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ESTUDIOS PREVIOS 1 ESTUDIOS PREVIOS PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA SIN ARMAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DEL CESAR. VIGENCIA 2021 - DECRETO 1082 DE 2015 Capítulo I: Descripción general Certificado de inclusión en el Banco de Proyectos / Plan de Compras Código Banco de Programas y Proyectos Departamental No. 2021002200018, Comité de la Inversión Social N° 4 del 21 de enero de 2021. Fecha de elaboración del estudio previo: Marzo de 2.021 Nombre del funcionario que diligencia el estudio previo : PAMELA MARIA GARCIA MENDOZA Secretaria de Educación Departamental. Dependencia solicitante: Secretaria de Educación Departamental Tipo de Contrato: PRESTACIÓN DE SERVICIOS SECCION 2 Estructura y Documentos del Proceso de Contratación. Subsección 1 Planeación. (Artículo 2.2.1.1.2.1.1. Estudios y Documentos Previos Decreto 1082 de 2.015) 1.1 Descripción de la necesidad La administración Departamental del Cesar, requiere proveer para las Instituciones educativas oficiales del departamento, el servicio de vigilancia Privada sin arma a efectos de preservar la integridad física del personal y los bienes puestos al servicio de las instituciones, para que en forma segura pueda cumplir con su deber constitucional y legal. Que es deber Constitucional del Estado proteger los Bienes que le hayan sido confiados por mandato Legal y Constitucional, con el propósito de evitar los posibles riesgos que vayan en detrimento del personal que presta sus servicios en las Instituciones Educativas Oficiales. Que para cumplir con este deber, la Administración Departamental para brindar protección y seguridad a los estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia en general, bienes, muebles e inmueble, equipos y todas las instalaciones de las instituciones educativas públicas del Departamento del Cesar, así como también, controlar las entradas y salidas alrededores de las instalaciones de los establecimientos educativos para mantener la seguridad tanto de las mismas como de sus funcionarios y la comunidad que asiste a ellas, para sí poner a disposición de los mismos y a la comunidad en general, todas las propiedades que poseen, por lo que se requiere incorporar un personal, utilizando las herramientas legales para la consecución de este fin. Teniendo en cuenta que la administración departamental en la actualidad no cuenta con el personal idóneo para desarrollar estas actividades y que estas requieren de autorizaciones especiales por parte de la superintendencia de vigilancia y seguridad privada se ve en la necesidad de adelantar un proceso de contratación para la Prestación de los servicios especializados de vigilancia privada en las instituciones educativas, para la seguridad y convivencia enmarcado en el programa de gobierno.

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ESTUDIOS PREVIOS

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ESTUDIOS PREVIOS PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD

PRIVADA SIN ARMAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEL

DEPARTAMENTO DEL CESAR. VIGENCIA 2021 - DECRETO 1082 DE 2015

Capítulo I: Descripción general

Certificado de inclusión en el Banco de Proyectos / Plan de Compras

Código Banco de Programas y Proyectos Departamental No. 2021002200018, Comité de la Inversión Social N° 4 – del 21 de enero de 2021.

Fecha de elaboración del estudio previo:

Marzo de 2.021

Nombre del funcionario que diligencia el estudio previo :

PAMELA MARIA GARCIA MENDOZA – Secretaria de

Educación Departamental.

Dependencia solicitante: Secretaria de Educación Departamental

Tipo de Contrato: PRESTACIÓN DE SERVICIOS

SECCION 2 – Estructura y Documentos del Proceso de Contratación. Subsección 1 – Planeación.

(Artículo 2.2.1.1.2.1.1. Estudios y Documentos Previos – Decreto 1082 de 2.015)

1.1 Descripción de la necesidad

La administración Departamental del Cesar, requiere proveer para las Instituciones educativas oficiales del departamento, el servicio de vigilancia Privada sin arma a efectos de preservar la integridad física del personal y los bienes puestos al servicio de las instituciones, para que en forma segura pueda cumplir con su deber constitucional y legal. Que es deber Constitucional del Estado proteger los Bienes que le hayan sido confiados por mandato Legal y Constitucional, con el propósito de evitar los posibles riesgos que vayan en detrimento del personal que presta sus servicios en las Instituciones Educativas Oficiales. Que para cumplir con este deber, la Administración Departamental para brindar protección y seguridad a los estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia en general, bienes, muebles e inmueble, equipos y todas las instalaciones de las instituciones educativas públicas del Departamento del Cesar, así como también, controlar las entradas y salidas alrededores de las instalaciones de los establecimientos educativos para mantener la seguridad tanto de las mismas como de sus funcionarios y la comunidad que asiste a ellas, para sí poner a disposición de los mismos y a la comunidad en general, todas las propiedades que poseen, por lo que se requiere incorporar un personal, utilizando las herramientas legales para la consecución de este fin. Teniendo en cuenta que la administración departamental en la actualidad no cuenta con el personal idóneo para desarrollar estas actividades y que estas requieren de autorizaciones especiales por parte de la superintendencia de vigilancia y seguridad privada se ve en la necesidad de adelantar un proceso de contratación para la Prestación de los servicios especializados de vigilancia privada en las instituciones educativas, para la seguridad y convivencia enmarcado en el programa de gobierno.

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ESTUDIO Y ANALISIS DEL SECTOR (Artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 DE 2015)

Ver Anexo Análisis del Sector.

Capítulo 2: Artículo 2.2.1.1.2.1.1. Estudios y Documentos Previos – Decreto 1082 de 2.015)

2.1 Objeto a contratar: PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA SIN ARMAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DEL CESAR. VIGENCIA 2021

2.1.1. Alcance del Servicio a Contratar: La anterior necesidad puede ser satisfecha a través de un contrato de vigilancia y seguridad privada, quienes suministraran el personal especializado para las instituciones educativas del Departamento del Cesar, necesariamente mediante empresas o cooperativas debidamente autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada legalmente constituida, que se dedique a prestar estos servicios, conforme las especificaciones técnicas 2.1.2. Características del bien, obra o servicio a contratar (Especificaciones Técnicas) 2.1.2.1.- Especificaciones Técnicas: GENERALIDADES: Según lo contemplado en el Decreto 356 del 11 de febrero de 1994 emanado por el Ministerio de Defensa Nacional, se hace necesario la contratación de los servicios DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA SIN ARMAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DEL CESAR definidos por la Secretaria de Educación Departamental, la distribución de dichos servicios contratados será asignada una vez se perfeccione el contrato, en todo caso, los mismos se prestarán tanto en zonas urbanas como rurales. COBERTURA: La Empresa o Cooperativa de Vigilancia y Seguridad Privada debe tener como domicilio la ciudad de Valledupar ya sea como la sede principal, o que sea una sucursal o una agencia con sede en la ciudad de Valledupar, en caso de unión temporal o consorcio cada uno de los integrantes deberá cumplir con este requisito. En el evento que un proponente tenga interés en participar, y su sede principal no sea la ciudad de Valledupar, deberá constituir una sucursal o agencia, teniendo en cuenta que la zona de ejecución el servicio es muy amplia dentro del departamento del Cesar. Los proponentes tendrán el irrestricto deber de presentar la descripción del sistema utilizado para controlar y supervisar la prestación del servicio de vigilancia y seguridad integral que prestará, indicando de manera detallada los elementos, el personal empleado para el fin, los vehículos y la periodicidad con que se presentará el mismo. Igualmente el proponente señalara en su oferta los controles que establecerá para cada puesto de vigilancia y seguridad integral, tales como carpeta de consignas,

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ordenes de entrada y salida, libro de minuta, autorizaciones para entrada y salida de funcionarios y para el control de visitantes. Deberán ofrecer al menos dos (2) supervisores permanente para la prestación del servicio, que cuenten con especialización en administración de la seguridad, y en caso de ofrecer mayor número de supervisores deberán cumplir con este requisito, los vigilantes deberán demostrar que tendrán especialización en entidades educativas, los cuales se demostrará mediante acreditación de certificaciones de una Escuelas de Vigilancia y Seguridad Privada debidamente acreditada con la licencia de funcionamiento vigente, a la fecha de inicio del servicio. DEL PERSONAL MÍNIMO

El proponente deberá ofrecer en su propuesta para la prestación del servicio, como mínimo el siguiente

personal:

PERSONAL HORARIOS

CANTIDAD DE TURNOS A

CONTRATAR

PERSONAL MINIMO REQUERIDO POR LA ENTIDAD

PARA LA PRESTACION DELSERVICIO

Coordinador operativo

8 Horas laboral 1

1

Supervisores Disponible todos los días 2 2

Vigilantes 12 horas todos los días (6:00 pm a

6:00 am) 198

297

Vigilantes 24 horas todos los días 20 60

Dentro de este personal se incluyen los vigilantes adicionales para prestar el servicio los domingos, feriados, incapacidades y permisos, se asumen que sean aproximadamente ciento treinta y nueve (139) vigilantes adicionales; los turnos de 24 horas se componen de 2 turnos de 12 horas.

PERSONAL REQUISITOS MINIMOS EXPERIENCIA MINIMA CON EL OFERENTE

VIGILANTES

PERFIL PROFESIONAL

1.- Niveles de capacitación y actualización en vigilancia privada y curso de especialización en entidades educativas conforme a lo establecido en la Resolución 2852 de 2006 expedida por la Superintendencia de Vigilancia, o certificado del proponente de una Escuela acreditada donde se compromete a capacitarlos dentro de los tres (3) meses siguientes al inicio del servicio. 2.- Estudios mínimo de 9º grado

3.- Experiencia mínima de un (1) año en empresas de vigilancia.. DOCUMENTOS

Para la firma del contrato, se debe adjuntar la

Un (01) año de experiencia

mínima como vigilante en una empresa o cooperativa de vigilancia y seguridad privada, (acreditar mediante fotocopia del contrato de trabajo y

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siguiente documentación para el personal

Curso de actualización vigente.

Credencial y/o radicado ante la Superintendencia

de Vigilancia y Seguridad Privada en los niveles

de actualización y especialización en Entidades

Educativas o certificado de que realizará la

especialización.

Libreta militar para los vigilantes hombres.

certificación

SUPERVISORES

PERFIL PROFESIONAL:

1 – Nivel profesional Y/O

2.- Oficial en uso de buen retiro de la

Fuerzas Militares o de la Policía Nacional

3.- Especialización en áreas administrativas, o

Gerencia de personal de personal o administración de

la seguridad.

4.- Experiencia como supervisor por más de doce (12)

meses. 5. – vinculación al proponente mayor a dos (2) años

DOCUMENTOS:

Copia de la cédula de ciudadanía.

Hoja de vida.

Copia certificado de la Credencial.

Certificados de cursos de actualización en áreas especifica del servicio a prestar, mínimo de dos (2) de los Supervisores ofrecidos.

Copia de autoliquidación de afiliación a seguridad social, para los dos (2) básico.

Vinculación laboral superior a dos (2) años con el proponente, demostrado con la presentación de la afiliación a seguridad social, copia de la afiliación a la caja de compensación familiar o copia de la afiliación a la ARL

COORDINADOR

PERFIL PROFESIONAL:

1.- Profesional con especialización o y/o diplomado en

seguridad y salud ocupacional y auditor integral en

gestión de riesgos, con un mínimo de 10 años de

experiencia específica en la coordinación de servicios

de seguridad y vigilancia privada. Con vinculación

laboral con un mismo proponente no menor a 5 años

acreditado con copia del contrato de trabajo, copia de

la afiliación al sistema de seguridad social con las

correspondientes planillas del pago del último mes

DOCUMENTOS:

Copia de las credenciales vigentes como asesor o

Vinculación laboral superior a cinco (5) años con el proponente, demostrado con la presentación de la afiliación a seguridad social, copia de la afiliación a la caja de compensación familiar o copia de la afiliación a la ARL.

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consultor, cuya vigencia se debe establecer por medio idóneo.

Copia de autoliquidación de afiliación a seguridad

social, copia de la afiliación a la caja de

compensación familiar o copia de la afiliación a la

ARL.

Copia del diploma de la profesión y del pos grado

requerido y cursos requeridos.

Copia de la hoja de vida.

Copia de la cédula de ciudadanía.

Copia de los conocimiento y experiencia en salud

ocupacional, con copia del título del curso

especialización o carrera y del pensum

académico donde acredite esta condición.

