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El futuro es de todos DCP-2500 MINISTERIO DEL INTERIOR 0703 1 4 NOV 2019 CERTIFICACIÓN NÚMERO A " 'DE "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1350 de 28 de agosto de 2018, y Acta de Posesión de 28 de agosto de 2018 y, CONSIDERANDO: Que el Decreto 2893 de 2011, "Por el cual se modifican los objetivos, la estructura orgánica y funciones del Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior", estableció la competencia de ésta Dirección así: "Artículo 16. Funciones de la Dirección de Consulta Previa. Son funciones de la Dirección de Consulta Previa las siguientes: Dirigir en coordinación con las entidades y dependencias correspondientes, los procesos de Consulta Previa que se requieran de conformidad con la Ley. Asesorar y dirigir así como coordinar con las direcciones de asuntos indígenas, rom y minorías y asuntos para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas del Gobierno Nacional en materia de consulta previa y determinar su procedencia y oportunidad. Establecer directrices, metodologías, protocolos y herramientas diferenciadas para realizar los procesos de consulta previa, de conformidad con lo establecido en la legalización sobre la materia. Realizar las visitas de verificación en las áreas donde se pretenda desarrollar proyectos, a fin de determinar la presencia de grupos étnicos, cuando así se requiera. Expedir certificaciones desde el punto de vista cartográfico, geográfico o espacial, acerca de la presencia de grupos étnicos en áreas donde se pretenda desarrollar proyectos, obras o actividades que tengan influencia directa sobre estos grupos". (.• Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 18 de octubre de 2019, el oficio con radicado externo EXTMI19-44311, por medio del cual el señor HUGO ALFREDO POSSO MONCADA, identificado con la cédula de ciudadanía 88.197.628, en calidad de Representante Legal del CONSORCIO CALDAS FASE III, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL — EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVíAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO REPUBLICA DE COLOMBIA Página 1 de 9

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El futuro es de todos

DCP-2500

MINISTERIO DEL INTERIOR

0703 1 4 NOV 2019 CERTIFICACIÓN NÚMERO A " 'DE

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1350 de 28 de agosto

de 2018, y Acta de Posesión de 28 de agosto de 2018 y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 2893 de 2011, "Por el cual se modifican los objetivos, la estructura orgánica y funciones del Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior", estableció la competencia de ésta Dirección así:

"Artículo 16. Funciones de la Dirección de Consulta Previa. Son funciones de la Dirección de Consulta Previa las siguientes:

Dirigir en coordinación con las entidades y dependencias correspondientes, los procesos de Consulta Previa que se requieran de conformidad con la Ley.

Asesorar y dirigir así como coordinar con las direcciones de asuntos indígenas, rom y minorías y asuntos para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas del Gobierno Nacional en materia de consulta previa y determinar su procedencia y oportunidad.

Establecer directrices, metodologías, protocolos y herramientas diferenciadas para realizar los procesos de consulta previa, de conformidad con lo establecido en la legalización sobre la materia.

Realizar las visitas de verificación en las áreas donde se pretenda desarrollar proyectos, a fin de determinar la presencia de grupos étnicos, cuando así se requiera.

Expedir certificaciones desde el punto de vista cartográfico, geográfico o espacial, acerca de la presencia de grupos étnicos en áreas donde se pretenda desarrollar proyectos, obras o actividades que tengan influencia directa sobre estos grupos". (.•

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 18 de octubre de 2019, el oficio con radicado externo EXTMI19-44311, por medio del cual el señor HUGO ALFREDO POSSO MONCADA, identificado con la cédula de ciudadanía 88.197.628, en calidad de Representante Legal del CONSORCIO CALDAS FASE III, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL — EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVíAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO

REPUBLICA DE COLOMBIA

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5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda.

A continuación, se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación:

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4 Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI19-44311 del 18 de octubre de 2019.

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, ii) mapa del proyecto, archivo digital shape y cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL — EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVÍAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda. iii) fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante. iv) documento de conformación del consorcio.

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL — EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVÍAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de Resguardos Indígenas constituidos (Agencia Nacional de Tierras 2019), ii) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Agencia Nacional de Tierras 2019), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías (MinInterior 2019), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (MinInterior 2019), y) Base de datos de Consulta Previa (Minlnterior 2019), vi) Fuentes de información secundaria (Alcaldías Municipales, MinCultura, ICANH, IGAC, DANE 2019).

