exposición saludyseguridadtrabajo essch 03jul2012
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Direccin General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo
Presentacin General del Reglamento de la
Ley N 29783 sobre Seguridad y Salud en el Trabajo
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La Importancia de la Seguridad y Salud en el Trabajo
La Seguridad y Salud en el Trabajo es un derecho fundamental del ser humano porque busca proteger la integridad fsica, mental y social del trabajador, a travs de la prevencin, eliminacin, minimizacin y/o control los riesgos laborales, as como tambin el de proteger el medio ambiente y la propiedad, cuyos beneficios recaen directamente en los trabajadores y sus familias, en los empleadores y en el propio estado.
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La Importancia de la Seguridad y Salud en el Trabajo
La seguridad y salud en el trabajo tiene el propsito de crear las condiciones para que el trabajador pueda desarrollar su labor eficientemente y sin riesgos, evitando sucesos y daos que puedan afectar su salud e integridad, el patrimonio de la entidad y medio ambiente, y propiciando as la elevacin de la calidad de vida del trabajador y su familia y la estabilidad social.
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GESTION DE
SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
Estado
Empleadores
Organizaciones sindicales
Trabajadores
Ttulo Preliminar y Objetivos de la Ley y su Reglamento
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Sectores de servicios
Sector Pblico
TODOS LOS SECTORES
ECONMICOS
Trabajadores
Independientes
AMBITO DE APLICACIN mbito de Aplicacin
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TITULO I : DISPOSICIONES GENERALES
TITULO II: POLITICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TITULO III: DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TITULO IV: SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TITULO V: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES
TITULO VI: NOTIFICACION DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.
TITULO VII: DE LA SUPERVISION, FISCALIZACION Y SANCION DE LAS ACTIVIDADES SECTORIALES
DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
DISPOSICION COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
ESQUEMA DEL CONTENIDO DEL D.S. N 005-2012-TR, REGLAMENTO DE LA LEY N 29783
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Poltica Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
ESTADO
Poltica Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo
Empleadores
Trabajadores
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SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
Poltica Nacional
de SST
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
Representante del MTPE
Programas Regionales
de SST
CONSEJO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
Representante de la direccin regional de
MTPE
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De 20 a ms trabajadores
Comit de seguridad y salud
en el trabajo
conformado por representante de
organizaciones sindicales en caso
exista
- Deben elaborar un reglamento interno de SST
-Libro de Actas
BENEFICIOS:
-Licencia con goce de haber para realizar labores de SST,
-Proteccin contra despido incausado.
Duracin: hasta seis meses antes y despus del termino de su funcin.
Menor de 20 trabajadores
Supervisor de seguridad y salud
en el trabajo
elegido por los trabajadores
- Libro de notas tipo actas.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR: - Realizar mnimo 4 capacitaciones al ao en temas relacionados a SST, - Adjuntar al contrato de trabajo la descripcin de las recomendaciones de SST
Conformacin del Comit de SST
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Entidades encargadas de la SST
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Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo
Ministerio de Salud
Otras entidades Ministerio de Construccin y
Vivienda
Ministerio de Energa y Minas
a) Los dos entes supra sectoriales de la seguridad y salud en el trabajo de acuerdo a la Ley N 29783 Art. N 16 son: MTPE y MINSA.
b) INDECI se encarga de la seguridad ante desastres naturales, planes de contingencia y respuesta a emergencia, regulado por la Ley N 28551.
c) Los Gobiernos Regionales y locales ven dentro de sus competencias los programas sectoriales con respecto a la SST.
