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GestiónTributaria Universidad de Los Lagos Departamento de Gobierno y Empresa Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas Gestión Tributaria María Patricia Quezada

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Gestión Tributaria

Universidad de Los LagosDepartamento de Gobierno y Empresa

Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas

Gestión TributariaMaría Patricia Quezada

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Gestión Tributaria© Universidad de Los LagosRegistro de Propiedad Intelectual:ISBN:

Reservados todos los derechos. Ninguna parte de este libro puede ser reproducida,transmitida o almacenada, sea por procedimientos mecánicos, ópticos, químicos oelectrónicos, incluidas las fotocopias, sin permiso del titular de los derechos.

Dirección del Programa:Alejandro Santibáñez H.

Coordinación del Programa:Jorge Weil

Diseño Instruccional:Brenda Lara S.

Corrección de Pruebas:Ediciones LOM

Diagramación y Diseño:Ediciones LOM

Producción General:Francisco Ganga C.

Impresor:Lom Ediciones. Concha y Toro 25. Santiago

Primera Edición:300 ejemplares

Puerto Montt, julio 2006.

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Í N D I C E

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Índice Índice General

INTRODUCCIÓN .............................................................................................................ORIENTACIONES PARA EL APRENDIZAJE .......................................................................

PRIMERA UNIDAD: ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO ......................................

I. INTRODUCCIÓN ....................................................................................................1.1. Objetivos de Aprendizaje. .................................................................................1.2. Sumario. .........................................................................................................

II. ACTIVIDADES DE ENTRADA ..................................................................................III. DESARROLLO DE CONTENIDOS ..........................................................................

CAPÍTULO PRIMERO: VISIÓN FISCALIZADORA DEL ESTADO ......................................1. El Papel Asignador del Estado. ..................................................................................

1.1. ¿Por qué el Estado debe Financiar los Bienes Públicos, Bienes Meritorios y No Meritorios y Otros? ......................................................1.1.1. Bienes Públicos. ......................................................................................1.1.2. Externalidades. ........................................................................................1.1.3. Bienes Meritorios y Bienes No Meritorios. ...............................................

1.2. Recursos Generados Mediante Impuestos. ........................................................2. Tipos de Sistemas Tributarios y Principios de Tributación. .........................................

2.1. Introducción. ....................................................................................................2.2. Requisitos que Debe Cumplir un Buen Sistema Tributario. ................................2.3. El Requisito de la Equidad. ................................................................................2.4. El Principio del Beneficio. .................................................................................

CAPÍTULO SEGUNDO: REQUISITOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO ..................................1. Elementos que Debería Contener un Sistema Tributario. ...........................................

1.1. Equidad del Sistema Tributario. .........................................................................1.2. Un Sistema Tributario Eficiente. ........................................................................

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ÍNDICE

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2. La Política Tributaria como Factor de Crecimiento. ...................................................3. El Rol Estabilizador de la Tributación. .......................................................................

CAPÍTULO TERCERO: MARCO TEÓRICO DE LOS TRIBUTOS .........................................

1. La Potestad Tributaria. ...............................................................................................2. Fundamentos Constitucionales de los Impuestos. .....................................................

2.1. La Igualdad Ante los Impuestos o Principio de la Generalidad. .........................2.2. La Legalidad del Impuesto. ...............................................................................

3. Clases de Leyes según su Jerarquía. ..........................................................................3.1. Constitución Política. ........................................................................................3.2. Ley Ordinaria. ...................................................................................................3.3. Tratados Internacionales. ...................................................................................3.4. Decretos con Jerarquía de Ley. ..........................................................................3.5. Reglamentos. ....................................................................................................3.6. Clasificación de los Decretos. ...........................................................................

4. Sujetos del Derecho..................................................................................................5. Derecho Tributario. ...................................................................................................6. División del Derecho Tributario. ...............................................................................

6.1. Derecho Tributario Sustantivo. ..........................................................................6.2. Derecho Tributario Adjetivo. .............................................................................

CAPÍTULO CUARTO: LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA .....................................................1. Generalidades. .........................................................................................................

1.1. Definición. ........................................................................................................1.2. Caracteres. ........................................................................................................

1.2.1. En Cuanto a su Fuente. ............................................................................1.2.2. Clasificaciones. .......................................................................................

2. Elementos.2.1. El Sujeto Activo. ................................................................................................2.2. El Sujeto Pasivo. ................................................................................................

2.2.1. Generalidades. ........................................................................................2.2.2. Situaciones Especiales. ............................................................................2.2.3. Representación del Sujeto Pasivo de la Obligación Tributaria. .................2.2.4. Determinación de la Obligación Tributaria. .............................................

3. Procedimientos de Determinación. ...........................................................................4. Elementos Fundamentales para la Determinación del Impuesto. ..............................5. Elementos Básicos de la Obligación Tributaria..........................................................6. Evaluación del Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias. .................................

6.1. Elementos del Objeto de la Obligación Tributaria. ............................................6.2. La Obligación Tributaria Principal. ....................................................................

7. El Sistema Tributario Chileno. ...................................................................................7.1. Impuestos Vigentes. ...........................................................................................7.2. Normas Administrativas Procesales y Penales. ..................................................

7.2.1. Obligaciones Accesorias. ........................................................................

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7.3. Administración Tributaria (Aplicación y Fiscalización). .....................................7.4. Funciones del Sistema Tributario. ......................................................................

IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO ................................................................................V. RESUMEN ....................................................................................................................VI. AUTOEVALUACIÓN ....................................................................................................VIII. BIBLIOGRAFÍA .........................................................................................................

SEGUNDA UNIDAD: RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVACONTABLE TRIBUTARIA ..................................................................................................

I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................1.1. Objetivos de Aprendizaje. .....................................................................................1.2. Sumario. .........................................................................................................

II. ACTIVIDADES DE ENTRADA .......................................................................................III. DESARROLLO DE CONTENIDOS ...............................................................................

CAPÍTULO PRIMERO: CONSTITUCIÓN, FORMACIÓN O EXISTENCIAJURÍDICA DE LA EMPRESA ..............................................................................................

1. Tipos de Empresas. ....................................................................................................1.1. Constitución, Inscripción y Publicación de Sociedades. ...................................

1.1.1. Rol Único Tributario (RUT). .....................................................................1.1.2. Iniciación de Actividades. .......................................................................

2. Sociedades.2.1. Introducción. ....................................................................................................2.2. Concepto de Sociedades. ..................................................................................

2.2.1. Tipos de Sociedades. ...............................................................................2.2.2. Según el Elemento más Importante. .........................................................2.2.3. Según su Organización. ..........................................................................2.2.4. Otros Tipos de Sociedades. ......................................................................

CAPÍTULO SEGUNDO: NORMAS ADMINISTRATIVAS ...................................................1. De Algunas Normas Contables (Arts. 16 al 20 C.T.). .................................................

1.1. Obligaciones de Llevar Contabilidad. ...............................................................1.2. ¿Qué es Contabilidad Fidedigna? ......................................................................

2. Normas Básicas en Relación a la Obligación de Llevar Contabilidad. ......................3. Formas de Llevar la Contabilidad. .............................................................................

3.1. Artículos del Código de Comercio Relacionados con la Contabilidad. .............4. Formas de Contabilidad. ...........................................................................................

4.1. Contabilidad Completa. ....................................................................................4.1.1. Libros o Auxiliares Exigidos. ....................................................................

4.2. Contabilidad Simplificada. ................................................................................

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ÍNDICE

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4.2.1. ¿Quiénes pueden Llevar Contabilidad Simplificada? ...............................4.2.2. Libros de Contabilidad. ...........................................................................

5. Multas y Prohibiciones Contables. ............................................................................6. Conservación de los Libros de Contabilidad. ............................................................

CAPÍTULO TERCERO: OBLIGACIONES DE PRESENTAR DECLARACIONES ....................1. Declaraciones

1.1. Formalidades de la Declaración ........................................................................1.2. Plazos y Prórrogas .............................................................................................

1.2.1. Efectos de la Ampliación de Plazos o Prórrogas. ......................................2. Efectos de la Declaración. ........................................................................................

2.1. Secreto de la Declaración. ................................................................................2.2. Excepciones al Secreto de la Declaración. ........................................................2.3. Valor Probatorio. ...............................................................................................

3. Efectos de la Declaración No Fidedigna y de la Falta de Declaración. .....................

CAPÍTULO CUARTO: DISPOSICIONES GENERALES DE LA NORMATIVA TRIBUTARIA ............................................................

1. Ámbito de Aplicación del Código Tributario. ............................................................1.1. Materias de Tributación Fiscal Interna. ..............................................................1.2. Que Sean de la Exclusiva Competencia del Servicio de Impuestos Internos. .....

2. Vigencia de las Leyes Tributarias (Art. 3º C.T.). ..........................................................2.1. Vigencia Establecida en la Propia Ley Tributaria. ...............................................2.2. Vigencia en el Caso que la Ley Tributaria no Exprese Fecha. .............................

3. De la Fiscalización y de la Interpretación de la Ley Tributaria. .................................3.1. Atribuciones del Director Nacional y de los Directores

Regionales de Impuestos Internos. .....................................................................3.1.1. Del Director de Impuestos Internos (Art. 6º Letra a). ................................3.1.2. De los Directores Regionales (Art. 56º C.T.). ............................................

4. Comparencia ante el Servicio de Impuestos Internos. ..............................................4.1. Concepto.4.2. Forma de Comparencia ante el Servicio de Impuestos Internos. ........................4.3. Clases de Representación (Art. 1.448 C. Civil). .................................................4.4. Representación de las Personas Jurídicas. .........................................................4.5. Representación Legal Especial. .........................................................................

4.5.1. Forma de Acreditar la Representación. ....................................................4.5.2. Acreditación Representación Legal. .........................................................4.5.3. Representación Voluntaria. ......................................................................4.5.4. Acreditación Representante Voluntario. ...................................................

5. Facultades del Mandatario en Asuntos Contenciosos Tributarios. ..............................5.1. Facultades Ordinarias. ......................................................................................5.2. Facultades Especiales. ........................................................................................

6. De las Actuaciones del Servicio (Art. 10 C.T.). ..........................................................6.1. Requisitos de las Actuaciones del Servicio. .......................................................6.2. Cómputos de los Plazos (Art. 10 C.T.). ..............................................................

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7. Notificación de las Resoluciones del Servicio de Impuestos Internos (Arts. 11 al 15 C.T.). ..................................................................................................

7.1. Concepto de Notificación. ................................................................................7.2. Importancia.......................................................................................................7.3. Funcionario Competente. ..................................................................................7.4. Formas Generales (Arts. 11 y 12 C.T.). ..............................................................

7.4.1. Personal. ..................................................................................................7.4.2. Por Carta Certificada. ..............................................................................7.4.3. Por Cédula. ..............................................................................................

8. Formas Especiales. ....................................................................................................8.1. Por Avisos (Arts. 15 y 43). .................................................................................8.2. La Notificación por Aviso Postal Simple. ...........................................................

CAPÍTULO QUINTO: FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA DE LAS DECLARACIONES ............1. Revisión de Declaraciones. ......................................................................................

1.1. Medios con los que Cuenta el Servicio. ............................................................1.2. En Materia de Investigación de Delitos Tributarios. ...........................................

2. Citación del Artículo 63º Inciso 2º del Código Tributario. .........................................2.1. Limitaciones a las Facultades Fiscalizadoras. ....................................................

3. Sanciones.3.1. Infracciones a las Normas Tributarias. ...............................................................3.2. Clasificación: Pecuniarias y Corporales. ............................................................

4. La Prescripción en Materia Impositiva. .....................................................................4.1. Clases de Prescripción. .....................................................................................4.2. Plazos de Prescripción. .....................................................................................4.3. Interrupción de la Prescripción. ........................................................................

IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO ................................................................................V. RESUMEN .....................................................................................................................VI. AUTOEVALUACIÓN ....................................................................................................VII. BIBLIOGRAFÍA ..........................................................................................................

1. Bibliografía Texto. .....................................................................................................2. Bibliografía Recomendada. .......................................................................................

TERCERA UNIDAD: ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA .................................................................

I. INTRODUCCIÓN ....................................................................................................1.1. Objetivos de Aprendizaje. .................................................................................1.2. Sumario.

II. ACTIVIDADES DE ENTRADA ..................................................................................III. DESARROLLO DE CONTENIDOS ..........................................................................

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ÍNDICE

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CAPÍTULO PRIMERO: INTRODUCCIÓN A LA LEY DE LA RENTA ..................................1. Renta.

1.1. Estructura de la Ley Sobre Impuestos a la Renta. ...............................................1.1.1. Disposiciones Generales (D.L. 824/74 Ley Impuesto a la Renta L.I.R.). ..............1.1.2. Esquema de la Actividad Empresarial y Dueños. .....................................1.1.3. Sistema para Determinar la Renta. ...........................................................1.1.4. Otros Mecanismos Especiales para la Determinación de la Renta. ..........

2. Devengamiento de la Renta. .....................................................................................2.1. Renta Devengada. .............................................................................................2.2. Renta Percibida. ................................................................................................2.3. Integración de los Impuestos. ............................................................................2.4. Normas de Resguardo. ......................................................................................2.5. Fuente de las Rentas. ........................................................................................

3. Domicilio o Residencia del Contribuyente. ..............................................................3.1. Tributación de los Contribuyentes según sea su Domicilio o

Residencia y el Origen de las Rentas Obtenidas. ...............................................

CAPÍTULO SEGUNDO: ARTÍCULO Nº17 INGRESO NO RENTA .....................................1. Introducción.

1.1. Art. 17 Nº1 No es Renta. ...................................................................................1.2. Art. 17 Nº2 No es Renta. ...................................................................................1.3. Art. 17 Nº4 No es Renta. ...................................................................................1.4. Art. 17 Nº5 No es Renta. ...................................................................................1.5. Art. 17 Nº6 No es Renta. ...................................................................................

2. Artículo 17 Nº8. .......................................................................................................2.1. Enajenación o Cesión de Acciones de S.A. .......................................................2.2. Calificación de la Habitualidad en la Compra Venta de Acciones. ....................2.3. ¿Hagamos un Ejercicio para Aplicar lo Teórico? ................................................

3. Formulario 22, Código 758, Recuadro Nº2. Nuevos Incisos Sexto,Séptimo y Octavo Incorporados al Nº8 del Artículo 17 LIR. .....................................3.1. Reforma Tributaria Artículo 18 Ter. ....................................................................

CAPÍTULO TERCERO: IMPUESTO DE SEGUNDA CATEGORÍA .......................................1. Impuesto Segunda Categoría. ...................................................................................

1.1. Impuesto Único de Segunda Categoría. ............................................................1.1.1. Contribuyentes y Rentas Gravadas. ..........................................................1.1.2. Características Generales del Impuesto. ..................................................1.1.3. Renta Imponible. .....................................................................................1.1.4. Cálculo del Impuesto. .............................................................................1.1.4.1. Oportunidad en que se Aplica el Impuesto. ..........................................1.1.4.2. Concepto de “Renta Percibida”. ...........................................................1.1.4.3. Límite de Exención. ..............................................................................1.1.4.4. Crédito Contra el Impuesto. ..................................................................

2. Modalidades Especiales para el Cálculo del Impuesto Único (Art. 46). .....................

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2.1. Remuneraciones Totales Pagadas con Retraso. ..................................................2.2. Diferencias de Rentas y Rentas Accesorias o Complementarias al

Sueldo o Pensión. .............................................................................................2.2.1. Remuneraciones Devengadas en un Solo Período Habitual de Pago .................2.2.2. Rentas Devengadas en más de un Período habitual de Pago. ...................

2.3. Remuneraciones Voluntarias. ............................................................................3. Reliquidación Impuesto Único Artículo 47º. .............................................................

3.1. Contribuyentes Obligados a Declarar. ...............................................................3.2. Reliquidación Anual. ........................................................................................

4. Resumen Renta de Trabajadores Dependientes. ........................................................5. Trabajador Independiente. ........................................................................................

5.1. Artículo 42 Nº2. ................................................................................................5.2. Ejercicio Aplicación Línea Nº6 (Impuesto Global Complementario). ................

CAPÍTULO CUARTO: IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA ..........................................1. Renta de Capital Impuesto Primera Categoría D.L. 824 Art. 20. ................................

1.1. Rentas Afectas. ..................................................................................................1.2. Clasificación de las Rentas Afectas a Primera Categoría (Art. 20). .....................1.3. Tributación de Bienes Raíces (Art. 20, Nº1). ......................................................

1.3.1. Bienes Raíces Agrícolas. ..........................................................................1.3.2. Requisitos Copulativos para Acogerse a la renta Presunta. .......................1.3.3. Conceptos de Comunicabilidad. .............................................................1.3.4. Cuadro Sinóptico de la Tributación de Bienes Raíces Agrícolas. ..............

1.4. Rentas de Bines Raíces No Agrícolas. ...............................................................2. Renta Líquida Imponible. .........................................................................................

2.1. Determinación del Resultado Tributario. ...........................................................2.1.1. Proceso de Determinación de la Renta Líquida Imponible de Primera

Categoría D.L. 824. ..................................................................................2.2.Gastos Deducibles (Que se Aceptan por la Ley de Renta). .................................

2.2.1. Gastos Necesarios. ..................................................................................3. Rebajas o Créditos en Contra del Impuesto de Primera Categoría. ............................

3.1. Descripción de Algunos Créditos más Utilizados ..............................................3.1.1. Crédito Contra el Impuesto de Primera Categoría. Fondos Mutuos ..........3.1.2. Créditos por Gastos de Capacitación. ......................................................

CAPÍTULO QUINTO: PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ...................................................1. Régimen de Pequeños Contribuyentes .....................................................................2. Impuesto Único del 35% (Art. 21 Inciso 3º y 4º) ......................................................

2.1.Contribuyentes Afectados ..................................................................................2.2.Hecho Gravado .................................................................................................

CAPÍTULO SEXTO: FONDO DE UTILIDADES TRIBUTARIAS ...........................................1. Conceptos.

1.1.Tributación de Empresa Individual y Sociedad de Personas ...............................1.2.Tributación Sociedad Anónima y Accionistas ....................................................

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ÍNDICE

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1.3. Presunción de Retiros y su Imputación al FUT. .................................................1.3.1. Ejemplos de Imputación de Utilidades. ...................................................

2. Retiros o Remesas en Exceso de FUT. .......................................................................2.1. Retiros en Exceso FUT en Enajenación de Derechos. ........................................2.2. Ingresos No Renta y Otros Ingresos No Tributables. ..........................................2.3. Rentas e Ingresos Originados al 31.12.83, Pendientes de Reparto. ...................

3. Reinversión de Utilidades Tributarias. .......................................................................3.1. Formas de Efectuar la Reinversión. ....................................................................3.2. Accionistas de Sociedades Anónimas y C.P.A. ..................................................3.3. Fecha que se Saca la Cuenta. ............................................................................

CAPÍTULO SÉPTIMO: IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO ...................................1. Impuesto Global Complementario. ...........................................................................

1.1. Concepto.1.2. Características. ..................................................................................................1.3. Sujeto Pasivo del Impuesto. ...............................................................................1.4. Base Imponible. ................................................................................................

1.4.1. Determinación de la Base Imponible.......................................................2. Análisis de Algunas Líneas del Formulario Nº22. ......................................................

2.1. Descripción Formulario Nº22. ..........................................................................

CAPÍTULO OCTAVO: IMPUESTO ADICIONAL ................................................................1. Impuesto Adicional. ..................................................................................................

1.1. Características del Impuesto. .............................................................................1.2. Aclaraciones sobre Ciertos Conceptos Esenciales. ............................................

1.2.1. Situación del “Domicilio”. ......................................................................1.2.2. Prueba del “Domicilio”. ..........................................................................1.2.3. Rentas de Fuente Chilena. .......................................................................1.2.4. Rentas de Fuente Extranjera. ....................................................................

1.3. Tributación que Afecta a los Extranjeros “Domiciliados” en Chile. ....................1.4. Tributación que afecta a los Extranjeros “No Domiciliados” en Chile. ..............1.5. Moneda en que Debe Pagarse el Impuesto. .......................................................1.6. Exenciones. .......................................................................................................1.7. Retención del Impuesto. ...................................................................................

2. Declaración y Pagos que Afectan Directamente a los Extranjeros. ............................3. Base Imponible. ........................................................................................................4. Aplicaciones.

IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO ................................................................................V. RESUMEN ....................................................................................................................VI. AUTOEVALUACIÓN ....................................................................................................VII. BIBLIOGRAFÍA ..........................................................................................................VIII. ANEXOS ....................................................................................................................

Nº1 Enajenación de Acciones. .............................................................................Nº2 Impuesto Segunda Categoría Trabajo Dependiente. ......................................

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Nº2, B Impuesto Segunda Categoría Trabajo Independiente. ....................................Nº3 Impuesto Primera Categoría Bienes Raíces. ...................................................Nº4 Sociedad de Personas FUT y FUNT. ..............................................................Nº5 Impuesto Global Complementario. ...............................................................

CUARTA UNIDAD: ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTOS A IVA ..............................................................

I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................1.1. Objetivos de Aprendizaje. .....................................................................................1.2. Sumario. .........................................................................................................

II. ACTIVIDADES DE ENTRADA .......................................................................................III.DESARROLLO DE CONTENIDOS ................................................................................

CAPÍTULO PRIMERO: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO .............................................1. El Impuesto al Valor Agregado en el Sistema Tributario Chileno. ...............................

1.1. Introducción. ....................................................................................................1.2. Operaciones Gravadas. .....................................................................................

1.2.1. Análisis del Hecho Gravado Básico de Venta ...........................................1.2.1.1. Análisis del Primer Elemento en Venta ..................................................1.2.1.2. Análisis del Segundo Elemento. ............................................................1.2.1.3. Análisis del Tercer Elemento. ................................................................1.2.1.4. Análisis del Cuarto Elemento del Hecho Gravado Básico de Venta. ............

1.3. Análisis del Hecho Gravado Básico Servicio. ....................................................1.3.1. Análisis del Primer Elemento. .........................................................................

2. Hechos Gravados Especiales. ...................................................................................2.1. Importaciones. ..................................................................................................2.2. Aportes a Sociedades. .......................................................................................2.3. Adjudicación de Bienes Corporales Muebles. ...................................................2.4. Retiro de Bienes Corporales Muebles. ...............................................................2.5. Contrato de Instalación o Confección de Especialidades. .................................2.6. Contrato General de Construcción. ...................................................................2.7. Venta de Establecimientos de Comercio. ...........................................................2.8. Operaciones sobre Inmuebles del Giro de una Empresa Constructora. .............

3. Otros Hechos Gravados Especiales. ..........................................................................3.1. Promesa de Venta y Leasing Sobre Inmuebles del Giro de una

Empresa Constructora. ......................................................................................3.2. Venta de Sitios sin Urbanizar. ...........................................................................3.3. Arrendamiento de Bienes Corporales Muebles. ................................................3.4. Arrendamiento de Bienes Corporales Inmuebles. .............................................3.5. Arrendamiento de Marcas, Patentes de Invención, Procedimientos

o Fórmulas Industriales. ....................................................................................

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3.6. Estacionamientos de Automóviles y Otros Vehículos. ........................................

CAPÍTULO SEGUNDO: DEVENGAMIENTO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO...................................................................

1. Introducción. .........................................................................................................2. Devengamiento del Impuesto al Valor Agregado. .....................................................3. Regla General sobre Devengo del Impuesto. ............................................................4. Concepto de Entrega. ...............................................................................................

4.1. Entrega Real. .....................................................................................................4.2. Entrega Simbólica. ............................................................................................4.3. Entrega en Consignación. ..................................................................................

5. Devengamiento del Impuesto en las Importaciones. .................................................6. Devengamiento del Impuesto en los Retiros de Mercaderías. ...................................7. Devengo del Impuesto en los Intereses o Reajustes por Saldos de Precios. ...............8. Devengamiento del Impuesto de los servicios Periódicos. ........................................

8.1. Suministros y Servicios Domiciliarios Periódicos. .............................................9. Devengamiento del Impuesto en los Contratos de Confección de Especialidades y Contratos Generales de Construcción. ...........................................10. Sujeto del Impuesto. ...............................................................................................

10.1. Regla General sobre Sujeto Pasivo del Impuesto. ............................................10.2. Aplicación de la Regla General a Casos Especiales. ........................................10.3. Cambios del Sujeto pasivo del Impuesto. ........................................................

11. Territorialidad del Impuesto. ...................................................................................11.1. Territorialidad del Impuesto a las Ventas de Bienes Corporales Muebles. ........11.2. Territorialidad del Impuesto en las Prestaciones de Servicios. .........................

12. Base Imponible del I.V.A. .......................................................................................12.1. Regla General. ................................................................................................12.2. Base Imponible en Casos Especiales. ..............................................................

12.2.1. Regla General. .......................................................................................

CAPÍTULO TERCERO: DÉBITO FISCAL Y CRÉDITO FISCAL .............................................1. IVA Débito Fiscal (Art.20). ........................................................................................

1.1. Determinación del Débito Fiscal Mensual. .......................................................1.1.1. Deducir Impuesto de: ..............................................................................1.1.2. Agregar Impuesto de: ...............................................................................1.1.3. Criterios para Determinar qué Documentos se Deben Emitir. ..................1.1.4. Aplicaciones. ...........................................................................................1.1.5. Asientos Contables Libro Diario. .............................................................

2. IVA Crédito Fiscal. ....................................................................................................2.1. Requisitos para Tener Derecho al Crédito Fiscal. ...............................................2.2. Determinación Crédito Fiscal. ...........................................................................

3. Determinación y Declaración del IVA. .....................................................................3.1. IVA Crédito Fiscal Art. 23. .................................................................................3.2. Sistema para Aplicación del Crédito Proporcional. ...........................................

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Í N D I C E

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CAPÍTULO CUARTO: ADMINISTRACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ...........1. Administración del Impuesto al Valor Agregado. .......................................................

1.1. Introducción. ....................................................................................................1.2. Normas sobre Emisión de Comprobantes. .........................................................

1.2.1. Emisión de Facturas. ................................................................................1.2.2. Emisión de Guías de Despacho. ..............................................................1.2.3. Facturas de Compras y Boletas de Servicios. ............................................1.2.4. Emisión de Boletas. .................................................................................1.2.5. Facultad de Eximir de la Obligación de Emitir Facturas y Boletas. ...........1.2.6. Emisión de Notas de Crédito y débito......................................................

IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO ................................................................................V. RESUMEN .....................................................................................................................VI. AUTOEVALUACIÓN ....................................................................................................VII. BIBLIOGRAFÍA ..........................................................................................................VIII. ANEXO .....................................................................................................................

Nº1 Ejercicio Formulario Nº29. ............................................................................Nº2 Facturación Empresa Constructora. ...............................................................Nº3 Ejercicio Prorrateo del Valor del Terreno. ......................................................Nº4 Ejercicio de Exportación. ..............................................................................

QUINTA UNIDAD: TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA ...............

I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................1.1. Objetivos de Aprendizaje. .....................................................................................1.2. Sumario. .........................................................................................................

II. ACTIVIDADES DE ENTRADA .......................................................................................III. DESARROLLO DE CONTENIDOS ...............................................................................

CAPÍTULO PRIMERO: TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA .....................1. Concepto de Planificación Tributaria. .......................................................................

1.1. Análisis de los Conceptos de Planificación. ......................................................2. Elementos de la Planificación Tributaria. ..................................................................3. Causas de la Planificación Tributaria. .......................................................................4. Fundamentos de La Planificación Tributaria. .............................................................5. Principios de la Planificación Tributaria. ...................................................................

5.1. Explicación de Algunos Principios. ...................................................................6. Etapas de la Planificación Tributaria. ........................................................................

6.1. Pasos a Seguir. ...................................................................................................7. Método de Planificación Tributaria. ..........................................................................8. Límites de la Planificación Tributaria. ......................................................................

8.1. Punto de Vista Subjetivo. ...................................................................................

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ÍNDICE

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8.2. Punto de Vista Objetivo. ....................................................................................

CAPÍTULO SEGUNDO: CONDUCTAS ILÍCITAS DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA .............................................................................

1. Elusión Tributaria ......................................................................................................1.1. Los Mecanismos de la Elusión Tributaria. ..........................................................1.2. Reforma Tributaria Ley Nº19.738, Anti-Elusión y Anti-Evasión. .........................1.3. Antes de la Reforma Tributaria Nº19.738. .........................................................

2. El Problema de la Evasión Tributaria. ........................................................................2.1. La Evasión Tributaria. ........................................................................................2.2. Causas de la Evasión Tributaria. ........................................................................

CAPÍTULO TERCERO: DECISIONES EN LA VIDA DE LA EMPRESA, INCIDENCIA TRIBUTARIA ............................................................

1. Régimen de Tributación de las Sociedades. ..............................................................1.1. Según su Organización. ....................................................................................

1.1.1. Colectivas. ...............................................................................................1.1.2. Encomandita. ..........................................................................................1.1.3. Sociedad de Responsabilidad Limitada....................................................1.1.4. Sociedad Anónima. .................................................................................

1.2.Otros Tipos de Sociedades. ................................................................................1.2.1. Sociedades de Hecho. .............................................................................1.2.2. Empresa Individual. .................................................................................1.2.3. Sociedades de Profesionales. ...................................................................1.2.4. Asociación o Cuentas en Participación. ...................................................1.2.5. Establecimientos Permanentes de Empresas Extranjeras. ..........................1.2.6. Joint Venture. ...........................................................................................

2. Elementos y Factores que se Deben Considerar en una Planificación Tributaria. ......2.1. Formas Jurídicas más Comunes de Organización Jurídica que

son Consideradas. .........................................................................................2.1.1. Empresa Unipersonal o Individual. ..........................................................2.1.2. Consideraciones Tributarias en Relación a las S.A. ..................................2.1.3. Consideraciones Tributarias en Relación a las Sociedades

de Responsabilidad Limitada. ..................................................................2.1.4. Sociedad Colectiva. .................................................................................

3. Créditos Tributarios. ..................................................................................................4. Reorganización de la Empresa. .................................................................................

4.1. Modificaciones de Contratos Sociales. ..............................................................4.2. Obligaciones. ...................................................................................................

5. Reinversión de Utilidades en Otras Empresas. ..........................................................5.1. Suspensión de Impuestos. .................................................................................5.2. Forma en que Deben Efectuarse las Inversiones. ...............................................5.3. Plazo para Efectuar la Inversión. .......................................................................5.4. Conversión en Sociedades, Aportes de Todo el Activo y Pasivo

entre Sociedades, Fusión y Absorción...............................................................

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Í N D I C E

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5.4.1. Conversión de una Empresa Individual en Sociedad de Cualquier Naturaleza. .........................................................................

6. División de Sociedades. ...........................................................................................6.1. Concepto.6.2. Cambio de Régimen Tributario en un Mismo Período. ......................................6.3. Imputación de las Pérdidas. ..............................................................................6.4. Impuesto a las Ventas y Servicios. .....................................................................6.5. Dar Aviso Termino de Giro. ...............................................................................

7. Fusión y Absorción de Sociedades. ...........................................................................

IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO ................................................................................V. RESUMEN .....................................................................................................................VI. AUTOEVALUACIÓN ....................................................................................................VII. BIBLIOGRAFÍA ..........................................................................................................

RESUMEN GENERAL ........................................................................................................GLOSARIO .......................................................................................................................

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ÍNDICE

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Índice de figuras

PRIMERA UNIDAD: ..........................................................................................................

Nº1 Obligaciones Tributarias. ...................................................................................Nº2 Elementos del Objeto de la Obligación Tributaria. ............................................Nº3 La Obligación Tributaria Principal. ....................................................................

SEGUNDA UNIDAD: ........................................................................................................Nº1 Tipos de Empresas. ............................................................................................

TERCERA UNIDAD: ..........................................................................................................

Nº1 Renta.Nº2 Esquema de la Actividad Empresarial y Dueños. ...............................................Nº3 Renta de Trabajo. ...............................................................................................Nº4 Artículo 42 Nº2. ................................................................................................Nº5 Rentas Afectas. ..................................................................................................Nº6 Rentas.Nº7 Tributación de Empresa Individual y Sociedad de Personas. ..............................Nº8 Tributación Sociedad Anónima y Accionistas. ...................................................Nº9 Impuesto a la Renta. ..........................................................................................

CUARTA UNIDAD: .........................................................................................................Nº1 Estructura del IVA D.L. 825/1974. .....................................................................Nº2 Tipos de Convenciones. .....................................................................................Nº3 Bienes Muebles e Inmuebles. ............................................................................

QUINTA UNIDAD: ...........................................................................................................Nº1 Empresa Tributa en Base a Renta Efectiva con Contabilidad Completa.

Índice de Cuadros

SEGUNDA UNIDAD: ........................................................................................................Cuadro Nº1: Cuadro Comparativo de las Principales Sociedades. ..............................

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INTRODUCCIÓN

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introI. INTRODUCCIÓN

Hoy, el profesional del área empresarial debe tener una sólida formaciónTeórica y Practica en materias financieras, económicas, y tributarias de ma-nera de afrontar en forma eficiente y eficaz la gestión empresarial.

Es fundamental que esté preparado y tenga un sólido conocimiento inte-gral de la empresa, su entorno y, que abarque no sólo el área Administrativo-Financiera sino que reconozca los efectos, los costos y beneficios queinvolucra la variable tributos en la empresa, además deberá desarrollar capa-cidades para evaluar los efectos tributarios que impactan a las empresas y alos dueños, socios, o accionistas, desde el inicio de la empresa, durante sudesarrollo y término de giro.

Los impuestos desempeñan un papel muy importante en las decisionesfinancieras y de organización jurídica de las empresas. Hoy tiene especialrelevancia en el marco de los Tratados de Libre Comercio que forman partede la globalización de la economía, caracterizada por un entorno cada vezmás dinámico, innovador, en que la toma de decisiones en la empresa re-quiere de una comprensión cabal.

Este profesional que está inserto en la empresa debe tener claro, cuálesson los elementos básicos de las estructuras jurídico –tributarias que adoptanlas empresas y cómo se relacionan con la gestión empresarial a través de laplanificación tributaria.

Es necesario saber cuáles son las condiciones fiscales imperantes en elSistema Tributario chileno como factor para tomar decisiones, para crear unaempresa bajo una determinada organización jurídica, fusionar, transformarempresas, reinvertir las utilidades, etc.

Un buen profesional del área administración y finanzas del Chile de hoyes indispensable que conozca en profundidad la estructura tributaria, la car-ga impositiva, las franquicias, desde una perspectiva de la empresa, de losdueños, socios, accionistas, de los tratados internacionales, de la dobletributación; conocer los beneficios e inconvenientes que se derivan de lasestructuras Jurídicas.

Los objetivos de la Gestión Tributaria en la empresa son conocer la Nor-mativa legal vigente de la empresa en relación con los impuestos que leafectan, el sistema tributario y la estructura tributaria chilena, desde los nive-les de la empresa y nivel de los dueños del patrimonio.

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INTRODUCCIÓN

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El profesional no solo debe tener el conocimiento de las normativas vi-gentes del D.L. 830, D.L. 824, D.L. 825, sino que el espíritu de la ley, lainterpretación, la comprensión y manejo de nuevas disposiciones que trae-rán futuras reformas tributarias que sabrá interpretar y analizar en forma óp-tima.

Este texto esta elaborado de manera que sirva de material de apoyo yayude al futuro profesional del área de Gestión Tributaria, y que sea el iniciode un estudioso de la Ley Tributaria.

ORIENTACIONES PARA EL APRENDIZAJE

El desarrollo de la asignatura “Gestión Tributaria” esta compuesto decinco Unidades subdivididas en Capítulos.

El contenido programatico ha sido organizado en unidades de aprendi-zaje, en las cuales se definen objetivos por lograr, se acompaña una intro-ducción, teoría y aplicaciones con ejercicios tipo y en el que se indican losconceptos y aspectos fundamentales a estudiar, recordar y llevarlos a la prác-tica.

En cada Unidad de Aprendizaje hay ejercicios de autoevaluación queles permitirán verificar el dominio de los objetivos propuestos. Las respuestasde los ejercicios y explicaciones en algunos casos, se incluirán a continua-ción de modo que pueda comprobar las respuestas y en algunos casosretroalimentarse.

También hay un glosario con los principales conceptos desarrollados enel texto.

Para alcanzar los objetivos de cada unidad le sugerimos:

- Lea cuidadosamente el o los objetivos de la Unidad.

- Inicie la lectura de Introducción.

- Lea comprensivamente el texto, identifique los conceptos básicos,establezca las relaciones principales.

- Vea los ejercicios tipo y los ejercicios de apoyo.

- Lea las argumentaciones.

- Resuelva los ejercicios de Autoevaluación.

- Compare sus respuestas; si no son correctas, lea nuevamente.

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UnidadUnidad I

“Estructura del sistema tributario”

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U N I D A D I

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I. INTRODUCCIÓN

Al iniciar esta unidad debemos comenzar a analizar el papel que debejugar el Estado en una economía de mercado y distinguir el Rol de Produc-tor, del Rol de Proveedor y del Rol Regulador del Estado. Conocer las fun-ciones Asignativas, Distributivas y Estabilizadoras que le corresponden alEstado.

De esa forma, podemos tener una Visión Fiscalista, porque sabremoscómo se gastan los ingresos que provienen de los impuestos.

Debemos tener un adecuado conocimiento respecto a los principios ge-nerales que todo Sistema Tributario debiera poseer, y analizaremos los con-ceptos básicos que han inspirado las estructuras del Sistema Tributario.

Para lograr una cabal comprensión debemos analizar la teoría de losimpuestos, la legalidad de los tributos y un conocimiento más profundo dela Obligación Tributaria.

1.1. Objetivos de Aprendizaje

• Comprender el Rol del Estado en la asignación y redistribución de losingresos obtenidos de la recaudación Fiscal.

• Conocer la estructura de funcionamiento del Sistema Tributario chilenoy las bases sobre las cuales se sustenta, teniendo en cuenta su constanteevolución debido a la progresiva y dinámica complejidad de las activi-dades gravadas y de los procedimientos de actuación de la administra-ción tributaria.

• Analizar la Obligación Tributaria y la Teoría General del Impuesto.

1.2. Sumario

Visión Fiscalizadora del Estado. Requisitos del Sistema Tributario. MarcoTeórico de los Tributos. La Obligación Tributaria.

Leacuidadosamente

los objetivos,porque ellos

indican lo que seespera que ustedaprenda en esta

unidad.

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ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

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II. ACTIVIDADES DE ENTRADA

1. Reflexione. El Estado a través de los impuestos incentiva y/o desincentivaactividades o bienes.

Nombre dos actividades o productos y fundamente.

2. El Peaje que se cobra en las carreteras y el impuesto al Valor Agregado,son tributos. A partir de esta afirmación desarrolle lo siguiente:

a. Establezca la diferencia de ambos tributos.

b. Elabore una definición de lo que es Tributo.

3. Dé una opinión: ¿Cómo deberían ser los impuestos?

4. Recuerde a lo menos cinco Impuestos a que podría estar afecto un con-tribuyente como usted.

5. De acuerdo a su percepción, ¿cómo debería ser un sistema tributario equi-tativo?

Le sugerimosdesarrollar lasactividades de

entrada, ya queellas les ayudarán

a activarconocimientos

previos que seránrequeridos en esta

unidad.

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6. Nombre todos los Impuestos que se declaran en el Formulario 29 y For-mulario 22.

7. Piense, ¿qué impuestos paga usted como contribuyente?

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PrimerPRIMER CAPÍTULO: Visión fiscalizadora del Estado

1. El Papel Asignador del Estado

El Sistema Tributario corresponde al conjunto de impuestos y los meca-nismos de recaudación y fiscalización de estos que existen en una sociedaddada.

Un Impuesto es un pago obligatorio exigido a los agentes económicosque viven y/o desarrollan actividades económicas dentro de una sociedad,por parte de otro agente económico conocido generalmente con el nombrede gobierno. Los agentes económicos que pagan impuestos son llamadosContribuyentes, v pueden ser personas naturales o jurídicas (personas y em-presas), nacionales o extranjeras. El pago del impuesto es compulsivo y secrea un sistema encargado de velar por que los contribuyentes no evadanesta responsabilidad; los que lo hagan y son descubiertos reciben la corres-pondiente sanción. Este pago no le garantiza al contribuyente consideradoindividualmente, la recepción de una cantidad determinada de bienes y ser-vicios. Sin embargo, el gobierno pondrá generalmente a disposición de loscontribuyentes, considerados colectivamente, bienes y servicios. Debido aque el pago de los impuestos es compulsivo y no asegura la obtención deunas contraprestaciones desde el gobierno, los contribuyentes no gustan delos impuestos. A primera vista parecen una expropiación y un abuso de auto-ridad del agente económico recaudador. Sin embargo, dentro de ciertos lími-tes (los cuales pueden variar enormemente según los juicios de valor de quienrealice el análisis) todos los agentes económicos de una sociedad están dis-puestos a favorecer los impuestos.

El Rol fundamental del sistema tributario es proporcionar ingresos (re-cursos) al gobierno para financiar sus actividades. Empíricamente constituyela principal fuente de financiamiento del gasto del gobierno de las llamadaseconomías occidentales. En una economía de mercado existen algunos pro-blemas económicos que no son resueltos por este mecanismo asignador derecursos, y por ello, se requiere de su solución por fuera del mercado. Elencargado de tomar las decisiones para producir estas soluciones es el agen-te económico denominado Estado.

Para comprender el papel asignador del Estado, debemos conocer losBienes y Servicios en que el Estado tiene que intervenir financiando en algu-nos casos, incentivando o desincentivando la producción o el consumo enotros o tratando de redistribuir los ingresos o riquezas con equidad.

Durante su lecturarecuerde subrayarlas ideas fuerza yal finalizar cadacapítulo elabore

un mapaconceptual a partir

de las palabrasclaves

identificadas eideas centrales.

III. DESARROLLO DE CONTENIDOS

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ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

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El contribuyente como también el profesional de gestión de empresadeberá tener conciencia fiscalista, es decir, deberá sentir como responsabili-dad el pagar todos los impuestos, tanto a nivel de empresa cuando corres-ponda, como a nivel personal (no existe excusa para no hacerlo).

El profesional con conocimiento tributario, tiene como objeto aminorarla carga impositiva de la empresa y de los dueños del patrimonio, optimizandola Gestión Tributaria.

1.1. ¿Por qué El Estado Debe Financiar Los Bienes Públicos, BienesMeritorios y No Meritorios y Otros?

1.1.1. Bienes Públicos

Se define como un bien público a aquel que satisface los siguientes dosprincipios:

El principio de la no rivalidad en el consumo se refiere al hecho de queexisten ciertos bienes para los cuales una misma unidad genera beneficiospara varias personas, o que éstos pueden ser consumidos simultáneamentepor muchos individuos. Es decir, los miembros de una comunidad no rivali-zan o no compiten entre sí por el bien; una vez que este se encuentra dispo-nible todos pueden usufructuar de sus beneficios. Una definición más técni-ca dice que un bien no presenta rivalidad en el consumo cuando el costomarginal de agregar otra persona al consumo del bien es cero. Un ejemploclásico es la defensa nacional, las fuerzas armadas prestan sus servicios atoda la población, toda ella goza de los beneficios que se desprenden delservicio. También están el alumbrado público, la policía, los parques, lospuentes, etc.

Con respecto al principio de la exclusión, en el caso de un bien pú-blico, éste resulta prácticamente imposible de aplicar, o resulta muy cos-toso aplicarlo o es técnicamente ineficiente aplicarlo, por eso a veces seescribe principio de la no exclusión. En la realidad casi siempre es facti-ble diseñar algún mecanismo para cobrar un precio por el bien o servi-cio, pero existe ejemplos para los cuales es prácticamente imposible lo-grarlo, como ocurre con el servicio de defensa nacional. En otras instan-cias el costo del mecanismo a usar para cobrar un precio puede superarla recaudación, imaginemos la idea de aplicar un peaje por transitar porla Alameda, pensamos en el número de garitas de peaje (una por cadaacceso a esta vía de circulación), de funcionamiento, papeles, máquinas,etc., que sería necesario emplear para cumplir con el objetivo. Además,es muy fácil buscar una vía sustituta a la Alameda para evitar el peaje. Por

• Principio de la no rivalidad en el consumo.• Principio de la no exclusión

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último, hay ciertos bienes y servicios para los cuales no se recomiendaaplicar el principio de la exclusión aunque sea posible realizarlo, porqueal efectuarlo se llegaría a reducir el bienestar de la comunidad innecesa-riamente. Tal es el caso, por ejemplo, con los servicios entregados por unpuente que no presenta problemas de congestión de tránsito. Los costosmarginales del servicio son muy pequeños, por simplicidad podríamosdecir que son cero. En este caso al aplicar un peaje por el cruce del puen-te se estaría produciendo que algunos usuarios desistieran de hacerlo,con el cual su bienestar se vería reducido. Dado que hay problema deatochamiento de tráfico esto constituiría una pérdida de bienestar inne-cesaria. Como la meta es maximizar el bienestar de la comunidad no sedebería cobrar peaje.

“El problema con los bienes públicos es que existe un incentivo paraque los consumidores no revelen sus verdaderas preferencias por ellos. To-dos siguen una estrategia de conducta que consiste en esperar que alguienprovea el bien, para luego ellos disfrutar de los beneficios sin pagar unprecio. Para mencionar las personas que adoptan este comportamiento, laliteratura inglesa ha creado el concepto “Free Riders” que podría ser tradu-cido al lenguaje criollo como las personas que les gusta irse en coche. Esdecir que les gusta gozar de los beneficios que se derivan de cualquieractividad, pero no desean participar en el financiamiento de los costos. Deesta forma, si todos los consumidores de un bien público actúan como freeriders, no será posible determinar la demanda por estos bienes y ello impli-cará que el mercado no pueda funcionar. Lo más razonable de esperar, esque los individuos falseen la verdadera valoración de los beneficios queobtienen, de manera que sería posible obtener una función de demanda,pero que no reflejaría el verdadero valor de la producción. La subvaloraciónllevaría a que las demandas individuales y la agregada sean menores quelas efectivas y por eso el nivel de producto que se determine en el mercadosea menor que el óptimo. Esto es lo que constituye el fracaso del librefuncionamiento del mercado debido a la existencia de bienes públicos”(José Yañez, profesor Economía. U. Chile).

1.1.2. Externalidades

Las externalidades se pueden definir como el efecto, positivo o negativo,que resulta sobre el bienestar de los individuos de una cierta acción empren-dida por un agente económico.

Algunas externalidades producen que el mercado fracase en alcanzaruna eficiente asignación de los recursos, en cambio, otras no. Por lo tanto, enprimer lugar se intentará establecer esta división de las externalidades. Paraeste propósito se usa la clasificación entre externalidades pecuniarias yexternalidad tecnológica. Las primeras se refieren al caso en que el mercadono fracasa y tiene lugar cuando ocurre un cambio en los niveles de productoo utilidad de los consumidores como consecuencia de cambio en la deman-da u oferta. Un aumento en la producción de pan inducido por un aumentoen su demanda significará mayores beneficios para los oferentes de harina,productores de trigo, trabajadores panificadores, etc. Se desprende entoncesque las externalidades pecuniarias implican cambios en precios relativos y

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ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

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en la rentabilidad, lo cual da origen a transferencias de ingreso desde unsector de la comunidad a otro, pero no alteran la posibilidades técnicas deproducción. Todo esto es captado y reflejado en los mercados respectivos,razón por la cual el mercado funciona eficientemente.

La externalidades tecnológicas sí que llevan al fracaso del mercado, porello serán objeto de una mayor atención. Se dice que existe una externalidadtecnológica cuando la función de producción del productor afectado o lafunción de utilidad del consumidor afectado, es alterada por la acción em-prendida por un agente económico cualquiera. Es decir, hay un cambio enlas posibilidades técnicas de transformar insumos en productos y productosen utilidad (consumidor). Además, este cambio no es valorado ni, por lotanto, compensado.

1.1.3.Bienes Meritorios y Bienes No Meritorios

Aquí el problema es que por ignorancia de los consumidores, estos de-jan de consumir ciertos bienes y servicios sobre los cuales existe consensode que su mayor uso incrementaría el bienestar social. Estos son los denomi-nados bienes meritorios. En nuestro país se puede señalar como ejemplo,frases tales como: pan, techo y abrigo, campaña del litro de leche, cuidemoslos bosques, etc. En todos estos casos se han hecho esfuerzos para cambiarlas preferencias de los consumidores a favor de estos bienes y servicios. Seha recurrido a campañas publicitarias, las especies se han entregado gratui-tamente a los beneficiados, se han subsidiado, se ha decretado legalmente suconsumo obligatorio (enseñanza básica), etc. De las ilustraciones entregadasse deduce que los bienes meritorios pueden ser bienes públicos o privados.Las preferencias de los consumidores son interferidas debidamente, por lotanto, la asignación de recursos deja de estar de acuerdo con las preferenciasindividuales, o sea ya no se respeta la soberanía del consumidor.

El caso de los bienes no meritorios es el polo opuesto a los meritorios.Ahora se trata de alterar las preferencias de los consumidores en contra delconsumo de ciertos bienes y servicios dañinos para ellos.

Ejemplo de bienes no meritorios son el tabaco, el alcohol, las drogas, lapornografía, manejo descuidado, etc. Los instrumentos son las campañas depublicidad persuasivas, aplicación de impuestos, prohibiciones legales decomercialización, pena de cárcel, etc.

1.2. Recursos Generados Mediante Impuestos

1.2.1. Financiar la provisión y producción de bienes y servicios públicos,tales como: defensa, policía, gobierno interior, administración de jus-ticia, relaciones exteriores, alumbrado público, etc. Los bienes pú-blicos son aquellos bienes que presentan dos características que con-ducen a que sus mercados funcionando libremente no sean capacesde resolver el problema del cuánto producir en forma eficiente. Estosdos principios llevan a que cada consumidor espere siempre queotro sea el que pague para así disfrutar gratuitamente de los benefi-

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cios del bien Público. Si todos deciden de la misma manera es fácilentender que en definitiva el problema será la inexistencia de la de-manda por estos bienes. Como se sabe el mercado funciona sobre labase de la existencia e interacción simultánea de la demanda y ofertapara cada bien.

1.2.2. Generar la redistribución de ingresos, y particularmente, la erradi-cación de la extrema pobreza a través del otorgamiento de subsi-dios en especies o dinero, tales como: salud, educación, vivienda,subsidios de cesantía, asignaciones de ancianidad, etc.

1.2.3. Corregir distorsiones en la asignación de recursos alcanzada a tra-vés del libre funcionamiento del mercado, tales como: contamina-ción del medio ambiente, bienes meritorios, externalidades tecnoló-gicas, etc.

1.2.4. Contribuir a obtener la estabilización de la economía, como porejemplo: reducir el desempleo y los problemas sociales asociados,impulsar el crecimiento económico, reducir y detener la inflación,superar desequilibrios en balanza de pagos, etc.

Por lo tanto, dado que los seres humanos acostumbran vivir en comuni-dades, esto presenta problemas especiales los cuales no se resuelven a travésde decisiones individuales sino que colectivas. Por cierto que esta labor ne-cesita emplear recursos y estos deben ser entregados por la sociedad. Inclusolas personas más partidarias de reducir a un mínimo la intervención del go-bierno en la actividad económica reconocen un mínimo de labores para esteagente, y por lo tanto, la necesidad de pagar impuestos.

Cada impuesto se establece en relación a alguna característica del con-tribuyente, generalmente de naturaleza socioeconómica. Es así como hayimpuestos que gravan la cantidad de ingreso que recibe un contribuyente, oel nivel de su gasto en bienes y servicios de consumo, o el monto total de suriqueza, o el número de cabezas de ganado poseídas, o la extensión de terre-nos de que es dueño, o su estado civil, etc. La característica gravada delcontribuyente recibe el nombre de la Base del impuesto, y como se apreciade los ejemplos mencionados, ésta evoluciona con el grado de desarrollo dela sociedad. Históricamente la mejor base del sistema tributario ha cambia-do conforme han ido variando las características de la actividad económica.

Cada impuesto debe precisar además cuál es la magnitud del pago exigi-do del contribuyente. Esto se fija a través de la denominada Tasa del impues-to. Dicha tasa puede ser expresada al menos de dos maneras: primero, entérminos de las unidades en que está medida la base; segundo, como unporcentaje del valor de la variable que es usada como base. Por ejemplo, sila base de un impuesto fuese la cantidad de trigo cosechado, una forma de latasa (primera) sería pagar 10 toneladas de trigo cosechada, y la otra (segun-da) pagar un 5% del volumen del trigo cosechado. Más adelante quedaráexplicada la importancia de efectuar esta distinción. Actualmente, el dineroes usado en prácticamente todas las transacciones comerciales, y ello tam-bién se aplica a los impuestos. Por ello, es que las bases y tasas (cuandocorresponde) de los impuestos se miden en unidades monetarias. Sin embar-go, ello no ha sido siempre así y en innumerables ocasiones de la historia se

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ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

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usa el pago en especies: productos agrícolas, animales, oro, joyas e inclusoservicios laborales. En tiempos modernos esto puede ocurrir en casos deguerra y catástrofe de la naturaleza.

2. Tipos de Sistema Tributario y Principios de Tributación

2.1. Introducción

El Sistema Tributario se encuentra establecido en la regla fundamentalque rige la vida de un país, la Constitución Política. Aquí se reconoce suexistencia v se indican algunas características generales del sistema. Los im-puestos y otros aspectos más detallados se encuentran fijados en CódigosTributarios, Leyes, Decretos, Reglamentos y Circulares. De aquí se deduceque los impuestos no solamente se relacionan con la ciencia económica,sino que también con la ciencia jurídica.

Los impuestos pagados por cada individuo deberían estar basados en elbeneficio recibido del consumo de bienes y servicios públicos. Así, este prin-cipio propone una solución análoga a la ofrecida por el mercado para losbienes y servicios privados.

2.2. Requisitos que Debe Cumplir un Buen Sistema Tributario.

Establecer la base más apropiada para determinar el tipo de sistema tri-butario en existencia en el país no es una tarea fácil. Sin embargo, podemosir descubriendo una respuesta al considerar los requisitos que debe cumplirun buen sistema tributario.

Comenzaremos precisando que no hay plena coincidencia respecto delo que se debe entender por un buen sistema tributario. Esto es debido funda-mentalmente a que existen innumerables requisitos que a los contribuyentesles gustaría que satisfaga ya que el logro de unos entra en conflicto con laconsecución de otros. No obstante, hay un conjunto reducido de importan-tes requisitos sobre los cuales se tiene completo acuerdo y serán los quedefinirán lo que entenderemos por buen sistema político y social.

Desde un punto de vista económico un Buen Sistema Tributario es aquelque cumple con los siguientes requisitos:

2.2.1. Equidad

La carga tributaria esté distribuida con igualdad o justicia entre los miem-bros del país, que cada contribuyente pague una “parte justa”.

Un impuesto es definido por dos elementos:La Base, que es la cosa o el Hecho Gravado, y la Tasa que determina

la magnitud del pago.

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2.2.2.Minimizar la Carga Excesiva de los Impuestos

Los impuestos escogidos deben minimizar las distorsiones en las deci-siones tomadas en mercados eficientes. El ideal es que fuesen Neutrales. Esdecir, que no las afecten.

2.2.3.Simplicidad

Los impuestos deben ser establecidos de forma que sean entendidos fá-cilmente por los contribuyentes.

2.2.4. Minimizar los Costos de Administrar, Entender y Hacer Cambiar elSistema Tributario

Reducir al mínimo posible, compatible con la obtención de los otrosrequisitos, los gastos en recaudar y fiscalizar los impuestos, los gastos de loscontribuyentes en declarar y pagar los impuestos, mantener información yregistros contables, emplear profesionales expertos en materias tributariasetc.

En estos documentos sólo consideramos el requisito de la equidad quenos introduce al estudio.

2.3. El Requisito de la Equidad

El tratamiento equitativo o igualitario de los contribuyentes por el siste-ma tributario es un Principio sobre el cual existe unanimidad, tiene acepta-ción universal e incluso está consagrada en la constitución del país.

La equidad o justicia tributaria es la virtud que inclina a distribuir lacarga que imponen los tributos entre los contribuyentes de acuerdo a lo quecorresponde a cada uno. La igualdad tributaria es la correspondencia quedebe existir entre el pago de impuestos y las consecuencias positivas (bene-ficio) o negativas (capacidad de pago) para el contribuyente.

Sin embargo, no hay acuerdo respecto de cómo debe definirse o enten-derse. En la literatura se distinguen dos líneas de pensamiento que ofrecenuna solución para este problema de definición. Una de las líneas descansaen el denominado Principio del Beneficio y la otra en el Principio de laCapacidad de Pago.

2.4. El Principio del Beneficio

El principio del beneficio plantea que un sistema tributario equitativo esaquel en el cual el monto de impuesto pagado por un contribuyente mantie-ne una relación directa con los beneficios que él recibe de los bienes y servi-cios públicos. Lo esencial de este principio es el establecer la correlaciónentre ingresos tributarios y gastos del gobierno.

En teoría económica se demuestra que los individuos determinen susniveles óptimos de consumo de bienes igualando el beneficio marginal deri-

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vado del consumo con su costo marginal. Trasladando esta proposición alplano de los bienes públicos resultaría en una recomendación de políticaque diría que el impuesto pagado por cada individuo debería estar basadoen el beneficio recibido del consumo de bienes y servicios públicos. Así, esteprincipio propone una solución análoga a la ofrecida por el mercado paralos bienes y servicios privados.

En un sistema tributario basado estrictamente en el principio del benefi-cio cada contribuyente debería ser gravado en relación con su demanda porbienes y servicios públicos. Como sus preferencias son distintas no existeuna fórmula tributaria general para ser aplicada a todas las personas.

El principio del beneficio ignora completamente el rol redistributivo yestabilizador del gobierno ya que está solamente preocupando de la asigna-ción eficiente de los recursos; en esencia, la redistribución implica obtenerrecursos de ciertas personas para entregarlos a otras distintas. Por esto, amenos que los individuos que dan los recursos sean altruistas esta funcióndel gobierno no se concilia con el principio del beneficio. Un problemasimilar se produce cuando se deben elevar los impuestos para provocar unareducción de la demanda agregada a una situación inflacionaria.

2.4.1. Aplicaciones Empíricas del Principio del Beneficio

Se indicó precedentemente que el principio del beneficio no es de apli-cación universal en las finanzas públicas, no obstante, se emplea en circuns-tancias particulares donde el financiamiento de ciertos bienes y servicios serealiza a través del cobro de cargos a los usuarios, peajes o derechos. Tam-bién cuando algunos impuestos son aplicados indirectamente en lugar de uncobro y, en general, cuando se une la recaudación de un impuesto determi-nado con un gasto determinado.

2.4.2. Cargos a los Usuarios, Peajes y Derechos

El principio del beneficio debiera aplicarse cuando sea posible y desea-ble y esto ocurre cuando el Gobierno está produciendo y/o proveyendo bie-nes privados. Esto es, aquellos bienes que presentan rivalidad en su consumoy permiten aplicar la exclusión. Cómo se dijo anteriormente el principio delbeneficio define exactamente como opera un mercado, por lo tanto, cuandose puede utilizar entrega la solución de mercado. Es decir, se puede conse-guir una asignación de recursos eficiente.

Cargo a los usuarios lo encontramos en Chile en las empresas públicas,por ejemplo: Instituto de Seguros del Estado, Empresa Nacional de Minería,Fábricas y Maestranzas del Ejército, Empresa Nacional del Carbón, Bancodel Estado de Chile, Corporación del Cobre, etc.

Los peajes están generalmente asociados con el cobro de una cierta sumade dinero para transitar por ciertas carreteras. En Chile esto se encuentraradicado en el Ministerio de Obras Públicas y los fondos recaudados estándirigidos a la aplicación, mantención y reparación de los caminos y otrasobras complementarias (puertos, túneles, señales de tránsito, etc. Los dere-chos son también cobros que permiten acceder a diferentes bienes y servi-

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cios por ejemplo: en Chile tenemos los derechos de matrículas (para accedera la educación superior), permiso de circulación (para poder circular por loscaminos en vehículos motorizados propios), etc.

Actividades de Aprendizaje

1. El mar azul que tranquilo nos baña es un bien público, sin embargo cadavez es menos factible e inconveniente que deba ser así. Desarrolle eltema y dé ejemplos reales, haga una crítica con fundamentos.

2. Mencione uno o dos Bienes No meritorios (excepto el Tabaco y el Alco-hol) en nuestro país.

3. Mencione dos Externalidades Negativas que se den en el Norte y Sur.

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4. Analice todos los impuestos que Usted como contribuyente, está afectoo paga. Haga una crítica desde su óptica.

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SegunSEGUNDO CAPÍTULO: Requisitos del sistema tributario

1. Elementos que Debiera Contener un Sistema Tributario

En general, la política tributaria actúa sobre cuatro niveles principales:equidad, asignación de recursos, crecimiento y estabilización. Lógicamente,los efectos en todas estas áreas son simultáneos e interrelacionados, pero sindesconocer lo anterior, poseen además en cada nivel, características pro-pias.

1.1. Equidad del Sistema Tributario

Quizás la mejor forma de caracterizar un sistema tributario óptimo, esdecir que éste debe ser “justo, simple y eficiente”. Justo, en tanto debe perse-guir la máxima equidad posible; simple, en tanto no deba constituirse entraba de las iniciativas productivas y sociales; eficiente, en tanto deba provo-car el máximo de aprovechamiento de los recursos productivos en la mejorforma posible para el crecimiento del bienestar de la población. En todocaso, la máxima comienza, con el aspecto de justicia.

La tributación constituye la piedra angular de todo sistema, para la con-secución de una mayor justicia económica. Es el mecanismo básico paralograr una efectiva igualdad ante la ley en lo económico, y para otorgar a loshabitantes de un país la requerida igualdad de oportunidades. Este rol de lapolítica tributaria, es un rol exclusivo e irrenunciable por parte del Estado, entanto este debe constituirse necesariamente en el garante del bien común. Lanorma de justicia económica, no se funda en el vacío o en la ambigüedad,sino está firmemente asentada en lo que se ha dado en llamar los principiosde equidad vertical y horizontal.

Por equidad vertical entendemos, la consecución de una óptima distri-bución del ingreso y de la riqueza, en la forma más justa posible, y conse-cuentemente, la necesidad de una asignación equitativa de las cargas y obli-gaciones. Normalmente dicho principio se caracteriza por parte de la socie-dad, al exigir ésta que cada contribuyente tribute en conformidad a su ca-pacidad económica. Dicha capacidad se mide en términos de la distribuciónde los ingresos y de la riqueza de los distintos habitantes del país.

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En este plano, el sistema tributario tiene un rol redistríbutivo que cum-plir, papel que deberá ser más o menos acentuado, dependiendo del estadodistributivo inicial en la sociedad, del nivel de desarrollo económico queésta alcance, y de la función productiva que cumplan los diversos agenteseconómicos en la nación. En todo caso, puede afirmarse que dicha laborredistributiva siempre existe y existirá, en todos los países y durante todas lasépocas. Lo que varía es su ritmo y carácter.

Algunas características que automáticamente surgen de lo anterior, resi-den en que por una parte, la tributación sobre la renta debe ser un pilaresencial de todo sistema impositivo, tributación que además debe poseer lamás amplia cobertura en su régimen general, debiendo estar dotada de laadecuada progresividad que la tarea redistributiva requiera. No es posibleafirmar que un sistema tributario es justo, si es que éste contempla una seriede bases imponibles diferentes y subdivididas, con la proliferación de regí-menes sustitutivos, ya que a lo menos, el sistema resulta de progresión in-cierta y dudosa equidad.

Por el contrario, lo ideal es que el sistema se concentre en torno a unsolo régimen general, centrado sobre la base de un esquema preciso y defini-do de impuestos directos que incidan sobre las rentas de las personas.

Las consideraciones anteriores tienen también bastante validez en lo queatañe al principio de equidad horizontal, o sea, de tratamiento igual a losiguales. La idea es que diferentes personas, grupos o sectores que están enposiciones equivalentes, deben correspondientemente estar sujetos a reglastributarias similares. Ya sea que sus ingresos son semejantes, o sus activida-des productivas iguales, se trata que en toda justicia reciban igual tratamien-to tributario, soportando cargas y obligaciones similares. Lo esencial es evi-tar discriminaciones arbitrarias, tales como regímenes de excepción injustifi-cados, buscando pues una nivelación impositiva para grupos con igual capa-cidad de pago.

Un sistema tributario ideal, desde el punto de vista de la equidad, con-sistiría en un esquema impositivo progresivo y único, a nivel de una basehomogénea y amplia que incluye cada uno de los incrementos de patrimo-nio de las personas naturales, prácticamente sin diferenciar o distinguir eltratamiento a las distintas causas, o fuentes de dichos incrementos.

Lo que interesa en última instancia, es el efecto neto total que los tribu-tos producen a nivel de las capacidades de pago o ingresos de los habitantesdel país, y por ende, este resultado final será mejor conocido y definido,cuando puedan agruparse los distintos sistemas impositivos en un patrón.Construir un sistema tributario justo sobre la base de la adición y superposi-ción de tributos parciales y limitados, es una tarea extremadamente comple-ja y difícil, donde corrientemente se termina por un conjunto de efectosambiguos, con frecuente violación tanto de la progresividad como de la equi-dad horizontal. Es por ello que, dentro de las limitantes que toda realidadempírica introduce y de acuerdo a lo que es factible de implementar, hemostratado de que la reforma avance hacia una agrupación de rentas en unabase única, a la que se aplicará el Impuesto Único al Trabajo, o el GlobalComplementario, o Adicional, según corresponda. Creemos que es la únicamanera práctica de acercarse al ideal planteado.

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Conviene volver a enfatizar la importancia que posee la justicia dentrode un sistema tributario. Recordemos que la calidad de un sistema social, nose mide solamente por consideraciones de eficiencia económica, sino tam-bién y muy fundamentalmente, por el patrón de eficiencia social, norma quedescansa en la verdadera equidad nacional que impere entre los habitantesdel país.

1.2. Un Sistema Tributario Eficiente

Cabe ahora describir someramente algunas de las características que de-biera poseer el sistema tributario, en cuanto constituya un elemento orien-tador de la asignación de los recursos que la sociedad dispone. Para estoconviene dedicar algunas palabras iniciales al rol del Estado en el sistemaeconómico.

El sistema tributario debe depender en forma directa, de la función quela sociedad otorgue al Estado. Diferentes sociedades han dado diferentesrespuestas para dicho rol. La nuestra ha optado por un sistema económicomixto, basado fuertemente en las iniciativas y esfuerzos privados. Se preten-de traspasar la mayor cuota de responsabilidad a la comunidad y a sus ciuda-danos, limitándose el Estado a definir las políticas globales, a supervigilar sucumplimento y a generar las condiciones que permitan a los individuos co-nocer sus problemas y buscar sus soluciones, asumiendo directamente laresponsabilidad en la realización de las mismas. Se concibe la responsabili-dad estatal como una que deba informar de las condiciones imperantes, debaplanificar definiendo metas y medios globales de acción, deba facilitar almáximo los canales legales y cautelar los intereses generales de la nación, ydeba velar por la aplicación y respeto de las normas que emanen de laspolíticas globales adoptadas. Cumplidas estas funciones, será de responsabi-lidad del sector interesado la búsqueda e implementación de su propia solu-ción a los problemas que enfrente.

Es así como en el campo económico el Estado debe elaborar planesglobales y fijar políticas, centralizando su acción directa en la implementa-ción de programas de desarrollo social y participando en un número limita-do de actividades estratégicas. En el resto, éste debe cumplir un papel deapoyo y regulación de las actividades que le cabe desarrollar al sector priva-do. La base consiste en apoyar una efectiva descentralización de funcionesen materia económica. De aquí resulta entonces, que necesariamente el sis-tema tributario deba ser neutral, no interfiriendo en el proceso de asignaciónde recursos más que en instancias muy específicas y limitadas, reorientándolode acuerdo a normas explícitas que resulten de la planificación social.

Uno de los patrones más claros para lograr eficiencia en el proceso eco-nómico, reside en que la asignación de recursos productivos la realice fun-damentalmente el mercado, con la debida orientación general que le da aéste el Estado, para elevar su contenido social.

No puede haber mejor asignación del capital y del trabajo de un país,que la que se realice descentralizadamente, por las miles y miles de uni-dades productivas y de consumo, unidades que poseen la mejor informaciónrespecto a rentabilidades y preferencias. Los impuestos no deben alterar la

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estructura productiva en forma indebida, puesto que ello significa una pér-dida de producción nacional respecto a la que se obtendría con un sistemaimpositivo neutro.

La razón de ser de los impuestos, es el Gasto Público. Dicho gasto re-quiere de un financiamiento que, en lo posible, no signifique presionesinflacionarias. Es por ello que se requiere contar con ingresos públicos, es-pecialmente tributarios, capaces de solventar el mayor porcentaje posible deestos egresos públicos.

Para apreciar la eficiencia de un sistema tributario, cabe entonces exa-minar el presupuesto público en su conjunto, analizando el rol que cumplenlos gastos. Aun más, incluso para estudiar la incidencia distributiva, es con-veniente mirar simultáneamente ambos aspectos: tributos y gastos. El con-tribuyente no es sólo un ser sobre el cual recae una carga impositiva deter-minada; ese mismo contribuyente es partícipe de toda una serie de benefi-cios públicos imperantes en la sociedad, aun cuando a veces éste no losvisualice directamente.

En primer lugar, existe lo que la literatura económica denomina “bienespúblicos”, un conjunto de servicios cuya provisión compete al Estado, debi-do a sus características.

Un segundo grupo de Gasto Público, que es también muy decisivo parael normal desempeño de las actividades individuales, es el que compete a lastransferencias sociales. Aquí incluimos a una serie de prestaciones, tales comolas relacionadas con seguridad social, todas las cuales constituyen elemen-tos que aseguran la equidad y paz social. Por ejemplo, es lógico que la socie-dad se responsabilice de los desempleados, personas que ni el Sector Públi-co ni el Privado fueron capaces de absorber con trabajo productivo, y portanto, se administre a través del Estado todo un programa de subsidios decesantía. Nadie puede negar que existe una responsabilidad similar para conlos desposeídos, y que el Estado debe preocuparse de establecer los progra-mas necesarios de ayuda, asistencia que resulta imperiosa bajo cualquierpatrón de justicia. Todas estas transferencias requieren ser financiadas contributos, impuestos sobre aquéllos que poseen capacidad de tributación so-cial.

Lo esencial, es que esta recolección de ingresos públicos, tanto aquelladestinada a financiar en general gasto público como aquella de índolecorrectiva, debe realizarse con un mínimo de interferencia sobre los merca-dos. Al hablar de neutralidad general, queremos reflejar precisamente estehecho: que no se produzcan desviaciones innecesarias producto del sistemaimpositivo. Sabemos que cualquiera de éstas redundará en un costo de bienes-tar para la sociedad.

Un aspecto muy fundamental para la consecución de una adecuada asig-nación de recursos, es el grado de coordinación que posean los diversosinstrumentos de política económica. Mientras mayor coherencia y consisteexista en la aplicación de políticas públicas, mayor será la efectividad decada uno de sus instrumentos y mejores serán los resultados globales alcan-zados.

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Los impuestos internos, los derechos de aduana, el tipo de cambio, losincentivos fiscales, son todas variables interdependientes. Al manipular unode estos instrumentos, normalmente se producen efectos colaterales en otros.Es muy importante que la autoridad pública conozca la interrelación existenteentre dichos instrumentos, y efectúe decisiones conscientes de dicha inter-conexión.

Por ejemplo, al existir un impuesto a la producción de cierto tipo debienes nacionales, si el objeto de dicho impuesto es sólo aportar fondos pre-supuestarios o restringir el consumo de un bien, no existiendo el propósitode reducir los márgenes de protección a la producción nacional, resulta ló-gico el imponer un gravamen al bien importado de un monto igual al quegrava a su equivalente nacional. Se trata de establecer en dicho caso, ungravamen al consumo en general, y la ausencia de tributación sobre el bienimportado acarrearía, en el fondo, una disminución implícita de la protec-ción otorgada a la actividad productiva doméstica. La conclusión es que endicho caso, para estudiar la protección efectiva, por ejemplo, no basta conexaminar el nivel del arancel, sino también la situación tributaria de los bie-nes.

En general, lo que conviene es desarrollar una estructura tributaria tal,que unida a la estructura tarifaria, cambiaria y previsional reduzca a un míni-mo las discriminaciones entre los diferentes sectores de la producción inter-nacional. La idea aquí es producir un sistema de protección neta efectiva demuy pocas discriminaciones intersectoriales, de tal modo que mediante uncomercio exterior liberalizado, el país logre encontrar sus propias ventajascomparativas. Esta es una nueva aplicación del concepto de neutralidadtributaria, ya comentado.

Por último, cabe observar que la utilización múltiple de instrumentos derol similar, no se justifica, excepto si hay dificultades para utilizar un instru-mento selectivo único con toda la intensidad y agilidad requerida. No haymejores cualidades para la eficiencia de un sistema tributario, que las de darseñales claras, definidas y estables.

2. La Política Tributaria como Factor de Crecimiento

En general, es conocido el papel que cumple el ahorro nacional comofactor de crecimiento económico. Un componente fundamental de dichoahorro, será el excedente en cuenta corriente que presente el presupuestofiscal. Este excedente o ahorro público debidamente canalizado hacia obrasde inversión en infraestructura, de adecuadas rentabilidades, provoca un alzaimportante y sostenida de incremento del Producto Nacional. Y esto, no sóloen correspondencia con el propio coeficiente producto-capital que cada in-versión muestre, sino que también debido al efecto multiplicador que sobreel sector privado se genera. En este nivel, no debe contabilizarse exclusiva-mente el efecto inducido vía demanda sobre dicho sector, sino además, elalza indirecta de productividad que se genera en sus actividades al contarcon una mayor calidad y cantidad de recursos complementarios con quetrabajar. Por ser de sobra conocida la importancia que reviste para la activi-dad productiva privada, la disponibilidad de capital básico de infraestructu-

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ra, tal como vías de comunicación y transporte, servicios esenciales, accesoa ciertos recursos energéticos y naturales, etc., no se elaborará más sobreeste tema. Basta dejar constancia del rol que cumplen los tributos comoingresos del sistema presupuestario destinados a financiar este tipo de gastosde capital que efectúa el sector público. No obstante cabe advertir que elexcedente en cuenta corriente también puede facilitarse vía reducción degastos corrientes por parte del Estado, lo cual deja una mayor porción de losingresos públicos factibles de ser destinada a inversión.

Otra área de acción pública que requiere de los recursos financieroscaptados por la tributación general, es la inversión en sectores estratégicos.Son todos aquellos rubros en que por el volumen de los capitales necesarios,el elevado grado de riesgo implícito, y la magnitud y cobertura de los bene-ficios esperados, se hace indispensable la intervención pública, dado que elsector privado no puede, no desea, ni conviene que los desarrolle por si sólo.Especialmente, dicho campo se relaciona con la explotación de ciertos recur-sos naturales a una escala tecnológicamente viable.

Existe también un conjunto de medidas tributarías que puede incentivary dinamizar la contribución del sector privado al desarrollo nacional. Se tratade las leyes de fomento regional y sectorial. Las franquicias tributarías nosólo pueden proveer de incentivos generales y globales para una mayor in-versión privada, como por ejemplo mediante un sistema de crédito contraimpuestos a la renta para las empresas que realicen nuevas inversiones enplanta y equipo, sino que también permiten establecer fomentos selectivosdiferenciados por sector o región. Esta última herramienta que ofrece la polí-tica tributaria debe usarse con el máximo de cuidado, de manera de evitar suproliferación indebida y limitar su aspecto discriminante, ya que puede lle-gar a constituirse en un elemento de ineficiencia al quebrar el principio deneutralidad, que antes estableciéramos. De todas formas, es útil, en cuantointroduce mayores grados de libertad para la planificación y programacióndel desarrollo.

En el plano regional, lo que interesa es que el sistema de fomento logrela máxima descentralización posible, sujeta a que se tienda a una combina-ción equilibrada y eficiente de bienes privados y públicos producidos a lolargo del país, que su distribución no se concentre excesivamente en pocasregiones, y, que todos los agentes económicos regionales se guíen en susdecisiones por variables que reflejen correctamente los beneficios y costasnacionales que posean sus acciones. Es así como, si se efectúa un análisisexhaustivo, se llega a la conclusión de que un sistema eficiente e integral defranquicias regionales, debe contener un paquete de subsidios globales des-tinados a financiar un mayor nivel de ciertas prestaciones básicas como sa-lud, educación, vivienda, etc., para una aceleración del crecimiento de cier-tas provincias deprimidas, y, un conjunto de asignaciones que suplementenel gasto que financien las propias regiones para ciertos proyectos, comomecanismo corrector de los efectos que dichas obras generan (por ejemplo,una represa, un camino). Además, cabría considerar la posibilidad de otor-gar un conjunto de franquicias o subsidios no restringidos respecto a su uso,asignaciones libres que compensaran a nivel regional, las diferencias entrelos esfuerzos impositivos o cargas soportadas por sus habitantes y los benefi-cios del gasto público que ellos captan, según la distribución por regiones

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que presenten los impuestos y gastos. Todo esto, recordando el criterio derecolección central de los impuestos, vale decir, de que los tributos - tasas,contribuyentes y base imponible - deben ser siempre fijados y aplicados porlas autoridades centrales a nivel nacional, y no son facultades de tuiciónregional.

Luego, en otro plano, una estrategia posible que se plantea, es la posi-bilidad de otorgar franquicias factoriales más que sectoriales. Vale decir, elEstado tratarla de conseguir el máximo aprovechamiento o explotación delos recursos existentes, intentando mediante incentivos generales, elevar elahorro y la inversión, aumentar la utilización del capital existente, y fomen-tar al máximo el empleo de la mano de obra disponible.

Todos estos son factores que inciden poderosamente sobre el crecimien-to económico de un país, de ahí el interés en la formación y uso máximo dedichos recursos. Las franquicias consistirían entonces, en sistemas como el“crédito tributario” o deducción de impuestos por nuevas inversiones reali-zadas, y, subsidios directos a empresas de todo tipo que empleen y entrenenmano de obra adicional. Una forma especial de lo último, puede consistir enque el Estado se haga cargo de parte de las cotizaciones previsionales, sien-do dichas cotizaciones una distorsión que pesa negativamente sobre un ca-mino de desarrollo que maximice el empleo.

En resumen entonces, la estrategia planteada evita la proliferación depreferencias especiales para distintos rubros o sectores productivos; el espíri-tu es más bien, fomentar la inversión reproductiva en general, y un mayorempleo y calificación de los trabajadores. Es a ese nivel donde las franquiciassí pueden constituirse en palancas fundamentales de desarrollo.

Finalmente, puede agregarse que en cierto modo el sistema tributariotambién llega a incentivar el crecimiento económico de un país, al castigar alos ineficientes con gravámenes, y al obligar a grupos que muestran excesivapasividad, a desplegar sus esfuerzos productivos en pos del mayor bienestarnacional.

3. El Rol Estabilizador de la Tributación.

En el contexto de una economía inflacionaria, los Impuestos puedencumplir incluso otro rol, de suma importancia para el logro de la estabiliza-ción económica. El papel de la recaudación en este respecto, es el de reducirlos valores de varios de los componentes de la demanda agregada, en espe-cial, el monto que alcance el consumo privado. Siendo el consumo una fun-ción directa del ingreso disponible, al disminuir el ingreso que finalmentequeda en manos de las personas disponible para el gasto, por efectos de latributación, y esencialmente vía acción de impuestos directos sobre las utili-dades de empresas y las ganancias de personas, una consecuencia del siste-ma impositivo resulta ser la de provocar menores valores de consumo volca-dos a los mercados, que los que potencialmente podrían haberse dada.

Esta función restrictiva de los impuestos, es útil, para evitar fuentes adi-cionales de presiones sobre el sistema productivo, siendo que éste se podríaencontrar ante fuertes desequilibrios producto de su limitada capacidad derespuesta real a corto plazo, y de la excesiva demanda monetaria que ya

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enfrente. Todo programa anti-inflacionario debe considerar entonces la utili-zación de la herramienta tributaria como un factor coadyuvante, y por lomenos, dicho programa estabilizador no puede permitirse el lujo de hipote-car la efectividad de dicho instrumental.

Además, la tributación actúa muchas veces como freno de las presionesque se vuelcan sobre la balanza de pagos, limitando el valor de las importa-ciones, especialmente en su componente de consumo, y por ende aliviandocualquier situación aflictiva que un país pueda vivir en su balanza comer-cial. También presenta entonces características de ayuda en la elaboraciónde políticas relativas al sector externo de la economía.

Obviamente, la tributación puede cumplir este papel de “estabilizadorautomático” en ambos sentidos, cooperando a una reactivación económicamediante una baja automática en la recaudación sobre la renta, al experi-mentarse problemas depresivos.

Lo fundamental, para que dicha función estabilizadora pueda cumplirsecon rapidez y efectividad, es que el sistema de imposición, declaración ypagos sea tal, que no permita que el rendimiento tributario disminuya entérminos reales por el solo hecho de existir inflación en la economía. Nues-tro País ha experimentado muchas veces ese rezago en los rendimientos fis-cales, con las consecuentes dificultades para el financiamiento del presu-puesto público, y el casi inevitable corolario de emisiones e inflación.

Podemos mostrar la importancia de este fenómeno, y su criticidad enrelación a la estructura financiera fiscal, inmediatamente a continuación,donde elaboramos algunas líneas sobre el desarrollo histórico reciente y diag-nóstico de las finanzas públicas chilenas.

Hasta aquí creemos haber resumido algunos de los principios que de-bieran informar a todo sistema tributario, y lógicamente, a cualquier esque-ma de reforma.

Actividades de Aprendizaje

1. El Estado requiere recursos para gastar en Bienes Públicos, como que laEducación Básica sea gratuita ¿Por qué?, fundamente. (Sin considerar laalfabetización)

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2. ¿Cree Usted que en Chile hay Equidad en la aplicación de los Impues-tos? Fundamente.

3. “El que tiene más, debe pagar más impuesto” esta aseveración refútelacon la Constitución de la República de Chile.

4. La empresa está gravada con el impuesto de Primera Categoría y el due-ño, socios con el Impuesto Global Complementario. –Entonces:

a. ¿Cuándo nace la obligación de pagar Impuesto para la empresa y susdueños?

b. ¿Cuáles son las Obligaciones Accesorias?

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TercerTERCER CAPÍTULO: Marco teórico de los tributos

1. La Potestad Tributaria

La potestad tributaria es la facultad de instituir impuestos y tasas comotambién deberes y prohibiciones de naturaleza tributaria.

La fuente de la potestad tributaria es la Ley.

2. Fundamentos Constitucionales de los Impuestos

Los principios relativos a la tributación están establecidos en la Constitu-ción Política del Estado y son:

2.1. La Igualdad ante los Impuestos o Principio de la Generalidad

Art. 19. Nº20 “La Constitución asegura a todos los habitantes de la Re-pública: 90 la igual repartición de los impuestos y contribuciones, en propor-ción de los haberes o en la progresión o forma que fije la Ley; y la igualrepartición de las demás cargas públicas.

Este principio no se refiere a la igualdad numérica, sino a la necesidadde asegurar el mismo tratamiento a quienes se encuentren en análogas situa-ciones: “Todos los miembros de la comunidad nacional, que gozan de rentasal amparo del Estado, deben contribuir a financiar los gastos públicos, me-diante el pago de los impuestos que le correspondan, sin consideración depersonas o situaciones”.

2.2. La Legalidad del Impuesto

La Constitución Política dispone:“Sólo por Ley pueden imponerse contribuciones directas o indirectas, y

sin su especial autorización es prohibido a toda autoridad del Estado y a todoindividuo imponerlas, aunque sea bajo pretexto precario, en forma volunta-ria, o de cualquier clase”.

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Este principio se encuentra reafirmado en el Art. 44 de la ConstituciónPolítica que dispone que “Sólo en virtud de una Ley se puede”, imponercontribuciones de cualquier clase o naturaleza, o suprimir las existentes.

El origen de este principio lo encontramos ya entre los romanos, que loenunciaban con la expresión “nullum tributum sine lege”. En la “Declara-ción de los derechos del hombre y del Ciudadano”, surgida de la RevoluciónFrancesa, se ratificó este principio que posteriormente se impuso en el mun-do entero.

En Chile, el principio de la legalidad está consagrado constitucional-mente, en Art. 62, Nº1 de la Constitución de 1980, que entrega al Presidentede la República la iniciativa exclusiva en la proposición de las leyes quetengan por objeto imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cual-quiera clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes, ydeterminar su forma, proporcionalidad o progresión.

Esta disposición debe relacionarse con lo dispuesto en los Art. 60 Nº14 y32 Nº8, que establecen las materias propias de la ley y la potestad reglamen-taria del Jefe del Estado, respectivamente.

3. Clases de Leyes según su Jerarquía

Desde el punto de vista de la mayor o menor jerarquía de las leyes, sepueden distinguir las siguientes clases:

3.1. Constitución Política

Es la ley suprema de la Nación, a la cual todas las demás normas estánsubordinadas. Determina la forma del Estado y del Gobierno; determina losPoderes Públicos y las atribuciones de la autoridad y las ganancias indivi-duales.

3.2. Ley Ordinaria

Emana del Poder Legislativo y corresponde al concepto antes dado.

3.3. Tratados Internacionales

Son pactos, acuerdos o contratos internacionales que contienen normasque rigen las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos ydeberes recíprocos en el ámbito internacional. Una vez aprobados tienen lacategoría de Ley.

Los impuestos sólo pueden ser establecidos por Ley

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3.4. Decretos con Jerarquía de Ley

Son de dos especies:

a) Decretos Leyes (D-L): son aquellos dictados por el Presidente de laRepública arrogándose la función legislativa, sin autorización algu-na.

b) Decretos con Fuerza de Ley (D.F.L.): son dictados por el Presidentesobre materias propias de la ley, en virtud de su delegación de fun-ciones hecha por el Poder Legislativo.

3.5. Reglamentos

La máxima atribución de que está investido el Presidente de la Repú-blica para servir sus funciones, es la llamada Potestad Reglamentaria, pu-diendo dictar los decretos, reglamentos e instrucciones que crea convenien-tes para la ejecución de las leyes.