Copia de Tarjeta Profesional

El oferente se obliga a manifestar expresamente en la propuesta que el personal que destinará para la prestación del

servicio de vigilancia, estará debidamente seleccionado, calificado, capacitado y entrenado con los equipos propios de

los servicios que se requieren en esta licitación. El personal debe cumplir con los requisitos exigidos en la parte técnica

del respectivo pliego de condiciones y los demás que sean necesarios para la correcta prestación del servicio, a quienes

dotará de uniformes y de los correspondientes elementos exigidos en las normas de seguridad, de conformidad con lo

señalado en la ley.

Para el personal que sea objeto de asignación de puntaje, el proponente deberá aportar los documentos anteriormente

señalados para obtener los puntajes correspondientes de conformidad con las exigencias establecidas como criterios

de calificación indicados en el pliego de condiciones o los documentos para acreditar lo exigidos para asignar el puntaje

correspondiente y que se definirá más adelante.

El coordinador y los supervisores o jefes de seguridad no podrán ser remplazados durante la ejecución del contrato, sin la autorización previa de la Secretaria de Educación o del interventor que se designe para tal fin. Para autorizar el remplazo se deberá presentar una persona que cumpla con los requisitos mínimos solicitados en el presente estudio, y acredite experiencia específica igual o superior a la de la persona a sustituir. DE EQUIPOS.

El oferente se obliga a ofrecer como mínimo, el siguiente equipo para cada puesto de vigilancia:

Medios de comunicación:

El oferente (o cada uno de sus integrantes se obliga) a contar con un sistema de radio de comunicaciones con

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capacidad de cubrimiento en los sitios donde se prestara el servicio, deberá contar con frecuencia de

comunicación con autorización de repetidora, teniendo en cuenta la extensión del departamento y los lugares

disperso en la prestación del servicio o en su defecto para dichas zonas contar con celulares o Avantel, con

certificado de planes con la empresa afiliadas, para cada puesto de vigilancia, supervisión, coordinación y

supervisión o una combinación de ellos (Uno por cada puesto 218). Adicional a la acreditación de la Licencia de

Comunicaciones con al menos una frecuencia en el Departamento del Cesar, se debe aportar la relación con su

número de serie y marca, del número de celulares o Avantel con línea abierta y planes de minutos con certificado de

la empresa de telefonía móvil vigente, dichos requisitos deben ser acreditados por cada uno de los integrantes en

caso de presentación de oferta conjunta.

Linternas (Uno por cada puesto 218).

Espejos para revisión de vehículos – sedes educativas con población estudiantil superior a 1.000 alumnos. Motocicleta permanentes: Cinco (5) para zona rural más alejadas o de instituciones con áreas mayores de 2

Ha). Vehículos permanentes: Cuatro (4) con doble tracción modelo no inferior al 2019, en cuatro lugares

estratégico para la prestación del servicio y con dedicación específica y de propiedad del proponente (o leasing) con sigla y autorización de la superintendencia de vigilancia para hacer revistas a los puestos.

Como mínimo cinco (5) motocicletas permanentes modelo no inferior al 2018 para zona rural más alejadas o de instituciones con áreas mayores de 2 Ha y cuatro (4) vehículos permanentes con doble tracción modelo no inferior al 2018, en cuatro lugares estratégico para la prestación del servicio y con dedicación específica y de propiedad del proponente (o leasing) con sigla y autorización de la superintendencia de vigilancia para hacer revistas a los puestos. Para la acreditación del requisito de vehículos y motocicletas el proponente deberá aportar listado y tarjetas de propiedad de los vehículos y motocicletas y/o contrato de leasing, en donde conste que el locatario del vehículo o la motocicleta ofrecidos es el proponente

2.1.3 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: CUATRO MESES (4) contados a partir de la suscripción del acta de inicio del contrato. Para su ejecución se requiere el pago de impuestos y aprobación de pólizas. 2.1.4 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Las Instituciones Educativas Oficiales del Departamento del Cesar. 2.1.5 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Obligaciones Generales: a. Cumplir con el objeto del contrato, conforme a los documentos de la Licitación, la propuesta y el contrato que se suscriba. b. Presentar en el plazo establecido en los Pliego de condiciones de la Licitación, los documentos y cumplir con los requisitos de orden técnico, exigidos como condición previa e indispensable para suscribir el Acta de Iniciación del Contrato. c. Programar las actividades que deba desarrollar para el cumplimiento del objeto del contrato. d. Rendir y elaborar los informes, conceptos, estudios y demás trabajos que se le soliciten en desarrollo del contrato.

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e. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte de LA ENTIDAD. f. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y en trabamientos. g. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho. h. Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del contrato. i. Radicar las facturas de cobro por trabajos ejecutados y ajustes dentro de los plazos convenidos. j. Mantener vigentes todas las garantías que amparan el contrato en los términos del mismo. k. Cumplir con las obligaciones laborales del personal contratado en la ejecución del contrato. l. Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias referentes al medio ambiente, urbanismo, seguridad industrial e higiene. m. Acoger las directrices definidas por el área competente de LA ENTIDAD, para el personal de perfil social del Contratista. n. Cumplir con los aportes a los Sistemas Generales de Seguridad Social y aportes Parafiscales, en los términos de la Ley 789 de 2002, el Decreto 1703 de 2002 y demás normas concordantes, requisito que deberá tener en cuenta durante la ejecución y liquidación del contrato. o. Las demás que por ley o contrato le correspondan. p. Ubicar el personal de vigilancia en el número, en horario y en los lugares establecidos previamente por el Departamento del Cesar, cualquier modificación debe ser previamente concertada y avalada por el Departamento del Cesar. q. Suministrar al personal de vigilancia todos los elementos necesarios para el cabal cumplimiento del objeto contractual tales como: Uniformes, linternas, armas, detectores de metales, radios de comunicación y demás ayudas para la prestación del servicio. r. Instruir a los vigilantes acerca de la manera como deben cumplir la labor asignada y la obligación que tienen de dar aviso al Departamento del Cesar, a la empresa y a las autoridades, cuando se presenten situaciones irregulares. s. El contratista deberá ejercer permanente supervisión, patrullaje y control telefónico sobre el personal que preste el servicio t). Responder al Departamento del Cesar, por la pérdida o daño de los bienes muebles e inmuebles que se encuentren en los lugares en los cuales prestan los servicios, de acuerdo a una relación de los mismos que el Departamento del Cesar, entregara previamente inventariados el cual no incluye la tenencia personal de los servidores públicos o usuarios. u. La empresa contratista deberá rendir informes completos sobre los daños o pérdidas de bienes muebles que llegaren a ocurrir, evento en el cual el Departamento del Cesar, determinara el tipo de reclamo al que hubiere lugar. v.- El proponente deberá contar con vehículos propios, para efectos de la supervisión y visitas de control a las distintas sedes donde se prestará el servicio, los cuales deberán contar con certificado y/o registro, o en su defecto leasing de arriendo o similar. w. Suministrar a la Policía Nacional de manera inmediata, la información relacionada con hechos que puedan perturbar la tranquilidad y seguridad, así como los medios técnicos que permitan la prevención de los mismos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 3222 de diciembre 27 de 2002. x. Elaborar y presentar al supervisor del contrato mensualmente un informe de evaluación de las condiciones de seguridad de las diferentes instituciones o sedes educativas donde se presta el servicio de vigilancia. y. No exceder la jornada laboral y reconocer las horas extras, llevar el registro correspondiente y entregar copia a los trabajadores como lo establece la Ley. z. Remplazar de manera inmediata el personal que a juicio del Departamento del Cesar, no está cumpliendo el servicio o lo preste deficientemente.

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aa. El personal que utilice la empresa de vigilancia y seguridad privada no podrá consumir licores o sustancias psicotrópicas, ni encontrarse bajo sus efectos en el ejercicio de sus funciones, ni realizar actos que puedan menoscabar la confianza que el Instituto ha depositado en ellos. El proponente elegido será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la Entidad o a terceros. 2.1.6 TIPO DE CONTRATO: Prestación de Servicios 2.1.7 PLAZO DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Dentro de los seis (6) meses siguientes a fecha de terminación del contrato.

Supervisión

Nombre del funcionario:

Cargo: SECRETARIO DE EDUCACIÓN

Dependencia: Secretaria de Educación

Capítulo 3. Modalidad de selección del contratista. Fundamentos jurídicos que soportan su elección (Decreto 1082 de 2015 – Articulo 2.2.1.1.2.1.1)

El artículo 2º de la ley 1150 de 2007, consagra las modalidades de selección que se pueden emplear para realizar la escogencia de un contratista de la administración, estableciendo para el efecto cuatro (4) modalidades principales, como son: La licitación pública, como regla general, a y su turno, como excepciones a esta última, tenemos a la Selección Abreviada; el Concurso de Méritos y la Contratación Directa. Teniendo en cuenta la cuantía del contrato y porque no corresponde el servicio a aquellos de características técnicas uniformes y de común utilización, la modalidad de selección que se debe adelantar es la de licitación pública, definida en el literal a) del Numeral 2 Articulo 2 Título I de la ley 1150 del 2007, Reglamentada por el Decreto 1082 de 2015. El proceso de licitación pública se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2012, Decreto 19 de 2012, su decreto reglamentario Decreto 1082 de 2015, las disposiciones aplicables a la naturaleza del objeto de este proceso y del contrato respectivo y las demás normas concordantes. .

Capítulo 4. Valor Estimado del Contrato

4.1. PRESUPUESTO OFICIAL El valor del presupuesto oficial asciende a la suma de: CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y

DOS MILLONES DOSCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS PESOS, MLCTE ($ 4.552.213.616), soportado mediante certificación presupuestal N° 140 de fecha del 29 de enero de 2021

expedido por la Secretaria de Hacienda del Departamento del Cesar.

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Para establecer el valor del contrato a celebrar y/o el valor estimado del proceso de selección, se optó por el siguiente método:

Para la proyección de los costos de esta necesidad se dio aplicación al Decreto 4950 del 27 de Diciembre

del 2007 “Por la cual se Fijan las Tarifas Mínimas para el Cobro de lo Servicios de Vigilancia”.

En el artículo 2 del Decreto 4950 de 2.007, para las empresas de vigilancia sin armas con medio humano se establece: “La tarifa será el equivalente a 8.8 salarios mínimos mensuales vigentes para cubrir los costos laborales; más un 8 % sobre el monto Calculado para cubrir gastos administrativos y de supervisión.” En el numeral 2º del mismo artículo dispone para las. Empresas sin armas con medio humano: La tarifa será el equivalente a 8,8 salarios mínimos legales mensuales vigentes para cubrir los costos laborales; más un 8% sobre el monto calculado, para cubrir gastos administrativos y de supervisión.El artículo 6 de este mismo Decreto establece: “Cooperativas armadas y sin armas con medio humano. La tarifa se ajustará a la estructura de costos y gastos propios de estas empresas, teniendo en cuenta su régimen especial de trabajo asociado, de prevención y seguridad social y de compensaciones que les permite un manejo diferente de las empresas mercantiles”, dando alcance al parágrafo 2 del mismo artículo que establece: “Las tarifas determinadas para las cooperativas de vigilancia y seguridad privada, en todo caso, no podrán ser inferior de las fijadas anteriormente en menos de un 10%” Tomando como base las cotizaciones presentadas y los estudios técnicos y financieros realizados por la Secretaria General del Departamento del Cesar, se efectúo un cálculo básico de las empresas mercantiles. En aplicación del numeral 1 Articulo 2 del Decreto 4950 de 2007. Es de anotar que los recursos pertenecen a Gastos del Sistema General de Participaciones y Recursos Propios. 4.2 CÁLCULO DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL Para el cálculo del valor de cada servicio (12 horas y 24 horas) para la vigencia 2021 se tuvo en cuenta el Decreto Presidencial No. 4950/2007, Resolución No. 2224/2008 y Circular No. 202013000000455/2020 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, a través del cual se dispuso el procedimiento general para el cálculo de las tarifas de servicio de vigilancia, así: i) Para el servicio de vigilancia para doce (12) horas, teniendo en cuenta que su horario será desde las 6:00 p.m. a 9:00 p.m. que serán tres (3) horas diurnas y de 9:00 pm a 6:00 am que serán nueve (9) horas nocturnas, con una variable de proporcionalidad determinada en la Circular No. 202013000000455/2020. ii) Para el servicio de vigilancia para veinticuatro (24) horas, teniendo en cuenta que su horario será desde las 6:00 a.m. a 9:00 p.m. que serán quince (15) horas diurnas y de 9:00 pm a 6:00 am que serán nueve (9) horas nocturnas, con una variable de proporcionalidad determinada en la Circular No. 202013000000455/2020. De acuerdo a lo establecido en el artículo 92 del Decreto 356 de 1994, en el cual se establece que las tarifas que se determinen para la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, deberán garantizar como mínimo, la posibilidad de reconocer al trabajador el salario mínimo legal mensual vigente, las horas extras, los recargos nocturnos, las prestaciones sociales, los costos operativos