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Normas Nacionales e Internacionales
-
NORMAS NACIONALES
NORMAS INTERNACIONALES
NORMAS: REGLAS DE CONDUCTA QUE SE USAN
PARA IMPLEMENTAR EL
SGSST:
NORMAS, DISPOSICIONES DE LA PROPIA ORGANIZACIN
1.1 Normas
R E
s
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-
CONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO
LEYES
EN EL SGSST,
EL EMPLEADOR
DEBE TENER
EN CUENTA: DECRETOS SUPREMOS
RESOLUCIONES MINISTERIALES Y DIRECTORALES
ORDENANZAS DE GOBIERNOS REGIONALES Y MUNICIPALES ENTRE OTROS
1.2 Requisitos Legales y Otros
R E
s
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Normas Internacionales vinculadas a la SST
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Decisin 584 Inst. Andino (Art. N 2 )
Tiene por objeto promover y regular las acciones que se deben desarrollar en los centro de trabajo de los pases
miembros para disminuir o eliminar los daos a la salud de los trabajadores, mediante la aplicacin de medidas de
control.
ILO OSH 2001 (Dentro de los objetivos 1.1)
Estas directrices deberan contribuir a proteger a los trabajadores contra los peligros y a eliminar las lesiones,
enfermedades, dolencias, incidentes y muertes relacionadas con el trabajo.
OHSAS 18001:2007
(Objeto y aplicacin)
Este estndar de la serie de evaluacin de la SST especifica los requisitos para un SGSST, destinados a permitir que una
organizacin controle sus riesgos para la SST y mejore su desempeo de la seguridad y salud en el trabajo.
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Normas Nacionales vinculadas a la SST
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Constitucin Poltica del Per 1993
(Arts. N 2 y 7)
Toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psquica y fsica.
Todos tienen derecho a la proteccin de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad as como el deber de
contribuir a su promocin y defensa.
Ley N 29783 (Ttulo preliminar-
Principio de prevencin)
D.S N 005-2012-TR, SU REGLAMENTO
El empleador garantiza en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la
vida, la salud y el bienestar de los trabajadores.
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Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el
Trabajo
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CORRECCIN Y DESEMPEO
SUSTITUCION PROGRESIVA DE PROCEDIMIENTOS TECNICAS, POR AQUELLOS QUE PRODUZCAN MENOR O NINGUN RIESGO PARA EL TRABAJADOR
2.1 Sistema de Gestin de SST
-
INSTRUMENTOS Y DIRECTRICES
INTERNACIONALES Y LA LEGISLACIN
VIGENTE
EL EMPLEADOR
DEBE ADOPTAR UN
ENFOQUE
DE CONFORMIDAD
2.2 Sistema de Gestin de SST
R E
s
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ESPECFICA
EXPONE POR ESCRITO LA
POLTICA QUE DEBE SER:
APROPIADA A LA NATURALEZA EL EMPLEADOR, EN CONSULTA
CON LOS TRABAJADORES Y
SUS REPRESENTANTES
CONCISA Y CLARA
FIRMADA POR EL EMPLEADOR
DIFUNDIDA Y ACCESIBLE
ACTUALIZADA Y A DISPOSICIN DE LAS PARTES INTERESADAS
2.3 Poltica de SST
R E
s
19
-
EL EMPLEADOR DEBE IMPLEMENTAR EL
SGSST
CONSIDERANDO: -Tipo de Empresa -Nivel de exposicin a peligros y riesgos - Cantidad de trabajadores expuestos
2.4 Sistema de Gestin de SST
R E
s
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-
a) Cumplir como mnimo, las
disposiciones de las leyes y reglamentos
nacionales, los acuerdos convencionales
y otras derivadas de la prctica preventiva.
b) Mejorar el desempeo laboral en forma segura.
LA
PLANIFICACIN
PERMITE A LA
EMPRESA
c) Mantener los procesos productivos
o de servicios de manera que sean seguros y saludables.
2.5 Planificacin
R E
s
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-
SIRVEN DE BASE
PARA PLANIFICAR EL
SGSST Y/O
REALIZAR LA
MEJORA CONTINUA.
LA EVALUACIN
APLICA A TODOS
LOS TRABAJADORES
Y A LAS
ORGANIZACIONES SINDICALES.
