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1 EL FUNCIONAMIENTO DEL ALTO GOBIERNO EN COSTA RICA Violeta Pallavicini 1 Introducción El estudio de caso que se presenta forma parte del Proyecto “Fortalecimiento del Alto Gobierno” coordinado por el CLAD, el cual tiene como objetivo general “determinar cuáles son los nuevos roles, estructuras, sistemas de información y comunicación, y formas de coordinar que son actualmente necesarios para maximizar la eficacia del Alto Gobierno, así como identificar las buenas prácticas que dan cuenta de ello” (CLAD, 2011: 3). Para este estudio, se entenderá el Alto Gobierno “como el conjunto de entes que proporcionan un apoyo directo al Presidente para el desempeño de la función de gobierno” (CLAD, 2011: 4). Las preguntas que se busca responder por medio del proyecto son (CLAD, 2011: 3): a. ¿Qué papel juegan los diversos mecanismos y arreglos institucionales empleados por los países para apoyar la toma de decisiones y formación de la agenda del Presidente/Consejo de Ministros? ¿Cuáles han mostrado mayor eficacia? b. ¿Cuáles estructuras han resultado idóneas para el desarrollo de la labor tecno-analítica, compatibilizándola con los valores del Presidente? c. ¿Qué factores inciden en que los sistemas de seguimiento y evaluación de las políticas públicas y de la agenda gubernamental proporcionen efectivamente retroalimentación a los actores pertinentes? d. ¿Qué arreglos y capacidades han resultado más eficaces para lograr la coordinación y estructuración coherente de políticas y programas, así como su comunicación con la sociedad? e. ¿Qué lecciones teóricas y prácticas se pueden deducir de la investigación y qué sugerencias se pueden proponer para maximizar la eficacia del Alto Gobierno, así como para apoyar esfuerzos similares en otros países de la región? Metodológicamente, el estudio explora la percepción de los actores que participan del Alto Gobierno en Costa Rica sobre los arreglos y resultados obtenidos en torno a seis funciones que son consustanciales al desarrollo del mismo. Dichas funciones son: a) función prospectiva e ideológica, b) función de inteligencia, c) función de valoración técnico-política de los resultados que van siendo generados por el gobierno, d) función de relación con la ciudadanía, e) función de coordinación de las políticas, y f) función de comunicación de la agenda. El período de estudio comprende la administración Arias Sánchez (2006-2010) y la administración Chinchilla Miranda (2010-2014). Los datos fueron recolectados utilizando instrumentos de investigación cualitativa. Por una parte, se revisaron estudios previos relacionados con alguna de las funciones del Alto Gobierno y documentos institucionales, en especial leyes, normativa institucional y reportes anuales de las organizaciones que forman el Alto Gobierno en el país. Por otra parte, se realizaron 15 entrevistas en profundidad (14 individuales y una grupal) a informantes claves. En la selección de los actores se tomó en consideración su pertenencia institucional a los órganos definidos para este estudio como parte del Alto Gobierno y a actores representantes de la Academia. La lista de los actores entrevistados y sus cargos se presenta en el Anexo 1. Por respeto a los principios éticos en la investigación social, antes de iniciar la entrevista se les solicitó a los actores brindar su consentimiento informado para ser parte del estudio y autorizar el uso de la información que estaban suministrando. Las entrevistas fueron grabadas con autorización del entrevistado, transcritas y posteriormente remitidas a la persona para su aprobación final. Las preguntas realizadas a los actores se centraron en los siguientes aspectos: a) ¿Cuál es la 1 Ph.D. en Ciencias Políticas por Northern Illinois University. Profesora-Investigadora del Doctorado en Gobierno y Políticas Públicas de la Universidad de Costa Rica.

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1

EL FUNCIONAMIENTO DEL ALTO GOBIERNO EN COSTA RICA

Violeta Pallavicini1

Introducción

El estudio de caso que se presenta forma parte del Proyecto “Fortalecimiento del Alto Gobierno”

coordinado por el CLAD, el cual tiene como objetivo general “determinar cuáles son los nuevos roles,

estructuras, sistemas de información y comunicación, y formas de coordinar que son actualmente

necesarios para maximizar la eficacia del Alto Gobierno, así como identificar las buenas prácticas que

dan cuenta de ello” (CLAD, 2011: 3). Para este estudio, se entenderá el Alto Gobierno “como el

conjunto de entes que proporcionan un apoyo directo al Presidente para el desempeño de la función de

gobierno” (CLAD, 2011: 4).

Las preguntas que se busca responder por medio del proyecto son (CLAD, 2011: 3):

a. ¿Qué papel juegan los diversos mecanismos y arreglos institucionales empleados por los

países para apoyar la toma de decisiones y formación de la agenda del Presidente/Consejo de

Ministros? ¿Cuáles han mostrado mayor eficacia?

b. ¿Cuáles estructuras han resultado idóneas para el desarrollo de la labor tecno-analítica,

compatibilizándola con los valores del Presidente?

c. ¿Qué factores inciden en que los sistemas de seguimiento y evaluación de las políticas

públicas y de la agenda gubernamental proporcionen efectivamente retroalimentación a los actores

pertinentes?

d. ¿Qué arreglos y capacidades han resultado más eficaces para lograr la coordinación y

estructuración coherente de políticas y programas, así como su comunicación con la sociedad?

e. ¿Qué lecciones teóricas y prácticas se pueden deducir de la investigación y qué sugerencias

se pueden proponer para maximizar la eficacia del Alto Gobierno, así como para apoyar esfuerzos

similares en otros países de la región?

Metodológicamente, el estudio explora la percepción de los actores que participan del Alto

Gobierno en Costa Rica sobre los arreglos y resultados obtenidos en torno a seis funciones que son

consustanciales al desarrollo del mismo. Dichas funciones son: a) función prospectiva e ideológica, b)

función de inteligencia, c) función de valoración técnico-política de los resultados que van siendo

generados por el gobierno, d) función de relación con la ciudadanía, e) función de coordinación de las

políticas, y f) función de comunicación de la agenda. El período de estudio comprende la

administración Arias Sánchez (2006-2010) y la administración Chinchilla Miranda (2010-2014).

Los datos fueron recolectados utilizando instrumentos de investigación cualitativa. Por una parte,

se revisaron estudios previos relacionados con alguna de las funciones del Alto Gobierno y documentos

institucionales, en especial leyes, normativa institucional y reportes anuales de las organizaciones que

forman el Alto Gobierno en el país. Por otra parte, se realizaron 15 entrevistas en profundidad (14

individuales y una grupal) a informantes claves. En la selección de los actores se tomó en

consideración su pertenencia institucional a los órganos definidos para este estudio como parte del Alto

Gobierno y a actores representantes de la Academia. La lista de los actores entrevistados y sus cargos

se presenta en el Anexo 1. Por respeto a los principios éticos en la investigación social, antes de iniciar

la entrevista se les solicitó a los actores brindar su consentimiento informado para ser parte del estudio

y autorizar el uso de la información que estaban suministrando. Las entrevistas fueron grabadas con

autorización del entrevistado, transcritas y posteriormente remitidas a la persona para su aprobación

final. Las preguntas realizadas a los actores se centraron en los siguientes aspectos: a) ¿Cuál es la

1 Ph.D. en Ciencias Políticas por Northern Illinois University. Profesora-Investigadora del Doctorado en Gobierno y

Políticas Públicas de la Universidad de Costa Rica.

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estructura y evolución del Alto Gobierno en Costa Rica?, b) ¿Quiénes forman parte y cómo se

desarrollan las funciones prospectivas, ideológicas y de inteligencia que permiten al Alto Gobierno

contar con conocimientos estratégicos para abordar la complejidad, los conflictos y la incertidumbre de

una manera eficaz?, c) ¿Cuáles estructuras se han creado en Costa Rica para el desarrollo de la labor

técnico-política de los resultados que van siendo generados por el gobierno, y de qué manera permiten

proporcionar una efectiva retroalimentación a los actores pertinentes?, d) Qué arreglos y capacidades

han resultado más eficaces para lograr la coordinación y estructuración coherente de políticas y

programas gubernamentales?, y e) ¿Qué arreglos y capacidades se han desarrollado en Costa Rica para

lograr la coherencia de la comunicación tanto dentro del gobierno como hacia la ciudadanía?

La revisión de literatura fue utilizada fundamentalmente para evidenciar el contexto en el cual se

desarrolla el Alto Gobierno en el país y los cambios que se han producido en los arreglos

institucionales, así como para triangular la información obtenida mediante las entrevistas con el fin de

validar la información y apoyar las conclusiones que se presentan para cada una de las funciones del

Alto Gobierno.

Los resultados del estudio son presentados en ocho secciones. En la primera, se explican

brevemente las principales características de la institucionalidad costarricense con el fin de poner en

contexto los arreglos creados para la conducción del Alto Gobierno en el país, y, posteriormente, se

hace una síntesis de los cambios recientes en el sistema político costarricense, ya que el paso del

bipartidismo a un sistema de multipartidismo moderado ha hecho más compleja la labor de gobernar.

Seguidamente, se analizan los diversos mecanismos y arreglos institucionales empleados para apoyar la

toma de decisiones y formación de la agenda del Presidente y sus Ministros. En las secciones

subsiguientes se exponen los resultados obtenidos para cada una de las funciones asociadas con el Alto

Gobierno, para posteriormente identificar las buenas prácticas y lecciones aprendidas. Se finaliza con la

presentación de las más recientes reformas que se están buscando impulsar para fortalecer la labor de

gobierno.

I. EL SISTEMA POLÍTICO-INSTITUCIONAL COSTARRICENSE Y SU EVOLUCIÓN RECIENTE

Principales características de la institucionalidad

Costa Rica es una república unitaria democrática con un sistema de gobierno presidencialista, el cual se

caracteriza por tener un Ejecutivo electo popularmente por un período de cuatro años sin posibilidad de

reelección inmediata, con limitados poderes constitucionales, y la potestad de definir la composición de

su gabinete. La Constitución de 1949 divide los poderes institucionales en tres ramas de gobierno: el

ejecutivo; el legislativo compuesto por 57 diputados que también son electos por cuatro años sin

posibilidad de reelección inmediata; y el judicial, cuyo órgano máximo es la Corte Suprema de Justicia

conformada por 22 Magistrados propietarios y 37 Magistrados suplentes, los cuales son nombrados por

la Asamblea Legislativa por un período de ocho años con posibilidad de reelección inmediata e

indefinida. Adicionalmente, se cuenta con el Tribunal Supremo de Elecciones como un órgano

independiente responsable de velar por la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al

sufragio.

La administración pública consta de dos niveles: a) el nivel de gobierno central conformado por

21 ministerios y b) el nivel de gobierno descentralizado funcionalmente (instituciones autónomas) y

políticamente (municipalidades2). El crecimiento de la administración pública costarricense se da en el

período que va de 1949 a 1979. Dicho período coincide con la transición hacia la democracia, la

consolidación de la forma de gobierno presidencialista, y la reorganización de la administración pública

2 Se cuenta con 81 municipalidades y 8 Consejos de Distrito.

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en función de la nueva idea de desarrollo que se deseaba impulsar, en donde el Estado tenía un papel

fundamental que jugar como promotor del desarrollo. A partir de la década de los noventa, se cambia el

modelo de desarrollo hacia la promoción de las exportaciones, lo cual obliga a un replanteamiento de la

administración pública pero que no se ha traducido en una significativa reducción en el número de

instituciones públicas.

El mayor crecimiento de instituciones autónomas se observa en el nivel de descentralización

funcional donde se crearon alrededor de 113 nuevas instituciones públicas. El nivel de instituciones

descentralizadas administrativamente incluye instituciones autónomas, instituciones semi-autónomas,

empresas públicas y entes públicos no estatales. A continuación se explica brevemente el significado de

esta nomenclatura.

a. Institución Autónoma: son aquellas que gozan de independencia administrativa y están sujetas

a la ley en materia de gobierno (Artículo 188, Constitución Política). Son instituciones autónomas los

Bancos del Estado, las instituciones aseguradoras del Estado, las que la Constitución establezca, y las

nuevas instituciones que la Asamblea Legislativa cree por votación no menor de dos tercios del total de

sus miembros (Artículo 189, Constitución Política).

b. Institución Semi-Autónoma: son creadas expresamente por ley, pero por mayoría simple.

Poseen independencia administrativa y las otras características de las instituciones autónomas.

c. Empresas Públicas: en Costa Rica resulta difícil dar un concepto de empresa pública ya que

puede adoptar diversas formas jurídicas, tales como empresa pública ente público, o como empresa

pública ente privado. Las Empresas Públicas-entes públicos son organizaciones que desarrollan una

“actividad mercantil regida por el derecho privado” (Hernández Rodríguez, 2007: 129); ejemplos de

ellas son los bancos del Estado. Las Empresas Públicas-entes privados son organizaciones que

desarrollan una actividad industrial, comercial o agropecuaria en la que están involucrados intereses

públicos, que cuentan con un patrimonio público, pero que para evitar las rigideces del Derecho

Administrativo acuden al Derecho Privado bajo la figura de sociedades anónimas.

d. Ente Público No Estatal: “se trata de entes que están y actúan al lado del Estado, colaborando

con él en la satisfacción del interés general, pero constituyendo administraciones separadas entre sí”

(Mideplan, 2007). Ejemplos de ellos son los Colegios Profesionales.

En este complejo entramado de instituciones públicas, la ejecución de las políticas públicas recae

fundamentalmente en el nivel descentralizado del gobierno, dejando en los 21 ministerios la

responsabilidad por la rectoría de las distintas políticas públicas. Esto ha generado constantes retos de

coordinación, los cuales han sido analizados por académicos a lo largo del tiempo y más recientemente

por un Grupo de Expertos nombrados por la Presidenta de la República el 12 de junio de 2012, con el

fin de proponer recomendaciones que ayudaran a mejorar la gobernabilidad del país. En el referido

Informe, entregado el 17 de enero de 2013, se señala que “Disponemos en el país de muchos

diagnósticos en la materia que coinciden en reconocer que la gobernabilidad democrática está en crisis

en el país. Esta se expresa en que el Ejecutivo con dificultad administra y mucho menos gobierna. La

Asamblea Legislativa difícilmente puede tomar decisiones por las mayorías previstas

constitucionalmente. Se otorga a los poderes públicos, a los órganos constitucionales o legales, a los

medios de comunicación, a los grupos de presión y a los gremios, poderes de veto (fácticos e incluso

jurídicos); pero esos poderes no corresponden con los poderes necesarios para impulsar o ejecutar

acciones concretas. Mientras tanto, en medio de dramáticos cambios en el entorno internacional, se

agudiza la discrepancia entre el papel constitucional de los poderes y el papel que les asigna la

ciudadanía” (Pacheco, 2013: 11).

En relación con las instituciones autónomas, el Grupo de Expertos señala como un problema a

atender el siguiente: “Existe un debilitamiento de la orientación ministerial respecto de muchos entes

descentralizados y órganos desconcentrados (por ejemplo, las así llamadas instituciones u órganos

adscritos a los ministerios o instituciones públicas). No se ejerce una dirección jerárquica ministerial

efectiva. En ciertos casos, el vínculo con el ministerio al que pertenecen es prácticamente nulo o muy

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débil. La necesidad de articulación con vistas a que el Gobierno pueda imprimirles una orientación

determinada, debe ser reconocida y reforzada” (Pacheco, 2013: 28). Como se verá en la sección de

coordinación de políticas, en el país se han intentado distintos mecanismos para reforzar dicha

coordinación.

Cambios recientes en el sistema político costarricense y su influencia en la conducción

gubernamental

En esta sección se presenta de manera muy resumida las principales características del sistema político

costarricense. De acuerdo con el académico Jorge Rovira (2001), el sistema de partidos en Costa Rica

ha pasado por cuatro períodos, los cuales se resumen en el cuadro siguiente.

Cuadro 1

Períodos del sistema de partidos en Costa Rica

Períodos Características sobresalientes

1948-1962 Transición hacia la democracia después del breve gobierno de facto de

Figueres (dieciocho meses); constitución de la bipolaridad del campo político3

1962-1986 La larga marcha del pluralismo bipolar hacia el bipartidismo4

1986-1994 La era del bipartidismo5

1998- ¿Bipartidismo debilitado? ¿Multipartidismo?6

Fuente: Rovira (2001: 196).

Los regímenes presidencialistas tienden a producir mayores proporciones de gobiernos divididos

que los regímenes parlamentarios (Colomer, 2001). Costa Rica parece confirmar esto, ya que en el 60%

de las elecciones se ha producido una situación de gobierno dividido7, siendo una situación constante a

partir de la elección de 1998. La presencia de un gobierno dividido no había sido problemática antes de

1998 porque se había logrado promover un estilo de decisión consensuado entre el Ejecutivo y el

Legislativo, gracias a la existencia de un sistema de partidos de “bipolaridad disuasiva” (Fernández,

1996), en donde la alta posibilidad de alternancia en el poder de los dos partidos mayoritarios generaba

un incentivo hacia la negociación. Sin embargo, a partir de 1998 el incremento en el número de

3 El concepto de bipolaridad en el campo político es utilizado por Oscar Fernández (1996 y 2000), en alusión a lo expuesto

por Bourdieu, para hacer referencia a un país dividido principalmente en dos bandos políticos electorales (cleavage) tras la

guerra civil de 1948. No hay que confundir en este sentido bipolaridad con bipartidismo en términos de Sartori. 4 En esta época algunos partidos oponentes del PLN conforman coaliciones para tener más probabilidades de éxito en las

contiendas electorales. 5 Se da la institucionalización del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), convirtiéndose en uno de los partidos

mayoritarios, en el sentido de contar con probabilidades elevadas de triunfar en las elecciones por la fuerza que había

venido acumulando. En esta era el Partido Liberación Nacional y el PUSC desarrollan una alta concentración de los votos,

logrando aglutinar el 98% de votos en las elecciones presidenciales y legislativas. 6 A partir de 1998 el número de partidos que contienden en las elecciones presidenciales pasan de 7 a 13 partidos. De los

nuevos partidos, el Movimiento Libertario y el Partido Acción Ciudadana sobresalen como partidos emergentes con

mayores probabilidades de acceso al poder, además de los dos partidos tradicionales. 7 Los períodos de gobierno dividido son: 1958-1962, 1966-1970, 1974-1978, 1978-1982, 1994-1998, 1998-2002, 2002-

2006, 2006-2010, y 2010-2012.

