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República de Colombia Departamento del Caquetá MUNICIPIO DE SAN VICENTE DEL CAGUÁN NIT. 800.095.785-2 ESTUDIOS PREVIOS Fecha: 03 - Mayo - 2013 Página 1 de 16 En cumplimiento a lo previsto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, y del Artículo 2.2.1° del Decreto 0734 de 2012 se realiza el Estudio Previo para la Contratación bajo la Modalidad de Licitación Pública Calle 4 con Carrera 5 Esquina E-mail: alcaldía@sanvicentedelcaguan- caqueta.gov.co www.sanvicentedelcaguan- caqueta.gov.co Telefax: 4644757 ¡El Cambio está en Marcha… y usted hace parte de el! 1. SUCINTA DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACION En el Plan de Desarrollo 2012-2015. POLÍTICA 8: ACCIONES PÚBLICAS PARA GARANTIZAR EL DERECHO COLECTIVO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS. PROGRAMA. Residuos sólidos. SUBPROGRAMA. Disposición adecuada de los residuos sólidos generados y mejoramiento del servicio de aseo urbano y rural. Objetivo del producto. Disminución de la población sin servicio de aseo urbano y rural. El Municipio de San Vicente del Caguán, en su Plan de Desarrollo ¡El Cambio Está en Marcha… y Usted Hace Parte de Él! pretende lograr un manejo integral y adecuado de los residuos sólidos producidos por la comunidad de la zona urbana del municipio, en su proceso de recolección y transporte al sitio de disposición final, logrando así reducir la contaminación y deterioro ambiental, producida por el transporte y recolección inadecuada de los mismos que generan malos olores y enfermedades infecciosas en la población. Además la ley 142 de 1994, obliga a los municipios a garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios, entre ellos el servicio de Aseo. La Ley 1551 de 2012 articulo 6 numeral 19. Garantizar la prestación del servicio de agua potable y saneamiento básico a los habitantes de la jurisdicción de acuerdo con la normatividad vigente en materia de servicios públicos domiciliarios. Actualmente el Municipio realiza la recolección de residuos sólidos en la cabecera municipal en volqueta para su disposición final en el relleno sanitario, ubicado en el municipio San Vicente del Caguán, a Siete (7) kilómetros vía al Municipio de Puerto Rico, generándose inconvenientes tales como el incumplimiento del artículo 31 del Decreto 1713 de 2002 y mayores costos en la recolección de los residuos sólidos debido a la baja capacidad de transporte de la volqueta, y el incumplimiento de la normatividad ambiental en cuanto a recolección de líquidos (lixiviados) generados por los residuos sólidos; luego es prioritario adelantar acciones para mejorar las condiciones de recolección de los residuos sólidos del municipio y así reducir costos y disminuir la polución ambiental, siendo más eficientes en el uso de los recursos, el municipio produce un promedio de 470 a 490 toneladas mensuales. Teniendo en cuenta el deficiente servicio prestado a la comunidad, los altos costos de mantenimiento, el costo del traslado de los residuos sólidos al relleno, el mal aspecto visual que presenta dicho carro y el constante daño ocasionado al entorno por la contaminación, al generarse caída de residuos sólidos por el aíre, o por la falta de espacio, se hace más económico y viable técnicamente la compra de un carro recolector compactador de residuos sólidos, el cual va a prestar un mejor y más eficiente servicio a toda la comunidad que habita cada una de las comunidades beneficiadas con dicho servicio. 2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR OBJETO: ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO RECOLECTOR COMPACTADOR DE RESIDUOS SÓLIDOS DE CARGUE TRASERO, PARA EL MUNICIPIO DE SAN VICENTE DEL CAGUAN - CAQUETA. 2.2 ESPECIFICACIONES:

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República de Colombia Departamento del Caquetá

MUNICIPIO DE SAN VICENTE DEL CAGUÁN NIT. 800.095.785-2

ESTUDIOS PREVIOS

Fecha: 03 - Mayo - 2013

Página 1 de 16

En cumplimiento a lo previsto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, y del Artículo 2.2.1° del Decreto 0734 de 2012 se realiza el Estudio Previo para

la Contratación bajo la Modalidad de Licitación Pública

Calle 4 con Carrera 5 Esquina E-mail: alcaldía@sanvicentedelcaguan-

caqueta.gov.co www.sanvicentedelcaguan-caqueta.gov.co

Telefax: 4644757

¡El Cambio está en Marcha… y usted hace parte de el!