PARA ESTABLECER UN SGSST SE
DEBE:
LOS RESULTADOS
REALIZAR UNA EVALUACIN
INICIAL O ESTUDIO DE LNEA BASE DEL
SISTEMA EXISTENTE DE LA ORGANIZACIN
Consiste en comparar los requisitos del sistema existente, con los requisitos de la ley
de SST, y otros dispositivos pertinentes
R E
s
2.5.1 Estudio de Lnea Base
22
-
LA LNEA BASE
PROPORCIONA
INFORMACIN
PARA:
- CONSIDERAR TODOS LOS RIESGOS A LOS QUE LA
ORGANIZACIN SE ENFRENTA.
- FORMULAR PLANES.
- IMPLEMENTAR Y PRIORIZAR
MEJORAS EN EL SGSST.
EN EL PROCESO SE PUEDE HACER USO DE
LISTAS DE VERIFICACIN, ENTREVISTAS,
INSPECCIONES, MEDICIN DIRECTA,
RESULTADO DE AUDITORAS, ETC.
R E
s
23
2.5.1 Estudio de Lnea Base OHSAS 18001
-
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FSICOS
EL
EMPLEADOR
PREV
CONTROLES
DE LA
EXPOSICIN
A LOS AGENTES:
QUMICOS
BIOLGICOS
ERGONMICOS
PSICOSOCIALES
2.5.2 Identificacin de Peligros y Evaluacin de Riesgos - IPER
R E
s
-
a) ELIMINACIN DE LOS
PELIGROS Y RIESGOS DESDE EL ORIGEN
b) SUSTITUCIN DE LA FUENTE QUE GENERA EL PELIGRO
c) APLICACIN DE CONTROLES DE INGENIERA
LAS MEDIDAS
DE
PREVENCIN
Y
PROTECCIN
DENTRO DEL
SGSST, SE
APLICAN EN
EL SIGUIENTE
ORDEN DE PRIORIDAD
2.5.2 Identificacin de Peligros y Evaluacin de Riesgos - IPER
d) APLICACIN DE CONTROLES ADMINISTRATIVOS
e) DOTACIN DE EQUIPOS DE PROTECCIN PERSONAL
R E
s
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-
A) APROBAR LOS DOCUMENTOS. B) REVISAR Y ACTUALIZAR LOS DOCUMENTOS. C) ASEGURARSE QUE SE IDENTIFICAN LOS CAMBIOS Y EL ESTADO DE REVISIN ACTUAL DE LOS DOCUMENTOS. D) ASEGURARSE QUE LAS VERSIONES PERTINENTES DE LOS DOCUMENTOS ESTN DISPONIBLES EN LOS PUNTOS DE USO. E) ASEGURARSE DE QUE PERMANECEN LEGIBLES Y FCILMENTE IDENTIFICABLES. F) ASEGURARSE QUE SE IDENTIFICAN LOS DOCUMENTOS DE ORIGEN EXTERNO QUE LA ORGANIZACIN HA DETERMINADO QUE SON NECESARIOS PARA LA PLANIFICACIN Y OPERACIN DEL SGSST Y SE CONTROLA SU DISTRIBUCIN; Y G) PREVENIR EL USO NO INTENCIONADO DE DOCUMENTOS OBSOLETOS Y APLICARLES UNA IDENTIFICACIN ADECUADA EN EL CASO DE QUE SE CONSERVEN POR CUALQUIER RAZN.
LA ORGANIZACION DEBE ESTABLECER, IMPLEMENTAR Y MANTENER UNO
O VARIOS PROCEDIMIENTOS
PARA:
2.6 Hacer: Documentacin y Control OHSAS 18001
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s
26
-
REALIZA :
-EL DISEO DE LOS PUESTOS Y AMBIENTES DE
TRABAJO.
-LA SELECCIN DE EQUIPOS Y MTODOS DE
TRABAJO.
-LA ATENUACIN DEL TRABAJO MONTONO Y
REPETITIVO.