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inherentes al servicio y demás prestaciones de Ley. Los estudios de costos y gastos de los servicios prestados por las empresas de vigilancia y seguridad privada, conducen a la conclusión, que el servicio no puede estar por debajo de una tarifa mínima, fijada en salarios mínimos. El Gobierno mediante Decreto No 4950 del 27 de diciembre del 2007, fijó las tarifas mínimas para el cobro de los servicios de vigilancia y seguridad privada, prestado por las Empresas y/o cooperativas de vigilancia y seguridad privada. Adicionalmente la Ley 1819 de 2016 establece una tarifa del 19% de IVA, calculado de acuerdo con el AIU y que este no debe ser menor del 10% del valor de la tarifa, teniendo en cuenta que los costos de Administración, Imprevistos y Utilidades por el Decreto antes mencionado es del 8% por ser el servicio sin armas, el IVA se calcula sobre la base del 10% del valor del servicio neto. Sin embargo, para efectos de adelantar el presente proceso se estimaron los incrementos establecidos por el gobierno nacional. Forma de pago y requisitos: El pago del contrato a suscribir, se cancelará mediante pagos total de la prestación del servicio, previa presentación de la factura con todos los soportes que aseguren que el servicio fue prestado a entera satisfacción por el supervisor o interventor. Igualmente el supervisor o interventor del contrato verificará que los pagos por nóminas y los aportes a seguridad social y parafiscal corresponden a lo efectivamente devengado por cada uno de los vigilantes, así mismo, será requisito indispensable anexar a los informes mensualizados conducentes a pago las certificaciones de cumplimiento del servicio de cada vigilante, expedida por los directivos docentes de cada establecimiento educativo oficial beneficiado con el servicio de vigilancia privada sin armas. El Departamento del Cesar, con el visto bueno del supervisión designado del contrato y mediante un informe de supervisión autorizará a quien corresponda a realizar los pagos respectivos, mediante transferencia electrónica a la cuenta informada por el proponente, sujeto a la disponibilidad de recursos que presente la Tesorería.

Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, los proponentes

y los contratistas deberán acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos

al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios (Artículo 50 Ley 789 de 2002).

Capítulo 5. Factores de Selección y Criterios de Evaluación

5.1 FACTORES DE SELECCIÓN Requisitos Habilitantes: En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté

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relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y un año más. Capacidad jurídica: Documentos de contenido jurídico (i) Certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio como domicilio del Proponente la ciudad de Valledupar (principal, sucursal o agencia) singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural. (ii) Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural. (iii) Copia del acuerdo para conformar el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural, en el cual debe constar la participación de cada uno de los miembros del Proponente plural, la representación legal del Proponente plural o el poder otorgado a quien suscribe los documentos en nombre del Proponente plural. (ANEXO 3 y 4) (iv) Fotocopia del documento de identidad del representante legal o del apoderado. (v) En caso de existir limitaciones estatutarias frente a las facultades del representante legal, las respectivas autorizaciones para desarrollar el presente proceso de selección, el contrato y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente, la cual debe estar registrada en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio. (vi) Los proponentes deberán acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los Sistemas de Salud, Riesgos Profesionales, Pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, ICBF y Servicio Nacional de Aprendizaje a través del pago de las retenciones del CREE cuando a ello hubiere lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando exista de acuerdo a los requerimientos de ley, en su ausencia, por el representante legal y en ausencia de este último, por persona natural, por un período no inferior a seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. (ANEXO 5), acorde con lo dispuesto en el Decreto 1990 de 2016.

En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.

La no presentación de la certificación de pago de aportes del proponente o de alguno de los integrantes en caso de proponentes plurales, dará lugar a que la propuesta sea declarada como NO HABILITADA.

Este requisito no será aplicable a los proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia.

De tener sucursal deberán adjuntar este certificado en relación con la sucursal.

Cuando la certificación de pago de aportes allegada dentro de la propuesta se encuentre suscrita por el revisor fiscal del proponente o de cada uno de los miembros de consorcio o de la unión temporal, deberá allegar el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios vigente, expedido por la Junta Central de Contadores, de la tarjeta profesional del contador público responsable de la suscripción

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de dicha certificación y la fotocopia de la cédula del mismo.

En caso de consorcios y uniones temporales, cada uno de sus miembros debe acreditar este requisito. (vii) Verificación antecedentes disciplinarios, fiscales, penales: La entidad verificara los antecedentes disciplinarios, fiscales y penales de las personas que presente la oferta, como de las personas que integren figuras asociativas. (viii) Verificación certificado Registro Nacional de Medidas Correctivas (RNMC): La entidad realizará la consulta para la verificación de este requisito en la persona natural y si se trata de persona jurídica, tanto de esta como de su representante legal. (ix) El proponente o cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal deberán aportar copia de la Licencia de Funcionamiento expedida por la Superintendencia de vigilancia y seguridad privada de acuerdo con el Decreto 356 del 11 de febrero de 1994, y las demás normas reglamentarias. En la Licencia respectiva debe constar autorización para prestar los servicios de vigilancia fija sin armas o con armas. La no presentación de la Licencia de Funcionamiento, el no contemplar las autorizaciones requeridas por el Departamento del Cesar o su vigencia según las indicaciones presentadas, dará lugar a que la propuesta sea rechazada. En el caso de los consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá cumplir con lo indicado en este numeral, teniendo en cuenta la modalidad y los medios correspondientes de acuerdo con su participación. Para los proponentes que a la fecha de cierre se haya vencido el término de la licencia y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto-Ley 019 de 2012 que determina que las licencias de funcionamiento de las empresas ya constituidas que necesiten renovación, serán prorrogadas automáticamente hasta que se produzca la decisión de fondo, estos proponentes deberán anexar copia de la solicitud debidamente radicada ante la Superintendencia en cumplimiento del numeral 2.1 de la Circular Externa No 025 del 14 de enero de 2014 expedido por la Super-vigilancia, donde se estipula que Para todos los casos – sin excepción alguna – las solicitudes de renovación de licencia de funcionamiento deberán solicitarse a esta Superintendencia con un mínimo de sesenta (60) días calendario ante de la pérdida de vigencia de la misma, término que debe ser contado con base en la fecha de expedición del acto administrativo que otorga el correspondiente permiso de rehabilitación. (x) Copia de la licencia, autorización o permiso expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para operar en Valledupar ya sea como domicilio principal o como sucursal o para agencias (VIGENTE). (xi) El proponente deberá acreditar que cuenta con domicilio principal, sucursal o agencia en la ciudad de Valledupar, autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, al tenor de lo dispuesto en los Artículos 11 y 13 del Decreto No 356 de 1994. En el caso de los Consorcios y de las Uniones Temporales, todos sus integrantes deberán cumplir con lo indicado en este numeral. (xii) El proponente deberá presentar las siguientes certificaciones expedidas por el funcionario

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competente con una fecha no superior a tres (3) meses anteriores a la fecha límite de presentación de la propuesta, o copia de las respectivas resoluciones vigentes: 1) Para acreditar puntaje adicional, debe acreditar que la principal, sucursal o agencia tiene más de 5

años establecida y habilitada para operar en el departamento, en caso de consorcios o uniones

temporales, cada uno de sus integrantes debe cumplir con este requisito.

2) Autorización por parte de la Superintendencia de vigilancia y seguridad privada para el uso de los

uniformes de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 1979 de 2001 emanada del

Ministerio de Defensa Nacional y del Artículo 92 de la Resolución No 05351 de 2007, para lo cual

deberá presentar el acto administrativo correspondiente.

El proponente, deberá presentar una certificación vigente expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en la cual se indique que la empresa de vigilancia ha sido o no sancionada o multada. En caso de haberse presentado sanciones o multas, debe especificarse cuantas ha tenido o tiene y las razones de su imposición, los efectos de la sanción. Esta certificación deberá estar vigente a la fecha de cierre de la presente Licitación. (xiii) El proponente deberá acreditar, según las disposiciones emitidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la capacitación de su personal así: Si cuenta con departamento de Capacitación, allegar fotocopia de la resolución de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. - Si la capacitación del personal de la empresa se realiza por intermedio de una escuela o academia, deberá anexar copia de la Licencia de Funcionamiento de la misma. Adjuntar certificación expedida por Escuela de Capacitación legalmente constituida o certificación expedida por la Departamento de capacitación o representante legal de la compañía proponente, donde se certifique que el personal de guardas de la compañía proponente ha realizado curso de capacitación en el último año. (xiv) Póliza de Responsabilidad civil extracontractual para licencia de funcionamiento: Las Empresas de vigilancia y seguridad privada, para poder adquirir la licencia de funcionamiento se les exige una Póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, que cubra los riesgos de uso indebido de armas de fuego u otros elementos de vigilancia y seguridad privada, no inferior a 400 salarios mínimos legales mensuales vigentes, expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada. (xv) El proponente deberá anexar a la propuesta, copia de la correspondiente licencia de la escuela donde se le va a realizar la capacitación y el entrenamiento, la cual debe encontrarse vigente. (xvi) El proponente deberá anexar a la propuesta, copia de la certificación expedida por la policía del departamento de Cesar en la que conste la afiliación de la empresa a la red de apoyo, la cual debe encontrarse vigente. Para el caso de Uniones Temporal, Consorcio o cualquiera estructural plural, se considera que el proponente cumple con este requisito, si uno de los miembros de la estructura plural con el mayor porcentaje de participación cumple con este requisito. (xvii) El contratista deberá anexar copia de las credenciales de vigilante vigentes y expedidas por la empresa de vigilancia y/o copia de los carnet vigentes del personal propuesto, expedidas por la empresa oferente de acuerdo con las instrucciones de la Circular 003 de 2012, expedida por la Supervigilancia. (Artículo 18 y 19 Resolución No. 02596 de 2003 y lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto 19 de 2012.).

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Para ser acreedor de puntaje, el proponente deberá adjuntar para ser tenida en cuenta la propuesta, copia de la póliza de responsabilidad civil extracontractual vigente, a que se refieren el último inciso del numeral segundo del artículo 11 del decreto 356 de 1994, de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, así mismo debe dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución No. 2792 de 2.003, en armonía con la Resolución 2852 de 2006 de la superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Si la OFERTA es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus miembros deberá presentar de manera independiente la anterior certificación. Capacidad Financiera. Análisis de factores financieros y su justificación: ENDEUDAMIENTO, INDICE DE LIQUIDEZ Y RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES En aplicación de la metodología establecida en los Manuales de Colombia Compra Eficiente y basados en el estudio del sector, de la complejidad, responsabilidad y valor del futuro contrato a celebrar de vigilancia y seguridad sin armas y/o armada, se determinará acorde con los datos financieros dela Superintendencia de Vigilancia del año 2017, teniendo en cuenta que la obligación de las entidades del sector de reportar y que le sean aprobados los Estados Financieros se venció en el mes de Abril de 2017 para los datos de los estados financieros del año 2017, la Entidad contratante exigirá la información financiera correspondiente al 31 de diciembre de 2018. Para la Entidad determinar y justificar los factores e indicadores financieros exigidos en el Decreto 1082 de 2015, se seleccionará los datos financieros obtenidos del informe de la Super-vigilancia, aplicando el procedimiento que a continuación se relaciona, tomando de forma aleatoria los datos de algunas empresas y/o proponentes representativos del sector. Para la exigencia de los factores financieros de este proceso de contratación se calculan adoptando los factores financieros más favorables entre las entidades Cooperativas y empresas de vigilancia y seguridad privada y de empresas pequeñas, medianas y/o grandes de vigilancias y seguridad privada presentadas antes la Superintendencia de vigilancia correspondiente al 2018, así como redondeando por exceso en algunos casos así: INDICE DE LIQUIDEZ El interesado en participar que cuenten con la información correspondiente en el RUP vigente acorde con lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.1, deberá cumplir con los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP.

De acuerdo con las consideraciones expuestas, teniendo en cuenta los índices de las cooperativas de vigilancia y las empresas de vigilancia, teniendo en cuenta el menor valor redondeado del índice de liquidez, se exigirá que el proponente demuestre tener un índice de liquidez igual o mayor a dos punto cinco (2,5). Para los consorcios y uniones temporales, los indicadores se calcularán con base en la suma las partidas contables de todos los integrantes para luego calcular los indicadores financieros del consorcio o unión

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temporal. INDICE DE ENDEUDAMIENTO

Para el endeudamiento y teniendo en cuenta el promedio ponderado entre los valores de las cooperativas de vigilancia y las empresas de vigilancia, se exigirá que el proponente demuestre tener un nivel de endeudamiento igual o no menor al 50%. RAZON DE COBERTURA DE INTERESES

Teniendo en cuenta, que las empresas reportadas en el informe publicado por la Superintendencia no reportan Gastos de Intereses, y al ser este factor como divisor, el valor obtenido de este indicador tiende a infinito, y por tanto cumpliría con los límites exigidos, por lo que se adoptara un valor representativo que debe ser mayor a 10.

