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- :\)i::Í-! ... EsSalud RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 886 -GG-ESSALUD-2008 Lima, 25 de Julio del 2008 VISTA: La Carta N<t92G-OCPD-ESSALUD-2008 de la Oficina Central de Planificación y Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 012-PE-ESSALUD-2007 de fecha 1 O de enero de 2007, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, en el cual se considera como órgano de asesoramiento de la Gerencia General a la Oficina Central de Planificación y Desarrollo; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 108-PE-ESSALUD-2007 del 07 de febrero del 2007 se aprueba, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Central de Planificación y Desarrollo, en cuyo inciso g) del artículo 4 º se establece que dicha Oficina Central tiene como función, entre otras, el formular y proponer las políticas, normas y procedimientos relacionados con el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, con Resolución de Gerencia General Nº 1455-GG-ESSALUD-2007 del 14 de noviembre de 2007, aprobó la Directiva Nº 014-GG-ESSALUD-2007, Norma Marco para la Formulación, Aprobación y Actualización de Documentos Técnicos, Normativos y de Gestión en ESSALUD; :4 Q o O '7 () '- 1 Que, la Alta Dirección, viene introduciendo e implementando elementos de reforma Institucional, ''b a fin de reorientar el accionar de ESSALUD hacia el cumplimiento de sus fines y objetivos establecidos en la normativa vigente; Que, en ese contexto, resulta necesario dotar a la Institución del instrumento técnico que regule la formulación y aprobación del instrumento de gestión institucional denominado Reglamento de Organización y Funciones (ROF), lo cual permitirá establecer la organización y las funciones de los órganos que componen ESSALUD; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia del Gerente General dirigir el funcionamiento de la Institución, emitir las directivas y los procedimientos internos necesarios, en concordancia con las políticas, lineamientos y demás disposiciones del Consejo Directivo y del Presidente Ejecutivo; Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la Directiva de Gerencia General Nº 016 -GG-ESSALUD-2008 "Normas para la Formulación y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones en ESSALUD". 2. DEJAR SIN EFECTO todas las disposiciones que se opongan a la Directiva aprobada por la presente Resolución. REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.

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EsSalud RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 886 -GG-ESSALUD-2008

Lima, 25 de Julio del 2008

VISTA:

La Carta N<t92G-OCPD-ESSALUD-2008 de la Oficina Central de Planificación y Desarrollo; y,

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 012-PE-ESSALUD-2007 de fecha 1 O de enero de 2007, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, en el cual se considera como órgano de asesoramiento de la Gerencia General a la Oficina Central de Planificación y Desarrollo;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 108-PE-ESSALUD-2007 del 07 de febrero del 2007 se aprueba, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Central de Planificación y Desarrollo, en cuyo inciso g) del artículo 4 º se establece que dicha Oficina Central tiene como función, entre otras, el formular y proponer las políticas, normas y procedimientos relacionados con el Reglamento de Organización y Funciones (ROF);

Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública;

Que, con Resolución de Gerencia General Nº 1455-GG-ESSALUD-2007 del 14 de noviembre de 2007, aprobó la Directiva Nº 014-GG-ESSALUD-2007, Norma Marco para la Formulación, Aprobación y Actualización de Documentos Técnicos, Normativos y de Gestión en ESSALUD; • "-"°~SPA ~-'\)~

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establecidos en la normativa vigente;

Que, en ese contexto, resulta necesario dotar a la Institución del instrumento técnico que regule la formulación y aprobación del instrumento de gestión institucional denominado Reglamento de Organización y Funciones (ROF), lo cual permitirá establecer la organización y las funciones de los órganos que componen ESSALUD;

Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 9° de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia del Gerente General dirigir el funcionamiento de la Institución, emitir las directivas y los procedimientos internos necesarios, en concordancia con las políticas, lineamientos y demás disposiciones del Consejo Directivo y del Presidente Ejecutivo;

Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas;

SE RESUELVE:

1. APROBAR la Directiva de Gerencia General Nº 016 -GG-ESSALUD-2008 "Normas para la Formulación y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones en ESSALUD".