- LA ELIMINACIN DE LAS SITUACIONES Y
AGENTES PELIGROSOS.
- LA SUSTITUCIN DE SITUACIONES PELIGROSAS,
POR OTRAS QUE ENTRAEN MENOR PELIGRO.
- EL MANTENIMIENTO DE POLTICAS DE
PROTECCIN COLECTIVA E INDIVIDUAL.
EL EMPLEADOR
2.6.1 Control Operacional
R
PROCEDIMIENTOS
Y ESTNDARES DE TRABAJO
E
s
27
-
EN LAS EVALUACIONES DEL PLAN INTEGRAL DE PREVENCIN DE
RIESGOS, SE TIENE EN CUENTA LOS FACTORES DE RIESGO QUE
PUEDAN INCIDIR EN LAS FUNCIONES DE PROCREACIN DE LOS
TRABAJADORES; EN PARTICULAR, POR LA EXPOSICIN A LOS
AGENTES FSICOS, QUMICOS, BIOLGICOS, ERGONMICOS Y
PSICOSOCIALES, CON EL FIN DE ADOPTAR LAS MEDIDAS
PREVENTIVAS NECESARIAS.
2.6.2 Control Operacional
R E
s
28
-
EL EMPLEADOR
2.6.3 Preparacin y Respuesta a Emergencias
ES EL RESPONSABLE DE
LA MEJORA CONTINUA DE LOS
PROCESOS, LA GESTIN DEL
CAMBIO, LA PREPARACIN Y
RESPUESTA A SITUACIONES DE
EMERGENCIA.
R E
s
29
-
LA MEDICIN Y EVALUACIN PERIDICA DEL DESEMPEO
CON RESPECTO A LOS ESTNDARES.
EL RECONOCIMIENTO
POR EL BUEN DESEMPEO.
EL EMPLEADOR
DEBE CONSIDERAR:
2.7 Verificar: Seguimiento y Medicin del Desempeo
R E
s
30
-
LAS CAUSAS INMEDIATAS (ACTOS Y CONDICIONES SUBESTNDARES).
LAS CAUSAS BSICAS (FACTORES PERSONALES Y FACTORES DEL TRABAJO).
LA INVESTIGACIN
DE LOS
ACCIDENTES,
ENFERMEDADES E
INCIDENTES
RELACIONADOS
CON EL TRABAJO Y
SUS EFECTOS EN
LA SST, PERMITE DETERMINAR: *
CUALQUIER DIFERENCIA DEL SGSST, PARA
LA PLANIFICACIN DE LA ACCIN CORRECTIVA PERTINENTE.
2.7.1 Investigacin de Accidentes
R E
s
31
-
PERMITE:
EL OBJETO
DE LA SUPERVISIN
2.7.2 No Conformidad, Accin Correctiva y Accin Preventiva
IDENTIFICAR LAS FALLAS O DEFICIENCIAS EN EL SGSST.
ADOPTAR LAS MEDIDAS
PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS
ASOCIADAS AL TRABAJO.
* * *
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s
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-
REALIZA AUDITORAS PERIDICAS A FIN DE COMPROBAR SI
EL SGSST HA SIDO APLICADO, ES ADECUADO Y EFICAZ.
LA AUDITORA SE REALIZA POR AUDITORES
INDEPENDIENTES.
EL EMPLEADOR *
EN LA CONSULTA SOBRE LA SELECCIN
DEL AUDITOR Y EN TODAS LAS FASES DE
LA AUDITORA, INCLUIDO EL ANLISIS DE
LOS RESULTADOS DE LA MISMA, SE
REQUIERE LA PARTICIPACIN DE LOS
TRABAJADORES Y DE SUS REPRESENTANTES.
2.8 Verificar: Auditora Interna
R E
s
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-
-QUE LA
ESTRATEGIA
GLOBAL DEL
SGSST LOGRE
LOS FINES
PREVISTOS.
