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Gerencia de la Ciudad Dirección General de Organización, Régimen Jurídico y Formación MADRID 1 1. OBJETO DEL CONTRATO Contratación de servicios de virtualización de contenidos para el desarrollo por parte de la Escuela de Formación del Ayuntamiento de Madrid (EFAM) de actividades formativas virtuales y semipresenciales. 2. LOTES Y SERVICIOS DE VIRTUALIZACIÓN DE CONTENIDOS 2.1. El contrato consta de dos lotes diferenciados de la siguiente manera: Lote 1: Virtualización de contenidos de actividades formativas generales. Lote 2: Virtualización de contenidos de actividades formativas relacionados con el uso de herramientas de software. 2.2. Los servicios de virtualización de contenidos incluyen: Dirección de proyecto. Guionización de contenidos. Diseño instruccional y adaptación pedagógica. Selección e incorporación de imágenes. Maquetación y edición de contenidos. Grabación y edición de vídeo. Grabación y edición de locuciones. Generación de animaciones, demostraciones, prácticas interactivas de simulación y ejercicios prácticos. Estructuración e incorporación de recursos (enlaces, vídeos, archivos, etc.). Comprobación de funcionamiento de secuencia de avance/retroceso, animaciones, videos e interacciones. Empaquetado en formato SCORM. Firmado por: IGNACIO MOLINA FLORIDO Cargo: DIRECTOR GENERAL DE ORGANIZACIÓN RÉGIMEN JURÍDICO Y FORMACIÓN Fecha: 15-02-2019 21:03:53 Página: 1 de 14 Código de verificación : PYaea435e079aeef Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente direcciónhttp://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PYaea435e079aeef

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Gerencia de la Ciudad Dirección General de Organización, Régimen Jurídico y Formación

MADRID

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1. OBJETO DEL CONTRATO

Contratación de servicios de virtualización de contenidos para el desarrollo por parte de la Escuela de Formación del Ayuntamiento de Madrid (EFAM) de actividades formativas virtuales y semipresenciales.

2. LOTES Y SERVICIOS DE VIRTUALIZACIÓN DE CONTENIDOS

2.1. El contrato consta de dos lotes diferenciados de la siguiente manera:

Lote 1: Virtualización de contenidos de actividades formativas generales.

Lote 2: Virtualización de contenidos de actividades formativas relacionados con el uso de herramientas de software.

2.2. Los servicios de virtualización de contenidos incluyen:

Dirección de proyecto.

Guionización de contenidos.

Diseño instruccional y adaptación pedagógica.

Selección e incorporación de imágenes.

Maquetación y edición de contenidos.

Grabación y edición de vídeo.

Grabación y edición de locuciones.

Generación de animaciones, demostraciones, prácticas interactivas de simulación y ejercicios prácticos.

Estructuración e incorporación de recursos (enlaces, vídeos, archivos, etc.).

Comprobación de funcionamiento de secuencia de avance/retroceso, animaciones, videos e interacciones.

Empaquetado en formato SCORM.

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3. CARACTERÍSTICAS DE LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS Y CONTENIDOS.

3.1 Características pedagógicas.

3.1.1 Las actividades formativas serán diseñadas de modo que el alumnado no sólo sea capaz de asimilar sus contenidos teóricos, sino que se propicie la adquisición de las aptitudes y habilidades deseadas para sus destinatarios. Se procurará que los contenidos combinen enseñanzas teóricas con ejercicios que guarden similitud entre el escenario de formación y el desarrollo de la actividad laboral del alumnado en la Administración municipal.

3.1.2. Las presentaciones de los contenidos que se desarrollen deberán destacar por su claridad, sencillez y utilización de recursos multimedia que consigan una adecuada interacción de alumnos y alumnas, y faciliten su aprendizaje. Se deben utilizar recursos pedagógicos y didácticos que consigan una adecuada motivación, permitiendo un aprendizaje ameno y atractivo.

3.1.3. Los contenidos virtualizados deberán explicitar sus objetivos y los conocimientos que se van a adquirir. Las actividades formativas se estructurarán en unidades, de forma que no pueda avanzar en la materia si no se han completado las unidades anteriores.