2. DEJAR SIN EFECTO todas las disposiciones que se opongan a la Directiva aprobada por la presente Resolución.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.

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RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 886 -GG-ESSALUD-2008

DIRECTIVA Nº 016 -GG-ESSALUD-2008

NORMAS PARA LA FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES EN ESSALUD

SUB GERENCIA DE ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO GERENCIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

OFICINA CENTRAL DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

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RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 886 -GG-ESSALUD-2008

DIRECTIVA Nº 016 -GG-ESSALUD-2008

NORMAS PARA LA FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES EN ESSALUD

ÍNDICE

l. OBJETIVO

11. FINALIDAD

111. BASE LEGAL

IV. ALCANCE

V. RESPONSABILIDAD

VI. CONCEPTOS DE REFERENCIA

2

2

2

2

2

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VII. DISPOSICIONES 4

VIII. ANEXOS 6

Nº 1: Esquema del Reglamento de Organización y Funciones 7

Nº 2: Instructivo para desarrollar el Reglamento de Organización y Funciones 8

Nº 3: Flujograma del procedimiento para formular y aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 1 O

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RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 886 -GG-ESSALUD-2008 DIRECTIVA Nº 016 -GG-ESSALUD-2008

NORMAS PARA LA FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES EN ESSALUD

l. OBJETIVO

Establecer las normas para determinar el marco de acción y los pasos a seguir para la formulación y aprobación de los Reglamentos de Organización y Funciones en la Institución.

11. FINALIDAD

La Institución y los órganos centrales y desconcentrados que la integran cuenten con el documento técnico normativo de gestión actualizado que establece su organización y asigna las funciones que permitirán el logro de los objetivos institucionales.

111. BASE LEGAL

3.1. Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), y su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 002-99-TR, y sus modificatorias.

3.2 . Ley Nº 28006, Ley que garantiza la intangibilidad de fondos y reservas de seguridad social y restituye la autonomía administrativa, económica, financiera y presupuesta! del ESSALUD.

3.3. Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud , y su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 009-97-SA; y normas modificatorias, respectivamente.

3.4. Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública.

3.5. Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 012-PE-ESSALUD-2007, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del ESSALUD.

3.6. Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 108-PE-ESSALUD-2007, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Central de Planificación y Desarrollo. Resolución de Gerencia General Nº 1455-GG-ESSALUD-2007, que aprueba la Directiva Nº 014-GG-ESSALUD-2007 "Norma Marco para la formulación , aprobación y actualización de documentos técnicos, normativos y de gestión en ESSALUD".

IV. ALCANCE

La presente norma es de aplicación en los órganos centrales y desconcentrados que integran el Seguro Social de Salud (ESSALUD).

v.

5.1 . .

RESPONSABILIDAD

La Oficina Central de Planificación y Desarrollo, a través de la Sub Gerencia de Organización y Desarrollo de la Gerencia de Desarrollo Institucional, es responsable de conducir el proceso de formulación y actualización de los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) en la Institución.

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5.2. El cumplimiento de la presente norma está a cargo de los Gerentes Centrales/Jefes de Oficina Central de los órganos centrales y Gerentes/Directores de los órganos desconcentrados.

VI. CONCEPTOS DE REFERENCIA

6.1 . Actividad .- Es el conjunto de acciones que se llevan a cabo para cumplir los objetivos. 6.2. Atribución.- Es la delimitación de la potestad de poder y capacidad de decisión que la

organización confiere al titular de un cargo en el ejercicio de sus funciones. 6.3. Autoridad.- Es el derecho del titular de un cargo a dar órdenes y exigir que sean

cumplidas por sus subordinados, cuando el ejercicio de este derecho o mando está contemplado en sus atribuciones y facultades .

6.4. Autoridad Jerárquica.- Es la atribución de una unidad organizacional para normar, dirigir y controlar los procesos y funciones que se llevan a cabo en las áreas o unidades organizacionales de dependencia directa.

6.5. Autoridad Funcional.- Es la atribución que tiene una unidad organizacional para normar y realizar el seguimiento de las funciones, dentro de su ámbito de competencia, sobre otras áreas o unidades organizacionales que no están bajo su dependencia directa.