3.6. Clasificación de los Decretos

a. Reglamentarios: o decreto reglamentario que es aquel dictado porel Presidente de la República conteniendo un conjunto de normaspara completar o hacer posible la aplicación en particular de lasdisposiciones generales de la ley.

b. Simple Decreto: son las normas particulares emanadas del Ejecutivopara poner en marcha la administración.

c. Instrucciones: son comunicaciones que el Presidente de la Repúbli-ca dirige, por medio de los ministros de Estado, a los funcionarios dela administración pública, indicándoles la manera como deben pro-ceder para aplicar las leyes, decretos y reglamentos.

d. Según la Autoridad que las Dicte.

• Decretos Supremos: es toda orden o mandato escrito dictados por elPresidente de la República, con el objeto de hacer cumplir las leyes.

• Resoluciones: son simples decretos que emanan de otros funcionarioscon potestad reglamentaria que tienen fuerza obligatoria general, subor-dinados a la ley (municipales, jefes de servicios).

4. Sujetos del Derecho

Siendo la norma jurídica la imposición de una conducta de orden social,y el Derecho un conjunto de normas y principios que regulan la vida delhombre en sociedad, resulta claro que esas normas están dirigidas a entescapaces de actuar en la vida social, adquiriendo y ejerciendo derechos subje-tivos y contrayendo obligaciones correlativas a esos derechos.

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ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

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Las personas son los sujetos del Derecho. Lo que caracteriza a las perso-nas, como sujetos del Derecho, es su capacidad de adquirir derechos y ejer-cerlos:

a. Personas Naturales.

De conformidad con el artículo 55 del Código Civil, es persona na-tural todo individuo de la especie humana, cualquiera que sea suedad, sexo, estirpe o condición.

b. Personas Jurídicas.

El Código Civil las define diciendo que son personas ficticias, capa-ces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser re-presentadas judicial y extrajudicialmente. Estas personas deben ac-tuar siempre por medio de sus representantes legales.

5. Derecho Tributario

El Derecho Tributario es una rama del Derecho Público, ya que su objetoes regular las relaciones jurídicas del Estado con los individuos, que nacencon motivo del establecimiento de los impuestos o contribuciones. Sus nor-mas o disposiciones son imperativas, esto es, obligan en toda su tensión y enforma estricta a las personas que afectan.

El Objeto del Derecho Tributario son los tributos, llamados tambiénImpuestos o contribuciones, que configuran obligaciones de los individuoshacia el Estado.

En general, los tributos son sumas de dinero que se pagan al Estado parasatisfacer las necesidades colectivas.

Al aumentar las necesidades del Estado, a través del tiempo, y al per-feccionarse las normas que reglan la vida en sociedad, las normas tributariasdebieron también evolucionar. El dinero que se deseaba, al ser cantidadesmuy subidas, no podía ser extraído por igual de todos los bolsillos; las clasesmás pudientes y de mayores ingresos debían pagar más, pero también debíacuidarse de no producir perjuicios tales que mermaran la producción debienes. Entraron entonces los conceptos de discriminación y progresión tri-butario y de renta imponible para permitir las deducciones de los ingresosbrutos que aseguraran la mantención del capital.

Podemos definir que el D° Tributario es aquella rama del D° Público queexpone las normas y los principios relativos a la inspección y a la recauda-ción de los tributos y que analiza las consiguientes relaciones jurídicas entrelos entes públicos y los ciudadanos.

6. División del Derecho Tributario

Según su contenido el Derecho Tributario se puede dividir en:

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6.1. Derecho Tributario Sustantivo

Lo comprenden:

a. Leyes Impositivas: Ley sobre Impuesto a la Renta, Ley sobre Impues-to a las Ventas y Servicios, Ley de Impuesto de Timbres y Estampillas,y otras.

b. Derecho Penal Tributario: normas sobre infracciones y sancionesdel Código Tributario y otras leyes impositivas.

6.2. Derecho Tributario Adjetivo

Lo comprenden:

a. Normas Administrativas: establecidas en el Código Tributario y otrasleyes en la parte relativa a la Administración del Impuesto.

b. Derecho Procesal Tributario: normas sobre procedimiento para laaplicación de sanciones y sustanciación de los reclamos tributarios.

Actividades de Aprendizaje

1. En lo referido a las Leyes tributarias, un grupo importante de Impuestosestán establecidos en Decretos leyes (DL)

a. Nombre los más conocidos:

b. Porqué están establecidos cómo D. L.

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2. Investigue, qué es el D.F.L.– 2.

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CuartoCUARTO CAPÍTULO: La obligación tributaria

1. Generalidades

Daremos el marco teórico jurídico general de este tema, procurando norepetir materias que se trataron. Se podrá apreciar a propósito de ella lo quese ha denominado “autonomía dogmática del Derecho Tributario”, esto esuna serie de instituciones propias en la reglamentación de la ObligaciónTributaria.

1.1. Definición

“Es el vínculo jurídico en virtud del cual un sujeto (deudor) debe dar aotro sujeto que actúa ejercitando el poder tributario (acreedor) sumas dedinero determinadas por la ley (Fonrouge). A su vez el prof. M. Fernández P.expresa que la Obligación Tributaria “es aquella de dar una suma de dineroa pagarse al Estado, que éste destina a satisfacer las necesidades generales dela Nación, cuya fuente mediata es la ley y cuya fuente inmediata es la ocu-rrencia del hecho gravado”.

Al lado de la Obligación Tributaria principal existen una serie de obliga-ciones tributarias accesorias tales como la obligación de presentar declara-ciones de impuestos; emitir facturas, emitir informes obligatorios y otros. Es-tas Obligaciones Accesorias a veces no se cumplen por el propio sujeto pasi-vo de la obligación (tolerar inspecciones en la Aduana). Por esto, las leyesfiscales no imponen al deudor del tributo sólo una obligación en el sentidojurídico técnico de la expresión, sino también a todos los ciudadanos unasobligaciones de carácter administrativo que no hacen nacer ninguna obliga-ción de este género.

Estas Obligaciones Accesorias pueden consistir en:

a. Preceptos de hacer (presentación de declaraciones, informar, etc.).

b. Preceptos de no hacer (represión de evasiones, no pasar las líneas deaduanas sino por ciertos puntos predeterminados).

c. Preceptos de tolerar (aceptar fiscalización, controles, etc.).

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Puede haber obligaciones accesorias sin haber una obligación principal.

De las obligaciones tributarias surgen entre el Estado y los Contribuyen-tes derechos y deberes recíprocos, que forman el contenido de una relaciónespecial: la relación jurídico-tributaria que es compleja o incluye el pago delos impuestos y ciertos actos administrativos.

1.2. Caracteres

1.2.1. En Cuanto a su Fuente

La obligación Tributaria reconoce como fuente mediata la ley (recordarla garantía constitucional de la legalidad de la imposición) y como fuenteinmediata el hecho gravado, vale decir, la circunstancia prevista en la ley(que puede ser un simple acto) que dará nacimiento a la obligación tributaria.

El hecho tributario o hecho imponible se ha definido como el hecho oacto jurídico típico descrito expresa o implícitamente por la ley cuya verifi-cación obliga al tributo en ella establecido a quien le fuera atribuido el mis-mo.

• Este hecho imponible puede consistir en:

a. Un acontecimiento puramente material como el paso por laaduana.

b. Un hecho exclusivamente económico como la obtención de unarenta o beneficio.

c. Un hecho concretamente jurídico, como la aceptación de una letrade cambio.

El hecho imponible, por último, puede asimilarse a la descripción otipicidad de los delitos en la ley penal.

El hecho gravado aparece descrito en cada uno de los impuestos. Alrespecto se puede examinar los 7 impuestos a la renta que contempla la leydel ramo. También los conceptos de venta y de servicios para los efectos dela aplicación del IVA:

La fuente de las obligaciones accesorias es siempre la ley. Si bien puedea veces reconocer su fuente más inmediata en una instrucción de la autori-dad impositiva dada en uso de las atribuciones que la ley le otorga (Art. 29del Código Tributario).

1.2.2.Clasificaciones

a. Es una obligación perfecta o civil por cuanto da acción para exigir aldeudor su cumplimiento y excepción que permite al acreedor rete-ner lo dado o pagado en razón de ella.

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b. Hay una obligación principal y también obligaciones accesorias.

c. La obligación principal es siempre de dar, pero las obligaciones ac-cesorias pueden ser de hacer o no hacer.

2. Elementos

2.1. El Sujeto Activo

Este tema, desde luego, tiene menor importancia en un régimen jurídicounitario como el nuestro, que en un país Federal en que existen tributosfederales y de los Estados. El acreedor de la obligación tributaria es el Fisco,expresión de la capacidad patrimonial del Estado. También las Municipali-dades pueden ser acreedoras de la obligación tributaria.

2.2. El Sujeto Pasivo

2.2.1. Generalidades

Es el deudor de la obligación tributaria que se conoce también como elcontribuyente. En el caso de los impuestos indirectos el contribuyente es elobligado a su pago y no el que la soporta económicamente.

2.2.2. Situaciones Especiales

a. El Sustituto que “es obligado a retener impuestos que adeudan terce-ros y que por tener esta obligación deben enterar los impuestos que ha rete-nido en arcas fiscales”. Los casos más típicos están indicados en el artículo74 de la ley de Impuesto a la Renta que se refiere principalmente a los quepaguen rentas afectas al impuesto único al trabajo, de retención. Las perso-nas jurídicas en general y los que obtengan rentas de primera categoría.

Es interesante considerar lo relativo a la responsabilidad por el pago delos impuestos sujetos a retención, que de acuerdo al Art. 83, recaerá única-mente sobre la persona obligada a efectuar la retención, siempre que el con-tribuyente a quién se la haya tenido que retener el impuesto acredite quedicha retención se efectuó. Si no se ha efectuado la retención, la responsabi-lidad por el pago recaerá también sobre las personas obligadas a efectuarlo,sin perjuicio de que el Servicio pueda girar el impuesto al beneficiario de larenta afecta (Art. 83).

b. El Tercero Responsable es “aquella persona que la legislación haceresponsable del pago de un impuesto cuando se ha dejado de cumplir unaobligación tributaria por un deudor directo o un sustituto”. Su responsabili-dad nace de una omisión. Existen numerosos casos de terceros responsablesen la ley de la Renta. Entre otros se puede citar el Art. 76 que señala que enlos casos de impuestos sujetos a retención los habilitados o pagadores derentas sujetas a retención, los de instituciones bancarias, de ahorro o retiro,

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los socios administradores de sociedades de personas y los gerentes y ad-ministradores de sociedades anónimas, serán considerados codeudores soli-darios de sus respectivas instituciones.

Se debe señalar que tanto el caso del sustituto como del tercero res-ponsable son instituciones típicas del Derecho Tributario destinadas a asegu-rar el pago de la obligación tributaria.

2.2.3. Representación del Sujeto Pasivo de la Obligación Tributaria

Esta materia está regulada en el Art. 90 del Código Tributario. El mandatono tendrá otra formalidad que la de constar por escrito. Al mandato en elcaso de las reclamaciones se refiere el Art. 129 del Código Tributario, seña-lando que “solo podrán actuar los contribuyentes por sí o por medio de susrepresentantes legales o mandatarios”. No se requiere que el mandatario seaabogado.

2.2.4. Determinación de la Obligación Tributaria

a. Generalidades: “es el acto o conjunto de actos emanados de la admi-nistración, de los particulares o de ambos coordinadamente, destinados aestablecer en cada caso particular la configuración del presupuesto de he-cho, la medida de lo imponible y el alcance cuantitativo de la obligación”.Es lo que la doctrina italiana denomina “Accertamento”.

Las leyes tributarias, como lo hemos visto, señalan el hecho imponible,la tasa del tributo, amén de sus sujetos activo y pasivo. Se trata, en ciertomodo, de una obligación teórica, toda vez que depende de ciertos presu-puestos de hecho que deben establecerse. De vínculo hipotético debe con-vertirse en real. Mediante la determinación se establece que el hechoimponible se ha verificado, se valora la base imponible y se aplica la tasarespectiva, quedando así “acertada” la deuda Tributaria. La relación impositivase convierte de potencial a real.

3. Procedimientos de Determinación:

a. Por el propio contribuyente o sujeto pasivo (Impuesto de Timbres alas letras).

b. Por la Justicia, como es el caso del impuesto a las asignaciones porcausa de muertes y donaciones.

c. Por la administración, con la cooperación del sujeto pasivo, que esla regla general.

d. Por la administración como consecuencia de su acción fiscalizadora.En este sentido el Servicio normalmente citará al contribuyente, loque podría traducirse en la liquidación o giro de un impuesto.

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4. Elementos Fundamentales para la Determinación del Impuesto

Elementos de Determinación del ImpuestoHecho Gravado.Base Imponible.

Tasa de Impuesto.

También es interesante considerar los medios de fiscalización del Servi-cio de Impuestos Internos contemplados en los Arts. 72 a 92 del CódigoTributario y que representan Obligaciones Accesorias.

5. Elementos Básicos de la Obligación Tributaria

En la determinación de la obligación tributaria intervienen:

Elementos Básicos de la Obligación TributariaEl Hecho Gravado.La Base Imponible.

La Tasa a Porcentaje.Las Obligaciones Anexas.

Fecha y Lugar de Pago.Forma de Solucionar el Impuesto.

Los Plazos de Prescripción.Los Procedimientos y Tribunales en Casos de Controversia.

6. Evaluación del Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias

Fuente: Manual de Consultas Tributarias, Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos.Ediciones Técnicas Tributarias S.A. N°257. 1999. Santiago. Chile.

Figura Nº1:Obligaciones

tributarias.

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6.1. Elementos del Objeto de la Obligación Tributaria

Fuente: Manual de Consultas Tributarias, Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos.Ediciones Técnicas Tributarias S.A. N°257. 1999. Santiago. Chile.

6.2. La Obligación Tributaria Principal

Fuente: Manual de Consultas Tributarias, Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos.Ediciones Técnicas Tributarias S.A. N°257. 1999. Santiago. Chile.

Figura Nº2:Elementos del

Objeto de laObligaciónTributaria.

Figura Nº3: LaObligación

TributariaPrincipal.

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7. El Sistema Tributario Chileno

Los elementos del sistema tributario chileno son, a saber:

7.1. Impuestos Vigentes

Legislación Impositiva

Ley sobre Impuesto a la Renta.

Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Ley sobre Impuesto a Timbres y Estampillas.

Ley sobre Impuesto Territorial.

Ley sobre Impuesto a las Herencias y Donaciones.

Ley sobre Impuesto a los Alcoholes (Incorp. al IVA).

Ley sobre Impuesto a los Tabacos.

Ley sobre Impuesto a las Rentas Municipales.

Ley sobre Impuesto a la Ordenanza de Aduanas.

Franquicias Impositivas

Fomento Regional.

Zonas Francas.

Actividad Forestal.

Empresas Constructoras.

Estatuto del Inversionista Extranjero (D.L. 600).

7.2. Normas Administrativas Procesales y Penales

7.2.1. Obligaciones Accesorias

a. Normas Administrativas.

Normas Administrativas

Código Tributario.

Código de Comercio.

Instrucciones del Servicio de Impuestos Internos.

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ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

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b. Normas Procesales.Para resolver contingencias entre contribuyentes y Fisco. Se encuentran

en el Código Tributario:

Normas Procesales

Reclamaciones Tributarias.

Reclamaciones por Avalúos de Bienes Raíces.

Aplicación de Sanciones.

c. Normas Penales.Sanciones al infractor.

Normas Penales

Art. 97 y 109 del Código Tributario.

Ley común Civil, penal y criminal.

7.3. Administración Tributaria (Aplicación y Fiscalización)

- Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.).

- Servicio de Aduanas.

7.4 Funciones del Sistema Tributario

Interrelación de los tres elementos analizados anteriormente.

Funciones del Sistema Tributario

Función Fiscal.

Función Económica.

Función Social.

a. Función Fiscal.El Sistema debe recaudar los recursos suficientes para que el Estado

financie el gasto público.b. Función Económica.Protección a la industria nacional. Fomento a las exportaciones. Atrac-

ción de capitales extranjeros.c. Función Social.

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Extraer recursos financieros de los sectores más poderosos y trasladar alos más necesitados:

- Construcción de Viviendas.

- Educación.

- Alimentación.

- Salud - recreación.

Actividades de Aprendizaje

1. Con sus propias palabras, defina qué es el Sistema Tributario y el Rol quele corresponde.

2. De acuerdo a su experiencia dé su opinión: ¿Cómo debería ser un Siste-ma tributario en Chile?

3. Como relaciona la Política Tributaria con cada gobierno.

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IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO

1. Clasifique y dé características del impuesto IVA. Piense el porqué se diceque este impuesto afecta a los más pobres.

2. A usted, como profesional le pueden afectar el Impuesto Único a losTrabajadores y/o el Impuesto Global Complementario.

a. Establezca la relación que existe entre ellos (semejanzas).

b. La Obligación Tributaria Principal y la Obligación Tributaria Acce-soria.

3. A su juicio, cómo debería ser un Sistema Tributario Equitativo en Chile.

V. RESUMEN

El Capítulo Primero tiene por objetivo el crear conciencia en el alumnode manera que su visión sea Fiscalista. Y sepa en qué invierte el Estado losrecursos que recauda de los tributos.

Luego en el Capítulo Segundo se hace un análisis del Sistema TributarioChileno, los elementos y características que posee.

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En el Capítulo Tercero se ubican los tributos dentro de la legalidad en laque se sustentan las Leyes tributarias y los impuestos como asimismo losfundamentos teóricos.

Que son avalados por la Constitución Política del Estado, Decretos deLey y otros.

En el Capítulo Cuarto, se entregan los conceptos y clasificaciones de losImpuestos de distintos ángulos.

VI. AUTOEVALUACIÓN

A. Selección múltiple: debe seleccionar la respuesta correcta y colocarlaen un círculo.

1. El Impuesto está Constituido:

a. Por aquellos tributos que no tienen como contrapartida una accióno prestación de servicio por parte del Estado en beneficio directo deun individuo o un grupo de personas.

b. Por aquellos tributos que habilitan jurídicamente a quienes los pa-gan para hacer algo.

c. Por aquellos tributos que pagan al Estado las personas que resultanmás beneficiadas que el resto de la comunidad.

d. Por aquellos tributos que se pagan al Estado, por la prestación deservicios efectuados en forma directa o individual a quien los paga.

e. Todas las anteriores.

f. N.A.

2. El tratamiento equitativo o igualitario de los contribuyentes para el Sis-tema Tributario está consagrado:

a. En el Principio del beneficio.

b. En el Principio de la Capacidad de Pago.

c. En la Constitución Política.

d. a, b, c.

e. En la obligación tributaria.

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3. El Rol fundamental (es sólo uno) del Sistema Tributario es:

a. Financiar la provisión y producción de bienes y servicios públicos.

b. Generar la redistribución de ingresos.

c. Es proporcionar recursos al gobierno para financiar sus actividades.

d. Corregir la redistribución de ingresos.

e. a, c, d.

f. a, b.

4. Se aplica el principio del beneficio cuando se cobra tributo a:

a. Derechos.

b. Impuestos.

c. Peajes.

d. a, b, c.

e. a, c.

f. N.A.

5. Las Características de los Bienes Públicos:

a. Es que tienen el principio de la no exclusión.

b. Es que tienen el principio de la no rivalidad.

c. Es un bien que reporta utilidad a más de un consumidor.

d. a, b, c.

e. N. A.

6. El Tabaco, de Acuerdo al Enfoque Económico-Tributario, es:

a. Un bien público.

b. Un bien meritorio.

c. Un bien no meritorio.

d. Un bien que el Estado debe prohibir.

e. Un bien que no tiene rivalidad en el consumo.

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B. Desarrolle:

1. Principio de Legalidad.

2. Principio de Equidad.

3. Elementos de la Obligación Tributaria.

4. Tasas.

5. Impuestos.

6. Derechos.

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Respuestas.

A. Selección Múltiple.

1. a.

2. c.

3. b.

4. e.

5. d.

6. c.

B. Desarrollo.

1. Principio de Legalidad.Los impuestos solo pueden ser establecidos por ley. El Principio de la

Legalidad esta consagrado en la constitución en el Art. 62 que entrega alPresidente de la República la iniciativa exclusiva en la promoción de lasleyes que tengan por objeto imponer, suprimir, reducir o condonar tributosde cualquiera clase o naturaleza.

2. Principio de Equidad.“Igualar el Sacrificio”. La igual repartición de los tributos en proporción

a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley y la igual repartición delas demás cargas públicas.

3. Elementos de la Obligación Tributaria.

a. Hecho Gravado.

b. Base Imponible.

c. Tasa.

d. Las obligaciones anexas.

e. Fecha y Lugar de Pago.

f. Los Plazos de Prescripción.

g. Los Procedimientos y Tribunales.

4. Tasa.Ingreso ordinario de derecho público que obtiene el Estado y que repre-

senta la compensación que da el particular al Estado por el uso de un servi-cio determinado (ejemplo: registro civil).

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5. Impuesto.Es el gravamen que se exige para cubrir los gastos generales del Estado,

sin que el deudor reciba otro beneficio.

6. Derechos.Son ciertos tributos en virtud de cuyo pago el contribuyente queda auto-

rizado para hacer algo que de otra manera la ley prohíbe (patentes, permisosde circulación).

VII. BIBLIOGRAFÍA

1. Bibliografía Texto.

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Daudet P. Hugo, González S.Leonel Y Contreras U. Hugo. (1998). Manual de Código Tributario. Editorial

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Dumay P. Alejandro. (1998). Apuntes de Clases. Magíster Planifica-ción y Gestión Tributaria. USACH. San-tiago. Chile.

Gutiérrez S. Héctor. (2002). Introducción al Derecho Tributario. Ma-terial Docente Universidad Diego Porta-les. Santiago. Chile.

Gutiérrez S. Héctor. (2002). Derecho Tributario. Material Docente.Universidad Diego Portales. Santiago.Chile.

2. Bibliografía Recomendada.

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Universidad Diego Portales. Dirección Electrónica Biblioteca. http://biblioteca.udp.cl. Chile.

Yáñez H. José. (1990). Tipos de Sistemas tributarios y PrincipiosTributarios. Documentos de Investiga-ción N°80. Departamento de EconomíaUniversidad de Chile. Santiago. Chile.

Zavala O. José Luis. (1998). Manual de Derecho Tributario. EditorialJurídica Conosur Ltda. Santiago. Chile.

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UnidadUnidad II

“Relación entre la empresa y la normativacontable tributaria”

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I. INTRODUCCIÓN

Esta unidad contiene materias que guardan relación con las diligenciasque las empresas debe hacer para funcionar como tales y cumplir con losrequisitos de tipo legal, jurídico, tributarios y municipales. Desde la consti-tución como persona jurídica, obtención del RUT, iniciación de actividades,etc.

También se entrega un conocimiento del Código Tributario, indispensa-ble para el lector, ya que es un Cuerpo Legal (D.L. 830) que regula la norma-tiva tributaria que guarda relación con la administración del impuesto, elámbito de aplicación del Código Tributario, la vigencia de la Ley, la notifica-ción y comparecencia, citación, etc.

La normativa tributaria impone obligaciones al contribuyente, y si setransgrede, la misma ley establece claramente la infracción y sanción.

Otro tema importante es cómo se declaran y pagan los impuestos a queesté afecto el negocio, respaldando la base imponible o renta sobre la que seva a tributar ya sea con contabilidad completa, simplificada o presunción derenta. Se debe conocer la calidad de declaración jurada y el secreto de ladeclaración.

Con este conocimiento básico, el contribuyente estará en condicionesde formalizar un negocio, conociendo todas las obligaciones tributarias aque está afecto.

1.1. Objetivos de Aprendizaje

• Aplicar las distintas formas de organizaciones jurídicas de las socieda-des por razones de eficiencia, eficacia, como también desde el punto devista legal, y para minimizar la carga tributaria.

• Concatenar las normativas Contables, Jurídicas y Tributarias de maneraarmónica.

Leacuidadosamente

los objetivos,porque ellos

indican lo que seespera que ustedaprenda en esta

unidad.

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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1.2. Sumario

Constitución, Formación o Existencia Jurídica de la Empresa. NormasAdministrativas. Obligaciones de Presentar Declaraciones. DisposicionesGenerales de la Normativa Tributaria. Fiscalización Tributaria de las Declara-ciones.

II. ACTIVIDADES DE ENTRADA

1. ¿Qué obligaciones tributarias, municipales y/o jurídicas tiene un nuevonegocio cuyo giro es el producir y vender el elixir del amor? Haga elmismo análisis con otro giro ¿Librería?

2. ¿Qué Documentos y/o Registros deben ser timbrados por el SII en laventa del elixir del amor?

3. ¿En una empresa individual, por qué no corresponde obtener el RUT?Fundamente.

Le sugerimosdesarrollar lasactividades de

entrada, ya queellas le ayudarán a

activarconocimientos

previos que seránrequeridos en esta

unidad.

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PrimerPRIMER CAPÍTULO: Constitución. Formación o existencia jurídica de la empresa

1. Tipos de Empresas

Fuente: Profesora María Patricia Quezada F.

1.1. Constitución, Inscripción y Publicación de Sociedades

Las solemnidades que reviste el contrato de sociedad varían según suespecie. En todo caso, el contrato debe constar por escrito y en la mayorparte de los casos debe extenderse por escritura pública e inscribirse en el

Durante su lecturarecuerde subrayarlas ideas fuerza yal finalizar cadacapítulo elabore

un mapaconceptual a partir

de las palabrasclaves

identificadas eideas centrales.

III. DESARROLLO DE CONTENIDOS

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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Registro de Comercio, sin contar con el cumplimiento de formalidades depublicidad a través de extracto insertado en el Diario Oficial, o autorizaciónde existencia por parte del Estado, como ocurre con las sociedades Anóni-mas.

1.1.1. Rol Único Tributario (RUT)

Artículo Nº66 del C.T. dice: “Todas las personas naturales y jurídicas ylas entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, pero susceptibles deser sujetos de impuestos, que en razón de su actividad o condición causen opuedan causar, impuestos, deben estar inscritas en el Rol Único Tributario deacuerdo con las normas del Reglamento (D.F.L. Nº3 de 1969).

El RUT es un número que entrega el S.I.I. en el que nos enrola comocontribuyentes.

Si es persona natural se identifica con su carné nacional, sin embargo, alas personas jurídicas se les asigna un número especial y será identificadocon una tarjeta de color.

Se obtiene el RUT tanto las personas naturales o personas jurídicas lle-nando el Formulario Nº4415 (que sirve también para hacer la iniciación deactividades).

1.1.2. Iniciación de Actividades.

Art. 68 C.T. Dice: “Las personas que inicien negocios o labores suscepti-bles de producir rentas gravadas en primera y segunda categoría, deberánpresentar al Servicio de Impuestos Internos, dentro de los dos meses siguien-tes a aquél en que inicia sus actividades, una declaración jurada sobre dichainiciación”.

Se entenderá que se inician actividades cuando se efectúe cualquier actou operación que constituya elemento necesario para la determinación de los

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impuestos periódicos que afectarán a la actividad que se desarrollará, o quegeneren impuestos.

Generalmente este trámite se hace en forma inmediata, ya que el servi-cio de Impuestos tiene que verificar el domicilio, además que la empresadebe emitir documentos que tienen que estar timbrados por el S.I.I.

El S.I.I. no timbra documentos, libros, registros sin que se exhiba el com-probante de iniciación de actividades.

• Timbraje de Documentos.Pueden timbrar documentos todos los contribuyentes que han declarado

su inicio de actividades.Pueden timbrar facturas (u otros documentos que dan derecho a Crédito

Fiscal), sólo quienes hayan declarado actividades afectas a Impuestos de Pri-mera Categoría y que previamente se les efectuó una verificación de activi-dades.

Datos que deben Llevar Impresos los Documentos que Emiten losContribuyentes

Nombre completo o razón social del contribuyente emisor.

Número de RUT.

Dirección del establecimiento, y de sus sucursales si las tuviere.

Comuna o nombre del lugar, según corresponda.

Giro del negocio

Número de teléfono y casilla, cuando ello corresponda.

Numeración correlativa.

En el caso de contribuyentes que desarrollan actividades en más de unestablecimiento o sucursal, deberán emitir sus documentos con numeraciónúnica nacional.

Los contribuyentes de 2ª Categoría, y los de lª Categoría que no requie-ran documentación que dé derecho a Crédito Fiscal del IVA, y así lo indican,pueden timbrar sin que se les haya realizado verificación de actividades,boletas de honorarios en el primer caso y boletas y/o libros en el segundocaso.

El trámite de timbraje de documentos se debe hacer en la unidad detimbraje del SII, bajo cuya jurisdicción se encuentre su domicilio.

Formulario Nº4415 “Declaración de Iniciación de Actividades y RolÚnico Tributario”.

Aviso obligatorio que hace el contribuyente dentro de los dos mesessiguientes a aquél en que se hayan iniciado las actividades.

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¿Qué documentos se deben Timbrar?

El momento de timbrar documentos es una vez que sea recibida confor-me su declaración de Inicio de Actividades, y podrá solicitar el timbraje dedocumentos que no dan derecho a crédito fiscal (boletas, boletas de honora-rios, libros de contabilidad, etc.). Si requiere timbrar documentos que danderecho a crédito fiscal (facturas), deberá esperar que el SII verifique la acti-vidad declarada.

- Boletas Liquidaciones (Empresasperiodísticas).

- Liquidaciones.

- Liquidación Facturas.

- Facturas de Venta Exenta a ZonaFranca.

- Notas de Débito y Crédito.

- Notas de Débito y Crédito deExportación.

- Letras de Cambio, Pagarés ycualquier documento que conten-ga operaciones de Crédito.

- Libro Auxiliar de Registro y Con-trol de Letras de Cambio.

- Libro Control de Timbraje.

- Libro de Impuestos Retenidos.

- Libro Control Rollos de MáquinasRegistradoras.

- Libro Especial FUT.

- Libro de Remuneraciones.

- Facturas de Turistas.

- Facturas.

- Facturas de Compra.

- Guías de Despacho.

- Entradas de Espectáculos yReuniones Pagadas.

- Boletas.

- Boletas de Honorarios y Presta-ción de servicios a terceros.

- Hojas de Costo y Control deExistencias.

- Certificados de Donaciones.

- Libro de Contabilidad.

- Libro de Contabilidad enHojas Sueltas.

- Rollos de MáquinasRegistradoras.

- Libro de Donaciones.

- Otros Libros Empastados.

- Facturas de Exportación.

Cuando es persona jurídica¿Quién debe hacer el trámite de Inicio de Actividades?

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En este caso, se debe presentar además un poder simple (firmado anteNotario u oficial del Registro Civil refrendado ante Ministro de Fe del SII)para efectuar los trámites, su Cédula Nacional de Identidad y la Cédula deIdentidad del contribuyente (o fotocopia ante Notario). Tratándose de perso-nas jurídicas y otros entes sin personalidad jurídica, el trámite puede serhecho por el o los representantes o mandatario. Cuando es persona naturallo hará él.

Resumen

• Iniciación de Actividades Comerciales.

- Trámites Legales ante el Servicio de Impuestos Internos.

- Declaración de Iniciación de Actividades:Deben presentar ante S.I.I. una declaración jurada sobre dicha inicia-ción, que se hace en formulario único que proporciona el S.I.I. con losdatos requeridos para el enrolamiento del Contribuyente.Debe tener un domicilio legal que debe acreditarse con:

- Recibo de Contribuciones de bienes Raíces o escritura que acre-dite ser propietario.

- Recibo de arriendo.

- Contrato de Arriendo.

- Las personas Jurídicas deben acompañar una copia autorizada dela escritura de constitución y en caso de sociedad de hecho, indi-vidualizar a cada uno de los socios, proporción de los derechosde patrimonio que le corresponden y designación del Represen-tante Legal, expresada por escrito y firmada ante notario.

- Rol Único Tributario: el RUT que constituye el número que seenrola al contribuyente y que registra las declaraciones de pagosde impuestos, y al S.I.I.

Timbrajes de Registros y Documentos: determinado el sistema conta-ble que se aplica, además los documentos que se requieren, tales comoFacturas, Boletas, etc.

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Obligaciones de los Comerciantes

a. Municipales:

- Pagar la Patente del negocio.

- Pagar los Derechos publicitarios (letreros, Carteles, etc.).

- Presentar Declaración de Capital, en formulario entregado por lamunicipalidad.

b. Sanitarias:

- Obtener autorización sanitaria de funcionamiento del negocio.

- (Reglamento Sanitario D.O. 5/6/82).

c. Contables:

- Llevar libros contables principales.

- Llevar libros auxiliares.

- Conservación de los libros Contables.

- Practicar un Balance General.

2. Sociedades

2.1. Introducción

El adoptar una determinada forma de organizar una empresa, además dela jurídica, se ve influenciado por las características propias que cada organi-zación tiene en relación a su carga impositiva tributaria y como se puedeapreciar las alternativas de tributación en la actual ley de la renta.

La ley tributaria tiene variadas estructuras jurídicas como empresas indi-viduales, sociedades, asociaciones, sin embargo para determinar los nivelesde tributación y las ventajas de cada una de estas estructuras deberán consi-derar factores tales como:

a. Financiamiento del Capital y su Cuantía.Se refiere a los capitales que sean aportados al constituir una empresa,

deben ser justificados, deben estar acreditados y disponibles.

b. Relación de la Tributación de las Empresas y Dueños. La relación dueño - empresa, está muy ligadá a la forma de organiza-

ción jurídica de la empresa.Si se constituye como empresa individual o sociedad de personas su

relación con el dueño o socios será que la empresa deberá declarar y pagarel Impuesto de Primera Categoría y el dueño o socios tributarán con el im-puesto Global Complementario o Adicional por los retiros de dinero o espe-cies y por los gastos rechazados y pagados (retiros encubiertos).

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Si se constituye como Sociedad Anónima, su relación con los dueñosllamados Accionistas será por medio de los dividendos recibido quienes de-berán declararlos en el Global Complementario o Impuesto Adicional y laSociedad Anónima declarará y pagará el Impuesto de Primera Categoría ypor los Gastos Rechazados y Pagados el Impuesto con carácter de Único, art.21 inciso 3º, tasa 35%.

c. Niveles de Tributación de los Propietarios.El Impuesto a la Renta es un sistema integrado. El impuesto de primera

Categoría que pagan las empresas, servirá como crédito para el ImpuestoGlobal Complementario que pagan los dueños, socios o accionistas.

De acuerdo a la realidad nacional podemos generalizar que las empre-sas tienen su nacimiento como empresa individual y a medida que aumen-tan la actividad y la rentabilidad, se van transformando en sociedades depersonas y luego adoptan la estructura jurídica de Sociedades AnónimasCerradas. El objetivo es el mejor aprovechamiento de franquicias e incenti-vos tributarios, como también normas favorables.

2.2. Concepto de Sociedades

Sociedad es un contrato en que dos o más personas estipulan poner algoen común, con la mira de repartirse entre sí los beneficios que de ello pro-vengan.

La sociedad forma una persona jurídica, distinta de los socios indivi-dualmente considerados.

2.2.1. Tipos de Sociedades

Desde que se inventó el pago de tributos, tanto los Estados como loscontribuyentes han estado descontentos con el sistema vigente. Unos por-que estiman que recaudan poco y los otros porque consideran que paganmucho. Las reformas se suceden cada cierto tiempo, adecuándose a los nue-vos cambios económicos, hecho que obliga a los contribuyentes a ir varian-do las combinaciones de sociedades anónimas y colectivas a fin de minimi-zar el pago de impuestos.

Sin embargo no es tan fácil determinar cuál es la combinación de socie-dades más adecuada, sobre todo cuando las inversiones ya alcanzan montosconsiderables. Porque amén de considerar el menor pago de impuestos esnecesario tener en cuenta cuáles son las formas sociales más útiles relativas alas reglas de administración que los diferentes tipos de sociedades imponen.Sin duda unas son más prácticas que otras.

2.2.2. Según el Elemento más Importante

De personas, cuando la persona de los socios es lo más importante, comoen las colectivas; de capital, cuando lo más importante es el capital aporta-do, como en las S.A.; y Mixtas, es de personas (socio gestor) y de capitales

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(en comanditarios). Desde un punto de vista de la administración es de per-sonas, y en cuanto a la garantía pecuniaria frente a terceros es de capital.

2.2.3. Según su Organización

a. Colectiva.Es un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en co-

mún con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provengan, yen que todos los socios administran por sí o por un mandatario elegido decomún acuerdo, y la responsabilidad de los socios es ilimitada (a prorrata desus aportes), si la sociedad es civil (estas no requieren de formalidades en suconstitución), o bien ilimitada y solidaria, si es comercial (deben cumplirciertas formalidades en su constitución, inscribe el extracto de la escritura enel registro de comercio, dentro del plazo de 60 días corridos desde la fechade escritura, pero no se publica en el D.O.). Ver artículos 2.053 y 2.061 delCódigo Civil.

b. En Comandita.Uno o más socios, llamados socios comanditarios o accionistas (según si

es simple o por acciones) que prometen llevar a la caja social un determina-do aporte y se obligan sólo hasta la concurrencia de sus aportes, y una o máspersonas que se obligan a administrar exclusivamente la sociedad por sí osus delegados y en su nombre particular, llamados socios gestores, que tie-nen responsabilidad solidaria e ilimitada.

i. La sociedad en comandita simple, se forma por la reunión de unfondo suministrado en su totalidad por uno o más socios comandita-rios, o por éstos y los socios gestores a la vez.

ii. Las sociedades en comandita por acciones, se constituyen por lareunión de un capital dividido en acciones o cupones de accionessuministrados por los socios cuyo nombre no figura en la escriturasocial.

c. De Responsabilidad Limitada.Es una sociedad de personas solemne, en virtud de la cual los socios

limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes, cuyoobjetivo puede ser civil o comercial y la administración puede ser librementepactada entre los socios.

Las sociedades de carácter limitado, llamadas así porque se respondehasta sumas estipuladas de antemano, tienen la ventaja que su régimen inter-no o estatutario es bastante libre ya que están basadas mas bien en la con-fianza de los socios que en el sistema de mayoría de votos a la hora dedecidir.

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d. Sociedad Anónima.Es una persona jurídica formada por la reunión de un fondo común,

suministrado por accionistas. Las sociedades anónimas pueden ser abiertas ocerradas.

i. Las Sociedades Anónimas Abiertas pueden ser de Tres Tipos:

• Anónimas que hacen oferta pública de acciones de conformidadcon la Ley de Mercado de Valores (Ley Nº18.045).

• Anónimas que tienen 500 o más accionistas.

• Anónimas en las que por lo menos el 10% de su capital suscritopertenece a un mínimo de 100 accionistas.

ii. Las Sociedades Anónimas Cerradas, son las anónimas no comprendi-das en las letras a, b y c anteriores. Sin embargo la ley les permite aestas sociedades que voluntariamente puedan incorporarse al régi-men de las anónimas abiertas.

2.2.4. Otros Tipos de Sociedades

a. Sociedades de Hecho.Esta figura corresponde a aquellas sociedades que no han cumplido con

los requisitos legales establecidos para que tengan el carácter de sociedadespropiamente tal, especialmente en materia comercial, como es la constitu-ción por escritura pública, publicación del extracto de la misma en el diariooficial e inscripción en el registro de comercio respectivo.

b. Empresa Individual.La ley tributaria no define la empresa individual. Con fines tributarios se

podría definir como una organización de medios materiales (capital) einmateriales (trabajo), ordenados bajo la dirección y responsabilidad de unapersona natural (dueño), para la realización de actividades económicas afec-tas a impuesto.

La empresa individual funciona con la personalidad de su dueño, perso-na natural, motivo por el cual responde con todos sus bienes de las obliga-ciones tributarias contraídas, no obstante haber efectuado sólo una parte desu patrimonio a la actividad empresarial.

c. Sociedades de Profesionales.Son sociedades de personas cuyos socios son profesionales afines, que

prestan exclusivamente servicios o asesorías profesionales; pero no puedenexplotar establecimientos tales como clínicas, maternidades, laboratorios uotros análogos, ni desarrollar algunas de las actividades clasificadas en elartículo 20º de la L.I.R.

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d. Asociación o Cuentas en Participación.La participación es un contrato por el cual dos o más comerciantes to-

man interés en una o muchas operaciones mercantiles, instantáneas o suce-sivas, que debe ejecutar uno de ellos en su solo nombre y bajo su créditopersonal, a cargo de rendir cuenta y dividir con sus asociados las gananciaso pérdidas en la proporción convenida (Art. 507, Código de Comercio).

e. Establecimientos Permanentes de Empresas Extranjeras.Son las personas extranjeras que no tengan residencia ni domicilio en

Chile y las sociedades o personas jurídicas constituidas fuera del país, inclu-so las que se constituyan conforme a las leyes chilenas y fijen su domicilio enChile, que tengan en Chile cualquier clase de establecimientos permanen-tes, tales como sucursales, oficinas, agentes o representantes.

Fuente. Profesora María Patricia Quezada.

Actividades de Aprendizaje

1. En qué se diferencia legalmente y jurídicamente, la constitución de unaempresa Individual (Bazar), y una Sociedad Anónima.

Cuadro Nº1:Cuadro

comparativo delas principales

sociedades.

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2. ¿Cómo notifica el S.I.I. el pago de Contribuciones de Bienes Raíces?

3. ¿Por qué se notifica al Contribuyente? Dé cuatro razones.

4. Nombre a lo menos cinco impuestos que deban declarar en Abril, y dosimpuestos que no se declaran, sólo se pagan.

5. Analice. ¿Cuál es la Responsabilidad que tiene ante el Servicio de Im-puestos Internos, el Representante Legal de la empresa?

6. Recuerde dos delitos tributarios que han sacudido a la Opinión Pública,y los Impuestos que fueron defraudados.

7. ¿Qué diferencia existe a su juicio, entre Estado y Fisco?

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SegunSEGUNDO CAPÍTULO: Normas administrativas

1. De Algunas Normas Contables (Arts. 16 al 20 C.T.)

1.1. Obligación de Llevar Contabilidad

• Según Código de Comercio: Todo comerciante (Art. 25 C. de C.).

• Según Código Tributario: Toda persona que deba acreditar su renta efec-tiva (Art. 17).

El C.T. dispone en inciso 1, del Art. 17 que toda persona que deba acre-ditar la renta efectiva debe hacerlo mediante contabilidad fidedigna, sal-vo norma en contrario.

1.2. ¿Qué es Contabilidad Fidedigna?

Es aquella que se ajusta a las normas legales y reglamentarias vigentes yregistra fiel, cronológica y por su verdadero monto las operaciones, ingreso ydesembolsos, inversiones y existencias de bienes relativos a las actividadesdel contribuyente que dan origen a las rentas efectivas que la ley obliga aacreditar, excepto aquellas partidas que la ley autorice omitir su anotación.

Por consiguiente, la calidad de fidedigna de una contabilidad no estárelacionada únicamente con la Contabilidad Completa, sino también con laContabilidad Simplificada, siempre que ellas cumplan los requisitos que laley señala para cada caso. De ahí, por ejemplo, que la contabilidad comple-ta no sería fidedigna si en ella se ha omitido registrar ventas o compras demercaderías.

Un factor importante para la calificación de fidedigna de una contabili-dad es que las operaciones en ella estén respaldadas por la correspondientedocumentación, en los casos que la ley obliga a emitirla o en que por lanaturaleza de las operaciones sea corriente o normal su emisión, sea por elprestador o por el comprador o prestatario.

Por su parte, la Ley de Renta se encarga de señalar los contribuyentesque están obligados a declarar sus rentas efectivas y los que pueden declarary tributar sobre la base de presunciones de renta.

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El Art. 71 de la Ley de Renta dispone que si el contribuyente alegare quesus ingresos o inversiones provienen de rentas exentas de impuesto o afectasa impuestos sustitutivos, o de rentas efectivas superiores a las presumidas dederecho, deberá acreditarlo mediante contabilidad fidedigna.

Fluye de lo anterior la importancia que reviste la contabilidad fidedigna,ya que ella será el medio que permita al contribuyente determinar (y probar,al mismo tiempo) la renta sobre la cual debe tributar, el monto de la rentaque goza de determinada exención, o el verdadero monto de rentas quequeda amparado con el pago de impuestos sustitutivos o impuesto sobre unarenta presumida de derecho.

2. Normas Básicas en Relación a la Obligatoriedad de LlevarContabilidad

Con respecto a la obligación de llevar contabilidad, completa o simplifi-cada, como así también la exención de ella, el Art. 68 de la ley de Rentacontiene cuatro normas básicas al respecto:

a. Contribuyentes que no están obligados a llevar contabilidad alguna paraacreditar sus rentas, excepto un registro o libro de ingresos diarios cuan-do estén sometidos al sistema de pagos provisionales a base de ingresosbrutos.

b. Contribuyentes que podrán llevar contabilidad simplificada consistenteen una planilla con detalle cronológico de las entradas y un detalle acep-table de los gastos (Contribuyentes de Primera Categoría que, a juicioexclusivo de la Dirección Regional, tengan un escaso movimiento, capi-tales pequeños, poca instrucción o se encuentren en cualquiera otra cir-cunstancia excepcional).

c. Contribuyentes autorizados para- llevar un solo libro de entradas y gas-tos (contribuyentes del Nº2 del Art. 42, con excepción de las sociedadesde profesionales), y

d. Los demás contribuyentes no comprendidos en las letras anteriores, obli-gados a llevar contabilidad completa o un solo libro si la Dirección Re-gional así lo autoriza.

3. Forma de Llevar la Contabilidad

a. Conforme lo dispone el Código de Comercio, en los Arts. 26 al 44, inclu-sive.

b. Debe ser llevada en idioma castellano (Arts. 17 inc. 2º C.T. y 26 C. deC.).

c. Debe ser llevada en libros (Art. 25 C. de C.) timbrados (D.L. 619).

d. Por excepción puede llevarse en hojas sueltas (Art. 17 inc. 3º).

e. Las operaciones deben contabilizarse en moneda nacional (Art. 17 Nº2).

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3.1. Artículos del Código de Comercio Relacionados con laContabilidad

Artículo 32. “Los errores y omisiones que se cometieron al formar unasiento se salvarán en otro nuevo en la fecha en que senotare la falta”.

Artículo 33. “El comerciante que oculte algunos de sus libros, siéndoleordenada la exhibición, será juzgado por los asientos delos libros de su colitigante que estuvieron arreglados, sinadmitírsela prueba en contrario”.

Artículo 34. “Los libros que adolezcan de los vicios enunciados en elArt. 31 no tendrán valor en juicio a favor del comerciantea quien pertenezcan, y las diferencias que le ocurran conotro comerciante por hechos mercantiles, serán decididaspor los libros de éste, si estuvieron arreglados a las disposi-ciones de este código y no se rindiere prueba en contra-rio”.

El Servicio no podrá prescindir de las declaraciones y an-tecedentes presentados o producidos por el contribuyentey liquidar otro impuesto que el que de ellos resulte, a me-nos que esas declaraciones, documentos, libros o antece-dentes no sean fidedignos.

4. Formas de Contabilidad

4.1. Contabilidad Completa

Entendemos por contabilidad completa aquella que reúne los siguientesrequisitos:

a. Comprende los libros de caja, diario, mayor e inventarios y balances, osus equivalentes, y los libros auxiliares que exija la ley o el Servicio,como ser el libro de compra y venta, libro de remuneraciones, libro F.U.T.etc.

b. Los libros principales y auxiliares que comprendan la contabilidad com-pleta pueden ser sustituidos por hojas sueltas.

c. Debe ser llevado por un Contador.

d. Se iniciará con un inventario de bienes y obligaciones del contribuyente,cuyo detalle debe registrarse en el Libro de Inventarios y balances.

e. Debe ser llevada en moneda nacional y lengua castellana.

f. Debe llevarse en un sistema contable generalmente reconocido que re-fleje adecuadamente los ingresos, gastos, inversiones, etc.

g. No podrá cambiarse el sistema de contabilidad sin la autorización de laDirección regional.

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h. Las anotaciones deben realizarse por orden cronológico y día por día.

i. Las personas jurídicas deben reflejar claramente las participaciones so-ciales.

j. En los casos que el contribuyente explote más de un negocio, puedeutilizar un sistema diferente para cada actividad.

k. Al final de cada ejercicio comercial deberá confeccionar un inventariode los bienes y deudas existentes.

l. Tratándose de actividades agrícolas, su contabilidad deberá ajustarse alas normas establecidas en el reglamento de contabilidad agrícola.

4.1.1. Libros o Auxiliares Exigidos

Todos los contribuyentes en la medida que realicen actividades asocia-das deberán contar con los siguientes libros auxiliares contables:

a. Libros Básicos:De acuerdo al Artículo 25 del Código de Comercio todo comerciante

está obligado a llevar para su contabilidad:- El Libro Diario.- El Libro Mayor o Cuentas Corrientes.- El Libro de Inventarios y Balances.Por otra parte el Artículo 26 del Código de comercio incluye los libros de

caja y de facturas.

b. Libros Auxiliares.Existen disposiciones que requieren libros auxiliares como complemen-

to de los ya enunciados, y estos son:

Libro o Auxiliar Texto Legal que lo Exige

- Libro de compra-venta. - Art. 74 Reglamento D.L.825.- Libro F.U.T. - Resolución 891 de 1985.- Libro de remuneraciones. - Art. 62 Código del trabajo.- Libro de retenciones - Art. 77 D.L. 824.

(Honorarios).- Registro de existencia. - Circular Nº130 de 1975.- Libro de control de documentos - Resolución 2.107 de 1983.

timbrados.- Libro control hojas sueltas. - Resolución 2.301 de 1986.- Libro control letras de cambio. - Art. 17 D.L. 3.475.

- Circular Nº72 de 1980.- Libro combustible diesel. - Ley 18.502.

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4.2. Contabilidad Simplificada

Entenderemos por contabilidad simplificada aquella que esté compues-ta de un libro de ingresos y gastos, timbrado por el servicio, o una planilla deentrada y gastos. Sin perjuicio de los libros que exigen otras leyes

4.2.1. ¿Quiénes pueden Llevar Contabilidad Simplificada?

El artículo 23 del D.L. 830, menciona un grupo muy pequeño de contri-buyentes que sean autorizados para no llevar libros de contabilidad comple-ta, y estas son las personas naturales que se refieren los números 3, 4 y 5 delartículo 20 del D.L. 824, cuyos capitales destinados a sus negocios no exce-dan de 2 U.T.A. y cuyas rentas anuales no superen 1 U.T.A.

Por otra parte el artículo 68 inciso segundo del D.L. 824, menciona loscontribuyente facultados para llevar contabilidad simplificada, los cuales son:

- Contribuyentes de la Primera Categoría de escaso movimiento, ca-pitales pequeños en relación al giro y poca instrucción o se encuen-tren en cualquier otra circunstancia excepcional.

- Ejemplo: Contribuyentes del artículo 22 D.L. 824, pequeños mine-ros artesanales, pequeños comerciantes que desarrollen actividadesen la vía pública, suplementeros que ejercen su actividad en la víapública y propietarios de un taller artesanal u obrero.

- Los contribuyentes que obtengan rentas clasificadas en la segundacategoría del Título II, de acuerdo al N°2 del artículo 42 (honora-rios), con excepción de las sociedades de profesionales.

4.2.2. Libros de Contabilidad.

Para este caso el único libro es:

5. Multas y Prohibiciones Contables

El artículo 97 N°7, D.L. 830, señala:“El hecho de no llevar contabilidad o los libros auxiliares exigidos por la

Dirección Regional de acuerdo con las disposiciones legales, o de mantener-los atrasados, o de llevarlos en forma distinta a la ordenada o autorizada porla ley, y siempre que no se dé cumplimiento a las obligaciones respectivasdentro del plazo que señale el Servicio, que no podrá ser inferior a diez días,con multa de una unidad tributaria mensual a una unidad anual”.

También el Artículo 31, del Código de Comercio prohíbe:

1º Alterar en los asientos el orden y fecha de las operaciones descritas;

Libro o AuxiliarLibro de entradas y gastos

Texto Legal que lo ExigeArt. 68 inciso 2ª D.L. 824

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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2º Dejar blancos en el cuerpo de los asientos o a continuación de ellos;

3º Hacer interlineaciones, raspaduras o enmiendas en los mismos asien-tos;

4º Borrar los asientos o parte de ellos;

5º Arrancar hojas, alterar la encuadernación y foliatura y mutilar algu-na parte de los libros”.

6. Conservación de los Libros de Contabilidad

Según lo dispone el inciso 2º del artículo 17 del Código Tributario, loslibros de contabilidad y su documentación deben conservarse mientras estávigente el plazo que el servicio de Impuestos Internos tiene para revisar lasdeclaraciones (3 años o 6 años).

A su vez el artículo 200 del mismo cuerpo legal, establece que el Servi-cio puede revisar las declaraciones dentro del plazo de tres (3) años, comonorma general, y hasta seis (6) si se trata de impuestos sujetos a declaración,ésta no se hubiese presentado o si la presentación resulta maliciosamentefalsa.

Actividades de Aprendizaje

1. ¿Cuál es el plazo de conservación de los Libros y Documentos de Conta-bilidad de una empresa que tributa en Primera Categoría?

2. Cuando se habla de que la información debe ser fidedigna, ¿se habla deContabilidad Completa solamente?

3. ¿Qué es lo que dice la Normativa Tributaria (C.T.) en lo que se refiere a laContabilidad?

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TercerTERCER CAPÍTULO: Obligaciones de Presentar declaraciones

1. Declaraciones

Al iniciar actividades, nace la obligación de declarar los impuestos tantomensual como anualmente, que le corresponde a la empresa independientea la presentación del formulario Nº4415.

Los impuestos que son de responsabilidad de las empresas, pueden ser:

• I.V.A., P.P.M., Retenciones de Impuestos a Trabajadores y Profesionales,Impuesto de Primera Categoría, Impuesto Global Complementario delos socios, etc. Tanto el Formulario 29 como 22 se puede presentar víaInternet (según Resolución Nº785 y Resolución Nº1.112 de 1999).En la actualidad existe una gran cantidad de declaraciones que tienen la

característica informativa.

1.1. Formalidades de la Declaración

- Por escrito.

- Bajo juramento.

- En la forma y cumpliendo las exigencias e instrucciones que el Servicioseñale, incluyendo toda la información, documentos y antecedentes quela ley, reglamentos o instrucciones determinen como necesaria (Art. 29,30 y 33 C.T.)

- El servicio proporciona los formularios, pero la falta de ellos no exime laobligación.

1.2. Plazos y Prórrogas

El señalado en la ley o reglamentos.

a. El Director Regional podrá ampliarlo hasta por cuatro meses, si a sujuicio exclusivo existen razones fundadas para ello.

b. El plazo podrá ser mayor si el contribuyente se encuentra en el extranje-ro y se trata de declaraciones de impuesto a la Renta (Art. 31).

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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c. El Presidente de la República podrá fijar y modificar las fechas de decla-ración y pago de impuestos y disponer procedimientos administrativospara su percepción.

d. Plazo de declaración y pago vence en día sábado, se prorrogará hasta elprimer día hábil siguiente.

1.2.1. Efectos de la Ampliación de Plazos o Prórrogas

Se pagarán los impuestos con reajustes e intereses penales, según Art. 53del C.T.

2. Efectos de la Declaración

Están obligados a atestiguar (prestar declaración o testimonios) sobre lospuntos contenidos en una declaración.

- Los contribuyentes.

- Los que la hayan firmado.

- Los técnicos y asesores que hayan intervenido en su confección.

- En sociedades, los socios o administradores que señale la Dirección Re-gional.

- En S.A. o Encomandita, el presidente, vicepresidente.

- Gerente, Directores o socios gestores.

2.1. Secreto de la Declaración

El Director del SII no puede divulgar la cuantía o fuente de las rentas, nide las pérdidas, gastos o cualquier dato relativo a ellas que figuren en decla-raciones y documentos que los acompañen ni permitir que sean conocidospor personas ajenas al Servicio.

2.2. Excepciones al Secreto de la Declaración

- Examen de la Declaración por tribunales.

- Publicación de datos estadísticos que no permitan identificar al contri-buyente.

2.3. Valor Probatorio

Corresponde al contribuyente probar con los documentos, libros de con-tabilidad u otros medios que la ley establezca, la verdad de sus declaracio-nes o la naturaleza de los antecedentes y monto de las operaciones quedeban servir de base para el cálculo de impuesto.

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El Servicio no podrá prescindir de las declaraciones y antecedentes pre-sentados o producidos por el contribuyente y liquidar otro impuesto que elque de ellos resulte.

3. Efectos de la Declaración No Fidedigna y de la Falta deDeclaración

El SII previa citación, podrá fijar los impuestos que adeude con el solomérito de los antecedentes de que disponga. Para ello tasará la base imponiblecon los antecedentes que obren en su poder y practicará las liquidacionesque procedan.

Actividades de Aprendizaje

1. Nombre todos los impuestos que se declaran en el Formulario 22.

2. Nombre todos los impuestos que se declaran en el formulario 29.

3. Nombre a lo menos cuatro impuestos que deban hacer declaración.

4. Nombre dos impuestos que no deban hacer Declaración.

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CuartoCUARTO CAPÍTULO: Disposiciones generales de la normativa tributaria

1. Ámbito de Aplicación del Código Tributario (Art. 1º C.T)

1.1. Materias de Tributación Fiscal Interna

Se excluyen por lo tanto las materias de tributación fiscal externa (dere-chos consulares) la tributación municipal y de otros organismos autónomosque gocen de imperio. Además, no se podrá inferir consecuencias para laaplicación, interpretación o validez de otros actos, contratos o leyes (Art. 1ºy 4º C.T.).

1.2. Que Sean de la Exclusiva Competencia del Servicio de Impues-tos Internos

Son de exclusiva competencia del Servicio de Impuestos Internos: la apli-cación y fiscalización de todos los Impuestos Internos actualmente estableci-dos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés elFisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la Ley a unaautoridad diferente (Art. 1º D.S. Nº2, de 16 de mayo de 1963, sobre EstatutoOrgánico del Servicio de Impuestos Internos).

Nota: Los impuestos a la importación y exportación de toda clase deproductos o bienes son de la competencia del Servicio de Aduanas, confor-me expresa el artículo 1º de la Ordenanza de Aduanas, que dispone: “LasAduanas constituyen el Servicio Público encargado de intervenir en el tráficointernacional, vigilar, fiscalizar el paso de mercaderías por las costas, fronte-ras y aeropuertos de la República, para los efectos de la recaudación de losimpuestos a la importación, exportación y otros, para formar la estadística deeste tráfico y para los demás fines que las leyes le encomienden”.

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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2. Vigencia de las Leyes Tributarias (Art. 3º C.T.)

2.1. Vigencia Establecida en la Propia Ley Tributaria

A falta de una fecha de vigencia expresa de una ley tributaria, contenidaen ella misma, se aplican supletoriamente las reglas siguientes.

2.2. Vigencia en el Caso que la Ley Tributaria no Exprese Fecha

a. Rigen desde el Día 1º del Mes Siguiente a su Publicación (Regla Gene-ral).

- La Ley que modifique una norma impositiva;

- La Ley que establezca nuevos impuestos;

- La Ley que suprima un impuesto existente (Art. 3º inc. 1º).

b. Rigen con Efecto Retroactivo.

Las leyes sobre infracciones y sanciones, respecto de hechos producidosantes de su vigencia, cuando dicha ley exima tales hechos de toda penao les aplique una menos rigurosa (Art. 3º inc. 1º).

c. Rige desde el l° de enero del Año Siguiente a su Publicación.

La ley que modifique la tasa de los impuestos anuales o los elementosque sirvan para determinar la base de ellos (Art. 3º inc. 2º C.T.).

d. Rige desde la Fecha de su Publicación.

La ley que señala el interés moratoria (rige in actum) (Art. 3º inc. 3º C.T)(Art. 55 C.T.).

3. De la Fiscalización y de la Interpretación de la Ley Tributaria

3.1. Atribuciones del Director Nacional y de los Directores Regio-nales de Impuestos Internos

1º Las que les confiere el Estatuto Orgánico del Servicio;

2º Las que les confieren leyes especiales;

3º Las que les confieren el Código Tributario (Art. 60 C.T.)

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3.1.1. Del Director de Impuestos Internos (Art. 6º letra a).

a. Interpretar administrativamente las leyes tributarias, fijar normas, impar-tir instrucciones y dictar órdenes para la aplicación y fiscalización de losimpuestos.

Principal conducto por el que cumple esta misión: Circulares delServicio de Impuestos Internos. Ver Art. 26.

b. Absolver consultas de unidades del Servicio o de Autoridades. Las con-sultas de particulares las absuelven los Directores Regionales.

c. Delegar ciertas funciones que le competen en otros funcionarios queactúan “por orden del Director”.

d. Ordenar publicación o notificación por avisos de cualquier clase de re-soluciones o disposiciones (relacionar con Art. 15).

3.1.2. De los Directores Regionales (Art. 60 letra b).

a. Absolver consultas sobre aplicación e interpretación de las normastributarias.

b. Solicitar la aplicación de apremios (Art. 93 a 96).

c. Aplicar, rebajar o condonar sanciones administrativas (Arts. 105, 106 y107 C.T.).

d. Condonar total o parcialmente los intereses penales (Art. 56 C.T.).

e. Resolver administrativamente todos los asuntos tributarios que se pro-muevan (Art. 124, inc. final).

f. Resolver las reclamaciones. Actúa como Juez de primera instancia.

g. Delegar ciertas materias de su competencia en los Administradores deZona u otros funcionarios, quienes actuarán “por orden del DirectorRegional”.

h. Autorizar imputación al pago de cualquier impuesto o contribución ade-cuada, de las sumas pagadas en exceso o no debidas por un contribu-yente.

i. Disponer la devolución de sumas pagadas indebidamente o en exceso atítulo de impuestos, intereses o costas (Art. 57 C.T.).

j. Ordenar la publicación o la notificación por avisos de cualquier clase deresolución, de orden general o particular (Art. 15 C.T.).

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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4. Comparencia ante el Servicio de Impuestos Internos (Arts, 9, 14,28 y 129 C.T.)

4.1. Concepto

Comparecencia es el acto de presentarse ante el Servicio de ImpuestosInternos ejercitando una acción o defensa en asuntos contenciosos de sucompetencia o requeriendo su intervención en actos o asuntos entregados asu conocimiento.

4.2. Forma de Comparecencia ante el Servicio de Impuestos Internos

• Por Sí (personalmente). Cuando el contribuyente comparece a su propionombre.

• Por Medio de Representante, Mandatario o Apoderado. Cuando los de-rechos del contribuyente los hace valer un tercero en calidad de manda-tario, apoderado o representante.

4.3. Clases de Representación (Art. 1.448 C. Civil).

a. Legal. Es la que establece la ley respecto de ciertas personas:

- El padre, respecto de los hijos menores.

- El guardador, respecto del pupilo (Art. 43 C.C.).

b. Convencional o Voluntaria. Forma voluntaria originada fundamentalmenteen el contrato del mandato (Art. 2.116 C.C.).

“Toda persona natural o jurídica que actúe por cuenta de un contribu-yente, deberá acreditar su representación. El mandato no tendrá otraformalidad que la de constar por escrito” (Art. 9 inc. 1º).

De la extinción o término de la representación, sea ésta legal o volunta-ria, deberá darse aviso por escrito a la oficina del S.I.I. que corresponda.Mientras ello no ocurra se entenderá autorizada para ser notificada anombre del representado (Art. 9 inc. 3º).

4.4. Representación de las Personas Jurídicas

a. De Derecho Público.

• Estado, Fisco, Municipalidades Universidad de Chile. Las representala persona o personas a quienes la ley que las creó les atribuyó esafacultad.

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b. De Derecho Privado.

• Que persiguen fines de lucro: Soc. Comerciales. La representa la perso-na o personas que se señale en el contrato social o a quien se le otorgueun poder especial.

• Sin fines de lucro: Corporaciones, Fundaciones, las representa su presi-dente.

4.5. Representación Legal Especial

Art. 8º: Código de Procedimiento Civil: “El Gerente o Administrador desociedades civiles o comerciales, o el presidente de las corporaciones o fun-daciones con personalidad jurídica, se entenderán autorizados para litigar anombre de ellas, con las facultades que expresa el inciso 10 del Art. anterior,no obstante cualquiera limitación establecida en los estatutos o actos consti-tutivos de la Sociedad o Corporación”.

Art. 14°: Código Tributario: “El Gerente o Administrador de sociedadeso cooperativas o el presidente o gerente de personas jurídicas, se entenderánautorizados para ser notificados a nombre de ellas, no obstante cualquieralimitación establecida en los estatutos o actos constitutivos de dichas perso-nas jurídicas”.

4.5.1.Forma de Acreditar la Presentación

En solicitudes, declaraciones y tramitaciones en general ante el Servicio(Art. 9).

4.5.2. Acreditación Representación Legal

Con las partidas de Registro Civil correspondientes o con el nombra-miento judicial del tutor o curador.

4.5.3. Representación Voluntaria.

Se acredita con mandato escrito.

• Casos que Pueden Presentarse:

a. Mandatario o Representante Legal que acredita personería (manda-to escrito).

b. Mandatario o Representante que no acredite personería, se aceptabajo apercibimiento (Art. 90 inc. 20).

c. Agente Oficioso, se acepta bajo apercibimiento (Art. 9º inc. 2).

d. En el procedimiento por reclamaciones (Art.129).

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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4.5.4. Acreditación Representante Voluntario

Por escritura pública otorgada ante notario o ante Oficial de RegistroCivil a quien la ley le confiere esta facultad. Puede ser la escritura social ouna escritura de mandato general o especial.

- Por declaración escrita del mandante autorizada por el Secretario delTribunal que está conociendo la causa (se hace normalmente en otros).

- Si el apoderado no tiene cómo acreditar representación, no cabría apli-car lo dispuesto en el Art. 90 inc. 20 por ser el Art. 129 una normaespecial.

5. Facultades del Mandatario en Asuntos Contenciosos Tributarios

5.1. Facultades Ordinarias

Son aquellas que se entienden conferidas al mandatario sin necesidadde mención expresa y lo autorizan para tomar parte, del mismo modo quepodrían hacerlo el poder mandante, en todos los trámites e incidentes deljuicio hasta la ejecución completa de la sentencia, a menos que la ley paraciertos actos exija intervención personal de la parte misma.

El mandatario puede también delegar el poder obligando al mandante, amenos que se le haya negado esta facultad (Art. 7º C.P.C.).

5.2. Facultades Especiales

Son aquellas que necesitan de mención expresa para entenderse com-prendidas en el Mandato.

a) Desistirse en primera instancia de la acción deducida.

b) Aceptar la demanda contraria.

c) Absolver Posiciones: prestar confesión en juicio como medio probato-rio.

d) Renunciar a los recursos o los términos legales.

e) Transigir. En principio no se acepta que el Fisco, a través del Servicio deImpuestos Internos u otro, pueda celebrar contratos de transacción.

f) Percibir. Facultad de recibir el pago de obligaciones cuyo objeto seadinero.

6. De las Actuaciones del Servicio (Art. 10 C.T.)

6.1. Requisitos de las Actuaciones del Servicio (Art. 10 C.T)

a. Deben practicarse en días hábiles. Son días hábiles los no feriados (Art.59 C.P.C.).

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Excepción: Art. 10 inc. 1° parte final.

b. Deben practicarse en horas hábiles. Son horas hábiles las que medianentre las 8 y las 20 hrs. (Art. 59 C.P.C.).

Excepción: Art. 10 inc. 1° parte final. “A menos que por la naturalezade los actos fiscalizados deban realizarse en días u horas inhábiles”.Ejemplo: boite, restaurant.

6.2. Cómputos de los Plazos (Art. 10 C.T.)

a) Se aplican disposiciones generales del Código Civil (Arts. 48 y 50).

b) Los plazos de días establecidos por el C.T. serán de días hábiles (Arts. 10y 131 C.T.).

c) Los plazos de meses y años corren completos sin suspensión de ningunaespecie.

d) El feriado judicial no se considerará como días inhábiles o feriados (Art.131).

e) Para el cómputo de los plazos no se cuenta el día de la notificación.

f) Se empieza a contar desde el día siguiente hasta la medianoche del últi-mo día (24 hrs.).

g) Los plazos que venzan en día sábado o feriado relacionados con lasactuaciones del Servicio, se entenderán prorrogados hasta el día hábilsiguiente.

7. Notificación de las Resoluciones del Servicio de ImpuestosInternos (Arts. 11 al 15 C.T.).

7.1. Concepto de Notificación

Notificación es la diligencia que tiene por objeto poner en conocimien-to de una persona, una determinada actuación del Servicio. Ejemplo: revi-sión del IVA (form. 29) de un periodo determinado.

7.2. Importancia

Si la diligencia requiere de este trámite, la actuación del Servicio no produ-cirá ningún efecto, sino en virtud de haberse cumplido con él. Si hay plazo parael contribuyente, éste comenzará a correr desde la notificación respectiva.

7.3. Funcionario Competente.

Debe tener carácter de Ministro de Fe, para que los funcionarios delServicio adquieran este carácter deberán haber sido nominativa y expresa-mente autorizados por el Director (Art. 86).

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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7.4. Formas Generales (Arts. 11 y 12 C.T.)

7.4.1.Personal.

Procede: Siempre a menos de existir disposición legal en contrario.Ej. : Art. 138, Notificación de la sentencia de primera instancia, cuando se hasolicitado que se notifique personalmente.Funcionario Competente: Funcionario de Impuestos Internos que tenga elcarácter de Ministro de Fe, según Art. 86.Forma de Efectuarse: Entregando personalmente al notificado copia íntegrade la resolución o actuación de que se trata.Lugar Hábil: Oficina de Impuestos Internos o domicilio del interesado. Pre-sunción de domicilio. Art. 13.Trámite Posterior: Constancia escrita en el expediente indicando día, hora ylugar en que se verificó (Art. 12 inc. 3º C.T.).Consecuencias si no Contesta Notificación: Notificación con proceso con-tencioso son las más importantes. No se admite reclamación o reclamo porhaberse presentado extemporáneo. En consecuencia, el Servicio de Impues-tos Internos puede emitir los giros correspondiente una vez que ha vencidoel plazo para presentar la liquidación.

7.4.2. Por Carta Certificada

Procede: Cuando la ley lo establece.Ej. : Nº1 Art. 161 Acta denuncio: Se notifica personalmente o por cédula. Art.157: Sentencia en reclamos de avalúos.Forma de Efectuarse: Se envía carta que reúna requisitos de certificado se-gún Servicio de Correos.Lugar Hábil: Domicilio del notificado. Presunción de domicilio. (Art. 13 C.T.).Trámite Posterior: Constancia escrita en el expediente.Cómputos Plazos: Empiezan a correr los plazos tres días después de su envío(Art. 11 inc. 3).

7.4.3. Por Cédula (Arts. 11 y 12)

Procede: Cuando la ley expresamente lo establece: Art. 138 inc. 1º; Art. 161Nº1; Art. 165 Nº2.Funcionario Competente: Funcionario del Servicio de Impuestos Internosque tenga carácter de Ministro de Fe, según Art. 86.

- Forma de Efectuarse: Si se encuentra persona adulta en el domicilio delnotificado, se le entrega a ella copia íntegra de la resolución o actuaciónde que se trata, con los datos necesarios para su acertada inteligencia.

- Si no se encuentra persona adulta, se deja en el domicilio la cédula.

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Lugar Hábil: Domicilio del notificado. Presunción del domicilio. Art. 13 C.T.

- Trámite Posterior: Si se encuentra persona adulta, se deja constanciaescrita en el expediente indicando lugar, día y hora en que se practicó yde la persona a quien se le entregó la cédula (Art. 12 inc. 3º).

- Si no se encuentra persona adulta, se deja constancia escrita en el expe-diente y además, se envía aviso al notificado el mismo día por cartacertificada (Art. 12 inc. 3º parte final).

8. Formas Especiales

8.1. Por avisos (Arts. 15 y 43)

8.2. La Notificación por Aviso Postal Simple

Es una forma especial que sólo tiene aplicación tratándose de resolucio-nes que modifiquen los avalúos individuales de bienes raíces. Se practicanmediante el envío de un aviso postal simple dirigido a la propiedad afectada,que puede carecer de timbres y firmas y ser confeccionado por medios me-cánicos.

Actividades de Aprendizaje

1. ¿Qué importancia tiene la notificación en un Delito Tributario?

2 ¿Qué diferencia existe entre una notificación General de una notifica-ción Especial?

3. ¿Cómo le notificarían a Usted, trabajador dependiente e Independientela no declaración ni pago del Impuesto Global Complementario?

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QuintoQUINTO CAPÍTULO: Fiscalización Tributaria de las declaraciones

1. Revisión de Declaraciones

El Servicio de Impuestos Internos está facultado para examinar las decla-raciones de impuestos presentadas por los contribuyentes dentro de los pla-zos de prescripción. (Art. 59º C.T.).

1.1. Medios con los que Cuenta el Servicio

a. Examen de Inventarios. Balances, libros de contabilidad y documentosdel contribuyentes en todo lo que se relaciona con los elementos quedeban servir de base para la determinación del impuesto o con otrospuntos que figuren o debieren figurar en la declaración. Además, puedeexaminarse la documentación y libros de las personas obligadas a rete-ner un impuesto (Art.60º inc. 19).

Este examen puede hacerse en cualquier lugar en que el interesado man-tenga los libros, documentos y antecedentes o en otros que el Servicioseñale de acuerdo con él.

b. Confección y Rectificación de Inventarios. Ésta puede ser presenciadapor los funcionarios del Servicio autorizados los que, además, puedenconfeccionar inventarios o confrontar en cualquier momento losinventarios del contribuyente con las existencias reales, pero sin interfe-rir el normal desenvolvimiento de la actividad correspondiente.

Esta confección o confrontación debe hacerse en el lugar en que el con-tribuyente mantenga los bienes o en el que el Servicio señale de acuerdocon él.

El Director o el Director Regional pueden ordenar que el inventario seconfronte con el auxilio de la fuerza pública en caso de oposición delcontribuyente. Para este efecto, el funcionario encargado de la diligen-cia puede pedir el auxilio de la fuerza pública, la que le debe ser conce-dida por el Jefe de Carabineros más inmediato sin más trámite que laexhibición de la resolución que ordena dicha medida, pudiendoprocederse con allanamiento y descerrajamiento si fuere necesario.

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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c. Puede pedirse al contribuyente la presentación de un estado de situa-ción y puede exigirse que éste incluya el valor de costo y fecha de adqui-sición de los bienes que especifique el Director Regional.

No se incluyen en el estado de situación los bienes muebles de uso per-sonal del contribuyente ni los objetos que forman parte del mobiliariode su casa habitación con excepción de los vehículos terrestres, maríti-mos y aéreos de uso personal, los que deben indicarse si así lo exige elDirector Regional.

d. Citación de testigo y/o petición de declaración jurada a cualquiera per-sona que tenga conocimiento de hechos fiscalizados. Para la aplicación,fiscalización o investigación del cumplimiento de las leyes tributarias, elServicio puede pedir declaración jurada por escrito o citar a toda perso-na domiciliada dentro de la jurisdicción de la oficina que la cite, paraque concurra a declarar bajo juramento, sobre hechos, datos o antece-dentes de cualquiera naturaleza relacionados con terceras personas. Laley exceptúa de esta obligación al cónyuge, ciertos parientes del contri-buyente y a las personas obligadas a guardar el secreto profesional. Ade-más no están obligadas a concurrir ni declarar, las personas indicadas enel Art. 1912 del Código de Procedimiento Penal (Art. 600).

e. La ley contempla una serie de otros medios especiales de fiscalización,la mayor parte de los cuales se encuentran en los Arts. 72º y siguientesdel Código Tributario.

1.2. En Materia de Investigación de Delitos Tributarios

El Servicio de Impuestos Internos tiene mayores facultades, ya que deacuerdo al Art. 161º, Nº10) pueden ordenarse otras dos medidas:

- La aposición de sellos; y

- La incautación de los libros de contabilidad y demás documentosrelacionados con el giro del negocio del presunto infractor.

Estas medidas pueden cumplirse en el lugar en que se encuentren o pue-dan encontrarse los respectivos libros de contabilidad y demás documentos,aunque aquél no corresponda al domicilio del presunto infractor.

Para llevar a efecto estas medidas, puede recurrirse al auxilio de la fuerzaPública.

2. Citación del Artículo 63º Inciso 2º del C. T.

El Jefe de la oficina respectiva del S.I.I. puede citar a un contribuyentepara que, dentro del plazo de un mes, presente una declaración (si la haomitido) o rectifique, aclare o complemente la que ha presentado.

Esta citación es facultativa para el S.I.I. salvo en algunos casos en que esobligatoria, de modo que no puede proceder a liquidar impuestos sin practi-car previamente este trámite.

El plazo de un mes es prorrogable para una sola vez hasta por un mesmás a solicitud del interesado.

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U N I D A D II

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Los casos en que es obligatoria la citación están contemplados en losArts. 21, 22 y 27 del Código Tributario.

La citación habilita al Servicio de Impuestos Internos, cuando es un trámiteprevio para practicar las liquidaciones de impuestos correspondientes.

Además, produce el efecto de aumentar los plazos de prescripción enlos términos indicados en el inciso 3º del Art. 200º del C.T., pero sólo respec-to de los impuestos derivados de las operaciones que se indiquendeterminadamente en la citación.

2.1. Limitaciones a las Facultades Fiscalizadoras

a. Plazos de prescripción.

b. Normas vigentes sobre secreto profesional.

c. Reserva de la cuenta corriente bancaria. Sin embargo, el Director puedeordenar el examen de las cuentas corrientes cuando el Servicio investi-gue delitos tributarios, mediante una resolución fundada.

d. Otras operaciones a que la ley dé carácter confidencial.

e. Normas sobre incentivo al cumplimiento tributario Ley 18.320 (Ley Ta-pón).

3. Sanciones

3.1. Infracciones a las Normas Tributarias

Se ha unificado casi totalmente la legislación sobre esta materia en elCódigo Tributario que contiene en la actualidad, la tipificación y castigo dela casi totalidad de las infracciones que se puedan cometer a las normaslegales tributarias.

3.2. Clasificación: Pecuniarias y Corporales

• Delito Tributario.Constituyen el castigo previsto por la ley para los casos de infracción a

las normas tributarias. En algunos casos son sanciones de carácter pecunia-rio y afectan exclusivamente al patrimonio del infractor y consisten en mul-tas, clausura, etc. En otros en cambio, las sanciones son corporales y afectana la persona del infractor, pudiendo llegar a la privación o restricción de sulibertad personal.

En estos casos se trata de delitos tributarios, esto es, de infraccionescometidas dolosamente por el contribuyente o sus representantes legales omandatarios, y castigadas en la ley con una pena corporal.

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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4. La Prescripción en Materia Impositiva

4.1. Clases de Prescripción

• Prescripción Extintiva.La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir

las acciones y derechos ajenos por haberse poseído las cosas o no haberseejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concu-rriendo los demás requisitos legales.

Puede ser adquisitiva y extintiva.La extintiva es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos por

no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto tiempo.

4.2. Plazos de Prescripción

El Servicio cuenta con determinados plazos de prescripción dentro delos cuales puede liquidar un impuesto, revisar cualquier deficiencia en suliquidación y girar los impuestos a que hubiere lugar.

• Los Plazos son:

Regla General: 3 años.

Plazos Especial: 6 años respecto de impuestos sujetos a declaración en doscasos:

a. Cuando no se ha presentado la declaración; y,

b. Cuando la declaración presentada fuere maliciosamente falsa.

El plazo se cuenta desde la expiración del plazo legal en que debióefectuarse el pago del impuesto. En los impuestos pagados por cuotas elplazo corre independientemente para cada cuota.

El plazo se aumenta en tres meses desde que se cita al contribuyente deacuerdo al Art. 63º, inciso 2º del Código Tributario. Si se le dio prórroga paracontestar la citación se aumenta, además, en los días de la prórroga.

También se aumenta el plazo de prescripción en los casos de pérdida delibros de contabilidad y documentación. Art. 97º Nº16 Código Tributario.

4.3. Interrupción de la Prescripción

La prescripción se interrumpe conforme al Art. 201 cuando hay recono-cimiento u obligación escrita; cuando se notifica una liquidación o un giro; ycuando hay requerimiento judicial. En estos casos, siempre que la interrup-ción se produzca dentro de los plazos de prescripción, se produce el efectode interrumpirla.

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U N I D A D II

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a. Prescripción de la Acción de Cobro.

En los mismos plazos señalados anteriormente, prescribe la acción decobro de Impuestos de modo que la Cobranza Judicial de Impuestosmorosos debe también efectuarse dentro de los plazos de prescripción,para tener éxito. El cómputo de los plazos se efectúa en la misma forma.

También se produce la Interrupción, que opera principalmente en esteevento, por medio de la notificación judicial de la demanda ejecutiva decobro de impuestos morosos.

b. Prescripción de las Acciones Penales y las Penas.

Esta prescripción se rige por el Código Penal, que contempla para losdelitos de la gravedad de los establecidos en el Código Tributario, unplazo de 5 años contado desde la fecha en que se cometió el delito, y de10 años cuando tienen pena de crimen.

Actividades de Aprendizaje

1. ¿Qué prescripciones conoce usted, y que efecto producen en el contri-buyente?

2. ¿Qué diferencia existe entre la prescripción que establece el Código Tri-butario y el Código Penal?

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO

1. Diseñe la asesoría para la creación de la siguiente empresa.

- Usted trabaja de forma independiente y don Juan Gallardo quiereiniciar una empresa de Servicios de Reparación de Automóviles,motivo por el que busca en usted asesoría para la creación de dichainiciativa.

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V. RESUMEN

La Segunda Unidad se refiere a la relación entre la empresa y la norma-tiva contable Tributaria.

El Capítulo Primero contiene en forma resumida algunas materias queguardan relación con la naciente empresa, tales como constitución, forma-ción o existencia jurídica de la empresa.

El Capítulo Segundo habla de la organización jurídica de la empresa,partiendo de una persona natural que puede dar origen a una empresa indi-vidual sin necesidad de constituirse, como en el caso de una persona jurídi-ca, las cuales pueden tener diversas características. Se toma la empresa des-de la Iniciación de Actividades, el Rol Único Tributario, etc.

El Capítulo Tercero se refiere a la normativa contable tributaria y la obli-gación de llevar contabilidad para quienes deban pagar impuestos sobre larenta efectiva. Pudiendo ser llevada con contabilidad completa o contabili-dad simplificada, pero, en ambos casos deben ser fidedignas.

En el Capítulo Cuarto habla de la obligación de presentar declaraciones.Desde la fecha de iniciación de actividades, nace la obligación de declarar,ya sea mensual como anual, los distintos impuestos.

Finalmente el Capítulo Quinto, establece la relación con el organismoFiscalizador llamado Servicio de Impuestos Internos, y los principales me-dios de fiscalizaciones con que cuenta y las limitaciones de sus facultades.

VI. AUTOEVALUACIÓN

A. Encierre en un círculo la letra que sea la alternativa más correcta:

1. Según el Código Tributario los plazos de días:

a. Son corridos con excepción de sábados y domingos.

b. Son hábiles con excepción de sábados y domingos.

c. Son hábiles con excepción de domingos y festivos.

d. Son corridos con excepción de domingos y festivos.

e. No está bien definido en ninguna alternativa anterior.

2. El 1° de octubre de 2001 se aplicará un interés moratorio del 3% por lano cancelación del Impuesto de 1° Categoría. La nueva ley se publicaráen el Diario Oficial el 15 de octubre de 2001. Indique cuando entra envigencia.

a. El 1° de enero de 2002.

b. El 1° de noviembre de 2001.

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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c. El 15 de octubre de 2001.

d. El 1° de octubre de 2002.

e. No está bien definida la situación.

3. Los ingresos tributarios que percibe el Estado a través del Servicio de Im-puestos Internos:

a. Tienen una destinación específica.

b. Son a beneficio fiscal.

c. Son distribuidos de acuerdo a la regionalización del país.

d. Son a beneficio Municipal.

e. Se entregan al Servicio Nacional de Aduana.

B. Desarrollo.

1. Diseñe una asesoría con respecto a los requerimientos para hacer unnegocio.

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Respuestas.

A. Alternativa correcta.

1. c.

2. c.

3. b.

B. Desarrollo.

Nombre de la empresa: Mi café

Ubicación: Av. Larraín 6642 Local 10 La Reina.

Giro: Servicio de Procesamiento de datos y de computación.

Actividad: Cybercafé.

Misión: Desarrollar sistemas de Información de la red y admi-nistración de impresión.

Objetivo: Entretención, acceso a Internet orientado a todo el pú-blico usuario de los sistemas de correo electrónico yjuegos a través de la red.

• Definir el Tipo de Sociedad, los socios participantes y el aporte del Capi-tal.

• Si es sociedad, un abogado hace la escritura social, la inscribe en elConservador, y se publica el extracto en el Diario Oficial.

Tramitación.

a. Contrato de Arriendo.

b. Dirigirse al S.I.I. para solicitar Formulario 4415, Iniciación de Activi-dades y Rol Unico Tributario.

c. Municipalidad: Obtener la Patente Municipal y cancelar el semes-tre.

d. Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana (SESMA).

e. Determinar el sistema de Contabilidad, y los documentos.

f. Documentos y Registros que deben timbrar en el SII. FormularioTimbraje de Documentos.

g. Libro Diario, Mayor, libro de compra venta, libro de retenciones,etc.

h. Facturas, Facturas Compra, Nota de Débito, Nota de Crédito, Guíade Despacho, Boletas, Boletas de Honorarios.

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RELACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y LA NORMATIVA CONTABLE TRIBUTARIA

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VII.BIBLIOGRAFÍA

1. Bibliografía Texto.

Daudet P. Hugo. (2002). Lo Contencioso y Tributario en NuestroRégimen Legal. Apuntes de clases cur-so. USACH. Santiago. Chile.

Daudet P. Hugo, González S.Leonel y Contreras U. Hugo. (1998). Manual de Código Tributario. Edi-

torial Cepet. Santiago. Chile.

Dumay P. Alejandro. (1998). Apuntes de Clases. Magíster Planifica-ción y Gestión Tributaria. USACH, San-tiago. Chile.

Fajardo C. José. Impuesto a la Renta, Teoría y Práctica.Producciones Gráficas Los Trapiales Ltda.Santiago. Chile.

Gutiérrez S. Héctor. (2002). Introducción al Derecho Tributario. Ma-terial Docente Universidad Diego Por-tales.

Gutiérrez S. Héctor. (2002). Derecho Tributario. Material DocenteUniversidad Diego Portales.

República de Chile. (1994). Código de Comercio de Chile. EdiciónOficial Editorial Jurídica. Santiago. Chi-le.