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partidos políticos aunado a cambios en la institucionalidad costarricense aumentó el número de “veto

players”, haciendo más difícil las negociaciones, y limitando el funcionamiento de la estructura del

Alto Gobierno que estaba diseñada para funcionar en condiciones de bipartidismo. Entre los cambios

institucionales sobresalen los siguientes:

a) En agosto de 1989, mediante la Ley Nº 7128 se crea la Sala Constitucional, la cual se

constituye en un nuevo “veto player” dentro del sistema político costarricense. Las bases de este poder

se encuentran en las funciones que ejerce la Sala, a saber: i) la competencia de conocer y resolver,

después de la votación en primer debate y antes de segundo debate, los proyectos de ley en las

siguientes materias: reforma constitucional, asuntos relacionados con la Ley de la Jurisdicción

Constitucional y Convenios o Tratados Internacionales; ii) resolver consultas de constitucionalidad, a

petición de un número no menor de diez diputados, de los demás proyectos de ley y de reformas al

Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa; iii) el control de constitucionalidad de las normas de

cualquier naturaleza y de los actos sujetos al Derecho Público; iv) la potestad de resolver los conflictos

de competencia constitucional entre los poderes del Estado, incluido el Tribunal Supremo de

Elecciones; y v) resolver los recursos de amparo. Si bien la creación de la Sala se da antes de 1998, su

poder de “veto player” se hace sentir con mayor fuerza a partir de 1998.

b) En el año 2002, mediante la Ley Nº 82818, se modifica el Artículo 105 de la Constitución

Política para crear la figura de Referéndum9. También por esa misma ley se modifica el Artículo 123

para introducir la Iniciativa Popular, por medio de la cual los ciudadanos pueden presentar proyectos de

ley a la Asamblea Legislativa.

Adicionalmente, el incremento del número de partidos ha incidido en la fragmentación de la

Asamblea Legislativa, la cual pasó de concentrar el 98% de los puestos en los dos partidos mayoritarios

(PLN Y PUSC) a tener que compartir el poder entre cuatro fuerzas políticas predominantes10

, lo que

aunado a una situación de gobierno dividido hace más difícil la consecución de acuerdos entre el Poder

Ejecutivo y el Legislativo. Esta situación fue reconocida en el Informe del Grupo de Expertos como

una situación crítica que afecta la gobernanza del país, indicando que: “La gobernanza democrática

debe ser posible aun cuando el control del Poder Ejecutivo y del parlamento corresponda a partidos de

signo contrario o, incluso, cuando en el Poder Legislativo ningún grupo logre obtener la mayoría de

escaños. Esto se agrava con la dispersión de fuerzas entre numerosos grupos sociales y políticos. Deben

crearse los mecanismos institucionales necesarios para la resolución del conflicto y para que la

Presidencia de la República pueda concentrarse en la dirección del Gobierno y del Estado” (Pacheco,

2013: 14).

En la siguiente sección se explican los mecanismos y arreglos institucionales creados para la

conducción del Alto Gobierno en Costa Rica y la percepción de los actores que participan del mismo

sobre su efectividad.

II. ESTRUCTURA Y EVOLUCIÓN DEL ALTO GOBIERNO EN COSTA RICA

Para una mejor comprensión de la información brindada en esta sección, la misma se subdivide en tres

8 Ley de “Reforma de los Artículos 105, 123, Primer Párrafo del Artículo 124, Último Párrafo del Artículo 129, Primer

Inciso del Artículo 195 y Adición a los Artículos 102 y 195 de la Constitución Política”, publicada en la Gaceta Nº 118 del

20 de junio de 2002. 9 La Ley Nº 8492 de abril de 2006 de la Regulación del Referéndum, establece en su Capítulo I, Artículo 1 que mediante

esta figura el “pueblo ejerce la potestad de aprobar o derogar leyes y hacer reformas parciales de la Constitución Política, de

conformidad con los artículos 105, 124, 129 y 195 de la Constitución Política”. En el Artículo 2 se establece que “no podrá

someterse a referéndum proyectos de ley sobre materias presupuestarias, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de

pensiones, de seguridad, aprobación de empréstitos y contratos, ni actos de naturaleza administrativa”. 10 En la legislación 2010-2012 esas fuerzas pasaron de cuatro a cinco.

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partes. En la primera se identifican las organizaciones que forman parte del Alto Gobierno en Costa

Rica y las funciones que desarrollan. En la segunda parte, se explican los cambios introducidos en las

dos últimas administraciones con el fin de maximizar la eficacia del Alto Gobierno. Finalmente, se

hace un resumen de las apreciaciones de los actores sobre la eficacia de dichos arreglos institucionales.

Estructura del Alto Gobierno

En Costa Rica, las funciones del Alto Gobierno son cumplidas de manera permanente por el (la)

Presidente(a) de la República y sus dos Vicepresidentes, el Consejo de Gobierno, el Ministerio de la

Presidencia y su órgano adscrito (la Dirección General de Servicio Civil), el Ministerio de

Planificación Nacional y Política Económica, los Consejos Sectoriales, el Ministerio de Hacienda

(Dirección General de Presupuesto Nacional) y la Contraloría General de la República. A continuación

se resumen las funciones desarrolladas por cada uno de ellos.

Presidente-Poder Ejecutivo

El Artículo 21 de la Ley General de Administración Pública establece que “Los órganos

constitucionales superiores de la Administración del Estado serán: El Presidente de la República, los

Ministros, el Poder Ejecutivo y el Consejo de Gobierno. El Poder Ejecutivo lo forman: El Presidente de

la República y el Ministro del ramo”.

El presidente es electo popularmente por un período de cuatro años sin posibilidad de reelección

inmediata. Al presidente lo acompañan dos vicepresidentes los cuales son propuestos por él (ella) y

electos en la misma papeleta presidencial. El Artículo 135 Constitucional establece que en ausencia

absoluta del presidente (incapacidad demostrada), uno de éstos lo reemplazará por orden de

nominación, es decir, tiene prioridad el primer vicepresidente y de no poder éste le corresponde el

reemplazo al segundo vicepresidente. El mismo artículo señala que en caso de ausencias temporales

(por ejemplo, cuando el presidente sale del país) le corresponde al presidente designar cuál de los dos

lo reemplazará. Más allá de esta función, no existe ninguna otra normativa que les asigne funciones

específicas a los vicepresidentes, por lo que la definición de sus funciones es potestad de cada

presidente.

En cuanto a la figura de “Poder Ejecutivo”, el Artículo 130 de la Constitución Política establece

que el Poder Ejecutivo lo conforman “el Presidente de la República y los Ministros de gobierno en

calidad de obligados colaboradores”.

La coordinación de las acciones del Poder Ejecutivo le corresponde al Presidente y al respectivo

Ministro de Gobierno según lo establecido en el Artículo 140 inciso 8 de la Constitución Política y

Artículo 27 inciso 1 de la Ley General de Administración Pública, los cuales indican que

“Corresponderá a los Ministros conjuntamente con el Presidente de la República dirigir y coordinar la

Administración, tanto central como, en su caso, descentralizada, del respectivo ramo”.

El Artículo 26 de la Ley General de Administración Pública define como funciones exclusivas

del Presidente de la República, las siguientes: “a) Las indicadas en la Constitución Política; b) Dirigir y

coordinar las tareas de Gobierno y de la Administración Pública central en su total conjunto, y hacer lo

propio con la Administración Pública descentralizada; c) Dirimir en vía administrativa los conflictos

entre los entes descentralizados y entre estos y la Administración Central del Estado (Así interpretado

por Resolución de la Sala Constitucional Nº 3855-93 de las 9:15 horas del 12 de agosto de 1993); d)

Resolver los conflictos de competencias que se presenten entre los Ministerios; e) Encargar a un

Vicepresidente o a un Ministro la atención de otro Ministerio cuando no haya Viceministro en caso de

ausencia o incapacidad temporal del titular, o de asuntos determinados en caso de abstención o

recusación; f) Convocar, presidir y levantar las reuniones del Consejo de Gobierno y dirigir sus

deliberaciones; g) Nombrar las comisiones auxiliares o de trabajo transitorias o permanentes que estime

necesarias; y h) Las demás que señalen las leyes”.

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Consejo de Gobierno

El Artículo 147 de la Constitución Política establece la figura del Consejo de Gobierno, constituido por

el Presidente y sus Ministros, bajo la presidencia del primero, que se reúne una vez a la semana o

cuando sea convocado por el Presidente. También pueden participar los dos Vicepresidentes con voz

pero sin voto, así como los asesores técnicos que disponga el (la) presidente.

Las funciones de este Consejo son: “1) Solicitar de la Asamblea Legislativa la declaratoria del

estado de defensa nacional y la autorización para decretar el reclutamiento militar, organizar el ejército

y negociar la paz; 2) Ejercer el derecho de gracia en la forma que indique la ley; 3) Nombrar y remover

a los Representantes Diplomáticos de la República; 4) Nombrar a los directores de las instituciones

autónomas cuya designación corresponda al Poder Ejecutivo; 5) Resolver los demás negocios que le

someta el Presidente de la República quien, si la gravedad de algún asunto lo exige, podrá invitar a

otras personas para que, con carácter consultivo, participen en las deliberaciones del Consejo”

(Artículo 147 de la Constitución Política).

Además, la Ley General de Administración Pública en su artículo 29, inciso b, le otorga al

Consejo de Gobierno la función de “Asesorar al Presidente de la República y, cuando así lo manifieste

este expresamente, resolver los demás asuntos que le encomiende. En estos casos, el Presidente podrá

revisar de oficio, revocando, modificando o anulando, lo resuelto. No habrá recurso ante el Presidente

de lo resuelto por el Consejo de Gobierno”.

El Consejo de Gobierno cuenta con un Secretario, quien es responsable entre otras cosas de

“asistir al Presidente como su Secretario Particular en el desempeño de sus funciones de Presidente del

Consejo; y firmar, comunicar y ejecutar todos los actos relativos al despacho de los asuntos del

Consejo, cuando ello no corresponda al Presidente y al respectivo Ministro” (Art. 33, letras d y e, Ley

General de Administración Pública).

En cuanto al gabinete de gobierno, es importante destacar que en las últimas cuatro

administraciones de gobierno, la amplia experiencia de los miembros del gabinete no ha sido suficiente

para evitar la alta rotación de sus miembros. Una revisión de los cambios ocurridos en las últimas

cuatro administraciones muestra que en la administración 1998-2002 se dio la salida de 25 miembros

entre Ministros, Viceministros y Presidentes Ejecutivos de Instituciones Autónomas. Para el periodo

2002-2006 la cifra fue de 33 miembros de gabinete, bajando significativamente en la administración

2006-2010 donde solo hubo dos cambios. Entre mayo 2010 y mayo 2012, de los 21 ministros 15

dejaron sus puestos y se dio la salida de 17 viceministros. Las razones que motivaron dichos cambios

han sido diversas, pero han afectado la capacidad de conducción gubernamental.

Ministerio de la Presidencia

Inicialmente el Ministerio de la Presidencia fue creado por la Ley de Presupuesto Nº 2980 del 24 de

diciembre de 1961 y ratificado en la Ley de Presupuesto Nº 4701 de 1970. Posteriormente, fue incluido

en el Artículo 23 de la Ley General de Administración Pública, como parte de los Ministerios. Sin

embargo, a la fecha no cuenta con una Ley Orgánica.

Al momento de su creación, vía presupuestaria, se le encomendó la misión de: “Brindar apoyo

permanente a la gestión presidencial para la toma de decisiones, mediante la definición, evaluación y

seguimiento de las políticas nacionales, sirviendo de enlace entre los Poderes del Estado, instituciones

autónomas, entes privados, organizaciones y grupos de poder de la sociedad civil y la Presidencia de la

República. Asimismo, preparar y presentar los instrumentos legales requeridos para el adecuado

accionar del sector público”.

Los objetivos fundamentales de este Ministerio son los siguientes:

“a) Servir de instrumento de comunicación entre el Señor Presidente de la República y el Consejo

de Gobierno, los demás órganos del Estado y el sector privado. b) Atender la coordinación de las

labores de la Presidencia con la Asamblea Legislativa y con los distintos Ministerios. c) Definir los

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programas de trabajo de las dependencias adscritas a la Presidencia de la República. d) Apoyar y dotar

de los recursos necesarios la gestión presidencial. e) Brindar asesoría técnica al Presidente en asuntos

legales en Administración y Planificación” (Jiménez Castro, 1986: 200).

El Ministerio cuenta con dos instituciones adscritas: i) la Dirección General de Servicio Civil,

creada mediante Ley Nº 1581 de 1953 “Estatuto de Servicio Civil”, como órgano responsable de la

gestión de recursos humanos del gobierno central; y ii) el Instituto Costarricense sobre Drogas, creado

por Ley Nº 8204 de 2001 con el fin de “coordinar, diseñar e implementar las políticas, los planes y las

estrategias para la prevención del consumo de drogas, el tratamiento, la rehabilitación y la reinserción

de los fármaco-dependientes, y las políticas, los planes y las estrategias contra el tráfico ilícito de

drogas, la legitimación de capitales provenientes de narcotráfico, actividades conexas y delitos

graves”11

.

Presupuestariamente, este Ministerio cuenta con los siguientes programas:

- Dirección Superior: en este programa se ubican las actividades orientadas a la coordinación de

la labor de las dependencias adscritas al Ministerio, preparación de los proyectos de ley, acuerdos,

resoluciones, órdenes y demás actos que deba suscribir conjuntamente y remitir a la Asamblea

Legislativa una vez aprobados por el Presidente de la República.

- Unidad Especial de Intervención: en este programa se incluyen las acciones orientadas a

suministrar información necesaria para la prevención de hechos que pongan en peligro la integridad y

estabilidad del país y realización de operativos contra el terrorismo y el narcotráfico.

- Dirección Inteligencia y Seguridad Nacional: creada en 1994 mediante la Ley General de

Policía Nº 7410 con el fin de suministrar información necesaria para la prevención de hechos que

pongan en peligro la integridad y estabilidad del país; así como realizar operativos contra el terrorismo

y el narcotráfico12

.

- Programa de Delegados Presidenciales: este programa se mantuvo vigente hasta el año 2010 e

incluía las acciones desarrolladas a nivel local con el fin de identificar demandas locales y difundir la

acción de gobierno.

Debido a que el Ministerio de la Presidencia no cuenta con una Ley Orgánica específica, la

organización del mismo está influenciada por la orientación que cada administración de gobierno le

quiere dar. Los cambios desarrollados en las dos últimas administraciones se presentan en la siguiente

sección.

Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica

Inicialmente existía la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica (Ley Nº 3087 del 31 de

enero de 1963) como órgano adscrito a la Presidencia de la República. Posteriormente, mediante la Ley

Nº 5523 del 2 de mayo de 1974, Ley de Planificación Nacional, se crea el Ministerio de Planificación

como el ente responsable de la formulación del Plan Nacional de Desarrollo, el cual constituye “el

marco global que orientará los planes operativos institucionales, según el nivel de autonomía que

corresponda de conformidad con las disposiciones legales y constitucionales pertinentes” (Art. 4, Ley

Nº 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos). Dicho Plan tiene

11 Extraído de http://www.icd.go.cr. 12 El 28 de febrero de 2011 el diputado del Frente Amplio, José María Villalta Flores, presentó el Proyecto de Ley Nº

17993, con el fin de derogar la Dirección de Inteligencia y Seguridad del Estado, argumentando entre otras cosas que “es un

cuerpo policial que funciona sin ningún control democrático, sin rendir cuentas, al servicio de oscuros intereses, que poco o

nada tienen que ver con la seguridad del Estado democrático y social de derecho. Los resultados de su gestión cada vez son

más criticados por amplios y diversos sectores de la sociedad costarricense” (Asamblea Legislativa, Departamento de

Servicios Técnicos. Expediente Nº 17993 “Proyecto de Ley Derogatoria de la Dirección de Inteligencia y Seguridad del

Estado y Reforma de la Ley General de Policía, p. 1). Esta no es la primera vez que se presenta una acción de este tipo, en

diciembre de 2008 el Diputado José Merino del Río del mismo partido había presentado una propuesta similar ante el

escándalo suscitado por “haberse descubierto una trama criminal por el Ministerio Público y el OIJ, que demuestra el uso de

datos privados de parte de un alto funcionario de la DIS para extorsionar a ciudadanos” (ibídem: 1-2).

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9

como propósito “sustentar el mandato constitucional que corresponde al Presidente de la República en

cuanto a dirigir, coordinar, orientar, controlar y evaluar los objetivos, políticas, programas y proyectos

estratégicos para el desarrollo integral del país”.

Adicionalmente, le compete al Ministerio de Planificación y Política Económica “velar porque

los programas de inversión pública, incluidos los de las instituciones descentralizadas y demás

organismos de Derecho Público, sean compatibles con las previsiones y el orden de prioridad

establecido en el Plan Nacional de Desarrollo” (Art. 9, Ley Nº 5523 y su reforma en inciso f del Art.