6.6. Cargo.- Es la célula básica de la organización, compuesta de un conjunto limitado de funciones compatibles, que exige el empleo de una persona con calificaciones adecuadas para ejercerlas competente y responsablemente.

6.7. Comisión.- Grupo de personas a las cuales se les encarga específicamente el estudio y presentación de alternativas de solución de una acción administrativa, tiene duración temporal y produce un resultado específico.

6.8. Comité.- Grupo de personas encargadas funcionalmente de llevar a cabo en forma colegiada (agrupada) una actividad . No constituye una unidad orgánica, por lo general tiene duración indefinida y sus productos (estudios o recomendaciones) no tienen carácter resolutivo sino asesor, consultivo o de apoyo.

6.9. Competencia.- Es el conjunto de atribuciones, funciones y potestades que los dispositivos externos y las normas internas atribuyen a la Institución y por ende a los órganos que la integran. La competencia es irrenunciable y puede ser material (por función : salud, aseguramiento, planificación, etc.) o territorial (nacional, regional o local ).

6.1 O. Coordinación Interna.- Es la integración y enlace de una unidad organizacional con otra u otras unidades que integran la Institución, con el fin de realizar un conjunto de actividades relacionadas.

6.11. Coordinación Externa.- Es la integración y enlace de una unidad organizacional de la Institución con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales fuera del ámbito de ésta, con vistas a un objetivo o propósito común.

6.12. Estructura de los Cargos Jefaturales.- Es la relación de los cargos jefaturales, de diferente nivel jerárquico, correspondiente a cada unidad orgánica que integra el órgano.

6.13. Estructura Orgánica.- Es el conjunto de unidades orgánicas racionalmente interrelacionadas entre sí que integran un órgano, evidenciando los grados de autoridad y responsabilidad requeridos para cumplir eficientemente funciones preestablecidas, orientadas al logro de los objetivos y finalidad de la Institución.

6.14. Función.- Es el conjunto de actividades necesarias, permanentes, afines y coordinadas que le corresponde realizar a la Institución y a sus órganos y unidades orgánicas, de manera particular, para alcanzar los objetivos institucionales.

6.15. Funciones Generales.- Es el conjunto de actividades globales que debe realizar la Institución y los órganos que la integran, conducente a alcanzar los objetivos institucionales. Éstas provienen por lo general de los dispositivos externos o normas internas, según corresponda .

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6.16. Funciones Específicas.- Es el conjunto de actividades que deben realizar las unidades orgánicas que conforman el órgano, acorde con sus funciones generales y conducente a alcanzar los objetivos institucionales.

6.17. Nivel Jerárquico.- Son los diversos escalones o posiciones que ocupan en la organización los cargos jefaturales, responsables de dirigir o controlar una o más unidades orgánicas.

6.18. Organigrama.- Es la representación gráfica de la estructura orgánica de la Institución y refleja en forma esquemática la posición de los órganos o unidades orgánicas que la conforman.

6.19. Órgano.- Es la unidad organizacional, administrativa o asistencial, integrada por una o varias unidades orgánicas que de manera centralizada o desconcentrada contribuye al logro de los objetivos, mediante la determinación formal de atribuciones y funciones en cuyos límites se ejerce autoridad. Son órganos la Gerencia u Oficina Central , Red Asistencial, INCOR, Centro Asistencial.

6.20. Órgano Central.- Es una unidad organizacional que se reserva para sí la iniciativa, el poder de decisión y la potestad de ejercer las funciones correspondientes a la administración de un sistema específico (prestaciones de salud , inversiones, recursos humanos, etc.) en la Institución, ejerciendo autoridad jerárquica o funcional sobre aquellos órganos o unidades orgánicas que están relacionados con dicho sistema.

6.21. Órgano Desconcentrado.- Es una unidad organizacional a quien la organización central le ha delegado atribuciones de decisión y transferido funciones y recursos para que actúe en representación y por delegación de ésta dentro del territorio sobre el cual ejerce jurisdicción, quedando sujeto a la vigilancia y control de los órganos centrales que integran esta organización.