Con base de los resultados obtenidos, y de la complejidad y objeto del contrato, se exigirá los siguientes factores financieros acorde con las empresas representativas y que tienen la capacidad para participar en este proceso que garanticen un cumplimiento por su solidez financiero.

CAPITAL DE TRABAJO

En consideración a los riesgos operativos del futuro contratista, este debe demostrar un musculo financiero que le permita resolver y solventar los recursos que demande la operación, ante el retraso de pagos de la entidad. Por lo que adoptara el requerir que tenga un Capital de trabajo igual o superior al 100% del Presupuesto Oficial

Tabla 4 - Indicadores de capacidad financiera

Indicador Índice requerido

Índice de Liquidez Igual o Mayor a 2.5

Índice de Endeudamiento Igual o Menor a 50%

Razón de cobertura de intereses superior al 10

Capital de Trabajo 100% del PO

CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Teniendo en cuenta los factores de la capacidad organizacional establecidos en el Decreto 1082 de 2015, se exigirá la Rentabilidad del Patrimonio que es la razón obtenida entre la Utilidad Operacional entre el Patrimonio, y la Rentabilidad del Activo, obtenida por la razón entre la Utilidad Operacional dividido entre el valor del Activo Total, con los datos financieros a 31 de diciembre de 2018. RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO

Teniendo en cuenta que la rentabilidad del patrimonio promedio de las empresas según el tamaño

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publicada por la Supervigilancia en el año 2015, es del 0.231 y las de las cooperativas de vigilancia de 16,25%, por lo que se exigirá que los proponentes acrediten una rentabilidad del patrimonio promedio mayor o igual a 0.201 por ser el menor. RENTABILIDAD DEL ACTIVO

Para la rentabilidad del activo, se tiene en cuenta que el promedio de las empresas por su tamaño, publicada por la Supervigilancia del año 2015, la empresas de vigilancia poseen un valor del 14,6% y para las Cooperativas de vigilancia el 12,8%, se exigirá que los proponente tengan una rentabilidad del activo mayor o igual del 12% o sea 0.120.

Tabla 5 - Indicadores de capacidad organizacional

Indicador Índice requerido

Rentabilidad sobre el patrimonio Mayor o Igual de 0.20

Rentabilidad sobre activos Mayor o igual de 0.12

Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura debe cumplir su capacidad financiera de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación, aplicando el mismo procedimiento descrito en el literal, aplicando la fórmulas de los valores financieros por el porcentaje de participación y calculando los factores financieros correspondientes. CONDICIONES DE EXPERIENCIA: Experiencia Específica. EI proponente deberá allegar con su oferta, y estar registrado en el RUP un máximo de TRES (3) certificaciones de contratos, donde se acredite que ha PRESTADO EL SERVICIO DE VIGILANCIA y SEGURIDAD PRIVADA.y dentro de la calificación del UNSPSC 92121500. El valor de la sumatoria de las certificaciones que se anexen debe certificar un monto igual o superior al presupuesto oficial asignado al presente proceso. El SMLMV (Salario Mínimo Legal Mensual Vigente) que se tomará para el cálculo del valor de cada contrato, será el SMLMV del año en que se finalizaron las entregas, de acuerdo con la certificación del contrato que se relacione en la propuesta. Para los efectos anotados deberá utilizarse el siguiente formato:

EXPERIENCIA DEL PROPONENTE GRUPO No. 92121500

PROPONENTE___________________________ __________________________*

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Contratante Contrato Objeto Valor a la finalización del Contrato

Lugar de ejecución del contrato

Plazo ejecución contrato

Fecha Inicio (día/mes/año) Fecha Fin (día/mes/año)

En caso de uniones temporales o consorcios, la experiencia específica exigida en la prestación de los servicios iguales al del objeto del presente proceso contractual en el sector público o con el privado debe aportarse por aquel que tenga el 60% de participación en la estructura plural o más. La información se entenderá suministrada bajo la gravedad de juramento y responsabilidad del proponente. El miembro del consorcio que acredite la mayor parte de experiencia deberá tener como mínimo el 60% de la participación en el consorcio. Cuando un miembro del consorcio certifique experiencia en contratos en los cuales participo deberá anexar el documento donde conste su participación porcentual en los mismos y se evaluara conforme esa participación. Para la verificación de este criterio, los proponentes deberán anexar a la propuesta certificaciones o constancia sobre el cumplimiento de contratos celebrados. Para ser verificadas las constancias ó certificaciones deberán cumplir con las siguientes especificaciones: * La constancia debe estar firmada por el representante legal de la entidad que suscribió el contrato, sea esta pública o privada, o por el supervisor del mismo, o por la persona y/o funcionario competente, lo cual debe estar expresado en dicho documento.

Las certificaciones deberán contener como mínimo, la siguiente información:

Nombre de la empresa contratante

Nombre del Contratista

Objeto del contrato

Fecha de inicio y fecha de terminación (día, mes y año)

Valor del contrato

Certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el funcionario competente.

Firma de quien expide la certificación.

En caso de presentar certificaciones que incluyan contratos u órdenes adicionales al principal, el valor adicional se sumará al valor del contrato u orden principal, quedando esta como una sola certificación. Todos los contratos aportados deben estar registrado en el Registro Unico de Proponente y solo se aceptarán contratos que se encuentren terminados al cierre del proceso. ANTIGÜEDAD DEL PROPONENTE (CUMPLE/NO CUMPLE) Se verificará con la fecha de constitución en la cámara de comercio, situación que permite verificar a la entidad la experiencia en la prestación del servicio.

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Para los proponentes plurales, de manera individual mínimo cada uno de sus integrantes deberá acreditar que poseen una Experiencia Probable igual o superior a cinco (5) años, y para la Experiencia Probable del proponente plural se obtendrá de la suma ponderada de la antigüedad de cada uno de los miembros afectados por su factor de participación. La Gobernación considera que el servicio a prestar es de vital importancia para garantizar la seguridad y bienes de la entidad, y por tanto considera que debe contratar o confiar los bienes y seguridad de sus funcionarios a empresas con amplia experiencia y antigüedad en el desempeño de estas funciones y en especial en la zona, y considera que la experiencia óptima sería aquella que tenga más de cinco (5) años, razón por la cual se exigirá estos años que deberá acreditar el futuro contratista. CONDICIONES TÉCNICAS:

Como parte de su propuesta el proponente declarará su compromiso de cumplir la totalidad de las especificaciones

de los servicios establecidas en el Anexo Técnico del presente pliego de condiciones, lo cual podrá declarar dentro

de la carta de presentación de la propuesta o en documento separado si desea presentar algún complemento a las

especificaciones establecidas, que no impliquen una reserva o condicionamiento para el cumplimiento del contrato,

sino un valor agregado para la ejecución del mismo. Igualmente deberá presentar todos los documentos

requeridos en el Anexo técnico.

El objeto del presente proceso, consiste en la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada sin armas

para las instituciones educativas oficiales del departamento del Cesar, mediante 198 puestos de vigilantes por 12

horas en el horario laboral de 6:00 p.m. a 9:00 p.m. y desde 9:00 p.m. a 6:00 a.m., (3 horas diurnas y 9 horas

nocturnas) y 20 puestos de vigilantes por 24 horas en el horario laboral de 6:00 a.m. a 9:00 p.m. y desde 9:00 p.m.

a 6:00 a.m., (15 horas diurnas y 9 horas nocturnas) todos los días incluyendo sábados, domingo y festivos, con la

incorporación mínimo de un Coordinador y mínimo dos (2) supervisores con especialización en instituciones

educativas que suministre el futuro contratista y disponer de manera permanente y exclusivo al menos de cuatro

(4) vehículos de doble trasmisión, de modelo mínimo 2019, de propiedad del proponente (o leasing) con sigla y

autorización de la superintendencia de vigilancia para hacer revistas de visitas a los puestos dispersos en el

departamento del Cesar, así como de cinco (5) motocicletas de modelo mínimo 2017 (Se aceptan contratos de

leasing).

No acreditar la propiedad y disponibilidad delos vehículos, de la asignación permanente del Coordinador con las

calidades y cualidades mínimas exigidas y los supervisores, será causal de declarar esta propuesta como NO

CUMPLE, y por tanto es INHABIL. No ofrecer para la ejecución del contrato o no acreditar antes de la firma del

acta de iniciación de labores, la propiedad y disponibilidad de los vehículos exigidos, y/o de la asignación

permanente del Coordinador con las calidades y cualidades mínimas exigidas y los supervisores, será causal para

rechazar la propuesta, y si es en la ejecución del contrato darlo por terminado y hacer efectiva la póliza de

cumplimiento del contrato.

Además el contratista deberá hacer la descripción del sistema utilizado para controlar y supervisar la prestación del

servicio de vigilancia y seguridad integral que prestará, indicando de manera detallada los elementos, el personal

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empleado para el fin, los vehículos y la periodicidad con que se presentará el mismo. Igualmente el contratista

señalará los controles que establecerá para cada puesto de vigilancia y seguridad integral, tales como carpeta de

consignas, ordenes de entrada y salida, libro de minuta, autorizaciones etc.

Por último, el contratista presentará a la firma del contrato, un plan integral de servicios el cual debe incluir los siguientes aspectos: Metodología y procedimiento para atención de siniestros, procedimiento interno para atención de reclamaciones de la Entidad, procedimiento y Metodología para prestar los servicios objeto de la presente Licitación y plan de contingencia en caso de siniestro. Y demás condiciones que se establezcan en el pliego de condiciones.

1) DEL PERSONAL MINIMO El proponente deberá ofrecer en su propuesta para la prestación del servicio, como mínimo con el siguiente personal:

PERSONAL HORARIOS CANTIDAD

Coordinador operativo 8 Horas laboral 1

Supervisores Disponible todos los días 2

Vigilantes 12 Horas todos los días 297

Vigilantes 24 Horas todos los días 60

2) REQUISITOS MINIMOS PARA EL PERSONAL (CUMPLE/NO CUMPLE): Este requisito se acreditará con certificación juramentada por el proponente del ofrecimiento del personal que cumpla con estos requisitos, en caso de incumplimiento de este requisito será causal de terminar el contrato y hacer efectiva la garantía de cumplimiento de la propuesta:

PERSONAL REQUISITOS MINIMOS EXPERIENCIA MINIMA CON EL OFERENTE

VIGILANTES

PERFIL PROFESIONAL

1.- Niveles de capacitación y actualización en vigilancia privada y curso de especialización en entidades educativas conforme a lo establecido en la Resolución 2852 de 2006 expedida por la Superintendencia de Vigilancia, o certificado del proponente de una Escuela acreditada donde se compromete a capacitarlos dentro de los tres (3) meses siguientes al inicio del servicio. 2.- Estudios mínimo de 9º grado

3.- Experiencia mínima de un (1) año en empresas de vigilancia.. DOCUMENTOS

Un (01) año de experiencia

mínima como vigilante en una empresa o cooperativa de vigilancia y seguridad privada,

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Para la firma del contrato, se debe adjuntar la siguiente documentación para el personal

Curso de actualización vigente.

Credencial y/o radicado ante la Superintendencia

de Vigilancia y Seguridad Privada en los niveles

de actualización y especialización en Entidades

Educativas o certificado de que realizará la

especialización.

Libreta militar para los vigilantes hombres.

(acreditar mediante fotocopia del contrato de trabajo y certificación

SUPERVISORES

PERFIL PROFESIONAL:

1 – Nivel profesional Y/O

2.- Oficial en uso de buen retiro de la

Fuerzas Militares o de la Policía Nacional

3.- Especialización en áreas administrativas, o

Gerencia de personal de personal o administración de

la seguridad.

4.- Experiencia como supervisor por más de doce (12)

meses. 5. – vinculación al proponente mayor a dos (2) años

DOCUMENTOS:

Copia de la cédula de ciudadanía.

Hoja de vida.

Copia certificado de la Credencial.

Certificados de cursos de actualización en áreas especifica del servicio a prestar, mínimo de dos (2) de los Supervisores ofrecidos.