3.1.4. Todas las actividades formativas deberán disponer de un sistema de navegación sencillo, intuitivo, con un índice interactivo, donde alumnas y alumnos podrán comprobar en qué punto se encuentran, pudiendo avanzar, retroceder y acceder fácilmente a las distintas unidades de los contenidos.

Las actividades formativas dispondrán de un sistema que permita llevar un control del acceso a los contenidos, en función de las pantallas visitadas. En este sentido, quienes las realicen deberán tener detalle de su progresión a través de un sistema de visualización permanente de las actividades y/o unidades realizadas y su porcentaje de éxito global y por actividades y/o unidades, de manera que le permita conocer sus áreas de mejora durante el desarrollo de la actividad formativa.

3.1.5. Todas las actividades formativas deberán contar con:

a) Versión de los materiales pedagógicos básicos en PDF.

b) Ejercicios y casos prácticos.

c) División en unidades didácticas.

d) FAQ’s. Preguntas más frecuentes sobre la materia en cuestión.

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e) Glosario de terminología y acrónimos.

f) Sección de Ayuda, para explicar las herramientas del curso.

3.1.6. En caso de actividades formativas de más de 10 horas de duración, junto a los contenidos y materiales, la empresa adjudicataria deberá preparar y configurar en la Plataforma Moodle Escuela Virtual del Ayuntamiento de Madrid, al menos, una prueba de valoración del aprovechamiento tipo test, con un mínimo de 20 preguntas escogidas de forma aleatoria por la plataforma de un banco de preguntas que contenga, al menos, 3 x P preguntas, siendo P el número de preguntas que aparecerán a cada alumno/a.

En situaciones especiales, contando con la autorización de la EFAM, la prueba tipo test podrá ser sustituida por algún otro tipo de prueba de valoración propuesto por la empresa adjudicataria que se adapte mejor a los objetivos de aprendizaje.

3.1.7. Junto a los contenidos SCORM, en caso de requerirse para la mejor asimilación de los contenidos teóricos o para la realización de las prácticas, se podrán incluir links a páginas web, así como archivos PDF o en otros formatos editables con software disponible en los ordenadores del Ayuntamiento de Madrid, como por ejemplo Excel, Word o PowerPoint o equivalente, o que se puedan utilizar con programas gratuitos.

En situaciones especiales, previa autorización de la EFAM, se podrán incluir archivos en formatos que no respondan a las características descritas, en función de su relación específica con los contenidos técnicos de la actividad formativa.

3.2. Características estéticas.

3.2.1. Las distintas actividades formativas deben mantener uniformidad y homogeneidad entre ellas.

En este sentido, el diseño deberá ser limpio, atractivo, actual y personalizado con los colores corporativos de la EFAM.

3.2.2. La empresa adjudicataria hará varias propuestas del diseño general de las actividades formativas y de la plantilla de estilos, según las indicaciones que reciba de la EFAM. La EFAM decidirá finalmente el diseño general a utilizar en función de las propuestas recibidas y de las indicaciones realizadas.

3.2.3. Las pantallas no tendrán texto en exceso y estarán diseñadas para resaltar de forma rápida los conceptos principales. Los textos tendrán una tipografía de fácil lectura y estarán distribuidos en la pantalla de forma proporcionada.

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3.3. Contenido, material gráfico y recursos multimedia

3.3.1. Los contenidos a virtualizar serán proporcionados por la EFAM, encargándose la empresa adjudicataria de su adaptación.

3.3.2. El material gráfico (imágenes, gráficos y animaciones) será aportados por el adjudicatario, incluyendo material gráfico de producción propia. No obstante, la EFAM podría aportar parte del material gráfico utilizado cuando así lo considere oportuno.

3.3.3. Los recursos multimedia (videos, locuciones profesionales, animaciones, demostraciones, pruebas de simulación, etc.) serán desarrollados y proporcionados por la empresa adjudicataria.

3.3.4. Los materiales gráficos utilizados y los recursos multimedia, serán de alta calidad estética y pedagógica, adecuadamente estructurados y presentados.

3.3.5. Las locuciones deben ser claras, con acento neutro, expondrán los conceptos de forma organizada y sencilla, realizarán énfasis en los puntos principales y utilizarán los conectores lógicos necesarios (para introducir el tema, para marcar un orden, para distinguir o para continuar sobre el mismo asunto).