- DE SER EL
CASO, CAMBIOS
EN LA POLTICA Y
EN LOS
OBJETIVOS DEL
SGSST
* *
LAS
INVESTIGACIONES
Y LAS
AUDITORAS
DEBEN PERMITIR
AL EMPLEADOR * *
2.8 Auditora Interna
RESULTADOS
DEBEN SER
COMUNICADOS AL
CSST, A LOS
TRABAJADORES Y
A SUS
ORGANIZACIONES SINDICALES
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-
Los objetivos de la SST de la empresa.
Los resultados de las actividades de IPER.
LA DIRECCIN
DE LA EMPRESA
DEBE REVISAR
Y TOMAR
ACCIONES DE
LOS ASPECTOS
MS
RELEVANTES
DEL SGSST,
RELACIONADOS CON:
Los resultados de la supervisin y medicin de la eficiencia.
La investigacin de accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo.
Los resultados y recomendaciones de las auditoras y
evaluaciones realizadas por la direccin de la empresa.
2.9 Actuar: Revisin por la Direccin
Las recomendaciones del CSST, o del supervisor de SST
y por cualquier miembro de la empresa en pro de mejoras.
Los cambios en las normas legales.
Los resultados de las inspecciones de trabajo y sus
respectivas medidas de recomendacin, advertencia y requerimiento.
Los acuerdos convencionales y actas de trabajo.
R E
35
-
Derechos y Obligaciones de los
Empleadores
-
Garantizar que las elecciones de los representantes de los trabajadores se realicen a travs de las organizaciones sindicales.
Garantizar el real y efectivo trabajo del Comit Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, asignando los recursos necesarios.
Por incumplimientos de deber de prevencin genera la obligacin de pagar indemnizacin a las victimas o sus derechohabientes. Escenario del trabajo : Durante la ejecucin de una labor bajo su autoridad o en el desplazamiento a la misma, an fuera del lugar y horas de trabajo;
3.1 Derechos y obligaciones de los empleadores
-
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
En el enfoque de genero y proteccin de las trabajadoras, se considera que al estar en estado de gestacin tienen derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo para su salud integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categora;
Las empresas especiales de servicios o cooperativas de trabajadores que desarrollen obras o servicios en el centro de trabajo o con ocasin del trabajo correspondiente del principal, en caso de incumplimiento, la empresa principal es la responsable solidaria frente a los daos e indemnizaciones que pudiera generarse
3.1 Derechos y obligaciones de los empleadores
-
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
Los resultados de los exmenes mdicos al ser confidenciales no pueden ser utilizados para ejercer discriminacin alguna sobre los trabajadores en ninguna circunstancia o momento, el incumplimiento del deber de confidencialidad por parte de los empleadores es pasible de acciones administrativas y judiciales.
Garantizar que los trabajadores hayan sido consultados antes de que se ejecuten cambios en las operaciones, los procesos y en la organizacin del trabajo que pudieran tener repercusiones en la seguridad y salud de los trabajadores.