1. SUCINTA DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACION

En el Plan de Desarrollo 2012-2015. POLÍTICA 8: ACCIONES PÚBLICAS PARA GARANTIZAR EL DERECHO COLECTIVO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS. PROGRAMA. Residuos sólidos. SUBPROGRAMA. Disposición adecuada de los residuos sólidos generados y mejoramiento del servicio de aseo urbano y rural. Objetivo del producto. Disminución de la población sin servicio de aseo urbano y rural. El Municipio de San Vicente del Caguán, en su Plan de Desarrollo ¡El Cambio Está en Marcha… y Usted Hace Parte de Él! pretende lograr un manejo integral y adecuado de los residuos sólidos producidos por la comunidad de la zona urbana del municipio, en su proceso de recolección y transporte al sitio de disposición final, logrando así reducir la contaminación y deterioro ambiental, producida por el transporte y recolección inadecuada de los mismos que generan malos olores y enfermedades infecciosas en la población. Además la ley 142 de 1994, obliga a los municipios a garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios, entre ellos el servicio de Aseo. La Ley 1551 de 2012 articulo 6 numeral 19. Garantizar la prestación del servicio de agua potable y saneamiento básico a los habitantes de la jurisdicción de acuerdo con la normatividad vigente en materia de servicios públicos domiciliarios. Actualmente el Municipio realiza la recolección de residuos sólidos en la cabecera municipal en volqueta para su disposición final en el relleno sanitario, ubicado en el municipio San Vicente del Caguán, a Siete (7) kilómetros vía al Municipio de Puerto Rico, generándose inconvenientes tales como el incumplimiento del artículo 31 del Decreto 1713 de 2002 y mayores costos en la recolección de los residuos sólidos debido a la baja capacidad de transporte de la volqueta, y el incumplimiento de la normatividad ambiental en cuanto a recolección de líquidos (lixiviados) generados por los residuos sólidos; luego es prioritario adelantar acciones para mejorar las condiciones de recolección de los residuos sólidos del municipio y así reducir costos y disminuir la polución ambiental, siendo más eficientes en el uso de los recursos, el municipio produce un promedio de 470 a 490 toneladas mensuales. Teniendo en cuenta el deficiente servicio prestado a la comunidad, los altos costos de mantenimiento, el costo del traslado de los residuos sólidos al relleno, el mal aspecto visual que presenta dicho carro y el constante daño ocasionado al entorno por la contaminación, al generarse caída de residuos sólidos por el aíre, o por la falta de espacio, se hace más económico y viable técnicamente la compra de un carro recolector compactador de residuos sólidos, el cual va a prestar un mejor y más eficiente servicio a toda la comunidad que habita cada una de las comunidades beneficiadas con dicho servicio.

2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR

OBJETO: ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO RECOLECTOR COMPACTADOR DE RESIDUOS SÓLIDOS DE CARGUE TRASERO, PARA EL MUNICIPIO DE SAN VICENTE DEL CAGUAN - CAQUETA. 2.2 ESPECIFICACIONES:

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En cumplimiento a lo previsto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, y del Artículo 2.2.1° del Decreto 0734 de 2012 se realiza el Estudio Previo para

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Calle 4 con Carrera 5 Esquina E-mail: alcaldía@sanvicentedelcaguan-

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Se adquirirá un vehículo de chasis sencillo, y una caja compactadora y recolectora de residuos solidos no inferior a 16 y 3, con una capacidad de carga no inferior a las 10 toneladas, modelo 2013 y amplia representación en el país.

ITEM DESCRIPCION

1 CHASIS * Caja FS-6305 A, no inferior a 05 Velocidades * Eje Delantero I-120S 12.000 Lbs., * Eje Trasero 23082 T 23.000 Lbs. * Rines Disco 22.5 llantas delanteras/traseras “R 22.5” 16 lonas Radial Sellomaticas * Cabina NUEVA GENERACION NGV MARCA Conocida con representación en Colombia MODELO 2013 Potencia. - HP / rpm 195 HP @ 2300 - 520 Lbs.-ft torque @ 1400 RPM, Combustible DIESEL. ACPM Alimentación Turbo e Intercooler Cilindrada Cm3 No. De cilindros Seis (6) en línea Sistema de refrigeración Radiador de servicio pesado, presurizado Embrague Disco doble revestimiento orgánico, Mando hidráulico, asistido a aire. Transmisión Manual, 5 velocidades adelante y 1 reversa Suspensión delantera Tipo Eje rígido Muelles Semiélipticos de doble acción Amortiguadores Hidráulicos telescópicos de doble acción Suspensión Trasera Tipo Eje rígido motriz Muelles principales Semiélipticos de acción progresiva Muelles auxiliares Parabólicos Amortiguadores Hidráulicos telescópicos de doble acción Dirección Hidráulica integral con esferas recirculantes Chasis Escalera, perfil constante, superficie llana, remachado y atornillado 120.000 psi. Tanque de combustible 50 Gal. Ruedas y Neumáticos Rines Disco 22.5 Rin y llanta de repuesto Una (1) Freno de servicio Aire, .S. came Tipo Tambor en las ruedas delanteras y traseras Circuito Doble, independiente, reservorio triple aire

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Área efectiva de frenaje (cm2) mínimo 4232 Freno de estacionamiento Cámara de muelle acumulador Actuación Ruedas delanteras/traseras “R 22.5” Mando Válvula moduladora en el tablero Freno motor Válvula tipo mariposa en el tubo de escape Mando Electro neumático, tecla en el tablero y comando en el acelerador / pedal embrague Sistema eléctrico Tensión nominal 12 V Batería 12 V. 170 Ah Alternador 14 V. 90 A Dimensiones Mínimas (mm) Capacidad técnica por eje delantero 12000LBS Capacidad eje trasero 23000 LBS Total admisible 35000LBS Controles y alarmas Medidor de combustible Medidor de temperatura de LIQUIDO REFRIGERANTE de motor Medidor de presión de aceite Medidor Voltios Velocímetro Odómetro Medidor de presión de aire Tacómetro Luces de advertencia y alarmas para indicar, baja presión de aire, alta temperatura de agua, baja presión de aire en circuitos de frenos Pito eléctrico GARANTIA 1 AÑO LIBRE DE KMS