3.3.6. Los vídeos y animaciones deben ser breves con una duración no superior a 4 minutos por vídeo. Su estructura debe seguir la siguiente secuencia: introducir el contenido, mostrar el contenido y resumir lo visto.

3.4. Características técnicas.

3.4.1. Características técnicas generales.

a) El contenido ofrecido deberá ser multidispositivo, e ir orientado a una correcta visualización en diferentes dispositivos como PC, Tablet y/o Smartphone.

b) Los contenidos desarrollados serán 100% compatibles HTML5 Responsive Design. Por tanto, un mismo curso podrá ejecutarse en cualquier ordenador con sistema operativo Windows o Mac o equivalente, y en cualquier Tablet o Smartphone, ya sea IOS o Android.

c) Los contenidos formativos deberán poder integrarse y alojarse en la Plataforma Moodle Escuela Virtual del Ayuntamiento de Madrid, para ser visualizados de forma autónoma. Serán de navegación sencilla y formato compatible con Google Chrome, Safari, Mozilla Firefox e Internet Explorer versión 8 y superiores. Deberán cumplir los estándares SCORM 1.2 LMS-RTE.

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3.4.2. Contenidos SCORM.

a) La virtualización de los contenidos SCORM se deberá de desarrollar en formato HTML5 y Flash, de manera que la plataforma sirva uno u otro formato en función del dispositivo desde el que se conecte cada persona.

b) En cuanto al flujo de avance en el visionado de los contenidos SCORM, cada 5 pantallas, aproximadamente, habrá una pantalla en la que se planteará una pregunta sobre los contenidos presentados desde la pregunta anterior, con 4 posibles respuestas. En caso de que se responda correctamente, se podrá continuar. En caso de responder de forma incorrecta, el SCORM enviará al alumno/a a la pantalla posterior a la pregunta anterior. El avance deberá ser secuencial sin posibilidad de avanzar saltándose pantallas.

c) La empresa adjudicataria facilitará a la EFAM los archivos editables de todos los contenidos virtualizados en SCORM y archivos utilizados para la composición final.

3.4.3. Contenidos en vídeo.

La empresa adjudicataria facilitará a la EFAM los archivos editables de todos los contenidos en vídeo y los recursos utilizados en los mismos.

3.4.4 Contenidos relacionados con uso de software.

Todos los contenidos se presentarán en tres formatos:

Secuencia de pantallas explicando el uso del mismo.

Vídeo de demostración de uso.

Simulación interactiva sobre ejercicio práctico.

3.4.5. Herramientas de software.

a) La empresa adjudicataria deberá contar con las herramientas adecuadas para trabajar cada actividad formativa y sus contenidos en cualquiera de los formatos indicados en el punto 3.4.

b) La empresa adjudicataria facilitará a la EFAM el software necesario para la edición y actualización de los contenidos por un plazo mínimo de 4 años desde la finalización del contrato. No obstante, no será necesario el suministro de software Creative Cloud de Adobe, ni el paquete estándar de Microsoft Office.

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4. DESARROLLO DE LOS SERVICIOS.

4.1. Una vez formalizado el contrato, en las 48 horas siguientes, el adjudicatario deberá designar un interlocutor de contacto con la EFAM para la gestión de las posibles incidencias que se ocasionen durante su ejecución.

4.2. Previo a la virtualización de una actividad formativa se desarrollará una reunión de toma de requerimientos con el personal de la EFAM y con quién coordine la misma. Tras ella, el adjudicatario generará un guion de la actividad formativa en el que se especifique:

a) Presupuesto en horas y en número de pantallas.

b) Metodología y recursos a utilizar en cada una de las unidades.

c) Diseño gráfico, contenido interactivo y desarrollos multimedia.

d) Documentación adicional a facilitar al alumnado.

e) Propuesta de prueba de valoración de aprovechamiento.

e) Cronograma que precise el tiempo necesario para el desarrollo de la virtualización de la actividad formativa.

4.3. La empresa adjudicataria entregará a la EFAM el guion de la virtualización de la actividad formativa para su aprobación. Una vez aprobado el guion comenzaran los trabajos de virtualización de la misma.

Durante los trabajos de desarrollo podrán realizarse los ajustes en el guion que resulten necesarios, siempre previa aprobación de la EFAM.