Informar a los trabajadores a ttulo grupal, de las razones para los exmenes de salud ocupacional e investigaciones en relacin con los riesgos para la seguridad y salud en los puestos de trabajo y a ttulo personal, sobre los resultados de los informes mdicos previos a la asignacin de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluacin de la salud,
3.1 Derechos y obligaciones de los empleadores
-
ENTREGAR A CADA TRABAJADOR EL RISST *
REALIZAR NO MENOS DE CUATRO CAPACITACIONES AL AO EN SST *
LAS EMPRESAS
CON VEINTE O
MS
TRABAJADORES
ELABORAN SU RISST
ADJUNTAR AL CONTRATO DE TRABAJO, LA
DESCRIPCIN DE LAS RECOMENDACIONES DE SST *
BRINDAR FACILIDADES ECONMICAS Y
LICENCIAS CON GOCE DE HABER PARA LA PARTICIPACIN *
ELABORAR UN MAPA DE RIESGOS CON LA
PARTICIPACIN DE LA ORGANIZACIN SINDICAL,
REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES,
DELEGADOS Y EL CSST, EL CUAL DEBE EXHIBIRSE EN UN LUGAR VISIBLE. *
4.1 Requisitos Mnimos
EL
EMPLEADOR DEBE
R E
s
40
3.2 Requisitos Mnimos
-
EL EMPLEADOR GARANTIZA, EN EL
CENTRO DE TRABAJO, EL
ESTABLECIMIENTO DE LOS MEDIOS Y
CONDICIONES QUE PROTEJAN LA VIDA,
LA SALUD Y EL BIENESTAR DE LOS
TRABAJADORES, Y DE AQUELLOS QUE,
NO TENIENDO VINCULO LABORAL,
PRESTAN SERVICIOS O SE ENCUENTRAN
DENTRO DEL AMBITO DEL CENTRO DE LABORES.
EL DEBER DE PREVENCIN DEL
EMPLEADOR
3.2 Requisitos Mnimos
R E
s
41
-
3.3 Identificacin de Peligros y Evaluacin de Riesgos - IPER
EL EMPLEADOR:
GARANTIZA LA
PROTECCIN DE
LOS
TRABAJADORES
QUE, POR SU
SITUACIN DE
DISCAPACIDAD,
SEAN
ESPECIALMENTE
SENSIBLES A
LOS RIESGOS
DERIVADOS DEL TRABAJO.
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s
42
-
ES RESPONSABLE DEL SGSST
ASUME EL LIDERAZGO Y COMPROMISO DE LAS
ACTIVIDADES EN SST, RESPALDA LAS
ACTIVIDADES DE SST Y DEBE PROVEER Y
MANTENER UN AMBIENTE DE TRABAJO SEGURO Y SALUDABLE
DELEGA LAS FUNCIONES Y LA AUTORIDAD NECESARIA AL PERSONAL
ENCARGADO DEL DESARROLLO, APLICACIN Y RESULTADOS DEL SGSST, QUIEN
RINDE CUENTAS AL EMPLEADOR, ELLO NO LO EXIME DE SU DEBER DE PREVENCIN Y, DE SER EL CASO, DE RESARCIMIENTO.
EL EMPLEADOR
3.4 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad
ORGANIZA UN SERVICIO DE SST PROPIO O COMN A VARIOS
EMPLEADORES, CUYA FINALIDAD ES ESENCIALMENTE PREVENTIVA
R E
s
43
-
TIENE LA OBLIGACIN DE
PRACTICAR EXMENES MDICOS
ANTES, DURANTE Y AL TRMINO DE
LA RELACIN LABORAL A LOS
TRABAJADORES, ACORDES CON
LOS RIESGOS A LOS QUE ESTN
EXPUESTOS EN SUS LABORES.
EL EMPLEADOR
3.4 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad
R E
s
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-
EL EMPLEADOR INFORMA AL MTPE LOS ACCIDENTES MORTALES.
LOS INCIDENTES PELIGROSOS.
CUALQUIER OTRO TIPO DE SITUACIN QUE ALTERE O PONGA EN RIESGO
LA VIDA, INTEGRIDAD FSICA Y PSICOLGICA DEL TRABAJADOR SUSCITADO EN EL MBITO LABORAL.
3.6 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad
R E
s
45
EL CENTRO MEDICO ASISTENCIAL QUE ATIENDAN AL TRABAJADOR POR PRIMERA VEZ SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES REGISTRADAS O LAS QUE SE AJUSTEN
A LA DEFINICIN LEGAL DE ESTAS EST OBLIGADO A INFORMAR AL MTPE.
3.4 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad
-
DEFINE LOS REQUISITOS DE COMPETENCIAS PARA CADA PUESTO DE TRABAJO.
ADOPTA DISPOSICIONES PARA QUE TODO TRABAJADOR DE LA ORGANIZACIN EST CAPACITADO.