Sandoval López Ricardo. (1999). Derecho Comercial. Editorial Jurídica deChile. Santiago. Chile.

Sandoval L. Ricardo. (1999). Derecho Comercial. Editorial Jurídica deChile. Santiago Chile.

Villalobos V. Katia. (2002). Material Docente de su propiedad (sineditar). Santiago. Chile.

2. Bibliografía Recomendada.

Daudet P. Hugo, González S.Leonel y Contreras U. Hugo. (1998). Manual de Código Tributario. Editorial

Cepet. Santiago. Chile.Eyzaguirre C. FontaineB. Braun J. y Beyer H. (1990). “Reforma Tributaria 1990”. Centro de

Estudios Públicos. Edición Santiago.Chile.

República de Chile. (2002). Decreto Nº830. Santiago. Chile.

Universidad Diego Portales. Dirección Electrónica Biblioteca.http:// biblioteca.udp.cl.

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U N I D A D III

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UnidadUnidad III

“Análisis y determinación de losimpuestos a la renta”

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I. INTRODUCCIÓN

EL Impuesto a la Renta se establece en nuestro país el año 1925, desdeentonces ha sido sujeto a cambios en la estructura de la Ley, modificacionesinnumerables a las tasas, al hecho gravado, al devengamiento de la renta, etc.

Cada periodo presidencial tiene su propia política tributaria significan-do que hasta en la actualidad hay modificaciones tributarias debiendo estaralerta a los cambios.

El objetivo de esta unidad es conocer y analizar los principales impues-tos a la renta que se aplican, conocer y manejar las normativas y disposicio-nes de la Ley sobre los impuestos a la renta en cuanto a la estructura, con-ceptos y definiciones.

También debemos adquirir un conocimiento integral y fundamentadode esta ley impositiva, siendo un gran desafío.

La Ley de Renta contenida en el D L 824 de 1974 ha sido modificadacon la reforma contenida en la Ley Nº 18.293 del año 1984.

Hoy mantenemos la estructura de la Ley de la Renta del año 1984 y seesquematiza de la siguiente forma:

Todo ingreso, ganancia, utilidad, incremento patrimonial es renta, conexcepción de lo que dice en forma expresa el Artículo 17 que es Ingreso NoRenta. Por lo que se infiere que lo no está expresado en el artículo 17 esrenta y tributará.

Si es renta de Capital tributará en Primera Categoría (Artículo 20) o esta-rá exento de este impuesto (Artículo 39).

Si es renta del Trabajo (Artículo 42 N°1 y 2) tributará:

a. Si es Trabajador Dependiente (Art. 42 N°1) tributará con Impuesto Úni-co Trabajadores.

b. Si es Trabajador Independiente (Art. 42 N°2) tributará con el ImpuestoGlobal Complementario.En ambos casos hay tramos de renta que se eximen.Las personas naturales que hayan tributado en Primera Categoría, que

estén exentas de Primera Categoría o tributen como trabajadores Indepen-dientes, si tienen domicilio y/o residencia en Chile tributarán con el Impues-to personal llamado Impuesto Global Complementario por sus rentas de fuente

Leacuidadosamente

los objetivos,porque ellos

indican lo que seespera que ustedaprenda en esta

unidad.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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chilena y extranjera. Si no tienen domicilio ni residencia en Chile tributaráncon el Impuesto Adicional.

Se tratará de dar una visión general de las leyes impositivas, estudiandocada uno de los impuestos de la Ley de la Renta, sin la profundidad quehubiéramos querido, de manera que se pueda llegar a un conocimiento ade-cuado para ser capaz de análisis el conjunto de los impuestos directos ennuestro Sistema tributario Impositivo.

1.1. Objetivos de Aprendizaje

• Analizar los principales impuestos directos que afectan a las personasnaturales o Jurídicas, empresarios e inversionistas por las rentas que ob-tengan en Chile.

• Comprender el principio de integración de los impuestos inserto en laLey de Renta, aplicando las normas de resguardo y las franquiciastributarias a las que pueden acceder las personas.

• Evaluar críticamente los impuestos directos y sus efectos en las personas,en especial el impuesto a la renta D.L. 824.

1.2. Sumario

Introducción a la ley de Renta. Artículo 17 Ingreso No Renta. Impuestode Segunda Categoría. Impuesto de Primera Categoría. Pequeños Contribu-yentes. Fondo de Utilidades Tributarias. Impuesto Global Complementario.Impuesto Adicional.

II. ACTIVIDADES DE ENTRADA

1. Elabore una definición de Renta de acuerdo a lo que entiende.

2. Qué impuestos que usted conoce están contemplados en la Ley de Renta.

Leacuidadosamente

los objetivos,porque ellos

indican lo que seespera que ustedaprenda en esta

unidad.

Le sugerimosdesarrollar lasactividades de

entrada, ya queellas les ayudarán

a activarconocimientos

previos que seránrequeridos en esta

unidad.

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3. Según lo que usted entienda, ¿qué importancia tiene el domicilio y/oresidencia en Chile del contribuyente?

4. De acuerdo a lo aprendido en la 1° y 2° Unidad, ¿cuál es el organismoencargado de normatizar y fiscalizar los impuestos en Chile?

5. Analice el porqué la tasa de los impuestos a la renta está expresada en %y no en monto.

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PrimerPRIMER CAPÍTULO: Introducción a la ley de la renta

1. Renta

Fuente: Profesora María Patricia Quezada.

Figura Nº1: Renta.

III. DESARROLLO DE CONTENIDOS

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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1.1. Estructura de la Ley sobre el Impuesto a la Renta

1. Impuesto Cedular Primera Categoría - Renta de Bienes Raíces (Art. Nº 1)

- Renta de Capitales Mobiliarios (Art. 20 Nº 2)

- Rentas de Industria, Comercio, Minería, etc.

- (Art. 20 Nº 3, 4, 5).

Segunda Categoría - Rentas de Trabajadores Dependientes

- (Art. 42 Nº 1)

- Rentas de Trabajadores Independientes

- (Art. 42 Nº 2).

2. Impuestos Especiales

Aplicables a Empresas Art. 21 - 35% sobre Retiros Presuntos a S.A., C.P.A.Respecto a socios accionistas y AgenciasExtranjeras.

D.L. 2398 - Tasa adicional 40% a empresas propiedad delEstado.

3. Impuesto Global Complementario - Afecta a personas naturales con Domicilio oResidencia en Chile.

- Se aplica a la suma o conjunto de rentas de lapersona.

4. Impuesto Adicional - Afecta a personas que no tengan Domicilio ni Residencia en Chile.

a. Agencias extranjeras (Art. 58 Nº 1).

b. Accionistas de S.A. chilenas que no tengan domicilio ni residencia en Chile (Art. 58 Nº 2).

c. Remesas al exterior por asesorías técnicas, arriendo de patente, intereses, etc. (Art. 59).

d. Extranjeros que no tengan domicilio ni residencia en Chile en general (Art. 60) y tengan rentas de fuente chilena.

e. Chilenos que no tengan domicilio ni residencia en Chile (Art. 61).

5. Impuestos Sustitutivos a. Pequeños Mineros Artesanales (Art. 22 Nº 1).

b. Pequeños Comerciantes que desarrollen actividades en la vía pública (Art. 22. Nº 2).

c. Suplementeros (Art. 22 Nº 3).

d. Propietarios de un Taller Artesanal u Obrero (Art. 22 Nº 4).

6. Impuesto Único a. Rentas del Art. 17 Nº 8, Impuesto Único 15%.

b. Premios de Lotería, Impuesto Único 15%.

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1.1.1. Disposiciones Generales (D.L. 824/74 Ley Impuesto a La Renta L.I.R.)

Artículo 2° N°1 Decreto Ley 824/74. Renta son:

- Todos los Ingresos que constituyan utilidades o beneficios que rindauna cosa o actividad.

- Todos los beneficios y utilidades que se Perciban o se Devenguencualquiera que sea su origen, naturaleza o denominación, y

- Todo incremento de Patrimonio o capital, cualquiera que sea su na-turaleza, origen o denominación.

La ley sobre impuesto a la renta grava las rentas, concebidas como incre-mento real patrimonial. La renta es un flujo de riqueza y ese incremento pro-ducido en un periodo determinado, es lo que se va a gravar con impuesto.

La idea básica consiste en gravar el incremento real patrimonial, esteconcepto reconoce los siguientes elementos:

- La existencia de transacciones económicas o contratos.

- La renta como incremento real del patrimonio.

- Un período determinado.Sin embargo esta regla general que la ley contempla, es vulnerada con

variadas excepciones, como por ejemplo:

- Las presunciones de renta, en que se presume una renta determina-da independiente de la renta efectiva obtenida.

- En las rentas exentas de impuestos.

- En los ingresos no constitutivos de renta.

- En los aumentos y devoluciones de capital.Cuando se habla de renta, además de asimilar a un período de tiempo,

se debe asociar al concepto de rentas percibidas o devengadas.La ley establece una serie de mecanismos que tienden a obtener que los

impuestos a la renta se paguen sobre una base actualizada, a manera deejemplo se puede citar la corrección monetaria, en su artículo 41.

La renta supone relaciones con terceros, no se puede incrementar elpatrimonio si no suben los activos o no bajan los pasivos, para ello, se debentener relaciones jurídicas con alguien. La excepción a esta regla, son laspresunciones de renta y el resultado por aplicación de la corrección moneta-ria.

En definitiva, renta es el incremento patrimonial experimentado por elcontribuyente durante un periodo determinado, independientemente que seaperiódico o no, o que haya fuente generadora o no. Si hay incremento patri-monial, hay renta.

El concepto de Renta también tiene el límite que le impone el Artículo17, enumerando cada uno de los casos que no constituían renta. Por lotanto, el Artículo 17 del N°1 al 30, establece en forma precisa lo que no esrenta.

Durante su lecturarecuerde subrayarlas ideas fuerza yal finalizar cadacapítulo elabore

un mapaconceptual a partir

de las palabrasclaves

identificadas eideas centrales.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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a. Excepciones a la Regla General, de Gravar las Rentas:Las presunciones de renta, el legislador se desatiende de la renta real,

ejemplo rentas de bienes raíces, artículo 20 Nº1.

b. Presunción.Es la suposición de un hecho que se deduce de ciertos antecedentes o

circunstancias. Cuando ellos son determinados por la ley estamos frente aPresunción Legal, y cuando estas son deducidas por un Juez, estamos frentea una Presunción Judicial.

i. Presunción Legal: son aquellas que pueden ser desvirtuadas, puedenser anuladas o dejadas sin efecto, con pruebas en contrario.

Ejemplo: un Contribuyente que posea un Bien Raíz No Agrícola y loentregue en arriendo, en algunos casos estará afecto al Impuesto Global Com-plementario con una presunción de renta del 7% del avalúo fiscal actualiza-do. Sin embargo, esta renta presunta puede ser desvirtuada con un contratode arriendo.

ii. Presunción de Derecho: son aquellas que no admiten pruebas encontrario, por ninguna de las partes, ni pueden ser desvirtuadas por un Juez.

Ejemplo: un contribuyente (No S.A.) que posee un Bien Raíz Agrícola, sitributa bajo el régimen de presunción se le presume, de derecho una rentadel 10% del Avalúo Fiscal Actualizado que será la base que servirá parapagar el impuesto de Primera Categoría.

Las normas de resguardo o de control y su aplicación que contemplanlos artículos 14 y 21 de la ley, introducen el concepto de retiros, préstamos,gastos rechazados, que difieren del concepto original de renta.

Otra aproximación a la estructura de la ley sobre impuesto a la renta, esa través de los tipos de actividades que se desarrollan para la obtención delas rentas, así tenemos:

c. Impuestos de Categorías.El impuesto de primera categoría, en general grava a todas las rentas que

provengan de actividades en que predomina el capital por sobre el trabajo yel impuesto de segunda categoría grava las rentas en que predomina el es-fuerzo personal ya sea físico o intelectual sobre el capital.

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U N I D A D III

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d. Impuestos Globales.La tributación a los dueños o propietarios del capital, se encuentra gra-

vada con el impuesto global complementario o global adicional, dependien-do del domicilio o residencia y de la fuente generadora de las rentas, asítenemos:

e. Impuestos Únicos.Además en la actual ley sobre impuesto a la renta nos encontramos con

los siguientes impuestos únicos:

- Impuesto único del artículo 17 Nº8 enajenación no habitual de accionesy otros.

- Premios de Lotería, artículo 20 Nº6.

- Impuesto único del artículo 21 que afecta a las sociedades anónimas,por los gastos que la ley no los acepta como tales y que se denominangastos rechazados.

f. Impuestos Sustitutivos.A fin de determinar la base imponible, para un determinado número de

personas con pequeño capital, el legislador creó los impuestos sustitutivos yque se aplican a los siguientes contribuyentes:

- Pequeños mineros artesanales, artículo 22 Nº1.

Primera CategoríaRentas de Capital

Segunda CategoríaRentas del Trabajo

Rentas de bienes raíces, art. 20 Nº1.Rentas de capitales mobiliarios Art. 20 Nº2.

Rentas de industria, comercio, minería Art. 20 Nº3.

Otras rentas, Art. 20 Nº4 y 5.

Rentas de trabajadores dependientes Art. 42 Nº1.Rentas de trabajadores independientes Art. 42 Nº2.

Impuesto GlobalComplementario

Impuesto GlobalAdicional

- Personas naturales domiciliadas o residentes en Chile,abarca la totalidad de los ingresos.

- Se aplica a la suma o conjunto de rentas de las personas.

- Afecta personas que no tengan domicilio o residenciaen Chile, rentas de fuente chilena.

- Cubre utilidades sociales, pagos al exterior y otras rentas.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

124

- Pequeños comerciantes que desarrollen actividades en la vía pública,artículo 22 Nº2.

- Suplementeros, artículo 22 Nº3.

- Propietarios de taller artesanal u obrero, Art. 22 Nº4.

1.1.2. Esquema de la Actividad Empresarial y Dueños

Fuente: Profesora M. Patricia Quezada F.

1.1.3. Sistemas para Determinar la Renta

La regla general según la ley es que la renta se determine de acuerdo a larenta efectiva, según contabilidad completa. En algunos casos se puede de-terminar la renta mediante contabilidad simplificada.

Sin embargo el Resultado financiero es diferente a lo que es un Resulta-do tributario, el que está determinado de acuerdo a los artículos 29, 30, 31,32 y 33 de la ley de la renta.

En consecuencia las normas de ley y los principios contables usados porel contribuyente no necesariamente van a coincidir y menos en el mismoperíodo comercial, ya que sus normas están orientadas a entregar informa-ción distinta.

Por ejemplo las rentas exentas de impuesto forman parte de la utilidadfinanciera y no de la tributaria; ciertos gastos no son aceptados tributariamente,entre estos podemos mencionar los castigos de deudores, deudores incobra-bles, multas por pago de impuestos, gastos de automóviles. También y enatención a lo señalado existen diferencias en la corrección monetaria, porlos valores que se presentan en los activos y pasivos.

Figura Nº2:Esquema de la

actividadempresarial y

dueños.

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En consecuencia estamos hablando de las diferencias de tipo permanente ytemporal entre ambos resultados y que para conciliarlos, se tienen que ajustar yse conocen con el nombre de agregados y deducciones al Balance General.

En conclusión, la contabilidad es la base sobre la cual se parte paradeterminar el resultado tributario, no obstante la determinación que estable-ce la ley en sus propias normas.

1.1.4. Otros Mecanismos Especiales para la Determinación de la Renta

Presunciones de renta, es el caso de empresas agrícolas y mineras y trans-portes, ellas tributan de acuerdo a una presunción, independiente de la rentaefectiva real que determinen, artículo 20 Nº1.

Ingresos brutos, hay casos en que se aplica sobre los ingresos brutos sindeducción alguna, ejemplo en el impuesto adicional del artículo 59.

Ingresos menos ciertas rebajas, es el caso del Impuesto único a los traba-jadores dependientes, artículo 42 Nº1.

Presunción de gastos, situación de los profesionales y personas que de-sarrollan ocupaciones lucrativas, cuando opten por declarar con rebaja pre-sunta sus gastos, artículo 42 Nº2.

Impuesto mínimo del 2,6 por mil, por aplicación del impuesto queafecta a los bancos que no estén constituidos como sociedades chilenas,artículo 36.

Impuesto del artículo 21, este artículo señala que en el caso de gastoshechos por la empresa y no aceptados tributariamente como tales, en el casode las sociedades de personas, será un agregado a la base imponible queafecta a los socios con el impuesto global complementario o adicional y enel caso de las sociedades anónimas, estos gastos se gravan con un impuestoúnico de 35% a nivel de la propia empresa.

Se aplica a pequeños contribuyentes y que consiste en la cancelación demontos o valores fijos, independientemente del capital que posean o utilidadque obtengan, artículo 22.

2. Devengamiento de la Renta

Para ello, es importante considerar los siguientes conceptos:

2.1. Renta Devengada

La norma general en la ley sobre impuesto a la renta es que se tributesobre la renta devengada. Es decir sobre la renta que se tiene un título oderecho, independientemente de su actual exigibilidad, no importando elmomento en que la renta se perciba.

¿En qué momento se devenga el impuesto?

¿Cuándo nace la obligación tributaria?

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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2.2. Renta Percibida

Se reconoce que una renta esta percibida, cuando ha ingresado mate-rialmente al patrimonio de una persona, sin que importe si ella se ha deven-gado o no con anterioridad.

Si se devenga, esta no puede ser con posterioridad a su percepción. Poresto, una renta devengada se entenderá percibida desde que la obligación secumpla por algún modo de extinguirla.

La percepción puede materializarse por:

a. El pago

b. Extinción de la obligación por alguna forma distinta al pago, y quepuede ser:

La Compensación: es cuando dos personas son acreedoras recíproca-mente, caso en el cual ambas obligaciones se extinguen, o se dan por paga-das por una cantidad equivalente.

La Novación: se aplica cuando se produce la sustitución de una nuevaobligación por otra anterior, la cual queda extinguida.

La Confusión: sucede cuando concurren en una misma persona la cali-dad de deudor y acreedor, en cuya situación, se extingue la deuda y se pro-ducen efectos iguales al pago.

La Prescripción: es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguirlas acciones y derechos ajenos, por haberse adquerida las cosas o no haber-se ejercido dichas acciones durante cierto tiempo, concurriendo los demásrequisitos legales.

Sin embargo, hay impuestos que tributan sobre base percibida y nodevengada. Como ejemplo tenemos las rentas del trabajo (Art. 42 N°1 Im-puesto Único a los Trabajadores).

� Ejemplo

La renta del señor J.R. es cancelada el día 5 del mes siguiente. La rentaestá devengada el día 30 del mes de trabajo (el derecho adquirido fue el mestrabajado) y fue percibida el día 5 del mes siguiente.

En el caso de las presunciones, el concepto de presunción de derecho olegal reemplaza al concepto de renta percibida o devengada. Se PresumenPercibidas las rentas.

La tributación de los Impuestos personales llamado Impuesto Global Com-plementario (personas naturales con domicilio y/o residencia en Chile) sehará sobre base percibida, en el caso de los accionistas de las sociedadesanónimas, cuando se perciban o se pongan en cuenta corriente, o a disposi-ción de ellos los dividendos; en el caso de los dueños de empresasunipersonales o de los socios de sociedades de personas al momento cuandola utilidad es retirada de la empresa.

Los retiros del dueño o socios de sociedades personales tributa cuandoes retirada, y está respaldada por el Fondo de Utilidades Tributables (hasta elTope de FUT).

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En las empresas individuales y sociedad de personas cuando el dueño osocio hace retiros de la empresa, y los reinvierte dentro de los 20 días corri-dos desde el momento del retiro el legislador no grava la reinversión de utili-dades (suspende la tributación de ese retiro a fin de incrementar la inversióny el ahorro).

2.3. Integración de los Impuestos

Hasta el año 1983 la empresa tributaba con el Impuesto de Primera Ca-tegoría, de acuerdo al resultado que arrojaban los Estados Financieros, y losdueños, socios de la empresa, tributaban con el Impuesto Global Comple-mentario o Adicional por el mismo resultado o utilidad, independiente de sipercibía o no la utilidad; es decir la renta se entendía percibida.

Con la Reforma Tributaria del año 1984 cuyo énfasis era aumentar lainversión y el ahorro, los mayores cambios son en relación a las empresas ylos propietarios del capital.

Aquí comienza lo que sería un sistema de integración de los impuestos,consistiendo en que el impuesto pagado a nivel de empresas, ya no solo esrebaja para el nivel de propietarios o dueños, sino que es un crédito contra elImpuesto Global Complementario, lo cual se traduce en una rebaja de losimpuestos, en relación a cómo había sido aplicado el impuesto a la rentahasta el año 1983.

2.4. Normas de Resguardo

En nuestro Sistema Tributario existen normas de resguardo, que estándestinadas a evitar que se puedan distraer fondos de las empresas,disfrazadamente para evitar el pago de impuesto a la renta; como un ejem-plo están las normas del artículo 21 de la ley, típica norma de resguardo quegrava a las S.A. por los gastos rechazados y pagados, además se pueden citarlas normas sobre los préstamos a los socios de sociedades de personas; sobregastos que se consideran retiros, el impuesto único en el caso de las socieda-des anónimas, el carácter de empresas relacionadas, las presunciones dehabitualidad y otras. Normas sobre los contribuyentes.

La empresa paga el Impuesto de Primera Categoría por ser renta delcapital. Este Impuesto servirá como crédito para el impuesto personalde los dueños de la empresa.El dueño o los socios, tributarán con el impuesto personal Global Com-plementario o Adicional solo si hacen retiros.

¿Cuál es el origen de la Renta?

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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2.5. Fuente de las Rentas

La fuente de la renta está vinculada a aquellas rentas que procedan deuna cierta actividad o de un bien en particular, la cual podrá ser:

- Rentas de Fuente chilena.

- Rentas de Fuente extranjera.

a. Rentas de Fuente Chilena.Todas las rentas de fuente chilena están afectas al Impuesto a la Renta u

otro, sin considerar la nacionalidad de la persona que la obtiene, su domici-lio ni residencia o cualquiera que sea el periodo de permanencia en el Terri-torio. Por ello, por el solo hecho de desarrollar una actividad, empleo o pro-fesión, los beneficios o rentas que perciba el contribuyente son Renta deFuente Chilena.

La ley define lo que es renta de fuente chilena y por exclusión debería-mos entender el concepto de renta de fuente extranjera.

• Rentas de fuente chilena, son aquellas que provienen de:

- Bienes situados en Chile.

- Actividades desarrolladas en Chile.Cualquiera sea el domicilio o residencia del contribuyente.

• Situaciones que la ley ha definido dónde está la fuente.

- En los intereses de los créditos, se entiende que la renta está en el domi-cilio del deudor.

- En las acciones de sociedades anónimas, estará en el lugar de constitu-ción de la sociedad.

- Marcas, patentes, regalías. La fuente de la renta de un arrendamientoestará en el lugar donde se explota y no en el domicilio de la entidad quearrienda.

- En los Derechos de sociedades de personas será el lugar de la constitu-ción de la sociedad.

� Ejemplo

El señor Josué Buche americano, que vive en Nueva York, Estados Uni-dos, compró acciones de una Sociedad Anónima formada en Chile. La S.A.funciona en Valparaíso y durante el año reparte las utilidades en forma dedividendos provisorios. El señor Josué Buche no tiene domicilio ni residenciaen Chile y más aún, ni siquiera conoce Chile. Sin embargo la renta quepercibe es de fuente chilena (la renta se generó en Chile) y deberá pagarImpuesto Adicional que será retenido por la S.A.

La Sociedad “El Mensajero Ltda.”, obtuvo un préstamo en el extranjero(EEUU), consistente en US $7.000.000 y que genera un interés anual de US$100.000. El pago de intereses se genera en Chile y se remesa a EEUU.

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Los intereses son rentas de fuente chilena ya que se generaron de unaactividad desarrollada en Chile. Cuando se remese o se ponga a disposicióndeberá pagar el Impuesto Adicional que será retenido por la sociedad chile-na.

b. Rentas de Fuente Extranjera.Las rentas de fuente extranjera están afectas al Impuesto a la Renta cuan-

do son obtenidas por personas domiciliadas o residentes en Chile, salvo laexcepción que constituyen los extranjeros.

La ley de impuesto a la renta contempla normas especiales en sus artícu-los 5 y 6, los que amplían el ámbito de aplicación respecto de los contribu-yentes a los siguientes, sin importar su calidad jurídica de tales:

- Sociedades de Hecho.

- Asociación o Cuenta en Participación.

- Comunidades.

- Comunidades Hereditarias.

Para ello debemos considerar los siguientes elementos:

- El Domicilio o Residencia de la Persona.

- Fuente de la Renta.

- Forma de Organización de la Empresa.

3. Domicilio o Residencia del Contribuyente.

Para analizar el concepto, el artículo 59 del Código Civil señala:“El domicilio consiste en la residencia acompañada real o presuntivamente

del ánimo de permanecer en ella”.Por su parte el artículo 4 de la ley sobre impuesto a la renta establece

una norma complementaria, que dice:“La sola ausencia o falta de residencia en el país no es causal que deter-

mine la pérdida de domicilio en Chile, para los efectos de esta ley, esta nor-ma se aplicará, asimismo, respecto de las personas que se ausenten del país,conservando el asiento principal de sus negocios en Chile, ya sea individual-mente o a través de sociedades de personas”.

El concepto de residencia esta en el artículo Nº8 del Código Tributario,que señala:

“Se entenderá por residente, toda persona natural que permanezca enChile más de 6 meses en un año calendario, o más de 6 meses en total dentrode dos años tributarios consecutivos”.

¿Quiénes pagan los impuestos a la Renta?

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Sí, porque dependiente de ello sabrán si tributan con Impuesto GlobalComplementario o Impuesto Adicional.

Un caso especial ocurre con la Sucesión que nace de una persona falle-cida, ya que se forma una comunidad, que se conoce con el nombre deComunidad Hereditaria, en la que conviven los derechos, privilegios y obli-gaciones del fallido, según el artículo 5 de la ley, las rentas efectivas o pre-suntas de una comunidad hereditaria corresponderá a los comuneros en pro-porción a su cuenta en el patrimonio común. Las rentas, mientras no se prac-tique la liquidación y está indiviso el patrimonio, se consideran como lacontinuación del causante, y se gravarán las rentas con los impuestos norma-les de la ley de la renta, es decir a nivel de empresa y dueños.

Transcurrido el plazo de tres años desde la apertura de la sucesión, lasrentas efectivas o presuntas corresponderán a los comuneros en proporcióna sus cuotas en el patrimonio común y deberán ser declaradas por estos.

Contribuyentes con domicilio y residencia en Chile tributarán por Ren-tas de Fuente Chilena y Fuente extranjera.

Durante los primeros tres años, contados desde su ingreso al país, noestarán afectos al impuesto sobre sus rentas de fuente extranjera, de acuerdocon lo establecido en el inciso 2° del artículo 3° de la LIR. Los tres primerosaños (prorrogable una sola vez), tributará solo por la Renta de Fuente Chile-na, y después de transcurrido el plazo, por las Rentas de Fuente Chilena yRentas de Fuente Extranjera con el Impuesto Global Complementario.

El contribuyente que no tiene domicilio ni residencia en Chile tributarápor las Rentas de Fuente Chilena con el Impuesto Adicional.

• Entre otros casos especiales se pueden mencionar:

- Diplomáticos en general, según el artículo 9 de la ley.

- Agencias, sucursales o establecimientos permanentes de empresas ex-tranjeras, según lo dispuesto en el artículo 38 de la ley, ya que sólo tribu-tan por rentas de fuente chilena.

- Convenios internacionales.Como regla general, también se puede concluir que tributan sólo por sus

rentas de fuente chilena los no domiciliados en Chile. Sin embargo existenalgunas excepciones:

Se reconoce la apertura de la sucesión, según el artículo Nº955 del Có-digo Civil, al momento de la muerte del causante y sin solución de continui-dad, por tanto el computo de los tres años, no contempla interrupción.

¿El domicilio o residencia es importante para saber cómo tributarán?

¿Qué pasa con el extranjero que constituye domicilio en Chile?

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En las comunidades no hereditarias, según lo dispone el artículo 6 de laley de la renta, los comuneros o socios serán solidariamente responsables dela declaración y/o pago de los impuestos por las rentas de la comunidad osociedad de hecho.

El comunero se libera de la solidaridad si en su declaración de rentaindividualiza a los otros comuneros o socios, indicando domicilio y su cuotacomún.

Entre otros contribuyentes especiales, por sus características podemosanalizar el contrato de asociación o cuenta en participación. Este contrato yde acuerdo a las normas del Código de Comercio, tiene como integrantes aun socio gestor de la cuenta, el cual se reputa dueño del negocio en susrelaciones con terceros, entre estos el Fisco, y los socios comanditarios quepueden aportar bienes o capitales.

3.1. Tributación de los Contribuyentes según sea su Domicilio oResidencia y el Origen de las Rentas Obtenidas

Domicilio o Residenciadel Contribuyente

Fuente de la Renta

1. Personas conDomicilio oResidencia enChile: (Art. 3°LIR).

Pagan impuesto sobre sus rentas provenientes de:- Bienes situados en Chile y/o- En el extranjero, y- Actividades desarrolladas en Chile o en el extran-

jero.

2. Personas SINDomicilio oResidencia enChile: (Art. 3°LIR).

Pagan solamente impuestos sobre las rentas provenien-tes de:- Bienes situados en Chile.- Actividades desarrolladas en Chile.

3. Extranjero queconstituyaDomicilio oResidencia enChile: (Art. 3 °inciso 2° LIR).

Pagan impuestos sobre sus rentas provenientes de:Por los 3 primeros años:- Bienes situados en Chile,- Actividades desarrolladas en Chile,Desde el vencimiento de los tres primeros años (pro-rrogables por una sola vez).Igual que el punto 1 (pasan a ser tratados comochilenos.

- Tributación: Estos son los contribuyentes que tributan con los impuestosnormales: Primera Categoría (tasa 16%) y Global Complementario (5% al45%) Generalmente son chilenos.

- Tributación: Estos son los contribuyentes clásicos del impuesto Adicional(Tasa 35%), que normalmente son extranjeros (igual chilenos residentes enel extranjero), Art. 61 de la LIR.

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SegunSEGUNDO CAPÍTULO: Artículo 17 ingreso no renta

Los ingresos o ganancias no están afectados directa ni indirectamentepor ningún de los tributos de la LIR (Ley de Impuesto Renta).

No se declaran, no tributan ni pagan impuesto alguno.Sin embargo el Artículo 17 nombra en forma específica, coloca tope o

límite en algunos casos en aquellos Ítems que son Ingreso No Renta.El Artículo 17 establece qué son I.N.R:

• Algunos ingresos de los trabajadores, dentro de algunos límites y lo quees razonable a juicio del S.I.I.

• Asignación:

- Asignación Familiar.

- Asignación Colación y Movilización.

- Asignación Caja, Sala Cuna.

- Asignación Gastos de Representación.

- Asignación Traslación y Viáticos.

- Asignación Casa, etc.

• Indemnizaciones:

- Desahucio.

- Feriado legal.

- Por años de Servicios.

- Seguro de Desempleo.

- Prestación de desempleo, etc.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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• Ingresos No Rentas para algunas personas.

- Dividendos Percibidos que provienen de I N R.

- Devolución de Capitales Sociales (incluidos sus reajustes).

- Distribución de utilidades provenientes de acciones liberadas de pago.El Artículo 17 N°8 también se refiere a enajenaciones de algunos dere-

chos. Entre ello tenemos las acciones, donde se vincula al Art. 18 en la quese analiza la habitualidad y el tiempo que media entre la compra y venta deellas. Será I.N.R. o renta afecta a Impuesto Único de Primera Categoría Ré-gimen General (Impuesto Primera Categoría y Global Complementario).

Los I.N.R. son diferentes a las “Rentas Exentas” las cuales no pierden sucondición de Rentas, sino que el legislador ha querido eximirlas del pago deuno o más tributos.

Analizaremos algunos números del Artículo 17, que creemos indispen-sables para el mejor manejo de la Ley de la Renta.

1.1. Art. 17 Nº1 No es Renta

“Indemnización Obtenida por Daño Emergente” (incendio, inundacio-nes, terremotos, robo, etc.).

Daño Emergente: se refiere a aquella indemnización que debe repararlos daños ocasionados a los bienes que conforman el Patrimonio de unapersona:

“No debe implicar un beneficio o utilidad para quien lo percibe, sinoque debe cubrir un daño material (pérdida o disminución de patrimonio)”.

Ejemplo: Es indemnización por daño emergente la cantidad percibida atítulo de cláusula penal por contrato de Compra Venta no cumplido ya quetiende a reparar el daño por el incumplimiento. No es renta en cuanto noexceda del monto de la pérdida o disminución de patrimonio con motivo dedicho incumplimiento.

No Corresponde la Indemnización del daño emergente en el caso debienes incorporados al giro de un negocio, empresa o actividad cuyas rentasefectivas deban tributar con el impuesto de 1º Categoría (se deduce comogasto). Es decir, castiga el valor neto de libros de los bienes objeto del sinies-tro con cargo a los resultados del ejercicio.

La indemnización recibida lo debe registrar como Ingreso Bruto afecto aPPM.

“Indemnización por Daño Moral”: No es Renta.Requisitos: Tiene que establecerse por sentencia ejecutoriada, sin impor-

tar el tipo de actividad que desarrolle el beneficiario.

¿Qué és Sentencia Ejecutoriada?

Es cuando hay sentencia de un tribunal Arbitral o de un Tribunal Ordina-rio, y los fallos se encuentran en calidad de firmes, y que hayan sidonotificadas las partes y que no proceda recurso alguno.

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“El Lucro Cesante es renta”. Art. 20 Nº5.

1.2. Art. 17 Nº2 No es Renta

Indemnizaciones por accidentes del trabajo, sea que consistan en su-mas fijas, rentas o pensiones.

- Indemnización cuando la incapacidad del accidentado o enfermodisminuye su capacidad de ganancia superior a 15% e inferior a40%.

- Pensiones de Invalidez si la incapacidad importa una disminuciónde la capacidad igual o superior al 40%.

- Pensiones de Supervivencia.

- Indemnizaciones y pensiones derivadas de enfermedades profesio-nales.

- Subsidio, sea por accidentes del Trabajo o enfermedades profesiona-les (no están afectos a Impuestos de 2ª Categoría).

- Pensiones de invalidez del personal de Investigaciones y de Carabi-neros de Chile.

- Pensiones de montepío causadas por personal de las FFAA por falle-cimiento en actos de servicios.

1.3. Art. 17 Nº4 No es Renta

No son renta las sumas Percibidas por beneficiarios de pensiones o ren-tas vitalicias que no excedan 1/4 de UTM.

¿Qué es Lucro Cesante?

Tiene por objeto reemplazar una renta que se dejó de percibir o de ganarcon motivo del incumplimiento de un C.T. o acuerdo escrito.

Indemnización Lucro Cesante representa las utilidades o beneficios queel afectado habría obtenido si una de las partes no hubiese violado oterminado C.T. Si las rentas que se dejaron de percibir estaban gravadascon el impuesto de 1ª Categoría, la indemnización por “Lucro Cesante”que ha venido a reemplazarlas también deben quedar afecto a 1ª Catego-ría y Global Complementario o Adicional.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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1.4. Art. 17 Nº5 No es Renta

• Aportes Recibidos por Sociedad.

Mayor Valor a que se refiere el Art. 41 Nº13 corresponde al monto de larevalorización del capital Propio.

Reajuste o Mayor Valor son sinónimo de sobreprecio (sobreprecio signi-fica recargo en el precio ordinario). Sobreprecio del Valor Nominal de lasacciones que obtengan la colocación de Acciones de su propio emisión, talcomo prima, reajuste o diferencia de cambio.

1.5. Art. 17 Nº6 No es Renta

• Distribución de Acciones Liberadas o Aumento del Valor Nominal de lasAcciones.Acciones liberadas o crías que reciben los accionistas únicamente

incrementan el número de acciones de propiedad del contribuyente mante-niéndose como valor de Adquisición del conjunto de acciones sólo el valorde adquisición de las acciones madre.

Las acciones crías que se reciban durante el ejercicio no alteran el mon-to invertido en las acciones madres sino que sólo producen el efecto dealterar el precio unitario de las acciones, manteniéndose invariable el montode la inversión original.

En caso de enajenación o cesión parcial de las crías, se considerará comovalor de adquisición de cada acción la cantidad que resulte de dividir elvalor de adquisición de las acciones madre por el número total de Acciones.

2. Artículo 17 Nº8

2.1. Enajenación o Cesión de Acciones de S. A.

El tratamiento tributario que afecta a la enajenación de acciones se encuentraestablecido en los Art. 17 Nº 8, letra a) inciso 2, 3, y 4 de la ley de la renta.

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No constituye renta el mayor valor obtenido en la enajenación de accio-nes, hasta un monto equivalente al Valor de Adquisición debidamente reajus-tado según la variación experimentada del IPC entre el último día del mesanterior al de su adquisición y el último día del mes de su enajenación.

“El exceso que se obtenga por sobre dicho costo inicial actualizado,constituye Renta Afecta A”:

- Impuesto Único de Primera Categoría, o

- Impuestos Generales de la Renta (Se refiere a Impuesto de PrimeraCategoría por la renta percibida o devengada y con Impuesto GlobalComplementario o Adicional).

Esto va a depender de:

Sin embargo no se aplica este Impuesto Único de Primera Categoría. Si:

Hay Relacionamiento con: - Una sociedad de personas en que él es socio.

- Una S.A. cerrada en la que él es accionista.

- Una S.A. cuando él es dueño de 10 % o más delas acciones.

En ese caso el Mayor valor obtenido tributará con los Impuestos Genera-les de la ley.

RECUERDE LA LEY DL 824

Normas de Relación contempladas en el Art. 17 Nº8 de la ley de rentaestablece que:“Tratándose del mayor valor obtenido en la enajenaciones referidas enlas letras a), b), c), d), h), i), j), y k) que hagan los socios de sociedades depersonas o accionistas de S.A. abiertas o cerradas dueños del 10% o másde las acciones con la empresa o sociedad respectiva o en las que tenganintereses, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo de este númerogravándose en todo caso el mayor valor que exceda del valor de adquisi-ción, reajustado, con los Impuestos de Primera Categoría, Global com-plementario o Adicional”.

Impuesto Único de 1° Cat.

a. Si no existe habitualidad en la compray venta de acciones y la enajenaciónse hace cuando ha transcurrido a lo me-nos un año (+ de un año) desde su fe-cha de adquisición.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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d. Exención del Impuesto Único de Primera Categoría.De acuerdo con el último inciso del Nº8 del artículo 17, las personas no

obligadas a declarar su renta efectiva en la Primera Categoría, que obtenganrentas provenientes de las operaciones que se analizan y afectas al ImpuestoÚnico de Primera Categoría, se eximen de este tributo, siempre y cuando losbeneficios obtenidos por tales conceptos, en conjunto con aquellos deriva-dos de las negociaciones a que se refieren las letras c), d), e), h) y j) de lacitada disposición, no excedan de 10 Unidades Tributarias Anuales.

e. Enajenación de acciones adquiridas con anterioridad al 31 de enero de1984.

• Acciones no Habituales de S. A. Abiertas con o sin Presencia Bursátil oS. A. Cerrada.De lo anterior se infiere que, en la enajenación esporádica o no habitual

de las acciones adquiridas antes del 31.01.84, sin importar la fecha de venta,el mayor valor obtenido, incluido el reajuste del saldo de precio, no consti-tuirá renta para los efectos tributarios y, consecuencialmente, no se afectarácon ninguno de los tributos que contempla la ley del ramo.

Entonces:Cuando se den las normas de relación, el resultado obtenido en las ope-raciones quedará afecto al Régimen General de la Ley de la Renta, esdecir Impuesto de 1ª Categoría, Global Complementario o Adicional.

b. Si no existehabitualidad en lacompra y venta de lasacciones, pero hatranscurrido menos deun año desde su adqui-sición.

c. Si existe habitualidadcualquiera sea el perío-do que transcurre entrela fecha de adquisicióny la venta.

- Mayor valor obtenido constituye rentapara todos los efectos tributarios,gravándose con los Impuestos RégimenGeneral (Impuesto 1ª Categoría y GlobalComplementario o Adicional).

- (El Impto. 1ª Categoría constituye un cré-dito al Global Complementario o adicio-nal).

Mayor Valor Obtenido Tributa:

- Imptos. Generales de la Ley de Renta.

- Impuesto de Primera Categoría

- Impuesto Global Complementario oAdicional.(El Impuesto 1ª Categoría constituye un

Crédito al Global Complementario o Adicio-nal)

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En caso contrario, si la enajenación de los referidos bienes, en los térmi-nos que prescribe el artículo 18, constituyen o representan actividades habi-tuales del contribuyente, la utilidad o el mayor valor logrado en dichas tran-sacciones se sujetará a la tributación normal que establece la Ley de la Rentay detallada en las letras a) y c) precedentes.

• Entonces Tenemos:

� Ejemplo

Antecedentes:

Valor Adquisición Acciones: $1.000.000.

Variación IPC entre la fecha de compra y fecha de venta de acciones: 20%.Valor de Venta: $3.000.000.

� Desarrollo

Valor de Adquisición 1.000.000

+ Reajuste IPC 20 % 200.000 No es Renta

Valor Adquisición Actualizado 1.200.000

Valor de venta 3.000.000Utilidad en la Enajenación 1.800.000 Mayor valor obtenido es

renta y está afecto a impuestos.

Valor de Adquisición

(Valor de Costo + Reajuste) + Re-ajuste según variación del IPC.

Valor Adquisición Reajustado

El exceso que se obtenga por so-bre el Costo inicial actualizadoconstituye renta afecta a impues-tos.

Este mayor valor no es Renta.

Esta parte del mayor valor esrenta afecta a Impuestos.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

140

� Entonces

- Este Mayor valor es Renta.- La Renta está afecta a Impuestos.

El impuesto que se aplicará lo determinará:

- La habitualidad o no.

- El tiempo y año que media entre la compra y la enajenación.

- Si hay relacionamiento entre el comprador.

- La fecha de compra.

- Límites de exención.

2.2. Calificación de la Habitualidad en la Compra Venta de Acciones

Cuando el S.l.l. determine que las operaciones son habituales, corres-ponde al contribuyente probar lo contrario. Sobre esta materia, el S.l.l. en suCircular Nº 158, de 29.12,76, ha dictaminado lo siguiente:

a. Casos en que Corresponde Calificar la Operación de Habitual.

i. Cuando la actividad principal del contribuyente sea la adquisición y/oenajenación de acciones; ejemplo: Sociedades de Inversiones.

ii. Cuando tales operaciones aparezcan como uno de los objetos del pactosocial, aun cuando no se trate del principal objetivo de la empresa.

iii. Cuando se venden las acciones antes de un año (aunque no sea el giro).

b. Casos en que la Habitualidad debe Calificarse Según los Factores Con-currentes.Si no concurren las circunstancias mencionadas en la letra anterior, la

habitualidad debe apreciarse frente a los siguientes antecedentes y elemen-tos de juicio:

i. Lapso que ha mediado entre la compra y la venta de acciones, a fin deapreciar si la compra fue hecha para fines rentísticos o para su reventa;

¿Qué impuestos aplicarán?

Definición.

Mayor Valor Obtenido en la enajenación de Acciones, se entiende comola diferencia que existe entre el precio de venta de las acciones y el de suadquisición, reajustado este último por la Variación del Índice de Preciosal Consumidor hasta la fecha de la venta.

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U N I D A D III

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ii. Si la venta se realiza según una cotización bursátil inferior a la existenteen el momento de la compra o inferior a la que ha existido en el lapsoque media entre su compra y enajenación, puede concluirse que la com-pra inicial no conlleva el ánimo de reventa.

iii. Necesidad o motivo que se tuvo para adquirir acciones, a fin de precisarsi la inversión se hizo con el ánimo de obtener una renta de ellas o en suprovecho en su venta.

c. Excepcionalmente.Se eximen del impuesto de 1ª Categoría y Global Complementario, las

utilidades en ventas de acciones de sociedades Anónimas, cuyo monto anualdebidamente actualizado no exceda de 20 U.T. M. según su monto vigenteen el mes de diciembre de cada año, siempre que sean obtenidas por:

i. Trabajadores o pensionados cuyas únicas rentas, aparte de dividendos,intereses y utilidad en la venta de acciones, sean sus sueldos o pensionesafectos a Impuesto Único de 2ª Categoría.

ii. Pequeños Contribuyentes de 1ª Categoría clasificados en el Art. 22 (mi-neros artesanales, comercio en la vía pública, suplementeros y talleresartesanales) cuyas únicas rentas provengan de dichas actividades, apartede dividendos, intereses y utilidad en la venta de acciones.También se eximen del impuesto Único del Art. 17 Nº8, obtenidas por

personas que no estén obligadas a declarar su renta efectiva en la 1ª Catego-ría y siempre que su monto no exceda de 10 UTM.

Resumen

1. Acciones enajenadas antes de un año a la fecha de adquisición (cono sin habitualidad).

a. Las personas naturales o jurídicas que enajenen acciones antes de unaño de su fecha de adquisición, quedan sujetas a los siguientes im-puestos, respecto de la utilidad obtenida en su enajenación:

- Impuesto de 1ª Categoría, por la utilidad anual, percibida odevengada;

- P.P.M. si existe habitualidad y si es que tributan por contabilidadcompleta;

- Global Complementario o Adicional, bajo las mismas normas yaexplicadas.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

142

• Entonces Debemos Considerar:Que en la enajenación de acciones (se venden bienes muebles e

inmuebles y se enajenan derechos).

- Se debe considerar si hay habitualidad o no.

- Periodo que transcurre entre la compra y la enajenación.

- Si se rigen por la ley Actual o no.

- Compradas antes del 31/01/84 se rigen por la Ley Anterior.

- Compradas después del 31/01/84 se rigen por la Actual Ley.

- Si hay relacionamiento entre el que compra las acciones con el que ven-de (Art. 17 Nº 8 inciso penúltimo).

- Cuando el que compra es una empresa no relacionada pero lleva conta-bilidad Completa y el precio de venta es notoriamente más alto que elvalor comercial (Art. 17, inciso final).

2. Acciones enajenadas después de un año de la fecha de adquisición,sin que exista habitualidad.

a. Las personas naturales o jurídicas que enajenen ocasionalmente ac-ciones después de un año de su fecha de adquisición, quedan afec-tas a un impuesto Único de 1ª Categoría con tasa del 15% por lautilidad líquida que obtengan con este tipo de operaciones.

b. Si la beneficiaria de esta renta es una empresa clasificada en el Art.20 Nº3, 4, 5, que declara en base a renta efectiva, no debe efectuarP.P.M. sobre el monto del ingreso bruto que obtenga por este con-cepto.

• ¿Cómo determinar qué tributación afecta al mayor valor obtenidoen la enajenación de acciones?

Dependerá del cumplimiento de varios requisitos, entre ellos, los siguientes:

- Si la operación es calificada de habitual o no, considerándosepara estos efectos, según lo prescrito en el inciso segundo delArt. 18 de la Ley de la Renta, el conjunto de circunstancias pre-vias o concurrentes a la enajenación o cesión de las acciones,correspondiendo al contribuyente probar lo contrario.

- Del plazo que transcurre entre la fecha de compra y venta de lasacciones.

- Si tales títulos son enajenados a una empresa relacionada o nocon el cedente.

- La fecha en que fueron adquiridas las acciones.

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U N I D A D III

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• Reforma y Nuevo Art.18 bis y 18 Ter.Con los nuevos Art.18 bis y 18 Ter en la LIR, pasa a ser importante donde

se venden y si las acciones son de S.A. Cerradas, de S.A. Abiertas sin presen-cia bursátil o con presencia bursátil

2.3. ¿Hagamos un Ejercicio para Aplicar lo Teórico?

� Ejercicio Nº1

� Antecedentes

- El Señor Jorge Alberto Gorogoytía, es socio de una empresa, pero ade-más tiene acciones.

- El 20/09/2001 vende (en realidad enajena sus derechos) las accionesque posee de la S.A. “El Volantín”.

- En $40.000.000. Las acciones habían sido adquiridas el 15/03/83 en$10.000.000.

� Desarrollo

I Parte: Preguntas que debo hacerme.

- ¿El contribuyente es persona natural?

- ¿Hay habitualidad?

“Enajenación esporádica o no habitual de las acciones adquiridas conanterioridad al 31 de enero de 1984 sin importar la fecha de venta, el mayorvalor obtenido, incluido el reajuste del saldo de precio, no constituirá rentapara los efectos tributarios y, consecuencialmente, no se afectará con ningu-no de los tributos que contempla la Ley”.

No constituye renta alguna el mayor valor outilidad del ejercicio.

¿Qué debo recordar?

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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� Ejercicio Nº2

� Antecedentes

- El Señor J.R. es socio de una empresa, pero además tiene acciones.

- El 03/11/2001 vende (en realidad enajena sus derechos) las accionesque posee de la S.A. “El Chirlito”.

- En $ 70.000.000. Las acciones habían sido adquiridas el 15/03/88 en$20.000.000.

� Desarrollo

I Parte: Preguntas que debo hacerme:

- ¿El contribuyente es persona natural?

- ¿Hay habitualidad?

� Respuesta:

- No, porque no es su giro.

- No, porque entre la compra y venta ha transcurrido más de un año.

- “El costo reajustado no es renta” Art. 17 Nº 8.

II Parte:

¿Qué debo recordar?

No constituirá renta sólo aquella parte del mayor valor que se obtenga hastaconcurrencia de la cantidad que resulte de aplicar al valor de adquisicióndel bien respectivo el porcentaje de variación experimentada por el Índicede Precios al Consumidor en el período comprendido entre el último día delmes anterior al de la adquisición y el último día del mes anterior al de laenajenación, todo ello, todo sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 18.

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U N I D A D III

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Variación IPC Último (Final) - 1 x 100 = Factor Actualización

Variación IPC Primero (Inicial)

Supuesto Factor Actualización 2,20 %

Precio de venta $70.000.000

Menos:

Costo Actualizado

20.000.000 x 3,20 = 64.000.000

Mayor Valor o utilidad real a Nov 2001 6.000.000

Más reajuste Art. 33 Nº 4. Supuesto 10 % 600.000

Utilidad afecta a Impuesto Único De 1ª Cat. 6.600.000

3. Formulario 22 Código 758 Recuadro Nº 2. Nuevos IncisosSexto, Séptimo y Octavo Incorporados al Nº8 del Artículo 17LIR

No se Considera Enajenación: “La Cesión y la restitución de accionesde S.A. Abiertas con presencia bursátil, que se efectúe con ocasión de unpréstamo o arriendo de acciones, en una operación bursátil de venta corta.

¿Pero, que és lo que dice el Art. 33 Nº4? “La Renta Líquida correspon-diente a actividades clasificadas en esta Categoría, que no se determinesobre la base de los resultados de un Balance General, deberá reajustarsede acuerdo con el % de variación experimentado por el IPC compren-diendo entre el último día del mes anterior a aquel en que se percibió odevengó y el último día del mes anterior al del cierre del ejercicio respec-tivo.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Siempre que las acciones que se den en préstamo o en arriendo se hubierenadquirido:

- En una bolsa de valores del País.

- En un proceso de oferta Pública de Acciones (O. P. A.), regido por eltítulo XXV de la Ley Nº18.045.

- Con motivo de la constitución de la sociedad o de un aumento posteriorde capital.

- En una colocación de acciones de primera emisión.

3.1. Reforma Tributaria Artículo 18 Ter.

A contar del 07/11/2001 la enajenación de Acciones de S.A. Abiertascon presencia Bursátil.

Se eximen de todo impuesto a la renta el mayor valor de la enajenación.Condiciones o Requisitos copulativos para que la Exención Proceda:

a. Enajenan en una bolsa de Valores del país o del extranjero o en unProceso de Oferta Pública de Adquisición de Acciones O.P.A.

b. Que al momento del Traspaso tengan presencia Bursátil, o dentro de90 días de la fecha de pérdida de presencia.

Debe tener los siguientes requisitos:

i. Estar inscritas en el Registro de Valores.

ii. Estar registradas en una Bolsa de Valores del país.

iii. Tener presencia ajustada igual o superior al 15%.

“Dentro de los últimos 60 días hábiles bursátiles, se determinará el Nº dedías en que las transacciones totales diarias hayan sido de UF 80 como míni-mo, se divide por 60 y el cuociente se expresa en %.

c. Que las acciones que se estén enajenando hayan sido adquiridas acontar del 20/04/2001.

¿Qué es tener presencia bursátil?

¿Qué es una Venta Corta?Es una venta y posterior recompra de una acción o de un bono.

¿Cómo se calcula la presencia ajustada?

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• Deben haberse adquiridas en:

i. Bolsa de Valores del país.

ii. En una O.P.A. (Oferta Pública de Acciones).

iii. En colocación de acciones de Primera emisión a raíz de una Constitu-ción de S.A. o un aumento de capital.

Actividades de Aprendizaje

1. La Señora María Pía Pidigueña pide limosna en la calle Ahumada reco-lectando $8.000 diarios. ¿Lo que recibe la Señora María es Renta o no?Fundamente.

2. En la venta de acciones, a su juicio, para determinar cómo va a tributar,¿qué condiciones debe tener presente?

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TercerTERCER CAPÍTULO: Impuesto de segunda categoría

1. Impuesto Segunda Categoría

Grava las Rentas del Trabajo (Art. 42 N°1 y 2), en base a renta percibida.

Fuente: Profesora M. Patricia Quezada F.

El trabajador dependiente que tiene dos o más rentas en un mismo perio-do como trabajador dependiente, tiene que hacer una Reliquidación del Im-puesto Único.

Figura Nº3: Rentadel trabajo.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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1.1. Impuesto Único de Segunda Categoría

1.1.1. Contribuyentes y Rentas Gravadas

El impuesto Único de Segunda Categoría se encuentra establecido en elArt. 42, N°1 de la Ley de la Renta, y grava todas aquellas rentas provenientesdel esfuerzo físico o intelectual del trabajador, tales como: sueldos,sobresueldos, premios, dietas, gratificaciones, participaciones y cualesquie-ra otras asimilaciones o asignaciones que aumenten la remuneración pagadapor la prestación de servicios personales, las pensiones y montepíos y ade-más, todas las cantidades percibidas por concepto de gastos de representa-ción. Se excluyen, por expresa disposición del Art. 42, Nº1, las imposicionesobligatorias que se destinen a la formación de fondos de previsión y retiro.

El requisito esencial para quedar gravado con este tributo es la depen-dencia y subordinación que debe existir respecto de la actividad desarrolla-da por el trabajador, en relación con el empleador, esto es, la existencia deun contrato de trabajo en el cual se determine: calidad de la labor a desarro-llar, fijación de una remuneración y de un período habitual de pago de lasmismas, cumplimiento de un horario de trabajo, etc.

1.1.2. Características Generales del Impuesto

a. Calidad de Impuesto Directo. El peso del tributo recae exclusivamentesobre el beneficiario de la renta, sin que tenga facultad legal para trasla-darlo a un tercero.

b. Calidad de Impuesto Personal. Grava las rentas considerando no sólo sumonto, sino que en su aplicación considera también la situación perso-nal del contribuyente.

c. Calidad de Impuesto Progresivo. El gravamen está basado en una escalaprogresiva de tasas, de mecánica similar a la que existe respecto delImpuesto Global Complementario.

d. Calidad de Impuesto Único. Las rentas sobre las cuales se aplica, noquedan gravadas con ningún otro tributo establecido en la Ley de laRenta.

e. Calidad de Impuesto de Retención. Se radica en las personas que pa-guen rentas gravadas con el impuesto único (empleadores, habilitados ypagadores en general) la obligación de retener y deducir el monto deltributo al momento de hacer el pago de tales rentas, como también, deenterarlo en arcas fiscales, en la forma, condiciones y plazos contempla-dos en la Ley de la Renta.

f. Impuesto que Afecta sólo a Rentas Percibidas. Esta es una característicaque es común a todas las rentas del trabajo.

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1.1.3. Renta Imponible

De acuerdo con las normas del Art. 42º Nº1, la renta imponible afecta alimpuesto Unico estará formada por el total de las remuneraciones que sepaguen en cada período habitual de pago, deducidas las imposicionesprevisionales obligatorias de cargo del trabajador o pensionado.

El total de las remuneraciones comprende no solo los sueldos, o pensio-nes de jubilación o montepío, sino también cualquiera otra cantidad accesoriao complementaria que el trabajador perciba por sus servicios personales, talescomo: sobresueldos, horas extraordinarias, premios, dietas, gratificaciones,participaciones voluntarias o contractuales, regalías, bonificaciones, asigna-ciones de título, estímulo u otras y cualquier otro beneficio pecuniario.

* Cantidades que no Constituyen Remuneración.Solamente corresponderá excluir del total de remuneraciones las canti-

dades percibidas por los siguientes conceptos:

- Las indemnizaciones por accidentes del trabajo, sea que consistan ensumas fijas, rentas o pensiones.

- La asignación familiar.

- La indemnización por desahucio y la de retiro hasta un máximo de unmes de remuneración por cada año de servicio o fracción superior a 6meses.

- Los beneficios previsionales, entendiéndose por tales aquellos que ema-nen de los sistemas orgánicos de las Cajas, Instituciones de Previsión yde las legislaciones especiales incorporadas a éstas. Entre los beneficiosprevisionales más generalizados se encuentran: el subsidio de medicinapreventiva o subsidio de reposo preventivo, el subsidio de maternidad yel subsidio de medicina curativa o de enfermedad.

- La asignación de alimentación o colación que se pague a los trabajado-res en cumplimiento de la jornada única de trabajo.

- Las asignaciones de traslación y viáticos cuando correspondan efectiva-mente al reembolso de los gastos en que ha incurrido el trabajador, todoello a juicio del Director Regional.

- Las pensiones de jubilación de fuente extranjera percibidas por extranje-ros domiciliados o residentes en el país.

- Las cantidades percibidas o los gastos pagados por becas de estudios.

- Las gratificaciones o asignaciones de Zona otorgadas conforme a la Leyo Leyes Especiales.

- Las asignaciones por pérdida de caja.

- Asignación de movilización, sólo hasta la cantidad calificada como “ra-zonable” a juicio del respectivo Director Regional y siempre que sea enel interés del empleador o patrón.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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1.1.4. Cálculo del Impuesto

La mecánica de cálculo del impuesto único respecto de las remunera-ciones que correspondan a un período habitual de pago, está basada en laaplicación de una escala progresiva de tasas cuyo elemento básico es launidad tributaria mensual.

� Ejemplo

- Remuneración del Señor Carlos Alberto.

- Mes de junio año 2000, días trabajados 24.

- AFP “SANTA MARÍA” 13%.

- ISAPRE “PROMEPART” 7%.

Sueldo 300.000

Horas Extraordinarias 200.000

Asignación de Caja 200.000

Gratificación Mensual 400.000

Colación Diaria 1.500

Movilización Diaria 600

¡Atención!Observa cómo se calcula la remuneración a pagar de Carlitos

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Primera Actividad: Clasificar las Remuneraciones.

Segunda Actividad: Cálculo de los Descuentos Previsionales.

Debes tener presente que el cálculo es hasta el Tope de 60 UF del mesdel la remuneración.

Veamos:

Mes de junio UF = $21.000

Valor UF x 60 UF = Monto máximo para cálcular los descuentosprevisionales.

$21.000 x 60 = $1.260.000

Como el monto de Remuneración Imponible es $900.000, no afecta el topede 60 UF.

Sistema Previsional AFP 13% x 900.000 = 117.000

Sistema Salud ISAPRE 7% x 900.000 = 63.000

Total Descuentos 180.000

Remuneración Imponible Remuneración No Imponible

Está afecta a todos los descuentos ypago de Impuestos cuando corres-ponda.

Sueldo 300.000

Hrs. Extr 200.000

Gratificación Mensual 400.000

900.000

No es renta, y no está afectas a nin-gún descuento ni pago de impuesto.

Asig. de Caja 200.000

Colación 1.500 x 24 = 36.000

Moviliz. 600 x 24 = 14.400

250.400

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Tercera Actividad: Cálculo del Impuesto Único Trabajadores.

Este cálculo no tiene tope.

Remuneración Imponible $900.000

Menos:

Desctos. Previsionales o Leyes Sociales (180.000)

Base Imponible 720.000

Se rebajan las leyes sociales (descuentos previsionales) porque no esrenta afecta a ningún impuesto.

Tabla Impuesto Único a los Trabajadores

Desde Hasta Factor Rebaja

0,00 264.410,00 Exento 0,00

264.410,01 793.230,00 0.05 15.864,60

793.230.01 1.322.050.00 0.10 55.526,10

1.322.050.01 1.850.870,00 0.15 121.628,60

1.850.870,01 2.379.690,00 0.25 306.715,60

3.172.920,01 Y Más 0.45

La Base Imponible se debe ubicar en el tramo correspondiente en laTabla del Impuesto Único de Trabajadores del mes de junio. El tramo que lecorresponde establece la Tasa del Impuesto y la rebaja a que tiene derechoel contribuyente.

La Base Imponible $720.000 está ubicada en el segundo tramo con una tasade 0,05 y una rebaja de $15.864,60.

- Base Imponible x Tasa

- 720.000 x 0,05 = 36.000

- Menos: Rebaja según Tabla = (15.864,6)

- Impuesto Único Trab. = 20.135.

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Cuarta Actividad: Determinar Líquido a Pagar.

Remuneración Imponible 900.000

+ Remuneración No Imponible 250.400

Total Remuneración 1.150.400

Menos:

Descuentos Previsionales

AFP “Santa María” 117.000

ISAPRE “Promepart” 63.000

Total 180.000

Menos:

Impuesto Único Trabajadores 20.135

Total Descuentos (200.135)

Líquido a Pagar 950.265

Como pueden apreciar, la empresa está obligada a retener al trabajador,un porcentaje como descuento Previsional; para Sistema de Salud, ImpuestoÚnico Trabajadores. Estas retenciones deberá ingresarlas en los respectivosorganismos (AFP; Isapres, Servicio de Impuestos Internos) hasta el 10 y 12del mes siguiente.

Contablemente tenemos las siguientes cuentas de pasivo:

- AFP x Pagar.

- ISAPRE x Pagar.

- Impuesto Único Trabajadores.

- Remuneración x Pagar.

- El lenguaje contable es el asiento contable.

¿Cómo debemos reflejar esta situación contablemente?

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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1.1.4.1. Oportunidad en que se Aplica el Impuesto

El Impuesto Único se debe aplicar y retener en cada oportunidad delpago habitual de remuneraciones. Por ejemplo, en los casos de sueldos quese pagan por períodos mensuales, el impuesto debe aplicarse en la oportuni-dad del pago de sueldos de cada mes; si se trata de pagos por períodos sema-nales, el impuesto se aplicará en la oportunidad del pago de la remuneraciónde cada semana, etc.

En el caso del pago de remuneraciones a trabajadores cuyo período ha-bitual de pago, según contrato, es mensual, y solamente se le está cancelan-do una proporción de dicho período (15 días, una semana, etc., ya sea por-que trabajó solamente una parte del mes, se encuentra contratado dentro delmes o se encontraba acogido a algún beneficio previsional cuyo plazo ven-ció dentro del mes, etc.), la tabla de cálculo del impuesto que debe aplicarsesiempre será aquella que corresponda a su período habitual de pago, cual-quiera que sea el número de días de ese período que se le esté cancelando.

Cabe recordar que, tratándose de rentas clasificadas en la Segunda Cate-goría, las normas pertinentes de la Ley de la Renta sitúan el ingreso en elejercicio en que ellas son percibidas por el contribuyente a diferencia de lasrentas clasificadas en la Primera Categoría para las cuales las normas dedicha ley determinan, como norma general, que ellas deben imputarse alperíodo en que ellas son percibidas o devengadas. Todo ello, de acuerdo conlas normas que, sobre al período a que deben imputarse los ingresos, seestablecen en el Art. 15 de la Ley de la Renta.

1.1.4.2. Concepto de “Renta Percibida”

Para los efectos de aplicar el impuesto, la percepción de la renta puedematerializarse por cualquiera de las siguientes formas:

a. El pago efectivo.

b. El abono en cuenta, esto es, cuando en la contabilidad del deudor(empleador), se ha registrado dicho abono en la cuenta corriente delacreedor (trabajador) de la renta.

c. Puesta a disposición del interesado (trabajador) es decir, cuando el deu-dor (empleador) está en condiciones de pagar la renta y así se lo da aconocer al beneficiario; se cumple dicha circunstancia si el deudor

Detalle Debe Haber

Remuneraciones 1.150.400

AFP x Pagar 117.000

Isapre x Pagar 63.000

Impto. Único Trab. 20.135

Remun. x Pagar 950.265

Por remuneraciones pagadas mes de junio

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(empleador) avisa al acreedor (trabajador) que la renta respectiva se en-cuentra a su disposición o está depositada en algún banco o entidad a sunombre, o si pide instrucciones a éste respecto de lo que debe hacer conla renta.

d. Las rentas se dan por pagadas también, por alguna modalidad distinta alpago.Es importante señalar que la mera contabilización como gasto de la ren-

ta respectiva, sin que ésta vaya acompañada de alguno de los hechos detalla-dos en las letras a), b), c) y d) anteriores, no implica la percepción de la rentapor parte del trabajador y, por lo tanto, ella no debe formar parte de la rentaimponible en ese momento, sino que en aquel en que efectivamente se pro-duzca alguno de los hechos citados.

1.1.4.3. Límite de Exención

De acuerdo con la escala de tasas establecida en el Art. 43 Nº1, se exi-men del Impuesto Único de Segunda Categoría las personas que obtenganuna renta líquida imponible mensual de hasta 10 unidades tributarias men-suales.

En caso de remuneraciones que correspondan a períodos habituales depago quincenales, semanales o diarios, el límite de exención será la propor-ción de las 10 unidades tributarias mensuales que resulta en relación a di-chos períodos.

Para los fines de calcular el impuesto, las rentas accesorias o comple-mentarias al sueldo, o pensión, tales como bonificaciones, sobresueldos, pre-mios, aguinaldos, etc., se considerará que corresponden al mismo períodoen que se perciban, siempre que ellas se hayan devengado en un períodohabitual de pago. Si se hubieren devengado en más de un período habitualde pago, se computarán en los respectivos períodos en que se devengaron.

Por “período habitual de pago” debe entenderse aquel que se ha pacta-do para el pago de las remuneraciones ordinarias y que puede ser mensual,quincenal, semanal o diario.

1.1.4.4. Crédito contra el Impuesto

Del monto del impuesto que resulte de aplicar la escala de tasas, sepodrá deducir un crédito contra el impuesto, al cual tienen derecho todos loscontribuyentes, y que es equivalente a un 10% de una unidad tributaria men-sual. Este crédito normalmente se encuentra incluido en la “cantidad a reba-jar” que se indica en la última columna de la Tabla de Cálculo.

2. Modalidades Especiales para el Cálculo del Impuesto Único Art. 46º.

El Art. 46º de la Ley de la Renta establece, para el caso de rentas que sepaguen en períodos posteriores a aquel o aquellos en que se devengaron oganaron, una modalidad especial de cálculo del Impuesto Único de Segun-da Categoría, considerando para ello, el origen de las rentas que se están

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

158

pagando, el o los períodos en que se devengaron y fecha en que ocurre elpago definitivo.

En la citada disposición se pueden distinguir las siguientes situaciones:

2.1. Remuneraciones Totales Pagadas con Retraso

Al respecto, el inciso 1º del Art. 46º establece que:“Tratándose de remuneraciones del Nº1 del Art. 42, pagadas íntegra-

mente con retraso, ellas se ubicarán en el o los períodos en que se devengarony el impuesto se liquidará de acuerdo con las normas vigentes en esos perío-dos”.

De acuerdo a lo anterior, cuando se produce el pago de la o las remune-raciones totales que se estaban adeudando, el impuesto Único de SegundaCategoría deberá aplicarse sobre la renta líquida devengada en cada uno delos meses o períodos habituales de pago sobre la base de la escala de tasas,créditos y demás normas vigentes en cada uno de los citados meses o perío-dos habituales de pago.

En esta situación se encuentran los trabajadores o pensionados, a quie-nes durante uno o más meses se les queda adeudando la totalidad de susremuneraciones, como ocurre, por ejemplo, en el caso de los funcionariospúblicos durante el período en el cual se encuentra en trámite su decreto denombramiento o tratándose de jubilados, mientras dura el trámite del decre-to que fija la respectiva pension.

En tal evento, cuando ocurre el pago de la o las remuneraciones que seestaban adeudando, el impuesto se aplicará utilizando las tablas de cálculosvigentes en cada uno de los meses o períodos habituales de pago a quecorresponden las rentas que se están pagando.

2.2. Diferencias de Rentas y Rentas Accesorias o Complementariasal Sueldo, o Pensión

Este grupo de rentas está formado por:

a. Diferencias de Remuneraciones, tales como:

- Reajustes.

- Aumentos de sueldos por ascensos.

- Reestructuraciones.

- Reencasillamiento.

- Derecho al sueldo del grado o categoría superior, etc.

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b. Rentas Accesorias o Complementarias al Sueldo, tales como:

- Horas extraordinarias.

- Sobresueldos.

- Aguinaldos.

- Bonificaciones.

- Premios.

- Bonos.

- Asignaciones.

- Gratificaciones.

- Participaciones, etc.

La modalidad de cálculo sobre este tipo de rentas varía según si ellas sehayan devengado o ganado en un solo mes o si, por el contrario, ellas se handevengado o ganado en más de un mes y se pagan con retraso.

En la primera situación tales rentas quedan sometidas a las normas gene-rales sobre cálculo del impuesto, y en el segundo caso, se aplicará la mismamodalidad de cálculo que se indicará en 2.2.2.

2.2.1.Remuneraciones Devengadas en un Solo Período Habitual de Pago

Las diferencias de rentas y las rentas accesorias o complementarias alsueldo, o pensión, devengadas o ganadas en un solo período habitual depago, que puede ser mensual, quincenal, semanal o diario, se computaráncomo una mayor remuneración del período en el cual se perciban, es decir,se acumularán a las demás remuneraciones que se paguen en dicho períodoy conformarán en conjunto con ellas una sola renta líquida imponible afectaa la escala de tasas, créditos y demás normas generales del impuesto únicode Segunda Categoría, vigentes en ese período. Dicho procedimiento se apli-cará aun cuando las citadas rentas se paguen dentro del mismo período enque se devengaron o se paguen con retraso, o sea en uno o más períodosposteriores a aquel en que se devengaron o ganaron.

2.2.2.Rentas Devengadas en más de un Período Habitual de Pago

La Ley 18.985 de 1990, reemplazó el inc. 2º del Art. 46º por los siguien-tes dos incisos:

“En el caso de diferencias o saldos de remuneraciones o de remunera-ciones accesorias o complementarias devengadas en más de un periodo yque se pagan con retraso, las diferencias o saldos se convertirán en unidadestributarias y se ubicarán en los períodos correspondientes”, reliquidándosede acuerdo al valor de la citada unidad en los períodos respectivos.”

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

160

“Los saldos de impuestos resultantes se expresarán en unidades tributariasy se solucionarán en el equivalente de dichas unidades del mes de pago de lacorrespondiente remuneración”.

De acuerdo con estas modificaciones tratándose del pago de diferenciaso saldos de remuneraciones, como asimismo, de remuneraciones accesoriaso complementarias al sueldo devengadas en más de un período y que sepaguen con retraso, para los efectos de determinar el impuesto único deSegunda Categoría aplicable, deberán convertirse dichas diferencias o sal-dos en números de unidades tributarias según el valor que ésta tenga en lafecha del pago y se ubicarán en los períodos en que se hayan devengado,adicionándose a las rentas percibidas en cada uno de esos períodos,reliquidándose según el valor que tenga la citada unidad en los períodosrespectivos. Del monto del impuesto resultante de dicha reliquidación, sededucirá el impuesto único que afectó a la renta primitiva en su oportunidady la diferencia o saldo que se determine, expresada en unidades tributarias,se solucionará en el equivalente que tenga dicha unidad en el mes de pagode la correspondiente remuneración adicional. Dicha diferencia deberá serenterada en arcas fiscales, dentro de los doce primeros días del mes siguientea aquel en que se efectuó el pago de remuneraciones, conforme a lo prescri-to por los Arts. 74 Nº1 y 78 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Para tales efectos, debe entenderse que una renta se ha “devengado”cuando el beneficiario de ella ha adquirido el derecho a su percepción, auncuando este último acto, el de percepción, se produzca con posterioridad.

2.3. Remuneraciones Voluntarias

El inciso final del Art. 46 de la Ley de la Renta establece que:Las remuneraciones voluntarias que se paguen en relación a un determi-

nado lapso, se entenderá que se han devengado uniformemente en dicholapso, el que no podrá exceder de doce meses.

De acuerdo a esta disposición, las rentas accesorias o complementariasal sueldo o pensión, que se paguen en forma voluntaria, es decir, que noemanen de la ley o de un contrato o convenio colectivo, y que se paguen enfunción del trabajo o servicios prestados durante cierto período, se entende-rá que se han devengado uniformemente en todo ese período, el que nopuede exceder en ningún caso de doce meses.

Ello significa que si la remuneración voluntaria tiene por finalidad remu-nerar o recompensar el trabajo ejecutado en más de un período habitual depago de remuneraciones, deberá prorratearse uniformemente en cada unode los meses en que se entiende devengada y tributar conforme a las normasya aplicadas en el número precedente, vale decir, deberá procederse a lareliquidación del Impuesto.

En esta situación se encuentran, por ejemplo, una gratificación anualvoluntaria, una indemnización voluntaria por desahucio o retiro en la parteque constituya renta.

Por el contrario, si la remuneración voluntaria obedece a la decisión deremunerar o compensar el trabajo realizado en un solo período habitual de

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pago con motivo de circunstancias especiales que digan relación con esesolo período, ella tributará en conjunto con las demás rentas de ese mismoperíodo, con la escala de tasas y demás normas vigentes en ese momento. Tales el caso, por ejemplo, del aguinaldo de Fiestas Patrias y de Pascua, de unbono de escolaridad por el ingreso a clases y otras similares.

3. Reliquidación Impuesto Único Artículo 47º

3.1. Contribuyentes Obligados a Declarar

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 47 de la Ley de la Renta, lostrabajadores, pensionados, jubilados y montepiados que durante el año ca-lendario o en una parte de él hayan obtenido rentas por concepto de sueldos,pensiones, jubilaciones y montepíos, u otras rentas análogas de más de unempleador, habilitado o pagador, simultaneamente, deberán reliquidar elImpuesto Único de Segunda Categoría por la totalidad de las rentas corres-pondientes al período o periodos en que se haya dado tal situación.

Para los efectos de la reliquidación del Impuesto Único, deberá estarseal monto de los tramos, tasas progresivas y créditos al Impuesto que hubiereregido en cada período.

3.2. Reliquidación Anual

La declaración anual de reliquidación del Impuesto Único de SegundaCategoría está basada en la reliquidación mensual de los sueldos y pensio-nes que el trabajador haya obtenido de más de un empleador simultánea-mente, utilizando para estos efectos, las mismas tablas de cálculo y montode los créditos vigentes en cada uno de los meses objeto de la liquidación,sin aplicar reajuste alguno al monto de las rentas que motivan este ajusteanual, como tampoco a las diferencias de impuesto que en cada uno de losmeses se produzcan.

- El procedimiento de cálculo es el siguiente:Deberá sumarse el total de las remuneraciones obtenidas mensualmente

en forma simultánea. Las rentas accesorias o complementarias devengadasen más de un mes y pagadas con retraso, se computarán en cada uno de losmeses en que se devengaron, sumándose a las demás remuneraciones de esemes. En tal caso pueden encontrarse, por ejemplo, las gratificaciones, parti-cipaciones, horas extraordinarias, etc.

De la suma total de remuneraciones percibidas mensualmente en formasimultánea, deberán restarse las cotizaciones o imposiciones previsionalesde cargo del trabajador, que le hayan afectado mensualmente.

Si la diferencia entre estas dos cantidades resulta de un monto superior alos límites exentos mensualmente indicados anteriormente, deberá ubicarseen los tramos de las tablas de cálculo de impuesto conforme a las normasgenerales que establece la Ley.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Del impuesto determinado segun tabla, debe deducirse el Impuesto Únicoque el respectivo empleador, habilitado o pagador haya retenido de las re-muneraciones que se declaran.

4. Resumen Renta de Trabajadores Dependientes

La ley establece en Segunda Categoría un impuesto sobre rentaspercibidas que es una escala de tasas igual al impuesto global comple-mentario, pero debido a que su aplicación es en periodos mensuales, lostramos están determinados en UTM.

El empleador debe retener el impuesto; es el sujeto responsable delpago del impuesto.

La renta imponible se determina de acuerdo a las remuneracionespercibidas en el mes, deducidas las imposiciones previsionales obligato-rias.

Todos los ingresos son renta con excepción de los que indica expre-samente el Art. 17.

Determinación del Impuesto.Para determinar el Impuesto a la Renta, la ley plantea varias situacio-

nes:Rentas canceladas en el mismo período en que fueron devengadas,

norma general, se aplica escala de tasas del mes.Remuneraciones pagadas íntegramente con retraso, el impuesto se

determina de acuerdo a las normas vigentes en cada período; cada messeparadamente. La suma de impuestos retenidos en este caso debe decla-rarlos el empleador al mes siguiente de ser pagadas las remuneraciones.

Diferencias, saldos de remuneraciones, remuneraciones accesoriaso complementarias que correspondan a más de un período y se paguencon retraso, se reliquidan cada mes.

Para estos efectos las remuneraciones, accesorias o complementariasy las diferencias que se paguen con retraso se convierten en unidadestributarias en el mes en que son canceladas y se ubican en los períodoscorrespondientes reliquidándose al valor de la UTM en los períodos res-pectivos.

Los saldos de impuesto resultantes se expresan en UTM del mesreliquidado y se solucionarán en el equivalente de la UTM del mes depago de la correspondiente remuneración.

Los empleados con más de un empleador simultáneamente en uno omás períodos mensuales durante el año, deben hacer una reliquidaciónde los períodos respectivos sumando las rentas de los empleadores. Lasdiferencias mensuales de impuesto debe pagarlas el contribuyente en sudeclaración anual en el año siguiente en el mes de abril, a menos quehaya reliquidado mensualmente.

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Los empleados que hagan inversión en acciones de sociedades anó-nimas, acciones de pago, como primer titular pueden acogerse a las fran-quicias del Art.57 bis letra A Nº1.

La franquicia consiste en rebajar de su renta una cantidad equivalen-te al 20% de valor invertido en acciones de S.A. abiertas, como primerosdueños, reajustada a diciembre de cada año, con un tope equivalente al20% de la R. y máximo hasta 50 UTA. Esta deducción puede hacerladespués de un año de efectuada la inversión y puede repetirla todos losaños mientras sea dueño de las acciones.

Para aplicar la franquicia debe hacer una reliquidación de su im-puesto en término anual, de rentas e impuestos, reajustados a diciembrede cada año.

5. Trabajador Independiente

Es aquel trabajador que tiene un oficio, profesión u ocupación lucrativa yemite Boletas de Honorarios, y de la cual el empleador le retiene el 10% delvalor Bruto de la Boleta. Debe pagar el Impuesto Global Complementario.

El Impuesto Global Complementario se declara en el Formulario 22, lí-nea N°6: rentas percibidas del artículo 42 N°2 y 48.

“Los Profesionales Independientes, los socios de Sociedades de Profe-sionales, las personas naturales que desarrollen actividades lucrativas y losDirectores o Consejeros de Sociedades Anónimas, ocuparán esta línea paradeclarar las rentas percibidas producto de tales actividades”.

• Artículo 42 N° 2.

Fuente: Profesora M. Patricia Quezada F.

Tratándose de profesionales o personas que desarrollen actividades lu-crativas ellos pueden optar por declarar sobre la base de los ingresos brutospercibidos rebajando como gasto presunto de la actividad un 30% de los

Figura Nº4:Artículo 42 Nº2.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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ingresos con un tope de 15 U.T.A. a deducir por este concepto, o bien puededeclarar la renta efectiva proveniente de esa actividad.

Los Directores o Consejeros de Sociedades Anónimas deben declarar latotalidad de las rentas percibidas de dichas sociedades en su calidad de Di-rector o Consejero, sin deducción alguna.

Los socios de sociedades de profesionales tributarán en proporción a laparticipación que les corresponde en la sociedad, conforme al respectivocontrato social.

Los Profesionales Independientes y personas que desarrollen actividadeslucrativas gravadas conforme al N°2 del Artículo 42, que determinen su baseimponible según contabilidad y hayan efectuado donaciones a las Universi-dades e Institutos Profesionales, acogidas a las disposiciones del Art. 69 dela Ley 18.681, pueden deducir de su base imponible de Global Complemen-tario, en los mismos términos aplicables a los contribuyentes de PrimeraCategoría, la parte de esas donaciones que no da derecho a crédito, todoaquello por aplicación de lo dispuesto por el Artículo 50 de la Ley de laRenta, que establece que para determinar la renta efectiva de ese tipo decontribuyentes les serán aplicables las normas que rigen en esta materia,respecto de la Primera Categoría.

5.2. Ejercicio Aplicación Línea N°6 (Impuesto GlobalComplementario)

� Ejercicio

Aplicación Línea N°6: Impuesto Global Complementario.

• Rentas Percibidas del Artículo 42 N°2.

- El Señor J. R. percibió en el ejercicio de su actividad como consejero deBanco S.A.

- En el mes de Junio 2002 una dieta de $3.000.000, y en el ejercicio de suprofesión de Abogado emitió las siguientes Boletas de Honorarios:

N° Boleta H. Fecha Fecha de Pago Monto

1 15.05.2002 15.05.2002 700.000

2 23.06.2002 12.02.2003 900.000

3 18.12.2002 Sin Pago 4.000.000

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Se Pide: Determinar qué rentas le corresponde declarar al Señor J.R. ylas Líneas en que ellas deben ser incluidas, atendiendo que se acoge aPresunción de Gasto.

� Desarrollo

• Línea 6 Rentas del Artículo 42 N°2 y 48.

Boleta N° 1 $700.000 * IPC 710.000

(-) Gasto Presunto (710.000 *30%) (213.000)

Total a declarar por Renta Art. 42 N°2 497.000

Rentas del Art. 48 Dieta por Consejero

3.000.000 * IPC 3.100.000

Total a Declarar en Línea 6 Form. 22 3.597.000

� Observación

- La Boleta N°2 tiene que ser del periodo y no está percibida la renta de laN°3.

- Los honorarios por participaciones o dietas al Directorio de S.A. no tie-nen derecho a ninguna rebaja como gastos.

Actividaes de Aprendizaje

1. Análisis de Caso:

a. Antecedentes:

Un trabajador tiene tres rentas:

- Trabaja con Contrato de Trabajo medio día en la Bolsa Inverlint.

- El otro medio día con Contrato de Trabajo en el Banco Central.

- Emite Boletas de Honorarios por asesorías financieras en InversionesInverlint.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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b. Nombre todas las Obligaciones Principales y obligaciones Accesoriasque tiene.

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CuartoCUARTO CAPÍTULO: Impuesto de primera categoría

1. Renta de Capital Impuesto Primera Categoría D.L 824 Art. 20

Este es un Impuesto de carácter anual que grava a las actividades en quepredomina el Capital. Se declara y paga en abril en Formulario 22.

• Tasa: 16%.

- Años Comerciales 1984 a 1990 Tasa 10%

- Años Comerciales 1991 a 1996 Tasa 15%

- Año Comercial 2002 Tasa 16%

- Año Comercial 2003 Tasa 16,5%

- Año Comercial 2004 Tasa 17%

• Grava las Rentas:

- Rentas efectivas percibidas o devengadas.

- Rentas presuntas.

- Cantidades retiradas o distribuidas indicadas en artículo 14 bis.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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1.1. Rentas AfectasFigura Nº5: Rentas

afectas.

Fuente: Profesora M. Patricia Quezada F.

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• Decreto Ley 824, Ley de la Renta.

Fuente: Profesora M. Patricia Quezada F.

1.2. Clasificación de las Rentas Afectas a Primera Categoría (Art. 20)

Artículo 20 Nº1 - Bienes Raíces Agrícolas.

- Bienes Raíces No Agrícolas.

Artículo 20 Nº2 Capitales Mobiliarios como:

- Depósitos a Plazo, Cuentas de Ahorro, Fondos

Mutuos, Bonos, Debentures, etc.

Artículo 20 Nº3 - Comercio, Industria, Minería, etc.

Figura Nº6:Rentas.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Artículo 20 Nº4 - Corredores, Comisionistas, en el que predomine el

capital.

- Martilleros, Agentes de Aduana, colegios, academias,

etc.

Artículo 20 Nº5 - Todas las rentas de cualquier origen, naturaleza o

denominación cuya dimposición no se encuentre

establecida.

Artículo 20 Nº6 - Premios de lotería y otros.

1.3. Tributación de Bienes Raíces (Art. 20, Nº1)

1.3.1. Bienes Raíces Agrícolas.

La nueva normativa de la Ley Nº18.985 en materia de tributación agrí-cola, estuvo inspirada en la idea de hacer aplicable el régimen de renta efec-tiva a un gran número de contribuyentes de este sector productivo, mante-niendo el régimen de “renta presunta” solo para aquellos contribuyentes demenor importancia; ahora bien, con el objeto de evitar que los contribuyen-tes se sustrajeran a la nueva normativa tributaria, mediante contratos de ven-tas o arrendamiento de sus predios, la ley estableció diversas normas de res-guardo, tendientes a impedir esta situación.

a. Ley General.

Se establece que los contribuyentes que posean o exploten a cualquiertítulo bienes raíces agrícolas, se les gravará la renta efectiva de dichosbienes (Art. 20 letra a D.L. 824). Esta disposición incluye a propietarios,usufructuarios, personas que exploten el predio como arrendatarios,subarrendatarios, cesionarios, etc.

b. Excepción.

Como norma de excepción el Artículo 20 DL. Nº 824, letra b), disponeun régimen de presunción de renta para los contribuyentes propietarioso usufructuarios de bienes raíces agrícolas, igual al 10% del avalúo fiscalde los predios, siempre que cumplan los requisitos legales. Esta presun-ción de derecho es de un 4% cuando la explotación se hace a cualquierotro título. Ej. arrendatario, sub-arrendatario.