126 de la Ley Nº 8131 del 18 de septiembre de 2002).

También, debe “negociar, coordinar, aprobar y evaluar los programas de asistencia técnica,

teniendo en cuenta los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo” (Art. 11, Ley Nº 5523) y llevar a

cabo acciones tendientes a propiciar una Administración Pública eficaz y eficiente para lo cual cuenta

con la Comisión de Eficiencia Administrativa (Art. 17, Ley Nº 5523).

Oficinas y Consejos Sectoriales

De acuerdo con lo establecido en el Capítulo IV de la Ley Nº 5523, Ley de Planificación Nacional, en

cada ministerio existe una Oficina de Planificación la cual es responsable de la programación de las

actividades que le corresponden a su Ministerio según lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo.

Dichas oficinas reciben la orientación del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica

(Mideplan) para el desarrollo de sus actividades.

También, existen los Consejos Sectoriales que están formados por el Ministro Rector de cada

sector, quien lo preside, y los jerarcas de cada una de las instituciones pertenecientes al sector y su

representante (Art. 19 del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo). En estos Consejos se elaboran

los planes sectoriales en concordancia con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo. Es

responsabilidad del Ministro Rector, la aprobación de dicho Plan para luego ser enviado a Mideplan.

Ministerio de Hacienda - Dirección General de Presupuesto Nacional - Autoridad Presupuestaria

El Artículo 177 de la Constitución Política establece que “la preparación del proyecto ordinario del

presupuesto corresponde al Poder Ejecutivo por medio de un Departamento especializado en la

materia”. Para dar cumplimiento a este mandato, inicialmente se creó la Oficina de Presupuesto como

órgano adscrito a la Presidencia. Posteriormente, con la aprobación de la Ley Nº 5523 de Planificación,

se traslada dicha oficina al Mideplan. Finalmente, la Ley Nº 6955 para el Equilibrio Financiero del

Sector Público de 1984, en su artículo 3 indica que “La preparación del proyecto de presupuesto de

ingresos y egresos, del presupuesto de la República por programas, la hará el departamento

especializado en la materia, al tenor de lo que dispone el artículo 177 de la Constitución Política. Tal

dependencia funcionará bajo los lineamientos que determine el Ministerio de Hacienda”.

Adicionalmente, mediante Decreto Ejecutivo Nº 26402-H del 28 de octubre de 1997, Reglamento

General del Sistema Presupuestario de la Administración Central, se le otorga a la Dirección General

de Presupuesto Nacional la dirección del Sistema Presupuestario, para lo cual debe cumplir con las

siguientes funciones: “Planear, dirigir, coordinar, asesorar y evaluar el desarrollo de las diferentes

etapas que conforman el proceso presupuestario. Presentar propuestas al Ministro de Hacienda

referentes a la política presupuestaria de la Administración Central, a efectos de propiciar un uso más

racional y eficiente de los recursos públicos. Dictar normas técnicas para la programación,

presupuestación, ejecución, control y evaluación presupuestaria de la Administración Central. Brindar a

la Administración Central la asesoría y capacitación requerida en materia presupuestaria. Recibir y

analizar los anteproyectos de presupuesto de las dependencias de la Administración Central y realizar

las modificaciones pertinentes de conformidad con la normativa y los lineamientos establecidos.

Elaborar los anteproyectos de presupuesto ordinario y extraordinarios de la República, así como sus

modificaciones. Ejercer a través de las Oficiales Presupuestales de cada dependencia de la

Administración Central, el control jurídico-contable, económico y financiero del presupuesto. Evaluar

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10

la ejecución física y financiera de los presupuestos de la Administración Central. Realizar estudios e

investigaciones que permitan el desarrollo de métodos de trabajo que mejoren la gestión

presupuestaria”.

Finalmente, el Artículo 22 de la Ley Nº 8131, de la Administración Financiera y Presupuestos

Públicos, designa al Director del Presupuesto Nacional como órgano ejecutivo de la Autoridad

Presupuestaria, la cual está conformada por el Ministro de Hacienda o su Viceministro quien la preside,

el Mideplan, y el Presidente Ejecutivo del Banco Central. Entre las funciones de la Autoridad

Presupuestaria está “presentar para conocimiento del Consejo de Gobierno y aprobación del Presidente

de la República, las directrices y los lineamientos de política presupuestaria; así como velar por el

cumplimiento de las directrices y los lineamientos de política presupuestaria” (Art. 21 de la Ley Nº

8131). También, le corresponde la implantación de los sistemas de formulación, ejecución y control de

los presupuestos de las instituciones del Sector Público, por medio de la Secretaría Técnica y en

coordinación con el Ministerio de Planificación y Política Económica y con la Contraloría General de

la República.

En cumplimiento de sus funciones, la Dirección General de Presupuesto Nacional en conjunto

con Mideplan emiten los lineamientos para la elaboración de la Matriz Anual de Programación,

Seguimiento y Evaluación Sectorial e Institucional (MAPSESI), la Matriz Anual de Programación

Institucional (MAPI), los Aspectos Estratégicos Institucionales y la Matriz de Programación

Estratégica a nivel de Programa (PEP), con el fin de dotar a los Ministros Rectores y las instituciones

del sector público cubiertas por la Autoridad Presupuestaria, de un marco orientador y de instrumentos

que les permitan operacionalizar las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014.

Con base en estas matrices, cada institución es responsable de hacer su propia evaluación anual y de

enviar los resultados al Sistema Nacional de Evaluación de Mideplan.

Contraloría General de la República

La institución responsable por supervisar la legalidad y la eficiencia de los controles internos y del

manejo de los fondos públicos es la Contraloría General de la República (CGR), creada mediante la

Ley Nº 7428 del 7 de septiembre de 1994. El artículo 1 de dicha Ley, le otorga a la institución “el

control superior de la Hacienda Pública y rector del sistema de fiscalización que contempla esta Ley”.

Para el ejercicio de sus funciones, se le concede “absoluta independencia funcional y administrativa,

respecto de cualquier Poder, ente u órgano público. Sus decisiones solamente se encuentran sometidas

a la Constitución Política, a tratados o convenios internacionales y a la ley” (Art. 2).

Organizativamente, la CGR está adscrita a la Asamblea Legislativa y la dirección de la misma la

ejerce un(a) Contralor(a) General de la República y un Sub-Contralor General de la República, ambos

nombrados por la Asamblea Legislativa “dos años después de haber iniciado el período presidencial,

para un término de ocho años; pueden ser reelectos indefinidamente” (Constitución Política, Artículo

183). Al estar adscrita al Congreso, la Contraloría le brinda a este órgano los elementos necesarios para

apoyar su labor de control.

La labor de supervisión la ejerce sobre: a) instituciones estatales y entes públicos no estatales; b)

“los sujetos privados, que sean custodios o administradores, por cualquier título, de los fondos y

actividades públicos que indica esta Ley” (Art. 4); y c) los organismos extranjeros donde instituciones

públicas costarricenses tengan una participación mayoritaria o cuya dotación patrimonial o financiera

provenga de fondos públicos costarricenses. Los criterios que emita la Contraloría a los entes bajo su

supervisión son vinculantes.

Para el ejercicio de su labor, la Contraloría tiene acceso a cualquier fuente o sistema de

información, registro, documento, instrumento, cuenta o declaración de los entes bajo su supervisión

(Ley Nº 7428, Art. 13).

Con el fin de fortalecer la independencia del sistema de fiscalización, los auditores y sub-

auditores de la administración pública son inamovibles. Solo se les podrá destituir “por justa causa y

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11

por decisión emanada del jerarca respectivo, previa formación de expediente, con oportunidad

suficiente de audiencia y defensa en su favor, así como dictamen previo favorable de la Contraloría

General de la República” (Ley Nº 7428, Art. 15).

Los tipos de controles que ejerce la Contraloría son:

a. Fiscalizar la ejecución y liquidación de los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la

República.

b. Aprobación, improbación, fiscalización de la ejecución y liquidación de presupuestos de

instituciones autónomas, instituciones semiautónomas, empresas públicas y municipalidades. En caso

de improbación regirá el presupuesto del año anterior.

c. Aprobación de contratos que celebre el Estado, para lo cual tiene un plazo de treinta días

hábiles (Ley Nº 7428, Art. 20).

d. Realizar auditorías financieras, operativas y de carácter especial (Ley Nº 7428, Art. 21).

e. Realizar investigaciones especiales de oficio a solicitud de algún interesado, a petición de la

Asamblea Legislativa o de al menos cinco de sus diputados. También puede instruir sumarios

administrativos (Ley Nº 7428, Art. 22).

Como se puede apreciar, para el caso costarricense, la Contraloría cuenta con competencias que

van más allá de las tradicionales responsabilidades de control externo, lo cual le permite jugar un papel

importante en lo que respecta a la función de valoración técnico-política de los resultados de gobierno.

Este ente debe aprobar o improbar los siguientes informes: a) el informe del Ministerio de Hacienda de

los resultados físicos de los programas ejecutados para el ejercicio económico y b) el informe del

Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica sobre los resultados del cumplimiento de

metas, objetivos, prioridades y acciones estratégicas del Plan Nacional de Desarrollo. En caso de no

avalar los informes, comunica a cada uno de los ministerios las acciones a tomar. También, la

Contraloría brinda asesoría técnica a la Asamblea Legislativa, en especial a la Comisión de Control del

Gasto Público, en materia de Hacienda Pública.

Transformaciones recientes del Alto Gobierno en Costa Rica

Con base en las potestades que le otorga al Presidente de la República el Artículo 140 de la

Constitución Política, al inicio de cada administración se presentan algunos cambios en la

conformación del Alto Gobierno. En esta sección se describirán los cambios introducidos en la

administración Arias Sánchez (2006-2010) y la administración Chinchilla Miranda (2010-2014).

a) Administración Arias Sánchez (2006-2010)

Esta administración tuvo como elemento distintivo que el Ministro de la Presidencia, Lic. Rodrigo

Arias, era hermano del Presidente de la República y que ya había ocupado dicha cartera en la primera

administración del Presidente Arias (1986-1990).

De acuerdo a lo expresado por el Lic. Arias en la entrevista respectiva, la experiencia obtenida le

permitió notar las diferencias que presentaba el país en materia de toma de decisiones veinte años

después de su primera gestión como Ministro de la Presidencia. Entre las diferencias, resalta la

creación de nuevos entes de control como la Defensoría de los Habitantes y la Sala Constitucional; así

como cambios en las facultades de la Contraloría General de la República. Adicionalmente, indica que

el Poder Ejecutivo no cuenta con una Ley orgánica que regule su funcionamiento. “Por tal razón y en

aras de mejorar la gestión de gobierno, se optó por un mecanismo que permitiera dar más fortaleza a la

toma de decisiones, para lo cual se le dio al Ministerio de la Presidencia un carácter de Primer Ministro,

que en Costa Rica no existe, para que llevara adelante la coordinación con el gabinete y con la

Asamblea Legislativa”13

.

13 Entrevista al Lic. Rodrigo Arias, Ministro de la Presidencia, 2006-2010, 28 de noviembre de 2011.

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12

Adicionalmente, durante la administración Arias Sánchez se crearon dos Ministerios sin

Cartera14

. El primero para cumplir con las funciones de Comunicación y Enlace de la Presidencia de la

República, y el segundo responsable de la Coordinación Interinstitucional con el fin de “asegurar la

dinámica de producción de acciones, proyectos y políticas públicas por parte de los Ministerios y las

Instituciones Descentralizadas. El objetivo principal del nuevo ministerio es garantizar que las

instituciones del aparato estatal cumplan con los compromisos adquiridos”15

.

Otro cambio observado en esta administración fue que a los dos vicepresidentes se les asignó una

cartera de gobierno. La Vicepresidenta Laura Chinchilla fue designada como Ministra de Justicia

(2006-2008) y el Lic. Kevin Casas como Ministro de Planificación (2006-2007). Esto les permitía tener

voz y voto en el Consejo de Gobierno y no limitarse a las funciones establecidas en la Constitución

Política para estos puestos que es reemplazar en su ausencia al Presidente de la República (Art. 135 de

la Constitución Política). Adicionalmente, se dieron cambios importantes para fortalecer la

coordinación de las políticas públicas, los cuales se describen a continuación.

Cambios en la coordinación de las políticas públicas

Con el fin de reforzar la conducción de las políticas públicas, mediante Decreto Ejecutivo Nº 33151-

MP del 8 de mayo de 2006 se formula el Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, contemplando

entre sus normas la creación de los Sectores del Poder Ejecutivo siguientes: 1) social y lucha contra la

pobreza; 2) productivo; 3) educativo; 4) salud; 5) de ambiente, energía y telecomunicaciones; 6)

financiero; 7) cultural; 8) de violencia y seguridad ciudadana; 9) transportes; 10) ciencia y tecnología;

11) trabajo y seguridad social; y 12) de coordinación gubernamental. Este último sector estuvo

coordinado por el Ministro de la Presidencia, el Ministro de Planificación Nacional y Política

Económica y el Ministro sin cartera de Coordinación Interinstitucional.

Sin embargo, en junio de 2008 mediante Decreto Ejecutivo Nº 34582-MP-PLAN, se modifica la

conformación de los sectores pasando de 12 a 16 con el fin de ajustarlos a lo establecido en el Plan

Nacional de Desarrollo. Los nuevos sectores fueron: a) comercio exterior, b) turismo, c) política

exterior, y d) política monetaria y supervisión financiera.

Adicionalmente, para “favorecer la acción directiva y de conducción que llevan adelante los

Ministros en su condición de rectores de sectores” (DE-34582) en el nuevo decreto se precisan los

alcances de las potestades de los Ministros rectores y los instrumentos de que disponen para su

ejercicio. Entre las potestades otorgadas, destacan las siguientes: “a) Aprobar conjuntamente con el

Presidente de la República el Plan Sectorial de Gobierno para su respectivo sector, en concordancia con

el Plan Nacional de Desarrollo […]. f) Autoevaluar la eficiencia y eficacia de los resultados obtenidos

por las instituciones en la ejecución de las estrategias y las políticas sectoriales. g) Establecer

mecanismos para integrar de manera participativa, las opiniones de distintos grupos de interés en

asuntos de importancia y vinculación sectorial. h) Dar visto bueno ante el Ministerio de Planificación

Nacional y Política Económica para la incorporación de modificaciones al Plan Nacional de Desarrollo,

según las solicitudes de los jerarcas institucionales” (DE-34582-MP-PLAN, Art. 6).

También, se introducen dos nuevos conceptos en materia de rectoría, los cuales se describen a

continuación:

a) Rectoría intersubjetiva. De acuerdo con el Artículo 7 del decreto antes citado, se refiere a que

“el Presidente de la República junto con el Ministro Rector competente podrán emitir directrices a los

14 Se define como Ministro sin Cartera a aquel funcionario que es nombrado por el Presidente de la República para el

cumplimiento de funciones específicas definidas en el respectivo acuerdo de su nombramiento, y que tiene la potestad,

conjuntamente con el Presidente, de fijar políticas en su respectivo sector y velar porque se cumplan por los entes y órganos

administrativos encargados de ejecutarlas, tanto del sector centralizado como descentralizado. Sin embargo, estos

funcionarios no pertenecen a ninguno de los ministerios establecidos por Ley, por lo que no cuentan con funciones

administrativas. Participan con voz y voto en el Consejo de Gobierno. 15 Ibídem.

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13

entes públicos pertenecientes al respectivo sector. El Poder Ejecutivo ejercerá la potestad de dirección

intersubjetiva mediante la promulgación de directrices generales. Podrán concurrir dos o más Ministros

Rectores en la promulgación de directrices que regulen actividades sectoriales de varias instituciones

vinculadas entre sí por razón de la materia”.

Mediante las directrices “intersubjetivas” se pretendía entre otras cosas, “asegurar la unidad de

acción por parte de las instituciones públicas para una gestión administrativa armónica y coherente, así

como el cumplimiento efectivo de los fines y cometidos públicos asignados a las instituciones que

conforman el respectivo sector, de acuerdo al orden jurídico vigente” (DE-34582-MP-PLAN, Art. 8,

inciso b).

b) Rectoría interorgánica. Según lo establecido en el Artículo 9 del mismo decreto, mediante esta

rectoría “todos los órganos adscritos a cada ministerio, sean desconcentrados o no, estarán sujetos a las

estrategias y políticas sectoriales a cargo del respectivo Ministro Rector, quien ordenará su actividad en

conformidad con las potestades que le faculten las disposiciones legales que crean esas adscripciones”.

Otro mecanismo creado para facilitar la coordinación de políticas públicas fue la creación de

Consejos Sectoriales y Consejos Sectoriales con actividades intersectoriales. A los primeros se les

definió como órganos de coordinación y consulta del Ministro Rector en cuanto a los planes que le

corresponde ejecutar al sector. Los mismos debían sesionar ordinariamente al menos cada cuatro meses

y en ellos se debía conocer el informe anual sobre los resultados de ejecución de los acuerdos tomados,

para que posteriormente el Ministro Rector presentara al Presidente un informe consolidado del sector.

Los segundos estaban compuestos por los Ministros rectores de otros sectores y los representantes de

dichos sectores, cuando era necesaria la coordinación intersectorial.

