exposicón leyes educacón

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Título IV La Comunidad Educativa Articulo 52 Articulo 57 Articulo 56 Articulo 55 Articulo 62 Articulo 61 Articulo 60 Articulo 59 Articulo 58 Articulo 53 Articulo 54 Conformación y participación. El Estudiante. La familia. El Director. El Profesor. La carrera pública magisterial. Requisitos para el ejercicio del profesorado. Áreas del desempeño del profesor. Programas de Formación y Capacitación Permanente. Régimen laboral del Profesor en la Educación Privada. Personal administrativa.

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Page 1: Exposicón leyes Educacón

Título IV La Comunidad Educativa

Articulo 52

Articulo 57Articulo 56Articulo 55

Articulo 62Articulo 61

Articulo 60Articulo 59Articulo 58

Articulo 53 Articulo 54

Conformación y participación.

El Estudiante. La familia.

El Director. El Profesor. La carrera pública magisterial.

Requisitos para el ejercicio del profesorado.

Áreas del desempeño del profesor.

Programas de Formación y Capacitación Permanente.

Régimen laboral del Profesor en la Educación Privada. Personal administrativa.

Page 2: Exposicón leyes Educacón

Conformación.

Formación.

Elección Democrática.

Proyecto Educativo.

La Familia.

Artículo 51

Page 3: Exposicón leyes Educacón

Sistema Educativo.

Asumir responsabilidad

es.

Organizarse.

Opinar.

Deberes y derechos.

Artículo 53

Page 4: Exposicón leyes Educacón

Educar.

Informarse

Participar.Organizarse.

Apoyar.

Artículo 54

Page 5: Exposicón leyes Educacón

Art. 55 – EL DIRECTOR

• Conducir adecuadamente la I. E

• Presidir el C.E.I y promover relaciones armoniosas

• Promover evaluación y autorvaluación de su gestión y dar cuenta de ello.

• Recibir formación especializada y remuneración correspondiente

• Estar comprometido en la carrera pública docente si presta servicios en una I.

Page 6: Exposicón leyes Educacón

Art. 56 - EL PROFESOR• Planifica, desarrolla y evalúa

actividades que aseguren el logro de los alumnos y el desarrollo de habilidades.

• Participa de la I.E y en el desarrollo del PEI como en el PEL, PER y PEN

• Percibir remuneraciones justas y adecuadas y remuneraciones establecidas por ley.

• Participar en programas de capacitación y actualización docente

• Recibir incentivos y honores• Integrar libremente sindicatos y

asociaciones

Page 7: Exposicón leyes Educacón

Art. 57 - LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL

• El profesor del estado esta registrado en el respectivo escalafón

• El ingreso se realiza mediando concurso público

• El ascenso y permanencia de da por evaluación de idoneidad profesional, calidad de desempeñó, reconocimiento de méritos y experiencia

• La evaluación de realiza descentralizadamente y con participación de la comunidad educativa

Page 8: Exposicón leyes Educacón

Art. 58 - REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DEL PROFESORADO

• Título pedagógico• Profesionales con títulos

distintos • Incorporación al escalafón

magisterial condicionada a la obtención del título pedagógico o postgrado en educación

Page 9: Exposicón leyes Educacón

ÁREAS DEL DESEMPEÑO DEL PROFESORArtículo 59

•La docencia

•La administración (director o subdirector)

•La investigación

Page 10: Exposicón leyes Educacón

PROGRAMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PERMANENTE

Artículo 60

•Formación inicial

•Capacitación

•Actualización

•Obligación del estado:Medios adecuados para participación de los docentes

Page 11: Exposicón leyes Educacón

RÉGIMEN LABORAL DEL PROFESOR EN LA EDUCACIÓN PRIVADA

Artículo 61

Privado

Se rige por lo establecido en el régimen laboral de la actividad

privada.

Estado

Puede incorporarse en la carrera pública magisterial pero según los

requisitos.

Profesor

Page 12: Exposicón leyes Educacón

PERSONAL ADMINISTRATIVOArtículo 62

•Coopera para la creación de un ambiente favorable para el aprendizaje.•Se desempeña en las diferentes instancias de gestión institucional, local, regional y nacional.•Ejerce función de carácter profesional, técnico y auxiliar.•Participa en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional

a) Formación especializada para el ejercicio del cargo.b) Remuneración adecuada a su responsabilidad.c) Inclusión en la carrera pública correspondiente.