NO OLVIDEPresunción de Derecho es aquella que No Admite prueba en contra-rio, por ninguna de las partes, ni puede ser desvirtuada por un juez.

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1.3.2. Requisitos Copulativos para Acogerse a la Renta Presunta

Que quien explota el predio no sea una sociedad anónima, y si se tratade otras personas jurídicas, éstas estén integradas exclusivamente por perso-nas naturales.

Que el contribuyente no tenga otra actividad por cuyos ingresos debadeclarar impuesto sobre la renta efectiva, según contabilidad completa.

Que no tenga ventas anuales por más de 8.000 unidades tributarias men-suales, incluidas la totalidad de las ventas que efectúen las sociedades ocomunidades “relacionadas”.

Que no sean arrendadores que acrediten su renta efectiva mediante elrespectivo contrato.

Que el contribuyente tenga la calidad de propietario, usufructuario oarrendatario del predio agrícola.

Los contribuyentes que no cumplan los requisitos anteriores deberán tri-butar según su renta efectiva, determinada por contabilidad completa.

c. Caso Especial.

El inciso 2º de la letra b del artículo 29 establece la posibilidad de queuna persona pueda continuar afecta al régimen de renta presunta cuan-do sus propias ventas anuales no excedan las 1.000 UTM, en cuyo casono se aplican las normas sobre sociedades o comunidades relacionadaspara determinar este límite de ventas, esto es, no se le suman las ventasde tales empresas.

d. Mantención de Crédito por Contribuciones.

Quienes paguen el Impuesto de Primera Categoría, sea sobre la base dela renta efectiva o de renta presunta, continúan gozando de la facultadde descontar del monto de éste, lo pagado por concepto de impuestoTerritorial por el predio.

e. Nuevo Concepto de Sociedad Relacionada.

Se entiende que una persona está relacionada con una sociedad en estoscasos:

i. Si la sociedad es de personas y la persona, como socio, tiene facul-tades de administración o si participa en más de un 10% de las uti-lidades, o si es dueña, usufructuaria o a cualquier otro título poseemás del 10% del capital social o de las acciones. Lo dicho se aplicatambién a las comunidades de cualquier tipo.

ii. Si la sociedad es anónima y la persona es dueña, usufructuaria o acualquier otro título tiene derecho a más de 10% de las acciones, delas utilidades, o de los votos en la Junta de Accionistas.

iii. Si la persona es partícipe en más de un 10% en un contrato de aso-ciación u otro negocio de carácter fiduciario, en que la asociaciónes gestora.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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iv. Si la persona, de acuerdo a estas reglas, está relacionada con unasociedad y ésta a su vez lo está con otra, se entenderá que la personatambién está relacionada con esta última y así sucesivamente.

1.3.3. Concepto de Comunicabilidad

La ley introduce el concepto de Comunicabilidad, que consiste en queel contribuyente que tributa por renta efectiva, según contabilidad completale comunica este régimen tributario a otro contribuyente, en los casos queestablece la ley.

a. Comunicabilidad por Sumatoria de Ventas.

Si un contribuyente que tiene ventas netas anuales superiores a 1.000UTM al año, pero inferior a 8.000 UTM se le suman las ventas de lasempresas relacionadas que exploten predios agrícolas y el resultado dela sumatoria excede de dicho límite, tanto el contribuyente como lassociedades o comunidades relacionadas deberán tributar por renta efec-tiva (Ley Impuesto a la Renta Art. 20. letra b).

b. Comunicabilidad entre Sociedades por Tener un Socio RelacionadoComún.

El inciso 7º, de la letra b) del artículo 22 establece una comunicabilidaddel régimen tributario en la cual el vínculo lo constituye una personanatural (no necesariamente agricultor o contribuyente del impuesto deprimera categoría) que es socio relacionado de una o más sociedades oempresas que explotan predios agrícolas. En este evento se suman lasventas totales anuales de las sociedades de las cuales es relacionado y siéstas exceden de 8.000 UTM, todas las sociedades deben tributar porrenta efectiva. La diferencia de esta situación con la anterior se encuen-tra en que en aquélla se requería que el factor de relación fuera un agri-cultor o contribuyente de primera categoría y el nuevo régimen tributa-rio lo afectaba a él y a las empresas relacionadas, en tanto en esta nuevasituación la persona natural que opera como vínculo no entra al nuevorégimen tributario que afecta a las sociedades relacionadas cuando ex-cedan el límite de ventas, lo hacía antes de la reforma.

Importante

Si la persona está relacionada con una sociedad y ésta a su vez lo estácon otra, se entiende que la persona también está relacionada con estaúltima.

Si una persona natural, sea o no con actividad agrícola, está relacionadacon más de una sociedad agrícola, tales sociedades agrícolas debenconsolidar el total de sus ventas anuales.

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� Ejemplo

� Solución

Las ventas de Soc. Agrícola S.A. no se suman porque no hayrelacionamiento por no exceder el 10% al ser S.A. (abierta o cerrada) debedeclarar renta efectiva, es decir, llevar contabilidad completa. Sin embargo sihubiera relacionamiento debería sumar sus ventas.

- Soc. Agrícola “El León Ltda.” Ventas anuales 7.800 U.T.M.

- Soc. Agrícola “Las Cabritas Ltda.” Ventas anuales 1.000 U.T.M.

- Total Ventas Relacionadas 8.800 U.T.M.

La Soc. Agrícola “El León Ltda.”, debe tributar en base a renta efectivasegún contabilidad completa.

La Soc. Agrícola “Las Cabritas Ltda.” puede seguir tributando sobre labase de renta presunta, pues sus ventas no exceden de 1.000 U.T.M.

Recuerde.

Art. 20 Nº1 letra b “Los contribuyentes cuyas ventas anuales no excedan1.000 UTM podrán continuar sujetos a régimen de renta presunta, aun-que en conjunto con las relacionadas tengan más de 8.000 UTM”.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

174

1.3.4. Cuadro Sinóptico de la Tributación de Bienes Raíces Agrícolas

Sin embargo, aquellos que tributen mediante renta presunta, pueden OP-TAR por declarar en base a renta efectiva con contabilidad completa. Pero,no podrán volver al régimen de renta presunta.

1.4. Rentas de Bienes Raíces no Agrícolas

Las personas que poseen Bienes Raíces no Agrícolas deben declarar lassiguientes rentas:

a. Renta superior al 11% del avalúo, afecta impuestos de Primera Catego-ría y Global Complementario sobre rentas efectivas.

b. Rentas hasta el 11% del avalúo, exentas de Primera Categoría y afectasa Global Complementario sobre renta presunta legal del 7% sobre ava-lúo. En este caso se puede rebajar del avalúo una cantidad exenta, siem-pre que el bien raíz esté destinado a habitación. Rebaja es solo para unade las propiedades que posea el contribuyente.

c. Exentas de Impuesto a la Renta las siguientes propiedades.

- Propiedades D.F.L. 2.

- Propiedades usadas por el contribuyente o su familia.

- Destinadas al giro de actividades del Art. 3, 4, y 5 del Art. 20 y 42N°2.

Ver Anexo Nº3: Impuesto Primera Categoría

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U N I D A D III

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- Propiedades de contribuyentes del Art. 42 N°1 (empleados), cuyasrentas no excedan el 11% del avalúo y que en conjunto el avalúo noexceda de 40 UTA, siempre que estos contribuyentes obtengan úni-camente rentas del Art. 42 N°1 y rentas del Art. 20 N°2 que no exce-dan de 10 UTA.

- Propiedades de contribuyentes del Art. 22, cuyas rentas no excedandel 11% del avalúo, y que en conjunto el avalúo no exceda de 40UTA, siempre que estos contribuyentes obtengan únicamente rentasdel Art. 22 y rentas del Art. N°2 que no excedan de 10 UTA.

d. Explotación de propiedades en calidad de no propietarios (Sub-arrien-dos), afectos a Impuestos de Primera Categoría y Global Complementa-rio sobre rentas efectivas.

2. Renta Líquida Imponible

• Actividades del Artículo Nº 20 Nº 3.

- Comercio, Industria, Minería, explotación de las riquezas del mar y de-más actividades extractivas.

- Compañías Aéreas.

- Compañías de Seguros.

- Bancos, asociaciones de ahorro y préstamos, sociedades administrado-ras de fondos mutuos, sociedades de inversión o capitalización, empre-sas financieras y otras de actividades análogas.

- Constructoras.

- Empresas periodísticas, publicitarias, de radiodifusión, televisión.

- Procesamiento automático de datos, y

- Telecomunicaciones.

• Actividades del Artículo 20 Nº 4.

- Corredores, sean titulados o no.

- Comisionistas con oficina establecida.

- Martilleros.

- Agentes de aduana, embarcadores y otros que intervengan en el comer-cio marítimo Portuario y aduanero.

- Agentes de seguros que no sean personas naturales.

- Colegios, academias e instituciones de enseñanza particulares y otrosestablecimientos particulares de este género.

Ver Anexo Nº3: Impuesto Primera Categoría

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

176

- Clínicas, Hospitales, Laboratorios y otros establecimientos análogos,particulares, y

- Empresas de Diversión y Esparcimiento.Para actividades que tributan en base a renta efectiva y con contabilidad

completa.

2.1. Determinación del Resultado Tributario

El Resultado Contable =/= Resultado Tributario

Resultado Según Balance 100.000

Más / Menos

Ajustes 40.000

Resultado Tributario 60.000

La Contabilidad se elabora en base a Normas Contables y Principios deGeneral Aceptación, es por ello que surgen diferencias entre el criterio Con-table y el Tributario.

Para resolver estas diferencias se tienen que hacer ajustes para tributarsobre la base de criterios Tributarios.

2.1.1. Proceso de Determinación de la Renta Líquida Imponible dePrimera Categoría D.L. 824.

• Renta Líquida Imponible.Renta Líquida Imponible o Pérdida Tributaria de Primera Categoría, será

la Base Imponible sobre la cual se aplicará la Tasa 1ª Categoría.

• De acuerdo al D.L. 824, N° 29 al 33:

a. Ingresos Brutos.

- Ingresos totales menos ingresos no constitutivos de renta.

Ingresos Brutos (Art. 29)

Menos: (Costo Directo) (Art. 30)

Renta Bruta

Menos: (Gastos Necesarios) (Art. 31)

Renta Líquida

Más o Menos: Ajustes Tributarios (Art. 33)

Más o Menos: Saldo Cta. Corrección Monetaria (Art. 32)

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U N I D A D III

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- Se incluyen reajustes y diferencias de cambio originadas en créditosen empresas con contabilidad.

- Se computan en año de devengamiento o percepción.

b. Situaciones Especiales:

• Rentas Artículo 20 Nº 2:Percepción, salvo cuando son percibidas o devengadas por contribuyen-

tes de los Nº 1, 3, 4 y 5 del artículo 20, obligados a declarar rentas efectivasy balance general.

• Ingresos por Promesa de Venta de Inmuebles:

- Suscripción de Contrato de Venta.

• Ingresos por Contrato de Construcción por Suma Alzada:

- Formulación del cobro por la obra ejecutada.

• Rentas de Fuente Extranjera:Agencias u otros establecimientos permanentes en el exterior, deben con-

siderar en Chile las rentas percibidas y devengadas incluyendo los impuestosa la renta adeudados o pagados en el extranjero, tratándose de dividendos,retiros y otras rentas (uso de marcas, patentes, fórmulas, asesorías técnicas yotras prestaciones similares) se considerarán las rentas líquidas percibidas.

c. Renta Bruta.Ingresos Brutos menos costo directo de bienes y servicios y costo estima-

do de ventas anticipadas.

• Costo Directo.

- Mercaderías adquiridas en el país.

- Importaciones.

- Bienes producidos por el contribuyente.

• Costo Directo de Ventas o de Producción.

- Fifo.

- Costo promedio ponderado.

- Mantención del sistema.

• Bienes en existencias Vendidos o Prometidos Vender.

- Estimación de Utilidad.

- Promesa de Venta de Inmuebles.

- Costo se rebaja en ejercicio de suscripción de contrato de venta.

- Construcción de Inmuebles a Suma Alzada.

- Costo se deduce en ejercicio de cada cobro.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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2.2. Gastos Deducibles (que se Aceptan por la Ley de Renta)

2.2.1. Gastos Necesarios

- Intereses. - Créditos Incobrables.

- Impuestos. - Reajustes y Diferencia de Cambio.

- Pérdidas. - Gastos por Vehículos Motorizados.

- Depreciaciones. - Donaciones.

- Remuneraciones. - Gastos de Promoción.

- Gastos de Investigación. - Indemnización por Años de Servicios.

- Gastos Organización y Puesta en Marcha.

Detalle

Obligatorios

Necesarios

Monto

Pagados oadeudados

Correspondenal ejercicio

Acreditaciónfehacienteante el S I I

No rebajadoscomo costodirecto

Gasto Efectivo

Giro delNegocio

Requisitos o Condiciones

Pactada su obligatoriedad mediante algún documentoo norma legal (contabilidad efectiva, facturas).

Que sean indispensable e inevitables.

Debe considerarse no sólo la naturaleza del gastosino que además su monto, hasta qué cantidad elgasto ha sido necesario para producir la renta.

Que se encuentren adeudados o pagados al términodel ejercicio.

Que correspondan al ejercicio en que se está deter-minando la renta.

El contribuyente debe probar la naturaleza, necesi-dad, efectividad y monto del gasto con los mediosprobatorios de que disponga, pudiendo el S.I.I. im-pugnarlos, si por razones fundadas no se estimaranfehacientes.

Que no se encuentren rebajados como parte inte-grante del costo directo de los bienes o servicios aproducir.

Que el contribuyente haya incurrido efectivamenteen el gasto, ya sea pagado o adeudado al términodel ejercicio. No se aceptan gastos presuntos o esti-mados.

Que se relacionen directamente con el giro del ne-gocio o actividad que desarrolle el contribuyente.

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U N I D A D III

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a. Intereses.

- Pagados o devengados sobre cantidades adeudadas.

- Adquisición de bienes físicos del activo fijo cuando no entran en Funcio-nes.

- Opción de gasto o costo.

- Intereses, reajustes y diferencias de cambio de haberes de los socios enla empresa.

i. Los haberes invertidos en la empresa siguen originando correcciónmonetaria (artículo Nº41 Nº 9) como aumento o disminución decapital.

ii. Si se han pactado intereses, reajustes o diferencias de cambio, secargarán estos a resultados revirtiendo la corrección monetaria porel periodo de su devengamiento.

• No Necesarios los Originados en:

- Impuestos.

- Imposiciones Previsionales.

- Créditos Relacionados con Bienes que no Produzcan Rentas Gravadasen Primera Categoría.

b. Impuestos.

- De Leyes Chilenas

• No se Aceptan:

Ley de la Renta

- De Fuente Extranjera Cuando Constituya Crédito.

- Se Aceptan Como Gasto:

Impuesto de Timbres y Estampillas, Patentes Municipales, Permisos deCirculación de Vehículos de Trabajo, IVA Parcialmente Irrecuperable, Im-puesto Territorial o Contribuciones de Bienes Raíces.

c. Pérdidas.

Sufridas por el Negocio o Empresa.

Incluye las Provenientes de Delitos Contra la Propiedad.

- Cubiertas por Seguros.

- De Ejercicios Anteriores.

- Del Ejercicio.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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• Imputación de las Pérdidas Tributarias.

a. Utilidades No Retiradas o del Ejercicio.

b. Utilidades de Ejercicios Futuros.

- Reajustadas.

c. Utilidades Propias o Recibidas de Terceros con o sin Créditos.

- Vigencia Indefinida.

• Absorción de las Pérdidas Tributarias.

- Crédito por Impuesto de Primera Categoría.

- Recuperación como Pago Provisional.

- Tratamiento Tributario de este Crédito en Primera Categoría y su For-ma de Registrarlo en el F.U.T.

- La Pérdida Tributaria de Arrastre Disminuye en el Monto de la Absor-ción.

• Créditos Incobrables.

- Contabilizados oportunamente.

- Agotamiento de medios prudenciales de cobro.

- No mantener relaciones comerciales.

• No se Aceptan como Gastos.

- Estimaciones o provisiones globales, castigos sin respaldo.

• 31 Nº5. Depreciaciones.

- Bienes físicos del activo inmovilizado.

• Normal:

- Años de vida útil fijados por Dir. Nacional.

- Años de vida útil fijados a petición de parte por Dir. Regionales.

- Opera sobre el valor neto total del bien, una vez aplicada revalori-zación Art. 41.

• Acelerada:

- 1/3 de la vida útil normal fijada por Dir. Regional.

- 1/3 de la vida útil fijada por Dir. Nacional.

• No pueden acogerse a depreciación acelerada:

- Bienes cuya vida útil fijada por Dir. Nac. o Reg. sea inferior a 5 años.

• Al término del plazo de depreciación: valor libro $1

- Bienes obsoletos antes del término del plazo de depreciación: pue-de aumentarse al doble depreciación normal.

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U N I D A D III

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- Bienes inutilizados por siniestros (incendios, robos, destrucción, etc.):Se castigan totalmente en el año que se produce su inutilización.

• No se deprecian Terrenos.

• 31 Nº 6 Sueldos, Salarios, Remuneraciones.

- Pagados o adeudados por prestación de servicios personales (ExceptoMano de obra directa + Gratificaciones legales o contractuales).

- Participaciones y gratificaciones voluntarias.

- Para todos los empleados y obreros.

- Repartidas por un factor común de prorrateo (nivel de remuneraciones;antigüedad; cargas familiares, etc).

- Remuneraciones a principales accionistas u otros que pueden influir ensu fijación pueden ser reguladas por el S.I.I, considerando que sean ra-zonablemente proporcionadas a:

• La importancia de la empresa.

• Las rentas declaradas.

• Los servicios prestados.

• Rentabilidad del capital.La parte que se rechaza como gasto queda, además, afecta a los impues-

tos que procedan respecto del beneficiario.

- Sueldo empresarial y otras remuneraciones asignadas al empresarioindividual o socio de sociedades de personas por servicios persona-les:

a. Desde el 01.01.90 se aceptan como gastos, bajo el cumplimiento de lossiguientes requisitos:

- Que el dueño o socio trabaje efectiva y permanentemente en el nego-cio;

- Que sobre el monto del sueldo efectúe cotizaciones previsionalesdel D.L. 3.500 (Tope 60 U.F).

- Que el sueldo se rija por todas las normas del Impuesto Único de 2ªCategoría.

b. Los sueldos y remuneraciones que no cumplan estos requisitos se recha-zan como gastos y tributan en Global Complementario en su calidad degastos rechazados.

• 31 Nº7 Donaciones.

a. Con tope del 2% de la R.L.I. o del 1,6 por mil del Capital Propio (Art.31Nº7 Ley de la Renta):

- Cuerpos de Bomberos de la República.

- Fondo de Solidaridad Nacional.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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- Servicio Nacional de Menores.

- Instrucción Básica o media gratuita, privada o fiscal.

- Instrucción técnica, profesional o universitaria en el país, privado ofiscal.

b. Con tope del 10% de la R.L.I. (Art. 47 D.L. 3.063 DE 1979).

- Establecimientos educacionales, hogares estudiantiles, establecimientosde salud y centros de atención de menores que hayan sido traspasadospor el Fisco a las Municipalidades.

- Centros privados de atención de menores o de ancianos, con personali-dad jurídica, gratuitos.

- Establecimientos privados de educación reconocidos por el Estado:

• Enseñanza básica gratuita.

• Enseñanza media científico-humanista o técnico-profesional, que nocobren más de 0,63 U.T.M.

- Establecimientos de educación que sean corporaciones o fundacionesde beneficencia pública.

- Establecimientos de educación superior, creados por ley o reconocidospor el Estado.

- Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico.

- Instituciones sin fines de lucro: Objeto:

• Creación, investigación o difusión de las artes y las ciencias, o

• Realización de programas de acción social en beneficio exclusivode los sectores de mayor necesida;

• Creadas por ley o corporaciones y fundaciones de beneficencia pú-blica;

• Cumplir con requisitos que determine Reglamento (DFL Nº1, publi-cado el 02.04.86) (Circular 46, de 13.08.86).

c. Sin tope (DL 45 de 1973) Fondo de Reconstrucción Nacional

• 31 Nº 8 Reajustes y Diferencias de Cambio.

Créditos destinados al giro del negocio, incluso los originados por:

- Bienes del activo inmovilizado.

- Bienes del activo realizable.

No se aceptan aquellos originados por:

- Adquisición, mantención y/o explotación de bienes que no produzcanrentas gravadas en Primera Categoría.

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U N I D A D III

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• 31 Nº 9. Gastos de Organización y Puesta en Marcha.Amortizables hasta en 6 ejercicios desde el año en que se generaron, o

desde el año en que la Empresa comience a generar ingresos brutos de suactividad principal.

• 31 Nº 10. Promoción de Artículos Nuevos.Optativamente pueden amortizarse en uno, dos o tres años.

• 31 Nº 11 Gastos de Investigación Científica y Tecnológica.Deducibles en el mismo ejercicio en el que se pagaron o adeudaron o

hasta en seis ejercicios consecutivos.

• Renta Líquida Ajustada Art. 32.

• Menos

- Cargos por Corrección Monetaria.

- Revalorización del Capital Propio Inicial.

- Revalorización de los aumentos del capital.

- Revalorización de los pasivos no Monetarios.

• Más

- Abonos por Corrección Monetaria.

- Disminuciones del Capital.

- Revalorizaciones Activos No Monetarios.

• Renta Líquida Imponible Art. 33.

• Más (Agregados):

Gastos y costos que la ley no acepta como gastos:

- Remuneraciones al cónyuge o hijos solteros menores de 18 años.

- Retiros particulares en dinero o especies.

- Adquisición bienes del activo fijo, mejoras y desembolsos que debanimputarse al costo.

Gastos o desembolsos provenientes de los beneficios que se consideran ex-cesos de renta.

- Entrega de bienes a título gratuito.

- Entrega de bienes avaluados en un valor inferior al costo.

- Condonación total o parcial de deudas.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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- Exceso de intereses pagados.

- Arriendos pagados o percibidos desproporcionados.

- Acciones o beneficios similares.

- Otros beneficios similares.

- Cantidades no autorizadas por el Art. 31º.

Los agregados que constituyan desembolsos efectivos previamente re-ajustarse según IPC.

• Menos (Deducciones):

- Dividendos percibidos.

- Utilidades sociales percibidas o devengadas.

- Rentas exentas.

• Ingresos no renta.

• Resultado Final:Renta Líquida de 1ª Categoría o Base Imponible; esta es la cantidad so-

bre la cual se aplica la TASA del Impuesto de 1ª categoría (16%).

• Forma de Calcular la Renta Líquida Imponible que Sirve de Base alImpuesto de Primera Categoría.

El Objetivo de la Contabilidad es proveer información fidedigna en laempresa en un periodo determinado. Para ello la Contabilidad cuenta conNormas Contables y Principios Contables de General Aceptación que seencuentran sustentados en los Boletines del Colegio de Contadores, NormasInternacionales, Superintendencia de Valores y Seguros (S.V.S.), etc.

Todos los Contribuyentes que deban tributar en base a renta efectiva,con contabilidad completa, significa que al término de un periodo contablela utilidad o Pérdida Contable financiera estará expresada en el Balance Ge-neral y el Estado de Resultado.

Sin embargo, para efectos de calcular la Renta Líquida Imponible dePrimera Categoría, se debe hacer de acuerdo a los Art. 29 al 33 de la Ley dela Renta, lo que en muchos casos no coincide con las normas contables conlas que se confeccionaron los Estados Financieros.

Es por ello que se debe hacer ajustes extracontables, de manera de ade-cuar la información con el criterio tributario. Por lo tanto para efectos de

¿Qué es la utilidad contable o resultado financiero?

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U N I D A D III

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tributar, el resultado (Utilidad o Pérdida) tiene que ser tributario y no finan-ciero.

• Determinación de la R.L.I.

- Puede suceder que de una Utilidad Contable pueda llegar a una PérdidaTributaria.

- De Una Pérdida contable pueda Llegar a una Utilidad Tributaria.

• Sociedad de Personas “El Gringo” Balance del 01/01 al 31/12/2002.

a. Utilidad o Pérdida Contable o Financiera XXX

b. Se Agrega: (+) + X XXX

- Todos los gastos rechazados por la Ley de la renta(Art. 29 al 33).

Ejemplo:

- Gastos automóvil, station o similares.

- Depreciaciones de automóvil, station o similares.

- Gastos no documentados.

Provisiones y Estimaciones.

c. Se Deduce: (-) - XX

Todas las partidas que están en las cuentas deganancias que están exentas o son ingresos no renta,o que ya tributaron con el impuesto 1ª Categoría.

Renta Líquida Imponible XXXXX

Cuentas Resultado ResultadoPérdidas Ganancia

Ventas 21.000.000

Ventas de Activo Fijo 1.000.000

Comisiones 2.000.000

Dividendos Percibidos 1.000.000

Rentas de Arrendamiento vivienda D.F.L. 2 1.000.000

Utilidad en venta esporádica de Accionesadquiridas antes de 1983 1.300.000

Costo de Venta 16.000.000

Gastos Generales 1.000.000

Gastos de Automóvil 800.000

Depreciación de automóvil 800.000

Totales 18.600.000 27.300.000

Utilidad Contable 8.700.000

Totales Iguales 27.300.000 27.300.000

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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• Determinación de la R.L.I. Sociedad de Personas

• ¿Como se determina la R L I de la Soc de Personas “El Gringo”?

Utilidad contable 8.700.000

Se Agrega:

Gastos automóvil 800.000

Depreciación automóvil 800.000 1.600.000

Sub total 10.300.000

Se deduce:

Dividendos percibidos 1.000.000

Rentas arriendo vivienda DFL-2 1.000.000

Utilidad en venta acciones 1.300.000 3.300.000

Renta Líquida Imponible $7.000.000

Base Imponible $7.000.000 x Tasa 1ª Categoría 16 % = 1.120.000.Como es una Sociedad de Personas, deberá como ente jurídico declarar

el Impuesto de Primera Categoria en el FORM. 22.

L 34 Impuesto Base Imponible Rebaja al Impto. 31

L 35 1° Cat. Renta Ef 18 7.000.000 19 0 20 1.120.000

Los Socios tributarán con el Impuesto Global Complementario (si sonpersonas naturales con Domicilio y/o Residencia en Chile), o Impuesto Adi-cional si no tiene Domicilio y Residencia en Chile, solo si hacen retiros o leenvían remesas.

Recuerde que .......

Se parte de un hecho consumado que es la Utilidad contable.

- Se agregará: Todas las partidas que están imputadas a Cuentas dePérdidas y que de acuerdo a la Ley de Renta no son aceptadas comogastos tributarios. Estas partidas, si constituyen un desembolso, se agre-gan reajustadas (se analiza cuenta por cuenta en la columna de pérdi-das).

Se deducirá: Todas aquellas partidas abonadas a cuentas de ganancia yque según la Ley de la Renta no constituyen renta o se encuentran exen-tas del Impuesto de Primera Categoría.

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Para tributar con el Impuesto Global Complementario deberán hacerloen el Form. 22.

L1 Retiros 600 Crédito por 1ª Cat. 104 + Rentas

L3 Gastos Rechaza. Pagad 602 106 +

L10 Incremento por Impto 1° Cat 748 749 +

� Observaciones

Los socios tributarán también en su Global por los Gastos Rechazados yPagados (gastos de automóvil) porque la Ley de la Renta asume que estos sonRetiros Encubiertos.

Las Sociedades Anónimas deben tributar con los Gastos Rechazados yPagados con el Impuesto Único Trabajadores (Art. 21 inciso 3°) con la Tasadel 35%. Por ello debe Desagregar de la R.L.I. de 1ª Categoría y de la BaseImponible de 1ª Categoría.

• Determinación de la R.L.I. de una Sociedad Anónima:

a. Utilidad según Balance al 31/12/2002 $8.700.000

b. Agregados:

1. Gastos de Automóvil reajustado $800.000

2. Depreciación Automóvil $800.000 1.600.000

Sub - Total $10.300.000

Deducciones:

1. Dividendos Percibidos $1.000.000

2. Rentas de Arriendo vivienda DFL – 2 1.000.000

3. Utilidad en venta esporádica de acciones 1.300.000 $3.300.000

Provisoria Renta Líquida Imponible $7.000.000

Desagregado:

Gastos de Automóvil (800.000)

Nueva Renta Líquida Imponible $ 6.200.000

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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• Determinación Impuesto 1° Categoría S. A.

Base Imponible 1° Categoría 6.200.000

6.200.000 x Tasa 16% = 992.000

Base Imponible del Art. 21 inciso 3 °

Gastos automóvil $800.000 x Tasa 35% = 280.000

3. Rebajas o Créditos en Contra del Impuesto de PrimeraCategoría

De acuerdo a las normas legales vigentes se pueden imputar al ImpuestoGeneral de Primera Categoría los siguientes créditos:

- Impuesto General de Primera Categoría determinado según normasdel Artículo 20 de la Ley de la Renta.

- 1° Créditos cuyos excedentes no dan derecho a ser imputados en losejercicios ni solicitar su devolución

- Crédito por Contribuciones de Bienes Raíces para el sector Agrícola.

- Crédito por Rentas de Fondo Mutuos (Art. 18 D.L. N° 1.328/76)

- Crédito por Donaciones destinadas a Fines Culturales, Zonas y Depó-sitos Francos (D.S. N° 341/77)

- 2° Crédito cuyos excedentes dan derecho a ser imputados en los ejer-cicios siguientes, pero no a solicitar su devolución.

- Crédito por Bienes Físicos del Activo inmovilizado 4 % (según el Art.33 Bis Ley de la Renta).

- Crédito por Donaciones destinadas a las Universidades e Institutos.

- Crédito por Impuesto de Primera Categoría, según Art. 1° TransitorioLey N° 18.775/89.

- Otros.

3.1. Descripción de Algunos Créditos más Utilizados

Crédito por Compra de Activo Fijo. Art. 33 Bis Ley de Renta, Form. 22Código 366 y 19.

• Beneficiarios del Crédito:Empresas de Primera Categoría que declaren su Renta Efectiva con Con-

tabilidad Completa.

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• Bienes con Derecho a Crédito:

- Deben ser Activos Fijos, Nuevos y depreciables.

- Del giro, y presten servicios en forma efectiva y permanente.

- Que existan en la empresa al término del ejercicio en que se invoque elcrédito. Se tiene derecho aunque se haya comprado el último día delejercicio.

Rige por una sola vez: en el año de la compra del bien.

Crédito: 4 % del Valor de Costo del Bien, actualizado y antes de depre-ciación.

Tope : 500 U.T. M. del mes del cierre.

� Ejemplo

Compra de Activo Fijo $50.000.000

+ Corrección Monetaria 1.500.000

Valor Actualizado 51.500.000 51.500.000

Crédito 4 % del Art. 33 Bis (2.060.000)

Valor Activo Fijo a Depreciar 49.440.000

3.1.1. Crédito Contra el Impuesto de Primera Categoría. FondosMutuos

• Fondos Mutuos.Concepto: Son instrumentos de Ahorro. Es un Fondo constituido por un

grupo de instrumentos financieros en el que intervienen personas y empre-sas, el cual es administrado por un tercero.

Los Fondos Mutuos son ofrecidos en el mercado por distintas institucio-nes Financieras, especialmente bancarias.

Entonces: El monto que se utilice como crédito o rebaja al impuesto,constituye un menor costo tributario de adquisición e incide en una me-nor depreciación.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

190

• Tipos de Fondos Mutuos.

- Renta Fija.

- Renta Variable.

• Renta Fija.Reciben ese nombre porque la sociedad que los administra sólo puede

invertir los recursos ahorrados o depositados en el fondo, en instrumentos deRenta Fija, es decir Depósitos a plazo, papeles de deuda emitidos por elBanco Central, Letras Hipotecarias, bonos de empresas, etc.

Su rentabilidad es conocida antes de su compra y así se mantienen has-ta su vencimiento. Pueden ser de Corto, Mediano o Largo Plazo.

• Renta Variable.Está compuesto fundamentalmente por acciones de Sociedades Anóni-

mas que se transan en la Bolsa de Comercio: son más riesgosos que los derenta Fija, por lo que debe invertir en ellos a largo plazo.

Impuesto a que está Afecto el Mayor o Menor Valor.Las personas o sociedades que inviertan Capitales en Fondos Mutuos y

que obtengan por esa inversión un Mayor o Menor Valor en el rescate decuotas, es decir, Utilidad o Pérdida, estarán afectos al Impuesto Global Com-plementario, si el caso fuera un Mayor Valor de Inversión esta deberá decla-rarse en Línea 7, Rentas de Capitales Mobiliarios y del Artículo 17 Nº 8,dando como resultado un aumento en la Base Imponible del Global Com-plementario. Si el caso fuera un Menor Valor de Inversión, esta deberá de-clararse en Línea 12, Pérdida en Operaciones por Capitales Mobiliarios y delArt. 17 Nº 8; esto dará como resultado una rebaja en la Base Imponible delGlobal Complementario.

• Crédito.El crédito por concepto de las rentas declaradas en la LÍNEA 7. Rentas de

Capitales Mobiliarios y del Art. 17 Nº 8, provenientes del mayor valor obteni-do en el rescate de Cuotas de Fondos Mutuos es equivalente a los porcenta-jes que se indican a continuación, aplicando estos sobre el monto neto detales ingresos que se trate de aquellos Fondos Mutuos cuya inversión en ac-ciones, como prmedio anual correspondan a los porcentajes que se indican.

“Cuando invierta en un Fondo Fijo, deberá comprar Cuotas de este a uncierto valor y puede rescatar su capital cuando desee obteniendo la ren-tabilidad correspondiente, la cual es medida como la Variación en elvalor de la cuota, desde que deposita los fondos hasta que los retire”.

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U N I D A D III

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3.1.2. Créditos por Gastos de Capacitación

Ley Nº19.765 de 02/11/2001, Form. 22 Código 82.

• Beneficiarios.

- Las Empresas que se Clasifiquen en Primera Categoría.

- Sean Personas naturales o Jurídicas.

- Pueden Utilizarlo empresas que estén exentas de primera Categoríae incluso empresas sin fines de lucro.

• Condición: que capacite a sus trabajadores.

• Monto del crédito: 100% del costo o gasto del programa de capacita-ción autorizado por el SENCE.

• Condiciones a que deben ajustarse: valor hora fijado por SENCE segúnel sueldo del trabajador que se capacite. $3.800 por Hora.

- 100 % de este valor es Crédito si el sueldo no pasa de 25 UTM.

- 50 % de este valor es Crédito si el sueldo es mayor de 25 UTM ymenor a 50 UTM.

- 15 % de este valor es Crédito si el sueldo es mayor de 50 UTM.

Se toma el sueldo total del trabajador del mes anterior al inicio del curso.

- Monto en crédito (sobre rentade fondos mutuos incluida enla R.L. I.

5 %

3 %

- Inversión anual promedio enacciones respecto del Activo.

- Total de la administradora defondos mutuos.

- Si la inversión en acciones esdel 50 % o más del Activo.

- Si es de un 30 % y no llega al50 % del Activo.

Tope AnualPara la empresa es el 1% de las remuneraciones anuales, pagadas,imponibles y actualizadas.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

192

Actividades de Aprendizaje

1. El Señor J.R. es dueño de un predio Agrícola cuyo avalúo Fiscal Actuali-zado es de $400.000.000. Tributa en base a renta presunta.

El primer semestre se enfermó y no pudo trabajarlo por lo que tienepérdidas. Sin embargo el segundo semestre lo entregó en arriendo por$300.000 mensual, que nunca le cancelaron.

a. ¿Cuál es la Base Imponible del Impuesto de Primera Categoría que debe-rá cancelar el señor J.R.?

2. ¿Cómo tributa una Sociedad Anónima Abierta, Cerrada?

3. ¿Es distinto a cómo tributa una Sociedad de Responsabilidad Límitada?

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U N I D A D III

193

QuintoQUINTO CAPÍTULO: Pequeños contribuyentes

1. Régimen de Pequeños Contribuyentes.

• Régimen Tributario Especial.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

194

2. Impuesto Único del 35% (Art. 21 Incisos 3° y 4°)

2.1. Contribuyentes Afectados

- Las Sociedades Anónimas;

- Las sociedades en comandita por acciones;

- Los contribuyentes afectos al impuesto Adicional del Art. 58 Nº2: Perso-nas naturales extranjeras y personas jurídicas que tengan en Chile sucur-sales, agencias o representantes.

2.2. Hecho Gravado

Los gastos rechazados por el artículo 33 N°1 de la Ley de la Renta, siem-pre que se encuentren pagados en el ejercicio, esto es, que constituyan des-embolsos de dinero o retiros de especies.

Entre los gastos más comunes rechazados tributariamente, que constitu-yen desembolsos de dinero o retiros de especies y quedan afectos al Impues-to Único de 35% se pueden señalar los siguientes:

a. Condonación de deudas a clientes o deudores en general (se gravan enel año que se otorgue la condonación);

b. Castigo de deudas incobrables respecto de las cuales no se agotaronprudencialmente los medios de cobro;

c. Remuneraciones excesivas pagadas a los principales accionistas de laempresa o a otras personas que pueden influir en la fijación de sus remu-neraciones, como puede ocurrir cuando ellas son notoriamente superio-res a las que se pagan a otros ejecutivos de igual “rango dentro de lamisma o cuando constituyen regalías, tales como:

- Uso o entrega de bienes a título gratuito o avaluados en un valorinferior al costo;

- Condonación total o parcial de deudas;

- Exceso de intereses pagados;

- Arriendos pagados que se consideren desproporcionados;

- Acciones suscritas a precios especiales y otros beneficios similares.

d. Remuneraciones pagadas que no se encuentren respaldadas por docu-mentación fehaciente o que no se hayan registrado en el Libro auxiliarde Remuneraciones; remuneraciones voluntarias que no se hayan paga-do bajo pautas uniformes a todos los trabajadores de la empresa;

e. Donaciones no autorizadas por la ley;

f. Gastos relacionados con la adquisición, mantención, funcionamiento oarrendamiento de automóviles, station wagons y similares, cuando elgiro de la empresa no sea precisamente la compra y venta o arrenda-miento de estos vehículos;

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U N I D A D III

195

g. Costos, gastos y desembolsos imputables a ingresos que no constituyenrenta o a rentas exentas de 1ª Categoría y de Global Complementario, enla parte que excedan de los respectivos ingresos o rentas exentas;

h. Otros gastos rechazados por el artículo 33 N°1 de la ley;

i. Otros rubros que también integran la base imponible del impuesto únicodel 35%:

- Tasaciones de renta mínima imponible que el S.I.I. puede practicaren uso de las facultades que le confieren los artículos:

Art. 35: cuando la R.L.I. no puede determinarse fehacientemente,por falta de antecedentes o por cualquiera otra causa, se presumeque la renta mínima imponible es igual al 10% del capital efectivoinvertido en la empresa o a un porcentaje de las ventas realizadasdurante el ejercicio.

Art. 36: el S.I.I. está facultado para tasar la renta mínima imponiblede los contribuyentes que se dediquen al comercio de importacióny/o exportación, cuando no se acredite fehacientemente por el con-tribuyente la renta efectiva.

Art. 38: el S.I.I. puede tasar la renta de fuente chilena de las agen-cias, sucursales u otros establecimientos de empresas extranjeras queoperan en Chile, cuando los elementos contables de estas empresasno permitan establecer tales resultados.

Art. 71: justificación de inversiones o de ingresos provenientes derentas exentas, de rentas sujetas a impuestos sustitutivos o de rentaspresuntas. Si el contribuyente no acredita fehacientemente el montode tales rentas, el S.I.I. puede tasar o fijar el monto atribuible a talesactividades. El exceso sin justificar, si lo hubiere, se grava con losimpuestos a la renta que procedan.

Participación que le corresponda a una S.A., C.P.A. o contribuyentedel impuesto Adicional, en los gastos rechazados y pagados en unasociedad de personas de la cual sea socia, y que desarrolle una acti-vidad de 2ª Categoría amparada en un régimen de presunción derenta. Para estos fines, la sociedad de personas deberá informar suparticipación a la S.A., C.P.A. o contribuyente del impuesto Adicio-nal, determinándola según contabilidad y ciñéndose a las normastributadas del contribuyente a quien se está proporcionando la infor-mación.

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U N I D A D III

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SextoSEXTO CAPÍTULO: Fondo de utilidades tributarias

1. Conceptos

• Fondo de Utilidades Tributarias F.U.T.

• Objetivo del Registro.

- Controlar el retiro de las utilidades que al 31/12/83, habían cumplidocon su tributación, las cuales quedan sujetas en todo a las normas de laley de la renta vigente a la fecha.

- Debido Control de la determinación, registro y monto de las utilidadesgeneradas a contar de 01/01/84 que se encuentren en la empresa pen-diente de retiro, reparto o distribución.

- Controlar el retiro de las utilidades generadas a contar del 10/01/84, lascuales se gravan con impuestos en cada ejercicio sólo hasta el monto dedichas utilidades.

- Controlar los Créditos Tributarios a que dan derecho a sus propietarios,socios o accionistas las utilidades generadas por las empresas, especial-mente en el caso de las sociedades anónimas y encomanditas por accio-nes.

- Controlar Utilidades Pendientes de Tributación.

- Uniformar Procedimientos de Registro.

- Facilitar la Fiscalización.

• Aspectos Administrativos.

• Marco Legal.

- Resolución 891 y sus modificaciones.

Necesidad del FUT.Por cambio de sistema tributario vigente al 31.12.83 a nivel de impuestospersonales, pasando de una base percibida o devengada a una base reti-rada o distribuida.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

198

- Ley 18.775 (d. O. 14/01/89).

- Ley 18.985 (d. O. 24/07/90).

- Resolución 2.154 (d. O. 24/07/91).

• Contribuyentes Obligados a Llevar Fut.

- Contribuyentes sujetos al impuesto de primera categoría.

- Sobre la base del balance general.

- Según contabilidad completa.

• Contenido del Registro.

- Renta líquida imponible o pérdida tributaria.

- Detalles de otras utilidades.

- Tributables con o sin derecho a crédito.

- Otros ingresos.

- Detalle gastos no aceptados.

- Detalle retiro y distribuciones.

- Retiros para invertir.

- Fut de sociedades en las cuales se tienen inversiones (devengado).

- Detalle de los acuerdos de reparto.

- Firma y Rut representante legal y contador.

1.1. Tributación de Empresa Individual y Sociedad de Personas

Fuente: Profesora María Patricia Quezada F.

Figura Nº7:Tributación de

EmpresaIndividual ySociedad de

Personas.

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U N I D A D III

199

1.2. Tributación Sociedad Anónima y Accionistas

Fuente: Profesora María Patricia Quezada F.

• Tributación con los Impuestos Personales.

- Empresarios Individuales.

- Socios de Sociedades de Personas.

- Personas Sin Domicilio en Chile con Agencias Representantes o Estable-cimientos permanentes en el País (Artículo 58 N°1).

- Socios Gestores de Sociedades en Comandita por Acciones.

• Monto Hasta el Cual se Gravan con Global o Adicional.

- Tributan por retiros o remesas hasta completar el fondo de utilidadestributarias.

- Los retiros de los socios deben prorratearse si superan el saldo del FUT.

- Empresas con participación en sociedades de personas.

- Retiros exceden el FUT.

- Se incluye la renta devengada en sociedades que se participe.

Figura Nº8:Tributación

Sociedad Anónimay Accionistas.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

200

� Ejemplo

Utilidades año 1995 5.000

Utilidades año 1996 8.000

Total 13.000

Retiros o Dividendos 20.000

� Desarrollo

Sociedad de Personas:

Retiro Tributable 13.000

Sociedad Anónima:

Dividendo Tributable 20.000

Crédito sobre 13.000

• Concepto de Retiro.

- Retiro de dinero o especies.

- Renta remesadas al exterior.

- Préstamos de sociedades de personas.

1.3. Presunción de Retiros y su Imputación al FUT

La presunción se aplica respecto de cualquier bien corporal o incorporalque el dueño, socio, esposa e hijos, utilice para su uso o goce. Ejemplo:automóvil, inmuebles destinados a casa, habitación o bodega.

• Retiro por Uso de Bienes de la Empresa

- Se presume retiro el uso no necesario de bienes de la empresa.

- Monto mínimo –cualquiera que sea el periodo que hayan sido utilizado–es: 10% valor neto o monto de depreciación anual, el que sea mayor,para bienes corporales muebles. 11% avalúo fiscal para bienes raíces.

- Puede rebajarse lo efectivanente pagado por el uso del bien constituyen-do retiro la diferencia.

- Se grava con el impuesto global complementario o adicional o con el35% si se trata de sociedad anónima.

Tales retiros presuntos deben imputarse o deducirse de las utilidadestributables retenidas en el registro Fut de la empresa.

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U N I D A D III

201

- Se imputa al Fut y otorga derecho a crédito por impuesto de primera

categoría, si procediera.

Si el Fut es negativo (no existen utilidades tributables), dichos retirospresuntos pasarán a incrementar dicho saldo negativo.

- Si no hay Fut, igual procede la tributación, sin derecho a crédito.

- Las S. A. y encomandita por acciones, también deberán proceder en losmismos términos de empresa individual y sociedad de personas, imputa-ción que se efectuará al término del ejercicio.

• Orden de Imputación de Retiros, Remesas y Distribuciones.

a. Utilidades tributables en impuesto global complementario o adicionalmás antiguas generadas desde el año 1984.

- Créditos por impuesto de primera categoría según tasa.

b. Ventas exentas o no gravadas.

1.3.1. Ejemplos de Imputación de Utilidades:

� Ejemplo: Imputación de Utilidad

M $

Remanente aL 31.12.95 20.000

Compuesto de:

Utilidades ejercicio 88 crédito 10% 2.000

Utilidades ejercicio 89 sin crédito 8.000

Utilidades ejercicio 90 crédito 10% 3.000

Utilidades ejercicio 91 al 95 crédito 15% 7.000

Ingresos afectos a impuesto único de primera categoría generados a con-tar de 1984.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

202

• Caso N°1:

Retiros M $10.000

M $ Crédito

Solución:

Ejercicio 88 2.000 10%

Ejercicio 89 8.000 -.-

• Caso N°2.

Retiros M $25.000

M $ Credito

Solución:

Ejercicio 88 2.000 10%

Ejercicio 89 8.000 -.-

Ejercicio 90 3.000 10%

Ejercicio 91 7.000 15%

Impuesto Único 1ª Cat. 5.000 -.-

(No Tributable)

• Momento en que se Saca la Cuenta.

Al cierre del ejercicio tanto en:

- Empresas unipersonales

- Sociedades de personas

- Agencias

- Sociedades en comanditas por acciones respecto de la participación delos socios gestores.Se define la situación tributaria de los retiros para los impuestos global

complementario o adicional.Depende del tipo de rentas e ingresos que conforman el FUT y el registro

de ingresos no tributables (FUNT).

2. Retiros o Remesas en Exceso del FUT

Se entiende retirada en primer ejercicio posterior en que haya FUT oFUNT para cubrirlos.

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U N I D A D III

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Si no fueran suficientes se entenderan realizados en ejercicios subsiguien-tes y así sucesivamente.

Reajuste del Exceso: valor IPC mes anterior al cierre del ejercicio delretiro y mes anterior al ejercicio que se considere retirado.

2.1. Retiros en Exceso FUT en Enajenación de Derechos

El exceso se entenderá retirando por ello los adquirientes (proporcional-mente).

Se afecta con los impuestos del socio en el ejercicio en que deba serimputado al FUT.

Adquirientes S.A., C.P.A. (según participación de accionistas) y agen-cias, pagan impuesto del 35% sobre el total del retiro que se le imputa.

Adquirientes sociedades de personas, retiro se asigna a sus socios pro-porcionalmente.

Si socio es sociedad, se entiende retirada por socios o se aplica 35% deimpuesto si es S.A.

Transformación de una sociedad de personas es S.A. o C.P.A. (porciónde accionistas), por los excesos existentes a la fecha de la transformacióntambién pagan el 35%.

2.2. Ingresos no Renta y Otros Ingresos no Tributables

Deben controlarse para los fines de su imputación y distribución.Se anotan en registro Fut, pero en forma separada de utilidades tributables,

incluyendo su remanente de ejercicios anteriores reajustado.

2.3. Rentas e Ingresos Originados al 31.12.83 Pendientes de Reparto

Se sujetan a la ley de la renta vigente a esa fecha. Aplicable solo a rentaso flujos efectivos provenientes de operaciones con terceros.

Se retiran a voluntad, en cualquier orden, dejando constancia de ello enel registro de utilidades tributarias.

3. Reinversión de Utilidades Tributarias

“La norma establece que las utilidades tributables que se retiren de unaempresa o sociedad que lleva contabilidad completa, para invertirlas enotras empresas o sociedades que también llevan contabilidad completa, sicumplen con los requisitos antes mencionados, no se consideran retirostributables para los efectos de los impuestos Global Complementario o Adi-cional, hasta cuando dichas utilidades sean retiradas o distribuidas desde lasempresas receptoras de ellas.

Empresarios individuales, socios de sociedades de personas (personasnaturales o jurídicas extranjeras) y socios gestores de CPA pueden reinvertir

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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las utilidades retiradas. Se liberan del impuesto global complementario oadicional.

Las empresas receptoras deben estar obligadas a determinar su renta efec-tiva por medio de contabilidad completa.

Utilidades reinvertidas se incorporan al FUT de la receptora con el crédi-to por impuesto de primera categoría que proceda.

3.1. Formas de Efectuar la Reinversión

• Solo puede Invertirse:

- Aumento efectivo de capital en empresas individuales.

- Aportes sociales en sociedades de personas.

- En adquisición, como primer titular, de acciones de pago de S. A. o C.P.A.

• Requisitos a Cumplir:

- Inversión en cualquier valor o especie con representación pecuniaria:no se requiere modificación del contrato social.

- Inversión dentro de 20 días corridos.

- Debida contabilización en ambas empresas y en registros contables yFUT; certificación por las empresas fuentes.

- Acciones de pago de S.A. adquiridas con utilidades reinvertidas, no otor-gan derecho a las rebajas del artículo 57 bis.

• FUT de Empresario Individual, Sociedades de Personas, 58 N°1 y Ges-tores de C.P.A.

Partidas que lo componen

- Remanente del Fut del ejercicio anterior o saldo negativo

- Reajuste IPC anual (noviembre a noviembre

- Renta líquida imponible de primera categoría o pérdida tributaria.

- Pérdidas de arrastre.

- Gastos rechazados

- Utilidades afectadas al impuesto único de primera categoría, incluidasen la renta líquida.

¿Qué es una Acción de Pago?Se entiende por Acción de Pago aquella que corresponde a la emitida poruna S.A. abierta para obtener fondos y financiarse vía capital y/o aumen-to de capital, la que tendrá que ser suscrita y pagada por los accionistas,representando un aporte efectivo a la sociedad.

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U N I D A D III

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- Retiros efectuados de sociedades de personas de Primera Categoría, obli-gadas a llevar contabilidad completa con tope de su FUT.

- Participaciones percibidas o devengadas de empresas de Primera Cate-goría que declaren renta efectiva mediante contabilidad simplificada.

- Retiros efectuados por agencias extranjeras de sociedades que declarenrenta presunta con tope de FUT que proporcionalmente participe.

• Reinversión de Utilidades.Rentas exentas de primera categoría, afectas al global complementario

adicional y cualquier otro ingreso percibido tributable.

Rentas presuntas o participación de rentas presuntas (excepto agenciasextranjeras) no absorbidas con pérdidas tributarias de actividades sujetas arenta efectiva.

3.2. Accionistas de Sociedades Anónimas y C. P. A.

Tributan por cantidades distribuidas a cualquier título, excepto:

- Ingresos no renta.

- Acciones total o parcialmente liberadas o mediante aumento de su valornominal.

- Distribución de acciones de una o más sociedades nuevas resultantes dela división de un S. A.

- Devoluciones de capitales acogidos al D.L. 600, ley orgánica del BancoCentral de Chile y otras disposiciones, hasta el monto efectivamente in-ternado.

3.3. Fecha en que se Saca la Cuenta

En el momento de la distribución del dividendo.Se considera el FUT y FUN existentes al 31 de diciembre del año ante-

rior.FUT y FUN se reajustan a la fecha de reparto previa deducción actuali-

zada de gastos rechazados provisionados al año anterior, pagados en fechaanterior al reparto.

Se define la situación tributaria de dividendos para los impuestos globalcomplementario o adicional.

Anotaciones en registro FUT se hacen al término del ejercicio.

¿Qué pasa si no hay FUT ni FUNT suficiente?

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Parte no cubierta se considera que corresponde a dividendos con cargoa utilidades del ejercicio para los efectos del crédito que proceda.

Deberá esperarse el resultado tributario al término del año para definirsituación tributaria.

Para retención del impuesto adicional (accionistas extranjeros), deberáotorgarse crédito provisorio del 15% por impuesto de primera categoría.

Fuente: Profesora María Patricia Quezada F.

• Impuesto de Primera Categoría Tasa 16%.

• Podemos decir que:La empresa tributa con el impuesto de Primera Categoría con una tasa de

16%, que servirá como crédito al contribuyente cuando tribute con el Im-puesto Global Complementario o Adicional, es decir, se tributará a nivel deempresa y a nivel de los propietarios del capital.

La empresa tributa en un primer nivel con Impuesto de Primera Catego-ría Tasa 16 %.

El dueño o socios tributa en un segundo nivel solo si hace retiros, con elImpuesto Global Complementario o Adicional.

� Ejemplo

El Señor J.R. tiene una empresa de la que obtiene Rentas Imponibles dePrimera Categoría por $55.000.000 en el año comercial 2002 y retira de laempresa los mismos $55.000.000.

Tributariamente pagará un impuesto de Primera Categoría por$55.000.000, ademas pagará el Impuesto Global Complementario por losretiros, que fueron $55.000.000. Por lo tanto su carga impositiva será:

Figura Nº9:Impuesto a la

Renta.

La Ley de la Renta (LIR) contiene un incentivo a la capitalización, queconsiste en gravar con un impuesto menor a las rentas que no se retirande la empresa, y que se destinan mientras tanto a formar parte del capitalde trabajo, o a formar parte finalmente del patrimonio.

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U N I D A D III

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Impuesto de Primera Categoría $8.800.000

16 % sobre / 55.000.000

Impuesto Global Complementario

45 % sobre 55.000.000 24.750.000

Menos:

Rebaja según Tabla (-) (4.000.000)

Impuesto Determinado 20.750.000

Menos:

Crédito Primera Categoría (8.800.000)

Impuesto Global Complementario 11.950.000 11.950.000

Total Impuesto a Pagar 20.750.000

Si el Contribuyente Sr. J.R. No hace Retiros y deja los $55.000.000para el giro del negocio, estaría pagando solo $8.800.000 por concep-to de Impuesto de Primera Categoría, ahorrando por el momento elpago del Impuesto Global Complementario ya que se posterga el pagodel Impuesto Personal.

Actividades de Aprendizaje

1. Se dice que el FUT es como un libro de cuentas ¿Por qué? Explique estaaseveración.

2. ¿El FUT tiene la misma utilidad para una Sociedad Ltda. y una SociedadAnónima?

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209

SeptimoSÉPTIMO CAPÍTULO: Impuesto global complementario

1. Impuesto Global Complementario

1.1. Concepto

El Impuesto Global Complementario es un tributo que grava con tasaprogresiva al conjunto de rentas de las personas naturales domiciliadas oresidentes en Chile y en ciertos patrimonios personalizados, cualquiera quesea la fuente de origen de la renta.

1.2. Características

Es un Impuesto Global: Afecta al conjunto de rentas del contribuyente.Es un Impuesto Complementario: Grava la verdadera capacidad contri-

butiva de la persona.Es un Impuesto Personal: Afecta a las personas naturales domiciliadas o

residentes en Chile.Es un Impuesto Progresivo: La tasa del impuesto Global Complementa-

rio es progresiva y está fundada en la utilidad marginal del dinero, buscandode igualar el sacrificio frente al gravamen, exigiendo cada vez mayor aportede carácter progresivo mientras más se asciende en los tramos de renta esta-blecidos.

1.3. Sujeto Pasivo del Impuesto

El Impuesto global Complementario grava las rentas de los siguientescontribuyentes:

a. Norma General.Afecta a las personas naturales que tengan domicilio o residencia en el

país.De acuerdo a lo anterior, son o pueden ser contribuyentes afectos a Im-

puesto global Complementario:

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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- Persona natural domiciliada en Chile.

- Personas naturales que tengan residencia en Chile.

- Funcionarios Públicos que presten servicios al Estado de Chile fuera delpaís.

b. Norma de Excepción.Por excepción, tambien se gravan con Impuesto Global Complementa-

rio las rentas de los llamados “Patrimonios Personalizados”, ellos son:Patrimonios Hereditarios indivisos, mientras no se determine quiénes son

los herederos.Depositos de confianza en beneficio de criaturas que estén por nacer o

de personas cuyos derechos son eventuales.Bienes que tenga una persona a cualquier título fiduciario, mientras no

se determine quiénes son los verdaderos beneficiarios de la renta.

1.4. Base Imponible

El Impuesto Global Complementario grava al conjunto de rentas obteni-das por las personas afectas al mencionado tributo, cualquiera que sea suorigen, con las siguientes excepciones:

Ingresos que no se reputen renta, según el Artículo 17 de la Ley de laRenta.

Rentas exentas del Impuesto Global Complementario.

1.4.1. Determinación de la Base Imponible.

Renta Bruta Global: Artículo 54. N° 1°, 2°, y 3°.

Menos:

Deducciones: Artículo 55° letra a) y b).

Renta Neta Global Complementario

• Renta Bruta Global.La expresion “Renta Bruta Global” comprende dos tipos de renta:

- Rentas realmente gravadas con Impuesto Global Complementario.

- Rentas exentas de Impuesto Global Complementario, que se incluyenen la Renta Bruta Global para el solo efecto de aplicar la progresión deltributo.

• Rentas que deben computarse en la Renta Bruta Global.

Art. 54 N° 1 (I) Cantidades percibidas o retiradas de la empresa por elcontribuyente que correspondan a la Renta Imponible de1ª o 2ª Categoría.

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Art. 54 N° 2 (II) Rentas exentas de Impuesto de Categoría o sujetas a Im-puestos sustitutivos que se encuentren afectas al Impues-to Global Complementario de acuerdo a las leyes respec-tivas.

Art. 54 N° 3 (III) Rentas exentas de Impuesto Global Complementario, ren-tas afectas a Impuestos sustitutivos y rentas gravadas conImpuesto Único de 2ª Categoría.

Las rentas comprendidas en (I) y (II) quedan afectas en sutotalidad a Impuesto Global Complementario.

Las rentas en (III) se incluyen en la Renta Bruta Global solo para los efectosde aplicar la progresividad del tributo, pero se da de cré-dito contra el impuesto resultante el gravamen que afec-taría a las rentas exentas si se aplicara aisladamente latasa media que, según dicha escala, resulta para el con-junto total de rentas.

Las personas que declaren en el Impuesto Global Complementario ren-tas consistentes en Sueldos, Salarios, Pensiones u otras remuneraciones deaquellas referidas en el Artículo 42 N°1 de la Ley de la renta darán de créditocontra el mencionado tributo, determinado por el conjunto de rentas decla-radas en la Renta Bruta Global, solo el Impuesto Único a los Trabajadoresque afecta a las rentas del trabajo retenido por los respectivos empleadores,habilitados o pagadores de dichas remuneraciones y no la relación de la tasamedia respecto de dicho tributo.

2. Análisis de Algunas Líneas del Formulario Nº 22

• Rentas a Declarar en la Base Imponible.

• Línea 1. Retiros Actualizados

(1) Personas que Utilizan esta Línea.Propietarios, socios o comuneros, personas naturales con domicilio o

residencia en Chile, de empresas establecidas en el país que declaran larenta efectiva en 1ª Categoría, mediante contabilidad completa, según nor-mas de los Arts. 14 letra A) o 14 bis LIR.

(2) Personas que no Utilizan esta Línea.Los propietarios, socios o comuneros, de empresas establecidas en el

país que no determinen sus rentas efectivas mediante una contabilidad com-pleta.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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(3) Retiros que Deben Declararse.Excesos de retiros ejercicio anterior;Retiros efectivos en dinero o en especies;Préstamos efectuados por las sociedades de personas a sus socios perso-

nas naturales o contribuyentes del Impuesto Adicional que no sean personasnaturales cuando en este último caso el SII determine que el préstamo es unretiro encubierto de utilidades tributables;

Retiros presuntos por uso o goce de bienes del activo de la empresa.Retiros tributables por la enajenación de acciones de pago de socieda-

des anónimas adquiridas con retiros de utilidades destinadas a reinversión.La parte de las obligaciones que las sociedades de personas paguen a

favor de sus socios por la ejecución de garantías por bienes entregados bajoesa condición.

• Línea 2. Dividendos Distribuidos por S.A. y C.P.A. Actualizados.

(1) Personas que Utilizan esta Línea.Personas naturales, con domicilio o residencia en Chile, que no decla-

ren sus rentas en la Primera Categoría mediante contabilidad, que sean ac-cionistas de S.A. o en C.P.A. establecidas en Chile acogidas a las normas delos artículos 14 letra A) ó 14 bis LIR.

(2) Personas que no Utilizan esta Línea.Personas naturales o juridicas, sin domicilio ni residencia en Chile, ac-

cionistas de S.A. o Soc. constituidas en el país acogidas a las normas de losartículos 14 letra A) ó 14 bis LIR.

Accionistas, personas naturales con domicilio o residencia en Chile,que a su vez sean propietarios de empresas que declaren la renta efectiva enla Primera Categoría mediante contabilidad y la inversión se encuentre debi-damente contabilizada en los registros contables del inversionista o accio-nista.

(3) Rentas a Declarar en esta Línea.Dividendos afectos al Impuesto Global Complementario.Acreditación de los Dividendos e Información al S.I.I.Los dividendos a declarar en esta Línea se deben acreditar mediante los

Certificados Nos. 3 y 4, según se trate de dividendos pagados directamentepor las S.A. o sociedades en C.P.A. o por Corredores de Bolsa por accionesen custodia e informarse al SII a través de los Formularios N°1884 y 1885.

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• Línea 3. Gastos Rechazados del Art. 33 N°1 Pagados en el EjercicioActualizados.

(1) Personas que Utilizan esta Línea.Propietarios, socios o comuneros personas naturales, con domicilio o

residencia en Chile, de empresas establecidas en el país que declaran larenta efectiva en la Primera Categoría mediante contabilidad completa, se-gún normas de los artículos 14 letra A) ó 14 bis LIR.

Propietarios, socios o comuneros que sean personas naturales o Jurídi-cas, sin domicilio ni residencia en Chile, de empresas o sociedades estable-cidas en el país que declaren la renta efectiva en la Primera Categoría me-diante contabilidad completa según las normas de los artículos 14 letra A) ó14 bis LIR.

(2) Personas que no Utilizan esta Línea.Propietarios, socios o comuneros de empresas que no determinen sus

rentas mediante una contabilidad completa.

(3) Cantidades que se Declaran en esta Línea.En esta Línea se declaran los gastos rechazados que cumplan con los

requisitos que exige el Art. 21 inciso 3º de la Ley de Renta.Requisitos Generales que exige el artículo 21.Deben tratarse de retiros de especies o de cantidades representativas de

desembolsos de dinero, que no deban imputarse al valor o costo de los bie-nes o activo, comprendiéndose, al tenor de lo dispuesto por los artículos 31y 33 Nº1 de la Ley de la Renta, entre otros, los siguientes:

Remuneraciones pagadas al cónyuge del contribuyente o a los hijos deéste, solteros menores de 18 años (letra b) Nº1, art. 33);

La parte de los costos, gastos y desembolsos que excedan de los ingresosno reputados renta o rentas exentas, los cuales deben rebajarse de los bene-ficios que dichos ingresos o rentas originan (letra e) Nº1, art. 33);

Los gastos o desembolsos provenientes de los siguientes beneficios quese otorguen a las personas señaladas en el inciso segundo del Nº6 del Art. 31o a accionistas de sociedades anónimas cerradas o a accionistas de socieda-des anónimas abiertas dueños del 10% o más de las acciones, al empresarioindividual o socios de sociedades de personas y a personas que en generaltengan interés en la sociedad o empresa: uso o goce que no sea necesariopara producir la renta, de bienes a título gratuito o avaluados en un valorinferior al costo, condonación total o parcial de deudas, exceso de interesespagados, arriendos pagados que se consideren desproporcionados, accionessuscritas a precios especiales y todo otro beneficio similar (letra f, N°1, art.33);

Cantidades cuya deducción no autoriza el Art. 31 o que se rebajen enexceso de los márgenes permitidos por la ley o la Dirección Regional delS.I.I., en su caso (letra g, Nº 1, Art. 33);

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Impuesto de Primera Categoría de cargo de la empresa o sociedad y lascontribuciones de bienes raíces, cuando estas últimas conforme a lo dispues-to por el Nº2 del artículo 31 de la Ley de la Renta no sean consideradas ungasto tributario aceptado por constituir o se utilicen como crédito en contradel impuesto de Primera Categoría;

Excesos de remuneraciones pagadas o asignadas por concepto de suel-do empresarial durante el año comercial respectivo o la totalidad de ellascuando no se cumpla con los requisitos exigidos por el inciso 30 del Nº6 delartículo 31 de la Ley de la Renta; y

Desembolsos incurridos en la adquisición, habilitación, mantención oreparación de bienes de las empresas, no necesarios para producir la renta,que sean utilizados por sus propietarios o socios o por las personas, indica-das en el inciso 20 del N°6 del artículo 31 de la ley y, en general, por cual-quiera persona que tenga un interés en la respectiva sociedad (empresa). Enesta situación se encuentran, entre otros, los desembolsos incurridos en losbienes no destinados al giro del negocio o empresa; los bienes muebles oinmuebles a los cuales se les apliquen las presunciones de derecho estable-cidas en el artículo 21 y letra f, del N°1 del artículo 33 de la ley de la renta,por estar siendo utilizados por las personas a las que se refieren dichas nor-mas, y finalmente, los incurridos en automóviles, station wagons o similares,expresamente rechazados como gasto por la Ley de Renta.

Se gravan con impuesto en el ejercicio en que se materialice efectiva-mente el retiro de las especies o los desembolsos de dinero, independiente-mente del período al cual correspondan, del resultado tributario del ejerci-cio y de las pérdidas o utilidades acumuladas en la empresa y, a su vez, sinimportar si las referidas cantidades han rebajado o no la Renta LíquidaImponible de Primera Categoría, vale decir, con prescindencia de su conta-bilización o registro contable.

En el caso de socios de sociedades de personas, socios de sociedades dehecho, socios gestores de sociedades en comandita por acciones comune-ros, dichas partidas se gravan en proporción a su participación en las utilida-des de la empresa, cuando se trate de desembolsos que tengan un beneficia-rio directo en particular, o no se puedan identificar beneficios de un determi-nado socio o comunero. Por el contrario, si los mencionados desembolsos sehubieren incurrido en beneficio de un socio comunero en particular, se en-tenderán retirados por dicho socio comunero beneficiario.

Las partidas deben declararse en los impuestos que corresponda, debi-damente reajustadas por los factores de actualización publicados cada añotributario por SII, considerando para ello el mes del retiro de especies o losdesembolsos de dinero, según corresponda.

Las sociedades de personas, las sociedades de hecho, sociedades encomandita por acciones (respecto de los socios gestores) y comunidades de-ben informar a sus socios o comuneros, de los gastos rechazados que cum-plan con las condiciones descritas anteriormente, para los efectos de su de-claración en los impuestos que correspondan por las personas beneficiariasde dichas partidas:

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No deben declararse o gravarse los gastos rechazados que no cumplencon los requisitos indicados anteriormente, como también aquellos que, noobstante cumplir con tales condiciones, se excepcionan de la tributaciónque establece el artículo 21, ya sea por disposición expresa de esa norma uotros textos legales, entre los cuales se encuentran los siguientes:

Los gastos anticipados que deban ser aceptados en ejercicios posteriores;Los intereses, reajustes y multas pagados al Fisco, Municipalidades y a

organismos o instituciones públicas creadas por ley, por ejemplo, respectode estas últimas el Servicio de Impuestos Internos; Superintendencia de Ad-ministradoras de Fondos de Pensiones, de Bancos e Instituciones Financie-ras, de Instituciones de Salud Previsional, de Seguridad Social y Valores ySeguros, Instituto de Normalización Previsional, Dirección del Trabajo,Contraloría General de la República, Banco Central de Chile, Dirección Na-cional de Aduanas, y cualquier otro organismo o institución pública creadapor ley;

Pagos a que se refiere el artículo 31 Nº12 en la parte en que no puedanser deducidos como gasto;

El pago de las patentes mineras en la parte en que no sean deduciblescomo gasto;

Excesos de depreciaciones;Provisiones no aceptadas como gasto por la Ley de la Renta (deudas

incobrables, Impuestos de la Ley de la Renta, participaciones y gratificacio-nes voluntarias, provisión de gastos varios, etc.);

Depreciaciones por agotamiento de las sustancias naturales contenidasen la propiedad minera;

Errores en el sistema de corrección monetaria establecido por el Art. 41de la Ley de la Renta;

Mejoras permanentes que aumenten el valor de los bienes del activoinmovilizado;

Desembolsos que deban imputarse al valor o costo de los bienes (Im-puesto al Valor Agregado totalmente irrecuperable);

Gastos anticipados o diferidos (gastos de organización y puesta en mar-cha, seguros, arriendos, intereses, comisiones, etc.);

Donaciones efectuadas a las Universidades e Institutos Profesionales Es-tatales o Particulares, de conformidad a las normas del Art. 69 de la LeyN°18.681/87.

• Línea 9. Rentas del Art. 42 N°1 (Sueldos, Pensiones, etc.) Actualizadas

(1) Contribuyentes que Utilizan esta Línea.Los trabajadores dependientes, jubilados, pensionados y montepiados,

que hayan declarado rentas en alguna de las Líneas 1 a la 7 anteriores, paradeclarar las remuneraciones por concepto de sueldos, pensiones, rentas ac-cesorias complementarias a las anteriores, etc., percibida, durante el ejerci-

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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cio comercial respectivo, en su calidad de trabajador, jubilado, montepiadoo pensionado.

El empresario individual, socios de sociedades de personas y socios ges-tores de sociedades en comandita por acciones, propietarios o dueños deempresas acogidas a los regímenes de tributacíón de los Arts. 14, Letra A) ó14 bis, respecto de las cantidades asignadas o pagadas por concepto de suel-do empresarial durante el ejercicio comercial respectivo, en virtud de lo dis-puesto por el inciso tercero Nº6 al 31 de la Ley de Renta.

Esta obligación alcanza tanto a aquellas personas que perciban dichasrentas de un solo empleador, habilitado o pagador durante el ejercicio respec-tivo, también a aquellos trabajadores que perciban tales remuneraciones si-multáneamente de más de un empleador, habilitado o pagador durante el pe-ríodo, con la única condición de que las mencionadas personas hayan obteni-do en el transcurso del año otras rentas afectas al impuesto Complementario.

(2) Forma en que Deben Declararse las Rentas.Las citadas rentas se declaran debidamente reajustadas por los factores

de actualización correspondientes, considerando para tales fines el mes depercepción de la renta.

Las rentas accesorias o complementarias a los sueldos y pensionesdevengadas en más de un período habitual de pago y pagadas con retraso,tales como gratificaciones, participaciones, horas extraordinarias, etc., ac-tualizadas, deben incluirse debidamente ajustadas de acuerdo al procedi-miento establecido en el inciso 2º del Art. 46 de la Ley de Renta.

Las rentas accesorias o complementarias al sueldo o pensión, que debendeclararse, son aquellas devengadas durante el año que correspondan al mis-mo período por el cual se está declarando el impuesto Global Complemen-tario, siempre que dichas remuneraciones hayan sido percibidas a la fechade la declaración del Impuesto Global Complementario.

(3) Forma en que Deben Acreditarse las Rentas e Informacion al SII.Las rentas a declarar en esta línea, se acreditan mediante el Certificado

N°6 y se informan al SII a través de los Formularios Nº1812 y 1887, según setrate de pensiones, jubilaciones o sueldos propiamente tales.

• Línea 10. Incremento por Impuesto de Primera Categoría y por Impues-tos Pagados o Retenidos en el Exterior

(1) Incremento por Impuesto de Primera Categoría.

(1) Contribuyentes que Deben Efectuar el Incremento por Impuesto de Pri-mera Categoría en esta Línea 10 (Código 159).Los que declaren rentas o cantidades en las Líneas 1, 2, 3, 7 (respecto de

los fondos de inversión de la Ley N°18.815) y 8 del Formulario N°22, prove-nientes de empresas o sociedades acogidas al sistema de tributación a base

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de retiros y distribuciones establecido en el artículo 14 Letra A) de la Ley dela Renta.

Los contribuyentes acogidos al actual texto del D.L. Nº600/74, no obs-tante no tener derecho al crédito por Impuesto de 1ª Categoría, dicha normalegal obliga a efectuar el citado incremento.

La cantidad que se debe anotar en esta línea corresponde al crédito porimpuesto de Primera Categoría a que dan derecho las citadas rentas, confor-me a los artículos 56 N°3 y 63 de la citada ley; todo ello con el fin de reponerdicho tributo de categoría a las rentas o partidas que se declaran al no estarformando parte éste de las rentas o cantidades retiradas o distribuidas por lasempresas o sociedades.

Contribuyentes que no deben efectuar el Incremento por Impuesto dePrimera Categoría en esta Línea 10 (Código 159).

Los contribuyentes que se indican a continuación, no obstante tener de-recho al crédito por impuesto de Primera Categoría, no deben anotar ningu-na cantidad en esta línea 10 por concepto de incremento por impuesto dePrimera Categoría.

Los propietarios, socios o comuneros respecto de los gastos rechazadoso retiros presuntos por el uso o goce de bienes incurridos, generados o deter-minados por las empresas, sociedades o comunidades que se encuentren enuna situación de pérdida tributaria en el ejercicio comercial respectivo, sintener utilidades retenidas en el Registro FUT donde imputar dichas partidas ocantidades, ya que tales empresas o sociedades en tales casos no han efec-tuado ningún desembolso por concepto de impuesto de Primera Categoría, amenos que tales partidas o cantidades hayan sido imputadas a utilidadestributables retenidas en las propias empresas que las generan o provenientesde otras sociedades afectas al impuesto de Primera Categoría.

Los contribuyentes acogidos al régimen simplificado de tributación delartículo 14 bis de la Ley de la Renta, por encontrarse el impuesto de PrimeraCategoría comprendido en los retiros y distribuciones declarados en las Lí-neas 1 (Código 104) y 2 (Código 105) del Formulario N°22. Estos contribu-yentes sólo podrán efectuar un incremento en esta línea 10 (Código 159)cuando se trate de retiros presuntos o gastos rechazados declarados respecti-vamente en las líneas 1 y 3 del Formulario N°22, provenientes de otras em-presas, sociedades o comunidades en las cuales se afectaron efectivamentecon el impuesto de Primera Categoría.

Los propietarios, socios y accionistas de empresas instaladas en las zo-nas que señalan las Leyes N°s. 18.392/85 (Territorio de la XII Región deMagallanes y Antártica Chilena, ubicadas en los límites que indica dichotexto legal) y 19.149/92 (Comunas de Porvenir y Primavera, ubicadas en laProvincia de Tierra del Fuego), ya que en la especie las empresas o socieda-des favorecidas con las franquicias tributarias que establecen dichos textoslegales, no han efectuado ningún desembolso efectivo por concepto de im-puesto de Primera Categoría al encontrarse exentas por ley del citado tributode Categoría.

Los contribuyentes que declaren rentas en las Líneas 4, 5 y 7 del Formu-lario N°22, ya que tales ingresos, además de no provenir de empresas sujetas

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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a los, regímenes de tributación de los artículos 14 Letra A) y 38 bis de la Leyde la Renta, el impuesto de Primera Categoría se encuentra formando partede las rentas declaradas en las referidas Líneas, al tratarse de rentas brutasdeclaradas que incluyen el impuesto de Primera Categoría.

Los inversionistas extranjeros acogidos a la invariabilidad tributaria delanterior texto de los artículos 72 y 79 bis del D.L. Nº2 600/74, por no tenerderecho al crédito por impuesto de Primera Categoría, y

Los contribuyentes que respecto de las rentas o cantidades declaradasen las líneas 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8 del Formulario N°22, no tengan derecho alcrédito por impuesto de Primera Categoría.

(2) Incremento por Impuestos Pagados o Retenidos en el Exterior (Código748).Los contribuyentes que tengan derecho a invocar un crédito por rentas

de fuente extranjera en la Línea 28 del Formulario Nº22, según los Conve-nios para Evitar la Doble Tributación Internacional, celebrados por el Estadode Chile con las Repúblicas de México y Canadá, contenidos respectiva-mente, en los Decretos del Ministerio de Relaciones Exteriores N°s. 1943 y2188, publicados en el Diario Oficial del 8 de febrero del año 2000, deberánanotar en el Código (748) de esta Línea 10, como incremento, la mismacantidad que registren en dicha línea como crédito por el concepto anterior-mente indicado, ya que para tener derecho al citado crédito en la referidalínea tal partida debe estar comprendida previamente en la base imponibledel impuesto Global Complementario.

• Forma de Acreditar los Incrementos antes Indicados e Información alSII.Los incrementos por conceptos de los impuestos indicados, deberán

acreditarse mediante los Certificados Nos. 3, 41 5 y 11 e informarse al Sll através de los Formularios Nos. 1813, 1817, 1884, 1885, 1886 y 1893.

• Rebajas a la Base Imponible.

• Línea 11. Impuesto de Primera Categoría Pagado Actualizado.

(1) Personas que Tienen Derecho a esta Rebaja.Propietarios, socios o comuneros de empresas que declaren la renta efec-

tiva en la Primera Categoría mediante contabilidad completa y acogidas a lasnormas de los artículos 14 letra A) ó 14 bis LIR.

Propietarios, socios o comuneros de empresas que no declaren la rentaefectiva en la Primera Categoría mediante contabilidad completa.

Contribuyentes del impuesto Adicional de los artículos 60 y 61 LIR.

(2) Contribuyentes que no Tienen Derecho a esta Rebaja.Los no afectos al Impuesto General de Primera Categoría.

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(3) Impuesto que se Rebaja y Forma de Efectuar la Deducción.El tributo que se rebaja es el impuesto de Primera Categoría que la res-

pectiva empresa o sociedad declaró y pagó en el Año Tributario inmediata-mente anterior, efectuándose dicha deducción debidamente reajustada porlos factores de actualización correspondientes, considerando para tales efec-tos el mes del pago efectivo por parte de la respectiva empresa o sociedad.

(4) Forma de Acreditar la Rebaja e Información al SII.La rebaja por concepto de impuesto de Primera Categoría se acredita

mediante el Certificado N°5 y se informa al Sll a través de los Formularios1813 y 1893.

• Línea 12. Pérdida en Operaciones de Capitales Mobiliarios y del Art. 17Nº2 y 8 de la LIR.

(1) Contribuyentes que Utilizan esta Línea.Los mismos contribuyentes indicados en la Línea 7 anterior, esto es, los

NO obligados a declarar en la Primera Categoría mediante contabilidad lasrentas a que se refieren los artículos 20 Nº2 y 17 Nº8 de la Ley de Renta.

(2) Pérdidas que Deben Incluirse en esta Línea.Las pérdidas que deben registrarse en esta línea, son aquellas obtenidas

de las operaciones a que se refieren los artículos 20 Nº 2 y 17 Nº 8 de la Leyde la Renta, cuyo detalle se efectuó en la Línea 7 anterior.

En todo caso, las “pérdidas” que deben anotarse en esta línea, para losfines de su deducción de los resultados positivos obtenidos de las operacio-nes antes indicadas, son aquellas que se producen al obtener como inversiónrecuperada un valor inferior al monto invertido originalmente, debidamenteactualizado este último, conforme a las normas de la Ley de la Renta, comoes por ejemplo, el Art, 41. bis, en el caso de los intereses provenientes dedepósitos a plazo, o las que se originen al enajenar los bienes o derechos aque se refiere el Nº 8 del Art. 17 en un valor inferior al precio de adquisiciónde dichas inversiones, debidamente reajustado dicho precio, de conformi-dad a lo señalado por el inciso segundo del número 8 de la disposición legalantes mencionada.

No deben declararse en esta línea las pérdidas obtenidas en las opera-ciones a que se refiere el artículo 17 Nº8 de la Ley de la Renta, cuando lacitada operación se encuentre afecta al impuesto de Primera Categoría, encalidad de impuesto único a la renta, por cumplirse con los requisitos paraello; pérdidas que en tales casos deben deducirse de los resultados positivosobtenidos en dichas negociaciones, para los efectos de la declaración delresultado neto en la Línea 37 del Formulario Nº22.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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• Forma de Declarar las Pérdidas y Monto Hasta el Cual Deben De-ducirse.Si las rentas declaradas en la Línea 7, sólo se encuentran afectas al im-

puesto Global Complementario o Adicional de los artículos 60 inciso lo y 61de la Ley de la Renta (exentas de impuesto de Primera Categoría), en estalínea 12 se debe anotar el monto total de los resultados negativos obtenidosen tales negociaciones, con tope de la suma de las rentas indicadas en lospárrafos siguientes.

Por el contrario, si las citadas rentas, además de los impuestos persona-les antes indicados, también se encuentran afectas al impuesto de PrimeraCategoría, debe anotarse en esta línea el saldo neto de la pérdida obtenidaen dichas operaciones, efectuando a nivel del impuesto de Primera Catego-ría, previamente, la compensación entre los resultados negativos y positivosde tales operaciones, debidamente reajustando dichos conceptos por los fac-tores de actualización correspondientes, considerando para tales fines el mesen que se obtuvo el resultado positivo o negativo, según corresponda.

En todo caso se reitera que las pérdidas a deducir en esta línea se rebajandebidamente reajustadas por los factores de actualización correspondientes,considerando para ello el mes en que se obtuvo o generó la pérdida.

El monto total de las pérdidas a deducir en esta línea, no debe excederde la suma de las rentas declaradas en la línea 2 (más el incremento declara-do en la Línea 10 Código 159, cuando proceda), en la línea 7 (más el incre-mento declarado en la Línea 10 Código 159, por los Fondos de Inversión dela Ley N°18.815/89, cuando proceda) y 8, respecto de esta última línea,cuando las rentas de las líneas 2 y 7 antes indicadas, hayan debido declarar-se en la línea 8 en calidad de “Rentas Exentas”.

Por lo tanto, si no se han declarado rentas en las líneas antes indicadas,no debe anotarse ninguna cantidad en esta Línea 12.

(5) Acreditación de las Pérdidas a Registrar en esta Línea e Información alSII.Las pérdidas a registrar en esta línea por concepto de depósitos u otras

rentas provenientes de operaciones de captación de cualquier naturalezacelebradas con bancos, instituciones financieras, cooperativas de ahorro ycualquier otra institución similar, por rentas de capitales mobiliarios, por res-cate de cuotas de Fondos Mutuos y por retiros efectuados de las Cuentas deAhorro Voluntario abiertas en las AFP, acogidas a las normas generales de laLey de la Renta, se acreditarán mediante Certificados Nºs. 7, 9, 10 y 21 y seinforman al SII a través de los Formularios Nºs. 1889, 1890, 1892 y 1894.

En relación con las pérdidas provenientes de otras operaciones de losArtículos 20 N°2 y 17 N°8 de la LIR, éstas deberán acreditarse y determinar-se con la documentación fehaciente correspondiente.

(5) Situación Tributaria de los Excedentes de Pérdidas Producidas.En el evento que los resultados negativos o pérdidas determinadas sean

superiores al monto máximo antes indicado, dichos remanentes o exceden-

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tes de pérdida no pueden deducirse de las rentas e ingresos declarados por elcontribuyente en las demás líneas del Formulario N°22 del Año Tributarioque se declara, ni tampoco de los beneficios obtenidos en los períodos tribu-tario siguientes, cualquiera sea el concepto de éstos, ya que dicha rebaja hasido concebida en la norma que la contiene para que sea deducida sólo delos resultados positivos del año calendario en que ellos se produjeron.

• Línea 13. Impuesto Territorial Pagado Durante el Año 2001.

(1) Contribuyentes que Tienen Derecho a esta Rebaja.Los contribuyentes que tienen derecho a esta rebaja son los siguientes,

ya sea acogidos a las normas de los artículos 14 bis ó 20 de la Ley de laRenta:

Los empresarios individuales, socios de sociedades de personas y socie-dades hecho, socios gestores, de sociedades en comandita por acciones ycomuneros, propietarios o socios de empresas que declaren la renta efectivamediante contabilidad completa, clasificadas en las letras a) y b) del N°1 delartículo 20 la Ley de la Renta, por las contribuciones de bienes raíces que lasrespectivas empresas, sociedades o comunidades durante el año comercialconforme a lo dispuesto por los artículos 31 N°2 y 33 N°1 de la Ley de laRenta, hayan determinado como gasto rechazado de aquellos a que se refie-re el artículo 21 de la ley antes mencionada.

Las personas clasificadas en la letra c) del N°1 del artículo 20 de la Leyde la Renta respecto de los bienes raíces agrícolas que den en arrendamien-to, subarrendamiento, etc., cuya renta se acredita mediante el respectivo con-trato.

Los propietarios individuales, socios o comuneros de las empresas quese clasifiquen en la letra d) del N°1 del artículo 20 de la Ley de la Renta, quedeterminen sus rentas, ya sea mediante contabilidad completa, simplificada,planillas o contratos, respecto de aquellos bienes raíces que destinen al arrien-do a personas no relacionadas en los términos previstos por el artículo 100de la Ley Nº18.045, sobre Mercado de Valores, y la renta de arrendamientoobtenida sea igual o superior al 11% del avalúo fiscal del bien vigente altérmino del ejercicio, conforme a lo dispuesto por el inciso segundo delartículo 32 transitorio de la Ley N°19.578, de 1998.

Los propietarios individuales, socios de sociedades de personas y dehecho, socios gestores de sociedades en comandita por acciones y comune-ros, propietarios, socios o comuneros de empresas o sociedades clasificadasen la letra b) del Nº 1 del artículo 20 de la Ley de la Renta, respecto de lascontribuciones de bienes raíces pagadas por aquellos inmuebles destinadosa la actividad agrícola acogida a renta presunta bajo las condiciones queestablece dicha norma legal.