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 01 de noviembre de 2019, en el cual se estableció lo siguiente:

"Concepto técnico 1:

Se digitalizó en la base de datos de la Dirección de Consulta Previa las coordenadas del área aportada por el solicitante en coordenadas planas origen oeste Datum Magna — Sirgas, para el proyecto "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL — EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVIAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA".

070 3 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 4 DE 1 4 NOV 2019

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 070 3 1k NOV 2019 DE

Para el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC 2019, lo que permitió constatar que el proyecto se localiza en jurisdicción del Municipio de PUEBLO RICO Departamento de RISA HALDA, por lo tanto, es posible continuar con el trámite de la solicitud.

ACTIVIDADES

CCFIII: La Variante objeto del EIA, tiene una longitud de 1434 m, se encuentra localizada sobre un terreno montañoso con pendientes longitudinales que van hasta el 8% y pendientes transversales que oscilan entre 5° y 40°. De acuerdo con el manual de diseño geométrico del Invias se clasifica como Vía primaria de una calzada en terreno montañoso ya que pertenece a la ruta 50 de carácter nacional, con una velocidad de diseño de 60 km/h.

Está compuesta por entretangencias y 5 curtas espire/izadas que cumplen el radio permitido mínimo de 113 m según manual de diseño geométrico del INVIAS.

En esta vía se contempla la construcción de 3 puentes que cruzan quebradas secundarias afluentes del Rio Tatama; el primer puente con una longitud aproximadas de 40 m, el segundo con una longitud de 60 m, el tercer puente con una longitud de 120 m

El área de influencia directa — AID (objeto de esta consulta) para la construcción de la variante Pueblo Rico, se definieron teniendo en cuenta los impactos generados durante la construcción y operación de la vía. Para los aspectos abióticos y bióticos se tuvieron en cuenta las unidades fisiográficas naturales y ecosistémicas; y para los aspectos sociales, las unidades territoriales.

El área de influencia directa del proyecto, se define como aquel espacio geográfico en donde se manifiestan los impactos directamente por la ejecución de obras y/o actividades. Para los sistemas biótico y abiótico se determinó como área de influencia directa — AID un buffer de cien metros (100), es decir cincuenta 50 m a lado y lado del eje de la vía en la extensión de sus respectivas longitudes; bajo el siguiente argumento:

La Ley 1228 de 2008 diario oficial 4700052 del 16 de Julio de 2008, por medio del cual el Congreso de la Republica, determina las Fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión, para las carreteras del Sistema Vial Nacional. El articulo 2 de dicha ley estima las zonas de reserva para las carreteras de la Red Vial Nacional, el cual establece las siguientes fajas de retiro obligatorio o áreas de exclusión o áreas de reserva, para las carreteras que conforman parte de la red vial:

Carreteras de Primero Orden: 60 metros Carreteras Segundo Orden: 45 metros

a Carreteras Tercer Orden: 30 metros

Parágrafo: El metraje determinado en este artículo se tomará la mitad a cada lado del eje de la vía. En vías de Doble calzada de cualquier categoría la zona de exclusión se extenderá mínimo 20 metros a lado y lado de la vía, que se medirá a partir del eje de cada calzada exterior.

Considerando esto el buffer de la variante debería tener 60 metros, sin embargo, se amplio el buffer a 100 metros, proyectando una posible doble calzada a futuro.

Ahora bien, para determinar el trazado del buffer, se consideraron las unidades fisiográficas predominantes descritas a continuación:

A. Unidades Geomotfológicas: patrones que se presentaron de manera uniforme dentro del buffer de área de influencia directa del proyecto:

Geoestructura: Cordillera - Ambiente Geomorfológico: Ambiente Mixto - Paisaje: Montaña - Relieve: Cresta

Material Parental: Sedimentarias Clásticas - Forma de Terreno: Sierras Homoclinales - Unidad Geomorfológica: Laderas Denudadas

B. Unidades de Cobertura Vegetal: esta contempla la caracterización a partir de la Metodología Corine Land Cover, donde se presenta uniformidad en Mosaico de Pastos y Cultivos, lo que implica menor impacto para las áreas de alta importancia para la

A-

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preservación de la biodiversidad y/o prioritarias para la conservación del recurso faunístico, así como las áreas de reserva de la Ley 2 de 1959.