Constitución del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP)

Mediante el Decreto Ejecutivo Nº 34694-PLAN-H se promulga el “Reglamento para la Constitución y

Funcionamiento del SNIP, de las Normas Generales y Definiciones”. En el mismo se define al

Mideplan como órgano rector de dicho sistema y responsable de emitir las normas jurídicas, técnicas y

procedimientos de inversión pública. También, se crea al interior de Mideplan un órgano operativo

denominado Unidad de Inversiones Públicas (UIP) responsable de la administración y ejecución de las

acciones tendientes al buen funcionamiento del SNIP. Para el desarrollo de sus funciones, esta unidad

debe coordinar al interior de la institución con el Área de Evaluación y Seguimiento, con el Área de

Cooperación Internacional, y con la Unidad de Preinversión. Adicionalmente, el Ministerio de

Hacienda debe asignar los recursos previa recomendación de su Dirección General de Presupuesto

Nacional. La creación del SNIP se considera un avance importante porque permite ordenar la inversión

pública de acuerdo con los planteamientos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y de los

Planes sectoriales.

b) Administración Chinchilla Miranda (2010-2014)

A continuación se presentan los principales cambios para el ejercicio del Alto Gobierno durante esta

administración.

Creación de los Consejos Presidenciales

Mediante Decreto Ejecutivo Nº 36024 del 11 de mayo de 2010 se crea la figura de los Consejos

Presidenciales “como órganos de orientación, asesoría y coordinación en políticas públicas, diseño de

planes, metas y objetivos, y seguimiento, en cada una de las siguientes áreas de atención:

a) Consejo Presidencial de Seguridad Ciudadana y Paz Social. Tiene como objetivos mejorar y

fortalecer la policía y el sistema penitenciario, prevenir y controlar la delincuencia, luchar contra la

impunidad, combatir el narcotráfico y el crimen organizado y consultar sobre una política integral y

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14

sostenible de largo plazo para la seguridad ciudadana16

(http://www.presidencia.go.cr).

b) Consejo Presidencial de Bienestar Social y Familia. Es responsable de diseñar “un plan global

para dar una respuesta integral y articulada, por parte del Estado, a los distintos problemas sociales

como la pobreza, el desempleo, y la desigualdad entre otros factores que afectan a los cantones y

distritos menos favorecidos del país los cuales serán prioritarios para este organismo” (ibídem).

c) Consejo Presidencial de Competitividad e Innovación. “Sus acciones prioritarias van

destinadas al trabajo entre el capital humano y la innovación, el aprovechamiento del comercio exterior

mediante los tratados vigentes y los que están por aprobarse, la atracción de inversión extranjera, el

financiamiento y el mercado de valores, el desarrollo de infraestructura y la regulación de tramitología,

concluir en buen término la apertura del sector de las telecomunicaciones, además de lograr que en

2014 el país logre satisfacer su demanda energética en un 95%, esto con base en fuentes de energía

renovable” (ibídem).

d) Consejo Presidencial de Ambiente. “Este consejo tiene la finalidad de convertir a Costa Rica

en un país líder en la lucha contra el cambio climático global, comprometido con el ordenamiento

territorial, la autosuficiencia energética y sentando las bases de una sociedad carbono neutral” (ibídem).

Entre las funciones de estos Consejos están las siguientes: “a) Proponer objetivos estratégicos,

metas sectoriales e indicadores de progreso en sus áreas de atención, b) Elaborar planes de acción

específicos en sus áreas de atención, [...] d) Diseñar políticas y directrices que regulen las actividades

de las instituciones involucradas en sus áreas de atención y someterlas a aprobación del Poder

Ejecutivo o de la Presidencia de la República, [...] g) Velar porque las instituciones relacionadas con su

área de atención, respondan adecuadamente a las políticas y directrices que se implementen” (Decreto

Ejecutivo Nº 36024 del 11 de mayo de 2010).

Para el cumplimiento de sus fines, cada Consejo Presidencial cuenta con el apoyo de un órgano

asesor, de foros de consulta, y una secretaría técnica. En el Anexo 2 se presenta la conformación de

cada uno de dichos Consejos.

Redefinición de los sectores

Mediante Directriz 001-Mideplan del 1º de junio de 2010 y su reforma a través del Decreto Ejecutivo

Nº 36646 del 15 de julio de 2011, se establecen catorce sectores alrededor de los cuales se organizará la

labor de gobierno. Dichos sectores son: 1) bienestar social y familia; 2) productivo; 3) educativo; 4)

salud; 5) ambiente, energía y telecomunicaciones; 6) financiero, monetario y supervisión financiera; 7)

cultura; 8) transporte; 9) seguridad ciudadana y justicia; 10) ciencia y tecnología; 11) comercio

exterior; 12) turismo; 13) ordenamiento territorial y vivienda; y 14) trabajo.

Adicionalmente, el Artículo 10 de dicha Directriz indica que cada Ministro Rector de Sector

deberá enviar a Mideplan a más tardar el 31 de agosto de 2010, la propuesta sectorial de metas y

acciones estratégicas para ser incorporadas al Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014. Las decisiones

estratégicas de los sectores deberán ser comunicadas a los Consejos Presidenciales que les corresponda.

En la administración Chinchilla Miranda se mantienen las potestades asignadas a los Ministros

rectores, y la figura de los Consejos Sectoriales para la coordinación sectorial e intersectorial.

Adicionalmente, se refuerza la función de rectoría al dotar al Ministro Rector de la potestad de dar el

aval a los proyectos de inversión de su sector para ser considerados dentro del SNIP.

Proyecto Costa Rica Visión de Largo Plazo

Con el apoyo del Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES),

del 15 de junio al 25 de julio de 2011 Mideplan desarrolla un proceso de consulta ciudadana con el fin

16 Esta consulta ya fue realizada en 2010-2011 con el apoyo de la Oficina del PNUD-Costa Rica, dando como resultado la

formulación de la Política Integral y Sostenible de Seguridad Ciudadana y Promoción de la Paz Social para Costa Rica

(Polsepaz), la cual fue presentada en febrero de 2011.

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15

de conocer “las opiniones sobre las principales oportunidades y retos que tiene el país en ámbitos como

el económico, social, ambiental, y de gobernabilidad” (Mideplan, 2011: 1).

Cabe destacar que desde enero de 2010, al interior de Mideplan, funciona la Unidad de Análisis

Prospectivo, “con el objetivo de desarrollar en forma gradual y articulada el conocimiento,

metodologías e instrumentos que permitan construir la visión de largo plazo que considere tanto los

acontecimientos externos e internos; así como la participación de diferentes actores de la sociedad en

Mideplan y en el Sistema Nacional de Planificación”17

. En la actualidad, la organización se encuentra

analizando los resultados para traducirlos en políticas de largo plazo.

Especialización de funciones del Ministerio de la Presidencia

Para el desarrollo de sus funciones, al inicio de la Administración Chinchilla Miranda se nombraron

tres viceministros al interior del Ministerio de la Presidencia18

, a saber: a) Viceministro de Asuntos de

Seguridad, b) Viceministro de la Presidencia que siempre se nombra, y c) Viceministro de Asuntos

Legislativos.

Por otra parte, mediante Decreto Ejecutivo Nº 36022-MP del 8 de mayo de 2010 se crea el cargo

de “Comisionado Nacional Antidrogas, cuya misión esencial consistirá en dar seguimiento y propulsar

el cumplimiento de las políticas de Estado, los programas, los proyectos y las acciones relacionadas

con: 1) la prevención del consumo de drogas; 2) la prevención del delito; 3) la atención a personas

consumidoras de drogas; 4) la prevención y la represión del tráfico ilícito de drogas; 5) el control y la

fiscalización de estupefacientes, psicotrópicos, precursores y demás químicos esenciales; y 6) la

prevención y la represión de la legitimación de capitales, el financiamiento al terrorismo y el crimen

organizado” (DE-36022-MP, Art. 1). En el artículo 2 del mencionado Decreto se indica que

“Corresponderá al Viceministro de la Presidencia encargado de los Asuntos de Seguridad de la

Presidencia de la República, asumir la condición de Comisionado Nacional Antidrogas”.

Al Viceministro de Asuntos Legislativos le corresponde “contribuir a coordinar la promulgación

de los instrumentos legales necesarios entre el gobierno y la Asamblea Legislativa para el adecuado

accionar de los sectores público, privado y social en general”19

.

Finalmente, el Viceministro de la Presidencia ha asumido la coordinación de las actividades con

los órganos adscritos al Ministerio de la Presidencia y las establecidas en el Artículo 47 de la Ley

General de Administración Pública referidas a las funciones de los viceministros, entre las cuales está

el sustituir al Ministro en sus ausencias y ser el superior jerárquico inmediato de todo el personal

asignado al Ministerio.

Creación del Ministerio sin Cartera de Comunicación y Enlace Institucional

El 11 de febrero de 2011, ante la salida del Ministro de la Presidencia y las tensas relaciones entre la

Presidencia y la Asamblea Legislativa, la Presidenta Chinchilla Miranda crea el Ministerio sin Cartera

de Comunicación, “con la intención de mejorar la imagen del gobierno en un momento considerado

clave para sus proyectos y en medio de las dificultades derivadas del déficit fiscal”20

. La labor de este

Ministro se centra fundamentalmente en la función de comunicación hacia lo interno del gobierno y

hacia la sociedad.

17 Entrevista a la Dra. Laura Alfaro, Ministra de Planificación, 08/05/2010-14/03/2012, entregada el 22 de noviembre de

2011. 18 De acuerdo con el Artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente puede nombrar los

viceministros que se estimen necesarios. Cada Ministerio cuenta con al menos un viceministro. En el caso del Ministerio de

la Presidencia, siempre se nombra al Ministro y Viceministro de dicha cartera. 19 http://www.presidencia.go.cr/consejodegobierno/gabinete. 20 Murillo, Álvaro (11 de febrero de 2011), “Chinchilla nombra a Roberto Gallardo Ministro de Comunicación”

(http://www.nacion.com/2011-02-11/ElPais).

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16

Valoración de los actores entrevistados sobre la estructura y evolución del Alto Gobierno en

Costa Rica

Los actores entrevistados (véase el Anexo 1), en primer lugar, concuerdan en que el Ministerio de la

Presidencia cuenta con una debilidad estructural que es el no contar con una Ley Orgánica, lo cual

afecta su organización y funcionamiento, ya que al inicio de cada administración se le da una nueva

organización. Como se indicó en la sección anterior, en las dos últimas administraciones la

especialización de funciones al interior del Ministerio de la Presidencia varió en términos del número

de viceministros designados y las funciones dadas a cada uno de ellos.

Dos de los académicos consultados señalan que el problema de estatus del Ministerio de la

Presidencia no viene tanto del lado formal como del informal. Se indica que “usando la famosa

distinción entre poder y poderes, entre lo formal y lo real, los poderes de ese ministerio vienen más

dados por la persona que ocupa el cargo de Ministro que por el rango del Ministerio de la Presidencia”.

Esta situación se complica aún más por la poca claridad en la definición de funciones de los

vicepresidentes, los que constitucionalmente solo tienen la atribución de reemplazar al Presidente en su

ausencia.

La ausencia de una Ley Orgánica también afecta el nivel de profesionalización de este Ministerio

ya que no cuenta con personal técnico permanente, con excepción de un núcleo básico de personal

administrativo. Tal situación ha hecho que en algunas administraciones se haya buscado mecanismos

alternativos para contratar personas de alto nivel profesional para el Ministerio de la Presidencia. En

palabra de uno de los entrevistados, la función de este Ministerio “depende mucho de quién esté a

cargo de él y qué apoyo tenga del Presidente de la República. En el caso de no contar con un apoyo

fuerte o que la persona no tenga mucho liderazgo, se hace más difícil cumplir con la función de

coordinación de gabinete y de servir de enlace entre la Presidencia y la Asamblea Legislativa”.

En cuanto a la especialización de funciones en el Alto Gobierno, los actores coinciden en señalar

que los cambios se han focalizado en la estructuración del Ministerio de la Presidencia y de los círculos

de asesoría que acompañan al presidente en turno. En este sentido, se identifica que existe un primer

círculo de asesoría que está conformado por aquellas personas que brindan asesoría particular al (la)

presidente(a), los cuales usualmente son personas que acompañaron al (la) presidente(a) en su campaña

y de su total confianza, muchas veces familiares del mandatario. Un segundo círculo está dado por el

Ministerio de la Presidencia y los ministros sin cartera que se han creado en las dos últimas

administraciones.

En términos de las posibles duplicidades entre el Ministerio de la Presidencia y otros ministerios,

las opiniones están divididas. Algunos de los actores entrevistados consideran que podría existir cierta

similitud de funciones en términos de coordinación de políticas entre el Ministerio de la Presidencia y

el Ministerio de Planificación, ya que si bien el primero tiene una orientación más política y el segundo

brinda asesoría técnica, ambos están cercanos al Presidente y pueden en ciertos momentos presentarse

confusiones.

También, uno de los académicos entrevistados sugiere un problema de estatus entre ambos

ministerios. El Ministerio de la Presidencia y la Presidencia requieren de la constante información de

Mideplan sobre el avance de los programas de las instituciones y de las evaluaciones sobre el

cumplimiento de las metas del Plan Nacional de Desarrollo, con el fin de tomar las decisiones que

corresponda. Con esto se daría en ciertas ocasiones una situación de “primacía” del Ministerio de la

Presidencia, a pesar de que orgánicamente goza del mismo rango que el Ministerio de Planificación. En

este sentido, pareciera primar, a veces, el legado institucional de la Oficina de Planificación (ahora

Ministerio) que era un órgano adscrito del Ministerio de la Presidencia.

No obstante lo anterior, en entrevista realizada a personal de una de las Secretarías Técnicas de

los Consejos Sectoriales se destaca una relación de cooperación entre ambos ministerios, ya que en

algunas ocasiones se requiere del apoyo de la presidencia para impulsar a nivel institucional ciertos

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17

proyectos incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

Otros actores indican que la coordinación se tiende a complicar cuando se agregan otros actores

en la labor de coordinación, tomando la figura de ministros sin cartera, comisiones especiales, o

responsabilizando a uno de los vicepresidentes por la coordinación de proyectos estratégicos. Esta

situación se analizará con mayor detalle en la sección correspondiente a la función de coordinación.

Finalmente, algunos actores señalan la necesidad de repensar las funciones del Consejo de

Gobierno ya que en la actualidad es un órgano con pocas competencias, en donde básicamente lo que

se hace es rendir informes y discutir temas que son obligatorios de verse en esa instancia.

En síntesis, la percepción de los actores sobre la estructura y evolución del Alto Gobierno en

Costa Rica es que el núcleo más directo de apoyo a la adopción de decisiones del Presidente de la

República, conformado por el Ministerio de la Presidencia, el Ministerio de Planificación, los

vicepresidentes y sus círculos de asesores personales, presenta fronteras muy permeables que requieren

de análisis y redefiniciones. Algunos de los asuntos pendientes, por ejemplo, son: ¿cuál debería ser la

relación entre el Ministerio de la Presidencia y los vicepresidentes?, ¿cuál debería ser la relación entre

el Ministerio de la Presidencia y el Ministerio de Planificación?, y el papel del Ministro de la

Presidencia en su labor de coordinador de gabinete.

III. FUNCIONES DE PROSPECTIVA, IDEOLÓGICA Y DE INTELIGENCIA

De acuerdo con los términos de referencia del CLAD para este proyecto, se define la función de

prospectiva e ideológica como el conjunto de acciones orientadas a la construcción de visiones a largo

plazo, entre las cuales están la detección de problemas futuros, la transformación de la “información

basada en evidencias y datos en información utilizable en el futuro, y la dotación al Alto Gobierno de

los conocimientos estratégicos que permitan abordar la complejidad, los conflictos y la incertidumbre

de una manera eficaz” (CLAD, 2011: 7). Por su parte, la función de inteligencia está orientada a la

captura de información del entorno social y político con el fin de identificar los conflictos latentes y los

cambios no previstos.

Los actores entrevistados concuerdan en que el principal mecanismo utilizado por los presidentes

para la detección de demandas ciudadanas es el contacto directo con líderes comunales, con

representantes de grupos organizados en las giras presidenciales, por medio del cuerpo de delegados

presidenciales, y mediante reuniones con diversos grupos de interés.

Otro mecanismo importante es la información que logra integrar la Dirección Nacional de

Desarrollo de la Comunidad (Dinadeco) por medio de las asociaciones comunales de desarrollo, las

cuales están al tanto de lo que acontece en las diferentes comunidades.

Durante la administración Chinchilla Miranda (2010-2014), Mideplan con el apoyo del Instituto

Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES) desarrolló entre los meses

de junio y julio de 2011 un proceso de consulta pública, con el fin de integrar en una agenda estratégica

“los temas fundamentales considerados por la población importantes para el desarrollo y crecimiento

del país en el largo plazo”21

. Esta consulta forma parte del Proyecto Costa Rica Visión Largo Plazo,

cuyo objetivo es elaborar “una propuesta estableciendo mecanismos para un diálogo social con

respecto a la planificación a largo plazo”22

. En esa primera fase del proceso, se abarcaron todas las

regiones de planificación en busca de obtener representatividad regional y se realizaron 2.635

entrevistas efectivas.

Adicionalmente, tanto el Ministerio de Planificación como la Presidencia hacen uso de las TIC

21 Entrevista a la Dra. Laura Alfaro, Ministra de Planificación, 08/05/2010-14/03/2012, entregada el 22 de noviembre de

2011. 22 Ibídem.

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18

para mantenerse en contacto con la ciudadanía y detectar sus necesidades.

Con respecto a los mecanismos para conocer el estado de la opinión pública en general, se da

seguimiento a los resultados de las encuestas de opinión que realizan periódicamente los medios de

comunicación y de encuestas realizadas en determinadas coyunturas por centros académicos.