Copia de autoliquidación de afiliación a seguridad social, para los dos (2) básico.

Vinculación laboral superior a dos (2) años con el proponente, demostrado con la presentación de la afiliación a seguridad social, copia de la afiliación a la caja de compensación familiar o copia de la afiliación a la ARL

COORDINADOR

PERFIL PROFESIONAL:

1.- Profesional con especialización o y/o diplomado en

seguridad y salud ocupacional y auditor integral en

gestión de riesgos, con un mínimo de 10 años de

experiencia específica en la coordinación de servicios

de seguridad y vigilancia privada. Con vinculación

laboral con un mismo proponente no menor a 5 años

acreditado con copia del contrato de trabajo, copia de

la afiliación al sistema de seguridad social con las

correspondientes planillas del pago del último mes

DOCUMENTOS:

Vinculación laboral superior a cinco (5) años con el proponente, demostrado con la presentación de la afiliación a seguridad social, copia de la afiliación a la caja de compensación familiar o copia de la afiliación a la ARL.

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Copia de las credenciales vigentes como asesor o consultor, cuya vigencia se debe establecer por medio idóneo.

Copia de autoliquidación de afiliación a seguridad

social, copia de la afiliación a la caja de

compensación familiar o copia de la afiliación a la

ARL.

Copia del diploma de la profesión y del pos grado

requerido y cursos requeridos.

Copia de la hoja de vida.

Copia de la cédula de ciudadanía.

Copia de los conocimiento y experiencia en salud

ocupacional, con copia del título del curso

especialización o carrera y del pensum

académico donde acredite esta condición.

Copia de Tarjeta Profesional

Dentro de la propuesta para los Coordinadores y Supervisores propuestos para obtener puntajes, se debe adjuntar la documentación relacionada y la carta de compromiso, y para los vigilantes la carta de compromiso suscrita por el representante bajo la gravedad del juramento que prestara el servicio con personal con el cumplimiento de los requisitos exigidos. Para la acreditación de las especializaciones en Instituciones Educativas y/o Entidades Públicas del personal propuesto, para efecto del cumplimento del requisito y asignación de puntaje, deberá adjuntarse la certificación de la especialización expedida por las Escuelas debidamente acreditada adjuntando su licencia de funcionamiento o en su defecto el contrato notariado y póliza de garantía, en original, que acredite la obligación de la Escuela de capacitación en vigilancia y seguridad privada de capacitar el personal en un tiempo acelerado antes de la prestación del servicio, adjuntando la autorización y licencia de la Escuelas o Escuelas con jurisdicción en la ciudad de Valledupar, o la certificación de compromiso juramentada en caso que el proponente cuente con Escuela de capacitación debidamente autorizada y legalizada adjuntando la licencia de funcionamiento vigente y autorización para capacitar en la ciudad de Valledupar. El contratista se obliga a manifestar expresamente en la propuesta mediante una carta de compromiso suscrita por el representante legal de que el personal de vigilante que destinará para la prestación del servicio de vigilancia, estará debidamente seleccionado, calificado, capacitado y entrenado con los equipos propios de los servicios que se requieren en esta licitación. El personal debe cumplir con los requisitos exigidos en la parte técnica del respectivo pliego de condiciones y los demás Que sean necesarios para la correcta prestación deservicio a quienes dotará de uniformes y de los correspondientes elementos exigidos en las normas de seguridad, de conformidad con lo señalado en la ley. Teniendo en cuenta que el personal que se le asignará puntaje de acuerdo con su perfil, el proponente con la propuesta se obligará adjuntar la documentación que acredite los perfiles exigidos, así: Para los

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Coordinadores y Supervisores básicos y propuestos deben anexar toda la documentación para acreditar los perfiles exigidos, para el puntaje de los vigilantes las certificaciones de las especializaciones en instituciones educativa y/o Entidades oficiales, o sea del personal que será objeto de puntaje el proponente debe aportar los documentos antes señalados para obtener el máximo puntaje de conformidad con lo establecido en los criterios de calificación indicados en el pliego de condiciones. El coordinador no podrá ser remplazado durante la ejecución del contrato, sin la autorización previa de la Secretaria de Educación o del interventor que se designe para tal fin. Para autorizar el remplazo se deberá presentar una persona que cumpla con los requisitos mínimos solicitados en el presente estudio, y acredite experiencia específica igual o superior a la de la persona a sustituir. 3) DE EQUIPOS El oferente se obliga a ofrecer como mínimo, el siguiente equipo para cada puesto de vigilancia: MEDIOS DE COMUNICACIÓN El contratista se obliga a contar con un sistema de radio de comunicaciones con capacidad de cubrimiento en los sitios donde se prestará el servicio y con autorización de instalación de repetidora o celulares o Avantel, con certificados de planes con las empresas afiliadas, uno para cada puesto de vigilancia. 218 LINTERNAS (una para cada puesto de vigilancia). ESPEJOS PARA REVISION DE VEHÍCULOS, en los establecimientos con más de 1.000 estudiantes. 5 MOTOCICLETA PERMANENTE (Cinco (5); para las zonas rurales más alejadas o las instituciones con más de dos (2) hectáreas), VEHICULOS PERMANETES (cuatro (4); vehículo doble tracción modelo no inferior a 2.019 con dedicación específica y de propiedad del proponente con sigla y autorización de la superintendencia de vigilancia para hacer revistas de visitas a los puestos) EQUIPOS DE COMUNICACIÓN (CUMPLE/NO CUMPLE): El Contratista debe disponer de equipos de comunicación móvil, en funcionamiento permanente, que permitan el contacto inmediato entre el personal de vigilancia y el coordinador, y entre este último con los directivos de la Secretaria de Educación Departamental en un número total de 4 aparatos entre radios, avanteles y/o celulares. El proponente deberá contar con los siguientes elementos de comunicación los cuales deben estar disponibles permanentemente durante la ejecución del contrato: - Un (1) equipo de comunicaciones (radio, avantel o celular con línea abierta) para la interventoría del contrato con comunicación permanente con el coordinador y con la Secretaría de Educación. - Un (1) equipo de comunicaciones (radio, avantel o celular con línea abierta) para la Secretaría de Educación para comunicación inmediata con el coordinador y con la interventoría. - Un (1) equipo de comunicaciones (radio, avantel o celular con línea abierta) para el coordinador con comunicación permanente con la central, con los puestos de vigilancia. - Un (1) equipo de comunicaciones (radio, avantel o celular con línea abierta) para el coordinador con comunicación permanente con la Secretaría de Educación Departamental y con la interventoría. - Tres (3) equipos de comunicaciones (radio, avantel o celular con línea abierta) para los supervisores con comunicación permanente con la Secretaría de Educación Departamental, con el Coordinador, con la interventoría y con cada uno de los puestos de trabajos. - Doscientos Setenta y Seis (276) equipos de comunicaciones (radio, avantel o celular con línea abierta)

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para cada puesto de vigilancia con comunicación permanente con la central, con el coordinador, con los supervisores y con la policía nacional. VEHICULOS (CUMPLE/NO CUMPLE) El Proponente deberá demostrar como mínimo que es propietario , de cuatro (4) vehículo modelo 2019 o superior, doble trasmisión que será utilizado exclusivamente para la coordinación y/o supervisión, siendo este vehículo un automóvil, campero o camionetas mayor de 1300 cc, vehículo que debe contar con sus tarjetas de propiedad junto con su registro ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada deben cumplir con la inscripción del vehículo automotores de control y vigilancia; como lo determina la norma. 3) ESTUDIO DE SEGURIDAD (Cumple/No cumple):

El Proponente debe ofrecer realizar dentro del mes siguiente al inicio de los labores un Estudio de seguridad de las Instituciones Educativas Oficiales (estudio de vulnerabilidad recomendaciones) 4) ORGANIZACIÓN OPERACIONAL (CUMPLE/NO CUMPLE):

El Proponente deberá cumplir con la Capacidad Organizacional de Razón de Cobertura del Patrimonio y Rentabilidad del Patrimonio exigido en este proceso, para los proponentes plurales se calculara con la suma ponderadas de cada uno de los miembros, teniendo en cuenta sus porcentajes de participación, el no cumplimiento de este requisito se determinará como NO CUMPLE, y por tanto es una propuesta NO HABIL. 5) PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL PARA LICENCIA DE

FUNCIONAMIENTO (CUMPLE/NO CUMPLE):

Las Empresas de vigilancia y seguridad privada, para poder adquirir la licencia de funcionamiento se les exige una Póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, que cubra los riesgos de uso indebido de armas de fuego u otros elementos de vigilancia y seguridad privada, no inferior a 400 salarios mínimos legales mensuales vigentes, expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada. Como esta póliza es de obligatorio cumplimiento para toda empresa que requiera renovar la licencia de funcionamiento, y que es diferente a la póliza de responsabilidad civil extracontractual para asegurar la ejecución del contrato para cubrir por daños a terceros, se asignará un puntaje como factor de calidad, a los proponentes que oferten y presenten dicha póliza general de Responsabilidad Civil Extracontractual requeridas para renovar la licencia de funcionamiento, debe estar al día, este requisito será habilitante, en caso contrario será NO Hábil la propuesta. CRITERIOS DE EVALUACIÓN FACTORES DE ESCOGENCIA Y CALIFICACIÓN: LA GOBERNACIÓN DEL CESAR evaluará las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección 5.2.

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En la evaluación de las Ofertas LA GOBERNACIÓN DEL CESAR realizará ponderación del factor económico y el técnico de acuerdo con los porcentajes indicados en la Tabla 6. Las ofertas deben presentarse en los Anexos 1 al 8 establecidos en el presente Pliego de Condiciones como el formato para presentación de la Oferta.

FACTORES DE PONDERACIÓN FACTOR DE EVALUACIÓN PUNTAJE

CAPACIDAD JURIDICA CUMPLE–NO CUMPLE

CONDICIONES DE EXPERIENCIA CUMPLE–NO CUMPLE

CAPACIDAD FINANCIERA CUMPLE–NO CUMPLE

CAPACIDAD DE ORGANIZACION CUMPLE – NO CUMPLE

CAPACIDAD TECNICA CUMPLE – NO CUMPLE

Tabla 6 - Puntaje por criterios de evaluación

Criterio de Evaluación Porcentaje Puntaje

Factor Propuesta económica 29% 290,00

Factores Técnicos 60% 600.00

Apoyo a la Industria Nacional 10% 100,00

Proponentes con trabajadores con

discapacidad (DECRETO 392 DE 2018) 1% 10,00

Total 100% 1000,00

En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, LA GOBERNACIÓN DEL CESAR debe escoger el Proponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015. Se tiene como primer factor de desempate la propuesta que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación del Factor económico, y en caso de persistir el empate, se escogerá a la oferta que haya obtenido el mayor puntaje del Factor Técnico o de Calidad. 5.1 Empate. En caso de presentarse empate entre dos o más proponentes se procederá a determinar el orden de elegibilidad teniendo en cuenta los siguientes criterios de desempate conforme lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, así: Artículo 2.2.1.1.2.2.9 Factores de desempate. En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones. Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:

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ESTUDIOS PREVIOS

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Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.

Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.

Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. En aplicación de lo dispuesto en el manual de incentivos de Colombia Compra Eficiente: (http://www.colombiacompra.gov.co/sites/default/files/manuales/20141215_manualincentivos_publicacion.pdf), que en su página 10 donde dice: “Cuando en la evaluación de las ofertas sea aplicable un Acuerdo Comercial, y no es posible aplicar los factores de desempate previstos en los numerales 4 y 5….” del literal B referente a los pymes a la que se refiere el Artículo 2.2.1.1.2.2.9. Del decreto 1082 de 2015, no se tendrán en cuenta la aplicación de estos numerales.