4.4. Terminados los trabajos de virtualización, la empresa adjudicataria entregará a la EFAM el contenido de la actividad formativa en los plazos expresamente previstos para cada lote en función del número de horas presupuestadas.

Una vez entregado el contenido virtualizado de la actividad, comenzará la aprobación de los contenidos virtualizados e la actividad formativa por la EFAM y la validación de su correcto funcionamiento e integración en la plataforma de formación municipal (Escuela Virtual del Ayuntamiento de Madrid).

4.5. Para una aprobación ágil, la empresa adjudicataria deberá de proponer una solución para la visualización fuera de la plataforma de todo el contenido de cada actividad formativa, sin la limitación posiblemente establecida de una visualización secuencial en plataforma. De esta forma resultará posible poder tener una forma rápida de acceso a las últimas páginas del contenido sin tener que visualizar obligatoriamente todas las páginas anteriores.

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4.6. Una vez aprobados por EFAM el contenido virtualizado de la actividad formativa y validado el correcto funcionamiento e integración en la Escuela Virtual del Ayuntamiento de Madrid, se dará por finalizado el trabajo y procederá al pago del 100% del importe presupuestado.

5. EQUIPO TÉCNICO.

5.1. El adjudicatario deberá disponer de un equipo técnico especializado en la producción de contenidos virtuales, compuesto por un mínimo de 5 profesionales que puedan cubrir las siguientes funciones para cada actividad formativa a virtualizar:

a) Jefatura de proyecto.

b) Diseño instruccional y guionización.

c) Especialista user experience y diseño web.

d) Programación y maquetación.

e) Realización y edición de video.

5.2. Las personas que respondan a estos perfiles deberán acreditar una experiencia profesional de al menos 100 horas en el desarrollo de tareas de virtualización en sus respectivos ámbitos.

5.3. Para la jefatura del proyecto se designará, como mínimo, una persona con el perfil correspondiente por cada actividad formativa a virtualizar. Cada profesional, incluyendo a quién se encargue de la jefatura del proyecto, podrá participar simultáneamente en la virtualización de distintas actividades formativas, si bien no podrán exceder de 7 actividades simultáneamente. En caso contrario, el adjudicatario deberá poner a disposición de la EFAM el personal adicional que resulte necesario, para virtualizar nuevas actividades formativas.

5.4. A tal efecto, con una antelación de 10 días al inicio de los trabajos comunicará a la EFAM el nombre y apellidos de cada uno de los perfiles, su titulación y la experiencia acreditada de cada uno de ellos en los términos previstos en el apartado 5.2.

5.5. El adjudicatario deberá acreditar, cuando sea requerido por la EFAM, los datos sobre titulación académica y experiencia profesional de los profesionales propuestos para virtualizar cada actividad formativa. En el supuesto de enfermedad u otro impedimento que afecte al profesional designado, se procederá a sustituir por otro con similar perfil profesional, aportando a la EFAM los datos indicados en el apartado 5.2 cuando sea requerido para ello.

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5.6 En ningún caso existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución de este contrato por el adjudicatario y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto el personal queda expresamente sometido al poder de dirección y de organización de la empresa adjudicataria (artículo 43 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre).

5.7 El adjudicatario será el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables con relación a su personal, en especial las referidas a contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y en materia tributaria.

6. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A TERCEROS

Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.

7. DESIGNACIÓN RESPONSABLE DEL CONTRATO

La empresa adjudicataria deberá designar un responsable que actúe como interlocutor y, asimismo, deberá designar un sustituto para casos de ausencia del responsable.

8. PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.

8.1. Todos los datos manejados, así como todo el material y la documentación que se genere al ejecutar las actividades contratadas y durante la garantía serán propiedad del Ayuntamiento de Madrid, que dispondrá, con toda la amplitud admitida por el ordenamiento jurídico, de los derechos de explotación de naturaleza intelectual, industrial y comercial que se deriven del cumplimiento del contrato.

8.2. El adjudicatario garantiza que dispone de los derechos, licencias, permisos y autorizaciones de los titulares de patentes, modelos, marcas copyright, y cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual sobre el objeto de este Pliego, y asume que será de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones que por tales conceptos pudieran corresponder.

8.3. El adjudicatario exonerará al Ayuntamiento de Madrid de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanantes de los suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del contrato objeto del presente pliego, procedente de los titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los mismos.