La forma cómo se ha llevado a cabo la función prospectiva en el país ha variado de

administración a administración, utilizándose diversos mecanismos entre los cuales destacan los grupos

de pensamiento y de asesoría especializados contratados por la Presidencia. Sin embargo, los actores

concuerdan que en el país se tiene una visión solo de cuatro años en donde el Plan de Gobierno, que

sirve de base al candidato que gana las elecciones presidenciales, se convierte en el Plan Nacional de

Desarrollo.

La percepción de los entrevistados es apoyada por los estudios realizados por la Contraloría

General de la República, entre ellos el “Estudio sobre mejoras al proceso de formulación del PND

2010-2014” (Contraloría General de la República, 2009) y la Memoria Anual 2009. En esta última, se

reitera la “necesidad de una planificación de largo plazo con el fin de dar cumplimiento a lo establecido

en el artículo 4 de la Ley de Planificación Nacional Nº 5525 del año 1974, donde se establece la

obligatoriedad de que el Presidente y sus ministros rectores, asuman un rol protagónico de dirección y

conducción política, en torno a una visión y acción conjunta para impulsar un proyecto de desarrollo

[...]. Además, es este mismo Poder Ejecutivo el llamado a impulsar una estrategia de desarrollo de

largo alcance, comprensiva de las áreas relevantes del campo económico-social e impregnada de un

buen nivel de consenso y la debida gradualidad, para ser sometida a aprobación de la Asamblea

Legislativa e introducida, por consiguiente, al marco jurídico que regula el accionar de los gobernantes,

más allá de la elaboración y ejecución de planes diseñados para efectos del ejercicio de una

administración en particular” (Contraloría General de la República, 2010b: 10).

La posición de la Contraloría ha sido compartida en diferentes estudios como el Informe 2004 del

Estado de la Nación, y otros sobre gobernabilidad. En estos últimos se resalta que el país enfrenta un

problema al respecto, que le dificulta la construcción de agendas de largo plazo. Entre los elementos

que estarían afectando dicha gobernabilidad se señalan los siguientes: a) la transición iniciada a partir

de 1998 de un sistema de partidos bipartidista a un sistema de multipartidismo moderado, lo cual ha

incrementado el número de actores con poder de veto y aumentado el costo de transacción de las

negociaciones; b) el deterioro de las lealtades partidarias, lo cual se ha traducido en un incremento de

demandas fragmentadas al sistema político; c) la alteración de los vínculos de representación partidaria

producto del cambio de modelo económico, el cual pasó de un modelo de sustitución de importaciones

a uno de promoción de exportaciones; d) el incremento del fraccionamiento parlamentario, lo cual ha

hecho más frecuente la aparición de gobiernos divididos; y e) la creación de nuevos actores

institucionales que limitan la capacidad de maniobra del Ejecutivo, como la creación de la Sala IV

Constitucional (Gutiérrez Saxe y Straface, 2006)23

.

Para empezar a avanzar en la planificación de largo plazo, a partir de enero de 2010, Mideplan

crea al interior del Área de Análisis para el Desarrollo, la Unidad de Análisis Prospectivo, la que de

acuerdo a la normativa tiene por objetivo desarrollar el conocimiento, metodologías e instrumentos que

permitan construir la visión de largo plazo que considere tanto los acontecimientos externos e internos,

así como la participación de diferentes actores de la sociedad en Mideplan y en el Sistema Nacional de

23 Cabe recordar que, mediante la Ley Nº 7128 de junio de 1998, se reforma el Art. 10 Constitucional para crear “una sala

especializada de la Corte Suprema de Justicia facultada para declarar, por mayoría absoluta de sus miembros, la

inconstitucionalidad de las normas de cualquier naturaleza y de los actos sujetos a Derecho Público, [...] le corresponde

además: a) dirimir los conflictos de competencia entre los dos poderes del Estado, incluido el Tribunal Supremo de

Elecciones, así como en las demás entidades u órganos que indique la ley; b) conocer la consulta sobre proyectos de reforma

constitucional, de aprobación de convenios o tratados internacionales y de otros proyectos de ley”. Ante el incremento de la

lucha al interior de la Asamblea Legislativa, la Sala Constitucional se ha convertido en la nueva arena política donde

resolver los conflictos y apelar las decisiones tanto del Poder Legislativo como del Poder Ejecutivo.

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19

Planificación.

En cuanto a la acción de prevención y resolución del conflicto, ésta se desarrolla por medio del

monitoreo constante realizado por parte de los asesores del presidente, el Ministro de la Presidencia y,

cuando existe, el Ministro de Comunicación. Desde el punto de vista de los académicos entrevistados,

esta función se desarrolla más en función de la pericia de las personas que ocupan los puestos antes

citados, que como resultado de la aplicación de mecanismos formales. Producto de lo anterior, el

gobierno siempre tiende a “reaccionar” a los problemas y en ciertas ocasiones muy tardíamente y no

con buenas estrategias.

Por otra parte, gracias a la inversión realizada por el país desde hace muchos años en educación

superior y en la profesionalización de sus funcionarios públicos, se cuenta con centros de investigación

en las universidades públicas que suelen desarrollar muy buenos análisis sobre la evolución y

resultados de las distintas políticas públicas. En el marco institucional del Consejo Nacional de

Rectores, que aglutina a las cuatro universidades públicas, se cuenta con el Programa Estado de la

Nación, el cual “es un programa de investigación y formación sobre desarrollo humano sostenible que

brinda información relevante para la formulación de políticas públicas y opinión crítica de la

ciudadanía sobre temas estratégicos para el desarrollo humano sostenible, tanto en Costa Rica como en

Centroamérica”24

. Dicho programa ha publicado a la fecha 17 informes del Estado de la Nación.

Adicionalmente, en los últimos años la Contraloría General de la República ha venido

desarrollando informes de evaluación de ciertas arenas de política, que van más allá del control de la

legalidad de la ejecución del presupuesto. Esto es producto de la evolución que ha tenido esta

organización desde el año 2006, en el marco de asumir la ley de control interno como una ley de buen

gobierno, lo que ha llevado a que revise su misión, visión, valores y organización. Como ejemplo de

este cambio, en los dos últimos años se han realizado informes como el de “Sector Infraestructura y

Transportes: Hacia un modelo de gestión de políticas públicas” en donde el objetivo es contribuir a

mejorar la capacidad de gestión de dicho sector. También, se elaboró el “Informe sobre los Perfiles

Gerenciales de Algunos Ministerios e Instituciones del Sector Público”, cuyo objetivo era determinar si

dichos perfiles responden a la actividad sustantiva de las respectivas instituciones. Un tercer estudio es

sobre los instrumentos de programación y evaluación emitidos por Mideplan y el Ministerio de

Hacienda en el marco de la gestión por resultados, en donde se presentan disposiciones orientadas al

mejoramiento de los mismos.

También, la Contraloría creó en el año 2009 la Unidad de Gobierno Corporativo la cual tiene

como objetivo “guiar a la organización, para que de manera coordinada, podamos lograr los objetivos

que nos hemos trazado”25

. De acuerdo con la Licda. Rocío Aguilar, Contralora General de la

República, “Gobierno Corporativo es un direccionamiento que permite que la toma de decisiones no

sea aleatoria, sino que vaya de la mano, articulada con la misión, con los objetivos que se ha trazado la

organización. Esto también es importante porque se ha incorporado como parte del concepto, el tema

de la satisfacción de los clientes, algo que, lamentablemente, no siempre está presente en nuestra

administración pública”26

.

Como conclusión se puede indicar que la función prospectiva, ideológica y de inteligencia

presenta debilidades ya que el país ha tenido un horizonte temporal de cuatro años marcado por el Plan

Nacional de Desarrollo, que lejos de ser una política de Estado es una política de administración. Sin

embargo, según lo señalan las entrevistas con los actores, se están desarrollando avances como la

creación de la Unidad de Análisis Prospectivo en Mideplan, el cambio de orientación de la labor de la

Contraloría General de la República, y el uso de las redes sociales y las TIC para un mayor contacto

24 Tomado de la página del Programa Estado de la Nación: http: //www.estadonacion.or.cr. 25 Entrevista a la Licda. Rocío Aguilar, Contralora General de la República y a la Licda. Maritza Sanabria, Jefe de la Unidad

de Gobierno Corporativo, 1º de noviembre de 2011. 26 Ibídem.

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20

con la ciudadanía a fin de una mejor detección de sus demandas y preferencias. Otro elemento a

destacar en esta función, es que el país cuenta con capacidad de proveer consejo informado en políticas

públicas por medio de las investigaciones que realizan los distintos centros de investigación del país,

pero aún hace falta generar una mayor incidencia hacia los tomadores de decisiones en materia de

políticas públicas.

IV. LA COORDINACIÓN DE LAS POLÍTICAS

En esta función, las personas entrevistadas coincidieron en que el país tiene dos grandes problemas

estructurales. En primer lugar la complejidad del aparato estatal y en segundo lugar el debilitamiento

que experimentó la planificación a partir de la década de los ochenta. Estas percepciones fueron

corroboradas en análisis previos realizados sobre este tema.

En relación con la complejidad del aparato estatal, es importante aclarar que luego de la guerra

civil de 1948, los miembros de la Asamblea Constituyente tomaron la decisión de “crear y fortalecer

todo un sector de la Administración Pública que es lo que conocemos como el sector descentralizado

del Estado. En esa época lo que se dijo fue que hay una serie de funciones que cumple el Estado que

debieran ser administradas “científicamente”, o con base en una administración técnica, y que no son

de naturaleza política ni debieran ser influenciadas por la actividad político-partidaria. Esto a raíz de

que el bando ganador de la guerra civil ubicó como causa primigenia de la guerra el excesivo poder del

Ejecutivo”27

.

Producto de lo anterior, en la actualidad el país cuenta con 123 instituciones descentralizadas, 18

ministerios, 80 órganos adscritos a ministerios, 81 municipalidades y 8 Consejos de Distritos. El sector

descentralizado por sí solo maneja un presupuesto que representa el 60% de los recursos públicos28

.

Esta configuración del aparato estatal conspira contra la coordinación porque la autonomía de la

que gozan las instituciones del sector descentralizado les permite dar prioridad a sus planes y metas

sobre los planes sectoriales, y el Ministro Rector no cuenta con autoridad jerárquica sobre ellos, sino

que depende de su capacidad de gestión política y del apoyo del Presidente para adelantar las metas del

sector y alinear a las instituciones autónomas.

Otro elemento que pareciera atentar contra la coordinación se deriva de las nuevas formas

jurídicas que se han diseñado para la creación de empresas públicas29

. De acuerdo con Gutiérrez Saxe y

Straface (2006), hasta el año 2004 se habían creado 69 instituciones de esta naturaleza. El problema es

que las mismas se manejan bajo el marco del derecho privado aunque sean de capital público. Por lo

tanto, la capacidad de rectoría sectorial se ve disminuida por la ausencia de incentivos de dichas

instituciones para someterse a una coordinación externa aunada a su autonomía.

En cuanto al debilitamiento de la planificación, a raíz de la crisis fiscal de la década de los

ochenta, en Costa Rica y en el resto del mundo, se empieza a privilegiar la política fiscal sobre la

planificación del Estado. En la práctica esto se tradujo en que, para el caso costarricense, “el proceso

presupuestario se convierte en la realidad en el gran ordenador de la labor del Ejecutivo. Este proceso

tiene en nuestro caso un horizonte de un año”30

, lo cual impide un planificación de largo plazo.

Adicionalmente, la prioridad de un Ministerio de Hacienda es mantener la estabilidad fiscal, no

establecer las metas de gobierno.

27 Entrevista al Dr. Jorge Vargas Cullell, Sub-Director del Estado de la Nación, 31 de octubre de 2011. 28 Es importante aclarar que el presupuesto de las instituciones descentralizadas es aprobado por la Contraloría General de la

República, mientras que el Presupuesto Nacional que corresponde al gobierno central debe pasar por la aprobación del

Congreso. 29 Entre estas nuevas formas figuran diversas modalidades de empresas públicas-ente público y empresas públicas-ente

privado. 30 Entrevista al Dr. Jorge Vargas Cullell, Sub-Director del Estado de la Nación, 31 de octubre de 2011.

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21

La referida percepción es refrendada en la Memoria Anual 2009 de la Contraloría General de la

República, donde se expresa que si bien la Autoridad Presupuestaria elabora la propuesta de

lineamientos generales y específicos de política presupuestaria, los cuales son conocidos por el Consejo

de Gobierno y aprobados por el Presidente de la República, en el proceso de formulación del

presupuesto que realiza el Ministerio de Hacienda “es posible observar reasignación financiera en los

anteproyectos de presupuesto (realizada conforme a las políticas fiscales y prioridades de gasto) lo cual

coloca a este ministerio en una posición determinante en la asignación de los recursos que finalmente

estarán disponibles para los gastos de las instituciones” (Contraloría General de la República, 2010b:

12).

El país cuenta con un marco normativo31

orientado a promover la coordinación de las políticas

por medio de Mideplan, los Ministros Rectores de cada sector, los Consejos Sectoriales y su instancia

técnica, las Secretarías Técnicas Sectoriales. Además se han desarrollado instrumentos que ayuden en

esta coordinación como: a) la Matriz Anual de Programación, Seguimiento y Evaluación Sectorial e

Institucional (MAPSESI), para las rectorías sectoriales; b) la Matriz Anual de Programación

Institucional (MAPI); y c) los Aspectos Estratégicos Institucionales y la Matriz de Programación

Estratégica a nivel de Programa (PEP). No obstante todo lo anterior, la eficacia de la coordinación

sigue siendo un reto país, tal y como lo han evidenciado los informes realizados por la Contraloría

General de la República.

En cuanto al manejo de políticas transversales, la opción del Poder Ejecutivo ha sido crear

comisiones especiales. En la Administración Chinchilla Miranda (2010-2014) se optó por la creación

de los Consejos Presidenciales, los cuales son presididos por la Presidenta. Sin embargo, en opinión de

los académicos entrevistados y algunos actores institucionales, este mecanismo tampoco ha contribuido

a la articulación de la acción pública por los conflictos de autoridad que se generan entre los distintos

niveles de gobierno, haciendo que finalmente sea la presidenta quien oriente las decisiones.

Adicionalmente, una de las entrevistadas que pertenece a una de las secretarías técnicas sectoriales,

destaca que en los Consejos Presidenciales solamente se informa sobre el avance que tienen los

proyectos, mientras que en las decisiones de programación estratégica que facilitan la coordinación se

está reforzando a los Consejos Sectoriales. Finalmente, la misma informante indica que se espera

mejorar la coordinación una vez que se avance en la aplicación del Programa Delphos para el

monitoreo y evaluación de los proyectos incluidos en los planes sectoriales.

De cualquier manera, la Contraloría General de la República plantea que la coordinación se ve

también afectada por la desvinculación que existe entre la planificación y el presupuesto. Al respecto

indica que si bien los ministros rectores y consejos sectoriales desarrollan las matrices diseñadas para

apoyar la coordinación (MAPSESI, MAPI y PEP), “al elaborar los presupuestos respectivos de cada

institución, no se destinan todos los recursos necesarios para atender el total de las acciones incluidas

en el PND” (Contraloría General de la República, 2010a: 11). Para superar esta debilidad, el ente

contralor sugiere seguir la experiencia de países como Nueva Zelanda, Canadá y Estados Unidos, que

han introducido el “marco fiscal de mediano plazo”, el cual es definido por Nelson Shack (citado en

ibídem) como “el resultado de un proceso estratégico de proyección y priorización de gasto, a través

del cual las decisiones presupuestarias anuales son gobernadas tanto por las restricciones fiscales

intertemporales imperantes como por las prioridades de la política gubernamental” (ibídem: 7).

En lo que concierne a las políticas intersectoriales, de acuerdo con Mideplan32

, se han logrado

formular con un modelo de gestión intersectorial políticas como las siguientes:

• Política Nacional de Igualdad y Equidad de Género

31 En particular, la Ley de Planificación Nacional N° 5525 del 2 de mayo de 1974 y la Ley General de la Administración

Pública. 32 Entrevista a la Dra. Laura Alfaro, Ministra de Planificación, 08/05/2010-14/03/2012, entregada el 22 de noviembre de

2011.

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22

• Política Nacional de Empleo

• Política Nacional de Salud

• Política Nacional para Personas con Discapacidad

• Política de Seguridad Ciudadana

• Política Nacional del Recurso Hídrico

• Política Nacional de Niñez y Adolescencia

• Política Nacional de Juventud

• Política Nacional de Migración.

Por otra parte, según funcionarios entrevistados pertenecientes a las Secretarías Técnicas

Sectoriales, existen varios avances en los instrumentos que podrían ayudar a mejorar la coordinación.

Tal vez los más importantes son: a) la obligatoriedad de que el Ministro Rector dé el visto bueno a los

proyectos de inversión de las instituciones que conforman su sector para poder ser remitidos a

Mideplan e introducidos en el Sistema Nacional de Inversión Pública, y b) la implantación de una

plataforma digital -aún en desarrollo- para realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento de

las metas de los proyectos incluidos en el Plan Sectorial, que permitirá en forma más rápida y fácil

alertar sobre retrasos y consecuencias.

En cuanto a los proyectos de modernización y reforma administrativa, éstos fueron frecuentes en

la década de los noventa. Más recientemente, en la administración Arias Sánchez (2006-2010) se creó

al interior del Área de Modernización del Estado de Mideplan, la Comisión de Eficiencia

Administrativa y Reforma del Estado (CEARE) como un órgano consultivo integrado por “políticos,

académicos y funcionarios públicos”33

, con el objetivo de analizar y emitir recomendaciones en torno a

empleo público, planificación, presupuestación y control, y organización de la administración pública.