2 1.2 CAJA COMPACTADORA Y RECOLECTORA DE RESIDUOS SÓLIDOS MARCA Conocida con representación en Colombia Capacidad de la caja no inferior de 16 Y3 Dimensiones mm (medidas aprox.) Longitud total de caja (mínimo) 4000 mm Altura total da la caja (útil) 2300 mm (1650) Ancho total de la caja (útil) 2530 mm (2350) Construcción de la caja Lados y techo Lamina calibre 10 (3,4 mm) Piso Lámina calibre 3/16. Panel de eyección Lámina calibre 10 Refuerzos laterales Perfilaría tubular sobre chasis fabricado en perfil estructural

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Construcción de la Tolva Laterales en dos espesores Parte superior en calibre 10 (3.4) y parte inferior en lámina antidesgaste de 3/16. Guía para la cuchillas de barrido En 3/8. Guias laterales En material antifricción Articulaciones Con bujes de acero con tratamiento térmico Piso Tolva Lamina anti desgaste cal 1/4, 110000 PSI Construcción Panel de Eyección Cuerpo en lamina Calibre 10 (3.4 mm.) Estructura reforzada con canal y tubería Guías con material anti desgaste ultrapol Patines inferiores en platina Sistema de cargue Tipo Manual Localización Posterior Altura de cargue 1 metro Capacidad 2.5 Y3 Compactación Tipo Hidráulica de mando manual Ciclo de barrido 24 segundos Presión máx. del sistema 160 Kg/cm2 Fuerza de compactación 24.000 Kg Plataforma de tripulación Cantidad Dos (2) estribos posteriores (Abatibles) Localización Esquinas traseras inferiores Toma fuerza Localización Acoplado a la caja del camión Tipo Accionamiento neumático desde la cabina, acople directo a la bomba Señal Luz destello piloto en cabina Deposito de aceite hidráulico Localización Interior delantero de la caja Capacidad 25 galones Filtro de succión De 55 micrones Otros Termonivel y tapa filtro de llenado Bomba Hidráulica Localización Acoplada al toma fuerza en la caja de cambios Tipo Engranajes de alta precisión Caudal 87 litros / minuto Presión 170 kg/cm2 Sistema de seguridad Válvula de alivio Cilindros Hidráulicos

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Fabricación Tubería de alta presión Eyección Un (1) cilindro de doble efecto UNA ETAPA Compactación Dos (2) cilindros de doble efecto para accionamiento de cortina (Dentro de la tolva). Barrido Dos (2) cilindros de doble efecto para la Cortina barredora Levante tolva Dos (2) de simple efecto Sistema hidráulico. Mangueras grafadas y tubería sin costuras Dos mandos manuales para control de las cuatro funciones Controles Dos (2) controles manuales para la compactación Dos (2) controles manuales para la eyección Tanque de evacuación de lixiviados Cantidad Dos (2) 25 gl c/uno Localización Uno (1) trasero y uno (1) delantero Adicional Barandas abatibles circundantes ubicadas en la parte superior Luces reglamentarias de transito y giratoria y luz de trabajo nocturno Alarma sonora de uso durante la recolección

2.3. OBLIGACIONES DE LAS PARTES 2.3.1. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA 1. Cumplir con las condiciones, calidades y especificaciones del bien a adquirir establecidas en el Pliego de Condiciones y sus anexos. 2. Garantizar el pleno dominio y/o propiedad sobre el bien objeto de ésta contratación. 3. Garantizar que los bienes que vende se encuentran libres de gravámenes, pignoraciones o secuestros y en el caso de ser un vehículo importado, garantizar que fue introducido al país cumpliendo todas las normas legales. El incumplimiento de ésta obligación será causal de terminación del contrato. 4. El riesgo de pérdida y la propiedad del bien será del contratista hasta que se efectúe la entrega real y material al Almacén Municipal en las instalaciones de la Administración. 5. Entregar el bien objeto del contrato que se llegase a suscribir, dentro de los TREINTA (30) días calendario a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo. 6. Restituir a su costa, los elementos o bienes defectuosos por fabricación o de especificaciones diferentes o inferiores a los requeridos por la Administración, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la solicitud que formule en tal sentido la entidad, por el supervisor del contrato. 7. Cumplir con los términos de la garantía del vehículo y sus accesorios en los términos y condiciones respectivas. 8. Garantizar el cumplimiento de la garantía del vehículo, que en todo caso no será inferior a 40.000. Km o 12 meses según lo primero que ocurra, de la caja recolectora que no podrá ser inferior a 6 meses y del motor que en todo caso no será