También se tuvieron en cuenta las unidades Ecosistémicas, de acuerdo a la clasificación establecida en la metodología de Ecosistemas Continentales, Costeros y marinos de Colombia, IGAC 2007 ISBN 978-958-8323-16-9. Con base en esta metodología se establece que el Bioma del área de estudio es Orobioma Alto de los Andes. Si consideramos esto, los ecosistemas terrestres y acuáticos son uniformes en la zona de estudio:

- Dentro del sistema biótico, se contempla que la sensibilidad de la fauna y flora, no afecta la viabilidad de la variante, y dentro del diseño geométrico y las medidas de manejo se considera esta sensibilidad para establecer control y mitigación.

La variante tienen mayor área de formaciones extensas e impermeables a nivel de hidrogeologla, lo que implica menor capacidad de infiltración, reduciendo la posibilidad de afectación hídrica subterránea.

El drenaje es déndritico, lo que permite unirse libremente en todas las direcciones.

No se observan flujos de agua sub superficial.

- La variante no se desarrolla por planicies de inundación de los cauces permanentes identificados.

- La vía cruza los cauces permanentes identificados, sin embargo, no se impacta la corriente de los mismos, y se contempla la construcción de obras hidráulicas que permitan mitigar y controlar los impactos dentro de las rondas hídircas.

- Dentro de la caracterización se identifica 1 nacedero consecuencia de las unidades fisiográficas descritas anteriormente; este punto de agua cuenta con su respectivo análisis hidro geológico, el cual se incuye dentro del EIA, contemplado dentro del diseño geométrico y las medidas de manejo para no alterar sus condiciones, ni las de su ronda hídrica.

Es por ello, que el AID se delimitó conforme a: faja de exclusión de la vía, geomorfología, litología y cobertura vegetal.

Para el Medio Socieconómico, se determina como Área de Influencia directa la Vereda El Indio, la cual cuenta con su respectiva ficha veredal.

Para el desarrollo del proyecto, se llevarán a cabo las siguientes actividades constructivas:

flEOAREt - ttIGIA flRU AS Oesn,ontenralla cerrain.nb conacaneo

Evddvacied para estructuras Desmonte cecerca en alarida de pon

Cu Upo 0-1 concreto 3000 Ps ec0.10 m

Bordillo 10 x40 cm curvo fundido en concreto 3000 cal ~amado otro acero 37000 psi !Erra uarnn mecánica en material osarán <0 a 2 m. cona) Alcantarilla Bendita 36-

ExCavad6n an .en mea ro , ESTMOCtURiS DECONTENCION

Transpira,e de mate es pradenenresde la Exila...Y.11M para estructuras

Mejoramiento de la ~rasante Suministro, figurado y amarre de acero de refuerzo

Sumintstro e instalación de ornstrextil no leudo NT-4000 Sumir,' colocaste. de concreto bidraultoo Suministro e-Instalación de ~base Granular SEG

jEspeolecoatán ~as 320-07}. Suministro y colocealon de sonante:1de limpies.

Suministro e instalactián de base granular Be

Patri ea en concreto asfalboa ?AOC

Sobreacarreo de matereles pericos en vis pavimentada

LICTURA URBANISMO ESPACIO PÚBLICO

Sardinel pre^atricado A-IOI 8ox2Dx50) .,ncluye moflete de Pegt,C- y my," ación Excavacfron para CSYUCtund

Anden espabilado 30011 Psi con dilatación en adoquin. con excavación' relleno en sub-base. Surninistna. Augurado y amarre de acero de melerao

Bordillo 10 X 40 cnt rondklnen concreto 3000pst. Consbuccion de pilotos en m ercrelo Cenefa en adrmulh de anega (20%1 OX0), incluye anta atraque ConsInsoclon de dados

Construct:ion de estibas

IZA,C1004 Consevecion depilas en concreta

Linea de demarcación con pinr.,raarril.ca blanco camarillo. ancho 12 cm In °luye !cromosferas, Izado e mstalaction de votasen aaro

Señales prevenseas (SP), segiamentadas {Sine Informativas (SI) Oil X00 cm Conseurodon deprecada pisa en concreto

Ittareasánales con pintura asalta para demarcación (simba:as y letras). tristalamon de barandas de seguridad