EL EMPLEADOR
*
ESTABLECE PROGRAMAS DE CAPACITACIN Y ENTRENAMIENTO.
GARANTIZA LA OPORTUNA Y APROPIADA CAPACITACIN Y ENTRENAMIENTO AL
MOMENTO DE LA CONTRATACIN, DURANTE EL DESEMPEO DE LA LABOR Y
CUANDO SE PRODUZCAN CAMBIOS EN LA FUNCIN O PUESTO DE TRABAJO O EN LA TECNOLOGA.
CONSIDERA LAS COMPETENCIAS PERSONALES, PROFESIONALES Y DE GNERO DE LOS TRABAJADORES AL MOMENTO DE ASIGNAR LAS LABORES.
CONTROLA Y REGISTRA QUE SOLO LOS TRABAJADORES, ADECUADA Y
SUFICIENTEMENTE CAPACITADOS Y PROTEGIDOS, ACCEDAN A LOS AMBIENTES O ZONAS DE RIESGO GRAVE Y ESPECFICO.
3.5 Entrenamiento, Competencia y Toma de Conciencia
QUE DISEE, FABRIQUE, IMPORTE, SUMINISTRE O CEDA MQUINAS, EQUIPOS,
SUSTANCIAS, PRODUCTOS O TILES DE TRABAJO, DISPONE LO NECESARIO PARA
QUE:
SE PROPORCIONE INFORMACIN Y CAPACITACIN SOBRE LA INSTALACIN
ADECUADA, UTILIZACIN Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LAS MAQUINARIAS Y
EQUIPOS, ASIMISMO PARA EL USO APROPIADO DE LOS MATERIALES PELIGROSOS.
R E
s
46
-
A) A TTULO GRUPAL, LAS RAZONES DE LOS
EXMENES OCUPACIONALES E
INVESTIGACIONES EN RELACIN CON LOS
RIESGOS PARA LA SEGURIDAD Y SALUD EN
LOS PUESTOS DE TRABAJO.
B) A TTULO PERSONAL, SOBRE LOS
RESULTADOS DE LOS INFORMES MDICOS
QUE SON CONFIDENCIALES, CUYO
INCUMPLIMIENTO A LA CONFIDENCIALIDAD
POR PARTE DE LOS EMPLEADORES ES
PASIBLE DE ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y
JUDICIALES A QUE D LUGAR.
EL EMPLEADOR
3.6 Comunicacin, Participacin y Consulta
R
PROCEDIMIENTO
E
s
47
-
- IMPLEMENTA LOS REGISTROS Y
DOCUMENTACIN DEL SGSST (FSICOS O
ELECTRNICOS).
-DEBEN ESTAR ACTUALIZADOS Y A DISPOSICIN
DE LOS TRABAJADORES Y DE LA AUTORIDAD
COMPETENTE, RESPETANDO EL DERECHO A LA
CONFIDENCIALIDAD.
- EN EL REGLAMENTO SE ESTABLECEN LOS
REGISTROS OBLIGATORIOS A CARGO DEL
EMPLEADOR.
- LOS REGISTROS RELATIVOS A ENFERMEDADES
OCUPACIONALES SE CONSERVAN POR UN
PERIODO DE VEINTE AOS.
EL EMPLEADOR
3.7 Documentacin y Control
R E
s
48
-
-ADOPTA EL ENFOQUE DE GNERO PARA LA
DETERMINACIN DE LA EVALUACIN INICIAL Y EL
PROCESO DE IDENTIFICACIN DE PELIGROS Y
EVALUACIN DE RIESGOS ANUAL.
- IMPLEMENTA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EVITAR
LA EXPOSICIN DE LAS TRABAJADORAS EN PERODO
DE EMBARAZO O LACTANCIA A LABORES PELIGROSAS.