En agosto de 2010, mediante Decreto Ejecutivo Nº 36175-PLAN se crea la Comisión de Eficiencia

Administrativa (CEA), la cual está orientada a tres grandes áreas de trabajo: “1) Dirección y Gerencia

Pública: busca estudiar el funcionamiento de los sistemas de planificación, presupuestación,

información, evaluación e inversión y dar recomendaciones que coadyuven al perfeccionamiento e

integración de estos sistemas; 2) Gestión Pública: busca mejorar la manera en que opera el Estado,

propiciando un uso eficiente de los recursos disponibles y haciendo más ágil la gestión del Estado; 3)

Estado-ciudadanía: busca mejorar el vínculo entre el Estado y la ciudadanía, propiciando la

participación y transparencia en la función pública”34

.

Adicionalmente, se ha dado mucha importancia al desarrollo del gobierno digital para lo cual,

mediante Decreto Ejecutivo Nº 33147-MP, se crea la Secretaría Técnica de Gobierno Digital como un

órgano adscrito a la Presidencia. La labor de dicha Secretaría ha estado enfocada a agilizar los procesos

de la administración pública y a la simplificación de trámites.

Por otra parte, la Dirección General de Servicio Civil, órgano adscrito al Ministerio de la

Presidencia, es el ente responsable de la gestión de recursos humanos del gobierno central y docentes.

Si bien la Dirección ha logrado alcanzar un nivel de madurez en lo que respecta a los procesos de

selección y nombramiento de personal y avanzar en la equiparación de los salarios del nivel profesional

y gerencial de los funcionarios del gobierno central con respecto a los funcionarios de las instituciones

autónomas, el tema de los diferentes regímenes salariales al interior del sector público sigue siendo un

reto.

Otro elemento fundamental de la función de coordinación de políticas son las relaciones entre el

Poder Ejecutivo y el Parlamento. En este aspecto, los entrevistados coinciden en resaltar que a partir de

1998 la situación política del país se ha vuelto más compleja, ya que el sistema político ha pasado de un

bipartidismo hacia un multipartidismo, lo cual ha llevado a situaciones de gobierno dividido en las tres

últimas legislaciones y a un incremento en el fraccionamiento de la Asamblea Legislativa, donde

33 Tomado de http://www.mideplan.go.cr. 34 Ibídem.

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23

ninguno de los partidos logra la mayoría. Ante esta situación se requiere de una mayor capacidad de

negociación por parte del Ejecutivo.

Adicionalmente, algunos de los entrevistados consideran que hay elementos estructurales que

afectan las relaciones entre ambos poderes. Uno de ellos es la ausencia de carrera parlamentaria, lo cual

debilita la especialización de los diputados y les hace incurrir en errores tanto de procedimiento

parlamentario como en la discusión del contenido de los proyectos. En segundo lugar, el hecho de que

los diputados tienen pocos incentivos para mantener disciplina partidaria. Esto último porque no

existen sanciones por separarse de la línea de partido una vez electos en el puesto; su elección proviene

de una lista cerrada de candidatos de un partido político por lo que no sienten la presión de rendir

cuenta de su desempeño ante un electorado; y, finalmente, su carrera política puede depender

básicamente de cómo estén sus relaciones con el candidato para la próxima elección.

Desde el punto de vista de los diputados, un elemento estructural de la Asamblea Legislativa que

afecta la coordinación entre poderes es el Reglamento mismo de dicho Poder que permite discusiones

interminables y que un solo diputado pueda detener la aprobación de un proyecto. Adicionalmente, en

la estructura del aparato estatal se han creado más instituciones de control horizontal lo que habría

generado cierto “inmovilismo”, tal es el caso del poder dado a la Sala Constitucional, como ya fue

referido.

En este escenario, los entrevistados coinciden en identificar como buenas prácticas el

fortalecimiento de las relaciones informales entre quienes conforman estos poderes, en especial el

mantener reuniones semanales del Ministro de la Presidencia con la bancada de gobierno para

recordarles las metas de gobierno; también mantener reuniones con los jefes de fracción de la oposición

con el fin de conocer sus demandas y sus posiciones ideológicas así como de identificar puntos de

negociación. También, se considera importante empezar a cambiar la cultura política del país para que

no se vean las negociaciones con la oposición como un acto inusual o sospechoso, sino como un

elemento fundamental de cualquier democracia para avanzar en la conducción del país.

Con base en todas estas consideraciones, se puede concluir que el país cuenta con una variedad

de instrumentos y arreglos institucionales tendientes a promover la coordinación de políticas. Sin

embargo, la compleja estructura del aparato estatal limita la efectividad de los mismos, así como la

orientación de corto plazo de la planificación al estar el Plan Nacional de Desarrollo restringido a un

horizonte temporal de cuatro años. En lo relativo a la modernización y reforma administrativa, ésta

resulta ser todavía una tarea pendiente. Sin embargo, el país muestra fortalezas en cuanto a la

organización del trabajo y gestión del empleo en el sector público gracias a la experiencia desarrollada

por la Dirección General de Servicio Civil. Pero, sigue siendo un reto la gestión de la compensación en

el sector público debido a que la diversidad de regímenes salariales ha provocado una desigualdad

salarial entre los distintos sectores (central y descentralizado). Finalmente, los cambios en el sistema

político costarricense en los últimos veinte años, han complicado las relaciones entre el Poder

Ejecutivo y Legislativo. Producto de todo esto, algunos de los actores entrevistados concluyen que la

función de coordinación de políticas sigue siendo un reto para el país cuya solución podría depender de

una reforma política que permitiera, entre otras cosas, el pasar de un régimen presidencialista a uno

semi-parlamentario. Como contrapeso a lo anterior, también se identifican algunos avances en esta

función como la creación de nuevos instrumentos para dotar de mayor poder a los Ministros Rectores,

tales como su aval a los proyectos sectoriales antes de ser enviados a Mideplan, la introducción de una

visión de gobierno corporativo en la Contraloría General de la República, y el esfuerzo por ampliar las

acciones del gobierno digital.

V. LA VALORACIÓN TÉCNICO-POLÍTICA DE LOS RESULTADOS DE GOBIERNO

Tal y como se ha adelantado en las secciones anteriores, el instrumento por medio del cual se expresa

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el programa de gobierno en el país es el Plan Nacional de Desarrollo, el cual es elaborado por Mideplan

con la participación de los distintos sectores. En la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo 2010-

2014, por vez primera se contó con la participación de la ciudadanía por medio del proceso de

consultas populares.

También le corresponde a Mideplan “evaluar de modo sistemático y permanente los resultados

que se obtengan de la ejecución de planes y políticas, lo mismo que de los programas respectivos” (Ley

Nº 5525 de Planificación Nacional, Art. 2º). Para cumplir con este objetivo, el ministerio cuenta con un

área de Evaluación y Seguimiento, la cual coordina al Sistema Nacional de Evaluación (SINE35

), el que

es reformulado mediante Decreto Nº 35755-PLAN del 22 de febrero de 2010. “El SINE está compuesto

por la Presidencia de la República, el Mideplan (quien lo coordina), el Ministerio de Hacienda, las

Unidades de Planificación Institucionales y las rectorías sectoriales a nivel del Poder Ejecutivo en

Costa Rica. El SINE ha sido instaurado para la evaluación de la gestión gubernamental en relación con

el desempeño institucional, el desarrollo del país y el bienestar ciudadano, por medio de un

procedimiento de análisis, monitoreo y evaluación de los resultados de las metas establecidos en el Plan

Nacional de Desarrollo (PND) y en otros instrumentos de planificación”36

.

El Artículo 7 del Decreto Nº 35755-PLAN del 22 de febrero de 2010, establece que el SINE

promoverá la capacidad gerencial del sector público por medio de:

a) La medición y promoción de la calidad y la oportunidad en los resultados de la gestión

gubernamental.

b) La generación de información de calidad, fidedigna y oportuna que permita utilizar los

recursos mediante una prestación eficaz y eficiente del servicio público para garantizar un desarrollo

sostenible en lo económico, lo social y lo ambiental, en el corto, mediano y largo plazo.

c) La disponibilidad de información sobre el monitoreo y la evaluación de políticas públicas y

sobre la ejecución de planes, programas y proyectos gubernamentales asociados.

d) La emisión de estrategias, lineamientos y metodologías de evaluación al sector público, así

como al asesoramiento respectivo.

Por su parte, en el Artículo 8 del referido Decreto se establece que “El SINE funcionará a través

de dos módulos transversales interrelacionados y complementarios: a) Módulo de autoevaluación:

dirigido a desarrollar una cultura de evaluación en los niveles institucional, sectorial, regional y otros,

con inclusión del seguimiento y rendición de cuentas de las prioridades contenidas en el PND o de

cualquier otra política, plan, programa o proyecto de carácter estratégico. b) Módulo de evaluación

estratégica: destinado a evaluar las políticas, los planes, los programas y los proyectos de interés

público que determinan los objetivos y las metas del PND y otros instrumentos de planificación, como

medio para garantizar la eficiencia y la transparencia del accionar de las instituciones públicas”.

Las actividades de Mideplan como ente coordinador del SINE se efectúan por medio de su Área

de Evaluación y Seguimiento. A esta área le corresponde dictar las directrices y procesos que deben

cumplir todas las instituciones públicas para el desarrollo de sus programas, seguimiento y

evaluaciones de metas sectoriales e institucionales. Desde julio de 2011 se ha venido trabajando en la

digitalización del proceso de evaluación por medio de una plataforma denominada “DELPHOS.NET”,

mediante la cual se pretende facilitar la elaboración de la Matriz Anual de Programación, Seguimiento

35 Inicialmente el SINE se había creado mediante Decreto Ejecutivo Nº 23720-PLAN del 6 de octubre de 1994 y modificado

mediante Decreto Ejecutivo Nº 24175-PLAN del 7 de abril de 1995. Con la aprobación de la Ley Nº 8131 del 18 de

septiembre de 2001, “Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuesto Público”, se introduce la Sección

V referente a la evaluación, señalándose que los informes de gestión, de resultados y rendición de cuentas se harán con base

en los lineamientos establecidos por el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Planificación y la Contraloría General de la

República, los cuales deben coordinarse entre sí para que los requerimientos de información sean lo más uniformes posibles.

Esto hace que algunos aspectos del anterior sistema de evaluación queden desfasados y sea necesario crear un nuevo

sistema. 36 Tomado de http://www.mideplan.go.cr.

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y Evaluación Sectorial e Institucional (MAPSESI) con el fin de generar reportes que sean más fáciles

de interpretar para los tomadores de decisiones37

.

También, Mideplan y su área de evaluación desarrollan durante el año 2011 un conjunto de

capacitaciones y encuentros con los enlaces sectoriales que participan en la elaboración de los informes

anuales de evaluación del Plan Nacional de Desarrollo, con el fin de determinar sus necesidades de

información respecto al proceso de evaluación, mejoras que se le pueden introducir al sistema, y la

potencialidad del sistema para orientar la toma de decisiones. Adicionalmente, “en alianza estratégica

con GTZ, se inició el Programa de Fomento de las Capacidades en Evaluación para Centroamérica

(Foceval)38

”.

La responsabilidad de las Unidades de Planificación Institucional y de las Secretarías Sectoriales

ubicadas en cada uno de los ministerios rectores de un sector, es brindar la información solicitada por

medio de las matrices que se encuentran en el programa DELPHOS.NET, así como servir de

interlocutoras ante los ministros rectores y jerarcas institucionales para el desarrollo de la actividad de

evaluación.

Los informes de evaluación del cumplimiento de metas son presentados por Mideplan al Consejo

de Gobierno dos veces al año y se hace una evaluación anual con base en la información proporcionada

por cada una de las instituciones que forman parte del SINE39

, que es entregada por Mideplan a la

Contraloría General de la República. En este informe se incluye una valoración del cumplimiento de

metas nacionales y sectoriales; así como la evaluación anual de las acciones estratégicas incluidas en el

Plan Nacional de Desarrollo. Cabe destacar, que el informe de 2009 fue avalado parcialmente por la

Contraloría. Entre las deficiencias señaladas por el ente contralor destacan “debilidades en la

formulación de indicadores y una limitación importante para la medición o cuantificación precisa del

avance de tales metas al término del año 2009. Lo anterior conlleva a que no se pueda medir con

certeza su cumplimiento” (Contraloría General de la República, 2010a: 28). En contraste con lo

anterior, la Contraloría reconoce que las metas sectoriales muestran un mayor grado de cumplimiento

(69%), “lo que lleva a un proceso de reflexión sobre la necesidad de mayor articulación e integración

de las metas nacionales con otros niveles más específicos de metas, así como el mejoramiento del

diseño de futuros planes de desarrollo y de los instrumentos de evaluación e indicadores en que se

apoya” (ibídem: 28).

En la Memoria Anual de 2010, el ente contralor reconoce las mejoras de Mideplan en cuanto a

los instrumentos de evaluación aplicados, específicamente, “la anualización y el establecimiento de

rangos y categorías de evaluación; estimaciones de recursos invertidos; así como un esfuerzo por

solicitar justificaciones y medidas correctivas a los ministros rectores” (Contraloría General de la

República, 2011b: 20). A pesar de lo anterior, otorga un aval parcial del Informe Anual sobre los

resultados del cumplimiento de metas, los objetivos, las prioridades y acciones estratégicas del Plan

Nacional de Desarrollo, por cuanto el mismo “no logra un balance integral del resultado de los sectores,

debido a que se incluyen diferentes niveles de evaluación (de metas nacionales, de metas sectoriales, y

de metas de acciones estratégicas sectoriales) sin lograrse una integración cabal de éstos” (ibídem: 20).

Adicionalmente, la Contraloría General de la República realiza sus propias evaluaciones en

función de lo establecido en el Plan de Fiscalización de mediano plazo “que incluye las áreas de mayor

relevancia y exposición al riesgo a considerar dentro de la fiscalización posterior”40

. Para la definición

37 Entrevista realizada a la Licda. Mayela Sam Lee, Secretaría Técnica Sectorial de Transporte, 13 de diciembre de 2011. 38 “Mideplan impulsa programa de evaluación pública para fortalecer el monitoreo y compromiso del Gobierno”. Tomado

de http://www.mideplan.go.cr. 39 Estas instituciones son los ministerios, entes autónomos y semiautónomos, empresas públicas y entes públicos no

estatales. No forman parte del SINE la Caja Costarricense del Seguro Social, las universidades estatales, y las empresas

públicas que operan en mercados abiertos como el Instituto Costarricense de Electricidad. Los otros poderes de la

República, las municipalidades y sus empresas pueden brindar información al SINE, pero no es obligatorio. 40 Entrevista realizada a la Licda. Rocío Aguilar, Contralora General de la República, 1º de noviembre de 2011.

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de dichas áreas se cuenta con la participación de expertos en diversos temas. Adicionalmente, el ente

contralor ha venido desarrollando indicadores del sector público como el Índice de Gestión

Institucional, el cual “permite medir avances puntuales de las instituciones en materia de control

interno, planificación, gestión financiero-presupuestal, servicio al usuario y contratación

administrativa; factores que tienen correspondencia con los procesos que han sido considerados como

los de mayor riesgo e interés”41

. Los informes de evaluación realizados por la Contraloría son enviados

a la Asamblea Legislativa con el fin de apoyar su proceso de control político.

Por otra parte, durante los últimos años la Dirección General de Presupuesto Nacional ha hecho

“importantes esfuerzos por mejorar la rigurosidad técnica del proceso presupuestario, desarrollando

metodologías e impartiendo capacitación sobre programación y evaluación de la gestión presupuestaria.

El fin principal es avanzar hacia una verdadera gestión orientada a resultados, que permita mostrar la

efectividad de la política pública en términos de prestación de servicios por parte de los Órganos del

Gobierno de la República”42

. Como parte de estos esfuerzos, la Dirección ha creado un Banco de

Indicadores de Desempeño con el fin de colaborar con los funcionarios en el desarrollo de la

programación y evaluación de la gestión presupuestaria, ya que la definición de indicadores se ha

constituido en una de las principales debilidades del sistema de evaluación de acuerdo con lo expresado

por los representantes de la Contraloría General de la República, la Dirección General de Presupuesto

Nacional y Mideplan.

El seguimiento de los programas prioritarios de Gobierno se realiza desde la Casa Presidencial

con el apoyo de Mideplan, quien brinda información sobre los avances de las metas de dichos

proyectos. El órgano que dentro de la Presidencia desarrolla esta labor cambia de administración a

administración; en algunos casos puede estar encomendada al Ministro de la Presidencia, en otros a un

Ministro sin Cartera. Esto último ocurre en la Administración Arias, que designó a un funcionario

como Ministro de Coordinación Interinstitucional, y en la actual administración, donde está a cargo de

uno de los vicepresidentes.

Con respecto a la utilidad que tiene el seguimiento y evaluación de políticas públicas para

redireccionar las políticas, los actores entrevistados concuerdan en señalar que su utilidad es limitada

debido a que, hasta el momento, la visión que se ha tenido de la evaluación es más formal, es decir de

cumplimiento de un requisito legal. Se considera que los tomadores de decisiones deberían prestar más

atención a los informes de evaluación. Al respecto, por ejemplo, se indica que “la Comisión de

Ingresos y Gastos de la Asamblea Legislativa debería dedicar más tiempo al análisis del informe de

ejecución presupuestaria que le envía la Contraloría”43

. Desde Mideplan se espera que con la nueva

plataforma DELPHOS se permita tener información más actualizada y más sencilla de interpretar, ya

que por medio de gráficas se podrá observar el avance de los proyectos que conforman los planes

sectoriales, lo cual facilitará el proceso de toma de decisiones.