Las personas clasificadas en la letra d) del Nº1 del artículo 20 de la Leyde la Renta que declaren en la Renta Bruta Global la renta presunta de bie-nes raíces no agrícolas, o la renta efectiva cuando ésta es inferior al 11% delavalúo fiscal del bien vigente al 01.01.2002.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Los contribuyentes de la Segunda Categoría clasificados en el Nº2 delartículo 42 de la Ley de la Renta, que sean personas naturales, respecto delas contribuciones de bienes raíces pagadas por los inmuebles destinados ala actividad profesional, ya sea, se encuentren acogidos al sistema de gastosefectivos o presuntos.

Las sociedades de profesionales clasificadas en la Segunda Categoría,las contribuciones de bienes raíces que dichas sociedades paguen durante elejercicio comercial respectivo, respecto de los bienes raíces que destinen asu actividad profesional, deberán rebajarlas conjuntamente con los gastosefectivos que deducen de los ingresos efectivos para la determinación de lasparticipaciones sociales a distribuir a sus socios personas naturales o juridicas.

(2) Contribuyentes que no Tienen Derecho a la Rebaja.Los contribuyentes clasificados en los números 3, 4 y 5 del artículo 20

de la Ley de la Renta, que determinen sus rentas ya sea mediante contabili-dad completa o simplificada o se encuentren acogidos a un sistema de rentapresunta (actividades mineras o de transporte de pasajeros o carga ajena),respecto de las contribuciones de bienes raíces pagadas durante el año co-mercial respectivo po aquellos inmuebles destinados al giro de sus activida-des, debido a que dichas empresas, conforme a lo dispuesto por el actualtexto del N°2 del artículo 31 de la Ley de la Renta, en concordancia con loestablecido por el inciso 1° del artículo 3° transitorio de la Ley N°19.578, de1998, las citadas contribuciones de bienes raíces al no poder utilizarlas comocrédito en contra del impuesto de Primera Categoría, las pueden rebajar comoun gasto tributario en la determinación de la Renta Líquida Imponible dePrimera Categoría o comprendidas como deducción de la renta presunta delas actividades acogidas a estos regímenes tributarios, no teniendo aplica-ción, por lo tanto, lo dispuesto por la letra a) del artículo 55 de la Ley de laRenta.

• Normas Generales que Rigen la Rebaja de las Contribuciones de BienesRaíces.Las contribuciones de Bienes Raíces que pueden rebajarse de la Renta

Bruta Global son las efectivamente pagadas durante el año calendario res-pectivo, sin importar el período al que correspondan, ya sea, por cuotas nor-males, adicionales o suplementarias a las anteriores.

Para los fines de su deducción, las citadas contribuciones pagadas du-rante el año 2001 dentro de los plazos legales establecidos para tales efectos,se deben actualizar, por lo general, por los Factores que se indican a conti-nuación:

Primera cuota, pagada en abril del año 2001 1,024

Segunda cuota, pagada en junio del año 2001 1,015

Tercera cuota, pagada en septiembre del año 2001 1,009

Cuarta cuota, pagada en noviembre del año 2001 1,000

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Las contribuciones de bienes raíces pagadas en meses distintos a losantes indicados, se reajustan por los Factores de Actualización correspon-dientes considerando para tales fines el mes en que se hayan pagado efecti-vamente.

Para los efectos de esta deducción debe considerarse el valor neto de lasrespectivas cuotas pagadas por concepto de contribuciones de bienes raíces,m los recargos establecidos por leyes especiales, excluidos los derechos deaseo y los reajustes, intereses y multas que hayan afectado al contribuyentepor mora en el pago de las citadas contribuciones de bienes raíces.

Los socios de sociedades de personas y sociedades de hecho, incluidoslos socios gestores de sociedades en comandita por acciones y comuneros,también tendrán derecho a la rebaja de las Contribuciones de Bienes Raíces;deducción que procederá en proporción a la participación en las utilidadesde la empresa, de acuerdo al respectivo contrato social.

Dicha rebaja sólo la puede hacer el propietario o usufructuario (la socie-dad o comunidad en el caso de los socios o comuneros) de los inmueblesrespecto de los cuales se pagaron las Contribuciones de Bienes Raíces, cuyasrentas se computen en la Renta Bruta Global.

La citada rebaja procederá, en el caso de los contribuyentes acogidos alrégimen de tributación sobre la base de retiros, siempre y cuando las contri-buciones de bienes raíces estén comprendidas previamente en la línea 3 delFormulario N°22, como un gasto rechazado de aquellos a que se refiere elInciso 1° del artículo 21 de la Ley de la Renta, debiéndose rebajar en estaLínea 13 la misma cantidad declarada en la línea 3, más el incremento in-cluido en la Línea 10 (Código 159), este último agregado sólo en el caso depropietarios o dueños de empresas acogidas al régimen de tríbutación delartículo 14 letra A) de la ley, siempre que respecto de dicha partida, se tengaderecho al crédito por impuesto de Primera Categoría.

Igual situación ocurre respecto de los demás contribuyentes que no seande los indicados anteriormente, en cuanto a que para que proceda la referidarebaja, conforme a lo dispuesto por el artículo 55 letra a) de la Ley de laRenta, deben computarse, declararse o incluirse en la renta bruta global,rentas que digan relación con los inmuebles respecto de los cuales se paga-ron las contribuciones de bienes raíces.

Para los fines de esta rebaja, las sociedades de personas, las sociedadesde hecho, las sociedades en comandita por acciones y las comunidades,acogidas a los regímenes de tributación de los artículos 14 bis ó 20 de la Leyde la Renta deben informar en forma separada a sus socios y comuneros lasContribuciones de Bienes Raíces consideradas como un gasto rechazado paralos fines de la Línea 3 del Formulario N°22, mediante el Modelo de Certifi-cado N°5, sobre Retiros, Gastos Rechazados y Créditos.

• Contribuciones que no se Pueden Deducir de la Renta Bruta Global.No deben rebajarse en esta línea las contribuciones pagadas por los bie-

nes raíces que se encuentren en los siguientes casos, cuyas rentas no se com-putan en la renta bruta global:

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Bienes raíces no agrícolas destinados al uso de su propietario o de sufamilia;

Viviendas acogidas al D.F.L. N°2, de 1959, destinadas al uso de su pro-pietario o de su familia o entregadas en arrendamiento;

Viviendas acogidas a la Ley N°9.135, de 1948 (Ley Pereira), destinadasal uso de su propietario o de su familia, sin que produzcan rentas;

Bienes raíces no agrícolas pertenecientes a los contribuyentes del Art. 22de la Ley de la Renta (pequeños mineros artesanales; pequeños comerciantesque desarrollen actividades en la vía pública; suplementeros, propietarios deun taller artesanal u obrero y pescadores artesanales), y del Art. 42 N°1 (tra-bajadores dependientes, jubilados, pensionados o montepiados), cuyo ava-lúo fiscal de dichos bienes al 1° de Enero del año 2002 no exceda de$13.691.520 (40 U.T.A.), siempre que tales inmuebles no produzcan rentasefectivas superiores al 11% del avalúo fiscal vigente a la fecha antes señala-da, y siempre también que los propietarios de los mencionados bienes raícesobtengan únicamente rentas de sus propias actividades de pequeño contri-buyente y trabajador dependiente y de aquellas referidas en el inciso prime-ro del Art. 57 de la Ley de la Renta.

Si las sociedades y comunidades antes indicadas son socias de socieda-des de igual naturaleza jurídica, las contribuciones de bienes raíces que lescorrespondan como gasto rechazado en su calidad de socias, también debenser incluidas en el Certificado a emitir a los respectivos socios o comuneros,para que tales personas primero las declaren en la línea 3 como un gastorechazado y, posteriormente, sean deducidas en esta línea por el mismo va-lor declarado en la citada línea 3, más el incremento incluido en la Línea 10(Código 159), este último agregado sólo respecto de propietarios o socios deempresas acogidas al régimen de tributación del artículo 14 letra A) de la ley.

(5) Contribuyentes del Impuesto Adicional de los Artículos 60 Inciso 1° y61 de la Ley de la Renta.Los contribuyentes afectos al impuesto Adicional de conformidad con los

artículos 60 inciso primero y 61 de la Ley de la Renta, también podrán deducirde la base imponible del referido tributo adicional, a través de esta Línea 13,las Contribuciones de Bienes Raíces pagadas, rebaja que operará bajo las mis-mas condiciones y requisitos que rigen para los contribuyentes del ImpuestoGlobal Complementario, comentadas en las letras precedentes.

(6) Acreditación de esta Rebaja e Información al SII.En el caso de los contribuyentes acogidos al régimen de tributación a

base de retiros, la deducción por contribuciones de bienes raíces debeacreditarse mediante el Certificado Nº5 e informarse al SII a través de losFormularios N°s. 1813 y 1893.

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• Línea 15. Cotizaciones Previsionales Correspondientes al Empresario oSocio.

(1) Contribuyentes que Tienen Derecho a esta Rebaja.Los empresarios individuales, socios de sociedades de personas y socios

gestores de sociedades en comandita por acciones, afectos al Impuesto Glo-bal Complementario, propietarios o socios de empresas acogidas al régimende tributación del artículo 14 letra A) de la Ley de la Renta (que declaren larenta efectiva en Primera Categoría, mediante contabilidad completa y Ba-lance General), rebajando en esta línea, las cotizaciones previsionales y desalud que por el año comercial 2001 hayan enterado en una AFP e Institucio-nes de Salud sobre los retiros efectuados de dichas empresas o sociedades,conforme a la norma del artículo 92 del D.L. N°3.500/80.

• Requisitos que Deben Reunir las Cotizaciones Previsionales y de Saludpara que Proceda su Rebaja.Que las cantidades sobre las cuales se cotiza correspondan al “retiro de

rentas tributables” originadas en la respectiva empresa o sociedad de la cuales dueño o socio y que deben encontrarse incorporadas en la Renta BrutaGlobal, no siendo procedente, por tanto, la rebaja por este concepto en aque-llos períodos en que no se hayan producido los mencionados retiros.

En ningún caso, la rebaja por cotizaciones deberá provenir de rentasimponibles, para efectos previsionales y de salud, de un monto superior alrespectivo retiro en cada período, ya que en tal evento sólo se aceptará hastala concurrencia del monto de este último, con el tope de 60 U.F. vigente alúltimo día del mes en que se efectuó el respectivo retiro.

Que las empresas o sociedades de las cuales sean dueños o socios tribu-ten en Primera Categoría mediante contabilidad completa y Balance Gene-ral.

Que las cotizaciones efectuadas correspondan a aquellas a que se refie-re el inciso primero del ex-Art. 20 (actual 18) del D.L. 3.500, de 1980, esdecir, que se trate de cotizaciones obligatorias, adicionales, voluntarias y delas destinadas a prestaciones de salud.

Que las cotizaciones previsionales y de salud sean de cargo del empre-sario socio. Las cotizaciones que paguen las sociedades por cuenta de sussocios serán consideradas retiros por parte de estos últimos y gravados con elImpuesto Global Complementario según la Línea 1, sin perjuicio de su utili-zación como rebaja en esta línea 15.

Que dichas cotizaciones correspondan al año comercial 2001 y se en-cuentren efectivamente pagadas al momento de presentar la declaración deimpuesto respectiva, que su monto corresponda a los valores efectivamenteenterados en los organismos de previsión y de salud por concepto de cotiza-ciones, sin considerar los intereses, multas y demás recargos por atraso en supago.

La rebaja por cotizaciones previsionales y de salud debe efectuarse de-bidamente reajustada por los Factores de Actualización correspondientes,

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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considerando para tales fines el mes del pago efectivo de la respectiva coti-zación previsional y de salud.

Conforme a lo señalado por la parte final de la letra b) del Art. 55 de laLey de Renta, las cotizaciones previsionales y de salud efectuadas durante elejercicio comercial 2001 sobre los sueldos patronales o empresariales asig-nados al empresario o socio en dicho período, de acuerdo con las normasdel inciso tercero del Nº6 del Art. 31 de la ley, no pueden rebajarse de larenta bruta del impuesto Global Complementario a través de esta Línea 15,ello debido a que tales cotizaciones fueron descontadas en la determinacióndel impuesto único de segunda categoría que afecta a las remuneracionesempresariales asignadas y pagadas.

2.1. Descripción Formulario 22

• Base Imponible Global Complementario o Adicional

• Rentas Afectas

1. Empresarios individuales, socios de sociedades, de personas, de socie-dades CPA, sociedades de hecho y comunidades.

- Los excesos de retiros pendientes de tributación al 31.12.99.

- Retiros realizados durante 2000.

- Retiros presuntos por uso o goce de bienes de la empresa utilizadospor los dueños.

2. Dividendos de S.A. y C.P.A.

Personas Naturales con domicilio o residencia en Chile, que No decla-ren Rentas en Primera Categoría mediante contabilidad.

Código 601 = Crédito por Impuesto 1ª Categoría, monto que se trasladaa Línea 10 como incremento y luego a Línea 25 ó 29, de acuerdo a si dao no derecho a devolución.

Código 105 = Dividendos percibidos.

3. Gastos Rechazados (que informan las empresas de las que participan).

Empresarios individuales, socios de sociedades de personas, de socieda-des CPA, sociedades de hecho y Comunidades.

Código 602 = Crédito por Impuesto 1ª categoría.

Código 106 = Retiros de especies, Remuneraciones pagadas al Cónyugeo a los Hijos menores de 18 años, condonaciones de deudas, exceso delas remuneraciones pagadas a los Propietarios o Socios, desembolsospara compra de bienes de uso de los Socios.

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4. Rentas Presuntas.

Contribuyentes acogidos al régimen de renta presunta.

Predios Agrícolas = Propietarios o Usufructuarios = 10% Avalúo Fiscal al01.01.2000.

Predios Agrícolas = Arrendatarios = 4% Avalúo Fiscal.

Bs. Rs. No Agrícolas = Propietarios o Usufructuarios = 7% Avalúo Fiscal.

Mineros = 4% sobre ventas anuales de minerales que contengan cobre,plata u oro y un 6% sobre ventas de otros minerales.

Vehículos Carga Propia o Ajena = 10% del valor del vehículo, segúntasación del S.I.I. Taxis y Taxis Colectivos, rebajan avalúo S.I.I. en un30%.

Pequeños Comerciantes Vía Pública, Suplementeros, Propietarios Talle-res Artesanales y Pescadores Artesanales = 2 UTA, equivalentes a$662.400.

5. Rentas Determinadas Según Contabilidad Simplificada.

Contratos de Arrendamiento Bienes Raíces Agrícolas y No Agrícolas

Total de Rentas Efectivas, determinadas sobre la base de ContabilidadSimplificada, Planillas o Contratos.

6. Rentas del Art. 42 Nº 2 y 48.

Personas Naturales clasificadas en Segunda Categoría, Honorarios o Co-misiones Brutas percibidas el año 2000, Actualizados.

7. Rentas de Capitales Mobiliarios y del Art. 17 Nº 8.

Contribuyentes NO obligados a declarar Rentas en 1ª Categoría median-te Contabilidad: Rentistas, Peq. Mineros Artesanales, Peq. ComerciantesVía Pública, Suplementeros, Talleres Artesanales, Pescadores Artesanales,Mineros de Mediana importancia y Transporte Pasajeros o Carga.

Intereses Reales por posesión de Capitales Mobiliarios (Dep. a Plazo).

- Rentas por Mayor Valor de enajenación de Acciones de S.A.

- Rentas por Mayor Valor de enajenación de Bienes Raíces.

- Rentas por Mayor Valor de enajenación de Pertenencias Mineras.

- Rentas por Mayor Valor de enajenación de Bonos o Debentures.

- Rentas por Mayor Valor en rescate de Fondos Mutuos.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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8. Rentas Exentas del Global Complementario.

Contribuyentes del Global Complementario, siempre que hayan decla-rado Rentas en las Líneas Anteriores.

Dividendos de Acciones de Bancos e Instituciones Financieras emitidasconforme a los Artículos 2º y 11º de la Ley 18401 de 1985.

Rentas de Capitales Mobiliarios y Enajenación de Acciones de S.A., cuyomonto neto actualizado no supere 20 UTM del 31.12.00 ($ 552.000).

Rescate de Cuotas de Fondos Mutuos y Rescate Ahorro Voluntario AFP,cuyo monto neto actualizado no supere 30 UTM del 31.12.00 ($828.000).

9. Sueldos, Pensiones.

Trabajadores, Jubilados, Pensionados y Montepiados, siempre y cuandohayan declarado Rentas en las Líneas Nº1 a Nº7.

10. Cant. a Incluir en Renta Bruta Global Equiv. a Crédito 1ª Categ.

Contribuyentes que declaren Rentas en las Líneas 1, 2, 3, 7 y 8, prove-nientes de empresas o sociedades acogidas al sistema de tributación so-bre la base de retiros.

Suma de los valores de Códigos 600, 601, 602, 605 y 606, de Líneas 1,2, 3, 7 y 8.

• Rebajas a la Renta.

11. Impuesto de 1ª Categoría Pagado Durante el Año 2000.

Propietarios o socios de empresas que declaren Rentas Efectivas en laPrimera Categoría.

Rebaja del Impuesto de 1ª Categoría pagado por la respectiva sociedaddurante el año 2000.

12. Pérdida Operac. Cap. Mobiliarios y del Art. 17 Nº 8.

Contribuyentes NO obligados a declarar Rentas en 1ª Categoría median-te Contabilidad = Rentistas, Peq. Mineros Artesanales, Peq. Comercian-tes Vía Pública, Suplementeros, Talleres Artesanales, PescadoresArtesanales y Transporte de Pasajeros o Carga.

Pérdidas producto de recuperar una inversión a un valor inferior al mon-to invertido originalmente, este último debidamente actualizado.

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13. Impuesto Territorial Pagado Durante el Año 2000.

Propietarios, Socios o Comuneros de empresas que declaren Renta Efec-tiva en 1ª Categoría.

Rebaja Contribuciones de Bienes Raíces efectivamente pagadas por lasempresas o sociedades, durante período comprendido entre el 01.01.00y el 31.12.00.

Monto debe estar previamente puesto como Gasto Rechazado en LíneaNº3.

14. Sub Total.

Suma Líneas 1 a 10, menos Líneas 11, 12 y 13.

Sólo Positivo, trasladar a Líneas 37 ó 38 si declara Impuesto Adicional.

15. Cotizaciones Previsionales del Empresario o Socio y Dividendos Hipo-tecarios Pagados Durante 2000.

Empresarios Individuales, Socios de sociedades de personas y Socios ges-tores de sociedades en comandita por acciones.

a) Código 111:

1. Deben corresponder a Retiros de Rentas Tributables equivalentehasta 60 UF.

2. Las empresas deben tributar en la Categoría mediante contabili-dad completa.

Sólo Cotizaciones que correspondan al año 2000 y efectivamentepagadas.

b) Código 740:

Compras entre 22.06.99 y 31.12.99 = 10 UTM

Compras entre 01.01.00 y 30.09.00 = 6 UTM

Compras entre 01.10.00 y 30.06.01 = 3UTM

16. Inversiones Art. 57 Bis. y por Concepto de Dividendos e Intereses.

Contribuyentes Global Complementario.

Código 183 = 20% de Inversión en S.A. Abiertas que sean primeros due-ños por más de un año al 31.12.00 y adquiridas antes del 29.07.98.

Tope del 20% de la Base Imponible efectiva del Impuesto Global Com-plementario, sin que exceda de 50 UTA, equivalentes a $16.560.000.

Código 700 = 50% Dividendos de S. A. Abiertas, de Línea Nº 2, más el50% de Intereses de Línea Nº 7. Límite máximo 12,5 UTA, igual a$4.140.000.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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17. Base Imponible Global Complementario.

Suma Línea Nº 14 (Sub total) menos Líneas 15 y 16. Registrar sólo si elresultado es Positivo; si Negativo, NO anotar ninguna cantidad en estalínea.

Si monto es = ó menor a $3.312.000 (10 UTA) NO usar líneas siguientes.

• Impuesto Global Complementario.

18 Impto. Global Complementario según Tabla.

Si cantidad de Línea Nº 17 es mayor que $ 3.312.000, se aplica tabla.

19. Débito Fiscal Ahorro Negativo (Nº5 Letra A y Ex Letra B Art. 57 Bis).

Contribuyentes del Impuesto Único de 2ª Categoría o Impto. Global Com-plementario, acogidos al incentivo del ahorro, según letra A) o ex letra B)del Art. 57 bis.

Sólo aquella porción que supere el límite exento por Ahorro Neto Nega-tivo, igual a 10 UTA = $3.312.000.

• Créditos al Impuesto.

20. Crédito Fomento Forestal Según D.L. Nº 701/74.

Personas Naturales que declaren Rentas en Líneas 1, 2 y/o 5 y el incre-mento de Línea Nº10, provenientes de la explotación de Bosques acogi-dos al D.L. 701 del año 1974.

Se rebaja contra el Global Complementario el 50% de este tributo queproporcionalmente haya afectado a dichas Rentas.

((Suma 1, 2 y/o 5 más 10*18) / (Suma 1 a 10)) /2.

21. Crédito Proporcional Rentas Exentas de Línea Nº 8.

Contribuyentes que declaren Rentas Exentas en Línea Nº 8.

(Línea 8 + $ 31.120) * (Línea 8 + 10 – 12) / Línea 17.

22. Crédito por Rentas de Fondos Mutuos.

Contribuyentes que declaren Rentas en Línea 7, aplicando:

5% sobre el monto neto de dichas Rentas de Fondos con Inversión Pro-medio en Acciones mayor o = al 50% del Activo del Fondo.

3% sobre Rentas de Fondos con Inversión Promedio en Acciones entreun 30% y menos de un 50% del Activo del Fondo.

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23. Crédito por Impuesto Tasa Adicional Ex Art. 21

Personas Naturales que sean accionistas de S.A. o en C.P.A.

Se rebaja el crédito por Impuesto adicional del ex Art. 21 que las S.A. oC.P.A les hayan informado, según certificados, por Retiros y/o Dividen-dos distribuidos en el año 2000 y que gozaban de Crédito Fiscal por TasaAdicional ex Art. 21.

24. Crédito por Donaciones para Fines Culturales (Art. 8 Ley 18985/90)

Contribuyentes que declaren en Líneas 1, 2, 5, 6, 7, 9 y 10 sobre la basede ingresos efectivos.

Se rebaja un 50% de las Donaciones realizadas, debidamente reajusta-das.

Rebaja Máxima = 2% de la Renta Neta Global del Impuesto Global Com-plementario, determinada ésta sobre la base de ingresos efectivos o 14.000UTM de diciembre de 2000 = $386.400.000.

25. Crédito por Impuesto 1ª Categoría sin Derecho a Devolución.

Se registra el Crédito por Impuesto de Primera Categoría declarado enlos Códigos pertinentes de las Líneas 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8.

26. Crédito por Donaciones a Universidades e Institutos Profesionales (Art.69, Ley 18.681/78).

Contribuyentes que declaren Rentas en Líneas 1, 2, 5, 6, 7, 9 y 10, sobrela base de ingresos efectivos.

Crédito por un 50% de las Donaciones efectuadas, actualizadas.

Máximo 14.000 UTM de diciembre 2000 = $386.400.000.

Si monto del Crédito por Donaciones es superior al saldo del ImpuestoGlobal y/o Débito Fiscal, luego de rebajar las Líneas 20 a 25, solo seanotará monto equivalente hasta completar dicho saldo.

27. Crédito por Impuesto Único de 2ª Categoría.

Personas Naturales que hayan declarado Rentas en Línea Nº 9.

Se anota el Impuesto Único de Segunda Categoría retenido mes a messobre sueldos, pensiones, montepíos, por los empleadores.

28. Crédito Ahorro Neto Positivo (Nº 4 Letra A y Ex Letra B Art. 57 Bis).

Contribuyentes del Impuesto Global Complementario, acogidos al me-canismo de incentivo al ahorro de acuerdo a Nº4 letra B) del artículo 57Bis de la Ley de Renta.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

232

Se registrará la cantidad menor entre:

- Total de ahorro neto positivo del ejercicio.

- 30% de la Base Imponible del Global registrada en la Línea 17.

- El valor de 65 UTM al 31.12.00 = $ 21.528.000.

29. Crédito por Impuesto 1ª Categoría con Derecho Devolución.

Contribuyentes del Impuesto Global Complementario para que registrenel Crédito por Impuesto de 1ª Categoría determinado en los Códigos deLíneas 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8.

Registra suma de los valores de las Líneas señaladas, Códigos 600, 601,602, 603, 604, 605 y 606.

30. Impuesto Global Complementario Determinado.

Registra diferencia entre Líneas 18 y/o 19, menos Líneas 20, 21, 22, 23,24, 25, 26, 27, 28 y 29 cuando corresponda.

- Si el Resultado es Positivo, además se traslada a Línea Nº 31.

- Si el Resultado es Negativo, se registra entre paréntesis y debe trasladar-se a la Línea 45 y/o 48 según corresponda.

• Impuestos Anuales a la Renta.

• Impuestos Determinados.

31. Global Determinado.

Se anota cantidad determinada en Línea 30, sólo si es positiva.

32. Primera Categoría sobre Rentas Efectivas.

Contribuyentes de Impuesto de 1ª Categoría que se indican:

Contabilidad Completa: Empresas individuales, Sociedades de personas,S.A., Sociedades en C.P.A., Sociedades de hecho.

Agricultores, Mineros de mayor importancia y Transportistas que no pue-dan declarar sobre la base de Renta Presunta.

Base imponible del Impuesto de 1ª Categoría: De acuerdo a lo determi-nado en Recuadro Nº 3, en base a los registros contables y al BalanceGeneral de Ocho Columnas y es igual a la Renta Líquida Imponible dePrimera Categoría.

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33. Primera Categoría Sobre Rentas Presuntas.

Contribuyentes Agricultores, que no sean S.A. ni Agencias Extranjeras.

Propietarios o Usufructuarios: 10% del Avalúo Fiscal al 01.01.2001.

Arrendatarios: 4% del Avalúo Fiscal al 01.01.2001.

Contribuyentes Mineros de mediana importancia, los que no tienen ca-rácter de “Pequeño Minero Artesanal”.

4% sobre ventas netas anuales de productos mineros que contengancobre, plata u oro.

6% sobre minerales que no contengan cobre, plata u oro.

Contribuyentes de Transporte de Carga propia o Ajena.

10% del valor corriente en plaza de cada vehículo, remolque.

Automóviles, stations, furgones y camionetas, valor corriente acorde ava-lúo de Impuestos Internos publicado en Diario Oficial.

Taxis y colectivos: valor de Avalúo menos un 30%.

Primera Columna, Base Imponible: Total de Rentas Presuntas, igual aRecuadro Nº3, Código 644.

Segunda Columna, Monto total del Crédito por Contribuciones de Bie-nes Raíces que se tenga derecho a deducir.

Última Columna, Diferencia entre 15% sobre la Base Imponible menosCrédito de Segunda Columna.

34. Impuesto Único Primera Categoría.

Contribuyentes que durante 2000 hayan tenido ingresos por:

Enajenación o cesión no habitual de Acciones de S.A., siempre que en-tre la compra y la enajenación haya transcurrido un plazo mayor o iguala un año.

- Enajenación no habitual de Pertenencias Mineras.

- Enajenación no habitual de Derechos de Agua.

- Enajenación no habitual de Bonos y Debentures.

- Enajenación, habitual o no, del Derecho de Propiedad Intelectual oIndustrial, en caso que la enajenación la haga el Autor o Inventor.

- Enajenación, habitual o no, de Acciones y derechos en SociedadLegal Minera o en Sociedad Contractual Minera, que no sea S.A.

Las Rentas a declarar en esta Línea se determinan, deduciendo del valorde enajenación el valor de adquisición actualizado.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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35. Impuesto Art. 2ª D.L. 2398/78

Empresas no constituidas como S.A. o en C.P.A. y corresponden a:

Empresas de propiedad del Estado.

Empresas en que tengan participación una o más de las siguientes Insti-tuciones: Fiscales / Semifiscales / Fiscales de Adm. Autónoma / Semifiscalesde Adm. Autónoma e Instituciones Autónomas del Estado.

36. Impuesto Único Inc. 3ª Art. 21 Ley de la Renta.

Contribuyentes S.A. o C.P.A. para la declaración de los Gastos Rechaza-dos (declarados en línea Nº 3) afectos al Impuesto Único.

37. Impuesto Adicional D.L. 600/74

Inversionistas sin domicilio ni residencia en Chile. (Contribuyentes ex-tranjeros).

1. Base Imponible: La misma cantidad positiva registrada en la línea 14.

2. Impuesto Determinado: Tasa del 25% al 39,5%

Rebajas al Impuesto: Crédito por impuesto Tasa Adicional del ex Art. 21.

38. Impuesto Adicional a la Ley de Renta.

Inversionistas Extranjeros acogidos al Régimen General de Tributaciónde la Ley de Renta.

- Tasa de Impuesto del 35%.

39. Reliquidación Impuesto Único - Formulario 2514.

Contribuyentes de Impuesto Único: Empleados, Pensionados,Montepiados.

40. Impuesto Único Talleres Artesanales.

Personas Naturales propietarias de un solo taller artesanal u obrero.

- Que exploten personalmente el taller y con la ayuda de 5 operariosmáximo.

- Que el capital efectivo al 01/01/00 no supere la suma de $3.172.920,y

- Que la actividad o giro del taller en 1999 haya sido fabricación debienes y/o la prestación de servicios.

Impuesto Único no puede ser inferior a $55.200 para el Año Tributario2001.

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41. Impuesto Único Pescadores Artesanales.

Personas Naturales.

Inscritas en Registro establecido Ley General de Pesca y Acuicultura del89.

- Explotar, a su nombre, una o dos naves que no superen, en conjun-to, las 15 ton de registro grueso.

- Naves no superan 4 ton. registro grueso = 0,5 UTM de diciembre 00$13.800.

- Naves más de 4 y hasta 8 ton. = 1,0 UTM de diciembre 00 = $27.600.

- Naves más de 8 y hasta 15 ton. = 2,0 UTM de diciembre 00 =$55.200.

• Deducciones a los Impuestos.

42. Reliq. Impuesto Global Complem. por Término de Giro.

Empresarios Individuales, Socios de sociedades de personas y accionis-tas de S.A. y C.P.A., con domicilio y residencia en Chile, cuando decla-ren rentas con motivo del término de giro.

Base Imponible = Total de rentas que les correspondan a las personasnaturales con motivo del término de giro practicado el año comercial2000, incrementadas en el crédito por Impto. Primera Categoría con tasadel 35%.

43. Pagos Provisionales Mensuales.

Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios, debidamente actualizados.

Pagos Provisionales Voluntarios ingresados a las arcas fiscales durante2000.

44. Crédito por Gastos de Capacitación.

Contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a laRenta.

Por capacitación desarrollada en el país.

Suma máxima a descontar no puede superar el 1% de las remuneracio-nes imponibles pagadas al personal en el período en que se desarrolla-ron las actividades de capacitación.

45. Remanente De Crédito por Impto. 1ª Categ. Proveniente de Línea 29.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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46. Crédito Emp. Constructoras y Pago Provis. x Cotizac. Adicional

Código 83 - Emp. Constructoras = Remanente actualizado del créditoespecial por concepto del 65% del débito fiscal y que corresponde alvalor expresado en UTM en la Línea 52 del Formulario 29 (Código 96)de la declaración de IVA de diciembre de 2000.

Código 173 - Cotización Adicional = Contribuyentes que en 1999 hayanrealizado cotizaciones adicionales a favor de sus trabajadores, registranel remanente en UTM de dicha cotización según Línea 51 del Formula-rio 29, Código 99), de la declaración de IVA de diciembre de 2000.

47. Retenciones por Rentas Declaradas Línea 6 y Retenciones por OtrasRentas Declaradas Líneas 1, 3, 4, 5, 7 y/o 9.

Código 198 - Rentas Línea 6 = Contribuyentes Segunda Categoría (Ho-norarios).

b) Código 54 - Rentas Líneas 1 - 9:

Mayor retención de impuesto único de segunda categoría

Mineros mediana importancia, renta presunta por ventas de minerales.

Contribuyentes de 1ª Categoría a los que se les haya efectuado retencio-nes de impuestos sobre las rentas percibidas de capitales mobiliarios.

48. Remanente Impuesto por Inversiones Art. 57 Bis y/o del Nº2/59 Prove-niente de Form. 2514 o Línea 27 y/o 28.

Personas Naturales que en 2000 hayan obtenido rentas gravadas con elimpuesto Único de 2ª Categoría.

20% Inversión acciones de pago de S.A. abiertas adquiridas antes29.07.98.

Dividendos Hipotecarios pagados o aportes enterados 2000 por Vivien-das Nuevas.

49. Pago Provisional por Impuesto de 1ª Categoría de Utilidades Absorbi-das (Art. 31 Nº3).

Contribuyentes de Primera categoría que declaren su renta efectiva me-diante contabilidad completa y balance general.

Total o parte del impuesto de la Categoría pagado sobre las utilidadestributables acumuladas al 31 de diciembre de 2000 o las obtenidas du-rante el ejercicio 2000, que resulten absorbidas total o parcialmente porla Pérdida Tributaria generada en el ejercicio comercial 2000 o por sal-dos negativos de utilidades tributarias de ejercicios anteriores.

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OctavoOCTAVO CAPÍTULO: Impuesto adicional

1. Impuesto Adicional

El Impuesto Adicional contenido en el Título IV de la Ley de la renta, esun tributo que afecta a las personas naturales o jurídicas de cualquiera na-cionalidad, que no tienen domicilio ni residencia en Chile y que obtengan,en general, rentas de fuente chilena.

1.1. Características del Impuesto

Es sustitutivo del impuesto Global Complementario. Esta es la caracterís-tica más relevante de este impuesto. Como se sabe, en el régimen tributariode las rentas, éstas se encuentran gravadas en primer lugar por un impuestode Categoría y, seguidamente, por el impuesto Global Complementario queafecta el conjunto de las rentas obtenidas por personas naturales domicilia-das o residentes en Chile. Cuando no puede aplicarse el Impuesto GlobalComplementario por carecer de domicilio y residencia en Chile, en sustitu-ción de éste se aplica el Impuesto Adicional que afecta, además de las perso-nas naturales, a las personas jurídicas.

Es un Impuesto Directo. Afecta a las personas beneficiarias de la renta,sin que la Ley otorgue a ésta el derecho o facultad para trasladar el peso deltributo a un tercero.

Es un Impuesto Personal.

1.2. Aclaraciones sobre Ciertos Conceptos Esenciales

Para determinar el régimen tributario aplicable a un extranjero que hapermanecido temporalmente en el país se hace necesario precisar previa-mente los siguientes factores o circunstancias:

Si el extranjero ha constituido o no “domicilio” en Chile.Si no ha constituido “domicilio” en Chile habrá que distinguir entre el

régimen tributario aplicable en los primeros 6 meses de residencia en el país,y el régimen aplicable a partir del séptimo mes.

Si las rentas que ha obtenido son de “fuente chilena” o de “fuente ex-tranjera”.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Si las rentas las ha obtenido en calidad de trabajador dependiente (suel-dos, salarios) o, si por el contrario, las ha obtenido mediante el ejercicio librede una profesión u ocupación lucrativa (honorarios).

Si las rentas obtenidas corresponden a actividades técnicas, científicas,culturales o deportivas.

Sólo una vez que se hayan dilucidado cada uno de estos factores, seestará en condiciones de establecer el impuesto o impuesto a la renta aplica-bles al contribuyente extranjero que permaneció temporalmente en el país.

1.2.1. Situación del “Domicilio”

Debe establecer previamente si el extranjero al ingresar al país ha cons-tituido domicilio en Chile, lo cual puede acontecer desde el primer día depermanencia en el país. Al efecto, debe tenerse presente que el concepto de“domicilio” o la calidad de “domiciliado”, no está condicionado a la perma-nencia del extranjero en el país por más de 6 meses ni por ningún otro lapso.

1.2.2. Prueba del “Domicilio”

Los extranjeros que ingresen “temporalmente” al país deben ser consi-derados, en principio, como no domiciliados en Chile. Si el afectado alegareque constituyó domicilio en el país, deberá probarlo con antecedentes quehagan aceptable tal afirmación. Por ejemplo, si el afectado alega que se mudóde Chile con toda su familia y demuestra que ingresó al país con su esposa ehijos, que arrendó o compró su casa habitación en Chile, que sus hijos estu-dian en colegios del país, y que además se vino a Chile en razón de uncontrato de trabajo, etc., ello podría ser indicativo de que realmente consti-tuyó domicilio en Chile, a menos que el Servicio de Impuestos Internos con-tara con otros antecedentes que probaren que el afectado mantiene su domi-cilio en el extranjero.

1.2.3. Rentas de Fuente Chilena

Por el solo hecho de desarrollar en Chile una actividad, empleo o profe-sión, los beneficios o rentas que perciba el extranjero por dicha causa son de“fuente chilena”. No altera tal calidad de ser rentas de fuente chilena la cir-cunstancia de que el pago de ellas no sea efectuado por instituciones, em-presas o personas establecidas en Chile. Por consiguientes aun cuando lasrentas sean pagadas desde el extranjero ellas siempre serán de fuente chile-na.

Esta aclaración cobra importancia porque todas las rentas de fuente chi-lena están afectas a impuesto en Chile. Sin que importe que el contribuyentesea extranjero o chileno, esté o no domiciliado en el país o cualquiera quesea el período de permanencia en territorio chileno.

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1.2.4. Rentas de Fuente Extranjera

Las rentas que no sean de fuente chilena serán obviamente de fuenteextranjera. Para que las rentas de fuente extranjera tributen en Chile es me-nester que el contribuyente sea “domiciliado” o “residente” en Chile. Es porello que cobra importancia el concepto de domicilio porque el domiciliadoen Chile tendrá que tributar sobre sus rentas tanto de fuente chilena comoextranjera.

Sin embargo, respecto de los extranjeros que constituyan su domicilioen Chile, cabe tener presente que durante los tres primeros años contadosdesde su ingreso al país no estarán afectos a impuesto sobre sus rentas defuente extranjera.

Una vez definida la situación de si el extranjero está o no “domiciliado”en Chile como también si sus rentas son o no de fuente chilena, procederáestablecer la tributación que le afecta. En los párrafos que siguen se indica latributación que le afecta al extranjero de acuerdo con la situación en que seencuentre.

1.3. Tributación que Afecta a los Extranjeros “Domiciliados” en Chile

a. Extranjeros que tienen la Calidad de “Empleados”. Los extranjeros queingresen a Chile para desempeñarse en calidad de “empleados” de unafirma o entidad chilena o extranjera, tributan con el Impuesto Único deSegunda Categoría, aun cuando las rentas les sean pagadas desde elextranjero.

b. Extranjeros que no tienen la calidad de empleados, sino de Profesiona-les, técnicos o que desempeñen alguna otra actividad lucrativa, tributancon el Impuesto Global Complementario.Esta tributación debe cumplirse aun cuando las rentas sean pagadas por

firmas o entidades extranjeras.

1.4. Tributación que Afecta a los Extranjeros “No Domiciliados” en Chile

Extranjeros que hayan venido a Chile a desarrollar actividades científi-cas, culturales o deportivas.

- Tributación por los primeros 6 meses de permanencia, con el

Impuesto Adicional, con tasa del 20%.

- Tributación a partir del 7º mes de permanencia, si tiene la calidad de“empleados”, tributan en la forma indicada en el punto 1.3 a.

Si no tienen la calidad de “empleados”, tributan en la forma indicada enpunto 1.3 b.

Extranjeros que hayan venido a Chile a desarrollar actividades diferentesa las mencionadas en el número 1.3), pero en calidad de “empleados”.

- Tributación por los primeros 6 meses de permanencia.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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- Desde el 1º de enero de 1973 tributan sólo con el Impuesto Únicode Segunda Categoría que rige para los trabajadores.

- Tributación a partir del 7º mes de permanencia.

- Desde el 1º de enero de 1973 tributan sólo con el Impuesto Únicode Segunda Categoría que rige para los trabajadores.

Extranjeros que hayan venido a Chile a desarrollar actividades diferentesde las mencionadas en el número 1.3), pero no en calidad de empleados,sino de profesional o técnico.

- Tributación por los primeros 6 meses de permanencia.

- Deben tributar sólo con el Impuesto Adicional con tasa del 35%.

- Tributación a partir del 7º mes de permanencia.

- Deben tributar sólo con el Impuesto Global Complementario.

1.5. Moneda en que Debe Pagarse el Impuesto

Los extranjeros que perciban sus rentas en moneda chilena, deben pagarsus impuestos en esta misma moneda.

Los extranjeros que perciban sus rentas en dólares, libras esterlinas omarcos alemanes, deben pagar sus impuestos en la misma moneda extranje-ra salvo que hayan liquidado todas sus divisas en el mercado de corredores obancarios, caso en el cual deberán pagar sus impuestos en moneda chilena.

1.6. Exenciones

Los Embajadores, Ministros y otros representantes diplomáticos, consu-lares u oficiales de países extranjeros, que no sean de nacionalidad chilena,se eximen de impuesto respecto de las rentas oficiales u otras procedentesdel país que los acredite y sobre los intereses que se les abonen sobre susdepósitos bancarios oficiales, siempre que exista reciprocidad con los repre-sentantes diplomáticos consulares u oficiales de Chile.

Los empleados de los funcionarios indicados en la letra a) también seeximen de impuesto respecto de sus sueldos, salarios y otras remuneracionesoficiales, siempre que sean de la misma nacionalidad de dichos funcionariosy bajo la misma condición de reciprocidad.

Los funcionarios, expertos y técnicos de organismos Internacionales oextranjeros pueden eximirse total o parcialmente del impuesto a la renta,sólo si está establecido en un convenio suscrito aprobado por el Gobierno deChile. Por consiguiente, en estos casos debe estarse al respectivo convenio.

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1.7. Retención del Impuesto

a. Rentas Pagadas a Extranjeros que Tengan la Calidad de “Empleados”.

i. El empleador deberá retener el Impuesto de Segunda Categoría (art.42, Nº1), y el Impuesto Adicional con tasa del 20% cuando proce-da, en cada oportunidad de pago.

iii. Si el empleador estuviere en el extranjero, el propio empleado debe-rá ingresar el impuesto correspondiente en cada oportunidad de pagode sus emolumentos.

j. Rentas Pagadas a Extranjeros que no Tengan la Calidad de Empleados.

i. En general, el pagador de rentas a trabajadores independientes de-berá retener el impuesto con tasa provisional del 10%.

ii. Si el extranjero estuviere afectado por el Impuesto Adicional, el pa-gador deberá retener este tributo con tasa del 20% sobre el montobruto de las rentas.

iii. Si el pagador estuviera en el extranjero no habrá retención pero elbeneficiario estará obligado a efectuar pagos provisionales equiva-lentes a un 10% del monto de sus ingresos.

2. Declaración y Pagos que Afectan Directamente a los Extranjeros.

a. Extranjeros con “Domicilio” en Chile.

i. Si son “empleados” no deben declarar ni pagar directamente ningúnimpuesto, ya que la afecta el Impuesto Único de Segunda Categoríaque debe ser retenido por el empleador o pagador de la renta.

ii. Sin no son empleados deben declarar y pagar sólo el Impuesto GlobalComplementario sobre sus honorarios.

b. Extranjeros sin “Domicilio” en Chile.

i. Si son empleados y desarrollan en Chile actividades científicas, técnicas,culturales o deportivas, no tienen que declarar ningún impuesto, por cuantoel tributo que les afecta debe ser retenido por el pagador de las rentas.

ii. Si son empleados y no desarrollan las actividades indicadas anteriormente,tampoco tienen que declarar, por igual motivo que el que se ha señalado.

iii. Si no son empleados y desarrollan las actividades mencionadas en laletra a) que antecede, no tienen que declarar por los primeros 6 mesesde permanencia en el país, ya que están afectos al Impuesto Adicionalque debe ser retenido por el pagador de las rentas.

A partir del 7° mes de permanencia, tienen que declarar sólo el Impues-to Global Complementario. Además, quedan obligados a efectuar pagosprovisionales mensuales a cuenta de este tributo.

iv. Si no son empleados y no desarrollan las actividades indicadas en la letraa) anterior, deben declarar y pagar sólo el Impuesto Adicional por losprimeros 6 meses de permanencia en el país. Además, quedan obligadosa efectuar los pagos provisionales mensuales a cuenta de este tributo.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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A partir del 7º mes, deben declarar y pagar sólo el Impuesto GlobalComplementario y, además, quedan obligados a efectuar pagos provi-sionales mensuales a cuenta de este tributo.

3. Base Imponible

La Base Imponible está formada por las rentas gravadas, de las cualesgeneralmente tienen derecho al Crédito de Primera Categoría. Si forman par-te del FUT se deben incrementar.

El Art. 62 en el inciso final dice: el Crédito que se descuenta del Impues-to Adicional por concepto de Impuesto de Primera Categoría debe conside-rarse como una mayor renta bruta y sobre ella también se tiene derecho alCrédito de Primera Categoría.

� Ejemplo

Renta actualizada a declarar $300 con Crédito de 15 %.

Para calcular el incremento se tiene que utilizar un Factor Convertidor:

No Olvide: El impuesto de Primera Categoría, servirá como crédito a losImpuestos Global Complementario o Adicional del dueño, socios o ac-cionistas. Entonces cuando se habla de Crédito de 15%, se esta diciendoque la renta a declarar proviene del año en que se canceló el Impuesto dePrimera Categoría con una tasa de 15%.

¿Qué es el incremento?

¿Cómo se calcula este incremento o mayor renta?

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4. Aplicaciones

� Ejercicio Nº1

La Sociedad de Responsabilidad Ltda. El Gringo, constituida en Chile ycon domicilio en Santiago de Chile, le remesa a California al Señor Smithque no tiene Domicilio ni Residencia en Chile, $6.000.000, de los cuales lecorresponde de FUT 2.000.000 del año 2000, actualizado con crédito de15%.

Remesas a Socios: Retención al Efectuar la Remesa.

Ejercicio con Fut que No Cubre la Remesa

Monto a Remesar en Septiembre /2000 $6.000.000

FUT 2000 (15%), Reajustado $2.000.000

Cálculo de la Retención:

Remesa imputable a 2000 $2.000.000

Más: Crédito 15% (15/85 = Factor 0,176470) 352.941

2.352.941

35 % Retención 823.529

Menos: 15 % 1ª Categoría (352.941)

470.588

Remesa que excede FUT $4.000.000

20 % Retención $800.000

(Sin Crédito)

Si el Crédito fuera 16% sería:

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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* Resumen:

A Remesar $6.000.000

Retención Impuesto (1.270.588)

Actividad de Aprendizaje

1. El Domicilio y/o Residencia es fundamental para estar afecto al impues-to personal Global Complementario.

a. ¿Por qué?

b. ¿Qué pasa con la fuente de la renta?

2. Cuando vino Shakira de Colombia hizo un recital en el estadio na-cional y recibió dos millones de dólares. Sabiendo que ella no tienedomicilio ni residencia en Chile, ¿cree que debe pagar impuestos enChile? ¿Por qué?

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IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO

1. Si partimos del supuesto que todo es Renta, ¿qué artículo establece loque no es renta?

2. La ley de la Renta establece que parte del sector agrícola, minero y trans-porte tribute sobre la base de Renta Presunta. A su juicio, ¿existe unaventaja, incentivo u otro motivo? Fundamente.

3. Analice el porqué algunas Indemnizaciones (dentro de algunosparámetros), no son rentas.

4. Los “ingresos que no constituyan renta” están establecidos en el Art. 17y no son hechos gravados ni se consideran rentas. ¿Cree Usted que lasrentas gravadas con impuestos y las rentas exentas, son lo mismo?

5. ¿Por qué cree Usted que La Ley de la Renta pone énfasis en el domicilioy residencia del contribuyente?

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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6. Analice el porqué algunas Indemnizaciones (dentro de algunosparámetros), no son rentas.

V. RESUMEN

En 1925 comienza el impuesto a la renta, el cual ha sido modificadoconstantemente debido a las Políticas Tributarias de los distintos gobiernos.

La actual estructura de la ley de Renta es la que se estudiará en estaunidad, sus fundamentos teóricos conceptuales, se explica en forma metódi-ca cada una de las materias, además de reforzar el conocimiento con casosprácticos y ejercicios.

En el Capítulo Primero y Segundo se introduce en la ley de la renta ana-lizando en forma minuciosa el concepto renta, la fuente de la renta y cuán-do se devenga, como también en el artículo 17 que expresa y delimita loque no es renta. También se enfatizan algunos conceptos que son los pilaresque sustentan la Ley de Renta.

El Capítulo Tercero se refiere a los tipos de contribuyentes que tributanen segunda categoría. El impuesto Único que afecta al trabajador depen-diente y la obligatoriedad de reliquidar el impuesto Único cuando corres-ponda.

Las opciones de determinar la renta afecta al Impuesto Global Comple-mentario de los trabajadores Independientes.

El Capítulo Cuarto analiza en profundidad el artículo N°20 del N°1 al 5,de la Ley de la Renta. Trata el Impuesto de Primera Categoría que afecta a lasrentas de capital; respecto a los Bienes Raíces se establecen las formas detributar ya sea con renta presunta o renta efectiva. Se enfatiza la determina-ción y cálculo de la Renta Líquida Imponible, y se describen algunos crédi-tos que rebajan el Impuesto de Primera Categoría.

Se elaboran ejercicios tipos para enfatizar más los conceptos. Tambiénse introducen conceptos como renta bruta, renta líquida imponible, etc.

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VI. AUTOEVALUACIÓN

A. Verdadero y Falso.

1. La Ley de la Renta gravará siempre las rentas efectivas y nuncagravará las rentas presuntas.

2. El impuesto de primera categoría se aplica tanto a las rentaspercibidas como a las devengadas.

3. Las rentas afectas a los impuestos de la LIR se encuentran sola-mente en el título 11 (Del impuesto cedular por categorías).

4. Las rentas exentas son hechos gravados que la Ley deja expresa-mente libre de Tributo.

5. El activo de una empresa al iniciar un ejercicio es X. Al finalizarel ejercicio su activo es X+1.

Si durante el ejercicio no hubo aportes de capital, entonces, se-gún la LIR, durante el ejercicio hubo renta.

6. La renta devengada constituye un crédito para su titular.

7. Las rentas determinadas según contabilidad son un buen ejem-plo de rentas percibidas.

8. Una renta es de fuente chilena si la persona que las percibe resi-de en Chile y los bienes que producen la renta y la actividadestán en el exterior.

9. Las personas sin residencia ni domicilio en Chile están obligadasa pagar impuesto sobra sus rentas de fuente chilena.

10. Las rentas efectivas o presuntas de una comunidad hereditariacorresponderán siempre a la comunidad hasta que no se deter-mine el patrimonio global de ella.

11. Se entenderá que están situadas en Chile las acciones de unaS.A. constituida en el país.

12. No se aplicarán los impuestos de la LIR a los sueldos de los Em-bajadores y otros diplomáticos de naciones extranjeras acredita-dos en Chile, siempre que exista reciprocidad.

13. El impuesto de Primera Categoría podrá ser imputado a los im-puestos Global Complementario y Adicional.

14. Los impuestos de 1ª Categoría, 2ª categoría, Único del Art. 21,Global Complementario y el Adicional son impuestos estableci-dos por la LIR.

15. La LIR da un tratamiento especial a ciertas rentas como las obte-nidas por la explotación de microbuses o el arriendo de bienesraíces no agrícolas.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

248

16. Las rentas de primera categoría se las conoce como rentas delcapital y las rentas de segunda categoría se las conoce comorentas del trabajo.

17. Los trabajadores que trabajan en forma dependiente no estánafectos por ningún impuesto de la LIR.

B. Encerrar en un círculo la respuesta correcta.

1. El señor Juan José es profesor jubilado y tiene acciones que compró enel año 1981 y hoy, 30 de diciembre de 2003, por motivos económicoslas vendió.

a. La venta está afecta a impuesto Único de 1ª Categoría.

b. La venta está afecta a impuesto de 1ª Categoría y Global Comple-mentario.

c. Solo el mayor valor está afecto a impuesto de 1ª Categoría.

d. Solo el mayor valor está afecto a impuesto de 1ª Categoría y GlobalComplementario.

e. Está exenta la transacción.

2. El señor Mahoma Alca, de Irak, se viene a vivir a Chile desde el añocomercial 01/01/2002, tributa en base a:

a. Rentas de fuente chilena y extranjera.

b. Rentas de fuentes chilenas.

c. Rentas de fuente extranjera.

d. Ninguna de las anteriores.

3. Las actividades económicas que podrían tributar sobre la base de rentapresunta son:

a. Transporte, minería y exportadores.

b. Agricultores, transportistas y minería.

c. Agricultores, transportistas y exportadores.

d. Solo el sector agrícola.

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U N I D A D III

249

4. El señor J.R. tiene una empresa y entre sus empleados tiene trabajandoa su esposa como Gerente de Finanzas, cancelándole un sueldo de 30U.F. Para efecto de determinar la renta líquida imponible de 1ª Catego-ría, el sueldo pagado:

a. Debe rechazarse como gasto y agregarse a la renta líquida imponible.

b. Es retiro personal del contribuyente, para la Ley de Impuesto a laRenta.

c. Puede ser considerado como gasto general.

d. Ninguna de las anteriores.

5. La declaración anual de impuesto a la renta de los profesionales queperciben honorarios incluye:

a. Rentas por concepto de honorarios devengados.

b. Rentas por concepto de honorarios percibidos.

c. Una rebaja por concepto de gastos presuntos equivalentes al 30%de rentas con tope de 15 U.T.A.

d. Una rebaja por concepto de gastos efectivos, acreditados según con-tabilidad simplificada.

i. Solo a, c ó d.

ii. Solo b, c ó d.

iii. Ninguna de las anteriores.

iv. Todas las anteriores.

6. En general la LIR grava con impuesto:

a. Solamente las rentas percibidas.

b. Las rentas afectas y las rentas exentas.

c. Las rentas de capital.

d. Las rentas de trabajo.

e. Tanto las rentas efectivas como rentas presuntas, las percibidas y lasdevengadas.

f. Ninguna de las anteriores.

C. Ejercicio.El Señor Juan José Javier, es promotor de Lucha Libre, por presentación

en eventos, emitió boletas sujetas a retención por un monto actualizado deIngresos de $119.000.000; retención de $11.900.000. Además en los mesesde octubre y noviembre emitió boletas Nº60 y Nº78 por las sumas de$3.500.000 y $4.830.000 respectivamente, por servicios prestados a particu-lares de manera que no se efectuó retención alguna.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

250

- La Boleta Nº78 fue pagada en el mes de su emisión y el pago provisionalfue enterado oportunamente.

- La Boleta Nº60 se encuentra pendiente de pago.

- Los gastos efectivos, propios de su actividad lucrativa y que están respal-dados por documentación son $35.000.000 anuales.

- Además, es Director de una S.A. y emitió boletas por dietas pagadasactualizadas de $16.800.000 y retención de $1.680.000.

- Los gastos efectivos propios de su gestión como Director (asistencia areuniones, etc.), son $2.100.000 anuales.

Se Pide:

- Tributación en Global Complementario.

- L6 Honorarios.

- L45 Pagos Provisionales Mensuales.

- L49 Retenciones por rentas de la L6.

Respuestas.

A. Verdadero y Falso.

1. F 7. F 13. V

2. V 8. F 14. V

3. F 9. V 15. V

4. V 10. F 16. V

5. V 11. V 17. F

6. V 12. V

B. Encerrar en un círculo.

1. e. 3. b. 5. ii.

2. b. 4. a. 6. e.

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C. Desarrollo de Ejercicio.

L Honorarios Retención a 3eros 105.630.000

Boletas con Retención 11.900.000 119.000.000

Boletas sin Retención 483.000 PPM 4.830.000

Suma 123.830.000

Gastos Efectivos (35.000.000)

Honorarios afectos 88.830.000

Dieta 1.680.000

16.800.000

Total a Declarar 105.630.000

VII. BIBLIOGRAFÍA

Catrilef Luis (2001). FUT, Fondo de Utilidades TributablesEditorial CONOSUR, Santiago. Chile.

Contreras Hugo y Gonzalez S. Leonel (2000). Curso Práctico de Impuesto a laRenta. Editorial Cepet. Reedición año2002 Santiago. Chile.

Contreras Hugo y Gonzalez S. Leonel (2000). Manual de FUT. Editorial Cepet.Reedición 2000. Santiago de Chile.

Contreras Hugo y Gonzalez S. Leonel (2000). Declaraciones de Renta. Edito-rial Cepet. Reedición 2001. Santiago.Chile.

Fajardo C. José (2002). Impuesto a la Renta, Teoría y Práctica.Editorial Los Trapiales Ltda. Reedición2002. Santiago. Chile.

República de Chile. Decreto Ley 824. Reedición 2002. San-tiago. Chile.

Rivas C. Norberto (2000). Apuntes de Clases Universidad de San-tiago Magíster Planificación y GestiónTributaria. Santiago. Chile.

Universidad Diego Portales. Dirección Electrónica de Biblioteca.http://biblioteca.udp.cl.

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U N I D A D III

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Anexos III

Preguntas que Debe Hacerse

- ¿El contribuyente es persona natural?

- ¿Hay habitualidad?

No Debe Olvidar

La Exención del Art. 17 de 10 UTA ($3.422.880)

ANEXOS TERCERA UNIDAD

ANEXO Nº1: ENAJENACIÓN DE ACCIONES

� Ejercicio Nº1: Compra Venta de Acciones

- El Señor J.J. es empleado, traspasó acciones de la S.A. Cerrada “El Ver-gel”, el 10/04/2001 en $35.000.000.

- Las Acciones fueron adquiridas el 10/06/95 por un valor de $18.000.000.

� Desarrollo

I Parte:

• Respuesta:

- No, porque no es su giro.

- No, porque entre la compra y venta ha transcurrido más de un año.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

254

Solución al Ejercicio Nº1Tributa Impuesto Único 1ª Categoría

Base Imponible $12.544.722 x 15 % = 1.881.708

II Parte: Cálculo del Factor de Actualización.

Fecha de compra 10/06/95 Desfase de un Mes 31/05/95

Fecha de Enajenación 10/04/2001 Desfase de un Mes 31/03/2001

VIPC 31/05/95 86,42

VIPC 30/03/2001 107,99

107,99 - 1 x 100 = 24,96 Factor de Actualización

86,42

Precio de Venta $35.000.000

Menos:

Costo Actualizado

Costo $18.000.000

+ Reajuste Art. 17 Nº8 (24,96 %) = $4.492.800

Costo actualizado $22.492.800 (22.492.800)

Utilidad Tributaria Real al 10/04/2001 12.507.200

+ Reajuste Art. 33 Nº4 Sup. 3% 37.522

Utilidad Tributaria al 31/ 12/2001 12.544.722

• Formulario 22 Código 758 Recuadro Nº2

- Nuevos Incisos Sexto, Séptimo y Octavo Incorporados al Nº8 del Artícu-lo 17 L.I.R.No se Considera Enajenación: “La Cesión y la restitución de acciones de

S.A. abiertas con presencia bursátil, que se efectúe con ocasión de un présta-mo o arriendo de acciones, en una operación bursátil de venta corta. Siem-pre que las acciones que se den en préstamo o en arriendo se hubieren ad-quirido:

a. En una bolsa de valores del País.

b. En un proceso de Oferta Pública de Acciones (O P A), regido por el títuloXXV de la Ley Nº18.045.

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U N I D A D III

255

¿Qué es una Venta Corta?

¿Qué es Tener Presencia Bursátil?

c. Con motivo de la constitución de la sociedad o de un aumento posteriorde capital, o

d. En una colocación de acciones de primera emisión.

• Pero:

- Es una venta y posterior recompra de una acción o de un bono.

Deben tener los siguientes requisitos:

- Estar inscritas en el Registro de Valores.

- Estar registradas en una Bolsa de valores del país.

- Tener una presencia ajustada igual o superior al 25 %.A continuación se entregan ejercicios tipos y su correspondiente desa-

rrollo y solución, que le servirán para llevar a la práctica la LIR. Es importanteque utilice la Ley DL 824.

� Ejercicio Nº1

La Señora Zoila Rojas Blanco, abogado, quien no se dedica habitual-mente a la enajenación de acciones, efectuó en el año 2000 las siguientesoperaciones sobre acciones:

a. Julio de 2000, venta efectuada en la Bolsa de Comercio de Santiago de1.000 acciones ANTRAX en la suma de $1.200.000, adquiridas el 12 deenero de 2000, en $1.000.000

b. Septiembre de 2000, venta efectuada en la Bolsa de Comercio de Santia-go de 10.000.000 acciones CAPI en $12.000.000, las cuales fueron ad-quiridas el 30 de noviembre de 1983, en la suma de $700.000.

c. Noviembre de 2000, venta efectuada en la Bolsa Electrónica de 100.000acciones CAPI en la suma de $6.000.000, las cuales fueron adquiridasen julio de 1999, en la suma de $5.000.000.

d. Diciembre de 2000, venta de 10.000 acciones de ENER en la suma de$25.200.000, las cuales fueron enajenadas a la Sociedad Anónima Ce-rrada “Rojas y Blanco” S.A., de la cual es accionista Doña Zoila con un9% de las acciones de dicha sociedad. Estas acciones fueron adquiridasen julio de 1998 en la suma de $10.000.000.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

256

¿Cómo se calcula el Reajuste Acciones?¿Cómo se calcula el Reajuste Acciones?

• Índices de IPC.

• Se Pide: Determinar las bases Imponibles e impuestos a pagar por elconjunto de las operaciones efectuadas por Doña Zoila, aplicando lasnormas generales de la ley.

� Desarrollo

• Venta de Acciones ANTRAX

- Precio de Venta 1.200.000

- Costo (1.000.000 * 104,77 ) (1.024.045)

102,31

- Utilidad 175.955

- Actualización (106,82 / 104,77) – 1 = 2 % 3.529

- Resultado Actualizado (Afecto a Régimen General) 179.474

Acciones adquiridas el 12 de enero 2000 Diciembre 1999

Índice 102,31

Acciones vendidas Julio 2000 Junio 2000

Índice 104,77

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U N I D A D III

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Compra Actualizada no es Renta.

Precio de venta $1.200.000

Costo Actualizado (1.000.000 x 0,024,045) (1.024.045)

Entonces Podemos Inferir:

Compra

Venta Julio

• Ventas de Acciones SANTIAGO.

- Precio de Venta 12.000.000

- Costo (700.000 * 105,18) (4.961,321)

14,84

- Utilidad 7.038.696

- Actualización (106,82 / 104,91) – 1 = 1,8 % 126.696

- Resultado Actualizado (Ingreso No Renta) 7.165.375

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

258

• Venta de Acciones CAP.

- Precio de Venta 6.000.000

- Costo (5.000.000 * 106,46) (5.269.775)

101,01

- Utilidad 730.225

- Actualización (106,82 / 106,46) – 1 = 0,3 % 2.191

- Resultado Actualizado (Afecto a Impuesto Único) 732.416

• Venta de Acciones ENER.

Precio de Venta 25.200.000

Costo (10.000.000 * 106,82) (10.972.779)

97,35

Resultado Actualizado (Afecto a Régimen General) 14.227.221

• Reforma Tributaria.

Artículo 18 Ter:- A contar del 07/11/2001 la enajenación de Acciones de S.A. Abiertas

con presencia Bursátil se exime de todo impuesto a la renta por el mayorvalor de la enajenación.

Resumen de Resolución.

• Impuesto de Primera Categoría General.

Utilidad en Venta de Acciones ANTRAX 179.474

Utilidad en Venta de Acciones ENER 14.227.227

Renta Líquida Imponible 14.406.695

Impuesto Primera Categoría 15 % 2.161.004

• Impuesto Único De Primera Categoría.

Utilidad en Venta de Acciones CAPI 732.416

Base Imponible afecta a Impto Único 732.416

Impuesto Único 15 % 109.862

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• Condiciones o Requisitos copulativos para que la Exención Proceda:Enajenadas en una bolsa de Valores del país o del extranjero o en un

Proceso de Oferta Pública de Adquisición de Acciones O.P.A.Que al momento del Traspaso tengan presencia Bursátil, o dentro de 90

días de la fecha de pérdida de presencia.

Debe tener los siguientes requisitos:

- Estar inscritas en el Registro de Valores.

- Estar registradas en una Bolsa de Valores del país.

- Tener presencia ajustada igual o superior al 15%.

“Dentro de los últimos 60 días hábiles bursátiles, se determinará el Nº dedías en que las transacciones totales diarias hayan sido de UF 80 como míni-mo, se divide por 60 y el cuociente se expresa en %.

Que las acciones que se estén enajenando hayan sido adquiridas a con-tar del 20/04/2001.

Deben haberse adquiridos en:

- Bolsa de Valores del país.

- En una O.P.A. (Oferta Pública Acciones).

- En colocación de acciones de Primera emisión a raíz de una constitu-ción de S.A. o un aumento de capital.

¿Qué es tener Presencia Bursátil?

¿Cómo se calcula la Presencia Ajustada?

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Anexos IIIANEXOS TERCERA UNIDAD

¡Atención!

Observa cómo se calcula la remuneración a Pagar de Carlitos.

ANEXO Nº2: IMPUESTO SEGUNDA CATEGORÍA TRABAJO DEPENDIENTE

� Ejercicio Nº1:

• Remuneración del Señor Carlos Alberto.

- Mes de junio año 2002, días trabajados: 24.

- AFP “Santa María” : 13%.

- ISAPRE “PROMEPART” 7 %.

- Sueldo 300.000

- Horas Extraordinarias 200.000

- Asignación de Caja 200.000

- Gratificación Mensual 400.000

- Colación Diaria 1.500

- Movilización Diaria 600

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Remuneración No Imponible

- No son rentas, y no están afec-tos a ningún descuento nipago de impuesto.

Remuneración Imponible

- Está afecta a todos los des-cuentos y pago de Impuestoscuando corresponda.

� Primera Actividad:

• Clasificar las Remuneraciones en:

Sueldo 300.000 Asig. de Caja 200.000

Hrs. Extraordinaria 200.000 Colación 1.500 X 24 = 36.000

Gratificación Mensual 400.000 Moviliz. 600 x 24 = 14.400

900.000 250.400

� Segunda Actividad:

• Cálculo de los Descuentos Previsionales:Debes tener presente que el cálculo es hasta el tope de 60 UF del mes de

la remuneración.

Veamos:

Mes de junio U F = $21.000.

Valor UF x 60 UF = Monto máximo para calcular los descuentos previsionales.$21.000 x 60 = $1.260.000.

Como el monto de Remuneración Imponible es $900.000, no afecta eltope de 60 UF.

Sistema Previsional AFP 13% x 900.000 = 117.000

Sistema Salud ISAPRE 7% x 900.000 = 63.000

Total Descuentos 180.000

� Tercera Actividad:

• Cálculo del Impuesto Único Trabajadores.

Este cálculo no tiene tope.

- Remuneración Imponible 900.000

- Menos: Desctos. Previsionales o Leyes Sociales (180.000)

- Base Imponible 720.000

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Se rebajan las leyes sociales (descuentos previsionales) porque no esrenta afecta a ningún impuesto.

Tabla Impuesto Único a los Trabajadores.

La Base Imponible se debe ubicar en el tramo correspondiente en laTabla del Impuesto Único de Trabajadores del mes de junio. El tramo que lecorresponde establece la Tasa del Impuesto y la rebaja a que tiene derecho elcontribuyente.

La Base Imponible $720.000 está ubicada en el segundo tramo con unatasa de 0,05 y una rebaja de $15.864,60

Base Imponible x Tasa =

720.000 x 0,05 = 36.000

Menos: Rebaja según Tabla = (15.864,6)

Impuesto Único Trabajador = 20.135

� Cuarta Actividad:

• Determinar Líquido a Pagar.

- Remuneración Imponible. 900.000

- + Remuneración No Imponible. 250.400

- Total Remuneración. 1.150.400

- Menos:

- Descuentos Previsionales.

- AFP “Santa María” 117.000

- ISAPRE “Promepart” 63.000

- Total 180.000

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

264

- Menos :

- Impuesto Único Trabajadores 20.135

- Total Descuentos (200.135)

- Líquido a Pagar 950.265

Como pueden apreciar, la empresa está obligada a retener al trabajador,un porcentaje como descuento previsional, para Sistema de Salud, ImpuestoÚnico Trabajadores. Estas retenciones deberá ingresarlas en los respectivosorganismos (AFP; Isapres, Servicio de Impuestos Internos) hasta el 10 y 12del mes siguiente.

Contablemente tenemos las siguientes cuentas de pasivo:

- AFP x Pagar - ISAPRE x Pagar

- Impuesto Único Trabajadores - Remuneración x Pagar

Debemos reflejar esta situación contablemente. ¿Cómo?

El lenguaje contable es el asiento contable.

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265

Anexos IIIANEXOS TERCERA UNIDAD

� Se Pide:

- Tributación en Global Complementario.

- L6 Honorarios.

- L45 Pagos Provisionales Mensuales.

- L49 Retenciones por Rentas de la L6.

ANEXO Nº2, B: IMPUESTO SEGUNDA CATEGORÍA TRABAJO INDEPENDIENTE

� Ejercicio Nº1: Impuesto Segunda Categoría.

- El Señor Juan José Javier, es Promotor de Lucha libre, por presentación eneventos, emitió boletas sujetas a retención por un monto actualizado deIngresos de $119.000.000; Retención de $11.900.000.

- Además en los meses de octubre y noviembre emitió Boletas Nº60 yNº78 por las sumas de $3.500.000 y $4.830.000 respectivamente porservicios prestados a particulares de manera que no se efectuó retenciónalguna.

- La Boleta Nº78 fue pagada en el mes de su emisión y el pago provisionalfue enterado oportunamente.

- La Boleta Nº60 se encuentra pendiente de pago.

- Los gastos efectivos propios de su actividad lucrativa, y que están respal-dados por documentación, son $35.000.000 anuales.

- Además, es Director de una S. A. y emitió Boletas por dietas pagadasactualizadas de $16.800.000 y Retención de $1.680.000.

- Los gastos efectivos propios de su gestión como Director (asistencia areuniones, etc.), son $2.100.000 anuales.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

266

� Solución de Problema Segunda Categoría.

� Desarrollo de Problemas: Solución de Problema Nº1 “Soc. de Personas

“El Perno Ltda.”.

• Fondo de Utilidades Tributables.

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267

• Fondo de Utilidades no Tributables.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

268

� Solución Ejercicio “Inversiones Río Valdivia S. A.”

A. Determinación Renta Líquida Imponible 1º Categoría al 31/12/2002.

B. Determinación Base Imponible Impuesto Único Art. 21 Ley de Impues-to a la Renta.

- Gastos automóvil pagados actualizados. $729.344

- Exceso donación Bomberos. $9.983.039

- Préstamo a accionista Carlos Romero. $20.000.000

- Base Imponible Impuesto Único. $30.712.383

- Impuesto Único Artículo 21 LIR, 35% sobre $30.712.383. $10.749.334

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U N I D A D III

269

C. Determinación del FUT.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

270

• Determinación del FUNT.

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U N I D A D III

271

Anexos IIIANEXOS TERCERA UNIDAD

ANEXO Nº3: IMPUESTO PRIMERA CATEGORÍA BIENES RAÍCES

Se recomienda leer DL 824 Art. 20 Nº1.

� Ejercicios Nº1.

Don Albino Blanco Ríos, agricultor, explota acogido a Renta Presuntalos siguientes bienes raíces agrícolas:

a. El Álamo Huacho de Talca, destinado a la producción de arroz, el cualexplota personalmente. El avalúo fiscal de este predio al 01 de enero de2003 es de $105.000.000. Por concepto de contribuciones, pagó en losmeses que se indican las sumas que se señalan:

- Marzo 2002 $525.000

- Junio 2002 $525.000

- Septiembre 2002 $535.500

- Noviembre 2002 $535.000

b. Los Tres Robles de Chillán, destinado a la producción de forraje, cuyoavalúo fiscal al 01.01.2003 es de $52.500.000. Por concepto de contri-buciones, pagó en los meses que se indican las sumas que se señalan:

- Marzo 2002 $262.500

- Junio 2002 $262.500

- Septiembre 2002 $267.750

- Noviembre 2002 $267.750

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

272

¿Cómo tributa?

c. El Pino Solitario, destinado al arriendo, el cual tiene un avalúo fiscal al01 de enero de 2003 de $31.500.000. Este predio lo entregó en arrien-do a don Tomás Oporto en la suma de $150.000 mensuales. Al 31 dediciembre el señor Oporto ha pagado el arriendo por los meses deenero a octubre de 2002 y las contribuciones del predio que segúncontrato son de su cargo. Por concepto de contribuciones pagó en elmes de Marzo y junio, la suma de $150.000 por cada cuota y en el mesde septiembre y noviembre la suma de $152.000 por cada cuota. (Va-lores Actualizados).

d. Mata de Arrayán Florido, ubicado en la comuna de Melipilla, cuyo ava-lúo al 01.01.2003 de $84.000.000. Este predio lo explotó personalmen-te en el período enero – septiembre de 2002. En el mes de octubre loentregó en arriendo por la suma de $2.000.000 mensuales (valores Ac-tualizados), de los cuales al 31 de diciembre se encuentra pendiente elpago del arriendo de este último mes. Por concepto de contribuciones,pagó en los meses que se indican las sumas que se señalan:

- Marzo 2002 $400.000

- Junio 2002 $400.000

- Septiembre 2002 $408.000

- Noviembre 2002 $408.000

• Se pide: determinar la renta imponible de esta actividad, el impuestosegún tasa, los créditos que puede hacer valer contra el impuesto y elimpuesto a pagar por el año tributario 2003.

� Desarrollo del Ejercicio Nº1

a. El Álamo Huacho de Talca.

- Bien Raíz Agrícola, de Contribuyente Don Albino Blanco, Dueño.

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¿Cómo tributa?

- Tributa presunción de Renta.

- Presunción de Renta del 10% del Avalúo Fiscal actualizado al 01/01/2003.

- Av. Fisc. Act. $105.000.000 x 10% = Renta Presunta $10.500.000

- Base Imponible $10.500.000

- Impuesto de Primera Categoría determinada

- (Tasa 15% x 10.500.000) = 1.575.000

- Menos.

- Crédito al Impuesto de Primera Categoría.

- Contribuciones Bienes Raíces

- Marzo 525.000 x 1,023 = 537.075

- Junio 525.000 x 1,012 = 531.300

- Septiembre 535.500 x 1.008 = 539.784

- Noviembre 535.500 x 1,002 = 536.571 $2.144.730

Impuesto de Primera Categoría a Pagar - 0.-

“Las Contribuciones de bienes Raíces agrícolas servirán como Créditodel Impuesto de Primera Categoría”, si:

- Son del Ejercicio, del período que se genera la renta.

- Deben estar pagadas.

- Sólo servirán como crédito para el dueño o usufructuario.

b. Los Tres Robles de Chillán.

- Bien Raíz Agrícola, Don Albino Blanco, dueño del predio.

- Presunción de renta 10 % Avalúo Fiscal Actualizado.

- Avalúo Fiscal Actualizado $52.500.000

- 10 % x $52.500.000 Renta Presunta $5.250.000

- Impuesto de primera Categoría, Tasa 15% x 5.250.000= $787.500

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

274

- Menos:

- Crédito al Impuesto de primera Categoría

- Contribuciones Bienes Raíces

- Marzo 262.500 x 1,023 = 268.538

- Junio 262.500 x 1,023 = 265.650

- Septiembre 267.750 x 1,008 = 269.892

- Noviembre 267.750 x 1,002 = 268.286 1.072.366

- Impuesto de Primera Categoría a Pagar - 0 -

c. El Pino Solitario.

- Bien Raíz Agrícola, Don Albino es dueño, sin embargo lo entrega enarriendo.

- Como Arrendador: Renta efectiva establecida en Contrato de Arriendo.

- Contrato de Arriendo (valores Actualizados).

- $150.000 mensual x 12 meses = 1.800.000

- + Contribuciones de Bienes Raíces 150.000 x 2 = 300.000

- + Contribuciones de Bienes Raíces 152.000 x 2 = 304.000

- Renta Efectiva afecta a Primera Categoría 2.404.000

- Impuesto de Primera Categoría tasa 15% x 2.404.000=

- Impuesto Determinado $360.600

- Menos :

- Contribuciones de Bienes Raíces (604.000)

- Impuesto de Primera Categoría a Pagar - 0 -

¿Cómo tributa?

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U N I D A D III

275

d. Mata de Arrayán Florido.

- Bien Raíz Agrícola, dueño Don Albino.

- Como dueño de enero a septiembre (9 meses).

- Como Arrendador de octubre a diciembre (3 meses).

Como Dueño:

Presunción de Renta 10% Avalúo Fiscal Actualizada Proporcional

10% x 63.000.000 =Renta Presunta 6.300.000

Como Arrendador:

- Renta Efectiva según Contrato de Arriendo (valores Actualizados)

$2.000.000 x 3 meses =Renta Efectiva 6.000.000

- Total Renta Afecta a Impuesto de Primera Categoría 12.300.000

- Impuesto de Primera Categoría Tasa 15% x 12.300.000= 1.845.000

- Menos:

- Crédito al Impuesto de Primera Categoría

- Contribuciones Bienes Raíces

- Marzo 400.000 x 1,023 = 409.200

- Junio 400.000 x 1,012 = 404.800

- Septiembre 408.000 x 1,008 = 411.264

- Noviembre 408.000 x 1,002 = 408.816

- Total Contribuciones de Bienes Raíces (1.634.080)

Resumen

¿Cómo tributa?

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

276

”El excedente del crédito por contribuciones de bienes raíces no esdevolvible ni se puede imputar a otros impuestos de primera categoríaque no sean bienes raíces agrícolas”

Total Impuesto de Primera Categoría Determinado 4.568.100

Menos:

Contribuciones de Bienes Raíces

2.144.730

1.172.366

604.000

1.634.080

Total Contribuciones Bienes Raíces (5.555.176)

Impuesto de Primera Categoría a Pagar — 0 —

� Ejercicio Nº2

- Juan “El Hermoso”, contribuyente propietario de un Bien Raíz agrícoladenominado el “Tira pa’ rriba”, ubicado en la ciudad de Maule, cuyoavaluó fiscal vigente al 01.01.2003 asciende a $300.000.000.

- Durante el año comercial 2002 obtuvo los siguientes ingresos:

- Ventas agrícolas (cosecha año, marzo 2002) 9.000 U.T.M.

- Costos agrícolas 4.000 U.T.M.

- Gastos agrícolas 2.000 U.T.M.A contar del 1º de junio de 2002, entregó en arrendamiento el bien raíz

agrícola, a don Pelluco Patudo.El valor del arrendamiento asciende a $2.000.000 mensuales, los cuales

fueron cancelados recién el 19.04.2003. Las Contribuciones de Bienes Raí-ces fueron canceladas por Pelluco, según cláusula cuarta del contrato deArriendo, por la suma de $400.000, que se encuentra actualizada al mes dediciembre de 2002.

� Desarrollo

- Dueño de un Bien Raíz Agrícola, Contribuyente Juan “El Hermoso” Art.20º Nº1 letra b.

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U N I D A D III

277

• Consideraciones:

- “Para los efectos de determinar el monto de ventas anuales se conside-ran las ventas netas (excluido el IVA), excluyendo las enajenaciones oca-sionales de bienes muebles e inmuebles que forman el Activo Fijo oInmovilizado”.

- “El Contribuyente que quede obligado a declarar sus rentas efectivassegún contabilidad completa, lo estará a contar del primero de Enero delaño siguiente a aquél en que se cumplan los requisitos del Art. 20 Nº1letra b inciso 5º”.

• Aplicación:

- 1º para el 10/10/2002 deberá declarar de acuerdo a renta efectiva portener ventas agrícolas superiores a 8.000 UTM.

a. Dueño, renta Presunta 10% Avalúo fiscal Actualizado Proporcional

- Enero a mayo (5 meses)

Av. Fisc. Act. 300.000.000 x 5 meses = 125.000.000

12 meses

- Renta presunta 10% x 125.000.000 = Renta Presunta 12.500.000

b. Tributa como Arrendador.

- Contrato de Arriendo junio a diciembre (7 meses)

2.000.000 x 7 meses = 14.000.000

- + Contribuciones Actualizadas 400.000

- Renta Afecta 14.400.000

- Base Imponible 26.900.000

Las rentas de Primera Categoría son percibidas o devengadas. Por lo tan-to, tributariamente no es relevante la fecha del pago. (La renta se generó elaño 2001).

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

278

¿Qué tipo de bien raíz es?

Cálculo del Impuesto de Primera Categoría.

� Ejercicio Nº3.

El Señor Juan José “Enbaucador” es propietario de los siguientes BienesRaíces en el año 2001.

Durante el ejercicio 2001 pagó impuesto territorial que actualizado re-presenta el 1% de los Avalúos vigentes al 01/01/2002.

� Desarrollo Ejercicio Bienes Raíces No Agrícolas.

- No olvide leer DL 824 Art. 20 Nº1 y 39.

Debe hacerse las siguientes preguntas:

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U N I D A D III

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- Es un bien raíz no agrícola, que tiene otras reglas para determinar larenta y la forma de tributar.

- Si vive o la usa no se presume renta alguna, por lo que no tributa.

- En el caso de ser DFL-2, aunque sea arrendada, sin importar el montoNUNCA ES RENTA, es ingreso no renta (INR).

- Si el bien raíz no agrícola lo utiliza para desarrollar una actividad comer-cial, ejemplo una micro empresa en su casa, u oficina contable o localcomercial para su negocio, no se presume renta alguna.

- En el caso que se entregue el bien raíz no agrícola en arriendo, sí hayuna renta y deberá tributar.

- Sin embargo puede estar afecto o exento de impuesto de primera cate-goría, es por ello que se establece una comparación que finalmente de-terminará cómo tributa.

- Si la renta efectiva es mayor que 11% del avalúo fiscal actual, tributarápor la renta efectiva con el impuesto de Primera Categoría y Global Com-plementario.

- Si la renta efectiva es menor al 11% del avalúo fiscal actual, estaráexenta del impuesto de Primera Categoría y tributará con el impuestoGlobal Complementario con una presunción del 7% del avalúo fiscalactualizado.

Nº1: Vive el contribuyente. No se presume renta alguna.

Nº3: No se presume renta alguna.

Nº4: Ley Pereira. No se presume renta.

Nº5: DFL-2 no es renta.

Nº2: Arriendo edificio Euro-Centro.

- Comparo renta efectiva con 11% avalúo fiscal.

- Renta efectiva = 11% avalúo fiscal actualizado.

- $7.000.000 $4.400.000.

¿Vive o usa el bien raíz el contribuyente y su familia?

Renta Efectiva = 11% Avalúo Fiscal Actual

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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Renta efectiva ES MAYOR, tributará:

- Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario porrenta efectiva $7.000.000.

- Nº6 y Nº7 se compara la renta efectiva con el 11% avalúo fiscal actuali-zado y se puede dar la siguiente situación:

• Afecto a impuesto de Primera Categoría y Global Complementariopor la renta efectiva, o

• Estar exento de Primera Categoría y afecto a impuesto Global Com-plementario con una presunción del 7% del avalúo fiscal actualizado.

� Ejercicios de Relacionamiento Art. 20 Nº1 letra b, inciso 5.

• Tener Presente:

- Las Sociedades Anónimas abiertas o cerradas siempre declaran, con ren-ta efectiva determinada por Contabilidad Completa.

- Las S.A. deben incluirse en las sumas de las ventas en UTM para estable-cer el límite de 8.000 UTM.

- Las participaciones en % en cada uno de los otros negocios sirve Exclu-sivamente para determinar si está relacionada.

• Ejemplo a)

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U N I D A D III

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� Desarrollo

Empresa Agrícola “El Tiuque” 2.000 UTM

Soc. “El Cóndor” S.A. Cerrada 6.000 UTM

Soc. Agrícola “Los Jotes” Ltda. 4.000 UTM

Cooperativa “Los Gorriones” 3.500 UTM

Total Ventas 15.500.000

• Por Lo Tanto:

- “El Cóndor” S.A. Cerrada, por el hecho de ser S.A., queda obligada atributar con renta efectiva según Contabilidad Completa, y deben parti-cipar en la sumatoria del límite de 8.000 UTM en el caso que esténrelacionadas.

- “El Tiuque”, “Los Jotes” y “Los Gorriones” quedan obligados a declararrenta efectiva según Contabilidad Completa.

- “Los Zorzales” no se suman porque el porcentaje de participación noexcede el 10%, por lo tanto debe declarar renta presunta pues sus ventasno exceden las 8.000 UTM.

• Ejemplo b)

� Desarrollo

- Las ventas de Soc. Agrícola S. A., no se suman porque no hayrelacionamiento por no exceder el 10%.

- Al ser S. A. (abierta o cerrada) debe declarar renta efectiva, es decir,llevar contabilidad completa.

- Soc. Agrícola “El León” Ltda. Ventas 7.800 UTM

- Soc. Agrícola “Las Cabritas Ltda” Ventas 1.000 UTM

- Total Ventas Relacionadas 8.800 UTM

- La Soc. Agrícola “El León Ltda.”, debe tributar en base a renta efectivasegún contabilidad completa.

- La Soc. Agrícola “Las Cabritas Ltda” puede seguir declarando en base aPresunción de renta, pues sus ventas no exceden de 1.000 UTM.

Art. 20, Nº1, Letra b “Los Contribuyentes cuyas ventas anuales no excedende 1.000 UTM podrán continuar sujetos al régimen de renta presunta”.

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Anexos IIIANEXOS TERCERA UNIDAD

ANEXO Nº4: SOCIEDAD DE PERSONAS. FUT Y FUNT

� I Parte.

La Sociedad de Personas “El Perno Ltda.”, formada por dos socios, perso-nas naturales, Señor J.R. y Juan José Javier, cada uno con una participación delCapital y las Utilidades, presenta la Renta Líquida Imponible y otra informa-ción que necesite para que determine el Fondo de utilidades Tributables yFondo de Utilidades No Tributables de la empresa al 31 de diciembre del año2002.

Todos los valores se encuentran actualizados al 31 de diciembre, y co-rresponden a valores pagados, a menos que se indique lo contrario.

• Utilidad Según Balance al 31 de diciembre 2002.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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• Información Adicional.

- El F.U.T. tiene un Remanente Negativo al 31 diciembre de 2001 de$53.486.153, que actualizado alcanza a $56.000.000.

- El F. U. N. T. tiene un remanente al 31 de diciembre de 1999 por$14.000.000 que actualizado es de $14.658.000 que se compone deUtilidades Exentas de Global Complementario.