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inferior a 12 meses o 160.000 km según lo primero que ocurra, debiendo para tal efecto anexar certificación del fabricante o del ensamblador o del Distribuidor autorizado firmado por el representante legal. 9. El contratista deberá dictar cursos de operación y mantenimiento preventivo de los equipos, dentro del mes siguiente de la entrega del vehiculó y con una intensidad de mínimo ocho (8) horas, igualmente deberá entregar manuales de operación y mantenimiento preventivo. 10. Presentar certificación expedida por el departamento técnico o equivalente del ensamblador o fabricante según sea el caso, en la que conste que el proponente cuenta con el soporte técnico del fabricante en la prestación de todos los servicios técnicos ofrecidos y el suministro de los repuestos para los vehículos ofrecidos por un tiempo mínimo de 10 años. 11. El vehículo deberá ser entregados con matricula del departamento del CAQUETA y seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT). 12. Las demás que por la naturaleza del objeto contractual correspondan. INDEMNIDAD: Será obligación del contratista mantener indemne al Municipio libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones provenientes de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de la de subcontratistas. Lo anterior de conformidad con el Decreto 734 de 2012. El CONTRATISTA será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la Administración o a terceros. 2.3.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL MUNICIPIO 1. Pagar al contratista las sumas pactadas, en las condiciones y oportunidad establecidas en el contrato. 2. Suministrar en forma oportuna la información solicitada por el contratista de conformidad con lo señalado en el presente estudio previo y en el pliego de condiciones de la convocatoria. 3. Resolver las peticiones presentadas por el CONTRATISTA en los términos consagrados en la ley. 4. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte. 5. Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea del objeto del contrato. 6. Expedir y tramitar los certificados de cumplimiento del objeto contractual, a través del supervisor. 7. Ejercer la supervisión y seguimiento permanente de la ejecución del Contrato y el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales. 8. Recibir el vehículo en los términos y condiciones señalados en el contrato 9. Aprobar las garantías exigidas. 2.2.3. PLAZO ESTIMADO DE EJECUCION DEL CONTRATO El plazo de ejecución del contrato que se suscriba será de TREINTA (30) DIAS calendario, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo; termino en el cual se deberá realizar la respectiva entrega del vehículo con todos sus accesorios, en una sola oportunidad. 2.3 CONTRATO A CELEBRAR:

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El Municipio de San Vicente del Caguán, celebra un contrato de compraventa toda vez que se trata de una adquisición de bienes donde una de las partes se obliga a comprar y a la otra se obliga a vender y cuya definición está consagrada en el Código Civil, Título XXIII, artículo 1849. “La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquella se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio”. Por ser celebrado con el estado, el régimen que regula el contrato es la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y los decretos reglamentarios de éstas. En los aspectos no regulados en esta ley se acudirá a la regulación que sobre la materia consagre el Código Civil y el Código de Comercio. 2.4 FORMA DE ENTREGA: El CONTRATISTA se obliga a efectuar la entrega del vehículo al almacenista general del municipio y al Supervisor del contrato en la sede administrativa de la Alcaldía, para efectos de efectuar la legalización de la entrega. Condiciones requeridas para la entrega del vehículo: - Las especificaciones técnicas suministradas por la firma oferente deben corresponder a las fichas técnicas originales del fabricante o del ensamblador, y no de la firma vendedora. - El vehículo al momento de la entrega debe ser suministrado con el material de consulta escrito y/o en medio magnético en idioma español. - El vehículo deberá ser entregado con matricula del departamento del CAQUETA, seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT, los cuales deberán discriminarse y considerarse en la propuesta económica. 2.5 PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo previsto para la ejecución del contrato que se derive del presente proceso es de treinta (30) días los cuales se contarán a partir de la suscripción del acta de Inicio. 2.6 FORMA DE PAGO: El pago del valor contratado se hará de la siguiente forma: El Municipio pagará al contratista el 100% del Valor del contrato una vez se dé total cumplimiento al objeto del contrato y de sus obligaciones a entera satisfacción del Municipio, Previa certificación de Cumplimiento por el supervisor del contrato. Para el pago, el contratista acreditará el pago de la seguridad social en todos los casos y los parafiscales (si tiene personal a cargo) durante el plazo de ejecución del contrato. 2.7 SUPERVISION: Será ejercida por quien ejerza como Secretario General y de Gobierno del Municipio de San Vicente del Caguán, Cargo que en la actualidad desempeña el Doctor: OSCAR ENRIQUE PRIETO ACOSTA, identificado con Cedula de Ciudadanía N° 80.232.421 Expedida en Bogotá. En desarrollo de esta actividad el supervisor cumpliría con las funciones señaladas en el inciso segundo del Artículo 83 de la Ley 1474 de 2011. 2.8 PLAZO DE LIQUIDACIÓN:

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Liquidación de mutuo acuerdo se realizará dentro de los (04) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución. En caso de no ser posible la liquidación de mutuo acuerdo se procederá conforme lo exige la ley. 2.9 IMPUTACION PRESUPUESTAL: El MUNICIPIO pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo a: PRESUPUESTO DE GASTOS - GASTOS DE INVERSIÓN – SECTOR AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO – DOTACIÓN – RUBRO: ASEO-MAQUINARIA Y EQUIPOS –CÓDIGO: '02020405020102010407, y según Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 307 de Fecha 01 de Abril de 2013.

3. FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN

Para llevar a cabo la contratación, se utilizará el proceso de Licitación Pública de acuerdo con lo señalado en el artículo 3.1.1 del Decreto734 de 2012. La escogencia del contratista con arreglo a esta modalidad de selección se fundamenta en lo dispuesto en el Título I, Artículo 2, Numeral 1 de la Ley 1150 de 2007 el cual establece: “Artículo 2o. De las modalidades de selección. La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas: 1. Licitación pública. La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo. Cuando la entidad estatal así lo determine, LA OFERTA EN UN PROCESO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA PODRÁ SER PRESENTADA TOTAL O PARCIALMENTE DE MANERA DINÁMICA MEDIANTE SUBASTA INVERSA, en las condiciones que fije el reglamento”. Adicionalmente teniendo en cuenta que el presupuesto estimado para ejecutar el proyecto supera la Menor Cuantía de la entidad, la que equivale a 280 SMMLV, el contrato producto de la satisfacción de la presente necesidad se debe adjudicar por la modalidad de LICITACIÓN PÚBLICA PRESENTADA TOTALMENTE DE MANERA DINAMICA MEDIANTE SUBASTA INVERSA.

4. ANALISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO

De conformidad con las condiciones del mercado, se estima que el valor del contrato asciende a la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($250.000.000) MCTE, conforme al estudio de precios del mercado, el cual tiene como referencia los valores unitarios, de tres diferentes proveedores del sector automotor, las cuales forman parte del respectivo expediente, con el fin de que el presupuesto oficial de la presente contratación se fundamente en los precios del

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mercado

5. JUSTIFICACIÓN DE LOS VALORES DE SELECCIÓN

Con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado en las normas que regulan el proceso de contratación a desarrollarse, específicamente la Ley 1150 de 2007, así como lo normado por el Decreto 734 de 2012, , el factor de escogencia del contratista en la presente convocatoria será aquel que conforme a las reglas señaladas en consideración a los elementos de calidad y precio soportados en los puntajes determinados, obtenga el mayor puntaje y sea calificado como la oferta más favorable para la entidad, así: 5.1. HABILITACIÓN TÉCNICA PERFIL REQUERIDO: El proponente podrá ser una persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal que acredite su calidad de comerciante y la matricula del respectivo establecimiento de comercio de su propiedad en la Cámara de Comercio, cuya actividad comercial principal esté relacionada con la venta y comercialización de vehículos automotores nuevos. En todo caso el oferente deberá estar inscrito en el Registro Único de Proponentes, con un K residual no inferior a 2 veces el presupuesto oficial expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes, lo cual acreditará con el certificado expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria. Adicionalmente, deberá estar inscrito y calificado así: Los proponentes cuyo certificado vigente y en firme se encuentre bajo el régimen del Decreto 0734 de 2012, deberán acreditar estar inscritos y calificados en el Sistema de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU), Revisión 4, adoptado por Colombia, así:

CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL VERSIÓN 4

SECCION DIVISIÓN GRUPO CLASE

C. Industrias Manufactureras

29. Fabricación de Vehículos Automotores, remolques y semirremolques

293. Fabricación de partes, piezas (autopartes) y accesorios (lujos) para vehículos automotores.

2930. Fabricación de partes, piezas (autopartes) y accesorios (lujos) para vehículos automotores.

G. Comercio al por mayor y al por menor; Reparación de vehículos automotores y motocicletas

45. Comercio, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas sus partes, piezas y accesorios

451. Comercio de vehículos automotores

4511. Comercio de vehículos automotores nuevos.

Para los proponentes cuyo certificado vigente y en firme se encuentre bajo el régimen del Decreto 1464 de 2010, deberán acreditar estar inscritos y calificados, así:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO

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En cumplimiento a lo previsto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, y del Artículo 2.2.1° del Decreto 0734 de 2012 se realiza el Estudio Previo para

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03. PROVEEDOR 17. MATERIAL DE TRANSPORTE