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN

O 7 O 3 • • - 'DE 1 4 NOV 2019

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN ala31.-. DE 1k NOV 2019

Concepto Técnico 2:

La certificación de presencia de comunidades étnicas, se genera a partir del análisis cartográfico y geográfico' de dos escenarios2: el primero, es el contexto geográfico en cual se desarrollan las actividades del Proyecto, Obra o Actividad (POA), y el segundo, el contexto geográfico en el cual una determinada comunidad étnica desarrolla prácticas sociales, económicas, ambientales y/o culturales que constituyen la base de cohesión social. Es así que cuando los dos escenarios coinciden en un mismo espacio llámese cartográfico y/o geográfico, se determina presencia de una comunidad étnica, razón a que puede ser susceptible de posibles afectaciones directas derivadas de ejecución de las actividades del proyecto.

Para determinar la presencia de comunidades étnicas en el POA, la Dirección de Consulta Previa realiza el procedimiento descrito a continuación:

Verifica que la información aportada por el solicitante cumpla con los requisitos adelantar el trámite correspondiente;

Identifica las actividades a desarrollar para el Proyecto, Obra o Actividad objeto análisis que han sido señaladas por el peticionario;

Identifica el área específica objeto de intervención aportada por el solicitante;

Consulta las siguientes bases de datos institucionales de comunidades étnicas identificar aquellas que posiblemente sean susceptibles de ser afectadas por el desarrollo del Proyecto, Obra o Actividad.

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Nombre Detalle de la Información Consultada Fuente Año

Base cartográfica de Resguardos Indígenas constituidos.

-Información cartográfica -Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones e constitución de d Resguardos -Estudios socioeconómicos

AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS 2019

Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos.

-Información cartográfica -Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de constitución de Consejos Comunitarios -Estudios socioeconómicos

AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS 2019

Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías

-Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de Inscripción en el registro de la Dirección de Comunidades Indígenas -Estudios etnológicos

MININTERIOR (Servidor NAS-02- M(nascen 02)

2019

Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Raizales y Palenqueras.

-Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de Inscripción en las bases de datos de la Dirección de Comunidades Negras

http://sidacn.minintedo r.gov.co/DACN/Consul tas/ConsultaResolucio nesOrgConsejoPublic

2019

Base de datos de Consulta Previa

-Bases de datos alfanuméricas de Actos Administrativos emitidos -Bases de datos geográfica de Actos Administrativos emitidos -Informes de verificación -Información cartográfica de visitas de verificación -Sistema de información de Consulta Previa SICOP -Archivo institucional

MININTERIOR 2019

individuos, naturaleza y sociedad en un espacio de fenómenos geográficos. Estas relaciones pueden el espacio donde se desarrollan.

lEntendido el análisis geográfico como el estudio de las relaciones que se tejen entre

tiempo determinado, haciendo uso de técnicas asociadas a la ubicación y distribución ser de orden político, social, económico, cultural y pueden crear, modificar y transformar 2 Decreto 2893 de 2011, articulo 16, numeral 5.

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Nombre Detalle de la Información Consultada Fuente Año

Fuentes de información secundaria

Registro local de comunidades Localización de comunidades Población Caracterización socioeconómica Estudios etnológicos Caracterización Cartográfica Caracterización Geográfica

Alcaldías Municipales, Ministerio de Cultura, Instituto Colombiano de Antropología e Historia ICANH, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Departamento de Estadística DANE

2019

Realiza el análisis cartográfico, correspondiente al análisis de topografía, hidrografía, vías de acceso, división político administrativa e infraestructura social, entre otros, existentes en el contexto territorial del Proyecto, Obra o Actividad y de las comunidades étnicas que sudan del análisis anterior (paso 4);

En caso de identificar comunidades étnicas susceptibles de ser afectadas por el desarrollo del Proyecto, Obra o Actividad, se realiza el análisis geográfico consistente en identificar las zonas de asentamientos, usos y costumbres, tránsito y movilidad; el contexto territorial y las relaciones que se dan en ese entorno;

Realiza el análisis geográfico del proyecto, consistente en el estudio de las relaciones que se tejen entre individuos, naturaleza y sociedad en un espacio y tiempo determinado, haciendo uso de técnicas asociadas a la ubicación y distribución de fenómenos geográficos. Estas relaciones pueden ser de orden político, social, económico, cultural y pueden crear, modificar y transformar el espacio donde se desarrollan;

Realiza el análisis geográfico y establece si hay coincidencia entre los contextos geográficos del proyecto y la comunidad étnica. Como resultado surgen tres eventos, así: Q si existe coincidencia se emite un concepto que concluirá que se registra presencia de comunidades étnicas; iñ si no existe coincidencia se emite un concepto que concluirá que no se registra presencia de comunidades étnicas; /fi) si la información no permite determinar la coincidencia, se deberá realizar visita de verificación en campo 3.