- Durante el año el Señor J. R. usó para fines particulares un automóvil depropiedad de la empresa cuyo valor tributario es de $77.000.000.

- El Señor Juan José Javier usó en su beneficio una casa de propiedad de laempresa cuyo avalúo fiscal es de $140.000.000.

- Los retiros efectivos actualizados son los siguientes:

Señor J. R. $49.000.000

Señor Juan José Javier $21.000.000

- Durante el Ejercicio la Sociedad efectuó retiros desde la Empresa rela-cionada en la que participa por la suma de $3.500.000. Esta sociedad al31 de diciembre no registra saldos de F.U.T.

- El Señor Juan José Javier efectúo una reinversión de Utilidades por$10.500.000, proveniente de retiros imputados al F.U.T. de su empresaindividual.

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� Se Pide:

- FUT

- FUNT

� II Parte: Soc. Anónima Tributación, FUT y FUNT

La sociedad Inversiones “Río Valdivia S.A.”, cerrada no sometida a lasnormas de fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, forma-da por dos socios personas naturales, Sres. Carlos Segundo Romero y RosendoAlberto Basaure, ambos con un 50% de participación en las utilidades. Du-rante el año comercial, ha obtenido los siguientes resultados contables.

a. Utilidad según Balance al 31.12.2002: $61.678.900.

b. En cuentas de gastos se registraron, entre otras, las siguientes partidas:

- El 29/03/2002, se pagó factura por reparación de automóvil que seutiliza exclusivamente para fines propios de la empresa: $704.000.

- Pago de multa al Fisco por infracciones cometidas, por $449.557,suma que fue cancelada el 30/09/2002.

- Honorarios pagados a cónyuge de uno de los accionistas minorita-rios de la Sociedad Anónima, por $4.000.000, por asesoría legalprestada.

- Donación efectuada al Cuerpo de Bomberos de Santiago, el 30/12/2002, por $10.900.000.

c. En cuentas de ingreso, entre otras partidas, registró la suma de$20.000.000, por utilidad en venta de acciones de Industria de MaderasEmasil S.A., acciones que habían sido adquiridas con fecha 12/09/82. Laventa se efectuó con fecha 29/12/2002.

d. Otros Antecedentes:

- El remanente de Utilidades Tributables al 31/12/2001, asciende a$125.000.000, que corresponde a utilidades propias generadas enel año 1999, con crédito del 15%.

- Existe un saldo de utilidades no tributables I.N.R., cuya suma actua-lizada al 31/12/1999 es de $300.058.708.

- El 30/04/2002, pagó Impuesto de Primera Categoría por $27.611.940,cifra que fue cancelada en su totalidad con pagos provisionales Men-suales.

- El 15/05/2002, se distribuyó Dividendo Nº1, por $90.000.000, quecorresponde a $1.000 por acción.

- El 20/09/2002, se distribuyó Dividendo Nº2, por $387.000.000, quecorresponde a $4.300 por acción.

- Al 31/12/2002 se determina una mayor Depreciación Tributaria delos bienes del Activo Fijo por $7.000.000.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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� Se Pide:

- Determine las Bases Imponibles e impuestos que afecte a la S.A.

- Prepare Registro F.U.T y F.U.N.T.

- Al 1º de diciembre de 2002, la sociedad efectuó un préstamo endinero a su accionista Sr. Carlos Romero por $20.000.000, sumaque fue devuelta por el accionista con fecha 31/12/2002.

� III Parte

- Sociedad de personas “Los Campeones” Ltda., formada por el señor Al-berto Araya con un 40% de participación en el capital y las utilidades, yDon Benito Buro con el 60% de las utilidades, le entrega a Usted lasiguiente información para que determine el Fondo de UtilidadesTributarias y No Tributarias de la empresa al 31/12/2002.

- Todos los valores se encuentran reflejados en moneda al 31 de diciem-bre.

• Renta Líquida Imponible.

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U N I D A D III

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� Se Pide:

- F.U.T.

- F.U.N.T.

• Información Adicional:

- El FUT, tiene un remanente al 31 de Diciembre de 2002 de(6.000.000).

- El FUNT, tiene un remanente de Utilidades no tributables de(3.000.000).

- Factor de Actualización supuesto 10 %.

Durante el ejercicio los socios hicieron uso de los siguientes bienes:

- Socio A.A. usó para fines particulares un automóvil contabilizadoen el Activo Fijo, valor tributario $20.000.000.

- Socio B.B. usó durante el año un departamento de propiedad de laempresa, Avalúo fiscal Actualizado $30.000.000.

• Retiros Efectivos Actualizados Son:

Socio AA 100.000.000

Socio BB 50.000.000

Durante el ejercicio la sociedad efectuó retiros desde la empresa rela-cionada en la que participa por la suma de $4.000.000. Esta sociedad al 31de Diciembre no registra saldos de FUT.

Por su parte el Socio BB efectúo una reinversión de utilidades por lasuma de $2.000.000 (de los retiros que hace de la Soc. “Los Campeones”).

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

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• Resolución de Soc. de Personas “Los Campeones Ltda.”.

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� IV Parte

Sociedad anónima “El Talibán” presenta el siguiente estado de resultadoal 31/12/2002.

Giro: Fabricación de Bombas Caseras.

• Información Adicional:

- La S.A. hace uso de la depreciación tributaria acelerada y su monto es$40.000.000.

- La C. M. Tributaria dio una Pérdida por C.M. de $9.000.000.

- Durante el ejercicio la S.A. “EL TALIBÁN” efectuó los siguientes pagosprovisionados al 31/12/1999.

Detalle Monto Fecha de Pago

- Honorarios Abogado 9.000.000 31/08/2002 Reajustadas

- Gratificación Voluntaria 5.000.000 31/03/2002 Reajustadasa los Gerentes

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

290

- En cuentas de activos se encuentran los siguientes impuestos por Recuperar:

P.P.M. 3.000.000

Crédito Art. 33 Bis 2.000.000

- La S. A. posee y explota un bien raíz agrícola cuyo avalúo fiscal al 01/01/2003 es de $70.000.000. Los costos de explotación según balance al-canzan los $60.000.000.

- Al 31/12/01 se determinó una Pérdida tributaria de $6.000.000 y queactualizada al 31/12/2002 es de $7.0000.000.

- La S.A. es dueña de un 40% de participación en el capital de la Sociedadde personas “Corre Corre Ltda.” quien presentó la siguiente informaciónal 31/12/2002:

Utilidad según Balance: $20.000.000.

Se Agrega:

Exceso de sueldo socio Lorenzo Reaj. 3.000.000

Gastos no documentados Reaj. 2.000.000

Sueldo esposa de Lorenzo 1.000.000

Renta líquida Imponible 26.000.000

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U N I D A D III

291

Base Imponible = 9.100.000 x 35% =

Impuesto Art. 21 inciso 3º = 3.185.000

• Resolución Sociedad Anónima “El Talibán S.A.”

• Impuesto Art. 21 Inciso 3º Tasa 35%.

- Donación. 2.300.000

- Multa Tribut. 1.000.000

- Gastos No Documentados 40% de $2.000.000. 800.000

- Gratificación Voluntaria Gerencia. 5.000.000

- Base Imponible. 9.100.000

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U N I D A D III

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Anexos IIIANEXOS TERCERA UNIDAD

ANEXO Nº5: IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO

A continuación se entregan ejercicios tipos y sus correspondientes desa-rrollos y solución que le servirán para llevar a la práctica la LIR, es importan-te que utilice la Ley DL 824.

Zoila Bolocco, es abogada y le entrega la siguiente información paraque le prepare la declaración Anual de Renta.

1. Durante el año obtuvo sueldos actualizados de la empresa comercialdesodorante Mennen S.A.

- Totales de Sueldo Bruto. 6.690.000

- Total Cotización Previsional. 1.295.184

- Total Renta Imponible Tributable. 5.394.816

- Total Impuesto Único Retenido. 88.636

2. Por asesorías realizadas a empresas, emitió boletas sujetas a retenciónpor un monto actualizado de Ingresos por $18.000.000, retención de$1.800.000.

3. En los meses de agosto y octubre emitió boletas 80 y 95 por las sumasactualizadas de $1.700.000 y $1.900.000 respectivamente, por servi-cios prestados a particulares, de manera que no se efectuó retenciónalguna.

- La boleta 80 fue pagada en el mes de su emisión y el pago provisio-nal fue enterado oportunamente.

- La boleta 95 se encuentra pendiente de pago.

- Lleva un libro de ingresos y egresos. Los gastos efectivos y fidedig-nos de su actividad lucrativa, que comprenden secretario, oficina,teléfono y otros insumos, es aproximadamente de $9.000.000 (valoractualizado).

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

294

4. Forma parte del directorio de una Sociedad Anónima. Emitió boletas pordietas pagadas actualizadas de $3.000.000 y retenciones de $300.000.Los gastos que genera la asistencia a las reuniones de directorio son de$400.000.

5. Es socia con un 40% de participación en la sociedad de personas “DonTorcuato”.

• La Sociedad le Certifica lo Siguiente de Acuerdo al FUT y FUNT que leCorresponde:

6. En el año 2000 explotó los siguientes bienes raíces:

7. Es socia con una participación en la utilidad del 70% de “TOY Ltda.” delos cuales recibió los siguientes ingresos por conceptos de retiros:

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- 80% Invertido en Tecpro Ltda. a lo 15 días siguientes al retiro (Rta.Efectiva)

- Invertido en Soc. El Placer Ltda.

- Además “Tecpro” le proporciona el detalle de su libro FUT:

8. Por concepto de intereses por inversiones se le informó lo siguiente:

- Libreta de ahorro Banco Chingao interés positivo de $640.000.

- Depósito a plazo en Banco Mau-Mau interés negativo $300.000.

9. Como accionista recibió como dividendo los siguientes montos:

- *** El 10 de diciembre reinvirtio los $2.000.000 en la suscripción deacciones de pago de una nueva S.A.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

296

� Desarrollo

� Línea 1 (L1)

1. Retiros Afectos Soc. Don Torcuato $10.000.000

2. Retiros Soc. Toy Ltda.

- (-) Retiros Reinvertidos

- 80 % Tecpro Ltda. ($8.000.000)

- El Placer ($2.200.000) $26.200.000

3. Retiros Soc. Tecpro $6.956.000

Total $43.156.000

• Crédito Primera Categoría.

1. Soc. Don Torcuato = $1.500.000

2. Soc. Toy Ltda = $4.623.514 (26.200.000 x 0,17647)

3. Soc. Tecpro = $1.227.525 (6.956.000 x 0,17647)

Total $7.351.039

Línea 1 600

� Línea 2

S.A. AMEN = $3.000.000

S.A. BAGGI = $2.000.000

L 2 Cod. 105 $5.000.000 601 Línea 2 $750.000

� Línea 3

1. Gastos Rechazados Soc. Don Torcuato $2.000.000

2. Impto. Primera Categoría Soc. Don Torcuato $300.000

3. Gastos Rechazados Soc. Tecpro

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U N I D A D III

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- Donaciones Rechazadas 1.000.000 x 20% 200.000

- Exceso Sueldo 1.500.000 x 20% 300.000

- Gastos No Documentados 2.000.000 x 20% 400.000

- Préstamo Ajeno al Giro 4.500.000 x 20% 900.000

- Gastos Auto Gerencia 5.000.000 x 20% 1.000.000

- Total Soc. TECPRO $2.800.000

- Total Gastos Rechazados 106 5.100.000

• Crédito Primera Categoría.

- Soc. Don Torcuato $300.000

- Soc. TECPRO $494.116

Total Crédito Primera Categoría 602 794.116

� Línea 4

1. Fundo Las Pepas 10% $220.000.000 = $22.000.000

2. Parcela El Tauro 4% $120.000.000 = $4.800.000

$26.800.000

• Crédito Primera Categoría:

1. Las Pepas 22.000.000 x 15% $3.300.000 - 1.300.000 = 2.000.000 603 L4

2. El Tauro 4.800.000 x 15% $ = 720.000

= 2.720.000 603 L4

� Línea 5

• Local Comercial.

- 11% Avalúo Fiscal = $8.800.000

- Renta Efectiva = $12.000.000

- Luego declara la renta efectiva según contrato afecto a primera categoríay global complementario.

Línea 5 604 1.800.000 109 12.000.000

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

298

� Línea 6

- Retención.

- + Honorarios con Retención. 18.000.000 1.800.000

- + Honorarios sin Retención. 1.700.000 0

- Total Ingresos Brutos. 19.700.000

- (-) Gastos Efectivos. (9.000.000)

- Total Honorarios. 10.700.000

- + Honorarios Director. 3.000.000 300.000

- Total Rentas y Retenciones. 13.700.000 2.100.000

� Línea 7

Libreta Ahorro Banco Chicago Intereses ( + )

X 640.000

� Línea 8

- Retiros Exentos Global Complementario Soc. Don Torcuato $5.000.000.

� Línea 9

- Sueldos $5.394.816

� Línea 10

1) Retiros Soc. Don Torcuato 0

2) Soc. Toy Ltda. $4.623.514

3) Soc. Tecpro $1.227.525

4) Dividendos S. A. Amen $450.000

5) Dividendos Gaggi S. A. $300.000

6) Gastos Rechazados Soc. Don Torcuato $300.000

7) Gastos Rechazados Soc. Tecpro $494.116

Total Incremento Primera Categoría $7.395.155

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� Línea 11

- Impuesto Primera Categoría Soc. Don Torcuato $300.000

� Línea 12

- Pérdida Real Negativa Banco Mau-Mau $300.000

� Línea 13

Fundo Las Pepas $1.300.000

Local Comercial $1.000.000

Total $2.300.000

� Línea 14

� Línea 16

Total Dividendos $5.000.000

Incremento Dividendos $750.000

Interés Real Neteado $340.000 (640.000 – 300.000)

Total $6.090.000 x 50% = $3.045.000

Tope 12, 5 UTA = $4.140.000

- “Esta línea es opcional” por cuanto no habían antecedentes suficientesdentro del examen para considerar estos datos conforme a lo reguladoen el Art. 5º transitorio ley 19.578/98.

� Línea 17

- $121.285.971.

� Línea 18

- $43.781.567.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LA RENTA

300

� Línea 22

- $(43.781.567 x 33.120) x Rentas Exentas

- Base Imponible.

� Línea 29

- $88.6636.

� Línea 31

- Línea 1 Cod. 600 7.351.039

- Línea 2 Cod 601 750.000

- Línea 3 Cod 602 794.116

- Línea 4 Cod. 603 2.720.000

- Línea 5 Cod. 604 1.800.000

- Total $13.415.155

� Línea 34

12.000.000 18 2.000.000. 19 800.000 20

� Línea 35

187 26.800.000 188 1.300.000 189 2.000.000

� Línea 45

- $170.000.

� Línea 49

189 y 611 2.100.000

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• Resumen I Parte: Determinación Impuesto Global Complementario.

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UnidadUnidad IV

“Análisis y determinación a las ventasy servicios afectos a IVA”

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I. INTRODUCCIÓN

Por el ámbito de su aplicación, su importancia fiscal, su presencia per-manente en la actividad de las empresas y múltiples otros factores que loconvierten en el tributo más relevante dentro de nuestro sistema tributario, elconocimiento del Impuesto al Valor Agregado, en todas sus profundidades,funcionamiento y operativa, normativa legal, reglamentaria y administrativaque lo informa, etc., constituye un tema indispensable en la formación deun profesional.

Por las mismas razones que se han indicado, el manejo del tributo se hatornado cada vez más completo desde su implantación por el D. L 825.

En esta unidad se analizarán los fundamentos y consideraciones del IVA,impuesto a las ventas y servicios. Se examinarán los principios que lo infor-man y se estudiará su regulación en una perspectiva que sólo permita elconocimiento de la normativa vigente sino que la comprensión y manejo denuevas disposiciones producto de futuras reformas, poniendo énfasis en elexamen de los efectos del tributo en las empresas y de las circunstancias quelo convierten en un tema de delicado manejo y tratamiento, tanto en susaspectos sustantivos como formales, destacando sus particularidades o re-glas especiales en ciertas áreas, como es el caso del sector exportador y deservicios.

1.1. Objetivos de Aprendizaje

Al finalizar la unidad el alumno será capaz de:

- Conocer la ley, en una visión crítica de la ley vigente.

- Comprender el espíritu y sentido de las normas y los principios que in-forman al sistema.

- Resolver situaciones prácticas en las que el distingo, muchas veces sutilo casi imperceptible es, sin embargo, radical y determinante en sus efec-tos y consecuencias.

Leacuidadosamente

los objetivos,porque ellos

indican lo que seespera que ustedaprenda en esta

unidad.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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1.2. Sumario.

Impuesto al Valor Agregado. Devengamiento del Impuesto al Valor Agre-gado. Débito Fiscal y Crédito Fiscal. Administración del Impuesto al valorAgregado.

II. ACTIVIDADES DE ENTRADA

1. El IVA es un impuesto al consumo:

a. ¿Podría explicar esta aseveración?

b. ¿Cómo lo clasificaría usted dentro de los impuestos?

c. ¿A quiénes gravaría más y por qué?

2. Cómo se calcula el IVA:

a. De un valor Bruto:

b. De un Valor Neto:

Le sugerimosdesarrollar lasactividades de

entrada, ya queellas les ayudarán

a activarconocimientos

previos que seránrequeridos en esta

unidad.

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U N I D A D IV

307

3. ¿Qué diferencia existe entre Documentos (Ejemplo: Factura) y Formula-rios (Ejemplo: Orden de Compra)?

4. Qué documentos conoce que son exigidos para efectos del Impuesto alValor Agregado.

5. De acuerdo a lo tratado en la primera unidad, ¿qué tipo de impuesto esel IVA?

6. De acuerdo a lo visto en la primera y segunda unidad, en relación alIVA, diga cuál es la Obligación Tributaria Principal y la Accesoria.

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PrimerPRIMER CAPÍTULO: Impuesto al valor agregado

1. El Impuesto al Valor Agregado en el Sistema Tributario Chileno

1.1 Introducción

El impuesto al Valor Agregado se aplicó por primera vez en Francia porley de 10 de abril de 1954, siendo el país pionero sobre la materia.

Posteriormente este tributo fue perfeccionado y su aplicación se exten-dió a los países integrantes de la Comunidad Económica Europea, que loeligió como el gravamen a las ventas de uso general a contar de abril de1960.

En Chile el Impuesto al Valor Agregado fue establecido en virtud delDecreto Ley Nº825, de 31 de diciembre de 1974, y puesto en vigencia acontar del 1º de marzo de 1975, siendo su implantación uno de los pasosmás trascendentes en la Reforma de los impuestos indirectos implementadapor el Gobierno.

La modalidad de Impuesto al Valor Agregado del gravamen chileno, des-de el punto de vista económico, basada fundamentalmente en el tratamientoasignado a las inversiones de capital, corresponde a los llamados impuestos“Tipo Consumo”, toda vez que al permitir la deducción de tales inversiones,recae en definitiva sobre los gastos de consumo y no sobre los de capital.

El impuesto al Valor Agregado instrumentado por el Decreto Ley Nº825,de 1974, cubre todas las etapas del ciclo económico, hasta llegar al consu-midor. Lo anterior significó la inclusión dentro del ámbito del impuesto alsector del comercio minorista, ya que su aplicación a todas las etapas de laproducción y de la distribución es condición indispensable para que el im-puesto resulte proporcional al precio final de venta de los bienes y para ase-gurar la efectiva neutralidad del tributo en los procesos y relaciones econó-micas.

El legislador chileno, en la determinación del Valor Agregado, adoptó elmétodo de sustracción sobre base financiera y, dentro de este, la modalidadde cálculo denominado “impuesto contra impuesto”, conforme con el cualel monto de la obligación impositiva se establece restando del impuestofacturado sobre las compras efectuadas en el mismo período. Mediante el

Durante su lecturarecuerde subrayarlas ideas fuerza yal finalizar cadacapítulo elabore

un mapaconceptual a partir

de las palabrasclaves

identificadas eideas centrales.

III. DESARROLLO DE CONTENIDOS

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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sistema de cálculo “impuesto contra impuesto” se pretende que el tributograve, en definitiva, el mayor valor incorporado a los bienes en cada una delas etapas del proceso de producción y distribución.

En consecuencia, una de las principales características del sistema deImpuesto al Valor Agregado es que la tasa de impuesto se aplica exclusiva-mente sobre aquellas partidas componentes del precio de venta que aún nohan tributado.

Con el sistema de Impuesto al Valor Agregado se persigue fundamental-mente gravar el precio de venta final (excluido el impuesto) con que losbienes llegan al consumidor, considerando todas las etapas de producción ydistribución.

A través de un ejemplo mostraremos cómo se obtienen los objetivos se-ñalados al aplicar el gravamen a un producto que ha pasado por las siguien-tes etapas:

- Producción o Fabricación del Producto.

- Comercialización del Mayorista.

- Comercialización del Minorista.Un fabricante vende un producto por valor de $6.000 cuyo precio está

formado por los siguientes valores:Materias Primas que pagaron el IVA. $2.400Otras partidas que no han pagado el I.V.A. y que totalizan $3.600Es este último valor de $3.600, que corresponde al valor agregado al

producto, el que se grava con la tasa de impuesto. De ahí viene su denomi-nación de Impuesto al Valor Agregado.

El Valor Agregado en este ejemplo, estaría compuesto por la Mano deObra, los Gastos de Venta, los Gastos Administrativos y la Utilidad o Margende Comercialización del Fabricante.

A su vez el comerciante que adquirió la mercadería tiene como costo lasuma de $6.000 al cual le agrega un valor de $4.000 (que no ha soportadoIVA.) vendiendo el producto en $10.000, pero igual que en la situación an-terior, la tasa debe aplicarse solo sobre los $4.000 del valor agregado.

El minorista que adquiere el producto, por su parte, solamente paga elimpuesto sobre los $1.900, que él adiciona al producto.

Lo anteriormente expuesto se muestra gráficamente en el cuadro siguiente:

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a. Esquematización del Impuesto al valor agregado.

El cuadro pre-inserto demuestra, asimismo, que el impuesto total paga-do por el productor a lo largo de su ciclo de producción y comercializacióny enterado por parcialidades en cada una de las etapas respectivas, coinci-den exactamente en su monto con el que resulta de aplicar la tasa del tributosobre el precio final de venta al consumidor y que éste soporta por la trasla-ción que le hace el minorista.

Del estudio del cuadro anterior se obtienen varias importantes conclu-siones o características que son propias del Impuesto al Valor Agregado:

Primero, el consumidor solamente paga un monto de impuesto equiva-lente al que resulta de aplicar la tasa del impuesto sobre el precio de ventadel minorista.

Fabricantes Costo Crédito Débito Impuesto aPagar

Compra Materia Prima 24.000 4.560

Más: (Valor Agregado)

Mano de Obra 25.000

Gastos Admin. (sin IVA) 6.000

Utilidad del productor 15.000 46.000

Precio de Venta Neto 70.000

Más 19 % IVA s/ 70.000 13.300 13.300

Precio de Venta con IVA 83.300 8.740

Mayoristas

Costo de la Mercadería 70.000 13.300

Más: (Valor Agregado)

Sueldos y Salarios 28.000

Gastos de Vta. (s/IVA) 8.000

Util. del Mayorista 26.500 62.500

Precio de Venta Neto 132.500

Más: 19 % 25.175 25.175 11.875

Precio de Venta con IVA 157.675

Minoristas

Costo de la Mercadería 132.500 25.175

Más: (Valor Agregado):

Sueldos y Salarios 12.000

Gastos Adm. (sin IVA) 3.000

Utilidad minorista 36.000 51.000

Precio de Venta con IVA 183.500

Más: 19 % IVA 34.865 34.865 9.690

Precio de Venta c/IVA 218.365

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

312

Por eso se dice que este es un impuesto en una sola etapa a nivel delminorista.

Por otra parte, si bien el monto del impuesto obtenido equivale a unoaplicado en la última etapa, cuando el producto se entrega al consumidor,este monto no se cancela de una sola vez, sino que va ingresando en arcasfiscales parcialmente en cada una de las etapas del proceso de Producción-Distribución. Por esto también se considera que este tributo tiene caracterís-ticas de un impuesto de etapas múltiples, ya que tiene múltiples puntos derecaudación.

Pero, quizás lo más importante que se puede apreciar en este sistema, esque el impuesto soportado en las compras no constituye para los comercian-tes y fabricantes costo de producción y de distribución, pues se les permitededucir las sumas pagadas por este concepto (compras), de estos impuestosque deben pagar sobre las ventas.

Al no constituir el IVA pagado sobre las compras un costo para el fabri-cante o comerciante, es obvio, que tampoco debe influir en la fijación de losprecios de venta.

Por último, el hecho que el impuesto pagado sobre las compras no cons-tituya un costo, trae como consecuencia que cualquiera sean los canales deproducción y distribución que se utilicen, el impuesto soportado por el con-sumidor final de los bienes será el mismo ante una igualdad de precios.

• Fundamento del I.V.A.El impuesto al valor agregado es un tributo que grava solamente el mayorvalor o valor agregado del bien o servicio en cada etapa de la produccióno comercialización, el que está constituido por el margen decomercialización que el industrial, comerciante o prestador de servicioaplica.El I.V.A. es un impuesto de etapas múltiples que admite la deducción delimpuesto pagado en las fases anteriores, con lo que supera el inconve-niente de su acumulación.

Características del Impuesto al Valor Agregado.

- Impuesto Indirecto.

- Impuesto Plurifásico.

- Impuesto no Acumulativo.El I.V.A opera a través del mecanismo del débito y crédito.Ello hace posible afectar, precisamente, el “Valor Agregado“ y a la vezrepresenta un mecanismo de control, que evita la evasión, que cada con-tribuyente colabora al cumplimiento del tributo al exigir a su proveedorla correspondiente Factura que permite disponer de crédito en contradel débito que genera el impuesto recargado en sus propias Facturas.

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U N I D A D IV

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• Hecho Gravado.Es un hecho o conjunto de hechos materiales o circunstancias previstas

en la ley, cuya ocurrencia da origen a la obligación tributaria.El D.L. 825 grava las ventas y servicios que cumplen ciertas condiciones.Para tales efectos se establecen hechos gravados básicos y hechos grava-

dos especiales, tanto en ventas como en servicios.

b. Estructura del IVA. D.L. 825 /1974.

Fuente: Profesora María Patricia Quezada F.

Figura Nº1:Estructura del IVA.

D.L. 825/1974

¿Sabía Usted?

Que en relación a la Recaudación Fiscal Interna el Impuesto al ValorAgregado es el Impuesto que más contribuye a ella.

Es el impuesto que está asociado a una fuerte fiscalización ejercida por elS.I.I. y contradictoriamente es el impuesto con que más se desfrauda alfisco (ejemplo: Delito Tributario Empresa Loza-Penco del EmpresarioFeliciano Palma).

¿A quiénes afecta más este tributo?¿Personas de mayores ingresos o menores ingresos?

El IVA se reconoce como su principal inconveniente en su regresividad,en cuanto afecta en mayor proporción a las personas de menores ingre-sos, los que no tienen capacidad de ahorro y tienden a consumir todossus ingresos.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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1.2. Operaciones Gravadas

• Hecho Gravado Básico.Se gravan las ventas y servicios que cumplan ciertos requisitos, se esta-

blece por definición en el Artículo 2.

• Venta.“Toda convención independiente de la designación que le den las par-

tes, que sirva para transferir a título oneroso el dominio de bienes corporalesmuebles, bienes corporales inmuebles de propiedad de una empresa cons-tructora construidos totalmente por ella o que en parte hayan sido construi-dos por un tercero para ella, de una cuota de dominio sobre dichos bienes ode derechos reales constituidos sobre ellos, como asimismo, todo acto ocontrato que conduzca al mismo fin o que la presente ley equipare a venta”.

1.2.1. Análisis del Hecho Gravado Básico de Ventas

a. Requisitos Copulativos.

- Que exista una convención traslaticia de dominio.

- Que sea a título oneroso.

- Que se trate de bienes corporales muebles o de derechos reales sobreellos (inmuebles sólo en algunos casos).

- Que la venta sea efectuada por un vendedor.

- Que el bien se encuentre ubicado en el Territorio Nacional.

b. Definición de Vendedor.La propia ley en su Articulo 2° N° 3, define lo que debe entenderse por

vendedor, cuando dice que se entenderá por “vendedor cualquiera personanatural o jurídica, incluyendo las comunidades y las sociedades de hecho,que se dedique en forma habitual a la venta de bienes corporales muebles,sean ellos de su propia producción o adquiridos de terceros. Asimismo seconsiderará vendedor la empresa constructora, entendiéndose por tal a cual-quier persona natural o jurídica, incluyendo las comunidades y las socieda-des de hecho, que se dediquen en forma habitual a la venta de bienescorporales inmuebles de su propiedad construidos totalmente por ella o queen parte hayan sido construidos por un tercero para ella. Corresponderá alServicio de Impuestos Internos calificar, a su juicio exclusivo, la habitualidad”.

“Se considerará también “vendedor” al productor, fabricante o empresaconstructora que venda materias primas o insumos que, por cualquier causa,no utilice en sus procesos productivos”.

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1.2.1.1. Análisis del Primer Elemento en Ventas.

i. Concepto de Convención: es todo acuerdo de voluntades destinado acrear, modificar o extinguir derechos y obligaciones.

ii. Concepto de Contrato: es todo acuerdo de voluntades destinado a crearderechos y obligaciones.

iii. Concepto de Dominio: el artículo 582, del Código Civil dice “El Domi-nio” (que se llama también propiedad), es el derecho real en una cosacorporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente, no siendo contrala ley o contra el derecho ajeno”.

Para una recta interpretación del concepto de convención, debe tenersepresente que esta expresión ha sido usada por el legislador en un sentidoamplio, comprensivo de todo acuerdo de voluntades destinado a producirefectos jurídicos (crear, modificar, o extinguir derechos y obligaciones) y noen la acepción restringida que le da el art. 1438, del Código Civil. En lareferida acepción amplia, el contrato viene a ser solo una especie de conven-ción: la destinada a crear derechos y obligaciones.

“La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nudapropiedad”

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Fuente: profesora María Patricia Quezada F.

1.2.1.2. Análisis del Segundo Elemento

El segundo de los requisitos, condiciones o elementos que deben cum-plirse para que exista hecho gravado es que la convención debe recaersobre bienes corporales muebles o inmuebles de propiedad de una empresaconstructora, construidos total o parcialmente por ella. Como ya se esta-bleció, el primer requisito de existencia del hecho gravado básico del im-puesto en estudio, es la celebración de una convención traslaticia de domi-nio. Ahora bien, para que se devengue dicho tributo es menester, además,que la cosa transferida sea un bien corporal mueble o inmueble de propie-dad de una empresa constructora construido totalmente por ella o en parteconstruido por un tercero para ella.

Figura Nº2: Tiposde convenciones.

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U N I D A D IV

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• Conceptos de Dominio o Propiedad.

- Es el derecho real en una cosa corporal para gozar y disponer de ellaarbitrariamente.

- La propiedad separada del Goce se llama nuda propiedad.

• Bienes Corporales.Son los que tienen un ser real y pueden ser percibidos por los sentidos

como una cosa, un libro, un lápiz, etc.Los incorporales solo consisten en derechos tales como los créditos, de-

rechos sociales, acciones, etc. Solo pueden ser percibidos mental o intelec-tualmente.

Estos derechos pueden ser reales y personales.

Fuente: Profesora María Patricia Quezada F.

Bienes Inmuebles por Destinación: son aquellos bienes a los que la leyconsidera inmuebles por estar permanentemente destinados al uso, cultivo ybeneficio de un inmueble, aunque puedan separarse sin detrimento, comolos utensilios de labranza o minería y los animales destinados al cultivo contal que hayan sido puestos en ello por el dueño de la finca. (Art. 570, delCódigo Civil).

Figura Nº3: Bienesmuebles e

inmuebles.

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Bienes Muebles por Anticipación: deben considerarse como bienes mue-bles aquellas cosas inmuebles por naturaleza, adherencia o destinación cuan-do se constituyen sobre ellas derechos a favor de una persona distinta deldueño, aun antes de su separación del inmueble del que forman parte; o alcual adhieran o al que están destinados para su uso, cultivo o beneficio.

Pueden encontrarse en esta situación, la madera y el fruto de los árboles,las yerbas de un campo, los animales de un fundo, la tierra y arena del suelo,los metales de una mina, las piedras de una cantera, los edificios adquiridospara ser derribados y vender los materiales provenientes de la demolición.

En relación con las dos categorías de bienes a que nos referimos ante-riormente, debe tenerse presente que la calificación de “inmueble”, por de-finición no los exonera del impuesto. En efecto, si ellos se venden separada-mente del inmueble, recuperan su condición de bienes muebles.

En relación a los derechos, de acuerdo con el concepto de “venta”, soloestará efecta al impuesto la transferencia de los derechos reales constituidossobre bienes corporales muebles.

• Transferencia de Derechos Reales.El Código Civil en su artículo 577, define los derechos reales como aque-

llos “que tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona”.El mismo precepto señala que: “Son derechos reales, el de dominio, el

de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbre activa,el de prenda y el de hipoteca”. A esta enumeración debe agregarse el dere-cho de censo que tiene el carácter de derecho real en cuanto persigue a lafinca acensuada. (Art. 579 del Código Civil).

Existe un segundo grupo de derechos que son los personales, a los que elartículo 578, del Código Civil define como: “Los que solo pueden reclamarsede ciertas personas que, por un hecho suyo o la sola disposición de la leyhan contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamis-ta contra su deudor por el dinero prestado, o el hijo contra el padre poralimentos”.

Para que la transferencia de derechos reales quede gravada con el im-puesto, es requisito necesario que dichos derechos estén constituidos sobrebienes corporales muebles.

• Transferencia del Derecho de Usufructo.De acuerdo con la definición contenida en el Art. 764, del Código Civil,

“El derecho de usufructo es un derecho real que consiste en la facultad degozar de una cosa con cargo de conservar su forma y substancia, y de resti-tuirla a su dueño, si la cosa no es fungible; o con cargo de devolver igual

Se consideran inmuebles de este modo, entre otros, las maquinarias einstalaciones de una industria, los tractores, maquinarias y equipos queforman parte de un fundo, etc.

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cantidad y calidad del mismo género, o de pagar su valor si la cosa esfungible.”

Los derechos de usufructo pueden constituirse por Ley, por testamento opor venta, donación u otro acto entre vivos.

El usufructo supone dos derechos coexistentes; el del propietario (nudopropietario) y el del usufructuario. El dueño de la cosa dada en usufructo esel nudo propietario, quien conserva la facultad de disponer de ella; el usu-fructuario es un mero detentador de la cosa, pero es dueño de su derecho deusufructo.

En consecuencia, y de acuerdo al Segundo Elemento del hecho gravadobásico, si el usufructuario de una cosa corporal mueble transfiere su derechode usufructo a un tercero, a cualquier título oneroso, devengará el impuestomotivo de nuestro estudio.

Debe tenerse presente, que el acto o contrato mediante el cual se cons-tituye el usufructo no queda gravado con el impuesto, ya que dicho acto ocontrato no sirve para transferir este derecho real, sino para establecerlo.

1.2.1.3. Análisis del Tercer Elemento

Este requisito dice que la convención debe ser a título oneroso. El Códi-go Civil en su Art. 1440, define los contratos gratuitos y onerosos.

• Contrato Gratuito.Los contratos son gratuitos cuando solo tienen por objeto la utilidad de

una de las partes, sufriendo la otra el gravamen.

• Contrato Oneroso.Es aquel que tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes,

gravándose cada uno a beneficio del otro.En consecuencia, contrato o título oneroso es aquel en que cada parte

paga la ventaja que reporta el contrato mediante una contraprestación ac-tual o futura.

Aplicando estos conceptos al caso en estudio, se ve claro que el impues-to establecido en el Art. 1°, en relación con el N°1 del Art. 2° de la ley, afectaa los contratos o convenciones mediante los cuales se transfiere el dominiode bienes corporales muebles u otros derechos reales constituidos sobre ellos,solo cuando el adquirente de tales bienes o derechos quede obligado apagar mediante una contraprestación actual o futura a favor del tradente delos mismos.

Es importante señalar que para los efectos de calificación del contrato ypor consiguiente, de la procedencia del impuesto no es necesario que lacontraprestación a que se obliga el adquirente consista en dinero: ella pue-de consistir en una obligación de hacer o no hacer o dar una cosa distinta dedinero, sin que ello prive al contrato de su carácter de oneroso y excluya elimpuesto.

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1.2.1.4. Análisis del Cuarto Elemento del Hecho Gravado Básico de Venta

Finalizando el estudio de los elementos del hecho gravado básico de“venta”, analizaremos el que dice relación con el “vendedor”, es decir, quela transferencia debe ser realizada por un vendedor. Este nuevo requisitotiene gran importancia para analizar y calificar si la convención de que setrate está o no gravada, puesto que por imperio de la propia ley, en la con-vención de bienes corporales muebles debe intervenir como tradente unapersona investida de la calidad legal de “vendedor”.

Es importante destacar que este cuarto elemento del hecho gravado bási-co de ventas no se desprende de la definición de “venta”, sino de la conjuga-ción del inciso primero del Art. 10 del Decreto Ley N° 825 con el N° 3 delArt. 2 del mismo D.L. ya que el primero dice: “El impuesto establecido en elpresente Título afectará al vendedor, sea que celebre una convención queesta ley defina como venta o equipare a venta.

• Calificación de la Habitualidad.En el Art. 4° del Decreto Supremo N°55, de 2 de febrero de 1977, sobre

Reglamento del Decreto Ley N°825 de Impuesto a las Ventas y Servicios, sedan las normas para calificar la habitualidad estableciendo que el Servicio,para estos efectos, considerará la naturaleza, cantidad, frecuencia con que elvendedor realice la venta de los bienes corporales muebles de que se trate ycon estos antecedentes, determinará si el ánimo que guió al contribuyentefue adquirirlos para su uso o para la reventa.

Luego el peso de la prueba lo hace recaer en el contribuyente, cuandodice que “Corresponderá al referido contribuyente probar que no existehabitualidad en sus ventas y/o que no adquirió las especies muebles conánimo de revenderlas”.

Finalmente se establece una presunción de derecho de la habitualidadfrente a determinadas actuaciones del “vendedor”, cuando dice “se presumehabitualidad respecto de todas las transferencias y retiros que efectúe unvendedor dentro de su giro”.

Cabe destacar que los tres requisitos señalados en el inciso primero deeste párrafo, no es necesario que actúen juntos para que se produzca elhecho gravado, es decir no son copulativos.

Del análisis de los requisitos del hecho gravado básico se puede concluirque los conceptos de “venta” y “vendedor” le dan gran amplitud, puesto quele permite incluir en él: a todo contrato que sirva para transferir el dominiode bienes, independientes de la designación que le den las partes contratan-tes; a toda convención que sirva para el mismo fin, o sea, para transferirbienes corporales muebles.

En razón de lo antes expuesto analizaremos los principales contratos deventa.

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• Análisis de los Contratos de Venta.Como dato ilustrativo podemos decir que la Ley sobre Impuesto a las

Ventas y Servicios grava los mismos contratos que antes estaban afectos a laLey 12.120.

• Contrato de Confección de Obra Material Mueble.Este contrato se define como aquel en que las partes se obligan mutua-

mente, una a efectuar una obra material mueble y la otra a pagar por ella unprecio determinado.

De acuerdo con el Art. Nº 1.996 del Código Civil, este contrato puedeser de compraventa o de prestación de servicios, según las reglas siguientes:

a. Si la materia con la que se confecciona la obra es proporcionada porel artífice: el contrato es de compraventa.

b. Si la materia es proporcionada por la persona que encarga la obra:el contrato es de arrendamiento de servicios, y

c. Si la obra es confeccionada con materia que es suministrada porambas partes: el contrato es de compraventa si la materia principales proporcionada por el artífice y de prestación de servicios en casocontrario.

• Permuta de Bienes Corporales Muebles por Bienes Raíces.La permuta de bienes corporales muebles por bienes raíces se encuentra

regida por el inciso final del Art. 18° de la Ley, dicho precepto dispone que:“si se tratare de una convención que involucre el cambio de bienes de dis-tinta naturaleza, el impuesto de este Título se determinará sobre la base delvalor de los bienes corporales muebles incluidos en ellos, sin perjuicio de laaplicación de los tributos establecidos en esta u otras leyes que puedangravar la misma convención”.

Lo anterior quiere decir que si se tratare de una convención que involucreel cambio de bienes de distinta naturaleza el Impuesto al Valor Agregado sedebe determinar sobre la base del valor de los bienes corporales mueblesincluidos en esta u otras leyes que puedan gravar la misma convención. Valedecir, si se permutan bienes corporales muebles, establecimientos de comer-cio o cualquiera otra universalidad de hecho que comprenda bienes corpo-rales muebles de su giro por bienes raíces u otros de distinta naturaleza, elI.V.A. que afecta a los bienes corporales muebles incluidos en la permutadeberá, en todo caso, aplicarse y pagarse, como asimismo, el tributo deotras leyes que puedan afectar la misma convención.

• Entrega de Bienes Corporales Muebles en Pago de Servicios.Aunque no es frecuente en nuestra economía que se entreguen bienes

corporales muebles en pago de servicios, nuestra legislación sobre Ventas yServicios se ha encargado de establecer las normas de carácter impositivo.

En efecto, el Art. 19° de la Ley establece que: “cuando se dieren en pagode un servicio bienes corporales muebles, se tendrá como precio del servi-

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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cio, para los fines del impuesto de este Título, el valor que las partes hubierenasignado a los bienes transferidos o el que, en su defecto, fijare el Serviciode Impuestos Internos, a su juicio exclusivo”.

Sin perjuicio del tributo a los Servicios, el beneficiario del servicio serátenido como vendedor de los bienes para los efectos de la aplicación delIVA, cuando proceda, esto es, cuando entregue en parte de pago del servi-cio, bienes corporales muebles de su giro, afectos al tributo.

1.3. Análisis del Hecho Gravado Básico Servicio

• Definición de Servicio.Del concepto legal transcrito podemos desprender los requisitos o ele-

mentos constitutivos del hecho gravado básico de servicios, ellos son lossiguientes:

a. Que una persona realice una acción o prestación a favor de otra.

b. Que dicha persona perciba por la acción o prestación, un interés,prima, comisión o remuneración.

c. Que la acción o prestación provenga del ejercicio de alguna de lasactividades comprendidas en los N°3 y 4 del Art. 20, de la Ley sobreimpuesto a la renta.

Cada uno de estos requisitos será objeto de análisis por separado en lospárrafos que siguen.

1.3.1. Análisis de Primer Elemento

El primer requisito o elemento del hecho gravado básico de servicio diceque una persona realice una acción o prestación a favor de otra. Como laLey no hace distinción respecto de la persona que realiza la acción o pres-tación, ella puede ser efectuada por una persona natural o por una jurídica.

La realización de una acción o prestación es el elemento básico queconfigura el impuesto, ya que la remuneración correspondiente y el hechode que provenga de las actividades mencionadas en los números 3 y 4, delArt. 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, son los elementos condicionantesde la prestación misma.

Para una mejor comprensión de este elemento, analizaremos el concep-to de prestación, dado que el de acción debe entenderse en su sentido natu-ral y obvio.

• Concepto de Prestación.De acuerdo con el diccionario de la Real Academia, por prestación se

entiende: “Cosa o servicio que un contratante da o promete a otro”.Nos parece que atendida la naturaleza del impuesto, esta última sería la

adecuada, ya que en la primera definición se habla indistintamente de “cosa”

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U N I D A D IV

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o “servicio” y en el lenguaje corriente se identifica cosa con bien corporaly servicio con bien inmaterial.

Por las consideraciones anteriores, podemos concluir que por la accióno prestación se entiende el acto o hecho que un contratante realiza o prome-te a otro, no importando que sea habitual o ocasional.

Cabe hacer presente que el I.V.A. aplicable a los servicios alcanza tantoa aquellos realizados con habitualidad o en forma esporádica u ocasional,característica esta que lo distingue del I.V.A., que afecta a las ventas.

En conclusión, están afectados por el I.V.A. las prestaciones efectuadaspor comisionistas, martilleros, etc., cuando los ingresos que perciban consis-tan en:

a. Remuneraciones percibidas por comisionistas, aun cuando actúenen forma ocasional por cuenta de terceros (vendedores o no) en ope-raciones que versen sobre bienes de cualquiera naturaleza.

b. Remuneraciones percibidas por intermediarios que actúen por cuentade vendedores en la venta de bienes corporales muebles.

• Servicios y Trabajos Fotográficos.Los servicios y trabajos fotográficos, en virtud de la definición de “servi-

cio”, forman parte de este hecho gravado básico.Las ventas de fotocopias en general, de reproducción heliográfica de

planos, de copias o mimeógrafos, de electrocopias y de cualquier otro tipo oespecie de trabajos similares realizados por los establecimientos dedicados aejecutar este tipo de prestaciones forman parte del Hecho Gravado Básico deServicios, definido en el N° 2 del Art. 2°, de la Ley.

• Agentes de Publicidad.Estos contratos incluyen los servicios proporcionados por las agencias

de publicidad y de turismo, agencias de empleo, agentes y representantes deartistas y promotores de espectáculos; por las mismas razones expresadas enlos casos anteriores, forman parte del Hecho Gravado Básico de Servicios,definido en el N° 2, del Art. 2°, de la Ley.

A continuación analizaremos los diferentes contratos y operaciones quese encuentran gravados en el Art. 8°, del Título II de la Ley.

2. Hechos Gravados Especiales

Como se señaló al inicio de este capítulo, el I.V.A. contempla comohecho gravado no solo a las ventas y servicios propiamente tales, casos enlos cuales hemos hablado de hechos gravados “básicos”, sino que tambiéncontempla una serie de otras operaciones, transacciones o prestaciones que,según el caso, equipara a “ventas” o “servicios”.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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Estos otros actos sometidos al I.V.A. son los que hemos denominado“hechos gravados especiales” u “otros hechos gravados”, subdivididos endos grupos. Según se equiparen a “ventas” o a “servicios”:

a. Hechos gravados especiales de ventas.

b. Hechos gravados especiales de servicios.Los hechos gravados especiales que la Ley equipara a ventas, son los que

el Art. 8° de la Ley enumera en sus letras a) a la f), k) y l).

2.1. Importaciones

Se encuentran gravados con el I.V.A. las importaciones efectuadas enforma habitual y esporádica y sin atender a la calidad que pueda tener lapersona o empresa que las realice, es decir no interesa si el importador tieneel carácter de vendedor o de prestador de servicios generándose el hechogravado aun cuando se trate de un simple particular.

La letra a) del Art. 18°, de la Ordenanza de Aduanas define la importa-ción como: “La introducción legal de mercaderías extranjeras para uso oconsumo del país”.

Esta definición es complementada por la misma ordenanza al dar losconceptos de “mercadería y mercancía extranjera” en el Art. 16° incisos 1° y2°, respectivamente.

Entendiéndose por “mercadería”: “todos lo productos, manufacturas,semovientes y demás bienes corporales muebles, sin excepción” y por “mer-cadería extranjera”: “la que proviene del exterior y cuya importación no seha consumado legalmente, aunque sea de producción o manufactura nacio-nal, o que habiéndose importado bajo condición, esta deje de cumplirse”.

La introducción legal al país de cualquier tipo de bienes corporales mue-bles de los mencionados en las definiciones anteriores, para ser destinados aluso o consumo, está gravada con el I.V.A. salvo que se trate de bienes exen-tos en virtud del Art. 12° de la Ley.

Cabe destacar que están gravadas aun las importaciones ocasionales oesporádicas sean o no realizadas por personas calificadas como vendedoreso prestadores de servicios.

2.2. Aportes o Sociedades

También se encuentran gravados con el I.V.A., los aportes a sociedades,de los bienes corporales muebles efectuados por vendedores realizados en laconstitución, ampliación o modificación de sociedades.

El hecho gravado en estudio se configura cuando un vendedor aportabienes corporales muebles, una cuota de dominio sobre dichos bienes oderechos reales constituidos sobre ellos a una sociedad en el acto de consti-tución, modificación o ampliación de ella. Los aportes pueden ser hechos enpropiedad o en usufructo, entendiéndose que se hace en propiedad, cuandose transfiere el dominio de los bienes aportados, y en usufructo, cuando se

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otorga a la sociedad el goce de los bienes aportados, conservando el domi-nio sobre ellos.

2.3. Adjudicación de Bienes Corporales Muebles

La adjudicación de bienes corporales muebles efectuadas en liquidacio-nes de sociedades y comunidades, se encuentran gravadas en la letra c) delArt. 8°.

a. Concepto de Adjudicación.Por adjudicación, entendemos el acto mediante el cual se entrega a cada

comunero o socio, al liquidarse la comunidad o sociedad, uno o más bienesen pago de sus derechos respectivos.

La norma establecida en la letra c) del Art. en estudio, configura un he-cho gravado especial que difiere de los que conforman el hecho gravadobásico del I.V.A., ya que este no presupone, como aquel, la realización deuna convención traslaticia de dominio. La adjudicación es un título declara-tivo de dominio, esto significa que el comunero a quien se adjudica no ad-quiere el dominio del mismo en virtud de la adjudicación, sino que se lesupone propietario desde que se formó la comunidad o sociedad.

Esta razón es la que el legislador tuvo en cuenta al asimilar dicha adjudi-cación a “venta” para los efectos de la aplicación del I.V.A. porque de otramanera habrían quedado exonerados del tributo ciertos valores agregadosen el curso de la explotación comercial, materializados al adjudicarse losbienes respectivos a los socios comuneros, originándose una pérdida defini-tiva del impuesto si el adjudicatario tuviere la calidad de consumidor final.

El reglamento de la Ley, en su Art. 9° establece que debe entenderse por“bienes corporales muebles del giro”, aquellos respecto de los cuales la so-ciedad o comunidad era vendedora.

Con el objeto de incorporar la actividad de la construcción al régimende Impuesto al Valor Agregado, en el inciso 2° de la letra c) en estudio seestablece como hecho gravado la adjudicación de bienes corporales inmueblesen la liquidación de sociedades que sean empresas constructoras, de co-munidades, que no sean hereditarias ni provengan de la disolución de lasociedad conyugal, y de cooperativas de vivienda. Nótese que en estos ca-sos no es necesario que el bien adjudicado sea del giro del vendedor, comolo es para los bienes corporales muebles, pero sí es indispensable que losbienes corporales inmuebles de que se trate hayan sido construidos total oparcialmente por la sociedad, comunidad o cooperativa. De tal modo, si laadjudicación recae sobre un inmueble construido totalmente por una o va-rias personas distintas a la sociedad, comunidad o cooperativa, no se en-cuentra afecta al I.V.A.; pero en cambio sí lo está el contrato de construcciónrespectivo.

Teniendo presente la definición de vendedor contenida en el N°3 delArt. 2°, debe entenderse que el impuesto solo grava la adjudicación de bie-nes corporales muebles fabricados y/o adquiridos por la respectiva sociedado comunidad con el ánimo de revenderlos, y los bienes corporales inmuebles

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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construidos totalmente por ella o que en parte hayan sido construidos porterceros para ellas, como también las materias primas o insumos no utiliza-dos en los procesos productivos.

2.4. Retiro de Bienes Corporales Muebles

Los retiros de bienes corporales muebles, los encontramos en la letra d)del Art. 8°, que grava con el I.V.A., por vía de equipararlo a venta, a los“retiros de bienes corporales muebles efectuados por un vendedor o por eldueño, socios, directores o empleados de la empresa para su uso o consu-mo personal o de su familia, ya sea de su propia producción o compradospara la reventa, o para la prestación de servicios, cualquiera sea la naturale-za jurídica de la empresa”.

a. Concepto de Retiro.Entendemos por tal la salida de bienes corporales muebles de la existen-

cia de una empresa para destinarlos al uso o consumo personal del empresa-rio, o socio, directores o empleados, o de sus respectivas familias.

Cabe hacer notar que en el retiro efectuado por un empresario indivi-dual, para su uso o consumo personal, no se produce transferencia de domi-nio exigida por el Art. 8°, se equipara a venta.

b. Presunción de Retiro.Todos los bienes que falten en los inventarios y cuya salida de la empre-

sa no estuviere justificada con documentación fehaciente, se consideraranretirados para su uso o consumo propio. Se exceptúan de esta presunción losfaltantes de inventario originados por casos fortuitos o fuerza mayor, califica-dos por el Servicio de Impuestos Internos.

c. Sorteos y Rifas.Se equiparan a venta los retiros de bienes corporales muebles, sean o no

del giro de la empresa, hechos por un vendedor y destinados a rifas y/o sor-teos, aun a título gratuito, con fines de promoción o propaganda. Cabe seña-lar que lo equiparado a venta, y por lo tanto gravado con el I.V.A., es elretiro o salida de bienes corporales muebles de la empresa y no la rifa osorteo.

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d. Entregas Gratuitas.Las entregas o distribuciones de bienes corporales muebles efectuadas

con fines promocionales o de propaganda se considerarán ventas cuandoreúnan los siguientes requisitos:

i. Que sean realizadas con fines de promoción o propaganda.

ii. Que sean efectuadas por contribuyentes que tengan la calidad devendedor.

En atención a que las entregas de bienes corporales muebles con finesbenéficos no tienen fines de promoción o de propaganda, no se encuentrangravados con el IVA.

2.5. Contrato de Instalación o Confección de Especialidades

La letra e) del Art. 8°, equipara a venta los contratos de instalación oconfección de especialidades.

a. Definición.Se entiende por contrato de instalación o confección de especialidades

“aquellos que tienen por objeto la incorporación de elementos que adhie-ren permanentemente a un bien inmueble, y que son necesarios para queeste cumpla cabalmente con la finalidad específica para la cual se constru-ye”. (Inciso 1° del Art. 12 del Reglamento).

En la definición anterior, podemos distinguir los siguientes requisitos:

- Que el objeto del contrato sea la incorporación de elementos queadhieren a un bien inmueble.

- Que dicha adhesión sea permanente.

- Que los elementos incorporados sean necesarios para que el inmue-ble cumpla cabalmente la finalidad para la cual se construye.

La falta o no-concurrencia de alguno de estos requisitos hace inaplica-ble la disposición del Art. 8°: pero el contrato puede gravarse con el im-puesto en conformidad a otras disposiciones de la Ley, como por ejemplo, laejecución de obra material mueble que queda comprendida dentro del he-cho gravado básico.

La letra e) del Artículo en estudio, asimila a ventas los contratos de insta-lación o confección de especialidades que, de acuerdo con el Art. 1996 delCódigo Civil, revisten el carácter de compraventa, es decir, cuando la mate-ria, o la materia principal es suministrada por el instalador o contratista, loque ocurre en los sistemas de suma alzada o de precios o valores unitarios,con o sin reajuste.

Los contratos en estudio ejecutados por administración, por tener el ca-rácter de arrendamiento de servicios, están comprendidos en el hecho gra-vado básico de este tributo.

El S.I.I. a modo de ejemplo señala las siguientes especialidades comoafectas al tributo en estudio: ascensores, climas artificiales, puertas y venta-

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nas, sanitarios, electricidad, hojalatería, carpintería y cerrajería en madera ymetal, vidrios, pintura y papel mural, estucos y revestimientos, baldosas, pi-sos plásticos, pavimentos, impermeabilizaciones, alarmas e instalacionescomerciales, embaldosados, confección de jardines, etc.

2.6. Contrato General de Construcción

La Ley N°18630, D.O. del 23.07.87, incorporó, a contar del 01.10.87,como hecho gravado especial equiparado a venta, a los contratos generalesde construcción o edificación, los que anteriormente estaban expresamenteexcepcionados del impuesto.

Ni la Ley ni el Reglamento definen este contrato. Supliendo este silenciola Dirección Nacional del S.I.I. ha dicho que tienen este carácter todos aque-llos contratos que, sin cumplir las características de los de instalación o con-fección de especialidades, constituya a lo menos, dos especialidades, y quehabitualmente forman parte de una obra civil. (Oficio N°1878, de fecha11.06.82, Boletín de octubre de 1982).

Son los ejecutados por suma alzada (obra vendida), tales como la cons-trucción de un edificio, bodegas, caminos, redes de agua potable o alcanta-rillado público, remodelación de edificios cuando consista en la transforma-ción total de su estructura, conservándose sus muros perimetrales, etc. Loscontratos generales de construcción ejecutados por administración estáncomprendidos en el hecho gravado básico de servicios, por tener el carácterde arrendamiento de servicios.

2.7. Venta de Establecimientos de Comercio

La venta de establecimientos de comercio y, en general, la de cualquierotra universalidad que comprenda bienes corporales muebles de su giro, seequiparara a “venta”, de acuerdo con la letra f) del artículo en comento.

a. Concepto de Universalidad.Es el conjunto de bienes corporales e incorporales unidos por su afecta-

ción a un fin común y que poseen una individualidad propia e indepen-diente de los elementos que la componen.

Al respecto el S.I.I. ha calificado el “establecimiento de comercio” comouna universalidad de hecho.

Dentro de la expresión “cualquiera otra universalidad” deben entender-se comprendidos:

i. Las fábricas y demás establecimientos industriales;

ii. Los inmuebles objeto de explotación agrícola;

iii. Biblioteca y museos.

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b. Características del Establecimiento de Comercio.

i. Es un bien mueble, aunque excepcionalmente comprenda bienesinmuebles.

ii. Es un bien incorporal por ser una universalidad de naturaleza distin-ta a los bienes que la componen.

Por su carácter de bien incorporal, la venta de un establecimiento decomercio no cabría dentro del hecho gravado básico, razón por la cual ellegislador, para gravarlo, lo equipara a venta en la letra f) del Art. 8°.

Actividades de Aprendizaje

1. ¿Los retiros de mercaderías que hacen los dueños y socios tributan conI.V.A.? ¿Cuál es el valor que sirve como Base Imponible?

a. El valor del costo de la mercadería.

b. El valor de venta.

2. Nombre todos los contratos de construcción que están afectos a I.V.A.

3. Explique por qué se dice que el I.V.A. tiene como característica la de unimpuesto de etapa múltiple.

4. Señale cuántos tipos de hechos gravados existen en el I.V.A.

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5. De acuerdo con el concepto de venta, ¿qué es necesario que se cumplapara que se produzca el hecho gravado?

2.8. Operaciones sobre Inmuebles del Giro de una EmpresaConstructora

En la letra k) del Art. 8° se incluye como hechos gravados del IVA. A losaportes y otras transferencias, retiros y ventas de establecimientos de comer-cio y otras universalidades, que comprendan o recaigan sobre bienes corpo-rales inmuebles del giro de una empresa constructora. Al respecto, el S.I.I.en circular N°26, de 05.08.87, publicada en el Boletín N°404, de julio de1987, hace el siguiente análisis:

“La característica general que contempla esta disposición legal es que elbien inmueble de que se trate sea del giro de una empresa constructora.Debe entenderse que corresponden al giro de una empresa constructora, losinmuebles construidos total o parcialmente por una persona para la venta.En este punto, tal como se explicó en los párrafos relativos a la calificaciónde la habitualidad, respecto de la actividad de la construcción, para los efec-tos de la Ley solo cabe recurrir a ella para decidir si procede o no el tributocuando el inmueble es construido total o parcialmente por una persona parasí y si se vende. Pues bien, en los casos a que se refiere esta letra -aportes,retiros y ventas de establecimientos de comercio- cuando se trate de empre-sas que hayan construido total o parcialmente inmuebles para su uso, estosno constituirán bienes de su giro, aun cuando con motivo de su construcciónse recuperó el IVA., por las adquisiciones y servicios utilizados en virtud delo dispuesto en el N°1, del artículo 23°, de acuerdo con la modificación quele introdujo la Ley N°18630, en análisis. Ahora bien, solo se entenderá queun bien inmueble está destinado al uso de la empresa cuando esta lo acredi-te como necesario para producir la renta y que estuvo sujeto al tratamientocontable y tributario que corresponde al activo fijo”.

En concordancia con lo dispuesto en las letras b) y d) del mismo artículo8°, la comentada letra k) debe analizarse dentro de un contexto similar, porlo que respecto a los aportes y otras transferencias debe entenderse que lanorma se refiere a los que se hagan con motivo de la constitución, amplia-ción o modificación de sociedades, y los retiros. Aquellos efectuados por eldueño, socios, directores y empleados de la empresa (en este último caso enuna calidad distinta a la de la remuneración).

Por lo expresado, es válido para los aportes referidos en la letra k), lointerpretado por este Servicio respecto de la letra b), por lo que el hechogravado se configura cuando una empresa constructora aporta o transfiere auna sociedad un inmueble de su giro o una cuota de dominio sobre dichobien o derechos reales constituidos sobre él. Cabe recordar que se ha dicta-minado que no existe el hecho gravado en los casos de: transformación de

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una sociedad de personas en anónima, ya que se trata del mismo contribu-yente sin que haya transferencia alguna; en la fusión y absorción de socieda-des, ya que las sociedades que se fusionan aportan una universalidad jurídi-ca (su patrimonio) y los socios aportarían derechos personales; y en la divi-sión de sociedades, por no existir en este caso transferencias de bienes cor-porales inmuebles, ya que el patrimonio de las nuevas sociedades es un con-junto igual al de la sociedad que se divide.

En cuanto a los retiros, también como se ha interpretado respecto de losbienes corporales muebles, no tendría tal carácter el hecho que un empresa-rio individual destine un inmueble construido total o parcialmente por élpara la venta, al uso de su empresa. Por otro lado, sí constituiría hecho grava-do el retiro del mismo inmueble que haga el citado empresario para su usopersonal, por estar expresamente asimilado a venta según la letra k) en co-mento, aun cuando no se produce transferencia de dominio como lo exige elN° 1, del artículo 2° del decreto Ley N° 825.

La letra k) también considera hecho gravado la venta de establecimien-tos de comercio y otras universalidades que comprendan bienes corporalesinmuebles del giro de una empresa constructora.

“El servicio ha calificado el establecimiento de comercio como una uni-versalidad de hecho y, junto con la expresión otras universalidades que in-cluye la letra k), se entiende incorporado en la norma cualquier otro estable-cimiento de distinta naturaleza como ser industrial, agrícola, etc., cuya ventapuede quedar afecta, en la parte relativa a los bienes inmuebles. Natural-mente que en el caso de una empresa que permanentemente construye yvende inmuebles, o bien cuando se encuentra organizada para efectuar talesoperaciones, no pueden existir dudas de que los referidos inmuebles debenquedar afectos al I.V.A. cuando se venda le universalidad que le ha dado elServicio de Impuestos Internos, ya que es claro que se trata de bienes de sugiro, por que dichas empresas son vendedores de acuerdo a la definicióncontenida en el N°3 del Art. 2° comentada en los párrafos anteriores. Encircunstancias menos determinables, será necesario remitirse también a di-cho concepto y al alcance que le ha dado el Servicio de Impuestos Internos.Debe tenerse presente que el impuesto no será aplicable cuando se trate deun inmueble construido o en parte por una empresa para su uso dentro delgiro del negocio”.

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3. Otros Hechos Gravados Especiales

3.1. Promesas de Ventas y Leasing sobre Inmuebles del Giro de unaEmpresa Constructora

En la letra l) de este Art. 8°, se incluyen como hechos gravados las prome-sas de venta de bienes corporales inmuebles de propiedad de una empresaconstructora, y los contratos de arriendo con opción de compra que celebrenestas empresas, en ambos casos respecto de inmuebles de su giro. Por otraparte, se dispone que para los efectos de la aplicación de la Ley, los contratosde arriendo con opción de compra se asimilarán en todo a las promesas deventas, es decir, por ejemplo, el impuesto se devengará también en cada pago.

3.2. Venta de Sitios sin Urbanizar

No queda afecta por constituir hecho gravado del I.V.A. en el caso quese venda sitios urbanizados. Desde el 1° de octubre de 1987 habría quedistinguir si dicha urbanización se hace por cuenta propia o a través de untercero. En el primer caso, la venta queda afecta al impuesto sobre la baseimponible, que resulte una vez deducido el valor actualizado del terreno.Obviamente que el urbanizador particular también quedaría afecto por cuanto,como se expresó en párrafos anteriores, en este caso existiría habitualidadpues no se estaría efectuando este tipo de obras para su uso, por lo que elánimo de hacerlo sería la venta. Cuando el sitio vendido ha sido urbanizadoa través de un tercero, es el contrato de construcción de la urbanización elgravado. Si el loteador es una inmobiliaria, debe soportar el I.V.A. por elcontrato de construcción y la venta del terreno urbanizado que haga no esta-rá afecta.

Cabe precisar que la urbanización, para los efectos de la procedenciadel gravamen, constituye también la construcción de un bien corporal in-mueble.

3.3. Arrendamiento de Bienes Corporales Muebles

El arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquiera otra formade cesión del uso o goce temporal de bienes corporales muebles, se encuen-tran afectos al I.V.A., según la letra g) del Art. 8°.

Dentro del hecho gravado en estudio deben entenderse incluidos el arren-damiento, subarrendamiento, etc., de vehículos, maquinarias, animales y, engeneral, de toda clase de bienes corporales muebles, no importando la cali-dad de las personas que efectúen la operación ni el objeto a que se destineel bien. Es así como se devenga el impuesto por el arrendamiento de unamáquina agrícola o de un bien de activo inmovilizado de una empresa, o elde un mueble pactado entre particulares.

Por otra parte, el hecho gravado se configura aunque la venta de los bienescorporales muebles que se den en arrendamiento, subarrendamiento, etc., estéexenta del impuesto, como ocurre con los vehículos motorizados usados.

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3.4. Arrendamiento de Bienes Corporales Inmuebles.

El arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquiera otra formade cesión del uso o goce temporal de ciertos inmuebles se encuentran grava-do en la letra g) del Art. en comento.

La Ley grava con el I.V.A., el arrendamiento, subarrendamiento, etc., debienes inmuebles que se encuentran en las siguientes circunstancias:

a. Que sean bienes inmuebles, amoblados.

b. Que sean bienes inmuebles con instalaciones o maquinarias quepermitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial yde todo tipo de establecimiento de comercio.

Debemos aclarar que los inmuebles gravados con el impuesto, son loscalificados como no agrícolas por la Ley sobre Impuesto Territorial.

Se entiende que los inmuebles se encuentran amoblados cuando seentregan para su uso guarnecidos con los muebles y menajes apropiados yen cantidad suficiente para ser habilitados.

Para determinar el Impuesto a los Servicios, el Art. 17° de la Ley permiterebajar de la renta del arrendamiento una cantidad equivalente al 11% anualdel avalúo fiscal o la cantidad proporcional que corresponde al periodo si esdistinta de un año. Solo cabe esta rebaja respecto del contrato de arrenda-miento y no de las otras formas de cesión o uso temporal.

Respecto del arrendamiento, subarrendamiento, etc., de inmuebles coninstalaciones que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o in-dustrial y todo tipo de establecimientos de comercio, también forman partedel hecho gravado de la letra g) del Art. 8°.

Al igual que en el caso de los inmuebles amoblados se puede, tratándo-se de arrendamiento, rebajar el 11% del avalúo fiscal vigente o la propor-ción que corresponda, de la renta de arrendamiento, para los efectos decalcular el Impuesto a los Servicios. No da derecho a esta rebaja elsubarrendamiento u otra forma de cesión o uso temporal de bienes inmuebles.

Respecto de los establecimientos de comercio, cualquiera que sea lanaturaleza o giro de ellos y la forma de cesión o uso temporal, están afecta-dos por el impuesto en estudio.

3.5. Arrendamientos de Marcas, Patentes de Invención, Procedi-mientos o Fórmulas Industriales

El arrendamiento, subarrendamiento, o cualquiera otra forma de cesióndel uso o goce temporal de marcas, patentes de invención, procedimientos ofórmulas industriales u otras prestaciones similares, están gravadas con elIVA. Según la letra h) del Art. 8°.

El arrendador, subarrendador, o cedente de las marcas, patentes, proce-dimientos y fórmulas deberá enterar el IVA sobre el monto de las remunera-ciones que perciba por los conceptos señalados.

Entre las prestaciones similares de que habla la letra h) debemos enten-der incluida la cesión del uso temporal de un nombre comercial.

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3.6. Estacionamiento de Automóviles y Otros Vehículos

El estacionamiento de automóviles y otros vehículos en playas de esta-cionamiento u otros lugares destinados a dicho fin, esta gravado con el IVA,según la letra i) del Art. 8°.

La disposición mencionada grava con el IVA. los ingresos derivados dela explotación de lugares de estacionamientos pagados de automóviles uotros vehículos ajenos, en los siguientes inmuebles.

a) Terrenos sin construcción o con construcciones ligeras, adecuadasa la explotación.

b) Edificios especialmente construidos para dicho fin.Están afectos al impuesto, las sumas que los usuarios paguen por el

estacionamiento, comprenda o no el derecho a ocupar un espacio determi-nado en la playa o en boxes, no importando la forma de pago (mensual,quincenal o diario) ni la calidad de la persona que explote la playa (dueño,arrendatario o subarrendatario).

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SegunSEGUNDO CAPÍTULO: Devengamiento del impuesto al valor agregado

1. Introducción

De acuerdo con la definición del diccionario de la Real Academia, “de-vengar”, significa “adquirir derechos a alguna percepción o retribución porrazón de trabajo, servicio u otro título”.

Devengar un impuesto sería, entonces, adquirir derechos del fisco, unaretribución monetaria en virtud de ocurrir la circunstancia prevista en laLey para que alguna persona se convierta en sujeto pasivo de la obligacióntributaria.

En la práctica se devenga el impuesto cuando ocurre el hecho gravadopor la Ley y nace la obligación tributaria.

Debe distinguirse entre el devengamiento del Impuesto y el derecho deexigir el pago, ya que las leyes impositivas, generalmente fijan un plazo den-tro del cual debe solucionarse la obligación y mientras este plazo no se cum-pla se suspende la exigibilidad del pago, aunque se haya devengado el Im-puesto.

2. Devengamiento del Impuesto al Valor Agregado

En general, cuando concurren los requisitos o elementos del hecho gra-vado nace la obligación tributaria, no obstante, respecto del I.V.A., debenconcurrir, además, los requisitos que exige la letra a) del Art. 9° de la Ley, queanalizaremos a continuación.

3. Regla General sobre Devengo del Impuesto

La regla general sobre devengamiento del impuesto se encuentra conte-nida en la letra a) del Art. 9° de la Ley y Art. 15° del Reglamento, que alrespecto dice: “En la venta de bienes corporales muebles y prestaciones deservicios gravados con el impuesto al valor agregado, el tributo se devengaen la fecha de emisión de la factura o boleta”.

“Si se trata de ventas, en caso que la entrega sea anterior a la emisión deldocumento o cuando por la naturaleza del acto que da origen a la transfe-rencia no correspondiere emitirlo, el impuesto se devengará en la fecha dela entrega real o simbólica de las especies”.

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“En las prestaciones de servicios, cuando la percepción del ingresofuere anterior a la emisión de la factura o boleta, o no correspondiere emitirestos documentos, el impuesto se devengará en la fecha en que la remune-ración se perciba o se ponga, en cualquier forma, a disposición del prestadordel servicio”.

Para una mejor comprensión de la norma antes transcrita, analizaremosel concepto de entrega.

4. Concepto de Entrega

Por entrega, según el diccionario de la Real Academia, se entiende elacto por el cual se pone en manos o en poder de otro una persona o cosa.

El Art. 17° del Reglamento, por su parte, interpretando lo dispuesto en laletra a) del Art. 9° de la Ley, precisa los siguientes conceptos:

4.1. Entrega Real

Es aquella en que el vendedor permite al adquirente la aprehensiónmaterial de dicha especie:

4.2. Entrega Simbólica

Es la que se realiza, entre otros, en los siguientes casos:

a. Cuando el vendedor entrega al adquirente las llaves del lugar en que seencuentra la cosa.

b. Cuando el vendedor transfiere un bien corporal mueble al que lo poseepor cualquier título no traslaticio de dominio.

c. Cuando el vendedor enajena un bien corporal mueble conservando, noobstante, su posesión.

d. Cuando los bienes corporales se encuentren a disposición del compra-dor y este no los retira por su propia voluntad.

4.3. Entrega en Consignación

El Reglamento en su Art. 16° dispone que “en las entregas de mercade-rías en consignación que efectúe un vendedor a otro, no se devenga elimpuesto al valor agregado mientras el consignatario no venda las especiesafectas a este tributo”.

La solución adoptada por el Art. 16 del Reglamento concuerda con elcarácter condicional que tiene esta modalidad de venta, cuyo perfecciona-miento definitivo queda supeditado a que el consignatario venda las merca-derías recibidas en consignación.

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5. Devengamiento del Impuesto en las Importaciones

En las importaciones, el impuesto se devenga al momento de consumar-se legalmente la operación o al tramitarse totalmente la importación condi-cional.

Se entiende legalmente consumada una importación, cuando habiéndo-se cumplido los trámites establecidos por la Ley, las mercaderías quedan adisposición del interesado para su libre circulación dentro del territorionacional.

En atención a que el último trámite es el retiro de las mercaderías de laaduana, es esta la oportunidad en que se devenga el impuesto; no autorizan-do la aduana el retiro de los bienes mientras no se acredite la cancelacióndel IVA causado por la importación.

6. Devengamiento del Impuesto en los Retiros de Mercaderías

La letra c) del Art. 9° de la Ley, establece que el Impuesto al Valor Agre-gado se devenga en el momento del retiro del bien respectivo.

Por su parte el Art., 20° del Reglamento, reitera esta norma expresandoque en el momento mismo del retiro se devenga el Impuesto y debe efectuar-se la contabilización correspondiente, aun de los retiros que versen sobre:

a) Bienes Corporales Muebles, destinados a rifas y sorteos, aun a títulogratuito, sean o no de su giro, efectuados con fines promocionales ode propaganda por vendedores afectos al IVA.

b) Bienes Corporales Muebles, entregados o distribuidos gratuitamen-te, sean de su giro o no, que los vendedores hagan con finespromocionales o de propaganda.

7. Devengo del Impuesto en los Intereses o Reajustes por Saldos de Precios

De acuerdo con lo dispuesto en la letra d) del art. 9° de la ley, losintereses o reajustes por saldos insolutos en las ventas a plazo, devengarán elImpuesto al Valor Agregado, a medida que el monto de dichos reajustes ointereses sean exigibles, o a la fecha de su percepción si esta fuere anterior.

El art. 18° del Reglamento agrega que se considera que los reajustes ointereses son exigibles al vencimiento de la respectiva cuota, letra u otrodocumento que los contenga en todo o en parte.

En todo contrato o convención en que el total del precio o valor, o partede él se pague a plazo, debe indicarse separadamente lo que corresponde aprecio y a intereses pactados por saldos insolutos; en su defecto se entenderáque cada una de las cuotas comprende parte del precio y los intereses pro-porcionales.

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8. Devengamiento de Impuesto de los Servicios Periódicos

La letra e) del art. 9° de la ley, dispone que en las prestaciones de servi-cios periódicos el Impuesto al valor Agregado se devenga al término de cadaperiodo fijado para el precio. No obstante, si con anterioridad a dicho térmi-no se hubiere emitido la respectiva boleta o factura o se hubiere percibido opuesto a disposición del prestador del servicio la remuneración correspon-diente, se aplica la regla general, analizada precedentemente.

Las normas sobre devengamiento del IVA, comentadas precedentemen-te, no son aplicables a cierto servicios periódicos domiciliarios expresamen-te nominados por la ley, cuya situación se analiza a continuación:

8.1. Suministros y Servicios Domiciliarios Periódicos

En los siguientes suministros y servicios domiciliarios periódicos men-suales el I.V.A. se devenga al término de cada periodo fijado para el pago delprecio, independiente del hecho de su cancelación:

a) Gas combustible.

b) Energía eléctrica.

c) Servicios telefónicos.

d) Agua potable.

e) Servicios de alcantarillado, cuando emplean el procedimiento decobranza establecido para los suministros y servicios domiciliariosreferidos en las letras anteriores.

9. Devengamiento del Impuesto en los Contratos de Confección deEspecialidades y Contratos Generales de Construcción

En la letra f) del art. 9° agregada por el artículo 1° de la ley número18.630, respecto de la actividad de la construcción se establece que en loscontratos de instalación o confección de especialidades, en los contratosgenerales de construcción, en las ventas y en las promesas de ventas, elimpuesto se devenga al momento de emitirse la o las facturas.

En la circular número 26 de 05 de agosto de 1987, el S.I.I. ha establecidoque esta norma debe relacionarse con la modificación introducida al artícu-lo 55 de la ley, agregado de un inciso segundo, por lo cual se establece queen el caso de los contratos señalados, la factura deberá emitirse en el mo-mento en que se perciba el pago del precio del contrato, o parte de este.

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10. Sujeto del Impuesto

10.1. Regla General sobre Sujeto Pasivo del Impuesto

Contenida en el Art. 10 de la Ley, que señala como tales al vendedor, seaque celebre una convención definida como venta o que se equipare a venta,y al prestador de servicios que realice operaciones definidas como servicioso que la Ley equipare a tales.

De acuerdo a lo anterior, el sujeto pasivo del Impuesto en el caso deventas, es el vendedor o tradente; y en las prestaciones de servicios la perso-na que realiza la prestación respectiva.

En relación con esta materia el artículo 21 del Reglamento atribuye lacalidad de sujeto del impuesto a las siguientes personas:

a. Vendedores que efectúen ventas de bienes corporales muebles de supropia producción o adquiridos de terceros;

b. Vendedores que realicen operaciones que la Ley equipare a venta;

c. Prestadores de servicios, por las prestaciones de servicios que reali-cen y por las operaciones que se equiparen a servicios.

Las personas enumeradas tienen la calidad de sujeto del impuesto, cual-quiera que sea la posición que ocupen en el circuito económico de produc-ción y distribución de bienes: Fabricante, importador, comerciante mayoristao minorista, ya se trate de una empresa individual, social o de una simplecomunidad.

No es necesario que la actividad del contribuyente sea de carácter mer-cantil. Por ello son sujetos del I.V.A. las congregaciones religiosas, centros demadres, otras organizaciones comunitarias, y en general, cualquiera entidadque teniendo o no fines de lucro, se dedique, habitualmente a la cualquieraque sea la oportunidad en que se efectúe dicho pago. Sin embargo, en elcaso de la venta de bienes corporales inmuebles, la factura definitiva por eltotal o el saldo por pagar, deberá emitirse en la fecha de la suscripción de laescritura de venta correspondiente. Cabe hacer presente que el Art. 75 delCódigo Tributario, modificado por la misma Ley 18.630, obliga a los Nota-rios y demás ministros de fe a dejar constancia del pago de este tributo en los

La obligación tributaria, como toda obligación, es vínculo jurídico envirtud del cual una persona denominada “deudor” del Impuesto, se en-cuentra en la necesidad de dar, hacer o no hacer algo a favor de otrapersona denominada “acreedor”, generalmente el Estado u otro ente dederecho público.

La principal obligación en la que se encuentra el sujeto pasivo es la dedar o entregar al Estado una suma determinada de dinero; pero puedetambién tener otras que consistan en hacer o no hacer una cosa; son lasllamadas obligaciones accesorias, como las de inscribirse en roles, pre-sentar declaraciones, llevar contabilidad, no entrabar la fiscalización delServicio de Impuestos Internos, etc.

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documentos que den cuenta de una convención afecta; si no se acredita elpago del referido impuesto, no podrán entregarlos a los interesados ni otor-gar copias de ellos. En el caso de las ventas o promesas de ventas de bienescorporales inmuebles el cumplimiento de esta obligación se entenderá satis-fecha dejando constancia del número y fecha de la o las facturas correspon-dientes, así lo establece el Art. 73º de la Ley.

Cabe destacar que pueden tener la calidad de sujetos pasivos del Im-puesto al Valor Agregado, el Fisco y otras personas jurídicas de derecho pú-blico, como las Municipalidades, Universidades e Instituciones y empresasfiscales de administración autónoma.

10.2. Aplicación de la Regla General a Casos Especiales

El Artículo 11 de la Ley señala el sujeto pasivo del impuesto en algunasoperaciones que el Artículo 8º equipara a venta o servicio. A estos casos y alas situaciones contempladas en el Artículo 18 de la Ley y 22 del Reglamen-to, nos referiremos a continuación:

a. Sujeto del I.V.A. en las Importaciones. La letra a) del Artículo 11 con-sidera como sujeto del impuesto al importador, habitual o no; es decir, ala persona que introduce legalmente mercaderías extranjeras para su usoo consumo en el país.

b. Sujeto del Impuesto en las Ventas Realizadas por Personas sin Residen-cia en Chile. La letra b) del Artículo 11º considera como sujeto del im-puesto al comprador o adquiriente, cuando el vendedor o tradente notenga residencia en Chile.

Cabe destacar que la Ley hace mención a la falta de residencia en Chiley no a la de domicilio en el país; en consecuencia, si el vendedor seencuentra residiendo en el extranjero, aunque conserve domicilio enChile al momento de la venta, la responsabilidad del pago del impuestorecae sobre el comprador.

c. Sujeto del I.V.A. en las Adjudicaciones. De acuerdo a lo establecido en laletra c) del Artículo llº, el sujeto del impuesto en las adjudicaciones debienes corporales muebles de su giro realizadas en liquidaciones de so-ciedades y comunidades, será la respectiva sociedad o comunidad, aun-que cada socio o comunero será solidariamente responsable del pagodel tributo por la cuota que se le haya adjudicado.

d. Sujeto del impuesto en los Aportes. La letra d) del Artículo 11º estableceque el sujeto del tributo en los aportes a sociedades, es el aportante quetenga la calidad de vendedor de bienes corporales muebles.

Debe recordarse que de acuerdo con la letra b) del Artículo 8º, los apor-tes que se produzcan con ocasión de la constitución, ampliación o mo-dificación de sociedades, deben consistir en bienes corporales muebles.

e. Sujeto del I.V.A. en los Servicios Prestados por Personas no Residentesen Chile. La letra e) del Artículo llº en comento, otorga la calidad de

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sujeto pasivo del impuesto al beneficiario del servicio cuando la personaque realiza la prestación residiere en el exterior.

f. Sujeto del I.V.A. en los contratos de Instalación o Confección de Especia-lidades y Contratos Generales de Construcción. La letra f) del Artículollº, agregada el Art. 1º de la Ley 18.630, establece que el sujeto del im-puesto en el caso de los contratos de instalación o confección de espe-cialidades y los contratos generales de construcción, son los contratistaso subcontratistas.

g. Sujeto del I.V.A. cuando existan Transferencias Recíprocas de Dominio.De acuerdo con el Art. 18º de la Ley, en los casos de permutas u otrasconvenciones en que las partes se obliguen a transferirse recíprocamen-te el dominio de bienes corporales muebles, cada parte tiene la calidadde sujeto pasivo del impuesto, respecto de los bienes que transfiere.

Es Importante destacar que cada parte responde exclusivamente del im-puesto que corresponda al valor de las especies que transfiere.

h. Sujeto del I.V.A. en Operaciones realizadas por Comisionistas y otros.El Artículo 22º del Reglamento establece que los comisionistas,consignatarios, martilleros, en general, toda persona que compre o ven-da habitualmente bienes corporales muebles por cuenta de terceros ven-dedores, son sujetos del Impuesto al Valor Agregado por el monto de sucomisión, o remuneración, siendo responsables del impuesto por el montototal de la venta, sus mandantes.

10.3. Cambios del Sujeto Pasivo del Impuesto

No obstante, las normas sobre sujeto del Impuesto analizados preceden-temente, el Artículo 3º, inciso 3º, de la Ley, faculta al S.I.I. para cambiar alsujeto pasivo del impuesto, trasladando la obligación de su pago al compra-dor o beneficiario del servicio.

La Facultad referida es entregada al Servicio de Impuestos Internos paraque resuelva a su juicio exclusivo el cambio de sujeto del impuesto, razónpor la cual la resolución que lo ordene no es susceptible, administrativa ojudicialmente, de reclamo ni recurso alguno en su contra.

Asimismo el inciso 4º, del mismo Artículo, autoriza a la Dirección delS.I.I. para imponer a determinados vendedores y prestadores de servicios laobligación de aplicar y retener, además de su propio impuesto, el I.V.A. quelos respectivos adquirentes o prestatarios deban recargar por las ventas oservicios que efectúen o presten a terceros.

Una vez notificada la resolución, la relación jurídica emanada de la obli-gación tributaria se traba entre el Estado, como sujeto activo, y el adquirenteo beneficiario del Servicio, como sujeto pasivo, sin que intervenga en ella eltradente o prestador, con lo cual, devengado que sea el impuesto, el únicoobligado a su pago es el adquirente o beneficiario del servicio, el que debecumplir además las obligaciones accesorias que le impone la Ley.

Por último, el inciso final del Artículo 3º, en comento, faculta a la Direc-ción del S.I.I. para que a su juicio exclusivo imponga a los vendedores o

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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prestadores de servicios exentos, la obligación de retener, declarar y pagar eltributo que corresponda a los adquirentes afectos o a determinadas personasque importen desde los recintos de Zonas Francas.

11. Territorialidad del Impuesto

La territorialidad del Impuesto del Decreto Ley Nº825 de 1974 tienecomo objetivo fijar el ámbito de aplicación del tributo, ya se trate de Ventas,Servicios, o de otros Impuestos especiales contenidos en el Título III del cuer-po legal.

Para una mejor comprensión de esta materia analizaremos por separadolo relacionado con los dos primeros.

11.1.Territorialidad del Impuesto a las Ventas de Bienes CorporalesMuebles

La territorialidad del impuesto a las ventas de bienes corporales mueblesla encontramos en el Artículo 4º de la Ley, cuando señala que: “Estarán gra-vadas con el impuesto de esta ley las ventas de bienes corporales muebles einmuebles ubicados en el territorio nacional, independientemente del lugaren que se celebre la convención respectiva”.

Del precepto legal transcrito se desprende que para el devengo del tri-buto, no interesa el lugar en que se perfeccione el contrato, que puede serincluso en el exterior, sino que se atiene al hecho de que los bienes corpora-les muebles o inmuebles objeto de la convención se encuentren situados enChile, toda vez que por este solo hecho se presume que la entrega debeefectuarse dentro del territorio nacional.

En el inciso 2º del Art. en estudio, se establece una presunción legal envirtud de la cual los bienes se entenderán ubicados en territorio nacional,aun cuando al tiempo de celebrarse la convención se encuentren transitoria-mente fuera del país, en aquellos casos en que la inscripción, matrícula,patente o padrón hayan sido otorgados en Chile.

