el dominio 3
DESCRIPTION
El Dominio 3TRANSCRIPT
![Page 1: El Dominio 3](https://reader038.vdocumento.com/reader038/viewer/2022100604/559a10681a28ab13558b4571/html5/thumbnails/1.jpg)
![Page 2: El Dominio 3](https://reader038.vdocumento.com/reader038/viewer/2022100604/559a10681a28ab13558b4571/html5/thumbnails/2.jpg)
Consiste en la Aprehensión “Animo Domini” de una casa apropiable que carece de dueño.
El derecho Romano concibió notable importancia a este modo.
El código francés dispone que los bienes sin otro dueño pertenecen al estado.
![Page 3: El Dominio 3](https://reader038.vdocumento.com/reader038/viewer/2022100604/559a10681a28ab13558b4571/html5/thumbnails/3.jpg)
Elementos de la Ocupación Según Nuestro Código
Civil
Cosa Mueble sin Dueño
Aprehensión real o ficticia de la misma
Ánimo de Dueño
Adquisición no prohibida por las
leyes Ecuatorianas o por el derecho internacional
![Page 4: El Dominio 3](https://reader038.vdocumento.com/reader038/viewer/2022100604/559a10681a28ab13558b4571/html5/thumbnails/4.jpg)
Capacidad para adquirir por Ocupación
Clases de Ocupación
La Ocupación de cosas animadas comprende
la caza y pesca
La Ocupación de cosas inanimadas comprende la invención o hallazgo y el
descubrimiento de un tesoro
![Page 5: El Dominio 3](https://reader038.vdocumento.com/reader038/viewer/2022100604/559a10681a28ab13558b4571/html5/thumbnails/5.jpg)
CAZA Y PESCA
Amínales Domesticados
Art. 643 nos indica cuales son los amínales domesticados además los artículos que nos
profundizan este tema son los Art. 635 y 625
Abejas y Palomas
Art. 636 y 637 normados en el Art. 635 nos indican los principios generales
en cuanto a estos amínales.
Animales Domésticos
El Art. 639 que los amínales domésticos
están sujetos a dominio y no son objeto de
ocupación
Reglas Especiales
Aplicables a la Caza y Pesca
El Articulo que reglamenta es el
Art.638y el articulo 4.
![Page 6: El Dominio 3](https://reader038.vdocumento.com/reader038/viewer/2022100604/559a10681a28ab13558b4571/html5/thumbnails/6.jpg)
Co
sas
Inan
imad
asSustancias que Arroja al
Mar
Claramente nos indica el inc.3o del Art.640 además
también en el inc.1
Cosas AbandonadasEn derecho romano lo
denomina como reciclaje y así lo dice el inc.3 Art. 640
TesoroEs una especie de
invención o hallazgo y lo indica el art. 641 inc.1
Cosas PerdidasNo son Susceptibles de
apropiación como lo dice el art. 635
Captura Bélica Se toma en guerra de
nación a nación tal como lo dispone el art. 656.
![Page 7: El Dominio 3](https://reader038.vdocumento.com/reader038/viewer/2022100604/559a10681a28ab13558b4571/html5/thumbnails/7.jpg)
Guerra Terrestre.- en cuanto a estasdisposiciones los art. 53,46,47 de el reglamentode la haya.
Guerra Marítima.- todos los bienesbeligerantes pueden ser apropiados por el otroestado.
El Corzo.- durante la edad media estuvo muyextendido el uso de los bosques destinados arealizar actos de guerra. Fue abolida por ladeclaración de París el 16 de abril de 1856.