Para el caso concreto se determinó lo siguiente:

Que el proyecto "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL — EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVIAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", se localiza en jurisdicción del municipio de Pueblo Rico, departamento de Risaralda.

Que las actividades referidas por el ejecutor tratan de la construcción de1434 metros de una vía primaria en una calzada, sobre terreno montañoso con pendientes longitudinales que van hasta el 8% y pendientes transversales que oscilan entre 5° y 40°. Además, Se contempla la construcción los 3 puentes que cruzan quebradas secundarias afluentes del Rio Tatama; el primer puente con una longitud aproximadas de 40 m, el segundo con una longitud de 60 m, el tercer puente con una longitud de 120 metros.

Que el ejecutor manifiesta que el área de influencia directa de la variante Pueblo Rico, se definió teniendo en cuenta los impactos generados durante la construcción y operación de la vía. Para los aspectos abióticos y bióticos se tuvieron en cuenta las unidades tisiográficas naturales y ecosistémicas; y para los aspectos sociales, las unidades territoriales.

Que realizado el análisis de contexto cartográfico y geográfico de comunidades étnicas, se determinó que la más cercana se localiza a 9 kilómetros en línea recta del área delabi proyecto, además la pronunciada topografía de la zona se constituye en una barrera natural que condiciona y limita la interacción entre las la comunidad y el proyecto.

Que realizado el análisis geográfico de los contextos del proyecto y de comunidades étnicas, se estableció que no se evidencia coincidencia entre los mismos, por lo tanto, se determina que no se registra presencia de comunidades étnicas para el proyecto "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL — EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVIAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO

3 Decreto 2893 de 2011, articulo 16, numeral 4.

CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 0 703 . . DE 1k NOV 2019

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5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA". Esta afirmación se soporta en el análisis cartográfico y geográfico realizado, basado en el estudio de las actividades de/proyecto, /a consulta en las bases de datos institucionales de comunidades étnicas y tomando en consideración el contexto cartográfico y geográfico del proyecto y de comunidades, en donde no se identificaron dinámicas territoriales o prácticas de grupos étnicos que puedan verse posiblemente afectadas por la ejecución de las actividades del proyecto."

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección

CERTIFICA

PRIMERO. Que no se registra presencia de Comunidades Indígenas, en el área del proyecto: "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL - EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVÍAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda.

A continuación, se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación:

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Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTM119-44311 del 18 de octubre de 2019.

SEGUNDO. Que no se registra presencia de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto: "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL - EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVÍAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda.

A continuación, se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación:

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Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI19-44311 del 18 de octubre de 2019.

TERCERO. Que no se registra presencia de Comunidades Rom, en el área del proyecto "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL — EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVÍAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda.

A continuación, se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación:

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Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI19-44311 del 18 de octubre de 2019.

CUARTO. Que la información sobre la cual se expide la presente certificación aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través de los oficios con radicados externos EXTMI19-44311, para el proyecto: "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL — EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVÍAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA-ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda.

CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 0703 . . . DE 14 NOV 2019

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 0103 • • - • DE 1k NOV 2019

A continuación, se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación:

...,...,.,....

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Fuente: Suministrada por el solicitante;

QUINTO. Los efectos del presente derecho fundamental a la consulta presente certificación para el proyecto: PARA DAR CUMPLIMIENTO ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL CARRETERA SANTA CECILIA RISARALDA", localizado en Departamento de Risaralda. En confiere potestades o prerrogativas funciones de la Dirección de asuntos Asuntos para Comunidades Negras, materia de registro de comunidades

SEXTO. Contra el presente acto deberá interponerse por escrito diez (10) días siguientes a ella, conformidad con lo establecido Procedimiento Administrativo y de

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