por objeto establecer un marco normativo para el control,

vigilancia, supervisión, autorización, regulación y funcionamiento de la actividad

aseguradora a fin de garantizar los procesos de transformación socioeconómica que

promueve el Estado; Fondo de Desarrollo de Espacios Acuáticos e Insulares, tiene

por objeto regular el ejercicio de la soberanía, jurisdicción y control sobre los espacios

acuáticos e insulares de la República Bolivariana de Venezuela, conforme al Derecho

Interno e Internacional; Fondo Nacional de Bomberos y Bomberas y

Administración de Emergencias de Carácter Civil,  tiene por objeto establecer la

estructura, competencia, organización, administración y funcionamiento de los Cuerpos

de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, con el fin

de garantizar la integridad de los ciudadanos y la protección de los bienes públicos y

privados.