5.2. FACTOR TÉCNICO O DE CALIDAD

Calidad (600 PUNTOS)

COORDINADOR Y/O SUPERVISORES DEL CONTRATO 200 PUNTOS

ELEMENTOS TECNICOS DE APOYO 400 PUNTOS

1. COORDINADOR Y/O SUPERVISORES DELCONTRATO: 200 PUNTOS

El proponente que ofrezca calidades o cualidades adicionales para el coordinador u ofrezca dentro de los costos de la administración Supervisores adicionales a los exigidos como requisito habilitante, y que cumpla con los perfiles básicos y adicionales que se describen, obtendrá 200 puntos discriminados así: Quien ofrezca un Coordinador, que cuente con más de una (1) credencial adicional a la exigida emitida por la Supervigilancia, si la credencial adicional es de Asesor o Consultor fuera de la básica exigida, se le asignará un puntaje de 100 puntos por la credencial adicional. Quien ofrezca Supervisores adicionales, hasta un máximo de dos (2) Supervisores adicionales se le asignarán 25 puntos por cada uno de ellos, siempre que cada uno tenga especialización en administración de la Seguridad, en el evento de carecer de esta especialización no se le asignará puntaje alguno. Si los supervisores adicionales ofrecidos acreditan experiencia comprobada dentro de la compañía del aferente, en el manejo de contratos con el mismo objeto de la presente licitación pública, con un tiempo mínimo de 5 años en su cargo (los dos ofrecidos), en empresas la empresa, se le asignaran 25 puntos, no cumplir esta condición ninguno de los dos o alguno de ellos, no se le asigna puntaje, el puntaje se

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asigna si lo cumplen esta condición los dos (2) supervisores adicionales ofrecidos sin costos adicional, que se puedan sufragar con los costos de Administración. Si el coordinador ofrecido acredita el estar vinculados con la firma proponente en un tiempo mayor a 10 años como Coordinador se le asignaran 25 puntos. Para este el cumplimiento de este requisito se debe adjuntar copia del contrato de trabajo y fotocopia de la seguridad social del mes inmediatamente anterior, no cumplir esta condición, no se les asigna puntaje adicional.

2. ELEMENTOS TÉCNICOS DE APOYO- 400 PUNTOS. Para evaluar los elementos técnicos de apoyo ofrecido por el proponente para la ejecución del objeto del contrato, se aplica la siguiente calificación: El puntaje se asignara según los siguientes cuadros:

2.1 Puntos de Coordinación – 100 Puntos:

Para la Coordinación del servicio, se asignará un puntaje adicional a los proponentes que presente lo siguiente:

2.1.1 Operación y manejo en la zona (Departamento del Cesar) (100 puntos):

Teniendo en cuenta, que, para ejecutar el contrato, se requiere experiencia y manejo dentro del departamento y este se podrá constatar con la permanencia se le asignara 100 puntos adicionales al proponente que demuestre una antigüedad superior a 5 años de actividad dentro del departamento la cual se demostrara con la fecha del Registro mercantil, en caso de uniones temporales y consorcios esta se cumplirá cuando los miembros individualmente así lo demuestren.

2.2 Puntos por elementos técnicos – 300 Puntos:

Para la prestación del servicio, se asignara un puntaje adicional a los proponentes que presente los siguientes elementos técnicos:

2.2.1 Equipos de comunicación – 100 Puntos:

Para los equipos de comunicación el proponente deberá aportar copia la licencia de comunicaciones y autorización de una (1) repetidora en el departamento del Cesar con la relación de radios ofrecidos detallando las especificaciones técnicas, así como el reporte de novedades ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada o en su defecto la relación con su número de serie y marca, del número de celulares o Avantel con línea abierta y planes de minutos con certificado de la .empresa de telefonía móvil vigente. El proponente deberá entregar a cada uno de las personas que propongan para la prestación del servicio un radio ó celular avantel, que le permita la comunicación directa entre las instalaciones a vigilar y la central, el supervisor de la zona o el gerente de operaciones y la Red de Apoyo de la Policía Nacional. Lo anterior con el fin de garantizar una adecuada y oportuna respuesta en caso de requerirse el apoyo ante una eventualidad. El proponente - contratista deberá dotar al personal de equipos de comunicación ""especificando: equipo portátil, certificación del servicio de repetidora o medios alternos de comunicación que poseen El Contratista debe disponer de equipos de

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comunicación móvil en funcionamiento permanente, que permitan el contacto inmediato entre el personal que brindará el servicio de vigilancia (coordinador, supervisor y vigilantes) en cada uno de los establecimientos educativos del Departamento del Cesar propuestos; es decir, un número total de 283 aparatos entre radios y/o avanteles. Doscientos Setenta y dos (283) equipos de comunicaciones (radio o avantel con línea abierta) para cada puesto de vigilancia con comunicación permanente con la central, con el coordinador, con los supervisores y con la policía nacional. Para el desempeño de las funciones eficientes del personal de vigilancia en cada puesto de trabajo y teniendo en cuenta que las instituciones escolares se encuentra en puntos separados, se considera que un servicio de calidad es aquel donde por cualquiera eventualidad de requerir apoyo, o el de comunicar a la empresa y en especial a la red de policía nacional, las situaciones que se presenten en la zona y en especial que ponga en riesgo la seguridad de los bienes departamentales, el vigilante cuente con los medios tecnológicos de comunicación, que permita la comunicación inmediata, razón por la cual se propenden para cada vigilante en su puesto de trabajo cuente con un radio de comunicación, o en su defecto equipos Avantel , con disponibilidad de minutos y planes para la comunicación permanente, por tanto aquel proponente que garantice que cada uno de los vigilantes y coordinador cuente con estos elementos se le asigna el máximo puntaje, y se deberá demostrar con la factura de compra de los mismos la cual no puede ser mayor a 4 meses y para los demás de manera proporcional como se indica en la siguiente tabla:

EQUIPO CANTIDAD PUNTAJE

Radios de Comunicación o Avantel abierto con planes de empresas de telefonía móvil.

Más de 272 100 puntos

Entre 200 a 272 80 puntos

Entre 150 a 199 60 puntos

Entre 100 a 149 40 puntos

Entre 80 a 99 20 puntos

Menos de 80 0 puntos

2.2.2 Vehículos Adicionales – 100 Puntos:

Un buen servicio para el manejo de personal, es contar con un número óptimo de vehículos y/o medios de transporte adecuados para la eficacia y eficiencia en la prestación del servicio y contar con los vehículos suficientes para realizar las rondas en los diferentes puestos de vigilancias en el departamento del Cesar. Los vehículos adicionales que consideren se necesitan, lo debe determinar el proponente teniendo en cuenta cómo realizara la supervisión del personal ofrecido y la ubicación de los puestos de trabajo, de manera que preste un servicios eficiente y que pueda garantizar un adecuado ejercicio de la supervisión y reacción a situaciones de amenazas, razón por la cual, la ENTIDAD considera que el ofrecimiento de los vehículos adicional o adicionales y suficientes es un factor de calidad en la prestación del servicio que garantizará una buena y eficiente supervisión del personal dispuesto, y que no es un servicio adicional que se está exigiendo, el proponente y futuro contratista de acuerdo con lo dispuesto en la administración dentro del 8% adicional de la tarifa y al margen de utilidades, decidirá cuantos y que clase de vehículos requiere acorde con el manual dispuesto por la Superintendencia de Vigilancia y seguridad Privada y la metodología a realizar el servicio, teniendo en cuenta que La Administración Departamental no reconocerá valores adicionales a la tarifa básica por los medios ofrecido por el futuro contratista para realizar el servicio.

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Los vehículos adicionales máximo que se calificarán no será mayor de cuatro (4), para cubrir las cuatro (4) zonas en que hemos dividido el departamento para la prestación del servicio, e igualmente para motocicletas ofrecidas se calificarán hasta un máximo de dos (2) ofrecidas, modelo mínimo 2017. Las motocicletas a acreditar, y que dispondrán para la prestación del servicio de manera permanente, para usos en las zonas rurales más alejada o de difícil acceso vehicular o para instituciones que tengan una extensión de más de dos (2) Ha. Para tal efecto deberá adjuntar tarjetas de propiedad, registro ante la Supervigilancia a nombre del proponente, las cuales deben ser mínimo de modelo 2017 o superior.

PARÁGRAFO: El o los vehículo(s) y la(s) motocicleta(s) ofrecida(s), deberá estar en perfecto funcionamiento, contar con revisión técnica mecánica vigente y deberá contar con los signos distintivos que la Superintendencia autoriza según la Resolución 5351 de 2007.

EQUIPO CANTIDAD PUNTAJE

Vehículos de Coordinación y/o Supervisión

Por cada vehículos adicional de los cuatro (4) como requisito habilitante, se le asigna 12.5 puntos hasta un máximo de 50:

50 puntos

Por cada motocicleta adicional de las dos (2) mínimas ofrecidas y de propiedad del proponente, se le asigna un puntaje de 25 puntos hasta un máximo de 50 puntos por cada motocicleta adicional hasta un máximo de diez(25):

50 puntos

2.2.3 VIGILANTES – 393 (100 Puntos):

El proponente que demuestre con certificaciones que cuenta con vigilantes con la especialización en instituciones educativas, se le asignara un puntaje de acuerdo con la siguiente tabla. Cuando se acredite a más de la tercera parte (1/3) de los vigilantes requeridos a vincular o sea ciento tres (131) vigilantes, acreditando el cumplimiento de los requisitos exigidos y con la carta de disponibilidad suscrita, se le asigna un puntaje de cien (100) puntos, y si ofrece una cantidad menor se le asignará un puntaje, de acuerdo con lo dispuesto en la presente tabla, así:

VIGILANTES CANTIDAD PUNTAJE

Vigilantes

Más de la tercera parte (1/3) de los requeridos

100 puntos

Entre la tercera (1/3) y quinta parte (1/5)

50 puntos

Entre la quinta (1/5) a la 25 puntos

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séptima (1/7) parte

Menos de la séptima (1/7) parte

0 puntos

3. FACTOR ECONÓMICO – 290 puntos

A la evaluación económica se le asignará un puntaje de doscientos (290) puntos, propuesta económica que debe liquidarse de acuerdo con las tarifas determinadas con base en el Decreto 4950 del 27 de diciembre de 2007 y de la Circular No. 202013000000455/2020y demás normas que lo regulan.

Los impuestos que se generen con ocasión de la firma, ejecución y liquidación del contrato son responsabilidad exclusiva del oferente. La Entidad se reserva el derecho de adjudicar parcial o totalmente el objeto de la presente convocatoria. Adicionalmente la Ley 1819 de 2016 establece una tarifa del 19% de IVA, calculado de acuerdo con el AIU y que este no debe ser menor del 10% del valor de la tarifa, teniendo en cuenta que los costos de Administración, Imprevistos y Utilidades por el Decreto antes mencionado es del 8% por ser el servicio sin armas, el IVA se calcula sobre la base del 10% del valor del servicio neto Quien ofrezca una oferta aplicando todos los factores y procedimientos indicados en la Circular No. 202013000000455/2020, así como el salario mínimo del año 2021, sus Gastos Administrativos, imprevistos y utilidades correspondientes y que no esté por debajo del valor mínimo ordenado por la Superintendencia de Vigilancia ni supere el valor del presupuesto oficial, se le asignara el máximo puntaje o sea doscientos (200) puntos, y los que presente errores matemáticos o no se aplique el procedimiento indicado en la Circular Externa mencionada u oferte valores por debajo del mínimo permitido por la Super-Vigilancia o por encima del presupuesto oficial, se le asigna un puntaje de cero (0) puntos, a los que se encuentren por debajo del presupuesto oficial y se encuentren dentro de los parámetros anteriormente anotado, se le asignara un puntaje de cien (100) puntos. Los errores aritméticos serán corregidos con base a las operaciones aritméticas realizadas por LA ENTIDAD en el respectivo formulario y con base en los precios unitarios presentados por el proponente, de modo tal que se pueda precisar el valor total de la propuesta. Si hay discrepancias entre las cantidades o las unidades de medida establecidas por LA ENTIDAD y las consignadas por el proponente, se rechazará la propuesta. Así y para efectos de estructurar el valor de la oferta, el proponente deberá tener en cuenta, además de los impuestos de carácter nacional y los demás conceptos señalados en este numeral, los siguientes descuentos departamentales que deberá realizar para efectos de legalización del contrato, así: ESTAMPILLA PRO-DESARROLLO DEPARTAMENTAL: ESTAMPILLA PRO-DESARROLLO FRONTERIZO: ESTAMPILLA PRO-CULTURA: RECIBO Y SISTEMATIZACIÓN: NOTA: Para efectos del pago de estos impuestos del orden departamental, el contratista se someterá a los que resulten de la liquidación que practique el Grupo de Gestión Tributaria de la Gobernación del Cesar.

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La propuesta económica deberá presentarse en pesos colombianos, de acuerdo con la información solicitada. El detalle de la propuesta económica, deberá discriminarse en la Oferta económica. El Proponente deberá realizar su ofrecimiento económico teniendo en cuenta todas las actividades y costos en que deba incurrir para ejecutar el Contrato y entregar los productos previstos en la Minuta de aquel y en los Documentos de la Licitación Pública, de conformidad con las reglas establecidas al respecto en éstos. Por consiguiente, deberá considerar, entre otros, los asuntos descritos en la Minuta, en este capítulo y otros costos directos e indirectos correspondientes a la celebración, ejecución y liquidación del Contrato. Al formular el ofrecimiento económico se deben acatar las siguientes instrucciones: a) Moneda: El ofrecimiento económico se debe expresar en pesos colombianos.