6.22. Proyecto.- Es una propuesta de norma, instrumento de gestión (ROF, CAP, MOF), resolución y otros documentos sometida a la instancia correspondiente para su aprobación.

6.23. Reestructuración.- Proceso mediante el cual la Institución o el órgano redefine su estructura orgánica sin que ello implique un cambio en su finalidad o razón de ser.

6.24. Reglamento de Organización y Funciones.- Es un instrumento técnico normativo de gestión institucional en el cual se establecen la estructura orgánica y las funciones generales del órgano, así como las funciones específicas de las unidades orgánicas que lo integran hasta el tercer nivel organizacional.

6.25. Reorganización.- Proceso mediante el cual la Institución o el órgano modifica su organización cuando se produce una transformación o cambio en la finalidad por la cual fue creada.

6.26. Unidad Orgánica.- Es el área diferenciada de funciones y/o actividades de naturaleza afín e interrelacionadas, que están orientadas a cumplir objetivos comunes. Puede tener diferente envergadura y nivel jerárquico, de acuerdo con la complejidad y responsabilidad de las funciones asignadas a ella.

6.27. Unidad Prestadora.- Es aquel componente de la organización institucional que desarrolla funciones o actividades operativas referidas a las prestaciones que otorga ESSALUD. Cuenta con una formalidad y puede constituirse en un órgano (Hospital, CERP) o en un área de trabajo funcional (CEPRIT, UBARP).

DISPOSICIONES

DE LA FORMULACIÓN

La formulación de los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) de los órganos de la Institución debe:

a) Sujetarse a los lineamientos de política institucional que en materia de organización se hayan establecido.

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b) Observar el principio de legalidad de las funciones. Las funciones que realice la Institución, a través de sus órganos y unidades orgánicas centrales y desconcentrados, deben estar plenamente justificadas y amparadas en la Ley de Creación del ESSALUD y en los demás dispositivos externos relacionados.

c) Diseñar la organización con criterios de simplicidad y flexibilidad que permitan el cumplimiento de los fines de la Institución.

d) Observar el principio de especialidad, se debe integrar las funciones afines y eliminar posibles conflictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus órganos y unidades orgánicas. La especialidad se da: • En razón de la función a cumplir: las funciones similares no deben ser

ejercidas por más de un órgano o unidad orgánica al interior de la Institución. • En relación con el ámbito territorial en el cual se ejerce una función : una

misma función puede ser ejercida por más de un órgano pero en ámbitos territoriales diferentes y claramente delimitados.

e) Cuidar que las competencias estén claramente asignadas de modo tal que pueda determinarse la calidad de su desempeño y el grado de cumplimiento de sus funciones.

f) Formalizar la estructura orgánica y funcional de los órganos y unidades orgánicas hasta el tercer nivel organizacional que se consideren necesarias y se encuentren justificadas técnicamente.

7.1 .2. En el Seguro Social de Salud (ESSALUD), quiénes deben contar con su Reglamento de Organización y Funciones:

a) La Institución. b) Los órganos centrales que integran la Sede Central. c) Los órganos desconcentrados: Redes Asistenciales, INCOR, Centro Nacional de

Salud Renal , Gerencia de Oferta Flexible. d) Unidades Prestadoras: Centros Asistenciales del nivel de atención 1, 11 y 111 ;

CERP y otros que correspondan .

7.1.3. El Reglamento de Organización y Funciones se formula, reformula o actualiza en las siguientes situaciones:

a) Creación de un nuevo órgano o unidad orgánica. b) Modificación de la naturaleza, dependencia y/o ámbito de acción de un órgano. c) Transferencia de unidades orgánicas y/o funciones de un área a otra. d) Adecuación , reasignación o ampliación de las funciones para cumplir con un

dispositivo externo o norma interna. e) Reestructuración parcial o total de la organización de la Institución o de un

órgano. f) Reorganización de la Institución por modificación de su Ley de creación o

mandato expreso.