02. VEHÍCULOS AUTOMÓVILES, TRACTORES, CICLOS Y DEMÁS VEHÍCULOS TERRESTRES, SUS PARTES Y ACCESORIOS

De conformidad con el Artículo 4 del Decreto 1464 de 2010, cada uno de los miembros o partícipes de Consorcios o Uniones Temporales deberá acreditar lo exigido para la persona natural o jurídica, según se trate, y estar inscrito en el Registro Único de Proponentes, en la clasificación en las Especialidades y Grupos. Así mismo la persona jurídica oferente, deberá acreditar con el certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de ésta Selección, los siguientes requisitos: a) haber sido legalmente constituida como tal, e inscrita en el Registro de Proponentes con una duración mínima igual a la de la vigencia del contrato y un (1) año más, y b) que su objeto social comprende las actividades del objeto de la presente Licitación. La falencia en cualquiera de los 2 aspectos anteriores es factor esencial de Habilitación. Para efectos de calcular el K Residual, deberá el oferente presentar en el respectivo formulario la relación de contratos adjudicados y en ejecución, precisando el porcentaje ejecutado y recibido por la entidad contratante a la fecha de su oferta, la cual se entenderá como declaración rendida bajo la gravedad de juramento. En caso de Consorcio o Unión temporal, los proponentes indicarán dicha calidad, mediante el documento de conformación del consorcio o la unión temporal, en el que se indicarán los términos y extensión de la participación, la designación de la persona que los representará y señalarán las reglas básicas de la relación entre ellos y su responsabilidad, conforme a lo señalado en el parágrafo 1° del artículo 7° de la Ley 80 de 1993, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento de la Administración. Para estas figuras la clasificación en las Especialidades y Grupos requeridos será la sumatoria de las obtenidas por cada uno de sus miembros. Cuando se trate de estas figuras, su capacidad de contratación principal y residual se establecerán realizando la sumatoria de la registrada para cada uno de sus integrantes, y la resultante será la capacidad de la Unión Temporal o Consorcio. En igual sentido, se procederá cuando se trate de calificar su experiencia, solidez financiera, capital de trabajo y demás factores técnicos de la propuesta. Si la oferta es presentada en Consorcio, los integrantes del mismo se obligan en forma conjunta y solidaria, tanto en la licitación como en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar. En consecuencia, el MUNICIPIO podrá exigir el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del contrato, a cualquiera de los integrantes del consorcio, o a todos juntos. Si la oferta es presentada en Unión Temporal, los integrantes de la misma se obligan en forma conjunta y solidaria, tanto en la selección como en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución que se haya definido para cada uno. Si en el documento de conformación de la Unión Temporal no se determinan los términos y extensión de la participación de

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los integrantes, se le dará el tratamiento establecido para Consorcios. En atención a lo dispuesto en el Artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deben manifestar en el documento de conformación, en relación con la facturación, para efectos del pago, lo siguiente:

Si la va a efectuar uno de sus integrantes en representación del Consorcio o la Unión Temporal, caso en el cual

se debe informar el NIT de quien factura.

Si la va a efectuar en forma separada cada uno de los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal, caso en el

cual se debe informar el NIT respectivo y la participación de cada uno en el valor del contrato.

Si la va a realizar el Consorcio o Unión Temporal con su propio NIT, caso en el cual se debe indicar el número, el

porcentaje o el valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, así como su nombre o razón

social y su número de NIT.

5.1.1 EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE El proponente deberá acreditar “Experiencia General” en “VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES”, cuyo valor sea igual o superior al 100% del presupuesto oficial, actualizado en salarios mínimos legales mensuales vigentes y que se haya ejecutado o liquidado dentro de los cinco años anteriores a la fecha de cierre de esta convocatoria. Se verificarán hasta un máximo de dos (2) contratos o facturas de venta legalizadas que sumados entre sí arrojen una suma no inferior al porcentaje detallado en función del presupuesto oficial, ó un contrato y una factura de venta legalizada por proponente. El (los) contrato(s) relacionado(s), deberá(n) certificarse por la respectiva entidad que adquirió el bien mediante documento expedido por la Entidad Contratante, el cual debe indicar como mínimo lo siguiente: Objeto del Contrato, Valor Ejecutado y facturado, Año de suscripción, Fecha de inicio y terminación; o por las respectivas facturas de venta legalizada, que deberán contener los requisitos establecidos tanto en el Código de Comercio Colombiano, así como los exigidos en el artículo 615 del Estatuto Tributario. En caso de relacionarse más de dos (2) contratos o facturas de venta en el Formulario, el MUNICIPIO para salvaguardia de los principios de transparencia e igualdad, evaluará sólo los dos (2) primeros contratos o facturas, en el orden en que aparezcan relacionados en el formulario o en la propuesta. Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, todos sus miembros deberán diligenciar su experiencia conjuntamente en un mismo Formulario. Para el caso de contratos ejecutados por el proponente como parte de un Consorcio o de una Unión Temporal, el integrante informará únicamente el valor correspondiente al porcentaje de su participación. En caso de relacionar contratos desarrollados en figura de CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL por algunos de los mismos integrantes del CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL PROPONENTE, estos serán tomados como un solo contrato para efectos de evaluación, sumando la