EL EMPLEADOR
3.8 Control Operacional
LAS TRABAJADORAS EN ESTADO DE GESTACIN TIENEN
DERECHO A SER TRANSFERIDAS A OTRO PUESTO QUE
NO IMPLIQUE RIESGO PARA SU SALUD INTEGRAL, SIN
MENOSCABO DE SUS DERECHOS REMUNERATIVOS Y DE
CATEGORA.
R E
s
49
-
-NO EMPLEA MENORES Y ADOLESCENTES PARA LA
REALIZACIN DE ACTIVIDADES INSALUBRES O
PELIGROSAS.
-DEBE REALIZAR UNA EVALUACIN DE LOS
PUESTOS DE TRABAJO QUE VAN A DESEMPEAR
LOS ADOLESCENTES, CON EL OBJETO DE
ADOPTAR LAS MEDIDAS PREVENTIVAS
NECESARIAS.
-PRACTICA EXMENES MDICOS ANTES, DURANTE
Y AL TRMINO DE LA RELACIN LABORAL A LOS
ADOLESCENTES TRABAJADORES.
EL EMPLEADOR
3.8 Control Operacional
R E
s
50
-
Derechos y Obligaciones de los
Trabajadores
-
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectores de trabajo, esto puede producirse an sin la presencia del empleador.
La transferencia de un trabajador motivada por razones de seguridad y salud en el trabajo, esta debe producirse sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categora
4.1 Derechos de los Trabajadores
-
ELIGEN A SUS REPRESENTANTES
ANTE EL CSST O A SUS SUPERVISORES EN SST
En los centros de trabajo en donde existen organizaciones sindicales,
la organizacin ms representativa convoca a las elecciones del
comit paritario, en su defecto, es la empresa la responsable de la convocatoria.
LOS TRABAJADORES
4.2 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad
El CSST, el supervisor y todos los que participen en el SGSST cuentan
con la autoridad que requieran para llevar a cabo adecuadamente sus
funciones. Asimismo, se les otorga distintivos que permitan a los trabajadores identificarlos.
R E
s
53
-
LOS TRABAJADORES Y
SUS REPRESENTANTES
4.3 Obligaciones de los trabajadores
R E
s
54
Tienen la obligacin de revisar los programas de capacitacin y entrenamiento, y formular las
recomendaciones al empleador
Deben responder e informar con veracidad a las instancias pblicas que se lo requieran, caso contrario es considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente.
-
Inspeccin de Trabajo en Seguridad y Salud
en el Trabajo
-
Incluir en las visitas de inspeccin a los trabajadores, sus representantes, los peritos y los tcnicos, los representantes de los comits paritarios o los designados oficialmente
Aconsejar y recomendar la adopcin de medidas para promover el mejor cumplimiento sobre las normas de seguridad y salud en el trabajo, requerir al inspeccionado que dentro de un plazo determinado cumpla con realizar las modificaciones requeridas
iniciar el procedimiento sancionador mediante la extensin de actas de infraccin o por infraccin por incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo
5.1 Facultades de los Inspectores de Trabajo
-
5.1 Esquema bsico de procedimiento
inspectivo de acuerdo a la Ley N 28806
Se emite acta de infraccin
No subsana observaciones
Archivo de expediente
Subsana observaciones
Acto de comparecencia
Constancia de actuaciones inspectivas
Visita inspectiva
Inspeccin u orientacin
Multa Inicio del
procedimiento sancionador
Sub direccin de inspecciones
Orden
-
En el caso de que los inspectores comprueben que la inobservancia de la normatividad sobre prevencin de riegos laborales implica un grave e inminente riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores pueden ordenar de conformidad con la legislacin de inspecciones la inmediata paralizacin o la prohibicin de los trabajos o tareas, dichas ordenes son inmediatamente ejecutadas, independientemente del pago de las remuneraciones e indemnizaciones a favor de los trabajadores afectados.
5.4 Paralizacin o prohibicin de trabajos por riesgo grave o inminente