En suma, en las dos últimas administraciones las organizaciones responsables por realizar la

evaluación de los resultados generados por el gobierno han hecho y están empeñadas en seguir

haciendo importantes mejoras orientadas a fortalecer el proceso de evaluación, ya que lo consideran un

elemento fundamental de la gestión de gobierno. Entre estos esfuerzos está continuar con la

capacitación de los funcionarios públicos para ir creando una cultura de evaluación, aprovechar las TIC

para producir informes más comprensibles para los tomadores de decisiones, y mejorar los actuales

procesos de evaluación con la ayuda de expertos nacionales e internacionales. Sin embargo, se requiere

41 Ibídem. 42 Entrevista a la Licda. Marjorie Morera, Directora General de Presupuesto, 29 de noviembre de 2011. 43 Entrevista realizada al Máster Roberto Gallardo, Ministro de Comunicación y Enlace Institucional, 20 de octubre de 2011.

Cabe destacar que dicho funcionario, a partir de 15 de marzo del 2012, pasa a ser Ministro de Planificación ante la renuncia

de la Dra. Laura Alfaro. El puesto de Ministro de Comunicación es ocupado por el Máster Francisco Chacón, quien se

desempeñaba como Diputado por el partido Liberación Nacional para el período 2010-2014. Su puesto de diputado es

ocupado por otra persona.

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también que el Congreso y la Presidencia dediquen más tiempo para el análisis de estos informes.

VI. LA COMUNICACIÓN DE LA AGENDA GUBERNAMENTAL

Los principales mecanismos de comunicación de la acción de gobierno hacia la ciudadanía son las

conferencias de prensa que se desarrollan al final de cada una de las sesiones del Consejo de Gobierno,

las cuales se efectúan semanalmente. Adicionalmente, existe una cadena de televisión semanal, los

domingos por la noche, donde se informa de logros obtenidos en una determinada arena de política o se

presenta la posición de gobierno en torno a un tema coyuntural. También, en la actual administración

Chinchilla Miranda se hace mucho uso de las redes sociales, por medio de las cuales la presidenta y

varios de sus ministros suelen responder a las inquietudes de la ciudadanía. Otro mecanismo de

comunicación muy importante son las actividades públicas en las que participa la Presidenta, ya que

además de tener el contacto directo con las personas, se tiene la posibilidad de enviar el mensaje a

través de los medios de comunicación que cubren la actividad.

La labor de comunicación es usualmente asumida por el Ministro de la Presidencia, aunque en las

dos últimas administraciones se han nombrado ministros sin cartera para cumplir con esta función. La

razón para esto varía en cada administración. En el caso de la administración Arias, el propósito era

permitir que el Ministro de la Presidencia se concentrara en las actividades propias de la coordinación

del gabinete (resto de ministros) y de las relaciones con la Asamblea Legislativa. En la actual

administración, la renuncia del Ministro de la Presidencia en medio de una crisis entre éste y la

Asamblea Legislativa, motivó que se optara por dividir las funciones y dotar a un funcionario de rango

de Ministro sin cartera de Comunicación y Enlace institucional, para que el nuevo ministro se

concentrara en restablecer las relaciones con la Asamblea y las otras funciones que le corresponde a

este Ministerio.

Estos funcionarios dependen directamente del Presidente y su labor consiste fundamentalmente

en dar a conocer los resultados de las sesiones semanales del Consejo de Gobierno, atender a los

medios de comunicación, y coordinar los mensajes que se deben transmitir a la sociedad por medio de

los distintos canales.

En la actual administración se está tratando de unificar el mensaje que sale del gobierno, incluso

con los mensajes que brinda la Presidenta. Para ello se coordina con los departamentos de

comunicación de las distintas instituciones públicas.

Por ser un Ministro sin cartera, el Ministro de Comunicación depende del presupuesto que le

asigne la presidencia, no tiene presupuesto propio y solo cuenta con dos asistentes que colaboran en las

labores administrativas.

Sin embargo, algunos de los entrevistados consideran que en las últimas tres administraciones de

gobierno se ha tenido problemas para diseñar y aplicar una estrategia de comunicación política, que

permita estructurar con claridad el mensaje que se quiere transmitir a una audiencia que es muy difícil,

porque un sector de la ciudadanía está frustrado con la política y no quiere escuchar el mensaje, a otro

sector no le interesa el mensaje y, por tanto, solo una minoría escuchará el mensaje y lo analizará. A

pesar de los esfuerzos hechos porque exista una oficina especializada para la comunicación de la

agenda, algunos de los entrevistados consideran necesario institucionalizar la figura del “portavoz de la

Presidencia”, el que en otros países es quien se reúne con la prensa e insiste en el posicionamiento de

ciertos mensajes en la opinión pública. En tal sentido, uno de los entrevistados afirma: “no es

simplemente comunicar los logros, sino elaborar respuestas políticas cotidianas a los problemas

políticos”. Esto requiere que quien ejerza este puesto cuente con un equipo que le ayude a determinar

cuáles son los mensajes políticos más relevantes.

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VII. CONCLUSIONES. BUENAS PRÁCTICAS Y LECCIONES APRENDIDAS

En esta sección se resumen las buenas prácticas y las lecciones aprendidas para cada una de las

funciones que integran el Alto Gobierno: Función prospectiva, ideológica y de inteligencia, función de

coordinación de política, función de valoración técnico-política de los resultados que van siendo

generados por el gobierno, y función de comunicación.

Buenas Prácticas

En cuanto a la función prospectiva e ideológica, en la actual administración (2010-2014) Mideplan

avanza en la creación de la Unidad de Análisis Prospectivo con el fin de articular el conocimiento,

metodologías e instrumentos que permitan construir una visión de largo plazo. Como un primer paso

para la construcción de esa visión de largo plazo, del 15 de junio al 25 de julio Mideplan desarrolló una

consulta ciudadana con el fin de “conocer la opinión de la población sobre las principales

oportunidades y retos que tiene el país en ámbitos como el económico, social, ambiental y de

gobernabilidad” (Mideplan, 2011: 1).

Otra buena práctica es el trabajo desarrollado por el Programa Estado de la Nación en el marco

del Consejo Nacional de Rectores (Conare) integrado por las cuatro universidades estatales y el apoyo

de la Defensoría de los Habitantes, el cual desde su creación a la fecha ha elaborado diecisiete Informes

“Estado de la Nación”, en donde se presenta una evaluación anual de la situación del desarrollo

humano sostenible en Costa Rica, en aspectos sociales, económicos, ambientales y políticos

principalmente.

También, se identifica como buena práctica los aportes brindados por los informes de la

Contraloría General de la República bajo una orientación de valoración de la gestión de políticas

públicas, con el fin de retroalimentar la toma de decisiones de los ministros y responsables de la gestión

de políticas.

En lo referente a la función de coordinación de políticas, se reconoce el interés por aplicar

distintas modalidades de coordinación, desde el modelo de redes que se ejemplifica con la creación de

los Consejos Ministeriales y los Consejos Sectoriales, el modelo jerárquico con la creación de ministros

sin cartera de coordinación interinstitucional, el Consejo de Gobierno, y la función otorgada al

Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, hasta la creación de un Comisionado

Nacional Antidrogas con rango de Viceministro, el cual depende jerárquicamente del Ministro de la

Presidencia.

En cuanto a la coordinación entre el Poder Ejecutivo y Legislativo, algunos de los entrevistados

reconocieron como buena práctica el mantener reuniones semanales con los jefes de fracción de las

distintos partidos representados en el Congreso, con el fin de crear un ambiente que permita conocer

los objetivos de cada uno y tratar de buscar puntos de negociación. Se consideró que esta práctica se

hace más necesaria ante los cambios del sistema de partidos políticos en Costa Rica que ha incidido en

un incremento de la fragmentación parlamentaria.

En la función de valoración técnico-política de los resultados que van siendo generados por el

gobierno es donde más avances se han logrado, ya que al parecer existe un interés entre los principales

actores vinculados con la evaluación (Mideplan, Ministerio de Hacienda y Contraloría General de la

República) de avanzar hacia una evaluación de resultados. También se reconoce como buena práctica,

los esfuerzos del Área de Evaluación de Mideplan por capacitar a sus contrapartes en las instituciones

sobre nuevas metodologías de evaluación con el fin de ir creando una cultura de evaluación que ayude

a retroalimentar y redireccionar las políticas públicas.

Entre las buenas prácticas se pueden identificar: la creación del Banco de Indicadores de la

Dirección General de Presupuesto Nacional; la creación del Índice de Gestión Institucional de la

Contraloría General de la República; y la reforma hecha al Sistema Nacional de Evaluación (SINE),

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este último ahora orientado a la evaluación de la gestión gubernamental en relación con el desempeño

institucional, el desarrollo del país y el bienestar ciudadano. En el SINE también se reconoce como

buena práctica los avances metodológicos desarrollados y el uso de una plataforma virtual para facilitar

la evaluación de seguimiento y evaluación.

Con respecto a la función de comunicación, es manifiesto el interés de las dos últimas

administraciones de mejorar los mecanismos de comunicación utilizados con la sociedad;

particularmente, se ha hecho un mayor uso de las redes sociales para que los representantes políticos

estén en mayor contacto con la ciudadanía.

Otras buenas prácticas de relación con la ciudadanía se observan en la Contraloría General de la

República, la cual se encuentra en el proceso de construcción de un Observatorio Ciudadano que tiene

como finalidad hacer accesible al ciudadano toda la información que se genera en dicha institución,

para que de esta manera pueda ejercer control social. Otro avance se nota en Mideplan que ha ampliado

la participación ciudadana en la identificación de temas que deberían ser parte de la agenda estratégica

del país.

Lecciones Aprendidas

Los resultados de la investigación permiten determinar una serie de acciones necesarias para

incrementar la capacidad del Alto Gobierno en Costa Rica en el diseño y dirección de sus políticas

públicas.

a) Fortalecer la planificación de largo plazo y su articulación con los otros niveles de

planificación.

De las entrevistas desarrolladas y la bibliografía consultada, se desprende la necesidad de

propiciar un diálogo entre los actores políticos para que logren acuerdos mínimos en torno a decisiones

que son vitales para el desarrollo humano sostenible del país. Entre estos temas están la organización

de la administración pública costarricense; el fortalecimiento de la capacidad fiscal del Estado para

hacer frente a los derechos que se han creado en los últimos años sin contenido financiero; la situación

de la seguridad social del país; la situación de seguridad ciudadana; y la situación del empleo público.

Acuerdos mínimos en estas materias permitirían definir una orientación del hacia dónde deberán

dirigirse las acciones y así orientar los otros niveles de planificación y la asignación necesaria para el

cumplimiento de las metas establecidas en cada una de las áreas estratégicas.

b) Mejorar la articulación entre planificación y presupuestación.

Esta lección se deriva de diversos informes y de la percepción de algunos de los actores

entrevistados, los cuales señalan que el elemento que parece estar definiendo la orientación de los

planes es la disponibilidad presupuestaria y no las metas estratégicas que se definen. Como resultado de

lo anterior, en las tres últimas memorias anuales de la Contraloría General de la República se evidencia

el alto grado de incumplimiento de las metas del Plan Nacional de Desarrollo.

c) Mejorar los instrumentos que apoyen al desarrollo de la coordinación sectorial e intersectorial.

Los datos obtenidos por medio de esta investigación permiten concluir que las dos últimas

administraciones han adoptado medidas para mejorar la coordinación de políticas públicas, para lo cual

han recurrido a distintas modalidades de coordinación. Sin embargo, para que esta coordinación se

logre es necesario trabajar en la creación de incentivos que motiven a los actores hacia dicha

coordinación y de instrumentos que permita su operacionalización por medio de la definición precisa

de responsables por el cumplimiento de las metas, sanciones por incumplimientos, suministro de

información oportuna sobre avance de proyectos, entre otros. En propuestas desarrolladas por distintas

organizaciones para mejorar la gobernabilidad se ha sugerido la necesidad de formular una Ley

Orgánica de la Administración Pública que complemente la actual Ley de Administración Pública, con

el fin de ajustar el marco normativo a la nueva realidad del sector público costarricense.

d) Mayor integración del Sistema de Evaluación de Resultados.

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En la actualidad el sistema está integrado por Mideplan, quien coordina el SINE y diseña su

propia metodología. Adicionalmente, el Ministerio de Hacienda, por medio de la Dirección General de

Presupuesto Nacional, presenta el Informe de Resultados Físicos de los programas ejecutados durante

el ejercicio económico. Este último informe no ha sido avalado en los dos últimos años por la

Contraloría General de la República, porque el sistema de evaluación diseñado presenta problemas para

valorar y medir la efectividad de los programas, el costo de los servicios y la eficiencia en el uso de los

recursos. Esto en parte se explica por la falta de articulación entre la planificación y la presupuestación,

y las dificultades que se siguen enfrentando en materia de construcción de indicadores y metas.

Reformas institucionales en curso

Iniciamos este documento presentando las principales características de la institucionalidad

costarricense y lo concluiremos exponiendo los cambios que se están impulsando para mejorar la

conducción del gobierno ante los cambios que se han desarrollado a nivel gubernamental y del sistema

político.

En su presentación del Estado de la Nación del 1º de mayo de 2012, la Presidenta Chinchilla

expresaba lo siguiente:

“Las instituciones públicas tienen cada vez más problemas para cumplir con sus mandatos y

para tomar las decisiones que nuestro pueblo demanda. Hoy, la responsabilidad de impulsar y

tramitar leyes la comparten los tres Poderes del Estado, en procesos que se vuelven confusos e

interminables, y en donde el veto de las minorías termina por imponerse a la voluntad de las mayorías

democráticamente electas.

[…] A esos problemas de diseño institucional se unen factores que los agravan, como el

fraccionamiento y calidad de nuestra representación política.

En medio de estos problemas, algunos grupos se sienten con derecho a sustituir a la autoridad o

arrogarse su representatividad, con absoluto desdén por la democracia. Algunos intereses gremiales y

corporativos buscan apoderarse de la agenda pública en detrimento del interés general, y acuden

alegremente a las medidas de hecho para sustituir los mecanismos de nuestro Estado de Derecho.

En algún momento y por algún lado, debemos empezar a abordar estos problemas. Les sugiero

que sea lo antes posible y por los temas más acuciantes. He decidido convocar a un ilustre grupo de

ciudadanos que nos presenten en el corto plazo una propuesta para avanzar hacia mayores niveles de

funcionalidad y calidad de nuestra democracia. Sus consejos y recomendaciones deberán vertirse en

propuestas concretas que nos permitan conducir un debate acotado y con consecuencias prácticas. La

composición de este grupo y los alcances de su misión, los estaremos dando a conocer próximamente”.

Para cumplir con lo señalado en el referido discurso, el 12 de junio de 2012 la Presidenta

Chinchilla anuncia la conformación del “Grupo de Expertos” encargado de la presentación de las

recomendaciones para fortalecer la funcionalidad y calidad de la democracia costarricense. El 17 de

enero de 2013, dicho Grupo presenta a la Presidenta un total de 97 recomendaciones orientadas a

resolver las situaciones críticas que se presentan en las siguientes áreas: a) Relación Poder Ejecutivo-

Poder Legislativo, b) Funcionamiento de la Asamblea Legislativa, c) Poder Ejecutivo y Administración

Pública, d) Poder Judicial y Sala Constitucional, e) Seguridad Jurídica y Tramitomanía Administrativa,

y f) Relaciones Sociedad y Estado.

Las recomendaciones fueron analizadas por la Presidenta de la República conjuntamente con el

Ministro de la Presidencia y el Ministro de Planificación Nacional, con el fin de determinar las

recomendaciones que se acogerían para su trámite. El 26 de febrero de 2013, la Presidenta discutió en

Consejo de Gobierno las recomendaciones a acoger, dándolas a conocer posteriormente a la

ciudadanía.

Tomando en consideración que el objeto de estudio de esta investigación es el fortalecimiento del

Alto Gobierno, a continuación se presentan las recomendaciones de los expertos relacionadas con este

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tema y el curso que se les ha dado a la fecha.

Una de las recomendaciones se relaciona con la estructura del Alto Gobierno, concretamente con

las funciones del Ministro de la Presidencia. En esta materia, se recomienda “(f)ortalecer la figura del

Ministro de la Presidencia, quien deberá tener entre sus funciones fundamentales y bajo la dirección de

quien ocupe la Presidencia de la República: a) la coordinación del gabinete, b) las relaciones con la

Asamblea Legislativa, y c) una participación central en los procesos de interpelación ordinarios y

frecuentes en la Asamblea Legislativa. El Presidente de la República deberá someter el nombre del

Ministro de la Presidencia a la Asamblea Legislativa para que en un plazo de diez días hábiles pueda

ésta aprobar su nombramiento. Vencido el plazo, se tendrá por aprobada su designación, sin perjuicio

de la aplicación del mecanismo de censura previsto en la Constitución. En caso de rechazo, el

Presidente deberá proponer otro candidato al cargo” (Pacheco, 2013: 15). En palabras de la Presidenta

Chinchilla, esta recomendación no fue acogida por el momento porque se requeriría hacer un cambio

más profundo que permitiera transitar de un sistema presidencialista a uno parlamentario44

.

Una de las recomendaciones que sí fue acogida por la Presidenta es la de “Instituir la figura del

Consejo Económico y Social con representación de actores del sector público y de la sociedad civil

como órgano de consulta y deliberación sobre temas de interés nacional y el trazado de los Planes

Nacionales de Desarrollo en una perspectiva de largo plazo. Mideplan45

operaría como Secretaría

Técnica de esta instancia cuyos acuerdos informarán decisiones ulteriores de política pública y la

adopción de los instrumentos normativos correspondientes” (Pacheco, 2013: 37). Tal y como se indicó

oportunamente, una de las debilidades que enfrenta el Alto Gobierno es que la planificación tiene un

horizonte temporal de cuatro años. En este sentido, cabe esperar que este mecanismo pueda contribuir a

fortalecer la planificación de mediano y largo plazo.