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participación de cada uno. En caso de no indicarse el porcentaje de participación de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en la certificación o documentos soporte solicitado anteriormente, es obligatorio presentar copia del acuerdo o documento de conformación del CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL. La no presentación del formulario es subsanable. La no presentación de los documentos antes aludidos que lo acompañan no es subsanable y genera que la propuesta se califique como NO HABIL. 5.1.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE El proponente deberá acreditar Experiencia Especifica en “VENTA DE VEHICULOS RECOLECTORES, COMPACTADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS”, cuyo valor haya sido igual o superior al 100% del presupuesto oficial, actualizado en salarios mínimos legales mensuales vigentes y que se haya ejecutado o liquidado dentro de los tres -3- años anteriores a la fecha de cierre de esta convocatoria. Se verificara hasta un máximo de un (1) contrato, o una (1) factura de venta legalizada. El contrato relacionado, deberá certificarse en la misma forma exigida que para la experiencia general, e igualmente así será calificado. Se verificarán hasta un máximo de Un (1) contrato o factura de venta legalizada por proponente. En caso de relacionarse más de uno de éstos documentos la administración, para salvaguardia de los principios de transparencia, lealtad e igualdad, verificará sólo el primero (1) en el orden en que aparezcan relacionados en el formulario o en la propuesta. La no presentación del formulario es subsanable. La no presentación de los documentos antes aludidos que lo acompañan no es subsanable y genera que la propuesta se califique como NO HABIL. 5.1.3. CATALOGO Y FICHA TECNICA CON FOTOGRAFIA El proponente debe anexar con su propuesta un catálogo y ficha técnica con fotografía o imagen del chasis y caja compactadora ofertados con la siguiente descripción mínima: Descripción de producto, cantidad, materiales, acabados, garantías, dimensiones generales y accesorios, las cuales permitirán constatar las condiciones conforme a las especificaciones técnicas exigidas en la ficha técnica. 5.1.4. CAPACIDAD FINANCIERA: La capacidad financiera se verificará teniendo en cuenta la información relacionada en el Certificado de Inscripción del Proponente en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, la cual deberá estar actualizada a diciembre 31 de 2010.

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La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la evaluación de los siguientes factores que históricamente viene adoptando la Entidad y guardan relación con el valor del contrato, lo que permite determinar que el proponente cuente con la capacidad financiera necesaria y suficiente para celebrar y ejecutar el contrato y que adelante se justifican:

No. INDICADOR FÓRMULA ÍNDICE EXIGIDO 1 Liquidez AC/PC Mayor o igual a 30

2 Nivel de endeudamiento (PT/AC) x 100 Menor o igual 40%

3 Patrimonio Diferencia entre activos y pasivos Mayor o igual 60%* PO

4 El capital de trabajo Activo corriente menos pasivo corriente Mayor o igual 50% del PO

CT= Capital de trabajo. AC= Activo corriente. PC=Pasivo corriente. PT= Pasivo total. AT=Activo total. PO=Presupuesto Oficial. Índice de Endeudamiento (IE): El endeudamiento se relaciona con las características propias de cada contratista previendo su solidez financiera durante la contratación y posterior al pago o finalización del contrato. El proponente deberá contar con un Índice de Endeudamiento igual o inferior a sesenta por ciento (60%), lo anterior permite durante el desarrollo del contrato contar con el 60 % de respaldo para establecimiento de pasivos (créditos, deudas, etc.). Índice de Liquidez (IL): El proponente deberá tener un Índice de Liquidez mayor o igual a uno punto cinco (1.5). Esto con el fin de que cuente con recursos al momento de firmar el acta de inicio y así proceder a dar inicio a Contrato sin la dependencia de un anticipo. Esto nos significa que el flujo de recursos ésta disponible para iniciar, continuar y aún terminar la obra o el servicio. Capital de Trabajo: El proponente deberá contar con un Capital de Trabajo igual o superior al treinta por ciento (30%) del Presupuesto Oficial. Con lo cual se busca que el proponente cuente con la solvencia económica suficiente para atender las necesidades financieras de la ejecución del proyecto. Si el proponente renovó o actualizó el Registro Único de Proponentes en vigencia del Decreto 0734 de 2012, se exigirá como requisito habilitante que acredite a través del Registro Único de Proponentes (RUP) los siguientes requisitos de capacidad financiera:

INDICADOR FORMULA MARGEN SOLICITADO

Capital Real del Proponente Capital social efectivamente pagado + las

reservas constituidas + las utilidades retenidas + las utilidades del ejercicio

Mayor o igual 530 S.M.M.L.V.

La liquidez Activo corriente sobre pasivo corriente Mayor o igual a 30

El nivel de endeudamiento Pasivo total sobre activo total Menor o igual a 40%

El capital de trabajo Activo corriente menos pasivo corriente Mayor o igual 50% del PO

Indicador EBITDA (Utilidad antes de intereses, impuestos

depreciaciones y amortizaciones) Utilidad Mayor o igual 442 S.M.M.L.V.

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operacional más depreciaciones y amortizaciones

Indicador Crecimiento EBITDA

EBITDA del último año sobre el EBITDA del año inmediatamente anterior.

(NO APLICA para los que tienen menos de un año fiscal.)