4. INDUSTRIA NACIONAL - 100 Puntos Para apoyar la industria nacional a través del sistema de compras y contratación pública, en la evaluación se asignarán CIEN (100) puntos a los Proponentes que ofrezcan Bienes o Servicios Nacionales. Esté factor se evaluará con fundamento en lo establecido en la Ley 816 de 2003 para el presente proceso, con el fin de garantizar el apoyo a la Industria Nacional y atendiendo la documentación aportada de acuerdo con los presentes pliegos de condiciones así: Cuando el proponente oferte servicios con el 100% personal nacional, en lo correspondiente al objeto del presente proceso de selección, se le asignarán cien (100) puntos. Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional y extranjero, en lo correspondiente al objeto del presente proceso de selección, se le asignarán cincuenta (50) puntos Cuando el proponente no presente anexo a su oferta el documento que certifique el apoyo a la industria nacional de conformidad con las exigencias del pliego de condiciones su puntaje será cero (0) puntos.

5. PROPONENTES CON TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD – 10 puntos

En los procesos de licitaciones públicas y concursos de méritos, para incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad, las entidades estatales deberán otorgar el uno por ciento (1%) del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos: 1. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección. 2. Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.

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ESTUDIOS PREVIOS

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Verificados los anteriores requisitos, se asignará el 1 %, a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:

Número total de trabajadores de la planta de personal del

proponente

Número mínimo de trabajadores con

discapacidad exigido

Entre 1 y 30 1

Entre 31 y 100 2

Entre 101 y 150 3

Entre 151 y 200 4

Más de 200 5

Para el caso de empate en la evaluación total entre varias ofertas, se seleccionará la mejor propuesta teniendo en cuenta los siguientes criterios en su orden:

Parágrafo. Para efectos de lo señalado en el presente artículo si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación.

Capítulo 6. GARANTÍAS

De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley 1150 del 2007 y el Decreto 1082 de 2015, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven del contrato que se celebre, esta dependencia considera pertinente determinar los riesgos que pueden cubrirse mediante garantía por ello EL CONTRATISTA se deberá constituir a favor del Departamento, una Garantía Única expedida a través de cualquiera de los mecanismos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 del 2015., dichos amparos se harán de acuerdo al presupuesto que se oferta o se adjudica. Garantías. Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones que asume el contratista por el presente contrato, constituirá garantía única de cumplimiento que ampare los siguientes riesgos: De la propuesta En la propuesta debe obrar una garantía de seriedad de la misma, expedida a favor del Departamento, por una Compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, o una garantía bancaria. La garantía de seriedad debe tomarse así: Cuantía: Diez por ciento (10%) del presupuesto oficial estimado, y con una vigencia de: tres (3) meses, contabilizados a partir de la fecha de cierre del proceso. Del contrato a) Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de

multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. deberá constituirse

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por el diez por ciento (10%) del valor total del contrato y con una duración igual a la del término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.

b) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. deberá constituirse por un valor igual al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, por el término de la vigencia del mismo y tres (3) años más.

c) Calidad del Servicio. deberá constituirse por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato y por el término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.

d) Responsabildiad Civil Extracontractual: Por una cuantía equivalente al 5% del valor del contrato. La vigencia de esta garantía se otorgará por todo el período de ejecución del contrato.

e) Calidad del Bien/Servicio. deberá constituirse por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del

valor del contrato y por el término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.

Amparo Suficiencia Vigencia

Cumplimiento del Contrato Por un monto equivalente al diez

por ciento (10%) del valor inicial

y por el término de ejecución del

contrato y cuatro (4) meses más.

Conforme al artículo

2.2.1.2.3.1.12 del Decreto 1082

de 2015

Pago de salarios prestaciones

sociales legales e

indemnizaciones laborales

Por un valor equivalente al cinco

por ciento (5%) del valor del

contrato y por el término de

ejecución del mismo y tres (3)

años más

Conforme al artículo

2.2.1.2.3.1.13 del Decreto 1082

de 2015

Calidad del servicio Por una cuantía equivalente al

quince por ciento (15%) del valor

del contrato y con una vigencia

igual a la vigencia del contrato y

un (1) año más

Conforme al artículo

2.2.1.2.3.1.15 del Decreto 1082

de 2015-

Responsabilidad Civil

Extracontractual

Por una cuantía equivalente al

5% del valor del contrato. La

vigencia de esta garantía se

otorgará por todo el período de

ejecución del contrato.

Conforme al artículo

2.2.1.2.3.1.17 del Decreto 1082

de 2015-

Capítulo 7. Tipificación, Estimación y Asignación de Riesgos Previsibles

RIESGOS QUE ASUME EL CONTRATISTA A partir de la fecha de suscripción del contrato y en todas las etapas del mismo, el contratista asume los efectos derivados de todos y cada uno de los riesgos asociados a este contrato, al igual que respecto a los que logre determinar, salvo los casos en que expresamente se ha determinado lo contrario. En este sentido, el Contratista asume los efectos derivados de los riesgos que se listan a continuación de

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ESTUDIOS PREVIOS

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manera general, además de aquellos que se desprendan de otras cláusulas o estipulaciones, sus anexos y sus apéndices o que se deriven de la naturaleza del Contrato. Por lo tanto, no procederán reclamaciones del contratista basadas en el suceso de alguno de los riesgos asumidos por el Contratista y –consecuentemente- el Departamento no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al Contratista, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el presente contrato. Los mecanismos contenidos en el contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la Propuesta por parte del Contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación de equilibrio contractual en los términos señalados en la Ley 80 de 1993. RIESGOS QUE ASUME EL DEPARTAMENTO. A partir de la fecha de suscripción del Contrato, el Departamento asume, única y exclusivamente, los efectos derivados de los riesgos que se listan a continuación, además de aquellos que de manera expresa y clara se desprendan de otras cláusulas o estipulaciones del Contrato y sus apéndices. En todo caso, cuando de la ocurrencia de tales riesgos, se desprenda una obligación de pagar una suma de dinero al Contratista, se entenderá que tal suma de dinero será cancelada en los términos establecidos en las cláusulas aplicables: 1. Los efectos desfavorables, derivados de la existencia de daño emergente del Contratista, por la

ocurrencia de hechos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, en los términos del Contrato y la legislación existente.

2. Los efectos desfavorables originados por nuevas normas durante la ejecución del contrato y que sean aplicables al proyecto.

3. Los efectos, favorables o desfavorables, de las variaciones en la legislación Tributaria, de tal manera que el Departamento asumirá los efectos derivados de la variación de las tarifas impositivas, la creación de nuevos impuestos, la supresión o modificación de los existentes, y en general cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la Propuesta.

DEFINICION Y TIPIFICACION DE LOS RIESGOS Riesgos Económicos: Son aquellos que se derivan del comportamiento del mercado, tales como la fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y especulación de los mismos, entre otros. Por ejemplo, es usual que en contratos que involucran la ejecución de actividades en cuya estructura se ha definido un marco cambiario, se identifiquen alteraciones por el comportamiento de la moneda o por circunstancias colaterales que imponen una incidencia crítica. Así mismo, en los contratos de suministro de bienes o prestación de servicios, donde no es posible llevar a cabo el objeto del contrato por desabastecimiento o especulación dentro del mercado propio de los insumos. Su inclusión dependerá de la posibilidad de previsión del mismo Riesgos Sociales o Políticos: son aquellos que se derivan por cambios de las políticas gubernamentales que sean probables y previsibles, tales como cambios en la situación política, sistema de gobierno y cambio en las condiciones sociales que tengan impacto en la ejecución del contrato. También suelen presentarse por fallas en la manera en que se relacionan entre sí, el Gobierno y la población, grupos de interés o la sociedad. Por ejemplo los paros, huelgas, actos terroristas, etc.

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ESTUDIOS PREVIOS

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Riesgos Operacionales: Son aquellos riesgos asociados a la operatividad del contrato. Entre estos encontramos: la posibilidad de que el monto de la inversión no sea el previsto para cumplir el objeto del contrato. También se presenta la extensión del plazo, cuando los contratos se realizan en tiempos distintos a los inicialmente programados por circunstancias no imputables a las partes. Adicionalmente, se presenta por la posibilidad de no obtención del objeto del contrato como consecuencia de la existencia de inadecuados procesos, procedimientos, parámetros, sistemas de información y tecnológicos, equipos humanos o técnicos sin que los mismos sean imputables a las partes. Dichos riesgos hacen parte del riesgo operacional siempre y cuando no sean obligaciones de las partes y se materialicen durante la ejecución del contrato19. En general no son riesgos operacionales las especificaciones de materiales o servicios incorrectos, fallas en el embalaje, manipulación, transporte o descarga del bien suministrado, insuficiencia en los proveedores, perdida o destrucción de los bienes a suministrar, daño, hurto o perdida de materiales o equipos para la ejecución del contrato, obtención o renovación de licencias o permisos, entre otros. Para reducir la incidencia de este tipo de riesgos, es necesario contar durante la etapa de estructuración de los contratos con los estudios respectivos y adelantar actividades que permitan contar con un adecuado nivel de información sobre las especificaciones de los diferentes objetos contractuales, con el fin de fortalecer el análisis de costos, lo cual reduce los factores de riesgos que inciden sobre el contrato. Riesgos Financieros: Este riesgo tiene dos componentes básicos: el riesgo de consecución de financiación o riesgo de liquidez, y el riesgo de las condiciones financieras. El primero se refiere a la dificultad de conseguir los recursos financieros, ya sea en el sector financiero o el mercado de capitales, para lograr el objetivo del contrato. El segundo hace referencia a los términos financieros de dichos recursos, entre estos encontramos plazos, tasas, garantías, contragarantías, refinanciaciones entre otros. Riesgos Regulatorios: Son los posibles cambios regulatorios o reglamentarios que siendo previsibles, afecten el equilibrio contractual. Por ejemplo, cambios en las tarifas, mercados regulados, cambios en los regímenes especiales (regalías, pensional), designación de zonas francas, planes de ordenamiento territorial, expedición de normas de carácter técnico o de calidad, entre otros. Riesgos de la Naturaleza: Son los eventos causados por la naturaleza sin la intervención o voluntad del hombre, que aunque pueden ser previsibles por su frecuencia o diagnóstico están fuera del control de las partes. Para el ejercicio de tipificación, éstos se refieren a los hechos de la naturaleza que puedan tener un impacto sobre la ejecución del contrato, por ejemplo los temblores, inundaciones, lluvias, sequias, entre otros, siempre y cuando los mismos puedan preverse. Riesgos Ambientales: Se refiere a las obligaciones que emanan de las licencias ambientales, de los planes de manejo ambiental, de las condiciones ambientales o ecológicas exigidas y de la evolución de las tasas retributivas y de uso del agua. Por ejemplo, cuando durante la ejecución del contrato se configuren pasivos ambientales causados por mala gestión de la licencia ambiental y/o el plan de manejo ambiental o el costo de las obligaciones ambientales resulte superior al estimado no siendo imputables a las partes. La tipificación, estimación y asignación de riesgos se encuentra detallada a continuación:

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ESTUDIOS PREVIOS

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TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

ECONÓMICO

Cambios y/ o variaciones en el comportamiento del mercado: fluctuaciones de precios, desabastecimiento y especulación de insumos

CLASE Especifico

FUENTE Externo

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgo económico

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Variaciones súbitas en los precios del servicio prestado.

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Desequilibrio económico del contrato

PROBABILIDAD 1

IMPACTO 5

VALORACION DEL RIESGO 6

CATEGORIA Riesgo alto

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Contratista

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

Verificar mediante una confrontación de los documentos aportados, presupuesto y tabla de Honorarios.

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO

IMPACTO 6

VALORACION DEL RIESGO 4

CATEGORIA Riesgo bajo

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

Si

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Contratista

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Antes de la Publicación de Pliegos definitivos

FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO

Al finalizar el contrato

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Verificar antes de la adjudicación del contrato.

MONITOREO Y REVISIÓN

PERIOCIDAD ¿CUÁNDO? Cada vez que se presente la necesidad.

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

REGULATORIO

Cambio o variación de políticas gubernamentales probable y previsibles y expedición de normas jurídicas.