8.4. En caso de acciones contra el Ayuntamiento de Madrid por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados por el adjudicatario para la ejecución del contrato, éste responderá ante el Ayuntamiento de Madrid del resultado de

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dichas acciones, estando obligado, además, a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que competan al Ayuntamiento de Madrid.

8.5. El adjudicatario no podrá hacer uso del nombre, logotipo o cualquier otro signo o material que le facilite el Ayuntamiento de Madrid para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, fuera de las circunstancias y fines del mismo, ni una vez terminada su vigencia.

9 PLAZO DE EJECUCIÓN.

9.1. El plazo total de ejecución para la realización de los contenidos virtuales previstos en cada lote será de 14 meses desde el 15 de marzo de 2019 o desde la fecha de formalización, sin perjuicio de los plazos parciales de entrega previstos para cada lote.

9.2. El adjudicatario se obliga a entregar de las horas ofertadas por un precio unitario, sin que el número total de horas incluidas en cada lote este predeterminado con exactitud al tiempo de adjudicar el contrato, teniendo el presupuesto de cada lote carácter de presupuesto máximo. En consecuencia, durante todo el periodo de ejecución del contrato, se requerirá al

adjudicatario para la realización de todos los trabajos descritos y hasta llegar, en su

caso, a agotar el presupuesto máximo previsto.

9.3. La EFAM no estará obligada a agotar el presupuesto máximo previsto, lo que dependerá de las necesidades formativas existentes en cada momento.

Por ello, si en el plazo total de ejecución marcado no es consumido la totalidad del presupuesto máximo disponible, se pagará únicamente por los trabajos realizados hasta su finalización.

Por el contrario, si el presupuesto máximo se agotase por la EFAM antes de finalizar el plazo total de ejecución, se daría por finalizado el contrato.

10. DOCUMENTACIÓN TECNICA A PRESENTAR EN LAS OFERTAS.

10.1. Para poder valorar adecuadamente las ofertas que se presenten a cada uno de los lotes, cada licitador deberá presentar un documento técnico que comprenda la siguiente información:

a) Metodología y tecnología empleada para elaborar los contenidos. Se incluirá, de forma expresa, mención específica del software a utilizar en la virtualización de los contenidos.

b) Formato del guion pedagógico a emplear.

c) Propuesta gráfica.

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d) Lógica de navegación y lógica de la grabación del tracking del alumno en plataforma

El documento técnico tendrá una extensión máxima de 8 páginas (a una cara, letra arial 12, interlineado sencillo), e indicará un enlace de acceso a un plataforma virtual donde figure algún contenido formativo diseñado conforme a lo indicado en las letras a) a d).

11. CLÁUSULAS SOCIALES

11.1. La prestación del servicio deberá desarrollarse respetando las normas socio-laborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo.

11.2. Para la determinación del precio del se ha tenido en cuenta el XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública, que es el que resulta de aplicación respecto para la determinación del salario base, los restantes costes laborales y de Segundad Social y demás de la prestación del servicio.

11.3. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

11.4. La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a la ejecución del contrato.

11.5 La EFAM supervisará el cumplimiento de las obligaciones de las cláusulas sociales y con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente entre las que está, cuando proceda, el informe final de impacto de género del contrato, con la evaluación de las intervenciones planificadas, que se remitirá también a la Dirección General de Igualdad.

12. CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN.

Es condición especial de ejecución tener a disposición de la EFAM documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla a la EFAM cuando éste lo requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de la misma.

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13. PROTECCIÓN DE DATOS

El adjudicatario no va a manejar datos de carácter personal al tratarse de un servicio complementario a los normales del funcionamiento de las sedes de la EFAM, no siendo necesario incluir ninguna cláusula de confidencialidad y seguridad en la información.

Lote 1: Virtualización de contenidos de actividades formativas generales.

Virtualización de actividades formativas dirigidas al personal del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos públicos, cuyos contenidos serán cuestiones teórico-prácticas relacionadas con el desarrollo de su actividad laboral.

1. Contenidos a incluir.

1.1. De manera orientativa, se establece una hora de formación online como el equivalente a 12 páginas, cada una de las cuales contiene aproximadamente 1.800 caracteres, que serán entregados en formato Word, PowerPoint o pdf. Una hora de actividad formativa debe incluir:

Adaptación pedagógica y producción multimedia e interactiva de los contenidos proporcionados por la EFAM, realizado por el equipo del adjudicatario, según las condiciones definidas en el correspondiente guion y de acuerdo con las características previstas en el punto 3 del pliego.