La disposición citada configura un claro caso de aplicación extra-territo-rial del impuesto ya que ello hace aplicable los tributos del Decreto Ley 825a las ventas de bienes ubicados materialmente fuera del territorio nacional,incluso en el evento de que el contrato se celebre en el extranjero.

Por último deben considerarse ubicados dentro del territorio nacional,según lo establece el inciso final del Art. en comento, “los bienes corporalesmuebles o inmuebles adquiridos por una persona que no tenga el carácter devendedor o de prestador de servicios, cuando a la fecha en que se celebre elcontrato de compraventa, los respectivos bienes ya se encuentran embarca-dos en el país de procedencia”.

En relación con este inciso, el Reglamento en su Art. 7º establece que “seentenderá que el adquiriente de bienes ya embarcados en el país de proce-dencia tiene el carácter de vendedor o de prestador de servicios respecto delas especies que digan relación directa con su giro”.

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11.2. Territorialidad del Impuesto en las Prestaciones de Servicios

La territorialidad del impuesto a los servicios se encuentra establecidaen el Art. 5º de la Ley, al establecer que: “El impuesto establecido en esta leygravará los servicios prestados o utilizados en el territorio nacional, sea quela remuneración correspondiente se pague o perciba en Chile o en el extran-jero”.

La disposición anterior, además de delimitar el ámbito territorial delimpuesto, concurre a precisar la objetividad gravada ya que, de acuerdo a sutenor, la procedencia del tributo aparece condicionada a que el servicio sepreste o utilice en territorio nacional.

Por consiguiente, bastará que concurra cualquiera de las dos circunstan-cias anteriores para que se cumpla el requisito en estudio, es decir, habrálugar a la aplicación del Impuesto al Valor Agregado tanto respecto de losservicios prestados en territorio nacional, aunque su utilización se verifiqueen el extranjero, como respecto de los servicios utilizados en Chile aunquesean prestados desde fuera del territorio nacional.

De lo anterior se desprende que carece de importancia el lugar donde sepague o perciba la remuneración para que se configure el hecho gravado. Deeste modo, cumpliéndose las exigencias anteriores, se adeudará el tributoaun cuando el pago o percepción de la remuneración tenga lugar en el ex-tranjero.

El inciso 2º del Art. 5º, en análisis, agrega que “Se entenderá que elservicio es prestado en el territorio nacional, cuando la actividad que generael servicio es desarrollada en Chile, independientemente del lugar dondeéste se utilice”.

Debe entenderse que la actividad generadora del servicio es desarrolla-da en Chile cuando se ejecuta en el país cualquier acto, se celebre un contra-to o se produce un bien destinado a prestar el servicio, aunque en definitivala prestación se utilice fuera de Chile.

De esta manera, un video tape grabado en el país y arrendado para serexhibido en el extranjero, se considera que este servicio ha sido prestado enChile y, en consecuencia, las rentas de su arrendamiento quedan afectas altributo aun cuando se paguen en el exterior. La prestación propiamente tal esel arriendo de la mencionada grabación. Sin embargo, la actividad genera-dora del Servicio, la realización del video tape, se ha desarrollado en Chile.

Por último, es importante señalar que de la lectura del inciso 1º de losArts. 4º y 5º de la Ley se infiere que la territorialidad podrá ser otro de losrequisitos o elementos del hecho gravado, tanto de “ventas” como de “servi-cios”, toda vez que de ello se desprende que los bienes corporales mueblesobjeto de la convención, y los servicios prestados deben encontrarse o utili-zarse, según el caso, dentro del territorio nacional.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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12. Base Imponible del I.V.A.

12.1. Regla General

La regla general sobre Base Imponible de Ventas y Servicios se encuentraestablecida en el inciso 1º del Art. 15º el que establece que ella estará cons-tituida, salvo disposición en contrario a la presente Ley, por el valor de lasoperaciones respectivas.

El reglamento en su Art. 26º, inciso 1º, reitera esta regla, estableciendo que“la base imponible del I.V.A. estará constituida por el precio de venta de losbienes corporales muebles transferidos o el valor de los servicios prestados”.

No forman parte de la Base Imponible, según los incisos final del Art. 15ºde la Ley y 2º del Reglamento, el I.V.A. que grave la misma operación. Porconsiguiente, la tasa del I.V.A. debe ser aplicada sobre el valor neto de losrespectivos bienes o servicios.

Finalmente, cabe tener presente que lo dicho sobre esta materia es apli-cable a todas las operaciones gravadas con I.V.A., vale decir, no sólo a lasventas y Servicios propiamente tales, sino también a las operaciones que elArt. 8º equipare a ventas o servicios, sin más excepción que las contempla-das en el Art. 16º de este mismo D.L. y que analizaremos más adelante.

Bonificaciones y Descuentos a los Compradores. El inciso 1º del Art. 26ºdel Reglamento establece en relación con el Art. 15º de la Ley, que no for-man parte de la base imponible “las bonificaciones y descuentos coetáneoscon la facturación”.

Si estas bonificaciones y descuentos son otorgados con posterioridad a lafacturación, ellos deben deducirse del débito fiscal mensual del período enque se materialicen, debiendo, el contribuyente, extender una Nota de Créditoen la que muestre separadamente el monto del I.V.A correspondiente.

Gastos de Financiamiento de Operaciones a Plazo. Forman parte de labase imponible del I.V.A. según el Nº1 del Art. 15. “El monto de los reajustes,intereses y gastos de financiamiento de la operación a plazo, incluyendo losintereses moratorios, que se hubieren hecho exigibles o percibidos anticipa-damente en el periodo tributario”.

Por su parte, el reglamento en su Art. 27º precisa la tributación que afec-ta a los rubros señalados por el Nº1 del Art. 15º de la Ley.

Reajustes de Precio. En el Nº1 del Art. 27º se establece que forman partede la Base imponible del I.V.A. los reajustes de todo tipo, convenidos por laspartes, sea que hayan sido pactados al momento de celebrarse la convencióngravada o con posterioridad a ella.

En todo caso deberá excluirse el monto de los reajustes de valores que yapagaron el impuesto al valor agregado, en la parte que corresponda a lavariación de la unidad de fomento determinada por el período respectivo dela operación a plazo. Cabe precisar que esta norma debe aplicarse conside-rando los reajustes e intereses que se devenguen en el período por las opera-ciones a plazo, debiéndose dejar clara constancia del cálculo y de las unida-des de fomento consideradas en el documento que deba emitirse por la dife-rencia de impuestos a cobrar o por la compensación que se produzca.

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El impuesto que afecta a estos reajustes se devenga a medida que sumonto sea exigible en la fecha de su percepción, si ésta fuere primero.

Intereses. El Nº2 del Art. 27 dispone que forman parte de la BaseImponible los intereses provenientes de las operaciones a plazo, cualquieraque sea su naturaleza, incluyéndose en ellos los moratorios, es decir, aque-llos que se devengan con motivo del pago no oportuno de la totalidad oparte del precio. En todo caso se exceptúa de la aplicación del I.V.A. al mon-to de los reajustes que no excedan a la variación de la U.F. Igual que en elcaso de los reajustes, el I.V.A. que afecte a los intereses se devenga a medidaque su monto sea exigible o a la fecha de su percepción si esta última fuereanterior.

Gastos de Financiamiento. El Nº3 del Art. 27 del Reglamento reiterandola norma contenida en la Ley, establece en una enumeración simplementeenunciativa que forman parte del precio los gastos de financiamiento de lasoperaciones, tales como comisiones e intereses pagados a bancos, gastos denotaría y de inscripción de contratos de prenda en registros públicos.

Situación de los Envases y Depósitos para Garantizar, su Devolución.Según los Arts. 15º, Nº2 de la Ley y 28 del Reglamento, forman parte de laBase Imponible del I.V.A. el valor de los envases de las especies transferidas,como también los depósitos constituidos para garantizar su devolución.

El inciso 2º del Nº2 del Art. 15 de la Ley, agrega que el S.I.I. podrá auto-rizar, en casos calificados, la exclusión de tales depósitos del valor afecto alimpuesto.

El S.I.I. en Circular Nº95, de 1975, impartió al respecto las siguientesinstrucciones:

12.2. Base Imponible en Casos Especiales

12.2.1. Regla General

La regla especial para determinar la Base Imponible del I.V.A. se encuen-tra establecida en el Art. 16º de la Ley, como es el caso de las importacionesy otras operaciones afectas a dicho tributo.

Dicha regla especial debe entenderse y aplicarse sin perjuicio de lo dis-puesto en el Art. 15, analizado precedentemente.

El Art. 32 del Reglamento establece que las bases imponibles señaladasen el Art. 16º de la Ley deben considerarse aumentadas, cuando fuere proce-dente, con los rubros enumerados en el Art. 15º del texto legal.

a. Base Imponible de las Importaciones. Según la letra a) del art. 16 com-plementado por el inciso 1º del Art. 31º del Reglamento, la base imponibleen las importaciones está constituida por el valor aduanero de los bienesque se importen, o en su defecto, por el valor C.I.F. de los mismos bie-nes, adicionándose los gravámenes aduaneros que se causen en la mis-

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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ma importación aunque su pago se encuentre diferido conforme a lasnormas legales vigentes.

El inciso 3º del Art. 31º del Reglamento establecido que el Servicio deAduana debe indicar en los documentos de importación la suma delvalor aduanero y los gravámenes aduaneros correspondientes que servi-rán para determinar la Base Imponible del I.V.A. para cuyo efecto seempleará un timbre especial que contenga las menciones relativas a labase imponible, tasa, impuesto determinado y nombre completo y firmadel funcionario responsable.

b. Base Imponible en los Retiros de Bienes Corporales Muebles. La letra b)del Art. 16º establece que la Base Imponible en estos casos es el valorque el propio contribuyente tenga asignado a los bienes o el valor quelos mismos tuvieren en plaza si este último fuere superior, según lo deter-mine el S.I.I. a juicio exclusivo.

c. La norma anterior se aplica a los siguientes retiros de bienes corporalesmuebles:

i. Los efectuados por un vendedor o por el dueño, socio, director oempleados de la empresa para su uso o consumo personal o de sufamilia;

ii. Los destinados a servir de premios en rifas o sorteos, aun a títulogratuito, efectuados con fines promocionales o de propaganda porvendedores afectos al I.V.A.; y

iii. Los que versen sobre especies destinadas a ser distribuidas gratuita-mente con iguales fines de promoción o propaganda.

d. Base Imponible en los Contratos de Instalación o confección de Espe-cialidades. La letra c) del Art. 16º establece que en los contratos de ins-talación o confección de especialidades, el impuesto debe aplicarse so-bre el valor total del contrato, incluyendo los materiales.

Esta base imponible se entenderá aumentada, cuando corresponda, conel valor de los fletes, reajustes, intereses, gastos de financiamiento y de-más rubros señalados en el Art. 15º de conformidad con las normas esta-blecidas en el Art. 26º del Reglamento.

Establece que la Base Imponible en la venta de establecimientos de co-mercio está constituida por el valor de los bienes corporales mueblescomprendidos en la venta, sin que sea admisible deducir de dicho valorel monto de las deudas que pueden afectar a dichos bienes.

Si la venta de los establecimientos de comercio y en general, la de cual-quier universalidad se hiciere por suma alzada, el S.I.I. procederá a tasar,para los efectos del impuesto, el valor de los diferentes bienes corporalesmuebles del giro comprendidos en la venta.

e. Base Imponible en las Ventas y Servicios Prestados en Hoteles, Restau-rantes, Bares, etc. La letra e) del Art. 16º establece que la Base Imponiblerespecto de las prestaciones de servicios y productos vendidos o transfe-ridos en hoteles, residenciales, hosterías, casas de pensión, restaurantes,

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clubes sociales, fuentes de soda, salones de té y café, bares, tabernas,cantinas, boites, cabarets, discoteques, drive-in, y otros negocios simila-res, será el valor total de las ventas y servicios, y demás prestaciones queefectúen.

f. Base Imponible en los Servicios prestados en Peluquería y Salones deBelleza. La base imponible en estos establecimientos está formada por elvalor de la prestación efectuada, incluido el de los materiales emplea-dos.

La letra f) del Art. 16º dispone, sin embargo, que no formará parte de laBase Imponible el porcentaje adicional establecido en el Art. 6º de laLey Nº9.613, de 7 de julio de 1950 y sus modificaciones posteriores.Esta norma dejó de tener aplicación a contar del 1º de septiembre de1981, en virtud de la Ley Nº18.018, publicada el 14 de agosto de 1981,que en su Art. 2º, letra d), derogó la mencionada Ley Nº9.613.

g. Base Imponible en los Aportes y otras Transferencias, Retiros y Ventasde Establecimientos de Comercio que comprendan Bienes CorporalesInmuebles del Giro de una Empresa Constructora. La base imponible deestas operaciones, individualizadas en la letra k) del Art. 8º, se determinade acuerdo a las normas generales del Art. 15º y las especiales del Art.16º, en lo que sean procedentes (Circ. Nº26, de 1987).

e. Base Imponible en las Adjudicaciones de Bienes Corporales Inmueblesdel Giro, en la liquidación de sociedades que sean empresas construc-toras. La base imponible en las adjudicaciones a que se refiere la letra c)del Art. 8º, de bienes corporales inmuebles construidos total o parcial-mente por una sociedad, comunidad o cooperativa que se disuelve, seráel valor de los bienes adjudicados que en la que en ningún caso podráser inferior al avalúo fiscal de la construcción (misma Circular Nº26).

El arrendamiento de inmuebles amoblados, inmuebles con instalacioneso maquinarias, se encuentra gravado según la letra g) del artículo 8º.

Sin embargo, el Art. 17º de la Ley, para los efectos de aplicar la BaseImponible, autoriza rebajar de la renta de arrendamiento de los inmueblesy de los establecimientos de comercio a que se refiere la norma anterior,una cantidad equivalente a 11% anual del avalúo fiscal vigente del in-mueble propiamente tal, o la proporción correspondiente si el arrenda-miento fuere parcial o por periodos distintos de un año.

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Actividades de Aprendizaje

1. ¿Cuáles son los elementos que el S.I.I. debe tomar en cuenta para losefectos de calificar la habitualidad?

2. En el estacionamiento de automóviles y otros vehículos, ¿qué es lo quegrava con el I.V.A. la letra i) del Art. Nº8?

3. Dé un concepto de devengamiento del impuesto.

4. ¿Qué condición debe cumplirse para que la aduana autorice el retiro delas mercaderías importadas?

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TercerTERCER CAPÍTULO: Débito fiscal y Crédito fiscal

1. IVA Débito Fiscal (Art. 20)

Constituye Débito Fiscal, la suma de los impuestos recargados en lasVentas y Servicios efectuados en el período tributario respectivo.

1.1. Determinación del Débito Fiscal Mensual.

• Ventas:

a) En las Facturas: Se determina sumando el total del impuesto recargado,separadamente, en las operaciones afectas en el período tributario res-pectivo, VN x 0,19 = IVA.

b) En las Boletas: Se determina dividiendo por 1,19 el total de las Ventas y/o servicios afectos realizados en el periodo tributario respectivo, se ob-tiene el valor neto y por diferencia (VB – VN) se obtiene el Impuesto.

c) Ventas Inferiores: Son operaciones sin Boletas por ser inferiores al mínimode $ 190 en el cual el S.I.I. exige que se haga la última boleta del día.

1.1.1. Deducir Impuesto de:

- Notas de Crédito emitidas por bonificaciones y descuentos otorgados.

- Notas de Crédito emitidas por devoluciones de venta y/o serviciosresciliados.

- Notas de Crédito emitidas por devolución de envases por parte de loscompradores.El Débito Fiscal se debe disminuir con aquellas partidas respecto de las

cuales el vendedor o prestador de servicios haya emitido Notas de Crédito yque se encuentran afectas a impuesto.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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1.1.2. Agregar Impuesto de:

- Notas de Débito emitidas por reajustes e intereses por mayor plazo.

- Notas de Débito emitidas por diferencias de facturación indebidas de unDébito Fiscal inferior.

- Si se emitió boleta bastará con emitir una boleta por dichas sumas.El Débito Fiscal se debe aumentar con aquellas partidas respecto de las

cuales, el vendedor o prestador de servicios haya debido emitir Notas deDébito dentro del mismo período tributario y que se encuentran afectas aimpuesto.

� Ejemplo (Determinación del Débito Fiscal Mensual). Periodo: Mayo/2006

� Se Determina:

• Concepto.a. I.V.A. recargado en las Facturas de Ventas y servicios $152.000b. I.V.A. recargado en las boletas de ventas y servicios $38.000c. I.V.A. recargado en las Ventas y Servicios sin Boletas $5.700pero afectas a I.V.A.Subtotal $195.700

Más:d. I.V.A. recargado en las Notas de Débito emitidas $9.500

Menos:e. I.V.A. recargado en las Notas de Crédito emitidas (22.800)Débito Fiscal $182.400

Facturas emitidas 001 a la 10 800.000 152.000 952.000

Boletas emitidas 001 a la 60 200.000 38.000 238.000

Notas de Débito emitidas 001 50.000 9.500 59.500

Notas de Crédito emitidas 001 (120.000) (22.800) (142.800)

Ventas sin Boletas afectas 30.000 5.700 35.700

Total 960.000 182.400 1.142.400

Detalle Valor I.V.A. Valor

Neto D.F. Total

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1.1.3. Criterio para Determinar qué Documentos se Deben Emitir:

a. Facturas.

- En ventas y servicios a otros contribuyentes de IVA, personas que nosean consumidores finales.

- Tratándose de Contratos de venta de Inmuebles, Contrato general yespecial por suma alzada y promesa de venta de inmuebles (noimporta que el comprador sea consumidor final).

b. Boletas.

- En ventas y servicios a consumidores finales.

c. Notas de Débito y de Crédito.

- Para modificar valores facturados con anterioridad.

1.1.4. Aplicaciones

• Valor Neto (Valor sin IVA).

Venta de Mercaderías, se emite Factura cuando es a otro comerciante.

- 5.000 unidades artículo A, $100 c/u = 500.000

- Base Imponible es el monto sobre el cual se calculará el impuesto

- Tasa es el % de impuesto que corresponde

- Base Imponible x Tasa Imponible = IVA

- 500.000 x 0,19 = 95.000

• Valor Bruto (Valor con IVA incluido)Venta de Mercaderías, se emite Boleta cuando es para el consumidor

final

Valor Bruto 595.000 : 1,19 = obtengo Valor Neto y por diferencia (Valor Totalmenos Valor Neto), obtengo el IVA.

Artículo 59 DL Nº825 Obligación de Diarios de Compras

Factura

Valor Neto 500.000

+ IVA 19% 95.000

Total 595.000

Boleta Ventas

Valor Total 595.000

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“Todo aquel cuyas ventas estén afectas a IVA deben tener un Libro Com-pra - Venta timbrado y foliado”.

1.1.5.Asientos Contables Libro Diario.

• Traspaso a las Cuentas de Mayor.

Fuente: Profesora María Patricia Quezada F.

Detalle D H

• Mercaderías

IVA Crédito Fiscal

Proveedor

Por las compras del mes

Detalle D H

•Clientes

Ventas

IVA Débito Fiscal

Por las ventas del mes

Costo de Venta

Mercaderías

Por el costo de las ventas

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2. IVA Crédito Fiscal

Corresponde al I.V.A. recargado en las Facturas por la adquisición debienes o en los servicios recibidos. Los contribuyentes afectos al pago delI.V.A. tienen derecho a imputar al Débito Fiscal, el Crédito Fiscal del mismoperíodo tributario, o hasta los dos períodos tributarios que siguen al de laemisión del documento respectivo, solo cuando los documentos se recibencon retraso.

2.1. Requisitos para Tener Derecho al Crédito Fiscal

a. El I.V.A. debe estar recargado, separadamente, en las respectivas Factu-ras o Notas de Débito recibidas.

b. Haber contabilizado las respectivas Facturas y Notas de Débito en elLibro de Compras.

c. El I.V.A. puede utilizarse hasta los dos períodos tributarios que siguen alde la emisión de la Factura, Notas de Débito y Crédito recibidas conretraso.

d. Que los documentos respaldatorios sean fidedignos.

e. Correspondan a adquisición de Bienes o Servicios que están afectos ahechos gravados.

2.2. Determinación del Crédito Fiscal Mensual

� Ejemplo: (Determinación del Crédito Fiscal Mensual)

Período: Mayo/2006

Concepto Valor Neto IVA

- Compra de bienes con Facturas del mes de mayo 1.500.000 285.000

- Servicio recibidos con Facturas, mes de mayo 250.000 47.500

- Servicio recibidos con Boletas, mes de mayo 200.000 ----------

- Recepción de Facturas/abril, compra del bien 100.000 19.000

- Recepción de Facturas/marzo, compra del bien 70.000 13.300

- Recepción de Facturas/febrero, compra del bien 30.000 ----------

- Notas de Créditos recibidas, mes de mayo 20.000 (3.800)

- Notas de Débito recibidas, mes de mayo 40.000 7.600

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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• Determinación del Crédito Fiscal Mensual.

Concepto Impto.

a. I.V.A. soportado por compra de bienes, con facturas de mayo 285.000

b. I.V.A. soportado por servicios recibidos, con Facturas de mayo 47.500

c. I.V.A. soportado por compras de bienes, con Facturas de abril 19.000

d. I.V.A. soportado por compras de bienes, con Facturas de marzo 13.300

e. I.V.A. soportado por notas de débito recibidas del mes de mayo 7.600

Subtotal 372.400

Menos:

f. I.V.A. soportado por notas de créditos recibidas (3.800)

Crédito Fiscal Mensual 368.600

- Las compras de Bienes y Servicios para tener derecho a I.V.A. CréditoFiscal (IVA a favor) tienen que ser con facturas.

- Las compras con Boletas no tienen derecho a CF.

3. Determinación y Declaración del I.V.A.

El I.V.A. es un impuesto de declaración mensual que tiene que realizar elcontribuyente, vendedor y/o prestador de servicios, que se determina por ladiferencia entre el Débito Fiscal Mensual y el Crédito Fiscal Mensual delmismo período tributario.

Si el Débito Fiscal resulta mayor que el Crédito Fiscal, la diferencia seráel monto del I.V.A. que debe declararse y pagarse simultáneamente a mástardar el día 12 del mes siguiente al período tributario respectivo, en que si eldía 12 resulta ser feriado o festivo, el plazo máximo de declaración y pago deimpuesto se corre para el día hábil siguiente.

En cambio, si el Crédito Fiscal Mensual resulta mayor que el DébitoFiscal Mensual, la diferencia constituye “Remanente” de I.V.A. Igual situa-ción se origina cuando en un período solamente hay compras y no se hanrealizado ventas.

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U N I D A D IV

355

a. Ejemplo de Remanente.

b. Declaración Remanente de I.V.A. Crédito Fiscal.Si en un período tributario respectivo, el Crédito Fiscal es mayor que el

Débito Fiscal, resulta un saldo a favor del contribuyente, conocido como“Remanente” de Crédito Fiscal, al cual se le da el siguiente tratamiento:

a. Se acumula a los Créditos Fiscales que se originen en el períodotributario siguiente, para ser imputado al Débito Fiscal de ese nuevoperíodo.

b. El Remanente de Crédito Fiscal se expresa en unidades tributariasmensuales (U.T.M.) de manera que los montos estén reajustados. AlPeriodo siguiente se imputa contra el Débito Fiscal (el impuesto quedebería pagar).

La Unidad Tributaria Mensual (UTM) es una medida de actualiza-ción del S.I.I. y cualquier Remanente de Crédito Fiscal se reconvierteen UTM para que no se desvaloricen los montos.

� Ejemplo.

Período: Mayo / 2006

Valor U.T.M.

Débito Fiscal 400.000

Crédito Fiscal 600.000 Mayo 25.000

Remanente 200.000 Junio 28.000

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

356

Remanente expresado en U.T.M. = Remanente:Valor U.T.M. mes en que sedeclara.

200.000 : 28.000 = 7,14 U.T.M.

Actividades de Aprendizaje

1. Los vendedores y prestadores de servicios cuando aumentan los bieneso servicios ya facturados, ¿qué documentos deben emitir?

2. En el caso anterior, si en vez de factura se hubiese otorgado una boleta,¿Qué documento debe emitirse para esos aumentos de precio?

3. Señale los requisitos que deben cumplirse para hacer uso del CréditoFiscal.

3.1. IVA Crédito Fiscal Art. 23

Su procedencia puede ser Total y/o Parcial.

a. Procedencia Total.Cuando la empresa genere solo operaciones gravadas. Es decir, todas las

compras o servicios utilizados sirven para generar débito fiscal.

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U N I D A D IV

357

b. Procedencia Parcial - Proporcional.

i. Cuando las compras o servicios utilizados sirven para generar operacio-nes gravadas y también otras no gravadas o exentas.

ii. Para recuperar el crédito en forma parcial existen dos sistemas:

- Aplicar sobre el total del crédito, el porcentaje representativo de laventa y/o servicios afectos, en el total de ventas y servicios.

- Asociar las compras y servicios utilizados con los tipos de ingresosque ellos generan.

3.2. Sistemas para Aplicación del Crédito Proporcional

a. Porcentaje Sobre Total del Crédito.

IVA por Compras

Ventas o Servicios Afectos % sobre o servicios de cada mes

Ventas o Servicios Totales

Las ventas o servicios se acumulan desde enero hasta el mes que corres-ponda.

b. Asociar las Compras o Servicios Utilizados con sus Respectivos Ingresos.

Compras y Servicios Relacionados con Crédito 100%Operaciones Afectas

Compras y Servicios Relacionados con Crédito 0%Operaciones No Gravadas Exentas.

Compras y Servicios de Uso Común, Crédito ProporcionalLuz, Teléfono.

• Remanente de Crédito Fiscal Acumulado por Compra de Activo FijoArt. 27 Bis.Los Beneficiarios son los contribuyentes del I.V.A. y los exportadores.El Beneficio consiste en la imputación a cualquier clase de impuesto

incluso los de retención, o bien, reembolso por la tesorería. Del remanentede crédito fiscal acumulado durante 6 ó más meses, originados en la adqui-sición de bienes muebles o inmuebles destinados a formar parte del activofijo o de servicios que deban integrar el valor de costo de este.

Es una recuperación anticipada, bajo el supuesto de que posteriormentese generan débitos suficientes que a lo menos cubran dicho crédito.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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• Concepto de Activo Fijo Según S.I.I.Los que son adquiridos para ser usados en las operaciones de la empresa

y se someten al tratamiento contable tributario que le es propio (correcciónmonetaria y depreciación).

a. Procede el Crédito Fiscal. Aquellos Bienes Destinados a Formar Partedel Activo Fijo.

- Adquiridos de terceros.

- Construidos por la propia empresa.

- Adquiridos o construidos por contratos de construcción, administracióno suma alzada.

- Importaciones en virtud de un contrato de arrendamiento con o sin op-ción de compra.

b. Remanente de Crédito.Los remanentes que provienen de activo fijo durante 6 meses como mí-

nimo, se pueden imputar a otros impuestos o pedir devolución.Es una recuperación anticipada, bajo el supuesto de que posteriormente

se generan débitos suficientes que a lo menos cubran dicho crédito.

• Los Trámites para Optar por la Imputación.

- Deberán solicitar al servicio de tesorería que les emita un certificado depago por una suma de hasta el monto de los créditos acumulados, ex-presado en U.T.M.

- Deberá ser solicitado por el contribuyente en la tesorería regional oprovincial en un formulario que para estos efectos proporcionará el ser-vicio de tesorería.

- Dentro del plazo de 30 días el servicio de tesorería entregará el tributopagado.

Ejercicio Nº1: Crédito Fiscal Acumulado Artículo 27 – Bis.

Para la recuperación del remanente del crédito fiscal de acuerdo al artí-culo 27 bis, los seis períodos tributarios consecutivos se empezarán a contardel primer mes en que se determine un remanente que incluya créditos fisca-les que correspondan a compras o importaciones de bienes corporales mue-bles que pasen a formar parte del activo fijo.

Se calculará el monto del remanente de crédito fiscal que se puede recu-perar, sumando los créditos fiscales de los seis meses e igualmente los cré-ditos fiscales por compras o importaciones de bienes del activo fijo duranteeste mismo periodo.

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U N I D A D IV

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Luego se determina el porcentaje que corresponde a las adquisiciones oimportaciones de bienes para el activo fijo.

El porcentaje determinado se aplicará al remanente de crédito fiscal acu-mulado en el sexto período.

� Ejemplo (sin considerar la reajustabilidad)

Fuente: AFIICH, año XXIV Nº286

Para determinar el porcentaje que se debe aplicar al monto del Rema-nente del crédito fiscal acumulado en el sexto mes para obtener el remanen-te fiscal correspondiente a las adquisiciones destinadas al activo fijo se esta-blece la siguiente relación:

Crédito Fiscal Fijo 279.000 x 100 = 45%

Crédito Fiscal Total 620.000

Remanente Crédito Fiscal $ 220.000 x 45% = 99.000

Cantidad a Recuperar = 99.000

� Ejercicio: Crédito Fiscal Acumulado Art. 27 Bis.

La Empresa de Bombas Busch Limitadas, que se dedica a la fabricaciónde bombas molotov tiene al mes de julio del año 1, un remanente de créditofiscal acumulado por más de seis meses, producto de la importación de ma-quinaria nueva (la UTM utilizada es mera suposición).

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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� Antecedentes:

� Desarrollo:

Crédito Fiscal Activo Fijo $43.800.000 x 100 = 54, 48

Crédito Fiscal Total $80.390.000

Remanente Crédito Fiscal $10.341.985 x 54,48% = $5.634.313

Cantidad a Recuperar $5.634.313

287, 63 UTM

� Ejercicio: Proporcionalidad Art. 23 sobre Crédito Fiscal.

Fuente: Curso Práctico de I.V.A. CEPET Editorial 1998.

La empresa de Buses “Estrella del Sur Ltda”., domiciliada en Santiago,posee una flota de buses Mercedes Benz destinada al transporte de pasajerosy encomiendas entre Santiago y Valparaíso, y una flota de camiones para

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transporte de carga entre Valparaíso y Santiago. Sus ingresos en valores netosdurante año 1, han sido los siguientes:

EneroPasajes 3.850.000Encomiendas 390.000Carga 4.100.000

FebreroPasajes 4.280.000Encomiendas 520.000Carga 3.900.000

MarzoPasajes 2.800.000Encomiendas 400.000Carga 5.200.000

• En el Mes de Marzo Registra los Siguientes Gastos:

a. Compra de lubricantes para su flota de vehículossegún factura N°056 de González y Cía, neto. $420.000

b. Reparación y Renovación de los asientos de losBuses Mercedes Benz, pago según factura N°262de Jaime José, neto. $185.000

c. Compra de neumáticos para el automóvil Toyota año1998, destinado al transporte del personal demantención de los buses, según Fact. Nº666 deBlanco y Cía, neto. $320.000

d. Pago de Teléfono de la gerencia de la empresa segúnFactura N°777, de Cía de Teléfono, neto. $17.800

e. Pago mensual por afinamiento de motor de losbuses, según Factura N° 998, de Novac Ltda., neto. $390.000

f. Pago de sueldos de choferes y azafatas del mes. $3.620.000

g. Arriendo de sitio con instalaciones para guardar loscamiones en Valparaíso según recibo N°555 a JoséLoco (Avalúo Fiscal del inmueble al 01/.01. $3.000.000) $190.000

h. Compra de una moto 0 kilómetro para distribuciónde encomiendas en los cerros de Valparaíso segúnFactura N°333 neto. $900.000

i. Compra de radiadores y antenas para camiones,según Factura 324, de comercial Chacao Ltda, neto. $500.000

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

362

Se pide determinar Débito, Crédito e Impuesto a Pagar por el mes deMarzo de la empresa.

� Desarrollo:

a. Porcentajes de Ventas Exentas y Afectas al I.V.A.

Ingresos Buses Pasajes 89 %

Mes de Marzo Encomiendas 11 %

b. Crédito Fiscal Marzo.

• Crédito Fiscal 100%

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U N I D A D IV

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• Crédito Proporcional.

c. Débito Fiscal Marzo.

d. Impuesto a Pagar Marzo.

- 27.500 1-12 del 11% del Avalúo Fiscal 01.01

• I.V.A. No Recuperable.

- Reparación y renovación asientos buses, relacionado directamente coningresos de pasajes.

- Neumáticos automóvil crédito fiscal, automóvil no aceptado.

- Pago de sueldos, no se afectan con impuesto al valor agregado.

• Actividades de la Construcción.

• I.V.A. en la Actividad de Construcción.La Ley N° 18.630, publicada en el Diario Oficial el 23 de julio de 1987,

incorpora la actividad de la construcción como hecho gravado con el Im-puesto al Valor Agregado.

Al gravar con IVA la actividad de la construcción resultan afectadas lasVentas y otros actos que se asimilan a estas ventas “celebradas por empre-sas constructoras y que recaigan sobre bienes corporales inmuebles cons-truidos en su totalidad o en partes, por ellas”.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

364

Se gravarán con IVA también los contratos generales de construcciónque no sean por administración, las promesas de venta y los contratos dearriendo con opción de compra (leasing), recaídos en inmuebles, que efec-túen las empresas constructoras.

La base Imponible del IVA será la convenida en el respectivo contrato,con exclusión del Valor de Adquisición Reajustado del Terreno, y más losrecargos por la operación a plazo por la parte que exceda de la Variación dela Unidad de Fomento.

Podemos decir que deberán recargarse con el Impuesto al Valor Agrega-do los pagos que se efectúen en cumplimiento de un Contrato de Venta o dePromesa de Venta de Bienes Corporales Inmuebles o de un contrato generalde construcción.

Elementos del Concepto General de Venta General

- Celebración de una convención traslaticia de dominio, de una cuota dedominio o de derechos reales.

- Convención a título oneroso.

- Transferencia de bienes corporales muebles y de bienes corporalesinmuebles de propiedad de una empresa constructora.

Requisitos de los Inmuebles

- Los bienes corporales inmuebles deben ser de propiedad de una empre-sa constructora.

- Construidos totalmente por ella o que en parte hayan sido construidospor terceros para ella.

Territarialidad (son los bienes situados en Chile)

Hecho Gravado

No Gravados

- Ventas de bienes corporales inmuebles ubicados fuera de Chile, aunquela convención se celebre en el país.

- Sin importar dóndese celebre laconvención.

Ventas de bienescorporales muebles einmuebles ubicados enterritorio nacional.

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U N I D A D IV

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• Vendedor.Para que se configure el hecho gravado básico, la “venta” debe ser reali-

zada por “vendedores”. Por ello, se incorpora en el concepto de vendedoresa las empresas constructoras, entendiéndose por tal:

Vendedor: Empresa Constructora.

Fuente: Profesora María Patricia Quezada F.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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CONCEPTOS QUE DEBEN CONSIDERARSESEPARADAMENTE EN LA FACTURA

- La parte del precio por la obra que se efectúe en un inmueble, no cons-truido por el adquiriente, del total del precio en que se vende (sólo elvalor de dichas obras constituye hecho gravado).

- El valor del terreno.

- I.V.A. (tasa general 19% y deducción del 65%, en aquellos casos queproceda).

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• Hechos Gravados Especiales. (Art. 8º)El artículo 8º de la ley de Impuestos a las ventas y servicios, establece la

procedencia del impuesto para algunos contratos u operaciones que no seencuentran claramente comprendidos en el hecho gravado básico.

NO GRAVADA LA ADJUDICACIÓN

- Cuando el inmueble ha sido totalmente construido por una o varias per-sonas distintas a la sociedad, comunidad o cooperativa que se liquida.

POSTERGACIÓN DE LA EMISIÓN DE LA FACTURA

- La emisión se posterga hasta el quinto día posterior a la terminación delperiodo en que se hubieren realizado las operaciones.

Construidos Total o Parcialmentepor la Empresa Constructora

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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- La fecha de la factura debe corresponder al periodo tributario en quedichas operaciones se efectuaron.

- Los Vendedores deberán emitir guías de Despacho al momento de efec-tuarse la entrega real o simbólica.

Respecto a los Retiros de bienes corporales inmuebles del giro de unaempresa constructora, debe concluirse que el impuesto se devenga al mo-mento del retiro, es decir, producida la aprehensión material (entrega real) oentrega simbólica de dichos bienes.

• Sujeto del Impuesto (Art. 10º y 11º).

• Base Imponible (Art 15º a19º).La ley Nº 18.630, introdujo modificaciones a la base imponible, en los

siguientes aspectos:

a) Exceptúa de la aplicación del valor agregado al monto de los reajustesque no exceden a la variación de la Unidad de Fomento (Art. 15º, Nº1)

b) Establece la modalidad para determinar la base imponible de los hechosgravados especiales (Art. 16º).

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c) Establece normas para deducir el valor del terreno, en ventas o promesasde ventas de bienes inmuebles gravados por la ley (Art. 17º).

d) Contempla la permuta que incluye bienes corporales inmuebles, deter-minando la base imponible (Art. 18º).

Resumen IVA en la Construcción.

• Características del Gravamen.

- Se sale del esquema general de la aplicación del IVA.

- La venta de inmuebles sigue siendo un Hecho No Gravado.

- El impuesto se aplica a la actividad de la construcción. Es decir,solo en la primera venta del inmueble construido por una EmpresaConstructora.

• Hechos Gravados.

- Venta de inmuebles construidos por la empresa constructora.

- Contratos generales de construcción por suma alzada.

- Contratos de promesa de venta de inmuebles.

- Contratos de arriendo de inmuebles, con opción de compra (LeasingFinanciero). Se asimila a promesa de venta. “Los hechos gravadoscomprenden construcciones de edificios, oficinas, departamentos,caminos, urbanización de terrenos, terminación de inmueble adqui-rido a medio construir, etc.”.

• Lo que se grava es solo el valor de la construcción efectuada.

• Base Imponible.

- En la construcción se grava la venta de inmuebles, sólo en su prime-ra venta.

- El Terreno incluido en el precio, no se grava.

• Opciones para Rebajar el Terreno.

- Si desde la compra del terreno hasta el contrato de venta o promesade venta es inferior a 3 años:

- Costo de compra reajustado.

- Tope: 2 veces el avalúo fiscal.

- Si desde compra terreno hasta contrato de venta o promesa es 3 añoso más:

- Costo de compra reajustado.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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• Artículo 21 D L 910 Subsidio Fiscal – Crédito 65% del IVA

• Naturaleza del Beneficio.

Es un subsidio fiscal a favor del comprador de ciertos inmuebles,que se otorga a través de la empresa constructora.

El beneficio consiste en una rebaja del débito fiscal. Actualmentedel 18% a un 6,3% (65% sobre el Débito Fiscal)

• Beneficio.

- Compradores de inmuebles para habitación, incluyendo sus depen-dencias (estacionamientos y bodegas).

- Instituciones como Cruz Roja, Cordam, etc. Y otras sin fines de lu-cro autorizadas por el ministerio de Hacienda. Inmuebles para losfines que les son propios.

• Cómo Opera: Subsidio Fiscal – Crédito 65% del IVA.

- La empresa constructora efectúa el descuento al comprador. Es de-cir, recauda solo una parte del IVA (35% del 18% = 6,3%).

- Si quedare un remanente se recupera como PPM en declaraciónanual.

- En la declaración mensual de IVA, la empresa debe declarar comoDébito el 100% del IVA.

- El 65% de rebaja se imputa a los pagos provisionales mensuales o acualquier impuesto de retención o recargo que deba declararse ypagarse en formulario 29.

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Actividades de Aprendizaje

Determinar: valor deducible por terreno, facturación, declaración y con-tabilización.

� Antecedentes.

� Desarrollar:

a. Facturación en cada caso planteado, considerando un 30% de utilidadessobre el costo.

b. Declaración mensual en caso 1.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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a. Facturación de las Oficinas.

Factura Caso 1, Oficina. FACTURA N° 001

Por Lo Siguiente:

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� Ejercicio de Aplicación

• Crédito Especial Empresas Constructoras Decreto Ley N°910.La empresa Constructora “La Mano Negra” registra los siguientes valo-

res a julio de 2006, por la construcción y venta de inmuebles para habita-ción.

- Materiales en Ejecución $25.000.000

- Mano de Obra en Ejecución $13.000.000

- Precio Costo Terreno Actualizado(Adquirido en octubre 2003) $11.440.000

- Avalúo Fiscal Terreno $6.000.000

- Margen de Utilidad sobre el costo 35%

Determinar: Crédito D.L. N°910, facturación y declaración correspondiente.

� Desarrollo:

• Valor Terreno para Efectos de I.V.A:

Valor Costo Terreno Actualizado $11.440.000

Doble Avalúo Fiscal 12.000.000

• Determinación Precio Venta:

Materiales en Ejecución 25.000.000

Mano de Obra en Ejecución 13.00.0000

Valor Libro Terreno 10.990.000

Valor Costo 48.990.000

35% de Utilidad 17.146.500

Precio Venta $66.136.500

Facturación Precio Venta Total $66.136.500

Valor Terreno (11.440.000)

Valor Neto Afecto a I.V.A. 54.696.500

I V A 19 % 10.392.335

( - ) 65% Crédito Esp. ($6.755.018) $3.637.317

Sub – Total 58.333.817

Valor Terreno 11.440.000

Total Factura $69.773.817

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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• Declaración Mensual de julio 2000:

Débito Fiscal $10.392.335

Crédito Fiscal

(19% de $25.000.000) 4.750.000

IVA Determinado 5.642.335

Crédito Empresa Constructora 6.755.018

Reman. Crédito Mes Siguiente (1.112.683)

Equivalente en U.T.M. ($19.589) = 56,80

• Exportadores y la Ley del IVA.Exportadores tienen derecho a recuperar los impuestos que se les hubie-

se recargado al adquirir bienes o utilizar servicios destinados a su actividadde exportación.

Artículo 36º Dice: Los exportadores tendrán derecho a recuperar el im-puesto de este Título que se les hubiese recargado al adquirir bienes o utili-zar servicios destinados a su actividad de exportación. Igual derecho tendránrespecto del impuesto pagado al importador de bienes para el mismo objeto.Las solicitudes, declaraciones y demás antecedentes necesarios para hacerefectivos los beneficios que se otorgan en este artículo deberán presentarseen el Servicio de Impuestos Internos.

Para determinar la procedencia del impuesto a recuperar, se aplicaránlas normas del artículo 25º.

• Texto reglamentario de la devolución crédito fiscal IVA a losexportadores.Síntesis del Decreto Supremo Nº348, de 1975. (Modificado por el De-

creto Nº508, de 03.10.94, publicado en el Diario Oficial de 09.12.1994).

a. Las personas que para los efectos del artículo 36º del decreto ley Nº825,de 1974, y de este Decreto Supremo, se consideran exportadores debienes y servicios, y se acojan a las normas del citado artículo 36º,podrán recuperar el impuesto del Título II o el de los artículos 37º letrasa), b) y e), 40º, 42º, 43º bis y 46º del Título III, según corresponda delDecreto Ley Nº 825, que se les haya recargado al adquirir bienes outilizar servicios destinados a su actividad de exportación o considera-da como tal, o que hayan pagado al importar bienes para el mismoobjeto.

El monto de la recuperación a que se refiere el inciso anterior se deter-minará aplicando al total del crédito fiscal del período correspondien-te, el porcentaje que represente el valor de las exportaciones con dere-cho a recuperación del impuesto en relación a las ventas totales debienes y servicios, del mismo período tributario. Para los efectos de lodispuesto en este inciso, el valor de las exportaciones será igual al va-lor FOB de los bienes o de la prestación de servicios, y se calculará al

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tipo de cambio vigente a la fecha del conocimiento de embarque en elcaso de los bienes y de aceptación a trámite de la Declaración de Ex-portación para los servicios. En el caso de las empresas hoteleras seconsiderarán el valor de la factura de exportación y la fecha de su emi-sión, cuando corresponda.

Los remanentes de créditos fiscales de períodos anteriores al indicadoprecedentemente relacionados con ventas y servicios internos, se recu-perarán hasta la suma que resulte de aplicar el porcentaje establecidoen el artículo 14º del decreto ley Nº825 de 1974, al valor FOB de lasexportaciones, o al valor de la factura de exportación en el caso de lasempresas hoteleras.

b. La Recuperación del Impuesto se Sujetará al Siguiente Procedimiento:

Se efectuará mediante cheques nominativos girados a favor del exportador,por el Servicio de Tesorerías.

Dentro del mes siguiente de efectuado el embarque para los bienes o deaceptación a trámites de la Declaración de Exportación en el caso de losservicios o del mes siguiente de recibida la liquidación final de venta enconsignación al exterior, o dentro del mes siguiente a la contratación dela carga o desde el zarpe del último puerto o aeropuerto de recalada enel país de la nave o aeronave, o venta de pasajes internacionales, o de lapercepción del flete externo por pagar en Chile o de la emisión de lafactura tratándose de empresas hoteleras, el exportador de bienes o ser-vicios deberá solicitar la recuperación de los créditos fiscales en rela-ción con las operaciones que se efectúen en su actividad de exportacióno considerada como tal.

Dentro del plazo señalado en la letra anterior, los exportadores de bie-nes o servicios deberán presentar al Servicio de Tesorerías una declara-ción jurada en tres ejemplares que contendrá las especificaciones quedetermine el Servicio de Impuestos Internos e indicando, según proceda,el valor total de las exportaciones de bienes y servicios y el valor total delas ventas y servicios del mes anterior.

c. Opciones de Recuperación.

Los exportadores, beneficiarios de la franquicia tributaria que estableceel artículo 36º de la Ley del I.V.A., podrán optar por la recuperación delos impuestos que se les hubiesen recargado al adquirir bienes o utilizarservicios destinados a su actividad de exportación, por uno de los dossiguientes procedimientos:

i. Recuperación Vía Imputación a los Débitos Fiscales.

En el caso de que los exportadores opten por esta modalidad derecuperación, vía imputación a los débitos fiscales por operacionesgravadas, por ejemplo, ventas de bienes corporales muebles realiza-das dentro del territorio nacional, deberán tenerse presente para ellolas normas e instrucciones que regulan el derecho al crédito fiscal,disposiciones legales que se contienen en el artículo 23º y siguien-

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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tes del texto legal en estudio (Párrafo 6 del Título II del D.L. Nº825,de 1974).

• Ejemplo, en el caso del IVA:En este caso el exportador recupera de inmediato el IVA soportado por

los bienes cuyo destino fue la exportación, es decir, mediante la imputacióndel Crédito Fiscal del período contra el Débito Fiscal del mismo período.

� Antecedentes:

• Compras realizadas en el período:

• Ventas realizadas en el período:

� Desarrollo:

• Determinación de la Proporcionalidad:

Ventas al exterior $6.000.000

Ventas netas del mes $21.000.000

Aplicación del porcentaje al crédito fiscal del mes, IVA a recuperar porbeneficio a la exportación.

$2.470.000 x 28,6% = $706.420

= 28,6%=

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Los $669.240 pueden imputarse al Débito Fiscal del mes o solicitar ladevolución a Tesorería.

Nota: Sin embargo, si las exportaciones alcanzan un monto significati-vo respecto del total de las ventas de la empresa en un mismo período, elprocedimiento señalado causaría una acumulación de saldos mensuales porCréditos Fiscales no imputados a los Débitos Fiscales, ya que no podríanabsorberlos. El inciso tercero del artículo 36º de la Ley del IVA señalado porel Decreto Supremo Nº348, de 1975.

ii. Devolución impuestos a los exportadores según Decreto SupremoNº348, de 1975.

En caso de no hacer uso del procedimiento antes mencionado, losexportadores deberán obtener la devolución del IVA de conformi-dad a las normas del Decreto Reglamentario Nº348, publicado en elD. O. de 28 de mayo de 1975, del Ministerio de Economía, Fomentoy Reconstrucción, que reglamenta la norma contenida en el inciso3º del artículo 36º.

El monto de la recuperación se determinará aplicando al total delcrédito fiscal del período correspondiente, el porcentaje que repre-sente el valor de las exportaciones con derecho a recuperación delimpuesto en relación a las ventas totales de bienes y servicios, delmismo período tributario. Para los efectos de lo dispuesto en esteinciso, el valor de las exportaciones será igual al valor FOB de losbienes o de la prestación de servicios, y se calculara al tipo de cam-bio vigente a la fecha del conocimiento de embarque en el caso delos bienes y de aceptación a trámite de la Declaración de Exporta-ción para los servicios.

Los remanentes de créditos fiscales de períodos anteriores al indica-do precedente, relacionados con ventas y servicios internos, se re-cuperarán hasta la suma que resulte de aplicar el porcentaje estable-cido en el artículo 14º (actual 18%) del decreto ley Nº825, de 1974,al valor FOB de las exportaciones.

El tipo de cambio, en todos los casos señalados precedentemente,será el establecido en el Nº6 del Compendio de Normas de CambiosInternacionales.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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• Por ejemplo, en el caso del IVA:

� Antecedentes:

• Compras realizadas en el período:

• Ventas Realizadas en el Período:

� Desarrollo:

• Determinación de la Proporcionalidad:

Ventas al exterior = $15.000.000 = 71,4%

Ventas netas del mes $21.000.000

Aplicación del porcentaje al crédito fiscal del mes, IVA a recuperar porbeneficio a la exportación:

$2.470.000 x 71,4% = $1.763.580

Declaración mensual de impuesto que deberá acompañar a la solicitudde devolución, que en este caso en particular sería:

d. Alternativamente, puede efectuar la siguiente declaración mensual deimpuestos.

Débito fiscal del mes $1.140.000

Menos:

Crédito fiscal del mes (2.470.000)

Remanente de Crédito Fiscal $1.330.000

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En este caso, puede recuperar $1.330.000, previo los trámites que severán a continuación, respecto a la exportación de bienes corporalesmuebles.

Nota: Los remanentes de créditos fiscales de períodos anteriores, rela-cionados con ventas y servicios internos, se recuperarán hasta la sumaque resulte de aplicar el porcentaje establecido en el artículo 14º deldecreto ley Nº825, de 1974, al valor FOB de las exportaciones, o alvalor de la factura de exportación en el caso de las empresas hoteleras.

e. Plazo para solicitar la devolución de los impuestos.

De conformidad a lo dispuesto por la letra b) del artículo 2º del DecretoSupremo Nº348, de 1975, el exportador debe presentar ante el S.I.I. unadeclaración jurada con las especificaciones exigidas por la letra c) delArtículo 2º del citado Decreto y Resolución del S.I.I. Nº23, de 2001,dentro del mes siguiente de efectuado el embarque para los bienes o deaceptación a trámite de la Declaración de Exportación en el caso de losservicios, o del mes siguiente de recibida la liquidación final de venta enconsignación al exterior, o dentro del mes siguiente a la contratación dela carga o desde el zarpe del último puerto o aeropuerto de recalada enel país de la nave o aeronave, o venta de pasajes internacionales, o de lapercepción del flete externo por pagar en Chile o de la emisión de lafactura tratándose de empresas hoteleras, el exportador de bienes o ser-vicios deberá solicitar la recuperación de los créditos fiscales en rela-ción con las operaciones que se efectúen en su actividad de exportacióno considerada como tal.

Actividades de Aprendizaje

1. ¿Qué impuestos se deben declarar en el Formulario 29, de declaración ypago mensual?

2. ¿Cuáles son los plazos de prescripción aplicables en el IVA?

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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RESUMEN EXPORTACIONES

• Situación General.

- Las exportaciones están exentas de IVA.

- Sin embargo, no se pierde el derecho al crédito fiscal por las com-pras y servicios utilizados.

- El impuesto soportado en compras y servicios es recuperable me-diante una devolución de Tesorería.

- La devolución se determina por la relación existente entre elvalor exportado según FOB y el total de ventas o servicios.

- Ventas y servicios nacionales, solo lo gravado con IVA.

• Beneficiarios.

- Exportadores de productos en general.

- Transporte terrestre y aéreo internacional de carga y pasajeros.

- Servicios a personas sin domicilio ni residencia en Chile califi-cados por la aduana como exportación.

- Empresas aéreas o navieras que efectúen transporte de carga o depasajeros en tránsito en el país.

- Empresas hotelera y similares por los ingresos en moneda extran-jera de turistas extranjeros.

• Forma y Monto a Recuperar.

a. Norma General:

- Todo el crédito es recuperable del débito por ventas internas, siexistiesen.

b. Por Remanente se Pide Devolución.

- Remanente del mismo mes de la exportación, se recupera segúnrelación:

Exportación del mes = % sobre remanente.

Total Ventas o Servicios del mes

- Remanente de meses anteriores.

En meses en que ha habido venta interna, se recupera con tope de19% sobre el valor FOB de lo exportado.

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Actividades de Aprendizaje

1. ¿Qué documento debe emitir un vendedor y/o prestador de servicioscuando aumentan los bienes o servicios ya facturados?

2. En el caso anterior, si en vez de factura se hubiere otorgado una boleta,¿qué documento debe emitirse por esos aumentos de precios?

3. Señale los requisitos que deben cumplirse para hacer uso del CréditoFiscal

4. ¿Cuál es la razón de la exención al IVA a las especies exportadas en suventa al exterior?

5. En qué consiste el mecanismo del Crédito Fiscal que tienen losexportadores de bienes y servicios según D.S. Nº 348:

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CuartoCUARTO CAPÍTULO: Administración del Impuesto al Valor Agregado

1. Administración del Impuesto al Valor Agregado

1.1. Introducción

La normativa para la Administración del impuesto o procedimientos parasu control y fiscalización cuyo fin es cautelar los intereses fiscales haciendomás expedito el cumplimiento de la prestación impositiva está reglamentadaen el Título IV de la Ley; en el artículo 51 y demás, la obligación principal dedeclarar y Pagar el Impuesto de Declarar y Pagar el Impuesto como asimis-mo las obligaciones accesorias como las que imponen a los contribuyentesla obligación de inscribirse en un Registro a base de Rol Único Tributario; lade emitir facturas o boletas, según sea el caso, y otros documentos talescomo guías de despacho, notas de crédito o de débito, liquidaciones, etc.,por sus operaciones; la de llevar determinados libros y registros contables;no oponerse a la fiscalización del Servicio, etc.

La mayor parte de estas obligaciones da lugar, en el evento de su incum-plimiento, a la imposición de multas aplicadas administrativamente por elServicio.

La infracción a alguna de estas obligaciones puede dar lugar, incluso, ala aplicación de sanciones de tipo penal o corporal, como es el caso de lareiteración en el no otorgamiento de facturas o boletas que el inciso tercerodel Nº10 del Art. 97 del Código Tributario pena con presidio o relegaciónmenores en su grado máximo, esto es, de 3 años y 1 día a 5 años.

1.2. Normas Sobre Emisión de Comprobantes

El D.L. Nº825, no solo impone a los contribuyentes la obligación princi-pal de pago del IVA y demás impuestos que establece, sino que además; paraimplementar la aplicación y fiscalización del tributo, en resguardo del inte-rés fiscal, les impone asimismo una serie de obligaciones accesorias como lade inscripción ya analizada, la de emisión de comprobantes, declaracionesmensuales, etc., las que detalla y complementa el Reglamento de la ley.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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1.2.1. Emisión de Facturas

a. Personas Obligadas a Emitir Facturas

i. Los vendedores o importadores: en las operaciones que realicen conotros vendedores, importadores o prestadores de servicios y en todo caso,tratándose de ventas o promesa de venta de inmuebles, contratos deinstalación o confección de especialidades y contratos generales de cons-trucción.

ii. Los Prestadores de Servicios, cuando el beneficiario de la prestación seaun “vendedor”, un importador u otro prestador de servicios.Por excepción deberán emitirse facturas por los envíos de mercaderías

desde la casa matriz a las sucursales y viceversa, cuando el Servicio confieraa las segundas el carácter de contribuyente.

Por su parte el Código Tributario en su artículo Nº88 establece que esta-rán obligados a emitir facturas las personas que a continuación se indican,por las transferencias que efectúen, cualquiera que sea la calidad deladquirente.

- Industriales, agricultores y otras personas consideradas vendedorespor la ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

- Importadores, distribuidores y comerciantes mayoristas.No obstante cuando estos contribuyentes tengan establecimientos, sec-

ciones o departamentos destinados exclusivamente a la venta directa al con-sumidor, podrán emitir en relación a dichas transferencias, boletas en vez defacturas.

Los requisitos que deben reunir las facturas, están contenidas en la letraA) del Art. Nº69 del Reglamento, normas a las que nos remitimos.

b. Momento en que Deben Emitirse.De acuerdo con el Art. Nº55 inc. 1º y 2º de la ley debemos distinguir

entre facturas de ventas y de prestaciones de Servicios y relacionadas con laactividad de la construcción.

i. Facturas de Ventas: deben emitirse en el mismo momento en que se efec-túe la entrega real o simbólica de las especies. Esta norma también esválida para los impuestos especiales a las ventas establecidas en el títuloIII de la ley.

ii. Facturas de Servicios: deben emitirse en el período tributario en que laremuneración se perciba o se ponga, en cualquier forma a disposicióndel prestador de servicios.

iii. Tratándose de ventas o promesas de venta de inmuebles, de contratos deinstalación o confección de especialidades y de contratos generales deconstrucción, la factura deberá emitirse en el momento en que se perci-ba el pago del precio del contrato, o parte de éste, cualquiera que sea laoportunidad en que se efectúe.

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iv. En el caso de venta de inmuebles, la factura definitiva por el total depostergación que la ley concede a los contribuyentes de emitir las factu-ras hasta el 5º día corrido posterior a la finalización del período en quese hubieren realizado las operaciones. En todo caso la fecha de ella debecorresponder al período tributario en que se efectuaron las operaciones.

1.2.2. Emisión de Guías de Despacho

En caso que las facturas no se emitan al momento de efectuarse la entre-ga real o simbólica de las operaciones, los vendedores deben emitir “Guíasde Despacho” numeradas y timbradas por el Servicio.

El Reglamento en su Art. Nº55 del D.L. Nº825, impone a los vendedoresy prestadores de servicio la obligación de emitir guías de despacho respectoa los traslados de mercaderías que no constituyen ventas. Esta misma dispo-sición prescribe que las guías de despacho o la factura o boleta respectivadeberán ser exhibidas a requerimiento del Servicio, durante el traslado deespecies afectas al IVA realizado en vehículos destinados al transporte.

La disposición anterior alcanza tanto a las guías de Despacho a que serefiere el inc. 3º del citado Art. Nº55, esto es, a la emitidas en reemplazotransitorio de las facturas como a las que se extiendan para documentar tras-lados de mercaderías que no importen ventas.

1.2.3. Facturas de Compras y Boletas de Servicios

La Circular Nº81, de 18.06.75, y otras, imponen a las empresas obliga-das a llevar contabilidad, la obligación de emitir facturas de compras por lasoperaciones que efectúen con particulares o contribuyentes de difícil fiscali-zación, para justificar sus egresos o para recargar y retener el impuesto segúnproceda.

Similar obligación se impone a los contribuyentes, comerciantes, indus-triales y cooperativas, beneficiarios de prestaciones de servicio con caracte-rísticas análogas a la de un “oficio”, prestadas por personas naturales deescasos conocimientos, por las cuales deberán emitir boletas de servicios yretener, declarar y pagar el impuesto de 2º categoría de la ley de la Renta yaque estas prestaciones no están afectas al IVA.

1.2.4. Emisión de Boletas

Contribuyentes que están obligados a emitir boletas:

i. Los vendedores o importadores, cuando se trate de transferencias reali-zadas directamente al consumidor.

ii. Los prestadores de servicios en los casos de prestaciones a personas queno tengan la calidad de vendedores, importadores o prestadores de ser-vicios.La obligación de emitir boletas rige incluso para operaciones que com-

prendan bienes o servicios exentos, salvo lo dispuesto en la Res. Ex. Nº1.110, publicada en el D.O. de 31.08.78.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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a. Momento en que Deben Emitirse.Las boletas deben emitirse de acuerdo con lo dispuesto en el Art. Nº55,

d la Ley que hace el siguiente distingo:

i. En el caso de ventas, en el momento de la entrega real o simbólica de lasespecies, y

ii. En el caso de prestaciones de servicios, en el momento mismo en que laremuneración se perciba o se ponga en cualquier forma a disposicióndel prestador de servicios.Es importante destacar que de acuerdo al Art. Nº88 del Código Tributario

“en aquellos casos en que deba otorgarse facturas o boletas será obligacióndel adquirente o beneficiario del Servicio exigirlas y retirarlas del local oestablecimiento del emisor”.

El incumplimiento de esta obligación será sancionado con multas hastade una unidad tributaria mensual en el caso de boletas de venta y de hasta 20unidades tributarias mensuales en el caso de facturas, de acuerdo con elNº19 del Art. Nº97 del Código Tributario.

1.2.5. Facultad de Eximir de la Obligación de Emitir Facturas y Boletas

La Dirección Nacional del Servicio está facultada para eximir de la obli-gación de emitir facturas y boletas en los casos señalados taxativamente en elInc. 1º del Art. Nº56 de la ley. Estos casos son:

- A determinadas actividades, grupos o gremios de contribuyentes;

- A contribuyentes que presten servicios exentos;

- A contribuyentes que vendan productos exentos;A los contribuyentes efectos a los impuestos establecidos en el D.L Nº825,

cuando por la modalidad de comercialización de algunos productos, o deprestación de algunos servicios, la emisión de boletas por cada operaciónpueda dificultar o entrabar las actividades que ellos desarrollan.

a. Contribuyentes Exentos de la Obligación de Emitir Boletas.

i. Contribuyentes acogidos al Sistema Tributación Simplificada, de acuer-do con las normas que el párrafo 7º del Título 11 establece para lospequeños contribuyentes;

ii. Suplementeros, incluso por las ventas de cigarros, cigarrillos y tabacosmanufacturados, y de artículos de escaso valor unitario que efectúen enlos quioscos ubicados en la vía pública;

iii. Repartidores de pan, leche y subproductos de ésta y jugos de fruta aldomicilio del consumidor;

iv. Empresas navieras, aéreas, ferroviarias y de movilización urbana, inter-urbana, interprovincial y rural, sólo respecto de los ingresos provenien-tes del transporte de pasajeros;

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Recuérdese que de acuerdo con lo establecido en el Nº3 de la partedispositiva de la Res. Ex. Nº1.110, no existe la obligación de emitir boletaspor las ventas de bienes corporales muebles y por las prestaciones de servi-cios que se indican:

i. Cigarros, cigarrillos y tabacos elaborados siempre que el vendedorno sea sujeto de derecho de IVA;

ii. Gas licuado de petróleo que se expenda en cilindros directamenteal consumidor, siempre que el subdistribuidor o agente no sea elsujeto de derecho del IVA; y

iii. Suministros de comida y bebidas analcohólicas exentas del IVA, deacuerdo a lo dispuesto en el Nº4 de la letra A) del Art. Nº12 del D.L.Nº825.

De acuerdo al Nº2 de la Resolución Nº1.251 Ex. D.O. 30.07.80), seexime de la obligación de emitir boletas por la venta de entradas a los espec-táculos deportivos.

b. Contribuyentes Eximidos de la Obligación de Emitir Guías de Despacho.La Resolución Nº1.578 (D.0. 16.11.79) eximió de la obligación de emitir

guías de despacho a las empresas periodísticas, editoras e importadoras deperiódicos, revistas e impresos, por las operaciones que realicen respecto dediarios, revistas e impresos, que efectúen con los agentes distribuidores depublicaciones o distribuidores de diarios y revistas, suplementeros y otraspersonas que comercien en el ramo.

Esta excepción no regirá para las ventas o traslados de materiales, re-puestos, materias primas, y otras especies corporales muebles que efectúenlas citadas empresas.

c. Facultad del SII para Autorizar el Uso de Boletas que no Reúnan los Re-quisitos Exigidos por el Reglamento.El inciso segundo del artículo Nº56 del D.L. Nº825, faculta al Servicio

para autorizar el uso de boletas que no reúnan los requisitos exigidos por elReglamento, siempre que a su juicio se resguarde debidamente el interésfiscal.

En uso de esta facultad el SII ha autorizado el empleo de las siguientesboletas especiales:

i. Boletas extendidas mediante procedimientos mecanizados ocomputacionales, como las utilizadas por algunas empresas de serviciopúblico; distribuidoras de electricidad, gas, etc.

ii. Boletas que llevan impreso el valor fijo del consumo, como las utilizadaspor algunos establecimientos de gran afluencia de público, heladerías ocafeterías, por ejemplo. Estas boletas constan, generalmente, de dosdivisionales, de las cuales la que queda adherida al talón hace las vecesde original.

iii. Boletas por entradas a espectáculos o reuniones pagadas. Estas boletasdeben emitirse en forma impresa y desprenderse de libros talonarios que

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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consten de dos partes: una, el talón equivalente al original y la otra quedebe entregarse al espectador, que corresponde a la copia. Si la empresadecide agregar una tercera divisionalidad para su control, ésta debe te-ner las mismas especificaciones que las anteriores. (Res. Nº1.251 Ex.D.O. 30.07.80).

iv. Vales emitidos por máquinas registradoras.

1.2.6. Emisión de Notas de Crédito y Débito

El Art. Nº57 de la ley impone a los vendedores y prestadores de serviciosafectos al IVA, la obligación de emitir “Notas de Crédito” en los siguientescasos:

- Por descuentos o bonificaciones que otorguen con posterioridad a lafacturación de las ventas y/o servicios a sus compradores o beneficiariosde servicios.

- Por las sumas que deban restituir a los compradores en razón de devolu-ciones de bienes dentro del plazo de tres meses, siempre que correspon-dan a ventas afectas; y

- Por las sumas devueltas a los compradores por depósitos constituidospor éstos para garantizar la restitución de los envases cuando el valor deellos haya sido incluido en el precio de la venta afecta a impuesto.La misma disposición citada obligada a vendedores y prestadores de

servicios afectos al IVA a emitir “Notas de Débito”, por aumentos del im-puesto primitivamente facturado.

Las Notas de Crédito y las de Débito, deben reunir los mismos requisitosexigidos para las facturas y que dichos comprobantes sólo pueden ser emiti-dos al mismo comprador o beneficiario del Servicio, para modificar facturasotorgadas con anterioridad.

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RESUMEN ADMINISTRACIÓN DEL IMPUESTO

a. Inscripción Rol Único Tributario (Art. 51)

b. Emisión de Comprobantes (Art. 52 –58)

Facturas (Art. 52 – 55)

- Vendedores o importadores en las operaciones que realicen conotros vendedores, importadores o prestadores de servicios y entodo caso tratándose de ventas o promesas de venta de inmuebles,contratos de instalación o confección de especialidades y con-tratos generales de construcción.

- Prestadores de servicios cuando el beneficiario de la prestaciónsea un “ Vendedor”, un importador, u otro prestador de servi-cios.

• Se Emite:

- En ventas, en el momento de la entrega real o simbólica de lasespecies.

- En servicios, en el periodo tributario en que la remuneración seperciba o se ponga a disposición del prestador de servicios.

- En contratos de instalaciones o confección de especialidades yde contratos generales de construcción, en el momento en quese perciba el pago del precio del contrato o parte de este, cual-quiera que sea la oportunidad en que se efectúe.

- En venta inmuebles (constructoras), facturas definitivas por totalo saldo a pagar en la fecha de la entrega real o simbólica delbien o de la suscripción de la escritura, si es anterior.

• Guías de Despacho (Art. 55).

- En reemplazo de factura, al momento de la entrega real o sim-bólica (Facturar hasta el 5ª día mes siguiente consignando nú-mero y fecha de guía o guías respectivas.

- Vendedores y prestadores de servicios, por traslado de merca-derías que no constituyan ventas.

• Facturas de Compras (Res. Nº551 / 75 y Res Nº1496/77).

- Por operaciones con particulares o contribuyentes de difícil fis-calización.

• Boleta de Servicios (res. Nº551/75).

- Beneficiarios de prestaciones de servicios prestados por perso-nas naturales de escasos conocimientos.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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• Boleta de Ventas y Servicios (Art.55).

- Vendedores o importadores por transferencias realizadas direc-tamente al consumidor.

- Prestadores de servicios en prestaciones a personas que no sonvendedores, importadores o prestadores de servicios.

• Boletas Especiales (Art. 56).

- Boletas por procedimientos mecanizados o computacionales.

- Boletas con valor fijo impreso.

- Boletas por entradas a espectáculos o reuniones pagadas.

- Vales emitidos por máquinas registradoras.

Se emiten en reemplazo de la boleta de ventas y servicios.

Hay que contar con autorización del S.I.I.

• Otros Documentos.

- Notas de Crédito y Notas de Débito (Art. 57).

- Liquidación Factura (Art. 73 Reglamento).

- Factura Exportación (Art. 52 – 55).

- Factura Zona Franca (Art. 52 – 55).

• Normas sobre Emisión de Documentos.

- Numeración Correlativa Única (Art. 69 reglamento).

- Timbraje de Documentos (Art. 54).

- Documentos deben cumplir requisitos exigidos por el D.L. 825/74

• Normas Contables.

- Obligación de llevar libros especiales timbrados que registrenventas, compras, servicios utilizados y prestados (Art. 59).

- En sucursales, libros auxiliares compra ventas por cada estable-cimiento (Res. Nº2.107/83).

• Declaración y Pago del Impuesto (Art. 64).

- Contribuyentes deben declarar y pagar hasta el día 12 de cadames los impuestos devengados en mes anterior.

- Declaración mensual debe presentarse aun cuando el contribu-yente no tuvo movimiento o no deba pagar suma alguna.

- En importaciones, al momento de retirar las especies de aduana.

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Actividades de Aprendizaje

1. Nombre a lo menos tres diferencias entre una boleta de venta y unafactura.

2. De acuerdo a las normas de administración, la factura no puede sermodificada cuando ya ha salido de la empresa que la emitió. Sin embar-go la misma normativa expresa cómo se puede corregir. Mencione quéestablece dicha normativa al respecto.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO

1. A qué se refiere la Ley del IVA cuando dice: “está afecto a IVA el hechogravado básico de venta”, o “se configura el hecho gravado básico deventa cuando .....

2. Las donaciones hechas por las empresas a la Teletón 2006 ¿están afectasa IVA? ¿Por qué?

3. El Sr. J.R. es dueño de un fundo que tiene un avalúo fiscal actualizado de$400.000.000. Lo vende a puerta cerrada en $900.000.000. El fundoestá compuesto de:

- Valor Terreno: $200.000.000

- Animales: $100.000.000

- Árboles Frutales: 100.000.000

¿Está afecta a IVA esta venta? Fundamente la respuesta.

V. RESUMEN

En la Cuarta Unidad se estudia el Impuesto al Valor Agregado, siendo elimpuesto indirecto que tiene una gravitación enorme en la recaudación quehace el Fisco.

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Representa aproximadamente un 75% de la recaudación fiscal, pero,también constituye la vía por la cual se evade el impuesto y podemos decirque los delitos tributarios más cuantiosos han sido por la evasión del IVA, apesar de que existen normas de resguardo.

En el Capítulo Primero se parte haciendo una breve reseña de cómo eseste impuesto, sus características, clasificación.

Se analizan los elementos que configuran el hecho gravado básico deVentas y hecho gravado básico de Servicio. También poniendo énfasis en lasventas y prestaciones de servicios que no reúnen los requisitos, pero que laley los asimila a hecho gravado especial en ventas y servicios, tales comoimportaciones, contratos de construcción, que están fundamentados en elArtículo 8° del DL 825.

En el Capítulo Segundo se analiza el devengamiento del impuesto, esdecir, cuando nace la obligación Tributaria de declarar y Pagar el IVA, endistintos hechos o situaciones que plasma en el Artículo 9 del reglamento delIVA. Por lo que se infiere que no todas las ventas y servicios afectos a IVA sedevengan en el mismo momento. Se hace mención al momento en que debeser emitida la Boleta o Factura.

Se determina el Sujeto Pasivo del impuesto en las ventas y servicios par-tiendo de la Regla General hasta casos que son particularidades, y la facul-tad que tiene el Director Nacional del SII para cambiar el Sujeto Pasivo paraaquellos contribuyentes de difícil fiscalización.

El Capítulo Tercero analiza el IVA en las ventas y servicios. El IVA DébitoFiscal Mensual en la venta y servicios, ya sea con Factura, Boletas, o VentasInferiores; el IVA Crédito Fiscal Mensual y sus requisitos de Fondo y Forma.Se operacionaliza la determinación del IVA y se determina el IVA a Pagar oRemanente de Crédito Fiscal cuando corresponda en algunos ejercicios tipo.

El Capítulo Cuarto se refiere a la Administración del Impuesto al ValorAgregado, poniendo énfasis en la documentación que sustenta el Impuestoal Valor Agregado, la oportunidad de la emisión de ellos, los requisitos deFondo y Forma establecidos por el Reglamento del DL 825. También seestablece como requisitos para corregir la Factura el emitir las Notas deAjuste, que aumentarán el valor de la Factura en el caso de la Nota de Débi-to o disminuirán con la Nota de Crédito; y finalmente la obligación de De-claración y Pago del Impuesto.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

394

VI. AUTOEVALUACIÓN

A. Indique la alternativa correcta (sólo una) encerrando en un círculo laletra correspondiente.

1. Por impuesto al valor agregado se entiende:

a. Margen de comercialización del productor que vende directamenteal consumidor.

b. Impuesto que grava las ventas desde el productor al exportador y alconsumidor final.

c. Impuesto que se aplica sobre el valor neto de las facturas de ventas ynotas de débito y notas de crédito que el vendedor emite a los con-sumidores finales.

d. Tributo que grava solamente los márgenes de comercialización y losmayores valores que se van incorporando a los bienes o servicios, encada etapa del proceso de producción y comercialización.

e. Gravamen sobre el valor neto de las facturas de ventas y notas decrédito que el vendedor emite por las transferencias a otros vende-dores.

2. Las transferencias de bienes corporales a título gratuito ¿se encuentranafectadas por este impuesto?

a. Sí, porque una de las personas, la que recibe las especies, se estábeneficiando.

b. Sí, porque a pesar que la transferencia es a título gratuito, se reúnenlos demás requisitos del hecho gravado básico de venta.

c. No, porque la ley dispone que el impuesto se devenga al momentodel pago de precio.

d. No, porque la ley dispone que la transferencia debe ser a título one-roso esto es, que haya un beneficio tanto para el que entrega el bien,como para quien lo recibe.

e. Las alternativas c) y d) son correctas.

3. Dación en pago consiste en:

a. La entrega al acreedor de un bien dejado en garantía de la deudaprincipal.

b. La entrega al acreedor de un bien previamente convenido como pagoalternativo de la deuda inicial.

c. La entrega al acreedor de un bien de idénticas características al que debe.

d. La entrega al acreedor de una cosa distinta de la que se debe.

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U N I D A D IV

395

4. ¿Qué condición especial deben cumplir los bienes corporalesinmuebles transferidos, para quedar incluidos como hecho gravadobásico de venta?

a. Deben ser transferidos por una empresa constructora, construidos ono por ella.

b. Deben ser bienes corporales inmuebles por destinación, de propie-dad de una empresa constructora, construidos totalmente por ella oque en parte hayan sido construidos por un tercero para ella.

c. Deben ser bienes corporales inmuebles construidos totalmente porun tercero para ella.

d. Deben ser propiedad de una empresa constructora, construidos to-talmente por ella o construidos en parte por un tercero para ella.

5. Los servicios pueden estar gravados sólo cuando:

a. Son habituales.

b. Son prestados por un vendedor.

c. Provienen de actividades clasificadas en artículo 20 Nº3 y 4 del D.L.824.

d. Ninguna de las anteriores.

6. Para los efectos del art. 8º, letra d) de la ley, se considera retiro:

a. El que define el Diccionario de la Real Academia.

b. El que contempla el D.L. 824 sobre Impuesto a la Renta.

c. La salida de bienes corporales muebles e inmuebles de la existenciade una empresa.

d. Al uso o consumo personal del empresario, socio, directores o em-pleados, o sus respectivas familias.

e. Igual que la letra anterior, pero agregando los bienes inmuebles delgiro.

7. De acuerdo al Reglamento del D.L. 825, por entrega real se entiende:

a. El acto mediante el cual el vendedor pone a disposición deladquiriente la especie.

b. El acto mediante el cual el adquirente pasa a ser dueño de la especiepor acuerdo de las partes.

c. El acto mediante el cual el vendedor permite al adquirente la apre-hensión material de la especie.

d. El acto mediante el cual se formaliza el contrato de venta.

e. El acto mediante el cual el vendedor entrega al adquirente las llavesdel lugar en que se encuentra la cosa.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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8. Una Comunidad vende un fundo forestal que valora de la siguiente forma:

Terreno $15.000.000

Árboles $20.000.000

Implementos de Trabajo $4.000.000

La base imponible es:

a. El avalúo fiscal.

b. $39.000.000.

c. $24.000.000.

d. $20.000.000.

e. Ninguna de los anteriores.

B. Ejercicio.

1. Ejercicio Nº1: IVA.

- Para efectos del ejercicio sólo las facturas estarán a valor neto (VN).

- Se pide: Débito Fiscal, Crédito Fiscal e Impuesto IVA a pagar.

• Operaciones mes de febrero.

- Compras mercaderías según facturas $15.000.000

- Compras mercaderías según boletas $2.000.000

- Compras maquinaria según boleta $30.000.000

- Compra camioneta doble cabina nueva según factura $25.000.000

- Venta mercaderías según facturas $18.000.000

- Venta mercaderías según boletas $15.000.000

- Ventas mercaderías inferiores a $190 pero, afectas a IVA $12.000.000

- Nos hacen un descuento por pronto pago de $1.000.000

- Recargamos por error en precio facturado $3.000.000

- Venta de un camión según factura(fue comprado nuevo en 2004) $6.000.000

- El dueño hace retiros de mercaderías con factura (preciocosto $4.000.000, Precio venta $8.000.000)

2. Ejercicio Nº2.

- Se pide: Monto Derecho a Devolución de acuerdo al D.S. Nº348, Mesde junio y Mes de agosto.

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• Mes de junio del 2006:

Remanente Crédito Fiscal $4.000.000

Compras del mes. Facturas varias Valor Neto $9.000.000

Ventas del mes:

Ventas Internas Valor Neto $4.000.000

Ventas Exportación Valor FOB $6.000.000

• Mes de Agosto:

Ventas

Ventas Internas VN $5.000.000

Exportaciones $8.000.000

RESPUESTAS:

A. Alternativa correcta.

1. d 5. c

2. d 6. e

3. d 7. c

4. d 8. e

B. Ejercicios.

1. Ejercicio Nº1: IVA.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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2. Ejercicio Nº2: Exportaciones.

• Mes de Junio 2003

Compras VN $9.000.000 IVA Crédito Fiscal $1.620.000

Ventas Internas VN $4.000.000 IVA Débito Fiscal $720.000

Exportaciones VN $6.000.000

Exento de IVA Total de Ventas$10.000.000

Cálculo del Porcentaje de las exportación en relación al total de las ventas

• Derecho a devolución de remanente Crédito Fiscal:

Con TOPE 18% de las exportaciones del mes (Junio).

6.000.000 x 18% = 1.080.000.

Derecho a Devolución RCF. $1.080.000

IVA Débito Fiscal del Mes $720.000

Menos: IVA Crédito Fiscal del Mes $648.000

IVA Débito Fiscal que debe ser imputado al Remanentede Crédito Fiscal 72.000

Remanente de Crédito Fiscal Mes Anterior (mayo) $4.000.000

R.C.F. 3.928.000

Derecho a Devolución RCF (1.080.000)

Remanente Crédito Fiscal 2.848.000

D° a devolución del Mes Junio = $ 972.000

D° a devolución del RCF. = $1.080.000

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• Mes de Agosto 2003

Ventas

Ventas Internas VN $5.000.000

Exportaciones $8.000.000

Rem. Crédito Fiscal $2.848.000

Ventas Internas $5.000.000 IVA Débito Fiscal $900.000

Remanente de Crédito Fiscal $2.848.000

Remanente de Crédito Fiscal $1.948.000

D° a Devolución del Rem. Crédito Fiscal (1.440..000)

508.000

D° a devolución del Mes AGOSTO = $ 0

D° a devolución del RCF. = $ 1.440.000

VII. BIBLIOGRAFÍA

Asociación Fiscalizadores de

Impuestos Internos de Chile (2003). Manual de Consultas Tributarias. Santia-go. Chile.

Contreras Hugo y González S.

Leonel (2000). Curso Práctico de IVA. Editorial Cepet.Reedición año 2003. Santiago. Chile.

Ediciones Técnicas Tributarias S.A. (2002). Manual de Consultas Tributarias.Año XXIV – Lexis Nexis N°285 Septiem-bre 2002 Tomo I. N°286 Tomo II N°287Tomo III. Chile.

Fajardo Castro. José A. (2003). Sistemas Impositivos, Compendio Tribu-tario y Laboral. Producciones GráficasLos Trapiches Ltda. Reedición 2003. San-tiago. Chile.

República de Chile. Decreto Ley Nº825. Edición 2002.

Universidad Diego Portales. Dirección Electrónica Biblioteca http://biblioteca.udp.cl

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Anexos IVANEXOS CUARTA UNIDAD

ANEXO Nº1: EJERCICIO FORMULARIO Nº29

� Actividad de Aprendizaje

La empresa “El Llorón Ltda.” Rut: 12.345.678-9 le presenta las siguientesoperaciones del mes de agosto 2006, para que le haga la Declaración delFormulario 29.

• Operaciones Mes de Agosto:

- Compras mercaderías según facturas Varias. $25.000.000

- Venta mercaderías según boletas (N°1 al 80). $35.000.000

- Intereses cobrados por ventas a plazo. $2.000.000

- Compra maquinaria según boleta N°00567. $40.000.000

- Compra camioneta doble cabina según boleta N°0354 $15.000.000

- Venta mercaderías según facturas varias. $28.000.000

- Donación de mercaderías a Fundación “Alivia laConciencia”, sin fines promocionales. Factura: $18.000.000

- Ventas mercaderías inferiores a $190 pero afectas a IVA. $32.000.000

- Nos hacen un descuento por pronto pago de: $11.000.000

- Recargamos, por error en precio facturado: $3.000.000

- Compras mercaderías según boletas N°345, N°273: $22.000.000

- Recibimos factura N°2954 del taller, correspondientea reparación de: $5.000.000

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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• Automóvil usado por los vendedores para visitar clientes: $2.000.000

• Automóvil Station Wagon destinado exclusivamenteal transporte de mercaderías: $3.000.000

- Venta de un camión según factura N°37406(fue comprado nuevo en 2002) $9.000.000

- Retiro de mercadería efectuada por el dueño según factura:

• Precio de costo: $8.000.000

• Precio de venta: 9.000.000

- Venta de mercaderías al crédito (60 días) según facturasvarias: $11.000.000

• Otros Antecedentes:

- Pago Provisional Mensual 5%

- Remanente Crédito Fiscal 35,79 UTM

• Unidad tributaria mensual

- Agosto $30.000, Septiembre $40.000, Octubre $50.000

- En el Libro Remuneración se tienen retenidos porconcepto de Impuesto Único de Trabajadores: $350.000

- Se le cancela al Contador Honorarios, valor bruto: $800.000

� Desarrollo:

• Compras del Mes de agosto.

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• Ventas del Mes de Agosto.

Cálculo PPM: x 5 % =

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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Anexos IVANEXOS CUARTA UNIDAD

ANEXO Nº2: FACTURACIÓN EMPRESA CONSTRUCTORA

� Ejercicio N°1: Crédito Especial Empresas Constructoras Decreto LeyN°910.

La empresa Constructora “La Mano Negra” registra los siguientes valoresa julio de 2002, por la Construcción y venta de inmuebles para habitación.

- Materiales en Ejecución 25.000.000

- Mano de Obra en Ejecución 13.000.000

- Precio Costo Terreno Actualizado(Adquirido en octubre 1997) 11.440.000

- Avalúo Fiscal Terreno 6.000.000

- Margen de Utilidad sobre el costo 35%

Se pide: Determinar Crédito D.L. N° 910, Facturación y DeclaraciónCorrespondiente.

� Desarrollo:

• Valor Terreno para Efectos de I.V.A:

Valor Costo Terreno Actualizado 11.440.000

Doble del Avalúo Fiscal 12.000.000

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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• Determinación Precio Venta:- Materiales en Ejecución 25.000.000

- Mano de Obra en Ejecución 13.00.0000

- Valor Libro Terreno 10.990.000

- Valor Costo 48.990.000

- 35% de Utilidad 17.146.500

- Precio Venta 66.136.500

• Facturación.

- Precio Venta Total 66.136.500

- Valor Terreno (11.440.000)

- Valor Neto Afecto a I.V.A. 54.696.500

- IVA 18 % ($9.845.370)

- ( - ) 65% CRÉDITO ESPECIAL ($6.399.490) 3.445.880

- Sub – Total 58.142.380

- Valor Terreno 11.440.000

- Total Factura 69.582.380

• Declaración Mensual de julio 2000.

- Débito Fiscal $9.845.370

- Crédito Fiscal (18% de $25.000.000) 4.500.000

- IVA Determinado 5.345.370

- Crédito Empre. Constructora (6.399.490)

- Reman. Crédito Mes Siguiente (1.054.120)

- Equivalente en U.T.M. ($19.589) = 53,81

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Anexos IVANEXOS CUARTA UNIDAD

ANEXO Nº3: EJERCICIO PRORRATEO DEL VALOR DEL TERRENO

� Ejercicio: Prorrateo del Valor del Terreno

• Antecedentes.

- Costo actualizado del terreno: $82.000.000.

- Avalúo fiscal vigente al vender: $30.000.000.

- Superficie del terreno: 5.000 m2

- Construcción útil: 10.000 m2

- Total unidades: 5 Blocks, 4 pisos con 4Dptos., x piso.

- El terreno fue adquirido hace 13 meses.

� Desarrollo:

• Valor del Terreno para Efectos de I.V.A.

Por existir menos de tres años entre la compra y la venta, se computa el topede dos avalúos, es decir $60.000.000.

Valor a prorratear por m2: $ 60.000.000. = $6.000 el m2

10.000 m2

De esta forma, si un departamento tiene 125 m2, el valor del terreno será de$750.000 y si tuviese 100 m2, el valor sería $600.000.

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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Valor a prorratear por piso: $60.000.000. = $3.000.000 el piso. 20

Se ha considerado que todos los pisos son iguales (5x4 = 20).

Valor a prorratear por Departamento: $60.000.000. = $750.000 el Dpto. 80

Se ha considerado que todos los departamentos son iguales (5x4x4 = 80).