7.1.4. La creación, modificación y/o eliminación de algún órgano, unidad orgánica o función propuesta por el órgano usuario debe estar acompañada del Sustento Técnico que sustente dicha acción , lo que estará sujeto a la evaluación técnica respectiva por parte de la Sub Gerencia de Organización y Desarrollo de la Gerencia de Desarrollo Institucional de la Oficina Central de Planificación y Desarrollo.

El mencionado Sustento Técnico debe contener, entre otros aspectos, el análisis de las funciones, de la estructura, de la consistencia con el Plan Estratégico vigente; la distribución del recursos humano; el impacto presupuesta!; la incidencia en la

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simplificación y optimización de los procesos involucrados, lo cual implicará que el órgano usuario coordine previamente con la Oficina Central de Organización e Informática para el desarrollo del estudio de procesos correspondiente.

7.1.5. La Sub Gerencia de Organización y Desarrollo, de la Gerencia de Desarrollo Institucional de la Oficina Central de Planificación y Desarrollo, o el órgano usuario formula , reformula o actualiza el Reglamento de Organización y Funciones correspondiente, de presentarse alguna de las situaciones mencionadas en el numeral precedente; asimismo, deben realizar las coordinaciones necesarias a efecto de contar con un proyecto de Reglamento de Organización y Funciones concertado para dar inicio a su aprobación por la instancia respectiva , dentro del plazo coordinado entre las partes o de acuerdo a lo dispuesto por la Alta Dirección.

7.1.6. En los Anexos Nº 1 y 2, que forman parte de la presente norma, se encuentran el esquema y el instructivo para desarrollar el Reglamento de Organización y Funciones, respectivamente .

El Reglamento de Organización y Funciones deber ser editado utilizando el procesador de textos de uso estándar en la Institución, a efectos de facilitar su revisión y modificación.

El lenguaje a utilizar debe ser claro, sencillo y breve, utilizando el infinitivo de los verbos al inicio de cada párrafo que indique una función.

7 .1. 7. En el Anexo Nº 3 figura el flujograma donde se indica el procedimiento a seguir para la formulación y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones.

7.1.8. Los Comités y los Programas con carácter permanente (ejemplo: Comité Farmacológico, Voluntariado ESSALUD) deben contar con un Reglamento Interno o de Funcionamiento, en el que se consignará los aspectos más relevantes de su operatividad. Las Comisiones técnicas, multidisciplinarias o de cualquier otro tipo y los Comités con carácter temporal no requieren contar con este documento.

7.2. DE LA APROBACIÓN

7.2.1. El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del ESSALUD y el de los órganos que lo integran debe contar con el visto bueno de la Oficina Central de Planificación y Desarrollo.

7.2.2. El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Institución y el de los órganos que lo integran es aprobado por Presidencia Ejecutiva mediante una Resolución de su nivel. Dicha Resolución debe contar previamente con el visto bueno de la Oficina Central de Asesoría Jurídica.

7.2.3. El Reglamento de Organización y Funciones, una vez aprobado, es difundido a toda la Institución por la Secretaría General.

ANEXOS

Anexo Nº 1: Anexo Nº 2:

Esquema del Reglamento de Organización y Funciones. Instructivo para desarrollar el Reglamento de Organización y Funciones. Flujograma del procedimiento para formular y aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF).

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ANEXO Nº 1

ESQUEMA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

El contenido del texto del Reglamento de Organización y Funciones se debe sujetar al siguiente esquema:

Encabezamiento

TÍTULO 1 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO 1 CAPÍTULO 11 CAPÍTULO 111 CAPÍTULO IV CAPÍTULO V

NATURALEZA DEPENDENCIA JURISDICCIÓN FUNCIONES GENERALES BASE LEGAL

TÍTULO 11 DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO 1 CAPÍTULO 11 CAPÍTULO 111 CAPÍTULO IV

UNIDAD ORGÁNICA DE DIRECCIÓN UNIDAD ORGÁNICA DE ASESORAMIENTO UNIDAD ORGÁNICA DE APOYO UNIDAD ORGÁNICA DE LÍNEA

TÍTULO 111 DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

ANEXO A ORGANIGRAMA

ANEXO B ESTRUCTURA DE LOS CARGOS JEFATURALES

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ANEXO Nº 2

INSTRUCTIVO PARA DESARROLLAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

• ÍNDICE

Detalla la relación clasificada de Títulos, Capítulos y Anexos que contiene el Reglamento de Organización y Funciones. Encabezamiento En la parte superior se anota el título de identificación del documento normativo de gestión, reflejando concretamente el órgano que se está normando.