CLASE General

FUENTE Externo

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgo regulatorio

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Que el estado colombiano expida normas que impacten la ecuación económica del contrato

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Que se pueda romper la correlación de obligaciones entre las partes y de desate un desequilibrio económico del contrato

PROBABILIDAD 1

IMPACTO 3

VALORACION DEL RIESGO 6

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ESTUDIOS PREVIOS

36

CATEGORIA Riesgo Medio

PROBABILIDAD 3 IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO

IMPACTO 1

VALORACION DEL RIESGO 4

CATEGORIA Riesgo bajo

AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

Si

PERSONA RESPONSABLE POR

IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Entidad

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Inicio del contrato

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Revisando la expedición de normas que puedan alterar la ecuación económica del contrato.

MONITOREO Y REVISIÓN

PERIOCIDAD ¿CUÁNDO? Cada vez que se presente la necesidad

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

ADMINISTRATIVOS

Incumplimiento del contrato por parte del contratista

CLASE General

FUENTE Interior

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgo Administrativo

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

El incumplimiento del objeto a contratar del Departamento y la no satisfacción de la necesidad requerida.

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Insatisfacción en la ejecución del contrato.

PROBABILIDAD 5

IMPACTO 6

VALORACION DEL RIESGO 7

CATEGORIA Riesgo alto

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Contratista

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

Verificar la capacidad técnica del contratista

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIENTO IMPACTO 1

VALORACION DEL RIESGO 2

CATEGORIA riesgo bajo

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

Si

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Departamento

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Al momento de la evaluación de la propuesta.

FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO

Al finalizar el contrato

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Verificando que la ejecución del contrato vaya acorde a lo planificado, tanto en tiempo, como en ejecución técnica y en valor

MONITOREO Y REVISIÓN

Page 37: ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PRESTACIÓN DEL …

ESTUDIOS PREVIOS

37

PERIOCIDAD ¿CUÁNDO? Tan pronto se detecte la probable incongruencia, tratamientos semanales

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

OPERACIONALES

Incorrecta proyección de las actividades y los recursos

CLASE Especifico

FUENTE Externo

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgos operacionales

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Incumplimiento durante la ejecución del contrato y no entrega a tiempo del mismo.

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Ampliación del tiempo de entrega del contrato.

PROBABILIDAD 4

IMPACTO 5

VALORACION DEL RIESGO 6

CATEGORIA Riesgo alto

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Contratista

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

Verificar los datos correctos del diseño.

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO

IMPACTO 6

VALORACION DEL RIESGO 4

CATEGORIA Riesgo bajo

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

Si

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Contratista

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Al inicio del contrato

FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO

Al finalizar el contrato

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Verificar mediante controles del supervisor

MONITOREO Y REVISIÓN

PERIOCIDAD ¿CUÁNDO? Antes de iniciar el proyecto

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

OPERACIONALES

Retraso por falta de personal por parte del contratista

CLASE General

FUENTE Externo

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgo Operacional

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Que el contratista no cuente con el personal idóneo durante la ejecución del contrato.

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Personal no calificado.

PROBABILIDAD 4

IMPACTO 6

VALORACION DEL RIESGO 6

Page 38: ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PRESTACIÓN DEL …

ESTUDIOS PREVIOS

38

CATEGORIA Riesgo alto

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO

IMPACTO 1

VALORACION DEL RIESGO 4

CATEGORIA Riesgo bajo

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

Si

PERSONA RESPONSABLE POR

IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Contratista

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Antes del inicio del contrato

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Revisando los documentos entregados por el contratista donde consta la experiencia y el personal.

MONITOREO Y REVISIÓN

PERIOCIDAD ¿CUÁNDO? Antes de la adjudicación del contrato.

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

OPERACIONALES

Solicitar requisitos financieros no acordes al proceso de contratación.

CLASE General

FUENTE Interior

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgo operacional

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Adjudicar a un proponente que no cuente con la capacidad financiera para respaldar el proyecto.

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Retraso al momento de la entrega del diseño.

PROBABILIDAD 4

IMPACTO 6

VALORACION DEL RIESGO 7

CATEGORIA Riesgo alto

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Entidad

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

Verificar la capacidad financiera del proponente.

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO IMPACTO 1

VALORACION DEL RIESGO 2

CATEGORIA riesgo bajo

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

No

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Entidad

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Al inicio de la evaluación de las propuestas.

FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO

No se tiene

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Seguimiento al proceso de estudios previos, teniendo en cuenta las experiencias anteriores.

MONITOREO Y REVISIÓN

Page 39: ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PRESTACIÓN DEL …

ESTUDIOS PREVIOS

39

PERIOCIDAD ¿CUÁNDO? Al inicio de la entrega de la propuesta.

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

OPERACIONALES

Falta de claridad en la forma de pago.

CLASE General

FUENTE Interior

ETAPA Planeación

TIPO Riesgo operacional

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Una vez iniciado el contrato no tener estipulado las fechas exactas de pagos o la forma de pago.

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Que el Contratista lleve a cabo la solicitud de pagos sin encontrarse en la etapa correspondiente para ello.

PROBABILIDAD 4

IMPACTO 6

VALORACION DEL RIESGO 7

CATEGORIA Riesgo alto

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Entidad y Contratista

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

Redefinición de los plazos de pago para la ejecución del contrato.

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIENTO IMPACTO 1

VALORACION DEL RIESGO 2

CATEGORIA riesgo bajo

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Contratista y Entidad

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Al inicio del contrato

FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO

Al finalizar el contrato

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Revisión y verificación de la forma de pago por parte de los grupos antes de dar inicio al proceso contractual

MONITOREO Y REVISION

PERIOCIDAD ¿CUÁNDO? Semanal.

TIPO DEL RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

FINANCIEROS

Dificultad para conseguir recursos financieros para el logro del objetivo del

CLASE General

FUENTE Externo

ETAPA Planeación y Ejecución

TIPO Riesgo financiero

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Que el proponente se quede sin liquidez para ejecutar el contrato, salarios y demás gastos ordinarios de la ejecución.

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Se presenta cuando la existe la estimación inadecuada de costos y provoca desequilibrio económico del contrato.

PROBABILIDAD 2

Page 40: ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PRESTACIÓN DEL …

ESTUDIOS PREVIOS

40

contrato. Términos financieros para la consecución de los recursos (plazos, tasas, garantías, contragarantías)

IMPACTO 4

VALORACION DEL RIESGO 5

CATEGORIA Riesgo alto

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Contratista

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

En el proceso de selección se establecerán unos estrictos indicadores financieros y de capacidad organizacional que garanticen que este riesgo sea improbable en su máxima expresión.

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO IMPACTO 2

VALORACION DEL RIESGO 5

CATEGORIA riesgo medio

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

Si

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

El secretario y/o supervisor responsable del proceso, en apoyo de su equipo estructurador

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Desde que se elaboran los estudios previos

FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO

Cuando se adjudica el contrato, incluso en la ejecución es necesario hacerle seguimiento, no obstante haberse seleccionado un proponente con gran capacidad financiera y

organizacional

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Desde el momento en que es elaboran los estudios previos y pliego

MONITOREO Y REVISIÓN

PERIOCIDAD ¿CUÁNDO? Durante todo el proceso de selección, e incluso en la propia ejecución del contrato.

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

NATURALEZA

Eventos causados por la naturaleza sin la intervención o voluntad del hombre, que tienen impacto sobre la ejecución del contrato(temblores, inundaciones, lluvias, sequias) siempre y cuando los mismos se puedan preverse.

CLASE General

FUENTE Externo

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgos de la naturaleza

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Circunstancias naturales tales como temblores, inundaciones, fuertes lluvias, sequias

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Retrasos o dificultades en la ejecución

PROBABILIDAD 1

IMPACTO 1

VALORACION DEL RIESGO 1

CATEGORIA Riesgo bajo

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Entidad y Contratista

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

Una vez advertidos por cualquier fuente informativa que es posible y probable la consumación en el futuro inmediato del riesgo, tomar medidas técnicas para mitigar su impacto.

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO IMPACTO 1

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ESTUDIOS PREVIOS

41

VALORACION DEL RIESGO 1

CATEGORIA riesgo bajo

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

Si

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Supervisor y contratista

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Desde que se advierta por cualquier fuente de información que el riesgo puede concretarse, análisis de plubiometrpia, informes del IDEAM, históricos por periodos del año, etc.

¿FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO? Tan pronto se advierta

MONITOREO Y REVISIÓN

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Verificando que el contratista tome las medidas que se le recomiendan

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

LABORALES

Obligaciones emanadas de licencias ambientales, planes de manejo ambiental condiciones ambientales o ecológicas, evolución de tasas retributivas, uso del agua.

CLASE General

FUENTE Externo

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgo Laborales

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Accidentes del personal y enfermedades profesionales.

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Dificulta la ejecución

PROBABILIDAD 1

IMPACTO 2

VALORACION DEL RIESGO 4

CATEGORIA Riesgo medio

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Contratista

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

Verificar que la ejecución de los proyecto ambientales se lleve a cabo de conformidad a las normas existentes

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO IMPACTO 1

VALORACION DEL RIESGO 2

CATEGORIA riesgo bajo

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Contratista

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

Si

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Contratista

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Desde el inicio de la ejecución

¿FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO? Cuando se termine la ejecución del contrato

MONITOREO Y REVISIÓN

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Revisión del personal mediante exámenes y controles médicos.

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

Page 42: ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PRESTACIÓN DEL …

ESTUDIOS PREVIOS

42

TECNOLÓGICOS

Eventuales fallos de telecomunicaciones, suspensión de servicios públicos advenimiento de nuevos desarrollos tecnológicos o estándares para la ejecución del contrato, así como la obsolescencia tecnológica.

CLASE Especifico

FUENTE Externo

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgo tecnológico

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Que los equipos de seguimientos y monitoreo dificulten la auditoria

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Dificultades en la ejecución y en la supervisión

PROBABILIDAD 4

IMPACTO 2

VALORACION DEL RIESGO 3

CATEGORIA Riesgo Medio

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Contratista

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

Verificar que los equipos no sean obsoletos y en caso de obsolescencia verificar su cambio rápidamente

PROBABILIDAD 1 IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIENTO IMPACTO 1

VALORACION DEL RIESGO 2

CATEGORIA riesgo bajo

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Contratista

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO

Tan pronto se advierta la obsolescencia

¿FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO? no se tiene

MONITOREO Y REVISIÓN

¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO? Seguimiento a que se haga el cambio rápido de los equipos

TIPO DE RIESGO

DEFINICIÓN DEL RIESGO

1 2 3 Nº

JURÍDICOS Y/O LEGALES

Errores involuntarios que hayan quedado en La invitación a cotizar, alcances, especificaciones, descripción de la necesidad, estudios previos, operaciones aritméticas y/o demás documentos del proceso de selección.

CLASE Especifico

FUENTE Externo

ETAPA Ejecución

TIPO Riesgo Jurídico y/o Legal

DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR)

Hace referencia a cualquier error que se pueda presentar en los archivos publicados en la página WEB.

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO

Dificultades en la ejecución del contrato

PROBABILIDAD 4

IMPACTO 2

VALORACION DEL RIESGO 3

CATEGORIA Riesgo Medio

AQUIEN SE LE ASIGNA EL RIESGO? Entidad y Contratista

TRATAMIENTO/ CONTROLES HACER IMPLEMENTADOS

Verificar la documentación antes del cierre del contrato y de esta manera modificar mediante adendas.

PROBABILIDAD 1

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ESTUDIOS PREVIOS

43

El día establecido en el cronograma se llevará a cabo la audiencia a la que se refieren el artículo 30 de la ley 80 de 1993, artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 220 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.1.1.2.1.2 y 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 201. Como consecuencia de las observaciones realizadas por los interesados, LA GOBERNACION DEL CESAR, se pronunciará sobre la pertinencia o no de las mismas y establecerá la estimación, tipificación y asignación definitiva de los Riesgos involucrados en el Proceso de Contratación.

Vencido el plazo para discutir y revisar los Riesgos identificados, si se presenta alguna observación adicional, la misma solo será estudiada y tenida en cuenta por parte de LA GOBERNACION DEL CESAR, únicamente si diere lugar a modificar el Pliego de Condiciones mediante Adenda.

IMPACTO 1 IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIENTO

VALORACION DEL RIESGO 2

CATEGORIA riesgo bajo

¿AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO?

PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO

Entidad

FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL

TRATAMIENTO

En la apertura del contrato

¿FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO? Cierre del contrato

MONITOREO Y REVISION ¿COMO SE REALIZA EL MONITOREO?

Mediante verificación de la documentación.

NOMBRE: PAMELA MARIA GARCIA MENDOZA CARGO: Secretaria de Educación Departamental.

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Proyectó: OCTAVIO LAFONT CHICA Profesional Universitario - SED

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