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Anexos IVANEXOS CUARTA UNIDAD

= 60 %

ANEXO Nº4: EJERCICIO DE EXPORTACIÓN

• Mes de junio del 2006

Remanente Crédito Fiscal $3.000.000

Compras del mes. Facturas varias. Valor Neto $9.000.000

Ventas del mes:

Ventas Internas. Valor Neto $4.000.000

Ventas Exportación Valor FOB $6.000.000

• Se Pide: Monto Derecho a Devolución de acuerdo al D.S. 348.

� Desarrollo Ejercicio de Exportación:

Ventas Internas $4.000.000 IVA DF $760.000

Ventas Exportación $6.000.000 IVA DF Exento

Total Ventas $10.000.000

• Cálculo de la Proporcionalidad de exportación.

Export. 6.000.000

Total Ventas Mes 10.000.000

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ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN A LAS VENTAS Y SERVICIOS AFECTAS A IVA

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- IVA Débito Fiscal del mes $760.000

- IVA Crédito Fiscal del mes $684.000

- IVA Débito del mes $76.000

- Remanente Crédito Fiscal $3.000.000

- Saldo IVA D F $76.000

- Remanente $2.924.000

Tope Rem. Que Se Puede Solicitar: 19% Export. del Mes

19% x 6.000.000 = 1.140.000

Remanente 2.924.000

Menos Devolución de Rem. 1.140.000

Remanente para el Próximo Mes $1.784.000

Respuesta

Derecho a Devolución del mes = 1.026.000Remanente Devolución = 1.140.000Total Derecho a Devolución 2.166.000

Ventas Internas 40% $684.000Ventas Exportación 60% $1.026.000Total 1.710.000

IVA C F Mensual $1.710.000

Derecho a Devolución del mes = 972.000

Remanente Devolución = 1.080.000

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UnidadUnidad V

“Teoría general de laplanificación tributaria”

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I. INTRODUCCIÓN

Hoy en día existe una necesidad creciente de las unidades económicas,tanto públicas como privadas, de disminuir la carga impositiva total, con elconsiguiente incremento de la utilidad después de impuestos, sin llegar acruzar las fronteras de lo legal y lícito.

La Planificación Tributaria satisface esa necesidad de búsqueda de laopción menos gravosa en la carga impositiva, es por ello que el conocimien-to creciente de esta nueva disciplina, hace necesario un manejo previo deconceptos y teorías, además de un buen criterio para llevar a cabo la Planifi-cación Tributaria.

La función de planificar tributariamente, supone no sólo el conocimien-to de materias propias de la tributación de las empresas, sino también cono-cer otros temas, materias, disciplinas como la Contabilidad, las FinanzasPúblicas, la Administración Financiera, la Macroeconomía o entorno econó-mico de los negocios, el Derecho de Empresa.

La Planificación Tributaria también se conoce como Planeación Fiscal,Economía de Opción e Ingeniería Tributaria y en nuestro medio es un temaemergente pero de gran importancia y sobre el que aún queda mucho quedecir, por lo que nuestros profesionales deben jugar un rol activo y no pasivo,abriendo nuevos espacios de desarrollo y visualizando los nuevos horizontes.

1.1. Objetivos de Aprendizaje

- Conocer, analizar y aplicar los conceptos fundamentales, y opciones quetienen las empresas y los dueños frente al fenómeno impositivo.

- Analizar casos de Planificación Tributaria y de la aplicación de la nor-mativa tributaria.

- Aplicar mediante un proceso planificado el ahorro de impuestos y/o di-ferir el pago de estos.

- Maximizar utilidades disminuyendo los costos de la carga impositiva.

Leacuidadosamente

los objetivos,porque ellos

indican lo que seespera que ustedaprenda en esta

unidad.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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1.2. Sumario.

Teoría General de la Planificación Tributaria. Conductas Ilícitas de laPlanificación Tributaria. Decisiones en la Vida de la Empresa, IncidenciaTributaria.

II. ACTIVIDADES DE ENTRADA

1. Resuma lo que aprendió en la Segunda Unidad con respecto a la formade organización de las empresas desde el punto de vista jurídico.

2. Elabore un listado con motivaciones de evasión tributaria de un contri-buyente.

3. ¿Qué impuestos ha escuchado en su medio laboral, que se tiene la inten-ción o que se evada con más frecuencia?

Le sugerimosdesarrollar lasactividades de

entrada, ya queellas les ayudarán

a activarconocimientos

previos que seránrequeridos en esta

unidad.

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4. ¿Cómo definiría la Planificación Tributaria?

5. ¿Cuál es la diferencia sustancial que hay entre una evasión, elusión eincumplimiento de una obligación tributaria?

6. ¿Son compatibles las conductas de Planificación Tributaria y ElusiónTributaria?

7. ¿Cuáles cree usted que son los Límites de la Planificación Tributaria?

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PrimerPRIMER CAPÍTULO: Teoría general de la planificación tributaria

La Planificación Tributaria en su proceso no tiene un modelo definido yaque cada caso es particular y único, siendo necesario el conocimiento cre-ciente de esta nueva disciplina, lo que conduce a un manejo previo de con-ceptos y teorías, además, de un criterio para llevar a cabo una planificación.

1. Concepto de Planificación Tributaria

La Planificación Tributaria es un proceso constituido por una serie deactos o actuaciones lícitas del contribuyente, cuya finalidad es invertireficientemente los recursos destinados por éste al negocio de que se trata ycon la menor carga impositiva que sea legalmente admisible, dentro de lasopciones que el ordenamiento jurídico entrega.

El abogado y economista, don Joaquín de Arespacochaga señala que:“toda planificación fiscal persigue minimizar la carga tributaria derivada delejercicio de una actividad mercantil o de la tenencia de un patrimonio me-diante la elección de la vía de acción más eficiente entre todas las alternati-vas legalmente posibles”.

Según José Ignacio Ruiz Toledano, “puede definirse la planificación fis-cal, como cualquier decisión del obligado tributario que permita minorar susobligaciones tributarias y que no se oponga, ni siquiera indirectamente, a lodispuesto en la normativa tributaria”.

1.1. Análisis de los Conceptos de Planificación

a. La planificación tributaria es un proceso. Porque está constituido porconductas lícitas, del contribuyente entregadas a través de exenciones,incentivos, franquicias, regímenes tributarios y tratamientos tributariosespeciales, etc.

b. Las actuaciones del contribuyente son lícitas. Nadie duda que son ac-tuaciones lícitas no así las conductas ilícitas que son la elusión y la eva-sión.

c. Está orientada a disminuir la carga impositiva.

Durante su lecturarecuerde subrayarlas ideas fuerza yal finalizar cadacapítulo elabore

un mapaconceptual a partir

de las palabrasclaves

identificadas eideas centrales.

III. DESARROLLO DE CONTENIDOS

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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d. Tiene como objetivo la maximización de la utilidad después de impues-tos; y

e. Supone una elección entre las diversas opciones legalmente admisibles.

2. Elementos de la Planificación Tributaria

Los elementos mínimos que deben considerarse para una PlanificaciónTributaria son:

- La existencia de un negocio proyectado real.

- Las formas de organización legal que existen.

- La planificación debe contener el concepto de unidad económica, puesdebe comprender a la empresa y sus propietarios.

- Existen diversos impuestos que pueden afectar las utilidades de las em-presas y, en consecuencia, todos ellos deben ser considerados en la pla-nificación.

- La planificación debe tener una perspectiva global en el tiempo; y

- Se debe determinar la estructura que compatibilice, en la mejor forma,estos elementos.Desde otro punto de vista, los “Elementos Fundamentales” de la planifi-

cación tributaria son:

a. El Sujeto.

Sujeto de la Planificación Tributaria es el contribuyente beneficiario deella, o sea, el que la encarga.

Este contribuyente puede ser cualquiera persona natural o jurídica, seaempresa, propietario o simple contribuyente, y que desee minimizar sucarga impositiva o la del patrimonio de afectación que administre; y, enconsecuencia, maximizar la utilidad después de impuestos.

b. El Objeto.

El objeto de la Planificación Tributaria es la materia sobre la cual recae,es decir, la existencia de un negocio proyectado real. Siempre será ennegocios lícitos, legales o legítimos.

La Planificación Tributaria siempre se refiere a negocios reales, o sea,que tengan una razón de negocios.

c. La Finalidad.

La planificación tributaria tiene como objetivo o finalidad la economíade opción, es decir, el ahorro impositivo, la disminución de la cargaimpositiva total que afecte al contribuyente.

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En algunos casos, la PT tiene únicamente como objetivo el ahorro deimpuestos y diferir el pago de impuestos.

Por ejemplo, en el caso de acumulación de beneficios en paraísos tribu-tarios.

d. El Proceso.

La Planificación Tributaria es un proceso, porque está constituido por unconjunto de actos o actuaciones lícitas del contribuyente, dispuestas enel orden más adecuado, para lograr la finalidad perseguida: ahorro deimpuestos o diferimiento de su pago.

Este proceso debe ser ordenado a su finalidad, razón por la cual los actoso actuaciones deber estar concatenados entre sí.

El proceso de PT no es un conjunto desordenado de actos, sino que, porel contrario, requiere de un cierto orden y concierto, es decir, debe orde-narse en mira de un fin determinado mediante el procedimiento.

e. El Procedimiento.

El procedimiento es el conjunto de reglas y principios que regulan elproceso de Planificación Tributaria para lograr las finalidades propues-tas.

f. Mecanismos o Herramientas de la Planificación Tributaria.

Para que el proceso de planificación tributaria cumpla con el objetivo deminimizar la carga impositiva del contribuyente tiene que apoyarse enlos instrumentos de análisis, métodos proporcionados por otras discipli-nas como Derecho, Administración, Finanzas, etc., y requiere no sola-mente conocimientos tributarios y otras materias, además, ingenio, crea-tividad y supone un acucioso análisis interdisciplinario de cada casopara llegar a un resultado óptimo.

¿Qué forma tiene el proceso de la Planificación Tributaria?

Según Joaquín de Arespacochaga, por su finalidad, la tarea de planificarel ejercicio de una actividad mercantil o la tenencia de un patrimoniomediante la elección de la vía de acción más eficiente no debe configu-rarse tanto en la forma de una recta, simple y directa, sino más bien comouna línea curva que discurre por el lecho que separa el más eficientecumplimiento de un objetivo y el deber de cumplir con la legalidad.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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3. Causa de la Planificación Tributaria

La Planificación Tributaria esta motivada por la búsqueda demaximización del beneficio después de impuestos.

Desde el punto de vista tributario, la maximización del beneficio de laempresa se logra si se minimiza la carga impositiva o se difiere el pago deimpuestos respecto de un ejercicio o todo el horizonte temporal que com-prende, a través del proceso de PT.

4. Fundamentos de la Planificación Tributaria

El fundamento de la planificación tributaria se sustenta en el Principiode la Autonomía de la Voluntad. Que significa que las partes de un acto onegocio jurídico son libres para hacer todo lo que no esté prohibido por elordenamiento jurídico, es decir, pueden decidir libremente qué negociosjurídicos ejecutarán y qué contenido darán a tales actos.

5. Principios de la Planificación Tributaria

Los principios de la PT son las directrices que guían la función del profe-sional que realiza la planificación, a fin de que la vía tributaria elegida poréste sea la más eficiente en la disminución de la carga impositiva total queafecta al contribuyente.

Es necesaria cuando obedece a una necesidad sentida por el contribu-yente, en cuanto a minimizar la carga impositiva ante un negocio proyecta-do real.

Por consiguiente, no siempre resulta útil y conveniente efectuar una pla-nificación tributaria, sino únicamente cuando el contribuyente tenga realnecesidad de ella.

El proceso de planificación tributaria se desarrolla a través de varias eta-pas. Ahora bien, para determinar la necesidad de planificar, hay que agotartodas o algunas de dichas etapas previas a la decisión de cuál plan elegir,única forma de adoptar una resolución informada.

Necesidad

Materialidad

Legalidad

Singularidad

Oportunidad

Seguridad

Principios de la Planificación Tributaria.

Globalidad

Integridad

Utilidad

Temporalidad

Realidad

Interdisciplinariedad

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En otros términos, será el análisis de las diversas opciones que la legisla-ción tributaria contempla el que permitirá, en última instancia, determinar sihay necesidad o no hay necesidad de planificar.

5.1. Explicación de Algunos Principios

El principio de Legalidad en materia de PT significa que, en un Estado deDerecho, nadie está autorizado para transgredir la ley o burlar su espíritu.

Las planificaciones tributarias realizadas por los contribuyentes, para quesean calificadas de tales, deben ajustarse estrictamente al ordenamiento jurí-dico vigente.

El límite entre la planificación tributaria y la elusión es muy tenue, razónpor la cual, en muchos casos, será difícil determinar si estamos en presenciade uno u otro tipo de conductas, al haber dificultad en distinguir entre plani-ficación tributaria y elusión tributaria, el legislador ha establecido normasque contemplan “Medidas antielusión”, recurriendo con frecuencia a las “fic-ciones jurídicas”, en perjuicio del contribuyente, transgrediéndose en mu-chos casos el principio de la “capacidad contributiva”.

Además de la elusión tributaria, la PT tiene como límite las conductas deevasión tributaria. Sin embargo, en este caso, no existe dificultad para distin-guir entre planificación y evasión, pues tratándose de este tipo de conductas(ilícitas) el hecho gravado nace a la vida del Derecho y es ocultado a laAdministración Tributaria o simplemente omitido por el contribuyente, enperjuicio de los intereses fiscales.

El principio de Oportunidad de la PT significa que ésta debe hacersesiempre teniendo presente la conveniencia de tiempo y lugar. Es oportunacuando se hace en tiempo, conscientemente y cuando conviene.

El tiempo en que debe hacerse la PT es siempre anterior a la ejecuciónde los actos que conforman el proceso, pues si fuera posterior sería verifica-ción o control.

Con anterioridad significa antes de que se constituya la sociedad, antesde que se haga la inversión o se celebre el negocio jurídico de que se trata,antes de que comience el ejercicio, etc.

El lugar en que ha de hacerse la PT también debe ser el conveniente,según la ubicación de la empresa, de sus propietarios o de la inversión, porejemplo, la PT puede ser nacional o internacional.

El principio de Globalidad significa que, en una Planificación Tributaria,deben considerarse todos los impuestos que puedan afectar al contribuyentepara quien se realiza.

Los Impuestos que deben considerarse son la Renta, el IVA, el Impuestode Timbres y Estampillas, Impuestos Aduaneros, Contribución de Bienes Raí-ces, Patente Municipal, etc.

El principio de la Utilidad. La PT debe arrojar un saldo favorable al con-tribuyente, es decir, debe ser útil y conveniente para él, significando que losbeneficios son superiores a los costos, y no existen riesgos o contingenciastributarias o éstos son mínimos.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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El principio de Realidad, según este principio, la PT deber versar sobreun negocio proyectado real, razón por la cual nunca debe traducirse en arti-ficios formales sin contenido real. Las opciones que se evalúan, para elegirlas más convenientes, son reales, con un sentido de negocios. Debe existiruna “Razón de Negocio” (no están comprendidos los negocios simulados olos negocios indirectos).

El principio de Materialidad. Significa que los beneficios deben excedera los costos en forma relativamente importante. Se calcula la relación Costo/Beneficio de varias maneras, siendo la más simple una evaluación del bene-ficio y del costo, que no implique una relación, está basada en la diferenciaentre ambos conceptos, esto es: B – C. En este caso, si B es mayor que C, enuna forma relativamente importante, el plan debería aceptarse.

6. Etapas de la Planificación Tributaria

Etapas de la Planificación Tributaria

Recolección de Antecedentes Relevantes.Ordenación y Clasificación de los Datos.

Análisis de los Datos.Diseño de los Posibles Planes.

Evaluación de los Planes Alternativos.Comparación de los Planes.

Estimación de las Probabilidades de Éxito de los Planes.Elección del Mejor Plan.

Comprobación del Plan Elegido.Proposición al solicitante del mejor Plan.

Supervisión y Puesta al día del Plan elegido.

6.1. Pasos a Seguir

En la Planificación Tributaria se debe recolectar todos los datos relevan-tes del negocio que se proyecta. Si el contribuyente es persona natural ojurídica, la inversión es de carácter nacional o internacional, forma definanciamiento, etc., todos los datos se deben ordenar, separar lo relevantede lo irrelevante, y clasificarlos según los planes que se diseñarán. Se debenanalizar para determinar cuál es el sentido y alcance de los datos relevantes,en materia tributaria y luego diseñar todos los planes que resulten de losdatos recopilados.

Todos los planes deben evaluarse mediante el análisis Costo/Beneficio omediante VAN o TIR. Luego de evaluar cada paso, ellos deben compararse,con la finalidad de determinar cuál es el mejor, previo análisis de los riesgosimplícitos y de hacer una estimación de las probabilidades de éxito.

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La elección del plan corresponderá finalmente al contribuyente luego deseleccionar el plan que presente mayores beneficios y menor riesgo implíci-to. Si el plan es internacional, se debe someter a la consideración de losexpertos extranjeros, en todos los países en que haya de aplicarse.

Planificación Tributaria.

Soledad Recabarren G. define la Planificación Tributaria “como la ac-ción del contribuyente destinada a maximizar la utilidad después de im-puestos, utilizando para ello una forma de organización o de contrata-ción que le permita disminuir su carga impositiva”.

Sujeto de la P.T.

Finalidad de la P.T.

7. Método de Planificación Tributaria

Se refiere al modo en que se debe ordenar el proceso para que la cargaimpositiva que afecte al contribuyente sea óptima según sus intereses. Sinembargo cada planificación Tributaria es distinta porque cada caso tambiénes distinto, por lo tanto no hay método establecido sino propuestas.

8. Límites de la Planificación Tributaria

EmpresaDueñosAdministrador o Tenedor de Bienes.

Ahorro de ImpuestosDiferimiento de Pago.

Norberto Rivas C. propone un método, que consiste en los siguientespasos:

1° Seguir un orden lógico en el desarrollo de las distintas etapas delproceso de planificación tributaria, con las simplificaciones que elcaso admita.

2° Aplicar estrictamente los principios de la Planificación Tributaria.3° Hacer un cuestionario que sea lo más completo posible respecto de

cada una de las etapas y siempre en relación con los principios odirectrices de la planificación.

4° Por último, un elemento negativo: no aplicar arquetipos o modelos,sino analizar cada caso en particular, según sus características pecu-liares, con extremo rigor, teniendo en especial consideración los fac-tores o elementos de más frecuente aplicación, a la luz de la legisla-ción tributaria vigente.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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8.1. Punto de Vista Subjetivo

Se refiere a las conductas lícitas del contribuyente ante la norma tributariaque establece el hecho imponible y desechando las conductas ilícitas comoes la de evitar el nacimiento de la obligación tributaria (elusión) o su pago(evasión).

8.2. Punto de Vista Objetivo

Relacionado con las normas jurídicas de orden público o de derechopúblico que limitan la autonomía de la voluntad del contribuyente o se im-ponen a ella. Estas normas se imponen a los contribuyentes y constituyen“Medidas Antielusión”, o bien “Medidas Antievasión” dispuestas por el orde-namiento jurídico tributario.

Actividades de Aprendizaje

1. Explique si es lícita la planificación tributaria que carece de una razónsocial.

2. ¿Por qué se dice que en la planificación tributaria no se pueden aplicarmodelos o no obedece a modelos?

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SegunSEGUNDO CAPÍTULO: Conductas ilícitas de la planificación tributaria

1. Elusión Tributaria

Es toda conducta dolosa ilícita del contribuyente que tiene como finali-dad evitar el nacimiento de la obligación tributaria. No constituye una in-fracción o delito, solo es una conducta dolosa o ilícita del contribuyente queevitará el nacimiento de la obligación tributaria.

En importante establecer desde el punto de vista tributario que es distin-to la “Elusión Tributaria“ a la “Evasión Tributaria”.

La Evasión es caer en el hecho gravado de que se trate y no cumplir conla obligación tributaria. Es por ejemplo vender productos afectos a IVA, ven-derlos sin IVA o boleta de venta.

Elusión Vs. Evasión

Elusión es eludir, buscando la forma de operar o buscar la forma jurídica,que sea menos gravosa, pero dentro de la Ley.

Cuando se “elude” ni siquiera se alcanza a configurar el hecho gravado.

Se elude el caer en la situación que obliga a pagar el impuesto o se pos-terga el momento del pago para más adelante.

Evadir, es dejar de pagar la obligación ya establecida y ya ocurrió el he-cho gravado. No se paga o evade el impuesto que debió pagarse.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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1.1. Los Mecanismos de la Elusión Tributaria

Mecanismos de Elusión Tributaria

Fraude de la ley tributaria.Abuso de derecho.

Violación del principio de la buena fe.Atentado contra los actos propios.

Gastos innecesarios.Retiros excesivos.

Distribución de Dividendos o retiros de utilidades encubiertas.Enriquecimiento injusto.

etc.

1.2 Reforma Tributaria Ley N°19.738 Anti-Elusión y Anti-Evasión(Héctor Sepúlveda Correa. Manual de Consultas Tributarias).

• Ejemplos de Elusión.

Antes de la Reforma Tributaria de la ley Nº19.738, cuando una empresavendía un bien del activo fijo después de un año de haberlo adquirido, estaoperación no estaba afecta a IVA a pesar que la empresa utilizó el crédito de IVAal momento de la compra del mismo bien. Esto permitía una figura de elusiónque consistía en que el empresario o alguna persona ligada a una empresa pue-da comprar activos a través de ésta, los cuales son transferidos a su nombre o aterceros interesados después de un año, evitando así el pago del IVA.

Con la Reforma Tributaria, para evitar esta figura de elusión, se gravó conIVA la venta de bienes del activo fijo, si es que se venden dentro de losprimeros cuatro años desde que fue adquirido y siempre que no esté termi-nada su vida útil normal.

CASO 1.

Don Chupete Undurraga, Pérez-Cotapos, empresario, debe comprarleun vehículo a su hijito Chupetín. EL don decide comprar una camionetanueva, doble cabina, de un valor de $15.000.000 más IVA.

La camioneta la comprará como activo fijo de su empresa, de esta mane-ra, él no hará desembolso alguno por la compra ni mantenimiento y otrosgastos que genere.

Además podrá utilizar el IVA Crédito Fiscal que tienen los vehículos nue-vos. Después de un año podría transferirlo a nombre de su hijo o tercerosevitando el pago del IVA.

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1.3. Antes de la Reforma Tributaria Nº19.738

La Ley de Renta en el art. 31 Nº3 establece que se pueden aprovechar laspérdidas tributarias que tenga una determinada empresa, en dos sentidos:primero, pudiendo imputarse a utilidades futuras sin límite de tiempo, y ensegundo lugar, otorgando al contribuyente que ha pagado impuestos, la op-ción de recuperar el impuesto de primera categoría que pagó en el pasadopor utilidades tributarias, al compensarse estas con las pérdidas tributarias.

Esto último se puede hacer no solamente con impuestos pagados porutilidades propias, sino también con utilidades ajenas, por ejemplo, retiros,dividendos recibidos, y con pérdidas también de otras firmas, por ejemplo,al fusionarse con otra empresa, etc.

CASO 3.Como ejemplo de elusión tenemos que las empresas constructoras ha-cen un artificio para pagar menos Impuesto al Valor Agregado.

Como sabemos que los Bienes Corporales Immuebles construidos total-mente por una empresa constructora o mandados a construir una partede estos bienes a un tercero, estará gravado con IVA la primera venta.

El artificio consiste en que toda empresa Constructora crea una empresaInmobiliaria, de esta manera la empresa constructora le vende a un bajoprecio (sólo primera venta afecta a IVA) a la inmobiliaria, quien vendeal consumidor sin IVA (segunda venta no está gravada con IVA).

CASO 2.

Al señor J.R., cuyas rentas son de trabajo, le dice el nuevo empleador:

- La remuneración mensual que ganarás es de $x.xxx.xxx. Puedo ha-certe Contrato de Trabajo (Paga Impuesto Único Trabajadores, tasamarginal inmediata del 45%) o como profesional Independiente (contasa de retención del 10% hasta la fecha de la declaración anual).Técnicamente me convendría como independiente emitir boletasde honorarios, e incluso me podrían devolver sobrante en caja (Im-puesto Global Complementario).Al elegir una determinada forma de ser gravado, estoy eludiendo o

difiriendo un hecho gravado por preferir otro menos gravoso en el cortoplazo, pero en ninguno de los casos estoy evadiendo, porque estoy den-tro de la ley.

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Con la Reforma tributaria para limitar este aprovechamiento indebido,se debió limitar el derecho a uso de las pérdidas, cuando hubiera cambio enla propiedad de una determinada sociedad, lo que se suponía indicaba unaventa con fines tributarios y no de negocio, que es lo aceptable.

2. El Problema de la Evasión Tributaria

La Evasión Tributaria afecta a nuestro sistema tributario, privando al Fis-co de un estimado de 4.890 millones de dólares que bien podrían resolvermuchas necesidades de los chilenos y en especial de los sectores más po-bres.

2.1. La Evasión Tributaria

Es la acción dirigida a eludir el pago de impuestos. Se define como elfenómeno en virtud del cual se elude el pago del tributo sin pagar el impues-to y sustrayendo al Fisco del ingreso correspondiente.

Manuel Matus Benavente (Finanzas Públicas, Editorial Jurídica de Chile):“en forma muy simple podemos afirmar que la evasión tributaria es el acto oacción por el cual el contribuyente no cumple con su obligación tributaria, ono paga el impuesto o tributo, estando obligado a hacerlo”.

• La evasión tributaria adquiere varios grados, dependiendo de laintencionalidad defraudatoria:

- Evasión Involuntaria.

- Evasión Voluntaria.

- Evasión Ilícita.

- Evasión Lícita o Elusión, etc.Dependiendo del grado o intencionalidad, son también las sanciones

que se aplican. Cuando hay intencionalidad y dolo se incurre en Delito Tri-butario, que es sancionado con prisión.

CASO 1.

Una empresa con enormes pérdidas tributarias (FUT Negativo) podíatransarse y comprarse en el mercado por un valor de alrededor de un 5%o más, porque al fusionarse con un FUT positivo de otra empresa, permi-tía recuperar el 15% de impuesto pagado por la segunda.

En realidad sólo se compraba un cascarón que serviría parar quitarle alFisco impuestos pagados por otros contribuyentes.

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2.2. Causas de la Evasión Tributaria

Causas de la Evasión

Ineficacia de la Acción Fiscalizadora.

Complejidad de la Estructura Tributaria.

Sanciones muy Blandas.

No Aceptación del Sistema Tributario.

Mentalidad Defraudadora del Contribuyente.

Falta de Conciencia Tributaria.

Poca Transparencia En los Gastos del Sector Público.

Los Límites que debe tener una Planificación Tributaria están dados conla conducta del contribuyente ante la normativa tributaria, que tiene queestar dentro de lo ético y lo lícito, y también los límites que impone el Siste-ma Jurídico que crea medidas antielusión y antievasión.

Actividad de Aprendizaje

1. Elaborar un mapa conceptual considerando las ideas centrales de estecapítulo.

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TercerTERCER CAPÍTULO: Decisiones en la vida de la empresa, incidencia tributaria

1. Régimen de Tributación de las Sociedades

1.1. Según su Organización

1.1.1. Colectiva

Con relación a los principales aspectos tributarios de las sociedades co-lectivas, para efectos de la L.I.R., la señalada sociedad es una sociedad depersonas por oposición a la sociedad de capital (art. 2º, Nº6, L.I.R.).

La sociedad colectiva está afecta al impuesto de primera categoría, cuyatasa es de 15%, sobre la base de renta efectiva o presunta si procediere.

En el evento de que deban tributar con el impuesto de primera categoríasobre la base de renta efectiva con contabilidad completa, deberán llevar ellibro F.U.T.

Los gastos rechazados de las sociedades colectivas tributan en cabezade los socios con los impuestos personales que correspondan.

Los retiros fictos, erróneamente llamados retiros presuntos, tributan encabeza de los socios, como si se tratara de verdaderos retiros, tales como lospréstamos, el uso o goce de bienes del activo de las empresas y bienes entre-gados en garantía, en ciertos casos.

Se acepta como gasto la remuneración del socio de la sociedad colecti-va, a condición que cumpla con los requisitos que impone la normativa alrespecto.

La remuneración del cónyuge del socio o de los hijos de éste si sonsolteros y menores de 18 años, son gastos rechazados por la ley tributaria.

Si la sociedad colectiva está obligada a llevar F.U.T., los socios tributansólo por los retiros que se imputan a dicho fondo. Por el contrario, si no estáobligada a llevar F.U.T. debe tributar sobre la renta devengada por la socie-dad.

El retiro de utilidades tributables para reinvertir en otra empresa obligadaa determinar su renta efectiva por medio de contabilidad completa, cum-pliendo los demás requisitos legales, no se gravará con los impuestos perso-

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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nales, según corresponda, mientras no sean retiradas de la sociedad que re-cibe la inversión o sean distribuidas por esta.

1.1.2. En Comandita

Desde un punto de vista impositivo, estas sociedades pueden estar afec-tas al impuesto de 1ª categoría, cuya tasa es de 15%, según régimen de rentapresunta o efectiva. La sociedad en comandita simple puede acogerse al ré-gimen de renta presunta por las actividades agrícolas, minera y del transpor-te terrestre; y las sociedades en comandita por acciones pueden acogerse alrégimen de renta presunta sólo por la actividad agrícola, pero no puedenacogerse a dicho régimen por las actividades mineras o de transporte terres-tre.

Para los efectos de la Ley de Impuesto a la Renta, las sociedades encomandita por acciones son sociedades de personas (art. 2º Nº6), sin perjui-cio del tratamiento especial que en algunos casos se da a las rentas imputa-bles a los accionistas de las sociedades en comandita por acciones.

Las sociedades en comandita por acciones tributan con el impuesto úni-co del 35% establecido en el inciso tercero del artículo 21 de la L.I.R. (gastosrechazados, entre otras partidas), por todas las cantidades indicadas en elinciso primero de dicho precepto legal que proporcionalmente correspon-dan a las utilidades de los accionistas. En cambio, tratándose de las socieda-des en comandita simple, las partidas a que se refiere el mencionado incisoprimero deben considerarse retiradas de la empresa por los socios gestores,al término del ejercicio, independiente del resultado tributario.

Las rentas de las sociedades en comandita por acciones que retiren lossocios gestores quedan afectas al impuesto global complementario o adicio-nal, según corresponda, siempre que se imputen a utilidades acumuladas enel F.U.T. de la sociedad o a las devengadas por la sociedad de personas enque participe la sociedad en comandita.

Las rentas generadas por los socios gestores de las sociedades en coman-dita por acciones pueden retirarse para reinvertirse en otras empresas obliga-das a determinar su renta efectiva y no se gravarán con los impuestos perso-nales mientras no se retiren de la sociedad que recibe la inversión.

Los accionistas de las sociedades en comandita por acciones pagaránlos impuestos personales, según corresponda, sobre las cantidades que acualquier título les distribuya la sociedad respectiva, o en conformidad a lodispuesto en los artículos 54 Nº1 y 58 Nº2, de la L.I.R.

Las remuneraciones de los socios gestores de sociedades en comanditapor acciones se aceptan como gasto siempre y cuando trabajen efectiva ypermanentemente en el negocio o empresa, hasta por el monto que hubiereestado afecto a cotizaciones previsionales obligatorias (Art. 31, Nº6, L.I.R.).

Las sociedades en comandita por acciones pueden estar o no obligadasa llevar el libro F.U.T. Por regla general, deberán llevarlo; pero, excepcional-mente, no estarán obligados, si no quedan sujetos al impuesto de primeracategoría, según contabilidad completa, por ejemplo: cuando puedan aco-gerse al régimen de renta presunta. Asimismo, tratándose de sociedades en

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comandita por acciones, los socios gestores tributarán por las rentas retiradasy los accionistas por las sumas distribuidas. Es decir, a los socios gestores lesserán aplicables las mismas normas relativas a los empresarios individuales,sociedades de personas y las agencias de empresas extranjeras, en cuanto aque tributarán con los mencionados impuestos global complementario oadicional, según proceda, sólo por aquella parte de las utilidades tributariasque se hubieran retirado de las referidas empresas.

En cambio, los accionistas de dichas sociedades lo harán por las canti-dades que efectivamente perciban de ellas, al igual que los accionistas de lassociedades anónimas. (Circular Nº37/84).

1.1.3. Sociedad de Responsabilidad Limitada

Con relación a los principales aspectos tributarios de las sociedades deresponsabilidad limitada es, para efectos de la L.I.R., una sociedad de perso-nas por oposición a la sociedad de capital (Art. 2º, Nº6, L.I.R.).

La sociedad de responsabilidad limitada está afecta al impuesto de pri-mera categoría, cuya tasa es de 15%, sobre la base de renta efectiva o pre-sunta si procediere.

En evento que deban tributar con el impuesto de primera categoría sobrela base de renta efectiva con contabilidad completa, deberán llevar el libroF.U.T.

Los gastos rechazados de las sociedades de responsabilidad limitada tri-butan en cabeza de los socios con los impuestos personales que correspon-dan.

Los retiros fictos, erróneamente llamados retiros presuntos, tributan encabeza de los socios, como si se tratara de verdaderos retiros, tales como lospréstamos, el uso o goce de bienes del activo de las empresas y bienes entre-gados en garantía, en ciertos casos.

Se acepta como gasto la remuneración del socio de la sociedad de res-ponsabilidad limitada, a condición que cumpla con los requisitos que impo-ne la normativa al respecto.

La remuneración del cónyuge del socio o de los hijos de éste, si sonsolteros y menores de 18 años, son gastos rechazados por la ley tributaria.

Si la sociedad de responsabilidad limitada está obligada a llevar F.U.T.,los socios tributan sólo por los retiros que se imputan a dicho fondo. Por elcontrario, si no está obligada a llevar F.U.T. debe tributar sobre la rentadevengada por la sociedad.

El retiro de utilidades tributables para reinvertir en otra empresa obligadaa determinar su renta efectiva por medio de contabilidad completa, cum-pliendo los demás requisitos legales, no se gravará con los impuestos perso-nales, según corresponda, mientras no sean retiradas de la sociedad que re-cibe la inversión o sean distribuidas por esta.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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1.1.4. Sociedad Anónima

Desde un punto de vista tributario, como se sabe, son sociedades quesiempre deben tributar, con renta efectiva en la primera categoría, con tasade 15%, quedando sujeta además a un impuesto único, que no tendrá elcarácter de impuesto de categoría, establecido en el artículo 21 de la L.I.R.,con tasa del 35%, respecto de aquellos gastos rechazados que tengan elcarácter de retiros definidos en la misma norma de dicho artículo.

Las sociedades anónimas cerradas pagarán el impuesto único del 35%establecido en el inciso tercero del artículo 21 de la L.I.R., por los préstamosque efectúen a sus accionistas personas naturales.

Respecto de los gastos rechazados provenientes de otra empresa, las so-ciedades anónimas que sean socias de sociedades de personas tributaráncon el impuesto único del 35%, establecido en el inciso tercero del artículo21 de la L.I.R., por todas las partidas referidas en el inciso primero y segundode dicho artículo que deben considerarse retiradas por ellas de las socieda-des de personas, calculando el tributo sobre la parte que les corresponda,pudiendo rebajar el crédito de primera categoría que afecta a dichas parti-das.

Tanto las sociedades anónimas abiertas como las cerradas, deben llevarel registro tributario denominado F.U.T., principalmente para el control delos créditos a que tengan derecho los accionistas por las utilidades tributablesque les distribuyan.

Las utilidades tributables de las sociedades anónimas no gozan del be-neficio tributario de la reinversión, con suspensión del pago de los impues-tos.

Las sociedades anónimas no pueden acogerse al régimen tributario derenta presunta, por los bienes raíces, por las rentas derivadas de la actividadminera y el transporte terrestre.

Las remuneraciones pagadas al cónyuge del accionista constituyen gas-to deducible de la renta bruta, si se reúnen los requisitos legales, esto esnecesarios para producir la renta.

1.2. Otros Tipos de Sociedades

1.2.1. Sociedades de Hecho

Desde un punto de vista tributario, este tipo de contribuyentes, denomi-nados por la ley de la renta como asociaciones o comunidades (comunidaddiferente a la sociedad conyugal y la sucesión por causa de muerte), no tie-nen diferencias frente al fisco con relación a la aplicación del impuesto deprimera categoría, cuando corresponde con la única diferencia que los co-muneros o socios de estas sociedades, deben responder solidariamente porlas obligaciones impositivas de la comunidad, a menos que estos identifi-quen a los demás comuneros con ocasión de la presentación de la declara-ción anual de impuesto a la renta de acuerdo a lo establecido en el artículo6º de la ley de la renta.

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Para el S.I.I. la sociedad de hecho carece de personalidad jurídica y, porlo tanto, no podrían actuar bajo una forma independiente de los socios quela componen. Debería tratárseles como comunidades.

En nuestra legislación tributaria, no sólo las entidades con personalidadjurídica (personas naturales y jurídicas) pueden ser contribuyentes, sino tam-bién las entidades que carecen de ella (Véanse los artículos 66 del C.T., 6º dela L.I.R. y 3º del I.V.A.), como las comunidades.

De manera que, independiente de si la sociedad de hecho tiene o nopersonalidad jurídica, puede ser contribuyente.

1.2.2. Empresa Individual

En el ámbito de la empresa, las utilidades tributan con el impuesto deprimera categoría sobre renta efectiva determinada según contabilidad com-pleta, salvo que se acojan a un régimen excepcional de renta presunta, alrégimen excepcional del artículo 14 bis de la L.I.R. o que se trate de peque-ños contribuyentes.

Además, el empresario individual tributará con el impuesto global com-plementario por los retiros que efectúe de su empresa individual, que debenimputarse a las utilidades acumuladas en el Fondo de Utilidades Tributarias,en el evento que se trate de contribuyentes que determinan la renta efectivasegún contabilidad completa. Si no está obligado a llevar el registro F.U.T., elempresario individual queda afecto a tal impuesto sobre base devengada,independiente de los retiros que efectúe.

El empresario individual puede reinvertir las utilidades que retira de suempresa individual, sin tener que pagar los impuestos personales (Globalcomplementario), siempre que cumpla los requisitos legales establecidos enel artículo 14, párrafo A), Nº1, letra c), de la L.I.R.

La empresa individual puede convertirse, desde un punto de vista tribu-tario, en cualquier tipo de sociedad, para lo cual el empresario individualdeberá asociarse con otra persona al efecto.

Como se verá más adelante, la sociedad que se constituye por el empre-sario individual debe asumir la responsabilidad solidaria de todas las obliga-ciones tributarias del mismo. Así quedará establecido en la escritura social,conforme al artículo 69 del Código Tributario.

1.2.3. Sociedades de Profesionales

Para efectos de analizar el régimen tributario de las sociedades de profe-sionales, hay que distinguir entre las sociedades de segunda categoría deaquellas acogidas voluntariamente al régimen de tributación de la primeracategoría.

Respecto de las primeras, estas sociedades deben declarar sobre la basede contabilidad, razón por la cual no rige para ellas el sistema de gastospresuntos. En todo caso, la contabilidad debe terminar con un balance tribu-tario, cuyos resultados no constituyen la base directa de la declaración anual,ya que su resultado es distribuido a los socios en la forma que lo indica la

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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escritura social. Estos contribuyentes sólo están afectos a los impuestos per-sonales, según corresponda.

Con relación a las sociedades de profesionales que hayan optado pordeclarar sus rentas de acuerdo con las normas de primera categoría, sujetán-dose a sus disposiciones para todos los efectos legales. El ejercicio de laopción debe practicarse dentro de los tres primeros meses del año comercialrespectivo. La opción es irrevocable, es decir, no pueden volver al sistema detributación de la segunda categoría.

1.2.4. Asociación o Cuentas en Participación

Del análisis e interpretación del artículo 28 del Código Tributario que serefiere a la situación tributaria de la asociación, se puede concluir:

El contrato de asociación o cuentas en participación no constituye per-sona jurídica, razón por la cual el contribuyente es el gestor, sin perjuicio dela tributación que afecta al partícipe, por los impuestos personales, cuandose pruebe la efectividad, condiciones y monto de la respectiva operación.

Todas las obligaciones tributarias corresponden al gestor de la asocia-ción o cuentas en participación, entre las cuales cabe mencionar: 1) obliga-ción de declaración y de pago de los impuestos (directos e indirectos); 2)obligación de retención; 3) obligación de efectuar P.P.M., etc.

Sólo en el evento que se pruebe la efectividad, condiciones y monto dela respectiva participación, las rentas que correspondan a los partícipes con-siderarán en ellas impuestos personales, según corresponda. De maneraque, conforme al principio de legalidad tributaria, el partícipe no está obliga-do a pagar el impuesto de primera categoría, sino únicamente los impuestospersonales, aun cuando pueda sostenerse que este tratamiento tributario noestá de acuerdo con el nuevo sistema tributario de la L.I.R. Por consiguiente,ninguna interpretación puede ir más allá del texto y sentido claro de la ley(Véase la circular Nº29, del 4 de junio de 1999, emitida por la DirecciónNacional del S.I.I., cuya ambigüedad pareciera dar a entender que el partíci-pe debe cumplir además con el impuesto de primera categoría).

Todas las obligaciones tributarias por las operaciones de la asociaciónson de responsabilidad del gestor; pero, como se reputa único dueño frente aterceros, los negocios de la asociación se confunden tributariamente con lospropios, debiendo efectuar una sola declaración tanto respecto de sus rentascomo las de la asociación.

Según el artículo 29 del Código Tributario, sólo el gestor es contribuyen-te del impuesto de primera categoría, motivo por el cual puede rebajar laspérdidas obtenidas en su propia empresa de las utilidades obtenidas por laasociación, o viceversa, para los fines de establecer la renta líquida imponiblede primera categoría.

Tratándose de pérdidas producidas en una asociación o cuentas en par-ticipación, sólo el gestor puede rebajarlas por su monto total de las utilidadesde su propia empresa, no así el partícipe, ya que respecto de la asociación laley considera como contribuyente únicamente al gestor (CI Nº109/77 delS.I.I.).

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Si no se acredita la efectividad, condiciones y monto de la asociación ocuentas en participación, el gestor debe tributar con los impuestos persona-les, por la totalidad de las utilidades retiradas de la empresa y hasta la concu-rrencia del F.U.T. En caso contrario, o sea, cuando se acredita la asociación,el gestor sólo debe tributar con dichos impuestos por las utilidades que lecorrespondan y que ha debido registrar en el F.U.T.

El gestor no debe incorporar a su F.U.T. las utilidades que correspondanal partícipe inactivo, cuando se acredite la efectividad, condiciones y montode la asociación, sino sólo las suyas y con derecho a crédito sólo por éstas.

El asociado o partícipe inactivo, cuando se acredite la efectividad, con-diciones y monto de la asociación, debe tributar con los impuestos persona-les por las rentas que le haya correspondido en la asociación, de acuerdocon el régimen tributario que le afecte, es decir, conforme a lo establecidopor las letras A) o B) del artículo 14 de la L.I.R. En efecto, si el partícipedeclara su renta efectiva mediante contabilidad completa, la participaciónque le corresponde deberá incorporarla a su F.U.T. como un ingreso másobtenido y tributar sobre ella a base de su retiro o distribución, según loprevisto en la letra A) del artículo 14 de la L.I.R. Por el contrario, si el partíci-pe es un contribuyente que declara su renta efectiva mediante contabilidadsimplificada o simplemente no lleva contabilidad, la participación que lecorresponde en el contrato de asociación deberá ser declarada en los im-puestos personales indicados en el mismo ejercicio en que sea percibida,devengada o distribuida, de acuerdo con los dispuesto en la letra B) del cita-do artículo 14.

Ante el claro sentido de la disposición del artículo 28 del Código Tribu-tario, el participe jamás debe tributar con el impuesto de primera categoría,sino únicamente con los impuestos personales cuando corresponda.

1.2.5. Establecimientos Permanentes de Empresas Extranjeras

Estos contribuyentes tributan por la totalidad de las rentas de fuente chi-lena, percibidas o devengadas.

En el caso de agencias, sucursales u otras formas de establecimientopermanentes que estos contribuyentes tengan u operen en Chile, la renta defuente chilena se determinará sobre la base de los resultados reales obteni-dos de su gestión en el país; en tal caso, ellos deberán determinar sus rentassobre la base de contabilidad completa y balance general; todo ello de con-formidad a lo dispuesto por el artículo 38º de la L.I.R.

Respecto del impuesto de primera categoría, tales contribuyentes tribu-tan sobre rentas efectivas, tanto percibidas como devengadas, con tasa del15%, determinadas de acuerdo al mecanismo establecido en los artículos29º al 33º de la L.I.R.

De acuerdo a lo señalado por el inciso 3º del artículo 21 de la L.I.R.,estos contribuyentes también están afectos al impuesto único del inciso ter-cero del artículo 21 de dicho cuerpo legal, con tasa del 35%, sobre las can-tidades o partidas señaladas en el número 1 del artículo 33º, que correspon-

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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dan a retiros de especies o a cantidades representativas de desembolsos dedinero con las excepciones que la propia ley señala.

Los establecimientos permanentes de empresas extranjeras, pagarán elimpuesto adicional con tasa del 35%, sobre todas las rentas de fuente chile-na que remesen al exterior o sean retiradas, con excepción de los intereses aque se refiere el Nº1 del artículo 59 de la L.I.R. (Art. 58 Nº1, L.I.R.).

Sin perjuicio de las obligaciones anules señaladas, los referidos contri-buyentes, por cada remesa de renta tributable que efectúen al exterior duran-te el ejercicio, deben realizar una retención de impuesto adicional a la rentacon tasa de 35% con derecho a deducir de dicha retención el impuesto deprimera categoría que hubiera afectado a tales utilidades tributables; tributoque debe ser enterado en arcas fiscales dentro de los primeros 12 días delmes siguiente al de su retención, de conformidad a lo dispuesto en los artícu-los 74º Nº4 y 75º de la L.I.R. Esta retención, debidamente actualizada, sepodrá dar de abono a los impuestos anuales a declarar por el inversionista altérmino del ejercicio.

En el caso de este tipo de contribuyentes, cuando remesen al exteriorcantidades con cargo a utilidades generadas en el propio ejercicio en mar-cha, por no tener un F.U.T. positivo al 31 de diciembre del año anterior ohaber agotado éste por las remesas efectuadas en el citado periodo, no pro-cederá efectuar ninguna retención por concepto de impuesto adicional, deaquellas a que se refiere el artículo 74º Nº4 de la L.I.R., ello debido a que loscitados contribuyentes no se comprenden dentro del ámbito de la normageneral que obliga a aplicar la tasa provisoria del 20%, sobre las sumasremesadas.

1.2.6. Joint Venture

El S.I.I., de acuerdo con las características del contrato de Joint Venture,lo asimila a la comunidad; y por lo tanto, le hace aplicable el tratamientotributario que a ésta le afecta. Es decir, los contribuyentes serían las personasnaturales o jurídicas que integran el Joint Venture.

Sin embargo, el S.I.I. ha impartido normas a las cuales deben sujetarseestas asociaciones, cuando se ha solicitado actuar de este modo, entre lascuales cabe destacar las siguientes:

Cada partícipe mantiene su calidad de contribuyente individual, ya quecada uno de ellos realiza su utilidad por separado.

Cada uno de los asociados debe llevar contabilidad separada; y el ope-rador del Joint Venture debe también llevar contabilidad separada por loscostos y/o gastos comunes, los que deben ser traspasados a los partícipes enla proporción que corresponda.

El liquidador deberá confeccionar por separado y remitir a cada partíci-pe una liquidación mensual sobre los gastos incurridos dentro del plazo delos 8 primeros días del mes siguiente a aquel que los motiva. La liquidacióndeberá confeccionarse con dos formularios distintos, detallando en uno deellos los gastos en que se soportó el I.V.A. y además los que digan relacióncon la adquisición de especies y utilización de servicios exentos o no afectos

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a dicho gravamen, y en el fondo del formulario los gastos restantes o costosde la operación que por su naturaleza no se encuentran afectos a I.V.A. Lacuenta que debe rendir el operador, mediante la liquidación, debe conteneruna detallada información, haciendo expresa mención de que el operadoractúa como mandatario.

Cada partícipe podrá imputar a su débito fiscal el impuesto al valor agre-gado registrado en la Factura-Liquidación que debe remitir el operador delJoint Venture, en la proporción que corresponda.

Los bienes del activo inmovilizado adquiridos por el operador, se depre-cian, normal o aceleradamente, por los partícipes, de acuerdo con la cuotade dominio que cada uno tenga en los bienes afectos a la explotación deljoint venture. (Fuente: Katia Villalobos)

2. Elementos y Factores que se Deben Considerar en una Planifi-cación Tributaria

2.1. Formas Jurídicas más Comunes de Organización Jurídicas queson Consideradas

2.1.1. Empresa Unipersonal o Individual

La empresa individual es la organización de Capital y Trabajo de unapersona natural (dueño), bajo su responsabilidad para la realización de acti-vidades económicas afectas al Impuesto.

El dueño responde con todos sus Bienes de las obligaciones contraídas.Este es el gran inconveniente, porque su responsabilidad es ilimitada.

El dueño asume la responsabilidad de la empresa ante la Ley Tributaria.

A nivel empresarial, las utilidades de la empresa tributan con Impuestode Primera Categoría sobre renta efectiva determinada con contabilidadcompleta, o cuando correspondiera en base a régimen de renta presun-ta, o al régimen opcional Art. 14 Bis, o que sean Pequeños Contribuyen-tes.

A nivel Personal, el dueño tributará con el Impuesto Global Comple-mentario o Impuesto Adicional, por los retiros que haga el contribuyente(renta efectiva con contabilidad completa debe llevar FUT) siempre queestén sustentados del Fondo de Utilidad Tributario (el retiro de dinero oespecies hasta el tope del FUT).

Si el régimen de tributación de la empresa es de Renta Presunta, se en-tenderá retirada o percibida la renta presunta.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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Podemos decir, que si la empresa no está obligado a llevar FUT, el em-presario individual queda afecto a los Impuestos Global Complementario oAdicional sobre base devengada, independiente de los retiros.

Los gastos rechazados y pagados de la empresa, la ley tributaria los asu-me como retiros y deben tributar con los impuestos personales.

Las remuneraciones de esposa e hijos solteros menores de 18 años, aun-que trabajen efectivamente, se consideran como Gasto Rechazado y tributancon el impuesto Global Complementario.

2.1.2. Consideraciones Tributarias en Relación a las S.A.

a) Las S.A. tributan sobre la base de renta efectiva con contabilidad com-pleta de acuerdo a las normas de la LIR del D.L. 824 (Art.29 al 33) con elImpuesto de Primera Categoría.

Las S.A. nunca pueden acogerse al Régimen Tributario de Renta Presuntaen la actividad agrícola, sector minero, sector transporte.

b) Los Gastos rechazados y otras partidas establecido en el artículo 21 Leyde la Renta en el inciso tercero dice que tributan con Impuesto Únicocon tasa del 35%.

c) Los gastos rechazados proveniente de una sociedad de personas en quela S.A. tiene participación, tributarán de acuerdo al Art. 21 inciso 3° conel impuesto Único con tasa 35%.

d) Los Préstamos a los accionistas hechos por la S.A. tributan con el im-puesto Único tasa 35%.

e) Las S.A. al llevar contabilidad completa tienen la obligación de llevar unregistro de Utilidades llamado Fondo de Utilidades Tributarias FUT, don-de se controla las Utilidades tributarias (FUT) y Utilidades no tributables(FUNT).

f) Las reinversiones que los accionistas hagan a otras empresas no suspen-den la tributación.

g) Las Remuneraciones a la esposa e hijos solteros menores de 18 años quetrabajen en la empresa, se aceptan como gastos necesarios (no son re-chazados).

A nivel empresarial el Accionista tributa con el impuesto personal Glo-bal Complementario o Impuesto Adicional por los dividendos y dividendosprovisorios, aunque no sea cubierto por las Utilidades Tributarias y Notributarias que registra el FUT.

2.1.3. Consideraciones Tributarias en Relación a las Sociedades de Res-ponsabilidad Limitada

a) Es una sociedad de Personas.

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c) La Soc. tributa en base a renta efectiva con contabilidad completa deacuerdo a las normas de la LIR del D.L. 824 (Art. 29 al 33) con el Impues-to de Primera Categoría o puede acogerse al Régimen Tributario de Ren-ta Presunta en la actividad agrícola, sector minero, sector transporte (sireúne los requisitos).

d) Si tributa con contabilidad completa debe llevar un registro de las utili-dades tributarias llamado Fondo de Utilidades Tributarias (FUT).

e) Las remuneraciones de esposa e hijos solteros menores de 18 años aun-que trabajen efectivamente se considera como Gasto Rechazado y tribu-ta con el impuesto Global Complementario.

f) Sueldo Empresarial: se acepta como gasto la remuneración del socio,que trabaja efectivamente en la empresa, hasta lo que imponga en siste-ma previsional (Tope 60 UF, exceso gasto rechazado).

g) Retiros Ficticios: son aquellos llamados “Retiros Presuntos”. Tributa conel impuesto Global complementario el socio que hace uso o goce debienes o Activos de la empresa.

h) Los socios tributan a nivel personal con el Impuesto Global Comple-mentario o Impuesto Adicional, por los retiros siempre que estén respal-dados por el FUT (hasta tope FUT), y por los Gastos rechazados y Paga-dos que le corresponden de la sociedad.

i) Si los socios reinvierten los retiros (cumpliendo con todas las exigencias)se suspende la tributación en Global Complementario.

2.1.4. Sociedad Colectiva

Igual a Soc. Responsabilidad Ltda.

3. Créditos Tributarios

Los Créditos Tributarios son derechos establecidos por la legislacióntributaria a favor del contribuyente que cumple con ciertos requisitos con elobjetivo de estimular la inversión, el ahorro, o por otras razones establecidaspor la política tributaria. Estos créditos sólo pueden ser utilizados por el con-tribuyente a quien la ley estableció.

Para nombrar algunos, tenemos aquellos que rebajan al Impuesto de Pri-mera Categoría.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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Créditos Tributarios

Contribuciones de Bienes Raíces.Activo Fijo.

Rentas de Fondos Mutuos.Donaciones “Culturales”.

Donaciones “Educacionales”.Donaciones “Deportivas”.

Donaciones a Universidades y similares “Academias”.Inversiones en Arica y Parinacota y Ley Austral.

Impuesto Extranjeros.Gastos de Capacitación.Empresas constructoras.

4. Reorganización de la Empresa

4.1. Modificaciones de Contratos Sociales

La ley lo define como variación o cambio que experimenta una socie-dad, por acuerdo de sus socios, que se manifiesta a través de escritura socialy que no implica una alteración de la naturaleza jurídica de la entidad.

Las modificaciones al contrato social pueden ser por:

Modificaciones al Contrato Social

Aumentos de Capital.Disminuciones de Capital.

Cambio de Giro, Ampliaciones.Ingreso o Retiro de Socios.Cambio de Razón Social.

Cambio del Domicilio de la Sociedad.Cambio de los Cargos Directivos de la Sociedad.

Otras Modificaciones.

Esta modificación debe ser comunicada en la Dirección Regional o Uni-dad correspondiente al domicilio de la sociedad.

El artículo 68, del Código Tributario establece que el aviso de modifica-ción del contrato social debe hacerse dentro de los dos meses siguientes a lafecha en que ella se efectúa.

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4.2. Obligaciones

a) En el caso de disminución de capital, la sociedad debe contar con laautorización previa del Servicio.

b) En el caso de modificaciones que no impliquen cambio de razón social,la sociedad deberá seguir utilizando los mismos libros de contabilidad ydocumentación autorizados y cumplir las demás obligaciones tributariasque le corresponden.

c) Cuando implique cambio de razón social deberá seguir usando los mis-mos libros de contabilidad autorizados, consignando en ello la nuevarazón social. En cuanto a la documentación, deberá ser reemplazada ytimbrada con la nueva razón social.

5. Reinversión de Utilidades en Otras Empresas

El artículo 14 de la ley de la Renta se refiere a las reinversiones.

5.1. Suspensión de Impuestos

Las rentas que retiren los empresarios individuales y socios de socieda-des de personas (personas naturales y jurídicas extranjeras) y socios gestoresde sociedades en comandita por acciones, para invertirlas en otras empresaso Sociedades establecidas en Chile, que declaren o determinen su renta efec-tiva en la primera categoría mediante contabilidad completa, no se gravaráncon los impuestos global complementario o adicional mientras tales rentasno sean retiradas o distribuidas de la sociedad o empresa que recibe dichainversión.

5.2. Forma en que Deben Efectuarse las Inversiones

La reinversión de utilidades señalada, sólo se podrá hacer mediante au-mentos efectivos de capital e individuales, aportes sociales en sociedades depersonas o en la adquisición de acciones de pago. Respecto de los aumentosde capital y aportes sociales, se expresa que pueden ser en cualquier especieo valor según los registros contables de la empresa o sociedad de la cual seefectúa el retiro destinado a reinversión.

En la Reorganización de la Empresa deben tenerse presente efectos en:

- Ley de Renta.

- Ley de IVA.

- P. P. M.

- Término de Giro.

- Cambio de Régimen tributario en un mismo periodo.Nuevas obligaciones Tributarias.

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En el caso de aportes en sociedades de personas, efectuados como inver-sión, no es necesario que ellos se realicen mediante escritura pública o seestablezcan en contrato social; sin perjuicio de que dichos valores se conta-bilicen adecuadamente tanto los registros contables de la empresa o socie-dad desde la cual se efectúa el retiro destinado a reinversión como en losregistros contables de la sociedad receptora de aporte, principalmente en elregistro FUT a que se refiere el N°3 de la Letra a del artículo 14 de la Ley dela Renta.

5.3. Plazo para Efectuar la Inversión

Las inversiones referidas deben efectuarse dentro del plazo de 20 díascorridos, contados desde la fecha en que se efectuó el retiro destinado areinversión. Si la citada inversión no se efectúa en el plazo señalado, losretiros quedan afectos a los impuestos Global Complementario o Adicional.

a. Incompatibilidad de estas Inversiones con las Establecidas en el N°1del Artículo 57 bis de la Ley

Los contribuyentes que inviertan en acciones de pago de sociedadesanónimas abiertas de conformidad con las normas anteriores, no podrán aco-gerse por dichas acciones a la rebaja que por tal concepto se refiere el N°1del artículo 57 bis de la ley de la Renta, toda vez que dichas rentas retiradase invertidas en acciones no han sido afectadas con los impuestos global com-plementario o adicional.

b. Reinversión de Utilidades Mediante otras Formas JurídicasTambién se considerarán como reinversión de utilidades, y por consi-

guiente eximidas en ese acto de la aplicación de impuestos Global Comple-mentario o Adicional, las rentas o utilidades traspasadas o aportadas a otrasempresas o sociedad con ocasión de la transformación de una empresa indi-vidual en sociedades de cualquier clase o en la división o fusión de socieda-des, entendiéndose dentro de esta última figura jurídica, la reunión del totalde los derechos o acciones de una sociedad en manos de una misma perso-na. Tales utilidades, en las situaciones previstas, se afectarán con los impues-tos personales mencionados en la oportunidad en que sean retiradas de lasempresas o sociedades nuevas o subsistentes a las cuales se aportaron, odistribuidas por éstas. En el caso de división de sociedades, las utilidadesacumuladas en la sociedad que se divide, se entenderá que se asignan oincorporan a las sociedades nuevas que se crean, en proporción al patrimo-nio neto de las primeras.

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Fuente: Profesora María Patricia Quezada.

5.4. Conversión en Sociedades, Aportes de Todo el Activo y PasivoEntre Sociedades, Fusión y Absorción

5.4.1. Conversión de una Empresa Individual en Sociedad de CualquierNaturaleza

• Sin Cláusula de Responsabilidad Solidaria.

La empresa individual que desaparece debe presentar término de giro.

La sociedad que se crea debe presentar declaración inicial de actividades.

• Con Cláusula de Responsabilidad Solidaria.La empresa individual que desaparece se libera de la obligación de co-

municar término de giro.

a. Obligaciones.

- Comunicar la conversión al SII, a través del Formulario 2117, aco-giéndose a la franquicia del art. 69 CT, dentro de los dos meses si-guientes a la fecha en que se produzca.

- Establecer en la escritura pública donde conste la conversión, la res-ponsabilidad solidaria pertinente.

- Obtener el R.U.T. a nombre de la nueva sociedad.

- Otros antecedente.

Figura Nº1:Empresa tributa enbase renta efectiva

con contabilidadcompleta. Empresa Unipersonal

Sociedad de Personas

SociedadAnónimas

Retirosreinvertidos sesuspende latributación

Reinversión de los ……………

Dividendosreinvertidos no sesuspende latributación

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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b. Obligaciones de la Sociedad que Subsiste.

- Pagar los impuestos girados a la empresa que desaparece, segúnbalance final de esta, dentro de los dos meses siguientes a la conver-sión, y los demás impuestos dentro de los plazos legales.

- Timbrar nuevos libros de Contabilidad.

- Reemplazar los documentos y timbrarlos con la nueva razón social.

- Otros.

c. Aporte de Todo el Activo y Pasivo entre Sociedades.Es la entrega que una persona jurídica efectúa a otra, de todos los bienes,

créditos y derechos que posee, como asimismo de todas sus obligacionesfinancieras, a través del aporte de los socios de todos sus derechos a otrapersona jurídica que absorbe a la anterior o con la cual se fusiona.

d. Fusión.

e. Absorción.

6. División de Sociedades

6.1. Concepto

La división de sociedades consiste en la distribución de su patrimonioentre sí y una o más sociedades que se constituyen al efecto.

En la división de sociedades la sociedad primitiva subsiste, no corres-pondiendo por tanto que efectúe término de giro.

Sin embargo, la división implica una disminución de capital y una modi-ficación del contrato social, por lo que deberá comunicarse este hecho alServicio dentro del plazo establecido en el artículo 68, inciso final, del Códi-go Tributario. La materia relacionada con disminución de capital se analizaen capítulo aparte.

La nueva sociedad deberá efectuar iniciación de actividades.

6.2. Cambio de Régimen Tributario en un Mismo Período

Cuando por motivo del cambio de giro, conversión, aporte, fusión u otracausa, el contribuyente queda afectado en un mismo periodo tributario a unrégimen impositivo distinto al que le era aplicable hasta antes del cambio degiro o de conversión, aporte, fusión u otra causa, deberán separarse los resul-tados de los lapsos regidos por los distintos regímenes con el objeto de apli-car los impuestos que correspondan a cada lapso. Estos contribuyentes debe-rán aplicar un balance por el tiempo transcurrido desde el 1° de enero hastael día que ocurra el cambio de giro, conversión, aporte, fusión u otra causa,y otro balance que abarque el lapso comprendido entre la última fecha seña-lada y hasta el 31 de diciembre sigue, con el objeto de poder separar los

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resultados tributarios de ambas épocas para los efectos de la declaraciónanual correspondiente.

Respecto de la división de sociedades la Ley de Impuesto a la Renta ensu artículo 14, párrafo A, N°1 letra c) señala que: “En las divisiones se consi-derará que las rentas acumuladas se asignan en proporción al patrimonioneto”.

En la misma norma legal citada se establece que dichas rentas se enten-derá que se reinvierten en la nueva o nuevas sociedades creadas por la divi-sión de la sociedad primitiva y por lo tanto no se gravarán con el ImpuestoGlobal Complementario o Adicional, mientras no sean retiradas de la socie-dad que recibe la inversión o distribuidas por éstas.

La norma contenida en el artículo 14 sobre reinversión de utilidades enel caso de división de sociedades, opera sólo respecto del Impuesto GlobalComplementario o Adicional que afecta a los contribuyentes obligados adeclarar según contabilidad completa, siempre que sean empresarios indivi-duales, contribuyentes del artículo 58 N° 1, socios de sociedades de perso-nas y socios gestores en el caso de sociedades en comandita por acciones.

Por lo tanto, en el caso de división de sociedades anónimas y en coman-dita por acciones no son aplicables las normas de reinversión respecto de lasacciones que con motivo de la división de estas sociedades, le sean distribui-das a sus accionistas.

6.3. Imputación de las Pérdidas

En caso de división de sociedades, las pérdidas tributarias de la empresaque se divide sólo pueden seguir siendo imputadas a las utilidades tributariasque se generan a futuro, según lo dispone el artículo 31 N°3 de la Ley de laRenta, solo por la empresa primitiva que las produjo.

6.4. Impuesto a las Ventas y Servicios

Aportes que se produzcan a una sociedad con ocasión de la división deotra.

El artículo 8°, letra b) del D.L. 825 grava con IVA los aportes a socieda-des de bienes corporales muebles efectuados por vendedores, realizados enla constitución, ampliación o modificación de sociedades. El SII ha instruidoen el sentido de que no existe el hecho gravado en comento en el caso dedivisión de sociedades, por no existir en este caso transferencia de bienescorporales muebles, ya que el patrimonio de las nuevas sociedades es, enconjunto, igual al de sociedad que se divide.

6.5. Dar Aviso de Término de Giro

La norma general es de dar aviso de Término de Giro (Art. 69 CT) cuandohay conversión de empresas individuales en sociedades de cualquier natura-leza, y cuando las sociedades aportan a otra todo su activo y pasivo o sefusionan. Sin embargo, no será necesario dar aviso de término de giro en los

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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casos de empresas individuales que se conviertan en sociedades de cual-quier naturaleza, cuando la sociedad que se crea se haga responsable solida-riamente en la respectiva escritura social de todos los impuestos que se adeu-daran por la empresa individual, relativos al giro o actividad respectiva, nitampoco, en los casos de aporte de todo el activo y pasivo o fusión de socie-dades, cuando la empresa que se crea o subsista se haga responsable detodos los impuestos que se adeudaren por la sociedad aportante o fusionada,en la respectiva escritura de aporte o fusión.

No obstante, la empresa que se disuelve o desaparece deberá efectuarun balance de término de giro a la fecha de su extinción y las sociedades quese crean o subsistan, pagar los impuestos correspondientes a la Ley de laRenta dentro del plazo señalado en el inciso primero, y los demás impuestosdentro de los plazos legales, sin perjuicio de la responsabilidad por otrosimpuestos que pudieran adeudarse.

7. Fusión y Absorción de Sociedades

Existe Fusión cuando de dos o más sociedades distintas se forma unanueva sociedad, en este caso las sociedades que se fusionan aportan todo suactivo y pasivo a una nueva persona jurídica para constituir el capital de esta.Del mismo modo que en el caso anterior, los aportes que hacen los socios noconsisten en bienes corporales muebles, sino en los derechos que a ellos lescorresponden en las sociedades que se fusionan; si la nueva sociedad esanónima, los socios reciben a cambio de sus aportes un número determina-do de acciones. La absorción se produce cuando se aporta a una sociedadtodo el activo y pasivo de otra, de modo que aquella viene a ser la continua-dora legal de la que se disuelve, sucediéndola en todos sus derechos y obli-gaciones. Las figuras jurídicas mencionadas son muy similares, con la dife-rencia que en la fusión nace una nueva sociedad y en la absorción desapare-ce la sociedad absorbida continuando la otra su existencia legal sin que porello deba sufrir reorganización.

La Fusión consiste en la reunión de dos o más sociedades en una solaque las sucede en todos sus derechos y obligaciones, y a la cual se incorpo-ran la totalidad del patrimonio y accionistas de los entes fusionados.

Hay Fusión por Creación, cuando el activo y pasivo de dos o más socie-dades que se disuelven, se aportan a una nueva sociedad que se constituye.

Hay Fusión por Incorporación, cuando una o más sociedades que sedisuelven, son absorbidas por una sociedad ya existente, la que adquiere susactivos y pasivos.

Ningún accionista, a menos que consienta en ello, podrá perder su cali-dad de tal con motivo de un canje, fusión, incorporación, transformación odivisión de una Sociedad Anónima.

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Actividades de Aprendizaje

1. Nombre los principales aspectos tributarios de las S.A.

2. Nombre los principales aspectos tributarios de las Sociedades dePersonas.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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IV. ACTIVIDADES DE DESARROLLO

1. Planifique la venta de un bosque de Pino, plantado en una superficie de50 hectáreas.

El valor del terreno es de $90.000.000

El valor del bosque de pino es $120.000.000

Total $210.000.000

2. ¿Cuál es la importancia de los créditos tributarios desde el punto de vistade la Planificación Tributaria?

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3. De acuerdo a lo visto en la Ley de la renta, si usted trabajara efectiva-mente en la empresa y su esposa, e hijo de 17 años no emancipado.¿Qué organización jurídica sería la más adecuada para su empresa? ¿UnaS.A. o Soc. de Responsabilidad Limitada?

4. Analice tres conductas o acciones de que tenga conocimiento, para ca-lificarlas de planificación, elusión o evasión.

5. ¿Cómo calificaría una fusión de sociedades que tiene una única finali-dad de aprovechar las ventajas tributarias? (planificación /elusión/eva-sión). Fundamente.

a. Incumplimiento tributario, por cesación en pago debido a quiebrajurídica.

b. No pagar los impuestos adeudados, habiendo recursos para pagarlos.

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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V. RESUMEN

La estructura de esta unidad se ha dividido en tres capítulos, para efectospedagógicos. El primer capítulo tiene como objetivo el conocer las nuevasmaterias, los conceptos fundamentales, los principios que sustentan la Plani-ficación Tributaria, metodología a aplicar, pero, básicamente, establecer conclaridad que mediante actos o actuaciones lícitas el contribuyente puedeinvertir eficientemente los recursos con la menor carga impositiva, siempreque estén legalmente establecidas.

En el segundo capítulo se da especial énfasis a la conducta dolosa oilícita en que puede incurrir el contribuyente y que sirve para establecer loslímites de la Planificación Tributaria ante las normas y leyes tributarias queestablece el hecho imponible.

El tercer capítulo se refiere a los factores de Planificación tributaria na-cional, tal como los aspectos tributarios de las organizaciones empresariales,las reorganizaciones, etc., y la implicancia de cambiar de régimen tributario,se trata de entregar los elementos con los cuales se tiene que jugar para haceruna buena Planificación Tributaria.

VI. AUTOEVALUACIÓN

A. Indique la alternativa correcta encerrando en un círculo la letra quecorresponde.

1. La Planificación Tributaria es una conducta:

a) Lícita.

b) Ilícita.

2. El delito Tributario constituye:

a) Elusión tributaria.

c) Evasión Tributaria.

d) Elusión y Evasión.

3. El Fraude de ley Tributaria:

a) Es una medida antievasión.

b) Es una medida antielusión.

c) Es una figura de ilicitud civil.

d) Es una figura de ilicitud civil y penal.

e) En el fraude la ley tributaria se aplica.

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4. En la elusión tributaria:

a) El hecho gravado nace a la vida jurídica, pero se suspende su ejerci-cio.

b) El hecho imponible no nace a la vida del Derecho.

c) El hecho generador se configura, pero se impide su pago.

d) El hecho gravado no se configura, a consecuencia de la maniobraempleada por el contribuyente.

B. Preguntas de Desarrollo.

5. ¿Cuál es la finalidad de la Planificación Tributaria?

6. ¿Cuál es la principal diferencia entre la Sociedad Anónima y la sociedadde personas, desde el punto de vista tributario?

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TEORÍA GENERAL DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

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Respuestas:

1. a

2. c

3. e

4. b

5. La Finalidad de la PT es el ahorro impositivo, la minimización de lacarga impositiva total que afecte al contribuyente. También diferir el pagodel impuesto.

6. Las S.A. tributan con Impuesto de Primera Categoría Tasa 16 % y por losGastos rechazados y Pagados con Impuesto Único Art. 21 inciso 3°. Larenta es efectiva con Contabilidad Completa, se prohíbe la tributaciónpor Renta Presunta. Las remuneraciones a la esposa e hijo que trabajenson un gasto aceptado.A nivel empresarial el accionista tributa por los Dividendos, aunque no

esté respaldado por FUT.El registro FUT solamente sirve para determinar los créditos.Las Sociedades de Personas. La sociedad tributa con el Impuesto de Pri-

mera categoría Tasa 16%. Tributan con Contabilidad Completa o Régimen deRenta Presunta (sí reúne los requisitos). A nivel Personal tributa con el Im-puesto Global Complementario Adicional, por los retiros, siempre que esténrespaldados por el libro FUT (tiene registro FUT si lleva Contabilidad Com-pleta). Si tributa en base a Presunción (no lleva FUT) se entiende retiradatoda la renta presunta.

Tributa por los Gastos Rechazados y Pagados, retiros presuntos.Se considera Gasto rechazado las remuneraciones de esposa e hijos sol-

teros menores de 18 años.

VIII. BIBLIOGRAFÍA

1. Bibliografía Texto.

Rivas C. Norberto (2001). “Análisis de Aspectos Legales de la Eva-sión Tributaria”. Apuntes de Clase Post-Título Tributación. Universidad de San-tiago. Chile

Rivas C. Norberto (2000). Apuntes de Clases Universidad Santia-go, Magíster Planificación y GestiónTributaria. Santiago. Chile.

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Villalobos V. Katia (2002). Material Docente (sin editar) Sociedades,Reforma Tributaria. Santiago. Chile.

2. Bibliografía Recomendada.

Contreras Hugo y González S.Leonel (2001). Curso Práctico de Impuesto a la Renta.

Editorial Cepet. Reedición año 2001.Santiago. Chile.

Fajardo C. José (2002). Impuesto a la Renta, Teoría y Práctica.Editorial Los Trapiales Ltda. ReediciónAño 2002. Santiago. Chile.

República de Chile. (2002). Decreto Ley Nº830. Santiago. Chile.

República de Chile. (2002). Decreto Ley Nº824. Santiago. Chile.

República de Chile. (2002). Decreto Ley Nº825. Santiago. Chile.

Rivas C. Norberto y Vergara H.Samuel (2000). Planificación Tributaria, Conceptos,

Teoría y Factores a Considerar. EditorialMagral Ltda. Santiago. Chile.

Universidad Diego Portales. Dirección Electrónica de Biblioteca.http:// biblioteca.udp.cl. Chile.

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R E S U M E N

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ResumenRESUMEN

El objetivo fundamental de este texto es ilustrar de manera didáctica losfundamentos teóricos y doctrinarios del Sistema Tributario Chileno.

Por ello se entregaron las nociones suficientes para comprender y anali-zar los impuestos que conforman la estructura de La Ley de la Renta, ademásde conocer con cierta profundidad la situación tributaria chilena de unamanera más crítica y la legislación asociada tanto respecto del impuesto a larenta, impuesto al valor agregado y las franquicias tributarias asociadas aestos impuestos.

La estructura del presente libro se ha dividido en cinco unidades.La primera unidad es la base donde se sustenta todo el Derecho tributa-

rio, se analiza el Sistema Tributario chileno, los principios que lo sustentan,siempre con una visión fiscalista con el objeto de desarrollar comportamien-tos y actitudes éticas frente al cumplimiento de las obligaciones tributarias yde manera pedagógica, entregar las herramientas básicas para conocer y com-prender la tributación en Chile, la obligación tributaria y la sustentación jurí-dica y legal de los impuestos vigentes en Chile.

La segunda unidad se refiere a las formas de organización jurídicas queadoptan las empresas y/o sujetos de la obligación tributaria.

Se analiza la relación entre las normas contables y las disposicionestributarias. Desde la iniciación de actividades, la forma de demostrar la con-tabilidad y la fiscalización del contribuyente recordando las normas princi-pales del Código Tributario.

El propósito de la Tercera unidad es analizar los principales impuestosdirectos que se aplican en Chile y los efectos que producen en las empresas,en cuanto a su carga impositiva, considerando las distintas formas jurídicasque pueden adoptar y en especial conocer el Sistema de Impuestos a la Ren-ta DL – 824, sus mecanismos y sus normas de control.

Comenzamos haciendo un análisis profundo del concepto renta y la es-tructura de la Ley DL – 824. iniciando el proceso con el Impuesto de PrimeraCategoría establecido en el Artículo N°20, determinando la Renta LíquidaImponible del contribuyente, estableciendo nítidamente la diferencia entreaquellos que tributan mediante Renta Efectiva y aquellos contribuyentes per-sonas naturales que pueden hacerlo mediante Renta Presunta.

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RESUMEN

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Luego se analizaron los Impuestos de las rentas del trabajo establecidasen el Artículo N°42 N°1 para trabajadores Dependientes y el N°2 para traba-jadores Independientes, no pudiendo hacerlo con la profundidad que reque-ría, pero, en un ejercicio tipo se aplicó lo más relevante a nuestro juicio.

Al final de la unidad tenemos el Impuesto Global Complementario oAdicional; que siendo un tema muy extenso sólo se pudo dar una visióngeneral, pero que servirá al lector para comprender, analizar y evaluarcríticamente los Impuestos de la Ley de la Renta.

En la cuarta unidad se conocen las disposiciones del Impuesto al ValorAgregado (IVA), la legislación asociada tanto al IVA como las franquiciasespeciales actualmente vigentes.

Se hace un análisis critico de la normativa del IVA, sus fundamentos einterpretaciones, llevándolo a la práctica a través de aplicaciones y ejerci-cios de manera de hacerlo más didáctico.

Luego de analizar las definiciones de Ventas y Servicios se establecieronlos elementos que hacen que se configure el hecho gravado básico en ventasy servicios y como el legislador también gravó ventas y servicios que noreúnen los requisitos y los incorporó en el Artículo 8 como hechos gravadosespeciales.

Uno de los temas más importantes de este impuesto es el devengamiento,es decir, cuándo nace la obligación principal de declarar y pagar el IVA; setrató de profundizar en ello. Aunque toda la ley es importante, y es un tematan extenso, se trato de dar una visón del conjunto. Finalmente se incorpora-ron dos temas que son muy atingentes a nuestra realidad país, que es el IVAen la Construcción y la Franquicia Tributaria de Exportaciones.

La quinta unidad se refiere a la Planificación Tributaria, como un proce-so de orientación de acciones y actos con sus posibles consecuenciasimpositivas.

Una de las finalidades es contribuir a un mejor conocimiento de losaspectos teóricos y prácticos de la Planificación Tributaria, además de cono-cer la metodología que se emplea para cumplir sus objetivos.

El creciente auge empresarial y el desarrollo de las organizaciones eco-nómicas unido a la globalización de los mercados, es decir, a la internalizaciónde la economía, ha hecho que los inversionistas y propietarios requieran unprofesional con un conocimiento integral sobre la gestión financiera econó-mica y cada vez más recurrente una gestión tributaria que les garantice unaevaluación del costo tributario y el aprovechamiento de las oportunidadesde negocios y la neutralización de los riesgos.

El mundo actual permanentemente presenta constantes desafíos a losnuevos profesionales que los obliga a perfeccionarse y poder dar cumpli-miento a los cambiantes requerimientos del mercado. Este profesional es uninnovador y permeable a los cambios y nuevos conocimientos técnicos y esaudaz porque está dispuesto a vencer cada reto que tiene que enfrentar conla velocidad de la tecnología.

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GlosarioGLOSARIO DE CONCEPTOS

A

- Absorción de sociedad: se produce cuando una sociedad se disuelveaportando a otra sociedad su activo y pasivo y los socios de la sociedadabsorbidas pasan a serlo de la sociedad absorbente.

- Año Comercial: es el periodo de doce meses que termina el 31 de di-ciembre o el 30 de junio de cada año. En los casos de término de giro,del primer ejercicio del contribuyente, o de aquel en que opere por pri-mera vez la autorización de cambio de fecha del Balance, se entenderápor año comercial el periodo que abarque el ejercicio respectivo (CTArt. 16).

- Año Tributario: es el año en que deben pagarse los impuestos o la prime-ra cuota de ellos. Los impuestos a la renta deben ser pagados por lasempresas, a más tardar, el 30 de abril del año siguiente a aquel en que sedevengaron o percibieron las rentas. Sin embargo, existen otros impues-tos que siendo de carácter anual, son pagados en cuotas, como por ejem-plo: El Impuesto Territorial o Contribuciones de Bienes Raíces, que seentera en arcas fiscales mediante cuatro cuotas: abril, junio, septiembrey noviembre, y el impuesto único de los pequeños comerciantes de lavía pública: Las Municipalidades lo recaudan en dos cuotas (enero yjulio) junto con la patente.

B

- Base Imponible: para efecto del IVA la “base imponible” es la suma so-bre la cual se debe aplicar la tasa respecto de cada operación gravada yestá constituida, en general, por el precio de venta de los bienes corpo-rales muebles transferidos o el valor de los servicios prestados (Art. 26del reglamento del IVA).

- Bienes Raíces: bienes raíces o inmuebles o fincas son las cosas que nopueden transportarse de un lugar a otro, como las tierras y las minas, y

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GLOSARIO

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las que se adhieren permanentemente a ellas, como los edificios, losárboles (Art. 568 del Código Civil).

C

- Capital: es el total del activo, con exclusión de aquellos valores que NOrepresentan inversiones efectivas, tales como: Valores Intangibles, No-minales, Transitorios y de Orden (I.N.T.O.).

- Comodato: o préstamo de uso es un contrato en que una de las partesentrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o bien raíz, para quehaga uso de ella, y con cargo a restituir la misma especie después determinado el uso. Este contrato no se perfecciona sino por la traslaciónde la cosa (Art. Nº2.174 del Código Civil).

- Compensación: es uno de los modos de extinguir obligaciones y se pre-senta cuando dos personas son deudoras una de otra, operando entreellas una compensación que extingue ambas deudas hasta la concurren-cia de sus valores, siempre que reúnan los requisitos señalados en elartículo 1.656 del Código Civil (Art. 1.656 del Código Civil).

- Confusión: es uno de los modos de extinguir obligaciones y se producecuando concurren en una misma persona las calidades de acreedor ydeudor, verificándose de derecho una confusión que extingue la deuda yproduce iguales efectos que el pago (Art. 1.665 del Código Civil).

- Contribuyente: son las personas naturales y/o jurídicas, o los administra-dores y tenedores de bienes ajenos, afectados por impuestos (Ejemplo:Impuesto a la Renta).

- Conversión: es el acto por el cual una persona natural, propietaria deuna empresa individual, decide desarrollar su giro o actividad, organiza-da como una sociedad de cualquier naturaleza.

- Costo Tributario: valor que la ley tributaria reconoce como costo de losbienes o servicios gravados.

D

- Derechos Personales o Créditos: son los que solo pueden reclamarse deciertas personas que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley,han contraído las obligaciones correlativas. Ejemplos: el que tiene elprestamista contra su deudor por el dinero prestado; o el hijo contra elpadre por alimentos. De estos derechos nacen las acciones personales(Art. 578 del Código Civil).

- Derechos Reales: es el que se tiene sobre una cosa sin relación a deter-minada persona. Son derechos reales: el dominio; el de herencia; los deusufructo, uso o habitación; los de servidumbres activas; el de prenda y

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G L O S A R I O

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el de hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales. (Art. 577del Código Civil).

- Disolución: es deshacer o poner término a la continuación legal de unasociedad, ya sea por haberse cumplido el plazo de duración, por haber-se acordado por los socios o por la junta general Extraordinaria de Ac-cionistas (en el caso de S.A.) su término anticipado, por reunirse todoslos derechos o acciones en manos de una sola persona.

- División de Sociedades: consiste en la distribución de su patrimonio entresí y una o más sociedades que se constituyen al efecto.

- Dominio: es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponerde ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o contra derecho ajeno.El dominio se llama también propiedad (Art. 582 del Código Civil).

E

- Enajenación: acto jurídico que implica hacer ajena una cosa comerciable,es decir, transferiria a otra persona. También podríamos decir que ”Laenajenación” significa la tradición, es decir, un modo de adquirir el do-minio de las cosas, y consiste en la entrega que el dueño hace de ellas aotro, habiendo por una parte la facultad e intención de transferir el do-minio, y por la otra la capacidad e intención de adquirirla.

F

- Fusión: consiste en la reunión de dos o más sociedades en una sola quelas sucede en todos sus derechos y obligaciones, y a la cual se incorpo-ran la totalidad del patrimonio y accionistas de los entes fusionados.

M

- Mandato: es un contrato en que una persona confía la gestión de uno omás negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de laprimera. La persona que confiere el encargo se llama comitente omandante y la que los acepta apoderado, procurador y, en general, man-datario (Art. 2.166 del Código Civil).

- Muebles: son las cosas que pueden transportarse de un lugar a otro,moviéndose a sí mismas, como los animales (que por eso se llamansemovientes), o moviéndose por una fuerza externa, como las cosas in-animadas (Art. 567 del Código Civil).

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GLOSARIO

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N

- Novación: es un modo de extinguir obligaciones en virtud de la cual unanueva obligación sustituye a otra anterior, la cual queda por tanto extin-guida (Art. 1.628 del Código Civil).

P

- Percibir: es recibir una cosa y hacerse cargo de ella. Ingreso material alpatrimonio de una persona. Debe, asimismo, entenderse que una rentadevengada se percibe desde que la obligación se cumple por algún modode extinguir distinto al pago, tal como: la novación, la remisión, la com-pensación, la confusión, la pérdida de la cosa que se debe.

- Período Tributario: es un mes calendario, salvo que la ley o el S.I.I. seña-le otro diferente (Art. 2 D.L. 825).

- Persona Natural: es cualquier individuo de la especie humana, sin con-siderar su estirpe, raza, clase social, pensamiento político o ideología.

- Prestador de Servicios: cualquiera persona natural o jurídica, incluyen-do las comunidades y las sociedades de hecho, que preste servicios enforma habitual o esporádica (Art. 2 del Reglamento del I.V.A.).

R

- Regalías: son ciertos beneficios de orden material que recibe el trabaja-dor de parte de su empleador, tales como: uso de casa habitación, luz,combustible, alimentación, especies, etc.

- Reorganización Jurídica de la empresa: adopción de una forma jurídicadistinta a la asumida originalmente por la empresa, para que ésta puedadesarrollar sus actividades en la vida del Derecho en forma más eficientey con una menor carga impositiva total.

- Representante: son los guardadores, mandatarios, administradores, in-terventores, síndicos de quiebra y cualquier persona natural o jurídicaque obre por cuenta o en beneficio de otra persona natural o jurídica.

T

- Traslación: es un modo de adquirir el dominio de las cosas y consiste enla entrega que el dueño hace de ellas a otro, habiendo por una parte la

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facultad e intención de transferir el dominio, y por otra la capacidad eintención de adquirirlo (Art. 670 del Código Civil).

- Transformación de Sociedad: es el cambio de especie o tipo social efec-tuado por reforma del contrato social o de los estatutos, subsistiendo lapersonalidad jurídica.

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