• TÍTULO PRIMERO De las Disposiciones Generales

- Capítulo 1 Naturaleza Determina la esencia y propiedad característica permanente del órgano y que ha recibido por delegación de parte del ESSALUD.

- Capítulo 11 Dependencia Señala la dependencia jerárquica y la funcional que el órgano tiene como parte integrante de la organización de la Institución.

- Capítulo 111 Jurisdicción Indica la sede y especifica el ámbito territorial sobre el que ejerce sus competencias el órgano.

- Capítulo IV Funciones Generales Describe el conjunto de actividades globales que debe realizar el órgano para lograr los objetivos institucionales.

- Capítulo V Base Legal Enuncia los dispositivos externo y/o las normas internas, según corresponda, que establecen las funciones del órgano.

TÍTULO SEGUNDO De la Estructura Orgánica

Relación integral de las unidades orgánicas que conforman el órgano, de acuerdo a su tipo de accionar dentro de él: dirección, apoyo, asesoramiento y línea. Describe las funciones específicas de cada una de las unidades orgánicas que integran el órgano de acuerdo al orden establecido.

- Capítulo 1 Unidad Orgánica de Dirección Es la unidad organizacional responsable de la conducción y se constituye en la máxima representación de decisión del órgano. Ejemplo: en el INCOR, la Gerencia del INCOR; en el Hospital 11, la Dirección del Hospital 11. Establece, además, la autoridad jerárquica de esta unidad organizacional y sus relaciones de coordinación interna.

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- Capítulo 11 Unidad Orgánica de Apoyo Es la unidad organizacional que brinda soporte al quehacer del órgano. Ejemplo: en la Gerencia Central de Prestaciones de Salud, la Oficina de Recursos Médicos; en el Órgano Desconcentrado, la Oficina de Administración .

- Capítu lo 111 Unidad Orgánica de Asesoramiento Es la unidad organizacional que brinda asesoría al órgano en determinados conocimientos especializados o técnicos. Ejemplo: en la Gerencia Central de Prestaciones de Salud, la Oficina de Planeamiento y Calidad; en el Centro Nacional de Salud Renal , la Oficina de Gestión y Desarrollo de Salud Renal.

- Capítulo IV Unidad Orgánica de Línea Es la unidad organizacional que ejecuta actividades que permiten dar cumplimiento a las funciones específicas del órgano, que constituyen la razón de su existencia. Ejemplo: en la Oficina General de Administración, las Gerencias Centrales de Finanzas, Recursos Humanos y Logística; en el Hospital , los departamentos o servicios asistenciales, según corresponda.

TÍTULO TERCERO De las Relaciones lnterinstitucionales

Indica la atribución que tiene el órgano de mantener relaciones de coordinación externa con organismos públicos o privados afines a sus funciones.

• ANEXO A: Organigrama

Contiene la estructura orgánica del órgano descrito en el Reglamento de Organización y Funciones.

• ANEXO B: Estructura de los Cargos Jefaturales

Relación de los cargos jefaturales que corresponden a cada unidad orgánica contenida en la estructura orgánica del órgano.

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ÓRGANO USUARIO

NO

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF)

OFICINA CENTRAL DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

FIN

G DE DESARROLLO INSTITUCIONAL DESPACHO

10

OFICINA CENTRAL DE ASESORiA JURÍDICA

GERENCIA GENERAL PRESIDENCIA

EJECUTIVA

ROF APROBADO

ANEXO Nº 3

SECRETARiA GENERAL

RECIBE Y ASIGNA NÚMERO A

RESOLUCIÓN

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