Al menos 8 pantallas interactivas por cada hora de actividad formativa, con animaciones e ilustraciones en cada una de ellas.

Texto y animaciones básicas, al menos 12 minutos.

Locución con voz profesional, al menos 10 minutos.

Vídeos, al menos 2,5 minutos en los contenidos más representativos.

Demostraciones y prácticas interactivas de simulación, al menos 12 minutos.

Otros contenidos iguales o distintos a los anteriores, 23,5 minutos.

1.2. El número mínimo de minutos previsto por cada hora de actividad formativa podrá variar al alza o a la baja, en los términos que se prevean en el guion aprobado, siempre que quede garantizado que:

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Las horas texto y animaciones básicas no serán inferiores al 20% de la duración total de horas de la actividad formativa.

Las horas de locución con voz profesional no serán inferiores al 15% de la duración total de horas de la actividad formativa.

Las horas de vídeo no serán inferiores al 4% de duración total de horas de la actividad formativa.

Las horas de demostraciones y prácticas interactivas no serán inferiores al 20% de duración total de horas de la actividad formativa.

Las horas de otros contenidos iguales o distintos a los anteriores, no serán inferiores al 41% de duración total de horas de la actividad formativa.

2. Duración de las actividades formativas

2.1. Las actividades formativas tendrán una duración estimada comprendida entre 5 y 30 horas.

2.2. Plazos máximos de entrega:

Hasta 6 horas: 30 días hábiles.

Hasta 15 horas: 60 días hábiles.

Hasta 30 horas: 90 días hábiles.

2.3. Los plazos máximos de entrega se contarán desde la aprobación del guion definitivo por parte de la EFAM.

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Lote 2: Virtualización de contenidos de actividades formativas relacionadas con el uso de herramientas de software.

Virtualización de actividades formativas dirigidas a empleados del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos públicos sobre manejo de aplicaciones de software corporativo, basadas en capturas del funcionamiento de la aplicación informática en modo demostración y práctica.

1. Contenidos a incluir.

1.1. Una hora de curso debe incluir:

Adaptación pedagógica y producción multimedia e interactiva de los contenidos proporcionados por la EFAM, realizado por el equipo del adjudicatario, según las condiciones definidas en el correspondiente guion y de acuerdo con las características previstas en el punto 2 del pliego.

Texto y animaciones básicas, 5 minutos, con los objetivos, esquema y resumen.

Secuencia de pantallas explicando el uso del software, 15 min.

Vídeo de demostración de uso, 15 min.

Simulación interactiva sobre ejercicio práctico, 25 min.

15 min. de audio locutado, que se distribuirá entre los minutos de video de demostración de uso y de simulación interactiva sobre ejercicio práctico.

1.2. El número mínimo de minutos previsto por cada hora de actividad formativa podrá variar al alza o a la baja, en los términos que se prevean en el guion aprobado, siempre que quede garantizado que:

Las horas de texto y animaciones básicas no serán inferiores al 5% de la duración total de horas de la actividad formativa.

Las horas de Secuencia de pantallas explicativas no serán inferiores al 20% de duración total de horas de la actividad formativa.

Las horas de Vídeo de demostración no serán inferiores al 20% de duración total de horas de la actividad formativa.

Las horas de Simulación interactiva sobre ejercicio práctico, no serán inferiores al 25% de duración total de horas de la actividad formativa.

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2. Duración de las actividades formativas.

2.1. Las actividades formativas tendrán una duración estimada comprendida entre 5 y 25 horas.

2.2. Plazos máximos de entrega:

Hasta 6 horas: 30 días hábiles.

Hasta 15 horas: 60 días hábiles.

Hasta 25 horas: 90 días hábiles.

2.3. Los plazos máximos de entrega se contarán desde la aprobación del guion definitivo por parte de la EFAM.

Firmado por: IGNACIO MOLINA FLORIDOCargo: DIRECTOR GENERAL DE ORGANIZACIÓN RÉGIMEN JURÍDICO Y FORMACIÓNFecha: 15-02-2019 21:03:53

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