Mayor ó igual a 1.5

Cuando se trate de consorcios, uniones temporales o sociedades futuras cada uno de sus integrantes debe cumplir y acreditar la capacidad financiera exigida en el presente pliego de condiciones. Para garantizar la participación de las Personas Extranjeras no inscritas en el Registro Único de Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país (Decreto 0734 de 2012, Art. 6.4.5), a estas no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el registro único de proponentes. En consecuencia, los citados oferentes deberán aportar la misma información indicada en el Cuadro de Indicadores para verificar la capacidad financiera, con el fin de que la entidad pueda comprobar su capacidad en materia financiera. Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar la certificación firmada por el Representante legal, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores re-expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un contador público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia. La información debe ser presentada en español y moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de medida por disposición legal. En caso que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores financieros requeridos, la propuesta será NO ADMISIBLE 5.1.5 Requisitos de Capacidad de Organización (Co) En concordancia con el numeral 5 del Artículo 24 del Decreto 1464 de 2010 se exigirá como requisito habilitante que el proponente acredite a través del Registro Único de Proponentes (RUP) la capacidad de organización (Co) mínima de 3.000 SMMLV. Si el proponente renovó o actualizó el Registro Único de Proponentes en vigencia del Decreto 0734 de 2012, se exigirá como requisito habilitante que acredite a través del Registro Único de Proponentes (RUP) los siguientes requisitos de capacidad de organización: Requisitos de Capacidad de Organización Técnica (Ot): Mayor o igual a veinticinco (25) Personas. Requisitos de Capacidad de Organización Operacional (Cop):>= Tres mil (3.000,00) SMMLV. En caso que la propuesta no cumpla con este requisito, la propuesta será NO ADMISIBLE

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5.1.6. Capacidad Residual de Contratación (Kr) Capacidad de contratación residual (Kr), expresado en SMMLV Equivalente a una (1) vez el presupuesto oficial

6. SUBASTA

Una vez definidos los oferentes habilitados, la Empresa realizará una subasta inversa presencial, toda vez, que la Entidad no cuenta con la infraestructura tecnológica para efectuarla por la modalidad electrónica, como lo certifica el área de sistemas de la Empresa, conforme lo establece el artículo 25 Decreto 2474 de 2008 en la fecha, hora y lugar establecido en el cronograma, teniendo en cuenta las reglas previstas en el pliego de condiciones.

6.1. MÁRGENES DE DIFERENCIAS ENTRE OFERTAS

El margen mínimo de mejora de la oferta económica será de DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000,00) en cada lance, respecto al menor valor ofertado por los proponentes en la oferta inicial o lance anterior, cuya cifra será admitida en números enteros.

Los lances que estén por debajo del margen mínimo de mejora no serán aceptables y se consideran NO VALIDOS. El proponente ganador debe diligenciar y entregar la liquidación de forma completa conforme a su propuesta económica.

7. EL SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS

PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.1.2° del Decreto 0734 de 2012, resulta importante tipificar, estimar y distribuir aquellos riesgos que pueden afectar las prestaciones económicas del contrato a celebrar. Las partes entienden como riesgos contractuales previsibles aquellas amenazas, peligros o aconteceres futuros e inciertos que por la experiencia técnica y profesional de los contratantes son razonablemente previsibles, y que en el evento de materializarse, pueden generar daños y perjuicios a una de las partes o ambas, presentándose desequilibrio económico de la ecuación contractual. Para el efecto se tipifican los siguientes: Riesgo de producto. Es posible que haya desabastecimiento de los insumos que el fabricante requiere, en cuyo caso se retrasaría el cronograma de entrega. Este riesgo debe asumirlo el contratista. Riesgo financiero. El componente del chasis, está relacionado con importación del vehículo o de los insumos de ensamblaje, pudiendo presentarse fluctuaciones significativas en la tasa de cambio de la moneda extranjera, hecho que puede variar los precios del mercado. En este caso, si la variación no supera el 5% del valor ofertado del chasis, deberá ser asumido por el contratista.

8. ANALISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTIAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS

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DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL, DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL

OFRECIMIENTO O DEL CONTRATO SEGÚN EL CASO, ASÍ COMO LA PERTINENCIA DE LA DIVISIÓN DE

AQUELLAS

Se exigirá a los proponentes la Garantía de Seriedad del ofrecimiento, del Diez por ciento (10%)del presupuesto oficial, con una vigencia mínima de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección y en todo caso, hasta la fecha de aprobación de la garantía por parte de la entidad en la etapa contractual. En atención al análisis efectuado de los riesgos atribuidos a las partes, el contratista deberá constituir a favor del MUNICIPIO DE SAN VICENTE DEL CAGUÁN, una garantía que ampare:

Cumplimiento: Cuantía equivalente al 20% del valor total del contrato y vigencia igual al plazo del mismo y cuatro (4) meses más.

Calidad de los Bienes ofrecidos: Equivalente al 10% del valor total del contrato y vigencia igual al plazo del mismo y un (1) año más.

Para lo anterior, el contratista podrá optar entre alguno de los siguientes mecanismos de cobertura establecidos en el artículo 5.1.3 del Decreto 0734 de 2012: Póliza de seguros, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores, depósito de dinero en garantía. La Alcaldía de San Vicente del Caguán verificará el cumplimiento de los requisitos del mecanismo empleado de acuerdo con lo establecido en el Decreto 0734 de 2012, el cual, en todo caso, deberá contener las coberturas antes mencionadas. De conformidad con el parágrafo único del artículo 5.1.2. del Decreto 734 de 2012, cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal, Consorcio o Promesa de Sociedad Futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural.

ELABORÓ REVISÓ APROBÓ

(Original Firmado) (Original Firmado) (Original Firmado) Dr. OSCAR E. PRIETO ACOSTA Dra. AURA MARIA QUIROGA Dr. DOMINGO EMILIO PEREZ CUELLAR Secretario de Planeación Asesora Jurídica Alcalde Municipal