En materia de coordinación de políticas públicas, se acogió la siguiente recomendación “El

Ministro competente podrá dictar directrices vinculantes para los órganos desconcentrados de su

Ministerio y los Jerarcas en relación con los órganos desconcentrados de las entidades descentralizadas.

Las directrices administrativas no deben entenderse como instrucciones o circulares y no podrán dar

órdenes para resolver asuntos concretos o pendientes de resolución” (Pacheco, 2013: 31).

Por otra parte, con el fin de fortalecer la coordinación de la política social, la Presidenta acogió la

siguiente recomendación:

“El Consejo de Gobierno, con el apoyo de la Defensoría de los Habitantes y del Ministerio de

Planificación, deberá revisar el diseño institucional del área social del Estado, la aplicación de políticas

sociales y su impacto sobre la distribución de la riqueza y la pobreza; para:

a) Establecer límites a aquellas que resulten regresivas, por apoyar desproporcionadamente a los

deciles de la población con ingresos superiores.

b) Establecer una rectoría programática en materia de lucha contra la pobreza y mecanismos

claros de articulación y coordinación interinstitucional.

c) Eliminar duplicidades institucionales en la prestación de servicios sociales para lo que se

deberían unificar instituciones o al menos aumentar su grado de coordinación y complementariedad.

d) Revisar las asignaciones derivadas de leyes o disposiciones que crean un destino específico de

ciertos impuestos o fondos públicos, para reforzar los ingresos del Estado en el campo de la lucha

contra la pobreza” (Pacheco, 2013: 37).

Reflexión final

Costa Rica ha sido reconocida a nivel internacional por su estabilidad política y avances democráticos.

Sin embargo, a partir de 1998 el país ha iniciado un proceso de cambio en su sistema político, lo que ha

44 Declaraciones dadas por la Presidenta Chinchilla a Telenoticias el 26 de febrero de 2013. 45 Ministerio de Planificación Nacional (Mideplan).

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incrementado la complejidad de la toma de decisiones del Alto Gobierno. Los resultados aportados en

esta investigación han puesto en evidencia la necesidad de fortalecer los arreglos institucionales para la

formulación de políticas públicas pertinentes y eficientes en un contexto de mayor interdependencia

entre actores públicos, actores políticos, y actores de la sociedad civil.

Los datos también muestran la fortaleza institucional que tiene el país para el desarrollo de la

función de valoración técnico-política de los resultados de gobierno, así como sugieren la necesidad de

una mayor coordinación entre las distintas organizaciones responsables de dicha función, y de un

mayor esfuerzo por promover una gestión basada en resultados que facilite una mejor rendición de

cuentas.

Producto del estudio destaca una serie de iniciativas que están en desarrollo a fin de mejorar la

coordinación de políticas públicas y la comunicación de la agenda y resultados gubernamentales. Será

importante seguir fortaleciendo estas iniciativas, ya que por el dinamismo de las funciones son tareas

en constante desarrollo.

BIBLIOGRAFÍA

CLAD (2011), “Fortalecimiento del Alto Gobierno: guía para los estudios de casos”, Caracas, CLAD.

Colomer, Joseph (2001), Instituciones políticas, Barcelona, Ariel Ciencia Política.

Contraloría General de la República (2006), “Sector infraestructura y transportes: hacia un modelo de

gestión de políticas públicas”, San José, CGR (Informe DFOE-OP-28-2006).

__________ (2009), “Estudio sobre mejoras al proceso de formulación del Plan Nacional de Desarrollo

2010-2014”, San José, CGR (Informe DFOE-SAF-IF-11-2009).

__________ (2010a), “Estudio sobre los instrumentos de programación y evaluación emitidos por

Mideplan y el Ministerio de Hacienda en el marco de la gestión por resultados”, San José, CGR

(Informe DFOE-SAF-IF-13-2010).

__________ (2010b), Memoria anual 2009, San José, CGR.

__________ (2011a), “Informe sobre los perfiles gerenciales en algunos ministerios e instituciones del

sector público”, San José, CGR, (Informe DFOE-PG-IF-07-2011).

__________ (2011b), Memoria anual 2010, San José, CGR.

Fernández, Oscar (1996), “Los partidos políticos: su interrelación y sus rasgos centrales en la sociedad

costarricense”, en Anuario de Estudios Centroamericanos, Vol. 22 Nº 2, pp. 147-166.

__________ (2000), “Las reglas de la representación parlamentaria: el reinicio de un debate en la Costa

Rica de los años noventa”, en Anuario de Estudios Centroamericanos, Vol. 26 Nos. 1-2, pp. 133-

145.

Gutiérrez Saxe, Miguel y Straface, Fernando (eds.) (2006), Democracia estable ¿alcanza? Análisis de

la gobernabilidad en Costa Rica, Washington, BID.

Hernández Rodríguez, Carmen Magally (2007), Fisuras, desafíos y mutaciones del Estado de derecho

y el derecho público, San José, Editorial Universidad de Costa Rica.

Jiménez Castro, Wilburg (1986), Génesis del Gobierno de Costa Rica, San José, Editorial Alma Máter.

Tomos I y II.

Meoño Segura, Johnny (2011), Fiscalización de la hacienda pública: ¿cuán efectiva en Costa Rica?

San José, Universidad de Costa Rica. Instituto de Investigaciones Económicas.

Mideplan (2007), Manual explicativo de los organigramas del sector público costarricense, San José,

Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Proyecto Estado de la Nación;

Universidad de Costa Rica.

__________ (2011), Costa Rica: visión a largo plazo, San José, Ministerio de Planificación Nacional y

Política Económica.

Ordóñez Chacón, Jaime (ed.) (2009), ¿Hacia dónde va Costa Rica? Sistema político y escenarios de

Page 33: EL FUNCIONAMIENTO DEL ALTO GOBIERNO EN …siare.clad.org/siare/innotend/altogob/CostaRica.pdf ·  · 2016-05-03su gabinete. La Constitución de 1949 divide los poderes institucionales

33

gobernabilidad democrática para la próxima década 2010-2020, San José, Asociación Estudios

para el Futuro.

Pacheco, Francisco Antonio (coord.) (2013), “Propuestas para fortalecer la funcionalidad y calidad de

la democracia costarricense. Informe final: Comisión Presidencial sobre Gobernabilidad

Democrática”, San José, Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.

Programa Estado de la Nación (2004), Informe del Estado de la Nación, San José, Consejo Nacional de

Rectores.

__________ (2010), Informe del Estado de la Nación, San José, Consejo Nacional de Rectores.

__________ (2011), Informe del Estado de la Nación, San José, Consejo Nacional de Rectores.

Rovira Mas, Jorge (ed.) (2001), La democracia de Costa Rica ante el siglo XXI, San José, Editorial de

la Universidad de Costa Rica.

Vargas, Jean-Paul y Pallavicini, Violeta (coords.) (2008), “Gobierno dividido y oportunidades para la

incidencia política en Costa Rica y El Salvador”, Madrid, Fundación Carolina (Avances de

Investigación; Nº 17).

LEYES Y DECRETOS

Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, “Ley General de la Administración Pública”. Costa Rica,

Asamblea Legislativa.

Ley Nº 8131 del 16 de octubre de 2001, “Administración Financiera de la República y Presupuestos

Públicos”. Costa Rica, Asamblea Legislativa.

Ley Nº 8292 del 31 de julio de 2002, “Ley de Control Interno”. Costa Rica, Asamblea Legislativa.

Ley Nº 8422 del 6 de octubre de 2004, “Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la

Función Pública”. Costa Rica, Asamblea Legislativa.

Decreto Ejecutivo Nº 36022 MP del 8 de mayo de 2010, “Creación del Comisionado Antidrogas”.

Costa Rica, La Gaceta.

Decreto Ejecutivo Nº 36024 del 11 de mayo de 2010, “Creación de las Comisiones Presidenciales”.

Costa Rica, La Gaceta.

Decreto Ejecutivo N° 36464-PLAN del 18 de febrero de 2011, “Creación de Sectores”. Costa Rica, La

Gaceta.

Decreto Ejecutivo N° 35755-PLAN del 18 de febrero de 2011, “Creación de SINE”. Costa Rica, La

Gaceta.

ENTREVISTAS

Licda. Rocío Aguilar, Contralora General de la República y Licda. Maritza Sanabria, Jefe de la Unidad

de Gobierno Corporativo, 1º de noviembre de 2011.

Dra. Laura Alfaro, Ministra de Planificación, 8/05/2010-14/03/2012, entregada el 22 de noviembre de

2011.

Lic. Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia, 2006-2010, 28 de noviembre de 2011.

M.Cs. José Joaquín Arguedas, Director General del Servicio Civil, 18 de octubre de 2011.

Dra. Elizabeth Fonseca, Presidenta del Partido Acción Ciudadana, 28 de octubre de 2011.

M.Cs. Roberto Gallardo, Ministro de Comunicación y Enlace Institucional, 20 de octubre de 2011. A

partir del 15 de marzo de 2012 pasa a ser Ministro de Planificación Nacional y Política

Económica.

Dr. Gerardo Hernández, Director de la Maestría Centroamericana en Ciencias Políticas, Universidad de

Costa Rica, 2 de noviembre de 2011.

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Licda. Marjorie Morera, Directora General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, 29 de

noviembre de 2011.

Dr. Alberto Salom Echeverría, Diputado por el Partido Acción Ciudadana en la Legislatura 2006-2010

y miembro del directorio político de dicho partido, 26 de octubre de 2011.

Licda. Mayela Sam Lee, Secretaría Técnica Sectorial de Transporte, 13 de diciembre de 2011.

Dr. Jorge Vargas Cullell, Sub-Director del Estado de la Nación, 31 de octubre de 2011.

Dr. Jean Paul Vargas, Profesor del Doctorado Gobierno y Políticas Públicas, Universidad de Costa

Rica, 14 de noviembre de 2011.

M.Cs. Luis Gerardo Villanueva, Diputado y Jefe de Fracción del Partido Liberación Nacional, período

2010-2014, 10 de noviembre de 2011.

Entrevista Grupal con funcionarios del Área de Fiscalización de Servicios de Infraestructura de la

Contraloría General de la República (Lic. Allan Roberto Ugalde Rojas, Jefe de Área; Licda. Gina

Ramírez Solís; Licda. Marilú Aguilar González; Licda. María de los Ángeles Gutiérrez Jiménez),

6 de enero de 2012.

OTRAS FUENTES CONSULTADAS

Murillo, Álvaro (2011), “Chinchilla nombra a Roberto Gallardo Ministro de Comunicación”, en La

Nación, San José, 11 de febrero, http://www.nacion.com/2011-02-11/ElPais.

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ANEXO 1: ACTORES ENTREVISTADOS

Sector Nombres

Ministerio de la Presidencia Lic. Rodrigo Arias Sánchez, Ministro (2006-2010).

Ministerio de Comunicación y Enlace

Institucional M.Cs. Roberto Gallardo, Ministro (2011-2014).

Comités interministeriales o gabinetes

técnicos especializados por áreas de políticas

Educación: M.Cs. Mario Mora Quirós, Viceministro de

Planificación Institucional y Coordinación Regional.

Sector Transporte: Licda. Mayela Ibis San Lee, Secretaría

Técnica Sectorial.

Ministerio de Hacienda

(Dirección General de Presupuesto Nacional)

Licda. Marjorie Morera, Directora General de Presupuesto

Nacional.

Contraloría General de la República

Licda. Rocío Aguilar, Contralora General de la República.

Licda. Maritza Sanabria Masís, Jefe de la Unidad de Gobierno

Corporativo.

Área de Infraestructura y Telecomunicaciones:

Allan Roberto Ugalde, Gina Ramírez Solís, Marilú Aguilar

González, María de los Ángeles Gutiérrez.

Ministerio de Planificación

Dra. Laura Alfaro Maykall, Ministra (2010-2012).

Licda. Laura Fernández, Asistente del Despacho.

M.Cs. Roberto Gallardo Núñez, Ministro (2007-2010). Volvió a

asumir el Ministerio a partir del 15 de marzo de 2012 ante la

renuncia de la Dra. Alfaro.

Dirección General de Servicio Civil M.Cs. José Joaquín Arguedas Herrera, Director (2010-2014).

Parlamento

Dr. Alberto Salom Echeverría, Ex Diputado del PAC (2006-

2010) y miembro del directorio político del PAC.

M.Cs. Luis Gerardo Villanueva Monge, Jefe de Fracción del

PLN y Diputado (2010-2014).

Dra. Elizabeth Fonseca, Ex Diputada (2006-2010) y Presidente

del PAC.

Academia y Centros de Pensamiento

Dr. Gerardo Hernández, Director del Posgrado Centroamericano

en Ciencias Políticas, UCR.

Dr. Jean Paul Vargas, Profesor del Doctorado Centroamericano

en Gobierno y Políticas Públicas, UCR.

Dr. Jorge Vargas Cullell, Sub-Director del Programa Estado de

la Nación, CONARE.

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ANEXO 2: CONFORMACIÓN DE LOS CONSEJOS PRESIDENCIALES EN LA

ADMINISTRACIÓN CHINCHILLA MIRANDA (2010-2014)

Consejo de Seguridad Ciudadana y Paz Social

Integrado por las siguientes instituciones: a) Quien ejerza la Presidencia de la República, b) Los

Vicepresidentes de la República, c) El (la) Ministro(a) de Seguridad Pública y Gobernación y Policía,

d) El (la) Ministro(a) de Hacienda, e) El (la) Ministro(a) de la Presidencia, f) El (la) Ministro(a) de

Planificación Nacional y Política Económica, g) El (la) Ministro(a) de Justicia y Paz, h) El (la)

Ministro(a) de Relaciones Exteriores y Culto, i) El (la) Ministro(a) de Descentralización y Desarrollo

Local, j) El (la) Ministro(a) de Cultura y Juventud, k) El (la) Ministro(a) de Deportes, l) El (la)

Presidente(a) Ejecutivo(a) del Instituto Nacional de las Mujeres, m) El (la) Presidente(a) Ejecutivo(a)

del Instituto sobre Alcoholismo y Fármaco Dependencia, n) El (la) Director(a) de la Dirección

Nacional de Desarrollo de la Comunidad, o) El (la) Ministro(a) de Bienestar Social y Familia (Art. 8,

Decreto Ejecutivo Nº 36024 del 11 de mayo de 2010).

Consejo Presidencial de Bienestar Social y Familia

Compuesto por: a) Quien ejerza la Presidencia de la República, b) Los Vicepresidentes de la República,

c) El (la) Ministro(a) de la Presidencia, d) El (la) Ministro(a) de Hacienda, e) El (la) Ministro(a) de

Planificación Nacional y Política Económica, f) El (la) Ministro(a) de Educación Pública, g) El (la)

Ministro(a) de Bienestar Social y Familia, h) El (la) Ministro(a) de Cultura y Juventud, i) El (la)

Ministro(a) de Deporte, j) El (la) Ministro(a) de Descentralización y Desarrollo Local, k) El (la)

Ministro(a) de Salud, l) El (la) Ministro(a) de Trabajo y Seguridad Social, m) El (la) Ministro(a) de

Vivienda y Asentamientos Humanos, en su doble condición de Ministro(a), y como Presidente(a) de la

Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), n) El (la) Presidente(a) Ejecutivo(a)

de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), o) El (la) Director(a) de la Dirección Nacional de

Desarrollo Comunal (DINADECO), p) El (la) Presidente(a) Ejecutivo(a) del Instituto de Desarrollo

Agrario (IDA), q) El (la) Presidente(a) Ejecutivo(a) del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), r) El

(la) Presidente(a) Ejecutivo(a) del Instituto Nacional de la Mujer (INAMU), s) El (la) Presidente(a) de

la Junta Directiva de la Junta de Protección Social (JPS), y t) El (la) Presidente(a) Ejecutivo(a) del

Patronato Nacional de la Infancia (PANI) (Art. 9, Decreto Ejecutivo Nº 36024 del 11 de mayo de

2010).

Consejo Presidencial de Competitividad e Innovación

Integrado por: a) Quien ejerza la Presidencia de la República, b) Los Vicepresidentes de la República,

c) El (la) Ministro(a) de Hacienda, d) El (la) Ministro(a) de la Presidencia, e) El (la) Ministro(a) de

Planificación Nacional y Política Económica, f) El (la) Ministro(a) de Comercio Exterior, g) El (la)

Ministro(a) de Economía, Industria y Comercio, h) El (la) Ministro(a) de Agricultura y Ganadería, i) El

(la) Ministro(a) de Obras Públicas y Transportes, j) El (la) Ministro(a) de Educación Pública, k) El (la)

Ministro(a) de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, l) El (la) Ministro(a) de Ciencia y

Tecnología, m) El (la) Ministro(a) de Turismo, n) El (la) Ministro(a) de Salud, o) El (la) Ministro(a) de

Descentralización y Desarrollo Local, p) El (la) Presidente(a) Ejecutivo(a) del Instituto Nacional de

Acueductos y Alcantarillados, q) El (la) Presidente(a) Ejecutivo(a) del Instituto Nacional de

Electricidad y r) El (la) Presidente(a) Ejecutivo(a) del Instituto Nacional de Aprendizaje (Art. 10,

Decreto Ejecutivo Nº 36024 del 11 de mayo de 2010).